|
Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Ciudad Satelite Maipu 3 Expediente 075/10"
CAPÍTULO I. ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO
El área de proyecto, se encuentra sobre un área normada por el Plan Regulador Comunal de la comuna de Maipú, la cual es identificada como ZH-1 Habitacional (Santa Ana de Chena), zona definida con uso preferente habitacional y equipamiento, estos últimos enfrentando a vías colectores o de mayor jerarquía.
Las coordenadas del proyecto son las que se visualizan en la siguiente tabla:
El proyecto, corresponde a una nueva etapa de la Ciudad Satélite de Maipú 3 - Barrio Lautaro el cual se desarrollará en un terreno de 26,5 há localizado entre Camino Lonquén y calle Lautaro, en el borde sur oriente de la comuna de Maipú. En parcelación Santa Ana de Chena, rol de Avalúo N° 2612-17 al cual le ha sido asignado el número 18800. El proyecto, considera la construcción de 172 viviendas unifamiliares pareadas de dos pisos, con un estacionamiento por vivienda, lo que da un total de 172 estacionamientos, incorpora además, un área Verde central y dos menores y, una zona de cesión de equipamiento. Forman parte de este proyecto la materialización de la apertura de calle Lautaro, la cual se presenta como la vía de acceso al área de proyecto, la cesión de superficie por equipamiento municipal, la cesión de áreas verdes y la cesión de faja vial hacia camino Lonquén. De esta forma, el proyecto presenta las siguientes superficies de acuerdo a sus partes:
Ciudad Satélite 3 corresponde a un proyecto cuyo objetivo es realizar una nueva etapa del proyecto ciudad Satélite, expandiéndose hacia el suroriente y consolidando un área con vocación residencial, en la comuna de Maipú.
El proyecto considera la construcción de tres modelos de viviendas pareadas de dos pisos. Las que se emplazan en terrenos con una superficie que va desde 123 a 248m², con superficies edificadas de 73 m2, 85 m2 y 93 m2. · Vias asociadas al proyecto. Las siguientes corresponden a las vías de ingreso y egreso al conjunto habitacional Ciudad Satélite Maipú 3: • Rutas de Egreso: Acceso Conjunto Residencial / Lautaro / Michimilango / hacia el Poniente. Acceso Conjunto Residencial / Lautaro / Michimilango / hacia el Oriente. • Rutas de Ingreso: Desde Michimalongo, desde el Poniente / Lautaro / Acceso Conjunto Habitacional. Desde Michimalongo, desde el Oriente / Lautaro / Acceso Conjunto Habitacional. · Estacionamientos De acuerdo al PRMS, Maipú se encuentra en el área “C” de estacionamientos, el cual condiciona la construcción de un estacionamiento por cada 5 viviendas cuya superficie construida se encuentre entre 50 y 100m². De esta forma, considerando que el conjunto habitacional presenta 172 viviendas, y que sus superficies construidas varían entre 50 y 100m², se obtiene un total de estacionamientos requeridos de 35. No obstante, el proyecto declara 172 estacionamientos, uno por cada vivienda construida. · Agua Potable y alcantarillado El certificado de Factibilidad de Agua Potable y Alcantarillado, adjunto a la DIA del proyecto señala que las redes proyectadas del loteo se podrán conectar a la Red Pública de Distribución de Agua Potable. La solución propuesta contempla sumideros ubicados en distintos puntos de la vialidad, los cuales captarán las aguas lluvias, y las conducirán mediante tuberías, a las zanjas drenantes diseñadas para efectos de su almacenaje y posterior infiltración al subsuelo gravoso existente en el sector. Como una forma de extender la vida útil de este sistema de aguas lluvias, se ha dispuesto a la entrada de cada zanja drenante, cámaras de inspección con decantador y cámaras sedimentadores, que permitan retener los sólidos arrastrados por el agua. En Anexo D de la DIA, se adjunta el proyecto de aguas lluvias, donde además se incluyen las condiciones técnicas que se deberán llevar a cabo para la construcción de las obras asociadas. El suministro eléctrico para el área de proyecto será entregado por Chilectra, según consta el certificado de factibilidad emitido con fecha 14 de julio de 2010. Esta factibilidad se adjunta en Anexo A de la DIA del Proyecto. · Gas El suministro de gas se realizará por gas de cañería, de acuerdo a factibilidad de suministro adjunta en Anexo A de la DIA del Proyecto. El sistema de recolección de residuos para la etapa de operación del proyecto, se llevará a cabo por parte del Municipio. El proyecto considera su ejecución en tres etapas y considera un cronograma de construcción de 34 semanas para las viviendas de la etapa 1, tres meses para la construcción de la etapa 2 y 6 meses de actividad constructiva para la etapa 3.
CAPÍTULO II. ANTECEDENTES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental. Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Test de admisión S/N Oficio solicitud de evaluación DIA Nº2419 Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº103 Adenda S/N Solicitud de evaluación de adenda Nº370 Adenda S/N Solicitud de evaluación de adenda Nº255 Resolución de ampliación de plazo Nº061/2011 2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto. Oficio NºSRM RMS Nº 125/2010 (seia - dia) sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 04/10/2010; Oficio Nº8386 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , con fecha 07/10/2010; Oficio Nº1452 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº076 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región Metropolitana, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº1494 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº894 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 12/10/2010; Oficio Nº7659 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 13/10/2010; Oficio Nº4521 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 15/10/2010; Oficio Nº5149 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 15/10/2010; Oficio Nº1800 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Maipú, con fecha 18/10/2010; Oficio Nº7415 sobre la DIA, por Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM, con fecha 19/10/2010; Oficio Nº1893 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 06/12/2010; Oficio Nº1851 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, con fecha 13/12/2010; Oficio Nº102 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Medio Ambiente, con fecha 15/12/2010; Oficio Nº1098 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 15/12/2010; Oficio Nº9403 sobre la Adenda 1, por Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana, con fecha 15/12/2010; Oficio Nº156 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 16/02/2011. 2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor. En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Ciudad Satelite Maipu 3", han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental: Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
CAPÍTULO III. CONCLUSIONES RESPECTO DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL APLICABLE Y A LA PERTINENCIA DE REALIZAR UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY 19.300 3.1.1. Respecto del tránsito y vialidad Fase de Construcción El titular del proyecto ha informado a esta Comisión que el proyecto cuenta con un Análisis Vial Básico que fue ingresado al sistema de ventanilla única con fecha 07 de julio de 2010, comprometiéndose a dar cumplimiento a todas las medidas que de él surgieron. Además, el titular se compromete a:
ü Art. Nº30, que regula los pesos por eje, para los vehículos pesados que requieran utilizar las rutas o caminos de tuición de la Dirección de Vialidad, de acuerdo a lo indicado en el D.S. Nº158 y 200 respectivamente. El titular del proyecto considerará el Articulo Nº30 del D.S. Nº158 y 200 y lo hará obligatorio a todos sus contratistas. ü Art. Nº36, que prohíbe el vertido o escurrimiento de materiales, productos o desechos generados a causa de las actividades del proyecto, hacia rutas o caminos de tuición de la Dirección de Vialidad. El titular señala que en ningún momento se realizará el vertido de materiales, productos o desechos generados por las actividades del proyecto hacia rutas o caminos de tuición MOP.
3.1.2.. Emisiones a la atmósfera Como conclusión y conforme a los antecedentes que se acompañaron en el proceso de evaluación ambiental, se puede señalar que el proyecto no sobrepasará los límites máximos establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), por lo que el proyecto no requerirá compensar sus emisiones. Sin perjuicio de lo anterior, se implementarán las siguientes medidas específicas para prevenir y/o controlar las emisiones atmosféricas de material particulado y de gases. Fase de Construcción:
3.1.3. Emisiones de Ruido Fase de Construcción Que de acuerdo al Estudio Acústico acompañado en el Anexo de la DIA los niveles de ruido proyectados durante la fase de construcción, es posible concluir que los niveles de ruido proyectados durante las etapas de construcción exceden el límite establecido por el D.S.146/97 del MINSEGPRES, para lo cual el titular compromete el cumplimiento de las siguientes medidas a fin de cumplir con la normativa y minimizar las molestias sobre los vecinos. Estas medidas están orientadas a cumplir con la normativa vigente en cada una de las fases constructivas, es decir, preparación de terreno y construcción.
La ubicación de las barreras quedan determinadas por el punto receptor al cual enfrenten, a su vez las distancias (frente de trabajo-barrera) quedan determinadas en las memorias de cálculo precedentes. Las barreras deberán encerrar todo el frente de trabajo, recomendándose iniciar las obras de construcción desde el deslinde del proyecto hacia el interior, generándose así barreras acústicas “naturales” con las viviendas ya construidas.
Adicionalmente se implementarán las siguientes medidas de gestión, las que se mantendrán durante todas las etapas del proyecto:
El titular del proyecto ha presentado a esta Comisión la información solicitada para acreditar el cumplimiento de la siguiente normativa, a la cual se compromete cumplir y respecto de la cual los organismos del Estado con competencia ambiental en la materia (Seremi de Salud de la Región Metropolitana) se han pronunciado conforme:
Además, la Seremi de Salud, mediante ORD. 8386 de fecha 07 de octubre de 2010, señaló que el titular deberá cumplir las siguientes medidas:
3. Las obras de construcción de las viviendas se deberá efectuar desde el deslinde del proyecto hacia el interior del predio, generándose así barreras acústicas “naturales” con las viviendas ya construidas. 4. En las faenas de pavimentación se deberá aplicar la barrera acústica cercana al camión mixer, a no más de 5 m de distancia, enfrentando a cada receptor, con una altura mínima de 2,8 m. Esta barrera deberá reubicarse cada vez que el camión se mueve, de modo de proteger en todo momento a los receptores. 5. Efectuar las medidas de gestión señaladas en las páginas 28 y 29 del Anexo C de la DIA. 3.1.4. Manejo de Residuos Sólidos Fase de Construcción El titular señala que durante la fase de construcción se generarán materiales de descarte de la actividad propia de la construcción; residuos asimilables a domiciliarios y residuos peligrosos como aceites y aditivos entre otros. Para el manejo de los residuos se contempla las siguientes acciones: i) El material sobrante será enviado a un sitio de disposición autorizado. ii) Las maderas y plásticos serán acopiados en recipientes estancos, los cuales serán retirados y dispuestos en un sitio autorizado. iii) Los residuos domiciliarios de las instalaciones de faenas serán acopiados en forma transitoria en recipientes cubiertos que serán retirados y entregados a los camiones de recolección de basura municipal. iv) Respecto de los residuos peligrosos como aceites, aditivos y otros, estos serán acopiados en recipientes sellados, debidamente etiquetados, en sectores claramente delimitados y cubierto, sobre pallets de madera en un lugar separado a las instalaciones principales de trabajo, los cuales serán retirados con una frecuencia mensual por la empresa especializada en el manejo de este tipo de residuos. La Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, que participó en la evaluación del proyecto, señaló, mediante ORD. N°8386 de fecha 07 de octubre de 2010, se manifestó conforme con los antecedentes entregados por el titular durante el proceso de evaluación del proyecto. 3.1.5. Manejo de Residuos Líquidos. Durante la fase de construcción se generan lodos inertes por el lavado de carrocerías, ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo. Al respecto el titular se compromete a que éstos serán conducidos a un pozo de infiltración relleno con grava, con la capacidad suficiente para evitar derrames. De esta manera se asegura que las aguas utilizadas para esta tarea no escurran hacia bienes nacionales de uso público. Esta actividad se realiza siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten. 3.1.6. Arqueología Fase de Construcción El titular señala que, en el área del proyecto no se observan materiales arqueológicos en superficie, no obstante lo anterior se compromete a que si durante la construcción del proyecto se produce hallazgo de material arqueológico, se dará aviso al Gobernador de la Provincia y a Carabineros de Chile; y se informará por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. El Consejo de Monumentos Nacionales, mediante ORD. N° 5149 de fecha 15 de octubre de 2010, se manifestó conforme con los antecedentes presentados por el titular durante el proceso de evaluación, precisando lo siguiente: “Que el titular del proyecto en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto”. 3.1.7. Prevención de Riesgos El titular compromete el diseño e implementación de una política y un Programa de prevención de riegos durante toda la ejecución de la obra. Al respecto, ha confeccionado un plan de seguridad operacional que contempla tanto un reglamento interno en el que se especifican los principios y políticas relacionado con la materia, como también un plan de contingencia ante eventuales accidentes en la obra, los que abarcan los siguientes temas:
En Anexo G de la DIA, el titular entrega los antecedentes respecto de los sistemas de prevención de riesgos aplicados por la empresa constructora, además de una muestra de auditoría que se realiza a las diferentes obras de esta empresa constructora.
3.2. Conclusiones respecto a los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la ley 19.300. El proyecto “Ciudad Satélite Maipú 3”, comuna de Maipú, se inserta en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente y letra h1.3., artículo 3º letra del D.S. Nº95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Durante el proceso de evaluación, conforme a lo que se acompaña en el expediente del mismo, y lo consignado además en el punto 3.1 precedente, el titular ha acompañado los antecedentes necesarios para acreditar que el proyecto mencionado no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11º de la Ley y en los artículos precedentes del Reglamento: ARTÍCULO 5: El proyecto no genera riesgo para la salud de la población en su área de influencia o fuera de ésta, en relación a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. ARTÍCULO 6: El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. ARTÍCULO 8: El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de la población en su área de influencia. ARTICULO 9: El proyecto, incluidas sus obras o acciones asociadas, en sus etapas de construcción y operación, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectadas, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. ARTÍCULO 10: El proyecto no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, de tipo paisajístico o turístico. ARTÍCULO 11: El proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, que se definen en la Ley 17.288 y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. Todo lo señalado anteriormente se corrobora y se encuentra certificado en los informes de los servicios que han participado en el proceso de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ciudad Satélite Maipú 3”, comuna de Maipú.
CAPÍTULO IV. INDICACIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES ASOCIADOS AL PROYECTO El proyecto no requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS), señalados en el Título VII del D.S. Nº 95/01 del Minsegpres.
CAPÍTULO V. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS El proyecto “Ciudad Satélite Maipú 3” no contempla compromisos ambientales voluntarios.
CAPÍTULO VI. OTRAS CONSIDERACIONES RELACIONADAS CON EL PROCESO DE EVALUACION DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO La Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, mediante ORD. N°9403 de fecha 15 de diciembre de 2010 , quien participó en la evaluación ambiental del proyecto, se manifestó conforme con los antecedentes aportados por el titular durante el proceso de evaluación. Durante la evaluación la SEREMITT precisó que el titular deberá dar cumplimiento a todas las medidas comprometidas en la DIA y Adenda N°1 del proyecto, además de aquellas que surgieron del Análisis Vial Básico y todas las señaladas en el ORD. 9403 de fecha 15 de diciembre de 2010.
CAPÍTULO VII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y POLITICAS, PLANES Y PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL La Estrategia de Desarrollo Regional (EDR)plantea que “Aunque las políticas orientadas a mejorar el acceso a la vivienda se han reforzado en los últimos 14 años, aún persiste el déficit habitacional tanto en áreas rurales como urbanas. “La diferencia entre el número total de hogares y el stock de viviendas permanentes existente en cada año, permite establecer –de manera aproximada- la magnitud del déficit de viviendas o demanda insatisfecha por habitación. En 1992 el déficit de viviendas en Santiago-Región, alcanzaba a las 182.714 unidades; diez años más tarde esa cifra se reduce a 154.103 unidades, lo que equivale a una disminución porcentual del 15,7%”. (SERPLAC, 2003). Ciudad Satélite Maipú 3 contribuye a disminuir los porcentajes de falta de viviendas, aportando con 172 nuevas unidades a la región. El Plan Regional de Gobierno 2006 – 2010 Región Metropolitana de Santiago, vigente desde julio de 2006, constituye la expresión del compromiso del conjunto de las instituciones regionales públicas para impulsar el desarrollo socioeconómico de la región y el de sus habitantes. Se expresa en siete ejes temáticos: Integración y Equidad Social; Desarrollo Económico, Innovación y Fomento Productivo; Desarrollo Territorial; Medio Ambiente y Sustentabilidad; Seguridad Ciudadana; Modernización de la Gestión e Igualdad de Oportunidades. Dentro de los objetivos y metas al 2010 que plantea este instrumento, se plantea la necesidad de “Fomentar nuevos proyectos urbanos y de revitalización urbana, integrales y socialmente heterogéneos”. Ciudad Satélite Maipú 3, plantea la construcción de 172 viviendas cuyos valores permitirán el acceso a viviendas de personas con variados ingresos económicos, aportando de esta forma a la heterogeneidad del área.
CAPÍTULO VIII. RELACION ENTRE EL PROYECTO Y PLANES DE DESARROLLO COMUNAL El Plan de Desarrollo comunal de Maipú, pretende establecer entre sus tareas una nueva zonificación de las distintas unidades vecinales y delimitar de forma íntegra sus barrios a fin de obtener de éstas una participación activa de sus habitantes en búsqueda de mejorar las condiciones de vida de las personas fortaleciendo proyectos atingentes a sus realidades. Ciudad satélite Maipú 3, se insertará en el barrio Ciudad Satélite, el cual corresponde a uno de estos barrios para lo cual se prevé que existirá en la comuna una instancia de participación ciudadana en pro de mejorar condiciones como accesibilidad a servicios, equipamientos, equidad, medio ambiente, salud, entre otras. A lo anterior, se suma el Lineamiento estratégico de “Participación en el proceso de planificación y seguimiento territorial estratégico”: Participación en el diseño, convocatoria y desarrollo del Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO) Participativo, orientada a la formulación de "planes barriales de desarrollo", sobre la base de intereses, prioridades y potencialidades intra-barriales. De esta forma el proyecto se condice con las orientaciones estratégicas del PLADECO estableciendo instancias para la participación ciudadana para los nuevos habitantes que quedarán insertos en uno de los barrios.
CAPÍTULO IX. COMPATIBILIDAD TERRITORIAL DEL PROYECTO La construcción del proyecto habitacional, se justifica por la necesidad de crear viviendas para albergar población, producto del notable crecimiento que ha experimentado la comuna en los últimos años. El proyecto se encuentra de acorde a la Planificación Territorial de la Comuna de Maipú y está inserto dentro del Plan Regulador Metropolitano de Santiago y sSe alinea con el objetivo comunal del desarrollo. CAPITULO X. RECOMENDACIÓN DE CALIFICACIÓN AMBIENTAL El Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, recomienda Aprobar la Declaración de Impacto Ambiental, basándose en que:
ü El proyecto acredita cumplimiento de la normativa ambiental vigente. ü El proyecto no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias contemplados en el Artículo 11 de la Ley y en los artículos del Reglamento. ü El proyecto no requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS), señalados en el Título VII del D.S. Nº 95/01 del Minsegpres.
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=ad/fd/f639b49319fe9fcf567f16eec34a353b98c7