1. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los artículos 1° y 3° transitorios del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial del 12 de agosto de 2013; y en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
2. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Petrohue Yurts", presentada por el Señor Alejandro Izzo Bucahanan, en representación de Petrocamp SpA., con fecha 12 de Noviembre de 2013.
3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.
Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N
Por Petrocamp SpA., con fecha 12/11/2013
Test de admisión S/N
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 13/11/2013
Oficio solicitud de evaluación DIA Nº1399
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 14/11/2013
Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº927
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 13/12/2013
Adenda S/N
Por Petrocamp SpA., con fecha 26/12/2013
Solicitud de evaluación de adenda Nº1620
Por Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, con fecha 27/12/2013
3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Oficio Nº2060 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 26/11/2013; Oficio Nº605 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 02/12/2013; Oficio Nº56-EA/ 2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 02/12/2013; Oficio Nº12600 / 285 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Puerto Montt, con fecha 04/12/2013; Oficio Nº1791 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 05/12/2013; Oficio Nº694 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 06/12/2013; Oficio Nº903 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 10/12/2013; Oficio Nº4707 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 11/12/2013; Oficio Nº46 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 15/01/2014;
3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.
En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Petrohue Yurts', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos
Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
Gobernación Marítima de Puerto Montt
Gobierno Regional, Región de Los Lagos
Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
Sernatur, Región de Los Lagos
Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
4.El Acta de la Sesión Nº 2 de la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos, de fecha 29 de enero de 2014.
5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Petrohue Yurts".
1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Petrohue Yurts".
2. Que, el derecho de Petrocamp SpA. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Petrohue Yurts" consiste en:
- Titular: Petrocamp SpA.
- Rut: 76.158.245-3
- Domicilio: Parcela 12, Loteo Stocker – Puerto Varas
- Representante Legal: Alejandro Izzo Bucahanan
- Rut: 9.906.363-7
- Domicilio: Parcela 12, Loteo Stocker
- Región: Región de Los Lagos
- Comunas: Puerto Varas
- Tipología de Proyecto: p-Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita
- Fecha estimada de inicio de ejecución:03/03/2014
- Monto de Inversión: US$346.200.-
- Vida util:15 años
- Mano de Obra
| Etapa | Número de Personas | |
| Construcción | 6 | |
| Operación | 8 | |
| Total | 14 | |
- Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas
| Etapa | Superficie requerida (ha) |
| Construcción | 16,25 |
| Operación | 16,25 |
| Abandono | --------------------------------- |
- Localización: El proyecto se localizará dentro del Parque Nacional Vicente Pérez Rosales, aledaño a Ruta CG-225, al poniente del aluvión Los Patos (Sector Saltos del Petrohue), Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.
Tabla de coordenadas del proyecto, datum WGS 84
| VERTICE | LATITUD | LONGITUD |
| A | 41°10'49,49"S | 72°27'42,78"O |
| B | 41°10'50,05"S | 72°27'34,20"O |
| C | 41°10'56,25"S | 72°27'29,83"O |
| D | 41°11'00,83"S | 72°27'37,66"O |
| E | 41°11'07,00"S | 72°27'42,76"O |
| F | 41°11'03,41"S | 72°27'53,25"O |
Descripción del proyecto
El proyecto es presentado por Petrocamp SpA.,Representantes Legales son el señor Alejandro lzzo y Aldo Merello.
El proyecto consiste en la construcción de 15 yurts, 10 estacionamientos para motorhomes y/o casas rodantes, 1 casa para el cuidador, camarines y una cafetería, destinados al servicio de alojamiento de pasajeros.
Se estima una inversión de US$346.200 aprox.
El proyecto se emplazará en un área de 16,25 ha.
Los yurts son infraestructuras prefabricadas tipo carpas adaptadas para establecer instalaciones semi-permanentes,las cuales se instalan elevadas del piso sobre plataformas de madera sostenidas sobre poyos de cemento, con vías de circulación y conexión, constituidas por pasarelas de madera en su mayoría de la extensión.
Bajo las pasarelas también se conducirá la energía y agua minimizando las excavaciones e intervenciones en terreno.
Los yurts contarán con una capacidad máxima de 3 personas cada uno, las instalaciones cuentan con dormitorio y baño, no consideran cocina.
