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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Edificio Coronel Godoy"

Resolución Exenta Nº 339/2017

Santiago, 24 de julio de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 14 de junio de 2016, su Adenda de fecha 17 de febrero de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 02 de junio de 2017 del proyecto “Edificio Coronel Godoy” presentada por Inmobiliaria Conquista Godoy SpA.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificio Coronel Godoy”.

 

3°. Las Actas de Evaluación N° 05/2016 de fecha 29 de junio de 2016 y N° 06/2017 de fecha 29 de junio de 2017, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificio Coronel Godoy” de fecha 03 de julio de 2017.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 11 de julio de 2017.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificio Coronel Godoy”.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Conquista Godoy SpA, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificio Coronel Godoy” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria Conquista Godoy SpA

Rut

76.306.203-1

Domicilio

Av. Las Condes 11.400, of. 102. Vitacura

Teléfono

29335368

Nombre representante legal

José Tomás Ruiz - Tagle

Rut representante legal

16.213.606-2

Nombre representante legal

Pablo Ruiz – Tagle Cruzat

Rut representante legal

16.606.718-9

Domicilio ambos representantes legales

Av. Las Condes 11.400, oficina 102, comuna de Vitacura

Teléfono ambos representantes legales

29335368

Correo electrónico ambos representantes legales

prt@iconquista.cl

 

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 03 de julio de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 11 de julio de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificio Coronel Godoy”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 03 de julio de 2017, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El objetivo del presente proyecto, consiste en la construcción y operación de un edificio habitacional, que contará con 28 pisos, 4 niveles de subterráneos, con capacidad para albergar 434 departamentos, 200 estacionamientos para vehículos y estacionamientos para 109 bicicletas.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El proyecto  se sometió al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300 y el artículo 3º del D.S. 40/2012, Reglamento del SEIA

Vida útil

La vida útil para el proyecto es indefinida.

Monto de inversión

USD 21.500.000

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto consistirá en la  demolición y excavación masiva, que se realizarán en forma simultánea

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

El proyecto no se acoge a un proyecto por etapas, de acuerdo al Art. 14 del D.S. N°40/2012 del MMA. La construcción se desarrollará en 22 meses.

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se emplazará en  calle Coronel Godoy N° 143, 149, 155 y 275 de la comuna de Estación Central, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

Justificación de la localización

El Proyecto se localiza en la comuna de Estación Central y su ubicación se circunscribe en el polígono conformado por las calles; Avenida Libertador Bernardo O’Higgins por el norte, Toro Mazote por el oriente, Coronel Souper por el sur y Placilla por el poniente. Dado lo anterior, el proyecto está en la cercanía de la  estación de Metro San Alberto Hurtado, perteneciente a la línea 1 de la red de Metro de Santiago y a paraderos de distintos recorridos del Transantiago.

De acuerdo a lo indicado en los Certificados de Informaciones Previas, adjuntos en el Anexo N°3 de la DIA, el Proyecto se localizará en una zona correspondiente a una Zona Habitacional Mixta, cuyos usos permitidos corresponden a viviendas, equipamientos y actividades inofensivas.

Cabe señalar, que el proyecto se emplazará en un terreno de superficie igual a 1.857,71 m2 conformado por cuatro propiedades, los cuales fueron fusionados mediante Resolución 04/2016 de fecha 29 de febrero de 2016, adjunta en el Anexo N°3 de la DIA.

Cabe hacer presente, que el proyecto cuanta con permiso de edificación aprobado N°88 de fecha 11 de junio de 2016 por la I. Municipalidad de Estación Central. Sin embargo, el Titular en Adenda, señala que el proyecto considera modificaciones a este permiso, las cuales se presentará a la Dirección de Obras Municipales de Estación Central, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental. En relación a lo anterior, el proyecto en evaluación considera las modificaciones mencionadas, las cuales se detallan a continuación:

Tabla 1: Cuadro comparativo cambios al Proyecto

 

Permiso de Edificación N°88-2016

Modificación de Proyecto

N° de departamentos

434

434

N° de estacionamientos vehiculares

156

200

Dotación de estacionamientos

35,78%

46,08%

N° de estacionamientos bicicletas

84

109

N° de subterráneos

3

4

Fuente: Tabla N°9 de la Adenda y Permiso de Edificación, adjunto en el Anexo N°2 de la Adenda.

 

Superficie

La superficie total del terreno donde se emplazará el Proyecto es de 1.857,71 m2 y se proyecta construir 24.334,55 m2.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del Proyecto.

Tabla 2: Coordenadas del Predio en UTM DATUM WGS 84

Vértice

Este (m)

Norte (m)

A

342.633

6.296.795

B

342.676

6.296.808

C

342.688

6.296.770

D

342.638

6.296.756

E

342.636

6.296.785

Centroide

342.660

6.296.782

Fuente: Figura 1 de la DIA

Caminos de acceso

Durante la fase de construcción y operación del proyecto el acceso peatonal y vehicular será por calle Coronel Godoy.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En el Anexo N°2 de la DIA se adjunta KMZ.

En el Anexo N°2 de la DIA se adjuntan  planos de planta y de subterráneo y en el Anexo N°1 de la Adenda se adjuntan planos de cortes (corte A-A, corte B-B y corte C-C) y elevaciones (elevación poniente, elevación oriente, elevación norte y elevación sur).

En el Anexo N°1 de la Adenda se adjuntan  KMZ y plano de Instalación de faenas.

 

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1 FASE DE CONSTRUCCION

Instalación de Faenas

En esta fase, la construcción de edificaciones corresponde principalmente a la instalación de faena, las cual está compuesta por bodegas, baños, duchas y vestidores, oficinas, estacionamientos vehículos livianos, zona de acopio de residuos, zona de carga  y descarga, zona de lavado de ruedas sobre piso de hormigón o ripio, zona de residuos peligrosos, zona de residuos sólidos domiciliarios y zona de sustancias inflamables.

 

Las coordenadas de ubicación de cada una de las partes consideradas (UTM DATUM WGS84) en la instalación de faena se presentan a continuación:

 

Tabla 3: Coordenadas de instalación de faenas (Datum WGS 84, Huso 19 S)

Puntos

Norte

Este

Oficinas

A

6.296.758

342.638

B

6.296.759

342.640

C

6.296.765

342.639

D

6.296.765

342.637

 

Casino

C

6.296.765

342.640

D

6.296.765

342.637

E

6.296.770

342.637

F

6.296.771

342.639

 

Baños

E

6.296.770

342.637

F

6.296.771

342.639

G

6.296.776

342.638

H

6.296.776

342.636

 

Duchas y vestidores

G

6.296.776

342.638

H

6.296.776

342.636

I

6.296.782

342.636

J

6.296.783

342.638

 

Zona de residuos sólidos domiciliarios

A

6.296.796

342.636

B

6.296.797

342.639

C

6.296.796

342.639

D

6.296.794

342.636

 

Zona de sustancias inflamables

A

6.296.797

342.640

B

6.296.798

342.644

C

6.296.794

342.645

D

6.296.794

342.641

 

Zona de residuos peligrosos

A

6.296.798

342.645

B

6.296.799

342.648

C

6.296.796

342.649

D

6.296.795

342.646

 

Zona de acopio de residuos

A

6.296.800

342.651

B

6.296.801

342.653

C

6.296.798

342.653

D

6.296.797

342.651

 

Bodega

A

6.296.801

342.654

B

6.296.804

342.664

C

6.296.801

342.665

D

6.296.799

342.655

 

Zona de carga y descarga/ Zona de acopio

A

6.296.761

342.655

B

6.296.758

342.646

C

6.296.761

342.645

D

6.296.764

342.655

 

Estacionamiento vehículos livianos

A

6.296.765

342.668,886

B

6.296.762

342.659,229

C

6.296.767

342.657,840

D

6.296.770

342.667,564

 

Zona de lavado de ruedas sobre piso de hormigón o ripio

A

6.296.769

342.685

B

6.296.765

342.671

C

6.296.771

342.670

D

6.296.774

342.683

Fuente: Tabla N°1 de la Adenda

 

En el Anexo 1 de la Adenda, se adjunta KMZ y plano de la instalación de faena.

Bodega Almacenamiento temporal de residuos peligrosos

La bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, contempla las siguientes características:

·       Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

·       Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

·       Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, utilizando para ello, planchas de zinc alum.

·       Garantizará que se minimice la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

·       Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

·       Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh. 2.190 Of 93. Artículo 33° del D.S. 148/03 del MINSAL.

Bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas

La cantidad estimada de sustancias peligrosas será de 850 L, por lo tanto como se almacenarán menos de 3 toneladas de sustancias inflamables, éstas se almacenarán en bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del Decreto N° 43/2015 del MINSAL.

Zona de acopio de residuos

El sitio de almacenamiento temporal de residuos se ubicará en un sector de la zona de faena. La superficie será de 3m de largo por 2,5 m de ancho. Tendrá una base continua de hormigón, impermeable, y resistente estructural y químicamente a los residuos. Además, contará un cierre perimetral con malla raschel y no será techado.

Para el almacenamiento de los residuos valorizables: cartones, descarte de aluminios y plásticos, se utilizarán jaulas o tambores metálicos, debidamente rotulados. Para el almacenamiento de los residuos valorizables de mayor tamaño se utilizará contendor metálico.

Respectos a los residuos domiciliarios dispuestos en diferentes puntos de la faena, serán recolectados diariamente y almacenados en el sector graficado en el plano adjunto en el Anexo N°1 de la Adenda.

Maquinarias

Las maquinarias a utilizar en la fase de construcción se señalan en las Tablas 2.3 a la 2.5 del estudio acústico adjunto en el Anexo N°3 de la Adenda.

Excavación

Las excavaciones se ejecutarán conforme a las dimensiones, cotas y pendientes establecidas en los planos del Proyecto. Todo lo anterior, previo a la instalación en obra, de los elementos de seguridad necesaria. El material procedente de las excavaciones será dispuesto en botadero autorizado por la autoridad pertinente. Se utilizará una retroexcavadora cuyo rendimiento es de 30 m3/h. De acuerdo al Estudio atmosférico, incluido en Anexo 4 de la DIA, corregido en el Anexo 6 de la Adenda, la cantidad de material a extraer es de 25.104,42 m3.

Carga y volteo

La actividad de carga y descarga de material se realizará mediante cargador frontal a camiones tolva y siguiendo las normativas vinculadas a esta actividad. Las acciones preventivas a ejecutar en esta actividad son las siguientes:

 

  • Cubrir acopios: cubrir los acopios de material granular con lonas de material plástico o textil hasta su retiro. Usar humectación si es necesario.
  • Minimizar altura de descarga: minimizar la altura de descarga del material hacia la tolva al utilizar maquinaria.
  • No recargar tolva de camiones: cargar el material o residuo hasta 10 cm bajo línea de superficie de la tolva con el objetivo de minimizar la emisión de material particulado y evitar la caída durante el trayecto.
  • Minimizar permanencia de acopios en obra: limitar, mediante una adecuada programación de actividades, el tiempo de exposición del material removido.
  • Extremar medidas de mitigación en episodios de contingencia ambiental: aumentar el programa de humectación y evitar disponer residuos en botaderos y realizar excavaciones en días de alerta, preemergencia y emergencia ambiental.

Movimiento de maquinaria, equipos y camiones

Se contempla el desplazamiento de maquinarias y camiones en el área de construcción. Dentro de los cuales, se considera el movimiento de: retroexcavadora, camiones tolva, grúas, betoneras, cargador frontal, y motoniveladora, entre otros.

Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos

Para el abastecimiento de agua potable, se conectará a la red de existente en al interior de predio. El proyecto cuenta con certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado Nº 009798 de fecha 16 de diciembre de 2015, emitido por la empresa Aguas Andinas, el cual se adjunta en el Anexo N°3 de la DIA.

Cabe señalar, que al inicio de la fase de construcción será necesario utilizar baños químicos. Una vez que se realicen las conexiones a las redes de agua potable y alcantarillado en faena, se habilitará de manera permanente servicios higiénicos, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

Abastecimiento eléctrico

Se solicitará empalme eléctrico provisorio de la empresa del sector. Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. Nº 92, de 1983, 'Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos', del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, mencionada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 'Declaración de Instalación Eléctrica Interior'.

Abastecimiento Combustible

La recarga de combustible para las maquinarias, se realizará diariamente mediante la estación de servicios más cercana, o aquella con la cual se realice un convenio de suministro. No existirá recarga de combustible dentro de la obra.

Sustancias Peligrosas

Durante la fase de construcción se utilizarán las siguientes sustancias peligrosas:

Tabla 4: Sustancias Peligrosas

Sustancia peligrosa

Clasificación (D.S. Nº 78)

Cantidad estimada (L)

Densidad (ton/L)

Cantidad estimada (ton)

Pinturas óleo

inflamable

500

0,0011

0,55

Aguarrás mineral (solvente)

inflamable

100

0,00086

0,086

Barnices

inflamable

100

0,00092

0,092

Adhesivo cerámico (pegamento)

inflamable

50

0,00165

0,0825

Adhesivo molduras (pegamento)

inflamable

50

0,00125

0,0625

Resinas epóxicas

inflamable

50

0,00092

0,046

Total

-

850

-

0,919

Fuente: Tabla N°15 de la DIA.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no realizará explotación ni extracción de recursos naturales renovables en la fase de construcción.

Emisiones atmosféricas

Las emisiones atmosféricas de la construcción son generadas por demolición, escarpe, excavación, perforaciones, volteo, tránsito y motor de vehículos en camino no pavimentado y pavimentado, funcionamiento de maquinaria, entre otras.

De acuerdo a la estimación de emisiones del proyecto adjuntas en el Anexo N° 6 de la Adenda, las emisiones atmosféricas del proyecto son las siguientes:

Tabla 5: Emisiones Atmosféricas de la fase construcción (ton/año).

Año

Contaminante (Ton/año)                          

MP10

NOX

CO

SOx

HC

1

2,2905

4,0652

1,0086

0,1821

0,3579

2

0,2682

0,8222

0,1963

0,0409

0,0667

Límite D.S. 66/2009

(ton/año)

2,5

8

100

 

50

 

100

Fuente: Tabla N°50 del Anexo N°6 de la Adenda.

 

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto durante la fase de construcción no superará los límites establecidos en el D.S. N°66/2009 del MINSEGPRES.

Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, mediante su Oficio Ordinario N° 460 de fecha 14/06/2017, se pronuncia conforme.

Ruido

Las emisiones de ruido del proyecto son generadas por demolición, excavación, preparación de terreno, obra gruesa y terminaciones de edificio.

De acuerdo al Anexo N° 3 “Emisiones de Acústico” de la Adenda, el proyecto da cumplimiento al D.S.38/11 del MMA, bajo la condición de implementar medidas de control que se describen en dicho Anexo. Se da cuenta de lo anterior, en las Tablas 5.1 al 5.3 del estudio acústico mencionado.

