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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes"

Resolución Exenta Nº 154/2017

Santiago, 27 de marzo de 2017



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 02 de agosto de 2016, su Adenda de fecha 19 de diciembre de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 17 de febrero de 2017 del proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes presentada por la Asociación de Canalistas Sociedad del Canal de Maipo.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”.     

 

3°. El Acta de Evaluación Nº07/2016 de la Sesión N°18/2016 del Comité Técnico, de fecha 25 de agosto de 2016, citada mediante Oficio Ordinario N°1344 de fecha 19 de agosto de 2016 y el Acta Nº02/2017 de la Sesión N°05/2017 del Comité Técnico, de fecha 02 de marzo de 2017, citada mediante Oficio Ordinario N°0353 de fecha 27 de febrero de 2017.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes” de fecha 13 de marzo de 2017.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 21 de marzo de 2017.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 134 de fecha 15 de febrero de 2016, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. 

CONSIDERANDO:

1°. Que, la Asociación de Canalistas Sociedad del Canal de Maipo, en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

1.1 ANTECEDENTES DEL TITULAR

Nombre o razón social

Asociación de Canalistas Sociedad del Canal de Maipo

Rut

70.009.410-3

Domicilio

Orinoco 90, piso 11, torre I, Las Condes

Teléfono

2-25922332

E-mail

 scm@scmaipo.cl

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Pablo José Perez Cruz

Rut del/los representante(s) legal(es)

6.441.732-0

Domicilio del/los representante(s)  legal(es)

Orinoco 90. piso 11, torre I, Las Condes

Teléfono

2-25922332

Correo electrónico del titular o representante(s) legal(es)

pperez@scmaipo.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de marzo de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142, 155, 156 y el Pronunciamiento del artículo 161, del D.S. Nº 40/2012 MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 21 de marzo de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 13 de marzo de 2017, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El Proyecto consiste en la construcción y operación de una minicentral hidroeléctrica que se ubicará en el eje central del canal San Carlos, aguas arriba del puente Los Presidentes, en la comuna de Peñalolén y tendrá una capacidad instalada de 1,04 MW para generar aproximadamente 6 GWh al año.

Para producir energía, el Proyecto contempla la captación de las aguas del canal San Carlos mediante la instalación de una casa de máquinas en pleno cauce del canal, en cuyo interior operará una turbina que permitirá transformar la energía hídrica en eléctrica, manteniendo el mismo caudal y la calidad del agua.

La energía que será generada por la minicentral será inyectada directamente a la red de distribución local a través de un transformador de poder y una celda de media tensión interior. El patio de media tensión será una celda con montaje al interior de la casa de máquinas, la cual estará compuesta por un paño de salida. El transformador estará ubicado al exterior de la casa de máquinas sobre la losa del canal de evacuación y permitirá elevar la tensión de 0,69 a 12 KV.

En el Anexo ADC-1 de la Adenda Complementaria, se adjunta el Certificado de Informaciones Previas N° 130 de fecha 31/01/2017 emitido por la DOM de la I. Municipalidad de Peñalolén, del terreno ubicado en Mariano Sánchez Fontecilla N°11.855, correspondiente al sector del Parque Tobalaba aledaño al cauce donde se emplazará el proyecto.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 que señala:

 

a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de agua.

 

Y al Artículo 3, letra a) del Decreto N°40/2012, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que señala:

 

“Artículo 3º. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:

 

a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas.”

 

Vida útil

La vida útil se ha considerado de carácter indefinido debido a la posibilidad que los equipos sean reacondicionados y modernizados o bien sean desmontados para ceder espacio a equipos de nueva tecnología, además de las mantenciones preventivas para prolongar la vida útil de los equipos. En caso que por alguna razón deba implementarse el cierre del Proyecto, se procederá de acuerdo a lo señalado en el capítulo 4.5 del ICE.

Monto de inversión

US$ 5.000.000.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La acción o evento que dará inicio a la ejecución del proyecto o actividad corresponde a la instalación de faenas del proyecto, que se estima para abril de 2017.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

El Proyecto no se desarrollará por etapas.

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente

Si

No

El Proyecto no contempla modificar ningún proyecto existente.

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto o actividad]

Si

No

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto no contempla modificar ningún proyecto existente.

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se encuentra ubicado en la región Metropolitana, provincia de Santiago, en específico en el canal San Carlos, aguas arriba del puente Los Presidentes en la comuna de Peñalolén.

 

En la Figura C1-1 de la DIA se presenta la localización del Proyecto y en el Anexo C1-2 de la DIA el layout del mismo.

Justificación de la localización

La localización del Proyecto obedece a la presencia de recursos hídricos en el Canal San Carlos (único cauce existente en el área de influencia del Proyecto) y una topografía favorable para este tipo de obras. De esta forma se configura un potencial hidroeléctrico, que es posible utilizar a partir de recursos renovables para la producción de energía.

 

En el Anexo ADC-9 de la Adenda Complementaria, se adjunta la DDU N° 332, Circular Ord N° 0049 de fecha 10 de febrero de 2017, referida a los permisos de edificación, uso de suelo, infraestructura energética que no forma parte de una red.

Superficie

La superficie involucrada en el emplazamiento del Proyecto corresponde a 0,53 hectáreas (ha) y contempla todas aquellas áreas asociadas a las obras temporales necesarias para la fase de construcción (instalación de faenas) y obras permanentes requeridas para la fase de operación (minicentral hidroeléctrica).

 

Tabla 4.2.1. Superficie del Proyecto

Tipo de obras

Obras

Superficie (ha)

Temporales (fase de construcción)

Instalaciones de faenas

0,36

Permanente (fase de operación)

Minicentral Hidroeléctrica

0,17

Superficie Total del Proyecto

0,53

Fuente: Tabla C1-2 de la DIA.

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84

A continuación, se entregan las coordenadas de referencia de la ubicación de los principales componentes físicos del Proyecto.

 

Tabla 4.2.2: Coordenadas UTM de los vértices del proyecto (Datum WGS84 huso 19 Sur)

Obra/Acceso

Coordenadas Vértices WGS84

Vértices

Norte (m)

Este (m)

Obras Temporales

Área de trabajo

V1

6.293.683

355.265

V2

6.293.695

355.263

V3

6.293.725

355.245

V4

6.293.746

355.247

V5

6.293.746

355.227

V6

6.293.732

355.225

V7

6.293.709

355.225

V8

6.293.669

355.219

V9

6.293.642

355.221

V10

6.293.613

355.220

Acceso Avda. Tobalaba

V11

6.293.614

355.207

V12

6.293.609

355.206

V13

6.293.608

355.219

V14

6.293.521

355.211

Área de trabajo

V15

6.293.521

355.234

V16

6.293.537

355.236

Acceso Sánchez Fontecilla Sur

V17

6.293.531

355.256

V18

6.293.538

355.257

V19

6.293.544

355.237

V20

6.293.616

355.245

Área de trabajo

V21

6.293.618

355.242

V22

6.293.622

355.240

V23

6.293.627

355.241

V24

6.293.631

355.245

V25

6.293.631

355.250

V26

6.293.630

355.253

V27

6.293.627

355.256

V28

6.293.625

355.257

V29

6.293.701

355.245

V30

6.293.626

355.258

V31

6.293.631

355.259

Obras Permanentes

Acceso Sánchez Fontecilla Norte

V1

6.293.635

355.243

V2

6.293.635

355.247

V3

6.293.626

355.259

V4

6.293.625

355.267

V5

6.293.629

355.267

V6

6.293.630

355.259

V7

6.293.639

355.249

V8

6.293.639

355.243

Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes

V9

6.293.643

355.243

V10

6.293.667

355.242

V11

6.293.692

355.242

V12

6.293.731

355.242

V13

6.293.731

355.228

V14

6.293.693

355.226

V15

6.293.668

355.225

V16

6.293.643

355.223

V17

6.293.635

355.222

V18

6.293.634

355.243

Fuente: Tabla C1-1 de la DIA.

Caminos de acceso

El acceso al Proyecto se realizará por Mariano Sánchez Fontecilla. En esta Avenida existirán dos accesos, uno de carácter temporal empleado solo durante la fase de construcción (acceso Sánchez Fontecilla Norte) y el otro permanente que se utiliza para la fase de construcción y se mantiene para la fase de operación (acceso Sánchez Fontecilla Sur), siendo estos accesos los únicos puntos de ingreso hacia las obras del Proyecto. En la Avenida Tobalaba, se considera un acceso vehicular que será utilizado únicamente para la instalación y retiro de una grúa pluma al inicio y al final de las faenas de construcción.

Previo al inicio de la fase de construcción se realizará una visita donde se revisará la situación de las calles en las inmediaciones del Proyecto para verificar el estado de éstas antes de iniciar el tránsito de los camiones contemplados por el Proyecto. En caso que las calles presenten daños por el tránsito de camiones y de otros vehículos pesados, éstas serán reparadas a su condición inicial.

 

Cabe señalar que, en relación a los accesos al Proyecto, estará restringido el ingreso de camiones y vehículos menores durante la mañana del día domingo, esto debido a la realización de actividades recreativas desarrolladas en la Avenida Mariano Sánchez Fontecilla y adicionalmente en los horarios punta de mañana y en la tarde en los días de semana. En este sentido, en la siguiente tabla se presentan los horarios de restricción de los flujos vehiculares asociados del Proyecto.

 

Tabla 4.2.3. Horarios de restricción de vehículos.

Día

Horario

Lunes a viernes

Punta (Mañana y Tarde)

Domingo

09:00 – 14:00

 

Cabe señalar que los camiones no ingresarán en horarios establecidos en la reversibilidad de Sánchez Fontecilla ni los domingos en la ciclo-recreovía de 9:00 a 14:00 horas.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En el Anexo C1-2 de la DIA, se adjunta el layout del proyecto.

En la figura C1-1 de la DIA, se encuentra la ubicación general del proyecto.

En la figura C1-3 de la DIA, se encuentra la ubicación de la línea de media tensión.

En Figura C1-4 de la DIA, se encuentra el detalle de obra de acceso para mantención.

En tabla C1-1 de la DIA, se señalan las coordenadas geográficas de los vértices del proyecto, específicamente de cada una de las obras/accesos de las obras temporales y permanentes.

En el Anexo AD-3 de la Adenda, se incluye el plano en formato kmz de las obras.

 

4.3. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

4.3.1. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

 4.3.1.1 PARTES Y OBRAS

Nombre

Descripción

Oficinas, sala de cambio y comedor

Las obras temporales (fase de construcción), tendrán una superficie de 0,36 hectáreas, de acuerdo a lo señalado en la Tabla C1-2 de la DIA.

 

Se ha considerado un tiempo de aproximadamente 1 mes para la instalación de faenas antes de iniciar la construcción de las obras, lo que permitirá cumplir con todos los requisitos sanitarios y ambientales. La instalación de faenas tendrá identificada cada área de trabajo y de elementos para resguardar la salud de las personas y el medio ambiente. De esta forma, se han definido áreas de acopio de materiales, área de bodegas de residuos tanto peligrosos como no peligrosos, área de carga de combustibles, piscina de lavado de bomba de hormigón, etc.

 

En el apéndice 3 del Anexo ADC-6 de la Adenda complementaria, se muestran las áreas destinadas para el acopio temporal de residuos sólidos.

Sector de estacionamiento de equipos

Sector de acopio de materiales

Patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos

Bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas

Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos

Patio de carguío de combustible

Generador eléctrico

Pañol de herramientas

Accesos de vehículos y maquinarias

Piscina de lavado de bomba de hormigón

Planta de tratamiento de aguas servidas

La instalación de faenas contará con una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de tipo modular con una capacidad de 18 m3/día (100 personas).

Servicios higiénicos, duchas y lavamanos

Durante el periodo de corta del canal (periodo de 15 días, extensible en 5 días), el Proyecto tendrá el máximo de trabajadores (dos turnos de 50 personas cada uno). La PTAS será complementada con baños químicos, en número y condiciones conforme a lo dispuesto en el D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, de manera de proveer a los trabajadores de servicios higiénicos suficientes en los frentes de trabajo. Para la mantención y retiro de los residuos asociados a estas instalaciones (PTAS y baños químicos) se contratará una empresa que cuente con la autorización correspondiente.

El Titular será responsable por la instalación, mantención y limpieza de los servicios higiénicos durante la fase de construcción, para ello, exigirá al contratista que corresponda, el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de la autorización sanitaria.

4.3.1.2 ACCIONES

Nombre

Descripción

Habilitación de acceso e instalación de faenas

El Proyecto se encuentra emplazado al costado de Av. Mariano Sánchez Fontecilla, en el cruce con Av. Los Presidentes, por lo que solo se considera el ingreso al Proyecto por Mariano Sánchez Fontecilla. Adicionalmente, en la calle Tobalaba, se considera habilitar un acceso vehicular que será utilizado únicamente para la instalación y retiro de una grúa pluma necesaria durante las faenas de construcción de la mini central.

El Proyecto no considera el bloqueo temporal de caminos públicos, pero ante el eventual caso que se requiera para la instalación de alguna estructura, se presentará en forma previa a la intervención, un plan de gestión de tránsito a la SEREMI de Obras Públicas y a la SEREMI de Transportes,  de la Región Metropolitana. Dicho plan contendrá los flujos de vehículos a utilizar, tipo de vehículos y periodicidad del flujo de transporte hacia el Proyecto. Conjuntamente con ello, se solicitarán los permisos correspondientes para el uso de caminos, además del cierre del camino en caso de requerirse y las medidas de control pertinentes (bandereros de tránsito, métodos de información a la comunidad y señaléticas apropiadas).

Los días hábiles de la semana en horario punta de la mañana, como también los días domingos durante la realización de actividades recreativas (Circuito Peñalolén), el Titular restringirá el ingreso o salida de vehículos al área del Proyecto (Anexo C1-10 de la DIA). Solo una vez finalizadas las actividades recreativas u horario punta, se retomará el ingreso de camiones y vehículos menores a la obra.

Por otro lado, cabe indicar que los accesos vehiculares a la instalación de faena no bloquearán los senderos peatonales existentes al interior del Parque Tobalaba, puesto que contarán con un banderero el cual tendrá un horario de lunes a domingo, según lo establecido en la Tabla ADC-2 de la Adenda Complementaria, el cual solo restringirá el desplazamiento peatonal al momento de ingresar o salir algún vehículo desde el área del Proyecto, permaneciendo habilitado el tránsito peatonal durante todo el tiempo restante.

Despeje y movimientos de tierras

Los únicos movimientos de material que se realizarán, corresponden a la limpieza del radier existente, del sedimento que se acumule durante el año 2016 (desbanque) y emparejamientos de taludes del canal para la instalación de los muros de los canales laterales del proyecto.

El movimiento de tierras se producirá por excavación de material común y remoción de sedimentos. El movimiento de tierra asociado al Proyecto se estima en un volumen total de 2.100 m3, considerando un factor de esponjamiento del 30% en una superficie total de 0,19 ha, que se distribuirán en un periodo de 2 días. Dada la cantidad de material que se removerá no se considera la habilitación de sectores de acopio de movimientos de tierra, por lo que todo el material que se extraiga será enviado a disposición final por una empresa externa autorizada para este fin.

Construcción de fundaciones, obras civiles y de arquitectura

Se construirán las fundaciones y obras civiles necesarias para los equipos que componen la minicentral hidroeléctrica. Se estima un requerimiento aproximado de 1.540 m3 de hormigón y 119 t de enfierraduras, necesario para la construcción de las obras civiles.

La obra de arquitectura corresponde a una estructura de acero y hormigón la cual contiene elementos de jardines en terrazas y verticales en el exterior.

Montaje electromecánico

Una vez terminadas todas las obras civiles y con el tiempo de fragüe necesario para que el hormigón sea cargado, se realiza el montaje de las estructuras y de equipos, lo cual se efectuará mediante grúas externas. El término de las obras civiles incluye el montaje de los elementos embebidos en primer hormigón del equipamiento de generación, e incluye básicamente el montaje del revestimiento metálico del difusor, y eventualmente, el revestimiento metálico de PIT (PIT es el nombre que se le da al foso en donde va a estar instalado el generador con la caja multiplicadora dentro de la casa de máquinas).

El montaje del generador, caja multiplicadora, distribuidor, rodete, cono de salida del rodete y tableros eléctricos al interior de la casa de máquinas se realizará mediante grúas externas. Para tal efecto, el techo de la casa de máquinas contará con tapas de hormigón removibles de tamaño adecuado que permitirán el acceso de los equipos a los distintos niveles de instalación al interior de la casa de máquinas. La reja hidráulica de la cámara de carga, la máquina limpiarejas, el transformador de poder, el grupo electrógeno de emergencia, así como las compuertas planas aguas arriba y aguas abajo de la casa de máquinas, también se montarán con grúas externas posicionadas convenientemente dentro del área de intervención temporal del proyecto.

Se llevará a cabo la protocolización de pruebas de montaje y de los valores medidos para la recepción de la etapa de trabajo del equipo, eléctrico y/o mecánico, previo a su energización y/o funcionamiento.

El montaje de los equipos se realizará tomando las medidas de seguridad necesarias, considerando revisar los equipos y materiales para el izaje, así como cerrar el perímetro del área de trabajo.

Pruebas y puesta en servicio

En general, en las pruebas de puesta en servicio de los equipos del Proyecto se distinguen las siguientes partes:

·         Pruebas en seco previas al llenado de la aducción.

·         Pruebas de equipos y sistemas no ligados directamente a los equipos de generación.

·         Pruebas previas al primer giro de la Unidad.

·         Pruebas con flujo de agua sin carga (giro en vacío de la Unidad).

·         Pruebas con flujo de agua con carga (Unidad conectada al sistema eléctrico).

·         Pruebas de puesta en servicio de las instalaciones de control eléctrico, sistemas de protección y registro de fallas.

·         Pruebas de rechazo de carga.

·         Pruebas de verificación de valores y características garantizadas.

·         Pruebas de los sistemas de comunicación

Cualquier actividad de una prueba o control que signifique peligro para las personas o equipos, deberá ser inmediatamente interrumpida, debiendo el contratista adoptar todas las medidas de seguridad exigidas por el Inspector Jefe para proseguir los controles o pruebas.

Durante las pruebas con alta tensión, el contratista deberá aislar la zona del equipo, mediante cintas de color rojo, e instalar letreros de advertencia en idioma español.

En la medida que se vayan energizando los equipos, el contratista deberá instalar letreros con leyendas de advertencia que indiquen: "Peligro Equipo Energizado".

 

Transporte

Los flujos vehiculares para la fase de construcción serán los siguientes:

 

Tabla 4.3.1.2.1. Flujos vehiculares fase de construcción.

Actividad

Tipo de Vehículo

Capacidad de carga

Cantidad

Unidad

Periodo (días)

Viajes/día

Viajes/totales

Fierros

Camión Rampla

12

119

toneladas

7

2

10

Hormigón

Camión Mixer

8

1.540

metros cúbicos

14

14

193

Excedentes de Excavación

Camión Tolva

12

2.100

metros cúbicos

7

25

175

Personal

Camionetas

-

420

unidades

210

2

420

Limpia Fosas

Camión Limpia Fosas

10

855

metros cúbicos

210

1

86

Residuos Domiciliarios

Camión Residuos Domiciliarios

200

8.420

kilos

210

1

43

Fuente: Tabla AD-8 del anexo AD-9 de la Adenda.  

 

4.3.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Maquinarias y equipos

La maquinaria necesaria para la construcción del Proyecto será la siguiente:

 

Tabla 4.3.2.1. Requerimientos de equipos durante la fase de construcción.

Tipo de maquinaria

Cantidad

Excavadoras PC

2

Bomba de hormigón telescópica 30 m

2

Grúa pluma

2

Camión grúa 5 ton

2

Camión tolva 12 m3

4

Camión mixer 8 m3

1

Grupo electrógeno 75 kVA

1

Fuente: Tabla C1-5 de la DIA.

En relación a las maquinarias y herramientas menores que se utilizarán en el Proyecto, éstas generalmente se encontrarán en lugares fijos (talleres y/o frentes de trabajo puntuales), sin requerirse su desplazamiento hasta terminada la jornada de trabajo.

Con respecto a la mantención de las maquinarias, en la instalación de faenas se mantendrá el registro de los talleres autorizados donde se realicen estos trabajos.

Finalmente, el Proyecto no adquirirá áridos, puesto que el hormigón será transportado en camiones mixer desde una planta cercana.

Materiales de construcción

Las actividades constructivas requerirán hormigón, el cual, se estima en aproximadamente 1.540 m3. Este insumo se suministrará por un proveedor autorizado, siendo trasladado al frente de trabajo mediante camiones mixer. También, se requerirá de 119 ton de enfierradura, las que serán obtenidas a partir de un distribuidor autorizado.

El Proyecto no requiere instalaciones auxiliares tales como plantas de asfalto, extracción de áridos o puntos de captación de aguas subterráneas.

Agua potable

El abastecimiento de agua potable para consumo humano durante la fase de construcción, se realizará a través de bidones de 20 litros sellados, etiquetados y debidamente autorizados, que serán ubicados en la instalación de faenas. A su vez, se contará con camiones aljibes que proveerán agua para las instalaciones sanitarias. La provisión de agua será contratada a una empresa calificada para tal fin y la frecuencia de este abastecimiento será semanal, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 del D.S. N° 594/1999 del Ministerio de Salud.

En el periodo de mayor demanda, se requerirá aproximadamente de 15 m3/día de agua potable (bidones de 20 l), considerando una dotación máxima de 50 trabajadores en terreno por turno (dos turnos diarios durante 15 días, extensibles en 5 días, de iniciada la fase de construcción) y un uso aproximado de 150 litros/persona/día (consumo de agua potable y servicios sanitarios).

Agua industrial

Se necesitará agua para humedecer los terrenos de instalación de faenas por donde circularán vehículos pesados y camionetas para evitar emanaciones de material particulado y para el curado de los hormigones. Estas aguas serán proporcionadas por un camión aljibe durante el periodo de corta del Canal San Carlos y serán extraídas directamente del canal el resto del tiempo, utilizando un derecho de aprovechamiento de agua consuntivo para uso industrial que se utilizará durante la Fase de Construcción y para la humectación del área de trabajo y curado de hormigones, el cual se ha calculado en 0,58 l/s (cálculo conservador).

La constitución de este derecho corresponde solo para los trabajos que se realizarán durante la Fase de Construcción.

El punto de extracción corresponde al sector en donde se construye la central Los Presidentes y sus coordenadas UTM en datum WGS-84 son las siguientes:

Coordenada Este: 355.228,00 m E.

Coordenada Norte: 6.293.628,00 m N.

Energía eléctrica

La energía eléctrica a utilizar para operar los equipos y maquinarias necesarios para la construcción del Proyecto será proporcionada por el contratista mediante un grupo electrógeno de 75 kVA, que contará con la correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Por otra parte, el Proyecto considera la posibilidad de solicitar a la empresa de distribución de energía que tiene la concesión en dicha área, un arranque desde la línea de distribución para la alimentación de faenas, en dicho caso el grupo de 75 kVA se utilizaría como respaldo en caso de cortes de energía en la red de distribución.

Combustibles

El Proyecto no considera el almacenamiento de combustible en terreno. En esta fase del Proyecto se utilizará combustible para la maquinaria, camiones y camionetas, los que se abastecerán directamente en las estaciones de servicio establecidas en el sector o en terreno a través de un camión distribuidor de combustible de empresas autorizadas para ello (para el grupo electrógeno).

El abastecimiento para maquinaria en terreno se realizará en el patio de carguío de combustible, que contará con las medidas de seguridad requeridas para este tipo de maniobras, entre otras, recubrimiento de terreno con material aislante (polietileno), construcción de pretiles, disponibilidad de aserrín u otro material para contención de derrames, etc. No se contempla la construcción de estanques de combustible en terreno, dado el bajo consumo requerido.

Servicios higiénicos

La instalación de faenas contará con una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de tipo modular con una capacidad de 18 m3/día (100 personas).

Durante el periodo de corta del canal (periodo de 15 días, extensible en 5 días), el Proyecto tendrá el máximo de trabajadores (dos turnos de 50 personas cada uno). La PTAS será complementada con baños químicos, en número y condiciones conforme a lo dispuesto en el D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, de manera de proveer a los trabajadores de servicios higiénicos suficientes en los frentes de trabajo. Para la mantención y retiro de los residuos asociados a estas instalaciones (PTAS y baños químicos) se contratará una empresa que cuente con la autorización correspondiente.

El Titular será el responsable por la instalación, mantención y limpieza de los servicios higiénicos durante la fase de construcción, para ello, exigirá al contratista que corresponda, el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de la autorización sanitaria.

Alimentación

La alimentación de los trabajadores será a través de una empresa autorizada, pues el Titular considera la habilitación de un comedor dentro de la instalación de faenas, con capacidad acorde a la normativa vigente (D.S. Nº 594/1999 del Minsal).

4.3.3 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

En el Anexo C1-7 de la DIA se adjunta el derecho de agua Consuntivo para uso industrial que se utilizará durante la fase de construcción del Proyecto para la humectación del área de trabajo y curado de hormigones, el cual se ha calculado en 0,58 l/s. La constitución de este derecho corresponde solo para los trabajos que se realizarán durante la fase de construcción.

4.3.4 EMISIONES Y EFLUENTES

4.3.4.1 EMISIONES A LA ATMÓSFERA

Nombre

Descripción

Emisiones

Para minimizar las emisiones atmosféricas, se han considerado las siguientes medidas para la fase de construcción:

·         Los caminos internos de servicio se mantendrán en todo momento en buen estado, a fin de facilitar el tránsito de vehículos.

·         Se exigirá una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinaria y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas.

·         En el área del Proyecto estará prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (madera, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo).

·         Se realizará humectación de los accesos y durante el periodo de movimiento de tierra.

·         Los camiones que transporten materiales estarán debidamente encarpados.

·         Todo carguío dentro de la obra se efectuará con el debido cuidado para evitar el exceso de polvo.

 

En el Anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto.

 

A continuación, se presenta un cuadro resumen con las emisiones generadas en esta fase:

 

Tabla 4.3.4.1.1: Resumen emisiones de material particulado.

Actividad

MP10 Diario kg/día

MP2,5 Diario kg/día

MP10 Total t/año

MP2,5 Total t/año

Excavaciones

21,96

11,16

0,04

0,02

Carga y descarga

1,19

0,18

0,00

0,00

Tránsito en Camino Pavimentado

5,20

1,30

0,05

0,01

Tránsito en Camino NO Pavimentado (Vehículos Pesados)

69,71

7,00

0,51

0,07

Tránsito en Camino NO Pavimentado (Vehículos Livianos)

0,06

0,06

0,02

0,02

Combustión maquinaria

9,93

9,13

0,32

0,29

Combustión vehículo liviano

0,00

0,00

0,00

0,00

Combustión camiones

0,29

0,26

0,00

0,00

Combustión grupo electrógeno

0,73

0,68

0,15

0,14

TOTAL

109,07

29,78

1,10

0,56

Fuente: Tabla ADC-46 del anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a lo anterior, las emisiones de material particulado alcanzan un valor total de 109,07 kg/día de MP10 y 29,78 kg/día de MP2,5 al día, y 1,10 t/año de MP10 y 0,56 t/año de MP2,5, considerando los 7 meses que durará la fase de construcción.

 

Tabla 4.3.4.1.2: Resumen emisiones totales de gases

Actividad

NOX (t/año)

CO (t/año)

HC (t/año)

SOX (t/año)

Combustión maquinaria

3,90

0,91

0,41

0,54

Combustión vehículo liviano

1,72E-03

5,80E-04

1,50E-04

5,00E-05

Combustión camiones

0,13

3,81E-02

8,58E-03

7,00E-05

Combustión grupo electrógeno

2,13

0,46

-

0,14

TOTAL

6,17

1,41

0,42

0,68

Fuente: Tabla ADC-48 del anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria.

 

Respecto a las emisiones de gases, alcanzan valores totales de 6,17 t/año de NOX, 1,41 t/año de CO, 0,42 t/año de HC y 0,68 t/año de SOX, considerando los 7 meses de duración de la fase de construcción.

 

De acuerdo a los resultados obtenidos, se concluye que, el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones.

4.3.4.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos industriales

Durante la fase de construcción del Proyecto se utilizarán camiones betoneros para el suministro de hormigón, por lo que el Titular no considera el lavado de ruedas de camiones ni lavado de camiones betoneros. El lavado del hormigón de los camiones betoneros, será realizado por la empresa contratada para el suministro y transporte de hormigón, en lugares autorizados para esta actividad. Para el caso del lavado de la bomba de hormigón se considera una piscina impermeable para la acumulación de este residuo con una capacidad de 8 m3. El RIL acumulado será retirado por una empresa externa autorizada para estos fines.

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

Se estima que habrá un promedio de 34 trabajadores, con un máximo de 50 repartidos en dos turnos en la etapa de mayor actividad (15 días, que pueden extenderse otros 5 días). Si se asume la condición más desfavorable, es decir, efluentes líquidos iguales al 80% del consumo de agua potable, se estima que se generarán en promedio 4,1 m3/día con una tasa de generación máxima estimada de aguas servidas de 12 m3/día las que no serán infiltradas, sino que tratadas en una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de tipo modular con una capacidad de 18 m3/día, cuyo efluente será retirado con una frecuencia diaria para el máximo de trabajadores en obra y cada dos o tres días para los periodos de menor número de trabajadores. Dicho efluente será retirado y dispuesto por una empresa autorizada. La PTAS será complementada con baños químicos durante el periodo de mayor demanda. Para la mantención y retiro de los residuos asociados a estas instalaciones (PTAS y baños químicos) se contratará una empresa que cuente con la autorización correspondiente.

El Titular será el responsable por la instalación, mantención y limpieza de los servicios higiénicos durante la fase de construcción, para ello, exigirá al contratista que corresponda, el certificado que acredite los puntos de descarga autorizados y la vigencia de la autorización sanitaria.

El Titular mantendrá un registro de la mantención efectuada a la PTAS y baños químicos y asimismo de la disposición final de los residuos generados.

4.3.4.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido

 

Las principales fuentes de emisión de ruido corresponden al uso de maquinaria y equipos. En la siguiente tabla, se detalla la maquinaria y equipos considerados para las actividades involucradas en la construcción del Proyecto.

 

Tabla 4.3.4.3.1: Niveles de presión sonora de la maquinaria de construcción diurno.

 

Tabla

Número

Equipos o maquinaria 

Cantidad

NPS unitario a 10 m [dB(A)]

NPS conjunto [dB(A)]

NPS total obra [dB(A)]

Construcción de las obras

2

7

Excavadoras PC

2

70

73

84

4

32

Bomba de hormigón telescópica

2

78

81

4

43

Grúa pluma

2

70

73

4

55

Camión grúa

2

70

73

4

28

Camión mixer

1

75

75

4

83

Grupo electrógeno

1

65

65

4

34

Vibrador de hormigón

1

69

69

2

32

Camión Tolva

1

74

74

Fuente: Tabla 3 del Anexo AD-10 de la Adenda.

 

Tabla 4.3.4.3.2. Niveles de presión sonora de la maquinaria de construcción nocturno.

 

Tabla

Número

Equipos o maquinaria

Cantidad

NPS unitario a 10 m [dB(A)]

NPS conjunto [dB(A)]

NPS total obra [dB(A)]

Construcción de las obras

4

32

Bomba de hormigón telescópica

1

78

78

80

4

83

Grupo electrógeno

1

65

65

4

28

Camión mixer

1

75

75

4

34

Vibrador de hormigón

1

69

69

Fuente: Tabla 4 del Anexo AD-10 de la Adenda.

 

Se realizó la estimación y evaluación normativa para la fase construcción en el peor escenario acústico, detectándose superación del límite diurno y nocturno, por lo tanto el Proyecto implementará las siguientes medidas de control, las cuales  permitirán asegurar el cumplimiento normativo.

Se ubicarán barreras acústicas de la siguientes características:

 

Materialidad: deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (Por Ejemplo Panel OSB 18 mm con densidad 700 kg/m3).

Dimensiones y Ubicación: deberá tener una altura de a lo menos 6 m y una longitud que cubra a lo menos el sector oriente y poniente del Proyecto.

 

Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad y la extensión de la barrera deberá ser de a lo menos el doble de la dimensión del frente de trabajo, de tal manera que no existan difracciones laterales.

 

Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa por lo que se ubicarán tal como se indica en la figura 11 del anexo AD-10 de la Adenda.

Adicionalmente, las faenas de construcción en período nocturno se ejecutarán exclusivamente con la siguiente maquinaria:

 

Tabla 4.3.4.3.3. Maquinaria de construcción en período nocturno.

Equipos o maquinaria 

Cantidad

Bomba de hormigón telescópica

1

Grupo electrógeno

1

Camión mixer

1

Vibrador de hormigón

1

Fuente. Tabla 14 del Anexo AD-10 de la Adenda.

 

Con la correcta implementación de las medidas de control se obtiene cumplimiento normativo en todos los puntos receptores, aún en la condición más desfavorable, de acuerdo a las siguientes tablas.

 

Tabla 4.3.4.3.4. Evaluación niveles de ruido, fase de construcción diurna con medidas de control.

Punto

NPS (dBA)

Construcción

Límite Normativo diurno

(dBA)

Exceso de nivel

(dBA)

¿Cumple Norma?

R1

52

60

0

R2

57

60

0

R3

52

60

0

R4

54

60

0

Fuente. Tabla 15 del Anexo AD-10 de la Adenda.

 

Tabla 4.3.4.3.5. Evaluación niveles de ruido, fase de construcción nocturna con medidas de control.

Punto

NPS (dBA)

Construcción

Límite Normativo nocturno

(dBA)

Exceso de nivel

(dBA)

¿Cumple Norma?

R1

45

45

0

R2

43

45

0

R3

44

45

0

R4

44

45

0

Fuente. Tabla 16 del Anexo AD-10 de la Adenda.

 

De acuerdo a lo anterior y con la correcta implementación de las medidas señaladas anteriormente, se concluye finalmente que los niveles obtenidos cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, en todos los puntos receptores en la fase de construcción del Proyecto.

4.3.5 RESIDUOS

4.3.5.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Los residuos sólidos domésticos que se generarán corresponden básicamente a residuos con características domiciliarias como restos de alimentos, papeles, cartones, plásticos y vidrios.

Los residuos serán almacenados en un patio de acopio temporal, desde donde serán retirados por una empresa autorizada para su transporte y disposición final.

Se estima una generación de residuos domésticos de 1,1 kg/persona/día, lo que significa que en la fase de construcción los residuos domésticos generados serán en aproximadamente 37,4 kg/día promedio con un máximo de 110 kg/día (durante el periodo de corta del canal de 15 días, extensible a 5 días más y que corresponde a la máxima dotación de trabajadores).

Dichos residuos se almacenarán de forma transitoria en contenedores especialmente destinados para ello, cerrados herméticamente y al interior de bolsas plásticas para evitar la proliferación de vectores de interés sanitario (moscas, animales, roedores), ubicados en la instalación de faena.

El retiro de estos residuos se realizará tres veces a la semana. Su retiro y disposición final será provisto por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

Residuos industriales no peligrosos

 

Los residuos no peligrosos corresponden a desechos como: textiles, restos de embalaje, chatarra, cartones, escombros, restos de madera, fierros, gomas, papeles, cartones y plásticos. Se estima la generación de 50 kg/día aproximadamente.

Estos residuos serán acumulados temporalmente en el sitio destinado para la acumulación de residuos no peligrosos dentro de la instalación de faena, para luego ser retirados y manejados por empresas autorizadas. Estas empresas deberán realizar la separación de los residuos que retiren, y emplearlos prioritariamente para reciclaje y/o reutilización. El retiro de estos residuos se realizará semanalmente y se llevará el control de los retiros a través de los registros. Todos los residuos industriales no peligrosos generados durante la fase de construcción serán enviados al sitio autorizado de REGEMAC u otro destinatario autorizado.

4.3.5.2 RESIDUOS PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos peligrosos

Durante la fase de construcción se generarán aproximadamente 15 kg/día de residuos peligrosos tales como, diversos envases en desuso contaminados con derivados de hidrocarburos, pinturas y solventes, restos de grasas, aceites y pinturas, residuos de diésel, aceite contaminado, filtros contaminados con hidrocarburos, ampolletas y tubos fluorescentes usados, materiales absorbentes contaminados, solventes, baterías y pilas. Éstos serán acumulados en la instalación de faena donde será acopiado en un sitio habilitado para tales efectos, hasta su envío al lugar de disposición final, el cual contará con autorización Sanitaria, dando cumplimiento a lo establecido en el D.S. Nº148/2003 del Ministerio de Salud.

El almacenamiento de residuos peligrosos se llevará a cabo dentro de una bodega de superficie 4,1 m2, aproximadamente,  la cual contará con muros y techo metálico RF120 de 2,5 m de alto, con una base de hormigón y ventilación natural. La base de hormigón contará con un pretil para contener posibles derrames y una cámara en el piso para la acumulación de residuos peligrosos líquidos que accidentalmente pudieran haberse derramado.

Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos y su bodega se describen en el Anexo PAS -142 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4. FASE DE OPERACIÓN.

4.4.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.4.1.1 PARTES Y OBRAS.

Rejilla de seguridad

En esta reja materiales tales como ramas, basuras de tamaño medio (p.e. ramas, bolsas, maderas, etc.) son retenidos y posteriormente estos materiales son retirados por un sistema limpiarrejas automático, el cual extrae elementos que han sido retenidos.

Canal de Aproximación

Canal revestido de hormigón de sección rectangular de 8,0 m de longitud, 10 m de ancho, 3,6 m de altura el cual posee un machón central de 1,0 m de ancho y 3,0 m de longitud.

Cámara de Carga

Corresponde a un canal rectangular de hormigón de 24 m de longitud, ancho variable de 10 m a 5,5 m y profundidad variable de 3,6 m a 10,0 m, pues su radier varía de la cota 636,41 msnm en la entrada, a la 630,00 msnm en la salida (nivel definido con segundo hormigón, pues depende de las dimensiones del equipo de generación). Se ubica inmediatamente aguas abajo del fin del canal de aproximación y en su extremo final se ubican las rejas de protección del equipamiento.

Vertederos Laterales: Corresponden a los muros laterales del canal de aproximación y de la cámara de carga, el umbral se ubica en la cota 640,00 msnm, tienen una longitud de 32,6 m y descargan el agua hacia los canales laterales colectores de desvío.

Canal Lateral Colector Izquierdo

Se encuentran adosados a la cámara de carga con la cual comparten el muro del vertedero lateral de seguridad, y corresponden a 2 canales de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho por 38 m de longitud, altura variable de 3,6 a 7,0 m y pendiente mixta.

Canal Lateral Colector Derecho

Se encuentran adosados a la cámara de carga con la cual comparten el muro del vertedero lateral de seguridad, y corresponden a 2 canales de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho por 38 m de longitud, altura variable de 3,6 a 7,0 m y pendiente mixta

Colchón Disipador Lateral Izquierdo

Se ubican al final de cada canal lateral colector y corresponden a 2 estructuras de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho, 15 m de longitud, altura de 5,0 m y pendiente nula. Al final poseen una grada de subida de 0,3 m, cuya salida coincide con la salida del difusor, lo cual permite empalmar los radieres con el canal de restitución.

Casa de Máquinas

Ubicada inmediatamente aguas abajo del ducto en presión, posee 2 niveles. En el primero se ubica el pit con el generador en su interior, la turbina y el difusor, y en el segundo los elementos control y de izaje para mantención de equipos.

Canal de Restitución

Canal revestido de hormigón de sección variable, trapecial a rectangular, la sección inicial trapecial mide 6,9 m en la base y 14,9 m en el coronamiento, la sección rectangular final se de 12,2 m de ancho. La altura varía de 8,5 m en la sección trapecial a 4,0 m en la sección rectangular. La longitud del canal de restitución es de 38,5 m.

4.4.1.2 ACCIONES.

Nombre

Descripción

Mantenimiento

Preventivo: comprende la inspección de los equipos y estructuras eléctricas, mediciones de verificación y la limpieza de los equipos e instalaciones. Éste mantenimiento se realizará una vez al año en los períodos de corta del canal y que corresponde a la segunda quincena de mayo.

Correctivo: considera las reparaciones a las instalaciones que componen el Proyecto cuando se detecten fallas que comprometan la generación de energía eléctrica. La envergadura de estas reparaciones dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía detectada.

Reparaciones de emergencia

Corresponde a las reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por personas, a consecuencia de accidentes o provocados por fenómenos naturales. Estas actividades son impredecibles, por lo que se programarán de acuerdo a la ocurrencia de los eventos señalados.

Conexión a red local

La energía que será generada por la mini central será inyectada directamente a la red de distribución local a través de un patio de media tensión tipo interior en celda metálica MT y un transformador de poder que elevará la tensión de 0,69 a 12 KV.

Flujo de camiones

Se contempla el ingreso de un camión pequeño que retire la basura y desperdicios recolectados en la reja de seguridad de la central, esta actividad se desarrollará 1 vez al mes. Adicionalmente en esta fase se desarrollarán mantenciones anuales, en las cuales se emplearán 3 camionetas (transporte de personal e insumos) y un camión grúa, esta mantención se realizará una vez al año.

4.4.2 SUMINISTROS BÁSICOS

Nombre

Descripción

Agua potable

Debido a que el proyecto no considera mano de obra permanente para su operación, no existirán instalaciones sanitarias permanentes. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones, la empresa dispondrá de agua potable y baños químicos para los trabajadores, así como también se hará responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.

Electricidad

El suministro de energía eléctrica para los Servicios Auxiliares (SS.AA) de la minicentral durante la fase de operación tendrá las siguientes modalidades:

- Estando la central en servicio los SS.AA se alimentarán desde un Transformador de Servicios Auxiliares conectado a los terminales de salida del generador. El transformador de SS.AA alimentará una barra de 400 Vca desde la cual se alimentarán a su vez todos los consumos requeridos por la central.

- En caso que la unidad de generación se encuentre detenida, los SS.AA podrán ser alimentados desde la red local utilizando la misma conexión original pero con flujos de potencia en sentido inverso.

- En caso de black-out del sistema de media tensión (MT) y central, deberá arrancar en forma automática el grupo electrógeno de emergencia, menor a 20 KVA (equivalente a menos de 16 kW), con el propósito de alimentar los consumos esenciales de la central. Su detención se realizará también en forma automática una vez repuesto el sistema local. Este grupo de emergencia contará con la Certificación de Aprobación, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

- Además se considera la instalación de un banco de baterías en 24 Vdc con autonomía de 3 horas para mantener energizado sin interrupciones de servicio, los sistemas más importantes de la central, como son el sistema de control, sistema de protecciones y las telecomunicaciones.

Servicios sanitarios

No existirán servicios sanitarios en el lugar ya que la planta se opera de forma remota desde la central hidroeléctrica Florida, en donde las personas ya cuentan previamente con servicios sanitarios. Cuando se efectúen las mantenciones, el titular o el contratista a cargo dispondrán de agua potable y baños químicos a los trabajadores, así como también se hará responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.

Alimentación

Dado que la operación de la planta será realizada de manera remota desde la central hidroeléctrica Florida, por trabajadores de la empresa encargados de administrar remotamente otras centrales, la alimentación de los operadores ya se encuentra previamente cubierta.

Transporte

El flujo de vehículos considerandos en la fase de operación será el siguiente:

 

Tabla 4.4.2.1: Flujos vehiculares fase de operación.

Actividad

Tipo de Vehículo

Capacidad de carga

Cantidad

Unidad

Viajes totales/día

viajes totales/año

Mantenciones

Camión Grúa

9,5

19

Toneladas

1

2

Personal

Camionetas

-

-

N/A

3

6

Residuos

Camión Tolva

12

144

Metros cúbicos

1

12

Fuente: Tabla ADC-29 del Anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria.

 

4.4.3 PRODUCTOS GENERADOS

El Proyecto considera la generación de energía eléctrica la cual será entregada a la red local existente en 12 kV. La minicentral hidroeléctrica tendrá una potencia nominal de 1,04 MW para generar aproximadamente 6 GWh al año.

4.4.4 RECURSOS NATURALES RENOVABLES

El Proyecto explotará el recurso hídrico a través de la utilización de la fuerza motriz de las aguas del canal mediante la instalación de una turbina que permitirá transformar la energía hídrica en eléctrica. El punto de captación y restitución del agua se encuentra en el mismo canal a un par de metros de distancia, manteniendo el mismo caudal y la calidad del agua.

4.4.5 EMISIONES Y EFLUENTES

4.4.5.1 EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Emisiones  (ton/año)

En el Anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria, se adjunta el informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas del proyecto. A continuación, se presenta un cuadro resumen con las emisiones de la fase de operación:

 

Tabla 4.4.5.1.1: Resumen emisiones de material particulado.

Actividad

MP10 Diario (kg/día)

MP2,5 Diario (kg/día)

MP10 Total (t/año)

MP2,5 Total (t/año)

Tránsito en Camino Pavimentado

0,29

0,09

2,79E-03

6,80E-04

Tránsito de Vehículos Pesados en Camino no Pavimentado

1,08

0,11

2,16E-03

2,20E-04

Tránsito de Vehículos Livianos en Camino no Pavimentado

1,50

1,50

3,00E-03

3,00E-03

Combustión vehículo liviano

0,01

0,01

4,09E-06

3,76E-06

Combustión camiones

0,02

0,02

1,28E-04

1,17E-04

Grupos Electrógenos

0,33

0,30

3,22E-04

2,96E-04

TOTAL

3,23

2,03

8,40E-03

4,32E-03

Fuente: Tabla ACD-49 del Anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria.

 

De acuerdo a lo anterior, las emisiones de material particulado alcanzan un valor de 8,40E-03 t/año de MP10 y 4,32E-03 t/año de MP2,5.

 

Tabla 4.4.5.1.2: Resumen emisiones totales anuales de gases.

Actividad

NOX (t/año)

CO (t/año)

HC (t/año)

SOX (t/año)

Combustión vehículo liviano

9,00E-05

3,00E-05

1,00E-05

1,00E-05

Combustión camiones

4,86E-03

1,39E-03

3,20E-04

1,00E-05

Grupos Electrógenos

4,51E-03

9,74E-04

-

3,00E-04

TOTAL

9,46E-03

2,39E-03

3,30E-04

3,20E-04

Fuente: Tabla ACD-51 del Anexo ADC-6 de la Adenda Complementaria.

 

Respecto a las emisiones de gases, alcanzan valores de 9,46E-03 t/año de NOX, 2,39 E-03 t/año de CO, 3,30E-04 t/año de HC y 3,20 E-04 t/año de SOX.

 

De acuerdo a los resultados obtenidos  el proyecto no supera los límites establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo cual no deberá compensar emisiones.

4.4.5.2 EMISIONES LÍQUIDAS O EFLUENTES

Nombre

Descripción

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

No se generarán residuos líquidos domésticos durante la operación del Proyecto, pues no se considera mano de obra permanente para la operación de la minicentral. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones o limpiezas al Proyecto, se dispondrá de agua y baños químicos para los trabajadores. El transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades se realizará en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Residuos líquidos industriales

No habrá generación de residuos industriales líquidos durante la operación del Proyecto.

4.4.5.3 EMISIONES DE RUIDO

Nombre

Descripción

Ruido

Para efectos de la evaluación de esta fase, se consideran los niveles obtenidos en la proyección sonora hacia los receptores en la fase de operación, respecto del límite normativo aplicable en cada receptor para horario diurno y nocturno, considerando que  la turbina (permite generar la energía eléctrica producto del paso del agua) funciona de manera continua.

 

Tabla 4.4.5.3.1. Niveles de ruido fase de operación Proyecto.

Punto

NPS (dBA)

Operación

Período Diurno

Período Nocturno

R1

54

44

R2

48

36

R3

51

39

R4

54

44

Fuente: Tabla 9 del Anexo AD-10 de la Adenda.

Es posible establecer que los niveles proyectados en la fase de operación, período diurno (celosías abiertas) se encontrarán entre los 48 y 54 dBA en receptores, mientras que en período nocturno (celosías cerradas) entre 36 y 44 dBA. Los receptores y el área del Proyecto se encuentran ubicados en la comuna de Peñalolén en zonas Z1 y R2 según el Plan Regulador Comunal, las cuales permiten vivienda y equipamiento, homologables ambas a Zona II de acuerdo a lo estipulado en la normativa, cuyos límites son 60 dBA en período diurno y 45 dBA en período nocturno.

Se concluye que en los puntos evaluados se cumple con el límite máximo establecido por el D.S. N°38/11 del MMA para período diurno y nocturno durante la operación del Proyecto.

4.4.6 RESIDUOS

4.4.6.1 RESIDUOS NO PELIGROSOS

Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios

No se considera la generación de residuos sólidos domésticos durante la operación del Proyecto, pues no se contempla mano de obra permanente en el Proyecto. Cuando se efectúen mantenciones al Proyecto se contempla una generación mínima de residuos sólidos domésticos los que serán recolectados y enviados a disposición final a través del servicio municipal. Durante estas actividades se considera una mano de obra máxima de 10 personas, por lo que se estima una generación de 11 kg/día de residuos sólidos domésticos durante las mantenciones (anual).

Los residuos domésticos generados serán originados principalmente por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico y cartón.

Estos residuos, serán acopiados en tambores con tapas en las instalaciones para su retiro y disposición en un sitio autorizado.

Residuos sólidos industriales no peligrosos

A partir de la reja hidráulica, los materiales retenidos en esta serán retiradas por un sistema limpia rejas automático, el cual extrae elementos que han sido retenidos por la reja, tales como ramas, basuras de tamaño medio (tales como bolsas, maderas, etc.) y los conduce a una cinta transportadora de malla metálica de acero inoxidable que llevará los residuos hacia un contenedor ubicado a un costado de la central. Este sistema funciona como un bastidor automático, cuyo objetivo principal es la seguridad en caso de que caiga una persona al canal y de protección de la turbina frente a elementos de tamaño mayor que pueden dañar el sistema de generación. Este sistema recogerá un volumen aproximado de 400 kg de residuos industriales no peligrosos al mes. El contenedor será retirado y repuesto mensualmente por una empresa externa autorizada.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.4.6.2 SUSTANCIAS Y RESIDUOS PELIGROSOS

Sustancias peligrosas

Para las mantenciones anuales durante la operación del proyecto se requerirá un total de 250 l de aceites lubricantes (Mobil DTE 26 y MobilGear SHC XMP 320) y 50 kg de grasas, pinturas al año.

Residuos peligrosos

Debido a las actividades de mantención del proyecto se produce la generación de residuos sólidos peligrosos (envases vacíos que contuvieron sustancias peligrosas), por la utilización de 250 l de aceites y 50 kg de grasas al año. Los residuos peligrosos generados serán transportados y dispuestos en lugares autorizados.

Las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados durante esta fase serán declaradas a través del sistema de Ventanilla Única asociado del “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)” (D.S. N°1/2013).

4.5. FASE DE CIERRE.

Por la naturaleza de este Proyecto, no se considera fase de cierre en una primera instancia. Lo más apropiado es que los equipos involucrados en el proyecto sean actualizados tecnológicamente y así se prolongue su fase de operación (de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE, referido a la vida útil del proyecto). En caso que por alguna razón deba implementarse el cierre del Proyecto, se procederá de la siguiente forma.

4.5.1 PARTES, OBRAS Y ACCIONES

Desconexión de equipos

Se procederá a desenergizar los equipos involucrados en la operación del Proyecto, tomando todos los resguardos necesarios para la protección de las personas que participen en la actividad de retiro de las instalaciones.

Desmantelamiento de los equipos y estructuras

Las actividades de desmantelamiento consistirán en el desarme y traslado de las partes, retirando los componentes de la minicentral hidroeléctrica con la ayuda de una pluma y una grúa cuando sea necesario, para luego trasladar dichas partes a bodegas del titular. Se borrarán las evidencias de la existencia de las instalaciones y se dejará el terreno y el canal con características similares a las originales. Para estas actividades se considera la misma cantidad de mano de obra descrita en la fase de construcción del Proyecto.

Los equipos que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados en las bodegas del Titular y los que no, se dispondrán en un sitio autorizado para ello

Retiro de obras civiles y restitución del canal

Las obras podrán ser demolidas en su totalidad o parcialmente para obras bajo superficie y se restaurará el canal lo más similar posible a las condiciones originales

Restauración de la morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto

Cabe señalar que el Proyecto se emplazará la interior del Canal San Carlos, obra de origen antrópico, por lo que en el sector de intervención del Proyecto se procederá a la limpieza de los lugares, eliminando los desechos y basura propios de las actividades, para luego ser destinados a lugares autorizados para su disposición final.

 

 

4.5.2. EMISIONES Y EFLUENTES

4.5.2.1. EMISIONES LÍQUIDAS

Residuos líquidos domésticos (Aguas servidas)

En caso de presentarse la necesidad de cerrar el Proyecto, los efluentes domésticos serán semejantes a los generados durante la fase de construcción, correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementarán baños químicos para hacerse cargo de este tipo de residuo.

Residuos líquidos industriales

No habrá generación de residuos industriales líquidos durante esta fase del Proyecto.

 

 

4.5.3. RESIDUOS NO PELIGROSOS

Residuos sólidos domiciliarios

Ante un eventual cierre, los residuos a generarse serían de naturaleza similar a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Residuos sólidos industriales

Ante un eventual cierre, los residuos a generar serían semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

Cabe señalar que para todo los tipos de residuos sólidos descritos, el Titular mantendrá un control de retiro de ellos a través de un registro en el que se incluirá el registro del retiro y disposición final de los mismos

 

 

4.6. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD.

4.6.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Se estima para abril de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito que da inicio será la instalación de faenas.

Fecha estimada de término.

Se estima para diciembre de 2017.

Parte, obra o acción que establece el término.

Término del montaje y pruebas.

4.6.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Se estima para febrero de 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La fase de operación comienza con la puesta en servicio de la mini central.

Fecha estimada de término.

El proyecto tiene una duración indefinida. En caso de término de la fase de operación, la acción que establezca dicho término será la bajada de servicio de la mini central. En caso que por alguna razón deba implementarse el cierre del Proyecto, se procederá de acuerdo a lo señalado en el capítulo 4.5 del ICE.

4.6.3. FASE DE CIERRE

Por la naturaleza del Proyecto, no se considera fase de cierre en una primera instancia. Lo más apropiado es que los equipos involucrados en el proyecto sean actualizados tecnológicamente y así se prolongue su fase de operación. En caso que por alguna razón deba implementarse el cierre del Proyecto, se procederá de acuerdo a lo señalado en el capítulo 4.5 del ICE.

 

4.7 MANO DE OBRA

Fases

Número máximo de personas

Número promedio de personas

Construcción

50

34

Operación

10

8

Cierre

Por la naturaleza de este Proyecto, no se considera fase de cierre en una primera instancia. Lo más apropiado es que los equipos involucrados en el proyecto sean actualizados tecnológicamente y así se prolongue su fase de operación, de acuerdo a lo señalado en 1.2 del ICE. En caso de cierre, se considera la misma cantidad de mano de obra descrita en la fase de construcción del Proyecto.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

Tabla 5.1. Riesgo para la salud de la población

Impacto ambiental no significativo

Afectación a la salud por emisión de material particulado y gases de combustión.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de la instalación de faenas

Construcción de fundaciones y obras civiles

Áreas de acopio

Montaje electromecánico

Mantenciones

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

El área de influencia del  proyecto se inserta en área urbana de la región metropolitana (comuna de Peñalolén), declarada zona saturada y latente por el D.S. 131/1996 del Minsegpres.

Según lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA, se consideran los antecedentes señalados en capítulo 5.1 y 6.1 del ICE, los cuales justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera.

Conclusión: El Proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población.

 

Tabla 5.2. Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

Impacto ambiental no significativo

Afectación de ambientes para animales silvestres, además de la pérdida de suelo y  superficies con vegetación

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de la instalación de faenas.

Construcción de fundaciones y obras civiles.

Áreas de acopio.

Montaje electromecánico.

Mantenciones.

Fase en que se presenta

Construcción

Según lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA, se consideran los antecedentes señalados en el capítulo 5.2 y 6.2 del ICE, los cuales justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Dentro de los antecedentes que justifican lo anterior, cabe mencionar que durante la fase de construcción no se afectará la calidad de este cauce, puesto que las actividades no contemplan la descarga de efluentes o residuos de ninguna índole. Con respecto a las obras permanentes del Proyecto, estas se emplazarán al interior del canal San Carlos, donde si bien existe un cauce de agua, el Proyecto no contempla afectar la calidad de éste componente, puesto que las obras iniciales se realizarán en la época de corta del canal, mientras que para el resto de la fase de construcción y operación del Proyecto no se afectará la calidad del agua del canal. A su vez, en la fase de operación, la Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes no contemplará ningún consumo del caudal a usar para la generación eléctrica, el cual será íntegramente devuelto al canal en el sector de la obra. Asimismo, el diseño hidráulico de la Minicentral incluye obras de seguridad que permitirán su adecuada respuesta ante eventos de crecidas, de modo de mantener el flujo natural por el canal, tanto aguas arriba como aguas abajo, como se explicó en la respuesta a la observación 1.34.a de la Adenda. Por otro lado, el proceso de generación eléctrica no modifica la calidad de las aguas y no se contemplan descargas u otras interacciones durante la construcción que puedan modificar sus características fisicoquímicas.

Como medida de control ambiental en todas las fases del Proyecto, se llevará a cabo un plan de seguimiento, el cual incluye el monitoreo de la calidad de las aguas del Canal San Carlos.

Respecto de la flora, vegetación, fauna y hongos, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre éstos.

Conclusión: El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

Tabla 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se consideran los antecedentes señalados en el capítulo 5.3 y 6.3 del ICE, los cuales justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Cabe señalar que la duración de la fase de construcción será solamente de 7 meses y al finalizar, se desmantelar obras temporales, restaurando el área requerida para la fase de construcción (0,36 ha) a su condición original.

Durante la Fase de construcción el acceso a la instalación de faena del Proyecto se realizará por Mariano Sánchez Fontecilla. En esta Avenida existirán dos accesos, uno de carácter temporal (empleado durante la fase de construcción) y el otro permanente para la fase de operación, siendo estos accesos los únicos puntos de ingreso hacia las obras del Proyecto. En la Avenida Tobalaba, se considera un acceso vehicular que será utilizado únicamente para la instalación y retiro de una grúa pluma al inicio y al final de las faenas de construcción. Por otro lado, cabe indicar que los accesos vehiculares a la instalación de faena no bloquearán de manera permanente los senderos peatonales existentes al interior del Parque Tobalaba, puesto que contarán con un banderero, el cual solo restringirá el desplazamiento peatonal al momento de ingresar o salir algún vehículo desde el área del Proyecto, permaneciendo habilitado el tránsito peatonal durante todo el tiempo restante. El horario de funcionamiento del banderero será de lunes a domingo, de acuerdo a lo señalado en la Tabla ADC-2 de la Adenda Complementaria.

Durante la fase de construcción del Proyecto, el acceso a las instalaciones del mismo por parte de camiones y vehículos menores, se encontrará restringido de lunes a viernes en las horas punta mañana y tarde, medida con la que se busca evitar afectación en los tiempos de desplazamiento de los usuarios de las vías involucradas, producto del transporte de materiales e insumos, trabajadores, residuos, entre otros.

Los sectores de recreación (juegos infantiles y máquinas de ejercicios), no se verán afectados y podrán seguir siendo utilizados con normalidad. En los periodos de mayor uso, el cual corresponde a los días domingo cuando se cierra la calle Sánchez Fontecilla, no se permitirá la circulación de vehículos ni desde ni hacia las instalaciones de faenas, por lo que las personas que utilizan el parque y el equipamiento del sector podrán circular con total seguridad.

Conclusión: El Proyecto no dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo humano cercano a las áreas del Proyecto en ninguna de sus fases de ejecución.

 

 

Tabla 5.4. Localización y valor ambiental del territorio

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se consideran los antecedentes señalados en el capítulo 6.4 del ICE, los cuales justifican que el Proyecto o actividad no se localizaen o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Conclusión: El Proyecto no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

Tabla 5.5. Valor paisajístico o turístico

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los antecedentes señalados en el capítulo 6.5 del ICE, los cuales justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.

No se obstruyen notoriamente las vistas hacia el paisaje, ya que el nivel de intrusión visual es menor, además de que considera la construcción de una obra de arquitectura. Esta última consiste en una estructura de acero y hormigón la cual contiene elementos de jardines en terrazas y verticales en el exterior, teniendo como guía conceptual la relación con el entorno y la proyección de una imagen sustentable. Con este criterio, se conceptualizó una malla estructural, semitransparente haciendo que el Proyecto se vea más liviano en su entorno. A su vez, para crear una relación objeto-paisaje, tendrá una segunda capa, la cual será vegetal (Anexo C1-11 de la DIA).

Las obras temporales (instalación de faenas y accesos) como las obras permanentes (minicentral y obra de arquitectura) del Proyecto no generan o presentan alteración significativa del valor paisajístico, dado que las obras y actividades que contempla el Proyecto, básicamente se emplazarán al interior del Canal San Carlos.

Conclusión: El proyecto no obstruye el acceso, ni altera zonas con valor turístico.

 

Tabla 5.6. Alteración del patrimonio cultural

Para justificar que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se consideran los antecedentes señalados en el capítulo 6.6 del ICE, los cuáles justifican lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA.

En el área de influencia del Proyecto se descartó la presencia en superficie de cualquier tipo de sitio arqueológico u otros elementos patrimoniales y también se descarta la existencia de manifestaciones de cultura o folclore que puedan ser afectadas por las actividades del proyecto

Conclusión: El Proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

Tabla 6.1.1: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Planta de tratamiento de aguas servidas.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

En la fase de construcción se considera la implementación de una planta de aguas servidas tipo fosa séptica sin descarga de agua tratada ni infiltración de una capacidad total de 18 m3/día la cual está compuesta de dos módulos, uno de 10 m3 y otro más pequeño de 8 m3.

El sistema de fosa séptica a utilizar por el Proyecto consta de una cámara estanca, capaz de retener, por un periodo determinado de tiempo, las aguas servidas domésticas, producir su decantación, disolver, licuar, volatilizar parcialmente por un proceso de fermentación biológica la materia orgánica contenida en suspensión, y dejar las aguas servidas en condiciones favorables para ser sometidas a algún proceso de oxidación. La fosa estará construida de Polietileno Lineal reforzado. Contará con una tapa registro impermeable y hermético de no menos de 60 cm de lado, que permita el acceso y la extracción periódica del sedimento séptico. Su ventilación se realiza por medio de la cañería principal de 75 mm. La fosa irá enterrada en el suelo y cubierta con una capa de tierra regada y apisonada de 0,15 m sobre la tapa. Entre la capa superior de la cubierta de la fosa y el nivel máximo de las aguas, deberá dejarse un claro libre, a lo menos de 20 cm, para contener los gases y las materias flotantes. La fosa séptica tendrá una capacidad útil suficiente para las aguas servidas domésticas que se generen por el uso de los servicios higiénicos, lavamanos y duchas. El sedimento de la fosa séptica será removido sólo cuando su volumen haya disminuido más de una cuarta parte de la fosa, respecto de su capacidad, deberá en todo caso dejarse una pequeña parte de su contenido para facilitar la acción séptica.

 

Para el correcto funcionamiento de la planta de aguas servidas, ésta será periódicamente limpiada (con una frecuencia de retiro cada 2 días, el que puede variar de acuerdo al uso, siguiendo las indicaciones del fabricante) por un camión limpiafosa de la empresa AquaFosas u otra similar el cual retirará el agua servida y la materia orgánica acumulada y la dispondrá en un lugar autorizado para su posterior tratamiento. En el Apéndice PAS 138-3 de la DIA, se presenta la resolución sanitaria de la empresa que eventualmente realizará el retiro y transporte del residuo líquido.

 

El sistema de acumulación de aguas servidas funciona a través de gravedad por lo que no se requiere de la instalación de bombas ni otros sistemas que requieran la utilización de energía eléctrica. Es importante señalar que adicionalmente a la planta de aguas servidas el Titular instalará baños químicos para cubrir mejor la necesidad de disposición de las aguas servidas.

 

El Titular mantendrá un registro de la mantención efectuada a la fosa séptica   y baños químicos como también de la disposición final de los residuos generados.

 

En el “Anexo PAS 138”  de la DIA, se adjuntan mayores antecedentes en relación a este permiso ambiental sectorial.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 7964, de fecha 29 de diciembre de 2016, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el titular ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.1.

 

 

Tabla 6.1.2: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, Operación y cierre, esta última en caso de efectuarse.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sitio de acumulación temporal de residuos sólidos no peligrosos.

 

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Durante la fase de construcción, operación y cierre, esta última en caso de efectuarse, se contempla un sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos, en un sector determinado y demarcado dentro del Proyecto. Este sitio de almacenamiento contará con cierre perimetral, la señalización respectiva al tipo de residuos que serán almacenados y acceso controlado. El manejo y disposición final de los residuos será realizado por empresas especialistas que transportarán los residuos a rellenos autorizados por la Autoridad Sanitaria.

 

Tabla 6.1.2.1. Estimación cualitativa y cuantitativa de residuos industriales no peligrosos – Fase de construcción y cierre, esta última en caso de efectuarse.

Identificación/

composición

Peligrosidad

Cantidad

Lugar de manejo

Frecuencia de retiro

Disposición final

Residuos industriales no peligrosos: restos de hormigón, chatarra, madera, despuntes metálicos, cartones, entre otros

No peligrosos

50 kg/día

Recolectados y almacenados temporalmente en contenedores en el sitio de almacenamiento temporal

Se realizará retiro semanal

En caso que no sea posible comercializar algún tipo de residuo, será enviado a un relleno sanitario autorizado.

 

Tabla 6.1.2.2 Estimación cualitativa y cuantitativa de residuos industriales no peligrosos – Fase de operación

Identificación/

composición

Peligrosidad

Cantidad

Lugar de manejo

Frecuencia de retiro

Disposición final

Residuos industriales no peligrosos: ramas, bolsas, maderas, entre otros

No peligrosos

400 kg/mes

Recolectados y almacenados temporalmente en contenedores

Se realizará retiro mensual

Dispuestos en lugares autorizados

 

Si debido a las actividades de mantención del Proyecto se generan residuos sólidos industriales no peligrosos se prevé en baja cantidad. Por ello, el Titular contratará los servicios de una empresa especialista para que sean transportados y dispuestos en lugares autorizados.

 

Ante un eventual cierre, los residuos a generar serían semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo.

 

En el “Anexo PAS 140”  de la DIA, se adjuntan mayores antecedentes en relación a este permiso ambiental sectorial y en respuesta 3.1 de la Adenda.

En Anexo AD-11 de la Adenda se presenta la actualización del PAS 140.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 7964, de fecha 29 de diciembre de 2016, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el titular ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.2.

 

 

Tabla 6.1.3: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Sitio destinado para la acumulación de residuos peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El almacenamiento de residuos peligrosos se llevará a cabo dentro de una bodega de superficie 4,1 m2, aproximadamente,  la cual contará con muros y techo metálico RF120 de 2,5 m de alto, con una base de hormigón y ventilación natural. La base de hormigón contará con un pretil para contener posibles derrames y una cámara en el piso para la acumulación de residuos peligrosos líquidos que accidentalmente pudieran haberse derramado.

Mayores detalles en cuanto al manejo de los residuos peligrosos y su bodega se describen en  denominado “Anexo PAS142” de la DIA y en respuestas 3.2 a 3.4 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 7964, de fecha 29 de diciembre de 2016, se pronuncia conforme al proyecto y señala que el titular ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.3.

 

 

Tabla 6.1.4: Permiso para para la construcción de ciertas obras hidráulicas, según se establece en el artículo 155 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Canal de Aproximación

Cámara de Carga

Canal Lateral Colector Izquierdo

Canal Lateral Colector Derecho

Colchón Disipador Lateral Izquierdo

Casa de Máquinas

Canal de Restitución

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes del PAS 155, se encuentran detallados en el anexo denominado “Anexo PAS155” de la DIA; respuesta 3.7 de la Adenda; respuestas 3.1 y 3.2 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, mediante Ord N° 318, de fecha 27 de febrero de 2017, se pronuncia conforme al proyecto y señala:

 

“18. Que, en relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular para la Obra “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”, este Servicio se pronuncia conforme en virtud de las componentes ambientales relacionadas al PAS  del Art. 155, sin perjuicio de la revisión sectorial asociada al artículo 294 del Código de Aguas.

 

18.1    El referido PAS del Art. 155 le es aplicable a las siguientes obras, para las cuales el Titular deberá presentar los antecedentes ante DGA, una vez calificado ambientalmente favorable:

 Vértices

Tipología

Coordenadas UTM, Datum WGS84, H19S

Este (m)

Norte (m)

V4

Canal de Aproximación: Canal revestido de hormigón de sección rectangular de 8,0 m de longitud, 10 m de ancho, 3,6 m de altura el cual posee un machón central de 1,0 m de ancho y 3,0 m de longitud.

355.222

6.293.635

V6

355.238

6.293.635

V5

355.238

6.293.643

V3

355.227

6.293.643

V3

Cámara de Carga: Corresponde a un canal rectangular de hormigón de 24 m de longitud, ancho variable de 10 m a 5,5 m y profundidad variable de 3,6 m a 10,0 m, pues su radier varía de la cota 636,41 msnm en la entrada, a la 630,00 msnm en la salida (nivel definido con segundo hormigón, pues depende de las dimensiones del equipo de generación). Se ubica inmediatamente aguas abajo del fin del canal de aproximación y en su extremo final se ubican las rejas de protección del equipamiento./Vertederos Laterales: Corresponden a los muros laterales del canal de aproximación y de la cámara de carga, el umbral se ubica en la cota 640,00 msnm, tienen una longitud de 32,6 m y descargan el agua hacia los canales laterales colectores de desvío.

355.227

6.293.643

V5

355.238

6.293.643

V11

355.237

6.293.667

V10

355.230

6.293.667

V1

Canal Lateral Colector Izquierdo: Se encuentran adosados a la cámara de carga con la cual comparten el muro del vertedero lateral de seguridad, y corresponden a 2 canales de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho por 38 m de longitud, altura variable de 3,6 a 7,0 m y pendiente mixta

355.222

6.293.635

V4

355.222

6.293.635

V3

355.227

6.293.643

V10

355.230

6.293.667

V14

355.230

6.293.674

V13

355.226

6.293.674

V9

355.225

6.293.668

V2

355.222

6.293.643

V6

Canal Lateral Colector Derecho: Se encuentran adosados a la cámara de carga con la cual comparten el muro del vertedero lateral de seguridad, y corresponden a 2 canales de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho por 38 m de longitud, altura variable de 3,6 a 7,0 m y pendiente mixta

355.238

6.293.635

V7

355.244

6.293.634

V8

355.244

6.293.643

V12

355.242

6.293.667

V16

355.242

6.293.673

V15

355.237

6.293.674

V11

355.237

6.293.667

V5

355.238

6.293.643

V13

Colchón Disipador Lateral Izquierdo: Se ubican al final de cada canal lateral colector y corresponden a 2 estructuras de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho, 15 m de longitud, altura de 5,0 m y pendiente nula. Al final poseen una grada de subida de 0,3 m, cuya salida coincide con la salida del difusor, lo cual permite empalmar los radieres con el canal de restitución.

355.226

6.293.674

V14

355.230

6.293.674

V18

355.231

6.293.693

V17

355.226

6.293.693

V15

355.237

6.293.674

V16

355.242

6.293.673

V20

355.242

6.293.692

V19

355.238

6.293.692

V10

Casa de Máquinas: Ubicada inmediatamente aguas abajo del ducto en presión, posee 2 niveles. En el primero se ubica el pit con el generador en su interior, la turbina y el difusor, y en el segundo los elementos control y de izaje para mantención de equipos.

355.230

6.293.667

V11

355.237

6.293.667

V19

355.238

6.293.692

V18

355.231

6.293.693

V17

Canal de Restitución: Canal revestido de hormigón de sección variable, trapecial a rectangular, la sección inicial trapecial mide 6,9 m en la base y 14,9 m en el coronamiento, la sección rectangular final se de 12,2 m de ancho. La altura varía de 8,5 m en la sección trapecial a 4,0 m en la sección rectangular. La longitud del canal de restitución es de 38,5 m.

355.226

6.293.693

V18

355.231

6.293.693

V19

355.238

6.293.692

V20

355.242

6.293.692

V22

355.242

6.293.731

V21

355.228

6.293.731

  

18.2    Que, en relación a la letra e) del Art. 155, y previo al inicio de la Fase de Construcción, efectuará una caracterización de la calidad de las aguas del Canal San Carlos, según los parámetros de la NCh 1.333/78, a fin de comparar esta calidad con los monitoreos comprometidos durante la Fase de Construcción. Los puntos de monitoreo son los siguientes, en Coordenadas UTM Datum WGS84:

 

Punto de monitoreo

Este (m)

Norte (m)

Punto 1 aguas arriba

355.217

6.293.539

Punto 2 aguas abajo

355.240

6.293.853

 

18.3   Que, el Titular debe enviar a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el Informe de Monitoreo que contenga las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de los puntos de muestreo y la caracterización inicial de las aguas del Canal, con análisis de resultados, conclusiones y recomendaciones. Posteriormente, se solicita que los Monitoreos de la Fase de Construcción sean elaborados con una frecuencia mensual y los resultados sean contrastados con la caracterización inicial. Los informes de seguimiento deben ser enviados a la SMA, cinco días luego de obtenidos los resultados, conteniendo análisis de éstos, las conclusiones y recomendaciones.

 

18.4  Que, en relación a la letra f) del Art. 155, el Titular establece los siguientes umbrales de referencia que activen el Plan de Acción en Fase de Construcción, que considera el Permiso Ambiental Sectorial:

 

Situación de Emergencia o Contingencia

Umbral que activa el Plan

Derrames de sustancias y/o residuos peligrosos

Cualquier tipo de sustancia o residuo peligroso que se derrame sobre el terreno no impermeabilizado o cuerpo de agua activará el procedimiento establecido.

Obstrucción de rejas y/o compuertas

Presencia de elementos mayores en las rejas o compuertas como colchones, troncos de árboles, o cualquier otro elemento de tamaño mayor que deba ser retirado rápidamente. Las cámaras de CCTV estarán siempre encendidas para que el operador pueda monitorear permanentemente la correcta operación de rejas y compuertas.

Aumento en los caudales normales de operación del canal

Los sensores de niveles que se colocarán, darán la alerta apenas el nivel de agua del canal sobrepase los 29 m3. Esto se justifica en que el acuerdo de evacuación de aguas lluvias con la DOH es por 30 m3 y de ahí existe una holgura adicional considerada de 5 m3 adicionales sumando en total 35 m3 de capacidad de evacuación.

Accidente de trabajo

Cualquier aviso de accidente por parte de los trabajadores o supervisores activará el Plan de Acción.

 

Ante lo expuesto por el Titular, se precisa que el Plan de Acción debe además ser analizado y evaluado ante cualquier excedencia de los parámetros, respecto de la caracterización inicial de la calidad de las aguas del Canal San Carlos, en Fase de Construcción y establecidas las medidas de control o remediación si corresponde. El Titular debe llevar un registro de cualquier Situación de Emergencia o Contingencia, así como de las excedencias en la calidad de las aguas (con ocasión del proyecto) que active el referido Plan y las medidas establecidas.

 

18.5  Que, en relación a la letra g) del Art. 155, el Titular compromete las medidas descritas en Respuesta 3.7.4 del Adenda 1, respecto de eventos de derrames”

 

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.4.

 

Tabla 6.1.5: Permiso para para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Canal de Aproximación

Cámara de Carga

Vertederos laterales de seguridad

Ducto en presión

Casa de Máquinas

Canal de Restitución

Canal Lateral Colector Izquierdo

Canal Lateral Colector Derecho

Colchones Disipadores Laterales

Canal de restitución

Celda metálica de media tensión y conexión a poste existente

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los antecedentes del PAS 156, se encuentran detallados en el anexo denominado “Anexo PAS156” de la DIA; respuesta 3.8 de la Adenda; respuestas 3.1 y 3.2 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana, mediante Ord N° 318, de fecha 27 de febrero de 2017, se pronuncia conforme al proyecto y señala:

“19. Que, en atención a la descripción de obras y la revisión de los antecedentes técnicos y formales presentados por el Titular en Adenda Complementaria, para la Obra “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”, DGA RMS se pronuncia conforme en virtud de las componentes ambientales relacionadas al PAS 156, sin perjuicio de la revisión sectorial asociada a los artículos 41 y 171 del Código de Aguas.

 

19.1    El referido PAS del Art. 156 le es aplicable a las obras que intervienen el cauce, ya descritas para el PAS del Art. 155 y las que se indican a continuación. El Titular deberá presentar los antecedentes ante DGA, una vez calificado ambientalmente favorable.  

 ·   Canal de aproximación: Es un canal revestido de hormigón que conecta el canal de aducción (canal San Carlos) con la cámara de carga. Esta obra tiene 8,0 m de longitud y 10 m de ancho. En este tramo se encuentran las compuertas que permiten el ingreso del agua hacia los canales laterales que servirán para el desvío de las aguas en la etapa de construcción y mantenciones en la operación.

·     Cámara de carga: Corresponde a un canal rectangular de hormigón de aproximadamente 24 m de longitud, y de ancho variable el cual se angosta aguas abajo. Se ubica seguidamente del canal de aproximación y en su extremo final se ubican las rejas hidráulicas para la protección del equipamiento electromecánico. La profundidad de esta obra, también es variable, puesto que a medida que avanza hacia aguas abajo, la profundidad aumenta desde los 3,6 hasta los 10 m en la zona de las rejas.

·    Vertederos laterales de seguridad: Esta obra tiene por objeto permitir el rebalse del agua excedente hacia los canales laterales ubicados por ambos costados del canal principal en donde se ubica la cámara de carga y la casa de máquinas. La obra fue dimensionada para que permita, ante un rechazo de carga, evacuar un caudal de 25m³/s, con altura de carga máxima que no sobrepase la revancha del canal aguas arriba. Además se verificó su comportamiento ante la eventual crecida de 35 m³/s.

·    Ducto en presión: Corresponde a una conducción de hormigón de sección rectangular, cuya función es conducir el agua en presión hacia la turbina de la central. Corresponde a una obra de 5 m de longitud.

·    Casa de máquinas: Ubicada inmediatamente aguas abajo del ducto en presión, posee 2 niveles. En el primero se ubica el PIT, con el generador y caja multiplicadora en su interior, la turbina con rodete tipo Kaplan y el difusor. En el segundo piso se ubican los tableros eléctricos y elementos de control. En la plataforma sobre el difusor, se ubicará el transformador de poder que se conectará a línea de media tensión de 12 kV mediante cables de media tensión canalizados en ductos de acero galvanizado soportados mediante un mini puente entre obras civiles de casa de máquinas y la orilla del canal San Carlos, y adicionalmente un grupo electrógeno pequeño (menor a 20 KVA), el cual servirá como equipo auxiliar en caso de emergencia para operar compuertas e iluminación.

·     Canales laterales colectores de desvío: Se encuentran adosados a la cámara de carga con la cual comparten el muro del vertedero lateral de seguridad, y  corresponden a 2 canales de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho, 38 m de longitud, los cuales tienen por finalidad recibir las aguas provenientes de los vertederos laterales durante la operación de la central, en la eventualidad de una crecida del canal o un rechazo de carga durante la operación de la central, brindando seguridad en la operación. Además estos canales están diseñados con una capacidad de porteo de 25 m³/s y verificados para una crecida de 35 m3/s.

·   Colchones disipadores laterales: Se ubican al final de cada canal lateral colector y corresponden a 2 estructuras de hormigón de sección rectangular de 4,0 m de ancho por 15 m de longitud. La función que tienen estas estructuras es disipar la energía debida a la alta velocidad desarrollada por causa del salto hidráulico en los canales laterales colectores.

·  Canal de restitución: Canal revestido de hormigón de sección variable, trapecial a rectangular, la sección inicial trapecial mide 6,9 m en la base y 14, 9 m en el coronamiento, la sección rectangular final se de 12,2 m de ancho. La altura varía de 8,5 m en la sección trapecial a 4,0 m en la sección rectangular. La longitud del canal de restitución es de 38,5 m.

·   Celda metálica de media tensión y conexión a poste existente: El patio será tipo celda metálica de media tensión, montado al interior de casa de máquinas, estará compuesto por un paño de salida y cumplirá con las exigencias de la NT de PMGD-2007. El transformador se montará al exterior de casa de máquinas. La conexión entre la celda de MT y el punto de conexión con la red se efectuará mediante cables de poder de MT canalizados en ductos de acero galvanizado. Los equipos principales incluidos en la celda metálica serán el interruptor de línea, transformadores de medida, pararrayos, desconectadores cuchilla y desconectadores de puesta a tierra en 12 kV.   

19.2    Que, en relación a la letra d) del Art. 156, el Titular compromete las medidas señaladas en el Anexo_PAS_156 de la DIA.

 

19.3     Que, en relación a la letra e) del Art. 156, aplican las medidas establecidas para el PAS del Art. 155. Lo propio en el caso del Informe de Resultados”.

 

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.5.

 

 

6.2. PRONUNCIAMIENTO.

Tabla 6.2: Calificación de instalaciones industriales o de bodegaje, según se establece en el artículo 161 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Minicentral.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

La Central funcionará las 24 horas del día los 7 días de la semana, siendo operada de forma telecomandada desde la Central Hidroeléctrica Florida, razón por la que no habrá personal en el recinto.

 

Para el interior de la Casa de Máquinas se considerará el suministro e instalación de un sistema de detección y extinción automático de incendio compuesto por un detector de aspiración temprana y dispositivos adicionales (detectores puntuales, módulos, estaciones manuales, sirenas/luces). Para la extinción se contempla un Cilindro cargado con Agente Limpio (gas sintético, derivado de la química del carbono y parcialmente halogenado) y boquillas de descarga.

Adicionalmente, se contempla la instalación de extintores portátiles de CO2 y Polvo Químico seco ABC (PQS), en caso de que durante el periodo de mantenimiento de la Central se presente un amago de incendio.

 

Los antecedentes de la calificación industrial se encuentran detallados en el anexo denominado “Anexo PAS161” de la DIA y en las respuestas 3.9 a 3.14 de la Adenda.

 

En el Anexo C1-2 del capítulo 1 de la DIA, se presenta el plano con las obras asociadas al proyecto.

En el Anexo AD-13 de la Adenda se entregan detalles de la Memoria Descriptiva del Sistema Contra incendios.

En el Anexo AD-14 de la Adenda, se describen en detalle las características de las instalaciones del Proyecto.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 7964, de fecha 29 de diciembre de 2016, se pronuncia conforme al proyecto y señala textual: “…al respecto se señala que la actividad es calificada de INOFENSIVA, siempre y cuando controle sus molestias dentro de su propio predio e instalaciones.”

Referencia al ICE para mayores detalles.

Tabla 9.1.6.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

Tabla 7.1. Cumplimiento de la normativa ambiental aplicable.

Norma

Ley Nº19.473 de 1996 (Sustituye Ley Nº4.601), Ministerio de Agricultura, Sustituye Texto de la Ley Nº4.601, sobre Caza y artículo 609 del Código Civil.

Forma de cumplimiento Fase de construcción, operación y cierre (en caso de efectuarse)

El Proyecto prohibirá a sus empleados, así como a los contratistas de la construcción de las obras, toda forma de caza y/o captura de fauna silvestre, así como también informará sobre las especies de fauna halladas en la zona.

Parte, obra o acción a la que aplica

Se hallaron en el área de influencia quince especies de animales silvestres, de las cuales nueve son especies nativas y silvestres. De estas nueve, se identificaron dos especies de la clase Reptilia que se encuentran en categoría de “Preocupación Menor”, mientras que las siete especies restantes corresponden a la clase Aves y no presentan categoría de protección. Todas las especies registradas (nativas como introducidas) son comunes de observar en zonas urbanas.

Indicadores de cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá al registro de asistencia a charlas sobre prevención y cuidados para proteger a fauna silvestre por parte de los trabajadores contratados.

Norma

Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1967 (modificado por Ley N°20.533) Ministerio de Salud, Código sanitario.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción.

Los sistemas de abastecimiento de agua potable y evacuación de aguas servidas, en la fase de construcción y cierre (en caso de efectuarse) del Proyecto, contarán con la aprobación de proyecto y autorización de funcionamiento, otorgadas por la autoridad sanitaria.

Durante la fase de construcción se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular de tipo fosa séptica sin infiltración, que contará con una capacidad de 18 m3/día, suficiente para la dotación promedio que considera el Proyecto. Por otro lado, se dispondrán baños químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (D.S. N° 594/1999 del Minsal).

Parte, obra o acción a la que aplica

Suministro de agua potable destinada al consumo de los trabajadores y sus necesidades básicas de higiene y aseo personal.

Fase de construcción el abastecimiento de agua potable se realizará a través de bidones de 20 litros sellados, etiquetados y debidamente autorizados, que serán ubicados en la instalación de faenas. A su vez, se contará con camiones aljibes que proveerán agua para las instalaciones sanitarias. La provisión de agua será contratada a una empresa calificada para tal fin y la frecuencia de este abastecimiento será semanal, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 del D.S. N° 594/2000 del Ministerio de Salud.

Respecto a las aguas servidas, durante las fases de construcción, operación y cierre de este Proyecto (este último en caso de efectuarse), se generarán aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios, la cual alcanzará un volumen equivalente al 80% del consumo de agua potable. El manejo de estas aguas no considera la conexión al alcantarillado. En específico, durante la fase de construcción, se implementará una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) modular de tipo fosa séptica sin infiltración, que contará con una capacidad de 18 m3/día, suficiente para la dotación promedio que considera el Proyecto. Por otro lado, se dispondrán baños químicos en número de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente (D.S. N°594/1999 del Minsal), en aquellos frentes de trabajo más alejados. Tanto la mantención como la limpieza de la PTAS y baños químicos estarán a cargo de una empresa contratista especializada que cuente con los permisos vigentes ante la autoridad sanitaria.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Respecto al agua potable, para cada una de las fases del Proyecto, el indicador de cumplimiento corresponderá al certificado de potabilidad de agua otorgado por el proveedor del servicio.

Por su parte, la disposición de aguas servidas en la planta de tratamiento de aguas servidas y baños químicos, debe contar con la aprobación (Resolución) de construcción y funcionamiento, otorgada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, lo cual acreditará el cumplimiento, en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

Copias de estas resoluciones estarán disponibles, a modo de respaldo en caso de requerirse para futuras fiscalizaciones.

Verificación y archivo en faena de los certificados de potabilidad.

Seguimiento de la tramitación del PAS Nº 138 hasta su obtención.

Forma de cumplimiento Fase de Operación

Durante la fase de operación no existirán servicios sanitarios en el lugar ya que la planta se opera de forma remota desde la central hidroeléctrica Florida, en donde las personas ya cuentan previamente con servicios sanitarios. Cuando se efectúen las mantenciones, el titular o el contratista a cargo dispondrán de agua potable y baños químicos para los trabajadores, así como también se hará responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.

Parte, obra o acción a la que aplica

En la fase de operación, debido a que el proyecto no considera mano de obra permanente para su operación, no existirán instalaciones sanitarias permanentes. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones, la empresa dispondrá de agua potable y baños químicos para los trabajadores, así como se hará responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades. El agua potable requerida para el personal de mantenimiento será de responsabilidad del contratista, la cual también es adquirida de una empresa que se encuentre autorizada por la Autoridad Sanitaria.

Durante la fase de operación, no existirán servicios sanitarios en el lugar ya que la planta se opera de forma remota, desde la central hidroeléctrica Florida en donde las personas ya cuentan previamente con servicios sanitarios. Cuando se efectúen las mantenciones, el titular o el contratista a cargo dispondrán de agua potable y baños químicos a los trabajadores, así como también se hará responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.

Indicadores de cumplimiento Fase de Operación

Respecto al agua potable, para cada una de las fases del Proyecto, el indicador de cumplimiento corresponderá al certificado de potabilidad de agua otorgado por el proveedor del servicio.

Por su parte, la disposición de aguas servidas en la planta de tratamiento de aguas servidas y baños químicos, debe contar con la aprobación (Resolución) de construcción y funcionamiento, otorgada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, lo cual acreditará el cumplimiento, en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

Copias de estas resoluciones estarán disponibles, a modo de respaldo en caso de requerirse para futuras fiscalizaciones.

Forma de cumplimiento Fase de Cierre (en caso de efectuarse)

En caso de efectuarse la fase de cierre, las aguas servidas serán acumuladas de manera equivalente a la fase de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

En caso de efectuarse la fase de cierre, se prevee un uso de agua potable similar al de la fase de construcción.

Durante la fase de cierre, se utilizarán baños químicos, los cuales serán mantenidos y vaciados por una empresa autorizada para este servicio.

Indicadores de cumplimiento

Respecto al agua potable, para cada una de las fases del Proyecto, el indicador de cumplimiento corresponderá al certificado de potabilidad de agua otorgado por el proveedor del servicio.

Por su parte, la disposición de aguas servidas en la planta de tratamiento de aguas servidas y baños químicos, debe contar con la aprobación (Resolución) de construcción y funcionamiento, otorgada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, lo cual acreditará el cumplimiento, en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

Copias de estas resoluciones estarán disponibles, a modo de respaldo en caso de requerirse para futuras fiscalizaciones.

Norma

D.S. Nº236/1926, Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo, “Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias”.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Durante la fase de construcción las aguas servidas serán depositadas en una planta de tratamiento modular tipo fosa séptica sin infiltración, las que serán vaciadas periódicamente, por una empresa autorizada para este servicio. De manera complementaria, en esta fase también se instalarán baños químicos.

Parte, obra o acción a la que aplica

Planta de tratamiento de aguas servidas particular.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Para cada una de las fases del Proyecto, la disposición de aguas servidas en las fosas sépticas y baños químicos, debe contar con la aprobación (Resolución) de construcción y funcionamiento, otorgada por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, lo cual acreditará el cumplimiento, en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

Mantener en faena la Resolución Sanitaria respectiva.

Se realizará un seguimiento de la tramitación de la Resolución sanitaria hasta su obtención.

Forma de cumplimiento Fase de Operación

Durante la fase de operación debido a que el proyecto no considera mano de obra permanente para su operación, no existirán instalaciones sanitarias permanentes. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones, la empresa dispondrá de agua potable y baños químicos a los trabajadores, así como se hará responsable del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.

Parte, obra o acción a la que aplica

Servicios sanitarios

Indicadores de cumplimiento Fase de Operación

La disposición de las aguas servidas se realizará por empresas autorizadas por la SEREMI de Salud.

 

Norma

D.S. Nº144/1961 Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

En la fase de construcción, como medidas de control, se considera la humectación de los sectores transitados por la maquinaria, así como el registro de este procedimiento. También se cubrirá los camiones con carga para evitar la liberación de partículas y contaminantes al ambiente. Además del registro de las revisiones técnicas de los vehículos.

Parte, obra o acción a la que aplica

Las emisiones generadas durante la fase de construcción estarán asociadas principalmente a material particulado producto de las actividades de movimientos de tierra, circulación de vehículos y la operación de maquinaria. También existirán emisiones producto de la combustión interna de maquinarias, vehículos y equipos electrógenos.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Para la fase de construcción, el indicador de cumplimiento corresponderá al registro de la humectación de los sectores transitados por la maquinaria y la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas. Esto también es aplicable en la fase de cierre (en caso de llevarse a cabo). Revisión periódica de registros, certificados de revisión técnica y mantención de vehículos, junto con chequeo de los registros de humectación por el encargado de la obra.

Norma

D.S. N°47/1992 (modificado por DS 47/2011) Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

En la fase de construcción, como medidas de control se considera la humectación de los sectores transitados por la maquinaria, así como el registro de este procedimiento. También se cubrirá los camiones con carga para evitar la liberación de partículas y contaminantes al ambiente.

Parte, obra o acción a la que aplica

Las emisiones generadas durante la fase de construcción estarán asociadas principalmente a material particulado producto de las actividades de movimientos de tierra, circulación de vehículos y la operación de maquinaria.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento durante la fase de construcción, corresponderá al registro de humectación de los sectores transitados por la maquinaria y la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas. Esto también es aplicable en la fase de cierre (en caso de llevarse a cabo).

Archivo en faena de los registros de humectación y copias de revisiones técnicas.

Norma

D.S. Nº4/1994 (modificado por Decreto Supremo Nº58/03) Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Durante todas las fases del Proyecto, se contempla un programa de mantención periódica a los vehículos que garantice que los motores operarán de manera óptima. A su vez, se mantendrá un control de las revisiones técnicas de cada vehículo.

Parte, obra o acción a la que aplica

Se emplearán vehículos motorizados para diferentes funciones tales como el traslado de insumos y materiales. No se contempla el transporte de pasajeros.

Las emanaciones a la atmósfera liberadas por vehículos motorizados, se producirán principalmente durante la fase de construcción.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento corresponderá al registro de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas.

Archivo en faena de las copias de revisiones técnicas y mantenciones.

Norma

D.S. N°66/2009 del Minsegpres, Revisa, reformula y actualiza plan de prevención y descontaminación atmosférica para la región Metropolitana (PPDA)

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Para verificar el cumplimiento, se realizó la estimación de emisiones en el Anexo ADC-6 de la Adenda complementaria. De acuerdo a los resultados obtenidos, el Proyecto no requiere presentar un plan de compensación de emisiones, puesto que la generación de emisiones será menor a los límites establecidos en el artículo 98 del D.S. N°66/2009 del Minsegpres.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán emisiones por las actividades de excavación, carga y descarga de material, además de asociadas a la combustión por el tránsito de vehículos motorizados (livianos y pesados).

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Se mantendrá una copia de la revisión técnica de los vehículos del Proyecto, además de las horas de funcionamiento del generador eléctrico de la instalación de faenas.

Registro fotográfico diario de la humectación realizada en el área del proyecto, el que mantendrá en el área de faenas a disposición de la autoridad, durante las fases de construcción y cierre, en caso de efectuarse.

Archivo en faena de los registros de humectación y copias de revisiones técnicas.

Forma de cumplimiento Fase de Operación

Para verificar el cumplimiento, se realizó la estimación de emisiones en el Anexo ADC-6 de la Adenda complementaria. De acuerdo a los resultados obtenidos, el Proyecto no requiere presentar un plan de compensación de emisiones, puesto que la generación de emisiones será menor a los límites establecidos en el artículo 98 del DS. N°66/2009 del Minsegpres.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de operación las emisiones serán esporádicas debido a que estarán asociadas únicamente a las actividades de mantención.

Indicadores de cumplimiento Fase de Operación

Se mantendrá una copia de la revisión técnica de los vehículos del Proyecto.

Forma de cumplimiento Fase de Cierre, en caso de efectuarse

Para verificar el cumplimiento, se realizó la estimación de emisiones en el Anexo ADC- 6 de la Adenda complementaria. De acuerdo a los resultados obtenidos, el Proyecto no requiere presentar un plan de compensación de emisiones, puesto que la generación de emisiones será menor a los límites establecidos en el artículo 98 del D.S. N°66/2009

Parte, obra o acción a la que aplica

En caso en que el Proyecto considere la fase de cierre, las emisiones serán similares a las de la fase de construcción.

Indicadores de cumplimiento

Se mantendrá una copia de la revisión técnica de los vehículos del Proyecto, además de las horas de funcionamiento del generador eléctrico de la instalación de faenas.

Registro fotográfico diario de la humectación realizada en el área del proyecto, el que mantendrá en el área de faenas a disposición de la autoridad, durante las fases de construcción y cierre, en caso de efectuarse.

Archivo en faena de los registros de humectación y copias de revisiones técnicas.

Norma

D.S. Nº75/1987. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones de carga que indica.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Durante la fase de construcción, se exigirá que los camiones con carga que se desplacen fuera de la instalación de faenas, estén cubiertos con lonas o carpas para evitar desprendimiento de material. Este requisito será registrado a través de fotografías y un procedimiento de chequeo previo a la salida del vehículo desde la faena.

Parte, obra o acción a la que aplica

En la fase de construcción, se emplearán vehículos motorizados de carga para traslado de materiales e insumos.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Durante la fase de construcción, el indicador de cumplimiento corresponderá a la inspección visual in situ de camiones con carga y su registro a través de fotografías y lista de chequeo dando cuenta de carga cubierta durante la fase de construcción.

Control de salida a vehículos, verificando presencia de cubierta de la carga y registro de patente vehicular.

Forma de cumplimiento Fase de Cierre

En caso que el Proyecto considere fase de cierre, se exigirá que los camiones con carga que desplacen fuera de la instalación de faenas, estén cubiertos con lonas o carpas para evitar desprendimiento de material. Este requisito será registrado a través de fotografías y un procedimiento de chequeo previo a la salida del vehículo desde la faena.

Parte, obra o acción a la que aplica

Por su parte, en la fase de cierre, en caso de efectuarse, las emanaciones de vehículos motorizados de carga se estiman equivalentes a las de la fase de construcción.

Indicadores de cumplimiento

En caso que el Proyecto considere fase de cierre, el indicador de cumplimiento corresponderá a la inspección visual in situ de camiones con carga y su registro a través de fotografías y lista de chequeo dando cuenta de carga cubierta durante esta fase.

Control de salida a vehículos, verificando presencia de cubierta de la carga y registro de patente vehicular.

Archivo en faena del registro de salida y patente vehicular.

Norma

D.S. N°138/2005. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

El Titular realizará la entrega a la autoridad sanitaria correspondiente de la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos. La declaración se realizará a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Parte, obra o acción a la que aplica

Este decreto aplica para la fase de construcción y cierre, en caso de efectuarse. Durante la fase de construcción se emplearán equipos electrógenos para el suministro de energía. Por su parte, debido a la similitud de sus actividades de la fase de construcción con la fase de cierre, se asume que durante el cierre también se hará uso de equipos electrógenos y aplicará la declaración de emisiones exigida.

Cabe mencionar que el equipo electrógeno de emergencia utilizado durante la fase de operación es  menor de 20 kW y solo operará en caso de corte del suministro eléctrico.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento corresponderá a la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos.

Ingreso de reportes en tiempo y forma, de acuerdo con los plazos estipulados en la normativa

Norma

D.S. N°1/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

El Titular realizará la entrega a la autoridad sanitaria correspondiente de la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos. La declaración se realizará a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción se emplearán equipos electrógenos para el suministro de energía.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento corresponderá a la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos a través del RETC. Ingreso de reportes en tiempo y forma, de acuerdo con los plazos estipulados en la normativa

Norma

D.S. N°38/2011 Ministerio del Medio Ambiente. Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Durante todas sus fases, el Proyecto cumplirá con los límites establecidos en esta norma de emisión, medida en los lugares en que se ubiquen los receptores.

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto se encuentra en la Zona II. La emisión de ruido será principalmente durante la fase de construcción, los cuales serán esporádicos y restringidos al sector donde se realicen las labores de construcción. La principal fuente de emisión de ruido corresponde al uso de maquinaria o equipos de construcción, alcanzando un valor de 84 dB(A) a 10 m de la fuente.

Los Niveles de Presión Sonora (NPS) producidos en la fase de operación del Proyecto corresponden a la operación normal de la turbina.  De acuerdo a la modelación realizada para la fase de operación se estima que las emisiones de ruido alcanzan intensidades menores a 27 dB(A), en operación normal, en los receptores más cercanos. En cuanto a la utilización del equipo de emergencia, su funcionamiento será solo en casos de black-out, los que estadísticamente serán de baja ocurrencia.

Por su parte, de acuerdo a los resultados de la proyección de ruido emitido a los receptores en la fase de construcción, considerando la atenuación lograda por las medidas de control de ruido a implementar, señaladas en el Anexo AD-10 de la Adenda, el Proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 en horario diurno y nocturno, considerando las peores condiciones de emisión sonora del Proyecto, es decir, todas las fuentes emisoras funcionando al mismo tiempo.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento es la confirmación del cumplimiento de los máximos permitidos, a través del informe entregado en la DIA y actualizado en la Adenda.

Forma de cumplimiento Fase de Operación

Durante esta fase, el Proyecto cumplirá con los límites establecidos en esta norma de emisión, medida en los lugares en que se ubiquen los receptores.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las partes y obras de la fase de operación.

Indicadores de cumplimiento Fase de Operación

El indicador de cumplimiento es la confirmación del cumplimiento de los máximos permitidos, a través del informe entregado en la DIA y actualizado en la Adenda.

Norma

D.S. Nº594/1999 (modificado por D.S. N° 556 de 2000, D.S. N° 201 de 2001 y 57 de 2003). Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

En la fase de construcción, los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos que se generen como restos de alimentos, papeles, cartones, plásticos y vidrios y los residuos no peligrosos corresponden a desechos como: textiles, restos de embalaje, chatarra, cartones, escombros, restos de madera, fierros, gomas, papeles, cartones y plásticos, serán segregados en el origen de acuerdo a sus características de reciclables o desechables. Los residuos reciclables serán retirados del área del Proyecto para su comercialización o entregados a la empresa REGEMAC u otro destinatario autorizado.  En el PAS 140, se encuentran los antecedentes donde se acredita el cumplimiento del citado Permiso Ambiental Sectorial Mixto (PAS) del artículo 140 del RSEIA.

Parte, obra o acción a la que aplica

Oficinas, sala de cambio y comedor.

Sector de acopio de materiales.

Patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos.

Patio de carguío de combustible.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Los residuos serán acopiados según indica la normativa, en la bodega autorizada para tales efectos.

En la fase de construcción, se contará con un registro de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final, sean estos domiciliarios o industriales no peligrosos.

Se realizará un seguimiento a la tramitación sectorial del PAS Nº 140 hasta su obtención.

Control y seguimiento del contrato de la empresa autorizada que realizará el retiro de residuos.

Archivo en faenas de los registros de recepción en sitio de disposición final.

Forma de cumplimiento Fase de Operación

En la fase de operación no se contempla la generación de residuos sólidos de forma permanente, excepto aquellos generados en las jornadas de mantenimiento. Los que serán manejados por la empresa contratista.

Parte, obra o acción a la que aplica

Mantención y reparación de emergencia.

Indicadores de cumplimiento Fase de Operación

Los residuos serán acopiados según indica la normativa, en la bodega Control y seguimiento del contrato de la empresa autorizada que realizará el retiro de residuos.

Forma de cumplimiento Fase de Cierre

En caso que el Proyecto considere la fase de cierre, los residuos domiciliarios e industriales no peligrosos que se generen, serán segregados en el origen de acuerdo a su condición de reciclables o desechables. Los residuos reciclables serán retirados del área del Proyecto para su comercialización o entregados a la empresa REGEMAC u otro destinatario autorizado. Esta empresa realiza recuperación y reciclaje de material.  En el Anexo PAS140, de este capítulo, se encuentran los antecedentes donde se acredita el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Mixto (PAS) 140.

Parte, obra o acción a la que aplica

En la fase de cierre, en caso de efectuarse, se considera la generación de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos en cantidades y tipos similares a los de la fase de construcción.

Se dispondrán contenedores en las áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente y trasladados a la bodega habilitada para tal fin.

Los residuos que presenten algún valor comercial, como la chatarra, podrán ser retirados del área del Proyecto para su comercialización o entregados a empresas de reciclaje de materiales.

Indicadores de cumplimiento

Los residuos serán acopiados según indica la normativa, en la bodega autorizada para tales efectos.

En la fase de cierre, en caso de efectuarse, se contará con un registro de la cantidad y tipo de residuos que se trasladen a sitios de disposición final, sean estos domiciliarios o industriales no peligrosos.

Se realizará un seguimiento a la tramitación sectorial del PAS Nº 140 hasta su obtención.

Control y seguimiento del contrato de la empresa autorizada que realizará el retiro de residuos.

Archivo en faenas de los registros de recepción en sitio de disposición final.

Norma

D.S. Nº148 de 2003 Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

En la fase de construcción se generarán residuos sólidos peligrosos. Éstos serán almacenados y trasladados conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. Su disposición dentro de la instalación de faena durante la fase de construcción y la fase de esta última en caso de efectuarse,  se especifica en el Anexo PAS 142.

Adicionalmente, se implementará un control de retiro de ellos a través de un registro del retiro y disposición final de los mismos.

Cabe mencionar que no se requiere de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, debido a que se producirán menos de 12 kg de residuos tóxicos agudos y de 12 ton de residuos peligrosos.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

Patio de carguío de combustible.

Generador eléctrico.

Pañol de herramientas.

Planta de tratamiento de aguas servidas.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El Proyecto contempla la generación de residuos sólidos peligrosos durante la fase de construcción, los que corresponderán principalmente a aceites, residuos de diésel, grasas, lubricantes, pinturas y baterías. Dichas sustancias serán almacenadas en cumplimiento con lo indicado en el D.S. 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, el cual será constatable in situ y se implementará una vez obtenida la Autorización por parte del Ministerio de Salud.

En la fase de construcción, se contará con un registro de la cantidad de residuos peligrosos que sean retirados y depositados en el sitio de disposición final.

Se realizará un seguimiento a la tramitación sectorial del PAS Nº 142 hasta su obtención.

Control y seguimiento del contrato de la empresa autorizada que realizará el retiro de residuos.

Archivo en faenas de los registros de recepción en sitio de disposición final.

Norma

D.S. N°43/2015 del Ministerio de Salud. Aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Las sustancias serán almacenadas según indica el D.S. N°43/2015 del Minsal.

Parte, obra o acción a la que aplica

Bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

En este Proyecto habrá almacenamiento y uso de sustancias peligrosas, en aquellas actividades identificadas en la fase de construcción. Las sustancias son: aceites, combustibles, grasas, pinturas y diluyentes.

Estas sustancias serán almacenadas según indica la normativa, manteniendo los estándares de seguridad para los trabajadores.

Mantener en faena registro de cumplimiento de estándar de bodegas.

Norma

D.S. Nº158/1980 (modificado por Decreto Nº1910/2002) Ministerio de Obras Públicas. Establece Límite de Pesos por Eje y Límites de Peso Bruto Total.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

El transporte de maquinarias y equipos se realizará con estricta sujeción a este decreto. Durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto, esta última en caso de efectuarse, se cumplirán los parámetros y límites máximos de peso permitido para los vehículos que operen en el marco del Proyecto. En caso que exceda los límites permitidos para el transporte vial, se solicitará con antelación y por escrito la autorización a la Dirección de Vialidad para realizar este traslado, indicando lugar de origen y de destino, peso de la mercadería a trasladar, distribución de pesos por eje y la fecha aproximada en que se hará el traslado.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte. Durante la fase de construcción, se requerirá de la utilización de vehículos pesados para el transporte de materiales, residuos e insumos.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento corresponderá al registro de los pesos de los vehículos a utilizar en el Proyecto. Además, el registro de la Autorización para circulación de vehículos que excedan las dimensiones, en caso de ser necesario.

Verificación de la autorización para la circulación con cargas superiores al peso límite.

Archivo en faenas de las autorizaciones  para la circulación con cargas superiores al peso límite

Norma

D.F.L. Nº850/1997 (modificado por Decreto con Fuerza de Ley Nº2 de 2006) Transportes y Telecomunicaciones. Regula el transporte de equilibrios con sobredimensiones y/o sobrepesos.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción, operación y cierre, esta última en caso de efectuarse.

El Titular solicitará a la dirección regional de vialidad las autorizaciones correspondientes en el caso de transportar equipos con sobredimensión y/o sobrepeso.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte. El Proyecto requerirá del transporte de algunos insumos que podrían exceder los tonelajes y dimensiones máximos permitidos.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento corresponderá a la autorización emanada por la Dirección de Vialidad, en el caso que ésta se requiera.

Verificación de la autorización para la circulación con cargas superiores al peso límite y sobredimensionadas.

Archivo en faenas de las autorizaciones  para la circulación con cargas superiores al peso límite  y sobredimensionadas.

Norma

D.S. N°18/2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Prohíbe circulación de vehículos de carga en vías al interior del Anillo Américo Vespucio. (Modificaciones Incorporadas D.S. Nº 29/2003; D.S. Nº77/2003; D.S. Nº36/2005).

Forma de cumplimiento Fase de Construcción, operación y cierre, esta última en caso de efectuarse.

El Proyecto no tiene considerada la circulación de vehículos de carga por el interior del anillo de Américo Vespucio, en el caso de que se deba transportar material a REGEMAC u otro destinatario autorizado, estas instalaciones quedan fuera del anillo de Vespucio y se implementará una ruta por fuera del anillo poder llegar a este sitio.

El Proyecto en su fase de construcción, operación y cierre, contempla traslado de equipos y material con vehículos de distinto peso, que será necesario que circulen por caminos públicos.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte.

Indicadores de cumplimiento

Corresponderá al registro diario de control de ingreso, indicando las rutas de ida y de vuelta empleados por los vehículos para el para el proyecto.

Archivo en faenas de las rutas utilizadas para el transporte y despacho de material.

Norma

D.S. N°200/1993 Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción, operación y cierre, esta última en caso de efectuarse.

Los vehículos (camiones) que transportaran materiales y equipos se ajustarán a los pesos máximos establecidos en el presente Decreto.

El Proyecto en su fase de construcción, operación y cierre, esta última en caso de efectuarse, contempla traslado de equipos y material con vehículos de distinto peso, que será necesario que circulen por caminos públicos.

Parte, obra o acción a la que aplica

Transporte.

Indicadores de cumplimiento

Corresponderá al registro diario de control de ingreso, indicando las rutas de ida y de vuelta empleados por los vehículos para el proyecto.

Mantener el registro actualizado del control de ingreso y salida. 

Norma

Ordenanza N°5, Medioambiental de la comuna de Peñalolén.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción y cierre

Durante las fases de construcción y cierre, esta última en caso de efectuarse, los camiones de transporte de materiales y carga del Proyecto cumplirán las disposiciones establecidas en esta ordenanza. En las zonas urbanas, el transporte de material que produzca desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo polvo, se efectuara siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plástico de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire. 

En la fase de operación, no se contempla el desplazamiento de vehículos que transporten desperdicios o materiales que puedan escurrirse y caer al suelo.

Parte, obra o acción a la que aplica

En las fases de construcción y cierre del Proyecto, esta última en caso de efectuarse, se considera la utilización de camiones para el transporte de materiales, que pueden escurrirse o caer al suelo.

Indicadores de cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre, esta última en caso de efectuarse, el indicador de cumplimiento corresponderá a la inspección visual in situ de camiones con carga y su registro a través de fotografías y lista de chequeo.

Control de salida a vehículos, verificando presencia de cubierta de la carga y registro de patente vehicular.

Archivo en faena del registro de salida y patente vehicular.

Norma

DFL N°4 /2006 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Fuerza de Ley N°1, de minería de 1982, la Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

En relación con el Reglamento, las especificaciones técnicas de la minicentral hidroeléctrica y las actividades durante todas sus fases se regirán por las normas técnicas y reglamentos aplicables. El titular preservará el normal funcionamiento de las instalaciones propias y de terceros y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente.

Se comunicará a la SEC 15 días antes de la puesta en servicio.

Parte, obra o acción a la que aplica

Minicentral eléctrica, que se conectará a la red local de energía.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

En relación con el Reglamento, las especificaciones técnicas de la minicentral hidroeléctrica y las actividades durante todas sus fases se regirán por las normas técnicas y reglamentos aplicables. El titular preservará el normal funcionamiento de las instalaciones propias y de terceros y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente.

Se comunicará a la SEC, 15 días antes de la puesta en servicio. Registro de comunicación con la SEC previo a puesta en servicio

Norma

D.S. Nº327/1998 Ministerio de Minería. Reglamento de la ley general de servicios eléctricos.

Forma de cumplimiento Fase de operación

En relación con el Reglamento, las especificaciones técnicas de la minicentral hidroeléctrica y las actividades durante todas sus fases se regirán por las normas técnicas y reglamentos aplicables. El titular preservará el normal funcionamiento de las instalaciones propias y de terceros y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente.

Se comunicará a la SEC 15 días antes de la puesta en servicio.

Parte, obra o acción a la que aplica

Minicentral eléctrica, que se conectará a la red local de energía.

Indicadores de cumplimiento Fase de operación

El indicador de cumplimiento corresponderá a la declaración de las instalaciones que lo requieran ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Archivo de la certificación de los equipos eléctricos.

Norma

D.S. N°115/2004 (modificada por D.S. Nº214 de 2004) Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Norma Técnica NCH. ELEC 4 /2003, Instalaciones de consumo de baja tensión.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

En relación con el Reglamento, las especificaciones técnicas de la minicentral hidroeléctrica y las actividades durante todas sus fases se regirán por las normas técnicas y reglamentos aplicables. El titular preservará el normal funcionamiento de las instalaciones propias y de terceros y velará por la seguridad de las personas y el medio ambiente.

Se comunicará a la SEC, 15 días antes de la puesta en servicio.

Parte, obra o acción a la que aplica

Minicentral eléctrica, que se conectará a la red local de energía.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El indicador de cumplimiento corresponderá a la declaración de las instalaciones que lo requieran ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Archivo de la certificación de los equipos eléctricos.

Norma

D.S. N°594/1999 Ministerio de Salud. Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Forma de cumplimiento Fase de operación

Todas las instalaciones eléctricas consideradas en la fase de construcción y operación serán presentadas ante la SEC Regional a través de un Instalador autorizado.

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto considera la construcción y operación de una minicentral eléctrica, que se conectará a la red local de energía.

Cabe mencionar que no aplica en este caso las instalaciones de gas.

Indicadores de cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la declaración de las instalaciones que lo requieran ante Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Mantener un registro de la declaración de las instalaciones eléctricas que lo requieran.

Norma

D.S. Nº160/2008 Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, modificado por el D.S. 101/2013 del Ministerio de Energía.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción y operación

El Proyecto cumplirá con los requisitos seguridad exigidos para almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo.

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto contempla el almacenamiento de combustible (inferior a los 1.100 L) en un estanque de uso diario (incorporado en grupo electrógeno), solo durante la fase de operación. Éste solo será utilizado en caso de emergencia, debido a un corte del suministro eléctrico, donde la central requerirá del funcionamiento de un generador eléctrico (grupo electrógeno menor a 20 kW).

Durante la fase de construcción, se implementará un área de carguío de combustibles al interior de la instalación de faenas, la cual contará con las condiciones técnicas de seguridad para impedir que exista algún vertido hacia el suelo.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

El equipo de trabajo contará con la aprobación de la Dirección. Se pondrá en práctica un programa regulador de inspección, pruebas y mantenimiento de dichos equipos para constatar su eficiente funcionamiento.

Forma de control y seguimiento

Mantener los certificados y registros de empresas, actualizados.

Norma

D.S. Nº47/1992 (modificado por D.S. Nº9/2011). Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Forma de cumplimiento Fase de operación

Obtención del permiso para la construcción por parte de la Dirección de Obras Municipales.

En específico la conexión del Proyecto se entiende por admitida, dado que los trazados de infraestructura son compatibles con los planes reguladores. En relación a la minicentral, ésta se encuentra sujeta a las disposiciones que establezcan los organismos competentes.

Lo anterior, ratificado por la Circular Ord. N° 0049 DDU 332 de fecha 10 de febrero de 2017, adjunto en el Anexo ADC-9 de la Adenda Complementaria, que señala:

 

“Pues bien, de las normas citadas se observa, en primer lugar que, no obstante un instrumento de planificación territorial (IPT) regula el uso de suelo espacio público, no incluye dentro de esta categoría a las aguas, a pesar que éstas tienen calidad de bien nacional de uso público, conforme al Código Civil, de lo que se puede concluir que solo puede reconocer la exigencia del área que las aguas ocupan, no pudiendo regularlas”.

 

Más adelante, agrega:

“En consecuencia, al no poder establecer el IPT un uso de suelo, según dispone su definición en el artículo 1.1.2 de la OGUC, para efectos de admitir o restringir un área predial, “para autorizar los destinos de las construcciones o instalaciones” en el área que ocupan las aguas, las autorizaciones que requiera una infraestructura que allí quiera localizarse, deberán ser otorgadas por autoridad competente, según corresponda, en materia ambiental, de concesiones marítimas /mas, lagos o ríos navegables), obras públicas..:”

 

La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 988 de fecha 02/03/2017 se pronuncia conforme y señala:

 

“Es posible la instalación del proyecto en evaluación en su calidad de Infraestructura energética que no forma parte de la red “en el cauce” del canal San Carlos, tal como lo señala la Circular Ord. N° 0049 DDU 332 de fecha 10 de febrero de 2017, puesto que los Instrumentos de Planificación Territorial regulan el uso de suelo espacio público, respecto de los cuerpos de aguas, puede solo reconocer su existencia, no pudiendo regularlas. Su instalación queda condicionada a obtener los permisos del o los organismos competentes sobre dicho cauce.”

 

Finalmente, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, de la Región Metropolitana, a través de su Oficio N° 1127 de fecha 10/03/2017se pronuncia conforme y señala:

 

“Esta Secretaría Ministerial puede señalar con la información con que se cuenta que el artículo 2.1.21 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, no es aplicables, para el caso en cuestión”.

 

Parte, obra o acción a la que aplica

Minicentral

Indicadores de cumplimiento

Obtención de los permisos requeridos tanto de edificación, como de recepción definitiva de obras.

Archivo en faena de los permisos de edificación, como de recepción definitiva de obras.

Aprobación de la Dirección General de Aguas, de la Región Metropolitana para la construcción de obras hidráulicas que contempla el proyecto y para efectuar modificación de cauce.

Norma

Resolución N°20/1994. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS)

Forma de cumplimiento Fase de Construcción y operación

Se presentará una solicitud a lo menos un mes antes de iniciar las obras de construcción para obtener los permisos correspondientes. El titular asegurará la contención de residuos sólidos domiciliarios y su disposición final. En el sector donde se emplazará la instalación de faenas (obra temporal), el titular restablecerá el área a su condición previa antes de la intervención.

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto se encuentra sujeto a la regulación de este plan; para acceder al área de emplazamiento, las personas encargadas del proyecto, deberán circular por un Bien Nacional de Uso Público (BNUP) que es el Parque Tobalaba (Riberas Canal San Carlos), el cual se encuentra identificado como áreas verdes de uso público, adyacente a sistemas viales metropolitanos y fajas de protección de cauce.

Indicadores de cumplimiento

Restauración del área verde donde se emplazará la instalación de faenas luego de terminada la construcción. Informe Favorable para la Construcción disponible para fiscalización.

Se presentará una solicitud a lo menos un mes antes de iniciar las obras de construcción para obtener los permisos correspondientes. El titular asegurará la contención de residuos sólidos domiciliarios y su disposición final. En el sector donde se emplazará la instalación de faenas (obra temporal), el titular restablecerá el área a su condición previa antes de la intervención.

Norma

D.F.L 1122/1981. Código de Aguas.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Las obras del proyecto, “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”, presenta los antecedentes PAS  del Art. 155 del RSEIA, cuya norma fundante es el artículo 294 del Código de Aguas.

Parte, obra o acción a la que aplica

Canal de Aproximación.

Cámara de Carga.

Canal Lateral Colector Izquierdo.

Canal Lateral Colector Derecho.

Colchón Disipador Lateral Izquierdo.

Casa de Máquinas.

Canal de Restitución.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

Se solicitará la aprobación de la DGA, por las obras que componen la Minicentral, dado que dichas obras conducirán más de dos metros cúbicos por segundo.

Norma

Ley Nº 17.288/1970, “Ley de Monumentos Nacionales”.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Durante la fase de construcción del Proyecto, el titular dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales ante cualquier hallazgo realizado durante actividades de excavación, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26° de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción, el Proyecto realizará excavaciones de material común y remoción de sedimentos.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

En caso positivo de hallazgos fortuitos, la comunicación a la autoridad se hará de acuerdo a la oportunidad y procedimiento que indican las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En este sentido, se denunciará al Gobernador Provincial, quien ordenará a  Carabineros que se haga responsable de su vigilancia  hasta que el Consejo se haga cargo del hallazgo.

Registro del aviso a la Autoridad en caso de hallazgo arqueológico.

Norma

D.S. Nº 484/1990, Ministerio de Educación, “Reglamento Sobre Excavaciones y/o Prospección Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas”.

Forma de cumplimiento Fase de Construcción

Durante la ejecución de las obras el titular dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23° del Reglamento de Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante la fase de construcción, el Proyecto realizará excavaciones de material común y remoción de sedimentos.

Indicadores de cumplimiento Fase de Construcción

En caso positivo de hallazgos fortuitos, la comunicación a la autoridad se hará de acuerdo a la oportunidad y procedimiento que indican las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. En este sentido, se denunciará al Gobernador Provincial, quien ordenará a  Carabineros que se haga responsable de su vigilancia  hasta que el Consejo se haga cargo del hallazgo.

Registro del aviso a la Autoridad en caso de hallazgo arqueológico.

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1 Compromisos voluntarios.

 

Tabla 8.1.1. Compromiso ambiental voluntario 1: Plan de Información a la comunidad.

Impacto asociado

Medio Humano.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo

Fomentar el conocimiento sobre el aprovechamiento del recurso renovable agua para la producción de energía limpia.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Inmediaciones del proyecto.

Forma: se instalarán letreros informativos sobre educación energética y ambiental los que quedarán habilitados el primer semestre de la fase de operación del proyecto (estimada para el primer semestre del 2018). Además, a partir del segundo semestre del 2018 se abrirán las inscripciones para realizar visitas guiadas a colegios de la comuna y de otros lugares, cuya programación específica se realizará en acuerdo con el municipio.

Oportunidad: Durante la fase de operación del proyecto, en las fechas y/o plazos señalados precedentemente. 

Indicador que acredite su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponde al registro de solicitudes versus las visitas realizadas, indicando el número de asistentes a cada visita.

 

 

Tabla 8.1.2. Compromiso ambiental voluntario 2: Capacitación en temas específicos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo

Capacitación de los trabajadores en la importancia de la fauna nativa, protección legal y conservación.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las instalaciones que forman parte del Proyecto, tanto en su construcción.

Forma: charlas de inducción a todos los trabajadores del Proyecto relacionadas con la importancia de la fauna nativa, protección legal y conservación.

Oportunidad: Fase de construcción del proyecto. 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de la capacitación de los trabajadores.

 

 

Tabla 8.1.3. Compromiso ambiental voluntario 4: Mejoras en las zonas intervenidas del parque Tobalaba

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo

Dejar el parque Tobalaba en las mismas condiciones originales, antes de la ejecución del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Parque Tobalaba, Sector calle Tobalaba y sector calle Sánchez Fontecilla.

Forma: Las superficies que intervendrá el Proyecto en el Parque Tobalaba (bien nacional de uso público) y las superficies que serán restauradas, serán las siguientes:

 

Tabla 8.1.3.1. Superficies a intervenir y restaurar en el Parque Tobalaba

Sector

Superficie intervención por sector (m2)

Superficie de restauración (m2)

Tobalaba

85

85

Sánchez Fontecilla

1.110

1.110

152

152

Total

1.347

1.347

Fuente. Tabla ADC-3 de la Adenda Complementaria.

 

Sector calle Tobalaba:

Las intervenciones que se realizan en este sector, tienen que ver con la instalación de un acceso para instalar y retirar la grúa pluma. El área calculada de intervención corresponde a aproximadamente 85 m2. La figura AD-18 de la Adenda señala el lugar de intervención.

Para este sector del parque se considera la reposición de los jardines intervenidos dejándolos en las mismas condiciones originales.

Sector calle Sánchez Fontecilla:

El área a intervenir en el parque Tobalaba por el lado de Sánchez Fontecilla considera un total de 1.262 m2 de área de parque (no considera área dentro de la faja del canal). En estos sectores se instalarán parte de las obras que componen la instalación de faenas y que son: Piscina de acumulación de aguas de lavado; Grúa pluma; Área de acopio de materiales; Accesos vehiculares (para mayor información ver layout del proyecto en el Anexo AD-3 de la Adenda). Las áreas de intervención en este sector, se encuentran señalados en la figura AD-19 de la Adenda.

En el parque correspondiente al sector oriente (calle Sánchez Fontecilla), se han considerado las mejoras indicadas en el Capítulo 4 de la DIA. A continuación se señalan aquellos compromisos relacionados con las mejoras del parque:

a)      Se mejorará el área de juegos que se encuentra próxima al área del proyecto, además de ampliar en 30 metros la reja de seguridad que divide el área de juegos con la Avenida Mariano Sánchez Fontecilla. Estos compromisos quedarán habilitados durante el primer semestre de la fase de operación del proyecto (estimada para el primer semestre del 2018).

b)      Para fomentar el conocimiento sobre el aprovechamiento del recurso renovable agua para la producción de energía limpia, se instalarán letreros informativos sobre educación energética y ambiental los que quedarán habilitados el primer semestre de la fase de operación del proyecto (estimada para el primer semestre del 2018). Además, a partir del segundo semestre del 2018 se abrirán las inscripciones para realizar visitas guiadas a colegios de la comuna y de otros lugares, cuya programación específica se realizará en acuerdo con el municipio.

c)      En la fase de construcción se mejorará la iluminación del área del parque adyacente a la instalación de faenas. Dicha iluminación será instalada cuando se monte la instalación de faena y quedará operativa al momento de iniciar la construcción.

Oportunidad: Término de la Fase de operación. 

Indicador que acredite su cumplimiento

Implementación y realización de las mejoras descritas en este compromiso voluntario.

Respecto del compromiso voluntario señalado en el literal a), el indicador de cumplimiento corresponde al registro fotográfico de las medidas implementadas.

Respecto del compromiso voluntario señalado en el literal b), el indicador de cumplimiento corresponde al registro de solicitudes versus las visitas realizadas, indicando el número de asistentes a cada visita.

Respecto del compromiso voluntario señalado en el literal c), el indicador de cumplimiento corresponde al registro fotográfico de la implementación de esta mejora.

 

 

Tabla 8.1.4. Compromiso ambiental voluntario 4: Mejoras en el puente Los Presidentes.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo

Hermosamiento paisajístico del Puente Los Presidentes.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Puente Los Presidentes, comuna de Peñalolén.

Forma:

Durante los primeros 3 meses desde iniciada la fase de construcción se concretará un acuerdo con la Ilustre Municipalidad de Peñalolén relacionado con el hermosamiento paisajístico del Puente Los Presidentes. Esta mejora está considerada para la etapa final de la fase de construcción de la central y estará lista antes de la puesta en servicio de la central (fase de operación). El indicador de cumplimiento corresponderá a la firma del acuerdo con la Ilustre Municipalidad de Peñalolén.

 

Las mejoras en el puente Los Presidentes considera los siguientes elementos:

d)      Mantenimiento de los 4 pilares del puente, lo que incluye la mejora de los faroles y mantenimiento de su estructura, especialmente del ladrillo que conforma cada pilar.

e)      Aumento de la altura de las barandas del puente. Esta mejora considera levantar la estructura metálica teniendo en consideración el diseño de la reja.

f)       Mejora en el bandejón central del puente el cual considera la implementación de vegetación e iluminación. El indicador de cumplimiento corresponde al registro fotográfico de la implementación de esta mejora.

g)      Mantenimiento de las veredas por donde transitan peatones. Este arreglo considera el arreglo de las veredas que estén dañadas por el uso.

La propuesta visual de las mejoras que se implementarán se señala en la figura AD-20 de la Adenda.

Los trabajos que se realizarán sobre el puente Los Presidentes, no implican ninguna intervención del cauce.

Oportunidad: Durante la Fase de construcción del proyecto. 

Indicador que acredite su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la firma del acuerdo con la Ilustre Municipalidad de Peñalolén.

Registros fotográficos de la implementación de las mejoras.

 

8.2  Condiciones o exigencias

 

Tabla 8.2.1. Condición o exigencia: Ruido.

Impacto asociado

Aumento en los niveles de ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo

Objetivo: Cumplimiento al D.S. N°38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del proyecto.

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud, Región Metropolitana, en el Ord. N° 7964 de fecha 29 de diciembre de 2016:

 

Fase de Construcción:

“1.1.1 Se deberá implementar una barrera acústica en el perímetro de la obra de construcción, cuya altura deberá ser de al menos 6 metros, y cuya materialidad deberá poseer condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 Kg/m3 (Ejemplo: Paneles de madera tipo OSB de 18 mm de espesor y densidad volumétrica de 700 Kg/m3). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, así como no podrán existir grietas o fisuras que se comporten como fugas acústicas. La disposición y dimensión de la barrera acústica deberá ser acorde a lo dispuesto en la Figura 11 (pág. 27) del informe de evaluación acústica contenida en el Anexo AD-10 “Estimación Ruido” de la Adenda de la DIA.

 

1.1.2   Las faenas de construcción que se realicen durante el periodo nocturno (21:00 a 07:00 horas), deberán considerar únicamente la operación de la maquinaria y/o equipos que a continuación se detallan: Bomba de hormigón telescópica, grupo electrógeno, camón mixer y vibrador de hormigón.”

 

Fase de Operación:

“1.1.3  Las fuentes de ruido: generador y el multiplicador, deberán ubicarse al interior de la sala de máquinas, cuya estructura deberá conformarse de hormigón de, al menos 400 [mm] de espesor.

 

1.1.4    Las escotillas de los ductos de ventilación, así como las puertas de ingreso a la sala de máquinas deberán encontrarse totalmente cerradas durante el periodo nocturno.

 

1.1.5   Las celosías consideradas en los ductos de ventilación, así como, en la puerta de acceso, deberán poseer condiciones acústicas, es decir, fabricadas en acero galvanizado con celdas absorbentes que contengan lana de vidrio con velo negro de 32 Kg/m3, velo para protección al flujo de aire y material incombustible, cuyos parámetros de Pérdida por Transmisión (TL) se indican en la Tabla 6 (pág. 17) del informe de evaluación acústica contenida en el Anexo AD-10 “Estimación Ruido” de la Adenda de la DIA.”

 

Todas las fases:

·         “Se deberá dar cumplimiento en todo momento a los límites máximos permisibles de ruido establecidos en el D.S. N° 38/2011 del MMA “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o el que lo reemplace.

 

Oportunidad: fase de construcción de 7 meses y durante toda la operación del proyecto. 

 

 

Tabla 8.2.2. Condición o exigencia: Uso de la vialidad adyacente.

Impacto asociado

Uso de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación

Manejo correcto de las vías relacionadas al proyecto, durante los trabajos de construcción y la fase de operación.

Forma y oportunidad de implementación

Forma: De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, en el Ord. N°1923 de fecha 07 de marzo de 2017:

·         “Cualquier desvío de tránsito o interrupción en el flujo vial de las calles aledañas al proyecto deberá ser informado a esta Secretaría Regional Ministerial.”

 

·         “El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto.”

 

·         “Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.”

 

·         “Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.”

 

·         “En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.”

 

 

Tabla 8.2.3. Flora y vegetación

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Condición

De acuerdo a lo señalado por el Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana, mediante el oficio Ord. Nº 3335 de fecha 28 de diciembre de 2016, se pronuncia conforme, condicionado a:

En el caso de que se realice el traslado de ejemplares de Palma Chilena, el titular deberá solicitar previamente la correspondiente autorización al Servicio Agrícola y Ganadero.

Por otra parte, se le solicita al titular que remita a este servicio una copia del protocolo de trasplante que presentará a la municipalidad, en caso de realizar el traslado de los ejemplares.”

 

 

Tabla 8.2.4. Recursos Hídricos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación, según corresponda.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, mediante el oficio Ord. Nº318 de fecha 27 de febrero de 2017:

“1.     Que, según declara el Titular, posee el derecho de agua consuntivo para uso industrial que se utilizará durante la Fase de Construcción y para la humectación del área de trabajo y curado de hormigones, el cual se ha calculado en 0,58 l/s (cálculo conservador). La constitución de este derecho corresponde solo para los trabajos que se realizarán durante la Fase de Construcción y no para los trabajos que se efectuarán durante la Fase de Operación, puesto que en esta última, se utilizará la fuerza motriz de todo el caudal disponible del canal San Carlos en ese punto, conforme lo autorizado en los estatutos vigentes de la Asociación de Canalistas Sociedad del Canal de Maipo (“SCM”), los cuales fueron aprobados mediante Decreto N° 181 Exento, de la Dirección General de Aguas, de fecha 28 de enero de 2011, según se indicó en la respuesta a la observación 1.4 del Adenda 1.

 2.      Que, el Titular debe aplicar las medidas ambientales descritas en la Respuesta 1.8 del Adenda 1, con la finalidad de evitar la contaminación de las aguas del Canal San Carlos.

 3.    Que, en Adenda 1, el Titular declaró que la fosa séptica de aguas servidas no cuenta con sistema de infiltración al terreno. Los líquidos serán retirados periódicamente por un camión limpiafosa de una empresa externa, el cual llevará las aguas servidas a la planta de tratamiento de la empresa sanitaria ECORILES o similar.

 4.     Que, la piscina de acumulación impermeable destinada a las aguas de lavado de la bomba de hormigón tendrá las siguientes dimensiones: 5 m de largo, 2,5 m de ancho y una profundidad de 0,7 m. y estará conformada por una estructura perimetral resistente, hecha con perfiles de acero o bloque de hormigón, dentro de la que se instalará una geomembrana de HDPE de 1,5 mm de espesor.

 5.   Que, en Adenda 1 el Titular declaró que la Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes requiere anualmente de mantenciones a sus equipos electromecánicos, las cuales han sido programadas para que coincidan con el periodo de corta para mantenciones del canal San Carlos. Dado lo anterior, declaró que las actividades de mantención son totalmente compatibles y no se afecta la operación normal ni del canal ni de la Central.

 6.     Que, en Adenda 1 el Titular compromete el monitoreo de calidad de aguas del Canal San Carlos, en Fase de Operación y Fase de Cierre. Al respecto, se precisa que previo al inicio de la Fase de Construcción, el Titular debe efectuar una caracterización de la calidad de las aguas del Canal San Carlos, según los parámetros de la NCh 1.333/78, a fin de comparar esta calidad con los monitoreos comprometidos durante la Fase de Operación y Cierre del Proyecto. Los puntos de monitoreo son los siguientes, en Coordenadas UTM Datum WGS84:

 Punto de monitoreo

Este (m)

Norte (m)

Punto 1 aguas arriba

355.217

6.293.539

Punto 2 aguas abajo

355.240

6.293.853

 La frecuencia de monitoreo en Fase de Operación será Anual en el mes de junio después del periodo de mantención y en la Fase de Cierre será Trimestral. Al respecto, se precisa que el Titular debe enviar a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), el Informe de Monitoreo que contenga las Coordenadas UTM (m) Datum WGS84 de los puntos de muestreo, la caracterización inicial de las aguas del Canal, y los resultados del monitoreo de dichas Fases, comparados con la caracterización inicial. Los informes de seguimiento deben ser enviados a la SMA, cinco días luego de obtenidos los resultados, conteniendo análisis de éstos, las conclusiones y recomendaciones, con frecuencia Anual y Trimestral, respectivamente.

 7.       Que, en relación al Plan de Acción propuesto para la Fase de Construcción en el marco del PAS del Art. 155 y 156, dada la tipología de proyecto y las características del cauce a ser intervenido, se precisa que se hace necesario que el Plan de Acción sea también establecido para las Fases de Operación y Cierre. Por otra parte, además se precisa que en dichas Fases el Plan debe ser analizado y evaluado ante cualquier excedencia de los parámetros ocasionada por el proyecto, respecto de la caracterización inicial de la calidad de las aguas del Canal San Carlos y establecidas las medidas de control o remediación si corresponde. El Titular debe llevar un registro de cualquier Situación de Emergencia o Contingencia, así como de las excedencias en la calidad de las aguas (con ocasión del proyecto) que active el referido Plan y las medidas establecidas.

 Situación de Emergencia o Contingencia

Umbral que activa el Plan

Derrames de sustancias y/o residuos peligrosos

Cualquier tipo de sustancia o residuo peligroso que se derrame sobre el terreno no impermeabilizado o cuerpo de agua activará el procedimiento establecido.

Obstrucción de rejas y/o compuertas

Presencia de elementos mayores en las rejas o compuertas como colchones, troncos de árboles, o cualquier otro elemento de tamaño mayor que deba ser retirado rápidamente. Las cámaras de CCTV estarán siempre encendidas para que el operador pueda monitorear permanentemente la correcta operación de rejas y compuertas.

Aumento en los caudales normales de operación del canal

Los sensores de niveles que se colocarán, darán la alerta apenas el nivel de agua del canal sobrepase los 29 m3. Esto se justifica en que el acuerdo de evacuación de aguas lluvias con la DOH es por 30 m3 y de ahí existe una holgura adicional considerada de 5 m3 adicionales sumando en total 35 m3 de capacidad de evacuación.

Accidente de trabajo

Cualquier aviso de accidente por parte de los trabajadores o supervisores activará el Plan de Acción.

 8.      Que, en Adenda 1 el Titular declaró que el Proyecto no considera el mejoramiento de ningún atravieso o canalización.

 9.      Que, en Adenda 1 el Titular declaró que el Proyecto no requiere contar con un proyecto de evacuación de aguas lluvias y que al estar ubicado dentro del Canal San Carlos, no constituye impermeabilización adicional de superficie que la que ya tiene el propio canal, ni tampoco contiene elementos que acumulen el agua lluvia caída y que requieran ser evacuados. El agua lluvia que caerá sobre la estructura de hormigón de la Central escurrirá naturalmente por las paredes hacia las mismas aguas del Canal San Carlos.

 10.  Que, ante un posible afloramiento de napa durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a)     Detener las actividades en el frente de trabajo

b)    Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio

c)     En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción ( o más de ser necesario)

d)    Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración

e)    Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas

 11.   Que, durante el proceso de evaluación de impacto ambiental, se informó al Titular que debido a que el área del proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

 12.   Que, el Titular debe aplicar el Plan de Prevención de Contingencias y Plan de Emergencias que se adjuntó en el Anexo ADC-3 del Adenda Complementaria, el cual además debe establecer que en caso de ocurrencia de un accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, es necesario informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, antes de 24 h, señalando lo siguiente:

a)     Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b)    Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c)     Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatas en el área de influencia.

d)    En caso de ser necesario, un Programa de Medias de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (solo en caso de accidentes)

e)    Propuesta de monitoreo y seguimiento de las variables ambientales afectadas con la ocurrencia del evento.

 13.   Que, en Adenda Complementaria, el Titular compromete mantener en el área operativa del Proyecto y a disposición de la autoridad, el Manual de Operación y Mantenimiento de la Minicentral Los Presidentes, así como todos los Planes y Procedimientos asociados con temáticas de seguridad, emergencia, contingencia, ambientales, hidráulicas, entre otras.

 14.  Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva de la Municipalidad, previo informe técnico favorable del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales y de esta manera, que el titular se haga cargo de los posibles efectos adversos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

 15.  Que, respecto a que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción y cierre del proyecto que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 16.  Tener presente que, de realizar modificaciones en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras, urbanizaciones y edificaciones que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 41° y 171° del Código de Aguas.

 17.   Tener presente que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a lo dispuesto en el Código de Aguas en sus artículos 5° y siguientes. Por lo tanto no se podrá hacer uso de aguas subterráneas sin contar con los derechos de aprovechamiento respectivos autorizados por la DGA.”

 

 

Tabla 8.2.5. Ordenamiento territorial

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, de la Región Metropolitana, mediante el oficio Ord. Nº 988 de fecha 02 de marzo de 2017:

 

“Es posible la instalación del proyecto en evaluación en su calidad de Infraestructura energética que no forma parte de la red “en el cauce” del canal San Carlos, tal como lo señala la Circular Ord. N° 0049 DDU 332 de fecha 10 de febrero de 2017, puesto que los Instrumentos de Planificación Territorial regulan el uso de suelo espacio público, respecto de los cuerpos de aguas, puede solo reconocer su existencia, no pudiendo regularlas. Su instalación queda condicionada a obtener los permisos del o los organismos competentes sobre dicho cauce.”

 

 

 

 

Tabla 8.2.6. Seguridad, de electricidad y combustibles

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Condición

De acuerdo a lo señalado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, mediante el oficio Ord. Nº 10877 de fecha 22 de agosto de 2016 señala:

“El titular del proyecto en comento, además de las disposiciones mencionadas en éste, deberá tener presente en su materialización, las disposiciones contenidas de al menos; los siguientes cuerpos normativos y reglamentarios:

·       D.F.L. 4/20.018 del 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto de Fuerza de Ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica” (LGSE) y sus modificaciones posteriores.

·       D.S. Nº 327 de 1997, del Ministerio de Minería, “Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos”.

·       Decreto N° 291 de 2007, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento que establece la Estructura, Funcionamiento y Financiamiento de los Centros de Despacho Económico de Carga” y sus modificaciones posteriores.

·       D.S. N° 244 de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que "Aprueba Reglamento para Medios de generación No Convencionales y Pequeños Medios de Generación establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos" y sus modificaciones posteriores.

·       D.S. N° 115 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, aprobatorio de la "Norma Técnica NCh Elec. 4/2003, Instalaciones de Consumo en Baja Tensión y deroga en lo pertinente, el decreto número 91, de1984".

·       D.S. N° 4188 de 1955, del Ministerio del Interior, aprobatorio del “Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”, NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes”.

·       Resolución Exenta Nº 321, del 21 de julio de 2014, del Ministerio de Energía, que dictó la “Norma Técnica con exigencias de Seguridad y Calidad de Servicio para el Sistema Interconectado del Norte Grande y Sistema Interconectado Central”, y sus modificaciones posteriores.

·       Resolución Exenta N° 501 de 2015, de la Comisión Nacional de Energía que que dictó la “Norma Técnica de Conexión y Operación de Pequeños Medios de Generación Distribuidos en Instalaciones de Media Tensión”.

·       Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos".

·       Las instalaciones eléctricas, provisorias o permanentes, deben ser declaradas ante esta Superintendencia, mediante un instalador eléctrico de la Clase correspondiente, autorizado por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.”

 

 

Tabla 8.2.7. Otras condiciones o exigencias

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y/o cierre, esta última en caso de efectuarse y según corresponda.

Condición

Respuesta 1.31 de la Adenda:

En caso de que sea necesario remover los cuatro ejemplares de Jubaea chilensis para ejecutar el Proyecto, se realizará el trasplante de éstos.

Para estos efectos se dispondrá de los equipos necesarios para llevar a cabo el trasplante siguiendo las indicaciones establecidas en la “Guía de evaluación ambiental. Vegetación y Flora Silvestre” del SAG (2010) que señala:

“Como punto de partida, antes de iniciar las labores de extracción y replante de la palma, debería marcarse el norte magnético sobre el estípite del ejemplar.

El trasplante de palma chilena, debería realizarse de la siguiente manera: primero, se marca una taza y se excava la mitad de la circunferencia, posteriormente, en una segunda etapa, aproximadamente en dos semanas más, se completa la excavación de la taza. De esta manera, se induce el enraizamiento en el pan de tierra (desarrollo de raíces fasciculadas adventicias). La profundidad de la taza es del orden de los 1,5 metros. Durante este tiempo, debería asegurarse el ejemplar con tensores, para impedir que se vuelque.

Aproximadamente, al mes de iniciado el tratamiento, el ejemplar se separa del sustrato, protegiendo con aspillera, o con un material similar, la base y el pan de tierra resultante, que evite la deshidratación y mantenga unido estos restos de sustrato.

En el lugar donde se efectuará el trasplante, se debería preparar una taza para la plantación, la cual debería ser de dimensiones similares a la base del ejemplar con el pan de tierra resultante. También es conveniente realizar un tratamiento sanitario completo del sitio de plantación.

Para finalizar, debería mantenerse el norte magnético en la misma posición original, marcada en el estípite y asegurar, mediante tensores, la estabilidad del ejemplar durante una temporada.”

 

Respuesta 3.4 de la Adenda:

Para solicitar la Autorización Sanitaria sectorial de la bodega de residuos peligrosos, deberá adjuntar entre otros la evaluación de Carga de Combustible de los residuos a almacenar, de acuerdo a lo que establece la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, respecto al material elegido para la construcción y la resistencia al fuego de dicha bodega.

 

Respuesta 5.16 de la Adenda:

El acceso a las instalaciones por parte de camiones y vehículos menores se encontrará restringido de lunes a viernes en las horas punta de la mañana y de la tarde, entre los meses de junio a noviembre, luego de finalizado el período de corta del canal (15 días), medida con la que se busca evitar afectación en los tiempos de desplazamiento de los usuarios de las vías involucradas.

 

Respuesta 5.18 de la Adenda:

El Titular realizará al menos dos charlas de inducción impartidas por un arqueólogo o licenciado en arqueología a los trabajadores del proyecto.

 

Respuesta 7.3 de la Adenda:

Los camiones no ingresarán en horarios establecidos en la reversibilidad de Sánchez Fontecilla ni los domingos en la ciclo-recreovía de 9:00 a 14:00 horas.

 

Respuesta 7.4 de la Adenda:

Si bien el proyecto no considera el bloqueo temporal de caminos públicos, en el eventual caso que se requiera para la instalación de alguna estructura, se deberá presentar en forma previa a la intervención, un plan de gestión de tránsito a los Organismos Competentes de la Región Metropolitana. Este plan deberá contener los flujos de vehículos a utilizar, tipo de vehículos y periodicidad del flujo de transporte hacia el proyecto. Conjuntamente con ello, se solicitarán a Vialidad los permisos correspondientes para el uso de caminos, además del cierre del camino en caso de requerirse y las medidas de control pertinentes (bandereros de tránsito, métodos de información a la comunidad y señaléticas apropiadas).

 

 

8.3  Las condiciones de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, son las siguientes:

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Condición

El Titular deberá tomar los resguardos necesarios en el periodo de construcción del proyecto respecto de la evacuación de las aguas lluvias, para que éstas tengan un libre escurrimiento.

 

 

 

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

Las medidas o acciones relevantes del Plan de Emergencias y Contingencias se presentan en el Anexo ADC-3 de la Adenda Complementaria, las que considera:

 

  • Plan de prevención y contingencia para evitar incendio.
  • Actuación en caso de sismo.
  • Plan de prevención y contingencia frente a derrames de sustancias o residuos peligrosos.
  • Plan de prevención y contingencia frente a accidentes del trabajo.

 

Acciones frente a contingencias específicas, serán las siguientes:

 

Tabla 9.1.1. Situación de riesgo o contingencia 1

Situación de riesgo o contingencia

Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada

Las zonas de la minicentral donde se puede identificar el riesgo de incendio en las diferentes fases del Proyecto, son las siguientes:

 

·         Bodega de sustancias peligrosas.

·         Bodega de residuos peligrosos.

·         Patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos.

·         Acopio de material de construcción.

·         Zona de carga de combustible.

·         Zona de grupo electrógeno.

·         Casa de máquinas.

 

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Mantener operativos (funcionando, señalizados y despejados) equipos y sistemas contra incendios.

·         Disponer la cantidad de letreros de No Fumar suficientes en las áreas de riesgo de incendio, en especial en las zonas de almacenamiento de combustibles, sustancias químicas y residuos peligrosos.

·         Los residuos peligrosos deberán almacenarse de forma segregada, nunca mezclar líquidos inflamables, de acuerdo a la normativa vigente.

·         Se capacitará a los trabajadores en los procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgo de incendios y se indicará la ubicación y el uso de equipos contra incendios.

·         Todos los trabajadores deberán ser periódicamente capacitados en el uso de extintores y técnicas de combate ante el fuego.

·         Toda maquinaria, bodega de almacenamiento de sustancias químicas peligrosas y bodegas de residuos deberá contar con extintores en caso de incendio, los cuales a su vez deberán ser inspeccionados periódicamente para asegurar que se mantengan vigentes y en buen estado.

·         Identificar fuentes de calor y conexiones eléctricas y rotular con letreros de precaución.

·         Vigilar que toda fuente de calor se encuentre alejada de materiales inflamables y combustibles.

·         Evitar el uso de extensiones eléctricas y en caso de ser necesario, evitar que entren en contacto con el agua.

·         Mantener despejadas las zonas de tránsito y claramente señalizadas las vías de evacuación.

·         Evitar que la basura se acumule, promover campañas de limpieza y orden entre los trabajadores.

·         Realizar simulacros de emergencia y evacuación por lo menos dos veces al año.

·         Conocer las zonas de seguridad.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.1.2. Situación de riesgo o contingencia 2

Situación de riesgo o contingencia

Actuación ante sismos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada

Se han identificado sectores que presentan riesgo frente a posibles ocurrencias de sismos en función de la fase del Proyecto:

·         Bodega de residuos peligrosos.

·         Bodega de sustancias peligrosas.

·         Patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos.

·         Zonas de carga de combustibles.

·         Zona de casa de máquinas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·         Los trabajadores deben mantenerse debidamente instruidos respecto al plan de evacuación y zonas de seguridad.

·         Mantener vías de evacuación y escape despejadas.

·         Conocer  el lugar más seguro y adecuado para protegerse.

·         Conocer las zonas de seguridad de las instalaciones o unidades de trabajo.

·         Disponer de una linterna a prueba de explosión.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.1.3. Situación de riesgo o contingencia 3

Situación de riesgo o contingencia.

Derrames de sustancias o residuos peligrosos

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada.

Se han identificado sectores que presentan riesgo de derrame los cuales son:

·         Bodega de residuos peligrosos.

·         Bodega de sustancias peligrosas.

·         Estacionamientos de vehículos y maquinarias.

·         Zonas de carga de combustibles.

·         Zona de casa de máquinas.

·         Zona de servicios higiénicos.

·         Puntos de trabajo en terreno con ubicación de maquinaria pesada (rotura de flexibles, carga de combustible, rotura de estanques de combustible).

·         Plantas de tratamiento de aguas servidas (colapso de los contenedores de aguas servidas de la planta, escurrimiento hacia cursos de agua, infiltración en terreno).

Acciones o medidas a implementar para prevenir y actuar frente a la contingencia

·         Los trabajadores deben mantenerse debidamente instruidos respecto al plan de emergencia y contingencia ante derrames, así como también sobre las sustancias y residuos peligrosos que se manejan en el área.

·         Todo trabajador que esté involucrado directa o indirectamente con sustancias químicas peligrosas deberá contar con capacitación en manipulación y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas y residuos peligrosos.

·         Existirá un jefe de emergencia responsable ante la ocurrencia de derrames tanto para la fase de construcción como operación de la central.

·         El almacenamiento, manipulación y etiquetado de las sustancias peligrosas se realizará de acuerdo a la normativa vigente.

·         Las sustancias peligrosas y residuos peligrosos líquidos, así como los estanques o depósitos de combustible líquido se ubicarán sobre pisos impermeables y contarán con sistemas de contención de derrames apropiados de acuerdo a la legislación vigente.

·         Al manejar las sustancias peligrosas se debe cumplir todas las medidas de seguridad recomendadas en las respectivas HDS (Hojas de Datos de Seguridad) en lo que respecta a manipulación y uso de elementos de protección personal.  Antes de la manipular o transportar contenedores con sustancias químicas peligrosas, se deberá realizar una inspección visual a éstos con el fin de detectar filtraciones, roturas o goteos.

·         En cada frente de trabajo, lugar de almacenamiento y vehículo de transporte, se deberán mantener disponibles las HDS en idioma español. Además, cada vez que salga de bodega una sustancia química peligrosa deberá llevar su HDS correspondiente.

·         Toda bodega donde se almacenen sustancias químicas peligrosas, deberá contar con el estudio de carga correspondiente.

·         Se contará con un registro de todas las sustancias y residuos peligrosos que se manejan en el área de la central. Se revisará en su recepción el estado de los envases que contengan este tipo de productos (envase, rótulo, etc.).

·         Se dispondrá de un área especial para el almacenamiento de sustancias peligrosas y otra para los residuos peligrosos, las cuales estarán debidamente señalizadas y acondicionadas según lo dispuesto por la legislación vigente.

·         Los tambores de aceite y combustibles se dispondrán sobre pallets de madera u otros dispositivos con el objetivo de facilitar su transporte y evitar la humedad o corrosión de los mismos, por efecto del contacto directo entre tambores y el suelo. Los residuos peligrosos además deberán estar enzunchados.

·         Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, trasbordo y limpieza, los vehículos portarán los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2190/Of.03.

·         El transportista de sustancias químicas y residuos peligrosos, deberá contar con los cursos sobre manejo manipulación y transporte correspondientes.

·         Los vehículos destinados para el transporte de carga peligrosa, deberán contar con autorización de la SEC. Se prohíbe realizar el transporte en cualquier otro vehículo que no cumpla con lo estipulado.

·         Los vehículos destinados al transporte de sustancias químicas peligrosas, deberán contar con material suficiente para contener y limpiar en caso de derrame.

·         Antes de comenzar las labores diarias, deberán inspeccionarse todo vehículo, maquinaria pesada, equipo que se encuentre trabajando cercano al cuerpo de agua, con el fin de detectar tempranamente una fuga, filtración, etc., que puedan ocasionar un derrame que afecte al canal San Carlos.

·         Antes de realizar la manipulación y/o transporte de sustancias químicas peligrosas, se deberá evaluar los riesgos y aplicar los controles necesarios para evitar accidentes.

·         Se dispondrá de elementos de contención de derrames, como palas, baldes de arena y/o paños absorbentes en los puntos de almacenamiento y en cada frente de trabajo (en estaciones de emergencia ambiental).

·         Se realizarán inspecciones de forma mensual a todas las áreas de almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos.

·         El trasvasije, el recambio, la reposición de aceites o cualquier otra actividad en la que se manipulen aceites a equipos en subestaciones u otro lugar, deberá realizarse teniendo especial cuidado de evitar derrames. No se almacenarán sustancias químicas en envases que no sean los originales.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.1.4. Situación de riesgo o contingencia 4

Situación de riesgo o contingencia.

Accidentes de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada.

Todas las partes y acciones del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir y actuar frente a la contingencia

·         Los trabajadores deben mantenerse debidamente instruidos respecto a los potenciales riesgos que existen en el área donde trabajan y los planes de actuación en caso de que ocurra una emergencia.

·         Los trabajadores deberán contar en todo momento con sus elementos de protección personal mientras se encuentren trabajando en la obra.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

9.2  Plan de emergencias

 

Las medidas o acciones relevantes del Plan de Emergencias y Contingencias se presentan en el Anexo ADC-3 de la Adenda Complementaria, que considera:

 

  • Plan de emergencia en caso de incendio.
  • Plan de emergencia en caso de sismo.
  • Plan de emergencia en caso de derrames de sustancias o residuos peligrosos.
  • Plan de emergencia en caso de accidente de trabajo.
  • Plan de emergencia en caso de obstrucción de rejas o compuertas.
  • Plan de emergencia en caso de desborde del canal.

 

Tabla 9.2.1. Situación de emergencia 1

Situación de emergencia

Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada

Las zonas de la minicentral donde se puede identificar el riesgo de incendio en las diferentes fases del Proyecto, son las siguientes:

 

·         Bodega de sustancias peligrosas.

·         Bodega de residuos peligrosos.

·         Patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos.

·         Acopio de material de construcción.

·         Zona de carga de combustible.

·         Zona de grupo electrógeno.

·         Casa de máquinas.

Acciones a implementar

·         Tratar de extinguir solo si: está capacitado en uso de extintores, el fuego es controlable y no corre peligro su integridad física. Siempre evalúe los riesgos para las personas antes de intervenir, luego proceder. Nunca exponerse a riesgos que puedan causar accidentes a las personas.

·         Si no es posible controlar la situación: Retírese del área de peligro y evacúe hacia la zona de seguridad siguiendo las indicaciones de los brigadistas  quienes darán la alarma general para evacuar todo el recinto.

·         Cortar la energía eléctrica desde el tablero general y otros suministros de gases  o combustibles.

·         Si se ha comenzado a evacuar, no vuelva por ningún motivo, salga solo con lo indispensable, evite el pánico, camine a velocidad normal, no corra.

·         No tenga actitudes temerarias, que puedan poner en riesgo la integridad física de otras personas. Ayude a evacuar a personas que presenten problemas. Si sabe y está entrenado, use el extintor adecuado para el tipo de fuego.

·         Si su ropa se prendiera con fuego, no corra, déjese caer al piso y comience a rodar una y otra vez, hasta lograr sofocar las llamas. Cúbrase el rostro con las manos.

·         Los brigadistas revisarán baños y otras dependencias en que pudieran quedar personas atrapadas e irán cerrando las puertas de las dependencias a fin de evitar la propagación de humo y llamas. Una vez que se corroboró que las personas evacuaron un recinto, se instalará un seguro que indicará dicha condición.

·         Si la atmósfera es demasiado densa por el humo y los gases en los espacios cerrados, debe cubrir su nariz y boca con un paño mojado y considerar que más cerca del piso encontrará una atmósfera más tolerable (avance agachado).

·         Si el incendio ocurre en lugares donde haya peligro de inflamación o peligro de explosión, por depósitos de sustancias de éstas características, dar aviso a viva voz para que todos los trabajadores se enteren y despejen el área, paralelamente active el sistema de alarmas.

·         Utilice las vías de evacuación indicadas.

·         La evacuación debe hacerse en fila y por el lado derecho de la ruta señalada, dejando el lado izquierdo para las acciones de control de la emergencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de ocurrencia de algún evento que implique la activación de un plan de emergencia, éste será debidamente informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través de un reporte generado y firmado por el Jefe de Emergencias. Dicho informe será cargado a través del portal de la SMA “Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental” en  el siguiente link:

 

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/Account/Login?ReturnUrl=%2fSistemaSeguimientoAmbiental. 

 

Este procedimiento funcionará para todas las fases del proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.2.2. Situación de emergencia 2

Situación de emergencia

Movimientos sísmicos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada

Se han identificado sectores que presentan riesgo frente a posibles ocurrencias de sismos en función de la fase del Proyecto:

·         Bodega de residuos peligrosos.

·         Bodega de sustancias peligrosas.

·         Patio de almacenamiento temporal de residuos sólidos.

·         Zonas de carga de combustibles.

·         Zona de casa de máquinas.

Acciones a implementar

·         Desconectar el suministro eléctrico y otras fuentes de energía.

·         Permanezca bajo vigas, pilares, o lugares de seguridad preestablecidos.

·         Manténgase aparte de ventanales o puertas de vidrio.

·         Evacuar solo si lo dispone el Jefe de emergencia y/o los brigadistas.

·         Ayude a personas que tengan alguna dificultad.

·         Ante el aviso de evacuación del recinto siga las instrucciones del Jefe de emergencias y/o brigadistas: Evacuar ordenadamente hacia el punto de seguridad por las vías de evacuación señaladas (no corra), evite el pánico, camine a paso normal hasta las zonas de seguridad establecidas.

·         Si ya está en el exterior aléjese de murallas altas, postes de alumbrado eléctrico, árboles altos y estructuras que puedan poner en peligro su integridad.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de ocurrencia de algún evento que implique la activación de un plan de emergencia, éste será debidamente informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través de un reporte generado y firmado por el Jefe de Emergencias. Dicho informe será cargado a través del portal de la SMA “Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental” en  el siguiente link:

 

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/Account/Login?ReturnUrl=%2fSistemaSeguimientoAmbiental. 

 

Este procedimiento funcionará para todas las fases del proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.2.3. Situación de emergencia 3

Situación de emergencia

Derrames de sustancias o residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada

Se han identificado sectores que presentan riesgo de derrame los cuales son:

·         Bodega de residuos peligrosos.

·         Bodega de sustancias peligrosas.

·         Estacionamientos de vehículos y maquinarias.

·         Zonas de carga de combustibles.

·         Zona de casa de máquinas.

·         Zona de servicios higiénicos.

·         Puntos de trabajo en terreno con ubicación de maquinaria pesada (rotura de flexibles, carga de combustible, rotura de estanques de combustible).

·         Plantas de tratamiento de aguas servidas (colapso de los contenedores de aguas servidas de la planta, escurrimiento hacia cursos de agua, infiltración en terreno).

Acciones a implementar

·         Siempre que ocurra un derrame, ya sea durante la carga, descarga o manejo de residuos o sustancias peligrosas, o durante el transporte de estos, se deberá de inmediato detener la actividad que dio origen a la emergencia;

·         Si se detectan filtraciones en equipos y maquinarias, detenga de inmediato el motor, aleje toda fuente de ignición.

·         El testigo del derrame deberá informar a la brevedad al Jefe de emergencias del área, proporcionando la siguiente información: lugar del derrame, identificación de la sustancia derramada, cantidad estimada, área afectada, personal afectado (si existe).

·         El Jefe de emergencias deberá dar inicio al procedimiento de contención y limpieza del derrame.

·         Se acudirá inmediatamente al sitio del incidente con los equipos y elementos adecuados para controlar la situación. Se prestarán las atenciones de primero auxilio si hay personas afectadas y paralelamente se adoptarán medidas necesarias para aislar el lugar del incidente y mantener el derrame fuera de cursos de agua, si la magnitud del evento así lo requiere.

·         Si el derrame ocurre en un área sin pretiles de contención, se deberán realizar diques de contención con arena y palas para evitar el escurrimiento.

·         Se agregará arena, tierra u otro material absorbente en el área de derrame.

·         Se procederá al retiro del material derramado mediante palas, máquinas pesadas, según se requiera

·         El residuo o sustancia peligrosa derramada será almacenado en contenedores adecuados a la característica de peligrosidad de los materiales cumpliendo como mínimo con estanqueidad y tapa para el receptáculo. Estos contenedores serán rotulados (indicando peligrosidad, generador, fecha y cantidad de acuerdo a la normativa vigente) y trasladados lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

·         La zona afectada por el derrame será limpiada completamente, el suelo contaminado será removido y manejado de igual forma como se ha definido en el punto anterior.

·         En la eventualidad que el derrame fuese significativo (mayor o igual a 200 litros de sustancia o residuo peligroso) y alcance el curso de agua, se dará aviso antes de 24 h de ocurrido a la SEREMI de Salud y a la Dirección General de Aguas (D.G.A) inmediatamente para que se adopten las medidas de resguardo necesarias. Se pondrá en aplicación un monitoreo especial e intensivo de las aguas para evaluar el efecto causado en su calidad. El monitoreo consistirá en un análisis cada 24 horas de la calidad del agua en función de la sustancia o residuos peligroso derramado, 100, 250, 500 y 1.000 metros aguas abajo del punto de derrame y un punto de muestreo “blanco” 100 metros aguas arriba del punto de derrame. El monitoreo se extendería temporalmente hasta que las condiciones naturales del agua se recuperen (los puntos de muestreo se igualen al punto “blanco”)

 

Medidas Post-emergencia

·         Se hará una investigación del incidente y se evaluarán las causas que lo generaron y en función del análisis se adoptarán las medidas pertinentes para prevenir futuras situaciones de esa naturaleza.

·         Se difundirá el incidente y lo arrojado durante la investigación del mismo a todo el personal, indicando por lo menos las causas que lo originaron, como se controló la emergencia y las medidas a adoptar para que esto no vuelva a ocurrir.

·         Los trabajadores no deberán ingresar al sitio del derrame hasta que el Jefe de emergencias lo autorice.

·         El Jefe de emergencias realizará un informe del incidente e informará oportunamente a la autoridad con competencia ambiental mencionada precedentemente.

·         En caso de ocurrencia de un accidente se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, señalando lo siguiente:

-      Descripción del accidente, indicando lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

-      Detalle de cada acción y medidas de manejo utilizadas durante el evento de contaminación.

-      Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado. Resultados de los monitoreos inmediatos del área de influencia.

-      En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).

·         En caso que el derrame fuese significativo y alcance el curso de agua, se realizará un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, con una metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de ocurrencia de algún evento que implique la activación de un plan de emergencia, éste será debidamente informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través de un reporte generado y firmado por el Jefe de Emergencias. Dicho informe será cargado a través del portal de la SMA “Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental” en  el siguiente link:

 

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/Account/Login?ReturnUrl=%2fSistemaSeguimientoAmbiental. 

 

Este procedimiento funcionará para todas las fases del proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.2.4 .Situación de emergencia 4

Situación de emergencia.

Accidente de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción, operación y cierre, en caso que ésta última ocurra, de acuerdo a lo señalado en el capítulo 1.2 del ICE.

Parte, obra o acción asociada.

Todas las partes y acciones del proyecto.

Acciones a implementar.

·         Se debe prestar los primeros auxilios al trabajador accidentado, en caso de ser necesario, y preocuparse de que reciba la asistencia médica necesaria en forma oportuna.

·         El Administrador, al tomar conocimiento que uno de sus trabajadores ha sufrido un Accidente del Trabajo, debe enviarlo al establecimiento de la Asociación Chilena de Seguridad o al centro de atención de urgencia más próximo al lugar del accidente para que sea atendido rápidamente y lograr estabilizarlo, de manera que posteriormente sea rescatado por la unidad del centro de atención de la ACHS.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de ocurrencia de algún evento que implique la activación de un plan de emergencia, éste será debidamente informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través de un reporte generado y firmado por el Jefe de Emergencias. Dicho informe será cargado a través del portal de la SMA “Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental” en  el siguiente link:

 

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/Account/Login?ReturnUrl=%2fSistemaSeguimientoAmbiental. 

 

Este procedimiento funcionará para todas las fases del proyecto.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

 

 

Tabla 9.2.5 .Situación de emergencia 5

Situación de emergencia.

Obstrucción de rejas o compuertas.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Rejilla de seguridad.

Acciones a implementar.

En caso que en la operación de la central se obstruyan las rejas debido a elementos de tamaño mayor que traigan las aguas del canal, la central cuenta con un sistema limpiarejas automático el cual retira todos los elementos retenidos y los deposita en un contenedor el cual se encuentra inmediatamente al lado de la central, permitiendo eliminar el riesgo que puede significar retirar manualmente los residuos. Adicionalmente a lo anterior, la central cuenta con un sistema de seguridad consistente en dos canales laterales los cuales actúan como obra de seguridad. Estos canales han sido diseñados para recibir la totalidad de agua que viene por el canal San Carlos más un margen de aproximadamente 16% adicional de agua sobre la máxima crecida. El funcionamiento de este sistema es por rebalse, es decir, en caso que la reja quede totalmente obstruida, el agua desbordará hacia estos canales de seguridad permitiendo que el agua siga circulando por el mismo canal.

 

No obstante lo anterior, la Sociedad del Canal de Maipo cuenta con un procedimiento especial denominado “Procedimiento operativo ante situación de emergencia, obstrucción de rejas o compuertas”, del Sistema de Gestión Integrado de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional. Dicho procedimiento se adjunta en el Apéndice 2 del anexo C1-5 de la DIA y deberá tenerse en consideración ante cualquier fallo del sistema automático. El procedimiento señala que, “En el caso de obstrucción de compuertas por falla en el automatismo eléctrico el camarero deberá realizar el movimiento de estas utilizando los comandos de accionamiento manual”.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de ocurrencia de algún evento que implique la activación de un plan de emergencia, éste será debidamente informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través de un reporte generado y firmado por el Jefe de Emergencias. Dicho informe será cargado a través del portal de la SMA “Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental” en el siguiente link:

 

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/Account/Login?ReturnUrl=%2fSistemaSeguimientoAmbiental.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

Apéndice 2 del Anexo C1-5 de la DIA.

 

 

Tabla 9.2.6 .Situación de emergencia 6

Situación de emergencia.

Desborde del canal.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Operación.

Parte, obra o acción asociada.

Rejilla de seguridad, canales laterales.

Acciones a implementar.

La probabilidad de que el canal se desborde y genere una inundación es prácticamente nula, ya que como se mencionó anteriormente, el Proyecto cuenta con dos canales laterales que actúan como medida de seguridad ante la obstrucción de la reja, además el caudal en el canal es manejado desde la Bocatoma San Carlos y en caso de una situación extrema, se cierran las compuertas, reduciendo el caudal en el canal. No obstante lo anterior, ante la ocurrencia de inundación y desborde del canal en donde se encuentra la central, deberán tomarse las medidas indicadas en el Apéndice 3 del Anexo C1-5 de la DIA, el cual corresponde al “Procedimiento operativo ante situación de emergencia ante desborde de canal”, perteneciente al Sistema de Gestión Integrado de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional, el cual mantiene vigente la Sociedad, el cual señala que se Deberá realizar las maniobras de compuertas en Bocatoma San Carlos previa instrucción del Administrador de Canales, si este no se encontrara ubicable será el Jefe de Central el encargado de dar las instrucciones.”

 

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

En caso de ocurrencia de algún evento que implique la activación de un plan de emergencia, éste será debidamente informado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a través de un reporte generado y firmado por el Jefe de Emergencias. Dicho informe será cargado a través del portal de la SMA “Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental” en el siguiente link:

 

http://snifa.sma.gob.cl/SistemaSeguimientoAmbiental/Account/Login?ReturnUrl=%2fSistemaSeguimientoAmbiental.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo ADC-3 y ADC-4 de la Adenda Complementaria.

Apéndice 3 del Anexo C1-5 de la DIA.

 

10. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

14. Que, para que el proyecto Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

16. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

 

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes de la Asociación de Canalistas Sociedad del Canal de Maipo.

 

2°. Certificar que el proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto "Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 155 y 156 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como INOFENSIVA.

 

5°. Certificar que el proyecto “Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Mario Eduardo Arrué Canales
Director (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/MAC/MGVV/JMM/CRV

Distribución:

  • PABLO JOSE PEREZ CRUZ
  • Intendente Región Metropolitana
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Peñalolén
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional de Pesca, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Minicentral Hidroeléctrica Los Presidentes"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=d0/75/95a0218723175229960fcc00d8dca2bc6a9d


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