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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE
DE LA X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente favorable el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN "

Resolución Exenta Nº 463

Puerto Montt, 12 de Junio de 2007



VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN ", presentada por el Señor José Rubén Muñoz Pérez en representación de Pesquera SALMAR Limitada, con fecha 25 de Septiembre de 2006.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

    Oficio Nº391046906 sobre la DIA, publicado por Sernapesca, X Región de Los Lagos, con fecha 13/10/2006; Oficio Nº1334 sobre la DIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 23/10/2006; Oficio Nº12.600/479 sobre la DIA, publicado por Gobernación Maritima de Puerto Montt, con fecha 25/10/2006; Oficio Nº3669 sobre la DIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 27/10/2006; Oficio Nº549 sobre la DIA, publicado por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 30/10/2006; Oficio Nº0925 sobre la DIA, publicado por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 13/11/2006; Oficio Nº115 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 30/01/2007; Oficio Nº0690 sobre la Adenda 1, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 31/01/2007; Oficio Nº12.600/44 sobre la Adenda 1, publicado por Gobernación Maritima de Puerto Montt, con fecha 12/02/2007; Oficio Nº080 sobre la Adenda 1, publicado por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 14/02/2007; Oficio Nº349 sobre la Adenda 2, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/04/2007; Oficio Nº233 sobre la Adenda 2, publicado por Sernatur, X Región de Los Lagos, con fecha 22/05/2007;

  3. El Acta de la Sesión de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, de fecha 07 de mayo de 2007

  4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN ".

  5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 520/96, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN ".

  2. Que, el derecho de Pesquera SALMAR Limitada a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " consiste en:

    DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
    Características Generales del Proyecto
    El presente proyecto constituye una obra de mejoramiento en la gestión de los residuos líquidos de la Planta de procesos, lo cual permitirá descargar los RILes de la planta de proceso a través de un emisario de 90 metros de largo total, que cumpla con lo establecido en el D.S. Nº 90 “Norma Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”, en su tabla N°5, para descargar fuera de la Zona de Protección Ambiental (ZPL). . El tubo  descarga a 8,5 metros de profundidad y a 90 metros del NRS (más baja marea). El proceso productivo incluye principalmente diversas especies de peces, principalmente Merluza (Merluccius spp), Congrio (Genypterus spp) y Raya (Raja spp) y de moluscos, fundamentalmente chorito (Mytilus chilensis), y se desglosa en las siguientes etapas:
    Proceso productivo de Pesca Blanca
    Recepción de Materia prima e Insumos
    El ingreso de materia prima mensual es heterogéneo, tanto en cantidad como en especies, dependiendo de la disponibilidad del recurso, de las vedas biológicas y/o fijación de cuotas de extracción, demanda del mercado u otros. Planillas de abastecimiento de materia prima permiten obtener información acerca de especies y su distribución espacio temporal; predominando las especies Merluza, congrio y manta raya.
    Almacenamiento de Materia Prima y/o Reenhielado
    Mientras espera ser procesada, la materia prima dispuesta sobre pallets y enhielada se almacena en sala de enfriamiento de la planta. Cuando se solicita, el almacenamiento de peces puede durar hasta 7 días.
     
    Pesaje y Selección
     
    Consiste en pesar la materia prima y traspasarla a la línea de proceso. En caso de la línea de Peces también en este paso se seleccionan aquellas unidades, que de acuerdo a las especificaciones del cliente se procesan enteras, HG, Filetes, porciones o Pulpa. Ambas operaciones duran aproximadamente dos (2) minutos y se efectúan a temperatura ambiente de Cámara 0º.
    Descabezado de Peces
    Se obtienen las unidades denominadas HG (sin Cabeza), esta operación se realiza manualmente y empleando cuchillos especiales. Todas las cabezas se disponen en tachos especialmente habitados para el desecho orgánico. Los desechos son depositados en bins los cuales son retirados a diario por una empresa externa.
     
    Extracción de vísceras
    Esta operación tiene por objetivo remover todas las vísceras de la cavidad abdominal de aquellos peces que las contengan y de cefalópodos. Se efectúa en forma manual y con la ayuda de cuchillos espaciales.
    Los desechos son depositados en bins los cuales son retirados a diario por una empresa externa.
    Elaboración e inspección de Pulpa
    Toda la materia prima que se utilizará en la elaboración de pulpa (esquelones, filetes, porciones y recortes de filetes) va siendo enhielado a medida que se va obteniendo. Los esquelones que ingresan como materia prima son elaborados de inmediato.
     
    Una vez que se obtiene la pulpa se inspecciona para verificar la ausencia de materias extrañas (escamas, restos de riñón, piel, grasa y espinas) y se deja estilar en moldes especialmente diseñados por aproximadamente 5 minutos.
    Despeinado y/o Desespinado de filetes o Porciones
    Esta etapa tiene por objeto retirar la piel y/o espinas de los filetes o porciones que son requeridos con estas características. Ambas operaciones se realizaran en forma manual con implementos de acero inoxidable, el despielado con cuchillos especiales y el despeinado con pinzas. Durante estas operaciones el producto tiene una temperatura que fluctúa entre 5 y 0 ºC, el tiempo de operación fluctúa entre 1 y 10 minutos.
     