En relación a lo anterior, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante su Oficio Ordinario N° 3375 de fecha 15/06/2017, indica lo siguiente:

 “Etapa Construcción:

  1. Para toda las faenas de construcción, se deberá implementar un cierre total del perímetro del proyecto con barreras acústicas, las cuales deberán ser construidas con materiales que cumplan con una densidad superficial mayor o igual a 10 kg/m2, La materialidad de dicha barrera corresponde a madera OSB de 11 mm de espesor, lamina de aislante acústico vinilo de alta densidad y material absorbente acústico tipo lana de vidrio con velo de 50 mm de espesor tal como se muestra en la Figura 5.1 del Anexo “Estudio Acústico y Vibraciones Corregido” de la Adenda de la DIA. Todo el cierre perimetral deberá poseer una altura de 4.88 m y deberá poseer una cumbrera de 1 metro inclinada en 45° hacia el interior del recinto.
  2. Se deberá instalar cobertizos acústicos para encerrar las fuentes de ruido tales como las herramientas de corte, las de uso manual y los generadores. Los cobertizos acústicos deberá ser construido de la misma materialidad que el cierre perimetral acústico. La configuración de estos cobertizos acústicos son los indicados en la Figura 5.4 del Anexo “Estudio Acústico y Vibraciones Corregido” de la Adenda de la DIA.
  3. Para la descarga de los camiones mixer y otros camiones, se deberá implementar un túnel acústico conformado por madera OSB de 11 mm de espesor, lamina de aislante acústico vinilo de alta densidad y material absorbente acústico tipo lana de vidrio con velo de 50 mm de espesor. Las dimensiones aproximadas del túnel son 9 m de longitud, 3 m de ancho y 4 m de altura. Las caras abiertas de este túnel deberán estar ubicadas en oposición a la ubicación de los receptores. La configuración de este túnel acústico deberá ser la indicada a la Figura 5.2 del Anexo “Estudio Acústico y Vibraciones Corregido” de la Adenda de la DIA.
  4. Se deberá definir un área de trabajo para maquinarias pesadas como el camión tolva, excavador y retroexcavadora, la cual deberá estar delimitada por barrera acústicas de 4.88 m de altura con una cumbrera de 1 m, inclinadas en 45° y la materialidad deberá ser de madera OSB de 11 mm de espesor, lamina de aislante acústico vinilo de alta densidad y material absorbente acústico tipo lana de vidrio con velo de 50 mm de espesor.
  5. A medida que el edificio en construcción vaya aumentado su altura, se deberá implementar barreras acústicas móviles, los cuales deberán ser construido de Paneles acústicos modulares, Material Acústico Absorbente con protección, perfilería estructural para soporte vertical y horizontal de paneles acústicos y un sistema de fijación móvil con resistencia de carga. La figura 5.2 del Anexo “Estudio Acústico y Vibraciones Corregido” de la Adenda de la DIA, muestra la configuración de las barreras acústicas móviles.
  6. Para los trabajos en altura se deberá cubrir los vanos en las fachadas del edificio en construcción, para esto se deberá instalar barreras acústicas flexibles, esta barreras deberá estar construida con vinilos de alta densidad y material desacoplador que proporcione una atenuación de 20 dB en 250 Hz, tal como lo muestra la Figura 5.5 del Anexo “Estudio Acústico y Vibraciones Corregido” de la Adenda de la DIA.
  7. Se deberán implementar las Medidas de Gestión indicadas en el apartado 5.1 “Medidas de Control para Reducir Niveles de Ruido” del Anexo “Estudio Acústico y Vibraciones Corregido” de la Adenda de la DIA.

Todas las etapas

  1. Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace.”

 

Vibraciones

Las emisiones de vibración del proyecto son generadas por demolición, excavación y obra gruesa.

De acuerdo al Anexo N° 3 “Emisiones de Acústico y vibraciones” de la Adenda, el proyecto da cumplimiento a los límites establecidos en el documento técnico de referencia “Transit Noise and Vibration Impact Assessment” de la Federal Transport Administration de Estados Unidos, bajo la condición de utilizar medidas de control las cuales se detallan en el punto 5.2 de la Adenda.

Residuos líquidos industriales

Durante la fase de construcción  se realizará lavado de rueda de camiones, a través de manguera previo a la salida de los camiones en el sector habilitado para el lavado de ruedas, el cual será impermeable para evitar la infiltración de estos residuos. El exceso de estas aguas se depositará en una cámara decantadora de 1 m3 y posteriormente se retirará por una empresa autorizada. El retiro de estas aguas residuales se efectuará en promedio cada 2 semanas o según sea necesario. Sobre el volumen de agua a utilizar para el lavado de ruedas, se estima la utilización de 2 litros por rueda de camión, considerando el peor escenario.

En la siguiente tabla se presenta el flujo diario de camiones para el lavado de ruedas conforme a la carta Gantt del proyecto:

 

Tabla 6:Flujo de camiones diarios durante la fase de construcción

Material/residuo a trasladar

Hormigón

Fierro

Tierra

Escombros

Demolición

Otros Materiales

Residuos Peligrosos

Camión utilizado

Mixer

Basculante

Tolva

Basculante

Tolva

Basculante

N° de camiones día

4

1

23

1

2

2

1

Duración mensual según carta gantt

14

14

3

10

1

10

10

Fuente: Taba N°5 de la Adenda

 

De la tabla anterior, se desprende que durante la demolición (1 mes de actividad) se tendrá un flujo diario de 2 camiones; para las excavaciones se tendrá un flujo diario de 23 camiones durante 3 meses; para la actividad de obra gruesa se tendrá un flujo diario de 4 camiones durante 14 meses; y durante la actividad de terminaciones se tendrá un flujo diario de 2 camiones durante 10 meses.

Cabe mencionar, que el origen de las aguas a emplear para dicha actividad provendrán de la red existente siendo el Titular el encargado del pago de este servicio, las boletas canceladas estarán disponible en la obra para posterior fiscalización por parte de la autoridad.

El Proyecto no realizará lavado de canoas de camiones mixer, ni lavado o mantención, preparación y/o disposición de lechada.

Residuos sólido domiciliarios

Residuos industriales no peligrosos

Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos domiciliarios y asimilables y residuos sólidos industriales no peligrosos:

 

Tabla 7: Generación de Residuos Sólidos No Peligrosos en la Fase de Construcción

Actividad

Residuo

Tipo de residuo

Cantidad (ton/mes)

Almacenamiento

Frecuencia de retiro

Condiciones de la zona de acopio

Forma de disposición final

Durante toda la obra

Restos de comida, papel, servilletas, tela, plásticos, etc.

Sólidos domiciliarios

27,36

3-4 contenedores de 360 L con tapa y ruedas, reforzados en su interior con bolsa plástica.

Cada dos días

Base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos

Retirados por camión recolector municipal y llevados a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud.

Excavación

Material integral y tierra vegetal

Inertes

25.104,42

Contenedor metálico abierto

Diario

No aplica, dado que los residuos serán cargados directamente en camiones, para transportarlos a destinatarios autorizados.

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Demolición

Escombros

Inertes

983,74

Terminaciones

Escombros

Inertes

Terminaciones

Descarte de fierro

Valorizables

1,76

Tambores metálicos rotulados.

mensual

Base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos

Empresa recicladora, autorizada por la SEREMI de Salud.

Descarte de madera

4,42

Descarte de aluminio

1,01

Oficinas y embalaje

Papel, cartón y productos de papel

0,33

Terminaciones

Vidrio

0,55

Plástico

1,66

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda Complementaria

 

Residuos peligrosos

Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos peligrosos:

 

Tabla 8: Generación de Residuos Peligrosos

Actividad

Residuo

Tipo de residuo

Cantidad (ton/mes)

Almacenamiento

Frecuencia de retiro

Condiciones de la zona de acopio

Forma de disposición final

Terminaciones

Envases vacíos de pinturas (desmoldantes e imprimantes)

Peligrosos

0,5

Tambor metálico de 220 litros debidamente tapado y etiquetado

Cada 6 meses

Según las EETT de la Bodega de residuos peligrosos

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Envases vacíos de solventes (ácido muriático)

0,2

Envases vacíos de pegamentos, aceites y barnices (trapos y huaipes contaminados)

0,4

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda Complementaria

 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase

Tabla 4.6.1.1 Partes y obras.

Tabla 4.6.1.2 Acciones.

Tabla 4.6.2 Suministros básicos

Tabla 4.6.3 Recursos naturales renovables.

Tabla 4.6.4.1 Emisiones a la atmósfera.

Tabla 4.6.4.2 Emisiones líquidas.

Tabla 4.6.4.3 Ruido.

Tabla 4.6.4.4 Otras emisiones

Tabla 4.6.5.1 Residuos no peligrosos.

Tabla 4.6.5.2 Residuos peligrosos.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Departamentos

El proyecto contempla un edificio con 434 departamentos, salas de basura, piscina, gimnasio, bodegas y quincho.

Estacionamientos

El proyecto tendrá un total de 200 estacionamientos para vehículos livianos, repartidos entre los 4 niveles subterráneos y superficie.

 

La distribución de los estacionamientos para vehículos se indica a continuación:

 

Tabla 9: Estacionamientos de vehículos del Proyecto.

Destino

Exigencia

Nivel

Estacionamientos Exigidos

Vivienda de 0 a 100 m2

1 cada 2 viviendas

1º piso

217

1º subte.

2º subte.

3º subte.

4º subte.

N° de estacionamientos de bicicletas, según Disposición D-109 MINVU: 1 cada 2 estacionamientos vehiculares

109

N° de estacionamientos vehiculares, según descuento en los estacionamientos vehiculares D.S. Nº 109: 1 estacionamiento vehicular cada 3 estacionamientos de bicicletas

181

Nivel

Estacionamientos Propuestos

1º piso

12

200

1º subte.

47

2º subte.

48

3º subte.

47

4º subte.

46

Total Estacionamientos vehiculares propuestos

200

           

Fuente: Tabla N°8 de la Adenda

 

El proyecto considera 109 estacionamientos para bicicletas.

El proyecto tiene aprobado un Análisis Vial Básico mediante oficio Ord. SM/AGD/Nº 5911 de fecha 09 de agosto de 2016 de la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, el cual se adjunta en el Anexo N°5 de la Adenda.

Grupo electrógenos y calderas

El proyecto contempla 1 grupo electrógeno de emergencia de 140,8 KW.

El Proyecto contará con dos calderas a gas natural y estanques de acumulación, con un uso diario promedio de 12 horas al año (365 días).

Aguas lluvias

La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano. En Anexo 6 de la DIA, se adjunta el Proyecto de aguas lluvias.

Todas las aguas provenientes de las cubiertas del edificio, así como de pavimentos y losas bajo jardines serán conducidos a zanjas de drenaje ubicados bajo el último subterráneo. La solución a la evacuación y drenaje de aguas lluvias dará saneamiento y garantizará que no se generen mayores caudales de escurrimientos superficiales producto de las superficies impermeables, que los producidos en la situación sin Proyecto.

En el Anexo 4 de la Adenda se adjunta el Programa de mantenimiento del sistema de aguas lluvias.

Red húmeda

El Proyecto contempla red húmeda y las aguas provendrán de los estanques de acumulación de aguas ubicados en los subterráneos.

Revisión y mantención equipos

Se ha considerado que las actividades de mantención estarán a cargo de empresas  autorizadas. Estas labores corresponderán a la mantención de ascensores, grupos electrógenos, calderas, piscina, entre otros. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular tendrá presente, que en caso de ser calificado ambientalmente favorable las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, son de su responsabilidad, sean implementadas por él directamente o a través de un tercero.

Agua potable y alcantarillado de aguas servidas

El agua potable y el alcantarillado de aguas servidas serán provistos por la empresa Aguas Andinas S.A. según consta en los Certificados de Factibilidad N°009798 de fecha 16 de diciembre de 2015, que se acompaña en Anexo 3 de la DIA.

Energía

La factibilidad de suministro de energía eléctrica, será a través de la empresa del sector y estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Productos generados

El Proyecto no considera la elaboración de productos, por lo tanto, no corresponde realizar cuantificación del manejo ni transporte de productos. El proyecto solo contempla la construcción de un edificio.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.

Emisiones atmosféricas

De acuerdo a los niveles de emisiones atmosféricas generados en la fase de operación por funcionamiento de calderas del edificio y del  grupo electrógeno, se indica en el Anexo N°6 de la Adenda, que el proyecto cumple con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA).

 

Tabla 10: Resumen de Emisiones fase de operación

 

MP10

CO

NOx

SOx

Total Emisión (Ton/año)

0,0542

0,0634

0,6155

0,0393

Límite PPDA (Ton/año)

2,5

100

8

50

Fuente: Tabla N°56 del Anexo N°6 de la Adenda

Al respecto, la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, mediante su Oficio Ordinario N° 460 de fecha 14/06/2017, se pronuncia conforme.

Emisiones de ruido

Las emisiones de ruido en operación del proyecto son generadas por el grupo electrógeno de emergencia, sala de bombas y sala de máquinas.

De acuerdo a la estimación acústica realizada en estudio adjunto en el Anexo N°3 de la Adenda, el proyecto en fase de operación cumple con los límites máximos establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA, utilizando medidas de control.

Sin perjuicio de lo anterior, se considera instalar el grupo electrógeno, motores de salas de máquina y equipos de operación en general, montados sobre superficies antivibratorias seleccionadas de acuerdo al peso y a la frecuencia de funcionamiento de cada maquinaria. De este modo se reduce la transmisión de vibraciones mecánicas a través de la estructura del edificio de tal modo de evitar la generación de ruidos inducidos por las mismas.

En relación a lo anterior, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante su Oficio Ordinario N° 3375 de fecha 15/06/2017, indica lo siguiente:

“Etapa Operación

Para la etapa de operación, los equipos generadores de ruido serán ubicados dentro de salas cuyos elementos constructivos (Muros, Puertas, Ventanas) deberán poseer un aislamiento igual o superior a un índice de reducción acústica de 45 dB(A), además los equipos y sus ductos deberán poseer montajes antivibratorios de tal forma de quedar aislados mecánicamente de la estructura de la obra gruesa. Los ductos de salida o escapes de gases deberán poseer silenciadores que garanticen niveles de ruido de emisión medidos en el lugar de los receptores por debajo de los 45 dB(A).

Todas las Etapas

Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica” o el que lo reemplace.”

Residuos líquidos industriales

El Proyecto no genera residuos líquidos industriales durante la fase de operación.

Residuos sólidos domiciliarios

Durante la fase de operación se generarán los siguientes residuos sólidos:

 

Tabla 11: Generación de Residuos Sólidos en Fase de Operación

Actividad

Residuo

Tipo de residuo

Cantidad (ton/mes)

Almacenamiento

Frecuencia de retiro

Condiciones de la zona de acopio

Forma de disposición final

Operación de departamentos

Restos de comida, papel, servilletas, tela, plásticos, etc.

Sólidos domiciliarios

7,63

Sala de basura y sector de pre-carguío

Cada dos días

Según Proyecto de basuras y en conformidad a la Resolución Nº 7328 de 1976 del MINSAL

Servicio de aseo municipal

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda Complementaria 

 

Residuos peligrosos

No se generarán residuos de este tipo durante la Fase de Operación toda vez que corresponde a un proyecto de desarrollo inmobiliario, donde los residuos líquidos y sólidos son de carácter domiciliario.

Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

El Proyecto no contempla la utilización de productos químicos u otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase

Tabla 4.7.1.1 Partes y obras.

Tabla 4.7.1.2 Acciones.

Tabla 4.7.2 Suministros Básicos.

Tabla 4.7.3 Productos generados.

Tabla 4.7.4 Recursos naturales renovables.

Tabla 4.7.5.1 Emisiones a la atmósfera.

Tabla 4.7.5.2. Emisiones líquidas o efluentes

Tabla 4.7.5.3 Ruido.

Tabla 4.7.6.1 Residuos no peligrosos.

4.3.3 FASE DE CIERRE

El proyecto no considera fase de cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Agosto de 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Demolición y excavación masiva, dado que estas actividades se realizarán en forma simultánea, según estudio acústico adjunto en el Anexo N°3 de la Adenda.

Fecha estimada de término

Mayo 2019

Parte, obra o acción que establece el término

 

Recepción de obras por parte de la Municipalidad de Estación Central.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio

 Mayo 2019

Parte, obra o acción que establece el inicio

Recepción de obras por parte de la Municipalidad de Estación Central.

Fecha estimada de término

Indefinida

4.4.3. FASE DE CIERRE

El proyecto no contempla fase de abandono o cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

4.5 MANO DE OBRA

Fases

Número máximo de personas

Número promedio de personas

Construcción

150

--

Operación

--

20

Cierre

No contempla fase de cierre

       

Fuente: Tabla N°7 y Tabla N°16 de la DIA

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental

De acuerdo a lo presentado en la DIA y en sus dos Adendas, no se generarán riesgos en la Salud de la población cercana al proyecto

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

De acuerdo a la estimación  de emisiones atmosféricas, adjunto en el Anexo N°6 de la Adenda, las emisiones generadas tanto en la fase de construcción, como en la fase de operación no superan los límites máximos de MP10 establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). Además, se proponen acciones de control, las cuales están descritas en dicho Anexo.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

De acuerdo a los niveles de ruidos generados en las fases de construcción y operación, el proyecto cumple con el límite máximo establecido por el D.S. 38/2011 del MMA, aplicando en la fase de construcción las medidas de control descritas en el Anexo N°3 de la Adenda.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Tanto las emisiones como efluentes que se generarán durante la construcción del proyecto corresponden a las típicas de una construcción de viviendas (material particulado, aguas servidas, entro otras), que no corresponden a sustancias que puedan generar riesgo para la salud de la población.

El Titular en el Anexo N°6 de la Adenda, presenta el Estudio de Emisiones actualizado, donde se indica que tanto para la fase de construcción como en la operación no se superan los límites máximos de MP10 establecidos por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). Además, se proponen acciones de control, las cuales están descritas en dicho Anexo.

El proyecto cuanta con factibilidad de agua potable y alcantarillado, según da cuenta el certificado adjunto en el Anexo N°3 de la DIA.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

El Titular habilitará instalaciones adecuadas en las distintas fases del proyecto, para efectuar el almacenamiento transitorio de los distintos tipos de residuos sólidos que se generen. Igualmente contratará  empresas especializadas y debidamente autorizadas para que efectúen el retiro, traslado y disposición final de éstos. Estas instalaciones y el manejo de los residuos, está descrito en el PAS 140 y PAS 142.

 

Durante la fase de construcción se utilizarán sustancia peligrosas, correspondientes a pinturas óleo, aguarrás mineral, barnices, adhesivo cerámico, adhesivo molduras, resinas epóxicas, con una cantidad estimada de 850 L. Se almacenarán menos de 3 toneladas de sustancias peligrosas, por lo cual, serán dispuestas en una bodega común en cumplimiento a lo establecido en el artículo 25 del Decreto Nº43/2015 del MINSAL.

El proyecto cuanta con factibilidad de agua potable y alcantarillado, según da cuenta el certificado adjunto en el Anexo N°3 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 5.1 y 6.1 del ICE.

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental

El proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento del SEIA. 

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

No aplica

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El Proyecto se emplazará en un área urbana altamente intervenida, el terreno presenta construcciones existentes, por lo tanto con el desarrollo del proyecto no se producirá pérdida de suelo o su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

En la ubicación del proyecto y en general en la comuna de Estación Central no existen en la actualidad remanentes de vegetación natural. En plazas y parques solo se presenta vegetación urbana y en sitios abandonados y eriazos, principalmente hierbas anuales de bajo valor paisajístico (ONG Entorno, 2011), lo que se corrobora en lo expuesto en el Análisis Territorial y Set fotográfico (Anexo 5 y Anexo 10 de la DIA).

Por lo mencionado, en el sector de emplazamiento del Proyecto, sector altamente intervenido de la comuna, no existirá explotación, alteración o manejo de superficies con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota.

 

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

De acuerdo a la estimación  de emisiones atmosféricas, adjunto en el Anexo N°6 de la Adenda, las emisiones generadas tanto en la fase de construcción, como en la fase de operación no superan los límites máximos de MP10 establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). Además, se proponen acciones de control, las cuales están descritas en dicho Anexo.

 

Respecto a los residuos sólidos generados durante la fase de construcción, el Titular, habilitará sectores de acopio, para efectuar el almacenamiento transitorio de estos residuos, además de contratar a empresas especializadas y debidamente autorizadas para que efectúe el retiro, traslado y disposición final.

 

Los residuos sólidos generados durante la fase de operación, serán almacenados en salas de basura ubicadas en el primer piso, procurando su correcto almacenamiento y contención hasta que sean retirados por el servicio de aseo municipal.

 

Durante la fase de construcción  se realizará lavado de ruedas de camiones, a través de manguera previo a la salida de los camiones en el sector habilitado para el lavado de ruedas, el cual será impermeable para evitar la infiltración de estos residuos. El exceso de estas aguas se depositará en una cámara decantadora de 1 m3 y posteriormente se retirará por una empresa autorizada. El retiro de estas aguas residuales se efectuará en promedio cada 2 semanas o según sea necesario. Sobre el volumen de agua a utilizar para el lavado de ruedas, se estima la utilización de 2 litros por rueda de camión, considerando el peor escenario.

 

El proyecto cuanta con factibilidad de agua potable y alcantarillado, así da cuenta el certificado adjunto en el Anexo N°3 de la DIA.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

En lo que respecta a las normas secundarias de Calidad Ambiental - Aire, las siguientes son las vigentes en nuestro país:

 

§  Decreto Supremo 22/2009. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. “Establece norma de calidad secundaria de aire para Anhídrido Sulfuroso SO2”.

§  Decreto Exento 4/1992. Ministerio de Agricultura. “establece normas de calidad del aire para material particulado sedimentable en la cuenca del Río Huasco, III Región”.

 

De acuerdo a la estimación de emisiones incluida en el Estudio Atmosférico adjunto en el Anexo N°6 de la Adenda, realizado en base a lo exigido en el PPDA, y considerando la tipología del proyecto en evaluación, no se sobrepasarán los límites establecidos en el D.S. Nº22/2009 ni en el PPDA.

 

De acuerdo al Decreto Exento Nº 4/1992, el proyecto se encuentra distante a más de 800 km del Río Huasco, por tanto, no son aplicables al área de emplazamiento del proyecto.

 

En lo que respecta a las normas secundarias de Calidad Ambiental - Agua, las siguientes son las vigentes en nuestro país:

 

§  D.S. N° 19/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales del Lago Villarrica.

§  D.S. Nº122/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales del Lago Llanquihue.

§  D.S. Nº75/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas continentales superficiales de la cuenca del Río Serrano.

§  D.S. N°53/2013 del MMA. Establece normas secundarias de calidad ambiental para la protección de las aguas superficiales de la cuenca del río Maipo.

 

Las citadas normas secundarias de calidad, no aplican al Proyecto en evaluación, ya que éste se encuentra fuera de la zona de aplicación de ellas.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

El proyecto no generará niveles de ruido significativos en ninguna de sus fases que puedan afectar a los recursos naturales del entorno. El área de emplazamiento del proyecto se encuentra inserta en una zona donde no  hay evidencia de fauna nativa en algún estado de conservación que pudiera ver alterado su hábitat.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Se aclara que durante la fase de construcción se utilizarán sustancias químicas, como pinturas, aceites, solventes, las cuales será almacenada en una bodega común y se dará cumplimiento a lo indicado en la norma D.S. N°43/2015 del MINSAL o aquella que la reemplace.

En relación a la generación de residuos peligrosos generados durante la fase de construcción del Proyecto, estos corresponden a envases vacíos de pinturas (envases vacíos de desmoldantes e imprimantes), envases vacíos de solventes (envases vacíos de ácido muriático), envases vacíos de pegamentos, aceites y barnices (trapos y huaipes contaminados, envases vacíos de espuma de poliuterano y de adhesivos de contacto) y con una cantidad estimada a generar de 1,1 m3/mes, los cuales serán almacenados en tambores metálicos, donde estarán debidamente etiquetados, dentro de la bodega de acopio temporal de residuos, por un período inferior a 6 meses. Luego serán retirados por empresa autorizada para su disposición final.

 

El traslado de residuos peligrosos a su disposición final en un lugar autorizado, se llevará a cabo a través de la contratación de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria para la realización de estas labores.

Los vehículos que se utilizarán en el transporte de residuos peligrosos estarán diseñados, construidos y operados de modo que cumplan su función con plena seguridad, conforme a lo dispuesto en el D.S. 148/2003 del MINSAL, y adecuados para el tipo, características de peligrosidad y estado físico de los residuos a transportar, de acuerdo a la información que el Titular proporcionará a la empresa contratista.

 

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos.

 Es posible indicar que en ninguna de sus fases, el Proyecto contempla intervenir o explotar recursos hídricos, ni tampoco el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales.

En base al plano L-18 Corte A-A, adjunto en el Anexo N°1 de la Adenda, los subterráneos tendrán una profundidad total de 11,64 metros, por lo que la profundidad máxima a excavar considerando un metro de fundación corresponderá a 12,64 m. Respecto a la napa freática, no se detectó presencia a los 30 metros de exploración, según lo señalado en el Estudio de mecánica de suelos presentado en la DIA.

En el Anexo 1 de la Adenda, se encuentra disponible el plano “ECG_ Identificación profundidad de excavación y nivel freático corregido”, donde se ilustra lo antes descrito.

 

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.2 del ICE

El proyecto no genera efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental

El Proyecto no generará reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

Hay existencia de grupos humanos en el área de influencia, de acuerdo a lo identificado en el estudio de Medio Humano, adjunto en el Anexo 4 de la DIA y el Anexo 10 Estudio de caracterización de Medio Humano corregido, adjunto a la Adenda.

Reasentamiento de comunidades humanas

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas ni considera el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habiten en el lugar de influencia del Proyecto o actividad.

Los siguientes antecedentes  justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

 El sector donde se emplazará el Proyecto corresponde a un área ya intervenida, con construcciones y viviendas que datan aproximadamente de los años 40, por cuanto el Proyecto no generará una intervención distinta a la ya realizada en el proceso de urbanización y construcción de viviendas que se ha generado en la comuna y específicamente en el área de influencia.

Además, en el área de emplazamiento existe una amplia cantidad y diversidad de locales comerciales, refiriendo a actividades económicas asociadas al rubro “comercio y servicios”,  no vinculándose esta actividad a la utilización de recursos naturales. Los locales comerciales identificados son: talleres mecánicos, locales destinados a la venta de repuestos automotriz, repuestos de electrodomésticos, carnicería, verdulería, almacenes, minimarket, supermercados, farmacias, cibercafé, restaurantes, peluquerías, locales de venta de comida al paso.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

El Titular realizó un análisis operacional el cual esta adjunto en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria el que consiste en la realización de modelación vehicular del Proyecto (con el modelo sin reasignación TRANSYT, validados por la SEREMITT), para ello establecieron diversos escenarios considerando los proyectos con RCA Favorables y Permisos de Edificación; lo anterior para determinar atochamientos, tiempos de espera, entre otros, dentro del área de influencia. Además,  elaboró un estudio de “Análisis de Capacidad” peatonal, el cual tiene la finalidad de determinar si las veredas del área del Proyecto tienen la capacidad para el flujo de peatones que transitan por el lugar. Los estudios señalados se encuentran disponibles en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria y Anexo 8 de la Adenda, respectivamente.

Además, el titular efectuó un ejercicio de acompañamiento en ruta que caracteriza la relación actual entre el sistema de transporte público y la demanda de usuarios. De acuerdo a lo anterior, el Titular indica que no se observaron congestiones por cantidad de usuarios, así mismo no se registraron atochamientos vehiculares del transporte público, ni colapsos en el abordaje de microbuses ni metro. Ala vez, señala que se observaron microbuses circulando fluidamente y con capacidad para incrementar la cantidad de pasajeros. Se testimonió que el sistema se ha adaptado a la demanda incorporando funcionarios asistentes en los paraderos que agilizan el proceso, lo que ha ayudado a bajar el tiempo de espera y por consiguiente, de desplazamiento. El incremento de personas a propósito del proyecto “Edificio Coronel Godoy” no alteraría el tiempo de desplazamiento ni el acceso a los paraderos o estación del metro.

 

Por otra parte, tomando en cuenta los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos del área de influencia, el Titular señala que se puede establecer que existe la práctica de dejar estacionados los vehículos en la acera, situación que está regulada en algunos casos por la municipalidad. Esta opción constituye una oferta que no altera la libre circulación, conectividad o tiempo de desplazamiento toda vez que el Titular observó un movimiento reducido de vehículos de residentes en horario punta, que es cuando se produce mayor congestión vehicular.

 

Además, el titular infiere en la Adenda Complementaria, que el 53,93% del total de los departamentos, es decir, de un aproximado de 542 habitantes del edificio se desplazará en otro medio de transporte distinto al vehículo particular. (Resultado de la multiplicación de los 1.004 habitantes del Proyecto – indicados en la tabla 2 “Estimación de residentes del Proyecto por tipo de departamento” de la Adenda – por el porcentaje de insuficiencia de estacionamientos).

 

Asimismo, el Titular indica que según el Estudio de caracterización de nuevo residente de Estación Central que se señala en el Adenda Complementaria, se concluye que el 37,09% de las personas que residen en la comuna utilizan el Metro, un 3,76% va caminado a su lugar de trabajo/estudio, 2,11 utiliza taxi, 1,64% utiliza colectivo, 2,11 utiliza bicicletas y un 40,28% utiliza Micro/Bus.

 

Respecto al tiempo de desplazamiento, el Titular señala que es posible determinar que no se alterará el tiempo de desplazamiento con la incorporación de nuevos habitantes por parte del Proyecto. Los datos del Estudio de caracterización de nuevos residentes, muestra que las preferencias para realizar desplazamientos privilegian el uso del Metro y del Microbus, por sobre el uso del automóvil, del que ya hemos visto, solo el 24% de las familias nueva-residente posee.

 

A mayor abundamiento, el proyecto tiene aprobado un Análisis Vial Básico, mediante ORD. SM/AGD/ Nº 5911 de fecha de 09 de agosto de 2016, en donde se proponen las medidas orientadas a mejorar la gestión y seguridad vial, en beneficio del Proyecto y la comunidad. Estas medidas se detallan en la pág. 115 de la Adenda Complementaria.

 

De manera complementaria, el Titular contempla la realización de un Compromiso Ambiental Voluntario, el que corresponde a la elaboración de EISTU voluntario, una vez aprobado el Proyecto, con el fin de incorporar mejoramientos en la red vial del área de influencia que no hayan sido exigido en el Análisis Vial Básico y contribuir con la disminución de los tiempos de desplazamientos y garantizando la libre circulación. (Énfasis Agregado).

 

Dado lo anterior y lo señalado en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria, el Titular indica que es posible descartar afectación a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, atribuibles al Proyecto. Asimismo, el Titular  propone compromisos voluntarios orientados a disminuir los grados de saturación, tiempos de detenciones y largos de cola. Los compromisos voluntarios que se adoptarán están detallados en el Anexo 3 de la Adenda Complementaria.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

Respecto a la fase de construcción del Proyecto, se prevé que no existirá población permanente en el sector, sino más bien sólo la mano de obra considerada como población flotante, la cual no hará uso de servicios tales como salud o educación cercanos. Respecto a posibles accidentes, lo trabajadores serán trasladados a los servicios en convenio tales como mutual u hospital del trabajador.

Respecto a la fase de operación y a los antecedentes presentados por el Titular en el punto IV y 22 de la Adenda Complementaria, se indica:

Establecimiento de Salud

La oferta de salud pública en la que se incluye la comuna de Estación Central, pertenece al Servicio de Salud Metropolitano Central. Este servicio pone a disposición la red de establecimientos que incluyen El Hospital San Borja Arriarán, Hospital El Carmen y el Hospital de la Asistencia Pública. Además de esto, el servicio cuenta con un Centro de Referencia de Salud en la comuna de Maipú. Durante el presente año, el servicio ha informado a través de su página web http://www.ssmc.cl la incorporación de 10 médicos en etapa de destinación y formación y 38 nuevos médicos becados que inician su especialización atendiendo en la red de salud a la que pertenece la comuna. Lo anterior, se condice con la Estrategia Nacional de Salud 2011 – 2020 que tiene entre sus objetivos, mejorar la equidad y el acceso a la salud pública.  Esto evidencia una planificación tendiente a mejorar el acceso y la capacidad de atención a la comunidad. En este sentido, considerando la importante cantidad de personas del área de influencia que se atiende en la red hospitalaria fuera de la comuna, las políticas públicas respectivas contemplan mejoras tanto en la cobertura como en la calidad.

Según lo indicado por el Titular, más del 70 % de las familias que habitan edificios nuevos en el sector prefieren la salud privada, se presenta la oferta que pertenece a la comuna.

 

Establecimiento educacional

Respecto a los establecimientos educacionales el Titular señala que las características de los nuevos residentes que ocupan matrículas en comunas cercanas y que mantienen en la mayoría de los casos el cupo de estudios en el lugar de origen y siempre considerando que la población en edad escolar aproximadamente responde al 30%, se tendría una demanda nueva de 4.814 estudiantes (cálculo realizado sobre el total de habitantes los proyectos evaluados más los habitantes del proyecto “Edificio Coronel Godoy”, 15.044+1.004=16.048 habitantes).

 

Además, el Titular señala que la disponibilidad de cupos para matrícula en las comunas próximas al área de influencia, es de 20.951 considerando la oferta educativa de la comuna de Estación Central y las vecinas Quinta Normal y Santiago Centro.

Por lo tanto, la comuna de Estación Central, por sí sola contiene la capacidad de matrículas para los nuevos 4.814 habitantes que llegaran a vivir en el área de influencia, esto considerando el peor escenario, donde todos los habitantes en edad escolar asisten a los establecimientos educacionales de la comuna y sin contemplar que estos prefieran estudiar en otras comunas.

 

En relación a lo anterior, el Titular señala que el Proyecto no incide en el acceso o calidad de los servicios básicos, tanto de educación como de salud. Los habitantes de la comuna de Estación Central, como se pudo constatar, no satisfacen dichas necesidades en los centros de salud o establecimientos locales, sino que se distribuyen en diversas instalaciones presentes en el área Metropolitana, a pesar de que los establecimientos de salud y educacional cuentan con capacidad para soportar el incremento poblacional del área de influencia. Por ello, es posible concluir que el Proyecto no afecta los sistemas de vida de los habitantes de su área de influencia.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

Considerando la información presentada en la caracterización del grupo humano del Anexo 4 de la DIA, es posible determinar que el Proyecto no dificulta o impedimenta el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Si bien se identifica, en los entrevistados sentimientos de arraigo con su lugar de residencia, derivando en una identidad local que en el último periodo se ha visto mermada por la falta de interés de los vecinos en participar de actividades comunitarias, pero que de igual manera existe un discurso común sobre el arraigo con el sector.

 

En relación a actividades y prácticas culturales que congregan a la población se encuentran iglesias evangélicas en el área de influencia que realizan actividades en las que participarían vecinos del sector, así como de otros sectores aledaños. No siendo una actividad exclusiva del grupo humano en estudio. Las actividades desarrolladas por ambos centros religiosos se restringen a algunos días de la semana laboral posterior a las 20:00 hrs y durante los fines de semana. Por cuanto no se generará interferencia durante la fase de construcción del Proyecto sobre estas actividades.

 

De acuerdo a lo anterior, se puede determinar que en ninguna de las dimensiones abordadas en la caracterización de la población del área de influencia se evidencia un impacto significativo que origine pérdida o modificación de rasgos de la identidad local y una pérdida de sentimiento de arraigo o apego al territorio.

 

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

De acuerdo a lo señalo por el Titular en la DIA, en relación a la presencia de asociaciones o comunidades indígenas, en el  área del Proyecto no existe infraestructura y/o sitios de significancia cultural asociada a este tipo de organizaciones.

Referencia al ICE.

Punto 5.2 y Punto 6.3 del ICE

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Impacto ambiental

El proyecto se ubica en una zona alejada de poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados directamente por el proyecto o por sus áreas de influencia, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, pues esto se encuentra regulado por instrumentos de planificación territorial vigentes.

Existencia de poblaciones protegidas

No existen poblaciones protegidas.

No existen recursos ni áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

Los siguientes antecedentes  justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

Debido a la tipología del Proyecto y a lo indicado en Anexo 5 de la DIA, “Análisis Territorial”, se evidencia que el Proyecto no se localiza cercano a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, para ello se efectúa un análisis empleando un área de influencia de 3 km desde el centro que conforma el polígono del Proyecto.

 

Por lo tanto, no se evidencia afectación en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde habiten poblaciones protegidas.

 

Se informa además que el Proyecto:

-      No se localiza en o en áreas cercanas a poblaciones protegidas, tal como se expone en el capítulo B.6 de la DIA.

-      No se emplaza en o cercano a recursos protegidos.

-      No se emplaza en o cercano a áreas protegidas.

 

Asimismo el proyecto no se localizará en recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental en términos de la extensión, magnitud o duración de la intervención de las partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.4 del ICE.

Por lo anteriormente expuesto, es posible indicar que durante ambas fases del Proyecto no se afectará la localización o el valor ambiental del territorio.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental

No se genera impacto al valor paisajístico o turístico

Existencia de valor turístico

El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con valor paisajístico.

Existencia de valor paisajístico

El área de influencia del proyecto carece de valor paisajístico de acuerdo al criterio de la guía de evaluación del Valor paisajístico en el SEIA.

Los siguientes antecedentes  justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

Según la “Guía de Evaluación de Impacto Ambiental sobre valor paisajístico en el SEIA” (Servicio de Evaluación Ambiental, 2013), el Proyecto se emplazará dentro de la Macrozona Centro, Subzona Cuencas y Valles. Al analizar los componentes biofísicos del paisaje, es decir la expresión visual de componentes bióticos y físicos, a través de fotografías e inspección visual, se puede determinar que el Proyecto está inmerso en un entorno urbano consolidado.

 

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.5 del ICE.

En virtud de lo anterior, se puede indicar que el Proyecto no obstruirá la visibilidad de zonas con valor paisajístico y turístico, ni alterará atributos de zonas con valor paisajístico o turístico.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Impacto ambiental

No se presenta impacto a monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración  a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288. 

El Proyecto no excava, traslada, deteriora o modifica en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. Lo anterior, se debe a la distancia que tiene el proyecto con Monumentos Nacionales, como se indica en la Tabla siguiente:

Tabla 12: Lista de Monumentos Nacionales en la comuna de Estación Central

Monumento

Tipo de Monumento

Ubicación

Ubicación en relación al Proyecto

Conjunto de edificios de la estación central de ferrocarriles o estación Alameda

Monumento Histórico: Infraestructura Ferroviaria

Av. Libertador Bernardo O´Higgins Nº3322

A 1,30 km al NE

Escuela de Artes y Oficio

Monumento Histórico: Equipamiento Educacional

Calle Ecuador Nº3649

A 0,95 km al NE

Ex Pabellón de la exposición de Paris

Monumento Histórico: Cultural

Av. Portales  Nº 3530

A 1,65 km al NE

Maestranza de ferrocarriles San Eugenio y edificaciones anexas

Monumento Histórico: Infraestructura Ferroviaria

Calle Exposición Nº 1810

A 2 km al SE

Fuente: Tabla N°15 de la Adenda

Cabe señalar, que el Monumento Nacional más cercano al Proyecto se encuentra a más de 900 metros “Escuela de Artes y Oficio”, el cual, no será alterado en ninguna de las fases del Proyecto.

 

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.  

El Proyecto no modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena, de acuerdo a lo siguiente:

Tabla 13:Listados de Inmuebles de Conservación Histórica en la comuna de Estación Central

Nombre del Inmueble

Año de construcción

Ubicación

Ubicación en relación al Proyecto

Antigua casa patronal del fundo San José de Chuchunco (1)

1800-1850

Calle Oriente Nº 3764

A 2 km. al SE

Escuela de Aplicación República de Venezuela de la Normal José A. Núñez- Escuela de Periodismo (2)

1929

Calle Ecuador Nº 3650

A 1,07 km. al NE

Auditorio José Abelardo Núñez - Auditorio Escuela de Arquitectura (3)

1900-1919

Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 3677

A 1,03 km. al NE

Salas de la Escuela de Arquitectura, Facultad de Humanidades y Escuela de Filosofía (4)

1900-1919

Avenida Libertador Bernardo O’Higgins Nº 3677

A 1,03 km. al NE

Escuela Técnica Aeronáutica (5)

 

Avenida Portales Nº 3450

A 1,78 km. al NE

Bodegas de la Dirección de Almacenamiento del Estado – Anfiteatro Artes Escénicas y Galpón de Artes Visuales Centro Cultural Matucana (6)

1900-1919

Calle Matucana Nº 100

A 1,09 km. al NE

Tornamesas (Maestranza San Eugenio) (7)

1884

Calle Exposición Nº 1810

A 2 km. al SE

Bodega Norte (Maestranza San Eugenio) (8)

1900-1939

Calle Exposición Nº 1810

A 2 km. al SE

Edificio Bodega y Maquinaria sur (Maestranza San Eugenio) (9)

1920-1959

Calle Exposición Nº 1810

A 2 km. al SE

Edificio Tattersall - Casa Matriz Tattersall Remates (10)

1913

Calle Buzeta Nº 3764

A 2,15 km. al SE

Capilla Las Carmelitas - Parroquia Jesús de Nazareth Comunidad Carmelita (11)

1839-1859

Calle San José de Las Rosas Nº 1048

A 1,18 km. al SO

Convento Amengual (12)

1920-1939

Calle General Amengual Nº 420

A 0,42 km. al SO

Parroquia Apóstol Santiago (13)

 

Calle Obispo Manuel Umaña Nº 394/396

A 1,21 km. al NE

Fuente: Tabla N°16 de la Adenda

 

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas. 

En relación a lo señalado en el Informe de Caracterización de Grupo Humano adjunto en Anexo 4 de la DIA, se establece que en el sitio en que emplazará el Proyecto no existe evidencia de que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.6 del ICE.

El proyecto no genera alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

     

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción, Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

Construcción: Patio de Acopio Temporal de Residuos corresponde a la instalación para el almacenamiento transitorio de los residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos generados en la faena.

Operación: Salas de basuras.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Fase de construcción.

Los residuos que se generarán en la fase de construcción, se señalan a continuación:

Tabla 14: Estimación y caracterización de los residuos

Tipo de residuo

Características

Tipo de Almacenamiento

Inerte

Material Integral y tierra vegetal

Contenedor metálico abierto

Escombros

Sólidos Domésticos

Restos de comida, papel, servilletas, tela, plásticos, etc.

Contenedores plásticos, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes

Fierro

Descarte de fierro

Tambores metálicos, debidamente rotulados. En caso que los residuos sean de mayor tamaño, se dispondrán en contenedores metálicos abiertos.

Madera

Descarte de madera

Aluminio

Descarte de terminaciones

Papel, cartón y productos de papel

Descarte de oficinas y embalaje, tuberías

Vidrio

Descarte de terminaciones

Plástico

Descarte de oficinas y embalaje, terminaciones

Fuente: Tabla del punto a.3 de PAS 140

 

Las características de los sectores de acopio serán las siguientes:

Tabla 15: Características Sectores de Acopio

Características

Acopio residuos no industriales

Acopio de residuos domiciliarios

Dimensiones sector acopio

Superficie = 3 m de largo x 2,5 m de ancho

Tipo de piso de construcción

Base continua de hormigón, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

Tipo de muro de construcción

Sin muro. Se colocará un cierre perimetral con malla raschel para evitar la dispersión de polvo.

Malla acma

Tipo de techumbre

Sin techumbre

Planchas zincalum

Tipo de ventilación

Será de tipo natural

Tipo de contenedor

Jaulas o tambores metálicos rotulados: cartones, descarte de aluminios y plásticos.

Contenedor metálico: residuos valorizables de mayor tamaño.

Contendores plásticos de 360 L de capacidad con tapa, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes.

Retiro

Mensual por empresa autorizada.

Cada 2 – 3 días por camión municipal.

Fuente: Tabla del punto a.3 de PAS 140

Los antecedentes del PAS 140 se detallan en el punto C.4 de la DIA. 

Fase de operación.

Para los Residuos Sólidos Domiciliarios se ha diseñado un sistema de recolección por ductos hacia las 2 salas de basuras ubicadas en el primer subterráneo. Las salas de basuras serán manejadas por personal de aseo y el acceso de personas ajenas estará prohibido. Cabe destacar, que el lugar de almacenamiento corresponde a salas cerradas.

Procedimiento de recolección: Los habitantes del edificio botarán sus residuos domiciliarios en bolsas cerradas, de tamaños pequeños y que no contengan en ningún caso elementos contundentes en su interior como botellas de vidrio o escombros.

Los antecedentes del PAS 140 se detallan en el punto C.4 de la DIA. 

Pronunciamiento del órgano competente.

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 3375, de fecha 15/06/2017, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.1 del ICE.

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción 

Parte, obra o acción a que aplica.

Bodega destinada para la acumulación temporal de residuos peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Se habilitará una bodega, que será construida dando cumplimiento al D.S. 148/03 del MINSAL,  al D.S. 594/99 del MINSAL y a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Las características de la bodega son las siguientes:

  

-      Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

-      Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

-      Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, utilizando para ello, planchas de zinc alum.

-      Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

-      Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

-      Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh. 2.190 Of 93. Artículo 33°.

Los antecedentes de dicho PAS, se encuentran en el punto C.4.2 de la DIA y actualizado en la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 3375, de fecha 15/06/2017, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.2 del ICE

 

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. 144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

 

Parte, obra o acción a la que aplica

Toda la construcción y operación del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

-  En la Construcción: Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y minimizar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo.

-  En la Operación: Mantenciones regulares al grupo electrógeno de emergencia ubicado en el subterráneo.

Indicador que acredita su cumplimiento.

-  En la Construcción: Registros asociados a mantenciones de maquinarias y revisiones técnicas y registro fotográfico de señalización de restricción de velocidad y encarpe de camiones, entre otros.

-  En la Operación: Boleta o factura que corrobore las fechas de las mantenciones del grupo electrógeno.

Forma de control y seguimiento

-  En la Construcción: Registro en obra (fotográfico u otro) que corrobore la correcta ejecución de las actividades de carga y descarga, mantenciones al día de maquinarias y camiones (revisiones técnicas).

-  En la Operación: Programa (calendarización) de mantenciones regulares al grupo electrógeno mediante servicios autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.1.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES. Plan de prevención y descontaminación atmosférica para la Región Metropolitana.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

En todas las actividades que generen emisiones a la atmosfera, son las indicadas en el Estudio atmosférico corregido.

Forma de cumplimiento.

De acuerdo a las estimaciones, el Proyecto no supera los umbrales establecidos para compensar sus emisiones en ninguna de sus fases.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros en obra que corroboren la ejecución de las medidas de control propuestas en el Estudio atmosférico adjunto en el Anexo N°6 de la Adenda.

Registro en administración del edificio, de las correctas mantenciones al día, de calderas y grupos electrógenos.

Forma de control y seguimiento

Verificación en terreno de las exigencias realizadas a los contratistas y registro del cumplimiento en las distintas acciones asociadas al control de emisiones atmosféricas. Además de mantener un Registro en obra (fotográfico, check list, inspección visual, entre otros) del cumplimiento de las medidas propuestas en el Estudio atmosférico en el Anexo N°6 de la Adenda.

Verificación con la administración del edificio, manteniendo un registro (fotográfico, informe) sobre las mantenciones a las calderas y grupos electrones.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. 75/87 del MINTRATEL. Establece condiciones para el transporte de carga que indica. 

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Transporte de carga de materiales e insumos.

Forma de cumplimiento.

Los camiones que transporten materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto, serán controlados en cuanto a su nivel de carga.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Control al ingreso/egreso de la obra. Los camiones que transporten tierra de excavaciones o material para relleno deben estar encarpados.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.3.

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. 138/05 del MINSAL. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Utilización de Grupos Electrógenos.

Forma de cumplimiento.

El Proyecto contempla la instalación de un grupo electrógeno de emergencia. El Titular realizará la declaración de emisiones de contaminantes (si corresponde) ante la Autoridad Sanitaria respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de ingreso de la Declaración de Emisiones de grupos electrógenos y calderas generadoras de agua caliente (si aplica)

Forma de control y seguimiento

Registro de documentos de declaración de emisiones.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.4.

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. Nº 4/92 del MINSAL. Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales 

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación de Grupo Electrógeno.

Forma de cumplimiento.

Verificación a las estimaciones de emisiones realizadas, las cuales no superan los límites máximos de MP10 establecidos en el D.S. Nº 66/09, durante su fase de operación.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Mantenciones periódicas de fuentes estacionarias, de su ducto o chimenea de descarga de emisiones.

Muestreo isocinético de las fuentes puntuales y grupales para determinar que el nivel de concentración no supere lo establecido por este decreto.

Forma de control y seguimiento

Registro en formato papel y/o digital de los resultados obtenidos en el muestreo.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.5.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. Nº 47/92 del MINVU. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Todas las actividades asociadas a la fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

Implementar este cuerpo normativo en la faena de construcción

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros que acrediten cumplimiento de normativa

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.6.

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. N°10/2013 MINSAL. Aprueba reglamento de calderas, autoclaves y equipos que utilizan vapor de agua.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación de calderas.

Forma de cumplimiento.

Registro de las calderas en la Seremi de Salud Metropolitana.

Las instalaciones se someterán al procedimiento de certificación una vez que hayan sido implementadas. Se realizará inspecciones periódicas para acreditar el correcto funcionamiento y calidad de la caldera y sus accesorios.

Funcionamiento de la sala de calderas a cargo de operadores capacitados.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Certificado de la inspección de calderas y sus accesorios.

Forma de control y seguimiento

Registro de los certificados ante la autoridad sanitaria.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.7.

 

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S. N°54/94 MINTRATEL. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

En el transporte de trabajadores y visitas en vehículos livianos durante la fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

Verificar que los vehículos que ingresan a la obra, tenga su revisión técnica al día

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de verificación de vehículos livianos con revisión técnica al día.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de verificación de vehículos livianos con revisión técnica al día.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.8.

 

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.

NORMA

D.S. N° 38/2011 del MMA. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

A la construcción y operación del Proyecto, específicamente faenas más ruidosas.

Forma de cumplimiento.

En la fase de construcción y operación se adoptarán medidas de control a fin de no superar los límites de ruido normados. Dichas medidas se detallan en el Estudio acústico y vibración corregida, adjunta en el Anexo 3, de la Adenda.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra (fotográfico) de la correcta ejecución de las medidas de control, propuestas en el estudio, tanto para la fase de Construcción como Operación del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de la implementación de las medidas dispuestas en el Estudio acústico y vibraciones, durante la fase de construcción

Registro en administración del edificio (fotográfico) de la correcta implementación de las medidas propuestas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.9.

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Agua.

NORMA

D.S. 50/2003 del MOP. Aprueba el Reglamento de Instalaciones domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

El Proyecto requerirá para sus distintas fases de desarrollo, instalaciones de agua potable y aguas servidas. Para la fase de construcción, se conectará al empalme red existente de agua potable y aguas servidas. Los servicios sanitarios corresponderán a baños químicos. Respecto de la fase de operación, se cuenta factibilidad de agua potable y alcantarillado a empresa sanitaria del sector.

Indicador que acredita su cumplimiento.

 Mantener en obra el certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa sanitaria Aguas Andinas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.10.

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: residuos sólidos

NORMA

D.S. 148/03 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

 

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados, almacenados temporalmente en bodega de RESPEL. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de retiro de residuos peligrosos al menos, cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico en obra, de inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos (Bodega) y retiro de residuos peligrosos, al menos cada 6 meses.

Registro en obra de los comprobantes de retiro, transporte y disposición final por personas autorizadas, el cual se realizará al menos cada 6 meses.

Referencia para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.11.

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

NORMA

D.F.L. Nº 725/67 - Código Sanitario, El artículo 80 señala que “Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Todas las actividades asociadas a la fase de construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

-  En la Construcción: Los residuos generados serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Éstos serán retirados por el servicio de recolección municipal y dispuesta a relleno sanitario autorizado.

-  En la Operación: Se contará con salas de basuras, diseñadas especialmente para la acumulación de residuos. Los residuos domiciliarios se acumularán por un período máximo de dos días, para luego ser retirados por el servicio de recolección municipal, quienes trasladarán estos residuos a rellenos sanitarios autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento.

-  Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

-  Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la fase de operación, por parte del servicio de aseo municipal.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de los comprobantes de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.12.

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

NORMA

Resolución N°7.328/76 Ex Ministerio de Salud pública. Normas sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados

 

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Todas las actividades asociadas a la fase de operación, que lo ameriten

Forma de cumplimiento.

Implementar este cuerpo normativo en la faena de construcción

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros que acredite cumplimiento de normativa

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII. Punto 8.13

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad.

NORMA

D.S. N°200/93 del MOP. Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

 

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto, cumplan este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros).

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII. Punto 8.14

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

D.S. N° 850/97 del MOP. Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

El Titular velará porque los caminos de acceso a las obras sean conservados, reparando cuando por efecto de las obras del proyecto, éstos sean dañados

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra del estado actual de los caminos de acceso y de su reparación cuando corresponda

Forma de control y seguimiento

Registro en obra del estado actual de los caminos de acceso y de su reparación cuando corresponda

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII. Punto 8.15

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

D.S. Nº 158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

En la fase de construcción del Proyecto se contempla el transporte de camiones con carga hacia y desde la obra. El Titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las fases del Proyecto cumplirán con esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de la cantidad de materiales a transportar (guía de despacho, boleta, factura, entre otros).

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de la carga máxima que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.16

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte

NORMA

D.S. 18/01 del MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción.

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque en todo momento los vehículos asociados al Proyecto cumplan con las restricciones horarios de prohibición para circular por las vías al interior del anillo Américo Vespucio y por Avenida Américo Vespucio.

Indicador que acredita su cumplimiento

Restringir, en los contratos con empresas constructoras, la utilización de las vías indicadas.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de las rutas utilizadas por los vehículos asociados al Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.17

 

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Transporte

NORMA

D.S. 298/95 del MINTRATEL. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Almacenamiento y posterior traslado de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento.

El Titular velará porque en todo momento que se realice transporte de cargas peligrosas asociada al Proyecto se ajuste a lo indicado en este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Realizar transporte de sustancias peligrosas con transportistas autorizados.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra del transportista y de las características de los camiones que efectúan el transporte de sustancias peligrosas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.18.

 

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas

NORMA

D.S. 43/2015 del MINSAL. Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Almacenamiento de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento.

El Titular contará con una bodega de almacenamiento para sustancias peligrosas acondicionada según lo indicado en este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

RCA que aprueba el Proyecto.

Instalación de sitio de almacenaje temporal de sustancias peligrosas según lo indicado en el reglamento.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de inspección interna constante del sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.19.

 

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio

NORMA

Ley Nº 17.288/1970 Ministerio de Educación. Legisla sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/1990. Ambas normativas del Ministerio de Educación.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción

Forma de cumplimiento.

Si durante la ejecución de cualquiera de las actividades de la fase de construcción del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Paralización del movimiento de tierra en el área de hallazgo de material arqueológico o paleontológico.

Copia de constancia realizada en carabineros y de la carta de ingreso a Consejo de Monumentos Nacionales sobre los hallazgos encontrados durante la construcción del Proyecto, los cuales se encontraran disponible en obras para cuando la autoridad lo solicite.

Forma de control y seguimiento

Registro en obra de la paralización de movimiento de tierra.

Registro en obra del aviso a la autoridad competente.

Registro en obra de los hallazgos declarados.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.20.

 

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones, Residuos sólidos

NORMA

D.S. 1/2013 del MMA. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

 

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Durante todas las actividades asociadas a la fase de construcción

Forma de cumplimiento.

Se designará a un encargado de informar los residuos generados a través del sistema de Ventanilla Única (RETC).

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de registro de la declaración a través del RETC.

Forma de control y seguimiento

Registro de despacho de todos los residuos generados durante la construcción del proyecto y su posterior declaración en el sitio web del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.21.

  

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Otras condiciones o exigencias

Fase del Proyecto a la que aplica

Según sea aplicable

Condición o exigencia

 

A.    En la respuesta N°4 del ítem I de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“….Se ajusta el radio de trabajo de la grúa de acuerdo a los límites del predio a construir, por lo que se modifica dicho radio de 20 m a 18 m. Evitando de este modo, que se traspase a calles o propiedades vecinas, así como la distancia a los cables de tendido eléctrico según sea la tensión. En el Anexo 1 de la Adenda se adjunta plano corregido de distribución de faenas.

 

B.    En la respuesta N°13 del ítem I de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“Se aclara que el abastecimiento de agua para la fase de construcción será a través de la conexión a la red de abastecimiento existente, tal como se indicó en el acápite A.5.5 de la DIA. La medida de limpieza que se empleará será el barrido, previa humectación del tipo llovizna, que no genera residuos líquidos. No serán utilizados productos de lavado en esta actividad.”

 

C.    En la respuesta N°20  del ítem I de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“Se indica que el Titular previo al inicio de la construcción del edificio, realizará la limpieza y saneamiento del terreno, en el cual extraerá la totalidad de residuos insertos en este y los enviará a un lugar de disposición final autorizado, dependiendo de su tipología.”

 

D.    En la respuesta N°32 del ítem I de la Adenda el Titular se compromete a:

 

“El Titular considera la aprobación de SERVIU Metropolitano para habilitar los accesos vehiculares.”

 

E.     En la respuesta N°33 del ítem I de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“….Sin perjuicio de lo anterior, el Proyecto contempla un acceso vehicular por calle Coronel Godoy y un área de estacionamientos en el primer piso para la carga y descarga de camiones de mudanza. En el Reglamento de copropiedad quedará establecido que los propietarios/arrendatarios de los departamentos realizarán la mudanza fuera de horario punta y previo aviso a la administración.”

 

F.     En la respuesta N°1 del ítem VII de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“El Titular considerará la modificación OGUC artículo 4.1.10 bis respecto de materias de acondicionamiento térmico, ya que son normas técnicas vigentes, el anteproyecto solo resguarda normas urbanísticas.”

 

G.     En la respuesta N°3 del ítem VII de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“El Titular cumplirá con los procedimientos sectoriales establecidos en la Autoridad Sanitaria en caso que durante las faenas de demolición se identifiquen materiales que contengan asbesto, además de disponer los residuos generados en lugar autorizado de acuerdo a su clasificación.”

 

H.    En la respuesta N°5 del ítem VII de la Adenda el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“El Proyecto considera la ejecución y recepción de las obras de urbanización en todo el frente del predio conforme a las especificaciones de obras exteriores de la DOM.”

 

I.      En la respuesta N°1 del ítem VI de la Adenda Complementaria el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

Se acoge la observación y se informa a la autoridad que el Proyecto de luminarias peatonales será ingresado a la DOM para su revisión y aprobación.”

 

J.      En la respuesta N°1 c) del ítem VII de la Adenda Complementaria el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

 

“Con el fin de incentivar la utilización de energías limpias, el Proyecto contemplará la instalación de paneles solares para apoyo a las calderas.”

 

K.    La Dirección de Obras Hidráulicas RM, mediante Oficio Ordinario N° 865 de fecha 1 de julio de 2016, condiciona el proyecto en lo siguiente:

 

El proyecto de solución de aguas lluvia, deberá incluir y aplicar un programa de mantenimiento permanente, acorde a la vida útil del proyecto, el que deberá ser incluido en el reglamento de copropiedad del condominio.

 

L.     La Dirección General de Aguas RM, mediante Oficio Ordinario N° 323 de fecha 2 de marzo de 2017, condiciona el proyecto en lo siguiente:

 

1.     “Que, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

2.     Que, el Titular compromete la aplicación de un Programa de Mantenimiento del Sistema de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en el Anexo 4 del Adenda 1.

3.     Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente:

 

a.     Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.     Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c.     Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d.     En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 

4.     Que, en atención a  la posible existencia de napas colgadas, que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a.     Detener las actividades en el frente de trabajo.

b.     Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c.     En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d.     Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

5.     Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

6.     Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Centro (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

7.     Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.

8.     Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

9.     Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

10.  Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.”

 

M.   La Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Oficio Ordinario N°3375 de fecha 15 de junio de 2017. Condiciona el proyecto en lo siguiente:

 

“Vectores

1.     Se hace presente al titular que dado que el proyecto contempla la demolición de construcciones existentes en el terreno en el que se levantará el edificio, deberá contar con un plan de manejo de vectores sanitarios, de acuerdo a lo establecido en forma sectorial, esto es que previo a la demolición de la propiedad deberá efectuarse una desratización previa del inmueble realizada por una empresa autorizada.

Aguas Servidas

2.     Dado que al inicio de la etapa de construcción será necesario utilizar baños químicos, se hace presente que será responsabilidad del titular la instalación, mantención, limpieza y transporte de estos servicios higiénicos provisorios, considerando además que:

·       El número mínimo de artefactos, se debe calcular en base a la tabla del artículo 23 del DS 594/99 del MINSAL.

·       Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·       Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·       El punto de descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

3.     Sin perjuicio a lo anterior, el titular deberá dar cumplimiento a lo declarado en cuanto a que una vez que en la faena se realicen las conexiones a las redes de agua potable y alcantarillado, habilitará de manera permanente servicios higiénicos, de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.” 

 

N.    La Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, mediante Oficio Ordinario N°5366 de fecha 27 de junio de 2017. Condiciona el proyecto en lo siguiente:

 

1.     “El Titular deberá materializar todas las medidas de mitigación comprometidas en la aprobación del análisis vial básico, según consta en el ORD. SM/AGD/ Nº 5911 de fecha de 09 de agosto de 2016, antes de la recepción final de las obras.

2.     El Titular se compromete a mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

3.     Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

4.     Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

5.     En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

6.     Se solicita evitar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs.)”

 

 

O.    La Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, mediante Oficio Ordinario Complementario5514 de fecha 07 de julio de 2017. Condiciona el proyecto en lo siguiente:

 

1.     “El Titular contempla la realización de un Compromiso Ambiental Voluntario, el que corresponde a la elaboración de EISTU voluntario, una vez aprobado el Proyecto, “Con el fin de incorporar mejoramientos en la red vial del área de influencia que no hayan sido exigido en el Análisis Vial Básico y Contribuir con la disminución de los tiempos de desplazamientos y garantizando la libre circulación”. Para materializar este compromiso, las medidas adicionales no consideradas por el AVB y su área de aplicación, deberán ser concordadas con la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y el Municipio.

2.     Estas medidas adicionales tendrán que materializarse antes de la recepción final de las obras.”

P.     La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo mediante Oficio Ordinario N°2749 de fecha 30 de junio de 2017, mantiene las siguientes observaciones:

 

1.     “Descripción de proyecto

Se reiteran las observaciones, ya que el DOM estaba en conocimiento de las instrucciones dadas por nuestro oficio Ord. 4939 de fecha 14 de octubre 2015, cuando emitió la aprobación de Anteproyecto de fecha 03 de noviembre 2015. “Revisados los cortes y elevaciones adjuntados, se hace necesario señalar que cuando un proyecto contempla en su desarrollo edificación continua y otra parte en edificación aislada, según las definiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a cada cual debe aplicársele la normativa en su mérito, cuestión que fue aclarada por la División de Desarrollo Urbano de este Ministerio a través de Ord. N° 422 de fecha 21 de septiembre 2015 y se puso al tanto de esto al Director de Obras de Estación Central por Of. 4939 de fecha 14 de octubre 2015. Por otra parte, respecto de la continuidad , la aludida División instruyó por medio de la Circular DDU 313 que en el evento que no exista plan regulador comunal, o que existiendo, la altura máxima no estuviese expresamente indicada en él, la aplicación del artículo 2.6.1 de la OGUC no puede disociarse de las definiciones contenidas en el artículo 1.1.2 de esa misma Ordenanza , en particular para la edificación continua, lo que se desprende claramente del tenor literal del inciso correspondiente del citado artículo, siendo dichas altura máxima , un requisito esencial, sin la cual no es dable concebir que se pueda erigir este tipo de edificación, caso que se presenta respecto del proyecto informado, ya que en la zona en que se proyecta la edificación no existe definida la altura máxima de edificación, sin perjuicio de lo cual se debe señalar que se seguirán los procedimientos establecidos en la Ley General de Urbanismo y Construcciones y su Ordenanza de modo que el Director de Obras de la I. Municipalidad de Estación Central informe a esta Secretaría respecto de la Resolución de Aprobación de Anteproyecto N° 462015 de fecha 03.11.15 y el Permiso de Edificación N° 882016 de fecha 11 de mayo de 2016.”

2.     La reunión previa con Bomberos deberá generar un acta de reunión que informe y detalle los compromisos adquiridos así como los cambios estructurales sugeridos, dicha Acta deberá ser parte de la memoria del Plan de Evacuación Obligatorio. (Art. 146 LGUC, Art. 1.4.19 OGUC).

3.     Revisado el proyecto de paisajismo se sugiere proponer especies que alcancen zonas hasta la 4° región, ya que el cambio climático colocara el régimen hídrico de la Serena a la Región Metropolitana. (Por ejemplo en vez de hierba del clavo que solo llega a encontrarse hasta la región metropolitana por el norte, proponer ajicillo (alonsoa meridionalis)).

4.     Se solicita desmalezar las áreas que interviene el proyecto teniendo cuidado de advertir presencia de Bagrada Hilaris, debiendo seguir las instrucciones del SAG para eliminar el mencionado vector, por el cual las regiones de Valparaíso y Metropolitana han sido declaradas por el SAG bajo control obligatorio fijando medidas de control químico y cultural para el control de esta plaga (más información www.sag.cl o bien diríjase a las oficinas de información Reclamos y Sugerencias del SAG).”

 

Q.    La I. Municipalidad de Estación Central, mediante Oficio Ordinario 1800/14/2017 de fecha 03 de julio de 2017. Condiciona el proyecto en lo siguiente:

 

1.     “Con respecto al ítem II, Normativa de Carácter Ambiental Aplicable, punto N°7. Componente/materia: Vialidad, específicamente en el enunciado “Ley de Construcción y conservación de Caminos”, se solicita que se ingrese a la DOM un registro del estado actual de los caminos de accesos al proyecto, para verificar aquellos que sean dañados por efectos de las obras a realizar. De existir tramos dañados, éstos deberán repararse, acreditando su correcta ejecución presentando la respectiva aprobación de SRVIU.

2.     Con respecto al punto N° 1 Antecedentes, correspondiente al Anexo N° 3. Compromisos Ambientales Voluntarios, se señalan una serie de observaciones, las cuales se enumeran a continuación:

 

a)     Dentro del punto 6.1., el proyecto de reparación de la calzada de calle Coronel Godoy, entre Coronel Souper y Federico Hansen, deberá ser aprobado por la Dirección de Obras y posteriormente por Serviu. En caso de encontrarse en buenas condiciones el tramo propuesto, éste deberá ser reubicado dentro del área de influencia del proyecto, considerando una cantidad no menor de m2 que los propuestos en el presente tramo.

b)     Con respecto al punto 6.2., se solicita coordinar y definir la ubicación de los bolardos propuestos con la Dirección de Tránsito y con la Dirección de Obras.

c)     En relación al punto 6.7., se solícita revisar la ubicación propuesta para realizar un estudio de justificación y posterior ejecución de semáforo en el cruce de calles Coronel Souper con Toro Mazotte, en conjunto con la Dirección de Tránsito y con la SEREMITT, para poder evaluar una mejor ubicación que si pudiera justificar favorablemente su ejecución.

d)     Con respecto a la ciclovía propuesta en el punto N° 7, se solícita especificar la distancia a implementar, de modo que el Municipio pueda reubicar el tramo propuesto en otro tramo cercano al proyecto, según el Plan Maestro de Ciclovías que desarrollará otra Declaración de Impacto Ambiental, en donde se definirán tramos específicos dentro de la comuna.

e)     Se especifica que todos los Compromisos Voluntarios establecidos en la presente DIA, deberán encontrarse ejecutados y recepcionados previo a la Recepción Final de la DOM para el presente proyecto.”

 

 

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.2.1.

 

 

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

9.1. Plan de Comunicación e Información a los Vecinos

Impacto asociado

Molestias a los vecinos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Es comunicar e informar a los vecinos del sector sobre las actividades a desarrollar durante la fase de construcción del proyecto, además de canalizar consultas o reclamos.

Descripción: El Titular del Proyecto contempla realizar un compromiso ambiental voluntario vinculado a la comunicación con los vecinos del sector a intervenir. Este Plan de Comunicación incluye la entrega, a quien lo solicite, de cartillas o folletos, con información relevante del Proyecto, así como también la instalación de un aviso dirigido a los vecinos, el que estará ubicado en el acceso a la obra. En él se indicará la vía donde se podrá canalizar las consultas. En Anexo 8 de la DIA se adjunta un formato tipo de las cartillas informativas y un ejemplo del aviso ubicado en el acceso de la obra.

Justificación: Para no sorprender a la comunidad aledaña con los trabajos que se estén desarrollando en el interior del previo donde se emplazara el proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Cartel informativo al ingreso del sector de obras. Las cartillas informativas se entregaran a los receptores indicados en el Estudio acústico y vibraciones corregidas, específicamente a la comunidad identificada dentro del área de influencia de medio humano (respuesta N°6 del ítem IX de la Adenda).

Forma: El letrero contendrá la siguiente información:

·       Duración de las obras.

·       Horario de las obras.

·       Días de la semana en los cuales se trabajará.

·       E-mail de contacto para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias.

·       En Anexo 8 de la DIA se adjunta un formato tipo de las cartillas informativas.

Oportunidad: Se aplicará al inicio de cada faena, señalando las actividades a realizar y las medidas de mitigación a aplicar, durante toda la fase de construcción del Proyecto 

Indicador que acredite su cumplimiento

Generación de informe (fotográfico).

Forma de control y seguimiento

Generación de informe, sobre la aplicación del compromiso y será publicado en la página web de la SMA, una vez obtenida la recepción final del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.1

 

9.2. Reunión de Bomberos

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Presentación de Proyecto al  Cuerpo de Bomberos, mediante una reunión, previo a la presentación del Proyecto de accesos vehiculares a SERVIU Metropolitano.

Descripción: Se realizará reunión, entre el Cuerpo de Bomberos y el  Titular del Proyecto, con el fin de informar las características del Proyecto y verificar si es posible el acceso de los carros de bomberos, debido a las alturas y resistencia de la losa, en caso de emergencia. Además, del rescate o evacuación de minusválidos por balcones y/o ventanas.

Justificación: El titular informará y revisará los accesos del Proyecto con el Cuerpo de bomberos, con el fin de que este último, dé el visto bueno al diseño y dar cumplir además con lo señalado en los art. 4.3.11 y 5.2.10 de la OGUC, para su posterior presentación del proyecto de accesos vehiculares al SERVIU Metropolitano.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El lugar donde se llevara a cabo la reunión con Bomberos, será en el área de emplazamiento del Proyecto, específicamente en las instalaciones de faena.

 

Forma: Se propone revisar en detalle el proyecto de accesos vehiculares por el Titular y el Cuerpo de Bomberos, con el fin de informar las características del Proyecto y verificar si es posible el acceso de los carros de bomberos, debido a las alturas y resistencia de la losa, en caso de emergencia. Además, del rescate o evacuación de minusválidos por balcones y/o ventanas, esto para logras satisfacer las necesidades de seguridad que presentara el Proyecto y presentar el Proyecto de accesos vehiculares a SERVIU Metropolitano.

 

Oportunidad: La reunión se realizara previo del inicio de la fase de construcción del Proyecto, tendrán una duración de 2 horas, en donde se revisará en detalle el proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

Aprobación del Proyecto por parte del Cuerpo de Bomberos y presentación de proyecto de accesos vehiculares al SERVIU Metropolitano.

Forma de control y seguimiento

Aprobación de Proyecto por parte del Cuerpo de Bomberos de Santiago, disponible en obra, mediante acuerdo firmado por el titular y aprobación de proyecto de accesos vehiculares por el SERVIU Metropolitano.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.2.

 

9.3. Incorporación de Especies Nativas

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Incorporación de especies nativa de bajo consumo hídrico al proyecto de paisajismo.

Descripción: El Proyecto de Paisajismo, contemplará la implementación de las siguientes especies nativas de bajo consumo hídrico, previo a su presentación ante el departamento municipal correspondiente. (Estudio Preliminar de Paisajismo adjunto en Anexo 4 de la Adenda Complementaria)

 

Tabla 16: Especies a Incorporar en el Proyecto

 

Nombre común

Nombre científico

Origen

Requerimiento

hídrico

Requerimiento

lumínico

Cantidad

AERBOLES

Quillay

Quillaja saponaria

Nativo

Bajo

Alta

7 un

Pelú

Sophora cassioides

Nativo

Bajo-medio

Alta

4 un

Tara

Caesalpinia spinosa

Nativo

Bajo

Alta

9 un

Maqui

Aristotelia chilensis

Nativo

Bajo-medio

Alta

3 un

ARBUSTO

Escallonia rastrera

Escallonia rubra var. macrantha

Nativo

Bajo

Alta

30 un

Quilo

Muehlenbeckia hastulata

Nativo

Bajo

Alta

6 un

Quebracho

Senna candolleana

Nativo

Bajo

Alta

24 un

HERBACEAS

Verbena

Glandularia berterii

Nativo

Bajo

Alta

60 m2

Alstroemeria

Alstroemeria sp.

Nativo

Medio

Medio

111 un

Geum

Geum magellanicum

Nativo

Bajo

Alta

32 m2

Fuente:  Punto 2.3 del Anexo 3 de Adenda Complementaria

Estas especies serán distribuidas de acuerdo a la figura adjunta en el Anexo 4 “Estudio preliminar de Paisajismo” de la Adenda Complementaria.

Justificación: El Proyecto de Paisajismo que se presentará ante la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Estación Central, se encuentra en elaboración  (así se da cuenta en el Anexo 4 Estudio Preliminar de Paisajismo, adjunto a la Adenda Complementaria), una vez finalizado se ingresará a la DOM, en donde se señalarán todas las especies a incorporar en dicho proyecto y además se cumplirán con los requerimientos solicitados por el organismos evaluador.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El proyecto de paisajismo se desarrollará en áreas verdes y en los frentes prediales, dando cumplimiento a las solicitudes de la DOM de la Ilustre Municipalidad de Estación Central.

Forma: Se propone la incorporación en primer piso, jardineras de macizos de especies de bajo consumo hídrico con el fin de darles privacidad a los departamentos y a las terrazas de uso exclusivo.

En áreas verdes, se instalaran jardineras de profundidad media, con especies nativas de bajo consumo de agua.

Oportunidad: La ejecución del Proyecto se realizará después de la aprobación de la DOM, se desarrollará finalizando la fase de construcción previo a la recepción final del Proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento

-        Aprobación del proyecto de Paisajismo, con la autorización de la DOM

-        Se entregará un álbum fotográfico al final de las obras del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Se dará aviso a la autoridad (DOM) del inicio y termino de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.3.

 

 

9.4. Incorporación Área de Reciclaje

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Incorporación de un área para reciclaje en las salas de basura y por consiguiente al proyecto de basura.

Descripción: El Proyecto de basura incorporará un diseño de área o recinto de reciclaje que permita separar los residuos según su clasificación, estás áreas serán incorporadas en las salas de basuras del Proyecto y sector de pre-carguío.

Residuos a reciclar

  • Vidrios,
  • Plásticos,
  • Papel y cartón,
  • Aluminio,
  • Otros valorizables.

Justificación: El Proyecto de basura se presentará a la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, una vez obtenida la RCA favorable.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El proyecto de basura del edificio se desarrollara en salas basuras y/o sector de pre-carguío, el cual, contará con dos salas de basura.

 

Forma: Una vez presentado y aprobado el Proyecto de Basura por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, el cual, contará con las áreas de reciclaje señaladas, se dará comienzo a la ejecución del Proyecto de basura, previa a la recepción del edificio.

 

Oportunidad: La ejecución del Proyecto se realizará después de la aprobación de la SEREMI de Salud, durante la fase de construcción.

Indicador que acredite su cumplimiento

-        Aprobación del proyecto de Basura, con la autorización de la SEREMI de Salud

-        Se entregará un álbum fotográfico al final de las obras del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Se dará aviso a la autoridad Pertinente del inicio y termino de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.4.

 

9.5. Proyecto Luminaria Peatonal

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Implementación de un Proyecto de Alumbrado Peatonal en calles del área de influencia del Proyecto.

 

Descripción: Se implementará proyecto de alumbrado peatonal como compromiso voluntario del proyecto de Edificio Coronel Godoy, de aproximadamente 1.700 m lineales, en las siguientes ubicaciones:

 

·       Proyecto de luminaria en calle Coronel Souper, entre calles Padre Hurtado y Placilla (aceras norte y sur);

·       Incorporación de proyecto de luminaria en calle Coronel Godoy (acera oriente y poniente), desde Coronel Souper hasta Federico Hansen;

·       Incorporación de proyecto de luminaria en calle Federico Hansen (acera sur y norte), toda la calle (incluye la acera norte, del pasaje, al final de la calle)

·       Incorporación de proyecto de luminaria en calle Manuel Vásquez (acera sur y norte), desde Coronel Godoy hasta Toro Mazotte.

·       Incorporación de proyecto de luminaria en Av. Padre Alberto Hurtado (acera oriente), entre Coronel Souper y Av. Libertador Bernardo O´Higgins.

 

Justificación: Se contempla la presentación del Proyecto de luminaria peatonal a la DOM de Estación Central, para su posterior aprobación y ejecución, previo a la recepción final del edificio.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El proyecto se desarrolla en las calles circundantes del área de emplazamiento del proyecto, específicamente en:

 

  • Calle Coronel Souper, entre calles Padre Hurtado y Placilla (aceras norte y sur);
  • Calle Coronel Godoy (acera oriente y poniente), desde Coronel Souper hasta Federico Hansen
  • Calle Federico Hansen (acera sur y norte), desde Coronel Godoy hasta Toro Mazotte; y
  • Calle Manuel Vásquez (acera sur y norte), desde Coronel Godoy hasta Toro Mazotte.
  • Av. Padre Alberto Hurtado (acera oriente), desde Coronel Souper y Av. Libertador Bernardo O´Higgins.

Forma: El proyecto Alumbrado Peatonal, será Led modelo Teceo 1 o similar cada 12,800 m. aproximadamente (especificaciones del Depto. Construcción de a DOM.) Además, constará con una canalización subterránea para la luminaria y empalme con tarifa BT-. Para su presentación y aprobación por parte de la DOM.

Una vez, presentada y obtenida la aprobación por la DOM se iniciará la ejecución del proyecto, estas obras se realizarán en la fase de construcción, cuando se desarrollen las obras exteriores del Proyecto.

Oportunidad: La ejecución del proyecto se realizará después de la aprobación de la DOM, antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

-        Sera la recepción final del proyecto con la autorización de la DOM

-        Se entregará un álbum fotográfico al inicio y al final de las obras del proyecto.

Forma de control y seguimiento

Se dará aviso a la autoridad (DOM) del inicio y termino de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.5.

 

9.6. Proyecto de Mejoras de Espacios Exteriores

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Implementación de un Proyecto de mejoras de espacios exteriores en calles aledañas al proyecto, la cuales se encontrarán en el área de influencia del Proyecto.

Descripción: Se realizarán mejoramientos en calzadas y soleras, incorporación de bolardos, reprogramación y reconfiguración de controladores de los cruces semaforizados, implementación de facilidades para peatones, reparación y/o restitución del mobiliario de transporte público, estudio de justificación de semáforo en intersección Coronel Souper con toro Mazotte y diseño y construcción de ciclovía. Esto de acuerdo a los estándares exigidos por la DOM de la Municipalidad de Estación Central.

Justificación: Con el fin, de fomentar el uso del espacio público, generar espacios más agradables y seguros para la circulación peatonal, realizando la reparación de aceras y soleras.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El proyecto se desarrolla en las calles circundantes del área de emplazamiento del proyecto, específicamente en donde señalan los siguientes ítems.

 

Forma: Se realizarán mejoramientos en el entorno vial del Proyecto, con el fin de ofrecer una libre circulación a los actuales y futuros habitantes, para lo cual, se contempla las siguientes mejoras:

 

  1. Reparación de calzada en calles Coronel Godoy, desde Coronel Souper y Federico Hansen;
  2. Incorporación de bolardos en alguna de las calles; Coronel Godoy, Federico Hansen o Manuel Vásquez Rojas;
  3. Reprogramación mediante la realización de sintonía fina y reconfiguración de los controladores de los cruces semaforizados pertenecientes al área de influencia analizada de la RED 8, 30 y 930.

 

·       Av. Libertador Bernardo O'Higgins / Toro Mazotte

·       Av. Libertador Bernardo O'Higgins / Av. Padre Alberto Hurtado

·       Av. Padre Alberto Hurtado / Obispo Javier Vásquez Valencia

·       Av. Padre Alberto Hurtado / Coronel Souper

·       Av. Padre Alberto Hurtado / Av. 5 de Abril

·       Av. 5 de Abril / Arica

 

Cuando el proyecto se encuentre completamente operativo. Concluida ésta tarea, se debe considerar la entrega de un informe a la UOCT, para su revisión y posterior grabación de los tiempos finales en la memoria Eprom de los controladores de semáforos

 

  1. Implementación de facilidades destinadas al mejoramiento de las condiciones de seguridad peatonal, las que consideran entre otros:

 

·       Demarcación y señalización asociada

·       Dispositivos de rodado.

·       Vallas de encauzamiento.

 

Lo anterior acotado al área de influencia definida, que comprende entre las siguientes vías:

 

-        Av. Libertador Bernardo O’Higgins

-        Concón

-        Av. Padre Alberto Hurtado

-        Av. 5 de Abril

 

  1. Reforzamiento de la demarcación asociada a paradas de transporte público, limpieza de los dispositivos y sustitución de mobiliario. Lo anterior aplicado a las paradas que se encuentran dentro del área de influencia del estudio.

 

·       Se instalarán unidades de respaldo de energía (UPS) en las siguientes intersecciones:

 

-        5 de Abril con Coronel Godoy

-        Av. Padre Alberto Hurtado con Manuel Thompson

 

 

·       Se realizará una limpieza y reparación de las paradas de transporte público que forman parte del área de influencia, esta limpieza y mantención considera lo siguiente:

 

-        El borrado de grafitis de las señales y refugios.

-        Reemplazo de piezas en mal estado.

-        Demarcación de los cajones de parada.

 

Lo anterior se realizará en las siguientes paradas:

 

-        PI448 Parada 1 / Con Con

-        PI1230 Parada 5 /( M) Padre Alberto Hurtado

-        PI401 Parada 4 / (M) Padre Alberto Hurtado

-        PI911 Parada 8 / (M) Padre Alberto Hurtado

-        PI68 Av. 5 de Abril esq / Padre Alberto Hurtado

-        PI1268 Av. 5 de Abril esq / Santa Teresa

-        PI544 Av. 5 de Abril esq / Padre V. Irarrázaval

-        PI549 Av. 5 de Abril / Concón

-        PI909 Concón Esq / Manuel Thompson

 

  1. Se realizará un estudio de justificación de semáforo en la intersección de Coronel Souper con Toro Mazotte, si de lo anterior, se considera favorable  la provisión e instalación de un semáforo se procederá a su  construcción.
  2. Reposición de todas las aceras peatonales de toda el área de influencia, lo anterior realizando un catastro en conjunto con el municipio de Estación Central.

 

Oportunidad: La ejecución del proyecto se realizará después de la aprobación de los Proyecto presentados a la UOCT, DOM y DTPM, antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

-        Sera la recepción final del proyecto con la autorización de la DOM, UOCT y DTPM.

-        Se entregará un álbum fotográfico al inicio y al final de las obras del proyecto.

-        Entrega de un informe a la UOCT, para su revisión y posterior grabación de los tiempos finales en la memoria Eprom de los controladores de semáforos.

Forma de control y seguimiento

Se dará aviso a las autoridades (DOM, UOCT y DTPM.) del inicio y termino de la obra.

Entrega de un informe de inicio y final a DOM, UOCT y DTPM.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.6.

 

 

9.7. Implementación de Ciclovía

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Implementar una ciclovía de alto estándar y acorde a las exigencias del Manual de Construcción de Ciclovías del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, además de dar conexión con ciclovías existentes en el área de influencia del Proyecto.

 

Descripción: La ciclovías a proponer, se realizarán por calle Coronel Godoy (costado poniente de la calzada), Coronel Souper (costado norte de la calzada) y Av. Padre Alberto Hurtado (costado poniente de la calzada), con una distancia de 668 m lineales, la cual cumplirá con los estándares exigidos.

 

Justificación: Disminuir la congestión vehicular, tanto para el uso del vehículo particular como del transporte público y fomentar el uso de la bicicleta pública.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El proyecto se desarrolla en las calles circundantes del área de emplazamiento del proyecto, como calle Coronel Godoy, Coronel Souper y Av. Padre Alberto Hurtado.

 

Forma: Se propone diseño y construcción de una ciclovía, la cual se desplazara por:

-        Calle Coronel Godoy, desde Manuel Thompson hasta Coronel Souper

-        Calle Coronel Souper, desde Coronel Godoy hasta Av. Padre Alberto Hurtado

-        Av. Padre Alberto Hurtado, desde Coronel Souper hasta Av. Libertador Bernardo O´Higgins.

 

Tal proyecto será coordinado con la Secretaria de Planificación de Transporte y la Municipalidad de Estación Central que permita complementarse y conectarse con el Plan Maestro de Ciclovias del Gran Santiago, así como con el proyecto “Nueva Alameda Providencia.”

 

Oportunidad: La ejecución de la ciclovía se realizara durante la fase de construcción, antes de la recepción final del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

-        Se entregará un set fotográfico del inicio y termino de la construcción de la ciclovía propuesta, al SERVIU y Municipio, con el fin, de acreditar el cumplimiento de la medida.

Forma de control y seguimiento

Durante su operación, la responsabilidad del mantenimiento será por parte del SERVIU y Municipalidad de Estación Central.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.7.

 

9.8. Remodelación Plaza Titán

Impacto asociado

N/A

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mejorar las condiciones ornamentales de la plaza pública ubicada entre las calles Titán, Los Transeúntes,  Los Satélites y Transit, con el fin de ofrecer a la comunidad del sector un sitio de esparcimiento familiar apto, seguro y equipado. De esta manera, se ofrece un cambio de imagen al sector y a los espacios públicos de la comuna de Estación Central.

 

Descripción: Las mejoras planteadas para la Plaza Titán, consisten en las siguientes:

 

·     Implementación de válvulas de acople rápido para riego;

·     Resiembra de césped;

·     Reparación y/o incorporación de solerillas;

·     Limpieza y pintado de juegos infantiles;

·     Incorporación de Juegos Faneu (Modelo SM-61; Columpio LP 33 o Modelo SM-32.; Columpio LP 33;)

·     Incorporación de maicillo en zonas de juego infantiles y circulaciones del área verde;

·     Retiro, reposición de mobiliario en mal estado, e incorporación principalmente de escaños y papeleros;

·     Implementación de barreras de encauces y de protección peatonal en el perímetro de la plaza.

·     Reparación de reja perimetral multicancha;

·     Incorporación de árboles de acuerdo a estándar del municipio

·     Reparación y demarcado piso de multicancha.

·     Reparación de Luminaria de Plaza y multicancha.

 

Justificación: Se comenzarán las obras antes mencionadas, durante la fase de construcción del proyecto en conjunto con los requerimientos del municipio para la correcta materialización de estas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: El lugar en donde se implementará el presente compromiso, consta de aproximadamente 4.250 m2 y corresponde a la plaza ubicada en esquina calle Titán con calle Transit, comuna de Estación Central.

 

Forma: Las mejoras planteadas anteriormente, se llevarán a cabo durante la fase de construcción y consisten en lo siguiente:

 

·     Implementación de válvulas de acople rápido para riego. Esta mejora permitirá la optimización del recurso agua, proporcionando al área verde, salidas en diferentes sectores de la plaza, lo que permitirá la habilitación de plansas para las zonas que lo requieran, además de la posibilidad de realizar riego tradicional;

·     Resiembra de césped. Se contempla para los sectores de césped ya existentes en la plaza.

·     Reparación y/o incorporación de solerillas. Aplica para las zonas y caminos ya confinados con estas que necesiten reparación, cambio o instalación de alguna faltante.

·     Limpieza, pintado y/o retiro de juegos infantiles existentes. Con el objeto de mejorar el mobiliario de juegos presente en la plaza, se pretende el retiro de los módulos que se encuentran en malas condiciones o que presentan un potencial peligro para los usuarios. Sin perjuicio de lo anterior es que se incorporarán 2 Juegos Fahneu (Modelo SM-61; Columpio LP 33 o Modelo SM-32.; Columpio LP 33;)

·     Incorporación de maicillo en zonas de juego infantiles y circulaciones del área verde. Se incorporará maicillo, el que debe ser compactado al momento de su colocación, en las diferentes áreas de juegos infantiles y módulos deportivos presentes en la plaza.

·     Retiro, reparación, reposición de mobiliario en mal estado, e incorporación, principalmente, de escaños y papeleros. Se deberá coordinar con el municipio donde se dejarán el equipamiento que no esté en condiciones de permanecer en la plaza, así como también, escaños y papeleros a reponer.

·     Implementación de barreras de encauces y de protección peatonal en el perímetro de la plaza.

·     Incorporación de árboles nativos de acuerdo a estándar del municipio.

·     Reparación total de reja perimetral multicancha,

·     Reparación y demarcado de piso de multicancha.

·     Reparación e incorporación de luminaria en plaza y reparación de luminaria en multicancha.

 

Oportunidad: La mejora propuesta se realizará durante la fase de construcción en coordinación con el municipio y con el SERVIU en caso que se realice algún tipo de pavimentación.

Indicador que acredite su cumplimiento

Fiscalización por parte de Municipio de Estación Central y entrega de registro fotográfico por parte del Titular a la Dirección de Obras de Estación Central.

Forma de control y seguimiento

Fiscalización por parte de Municipio de Estación Central y entrega de registro fotográfico por parte del Titular a la autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.8.

 

9.9. EISTU Voluntario

Compromiso voluntario

R.    En la respuesta N°7 del ítem IV de la Adenda Complementaria el Titular se compromete a realizar lo siguiente:

“De manera complementaria, el Titular contempla la realización de un Compromiso Ambiental Voluntario, el que corresponde a la elaboración de EISTU voluntario, una vez aprobado el Proyecto, con el fin de incorporar mejoramientos en la red vial del área de influencia que no hayan sido exigido en el Análisis Vial Básico y contribuir con la disminución de los tiempos de desplazamientos y garantizando la libre circulación.”

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, Tabla 10.1.9.

 

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

 

10.1.1. Emisión de olores

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción y Operación

Parte, obra o acción asociada

Durante la fase de construcción y operación, específicamente en la actividad de acopio temporal de residuos domiciliarios

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

§  Disposición de contenedores plásticos con tapa de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes.

§  Disponer contenedores de residuos de forma uniforme al interior del terreno.

§  Retiro de residuos por parte del servicio de aseo municipal, con una frecuencia de 2 días a la semana.

Forma de control y seguimiento

§  Verificación del correcto acopio de residuos en sus respectivos contenedores cerrados.

§  Verificación de la correcta disposición y mantenimiento de los residuos y sala de basuras en la fase de operación

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII, Tabla 7.1.1 del ICE

 

 

10.1.2. Emisión de material particulado.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Durante la fase de construcción y operación, relacionado con  las actividades de excavación, carga y descarga, tránsito de vehículos entre otros.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

§  Instalación de malla raschel en todo el perímetro de la obra.

§  Minimizar permanencia de acopio de materiales granulares en obra.

§  Minimizar la altura de descarga del material hacia la tolva al utilizar maquinaria.

§  Los equipos y maquinarias usadas para las faenas de excavación serán manejados con precaución y a velocidad moderada, a objeto de minimizar la emisión de material particulado.

§  Cubrir con carpas adecuadas los camiones que efectúan el retiro de residuos de excavaciones y otros residuos que pudiesen emitir material particulado.

§  Mantener aseado zonas de exteriores del Proyecto durante la fase de operación.

Forma de control y seguimiento

Registro de cumplimiento de las medidas consideradas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII, Tabla 7.1.2 del ICE

 

 

10.1.3. Incendio

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Almacenamiento de sustancias inflamables y circuitos eléctricos en la fase de operación.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

§  Se debe tener libre acceso a la calle y a las tomas para incendio durante todo el tiempo que dure la construcción.

§  Se deben colocar carteles claramente visibles con la ubicación del extintor de incendios más cercana. Además se debe colocar el número de Teléfono de los Bomberos cerca de todos los aparatos de teléfono (132).

§  Se deben tomar en cuenta y proteger adecuadamente la madera, los combustibles, la ropa, etc. que no se necesita tener en el lugar de trabajo.

§  No se deben tener calefactores en los lugares donde se almacenan residuos combustibles y si la calefacción es necesaria, se debe planear de modo que no se sobrecalienten los materiales y que tengan ventilación adecuada. En todos estos sitios se deben colocar carteles con la “prohibición de fumar” claramente visibles y se debe cuidar que se obedezcan siempre.

§  Realizar una adecuada inspección por parte del ITO, poniendo énfasis en:

-      El equipo y la instalación eléctrica.

-      La provisión de líquidos y materiales inflamables.

-      Las zonas cercanas a donde se realizan las labores de soldaduras, especialmente si ésta se realiza en lo alto.

-      Debajo y cerca de techos calientes.

-      Todos los lugares expuestos a las chispas o al calor.

-      Los compresores, los generadores de motor y otros equipos de combustión interna y sus provisiones de combustible.

§  Mantener orden y limpieza en la obra: El desorden y la falta de limpieza constituyen un riesgo que el contratista puede evitar.

§  Realizar capacitaciones a trabajadores en el uso de extintores.

§  Mantener aseado los pasillos.

Forma de control y seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.1.3 del ICE

 

 

10.1.4. Derrame de sustancias químicas o peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, en la actividad de terminaciones.

Parte, obra o acción asociada

Almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

§  Limitar la cantidad de materiales nuevos y peligrosos para minimizar el riesgo y alcance de los derrames.

§  Almacenar los materiales bajo techo y alejados de puertas y drenajes para evitar descargas accidentales al medio ambiente

§  Al trasladar o distribuir materiales, manejarlos correctamente para prevenir derrames.

§  Usar recipientes dobles para el transporte de materiales.

§  Realizar capacitación a trabajadores en el uso, manejo y almacenaje de sustancias y residuos peligrosos.

Forma de control y seguimiento

Registro en faena del correcto almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.1.4 del ICE

 

 

 

10.1.5. Sismos

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de  construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Ocurrencia de sismos.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

§  Mantener limpias y ordenadas las áreas de trabajo.

§  Mantener limpias y ordenadas las vías de circulación.

§  Mantener despejadas las salidas de emergencia para facilitar posibles evacuaciones.

§  Habilitar zonas seguras claramente identificadas.

Forma de control y seguimiento

Registro de despeje de vías de trabajo, circulación, salidas de emergencia.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.1.5 del ICE

 

 

10.1.6. Accidente durante el transporte de sustancias o productos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Transporte de sustancias o productos peligrosos

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

§  Utilizar vehículos con una antigüedad inferior a 15 años.

§  Todos los vehículos deben estar señalizados con rótulos según NCh. 2190, Of. 93.

§  Los transportistas deberán portar un sistema de radiocomunicaciones o portar un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional.

Forma de control y seguimiento

Mediante el contrato con las empresas transportistas.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VIII, Tabla 7.1.6 del ICE

 

 

10.2. PLAN DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

 

10.2.1 Emisiones Olores

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de Construcción y Operación

Parte, obra o acción asociada

Durante la fase construcción y operación, específicamente en la actividad de acopio temporal de residuos domiciliarios

Acciones a implementar

§  Disposición de contenedores plásticos con tapa 360 litros de capacidad, reforzados en su interior con bolsas de plástico resistentes.

§  Disponer contenedores de residuos de forma uniforme al interior del terreno.

§  Retiro de residuos por parte del servicio de aseo municipal, frecuencia de 3 días a la semana.

Forma de control o seguimiento

§  Detección de fuente de emisión de olores.

§  Aplicación de medidas atenuantes, según sea el caso.

§  Registrar episodio y reconocer causas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia del Medio Ambiente  (SMA) y SEREMI Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.1 del ICE

 

 

10.2.2 Emisión de material particulado

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Durante la fase construcción y operación, actividades de excavación, carga y descarga, tránsito de vehículos entre otros.

Acciones a implementar

§  Detección de fuente de emisión de material particulado.

§  Aplicación de medidas atenuantes, según sea el caso.

§  Registrar episodio y reconocer causas.

Forma de control o seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente  (SMA) y SEREMI Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.2 del ICE

 

10.2.3 Incendio

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Bodegas de almacenamiento de sustancias inflamables, circuitos eléctricos.

Acciones a implementar

§  Para apagar un incendio de material común, se debe rociar este material con agua o tierra.

§  Para apagar un incendio de líquido o gas inflamable, se debe cortar el suministro del gas o líquido y sofocar el fuego mediante el uso de extintores de PQS, CO2 o arena.

§  Para apagar un incendio en un sistema eléctrico se debe utilizar CO2

§  Después de sofocado un incendio, el personal debe inspeccionar el área para evitar un rebrote del fuego.

§  Se deberá contar con planos de distribución de los equipos y accesorios contra incendios, en obra, bodegas y otras instalaciones, que será de conocimiento de todo el personal que labora en el lugar.

Forma de control o seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, se pondrá en conocimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente  (SMA) y SEREMI Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.3 del ICE

 

10.2.4 Derrame de sustancias químicas o peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, en la actividad de terminaciones

Parte, obra o acción asociada

Almacenamiento de sustancias químicas o peligrosas

Acciones a implementar

§  Se debe aislar, señalizar y acordonar el área afectada.

§  Se debe controlar la actividad que genera el derrame (sellar la fuga o taponearla, corte de suministro, etc.)

§  Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, evitando que el producto alcance alcantarillas. Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente (preferentemente arena o material inerte absorbente) al material derramado y zona del derrame.

§  Finalmente el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.

Para realizar este procedimiento, el personal a cargo contará con los equipos de protección personal y herramientas necesarias para atender este tipo de evento, así como también la capacitación adecuada en relación a los productos almacenados en la obra.

 

En caso de afectación a recursos hídricos, se dará aviso a la DGA-RM, indicando:

§  Descripción del accidente, indicando lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalle de cada acción y medidas de manejo utilizadas durante el evento de contaminación.

§  Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado. Resultados de los monitoreos inmediatos del área de influencia.

§  En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).

Forma de control o seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.4 del ICE

 

10.2.5 Derrame de residuos peligrosas

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción, en la actividad de terminaciones

Parte, obra o acción asociada

Fase de construcción, en el almacenamiento residuos peligrosos

Acciones a implementar

§  Se debe aislar, señalizar y acordonar el área afectada.

§  Se debe controlar la actividad que genera el derrame (sellar la fuga o taponearla, etc.)

§  Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente (preferentemente arena o material inerte absorbente) al material derramado y zona del derrame.

§  Finalmente el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.

Se deberá escarpar toda la zona afectada hasta la profundidad que se aprecie penetración del derrame y el material extraído se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.

 

En caso de afectación a recursos hídricos, se dará aviso a la DGA-RM, indicando:

§  Descripción del accidente, indicando lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales. - Detalle de cada acción y medidas de manejo utilizadas durante el evento de contaminación.

§  Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado. Resultados de los monitoreos inmediatos del área de influencia.

§  En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).

Forma de control o seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.5 del ICE

 

10.2.6 Sismos

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción asociada

Ocurrencia de sismos.

Acciones a implementar

§  El Jefe de Emergencia debe coordinar la ejecución de los procedimientos establecidos, mantener la calma y transmitirla para no generar histeria colectiva.

§  El Jefe de Brigada de Control de Incendio es el encargado de coordinar, en conjunto con la Brigada de Control de Incendio el corte del suministro eléctrico, agua y gas. Verificar que en la obra a producto del sismo no se produjera indicio de fuego.

§  El Jefe de Brigada de Evacuación es el encargado de coordinar, en conjunto con la brigada correspondiente, la evacuación en forma segura de los trabajadores a las zonas de seguridad identificadas o sectores donde se encuentren libres de objetos que puedan caer desde altura.

§  El Jefe de Primeros Auxilios es el encargado de verificar, en conjunto con la Brigada de Primeros Auxilios, que no existan lesionados por la emergencia ocurrida, si hay personas lesionadas brindarle las atenciones de primeros auxilio, evaluar su estado de salud y derivar a servicio de urgencia si fuese necesario.

§  Responsabilidad de los trabajadores:

o   Mantener la calma.

o   Abandonar inmediatamente lo que se esté haciendo.

o   Retirarse de las zonas que involucren riesgos.

o   Dirigirse a la zona de seguridad.

Forma de control o seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia del Medio Ambiente,  SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental..

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.6 del ICE

 

10.2.7 Accidente durante el transporte de sustancias o productos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Transporte de sustancias o productos peligrosos.

Acciones a implementar

§  El transportista deberá dar aviso inmediato a los organismos públicos y personas atingentes para atender la emergencia, Seremi de Salud Metropolitana, Bomberos, Carabineros, la Oficina Regional de Emergencia y especialmente a la I. Municipalidad de Estación Central.

§  Se debe aislar, señalizar y acordonar el área afectada.

§  Se debe controlar la actividad que genera el derrame (sellar la fuga o taponearla, etc.)

§  Contener el derrame construyendo diques de tierra, arena o zanjas en el área de terreno afectada, evitando que el residuo alcance alcantarillas. Una vez controlado, se procederá a adicionar un material absorbente (preferentemente arena o material inerte absorbente) al material derramado y zona del derrame.

§  Finalmente el material impregnado (material absorbente) se dispondrá en tambores apropiados de residuos peligrosos para su disposición final en un lugar autorizado para tales fines.

Forma de control o seguimiento

Registro de la correcta materialización de las medidas propuestas.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, se dará aviso a la Superintendencia del Medio Ambiente,  SEREMI del Medio Ambiente y a los organismos con competencia en la materia, en caso que ocurra una emergencia y/o contingencia que afecte algún componente ambiental.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Tabla 7.2.7 del ICE

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15. Que, para que el proyecto “Edificio Coronel Godoy” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Coronel Godoy” de Inmobiliaria Conquista Godoy SpA

2°. Certificar que el proyecto “Edificio Coronel Godoy” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto“Edificio Coronel Godoy”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales  mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Edificio Coronel Godoy”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Valeria Andrea Essus Poblete
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región Metropolitana de Santiago




LTC/VEP/MGVV/MAC/JMM

Distribución:

  • José Tomás Ruiz-Tagle Barros
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Estación Central
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Edificio Coronel Godoy"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=d1/65/b78b5b5e5fc4c249575d2c726419d3bebbeb


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