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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Conjunto Habitacional Celestin Freinet"

Resolución Exenta Nº 607/2016

Santiago, 21 de noviembre de 2016



VISTOS:

 

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 08 de marzo de 2016, su Adenda de fecha 08 de junio de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 07 de octubre de 2016 del Proyecto “Conjunto Habitacional Celestin Freinet” presentada por Constructora Concreta S.A.
 
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Conjunto Habitacional Celestin Freinet”.
 
3°. La Acta de Evaluación N° 03/2015 de fecha 24 de marzo de 2016 y la de Acta de Evaluación N° 03/2016 de fecha 20 de octubre de 2016, ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.
 
4°. El ICE de la DIA del Proyecto Conjunto Habitacional Celestin Freinet de fecha 07 de noviembre de 2016.
 
5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 15 de noviembre de 2016.
 
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA “Conjunto Habitacional Celestin Freinet”
 
7°.Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

 

1°. Que, Constructora Concreta S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA “Conjunto Habitacional Celestin Freinet” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
                   

Nombre o razón social
Constructora Concreta S.A.
Rut
89.113.900-4
Domicilio
Nueva Costanera 4229 Oficina 305 Vitacura
Teléfono
56-02-22419222
Nombre del representante legal
Andrés Alemparte Gueneau de Mussy
Rut del representante legal
7.032.319-2
Domicilio del representante legal
Nueva Costanera 4229 Oficina 305 Vitacura
Correo electrónico del Titular o representante legal
aalemparte@concreta.cl

 
2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 07 de noviembre de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:
 
  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
 
3°. Que, en sesión de fecha 15 de noviembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el Proyecto “Conjunto Habitacional Celestin Freinet”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 07 de noviembre de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
 
4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
El objetivo del presente proyecto, consiste en la construcción de viviendas sociales, con un total de 392 departamentos en edificios de 4 pisos, 4 sedes sociales y 222 estacionamientos, con sus correspondientes áreas verdes y equipamiento, en la comuna de La Pintana.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
El proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA) según lo señalado en la letra h) del artículo 10 de la Ley 19.300, y, el artículo 3º del D.S. 40/2012, Reglamento del SEIA, que dispone en dicha norma, lo siguiente:
h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.
h.1 Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características:
h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.
De acuerdo a lo anterior el proyecto debe ingresar al SEIA por estar ubicado en la Región Metropolitana zona declarada latente y saturada, mediante el Decreto Supremo Nº131, de 1996, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, publicado en el Diario Oficial con fecha 1º de Agosto de 1996, y contemplar la construcción de más de 300 viviendas.
Tipología secundaria: no tiene
Vida útil
Indefinida
Monto de inversión
USD 15.100.000.-
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Realización de las obras preliminares, que se refieren al retiro de la capa de relleno y a desratización del área del proyecto.
Proyecto o actividad se desarrolla por etapas
Si
No
El proyecto se construirá en una etapa que durará 18 meses.
 
[X]
Proyecto o actividad modifica un Proyecto o actividad existente
Si
No
 
 
[X]
Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto o actividad]
 
Si
 
No
 
 
[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
El Proyecto se emplazará en calle Violeta Parra N°1964 de la comuna La Pintana, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.
Justificación de la localización
El Proyecto se localiza en la comuna de La Pintana debido a la disponibilidad de terrenos de la Corporación Para el Desarrollo de la Cultura y de la Educación Personalizada, Abierta y Comunitaria destinado a poblar la nómina de oferta del SERVIU RM.
El Proyecto se localiza en un área urbana de la comuna de La Pintana en una zona de Parques Intercomunales, según Certificado de Informaciones Previas N°592 de fecha 01 de julio de 2015, adjunto en el Anexo N° 2 de la DIA. Sin perjuicio de lo anterior, la DOM de la I. Municipalidad de La Pintana otorga anteproyecto de edificación, mediante Resolución de Aprobación de Anteproyecto de Edificación N°17 de fecha 04 de marzo de 2015 (adjunto en el Anexo 8 de la Adenda Complementaria) y el Permiso de Edificación N°153 de fecha 27 de octubre de 2015 (adjunto en el Anexo N°2 de la Adenda).
Superficie
A continuación, se entregan las superficies del polígono del Proyecto.
Tabla 01: Superficie del Proyecto
Superficie
m2
Terreno
33.259
Construcción proyectada departamentos
21.789,04
Sedes Sociales
264,60
Pasillos
267,90
Fuente: Respuesta N°5 del ítem I de la Adenda
 
Coordenadas UTM en Datum WGS84
A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del Proyecto.
 
Tabla 02: Coordenadas del Predio en UTM DATUM WGS 84
Vértice
Este
Norte
A
347599
6285621
B
347705
6285603
C
347673
6285338
D
347540
6285347
Fuente: Tabla 1 de la Adenda
 
Caminos de acceso
Durante la fase de construcción se utilizará la calle Violeta Parra
De acuerdo a lo señalado en la Adenda Complementaria, el proyecto tendrá acceso en su fase de operación  por la calle Violeta Parra y por la calle El Manantial.
 
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
En el Anexo N°3 se adjunta plano y en el Anexo N°1 se indica KMZ, ambos documentos de la Adenda Complementaria.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.
4.3.1 FASE DE CONSTRUCCION
Obras Preliminares y Preparación de terreno
En esta etapa se comenzará con el tratamiento de desratización, que será ejecutado por empresa externa y certificada para esta actividad. A medida que se vaya realizando el retiro de la capa de rellenos artificiales de distintos tipos de basuras y escombros existentes en el sitio, se continuará con el tratamiento de desratización.
Instalación de faena
Cierre provisorio de madera con una altura aproximada de 3 m., y en otras donde se usará cierro en base a malla de alambre. Se habilitarán recintos de construcción liviana o contenedores reacondicionados en el sitio donde se emplazará el proyecto destinados a bodegas, baños, talleres y comedores, para los trabajadores y oficinas para profesionales y administrativos.
La instalación de faenas tendrá una duración de 30 días.
Excavaciones y rellenos
Retiro de la capa de rellenos artificiales de distintos tipos de basuras y escombros existentes en el sitio. Este proceso durará 60 días, traslapándose con las actividades de excavaciones para fundaciones.
Una vez retirada la capa de relleno, se ejecutará nuevamente un análisis de caracterización químico del suelo. Si los resultados son negativos se procederá a un saneamiento del terreno dependiendo de las trazas encontradas.
Además, se realizarán las excavaciones para cimientos, sub bases y bases para calzadas, zanjas para redes de agua, alcantarillado y aguas lluvias
Obra gruesa y terminaciones
Construcción de fundiciones muros, pisos y techumbres, instalaciones sanitarias y otras.
Terminaciones de obras menores como instalaciones de puertas y ventanas, artefactos sanitarios y de cocina, revestimientos, pinturas y otras.
La etapa de obra gruesa tiene una duración de 187 días y terminaciones es de 229 días.
Urbanización y equipamiento
Dotar a las viviendas de las obras de agua potable, electricidad, pavimentación y aguas lluvias.
Construcción de alcantarillado de aguas servidas y construcción de áreas verdes.
Maquinaria
Respectode lamaquinariaautilizardurantelafase deconstruccióndelProyecto, se indica lo siguiente:
Tabla 03: maquinarias Fase de Construcción
Maquinaria
Cantidad
Cargador frontal
1
Camión Tolva
1
Excavadora
1
Fuente: Tabla 21 de Anexo 5 de Adenda Complementaria
 