    Lavado
     
    Este paso operacional consiste en someter a la acción del agua todos los productos que se van obteniendo (Cefalópodos, filetes, porciones, pescado y sus subproductos). Mediante un riguroso lavado manual, por aspersión, se eliminan los restos de vísceras, sangre, hielo, escamas, piel, espinas, conchillas o algas, según corresponda. Esta operación se realiza con agua potable o con agua de mar clorada (0,2 – 2,0 ppm).
    Posterior al lavado los productos se disponen en bandejas especiales para dejarlos drenar por tres (3) minutos antes de destinarlos a la próxima sección.
     
    Desparasitado de Peces y Revisión de Limpieza
     
    En esta parte se efectúan las siguientes operaciones:
     
    a) Peces, cocochas, Mejillas, filetes y porciones, se disponen las unidades o bandejas sobre un mesón de desparasitado y se extraen manualmente los parásitos utilizando pinzas de acero inoxidable.
    b) Peces, subproductos y cefalópodo: chequeo de las piezas o bandejas para verificar la limpieza y devolver a línea todas aquellas piezas o bandejas que presentan alguna irregularidad en su aspecto. Los peces con roturas se destinan a filete, porciones o pulpa.
     Envasado y Pesaje de Pulpa y Bloques
    En esta parte se efectúan las siguientes operaciones:
    a) La Pulpa y bloques de Cefalópodos son envasado en bolsas plásticas de 1 ó 5 kilos que luego son selladas y destinadas al emparrillado.
    b) Las rayas se pesan de acuerdo al peso requerido por el cliente, se identifica el número de unidades y se disponen en bandejas plásticas para el moldeo.
     
    Clasificación y Calibrado
    En esta etapa se llevan a cabo dos procedimientos manuales:
    a) Clasificación, es decir, extraer aquellas unidades que presentan defectos de apariencia, olor o unidades enteras en las que se observan palidez de agallas. Las primeras de destinan a filete, porciones (peces) o rechazo (peces o cefalópodos) y las segundas a HG.
    b) Calibrado de las unidades de acuerdo al tamaño y su calidad, ambas tareas se basan en especificaciones técnicas determinadas por el cliente.
    c) Las unidades destinadas a producto fresca-refrigerado se disponen en cajas de poliestileno a las que ya se les ha dispuesto gel para mantener baja temperatura hasta su destino.
    d) Las Unidades para congelado se disponen en distintas bandejas para mantener su condición de tamaño durante el resto de proceso.  
    Mientras se efectúan estos procesos la temperatura ambiente es de aproximadamente 12ºC y la del producto no debe superar los 4 ºC, el tiempo máximo de espera no supera los 5 minutos.
     
    Moldeo y Emparrillado de Productos I.Q.F y Bloques
     
    Durante el moldeo y emparrillado se efectúan las siguientes operaciones:
    a) Envolver individualmente el producto en una film de poliestileno o vitafilm y colocarlo (emparillado) en placas o bandejas para congelación (filetes, porciones, pescados enteros y HG). Las rayas son envueltas en una lámina de poliestileno y posteriormente dispuestas en moldes de acero inoxidable para su congelación.
    b) Disponer el producto en placas o bandejas provistas de láminas de poliestileno y luego cubrirlo totalmente con otra lámina (filetes, porciones, pescados enteros y HG).
    c) Colocar los bloques de pulpa de pesacado o cefalópodos sobre placas para su congelación.
    Al emparrillar cualquier de estos productos en placas o bandejas se debe evitar el montaje de unidades con el fin de obtener una correcta congelación individual y a la vez facilitar el desemparrillado.
    Posteriormente las placas o moldes se colocan en carros para congelación. El tiempo de espera del producto antes de ingresar a túnel no puede ser superior a 20 minutos, la temperatura ambiente es de aproximadamente 12 ºC y la del producto no debe superar los 4º C.
     
    Congelación en I.Q.F. y Bloques.
     Paso operacional que consiste en bajar la temperatura del producto entre -18º y -25º C para locuaz se dispone en túnel de congelación, por un tiempo máximo de 16 horas y un mínimo de 8 horas.
    Al final del proceso de congelación, el producto debe alcanzar una temperatura inferior o igual a -18ºC en su centro térmico.
     
    Golpe de Frío de Filetes y Porciones fresco-refrigeradas
    Consiste en bajar la temperatura de estos productos entre -2 y 0 ºC. Siendo -2 ºC temperatura superficial (super chilling). Una vez que el producto alcanza la temperatura de despacho se destina a la sección de empaque.
     
