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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito"

Resolución Exenta Nº 163

Copiapó, 24 de Agosto de 2016



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 14 de diciembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 30 de junio de 2016, del proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, presentado por Compañía Minera del Pacífico S.A., con fecha 6 de julio de 2015.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”.

 

3°. El Acta de Evaluación N° 77 de fecha 02 de agosto de 2016, elaborada por el Comité Técnico.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito” de fecha 04 de agosto de 2016.

 

5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 10 de agosto de  2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. 

CONSIDERANDO:

 1°. Que, Compañía Minera del Pacífico S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Titular del Proyecto

Compañía Minera del Pacífico S.A.

RUT

94.638.000-8

Domicilio

Pedro Pablo Muñoz 675. Casilla 559

Comuna

La Serena

Región

Coquimbo

Teléfono

051-20 8000

E-mail

cmpsa@cmp.cl

Representante Legal

Erick Weber Paulus

RUT

6.708.980 – 4

Domicilio

Pedro Pablo Muñoz 675. Casilla 559 La Serena

Comuna

La Serena

Región

Coquimbo

E-mail

eweber@cmp.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de agosto de 2016, el Director Regional de la Región de Atacama ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto El proyecto cumple con la normativa ambiental vigente incluido los PAS 136, 137, 138, 139, 140, 142, 146, 151, 156 y 160, y el proyecto se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300.

 

3°. Que, en sesión de fecha 10 de agosto de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 04 de agosto de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales

Objetivo general

Explotar a rajo abierto de un yacimiento de minerales de hierro pertenecientes del Distrito Minero Pleito y su posterior beneficio en una planta móvil de chancado y concentración magnética seca, cuyo objetivo es la producción de granzas, finos y preconcentrado de mineral de hierro. En ese contexto, los alcances del proyecto sometido a evaluación son: el yacimiento Pleito, desde el inicio del proceso minero (extracción de mena) hasta los acopios de producto, inmediatos a la planta de beneficio, en su término.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles.

Vida útil

4 años y 2 meses

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Se estima como fecha de inicio de la fase de construcción el 1 de octubre de 2016. En todo caso, y en virtud de las instrucciones de la Superintendencia del Medio Ambiente, previo al inicio de la etapa de construcción se dará el correspondiente aviso a dicho organismo.

 

Por su parte, y para efectos del Artículo 16 del Reglamento del SEIA y Artículo 25 ter de la Ley 19.300, tal como se indicó en la DIA, la faena mínima que da cuenta del inicio de la construcción del Proyecto de modo sistemático y permanente corresponde al inicio de la remoción de sobrecarga (pre-stripping) o el comienzo de la instalación de la Planta de Procesamiento, obras inherentes a la naturaleza y tipología de este Proyecto.

Proyecto se desarrollará por etapas

SI

NO

 

 

x

Proyecto modifica un proyecto o actividad

SI

NO

 

 

X

Proyecto modifica otra(s) RCA

SI

NO

 

 

X

 

 

4.2. Ubicación del Proyecto

División político-administrativa

El Proyecto se localiza en la Región de Atacama, Provincia del Huasco, Comuna de Vallenar.

Descripción de la localización

Al área del Proyecto se accede desde la Ruta 5 Norte, a la altura del Km 568, cruce con el sector de las antiguas Minas de Desvío Norte, posteriormente para continuar a través de la Ruta C-544 (o también denominada C-542 en la señalización actual que existe en la Ruta 5), hasta el área del Proyecto.

Superficie y Coordenadas UTM en Datum WGS84

El presente Proyecto intervendrá una superficie de 61,2 há., las que se detallan a continuación:

 

Tabla  N° 1. Superficie estimada que ocuparán las instalaciones del Proyecto

Nombre Área

Superficie (ha)

Instalaciones

 

Áre administració  centr de pesaje

1,16

Oficinas Administrativas, comedor, casa de cambio, área almacenamiento de combustible, estanque agua industrial, estanque agua potable, generadores, centro de pesajes, generador y estanque, talleres, estacionamiento   sector   casa   de   cambio, estacionamiento               sector    oficinas, estacionamiento sector paso camiones

 

Zona detención y espera de camiones

0,08

Estacionamiento   d detención    espera camiones rea de administración y centro

de pesaje)

Área de talleres de mantenimiento y patio de residuos industriales

0,31

Talleres de mantenimiento, baño, patio de almacenamiento   d residuos   peligrosos,

patio de salvataje

Garita de control

0,01

Garita de control

Estacionamiento

0,19

Estacionamiento sector garita de control

Polvorines (1 y 2)

0,02

Polvorines

Área  planta  de  procesamiento  de minerales

3,12

Cancha de acopio de mineral mina, planta de beneficio vil, zona de producto de carguío

de camiones, baños y área sala eléctrica y

control planta.

Estacionamiento camiones y equipos

0,23

Estacionamiento          Sector        Planta         de procesamiento

Rajo Pleito Sur (N° 1)

9,9

Rajo

Rajo Pleito Sur (N° 2)

2,6

Rajo

Rajo Bronce Sur (N° 1)

7,5

Rajo

Rajo Bronce Sur (N° 2)

0,4

Rajo

Botadero Pleito Sur-norte

9,4

Botadero

Botadero Pleito Sur este

12,9

Botadero

Botadero Bronce Sur

8,9

Botadero

Botadero Rechazo Planta

4,5

Botadero

 

TOTAL

 

61,2

Fuente: Tabla N°1-34 de la DIA.

 

 

 

4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto

Entre las principales obras y actividades se encuentran:

  • Rajos
  • Botaderos
  • Botadero de rechazo
  • Pre Stripping
  • Extracción de mineral
  •                Perforaciones
  •                Tronaduras
  • Cancha de acopio material mina
  • Planta de beneficio

4.3.1. Fase de construcción

Actividades del Proyecto en la Fase de Construcción

De acuerdo a la Adenda complementaria, la faena mínima que da cuenta del inicio de la construcción del Proyecto corresponde al inicio de la remoción de sobrecarga (pre-stripping) o el comienzo de la instalación de la Planta de Procesamiento, obras inherentes a la naturaleza y tipología de este Proyecto, se estima como fecha de inicio de la fase de construcción el 1 de octubre de 2016.

A continuación se presentan las principales actividades que se contemplan en la etapa de construcción del Proyecto:

 

4.2.1       Instalación de faenas

La instalación de faenas para la construcción del Proyecto se ubicará en el área del Proyecto, en la zona donde actualmente se ubica el área auxiliar de Exploraciones Pleito. Estará formada por contenedores para oficinas, bodega, servicios higiénicos, estacionamientos, áreas para el acopio temporal de materiales e insumos, entre otros.

No se considera la instalación de campamentos debido a que los trabajadores provendrán de localidades pobladas cercanas, siendo trasladados diariamente. Solo se considera la pernoctación de nocheros en el caso de ser necesario. La fase de construcción será continua.

 

4.2.2       Movimientos de tierra

El Proyecto requerirá realizar excavaciones y rellenos de las plataformas y zonas de emplazamiento para las instalaciones de apoyo y para la instalación de la Planta de procesamiento de mineral. Se estima que se requerirá remover un total de 70.500 m3, de los cuales, aproximadamente, 38.500 m3 podrá ser reutilizado en las mismas obras. Los excedentes de las excavaciones que corresponderían aproximadamente a 32.000 m3 serán reubicados en los botaderos de estériles que forma parte del presente Proyecto.

 

4.2.3       Obras Civiles

Corresponde a la nivelación del terreno y emplazamiento de las redes sanitarias y eléctricas, y de los edificios asociados a las instalaciones de la planta de procesamiento. Respecto de la provisión de áridos y hormigón, éstos no se obtendrán ni fabricarán in situ, sino que serán suministrados por empresas del rubro que cuenten con las respectivas autorizaciones.

 

4.2.4       Pre-Stripping

Se ha definido realizar un pre-stripping que se estima de una duración de un (1) mes, durante la fase de construcción del Proyecto.

 

El material que se extraerá producto de esta actividad será depositado en los botaderos de estéril que forma parte del presente Proyecto, y el que se ha estimado en 1.100 kt.

 

4.2.5       Cierre de Faenas destinadas a la construcción

Esta actividad se realiza al término del periodo de construcción y contempla el desarme de las instalaciones de faenas, limpieza del lugar, entre otras actividades complementarias.

Insumos y servicios en fase de construcción

a)            Agua Potable: El agua será dispensada en botellones de 20 litros y vasos plásticos para su distribución, los cuales serán instalados en faenas y frentes de trabajo emplazados en diversos puntos, estando al alcance de los trabajadores. El agua para consumo humano será adquirida a empresas que cuenten con autorización sanitaria y la cantidad para la fase de construcción del proyecto será de 540 m3/mes.

 

b)            Agua Industrial: El suministro será realizado mediante camiones aljibe y estará destinado al control de la emisión de polvo en caminos internos y acopios de la faena minera. El abastecimiento de agua industrial se hará a razón de 3000 m3/mes y provendrá de fuentes formales que cuenten con sus derechos de agua al día. Toda la documentación que acredite lo anteriormente expuesto será parte de los contratos y estará disponible en la faena.

c)             Energía: Para la etapa de construcción se contará con uno o más generadores móviles para alcanzar una potencia máxima de 400 kVA.

 

d)            Combustible: Para los equipos y maquinaria pesada que permanezca en las áreas de trabajo, se contempla la instalación de un estanque provisorio en faena, del tipo “Estanque estacionario para estaciones de servicio de superficie” de 5.000 o 10.000 mil litros, según uso indicado, con contenedor antiderrame y surtidor. Los estanques serán abastecidos mediante camión surtidor de combustibles. Ambas instalaciones deberán contar con los respectivos certificados y/o registros emitidos por la SEC.

 

e) Explosivos: El Proyecto contempla realizar aproximadamente 16 tronaduras mensuales, con un consumo aproximado de 7 toneladas de explosivos por cada tronadura.

 

En la Tabla siguiente se presenta un resumen de los insumos requeridos para cada una de las etapas del proyecto:

 

Tabla N° 2. Cantidad de insumos a utilizar por etapa.

Etapa de construcción

Insumos

Cantidad

Agua potable

540 m3/mes

Agua industrial

3000 m3/mes

Explosivos

131 t/mes*

Energía eléctrica

400 kVA

Diésel

650 m3/año

Etapa de operación

Insumos

Cantidad

Agua potable

450 m3/mes

Agua industrial

3000 m3/mes

Explosivos

110 t/mes*

Energía eléctrica

2500 kVA

Diésel

2700 m3/año

Etapa de cierre

Insumos

Cantidad

Agua potable

45 m3/mes

Agua industrial

1000 m3/mes

Energía eléctrica

600 kVA

Diésel

300 m3/año

Fuente: Tabla N°7 de la Adenda complementaria. *Tabla 9 de la Adenda

 

Residuos a generar durante la etapa de construcción

a)            Residuos Sólidos Domésticos y Asimilables a Domésticos: En el peak de la etapa de construcción (120 trabajadores por día) se espera la generación de alrededor de 90 kg/día de residuos domésticos. En las instalaciones de faenas y cerca de los frentes de trabajo se dispondrán recipientes cerrados, desde donde serán retirados y trasladados al sitio de acopio temporal especialmente habilitado para ello (Anexo 8 de la DIA), desde donde serán retirados a lo menos 2 veces a la semana por empresa autorizada para su transporte y disposición final.

 

b)           Residuos Industriales no Peligrosos: Estos corresponden a residuos propios del proceso de construcción y consisten, principalmente, en madera proveniente de despuntes y desechos de moldajes, restos de tuberías, alambres, trozos de fierro de construcción, vidrio, gomas y plásticos provenientes de envoltorios de suministros y otros desechos propios de este tipo de obras y se estima una generación de aproximadamente 246 kg. En relación a la madera de embalaje (de eventual procedencia extranjera) se dará aviso al SAG para que proceda a su inspección según lo establece la establece la Resolución Nº 133, modificada por la Resolución 2.859, del 26 de enero de 2005 y 29 de junio de 2007, respectivamente del Declaración de Impacto Ambiental Junio, 2015 Capítulo 1 –Antecedentes Generales y Descripción del Proyecto Página 47 de 64 Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero, para su posterior eliminación o reutilización, según determinación del SAG. Estos residuos serán acopiados temporalmente y debidamente identificados, en el Patio de Salvataje habilitado especialmente para ello, para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada y dispuestos en rellenos controlados o en recicladores autorizados.

 

c)            Residuos Peligrosos: Durante la construcción del Proyecto no se generarán residuos sólidos peligrosos distintos a aquellos propios de la mantención de los equipos e instalaciones (aceites usados, guaipes, etc.) estimados en la siguiente tabla:

 

Tabla N° 3. Residuos peligrosos generados durante la etapa de construcción

Residuo

Generación (estimada) total

Aceites y grasas

200 litros

Filtros y grasas

10 unidades

Guaipes o estopas

25 kg

Envases de aceite, grasas y lubricantes

10 unidades

Fuente: Tabla N° 1-17 de la DIA

 

En la Tabla N° 11 de la Adenda se presenta el manejo de residuos durante la etapa de construcción del proyecto. Cabe señalar que el Proponente hará la declaración de residuos peligrosos a través del Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

 

d)           Residuos quidos Domésticos: Durante la fase de construcción se generarán aproximadamente 9.600 litros/día de aguas servidas correspondientes a una dotación máxima de 120 trabajadores por día. La instalación de faenas será dotada de servicios higiénicos a través de baños químicos, cuyos servicios serán subcontratados a empresas autorizadas y se retirarán como mínimo 2 veces por semana las aguas servidas provenientes de estos baños.

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Véase el Capítulo IV

4.3.2. Fase de operación

Partes, Obras y Acciones asociadas a fase de operación

De acuerdo a la Adenda complementaria, la fase de operación del Proyecto considera como hito de inicio la actividad de extracción de mineral, la cual ocurrirá posterior al término de la etapa de pre-stripping, y de la instalación de la Planta de Procesamiento, de acuerdo a lo señalado en el plan minero.

El término de la fase de operación ocurrirá cuando se cumpla con el plan de extracción de mineral. En tal sentido, en caso de darse todos los supuestos para las etapas del Proyecto, se estima que la operación podría finalizar el 1 de octubre del año 2019.

Entre sus principales obras y actividades están:

•             Explotación de Rajos (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.1 de la DIA). Anexo 2 de la Adenda, se presenta un plano con el detalle de los diseños de rajos (UTM WGS84).

•             Operación de Botaderos de Estériles (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.2 de la DIA).

•             Operación Botadero Rechazo Planta (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.3 de la DIA).

•             Pre-stripping Sector Pleito (Pleito Sur y Bronce Sur) (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.4 de la DIA).

•             Extracción de mineral (Perforación, Tronadura y Carguío y Transporte) (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.5 de la DIA). De acuerdo a lo indicado por el proponente en la adenda complementaria, el Proyecto contempla realizar aproximadamente 190 tronaduras anuales, equivalentes a una frecuencia aproximada de 4 tronaduras semanales.

•             Procesamiento de Minerales de Hierro (Cancha de Acopio de Material de la Mina, Planta de Beneficio Móvil, Zona de Producto y Carguío de Camiones, Instalaciones anexas a Planta Móvil) (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.6 de la DIA). En Anexo 13 de la Adenda se presentan planos, en los formatos solicitados, donde se visualizan las correas transportadoras y sus características.

•             Instalaciones de Apoyo (Acceso Principal, Área Administración y Centro de Pesaje, Talleres

de Mantenimiento y Patios  de Residuos  Industriales, Patio Almacenamiento Residuos Peligrosos, Patio de Salvataje de Residuos Industriales No Peligrosos) (cuyos detalles se describen en el punto 1.3.2.7 de la DIA).

 

Por su parte las actividades de mantención que serán realizadas durante el desarrollo del Proyecto corresponderán a:

 

•             Mantención de caminos internos (humectación de caminos, limpieza de señalética, reposición/reparación de señalética dañada).

•             Mantención de maquinaria que comprenderá las mantenciones mecánicas menores (cambios de: aceite de motor, filtros de aceite, baterías y neumáticos, filtros de petróleo; engrase de piezas). Mantención según programa.

•             Mantención generadores: cambio de aceite de motor y cambio de filtro de aceite.

•             Mantención de equipo según bitácora del fabricante.

 

Insumos y servicios etapa de operación

a)            Agua Potable: En relación al abastecimiento de agua para consumo humano, ésta será adquirida a empresas que cuenten con autorización sanitaria a razón de 450 m3/mes. El agua para bebida será dispensada en botellones de 20 litros y vasos plásticos para su distribución, instalados en diversos puntos y al alcance de los trabajadores. El agua para uso sanitario (baños, lavabos, duchas, etc.) será almacenada en estanques de agua a que se refiere el punto 1.3.2.7 del presente capítulo 1 de la DIA y será distribuida por medio de cañerías a los contenedores en los cuales estarán los servicios higiénicos.

 

b)            Agua Industrial: La única actividad para la cual se requerirá provisión de agua es para la humectación de caminos y pilas de acopio de mineral, la cual será provista por camiones aljibes y adquirida a proveedores que cuenten con las respectivas autorizaciones. El volumen de agua a utilizar será complementado con el agua tratada proveniente de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (punto 1.5.5.4 del capítulo N° 1 de la DIA) por un total de 3000 m3/mes, ver Tabla 11 del Adenda complementaria.

c)             Energía: El suministro eléctrico será provisto mediante equipos generadores que deberán cubrir una demanda máxima de 1.500 kVA para las instalaciones de apoyo y 1.000 kVA para la planta de beneficio móvil (procesamiento de minerales). El servicio se configurará con el número de equipos necesarios para cubrir la demanda declarada; en inicio se consideran 3 equipos de 500 kVA y un equipo de 1.000 kVA.

 

d)            Combustible: Para el abastecimiento de combustible, se contará con las siguientes instalaciones:

· Una estación de servicio (almacenamiento) con 1 estanque subterráneo de 20.000 litros y un dispensador de combustible sobre un radier de hormigón.

· Un estanque de abastecimiento de combustible de 5.000 litros en el área de administración.

· Un estanque de abastecimiento de combustible de 5.000 litros en el área de centro de pesaje.

· Un estanque de abastecimiento de combustible de 10.000 litros en el área Planta de Procesamiento

 

e) Explosivos: El Proyecto contempla realizar aproximadamente 16 tronaduras mensuales, con un consumo aproximado de 7 toneladas de explosivos por cada tronadura.