Recepción de las obras
La etapa de recepción de los edificios de departamentos contempla la corrección de terminaciones finas y la recepción final municipal.
Mantención
Al interior de la obra no se realizarán mantenciones de maquinarias. Éstas se realizarán en talleres autorizados fuera de las instalaciones y en la obra se llevará un registro de control y gestión que indicará qué tipo de vehículo y que se realizó.
Abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos
El sistema de abastecimiento de agua potable durante esta fase, será directamente de la red pública, contratando un arranque provisorio de agua potable para faenas.
Durante la fase de construcción se utilizarán baños químicos hasta materializar las conexiones a los empalmes, esta situación no superará los 6 primeros meses de la obra.
De acuerdo a lo señalado por el titular en la respuesta 27 de la Adenda, el titular se hará responsable de la instalación, mantención, limpieza y transporte de estos servicios higiénicos provisorios, considerando además el número mínimo de artefactos, se calculará con base en la tabla del artículo 23 del DS 594/99 del MINSAL.
Los baños químicos no se instalarán a más de 75 m del área de trabajo.
El proyecto cuenta con factibilidad de Agua potable y Alcantarillado, mediante certificado 5004 de fecha 03 de julio de 2015, adjunto en el Anexo 3 de la DIA
Abastecimiento eléctrico
La energía para el proyecto será provista por CGE Distribución S.A. según certificado de Factibilidad Eléctrica que se adjunta en Anexo 5 de la DIA
Abastecimiento Combustible
El abastecimiento de combustible para la maquinaria se hará en la estación de servicio más cercana. No habrá recarga de combustible dentro de la obra.
Sustancias Peligrosas
Durante la fase de construcción se utilizarán las siguientes sustancias químicas:
                                                            Tabla 04: Sustancias Peligrosas

Nombre

Descripción química

Clase o división

Cantidades máximas a almacenar

 

Dynaflex 18

Elaborado a base de asfalto, fibras y aditivos, en solvente de evaporación rápida.

Clase 3

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente.

 
 

Dynamuls B

Líquido para mezclar con cemento Portland y constituir un mortero destinado a corregir y afinar superficies.

No se encontró registro

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente.

 

Montaje

Pasta densa

No se considera producto peligroso

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente

 

Sika Antisol

Emulsión Acuosa de

Parafina (Nafta)

No se encontró registro

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente

 

Sika Latex

Dispersión acuosa de un polímero acrílico.

No se encontró registro

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente

 

Adikrom

Adhesivo a base de resinas sintéticas

 

0,5 kg/dia, la cantidad máxima almacenar será de 92 kg aproximadamente

 

Sikacure 116

Solventes y resinas sintéticas (xileno)

Clase 3

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente

 
 

Sikaform Metal 99

Solución de ácido graso hidrocarburos

Clase 3

1Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 184 kg aproximadamente

 
 
 

Pinturas y esmalte

-

Clase 3

1.25 Kg/día, la cantidad máxima almacenar será de 230 kg aproximadamente

 
 
 
 

Pegamento de revestimientos en tinas (Agorex).

Agorex: Ciclohexano, acetona y butanol.

Ciclohexano: clase 3

0.5 KG /día, la cantidad máxima almacenar será de 92 kg aproximadamente

 

Acetona: clase 3

 

Butanol: Clase 3

 
 
                                                              Fuente: Respuesta N°13 de la Adenda Complementaria.
 
Las sustancias peligrosas se almacenarán en una bodega común, que cumplirá todas las medidas de seguridad necesarias.
Recursos naturales renovables
El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
Emisiones atmosféricas
De acuerdo a la estimación de emisiones del proyecto adjunta en el Anexo N° 5 de la Adenda Complementaria, las emisiones atmosféricas del proyecto son las siguientes:
Tabla 05: Emisiones Atmosféricas de la fase construcción (ton/año).
Emisiones
2016
2017
2018
Límite PPDA
NOx
0,25
0,76
0,91
8
CO
0,08
0,23
26,22
--
HC
0,02
0,05
2,03
--
MP10
1,08
3,25
0,54
2,5
MP2,5
0,12
0,36
0,06
--
Fuente: Tabla N°26 del Anexo N°8 del “Informe de Calidad de Aire”.
 
De acuerdo a lo informado por el titular en el punto 2.10 de la Adenda Complementaria, el Proyecto compensará sus emisiones de MP10 en el año 2017 correspondientes a 3,25 (ton/año), por lo que de acuerdo al D.S. N°66/2009 del MINSEGPRES, la compensación corresponde a 4,88 (ton/año).
En relación a lo anterior, la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana, mediante su Oficio Ordinario N° 787 de fecha 24/10/2016, indica lo siguiente:
“El titular deberá presentar ante esta Secretaría Regional Ministerial, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para el contaminante MP10, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en las cantidades que se presentan a continuación:
Año
Etapa
MP10
MP10
(Aumentado al 150%)
2017
Construcción
3,25
4,88
 
