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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones"

Resolución Exenta Nº 0247/2016

Antofagasta, 22 de Julio de 2016



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 04 de abril de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 03 de junio de 2016, del proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones”, presentado por Sociedad GNL Mejillones S.A., con fecha 18 de enero de 2016.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones”.

3°. El Acta de Evaluación N° 017/2016 de fecha 28 de marzo de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones” de fecha 05 de julio de 2016.

5°. El acuerdo N° 51  de la Sesión Ordinaria N° 16 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 14 de julio de 2016.

6°. La Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 0054/2008  de fecha 30 de enero de 2008 del EIA del proyecto “Terminal de GNL Norte Grande”, de la Comisión Regional de Medio Ambiente (COREMA) de la Región de Antofagasta, en adelante R. E. N° 0054/2008,  que se modifica a través de la presente Resolución.

7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones”.

8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma Razón, la Resolución Toma Razón N° 119046 de fecha 28 de enero de 2016 de la Contraloría General de la República que nombra Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. Nº 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

 1°. Que Sociedad GNL Mejillones S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

Sociedad GNL Mejillones S.A.

Rut

76.775.710-7

Domicilio

Avenida Apoquindo 3721 piso 20, Las Condes, Santiago, Chile

Teléfono

(56-2) 353 8800

Nombre representante legal 1

Matías Vidal Mohr

Rut representante legal 1

12.070.743-4

Nombre representante legal 2

Juan Ignacio Donoso Silva

Rut representante legal 2

13.657.425-6

Domicilio representantes legales

Avenida Apoquindo 3721 piso 20, Las Condes, Santiago, Chile

Teléfono representante legal

(56-2) 353 8800

Correo electrónico Titular o representante legal

Matias.vidal@gnlm.cl;  Juan.donoso@gnlm.cl

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de julio de 2016, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 14 de julio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones”,aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 05 de julio de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:                                

 4.1. ANTECEDENTES GENERALES

 
El proyecto consistirá en la construcción y operación de una cuarta línea de regasificación, cuya capacidad de regasificación será de 3,3 MNm3/día. Adicionalmente, el proyecto contemplará repotenciar los 3 trenes existentes en un 20% adicional a su capacidad actual para alcanzar cada uno una capacidad unitaria de 3,3 MNm3/día. En respuesta al aumento de capacidad, se instalará un sistema de generación eléctrica de 7,5 MW de respaldo para asegurar el suministro constante de energía eléctrica. Lo anterior se detalla en la siguiente tabla:

 Situación actual R. E. N° 0054/2008

Detalle “situación actual”

Funcionamiento de cada tren

Capacidad actual aprobada de cada tren (MNm3/día)

Capacidad nominal de regasificación (MNm3/día)

Dos  trenes  de  regasificación operando constantemente,  más uno de respaldo.

Constante
2,75
 
 
5,5
Constante
2,75

Respaldo (*)

2,75
 Situación con proyecto

Detalle “situación proyectada”

Funcionamiento de cada tren

Capacidad de regasificación con proyecto de cada tren (MNm3/día)

Capacidad nominal de regasificación (MNm3/día)

Tres  trenes  de  regasificación  operando

constantemente, más  uno  de  respaldo  (repotenciación en un 20% de  los  trenes  actuales,  más  la  construcción   de   un   cuarto  tren de 3,3 MNm3/día).

Constante
3,3
 
 
≈ 10
Constante
3,3
Constante
3,3

 

Respaldo (*)

3,3

(*) Opera en reemplazo de algún tren de regasificación en caso de fallas

Objetivo general

El proyecto consistirá en incrementar la capacidad nominal de la planta de regasificación a 10 MNm3/día, mediante el nuevo tren de regasificación, el cual dará la posibilidad de suministrar gas natural a nuevos clientes otorgando un acceso abierto a esta forma de energía impulsando el desarrollo del gas natural en la matriz energética del país. Además proporcionará capacidad adicional de recarga de GNL a buques, por medio de un mayor dimensionamiento de la bomba de baja presión.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

 

c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

Vida útil

La duración de la fase de construcción será de aproximadamente de 12 meses, la fase de operación será de 41 años y finalmente la fase de cierre tendrá una duración aproximada de 12 meses, contemplándose una vida útil total de 43 años.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El hito que dará inicio a la fase de construcción corresponderá a la instalación del primer contenedor en el área de instalación de faenas. Los cronogramas se detallan en la tabla 1-8 y tabla 1-13 ambos de la DIA y tabla 2 de la Adenda de la DIA.

Proyecto se desarrolla por etapas
Si
No
 
 
 
 
[X]
Proyecto modifica un proyecto o actividad
Si
No

A continuación, se presentan las modificaciones a los considerandos de la R. E. N° 0054/2008, que plantea el presente proyecto.

 Situación Aprobada
 Modificación de proyecto
Considerando
Descripción
7.2.3.3

El proyecto considerará una planta de regasificación con tres vaporizadores del tipo "vaporizador de combustión sumergida", en adelante, SCV (E-441 A/B/C).

Se considerará un cuarto vaporizador de combustión sumergida (SCV E-441D).

7.2.3.3

Los vaporizadores SCV serán capaces de regasificar el Gas natural licuado (GNL) a una tasa nominal de 5,5 MNm3/día (considerando que dos operan y el tercer equipo será de respaldo).

Se incrementará la capacidad nominal de regasificación a 10 MNm3/día con 3 trenes en operación y un cuarto de respaldo.

7.2.3.3

Previa a la entrada a los vaporizadores, se deberá aumentar la presión del GNL, todavía en estado líquido, para que una vez regasificado tenga la presión necesaria para acceder al gasoducto. Esto se realizará mediante tres bombas de alta presión (P-421 A/B/C).

Se considerará una cuarta bomba de alta presión (P-421D).

7.2.3.6

El tanque contará con bombas para líquido, sumergidas, ubicadas dentro del tanque interior.

Se considerará una cuarta bomba de baja presión (P-211D).

7.2.3.5.3

Sistema de gas utilizado como combustible para los vaporizadores de combustión sumergida (SCV).

Se considerará un skid (*) de gas combustible adicional, necesario para soportar el aumento de consumo de gas natural que provocará el cuarto vaporizador.

[X]
 
Proyecto modifica otra(s) RCA
Si
No

El proyecto en evaluación implicará realizar modificaciones a las RCA que se detalla en el Visto 6 de la presente Resolución.

[X]
 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región de Antofagasta, Provincia de Antofagasta y comuna de Mejillones.

Descripción de la localización

El proyecto se localizará específicamente dentro de los terrenos donde se emplaza actualmente el Terminal de GNL.

Superficie

La superficie total que contemplará el proyecto será 0,98 ha aproximadamente; desglosado en 0,18 ha correspondientes a la línea de regasificación más el generador de respaldo y a 0,8 ha correspondiente a la instalación de faena. De esta manera, no se considerarán superficies adicionales a las ya aprobadas  en la R. E. N° 0054/2008.

Obras a incorporar
Superficies aproximadas de las obras (m2)

Superficie del proyecto original aprobada por la R. E. N° 0054/2008

Bomba de alta presión P-421D

74,14
 
 
 
 
 
 

25 ha

Vaporizador SCV E-441D

572,19

Sistema Fuel Gas

182, 25

Línea de descarga de la bomba de baja presión (nuevo pipping asociado)

67,03

Bomba de baja presión P-211D

2,79

Sistema de generación eléctrica

de respaldo

900

Instalación de faena

7.926

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Las coordenadas referenciales de las partes y obras del proyecto se indican en la siguiente tabla. Mayores detalles de las coordenadas de los polígonos relacionados a las modificaciones del presente proyecto, se detallan en la tabla 3 de la Adenda de la DIA.                           

Instalación
Norte
Este
Bomba de alta presión P-421D
7.449.467,15
359.891,64
Vaporizador SCV E-441D
7.449.457,34
359.969,90
Sistema fuel gas
7.449.408,93
360.021,02

Línea de descarga de la bomba de baja presión (nuevo pipping asociado)

7.449.559,51
360.027,96
Bomba de baja presión P- 211D
7.449.607,83
360.006,17
Sistema de generación eléctrica de respaldo
7.449.286,43
360.131,74
Instalación de faena
7.449.166,42
360.260,60
Caminos de acceso

El acceso al área del proyecto tendrá lugar a través de caminos existentes desde la Ruta B- 262 mediante un camino de aproximadamente 3.500 m, que sigue el trazado por las calles Quinta Industrial, Av. Longitudinal, Séptima Industrial y Puerto 1.

Una vez dentro del terminal, a través de los caminos interiores pavimentados, se llega al área del proyecto.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Ubicación, figura 1-3, anexo 2 y anexo B todos de la DIA.

Coordenadas de acceso, figura 1-5 de la DIA y figura 1y respuesta 1 de la Adenda de la DIA.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. Situación sin proyecto

A continuación, se describirán  brevemente el estado actual de las líneas de regasificación existentes, con el fin de esclarecer las modificaciones sujetas al proyecto y dar a conocer los procesos de regasificación que se llevan a cabo en el terminal. No obstante lo anterior, se recalca que los procesos a continuación descritos, se evaluaron y aprobaron ambientalmente de acuerdo a R. E. N° 0054/2008.
 
