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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Conde del Maule 4160"

Resolución Exenta Nº 326/2016

Santiago, 21 de Junio de 2016



VISTOS:

 

1°.          La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 14 de Septiembre de 2015, su Adenda de fecha 24 de Diciembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 29 de Abril de 2016, del Proyecto “Conde del Maule 4160”, presentado por Inmobiliaria Conde del Maule 4160 S.A.

 

2°.          Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Conde del Maule 4160”.

 

3°.          Las Actas de Evaluación N° 04/2015 de fecha 09 de Octubre de 2015 y N°1/2016 de fecha 19 de Mayo de 2016, del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.

 

4°.          El ICE de la DIA del Proyecto “Conde del Maule 4160”, de fecha 30 de Mayo de 2016.

 

5°.          El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 07 de Junio de 2016.

 

6°.          Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Conde del Maule 4160.

 

7°.          Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N°59 de fecha 02 de febrero de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  

CONSIDERANDO:

 

1°.          Que, Inmobiliaria Conde del Maule 4160 S.A.(en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto Conde del Maule 4160 (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria Conde del Maule 4160 S.A.

Rut
76.389.133-k
Domicilio

San Andres 2777, piso 604, Las Condes.

Teléfono
2594 94 60

Nombre representantes legales

Armando Ide Nualart; Daniel Bossoney

Rut representantes legales

7.005.950-9; 8.322.916-0

Domicilio representantes legales

Avenida Andrés Bello 2777 oficina 2302, Las Condes.

Teléfono representantes legales

2594 94 60

Correo electrónico Titular o representante legal

ion@suksa.cl
 

2°.          Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de Mayo de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº40/2012 del MMA y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°.          Que, en sesión de 07 de Junio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó calificar favorablemente el Proyecto “Conde del Maule 4160”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 30 de Mayo de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°.          Que, junto con lo anterior la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago acordó condicionar el Proyecto “Conde del Maule 4160” en lo siguiente:

 

4.1.                 De acuerdo a lo indicado por el Gobierno Regional de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio Ordinario N° 003741 de fecha 26 de Mayo de 2016,  el Titular debe dar cumplimiento a lo indicado en el considerando 10 de esta Resolución, que  especifica el detalle de los  compromisos voluntarios del proyecto, presentado en el plano “UR01” del Anexo 10 de la Adenda Complementaria.

 

4.2.                 El Titular debe tener presente lo informado por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo en su Oficio Ordinario N° 2544 de fecha 17.05.2016, en donde señala lo siguiente: “(…) a) De la adenda que el ingreso de Permiso de Edificación corresponde a N° 684-14, con fecha 31.03.2015, y que el Permiso de Edificación corresponde a N° 177-2015 con fecha 30.11.2015, Si luego en el punto 1.4 de las respuestas aparece la siguiente información textual varias veces: “…tal como lo autoriza el anteProyecto aprobado con el cual se solicitó el Permiso de edificación, N° de ingreso 684-15, cuya resolución está en proceso de redacción en la DOM de Estación Central cuyo pago del Permiso de edificación ya se ha realizado”. Señale además si existen Modificaciones del Permiso de Edificación respecto de este Proyecto, si es así adjuntar.

 

b) Se informa que se seguirán los procedimientos establecidos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza de modo que el Director de Obras de la Municipalidad de Estación Central, informe a esta Secretaría respecto del permiso de edificación otorgado, en conocimiento de lo indicado por esta Secretaría a través de oficio N° 4939 del 14.10.2015 que informa y adjunta el Of. Ord. N° 422 de fecha 21.09.2015, de la División de Desarrollo Urbano del MINVU.”  

                                                                                 

5°.          Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

5.1.                 ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El Proyecto inmobiliario tiene como objetivo la construcción de un edificio de una torre de 805 viviendas y 160 estacionamientos, en un terreno de 1.579.37 m2.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

h.1.3.), Proyectos que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

Vida útil
La vida útil para el Proyecto es indefinida.
Monto de inversión
US$. 21.816.157.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Corresponde a la instalación de faenas (acápite A.5.2 de la DIA)

Proyecto se desarrolla por etapas
Si
No

La fase de construcción del Proyecto se construirá en una sola etapa (acápite A.5.3 de la DIA)

 
[X]
Proyecto modifica un Proyecto o actividad
Si
No

El Proyecto corresponde a uno nuevo y no modifica un Proyecto o actividad existente (acápite A.2.2 de la DIA)

 
[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto o actividad]

Si
No

El Proyecto corresponde a uno nuevo y no modifica una RCA. (acápite A.2.2 de la DIA)

 
[X]
 

5.2.                 UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se ubica en la Región Metropolitana de Santiago, Provincia de Santiago, Comuna de Estación Central, específicamente en la calle Conde Maule N°4156, N°4160 y N°4170.

Justificación de la localización

El Proyecto se localiza en una Zona Mixta que no posee restricciones para la instalación de infraestructuras inmobiliaria, permitiendo elementos tales como vivienda, equipamiento y actividades inofensivas.

Superficie

El Proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie neta corresponde a 1.579,37 m2, sobre los cuales se edificarán 40.057,57 m2, de los cuales 4.433,79 m2 corresponden a niveles subterráneos y 35.623,78 m2 se construirán sobre la cota 0.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Tabla 5.2.1. Coordenadas UTM del Proyecto, Datum WGS 84, huso 19 S.

Vértices

Este (m)

Norte (m)

A
342.649
6.296.197
B
342.661
6.296.156
C
342.631
6.296.147
D
342.609
6.296.185

Fuente: Tabla 4.2.1. Coordenadas UTM del Proyecto, Datum WGS 84, huso 19 S, del ICE.

Caminos de acceso

Tabla 5.2.2. Accesos al Proyecto.

Origen

Rutas de Entrada

Norte

Apóstol Santiago – Ecuador – Coronel Godoy – Conde del Maule - Acceso

Poniente

Alameda – Coronel Godoy – Conde del Maule - Acceso

Oriente

Ecuador – Coronel Godoy – Conde del Maule - Acceso

Sur

General Velásquez – Ecuador – Coronel Godoy – Conde del Maule - Acceso

Fuente: Tabla 4.2.2. Accesos al Proyecto, del ICE.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Planos de Proyecto, en formato “pdf” en el Anexo N°3 de la DIA y Anexo 1 de la Adenda Complementaria; y en formato “kmz” en Anexo 1 “Planta_Proyecto” de la Adenda.

 

5.3.                 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

5.3.1.                    FASE DE CONSTRUCCIÓN

Partes y obras
 

1. Instalación de faenas

Corresponde al establecimiento de cierres y elementos temporales, tales como bodegas, oficinas, servicios higiénicos, recinto para obreros, letreros de obras, además de instalaciones provisorias de electricidad, alcantarillado y agua potable.

 

Los servicios sanitarios (baños químicos, duchas, lavatorios) serán implementados a partir del D.S. 594/99 del MINSAL, referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo.

 

En cuanto al suministro de agua potable y servicio de alcantarillado se solicitará la conexión con la empresa sanitaria del sector.

 

Se contempla la instalación de baños químicos en la instalación de faenas, durante la fase de construcción, previo a la conexión al sistema público de recolección y conducción de las aguas servidas, al respecto se hace presente que:

 

a)      Será responsabilidad del Titular la instalación, mantención, transporte y limpieza de estos servicios higiénicos provisorios.

 

b)      El número mínimo de artefactos, se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. 594/99 del MINSAL sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

 

c)      Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

 

d)      Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

 

e)      El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

2. Demolición

Corresponde a la demolición de las edificaciones existentes, las cuales se encuentran deshabitadas. Se estima que el período para efectuar esta actividad será de un mes. En caso que durante este intervalo se identifiquen materiales con contenido de asbesto, se dará cumplimiento a los procedimientos sectoriales establecidos por la Autoridad Sanitaria, además de disponer los residuos generados en los lugares autorizados según su clasificación.

3. Preparación de terreno

Corresponde a la preparación del terreno, de manera previa a las excavaciones, para lo cual se efectuará el escarpe del estrato superior del suelo en toda la superficie que considera el Proyecto (1.579,37 m2). Cabe mencionar que dichos escarpes se emplearán para despejar el terreno, cuyos residuos serán dispuestos en un botadero previamente establecido y autorizado por la Autoridad Sanitaria. Se estima que el volumen generado por esta actividad corresponde a 474 m3.

4. Obra Gruesa

Corresponde al socalzado, excavación, fundaciones, obra gruesa en subterráneo del edificio y moldajes.

 

De manera posterior se iniciará el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se continuará con la instalación de tabiquerías, ductos e impermeabilización.

 

A continuación se detallan algunos de los procesos considerados en esta etapa.

 

a)      Socalzados: Buscan generar un refuerzo estructural con objeto que el terreno no se venga abajo cuando se esté ejecutando la excavación.

 

b)      Excavación: Las excavaciones se realizarán a partir de las dimensiones, cotas y pendientes consideradas en los Planos del Proyecto, previa instalación de los elementos de seguridad necesarios. El material obtenido a partir de las excavaciones podrá ser empleado para los rellenos, en los casos en que este cumpla con lo establecido en cuanto al tipo de suelo. El material restante será depositado en un botadero autorizado por la autoridad pertinente. A partir de lo estipulado por el Estudio Atmosférico que se acompaña en el Anexo Nº 4 de la DIA, Emisiones Atmosféricas, la cantidad de material a extraer es de 12.642 m3, al cual se aplica un factor de esponjamiento de un 25%, alcanzando un volumen total de 15.803 m3, de los cuales 5.057 m3 serán usados como material de relleno.

 

c)      Fundaciones: Otorgan un elemento estructural de transferencia de las cargas de la estructura que considera el Proyecto al terreno.

 

d)      Obras de drenaje y saneamiento: Corresponde a la materialización de la obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias. Todas las aguas lluvias provenientes del edificio y terreno serán conducidas mediante canaletas hacia cámaras decantadoras (zanjas drenes), calculadas a través de datos hidrológicos en base a la superficie del terreno. De acuerdo a esto, se obtendrá el índice de aguas lluvias del área, el coeficiente de ponderación de la zona y el índice de infiltración de aguas lluvias (Anexo N°18. Proyecto Aguas Lluvias).

 

Una vez construida la torre, la mantención del sistema de infiltración será de responsabilidad de la administración del edificio.

 

La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias del Gran Santiago, todo de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano, teniendo presente la OGUC y el PRMS.

 

e)      Moldaje: Consiste en un conjunto de elementos dispuestos de forma tal que cumplen con la función de moldear el hormigón fresco a la norma y tamaño especificado, controlando su posición y alineamiento dentro de las tolerancias exigidas.

 

Para el Proyecto, se considerarán elementos metálicos, madera o similar, la colocación de éstos se realizará procurando asegurar su absoluta indeformabilidad desde el momento del montaje hasta el descimbre. En estos deberán quedar colocados los elementos de anclaje y/o instalaciones que estarán incorporados o empotrados en las estructuras resistentes de hormigón. Cuando el moldaje se use en reiteradas ocasiones, se tomará la precaución de mantener limpia y lisa su superficie, eliminando aquellas protuberancias originadas por el hormigón.

 

f)        Cubierta del Edificio: Para la techumbre se considerará aislación térmica en losa cielo de zonas habitables, en base a una placa de poliestireno expandido de alta densidad de 80 mm de espesor colocada por debajo de la losa de cielo de recintos, anclada por medio de adhesivo tipo Romeral. Sobre esto, la losa de hormigón y encima la lámina asfáltica.

5. Acopio de material

Corresponde al acopio en pilas de material, que serán acopiadas en el sitio del Proyecto, antes de ser trasladado hasta su sitio de disposición final.

6. Carga y volteo del material

Corresponde a la carga del material tierra y escombros generados en el sitio del Proyecto y su posterior descarga en el lugar de destino final.

7. Instalaciones para suministro y operación del edificio

Corresponde a la incorporación de diferentes equipos y redes que permitirán el suministro y operación del edificio. Las principales instalaciones consideradas corresponden a: alcantarillado de aguas servidas, agua fría y caliente, lampistería, sala de basura, empalmes y medidores, ascensores, sistema de ventilación y presurización, entre otros.

8. Terminaciones

Corresponde a la ejecución de las terminaciones en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando actividades de pavimentado de interiores comunes y departamentos, revestimiento de muros, artefactos, pinturas, etc.

9. Obras Exteriores

Consiste en el conjunto de obras y trabajos que se efectuarán fuera del edificio y que permitirán complementar y mejorar su funcionamiento. Dentro de las principales actividades a realizar, se destacan: pavimentos exteriores, terraza superior y quinchos.

Acciones
 

Tránsito de vehículos livianos y pesados por caminos no pavimentados

En el Proyecto, se considera una distancia de recorrido de 40 metros desde la zona de lavado de ruedas en la entrada al recinto hasta los estacionamientos para vehículos livianos (4 unidades).

Suministros básicos

 

Abastecimiento de Agua Potable y Servicios Higiénicos

Durante la fase de construcción, el Proyecto contará con conexión al servicio público de agua potable desde su inicio, de acuerdo al Certificado de Conexión adjunto en el Anexo N°2. Certificados de la DIA.

 

Respecto a los servicios higiénicos, se incorporarán instalaciones sanitarias que serán conectadas a la red de alcantarillado existente, cumpliendo en todo momento con los requisitos estipulados en el D.S. 594/99 del MINSAL referido al Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

Tabla. 5.3.1.1. Estimación de consumo de agua para la fase de construcción.

Actividad
Cantidad (m3)
Inicio de obra
66
Inicio hasta término de obra gruesa
3.519

Inicio de terminaciones hasta termino de edificio

17.942
Total consumo obra
21.527

Fuente: Tabla. 4.3.2.1. Estimación de consumo de agua para la fase de construcción del ICE.

Sistema de Abastecimiento Eléctrico

El Proyecto contará con empalme eléctrico provisorio, el cual será solicitado a una empresa autorizada del sector. Cabe mencionar que las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos de la clase correspondiente, autorizados por esta, según lo establecido en el D.S. 92/83 del MINECON referido al Reglamento de Instaladores Eléctricos y Electricistas de Recintos de Espectáculos Públicos.

Abastecimiento de Combustible

La recarga de combustible para las maquinarias, se realizará diariamente a partir de las estaciones de servicio más cercanas, o aquella con la cual se realice un convenio de suministro con empresa autorizada. No se realizará recarga de combustible dentro de la obra.

Maquinaria

En la siguiente tabla se presenta la maquinaria que se empleará para la fase de construcción.

 

Tabla. 5.3.1.2. Maquinaria utilizada durante la fase de construcción.

Maquinaria
Potencia
Capacidad
Combustible
Actividad
Excavadora
120 kW
1,0 m3
Diésel
Excavaciones

Cargador Frontal bobcat 05

98 kW
0,5 m3
Diésel
Excavaciones

Camión Tolva + batea de 20 m3

300 hp
12 m3
Diésel
Excavaciones

Placa compactadora

9 hp
5.000 kg
Gasolina
Excavaciones
Camión Mixer
350 hp
8 m3
Diésel
Obra Gruesa

Bomba Hormigonera

50 kW
30 m3/h
Diésel
Obra Gruesa

Grúa Torre x 2

45 KVA
8 ton
Eléctrico
Obra Gruesa
Generador
70 KVA
-
Diésel
Obra Gruesa

Martillo hidráulico (Cango)

5 Hp
-
Eléctrico
Obra Gruesa

Vibrador de inmersión

5,5 hp
-
Gasolina
Obra Gruesa
Soldadora
180 A
-
Eléctrico
Obra Gruesa
Montacarga
65 kW
2 ton
Eléctrico

Obra Gruesa Terminaciones

Camión Rampa
400 hp
28 ton
Diésel

Obra Gruesa Terminaciones

Sierra circular

2.100 W
-
Eléctrico

Obra Gruesa Terminaciones

Mini Cargador
55 kW
0,4 m3
Diésel

Obra Gruesa Terminaciones

Taladro
700 W
-
Eléctrico
Terminaciones

Martillo eléctrico

1.200 W
-
Eléctrico
Terminaciones

Fuente: Tabla. 4.3.2.2. Maquinaria utilizada durante la fase de construcción del ICE.

Recursos naturales renovables 

El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

 

Emisiones de material particulado y gases

A continuación se presentan las emisiones de la fase de construcción, contrastadas con las emisiones máximas según el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana (Anexo N°6. Emisiones Atmosféricas de la Adenda).

 

Tabla. 5.3.1.3. Resumen con emisiones de MP10 (suspensión) totales en fase de construcción.

Tipo de Emisión

Actividad
Año1
Año2

Emisiones Directas

Demolición
0,2974
0,0000
Perforación
0,0006
0,0000
Escarpe
0,0032
0,0000
Excavación
0,3206
0,0000

Pesados camino no pavimentado

0,0312
0,0000

Livianos camino no pavimentado

0,0096
0,0000

Camino pavimentado interior

0,0018
0,0007
Acopio
0,0000
0,0000

Carga y volteo

0,0061
0,0002

Emisiones Indirectas

Transito caminos pavimentados

0,1292
0,0485

Pesados caminos no pavimentados

0,4844
0,0146

Carga y Volteo

0,0061
0,0002

MP10 Total (ton/año)

1,290
0,064

Emisión Máxima según PPDA. (ton/año)

2,5
2,5

Fuente: Tabla. 4.3.4.1.1. Resumen con emisiones de MP10 (suspensión) totales en fase de construcción del ICE.

 

Tabla. 5.3.1.4. Cuadro resumen con emisiones de MP10 (combustión de gases) en fase de construcción.

Tipo de Emisión

Actividad
Año1
Año2
Emisiones Directas

Combustión maquinas

0,3222
0,0175

Combustión Vehículos Livianos

1,49E-07
3,72E-08

Combustión camiones

0,0002
0,0000

Emisiones Indirectas

Combustión Livianos

2,26E-05
2,07E-05

Combustión Pesados

0,0086
0,0023

MP10 Total (ton/año)

0,331
0,020

Emisión Máxima según PPDA. (ton/año)

2,5
2,5

Fuente: Tabla. 4.3.4.1.2. Cuadro resumen con emisiones de MP10 (combustión de gases) en fase de construcción del ICE.

 

Tabla. 5.3.1.5. Cuadro resumen con emisiones de MP10 (combustión de gases) en fase de construcción.

Tipo de Emisión

Actividad
Año1
Año2

Emisiones MP10 por suspensión

1,290
0,064

Emisiones MP10 en procesos combustión de gases

0,331
0,020

MP10 Total (ton/año)

1,62
0,08

Emisión Máxima según PPDA. (ton/año)

2,5
2,5

Fuente: Tabla. 4.3.4.1.3. Cuadro resumen con emisiones de MP10 (combustión de gases) en fase de construcción del ICE.

 

Tabla. 5.3.1.6. Resumen con emisiones de CO, HC, NOx y SOx, Año 1.

Actividad
CO
NOX
HC
SOx

Combustión maquinaria

1,02913
3,43803
0,47197
0,283415

Combustión camiones al interior del recinto

0,00167
0,00455
0,00042
0,000004

Combustión vehículos livianos al interior del recinto

0,00013
0,00065
0,00007
0,000000

Combustión camiones al exterior del recinto

0,09260
0,35115
0,02048
0,000389

Combustión vehículos livianos al exterior del recinto

0,13700
0,07611
0,20660
0,000009

Total (ton/año)

1,024
3,67
0,7
0,284

Limite Max PPDA (ton/año)

100
8
100
50

Fuente: Tabla. 4.3.4.1.4. Resumen con emisiones de CO, HC, NOx y SOx, Año 1 del ICE.

 

Tabla. 5.3.1.7. Resumen con emisiones de CO, HC, NOx y SOx, Año 2.

Actividad
CO
NOX
HC
SOx

Combustión maquinaria

0,06183
0,14257
0,02849
0,008548

Combustión camiones al interior del recinto

0,00016
0,00044
0,00004
0,000000

Combustión vehículos livianos al interior del recinto

0,00003
0,00016
0,00002
0,000000

Combustión camiones al exterior del recinto

0,02477
0,09394
0,00548
0,000104

Combustión vehículos livianos al exterior del recinto

0,12558
0,06977
0,18938
0,000009

Total (ton/año)

0,212
0,307
0,223
0,009

Limite Max PPDA (ton/año)

100
8
100
50

Fuente: Tabla. 4.3.4.1.5. Resumen con emisiones de CO, HC, NOx y SOx, Año 2 del ICE.

 

De acuerdo a los resultados de la estimación de emisiones, el Proyecto no sobrepasará los límites en la fase de construcción y cumplirá con los límites de la norma establecida. Por lo anterior, el Proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Independiente de los resultados y el cumplimiento de los límites señalados por el PPDA de la Región Metropolitana, durante el desarrollo de las obras se implementarán las siguientes acciones de control para reducir la emisión de material en suspensión generado por las actividades constructivas del Proyecto:

 

a)      Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimientos de tierra y circulación interna. Se humedecerán y cubrirán las pilas de tierra y escombros, con lona o malla raschel.

 

b)      Control de velocidad de los vehículos a 30 km/h máximo.

 

c)      Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.

 

d)      Transporte de materiales en camiones con la tolva cubierta mediante lona.

 

e)      Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

 

f)        Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

 

g)      El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

 

h)      Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

 

i)        Los escombros se retirarán con frecuencia semanal, a sitios autorizados por la SEREMI de Salud. Estos se humedecerán y cubrirán con malla raschel para evitar polvo en suspensión.

 

j)        Se tomarán las acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes de los vehículos de carga, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada, etc.

 

k)      El Titular se compromete a establecer un plan de comunicación y manejo con las comunidades aledañas (juntas de vecinos) al lugar de emplazamiento del Proyecto. Para ello, se mantendrá una pizarra informativa en el acceso al Proyecto, donde se indicarán las fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas.

 
 

Residuos líquidos industriales

Se contempla la generación de residuos líquidos industriales provenientes del lavado de rueda de camiones que abandonen el área de trabajo. El sistema que se implementará para el lavado de neumáticos consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendientes, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara degrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final. El abastecimiento de agua para el lavado de ruedas, provendrá de la red de Aguas Andinas S.A. No existirá infiltración de residuos líquidos al suelo provenientes de estas actividades.

Residuos líquidos domésticos (Aguas Servidas)

Se contempla un caudal máximo de aguas servidas de 30 m3/día (300 trabajadores máximo mensual), a partir de un consumo promedio de agua de un trabajador de aproximadamente de 100 l/día, la cual provendrá principalmente de duchas, W.C., lavamanos, los que han sido incorporados en las instalaciones de faenas, cumpliendo con lo señalado por la normativa vigente (D.S. 594/99 del MINSAL referido a las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de Lugares de Trabajo). En cuanto a su disposición, estos serán descargados a la red de alcantarillado existente. Cabe mencionar que aquellos residuos que no sean dispuestos en la red pública serán almacenados en una fosa séptica o baños químicos y retirados posteriormente, todo lo anterior realizado por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria competente.

 
Ruido

El Proyecto durante su fase de construcción tiene asociada la generación de ruido. A continuación se presentan las actividades emisoras consideradas.

 

Demolición: Esta etapa consiste en la preparación del terreno y demolición de antiguas construcciones situadas en el área donde se ubicará el Proyecto.

 

Excavaciones: Corresponde a la preparación para la construcción de los estacionamientos subterráneos y fundaciones.

 

Obra Gruesa: Consiste en la construcción del edificio, siendo la peor condición de ruido aquella emisión que se encuentra frente a un receptor, por ende, se ha evaluado la obra gruesa en dos condiciones: a nivel del Piso 2 y en el Piso 21 del edificio.

 

Terminaciones: Al igual que para la etapa de obra gruesa, la etapa de terminaciones considera como “peor condición” aquellas faenas ubicadas a la misma altura que el receptor (Figura 3), pero como la etapa de terminaciones opera con las mismas máquinas para cada piso, se ha evaluado en el piso 2, proyectándose hacia los receptores.