Se aclara al Titular que en el PCE a presentar deberá proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios:
a-- Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
b-- Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
c-- Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones.
d-- Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se iba a realizar de todas formas.
e-- Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
f-- Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente.
Lo anterior, se solicita en base a los valores presentados por el Titular en el punto “2.10 Resumen de Emisiones” de la página 17 del nuevo anexo de emisiones  en respuesta a  la Adenda 2.”
Además, el Titular señala que realizará humectación de los caminos 2 veces al día, por medio de camiones aljibe. El agua será abastecida de un arranque de agua potable en obra. La humectación se ajusta a 2 veces al día las cuales se realizarán a primera hora de la mañana (previo al inicio de faenas) y luego 4 horas después (considera una jornada laboral de 8 h). La superficie de caminos equivale a 1,500 m2 (Ancho de 6.0 m y largo de 250 m) y considerando una tasa de riego de 20 litros por m2 se obtiene que se requiere de 30 m3 de agua al día, lo que equivale a 2 viajes de un camión de 15 m3 (un viaje en la mañana y otro en la tarde).
Residuos líquidos industriales
De acuerdo a lo señalado en la respuesta 28 del ítem 1 de la Adenda, el lavado de ruedas y maquinarias se realizará fuera del recinto de las obras. Sin perjuicio de lo anterior, en la eventualidad que se realizara lavado de ruedas, las aguas de lavado, serán recuperadas y envasadas en tambores de 200 L para ser retiradas por un tercero autorizado para disponerlas en un sitio autorizado. Además, se mantendrá un registro de la disposición del residuo en la instalación de faena.
El proyecto contempla lavado de canoas de camiones. Para esta actividad el agua a utilizar fluctúa entre los 15 y 45 L por cada camión, con un total aproximado de 80 L diarios. La cantidad de residuos sólidos por cada camión mixer se estima en un valor aproximado de 5 kg/lavado. Los residuos líquidos serán acumulados en tambores de 200 L o en un estanque de PVC, para luego ser retirados por una empresa de transporte y disposición autorizada. El agua no evaporada y lodos de estos contendores se retirarán por una empresa autorizada para el retiro de estos elementos para disponerlas en sitio autorizado. Al respecto, se mantendrán en faenas los correspondientes registros de disposición final.
Ruido
La construcción del Proyecto tiene asociado la emisión de ruidos procedentes de las faenas realizadas con maquinaria pesada.
De acuerdo al Anexo N° 6 “Informe de Ruido” de la Adenda Complementaria, la estimación de ruido del proyecto es la siguiente:
Tabla 06: Evaluación de cumplimiento normativo con medidas de control
Punto de medición
Distancia al proyecto m
NPS [dBA]
NPS con medidas [dBA]
Límite normativo [dBA]
Cumple Norma
Excavación y movimientos de tierra
1
35
74.1
58.1
65
Si
2
90
65.6
49.8
65
Si
3
52
70.6
55.6
65
Si
4
36
73.9
57.1
65
Si
5
86
66.0
50.2
65
Si
6
Colindante 15 m
77.1
56.4
65
Si
Obra gruesa y terminaciones
1
35
75.7
57.2
65
Si
1 en altura
---
---
47.6
65
Si
2
90
66.3
48.6
65
Si
2 en altura
---
---
39.4
65
Si
3
52
71.8
54.5
65
Si
3 en altura
---
---
44.2
65
Si
4
36
75.4
56.1
65
Si
4 en altura
---
---
47.4
65
Si
5
86
66.7
49.0
65
Si
5 en altura
---
---
39.8
65
Si
6
Colindante 15 m
79.0
58.8
65
Si
6 en altura
---
77.5
50.5
65
Si
Pavimentación y urbanización
1
35
70.6
54.1
65
Si
2
90
62.0
45.7
65
Si
3
52
67.0
51.5
65
Si
4
36
70.3
53.0
65
Si
5
86
62.4
46.1
65
Si
6
Colindante 15 m
78.0
60.0
65
Si
Fuente: Elaboración propia a partir del Anexo N° 6 Informe de Ruido de la Adenda Complementaria.
En consecuencia, de acuerdo con las estimaciones sonoras realizadas hacia posición de receptores del proyecto, se da cumplimiento total al D.S.38/11 del MMA bajo la condición de utilizar medidas de control.
En relación a lo anterior, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante su Oficio Ordinario N° 6708 de fecha 19/10/2016, indica lo siguiente:
“Etapa de Construcción:
·       Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas.
·       Se deberá implementar una barrera acústica en todo el contorno perimetral de la obra, compuesta por paneles de madera OSB de 15mm. de espesor, con condiciones de densidad superficial igual o superior a 12.1 kg/m2. La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente hermética, para lograr lo anterior se deberá implementar un sistema de fijación a suelo y entre los diversos tramos de la barrera compuesta por junturas metálicas o equivalentes. La altura de la barrera deberá ser de 4 m y con borde recto. La ubicación de la barrera para las diferentes fases constructivas deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 8 “Barrera acústica ubicada en torno al área de proyecto en toda su extensión. (línea roja)” contenida en el Anexo 6 “Informe Ruido” de la Adenda Complementaria de la DIA.
·       Para el caso de faenas ruidosas en los frentes de trabajo en altura (construcción a partir del piso 3 de cada edificio), se deberán implementar barreras acústicas flexibles en altura, tal como se muestra en la figura 11 “barrera acústica flexible aplicada para construcción en altura en fase obra gruesa y terminaciones. Se observa la forma en que dispone y su montaje” del Anexo 6” Informe Ruido” de la Adenda Complementaria de la DIA.
·       Adicionalmente, se deberán cubrir los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), tal como se muestra en la figura 12 “Disposición de material en vanos (cierre de vanos  en altura)”, toda vez que exista  viento o condiciones que puedan hacer que la barrera flexible tienda a levantarse, lo cual debe evitarse adecuando un sistema de sujeción firme en el extremo tanto superior como inferior de la barrera.
·       Se deberá establecer una reducción de velocidad de circulación al interior de obra en caso de camiones en general menor a 20 Km/h.
·       Para el caso de maquinaria en general, ésta deberá mantenerse con motor apagado el máximo tiempo posible, especialmente en el caso de camiones tolva que sean cargados.
·       Se deberá realizar una planificación adecuada del uso de maquinaria en terreno: idealmente uso no simultáneo de maquinaria, según avance de obras.
·       Se deberán implementar barreras acústicas móviles o desplazables para frentes de faenas específicos y/o fuentes específicas, especialmente para fuentes sonoras fijas por ejemplo en grupos electrógenos.
Todas las Etapas:
·       Se deberán implementar las medidas de mitigación adicionales señaladas en el cuadro 23 “Medidas de mitigación adicionales a implementarse en el proyecto” del Anexo 6” Informe Ruido” de la Adenda Complementaria de la DIA.
·       Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o el que lo reemplace.”
Residuos sólidos domiciliarios y asimilables
Residuos No Peligrosos
Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos domiciliarios y asimilables y residuos sólidos industriales no peligrosos:
 
Tabla 07: Generación de Residuos Sólidos No Peligroso en la Fase de Construcción
Actividad
Residuo
Tipo de Residuo
Cantidad
Almacenamiento
Frecuencia de retiro
Condiciones de la zona de acopio
Forma de disposición final
 Despeje del terreno
 Basuras y escombros acumulados sobre el terreno
 Residuos sólidos inertes, no peligrosos
 1.900 m3/día
 No se realiza almacenamiento en obra, el material es directamente cargado sobre camiones y transportado a sitio de disposición final
 Diario
 No hay acopio
 sitio autorizado por Seremi de Salud RM
Excavaciones para edificios y vialidad
Suelo, producto de excavaciones y escarpe
 Residuos sólidos inertes, no peligrosos
1.363 m3/día
No se realiza almacenamiento en obra, el material es directamente cargado sobre camiones y transportado a sitio de disposición final.
Si se requiriera eventualmente el acopio del material por más de 1 día, se dispondrá en un sector de la obra, en contenedor metálico de 10 m3 (ó 10 toneladas).
Diario
No hay acopio.
En caso de tener que realizar acopio de material, por más de 1 día, se dispondrá en un sector de la obra, en contenedor metálico de 10 m3 (ó 10 toneladas).
Sitio autorizado por Seremi de Salud RM
Actividades propias de esta etapa (excavaciones, construcciones, etc.)
Restos de comida, envases de bebidas, papel, cartón, vidrio, latas entre otros
Residuos domiciliarios No peligrosos.
0,8 m3/día
La basura asimilable a domiciliaria será depositada en contenedores adecuados para este tipo de residuos, tambores plásticos con tapa y de tamaño para manejo manual.
Cada 2 ó 3 días, según servicio municipal
Sector de acopio en el sitio del Proyecto.
Traslado a sitios autorizados por la Seremi de Salud RM en camiones habilitados para ello.
Construcción de las viviendas
Madera, fierros, plásticos, yeso, escombros
Residuo inerte, no peligrosos
8,92 m3/día
Almacenamiento temporal en obra, en contenedores metálicos de 10 m3 (ó 10 toneladas).
Semanalmente
Sector de acopio en el sitio del Proyecto.
Botadero autorizado por Seremi de Salud RM.
 
Material posible de reciclar, a empresas autorizadas
Fuente: Tabla 3 de la Adenda Complementaria
 
En relación al manejo y almacenamiento provisorio de los residuos sólidos en la fase de construcción, se desarrolla en el punto 3.4.1 de la DIA y en el ítem III de la Adenda.
Residuos peligrosos
Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos peligrosos:
 
Tabla 08: Generación de Residuos Peligrosos
Actividad
Residuo
Tipo de Residuo
Cantidad Ton/mes
Almacenamiento
Frecuencia de retiro
Condiciones de la zona de acopio
Forma de disposición final
Construcción de las viviendas
 
 
Envases de diversos productos
Residuos peligrosos
105 kg/mes
Almacenamiento temporal en obra, serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, por un periodo menor a 6 meses.
 