El proceso de regasificación se puede dividir en 4 etapas, de los cuales el presente proyecto sólo modificará las instalaciones asociadas a las actividades de “vaporización” descritas en el EIA original. Dichas etapas se nombran a continuación.
 
a)   Proceso de regasificación
  • Recepción del gas natural licuado
  • Almacenamiento de GNL
  • Regasificación (vaporización)
  • Entrega de gas natural
b)    Trenes o líneas de regasificación
  • Bombas de baja presión P-211 A/B/C
  • Bombas de alta presión P-421 A/B/C
  • Vaporizadores E-441 A/B/C
Mayores detalles del proceso productivo actual, se describen en el  numeral 1.4.1.1 y numeral 1.4.1.2 de la DIA
 
Finalmente, en relación a las tuberías de descarga de GNL desde los buques y del estanque de almacenamiento terrestre de GNL, indicados en el numeral  7.4.2.2 de  la  R. E. N°  0054/2008,  no  se  modificará por el aumento de capacidad de 5,5 a 10 MNm3/día (proyectado), puesto que aunque se aumente  eventualmente  la  frecuencia  de  arribo  de  buques  con  GNL  y  la  capacidad  de regasificación,  el  proceso  de  descarga  y  transferencia  del  GNL  desde  barco transportador  al estanque  en  tierra  se  mantendrá  igual,  en  un  periodo  medio  de  descarga  de  18  a  24  horas.  Asimismo,  el  estanque  de  almacenamiento  terrestre  mantendrá  inalterada  su  capacidad  de  recepción de gas, ya que se mantendrá el equilibrio entre mayor frecuencia de arribo de buques  y la salida del gas por aumento de la capacidad de regasificación.
 
4.3.2. Situación con proyecto

A continuación se describen las partes y obras del presente proyecto. Mayores detalles, ver anexo 2 y anexo B de la DIA.

4.3.2.1. Ampliación de regasificación

La cuarta línea de regasificación estará compuesta por los mismos equipos descritos previamente, considerando una capacidad mayor de hasta un 20% de su capacidad actual. El aumento de capacidad será limitado por los espacios reservados para el proyecto, y la capacidad de los ductos comunes entre ellos, lo que será definido más precisamente durante la ingeniería de detalle del proyecto (ver figura 1-6 de la DIA).

a)       Bomba de baja presión P-211D

Los equipos e instrumentos de la bomba se situarán en la parte superior del tanque para evitar riesgos de fuga. La bomba puede sacarse del tanque y cambiarse sin interrumpir la explotación del mismo y la boca de salida será por el mismo conducto de impulsión (o pozo) hacia la zona superior del tanque (ver figura 1-7 de la DIA).

El dimensionamiento de la bomba será realizado considerando la posibilidad del desarrollo de la recarga de buques, que facilitará el cabotaje de buques de GNL de mediana escala y al estar sumergida dentro del tanque tendrá una afección al ruido exterior despreciable. La bomba  tendrá  las  mismas características de las bombas  que operan actualmente en el Terminal. Sus características de diseño tales como: caudal, altura, dimensiones, entre otros, se detallan en la tabla 4 y tabla 5 de la Adenda de la DIA.

La potencia eléctrica de la bomba será del orden de 120 kW, lo que representa un aumento relativamente menor al nivel de la planta y será de similares características a las bombas instaladas actualmente en la parte superior del estanque terrestre de GNL, por lo que solo varía la cantidad en relación a lo que se estipuló en la R. E. N° 0054/2008.

b)       Línea de descarga de la bomba de baja presión

La línea de descarga de GNL será similar a las existentes, esto es, 6” de diámetro, de acero inoxidable protegido por una aislación térmica para aplicación criogénica y tendrá una longitud aproximada de 120 m y será dimensionada en función de la capacidad de la bomba de baja presión. La línea de descarga del GNL se instalará en infraestructura actual, integrándose perfectamente según un ruteo previsto en el diseño del proyecto original por la plataforma de soporte de las cañerías. Esta conexión se iniciará en la descarga de la bomba de baja presión en el techo del tanque, hacia su punto de conexión con la línea de descarga principal. Se realizarán nuevos estudios de flexibilidad para determinar con exactitud las adaptaciones requeridas en los soportes para confirmar o reforzar el diseño inicial considerado en el proyecto original (ver figura 1-8 y figura 1-9 de la DIA).

c)       Bomba de alta presión P-421D

La zona de emplazamiento de la bomba estaba considerada desde el diseño inicial del proyecto original, no obstante el pozo no ha sido desarrollado. Por tanto esta zona requerirá obras de movimiento de tierra, debido a la necesidad de proteger las instalaciones cercanas. La bomba  tendrá  las  mismas características de las bombas  que operan actualmente en el Terminal. Sus características de diseño tales como: caudal, altura, dimensiones, entre otros, se detallan en la tabla 4 y tabla 5 de la Adenda de la DIA.

d)       Vaporizador E-441D

El nuevo vaporizador será de características similares a los vaporizadores instalados actualmente en el área de vaporizadores, por lo que solo varía la cantidad en relación a lo que se estipuló en la R. E. N° 0054/2008 (ver figura 1-11 y figura 1-12 de la DIA). Mayores detalles de las características de diseño del vaporizador, se encuentran en la respuesta 14 de la Adenda de la DIA.

Los gases de combustión que saldrán por la chimenea del vaporizador estarán saturados con agua a una temperatura ligeramente superior a la del baño de agua, por esta razón en épocas de bajas temperaturas se verá una pluma de vapor de agua. Estos calentadores tienen una eficiencia térmica del orden de un 98%, consumiendo cerca del 1,5% del gas que vaporizan. Cada uno de los vaporizadores de combustión sumergida generará alrededor de 4,5 m3/h de agua, que proviene de la condensación de vapor de agua que aparece como producto de la combustión. Consecuentemente, operando a capacidad nominal, se generará aproximadamente 9 m3/h de agua con 2 vaporizadores y el aumento de capacidad del proyecto generará cerca de 7 m3/h adicionales en operación nominal, y hasta 22 m3/h en total en funcionamiento de punta con 4 vaporizadores.

Esta agua es levemente ácida y será neutralizada con soda cáustica en un estanque (aprobado) de alrededor de 6 m3 de capacidad y se almacenará en un tanque de servicio de aproximadamente 2.200 m3 aprobado en el proyecto original. Parte de esta agua será potabilizada y el resto se mantendrá como agua de servicio (riego proyecto paisajístico del proyecto original, descargas excedentes al mar) y de incendio. Mayores detalles, ver respuesta 14, letra d) y e) de la Adenda de la DIA.

e)       Sistema de gas combustible

La ampliación del sistema de gas combustible (skid de fuel gas) será necesaria para soportar el aumento de consumo de gas natural que provocará el cuarto vaporizador. Esta extensión estuvo prevista en el diseño inicial del terminal, por ende los puntos de conexión serán habilitados.

El gas combustible consumido por un vaporizador será de 1.218 kg/h y la potencia de calefacción necesaria será de 42,3 kW/h. Para este caso, 2 calentadores serán necesarios para abastecer el gas combustible, por lo que ningún equipo de respaldo estará disponible. Por consiguiente, el proyecto contemplará la realización de una tercera línea de gas combustible de respaldo, de la misma capacidad que lo existente.

A plena capacidad de punta los 4 trenes pueden funcionar con 2 líneas de gas combustible solamente con una potencia de calefacción requerida de menos de 205 kW (ver figura 1-13 de la DIA).

4.3.2.2. Repotenciación de los equipos existentes

El objetivo de repotenciar las líneas de regasificación existentes será lograr el equilibrio óptimo de la capacidad nominal de la planta entre las cuatro líneas de regasificación que existirán, obteniendo una capacidad nominal para cada tren de 3,3 MNm3/h aproximadamente. Para tal efecto, se hicieron mediciones de desempeño en operación, para localizar “cuellos de botella” y poder identificar las medidas que permitan descongestionar la capacidad global de la planta sin cambiar las instalaciones existentes, sino modificando algunos equipos.

a)      Cambios aguas arriba del absorbedor

Antes de que el GNL sea descargado hacia la planta de regasificación, específicamente a las bombas de alta presión, pasa antes por un recondensador o absorbedor. La velocidad del gas licuado en la tubería puede aumentar razonablemente conforme a los valores de diseño de ellos. Lo que contemplará el proyecto será cambiar los rodetes de las bombas de baja presión para compensar la caída de presión producida por el aumento de caudal y adicionalmente, se cambiará la válvula de control a la entrada del mismo absorbedor diseñada para el nuevo caudal.

b)      Cambios agua abajo del absorbedor

Al igual que para aguas arriba, se contemplará el cambio de los rodetes de las bombas para permitir una operación a presión más alta, y así dejar la velocidad inferior a 20 m/s en la tubería.

Los vaporizadores tienen un margen de diseño del orden de 10%, por lo que tienen la facultad de soportar un caudal superior a la capacidad nominal actual. De esta manera, el cambio de las 2 válvulas de control de cada vaporizador le dará más flexibilidad en el rango de presión y una mayor capacidad de regasificación.

4.3.2.3. Sistema de generación eléctrico de 7,5 MW

Esta alternativa consistirá en la instalación de tres generadores de respaldo de 2,5 MW cada uno, resultando en una capacidad total de generación eléctrica de 7,5 MW que utilizará gas natural para la combustión y generación de energía eléctrica. Esta alternativa requerirá la modificación del circuito gas que básicamente consistirá en una conexión con el circuito de fuel gas desde un tie-in existente (punto de intersección en el cual alguna nueva línea pasará a formar parte de una línea existente) para conexión en la red de fuel gas de la planta. La operación del sistema será automática desde la sala de control existente. Dichos generadores funcionarán en los escenarios previstos y descritos en el numeral 1.6.1.2 de la DIA.

