VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO EL ROBLE"

Resolución Exenta Nº 652/2016

Santiago, 13 de diciembre de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) admitida a trámite con fecha 18 de noviembre de 2015, su Adenda de fecha 20 de mayo de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 27 de octubre de 2016, del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble", presentada por Chester Solar IV SpA.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble".

 

3°. El Acta Nº04/2015 de la Sesión N°29/2015 de fecha 03 de diciembre de 2015 y Acta N° 05/2016 de la Sesión N°23/2016 de fecha 03 de noviembre de 2016, ambas del Comité Técnico de la Región de Metropolitana de Santiago.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble" de fecha 21 de noviembre de 2016.

 

5°. El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 29 de noviembre de 2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble".

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República y en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.

 

 

CONSIDERANDO:

 

1°. Que, Chester Solar IV SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Chester Solar IV SpA

Rut

76.440.337-1

Domicilio

Hendaya N° 60, Oficina 601, Las Condes

Nombre representante legal

Luis Andrés Sánchez Frugone

Rut representante legal

7.776.465-8

Domicilio representante legal

Tobalaba N° 155, Oficina 602, Las Condes

Correo electrónico Titular o representante legal

vsilvestre@emanagement.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 21 de noviembre de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalado en los artículos 138, 140 y 142, 157, 160 del D.S. Nº40/2012 y el pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº40/2012; y;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 29 de noviembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 21 de noviembre de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

La realización del proyecto tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para ser inyectada la red de distribución de 23 KV perteneciente al alimentador Loyca de la Subestación El Peumo perteneciente a la compañía CGE Distribución S.A. todo ello perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC).

El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica, que se ubicará en la comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, a 19,5 Km de la ciudad de San Pedro.

El Proyecto, consiste en la instalación de paneles solares fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica, contemplando la instalación de 32.832 paneles solares de 310Wp cada uno, de esta forma el parque solar fotovoltaico alcanzará 10,18 MWp de potencia de campo de generación que serán conectados a inversores de potencia de 2250 KW de potencia nominal y por lo tanto, el proyecto es de 9,00 MW de potencia nominal instalada y evacuada a la red de distribución a la cual se conecta.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA según lo señalado en la letra:

 

c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

 

Por su parte, el D.S. N° 40/12 del MMA define lo siguiente:

 

Artículo 3. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:

 

c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

 

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto ingresa al SEIA ya que generará una potencia nominal instalada de 9,00 MW.

 

Tipología Secundaria: no tiene.

Vida útil

La vida útil del proyecto es de 30 años una vez iniciada la operación, plazo que se podrá extender en la medida que las condiciones de mercado justifiquen la  inversión, de no ser el caso, se consideran labores de desmantelamiento y retiro de obras civiles, cierre y clausura de instalaciones cuando corresponda y una restitución del terreno lo que se llevaría a cabo durante la fase de cierre, la cual tendrá una duración de 4 meses.

Monto de inversión

US$ 15.000.000. (quince millones de dólares americanos)

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Las actividades del Proyecto se iniciarán una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable al proyecto, junto a lo cual se tramitarán sectorialmente los Permisos Ambientales Sectoriales y autorizaciones correspondientes para su desarrollo.

El acto u acción concreta que establece el inicio de la fase de construcción será instalación del primer contenedor dentro de la instalación de faenas continuado con la Habilitación de instalaciones de faena y patio de residuos, proyectada para octubre 2016. A partir de ese momento se comenzará la ejecución de la construcción en forma sistemática y permanente siguiendo el calendario de actividades cronológicas especificado en el numeral 1.2.2.10 de la DIA.

Proyecto se desarrolla por etapas

Si

No

El proyecto no se realizará en etapas.

 

X

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si

No

El Parque Fotovoltaico El Roble, es un proyecto nuevo y no corresponde a una modificación asociada a un proyecto existente.

 

X

 

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El proyecto se ubica en La Hijuela Poniente o A, ex fundo San Vicente, en la localidad de Longovilo, en la comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla,  Región Metropolitana.

La figura 1-1 de la DIA, se representa la ubicación general del proyecto.

Descripción de la localización

El área de emplazamiento del Proyecto, está definida de acuerdo a lo indicado en el Certificado de Informaciones Previas (CIP), adjunto en el Anexo 19 de la DIA, como una zona rural, siendo necesario para la construcción del Parque Solar Fotovoltaico, solicitar ante el SAG, el Informe Favorable para la Construcción, de acuerdo a lo señalado por el Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Superficie

El terreno donde se emplazará el proyecto tiene una superficie de 27,2 hectáreas (Ha), de las cuales 6,30 Ha corresponden a suelos clase III y 20,9 Ha aquellos suelos con capacidad de Uso IV, según lo señalado por el Titular en la respuesta 1.45 de la Adenda.

En el Anexo 2 de la Adenda, se adjunta la planimetría del proyecto con las superficies de las actividades desarrolladas, las que se indican a continuación:

Tabla 1: Superficies que componen el área de emplazamiento Proyecto Solar Fotovoltaico El Roble.

Superficie de las actividades desarrolladas

Área

Superficie (Ha)

Área de Generación de Energía Eléctrica 1

9,12

Área de Generación de Energía Eléctrica 2

5,10

Área de Generación de Energía Eléctrica 3

4,71

Área de Generación de Energía Eléctrica  TOTAL

18,93

Área de Quebradas 1

1,39

Área de Quebradas 2

1,21

Área de Quebradas TOTAL

2,60

Área de Instalación de Faenas

0,32

Área No Intervenida

4,85

TOTAL

21,85

Fuente: Tabla 1 de la Adenda.

 

En el Anexo 2 “Planimetría”, Plano 5, se encuentran las superficies de las Edificios transitorias y permanentes, las que se indican a continuación:

Tabla 2: Superficies de las instalaciones temporales.

Instalaciones Temporales

m2

Excedentes de excavación y materiales

400

Área de movilización de materiales de construcción

330

Patio de maniobra

500

Camarines y 30 lockers

14,6

Servicios higiénicos 3 W.C/3 lavamanos/3 duchas

14,6

Total

1.259,2

Fuente: Plano 5, Anexo 2 de la DIA.

 

Tabla 3: Superficies de las instalaciones permanentes.

Instalaciones Permanentes

m2

2 casetas de vigilancia

15

1 oficina de monitoreo

30,3

Servicios higiénicos 4 W.C/4 lavamanos/4 lavamanos/4 duchas

14,6

Planta de tratamiento

18,5

Bodega de residuos no peligrosos y domésticos

16,7

Bodega de residuos peligrosos

16,7

Bodega de almacenamiento de material

21,6

Comedor

14,6

Estacionamientos

88,3

Total

236,3

Fuente: Plano 5, Anexo 2 de la DIA.

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas de los vértices del polígono y referencias del proyecto son las siguientes:

 

Tabla 4: Coordenadas del predio.

VERTICE

UTM ESTE

UTM NORTE

1

279.641

6.231.865

2

279.555

6.231.865

3

279.554

6.231.799

4

279.439

6.231.799

5

279.439

6.231.730

6

279.400

6.231.689

7

279.399

6.231.252

8

279.339

6.231.252

9

279.332

6.231.211

10

279.394

6.231.177

11

279.375

6.231.160

12

279.297

6.231.129

13

279.300

6.231.107

14

279.265

6.231.107

15

279.265

6.231.007

16

279.335

6.230.847

17

279.391

6.230.829

18

279.479

6.230.831

19

279.504

6.230.872

20

279.530

6.230.881

21

279.608

6.231.030

22

279.657

6.231.040

23

279.666

6.231.078

24

279.715

6.231.119

25

279.715

6.231.168

26

279656

6231638

27

279645

6231780

Tabla 1-4 de la DIA.

Caminos de acceso

El ingreso al proyecto, en todas sus fases, será a través de un camino local, coincidente con el cruce entre las Rutas G-680 y G-66, esto aproximadamente en el Km 78 de la Ruta G-66, punto desde el cual se ingresará 20 metros hacia el poniente, para tomar un camino interno, el cual tiene dirección Sur- Norte, con una longitud aproximada de 1.500 metros, hasta la planta fotovoltaica.

El detalle de las rutas y acceso al proyecto, se puede ver en el Anexo 5 de la Adenda “KMZ de layout de parque solar fotovoltaico El Roble”; Plano 2 “Detalle de emplazamiento y caminos públicos”, adjunto en Anexo 2 de la DIA y plano 3 denominado “Acceso definitivo al proyecto” adjunto en el anexo 2 de la Adenda.

El proyecto realizó la solicitud de acceso a ruta nacional, Ruta G-66 Pelequén-San Antonio, la cual fue ingresada a la Dirección de Vialidad con fecha 15 de septiembre de 2016, adjunta en el anexo 11 de la Adenda Complementaria.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Localización General del Proyecto en Figura 1-1 de la DIA, Vértices del perímetro de Proyecto en Figura1-2 de la DIA.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN PARTES Y OBRAS

El proyecto consistirá en la construcción, montaje, operación y mantención de una Planta Solar Fotovoltaica, la que consistirá en la instalación de 32.832 paneles solares fotovoltaicos. La planta contara con una potencia de campo de generación de 10,18 Mwp que se convierte en una potencia nominal de 9 MW de generación, el punto de conexión de la generadora solar a la red de distribución perteneciente al SIC.

Las principales partes y obras serán las siguientes y que se describen a continuación:

-           Instalación de faenas.

-           Instalaciones sanitarias.

-           Patio de acopio de residuos industriales.

-           Bodega de almacenamiento de materiales con gabinete para sustancias peligrosas.

-           Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

-           Bodega de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos e industriales no peligrosos de pequeño tamaño.

-           Almacenamiento de agua.

-           Generadores eléctricos y requerimientos de energía eléctrica.

-           Requerimientos de combustible.

-           Cerco provisorio.

-           Estacionamientos.

-           Zona de carga y descarga.

-           Oficinas temporales.

-           Sala de primeros auxilios.

-           Caseta de guardia de seguridad.

Instalación de faenas

Se contempla una instalación de faena, su ubicación se encuentra en el Anexo 2 “Planimetría”, Plano 5 “Instalación de Faenas (Edificios transitorias y permanentes)”.

Para la instalación de faenas, se ha considerado utilizar principalmente contenedores especialmente adecuados para habilitar las dependencias que se requieran, éstos serán principalmente contenedores de 20 pies x 40 pies de tipo metálico. Las instalaciones de faenas poseen los recintos que se indican a continuación:

- Instalaciones sanitarias (baños, duchas, lavaderos, planta de tratamiento de aguas servidas, planta de cloración de agua); Patio para acopio de residuos industriales tales como restos de cubierta vegetal o excedentes de tierra; Bodega de almacenamiento de materiales con gabinete para sustancias peligrosas; Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos; Bodega de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos e industriales de pequeño tamaño no peligrosos; Almacenamiento de agua; Generadores eléctricos; Requerimiento de combustible; Cerco provisorio; Estacionamientos;  Zona de carga y descarga de materiales; Oficinas temporales; Sala de primeros auxilios; Caseta de guardia de seguridad.

Instalaciones sanitarias

Dichas instalaciones estarán compuestas por baño, lavamanos y ducha; estarán ubicadas en el sector de instalación de faenas.

Para el tratamiento de las aguas servidas, se instalará una planta modular de tratamiento cuya agua resultante tras el proceso de cloración y de decloración, se acumulará en un depósito y será empleada para humectación de caminos durante la fase de construcción que dará cumplimiento a la Norma Chilena NCh 1.333/1 Of.78 del INN que establece Requisitos de Calidad del Agua Para Usos de riego y a la Tabla N° 1 del D.S. N° 90/00 Norma de Emisión Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.

El agua a tratar provendrá del consumo máximo de una población de 40 personas, generando un requerimiento máximo diario de 6.000 litros para la fase de construcción.

Se utilizará un proceso biológico con actividad bacteriana consistente en bacterias aeróbicas que absorben el oxígeno de las aguas, degradando y oxidando la materia orgánica, proceso que se conoce como “Digestión Aeróbica”.

Las aguas tratadas serán utilizadas para humectación de los caminos y el excedente será empleado para riego y preparación de emulsión para el reductor de polvo control de emisiones.

En la Figura 1-18 de la DIA se señala el proceso de tratamiento del agua, para el cual se requiere de una superficie de aproximadamente 18,5 m2.

Patio de acopio de residuos industriales

Tal como para los restos de cubierta vegetal o excedentes de tierra, se habilitará un lugar para el acopio temporal de residuos industriales, tales como restos de cubierta vegetal, excedentes del escarpe de los caminos, restos de maderas de los embalajes y restos metálicos de las estructuras. Este lugar consistirá en un recinto cercado con malla metálica y portón de acceso, cuya ubicación se encuentra en plano 5, Anexo 2 de la DIA.

Bodega de almacenamiento de materiales con gabinete para sustancias peligrosas

Los transformadores que se van a instalar en el proyecto contienen aceites dieléctricos. En relación a los aceites dieléctricos, en sí mismos, que se emplean en los transformadores éstos tienen una vida útil idéntica a la del transformador y no se cambian durante ninguna de las fases del proyecto y por lo tanto no son manejados por el proyecto.

Los equipos transformadores se diseñan con un pozo colector cuya capacidad es de 1,2  veces el volumen de aceite contenido en el transformador, para el control de derrames en caso extremo de accidente y pérdida de aceite del transformador. No se contempla el cambio de aceite dieléctrico ya que se usarán transformadores herméticos.

Adicionalmente se tendrán almacenadas durante todas las fases del proyecto las siguientes sustancias peligrosas que serán utilizadas para la cloración del agua y para la planta de tratamiento de aguas servidas:

Hipoclorito de calcio, hipoclorito de sodio, bisulfato de sodio, aerosoles para galvanizado en frío. Todas estas sustancias peligrosas serán almacenadas dentro de la bodega de pequeño material e insumos dentro de un armario especialmente para dicho uso, de acuerdo a lo ilustrado en la figura 1-19 de la DIA.

Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos

Se considera la construcción de una bodega temporal para almacenar residuos peligrosos, cuyo almacenamiento no se extenderá más allá de 6 meses, ya que durante la fase de construcción se retiran dos veces al mes y la cantidad será inferior a 12 toneladas anuales.

Su ubicación puede ser observada en el plano 5 del Anexo 2 de la DIA.

Bodega de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos e industriales no peligrosos de pequeño tamaño.

El proyecto contempla una bodega para el almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos asimilable a un patio de basuras. Esta bodega es de tipo contenedor metálico y cuenta con suelos impermeables, protección frente a las lluvias ya que está techada y protección frente a altas temperaturas ya que dispone de ventilación natural. En el interior del recinto se ubicarán contenedores de material sólido con tapa y la frecuencia de retiro de estos residuos se realizará dos veces por semana.

Almacenamiento de agua

El agua será almacenada y tratada para su potabilización, en las instalaciones que se construirán, dentro de la instalación de faenas.

El agua será adquirida al propietario del derecho de agua, detallado en el Anexo 1 de la Adenda, cuyo pozo cuenta con Derecho de Aprovechamiento Consuntivo de aguas subterráneas por un caudal de 17,5 L/s en San Pedro de Melipilla, específicamente en las coordenadas UTM 6.231.006,132 – 280.150,886 que corresponden a la Hijuela Poniente o A de la Ex Hacienda San Vicente, cuyo ROL corresponde al 19-15.

Adicionalmente se necesita durante la fase de construcción agua para la humectación de las zanjas durante su realización y también para la mejora y ejecución de nuevos caminos.

En el sitio del proyecto el agua será almacenada en tanques como se puede observar en el Plano 11 “Destino y origen de aguas” del Anexo 2 “Planimetría” de la DIA.

Generadores eléctricos y requerimientos de energía eléctrica

Durante la fase de construcción se tiene contemplado el uso de 3 grupos electrógenos de 15 KVA cada uno, esto para proveer de energía eléctrica a las herramientas que se empleen en el montaje de la planta, también proveer de energía eléctrica a las bombas y motores que componen la planta de tratamiento además de suministrar luz a las instalaciones de sanitarios, duchas, sala de control, bodegas y caseta de vigilancia.

