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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda."

Resolución Exenta Nº 137

Copiapó, 23 de octubre de 2017



VISTOS:

  

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 23 de diciembre de 2016, su Adenda de fecha 05 de mayo de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 28 de agosto de 2017, del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda”, presentado por la Sr. Raúl Espinoza González., en representación de Bioseptic Ltda.

 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”

 3°. El Acta de Evaluación N°22 /2017 de fecha 03 de octubre de 2017, elaborada por el Comité Técnico.

 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”  de fecha 04 de octubre de 2017.

 5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 11 de octubre de 2017. 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”

 7°.   Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Modificada por Ley N° 20.417); el Decreto Supremo Nº 40 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); la Ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. 

CONSIDERANDO:

 1°. Que Bioseptic Ltda., (en adelante el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre Titular

 Bioseptic Ltda.   

R.U.T.

76.126.367-6

Domicilio

Los Perales Huerto 11-A.

Nombre Representante Legal

Raúl Espinoza González

R.U.T.

11.470.284.6

Domicilio

Los Perales Huerto 11-A.

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de octubre de 2017, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

 

  • El proyecto cumple con la normativa ambiental vigente.
  • El proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

·   Se presentaron los antecedentes que dan cumplimiento a los requisitos y contenidos técnicos, para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos artículos 126, 138, 142 y 160 del RSEIA.

3°. Que, en sesión de fecha 11 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda”. Por lo tanto, de acuerdo a lo previsto en el artículo 60 del RSEIA, serán excluidas las consideraciones técnicas u otras en que se fundamenta la presente resolución.

 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales                                                                          

Objetivo general

Optimizar el manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas recolectadas y uso de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos.

 

Se entenderá por proyectos de saneamiento ambiental al conjunto de obras, servicios, técnicas, dispositivos o piezas que correspondan a:

 

o.4.) Plantas de tratamiento de aguas de origen domiciliario, que atiendan a una población igual o mayor a dos mil quinientos (2.500) habitantes.

 

Y dado que se recibirán aguas de limpieza de cámaras de grasas de supermercados el literal:

 

o.7 Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones:

 

o.7.3 Que den servicio de tratamiento a residuos provenientes de terceros, u

 

o.7.4 Traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas de residuos líquidos.”

 

Y en particular que la fracción líquida de las aguas con grasas de supermercados, casino y otros serán tratados mediante bioreactor y dispuestas en su conjunto en riego y humectación:

 

o.7.2 Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos.

Vida útil

21 años.

 

 

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

•             Etapa de construcción: Una vez obtenida la RCA Favorable y aprobado los permisos por parte de la autoridad sanitaria, el proyecto dará aviso de inicio de obras a la SMA, siendo el hito de inicio la realización de las obras necesarias para las fundaciones.

 

•             Etapa de operación: Una vez finalizada la Etapa de construcción se dará comienzo inmediato a la Fase de operación. El hito será las pruebas hidráulicas con agua de servicio de las unidades. 

 

Proyecto se desarrollará por etapas

SI

NO

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad

SI

NO

 

 

[X]

 

 

4.2. Ubicación del Proyecto

División político-administrativa

Región de Atacama, en la Provincia del Huasco, en la Comuna de Vallenar.  

Descripción de la localización

El Proyecto se localizará dentro de la instalación Santa Fe de Bioseptic Ltda, ubicada a una distancia de 2,6 km de la localidad de Incahuasi, Comuna de Vallenar, Provincia de Huasco, Región de Atacama.

Superficie

La superficie total del área de emplazamiento del Proyecto es de 0,125 Ha. De acuerdo a la superficie del predio total y la proyectada para la instalación de la planta de tratamiento se tiene un 0,5% de ocupación. Fuente: Punto 3.3.3 de la DIA.

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84

En el Capítulo I del ICE, específicamente en punto 1.12, se presentan las coordenadas referenciales de ubicación de las obras del Proyecto.

 

Caminos de acceso

Se accede al área del Proyecto por la Ruta 5 Norte.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

El Titular  presenta coordenadas del proyecto, específicamente en:

        En el Capítulo I del ICE, específicamente en punto 1.12, se presentan las coordenadas referenciales de ubicación de las obras del Proyecto.

        Los archivos shape del proyecto  y KMZ se entregan en Anexo I de la Adenda.


4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto

 

El proyecto consiste en la construcción y operación de una Planta de tratamiento de aguas servidas en el establecimiento Santa Fe y uso del efluente tratado para riego de cerco vivo y/o humectación de superficies de tránsito de vehículos en la instalación. Se proyecta la instalación de la planta y todas sus unidades constituyentes, en una superficie de 1.300 m2 aproximadamente, en costado Sur de sector intervenido para la construcción de patio de almacenamiento transitorio de residuos industriales no peligrosos.

 Las obras físicas que comprende el proyecto, son las siguientes:

•    Nivelación y posterior compactación de terreno ya intervenido.

•    La construcción de radieres para el descanso de estaques del proceso de tratamiento.

•    La construcción de 4 lechos de secado.

•    Una cámara de grasas.

•    Montaje de equipos y piping de bombeo.

 Las partes que lo componen son básicamente las que se indican a continuación:

•   Línea de tratamiento de agua de limpieza (cámaras de grasas, fosas y pozos).

•  Estabilización aeróbica de lodos secundarios generados en el tratamientos secundario modalidad lodos activos aireación extendida.

• La recepción y estabilización de lodos secundarios externos mediante tratamiento alcalino y secado.

 

4.3.1. Fase de construcción

Etapa de construcción

Instalación de Faenas

No requerirá instalación de infraestructura de apoyo dado que se utilizarán las mismas instalaciones de Bioseptic. Los baños y comedores para los trabajadores serán los operativos hoy en las instalaciones de Bioseptic Ltda. Los equipos, tuberías y otros serán almacenados en bodega existente. Los estanques u otros serán dispuestos en terrenos de Bioseptic hasta su montaje en planta.

 

La energía eléctrica será suministrada por instalación propia de 45 KVA ubicada en los deslindes del sitio de almacenamiento transitorio de residuos no peligrosos comercializables.

Preparación del terreno y movimiento de tierra

El sector de emplazamiento de la planta tiene una pendiente aproximada de 8%. El movimiento de tierra contempla la nivelación del área donde  se proyecta el movimiento de 2.600 m3 de tierra.

 

El sector descrito se encuentra libre de vegetación por tanto no se contempla escarpe o remoción de vegetación.

 

Se contempla la materialización de un canal de captación y derivación de probables escorrentías de 60x0,6x0,5 m con pendiente del 3%. Complementariamente se contempla un cierre de panderetas y mallas acmafor como se describe en la respuesta 10 de la  Adenda.

 

Posteriormente se procederá a la compactación del área con placa compactadora previa humectación vía riego con camión aljibe con barra de riego.

 

La maquinaria a utilizar corresponde a:

1 Retroexcavadora

1 Cargador frontal

1 camión aljibe con barra de riego

1 placa compactadora

Obras civiles.

Las obras a realizar en el proyecto corresponden principalmente a:

 

-  Obras de hormigón: Corresponde a la construcción de  1 cámara de grasas con radier, 1 radier para bioreactor, 4 eras de secado con radier, 1 radier sedimentador, 2 radier cámara desbaste, 2 radier de bodega de sustancia y sitio Respel.

 

- Equipos en PVC y Fibra de vidrio: Para la homogenización de aguas servidas afluentes, sedimentación, digestión de lodos, bioreactor y acumulación de agua tratada, se contempla la utilización de estaques autosoportantes de PVC  y  de fibra de vidrio.

 

Los estanques correspondientes a homogenizadores, estanques digestores de lodos y acumulador de agua tratada serán emplazados en terreno natural compactado.

 

Los estanques sedimentadores y bioreactor se dispondrán sobre radier de 0,2 m de espesor en hormigón H20.

 

Instalación eléctrica.

Esta etapa considera la instalación eléctrica interior para el suministro de energía eléctrica para el funcionamiento de la planta en régimen. Santa Fe se encuentra conectada a la red pública de electricidad con una potencia conectada de 45 KVA. El suministro de electricidad se hará vía aérea con postes de madera hasta la planta en donde se conectarán los cables de alimentación al panel de control con los respectivos dispositivos de seguridad eléctrica.

Plantación cerco vivo, riego y  toma de agua aljibe

Para el aprovechamiento del agua generada se proyecta su uso para el riego de cerco vivo de eucaliptus y humectación de las superficies de trabajo dentro de las instalaciones de Santa Fe.

 

Se contempla el uso de 400 unidades de eucaliptus glóbulos adquiridas en vivero de la región. Para la plantación de las especies manualmente, se realizarán 400 holladuras de 0,4x0,4x0,5 m y se requerirá 2,5 ton de tierra de hoja.

 

Los árboles serán plantados en dos hileras de 400 m separadas en 3m entre ellas y a una distancia, entre árbol, de 2 m.

 

El riego se realizará mediante tuberías de riego de HDPE de 1/2”, se instalará bomba de 2 Hp a un costado de estanque de acumulación para la impulsión programada de agua según requerimiento y planificación diaria de riego. Para la medición del caudal destinado a riego se instalará registrador de caudal de paleta.

 

El agua destinada a la humectación de superficies de trabajo será conducida desde el estanque de acumulación hasta cisterna de camión con barra de riego propio. Para el registro del uso de agua se instalará registrador de caudal de paleta.

Almacenamiento transitorio, retiro y transporte de excedentes

La tierra removida será dispuesta en el mismo terreno y utilizada como material de relleno en la zona de tránsito y acceso a la planta de tratamiento. La tierra removida del canal de captación será dispuesta al costado del mismo hacia el interior de la planta.

 

Los excedentes tales como despuntes de madera, fierro, serán almacenados transitoriamente en sitio aprobado para el almacenamiento de residuos comercializables. Los plásticos y cartones serán enviados junto a la basura domiciliaria semanalmente aun sitio autorizado.

 

Los residuos no comercializables serán destinados a disposición final autorizada.

Término y abandono de faenas

 

Al término de la etapa de construcción contempla el retiro de todo material sobrante de las obras, limpieza final y aseo respectivamente. Conjuntamente se retirarán equipos utilizados durante la construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV.

4.3.2. Etapa de Operación

 

Descarga y abatimiento de carga orgánica de aguas negras provenientes de limpieza de fosas sépticas y pozos de elevación

El tratamiento contempla pre tratamiento (cámara de rejas y homogenización), tratamiento primario (sedimentación y estabilización aeróbica de lodos), tratamiento secundario (lodos activos), cloración y decloración, disposición de efluente tratado en riego de cerco vivo y humectación de superficies de tránsito en Santa Fe.

Descarga, separación de grasas de aguas grises provenientes de limpieza de cámaras de grasas particulares, empresas (casinos) y supermercados y abatimiento de carga orgánica remanente de los efluentes clarificados

El tratamiento contempla pre tratamiento (cámara de rejas, aireación por burbuja fina), tratamiento secundario de agua sin grasas, cloración y decloración, acumulación y disposición de efluente tratado en riego de cerco vivo y humectación de superficies de tránsito en Santa Fe.

En Anexo XIII de la Adenda se muestra el procedimiento en detalle de la planta y en el Anexo XIV de la Adenda los diagramas de flujo correspondientes.

Tratamiento de lodos secundarios provenientes de purga de plantas de tratamiento de aguas servidas

Este tratamiento consiste en la recepción de lodos de purga de bioreactores de plantas de tratamiento por lodos activos, estabilización por adición de cal, secado y disposición final en relleno sanitario en conjunto a los lodos digeridos de planta propia. Se proyecta el uso de 300 kilos de cal/tonelada de lodo. En caso de ser necesario se cometerán los lodos semilíquidos a digestión aeróbica adicionalmente.

En Anexo IV de la Adenda Complementaria se adjunta la actualización del Plan de Manejo Sanitario de Lodos.

En la operación de la planta, los camiones limpia fosas, previo a la descarga, serán controlados en garita de control registrándose el volumen contenido de aguas residuales (grises o negras) y su origen (generadores), para posteriormente destinarlos a la zona de descarga de aguas grises y negras según corresponda. Se llevará un control mediante registro en papel de cada camión que ingresa a la Planta. La información a registrar corresponderá al Número  de patente, volumen de residuos líquidos cargado, proveniencia y/o generador, Chofer, Fecha y hora.

Una vez controlados y registrados los camiones se dirigirán a la planta de tratamiento por camino interior y descargarán en el área de la cámara de desbaste.

Previo a la operación y para el necesario ajuste del proceso, equipos y toma de muestras acerca de la reducción de la carga contaminante, se contempla un periodo de Puesta en marcha. En esta actividad se inspeccionarán equipos y unidades, se calibrarán los dosificadores de cloro y sulfito de sodio, se registrarán y adecuarán los tiempos de tratamiento y aireación, entre otros. Todas las actividades serán registrarán en una bitácora diaria.

Disposición final del efluente tratado

 El efluente tratado será almacenado en estanque pulmón de 30 m3 de capacidad en PVC autosoportante.

 

Desde el estanque y mediante bomba de 2Hp se impulsará el efluente tratado hasta la cabecera del cerco vivo mediante tubería de 50 mm de PVC hidráulico. Desde la cabecera arrancarán dos línea de tubería de HDPE de ½ pulgada  de 400 m c/u.

 

Para la humectación de caminos,  el agua será extraída del mismo estanque por la bomba propia del camión aljibe. Una vez llena la cisterna, el camión se dirigirá a la zona de humectación fijada. Se proyecta el riego por zona y de manera rotativa, de tal forma que cada sector sea humectado cada dos días. El camión aljibe dispondrá de barra de riego.

 

 

Una vez la planta ha alcanzado los parámetros medidos en el efluente conforme a la normativa de referencia se considera que la planta se encuentra en operación definitiva.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV.

Etapa de Cierre

Descripción de las actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad.

Toda la instalación será desmantelada y demolida según corresponda. Las actividades y acciones de desmantelamiento tendrán relación sólo con:

1.- El desarme y traslado de las partes y unidades de apoyo a sitio de residuos no peligrosos comercializables

2.- La demolición de las obras en hormigón

3.- Desarme Cierre Panderetas

Dado el manejo de sustancias y Respel todo el material de desarme de bodegas será destinado a relleno autorizado en  la Región de Atacama.

Descripción de las actividades, obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto.

Las actividades de cierre del proyecto contemplan, luego del desarme y demolición, el movimiento de tierra, nivelación y compactación del terreno, a la condición original del terreno, previo al inicio de la fase de construcción del proyecto.

Las actividades a desarrollar comprenden la reposición de la tierra removida durante la fase de construcción, para la implementación de la PTAS, su nivelación a la topografía existente previo a la implementación del proyecto y posterior compactación de la misma. Se estima mover 2. 600 m3 de material dentro del terreno. Con el mismo cargador frontal será removido el material con el cual se logrará la nivelación a la condición original.

Una vez alcanzada la topografía general y compactada la superficie con la misma maquinaria (cargador y retroexcavadora) se procederá a pasar un rodillo compactador de empuje (peso operativo del 1.000 kg) para la compactación del terreno intervenido (aproximadamente 1.200 m2).

Descripción de las actividades, obras y acciones para prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua

Las acciones de desmantelamiento de todos los equipos, unidades y partes del proyecto permitirán reestablecer las condiciones originales del terreno de emplazamiento del proyecto, por lo cual se generaran bajas emisiones que pueda afectar el aire, suelo y/o recursos hídricos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo IV

4.3.3. Insumos del Proyecto

Tabla. Resumen Insumos del Proyecto

Conforme a lo señalado por el Proponente en la Adenda, se consideran los siguientes insumos, tanto para la fase de construcción, operación y cierre:

Tabla N° 8: Resumen Insumos del Proyecto

Insumos

Fase de Construcción

Fase de Operación

Fase de Cierre

Agua Potable

600 litros/día

400 litros/día

480 litros/día

Agua industrial

75 m3

No se contempla

80 m3

Energía eléctrica

5 KWh

9800 KWh/año

5 KWh

Áridos

172 m3

20 m3/año

No se contempla

Hormigón

160 m3

No se contempla

No se contempla

Fierro estructural

4 Ton

No se contempla

No se contempla

Tierra de hojas

2,5 ton

No se contempla

No se contempla

Óxido de calcio (cal, tratamiento de lodos)

No se contempla

4 ton/mes

No se contempla

Sulfito de Sodio (Declorador efluente tratado)

No se contempla

0,084 ton/año

No se contempla

Hiploclorito de calcio (desinfectante efluente bioreactor)

No se contempla

0,101 ton/año

No se contempla

Fuente: Elaboración SEA Atacama de acuerdo a Tabla VII de la Adenda.

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo IV


4.4. Descripción de las fases del Proyecto

4.4.1. Fase de construcción

Fecha estimada de inicio

Una vez obtenida la RCA.

Parte, obra o acción que establece el inicio

El hito que marcará el comienzo de la fase de construcción corresponde a las obras necesarias para las fundaciones.

Fecha estimada de término

Entendiendo que la mayor parte de los obras se encuentran  construidas, finalizara la etapa de construcción con las pruebas hidráulicas.

Parte, obra o acción que establece el término

El hito de término de la fase de construcción serán las pruebas hidráulicas con agua de servicio de las unidades.

4.4.1. Fase de operación

Fecha estimada de inicio

Una vez terminada Fase de Construcción. 

Parte, obra o acción que establece el inicio

Se define como hito de inicio de la operación la primera descarga de aguas servidas en los homogenizadores y/o lodos externos en las eras de secado de la planta de tratamiento. Este hito marcará el inicio del periodo de puesta en marcha de la planta.

Fecha estimada de término

01 diciembre del 2037.

Parte, obra o acción que establece el término

Cierre área planta.

4.4.1. Fase de cierre

Fecha estimada de inicio

05 de enero 2038.

Parte, obra o acción que establece el inicio

El hito de término de la fase de cierre, corresponde a la tala del cerco vivo.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas En virtud de lo analizado durante el proceso de evaluación, el proyecto presenta bajas tasas de emisiones. En éste contexto, las máximas tasas de emisión corresponden al MPS  0,1332. El Titular presenta medidas de control frente a la emisión de material particulado, las que se indican en el punto 3.5.7 de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera

Las emisiones guardan relación con las actividades asociadas al movimiento de tierra, excavación y perfilado del sector, la combustión del motor de la maquinaria y grupo generador a utilizar. Además de  las emisiones generadas por el tránsito de vehículos y maquinaria por caminos pavimentados y no pavimentados, y la combustión interna de los mismos.

Fase en que se presenta

Construcción.

Impacto no significativo

Ruido: Respecto a las emisiones de ruido, los niveles de presión sonora para la fase de construcción y operación, serán imperceptibles. En efecto, el proyecto dará cumplimiento a la norma de emisión de ruido para la zona rural en horario diurno y nocturno.

Parte, obra o acción que lo genera

La proyección se realizó considerando 7 frentes de trabajos. Un frente de trabajo corresponde a la localización de todas las fuentes generadoras de ruido en un solo punto, funcionando todas de manera simultánea, a modo de estimar la peor condición posible.

Se toma como referencia la norma de propagación del campo sonoro, cuya estructura se detalla en el informe de emisiones acústicas en Anexo II de la DIA.

Fase en que se presenta

Construcción y Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V y VI

Impacto no significativo

Emisiones Odorantes: De acuerdo a los resultados de la modelación de dispersión de olor,  el análisis del percentil 98 de las unidades de olor horarias durante todo el año modelado, arrojando un valor de 2,966 uo/m3, cumpliendo con los máximos permitidos en la normativa de referencia. Según el método de cálculo y metodología de estimación de tasas de emisión para el peor escenario, definido en la Norma Holandesa de Olores, se verifica, para la emisión de la PTAS en evaluación, una concentración de olor de inmisión de 1 uoE/m3 como Percentil98 (máxima concentración permisible de inmisión para PTAS nuevas en zonas rurales) a una distancia aproximada de 80 m ver figura 2 en Anexo I de la Adenda, Norma Olores Holanda.

La localidad de Incahuasi y los receptores identificados como sensibles, se encuentran a una distancia mayor a 30 veces a la distancia Límite obtenida de acuerdo a la metodología y las recomendaciones de la Norma Holandesa de Olores.

Contemplando la eliminación de cualquier riesgo de molestias por olores, se incluyen las tecnologías de abatimiento como el encapsulado, filtrado y el  tratamiento fin de tubo y se realiza una nueva modelación Anexo II de la Adenda que resulta en concentraciones de inmisión, como percentil 98 (Norma holandesa) en los receptores sensibles, desde nulas hasta 0,3 ou/m3. Complementariamente al utilizar la metodología indicada en la norma, bajo el nuevo escenario y emisión, se puede verificar que la distancia a la cual se podrían proyectar molestias, prácticamente es en el entorno inmediato de la planta (<10 m).

Esto demuestra el pleno cumplimiento de la normativa y el control de eventuales emisiones de olor, no obstante, se contemplan medidas operativas para su prevención. Como compromiso voluntario, el Proponente señala en la respuesta a la observación 5 de la Adenda Complementaria, que  implementará una estación meteorológica para la obtención de datos representativos y continuos de las condiciones meteorológicas y la inclusión de modelos de dispersión de eventuales olores.

Parte, obra o acción que lo genera

Las emisiones odorantes, se determinaron mediante la modelación de estas, cuyo detalle se puede observar en el Anexo III de la DIA, complementado con la respuesta a la observación N° 19 de la Adenda y perfeccionando su respuesta a la observación N°4 en su Adenda Complementaria. Los resultados de la modelación de dispersión de olor, fueron evaluados a través de la concentración del percentil 98 de 2,96 uo/m3 en la localidad de Incahuasi, valor por debajo de la concentración permitida en la normativa de referencia (5 uo/m3). Los antecedentes recogidos  se realizaron a través de la Norma de Olores de Holanda en su apartado G.3 dedicado a depuradoras de aguas residuales en el Anexo I del Adenda complementaria.

Para asegurar el abatimiento de eventuales olores que se puedan generar por la operación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), especialmente en aquellas operaciones unitarias que puedan tener cuantitativa y cualitativamente una mayor contribución de olores, se contempla la implementación de las siguientes medidas de control: el encapsulado, filtrado y el  tratamiento fin de tubo, las que contribuirán mayoritariamente a la eventual emisión de olores de la PTAS.

Fase en que se presenta

Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V y VI

Impacto no significativo

Residuos sólidos y líquidos: El Titular presenta en la DIA, Capítulos 3.6.10,  una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles a la fase de construcción  y operación del Proyecto, al igual que el procedimiento para el manejo integral de estos, esta información es complementada en las observaciones de la Tabla X de la Adenda y Adenda Complementaria.

Respecto a los lodos generados durante la fase de operación, el Proponente señala que estos serán sometidos a digestión aeróbica en tres digestores alimentados por un soplante y aplicado con 7 difusores de membrana cada uno ubicados en la base de cada uno. Luego del periodo de digestión según diseño, serán impulsados hasta eras de secado. Una vez secos se recolectarán manualmente, cargados en camión y trasladados hasta relleno sanitario.

Los lodos externos a recibir serán los lodos secundarios de purga de sistemas de tratamiento de aguas servidas por lodos activos. Los lodos serán estabilizados mediante cal y secado en eras de secado, serán recolectados y dispuestos finalmente en relleno sanitario.

Se proyecta la generación total de 500 Kg/mes de lodos secos a disposición final.

Parte, obra o acción que lo genera

El Titular presenta las medidas de manejo y disposición que permitan dar cumplimiento a la normativa ambiental aplicable durante las fases del proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no generan o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

 

 

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto no significativo

Suelo: El suelo del área de emplazamiento del proyecto corresponde a un predio altamente intervenido tanto en el área del proyecto como en la de los accesos interiores a él.

 

El proyecto contempla una superficie de 1.300 m2 de terreno intervenido y el efluente tratado será utilizado para un cerco vivo de 400 m de extensión, en la instalación Santa Fe de Bioseptic Ltda.

Parte, obra o acción que lo genera

El proyecto, a través de sus partes, obras y acciones, no incluye la intervención del suelo, puesto que el sector de emplazamiento de la planta  se encuentra intervenido por lo que no se considera un área de influencia de este componente para el proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

 

Flora y Vegetación:  De acuerdo a la caracterización de la componente Flora-Vegetación, en el área de influencia no se verifica la existencia de vegetación puesto que el sector de emplazamiento de la planta, corresponde a un lugar que se encuentra intervenido, por lo que el proyecto, a través de sus partes, obras y acciones, no la intervendrá.

 

Parte, obra o acción que lo genera

El proyecto, a través de sus partes, obras y acciones, no incluye la intervención de flora y vegetación, puesto que el sector de emplazamiento de la planta no cuenta con vegetación pues ya se encuentra intervenido por lo que no se considera un área de influencia de este componente para el proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción y operación.

Impacto no significativo

Fauna: En relación a la caracterización de la componente fauna terrestre, el área de influencia no presenta condiciones de hábitats de relevancia para nidificación, reproducción o alimentación de la fauna nativa. Por lo tanto, se descarta eventuales efectos del Proyecto sobre concentraciones de fauna nativa, sea debido a ruido u otros efectos.

Parte, obra o acción que lo genera

El Proyecto, a través de sus partes, obras y acciones, no incluye la intervención de fauna, puesto que el área se encuentra intervenida por lo que no considera área de influencia para este componente.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Hidrología: En cuanto a la componente, se declara que no existen cursos de agua superficiales en el área así como afloramiento o napas de agua en el área de proyecto por lo que no se considera en el área de influencia. 

 

Parte, obra o acción que lo genera

El Proyecto, a través de sus partes, obras y acciones, no incluye la intervención de esta componente.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V y VI

En conclusión, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

 

 

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto no significativo

El proyecto no contempla obras y/o actividades que pudiesen intervenir, usar o restringir el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como medicinal, espiritual o cultural.

El proyecto tampoco obstruye o restringe a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Respecto a este punto, el flujo vehicular del Proyecto su etapa de operación de 2 viajes diarios. De esta manera, el Proyecto no generará un flujo descartando un efecto negativo.

El proyecto no alterará al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. En este sentido, la localidad de Incahuasi cuenta con infraestructura básica escasa o nula. Los establecimientos educacionales y de salud más cercanos se encuentran en la zona urbana de la comuna de Vallenar.

El Proyecto no significará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. Respecto a este punto, en el área de influencia de medio humano no se detectaron actividades o prácticas culturales vinculadas a mantener o fortalecer sentimientos de arraigo o pertenencia a una identidad local determinada. Además, según lo consignado en el presente proceso de evaluación, en el sector no se desarrollarían actividades comunitarias de carácter colectivo que pudieran ser afectadas por el Proyecto. 

Por todo lo anterior no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que  el Proyecto  no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Parte, obra o acción que lo genera

Los antecedentes de la componente de Medio Humano presentados en el Anexo VIII de la DIA, se señala que la zona poblada más cercana a la planta corresponde a la localidad de Incahuasi con una población aproximada de 200 habitantes. La localidad se encuentra distante aproximadamente a 2,6 km del proyecto. En razón de las características y envergadura del proyecto, se concluye que las obras, acciones y actividades del mismo, no afectarán las actividades económicas, socioculturales, religiosas, entre otras, de la localidad.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V,  VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

Impacto no significativo

El Proyecto no se encuentra cercano a tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena ni a grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

El área de influencia del proyecto no incluye sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Parte, obra o acción que lo genera

De acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular el área de influencia del proyecto no genera la alteración significativa, en términos de la Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados. Lo anterior debido que el proyecto se sitúa dentro de las instalaciones de Bioseptic Ltda. siendo este un sector intervenido.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

 

 

5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto no significativo

El presente proyecto no alterará atributo alguno, al no estar situado en una zona con valor paisajístico y/o turístico. Lo anterior debido que el proyecto se sitúa dentro de Bioseptic Ltda. en sector intervenido.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el proyecto no genera alteración significativa al valor paisajístico y/o turístico de la zona.

Parte, obra o acción que lo genera

De acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular  en la DIA en el punto 4.2.5, el área de influencia del proyecto no genera la alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la Zona. Lo anterior debido que el proyecto se sitúa dentro de las instalaciones de Bioseptic Ltda. siendo este un sector intervenido.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

  

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto no significativo

Según los antecedentes proporcionados por el Titular  en la DIA, en el presente proyecto, no se evidenciaron vestigios en el área de influencia del proyecto como  monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

Paralelamente se reitera que el área de emplazamiento del proyecto se enmarca dentro de superficie intervenida, cercada de Bioseptic Ltda.

 

 

Parte, obra o acción que lo genera

Respecto a este componente, y según los antecedentes proporcionados por el Titular  en la DIA en el punto 4.2.6.  El proyecto a través de sus partes, obras y acciones, no incluye la alteración a monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

No se identificaron lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, en especial aquellas asociadas a pueblos indígenas. Lo anterior debido a que el área de emplazamiento del proyecto se enmarca dentro de superficie ya intervenida.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos V, VI.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.  

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1.1. Artículo 126: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de toda instalación diseñada para el manejo de lodos de plantas de tratamiento de aguas servidas

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto contempla generar y tratar lodos  primarios estabilizados y lodos secundarios de terceros

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Para cumplir con lo requerido el proponente deberá realizar la disposición final en lugar autorizado para recibir Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. El Titular sectorialmente deberá presentar el procedimiento de ingreso o rechazo de lodos secundarios de terceros, según lo indicado por La SEREMI de Salud a través del Ord. N°1966/2017 de fecha 08 de septiembre de 2017. En cumplimiento del D.S.1/2012 del MMA deberá realizar la declaración en sistema Ventanilla Única.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo XIII de la DIA y Adenda complementaria se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

 

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud a través del Ord. N°1966/2017 de fecha 08 de septiembre de 2017, se pronunció Conforme respecto a los antecedentes presentados para este PAS.

 

6.1.2. Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto contempla incluir obras para el tratamiento de aguas servidas y aguas con grasa de terceros.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo XIV de la DIA y Anexo XVI de la Adenda se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud a través del Ord. N°1966/2017 de fecha 08 de septiembre de 2017, se pronunció Conforme respecto a los antecedentes presentados para este PAS.

 

6.1.3. Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos,

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de residuos  peligrosos durante fase de operación del Proyecto, los que serán almacenados en sitio acondicionado para estos efectos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo XVII de la Adenda se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud a través del Ord. N°1966/2017 de fecha 08 de septiembre de 2017, se pronunció Conforme respecto a los antecedentes presentados para este PAS.

 

6.1.4. Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a que aplica

El proyecto considera edificaciones en suelo rural

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo XVI de la DIA y el Anexo IV de la Adenda, se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

El SAG a través del Ord. N°48 de fecha 16 de enero de 2017, se pronunció Conforme respecto a los antecedentes presentados.

 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

  

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº144/61 Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de cualquier Naturaleza. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Las emisiones de material particulado generadas por el tránsito de vehículos y maquinaria por caminos no pavimentados y por movimientos de tierra serán controladas durante la fase de construcción y operación.

 

En lo que respecta a la generación de olores, se establecieron las siguientes medidas:

 

1.- Incremento de los tiempos de digestión aeróbica de lodos generados en la planta.

2.- Aumento de los tiempos de aireación en el bioreactor.

3.- Suspensión de recepción de lodos de terceros en caso de eventuales molestias asociadas a este proyecto.

4.- Revisión y corrección de dosis de óxido de calcio aplicado a lodos en lechos de secado o digestores previa descarga.

5.- Revisión y ajuste de tiempos de digestión de lodos en digestores.

6.- Suspensión de recepción de aguas servidas (negras y grises) y/o lodos hasta definición de causa raíz y establecimiento de medidas para dar solución a problemas de olores detectados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de contrato con empresas autorizadas, registro del estado y mantención de los vehículos, señalética asociada al control de velocidad.

Se contará con las autorizaciones de los equipos generadores y la declaración de emisiones correspondientes a través del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.1.1 de la DIA y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Residuos Sólidos

Norma

Decreto Supremo N° 4/2009 Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Forma de cumplimiento

En el Anexo XI de la Adenda se presentan los antecedentes del PAS 126, Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de toda instalación diseñada para manejo de lodos de plantas de tratamiento de aguas servidas.

 

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución de aprobación y autorización sitio de disposición final y vehículo de transporte.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.4.3 de la DIA, Anexo XIII de la DIA, Anexo XI de la Adenda, Respuesta 10 de la Adenda complementaria y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Residuos Sólidos

Norma

Decreto Supremo Nº 148 de 2004. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, y operación

Forma de cumplimiento

Para las fases de construcción, operación y cierre, los residuos asimilables a domiciliarios serán manejados en contenedores existentes dentro de la instalación Santa Fe.

Durante la etapa de operación, las grasas, los lodos deshidratados y residuos sólidos de desbaste que se producirán en la operación de la planta de tratamiento, serán transportados y depositados en relleno sanitario autorizado.

Una vez obtenida la RCA favorable se tramitará sectorialmente las autorizaciones respectivas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución de aprobación y autorización de funcionamiento de la planta.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.4.2 de la DIA y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Ruido

Norma

D.S. N°38/2011 Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica. Ministerio de Medio Ambiente

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

El Titular se compromete a cumplir con los niveles máximos permitidos, de acuerdo a lo establecido en la norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

Estudio de proyección adjunto a la DIA en donde se demuestra el cumplimiento de la norma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.2. de la DIA y Anexo II de la DIA y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Residuos Líquidos

Norma

Decreto con Fuerza de Ley Nº 725 de 1968 (modificado por Ley 20.533), Código Sanitario del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Forma de cumplimiento

Tanto para la fase de construcción como de operación, las aguas servidas serán debidamente tratadas.

En ningún caso las aguas servidas a tratar serán descargadas en ríos o lagunas, o en cualquiera otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o para balneario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Otorgamiento del PAS 138

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.5.3 de la DIA, Respuesta 48 de la Adenda y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Residuos Líquidos

Norma

5.2.5.2.- NCh 1333/1987 Requisitos de calidad del agua para diferentes usos, Instituto de Normalización Nacional.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Durante la fase de operación de la planta los parámetros del agua tratada usada para riego se ajustarán a esta norma. 

 

Indicador que acredita su cumplimiento

Resultados muestreos de autocontrol

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2. 5 de la DIA y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Patrimonio

Norma

Ley 17.288/1970, Ministerio de Educación Pública

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En caso de hallazgos se dará cumplimiento a la ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informar a Gobernador Provincial según procedimiento del Art. 26 de la Ley 17.288 en caso de hallazgo.

Referencia al ICE para mayores detalles

Respuesta 43 de la Adenda y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Residuos peligrosos

Norma

Decreto Supremo Nº 148 de 2004. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Forma de cumplimiento

El proyecto contempla para la fase de operación, la generación de residuos peligrosos tales como: contaminados, pinturas  adhesivos, por lo que considera un sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, cuyas especificaciones técnicas cumplen con los requisitos de almacenamiento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Aprobación del PAS 142 para el sitio de residuos peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.4.1 de la DIA y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Sustancias peligrosos.

Norma

D.S. N°43/16. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Ministerio de Salud.

 

 

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Forma de cumplimiento

Las sustancias peligrosas utilizadas en el proyecto serán almacenadas en envases que cumplan con lo señalado en el artículo 9, según lo estipulado en el Título XII y en un sitio que cumpla con los requisitos establecidos en el presente decreto.

Se contará con las hojas de seguridad de las sustancias en bodega de insumos.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Registro fotográfico de las bodegas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.2.3.1 de la DIA, respuesta 42 de la Adenda, respuesta 7 de la Adenda complementaria y Capítulo VIII del ICE.

 

Componente/Materia: Emisiones

Norma

Decreto N° 1/2013, del Ministerio de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento del registro de emisiones y transferencia de contaminantes, RETC

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación.

Forma de cumplimiento

Se deben ingresar por ventanilla única del RETC los antecedentes para el cálculo de emisiones, los informes de cuantificación y caracterización de lodos de la plantas de tratamiento de aguas servidas y residuos peligrosos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Ingreso de los datos en la página del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 5.1.1.9 de la DIA y Capítulo VIII del ICE.

 8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

Componente

Aire

Compromiso

Iimplementación de estación meteorológica para obtención de datos representativos y continuos de condiciones meteorológicas y su inclusión de modelos de dispersión de eventuales olores.

Etapa

Operación

Medio de verificación

Set fotográficos y estadísticas de variables de seguimiento

Indicador de cumplimento

Seguimiento de concentraciones de olores de inmisión en receptores sensibles.

 

Componente

Medio humano

Compromiso

Implementación y mantención de Oficina de quejas y líneas telefónicas de recepción de quejas por olores.

Etapa

Operación

Medio de verificación

Registro de datos de denunciante

Indicador de cumplimento

Visita a lugar y registro de denunciante.

 

Componente

Medio Humano

Compromiso

Contratación de personal de Incahuasi

Etapa

Operación y cierre

Medio de verificación

Contratos de trabajo

Indicador de cumplimento

Contratación de personal de PTAS mayor al 30%.

 

Componente

Medio Humano

Compromiso

Nombre de medida: Presentación de proyecto en la localidad de Incahuasi.

Descripción de medida: Invitación a la comunidad de Incahuasi a presentación del proyecto, a desarrollarse en la misma localidad, previo al inicio de su operación.

Etapa

Previo inicio operación y cierre

Medio de verificación

Registro de asistencia a taller de presentación

Indicador de cumplimento

Porcentaje de asistencia mayor al 50% de los invitados.

 

Componente

Medio Humano

Compromiso

Nombre medida: Mantención ambiental del entorno Incahuasi.

Descripción medida: limpieza anual de sistema de fosa séptica de Posta, Jardín y/o escuela de Incahuasi.

Etapa

Operación

Medio de verificación

Certificado de servicio de limpieza

Indicador de cumplimento

Mejora de la calidad del aire en cuanto a olores en el sector.

9°. Que, respecto de la síntesis del proceso de participación ciudadana, la Declaración de Impacto Ambiental proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 03/01/2017 y en el diario La Tercera con fecha 03/01/2017. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Nostálgica FM (dial 98.1 de Incahuasi), entre los días 04/01/2017 y 09/01/2017, según consta en el certificado de fecha 10/01/2017, emitido por la misma radio.

Con fecha 17/01/2017 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. Finalizado dicho período no se recibieron solicitudes de apertura del Proceso de Participación Ciudadana para la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”.

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se presentaron En el Anexo V de la Adenda  Complementaria, el Titular presenta la actualización del Plan de Contingencias y Emergencias. Las contingencias que identificó el Titular  son incendios, roturas y fallas de estructuras y/o de materiales, derrames, volcamientos, fallas de equipos, fallas humanas, sismos, lluvias intensas y cortes de energía.

En caso de percepción de olores las medidas a implementar son:

·         Incremento de los tiempos de digestión aeróbica de lodos generados en la planta.

·         Aumento de los tiempos de aireación en el bioreactor.

·         Suspensión de recepción de lodos de terceros en caso de eventuales molestias asociadas a este proyecto.

·         Revisión y corrección de dosis de óxido de calcio aplicado a lodos en lechos de secado o digestores previa descarga.

·         Revisión y ajuste de tiempos de digestión de lodos en digestores.

·         Suspensión de recepción de aguas servidas (negras y grises) y/o lodos hasta definición de causa raíz y establecimiento de medidas para dar solución a problemas de olores detectados.

·         Aplicación de producto biodegradable consistente en una mezcla altamente concentrada y activa de enzimas y micro-organismos no patógenos, eco-surfactantes, macro-nutrientes y materiales a base de plantas. Este producto permitirá mantener las condiciones de ausencia de olores en el periodo en que se toman las medidas de mejora.

 

11°. Que, en la sesión de la Comisión de Evaluación, Región de Atacama de fecha 11 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación acordó acoger la propuesta de calificar Ambientalmente Favorable el proyecto presentado por la Secretaría Técnica, basada en que durante el proceso de evaluación ambiental se logró determinar que el  proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales de los artículos 126, 138, 142 y 160 del RSEIA, y además el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, para que el proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda”  pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y articulo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

  

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”, presentado por el Sr Raúl Espinoza González., en representación de Bioseptic Ltda.

 

2°. Certificar que el proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 126, 138, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda.”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Alexandra Laura Núñez Sorich
Intendenta
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Verónica Ossandón Pizarro
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Atacama




VOP/YSN/BET

Distribución:

  • Raúl Espinoza González
  • CONADI, Región de Atacama
  • CONAF, Región de Atacama
  • DGA, Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Vallenar
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI de Minería, Región de Atacama
  • SEREMI de Salud, Región de Atacama
  • SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <Jennifer.Rojas@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Optimización del manejo de aguas de limpieza de fosas y cámaras de grasas y aprovechamiento de efluentes tratados en establecimiento Santa Fe de Bioseptic Ltda."
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=a4/9a/e00241dce586348c5a8af3932ba82da82edb


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