Por otro lado, la ficha técnica de los generadores de respaldo se adjunta en el anexo 10 de la DIA, mientras sus características se detallan en la respuesta 16 de la Adenda de la DIA.

4.3.2.4. Instalación de faenas

Se habilitará un área para la instalación de faenas de 7.926 m2 aproximadamente (ver figura 1-14 de la DIA). La superficie a utilizar contará con sectores planos y desprovistos de vegetación, que se encuentran despejados y aptos para instalar oficinas provisorias, bodegas, talleres, etc. Para estos efectos, se utilizarán elementos prefabricados, fáciles de montar y desmontar, tipo contenedores modulares.  El detalle de las partes y obras de la instalación de faenas se muestran en el anexo 2 de la DIA.

 

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Durante esta fase las obras civiles están asociadas exclusivamente a la realización del pozo de la bomba de alta presión y a la realización de las fundaciones del área del nuevo vaporizador.

a)    Trabajos asociados al área de la bomba de alta presión P-421D

No se considerará mejoramiento del terreno, puesto que el área a intervenir se encuentra normalizada y en buenas condiciones para comenzar con los trabajos (ver figura 1-15 de la DIA).

  • Demolición de la losa existente
Se demolerá y retirará parte de la losa existente para realizar las excavaciones de la fundación de la bomba P-421D, además de alguna fundación menor para el apoyo de la plataforma de trabajo, lo cual se realizará con cortadoras de hormigón, martillos demoledores, retroexcavadora y camión tolva (ver figura 1-16 de la DIA).
 
Se estima se utilizará un total de 20 m3 de hormigón, el cual se dispondrá en el sitio de disposición transitorio a un costado de las obras, donde será retirado diariamente por una empresa autorizada y llevado a un sitio autorizado para estos fines.
  • Excavaciones y entibaciones
La excavación propuesta se realizará respetando los taludes indicados en los planos de ingeniería y en el lugar donde están las instalaciones existentes se realizará entibación para poder efectuar el corte vertical. Se estima que el total a excavar de suelo será de 339 m3  y de 20 m3 de excavación correspondiente a concreto existente.
 
Las excavaciones se efectuaran con excavadora y el retiro del material se realizará en camiones tolva a un vertedero autorizado. Se estima reutilizar un 50% del material proveniente de las excavaciones y no se mantendrá un acopio de material no reutilizado en faena, puesto que será retirado inmediatamente durante la jornada laboral.
  • Hormigón de limpieza H10
Se realizará un emplantillado de hormigón bajo la fundación de la bomba de aproximadamente 0,03 m3/mes.
  • Hormigón H30
Para esta fundación se estima verter 1,18 m3/mes de hormigón, el cual será adquirido y transportado en camiones mixer al lugar de faenas por proveedores externos. El excedente de este material será retirado por la empresa que suministra el hormigón.
  • Encofrados
Los moldajes serán metálicos de acuerdo a la geometría de la fundación de la bomba y el sistema de moldes se instalará con camión pluma y herramientas menores.
  • Enfierradura
El acero de refuerzo se confeccionará en las instalaciones del contratista en faena para luego ser montado en terreno a través de un camión pluma.
  • Insertos
Los insertos del hormigón serán prefabricados en las instalaciones de los contratistas en faena, siendo montados manualmente en su posición definitiva antes de hormigonar.
  • Foamglas® (aislamiento con vidrio celular)
Se considerará la instalación de foamglas® en la parte inferior al interior de la fundación, cuya hoja de seguridad se detalla en el anexo 2 de la Adenda de la DIA.
  • Relleno
El material de relleno a utilizar corresponderá en parte al proveniente de las excavaciones, y al adquirido desde canteras autorizadas mediante camiones tolva. El material total de relleno considerado será de 33,7 m3/mes.
  • Reposición de losa
Se deberá reponer toda la losa demolida por concepto de excavaciones. La reposición de losa será de aproximadamente 10,6 m3/mes y será de hormigón proveniente de camiones Mixer y armadura de acero en forma de malla.
  • Estructuras metálicas
Se considerará también la instalación de estructuras de acero, principalmente, la ampliación de la plataforma de las bombas de alta presión.
 
Los trabajos necesarios para la confección de esta estructura son trabajos de soldaduras, pintura, ignifugación (técnica de aplicación industrial mediante la cual se trata un material para mejorar su “comportamiento” frente al fuego), montaje mecánico, entre otras. La ejecución de estas actividades se desarrollará principalmente en los patios de trabajo del contratista en faena, donde se utilizará un camión pluma y un camión rampa para el traslado de los elementos necesarios, como por ejemplo; máquinas de soldar; andamios y tecles (ver figura 1-17 de la DIA).
  • Montaje de la bomba de alta presión P-421D
Para el montaje de la bomba P-421D, será necesario utilizar una grúa, similar a la de la figura 1-18 de la DIA, la cual se posicionará en el camino de asfalto existente.

b)    Trabajos asociados al área del nuevo vaporizador E-441D

  • Retiro de grava
Antes del inicio de los trabajos, se deberá retirar la grava existente de aproximadamente 600 m2. Los trabajos se realizarán con un camión tolva y una retroexcavadora y se pretende reutilizar el material extraído en algún sector del terminal.
  • Excavaciones
Se considerará realizar la excavación respetando los taludes indicados en los planos de ingeniería. Las excavaciones se realizarán con excavadora estimándose un total a excavar de 141 m3 aproximadamente y el retiro del material se realizará mediante camiones tolva a un vertedero autorizado. Se estima reutilizar un 50% del material proveniente de las excavaciones y no se mantendrá un acopio de material no reutilizado en faena, puesto que será retirado inmediatamente durante la jornada laboral.
  • Hormigón de limpieza H10
Se realizará un emplantillado bajo la fundación de aproximadamente 0,5 m3/mes.
  • Hormigón H30
Para esta actividad se estimará verter un volumen de 13,5 m3/mes de hormigón, el cual será adquirido y transportado en camiones mixer al lugar de faenas por proveedores externos. El excedente de este material deberá ser retirado por la empresa que suministra el hormigón.
  • Enfierradura
El acero de refuerzo se confeccionará en las instalaciones del contratista en faena para luego ser montado en terreno a través de un camión pluma.
  • Insertos
Los insertos del hormigón serán prefabricados en las instalaciones del contratista en faena, y montados manualmente en su posición definitiva antes de hormigonar.
  • Relleno
El material de relleno a utilizar corresponderá en parte al proveniente de las excavaciones y al adquirido desde canteras autorizadas mediante camiones tolva. El material total de relleno considerado será de 11 m3/mes.
  • Instalación de losa
Se deberá instalar losa de hormigón armado, cuya superficie será de aproximadamente de 460 m2. Además, será de armadura de acero en forma de malla y hormigón proveniente de camiones mixer.
  • Estructuras metálicas
Se considerará la instalación de estructuras de acero en las distintas pasarelas de acceso ubicadas en el entorno de los vaporizadores, además de fundaciones menores para el apoyo de la estructura.
 
Los trabajos necesarios para la confección de esta estructura serán trabajos de soldaduras, pintura, ignifugación, montaje mecánico, entre otras. La ejecución de estas actividades se desarrollará principalmente en los talleres del contratista en faena, donde se utilizará un camión pluma y un camión rampa para el traslado de los elementos necesarios, como por ejemplo; máquinas de soldar; andamios y tecles (ver figura 1-20 de la DIA).
  • Montaje del vaporizador E-441D
Para el montaje del vaporizador E-441D, será necesario utilizar una grúa la cual se posicionará en el camino de asfalto existente. En la medida en que el avance de las fundaciones y obras civiles lo permita, se procederá a instalar los equipos vaporizadores, donde los trabajos consistirán en el montaje de equipos y tuberías, conexiones de circuitos eléctricos y de control instrumental. Los vaporizadores serán suministrados por fabricantes de reconocida experiencia en el rubro.
 
Tanto los equipos como las actividades de montaje cumplirán con todos los requisitos técnicos, normas internacionales y nacionales correspondientes.
  • Conexiones  y terminaciones
Una vez instalados los equipos y tuberías se completarán las conexiones mecánicas, hidráulicas y eléctricas de las instalaciones mientras que las terminaciones contemplarán revestimientos, pintura, etc.         

c)    Trabajos asociados al área de la bomba de baja presión P-211D y su línea de descarga

  • Montaje de la bomba de baja presión P-211D
Será necesario utilizar una grúa la cual se posicionará en el camino de asfalto existente en el perímetro del tanque (ver figura 1-21 a la figura 1-23 de la DIA). Las actividades asociadas al montaje de la bomba, pipping y la plataforma de soporte serán:
  • Montaje mecánico de tubería y estructura
  • Pintura
  • Ignifugación
  • Instalación de soportes metálicos o modificación a existentes
  • Aislación térmica de tubería revestido con acero inoxidable
  • Soldadura de tubería y estructural
Para estos trabajos será necesario el uso de una grúa y un camión rampa para el traslado de los elementos, máquinas de soldar, andamios y tecles. El montaje de la cañería de descarga de gas licuado representará una longitud de 120 m aproximadamente.
 
