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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN V REGIÓN DE VALPARAÍSO | Califica Ambientalmente el proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO" Resolución Exenta Nº 26/2013 Valparaíso, 5 de Febrero de 2013 | VISTOS: -
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del Proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO", presentada por el Señor Erwin Mayer-Beckh Leslie, en representación de Amera chile S.A, con fecha 29 de Agosto de 2012. -
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: -
Con relación a la DIA: - Oficio Nº 340 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso, con fecha 22/09/2012;
- Oficio Nº 2039 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, con fecha 21/09/2012;
- Oficio N° 2138 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso, con fecha 26/09/2012;
- Oficio Nº 2234 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 26/09/2012;
- Oficio Nº 1403 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 27/09/2012;
- Oficio Nº 3350 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 26/09/2012;
- Oficio Nº 490 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 28/09/2012;
- Oficio Nº 777 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 27/09/2012;
- Oficio Nº 1389 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 25/09/2012;
- Oficio Nº 1377 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso, con fecha 02/10/2012;
- Oficio Nº 4032 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/10/2012;
- Oficio Nº 536 sobre la DIA, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, con fecha 04/10/2012.
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Con relación al Adenda 1: - Oficio Nº 653 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 30/11/2012;
- Oficio Nº 1708 sobre el Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso, con fecha 05/12/2012;
- Oficio Nº 4947 sobre el Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 05/12/2012;
- Oficio Nº 2597 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso, con fecha 05/12/2012;
- Oficio Nº 4023 sobre el Adenda 1, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 05/12/2012;
- Oficio Nº 656 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, con fecha 05/12/2012;
- Oficio Nº 1040 sobre el Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 05/12/2012;
- Oficio Nº 1708 sobre el Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 03/12/2012.
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Con relación al Adenda 2: - Oficio Nº 38 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso, con fecha 15/01/2013.
- Oficio Nº 029 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso, con fecha 21/01/2013;
- Oficio Nº 116 sobre el Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso, con fecha 22/01/2013;
- Oficio Nº 184 sobre el Adenda 2, por Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central, con fecha 23/01/2013;
- Oficio Nº 0135 sobre el Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Valparaíso, con fecha 22/01/2013.
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El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO", de fecha 01 de febrero de 2013. -
El Acta de Evaluación Nº 06/2013 de la reunión del Comité Técnico de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 11 de Enero de 2013. -
El Acta de la Sesión Nº 2 de la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, de fecha 04 de Febrero de 2013. -
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO". -
Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: -
Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO". -
Que, el derecho de Amera Chile S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. -
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO" consiste en la implementación y operación de una planta elaboradora de cospeles electroplateados de Níquel, para acuñación monetaria, en las instalaciones industriales existentes de Amera Chile S.A., sustituyendo la actual fabricación de cospeles mediante procesos de fundición y laminación de cuproaleaciones. La capacidad máxima de producción de cospeles de acero electroplateados se estima que será de 6.000 (ton/año). Las modificaciones de las instalaciones industriales existentes, considera la reestructuración interna de los galpones en que actualmente se llevan a cabo los procesos productivos, principalmente para la instalación de las dos nuevas líneas de producción. Por lo anterior, el actual proyecto en evaluación modificará el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación Fábrica Armat S.A.” (Proyecto original), que fue calificado favorablemente por la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) de la Región de Valparaíso, según consta en su Res. Ex. N° 025/97 del 10 de noviembre de 1997. Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular señaló que su vida útil será de 30 años, y que una vez cumplido este tiempo, se realizará una evaluación de la infraestructura e instalaciones, con el objeto de determinar la viabilidad del proyecto por otros 30 años más. El monto de inversión total estimado para la ejecución del proyecto, es de US$ 5.000.000.- Durante la habilitación de la infraestructura, se emplearán 30 personas; y, durante la etapa de operación, 45 personas. 3.1. Localización. El proyecto se llevará a cabo al interior de las actuales instalaciones de la planta fabril de Amera Chile S.A., ubicada en calle Lo Gamboa N° 201, de la ciudad de Quilpué. 3.2. Coordenadas. Las coordenadas UTM de la ubicación de las instalaciones de Amera Chile S.A., de acuerdo a Carta IGM Quilpué, E-048 2ª Edición 2008, Datum WGS 84 HUSO 19, son las siguientes. | Instalación | Coordenadas UTM | | Norte | Este | | Planta Amera | 6.341.594 | 273.388 | | Estanques de Ácido Sulfúrico | 6.341.541 | 273.519 | 3.3. Superficies del Proyecto, Incluidas Obras y Acciones Asociadas. El terreno en que se ubican actualmente las instalaciones industriales de Amera Chile S.A., tiene una superficie de 59.328 (m2), sin embargo la superficie total que abarcará la ejecución del proyecto, será de 7.415 (m2). 3.4. Descripción de Obras e Instalaciones Proyectadas. Para la ejecución del proyecto se implementarán dos nuevas líneas productivas que se describen a continuación. -
Línea SESSLER de niquelado, de procedencia Alemana. Para esta línea se proyecta instalar 6 baños de Níquel, con 3 estaciones de electrodepositación cada baño, por lo que en total se tendrán 18 tinas que serán de polipropileno, de 15 (mm) de espesor; sus dimensiones serán de 0,8 x 1,2 x 0,95 (m); y, por tanto, la capacidad total de cada tina, será de 912 (l) aproximadamente. Adicionalmente, esta línea contará con: -
Dos depósitos de preparación de baños, de 2.500 (l) de capacidad cada uno. -
Un proceso de desengrase caliente, que se compondrá de un estanque de 720 (l) de capacidad. -
Un proceso de desmanche con ácido Clorhídrico, que se compondrá de un estanque de 550 (l) de capacidad. -
Enjuagues en cascada, que considerará 8 tinas de 550 (l) de capacidad cada uno. -
Línea SIEM de niquelado, reacondicionada, de procedencia Italiana. Para esta línea se proyecta instalar 5 baños de Níquel, con 3 estaciones de electrodepositación cada baño, por lo que en total se tendrán 15 tinas de electrodepositación, de acero con recubrimiento interior de PVC semirrígido, de 2 (mm) de espesor; sus dimensiones serán 0,8 x 0,8 x 1,0 (m); y por tanto, la capacidad total de cada tina, será de 640 (l). Adicionalmente, esta línea contará con: -
Un proceso de desengrase caliente, que se compondrá de un estanque de 640 (l) de capacidad. -
Un proceso de limpieza electrolítica alcalina, que se compondrá de dos estanque de 640 (l) de capacidad cada uno. -
Un proceso de desmanche con ácido Clorhídrico, que se compondrá de un estanque de 640 (l) de capacidad. -
Enjuagues en cascada, que considerará 15 tinas de 640 (l) de capacidad cada uno. Los equipos que se contempla implementar para el nuevo proceso productivo, se detallan a continuación. | Equipos Línea SIEM | Potencia (kW) | Equipos Línea SESSLER | Potencia (kW) | | Tolva carga y descarga | 1,5 | Tolva carga y descarga | 1,5 | | Reductor de izaje del robot | 3,5 | Reductor de izaje del robot | 3 | | Monorriel avance/retroceso | 1,5 | Monorriel avance/retroceso | 1,1 | | Motores tambores rotatorios (21) | 5,25 | Motores tambores rotatorios (30) | 7,5 | | Bombas filtros baños Níquel | 3 | Bombas filtros baños Níquel | 6 | | Bomba dosificadora lavadora de gases | 0,25 | Bomba dosificadora lavadora de gases | 0,25 | | Ventilador extractor de aire | 5 | Ventilador extractor de aire | 10 | | Rectificador desengrase electrolítico | 6,6 | Rectificador desengrase electrolítico | 41,8 | | Rectificador baños de niquelado | 201 | Rectificador baños de niquelado | 450 | | Bomba recirculante lavador de gases | 0,75 | Bomba recirculante lavador de gases | 0,75 | | Calefactores baños de Níquel* (15) | 135 | Calefactores baños de Níquel* (18) | 306 | | Bomba presión hídrica | 1 | Bomba presión hídrica | 1 | | Calefactor desengrase electrolítico* | 24 | Calefactor desengrase caliente | 12 | | Calefactor desengrase caliente | 24 | Ventilador aire caliente | 0,5 | | Sistema agua caliente-agua fría* | 94,5 | Calefactor placas aire caliente | 18 | | Calefactor baño agua caliente | 10 | | Potencia total instalada línea SIEM | 507 | Potencia total instalada línea SESSLER | 869 | | Potencia en operación | 254 | Potencia en operación | 569 | | (*) Los calefactores (159 kW) y el sistema de agua caliente fría (94,5 kW) se utilizarán para el inicio del proceso (uso intermitente). | (*) Los calefactores (306 kW) se utilizarán para inicio del proceso (uso intermitente). | 3.5. Etapa de Construcción. El proyecto no considera la ejecución de una etapa de construcción propiamente tal, ya que estará emplazado en el galpón industrial existente, requiriéndose solamente el retiro de las instalaciones existentes de fundición y laminación de cuproaleaciones, para la implementación de las dos líneas de electroplateado de Níquel. No se realizarán actividades de movimientos de tierra. A continuación se presenta cuadro resumen de instalaciones existentes con la descripción de las modificaciones proyectadas, y sus respectivas superficies. | Instalaciones Existentes Aprobadas | Modificaciones | | Área Fundición. Superficie: 1.430 m2. Equipos Instalados: Línea de Colada Continua N° 1. - Hornos de Fusión Inducción con canal.
- Horno de Mantención Inducción con canal.
- Extractora de Flejes.
- Cintradora de Flejes.