 

Residuos durante la etapa de operación

a)            Residuos Sólidos Domésticos: La fase de operación implicará la generación de alrededor de 75 kg/día de residuos domésticos, considerando el máximo de dotación de personal. Los residuos serán almacenados en recipientes cerrados, desde donde serán retirados y trasladados al sitio de acopio temporal especialmente habilitado para ello, desde donde serán retirados al menos 2 veces a la semana por empresa autorizada para su transporte y disposición final.

 

b)            Residuos No Peligrosos: Durante la etapa de operación del Proyecto se producirán residuos provenientes principalmente de actividades de mantención de las maquinarias y equipos con una tasa estimada de 500 kg/mes. Estos residuos serán acopiados temporalmente y debidamente identificados, en el Patio de Salvataje habilitado especialmente para ello, para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada.

 

c)             Residuos Peligrosos: Los residuos generados corresponderán principalmente a aceites usados producto de la mantención de equipos y maquinarias, baterías en desuso, EPP sucios, guaipes y trapos sucios, entre otros, a razón de 1650 kg/mes para aceites y baterías; y de 0.1 m3/día para agua con trazas de hidrocarburos. Asimismo, se considerará como residuo peligroso la mezcla oleosa que se obtenga producto del lavado de maquinaria de uso interno. El manejo de estos residuos se describe en la tabla 11 de la Adenda.

 

d)            Residuos Líquidos Domésticos: Durante la fase de operación y debido a la mano de obra requerida por el Proyecto, se podrían generar hasta aproximadamente 8.000 l/día de aguas servidas, correspondientes a una dotación máxima de 100 trabajadores.

Por su parte, el Proyecto contempla un sitio para el lavado y lubricación de maquinaria de uso interno, consistente en un radier de hormigón el cual estará diseñado de tal forma que las aguas resultantes del lavado sean conducidas a un estanque de separación de fases.

 

Tabla N° 4 . Residuos a generar durante la ejecución del proyecto.

Tipo de

Residuo

Cantidad

Frecuencia de

retiro

Disposición transitoria

Disposición final

Etapa de construcción

Sólido

Doméstico

90 kg/día

2 veces/semana

Bodega de residuos

domiciliarios

Relleno sanitario

autorizado.

No peligroso

346 kg/mes

2 veces/semana

Patio de salvaje.

Relleno sanitario autorizado.

 

Peligroso

0,5 m3/mes

Cada 2 meses

Almacenamiento en Patio de RESPEL

Sitio de disposición final debidamente

autorizado.

Líquido

Doméstico

9,6 m3/día

2 veces/semana

Baños químicos

Tratamiento por empresas autorizadas

Etapa de operación

Sólido

Doméstico

75 kg/día

 

2 veces/semana

Bodega de residuos

domiciliarios

Relleno sanitario

autorizado.

Industrial

No peligroso

600 kg/mes

De acuerdo a las necesidades del Proyecto

Almacenamiento en patio de salvataje.

Sitio de disposición final debidamente autorizado.

 

Peligroso

1750 kg/mes

1 vez/semestre

Almacenamiento en Patio de RESPEL

Sitio de disposición final debidamente autorizado

Líquido

Doméstico

8 m3/mes

 

 

 

 

Tratamiento en PTAS del Proyecto

Etapa de cierre

Sólido

Doméstico

30 kg/día

 

2 veces/semana

Bodega de residuos

domiciliarios

Relleno sanitario

autorizado.

Industrial

No peligroso

300 kg/mes

De acuerdo a las necesidades del Proyecto

Almacenamiento en patio de salvataje

Lugar de disposición final

autorizado

Peligroso

100 kg/mes

De acuerdo a las necesidades del Proyecto

Almacenamiento en Patio de RESPEL

Sitio de disposición final debidamente autorizado.

Líquido

Doméstico

3,2 m3/día

2 veces/semana

Baño químico

Tratamiento por empresas autorizadas.

Fuente: Tabla N°11 de la Adenda

 

El retiro de los residuos peligrosos será declarado por internet en la página vu.mma.gob.cl.

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Véase el Capítulo IV

4.3.3. Fase de cierre

Las medidas generales de cierre consideradas serán las siguientes:

 

•             Desenergización de las instalaciones, corte del suministro eléctrico y retiro de cables, generadores, transformadores y paneles.

•             Limpieza y remoción de residuos.

•             Desmontaje de estructuras metálicas.

•             Demolición de las estructuras restantes de hormigón. En caso de ser necesario, remoción de las fundaciones a nivel del suelo para luego cubrir con una capa de material estéril y re- nivelación para proveer un drenaje positivo y evitar la formación de pozas durante episodios de precipitaciones.

•             Los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos serán dispuestos adecuadamente en lugares autorizados fuera de la faena.

•             Se instalarán letreros y señales de advertencia para minimizar el potencial de acciones e ingreso de terceros.

•             Instalación de barricadas en caminos a objeto de restringir el acceso a instalaciones que puedan presentar un riesgo.

 

Las medidas de cierre específicas por cada una de las instalaciones que considera el Proyecto se presentaron en la tabla de la pág. 62 de la DIA.

 

Insumos y servicios durante la etapa de cierre

a)            Agua Potable: Según el Adenda, el agua potable para bebida de los trabajadores será suministrada a través de botellas individuales o botellones de 20 lts., adquiridos en el comercio establecido a empresas que cuenten con Resolución Sanitaria que autorice su producción y funcionamiento. Se contará con el certificado que demuestre cumplimiento de los parámetros de calidad establecidos para consumo humano, de acuerdo a lo indicado en el D.S. 735/69, Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano, y sus modificaciones según D.S. Nº131/06 y D.S. N° 76/09 , ambos del MINSAL.

 

El agua potable para baños y duchas de los trabajadores será adquirida a la empresa sanitaria Regional y será almacenada en estanques especialmente habilitados para este fin. Este sistema contará con los permisos sectoriales que correspondan, a tramitar ante la Autoridad Sanitaria Regional. Se mantendrá registro en faena de las Resoluciones respectivas para cuando la autoridad lo requiera.

 

b)            Energía: En la zona cívica se obtendrá energía a partir de un generador de 90 kva o similar.

 

c)             Combustible: El consumo de combustible para  la  operación de maquinaria  y equipos en general alcanzará aproximadamente los 2.000 lts/mes y el abastecimiento se realizará mediante un camión aljibe autorizado de 10 m3. En terreno se contará con un estanque de 10 m3 y un estanque móvil de 0,5 m3, ambos certificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Véase el Capítulo IV

4.3.4 Emisiones

Emisiones atmosféricas

 

 Conforme a lo indicado por el Titular en el Anexo 4 de la Adenda complementaria, la ejecución del Proyecto contempla la emisión de material particulado y gases durante sus tres fases; construcción, operación y cierre. El material particulado que será generado durante la fase de construcción corresponderá principalmente a las actividades de excavación, pre-stripping y al tránsito de camiones por vías no pavimentadas. Por su parte, durante la fase de operación, contemplada en tres años, las principales actividades emisoras de material particulado corresponderán al chancado primario y secundario del mineral y al tránsito de camiones por vías no pavimentadas. Asimismo, durante la fase de cierre, se contemplan emisiones producto de la demolición de estructuras y al tránsito de camiones. Adicionalmente, la generación de gases para cada fase del Proyecto se contempla principalmente por el uso de generadores eléctricos y por la combustión interna de maquinarias. De acuerdo al inventario de factores de emisión y nivel de actividad, se calcularon las siguientes emisiones atmosféricas:

 

Tabla N°5: Emisiones Atmosféricas totales para el proyecto

 

Parámetros

 

Construcción

 

Operación (Ton/año)

 

Cierre

(Ton/año)

Año 1

Año 2

Año 3

(Ton/año)

MP10

22,8

428,9

465,2

449,5

6,95

MP2,5

11,3

46,0

51,5

50,0

5,85

MPS

69,6

1.403,8

1.506,1

1.466,6

7,66

CO

8,7

98,1

93,0

88,1

5,85

NOx

40,2

460,9

436,6

413,5

27,01

Fuente: Tabla N°59 del Anexo 4 de la Adenda complementaria.

 

Complementariamente, se efectuó la modelación de material particulado respirable MP10 y MP2,5, para las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, evaluados en el poblado más cercana al proyecto correspondiente a la localidad de Incahuasi, los resultados indicaron que los aportes del Proyecto no representan un efecto significativo en la calidad del aire de la zona, dado que están por debajo del 2% de los límites establecidos en las normas primarias vigentes en el país. En relación a los resultados de la modelación de la depositación de material particulado sedimentable, para las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, indicaron que los aportes del Proyecto tendrán valores inferiores al 3% del límite establecido en la norma de referencia.

 

No obstante, el Titular en Adenda complementaria, se compromete a implementar medidas de control de polvo.

 

Fase de Construcción:

Durante esta fase se considera un conjunto de acciones para el control de las  emisiones atmosféricas:

•           Humectación de caminos 3 veces al día, se adicionará al agua de riego un aglomerante cada 2 meses.

•           Encarpado de carrocerías que transportan materiales.

 

Fase de Operación:

Durante esta fase se considera un conjunto de acciones para el control de las  emisiones atmosféricas:

 

•           Humectación de caminos 3 veces al día, se adicionará al agua de riego un aglomerante cada 2 meses.

•           Humectación de pilas de acopio de mineral.

•           Encarpado de carrocerías que transportan materiales y minerales.

 

La humectación y aplicación de aglomerante se implementará para todos los caminos internos del Proyecto; esto es, los caminos internos mina y administración. En el Anexo 3 del Adenda complementaria se muestran todos los caminos internos considerados por el Proyecto (formato digital), en cuanto al registro de la aplicación de las medidas, será considerado un registro que contemple, al menos; la fecha, hora y sector donde se aplicó la humectación y el aglomerante, para todas las fases del Proyecto. En relación al aglomerante, se utilizará un producto que cumpla con la normativa vigente, asegurando que su aplicación en caminos sea inocua al medio ambiente.

 

Tabla N° 6 . Medios de verificación para medidas de control de emisiones atmosféricas

Proceso involucrado

Medida de control

 

% Eficiencia

 

Frecuencia de mantención

 

Medio de verificación

 

 

Tránsito de camiones por vías no pavimentadas

 

 

 

Humectación con agua industrial

 

 

 

 

75

Se humectarán los caminos interiores del campamento e interior mina con una frecuencia de tres veces diarias,  según las condiciones climáticas y de seguridad.

Planilla de control interno en la cual se reporte, de acuerdo a la frecuencia comprometida, la humectación de caminos.

 

 

 

Tránsito de camiones por vías no pavimentadas

 

 

 

 

Uso de Aglomerante

 

 

 

 

 

90

 

 

 

 

El aglomerante será aplicado cada 2 meses

Planilla de control interno en la cual se reporte, de acuerdo a la frecuencia comprometida, la aplicación del aglomerante.

Fuente: Tabla N° 9 de la Adenda complementaria

 

Ruido

De acuerdo a lo indicado por el Titular en Anexo 3 de la DIA, para realizar la modelación de emisiones sonoras se consideró el análisis de impacto sobre 3 receptores sensibles más cercanos al Proyecto, que corresponden a los sectores poblados más cercanos, ubicados a una distancia de 3 Km (Galpones industriales), 2,8 Km (Campamento y oficinas de vigilancia de proyecto minero) y a 6 Km (la localidad de Incahuasi).

 

Para efectuar la modelación de ruido sobre los receptores, el Titular identificó las fuentes emisoras, estableció los límites máximos, conforme a la medición del ruido de fondo y estableció los límites máximos de nivel de presión sonora de acuerdo al D.S. N°38/11 del MMA. Conforme a los resultado indicados en las tablas N°10 y 11 del Anexo 3 de la DIA, los niveles de ruido estimados en los puntos receptores, cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. N°38/11 del MMA para las fases de construcción y operación del Proyecto, tanto en horario diurno como nocturno

 

Con respecto al ruido producto de las tronaduras, se concluyó que los niveles de sobrepresión presentan cumplimiento normativo en ambos puntos receptores.

 

En relación a las emisiones de vibración por tronaduras, el Titular en la Adenda indicó que la velocidad de vibración se encuentran muy por debajo del límite máximo establecido para los puntos receptores que se encuentran sobre 1.544 metros de distancia, con lo que se descarta cualquier tipo de impacto relacionado con las vibraciones generadas por las tronaduras sobre poblaciones humanas.

 

En cuanto al análisis del impacto del ruido sobre Fauna silvestre, en la adenda complementaria el Titular señaló que los niveles generados por las faenas (frentes de trabajo) superarán los 85 dB dentro de un radio máximo de 12 metros, una cercanía que difícilmente alcanzarán los Guanacos.

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Véase el Capítulo V del ICE

4.3.5 Transporte

Los flujos viales más importantes durante la fase de construcción estarán asociados principalmente a las actividades de transporte de materiales, equipos y de personal.

El producto del beneficio de minerales (granzas, finos y preconcentrado) se transportará en camiones encarpados hacia distintos destinos, según condiciones de mercado. El medio de verificación de la hermeticidad del encarpado será visual, constatando el estado de las amarras y de la carpa. Se mantendrá un registro del procedimiento de carguío como indicador de complimiento.

Para el transporte del beneficio de minerales se utilizarán camiones cuyo peso total corresponda a 30 toneladas, considerando una carga de producto de 20 toneladas como máximo. El transporte de dichos productos será realizado por empresas del rubro debidamente autorizadas.

La actividad de transporte y su frecuencia promedio diaria de ingreso a la faena se señala en las siguientes tablas:

 

Tabla N° 7. Flujo de vehículos, etapa de construcción

Tipo de transporte

Tipo de carga

Lugar inicio viaje

Lugar término Viaje

Rutas a utilizar

Frecuencia (Viajes/ año)

Traslado de Buses de personal

Traslado de Buses de personal

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

360

Traslado de Residuos domésticos

Traslado de Residuos domésticos

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

8

Traslado de Residuos industriales

Traslado de Residuos industriales

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

1

Traslado de Residuos Peligrosos

Traslado de Residuos Peligrosos

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

1

Traslado de Insumos y maquinarias

Traslado de Insumos y maquinarias

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

25

Abastecimiento de combustible

Abastecimiento de combustible

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

20

Traslado de Residuos líquidos domiciliarios

Traslado de Residuos líquidos domiciliarios

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

16

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda complementaria

 

Los flujos viales más importantes durante la fase de operación estarán asociados principalmente a las actividades de transporte de mineral, insumos y personal, desde y hacia el sector mina y planta.

 

Tabla N° 8. Flujo de vehículos, etapa de operación.

Tipo de transporte

Tipo de carga

Lugar inicio viaje

Lugar término Viaje

Rutas a utilizar

Frecuencia (Viajes/ año)

 

 

 

 

 

Año 1

Año 2

Año3

Traslado de productos

Traslado de productos (Finos, granzas y preconcentrado)

Proyecto

Puerto Guayacán u otro puerto de propiedad de CMP

5 - Norte Ruta C-542

9.300

10.300

9.600

Traslado de personal

Traslado de personal

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

2.190

2.190

2.190

Traslado de Residuos industriales

Traslado de Residuos industriales

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

6

6

6

Traslado de Residuos Peligrosos

Traslado de Residuos Peligrosos

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

120

120

120

Traslado de Residuos domésticos

Traslado de Residuos domésticos

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

208

208

104

Abastecimiento de combustible

Abastecimiento de combustible

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

120

120

120

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda complementaria

 

Tabla N° 9. Flujo de vehículos, etapa de cierre.

Tipo de transporte

Tipo de carga

Lugar inicio viaje

Lugar término Viaje

Rutas a utilizar

Frecuencia (Viajes/ año)

Traslado de Buses de personal

Traslado de Buses de personal

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

300

Traslado de Residuos domésticos

Traslado de Residuos domésticos

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

20

Traslado de Residuos industriales

Traslado de Residuos industriales

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

5

Traslado de Residuos Peligrosos

Traslado de Residuos Peligrosos

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

2

Traslado de maquinarias

Traslado de maquinarias

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

50

Abastecimiento de combustible

Abastecimiento de combustible

Vallenar u otras localidades cercanas

Proyecto

5 - Norte Ruta C-542

50

Traslado de Residuos líquidos domiciliarios

Traslado de Residuos líquidos domiciliarios

Proyecto

Vallenar u otras localidades cercanas

5 - Norte Ruta C-542

20

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda complementaria

 

El proyecto no considera la construcción y/o habilitación de acceso a caminos públicos en la ruta C-544 o C-542; ello, por cuanto dicho acceso ya existe, debido a la ejecución de actividades mineras previas. En cuanto a la ruta C-542 de acceso al área del Proyecto, se contempla una mantención de la carpeta de rodado de ésta, entre su intersección con la Ruta 5 hasta el área del Proyecto, lo cual será debidamente coordinado y/o acordado con la Dirección Regional de Vialidad. En relación con los accesos internos que conectan las diferentes instalaciones del Proyecto, se considera la habilitación del camino que unirá al Botadero de Rechazos Planta con el camino más cercano, en una longitud de 175 metros. En la Figura N°2 de la Adenda complementaria se muestró en color rojo la extensión del camino interno existente que se considera habilitar para el acceso al Botadero de Rechazos de la Planta de Beneficio. Cabe señalar que este el único tramo de camino interno que será necesario habilitar, por cuanto todo el resto del flujo interno de vehículos y maquinarias se realizará a través de caminos existentes, que serán mejorados

Por otra parte, cabe señalar que el transporte de residuos peligrosos será realizado por una empresa contratista, la que contará con las autorizaciones sanitarias correspondientes, además de sus propios procedimientos ante eventuales emergencias.

Conforme a lo indicado por el Titular en la Adenda complementaria, todos los vehículos de propiedad del Titular contarán con señalización que los identifique (titular y proyecto). Así mismo, para el transporte efectuado por empresas contratistas se incorporará en el contrato u orden de compra la exigencia de cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Tránsito.

Referencia al ICE para mayores detalles

Véase el Capítulo V del ICE

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1 Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley General de Bases del Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población, es posible determinar que el Proyecto durante su vida útil generará emisiones, para la cual se presentó modelación sobre 3 receptores, para MP10 y MP2,5, concluyendo que los valores no representan un efecto significativo en la calidad del aire de la zona, dado que están por debajo del 2% de los límites establecidos en las normas primarias vigentes en el país.  En relación a MPS, para las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, indicaron que los aportes del Proyecto tendrán valores inferiores al 3% del límite establecido en la norma de referencia

Para efectuar la modelación de ruido sobre los receptores, el Titular identificó las fuentes emisoras, estableció los límites máximos, concluyó que el proyecto cumple con el D.S. N°38/11 del MMA para las fases de construcción y operación del Proyecto, tanto en horario diurno como nocturno. Con respecto al ruido producto de las tronaduras, se concluyó que los niveles de sobrepresión presentan cumplimiento normativo en ambos puntos receptores. En relación a las emisiones de vibración por tronaduras, el Titular en la Adenda indicó que la velocidad de vibración se encuentran muy por debajo del límite máximo establecido para los puntos receptores que se encuentran sobre 1.544 metros de distancia, con lo que se descarta cualquier tipo de impacto relacionado con las vibraciones generadas por las tronaduras sobre poblaciones humanas.

Se  generarán residuos peligrosos a una tasa de 0,5 m3/mes, 1.750y 100 Kg/mes, para las etapas de construcción, operación y cierre, respectivamente.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo del V y VI del ICE

5.2 Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Flora

De acuerdo al Anexo 5 de la Adenda complementaria, el área prospectada se encuentra intervenida en algunos sectores, entre sus principales resultados, se reconoció un tipo de vegetación: matorral, dentro de esta formación, así mismo, se identificaron diferentes tipos matorrales según la composición y abundancia de las especies dominantes, de esta forma se presentaron: matorral de Bulnesia chilensis, matorral arborescente de Cordia decandra, matorral de Heliotropium stenophyllum y Adesmia argentea, matorral de Adesmia argentea y matorral de Balbisia peduncularis. En casos se presentan ejemplares aislados de Cumulopuntia sphaerica, Eriosyce aurata y Eulychnia acida, dentro del estrato suculento. Asimismo se registran ejemplares de Krameria cistoidea.

 

En relación a la flora vascular detectada, se identificaron un total de 33 especies (Tabla 4-6 del Anexo 5 de la Adenda complementaria), las formas de crecimiento más frecuentes fueron los arbustos, con 17 especies  (52%), las hierbas con 11 especies (33%), 4 plantas suculentas (12%) y una especie de helecho (3%). En cuanto al origen de la flora detectada, casi toda la flora es de origen nativo (32 especies), siendo 25 de ellas de origen endémico. Se registró una especie de origen introducido.

Respecto del estado de conservación de flora, se detectaron 7 especies bajo alguna categoría: Austroculindropuntia miquelli, Cordia decandra, Cumulopuntia sphaerica, Eriosyce aurata, Eulychnia acida, Krameria cistoidea y Leucocoryne dimorphopetala (Tabla 4-6 del Anexo 5 de la Adenda complementaria). Además, se determinó que existen 4 especies listadas en el D.S. N°68/09 del Ministerio de Agricultura: Balbisia peduncularis, Bulnesia chilensis, Cordia decandra y Eulychnia acida, en virtud de estos antecedentes, se presentaron los antecedentes para  llevar a cabo el plan de trabajo de formaciones xerofíticas.

 

En el Anexo 5 de la Adenda complementaria, se presentó el plan de manejo biológico (en adelante PMB), que se implementará para las siguientes especies que serán intervenidas:

 

Tabla N° 10. Número de ejemplares por especies Plan de manejo biológico

 

Especie

 

Número de ejemplares presentes en el área de estudio

Austrocylindropuntia miquelii

6

Cumulopuntia sphaerica

58

Eriosyce aurata

120

Eulychnia acida

1

Bulnesia chilensis

718

Cordia decandra

801

Krameria cistoidea

234

Leucocoryne dimorphopetala

No cuantificado

Fuente: Tabla10 del Anexo 5 de la Adenda complementaria

 

Las acciones contenidas en el PMB serán:

 

Tabla N° 11. Resumen de actividades del plan de manejo biológico por tipo biológico

Tipo Biogico

Especies

Actividad

 

 

Cactáceas

Austrocylindropuntia miquelii

 

 

Rescate y relocalización

Cumulopuntia sphaerica

Eriosyce aurata

Eulychnia acida

 

 

Arbustivas

Bulnesia chilensis

 

 

Colecta de semillas, producción de plantas y plantación

Cordia decandra

Krameria cistoridea

Bulbos

Leucocoryne dimorphopetala

Rescate y relocalización

Fuente: Tabla2 del Anexo 5 de la Adenda complementaria

 

La relocalización de los ejemplares de los distintos tipos biológicos, se realizará en 10 áreas de relocalización ilustradas en la Figura 2 del Anexo 5 de la Adenda complementaria e indicados en Tabla N°4 del mismo Anexo. La medida de colecta de semillas fue incorporada en el PAS 151 letra e), donde se estableció un plan de recolección de semillas de las especies consideradas dentro del PMB, de acuerdo a los protocolos establecidos por el INIA. Cabe señalar que parte de tales semillas serán resguardadas en el INIA, mientras que las semillas restantes serán empleadas para el reemplazo de los individuos que se pudieran ver afectados producto de la actividad de relocalización.

 

De acuerdo a lo indicado por el Titular, el rescate de la especie Eulychnia acida será de individuos completos dada su característica columna y longevidad, así mismo, se definió un porcentaje aproximado de éxito o prendimiento de un 75% para las especies que todas las especies que se rescatarán, en este sentido, si bien el Titular realizará todas las gestiones para propender a alcanzar un nivel de éxito superior.

 

Conforme a lo indicado en Capítulo X del ICE, el Titular deberá entregar un Plan de Manejo Biológico actualizado a la Corporación Nacional Forestal y a la Superintendencia del Medio Ambiente, con todas las Medidas de Manejo Ambiental para el componente Flora y Vegetación comprometidas durante el proceso de evaluación, con un plazo de 60 días, desde la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, lo cual tiene por objetivo, facilitar la fiscalización y monitoreo de la ejecución de dichas medidas.

 

Así mismo, el Plan de Manejo Bilógico deberá ser complementado con los siguientes requerimientos:

 

1. Presentar una tabla resumen con todas las especies objetivo del Plan de Manejo Biológico, indicando el número de individuos a intervenir por especie, el número de individuos a rescatar por especie, el porcentaje de éxito de sobrevivencia por especie rescatada. Para la especie Eriocyce aurata en categoría de conservación Vulnerable,  se deberá rescatar el 100% de los individuos y lograr el 100% de sobrevivencia, aplicando para ello incluso reproducción de ejemplares  para reemplazo de la mortalidad natural que se produce.

 

2. Se solicita incorporar en el Plan de Manejo Biológico a la especie Cheilanthes mollis, catalogada en categoría de conservación Preocupación Menor, (11º proceso de clasificación de especies, D.S 38/2015).

 

3. Se solicita considerar los siguientes criterios para establecer los porcentajes de éxito por especie rescatada:

 

-Especies En Peligro Crítico, En Peligro, Rara, Vulnerables (100% éxito): se establece el valor más alto por cuanto es obvio que la eliminación de individuos de especies amenazadas reduce en definitiva el capital natural preexistente.

-Casi Amenazadas (90% de éxito): este valor tiene que ver con la incertidumbre de que la eliminación de individuos haga pasar a la siguiente categoría a la especie aunque se reconoce que el grado de amenaza es menor.

-Especies Preocupación Menor (80% éxito): si bien pueden ser, por ahora, de preocupación menor, está a sólo un nivel de que la especie pase a ser Casi Amenazada.

 

Para lograr los porcentajes de éxito se deberá colectar semillas de las especies a considerar siguiendo los protocolos que establece el INIA. Una parte de esas semillas debe ser resguardada en el INIA y otra parte debe servir para hacer reproducción de las especies, con cuyos individuos se debe reemplazar los individuos muertos en las relocalizaciones teniendo especial cuidado en que se asegure que los ejemplares correspondan a las procedencias originales a fin de evitar eventuales alteraciones de la variabilidad genética de la composición florística original.

 

4. Respecto a los sitios de relocalización, se deberá entregar cartografía georreferenciada en formato KML y Shapefile en sistema de coordenadas UTM WGS 84 Huso 19S, tanto de los 10 sitios destinado a la relocalización, como de la ubicación de ejemplares por especie. Además, estos sitios deben estar debidamente delimitados, teniendo especial cuidado en que el cerco a utilizar no sea de alambre de púas y sea visible para evitar la colisión de fauna, especialmente de la especie Lama guanicoe. En cuanto a la identificación de individuos, es efectivo instalar señales con piedras que sean lo más visible posible para un examinador ajeno pero con experiencia de terreno, con la finalidad de distinguir entre individuos propios del área de relocalización y aquellos trasplantados. La utilización de placas metálicas es útil pero a la larga la corrosión y la erosión eólica terminan con ellas o las hacen ilegibles.

 

5. En el Plan de Manejo Biológico deberá quedar estipulado el plazo y periodicidad de los monitoreos posteriores a la plantación, recate y relocalización de especies, los cuales deberán realizarse en un plazo total de 5 años en que al primer año se debe hacer un monitoreo mensual sólo los primeros tres meses luego de relocalizados los individuos, para luego hacerlo trimestralmente, el segundo año semestral y anual entre el tercer y quinto año.

 

Fauna

A partir de los resultados informados en la caracterización ambiental presentada en el Anexo 15 de la DIA, existen 11 especies de fauna presente en el área del Proyecto, de los cuales, 3 son reptiles, 4 aves y 4 mamíferos. En cuanto al estado de conservación, 5 presentan una categoría de conservación:

 

 

Tabla N° 12. Especies en categoría de conservación registradas en el área de influencia del Proyecto

 

Especie

Nombre

común

 

Obra

 

Medidas de control

Liolaemus atacamensis

Lagartija de Atacama

Botadero Sur

Botadero Norte Botadero Este Planta de Beneficios

 

 

Rescate y relocalización

Liolaemus platei

Lagartija de Plate

Botadero

Planta de Beneficios

 

Rescate y relocalización

Callopistes

maculatus

 

Iguana

Botadero Sur

Instalaciones Menores

 

Rescate y relocalización

Lama guanicoe

Guanaco

Botadero Norte

Capacitación de personal sobre avistamientos

Restricción de velocidad de veculos

Pseudalopex griseus

Zorro  chilla o zorro gris

Planta de Beneficios

Capacitación de personal sobre avistamientos

Manejo de residuos Restricción de velocidad de veculos

Fuente: Tabla31 de la Adenda

 

El registro georreferenciado de los reptiles fue presentado en la Adenda, el detalle de los antecedentes del rescate y relocalización fueron presentados en la Adenda y Adenda complementaria, conforme al PAS 146. Complementariamente, las coordenadas UTM del área de relocalización e ilustración del área de relocalización fueron presentadas en la Tabla 29 de la Adenda.

 

En relación a las medidas de control para fauna mayor, el Titular complementó en Anexo 11 de la Adenda complementaria, un plan de trabajo de monitoreo de la especie Guanaco, el cual generará de manera semestral un informe de monitoreo que será enviado a la dirección regional de CONAF, SAG de Atacama, y Superintendencia de Medio Ambiente durante los primeros cinco años de operación del Proyecto.

 

Hidrología e Hidrogeología

En el Anexo 12 de la Adenda, se identificaron en el área de influencia la Quebrada El Pleito y quebradas afluentes, el análisis hidráulico indicó que la Quebrada El Pleito que tiene un régimen supercrítico cercano a los valores de crisis, con velocidades en torno a los 1,5 m/s., la morfología de esta cuenca según lo observado en terreno, se caracteriza por un ancho del cauce superior a los 15 metros y una delimitación bien definida. Por lo tanto, es posible inferir que ante una crecida los niveles de escurrimiento no afectan a las instalaciones proyectadas.

 

Respecto a las quebradas afluentes a la Quebrada El Pleito donde se localizarán gran parte de las obras del Proyecto, denominadas como SC6, SC4, SC3, SC2 y SC1, todas presentan un régimen de torrente por las altas pendientes que presentan. Sin embargo, debido a que su área tributaria es muy pequeña, todas inferiores a 0,5 km2, los caudales de escurrimiento son muy bajos y por ende también lo son sus velocidades (menores a 1,5 m/s), no generando por lo tanto, efectos erosivos potenciales en la quebrada ante un eventual escurrimiento.

 

Conforme a lo anterior en el Anexo 7 de la Adenda complementaria, se presentan los antecedentes del PAS 156), referido al permiso para efectuar modificaciones de cauce. En dicho Anexo se incorpora, dentro de los contenidos técnicos requeridos, el detalle de las superficies y caudales aportantes de las microcuencas del área de emplazamiento de los botaderos.

 

Adicionalmente, en el anexo 12 de la Adenda, se presentaron complementariamente los siguientes documentos; a) Mapa de Hidrología, b) Fotografías de Alta Resolución de la Quebradas y c) La Hidrología descriptiva y análisis de crecidas.

 

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE

5.3 Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que:

El área del Proyecto es un sector no utilizado por grupos humanos que pudieran verse afectados por la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales que sean utilizados como sustento ecomico o para cualquier otro uso tradicional, tales como medicinal, espiritual o cultural. De acuerdo a lo indicado por el Titular en el proceso de evaluación los grupos Humanos más cercanos al proyecto son a 3 Km (Galpones industriales), 2,8 Km (Campamento y oficinas de vigilancia de proyecto minero) y a 6 Km (la localidad de Incahuasi) de distancia.

 

De acuerdo a la información presentada por el Titular, se concluye que el Proyecto no afectará los recursos naturales utilizados por los grupos humanos, que les permiten su sustento económico o, donde encuentren aquellos elementos naturales que tengan connotación patrimonial cultural.

 

En cuanto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, se concluye que el proyecto no afectará la conectividad a los Grupos Humanos, cercanos al área del proyecto.

 

Respecto a la alteración al acceso o a la cantidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, se debe señalar que el Proyecto no alterará el normal y/o correcto funcionamiento de acceso a éstos durante las fases de construcción y de operación.

 

En cuanto a la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se debe señalar que el Proyecto no se opondrá o restringirá el desarrollo de actividades tradicionales y/o culturales propias efectuadas en el área de éste, ya que en dicha área no se realizan actividades o manifestaciones culturales.

 

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE

5.4 Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

El área del proyecto no se encuentra al interior o cercano a áreas de protección estatal (SNASPE) o de Sitios Prioritarios oficiales.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, ya que según los antecedentes expuestos, el proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE

5.5 Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra e) alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Conforme al estudio de Paisaje presentado en el Anexo 9 de la Adenda complementaria, el área del Proyecto no presenta valor paisajístico significativo ya que en el existen elementos asociados a antiguas faenas mineras relacionadas con el Distrito Minero El Pleito. La Ruta C-542 es de tránsito minero preferente y no conecta con localidad o atractivo turístico alguno. El área del Proyecto se sitúa fuera del rango visual para observadores situados sobre Ruta 5 norte, distante a 5 km al este. Los botaderos tienen formas, colores, materialidad y texturas asemejables a los suelos existentes. Los botaderos serán formas de dimensiones moderadas respecto al contexto morfológico general de la Quebrada El Pleito. No se generará bloqueo de vistas, incompatibilidad o intrusión visual por efecto del tamaño de los botaderos.

 

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE

5.6 Con relación a lo señalado en la letra e) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. Al respecto, es posible indicar que no existen áreas con valor paisajístico y/o tustico en el área de emplazamiento del Proyecto.

En el anexo 10 de la Adenda se presentó el Informe actualizado de Caracterización del Patrimonio Cultural, de acuerdo a los  resultados obtenidos se identificaron 28 hallazgos, sin embargo, estos no serán afectados por obras o actividades del Proyecto por encontrarse fuera del área de intervención. No obstante, en el mismo Anexo señala las medidas ambientales que adoptará, entre ellas: el registro, señalización, cercado y seguimiento con mapeo.

 

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.  

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V y VI del ICE

       

 

6. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:  

 

Permisos Ambientales Sectoriales

6.1.: Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, del artículo 136 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

El establecimiento de botaderos de estériles y acumulación de minerales.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria. 

Pronunciamiento del órgano competente

SERNAGEOMIN, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°4518, de fecha 13.07.16.

6.2.: Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

Un plan de cierre de la faena minera.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

SERNAGEOMIN, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°4518, de fecha 13.07.16.

6.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza., del artículo 138 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

La habilitación de un sistema particular de tratamiento de aguas servidas.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°1479, de fecha 25.07.16.

 

6.4. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos, industriales o mineros, del artículo 139 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

Implementación de un sitio para el lavado y lubricación de maquinaria de uso interno, el cual contempla la conducción de las aguas resultantes de dicho lavado hacia un estanque de separación de fases, donde la mezcla oleosa será calificada como residuo peligroso y enviada al Patio de Almacenamiento de dichos residuos, mientras que el agua excedente será recirculada dentro del mismo proceso de lavado.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°1479, de fecha 25.07.16.

 

6.5. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación.

Parte, obra o acción a que aplica

Almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en Anexo N°6 de la Adenda y Adenda Complementaria. 

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°1479, de fecha 25.07.16.

 

6.6. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

Un patio de Almacenamiento de residuos peligrosos.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°1479, de fecha 25.07.16.

6.7. Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

Plan de rescate y relocalización de tres especies en categoría de conservación.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

El SAG, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N° 434/2016, de fecha 14.07.16.

 

6.8. Permiso para la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas, del artículo 151 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

Se requerirá la corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La CONAF, Región de Atacama, se pronuncia conforme condicionada a los antecedentes presentados  a través de Ord. N° 75-EA/2016, de fecha 12.07.16.

 

6.9. Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

El emplazamiento del botadero.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo N° 7, de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

La DGA, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°76/2016, de fecha 07.07.16.

 

6.10. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos., del artículo 160 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de construcción y  Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

Se requerirá para las instalaciones industriales fuera de los límites urbanos.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Capítulo 4 Permisos Ambientales Sectoriales, del a DIA,  en la Adenda complementa la información y el Anexo N° 7 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente

El SAG, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados  a través de Ord. N°434/2016, de fecha 14.07.16.

 

 

7. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

Componente

Norma

Fase

Forma de Cumplimiento

Indicador de Cumplimiento

referencia

Minería

Ley 20.551 Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras. Ministerio de Minería.

Fase de Cierre

Plan de Cierre del Proyecto, aprobado por la autoridad competente.

 

Cap. 3 del DIA.

Minería

Decreto N°41 de 2012. Reglamento de Cierre de faenas e instalaciones mineras. Ministerio de Minería.

Fase de Cierre

Plan de Cierre del Proyecto, aprobado por la autoridad competente.

 

Cap. 3 del DIA.

Aire

D.S. Nº144/61 Establece Normas para Evitar Emanaciones o

Contaminantes de cualquier Naturaleza. Ministerio de Salud

Construcción y operación del proyecto.

Fase de Construcción:

Durante esta fase se

considera un conjunto de

acciones para el control de

las emisiones atmosféricas:

- La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.

- No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

- Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias.

- Humectación de caminos 3 veces al día, se adicionará al agua de riego un aglomerante cada 2 meses.

- Encarpado de carrocerías que transportan materiales.

Fase de Operación:

Durante esta fase se

considera un conjunto de

acciones para el control de

las emisiones atmosféricas:

- La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.

- No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

- Humectación caminos 3 veces al día y adicionando al agua de riego un aglomerante cada 2 meses.

- Humectación de pilas de acopio de mineral.

- Encarpado de carrocerías que transportan materiales y minerales.

Registro de implementación de

medidas:

Registro de mantenciones de maquinaria.

Se indicará en el libro de obra la

Humectación realizada, donde se deberá indicar la fecha de ejecución y hora de ocurrencia, la que quedará registrada por el respectivo cargado de la obra.

Registro en el libro de Obras de

cumplimiento de

encarpado de camiones, junto con la identificación del camión que transporta materiales hacia y desde la obra.

Cap. 3 del DIA.

Aire

Decreto Supremo Nº 47/1992,

Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Construcción y operación del proyecto.

Fase de Construcción:

Durante esta fase se

considera un conjunto de

acciones para el control de

las emisiones atmosféricas:

- La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.

- No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros

Materiales combustibles.

- Ejecución de las excavaciones estrictamente necesarias.

- Humectación de caminos 3 veces al día, se adicionará al  agua de riego un aglomerante cada 2 meses.

- Encarpado de carrocerías que transportan materiales.

Fase de Operación:

Durante esta fase se

considera un conjunto de

acciones para el control de

las emisiones atmosféricas:

La maquinaria contará con sus mantenciones respectivas al día.

- No realizar ningún tipo de quemas de madera u otros materiales combustibles.

- Humectación caminos 3 veces al día y adicionando al agua de riego un aglomerante cada 2 meses.

- Humectación de pilas de acopio de mineral.

- Encarpado de carrocerías que transportan materiales y minerales.

Registros de

implementación de

Medidas de acuerdo a lo indicado en normativa anterior.

Cap. 3 del DIA.

Aire

D.S. Nº 4/1994 Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados. Ministerio de

Transporte y Telecomunicaciones.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase de Construcción:

Se utilizará como medida de

control de las emisiones de

gases de combustión, la

exigencia que todos los

vehículos motorizados

livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y

cumplan con las normas de

emisión establecidas por el

Ministerio de Transporte y

Telecomunicaciones.

Fase de Operación:

Se utilizará como medida de

control de las emisiones de

gases de combustión, la

exigencia que todos los

vehículos motorizados

livianos sean sometidos a

mantenciones periódicas y

cumplan con las normas de

emisión establecidas por el

Ministerio de Transporte y

Telecomunicaciones.

 

Registro de mantenciones y, si corresponde, certificado de revisión técnica de los vehículos.

Cap. 3 del DIA.

Aire

Decreto

Supremo Nº

54/ Establece las Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos. Ministerio de

Transporte y

Telecomunicaciones

Construcción y Operación del proyecto.

Fase Construcción:

Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares.

Fase de Operación:

Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares.

Registro de mantenciones y, si corresponde, certificado de revisión técnica de los vehículos.

Cap. 3 del DIA.

Aire

Decreto

Supremo Nº

279/ Aprueba el Reglamento

para el Control

de la Emisión de

Contaminantes

de Vehículos

Motorizados de

Combustión

Interna. Ministerio de Salud.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase Construcción:

Todos los vehículos tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares.

Registro de mantenciones, y si corresponde, certificado de revisión técnica de los vehículos.

Cap. 3 del DIA.

Aire

DS. 138 Sobre Declaración de Emisiones, Ministerio de Salud.

Construcción

Se realizará la declaración de emisiones de los equipos electrógenos utilizados en el Proyecto a través del Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y

Transferencias de Contaminantes (RETC).

Registro a través del Sistema Ventanilla Única del Registro de Emisiones y

Transferencias de Contaminantes (RETC).

Adenda

Ruido

Decreto Supremo Nº38/12 Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos

Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del D.S.

Nº146/97 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Ministerio del  Medio Ambiente.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase Construcción:

Las actividades serán

desarrolladas dentro del área del Proyecto, las cuales se encuentran alejadas de viviendas y cumplen con los límites permisibles establecidos en este decreto, tal como se expone en el Anexo 3 Estudio Acústico de la presente

DIA.

Si bien no existen receptores

directos en el área del Proyecto, y se cumple con los límites establecidos en este decreto, a fin

de que los niveles de ruido sean lo menos perceptibles en el entorno, igualmente se tomarán las siguientes medidas de gestión:

• Se exigirá a la empresa contratista que la maquinaria y camiones a utilizar se encuentre con su revisión técnica al día.

• Se realizarán

mantenciones periódicas

a la maquinaria y

camiones involucrados

en la construcción del

Proyecto.

• Se velará por la protección auditiva de los trabajadores a través del uso de protectores auditivos en ambientes de trabajo ruidoso.

• Se utilizará maquinaria con sus equipos silenciadores en óptimas condiciones.

Fase de Operación:

Las actividades serán

desarrolladas dentro del área del Proyecto, las cuales se encuentran alejadas de viviendas y cumplen

con los límites permisibles

establecidos en este decreto, tal como se expone en el Anexo 3 Estudio Acústico de la presente

DIA.

Si bien no existen receptores directos en el área del Proyecto, y se cumple con los límites

establecidos en este decreto, a fin de que los niveles de ruido sean lo menos perceptibles en el entorno, igualmente se tomarán las siguientes medidas de gestión:

• Se exigirá a la empresa contratista que la maquinaria y camiones a utilizar se encuentre con su revisión técnica al día.

• Se realizarán mantenciones periódicas a la maquinaria y camiones involucrados en la construcción del Proyecto.

• Se velará por la protección auditiva de los trabajadores a través del uso de protectores auditivos en ambientes de trabajo ruidoso.

• Se utilizará maquinaria con sus equipos silenciadores en óptimas condiciones.

Registro de certificado de revisión técnica de maquinarias.

Registro de

Mantenciones a maquinaria y vehículos utilizados en la fase de construcción y operación.

Esta medida se exigirá al contratista de obras.

Cap. 3 del DIA.

Aguas servidas y efluentes líquidos

Decreto con

fuerza de Ley

Nº725/ Código

Sanitario. Ministerio de Salud.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase de Construcción:

La instalación de faenas y las

áreas de trabajo será dotada de baños químicos, los cuales serán instalados en los frentes de trabajo y subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N° 594/99 del Ministerio de

Salud, “Reglamento sobre

Condiciones Sanitarias y

Ambientales Básicas en los

Lugares de Trabajo” con las

modificaciones introducidas

por el D.S. 201/2001 del

Ministerio de Salud. Para su manejo, los baños químicos serán proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada que realizará la recolección y disposición de los residuos generados.

El titular velará para que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

Fase de Operación:

En el área de Instalaciones de Apoyo, serán instaladas Plantas Compactas de Tratamiento de Aguas Servidas, cuyo efluente tratado será utilizado para el riego de caminos y acopio de mineral.

Contrato de prestación de servicio de dotación y retiro de baños químicos.

Registro de mantenciones a instalaciones sanitarias.

Autorización sanitaria para instalaciones a utilizar en fase de construcción.

Registro de retiro de aguas servidas por empresas autorizadas en el caso de los baños químicos.

Registros anuales

de análisis de laboratorio de las aguas servidas tratadas.

Cap. 3 del DIA, y Adenda complementaria

Aguas servidas y efluentes líquidos

Decreto Supremo Nº594/ Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Ministerio de Salud.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase de Construcción:

La instalación de faenas y las áreas de trabajo, serán dotadas de baños químicos, los cuales serán instalados en los frentes de trabajo y subcontratados a empresas autorizadas, conforme a lo exigido por el D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” con las modificaciones introducidas por el D.S. 201/2001 del Ministerio de Salud. Para su manejo, los baños químicos serán proporcionados y mantenidos por una empresa autorizada que realizará la recolección y disposición de los residuos generados.

El titular velará para que el contratista mantenga el correcto mantenimiento y funcionamiento de estos servicios.

Fase de Operación:

En el área de Instalaciones de Apoyo, serán instaladas Plantas Compactas de Tratamiento de Aguas Servidas, cuyo efluente tratado será utilizado para el riego de caminos y acopio de mineral.

Contrato de prestación de servicio de dotación y retiro de baños químicos.

Registro de mantenciones a instalaciones sanitarias.

Autorización sanitaria para instalaciones a utilizar en fase de construcción.

Registro de retiro de aguas servidas por empresas autorizadas en el caso de los baños químicos.

Registros anuales de análisis de laboratorio de las aguas servidas tratadas.

Cap. 3 DIA.

Energía y combustibles

Decreto Supremo Nº327/ Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Ministerio de Minería.

Todas las fases del proyecto.

Las instalaciones eléctricas se ajustarán a las especificaciones técnicas de todo proyecto eléctrico, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes.

La construcción, operación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas, serán ejecutadas por personal calificado y autorizado, de acuerdo a los reglamentos y normas vigentes. Todos los materiales que se utilizarán en la construcción de las instalaciones eléctricas, contarán con la requerida certificación de aprobación.

Con al menos 15 días de anticipación, se dará aviso a la SEC de la puesta en Servicio de las instalaciones eléctricas interiores del proyecto.

Inscripción en la SEC de Proyecto eléctrico, si corresponde.

Cap. 3 DIA.

Energía y combustibles

Decreto Supremo N° 160/

Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase Operación del proyecto.

Se exigirá a todos los contratistas encargados del suministro de combustible, contar previo a la ejecución del Proyecto, con los certificados y aprobaciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

Certificados emitidos por la SEC.

Cap. 3 DIA.

Contaminación Lumínica

Decreto

Supremo

N°686/98

Modificado por

Decreto Supremo

N°43/12

Norma de Emisión para la regulación de la contaminación lumínica. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Todas las fases del proyecto.

La instalación de luminarias se realizará dando cumplimiento a lo establecido en el presente decreto, que regula los límites máximos permitidos de emisión lumínica hacia cielos nocturnos, medido en el efluente de la fuente emisora.

Se utilizará como referencia el “Manual de Aplicación de la Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica”, elaborado por CONAMA, a objeto de explicitar los contenidos de la norma y facilitar su aplicación y cumplimiento.

Registros de

emisión lumínica

(lúmenes) de las

Luminarias instaladas.

Cap. 3 DIA.

Residuos

Decreto Supremo

Nº594/ Reglamento

sobre Condiciones

Sanitarias y

Ambientales Básicas

en los Lugares de

Trabajo. Ministerio de Salud.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase Construcción: los residuos domésticos se acumularán temporalmente en contenedores especialmente habilitados en la instalación de faenas, desde donde serán retirados y trasladados al sitio de acopio temporal especialmente habilitado para ello, desde donde serán retirados por empresa autorizada para su transporte y disposición final.

Respecto de los residuos industriales, estos serán acopiados temporalmente y debidamente identificados, en el Patio de Salvataje habilitado especialmente para ello, para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada conforme a la legislación vigente.

Respecto a los residuos

industriales peligrosos, se

dispondrán temporalmente en el Patio de Almacenamiento de

Residuos Peligrosos especialmente habilitado para ello, y desde donde serán retirados por una empresa certificada para su disposición final.

Fase de Operación: Durante la fase de operación, los residuos domésticos serán almacenados en recipientes cerrados, desde donde serán retirados y trasladados al sitio de acopio temporal especialmente  habilitado para ello, desde donde serán retirados por empresa autorizada para su transporte y disposición final.

Respecto de los residuos industriales, estos serán acopiados temporalmente y debidamente identificados, en el Patio de Salvataje habilitado especialmente para ello, para su posterior retiro y disposición final por parte de una empresa autorizada conforme a la legislación vigente.

Respecto a los residuos

industriales peligrosos, se

dispondrán temporalmente en el Patio de Almacenamiento de

Residuos Peligrosos especialmente habilitado para ello, y desde donde serán retirados por una empresa certificada para su disposición final.

Registro de retiro de residuos por empresas autorizadas.

Registro de disposición de final de residuos industriales en lugares que cuenten con las debidas autorizaciones.

Estas medidas se exigirán al contratista de obras para la fase de construcción.

Cap. 3 DIA.

Residuos peligrosos

Decreto Supremo

Nº 148/

Reglamento

Sanitario sobre

Manejo de Residuos

Peligrosos. Ministerio de Salud.

Construcción y Operación del proyecto.

Fase de Construcción:

Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados temporalmente en el Patio de Almacenamiento de Residuos Peligrosos, que será habilitado especialmente para ello, desde donde serán retirados por una empresa certificada para su disposición final.

Fase de Operación:

Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados temporalmente en el Patio de Almacenamiento de Residuos Peligrosos, que será habilitado especialmente para ello, desde donde serán retirados por una empresa certificada para su disposición final.

En Adenda el Titular indica que se entregará un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama, de acuerdo a lo establecido en el Art. 26 del D.S. 148/2003.

Además hará la declaración de residuos peligrosos a través del Sistema

Ventanilla Única del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

Registro de retiro de residuos por empresas autorizadas.

Registro de disposición final de

Residuos industriales en lugares que cuenten con las debidas autorizaciones.

Cap. 3 DIA, Adenda

Sustancias Peligrosas (explosivas)

Ley Nº 17.798 sobre

el Control de Armas

y Explosivos, y sus

modificaciones, y

D.S. N° 83/2007, del

Ministerio de

Defensa Nacional,

Reglamento complementario de la ley Nº 17.798, sobre control de, armas y elementos, similares 1. Ministerio de Defensa Nacional.

Operación del proyecto.

El Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones de la Ley

N° 17.798 y del D.S. N° 83/2007.

En particular, observará y cumplirá las disposiciones establecidas en el Título VI del Reglamento (artículos 207 y siguientes), realizando las inscripciones y obteniendo las autorizaciones que correspondan.

 

Inscripciones y

autorizaciones

que

correspondan,

en virtud de la

Ley N° 17.798 y

del D.S. N°

83/2007, del

Ministerio de

Defensa

Nacional.

Cap. 3 DIA.

Transporte

Decreto Supremo Nº 75 / Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Construcción del proyecto.

Durante la fase de construcción, el transporte de los materiales se realizará mediante camiones, que cumplirán con las disposiciones de este Decreto, en lo que respecta a la forma de transporte del material y su cubrimiento con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no malla Rachel).

Registro en el libro de Obra de cumplimiento de cubrimiento de camiones, junto con la hora, patente y nombre del chofer del camión que transporta  ateriales hacia y desde la obra.

Estas medidas se exigirán al contratista de obras para la fase de construcción.

Cap. 3 DIA.

Flora

Ley Nº20.283 sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Ministerio de Agricultura.

Construcción

La resolución que aprueba el Plan de Trabajo de formaciones Xerofíticas, por parte de la autoridad competente.

Se realizará inspecciones durante la construcción para evitar que se produzca la corta de árboles nativos.

Adenda.

Flora

Decreto Nº 68/2009 Establece, aprueba y oficializa nómina de especies arbóreas y arbustivas originarias del país. Ministerio de Agricultura.

Construcción

La resolución que aprueba el Plan de Trabajo de formaciones Xerofíticas, por parte de la autoridad competente.

Se realizará inspecciones durante la construcción para evitar que se produzca la corta de árboles nativos.

Adenda.

Patrimonio Cultural

Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación.

Construcción

En el caso de producirse un hallazgo arqueológico o paleontológico se

procederá según lo establecido por los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos

Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones

y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el

sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, de manera que éste determine el procedimiento a seguir.

Se informara de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales.

Adenda.

 

 

8°. Que, respecto de la síntesis del proceso de participación ciudadana se detalla a continuación;

Antecedentes relacionados con los mecanismos implementados para asegurar la participación ciudadana:

El proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 03/08/2015 y en el diario El Mercurio con fecha 03/08/2015. La difusión radial se efectuó por medio de la Radio Nostálgica FM los días 04, 05, 06, 07, 08, 09 y 10 de agosto de 2015, según consta en carta de fecha 11/08/2015 emitido por la misma radio.

Para conocimiento de la comunidad, la Declaración de Impacto Ambiental, se encontró disponible en el sitio web del SEIA (www.sea.gob.cl) y en la oficina regional del Servicio de Evaluación Ambiental de Atacama, ubicada en calle Yerbas Buenas 295 de la ciudad de Copiapó.

 

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se presentaron en anexo 10 de la Adenda complementaria del Proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, presentado por Compañía Minera del Pacífico S.A.”.

 

10°. Que en la sesión de la Comisión de Evaluación, Región de Atacama de fecha 10 de agosto de 2016, la Comisión de Evaluación acordó acoger la propuesta de calificar Ambientalmente Favorable del proyecto presentada por la Secretaría Técnica basada en que durante el proceso de evaluación ambiental el Titular,  del proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales de los artículos 136, 137, 138, 139, 140, 142, 146, 151, 156 y 160 del RSEIA, y además el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

 

11°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

12°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

13°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

14°. Que, para que el proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

15° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

16°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

 

17°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.

 

18°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°.  Calificar favorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, de Compañía Minera del Pacífico S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 137, 138, 139, 140, 142, 146, 151, 156 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto “Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Comité de Ministros. 

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/VOP/JFM

Distribución:

  • Erick Weber Paulus
  • CONADI, Región de Atacama
  • CONAF, Región de Atacama
  • DGA, Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Vallenar
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI de Minería, Región de Atacama
  • SEREMI de Salud, Región de Atacama
  • SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <lcruz@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Extracción de Minerales de Hierro en Distrito Pleito"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=c4/15/8234414f41755f177d185bd9ec86201a8419


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