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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Valleland Solar"

Resolución Exenta Nº 25

Copiapó, 29 de Enero de 2014



VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "VALLELAND SOLAR", presentada por el Señor Esteban Encinas Jiménez, en representación de Valleland SpA. con fecha 27 de junio de 2013.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 
2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
 
Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N
Por Ibereólica Cabo Leones II S.A., con fecha 11/04/2013
 
Test de admisión S/N
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 15/04/2013
 
Oficio solicitud de evaluación DIA Nº195
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 16/04/2013
 
Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº118
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 22/05/2013
 
Adenda S/N
Por Ibereólica Cabo Leones II S.A., con fecha 09/07/2013
 
Solicitud de evaluación de adenda Nº335
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 09/07/2013
 
Adenda S/N
Por Ibereólica Cabo Leones II S.A., con fecha 19/11/2013
 
Solicitud de evaluación de adenda Nº580
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 19/11/2013
 
Resolución de ampliación de plazo Nº262
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 05/12/2013
 
2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
 
Oficio Nº272 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 26/04/2013; Oficio Nº32 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 29/04/2013; Oficio Nº355 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Freirina, con fecha 29/04/2013; Oficio Nº354 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Freirina, con fecha 29/04/2013; Oficio Nº401 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 30/04/2013; Oficio Nº1470 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/04/2013; Oficio Nº401 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 30/04/2013; Oficio Nº4018 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 02/05/2013; Oficio Nº328 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 02/05/2013; Oficio Nº475 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 02/05/2013; Oficio Nº289 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 02/05/2013; Oficio Nº343 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013; Oficio Nº131 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013; Oficio Nº343 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013; Oficio Nº250 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013; Oficio Nº44-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013; Oficio Nº357 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013; Oficio Nº154 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 06/05/2013; Oficio Nº300 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 06/05/2013; Oficio Nº424 sobre la DIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 08/05/2013; Oficio Nº330 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 08/05/2013; Oficio Nº1044 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 08/05/2013; Oficio Nº959/2013 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 09/05/2013; Oficio Nº535 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 15/07/2013; Oficio Nº577 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Freirina, con fecha 17/07/2013; Oficio Nº750 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 17/07/2013; Oficio Nº479 sobre la Adenda 1, por DGA,Región de Atacama, con fecha 17/07/2013; Oficio Nº750 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 18/07/2013; Oficio Nº811 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 22/07/2013; Oficio Nº520 sobre la Adenda 1, por SAG, Región de Atacama, con fecha 22/07/2013; Oficio Nº72-EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 23/07/2013; Oficio Nº220 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 24/07/2013; Oficio Nº556 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 24/07/2013; Oficio Nº1507 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 24/07/2013; Oficio Nº584 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 24/07/2013; Oficio Nº2598 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/07/2013; Oficio Nº402 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 29/07/2013; Oficio Nº134-EA/2013 sobre la Adenda 2, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 03/12/2013; Oficio Nº631 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 09/12/2013;
 
2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.
 
En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Valleland Solar”, han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
 
CONADI, Región de Atacama
Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
DGA,Región de Atacama
DOH, Región de Atacama
Gobierno Regional, Región de Atacama
Ilustre Municipalidad de Freirina
Ilustre Municipalidad de Vallenar
SAG, Región de Atacama
SEC, Región de Atacama
SEREMI Agricultura, Región de Atacama
SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
SEREMI MOP, Región de Atacama
SEREMI Minería, Región de Atacama
SEREMI MINVU, Región de Atacama
SEREMI Salud, Región de Atacama
SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
SEREMI de Desarrollo Social
SEREMI de Energía, Región de Atacama
SERNAGEOMIN, Región de Atacama
SERNAPESCA, Región de Atacama
SERNATUR, Región de Atacama
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia de Servicios Sanitarios
 
Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Valleland Solar” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:
 
Oficio no participación en la evaluación Nº186
Por SEC, Región de Atacama, con fecha 02/05/2013
 
Oficio no participación en la evaluación Nº00
Por CONADI, Región de Atacama, con fecha 03/05/2013
 
Oficio no participación en la evaluación Nº364
Por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 06/05/2013
 
3.   El Acta del Comité Técnico N° 09 de fecha 27 de enero de 2014.
 
4.   El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 29/01/2014.
 
5.    Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "VALLELAND SOLAR".
 
6.    Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
 

CONSIDERANDO:

1.    Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "VALLELAND SOLAR".

 

2.    Que, el derecho de Valleland SpA. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

 

3.    Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "VALLELAND SOLAR" consiste en:

 

3.1 Antecedentes Titular

 

  • Titular: Valleland SpA.
  • Domicilio: Augusto Legia Norte 100 Oficina 410, Las Condes
  • Representante Legal: Esteban Encinas Jiménez
  • Domicilio: Augusto Legia Norte 100 Oficina 410, Las Condes

 

3.2 Monto de Inversión: U.S. $ 151.000.000

 

3.3 Vida Útil: 25 años

 

3.4 Mano de Obra

 

Tabla 1. Cantidad de Mano de Obra

Fase

Mano de Obra máxima

Construcción

645

Operación

16

Cierre

435

Fuente: DIA

 

3.5                  Localización

El Proyecto se localiza en la Comuna de Vallenar y Provincia de Huasco, III Región de Atacama, aproximadamente 45 km al Norte de la localidad de Vallenar y 98 km al Sur de la Comuna de Copiapó.  

 

3.6 Superficies del Proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas.

 

Tabla 2. Áreas de intervención del proyecto

Instalación

Superficie (hás)

Camino de acceso

2,73

Planta Fotovoltaica Valleland II

105,36

Planta Fotovoltaica Valleland III

107,42

Subestación Eléctrica 23/220 kV

1,43

Línea de Transmisión Eléctrica

31,64

Superficie Total

248,48

                                                                   Fuente: Adenda 1.

 

En Anexo 1 del Adenda 1, el Titular presenta archivos digitales de superficies y coordenadas de las obras del proyecto en detalle.

                                                 

3.7 Descripción del  Proyecto

El Proyecto consiste en generar energía eléctrica a través de un parque solar compuesto por dos plantas fotovoltaicas, denominadas Valleland II y Valleland III de idénticas características técnicas y eléctricas que en conjunto aportan 60 MW en potencia nominal (considerando 30 MW cada una) sobre una potencia instalada de 67.14 MWp.

La evacuación de la energía producida por el parque solar se realizará mediante la construcción de una Subestación Transformadora propia 23/220kV y una línea de evacuación de 5,2 km, la que inyectará la energía generada al Sistema Interconectado Central (SIC) mediante conexión del tipo Tap-Off a la línea troncal existente denominada “Maitencillo-Cardones” de 220kV.

 

3.7.1 Principales componentes del Proyecto

 

a.       Instalaciones de faenas:

La instalación será compuesta por contenedores y módulos prefabricados condicionados para su uso como oficinas, alimentación diaria de los trabajadores, bodegas, y servicios de apoyo para las faenas de construcción, habilitando además, áreas para el acopio temporal de equipos, insumos, acopio transitorio de residuos (que contará con la Autorización de la Seremi de Salud Regional) y estacionamientos habilitados para maquinarias, camiones de la obra, funcionarios y visitas.

En la DIA se presentan figuras referenciales de la distribución y componentes de las instalaciones de faena, las que se encuentran definidas por tres áreas con las siguientes coordenadas:

 

Tabla 3. Coordenadas de las instalaciones de faena del proyecto.

Unidad

Vértices

Superficie (há)

Este

Norte

Valleland II

 

335952

6885301

0,3

335952

6885376

335912

6885376

335912

6883797

Valleland III

 

334813

6883837

0,3

334738

6883897

334738

6883797

334813

6883797

Valleland

 

334685

6883426

0,22

334655

6883380

334688

6883358

334718

6883404

Fuente: DIA

 

Complementariamente en Anexo 1 del Adenda N°1 se adjunta cartografía digital del proyecto entre ellas las instalaciones de faena.