- Guillotina de Flejes.
Línea de Colada Continua N° 2. · Hornos de Fusión Inducción con canal. · Horno de Mantención Inducción con canal. · Extractora de Flejes. · Cintradora de Flejes. · Guillotina de Flejes. Línea de Colada Continua N° 3. · Hornos de Fusión Inducción sin canal. · Horno de Mantención Inducción con canal. · Extractora de Flejes. · Cintradora de Flejes. · Guillotina de Flejes. Línea de Colada Continua N° 4. · Horno de Fusión Inducción con canal. · Horno de Mantención Inducción con cana. · Extractora de Flejes. · Cintradora de Flejes. · Guillotina de Flejes. | Superficie Libre. Superficie: 2.280 m2. Modificaciones: - Se retiran las 4 líneas de fundición.
- Se dejan áreas libres.
- Se reacondiciona el piso.
| | Área Laminación, sector laminadores. Superficie: 2.190 m2 Equipos Instalados: · Laminador Cuarto Schmitz 300. · Laminador Duo Schmitz. · Laminador Cuarto Schmitz 150. · Hornos de Recocido Super Cyclon. · Slitter N° 3 (cortadora de flejes). | Bodega. Superficie: 1.340 m2 Modificaciones: - Se retira laminador Cuarto Schmitz 300.
- Se retira laminador Duo Schmitz.
- Se retira laminador Cuarto Schmitz 150.
- Se retiran hornos de Recocido Super Cyclon.
- Se cambia de ubicación Slitter N° 3.
- Se reacondiciona el piso.
- Se dejan áreas libres.
| | Área Laminación, sector Decapado. Superficie: 1.035 m2. Equipos instalados: - Tina de decapado Junker.
- Slitter N° 2 (cortadora de flejes).
| Sector Electroplateado. Superficie: 1.035 m2. Modificaciones: - Se retira tina de decapado Junker.
- Se retira Slitter N° 2.
- Se reacondiciona el piso.
- Se prepara área para instalación de líneas de electroplateado con Níquel.
| | Área Laminación Sector Loewy. Superficie: 595 m2. Equipos instalados: - Laminador Loewy Reversible.
| Sector Loewy. Superficie: 595 m2. Modificaciones: · Se deja Laminador Loewy Reversible. · Se instala Slitter N° 3 (cortadora de flejes). | | Área Cospeles. Superficie: 2.165 m2. Equipos Instalados: - Prensas Schuler.
- Prensas Minster.
- Prensa Kaiser.
- Acordonadoras.
- Schuler.
- Hornos de Recocido Continuo.
- Decapadoras Spaleck.
- Equipos inspección Visia 100.
- Cintas inspección Manual.
- Contadoras.
| Área Cospeles. Superficie: 2.165 m2. · No se hacen modificaciones en esta área | | Superficie existente: 7.415 (m2) | Superficie modificaciones: 7.415 (m2) | El detalle de las superficies señaladas antes, se presenta en el Adenda 1, Anexo 1, Lámina GE-04, correspondiente a Lay-out Proceso Anterior “Fundición”; y Lámina GE-05, correspondiente a Lay-out Nuevo Proceso Electroplating. El reacondicionamiento del piso de hormigón, considera la ejecución de las siguientes obras: -
Hormigonado de foso y canales existentes, con hormigón tipo h20-9010. -
Pulido del piso existente, con sistema de fresado con disco diamantado. -
Reparación de corte, con productos BAUTEX masilla elástica de poliuretano. -
Afinamiento del pavimento, con capas de piedra grano 80. -
Sellado del pavimento, con producto mata polvo marca SELLO FLOOR BAUTEX incoloro, considerando la aplicación de 3 manos. -
Aplicación de pintura epóxica BAUPOX PAINT, con 3 manos, también en el pavimento. Esta pintura epóxica permitirá una alta resistencia al tránsito y ataques de productos químicos. Se estima que las actividades señaladas antes se ejecutarán en un plazo de 3 meses. En el Adenda 1, Anexo 2, se adjunta ficha técnica de los productos a utilizar para lograr resistencia a los agentes químicos ácidos y/o alcalinos. Las maquinarias que serán retiradas del proceso productivo existente, serán desmontadas y vendidas a terceros y, en caso de no concretar su venta como equipo productivo, se venderán como chatarra para su fundición y recuperación del acero que contienen. Además, y dado que éstas se encuentran fuera de servicio hace más de un año, no se requiere que ninguna de sus partes sea sometidas a lavado. 3.6. Etapa de Operación. Una vez terminado el proceso de instalación de las nuevas líneas de producción, se procederá a la puesta en marcha de las mismas. Esta actividad durará 2 semanas aproximadamente. Luego, la etapa de operación se iniciará una vez que las líneas de producción estuviesen instaladas y ensayadas en todos sus componentes, además se considera realizar una capacitación intensa para el personal en relación al manejo de los equipos, con especial sensibilización en los aspectos de seguridad, operación de las materias primas, y su interacción con las personas y el medio ambiente. El proceso productivo será continuo considerando una jornada de trabajo de 45 horas semanales, distribuidas en 3 turnos de carácter rotativo. El total de personas que trabajarán en las instalaciones proyectadas, será de aproximadamente de 45 empleados permanentes, los cuales asistirán las distintas etapas del proceso productivo. El proyecto original contemplaba una capacidad de producción de 575 (ton/mes), sin embargo la producción promedio histórica fue de 330 (ton/año), alcanzando un consumo de agua de 1.155 (m3/mes). La capacidad del nuevo proceso productivo será de 412 (ton/mes), estimándose un consumo de agua de 887 (m3/mes). A continuación se describe el proceso productivo de las instalaciones proyectadas. -
Ingreso de Materias Primas. Los rollos de fleje de acero, laminados al espesor especificado serán cortados en cintas al ancho, y serán pesados e ingresados al sector de prensas. El rango de espesor de las cintas corresponderá a 1,5 a 2 mm por ancho 125 a 200 (mm). -
Corte. Se procederá a troquelar los discos o cospeles, el diámetro de los mismos corresponderá a un rango entre 15 a 30 (mm). -
Acordonado. Los cospeles serán procesados en una máquina acordonadora o rebordeadora que por medio de un plato giratorio con ranura, elimina las rebarbas del corte y mediante una ligera disminución en su diámetro, le producirá un efecto de levantamiento del borde o "cordón" en todo su contorno. -
Electroplateado. El proceso de electroplateado de Níquel se efectuará en una solución acuosa ácida y en circuito cerrado. Esto último, para evitar el desplazamiento de la solución de electrolito de Níquel. La línea de producción estará provista de un robot, de tipo pórtico, que viajará sobre rieles para movilizar las cargas de cospeles. Las piezas o cospeles serán cargadas en un tambor horizontal, de paredes perforadas y de material plástico, que girará sobre su eje y que será transportado por el robot señalado antes, que lo subirá y bajará para sumergirlo en las sucesivas tinas de productos químicos previos, luego en celdas de electrodepositación y posteriormente en las tinas de enjuague y lavado. Los metales para el recubrimiento, se aportarán en forma de granallas metálicas que son disueltas anódicamente. Los baños de electrodepositación requerirán de calefacción, agitación y filtrado de la solución electrolito, además de un estricto control de la temperatura y de su composición química. Un programa de computador establecerá el ciclo de carga, la secuencia de procesos, el tiempo de permanencia en cada etapa y control de cada uno de los parámetros del proceso. La automatización será una condición clave para mantener la estabilidad y reproductibilidad de los parámetros físico-químicos que asegurarán, para una producción masiva a granel, la uniformidad y calidad del revestimiento electrolítico. El proceso de electrodepositación, propiamente tal, se efectuará en circuito cerrado. -
Abrillantado químico y pulido mecánico en los equipos SPALECK. Los cospeles acordonados serán tratados en una tolva semiesférica giratoria, con soluciones que contendrán ácido, generalmente sulfúrico, y un oxidante, generalmente agua oxigenada. Éstos serán mezclados con un cuerpo de carga de bolitas de acero inoxidable, de 3 a 4(mm) de diámetro, que servirán para pulir y dar brillo a su superficie por efecto mecánico de la fuerza centrífuga generada sobre la carga en el recipiente giratorio. El volumen de productos químicos, el tiempo de tratamiento, el drenaje y posteriores lavados con agua desmineralizada, serán programados y efectuados en forma automática. El proceso será de tipo batch y cada carga corresponderá a 180 (kg). Después del lavado con agua desmineralizada, los cospeles abrillantados serán secados mediante un sistema secador con soplado de aire caliente y transportado mediante cinta a un contenedor modular. Cuando las aguas de enjuague se encuentren saturadas o no cumplieran su función, serán enviadas a la planta de tratamiento de residuos industriales líquidos (Riles) existente. -
Selección automática. Los cospeles terminados, serán inspeccionados por un sistema detector digital previamente calibrado, para detectar defectos superficiales por ambas caras y eliminar las piezas defectuosas. El equipo constará de una cinta transportadora, un detector óptico digital, un procesador de la información y un deflector mecánico que desviará los cospeles defectuosos hacia un depósito de rechazos. -
Inspección visual: Los cospeles rechazados por la selección automática serán revisados en una cinta de selección visual y manual. En esta etapa una parte de los cospeles serán recuperados ya que cumplirán con los criterios de calidad superficial. El rechazo, que se denomina scrap, será destinado a reciclaje por parte de terceros. -
Conteo y embalaje: Los cospeles aprobados serán cuantificados mediante máquinas contadoras. Luego, serán empaquetados en bolsas de polietileno selladas que serán pesadas en balanza y embaladas en cajas de cartón o en tambores de acero, en ambos casos rotulados, según los requerimientos de cada cliente. En general, el proceso contempla, por cada línea de producción: -
Línea de niquelado de cospeles automática, por tambor rotatorio. -
Estaciones de tratamiento, entre 35 y 40. -
Carga y descarga totalmente automática. -
Sistema de transporte de tambores giratorios automáticos y programables. -
Control de todos los parámetros del proceso: temperaturas, tiempos, caudales, voltaje y densidad de corriente, entre otros. -
Medios de control, mediante procesadores Siemens S7 de última generación. -