Semanalmente
Bodega de almacenamiento temporal de RESPEL.
Sitio autorizado por la Seremi de Salud RM de acuerdo a lo señalado en la página web www.asrm.cl
Fuente: Tabla 3 de la Adenda Complementaria
 
 
 En relación al manejo y almacenamiento provisorio de los residuos sólidos peligrosos en la fase de construcción, se desarrolla en el punto 3.4.2 de la DIA, ítem III de la Adenda e ítem III de la Adenda Complementaria.
 
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Edificios
El proyecto contempla departamentos del Tipo A, Tipo B (dúplex), Tipo C y Tipo D (dúplex), cuya descripción se detalla en el Anexo N° 3 Plano de Loteo DOM de la Adenda Complementaria.
Estacionamientos
222 estacionamientos vehiculares, de los cuales 12 corresponden a personas con capacidad reducida. Más detalles en Anexo N° 3 Plano de Loteo DOM de la Adenda Complementaria.
Áreas Verdes
El proyecto contempla la habilitación de 5 áreas verdes para el conjunto habitacional según se describe a continuación:
  • AV-1a con 895,42 m2
  • AV-1b con 170,93 m2
  • AV-2   con   797,55 m2.
  • AV-3   con   718,95 m2
  • Av-4    con   617,21 m2
Totalizando el proyecto 3.200,06 m2 de áreas verdes. Mayor detalles en Anexo N° 3 Plano de Loteo DOM de la Adenda Complementaria. Las especies a incorporar se definirán en conjunto con el Departamento de Áreas Verdes de la I. Municipalidad de La Pintana.
Sedes Sociales
El proyecto contempla la habilitación de 4 sedes sociales. En el Anexo N°3 de la Adenda Complementaria se presenta la ubicación y detalles de estas instalaciones.
Equipamiento
El proyecto considera zonas de cesión de equipamiento identificadas EQ de 1074,61 m2, más detalles en Anexo N° 3 Plano de Loteo DOM de la Adenda Complementaria.
Cesión Vial
El proyecto zonas de cesión vial, las que corresponden a 2 calles y 1 pasaje, totalizando un área de 5.172,97 m2. En el Anexo N°3 de la Adenda Complementaria se presenta mayor detalle de lo anterior.
Aguas lluvias
 El presente proyecto consulta evacuar las aguas lluvias del Loteo en forma gravitacional, interceptándolas a través de sumideros o descargas de aguas lluvias, para luego descargarlas a las zanjas dren, diseñadas especialmente para dichos efectos. En el Anexo N°6 se adjunta los proyectos de urbanización.
En relación a la mantención del sistema de evacuación de aguas lluvias el titular señala en la respuesta 7 del ítem I de la Adenda Complementaria:
a)     Dada la vida útil de las zanjas de infiltración y debido a la colmatación del sistema de bolones, para los proyectos privados que se concentren al interior de las copropiedades, en el Manual de Propietario y Reglamento de Copropiedad, se incluirá un plan de mantenimiento que asegure un adecuado funcionamiento hidráulico de las zanjas para toda la vida útil del proyecto habitacional (el cual se considera indefinido), y que consiste en lo siguiente:
 
                        i.         Preventivo cada año. Inspección de la superficie, cortar y cuidar el césped, remoción de basuras y sedimentos, limpieza de sumideros y sus cámaras. Con esto se disminuye la cantidad de material sólido que arrastren las aguas-lluvias hacia los drenes.
                       ii.         Mantenimiento cada 5 años. Descolmatación de la superficie, reemplazo del material que conforma la superficie y reemplazo del material del relleno interior, incluyendo el filtro de geotextil.
 
b)     En el caso del proyecto público las zanjas de infiltración mediante bolones desplazadores serán reemplazadas por zanjas de infiltración en base a Cubodrenes de polipropileno, de manera de aumentar significativamente la vida útil de la solución de aguas lluvias. Lo anterior, considerando que el sistema de Cubodren entrega un porcentaje de permeabilidad al interior de la zanja superior al 93%. Así, la capacidad de acumular sedimento al interior de los drenes aumenta significativamente.
c)     Se destaca a su vez que para el diseño de las zanjas de infiltración se han utilizado coeficientes de infiltración de 200 mm/hr, lo cual es considerablemente inferior a los obtenidos mediante los ensayos tipo Porchet desarrollados en el terreno, que alcanzan valores superiores a los 700 mm/hr. Es decir, los drenes diseñados están sobredimensionados en más de 3 veces.
 
Cabe señalar que el proyecto Aguas Lluvias fue aprobado pro SERVIU (Cámara de Inspección C.I. N° 5 según Proyecto de pavimentación y aguas lluvia conjunto habitacional Celestín Freinet código SERVIU N° 46776).
Mantenciones
La mantención y conservación de los departamentos corresponde a sus propietarios y a la administración de los edificios.
Agua potable y alcantarillado de aguas servidas
El agua potable y el alcantarillado de aguas servidas serán provistos por la empresa Aguas Andinas S.A. según consta en el Certificado de Factibilidad N°5004 de fecha 03 de julio de 2015 que se acompaña en Anexo 3 de la DIA.
Energía
La energía para el proyecto será provista por CGE Distribución S.A., según certificado de Factibilidad Eléctrica que se adjunta en Anexo 5 de la DIA.
Recursos naturales renovables
El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
Emisiones (ton/año)
De acuerdo a los niveles de emisiones atmosféricas generados en la fase de operación, se cumple con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). En el Anexo N°5 de la Adenda Complementaria se presenta el cálculo definitivo de las emisiones.
 
Tabla 09: Resumen de Emisiones fase de operación
 
Ton/Año
Emisión
CO
 HC
MP10
NOx
NH3
Total Fase Operación
31,42
2,43
0
0,94
0,04
D.S. 66/2009 Art. 98
2,5
8
Fuente: Tabla 26 del Anexo N°5 de la Adenda Complementaria
 
Residuos líquidos industriales
El Proyecto no genera residuos líquidos industriales durante la fase de operación.
Ruido
 
En esta fase del proyecto no se contempla la presencia de equipamiento adicional, tales como bombas de agua u otras, dado que los edificios de este proyecto cuentan en general con departamentos tipo dúplex, los cuales cuentan con baños y cocinas a lo más en el tercer piso, de manera que los departamentos se abastecerán de la red pública de agua. Además, durante esta fase las fuentes de ruido son las propias de un conjunto inmobiliario, que no supera los 45 dBA, cumpliendo con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA.
Residuos sólido domiciliario y asimilables
Durante la fase de operación se generarán los siguientes residuos sólidos:
 
Tabla 10: Generación de Residuos Sólidos en Fase de Operación
Fase Operación Sin Proyecto
Actividad
Residuo
Tipo de Residuo
Cantidad Ton/mes
Almacenamiento
Frecuencia de retiro
Condiciones de la zona de acopio
Forma de disposición final
Uso de las viviendas
Basura domiciliaria: Restos de comidas, envases de bebidas, papel, cartón, vidrio, latas entre otros
Residuos domiciliarios
18.816 lt/cada 3 día (frecuencia de retiro, servicio municipal)
Contenedores para basuras de acceso comunitario.
El retiro se realizará por el servicio de recolección de basura de la I. Municipalidadde La Pintana, se estima que la frecuencia de retiro será de tres (3) veces a la semana.
Corresponderán a la habilitación de áreas para la ubicación de los contenedores de basura, emplazadas dentro del condominio.
Servicio de recolección de basura de la I. Municipalidadde La Pintana,
Fuente: Tabla 3 de la Adenda Complementaria
 
En relación al manejo y almacenamiento provisorio de los residuos sólidos en la fase de construcción, se desarrolla en el punto 3.4.2 de la DIA y en el ítem III de la Adenda y la Adenda Complementaria.
 Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente
El Proyecto no contempla la utilización de productos químicos u otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
4.3.2. FASE DE CIERRE
El proyecto no contempla fase de cierre.

