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REPÚBLICA DE CHILE SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DIRECCIÓN EJECUTIVA | Califica Ambientalmente el proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I,II y III" Resolución Exenta Nº 1178/2014 Santiago, 2 de Diciembre de 2014 | VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”) y Adendas del proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” presentada por la señora Julia Angélica Rodríguez Diaz, en representación de la Asociación Gremial de Empresarios del Transporte "Agretrans El Loa", con fecha 02 de diciembre de 2013. 2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “ICE”), del proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III”. 3. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III”. 4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el artículo 2º del D.S. N° 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”); en la Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: 1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” (en adelante, “el Proyecto”). 2. Que, el derecho de la Asociación Gremial de Empresarios del Transporte "Agretrans El Loa" (en adelante, “el Titular”), representada por la señora Julia Angélica Rodríguez Diaz, a emprender actividades económicas está sujeto al cumplimiento estricto de todas las normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental. 3. Que, según los antecedentes señalados en la DIA, el Proyecto consiste en el transporte de ácido sulfúrico a través de unidades de transporte compuesto por tracto camiones y estanque cisterna de capacidad volumétrica de 16 a 16,5 m3, habilitados especialmente para el transporte de ácido sulfúrico. 3.1. Tipología del Proyecto. El proyecto corresponde a la tipología de la letra ñ.5) del artículo 3 del artículo 2° del D.S. N° 95/01, del MINSEGPRES, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, referente a la producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias corrosivas o reactivas, que se realicen con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a 120.000 kg/día. 3.2. Localización. El Proyecto se ejecutará en las siguientes regiones y comunas: | Región | Comunas | | Tarapacá | Iquique | | Pozo Almonte | | Pica | | Antofagasta | Tocopilla | | María Elena | | Calama | | Sierra Gorda | | Mejillones | | Antofagasta | | Taltal | | Atacama | Diego de Almagro | | Caldera | | Copiapó | | Tierra Amarilla | | Vallenar | | Alto del Carmen | | Chañaral | 3.3. Monto de inversión. El Titular estimó un monto de inversión de US$2.400.000 3.4. Vida útil. La vida útil del Proyecto se estimó de forma indefinida. 3.5. Mano de obra. La mano de obra promedio considerada cuando se alcance la dotación de 60 camiones, será de 60 personas. 3.6. Descripción del Proyecto 3.6.1 Definición del Proyecto El Proyecto consiste en el transporte de ácido sulfúrico a través de unidades de transporte compuesto por tracto camiones y estanque cisterna de capacidad volumétrica de 16 a 16,5 m3, habilitados especialmente para el transporte de ácido sulfúrico. El transporte de H2SO4 se efectuará por rutas o vías existentes y utilizadas de forma habitual para el transporte de H2SO4 entre las regiones I, II y III. La flota inicial de camiones corresponderá a 34 unidades, los que transportarán el ácido sulfúrico a cada uno de los destinos, con una frecuencia de 1 viaje/día en mediana distancia y 2 viajes/día en caso de cortas distancias. No obstante lo anterior, en el corto plazo se incorporarán 26 tracto camiones, totalizando 60 equipos en operación, siguiendo las mismas rutas y vías indicadas. El Proyecto no contempla instalaciones para la ejecución del servicio, sólo considera el transporte de las unidades de transporte de H2SO4 desde los sitios de carga hasta los sitios de descarga. 3.6.2 Sustancia a transportar La sustancia a transportar corresponde a ácido sulfúrico (H2SO4), sustancia catalogada como altamente corrosiva. Mayores antecedentes de las características del H2SO4 son descritas en la sección 2.2 de la DIA y en la Hoja de Datos de Seguridad que se adjunta en el Anexo 4 de la DIA. 3.6.3 Partes, acciones y obras físicas 3.6.3.1 Carga y descarga de ácido sulfúrico Las labores de carga y descarga de H2SO4 serán de responsabilidad del proveedor de la sustancia, quedando prohibida su manipulación por parte del conductor del camión de transporte. No obstante lo anterior, el conductor sólo podrá participar en el proceso de carga y descarga en situaciones de emergencia bajo expresa instrucción del proveedor y autorización del Titular. El conductor del camión, antes de comenzar con el proceso de carguío, deberá revisar las condiciones y operatividad del tracto, revisando el perfecto estado de funcionamiento, estado de válvulas y puertas de escotilla verificando siempre que estén cerradas. Mayores detalles del procedimiento de carga y descarga se presentan en el Anexo 7 y 8 de la DIA. En la siguiente tabla se indican los principales puntos de carga de ácido sulfúrico entre las regiones I, II y III: | Región | Comuna | Instalación de origen o carga | | I | Iquique | Interacid Patache | | I | Pozo Almonte | La Cascada | | II | Mejillones | Interacid-Terminal Mejillones | | II | Calama | Chuquicamata | | II | Antofagasta | Fundición Altonorte | | III | Chañaral | Terminal Barquitos | | III | Diego de Almagro | Potrerillos | | III | Copiapó | Fundición Paipote | Los horarios de carga serán los que establezca el proveedor de ácido sulfúrico, si fuera necesario estacionar y esperar para realizar el proceso de carga, se utilizará las áreas que el proveedor disponga para tales efectos. En la siguiente tabla se indican los principales puntos de descarga de ácido sulfúrico entre las regiones I, II y III: | Región | Instalación de destino o descarga | | I | La Cascada | | Sagasca/Hadelman | | Collahuasi | | Quebrada Blanca | | II | El Abra | | Mantos de la Luna | | Chuquicamata | | Radomiro Tomic | | Ministro Hales | | Santa Margarita | | Cerro Dominador | | Soquimich (SQMCH) | | Minera Spence | | Antucoya | | Quadra | | Minera Michilla | | El Tesoro | | Mina Esperanza | | Mina