 

b.      Camino de acceso e internos:

El camino de acceso tendrá una longitud de 3.900 m y un ancho de 7 m, comenzará en la coordenada (337139 E; 6887042 N) de la ruta C-432, avanzando hacia el Sur hasta el área de la Subestación eléctrica (334972 E; 6883794 N) implementada con base granular y zahorra. Este camino tendrá dos accesos a las plantas fotovoltaicas:

·         Acceso a Valleland II en coordenada (335902 E; 6885195 N)

·         Acceso a Valleland III en coordenada (334981 E; 6883808 N)

El acceso a las torres de la línea de transmisión eléctrica (en adelante LAT) estarán dentro de la franja de servidumbre, la huella tendrá un ancho de 3,5 m y una longitud de 5.274 m. Se considera también una huella de similares características para acceder a las torres N°20 y N°21 que se encuentran cruzando la Ruta 5 al oriente, cuyo acceso se considera en la coordenada 337266 E; 6880760 N.

Cada Planta fotovoltaica contará con un camino perimetral que tendrá un ancho de 3,5 m y contará con un tratamiento superficial de base granular. Las longitudes aproximadas del camino para Valleland II es de 6,6 km y para Valleland III es de 7,4 km.

Los caminos internos serán huellas habilitadas sin tratamiento superficial del terreno, en Anexo 3 de la DIA se presenta el plano que representa esta red de caminos y los puntos de acceso a Valleland II, Valleland III y Valleland.

Complementariamente en Anexo 1 del Adenda N°1 se adjunta cartografía digital de la red de caminos.

 

c.       Plantas fotovoltaicas y edificaciones para su funcionamiento:

Cada Planta fotovoltaica será de 33.57 MWp y estará configurado por 139.860 paneles.

El Proyecto considera una red de conexión eléctrica subterránea entre los centros de transformación, centros de seccionamiento y subestación proyectada.

Se instalarán las Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT) de Residuos industriales y Domésticos no peligrosos y una BAT de Residuos Peligrosos en conformidad a lo establecido por el D.S. N° 148/03 del Ministerio de Salud.

Cada planta fotovoltaica contará con cierre perimetral del tipo vallado de 2 metros de altura que abarcará una longitud total de 13,2 km. Además contarán con barreras de infrarrojos (IR) y Sistema de vigilancia con cámaras de seguridad fijas.

 

d.      Subestación Eléctrica y sus elementos para su funcionamiento:

La subestación tendrá dimensiones de 88 metros de largo por 47 metros de ancho. Estará equipada con dos paños, uno para la línea que llega a la subestación y otro paño para la protección del transformador de la subestación.

El terreno de la subestación estará cubierto con gravilla como medio aislante para que el personal transite en el interior de este recinto, sin peligro de producirse tensiones de paso.

Se instalará un transformador de potencia de 60 MVA y uno de iguales características para reserva, además la instalación de un foso alrededor de los dos transformadores de poder y un depósito con capacidad de 20.000-30.000 litros para la recogida de aceite para ambos, para el caso de posibles fugas accidentales del transformador de potencia.

 

e.       Subestación Tap-Off y sus elementos para su funcionamiento:

Dado que la subestación elevadora del parque solar de Valleland se encuentra localizada a 5 km apróx. del punto de conexión con la línea de transporte de 220 kV, es necesaria la instalación de una S/E de seccionamiento que se situará en las proximidades del punto de conexión.

La subestación Tap-Off tendrá unas dimensiones de unos 45 metros de largo por 47 metros de ancho, equipada con un solo paño cubierto con gravilla, que será el de la posición de la línea que llega a la subestación.

 

f.       Línea de Alta Tensión (LAT) y sus estructuras y elementos para su funcionamiento:

La línea de transmisión eléctrica será aérea trifásica simple circuito a 220 kV de tensión nominal. Conectará la Subestación Eléctrica proyectada con la línea de transmisión troncal “Maitencillo-Cardones” de 220 kV propiedad de la compañía Transelec con el fin de inyectar la energia generada en las plantas fotovoltaicas al Sistema Interconectado Central (SIC).

Tendrá una longitud de 5.274 m y estará compuesta por 21 apoyos entre estructuras de anclaje y de suspensión.

Los elementos constructivos de la LAT, entre ellos las coordenadas de cada apoyo se encuentran en punto 2.1.6.1 de la DIA y los archivos digitales en el Anexo 1 del Adenda N°1.

Cada anclaje de los apoyos estará constituido por macizos de hormigón en masa, se hormigonará cada pata de la torre por separado.

Se contemplan cruces con otras líneas de transmisión ferrocarriles, carreteras y caminos principales además de quebradas. En todos estos casos, se guardaran las distancias reglamentarias.

La franja de seguridad máxima será de 15 metros a cada lado del eje de la misma (30 metros en total); la franja de servidumbre (que ha de ser mayor que la franja de seguridad), será de 30 metros a cada lado del eje de la misma (60 metros en total).

 

3.7.2    Etapa de construcción

La etapa de construcción, tendrá una duración aproximada de 6 meses, quedará determinada con el inicio de la construcción de la Instalación de Faena de la Planta Fotovoltaica Valleland II.

 

a.       Movimiento de Tierra para obras:

Los trabajos se refieren a las excavaciones requeridas para construir las obras del proyecto, tales como, estabilización de suelos, terraplenos, edificaciones prearmadas, cableados, fosos, caminos, las que se explican separadamente en el numeral 2.2.1 de la DIA. A continuación el volumen de material a excavar por Unidad del proyecto y en detalle por obra en tabla 2-9 de la DIA.

 

Tabla 4. Estimación de Movimientos de Tierra

Unidad

Volumen (m3)

Valleland

7.296,81

Valleland II

15.734,173

Valleland III

16.097,923

Fuente: DIA

 

b.      Habilitación de caminos:

Se realizarán actividades de despeje y compactación del terreno con maquinaria adecuada, con el objetivo de trazar la huella que permitirá el tránsito de vehículos y camiones. Para el acceso a las plantas y subestación elevadora, caminos interiores de la plantas (no perimetrales) y camino de acceso a los postes (servidumbre) y S/E Tap-Off.

Para los caminos perimetrales de ambas plantas fotovoltaicas se realizará un tratamiento superficial de zahorra o base granular. El resumen de las superficies intervenidas por estos caminos son los que se presentan a continuación:

 

Tabla 5. Superficies estimadas de la red de caminos.

Tipo de camino

Tratamiento

Longitud (m)

Ancho (m)

Superficie (hás)

Valleland acceso

Despeje y Compactación

3.900

7

2,73

Perimetral Valleland II

Capa de Zahorra

6.500

3,5

2,28

Perimetarl Valleland III

Capa de Zahorra

7.400

3,5

2,59

Interno Valleland II

Despeje y Compactación

8.500

10

8,5

Interno Valleland III

Despeje y Compactación

8.400

10

8,4

Interno Servidumbre LAT

Despeje y Compactación

5.274

3,5

1,85

Fuente: DIA

 

c.       Instalación de faenas:

Se habilitará el terreno de las tres instalaciones de faena, considerando trabajos de limpieza, despeje y nivelación de la superficie, mediante el uso de maquinaria estándar de construcción y mano de obra capacitada para que sea posible montar los elementos de la faena propiamente tal, correspondientes a las unidades modulares con diversos destinos descritos en el numeral 2.1.1 de la DIA.

 

d.      Limpieza y compactación del terreno:

Previo a la implantación del parque solar se deberá realizar una limpieza del terreno referida al despedregado de piedras de gran magnitud, la que se realizará mediante métodos manuales.

Las piedras recogidas se acopiarán para posteriormente para ser cargadas a un camión mediante retroexcavadora o acumulados para un uso posterior dentro de las plantas.

Debido a que la planta se emplaza sobre una superficie plana menor de 1% de pendiente, la distribución de los paneles se adaptarán a la topografía general del terreno, no implicando la nivelación de este, sólo compactación del terreno con maquinaria del tipo aplanadora, lo que implica un movimiento de tierra mínimo y restringido. Lo mismo se hará con las área de la sobras de la subestación y línea eléctrica.

 

e.       Implantación Parque Solar:

Los terrenos donde se instalarán los seguidores y edificaciones requieren de solo una pequeña preparación del terreno como se menciono anteriormente, con el objetivo de nivelar algunos sectores, entre las principales actividades se encuentran:

·         Construcción de cimientos y bases: Las estructuras se hincarán al terreno mediante puntales sin necesidad de cimentación, con mínima intervención. Sobre estos puntales se montará la estructura interior compuesta por los pilares y los refuerzos laterales, así como los ejes porta-paneles, los cuales se encargarán de realizar el movimiento cenital en el seguimiento solar.

·         Montaje de los Paneles: Los paneles solares o fotovoltaicos, se instalarán sobre seguidores de 1 eje, Este-Oeste, a una altura máxima de 2 m, con lo que se reduce la resistencia al viento.