Energía eléctrica, con fuerza 400 V, 50 Hz; y control 24 y 48 voltios. En el Adenda 1, respuesta a la observación 9, se presenta diagrama general del proceso productivo proyectado, considerando las materias primas, los productos, los residuos y emisiones. Además, en la respuesta a la observación 7 de la misma Adenda, se presenta tabla con las variables de operación del proceso productivo proyectado, tales como densidad de corriente, voltaje, temperatura, pH, grado de agitación, tiempo de duración de los baños y la estimación de las pérdidas por transferencia de calor al ambiente. La capacidad de producción proyectada, dependerá del espesor, tipo de recubrimiento, peso y área de los cospeles a producir. Sin embargo, en promedio y por línea de producción, se alcanzarán los siguientes valores: -
Cospeles de acero niquelado, considerando un ciclo de descarga cada 15 minutos, de 200 a 400 (kg/h). -
Carga por tambor giratorio, entre 50 y 100 (kg). -
El rendimiento del proceso será de 95% aproximadamente. -
Considerando 24 horas por día de producción, se generarán 13.700 (kg/día) de cospeles; o bien, considerando 30 días de producción al mes, se generarán 412 (ton/mes) de cospeles. -
Luego, dos líneas de producción implicarán una producción anual del orden de 5.000 toneladas de cospeles electroplateados de Níquel. Si bien, de acuerdo a los establecido en la Res. Ex. N° 025 de la COREMA Región de Valparaíso, las instalaciones industriales tienen autorizado una capacidad de producción de 575 (ton/mes) de cospeles, el nuevo proceso considera una producción aproximada de 412 (ton/mes), quedando un remanente disponible de producción de 163 (ton/mes). Luego, en una segunda etapa y de acuerdo a los futuros requerimientos del mercado de cospeles electroplateados, el titular evaluará la factibilidad de instalar nuevas líneas de producción. En tal caso, de manera previa, deberá informar al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso que, en base a los antecedentes que se acompañen en dicha ocasión, evaluará la pertinencia de ingreso de dicha modificación al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. La recepción de las materias primas se efectuará en el patio de descarga de la Planta mediante grúas auto elevador que serán manejadas por personal de bodega, con autorización. Luego, serán transportadas a los recintos respectivos, para su almacenaje. El ácido sulfúrico concentrado se descargará, por gravedad, desde el camión contenedor a los estanques existentes de acero inoxidable. Los estanques, que tienen una capacidad de 5 (m3) cada uno y se ubican al interior de pretil de seguridad, serán empleados para la ejecución del actual proyecto en evaluación. En el Adenda 1, Anexo 4, Plano GE-06, que muestra las características de la instalación existente. Entre las modificaciones a realizar en el área de laminación, sector laminadores, se contempla la implementación de una bodega, de 1.340 (m2), que se empleará para almacenar sólo dos tipos de productos inertes, sin características de peligrosidad, que se especifican a continuación, -
De importación, correspondientes a pallet con flejes laminados y enzunchados. -
De exportación, correspondientes a pallet con cizalla de flejes laminados y enzunchados. El movimiento de los productos señalados antes, se realizará con grúa horquilla. En el Adenda 1, respuesta a la observación 29, se presenta el programa de mantención electromecánica vigente para las líneas de electroplateado. 3.7. Etapa de Abandono. Una vez terminada la vida útil del proyecto, para la etapa de cierre y abandono, se realizarán las siguientes actividades: -
Descarga y lavado, en forma programada, de cada uno de los baños de preparación de superficie, hacia el sistema de tratamiento de efluentes. El lavado incluirá, en forma dinámica, el sistema de cañerías de las etapas de producción, considerando las características de reactividad química. -
Tratamiento de los residuos industriales líquidos (Riles), para su posterior descarga al sistema público de alcantarillado, cumpliendo con la concentración y caudal autorizados. -
Descarga, lavado y vaciado de todos los recipientes y estanques del sistema de tratamiento de Riles. -
Devolución de las materias primas e insumos remanentes, en el caso que los hubiera, a los proveedores respectivos. En caso contrario, se procederá a la neutralización, retiro y disposición de los mismos, según la norma vigente ambiental aplicable. -
Desconexión efectiva de los elementos electro motrices y de los equipos rectificadores de corriente. -
Cubrimiento y protección adecuada, mediante film de polietileno u otros elementos, de todos los componentes de las líneas de producción, en espera de su desmantelación definitiva, para venta, reciclado, o destrucción. En general, frente a la eventualidad del cese del proceso productivo proyectado, se procederá al desmantelamiento ordenado de la infraestructura instalada, sin dejar residuos de ningún tipo. 3.8. Insumos. El suministro de agua para uso industrial, que alcanzará a 2 (m3/h), se obtendrá desde pozos existentes al interior de las instalaciones industriales de Amera Chile S.A. En específico, se cuenta con 5 pozos, sin embargo, para la ejecución del proyecto, sólo se emplearán los que se indican a continuación. | Pozo | Ubicación en coordenadas UTM, Datum WGS84. | Ubicación en Planta | Profundidad napa (m) | | Norte | Este | | A | 6.341.634,78 | 273.361,48 | Sector cospeles | 14,3 | | B | 6.341.615,26 | 273.443,61 | Sector carpintería | 14,3 | | E | 6341572,03 | 273604,05 | Sector crematorio | 25,0 | Con relación a los pozos C y D mencionados durante la evaluación del proyecto, finalmente se indicó que estos se encuentran sellado e inhabilitado respectivamente, por lo que no serán parte del proyecto. En caso extremo de requerir un caudal mayor de agua respecto de lo que se obtendrá de los pozos señalados antes, la diferencia se suplirá con agua potable de la red pública existente en el sector en que se emplazan las instalaciones industriales del titular. Con relación al agua para consumo humano, se mantendrán las instalaciones existentes que son abastecidas a través de la empresa sanitaria. En la DIA, Anexo 5, se presentaron los certificados de instalaciones de agua potable y alcantarillado N° 170711 y N° 170712, ambos de abril de 2011, otorgados por parte de la empresa ESVAL S.A. De igual forma, con relación al suministro de energía eléctrica, se mantendrán las instalaciones existentes que son abastecidas a través de la empresa eléctrica del sector. En específico, la energía eléctrica es suministrada por la empresa Chilectra S.A., según contrato N° 2010-5739-6-L de fecha 14 de Abril de 2010, para una potencia conectada de 3.500 kW. En la DIA, Anexo N° 6, se adjunta diagrama unilineal general de la planta. Las materias primas que se emplearán en el proceso productivo proyectado, se detallan a continuación. | Producto | Embalaje | Presentación | N° NU | Clas. NCh 382.Of2004 | Lugar de almacenamiento | Cantidad máxima a almacenar | | Ácido Sulfúrico al 98 %. | Granel, en camión tanque. | Líquido, densidad 1,86 (g/cc) | 1830 | 8 | Estanque de acero inoxidable | 10.000 (l/mes) | | FETTEX ED 1200 (80% hidróxido de sodio) (mezcla de sales, desengrasante electrolítico alcalino) | Tambores metálicos de 50 (kg). | Sal. Sólido cristalizado. | 1823 | 8 | Bodega de sustancias peligrosas | 550 (kg/mes) | | FETTEX FPS (0% hidróxido de sodio) (fórmula de sal caustica) | Tambores metálicos de 50 (kg). | Sólido cristalizado. | 1823 | 8 | Bodega de sustancias peligrosas | 288 (kg/mes) | | Peróxido de hidrógeno | Bin de polietileno de 1000(l). | Líquido conc. 30% H2O2. | 2014 | 5.1 | Bodega de sustancias peligrosas | 5,25 (m3/mes) | | Sulfato de Níquel (electrólito portador de níquel) | Sacos polipropileno de 25 (kg) | Sal. Sólido cristalizado. | 3077 | 9 | Bodega de sustancias peligrosas | 1.350 (kg/mes) | | Cloruro de Níquel (electrolito portador de Níquel) | Sacos polipropileno de 25 (kg) | Sal. Sólido Cristalizado. | 3288 | 6.1 | Bodega de sustancias peligrosas | 850 (kg/mes) | | Abrillantador químico Compound C 45 (mezcla oxidante tensoactivos) | Tambores de 200 (kg) | Sal | - | 9 | Bodega de sustancias peligrosas | 1.200 (kg/mes) | | Níquel metálico, 99,9% | Tambor de acero de 120 (kg) | Granallas 15 mm | - | - | Bodega de Metales | 20-30 (ton/mes) | | Ácido Bórico (ácido débil, regulador de pH) | Sacos polipropileno de 25 (kg) | Sólido cristalizado | - | - | Bodega de materias primas | 500 (kg/mes) | | SUPRAGAL WM-193 (agente orgánico, Tensoactivo (surfactante), anti Burbujas. | Tambores plásticos de 200 (kg) y bidones plásticos de 25 (kg) | Líquido | - | - | Bodega de materias primas | 1.000 (kg/mes) | | SUPRAGAL CE-191 (producto orgánico mejorador de brillo) | Tambores plásticos de 200 (kg), y bidones plásticos 25 (kg) | Líquido | - | - | Bodega de materias primas | 1.750 (kg/mes) | | SUPRAGAL CE-190 (aditivo orgánico mejora la ductilidad del depósito de níquel) | Tambores plásticos de 200 (kg), y bidones plásticos 25 (kg) | Líquido | - | - | Bodega de materias primas | 2.000 (kg/mes) | | FETTEX FPS-G (agente emulsionante) | Bidones plásticos de 25 (kg) | Líquido | - | - | Bodega de materias primas | 56 (kg/mes) | | AGRESSIDOS (desengrasador orgánico neutro, por inmersión) | Bidones plásticos de 25 (kg) | Líquido | - | - | Bodega de materias primas | 50 (kg/mes) | Los insumos que se requerirán para la operación de la planta de tratamiento de residuos industriales líquidos, se detallan a continuación. | Producto | Embalaje | Presentación | N° NU | Clas. NCh 382.Of2004 | Lugar de Almacenaje | Cantidad máxima a almacenar | | Hidróxido de Calcio | Saco de papel de 20 (kg) | Polvo | - | - | Bodega de materias primas | 10 (ton/mes) | | Dimetil ditio carmabato de sodio (Metfloc 46) | Tambor plástico de 200 (l) | Líquido | - | 9 | Bodega de sustancias peligrosas | 200 (l/mes) | | Cloruro férrico (FeCl3) | Tambor plástico de 200 (kg) | Líquido | 2582 | 8 | Bodega de sustancias peligrosas | 200 (kg/mes) | | Cloruro de bario (Sulfafloc) | Saco polipropileno de 25 (kg) | Polvo | 1564 | 6,1 | Bodega de sustancias peligrosas | 600 (kg/mes) | En Adenda 1, Anexo 2 se adjunta ficha técnica de los productos que se utilizarán para el reacondicionamiento de pisos, para lograr su resistencia a los agentes químicos ácidos y/o alcalinos. 3.9. Transporte y Vialidad. En la etapa de puesta en marcha del proyecto, se requerirán aproximadamente 15 toneladas de productos químicos. Éstos serán transportados por su respectivo proveedor al área del proyecto, en un sólo despacho y utilizando la ruta que se indica a continuación. -
