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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina"

Resolución Exenta Nº 0319/2017

Antofagasta, 24 de agosto de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 02 de junio de 2017, del proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina”, presentado por Minera Escondida Ltda. con fecha 22 de febrero de 2017.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina”.

3°. El Acta de Evaluación N° 12 de fecha 06/04/2017, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina” de fecha 04 de agosto de 2017.

5°. El acuerdo N° 031/2017 de fecha 14 de agosto de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Exenta DD.PP. N° 68 de fecha 26 de enero de 2017, que nombra a la Directora Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el Decreto 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Minera Escondida Ltda (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Minera Escondida Ltda.

Rut

79.587.210-8

Domicilio

Avenida de la Minería 501, Antofagasta

Teléfono

55 2201241

Nombre representante legal

Eduardo Caballero Barría

Rut representante legal

14.237.781-0

Domicilio representante legal

Avenida de la Minería 501, Antofagasta

Teléfono representante legal

55 2201290

Correo electrónico Titular o representante legal

Eduardo.ea.Caballero@bhpbilliton.com

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de agosto de 2017, la Directora Regional Subrogante de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión de fecha 14 de agosto de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 04 de agosto de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo general del Proyecto será el mejoramiento operacional en el servicio de abastecimiento de combustible, lubricante y anticongelante para camiones y otros equipos mineros en la faena de MEL, mediante la utilización de estaciones de servicios semi-móviles.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

e) Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicios, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas.

ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.

Vida útil

8 años

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El Proyecto se inicia con la topografía, nivelación y movimientos de tierra en el área de emplazamiento del Proyecto. El cronograma del Proyecto se presenta en numeral I.1 del Adenda de la DIA.

Proyecto se desarrolla por etapas

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si

No

 

 

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se ubicará al interior de la faena de Minera Escondida, la que se ubica en la parte suroriental de la Región de Antofagasta, Provincia y Comuna de Antofagasta

Descripción de la localización

La localización del Proyecto se justifica principalmente por la cercanía que debe existir entre las estaciones de servicios y los equipos mineros que se surtirán en ellas, a fin de mejorar el abastecimiento de los mismos.

Superficie

El área dentro de la cual se localizarían las estaciones semi-móviles corresponde a polígonos de emplazamiento de 1 hectárea para cada semi-móvil.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

En la siguiente tabla se presentan las coordenadas del polígono de localización inicial y final de cada semi-móvil:

 

Tabla 4.1. Coordenadas UTM Datum WGS84

Posición inicial (PSM5)

Vértice

Este

Norte

A

496542

7322033

B

496470

7321971

C

496540

7321889

D

496612

7321950

Posición inicial (PSM6)

Vértice

Este

Norte

A

495945

7321591

B

496032

7321555

C

495990

7321455

D

495903

7321491

Posición Final (PSM5)

Vértice

Este

Norte

A

496515

7324105

B

496556

7324019

C

496458

7323973

D

496418

7324059

Posición Final (PSM6)

Vértice

Este

Norte

A

495765

7323767

B

495842

7323843

C

495908

7323775

D

495831

7323700

 

 

Caminos de acceso

El acceso al área del Proyecto corresponde al interior de la faena de Minera Escondida, cuyo acceso se realiza desde Antofagasta mediante el camino privado a Minera Escondida.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Capítulo 1.3 de la DIA

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

a) Instalación y operación de 2 estaciones de servicios semi-móviles

Cada estación de servicio se compone de 4 estanques de 75.000 litros de combustible, certificados tipo horizontal aéreo de doble pared, con plataforma operacional segura y sistema de control de nivel para prevenir sobre llenado, también cuenta con 4 estanques de 5.000 litros, los cuales serán usados en un 75% con lubricantes y 25% con anticongelante. Por lo tanto, la implementación del Proyecto considera una capacidad de almacenamiento de combustible de 600.000 litros, y de lubricantes y anticongelante de 40.000 litros.

En la Figura 2 del Adenda de la DIA, se presenta un croquis del sistema de estaciones de servicios semi-móviles. Mientras que en la Tabla 18 de la Adenda de la DIA, se presentan los distanciamientos de seguridad para estanques superficiales.Para mayores antecedentes ver numeral 1.4.2 de la DIA.

b) Áreas anexas

Cada una de las estaciones de servicios semi-móviles contempla entre sus áreas anexas las siguientes: sala de generadores, sala de bomba, sala eléctrica y servicio higiénico. Para mayores antecedentes ver numeral 1.4.2 de la DIA.

c) Sistema de contención de derrames
 
Los estanques de combustible serán construidos con doble pared metálica con sensor que detecta posibles derrames del primer estanque y están montados sobre bandejas metálicas contenedoras de eventuales derrames.

El estanque de lubricante y anticongelante será montado en una bandeja metálica contenedora de eventuales derrames.

En caso de presencia de combustible o lubricante en los sistemas de contención, estos serán bombeados de vuelta a sus estanques o controlados con sólidos absorbentes (arena), según lo permita su volumen.

Mayor detalle de las medidas y volumen de contención de cada módulo se presenta en la Tabla 3 del Adenda de la DIA.
 

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Topografía y Nivelación de Terreno

En las áreas definidas para la instalación de las estaciones semi-móviles se deberá ejecutar la remoción y retiro de material superficial suelto, así como de todo aquel material que no cumpla con las condiciones establecidas para su uso en el Proyecto.

Instalación de Bases y Vigas

Obras que contemplan trazado, excavaciones, emplantillado y posicionamiento de vigas de hormigón.

Mejoramiento de malla tierra y pararrayo

El mejoramiento de malla tierra contempla la excavación de zanja de 1 m x 1 m x 10 m de largo, montaje de sistema a tierra, relleno con material de granulometría baja y compactación.

Mientras que el mejoramiento de pararrayo contempla la excavación de 1 m x 1 m x 1 m, instalación de sistema pararrayo, relleno con material de granulometría baja y compactación.

Montaje de las Estaciones Semi-Móviles

El levantamiento de las partes que componen la estación semi-móvil se realizará fuera de la faena por un proveedor especializado. La fabricación de los estanques de combustibles, lubricantes y anticongelante se efectuará por maestranzas especializadas que cuenten con certificación correspondiente de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Los estanques serán construidos con doble pared metálica con sensor que detecta posibles derrames del primer estanque y están montados sobre bandejas metálicas contenedoras de eventuales derrames menores del 10% de capacidad. Los estanques de lubricante y anticongelante serán montados en una bandeja metálica contenedora con capacidad de 7.200 litros, en caso de presencia de combustible o lubricante en los sistemas de contención, estos serán bombeados de vuelta a sus estanques o controlados con sólidos absorbentes (arena), según lo permita su volumen. En el último caso, el residuo será almacenado en tambores de almacenamiento transitorio y dispuesto en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria para el manejo de residuos peligrosos, conforme al plan de manejo de residuos de MEL.

A 5 cm aproximadamente de la superficie de ubicación de cada semi-móvil se instalará una cubierta de HDPE, sobre la cual se rellenará con la tierra excavada y se nivelará el terreno nuevamente, para el posterior montaje de la semi-móvil.

Adyacente a cada estación de servicio semi-móvil, se localizarán áreas para la descarga de camiones abastecedores (áreas de descarga) y áreas para abastecer los camiones y equipos mineros (áreas de abastecimiento). Al interior de dichas áreas existirán sectores en que habrá exposición a potenciales derrames, por lo que en tales sectores se excavará 3 m aproximadamente de tierra, para instalar una cubierta de HDPE, sobre la cual se rellenará con la tierra excavada y se nivelará el terreno nuevamente.

Las obras se ejecutarán de acuerdo a lo establecido en el Decreto supremo N° 90/96 y Decreto Supremo N° 379/86, ambos del Ministerio de economía, fomento y Reconstrucción. Los elementos de conexiones eléctricas para combustibles (sellos y flexibles) serán a prueba de explosión. Se instalarán mallas de descarga a tierra en el área de descarga y en el área de abastecimiento.

El montaje de las semi-móviles se realizará secuencialmente, primero el montaje de una semi-móvil para posteriormente iniciar con el montaje de la segunda.

Habilitación de la Solución de Alcantarillado Particular

Debido a que en su fase de operación las estaciones semi-móviles permanecerán más de 6 meses en su lugar de emplazamiento (inicial y final), cada semi-móvil dispondrá de una solución particular de alcantarillado, la cual puede corresponder a fosa séptica con descarga mediante drenes de infiltración o Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS).

Recursos naturales renovables

No se contempla extraer o explotar recursos naturales renovables

Emisiones y efluentes

Material particulado y gases: 

Las principales emisiones a la atmósfera durante esta fase corresponderán a material particulado que se generarán principalmente debido a la circulación de vehículos menores, movimiento de tierras y actividades de transporte.

 

MP10

MP2,5

NOx

CO

HC/COV

SO2

Total (t/periodo)

0,7

0,3

2,7

0,6

0,2

0,03

El informe “Memoria de Cálculo de Estimación de Emisiones Atmosféricas” se adjunta en el Anexo 2-1 de la DIA.

Durante la fase de construcción del Proyecto, la cual se extiende por un periodo de 5 semanas, se implementará un programa de humectación como medida de control de emisiones en los caminos de acceso al área del Proyecto. Se actualizará el Plan de Regadío de MEL incorporando los caminos de acceso al Proyecto, el cual contempla cantidad de agua, origen, tipo de agua, frecuencia, momento de aplicación y eficiencia.

El Titular mantendrá en faena un registro de la medida implementada, indicando: fecha, hora, cantidad de agua utilizada, superficie humectada, entre otros. El agua utilizada para la preparación de la solución de bischofita cumplirá con lo dispuesto en la NCh 1333 como normativa de referencia.

Mayores antecedentes respecto a las medidas de control de emisiones se presentan en numeral I.10 y I.12 del Adenda de la DIA.

Ruido:

La emisión de ruido durante la fase de construcción, corresponde al funcionamiento de los equipos, maquinarias y vehículos que operan en el área, generando emisiones de ruido dispersas y de baja magnitud.

Emisión Lumínica:

El Proyecto sólo operará en periodo diurno, por lo cual no será requerirá iluminación extra a la que MEL ya posee.

Residuos líquidos domésticos:

Las aguas servidas que se generarán producto del uso de baños químicos en los frentes de trabajo, serán retiradas por una empresa que cuente con las autorizaciones respectivas.

Las aguas servidas generadas durante las horas de descanso de los trabajadores serán manejadas a través de una PTAS autorizada en el campamento Villa Cerros Alegres existente de Minera Escondida (Anexo 2 de la Adenda de la DIA).

La generación de agua servida estimada por los 16 trabajadores, es de 1,9 m3/día, cálculo realizado en base a un 80% del consumo de agua potable.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domésticos:

Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domésticos consistentes en restos de comida, envases, envoltorios, etc. La cantidad de los residuos sólidos domésticos serán almacenados en bolsas plásticas de basura dentro de contenedores con tapa (herméticos) ubicados en el punto de generación en el área del Proyecto. Los contenedores serán enviados al relleno sanitario de MEL autorizado mediante Resolución N°344/2015 por la autoridad sanitaria de Antofagasta (Anexo 3 de la Adenda de la DIA), de forma diaria o según requerimiento sanitario. La cantidad de residuos sólidos domésticos se estiman en 480 kg/mes considerando una tasa aproximada de 1 kg/trabajador/día para un total aproximado de 16 personas.

Residuos industriales no peligrosos:

Estos residuos corresponderán a restos de materiales de construcción (principalmente plásticos, cartones, maderas, fierros, trozos de cables o de metal y otros). Se almacenaran en contenedores de mayor capacidad ubicados en el área según los procedimientos internos de MEL y al final de cada jornada laboral serán retirados y transportados al relleno sanitario de MEL autorizado mediante Resolución N°344/ 2015 por la autoridad sanitaria de Antofagasta (Anexo 3 de la Adenda de la DIA). Los residuos comercializables, como fierros, tubería, cables y otros serán retirados inmediatamente desde el punto de generación a través de terceros autorizados, fuera de faena para su comercialización. Se estima una generación de 1.980 kg/fase.

Respecto del transporte y manejo de residuos no peligrosos, se detalla en numeral I.18 de la Adenda de la DIA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 5.2

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Puesta en Carga

El procedimiento de puesta en carga describe las actividades a realizar una vez terminada la construcción de las obras y posterior llenado de los estanques, a fin de verificar el buen estado de las obras.

Operación de la Estación Semi-Móvil

Una vez emplazada la estación de servicio semi-móvil, se realizará el suministro diario del petróleo, lubricante y anticongelante, que son:

  • Combustible: petróleo diésel
  • Lubricantes: Rimula MV, Spirax S4 CX 10W y Spirax S4 CX 30.
  • Anticongelante: ACTION MEL

Una vez disponibles estos insumos, la estación de servicio semi-móvil podrá iniciar su operación con el abastecimiento de los camiones y equipos mineros de la faena de MEL, lo cual se realizará permanentemente y durante todo día (24 horas).

Para mayores detalles, ver numeral 1.6.1.2 de la DIA.

Reubicación de la Estación Semi-Móvil

Si MEL define, conforme a sus necesidades operacionales, la conveniencia de reubicar cualquiera de las estaciones semi-móviles, se procederá al retiro de las instalaciones de la o las estaciones de servicio objeto de la reubicación, conforme al siguiente procedimiento:

  • Retiro de todas las instalaciones
  • Retiro de la tierra que pudiere haberse contaminado con derrames y almacenamiento en tambores
  • Retiro de la carpeta de HDPE y almacenamiento en tambores
  • Limpieza superficial del área
  • Registro fotográfico del lugar
  • Envío de tambores con residuos peligrosos a disposición en lugar autorizado

Procedimiento Detallado del Retiro de Equipos

Señalización Área de Trabajo:

Durante el transcurso de las operaciones de desarme, el área cercana al tanque deberá ser considerada como área clasificada, debiendo tomarse todas las precauciones del caso para evitar que se presenten fuentes de ignición.

Trabajos eléctricos:

  • Desconectar eléctricamente toda la instalación.
  • Sólo dejar un arranque para la conexión de equipos de trasvasije que se utilizarán en la obra.
  • Conectar a tierra todos los equipos y herramientas a utilizar, de manera de tener un mismo potencial eléctrico con los tanques y equipos.

Vaciado del producto:

Se retirará todo el producto remanente mediante motobomba remota, hasta el punto muerto. Para realizar este trabajo se procederá a cerrar las válvulas de salida de los tanques y posteriormente se vaciará la línea de manifold existente entre los tanques. Mediante una motobomba autónoma se procederá a trasvasijar todo el producto de los tanques hacia un camión tanque, el cuál trasladará el producto a otra instalación de combustible existente en la Mina. Una vez retirado el producto hasta el punto muerto, se desconectarán las cañerías que interconectan los tanques con la sala de bombas y entre los tanques.

Ventilar los tanques por a lo menos 24 horas continuas, destapando la tapa manhole, tapas de medición y descarga. Sector de tanques quedará debidamente señalizado para evitar caídas de terceros.

Las borras y el producto contaminado que se retire de los tanques se retirarán con una bomba manual y deberán ser trasvasijadas a tambores debidamente identificados y trasladadas por vehículo autorizado a lugar de almacenamiento dispuesto para tal efecto.

Las estaciones semi-móviles no cuentan con líneas o elementos enterrados por lo que no será necesario establecer procedimientos para el retiro de este tipo de elementos.

Traslado de Tanques:

Una vez ventilado se procederá a retirar del lugar el tanque, uno por vez, tomando la precaución de tener abierto sólo el venteo de emergencia para permitir la ventilación del mismo.

El camión por tratarse de una obra en faena minera será escoltado hasta el lugar de disposición y almacenaje, para evitar posibles accidentes por impacto de otros vehículos. Además se deberá informar mediante los canales de comunicación correspondientes.

Almacenamiento del tanque:

Una vez dispuesto el tanque en su lugar de almacenamiento seguro, el que deberá estar retirado de construcciones y actividades donde intervengan terceros, se procederá a aislar para evitar el tránsito de vehículos en el sector. Además se deberá medir semanalmente mediante un instrumento adecuado, la concentración de gases que pudiera tener en el interior del tanque, procurando al final de la medición cerrar bien el tapón utilizado para tal efecto.

Análisis del suelo:

En caso de ser necesario, se deberá proceder el retiro de la tierra superficial y productos contaminados, para disponerlo en el lugar autorizado que se tenga contemplado para tal efecto.

Inspecciones y Pruebas:

Mediciones de gases mediante el empleo de un explosímetro cumpliendo estrictamente lo establecido en su manual de uso y medición.

La supervisión de las pruebas de presión de las líneas de succión y carga de la instalación deberá ser ejecutada por el Ingeniero responsable de la nueva inscripción, lo que quedará registrado en un documento que será entregado posteriormente con toda la documentación a la SEC. La presión de prueba deberá ser de 1,5 veces la presión de trabajo de las líneas de impulsión de las bombas, mediante prueba neumática.

Limpieza y Recepción

Toda el área de las instalaciones de combustible debe quedar perfectamente aseada, una vez terminadas todas las obras de retiro de los módulos y tanques, retirando todos los materiales y excedentes. Lo mismo deberá ser considerado en el área donde se instalará posteriormente las estaciones semi-móviles.

Las instalaciones retiradas serán emplazadas en el nuevo lugar de ubicación definido por MEL.

Reubicación o Retiro de la Solución Particular de Alcantarillado

Dentro de las obras consideradas al momento de realizar la reubicación de las estaciones semi-móviles se contempla el retiro del sistema particular de aguas servidas, ya sea éste fosa séptica con drenes de infiltración (PSM5 inicial) o PTAS (PSM5 final, PSM6 inicial y final) de manera de devolver la condición inicial del terreno. Si las partes y componentes del sistema sanitario se encuentran en condiciones óptimas podrán ser reutilizadas en la próxima ubicación de las semi-móviles o retiradas de faena por parte del proveedor del servicio.