·         Instalación edificaciones: Se instalarán una serie de edificaciones prefabricadas las que permitirán la operación de las plantas fotovoltaicas, ocuparán una superficie total aproximada de 692 m2 en el área del proyecto (para cada planta solar como lo indica la tabla 2-11 de la DIA), la que requerirá de una excavación de 50 cm con una compactación de 10 cm de tierra, la que una vez instalada la edificación se rellenará con grava.

·         Instalación del Cableado: Se requerirá la construcción de zanjas de 0,6m de ancho x 1,4 m de profundidad para la canalización subterránea del cableado, la longitud total será de 23 Km aprox., cuyo material de excavación será acopiado en un costado de la zanja, pues servirá de material de relleno una vez posicionado el cable, por lo que no está contemplado el traslado de material fuera de la faena.

·         Cierre Perimetral: El perímetro total del cierre de las Unidades Vallalenad II y III será de 14 km de vallado de 2 m de altura y el sistema de seguridad a instalar será únicamente anti-intrusivo.

 

f.       Construcción Subestación Eléctrica y Subestación Tap-Off:

Las subestaciones proyectadas serán a base de fundaciones de hormigón y estructuras metálicas. Se consideran superficies de 1,43 ha para la subestación elevadora y 0,21 ha para la subestación Tap-Off.

·         Cierre perimetral: Se instalará un cierre perimetral tipo bulldog, con panderetas de concreto prefabricado de hormigón de altura 2,2 m con alambre de púas en la parte superior. Adicionalmente, se instalarán letreros de advertencia en el cierre perimetral de la S/E, con el objeto de prevenir e informar de los riesgos asociados al ingreso de personal no autorizado al interior del predio.

·         Construcción de la Plataforma: Esta actividad considera la excavación para la construcción de las fundaciones, para ello, inicialmente se habilitará el terreno donde se emplazarán las estructuras, mediante un despeje superficial del mismo. El volumen total de excavación de tierra y escarpe se estima en 1.901 m3 aproximadamente. La mayor parte del material extraído será utilizado en el relleno y compactación de las excavaciones mientras que el excedente será esparcido en forma uniforme en el sitio aledaño a las fundaciones. Los acopios de material de excavación serán cubiertos con lona u otro material impermeable que impida la emisión de material particulado producto del viento, esta medida será aplicada también para aquellos acopios de material árido que se requiera aprovisionar acopiar para efectos de la construcción.

Una vez realizada la habilitación del terreno, se procederá a ejecutar las fundaciones de cada estructura mediante la colocación de los moldajes y las armaduras de la fundación para su posterior rellenado con hormigón.

·         Construcción de Fundaciones: Se construirá la malla a tierra de la Subestación, en función de las medidas de resistividad del terreno y los niveles de cortocircuito. El hormigón será trasladado al frente de trabajo mediante hormigoneras.

·         Construcción Foso Aceite de Transformadores: El procedimiento general de esta obra será: alrededor de la cimentación del transformador, y como parte integral de esta para evitar filtraciones, se forma una fosa de derrames, completa de concreto y con brocal a una altura ligeramente superior al nivel de piso terminado. La fosa contendrá grava gruesa de 35 mm en un nivel superficial. La capacidad de la fosa con grava mas el contenedor es el volumen del aceite del transformador. El piso tendrá una pendiente tal que permita el desalojo del agua o del aceite.

·         Construcción de Canalizaciones: Consiste en realizar las obras civiles correspondientes a las canalizaciones para realizar el cableado que permitirá conectar todos los equipos de la subestación, los cables se alojaran en zanjas con profundidad mínima de 1,4 m y un ancho mínimo de 0,6 m.

·         Montaje de las Estructuras, Soportes y Equipos: Una vez listo el terreno con sus respectivas excavaciones y fundaciones, se procederá a realizar el montaje de los equipos pertenecientes a la subestación para realizar la conexión con la línea de alta tensión a un nivel de 220 KV.

·         Conexiones y Pruebas de Energización: La puesta en servicio de la Subestación eléctrica será comunicada en forma previa a la autoridad sectorial competente, de acuerdo a la normativa vigente.

·         Puesta en Servicio: Considera las pruebas de montaje y puesta en servicio de todos los equipos de 220 KV, a los equipos de control y protecciones, a los servicios auxiliares y puesta en servicio de las instalaciones completas de la nueva Subestación Eléctrica.

 

g.       Construcción de la Línea de Transmisión Eléctrica:

·         Habilitación Caminos de Acceso a Torres: El camino de acceso a la LAT estará dentro de la franja de servidumbre. Esta franja tendrá una superficie total de 1,8 ha aproximadamente y será utilizado tanto durante la fase de construcción como en la de operación. Todo material que sea removido en este proceso, será dispuesto en la misma área, de manera uniforme y compacta sobre la superficie del terreno, por lo que la superficie de rodadura de estas huellas corresponderá al mismo material existente en el lugar.

·         Construcción de Fundaciones: La primera obra a realizar en esta actividad será el despeje y adecuación del terreno, posteriormente las excavaciones será realizada por retroexcavadora o de forma manual, según el tipo de terreno. El volumen total a extraer producto de la excavación para las fundaciones por apoyo dependerá del tipo de este (se estima en 198 m3 aproximadamente, en detalle en punto 2.2.7.2. de la DIA), el que será reutilizado como relleno y compactación. Una vez terminadas las excavaciones, se ejecutarán las fundaciones de cada estructura mediante la colocación de moldajes y armaduras para ser rellenadas con hormigón.

·         Montaje de las Estructuras: La actividad comienza con el montaje de las estructuras, el que se realiza mediante el tejido y empernado de todas las piezas entre si, a modo de mecano. Una vez montadas las 21 estructuras, serán instalados los aisladores para luego comenzar con el tendido del cable conductor y cable de guardia cuando corresponda.

·         Instalación de Aisladores y Conductores: Finalmente, se instalarán los conductores y conexiones.

·         Conexión y Pruebas de Energización: Previo a la puesta en servicio de la línea de transmisión, se efectuaran inspecciones visuales y pruebas de verificación. La puesta en servicio de la línea de transmisión será comunicada previamente a la autoridad sectorial competente de acuerdo a la normativa vigente.

·         Puesta en Servicio: La puesta en marcha de la LAT se realizará en paralelo con la Subestación Eléctrica.

 

h.      Desmontaje de las instalaciones:

Una vez terminadas las obras de construcción del proyecto, se retirarán materiales sobrantes, residuos y desechos de las tres instalaciones de faenas, los cuales serán finalmente dispuestos en lugares que cuenten con la Autorización Sanitaria.                

 

3.7.3    Etapa de Operación

El inicio de la fase de operación quedará determinado con la puesta en servicio de todos los equipos de 220 kV a los equipos de control y protecciones, a los servicios auxiliares y puesta en servicio de las instalaciones completas de la nueva Subestación Eléctrica, lo que será comunicado en forma previa a la autoridad sectorial competente

Durante esta etapa se contemplan actividades propias de la operación y mantenimiento del proyecto. Estas actividades se realizarán periódicamente y tendrán por objetivos la revisión, mantención y limpieza de los distintos componentes:

 

a.       Plantas Fotovoltaicas: Se realizará la limpieza de paneles cada 2 meses y una vez por cada situación de emergencia (Ej. Tormenta de arena). Consiste en una limpieza en seco de dichos paneles, a fin de retirarles el polvo generado por el viento en el desierto.

 

b.      Subestación Eléctrica y Tap-Off:

·         Mantenimiento Preventivo

·         Mantenimiento Correctivo Programado

·         Mantenimiento Correctivo no Programado.

 

c.       Línea de Transmisión Eléctrica:

·         Mantenimiento Preventivo Básico: Considera recorridos pedestres, una o dos veces al año, inspección visual de conductores, estructuras y componentes de suspensión y anclaje.

·         Mantenimiento Correctivo Básico: Corresponde a un mantenimiento de una envergadura menor, basada en anomalías menores detectadas en la inspección pedestre.

·         Mantenimiento contra Falla: Corresponde a la reparación de las instalaciones, tras fallas que comprometan la transmisión de energía. Este mantenimiento se realizará con programación de corto plazo, después de producida la falla y generalmente involucra una estructura o un sector de la línea.

·         Mantenimiento del Roce de la Faja de Servidumbre: No se contempla corta de vegetación, por lo cual no se requiere mantención alguna de la franja de seguridad.

 

3.7.4    Etapa de Cierre

La vida útil del Proyecto se estima por un periodo mínimo de 25 años. Sin embargo, debido a las características del proyecto, se espera que el periodo de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo. En caso de que se considere o fuese necesaria una fase de abandono del Proyecto, se realizarán las siguientes actividades:

a.       Desmantelamiento de la Planta Fotovoltaica: El reciclaje de los módulos solares está dentro de un programa de reciclaje de la empresa fabricante, quien se encarga de la recolección, traslado y reciclaje, otorgando una certificación escrita que los módulos han sido procesados. Si en la etapa de cierre del Proyecto aun en Chile no se cuenta con el organismo llamado PVCycle o similar, los módulos serán enviados a la agencia mas próxima donde sea posible. El traslado al extranjero de este residuo estará sujeto al Convenio de Basilea.

b.      Desmontaje de las estructuras soporte y salas eléctricas: La desconexión de todos los equipos eléctricos se hará manualmente.

c.       Desmantelamiento de la Subestación Eléctrica y Tap-Off.

d.      Desmantelamiento de la Línea de Transmisión Eléctrica: Una vez realizadas estas tareas se restituirán las condiciones originales del terreno, en lo posible, a las condiciones del terreno en su forma original.

e.       Cierre y Clausura de Otras Instalaciones: Todos los estanques que contengan aceites, lubricantes, combustibles, etc., así como también baterías, serán vaciados y sus contenidos vendidos para su utilización por terceros. Los materiales para los cuales no se encuentren interesados, serán llevados a vertederos Autorizados.

 

3.7.5    Contingencias

En respuesta N°54 del Adenda N°1, el Titular presenta un análisis de remoción en masa y un análisis de riesgos de acontecimientos naturales, tales como, terremoto y aluviones.

Se establece, de acuerdo a las condiciones observadas en el área de proyecto, que el riesgo de ocurrencia de un fenómeno de remoción en masa es poco probable. De acuerdo a lo descrito no se estiman acciones especiales por los acontecimientos naturales mencionados debido a la baja probabilidad de ocurrencia.

 

3.8 Equipos e Insumos

 

3.8.1    Insumos

 

Etapa de construcción

 

Se requerirá importar el equipamiento, tales como conductores, aisladores, cables, equipos eléctricos, etc., los que son importados en embalajes de madera, cumpliendo con la Resolución N°133/2005 del SAG, que establece las regulaciones para el ingreso de embalajes de madera que puedan ser vehículo de plagas.

 

a.    Hormigón: Será abastecido mediante camiones betoneros provenientes de plantas de fabricación de hormigón de empresas contratistas Autorizadas, se requerirán 2.274,8 ton. El Titular ha informado que no se efectuará el lavado de betoneras en el predio.

b.    Áridos: Será utilizado como material de relleno en caso de no ser suficiente el material excavado, se requerirán 5.073,2 ton. y será adquirido a una empresa que cuente con la autorización de los organismos pertinentes para la extracción.

c.    Combustible: Será abastecido por estaciones de servicio autorizadas. Se establecerán tres recintos (uno para cada instalación de faena existente) que alojará un deposito de 1 m3 de combustible.

d.    Electricidad: Será abastecida mediante generadores eléctricos dispuestos en las tres instalaciones de faena, en detalle en punto 2.2.11.5 de la DIA.

e.    Agua: El agua para consumo humano será suministrada en bidones dispensadores. El agua destinada a las necesidades básicas de higiene y aseo será obtenida a través de terceros autorizados, distribuida por un camión aljibe, almacenadas en depósitos detallados en tabla  2-13 de la DIA. Los almacenamientos de agua potable contarán con autorización sanitaria de la autoridad pertinente y con sistemas de cloración para asegurar la calidad del agua, se mantendrá en cada faena el registro de las mediciones de cloro libre realizadas al agua contenida en los estanques mediante monitoreos periódicos

El agua para uso industrial será suministrada mediante camión aljibe, su uso estará principalmente dedicado a la humectación de caminos y acopio de tierras como medida de control de emisiones, por lo que se estima en unos 3.984 m3/mes. El agua para este uso será requerida a terceros autorizados, que cuenten con los derechos de agua correspondientes, de los que se tendrá un registro de la documentación que les permite tal extracción. El Titular remitirá a la Dirección General de Aguas de la Región de Atacama, un primer informe al inicio de la etapa de construcción y luego en forma trimestral, una copia del citado registro. Cabe destacar que el proyecto no contempla la extracción de agua de ninguna fuente natural.

 

Tabla 6. Estimación de consumo de agua, etapa de Construcción (m3)

Etapa

Consumo Humano

Humectación de caminos y Acopio de tierra

Mantención LAT

 

Total etapa

(m3)

Construcción

9.288

23.901

0

38.721

Operación

10.560

0

181,25

10.784

Cierre

3.674

11.297

0

19.540

Total (m3)

23.522

35.828

181,25

69.044,20

Fuente: DIA

 

f. Instalaciones Sanitarias: Se contará con tres plantas de tratamiento de aguas servidas para cada una de las instalaciones de faena y baños químicos en los frentes de trabajo.

 

Etapa de operación

a.       Electricidad: La energía eléctrica requerida será auto suministrado, por lo que no se requerirá de instalación eléctrica alguna para abastecer de energía la sala de control ni la planta. En la zona de implantación fotovoltaica se requerirá un generador eléctrico de 3 KVA para cada planta y en la Subestación Elevadora uno de 50 KVA y Subestación Tap-Off otro de 50 KVA para días puntuales de labores de mantenimiento o para situaciones de falla de la red, una vez restablecido el suministro, el grupo electrógeno se detiene y vuelve a quedar en situación de emergencia.

b.      Agua: El agua potable para consumo humano se adquirirá envasada y será suministrada con bidones dispensadores de agua de 5 lt, adquiridos en el comercio establecido. El agua requerida destinada a las necesidades básicas de higiene y aseo será obtenida a través de terceros autorizados, y distribuida por medio de un camión aljibe.

 

Etapa de cierre

a.    Agua: Se requerirán 2,5 m3/día de agua para el consumo del equipo de operadores y técnicos, esta será provista en los frentes de trabajo mediante dispensadores debidamente certificados. Además se requerirán 20 m3/día m3 de agua industrial, para distintas actividades, la que será provista por una empresa debidamente autorizada.

 

3.8.2    Equipos

En tablas N°4, 5, 6, 7 y 8 del Adenda N°1 se presentan en detalle los equipos que se requerirán por obra del proyecto.

 

3.8.3    Transporte

En Anexo 2 de la DIA se presenta Anexo de Estimación de Flujo vehicular, con el detalle de los flujos vehiculares para la etapa de construcción.

Durante la etapa de operación sólo contará con flujos esporádicos y camionetas livianas para el personal permanente.

 

3.9 Emisiones y descargas

3.9.1    Residuos

Etapa de construcción

a.       Residuos líquidos:

Durante la fase de construcción se estima una generación de residuos líquidos domésticos aproximado de 64,5 m3/día, considerando una dotación de 645 trabajadores y un consumo de 100 l/persona/día. En la fase de construcción no se generarán residuos líquidos industriales ya que las mantenciones y lavados de equipos se harán fuera del área del proyecto, en sitios autorizados.

b.      Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Se generarán 15,48 toneladas mensuales de basura doméstica (1 kg/persona/día). Todos los residuos generados serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y sellados con tapa, los cuales serán acopiados en bodegas ubicadas en cada una de las instalaciones de faenas, para luego ser retirados y enviados a un sitio de disposición final Autorizado.

 

c.       Residuos No Peligrosos de construcción:

Se estima una generación de en 300 kg/mes, los que serán acopiados temporalmente en bodegas de residuos industriales no peligrosos dispuestas en cada una de las instalaciones de faenas para su comercialización o reciclaje, el remanente será transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria.

 

d.      Residuos Peligrosos:

La generación de este tipo de residuos durante la construcción y operación se estima que será de 0,01 ton/año. El almacenamiento temporal de estos residuos se realizará en una bodega de acopio temporal ubicada en cada una de las instalaciones de faena, en conformidad con el D.S. 148/04 del Minsal y la legislación ambiental vigente.

Los residuos serán retirados como máximo cada seis meses desde la faena por una empresa aprobada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final, dando cumplimiento con lo establecido en D.S. 148/04 del Minsal.