 

El Titular del Proyecto, se compromete a implementar las siguientes medidas de control de las emisiones de ruido en las etapas de la fase de construcción del Proyecto:

 

Escenario de Demolición:

 

a)      Barrera sector Norte de OSB de 15mm es espesor con al menos 10 Kg/m2 de densidad superficial.

 

b)      Barrera mismas características al Este de 4 m de altura con cumbrera inclinada hacia el Proyecto en razón (2m:3m).

 

c)      Restricción Frente de trabajo a una maquinaria a la vez en sector Sur-Poniente y Oriente.

 

d)      Barrera Sur y Poniente de 4,5 m de altura con cumbrera inclinada hacia el Proyecto en razón (2m:3m).

 

Escenario Obra Gruesa (suelo y altura):

 

a)      Se mantienen mismas medidas de etapa de Demolición.

 

b)      Se agrega un cierre de vanos en fachadas próximas a receptores con atenuación.

 

c)      La atenuación de cierre de vanos corresponde a madera OSB de 15 mm de espesor y se aplica al software como atenuación al frente de emisión ya que éste se encontrará en recinto cerrado al interior de la obra gruesa.

 

En consecuencia, y considerando los antecedentes del Proyecto, el análisis de los resultados, la ubicación de las fuentes de emisión de ruido identificadas, y las acciones de control comprometidas, se concluye que en la fase de construcción el Proyecto Conde del Maule 4160, no excede los niveles máximos establecidos por la normativa ambiental vigente dispuesta en el D.S. 38/2011 del MMA referida a la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, no generando impacto acústico significativamente adverso hacia la comunidad.

 
 

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

 
 

Residuos sólido domiciliario

Durante la Fase de Construcción existirá la generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los trabajadores de la obra. El cálculo de estos residuos se realiza utilizando el Reporte Asociado a la Generación de Residuos Sólidos en Chile, en línea, disponible en el sitio web: http://152.74.152.95/ocde/st.asp (Reporte a nivel municipal), el cual indica que en el año 2009 la comuna de Estación Central, promedia una tasa de generación de residuos de 1,34 Kg/día por habitante. En la siguiente tabla se presentan los residuos sólidos domiciliarios generados diariamente en esta fase.

 

Tabla. 5.3.1.8 Residuos sólidos domiciliarios en fase de construcción.

N° Personas/día

300
(máximo)

180 (promedio)

Tasa de Generación (Kg/hab. día)

1,34
Kg RSD/ día
402
241

Densidad de RSD2 (kg/m3)

150

Volumen RSD/día (m3/día)

2,68
1,61

Fuente: Tabla 19. Residuos sólidos domiciliarios en fase de construcción de la DIA.

 

Para el almacenamiento temporal de residuos se dispondrá aproximadamente como promedio un mínimo de 11 contenedores con ruedas de tapa hermética, cada uno con una capacidad de 360 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno.

 

Los residuos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal (lunes, miércoles y viernes). En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un lugar autorizado.

Excedentes de Tierra

Corresponde a los excedentes generados durante las actividades de escarpe y excavaciones, considerando un volumen total de 11.219 m3. Estos serán retirados diariamente a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Si se requiere el acopio de material por más de un día, se humectará en caso de ser necesario. El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión de material al aire.

 

El Titular mantendrá un registro en faena de la disposición final de los residuos de la construcción, provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, los cuales serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final. Estos no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 

Se tendrá presente que estos residuos no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final.

Residuos reciclables

Los residuos que se reciclarán corresponden a:

 

a)      Papel en Oficina Central: Se deberá emplear cajas de cartón para acopiar el papel que no sea reutilizado, las cuales deberán estar rotuladas ya sea por una leyenda o un dibujo representativo. El número de cajas será de acuerdo a los puntos de trabajo y cantidad de papel generado.

 

b)      Tóner originales: Se deberá emplear una caja de cartón en un punto dentro de la oficina administrativa para la disposición de tóneres.

 

c)      Despunte de fierro: Se designará una zona de acopio en obra para el fierro. De acuerdo a la cantidad generada y el espacio en obra disponible, se gestionará un contenedor para acopiar el despunte en obra.

 

En cuanto a la disposición final de estos residuos, un encargado será el responsable de coordinar los retiros desde la oficina central con las fundaciones que se esté en convenio, una vez alcanzadas las cantidades requeridas para retiro.

Generación de Escombros

Corresponden a los residuos tales como resto de hormigón, despunte e madera, restos cerámica y PVC, entre otros. Se estima un total de 910 m3 de escombros generados por las diferentes actividades desarrolladas durante esta fase. En cuanto a su manejo, estos serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.

 

Resulta preciso señalar, que estos residuos no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos podrían causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo anterior se reitera, que se mantendrá un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

Residuos tecnológicos

Los residuos tecnológicos deberán ser almacenados en cajas de cartón protegiéndolos de la humedad, polvos, caídas y golpes. Estos serán enviados al área de Informática del Grupo Su Ksa, quienes determinarán si los equipos serán entregados a una fundación en convenio o enviados a una empresa de reciclaje autorizada por la autoridad sanitaria.

 
Residuos Peligrosos

Corresponde a los residuos generados por el Proyecto que contienen sustancias peligrosas, tales como guaipes, brochas, tubos fluorescentes, pilas, envases de adhesivos, latas de spray, etc. En la siguiente tabla se presentan las cantidades estimadas de residuos peligrosos generados durante esta etapa.

 

Tabla. 5.3.1.9. Residuos peligrosos generados durante la fase de construcción.

Actividad
Cantidad
Unidad
Envases
Peligrosidad
Obra Gruesa
1
Litros

Ácido muriático

Corrosivo
7
Tubos

Tubos fluorescentes

Tóxico Agudo
8
Litros
Desmoldante
Inflamable
6
Litros

Puente adherente estuco

Inflamable, corrosivo

4
Litros
Igol primer

Inflamable, Tóxico Crónico

4
Litros
Igol denso

Inflamable, Tóxico Crónico

Terminaciones
2
Litros

Puente adherente yeso

Inflamable, corrosivo

1
Litros
Bencina
Inflamable
18
Litros
Pintura oleo

Inflamable, Tóxico Crónico

1
Litros
Diluyente
Inflamable
1
Litros

Adhesivo de contacto multipropósito

Inflamable, Tóxico Crónico

1
Litros

Adhesivo molduras

Inflamable
36
Litros

Trapos y guaipes con aceites y solventes

Tóxico Crónico

146
Litros

Aceites lubricantes usados

Tóxico Crónico

26
Litros

Adhesivo cerámico

Inflamable

Fuente: Tabla 35. Residuos peligrosos generados durante la fase de construcción de la DIA

 

Los residuos acopiados serán almacenados en contenedores metálicos con tapa u otro material compatible químicamente con la cantidad de residuo a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte, no deberán ser almacenados por un periodo mayor a 6 meses y se mantendrá en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados.

 

En relación a las pilas, éstas deberán ser almacenadas en un recipiente plástico con tapa. En cuanto a los tubos fluorescentes y ampolletas de ahorro energía o que contengan mercurio deberán ser almacenados en su empaque original y luego dispuestos en cajas de cartón. Éstos deberán ser colocados dentro de las cajas de tal forma de cuidar que no se rompan para evitar los riesgos a la salud de las personas y medioambiente.

 

Se contará con una bodega para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos al interior de la obra, dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. 148/03 del MINSAL, al D.S. 594/99 del MINSAL y a la O.G.U.C., considerando además las siguientes características.

 

a)      Piso: Tendrá una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

 

b)      Cierre: Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Dicho cierre estará compuesto por planchas de zinc de 0,35 mm de espesor, las cuales serán impermeables, resistentes a la corrosividad, incombustibles y con una resistencia al fuego F-15.

 

c)      Techo: Tendrá un techo de zinc de 0,35 mm de espesor ondulado, que brinda protección ante condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

 

d)      Capacidad de retención: Estará conformada por un borde canal conductor de 10 cm *15 cm, cuya capacidad de retención de escurrimientos o derrames no será inferior al contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Cabe precisar, que la bodega además contará con elementos tales como arena o aserrín (dependiendo de la sustancia/residuo) y, pala y escoba para recuperar los materiales contaminados, los que serán dispuestos en un contendor destinado exclusivamente para la disposición de este tipo de residuos, el cual se encontrará en la bodega de residuos peligrosos. Finalmente, se destaca además que la bodega cuenta con un kit adicional de respuestas para derrames de químicos peligros, (Anexo N°15. Plan de Contingencia y Emergencia de la DIA).

 

e)      Señalización: Dispondrá de letreros que indiquen el tipo de bodega (ej: “Bodega de Residuos Peligrosos”) y rombos de peligrosidad de acuerdo a lo indicado en la Norma Chilena Nch 2.190 of 2003. Además se dispone de las Hojas de Seguridad (HDS) de los residuos almacenados en la bodega.

 

f)        Deberá tener acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el personal de la instalación.

 

g)      La iluminación y ventilación será de tipo natural.

 

h)      La ventilación proyectada será de un 5% de la superficie de los muros, impidiendo a la vez el ingreso de vectores.

 

i)        La bodega contará con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos, ubicado en un sitio de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocará a una altura máxima de 1,30 m., medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estará debidamente señalizado.

 

El Titular del Proyecto se asegurará de que la empresa que preste el servicio de transporte y tratamiento cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumpla con las disposiciones generales del D.S. 148/2003 del MINSAL referido al Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.

 

Productos químicos utilizados durante la fase construcción

Durante la fase de construcción del Proyecto, se utilizarán algunas sustancias químicas entre las cuales se encuentran: pinturas, aceites, entre otros. Los envases sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento con el Párrafo II del D.S. N°78/09 del MINSAL.

 

El eventual abastecimiento de combustibles líquidos a las maquinarias y equipos para las excavaciones y habilitación de terreno se realizará en instalaciones externas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Acápite 4.3 del ICE

5.3.2.                    FASE DE OPERACIÓN

Partes y obras físicas

 
Sala multiuso

El Proyecto contempla en el piso 37 una sala multiuso.

Sala de
calderas

La sala de calderas se ubica en el piso 37 de la Torre A, abasteciendo a todo el Proyecto inmobiliario. La materialidad de la sala de calderas se compone de muros de hormigón de 10 cm de espesor con un índice de reducción acústica de 45 dB(A) y losa de hormigón de 14 cm de espesor con un índice de reducción acústica de 50 dB(A).

Sala de bombas ubicada en el tercer subterráneo.

El Proyecto contempla una sala de bomba y estanque en subterráneo piso -3.

Grupos electrógenos

Se considera la utilización de Grupos electrógenos de emergencia. El grupo electrógeno de respaldo se encontrará ubicado en el primero de los tres subterráneos (Acápite 1.14 de la Adenda).

Sala de basura

En el edificio operará un sistema de recolección de los residuos sólidos domiciliarios, por medio del cual se conducirán los residuos domiciliarios hacia salas de basura ubicadas en el subterráneo 1°, la que será manejada por personal de aseo, estando prohibido el acceso para personas ajenas. En relación al procedimiento de recolección, los habitantes del edificio contarán con un shaft de basuras, el cual estará en el sector núcleo del edificio y a no más de 15 metros de la puerta del último departamento. Por estas vías los residentes botarán los residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaño pequeño y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior tales como botellas de vidrio o escombros (Anexo N°14. Proyecto de Basura de la DIA).

Acciones
 
Habitabilidad

La fase de operación corresponde a la ocupación de los 805 departamentos habitacionales, 2 locales comerciales, además del funcionamiento de su equipamiento interno, tales como quinchos, salones de uso múltiple, gimnasio y lavandería. Se considera, también, la utilización de las 160 zonas de estacionamientos, así como el uso de las 119 bodegas que contempla el Proyecto.

Administración y vigilancia

El edificio contará con sector de administración y vigilancia.

Limpieza y
mantención

Corresponde a la limpieza y mantención por parte del personal, de los espacios comunes, tales como zona de quinchos, lavandería, pasillos, hall de acceso, salones de multiuso.

Revisión y mantención

equipos

La revisión y mantención de los equipos será en forma diaria y variable cumpliendo como mínimo con la normativa vigente de cada equipo utilizado.

 

Principalmente asociado a la revisión periódica y mantención, de ascensores, calderas, grupos electrógenos, para un correcto funcionamiento, y con el objetivo de cumplir con los estándares reglamentarios normados.

Actividades de mantención y conservación

Las actividades de mantención, estarán asociadas al cumplimiento normativo del correcto funcionamiento de los equipos instalados en el edificio, considerando: ascensores, calderas, grupos electrógenos, sistema eléctrico, entre otros. La mantención deberá ser desarrollada por personal o empresas competentes y autorizadas.

Circulación
peatonal

Movimiento de ingreso y egreso de los peatones, para acceder o salir de los departamentos, espacios comunes y zonas específicas del edificio.

Circulación
vehicular

Diaria. Asociado a el ingreso y egreso de los vehículos a las zonas de estacionamientos del edificio.

Extracción de

residuos sólidos

domiciliarios

Se estima que será cada 3 días, pero dependerá de la frecuencia de recogida programada por el servicio municipal. Corresponde a la extracción de los contenedores desde las salas de basura hasta la zona de precarga.

Comercio

Diaria. Dependerá del uso o patentes de los locales comerciales que funcionaran en la primera planta del edifico, a modo de reseña se podría considerar, abastecimiento, circulación y atención de clientes.

Suministros básicos

 

Agua potable y alcantarillado de aguas servidas:

El Proyecto cuenta con el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado, de la empresa Aguas Andinas, con fecha 05 de agosto de 2015, considerando una población estimada de 1.855 habitantes y 7 empleados y un consumo medio diario de 465 m3. Para mayor detalle ver Anexo N° 10 Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado de la DIA.

Electricidad

La factibilidad del suministro de energía eléctrica será proporcionada por la empresa Chilectra S.A. y estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Se considera también la utilización de Grupos electrógenos de emergencia.

Combustible

El equipo electrógeno contará con un depósito de combustible al interior de su estructura, por lo que no se requerirá el almacenamiento de combustible en un sector ajeno a este (Acápite 1.14 de la Adenda).

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables, por lo cual no corresponde llevar una cuantificación y forma de manejo de los mismos.

Emisiones y efluentes

 

Emisiones de material particulado y gases

Se considera como fuente única de emisión el material particulado y gases provenientes de los grupos electrógenos. A continuación se presenta el resumen de emisión, y su comparativa con la normativa vigente. Para mayor detalle, ver Anexo N°6. Emisiones Atmosféricas de la Adenda.

 

En la siguiente tabla se muestran los totales de la estimación de emisiones en la fase de operación del Proyecto, clasificados por tipo de contamínate a nivel anual.

 

Tabla 5.3.2.1. Resumen de emisiones fase de operación en (ton/año).

Operación
MP10
CO
NOx
SOx
HC
Grupos Electrógenos
0,00057
0,00449
0,01962
0,00003
0,00000

Total Emisión (ton/año)

0,00057
0,00449
0,01962
0,00003
0,00000

Límite Max PPDA (ton/año)

2,5
100,0
8,0
50,0
100,0

Fuente. Tabla.4.4.4.1.1. Resumen de emisiones fase de operación en (ton/año) del ICE.

 

Se concluye que de acuerdo a los resultados de la estimación de emisiones, el Proyecto no sobrepasará los límites en la fase de operación y cumplirá con la norma establecida. Por lo anterior, el Proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Residuos líquidos industriales

El Proyecto no genera residuos líquidos industriales durante la fase de operación.

Residuos líquidos domésticos (Aguas Servidas)

El Proyecto cuenta con el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado, de la empresa Aguas Andinas, considerando un consumo medio diario de 465 m3 (Anexo N°10. Certificados de la DIA).

 
Ruido

Las principales fuentes emisoras en la fase de operación del Proyecto corresponden a una sala de calderas ubicada en el piso superior (piso 37), además de una sala de bombas ubicada en el tercer subterráneo. (Anexo 7 de la Adenda).

 

La materialidad de la sala de calderas se compone de muros de hormigón de 10 cm de espesor con un índice de reducción acústica de 45 dB(A) y losa de hormigón de 14 cm de espesor con un índice de reducción acústica de 50 dB(A).

 

Tabla. 5.3.2.2. Reducción acústica de las salas de calderas para los pisos N°36 (parte inferior) y 37 (contiguo).

Frecuencia de ensayo (Hz) en bandas de

1/3 de octava
Nivel sala de

calderas (dB(A))

Reducción

vertical (dB(A))

Reducción

horizontal (dB(A))

100
54,4
25,0
18,9
125
50,8
23,7
12,3
160
63,5
31,1
23,6
200
62,8
26,0
23,6
250
69,6
31,6
27,7
315
70,6
33,0
27,1
400
65,2
24,2
22,3
500
64,3
21,0
18,0
630
70,4
26,4
22,1
800
70,7
23,8
18,5
1.000
72,2
23,0
16,3
1.250
71,9
19,8
14,5
1.600
74,5
20,3
15,7
2.000
73,1
17,0
13,9
2.500
71,9
15,4
11,8
3.150
68,7
11,9
7,0
Total
82,2
37,2
32,2

Fuente: Tabla. 4.4.4.3.1. Reducción acústica de las salas de calderas para los pisos N°36 (parte inferior) y 37 (contiguo) del ICE.

 

La tabla anterior muestra como el nivel generado por parte de cada sala de generación de agua caliente disminuye debido a la losa y muro de hormigón, el nivel global de disminución para el piso inferior es de 32,2 dB(A), y para el mismo nivel (piso 37), de 37,2 dB(A).

 

El sistema de calderas debe contar con un soporte antivibratorio el cual impida la transmisión de vibración hacia el piso, de modo que se elimine cualquier ruido transmitido por estructura.

 

Tabla. 5.3.2.3. Reducción Acústica de las salas multiuso para los pisos Nº 36 (parte inferior) y 37 (contiguo).

Frecuencia de ensayo (Hz) en bandas de

1/3 de octava
Nivel sala de

calderas (dB(A))

Reducción

vertical (dB(A))

Reducción

horizontal (dB(A))

100
34,2
4,8
-1,3
125
45,1
18
6,6
160
50,1
17,7
10,2
200
69
32,2
29,8
250
62,5
24,5
20,6
315
63,7
26,1
20,2
400
75,2
34,2
32,3
500
76,9
33,6
30,6
630
72,8
28,8
24,5
800
68,8
21,9
16,6
1.000
70,4
21,2
14,5
1.250
72,3
20,2
14,9
1.600
70,8
16,6
12
2.000
63,7
7,6
4,5
2.500
67,2
10,7
7,1
3.150
73,1
16,3
11,4
Total
83,1
39,4
36,5

Fuente: Tabla. 4.4.4.3.2. Reducción Acústica de las salas multiuso para los pisos Nº 36 (parte inferior) y 37 (contiguo).

 

La tabla anterior muestra como el nivel generado por parte de cada sala multiuso disminuye debido a la losa y muro de hormigón, el nivel global de disminución para el piso inferior es de 39,4 dB(A) y para el mismo nivel (piso 37), de 36,5 dB(A).

 

En la fase de operación el Proyecto Conde del Maule 4160, no excede los niveles máximos establecidos por la normativa ambiental vigente del D.S. 38/2011 del MMA. Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

 
Residuos sólidos domiciliarios

Durante la fase de operación habrá generación de Residuos Sólidos Domiciliarios (RSD) por parte de los habitantes del edificio correspondiente a 6.996 (l/día) (Tabla 25 del Acápite A.6.10.3 de la DIA).

 

Respecto al manejo de los residuos sólidos domiciliarios, se dispondrán una serie de medidas, las que son detalladas a continuación.

 

a)      Se dispondrá de compactadores y contenedores con tapa hermética, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, los cuales serán vaciados según la frecuencia de retiro de basuras del camión municipal.

 

b)      Se dispondrá de ductos de basura para la evacuación de los residuos generados en edificios de 4 o más pisos.

 

c)      Se considerará un closet de basura en cada piso, que contendrá en su interior un ducto de basura con tolva de volteo y repisa ecológica para clasificación de residuos. Bajo el ducto se dispondrá de contenedores, dispuestos para la acumulación de los residuos. Estos contenedores se almacenarán dentro de las salas de basura disponibles.

 

d)      Se contempla que la administración del edificio clasificará la basura domiciliaria, separando lo clasificable (vidrios, papeles, cartón, plásticos, metales y pilas-baterías) y las colocará en el recinto de basura, dentro de contenedores de basura con el fin de ser entregados a instituciones que reutilicen estos residuos (coaniquem, cartoneros, etc.).

 

e)      Los residuos serán retirados de los distintos recintos por personal capacitado. Estos residuos serán retirados con contenedores, los que están provistos con ruedas y cierre.

 

f)        Las salas de basura serán manejada por personal de aseo y el acceso de personas ajenas estará prohibido.

 

g)      Los residuos serán retirados en horario definido por administración y se trasladarán en contenedores (vía rampa, montacargas o ascensores de servicio) hacia la Estación de Pre carguío ubicada en el nivel de acceso para el retiro del camión recolector municipal o retiro privado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Acápite 4.4 del ICE

5.3.3.                    FASE DE CIERRE

El Proyecto no considera fase de cierre, dado que su duración será indefinida.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Acápite 4.5 del ICE

 

5.4.                 CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

5.4.1.                    FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Junio del 2016, considerando una duración aproximada de 24 meses.

Parte, obra o acción que establece el inicio

El hito que da inicio a esta fase corresponde a la instalación de faenas.

Fecha estimada de término

En Junio de 2018, el edificio se termina de construir.

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción final del edificio.

5.4.2.                    FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Junio del 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Certificado de Recepción Final del Edificio

Fecha estimada de término

Indefinida

Parte, obra o acción que establece el término

 

6°.          Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

6.1.                 RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

Aumento de concentraciones de material particulado y de emisiones de ruido

Parte, obra o acción que lo genera

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; Instalación de faenas; tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados al interior del sitio.

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.1 del ICE

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Emisiones atmosféricas: Los niveles de emisiones atmosféricas generados en las fases de construcción y operación cumplen con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). A pesar de cumplir con la normativa vigente, se proponen medidas de control con objetivo de disminuir el impacto de las emisiones durante la fase de construcción. (Anexo N°6 Emisiones Atmosféricas de la Adenda).

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Generación de ruido: Los niveles de ruidos generados en las fases de construcción y operación cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. 38/2011 del MMA para el período diurno, aplicando las medidas descritas en el Anexo N°7 Emisiones Acústicas de la Adenda.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

El Proyecto no genera riesgo para la salud de la población, debido a la exposición de contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes en recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

El Proyecto no genera riesgo para la salud de la población en relación a la exposición a contaminantes producto del impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

El proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera, según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA.

 

6.2.                 EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental
Degradación del suelo
Componente(s) ambiental(es) afectado(s)
Suelo y agua
Parte, obra o acción que lo genera
Demolición, Preparación de terreno; Instalación de faenas;

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.2 del ICE

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El desarrollo del Proyecto no genera una pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad, debido a que el sector en el cual se localiza corresponde a una zona mixta según el plan regulador vigente, permitiendo la construcción de este tipo de edificios.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

El terreno donde se localiza el Proyecto no presenta evidencia de la presencia de plantas, algas, hongos y/o animales silvestres, ya que esta superficie poseía construcciones previas que se encuentran en desarme (bodegas y equipamiento).

c) La magnitud y duración del impacto del Proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

El sector de emplazamiento del Proyecto correspondía a una zona de equipamiento y bodegas, en este sentido el impacto del edificio, por su magnitud y duración, no supone una alteración significativa para el suelo, agua y aire.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el Proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

La zona del Proyecto presentaba construcciones previas (bodegas y equipamiento). En este sentido no se constató la presencia de biota.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

La zona del Proyecto presentaba construcciones previas (bodegas y equipamiento). En este sentido no se constató la presencia de fauna nativa.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

El Proyecto no genera efectos adversos en los recursos naturales renovables. Lo anterior se justifica a partir del manejo dado a los distintos tipos de residuos según lo establecido en la normativa vigente. Los residuos considerados para ambas fases del Proyecto: fueron: Residuos líquidos industriales y domésticos, residuos sólidos domiciliarios, excedentes de tierra, escombros, residuos peligrosos, residuos tecnológicos y reciclables.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

El Proyecto no genera impactos a un volumen o caudal de recursos hídricos que contengan aguas fósiles vegas y/o bofedales áreas, zonas de humedales, estuarios, turberas y glaciares. Esto se justifica a partir del Estudio de Mecánica de Suelos Actualizado del Anexo N°10 de la Adenda, donde se efectuaron dos pozos de reconocimiento de 12 m de profundidad con objeto, entre otras cosas, de corroborar la presencia de “napas colgadas de agua”. En este sentido los resultados de las exploraciones efectuadas en terreno, no detectaron la presencia de napas de agua subterránea.

