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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Parque Fotovoltaico Luz del Norte"

Resolución Exenta Nº 61

Copiapó, 7 de Marzo de 2014



VISTOS:

1.       La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, de "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE", presentada por la Señora LUISA FERNANDA NUÑEZ PLAZA, en representación de FIRST SOLAR ENERGÍA LTDA., con fecha 15 de Julio de 2013.

 

2.       Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

 

2.1   Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 

·         Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N

Por First Solar Energía Ltda., con fecha 15/07/2013

 

·         Test de admisión S/N

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 19/07/2013

 

·         Oficio solicitud de evaluación DIA Nº357

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 19/07/2013

 

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº195

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 23/08/2013

 

·         Adenda S/N

Por First Solar Energía Ltda., con fecha 12/12/2013

 

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº635

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 12/12/2013

 

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº17

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 04/01/2014

 

·         Adenda S/N

Por First Solar Energía Ltda., con fecha 28/01/2014

 

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº52

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 28/01/2014

 

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº56

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 10/02/2014

 

·         Adenda S/N

Por First Solar Energía Ltda., con fecha 17/02/2014

 

·         Resolución de ampliación de plazo Nº40

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 18/02/2014

 

2.2   Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

Oficio Nº566 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 29/07/2013; Oficio Nº534 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 30/07/2013; Oficio Nº56 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 01/08/2013; Oficio Nº841 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 02/08/2013; Oficio Nº6982 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 02/08/2013; Oficio Nº397 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 02/08/2013; Oficio Nº855 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 02/08/2013; Oficio Nº612 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Atacama, con fecha 05/08/2013; Oficio Nº419 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 06/08/2013; Oficio Nº379 sobre la DIA, por SEREMI de Minería, Región de Atacama, con fecha 13/08/2013; Oficio Nº552 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 06/08/2013; Oficio Nº3029 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama, con fecha 07/08/2013; Oficio Nº75-EA/2013 sobre la DIA, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 07/08/2013; Oficio Nº596 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº325 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº241 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº703 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 14/08/2013; Oficio Nº1615 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 16/08/2013; Oficio Nº12222 sobre el Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 18/12/2013; Oficio Nº931 sobre el Adenda 1, por SAG, Región de Atacama, con fecha 19/12/2013; Oficio Nº1334 sobre el Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 20/12/2013; Oficio Nº2429 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 23/12/2013; Oficio Nº719 sobre el Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Copiapó, Región de Atacama, con fecha 23/12/2013; Oficio Nº951 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 23/12/2013; Oficio Nº907 sobre el Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 23/12/2013; Oficio Nº1433 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 23/12/2013; Oficio Nº904 sobre el Adenda 1, por DGA, Región de Atacama, con fecha 23/12/2013; Oficio Nº948 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Atacama, con fecha 24/12/2013; Oficio Nº382 sobre el Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 24/12/2013; Oficio Nº3 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 02/01/2014; Oficio Nº667 sobre el Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 03/01/2014; Oficio Nº17 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 09/01/2014; Oficio Nº52 sobre el Adenda 2, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 30/01/2014; Oficio Nº116 sobre el Adenda 2, por SAG, Región de Atacama, con fecha 03/02/2014; Oficio Nº211 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 04/02/2014; Oficio Nº146 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº182 sobre el Adenda 3, por SAG, Región de Atacama, con fecha 21/02/2014; Oficio Nº162 sobre el Adenda 3, por DGA, Región de Atacama, con fecha 24/02/2014.

 

2.3   Constitución y funcionamiento del Comité Revisor

 

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Luz del Norte”, han sido invitados a participar, coordinados por el Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 

•             CONADI, Región de Atacama

•             Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama

•             DGA, Región de Atacama

•             DOH, Región de Atacama

•             Gobernación Marítima de Caldera

•             Gobierno Regional, Región de Atacama

•             Ilustre Municipalidad de Copiapó

•             SAG, Región de Atacama

•             SEREMI de Agricultura, Región de Atacama

•             SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama

•             SEREMI de Obras Públicas, Región de Atacama

•             SEREMI de Minería, Región de Atacama

•             SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama

•             SEREMI de Salud, Región de Atacama

•             SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama

•             SEREMI de Desarrollo Social

•             SEREMI de Energía, Región de Atacama

•             SERNAGEOMIN, Región de Atacama

•             SERNAPESCA, Región de Atacama

•             SERNATUR, Región de Atacama

•             SEREMI del Medio Ambiente, Región de Atacama

•             Consejo de Monumentos Nacionales

•             Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

•             Superintendencia de Servicios Sanitarios

 

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Parque Fotovoltaico Luz del Norte” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

 

-          Oficio no participación en la evaluación Nº12600/66

Por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 25/07/2013

 

-          Oficio no participación en la evaluación Nº328

Por SEC, Región de Atacama, con fecha 29/07/2013

 

-          Oficio no participación en la evaluación Nº593

Por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 05/08/2013

 

-          Oficio no participación en la evaluación Nº2346

Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 06/08/2013

 

-          Oficio no participación en la evaluación Nº1831

Por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 07/08/2013

 

-          Oficio no participación en la evaluación Nº00

Por CONADI, Región de Atacama, con fecha 14/08/2013

 

3.       El Acta del Comité Técnico N°20 de fecha 5 de marzo de 2014.

 

4.       El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 07/03/2014.

 

5.       Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE".

 

6.       Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

 

CONSIDERANDO:

1.       Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE".

 

2.       Que, el derecho de FIRST SOLAR ENERGÍA LTDA. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

 

3.       Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE" consiste en:

 
3.1   Ubicación
 

El área donde se emplazará el Parque Fotovoltaico Luz del Norte, se localiza en el sector denominado Llano de Varas, comuna de Copiapó, Provincia de Copiapó, Región de Atacama, a un costado de la Ruta C-17 y a aproximadamente 60 kilómetros al noreste de la ciudad de Copiapó.

 

En la siguiente tabla se dan a conocer las coordenadas UTM (Datum WGS’84, Huso 19 Sur) de los vértices de cada uno de los componentes del proyecto.

 

Componente del

proyecto

Datum WGS 84 huso 19 S

Vértice

Este (m)

Norte (m)

Parque Solar

A
410.808,00
7.011.661,00
B
413.070,74
7.010.766,15
C
411.774,63
7.009.008,09
D
409.970,61
7.009.844,40

Línea de

Transmisión
VS
410.855,60
7.011.608,25
V1
410.932,38
7.011.864,07
V2
411.009,17
7.012.119,89
V3
410.895,89
7.012.316,22
V4
410.846,87
7.012.599,32
V5
410.797,85
7.012.882,43
V6
410.748.83
7.013.165,53
V7
410.658.05
7.013.196,91
VR
410.483.09
7.013.107,13

Subestación de

Planta
H
410.833,20
7.011.617,07
I
410.882,64
7.011.594,37
J
410.838,88
7.011.499,03
K
410.789,44
7.011.521,73
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
(Fuente: Tabla N°1 de la DIA)
 

De manera complementaria, en las Tablas 2 y 3 de la DIA, se indican las coordenadas de la Subestación Carrera Pinto y las coordenadas de expansión de esta subestación, respectivamente. Además, en el Anexo 4 del Adenda 1, se presenta Plano de Desarrollo del Sitio y en Anexo 6 del mismo documento, se presenta la cartografía digital con la ubicación de cada una de las instalaciones del Proyecto en formatos Shapefile y KML.

 

3.2   Vida útil                                                              : 30 años.

 

3.3   Monto de Inversión                                      : MM US$ 370 millones de dólares

 

3.4   Mano de Obra

 
Etapa

N° de Personas Promedio

N° de Personas Máximo

Duración
Construcción
202
500
31 meses
Operación
5
10
30 años
Cierre
47
55
20 meses

(Fuente: Tabla N°5 de la DIA)

 

3.5   Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

 

La superficie del Proyecto abarca una extensión de 472,86 ha, distribuidas de la siguiente manera:

 
Obra

Superficie (ha)

Parque solar
456,00
Línea de transmisión
15,40
Camino de acceso
0,77
Paño de interconexión
0,69
Total
472,86

(Fuente: Tabla N°4 de la DIA)

 
3.6   Objetivo
 

El proyecto Parque Fotovoltaico Luz del Norte tiene por objeto generar energía eléctrica a partir del sol, mediante la instalación de una planta solar de 1.710.720 módulos fotovoltaicos que en su conjunto tendrá un potencial de generación de 162,36 MWac, los que serán inyectados al Sistema Interconectado Central (SIC).