El periodo de tiempo estimado para las semi-móviles en su posicionamiento inicial es de 5 años y para su posicionamiento final los últimos 3 años de vida útil del Proyecto, pudiendo modificarse de acuerdo a proyecciones de crecimiento y operación del rajo Escondida Norte, situación que será informada oportunamente a la autoridad ambiental. Por otra parte, el tiempo destinado para el traslado de las semi-móviles desde su posición inicial a la posición final es de 5 semanas, considerando el tiempo de desmontaje y montaje en la nueva posición, tiempo estimado para la fase de construcción.

Control de Incendio

Para la extinción de incendios, el Proyecto considera extintores de polvo químico seco de 10 kg tipo ABC (5 unidades por cada estación semi-móvil). Estos equipos estarán distribuidos en cada una de las estaciones de servicio semi-móviles, de acuerdo a la normativa vigente.

Algunas áreas contaran con letreros de advertencia con las leyendas “No Fumar”, “Detenga El Motor”. Se instalará un tambor con arena seca y balde. Los estanques se encontraran señalizados con rombo de sustancias peligrosas e identificados con el número UN 1202 correspondiente a Petróleo Diésel. El área de recepción contará con un letrero de procedimientos para descarga de camión-tanque.

Actividades de mantención y conservación

Las actividades de mantención y conservación consisten básicamente en mantener los equipos que forman parte de las estaciones semi-móviles, entre ellos equipos eléctricos, bombas, conexiones, filtros, etc.

Las mantenciones preventivas y profundas tienen relación con la mantención de los diferentes equipos y elementos utilizados para el despacho y recepción de combustible en la estación semi-móvil. Para cada uno de los equipos se establecieron diferentes trabajos a desarrollar que se describen en Tabla 15 de la Adenda de la DIA.

Por otra parte, para el control de emisiones se ajustará el Plan de Regadío de MEL incorporando los caminos asociados al Proyecto, el cual considera como medida de control de emisiones la humectación de caminos no pavimentados con bischofita.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no considera explotar o extraer recursos naturales renovables, en ninguna de sus fases.

Emisiones y efluentes

Material particulado y gases:

Durante la fase de operación del Proyecto se generarán emisiones de material particulado producto de las actividades de tránsito de vehículos y operación de grupos electrógenos.


 

MP10

MP2,5

NOx

CO

HC/COV

SO2

Total (t/año)

22,4

6,0

50,2

11,0

0,3

3,0

Se ajustará el Plan de Regadío de MEL incorporando los caminos asociados al Proyecto, el cual considera como medida de control de emisiones la humectación de caminos no pavimentados con bischofita. En figura 6 de la Adenda de la DIA se presentan los caminos no pavimentados a implementar por este Proyecto para todas sus fases, correspondiendo únicamente a las zonas de ingreso y salida hacia las áreas de abastecimiento y descarga de combustible.

Para la fase de operación se contempla la humectación con solución de bischofita únicamente para las vías de tránsito en las áreas de abastecimiento y descarga de combustible, con una longitud estimada de 500 metros por cada semi-móvil. Para mayores antecedentes ver numeral I.12 del Adenda de la DIA.

El informe “Memoria de Cálculo de Estimación de Emisiones Atmosféricas” se entrega en el Anexo 2-1 de la DIA.

Ruido:

La emisión de ruido durante la fase de operación, corresponde al funcionamiento de grupos electrógenos, maquinarias y vehículos que se abastezcan en las estaciones de servicios semi-móviles, generando emisiones de ruido dispersas y de baja magnitud.

Cabe destacar que cada generador emitirá 80dBA a 1 m, y estos cuentan con cámara atenuadora de ruido, por lo cual los niveles de ruido generados por las estaciones semi-móviles cumplirán con la norma, además se encuentran ubicados al interior de una sala que asegura retener la emisión de ruidos, eliminando casi por completo el ruido al exterior de esta.

Emisión lumínica:

El abastecimiento por parte de las estaciones semi-móviles se realizará durante las 24 horas, cada una de las instalaciones cuentan con dos luminarias de 400W en sector de descarga camiones tanques y cuatro luminarias de 400W en sector de carga de CAEX.

Las luminarias del área del Proyecto cumplirán con lo indicado en el D.S Nº 43/2012 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Residuos líquidos domésticos:

Cada estación de servicio semi-móvil estará provista de un baño, cuya solución sanitaria contempla la instalación de una fosa séptica con descarga mediante drenes de infiltración o PTAS, según corresponda.

El volumen diario generado por la totalidad de los trabajadores (8 trabajadores en ambas semi-móviles), se estima en 1,2 m3/día.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domésticos:

Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domésticos consistentes en restos de comida, envases, envoltorios, etc. La cantidad de residuos sólidos domésticos se estiman en 240 kg/mes considerando una tasa aproximada de 1 kg/trabajador/día para un total de 8 personas.

La cantidad de los residuos sólidos domésticos se acumularán en recipientes herméticos en los frentes de trabajo, y al final de cada jornada laboral serán retirados y transportados al relleno sanitario de MEL autorizado mediante Resolución N°344/ 2015 por la autoridad sanitaria de Antofagasta.

Residuos sólidos industriales no peligrosos:

Los residuos sólidos industriales no peligrosos generados tanto por las actividades de operación, mantención y desmontaje de las estaciones semi-móviles será 5 kg/mes. Respecto del transporte y manejo de residuos no peligrosos, este se detalla en numeral I.18 de la Adenda de la DIA.

Lodos:

Durante la fase de operación de las semi-móviles se generaran lodos orgánicos provenientes del tratamiento de aguas servidas, se estima una generación del orden de 0,14 kg/día de lodo por cada semi-móvil que se encuentre conectada a una PTAS. Estos lodos generados serán retirados periódicamente por una empresa autorizada y dispuestos en sitios que cuente con la autorización sanitaria respectiva.

Residuos peligrosos:

Se generarán 310 kg/mes de residuos industriales peligrosos tanto por las actividades de operación, mantención y desmontaje de las estaciones semi-móviles, los cuales serán almacenados temporalmente en el CTR1 (Anexo 4 de la Adenda de la DIA).

Estos residuos serán almacenados en jaulas transitorias dispuestas para este fin. Una vez cumplido los 5 años de ubicación de las semi-móviles en su posicionamiento inicial, estas se trasladarán con todos sus componentes hacia su nueva ubicación (posicionamiento final). Las jaulas transitorias de RESPEL se encontrarán ubicadas cercanas al área de estacionamiento de vehículos menores, distante a unos 6 metros de las semi-móviles.