Requerimientos de combustible

El abastecimiento de combustible para los generadores y maquinaria (pesada y liviana), se realizará con camiones surtidores, de una empresa autorizada. Esta carga se realizará en un lugar habilitado para dicha actividad, contando con las exigencias que establece la normativa aplicable, apuntando principalmente al control de derrames, señalización, ventilación, etc. Se habilitará una pequeña Bodega de Acopio Temporal (BAT), en la cual se almacenaran 400 Litros de combustible en 2 tambores, cuya capacidad será de 200 Litros cada, cumpliendo éstos, con las exigencia técnicas de la normativa vigente y señalética. La estructura de la BAT será metálica, con ventilación, techo, bandeja para contener derrames, que superará en 1,1 veces la capacidad de ambos tambores en conjunto.

Cerco provisorio

Durante la construcción, se colocará un cercado provisorio en la instalación de faena, que contará con malla metálica, sujetos con postes metálicos.

Específicamente, contará con tres cercos perimetrales independientes entre ellos. Todos ellos contarán con una puerta, a través de la cual se podrá acceder a estas áreas en casos de mantenimiento y/o emergencias, y exclusivamente por personal autorizado y las autoridades que estimen necesario visitarlas, es decir el proyecto no interferirá, por tanto, en el libre acceso a las quebradas. Ver el detalle en el Anexo 2 “Planimetría”, plano 01 “Detalle cierre perimetral” de la Adenda.

El cerco perimetral contará con las medidas tendientes a evitar el ingreso de animales silvestres a través de éste, y de igual manera evitará el ingreso de animales domésticos. Se utilizará una malla bizcocho en modo red, de 50x50mm promedio en su entramado, y cuyos filamentos poseen 3 mm de diámetro en promedio. La malla tendrá una altura promedio de 2 metros.

Estacionamientos

El proyecto contempla una zona de estacionamientos en la instalación de faenas. La zona de estacionamientos contará con 7 estacionamientos para vehículos livianos y un estacionamiento para un autobús de capacidad 40 personas. El piso será de suelo natural compactado. Su ubicación se aprecia en Plano 5 “Instalación de Faena (Edificios Transitorios y Permanentes)” del Anexo 2 “Planimetría” de la DIA.

Zona de carga y descarga

La instalación de faena contará con una zona de carga y descarga para la recepción del material para la construcción del proyecto y se despachará a los distintos frentes de trabajo.

Oficinas temporales

Se contará con oficinas temporales para la administración de la obra. Estas consisten en contenedores debidamente adaptados para el trabajo en faena.

Sala de primeros auxilios

El Proyecto considera una sala de primeros auxilios, que consistirá en un contenedor adecuadamente adaptado para este propósito.

Caseta de guardia de seguridad

La caseta de guardia de seguridad consiste en un contenedor habilitado como oficina de seguridad donde se supervisará la entrada y salida de vehículos y personas y se realizará la coordinación de todas las tareas de seguridad de la faena.

4.3.2. FASE DE CONSTRUCCIÓN ACCIONES

Las principales acciones desarrolladas por el proyecto serán las siguientes:

-           Preparación del terreno.

-           Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-           Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-           Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

-           Pruebas y puesta en servicio.

-           Desmontaje de instalación de faenas.

-           Flujo de camiones.

Preparación del terreno

Las estructuras de sustento de los módulos solares fotovoltaicos, no requieren de cimentación, y serán hincadas directamente al terreno. La preparación del terreno consiste en un escarpe puntual para el retiro de las piedras existentes y así asegurar el funcionamiento correcto de la maquinaria sobre el terreno.

Adicionalmente se produce excavación para la construcción de las zanjas que conducen el cableado subterráneo.

La mejora y construcción de los caminos internos requieren de tareas de escarpe superficial y compactación.

La instalación de faena, especialmente en la zona de ubicación de la planta de tratamiento, depósitos de agua, y bodegas, se realizará un escarpe superficial de máximo 10 cm de profundidad, para facilitar los trabajos de instalación de los contenedores que las forman.

Las únicas cimentaciones del proyecto corresponden a las fundaciones de los inversores y transformadores, las fundaciones de las bodegas, casetas de vigilancia, instalaciones sanitarias,  oficinas temporales y postaciones eléctricas de los tramos de la línea de media tensión. La mayor parte del movimiento de tierra, especialmente el de las zanjas de cableado y el de escarpe superficial de los caminos será utilizado como material de relleno y el sobrante se llevará al patio de acopio de residuos para su retiro y traslado a un sitio autorizado de disposición final.

Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores

El material de escarpe proveniente de la construcción de caminos o mejora de los existentes que se caracteriza como excedente, representa un máximo el 20% del material escarpado constituirá residuo y se trasladará al patio de acopio de residuos para ser posteriormente retirado para su disposición final a un relleno sanitario autorizado.

Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones

La instalación de los arreglos fotovoltaicos incluye la instalación de postes, bloques de seguimiento, inversores y transformadores.

Primero se procede a la instalación de postes verticales para el soporte de las mesas, esto con la utilización de una hincadora.

A su vez se excavan zanjas para la instalación de cables subterráneos CA (corriente alterna), CC (corriente continua) y cables de fibra óptica para la comunicación de los equipos. Se usarán zanjadoras para abrir las zanjas, cargadores frontal livianos para rellenar y compactadora livianas para compactar.

La tierra excavada proveniente de la creación de las zanjas se mantendrá junto a la trinchera y se usará para rellenarla una vez que los conductores hayan sido instalados y probados. La tierra excavada no se sacará del sitio del proyecto. La propia trinchera (zanja) se rellenará primero con material natural apropiado para que ofrezca una base adecuada a los conductores instalados y se depositará otro material natural adecuado sobre los conductores instalados. El relleno restante se compondrá de la tierra excavada de la propia zanja y compactada.

Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

Mientras se realiza el tendido de los cables se realiza también la instalación de las cajas de conexiones combinadoras y la instalación de las mesas de soporte sobre las cuales se montan los módulos fotovoltaicos.

Paralelamente se preparan las fundaciones para los inversores y transformadores y postes eléctricos.

Pruebas y puesta en servicio

En esta etapa se realiza la verificación de las condiciones físicas y eléctricas de las instalaciones. Se ejecutan una serie de pruebas y a su vez la puesta en marcha del parque solar fotovoltaico. Con estas pruebas se buscan fallas de funcionamiento ocasionadas por montaje defectuoso o transporte inadecuado y se corrigen antes de la entrada en operación del proyecto, así como también se verifica el estado de los equipos para su correcta puesta en servicio y operación.

Una vez realizadas las pruebas el parque solar fotovoltaico se encuentra en condiciones de entrar en operación.

Desmontaje de instalación de faenas.

Terminadas las obras de construcción y las actividades de prueba y puesta en marcha del proyecto, se procede al desmontaje y retiro de todos los elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las instalaciones temporales de faena para la construcción, con la excepción de la planta de tratamiento de aguas modular, que se proyectó de manera modular, para adecuarla a la menor cantidad de trabajadores presentes durante la fase de operación, además se conservan las bodegas de acopio temporal de pequeño material incluyendo el gabinete de sustancias peligrosas, bodegas de acopio temporal para residuos peligrosos y bodega de acopio temporal para residuos asimilables a domésticos y pequeños industriales no peligrosos, las instalaciones de sanitarias (WC, duchas y lavabos) adecuadas para la cantidad de personas que van a trabajar en la operación, la sala de control, comedor, sala de primeros auxilios y caseta de guardia.

Flujo de camiones

Respecto a los flujos vehiculares, se han considerado los de la fase de construcción correspondiendo al mayor flujo vehicular, contemplándose lo siguiente:

Tabla 5. Viajes de vehículos fase de construcción.

Motivo de Viaje

Descripción

Cantidad de viajes

Origen

Destino

Traslado de combustible

El abastecimiento de combustible se realizará con camiones surtidores de una empresa autorizada y se utilizará para abastecer a los generadores y la maquinaria. Estos en su totalidad requieren 21.190 litros de combustible durante toda la fase de construcción, por lo tanto el camión surtidor hará 18 viajes en toda la fase y en cada viaje, llenará los 2 tambores de almacenamiento (400 litros en total), además de llenar los estanques de cada maquinaria y generador (1.010 litros para llenar toda la maquinaria y generadores). Dado lo anterior se abastecerá de 18x400+18x1010= 25.380 litros y considerando que se requiere de menor cantidad (21.190 litros), se conservará un adicional por cualquier necesidad extra.

18

Servicentro COPEC, Melipilla

Instalación de faenas proyecto

Traslado de Residuos

Los residuos se retirarán 2 veces por semana.

50

Instalación de faenas proyecto

Relleno sanitario Autorizado, San Pedro

Traslado de insumos

Se consideran 35 viajes en total para el traslado de los insumos que requiere el proyecto:

Ø 23 viajes para el traslado de módulos.

Ø 7 viajes para el traslado de estructura.

Ø 3 viajes para el traslado de inversores y transformadores.

Ø 2 viajes para el traslado del pequeño material y cableado.

35

Puerto de Valparaíso

Instalación de faenas proyecto

Traslado de hormigón

Se utilizarán 19 m3 de hormigón para la losa de los inversores y 12 m3 para la construcción de la columna eléctrica (Poste) y para los soportes de los containers. Por lo tanto se requiere trasladar 31 m3 de hormigón, a través de camiones de 10 m3 de capacidad, generando 4 viajes aproximados.

 

6

Localidad de Melipilla

Instalación de faenas proyecto

Traslado de Agua

Se requieren de 1.144,2 m3 para la fase de construcción, lo cual se trasladará en camiones de 20 m3 de capacidad, generando 60 viajes aproximadamente.

60

Pozo con derecho de agua vigente (Ver anexo 1 de la Adenda)

Instalación de faenas proyecto

Traslado de excedentes

La cantidad de excedentes a trasladar son los generados en el escarpe principal (138,82 m3), en el mejoramiento del camino de acceso existente (38,53), la construcción del camino no existente (6,4 m3) y caminos nuevos internos (145,76 m3), lo que resulta en total 329,48 m3  que se trasladaran en camiones de 20 m3.

17

Instalación de faenas proyecto

Sitio autorizado por Seremi de Salud RM, comuna de Maipú.

Traslado de Residuos peligrosos

Se generarán menos de 1 tonelada de residuos peligrosos en toda la fase de construcción, por lo tanto se harán 3 retiros durante toda la fase para ser conservadores.

3

Instalación de faenas proyecto

Empresa autorizada (Hidronor RM)

Traslado de trabajadores (Ida y Vuelta al Trabajo)

-

366

Localidad de Melipilla

Zona de recogida del proyecto

Traslado de trabajadores (Por colación)

-

366

Cruce Las Arañas

Zona de recogida del proyecto

Traslado de áridos

-

2

Sitio autorizado Áridos. ARIVAL, Localidad de Chocalán

Instalación de faenas proyecto

Visitas diarias en camioneta

-

732

Localidad de Melipilla

Instalación de faenas proyecto

Fuente: Respuesta 1.12 de la Adenda y tablas capítulo 5.1.5.2 del Anexo 6 de la Adenda Complementaria.

De acuerdo al número de viajes señalados, los cuales se distribuirán en forma homogénea durante los seis meses de construcción y por lo tanto corresponde a un promedio aproximado de1 camión al día.

Hitos de inicio y de término de la fase

Hito Inicio: Movilización (traslado de maquinaria, personal y construcción camino de acceso).

Hito de término: Desconexión al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo.

Cronograma de las principales partes, obras y acciones asociadas a esta fase

El cronograma de la fase de construcción será el siguiente:

 

Tabla 6. Cronograma de Actividades de la fase de construcción.

Actividades

MESES

Mes 1

Mes 2

Mes 3

Mes 4

Mes 5

Mes 6

Instalación del primer contenedor de Faenas  y Habilitación de instalaciones de faena y patio de residuos

 

 

 

 

 

 

Mejoramiento de Accesos al área del proyecto

 

 

 

 

 

 

Obras civiles, caminos internos, canaletas y cerco perimetral

 

 

 

 

 

 

Traslado de componentes

 

 

 

 

 

 

Montaje de Estructuras

 

 

 

 

 

 

Montaje de Módulos Fotovoltaicos

 

 

 

 

 

 

Montaje Eléctrico

 

 

 

 

 

 

Montaje de Inversores

 

 

 

 

 

 

Montaje del empalme a la línea de distribución

 

 

 

 

 

 

Retiro de instalaciones temporales, limpieza y restauración del terreno

 

 

 

 

 

 

Conexión y puesta en marcha

 

 

 

 

 

 

Fuente: Tabla 1-1 de la DIA y respuesta 1.12 de la Adenda.

 

Mano de obra

La mano de obra requerida para esta fase será de 40 personas máximo y 30 personas en promedio.

Maquinaria a utilizar

 

 

Durante esta fase se utilizará la siguiente maquinaria:

·         Zanjadora (4)

·         Maquinaria de hincado (3)

·         Cargador Frontal (1)

·         Grúas horquillas (5)

·         Camión grúa (1)

·         Compactadora (4)

·         Grupo electrógeno (3 de 15KVA)

Provisión de suministros básicos

Energía eléctrica: El proyecto considera la utilización de 3 generadores de 15kVA para el suministro eléctrico durante esta fase.

Agua: El agua será adquirida al propietario del derecho de agua, cuyo pozo cuenta con Derecho de Aprovechamiento Consuntivo de aguas subterráneas por un caudal de 17,5 L/s en San Pedro de Melipilla, específicamente en las coordenadas UTM 6.231.006,132 – 280.150,886 que corresponden a la Hijuela Poniente o A de la Ex Hacienda San Vicente, cuyo ROL corresponde al 19-15.

El agua será almacenada y tratada para su potabilización, en las instalaciones que se construirán, dentro de la instalación de faenas.

Se utilizará agua durante la fase de construcción para la humectación de las zanjas durante su realización y también para la mejora y ejecución de nuevos caminos. Los consumos de agua para la fase de construcción se indican en la tabla 5 de la Adenda.

Servicios higiénicos: La instalación de faenas contará con WC, lavatorios, duchas y camerinos. Se proyecta la instalación de baños químicos en los frentes de trabajo ya que estos se encuentran a más de 75m de las instalaciones sanitarias centrales ubicadas en el área de instalación de faenas. La instalación, mantención y retiradas de éstos estará a cargo de una empresa autorizada, especializada en estos servicios, la que deberá contar con las autorizaciones sanitarias correspondientes. La frecuencia con que los baños químicos serán retirados corresponderá a  especificada y aprobada por el Seremi de Salud será no superior a 7 días.

Recursos naturales renovables 

Agua: El proyecto contará con extracción de agua de 17,5 l/s, la cual se realizará en un pozo autorizado, bajo la Resolución de la DGA Nº  543 del año 2002, adjunta en el Anexo 3 de la DIA y en el Anexo 1 de Adenda. La extracción del agua necesaria para el desarrollo del Proyecto, es la señalada en la siguiente tabla:

Tabla 7. Usos de agua del Proyecto.

Fase del Proyecto

Uso del Agua

Origen del Agua

Cantidad de Agua

Construcción

Consumo trabajadores

Pozo cuenta con derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas por un caudal de 17,5 L/seg en San Pedro de Melipilla, cuyo caudal efectivo anual corresponde al 28%, por lo tanto a 5 L/s (Ver Anexo 1 de la Adenda)

6 (m3/proyecto)

Humectación de caminos, necesario para finalizar el proceso de las mejoras superficiales de los  caminos internos y el de acceso al proyecto.

22,4 (m3/proyecto)

Preparación de la emulsión reductora de polvo para la mejora superficial de los caminos.

22,4 (m3/proyecto)

Humectación para realizar las zanjas

1,4 (m3/proyecto)

Agua limpieza de ruedas

30 (m3/proyecto)

Fuente: Tabla 5 de la Adenda.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas: Durante la fase de Construcción del Parque Solar Fotovoltaico, sus principales focos de emisiones atmosféricas estarán asociados a las siguientes actividades:

  • La creación de los caminos internos del proyecto.
  • Las excavaciones en el terreno necesarias para las instalaciones de zanjas de cableado, las fundaciones de los postes eléctricos y de las fundaciones de los edificios.
  • El despedregado superficial, que pudiera propiciar un escarpe superficial puntual en el terreno.
  • La circulación de los vehículos por los caminos pavimentados del PSFV.
  • La combustión de los motores de los vehículos y de las maquinarias de construcción.