 

Junto con lo anterior, se consideró el Estudio de vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos de la cuenca de Santiago, identificando el sector de emplazamiento del edificio como una zona moderada, cuya isoprofundidad es aproximadamente de 20 m, bastante superior a la intervenir por el Proyecto.

 

Por otra parte, se destaca que los residuos sólidos de la construcción del Proyecto provenientes de excavaciones y escombros, serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no pudiendo contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, entre otros, dado que tales elementos pueden generar detrimento en la calidad de la napa de lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. En esta misma línea, los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores con tapa u otro material compatible químicamente con la cantidad de residuos a almacenar, impidiendo el derrame o fuga de material durante el almacenamiento transitorio o transporte, no debiendo ser almacenados por un período superior a seis meses y manteniendo en obra los correspondientes registros de los sitios de disposición final autorizados. Finalmente es importante destacar que para los residuos provenientes del lavado de ruedas en la fase de construcción, se implementará un sistema pavimentado impermeabilizado con pendientes, que encausará de manera gravitacional los efluentes a una cámara desgrasadora. Dicha cámara contará con capacidad suficiente para evitar derrames, cuyos residuos serán retirados por contratistas autorizados por la SEREMI de Salud y dispuestos en lugares aptos para este tipo de residuos. Se mantendrá un registro en obra a través del cual se acredite su disposición final.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

No aplica. El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del SEIA.

 

6.3.                 REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Parte, obra o acción que lo genera

Habitabilidad, Circulación peatonal, Circulación vehicular, Transporte y movilidad

Fase en que se presenta
Operación

Impacto ambiental

Alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Parte, obra o acción que lo genera

Habitabilidad, Circulación peatonal, Circulación vehicular, Transporte y movilidad

Fase en que se presenta
Operación

Impacto ambiental

La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Parte, obra o acción que lo genera

Habitabilidad, Circulación peatonal, Circulación vehicular, Transporte y movilidad

Fase en que se presenta
Operación

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

El Área de Influencia del Proyecto corresponde a un sector urbano, perteneciendo al núcleo centro-norte de la comuna de Estación Central. La población aledaña al Proyecto habita en viviendas las cuales poseen un patrón de asentamiento de carácter concentrado, con una disposición residencial definida acorde a la distribución de calles, pasajes y avenidas que se emplazan en el lugar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.3 del ICE

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

El Proyecto no interviene usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Lo anterior se justifica debido a que no existe este tipo de recursos naturales en la zona del Proyecto, la cual presentaba construcciones previas (bodegas y equipamiento).

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Para la fase de construcción, el Proyecto considera una serie de medidas de control tales como evitar el flujo de vehículos asociados al Proyecto en horarios de mayor flujo de personas, controles de tránsito por medio de banderilleros en acceso de camiones, evitando congestión vial que impida el tránsito de peatones y vehículos, un letrero informativo con horarios, plazos de obras, flujo de camiones y contacto de encargado de relaciones con comunidad.

 

Respecto a la fase de operación, es posible afirmar que la operación del Proyecto no influye negativamente en la libre circulación de su entorno. Se observa que en el escenario con Proyecto (en ambos períodos) el grado de saturación en las vías adyacentes a este, se encuentra por debajo del 40% (como ya se ha señalado, se define un valor de 90% como grado de saturación máximo aceptable para una adecuada operación vehicular) en las vías del entorno inmediato del Proyecto, lo que indica que las condiciones de circulación se encuentran en un nivel de servicio adecuado sin presencia de colas de vehículos y que se traduce en la inexistencia de bloqueos u obstrucciones a la circulación vehicular y peatonal en el sector.

 

Además, a partir de los resultados de tiempos de viaje en la red, se observa que la operación del Proyecto no afecta significativamente los tiempos de viajes en los diferentes ejes del sector experimentando (en ambos períodos) una variación del tiempo total de viaje inferiores a un 3%, lo que da cuenta de que dichas variaciones son despreciables y no resultan significativas para la operación total de la red vial.

 

En virtud de lo anterior se concluye que el Proyecto no obstruye o restringe la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento en ninguna de las fases.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

En el sector donde se emplazará el Proyecto existen establecimientos de salud, establecimientos educacionales, comercio e infraestructura. El sector donde se emplaza el Proyecto presenta disponibilidad de agua potable, electricidad y sistema de alcantarillado.

 

En acápite 3.1.2 de la Adenda complementaria se señala lo siguiente:

 

a)      Centros educacionales:

 

Se observa que existe un total de 9.128 posibles matrículas que pueden proporcionar los establecimientos educacionales mencionados. Además de un mínimo de 800 vacantes que se generan cada año. Considerando que la población en edad escolar que aportaría el Proyecto implicaría un total de 580 estudiantes, destaca una adecuada cantidad de vacantes para absorber la futura demanda.

 

Cabe precisar que el análisis descrito anteriormente considera algunos supuestos, en primer lugar se contempla que el 100% de los estudiantes que aportará el Proyecto se cambiará de colegio por alguno de los mencionados. Lo anterior corresponde a la peor condición existente, dado que con frecuencia los alumnos no se cambian, pudiendo incluso estar ya considerados en las matrículas existentes. Además, destaca que el área de captación de los establecimientos educacionales suele ser de varias comunas, sin embargo para efectos de análisis sólo se evalúan los establecimientos cercanos al Área de Influencia del Proyecto, correspondientes a un sector de las comunas de Estación Central y Quinta Normal.

 

b)      Centros de salud:

 

Las consultas estimadas en el área de influencia corresponderían a 21.095. Las consultas estimadas para el área de influencia) son mayores a la población total estimada del Área de Influencia proyectada para el 2018 (19.274 habitantes), se entiende que la oferta (centros de salud) podría cubrir la demanda proyectada. Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no generará una alteración al acceso a los centros de salud presentes en el sector.

 

c)      Centros comerciales

 

En virtud de lo presentado anteriormente, es posible indicar que en el Área de Influencia existe un total de 99 locales comerciales, de los cuales el 30% corresponden a talleres y venta de repuestos y un 18% a restaurantes y almacenes. En este sentido, destaca la gran variedad comercio que existe en el sector, siendo posible encontrar centros de belleza, peluquerías, carnicerías, banco, ferretería, supermercados, entre otros. Por lo que en virtud de lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera una alteración al acceso a los centros comerciales.

 

De acuerdo a lo anterior y los antecedentes presentados en la DIA y Adendas, se descarta que el Proyecto pueda generar una alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

El Proyecto no dificulta o impedimenta ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, ya que no se identificó en el grupo humano del área de influencia actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimiento de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada, a excepción de la presencia de la Iglesia Evangélica “Casa de Oración Refugio del Alma” en la que participan personas de diferentes sectores del barrio y de la comuna en general, no siendo una actividad exclusiva del grupo humano en estudio.

 

En el caso de actividades, ritos comunitarios o festividades tradicionales, la población entrevistada indicó que en el sector no se desarrollan actividades comunitarias de carácter colectivo, por tanto no se generará afectación en este componente.

 

Así mismo, en ninguna de las dimensiones abordadas en la caracterización de la población del área de influencia se evidencia un impacto significativo que origine pérdida o modificación de rasgos de la identidad local y una pérdida de sentimiento de arraigo o apego al territorio.

 

Mayor detalle en Anexo N°8. Estudio de Medio Humano de la Adenda.

El proyecto no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA.

 

6.4.                 LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental

El Proyecto no generará impacto relativo a la localización y valor ambiental del territorio, ya que no se encuentra próximo a lugares señalados en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.4 del ICE

El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones (como se justifica en punto B.6, “Cercanía de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas”) de la DIA, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, tampoco afectará el valor ambiental del territorio. En Anexo N°7. Análisis Territorial de la DIA, se menciona que ninguno de estos elementos se encuentra en o cercano al Proyecto.

El proyecto no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

 
 

6.5.                 ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental

El Proyecto no genera impacto relativo al literal 9 del Reglamento del SEIA, ya que no se encuentra en una zona con valor paisajístico o turístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.5 del ICE

Letra a) y b). Según la “Guía de Evaluación de impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2013), el Proyecto se emplazará dentro de la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir la expresión visual de componentes bióticos y físicos, a través de fotografías e inspección visual, se puede determinar que el Proyecto está inmerso en un entorno urbano consolidado.

 

Para mayor detalle revisar Anexo N°9. Fotografías Estado Actual de la Zona y Anexo N°7 Análisis Territorial de la DIA.

 

En virtud de lo anterior, se puede indicar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.

El proyecto no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA.

 
 

6.6.                 ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental

El Proyecto no genera impacto, ya que, no se detectaron hallazgos arqueológicos en el área del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.6 del ICE

Letra a), El Proyecto no excava, traslada, deteriora o modifica en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. Lo anterior se debe a que en el área de influencia del Proyecto no existe la presencia de Monumentos Nacionales. Para mayor detalle revisar Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA.

 

Letra b), El Proyecto no modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena Para mayor detalle revisar Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA.

 

Letra c), El Proyecto no afecta a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, y/o acciones del Proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. Para mayor detalle revisar Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA.

El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, según lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA.

 

7°.          Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

7.1.                 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

 

7.1.1. Permiso del artículo 140 del Reglamento del SEIA, para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 725 de 1967, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

1.- Fase de Construcción

a) Manejo de Residuos

 

Residuos sólidos domiciliarios: Se dispondrán en contenedores con ruedas de tapa hermética, cada uno con una capacidad de 360 litros, reforzados en su interior por una bolsa de plástico resistente, siendo distribuidos de manera uniforme al interior del terreno. Estos serán almacenados por un período máximo de tres días, siendo retirados según la frecuencia de recolección de basuras del camión municipal (lunes, miércoles y viernes). En cuanto a su disposición final, estos serán derivados a un lugar autorizado.

 

Residuo de excedentes de tierra: Serán retirados diariamente a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento. Si se requiere el acopio de material por más de un día, se humectará en caso de ser necesario. El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión de material al aire.

 

Residuos reciclables: En cuanto al papel en oficina central, se deberá emplear cajas de cartón para acopiar el papel que no sea reutilizado, las cuales deberán estar rotuladas ya sea por una leyenda o un dibujo representativo. En relación a los residuos asociados a tóner originales, se deberá emplear una caja de cartón en un punto dentro de la oficina administrativa para la disposición de tóneres. Finalmente, y para los residuos de despunte de fierro, se designará una zona de acopio en obra para el fierro. De acuerdo a la cantidad generada y el espacio en obra disponible, se gestionará un contenedor para acopiar el despunte en obra. En cuanto a la disposición final de estos residuos, un encargado será el responsable de coordinar los retiros desde la oficina central con las fundaciones que se esté en convenio, una vez alcanzadas las cantidades requeridas para retiro.

 

Generación de escombros: Los escombros serán almacenados temporalmente en contendedores debidamente identificados, siendo humectados de manera previa para evitar emisión de material particulado a la atmosfera. El retiro se efectuará por empresas autorizadas por las entidades competentes, para ser trasladado a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana para la disposición de residuos de la construcción y escombros, manteniendo un registro (boleta, factura u otro documento) en obra de dicho procedimiento.

 

Residuos tecnológicos: Serán enviados al área de Informática del Grupo Su Ksa, quienes determinarán si los equipos serán entregados a una fundación en convenio o enviados a una empresa de reciclaje autorizada por la autoridad sanitaria.

 

b) Abatimiento de emisiones

 

Material particulado: Se humectarán los caminos interiores por donde circularán los camiones, se limitará la velocidad de circulación de los vehículos en las vías internas mediante la implementación de señales interiores, se transportará el material de excavación y los escombros en camiones con tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería.

 

Olores: Retiro permanente de los residuos domiciliarios almacenados, además de mantener cerrados con tapas los contenedores empleados.

 

Ruido: Se considerarán medidas para evitar trabajos ruidosos.

 

Vectores: Se considerarán campañas de desratización y desinfección.

 

2.- Fase de operación

 

La fase de operación no considera la implementación de una planta de tratamiento de residuos. Por otra parte, los elementos ocasionados en esta fase serán retirados por el servicio de aseo municipal, según frecuencia de recolección (lunes, miércoles y viernes).

Abatimiento de emisiones

 

a)      Material particulado: Durante la fase de operación el tránsito de vehículos se efectuará por caminos pavimentados.

 

b)      Olores: Para controlar la generación de malos olores se contempla el retiro permanente de los residuos domiciliarios almacenados, junto con mantener cerrada la tapa de los contenedores. Cabe señalar que la sala de basura contará con un equipo ozonificador.

 

c)      Ruido: Se tomarán las medidas necesarias para evitar trabajos ruidosos. Para mayor detalle revisar Anexo N°7. Emisiones Acústicas de la Adenda.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Respecto del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 140 del DS N°40/12, relacionado con la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del D.F.L. N° 725 de 1967, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción. Al respecto se señala lo siguiente:

 

a)      Durante la fase de construcción del Proyecto, se habilitará un sito de acopio temporal de residuos no peligrosos y domiciliarios, a los que corresponde otorgar el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA. Al respecto, los antecedentes presentados dan respuesta a los contenidos requeridos para la evaluación del Permiso Sectorial 140, por lo tanto la Autoridad Sanitaria se pronunció conforme.

 

b)      Para los residuos asimilables a domésticos generados durante la fase de operación del Proyecto, se propone la implementación y funcionamiento de sistemas destinados a la acumulación y recolección, considerando salas de basura para el manejo de los residuos. Al respecto, los antecedentes presentados dan respuesta a los contenidos requeridos para la evaluación del Permiso Sectorial 140, por lo tanto la Autoridad Sanitaria se pronunció conforme.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Oficio Ordinario N° 3219 de fecha 05 de Mayo de 2016, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme respeto de los antecedentes para la obtención del PAS 140

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 9.1.1 del ICE

 

7.1.2. Permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 142 del D.S. N° 40/2012, el cual está relacionado con todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, permiso establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos durante la fase de construcción, la cual será de manera temporal en contenedores de espesor adecuado, resistentes al material que se almacenará, a prueba de filtraciones. En este sentido se habilitará una bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. 148/2003. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos y al D.S. 594/1999. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, ambos del Ministerio de Salud, con las siguientes características:

 

a)      Dimensiones: Las dimensiones de la bodega son, ancho 1,6 metros, largo 3,2 metros y alto 2 metros.

 

b)      Piso: Tendrá una base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

 

c)      Cierre: Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,8 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Dicho cierre estará compuesto por una estructura de acero galvanizado con una resistencia al fuego F-15. (A.2.3.15.104 del listado Oficial de comportamiento al fuego de elementos y componentes de la construcción).

 

d)      Techo: Tendrá un techo de zinc de 0,35 mm de espesor ondulado, que brinda protección ante condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, cuya resistencia al fuego corresponderá a F-15 (A.2.3.15.104 del listado Oficial de comportamiento al fuego de elementos y componentes de la construcción).

 

e)      Capacidad de retención: Estará conformada por un borde canal conductor de 10 cm *15 cm, cuya capacidad de retención de escurrimientos o derrames no será inferior al contenedor de mayor capacidad, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Cabe precisar, que la bodega además contará con elementos tales como arena o aserrín (dependiendo de la sustancia/residuo) y, pala y escoba para recuperar los materiales contaminados, los que serán dispuestos en un contendor destinado exclusivamente para la disposición de este tipo de residuos, el cual se encontrará en la bodega de residuos peligrosos. Finalmente, se destaca además que la bodega cuenta con un kit adicional de respuestas para derrames de químicos peligros, el cual se detalla en Anexo N°2. Plan de Contingencia y Emergencias de la Adenda.

 

f)        Señalización: Dispondrá de letreros que indiquen el tipo de bodega (ej: “Bodega de Residuos Peligrosos”) y rombos de peligrosidad de acuerdo a lo indicado en la Norma Chilena Nch 2.190 of 2003. Además se dispone de las Hojas de Seguridad (HDS) de los residuos almacenados en la bodega.

 

g)      Deberá tener acceso restringido, en términos que sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el personal de la instalación.

 

h)      La iluminación y ventilación será de tipo natural.

 

i)        La ventilación proyectada será de un 5% de la superficie de los muros, impidiendo a la vez el ingreso de vectores.

 

j)        La bodega contará con al menos un extintor de polvo químico ABC – BC de 10 kilos, ubicado en un sitio de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocará a una altura máxima de 1,30 m., medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estará debidamente señalizado.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 142 del Reglamento del SEIA, relacionado con los sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del D.S. 148/03 MINSAL, “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

 

El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que puede poner en riesgo la salud de la población. Al respecto, el Titular ha entregado todos los antecedentes relativos al sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos generados durante la fase de construcción del Proyecto, por lo que la autoridad sanitaria se pronunció conforme.

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Oficio Ordinario N° 3219 de fecha 05 de Mayo de 2016, la Seremi de Salud RM, se pronunció conforme respeto de los antecedentes para la obtención del PAS 142

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 9.1.2 del ICE

 

8°.          Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

8.1.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. 144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; Instalación de faenas; tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados al interior del sitio.

Forma de cumplimiento

a)      Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimientos de tierra y circulación interna.

 

b)      Control de velocidad de los vehículos a 30 km/h máximo.

 

c)      Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.

 

d)      Transporte de materiales en camiones con la tolva cubierta mediante lona.

 

e)      Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

 

f)        Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

 

g)      El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

 

h)      Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Inspección visual y/o registro fotográfico que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico en obra que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.1 del ICE

 

8.2.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES. Plan de prevención y descontaminación atmosférica para la Región Metropolitana.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; Instalación de faenas; tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados al interior del sitio y generadores.

Forma de cumplimiento

1.- Fase de construcción

 

a)      Se humectarán como mínimo dos veces al día las áreas de movimientos de tierra y circulación interna.

 

b)      Control de velocidad de los vehículos a 30 km/h máximo.

 

c)      Instalación de barreras perimetrales con doble capa, con malla raschel de altura suficiente para contener las emisiones.

 

d)      Transporte de materiales en camiones con la tolva cubierta mediante lona.

 

e)      Se exigirá que todos los vehículos utilizados en faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

 

f)        Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

 

g)      El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores.

 

h)      Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

 

2.- Fase de operación

 

a)      El grupo electrógeno de emergencia mantendrá al día sus respectivas mantenciones periódicas. Con lo mencionado, se asegurará el cumplimiento de los límites establecidos en la legislación vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

1.- Fase de construcción

 

Inspección visual y/o registro fotográfico que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas

 

2.- Fase de operación.

 

Registro de mantención de grupo electrógeno.

Forma de control y seguimiento

1.- Fase de construcción

 

Registro fotográfico en obra que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

 

2.- Fase de operación

 

Registro en administración de la mantención del grupo electrógeno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.2 del ICE

 

8.3.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. 75/87 del MINATREL. Establece condiciones para el transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Tránsito de vehículos y camiones por caminos pavimentados y no pavimentados.

Forma de cumplimiento

Los camiones serán cubiertos mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de los materiales en el aire (Anexo 6 Emisiones Atmosféricas de la Adenda).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en obra de documentación que acredite la exigencia por parte del Titulare a empresa contratista de circular con la carga cubierta y/o inspección visual de los camiones que ingresan y/o se retiran de la planta con la carga cubierta.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de documentación que acredite la exigencia a los contratistas de circular con carga cubierta.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.3 del ICE

 

8.4.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. 138/05 del MINSAL. Establece obligación de declarar emisiones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación
Parte, obra o acción a la que aplica
Generador
Forma de cumplimiento

El Titular realizará la respectiva declaración de emisiones atmosféricas para el grupo generador de emergencia, considerado para la etapa de operación del Proyecto. La declaración de emisiones se realizará a través del sistema de Ventanilla Única del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de ingreso de declaración de emisiones.

Forma de control y seguimiento

Registro en administración de declaración de emisiones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.4 del ICE

 

8.5.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas

Norma

D.S. 38/11 del MMA. Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción: Demolición, Instalación de faenas y obra gruesa y terminaciones

Operación: Sala de Caldera, Sala multiuso.

Forma de cumplimiento

1.- Fase de Construcción:

 

Escenario de Demolición:

 

a)      Barrera sector Norte de OSB de 15mm es espesor con al menos 10 Kg/m2 de densidad superficial.

 

b)      Barrera mismas características al Este de 4 m de altura con cumbrera inclinada hacia el Proyecto en razón (2m:3m).

 

c)      Restricción Frente de trabajo a una maquinaria a la vez en sector Sur-Poniente y Oriente.

 

d)      Barrera Sur y Poniente de 4,5 m de altura con cumbrera inclinada hacia el Proyecto en razón (2m:3m).

 

Escenario Obra Gruesa (suelo y altura):

 

a)      Se mantienen mismas medidas de etapa de Demolición.

 

b)      Se agrega un cierre de vanos en fachadas próximas a receptores.

 

c)      La atenuación de cierre de vanos corresponde a madera OSB de 15 mm de espesor y se aplica al software como atenuación al frente de emisión ya que éste se encontrará en recinto cerrado al interior de la obra gruesa.

 
2.- Operación:
 

Se estima que los niveles audibles de ruido molestos no superarán las actuales fuentes de emisión.

 

a)      Para la fase de operación se deberán establecer las siguientes medidas de control de ruido para la sala de calderas y sala multiuso, ubicadas en el piso 37, consistente en muros de hormigón de 10 cm de espesor con un índice de reducción acústica de 45 dB(A) y losa de hormigón de 14 cm con un índice de reducción acústica de 50 dB(A).

 

b)      Adicionalmente, se debe disponer para el sistema de calderas (calderas, equipos, y ductos) soportes anti vibratorios los cuales impidan la transmisión de vibración hacia el piso, de modo que se elimine cualquier ruido transmitido por estructura.

 

c)      El informe de estimaciones de emisiones de ruido se actualiza en Anexo N°6. Emisiones Acústicas de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción: Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas propuestas.

 

a) Registro de capacitaciones a los trabajadores.

 

Operación: Documento que acredite número de registro del grupo electrógeno y registro de mantenciones realizadas a grupo electrógeno, sala de máquinas y sala de bombas.

Forma de control y seguimiento

Construcción: Registro en obra que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

Operación: Registro en administración de mantenciones realizadas a equipos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.5 del ICE

 

8.6.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones acústicas

Norma

D.S. 47/92. Ordenanza general de urbanismo y construcciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción: Demolición, Instalación de faenas, obra gruesa y terminaciones.

Forma de cumplimiento

En cumplimiento de la norma, el titula presentará a la Dirección de Obras Municipales:

a)      Horario de funcionamiento de la obra.

 

a)      El listado de herramientas y equipos generadores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia timbrada de la carta conductora dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos a utilizar durante la construcción de la obra.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de copia timbrada de la carta conductora dirigida a la DOM, que da cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos a utilizar durante la construcción de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.6 del ICE

 

8.7.                 COMPONENTE/MATERIA: Residuos

Norma

D.S. 594/99 del MINSAL. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Art. 26).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Instalación de faenas;
Forma de cumplimiento

El Titular del Proyecto tramitará la respectiva autorización sanitaria para la disposición de los residuos fuera del predio.

Indicador que acredita su cumplimiento
Autorización sanitaria respectiva.
Forma de control y seguimiento

Registro en obra de autorización sanitaria respectiva.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.7 del ICE

 

8.8.                 COMPONENTE/MATERIA: Residuos

Norma

D.F.L. 725/67 del MINSAL. Código Sanitario (Art. 78 y 81).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas; sala de basura.

Forma de cumplimiento

1.- Construcción
 

Los residuos que se generen serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.

 
2.- Operación
 

Las salas de basura se encontrarán debidamente autorizadas por la autoridad sanitaria. Los residuos serán retirados por el servicio municipal de recolección de basura.

Indicador que acredita su cumplimiento

1.- Construcción
 

Autorización emitida por la autoridad sanitaria.

 
2.- Operación
 

Autorización emitida por la autoridad sanitaria, respecto a las salas de basura que incorpora el Proyecto.

Forma de control y seguimiento

1.- Construcción
 

Registro en obra de autorización emitida por autoridad sanitaria.

 
2.- Operación
 

Registro en administración de Autorización emitida por la autoridad sanitaria, respecto a las salas de basura que incorpora el Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.8 del ICE

 

8.9.                 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. 1/2013. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; Instalación de faenas; tránsito de camiones por caminos pavimentados y no pavimentados al interior del sitio; Generador.

Forma de cumplimiento

El Titular según corresponda, declarará las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados por el Proyecto, en el sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento

1.- Construcción y operación

 

Comprobante de ingreso de información correspondiente.

Forma de control y seguimiento

1.- Construcción y operación

 

Registro del comprobante de ingreso de información correspondiente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.9 del ICE

 

8.10.             COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos

Norma

D.S. 148/03 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas, obra gruesa y terminaciones.

Forma de cumplimiento

Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente rotulados dentro de la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de retiros y disposición final de residuos peligrosos por empresa autorizada.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.10 del ICE

 

8.11.             COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

D.S.78/09 del MINSAL Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas, obra gruesa y terminaciones.

Forma de cumplimiento

Las condiciones de almacenamiento de las sustancias peligrosas serán las correspondientes al tipo, cantidad y tiempo de almacenamiento de éstas, en cumplimiento con el D.S. N°78/09 del MINSAL. Las hojas de seguridad de estas sustancias, se mantendrán visibles en el lugar de almacenamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Forma de control y seguimiento

Registro de inspecciones internas al sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.11 del ICE

 

8.12.             COMPONENTE/MATERIA: Transporte de cargas peligrosas

Norma

D.S. N°298/94 del MINATREL. Reglamento Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; Instalación de faenas.

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el Titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra que evidencien el cumplimiento de este decreto, mediante fotografías o copia de órdenes de compra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.12 del ICE

 

8.13.             COMPONENTE/MATERIA: Arqueología

Norma

Ley 17.288 del MINEDUC. Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Preparación de terreno e Instalación de faenas.

Forma de cumplimiento

Si durante la ejecución de cualquiera de las etapas del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales (Anexo N°8. Arqueología y Patrimonio de la DIA).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en caso que corresponda).

Forma de control y seguimiento

Registro en obra que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos (en caso que corresponda).

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.13 del ICE

 

8.14.             COMPONENTE/MATERIA: Transporte de materiales, insumos y residuos provenientes del Proyecto.

Norma

D.S. N° 158/80 del MOP. Fija peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; e Instalación de faenas.

Forma de cumplimiento

Los camiones involucrados en las actividades de transporte para la fase de construcción del Proyecto, cumplirán con los pesos máximos por eje, lo que se exigirá en los contratos con los transportistas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el Titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra que evidencien el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.14 del ICE.

 

8.15.             COMPONENTE/MATERIA: Pesos máximos de vehículos para transitar en vías urbanas

Norma

D.S. Nº 200/93 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; e Instalación de faenas.

Forma de cumplimiento

El Titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por las vías urbanas del país.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el Titular del Proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra que evidencien el cumplimiento del límite de peso por eje de sus vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.15 del ICE

 

8.16.             COMPONENTE/MATERIA: Señalización y trabajos en la vía

Norma

D.S. N° 90/02 Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; e Instalación de faenas.

Forma de cumplimiento

Cada vez que se realicen trabajos en la vía pública se colocarán la señaléticas de acuerdo a lo establecido en este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en el libro de obra, complementado con registro fotográfico.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico en obra y registro en libro de obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8.16 del ICE

 

8.17.             COMPONENTE/MATERIA: Circulación de vehículos al interior del Anillo Américo Vespucio

Norma

D.S. N° 18/01 del MINATREL Prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Demolición, Excavación, Acopio de material, carga y volteo del material, Preparación de terreno; e Instalación de faenas;

Forma de cumplimiento

El Titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro que evidencien que el Titular ha exigido al transportista contratado la obligatoriedad de cumplir este decreto, por ejemplo mediante contrato de prestación de servicios.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de contrato de prestación de servicios donde se acredite el cumplimiento de este decreto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8. del ICE

 

8.18.             COMPONENTE/MATERIA: Instalaciones sanitarias

Norma

D.S. N° 50/2003 del MOP. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalaciones de faenas y habitabilidad.

Forma de cumplimiento

1.- Construcción
 

Durante esta fase, la instalación, mantención y retiro de los residuos líquidos estará a cargo de una empresa autorizada, hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales a la red de alcantarillado público.

 
2.- Operación
 

El Proyecto cuenta con su respectiva factibilidad de agua potable y alcantarillado. Para mayor detalle revisar Anexo N°2. Certificados de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

1.- Construcción

Copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada.

 
2.- Operación
 

Recepción municipal otorgada por la DOM.

Forma de control y seguimiento

1.- Construcción
 

Registro en obra de copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada.

 
2.- Operación
 

Registro en administración de recepción municipal otorgada por la DOM.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8. del ICE.

 

8.19.             COMPONENTE/MATERIA: Servicio de agua potable

Norma

D.S. N°735/69 del MINSAL. Reglamento de los servicios de agua destinados a consumo humano.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalaciones de faenas y habitabilidad.

Forma de cumplimiento

1.- Construcción
 

Se tendrá acceso a la red de agua potable existente.

 
2.- Operación
 

Se tendrá acceso a la red de agua potable existente.

Indicador que acredita su cumplimiento

1.- Construcción
 

Boleta emitida por la empresa de servicios sanitarios, que acredite el arranque de agua para la fase de construcción.

 
2.- Operación
 

Certificado de factibilidad de agua potable emitido por Aguas Andinas. Para mayor detalle revisar Anexo N°10. Certificados de la DIA.

Forma de control y seguimiento

1.- Construcción
 

Boleta en obra emitida por la empresa de servicios sanitarios, que acredite el arranque de agua para la fase de construcción.

 
2.- Operación
 

Copia de factibilidad de agua potable en administración.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 8. del ICE.

 

9°.          Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

9.1.                 Condiciones sobre la componente ambiental agua

Impacto asociado
Contaminación de Aguas
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción

1.      Las aguas a utilizar en las Fases de Construcción (uso doméstico, humectación, lavado de ruedas, etc.) y Operación del Proyecto (uso doméstico, red de incendio, etc.), se obtendrán de acuerdo a la factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas, según lo declarado por el Titular en el Anexo 10 de la DIA y la respuesta a la Observación 1.11 del Adenda.

 

2.      Se realizará humectación en las áreas de movimientos de tierra y circulación interna de acuerdo a lo indicado en el acápite A.5.7.1 de la DIA.

 

3.      No se realizará lavado de camiones mixer u otro tipo dentro de la zona de obras, se según lo declarado en respuesta a la Observación 1.17 del Adenda.

 

4.      La zona de lavado de ruedas consistirá en un pavimento impermeabilizado con pendiente, que encauce de manera gravitacional los efluentes a una cámara con capacidad suficiente para evitar derrames. Los residuos serán retirados y dispuestos en lugar autorizado de acuerdo a lo declarado a la Observación 1.17 del Adenda.

 

5.      El Titular compromete la aplicación de un Programa de Mantenimiento de la Red de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en el acápite A.5.1.5 de la DIA.

 

6.      El Titular tendrá presente que, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la Resolución, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

 

7.      En caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:

 

a)      Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

 

b)      Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

 

c)      Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

 

d)      En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 

8.      En atención a lo señalado por el Titular en respuesta a la Observación 1.28 del Adenda y considerando por otra parte, que es posible la existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del Proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

 

a)      Detener las actividades en el frente de trabajo.

 

b)      Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

 

c)      En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

 

d)      Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

 

e)      Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

 

9.      Debido a que el área de Proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de Proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

 

10. Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.

 

11. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

 

12. Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del Proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 

13. Si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los Proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el Titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 10.2.1 del ICE

 

9.2.                 Condiciones sobre ruido

Impacto asociado
Ruido en receptores del área de influencia del proyecto
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción y operación

1.      Para la fase de construcción se deberán establecer las siguientes medidas de control de ruido para el escenario de Demolición:

 

a)      Barrera sector Norte de OSB de 15 mm es espesor con al menos 10 Kg/m2 de densidad superficial.

 

b)      Barrera de las mismas características anteriores al Este de 4 m de altura con cumbrera inclinada hacia el Proyecto en razón (2 m: 3 m).

 

c)      Restricción Frente de trabajo a una maquinaria a la vez en sector Sur-Poniente y Oriente.

 

d)      Barrera Sur y Poniente de 4,5 m de altura con cumbrera inclinada hacia el Proyecto en razón (2m: 3m).

 

2.      Para la fase de construcción se deberán establecer las siguientes medidas de control de ruido para el escenario de Obra Gruesa (suelo y altura):

 

a)      Se mantienen mismas medidas de etapa de Demolición y se agrega un cierre de vanos en fachadas próximas a receptores con atenuación STC 28 como se especifica en la Figura 7 del anexo 5 de la DIA lo que correspondería a una placa de madera tipo OSB de 15 mm de espesor.

 

3.      Para la fase de operación se deberán establecer las siguientes medidas de control de ruido para la sala de calderas y sala multiuso, ubicadas en el piso 37, consistente en muros de hormigón de 10 cm de espesor con un índice de reducción acústica de 45 dB(A) y losa de hormigón de 14 cm con un índice de reducción acústica de 50 dB(A).

 

Adicionalmente, se debe disponer para el sistema de calderas (calderas, equipos, y ductos) soportes anti vibratorios los cuales impidan la transmisión de vibración hacia el piso, de modo que se elimine cualquier ruido transmitido por estructura.

 

4.      Se deberán cumplir en todo momento (fase de construcción y operación) los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 10.2.2 del ICE

 

La Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago estableció las siguientes condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto:

 

9.3.                  

De acuerdo a lo indicado por el Gobierno Regional de la Región Metropolitana de Santiago, en su Oficio Ordinario N° 003741 de fecha 26 de Mayo de 2016,  el Titular debe dar cumplimiento a lo establecido en el considerando 10 de esta Resolución  en la que se especifica el detalle de los  compromisos voluntarios del proyecto, presentado en el plano “UR01” del Anexo 10 de la Adenda Complementaria.

El Titular debe tener presente lo informado por la Secretaría Regional Ministerial en su Oficio Ordinario N° 2544 de fecha 17.05.2016, en donde señala lo siguiente: “(…) a) De la adenda que el ingreso de Permiso de Edificación corresponde a N° 684-14, con fecha 31.03.2015, y que el Permiso de Edificación corresponde a N° 177-2015 con fecha 30.11.2015, Si luego en el punto 1.4 de las respuestas aparece la siguiente información textual varias veces: “…tal como lo autoriza el anteProyecto aprobado con el cual se solicitó el Permiso de edificación, N° de ingreso 684-15, cuya resolución está en proceso de redacción en la DOM de Estación Central cuyo pago del Permiso de edificación ya se ha realizado”. Señale además si existen Modificaciones del Permiso de Edificación respecto de este Proyecto, si es así adjuntar.

 

b) Se informa que se seguirán los procedimientos establecidos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza de modo que el Director de Obras de la Municipalidad de Estación Central, informe a esta Secretaría respecto del permiso de edificación otorgado, en conocimiento de lo indicado por esta Secretaría a través de oficio N° 4939 del 14.10.2015 que informa y adjunta el Of. Ord. N° 422 de fecha 21.09.2015, de la División de Desarrollo Urbano del MINVU.” 

 

10°.      Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

10.1.              Plan de Comunicación

Impacto asociado
Medio Humano

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Plan de comunicación en el lugar de emplazamiento del Proyecto. Para ello, se mantendrá una pizarra informativa en el acceso al Proyecto, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Se dispondrá, también, de un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Acceso del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Ejecución del plan de comunicación y sus partes físicas.

 
Registro fotográfico.
Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 10.1.1 del ICE

 

10.2.             Iluminación

Impacto asociado
Medio Humano

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Su objetivo es mejorar las condiciones de seguridad en el entorno del Proyecto. En Anexo N°10 de la Adenda Complementaria se incorpora comprobante de aprobación y respectivo plano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Las luminarias se instalarán desde el Proyecto siguiendo por calle Coronel Godoy hasta Avenida Libertador Bernardo O’Higgins.

 

Detalle del Compromiso Ambiental Voluntario a partir del plano “UR01” del Anexo 10 de la Adenda Complementaria:

 

a)      Alumbrado peatonal en urbanización aprobada: 7

 

b)      Bolardos propuestos por compromiso voluntario : 7

 

c)      Total alumbrado público propuesto : 14

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Aprobación por parte de la Municipalidad de Estación Central.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 10.1.2 del ICE

 

10.3.             Bolardos

Impacto asociado
Medio Humano

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

El Titular se compromete a ubicar bolardos en las veredas aledañas a este, lo que sumado a las señaléticas incorporadas por la autoridad, restringirán el empleo de las veredas como medio de estacionamiento. Respecto al detalle de este compromiso, en el Anexo N°10 de la Adenda Complementaria se incorpora comprobante de aprobación y respectivo plano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

El Titular se compromete a incorporar bolardos en las veredas aledañas del Proyecto.

 

Detalle del Compromiso Ambiental Voluntario a partir del plano “UR01” del Anexo 10 de la Adenda Complementaria:

 

a)      Bolardos propuestos en urbanización aprobada: 73

 

b)      Bolardos propuestos por compromiso voluntario : 191

 

c)      Total bolardos propuestos : 264

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Aprobación por parte de la Municipalidad de Estación Central.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 10.1.3 del ICE

 

10.4.             Bicicleteros

Impacto asociado
Medio Humano

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

El Proyecto aportará 50 bicicleteros próximos al Proyecto. El objetivo del presente compromiso, busca adherir a las personas que residan en el edificio y en el entorno a las políticas o programas que buscan disminuir los niveles de congestión vehicular que posee actualmente la Región Metropolitana, mediante el desincentivo del uso del automóvil.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

En relación al lugar de los bicicleteros exteriores, es preciso mencionar que este compromiso busca mejorar las condiciones específicas del Área de Influencia del Proyecto y conjuntamente con la Municipalidad se colocarán los bicicleteros donde dicho organismo lo indique.

 

Detalle del Compromiso Ambiental Voluntario a partir del plano “UR01” del Anexo 10 de la Adenda Complementaria:

 

a)      El Proyecto contempla 50 bicicleteros modelo Fahneu pb-006, 0,63m x 0,05m x 0,9m o similar, su ubicación final será definida por la municipalidad.

Indicador que acredite su cumplimiento

Aprobación por parte de la Municipalidad de Estación Central.

Referencia al ICE para mayores detalles

Acápite 10.1.4 del ICE

 
 

11°.      Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

11.1.             PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

 

11.1.1.                Derrame de sustancias y residuos peligrosos.

Situación de riesgo o contingencia

Derrame de sustancias y residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

construcción

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

a)      Identificar las sustancias peligrosas con sus respectivas fichas.

 

b)      Mantener las sustancias peligrosas al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de sustancias.

 

c)      Mantener los residuos peligrosos al interior de la bodega destinada para el almacenamiento temporal para este tipo de residuos.

 

d)      Disponer en stock, en un sector de libre acceso y señalizado, los elementos de contención de derrames.

 

e)      Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos.

 

f)        Establecer capacitaciones continuas al personal respecto a los procedimientos y materiales a emplear para la contención de derrames.

 

g)      Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente. El informe deberá incluir los siguientes puntos.

 

a)      Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc).

 

b)      La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

 

c)      La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

 

d)      Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Forma de control y seguimiento

a)      Registro de capacitaciones y charlas informativas.

 

b)      Registro de sustancias y residuos peligrosos al interior de la obra.

 

c)      Registro de eventos de derrame de sustancias peligrosas y residuos al interior de la obra.

 

d)      Registro de “Informes Preliminares de Emergencia y/o Contingencias” presentados a la Superintendencia de Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente.

 

e)      Revisión periódica de los protocolos de seguridad parte del experto de Prevención de Riesgos de la obra.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.1 del ICE

 

11.1.2.                Incendios

Situación de riesgo o contingencia

Incendios

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

a)      Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente.

 

b)      Mantener orden y aseo en los lugares de trabajo.

 

c)      Mantener los equipos de extinción portátil operativos.

 

d)      Mantener ubicados los equipos de extinción portátil en lugares de fácil acceso y libres de obstáculos.

 

e)      Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil y de los residuos que se manejan.

Forma de control y seguimiento

a)      Registro de maquinarias y equipos de trabajo.

 

b)      Registro y revisión periódica de los equipos de extinción portátil operativos.

 

a)      Registro de capacitaciones respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.2 del ICE

 

11.1.3.                Derrumbes

Situación de riesgo o contingencia

Derrumbes

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

a)      Efectuar un retiro permanente de los escombros, con objeto de mantener el área despejada.

 

b)      Apuntalar la estructura de apoyo cuando se trabaje con carga.

 

c)      Delimitar el área de trabajo.

 

d)      Emplea r elementos de protección personal.

Forma de control y seguimiento

a)      Registro de retiro de escombros.

 

b)      Registro de capacitaciones respecto al trabajo con carga.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.1.3 del ICE

 

11.2.             PLAN DE EMERGENCIAS

 

11.2.1.                Derrame de sustancias y residuos peligrosos

Situación de emergencia

Derrame de sustancias y residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones a implementar

a)      Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante el derrame de alguna sustancia peligrosa deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quien a su vez dará aviso al Encargado de Prevención de Riesgos y al Encargado de Calidad especificando el sector o lugar donde ha ocurrido.

 

b)      Recurrir a las Hojas de Seguridad (HDS) del producto y limitar la zona del derrame con cinta de peligro.

 

c)      Se deberá impedir el acceso al sector con cinta de peligro, permitiendo el ingreso y tránsito sólo de aquellas personas que sean requeridas para enfrentarlo. Deberá quitarse inmediatamente la ropa contaminada y lavarse la piel con agua.

 

d)      Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, deberá colocarse los EPP (Elementos de Protección Personal) adecuados al riego de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos deberá alejarse de la zona de derrame.

 

e)      No se deberá limpiar un derrame si el producto está reaccionando, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa.

 

f)        Apagar todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable).

 

g)      Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, evitando que el residuo alcance alcantarillas.

 

h)      Detener la fuga o el derrame lo antes posible regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando la válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un recipiente ara recuperar el producto.

 

i)        Cubrir y cerrar los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias, en caso de encontrarse cerca al área del derrame.

 

j)        De manera posterior al control del derrame, los residuos recuperados y el material impregnado (material absorbente) deberán ser almacenados en tambores con tapa, al interior de la bodega de residuos peligrosos.

 

k)      Los residuos recuperados y almacenados, serán dispuestos finalmente en sitios autorizados por la autoridad competente, manteniéndose un registro de la disposición final en obra.

 

l)        Ante la eventualidad de que un derrame se descargue o amenace con descargar, en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se deberá informar de forma inmediata a carabineros y bomberos.

 

m)    Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se deberá informar de manera inmediata a la Dirección General de Aguas de la Región señalando lo siguiente:

 
  1. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
 
  1. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
 
  1. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
 
  1. En caso de ser necesario, un Programa de Medias de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA (solo en caso de accidentes).
 

n)      Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo el nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural.

 

o)      Se deberá evitar cualquier fuente de chispas, llamas o superficies calientes cercanas al lugar de derrame.

 

p)      En cuanto a la limpieza y disposición de residuos generados, se deberán tomar las siguientes acciones:

 

i.         El material de contención deberá ser recogido con pala y escobillón, minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso e identificando claramente el residuo que contiene.

 

ii.       Todo el equipo de contención y limpieza y de protección personal deberá ser revisado y descontaminado para su reutilización. Si lo anterior no es factible, deberá desecharse como residuo peligroso.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

a) Registro de Hojas de Seguridad (HDS).

 

b) Registro de Elementos de Protección Personal (EPP).

 

c) Registro de información a carabineros y bomberos, respecto a un posible vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos.

 

d) Registro de información a Dirección General de Aguas, en caso de algún vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneos.

 

e) Registro de charlas y/o capacitaciones de medidas frente a derrames de sustancias y residuos peligrosos.

Referencia al ICE o  documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.2.1 del ICE

 

11.2.2.                Incendios

Situación de emergencia

Incendios

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones a implementar

a)       Avisar al supervisor directo o solicitar ayuda al personal cercano.

 

b)       En caso de ser posible, intentar contener el fuego mediante algún equipo de extinción portátil.

 

c)       En caso de no ser controlado el fuego, Prevención en coordinación con Administración llamarán a bomberos y ambulancia en caso que aplique.

 

d)       Personal evacuará la obra siguiendo instrucciones de Prevención y/o Jefaturas a la zona de seguridad.

 

e)       En caso de haber lesionados graves, Prevención derivará a personal a la Mutualidad.

 

f)         En caso de haber lesionados pero no graves, Prevención derivará a personal a Paramédico.

 

c)      El encargado de calidad de la obra deberá generar una acción preventiva incluyendo la investigación de la causa y remitir copia de este por correo electrónico al Profesional de obra y al Jefe de Calidad y Medio Ambiente.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

a)       Registro y revisión periódica de los equipos de extinción portátil operativos.

 

b)       Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a la posibles incendios.

Referencia al ICE o  documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.2.2 del ICE

 

11.2.3.                Derrumbes

Situación de emergencia
Derrumbes
Fase del Proyecto a la que aplica
Fase de construcción.
Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones a implementar

Avisar al supervisor directo o solicitar ayuda al personal cercano.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a la posibles derrumbes.

Referencia al ICE o  documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.2.3 del ICE

 

11.2.4.                 

Situación de emergencia

Afloramiento de napas colgadas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Dentro del predio del Proyecto, y corresponde a las actividades a desarrollar durante la construcción del Proyecto.

Acciones a implementar

En caso que exista un afloramiento de napas colgadas de agua durante la construcción del Proyecto, el Titular deberá dar aviso de manera inmediata a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h.

 

Como medida de manejo preliminar, el Titular no deberá almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades.

 

a)      Detener las actividades en el frente de trabajo.

 

b)      Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

 

c)      En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

 

d)      Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

 

d)      Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Registro de aviso a Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.

 

Registro de charlas y/o capacitaciones de las acciones a seguir frente a un posible afloramiento de napas colgadas de agua.

Referencia al ICE o  documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Acápite 7.2.4 del ICE

 

12°.      Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

13°.      Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

14°.      Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 5.1 de la presente Resolución.

 

15°.      Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

16°.      Que, para que el Proyecto Conde del Maule 4160 pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

17°.      Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

18°.      Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

19°.      Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

20°.      Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

  

RESUELVE:

 

1°.          Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Conde del Maule 4160, de Inmobiliaria Conde del Maule 4160 S.A.

 

2°.          Certificar que el Proyecto Conde del Maule 4160 cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°.          Certificar que el Proyecto Conde del Maule 4160 cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°.          Certificar que el Proyecto Conde del Maule 4160 no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°.          Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 5.1 del presente acto.

 

6°.          Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

  

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/RRB/MGVV/MAC

Distribución:
  • Armando Ide Nualart
  • Intendente Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Estación Central
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Conde del Maule 4160"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=e0/f2/29481b36b154f0250928b741eedddb42b759


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