Santiago. -
Camino Melipilla, Ruta 78. -
Cuesta Barriga. -
Ruta 68. -
Cuesta Zapata. -
Ruta Lo Orozco. -
Quilpué. Los requerimientos de productos químicos peligrosos en la etapa de operación, será de aproximadamente 3,2 (ton/mes). Estos productos serán despachados al área del proyecto cada 2 semanas, considerando 1,6 (ton/despacho) y utilizando la misma ruta mencionada antes. El transporte de residuos sólidos a lugar autorizado para llevar a cabo su disposición final, generará un flujo máximo de un camión de 25 (ton) de capacidad, cada 15 días. El titular se preocupará de mantener el acceso a las instalaciones industriales en buenas condiciones de transitabilidad y de aseo. 3.10. Emisiones a la Atmósfera. No se generarán emisiones a la atmósfera durante la etapa de habilitación de las instalaciones civiles existentes, ya que las actividades a llevar a cabo sólo consideran el reacondicionamiento del piso y el montaje de las nuevas líneas productivas. Además, no se efectuarán movimientos de tierra, demoliciones u otra actividad que pudiese generar emisiones a la atmósfera. Durante la etapa de operación del proyecto, se generarán vapores desde las dos líneas productivas que serán aspirados y tratados según se describe a continuación. -
Las dos líneas de producción contarán con sistemas de aspiración de los vapores que se generarán en las tinas que se especifican a continuación. -
Tina de calentamiento por inmersión. -
Tina desengrase en caliente. -
Tina de limpieza electrolítica. -
Tina desmanche ácido clorhídrico. -
Tinas de baños de electrodepositación de Níquel. -
Los vapores aspirados serán conducidos a torres lavadoras de gases (scrubbers), que se describen a continuación. -
Se implementarán dos tipos de scrubbers, con las características que se indican a continuación. | Línea SESSLER | Línea SIEM | | Material constructivo: polipropileno | Material constructivo: polipropileno | | Caudal de ventilación: 25.000 (m3/h) o más. | Caudal de ventilación: 12.000 (m3/h) o más. | | Dirección de flujo de aire: horizontal | Dirección de flujo de aire: horizontal | | Diámetro conducto de aire: 400 mm | Diámetro conducto de aire: 400 mm | | Material spray: teflón | ------- | | 2 Pack separador de neblina | Pack separador de neblina | -
Las características del estanque lavador-neutralizador sellado, se especifican a continuación. | Línea SESSLER | Línea SIEM | | Material constructivo: polipropileno | Material constructivo: polipropileno | | Volumen: 900 (l) | Volumen: 900 (l) | | Sonda de nivel | Sonda de nivel | | Bomba de recirculación 0,75 kW | Bomba de recirculación 0,75 kW | -
En la DIA, página 35, se muestra diagrama tipo del scrubber a implementar. -
En las torres de lavado, se producirá la transferencia de los gases contaminantes al agua, desde la fase gaseosa (aire) a la fase líquida (agua). Para aumentar la superficie de contacto entre el agua y los gases a lavar, las torres contarán con un relleno interior; el agua se alimentará al interior de la torre por medio de inyectores que generarán una neblina; y, además, el agua y los gases circularán en contra corriente. -
El agua de lavado será recirculada, en circuito cerrado, hasta alcanzar una concentración igual o superior a 3% de Ácido Bórico, momento en que se descargará 2/3 de su volumen al sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos existente, mediante una conexión de drenaje del estanque. Luego, se procederá al rellenado de éste con agua fresca, para cumplir un nuevo ciclo. La concentración de Ácido Bórico en el agua, será controlada 3 veces por semana por el laboratorio de control de calidad interno existente en las instalaciones industriales, dejando registro de la concentración obtenida. -
En ningún momento de la etapa de operación del proyecto se detendrá el proceso de lavado de gases ni el proceso productivo. -
Además, para evitar que el aire arrastre pequeñas gotas de líquido (aerosoles), en la salida del equipo se implementarán láminas retenedoras de niebla, que generarán el colapso de estas pequeñas partículas, formando gotas de un tamaño y peso suficiente para que precipiten al interior del equipo. -
El aire purificado, con una concentración inferior al 0,002% de Ácido Bórico, saldrá de los lavadores de gases, siendo emitido a la atmósfera mediante dos ventiladores, cuyas características se indican a continuación. | Línea SESSLER | Línea SIEM | | Material carcasa: polipropileno | Material carcasa: polipropileno | | Diámetro aspas: 1.100 (mm) | Diámetro aspas: 600 (mm) | | Capacidad: 30.000 (m3/h) | Capacidad: 15.000 (m3/h) | | Eficiencia: 85% | Eficiencia: 85% | | Potencia ventilador: 10 kW | Potencia ventilador: 5 kW | | Aislado acústicamente | Aislado acústicamente | Durante la etapa de operación también se producirán emisiones de monóxido de Carbono (CO), compuestos orgánicos volátiles (COV), Anhídrido Sulfuroso (SO2) y material particulado (MP10). Al respecto, el titular realizó una estimación para cuantificar estas emisiones, que se presenta en detalle en el Adenda 1, Anexo 6, y se corrige con antecedentes presentados en el Adenda 2, y cuyos principales resultados se indican a continuación. -
La cuantificación de las emisiones, en (ton/año), considerando el proceso productivo original y el nuevo proyectado, se especifican a continuación. | Fuentes | NOx | CO | COV | SO2 | MP10 | | Sin proyecto | Líneas de fundición | - | - | - | - | 4,74 | | Hornos de recocido | 0,269 | 0,081 | 0,005 | 0,001 | 0,007 | | Generadores eléctricos. | 0,792 | 0,171 | 0,063 | 0,042 | 0,056 | | Con proyecto | Líneas de galvanoplastia | - | - | - | - | 0,0027 | | Generadores eléctricos. | 0,792 | 0,171 | 0,063 | 0,042 | 0,056 | | % de reducción con proyecto | 25,4% | 32,1% | 7,4% | 2,3% | 98,7% | -
La concentración promedio 24 (h) de MP10 en el punto de máximo impacto, será de 0,0024 (µg/m3), que equivale a 0,0016 % del valor normado. -
El MP10 que se emitirá, corresponderá sólo a Níquel, no generándose emisiones de Estaño, Cobre ni Zinc, como se producía con el proyecto original. Se estima que se generará una emisión de 0,015 (mg/m3N) de Níquel. En el Adenda 2 el titular señaló que, de acuerdo a los antecedentes proporcionados por AP-42 de EPA en el capítulo 12.20 Electroplating, este tipo de proceso no generará emisiones fugitivas. 3.11. Emisiones de Ruido. En el Adenda 2, Anexo 3, se presenta la evaluación del impacto acústico que se generará durante la ejecución del proyecto. Además, en la Figura 3 del mismo Anexo, se presenta la zonificación del sector emplazamiento proyecto de acuerdo con el Plan Regulador de Quilpué. A continuación, se presentan los principales resultados de esta evaluación. -
Receptores sensibles. El proyecto se llevará a cabo en sectores donde los receptores adyacentes se encuentran en zonas con usos de suelo del tipo Habitacional, Mixta Industrial e Industria Molesta, cuya homologación según se establece en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en acuerdo con sus alcances y restricciones, corresponde a Zona II, Zona III y Zona IV, respectivamente. Luego, la ubicación de los receptores sensibles, se especifica a continuación. | Punto | Coordenada UTM (WGS84, Huso 19) | Descripción | Distancia al proyecto (m) | Homologación D.S. N° 38/2011. | | Este | Sur | | P1 | 273420.88 | 6341676.65 | Vivienda | 50 | II | | P2 | 273569.51 | 6341649.15 | Vivienda | 50 | IV | | P3 | 273503.90 | 6341400.63 | Vivienda | 25 | III | | P4 | 273443.11 | 6341408.13 | Vivienda | 20 | III | | P5 | 273329.65 | 6341560.37 | Vivienda | 15 | II | | P6 | 273332.45 | 6341612.92 | Vivienda | 15 | II | -
Niveles basales de ruido, en horario diurno. | Punto | NPS eq dB(A) | NPS máx dB(A) | NPS mín dB(A) | | P1 | 52,4 | 66,8 | 43,3 | | P2 | 56,9 | 73,4 | 46,6 | | P3 | 72,1 | 80,2 | 53,8 | | P4 | 72,3 | 78,5 | 49,8 | | P5 | 64,4 | 78,0 | 46,4 | | P6 | 64,7 | 78,5 | 48,4 | -
Niveles basales de basales de ruido, en horario nocturno. | Punto | NPS eq dB(A) | NPS máx dB(A) | NPS mín dB(A) | | P1 | 51,3 | 66,3 | 40,3 | | P2 | 50,8 | 58,3 | 41,2 | | P3 | 70,3 | 78,2 | 47,2 | | P4 | 71,2 | 80,9 | 47,1 | | P5 | 61,1 | 79,1 | 45,2 | | P6 | 62,8 | 80,1 | 44,3 | -
Niveles proyectados de ruido durante la etapa de construcción del proyecto. | Punto de Evaluación | Nivel Proyectado dB(A) | Límite Diurno D.S. N° 38/2011. | | P1 | 48.6 | 60 | | P2 | 52.1 | 70 | | P3 | 42.0 | 65 | | P4 | 42.0 | 65 | | P5 | 46.8 | 60 | | P6 | 41.0 | 60 | -
Niveles proyectados de ruido durante la etapa de operación del proyecto. | Punto de Evaluación | Nivel Proyectado dB(A) | Limite Diurno D.S. N° 38/2011. | Límite Nocturno D.S. N° 38/2011. | | P1 | 44.9 | 60 | 45 | | P2 | 48.4 | 70 | 70 | | P3 | 42.3 | 65 | 70 | | P4 | 42.0 | 65 | 50 | | P5 | 42.6 | 60 | 45 | | P6 | 40.0 | 60 | 45 | De acuerdo a los antecedentes señalados antes, durante toda la ejecución del proyecto los niveles de ruido proyectados dan cumplimiento a los límites establecidos en el D.S. N° 38//2011 del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente a la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, en los horarios nocturnos y diurno. 3.12. Residuos Líquidos. Durante toda la ejecución del proyecto, para los servicios básicos del personal que se empleará para la ejecución del proyecto, se considera el uso de las actuales instalaciones de baños, duchas, casino y camarines, entre otros, existente en la instalación industrial de Amera Chile S.A. Los residuos industriales líquidos que generará el proyecto, provendrán de: -