 

Etapa de operación

a.       Residuos líquidos:

Durante la fase de operación del Proyecto se generarán aguas servidas domésticas provenientes de las PTAS, mediante el sistema de lodos activados ubicadas en las dos instalaciones de faena en Valleland II y la otra en Valleland III, se estima una generación de residuos de acuerdo a la capacidad máx de 22 trabajadores.

El efluente tratado de las PTAS en la fase de operación del proyecto, será utilizado para humectación de superficies descubiertas. No existirá descarga a cursos de aguas superficial ni subterráneo.

Para las labores de mantención bianuales del proyecto se instalarán baños químicos de acuerdo a lo establecido en el DS N°594/99 de MINSAL.

 

b.      Residuos domiciliarios y asimilables:

Los residuos domésticos generados durante la operación del proyecto serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas. Se estima que en la etapa de operación, se generarán 0,32 toneladas mensuales de basura doméstica.

Todos los residuos generados, serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y sellados con tapa, los cuales serán acopiados en bodegas aptas para su acumulación en las bodegas de almacenamiento transitorio de residuos domésticos, para luego ser retirados y enviados a un sitio de disposición final Autorizado.

 

c.       Residuos Peligrosos:

Se estima que producto de las actividades de mantenimiento de las instalaciones del proyecto se generarán 0,1 t/año de residuos peligrosos, los que se compondrán mayoritariamente de restos de aceites y lubricantes, respecto a estos, en Adenda N°1, el Titular señala que no se efectuará almacenamiento temporal del aceite usado de transformadores, sino que será enviado directamente a una instalación autorizada para su eliminación por medio de un transportista Autorizado y disposición final por empresa Autorizada, en conformidad a la normativa aplicable (D.S. Nº 148/04 del Minsal).

En Adenda N°1, el Titular señala que contará con dos bodegas de almacenamiento transitorio para Residuos sólidos, ubicadas en instalaciones de Valleland II y III.

El Titular ha señalado que las celdas fotovoltaicas que forman parte de lo paneles serán manejados como residuos peligrosos, vale decir, si durante la etapa de operación alguno se dañe o averíe, el o los paneles serán almacenados en una bodega de residuos peligrosos para luego ser transportados por una empresa certificada a un relleno de seguridad autorizado. Con respecto a la caracterización cualitativa, se llevara un registro del número de paneles en uso y dañados.

 

Etapa de cierre

a.       Residuos líquidos:

Durante la fase de cierre y abandono se estima una generación de residuos líquidos domésticos aproximado de 957 m3/mes, considerando una dotación de 435 trabajadores. Los residuos líquidos domésticos serán manejados de manera similar a la que se propone en la etapa de construcción del Proyecto.

 

b.      Residuos domiciliarios y asimilables:

Se estima que en la etapa de operación, se generarán 10,4 toneladas mensuales de basura doméstica.

Todos los residuos generados, serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y sellados con tapa, los cuales serán acopiados en bodegas aptas para su acumulación en las bodegas de almacenamiento transitorio de residuos domésticos, para luego ser retirados y enviados a un sitio de disposición final Autorizado.

 

c.       Residuos sólidos industriales:

En la etapa de cierre y abandono, durante el desmantelamiento de las obras, la cantidad de residuos sólidos industriales a generarse será el resultado directo del desmontaje de los generadores fotovoltaicos, casetas, cables, demolición de S/E, considerando la potencialidad de venta de la mayoría de los equipos y chatarra a generarse. Respecto a los residuos a generarse como resultado de la presencia del personal y equipos asociados a esta futura etapa de cierre y abandono, su manejo será similar al contemplado para las etapas de construcción del Proyecto.

 

d.      Residuos Peligrosos:

En Adenda N°1, el Titular señala que los paneles solares se someterán al programa de reciclaje de la organización PV Cycle. Si en la etapa de cierre del Proyecto aún en Chile no cuenta con este organismo o similar, los módulos serán enviados a la agencia más próxima donde sea posible. Estos residuos serán manejados de acuerdo al D.S. 148/04 del MINSAL.

Para la etapa de cierre el proyecto contará con bodegas transitorias de Respel en las tres instalaciones de faena (Valelland II, III y Valleland).

 

3.9.2    Emisiones a la atmósfera

Durante la fase de construcción del proyecto se producirán emisiones atmosféricas las cuales corresponderán principalmente a material particulado respirable (PM10) generado por movimientos de tierra, excavaciones, carga, descarga y transporte de excedentes. Además se liberaran gases de combustión (CO, NOx y HC/COV) provenientes del tránsito, propios de la etapa de construcción, de camiones, maquinarias y vehículos de transporte, así como los equipos generadores de electricidad instalados en las faenas.

 

Tabla 7. Resumen emisiones a la atmósfera en etapa de construcción.

Etapa de Construcción

CO

HC

NOX

SO2

MP 10

MP 2,5

TOTAL (Kg/día.)

97,86

44,44

305,75

0,35

103,82

5,03

 

En capítulo 3 de la DIA se presentan medidas de control:

·         Se mantendrán humectadas las áreas de trabajo (humectación de caminos y acopios de tierras) 2 veces al día, ver Anexo 2 de la DIA “Plan de Humectación”

·         Toda acumulación temporal de tierra, será cubierta por medio de una malla protectora sobre el nivel del acopio (raschel, lona o polietileno), debidamente anclados al suelo para impedir cualquier tipo de levantamiento de polvo.

·         Los camiones que transportarán el excedente de material, se les implementará una lona hermética, que será debidamente asegurada, lo cual impedirá cualquier levantamiento de polvo y desbordamiento del material.

·         El tránsito de maquinaria y vehículos se realizará a baja velocidad, 30 km/h

·         Los caminos perimetrales de las plantas, estarán formados por una capa de estabilizado de zahorra o base granular, con esto se logrará una significativa disminución de polvo en suspensión generado por el tránsito vehicular.

 

Durante la etapa de operación se estima que las emisiones son poco significativas, dado que éstas tienen relación con las actividades de transporte de personal y equipos para las tareas de inspección y mantenimiento que son esporádicas.

En el caso de la etapa de cierre del Proyecto, una vez cumplida la vida útil del Proyecto las emisiones no serán mayores que las consideradas en la etapa de construcción

 

3.9.3    Ruido

El Titular presenta evaluación de ruido para fuentes fijas para la etapa de construcción y operación en horario diurno y nocturno, para 6 receptores identificados (entre 1.6 Km hasta 15 Km de distancia del área del proyecto), concluyendo que cumple con el límite máximo de ruido establecido por el D.S.38/11 del MMA. A continuación se resume lo presentado en Anexo Estimaciones de emisiones acústicas de Anexo 5 de la DIA.

 

Tabla 7. Evaluación según D.S. Nº38 del MMA. Etapa de construcción. Periodo diurno.

Receptor

Aporte proyecto dB (A)

Etapa de Construcción

Aporte proyecto dB (A)

Etapa de Operación

Máximo permitido Diurno/Nocturno dB (A)

Cumple Normativa

1

13,5

24,2

47/42

si

2

Menor a 10

20,2

47/36

si

3

28,2

30,4

65/50

si

4

30,7

32,4

44/50

si

5

34,9

34,8

43/42

si

6

17,4

27,3

40/38

si

               

3.10     Principales aspectos de la evaluación

 

a.      Flora y Fauna

En el área de influencia se detectaron 25 especies de Flora terrestre, de las cuales 5 especies se encuentran citadas en alguna categoría de conservación.

Además de acuerdo al Listado del D.S. 68 (MINAGRI, 2009), se registraron 2 especies: Balbisia peduncularis y Skytanthus acutus, que conforman Formaciones Xerofíticas, por lo que el Titular presentará un Plan de Trabajo para la corta, destrucción o descepado de Formaciones Xerofíticas, detallado en Anexo 6 de la DIA.

Complementariamente en Adenda N°2 el Titular presenta Plan de Manejo Biológico para las especies en estado de conservación (Balsamocarpon brevifolium, Camilopuntia sphaerica y Austrocylindropuntia miquelii) y endémicas.