 
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Fecha estimada de inicio
21 noviembre de 2016
Parte, obra o acción que establece el inicio
Obras preliminares
Fecha estimada de término
Abril 2018
Parte, obra o acción que establece el término
 
Recepción final por parte de la DOM de la I. Municipalidad de La Pintana
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.
Fecha estimada de inicio
Abril 2018
Parte, obra o acción que establece el inicio
Entrega de viviendas
Fecha estimada de término
No aplica
Parte, obra o acción que establece el inicio
No aplica
 
4.5 MANO DE OBRA
Fases
Número máximo de personas
Número promedio de personas
Construcción
287
143
Operación
No se contempla mano de obra asociada a esta fase del proyecto.
 
5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.
Impacto ambiental.
Aumento de concentraciones de emisiones al aire y de ruido
Presencia de residuos sólidos en el lugar del emplazamiento
Parte, obra o acción que lo genera.
Fase de construcción: Preparación del terreno y construcción de obra gruesa.
Fase de Operación: Circulación de vehículos que entran y salen del proyecto
Fase en que se presenta.
Construcción y Operación
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Puntos 5.1, 5.2 y 6.1 del ICE.
De acuerdo a los niveles de emisiones atmosféricas generados en la fase de construcción el proyecto supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), para MP10 durante el año 2017 de la fase de construcción, por lo que deberá compensar sus emisiones en un 150%, esto se indica en el punto 2.10 del Anexo 5 de la Adenda Complementaria y en el Oficio Ordinario N° 787 de fecha 24/10/2016 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana.
Además, el Titular señala que realizará humectación de los caminos 2 veces al día, por medio de camiones aljibe. El agua será abastecida de un arranque de agua potable en obra. La humectación se ajusta a 2 veces al día las cuales se realizarán a primera hora de la mañana (previo al inicio de faenas) y luego 4 horas después (considera una jornada laboral de 8 h). La superficie de caminos equivale a 1,500 m2 (Ancho de 6.0 m y largo de 250 m) y considerando una tasa de riego de 20 litros por m2 se obtiene que se requiere de 30 m3 de agua al día, lo que equivale a 2 viajes de un camión de 15 m3 (un viaje en la mañana y otro en la tarde).
 
Durante la fase de operación se estima la generación de emisiones atmosféricas por el flujo vehicular. Los niveles de emisiones atmosféricas generados en esta fase, cumplen con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA). En el Anexo N°5 de la Adenda Complementaria se presenta el cálculo definitivo de las emisiones.
De acuerdo a los niveles de ruidos generados en las fases de construcción cumple con el límite máximo establecido por el D.S. 38/2011 del MMA, para el período diurno, aplicando las medidas de mitigación descritas en el Anexo N°6 de la Adenda Complementaria.
 
Durante la fase de construcción se utilizarán baños químicos hasta materializar las conexiones a los empalmes, esta situación no superará los 6 primeros meses de la obra. Además, en esta fase se generarán residuos líquidos por el lavado de canoas de los camiones mixer. Estos residuos, serán acumulados en tambores de 200 L o en un estanque de PVC, para luego ser retirados por una empresa de transporte y disposición autorizada. El agua no evaporada y lodos de estos contendores se retirarán por una empresa autorizada para el retiro de estos elementos para disponerlas en sitio autorizado. Al respecto, se mantendrán en faenas los correspondientes registros de disposición final.
 
Actualmente el terreno donde se emplazará el proyecto, se encuentra con una capa de relleno que tiene una profundidad entre 50 y 170 cm y un volumen de aproximadamente 56.691 m3 compuesta de diversos residuos cómo, escombros, basura, plásticos, entre otros. El Titular realizó, a dicho terreno, un análisis del suelo tomando muestras por debajo de la capa de relleno a una profundidad de 30 cm donde se encuentra el suelo natural. Se tomaron muestras en 7 sitios del predio, según muestra la figura 1 de la Adenda Complementaria (página 11). Los resultados de este estudio, se encuentran en el Anexo 16 de la DIA y fueron comparados con la norma Canadian Environmental Quality Guidelines para uso residencial, concluyendo que el suelo natural no presenta evidencias de contaminación antrópica debido a las actividades de relleno y botadero en la actualidad. Los parámetros que superan la norma Canadiense (As y Ph) tienen un origen geoquímico y pedogenético, ajenos al uso actual del sitio.
Sin perjuicio de lo anterior, el Titular indica que durante la fase de construcción retirará completamente la capa de relleno, la que se enviará a disposición final autorizada y además, volverá a realizar el análisis del suelo natural despejado, de acuerdo a la norma Canadian Environmental Quality Guidelines, comparando estos resultados con lo que establece la norma para lugares residenciales. En el caso, que los resultados sean negativos y dependiendo de las trazas encontradas, se procederá a realizar un saneamiento del terreno.
Adicionalmente a lo anterior, el Titular señala, que conjuntamente con el retiro de la capa de relleno, se efectuará un control de vectores por una empresa especializada; el traslado del material de relleno se realizará en camiones con cubierta de PVC y que estén en buen funcionamiento y buen estado de conservación, para el traslado de éstos a sitios autorizados, manteniendo registro (boleta de recibo del sitio autorizado).
 
Además, el Titular habilitará instalaciones adecuadas en las distintas fases del proyecto, para efectuar el almacenamiento transitorio de los demás residuos sólidos que se generen. Igualmente contratará con empresas especializadas y debidamente autorizadas para que efectúe el retiro, traslado y disposición final de estos.
 
 
Por todo lo anterior, el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos.
 
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.
Impacto ambiental.
Presencia de residuos sólidos en el lugar del emplazamiento
Parte, obra o acción que lo genera.
Preparación de terreno
Fase en que se presenta.
Construcción
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Punto 5.2 y 6.2 del ICE
El área de construcción del proyecto esta urbanizada e intervenida antrópicamente, con presencia de residuos sólidos de distintos tipos como basura doméstica, escombros, plásticos, muebles en desuso, neumáticos y otros, como se señaló en el estudio Caracterización Química del Suelo, adjunto en el Anexo 16 de la DIA.
En el lugar no se encuentra presencia de vegetación, ni flora ni fauna, cómo se señala en el Informe de Paisaje y Turismo adjunto en el Anexo 14 de la DIA.
 
De acuerdo a los análisis y estudios realizados de forma preliminar se indica que la duración de los efectos es de carácter temporal (durante la fase de construcción) y de efecto local limitado al área de intervención del proyecto.
 
Además, el Titular en el Anexo N°5 de la Adenda Complementaria, presenta el Estudio de Emisiones actualizado, donde indica que en la fase de construcción el proyecto supera el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), para MP10 durante el año 2017, por lo que deberá compensar sus emisiones en un 150%, esto se indica en el punto 2.10 del Anexo 5 de la Adenda Complementaria y en el Oficio Ordinario N° 787 de fecha 24/10/2016 de la Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente de la Región Metropolitana.
 