El montaje de la bomba de baja presión se realizará en su pozo de bombeo mediante procedimientos estrictos, y así evitar la intromisión de objetos al pozo. El lugar referencial donde se posicionará el pozo de bombeo N° 4 se aprecia en la figura 1-24 de la DIA.

d)    Instalación de sistema de generación eléctrico

  • Excavaciones
Se realizará una excavación  de aproximadamente 1.350 m3 en el área donde se instalará el sistema de generación eléctrico de respaldo. Las excavaciones se realizarán con excavadora y el retiro del material se realizará mediante camiones tolva a un vertedero autorizado. Se estima reutilizar un 50% del material proveniente de las excavaciones.
  • Hormigón de limpieza H10
Se realizará un emplantillado bajo la fundación con el objetivo de aislar y nivelar la enfierradura de suelo.
  • Hormigón H30
Esta actividad implicará el vertimiento de hormigón en la fundación aproximadamente de 2,6 m3/mes, el cual será adquirido y transportado en camiones mixer al lugar de faenas por proveedores externos. El excedente de este material deberá ser retirado por la empresa que suministra el hormigón.
  • Enfierradura
El acero de refuerzo se confeccionará en las instalaciones del contratista en faena para luego ser montado en terreno a través de un camión pluma.
  • Insertos y relleno

Los insertos del hormigón serán prefabricados en las instalaciones del contratista en faena, y montados manualmente en su posición definitiva antes de hormigonar. Mientras que el material de relleno a utilizar corresponderá en parte al proveniente de las excavaciones, y al adquirido desde canteras autorizadas mediante camiones tolva.

  • Instalación de losa
Se deberá fabricar una losa de hormigón armado acorde a la superficie de los generadores. La losa a instalar será de armadura de acero en forma de malla y hormigón proveniente de camiones mixer.

e)    Labores de montaje eléctrico e industrial

Las actividades de montaje eléctrico (instrumentos y cableado asociado) e industrial serán instalados por profesionales especializados de los fabricantes. Toda la instrumentación para la futura operación del cuarto tren de regasificación será integrada al sistema de control existente a través de cables de control. El mecanismo automático de los equipos estará probado mediante simulaciones en fábrica, antes de ser implementado en terreno.

Los cables en interface con la planta existente y los nuevos equipos seguirán los banco ductos existentes desde los gabinetes de control y armarios eléctricos; donde se encontrarán espacios reservados para alimentar los nuevos equipos.

f)     Ampliación sistema fuel gas

Las actividades para llevar a cabo la nueva línea de abastecimiento de gas contemplarán únicamente la instalación y montaje de piping (tuberías) en los puntos de conexión.

g)    Pruebas antes de la puesta en marcha

Luego del montaje de los equipos se realizarán las pruebas previas a la puesta en marcha. Las cuales consistirán en la ejecución de pruebas de hermeticidad, resistencia mecánica de las instalaciones y pruebas de funcionamiento de los sistemas de control e instrumentos.

h)  Terminaciones mecánicas

Las labores de terminación mecánica estarán a cargo del contratista cuando todas las obras hayan sido concluidas. Se excluirán únicamente aquellos trabajos menores que no afecten la seguridad ni la operación del Terminal, tales como ciertos detalles de pinturas y de aislación, los cuales se completarán durante la puesta en marcha del mismo.

i)     Equipos y maquinarias

Los equipos y maquinarías necesarias a emplear para las actividades de construcción serán:

  • Retroexcavadora
  • Cargador frontal
  • Camión tolva
  • Camión aljibe
  • Camión rampa
  • Camión pluma
  • Camiones mixer
  • Grúa

j)     Transporte de material, personal y residuos

Se indica que el transporte de material y personal desde Antofagasta forma parte del presente proyecto, el cual fue incorporado en el inventario de emisiones adjunto en el anexo 9 de la Adenda de la DIA. Sin embargo, el transporte de residuos no forma parte del presente proyecto en evaluación.

k)     Puesta en marcha

Una vez efectuada la terminación mecánica, se procederá a la puesta en marcha del cuarto tren de regasificación. Durante la puesta en marcha, se verificarán las revisiones y pruebas operacionales en terreno, con el objeto de preparar las instalaciones para la fase de operación.

La puesta en marcha consistirá fundamentalmente en:

  • Secado interno de las instalaciones;
  • Inertizado con nitrógeno gaseoso: permite evitar mezclas aire –gas natural en las líneas de procesos previo a la puesta en marcha (ver respuesta 19 de la Adenda de la DIA);
  • Enfriamiento de las líneas hasta la temperatura de trabajo (- 160°C).

Insumos y servicios

A continuación, se detallan los insumos y sustancias químicas a utilizar en la fase de construcción. Se indica que ambas serán almacenadas en el sector de bodegas el cual contará con una superficie de 1.091 m2.

 Insumo

 Cantidad a utilizar

Agua industrial (humectación caminos no pavimentados)

3,4 m3/día
Agua potable
150 l/persona/día
Hormigón (H10 + H30) bomba alta presión
1,21 m3/mes
Hormigón (H10 + H30) vaporizador
14 m3/mes
Hormigón (H30) sistema de respaldo
2,6 m3/mes
Material de relleno bomba alta presión
33,7 m3/mes
Material de relleno vaporizador
11 m3/mes
Diesel (generador de energía eléctrica)
60 l/h
 

En relación a las sustancias químicas, se requerirán espumas para rellenos, pinturas, adhesivos, aceites, entre otros, las cuales se detallan en la tabla 7 de la Adenda de la DIA.

Recursos naturales renovables 

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de construcción.

Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas
 
Las emisiones corresponderán a material particulado y gases y provendrán de las actividades de demolición, excavaciones, carga y descarga de camiones, tránsito de vehículos, combustión de maquinarias, generador eléctrico y vehículos. Estimándose 4,49 t/año de MP10 y 3,30 t/año de MP2,5.
 
De acuerdo a lo anterior, se indica que si bien en esta fase se ejecutarán obras civiles asociadas principalmente al pozo de la bomba de alta presión y a las fundaciones del área del nuevo vaporizador, la dimensión de las obras y el tiempo de ejecución, da como resultado que sus emisiones atmosféricas sean poco significativas en relación a las evaluadas y aprobadas en el proceso de evaluación ambiental del terminal.
 
Aun cuando los aportes del proyecto resultaron ser poco significativos, se realizarán las acciones de control de emisiones que se presentan a continuación:
  • Humectación de las superficies en donde se efectúen movimientos de tierra.
  • Humectación de las áreas de tránsito vehicular por caminos no pavimentados, cuando sea requerido. Detalles del plan de humectación ver anexo 11 de la Adenda de la DIA.
  • Los vehículos que transporten arena, ripio, tierra u otros materiales similares por caminos públicos, llevarán su carga cubierta.
  • Vehículos y maquinarias en buen estado, los cuales deberán contar con mantenciones técnicas periódicas.
  • Sistema de generación eléctrica de respaldo estará debidamente inscrito, contará con mantenciones técnicas periódicas y sus emisiones serán declaradas mediante Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
b) Emisiones de ruido
 
La construcción del proyecto corresponderá a la implementación de una cuarta línea de regasificación de idénticas características a las otras tres líneas de regasificación existentes. Para el caso de la implementación del sistema eléctrico de respaldo no se contemplarán labores de construcción, por lo que esta actividad no se considerará como una fuente de ruido.
 
Sin embargo, de acuerdo a lo informado en el anexo 5 de la DIA, el proyecto dará cumplimiento al D.S. 38/11 MMA en todos los puntos evaluados para esta fase, considerando su funcionamiento en conjunto con la operación actual de la Planta. Por lo tanto no se requerirán medidas de control de emisiones sonoras.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)      Residuos líquidos
 
A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de construcción del proyecto.
 
Residuo
Generación
Manejo
Disposición final

Aguas servidas

720 m3/mes

El manejo de las aguas servidas será mediante un sistema particular de alcantarillado y una PTAS. El contratista estará a cargo del seguimiento y el registro de las salidas a disposición final de esta clase de residuos.

Se realizará a través de empresas sanitarias autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

 
b)      Residuos sólidos
 
A continuación, se detallan los residuos sólidos que se generarán durante la fase de construcción del proyecto.
 

 Residuo

Generación

Manejo

Disposición final

Domiciliarios (restos de alimentos, envases, cartón, papel y otros de similares características)

9 t/mes

Contenedores debidamente rotulados cuyo manejo estará a cargo de personal calificado.

Transportados hacia un sitio de disposición final autorizado, a través de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta (camión recolector de basura local).

Industriales no peligrosos (cartón, despuntes metálicos, plásticos, chatarra, equipos deteriorados, tuberías, maderas, cables u otros similares).

5,4 t/mes

Se almacenarán en un sitio de almacenamiento temporal destinado para su acumulación. El manejo estará a cargo de personal calificado.

Aquellos que no sean valorizables, serán dispuestos con empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Peligrosos (paños, guaipes contaminados, tierra contaminada con hidrocarburos, envases vacíos de pinturas, solventes y aerosoles, aceite mineral en desuso.

 
 
0,2 t/mes

Esta clase de residuos se almacenará en la Bodega de almacenamiento temporal (BAT) de residuos peligrosos en la instalación de faenas. El manejo se realizará de acuerdo al DS148/03 del MINSAL, donde se capacitará al personal a cargo.

Se realizará a través de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Estimación de emisiones, ver anexo 9 de la Adenda de la DIA.

 
 
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
 
Las actividades contempladas para la fase de operación del proyecto serán las mismas que se llevan a cabo en la actualidad por el terminal, que en general corresponderán a:
  • Maniobras de naves
  • Descarga y transferencia de GNL desde el barco-transportador.
  • Carga y descarga de GNL en el (los) tanque(s) construido(s) en tierra
  • Manejo del vapor de gas
  • Regasificación de GNL (mediante equipos vaporizadores SCV)
  • Despacho a gasoductos
  • Actividades de mantención de infraestructura y equipos

El cuarto tren de regasificación y el aumento de la capacidad, generará un aumento de la frecuencia de arribo de buques, potencialmente hasta 36 por año (cada 10 días). Esta situación no cambiará los procedimientos operacionales marítimos ni tampoco modificará los procedimientos generales actuales de operación del terminal.

El proyecto interviene específicamente la actividad de regasificación de GNL, sin modificar el procedimiento actual de operación. Se debe destacar que todas las actividades operacionales del Terminal serán desarrolladas de acuerdo a procedimientos estandarizados de manejo de riesgos y prevención de contingencias y emergencias actuales de GNL Mejillones. Así mismo, la condición ambiental actual del proyecto original, no se verá afectada por tal modificación. Es decir, no afectará ningún componente evaluado en el proceso de evaluación ambiental del proyecto aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008.

a)     Aumento de la capacidad de regasificación

Se ajustará la regasificación diaria conforme a las nominaciones elaboradas por los clientes. El cuarto tren de regasificación no interferirá en la operación actual del Terminal, sin embargo proporcionará mayor flexibilidad operativa.

La regasificación del Terminal se controlará regulando el nivel de presión alrededor de 80 bar en el gasoducto de salida. El aumento de la demanda en los próximos años y la conexión de la generadora Kelar en otro gasoducto, implicarán variación de esquemas operativos, en particular, la operación con 3 trenes en capacidad nominal o hasta 4 trenes en demanda de punta solo se realizará con el gasoducto Kelar en operación.
 
El ajuste del envío se realizará en el control de carga de las bombas de alta presión, las cuales tendrán 4 niveles de carga: 25%, 50%, 75% y 100%. Desde la hora de nominación diaria de los clientes del Terminal, los operadores regularán el caudal para que éste sea regular durante las 24 hrs.
 
De acuerdo a lo anterior, se indica que el despacho de gas por gasoducto aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008 no sufrirá modificaciones con motivo del presente proyecto, puesto que no obstante se aumentará la capacidad de regasificación, el  gasoducto  de  interconexión actual  fue  diseñado y construido originalmente  para  absorber  el aumento de la capacidad de regasificación de 5,5 a 10 MNm3/día (proyectado). Asimismo, se  seguirá manteniendo la temperatura y presión del gas, las cuales serán revisadas automáticamente para prevenir daños a los componentes y asegurar una operación segura. Por lo tanto, independiente del caudal de gas  que  se  inyecte  a  los  gasoductos, estos siempre estarán limitados por la presión de diseño del ducto (102 bar). Mayores detalles de lo anterior, se encuentran en el anexo 2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

b)     Sistema de generación eléctrica de respaldo

El sistema de generación eléctrico de respaldo utilizará como combustible gas natural a una tasa de consumo del orden de 1.500 kg/h y operará dentro de un periodo aproximado de 15 días al año (360 horas al año) bajo los siguientes escenarios previstos:

  • Blackout por falla en el suministro externo de energía eléctrica (se considerará 1 día).
  • Recortes en horario punta para disminuir el consumo de potencia externo (se considerará un máximo de 7 días).
  • Desde el 2016 GNL Mejillones aumentará su frecuencia de buques lo que provocaría en algunos escenarios un aumento de presión en el tanque de almacenamiento en tierra otorgando una opción de utilizar este gas para generación eléctrica. Por lo tanto se quemará el gas de superávit generando energía mediante el sistema de generación de respaldo por un periodo de 7 días.

c)    Descripción actividades de mantención y conservación

Las actividades de mantención del proyecto se realizarán de acuerdo a lo descrito en el EIA  aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008. No obstante lo anterior, la realización de actividades de mantención preventiva, será efectuada por personal de empresas contratistas o en su defecto por personal autorizado de GNL Mejillones. Cabe señalar que las actividades de mantenimiento preventivo y de mantenimiento correctivo (reparaciones a las instalaciones por fallas detectadas en el sistema), se realizará bajo estrictos procedimientos de seguridad ambiental, en donde los residuos generados por las mantenciones serán manejados de acuerdo a lo estipulado en el D.S. N° 594/99, y D.S. N° 148/04 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Insumos y servicios básicos

A continuación, se detallan los insumos a utilizar en la fase de operación del proyecto.

Insumo

Cantidad a utilizar

Agua potable
150 l/persona/día

Gas natural (sistema de generación eléctrica de respaldo)

1.500 kg/h
Energía eléctrica

Provendrá   desde   la   subestación   del   Terminal,   el   cual   alimentará   la nueva   línea   de  regasificación.

 
Cabe destacar que durante esta fase, no se utilizarán sustancias químicas adicionales a las que se encuentran actualmente almacenadas y aprobadas en la R. E. N° 0054/2008 del terminal.
Recursos naturales renovables

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de operación.

Emisiones y efluentes
a) Emisiones atmosféricas

En esta fase las emisiones a la atmósfera serán las producidas principalmente por la operación del vaporizador (donde se consideró en la estimación la condición más desfavorable, es decir, la operación de los 4 vaporizadores funcionando), y del sistema de generación eléctrico de respaldo (360 horas al año).

A continuación se detallan las emisiones de los contaminantes más relevantes de esta fase:

 
Actividad
 Emisiones (t/año)
MP10
MP2,5
HC
 NOx
CO
 SO2
COV
Vaporizador
2,24
-
-
28,78
-
-
2,039

Sistema de generación eléctrico de respaldo

0,00020
0,00020
3,82
10,59
0,82
0,0015
0,00
Total
2,24
0,0002
3,82
39,37
0,82
0,0015
2,039

Se aclara que para esta fase no se contemplarán acciones de control de emisiones adicionales a las ya evaluadas y aprobadas en el EIA de acuerdo a R. E. N° 0054/2008.

b) Emisiones de ruido
 
Las fuentes de ruido asociadas a esta fase corresponderán a los sistemas y equipos asociados a la cuarta línea de regasificación, la cual considerará sólo equipos e instalaciones terrestres, de similares características a las existentes.
 
Sin embargo, de acuerdo a lo informado en el anexo 5 de la DIA, el proyecto dará cumplimiento al D.S. 38/11 MMA en todos los puntos evaluados durante esta fase, condicionado a la implementación de una medida de control del nivel de emisión sonora del sistema eléctrico de respaldo. Dicha medida implicará que el sistema deberá estar dentro de un encierro acústico el cual estará compuesto por una plancha de acero de 1 mm de espesor + 50 mm lana de vidrio de 35 kg/m3 + plancha de 1 mm espesor perforada al 20% (10 mm diámetro). Todas las entrada y salida de gases deben contar con silenciadores tipo splitter con una pérdida por inserción IL = 10 dB.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

 
a)      Residuos líquidos y residuos sólidos

No se  generarán  residuos  líquidos ni residuos sólidos adicionales  debido  a  la  operación  del  presente proyecto , por  lo  que  las  cantidades  indicadas en el EIA aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008 no variarán.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Estimación de emisiones, ver anexo 9 de la Adenda de la DIA.

 
4.4.3. FASE DE CIERRE
 
Previo  al  inicio  de  la  fase  cierre  se  efectuará  una evaluación  a  fin  de  determinar si  una  parte  o  la totalidad  de  la  infraestructura  pudiese  pasar a  poder de terceros a través de procesos de venta a otras empresas, o si se entregará en uso o en donación a alguna institución pública o privada que requiera dicha infraestructura.
 
El presente proyecto no contemplará superficies adicionales a las ya evaluadas al interior del predio del Terminal, y las obras que contemplará serán análogas a las existentes. Es por esta razón que las actividades del cierre, se encuentran contenidas en el plan de abandono descrito  y aprobado de acuerdo  a la R. E. N° 0054/2008.
 
De acuerdo a esto, el desarrollo de los trabajos necesarios para el abandono y desmontaje de una instalación de las características  de  la utilizada  para  el  proyecto, implicará  un  proceso  similar  al que  se  utilizará para la construcción del mismo, pero desarrollado en orden inverso. En general, las estructuras  a desmantelar serán las siguientes:
  • Bombas y compresores
  • Vaporizadores
  • Tuberías y válvulas

A  continuación  se  presentan  las  actividades  asociadas  al  desmantelamiento  de  las  distintas instalaciones del proyecto.

a)    Procedimiento de desmantelamiento: instalaciones terrestres generales

Las actividades de desmantelamiento de las instalaciones terrestres generales (área de bombas y compresores) serán:

  • Desmontaje de los equipos como compresores, bombas, equipos eléctricos, etc.
  • Desmontaje de los apoyos.
  • Demolición de edificaciones e instalaciones de hormigón.
  • Molido y retirado de los restos de los cimientos.
  • Rellenos de huecos de los cimientos.
  • Acondicionamiento final y/o rehabilitación de los accesos y explanaciones.
  • Retiro, transporte y disposición final de todo tipo de residuos y materiales inertes.
b)    Reciclaje de equipos y estructuras

Respecto del reciclado de los equipos y estructuras, se considerará lo siguiente:

  • Todo  el  acero  se  puede  reciclar  para  producir  más  acero  o  para  usarlos  en procesos que necesitan chatarra.
  • El  cobre  o  aluminio  de  cables  y  conductores  puede  ser  reciclado,  así  como  aluminio de recubrimientos y forros.
  • Los  plásticos  que  no  puedan  ser  reciclados  deberán  ser  dispuestos en lugares  especialmente diseñados para su destino final.
  • Los  estanques  de  diverso  tipo  podrán  ser  utilizados  en  otras  instalaciones  que requieran  de  almacenamiento  o  serán  reducidos  a  chatarra,  al  igual  que  las tuberías de acero.
  • Todos los vidrios podrán ser reciclados en las fábricas de vidrio.
  • Los  aislantes  minerales  deberán  ser  dispuestos  en  depósitos  de  residuos  industriales o, eventualmente, ser reciclados.
c)    Limpieza del sitio

Una vez finalizados los trabajos de desmantelamiento de las instalaciones, se confirmará que éstos se hayan realizado convenientemente de forma que proporcione una   protección ambiental al área a largo plazo.

Durante el desarrollo de los trabajos se verificará que los restos producidos sean trasladados al relleno sanitario autorizado y que la limpieza de la zona sea absoluta, evitando la creación de  pasivos ambientales. En este sentido, será de sumo interés la excavación y retiro, de existir, de cualquier tipo de suelo contaminado producto de accidentes que en el tiempo de funcionamiento de  las  zonas  de  almacenamiento  de  combustibles  o  durante  el  abandono  se hubieran  podido  producir,  de  manera tal que  la superficie quede en condiciones similares a las de su  entorno  inmediato y preparadas para soportar cualquier otro uso que se pudiera prever.
d)    Restauración de las zonas perturbadas

En las actividades de restauración de las superficies se procederá a realizar el reacondicionamiento  de la  topografía  a  una  condición  similar  a  su  estado  original, reperfilando  las  superficies,  rellenando  las  zanjas abiertas,  etc.  Se  buscará  evitar  la regularidad,  simetría,  ángulos bruscos, cambios bruscos de pendiente, etc.

Para realizar el reacondicionamiento, el suelo que ha sido compactado será removido de forma tal que vuelva a su condición original, las áreas de corte deberán ser rellenadas, manteniendo la mayor área posible de la explanación para habilitarla para otros usos.

e)    Restauración componentes ambientales afectados

El proyecto no afectará significativamente componentes ambientales, por lo que no se considerarán medidas especiales. Es importante destacar que el entorno se caracteriza por escasa presencia de flora y fauna, puesto que se encuentra en una zona principalmente desértica. Además, las áreas a intervenir por el proyecto, ya fueron levantadas y aprobadas en la evaluación ambiental del proyecto original.

Insumos y servicios

Se requerirá sólo de agua potable estimándose 150 l/persona/día, mientras que los requerimientos de energía, se estima que se realizará de manera similar a la proyectada para la fase de construcción.

Recursos naturales renovables

El proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)      Residuos líquidos
 
A continuación, se detallan los residuos líquidos a generarse durante la fase de cierre del proyecto.
 
Residuo
Generación
Manejo
Disposición final

Aguas servidas

720 m3/mes

El manejo de las aguas servidas a generar será mediante un sistema particular de alcantarillado y una PTAS. El contratista estará a cargo del seguimiento y el registro de las salidas a disposición final de esta clase de residuos.

Se realizará a través de empresas sanitarias autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

 
b)      Residuos sólidos

A continuación, se detallan los residuos sólidos que se generarán durante la fase de cierre del proyecto.

Residuo

Generación

Manejo

Disposición final

Domiciliarios (restos de alimentos, envases, cartón, papel y otros de similares características)

9 t/mes

Contenedores debidamente rotulados cuyo manejo estará a cargo de personal calificado.

 

Transportados hacia un sitio de disposición  final autorizado, a través de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta (camión recolector de basura local).

Industriales no peligrosos (cartón, despuntes metálicos, plásticos, chatarra, equipos deteriorados, tuberías, maderas, cables u otros similares).

5,4 t/mes

Se almacenarán en un sitio de almacenamiento temporal destinado para su acumulación. El manejo estará a cargo de personal calificado.

Aquellos que no sean valorizables, serán dispuestos con empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Peligrosos (paños, guaipes contaminados, tierra contaminada con hidrocarburos, envases vacíos de pinturas, solventes y aerosoles, aceite mineral en desuso.

0,2 t/mes

Esta clase de residuos se almacenará en la BAT de residuos peligrosos en la instalación de faenas. El manejo se realizará de acuerdo al DS148/03 del MINSAL, donde se capacitará al personal a cargo.

Se realizará a través de empresas autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.


4.5. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.5.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

1er semestre año 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación del primer contenedor en el área de instalación de faenas.

Fecha estimada de término

1er semestre año 2018

Parte, obra o acción que establece el término

Puesta en marcha de la cuarta línea de regasificación.

4.5.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

2do semestre año 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Término de la puesta en marcha.

Fecha estimada de término

1er semestre año 2059

Parte, obra o acción que establece el término

Desmantelamiento de la planta de regasificación.

4.5.3. FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio

2do semestre año 2059

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación del primer contenedor modular en las faenas.

Fecha estimada de término
2do semestre año 2060
Parte, obra o acción que establece el término

Término de la restauración de las áreas perturbadas.


5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Emisiones de material particulado y gases

El proyecto no afectará el cumplimiento de las normas de calidad ambiental ni de emisión vigentes. Las emisiones más relevantes se generarán durante la fase de construcción, las cuales corresponderán principalmente a actividades de construcción temporales generadas por maquinarias y tránsito de vehículos; además tendrán lugar en un área de connotación industrial, energética y portuaria.

 

Por otra parte, se utilizó el modelo CALPUF para modelar la calidad de aire en la comuna de Mejillones. Al observar los aportes de material particulado MP10 y MP2.5 del proyecto sobre los receptores evaluados durante la fase de construcción (ver tabla 9-1 del anexo 9 de la Adenda de la DIA), se estima que serán inferiores a 0,02 μg/m3 tanto en concentración diaria como anuales en las estaciones emplazadas en el sector  residencial, mientras que en la estación Molynor los aportes serán inferiores a 0,3  (μg/m3).

 

Al igual que en la fase de construcción, los aportes en concentración de material  particulado  MP10 y MP2.5 del proyecto sobre los receptores evaluados durante la  fase de operación (ver tabla 9-2 del anexo 9 de la Adenda de la DIA), se estima serán inferiores a 0,01 μg/m3, tanto en concentración diaria como anual, en los receptores evaluados en la  zona  residencial  de  Mejillones,  mientras  que  en  la  estación  Molynor  los aportes en concentración diaria para MP10 alcanzarán un valor de 0,15 (μg/m3) y para la  concentración anual se obtiene un valor de 0,03 (μg/m3).

De acuerdo a lo anteriormente expuesto, es posible aseverar que el proyecto no alterará las condiciones de calidad del aire de Mejillones, por tanto no generará un efecto para la salud de la población, debido a su cantidad de emisiones atmosféricas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.2.EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo
Fauna
Debido a que el área de instalación de faena se encontrará fuera del sector de operación del actual Terminal de GNL y es el área que se asociará con el punto de observación del  nido  de  gaviotín  chico  a  400  m,  se  evaluarán por  separado  las  áreas  asociadas a la ampliación de regasificación y el área de instalación de faena.
  • Área  de  las  obras  asociadas  a  la  ampliación  de  regasificación  (fase de  construcción  y operación)

En  el  caso  del  análisis  de  los  potenciales  efectos  a  manifestarse sobre  la  fauna,  se  puede indicar  que  el  área  de  intervención  del  proyecto  constituirá 0,18  ha,  y se  encontrará dentro  del sector de operación actual del Terminal de  GNL,  el  cual presenta  una alta intervención y uso antrópico, y por tanto en ella no se registra la presencia de fauna nativa que se vea expuesta de manera directa a la “pérdida y/o perturbación de ejemplares”, y “perdida y/o modificación de hábitat” en la fase de construcción y operación.

  • Área de instalación de faena (fase de construcción)

En el caso del análisis de los potenciales efectos sobre la fauna, se puede indicar que el área de  intervención  constituirá 0,8  ha,  y  se  encontrará  fuera  del  área  de  operación  actual del Terminal de GNL,  describiéndose  como  una  superficie  con  sectores  planos  y  desprovistos  de vegetación  que  ya  fueron  intervenidos  por  faenas  de  construcción  del proyecto original, por lo que no se asocia a la presencia de fauna nativa que se vea  expuesta  a  la  “pérdida  y/o  perturbación  de  ejemplares”,  y  “perdida  y/o  modificación  de hábitat” en la fase de construcción.

En particular, con respeto a la especie Sterna lorata, se puede indicar que el área a intervenir será considerablemente pequeña, su uso se restringirá a la fase de  construcción  que  será  de  un periodo corto (máximo de 12 meses), y en ella no se han registrado nidos de la especie en los monitoreos  realizados  desde  el  2008  al  2015  por  la  Fundación  para  la  Sustentabilidad  del Gaviotín, por lo que tampoco se le atribuyen efectos significativos. Por lo tanto, en  este  sentido,  se  debe  indicar  que  no  se  generarán  los  efectos  señalados asociados  a  la  perturbación  de  la  especie  durante  su periodo  reproductivo,  debido  a  que  las actividades  relacionadas  con  la  instalación  de  faena  se  restringirán únicamente  a  esta  área,  no contemplándose el tránsito de trabajadores y/o vehículos fuera de esta. Sin embargo, con el fin de reforzar las medidas tendientes a minimizar las perturbaciones a la especie Sterna lorata, en su ciclo reproductivo, se ampliará el período de restricción para la construcción de la instalación de faena ubicada fuera de las instalaciones del actual Terminal de GNL ajustándose a lo indicado en el Decreto Alcaldicio N°1011/2008. A su vez y en caso de detectar la presencia de actividad reproductiva de la especie objeto más allá del período antes señalado, la detención de las actividades fuera del área del Terminal se ampliarán hasta que haya evidencias de la finalización del período reproductivo de la especie en el área.