Aguas de enjuague saturadas del proceso de electroplateado que se llevará a cabo para la limpieza de la superficie y terminación de los cospeles. Cada tina de enjuague contará con una válvula que permitirá mantener los líquidos en su interior para su posterior envío, en forma dosificada, a la planta de tratamiento de Riles existente. El tratamiento completo del líquido de las tinas, demorará aproximadamente dos días. En particular, los enjuagues en cascada (posición 19 y 20) estarán conectados con la tina de desengrase en caliente (posición 17), para compensar su pérdida de agua por evaporación. El enjuague con agua (posición 21) será enviado a la planta de tratamiento de Riles existente. El agua de los enjuagues en cascada (posición 22 y 23 y 25, 26 y 27), se utilizará por un período de 10 a 14 días, dependiendo del grado de limpieza del material de entrada. Una vez saturada, esta agua de enjuagues será enviada a la planta de tratamiento de Riles existente. En la DIA, Anexo 7, Plano Flujo Líneas de Proceso Electroplateado Níquel, se especifican las posiciones referenciadas de las distintas tinas de enjuague. -
Proceso de abrillantado químico y pulido mecánico realizado en los equipos Spaleck. Si bien los equipos a utilizar corresponden a los empleados por el proyecto original, los cospeles electroplataeados requerirán un proceso mucho menos agresivo, lo que implicará menor tiempo de operación, menor consumo de agua y menor cantidad de reactivos a utilizar en el proceso. Por lo anterior, el residuo líquido que se generará no contendrá metales aleantes de las cuproaleaciones, sino que solamente bajas concentraciones de Níquel y Hierro. -
Limpieza de las tinas de las líneas productivas, para su mantención. -
Las torres lavadoras de gases. El proyecto original contaba con un sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos autorizado según consta en Resolución N° 70 de junio del 2000, del Ministerio de Obras Públicas, y con autorización de puesta en explotación, mediante resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios N° 693 de abril de 2001, que autoriza un volumen de descarga de 38.500 (l/día) a la red pública de alcantarillado del sector en que se emplazan las instalaciones industriales. En la DIA, Anexo 8, se adjuntan ambas resoluciones. En términos de concentraciones y propiedades físico químicas, los nuevos efluentes poseerán características similares o menores a los generados por el proyecto original, sólo se diferenciarán en que los primeros no contendrán iones de Cobre, Zinc, Aluminio y Estaño, por la eliminación del proceso de laminación de cuproaleaciones. A continuación se presenta la caracterización de los Riles que se generaban por la ejecución del antiguo proceso productivo, y por el nuevo proceso proyectado. | Componentes | Antiguo proceso, con aleaciones de Cobre | Nuevo proceso, con electroplateado de Níquel | | Concentración | Concentración | | Ion sulfato | 39.200 (mg/l) | 17.400 (mg/l) | | Ion Cobre | 1,8 (g/l) | No tiene | | Ion Níquel | 44,5 (mg/l) | 89 (mg/l) | | Ion Zinc | 4,4 (mg/l) | No tiene | | Ion Aluminio | 115 (mg/l) | No tiene | | Ion Estaño | 30 (mg/l) | No tiene | | Otros iones (otros metales) | 36,3 (mg/)l | 18,3 (mg/l) | | pH | 1 | 1 | | Temperatura | 30 (°C) | 30°C | El sistema de tratamiento existente, que está constituido por dos líneas idénticas para asegurar la continuidad del proceso de tratamiento, consta de las siguientes etapas: -
Etapa 1. Recepción en estanque almacenamiento (PB). El estanque colector ecualiza las aguas residuales ácidas resultantes del proceso de electroplateado. Se cuenta con recipientes para preparación y dosificación de los diferente reactivos químicos (líquidos o sólidos) utilizados en el proceso de tratamiento. -
Etapa 2. Reacción de tanque (RB). Proceso de precipitación y decantación para separación de fases líquida y sólida. En esta etapa se agrega Hidróxido de Calcio (CaOH2) para aumentar pH y como agente de precipitación y floculación de precipitado y decantación de sólidos finos que corresponden principalmente a Sulfatos, Níquel y Hierro. El líquido clarificado pasa al siguiente tanque de reacción RB (Etapa 6) y los sólidos continúan a la Etapa 3. -
Etapa 3. Separación y concentración de sedimentos sólidos (PBS). Los sólidos generados en la etapa anterior (Etapa 2) pasan a este separador/concentrador donde termina el proceso de decantación, para luego ser enviados mediante bomba, al filtro de prensa N° 1. -
Etapa 4. Filtrado (KF). El proceso de filtrado en el filtro prensa N° 1, de operación manual, genera una torta seca de lodos, que son depositados en big bags de 1.200 (kg) para su posterior disposición final en lugar autorizado. -
Etapa 5. Acopio de los Riles filtrados (FS3). El líquido proveniente del proceso de filtrado (Etapa 4), es conducido al tanque de reacción RB (Etapa 6). -
Etapa 6. Reacción en tanque (RB). Se realiza el segundo proceso de precipitación mediante la adición de los siguientes reactivos: Dimetil ditio carbamato de sodio (Metfloc 46), Cloruro férrico (FeCl3) para disminución de pH y Cloruro de bario (Sulfafloc) para precipitación de sulfatos. Con esto se logra la floculación y decantación de otros metales, hasta la obtención de efluente clarificado que va a la Etapa 7. Los sólidos generados en esta etapa, pasan al filtro de prensa N° 2 (Etapa 8). -
Etapa 7. Estanque con filtro – control/toma muestra (FS1). El efluente tratado, obtenido en la etapa anterior, pasa por una etapa de control donde se efectúan análisis para verificar que cumple con los parámetros establecidos en el D.S. Nº 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. Una vez verificados los resultados, se procede a la descargar del efluente tratado al sistema público de alcantarillado. -
Etapa 8. Filtrado (KF). El proceso de filtrado en el filtro prensa N° 2, de operación manual, genera torta seca de lodos, los que son dispuestos en big bags de 1.200 (kg para su posterior disposición final en lugar autorizado. -
Etapa 9. Acopio de efluente filtrado (FS3). El líquido proveniente del proceso de filtrado (Etapa 8), posteriormente es retornado al estanque acumulador (Etapa 1) para ingresar nuevamente al sistema de tratamiento de Riles. En la DIA, página 30, se presenta el diagrama del sistema de tratamiento de Riles existente, y se complementa con diagrama presentado en el Adenda 1, respuesta a la observación 28. Si bien el nuevo proceso productivo generará un caudal de 743,3 (m3/mes) de residuos industriales líquidos a tratar, el efluente tratado a descargar en el sistema público de alcantarillado alcanzará sólo a 720,8 (m3/día), o 24 (m3/día). Adicionalmente, los efluentes tratados que no cumplieran con lo establecido en el D.S. Nº 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado, podrán ser almacenados temporalmente en: -
Dos estanques de 10.000 (l) cada uno, por un período máximo 13,3 horas. Estos estanques corresponden a los estanques de almacenamiento de la Etapa 1 del sistema de tratamiento de Riles. -
Foso de contención de derrames, de 210 (m3) de capacidad, por lo que, en este caso, el período de almacenamiento podrá ser de 20 días laborales. Luego, los Riles almacenados según lo señalado antes, serán retirados mediante camión cisterna que los trasladará a lugar autorizado para realizar su disposición final. Finalmente, en caso de no poder dar una solución efectiva a los Riles almacenados y superados los tiempos de almacenamiento temporal, se detendrá la operación del proceso productivo hasta implementar una solución definitiva. 3.13. Residuos Sólidos. Durante las etapas de construcción y operación, los residuos sólidos domésticos serán manejados y dispuestos conforme a lo que se señala a continuación. | Lugar de generación | Almacenamiento | Cantidad | Disposición Final | | Casino | Contenedor con tapa, de 5 (m3) de capacidad y que es remplazado en cada retiro. | 500 (kg/semana) | Lugar autorizado | | Planta | Contenedor con tapa, de 12 (m3) de capacidad y que es remplazado en cada retiro. | 4.000 (kg/mes) | Lugar autorizado | Los residuos peligrosos que se generarán durante la etapa de operación del proyecto, serán almacenados temporalmente en bodegas que se encuentran autorizadas para esto, para luego trasladarlos a lugar autorizado para realizar su disposición final. A continuación se identifican y cuantifican los residuos, al igual que se indica la frecuencia con que serán retirados desde las instalaciones industriales. | Tipo residuo | Cantidad aprox. (ton/año) | Frecuencia de retiro | | Emulsión (Aceite mineral en Agua) | 1 | Cada 6 meses | | Aceite usado | 0,5 | Cada 6 meses | | Grasas lubricantes usadas | 0,3 | Cada 6 meses | | Tubos Fluorescentes | 0,005 | Cada 6 meses | | Lodo verdoso de la planta de tratamiento de Riles | 571 | Quincenal | | Lodo Café de la planta de tratamiento de Riles | 5 | Cada 6 meses | | Grasa nata de las líneas de electroplateado. | 2,4 | Cada 6 meses | | Paños y/o guaipes contaminados | 1 | Cada 6 meses | | Envases usados y/o vacíos de lubricantes, grasas, sustancias químicas, reactivos, pinturas, solventes, | 0,1 | Cada 6 meses | | Ropa de trabajo, y elementos protección personal | 0,3 | Cada 6 meses | | Cartón, papel y nylon | 0,3 | Quincenal | El lodo verdoso que se generará por la operación del sistema de tratamiento de Riles, no tendrá características de peligrosidad, y se producirá por la precipitación de hidróxido de calcio, sulfato de calcio e hidróxido de níquel y hierro, de la primera reacción de precipitación y decantación de la Etapa 2 del sistema de tratamiento de Riles descrito en el Considerando anterior de esta Resolución; y posterior filtrado en la prensa N° 1, correspondiente a la Etapa 4 del mismo sistema de tratamiento. Estos lodos serán depositados en big bags que serán almacenados temporalmente en el contenedor de basura