Gaby | | Lomas Bayas | | Mantos Blancos | | Rayrock | | Mina Iván | | Zaldívar | | Minera Escondida | | Las Cenizas | | III | El Salvador | | Manto Verde | | Inca de Oro | | Marte | | Punta de cobre | | Cerro Casale | | Caserones | | Relincho | | El Morro | | Pascua Lama | 3.6.3.2 Transporte de ácido sulfúrico La actividad de transporte se inicia cuando el vehículo sale de la instalación de origen y culmina cuando ingresa a la instalación de destino. Cabe hacer presente que el Titular establecerá un horario para el transporte que evite las horas punta o de mayor tráfico vehicular por las rutas a utilizar. El Proyecto contempla el transporte de H2SO4 por rutas ya construidas y utilizadas habitualmente para el transporte de este tipo de sustancias, por lo que no se contempla la construcción de otras rutas o vías. En la siguiente tabla se presentan las rutas a utilizar durante el transporte, identificando origen/destino, vías entre las regiones I, II y III, cantidad a transportar y frecuencia de viajes al día. | Región | Comuna | Rutas | Instalación Origen | Comuna | Instalación Destino | Comuna | Cantidad (t/mes) | Frecuencia aprox. (Viajes/Día) | | I | Iquique-Pozo Almonte- Pica | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A- 760, Ruta 5, Ruta A-85 | Interacid Patache | Iquique | Collahuasi | Pica | 33600 | 1 | | I | Iquique-Pozo Almonte- Pica | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, Ruta A-85 | Interacid Patache | Iquique | Quebrada Blanca | Pica | 33600 | 1 | | I | Pozo Almonte-Pica | Ruta A-65, Ruta A-651, Ruta A-687 | La Cascada | Pozo Almonte | Collahuasi | Pica | 33600 | 1 | | I | Pica-Pozo Almonte | Ruta A-65, Ruta A-651, Ruta A-687 | La Cascada | Pozo Almonte | Quebrada Blanca | Pica | 33600 | 1 | | I | Iquique-Pozo Almonte | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760 (Ruta del ácido), Ruta 5, Bypass, Ruta A-65, Ruta A-651, Ruta A-633 | Interacid Patache | Iquique | Sagasca/Hadelman | Pozo Almonte | 33600 | 1 | | I | Pozo Almonte | Ruta A-65,Ruta A-651, Ruta A-633 | La Cascada | Pozo Almonte | Sagasca/Hadelman | Pozo Almonte | 33600 | 1 | | II | Calama | CH 24, Camino Sin rol | Chuquicamata | Calama | Radomiro Tomic | Calama | 33600 | 3 | | II | Calama | CH 24, Camino Sin rol | Chuquicamata | Calama | Ministro Hales | Calama | 33600 | 4 | | II | Calama | CH24, CH21, B149 | Chuquicamata | Calama | El Abra | Calama | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda | CH 24, CH25, Ruta 5, Bypass, B-385, B-255 | Chuquicamata | Calama | Minera Gaby | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Calama | CH 24, CH 23, B195. | Chuquicamata | Calama | Santa Margarita | Calama | 33600 | 1 | | II | Calama | CH 24, CH 25, camino sin rol | Chuquicamata | Calama | Cerro Dominador | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda | CH24, CH 25 | Chuquicamata | Calama | Minera Spence | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda | CH24, CH25 | Chuquicamata | Calama | Quadra | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda | CH24, CH25, B229 | Chuquicamata | Calama | El Tesoro | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda | CH24, CH25, B229 | Chuquicamata | Calama | Minera Esperanza | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda- Antofagasta | CH 24, CH25, Ruta 5, Bypass | Chuquicamata | Calama | Mantos Blancos | Antofagasta | 33600 | 1 | | II | Calama-Sierra Gorda | CH 24, CH 25, Ruta 5, bypass, B385 | Chuquicamata | Calama | Lomas Bayas | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I,II | Calama-María Elena- Pozo Almonte | CH 24, Camino Sin rol | Chuquicamata | Calama | La Cascada | Pozo Almonte | 33600 | 1 | | II | Calama-Antofagasta | CH 24, Ruta 5, Bypass, B-400, B-350, Ruta 1 | Chuquicamata | Calama | Mina Iván | Antofagasta | 33600 | 1 | | II | Calama- María Elena/Mejillones | CH 24, Ruta 5, Camino Minero-Alternativo CH 24, CH 25, Ruta 5, Camino Minero | Chuquicamata | Calama | Antucoya | María Elena- Mejillones | 33600 | 1 | | II | Calama-Antofagasta- Mejillones | CH24, CH 25, Ruta 5, Bypass, B-400, B-350 | Chuquicamata | Calama | Rayrock | Mejillones | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta | B-262, Ruta 1 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Mina Iván | Antofagasta | 33600 | 2 | | II | Antofagasta | Ruta 5, B-400, B-350, Ruta 1 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Mina Iván | Antofagasta | 33600 | 2 | | II | Mejillones/María Elena | B-262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Camino Minero | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Antucoya | María Elena- Mejillones | 33600 | 2 | | II | Mejillones | B-262, Ruta 1, B-350 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Rayrock | Mejillones | 33600 | 2 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda-Calama | B262, Ruta 1, B350, B400,Ruta 5, Bypass, CH25, CH24 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Chuquicamata | Calama | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda-Calama | B262, Ruta 1, B350, B400, Ruta 5, Bypass, CH25, CH24, Camino sin rol. | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Radomiro Tomic | Calama | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda-Calama | B262, Ruta 1, B350, B400, Ruta 5, Bypass, CH25, CH24, Camino sin rol. | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Ministro Hales | Calama | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta, Sierra Gorda-Calama | B262, Ruta 1, B350, B400, Ruta 5, Bypass, CH 25, CH 23, B195 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Santa Margarita | Calama | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra gorda-Calama | B-262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Bypass, CH 25, Camino sin rol | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Cerro Dominador | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda | CH 24, Camino sin rol | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | El Tesoro | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda | B-262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Bypass, CH 25 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Minera