A continuación, se presentan las emisiones para la fase de construcción.

Tabla 8. Resumen de emisiones fase de construcción en (ton/año).

Emisiones Fase de Construcción.

ACTIVIDADES GENERADORAS DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS

MP10

CO

HC

NOx

SOx

UNIDADES

EM. HINCADO DE ESTRUCTURAS (mov. de tierra)

0,08

 

 

 

 

Ton/año

EM. ESCARPES EN EL TERRENO

0,082

 

 

 

 

Ton/año

EM. POR EXCAVACIONES

0,141

 

 

 

 

Ton/año

EM POR TRANSFERENCIA DE MATERIAL EN EL TERRENO

0,000080

 

 

 

 

Ton/año

EM. POR LA CONSTRUCCIÓN TODOS LOS CAMINOS

0,0527

 

 

 

 

Ton/año

EM. RESUSPENSION DE MP10 CAMINOS  PAVIMENTADOS

0,730

 

 

 

 

Ton/año

EM. RESUSPENSION DE MP10 CAMINOS NO PAVIMENTADOS (V. pesados)

0,537

 

 

 

 

Ton/año

EM. RESUSPENSION DE MP10 CAMINOS NO PAVIMENTADOS (V. livianos)

0,175

 

 

 

 

Ton/año

EM. COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES VEHICULOS

0,0127

0,11

0,023

0,45

 

Ton/año

EM. COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES MAQUINARIA Y GENERADORES

0,23

0,70

0,27

2,69

 

Ton/año

EM.  DE SOx  DE LA COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES (TOTALES)

 

 

 

 

0,044

 Ton/año

TOTAL FASE DE CONSTRUCCIÓN

2,035

0,813

0,293

3,145

0,044

Ton/año

Fuente: Tabla capítulo 5.1.9 del anexo 6 de la Adenda Complementaria.

 

Mediante la aplicación del supresor de polvo propuesto por el Titular en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el proyecto NO supera los valores límite de emisiones establecidas en el artículo 98 del D.S.66/09 del MINSEGPRES. Por lo que el Titular no está obligado a presentar un Programa de Compensación de Emisiones para el presente proyecto ante la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana, siempre y cuando se elabore y aplique el Programa de Estabilización de Caminos No Pavimentados (PECNP).

En el caso que el Titular decida no elaborar el PECNP, deberá presentar ante dicha  Secretaría un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para MP10, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del PPDA. Las cantidades a compensar por año cronológico y fase del proyecto será la siguiente:

Tabla 9. Emisiones de MP10 a compensar fase de construcción.

Año

Año 1

Emisiones anuales de MP10

4,0 [ton]

Límite de emisiones

(Art. 98 D.S. N°66/2009, MINSEGPRES)

2,5 [ton/año]

Emisiones de MP10 a compensar (150%)

6,0 [ton]

Fuente: Oficio N° 819 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana.

 

Las emisiones de MP10 presentadas en la Tabla anterior, fueron calculadas omitiendo el 70% de abatimiento (aplicación de supresor de polvo) indicado por el Titular en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria y omitiendo el peso de los vehículos livianos para el cálculo del peso promedio de la flota de vehículos pesados que transitan por vías no pavimentadas.

 

Ruido: Durante la fase de construcción, los principales aportes de presión sonora en la faena serán los camiones en faena, compactadoras, excavadoras, las máquinas de hincado, los grupos electrógenos  y la descarga de camiones.

La fase de construcción deberá realizarse en horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, esto es entre las 07:00 y las 21:00 horas, tal como se realizó la evaluación del cumplimiento normativo.

El proyecto dará cumplimiento a los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

 

Residuos líquidos: En la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domésticos  producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción, siendo estas aguas servidas los únicos residuos líquidos domésticos producidos por las actividades del proyecto.

La planta de tratamiento de aguas servidas dispondrá de dos líneas de tratamiento, cada una de ellas funcionarán en función de la fase del proyecto que se esté ejecutando.

Los componentes comunes a las dos líneas de funcionamiento de la planta de tratamiento en función de la fase del proyecto son todos exceptuando el reactor principal dónde se produce la aireación y el reactor secundario dónde se produce la sedimentación de microorganismos que alimentan de nuevo la flora bacteriana del reactor primario. Estos son diferentes ya que los volúmenes de agua entre la fase de construcción, de operación y de cierre son diferentes y por lo tanto, también la cantidad de materia orgánica en suspensión para alimentar a los microorganismos responsables de su limpieza. Por lo tanto:

Para la fase de construcción se empleará la suma de los dos reactores principales de las dos líneas funcionando en paralelo, y por lo tanto, de 7,5 m3 y la suma de las capacidades de los reactores secundarios de cada línea ascendiendo a 6,75 m3.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: El proyecto contempla una bodega para el almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos asimilable a un patio de basuras. Esta bodega es de tipo contenedor metálico y cuenta con suelos impermeables, protección frente a las lluvias ya que está techada y protección frente a altas temperaturas ya que dispone de ventilación natural. En el interior del recinto se ubicarán contenedores de material sólido con tapa y la frecuencia de retiro de estos residuos se realizará dos veces por semana y serán enviados al vertedero Popeta ubicado en la comuna de Melipilla. Estos contenedores, se dispondrán en el área de instalación e faenas y dentro de la bodega de almacenamiento temporal de domésticos y residuos industriales no peligrosos. Se calcula una producción de residuos domésticos de 1,5 kg/trabajador/día, lo que significa para 40 trabajadores una generación de 60 Kg/día.

Residuos industriales No Peligrosos: El proyecto contempla una bodega de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos. Se generarán residuos sólidos provenientes del desecho de materiales de construcción que serán almacenados en áreas delimitadas y contenedores cerrados en un área de movilización de materiales de construcción. Se recolectarán, cada vez que se llegue al volumen crítico y serán llevados a un sitio de eliminación autorizado por una empresa autorizada. El proyecto utilizará principalmente componentes pre-armados o precortados, de forma, de no generar residuos materiales en el frente de construcción.

 

Tabla 10: Residuos Sólidos No peligrosos fase de Construcción.

Residuo

Características

Cantidad

Residuos Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos

Residuos sólidos provenientes de servicios higiénicos, como latas, plásticos, materia orgánica, etc.

60 Kg/día

Residuos Sólidos No Peligrosos

Residuos sólidos como cubierta vegetal, excedentes de excavación y escarpes.

985 m3/proyecto

Residuos Sólidos No Peligrosos (Construcción)

Residuos inertes de la construcción

100 m3/proyecto

Paneles solares deteriorados

Paneles Solares Deteriorados durante la construcción.

720 Kg/proyecto

Fuente: Tabla 3 del anexo 18 de la DIA.

 

Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos que genera el proyecto son los señalados en la siguiente tabla:

Tabla 11: Residuos peligrosos fase de construcción.

Residuos Peligrosos

Cantidad

Frecuencia de Retiro

Almacenamiento

Capacidad de Almacenamiento de la BAT

Desengrasante

0,3 L/día

2 veces cada mes

Bodega de Almacenamiento Temporal para RESPEL

30 litros

Desechos de paños con aceite

0,5 Kg/día

50 Kg

Envases de aerosoles

0,2 Kg/día

20 Kg

Envases vacíos de Hipoclorito de Calcio

1Kg/mes

20 Kg

Envases vacíos de Hipoclorito de Sodio

1Kg/mes

20 Kg

Envases vacíos de Bisulfato de Sodio

1Kg/mes

20 Kg

Fuente: Respuesta 3.8 de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulos N° 4.3 del ICE.

4.4. FASE DE OPERACIÓN

4.4.1 Parte y Obras

Parque Fotovoltaico

El proyecto contará con la instalación de 32.832 paneles solares de 310 Wp cada uno, junto con su infraestructura de conexión a la red de distribución de 23 KV perteneciente al alimentador Loyca de la Subestación Eléctrica El Peumo, perteneciente al Sistema Interconectado Central. El parque fotovoltaico utilizará una superficie total de 27,2 Ha.

Casetas de vigilancia.

De acuerdo al plano 5 del anexo 2 de la DIA, contará con dos casetas de vigilancia de 15 m2 cada una, ubicadas en las coordenadas:

Caseta de vigilancia 1: N: 6.231.403 m y E: 279.667 m

Caseta de vigilancia 2: N: 6.231.145 m y E: 279.694 m

Oficinas de monitoreo.

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contará con una superficie de 30,3 m2.

Servicios higiénicos

Contará con una superficie de 14,6 m2.

Planta de tratamiento de aguas servidas.

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contará con una superficie de 18,5 m2.

Bodega de residuos no peligrosos y domésticos.

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contará con una superficie de 16,7 m2.

Bodega de residuos peligrosos.

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contará con una superficie de 16,7 m2.

Bodega de almacenamiento de material.

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contará con una superficie de 21,6 m2.

Comedor

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contará con una superficie de 14,6 m2.

Estacionamientos

Serán las mismas instalaciones de la fase de construcción, de acuerdo a lo señalado en plano 5 del anexo 2 de la DIA y contarán con 7 estacionamientos, en una superficie de 88,3 m2.

4.2 Acciones

Contratación de mano de obra.

Durante la operación del proyecto se generan  9 puestos de trabajo como máximo y 4  en promedio.

Mantenimiento de caminos

Durante la fase de operación, la red de caminos del proyecto así como el camino de acceso al mismo, serán humectados 2 días al mes, con un total de 24 días al año.

Esta actividad supondrá un consumo agua anual de 44,8 m3/año durante dicha fase.

Verificación y puesta en marcha inicial.

 

Verificación de parámetros y puesta en marcha de las instalaciones de generación de energía.

Ø  Pruebas finales de conexión de los paneles, parametrización, conexión y puesta en marcha  inversores, transformadores y celdas de protección en media tensión.

Ø  Elaboración de los partes de alta en servicio.

Vigilancia y control de accesos.

Esta actividad se realiza las 24 horas del día, con turnos de 8 horas cada uno y respetando que  cada trabajador, cuente con dos domingos libres al mes y corresponde principalmente a lo que se detalla a continuación:

Ø  Control de entrada y salida (E/S) de personas, vehículos y materiales; verificando que tanto las personas como los vehículos que acceden a la obra cumplen con la normativa dispuesta en materia de prevención y seguridad laboral y que ha sido acreditado documentalmente.

Ø  Vigilancia: Prevención de actos vandálicos. Ejecución del protocolo de alerta y seguridad diseñado ante cualquier eventualidad de riesgo para las personas o la planta solar.

Ø  Cualquier otra función asignada a la actividad de vigilancia.

Mantenimiento preventivo y correctivo de la planta solar

Mantenimiento Preventivo:

Ø  Revisión visual diaria de todos los paneles, inversores, estructuras de soporte, motores eléctricos de los seguidores, cajas de conexiones  y  conexiones eléctricas en las salas de inversores y transformadores.

Ø  Monitorización diaria de la producción en función de la radiación solar existente.

Ø  Sustitución y/o recambio de pequeño material defectuoso tal como tornillería, conectores, fusible o elementos de protección eléctrica.

Ø  Ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta.

Ø  Solución de pequeñas averías.

Ø  Se contará con dos vehículos para realizar el servicio ágilmente para el traslado dentro del interior de la planta.

 

Mantenimiento Correctivo:

Se contará con personal capacitado el cual puede actuar ante algún tipo de incidencias imprevistas, durante las 24 horas. Este personal estará capacitado para:

Ø  Solución de cualquier incidencia extraordinaria.

Ø  Reparar  averías de seguidores, sustitución de componentes, herrajes.

Ø  Reparar averías de inversores, incluso sustitución parcial y total.

Ø  Reparar averías de celdas de Media Tensión (MT) incluido cable seco.

Ø  Reparar averías de transformadores de potencia, incluso sustitución.

Ø  Maniobras de sustitución de fusibles, maniobras de intemperie.

Ø  Análisis termo gráficos, etc.

 

Adicionalmente como parte del mantenimiento correctivo, existe la posibilidad de que sea necesario el recambio de un panel solar por mal funcionamiento o deterioro.

El personal especializado que realiza el mantenimiento correctivo es personal externo y que no está permanentemente en la planta de generación. Sólo acude cuando se le requiere para hacer los mantenimientos correctivos.

 

Mantenimiento de paneles:

El panel solar requiere niveles de mantención mínimos ya que funciona de forma totalmente autónoma y simplemente por su exposición al sol.

Para que los paneles funcionen óptimamente se deben evitar las pérdidas por suciedad debidas a la acumulación de polvo en la superficie del panel.

Por ello se debe proceder a la limpieza del polvo superficial una vez al año.

La limpieza superficial se hace empleando una maquinaria apropiada para tal uso que cuenta con un brazo cuyo final es un rodillo. Este rodillo está compuesto por unas fibras que con un movimiento rotativo eliminan el polvo de la superficie del panel. Para que el polvo que se arranca de la superficie no se suspenda y se vuelva a depositar el rodillo dispone de una instalación de agua corriente que lo humecta y evita con ello que el polvo se vuelva a depositar sobre la superficie del panel.

La cantidad de agua empleada es muy pequeña ya que esta forma de limpiar es la que optimiza el uso de agua necesario para la limpieza. Tras la pasada del rodillo la superficie del módulo prácticamente queda seca y con la temperatura propia de su producción evapora el agua superficial que resta de modo que no se genera ningún tipo de residuo durante el proceso de limpieza ni agua residual que verter.

Suministros de insumos

Almacenaje de Materiales y Recambios.

Servicio de control y almacenaje de stock de materiales y recambios para la planta.

Ø  Se contará con un vehículo para realizar el servicio ágilmente, en caso de requerir algún tipo de repuesto en forma urgente y para el traslado dentro del interior de la planta.

Ø  Control de Material Entrada y Salida.

Ø  Elaboración de inventario.

Ø  Control de Stock.

Ø  Gestión de pedidos a proveedores.

Ø  Elaboración de partes administrativos.

Ø  Registro.

Transporte

Durante la fase de operación sólo se emplearán 4 camionetas operando permanentemente en el PSFV los 365 días del año.

Las operaciones de limpiezas periódicas que requerirán los módulos fotovoltaicos se llevaran a cabo una vez al año, con una duración de 10 días continuados para las mismas y a través de dos pequeños camiones grúas.

Diariamente, camiones ligeros accederán al área del proyecto para retirar los residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, con una frecuencia de retiro de dos veces por semana y por lo tanto el flujo es de 2 camión ligero por semana, debido a este retiro.

Obra o acción que establezca el inicio y término de la Operación

Hito Inicio: la puesta en marcha de la planta y su producción eléctrica, inmediatamente después de su conexión a la red de distribución, abril 2017.

Hito de término: Desconexión al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo, abril 2047.

Cronograma

El cronograma de la fase de operación será el siguiente:

 

Tabla 12. Cronograma de la fase de operación.

Actividades

Años

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

21

22

23

24

25

26

27

28

29

30

Operación Planta

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Actividades de mantención

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Tabla 1-2 de la DIA.

 

Mano de obra

La mano de obra requerida para la ejecución de esta fase correspondería a 9 trabajadores como máximo y 4 trabajadores en promedio.

Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos

 Agua potable: El agua será adquirida al propietario del derecho de agua, cuyo pozo cuenta con Derecho de Aprovechamiento Consuntivo de aguas subterráneas por un caudal de 17,5 L/s en San Pedro de Melipilla, específicamente en las coordenadas UTM 6.231.006,132 – 280.150,886 que corresponden a la Hijuela Poniente o A de la Ex Hacienda San Vicente, cuyo ROL corresponde al 19-15.

El agua será almacenada y tratada para su potabilización.

Se utilizará agua para la limpieza de los paneles fotovoltaicos. El total de agua empleada al año asciende a 33,7 m3 al año.

El agua que se empleará  para la limpieza de los módulos proviene de los depósitos de agua tratada y limpia por la propia planta de tratamiento de agua situada en las instalaciones del proyecto durante la fase de operación. Las máquinas de limpieza tomaran directamente el agua de dicho depósito y la utilizarán para la limpieza.