Respecto de las otras obras físicas del proyecto estas serán:
Motorhomes: corresponde a un sector aledaño al camino antiguo existente, sin bosque pero con matrorrales arbustivos del tipo retamo, el cual será habilitado para el estacionamiento de estos, se consideran 10 estacionamientos para motorhomes y casas rodantes.
Cafetería: se construirá de madera y montada sobre poyos de cemento, la capacidad máxima de personas será de 25.
Casa cuidador/trabajadores: contempla la construcción de una casa para los trabajadores del lugar también será construida en madera y montada sobre poyos de cemento, tendrá habitabilidad para 3 personas.
Camarines: se contempla la habilitación de un sector de camarines para los usuarios para realizar actividades de rafting.
Sistema de calefacción: será mediante calefactores eléctricos de bajo consumo con alta eficiencia con termostato y programable.
Sistema de tratamiento de aguas servidas: las instalaciones estarán equipadas con fosas sépticas plásticas tipo Fosanit.
Obras Físicas del proyecto
Yurts
Los Yurts, corresponden a infraestructuras prefabricadas tipo carpas adaptadas para establecer instalaciones semi‐permanentes de gran lujo y comodidad, las cuales se instalan elevadas del piso sobre plataformas de madera sostenidas sobre poyos de cemento, con vías de circulación y conexión, constituidas por pasarelas de madera en su mayoría de la extensión. También elevadas del piso, lo que minimiza el impacto sobre el ugar de emplazamiento. Bajo estas pasarelas también se conducirá la energía y agua minimizando las excavaciones e intervenciones en terreno.
Los Yurts se distinguen y diferencian por estar constituidos por instalaciones de alto estándar y confort, las que a la vez, por su diseño y materialidad, no generaran impacto en el sitio donde se localicen.
El proyecto consiste en la instalación de 15 Yurst, con una capacidad máxima para 3 personas cada uno, y en cuyas instalaciones constan de dormitorio y baño, y no consideran cocina. La ubicación de cada uno de los Yurts y sus instalaciones; y descripción de la obra, se presentan en Anexo 1 y 2 de la DIA.
Motorhomes
El sector de motorhomes corresponde a un sector aledaño al camino antiguo existente, sin bosque pero con martorrales arbustivos del tipo retamo, el cual será habilitado para el estacionamiento de estos.
El proyecto considera la habilitación de 10 estacionamientos para Motorhomes, y casas rodantes, los que serán ubicados en lugar entre los árboles y separados unos de otros.
Cada sitio tiene una toma de energía universal y agua, además de un mesón de madera para que puedan también estar al aire libre. La ubicación de las instalaciones se presenta en Anexo 1 de la DIA.
Cafetería
La cafetería se construirá de madera y montada sobre poyos de cemento al igual que los Yurts y ubicada en un sector con ausencia de bosque, pero con matorrales arbustivos del tipo retamo. El principal objetivo de esta cafetería es dar desayuno a los pasajeros de los yurts y tener un lugar común para reunirse y obtener información de las actividades del parque y servicios asociados. La cafetería tendrá una capacidad máxima de 25 personas.
La ubicación de la obra e instalaciones y especificaciones técnicas se presentan en anexos 1 y 2 de la DIA respectivamente.
Casa Cuidador/Trabajadores
El proyecto contempla la construcción de una casa para los trabajadores del lugar, y será construida de madera y montada sobre poyos de cemento, la cual tendrá una habitabilidad de 3 personas, y al igual que las demás instalaciones será ubicada en un sector con ausencia de bosques. La ubicación de la obra e instalaciones y especificaciones técnicas se presentan en anexos 1 y 2 de DIA.
Camarines
El proyecto contempla la habilitación de un sector de camarines en el Sector Los Patos, para los usuarios que históricamente han utilizado el lugar para realizar actividades de rafting. En el caso de requerir instalaciones sanitarias, estos usaran las instalaciones sanitarias de la cafetería. La ubicación de las obras, se presentan en Anexos 1 y 2 de la DIA.
Sistema de Calefacción
La calefacción será mediante calefactores eléctricos de bajo consumo con alta eficiencia con termostato y programable en el tiempo. Con esta calefacción se evita cualquier sistema de combustión reduciendo el riesgo de incendio y contaminación. Además de ser totalmente autónoma Anexo 3 de la DIA
Servicios Básicos
La fuente de abastecimiento de energía eléctrica será solicitada a la empresa abastecedora de energía del sector, y cuyo proyecto de instalación de obras, será informado a la autoridad sectorial de manera oportuna.