 

3.7   Descripción del proyecto

 

3.7.1              Definición de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto

 

3.7.1.1    Parque Solar

 

a)      Panel de módulos fotovoltaicos y seguidor

 

Los módulos fotovoltaicos son montados sobre estructuras de soporte metálicas plegables. Se pueden montar 20 módulos fotovoltaicos en cada una de estas estructuras de soporte. Los Paneles, están fijados mecánicamente sobre un eje horizontal que se le denomina “Seguidor”. El seguimiento se realiza de Este a Oeste para seguir la trayectoria del sol (en un solo eje) durante el día maximizando la captación de radicación solar. Los módulos de cada seguidor serán conectados a través de cables en CC en baja tensión (BT) fijados a las estructuras. El parque solar cuenta con torres con anemómetros de aproximadamente 5,6 m de alto, con el fin de monitorear la velocidad del viento y entregar información al sistema de seguimiento.

 

b)      Estación Convertidora de Potencia (ECP) y Photovoltaic Combinning Switchgear (PVCS)

 

En cada Estación Convertidora de Potencia (ECP), se encuentra uno o dos inversores encargados de convertir la corriente continua en alterna y un transformador elevador. Las ECP se conectarán a los PVCS a través de líneas aéreas o subterráneas en Media Tensión (MT) a 23 kV o 34,5 kV en CA.

 

c)       Subestación del parque

 

La subestación del parque solar es de tipo intemperie, es decir, todos sus equipos principales se instalarán al aire libre, constará de un patio de alta tensión en 220 kV el cual tendrá una configuración de barra simple. En las Láminas 3, 4 y 5 del Anexo 2 de la DIA, se presentan la disposición de equipos en planta, la disposición de equipos en elevación y la disposición de la subestación en el terreno

 

d)      Sistema de telecomunicaciones

 

Para la subestación del parque solar y la Subestación Carrera Pinto, se considera que el sistema de comunicaciones será a través de Fibra Óptica, donde dicho equipamiento se considera ubicarlo en un armario propio en la Sala Eléctrica.

 

3.7.1.2    Línea de transmisión de alta tensión 1x220 kV

 

El proyecto tendrá la capacidad para entregar energía renovable al sistema a través de una conexión por medio de una línea de transmisión de alta tensión de 220 kV, la que se extenderá hasta la Subestación Carrera Pinto. El largo total de la línea de transmisión es de 1.924,5 m aproximadamente. El paño de conexión será del tipo aéreo y se encuentra al norte de la subestación de planta.

 

En el Anexo 3 del Adenda 1 se presenta un plano de planta (en formato PDF y CAD) de estas instalaciones.

 

3.7.1.3    Instalaciones complementarias

 

a)      Sistema de Control de Supervisión y Adquisición de Datos

 

El proyecto tendrá un sistema de Control de Supervisión y Adquisición de Datos (SCADA) que permitirá el monitoreo y control remoto de los inversores y otros componentes del proyecto.

 

b)      Estación meteorológica

 

Se instalará una estación meteorológica en el lugar del proyecto con el fin de recolectar información acerca de la temperatura y humedad atmosférica, dirección y velocidad del viento, y la irradiación solar.

 

c)       Sistema de iluminación

 

El proyecto contempla la implementación de medidas diseñadas para reducir emisión de luz durante la noche en los sistemas de iluminación del proyecto.

 

d)      Edificio de Operación y Mantención

 

El proyecto incluye un área de operaciones y mantención consistente en un edificio permanente de O&M (operación y mantenimiento) que albergará equipos y personal administrativo. Este edificio tendrá un área de estacionamiento adyacente.

 

3.7.1.4    Caminos

 

Los caminos relacionados con el proyecto son presentados en “Plano de Caminos” del Anexo 2 del Adenda 1. La cartografía digital de estos (formato Shapefile y KML) es presentada en el Anexo N° 6 del Adenda 1. En el Anexo 16 del Adenda 1, se presenta el “Plan de Mantenimiento de Caminos” del proyecto.

 

3.7.1.5    Cerca perimetral

 

El campo solar y las instalaciones perimetrales de apoyo se asegurarán mediante una cerca de seguridad de malla metálica. En la entrada del sitio habrá un portón para controlar el acceso, también habrán otros puntos de entrada al terreno en ciertas ubicaciones a lo largo del camino perimetral. La cerca perimetral se construirá con malla metálica tipo Ursus, de 1,8 metros de alto con pilares de hormigón o acero.

 

Según se señala en Adenda 1, la malla se extenderá por unos 30 cms bajo el suelo, con el fin de evitar que animales accedan al proyecto por hoyos. Además, el cerco perimetral sólo alambre de púas en los 50 centímetros superiores del cerco.

 
3.7.2              Etapa de Construcción (31 meses)
 

Las actividades que contempla el proyecto, se separan en la construcción de la planta fotovoltaica, de la subestación, el paño de conexión a carrera Pinto y la construcción de la línea de transmisión del proyecto. El inicio de esta etapa ha quedado definido por las movilizaciones para la instalación de faena y construcción camino de acceso.

 
3.7.2.1          Instalación de faenas
 

Se ha considerado utilizar principalmente contenedores especialmente adecuados para habilitar las dependencias e incluye la preparación de las siguientes instalaciones: patio de mantenimiento maquinaria y acopio de residuos industriales, bodega para almacenamiento de sustancias peligrosas, bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, sala para basuras (residuos asimilables a domiciliarios), helipuerto, oficinas y salas de diferentes usos (sala de primeros auxilios, sala de recreación, oficinas temporales y módulos habitacionales), además de las áreas del proyecto, referidas a: caseta de guardia de seguridad, zona de carga descarga de materiales y 3 bodegas que estarán instaladas en la zona de carga y descarga para el almacenamiento de material.

 

3.7.2.2          Preparación del terreno y ejecución de escarpe

 

El movimiento de tierra se circunscribirá especialmente a la construcción de zanjas y bases para la instalación de los centros de transformación y la micronivelación del terreno. El material de escarpe que pudiera obtenerse de manera temporal durante la fase de acondicionamiento del terreno; será reutilizado dentro de la misma obra antes de la culminación de la misma.

 

3.7.2.3          Construcción de la subestación del parque, paño de interconexión a Subestación Carrera Pinto y línea de transmisión.

 

Las obras principales en la construcción de la Subestación Luz del Norte, el paño de interconexión en la Subestación Carrera Pinto y línea de transmisión son las siguientes:

 
  • Trabajos topográficos
  • Plataforma de la subestación (corte y relleno)
  • Instalación de malla de puesta a tierra
  • Ejecución de las fundaciones de las estructuras altas de la subestación (marcos de barra y marcos de línea) y estructuras soporte de los equipos
  • Excavaciones
  • Armadura de refuerzo
  • Nivelación de barras de anclaje
  • Instalación de moldajes
  • Preparación y vaciado de hormigón
  • Relleno compactado
  • Montaje de las estructuras en la subestación y línea de transmisión
  • Canalización para la alimentación de los equipos en la subestación
  • Montaje e instalación de los equipos primarios de la subestación
  • Montaje del switchgear de 23-34,5 kV
  • Instalación de conductores y cable guardia, equipos de control, protecciones, telecomunicaciones y servicios auxiliares en la sala eléctrica prefabricada
  • Pruebas de equipos y Puesta en servicio
 

3.7.2.4  Cerco provisorio

 

Durante la construcción, se colocará un cercado provisorio en la instalación de faenas que consistirá en módulos autónomos portátiles en malla metálica o plástica, sujetos con postes metálicos.

 

3.7.2.5  Instalación estructural y eléctrica

 

La instalación de los arreglos fotovoltaicos incluye la instalación de los postes, las mesas de soporte y los módulos fotovoltaicos ECP y PVCS, edificio de O&M y SCC. A su vez se excavan zanjas para la instalación de cables subterráneos CA (corriente alterna), CC (Corriente continua) y cables de fibra óptica para la comunicación de los equipos. Mientras se realiza el tendido de los cables se realiza también la instalación de las cajas combinadoras y la instalación de las mesas de soporte sobre las cuales se montan los módulos fotovoltaicos.

 

3.7.2.6  Requerimientos de Maquinaria y Equipos

 

La maquinaria a emplear en la fase de construcción son las siguientes:

 

·         Motoniveladora

·         Compactadora/aplanadora

·         Incador de postes

·         Perforadora

·         Grúa Horquilla todoterreno

·         Minicargadores

 

En la Tabla 10 de la DIA, se presenta en detalle los requerimientos de maquinarias y equipos del proyecto.

 

3.7.2.7  Requerimientos de Suministro e Insumos:

 

a)      Suministro de energía: Durante los primeros 7 meses de construcción de la obra, la energía eléctrica será generada a través de 3 generadores de 282 HP para las obras de construcción de la subestación y de la línea de transmisión. Los 11 meses posteriores se utilizarán 9 generadores de 282 HP. Estos equipos estarán al interior de un gabinete insonorizado.

 

b)      Suministro de Combustible: Para el abastecimiento de combustible (diésel) a los generadores y vehículos y maquinaria, se instalarán 4 estanques subterráneos de una capacidad de 10.000 litros.

 

c)       Suministro de agua para uso industrial: Se obtendrá desde puntos de captación que cuenten con derechos de aprovechamiento debidamente aprobados en la DGA y se trasladará al lugar de emplazamiento del proyecto en camiones aljibes. En el sitio, el agua será almacenada en 2 tanques de agua del tipo australiano, cuya ubicación se muestra en la lámina Instalación de Faenas que se entrega en el Anexo 5 del Adenda 1 y cuyas coordenadas UTM según DATUM WGS-84 son las que indican en la Tabla 3 del mismo documento.

 
d)      Otros insumos de construcción:
 

·         Áridos: El material adicional que se requiera para rellenos y la grava necesaria para patios de alta tensión, será adquirido únicamente a empresas autorizadas en la región. Sin perjuicio de ello, se privilegiará utilizar para estos fines el material que se obtenga de las excavaciones al interior del predio en que se emplaza el proyecto.

 

·         Hormigones: Se considera el uso de hormigones premezclados adquiridos a empresas reconocidas en el mercado. El transporte se realizará en camiones mezcladores hasta el lugar de vaciado en las obras, para posteriormente ser vertido sobre los diferentes elementos o cimientos.

 

3.7.2.8  Aspectos sanitarios

 

a)      Requerimientos de agua para uso doméstico: Para esta etapa se habilitarán instalaciones sanitarias destinadas al uso del personal. Dichas instalaciones estarán compuestas por baño, lavamanos y ducha; estarán ubicadas en el sector de Instalación de Faenas.

 

b)      Manejo de Aguas Servidas: Para el tratamiento de las aguas servidas, se instalará una planta modular de tratamiento que permitirá obtener un efluente tratado, dando cumplimiento a la Nch 1.333 que establece Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos.

 
 
3.7.3      Etapa de Operación (30 años)
 

El inicio de esta etapa ha quedado definido por la fecha de interconexión a la Subestación Carrera Pinto luego de finalizadas las pruebas de puesta en marcha de subestación.

 
3.7.3.1  Descripción del Proceso
 

El proyecto consiste en la generación eléctrica, en base a energía solar captada mediante, mediante la instalación de una planta solar de 1.710.720 módulos fotovoltaicos que tendrán en conjunto un potencial de 162,36 MWac. La energía será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC), a través de la conexión a la subestación existente Carrera Pinto.

 
3.7.3.2  Actividades de Mantenimiento
 

A lo largo de la vida útil del proyecto, se realizará actividades preventivas y correctivas de mantenimiento; las cuales, serán planificadas con antelación de acuerdo a las especificaciones del fabricante. También se consideran dentro de las actividades las reparaciones de emergencia las cuales por su naturaleza no son programadas.

 

a)      Mantenimiento preventivo: El protocolo de mantenimiento preventivo es principalmente inspecciones de rutina. Estas inspecciones preventivas se fijan con antelación y por períodos mensuales, trimestrales, semestrales o anuales. La frecuencia y tipo de mantenimiento se describen en la Tabla N° 12 de la DIA.

 

b)      Mantenimiento correctivo: Estos se manejan caso por caso con los recursos apropiados. Las intervenciones realizadas pueden ser con o sin corte de servicio. Algunos de los eventos de mantenimiento correctivo principales se enumeran en la Tabla 13 de la DIA.

 
3.7.3.3  Suministros e Insumos
 

a)      Energía Eléctrica: La energía eléctrica requerida será auto-suministrada durante el día. Por la noche, se proveerá mediante la extracción de la energía a través de la subestación de planta. En caso de emergencia, se utilizarán los sistemas de respaldo energético detallados en el apartado 3.1.3.6 de la DIA.

 

b)      Requerimientos de maquinaria y equipos No se contempla el uso de maquinaria ni equipos electrógenos para el desarrollo de esta etapa. Por otra parte se contempla el uso de camionetas 4x4 para el desplazamiento al interior del parque fotovoltaico para labores de mantenimiento (salvo en casos de emergencias se contempla el uso del grupo electrógeno de la subestación el cual se encuentra al exterior de la sala eléctrica). En caso de reparaciones de emergencias puede ser necesario utilizar maquinaria pero se analiza caso a caso.

 

3.7.3.4          Aspectos Sanitarios

 

a)      Agua Potable: Se requerirá suministrar agua potable, para consumo de los trabajadores. Se estima una demanda media de 100 litros de agua por persona. Esta agua será provista por la empresa sanitaria más cercana, trasladada por medio de un camión aljibe y almacenada en estanques, será proveída mediante máquinas dispensadoras provistas de botellones de 20 litros, servicio que será prestado por una empresa que cuente con los permisos respectivos.

 

b)      Manejo de aguas servidas: Se contará con instalaciones permanentes de servicios sanitarios. Dichas instalaciones estarán compuestas por baño, lavamanos, ducha. Para el tratamiento de los residuos líquidos, el titular utilizará la planta de tratamiento de agua de digestión aeróbica diseñada para la etapa de construcción, pero redimensionada para satisfacer las necesidades del personal de la etapa de operación. El efluente tratado permitirá cumplir con los requisitos establecidos en D.S. Nº 90/00 Norma de Emisión Para la Descarga de Residuos Líquidos a Aguas superficiales. Las aguas tratadas se dispondrán al interior del terreno del proyecto mediante la actividad de humectación de caminos. El retiro de los lodos estará a cargo de una empresa externa autorizada.

 
3.7.4      Etapa de Cierre (20 meses)
 

A continuación se describen las operaciones a realizar para el desmantelamiento del Parque Fotovoltaico Luz del Norte, una vez que el mismo haya concluido su vida útil (30 años prolongables en función del buen mantenimiento de la instalación).

 

Para tales efectos, se realizará el retiro de los elementos mecánicos y otros en desuso, estos serán trasladados para su reutilización, reciclaje o disposición final según sea el caso, siempre conforme a la normativa vigente. A continuación se describen brevemente los trabajos a realizar para cada elemento de la planta fotovoltaica.

 
3.7.4.1  Parque fotovoltaico
 

Una vez haya concluido la vida útil del parque, las acciones a ejecutar serán las siguientes:

 

·         Desmantelamiento de los elementos que constituyen el parque fotovoltaico (módulos fotovoltaicos, inversores, cuadros de agrupación, estaciones de media tensión).

·         Restauración de las zonas ocupadas.

 
3.7.4.2  Subestación eléctrica
 

Se procederá a la desconexión y desmantelamiento de todo el equipamiento eléctrico y centros de transformación, para posteriormente retirar las estructuras, las cuales se apilarán en un lugar destinado para ello desde el cual serán cargadas a un camión para su transporte definitivo a una empresa autorizada para su correcto tratamiento y/o reutilización.

 
3.7.4.3  Línea de transmisión
 

Para el abandono del proyecto se procederá de la siguiente forma:

 
  • Desconexión de líneas de transmisión y equipos: se procederá a desenergizar las líneas de transmisión conectadas a las subestaciones eléctricas y los equipos.
 
  • Desmontaje de los equipos y estructuras: se desmontarán equipos y estructuras. Los equipos que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados en lugares de acopio en el sitio hasta que estos puedan ser enviados a los lugares de disposición definitiva. Los equipos que no son reciclables serán llevados lugares debidamente autorizados para ello.
 
  • Retiro de obras civiles y restitución del terreno: estas podrán ser demolidas total o parcialmente en el caso de fundaciones profundas. Las condiciones del terreno serán restaurados a su estado original mediante el uso de carpetas de suelo. Dado que el terreno no recibirá prácticamente preparación alguna y por tanto que la afección sobre el suelo es mínima, el lugar quedará prácticamente como en su estado anterior, y limpio de las basuras clandestinas existentes en la actualidad.
 

3.8   Principales Aspectos de la Evaluación

 
3.8.1              Emisiones Atmosféricas
 

a)      Etapa de Construcción

 

Para la etapa de construcción las principales actividades corresponden a las labores de remoción de tierra, transporte de insumos y operación de maquinaria. En cuanto a las emisiones de material particulado el mayor aporte se produce en el primer año de construcción del proyecto, lo cual se debe a la mayor cantidad de maquinaria operando respecto del segundo año y a la construcción de la subestación eléctrica y línea de transmisión durante el primer año.

 

Las principales fuentes de emisión de material particulado la constituyen el tránsito de vehículos en caminos no pavimentados y la operación de maquinarias.

 

El proyecto considera como medida de abatimiento de polvo la aplicación de bischofita, como estabilizador, en el camino no pavimentado de acceso al proyecto y en los caminos internos. Se consideró, en forma conservadora, una eficiencia de abatimiento de 75%.

 

Considerando la medida de estabilización del camino no pavimentado de acceso al proyecto y en los caminos internos, el escenario de emisión de MP10 para la etapa de construcción, se presenta en la siguiente tabla.

(Fuente: Anexo 7 de la DIA)

 

Las emisiones de material particulado MP10, durante la Etapa de Construcción, alcanzan una tasa de 31,33 toneladas para el año 1 y 31,27 toneladas para el año 2. La principal fuente de emisión la constituye el tránsito de vehículos livianos en caminos no pavimentados, con un aporte sobre el 37% del total de emisiones de MP10, tanto para el año 1 como para el año 2.

 

Respecto de la emisión de gases, las emisiones de mayor envergadura corresponden a las de óxidos nitrosos producto de la operación permanente de maquinaria en el sector del proyecto, las que tienen directa relación con la potencia nominal de los motores y las horas de operación.

(Fuente: Anexo 7 de la DIA)

 

En cuanto a las emisiones de gases, la principal fuente la constituye la combustión del motor de maquinarias, con más del 85% del aporte en el total de las emisiones de CO, HC y NOx.

 

Para minimizar los efectos producidos por la construcción del proyecto, las medidas de control ambiental para minimizar el material particulado en los frentes de trabajo serán:

 
  • El proyecto considera como medida de abatimiento de polvo la aplicación de bischofita, en los caminos internos, perimetrales, principales y camino de acceso de acuerdo al Plan de Mantenimiento de Caminos que se entrega en el Anexo 16.
 
  • Se exigirá que tanto los camiones como las maquinarias consideradas en las diferentes etapas del proyecto, cuenten con las revisiones y mantenciones al día, de manera de asegurar una correcta operación.
 
  • Control de las velocidades de circulación de vehículos en camino de acceso y caminos interiores, siendo la velocidad máxima permitida de 40 km/h.
 

a)      Etapa de Operación

 

En esta etapa, las mayores emisiones de material particulado se generan producto del tránsito de vehículos en caminos no pavimentados.

 

El proyecto considera como medida de abatimiento de polvo la aplicación de bischofita, como estabilizador, en el camino no pavimentado de acceso al proyecto y en los caminos internos. Se consideró, en forma conservadora, una eficiencia de abatimiento de 75%.

 

Considerando la medida de estabilización del camino No pavimentado de acceso al proyecto y en los caminos internos, el escenario de emisión de MP10 para la etapa de operación, se presenta en la siguiente tabla.

(Fuente: Anexo 7 de la DIA)

 

Con el factor de abatimiento de material particulado, las emisiones en caminos No pavimentados disminuyeron, por lo que el mayor aporte de emisiones pasa a ser la de caminos pavimentados con un aporte cercano al 67% de las emisiones totales de MP10.

 

En cuanto a las emisiones de gases producto de la combustión del motor de vehículos el mayor

aporte lo constituye el NOx. Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla.

(Fuente: Anexo 7 de la DIA)

 

La emisión de gases se asocia a la combustión en el motor de vehículos, siendo la emisión de NOx la que presenta el mayor aporte con 0,46 toneladas al año.

 

a)      Etapa de Abandono

 

Para la etapa de Abandono, la cual contempla el desmantelamiento y transporte de módulos, además del transporte de personal, se obtiene que la emisión de MP10 alcanza una tasa de 25,95 toneladas, tanto para el año 1 como para el año 2, las cuales se deben principalmente al tránsito de vehículos livianos por caminos no pavimentados con un aporte de 45% al total de las emisiones de MP10.

 

El proyecto considera como medida de abatimiento de polvo la aplicación de bischofita, como estabilizador, en el camino no pavimentado de acceso al proyecto y en los caminos internos. Se consideró, en forma conservadora, una eficiencia de abatimiento de 75%.

 

Considerando la medida de estabilización en el camino no pavimentado de acceso al proyecto y en los caminos internos, el escenario de emisión de MP10 para la etapa de cierre, se presenta en la siguiente tabla.

(Fuente: Anexo 7 de la DIA)

 

En cuanto a las emisiones de gases, la principal fuente la constituyen la combustión del motor de la maquinaria utilizada durante esta etapa. Los resultados obtenidos se presentan en la siguiente tabla.

(Fuente: Anexo 7 de la DIA)

 

El detalle de la Estimación de Emisiones Atmosféricas para cada una de las etapas del proyecto se presenta en el Anexo 7 de la DIA y Anexo 15 del Adenda 1.

 
3.8.2              Ruido
 

a)      Etapa de Construcción

 

Respecto a las emisiones de ruido, las obras de construcción darán lugar a un aumento de los niveles de presión sonora en el sitio de emplazamiento del proyecto. Este incremento se deberá a la ejecución de obras asociadas a movimientos de tierra, transporte de materiales, movimiento de maquinaria, etc. En todo caso, debido a que la población más cercana al proyecto se ubica en el poblado Carrera Pinto ubicado a 7,8 km, no hay presencia de receptores cercanos.

 

b)      Etapa de Operación

 

Por la naturaleza del proyecto en etapa de operación, no se generará emisiones de ruido. Estas sólo corresponderán a ruido de vehículos menores en actividad de mantención y vigilancia.

 

c)       Etapa de Abandono

 

Durante la fase de abandono los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria durante el desmantelamiento y el movimiento de tierras y el paso de camiones por caminos de acceso. En todo caso, debido a que la población más cercana al proyecto se ubica en el poblado Carrera Pinto ubicado a 7,8 km, no hay presencia de receptores cercanos.

 
3.8.3      Residuos Líquidos
 
3.8.3.1 Aguas servidas
 

a)      Etapa de Construcción

 

Se generarán aguas servidas producto del uso de baños, duchas y lavamanos para un máximo de 500 personas, lo que generará 50.000 litros de efluente, el cual será conducido hasta una planta de tratamiento de aguas, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en D.S. Nº 90/00 Norma de Emisión Para la Descarga de Residuos Líquidos a Aguas Superficiales. Debido a que el agua tratada será utilizada para la humectación de caminos en esta fase, se dará cumplimiento a la NCh 1.333 Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos.

 

b)      Etapa de Operación

 

En la etapa de operación se contará con instalaciones permanentes de servicios sanitarios destinados al uso del personal; dichas instalaciones estarán compuestas por baño, lavamanos y ducha, y estarán ubicadas en la sala de control de la planta. Para los efluentes de los servicios higiénicos, se contará con la misma planta de tratamiento de aguas utilizada para la construcción, debido a que es una planta modular, dando cumplimiento a los requisitos establecidos en D.S. Nº 90/00 Norma de Emisión Para la Descarga de Residuos Líquidos a Aguas Superficiales. Se estima que el efluente máximo para la etapa de operación corresponderá a 1.000 l/día.

 

c)       Etapa de Abandono

 

Se generarán aguas servidas producto del uso de los baños, duchas y lavamanos para un máximo de 55 personas, lo que generará 5.500 litros de efluente al día. Se habilitarán baños químicos o se emplearán aquellos que se encuentren aún operativos como parte de la infraestructura existente. Para aquellos frentes de trabajos que se ubiquen a más de 75 metros de distancia de los servicios sanitarios instalados, se contará con baños químicos. Los residuos serán dispuestos según la legislación vigente.