industrial, para su posterior traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final. El lodo café que también se generará por la operación del sistema de tratamiento de Riles, tendrá características de peligrosidad, y se producirá por la precipitación de sulfatos solubles y otros metales mediante la adición Dimetil ditio carbamato de sodio, cloruro de bario y cloruro férrico, de la segunda reacción de precipitación y decantación de la Etapa 6 del sistema de tratamiento; y posterior filtrado en la prensa N° 2, correspondiente a la Etapa 8 del mismo sistema de tratamiento. Estos lodos serán depositados en big bags y almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos que se ubica al interior de las instalaciones del sistema de tratamiento de Riles, para su posterior traslado a lugar autorizado para realizar su disposición final. Con relación al manejo de los lodos señalados antes, se tendrá que en general el lodo que provendrá de un proceso de filtrado mediante un filtro de prensa, será removido de este equipo abriendo las placas del mismo. Luego, el lodo caerá por gravedad sobre una cuba de acero con ruedas. El lodo que quedara adherido a las paredes del filtro, será removido con una espátula, almacenándolo en esta misma cuba. Una vez que la cuba estuviera llena, ésta será transportada hacia foso que se ubica fuera de las instalaciones del sistema de tratamiento y en que se instalará un big bag abierto, donde se dejará caer el lodo por gravedad, sin tener contacto con el personal que ejecutará esta actividad. Una vez lleno el big bag, se manejará de acuerdo al residuo que contuviese. Con respecto a la generación de residuos, en el Adenda 2, numeral 9, se presenta el diagrama general del proceso productivo, que justifica la cantidad de residuos sólidos que se generarán durante la etapa de operación del proyecto. El transporte de los residuos peligrosos a lugar de disposición final, será realizado mediante empresas que estuvieran autorizadas para prestar este servicio. 3.14. Medidas de Prevención de Riesgos y Control de Emergencias. Para la ejecución del proyecto se contará con un Plan de Contingencia y Respuesta Ante Emergencia, que se presenta en detalle en el Adenda 1, Anexo 9, y se complementa con antecedentes presentados en el Adenda 2, Anexo 2. Entre otros aspectos, este Plan contempla medidas respecto de: -
Fallas en el sistema de tratamiento de soluciones acuosas ácidas. -
El resguardo de los recursos naturales ante situaciones de emergencia. -
Derrame de sustancias peligrosas. -
Manejo de residuos peligrosos. -
Falla del sensor de nivel de las torres de lavado. En caso que se produjeran cortes de energía eléctrica, se procederá a una detención de la operación de la planta. Al respecto, las instalaciones existentes cuentan con equipo generador de respaldo al cual se encontrarán conectados los equipos principales del proceso productivo para mantener la seguridad de la planta y condiciones de proceso. En específico, será necesario mantener la temperatura en las tinas de baños de Níquel sobre 40 (°C), de manera de conservar las condiciones de éste y no perder las soluciones de electrolito de Níquel. De igual forma, los lavadores de gases se encontrarán conectados al equipo generador, para mantener las condiciones atmosféricas del lugar. En caso de corte de agua, las instalaciones existentes cuentan con un estanque de almacenamiento de 1 (m³), que permite un autoabastecimiento para un período de dos horas de operación. Si el evento de corte de agua fuese superior a este tiempo, la operación será detenida. El sistema de seguridad para la contención y conducción de derrames, constará de: -
Bandejas de contención. Debajo de las líneas de electroplateado proyectadas, se instalarán bandejas de contención de polietileno de alta densidad (PEHD). Luego, en caso de ocurrir un evento de derrame, éstas contendrán los líquidos activos de los baños de Níquel. Después, el líquido será alimentado, mediante bomba, a la planta de tratamiento de Riles, donde será neutralizado. Los baños de las líneas productivas proyectadas se encontrarán interconectados entre sí, y contarán con válvulas que permitirán que cada uno funcione como un compartimiento estanco. Luego, en caso de ocurrir un evento de emergencia, el baño involucrado se aislará del sistema, accionando las válvulas correspondientes. El volumen máximo de un baño de Níquel en la Línea SESSLER, será de 2.700 (l), mientras que el volumen total de la bandeja de contención de esta línea productiva será de 14.500 (l), por lo que la bandeja podrá contener hasta 5 veces el volumen de la tina más grande de la línea. El volumen máximo de un baño de Níquel en la Línea SIEM, será de 1.920 (l), mientras que el volumen total de la bandeja de contención de esta línea productiva será de 5.400 (l), por lo que la bandeja podrá contener hasta 2,8 veces el volumen de la tina más grande de la línea. -
Canalizaciones con conexión a foso de contención En caso que las bandejas de contención fallaran, el líquido vertido sobre el piso será recibido en las canalizaciones existentes, conduciendo el vertido a un foso de contención también existente. Las canaletas tienen una dimensión de 40 x 40 (cm), y una pendiente que permite que el líquido vertido escurra sin dificultad hacia el foso de contención. -
Foso de contención. En caso de una emergencia mayor, el foso de contención existente, de hormigón y de 210 (m³) de capacidad, servirá para contener el volumen total de las dos líneas de electroplateado. Al respecto, -
El volumen total de líquidos que contendrá la línea SESSLER, será de 27,59 (m3). -
El volumen total de líquidos que contendrá la línea SIEM será 21,76 (m3). -
Luego, el volumen total de líquidos a contener del área productiva será de 49,35 (m3). Por tanto, el volumen del foso existente podrá contener hasta 4,25 veces el volumen total de líquidos de ambas líneas. El piso, las canaletas y el foso, estarán protegidos por pintura epóxica (Baupox Paint). De igual forma, la base de las paredes perimetrales del galpón, de muros de albañilería, estarán protegidas con pintura epóxica (Baupox Paint), hasta una altura de 20 (cm). En el Adenda 1, Anexo 3, Lámina GE-07, se presenta el detalle y la ubicación del sistema de contención de soluciones por derrame descrito antes. Dentro de las políticas de seguridad laboral, se contempla la ejecución de capacitaciones al personal, en forma semestral. Los contenidos a tratar, serán definidos de acuerdo a las necesidades que fuesen detectadas por el titular. Se dejará registro de las actividades que se llevarán a cabo, tanto de su contenido como de su duración, al igual que una lista de asistencia con la identificación y firma de los asistentes. El registro de la realización de las actividades, contenidos tratados y asistencia, se encontrará disponible en el área de recursos humanos de la instalación industrial existente. 3.15. Medidas de Seguimiento. 3.15.1. Emisiones a la Atmósfera. Durante la etapa de operación del proyecto, se realizarán mediciones isocinéticas en forma anual, considerando que la primera medición se llevará a cabo una vez que el proyecto se encuentre en producción. El plazo de entrega de los resultados de estas mediciones, no será superior a dos meses, contados desde la ejecución de las mediciones. Para demostrar que las emisiones que se producirán a la atmósfera durante la etapa de operación del proyecto no generarán riesgo para la salud de la población, el titular reubicará la estación de monitoreo de calidad del aire existente, de acuerdo a lo que indique la Secretaría Regional Ministerial de Salud, por un período de un año, y además efectuará la especiación química del material particulado (MP10) respecto de los parámetros Níquel, Estaño, Cobre y Zinc. Transcurrido el plazo comprometido, la Autoridad Sanitaria reevaluará la pertinencia de mantener la estación de monitoreo de calidad y/o modificar su ubicación. Con relación al monitoreo de calidad del aire, ver Considerando 5, letra a.1) de la presente Resolución. 3.15.2. Monitoreo Aguas Subterráneas. Dado que se utilizará agua de pozo para el proceso productivo proyectado, se realizarán análisis permanentes del agua que se extrae, midiendo Temperatura, pH y dureza (CaCO3 [ppm]). En el Considerando 3.8 de la presente Resolución, se especifican los pozos que se emplearán para la extracción de agua. Durante la etapa de operación del proyecto y sólo en caso de producirse alguna contingencia, se realizarán monitoreos de las aguas subterráneas. Al respecto, -
El monitoreo se llevará a cabo en los pozos A, B y E, que se especifican en el Considerando 3.8 de la presente Resolución. -
Antes de la etapa de operación del proyecto, se llevará a cabo un monitoreo para establecer una línea base de referencia para los monitoreos posteriores. -
En caso de contingencia, se realizarán monitoreos una vez a la semana para determinar pH, Cloruros, Cobre, Níquel, Sulfatos, Oxígeno disuelto, Alcalinidad total y Sólidos sedimentables. Los análisis de las muestras lo ejecutará el laboratorio físico/químico de la instalación industrial existente. No obstante lo anterior, semestralmente, se llevarán a cabo monitoreos que serán efectuados por una empresa externa, certificada para el análisis de aguas, y se analizarán los mismos parámetros señalados antes. -
Los monitoreos indicados en el literal anterior, se extenderán hasta que se obtuvieran resultados similares a los que se establecerán mediante la línea base de referencia, que se indica en el numeral b. anterior. La dirección de flujo de las aguas subterráneas será determinado mediante los pozos existentes al interior de las instalaciones industriales. 3.15.3. Emisiones de Ruido. Durante toda la ejecución del proyecto, se implementará un plan de monitoreo para verificar el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N° 38//2011 del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente a la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes, según se describe a continuación. -
Durante la etapa de construcción, se efectuarán mediciones al mes de funcionamiento y luego trimestralmente. -
Durante la etapa de operación, se efectuarán mediciones al mes de funcionamiento y luego trimestralmente por un año. -
Para cada campaña de medición, se generará un informe que dará cuenta de la situación actual de ruido, y cuyo contenido incluirá al menos los siguientes aspectos. -
Fecha y hora de la medición. -
Descripción de las modificaciones efectuadas, tanto de maquinaria como de la distribución espacial de éstas dentro de las faenas. -
Identificación del tipo de ruido, tanto espacial como temporal, considerando maquinarias y ruido de fondo, entre otros. -
Identificación del receptor o punto de inmisión, indicando con un croquis o foto el lugar donde se hubiese realizado cada registro, señalando las distancias a las superficies u obstáculos más cercanos como también los puntos de referencia. Los puntos de evaluación corresponderán a los receptores individualizados en el Considerando 3.11 de la presente Resolución. -
Los valores obtenidos de NPSeq para la fuente de ruido, complementado con otros descriptores adecuados, tales como niveles mínimos (NPSmín) y máximos (NPSmáx). -
Se obtendrán, en caso que ser necesario, los valores de NPSeq para el ruido de fondo, con el fin de realizar correcciones. -
Descripción del instrumental utilizado. -
Datos de la persona responsable de las mediciones. 3.15.4. Residuos Líquidos. A continuación se detallan los sistemas de control que estarán asociados a la operación del sistema de tratamiento de Riles existente, considerando el nuevo proceso productivo. -
Nivel y pH. Se medirá pH con 3 unidades por cada planta. Además, el nivel estará controlado con flotadores. -
Dosificación de productos químicos. será controlado automáticamente, con el Software Spaleck. -
Atomic Absortion Spectrometro de Perkin Elmer Tipo Analyst 200. será calibrada diariamente con soluciones estandarizadas. Se hará muestreo por cada Bach. Cuando los resultados entregados por la muestra cumplan con lo establecido en la norma, se procederá con la descarga de los líquidos tratados. -
pH-Metro Thermometro de WTW, Tipo pH 3210. será calibrado diariamente con soluciones normales de pH 4 y 7. Se hará muestreo por cada Bach. Cuando los resultados entregados por la muestra cumplan con lo establecido en la norma, se procederá con la descarga de los líquidos tratados al sistema público de alcantarillado. -
Thermometro de cristal. Se hará muestreo por cada Bach. Cuando los resultados entregados por la muestra cumplan con lo establecido en la norma, se procederá con la descarga de los líquidos tratados al sistema público de alcantarillado. 3.15.5. Residuos Sólidos. Al inicio de la etapa de operación del proyecto, los primeros lodos que se generen por la operación del sistema de tratamiento de Riles, serán caracterizados. Al respecto, -
El titular acreditará la no peligrosidad de los lodos verdosos que se generarán por la operación del sistema de tratamiento de Riles, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud. Para esto, se contratarán los servicios de un laboratorio autorizado. El primero de los análisis de se efectuará una vez que la planta entre en operación y, de ahí en adelante, en forma anual. -
Los resultados de las caracterizaciones serán remitidas a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, en un plazo no superior a 2 meses, contados desde la fecha en que se efectuaran los análisis, dejando además una copia disponible en las instalaciones industriales existentes. -
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con: 4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales aplicables al proyecto o actividad. Entre otros, el proyecto deberá dar cumplimiento a los siguientes cuerpos legales. 4.1.1. D.S. Nº 594/99 del Ministerio de Salud, que establece Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, con las modificaciones introducidas por el D.S. 201/2001 del Ministerio de Salud (D.O. 5.7.2001). Forma de cumplimiento. Este cuerpo legal considera como límite permisible ponderado, al valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos existentes en los lugares de trabajo durante la jornada normal de 8 horas diarias, con un total de 48 horas semanales. En específico, para el Níquel, se establece como límite una concentración de 0,8 (mg/m3) respecto de la fase metal y en compuestos insolubles, y una concentración de 0,08 (mg/m3) para compuestos solubles de Níquel. Luego, y dado que las emisiones de material particulado de Níquel, desde cada línea de producción, serán de 0,0024 (μg/m3), que se dispersará a 95 (m), durante la ejecución del proyecto se da cumplimiento a los límites que se establecen en este cuerpo legal. Dentro de las políticas de seguridad laboral de las instalaciones industriales proyectadas, se contempla la capacitación del personal y el uso de elementos de protección personal. El titular realizará un análisis a fondo de los riesgos que generarán los agentes físicos, químicos de sus procesos productivos, una vez que la planta entre en operación. Los alcances de este análisis serán identificar los riesgos físicos, químicos, biológicos y ergonómicos de las actividades a ejecutar por el proyecto, con el objetivo de establecer los mecanismos de control idóneos para la seguridad y salud de las personas que laborarán en las instalaciones. El resultado de estos análisis será remitido a la Secretaría Regional Ministerial de Salud, en un plazo no superior de 2 meses contados desde que se lleven a cabo los análisis. 4.1.2. D.F.L. Nº 725/67 del Ministerio de Salud, que aprueba el Código Sanitario. 4.1.3. D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, que establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. 4.1.4. D.S. Nº 144/61 del Ministerio de Salud, que establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza. Forma de cumplimiento. El titular deberá realizar el monitoreo de calidad de aire para los parámetros de interés sanitario a fin de demostrar en forma permanente que existe tal cumplimiento y sus emisiones no causan daño, molestia o riesgo a la salud de las personas. El monitoreo deberá realizarse mediante la estación de calidad de aire existente, la cual debe cumplir con lo establecido en el D.S. N° 61/2008 del Ministerio de Salud, y su ubicación será re-evaluada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso para ubicarla en el punto de mejor representatividad. 4.1.5. D.S. N° 78/10 del Ministerio de Salud, que establece “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. 4.1.6. D.S. Nº 148/2003 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. 4.1.7. D.S. Nº 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, que establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. 4.1.8. D.S. N° 61/2008 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento de Estaciones de Medición de Contaminantes Atmosféricos. 4.2. Permisos Ambientales Sectoriales. 4.2.1. Artículo 94, que corresponde a la calificación industrial del proyecto. Mediante el Ord. Nº 0135 del 22 de enero de 2013, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, ha calificado la actividad como Molesta. -
Que, sobre la base de lo señalado en el Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental; los pronunciamientos evacuados por los servicios que han participado en el proceso de evaluación y según lo considerado por esta Comisión, el proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO", no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el Art. 11 de la Ley 19.300, Ley de Bases del Medio Ambiente, dado lo siguiente: a) Con relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, es posible indicar que: a.1) Emisiones a la atmósfera: Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10 de la presente Resolución. Desde cada línea de producción, las emisiones de MP10, que contendrán Níquel, serán de 0,0024 (µg/m3) y se dispersarán a 95 (m) de la fuente. Al respecto, el titular en el Adenda 2, numeral 23, ha señalado que los niveles de emisión del proyecto serán menores a los establecidos por las normas de referencia que especifica, por lo que no se provocará impacto en la población ni en los trabajadores que estarán expuestos a estas emisiones. En el Adenda 2, Anexo 5, se presenta documento con el detalle de lo señalado. Respecto del monitoreo de calidad del aire que se señala en el Considerando 3.15.1 de la presente Resolución, en Sesión N°2 del 04.02.2013, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, ha establecido que: -
Se deberá monitorear MP10 discreto, durante 12 meses continuos de medición, contados desde que la EMCA cumpla con el D.S. N° 61/2008 del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento de Estaciones de Medición de Contaminantes Atmosféricos, y sea representativa poblacionalmente para los parámetros monitoreados. -
Respecto del MP10 medido, se deberá realizar la especiación química de los metales Ni, Sn, Cu y Zn, de a lo menos 5 muestras al mes (cada 6 días). -
Además, como indica el D.S. N° 61/08 del Ministerio de Salud, la EMCA también deberá medir, a lo menos, los parámetros meteorológicos de dirección y velocidad del viento. -