El agua de consumo humano en etapa de operación corresponderá a agua embotellada, de fabricantes o proveedores autorizados.
El agua para los servicios sanitarios estimados se muestra en la tabla 3. El volumen se obtendrá desde un pozo en el predio, mediante bombeo mecánico. El agua potable será conducida a presión dentro de tubos de pvc hidráulico de acuerdo a la norma, las tuberías de pvc se conducirán bajo tierra desde el pozo de bombeo hasta las pasarelas de comunicación entre las construcciones, donde dichas tuberías se conducirán bajo estas, con la intención de generar un mínimo impacto. El agua extraída desde el pozo será sometida a latinización según normas del servicio nacional de Salud que para este caso sería Cloración mediante bomba dosificadora.
Volumen estimado de agua en la etapa de operación del proyecto
Instalación, Yurts, capacidad 15 x 3 hab, volumen máximo 150 l/háb/día , volumen estimado 6.750 l/día
Instalación Motorhome, apacidad 10 x 3 háb , volumen máximo, 150 l/háb/día, volumen estimado 4.500 l/día
Instalación Casa Cuidador, capacidad 1 x 3 háb, volumen máximo 150 l/háb/día , volumen estimado 450 l/día
Instalación Cafetería, capacidad 94,05 m2, volumen máximo 40 l/m2/día, volumen estimado 3.762 l/día
Los puntos de captación de aguas serán informados una vez realizados los estudios y se entregaran todos los antecedentes técnicos para la solicitud ante la autoridad correspondiente.
Para el sistema de elevación, se consideraran dos bombas, una a servicio y la otra de reserva, que impulsen un caudal mínimo.
Sistemas de tratamientos de aguas servidas
Se presenta en Anexo 1 Plano de emplazamiento con la ubicación Yurts, estacionamiento, cafetería, casa del cuidador, fosas sépticas, planta de tratamiento y sectores de infiltración. El proyecto no considera la evacuación de baños químicos de las casas rodantes y Motorhomes en las instalaciones del proyecto.
Al interior del terreno no se observan cursos de aguas superficiales, solo aquellos que limitan con el área del proyecto (Anexo 1). Las características hidrogeológicas del sitio de infiltración, la estratigrafía, el coeficiente de absorción se presentan en Informe de Laboratorio Labotec (Anexo 3 de la DIA).
Las instalaciones estarán equipados con fosas Sépticas plásticas tipo Fosanit las cuales reducen la materia orgánica mediante bacterias anaeróbicas. Este modelo de fosa posee un tanque de tres cámaras con una secuencia de tratamiento que consiste en primer lugar en una cámara de sedimentación que en algunos casos también cumple la función de trampa de grasas (no es el caso del Yurt ya que no hay cocina), de allí el agua pasa a una cámara con condiciones anaerobias donde se reduce la carga orgánica disuelta. La tercera cámara cumple las funciones de sedimentador secundario para clarificar el agua antes de ser dispuesta en un campo de oxidación.
En este caso los Yurts manejan una ocupación promedio de 3 personas y solo en temporada alta. Normalmente son 2 personas por yurt. Además los turistas normalmente estarán fuera del Yurt durante casi todo el día en otras actividades dentro del parque lo que disminuye la utilización diaria de agua y disminuye el volumen de desagües. Sin embargo se utilizara el cálculo promedio para una casa de 3 personas incluyendo cocina, lo que finalmente se traduce en un menor consumo y desecho de agua.
La utilización a lo largo del año es gradual, es mínima en invierno, mediana en primavera y alta en verano, luego media en otoño de acuerdo al flujo de turismo tradicional en la región. Lo anterior se traduce en que las bacterias estarán siempre presentes y activas pero con periodos suficientes para que la población se adecue a la cantidad de sólidos diarios en distintas épocas del año.
Los antecedentes sobre la cuantificación y caracterización del efluente a infiltrar en plena capacidad del proyecto se presentan en Anexos 4 y 5 de la DIA.