Respecto a los residuos sólidos generados, el Titular, habilitará las instalaciones adecuadas en las distintas fases del proyecto, para efectuar el almacenamiento transitorio de estos residuos, además de contratar a empresas especializadas y debidamente autorizadas para que efectúe el retiro, traslado y disposición final.
 
Durante la fase de construcción se realizará lavado de canoas de los camiones mixer. Los residuos líquidos serán acumulados en tambores de 200 L o en un estanque de PVC, para luego ser retirados por una empresa de transporte y disposición autorizada. El agua no evaporada y lodos de estos contendores se retirarán por una empresa autorizada para el retiro de estos elementos para disponerlas en sitio autorizado. Al respecto, se mantendrán en faenas los correspondientes registros de disposición final.
 
Durante la fase de construcción se utilizarán baños químicos hasta materializar las conexiones a los empalmes, esta situación no superará los 6 primeros meses de la obra.
 
El proyecto cuenta con factibilidad de Agua potable y Alcantarillado, mediante certificado 5004 de fecha 03 de julio de 2015, adjunto en el Anexo 3 de la DIA
 
El proyecto no generará niveles de ruido significativos en ninguna de sus fases que puedan afectar a los recursos naturales del entorno. El área de emplazamiento del proyecto se encuentra inserta en una zona donde no se hay evidencia de fauna nativa en algún estado de conservación que pudiera ver alterado su hábitat.
 
Por todo lo anterior, el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
 
 
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE.
Punto 6.3 del ICE
Según lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Durante el proceso de evaluación ambiental, se identificó la presencia de personas en situación de calle en el área del proyecto. Al revisar lo indicado en el artículo 7 del RSEIA en torno a la definición de comunidades y/o grupos humanos a saber, se descarta la presencia de tales debido a que el patrón de asentamiento de las personas en situación de calle no suele circunscribirse a un territorio específico, ya que presentan patrones de movilidad que implica la ocupación de varios espacios. Junto con ello, no se identificó la presencia de relaciones de índole colectiva que eventualmente pudiesen generar sentimientos de arraigo con el territorio. No obstante lo anterior, en el punto 9.8 de la presente Resolución  se estableció como condición al titular, contactarse con el Programa Noche Digna del Ministerio de Desarrollo Social de manera previa al inicio de la fase de construcción del proyecto, a fin de asegurar que al inicio de dicha fase no se encuentren personas en situación de calle al interior del área del proyecto.
De acuerdo a las características del sitio de emplazamiento, no existe recurso natural que genere sustento económico u otro uso tradicional como medicinal, espiritual o cultural, por tanto el proyecto no interviene los recursos naturales, su uso o acceso. El terreno actualmente se encuentra cubierto por una capa de relleno compuesta por diversos tipos de residuos sólidos, como escombros basura domiciliaria, plásticos, entre otros.
El proyecto habitacional, que se desea implementar junto al parque urbano Violeta Parra de la población Los Robles en La Pintana, no incurre en la generación de dificultades para permitir la libre circulación, conectividad o tiempos de desplazamientos de los habitantes del sector. La situación basal del área de influencia del proyecto, la cual corresponde a un sector residencial cercano a una vía como Avda. Santa Rosa, no presenta una situación basal de congestión vehicular. Es por ello, que tanto en la fase de construcción como de operación, no se presentarían efectos adversos significativos en esta materia.
La ejecución del proyecto en todas sus fases, con sus respectivas infraestructuras de pasajes y veredas, luminarias y demás servicios, sumado a ello, la construcción del parque vecinal ubicado a un costado del proyecto inmobiliario, permitirá aportar una mayor apropiación y desarrollo habitacional en el área, facilitar el acceso a los diferentes servicios y equipamientos que están en el entorno como el colegio Celestín Freinet, o la reutilización del espacio comunitario perdido como la sede vecinal.
Las obras que se realicen en la fase de construcción y de operación no interferirán a la realización de manifestación de tradiciones, de cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.
De acuerdo a lo señalo por el Titular en la DIA, en relación a la presencia de asociaciones o comunidades indígenas, en el  área del Proyecto no existe infraestructura y/o sitios de significancia cultural asociada a este tipo de organizaciones.
Por todo lo anterior, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
 
 
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Punto 6.4 del ICE.
El Proyecto se emplaza en la comuna de La Pintana, Región Metropolitana, dentro del límite urbano, en una zona urbana con alta intervención antrópica, que no tiene valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
En el entorno del Proyecto no existen recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental. En consecuencia, la materialización del Proyecto no afectará estos recursos.
 
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Punto 6.5 del ICE.
El Proyecto se emplaza en la comuna de La Pintana, Región Metropolitana, dentro del límite urbano, en una zona urbana con alta intervención antrópica, que no tiene valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
De acuerdo a lo señalado en el Anexo 14 de la DIA “Paisaje y Turismo”, para el área de influencia de Proyecto, se consideró la situación geográfica del sector, en conjunto con la accesibilidad visual y los atributos biofísicos, los que arrojaron que el área no presenta características relevantes que le otorguen valor al paisaje.
Con respecto al valor turístico del área, si bien SERNATUR identifica según las fichas de atractivos turísticos, dos (2) atractivos en la comuna de la Pintana, estos no tienen relación con el Proyecto, ubicándose uno a 4,4 Km y el otro a 1,9 Km.
 
El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.
 
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.
Punto 6.6 del ICE.
De acuerdo al Anexo 13 de la DIA “Arqueología”, en el área del proyecto no se encontraron elementos culturales (Arqueológicos-históricos) o paleontológicos.
El proyecto no afectará sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura de alguna comunidad, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.
La instalación de la totalidad de las obras que forman parte del proyecto se confeccionarán al interior del predio, cuya construcción no significará la intervención de áreas que formen parte del patrimonio cultural y arqueológico, áreas protegidas, áreas con valor paisajístico o turístico, o áreas cercanas a poblaciones.
El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
 
6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
 
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.
 
6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Construcción, Operación
Parte, obra o acción a que aplica.
Construcción: Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos domiciliarios y asimilables y no peligrosos, en fase de construcción.
Operación: Áreas para la ubicación de los contenedores de basura en cada uno de los condominios
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Los residuos no peligros generados tanto para la fase de construcción serán almacenados en un sitio para estos tipos de residuos. Posteriormente serán dispuestos en lugares autorizados por la autoridad sanitaria.
Los residuos de origen domiciliario en la fase de operación, serán almacenados en contenedores, los cuales estarán en áreas habilitadas para este uso, en cada condominio.
Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el punto 3.4.1 y 3.4.2 de la DIA y en el ítem III de la Adenda y Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente.
La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6708, de fecha 19/10/2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS y precisa que:
“Las áreas deberán estar protegidas de las condiciones climáticas y del ingreso de vectores de interés sanitario, su estructura interior deberá cumplir con la condición de ser lisa, contar con iluminación, pileta de desagüe, llave de jardín y manguera con pitón para el lavado del piso y los contenedores. El titular indica que la administración de cada condominio será responsable del traslado de los contenedores desde el interior del condominio hasta las áreas de recolección para su posterior retiro por la recolección municipal. Por lo tanto, será responsabilidad de cada administración hacerse cargo de sus residuos, manteniendo su buen manejo y será de exclusiva responsabilidad de los mismos evitar la descomposición, generación de malos olores y atracción de vectores de interés sanitario.”
Referencia al ICE para mayores detalles.
Punto 9.1.1 del ICE.
 