 

Lo anterior se encuentra descrito en el anexo 3 de la Adenda Complementaria de la DIA, el cual contempla un  plan  de  medidas  y seguimiento para la protección de dicha especie.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

Las modificaciones a la R. E. N° 0054/2008 evaluadas en esta DIA, se ubicarán en áreas industriales, energéticas y/o portuarias, por tanto el proyecto no afectará los parámetros considerados en este literal. De acuerdo a esto, se puede concluir que el proyecto no generará reasentamiento de ninguna comunidad humana o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de ningún grupo humano.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

El proyecto no se localizará en o alrededor de áreas donde existan poblaciones protegidas, por lo tanto la materialización del mismo no afectará poblaciones protegidas.

Además, el área de influencia del proyecto no se localizará en, o alrededor de, alguna zona donde existan recursos protegidos en forma oficial. Al respecto se debe considerar que el sector en el que se realizará el proyecto, se encuentra intervenido por la operación actual del terminal, por lo que es importante destacar que las modificaciones consideradas no generarán un incremento del área aprobada por la R. E. N° 0054/2008.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

La ejecución del proyecto no implicará la obstrucción de la visibilidad a ninguna zona con valor paisajístico. Además, el área donde se emplazará el proyecto no presentará recursos o elementos con valor paisajístico o turístico y además el área de emplazamiento se encontrará intervenida por el proyecto original aprobado ambientalmente mediante R. E. N° 0054/2008.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

El proyecto no se encuentra situado próximo a Monumento Nacional alguno.

Por otra parte, no considerará la modificación, remoción, destrucción, excavación, traslado o deterioro de ninguna construcción, lugar o sitios de valor científico u histórico que pertenezca al patrimonio cultural o indígena. Por tanto, las excavaciones que se realicen, no se harán sobre superficies que no hayan sido intervenidas y evaluadas previamente, de esta manera el proyecto no alterará patrimonio cultural.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del ICE.

6°. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza del artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Planta de tratamiento modular de lodos activados aireación extendida en fase de construcción y cierre. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 5 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N°23 de fecha 12 de abril de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N°138 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

 

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase del artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos e industriales no peligrosos en fase de construcción  y cierre. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 6 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N° 23 de fecha 12 de abril de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N°140 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

 

6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos del artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Parte, obra o acción a que aplica

Almacenamiento temporal de residuos peligrosos en fase de construcción y cierre. Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 7 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD N° 23 de fecha 12 de abril de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial N°142 del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto Supremo Nº144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

En la fase de construcción y cierre se humectará el área a intervenir y los caminos que no estén pavimentados, además se considerará el sellado de tolva de camiones que transporten material y el uso de vehículos y maquinarias en buen estado (mínimas emisiones de gases). Con respecto a los vehículos y maquinarías a utilizar, los trayectos al interior del terminal serán cortos, en caminos ripeados y asfaltados, por lo que los gases de combustión liberados a la atmósfera serán mínimos y además contarán con mantenciones técnicas al día. En relación a la fase de operación, el sistema de generación eléctrico de respaldo estará debidamente inscrito y contará con sus mantenciones al día. Tanto el sistema, como el vaporizador SCV serán a gas y de última generación por lo que las emisiones de MP y gases serán poco significativas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto Supremo Nº 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Establece medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

Con el objeto de abatir las emisiones a la atmosfera producto del desarrollo de las actividades constructivas y de cierre, se implementarán los siguientes mecanismos de control: humectación de las superficies en donde se efectúen movimientos de tierra, humectación de las zonas de remoción y acumulación de tierra permanente, humectación de las áreas de tránsito vehicular por caminos no pavimentados cuando sea requerido y los vehículos que transporten arena, ripio, tierra u otros materiales similares por caminos públicos, llevarán su carga cubierta.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • D.S. Nº 54/94 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica;
  • Decreto Supremo Nº 55 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Norma para vehículos motorizados pesados que indica;
  • Decreto Supremo Nº 4/94 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

Los vehículos que se utilizarán contarán con el permiso de circulación y la revisión técnica al día y serán mantenidos periódicamente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • D.S. Nº 54/94 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

Los vehículos que se utilizarán contarán con el permiso de circulación y la revisión técnica al día y serán mantenidos periódicamente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto Supremo Nº 211/91 del Ministerio de Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Todos los vehículos livianos utilizados durante la fase de construcción  del  proyecto, contarán con  revisión técnica al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • Decreto Supremo N° 279 del Ministerio de Salud. Reglamento para el  control  de la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de combustión  interna.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Los vehículos motorizados de combustión interna relacionados con el proyecto, se les exigirán respetar la norma EURO 5, contarán con la revisión  técnica al día y serán mantenidos periódicamente. Esta obligación será cumplida por el Titular y sus terceros contratistas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA
  • D.S. Nº 138/05, modificado por Decreto Nº 90 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

 

El Titular declarará anualmente dichas emisiones a través de la página web del Registro de emisiones y transferencia de contaminantes RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.1 del ICE.


7.8. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
NORMA
  • Decreto Supremo Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Forma de cumplimiento

 
 

Para el cumplimiento de esta normativa se realizó una evaluación de ruido en 8 puntos de medición asociados a receptores identificados. Tanto para la fase de construcción y operación se cumplirá con los límites establecidos por esta normativa. El detalle completo del estudio acústico, se puede apreciar en el anexo 5 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.2 del ICE.

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 594/99 (modificado por D.S Nº 4/10) del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/67 (modificado por Ley 20.533) del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

En la fase de construcción y cierre el manejo de las aguas servidas será a través de un sistema particular de alcantarillado conectado a una PTAS. No habrá acopio de lodos, el retiro de estos y grasas se realizará considerando el diseño y los criterios técnicos otorgados por el fabricante por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria. La disposición final del residuo será en una empresa sanitaria autorizada para realizar su tratamiento. Respecto a la fase de operación, no habrá cambios en relación a lo estipulado en la R. E. N° 0054/2008 del terminal.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.4 del ICE.


7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos (domésticos e industriales)

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 594/99 (modificado por D.S Nº 4/10) del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/68 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Para la fase de construcción y cierre los residuos domésticos serán almacenados temporalmente en un área exclusiva dentro de la instalación de faena en contenedores sellados con tapa. En el caso de los residuos sólidos industriales no peligrosos, serán almacenados en un sitio de almacenamiento temporal destinado para su acumulación y posteriormente enviados a disposición segura en un botadero autorizado. Para la fase de cierre, estos serán manejados a través de un patio de salvataje.

Mientras que en la fase de operación no se generarán  residuos  adicionales debido a la  operación del presente proyecto, por lo que  las  cantidades  indicadas en el EIA aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008 no variarán
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.5 del ICE.

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA:  Residuos peligrosos

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Durante las fases de construcción y cierre, los residuos peligrosos serán acopiados temporalmente en una BAT al interior de la faena, en contenedores adecuados a la naturaleza del residuo a almacenar y dando especial énfasis en la segregación de sustancias incompatibles, rigiéndose por lo estipulado en la normativa atingente para tales efectos, tanto en materia de rotulación, como en lo que respecta al manejo seguro en general.

 

Mientras que en la fase de operación no se generarán  residuos  adicionales debido  a  la  operación del presente proyecto, por  lo  que  las  cantidades  indicadas en el EIA aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008 no variarán.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.6 del ICE.


7.12. COMPONENTE/MATERIA:  Sustancias peligrosas

NORMA
  • Decreto Nº43/15 del Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
 

Todos los insumos asociados a las actividades de construcción y procedimientos de operación, serán debidamente almacenados en una zona habilitada. Para la fase de construcción se almacenarán en una BAT, y en la fase de operación se almacenarán en la zona dispuesta y estipulada en la R. E. N° 0054/2008 del EIA. Las sustancias estarán contenidas en estanterías cerradas de material no absorbente, liso y lavable. La estantería estará construida con acero de doble pared con 40 mm de espacio aéreo aislador. El sistema de fijación se realizará con pernos de acero inoxidable de alta resistencia, y en su interior los estantes serán de acero galvanizado. También habrá tambores dispuestos en el piso.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.7 del ICE.

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 75/87 (modificado por D.S. Nº 78/97) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

El transporte del material removido y residuos durante la fase de construcción y cierre se efectuará siempre cubriendo total y eficazmente la tolva de los camiones con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. Durante de fase de operación, los residuos serán transportados en contenedores cubiertos o cerrados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.


7.14. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • D.S N°298/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.
Forma de cumplimiento
 

Se exigirá a las empresas contratistas que transporten sustancias o productos que por  sus  características  sean  peligrosas  o  que  representen  riesgos  para  la  salud, que dicho transporte se realice en base a lo establecido por la normativa vigente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • Resolución 1 del Ministerio de Transportes y telecomunicaciones. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

El  Titular  dará  cumplimiento  a  las  disposiciones  de  esta  resolución,  exigiendo  a sus  contratistas  que  los  vehículos cumplan  con  las  dimensiones  establecidas  en la presente norma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • D.S N°200/93 del Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El  Titular  exigirá  a  sus  contratistas  que  cumplan  con  el  peso  máximo  de  los vehículos que pueden circular por vías urbanas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • D.S N°158/80 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por Caminos Públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El  Titular  exigirá  a  sus  contratistas  que  cumplan  con  el  peso  máximo  de  los vehículos que pueden circular por vías públicas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.


7.18. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • Ley Nº 18.290 del Ministerio de Justicia. Ley de Tránsito

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

En caso de requerir de vehículos que excedan las dimensiones o pesos establecidos como máximos, el Titular exigirá al contratista solicitar a la Dirección Regional de Vialidad las autorizaciones correspondientes.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.

 

7.19. COMPONENTE/MATERIA:  Vialidad y Transporte

NORMA
  • Decreto con Fuerza de Ley N° 850 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840/64, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, y del DFL Nº 206/6060 Ley de Caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento
 

El  Titular  exigirá  al  contratista  solicitar  a la  Dirección  Regional  de  Vialidad  las  autorizaciones  correspondientes  en  el  caso  que  se  requiera  transportar  equipos  con sobrepeso y/o sobredimensionamiento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.8 del ICE.

 

7.20. COMPONENTE/MATERIA:  Combustible y electricidad

NORMA
  • D.F.L N° 4/08 del Ministerio de Economía. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.F.L Nº 1 de Minería de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en Materia de Energía Eléctrica;
  • D.S N° 327/1998 del Ministerio de Minería. Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos, modificado por Decreto 30 del Ministerio de energía el 4 de agosto del 2014.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
 

Los equipos tendrán sus mantenciones al día y estarán inscritos adecuadamente, tanto en el Seremi de Salud como en la SEC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1.9 del ICE.

 

7.21. COMPONENTE/MATERIA:  Combustible y electricidad
NORMA
  • D.S N° 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Aprueba  reglamento  de  seguridad  para  las  instalaciones  y  operaciones  de producción  y  refinación,   transporte,   almacenamiento,   distribución  y abastecimiento de combustibles líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.
Forma de cumplimiento
 

El  contratista encargado procurará que el equipo generador tenga sus mantenciones al día y esté inscrito adecuadamente.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.9 del ICE.

 

7.22. COMPONENTE/MATERIA:  Combustible y electricidad
NORMA
  • D.S N° 67/11 del Ministerio de Energía. Aprueba Reglamento de Seguridad de Plantas de Gas Natural Licuado.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.
Forma de cumplimiento
 

Se cumplirá con el presente decreto en relación a: diseño, instalaciones eléctricas, certificaciones, operación, mantenimiento e inspección, así como operaciones de regasificación, disposición del Sistema de Gestión de Seguridad y Riesgo (SGSR), elaboración y aplicación de un manual de seguridad y asesoría de personal de seguridad experto. Asimismo, se seguirá el estricto control interno por parte del personal de GNL Mejillones en lo que respecta a la construcción y operación de la Planta de regasificación una vez de ejecute el proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.9 del ICE.


7.23. COMPONENTE/MATERIA:  Combustible y electricidad
NORMA
  • Oficio Circular N° 4396/97 de la de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Establece obligatoriedad de declarar a la SEC instalaciones de Gas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.
Forma de cumplimiento
 

La nueva línea de regasificación tendrá su mantención al día y estará inscrito y declarado adecuadamente en la SEC.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.9 del ICE.

 

7.24. COMPONENTE/MATERIA:  Combustible y electricidad
NORMA
  • Resolución Nº 610/82 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorinados (PCB) en Equipos Eléctricos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
 

El proyecto dará estricto cumplimiento a esta resolución, no contemplando en sus equipos el uso de las sustancias citadas.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.9 del ICE.


7.25. COMPONENTE/MATERIA:  Ordenamiento territorial

NORMA
  • Decreto Alcaldicio N° 2.792/2013 que aprueba la modificación al Plan Regulador Comunal de Mejillones, Zona Urbana Consolidada y Portuaria, publicado en el Diario Oficial el 3 de octubre de 2013.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.
Forma de cumplimiento
 

Todas las obras y acciones a ejecutar por el proyecto estarán en concordancia con lo señalado en los usos de suelo de las zonificaciones ZP2 y ZP2a. De esta manera la ejecución del proyecto cumplirá, respetará y considerará los usos de suelo descritos, y las normas urbanísticas de edificación correspondientes.

Al respecto, la calificación industrial del proyecto es Molesta, de acuerdo al pronunciamiento de la Secretaría Regional Ministerial de Salud mediante Ordinario N° 23 de fecha 12 de abril de 2016, lo que es compatible con los usos de suelo definidos.
 
Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 6 de la Adenda de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.10 del ICE.

 

7.26. COMPONENTE/MATERIA:  Otras normativas

NORMA
  • Decreto N° 1/13 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.
Forma de cumplimiento
 

Actualmente la empresa GNL Mejillones cuenta con acceso al RETC. El encargado de establecimiento designado por el Titular, declarará la generación de residuos y emisiones atmosféricas.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.11 del ICE.


7.27. COMPONENTE/MATERIA:  Otras normativas

NORMA
  • Decreto N° 98/04 de la Municipalidad de Mejillones. Ordenanza del Medio Ambiente y Sobre Salubridad Pública.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Forma de cumplimiento
 

El Titular dará estricto cumplimiento a lo establecido en la presente Ordenanza Municipal, y solicitará las autorizaciones específicas requeridas.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.1.11 del ICE.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1. Una vez iniciado el proyecto o al momento de requerir de abastecimiento externo de hormigón, el titular deberá remitir a SEREMI de Bienes Nacionales un resumen identificando a sus proveedores y adjuntará mensualmente una copia de las órdenes de compras correspondientes a cada uno de sus proveedores. Además, una vez materializado el proyecto, deberá remitir a SEREMI de Bienes Nacionales un resumen identificando a sus proveedores y los totales de material suministrado por ellos.
 
8.2.  En el caso de requerir áridos, el titular deberá remitir a la SEREMI de Bienes Nacionales un resumen identificando a los proveedores y copia de Resolución Exenta Vigente que autoriza al proveedor a extraer árido de una determinada superficie fiscal. Además,  deberá  adjuntar  mensualmente  una  copia  de  las  órdenes  de compras  correspondientes  a  cada  uno  de  sus  proveedores.  Sin perjuicio  de  lo  anterior, deberá  indicar  las  coordenadas  del  yacimiento  de  extracción  y  una  vez  que  se  encuentre materializado  el  proyecto,  se  debe  remitir  a  esta  secretaría  un  resumen  identificando  a  sus proveedores y los totales de material suministrado por ellos.
 
9. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:
 
9.1.  PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
 
9.1.1. Plan de emergencia y contingencia

Acciones o medidas a implementar

El proyecto se someterá a los planes de contingencia y emergencia existentes y aprobados para la zona del EIA original aprobado de acuerdo a R. E. N° 0054/2008,  puesto que las características constructivas y operacionales del nuevo tren de regasificación serán similares a los existentes. De acuerdo a lo anterior, dicho plan contemplará las siguientes contingencias identificadas: Mayores antecedentes se encuentran en el anexo 12 de la DIA.

  • Sismos
  • Inundaciones
  • Riesgo de vientos fuertes
  • Riesgo de derrames ante hidrocarburos
  • Riesgo de accidente de tránsito
  • Riesgo de colisión con buque o embarcación con muelle
  • Riesgo de incendio
  • Riesgo de caída al mar
  • Riesgo de fuga de GNL y GN
  • Explosión

No obstante lo anterior en el anexo 11 de la DIA, se muestra una actualización del estudio de riesgos presentado en el EIA del proyecto original, el cual además de analizar todos los escenarios de accidentes que se pueden dar en el terminal, incorpora la ampliación de capacidad de regasificación y las obras que contemplará el presente proyecto en evaluación.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Ver Capítulo VII del ICE.


9.1.2. Plan medidas de protección para especie Gaviotín Chico (Sterna Lorata)

Acciones o medidas a implementar

El presente plan presenta una serie de medidas de control para la protección del Gaviotín chico, que considera e indica en detalle las medidas comprometidas por parte del titular para la protección de la especie tanto en el periodo reproductivo como no reproductivo.

Las medidas de control consideradas en el plan serán las siguientes:

  • Educación  y/o capacitación de los trabajadores sobre la importancia y cuidado del gaviotín chico.
  • Prohibiciones y/o restricciones tendientes a minimizar las perturbaciones de la especie Sterna lorata en periodo reproductivo.
  • Prohibición de alimentación de especies domésticas y/o silvestres.
  • Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos y/o en contenedores inadecuados.
  • Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos.
  • Prohibición de caza, captura y/o recolección de huevos de Sterna lorata.
  • Prohibición del uso de fuego.
El detalle de las medidas de control tales como el objetivo, su descripción, la justificación, lugar, forma, oportunidad de implementación, indicador de cumplimiento y del plan de seguimiento respectivo, se detallan en el anexo 3 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Ver Capítulo VII del ICE.

10. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
 
12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.5 de la presente Resolución.
 
13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
 
14. Que, para que el proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
 
15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
 
16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
 
17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
 
18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones”, presentado por Sociedad GNL Mejillones S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

3°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad como molesta.

4°. Certificar que el proyecto “Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.5 del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Valentín Volta Valencia
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Patricia de la Torre Vásquez
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Antofagasta




RMM/PTV/AAP

Distribución:
  • Juan Ignacio Donoso Silva
  • CONADI, Subdirección Nacional Norte
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Mejillones
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Ampliación Capacidad de Regasificación Terminal de GNL Mejillones"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=cd/a9/2eeac21c6f8d3c1085235cee2862ddc7ec1a


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