En Adenda N°1, como medida de Manejo Ambiental para los efectos del sombreamiento sobre el Desierto Florido, el Titular se compromete a ejecutar un Banco de semillas para especies geófitas efímeras de alto valor ambiental, que no pudieron ser registradas en tres las campañas de terreno ejecutadas en el proceso de evaluación (dado las bajas precipitaciones del periodo prospectado), las que finalmente serán llevadas a banco de semillas de institución especializada. Además el Titular se compromete a realizar un estudio para analizar el comportamiento de la Flora de especies efímeras del Desierto Florido y Fauna del área una vez comenzado el período de operación del proyecto, el cual contará con puntos metodológicos que serán presentados para aprobación ante la autoridad respectiva antes de ser ejecutado. En Adenda N°2, el Titular añade que ubicará una caseta de monitoreo meteorológica en el área del proyecto con el objetivo de medir la pluviometría y sí los valores de las mediciones indican que en los 5 primeros años no se han registrado precipitaciones por sobre los 20 mm se extenderá el tiempo de monitoreo.

Atendido a que estas Medidas corresponden a compromisos voluntarios, y que este Servicio considera suficientes los antecedentes para concluir sobre los efectos del literal b) del artículo 11 de la Ley al compromiso voluntario presentado, sin embargo, el Titular deberá además considerar lo siguiente:

       Respecto a la presencia de especies bulbosas y geófitas en las obras relacionadas con el movimiento de tierra y habilitación de caminos, se deberá incorporar una estimación de la cantidad de individuos a afectar, porcentaje de recuperación y una debida caracterización del lugar propuesto para la reubicación de estos propágulos.

       El Proponente deberá evaluar el estado fenológico de los individuos en el Plan de Manejo y Rescate de Bulbos.

Dicho Plan de Manejo biológico deberá ser presentado y visado por Conaf, debiendo el Proponente reportar a la SMA la presentación ante este órgano.

Lo anterior en concordancia con lo señalado por la CONAF en su Of. ORD N°28-EA/2014 de fecha 23.01.14.

Respecto de la Fauna, se registraron en el área del proyecto 13 especies, de las cuales 5 se encuentran en estado de conservación: Guanaco (Lama guanicoe), Zorro Chilla (Lycalopex griseus), Iguana (Callopistes maculatus), Lagartija de Atacama (Liolaemus atacamensis), y Lagartija de dos manchas (Liolaemus bisignatus).

En la DIA se presentaron los antecedentes para el Rescate y relocalización de Reptiles (para lo cual se presentó el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 99 del RSEIA) a ejecutar previo al inicio de la construcción del proyecto, además, en Adenda N°1 se especifican medidas de Manejo Ambiental para la protección de Fauna Silvestre, entre las cuales se encuentran: Plan de Monitoreo del Guanaco conforme a los lineamientos del Plan Regional de Conservación del Guanaco, medidas de protección en la LAT (salvapájaros tipo baliza y dispositivos desactivador de nidos) y capacitación de los trabajadores.

 

b.      Suelo

El proyecto intervendrá de forma efectiva 31,32 hás, las que serán a través de hoyos, excavaciones y caminos, en detalle se muestra la siguiente tabla:

 

Tabla 8. Cuadro resumen de suelo a intervenir por obra.

Áreas obras del proyecto

Superficie (hás)

Edificaciones

1,5

Instalaciones de faena

1,72

Red de caminos

26,35

Pilotes de seguidores ambas plantas

0,07

Torres de la LAT

0,04

Subetacion eléctrica 23/22º kV

1,43

Subestación Tap-Off

0,21

Total

31,32

 

En Adenda N°1 el Titular presenta Medidas de Manejo de acuerdo a la obra proyectada, en camino de acceso, se instalará tela del tipo Geotextil a fin de estabilizar, drenar y controlar la erosión del suelo. Además, informa que para la fase de cierre del proyecto se quitarán los pilares de las estructuras de soporte de los paneles solares y en su lugar se rellenarán con tierra hasta unos 20 cm antes de la superficie para luego cubrir el espacio restante con el material que se encuentra en los costados producto de la realización de un pequeño escarpe permitiendo que producto de condiciones naturales (viento, agua) se nivele el suelo estableciéndose nuevamente su estado original.

 

c.       Patrimonio Cultural

El Titular en Capítulo 4 de la DIA presenta prospección Arqueológica para toda el área de influencia del proyecto, se registraron 12 elementos patrimoniales, de los cuales 2 corresponden a  elementos lineales (huellas) y 10 hallazgos aislados. En este sentido, en el mismo capítulo y en detalle, el Titular se compromete a proteger mediante un cerco perimetral visible simple (de malla y postes) los elementos lineales fuera del proyecto y el levantamiento topográfico dentro del proyecto. Para los hallazgos realizará la recolección superficial, para los cuales se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 76 del RSEIA.

Además en Adenda N°1 el Titular se compromete a realizar monitoreo arqueológico permanente por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie e inducción arqueológica a todo el personal que ejecutará las obras, a los trabajadores de la empresa y/o subcontratistas, a partir de estas actividades se deberá remitir un informe mensual al Consejo de Monumentos Nacionales.

 

d.      Medio Humano

En el área de influencia del proyecto sólo se registró una construcción que cumple el rol de vivienda y lugar de trabajo, constatándose como una posada en el borde de la Ruta 5 Norte, según estudio de emisiones acústicas ubicada a 3 Km., en cruce de Ruta 5 Norte con Ruta C-455. En Adenda N°1, el Titular aclara que a lo largo del trazado de la LAT no existen asentamientos humanos, poblados o viviendas y que el poblado más próximo es Canto del Agua a 13 km.

 

e.       Paisaje y Turismo

 

Se reconoció la presencia de dos unidades de paisaje: Quebrada El Algarrobal y Llano, que obtuvieron una calidad visual media alta, y una fragilidad visual alta y media alta, respectivamente. En Adenda 1, se establecieron medidas de manejo para el Paisaje, tales como:

·         Implementar en las estructuras del proyecto que así lo permitan, algún tipo de diseño en cuanto a forma, color, materiales, etc., para no intervenir abruptamente el paisaje.

·         Realizar la capacitación e inducción permanente a sus trabajadores en materia de conciencia turística y cuidado del medio Ambiente.

En cuanto al Turismo, en Adenda N°1 el titular realiza análisis del impacto, concluyendo la nn afectación, sin embargo, propone  la instalación de señalética (cartel) enfocada al turista, hecha en conjunto con la autoridad pertinente que indique:

·         Sitio Prioritario del Desierto Florido, con mapa completo del área, incluyendo conexión con Llanos de Challe y localidades cercanas.

·         Advertencia de la presencia de flora y Fauna en el sector.

·         Cuidados específicos para conservar el fenómeno del desierto florido como: circular por caminos y senderos establecidos, no cortar plantas ni flores y evitar el pisoteo.

 

3.11 Compatibilidad Territorial

El Proyecto se encuentra inserto en un área rural, no regulada por los planes reguladores vigentes, por lo que el área de inserción del proyecto no presenta restricciones para su emplazamiento, desde el punto de vista de los instrumentos de planificación territorial.

 

3.12     Relación entre el Proyecto y Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional.

De acuerdo a los lineamientos estratégicos del Plan Regional de Atacama para el período 2007-2017, el proyecto “Valelland Solar” es consecuente con el objetivo específico N°2 Gestionar la conservación, puesta en valor y el uso sustentable del Patrimonio Natural Regional y N°4 Garantizar el derecho ciudadano a vivir en un medio Ambiente libre de contaminación, previniendo y mitigando los efectos de las actividades antrópicas, en estrecha colaboración público-privada.

Dado lo anterior, el Gobierno Regional, mediante ORD. N°1285 del 06.12.13 de 2013 se pronunció conforme.

 

3.13 Relación entre el Proyecto y Planes de Desarrollo Comunal.

De acuerdo a los lineamientos del Plan de Desarrollo Comunal de Vallenar (2009-2013), el proyecto se relaciona con la estrategia N°1 Desarrollo Territorial, N°2 Desarrollo Económico, Encadenamiento Productivo y Fortalecimiento del Empleo, N°3 Mejoramiento de la Calidad de la Educación y N°6 Integración cultural y rescate del Patrimonio Local.

 

4.    Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "VALLELAND SOLAR" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "VALLELAND SOLAR" cumple con:

 

Decreto Supremo N°144/61 del Ministerio de Salud, Norma para evitar emanaciones contaminantes

Relación con el proyecto: Las emisiones atmosféricas corresponderán a material particulado producto del movimiento de tierra y tráfico vehicular, y gases de combustión por el uso y operación de maquinarias durante la fase de construcción y tránsito vehicular en etapa de operación. Además de generadores eléctricos para la etapa de construcción y operación.

Cumplimiento: Las emisiones atmosféricas de material particulado y gases de combustión se encuentran en Anexo N°5 de la DIA.

 

D.S. Nº138/2005 del Ministerio de Salud, que Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

Relación con el proyecto: El Titular tiene contemplado la utilización de generadores durante la etapa de construcción y operación.

Cumplimiento: El Titular informará estas emisiones a través del sistema implementado por la Autoridad Sanitaria en la oportunidad que corresponda.

 

D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Relación con el proyecto: Durante la fase de construcción se generarán ruidos debido a las faenas, uso de maquinarias y tránsito vehicular. Durante la fase de operación el ruido estará asociado a las actividades de funcionamiento de motores tracker y un grupo electrógeno en la subestación eléctrica.

Cumplimiento: El Titular presenta evaluación de ruido para fuentes fijas para la etapa de construcción y operación horario diurno y nocturno, indicando que cumple con el límite máximo de ruido establecido por el D.S.38/11 del MMA.

 

D.S. Nº594/99 modificado por D.S. Nº04/2011, Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Relación con el proyecto: El proyecto generará residuos sólidos domésticos, peligrosos, residuos líquidos y aguas residuales.

Cumplimiento: Respecto a las aguas residuales el Titular contará con 3 PTAS, una en cada instalación de faena en etapa de construcción y 2 PTAS en etapa de operación (Valleland II y III) y baños químicos para los frentes de trabajo para la etapa de construcción y operación, de acuerdo a lo que establece la normativa.

 

Decreto con Fuerza de Ley Nº725 de 1968, Código Sanitario, Ministerio de Salud. Art. 71, letra b) Regula la disposición final de residuos industriales o mineros y Artículos 80 y 81 Regula la instalación y el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Relación con el proyecto: La operación del proyecto generarán residuos sólidos, domésticos y peligrosos.

Cumplimiento: Todos los residuos sólidos, ya sean domésticos, peligrosos y no peligrosos, serán almacenados temporalmente al interior de bodegas ubicadas en las instalaciones de faena y transportados a disposición final por una empresa autorizada.

 

D.S. Nº148/03, Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Relación con el proyecto: El proyecto generará residuos peligrosos, los cuales serán manejados de acuerdo a la norma referida y al interior de un patio de disposición transitoria.

Cumplimiento: Los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados temporalmente al interior de las bodegas temporales ubicadas en las instalaciones de faena de la y transportados a disposición final por una empresa autorizada. El movimiento de residuos peligrosos se realizará a través del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos Sidrep http://sidrep.minsal.gov.cl.

 

D.S. Nº78/2011, Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Relación con el proyecto: El proyecto contempla el acopio de sustancias peligrosas durante la fase de construcción, las que se utilizarán fundamentalmente para la mantención mecánica del equipamiento y maquinaria utilizada (huinche, freno, etc.).

Cumplimiento: Se dará cumplimiento al D.S. N°78/2009 y a la NCh 382 informando debidamente su uso y cumpliendo con los estándares de almacenamiento exigidos, el que se realizará al interior de las instalaciones de faena.

 

D.S. N°05, Reglamento de la Ley de Caza del Ministerio de Agricultura.

Relación con el proyecto: En el área del proyecto se identificaron 13 especies de Fauna.

Cumplimiento: En el área del proyecto se prohibirá cualquier tipo de caza de especies protegidas por la Ley.

 

Ley N°20.283/08 del Ministerio de Agricultura, Ley sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal

Relación con el proyecto: En las áreas de intervención no existe bosque nativo pero sí se ha detectado la presencia de especies que componen formaciones xerofíticas.

Cumplimiento: El Titular realizó caracterización de Flora del área de influencia, encontrando 25 especies de Flora, de las cuales 2 se encuentran en el D.S.N°68 conformando Formaciones Xerofíticas. El Titular elaborará un Plan de Manejo Biológico que incluye especies en estado de conservación y especies endémicas, para ser ejecutado previo a la etapa de construcción, el cual será enviado a la Conaf para su evaluación y visación. El Titular presentará un Plan de Trabajo en los términos dispuestos en esta Ley y su Reglamento General contenido en el DS Nº93/09 para su tramitación sectorial previo al inicio de las obras.

 

D.S. N°68/09 del Ministerio de Agricultura, que establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país

Relación con el proyecto: En las áreas de intervención no existe bosque nativo pero sí se ha detectado la presencia de especies que componen formaciones xerofíticas.

Cumplimiento: Considerando las 2 especies categorizadas en el D.S. N°68, el Titular presentará un Plan de Trabajo en los términos dispuestos en esta Ley y su Reglamento General contenido en el DS Nº93/09 para su tramitación sectorial previo al inicio de las obras.

 

Resolución N°133/2005 del Ministerio de Agricultura, que establece Disposiciones sobre Protección Agrícola

Relación con el proyecto: Durante la fase de construcción se recibirán equipos con embalaje de madera importados.

Forma de cumplimiento: Se exigirá a los proveedores la acreditación de los certificados que den cuenta de la aplicación de tratamientos a la madera en los países de origen.

 

Ley 17.288 del Consejo de Monumentos Nacionales, Legisla Sobre Monumentos Nacionales.

Relación con el proyecto: En el terreno se efectuó una prospección por un arqueólogo especialista, mediante la cual se identificaron 12 elementos de valor patrimonial en el área de influencia directa del proyecto.

Forma de cumplimiento: Para los dos elementos patrimoniales lineales (huellas de carreta), el Titular realizará un levantamiento topográfico dentro del área del proyecto y el cercado fuera de esta. Para los 9 hallazgos aislados situados dentro del proyecto se realizará una recolección superficial, para lo cual se presentan los antecedentes para el Permiso Ambiental Sectorial 76.

En caso que se encuentren o sospeche la presencia de restos arqueológicos durante las faenas de preparación del terreno y/o extracción, el Titular dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales.

 

Res. Ex. N°610/82 de la Superintendencia de Servicios Eléctricos y Gas, Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorados (PCB) en Equipos Eléctricos

Relación con el proyecto: el proyecto contempla el uso de equipos eléctricos.

Forma de cumplimiento: El Titular dará cumplimiento a la Resolución Exenta SEC N°610/80, la cual prohíbe en cualquier equipo eléctrico o elemento asociado el uso de los "bifenilos-policlorinados" (PBC) Askareles como el Pyranol-Aroclor, Piralene y otros de la especie.

 

D.S. N°4/94 del MTT, Normas de Emisión para Vehículos en Uso y sus modificaciones a la fecha.

Relación con el proyecto: Uso de vehículos en todas las etapas del proyecto.

Cumplimiento: Se exigirá que todos los vehículos en uso en el desarrollo del proyecto, cumplan con la norma indicada, respecto a las emisiones de gases por el escape, para lo cual todos deberán tener su certificado de gases al día.

 

D.S. Nº75/87, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece las condiciones para el transporte de carga que se indican.

Relación con el proyecto: Durante la fase de construcción se transportarán materiales por caminos públicos.

Cumplimiento: Los camiones utilizados contarán con tolvas que no permitan la caída de material durante su transporte, la carga será debidamente encarpada, evitando así la resuspensión de material durante su transporte.

 

D.F.L. Nº4 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley Nº1 de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, y Decreto Supremo Nº327 Reglamento Ley General Servicios Eléctricos

Relación con el proyecto: El Proyecto consiste en la construcción y operación de un parque solar compuesto por dos plantas fotovoltaicas y una Línea de transmisión eléctrica que se conecta al SIC.

Cumplimiento: El Titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso.

 

D.S. N°686/1998 del Ministerio de Economía, que Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica de los Cielos Nocturnos.

Relación con el proyecto: El proyecto requerirá de iluminación para las instalaciones de faenas y demás instalaciones en todas sus fases, las cuales estarán provistas de luminarias a objeto de facilitar el trabajo durante horarios nocturnos

Cumplimiento: En Adenda N°1 el Titular señala que dará cumplimiento a la presente norma de emisión, utilizando luminarias acordes a lo establecido en la normativa y adjuntando los informes Fotométricos correspondientes a todas las luminarias exteriores instaladas en el proyecto, en el cual se indique el cumplimiento de esta norma y el ángulo de montaje de dichas luminarias.