6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Construcción 
Parte, obra o acción a que aplica.
Bodega destinada para la acumulación temporal de residuos peligrosos
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.
Los residuos peligrosos que sean generados durante la fase de construcción del proyecto, serán acopiados temporalmente en una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos de 9 m2 de superficie. La bodega contará con todas las especificaciones técnicas del DS Nº 148/2003 del MINSAL para el almacenamiento seguro de los residuos acopiados.
El retiro de los residuos sólidos peligrosos, será realizado por empresas acreditadas por la Autoridad Sanitaria para el transporte y disposición final de los mismos, cuyo retiro se realizará con una frecuencia máxima semestral.
Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran enel punto 3.4.2 de la DIA, ítem III de la Adenda e ítem III de la Adenda Complementaria.
Pronunciamiento del órgano competente.
La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 6708, de fecha 19/10/2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Punto 9.1.2 del ICE.
 
 
7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D.S. Nº 144/1961 del Minsal. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica
Movimiento de tierra, transporte de materiales, insumos y residuos
Forma de cumplimiento.
Los movimientos de tierra, las actividades de carga, descarga y movimiento de camiones se realizarán tomando las medidas necesarias para captar y eliminar el polvo, evitando molestias a la comunidad.
·       Se humectarán, como mínimo dos veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna, cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Para este efecto, se implementará un camión aljibe previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 2 veces.
·       El transporte de materiales en la fase de construcción, se realizarán con carga cubierta y humedecida, con una lona sujeta a la carrocería.
·        Además, se mantendrá una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta.
·       Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
·       Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.
·       Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
·       Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.
·       Al interior de la obra, se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 20 km/hr.
·        No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.
 
Indicador que acredita su cumplimiento.
Número pasadas del camión aljibes al día, según el registro diario de los camiones.
Zona estabilizada y compactada.
Señalética que prohíba quema de maderas y basuras.
Forma de control y seguimiento
Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.
Fotografías de señalética de prohibición de quema y de límite de velocidad. Además, el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.1.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D.S. Nº 66/2009 Minsegpres. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción, operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Ejecución de las obras y transporte de materiales y residuos asociados al proyecto.
Flujo vehicular de las personas que vivan en los condominios
Forma de cumplimiento.
De acuerdo a las estimaciones realizadas y presentadas en el Anexo 5 “Calidad del Aiere” de la Adenda Complementaria, se determina que durante la construcción se sobrepasa el límite de emisiones establecidas por el DS 66 de 2009 para MP10, en el segundo año de construcción, por lo tanto, el Titular deberá:
·       Presentar ante la SEREMI MA RM, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para MP10, en un plazo no superior a 60 días para una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), considerando un aumento del 150% en las emisiones según lo establecido en el artículo 98 del PPDA, según se indica en Oficio Ordinario N° 787 de fecha 24/10/2016 de la SEREMI MA RM.
Además, el titular indica que realizará las siguientes medidas de control:
 
·       Se humectarán, como mínimo dos veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna, cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Para este efecto, se implementará un camión aljibe previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 2 veces.
·       El transporte de materiales en la fase de construcción, se realizarán con carga cubierta y humedecida, con una lona sujeta a la carrocería.
·        Además, se mantendrá una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta.
·       Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
·       Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.
·       Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
·       Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.
·       Al interior de la obra, se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 20 km/hr.
·        No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.
·       Humectación de los caminos 2 veces al día, por medio de camiones aljibe. El agua será abastecida de un arranque de agua potable en obra. La humectación se ajusta a 2 veces al día las cuales se realizarán a primera hora de la mañana (previo al inicio de faenas) y luego 4 horas después (considera una jornada laboral de 8 h). La superficie de caminos equivale a 1,500 m2 (Ancho de 6.0 m y largo de 250 m) y considerando una tasa de riego de 20 litros por m2 se obtiene que se requiere de 30 m3 de agua al día, lo que equivale a 2 viajes de un camión de 15 m3 (un viaje en la mañana y otro en la tarde).
 
Durante la fase de operación, el proyecto cumple con los límites establecidos en el D.S. 66/2009 del MINSEGPRES, como se indica en el Anexo 5 de la Adenda Complementaria.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Presentación y ejecución del PCE.
Número pasadas del camión aljibes al día, según el registro diario de los camiones.
Zona estabilizada y compactada.
Señalética que prohíba quema de maderas y basuras.
Forma de control y seguimiento
Presentación y ejecución del PCE.
Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.
Fotografías de señalética de prohibición de quema y de límite de velocidad. Además, el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.2.

 
7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D.S. Nº 75/1987 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte de materiales y residuos en la fase de construcción.
Forma de cumplimiento.
El transporte de materiales que producen polvo (tales como escombros, excedentes de tierra, etc.), se efectuará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de materiales.
Indicador que acredita su cumplimiento
Cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
Fotografías
Forma de control y seguimiento
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.3.
 

7.4 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D.S. 18/01 del MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte de materiales y residuos
 
Forma de cumplimiento.
El Titular dará cumplimiento haciendo exigible esta norma en todos los subcontratos de transporte de materiales y otros que suscriba durante el desarrollo de la obra.
Se respetarán los horarios de restricción establecidos en la presente norma, para el tránsito de los camiones afectos según sus propias características.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Cláusula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
Forma de control y seguimiento
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.4.

 

7.5  COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D.S. 55/94 del MINTRATEL. Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que Indica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades de transporte.
Forma de cumplimiento.
Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, serán las establecidas en esta normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Revisiones técnicas al día
Forma de control y seguimiento
Se dejará registro del número de patente de todos los camiones que ingresen a la obra y se les exigirá el cumplimiento de la revisión técnica al día, según corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.5.

 

7.6 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D. S. Nº 54/94 del MINTRATEL. Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados medianos que Indica
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Actividades de transporte.
Forma de cumplimiento.
Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en todas las etapas de la actividad, serán las establecidas en esta normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Revisiones técnicas al día, de los vehículos motorizados medianos que sean utilizados en la fase de construcción.
Forma de control y seguimiento
Se dejará registro del número de patente de todos los vehículos medianos que ingresen a la obra y se les exigirá el cumplimiento de la revisión técnica al día, según corresponda.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.6.

 

7.7 COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.
NORMA
D. S. Nº 47/92 del MINVU. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Ejecución de obras y transporte de materiales y residuos asociados al proyecto.
Forma de cumplimiento.
·       Se humectarán, como mínimo dos veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna, cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Para este efecto, se implementará un camión aljibe previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 2 veces.
·       El transporte de materiales en la fase de construcción, se realizarán con carga cubierta y humedecida, con una lona sujeta a la carrocería.
·        Además, se mantendrá una distancia mínima de 10 cm. entre la superficie de la carga y la cubierta.
·       Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
·       Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo raschel, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.
·       Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.
·       Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.
·       Al interior de la obra, se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 20 km/hr.
·        No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.
 
Indicador que acredita su cumplimiento.
Número pasadas del camión aljibes al día, según el registro diario de los camiones.
Zona estabilizada y compactada.
Señalética que prohíba quema de maderas y basuras.
Forma de control y seguimiento
Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.
Fotografías de señalética de prohibición de quema y de límite de velocidad. Además, el registro del Inspector Técnico o Ambiental de la Obra, en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.7.