En relación a la profundidad de la napa freática se señala que esta se encuentra ubicada a una profundidad mayor de los 2 metros, según calicata realizada por el titular. El sentido de escurrimiento, presenta un sentido de tipo vertical el cual asegura una baja probabilidad de escurrimiento a cursos de agua superficiales.
Tratamiento y eliminación de residuos
En la etapa de construcción se generan residuos sólidos como resultado del proceso de construcción. Cabe mencionar que los desechos a generar son mínimos, y principalmente cortes de madera dimensionada ya que el armado de instalaciones se realizará con materiales pre dimensionado, y no se contempla el uso de hormigon o cemento en la obra. Los desechos generados en la construcción, serán recolectados y depositados en contenedores, para su posterior traslado al vertedero municipal.
En la fase de operación, solo se generan residuos sólidos de tipo domiciliario, los que serán almacenados en contenedores plásticos con tapas herméticas y desmontables, situados en el exterior de las instalaciones, los cuales tendrán el debido resguardo o protección para animales silvestres, para luego ser trasladados a la zona de retiro en el sector por camión municipal que luego los llevara a vertederos autorizados. Se estima una generación de 0,5 Kg por día por persona.
Volumen de Residuos sólidos estimado durante la instalación y operación del proyecto.
Los Desechos de materiales de construcción, principalmente trozos de madera, tendrán un volumne de 0,3 m3 por mes , el destino de Vertedero Municipal, se recolecta y se retiran por camión de basura.
Los Desechos orgánicos e inorgánicos en la etapa e operación , el volumen de estos residuo será de 41,5 kg/día Se recolecta y se retiran por camión de basura el destino será el vertedero municipal.
Plan de contingencia y evacuación de usuarios
Se incorpora a la presente Declaración de Impacto Ambiental, un plan de Contingencia y evacuación de usuarios (Anexo 8), el cual incorpora propuestas sobre difusión, procedimientos de emergencia, equipamiento, sistemas de radiocomunicación y vías de evacuación para personas y vehículos en los extremos del proyecto, todo esto ante la posible ocurrencia de aluviones por lluvias o deshielos del Volcán Osorno, y riesgos de erupciones volcánicas.
Etapa de Operación
Una vez terminadas las obras y puesta en marcha, el proyecto comenzará la etapa de operación.
La etapa de operación, presentara una marcada estacionalidad, la cual considera una mayor ocupación el periodo de primavera‐ verano, mientras que durante el periodo otoño‐ invierno, el grado de ocupación del proyecto será eventual. El proyecto contempla una habitabilidad máxima de 45 pasajeros en los yurts, y una ocupación de 10 Motorhomes.
Etapa de Abandono
El proyecto considera como etapa de abandono, la fecha de expiración de la concesión para la administración y explotación comercial del proyecto, de no renovarse esta concesión, se retiraran todas las instalaciones existentes, todo residuo o materiales que permanecieran en el lugar.
PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
Emisiones a la atmósfera
No existirán emisiones, ya que se considera para todos los efectos energéticos el uso de energía eléctrica.
Efluentes líquidos
E proyecto considera descargas de efluentes líquidos provenientes del uso de agua para diferentes servicios: lavado de vajilla, servicios sanitarios y otros. Como se ha señalado anteriormente, el efluente será diluido a través del sistema de drenes e infiltrado en el suelo natural.
Residuos sólidos
En la fase de construcción se generan residuos sólidos como resultado del proceso de construcción. Cabe mencionar que los desechos a generar son mínimos, y principalmente cortes de madera dimensionada ya que el armado de instalaciones se realizará con materiales pre dimensionado, y no se contempla el uso de hormigos o cemento en la obra. Los desechos generados en la construcción, serán recolectados y depositados en contenedores situados en contenedores, para su posterior traslado al vertedero municipal.
En la fase de operación, solo se generan residuos sólidos de tipo domiciliario, los que serán almacenados en contenedores, para su posterior traslado a vertedero municipal.
Generaración de ruido
E fase de construcción se generara el ruido normal producto de la carpintería.
Durante la etapa de operación, el ruido corresponderá al ruido natural del uso familiar de estos Yurts tipo cabañas, cabe mencionar que justamente todo el estilo del proyecto es el estar en armonía con el medio ambiente.
Otras formas de energía
No, el proyecto no contempla la generación de formas de energía.