    Envasado, pesaje, rotulación, sellado y Etiquetado
     
    Durante el envasado y pesaje se llevan a cabo una serie de labores:
    a) Las cocochas y mejillas después de drenadas son envasadas en bolsas plásticas de 1 Kg. Que luego son selladas y dispuestas individualmente en otras bolsas plásticas más gruesas y de mayor volumen con el fin de facilitar el sellado de la etiqueta y evitar escurrimientos del producto.
    b) Productos fresco-refrigeración (enteros, HG y subproductos): se envasan a granel en cajas de poliestileno que están provistas de 1 ó2 gel. Si tienen temperatura requerida se continúa con el proceso normal y se les despacha con la fecha del día de lo contrario se les da un golpe de frío.
    c) Productos congelados: para el envasado  Golpete Frío Fresco-refrigerado (optativo) Consiste en bajar la temperatura de peces, subproductos o cefalópodos entre -2ºC en la superficie (super chilling) y 4 ºC.
    Debido a que las cocochas y mejillas están envasadas en doble bolsa de poliestileno la temperatura mínima superficial a enfriar será -3ºC (super chilling) y la máxima 0ºC.
    Una vez que se termina este procedimiento el producto se despacha o se destina a almacenamiento fresco-refrigerado.
     
    Almacenamiento de producto congelado o fresco-refrigerado
     
    Las cajas con producto congelado terminado se trasladan hasta la cámara de Almacenamiento donde permanecen hasta el momento de su despacho a una temperatura igual o inferior a -18ºC y por un tiempo máximo de 18 meses a partir de la fecha de elaboración.
    Las cajas con producto fresco-refrigerado pueden permanecer hasta 72 horas en una cámara a -3ºC. La temperatura del producto es controlada a diario y no puede ser inferior a - 2ºC (temperatura superficial, super chilling).
     
    Empaque (optativo)
     
    Este procedimiento se efectúa sobre el producto que han sido sometidos a un golpe de frío.
     
    Despacho
     
    Paso operacional que consiste en transportar el producto desde la sala de empaque, cámara o túnel hasta el camión refrigerado que lo llevará a su lugar de embarque. Estos camiones controlan la temperatura en su interior y mantienen alrededor de 0ºC el producto fresco-refrigerado y a -18ºC el producto congelado.
     
      
    Proceso productivo de Chorito
     
    Recepción de Materia Prima
     
    La descarga de la materia prima, se realiza en la sección de Recepción de Materia
    Prima (área sucia), ubicada a un costado de la planta, es trasladada en sacos o mallas de entre 25 a 30 kg, las que son pesadas y registradas en planillas. El estado de la materia prima (frescura) es previamente comprobado mediante control organoléptico (olor, textura, color, apariencia), además se realiza un muestreo para determinar porcentaje de rendimiento e impurezas.
    Los sacos con materia prima son acopiados a temperatura ambiente en la misma sección de Recepción de Materia Prima.
     
    Cocción
     
    En esta etapa se ingresa al cocedor aproximadamente 120 kg, los que son tratados por 5 minutos a 120ºC, a fin de permitir su posterior desconche. Además el proceso permite la eliminación de microorganismos.
     
    Desconche y clasificación Este se lleva a cabo en forma manual y sobre mesones de acero inoxidable, donde la carne de los mitílidos es rescatada y puesta en recipientes sanitizados según su tamaño y calidad (grande, mediano, chico y rechazo). Las conchas resultantes de este proceso son llevadas y almacenadas a un costado de la planta, donde periódicamente son retiradas por un camión y  trasladadas a una empresa ubicada en la Ruta 5 a 20 km al sur de Puerto Montt dedicada a la fabricación de cal.
     
    Sanitización
     La materia prima es colocada en bandejas, se registra su peso y luego son sumergidas en una solución sanitizante.
       Moldeo
     La carne es colocada ordenadamente sobre bandejas respetando la clasificación realizada previamente.
     
    Congelado
     
    Las bandejas ordenadas de la manera ya descrita son ingresadas al túnel.
     
    Desmolde
     
    Consiste en dar vuelta las bandejas con la carne congelada dentro de un bins.
     
    Glaseo
     
    Se coloca en una bandeja una cantidad determinada de carne congelada tomada desde el bins y se sumerge en una tina de acero inoxidable con agua con hielo. Lo anterior permite formar una película protectora contra m. o. y posible oxidación de la carne, además permite mejorar el aspecto del producto.
     
    Secado
     
    Luego del glaseo las bandejas con la materia prima son regresadas, por un corto periodo, a la cámara de mantención a –25ºC.
     
    Empaque
     
    La carne congelada, de manera individual (IQF), es retirada de las bandejas y colocada en bolsas plásticas de 5 kg cada una y selladas, 6 de estas bolsas se colocan en una caja de cartón totalizando 30 kg y selladas con cinta de embalaje.
     
         
     
    Definición de sus partes, acciones y obras físicas
     
    Etapa de Recopilación de Antecedentes
    La etapa de recopilación de antecedentes es un trabajo de gabinete que consiste básicamente en consultar a los proponentes del proyecto como también a empresas que desarrollen actualmente una actividad productiva similar, acerca del proceso productivo en sí, de manera tal de tener los antecedentes lo más reales posibles como para evaluar técnica y económica del proyecto. El resultado de esta etapa permite contar con un proyecto los montos de inversión calculados y definidos para el servicio que se pretende ofrecer.
    Etapa de Construcción
    La construcción del emisario involucrará obras en tierra y obras marítimas. En tierra se realizarán todas las faenas de armado del emisario submarino que contemplará las siguientes actividades.
     
     Los trabajos en terreno comenzaron con el traslado de los equipos al sector de las obras y con el montaje de los elementos que conformarán la instalación de las faenas.
     
     Ensamblaje de la cañería con las estructuras bases tipo carritos sobre rieles. Para unir los tubos se usará maquinaria de termofusión, que no emite ruido.
     
     Para el lanzamiento se realizarán los trabajos de instalación en línea, en plataforma y la posterior colocación de los lastres de hormigón.
    Las obras marítimas corresponderán a las obras de lanzamiento del emisario y constarán de las siguientes faenas:
     
     Se Inspeccionará el fondo marino en toda la extensión con el objeto de limpiar el fondo de rocas que interrumpan el paso de la tubería.
      
     La maniobra de hundimiento comenzará cuando el emisario se alinee según proyecto. Para esto se contemplará en primer lugar, efectuar un balizado en el eje del emisario en forma anterior al lanzamiento.
     
     Lanzamiento de la estructura hasta su ubicación definitiva. Se empleará embarcaciones menores. Además en tierra se emplea Bulldosers para empuje y frenado.
     
     Durante la maniobra de ubicación del emisario flotando en la posición requerida, se colocará una estación topográfica para controlar que antes del hundimiento el emisario se encuentre alineado y en la posición definida, esto se realizará con las balizas.
     
     Una vez en posición, los buzos procederán a abrir las válvulas del cabezal de tiro del extremo tierra del emisario abriendo a la vez las válvulas de salida de aire en el extremo mar del emisario, para ir hundiendo el emisario desde tierra a mar. Con esto se evita que el extremo de tierra quede alejado de su posición proyectada.
     
     La faena marítima se efectuará a primeras horas del día, para evitar oleaje, movimiento de naves y curiosos.
    Como se aprecia la etapa de construcción, no generará efectos importantes, ya que el número de trabajadores es bajo, no hay maquina ruidosa y la faena más compleja que es el lanzamiento, que dura un día.
    En el lugar de la obra se tomará al menos, las siguientes medidas de prevención:
     
     El trabajo de descarga de los lastres será supervisado.
     
     Se tendrá señalizada la entrada y salida que tendrán los camiones cargados, al igual que personal señalero para cortar el tránsito, si esto fuera estrictamente necesario.
     
     La descarga deberá ser supervisada directamente en la obra.
     
    Etapa de operación
    En la Etapa de Operación no se desarrollarán cambios al entorno paisajístico y humano, puesto que sólo se verterán los efluentes por el emisario, no impactando las actividades humanas cotidianas y tampoco produciendo impactos significativos al borde costero.
    Se hace presente que la descarga está cumpliendo con la normativa del D.S Nº 90, SEGPRES fuera de la Zona de Protección Litoral estimada para este proyecto en 30 metros, de acuerdo a lo planteado en el anexo 1 “Línea de Base Ambiental”. El diseño del emisario cumple con criterios ambientales de tal forma de disminuir los impactos ambientales en el medio acuático.
     
    Plan de Contingencia del proyecto
     
     
    CUADRO 1
    Plan de contingencia Sistema de pretratamiento de Riles.
    ETAPA
    TIPO DE ACCIÓN
    EVENTO
    FRECUENCIA
    MEDIDA CORRECTIVA
    RESPONSABLE
    Planta
    De
    pretratamiento
    Correctiva
    Desperfectos
    Ocurrencia baja
    Mantención preventiva
    Departamento de Mantención
     
     
     
    CUADRO 2
    Plan de contingencia Emisario Submarino.
    ETAPA
    TIPO DE ACCIÓN
    EVENTO
    FRECUENCIA
    MEDIDA CORRECTIVA
    RESPONSABLE
    Emisario submarino
    Preventiva
    Revisión visual de emisario
    Anual, con mayor énfasis en meses de mayor producción
    Determinar posibles desconexiones, fracturas o roturas del emisario
    Departamento de Mantención
    Correctiva
    Desconexión de tubos de emisario submarino
    Ocurrencia media
    Detener la producción (paro de planta), con el objeto de frenar la generación de residuos líquidos.
    Departamento de Mantención
    Fractura o rotura de emisario submarino
    Ocurrencia baja
    Detener la producción (paro de planta), con el objeto de frenar la generación de residuos líquidos.
    Departamento de Mantención
     
    Mientras se efectúan las reparaciones del caso, la planta desviará la materia prima hacia Planta Rachid Omar Osman Chelech, ubicada en Avenida Brasil # 0105 en Caleta “La Vega en Calbuco, distante a unos tres kilómetros de la Planta Salmar Limitida (Anexo Certificado de factibilidad de maquila de Materia Prima).
     
     
    Ritmo de Producción
     
    Caudal de Diseño
     
    La planta procesadora de recursos hidrobiológicos de Pesquera Salmar Limitada, generará como caudal medio 46,8 m3/día, mientras que el caudal máximo proyectado será de 112,1 m3/día. El diseño del emisario submarino estará de acuerdo con los datos que se presentan las tablas Nº 4 y 5. de la DIA
     
    Sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos
     
    El proyecto contempla la construcción de un sistema de pretratamiento de las aguas residuales por medio de una cámara desgrasadora como alternativa de abatir principalmente la carga orgánica del RIL. 
     
    La planta por cambio de propietario se encuentra en estos momentos en mantención general y por lo tanto, no se encuentra procesando productos y generando residuos industriales líquidos.
       
    En la tabla 6 se presenta la características cuantitativas y cualitativas del efluente estimadas para los residuos industriales líquidos, donde se consideró los  antecedentes de una planta similar respecto a los procesos, que se encuentra en la décimo primera región del General Carlos Ibáñez del campo.
    Se consideraron para la estimación de la concentración de los parámetros del agua residual, ocho meses de registro entre los mese de Julio de 2005 y Mayo de 2006. Con estos datos se calculó la media aritmética para cada uno de los parámetros, así como también, el caudal.
    La carga contaminante se estimó para una jornada laboral de seis horas diarias y 15 días al mes en promedio. Para el análisis se tuvieron en cuenta los siguientes datos:
     
    De acuerdo con los resultados, podemos mencionar que la planta es un establecimiento emisor, siendo las cargas contaminantes más importantes la demanda bioquímica de oxígeno, los sólidos suspendidos totales y nitrógeno total, tal como se presenta en la tabla 7. de la DIA.
     
    Etapa de Abandono
    La vida útil de las unidades que componen el Proyecto del Emisario Submarino es
    indefinida (plásticos de alta densidad) y por lo tanto no se contempla el cierre de ellas, ya que los equipos e instalaciones utilizados se someterán periódicamente a labores que permitan su reposición y mejoramiento (cambio de anillos de concreto).

    PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

    Emisiones a la atmósfera

    No se contemplan emisiones a la atmosfera

    Descargas de efluentes líquidos

     

    Características físicas y químicas del Efluente con tratamiento.
     

    PARAMETRO
    UNIDAD
    VALOR MEDIO
    D.S. Nº 90
    Tabla 5
    fuera ZPL
    pH
    -
    6,24
    5,5 – 9,0
    Temperatura
    º C
    9,37
    -
    Sólidos Suspendidos Totales
    mg/L
    233,58
    700/300
    Sólidos Sedimentables
    ml/L 1h
    7,31
    50/20
    Aceites y Grasas
    mg/L
    25,20
    350/150
    Coliformes fecales
    NMP/100 ml
    39,48
    -
    DBO5
    mg O2/L
    567,69
    -
    Fósforo Total
    mg/L
    11,88
    -
    Hidrocarburos Totales
    mg/L
    0,54
    20
    Índice de Fenol
    mg/L
    0,33
    1
    Nitrógeno total kjeldahl
    mg/L
    69,84
    -
    SAAM
    mm
    0,96
    15
    Sulfuro Total
    mg/L
    0,03
    5

     

     

    TABLA .
    Coordenadas Sistema de tratamiento y descarga emisario submarino. Pesquera Salmar Ltda.
    Punto
    Coordenadas Datum WGS 1984
    Coordenadas UTM
    Coordenadas Geográficas
    Norte
    Este
    Latitud
    Sur
    Longitud Weste
    Sistema de tratamiento
    5.371.403
    653.791
    41º 47" 39,3""
    73º 08" 56,4""
    Punto Descarga
    5.371.630,96
    654.166,86
    41º 47" 40,7""
    73º 08" 53""
     
     
     
     
     

    La planta de recursos hidrobiológicos es un estableciendo emisor.La descarga de las aguas residuales será discontinua, por medio de una sola fuente, mientras que los volúmenes de la descarga de la Pesquera Salmar el caudal medio diario es de 7,8 m La disposición final del efluente generado en la planta de proceso será en el mar mediante emisario submarino,a una profundidad aproximada de 8,5 metros. No se contempla la descarga de aguas servidas por el emisario submarino..

       Residuos sólidos generados por el Proyecto

     
     Se generarán residuos sólidos, estos son calculados a partir de los niveles de producción.  

    Etapa del Proyecto
    Identificación del residuo
    Residuos
    Tipo de manejo de los residuos
    Destino de los residuos
    Operación
    Sistema de pretratamiento
    15 metros cúbicos al año
    Almacenamiento estanco sistema de pretratamiento.
    Retiro anual o dos veces al año
    Los residuos sólidos de la cámara desgrasadora serán retirados por la Empresa REXIN LTDA, y dispuestos en su vertedero industrial autorizado u otro vertedro autorizado
     
    Planta de Proceso
    40,5 toneladas al mes
    Almacenamiento en bins Retiro semanal
    Planta Recicladora

     

    4.  Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " cumple con:

     

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

Componente Ambiental Regulado
Texto Normativo
Materia Regulada
y Cumplimiento
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente
D.O. 09.03.94
Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión ambiental aplicables al proyecto: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, normas de calidad ambiental y normas de emisión.
Cumplimiento
Se presenta a tramitación a la COREMA la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA).
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
D.S. Nº 30 y D.S.Nº 95/02 Secretaría General de la República,
 
Integro
Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental.
Cumplimiento
Se presenta a tramitación a la COREMA la presente Declaración de Impacto Ambiental. Se obtendrán los permisos ambientales necesarios.
Normas Sanitarias
Código Sanitario D.F.L.725/00
Artículo 78,79,80 Y 81:
Regula condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte de desperdicios y basuras.
Cumplimiento:
Los residuos sólidos generados por el proyecto serán manejados y transportados de acuerdo a la normativa vigente y dispuestos en vertederos autorizados.
DS 1/92 Ministerio Defensa Nacional
Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática
Prohíbe la descarga de contaminantes a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional sin tratamiento previo.
Cumplimiento:
Implementación de sistema de tratamiento de riles
Descargas de Residuos Líquidos a Aguas marina
D.S. N° 90
MINSEGPRES D.O.: 07.03.01
Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas.
Cumplimiento
La descarga de RILes se desarrollará cumpliendo con los parámetros definidos en la Tabla N° 5, de acuerdo al estudio oceanográfico que define el punto de descarga fuera de la Zona de Protección Litoral. Se implementará un Programa de Vigilancia Ambiental.
D.S. 430/91 MINECOM
Ley General de Pesca y Acuicultura
Cumplimiento
El proyecto debe dar cumplimiento a los artículos 1,122 y 136,
Descargas de Residuos Líquidos a Aguas marinas
D.L. Nº 2222, Ley de Navegación
Capítulo V
Prohíbe la descarga de contaminantes a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional sin tratamiento previo.
Cumplimiento
Los RILes serán tratados previo a la descarga al mar, cumpliendo con la Tabla 5 del DS 90/01.

 
Condicionado a:
El Titular del proyecto se compromete a realizar una caracterización de Riles antes del sistema de pre-tratamiento una vez que la planta entre en operaciones, con las copias de los informes del laboratorio autorizado para tales efectos ante la autoridad pertinente.
ASPECTOS LEGALES
El proyecto deberá cumplir con DS90 Tabla 5 (límites máximos de concentración para descarga de residuos líquidos a cuerpos de agua marinos fuera de la zona de protección litoral).
 
PLAN DE MONITOREO
La empresa deberá avisar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con 90 días de anticipación, el inicio de la operación de su sistema de pretratamiento de Riles, de acuerdo al formato de aviso que se encuentra en la página web www.siss.cl de modo que dicho organismo dicte una Resolución de Monitoreo.
              
El plan de monitoreo e informes respectivos al fiscalizador debe ser compatible con lo que definirá la RCA en lo que a continuación se presenta: Lugar de descarga: La descarga se realizará mediante emisario submarino fuera de la ZPL en las coordenadas UTM 654.166,86 Este y 5.371.630,96 Norte Datum PSAD - 56. Parámetros a monitorear durante toda la operación del proyecto, además de los que dictamine la SISS al momento de dictar la Resolución de Monitoreo: pH, Aceites y Grasas, Sólidos Suspendidos Totales, Sólidos Sedimentables, SAAM y un caudal máximo de 112,14m3/d. , El Servicio Nacional de Pesca Solicita la incorporación del parametro Coliformes fecales.
 
Los autocontroles deberán ser informados a la Superintendencia, estrictamente apegados a la frecuencia y al formato que se indicará en la futura Resolución de Monitoreo.
 
Los residuos sólidos que genere el proyecto en sus diferentes etapas, solo podrán disponerse en vertederos autorizados, para lo cual deberá llevarse un control y registro actualizado de esta acción.
 
La no afectación del patrimonio cultural subacuático declarado Monumento Histórico mediante Decreto Exento N° 311 del 08.10.1999 del Ministerio de Educación.En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

4.2.1 Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 73 y 90 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4.2.1.1  Artículo 73 del D.S. N° 95/01: En el permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional,
materias, energías o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna, a que se refiere el artículo 140 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, los requisitos para el otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
 
a) La ubicación del lugar donde serán evacuados los efluentes.
Los RILes serán evacuados en el mar, fuera de Zona de Protección Litoral (ZPL), el cual se ha estimado en 30 metros, tal como se muestra en el anexo 1 “Línea de Base Ambiental”;cumpliendo con la tabla 5 del D.S. 90/2001, en un sector con profundidad de 8,5 metros aproximadamente. El detalle de estos antecedentes se encuentra en La Línea Base Ambiental Acuática (Anexo 1 de la DIA), donde se entrega el punto de descarga, y todos los antecedentes requeridos para este tipo de estudios.
b) El tipo de caudal, caracterización y tratamiento del efluente que se evacuará.
El análisis de los Residuos Industriales Líquidos (RILes), que serán generados en la Planta de proceso, ha establecido que el volumen de descarga diario medio será aproximadamente de 46,8 m3/día, mientras que el volumen de descarga máximo será de 112,83 m3/día,  Los Riles que serán generados, por la planta de proceso, serán pretratados por medio de una cámara desgrasadora cuyas especificaciones se encuentran en la DIA.
c) Las disposiciones contenidos en el anexo III del “Protocolo para la Protección del Pacífico Sudeste contra la Contaminación de Fuentes terrestres y sus Anexos I, II, y III de 1983”, promulgado por D.S. 295/86 del Ministerio de Relaciones Exteriores,  incluyendo los estudios previos de las características del lugar de descarga, según se estipula en las secciones A, B, C, D y E de dicho anexo.
Para ello, el Titular velará por el buen funcionamiento del sistema de Pretratamiento de RILes, de manera de cumplir estrictamente con el D.S. 90/2001. Además implementará un Programa de Vigilancia Ambiental Semestral cuyo contenido se encuentra detallado en el Anexo 1, “Línea de Base ambiental” de la presente DIA.
d) Lo establecido en el Título IV del “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática”, promulgado por D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional.
El titular se compromete a velar por el cumplimiento de los artículos 135 al 147 del Título IV (de las fuentes terrestres de contaminación) del Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, y señalan que: Consciente de su condición de establecimientos emisor, velará para que los RILes que se introducirán al mar mediante emisario submarino, tengan una tratamiento previo de los mismo de manera de asegurar su inocuidad como factor de contaminación de las aguas y se mantengan dentro de los Parámetros exigidos por el D.S. 90/2001, en su tabla 5, para descargas fuera de la Zona de Protección Litoral.  
A travez de ordinario 12.600/44 del 13 de febrero de 2007 la autoridad marítima otorga su permiso ambiental sectorial condicionado a:
  • Que, ante cualquier falla o emergencia, tanto en los sistemas de tratamiento como en el emisario submarino, se deberá dar aviso inmediato a la Autoridad Marítima Local.
  • Se recomienda, presentar de manera independiente al SEIA el cálculo de ingeniería y filmación submarina del emisario, realizadas por la empresa de servicio que lo construyo y fondeo.
  • Con la finalidad de poder verificar el comportamiento teórico del emisario submarino proyectado, y  del cuerpo marino receptor en las matrices agua de mar, sedimento y biota, se deberá presentar a consideración de la Autoridad Marítima y de manera independiente al SEIA, una propuesta de un programa de vigilancia ambiental, los contenidos básicos para su aprobación serán los siguientes:
    • Deberá contemplar a lo menos en las primeras campañas semestrales (invierno verano), estudios y mediciones que permitan verificar el comportamiento y funcionamiento teórico del emisario submarino, tales como, filmaciones submarinas, uso de marcadores tipo rodamina, mediciones lagrangeanas, etc.
    • Es necesario acompañar a la propuesta de programa, un plano georeferenciado en donde se indiquen la ubicación y número de cada una de las estaciones de monitoreo (DATUM WGS - 84), señalando en el mismo plano la distancia aproximada respecto del punto de descarga y de cualquier otra fuente de contaminación.
    • Se recomienda realizar las campañas de monitoreo en el cuerpo marino receptor, el mismo día que sea realizado el autocontrol del efluente.
  • Los resultados de los autocontroles del efluente tratado, deberán ser remitidos de manera oportuna a la Gobernación Marítima de Puerto Montt, para su evaluación. 
 
4.2.1.2 Artículo 90 del D.S. N° 95/01: En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L N° 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales y necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
 a) Caracterización físico-química y microbiológica correspondiente al residuo industrial de que se trate.
 Los RILes serán evacuados en el mar, fuera de ZPL, cumpliendo tabla 5 del D.S. 90/2001, en un sector con profundidad de 8,5 metros, donde se obtiene la mayor dilución de la pluma contaminante en el cuerpo de agua receptor.  . 
La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer.  En cuanto al caudal disponer, son los siguientes.  
Caudal medio (Q) = 7,80 m3/h
Caudal máximo (Qmáx) = 18,69 m3/h
Volumen de Descarga Media Diaria (VDD) = 46,8 m3/día.
Volumen de Descarga Mensual (VDM) = 936 m3/mes.
Mayores detalles se encuentran en la DIA y en el capítulo 2 del Anexo 1.
 
c) Tipo de tratamiento del los residuos industriales
En relación al tratamiento de los RILes, el detalle se encuentra en la DIA. En resumen:
a) Tratamiento de RILes: La Planta de Proceso de la Empresa, contará con una cámara desgrasadora cuyas dimensiones son: 6 metros de longitud, 4 metros de ancho y 2,6 metros de profundidad.  
Esta cámara permite una óptima separación del material flotante, sedimentable y  suspendido desde el agua residual debido al cambio de velocidad de flujo al pasar a través de las tres cámaras o estancos.
d) La evacuación y disposición final de los residuos industriales, considerando, entre
otros los olores.
a) RILes: Como se ha señalado en los párrafos anteriores los RILes serán dispuesto en el mar frente a las instalaciones de la planta vía Emisario Submarino, proceso que en si no genera olores de ningún tipo. Debe mencionarse que la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas tampoco genera olores en su proceso.
b) RISes: Los RISes que son generados por el proceso productivo serán retirados periódicamente por la Empresa Pacific Star, los cuales serán acumulados en bins para su retiro. En cuanto al retiro de RISes provenientes de la Planta de pretratamiento de riles, estos serán retirados aproximadamente una vez al año o 2 veces al año, de acuerdo con los niveles de producción. El Titular se compromete a contratar los servicios de una Empresa que para ese entonces (año 2007) se encuentre autorizado para el retiro y pueda disponer este tipo de residuo.
e) El efecto esperado de la descarga final sobre el cuerpo receptor o curso receptor,
identificando los usos actuales previstos de dicho receptor.
Según la Directemar, el área de sacrificio corresponde al área donde se produce una mezcla completa del efluente (RIL) con el agua de mar (o futura norma de calidad ambiental), o lo que es los mismo, donde se igualan las concentraciones del RIL descargado y la concentración del mismo parámetro en el ambiente natural, asumiendo un lugar donde el parámetro ambiental esta bajo los niveles normados y se acerca a concentraciones de lugares prístinos. El Visual Plumes (VP), programa Utilizado por la EPA (USA), permite evaluar en base a los datos de caudal de la empresa y características oceanográficas del área de estudio, el comportamiento de la pluma de dispersión de los Riles, que se generará en el proceso de la planta. La longitud del emisario será de 90 metros, el cual será dispuesto en forma diagonal respecto a la perpendicular de la costa. El límite del área de sacrificio estará separado a más de 34,83 metros de distancia del límite de la Zona de Protección Litoral de la zona continental.
El Servicio de Salud por intermedio de Oficio N° l/0925 de fecha 13 de noviembre de 2007 da su conformidad al proyecto
  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

  •   La planta implementará un sistema de Producción Limpia, el cual reduzca notablemente el volumen del Ril a descargar.
  •  Mantención del borde Costero Limpio de sólidos gruesos.
  1.  Que, cualquier cambio en la capacidad del sistema de tratamiento de RILes, deberá evaluarse previamente la pertinencia  de ingreso y/o modificación dentro del marco del SEIA. 
  2. Que, se incluye a la presente resolución como parte complementaria al proyecto, todos los informes generados durante el proceso de evaluación ambiental, incluida sus adendas e Informe Consolidado de Evaluación (ICE) Ambiental.  
  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular informará a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
  4. Que, respecto al Plan de Contingencias y Medidas de Seguridad, el titular  llevará un registro de las medidas propuestas, y un registro de la aplicación del Plan, el cual estará en el lugar del Proyecto a objeto del Plan de Seguimiento ambiental correspondiente.
  5. Que, para que el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
  6. Que, en caso de emergencias producida por materiales o sustancias peligrosas, o que las puedan afectar, pudiendo ser o no, alguna de las establecidas en los planes de contingencia del proyecto, el titular dará aviso además de las autoridades competentes, como son la Autoridad Sanitaria y  Dirección Regional de CONAMA, al cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano del lugar . De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de éstos a objeto de controlar dicha emergencia.
  7. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
  8. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.
  9. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
  10. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión Regional del Medio Ambiente de la X Región de Los Lagos. 

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN ".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN " cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 73 y 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
  3. Asi mismo, los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental en las materias, relativas al respectivo proyecto actividad, quedarán obligados a otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos ambientales

Notifíquese y Archívese





Jaime Bertín Valenzuela
Intendente
Presidente Comisión Regional del Medio Ambiente de la
X Región de Los Lagos




Nelson Bustos Arancibia
Director
Secretario Comisión Regional del Medio Ambiente de la
X Región de Los Lagos




NBA/AWS/MSA

Distribución:
  • José Rubén Muñoz Pérez
  • Gobernación Maritima de Puerto Montt
  • Ilustre Municipalidad de Calbuco
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • Sernapesca, X Región de Los Lagos
  • Sernatur, X Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Expediente del Proyecto "REGULARIZACIÓN DEL SISTEMA DE PRETRATAMIENTO E INSTALACIÓN DE EMISARIO SUBMARINO PARA LA DISPOSICIÓN DE RILES. PESQUERA SALMAR LIMITADA. COMUNA DE CALBUCO. DÉCIMA REGIÓN "
  • Archivo CONAMA X, Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=a3/f9/8ce03e2c8746c147e11895f1802c4959e045


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