 

5.  Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "VALLELAND SOLAR" requiere de los permisos ambientales sectoriales del artículo 76, 91, 93, 94, 96 y 99 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, los cuales se señalan a continuación:

 

PAS 76

En los permisos para hacer excavaciones de carácter o tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación.

Estos antecedentes fueron presentados en DIA, para los 10 hallazgos aislados encontrados en el área del proyecto.

Mediante ORD N°4705, de fecha 10.12.13, el CMN se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

PAS 91

Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

Durante la fase de construcción, operación y cierre del proyecto se generarán aguas servidas domésticas provenientes del uso de servicios higiénicos de trabajadores. El manejo de estos residuos se realizará a través de tres plantas de tratamiento de aguas servidas para la etapa de construcción y cierre y 2 PTAS para la etapa de operación.

Estos antecedentes se presentaron en DIA y Adenda N°1.

Mediante ORD BS3/N°163 de fecha 23.01.14, la SEREMI de salud se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. Sin observaciones.

 

PAS 93

Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de los residuos sólidos generados durante la etapa de construcción y operación.

Estos antecedentes se presentaron en la DIA y Adenda N°1.

Mediante ORD BS3/N°163 de fecha 23.01.14, la SEREMI de salud se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. Sin observaciones.

 

PAS 94

Permisos para calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Se presentaron los antecedentes debido a que es un establecimiento industrial, ya que las instalaciones o edificaciones de este tipo de uso que contemplen un proceso de transformación de energía.

Estos antecedentes se presentaron en DIA y Adenda N°1

Mediante ORD N°2367 de fecha 12.12.13, la SEREMI de salud se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS, calificándola como Molesta

 

PAS 96

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

Se considera que la superficie afectada a cambio de uso de suelo será de 179 hás., para lo cual el Titular presenta Figuras N°3, 4 y 5 en Anexo 7 de la DIA.

Estos antecedentes se presentaron en DIA.

Mediante ORD N°300 de fecha 25.07.13, la SEREMI de Agricultura se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

PAS 99.

Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley No 4.601, sobre Caza.

Se implementará un plan de rescate y relocalización de especies de baja movilidad para tres especies de reptiles.

Estos antecedentes se presentaron en DIA y Adenda N°1.

Mediante ORD N°873 de fecha 27.11.13, el SAG se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

6.  Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "VALLELAND SOLAR" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

 

6.1. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 letra a): Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos:

En cuanto a las emisiones de material particulado, los aportes del proyecto serán de 103,82 Kg/día de MP10 y 5,03 kg/día de MP2,5 para la etapa de construcción, en el cual se generarán las mayores emisiones.

El Titular en Capítulo 3 de la DIA el Titular presenta un análisis del campo electromagnético, inducción magnética y ruido de radiofrecuencia, indicando que estos se encuentran por debajo de la normativa internacional y en Adenda N°1, el Titular realiza el análisis de los efectos acumulativos con proyectos cercanos señalando que no existen tales efectos que pudiesen afectar la población.

Los niveles de ruido para fuentes fijas y móviles cumplen con la normativa ambiental nacional y de referencia tomando en cuenta cuatro receptores cercanos.

Se generarán 15,48 ton/mes de residuos domiciliarios y 0,01 m3/mes de Respel en etapa de construcción, los que serán dispuestos transitoriamente en el patio de disposición temporal y finalmente dispuestos en lugar Autorizado.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal a) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.2. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 letra b): Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire:

En el área de influencia se detectaron 25 especies de Flora terrestre, de las cuales 5 especies detectadas se encuentran citadas en alguna categoría de conservación. En Adenda N°1 y 2 se presentó un Plan de Manejo Biológico para las especies en estado de conservación y endémicas. Además de un plan de Banco de Semillas para especies geófitas de alto valor ambiental del Desierto Florido, descrito en detalle en Adenda N°1 y 2. No obstante, previo a la etapa de construcción deberá presentar el Plan de Manejo Biológico ante la CONAF para ser visado, debiendo el Proponente reportar a la SMA la presentación ante este órgano.

Respecto a la Fauna, se registraron en el área del proyecto 13 especies, de las cuales 5 se encuentran en estado de conservación: Guanaco (Lama guanicoe), Zorro Chilla (Lycalopex griseus), Iguana (Callopistes maculatus), Lagartija de Atacama (Liolaemus atacamensis), y Lagartija de dos manchas (Liolaemus bisignatus).

En la DIA se presentaron los antecedentes para el Rescate y Relocalización de Reptiles (para los cuales se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 99 del RSEIA.) a ejecutar previo al inicio de la construcción del proyecto, además, en Adenda N°1 se especifican medidas de Manejo Ambiental para la protección de Fauna Silvestre, entre las cuales se encuentran: Plan de Monitoreo del Guanaco conforme a los lineamientos del Plan Regional de Conservación del Guanaco, medidas de protección en la LAT (salvapájaros tipo baliza y dispositivos desactivador de nidos) y capacitación de los trabajadores.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal b) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.3. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 Letra c): Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos: 

El Proyecto no producirá cambios en la población ni reasentamiento de comunidades.

El Proyecto no afectará las costumbres folclóricas, religiosas o culturales de la zona, debido a que no se encuentran asentamientos humanos cercanos al proyecto.

En Adenda N°1, señala que existe posada en el borde de la Ruta 5 Norte con la ruta C-432 ubicada a 3 Km de distancia y el poblado más cercano es Canto del Agua ubicado a 13 Km.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal c) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.4. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 Letra d): Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar: 

El proyecto no se localiza próximo a ninguna población, recurso o área protegida susceptible de ser afectada, el SNASPE más cercano es el Parque nacional Llanos de Challe ubicado a 20 Km de distancia.

El área del proyecto se encuentra emplazada el Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad “Desierto Florido”, ocupando un 0,04% de su superficie total de 671,665,82 hás, cabe destacar que las obras a desarrollar se encuentran fuera de los sectores “Pajaritos” y “Llanos de Travesía” a 17 y 55 Km de distancia, respectivamente, lugares de relevancia dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal d) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.5. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 Letra e): Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona:

En el área de emplazamiento del proyecto se reconoció la presencia de dos unidades de Paisaje: Quebrada El Algarrobal y Llano. En Adenda N°1, el Titular se compromete a implementar en las estructuras del proyecto que así lo permitan, algún tipo de diseño en cuanto a forma, color, materiales, etc., para no intervenir abruptamente el paisaje y realizar capacitación e inducción permanente a sus trabajadores en materia de conciencia turística y cuidado del Medio Ambiente.

Además en Adenda N°1, el Titular compromete medidas para el Turismo, tales como, la instalación de señalética (cartel) enfocada al turista.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal e) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.6. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 Letra f): Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el Titular señala que:

El Titular en Anexo N°7 de la DIA presenta resultados de prospección Arqueológica para toda el área de influencia del proyecto, en el cual se detectaron 12 elementos patrimoniales, para los cuales propone medidas de manejo, tales como levantamiento topográfico y cercado de elementos lineales (huellas de carreta) y recolección superficial para hallazgos aislados (para los cuales se presenta el Permiso Ambiental Sectorial del Art. 76 del RSEIA), además en Adenda N°1 el Titular se compromete a realizar monitoreo arqueológico permanente por un arqueólogo y/o licenciado en arqueología durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie e inducción arqueológica a todo el personal que ejecutará las obras, a partir de estas actividades se deberá remitir un informe mensual al Consejo de Monumentos Nacionales.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal f) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

7. Que, para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

 

8. El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

 

9. Para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

 

10. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

 

11. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar cualquier modificación en el domicilio, individualización del Titular y de representación, al Servicio de Evaluación Ambiental y, a la Superintendencia dentro de un plazo de 7 días hábiles contados desde la realización de la respectiva  modificación, a través de formulario respectivo de dicho organismo.

 

12. Que, para que el proyecto "VALLELAND SOLAR" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

13. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

 

14. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama.

RESUELVE:

 1.    CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "VALLELAND SOLAR".

 

2.    CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "VALLELAND SOLAR" cumple con la normativa de carácter ambiental.

 

3.    Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el Titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime procedente.

 

 

Notifíquese y Archívese





Rafael Prohens Espinosa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Verónica Ossandón Pizarro
Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Atacama




VOP/VML/JFM

Distribución:
  • Esteban Encinas Jimenez
  • Superintendencia de Medio Ambiente
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Vallenar
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Valleland Solar"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=d4/9c/c5e66aefdc44e39759612b51b44f4f2145ab


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