Electricidad: La energía necesaria para los servicios auxiliares durante la fase de operación tales como bombas de las plantas de tratamiento, iluminación de las instalaciones de la sala de control, instalaciones de vigilancia y control de la propia planta será obtenida por medio de autoabastecimiento, con una muy pequeña parte de la energía generada por la propia planta.

Servicios Higiénicos: Durante la fase de operación el personal hará uso de las instalaciones sanitarias ubicadas en los contenedores modulares dispuestos para tal fin existiendo 4WC, 4 Duchas y 4 Lavatorios.

Provisión de Alimentación para los trabajadores: Se habilitará un área de comedor  de 30 m2 dentro las instalaciones permanentes en el área  cercana a las instalaciones destinadas para administración y control de operaciones el cual estará completamente aislado de las áreas de trabajo.

Otros Insumos: Los insumos necesarios durante la fase de operación del parque son pequeños materiales eléctricos y mecánicos.

Dentro de los principales materiales eléctricos se consideran: Fusibles, conectores, interruptores de protección y cableado.

Dentro de los principales materiales mecánicos se consideran: tornillos, abrazaderas, tuercas, pinzas de fijación de módulos y sus correspondientes juntas.

Para el almacenamiento de dichos insumos se dispone de una bodega de almacenamiento. La ubicación de la misma dentro del área de instalaciones permanentes se detalla en el Plano 5 “instalación de Faena (Edificios Transitorios y Permanentes” del Anexo 2 “planimetría” de la DIA.

Cuantificación y forma de manejo de productos generados, transporte considerado para entrega y despacho

 La planta solar fotovoltaica considera una producción nominal de 9 MW de Potencia que serán incorporarla al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo perteneciente a la compañía distribuidora CGE Distribución S.A.

Recursos naturales renovables

Energía Solar: El proyecto utilizará únicamente energía proveniente del sol para la operación de la planta solar.

Agua: El agua a utilizar en la fase de operación será para consumo de trabajadores y lavado de paneles. El total de agua empleada al año asciende a 33,7 m3 al año para la limpieza de los paneles.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas: En la fase de Operación, las emisiones atmosféricas estarán asociadas a:

  • La circulación de los vehículos de mantenimiento técnico y los de limpieza de módulos fotovoltaicos por los caminos que contempla el proyecto.
  • La combustión interna de los motores de los vehículos que realizan el mantenimiento de las instalaciones así como los de aquellos que ejecutan la limpieza del Parque solar fotovoltaico.

 

La emisiones atmosféricas en la fase de operación serán las siguientes:

 

Tabla 13: Emisiones atmosféricas fase de operación.

EMISIONES FASE DE OPERACIÓN

ACTIVIDADES GENERADORAS DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS

MP10

CO

HC

NOx

SOx

UNIDADES

EM. RESUSPENSION DE MP10 CAMINOS  PAVIMENTADOS

0,2012

       

Ton/año

EM. RESUSPENSION DE MP10 CAMINOS NO PAVIMENTADOS (V. pesados)

0,0036

       

Ton/año

EM. RESUSPENSION DE MP10 CAMINOS NO PAVIMENTADOS (V. livianos)

0,368

       

Ton/año

EM. COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES VEHICULOS

0,019

0,111

0,020

0,276

 

Ton/año

EM.  DE SOx  DE LA COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES (TOTALES)

       

0,0016

Ton/año

TOTAL FASE DE OPERACIÓN

0,592

0,111

0,020

0,276

0,0016

Ton/año

Fuente: Tabla 21 del anexo 6 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a las estimaciones calculadas, se concluye que durante la fase de operación, no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Ruido: El sistema de generación de energía eléctrica no funciona con motores u otros mecanismos que pudieran generar emisiones acústicas por lo que, no se consideran emisiones sonoras relevantes durante la operación del proyecto.

Los motores de los seguidores son motores eléctricos y no tienen combustión ni explosiones internas que ocasiones emisiones sonoras.

Durante la fase de operación sólo se considera el funcionamiento de los motores trackers de los paneles solares y tránsito de un camión para efectos de mantención. No se contemplan subestación eléctrica, grupos electrógenos o cualquier otra fuente de ruido significativa.

El proyecto dará cumplimiento a los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

 

Efluentes líquidos: Se instalará una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) la cual se ocupará para tratar el total de las aguas servidas, la que se estima en 1.350L/día para un total de 9 personas, que son las que trabajaran durante un día completo en la planta considerando todos los turnos y adicionalmente, considerando una dotación de 150 litros/día/persona.

El agua empleada para la limpieza de los paneles fotovoltaicos se obtendrá de las aguas tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas, las cuales deberán dar cumplimiento a la Tabla N° 1 del D.S. N° 90/00 del MOP previo a la limpieza de los paneles.

En caso de tener agua excedente de dicho tratamiento tras las actividades mencionadas anteriormente que siguiera acumulada en dicho depósito se utilizará para riego y cumplirá con la norma NCh 1333.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos no peligrosos: Durante la fase de operación los residuos generados serán sólo residuos sólidos no peligrosos asimilables a domésticos, los que se corresponden a 13,5 kg diarios, los que se almacenarán de la misma forma que en la fase de Construcción.

El proyecto contempla para esta fase una bodega de residuos no peligrosos y domésticos de superficie 16,7 m2, la cual será la misma que la utilizada en la fase de construcción.

Se generarán lodos de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, los cuales no serán acopiados al interior de la propiedad. Se realizará en una limpieza periódica con una empresa autorizada, que cuente con Resolución Sanitaria vigente, exigiendo el Titular a dicha empresa, un certificado de disposición final de los lodos, el cual deberá realizarse en un lugar autorizado sanitaria y ambientalmente.

Residuos peligrosos: El proyecto contempla para esta fase una bodega de residuos peligrosos, la cual será la misma que la utilizada en la fase de construcción.

La cantidad de residuos de la fase de operación será la siguiente:

Tabla 14: Residuos Sólidos  peligrosos fase de Operación.

Residuos Peligrosos

Cantidad

Frecuencia de retiro

Almacenamiento

Destino

Envases de aerosoles

0,2 Kg/mes

1 vez cada 6 mes

Bodega de Almacenamiento Temporal para RESPEL

Destinatario autorizado para peligrosos

Envases vacíos de Hipoclorito de Calcio

1Kg/semestre

Envases vacíos de Hipoclorito de Sodio

1Kg/semestre

Envases vacíos de Bisulfato de Sodio

1Kg/semestre

Fuente: Tabla 33 de la Adenda.

 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo N° 4.4 del ICE.

4.5. FASE DE CIERRE

4.5.1 Partes y obras

Instalaciones sanitarias

Contará con baños químicos suministrados por una empresa que cuente con autorización sanitaria.

4.5.2 Acciones

Mantenimiento de caminos

Durante la fase de cierre, la red de caminos del proyecto así como el camino de acceso al mismo, serán humectados periódicamente, estimada en 2 veces/año para mantener la eficiencia de la emulsión reductora de polvo aplicada en ellos. Esta actividad supondrá un consumo agua anual de 44,8 m3/año durante dicha fase.

Desmantelamiento de la planta

Se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Una vez concluida la vida útil de los paneles solares, estos serán devueltos al fabricante para su reciclaje. Todas las instalaciones sanitarias serán desmanteladas y llenadas con material  sobrante orgánico.

Limpieza general del área

Se realizará una limpieza general del área del proyecto.

Fechas, hitos de inicio y de término de la fase

Hito de inicio de la fase: Desconexión al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo, abril 2047.

Hito término de la fase: Retiro del último contenedor de la instalación de faenas, 4 meses después de iniciada dicha fase agosto 2047).

Cronograma

El cronograma en detalle de esta fase se indica en la siguiente tabla.

Tabla 15: Cronograma de la fase de cierre.

Actividades

Meses

Mes 1

Mes 2

Mes 3

Mes 4

Desconexión del alimentador Loyca y Desmantelamiento de las Instalaciones

 

 

 

 

Restirada de los paneles

 

 

 

 

Desmontaje de estructura fija

 

 

 

 

Desmontaje de Inversor

 

 

 

 

Limpieza general del área

 

 

 

 

Fuente: Tabla 1-3 de la DIA y respuesta 4.3 de la Adenda.

Mano de obra

La mano de obra requerida para la ejecución de esta fase correspondería a 30 trabajadores como máximo y 20 trabajadores en promedio.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas: En la fase de Cierre o Desmantelamiento del parque solar fotovoltaico, las actividades que provocarán emisiones atmosféricas serán prácticamente las mismas que en la fase de construcción exceptuando el escarpe superficial puntual del terreno y su respectiva transferencia de material que será inexistente esta fase.

 

Las emisiones atmosféricas de la fase de cierre serán las siguientes:

Tabla 16: Emisiones atmosféricas fase de cierre.

EMISIONES FASE DE CIERRE

ACTIVIDADES GENERADORAS DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS

MP10

CO

HC

NOx

SOx

UNIDADES

TOTAL FASE DE CIERRE

1,868

0,813

0,293

3,145

0,044

Ton/año

Fuente: Tabla 21 del anexo 6 de la Adenda Complementaria.

 

Durante la fase de cierre, no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Ruido: Las emisiones sonoras de la fase de cierre serán similares a las informadas en la fase de construcción, tal y como se detalla en el anexo 10 “Informe de Estudio de Impacto Acústico de la DIA.

La fase de cierre deberá realizarse en horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, esto es entre las 07:00 y las 21:00 horas, tal como se realizó la evaluación del cumplimiento normativo.

El proyecto dará cumplimiento a los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

 

Efluentes líquidos: Durante la fase de cierre, solo se producirán emisiones líquidas provenientes de los servicios higiénicos usados por los trabajadores del proyecto en sus distintos frentes de trabajo considerando el máximo de 30 trabajadores que puedan encontrarse en las obras. Los baños químicos serán manejados mediante un servicio que cuente con autorización sanitaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos no peligrosos: Durante la fase de Cierre o desmantelamiento los residuos generados serán sólo residuos sólidos no peligrosos asimilables a domésticos, los que corresponden a 45 kg diarios los que se almacenarán de la misma forma que en la fase de Construcción.

En referencia al programa de reciclado de los módulos éstos serán acogidos a PV CYCLE, esta asociación de fabricantes de módulos garantizan a través de una certificación denominada “PV CYCLE Certificate” que una vez que los paneles solares sean retirados por mal uso ya sea durante la fase de operación o desmantelamiento de laPlanta, ellos serán retirados para su reciclaje ya que son componentes de alto valor por una empresa autorizada para tal fin por la Autoridad Sanitaria. Este retiro se producirá en la fase de cierre una vez cada dos semanas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4.5 del ICE.

                                                                   

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Octubre 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Hito Inicio: Movilización (traslado de maquinaria, personal y construcción camino de acceso).

Fecha estimada de término

Abril 2017.

Parte, obra o acción que establece el término

Desconexión al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo.

4.6.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Abril de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Hito Inicio: la puesta en marcha de la planta y su producción eléctrica, inmediatamente después de su conexión a la red de distribución.

Fecha estimada de término

30 años después de iniciada la operación, abril 2047.

Parte, obra o acción que establece el término

Desconexión al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo.

4.6.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

Abril 2047.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desconexión al alimentador Loyca de la red eléctrica de distribución de 23KV de la Subestación El Peumo.

Fecha estimada de término

4 meses después de iniciada dicha fase.

Fecha estimada de término

Retiro del último contenedor de la instalación de faenas.

       

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental no significativo

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

Las emisiones que producen las actividades y obras del proyecto son inferiores a los límites que exige la normativa y adicionalmente el centro poblado más cercano al proyecto se encuentra a una distancia de 1,1 km dirección sur-oriente y la concentración máxima de 6 microgramos se da a 200 metros de los focos de emisión y las emisiones que alcanzan a la localidad de San Vicente son de 0,3 microgramos por metro cúbico y por lo tanto las muy bajas emisiones las que alcanzarán el poblado más cercano al área del proyecto tal como se indica en la modelación de emisiones que se entrega en el Anexo 9 de la DIA, las emisiones atmosféricas producidas por el proyecto no tienen ningún efecto adverso significativo ni impacto adverso significativo para la salud de las personas así como para las poblaciones cercanas al Parque Solar Fotovoltaico El Roble.

Parte, obra o acción que lo genera

Las principales emisiones de material particulado y gases tendrán lugar durante la fase de construcción, específicamente en las actividades de:

 -Preparación del terreno.

-Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

-Flujo de camiones.

Fase en que se presenta

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5.1 y 6.1 del ICE.

El proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto ambiental no significativo

Pérdida de suelo

Componente ambiental afectado

Suelo.

El proyecto no escarpa toda la superficie, definida cómo área de Proyecto, esto se realiza sólo en la instalación de faenas y caminos (1,5 hectáreas de escarpe del total de 27,2 hectáreas), no existe una reducción de la capacidad de retención de agua, ya que si bien, hay compactación del suelo, esta se realiza sólo en la instalación de faena y caminos (1,5 hectáreas del total de 27,2 hectáreas), no siendo esta significativa para la capacidad de absorción del suelo en su totalidad. La pérdida de materia orgánica se da solo donde se realiza escarpe (1,5 Ha del total de 27,2 hectáreas), en el resto del predio, habrá un enriquecimiento de materia orgánica, tal y como se explicó anteriormente. Adicionalmente y tal como se expuso anteriormente estas superficie de 1,5 Ha serán devueltas a su estado inicial al finalizar la fase de operación del proyecto durante la fase de cierre del mismo.

Mayores antecedentes en Tabla 6.2, literal a) del ICE.

Parte, obra o acción que lo genera

Las principales emisiones de material particulado y gases tendrán lugar durante la fase de construcción, específicamente en las actividades de:

 -Preparación del terreno.

-Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

Funcionamiento de la planta solar propiamente tal durante el período que dure la fase de operación.

Fase en que se presenta

Construcción y Operación.

Impacto ambiental no significativo

 Pérdida en cantidad y calidad de fauna.

De acuerdo a lo señalado en el Anexo 13 de la DIA (Informe de Fauna), el área de emplazamiento del Proyecto, presenta un alto grado de antropización, la presencia de Fauna Silvestre se concentra en las áreas cercanas a las quebradas y no intervenidas por el proyecto.

En el Anexo 13 de la DIA (Informe de Fauna), de las especies presentes en el área levantada, dos (4,4%) se encuentran en alguna categoría de conservación, la lagartija lemniscata (L. lemniscatus) y el zorro culpeo (P. culpaeus), ambos considerados de Preocupación menor.

Cabe mencionar que el ejemplar de lagartija lemniscata se encuentra fuera de los límites físicos establecidos por los cercos perimetrales del proyecto, y siendo esta especie de movilidad baja no se considera su presencia dentro del área intervenida del proyecto y por lo tanto no se hace necesaria la ejecución de un plan de rescate y relocalización.

Mayores antecedentes en Tabla 6.2, literal b) del ICE.

Componente ambiental afectado

Fauna

Parte, obra o acción que lo genera

-Preparación del terreno.

-Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

Fase en que se presenta

Construcción.

Impacto ambiental no significativo

Pérdida en cantidad y calidad de flora.

El proyecto no extrae, ni modifica las características físicas ya que no existen movimientos de tierra, ni compactación sobre la mayor parte de la extensión del proyecto, sólo en los caminos internos, superficie que corresponde a 1,5 hectáreas del total de 27,2 hectáreas, los cuales se devolverán a su estadio inicial tras el final de la fase de operación.

Mayores antecedentes en Tabla 6.2, literal b) del ICE.

Componente ambiental afectado

Flora

Parte, obra o acción que lo genera

-Preparación del terreno.

-Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

Fase en que se presenta

Construcción.

Impacto ambiental no significativo

Pérdidas en la cantidad y calidad de las aguas.

Respecto de las quebradas existentes, no hay posibilidad de contaminar las aguas de dichas quebradas, ya que:

1) No existe  vertidos ni de residuos, ni de efluentes provenientes de las actividades del proyecto, partes u obras a los cauces de las quebradas y por lo tanto no es posible que exista contacto con el agua que estas escurren de forma intermitente ya que de forma normal son quebradas secas.