4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Petrohue Yurts" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Petrohue Yurts" cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
| ORMATIVA | FORMA DE CUMPLIMIENTO |
| Ley N° 19.300 MINSEGPRES “Ley de Bases del Medio Ambiente”. | El proyecto ingresa al SEIA, mediante declaración de impacto Ambiental. |
| D.S. N° 40/2012 Ministerio del Medio Ambiente “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. (Art. 1 y 3 Transitorio) | Con el mérito de esta presentación se acredita el cumplimiento |
| Reglamento D 301-1984 Ministerio de Salud, reglamento sobre condiciones sanitarias mínimas de los camping o campamentos de turismo. | El proyecto considera las condiciones sanitarías establecidas en el reglamento para albergar personas que hacen vida al aire libre en casas rodantes |
| D.S.594/99, Ministerio de Salud, Reglamenta aspectos relacionados con la provisión de aguas, servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas | Se cumplirá fielmente con todas las disposiciones contenidas en el reglamento, incluyendo el saneamiento básico de los lugares de trabajo y las condiciones ambientales adecuadas. En la etapa de construcción, se habilitarán baños químicos para los trabajadores, mientras que en la etapa de operación se utilizarán los servicios higiénicos de las instalaciones. Los residuos sólidos generados por el proyecto serán manejados y transportados de acuerdo a la normativa vigente y dispuestos en lugares autorizados. |
| D.S. N° 459/92 del Ministerio de Bienes Nacinales | Declara que el Lago Todos los Santos está sometido a la Normativa Legal y Reglamentaria que señala, y que su adminstración corresponde a CONAF, como parte del Parque Nacional Vicente Pérez Rosales. |
| Ley N° 20.283 sobre recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal, Normativa sobre la Recuperación delBosque Nativo y Fomento Forestal, y sus Reglamentos, entre ellos el Reglamento General D.S. N° 93/2008. MINAGRI | El proyecto no afecta los recursos forestales en forma extractiva. Propende a su conservación. |
| D.S. N°701/74 y su reglamento, regula la corta y explotación de corte nativo y la obligación de reforestar. | El proyecto no considera un plan de manejo forestal, ya que solo se precisará de la corta de árboles aislados que no constituyen bosque, para lo cual se solicitará la autorización previa a CONAF |
| D.S N° 82/10 Ministerio de Agricultura, y su reglamento sobre el suelo, agua y humedales | El proyecto cumplirá con esta normativa |
| D.S. N° 276/80 Ministerio de Agricultura, Reglamento sobre roce a fuego. | El proyecto no contempla la eliminación de la cubierta de pastos a través de quemas controladas. |
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Petrohue Yurts" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el artículo 91 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Respecto de este PAS la Seremi de Salud en ICSARA 1 solicita al titular todos los contenidos técnicos y formales para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para otorgar el PAS señalado en el Art. 91 del D.S. N° 95/2001, de acuerdo a:
a) Profundidad de la napa freática en su nivel máximo de agua, desde el fondo del pozo filtrante.
b) Calidad del terreno para efectos de determinar su índice de absorción.
c) Calidad del terreno necesario para infiltrar el efluente tratado.
En la Adenda 1 el titular del proyecto entrega la información requerida por la seremi esto es Informe de laboratorio LABOTEC y la Memoria de Cálculo para Aguas Servidas.
Con esta información la seremi de Salud de la Región de Los lagos se pronuncia conforme sobre la Adenda 1 del Proyecto Petrohue yurts indicando que cumple con la normativa ambiental en el ámbito de competencia de esta SEREMI de Salud, incluido el PAS dispuesto en el artículo 91 del D.S. N° 95/2001.
5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Petrohue Yurts" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
6. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se no ha comprometido compromisos ambientales voluntarios.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
7.- Que, para que el proyecto "Petrohue Yurts" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
8.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
9.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad.
10.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
11.- Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados.
12.- Que, se incluye a la presente resolución como parte complementaria, todos los documentos del expediente y la Declaración de Impacto Ambiental, incluida su adenda, e Informe Consolidado de Evaluación Ambiental del proyecto.
13.-Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto. deberá ser entregada por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los plazos y con la frecuencia establecidas en la presente Resolución, ingresándola al Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia al cual se accede a través de la página web http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.
14.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos;