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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A"

Resolución Exenta Nº 107

Copiapó, 30 de Abril de 2013



VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A", presentada por el Señor JUAN ANTONIO LLARLLURI LLARLLURI, en representación de CONFINOR S.A., con fecha 13 de Marzo de 2013.

2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

 

a)     Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Declaracion de Impacto Ambiental (DIA) S/N Por CONFINOR S.A., con fecha 13/03/2013; Test de Admisión S/N Por Servicio de Evaluación Ambiental, Región Atacama, con fecha 15/03/2013; Of. Solicitud de Evaluacion DIA Nº165 Por Servicio de Evaluación Ambiental, Región Atacama, con fecha 15/03/2013; Solicitud Especial de Pronunciamiento Nº164 Por Servicio de Evaluación Ambiental, Región Atacama, con fecha 15/03/2013; Solicitud Especial de Pronunciamiento Nº166 Por Servicio de Evaluación Ambiental, Región Atacama, con fecha 15/03/2013; Informe Consolidado de Evaluación a la DIA (ICE) S/N Por Servicio de Evaluación Ambiental, Región Atacama, con fecha 24/04/2013.

 

b)    Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

Oficio Nº238 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 21/03/2013; Oficio Nº328 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 25/03/2013; Oficio Nº2948 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 01/04/2013; Oficio Nº247 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 02/04/2013; Oficio Nº162 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 02/04/2013; Oficio Nº33-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 02/04/2013; Oficio Nº242 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 02/04/2013; Oficio Nº185 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 03/04/2013; Oficio Nº110 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 03/04/2013; Oficio Nº235 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 03/04/2013; Oficio Nº233 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 03/04/2013; Oficio Nº193 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 03/04/2013; Oficio Nº300 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 04/04/2013; Oficio Nº126 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 05/04/2013; Oficio Nº734 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 12/04/2013.

 

c)     Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

 

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Almacenamiento Transitorio y Consolidación de Carga de Emulsiones Oleosas y Soluciones Ácido/Básicas en Centro de Manejo de Residuos Industriales (CMRI) de CONFINOR S.A.”, han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 

CONADI, Región de Atacama

Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama

DGA, Región de Atacama

DOH, Región de Atacama

Gobernación Marítima de Caldera

Gobierno Regional, Región de Atacama

Ilustre Municipalidad de Copiapó

SAG, Región de Atacama

SEREMI Agricultura, Región de Atacama

SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama

SEREMI MOP, Región de Atacama

SEREMI Minería, Región de Atacama

SEREMI MINVU, Región de Atacama

SEREMI Salud, Región de Atacama

SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama

SEREMI de Desarrollo Social

SEREMI de Energía, Región de Atacama

SERNAGEOMIN, Región de Atacama

SERNAPESCA, Región de Atacama

SERNATUR, Región de Atacama

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama

Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Superintendencia de Servicios Sanitarios

 

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto “Almacenamiento Transitorio y Consolidación de Carga de Emulsiones Oleosas y Soluciones Ácido/Básicas en Centro de Manejo de Residuos Industriales (CMRI) de CONFINOR S.A.” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

 

Oficio no participación en la evaluación Nº26

Por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 28/03/2013

 

Oficio no participación en la evaluación Nº12.600/27

Por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 28/03/2013

 

Oficio no participación en la evaluación Nº280

Por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 03/04/2013

 

Oficio no participación en la evaluación Nº1807

Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 08/04/2013

 

Oficio no participación en la evaluación Nº815

Por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 08/04/2013

 

Oficio no participación en la evaluación Nº00

Por CONADI, Región de Atacama, con fecha 12/04/2013

 

Oficio no participación en la evaluación Nº1259

Por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 16/04/2013

 

3. El Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A.", de fecha 24 de Abril de 2013.

 

4. La sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 25/04/2013.

 

5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A".

 

6.     Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1.     Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A.".

2.     Que, el derecho de CONFINOR S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.     Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A." consiste en:

3.1 Localización

 

El proyecto se ejecutará en la Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Copiapó, específicamente en terrenos ya intervenidos para la materialización del Centro de Manejo de Residuos Industriales (CMRI), en la denominada Zona Peligrosa en un sector distinto e independiente del sector destinado a rellenos o depósitos de seguridad, en terreno de propiedad de CONFINOR S.A. (de una superficie de 40 has), ubicado en sector Llano Seco – Portezuelo Cardones.

 

Las coordenadas geográficas y UTM de los vértices, tomadas con DGPS Garmin Venture de los vértices proyectados para la instalación del Sector de almacenamiento y consolidación de carga son las siguientes:

 

Tabla: Geo referenciación polígono ubicación proyecto

Sitio

Vértice

Coordenadas UTM del proyecto (Datum 19 J WGS 84)

ESTE

NORTE

Sector de almacenamiento y consolidación de carga

V-1

361.488

6.959.189

V-2

361.510

6.959.234

V-3

361.465

6.959.256

V-4

361.443

6.959.211

 

3.2 Superficies del Proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

 

Etapa

Superficie requerida
(m2)

Construcción

2.500

Operación

2.500

 

3.3 Monto de Inversión

US $136.000

 

3.4 Vida Útil

 

Indefinida. Sin embargo, según lo observado mediante oficio ORD. N°734 del 09/04/13 de la SEREMI de Salud, se sugiere revisar esta afirmación en futuros proyectos a presentar y considerar una reevaluación a lo menos cada diez (10) años, debiéndose presentar además un Plan de Cierre.

 

3.5 Mano de Obra

 

Etapa

N° de Personas

(Máximo)

Tiempo
(meses, años)

Construcción

8

3

Operación

2

Indefinido

Total

10

 

 

3.6 Descripción del Proyecto

 

3.6.1 Descripción Procesos Actuales

 

El Centro de Manejo de Residuos Industriales “CMRI” ubicado en la comuna de Copiapó, perteneciente a la Empresa CONFINOR S.A. entró en actividad el año 2010, y se encuentra operando en la actualidad como un sitio de disposición final de Residuos Sólidos Peligrosos (RESPEL) y la minimización de RESPEL establecidos en el Artículo 18 Lista II y III como también la Lista A del Artículo 90 del D.S. N° 148 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos” del Ministerio de Salud.

 

Actualmente en las instalaciones de la Zona Peligrosa del CMRI se desarrollan dos actividades principales, a saber:

 

a)     La Disposición Final de residuos peligrosos en Depósito de Seguridad (D.S.) denominado D.S. N°2 de acuerdo al D.S. N° 148 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos” del Ministerio de Salud y,

b)    El almacenamiento transitorio y consolidación de carga de RESPEL en Canchas 1 y 2 (Resoluciones N°1367 Y 1368) que según el mismo Reglamento no se pueden disponer en Rellenos de Seguridad (depósito de seguridad) o que dada su cantidad y frecuencia no es viable económicamente para Confinor S.A. disponer de una celda de seguridad para ellos en particular, por lo que son transportados y enviados a destinatarios autorizados para su recepción, tratamiento y/o eliminación (i.e., Gesam, Hidronor, Abengoa, entre otros).

 

3.6.2 Descripción del Proyecto o Actividad

 

El objetivo del proyecto es disponer de nuevas instalaciones e infraestructura que garanticen el manejo adecuado de residuos líquidos peligrosos y el cumplimiento de toda la normativa ambiental aplicable.

 

Generar, mantener y desarrollar el servicio de recepción y consolidación de residuos peligrosos en estado líquido, para un mercado generador existente y en crecimiento, y que por sus bajos volúmenes de generación, frecuencia y ubicación geográfica, le resulta económicamente inviable su envío a sitios de disposición final autorizados ubicados en regiones lejanas.

 

Se somete a evaluación el Almacenamiento transitorio y consolidación de carga de las siguientes categorías de residuos peligrosos:

 

·         Mezclas de aceites y agua o hidrocarburos y agua (Códigos I.9 y A4060)

·         Soluciones ácidas y (Códigos II.16 y A4090)

·         Soluciones básicas (Códigos II.17 y A4090)

 

Según lo indicado por el Titular el origen de estos residuos será: Aguas de sentina y slop de industria naviera (pesqueras, acuicultura entre otros), mezclas oleosas, aceites residuales y aguas con HC provenientes de lavado y mantención de vehículos, equipos y maquinarias, servicentros e industria de transporte, vertidos ácidos y alcalinos provenientes de la fase de digestión de muestras y aguas de lavado de material volumétrico, talleres, laboratorios, de lavado químico industrial y de ensayos de laboratorios químico-metalúrgico.

 

Sin embargo no se define en la DIA cantidad total de residuos, ni  por categoría, ni por tipo de residuo.

 

3.6.2.1 Etapa de Construcción 

 

A.    Obras

 

En su configuración constructiva, el Sector de almacenamiento y consolidación de carga, se puede dividir en tres zonas constituyentes a saber:

a)     Zona de maniobras y giro

b)    Zona de aparcamiento CISTERNAS MÓVILES y

c)     Zona de Piscinas de captación,

Toda la superficie del Sector de almacenamiento y consolidación se emplazará sobre una base continua compactada, sobre la cual se colocará una capa de 0,60 [m] de arcilla, obtenida del material sobrante del proyecto “Centro de Manejo de Residuos Industriales (CMRI), Región de Atacama” acumulada en el mismo sector, con una conductividad hidráulica inferior a 10-7 [cm/seg], luego una lámina de HDPE de 1,5 [mm] de espesor, cubierta con 0,15 [m] de arcilla con una conductividad hidráulica inferior a 10-7 [cm/seg] sobre la cual se colocará un capa de ripio de 0,3 [m] en el caso de la zona de CISTERNAS MÓVILES (a modo de carpeta de rodado) y una capa de material de relleno del mismo espesor en la zona de maniobra y giro, compactada al 95% Proctor. Las piscinas de captación quedarán terminadas en HDPE.

La zona en donde se mantendrán cada una de las 3 CISTERNAS MÓVILES estará dividida en tres áreas separadas por un pretil formado con el mismo material de relleno, recubierto por la misma lámina de HDPE, de 0,7 m sobre el nivel del piso. Cada área dispondrá de una piscina de captación de líquidos ante la posibilidad de derrames.

El Sector de almacenamiento y consolidación contará con un cerco perimetral de 1,8 [m] de rollizos de madera impregnada con malla raschel tensada con tres hebras de alambre para impedir el paso de personas y animales, dispondrá de un portón de ingreso y contará en todo su perímetro de un peralte impermeabilizado continuo, a excepción del lugar de entrada y salida, con HDPE, de 0,7 m de altura. Las CISTERNAS MÓVILES contaran con la señalización indicada en la Norma Chilena NCh 2.190 Of 03, de acuerdo a las características del residuo almacenado.

Respecto a las actividades a realizar para la materialización de lo antes mencionado se considera lo siguiente:

a.1 Instalación de Faenas

Para la habilitación del Sector de almacenamiento y consolidación, se requiere de una instalación de faena que se emplazará dentro del CMRI cercano a la zona de obras. Para ello, CMRI dispondrá de un área de 500 m2 destinada a las diferentes empresas contratistas que efectuarán las obras. Estas empresas serán las responsables de proveer a sus trabajadores agua potable, baños químicos y alimentación. CMRI dispondrá en el área contenedores (tambores) para el almacenamiento transitorio de los residuos asimilables a domésticos e industriales que se puedan generar durante la fase de construcción, el manejo estará en concordancia con el Plan de Manejo con que cuenta el CMRI.

El titular del Proyecto indicó en la DIA que, velará que los contratistas cumplan con lo establecido en el D.S 594/99 del MINSAL en cuanto a que el suministro de agua potable sea el adecuado y los servicios higiénicos, específicamente en lo relativo a cantidad y distancia a los puestos de trabajo. Además, velará para que los contratistas conserven el correcto mantenimiento y funcionamiento de los respectivos servicios asociados a este Proyecto.

a.2 Movimiento de Estéril

Se prevé que el movimiento de material requerido para este proyecto corresponderá principalmente al traslado de material estéril y arcilla existente en el mismo CMRI, además del material logrado en la preparación del terreno.

a.3 Preparación del Terreno

La preparación del terreno se inicia con el movimiento de tierra con el objetivo de alcanzar el nivel para la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno. El material estéril logrado de la preparación del terreno será redistribuido y utilizado para el peraltamiento, formación de pretiles y nivelado. Inmediatamente de nivelado y compactado el terreno, se ejecutarán las obras relacionadas a la habilitación de pretiles y/o peraltes, excavación y terminado de piscinas de contención (3 unidades) y zanjas de anclaje de la geomembrana. Se contempla la habilitación de un camino interno en terreno natural compactado para acceder a la construcción y posterior operación del Sector de almacenamiento y consolidación.

a.4 Instalación Geomembranas

La geomembrana se proyectará sobre los perfiles alcanzados para pretiles, peraltes, piscinas. Esta geomembrana será anclada a una zanja rellena con material granular compactado.

En torno a esta componente de las obras, mediante oficio ORD. N°193 del 03/04/13 de la Dirección General de Aguas, se hace presente que el Proponente deberá presentar en su oportunidad los respectivos certificados del material impermeabilizante que será utilizado con esos fines.

a.5 Relleno y Nivelado

Luego de instalada la geomembrana será cubierta con una capa de 0,15 [m] de arcilla compactada con una conductividad hidráulica inferior a 10-7 [cm/seg] sobre la cual se colocará un capa de ripio de 0,3 [m] en el caso de la zona de CISTERNAS MÓVILES (a modo de carpeta de rodado) y una capa de material de relleno del mismo espesor en la zona de maniobra y giro, compactada al 95% Proctor. Las piscinas de captación quedarán terminadas en HDPE.

 

B.    Mano de Obra, Servicios y Suministros

b.1 Mano de Obra

En la tabla se muestra la mano de obra por actividad en la fase de construcción:

 

Tabla: mano de obra máxima probable por etapa fase construcción

Etapas

Mano de obra máx probable

Instalación de faenas

3

Movimiento de estéril

4

Preparación del terreno

8

Instalación de geomembrana

6

Relleno y nivelado

4

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

b.2 Campamento

No se contempla la habilitación de un campamento de construcción, puesto que los trabajadores viajarán diariamente a las obras según la actividad desarrollada, desde la ciudad de Copiapó y/u otras localidades cercanas. Las empresas contratistas tendrás su instalación de faenas dentro de las instalaciones de CMRI.

b.3 Insumos

Los principales insumos estimados para la fase de construcción de las obras del Proyecto se presentan en la siguiente tabla:

 

Tabla: insumos fase de construcción

Etapas

Cantidad

Geomembrana 1,5 mm

3500 m2

Agua industrial

300 m3

Arcilla

500 m3

Material de Relleno

2000 m3

Ripio

150 m3

Agua potable

1 m3

Combustible

1 m3

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

El agua potable para abastecer a los trabajadores será suministrada a través del sistema de botellones por el respectivo contratista, la que deberá cumplir con lo establecido en la norma NCh 409/Of.05 “Requisitos del Agua para Consumo Humano”.

El agua industrial requerida para las actividades de construcción del Proyecto, se obtendrá desde el sistema de abastecimiento actual de agua mediante contratista, la cual será utilizada tanto para los trabajos a realizar, como para la humectación de los caminos según sea la necesidad del Proyecto.

b.4 Maquinarias y Equipos

Entre la maquinaria y equipos y cantidad a emplear para la construcción del Proyecto se pueden mencionar los siguientes:

 

Tabla VIII: maquinaria y equipos estimados a emplear durante las diferentes actividades de la construcción del Sector de Almacenamiento y consolidación

Etapas

Camión  15m3

Retroexcavadora

Cargador frontal

motoniveladora

Camión aljibe

Rodilo compactador

Termofusionadora

Camioneta faena

Grupo generador

Instalación de faenas

 

 

 

 

 

 

 

1

1

Movimiento de estéril

1

1

1

 

1

 

 

1

 

Preparación del terreno

 

1

1

1

1

1

 

1

1

Instalación de geomembrana

 

 

 

 

 

 

1

1

1

Relleno y nivelado

1

1

1

 

1

1

 

1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

b.5 Energía Eléctrica

El consumo de energía recaerá principalmente en el uso del equipo de termofusión, placa compactadora y equipos menores, la que se alimentará por equipo generador que se encontrará en la zona de trabajo cuado sea necesario. Se ha estimado una potencia aproximada de 8 kVA. 

 

3.6.2.2 Etapa de Operación

Los residuos peligrosos en estado líquido a recibir para su almacenamiento y consolidación tendrán diversas características de peligrosidad de acuerdo al Art. 18 y Art. 90 del D.S. Nº 148/03.

De forma general el servicio de recepción de residuos peligrosos en estado líquidos, de las categorías descritas anteriormente, consistirá en:

c)     Trasvasije mediante bombeo (succión) desde el punto de generación hacia vehículo de transporte con estanque aljibe menor de empresa debidamente autorizada.

d)    Transporte desde punto de generación hacia Sector de almacenamiento y consolidación de carga en CMRI

Los numerales anteriores no forman parte del presente proyecto toda vez que se realizará por vehículos debidamente autorizados.

e)     Trasvasije mediante bombeo desde estanque aljibe menor hacia CISTERNAS MÓVILES autorizada según corresponda.

f)     Una vez alcanzado el volumen máximo de la CISTERNAS MÓVILES se procederá a despachar a destinatario autorizado para tratamiento, valorización y/o disposición final de su contenido según corresponda.

A. Suministros y mano de obra

a.1 Mano de Obra

Se estima que la mano de obra para la etapa de operación del sistema, corresponda a una persona que se encargará de supervisar el correcto trasvasije desde el vehículo de transporte a las CISTERNAS MÓVILES y un operario encargado de las operaciones de trasvasije. La toma de muestras, identificación y registro corresponderá a personal que hoy labora de forma habitual en las tareas diarias en CMRI.

a.2 Baños y Consumo de agua

Dada la distancia existente entre el Sector de Almacenamiento y consolidación de carga y el área de administración y servicios higiénicos del personal, se materializará sistema aprobado por Resolución Exenta N°177 y tramitará sectorialmente su aprobación y puesta en servicio. Agua purificada por botellones de 25 L.

a.3 Electricidad

El sector de almacenamiento y consolidación no se requerirá de suministro eléctrico y la iluminación nocturna será mediante luminarias solares y de acuerdo a la normativa ambiental de contaminación lumínica.

B. Control operacional

El control de ingreso de soluciones ácidas y básicas se realizará de la siguiente forma:

 

a.     La empresa interesada en el servicio de recepción de residuos peligrosos en estado líquido deberá entregar una caracterización completa del residuo a almacenar temporalmente, además de solicitar una toma de muestra al personal de CMRI.

b.    La muestra será enviada a laboratorio de destinatario en donde se definirá su tratabilidad y recepción para disposición final.

c.     Si el residuo a almacenar cumple con los límites de aceptación se coordinará su recepción y almacenamiento.

d.    Para garantizar que los residuos ingresados a la planta concuerdan con las muestras analizadas previamente, se tomaran muestras en la descarga desde el sistema de transporte. En caso que estos excedan las restricciones de entrada no se permitirá su ingreso al sistema y se procederá a rechazar el residuo, emitiendo un informa de análisis al generador y dando aviso a la Seremi de Salud el rechazo del ingreso del residuo.

e.     Registros de ingresos: En cumplimiento con lo dispuesto por SEA y Seremi de Salud, se mantendrá un registro de cada ingreso de residuos al Sector de almacenamiento y consolidación de carga.

 

3.7  Antecedentes Relevantes del Proceso de Evaluación

 

3.7.1       Caracterización de Emisiones, Descargas y Residuos

 

3.7.1.1 Etapa de Construcción

 

A.    Residuos Sólidos

a.1 Residuos Sólidos Domésticos

 

Durante la fase de construcción del Proyecto eventualmente se podrián generar residuos sólidos asimilables a domesticos que estarán principalmente constituidos por materia orgánica, papeles, cartones, entre otros.

 

Considerando un factor de generación de 0,8 kg/persona/día se estima una generación máxima probable de 6,4 kilos/día de residuos asimilables a domésticos, considerando una dotación máxima de 8 personas durante toda la fase de construcción (criterio conservador y sólo para efectos de suministro de contenedores y frecuencia de recolección adecuada).

 

En relación a la recolección y disposición, estos residuos serán dispuestos en contenedores instalados en el sector de instalación de faenas los que serán retirados por el actual servicio de recolección y trasladados al Relleno Sanitario local.

 

a.2 Residuos Sólidos Industriales

 

Los residuos sólidos industriales no peligrosos generados durante la fase de construcción, se han estimado en aproximadamente 0,05 ton/mes y corresponderán principalmente a cartones, plásticos y papeles, los cuales serán manejados por cada una de las empresas contratistas que se desempeñen en cada una de las acividades mencionadas para la fase de contrucción

 

a.3. Residuos Sólidos Peligrosos

 

No se preveé la generación de residuos peligrosos durante la fase de construcción. Cabe señalar que los contratistas realizarán las mantenciones de máquinas y equipos en talleres externos.

 

B.   Residuos Líquidos

 

b.1 Aguas Servidas

 

Para absorber la generación de aguas servidas se instalarán baños portátiles cuya mantención y limpieza será encargada a empresa externa que preste este tipo de servicio, y que esté debidamente autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. La cantidad y localización de baños químicos en la faena, estará conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud. 

 

b.2 Residuos Industriales Líquidos

 

El Proyecto no generará residuos líquidos industriales asociados a las actividades de la fase de construcción.

 

C.   Emisiones Atmosféricas

 

La estimación y análisis de emisiones atmosféricas del Proyecto dada su envergadura y transitorierdad se presenta a continuación. La principal actividad generadora probable de material particulado corresponderá al Movimiento de Estéril, Preparación del Terreno, Relleno y nivelado y la propia combustión del motor de la maquinaria a utilizar.

 

Utilizando las ecuaciones y factores de emisión contenidos en el Reporte “AP-42 de la U.S. EPA” (AP- 42, Compilation of Air Pollutant Emision Factors, Quinta Edición, Volumen I, Actualización de 2006) y “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana “del Ministerio del Medioambiente para las emisiones de material particulado asociadas a una actividad se puede estimar los valores asociados al proyecto en comento.

Sumando las tasas de emisión de las excavaciones, escarpe y combustión del motor se obtiene un total de 10,91 kg/día (22,73 g/s).

 

En cuanto a la composición del MP del movimiento de tierra su composición corresponde a polvo en suspensión proveniente de tierra natural que no tiene peligrosidad, en el caso del motor, corresponde al MP resultado de la combustión del petróleo en camiones  y maquinaria con la revisión técnica al día. Cabe señalar que estas emisiones se generarán de manera discontinua y acotada en el tiempo. De esta manera y considerando la duración específica de cada actividad durante dicho periodo, la emisión total estimada será de 0,09 toneladas de MP10.

 

D.   Ruido

 

Durante la fase de construcción del Proyecto se generarán emisiones de ruido puntuales y de baja magnitud, las que se producirán fundamentalmente por flujo vehicular, funcionamiento de maquinaria pesada para el movimiento de material esteril. Estas emisiones serán poco significativas, tendrán un efecto puntual y transitorio. En tiempo corrido se realizarán entre 3 y 4 semanas la habilitación del Sector de Almacenamiento y consolidación de carga

 

Para evaluar el efecto de esta emisión en el entorno, se ha considerado como nivel basal un valor promedio de 71,1 dB(A) lento de acuerdo a líneas bases realizadas en proyectos ubicados en la misma área (Central las Cenizas y Cardones). El punto de recepción más sensible (Población) y cercano al frente de obras del proyecto se encuentra a una distancia aproximada de 1,3 km al este.

 

Se ha establecido como aporte del Proyecto un nivel de emisión de 91,4 dB (A) lento, debido principalmente al funcionamiento de maquinarias y camion en el área de ejecución de las obras. Se ha considerado que el receptor se sitúa en una zona rural donde el nivel máximo de presión sonora no puede superar en 10 dBA el ruido de fondo carácterístico del lugar.

 

Para la etapa de construcción, se proyectó la situación más ruidosa correspondiente a la maquinaria de mayor impacto (Tabla IX). En esta etapa intervienen generalmente maquinarias alternadamente o considerablemente distanciadas:

 

Tabla  IX: niveles proyectados de emisión de niveles de presión sonora en dB (A), por frentes de obra para la etapa de construcción del proyecto, medidos a 15 metros de la fuente puntual.

MAQUINARIAS

Máquinas en frente de obra

EMISIÓN A 15, 2 METROS dB (A)1

Actividad: Preparación área de trabajo y Movimiento de tierras

Camión tolva

1

91

Cargador frontal

1

79

Retroexcavadora

1

75

Emisión total Actividad I

91,4

1 Los valores de emisión de maquinarias y herramientas se obtuvieron por literatura (US EPA, Bruel and Kjaer,1971)

 

Para el escenario estudiado, que corresponde a la etapa de construcción del proyecto, se definen las Estaciones I (Posada La Agustina), II (Central Las Cenizas) que caracterizan al receptor o receptores potencialmente impactados y sensibles al ruido.

 

El receptor más cercano al área del Proyecto (Posada Agustinas) se localiza a 1,3 km en dirección este, donde las emisiones de ruido del Proyecto serán prácticamente despreciables, manteniéndose los valores cercanos al nivel basal, esto es  71,1 dB(A). Además se debe considerar que las emisiones de ruido serán realizadas en los períodos puntuales de construcción considerados entre 3 y 4 semanas. 

3.7.1.2 Etapa de Operación

A.   Residuos Sólidos

a.1 Residuos Sólidos Domésticos

No se contempla la generación de nuevos volúmnes de residuos sólidos domiciliarios diferentes a los que se generan en la actualidad y que se manejan mediante contenedores instalados en el sector los que son retirados por el actual servicio de recolección y trasladado al Relleno Sanitario local.

El Sector de almacenamiento y consolidación no requiere de la presencia continua de operarios en éste y su permanencia (1 Supervisor y un operario) se remite a los periodos de tiempo en que efectivamente se recibibirán los residuos y se descargarán en las CISTERNAS MÓVILES.

a.2 Residuos Sólidos Industriales

No se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos.

a.3. Residuos Sólidos Peligrosos

No se preveé la generación de residuos peligrosos durante la fase de operación. En el caso de generarse algún derrame de soluciones ácidas o básicas en el sector, la tierra contaminada será recolectada, acumulada en contenedor debidamente rotulado, almacenada transitoriamente en Cancha de Acopio existente y en operación, y enviada oportunamente a destinatario autorizado.

En el caso de derrames de hidrocarburos proveniente de mezclas oleosas se recolectará la tierra, se secará al ambiente y luego se dispondrá en deposito de seguridad del CMRI informando oportunamente a la autoridad de su manejo

B. Residuos Líquidos

b.1 Aguas Servidas

Para absorber la generación de aguas servidas y dada la distancia del Sector de almacenamiento y consolidación a los servicios higiénicos en funcionamiento en la zona de administración (zona segura) y por otra parte, a la cercanía del presente con las instalaciones proyectadas (en su parte servicios higiénicos) en el proyecto “Modificación RCA N° 181 CMRI Planta de Beneficio - Reciclaje Electrónico - Infraestructura de Servicios - Recuperación de Aceites – Gasificación” calificado favorablemente mediante Resolución exenta N° 177 se materializará la implementación del sistema de alcantarillado particular cuyo PAS fué otorgado por la misma resolución y se tramitará sectorialmente la aprobación del proyecto y su puesta en servicio.

b.2 Residuos Industriales Líquidos

El Proyecto no generará residuos líquidos industriales asociados a las actividades de la fase de operación.

C.    Emisiones Atmosféricas

Dadas las características mencionadas del proyecto, éste no generará emisiones gaseosas en niveles significativos que puedan sobrepasar lo límites establecidos por las normas de emisión y calidad aplicables. La única potencial fuente de emisiones corresponderá al tránsito de vehículos de transporte. Sin embargo, las vías de acceso y caminos interiores hacia el Sector de almacenamiento y consolidación serán regularmente humectadas y se controlará, lo que actualmente se desarrolla de manera regular, la velocidad máxima dentro de éste por lo cual se previene la  resuspención de polvo y generación de material particulado. Por otras parte, el tráfico y frecuencia de llegada y salida de vehículos de transporte no se diferencia de lo que hoy se mueve normalmente.

D.    Ruido

Durante la fase de operación se prevee la llegada de los respectivos camiones, una vez alcanzado el volumen de carga de cada CISTERNA MÓVIL, además de los vehículos menores de transporte desde el generador al Sitio de almacenamiento y consolidación, lo que se traduce en una generación marginal de ruido que no dista, en lo absoluto, de los ruidos generados en la actualidad en el sector de inmisión más cercano y por tanto se cumplirá la normativa aplicable tanto por inexistencia de Niveles de Presión Sonora molestos como por distancia a los posibles receptores (Posada las Agustinas distante 1.300 m aproximadamente). 

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A." y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que en el marco del proceso de evaluación del proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A" se concluye que:

4.1 D.S. Nº 148/2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos

El titular en su Declaración de Impacto Ambiental, respecto al cumplimiento del presente decreto, ha indicado lo siguiente: “Debido a que no se generan residuos peligrosos en ninguna de las etapas de este proyecto, no se considera la presentación de un plan de manejo de residuos peligrosos a la autoridad sanitaria respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, durante el manejo de los residuos peligrosos indicados se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Durante las diferentes etapas del manejo de los residuos indicados, se tomarán todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente y no se mezclarán residuos incompatibles. Se tramitará para el Sector de almacenamiento y consolidación la correspondiente autorización sanitaria una vez obtenida la RCA, los residuos no permanecerán más de 6 meses en dicho sector y el sitio cumplirá con los requisitos del Artículo 33 del Título IV “Almacenamiento” del D.S. N° 148 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

Sin embargo la SEREMI de Salud, Región de Atacama, ha señalado en el oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013 lo siguiente: De la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia inconforme sobre la Declaración de Impacto Ambiental, por las siguientes razones:

“…El Proponente señala que para el almacenamiento transitorio y consolidación de carga de emulsiones oleosas y soluciones ácido/básicas en Centro de Manejo de Residuos Industriales de Confinor utilizará tres Cisternas móviles (remolque y semirremolque), sin embargo, la normativa vigente aplicable no considera almacenamiento transitorio móviles y deja claramente establecido las condiciones que deben cumplir, no obstante, según el art. 33 del DS Nº 148 del Ministerio de Salud, este Proyecto no se enmarca dentro de los sitios que este Decreto pudiera autorizar de manera excepcional, tales como piscinas, lagunas artificiales u otros.”.

“…El Proponente señala que el proyecto contempla utilizar una superficie de 2.500 m2  con pretiles de contención y obras anexas, sin embargo, considerando que esta instalación almacenará transitoriamente residuos líquidos peligrosos en cisternas móviles, no presenta cumplimiento al Art. 33, del DS Nº 148 del Ministerio de Salud y considerando el volumen de residuos líquidos a almacenar debió considerar superficies impermeables, resistentes estructural y químicamente a  los residuos, techadas y protegidas de condiciones ambientales, cierre perimetral protegido…”

“…Considerando que esta Autoridad Sanitaria mantiene las competencias sobre las instalaciones a las cuales le es aplicable el  DS N°148/2003 del MINSAL,  se pronuncia inconforme y considera que el presente proyecto  debe  ser retirado de evaluación por no dar cumplimiento a la normativa ambiental vigente y no presentar los requisitos para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS)”.

Además respecto a la forma de Cumplimiento del Artículo 26 del D.S. Nº 148 del Ministerio de Salud, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, ha señalado en el oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013 que, ”el proponente no considera un Plan de Manejo de Residuos Líquidos Peligrosos, según las consideraciones establecidas en el artículo 26 de dicho Decreto.”

Sobre la base de lo expuesto por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, en su oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013, órgano competente en la materia y con las facultades exclusivas de interpretar dicha normativa, es posible sostener que según lo dispuesto en el artículo 33 del DS 148 del Ministerio de Salud, el cual señala:

“Artículo 33 Los sitios donde se almacenen residuos peligrosos deberán cumplir las siguientes condiciones:

a)     Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

b)     Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

c)     Estar techados y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

d)     Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

e)     Tener una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

f)      Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93

Excepcionalmente se podrán autorizar sitios de almacenamiento que no cumplan con alguna de estas condiciones, tales como piscinas, lagunas artificiales u otros, si se justifica técnicamente que su diseño protege de la misma forma la salud de la población.”

El titular no da cumplimento a las especificaciones contenidas en dicha norma, por cuanto el lugar de disposición que el titular contempla no se ajusta a los requerimientos exigidos por la SEREMI de Salud y el ajustarse a dichas especificaciones constituiría una modificación en el diseño del proyecto presentado.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

4.2.1 Artículo 91 del Reglamento del SEIA

No obstante a lo señalado por el Proponente, quien indica que a su Proyecto no le aplica el PAS 91, debido a que utilizará el proyecto presentado y aprobado mediante Resolución Exenta Nº 177 y que tramitará sectorialmente este permiso, en consideración a que se trata de proyectos distintos y que dicha Resolución no se encuentra implementada, en el marco de la presente evaluación, debieron ser presentados los antecedentes necesarios a fin de obtener el Permiso Ambiental Sectorial 91 del D.S. Nº 95 del MINSEGPRES, lo anterior según lo indicado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, en su oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013.

4.2.2 Artículo 93 del Reglamento del SEIA

Si bien el Proponente presenta algunos antecedentes relativos a este Permiso Ambiental Sectorial, no se precisa con claridad información relevante, en relación a los siguientes literales:

a) Aspectos Generales:

a.3. Caracterización cualitativa y cuantitativa de cada residuo a almacenar.

a.8. Respecto al Plan de Control de Accidentes presentado en anexo VII correspondiente al Plan de Contingencias General del Centro de Manejo de Residuos Peligrosos de CONFINOR, debió ser presentada su actualización con respecto a la puesta en marcha de la nueva operación.

f) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a):

f.1. Respecto al cierre perimetral del Sector de Almacenamiento y consolidación, difiere respecto a lo señalado en otros párrafos del mismo numerando y texto de la DIA.

Dado lo anterior en el marco de la presente evaluación, debieron ser presentados los antecedentes necesarios a fin de obtener el Permiso Ambiental Sectorial 93 del D.S. Nº 95 del MINSEGPRES, lo anterior según lo indicado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, en su oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013.

4.2.3 Artículo 94 del Reglamento del SEIA.

En el marco de la presente evaluación, debieron ser presentados los antecedentes necesarios a fin de obtener el Permiso Ambiental Sectorial 94 del D.S. Nº 95 del MINSEGPRES. Además, de presentar el anteproyecto de medidas de control de riesgos de accidente y control de enfermedades ocupacionales, para efectos de la calificación integral del establecimiento, lo anterior según lo indicado por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, en su oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013.

5. Que, conforme lo sustentado en informe sectorial de la SEREMI de Salud, el Proyecto adolece de infracción manifiesta a la normativa ambiental aplicable, por lo que según a lo dispuesto en el inciso final del artículo 29 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, procede la elaboración del informe consolidado de evaluación.

6.     Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A." incumple la normativa ambiental vigente aplicable, que no es posible de subsanar por lo que en consecuencia se procede a la elaboración del informe consolidado de evaluación. En razón de esto no es posible realizar el análisis respecto de la concurrencia de efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, por no contar con antecedentes técnicos suficientes para evaluar y ponderar los impactos asociados al Proyecto en función de dicha normativa.

7.     Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular no presenta Compromisos Ambientales Voluntarios.

8.     Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama

 

RESUELVE:

1. CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el Proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A.", presentado por CONFINOR S.A., con fecha 13 de Marzo de 2013, sobre la base de lo establecido en el artículo 19 de la Ley 19.300, el cual indica que "Se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca o si el respectivo proyecto o actividad requiere de un Estudio de Impacto Ambiental o cuando no se acreditare el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ley".

2.     CERTIFICAR que no se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, por cuanto, el Proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A." no cumple con la normativa de carácter ambiental vigente, esto es, el DS 148 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos” , habida consideración de lo expuesto por la SEREMI de Salud, Región de Atacama, en su oficio Ord N° 734 del 9 de Abril de 2013.

3.     Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Rafael Prohens Espinosa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Olivia Pereira Valdés
Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Atacama




OPV/YSN/VML/JEM

Distribución:
  • JUAN ANTONIO LLARLLURI LLARLLURI
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "ALMACENAMIENTO TRANSITORIO Y CONSOLIDACIÓN DE CARGA DE EMULSIONES OLEOSAS Y SOLUCIONES ÁCIDO/BÁSICAS EN CENTRO DE MANEJO DE RESIDUOS INDUSTRIALES (CMRI) DE CONFINOR S.A"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=d0/39/71aea29df9ad5bfbaf2c2744d6899b8aa49d


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