2) Las obras que se van a ejecutar en los cruces para su regularización de los mismos se realizan con materiales inertes y aprobados según el manual de carreteras para tal fin y que por lo tanto al contacto con el agua que escurre intermitentemente por las quebradas no puede contaminar las aguas. Adicionalmente las obras de regularización se ejecutaran con las quebradas secas ya que esta es la condición normal de las mismas.

3) Debido a los estudios de altura de escorrentía existentes con los caudales máximos de las quebradas para los periodos de retorno de 2, 5, 10, 25, 50, 100 y 200 años en ningún se tienen alturas que se encuentren fuera de los límites establecidos como franjas de inundación y por lo tanto todos los equipamientos del proyecto así como sus cercos perimetrales estarán fueras de esas zonas y por lo tanto también los empleados (habitantes) que trabajen en el propio proyecto.

Al ser utilizados 3 cruces existentes, es necesaria su regularización ambiental dentro del proceso de Evaluación Ambiental del Proyecto y sectorial ante la DGA, donde con un acabado estudio (Ver Anexo 4 de la Adenda Complementaria), se demuestra que no existirá alteración significativa del escurrimiento de las aguas en dichas quebradas, así como tampoco de los procesos erosivos de los cauces y tampoco existirá contaminación de las aguas.

Mayores antecedentes en Tabla 6.1 literal c) y/o 6.2, literal c) del ICE.

Componente ambiental afectado

Recursos hídricos.

Parte, obra o acción que lo genera

-Preparación del terreno.

-Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

-Flujo de camiones que transitan al interior del proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo  5.2, 5.3, 5.4, 5.5 y 6.2 del ICE.

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

El proyecto no provocará el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, ya que no se encuentran grupos humanos o comunidades humanas al interior de la zona de emplazamiento del proyecto.

El Proyecto, con el acceso con el que contará, no altera la conectividad vial, con que cuentan los habitantes de la comuna de San Pedro que utilizan la vía que utilizará el Proyecto. En primer lugar esto se debe a que el Proyecto, en su fase de mayor flujo vehicular (construcción), este corresponde a 1 o 2 camiones al día, además se coordinarán los viajes a horas fuera del horario punta, en caso que exista programada llegada de equipos, donde sea necesario un corte transitorio del camino, para que accedan los camiones al proyecto, esto siempre será coordinado con la autoridad competente y desde luego se le informará a la comunidad. En segundo lugar, las viviendas ubicadas en este sector, pertenecen a trabajadores del campo, ubicado al poniente del Proyecto solar Fotovoltaico, por tanto no se impedirá en ningún caso el que los trabajadores puedan acceder a su fuente laboral.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6.3 del ICE.

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

El proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6.4 del ICE.

El Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El proyecto no presenta alteración del valor paisajístico según lo señalado en la caracterización de paisaje adjunto en el Anexo 16 de la DIA. El relieve de la Cordillera de la Costa sigue manteniendo su calidad visual, no siendo interferida por las partes, obras, acciones y equipamiento del proyecto, siendo esta la característica de calidad visual más importante de área de influencia del proyecto desde el punto de vista de paisaje.

Por lo anteriormente expuesto el proyecto no interfiere en la característica visual destacada que es el relieve de la cordillera de la costa y por lo tanto no se obstruye la visibilidad de este relieve.

El proyecto no altera atributos de una zona con valor paisajístico según lo señalado en la caracterización del paisaje adjunto en el Anexo 16 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6.5 del ICE.

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

El proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En el Anexo 17 de la DIA, se adjunta la situación base de arqueología.

El proyecto no altera recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico. Tampoco modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena (ver en Anexo 17 de la DIA, informe de arqueología).

El proyecto no afecta a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6.6 del ICE.

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

 

6.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, establecido en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Planta de tratamiento de aguas servidas particular.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El proyecto contempla un sistema de alcantarillado particular de aguas servidas de Lodos activados de Aireación Extendida.

Los antecedentes del PAS 138 se encuentran en el anexo 18 de la DIA, respuestas 3.2, 3.3, 3.4 y 3.5 de la Adenda y respuestas 3.2 y 3.3 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6962, de fecha 9 de noviembre de 2016, señala que el Titular ha dado respuesta a los requisitos técnicos y formales para poder otorgar dicho permiso.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.1 del ICE

 

 

6.1.2 Permiso para la construcción, reparación, modificación ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, según lo establece el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sitio destinado para la acumulación de residuos no peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Fase de construcción y operación: Se contempla una bodega para el almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos de superficie 15 m2 aproximadamente. La bodega será de tipo contenedor metálico y cuenta con suelos impermeables, protección frente a las lluvias ya que está techada y protección frente a altas temperaturas ya que dispone de ventilación natural. Los residuos serán almacenados dentro de bolsas plásticas cerradas y resistentes, las que a su vez irán dentro de contenedores plásticos, resistentes, lavables y con tapa hermética, los cuales estarán almacenados dentro de la bodega de almacenamiento temporal. La frecuencia de retiro de los residuos será de dos veces por semana.

Los antecedentes del PAS 140 se encuentran en el anexo 18 de la DIA, respuesta 3.6 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6962, de fecha 9 de noviembre de 2016, señala que los antecedentes presentados por el Titular dan respuesta a los contenidos requeridos para la evaluación de dicho permiso.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.2 del ICE

 

 

6.1.3 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El recinto que se emplea como bodega de almacenamiento temporal de RESPEL es el mismo para cada una de las fases del proyecto, ya que la capacidad del mismo se dimensiona para ser apto para cada una de ellas. La bodega de almacenamiento temporal de RESPEL será de tipo container especialmente diseñado para tal uso.

La frecuencia de retiro será de 2 veces al mes, en la fase de construcción y 1 vez cada seis meses en la fase de operación.

Los antecedentes del PAS 142 se encuentran en el anexo 18 de la DIA, respuestas 3.7, 3.8 y 3.9 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6962, de fecha 9 de noviembre de 2016, señala que los antecedentes presentados por el Titular dan respuesta a los contenidos requeridos para la evaluación de dicho permiso.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.3 del ICE

 

 

6.1.4 Permiso para efectuar obras de regularización o defensa de cauces naturales, según se establece en el artículo 157 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

El permiso aplica a 3 obras de cruce de las quebradas 1, quebrada 2 y quebrada 3.

 

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El referido PAS del Art. 157 le es aplicable a las siguientes obras de cruce de quebradas con sus Coordenadas, para las cuales el Titular deberá presentar sectorialmente los antecedentes ante la DGA RM, una vez aprobado ambientalmente el proyecto:

 

Cruce

Obra

Coordenadas UTM

Norte (m)

Este (m)

Quebrada 1 (Cruce 3). Ubicado en la unión de zona de paneles fotovoltaicos

Mejoramiento del cruce actual a fin de permitir el cruce a través de la quebrada modificando mínimamente su perfil transversal en el punto de atravieso, eliminando todo el material residual existente en el cruce de la quebrada. La compactación descrita se realizará en ancho de 4 metros, y largo correspondiente al propio atravieso.

6.231.021,07

279.585,08

Quebrada 2 (Cruce 1). Ubicado en el camino de acceso al proyecto

Badén proyectado a nivel de terreno natural, con un mejoramiento de la sección de escurrimiento aguas arriba y aguas abajo del badén mediante mampostería en piedra, con el fin de controlar socavaciones que puedan generarse durante crecidas. Los badenes descritos, serán de hormigón H-30, con un ancho de 4 metros, y largo de 10 metros.

6.231.362,44

279.682,85

Quebrada 3 (Q1+Q3) (Cruce 2). Ubicado en el camino de acceso al proyecto

Badén proyectado a nivel de terreno natural, con un mejoramiento de la sección de escurrimiento aguas arriba y aguas abajo del badén mediante mampostería en piedra, con el fin de controlar socavaciones que puedan generarse durante crecidas. Los badenes descritos, serán de hormigón H-30, con un ancho de 4 metros, y largo de 10 metros.

6.231.092,45

279.749,27

 

El Titular deberá realizar monitoreos de la calidad de las aguas en las tres quebradas. Esto se llevará a cabo tomando muestras puntuales, en dos puntos por quebrada (aguas arriba y aguas abajo de los cruces), extraídas en forma manual desde la superficie del agua y del fondo de la misma.

 

Lugar

Cruce

Punto

Coordenadas UTM

Norte (m)

Este (m)

Quebrada 1

Aguas arriba del cruce

6.231.040

279.550

Aguas abajo del cruce

6.231.014

279.601

Quebrada 2

Aguas arriba del cruce

6.231.372

279.652

Aguas abajo del cruce

6.231.377

279.680

Quebrada 3

Aguas arriba del cruce

6.231.094

279.705

Aguas abajo del cruce

6.231.124

279.739

Parámetros

El Titular no hace referencia a parámetros por lo que se precisa que deberá monitorear los siguientes: Aceites y grasas, Aluminio, Arsénico, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruros, Cobre, Cromo, Fósforo, Fluoruro, Hidrocarburos fijos, Hierro, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Nitrógeno Total Kjeldahl, pH, Plomo, Selenio, Sólidos Suspendidos Totales, Sulfatos, Temperatura, Zinc.

Periodicidad

Estas mediciones se realizarán de manera mensual, durante la Fase de Construcción del proyecto, si y solo si hay agua en estos puntos para tomar muestras. Durante la Fase de Operación, los muestreos se realizarán 2 veces al año, en temporada invernal y ante presencia de agua en las quebradas.

Indicador de cumplimiento

Presentación de Informes, los que quedarán a disposición de los organismos correspondientes. Al respecto se precisa que los Informes deben ser ingresados al Sistema de Seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente, conteniendo resultados, conclusiones y recomendaciones.

Fase del proyecto

Construcción y Operación.

 

Durante la Fase de Construcción del proyecto el Titular deberá efectuar quincenalmente, inspecciones a los cruces de las quebradas, de manera de detectar a tiempo alguna posible falla. En Fase de Operación, esta inspección se efectuará semestralmente debido al bajo flujo vehicular que pasará por dichos cruces. Este Plan de Monitoreo consistirá en lo siguiente, precisándose que el registro debe ser ingresado en el Sistema de Seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un Informe que contenga resultados, conclusiones y recomendaciones:

 

Lugar

Cruce

Componente

 

 

Quebrada 1

Verificación de estado de cruce

 

Chequeo estado de señalética

 

Quebrada 2

Verificación de estado general de cruce (mampostería y badén hormigón)

 

Chequeo estado de señalética

 

Quebrada 3

Verificación de estado general de cruce (mampostería y badén hormigón)

 

Chequeo estado de señalética

 

 

Los antecedentes del PAS 157 se encuentran adjuntos en el anexo 4 de la Adenda Complementaria y en respuestas 3.4.1, 3.4.2, 3.4.3, 3.4.4. y 3.4.5 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 1451 de fecha 9 de noviembre del 2016, señala se pronuncia conforme en virtud de las componentes ambientales relacionadas al PAS 157.

Por su parte la DOH, de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 1464 de fecha 10 de noviembre de 2016, se pronuncia conforme y señala que “El proyecto involucra la aplicación del PAS Artículo 157, referido a las obras de cruce en 3 quebradas existentes en el área del proyecto; se informa que se cumple con los requisitos y contenidos para el otorgamiento de este Permiso. Para el diseño de las obras, se deberá considerar los estándares definidos por el Manual de Carretera para este tipo de obras (volumen 4.704). 

Las obras deberán cumplir con las aprobaciones sectoriales previas de acuerdo a lo dispuesto por el Código de Aguas”.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.4 del ICE

 

 

6.1.5 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las instalaciones del proyecto incluidos los paneles fotovoltaicos, así como la totalidad de las edificaciones complementarias.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular solicitará ante la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, de la Región Metropolitana, la autorización e informe favorables para la construcción, tal como se establecen en los incisos 3° y 4° respectivamente, del art.55 del decreto con Fuerza de Ley N°458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Dicha solicitud deberá ser realizada por el dueño del predio y deberá abarcar el área total ocupada por el conjunto de todas las instalaciones del proyecto incluidos los paneles fotovoltaicos, así como la totalidad de las edificaciones complementarias.

Los antecedentes del PAS 160 se encuentran adjuntos en el anexo 18 de la DIA y respuesta 3.11 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente

El Servicio Agrícola y Ganadero, de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 2800/2016 de fecha 9 de noviembre de 2016, señala que el proyecto cumple con los requisitos técnicos para su otorgamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.5 del ICE

 

6.2 PRONUNCIAMIENTO

6.2.1 Calificación Industrial, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todo el parque fotovoltaico y bodegas.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Las condiciones para su otorgamiento son las descritas en la DIA y Adenda, para el proyecto en su fase de operación y específicamente lo señalado en las respuestas 3.12 a la 3.16 de la Adenda. 

 

Pronunciamiento del órgano competente

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6962, de fecha 9 de noviembre de 2016, señala que la actividad se califica como Inofensiva.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 9.1.6 del ICE

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

7.1.            Respecto de las Emisiones Atmosféricas

Norma

D.S. N°66/2009, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la región Metropolitana (PPDA), o aquel que lo reemplace”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Las principales emisiones a la atmósfera durante los trabajos corresponderán a generación a material particulado que se generará debido al flujo vehicular y gases de combustión para el movimiento de vehículos y maquinaria.

Para el cumplimiento de esta normativa se realizó un Cálculo de Emisiones que corresponde a la Estimación de Emisiones Atmosféricas. De acuerdo a los resultados obtenidos en el cálculo, no se requiere implementar un Plan de Compensación de Emisiones, ya que éstas son inferiores a lo establecido en el Art. 98 del DS N°66/2009 del Minsegpres. Lo anterior, condicionado a la implementación del Programa de Estabilización de Caminos No Pavimentados (PECNP) interiores mediante aplicación de supresor de polvo.

Como medidas de control de emisiones atmosféricas, se contempla durante las fases de construcción y abandono, las siguientes medidas:

-       Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta.

-       Velocidad restringida de camiones siempre dentro del rango (Max. 30Km/Hrs). Este tema se reforzará con charlas a los trabajadores, junto  a la instalación de señalética.

-       Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado.

-       Mantención de acuerdo a las recomendaciones de los fabricantes de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día.

-       Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante colocación de recipientes recolectores, claramente identificados y estratégicamente ubicados.

-       Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo a las funciones que cada uno desempeñe.

-       Los caminos no pavimentados del proyecto se mejoraran con un reductor de polvo el cual será mantenido mediante humectación durante la vida útil del proyecto.

-       Las zanjas durante la fase de construcción y cierre también serán humectadas previa su ejecución para evitar el levantamiento de polvo adicional.

Indicador que acredita su cumplimiento

Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos durante la fase de operación. Se realizaran inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta.

Programa de humectación y el Catastro de vehículos y fechas de respectivas revisiones técnicas y mantenciones. Se verificará el registro de revisiones técnicas al día. Se realizara un monitoreo de emisiones para PM10 al año para la fase de construcción.

 

 

Norma

D.S. Nº 144/61, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción, operación y abandono.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y cierre se generan emisiones a la atmosfera (polvo principalmente). Las principales fuentes de generación durante la fase de construcción se concentrarán en el tránsito de vehículos y por el movimiento de tierra (preparación del terreno) y transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores). En este sector la emisión de material particulado estará relacionada principalmente con las actividades de preparación de terreno, instalación de faenas, instalación de pilotes para instalar las estructuras que soportarán los paneles solares y canalizaciones eléctricas.

Durante la fase de operación  se generaran emisiones muy reducidas en comparación con las de la fase de construcción.

Durante la fase de Cierre son levemente inferiores a las de la fase de Construcción.

Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las fases de detallan en el Anexo 6 “Emisiones atmosféricas” adjunto en la Adenda Complementaria.

Con el fin de dar cumplimiento al DS N°144/61 MINSAL, respecto de las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción, se consideran las siguientes medidas:

-       Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta.

-       Velocidad restringida de camiones siempre dentro del rango (Max. 30Km/h). Este tema se reforzará con charlas a los trabajadores, junto  a la instalación de señalética. Cuando vaya cargados se reducirá a 20km/h

-       Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado.

-       Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día.

-       Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante colocación de recipientes recolectores, claramente identificados y estratégicamente ubicados.

-       Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo a las funciones que cada uno desempeñe.

-       Los caminos no pavimentados del proyecto se mejoraran con un reductor de polvo el cual será mantenido mediante humectación durante la vida útil del proyecto.

-       Las zanjas durante la fase de construcción y cierre también serán humectadas previa su ejecución para evitar el levantamiento de polvo adicional.

Indicador que acredita su cumplimiento

-       Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos durante la fase de operación. Se realizaran inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta.

-       Revisión mensual de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Realización de informes sobre las inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de ésta.

 

 

Norma

D.S. Nº 138/05, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción se emplearán tres grupos electrógenos de potencia individual 15 KVA y por lo tanto no corresponde informar y declarar las emisiones de los mismos al Ministerio de Medio Ambiente.

Se calcula las emisiones provenientes de los tres grupos electrógenos tal y como se detalla  en el estudio de Estimaciones de Emisiones Atmosféricas adjunto en el anexo 6 de la Adenda Complementaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

-       Declarar las emisiones de los grupos electrógenos que se utilicen durante la ejecución de las distintas fases del proyecto, de acuerdo a los formularios que para este efecto ha desarrollado la autoridad sanitaria o a través del sitio web para el registro de emisiones y transferencias de contaminantes (www.retc.cl).

-       Registro de la declaración de emisiones realizada en línea, a través del sitio web antes señalado.

 

 

Norma

D.S. Nº 75/87 del Mintratel, Establece condiciones para el transporte de cargas, así como medidas de manejo destinadas a evitar emisiones de polvo. Modificado por Decreto Supremo Nº 78/97 del mismo Ministerio.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre.

Forma de cumplimiento

Durante la construcción y cierre del proyecto se deberán transportar residuos de la construcción tales como tierra y restos de cubierta de vegetación.

Las cargas que transportarán materiales de fácil dispersión tierra y escombros, lo realizarán camiones con una lona de dimensiones adecuadas que impida la dispersión del material particulado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ø El cumplimiento se verá, a través de la implementación de las siguientes medidas:

-          Contrato con empresa autorizada para la recogida, transporte y  disposición final de Residuos provenientes de restos de construcción y escombros durante la fase de Construcción.

-          Contrato con empresa autorizada para la recogida, transporte y  disposición final de Residuos Domésticos durante la fase de Cierre.

Ø Registro de camiones que cuenten con los medios adecuados en cuanto a lonas de recubrimiento de carga para cumplir con el propósito de no dispersión.

Ø Revisión del registro diario de la implementación de las medidas señaladas

 

 

 

7.2.            Respecto de las Emisiones de Ruido

Norma

D.S. 38/2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

La fase de construcción del proyecto en la más significativa en materia de generación de emisiones acústicas producidas por la maquinaria necesaria para la construcción y los camiones para el transporte de materiales. Las emisiones acústicas se detallan en el Anexo10 de la DIA, Informe de Emisiones Acústica y no superan los niveles permitidos por la normativa.

Durante la fase de operación no existen emisiones acústicas que superen los niveles permitidos por la normativa, no obstante la aplicación de la normativa sigue siendo vigente para esta fase.

Durante la fase de cierre la emisiones de ruido serán similares, pero en menor medida, que durante la fase de construcción ya que se empleará mucha menos maquinaria.

La zona dónde se desarrolla el proyecto es rural y por ello es necesario realizar las mediciones de ruido teniendo en cuenta dicha zonificación.

Durante la fase de construcción del proyecto se generará ruido producto fundamentalmente de las actividades de preparación del terreno, excavaciones, trasferencia de tierra, tránsito de vehículos y maquinaria, construcción y montaje, pero solo se trabajará durante el día para aprovechar las horas luz, por lo tanto, no hay emisiones durante la noche. Ya que en ningún caso se superaran las niveles de ruido estipulados en la normativa en los receptores sensibles del proyecto no es necesario construir barreras para proteger del sonido. Sin embargo se presentan medidas de control preventivas las cuales están detalladas en el Anexo 8, Informe de Emisiones Acústicas.

Las mediciones de ruido de fondo se realizaron cumpliendo con el procedimiento de medición establecido en el D.S. N°38/2011, y para ello se incorporan al Anexo 10 de la DIA, Informe de acústica, las fichas con los datos requeridos de las mediciones de ruido de fondo.

Las emisiones acústicas generados por el proyecto en todas sus fases, cumplen con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. 38/2011 del MMA.

Indicador que acredita su cumplimiento

-       Registro de inscripción y declaración en la web www.declaracionemisiones.cl

-       Revisión en cada fase del proyecto de los informes de medición de ruido.

 

 

7.3.            Respecto de los Residuos Líquidos

            Norma

D.S. Nº 90/00 del MOP. Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El agua empleada para la limpieza de los paneles fotovoltaicos se obtendrá de las aguas tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas, las cuales deberán dar cumplimiento al citado Decreto Supremo, previo a la limpieza de los paneles.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ø  El efluente de la planta de tratamiento de aguas servidas que será utilizado en la limpieza de paneles deberá dar cumplimiento a la Tabla N° 1 del D.S. N° 90/00 del MOP, previo a la limpieza de los paneles.

 

 

7.4.            Respecto de los Residuos Sólidos

Norma

D.S. Nº 148, Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante las diferentes fases del proyecto se generan residuos peligrosos que serán almacenados temporalmente en las instalaciones del proyecto para ser transportados y dispuestos finalmente por una empresa autorizada por la autoridad Sanitaria competente.

Los residuos peligrosos  durante cada una de las fases se almacenarán temporalmente en las bodegas destinadas para tal fin. El almacenamiento temporal se realizara con contenedores primarios adecuados para cada tipo de residuo, debidamente identificados e inventariados. Todos ellos estarán a su vez almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos cuyas características constructivas se detallan en el anexo 18 de la DIA y que contará con la ventilación, suelo impermeabilizado y dispositivos contra incendios necesarios. Adicionalmente el acceso estará restringido a personal cualificado.

Los residuos en ningún caso permanecerán en el almacén más de seis meses ya que durante las fases de construcción y cierre serán retirados con una frecuencia de dos veces al mes y durante la fase de operación una vez al mes debido a su bajo volumen de generación durante esta fase.

Los aceites dieléctricos de los transformadores no son un residuo ya que su vida útil es superior a la del proyecto y no se van a generar durante esta fase.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ø  Como indicador de cumplimiento, se establecerá la obtención de la autorización sanitaria para el funcionamiento de las zonas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde la faena, así como respaldo del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC).

Ø  Revisión mensual del manejo de los residuos peligrosos con indicaciones establecidas en la resolución de autorización sanitaria, así como el estado de las declaraciones SIDREP de las cuales la última no puede tener una antigüedad mayor a 6 meses.

 

 

Norma

D.S. N° 4/09 del Minsal. Reglamento Para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

El retiro de lodos se realizará por una empresa autorizada por la  Seremi de Salud de la Región Metropolitana y su disposición final se realizará en un relleno sanitario autorizado. Al momento de contratar la empresa que se haga cargo de este servicio, se verificará que este registrada en el Listado de la página de la Seremi de Salud RM, www.asrm.cl, en caso de no estar ahí, se le solicitará la resolución Sanitaria, comprobando su vigencia. El mismo procedimiento se llevará a cabo, con la empresa responsable de los baños químicos, suministro y mantención de estos. Durante cada una de las fases del proyecto, se mantendrá en oficina respaldo de las limpiezas y mantenciones realizadas mediante registros correspondientes, así como de las retiradas de lodos por la empresa autorizada y contratada para tal fin.

El retiro será de forma periódica según la recomendación del fabricante y demanda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Durante la fase de operación, se mantendrá en oficina respaldo de las limpiezas y mantenciones realizadas mediante registros correspondientes, así como de las retiradas de lodos por la empresa autorizada y contratada para tal fin.

El retiro será de forma periódica según la recomendación del fabricante y demanda. De dicho retiro se mantendrá un registro.

Chequeo mensual de registros de retiro y disposición final de lodos por la empresa autorizada y contratada para tal fin.

 

 

 

Norma

D.F.L. Nº 725, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción, en la instalación de faenas se generarán residuos tanto de origen domiciliario como restos de materiales de construcción.

En la fase de operación y abandono los residuos serán de origen domiciliario y residuos no peligrosos por no contener ni metales pesados, ni restos de lubricantes, aceites, combustible y/o elementos inflamables que pudieran ser considerados como residuos peligrosos.

Los desechos líquidos domésticos que se generarán en la fase de construcción, operación y abandono, corresponderán a aguas servidas originadas en las instalaciones sanitarias, las cuales serán conducidas hasta una planta de tratamiento de aguas servidas ubicada en el mismo parque fotovoltaico. Una vez obtenida la RCA, se tramitará sectorialmente, primero el proyecto del sistema de tratamiento para después solicitar la recepción de sus obras. Cabe mencionar, que se contempla el uso de baños químicos, durante las fases de construcción y abandono. A estos se les realizará mantención periódica, de acuerdo a la demanda que tengan, con una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana.

Durante las fases de construcción y operación, se habilitará bodegas de almacenamiento temporal para la acumulación transitoria de residuos asimilables a domiciliarios, industriales y peligrosos, los cuales serán tramitados ante la autoridad sanitaria a fin de contar con su autorización. Los detalles de las bodegas de almacenamiento, se pueden ver en el Anexo 18 “Permisos Ambientales Sectoriales” de la DIA, específicamente PAS 140.

El cumplimiento, se llevará a cabo exigiendo:

-          Contrato con empresa autorizada para la recogida, transporte y  disposición final de Residuos No Peligrosos y Domésticos durante la fase de Construcción.

-          Contrato con empresa autorizada para la recogida, transporte y  disposición final de Residuos Domésticos durante la fase de Operación.

-          Contrato con empresa autorizada para la recogida, transporte y  disposición final de Residuos Domésticos durante la fase de Cierre.

Contrato con fabricantes de módulos fotovoltaicos e inversores eléctricos por los cuáles ellos se comprometen a su reciclaje al final de la vida útil del proyecto y por lo tanto tras el desmantelamiento de la planta.

Indicador que acredita su cumplimiento

Residuos Sólidos:

Registro de salidas para disposición final de residuos, tanto domésticos como industriales no peligrosos, como residuos peligrosos.

Aguas Servidas:

Durante las fases de construcción  y Cierre:

i)                    contrato de las empresas autorizadas para la mantención, operación y disposición final de los efluentes de los baños y duchas químicos.

ii)                   Registros de mantenimiento de baños y duchas químicos.

 

Durante la fase de operación:

iii)                Certificado de instalación y proyecto de planta de tratamiento de aguas servidas

-       Registro de las mantenciones internas llevadas a cabo en la planta de tratamiento.

-       Mantención en obra y planta de resoluciones de autorización de proyecto y obra de aguas servidas particular.

-       Revisión mensual de facturas de arriendo de baños químicos.

 

 

7.5.            Respecto de Vialidad Adyacente

Norma

D.S. N° 18/01 del MTT. Prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Vialidad.

Forma de cumplimiento

Se exigirá a todas las empresas de transporte,  ligadas al Proyecto, la no circulación por el Anillo Américo Vespucio.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se elaborará un instructivo que señale lo anterior y se entregará a cada uno de los colaboradores del proyecto.

 

Norma

D.S. N° 158/80 del MOP. Fija peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Vialidad.

Forma de cumplimiento

En ningún caso los vehículos que forman parte del proyecto excederán los pesos máximos permitidos.

Indicador que acredita su cumplimiento

En los contratos con los transportistas quedará establecido lo anterior.

 

 

7.6.            Sustancias Peligrosas y combustibles

Norma

D.S. Nº 43/15 del Minsal. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción, operación y cierre, teniendo en cuenta la existencia de una instalación para asegurar la potabilidad del agua de los depósitos de agua potable para consumo humano (Hipoclorito de Sodio), y una planta de tratamiento de aguas servidas, que en su tercera fase empleará un tratamiento químico en el que son necesarios dos compuestos químicos Hipoclorito de Calcio (cloración) y para evitar el daño generado del cloro en el efluente, se adicionarán pastillas de Bisulfato de Sodio encargadas de la neutralización del cloro libre. Por lo tanto será necesario el almacenamiento de los tres compuestos químicos mencionados.

Durante las fases de construcción  y operación también se almacenarán aerosoles en cilindros metálicos considerándose estos también, junto con las sustancias químicas descritas anteriormente sustancias peligrosas.

Debido a que las cantidades que se van a almacenar no superan los 600 kg o L y los productos químicos que se almacenan cumplen con los requisitos para poder ser almacenados en pequeñas cantidades, se dispondrá dentro de la bodega de almacenamiento de materiales no peligrosos un espacio diferenciado para el almacenamiento de las sustancias químicas mencionadas.

La modalidad de almacenamiento será en envases de capacidad inferior a 5Kg y por lo tanto se instalarán dentro de una estantería cerradas de material no absorbente, liso y lavable. Dicha estantería contará con un sistema de ventilación para evitar la acumulación de gases siguiendo las instrucciones de la empresa autorizada para su suministro.

La estantería estará construida con acero de doble pared con 40mm de espacio aéreo aislador. El sistema de fijación se realizará con pernos de acero inoxidable de alta resistencia. En su interior los estantes serán de acero galvanizado. Ver Figura 1-19 de Capítulo 1 de la DIA, donde se muestra un ejemplo del gabinete que se utilizará.

En el lugar donde estén almacenadas las sustancias peligrosas, se dispondrá un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberán estar de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ø  Las sustancias peligrosas estarán correctamente etiquetados y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describan e identifique dichas sustancias.

Ø  También se formará al personal de la planta y se llevará a cabo los registros correspondientes de dicha formación y la dotación de equipos de protección individual para poder llevar a cabo la manipulación de dichas sustancias.

Ø  Chequeo mensual de correcto cumplimiento de las medidas de cumplimiento propuestas, que son:

ü  Identificación de la sustancia química y el proveedor. Se adjuntó en el Anexo 5  de la DIA hojas de datos de seguridad de los productos.

Ø  Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada, así como un registro de mantenimiento de los equipos de extinción de fuego.

 

 

Norma

D.S. N° 160/08 del Minecon, Aprueba Reglamento de Seguridad Para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

Durante las fases de construcción y abandono, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada, para lo cual se contará con un suministro a través de un proveedor autorizado, quien con un camión surtidor cargará la maquinaria en obra. Sin embargo se mantendrán dos tambores de 200 L cada uno, de manera de respaldo. Los tambores de almacenamiento empleados cumplirán con las exigencias de la normativa vigente, que consisten en que sean tambores de un material resistente a la sustancia ahí almacenada, rotulados, y  colocados sobre una superficie que sea capaz de contener la sustancia en caso de un derrame, en este caso estarán en pequeñas jaulas metálicas, con control de acceso, las que al ser provisorias, no tendrán radier de hormigón, si no se les colocará una bandeja de control en caso de derrames, con capacidad para contener 1,2 veces, el volumen almacenado. Se contará en obra con la HDS correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ø  Como indicador de cumplimiento, se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra.

Ø  Inspección con frecuencia según normativa, realizada Organismo Técnico de Inspección autorizado por SEC.

 

 

7.7.            Aguas

Norma

DFL 1.122, Aprueba Código de Aguas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

En la fase de construcción se abastecerá de agua potable comprándola a una empresa privada la cual será transportada mediante camión aljibe. El agua empleada para el mejoramiento de los caminos se extrae de un pozo privado, ver Anexo 3 “Derechos de Agua”, de la DIA. En la fase de operación el agua se extrae de un pozo existente en las cercanías del proyecto y será potabilizada para su uso en las instalaciones de la propia planta.

El pozo desde el que se extrae el agua cuenta con los derechos de aprovechamiento de agua una copia de los cuales se adjunta en el Anexo 3 de la DIA “Derechos de Agua”

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá en la obra y planta (operación), Resolución de la D.G.A., por la cual se otorgan derechos de aprovechamientos de aguas subterráneas a través de pozo, adjunta en el Anexo 3 “Derechos de Agua”.

 

 

7.8.            Respecto del Patrimonio Cultural

PATRIMONIO CULTURAL Y PAISAJE

Norma

Ley Nº 17.288/70 del Ministerio de Educación,  sobre Monumentos Nacionales y sus Modificaciones, Incluyendo su Modificación Mediante la Ley Nº 20.021.

Define y establece la protección de los Monumentos Nacionales.

Ninguna persona natural o jurídica chilena podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.

Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador del Departamento, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Tal como se expone en informe de  Arqueología, correspondiente al Anexo 17 “Informe de Arqueología” de la DIA, no existen sitios arqueológicos, u otros elementos relevantes del patrimonio cultural visibles en superficie.

Indicado lo anterior, no se considera necesaria la realización de medidas de protección del patrimonio cultural, ni arqueológico.

Pese a lo señalado anteriormente, en caso que se hiciese algún descubrimiento arqueológico se deberán paralizar las faenas y se procederá a denunciar el hecho a la autoridad competente en la persona del Gobernador Provincial, el que ordenará a Carabineros que vigile el lugar hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él, como se establece en el artículo 23 del Reglamento de la Ley 17.288.

Indicador que acredita su cumplimiento

Elaboración de un informe de cumplimiento, durante la fase de construcción tras la realización de las zanjas de cableado, el cual será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales.

 

 

7.9.            Fauna

Norma

Ley Nº 19.473/96 Minagri. Sustituye Texto de la Ley Nº 4.601 Sobre Caza y el Artículo 609 del Código Civil.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento

Si bien no se registraron sitios de interés para el componente fauna terrestre dentro del área del Proyecto, cabe destacar las quebradas de bosque nativo presentes, áreas que no se contemplan como parte del Proyecto no siendo intervenidas por las obras partes, acciones y equipamiento del mismo, sirven de corredores para fauna de gran tamaño como el zorro culpeo (P. culpaeus). La especie de reptil detectado (L. lemniscatus) generalmente habita áreas de pradera y zonas agrícolas, fue hallado fuera de los límites de área de intervención del proyecto. Cabe mencionar que aunque se encuentra considerado en una categoría de conservación (LC), es una de las especies de reptil más abundante del país y se ha adaptado bien a la acción antrópica y a los cambios de hábitats.

Pese a lo indicado anteriormente, se contemplan las siguientes medidas de control, aplicables a cada una de las fases del Proyecto:

-     Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres

-     Prohibición de alimentar especies domésticas

-     Prohibición de alimentar especies silvestres

-     Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos

-     Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos

-     Educación y/o capacitación de los trabajadores, de las cuales se llevará registro, de manera de asegurar que el 100% de los trabajadores la hayan recibido. Junto con esto se contará con un panel informativo, respecto a los cuidados que se debe tener para no afectar la fauna del sector.

Detalles de lo anterior, en el Anexo 13 de la DIA, Informe de Fauna Terrestre.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá respaldo de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de:

-     Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres

-     Prohibición de alimentar especies domésticas

-     Prohibición de alimentar especies silvestres

-     Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos

-     Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos.

 

 

7.10.        Flora y vegetación

Norma

Ley N° 20.283/08, “Ley sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal, Ministerio de Agricultura”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

En relación al proyecto, se han llevado estudios forestales sobre el área de influencia del proyecto, de forma que se detectaron formaciones vegetales que reúnen a diversos ejemplares arbóreos listados en el D.S. 68/2009, entre ellos Acacia caven. Dichas formaciones no poseen un ancho mayor a 40 metros y  una cobertura mayor a 10% y por lo tanto no se consideran como bosque nativo. Además las formaciones detectadas se encuentran alrededor de las quebradas áreas que no van a ser intervenidas por las partes, obras y/o acciones del proyecto. Ver el detalle del levantamiento en el Anexo 14 de la DIA “Informe de Flora y vegetación”.

Indicador que acredita su cumplimiento

Levantamiento de línea base con carta de ocupación que indica la inexistencia de bosque nativo y formación xerofítica y por lo tanto no aplica al proyecto ninguno de los permisos ambientales sectoriales.

 

 

Norma

Decreto Ley N° 701/74 del Minagri, Fija Régimen Legal de los Terrenos Forestales o Preferentemente Aptos para la Forestación, y Establece Normas de Fomento sobre la Materia.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En la fase de construcción del proyecto no se intervendrán áreas que contemplan formaciones de bosque nativo y formaciones xerofíticas, tal y como se describe en el ANEXO 14 “Informe de Flora y Vegetación”

Indicador que acredita su cumplimiento

Levantamiento de línea base con carta de ocupación que indica la inexistencia de bosque nativo y formación xerofítica y por lo tanto no aplica al proyecto ninguno de los permisos ambientales sectoriales.

 

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1 Condiciones o exigencias establecidas por los Organismos con competencia ambiental.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, de la Región Metropolitana, en su Oficio N° 6504, de fecha 09 de diciembre de 2015, se estableció lo siguiente:

 

“Si bien el informe de evaluación acústica presenta imprecisiones, dada las características del proyecto, así como las distancias que separan a éste de los receptores más cercanos, se informa que no se tienen observaciones en materia de acústica ambiental.

 

Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias que a continuación se detallan, basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio titular.

 

ü  Debido a que la evaluación normativa de la etapa de construcción se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar dichas faenas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas.

ü  Se deberá implementar plan de seguimiento, señalado en el Anexo 1 “Plan de Seguimiento” del Anexo 10 “Informe de Emisiones Acústicas” de la DIA.”

 

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, de la Región Metropolitana, en su Oficio N° 8457, de fecha 09 de noviembre de 2016, el proyecto deberá cumplir las siguientes condiciones:

 

ü  “El Titular deberá mantener un registro de la entrada y salida de camiones al proyecto.

ü  Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

ü  Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

ü  En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos”.

 

De acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, en su Oficio N° 1451, de fecha 9 de noviembre de 2016, el proyecto deberá cumplir las siguientes condiciones:

 

ü  “Que, según declara el Titular en Adenda 1 y Complementaria, el agua será adquirida en arriendo al propietario del derecho de agua detallado en el contrato del Anexo 1, del Adenda 1.  Declara que este pozo cuenta con Derecho de Aprovechamiento Consuntivo de aguas subterráneas por un caudal de 17,5 L/s en San Pedro de Melipilla, específicamente en las coordenadas UTM 6.231.006,132 m – 280.150,886 m, que corresponden a la Hijuela Poniente o A de la Ex Hacienda San Vicente, cuyo ROL corresponde al 19-15. El agua será almacenada y tratada para su potabilización, en las instalaciones que se construirán dentro de la instalación de faenas.

ü  Que, según declara el Titular en Adenda Complementaria, el Proyecto no tendrá tuberías de conducción de agua desde el pozo hasta el proyecto y por lo tanto al no existir trazados de tuberías, no existen cruces de cauces con tubería de conducción de agua. Por lo tanto, declara que no existirán modificaciones de trazado de los cauces existentes, así como tampoco alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de arte y la construcción de nuevas obras, como abovedamientos, pasos sobre o bajo nivel o cualesquier sustitución o complemento, lo anteriormente expuesto, debido a que el traslado de agua desde el pozo al área del Proyecto, se realizará con camión aljibe.

ü  Que, el agua empleada para la limpieza de los paneles fotovoltaicos se obtendrá de las aguas tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas, dando cumplimiento a las concentraciones máximas establecidas en la Tabla N° 1 del D.S. Nº 90/00, Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.

ü  Que, en Adenda Complementaria el Titular declara que regularizará ambiental y sectorialmente los cruces de quebradas existentes, que serán utilizados durante las fases del Proyecto.

ü  Que, en Adenda Complementaria el Titular declara que no serán habilitados otros cruces de quebradas, a los existentes.

ü  Que, según declara el Titular en Adenda Complementaria, se mantendrá la prohibición del uso de los cruces de quebradas en caso de lluvia y también cuando el caudal por las quebradas tenga el siguiente comportamiento:

a)      Para la Quebrada Q1 un caudal de 0.5m3 supone altura máxima de escurrimiento de 10 cm y por lo tanto se considera que no existe un peligro cuando la quebrada lleva este caudal o inferior. En cambio, superada esa altura se prohíbe el cruce.

b)      Para la Quebrada Q2 un caudal de 0.5m3 supone altura máxima de escurrimiento de 20 cm y por lo tanto se considera que no existe un peligro cuando la quebrada lleva este caudal o inferior. En cambio, superada esa altura se prohíbe el cruce.

c)      Para la Quebrada Q1+Q3 un caudal de 1m3 supone altura máxima de escurrimiento de 20 cm y por lo tanto se considera que no existe un peligro cuando la quebrada lleva este caudal o inferior. En cambio, superada esa altura se prohíbe el cruce.

ü  Que, en Adenda Complementaria el Titular se compromete a realizar monitoreos de la calidad de las aguas en las tres quebradas durante la Fase de Operación. Esto se llevará a cabo tomando muestras puntuales, en dos puntos por quebrada (aguas arriba y aguas abajo de los cruces), extraídas en forma manual desde la superficie del agua y del fondo de la misma.

 

Lugar

Cruce

Punto

Coordenadas UTM

Norte (m)

Este (m)

Quebrada 1

Aguas arriba del cruce

6.231.040

279.550

Aguas abajo del cruce

6.231.014

279.601

Quebrada 2

Aguas arriba del cruce

6.231.372

279.652

Aguas abajo del cruce

6.231.377

279.680

Quebrada 3

Aguas arriba del cruce

6.231.094

279.705

Aguas abajo del cruce

6.231.124

279.739

Parámetros

El Titular no hace referencia a parámetros por lo que se precisa que deberá monitorear los siguientes: Aceites y grasas, Aluminio, Arsénico, Boro, Cadmio, Cianuro, Cloruros, Cobre, Cromo, Fósforo, Fluoruro, Hidrocarburos fijos, Hierro, Manganeso, Mercurio, Molibdeno, Níquel, Nitrógeno Total Kjeldahl, pH, Plomo, Selenio, Sólidos Suspendidos Totales, Sulfatos, Temperatura, Zinc.

Periodicidad

Durante la Fase de Operación, los muestreos se realizarán 2 veces al año, en temporada invernal y ante presencia de agua en las quebradas.

Indicador de cumplimiento

Presentación de Informes, los que quedarán a disposición de los organismos correspondientes. Al respecto se precisa que los Informes deben ser ingresados al Sistema de Seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente, conteniendo resultados, conclusiones y recomendaciones.

Fase del proyecto

Operación.

 

ü  Que, en Adenda Complementaria el Titular compromete que durante la Fase de Operación del proyecto efectuará inspecciones semestrales a los cruces de las quebradas, de manera de detectar a tiempo alguna posible falla. Este Plan de Monitoreo consistirá en lo siguiente, precisándose que el registro debe ser ingresado en el Sistema de Seguimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente, en un Informe que contenga resultados, conclusiones y recomendaciones:

 

Lugar

Cruce

Componente

 

 

Quebrada 1

Verificación de estado de cruce

 

Chequeo estado de señalética

 

Quebrada 2

Verificación de estado general de cruce (mampostería y badén hormigón)

 

Chequeo estado de señalética

 

Quebrada 3

Verificación de estado general de cruce (mampostería y badén hormigón)

 

Chequeo estado de señalética

 

 

ü  Que, según declara el Titular en Adenda Complementaria, el proyecto no genera superficies impermeables que permitan la concentración de aguas lluvias en ciertas partes del terreno y que modifiquen el escurrimiento superficial del mismo y por lo tanto no existirán obras de encauzamiento de aguas lluvias hacia las quebradas. El proyecto no contempla en ninguna de sus fases obras de descarga de agua en los cauces naturales existentes.

ü  Que, el vallado perimetral será instalado respetando los sectores de quebradas, dejando un corredor natural en las mismas, no atravesando éstas en ningún punto y cercando los conjuntos de módulos situados entre las quebradas.

ü  Que, en Adenda 1 el Titular ratifica que el trazado de la línea subterránea en Corriente Continua y baja tensión no cruza ninguna quebrada y ni requiere de ninguna obra ni intervención en las mismas y por lo tanto no existirá modificación alguna ni en el cambio de trazado de los cauces mismos, ni alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de arte y ni existirá la construcción de nuevas obras, así como tampoco abovedamientos, ni pasos sobre o bajo nivel ni cualesquiera otras de sustitución o complemento, por lo que, no aplica ningún PAS competencia de la DGA.

ü   Que, en Adenda 1 el Titular ratifica que el trazado de la línea subterránea en Corriente Alterna y media tensión (23KV) no cruza ninguna quebrada y ni requiere de ninguna obra ni intervención en las mismas y por lo tanto no existirá modificación alguna ni en el cambio de trazado de los cauces mismos, ni alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de arte y ni existirá la construcción de nuevas obras, así como tampoco abovedamientos, ni pasos sobre o bajo nivel ni cualesquiera otras de sustitución o complemento, por lo que, no aplica ningún PAS competencia de la DGA.

ü   Que, en Adenda 1 el Titular ratifica que el trazado de la línea aérea en Corriente Alterna y media tensión (23KV) con la solución planteada para el cruce aéreo de la quebrada no requiere de ninguna obra ni intervención en las mismas y por lo tanto no existirá modificación alguna ni en el cambio de trazado de los cauces mismos, ni alteración o sustitución de cualquiera de sus obras de arte y ni existirá la construcción de nuevas obras, así como tampoco abovedamientos, ni pasos sobre o bajo nivel ni cualesquiera otras de sustitución o complemento, por lo que no aplica ningún PAS de competencia de la DGA.

ü   Que, según declara el Titular en Adenda 1, se utilizará un sistema de lavado de ruedas automático, que incluirá la reutilización del agua en circuito cerrado y un proceso de separación de sólidos.

ü   Que, en Fase de Cierre, el Titular debe restituir la escorrentía natural del área de proyecto y de las quebradas (cauces intervenidos).

ü   Que, el Titular debe considerar que los cauces naturales o artificiales que puedan existir en los predios a ser utilizados en el Mejoramiento de Suelos y que sean intervenidos, dicha intervención debe ser previamente autorizada por DGA RMS según lo establece el Código de Aguas, sin perjuicio que el Titular deberá además, considerar y consultar oportunamente si estas intervenciones de cauce, corresponden a una modificación de consideración de la RCA del Proyecto Fotovoltaico.

ü   Que, tal como se indicó al Titular durante el proceso de evaluación, el área de proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector San Vicente (Acuífero Yali), de acuerdo a Resolución DGA N° 208, del 26 de Octubre de 2009 modificada por Resolución DGA N° 244, del 18 de Octubre de 2011, por tanto, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las Fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

ü  Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación de la respectiva Municipalidad, previo informe técnico favorable del Organismo competente para la extracción en cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable, con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales y de esta manera, que el titular se haga cargo de los posibles efectos adversos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

ü   Que, respecto a que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción y cierre del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

ü   Tener presente que, de realizar modificaciones en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras, urbanizaciones y edificaciones que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 41° y 171° del Código de Aguas.

ü  Tener presente que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a lo dispuesto en el Código de Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Por lo tanto no se podrá hacer uso de aguas subterráneas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA”.

 

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, de la Región Metropolitana, en su Oficio N° 819, de fecha 10 de noviembre de 2016, el proyecto deberá cumplir las siguientes condiciones:

 

ü  “Elaborar Programa de Estabilización de Caminos No Pavimentados (PECNP) interiores mediante aplicación de supresor de polvo, que incluya un cronograma de aplicación y donde se justifique el 70% de abatimiento presentado por el Titular en la página 22 del Anexo 6 de la Adenda complementaria. A modo de darle seguimiento al PECNP, el Titular deberá mantener en obra una copia del PECNP y los registros de la aplicación de este programa (libros de registro y anotaciones, registros fotográficos, registro de cantidad de supresor utilizado, trayecto recorrido, fecha, etc.), en el cual se deberá identificar el encargado de llevar a cabo la aplicación del PECNP, además deberá incluir en el registro la información de quien presta el servicio de estabilización de caminos y los detalles de este servicio (empresa que realiza el servicio, identificación del operario que aplica el producto, entre otros). Lo anterior, se solicita para facilitar la labor de inspección de la aplicación del PECNP ante posibles fiscalizaciones por parte de los organismos competentes, es por ello que a objeto de acreditar la aplicación de esta medida de abatimiento (PECNP), el Titular deberá remitir a Superintendencia de Medioambiente, con copia a esta Secretaría, un informe de inicio y un informe de término de aplicación del PECNP con los registros indicados en este punto.

ü  Considerar en el punto 5.1.5.2.1 del Anexo 6 de la Adenda complementaria, solo el peso de los vehículos pesados para el cálculo del peso promedio para el cálculo de las emisiones de MP10 resuspendido producto de la actividad de tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentados. Lo anterior, se indica debido a que el Titular utiliza para el cálculo del peso promedio la ponderación de viajes y distancia recorrida por vehículos livianos, lo que conlleva a una subestimación de emisiones.

-          Sin perjuicio de lo anterior, se observa que mediante la aplicación del supresor de polvo propuesto por el Titular en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria, el proyecto NO supera los valores límite de emisiones establecidos en el artículo 98 del D.S.66/09 del MINSEGPRES. Por lo que el Titular no está obligado a presentar un Programa de Compensación de Emisiones para el presente proyecto ante esta Secretaría, siempre y cuando se elabore y aplique el PECNP.

ü  En el caso que el Titular decida no elaborar el PECNP, deberá presentar ante esta secretaría un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para MP10, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del PPDA. Las cantidades a compensar por año cronológico y etapa del proyecto se presentan a continuación en la Tabla 1:

 

Tabla 1: Emisiones de MP10 a compensar

Año

Año 1

Emisiones anuales de MP10

4,0 [ton]

Límite de emisiones

(Art. 98 D.S. N°66/2009, MINSEGPRES)

2,5 [ton/año]

Emisiones de MP10 a compensar (150%)

6,0 [ton]

 

El PCE a presentar deberá proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios:

-          Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.

-          Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.

-          Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones.

-          Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se iba a realizar de todas formas.

-          Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.

-          Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente.

En base a lo anterior, se le aclara al Titular lo siguiente:

a. Las emisiones de MP10 presentadas en la Tabla 1 fueron calculadas omitiendo el 70% de abatimiento (aplicación de supresor de polvo) indicado por el Titular en el Anexo 6 de la Adenda Complementaria y omitiendo el peso de los vehículos livianos para el cálculo del peso promedio de la flota de vehículos pesados que transitan por vías no pavimentadas”.

 

De acuerdo a lo señalado por el Servicio Agrícola y Ganadero, de la Región Metropolitana, en su Oficio N° 2800/2016, de fecha 9 de noviembre de 2016, el proyecto deberá cumplir las siguientes condición:

 

ü  “Este servicio condiciona el presente pronunciamiento conforme la presentación de una nueva propuesta de mejoramiento de suelos los cuales deberán estar ubicados en la provincia de Melipilla y deberán ser de una Clase IV o inferior elevándola al menos a la Clase III de capacidad de Uso, la que debe ser entregada para  aprobación del SAG y Agricultura en un plazo no inferior a cuatro (4) meses corridos, contados desde la fecha de emisión de la RCA que califique favorablemente el proyecto. La propuesta del nuevo lugar para realizar el mejoramiento voluntario de suelo deberá incluir  la elaboración de cartografía que delimite la superficie, un estudio edafológico del terreno donde se proponga el mejoramiento de suelo; un cronograma de las actividades a realizar, e indicadores de éxito y programa de seguimiento, la ejecución de los trabajos de compensación de suelos no deberá exceder los 12 meses desde el Montaje de Módulos Fotovoltaicos, de acuerdo a lo establecido en el cronograma de actividades del proyecto”.

 

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, de la Región Metropolitana, en su Oficio N° 575, de fecha 8 de noviembre de 2016, señalando lo siguiente:

 

ü  El titular ofrece voluntariamente el mejoramiento de 10,5 ha de suelos clase de capacidad de uso (CCUS) IV, sin embargo, luego de efectuada la visita a terreno para verificar la CCUS de los suelos propuestos, se determinó que el suelo no presenta piedras, lo que debiera motivar a cambiar el terreno de mejoramiento por otro con CCUS IV e indicar las labores que se realizaría para provocar el cambio a CCUS III, los plazos involucrados, los hitos relevantes en el proyectos, informes de seguimiento y el índice de mejoramiento propuesto.

 

 

9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

Resumen

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación

De acuerdo a lo señalado por el Titular en la respuesta 4.3 de la Adenda Complementaria, para compatibilizar el desarrollo sustentable que el proyecto aporta tanto a la energía como al recurso suelo, como un beneficio adicional que aportará el desarrollo del Proyecto, y entendiendo la preocupación que existe en la Región Metropolitana por preservar el suelo de uso agrícola, es que el Titular asume voluntariamente el realizar una mejora en 10,5 hectáreas de suelo clase IV o inferior, para llevarlo a clase III cultivable.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Provincia de Melipilla.

 

Forma: Elaboración de cartografía que delimite la superficie, un estudio edafológico del terreno donde se proponga el mejoramiento de suelo; un cronograma de las actividades a realizar, e indicadores de éxito y programa de seguimiento.

 

Oportunidad de la implementación: la ejecución de los trabajos de compensación de suelos no deberá exceder los 12 meses desde el inicio del  Montaje de Módulos Fotovoltaicos, de acuerdo a lo establecido en el cronograma de actividades señalado en la tabla 1-1 de la DIA.

Indicador que acredite su cumplimiento

Ø  Presentación en el SAG la elaboración de cartografía que delimite la superficie, un estudio edafológico del terreno donde se proponga el mejoramiento de suelo; un cronograma de las actividades a realizar, e indicadores de éxito y programa de seguimiento.

Ø  La ejecución de los trabajos de compensación de suelos no deberá exceder los 12 meses desde el inicio del Montaje de Módulos Fotovoltaicos, esta última actividad, de acuerdo a lo establecido en el cronograma de actividades señalado en la tabla 1-1 de la DIA.

 

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1     Plan de contingencia

 

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias serán las siguientes:

 

Tabla 10.1.1 Situación de riesgo o contingencia 1: Incendio en instalaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria, Instalaciones eléctricas y oficinas.

Acciones o medidas a implementar

Realización de las conexiones de los paneles e inversores en corriente continua por personal cualificado para evitar cortocircuitos.

Proveer de herramientas y equipos de protección individual con los aislamientos adecuados para evitar quemaduras y electrocución.

Capacitación del personal creando una brigada contra incendios.

Plan de Emergencias que consistirá principalmente en:

·         Dar la alarma y evacuar al personal del proyecto a un lugar seguro.

·         Avisar de la emergencia a: Carabineros, Bomberos de San Pedro y a los Servicios Sanitarios de Emergencia para evacuar potenciales heridos.

Tabla 10.1.2 Situación de riesgo o contingencia 2: Accidentes de tránsito

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Caminos interiores y de acceso

Acciones o medidas a implementar

Exigencias de licencias de conducción según Ley de Tránsito.

Exigencia de la certificación técnica de los Vehículos y Maquinaria empleados en el proyecto asegurando el cumplimiento de la legislación vigente.

Registro de peso de los camiones cargados con equipos o materiales y certificación de no exceso de los máximos permitidos.

Establecimiento de límites de velocidad dentro del área de influencia del proyecto diferenciando entre velocidad de circulación con carga y sin carga.

Se gestionará el tráfico en el camino de acceso especialmente en las horas de salida y entrada escolar, así como entrada y salida laboral.

Se implementará señalización adecuada en el área del proyecto y en el camino de acceso.

Se implementarán programas de mantención de vehículos regularmente que se realizaran en talleres autorizados en las proximidades del proyecto.

Se contará con un sistema de comunicaciones para estar en contacto en los diferentes frentes de trabajo.

Plan de Emergencias en caso de accidente que consistirá principalmente en:

·         Dar la alarma  y ayudar a los heridos dando primeros auxilios si es posible.

·         Avisar de la emergencia a: Carabineros, Bomberos de San Pedro y a los Servicios Sanitarios de Emergencia para evacuar potenciales heridos.

Tabla 10.1.3 Situación de riesgo o contingencia 3: Rotura de conductos que contienen aguas servidas y productos químicos disueltos propios del tratamiento de las aguas servidas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faena, planta de tratamiento de aguas servidas.

Acciones o medidas a implementar

Se capacitará al personal que manipule y almacene estas sustancias químicas. Se contará con procedimientos para la manipulación y almacenaje de estas  sustancias químicas.

El gabinete para el almacenamiento de las sustancias químicas cumplirá con la normativa atingente.

Se diseñan las conducciones con los sistemas de control tales como válvulas de cierre para poder aislar el tramo dañado y evitar derrames tras la detección de la rotura de la conducción.

Se contará con el almacenaje de pequeño material para poder reparar de forma inmediata el conducto averiado.

En este caso no existe condición de emergencia ya que:

Las cantidades que se pueden verter son muy pequeñas.

El vertido tiene un componente muy bajo de peligrosidad ya que se podría tratar de pequeñas cantidades de aguas servidas y o pequeñas cantidades de aguas servidas semitratadas.

No existe riesgo para las personas.

Tabla 10.1.4 Situación de riesgo o contingencia 4: Fuga o derrame de residuos sólidos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Bodega de residuos sólidos peligrosos.

Acciones o medidas a implementar

Existen medidas preventivas tales como:

-Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos.

-Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos peligrosos al  contacto con el suelo.

Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen:

El personal contará con equipos tales como: Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad, Lentes de seguridad, Traje impermeable y Extintores, a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos.

Plan de Emergencias que consistirá principalmente en:

·         Dar la alarma y evacuar al personal del proyecto a un lugar seguro.

·         Avisar de la emergencia a: Carabineros, Bomberos de San Pedro y a los Servicios Sanitarios de Emergencia para evacuar potenciales heridos.

Tabla 10.1.5 Situación de riesgo o contingencia 5: eventual falla del sistema de tratamiento de aguas servidas y no se dé cumplimiento a los límites máximos comprometidos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faena

Acciones o medidas a implementar

En el caso en que se produzca una eventual falla del sistema de tratamiento de aguas servidas y no se pueda dar cumplimiento a los límites comprometidos se debe de poner en funcionamiento el siguiente protocolo de gestión:

  1. Dar aviso a los trabajadores de la imposibilidad del uso de los sanitarios disponibles dentro de las instalaciones del proyecto.
  2. Paralizar las actividades del proyecto, debido a la imposibilidad del uso de sanitarios, descritos en el punto 1.
  3. Cerrar todas las válvulas de mantenimiento y aislamiento para separar los sanitarios de la planta de tratamiento.
  4. Activar a la empresa especialista de la planta de tratamiento para su reparación y puesta en marcha.
  5. Gestionar el suministro de baños químicos transitorios hasta la puesta en marcha de la planta de tratamiento. Una vez disponibles, activar nuevamente las actividades del proyecto.
  6. Realizar análisis y monitoreos que acrediten el buen funcionamiento de la planta de tratamiento, tras su reparación. Retiro de equipos sanitarios auxiliares (baños químicos).

No existe riesgo para las personas.

 

 

10.2          Plan de emergencia

 

Situación de emergencia 1

Tabla 10.2.1. Situación de emergencia 1

Situación de emergencia

Incendio en instalaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Instalaciones eléctricas y oficinas, Áreas de funcionamiento de maquinaria e Instalación de Faena.

Acciones a implementar

ü  Dar la alarma y evacuar al personal del proyecto a un lugar seguro.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Avisar durante la emergencia a: Carabineros, Bomberos de San Pedro, SMA y a los Servicios Sanitarios de Emergencia para evacuar potenciales heridos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo N°4 de la Adenda.

Situación de emergencia 2

Tabla 10.2.2. Situación de emergencia 2

Situación de emergencia

Accidentes de tránsito

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Caminos interiores y acceso.

Acciones a implementar

ü  Dar la alarma  y ayudar a los heridos dando primeros auxilios si es posible.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Avisar durante la emergencia a: Carabineros, Bomberos de San Pedro, SMA y a los Servicios Sanitarios de Emergencia para evacuar potenciales heridos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo N°4 de la Adenda

 

Situación de emergencia 3

Tabla 10.2.3. Situación de emergencia 3

Situación de emergencia

Fuga o derrame de residuos sólidos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Bodega de residuos sólidos peligrosos.

Acciones a implementar

ü  Dar la alarma  y ayudar a los heridos dando primeros auxilios si es posible.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Avisar durante la emergencia a: Carabineros, Bomberos de San Pedro, SMA y a los Servicios Sanitarios de Emergencia para evacuar potenciales heridos.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo N°4 de la Adenda.

 

Situación de emergencia 4

Tabla 10.2.4. Situación de emergencia

Situación de emergencia

Falla del sistema de tratamiento de aguas servidas y no se dé cumplimiento a los límites máximos comprometidos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faena, planta de tratamiento de aguas servidas.

Acciones a implementar

En el caso en que se produzca una eventual falla del sistema de tratamiento d aguas servidas y no se pueda dar cumplimiento a los límites comprometidos se debe de poner en funcionamiento el siguiente protocolo de gestión:

  1. Dan aviso a los trabajadores de la imposibilidad del uso de los sanitarios disponibles dentro de las instalaciones del proyecto.
  2. Paralizar las actividades del proyecto, debido a la imposibilidad del uso de sanitarios, descritos en el punto 1.
  3. Cerrar todas las válvulas de mantenimiento y aislamiento para separar los sanitarios de la planta de tratamiento.
  4. Activar a la empresa especialista de la planta de tratamiento para su reparación y puesta en marcha.
  5. Gestionar el suministro de baños químicos transitorios hasta la puesta en marcha de la planta de tratamiento. Una vez disponibles, activar nuevamente las actividades del proyecto.
  6. Realizar análisis y monitoreos que acrediten el buen funcionamiento de la planta de tratamiento, tras su reparación. Retiro de equipos sanitarios auxiliares (baños químicos).

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Avisar durante la emergencia a: SMA y a los Servicios que correspondan (Salud, DGA y/u otro).

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo N°4 de la Adenda.

 

Situación de emergencia 5

Tabla 10.2.5. Situación de emergencia

Situación de emergencia

Afloramiento de napas

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

-       Preparación del terreno.

-       Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-       Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-       Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

-       Actividades asociadas al Plan de Compensación de Suelos.

Acciones a implementar

a)        Detener las actividades en el frente de trabajo.

b)        Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c)        En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción ( o más de ser necesario)

d)        Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e)        Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Avisar a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana y a la SMA, en un plazo menor a 24 hrs. acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Respuesta 1.7 de la Adenda.

 

Situación de emergencia 6

Tabla 10.2.6. Situación de emergencia

Situación de emergencia

Cualquier accidente que comprometa recursos hídricos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Parte, obra o acción asociada

-       Preparación del terreno.

-       Ejecución de escarpes para caminos de acceso e interiores.

-       Instalación estructural y eléctrica incluyendo el montaje de módulos, inversores, transformadores, protecciones, cableado y postaciones.

-       Construcción de líneas de distribución e instalaciones de conexión.

-       Actividades asociadas al Plan de Compensación de Suelos.

Acciones a implementar

Informe inmediato para la DGA que señale lo siguiente:

  1. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
  2. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
  3. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatas en el área de influencia.
  4. En caso de ser necesario, un Programa de Medias de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (solo en caso de accidentes)
  5. Propuesta de monitoreo y seguimiento de las variables ambientales afectadas con la ocurrencia del evento.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Avisar a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana y a la SMA.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

 

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4.1 de la presente Resolución.

 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

14. Que, para que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA, de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble”, Chester Solar IV SPA.

 

2°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 157, 160 y el pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto “Parque Solar Fotovoltaico El Roble” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4.1 del presente acto.

 

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/CRV

Distribución:

  • Luis Andrés Sanchez Frugone
  • Intendente Región Metropolitana
  • SERNAGEOMIN, Zona Central
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de San Pedro
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO EL ROBLE"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=d3/74/cfc64489e3b622a64d6798c84d0367fe735b


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR