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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda"

Resolución Exenta Nº 0472/2017

Antofagasta, 7 de diciembre de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 21 de agosto de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 18 de octubre 2017, del Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” presentada por Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda. con fecha 22 de marzo de 2017.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda”.

3°. El Acta de Evaluación N° 19/2017 de fecha 04 de mayo de 2017, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” de fecha 22 de noviembre de 2017.

5°. El acuerdo N° 052 de la sesión ordinaria N° 20 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 30 de noviembre de 2017.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Toma Razón N° 119046 de fecha 28 de enero de 2016, que nombra Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. Nº 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Tabla 1.1. Antecedentes del Titular

Nombre o razón social

Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda.

Rut

77.539.370-K

Domicilio

Sitio 4 Manzana D Puerto Seco, comuna de Calama

Teléfono

+56 55 2897220

Nombre del representante legal

Claudio Gálvez Arriagada

Rut del representante legal

9.910.185-7

Domicilio del representante  legal

Lo Fontecilla 201, Of 1021, Las Condes Santiago

Teléfono del representante  legal

+56 55 2897220

Correo electrónico del Titular o representante legal

cgalvez@imspatagonia.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de noviembre de 2017, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

·         Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

·         Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 30 de noviembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de noviembre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.                                                                                 

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1 Antecedentes generales del Proyecto o actividad

Tabla 4.1. Antecedentes generales del Proyecto o actividad

Objetivo general

El objetivo general del Proyecto es la extracción de áridos en un volumen total estimado de 502.000 m3, considerando una extracción promedio de 20.900 m3 mensuales. Dicho volumen corresponderá al máximo de extracción y dependerá de las condiciones climáticas y el avance de la obra para lo cual se considera explotar un área de 11 ha adicionales a las actualmente explotadas, siendo el material extraído utilizado para obras mineras.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Según la letra i.5.1) del artículo 3º del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto Supremo Nº40/2012 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia), señala, que:

Letra i.5.1) Tratándose de extracciones en pozos o canteras, la extracción de áridos y/o greda sea igual o superior a diez mil metros cúbicos mensuales (10.000m3/mes), o a cien mil metros cúbicos (100.000 m3) totales de material removido durante la vida útil del Proyecto o actividad, o abarca una superficie total igual o mayor a cinco hectáreas (5 ha).

Vida útil

El Proyecto considera 1 mes para la fase de construcción, 24 meses para la operación y 1 mes para la fase de cierre.

Monto de inversión

El monto estimado de la inversión del Proyecto será de US$ 2.300.000 (dólares americanos).

Mano de obra

Para la fase de construcción se requerirán 6 trabajadores, para la fase de operación 26 trabajadores y para la fase de cierre de 6 trabajadores.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La gestión, acto o faena mínima para dar cuenta del inicio de ejecución del Proyecto estará dado por la demarcación del terreno (preparación del terreno) después de aprobada la RCA.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

 El Proyecto no se ejecutará en etapas.

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente

Si

No

El Proyecto amplia la actual explotación de áridos existente. En consecuencia el Proyecto que se somete a evaluación, constituye una modificación de dicho Proyecto en términos de ampliar su actual explotación. Cabe señalar, que el proyecto existente no cuanta con Resolución de Calificación Ambiental.

[X]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA

 

Si

 

No

 

 

[X]

 

4.2. Ubicación del Proyecto o actividad

Tabla 4.2. Ubicación del Proyecto o actividad

División político-administrativa

El Proyecto se localizará en un predio denominado “Pozo Patagónico 1”, a la altura del kilómetro 57 de la Ruta B-255, ubicado en el camino a la División Gabriela Mistral de Codelco, en la comuna de Sierra Gorda, en la Provincia y Región de Antofagasta.

Justificación de la localización

El Titular actualmente se encuentra operando un Proyecto de explotación de áridos en una superficie de 4,3 ha. en el predio denominado “Pozo Patagónico 1”. Dada la calidad del material árido presente en el sector en explotación, y el aumento de los requerimientos de áridos, es que se requiere ampliar el área de explotación en 11 ha adicionales adyacente al área explotada en la actualidad.

Superficie

El Proyecto de ampliación de explotación de áridos tendrá una superficie de 11 ha, adicionales a las 4,3 ha que se encuentran actualmente en explotación. De esta forma se totalizará una superficie de 15,3 ha. El Proyecto se encuentra delimitado dentro de las siguientes coordenadas UTM (WGS84):

Coordenadas UTM de los vértices del área del Proyecto (Datum WGS84 huso 19)

Vértices

Coordenada Este

Coordenada Norte

V1

515.250

7.452.800

V2

515.353

7.452.379

V3

515.262

7.452.241

V4

515.047

7.452.358

V5

514.900

7.452.700

Caminos de acceso

El acceso al Proyecto será por la Ruta B-255, camino a la División Gabriela Mistral de Codelco. Para acceder al terreno del Proyecto existen dos accesos habilitados con anterioridad. El Acceso 1, se encuentra en una bifurcación hacia el Este, en el Km 57 de la ruta Ruta B-255 (al suroeste de Sierra Gorda). A partir de este punto se toma un camino que está al Este de la Ruta B-255 por una extensión de 4 km hasta llegar al área del Proyecto. Además, existe el Acceso 2 en el Km 50 de la ruta Ruta B-255. Las coordenadas de ubicación de los accesos se indican a continuación:

Coordenadas accesos al Proyecto (Datum WGS84 huso 19).

Acceso

Coordenada Este

Coordenada Norte

Acceso 1 (Km 57 Ruta B-255)

510.678

7.453.055

Acceso 2 (Km 50 Ruta B-255)

510.387

7.452.200

En el Anexo 1 de la Adenda de la DIA, se encuentra plano con la ubicación de estos dos accesos existentes al Proyecto.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Ver numeral 1.7 del capítulo 1 de la DIA y Adenda de la DIA.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

 

Tabla 4.3. Partes, obras y actividades del Proyecto

 

Nombre

Descripción

 

Caminos de acceso al Proyecto.

El Proyecto considera 2 caminos de acceso desde la Ruta B-255 ya habilitados, uno ubicado en el km 56 y contempla 4 km aproximadamente hacia el oriente por camino no pavimentado. El otro acceso se encuentra ubicado en el km 57 de la ruta B-255. Mayores detalles, ver Anexo 1a de la Adenda de la DIA.

 

Extracción y procesamiento de áridos desde un pozo

Corresponde a la extracción y procesamiento de áridos desde el Pozo Patagónico 1, que contempla la instalación y operación de dos plantas seleccionadoras móviles. La secuencia del proceso de extracción de áridos es la siguiente:

·         Remoción y acumulación de material.

·         Carguío y seleccionado de material.

·         Acopio de productos.

·         Carguío y Transporte hacia la ubicación de los clientes.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

La fase de construcción del Proyecto tendrá una duración de 1 mes como máximo aproximadamente.

         

Instalación de Faena y preparación de terreno.

·         Instalación de faena.

·         Preparación del terreno.

·         Delimitación del área de extracción, la cual consiste en la demarcación del predio, estableciendo claramente los límites tanto a nivel predial, como también de la zona a intervenir, y la ubicación de las estructuras permanentes.

 

Insumos y servicios básicos.

Agua potable

Se estima un requerimiento de 900 l/día de agua potable para la fase de construcción. El almacenamiento del agua potable será en estanque de acumulación de 7.500 l.

Agua industrial

No se requerirá agua industrial.

Energía eléctrica

La energía eléctrica requerida para la fase de construcción se obtendrá de un grupo electrógeno de 40 KVA alimentados con base a petróleo diésel.

Combustible

Se proyecta un consumo de 5.000 l/mes para el funcionamiento del grupo electrógeno con estanque de combustible de 1.000 l.

Maquinaria

2 camionetas

1 camión.

1 generador eléctrico de 40 KVA.

Transporte

Para la fase de construcción se consideran los viajes de camiones necesarios para movilizar los equipos y maquinaria necesarios para la operación, además se incorporan los vehículos de supervisión de las obras de construcción. Producto de lo anterior se consideran 24 viajes de camión durante el mes y 4 viajes de vehículos livianos al día (2 camionetas ingresan en la mañana y 2 salen por la tarde), lo que traduce en un flujo vehicular horario máximo de 3 veh/hora durante el mes de construcción.

Recursos naturales renovables.

El Proyecto no considera extraer o explotar recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes.

a) Material particulado y gases Fase de construcción:

En la fase de construcción las emisiones atmosféricas estarán dadas por el tránsito de vehículos por caminos pavimentados, caminos no pavimentados, y combustión de vehículos. Para cuantificar las emisiones de material particulado y gases asociadas a la fase de construcción del Proyecto, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose un máximo de 0,32 ton/mes de MP Sedimentable; 0,094 ton/mes de MP10 y de 0,02 ton/mes de MP2,5. Además, se estima generar 0,072 ton/año de CO; 0,334 ton/año de NOx; y 0,018 ton/año de SOx.

Durante la fase de construcción se aplicará como medida de control de emisiones, la colocación de material árido grueso en el camino no pavimentado que utilizará el Proyecto. El camino tiene una longitud de 4,78 km aprox. desde la ruta B-255 hasta el Proyecto. Se muestra en Figura 2 de la Adenda de la DIA, la coordenada de inicio camino: 510.562 m / 7.452.616 m; coordenada término: 510.066 m / 7.452.345m.

b) Ruido y vibraciones Fase de construcción:

La distancia desde el Proyecto a la localidad Sierra Gorda es de 50,5 km en línea recta. De acuerdo a lo antecedentes presentados por el Titular, el Proyecto cumple con la normativa vigente.

c) Efluentes líquidos Fase de construcción:

Considerando una dotación de 6 trabajadores para la fase de construcción, se generarán 27 m3/mes de aguas servidas que serán manejadas a través de baños químicos. Los baños químicos serán retirados por empresa autorizada. La disposición final del agua servida será en lugar autorizado.

d) Emisión lumínica Fase de construcción:

El Proyecto considera ejecutar faenas en periodo diurno, no nocturno.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos Fase de construcción:

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Se estima una generación de 90 kg/mes de residuos domésticos. Para el manejo de los residuos asimilables a domiciliarios, estos serán almacenados en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores de mayor tránsito de personal; para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Los residuos serán retirados semanalmente.

Residuos industriales no peligrosos

Como resultado de las acciones a ejecutar en fase de construcción se estima generar 100 kg/mes de residuos industriales no peligrosos (papel, madera, plástico, entre otros).

Los residuos industriales no peligrosos que se generen durante la construcción serán acumulados temporalmente en bodega de disposición temporal. Luego los residuos serán enviados a lugar autorizado para su disposición final. Los residuos serán retirados cada 15 días. El transporte de este tipo de residuos industriales no peligrosos, será realizado por empresas autorizadas para estos fines. Para garantizar lo anterior, se llevará una bitácora que indique al menos los siguientes datos:

• Empresa que realiza el transporte.

• Patente del móvil.

• Volumen de la carga despachada.

• Día y horario de despacho.

• Destino de los residuos.

Residuos peligrosos

En la fase de construcción no se generarán residuos sólidos peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayores antecedentes respecto de las partes y obras de la fase de construcción, ver tabla 4.2.2.1. del ICE. Respecto a los suministros básicos para la construcción del Proyecto, ver tabla 4.2.2.2. del ICE. Para antecedentes de las emisiones a la atmósfera, ver tabla 4.2.2.4.1. del ICE. Los detalles de los efluentes líquidos, se pueden observar en la tabla 4.2.2.4.2. del ICE. Los antecedentes de los residuos sólidos no peligrosos y peligrosos, se pueden apreciar en las tablas 4.2.2.4.1. y 4.2.2.4.2. del ICE, respectivamente.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

La fase de operación del Proyecto, considera una duración de 24 meses aproximadamente.

Extracción de áridos

El Proyecto contempla la extracción de áridos en un volumen total estimado de 502.000 m3, considerando una extracción promedio de 20.900 m3 mensuales con una flota máxima de 10 camiones al día, los que harán de 3 a 4 ciclos por día cada uno. Se contempla la instalación y operación de dos plantas seleccionadoras móviles. La profundidad máxima que se alcanzará durante la operación del Proyecto serán 3 metros bajo la cota de terreno natural. La cota que alcanzará será el 3.173 msnm. La secuencia del proceso de extracción de áridos en Pozo Patagónico 1:

a) Remoción y acumulación de material: Se hace con bulldozer para soltar y acercar el material natural hasta donde se seleccionara con la planta móvil.

b) Carguío y seleccionado de material: Mediante el uso de una excavadora o cargador frontal, se carga el buzón de la planta seleccionadora, la cual, mediante harneros vibradores, separa las partículas de suelo, conforme a la granulometría deseada.

c) Acopio de productos: Conforme a la separación de los distintos tipos de suelos, se hacen acopios en diferentes sectores del sitio que ya fueron explotados mediante el uso de cargador frontal.

d) Carguío y Transporte: Desde el acopio de material seleccionado, se cargan camiones tolvas con el uso de cargador frontal o excavadora para ser transportado hasta el lugar que designe el cliente.

 

Mantenciones y/o reparaciones de maquinaria en el área del Proyecto

El Titular señala que se programará realizar mantenciones mensuales, de modo que, si se llegara a requerir alguna reparación ésta sea acotada a temas menores. Sin perjuicio de lo anterior, ante el evento que sea necesario realizar alguna reparación in situ, estas mantenciones serán mantenciones puntuales que no están programadas y que responde a alguna falla inesperada. Se habilitará un área especialmente destinada para la mantención/reparación de maquinaria. Se colocará una carpeta impermeabilizante para evitar la contaminación del suelo.

 

               

Insumos y servicios básicos.

Energía

Se consideran 2 grupos electrógenos de 40 KVA de potencia cada uno.

Agua potable y agua industrial

Se estima un requerimiento de 3.600  l/día de agua potable para la fase de operación. El almacenamiento del agua potable será en estanque de acumulación de 7.500 l. No se requerirá agua industrial.