Las coordenadas UTM de ubicación de las jaulas transitorias por cada semi-móvil en su posicionamiento inicial y final se presentan en las tablas 9, 10, 11 y 12 del Adenda de la DIA. Para mayor detalle, ver numerales I.7, I.20 del Adenda de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 5.3

4.3.3. FASE DE CIERRE

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Entre las obras principales contempladas para el desmantelamiento se encuentran:

  • Retiro de todas las instalaciones
  • Retiro de la tierra que pudiere haberse contaminado con derrames y almacenamiento en tambores
  • Retiro de la carpeta de HDPE y almacenamiento en tambores
  • Limpieza superficial del área
  • Registro fotográfico del lugar
  • Envío de tambores con residuos peligrosos a disposición en lugar autorizado

Los residuos que se generarán en la fase de cierre se detallan en la Tabla 16 de la Adenda de la DIA.

Restauración

Para este tipo de proyectos, no se considera modificación o alteración de la geoforma. Por lo tanto, no aplica la restauración de la misma.

Prevención de futuras emisiones

Una vez finalizada la fase de cierre y de acuerdo a las características del Proyecto y las actividades a realizar para devolver a la condición original el lugar, no se prevé que se produzcan futuras emisiones desde la ubicación del Proyecto.

Mantención, conservación y supervisión

Debido a que no se consideran medidas de cierre que requieran monitoreos post-cierre (ya que no existen componente ambientales que pudieran verse afectados), no existirán actividades de mantención, conservación y/o supervisión.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 5.4


4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Agosto 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Mejoramiento y nivelación de terreno en el lugar de emplazamiento del Proyecto

Fecha estimada de término

Septiembre 2017

Parte, obra o acción que establece el término

Puesta en marcha de los servicios

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Septiembre 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha de los servicios

Fecha estimada de término

Septiembre 2024

Parte, obra o acción que establece el término

Finalización del abastecimiento de combustible, lubricantes y anticongelante

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

Septiembre 2024

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desmantelamiento de las infraestructuras.

Fecha estimada de término

Noviembre 2024

Parte, obra o acción que establece el término

Limpieza del terreno y documentación del cierre

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Aumento de emisiones de material particulado.

Parte, obra o acción que lo genera

Tránsito de maquinarias y vehículos por caminos no pavimentados.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 9.1

Durante la fase de construcción, operación y cierre del Proyecto se generarán emisiones de material particulado producto de las actividades de movimientos de tierra, emisiones de gases debido a los procesos de combustión en los motores de la maquinaria y de los vehículos y emisiones de material particulado producto de las actividades de tránsito de vehículos. De acuerdo a la estimación de emisiones (Anexo 2-1 de la DIA), estas serán poco significativas.

 

El manejo de los residuos sólidos y líquidos y su disposición final se realizará de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente.

 

Los niveles de ruido para el proyecto corresponden a emisiones de ruido dispersas y de baja magnitud. Además, no hay asentamientos humanos cercanos al área, lo que garantiza el cumplimiento del D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.

 

El Proyecto no considera la generación de ningún tipo de emisión ni de descarga a algún recurso natural, el manejo para todos los residuos del Proyecto se ha considerado con el objetivo de evitar la afectación a los recursos naturales y a la salud de las personas. Se debe señalar que no existirá riesgos en el manejo de residuos ya que se realizará estrictamente al interior de las instalaciones habilitadas para tales fines y su retiro (si corresponde) estará a cargo de empresas que cuenten con todas las autorizaciones correspondientes en el trasporte de dichos residuos a su sitio de disposición final autorizado.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 9.2

El Proyecto se localizará dentro del área industrial de Minera Escondida, por lo que en el área de influencia del proyecto no existen suelos con capacidad para sustentar biodiversidad, por lo que no existirán efectos adversos significativos sobre este componente.

 

El Proyecto generará emisiones atmosféricas en menor cantidad y los residuos serán manejados de acuerdo a normativa aplicable vigente. Por otra parte, el Proyecto se localizará dentro del área industrial de Minera Escondida.

 

El Proyecto no considera la generación de ningún tipo de emisión ni de descarga a algún recurso natural renovable. En el área del Proyecto no existe hábitat de relevancia para nidificación, reproducción o alimentación de fauna nativa y no considera intervenir o explotar recursos hídricos.

 

Los residuos y cualquier otra sustancia que pueda afectar al medio ambiente se manejaran de acuerdo a lo normativa vigente, dando cumplimiento a las exigencias de almacenamiento, contención y manejo definidos en ellas, por lo que no se generarán impacto sobre los recursos naturales renovables.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 9.3

El Proyecto no contempla intervenir, utilizar o restringir el acceso de los recursos naturales, utilizados como sustento económico, uso medicinal, espiritual o cultural, toda vez que no se identifican grupos humanos (indígenas y no indígenas) en el área de emplazamientos de las obras y actividades del Proyecto, así como tampoco se identifican en el área de desarrollo del Proyecto, recursos de interés para grupos humanos.

 

El Proyecto no considera la ejecución de obras o actividades que modifiquen en modo alguno la libre circulación, conectividad o tiempos de desplazamiento en rutas de tránsito de las zonas donde se establecen sus obras y actividades. En particular, el Proyecto no implica modificaciones en el tránsito de vehículos por caminos públicos, respecto del caso base, por cuanto no involucra mayores flujos.

 

El Proyecto no considera la ejecución de actividades que puedan relacionarse con la calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica asociada a las localidades pobladas de la comuna de Antofagasta.

 

No se identifican actividades económicas, prácticas o manifestaciones de tradiciones, cultura o intereses comunitarios asociados a grupos indígenas y no indígenas, en el área de influencia del Proyecto.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 9.4

El Proyecto no interviene áreas donde habite población protegida por leyes especiales. El Proyecto no interviene áreas donde existen recursos protegidos en forma oficial.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 9.5

Las obras del Proyecto no generaran alternaciones significativas a la componente paisaje ni tampoco alteraran la condición basal de este.

 

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 9.6

El Proyecto no destruirá, removerá, excavará, trasladará, deteriorará o modificará de forma alguna algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. De acuerdo al informe de Línea base arqueológica (Anexo 2-3 de la DIA), no se identificaron sitios arqueológicos en el área de influencia del Proyecto.

 

El Proyecto no alterará ni deteriorará temporal ni permanentemente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, antigüedad, valor científico, contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluido el patrimonio cultural indígena.

 

El Proyecto no se emplazará en la proximidad de algún lugar o sitio en el cual se lleven a cabo manifestaciones culturales o de folclore de alguna comunidad o grupo humano. De esta forma, el proyecto, no contempla la afectación a lugares donde se lleven a cabo este tipo de manifestaciones, propias de alguna comunidad o grupo humano, referidas especialmente a pueblos indígenas.

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Fosa séptica con infiltración ubicada en PSM5 inicial.

Planta de tratamiento ubicadas en PSM5 final, PSM6 inicial y final.

Los antecedentes para este permiso se presentan en Anexo 3-1 de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay condiciones o exigencias asociadas a este permiso

Pronunciamiento del órgano competente

ORD. N° 58 de fecha 27 de junio de 2017 de la SEREMI de Salud, se pronuncia conforme.

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Para el almacenamiento temporal de residuo peligroso ubicado en la instalación de equipos móviles. Los antecedentes de este permiso se presentan en el Anexo 5 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay condiciones o exigencias asociadas a este permiso

Pronunciamiento del órgano competente

ORD. N° 58 de fecha 27 de junio de 2017 de la SEREMI de Salud, se pronuncia conforme.

 

6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para construcciones fuera de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto contempla el montaje de oficinas y otras instalaciones que forman parte la las estaciones de servicios semi-móviles. Los antecedentes para este permiso se presentan en el Anexo 1 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No hay condiciones o exigencias asociadas a este permiso

Pronunciamiento del órgano competente

ORD. N° 191 de fecha 14 de marzo de 2017, SAG Región de Antofagasta se pronunció conforme.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

NORMA

D.F.L. Nº 458/75 y D.S. Nº 47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla el montaje de oficinas y otras instalaciones que forman parte la las estaciones de servicios semi-móviles. Se presentan los antecedentes del PAS 160 en el Anexo 3-2 de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

El Proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes

Forma de control y seguimiento

El Proyecto se encuentra admitido conforme a la luz de las normas urbanísticas vigentes

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

  • Humectar superficies y caminos interiores.
  • Los camiones que transportarán el material para la construcción, cumplirán con las disposiciones correspondientes del DS Nº 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.”
  • Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante en talleres mecánicos autorizados

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento consiste en la ejecución de las medidas comprometidas lo que se acreditará mediante un registro interno que dé cuenta de la ejecución de las mismas, incluyendo el catastro de los vehículos utilizados y las fechas de las respectivas revisiones técnicas y mantenciones.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno, mantención y revisión de los registros internos de las medidas indicadas para dar cumplimiento al D.S. N° 144/1961.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. Nº 138/2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá con declarar anualmente sus emisiones, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria, a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl), dando cumplimiento al D.S. Nº 1/2013 Reglamento del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del Formulario de Declaración de Emisiones (F-138) de todas aquellas emisiones de fuentes fijas a las que resulte aplicable. Se ingresará a través del Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.

Forma de control y seguimiento

Mantener en obra copia de las declaraciones realizadas y revisión de los registros internos.

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción  y cierre

Forma de cumplimiento

Se implementarán las medidas de control de emisiones y de manejo ambiental que se describen a continuación.

  • Humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de manejo de materiales, relleno y excavaciones, para cuyos efectos se mantendrá un registro del suministro de agua utilizado para estos efectos.
  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
  • Mantener la obra aseada y sin desperdicios.
  • El tránsito de maquinaria y vehículos en caminos y huellas sin tratamiento superficial, se realizará a baja velocidad, 30 km/h con carga cubierta y 40 km/h sin carga. Se mantendrá disponible un registro interno de la ejecución de estas medidas, con objeto de dar cumplimiento a la norma analizada

Indicador que acredita su cumplimiento

Ejecución en terreno de las medidas descritas. Adicionalmente se llevará un registro del cumplimiento de dichas medidas

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno y mantención de los registros en las faenas

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados y livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Se mantendrá un registro de las revisiones técnicas al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Revisiones técnicas al día de todos los vehículos involucrados en el Proyecto, tanto propios como de contratistas, durante todas las fases del Proyecto

Forma de control y seguimiento

Revisión de los registros de revisiones técnicas según necesidad (ej. entrada de vehículos o maquinaria nueva al Proyecto), pero como mínimo cada seis meses, durante todas las fases del proyecto.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. N° 55/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con la normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación

Forma de control y seguimiento

Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. N° 54/1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con la normas de emisión y se exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del Proyecto, cumplan con estas normas, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

Forma de control y seguimiento

Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. Nº 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

Forma de control y seguimiento

Registro de la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación.

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera

NORMA

D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

El titular del Proyecto cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos idóneos y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, mantenimiento periódico de los camiones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno de la exigencia descrita, especialmente del sellado de camiones al entrar y salir de la faena. Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno y registro de las exigencias realizadas por los contratistas. Se mantendrá registro de la inspección de ingreso y salida

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Contaminación lumínica

NORMA

D.S. N° 43/2012, Establece norma de emisión para la regulación de la contaminación lumínica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 686, de 1998, del Ministerio de economía, fomento y reconstrucción

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El titular garantizará el uso de fuentes lumínicas que cumplan con las disposiciones vigentes, para lo cual se utilizará como referencia el Manual de Aplicación de la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, elaborado por CONAMA a objeto de explicitar los contenidos de la norma y facilitar su aplicación y cumplimiento.