Spence | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda | B-262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Bypass, CH 25 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Quadra | Sierra Gorda | 33600 | 2 | | II | Mejillones-Antofagasta-Sierra Gorda | Ruta 5, Bypass, CH25 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Quadra | Sierra Gorda | 33600 | 2 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda | B262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Bypass, CH 25, Ruta B229, camino nuevo propio. | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Minera Esperanza | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Sierra Gorda | B262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Bypass, B-385, B-255 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Minera Gaby | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Tocopilla | B262, Ruta 1, CH-24, B-172 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Mantos de la Luna | Tocopilla | 33600 | 2 | | II | Mejillones, Tocopilla, María Elena | B262, Ruta 1, B350, B400, Ruta 5, Bypass, Camino propio | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Sociedad Química y Minera de Chile (SQMCH) | María Elena | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta | B262-Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Mantos Blancos | Antofagasta | 33600 | 2 | | II | Mejillones | B262, Ruta 1 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Minera Michilla | Mejillones | 33600 | 2 | | II | Mejillones-Sierra Gorda | B262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, Bypass, B-385 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Lomas Bayas | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta | CH 24, Camino Sin rol | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Minera Escondida | Antofagasta | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta | B262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, B-475 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Zaldívar | Antofagasta | 33600 | 1 | | II | Mejillones-Antofagasta- Taltal | B262, Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, B-955 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Minera Las Cenizas | Taltal | 33600 | 1 | | I,II | Mejillones-Tocopilla-María Elena- Pozo Almonte | B262, Ruta 1, CH24, Ruta 5, Bypass, Ruta A-65 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | La Cascada | Pozo Almonte | 33600 | 1 | | I,II | Mejillones-Tocopilla-María Elena- Pozo Almonte | B262, Ruta 1, CH24, Ruta 5, Bypass, Ruta A-65, Ruta A-651, Ruta A-633 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Sagasca/Hadelman | Pozo Almonte | 33600 | 1 | | I,II | Mejillones-Tocopilla- María Elena- Pozo Almonte-Pica | B262, Ruta 1, CH24, Ruta 5, Ruta A-85 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Collahuasi | Pica | 33600 | 1 | | I,II | Mejillones-Tocopilla- María Elena- Pozo Almonte-Pica | B262, Ruta 1, CH24, Ruta 5, Ruta A-85 | Interacid Terminal Mejillones | Mejillones | Quebrada Blanca | Pica | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda-Calama | Ruta 5, Bypass, CH 25, CH 24 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Chuquicamata | Calama | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda-Calama | Ruta 5, Bypass, CH 25, CH 23, B195 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Santa Margarita | Calama | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda-Calama | Ruta 5, Bypass, CH 25, Camino propio | Fundición Altonorte | Antofagasta | Cerro Dominador | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda | CH 24, Camino Sin rol | Fundición Altonorte | Antofagasta | El Tesoro | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda | Ruta 5, Bypass, CH25 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Minera Spence | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda | Ruta 5, Bypass, CH25, B229 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Minera Esperanza | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda | Ruta 5, Bypass, B-385, B255 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Minera Gaby | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Mejillones- Tocopilla | Ruta 5, B-400, B-350, Ruta 1, CH24, B172 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Mantos de la Luna | Tocopilla | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda-María Elena | Ruta 5, Bypass, Camino propio | Fundición Altonorte | Antofagasta | Sociedad Química y Minera de Chile (SQMCH) | María Elena | 33600 | 1 | | II | Antofagasta | Ruta 5 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Mantos Blancos | Antofagasta | 33600 | 2 | | II | Antofagasta- Mejillones- María Elena | Ruta 5, B 400, B-350, Ruta 1, Camino Propio. Alternativo Ruta 5 Camino propio* | Fundición Altonorte | Antofagasta | Antucoya | María Elena | 33600 | 2 | | II | Antofagasta-Mejillones | Ruta 5, B-400, B-350, Ruta 1 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Minera Michilla | Mejillones | 33600 | 2 | | II | Antofagasta-Sierra Gorda | Ruta 5, Bypass, B-385 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Lomas Bayas | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | II | Antofagasta | Ruta 5, B-475 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Minera Escondida | Antofagasta | 33600 | 1 | | II | Antofagasta | Ruta 5, B-475 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Zaldívar | Antofagasta | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Taltal | Ruta 5, B-955 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Minera Las Cenizas | Taltal | 33600 | 1 | | II | Antofagasta-Mejillones | Ruta 5, B400, B350 | Fundición Altonorte | Antofagasta | Rayrock | Mejillones | 33600 | 2 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Calama | CH 24, Camino Sin rol | Interacid Patache | Iquique | Chuquicamata | Calama | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Calama | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, CH25, CH24, Camino sin rol. Alternativa: Ruta 1, CH24, Camino sin rol. | Interacid Patache | Iquique | Radomiro Tomic | Calama | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Calama | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, CH25, CH24, camino sin rol. Alternativa: Ruta 1, CH24, Camino sin rol. | Interacid Patache | Iquique | Ministro Hales | Calama | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Calama | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, CH25, CH23, B-195. Alternativa: Ruta 1, CH24, CH23, CH25, B-195. | Interacid Patache | Iquique | Santa Margarita | Calama | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Calama | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A- 760, Ruta 5, CH 25. Alternativa: Ruta 1, CH24, CH23, CH25. | Interacid Patache | Iquique | Cerro Dominador | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A- 760, Ruta 5, CH25, B-229. Alternativa: Ruta 1, CH24, Ruta 5, CH25, B-229. | Interacid Patache | Iquique | El Tesoro | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A- 760, Ruta 5, CH25. Alternativa: Ruta 1, CH24, Ruta 5, CH25. | Interacid Patache | Iquique | Minera Spence | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A- 760, Ruta 5, CH25, B-229. Alternativa: Ruta 1, CH24, Ruta 5, CH25, B-229. | Interacid Patache | Iquique | Minera Esperanza | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, B-385, B-255. Alternativa: Ruta 1, CH24, Ruta 5, CH25. | Interacid Patache | Iquique | Minera Gaby | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte-María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta- Mejillones-Tocopilla | Ruta 1, CH24, B172. | Interacid Patache | Iquique | Mantos de la Luna | Tocopilla | 33600 | 1 | | I, II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena. | Ruta 1, CH24, Ruta 5, Camino propio. Alternativa: Ruta 1, CH24, Ruta 5, Camino propio. | Interacid Patache | Iquique | Sociedad Química y Minera de Chile (SQMCH) | María Elena | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta | CH 24, Camino sin rol | Interacid Patache | Iquique | Mantos Blancos | Antofagasta | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte-María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta- Mejillones | Ruta 1, B-350. Alternativa: Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, B-400, B-350. | Interacid Patache | Iquique | Rayrock | Mejillones | 33600 | 1 | | I,II | Iquique- Tocopilla -María Elena-Antofagasta-Mejillones | Ruta 1, Camino minero-Alternativos A 750 – A 760 - Ruta 5 - Camino minero* | Interacid Patache | Iquique | Antucoya | María Elena | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte-María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta- Mejillones | Ruta 1. Alternativa: Ruta 1, Ruta A750, Ruta A-760, Ruta 5, B-400, B-350 | Interacid Patache | Iquique | Minera Michilla | Mejillones | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, Bypass, B-385. Alternativa: Ruta 1, CH24, Ruta 5, Bypass,B-385, Alternativa: Ruta 1, B350, B400, Ruta 5, B- 385 | Interacid Patache | Iquique | Lomas Bayas | Sierra Gorda | 33600 | 1 | | I, II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, B-475. Alternativa: Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, B475. | Interacid Patache | Iquique | Minera Escondida | Antofagasta | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte- María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, B-475. Alternativa: Ruta 1, B-350, B-400, Ruta 5, B-475. | Interacid Patache | Iquique | Zaldívar | Antofagasta | 33600 | 1 | | I,II | Iquique-Pozo Almonte-María Elena-Sierra Gorda-Antofagasta-Taltal | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A- 760, Ruta 5, B-955. | Interacid Patache | Iquique | Minera Las Cenizas | Taltal | 33600 | 1 | | I | Iquique-Pozo Almonte | Ruta 1, Ruta A-750, Ruta A-760, Ruta 5, Bypass, Ruta A-65, Ruta A-651 | Interacid Patache | Iquique | La Cascada | Pozo Almonte | 33600 | 1 | | III | Chañaral | CH 24, Camino Sin rol | Terminal Barquitos | Chañaral | Manto Verde | Chañaral | 33600 | 3 | | III | Chañaral-Diego de Almagro | Ruta 5, C-13, C-237, C-241, C-17 | Terminal Barquitos | Chañaral | Inca de Oro | Diego de Almagro | 33600 | 2 | | III | Chañaral-Diego de Almagro | Ruta 5, C-13, C-237, C-241, C-17, C-253, C-167, C-13. | Terminal Barquitos | Chañaral | El Salvador | Diego de Almagro | 33600 | 2 | | III | Diego de Almagro | C-13 | Potrerillos | Diego de Almagro | El Salvador | Diego de Almagro | 33600 | 3 | | III | Diego de Almagro | C-167, C-253, C-17 | Potrerillos | Diego de Almagro | Inca de Oro | Diego de Almagro | 33600 | 1 | | III | Diego de Almagro- Chañaral | C-167, C-253. C-17, C-241, C-237,C-13, C-209, C-205, C-225 | Potrerillos | Diego de Almagro | Manto Verde | Chañaral | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Vallenar | CH-31, C-35, Ruta C-391 Bifurcación Viñita Azul, , Ruta 5, C-455 | Fundición Paipote | Copiapó | Relincho | Vallenar | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Vallenar-Alto del Carmen | CH-31, C-35, Ruta C-391 Bifurcación Viñita Azul, Ruta 5, Variante El Jilguero, C-485, C- 495, Caminos sin rol (por definir) | Fundición Paipote | Copiapó | El Morro | Alto del Carmen | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Vallenar-Alto del Carmen | CH-31, C-35, Ruta C-391 Bifurcación Viñita Azul, Ruta 5, Variante El Jilguero, C-485, C- 495, C-495B, Camino sin rol | Fundición Paipote | Copiapó | Pascua Lama | Alto del Carmen | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Tierra Amarilla | CH-31, C-35, Ruta C-391 Bifurcación Viñita Azul, Ruta 5, C-411, C-35, C-453, Caminos sin rol (por definir) | Fundición Paipote | Copiapó | Caserones | Tierra Amarilla | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Tierra Amarilla | 31-CH, Ruta 5, C-411,C-35, C-401, Caminos sin rol | Fundición Paipote | Copiapó | Cerro Casale | Tierra Amarilla | 33600 | 1 | | III | Copiapó | CH 24, Camino Sin rol | Fundición Paipote | Copiapó | Marte | Copiapó | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Tierra Amarilla | CH-31, C-35 | Fundición Paipote | Copiapó | Punta de Cobre | Tierra Amarilla | 33600 | 1 | | III | Copiapó-Diego de Almagro | C31, C-17 | Fundición Paipote | Copiapó | Inca de Oro | Diego de Almagro | 33600 | 1 | Mayores detalles se presentan en el Anexo 3 y 5 de la Adenda 1. 3.6.3.3 Lugares de detención En caso de requerir estacionamiento en ruta, para descanso o alojamiento, el personal transportista deberá detenerse sólo en los sectores o áreas previamente determinadas por la autoridad competente, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 19 del D.S. N°298 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. En caso de inexistencia de las áreas mencionadas, se evitará el estacionamiento en zonas pobladas, zonas residenciales, lugares públicos, de fácil acceso al público o de gran concentración de personas y vehículos. Cabe mencionar, que la detención se efectuará sólo en caso de ser estrictamente necesario y de preferencia sin carga en los estanques. En la siguiente tabla se describe la localización de las zonas de detención de camiones del Proyecto. Se aclara que las coordenadas indicadas en la Tabla 2, son referenciales, puesto que pueden variar según indicación de las empresas mineras, sin embargo, se dará cumplimiento en todo momento a la normativa vigente aplicable y se aplicarán las medidas de seguridad que correspondan. | Región | Minera/Instalación | Coordenadas (UTM, Huso 19, WGS84) | Comuna | Detención con carga o sin carga | | Este | Sur | | I | Collahuasi | 529927.12 | 7681170.53 | Pica | Con o sin Carga | | Interacid Patache | 375467.76 | 7698728.84 | Iquique | Con o sin Carga | | Quebrada Blanca | 520607.35 | 7677104.97 | Pica | Con o sin Carga | | Sagasca | 465038.07 | 7767364.79 | Pozo Almonte | Con o sin Carga | | II | Altonorte | 365497.03 | 7364252.26 | Antofagasta | Con o sin Carga | | Antucoya | 404560.45 | 7518360.83 | María Elena/Mejillones | Con o sin Carga | | Cerro Dominador | 465191.53 | 747060.84 | Sierra Gorda | Con o sin Carga | | Codelco Chuquicamata | 508757.07 | 7534221.72 | Calama | Con o sin Carga | | El Abra | 531380.4 | 7568124.37 | Calama | Con o sin Carga | | El Tesoro | 490376.24 | 7461502.95 | Sierra Gorda | Con o sin Carga | | Minera Escondida | 477062.43 | 7321823.66 | Antofagasta | Con o sin Carga | | Interacid Mejillones | 357518.15 | 7447207.50 | Mejillones | Con o sin Carga | | Las Cenizas | 367155.46 | 7146527.02 | Taltal | Con o sin Carga | | Lomas Bayas | 449129.22 | 7409084.78 | Sierra Gorda | Con o sin Carga | | Mantos de Luna | 378674.43 | 7524451.75 | Tocopilla | Con o sin Carga | | Minera Michilla | 378863.80 | 7492589.50 | Mejillones | Con o sin Carga | | Mina Esperanza | 490660.78 | 7456709.42 | Sierra Gorda | Con o sin Carga | | Mina Gaby | 519477.34 | 7409892.18 | Sierra Gorda | Con o sin Carga | | Mina Iván | 368447.02 | 7417378.09 | Antofagasta | Con o sin Carga | | Ministro Hales | 510136.89 | 7525046.59 | Calama | Con o sin Carga | | Minera Quadra | 461994.05 | 7470524.92 | Sierra Gorda | Con o sin Carga | | Radomiro Tomic | 515935.95 | 7545084.49 | Calama | Con o sin Carga | | Ray Rock | 363370.699 | 7416682.745 | Mejillones | Con o sin Carga | | Santa Margarita | 527317.18 | 7514601.32 | Calama | Con o sin Carga | | Soquimich | 431407.65 | 7499615.82 | María Elena | Con o sin Carga | | Zaldívar | 491242.93 | 7323228.92 | Antofagasta | Con o sin Carga | | III | Caserones | 447480.31 | 688117.47 | Tierra Amarilla | Con o sin Carga | | Cerro Casale | 474067.31 | 6923118.33 | Tierra Amarilla | Con o sin Carga | | El Salvador | 442520.15 | 7095819.27 | Diego de Almagro | Con o sin Carga | | Fundición Paipote | 375958.22 | 6967569.91 | Copiapó | Con o sin Carga | | Marte | 497630.87 | 6993726.08 | Copiapó | Con o sin Carga | | Pascua Lama | 400016.44 | 6756929.87 | Alto del Carmen | Con o sin Carga | | Potrerillos | 451110.16 | 7076244.51 | Diego de Almagro | Con o sin Carga | | Punta de Cobre | 375038.00 | 6957306.00 | Tierra Amarilla | Con o sin Carga | | Calle de servicio Copiapó (Res. Ex. N°427) | 374714,00 | 6967577,00 | Copiapó | Sin Carga | | Lado Norte Tenencia Carretera Atacama Sur. (Res. Ex. N°427) | 325421,00 | 6838075,00 | Vallenar | Sin Carga | En caso de emergencia, falla técnica o mecánica, accidente y otro motivo que obligue al conductor a detenerse en un lugar no autorizado, el área en si deberá permanecer señalizada y bajo vigilancia de su conductor, salvo que su ausencia sea indispensable para comunicar el hecho, solicitar auxilio o asistencia médica. 3.6.3.4 Vehículos a utilizar La flota inicial de camiones corresponderá a 34 unidades, no obstante, en el corto plazo se incorporarán 26 tracto camiones, totalizando 60 equipos en operación. Los camiones estarán compuestos por tracto camiones y estanque cisterna para el almacenamiento de H2SO4, con las siguientes características: - Capacidad de 16-16,5 m3 - Largo de 10.000-10.500 mm - Diámetro interior aproximado: 1.280-1.422 mm - Configuración de 3 ejes - Capacidad de Ejes de 30.000 lb. - Acero de Fabricación ASTM A-36 - Tambor de frenos de 8 pulgadas. Cabe mencionar, que tanto los tracto camiones como los semirremolques serán de uso exclusivo para el transporte de H2SO4 y no se transportará otra sustancia en ellos. 3.6.3.5 Sistema de comunicación Los camiones contarán con un sistema de radiocomunicación o portarán un aparato de telefonía móvil celular de cobertura nacional. Además, portarán uno o más letreros, visibles para otros usuarios de las vías, con las siguientes indicaciones: - Nombre común de la carga - Nombre y teléfono del destinatario de la carga - Nombre del expedidor de la carga - Nombre y teléfono del transportista 3.6.3.6 Mantención de vehículos Las obras de mantención de los vehículos se realizarán en talleres certificados y aprobados por la Autoridad Sanitaria correspondiente, no efectuándose en las dependencias del Titular. Se efectuarán de manera periódica mantenciones programadas de cada uno de los vehículos, con el objeto de asegurar su perfecto funcionamiento, evitando accidentes y anomalías durante la carga, el transporte y la descarga de ácido. Se efectuarán 3 tipos de mantenciones a los vehículos: mantención diaria, mantención preventiva y mantención correctiva, las que se detallan a continuación: Mantención diaria: será efectuada por el conductor del camión siguiendo el procedimiento adjunto en el Anexo 8 de la DIA. Mantención preventiva: sujetas al cumplimiento de rangos del kilometraje de los vehículos. Será desarrollada por equipos especializados y calificados en talleres autorizados. Mantención correctiva: efectuadas toda vez que los vehículos presenten anomalías, daños o fallas físicas o mecánicas. Esta mantención será desarrollada por equipo calificado en talleres autorizados. Los registros de cada una de las mantenciones y/o reparaciones serán archivadas en las oficinas administrativas del Titular. 3.6.3.7 Lavado de vehículos El Proyecto no contempla el lavado de los vehículos en las dependencias del Titular. El lavado se realizará en talleres o servicios de lavado autorizados por la autoridad sanitaria. No obstante lo anterior, el Titular mantendrá un registro del lavado de vehículos de manera de contar con la información necesaria para eventuales verificaciones de la Autoridad. El registro contendrá, entre otras cosas, la identificación de los sitios donde se realice el lavado de vehículos, día y hora. 3.6.4 Principales descargas, emisiones y residuos del Proyecto 3.6.4.1 Emisiones Atmosféricas El Proyecto generará emisiones gaseosas asociadas al proceso de combustión de los camiones que se utilizarán para realizar el servicio de transporte. No obstante, tales emisiones se encuentran controladas, dado que los camiones utilizados cumplirán con las respectivas revisiones técnicas, acatando en todo momento lo establecido en la normativa vigente aplicable. 3.6.4.2 Residuos Líquidos El lavado exterior de los camiones y de los estanques no se realizarán en instalaciones del Titular, para ello se ha previsto que el servicio de lavado se efectúe por un tercero en lugares adecuados y debidamente autorizados por la autoridad respectiva. Al respecto, el Titular, se compromete a mantener los registros, que permitan a la Autoridad Ambiental y Sanitaria, verificar que el o los lugares en donde se realizará el lavado, cumple con lo señalado anteriormente. 3.6.4.3 Residuos Sólidos En relación a los residuos domiciliarios, se ha estimado una generación del orden de 2,5 ton/año, los cuales serán dispuestos en depósitos debidamente señalizados, ubicados en las oficinas administrativas del Titular, para ser retirados periódicamente por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. En relación a los residuos peligrosos estos se generarán mayoritariamente por las actividades de mantención, los que corresponden básicamente a aceites usados, baterías usadas, filtros de aceite, filtros de aire; estos residuos serán manejados por un taller autorizado, quien se hará cargo de su manejo y disposición final. En caso de generarse residuos peligrosos debido a una contingencia, el Titular manejará dichos residuos en virtud del cumplimiento del D.S. N°148/03 del MINSAL. 3.6.4.4 Ruido La emisión de ruido será la propia a la actividad de transporte y no se superarán los límites establecidos en la normativa vigente. 3.6.5 Planes de Prevención de Riesgos, Contingencia, y Brigada de Emergencia 3.6.5.1 Plan de Prevención de Riesgos Los detalles del Plan de Prevención de Riesgos se presentan en el Anexo 5 de la DIA. Adicionalmente, el Titular realizará capacitaciones programadas a los trabajadores en cuanto a manejo a la defensiva, transporte de sustancias peligrosas, prevención y combate de incendios, entre otros. Cabe señalar, que se mantendrá un registro en la oficina central del Titular, de todas las capacitaciones efectuadas a los trabajadores con el listado de participantes. 3.6.5.2 Plan de Contingencia El Proyecto contempla un Plan de Contingencia que considera las acciones a realizar en forma inmediata y mediata para contener contingencias por i) derrame en suelo, ii) derrame o incendio sobre flora y vegetación, iii) afectación de fauna y iv) derrame en cuerpos de agua. i) Derrame en suelo: De acuerdo a lo señalado por el Titular en el punto 1.1 de la Adenda 2, en caso de producirse un derrame de ácido en suelo, se comprometen las siguientes acciones: - Evitar la expansión y escurrimiento de la sustancia, procediendo a aislar el área con señalización de acceso restringido. - Los derrames de líquidos en tierra se contendrán por medio de pretiles y zanjas. - Los pretiles se usarán para derrames que se produzcan en terrenos parejos o casi parejos. - Las zanjas se usarán en caso de derrames en terrenos con pendientes o suelos permeables, se excavará una zanja alrededor del derrame o pendiente abajo, hasta una profundidad suficiente para recoger el líquido que se pueda infiltrar en el suelo. - La sustancia derramada se recuperará por medio de material adecuado al tipo de sustancia, pudiendo ser utilizada cal viva y tierra. Una vez contenido el derrame, dicha mezcla se envasará en contenedores adecuados al tipo de residuos. - El material recuperado previa neutralización será dispuesto en un lugar debidamente habilitado y autorizado por la autoridad sanitaria, dejando registros de ingreso en los recibos correspondientes. - Luego de retirado el material contaminado, se tomarán muestras de suelo para medir el pH del terreno in situ, de manera de asegurar la neutralización del área afectada. En caso que el suelo siga presentando niveles de acidez, se aplicarán agentes neutralizantes, hasta conseguir un pH de características similares a las iniciales (características del suelo aledaño sin contaminar). - Para el control de los residuos peligrosos involucrados en la emergencia se emplearán los medios y equipos de contención y confinamiento adecuados, a través de la Brigada de Emergencia. - Controlada la contingencia, se remitirá un informe a la Superintendencia de Medio Ambiente (“SMA”) y a la Corporación Nacional Forestal (“CONAF”), 15 días contados de la contingencia, con las acciones inmediatas que se realizaron en la zona, así como también un plan de restauración de suelo calendarizado, incluyendo fotografías, indicación del área afectada, plan de reconstitución y seguimiento. Adicionalmente, el Titular se compromete a realizar una limpieza y disposición en un lugar autorizado de cualquier vestigio del accidente en el lugar afectado, tales como restos del camión (ruedas, partes del chasis, estanque, etc.). Por otro lado, en caso de tener que reconstituir un suelo afectado dentro de un Sitio Prioritario o Área Protegida, el suelo a ser reconstituido provendrá de un área fuera de éstos, pero con las mismas propiedades físico-químicas del suelo del lugar afectado por la contingencia. ii) Derrame o incendio sobre flora y vegetación: De acuerdo a lo señalado por el Titular en el punto 1.1 de la Adenda 2, en caso que ante derrame de ácido sulfúrico, se vea afectada la flora y vegetación presente, se deberá restituir de manera de asegurar la recuperación de las condiciones iniciales del área donde se produjo el evento, para lo cual se aplicará el siguiente procedimiento: - Se reconstruirá la flora y vegetación nativa, considerando el tipo de especies afectadas, la envergadura del daño y la edad de estas, reconstituyendo al máximo el área y la formación vegetacional afectada. También, podrá ser utilizada para la reconstitución de la flora y vegetación afectada, la misma flora colonizadora espontánea del lugar, la que con la incorporación de nutrientes estabilizadores de suelos, se logrará la recuperación total de los suelos contaminados. - Las especies de flora y vegetación afectadas, para su reconstitución final, serán obtenidas de un vivero debidamente establecido y autorizado. - Se remitirá a la SMA y a CONAF, dentro de los 15 días contados de ocurrida la emergencia, un informe con las acciones inmediatas que se tomaron y realizaron. Asimismo, se adjuntará un Plan de Restauración de la flora y vegetación nativa con toda la programación detallada y calendarizada. En este Plan de Restauración se indicarán las especies que fueron afectadas por la contingencia ocurrida, el número y cobertura de cada especie afectada, fotografías del lugar, junto al plan de reconstitución y seguimiento de la flora y vegetación. iii) Afectación en Fauna: De acuerdo a lo señalado por el Titular en el punto 1.1 de la Adenda 2, si ante un derrame o colisión se viera afectada la fauna del lugar, sea esta terrestre o acuática, estas serán objeto de acciones de recuperación y/o rehabilitación y posterior seguimiento. Para la recuperación y restablecimiento de la fauna del lugar, en lo inmediato el suelo, la flora y la vegetación nativa serán restauradas, de tal forma de que la fauna que no fue afectada por el derrame de ácido sulfúrico, no corra riesgos en su régimen alimenticio que pueda afectar su integridad física. Para aquellos animales en categoría de conservación, afectado por un derrame de ácido sulfúrico y que tenga opciones de sobrevivir, las especies serán enviadas a un centro asistencial para su tratamiento, el que luego una vez recuperado, será inserto en su hábitat. Al respecto, los gastos de rescate, rehabilitación, atención, costos médicos veterinarios y mantenimiento en centros especializados serán de cargo del Titular. Todo animal en categoría de conservación afectado por colisión o derrame de ácido sulfúrico que tenga opciones de sobrevivir será enviado a un centro asistencial para su tratamiento, cuyos costos de rescate, rehabilitación y atención veterinaria será de responsabilidad del Titular. Una vez rehabilitado, será liberado nuevamente en su hábitat. iv) Derrame en cuerpos de agua: En el caso de que se produzca una emergencia por alteración en la calidad de las aguas de canales de regadío, o de algún cuerpo de agua superficial que sea utilizado como fuente de agua para bebida animal o para riego, el Titular considerará todas aquellas medidas que permitan interrumpir el flujo tanto aguas arriba como aguas abajo de la zona del derrame evitando así su dispersión. Asimismo, se pondrá en contacto con la Dirección General de Aguas (“DGA”) de la región en que ocurriera la contingencia por derrame, las Asociaciones de Canalistas, Juntas de Vigilancia o comunidades de agua u otras involucradas, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas, si existieran, o bien el desvío del curso de agua a otro sector), mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o limpiar las secciones de los cuerpos de agua afectados. Por otra parte, se informará a los agricultores en el sector afectado para que eviten el regadío de sus cultivos durante la emergencia. El Titular utilizará elementos absorbentes para evitar la dispersión del derrame en el cuerpo de agua y las acciones para recuperar el cuerpo de agua, tales como neutralización de la sustancia derramada. En caso que un derrame de ácido sulfúrico afecte un cuerpo de agua que es utilizado para uso sanitario o de riego, el Titular realizará las medidas necesarias para que las personas afectadas puedan autoabastecerse por otro medio hasta que la emergencia se encuentre resuelta. El Titular realizará un monitoreo que considere el pH, conductibilidad eléctrica, temperatura y oxígeno disuelto. Para lo anterior, se tomarán muestras o medirá in situ aguas arriba como hacia abajo del punto del curso afectado. Las mediciones se realizarán en intervalos de tiempo y considerando el tiempo transcurrido desde el derrame. Para el caso de pozos afectados, la muestra se tomará en el mismo pozo. Adicionalmente, el Titular remitirá un informe en un plazo no superior a 15 días hábiles luego de ocurrida la emergencia a la DGA y a la SMA, con los resultados del monitoreo y seguimiento realizado, indicando los parámetros monitoreados (NCh 409/2:2004 o NCh 1333:1978, según corresponda), área de monitoreo, procedimientos y frecuencia de éstos. v) Incendios De acuerdo a lo señalado por el Titular en el punto 1.1 de la Adenda 2, en caso de incendio sin derrame, se realizará el siguiente procedimiento: - Para incendios pequeños (amagos) se utilizará extintores de polvo químico seco o CO2. Dicha labor será realizada por el chofer del camión, puesto que será el primero en estar en la escena; luego avisará al jefe de turno, quién a su vez con la brigada de Emergencia acudirán a la escena para evaluar las acciones a seguir. - Para incendios grandes, una vez realizado el paso anterior y el foco no se logre controlar, se comunicará a bomberos, y luego a las autoridades de rigor pertinentes como carabineros, quienes deberán inundar con agua el área del incendio desde la distancia. No proyectándose el chorro de los pitones sobre el material derramado. - Se aplicará agua a los estanques en los costados que se encuentren expuestos a las llamas, para poder enfriarlos y alcanzar su temperatura normal. - Sólo en caso que sea posible y no presente un riesgo mayor, se deberá retirar el estanque de ácido sulfúrico del camión. Mayores detalles del Plan de Contingencia se presentan en el Anexo 3 de la DIA, Anexo 6 de la Adenda 1 y Anexo 1 de la Adenda 2. 3.6.5.3 Comunicación con la Autoridad frente a emergencias. En caso de emergencia, independiente de los avisos internos programados por el Titular, se dará aviso en forma inmediata a aquellos organismos que corresponda, tales como: Carabineros de Chile, Cuerpos de Bomberos y Autoridad Sanitaria. Asimismo, deberá avisar a las Oficinas Regionales de Emergencias, Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Regional de Vialidad, Asociación de Canalistas, Dirección General de Aguas, Corporación Nacional Forestal, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Municipios, Superintendencia del Medio Ambiente, Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente y a los sistemas de coordinación de emergencias regionales. Todas las emergencias deberán ser informadas. El Titular remitirá un informe preliminar sobre la emergencia en un tiempo no superior a 24 horas, el que será enviado a la SMA. Dicho informe contendrá, a lo menos, la siguiente información: identificación del Titular, nombre del Proyecto y su Resolución de Calificación Ambiental, lugar (coordenadas UTM, Datum WGS84, Huso), superficie afectada, fecha, hora, tipo de accidente, causa de accidente, tipo de sustancia, patente del (los) vehículo(s) involucrados, duración del evento, implicancias, acciones de control asumidas en el lugar, medidas de rehabilitación, restauración o descontaminación de la zona, personas afectadas por el incidente, medidas de seguimiento posibles de adoptar y órganos que participaron en el evento, medidas que se adoptarán para corregir errores que originaron la emergencia y antecedentes de los componente afectados por la emergencia (suelo, agua y flora y fauna), acompañado de fotografías. Además, se deberá mantener permanentemente informada a la SMA, del avance de las acciones, entre el período de la ocurrencia y su respectivo control. 3.6.5.4 Brigada de Emergencia El Titular contará con una Brigada de Emergencia constituida por 8 trabajadores voluntarios, más una ambulancia totalmente equipada, la que se encontrará en las oficinas centrales del Titular, la cual se encontrará operativa para cubrir las emergencias que se puedan presentar, como también para brindar los primeros auxilios y atenciones a la población civil que se vea involucrada en un accidente. Dado que la Brigada solo dispone de un vehículo para cubrir todas las rutas, el Titular en el punto 1.14 de la Adenda 1, adquirió el compromiso de contratar los servicios profesionales de una empresa externa debidamente autorizada, que la represente fehacientemente en el control de la emergencia presentada. Este apoyo externo, permitirá al Titular, actuar rápidamente ante una eventual emergencia que se pueda producir. Mayores antecedentes de la operación, responsabilidades y equipos de la Brigada de Emergencia, se presentan en el Anexo 6 de la Adenda 1. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle del cumplimiento de ésta se encuentra en el punto 3.1 del ICE. 5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que la ejecución del proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” no requiere de los Permiso Ambientales Sectoriales (PAS) contemplados en el Título VII del RSEIA. 6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el Proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, tal como se desarrolla en el punto 3.2 del ICE. 7. Que, en el proceso de evaluación del Proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el Titular ha adquirido el siguiente compromiso: - Restituir la implementación utilizada o dañada a Bomberos de Chile e instituciones comunales (de la comuna que fuera afectada), en caso que deban ejecutar acciones de trabajos en accidentes o emergencias donde se involucren camiones del Titular. 8. Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N° 844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto. 9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 10. Que, para que el proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 11. Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 12. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal y/o domicilio. 13. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. RESUELVO: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III”, presentado por la Asociación Gremial de Empresarios del Transporte "Agretrans El Loa". 2. CERTIFICAR que el proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I, II y III” cumple con la normativa de carácter ambiental y, que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 3. HACER PRESENTE que en contra de la presente resolución podrá recurrirse en un plazo de 30 días hábiles, contado desde la notificación de la misma, conforme a lo señalado en el artículo 20 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Notifíquese y Archívese
Jorge Troncoso Contreras Director Ejecutivo (PT) Servicio de Evaluación Ambiental
MAH/MGB/RNM/MEPB Distribución: - Julia Angelica Rodriguez Diaz
- Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá
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- Gobierno Regional, Región de Antofagasta
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- SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
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- Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c: - Encargado Participación Ciudadana
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- Expediente del Proyecto "TRANSPORTE DE ÁCIDO SULFÚRICO EN LAS REGIONES I,II y III"
- Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva
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