Combustible

Se proyecta un consumo de 45.000 l/mes para el funcionamiento de los 2 grupos electrógenos. Cada generador contará con estanque de combustible de 1.000 l.

Maquinaria

Se considera la utilización de la siguiente maquinaria, durante la operación del Proyecto:

1 buldócer

2 excavadoras

1 chancador o seleccionador primario

1 chancador o seleccionador secundario

1 harnero vibratorio

2 cargadores frontales

10 camión tolva

1 camión pluma

2 generador eléctrico de 40 KVA

Recursos naturales renovables.

El Proyecto no considera extraer o explotar recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes.

a) Material particulado Fase de operación:

En la fase de operación las emisiones atmosféricas estarán dadas por el las actividades de excavación, transferencia de material, procesamiento, funcionamiento de los grupos electrógenos, el tránsito de vehículos por caminos pavimentados, caminos no pavimentados, y combustión de vehículos. Para cuantificar las emisiones de material particulado y gases asociadas a la fase de construcción del Proyecto, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995, generándose un máximo de 14,67 ton/año de MPS, 2,89 ton/año de MP10 y de 0,44 ton/año de MP2,5.

Por otro lado, para el cálculo del aporte del Proyecto a la calidad del aire por MP10 y MP2,5 se analizó el sector poblado de Sierra Gorda. La distancia a la localidad de Sierra Gorda es de 50,5 km en línea recta.

Se utilizó el modelo CALPUFF y el modelo meteorológico WRF. Para evaluar el aporte del Proyecto a la calidad del aire del sector  poblado de Sierra Gorda se utilizó como receptor la estación de monitoreo con representatividad poblacional (EMRP) Estación Sierra Gorda. Los  resultados se adjuntan en el Anexo 1 de la Adenda Complementaria de la DIA, y corresponden a un aporte anual y diario no significativo en el sector de Sierra Gorda. Específicamente, los resultados arrojados por dicha modelación señalan como resultado para el caso de MP10 en su concentración diaria, un valor de 0,001 ug/m3 de MP10 en el aire.

-Durante la fase de operación se aplicará como medida de control de emisiones, la colocación de una capa de material árido grueso en el camino no pavimentado que se utilizará el Proyecto. El camino tiene una longitud de 4,78 km aprox. desde la ruta B-255 hasta el Proyecto. Se muestra en Figura 2 de la Adenda de la DIA, la coordenada de inicio camino: 510.562 m / 7.452.616 m; coordenada término: 510.066 m / 7.452.345m.

-Por otro lado, se realizará el encarpado de los camiones que trasladen material árido. El Titular mantendrá un sistema de registro de implementación de las medidas antes descritas. El registro lo llevará el jefe de planta y se hará cargo del estado del material grueso en el camino y revisará en cada salida de los camiones, que éstos vayan encarpados. Este registro será archivado en planta.

-Otra medida de control de emisiones durante la operación del Proyecto será, la implementación de mallas cortavientos. Las mallas cortavientos corresponden a paneles metálicos de 3 m de alto por 3 m de ancho, en los cuales se dispondrá una malla tipo Raschel, los que irán a una altura de 2 m del nivel de la tierra, considerando que el emisor de material particulado es el buzón de carguío de la planta móvil. Se contará con a lo menos 3 de estos paneles para cubrir la mayor superficie posible, los que serán móviles conforme a esta característica de la planta y para que sean puestos en contra del sentido del viento, a una distancia que el flujo no se expanda tanto y permita el desempeño del trabajo, de tal modo que actúen como un atrapa polvo.

-También se indica que, la velocidad máxima de tránsito de los vehículos al interior de la faena, será de 20 km/hr.

Los valores modelados no consideran medidas de control de emisiones, por lo que representa el peor escenario. Los resultados obtenidos en la modelación de calidad de aire, permiten determinar que el aporte de material particulado que generará el Proyecto sobre el sector poblado de Sierra Gorda, será poco significativo.

b) Ruido y vibraciones Fase de operación:

La distancia desde el Proyecto a la localidad de Sierra Gorda es de 50,5 km en línea recta. Se analizaron 3 receptores más cercanos (Parque Eólico Sierra Gorda, y dos puntos cercanos a Minera Centinela), los cuales se ubican a 25 km aprox. del Proyecto y se muestran en la figura 3 del Anexo IIIa de la DIA. En los receptores más cercanos antes mencionados, se estima que los niveles de ruido serán del orden de 54 db(A). Por lo tanto, se cumple con la normativa vigente.

c) Efluentes líquidos Fase de operación:

Considerando una dotación de 26 trabajadores para la fase de operación, se generarán 117 m3/mes de aguas servidas que serán manejadas a través de un sistema de fosa séptica y drenes de infiltración. Mayores antecedentes ver páginas 42 a la 47 de la Adenda de la DIA.

d) Emisión lumínica Fase de operación:

El Proyecto considera ejecutar faenas en periodo diurno, no nocturno.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos Fase de operación:

Residuos sólido domiciliario y asimilables

En la operación, se estima una generación de 390 kg/mes de residuos domésticos. Para el manejo de los residuos asimilables a domiciliarios, estos serán almacenados en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores de mayor tránsito de personal; para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Los residuos serán retirados semanalmente.

Residuos industriales no peligrosos

Durante la operación del Proyecto se estima generar 100 kg/mes de residuos industriales no peligrosos (papel, madera, plástico, entre otros). Estos residuos serán acumulados temporalmente en bodega de disposición temporal. Luego serán enviados a lugar autorizado para su disposición final. Los residuos serán retirados cada 15 días.

Residuos peligrosos

El Titular señala que no existirá generación de residuos peligrosos, sin embargo, la eventual reparación de maquinaria in situ generaría 42 kg/mes de residuos peligrosos correspondientes a paños contaminados, guantes contaminados y aceites residuales (todos ellos proveniente de la maquinaria que se repararía). Estos residuos serían almacenados en bodega temporal de residuos peligrosos. Estos residuos se retirarán cada 6 meses como máximo. La disposición final será en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria. Mayores antecedentes de la bodega de residuos peligrosos de la fase de operación, ver páginas 50,51 y 52 de la Adenda de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Respecto a las partes y obras de la fase de operación, ver tabla 4.2.3.1. del ICE. Los suministros básicos para la operación del Proyecto, ver tabla 4.2.3.2. del ICE. Para antecedentes de las emisiones a la atmósfera, ver tabla 4.2.3.4.1. del ICE. Los detalles de los efluentes líquidos, se pueden observar en la tabla 4.2.3.4.2. del ICE. Los antecedentes de los residuos sólidos no peligrosos y peligrosos, se pueden apreciar en las tablas 4.2.3.6.1. y 4.2.3.6.2. del ICE, respectivamente.

4.3.3. FASE DE CIERRE

La fase de cierre del Proyecto, considera una duración de 1 mes.

Retiro y desmantelamiento de infraestructura utilizada por el Proyecto.

Primero se retirarán todas las obras, estructuras, container (oficinas, comedor y baños, entre otros), maquinaria, generadores eléctricos y al final se desmantelarán las bodegas del Proyecto original y que sirvieron de base a la ampliación. Toda la infraestructura será retirada para su uso en otras obras de la empresa. Aquel material que no pueda ser reutilizado, preferentemente se derivará a reciclaje, en tanto que aquel material que no pueda ser reciclado será derivado a un sitio de disposición final autorizado.

 

Restauración de la geoforma o morfología vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del Proyecto.

El predio actual en donde se desarrollará el Proyecto no posee vegetación. El área de explotación será acondicionada de manera tal que no se dejen excavaciones profundas que pudiesen afectar a la fauna silvestre o que pudiesen generar un riesgo para las personas.

 

Insumos y servicios básicos.

Energía

Se considera 1 grupo electrógeno de 40 KVA de potencia.

Agua potable y agua industrial

Se estima un requerimiento de 900 l/día de agua potable para la fase de cierre. El almacenamiento del agua potable será en estanque de acumulación de 7.500 l. No se requerirá agua industrial.

Combustible

Se proyecta un consumo de 5.000 l/mes para el funcionamiento del grupo electrógeno. El generador contará con estanque de combustible de 1.000 l.

Maquinaria

1 Camión pluma.

10 Camiones tolva.

1 excavadora.

1 cargador frontal.

1 generador eléctrico de 40 KVA.

Emisiones y efluentes.

a) Material particulado Fase de cierre:

En la fase de cierre las emisiones atmosféricas estarán dadas por el tránsito de vehículos por caminos pavimentados, caminos no pavimentados, y combustión de vehículos. Para cuantificar las emisiones de material particulado y gases asociadas a la fase de construcción del Proyecto, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión & AP 42, Quinta Edición, 1995. Por el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y pavimentados se estima generar de 11,8 ton/mes de MP Sedimentable; 2,3 ton/mes de MP10 y de 0,55 ton/mes de MP2,5. Además, por el funcionamiento del generador eléctrico se estima generar 0,37 ton/año de MP10; 0,08 ton/año de MP2,5; 2,2 ton/año de CO; 10,5 ton/año de NOx; y 0,55 ton/año de SOx.

b) Ruido y vibraciones Fase de cierre:

Se estima emitir un nivel de potencia sonora total de 119,4 NP (Lw), considerando el funcionamiento simultáneo del conjunto de las fuentes de ruido (todas las maquinarias descritas en la tabla 4.2.4.2. anterior). El Proyecto se desarrollará aproximadamente a 23 km del receptor más cercano. La proyección del nivel de ruido en el receptor más cercano será de 54 NMP dB(A)

c) Efluentes líquidos Fase de cierre:

Considerando una dotación de 6 trabajadores para la fase de cierre, se generarán 27 m3/mes de aguas servidas que serán manejadas a través de baños químicos. Los baños químicos serán retirados por empresa autorizada. La disposición final del agua servida será en lugar autorizado.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólido domiciliario y asimilables

Durante la fase de cierre, se estima una generación de 90 kg/mes de residuos domésticos. Estos residuos serán almacenados en contenedor con tapa, y su retiro será cada 2 días. La disposición final de los residuos será en lugar autorizado.

Residuos industriales no peligrosos

Se estima generar 2,5 ton/mes de residuos industriales no peligrosos correspondientes a papeles, maderas, plásticos, vidrios, metales, entre otros. Se almacenarán temporalmente en bodega de residuos. El retiro de los residuos será cada 15 días. La disposición final será en sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

Residuos sólidos peligrosos

En la fase de cierre no se generarán residuos sólidos peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

El detalle de las actividades de la fase de cierre se presenta en la tabla 4.2.4.1. del ICE. Los suministros básicos para el cierre del proyecto, se presentan en la tabla 4.2.4.2. del ICE. Para antecedentes de las emisiones a la atmósfera, ver tabla 4.2.4.3.1. del ICE. Los detalles de los efluentes líquidos, se pueden observar en la tabla 4.2.4.3.2. del ICE. Los antecedentes de los residuos sólidos no peligrosos y peligrosos, se pueden apreciar en las tablas 4.2.4.5.1. y 4.2.4.5.2. del ICE, respectivamente.

                   

 

4.4. Cronología de las fases del Proyecto

Tabla 4.4. Cronología de las fases del Proyecto

4.4.1. Fase de construcción

Fecha estimada de inicio.

Segunda mitad del año 2017 (noviembre del 2017)*.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Demarcación del área de extracción, es decir con la preparación del terreno y construcción e instalación de baños y drenes de infiltración.

Fecha estimada de término.

Dos semanas o máximo un mes desde que comienza la etapa de construcción.

Parte, obra o acción que establece el término.

Delimitación de tránsito interno para el movimiento de camiones y término de instalación de fosa séptica y drenes.

4.4.1. Fase de operación

Fecha estimada de inicio.

Finales del año 2017 (diciembre del 2017) *.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Comienzo de extracción de áridos en el polígono establecido por el Proyecto.

Fecha estimada de término.

Diciembre del 2019*.

Parte, obra o acción que establece el término.

Término de extracción de áridos. Extracción del volumen establecido según el Proyecto de extracción. El volumen proyectado es de 502.000 m3.

4.4.1. Fase de cierre

Fecha estimada de inicio.

Enero 2020*.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Corresponde al fin de extracción de áridos y comienzo del retiro de las maquinarias.

Fecha estimada de término.

Enero 2020*.

Parte, obra o acción que establece el término.

Desmantelamiento de oficina, bodegas y baños. Finalmente viene el despeje y limpieza total del área de emplazamiento de las faenas.

*Todas estas fechas son sólo referenciales, pues están sujetas a la fecha de obtención de la RCA que califique el Proyecto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Tabla 5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto no significativo: Aumento de emisiones de material particulado.

De los dos parámetros evaluados (MP2,5 y MP10), es posible señalar que el Proyecto no aporta significativamente a las concentraciones de calidad del aire de la zona modelada. Específicamente, los aportes del Proyecto en el sector poblado de Sierra Gorda no son significativos en comparación a los límites establecidos en la normativa vigente, por lo que la calidad del aire del sector no se verá afectada por las actividades del Proyecto.

El punto máximo de impacto de estos contaminantes se encuentra a dos kilómetros desde la fuente de emisión en dirección norte-este.

Sin perjuicio de lo anterior, durante la fase de operación se aplicarán las siguientes medidas de control de emisiones:

-Durante la fase de operación se aplicará como medida de control de emisiones, la colocación de una capa de material árido grueso en el camino no pavimentado que se utilizará el Proyecto. El camino tiene una longitud de 4,78 km aprox. desde la ruta B-255 hasta el Proyecto. Se muestra en Figura 2 de la Adenda de la DIA, la coordenada de inicio camino: 510.562 m / 7.452.616 m; coordenada término: 510.066 m / 7.452.345m.

-Por otro lado, se realizará el encarpado de los camiones que trasladen material árido. El Titular mantendrá un sistema de registro de implementación de las medidas antes descritas. El registro lo llevará el jefe de planta y se hará cargo del estado del material grueso en el camino y revisará en cada salida de los camiones, que éstos vayan encarpados. Este registro será archivado en planta.

-Otra medida de control de emisiones durante la operación del Proyecto será, la implementación de mallas cortavientos. Las mallas cortavientos corresponden a paneles metálicos de 3 m de alto por 3 m de ancho, en los cuales se dispondrá una malla tipo Raschel, los que irán a una altura de 2 m del nivel de la tierra, considerando que el emisor de material particulado es el buzón de carguío de la planta móvil. Se contará con a lo menos 3 de estos paneles para cubrir la mayor superficie posible, los que serán móviles conforme a esta característica de la planta y para que sean puestos en contra del sentido del viento, a una distancia que el flujo no se expanda tanto y permita el desempeño del trabajo, de tal modo que actúen como un atrapa polvo.

-También se indica que, la velocidad máxima de tránsito de los vehículos al interior de la faena, será de 20 km/hr.

Los valores modelados no consideran medidas de control de emisiones, por lo que representa el peor escenario.

Parte, obra o acción que lo genera.

Las principales actividades que generarán emisiones de contaminantes atmosféricos serán: excavaciones, transferencia de material, procesamiento, funcionamiento de los grupos electrógenos, el tránsito de vehículos por caminos pavimentados, tránsito de vehículos caminos no pavimentados, y combustión de vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Tabla 6.1. del ICE.

 

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Tabla 5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto no significativo: Alteración del suelo.

El Proyecto no generara pérdida de suelo ni alteración de la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, permeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

En relación a la pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad, se hace presente que el desarrollo del Proyecto se localiza en un suelo clase VII, dado que presenta serias limitaciones para realizar cultivos y se localizan en terrenos de fuertes pendientes, son suelos delgados, con presencia de piedras, etc. La única actividad que pudiera generar alguna contaminación localizada obedece a reparaciones/mantenciones no programadas que se realicen in situ. Sin embargo, para minimizar esta posibilidad de ocurrencia se realizarán mantenciones mensuales a las maquinarias, para lo cual se colocará una carpeta impermeable.

Finalmente, al realizar el cierre del Proyecto, se procederá a modelar las geoformas del área.

Con base en lo planteado, se concluye las obras del Proyecto no producirán pérdida del suelo, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes o de su capacidad para sustentar la biodiversidad.

Parte, obra o acción que lo genera.

Todas las actividades del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Tabla 6.2. del ICE.

Impacto no significativo: Alteración de fauna silvestre.

Respecto a la fauna presente en el área de influencia del Proyecto, fue posible identificar 2 especies con problemas de conservación. Una de ellas corresponde al Guanaco (Lama guanicoe) catalogada como vulnerable según el D.S. 5/1998 del Ministerio de Agricultura, y la segunda especie corresponde a la Lagartija de Constanza (Liolaemus constanzaea) un reptil catalogado como rara según el D.S. 5/1998 del Ministerio de Agricultura.

El Titular señala que las maquinarias utilizadas por el Proyecto circularán sólo por lugares establecidos para esto. Además, se indica que se prohibirá la tenencia de mascotas (ej perros, gatos, etc.) en el área del Proyecto con el fin de no perturbar los hábitos y ciclos biológicos de la especie Lama guanicoe (guanaco), de la cual hay registros en el área y entorno del Proyecto. Lo anterior, será comunicado a todo el personal que se encuentre en el Proyecto durante cada una de las fases.

En relación a la flora presente en el área de influencia, no se encontraron especies en algún estado de Conservación según el Reglamento de Clasificación de Especies.

Para mayor información, ver Anexo III de la DIA (Estudio de flora y Estudio de fauna) y Adenda de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Todas las actividades del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Tabla 6.2. del ICE.

 

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tabla 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto no significativo: Alteración de sistemas de vida de grupos humanos.

Por la ubicación del Proyecto y su entorno inmediato, éste no tiene un efecto de desplazamiento o reubicación de grupos humanos; esto debido a que éste se desarrollará en un sector, donde no existen asentamientos humanos inmediatos de ningún tipo (viviendas habitadas, no habitadas e industrias). No se contempla la habilitación de campamentos en ninguna de las fases del Proyecto. Los trabajadores, serán trasladados en buses desde y hacia la ciudad de Calama. Por lo tanto, el Proyecto no alterará en forma significativa los sistemas de vida o costumbres de los grupos humanos pertenecientes a los sectores definidos en el área de influencia.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.3. del ICE.

 

5.4. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Tabla 5.4. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Impacto no significativo: Afectación del valor ambiental del territorio.

El área donde se ubicará el Proyecto, incluyendo sus obras y acciones, en cualquiera de sus fases, no se localiza en o próxima a poblaciones recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectadas, así como no afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.4. del ICE.

 

5.5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Tabla 5.5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Impacto no significativo: Impacto sobre el paisaje.

El área de emplazamiento del Proyecto, se caracteriza por presentar una alta naturalidad con escasa presencia antrópica, exceptuando las vías de acceso principal y secundarias terrestres. No se presentan singularidades paisajísticas que contengan un valor visual; es homogéneo, en cuanto a textura, color y formas.

Referente a la vocación del paisaje in situ y en el entorno general, este presenta un uso del territorio preferentemente minero. En la ruta B-255, a 47 km al Oeste, se emplaza el yacimiento Gabriela Mistral y a 20 km al Sur se localiza Minera Centinela. La ciudad de Calama es el centro poblado más cercano a 70 km al Norte, mientras que el sector poblado de Sierra Gorda se ubica a 50,5 km en línea recta y 138 km por ruta.

Cabe señalar que, el Proyecto tendrá una duración de 26 meses considerando todas sus fases, y se ubicará en una superficie de 15,3 hectáreas de extensión.

Finalmente, se concluye que existirá una alteración menor del paisaje en la zona de emplazamiento, debido a que los atributos biofísicos en su conjunto no presentan valor paisajístico, lo cual no representa un paisaje con características únicas y representativas en el sector.

Parte, obra o acción que lo genera

Todas las actividades del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.5. del ICE.

 

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Tabla 5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto no significativo: Alteración del componente arqueológico y paleontológico.

En el Anexo 5 de la Adenda de la DIA se presentan detalles del Informe de inspección visual arqueológica del área de influencia del Proyecto. Las conclusiones señalan que el Proyecto no  presenta inconvenientes en la realización de  actividades  de extracción de áridos, ya  que  si  bien  habrán  excavaciones (de máximo 3 metros de profundidad) y/o  movimientos  de  tierra  menores  que  alteren  el  suelo,  se  trata  del  área  ya  intervenida  parcialmente. Las  inspecciones visuales realizadas  indican ausencia  de    recursos arqueológicos,  así  como  tampoco  se  verá  afecto  el  sector  del  campamento  minero

histórico registrado a  una  distancia  mayor  a  60  m  del  límite nororiente del empréstito. No  obstante,  frente  a  la  posibilidad  de  intervención  a  nivel  de  subsuelo  por  las  obras  que  contempla  el  Proyecto,  se  proponen  las  siguientes  medidas  de  orden  preventivo  de  acuerdo a la posibilidad de hallazgos no previstos a nivel de subsuelo.

1) En  el  caso  de  detectar  cualquier  hallazgo  de  carácter  arqueológico  durante  los movimientos  de  tierra  o  excavaciones  que  integran  el  Proyecto,  se  suspenderán las  obras,  se  dará  aviso  inmediato  a  Consejo  de  Monumentos  dentro  de  la  Obligatoriedad que emana desde el artículo 26 de la Ley 17.288.

2)Conjuntamente,  se  solicitará  de  forma  inmediata  la  visita  de  un  arqueólogo profesional  para  evaluar  las  medidas  de  resguardo  o  mitigación  necesarias  para dicho  hallazgo.  Estas  se  llevarán  a  cabo  de  acuerdo  a  lo  establecido  en  la  Ley 17.288,   su   reglamento   interno   n°484,   para   lo   cual   deberán   contar   con   la autorización de Consejo de Monumentos Nacionales para su ejecución.

3) El Titular realizará  charlas  de  inducción  de  arqueología  al  personal  de  terreno  para  dar  cuenta  de  los  hallazgos  de  carácter  arqueológico histórico que se ubican cerca del área de Impacto. Mayores antecedentes de esta medida, ver Tabla 10.1.1 del presente Informe Consolidado de Evaluación.

En Anexo 3 de la Adenda de la DIA se presentan detalles de la Caracterización del componente paleontológico del área de influencia del Proyecto. Las conclusiones señalan que el Proyecto se emplaza en un abanico aluvial que en la cartografía disponible se reconoce bajo el nombre de Depósitos aluviales (Qal) y que se clasifica como una unidad susceptible en la que no se han producido hallazgos fósiles ni reportados en la literatura ni en la prospección en terreno realizada. Pese a lo anterior, no resulta posible afirmar la inexistencia de fósiles en estos depósitos teniendo en cuenta la presencia de clastos de tobas y por la naturaleza intrínseca de un depósito aluvial. Dado lo anterior, el Titular presenta en Anexo 4 de la Adenda Complementaria un Protocolo ante hallazgos paleontológicos.

Parte, obra o acción que lo genera.

Todas las actividades del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Tabla 6.6. del ICE.

 

6°. Que resulta aplicable al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Tabla 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Permiso.

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

El Proyecto generará aguas servidas que serán manejadas mediante una fosa séptica con drenes de infiltración. Los antecedentes para este permiso se presentan en las páginas 42 a la 47 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente.

Ord. N° 90 de fecha 8 de septiembre de 2017 de SEREMI de Salud, en el cual se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE.

Tabla 9.1.1. del ICE.

6.1.2. El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Tabla 6.1.2. El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Permiso.

El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica.

El Proyecto considera una bodega (conteiner de 15m2) destinado a la acumulación temporal de residuos industriales no peligrosos. Los antecedentes para este permiso se presentan en el Anexo 15 de la DIA, en las páginas 47,48 y 49 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente.

Ord. N° 90 de fecha 8 de septiembre de 2017 de SEREMI de Salud, en el cual se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE.

Tabla 9.1.2. del ICE.

6.1.3. Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos

Tabla 6.1.3. El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos

Permiso.

Permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

El Proyecto considera un sitio de disposición temporal de residuos peligrosos, correspondiente a una bodega modular de 6 m2. Los antecedentes para este permiso se presentan en las páginas 50, 51 y 52 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente.

Ord. N° 90 de fecha 8 de septiembre de 2017 de SEREMI de Salud, en el cual se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE.

Tabla 9.1.3. del ICE.

6.1.4. Permiso para efectuar modificaciones de cauce

Tabla 6.1.4. El permiso para efectuar modificaciones de cauce.

Permiso.

Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

El Proyecto considera la modificación de cauce de corriente discontinua que se producirá durante la operación del Proyecto. Los antecedentes para este permiso se presentan en el Anexo 2a de la  Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente.

Ord. N° 758 de fecha 25 de octubre de 2017 de DGA, Región de Antofagasta, en el cual se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE.

Tabla 9.1.4. del ICE.

6.1.5. El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los limites urbanos.

Tabla 6.1.5. El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los limites urbanos.

Permiso.

El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los limites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica.

El Proyecto se desarrollará en terrenos ubicados en un área rural, fuera del límite urbano de la comuna de Sierra Gorda. Se contempla una instalación de faenas, una bodega de residuos peligrosos y una bodega de residuos no peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente.

Ord. N° 703 de fecha 26 de octubre de 2017 del Servicio Agrícola y Ganadero, en el cual se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el Titular.

Referencia al ICE.

Tabla 9.1.5. del ICE.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

La normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:

7.1. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Tabla 7.1. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Componente/materia:

Aire.

Norma.

D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

Durante las fases de construcción, operación y abandono se generarán emisiones atmosféricas vinculadas al movimiento de tierra, circulación de vehículos livianos y pesados, transporte de materiales y transporte de personal. Además, se generarán emisiones de gases de combustión por la operación de maquinaria, equipos generadores eléctricos y vehículos en general asociados al proceso de extracción y carguío de material extraído.

Con respecto a la emisión de gases de combustión proveniente de las maquinarias, se establece como medida de control que toda la maquinaria y vehículo cuente con sus mantenciones preventivas y además cuenten con revisión técnica al día.

Durante la fase de operación se aplicará como medida de control de emisiones, la colocación de una capa de material árido grueso en el camino no pavimentado que se utilizará el Proyecto. El camino tiene una longitud de 4,78 km aprox. desde la ruta B-255 hasta el Proyecto. Se muestra en Figura 2 de la Adenda de la DIA, la coordenada de inicio camino: 510.562 m / 7.452.616 m; coordenada término: 510.066 m / 7.452.345m.

Por otro lado, se realizará el encarpado de los camiones que trasladen material árido. El Titular mantendrá un sistema de registro de implementación de las medidas antes descritas. El registro lo llevará el jefe de planta y se hará cargo del estado del material grueso en el camino y revisará en cada salida de los camiones, que éstos vayan encarpados. Este registro será archivado en planta. También se indica que, la velocidad máxima de tránsito de los vehículos al interior de la faena, será de 20 km/hr.

Otra medida de control de emisiones durante la operación del Proyecto será, la implementación de mallas cortavientos. Las mallas cortavientos corresponden a paneles metálicos de 3 m de alto por 3 m de ancho, en los cuales se dispondrá una malla tipo Raschel, los que irán a una altura de 2 m del nivel de la tierra, considerando que el emisor de material particulado es el buzón de carguío de la planta móvil. Se contará con a lo menos 3 de estos paneles para cubrir la mayor superficie posible, los que serán móviles conforme a esta característica de la planta y para que sean puestos en contra del sentido del viento, a una distancia que el flujo no se expanda tanto y permita el desempeño del trabajo, de tal modo que actúen como un atrapa polvo.

Indicador que acredita su cumplimiento.

·         Comparación entre lo emitido y los estándares permitidos por la normativa.

·         Registro de revisiones técnicas tanto correctivas como preventivas de maquinarias.

Forma de control y seguimiento.

·         Comparación entre lo emitido y los estándares permitidos por la normativa.

·         Registro de revisiones técnicas tanto correctivas como preventivas de maquinarias.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.1. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.2. Establece obligación de declarar Emisiones que indica.

Tabla 7.2. Establece obligación de declarar Emisiones que indica.

Componente/materia:

Aire.

Norma.

D.S. Nº 138/05 del Ministerio de Salud, que Establece obligación de declarar Emisiones que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

Aplica a la declaración de emisiones de fuentes fijas. En este caso a los generadores eléctricos (grupos electrógenos).

Indicador que acredita su cumplimiento.

Como indicador de cumplimiento se contará con el registro y el comprobante de ingreso de las declaraciones anuales.

Forma de control y seguimiento.

Declaración de emisiones. Registro anual de ingreso de emisiones (RETC).

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.2. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.3. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Tabla 7.3. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Componente/materia:

Aire.

Norma.

D.S. Nº 75/1987, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

Durante las fases del Proyecto se cumplirá las exigencias establecidas en la presente norma, mediante la utilización de vehículos debidamente equipados y la ejecución de acciones que eviten la dispersión de los materiales, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, carga y descarga adecuadas y mantención periódica de los camiones.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Control de velocidad, mantenciones y revisiones técnicas para toda maquinaria.

Forma de control y seguimiento.

Control de velocidad, mantenciones y revisiones técnicas para toda maquinaria.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.3. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.4. Establece Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

Tabla 7.4. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Componente/materia:

Ruido.

Norma.

Decreto Supremo N° 38 de 2012, Ministerio del Medio Ambiente, “Establece Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que

indica, elaborada a partir de la revisión del D.S. Nº 146, de 1997

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

El Proyecto cumple con los niveles máximos de presión sonora establecidos por esta norma, considerando principalmente la distancia con receptores y la modelación realizada en el Estudio Acústico del área de influencia del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

El ruido generado por el Proyecto no será audible por los receptores sensibles más cercanos, reiterándose que el polígono donde se implementará el Proyecto se encuentra a 50,5 km en línea recta del sector poblado de Sierra Gorda. De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no superará de los niveles máximos permitidos en la norma.

Forma de control y seguimiento.

El ruido generado por el Proyecto no será audible por los receptores sensibles más cercanos, reiterándose que el polígono donde se implementará el Proyecto se encuentra a 50,5 km en línea recta del sector poblado de Sierra Gorda. De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no superará de los niveles máximos permitidos en la norma.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.4. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.5. Manejo de aguas servidas.

Tabla 7.5. Manejo de aguas servidas.

Componente/materia:

Manejo aguas servidas.

Norma.

Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1968, modificado por la ley N° 20.380, de 2009. Ministerio de Salud, “Código Sanitario”

Otros cuerpos legales asociados.

Decreto Supremo Nº 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

El manejo y disposición final de las aguas servidas que se generarán durante la construcción, operación y cierre, se indican en las Tablas N° 4.2.2.4.2.; 4.2.3.4.2.; y 4.2.4.3.2. respectivamente del presente Informe Consolidado de Evaluación, correspondiente a baños químicos y una fosa séptica con drenes de infiltración.

Indicador que acredita su cumplimiento.

El cumplimiento se acredita con autorización sectorial de la fosa séptica con drenes de infiltración, que será tramitada una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del Proyecto. Además, se mantendrá en faena registro de retiro de aguas servidas por empresa autorizada.

Forma de control y seguimiento.

Se mantendrá en el predio boleta o factura por retiro de aguas servidas por empresas autorizadas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.5. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.6. Manejo de residuos sólidos no peligrosos.

Tabla 7.6. Manejo de residuos sólidos no peligrosos.

Componente/materia:

Manejo de residuos sólidos no peligrosos.

Norma.

D.S. N°594/2000 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Otros cuerpos legales asociados.

D.F.L. N°725/68 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

 

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

El manejo, disposición temporal y disposición final de los residuos sólidos domiciliarios, del tipo asimilable a domiciliario y los residuos industriales no peligrosos que se generarán durante la construcción, operación y cierre, se indican en las Tablas N° 4.2.2.4.1. (Construcción); 4.2.3.4.1. (Operación) y 4.2.4.5.1. (Cierre) del presente Informe Consolidado de Evaluación.

Indicador que acredita su cumplimiento.

El Titular mantendrá un registro con las guías de despacho por el envío de los residuos sólidos no peligrosos.

Forma de control y seguimiento.

El Titular mantendrá un registro con las guías de despacho por el envío de los residuos sólidos no peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.6. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.7. Manejo de residuos sólidos peligrosos.

Tabla 7.7. Manejo de residuos sólidos peligrosos.

Componente/materia:

Manejo de residuos sólidos y o líquidos peligrosos.

Norma.

Decreto Supremo Nº148/2004 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de operación del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

El manejo, disposición temporal y disposición final de los residuos peligrosos que se generarán durante la operación, se indica en la Tablas N° 4.2.3.4.2. del presente Informe Consolidado de Evaluación. El Proyecto contará con una bodega de disposición temporal de residuos peligrosos construida con las características y Autorizaciones que establece el Reglamento y se cumplirá con las disposiciones establecidas para el manejo de las mismas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

-Obtención del PAS 142, aprobación del Proyecto y autorización de funcionamiento de la bodega de almacenamiento transitorio de Residuos Peligrosos.

-Registro de retiro de los residuos por parte del transportista.

-Autorización sanitaria del transportista autorizado.

-En el caso de los residuos peligrosos, se contará con la declaración en RETC.

Forma de control y seguimiento.

-Obtención del PAS 142, aprobación del Proyecto y autorización de funcionamiento de la bodega de almacenamiento transitorio de Residuos Peligrosos.

-Registro de retiro de los residuos por parte del transportista.

-Autorización sanitaria del transportista autorizado.

-En el caso de los residuos peligrosos, se contará con la declaración en RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.7. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.8. Patrimonio cultural.

Tabla 7.8. Patrimonio cultural.

Componente/materia:

Patrimonio cultural.

Norma.

Ley N° 17.288/70 del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales.

Otros cuerpos legales asociados.

Decreto 484 de 1990, del Ministerio de Educación, Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento.

Se realizó una prospección arqueológica y se concluyó que, dentro del área del Proyecto, no se registraron elementos de carácter patrimonial histórico, antropoarqueológicos, ni religiosos.

No obstante, en caso de efectuarse algún hallazgo arqueológico o paleontológico, se procederá según los establecido en los Artículos N°26 y 27 de la Ley y los artículos N°20 y 23 del reglamento de la Ley, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación el titular paralizara las obras e informara de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.

El Proyecto no intervendrá áreas diferentes a las establecidas en el levantamiento arqueológico realizado por el Proyecto. No obstante, en el caso eventual que durante las actividades de construcción, operación y/o cierre del Proyecto se encontrasen nuevos elementos asociados al patrimonio cultural, arqueológico, antropológico e histórico, se paralizarán las obras en el frente de trabajo de los hallazgos y se dará cuenta a las autoridades respectivas, las que dispondrán de las medidas de rescate o conservación apropiadas.

Por otro lado, en Anexo 3 de la Adenda de la DIA se presentan detalles de la Caracterización del componente paleontológico del área de influencia del Proyecto. Las conclusiones señalan que el Proyecto se emplaza en un abanico aluvial que en la cartografía disponible se reconoce bajo el nombre de Depósitos aluviales (Qal) y que se clasifica como una unidad susceptible en la que no se han producido hallazgos fósiles ni reportados en la literatura ni en la prospección en terreno realizada. Pese a lo anterior, no resulta posible afirmar la inexistencia de fósiles en estos depósitos teniendo en cuenta la presencia de clastos de tobas y por la naturaleza intrínseca de un depósito aluvial. Dado lo anterior, el Titular presenta en Anexo 4 de la Adenda Complementaria un Protocolo ante hallazgos paleontológicos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Ver Caracterización del componente arqueológico y componente paleontológico.

Forma de control y seguimiento.

Ver Caracterización del componente arqueológico y componente paleontológico.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.8. del ICE del Proyecto en evaluación.

7.9. Normativa asociada a fauna silvestre.

Tabla 7.9. Normativa asociada a fauna silvestre.

Componente/materia:

Normativa asociada a fauna silvestre.

Norma.

Ley N° 19.473/1998, Ministerio de Agricultura. Ley de Caza.

Otros cuerpos legales asociados.

D.S. N° 5/1998, del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento.

Se instruirá al personal respecto de la importancia de la fauna silvestre mediante charlas obligatorias, donde se reafirmará la prohibición de cazar. Asimismo, se considera un programa de monitoreo preventivo de avifauna, descrito en el Anexo 19 de la DIA y un protocolo de hallazgo de fauna en mal estado en Anexo 19 de la DIA, complementada con antecedentes de las páginas 99 y 100 de la Adenda de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Documento entregado a los trabajadores del Proyecto en que se especifique la prohibición de caza, indicando la normativa pertinente.

Forma de control y seguimiento.

El titular no contempla la caza o captura de ejemplares de fauna.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Ver numeral 8.9. del ICE del Proyecto en evaluación.

 

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse los siguientes compromisos voluntarios, condiciones o exigencias:

8.1. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

El Titular del Proyecto ha propuesto los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1.1 Compromiso ambiental voluntario “Charla de inducción de arqueología”.

 

Tabla 8.1.1. Compromiso ambiental voluntario “Charla de inducción de arqueología”.

Impacto asociado

La charla tiene un carácter preventivo por lo que no se visualiza que haya impacto asociado a los hallazgos de carácter arqueológico histórico.

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas las fases del Proyecto.

Objetivo, descripción y justificación

El objetivo de la medida es realizar charla de inducción arqueológica sobre campamento minero histórico y sus medidas de protección.

Descripción: charla de inducción de 20 minutos a todos los trabajadores de Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda en, historia del campamento minero, protección de los sitios arqueológicos e historia de las localidades aledañas al Proyecto.

Justificación: protección del hallazgo arqueológico histórico.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: oficina Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda de la instalación de faenas del Proyecto.

Forma de implementación de la condición: charla de 20 minutos a través de presentación power point a cargo de un arqueólogo.

Momento en que se implementará la condición: una semana antes de iniciar las faenas de la fase de construcción y de operación del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de asistencia de los trabajadores a la charla la que será archivada en oficina de Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda.

Forma de control y seguimiento

Registro de asistencia de los trabajadores a la charla la que será archivada en oficina de Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda.

 

8.1.2. Compromiso ambiental voluntario “Devolución de insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en alguna contingencia durante alguna actividad de transporte de personal durante la fase de construcción y cierre”.

Tabla 8.1.2.  Compromiso ambiental voluntario “Devolución de insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en alguna contingencia durante alguna actividad de transporte de personal durante la fase de construcción y cierre”.

Impacto asociado

-

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y cierre.

Objetivo, descripción y justificación

El Titular devolverá insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en alguna contingencia durante alguna actividad de transporte de personal durante la fase de construcción y cierre.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

El Titular devolverá insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en alguna contingencia durante alguna actividad de transporte de personal durante la fase de construcción y cierre.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de la devolución de los insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en alguna contingencia durante alguna actividad de transporte de personal durante la fase de construcción y cierre.

Forma de control y seguimiento

Registro de la devolución de los insumos, equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en alguna contingencia durante alguna actividad de transporte de personal durante la fase de construcción y cierre.

 

8.2. CONDICIONES O EXIGENCIAS

No se indican condiciones o exigencias para ejecutar el Proyecto.

9. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:

9.1.  PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

El plan de emergencias contempla las siguientes emergencias:

·         Riesgo de incendio o amago de incendio.

·         Derrame de hidrocarburos

·         Movimientos sísmicos

·         Falla en instalaciones sanitarias (baños químicos y/o fosa séptica)

·         Riesgo geológico

Adicionalmente, se ha considerado que en el caso de atropellamiento de fauna generada por obras y/o acciones del Proyecto, se dará aviso de inmediato al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) oficina Antofagasta u oficina El Loa, para coordinar el rescate del animal atropellado.En el caso que el atropellamiento sea de una magnitud tal que no se pueda esperar la ayuda del SAG, se recurrirá a la asistencia veterinaria más cercana al Proyecto. El o la profesional veterinario, elaborará un informe que dé cuenta del estado de la fauna accidentada y recomendación de medidas a tomar.

En caso de emergencias que afecten el componente suelo, se utilizará la ficha de inspección indicada en la Resolución N° 406/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, al menos cuando se presente emergencias que requieran remoción de suelo. En el caso que sea necesario realizar análisis a la matriz de suelo, estos serán realizados en laboratorio acreditado por el Instituto Nacional de Normalización (INN).

El Titular incorpora el listado de números telefónicos en caso de emergencia relacionados al Municipio de Sierra Gorda como por ejemplo Carabineros, Bomberos, Mutualidad Asociada, Hospital y Municipalidad de Sierra Gorda.

Una vez concluidas las acciones post-emergencia, el Titular entregará un documento, a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), que contenga al menos:

a)      Antecedentes del incidente lugar (superficie afectada, incluir fotografías), fecha, hora, tipo de incidente, causa del incidente, tipo de sustancia o residuo relacionada con el incidente, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, personas afectadas, entre otros antecedentes.

b)      Antecedentes de los componentes afectados por el incidente: es decir de los recursos naturales afectados (suelo, aire, biodiversidad, entre otros).

c)      Antecedentes de los procedimientos o acciones ejecutadas: por ejemplo, remoción de suelos.

El detalle de cada riesgo antes indicado se presenta en la Tabla 9 de la Adenda de la DIA y en el Anexo 7 de la Adenda de la DIA.

10. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14. Que, para que el Proyecto “Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” presentado por Ingeniería Montaje y Servicios Patagonia Ltda.

2°. Certificar que el Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

Notifíquese y Archívese





Arturo Molina Henríquez
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Patricia de la Torre Vásquez
Directora Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Antofagasta




RMM/PTV/DLR/PAL/SEC

Distribución:

  • Claudio Gálvez Arriagada
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Ampliación de Extracción de Áridos Pozo Patagónico 1, Sierra Gorda"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=d1/2c/3030e545093439c9d4d112e8853e029618f1


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