 
3.8.3.2 Aguas residuales
 

a)      Etapa de Construcción

 

Se generarán residuos líquidos a partir del lavado de maquinaria que se realice en el sector de mantención, el cual contará con un piso de hormigón cuyo perímetro tendrá una rejilla recolectora conectada a una cámara estanca para conducir el agua residual producto del lavado. De esta manera se evita la generación de un residuo líquido. Una vez que la cámara estanca alcance el 80% de su capacidad será vaciada por medio de la succión de su contenido, el cual será traspasado a contenedores sólidos para su posterior manejo, transporte y disposición de acuerdo a lo que establece el D.S. N° 148/03.

 

b)      Etapa de Operación

 

El único residuo líquido industrial que se generará durante la etapa de operación de la planta solar, proviene de la limpieza de los módulos, que se realizará dos veces al año para lo cual se empleará agua desmineralizada sin la incorporación de sustancias adicionales (detergenes). El agua escurrirá hacia el suelo para su evaporación, tal como lo haría si se tratara de precipitaciones naturales.

 

c)       Etapa de Abandono

 

Para minimizar la generación de algún tipo de líquido residual, los equipos que los contengan se retirarán completamente sin ser desmontados en el lugar, actividad que se realizará en un lugar que cuente con las condiciones adecuadas para su desarrollo y autorizaciones que sean pertinentes.

 
3.8.4      Residuos Sólidos
 
3.8.4.1 Residuos asimilables a domiciliarios
 

a)      Etapa de Construcción

 

Serán almacenados temporalmente en contenedores herméticamente cerrados. Se estima que en la etapa de construcción se generarán 6,06 toneladas mensuales de basura doméstica (1 kg/persona/día). Se construirá una sala para basuras hasta la cual se llevarán los contenedores para ser vaciados en otros de mayor volumen. La disposición final de los residuos asimilables a domiciliarios se realizará en un relleno sanitario autorizado cercano al proyecto. Su frecuencia de retiro se hará al menos tres veces por semana y será responsabilidad del Titular, quien ejecutará esta actividad por medio de una empresa que cuente con autorización sanitaria.

 

b)      Etapa de Operación

 

Estos serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas. Se estima que, se generarán 0,30 toneladas mensuales de basura doméstica (1 kg/persona/día), ya que trabajarán como máximo 10 personas. La disposición final de los residuos asimilables a domiciliarios se realizará en un relleno sanitario autorizado cercano al proyecto. Su frecuencia de retiro se hará al menos tres veces por semana y será responsabilidad del Titular, quien ejecutará esta actividad por medio de una empresa que cuente con autorización sanitaria.

 

c)       Etapa de Abandono

 

Se generarán residuos sólidos domésticos que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores cerrados. Se estima una producción de residuos domésticos de 1 kg/trabajador/día, es decir, 1,65 toneladas mensuales, ya que se estima que trabajarán como máximo 55 personas. El manejo de estos, será similar al descrito para la etapa de construcción. En cada una de las etapas del proyecto se dispondrá de un recinto para guardar transitoriamente los contenedores una vez llenos. La disposición final de los residuos asimilables a domiciliarios se realizará en un relleno sanitario autorizado cercano al proyecto. Su frecuencia de retiro se hará al menos tres veces por semana y será responsabilidad del Titular, quien ejecutará esta actividad por medio de una empresa que cuente con autorización sanitaria.

 
3.8.4.2 Residuos sólidos industriales
 

a)      Etapa de Construcción

 

Se generará una cantidad menor de residuos de construcción y montaje, se contará con contenedores en los distintos frentes de trabajo. El retiro de este tipo de residuos se hará 1 vez al mes. El almacenamiento temporal de estos residuos se realizará en patio de residuos industriales en cumplimiento con la normativa, para luego ser trasladados para su disposición final a un relleno controlado con autorización sanitaria.

 
 

b)      Etapa de Operación

 

Serán originados por recambio de piezas, cables, entre otros, en cantidades muy bajas (Tabla 22 de la DIA). Estos residuos serán dispuestos en forma temporal en un sitio especialmente habilitado para luego ser dispuestos en botaderos autorizados o bien reciclados, según sea la naturaleza del residuo. El almacenamiento temporal de estos residuos se realizará en patio de residuos industriales en cumplimiento con la normativa, para luego ser trasladados para su disposición final a un relleno controlado con autorización sanitaria.

 

c)       Etapa de Abandono

 

Se generarán residuos sólidos provenientes del desmantelamiento de los equipos. Dependiendo de las condiciones en que se encuentren estos serán vendidos para ser reutilizados o reciclados. Por el contrario, todo el material de desecho será debidamente almacenado y dispuesto en un sitio de disposición final, según los cuerpos normativos vigentes a esa fecha.

 

En consideración al manejo de los paneles fotovoltaicos como residuos industriales no peligrosos, en el marco del proceso de evaluación, el Titular presentó los resultados de los análisis elaborados por el Centro Nacional del Medio Ambiente de la Universidad de Chile (CENMA) a muestras del tipo módulos fotovoltaicos que serán utilizados en el proyecto, las muestras analizadas no presentan valores por sobre el nivel regulatorio asociados a:

 
  • Toxicidad Aguda (Artículo 12 y 88 del D.S. N° 148/03).
  • Toxicidad Crónica Asociada a Presencia de Sustancias Cancerígenas (Artículo 12, 13 y 89 del D.S. N° 148/03).
  • Toxicidad Extrínseca asociada a elementos orgánicos e inorgánicos (Artículo 14 D.S. N° 148/03).
  • Inflamabilidad (Artículo 15 D.S. N° 148/03).
  • Reactividades (Artículo 16 D.S. N° 148/03).
  • Corrosividad (Artículo 17 D.S. N° 148/03).
 

En tal sentido, se certifica que dichas muestras no presentan las características de peligrosidad descritas entre los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17 del D.S. N° 148/03.

 

El detalle de los análisis realizados son presentados en el Anexo 17 “Muestreo Para Determinación de Características de Peligrosidad de Residuos” del Adenda 1. De manera complementaria, se presenta mediante el Anexo 18 del Adenda1, el Informe Evaluación Medioambiental, de Salud y Seguridad CENER y Fundación Chile.

 

En consideración a lo anteriormente expuesto, mediante el Anexo 19 del Adenda1, se presenta el Plan de Manejo y Reemplazo de Módulos Fotovoltaicos, el cual entrega las directrices de cómo se realizará el manejo de los módulos fotovoltaicos para el proyecto Luz del Norte.

 
3.8.4.3 Residuos peligrosos
 

a)      Etapa de Construcción

 

En esta etapa se generarán 7,6 ton/año de residuos peligrosos. Debido a esto no es necesario presentar un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. En la Tabla 23 de la DIA, se presenta el detalle de los residuos generados.

 

b)      Etapa de Operación

 

Se estima que producto de las actividades de mantenimiento y limpieza de las instalaciones del proyecto, se generará una cantidad de 6,6 ton/año de residuos peligrosos, razón por la cual no será necesaria la elaboración de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. En la Tabla 23 de la DIA, se puede apreciar el detalle de los residuos generados.

 

c)       Etapa de Abandono

 

El tipo y cantidad de residuos peligros en esta etapa, se muestran en la Tabla 23 de la DIA, a partir de la cual es posible establecer la necesidad de tener que presentar a la autoridad sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos ya que se generarán 41,8 ton/año de residuos peligrosos.


3.8.5      Transporte
 

La siguiente tabla caracteriza en detalle la componente transporte para cada una de las etapas del proyecto, señalando el flujo de vehículos a utilizar, tipo de vehículos, periodicidad del flujo de transporte hacia el proyecto para cada una de las etapas del proyecto.

(Fuente: Anexo 23 del Adenda 1)

3.8.6      Medio Biótico
 
3.8.6.1 Flora y Vegetación
 

En el Anexo 3 de la DIA se presentan los antecedentes relativos a la caracterización de flora y vegetación asociados al área de emplazamiento del proyecto, la cual fue complementada mediante los antecedentes presentados en el Anexo 7 del Adenda 1.

 

El trabajo de terreno contempló una campaña en estación de invierno ejecutada entre los días 12 y 13 de agosto de 2012, y una en estación de primavera ejecutada entre el 31 de octubre y el 2 de noviembre, cubriendo en ambas oportunidades la totalidad de la zona de emplazamiento del proyecto.

 

Como resultado, para el área de estudio de la línea de transmisión se confeccionaron 27 inventarios florísticos, cuya localización se muestra en el plano incorporado en el Anexo 7 del Adenda 1, que también incluye tablas con el nombre científico de las especies y su código de identificación. Adicionalmente, se agrega en este mismo Anexo 7, otra tabla con el catálogo florístico, a partir del cual se establece la presencia de 13 especies de flora vascular, de las cuales 8 son arbustos y 5 hierbas. De las arbustivas, 3 son nativas no endémicas y 5 endémicas. De las hierbas, la totalidad corresponden a especies nativas no endémicas.

 

Para el área del proyecto (planta solar, línea de transmisión, nuevo camino de acceso y canal de

encauzamiento) se confeccionaron 264 parcelas (Anexo 7 del Adenda 1) y como resultados se identificó la presencia de 19 especies de flora vascular, de las cuales, en lo que respecta su origen, la totalidad corresponde a entidades nativas de las cuales 11 son no endémicas y 8 endémicas. En cuanto a las formas de vida, 11 son arbustos y 8 hierbas.

 

En consideración a lo anterior, respecto al estado de conservación, tal como se indica en el Catálogo Florístico del Anexo 7 del Adenda 1, solo se detectó la presencia de una especies citada en los documentos oficiales en algunas de las categoría utilizadas, correspondiente a Adesmia argyrophylla clasificada como Vulnerable (D.S. N° 41/11).

 

En tal sentido, como medida de control de esta componente, el Titular compromete la ejecución de un Plan de Manejo Biológico, el cual es presentado en el Anexo 3 del Adenda 3, a través del cual se entregan medidas de resguardo para mencionada especie, estableciéndose un Protocolo Para la Colecta y Viverización de Germoplasma de Especies Arbustivas.

 
3.8.6.2 Fauna
 

En el Anexo 4 de la DIA se presentan los antecedentes relativos a la caracterización de fauna asociados al área de emplazamiento del proyecto, la cual fue complementada mediante los antecedentes presentados en los Anexos 9 del Adenda 1 y Anexo 3 del Adenda 3.

 

El trabajo de terreno contempló una campaña en estación de invierno ejecutada entre los días 12 y 13 de agosto de 2012, y una en estación de primavera ejecutada entre el 31 de octubre y el 2 de noviembre, además del día 27 de noviembre, cubriendo en ambas campañas la totalidad de la zona de emplazamiento del proyecto.

 

Si bien en el área del proyecto se detectaron Jotes de cabeza colorada (Cathartes aura), Caranchos cordilleranos (Phalcoboenus megalopterus) y Mineros chicos (Geositta maritima), sus densidades fueron muy bajas, al extremo de no ser detectadas por los transectos ni por el muestreo de tránsito aéreo realizado. No obstante a lo anterior, el Titular compromete la incorporación de peinetas antiaves en las torres de la línea de transmisión, para evitar que se posen en las zonas cercanas a los conductores y evitar así su deceso por eventuales descargas eléctricas.

 

A pesar de la escasa población animal observada, los reptiles constituyen el grupo animal más común en el área de estudio, donde el 100% de la riqueza observada tiene problemas de conservación. Es por esta razón que se ha propuesto además de la implementación de un Plan de Rescate y Relocalización y un Plan de Perturbaciones Controladas para el camino de acceso y línea de transmisión.

 

La siguiente tabla, muestra las especies de reptiles a rescatar, para lo cual se propone rescatar como mínimo un 30% de la densidad general de reptiles en estado de conservación observada durante la ejecución de la caracterización de fauna (2,3 ejemplares por hectárea).

(Fuente: Anexo 3 del Adenda 3)

 

Además, como medida de protección de las especies de macro mamíferos registrados, se realizarán capacitaciones a los trabajadores involucrados en el proyecto, en cuanto a la prohibición de realizar caza o captura de ejemplares de fauna silvestre.

 
3.8.7      Hidrología
 

En el sector donde se emplazará el proyecto, las lluvias de período de retorno inferiores a 25 años no generan escorrentía superficial, por cuanto se infiltra o se “apoza” en depresiones, no dando origen a flujos superficiales. Sin embargo, las lluvias de períodos de retorno mayores a 25 años generan escorrentía superficial que llega y cruza el área del proyecto.

 

Para captar las aguas lluvia de periodos de retorno mayores a 25 años y canalizarlas hacia el sector Sur del parque solar, se proyectaron dos canalizaciones: el Canal Proyectado 1 y el Canal Proyectado 2.

 

El Canal Proyectado 1 se ubica a lo largo del límite Norte del sitio (inmediatamente al interior de éste). Dicho canal captará y conducirá las aguas provenientes de la Qda. Sin Nombre 2, desde el Oriente hacia el Poniente.

 

El Canal Proyectado 2 se ubica a lo largo del límite Poniente del sitio (inmediatamente al interior de éste), y captará las aguas que conduce el Canal Proyectado 1, provenientes de la Qda Sin Nombre 2 para conducirlas, junto con las aguas que capte desde la Qda. Sin Nombre 1, desde el Norte hacia el Sur.

 

El canal fue dimensionado considerando los caudales de crecida peak para lluvias de periodo de retorno de 100 años.

 

Como parte de los antecedentes del PAS 106 (Anexo 11 del Adenda 1), se entregan en el Estudio Hidráulico los cauces naturales activos identificados en el área de proyecto y en el Estudio Hidrológico la cuenca hidrográfica tributaria al área del proyecto.

 
3.8.8      Paisaje
 

El área de intervención del proyecto se localiza en un sector relativamente plano pero sus alrededores poseen una morfología con formas erosivas interesantes con pendientes entre 15% y 30% y un relieve variado en tamaño y forma. Está ubicado en un ambiente desértico de amplia visibilidad, pero que carece de elementos singulares o sobresalientes. Su fisonomía y estructura son propias de los paisajes de la zona. En cuanto a la clasificación del paisaje esta nos dice que el territorio no sufriría mayores alteraciones con respecto a las futuras intervenciones del parque solar (ver Anexo 5 de la DIA).

 

En Anexo 13 del Adenda 1, se proporcionan modelaciones 3D y fotomontajes que dan cuenta de las obras asociadas al proyecto, a partir de lo cual se realizó se presentó en el mismo documento, la evaluación de la calidad, fragilidad y evaluación visual del paisaje en situación con y sin proyecto, en la cual se concluye que tanto la sensibilidad como la visibilidad del paisaje bajan de clase desde la situación sin a la con proyecto, sin embargo, las clases de paisaje en la situación sin proyecto muestran que en el sector es posible observar rasgos aislados de valor, pero que son comunes y no exclusivos, lo que permite a un observador percibir otros atractivos a la vista que contextualizan con las características del entorno.

 

Dicho análisis permitiría al paisaje acoger una gama importante de actividades que usan los recursos escénicos, sin afectar sus características visuales básicas, por lo que el territorio no sufriría mayores alteraciones con respecto a las futuras instalaciones del parque solar.

 

Con respecto a las medidas de manejo ambiental y/o acciones de control adecuadas, el proyecto presentará una arquitectura acorde al entorno, relativo a texturas y colores para los edificios de operaciones y mantenimiento, sala eléctrica de la subestación y el centro de control y comunicaciones del sitio.

 

3.9 Relación entre el proyecto y políticas, planes y programas de desarrollo regional

 

El análisis de las relaciones del proyecto con la Estrategia de Desarrollo Regional de Atacama (ERDA) indica que existe relación con los lineamientos estratégicos de esta estrategia de desarrollo y que las actividades del proyecto no interfieren ni se contraponen con estos objetivos.

 

3.10               Relación entre el proyecto y planes de desarrollo comunal

 

El análisis de las relaciones del proyecto con el Plan de Desarrollo Comunal de Copiapó indica que existe relación con los ejes temáticos de estos planes y que las actividades del proyecto no interfieren ni se contraponen con estos objetivos.

 
3.11               Compatibilidad Territorial
 

El emplazamiento del Proyecto corresponde a un área rural fuera del área regulada por el Plan Regulador Comunal de Copiapó, según los límites establecidos en el Decreto Alcaldicio 373 de 07.12.05 "Actualización Plan Regulador Comunal de Copiapó”.

 

4.       Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE" cumple con:

 

a)      D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud. Durante la etapa de construcción, se generarán emisiones de material particulado como consecuencia de las actividades de transporte de áridos, excavaciones y circulación de maquinaria pesada.

 

Forma de cumplimiento de la normativa: Se considera como medida de abatimiento de polvo en la fase de construcción, la aplicación de bischofita, como estabilizador en el camino no pavimentado de acceso al proyecto y caminos internos. Además se realizará la humectación de los frentes de trabajo. En el Anexo 16 del Adenda 1 se presenta el Plan de Mantenimiento de Caminos.

 

b)      D.S. N°138, establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fecha de Publicación: 17 de Noviembre de 2005. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública. Durante los primeros 7 meses de construcción de la obra, la energía eléctrica será generada a través de 3 generadores de 282 hp para las obras de construcción de la subestación y de la línea de transmisión. Los 11 meses posteriores se utilizarán 9 generadores de 282 hp. Estos equipos estarán al interior de un gabinete insonorizado.

 

Forma de cumplimiento de la normativa: El Titular declarará las emisiones asociadas a éste equipo en el sentido establecido por la normativa legal, utilizando para esto el sistema disponible en www.declaracionemision.cl.

 

c)       D.S. 78/2010, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Ministerio de Salud. Durante la etapa de construcción se utilizarán Sustancias Peligrosas que serán almacenadas en una bodega cuyas características dependerán de su cantidad, clase y división de peligrosidad, según la NCh 382.

 

Forma de cumplimiento de la normativa: Se estima que la bodega a habilitar, almacenará una cantidad inferior a 10 toneladas de sustancias inflamables y menos de 12 toneladas de las otras clases de sustancias peligrosas que no sean inflamables. Por ambos motivos, no se requerirá de Autorización Sanitaria para su funcionamiento.En el Anexo 22 del Adenda 1se presenta el listado de las sustancias peligrosas a utilizar por etapas, su cantidad, frecuencia de uso, almacenamiento, norma que aplica en cada una y sus respectivas hojas de seguridad.

 

d)      D.F.L. Nº725, Código Sanitario. Fecha de Publicación: 31 de Enero de 1968. Rectificación: 06 de Febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública. Se considera la generación de aguas servidas, durante la fase de construcción específicamente en las dependencias de la instalación de faenas y en los frentes de faenas en baños químicos. Durante la etapa de construcción en la instalación de faenas se generarán residuos tanto de origen domiciliarios como industriales. Para el almacenamiento temporal de dichos residuos, de forma previa a su disposición final, se contempla la habilitación de una sala de basuras, un sitio de acopio de residuos industriales y de una bodega de residuos peligrosos. Durante la etapa de operación se originarán residuos principalmente por recambio de piezas, cables, entre otros, en cantidades muy bajas. Además, el proyecto requiere para su construcción y operación de una planta de tratamiento de aguas servidas.

 

Forma de Cumplimiento: La sala de basuras, el sitio de acopio de residuos industriales y la bodega de residuos peligrosos contarán con las respectivas autorizaciones por parte de la Autoridad Sanitaria, y darán pleno cumplimiento a la normativa vigente en su diseño y manejo. El transporte de los residuos hacia el sitio de disposición final se realizará a través de terceros autorizados, y la disposición final se hará en sitios autorizados al efecto por la Autoridad Sanitaria.

 

Las aguas residuales de uso sanitario, serán tratadas mediante Planta de Tratamiento de Aguas Servidas del tipo fosa séptica, con capacidad para tratar un caudal máximo de 55.000 lts/día en la etapa de construcción y 1.000 lts/día en la operación. Las aguas tratadas serán utilizadas en la actividad de humectación de caminos internos y frentes de trabajo.

 

e)      D.S. Nº594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de Abril de 2000. Ministerio de Salud. Durante la fase de construcción, se habilitará una instalación de faenas, la cual dará cumplimiento a lo establecido en este cuerpo legal.

 

Forma de Cumplimiento: Se contará con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. Se mantendrá una dotación mínima de 100 litros de agua por persona/día. Tanto en la fase de construcción como de operación, se cumplirá con el número de servicios higiénicos, según lo establece este cuerpo legal .Las aguas servidas domésticas serán tratadas para dar cumplimiento al D.S. N° 90/00. En aquellos frentes de trabajo que estén a más de 75 de las instalaciones sanitarias, se habilitarán baños químicos. Una vez finalizada la faena temporal, se reacondicionarán sanitariamente los lugares destinados a los baños químicos.

 

f)       D.S. N°38/2012 Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Ministerio del Medio Ambiente.

 

Forma de Cumplimiento: Si bien las emisiones de ruido producto de las obras de construcción darán lugar a un aumento de los niveles de presión sonora en el sitio de emplazamiento del proyecto, el cual se deberá a la ejecución de obras asociadas a movimientos de tierra, transporte de materiales, movimiento de maquinaria, etc. No obstante, debido a que la población más cercana al proyecto se ubica en el poblado Carrera Pinto ubicado a 7,8 km, no hay presencia de receptores cercanos. Para la etapa de operación, dada la naturaleza del proyecto, no se generará emisiones de ruido, las que sólo corresponderán a ruido de vehículos menores en actividad de mantención y vigilancia.

 

g)      D. S. Nº148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 16 de Junio de 2004. Ministerio de Salud. Los residuos sólidos peligrosos en cada una de las fases del proyecto serán almacenados temporalmente en bodegas de residuos peligrosos.

 

Forma de Cumplimiento: Las características de diseño y operación de la bodega de residuos peligrosos incorporarán los requerimientos de este Reglamento, de acuerdo a las condiciones particulares del área y de los residuos generados. Los paneles fotovoltaicos serán tratados como residuos industriales no peligrosos en virtud de las certificaciones de no peligrosidad presentados en el marco de esta evaluación. Los residuos peligrosos generados serán segregados y separados de los demás residuos no peligrosos, y almacenados en la bodega que se implementará al efecto, sin superar dicho almacenamiento los 6 meses establecidos en el Decreto Supremo Nº 148/03, hasta su retiro definitivo por empresas autorizadas hacia sitios de disposición final autorizados. el movimiento de los residuos peligrosos a través del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP).

 

h)      D.S. N°686/98, Norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción.

 

Forma de cumplimiento de la normativa: El Sistema de Iluminación del proyecto incorporará medidas diseñadas para reducir emisión de luz nocturna utilizada durante la construcción, operación y mantenimiento con el fin de cumplir con el D.S. N°686/98 que tiene como objetivo principal, prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de la II, III y IV Regiones, de manera de proteger la calidad astronómica de dichos cielos, mediante la regulación de la emisión lumínica. Se informará a la SEC mediante informes fotométricos, el cumplimiento del ángulo de montaje de las luminarias previo a la puesta en marcha del proyecto.

 
i)        Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales; Fecha de Publicación: 4 de Febrero 1970. Ministerio de Educación. D.S. 484 Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fecha de Publicación: 02 de Abril de 1991. Ministerio de Educación. En la inspección arqueológica realizada el recorrido de los expertos no arrojó hallazgos de sitios arqueológicos.
 
Forma de cumplimiento de la normativa: En caso de que durante la ejecución del proyecto se identifiquen hallazgos arqueológicos se suspenderán inmediatamente las obras para dar aviso a las autoridades correspondientes de conformidad a lo dispuesto en la presente norma.
 

5.       Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 93, 94, 96, 99 y 106 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

a)      Artículo 91 del Reglamento SEIA. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza. Dado que el proyecto contempla la construcción de una planta de tratamiento de aguas servidas para la etapa de construcción, con capacidad para tratar 50.000 litros diarios, y para la fase operación, con capacidad para tratar un caudal de 1.000 litros diarios, mediante apartado 9 de la DIA, el Proponente proporciona los antecedentes para verificar el cumplimiento del PAS 91.

 

En tal sentido, mediante Ord. N°2429 del 23 de Diciembre de 2013, la SEREMI de Salud otorga el presente permiso ambiental conforme a los antecedentes presentados por el Proponente y se instruye que, de ser aprobada la presente DIA, deberá solicitar autorización sanitaria del sistema de tratamiento de aguas servidas domésticas contemplado en el proyecto para las etapas de construcción y operación.

 

b)      Artículo 93 del Reglamento SEIA. Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase. Dado que el Proyecto contempla el almacenamiento temporal de los residuos sólidos generados durante la etapa de construcción, operación y cierre, mediante apartado 9 de la DIA, el Proponente proporciona los antecedentes para verificar el cumplimiento del PAS 93.

 

En tal sentido, mediante Ord. N°2429 del 23 de Diciembre de 2013, la SEREMI de Salud otorga el presente permiso ambiental.

 

c)       Artículo 94 del Reglamento SEIA. Sobre la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del DS. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Construcciones. Se presentaron los antecedentes debido a que es un establecimiento industrial, ya que las instalaciones o edificaciones de este tipo de uso que contemplen un proceso de transformación de energía.

 

En tal sentido, mediante Ord. N°211 del 3 de Febrero de 2014, la SEREMI de Salud otorga el presente permiso ambiental.

 

d)      Artículo 96 del Reglamento SEIA. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

 

En consideración a que el proyecto se desarrollará en suelo rural, y en virtud de los antecedentes presentados por el Proponente, mediante Ord. N°3 del 3 de Enero de 2013, la SEREMI de Agricultura otorga el presente permiso ambiental.

 

e)      Artículo 99 del Reglamento SEIA. Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas. Dado que para el componente fauna, en el área de intervención se detectaron seis especies en alguna categoría de conservación, tres de ellas corresponden a reptiles, por lo cual se realizara un proceso de rescate de especies de baja movilidad en el sector previo a la construcción de obras. En el Anexo 3 del Adenda 3, se presentan los antecedentes referidos al Plan de Rescate y Relocalización de Fauna.

 

Mediante Anexo 4 del Adenda 3, el Proponente proporciona los antecedentes para verificar el cumplimiento del PAS 99.

 

En tal sentido, mediante Ord. N°182 del 21 de Febrero de 2014, el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Atacama otorga el presente permiso ambiental.

 
f)       Artículo 106 del Reglamento SEIA. Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales.
 

En relación a los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial a que se refiere el artículo 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental presentados por el Titular, referentes a las obras de regularización consideradas para la protección de los perfiles que soportarán los paneles solares que forman parte del presente proyecto en evaluación, aportados por el titular en Anexo 11 del Adenda N°1, mediante Ord. N°904 del 23 de Diciembre de 2013 de la DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme.

 
 

6.       Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

 

6.1 En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población.

 

Del análisis realizado en el presente proceso de evaluación, se concluye que “Parque Fotovoltaico Luz del Norte” no presenta ni genera riesgos para la salud de la población ya que los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, considerando además las siguientes acciones:

 

·         Las emisiones atmosféricas serán controladas mediante la humectación de caminos, reducción de velocidad de tránsito de vehículos y estabilización de caminos no pavimentados mediante la adición de sales aglomerante. Las emisiones de la maquinaria y vehículos serán controladas mediante la exigencia del certificado de mantenciones y revisiones técnicas.

·         Respecto del manejo de aguas servidas se contempla la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas para 500 personas más baños químicos durante la fase de construcción, y una planta de tratamiento para 10 personas durante la fase de operación. En el apartado 9 de la DIA, se proporcionan los antecedentes para la solicitud del PAS 91 correspondiente.

·         Los residuos generados por el proyecto serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, segregados y acopiados según la característica del residuo, en un lugar cercado e impermeabilizado para prevenir derrames y serán enviados posteriormente a sitios de disposición final autorizados. El Proponente solicita en la presente DIA el permiso ambiental.

·         En relación a la generación de emisiones de ruido, y de acuerdo a lo establecido por el D.S. 38/2011 “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado el 12 de Junio de 2012 por el Ministerio del Medio Ambiente, se afirma que el Proyecto generará ruidos durante la fase de construcción y abandono debido al funcionamiento de maquinarias y el tránsito de vehículos. No obstante a lo anterior, se dará cumplimiento a dicha normativa, teniendo en consideración que el receptor más cercano se encuentra en el sector de Carrera Pinto localizado a 7,8 km del área de emplazamiento del proyecto. No se consideran emisiones sonoras relevantes durante la Fase de Operación del proyecto. Durante la Fase de abandono dada la similitud de las operaciones con la fase de construcción, se considera que se dará cabal cumplimiento a las disposiciones normativas.

 

            6.2       En relación a lo señalado en la letra b) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

Del análisis realizado en el presente proceso de evaluación, se concluye que el proyecto “Parque Fotovoltaico Luz del Norte” no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire:

 

·         Los efluentes líquidos son aguas servidas las cuales serán manejadas conforme a normativa ambiental vigente en todas las etapas del proyecto.

·         En Anexo 3 del Adenda 3, Plan de Manejo Biológico, se presentan medidas que contemplan la restauración del área previamente afectado durante el desarrollo del proyecto.

·         Dada la presencia de Liolaemus atacamensis, Liolaemus platei y Callopistes maculatus, como especie de baja movilidad en categoría de conservación, se propone llevar a cabo un plan de rescate y relocalización previa a la intervención de los trabajos en la fase de construcción. Además, realizar una capacitación en manejo de animales silvestres para los trabajadores del sector frente a la posibilidad de encuentros con macromamíferos, como zorros, pumas o guanacos.

 

            6.3       En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

En el lugar de emplazamiento del proyecto, no existe ningún tipo de asentamiento humano, razón por la cual, no se requiere la erradicación de personas. Por otra parte, el proyecto se emplaza en un sector deshabitado, debido a que el lugar habitado más cercano corresponde al poblado de Carrera Pinto, localizado a una distancia de 7,8 km.

 

Además, en la DIA se declara que el área del Proyecto no se encuentra cercana a comunidades indígenas ni tampoco es utilizada para transporte o trashumancia de grupos indígenas de la Región.

 

Del análisis realizado en el presente proceso de evaluación, se concluye que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Luz del Norte” no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

            6.4       En relación a lo señalado en la letra d) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

 

El Proyecto no se localiza próximo a población protegidas por leyes especiales susceptibles de ser afectados por sus obras o actividades en cualquiera de sus fases.

 

En el área del proyecto no se registraron recursos protegidos por leyes especiales.

 

El proyecto no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados por sus obras o actividades en cualquiera de sus fases.

 

Del análisis realizado en el presente proceso de evaluación, se concluye que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Luz del Norte” no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población próxima, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

            6.5       En relación a lo señalado en la letra e) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

 

De acuerdo a la caracterización de paisaje que adjunta en Anexo 5 de la DIA, complementada con los antecedentes presentados mediante Anexo 13 del Adenda 1, relativos a la evaluación de la calidad, fragilidad y evaluación visual del paisaje en situación con y sin proyecto, en la cual se concluye que tanto la sensibilidad como la visibilidad del paisaje bajan de clase desde la situación sin a la con proyecto, sin embargo, las clases de paisaje en la situación sin proyecto muestran que en el sector es posible observar rasgos aislados de valor, pero que son comunes y no exclusivos, lo que permite a un observador percibir otros atractivos a la vista que contextualizan con las características del entorno. Dicho análisis permitiría al paisaje acoger una gama importante de actividades que usan los recursos escénicos, sin afectar sus características visuales básicas, por lo que el territorio no sufriría mayores alteraciones con respecto a las futuras instalaciones del parque solar.

 

Del análisis realizado en el presente proceso de evaluación, se concluye que el Proyecto “Parque Fotovoltaico Luz del Norte” no presentará o generará una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”.

 

            6.6       En relación a lo señalado en la letra f) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

En virtud de los antecedentes presentados en el Anexo 8 de la DIA “Informes de Patrimonio Arqueológico”, se concluye que el proyecto no altera monumentos nacionales, sitios con valor antropológico e histórico.

 

7.       Que, para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, conforme al formulario 574 del Superintendencia del Medio Ambiente, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

 

8.       El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

 

9.       Para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

 

10.       Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

 

11.       Que, el Titular del proyecto deberá comunicar cualquier modificación en el domicilio, individualización del Titular y de representación, al Servicio de Evaluación Ambiental y, a la Superintendencia dentro de un plazo de 7 días hábiles contados desde la realización de la respectiva modificación, a través de formulario respectivo de dicho organismo.

 

12.       Que, para que el proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

13.   Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

 

14.   Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama.

 

RESUELVE:

1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE".

2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto " PARQUE FOTOVOLTAICO LUZ DEL NORTE” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91, 93, 94, 96, 99 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Rafael Prohens Espinosa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Verónica Ossandón Pizarro
Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Atacama




VOP/VML/JEM

Distribución:
  • Luisa Fernanda Nuñez Plaza
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Parque Fotovoltaico Luz del Norte"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=e5/73/a9190ae417d9377c4d3b76a2f5a2a2cb29f2


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