Para la ubicación de la EMCA, en forma previa al inicio de la etapa de operación del proyecto, el titular deberá enviar a la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) de Salud de la Región de Valparaíso de la jurisdicción correspondiente, tres propuestas de sitios para la ubicación de la misma, para que la SEREMI evalúe la mejor alternativa técnica y que represente de mejor manera el sector de mayor impacto de las emisiones. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.2) Generación de Ruidos: Durante la ejecución del proyecto se producirán emisiones de ruido que, conforme a lo indicado en el Considerando 3.11 de la presente Resolución, no superarán los niveles máximos contemplados en la legislación vigente aplicable. Además, durante toda la ejecución del proyecto, se implementará un plan de monitoreo para verificar el cumplimiento de los límites establecidos en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente a la Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes, según se describe en el Considerando 3.15.3 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.3) Residuos Líquidos: Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos líquidos que serán manejados, tratados y dispuestos de acuerdo a las medidas que se detalla en el Considerando 3.12 de la presente Resolución. Además, considerando el nuevo proceso productivo, se implementarán medidas de control que estarán asociados a la operación del sistema de tratamiento de Riles existente, según se describe en el Considerando 3.15.4 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.4) Residuos Sólidos: Durante la ejecución del proyecto se generarán residuos sólidos que serán manejados y dispuestos según se detalla en el Considerando 3.13 de la presente Resolución. Además, al inicio de la etapa de operación del proyecto, los primeros lodos verdosos que se generen por la operación del sistema de tratamiento de Riles, serán caracterizados para acreditar su no peligrosidad, según se describe en el Considerando 3.15.5 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. a.5) Formas de Energía: Durante la ejecución del proyecto no se generará ninguna forma de energía. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b) Con relación a efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que: b.1) Recurso Aire: Durante la ejecución del proyecto se generarán emisiones a la atmósfera que serán controladas mediante la aplicación de las medidas que se detallan en el Considerando 3.10 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b.2) Recurso Suelo: El proyecto se llevará a cabo en una zona IM, destinada a albergar industrias molestas, según se establece en el Plan Regulador Comunal de Quilpué. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b.3) Recurso Agua: Durante la ejecución del proyecto, el agua para uso industrial se obtendrá principalmente de pozos existentes en las instalaciones industriales del titular, según se describe en el Considerando 3.8 de la presente Resolución, sin embargo esta extracción no generará efectos adversos significativos sobre el recurso agua subterránea. En Adenda 1, respuesta a la observación 18, se muestra mapa escala 1:50.000 con los cursos de aguas superficiales (naturales como artificiales) cercanos a la zona de emplazamiento del proyecto. Además, durante la etapa de operación del proyecto y sólo en caso de producirse alguna contingencia, se realizarán monitoreos de las aguas subterráneas, según se describe en el Considerando 3.15.2 de la presente Resolución. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. b.4) Recurso Flora y Fauna: Durante la ejecución del proyecto no se intervendrá este tipo de recursos. Además, ante la ocurrencia de un evento de emergencia que afecte especies de fauna silvestre, entre otras medidas, el titular dará aviso de su ocurrencia al Servicio Agrícola y Ganadero de la jurisdicción correspondiente, dentro de las primeras 24 horas, contadas desde el inicio del incidente. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. c) Con relación al reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona IM, destinada a albergar industrias molestas, según se establece en el Plan Regulador Comunal de Quilpué. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. d) Con relación a la localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona IM, destinada a albergar industrias molestas, según se establece en el Plan Regulador Comunal de Quilpué. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. e) Con relación a la alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, es posible indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona IM, destinada a albergar industrias molestas, según se establece en el Plan Regulador Comunal de Quilpué. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. f) Con relación a la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se puede indicar que: El proyecto se llevará a cabo en una zona IM, destinada a albergar industrias molestas, según se establece en el Plan Regulador Comunal de Quilpué. Por lo anterior, la ejecución del proyecto no considera generar este tipo de efectos, características y/o circunstancias. -
Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido a ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso se materializará en un plazo no superior a un año contado desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere. -
Que, respecto de la relación del proyecto con Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo, el proyecto es compatible con los Planes, Políticas y Programas de Desarrollo Regional. Por lo tanto, el proyecto no interferirá con los lineamientos estratégicos de desarrollo regional analizados. -
Que, respecto de la relación del proyecto con Planes de Desarrollo Comunal, y de acuerdo a lo señalado por el titular durante la evaluación ambiental del mismo, el proyecto se ajusta a las directrices de desarrollo comunal, debido que generará empleo en las etapas de construcción y de operación del proyecto. -
Que, respecto de la compatibilidad territorial, el proyecto se llevará a cabo en una zona IM, destinada a albergar industrias molestas, según se establece en el Plan Regulador Comunal de Quilpué. Por esto, la ejecución del proyecto es acorde con el instrumento de planificación vigente. -
Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO", por lo cual para que éste pueda ejecutarse, necesariamente debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. -
Que, la Declaración de Impacto Ambiental, sus Adenda y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones que quede sujeto por la presenta Resolución. -
Que, en relación con la identificación de impactos ambientales no previstos en la evaluación ambiental del proyecto, el titular deberá informar oportunamente a la Superintendencia de Medio Ambiente la ocurrencia de dichos impactos, asumiendo acto seguido, las acciones o medidas ambientales necesarias para hacerse cargo de los mismos. La información a la Superintendencia de Medio Ambiente deberá efectuarse el primer día hábil siguiente de ocurrido el o los impactos ambientales. -
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Res. Ex. N° 844 de la Superintendencia de Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el día 2 de enero de 2013. -
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. -
Que, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso cualquier modificación o variación que se presente o ejecute al proyecto aprobado, para verificar si corresponde una nueva evaluación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 19.300 y el artículo 2, literal d), del Reglamento del SEIA. -
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, la individualización de cambios de titularidad, razón social, domicilio y representación legal del proyecto. -
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas durante el proceso de evaluación ambiental, son de responsabilidad del titular, ya sea que fuesen implementadas por él directamente o, a través de un tercero. -
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Valparaíso, RESUELVE: -
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO", en adelante el proyecto, presentado por el Señor Erwin Mayer-Beckh Leslie, en representación de Amera Chile S.A. -
La presente Resolución no exime a Amera Chile S.A. de la obligación de solicitar las autorizaciones que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado Competentes. -
CERTIFICAR que el proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 94 del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. -
Que para que el proyecto pueda ejecutarse deberá dar cabal cumplimiento a todas las exigencias, medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución. -
Dichas exigencias ambientales deberán ser ingresadas por el titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según correspondiere. -
Se hace presente que, contra de la presente Resolución procede la reclamación del artículo 20 de la Ley 19.300. El plazo para interponer estos recursos es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. Notifíquese y Archívese
Raúl Eduardo Celis Montt Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso
Esther Parodi Muñoz Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Valparaíso
EPM/GPF/SFT Distribución: - Erwin Mayer-Beckh Leslie
- Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso
- Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso
- Gobierno Regional, Región de Valparaíso
- Ilustre Municipalidad de Quilpué
- SEREMI de Agricultura, Región de Valparaíso
- SEREMI de Desarrollo Social, Región de Valparaíso
- SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso
- SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
- SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Valparaíso
- SEREMI Salud, Región de Valparaíso
- Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Valparaíso
- Servicio Nacional de Geología y Minería Dirección Regional Zona Central
- Servicio Nacional de Turismo, Región de Valparaíso
- Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Valparaíso
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Superintendencia de Servicios Sanitarios
- Tomás Ochoa Capelli
- Mauricio Silva Malig
- Rodrigo Sepúlveda Pesoa
C/c: - Sr. Raúl Celis Montt, Presidente Comisión Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
- Sra. Coordinadora Unidad de Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
- Superintendencia de Medio Ambiente
- Expediente del Proyecto "MODIFICACIÓN PLANTA DE PRODUCCIÓN DE COSPELES ARMAT S.A. - REGIÓN DE VALPARAISO"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Valparaíso
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