Se realizará una certificación, previa a la instalación, del cumplimiento de los límites de emisión lumínica. La certificación será realizada por laboratorios autorizados para tales efectos por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Adicionalmente, el Titular reportará en la oficina regional de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo de 15 días hábiles previos a la puesta en servicio de la instalación, el formulario establecido en la Resolución Exenta N° 475 del 26 de mayo de 2016  de la SMA, con la información sobre el proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro interno del cumplimiento del Manual de Aplicación de la Norma de Emisión indicado.
  • Certificación de cumplimiento de límite de emisión lumínica.
  • Reporte a la SMA de formulario establecido en Resolución Exenta N° 475 del 26 de mayo de 2016 de la SMA.

Forma de control y seguimiento

Revisión de los registros comprometidos

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

D.S. Nº 38/2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los niveles de ruido estimados del Proyecto no generan efectos significativos sobre población cercana dado que no existen asentamientos humanos cercanos al área del Proyecto. Dando cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ejecución del Proyecto en los términos descritos de manera de asegurar que las emisiones acústicas correspondan a aquellas que han sido estimadas. Registro de las medidas adoptadas

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno y fiscalización por parte de la autoridad.

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA

D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se utilizarán sistemas de disposición de aguas servidas, tales como baños químicos, fosa séptica con infiltración y PTAS

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Obtención del PAS del artículo 138 asociado a la instalación de fosa séptica y PTAS

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno del cumplimiento de la provisión de las soluciones sanitarias, y mantención de los registros de la empresa y suministro de baños químicos por parte de la empresa sanitaria.

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

NORMA

D.F.L. N° 725/1968, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

D.S. Nº 594/1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Todos los residuos  serán manejados de acuerdo a las normativas aplicables vigentes.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos, y mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

NORMA

D.S. N° 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se declarará la generación de residuos a través de la ventanilla única que dispone el RETC

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento consiste en realizar la declaración de residuos mediante la ventanilla única del RETC.

Forma de control y seguimiento

Revisión de los registros y declaraciones

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos peligrosos

NORMA

D.S. Nº 148/2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos industriales peligrosos serán manejados por los procedimientos internos de almacenaje, transporte y rotulado de MEL, conforme con el D.S. Nº 148/03, en Centros de Transferencia de Residuos (CTR N°1) que opera MEL, aprobado por el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Resolución N°842/2008 de la Seremi de Salud de Antofagasta. Su disposición final será fuera de faena en sitios de disposición final autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento para estos efectos será contar con Autorización Sanitaria para la bodega de almacenamiento de residuos y mantendrá un registro interno de las actividades de retiro y disposición final en sitio autorizado de los residuos generados por el Proyecto, y de las declaraciones en el RETC, según corresponda.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno del almacenamiento efectuado en los términos descritos, los que deberán estar autorizados y contar los registros de su traslado y disposición final en lugares autorizados, así como de las declaraciones realizadas mediante la ventanilla única del RETC

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Lodos

NORMA

D.S. Nº 4/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El Titular llevará un estricto control de los retiros de estos lodos, manteniendo disponible para control de la Autoridad el documento timbrado que certifique la disposición final de los lodos en un recinto autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Como indicador de cumplimiento se contará con un registro de:

  • Contrato o certificado de empresa autorizada para el transporte de lodos.
  • Registros de recepción de lodos por parte de empresa encargada de disposición final.
  • PAS 138

Forma de control y seguimiento

Registro del documento timbrado que certifique la disposición final de los lodos en un recinto autorizado, de la autorización de la empresa de transporte y del PAS 138

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

NORMA

D.S. Nº 160/2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los estanques de combustibles de superficie requeridos para la operación del Proyecto cumplirán con las normas de diseño y seguridad establecidas en el Reglamento y su funcionamiento será previamente informado a la SEC. Dado que se trata de estaciones de servicios semi-móviles, los tanques de combustible, serán de superficie y cumplirán los requisitos de instalación asociados a estos tanques. Asimismo, se implementará un procedimiento para la operación segura de la actividad de carga y descarga de combustibles

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con certificados de los estanques provistos por un instalador autorizado por la SEC y registro ante dicha autoridad

Forma de control y seguimiento

Copia de los certificados y registros indicados

 

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

NORMA

Resolución N° 1001/1997 del Servicio de Salud de Antofagasta

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

MEL dará los avisos que correspondan conforme a esta normativa

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento consiste en un registro interno de los avisos en caso de ocurrencia de derrames.

Forma de control y seguimiento

Revisión de los registros comprometidos

 

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

NORMA

Ley Nº 19.473/1996, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre Caza, del Ministerio de Agricultura.

D.S. Nº 5/1998 Reglamento de la Ley de Caza, modificado por el Decreto Supremo Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción operación y cierre

Forma de cumplimiento

El Titular, establecerá la estricta prohibición a todo el personal de realizar actividades de caza o captura de ejemplares de fauna silvestre, levantamiento de nidos, destrucción de madrigueras o recolección de huevos o crías y tenencia de animales domésticos que sean dañinos o potenciales competidores de la fauna silvestre en los predios donde se realicen las faenas durante la etapa de construcción.

Además, capacitará al personal a fin de que conozcan la fauna de la zona con el objeto de contribuir a la toma de conciencia sobre el cuidado y protección de ésta.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley.

Forma de control y seguimiento

Revisión de los registros en proyecto de charlas explicativas a los trabajadores de la empresa, dando a conocer las prohibiciones indicadas en la Ley

 

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Regulaciones cuarentenarias

NORMA

R.E. Nº 133/2005 del Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. Modificada mediante Resolución Exenta N° 2.859/2007, del Servicio Agrícola y Ganadero

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular asegurará que los embalajes de madera cumplan con esta norma y requerirá su cumplimiento por parte de cualquier contratista, para cuyos efectos se exigirá en la recepción y apertura de embalajes, el control respecto de aquellos que poseen un espesor superior a los 5 mm, fabricados con madera descortezada respecto de tratamiento y presencia de timbre asociado al tratamiento de dicho material conforme a lo indicado en la norma. Asimismo, se dará aviso al SAG para que éste ordene la inspección en terreno (de ser necesario) o en particular en caso de sospecha de presencia de plagas, aplicando posteriormente los tratamientos fitosanitarios complementarios que la autoridad indique

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro interno actualizado que contenga la información de los embalajes utilizados en el proyecto y actas del SAG

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá disponible a la autoridad el registro interno conteniendo información de la obtención de los embalajes utilizados en el proyecto y acta de visita del SAG (de corresponder).

 

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio cultural

NORMA

Ley Nº 17.288 del Ministerio de Educación,  sobre Monumentos Nacionales;

D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. De producirse la anterior situación, el Titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificará de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, cuya implementación será financiada por el Titular

Indicador que acredita su cumplimiento

De encontrarse hallazgos arqueológicos durante las fases de construcción del Proyecto, deberá detenerse cualquier obra susceptible de causar daño a dichos hallazgos y dar aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales, cumpliendo con lo establecido en el artículo 26 y 27 de dicha Ley, llevando un registro de dichas actividades

Forma de control y seguimiento

Revisión del registro de las exigencias anteriores y cumplimiento de las obligaciones descritas en el evento de verificarse nuevos hallazgos.

 

8°. Que, el Proyecto no contempla  condiciones o exigencias.

9°. Que, el Proyecto no considera compromisos ambientales voluntarios

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Filtración de combustible en primer llenado de estanque de almacenamiento

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Estanque de almacenamiento de combustible

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Una vez instalados los estanques en terreno y se realice primer llenado y pruebas de funcionamiento, se de asegurar la calibración y funcionamiento de sensor intersticial. Asegurar que las pruebas de hermeticidad y certificación de estanque se hayan realizado en el estanque secundario.

Objetivo: Evitar filtraciones de combustible en el llenado del estanque.

Plazos: Previo a la instalación del estanque en terreno.

Lugar de implementación: Terreno – Petrolera semi móvil.

Indicador de cumplimiento: Informe de pruebas de hermeticidad e Informe de calibración de sensor

Forma de control y seguimiento

Programa de trabajo, revisión de plazos de entrega por parte del proveedor.

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Pretil de contención de capacidad 110% del volumen almacenado.

Plan de emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Información y entrega de antecedentes mediante sistema en línea de SMA

 

10.1.2. Filtración de combustible desde estanque de almacenamiento

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Estanque de almacenamiento de combustible

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Calibración y mantención de sensor intersticial ubicado entre estanque primario y secundario.

Objetivo: Evitar filtraciones de combustible.

Plazos: Semestral. Lugar de implementación: Petrolera semi móvil.

Indicador de cumplimiento: Informe de calibración y mantención del sensor

Forma de control y seguimiento

Cumplimiento de plan de mantenimiento y verificación

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Estanque secundario con capacidad 100% y pretil de contención de capacidad 110% del volumen almacenado.

Plan de emergencia

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Información y entrega de antecedentes mediante sistema en línea de SMA

 

10.1.3. Sobrellenado de estanque en la carga de combustible

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Carga de combustible desde camión abastecedor a estanque

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Revisión de nivel de carga del estanque, cierre de válvula de abastecimiento del estanque. Calibración de sensor de nivel o verificación de funcionamiento de visor de nivel.

Objetivo: Evitar derrame de combustible sobre el suelo.

Plazos: Cada vez.

Lugar de implementación: Petrolera semi móvil.

Indicador de cumplimiento: Registro de bitácora del estanque

Forma de control y seguimiento

Programa de frecuencia de abastecimiento de combustible

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Pretil de contención de capacidad 110% del volumen almacenado.

Kit antiderrame.

Plan de emergencia

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Información y entrega de antecedentes mediante sistema en línea de SMA

 

10.1.4. Incendio en Petrolera Semi-Móvil

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Petrolera semi móvil

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Sistema de control de incendio.

Objetivo: Evitar propagación de incendio.

Plazos: Cada vez.

Lugar de implementación: Petrolera semi móvil

Indicador de cumplimiento: Reporte del evento/Contingencia

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión mensual de red contra incendio

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Activación de la emergencia

Plan de emergencia y brigada de emergencia

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Información y entrega de antecedentes mediante sistema en línea de SMA y aviso a SEC.

 

10.1.5. Emergencias climáticas

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Petrolera semi móvil

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Definición de puntos de encuentro y vías de evacuación correctamente. Sistema de alertas para cambios climáticos.

Objetivo: Evitar daño a las personas.

Plazos: Cada vez.

Lugar de implementación: Petrolera semi móvil

Indicador de cumplimiento: Reporte del evento/Contingencia

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión de vías de acceso libre al punto de encuentro.

Mantener las vías de tránsito de personas libres de obstáculo

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Activación de la emergencia, cierre de válvulas Plan de emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

No aplica

 

 

 

10.1.6. Sismo

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Petrolera semi móvil

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Definición de puntos de encuentro y vías de evacuación correctamente.

Objetivo: Evitar daño a las personas.

Plazos: Cada vez.

Lugar de implementación: Petrolera semi móvil

Indicador de cumplimiento: Reporte del evento/Contingencia

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión de vías de acceso libre al punto de encuentro.

Mantener las vías de tránsito de personas libres de obstáculo

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Activación de la emergencia.

Plan de emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

No aplica

 

10.1.7. Incendio en abastecimiento de combustible a CAEX – Equipos de apoyo

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Petrolera semi móvil

Acciones o medidas a implementar prevenir la contingencia

Descripción: Sistema de control de incendio.

Objetivo: Evitar propagación de incendio.

Plazos: Cada vez.

Lugar de implementación: Petrolera semi móvil

Indicador de cumplimiento: Reporte del evento/Contingencia

Forma de control y seguimiento

Registro de revisión mensual de red contra incendio o equipos extintores

Acciones o medida a implementar para

controlar la emergencia

Activación de la emergencia, corte de suministro de combustible.

Plan de emergencia y brigada de emergencia

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Información y entrega de antecedentes mediante sistema en línea de SMA y aviso a SEC.

 

11°. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.

12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14°. Que, para que el proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la  Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina”, de Minera Escondida Ltda.

2°. Certificar que el proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina”  cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 142, 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20  de la Ley Nº 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Arturo Molina Henríquez
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Sandra Cortez Contreras
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Antofagasta




RMM/SEC/DLR/NMM

Distribución:

  • Eduardo Caballero Barría
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Antofagasta
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Estaciones de Servicios Semi-Móviles Mina"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=e2/39/c3afa960f37ab27f87af85c9547e784cca2a


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