 
7.8. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.
NORMA
D.S. N° 38/2011 del MMA. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción, Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Fase Construcción: Movimientos de tierra, Uso de maquinarias, Excavaciones.
Fase Operación: flujo vehicular de vehículos
Forma de cumplimiento.
Construcción
De acuerdo con las estimaciones sonoras durante la fase de construcción, se dará cumplimiento total al D.S.38/11 del MMA bajo la condición de utilizar medidas de control y de “mitigación adicionales” descritas en el Anexo N°6 de la Adenda Complementaria.
Dentro de las principales medidas de control se tiene la utilización de barrera acústica en todo el contorno perimetral de la obra, compuesta por paneles de madera OSB de 15mm. de espesor, con condiciones de densidad superficial igual o superior a 12.1 kg/m2, de altura de 4 m y con borde recto, implementación de barreras acústicas flexibles en altura (construcción a partir del piso 3 de cada edificio), entre otras.
Operación
Durante esta fase las fuentes de ruido son las propias de un conjunto inmobiliario, que no supera los 45 dBA, cumpliendo con los límites establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA:
Indicador que acredita su cumplimiento.
Implementación de las medidas de control y “mitigación adicional”, en la fase de construcción, establecidas en el Anexo N°6 de la Adenda Complementaria.
Chequeo de Mantenciones y asistencia de los trabajadores a las capacitaciones semanales.
Forma de control y seguimiento
Registro de mantención de maquinaria.
Registro fotográfico que acredite la existencia de las medidas de control propuestas en el Anexo N°6 de la Adenda Complementaria.
Registro en obra con el nombre, Rut y firma de las personas que participen en cada capacitación.
Registro de la implementación de las medidas de “mitigaciones adicionales” para el control de ruido detalladas en el Anexo N°6 de la Adenda Complementaria.
Todos los registros estarán a disposición de la Autoridad, de ser requerido.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.8.
 
7.9. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
NORMA
D.S. 594/99 del Minsal. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Movimientos de tierra, uso de maquinarias, excavaciones
Forma de cumplimiento.
El titular y las empresas contratistas que participen en los trabajos entregarán a su personal las protecciones auditivas adecuadas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Fotografías de los trabajadores in situ con sus protecciones.
Forma de control y seguimiento
Informes del prevencionista de riesgos de la obra o de la institución de seguridad o mutualidad correspondiente.
Registro que dé cuenta de la entrega de protecciones adecuadas.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.9.
 
7.10. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
NORMA
Decreto Alcaldicio N°411. Ordenanza sobre prevención y control de ruidos molestos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
movimientos de tierra, uso de maquinarias, excavaciones
Forma de cumplimiento.
Presentación ante la DOM de La Pintana, antes del inicio de la obra, los horarios de funcionamiento de la obra; la lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas y; el nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra
Indicador que acredita su cumplimiento.
No aplica
Forma de control y seguimiento
Copia a la vista de la carta timbrada dirigida a la DOM dando cuenta de los horarios, lista de herramientas y equipos e información del constructor responsable
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.10.
 
7.11. COMPONENTE/MATERIA: Agua
NORMA
D.S. 50/02 del MOP. Aprueba el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y de Alcantarillado
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción, operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Fase de Construcción: Obras de construcción de red de agua potable y alcantarillado.
Fase de Operación: Provisión de servicio de agua potable y alcantarillado al conjunto habitacional.
Forma de cumplimiento.
Construcción:
Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente, en los distintos frentes de avance de las obras. En forma paralela se materializarán conexiones temporales, mediante empalmes al alcantarillado público que permitirán la instalación de baños químicos y duchas en la instalación de faena.
Operación:
El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas adjuntado en Anexo 3 de la DIA, otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Fase construcción: Mantener copia de factura u otro documento que acredite el medio de disposición de los residuos de los baños químicos.
 Fase Operación: Recepción Municipal otorgada por la DOM.
Forma de control y seguimiento
Registros y documentos indicados disponibles en instalación para su control y verificación.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.11.
 
7.12. COMPONENTE/MATERIA: Agua Servidas
NORMA
D.F.L. 725/68 del MINSAL. Código Sanitario
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción, operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Fase de Construcción: Obras de construcción de red de agua potable y alcantarillado.
Fase de Operación: Provisión de servicio de agua potable y alcantarillado al conjunto habitacional.
Forma de cumplimiento.
Construcción:
Se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente, en los distintos frentes de avance de las obras. En forma paralela se materializarán conexiones temporales, mediante empalmes al alcantarillado público que permitirán la instalación de baños químicos y duchas en la instalación de faena.
Operación:
El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas adjuntado en Anexo 3 de la DIA, otorgado por la empresa Aguas Andinas S.A.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Fase construcción: Mantener copia de factura u otro documento que acredite el medio de disposición de los residuos de los baños químicos.
 Fase Operación: Recepción Municipal otorgada por la DOM.
Forma de control y seguimiento
Registros y documentos indicados disponibles en instalación para su control y verificación.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.12.
 
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Agua lluvias
NORMA
Ley 19.525 Regula Sistemas de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias, y artículo 4.1.16 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Construcción de red de evacuación aguas lluvias
Forma de cumplimiento.
Las obras a ejecutar en el proyecto, deberán construirse ciñéndose a lo indicado en las Especificaciones Técnicas vigentes del SERVIU Metropolitano.
La red diseñada se ajusta a la configuración topográfica del terreno, la memoria de cálculo, así como los planos del Proyecto de Aguas lluvias que contempla informe favorable de SERVIU RM, se adjunta en el Anexo 6 y 4 de la DIA y Adenda, respectivamente.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Ejecución de las obras conforma a la norma y Recepción Municipal otorgada por la DOM respectiva
Forma de control y seguimiento
Registro de Ejecución del programa de mantenciones.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.13.
 
7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos
NORMA
D.S. 594/99 del MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción, Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Bodegas y sitios de almacenamiento transitorios
Forma de cumplimiento.
Durante la Fase de Construcción:
a. Residuos Sólidos asimilables a domiciliarios, serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores de 360L con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días. Serán retirados por los camiones de recolección de basura municipal y derivados a un lugar de disposición final autorizado.
b. Excedentes de tierra, serán retirados diariamente. Si se requiriera eventualmente el acopio del material por más de 1 día, se dispondrá en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y realizando su humectación en caso de ser necesario. Se transportarán mediante camiones que contarán con lonas, u otros sistemas que impidan la dispersión del material al aire y serán finalmente dispuestos en el sitio de disposición final autorizados.
c. Escombros, serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con malla raschel o con tapa, debidamente identificados, por un periodo de tiempo máximo de 1 semana. Serán transportados mediante camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Éstos, serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final.
d. Residuos reutilizables, como fierros, maderas, papeles, cartones, entre otros, serán almacenados temporalmente en obra, en contenedores metálicos de 10 m3 (ó 10 toneladas), con tapa identificados para cada residuo, los que se apoyan directamente contra el suelo, dispuestos al interior de una zona especialmente habilitada para este fin, posteriormente serán retirado poruna empresa autorizada. El transporte se llevará a cabo en camiones, que en caso de ser necesario contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Finalmente, estos residuos serán derivados a un lugar autorizado para su reciclaje o reutilización.
e. Residuos Peligrosos, serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL, por un periodo menor a 6 meses. El transporte de éstos será llevado a cabo por empresas externas autorizadas y derivados finalmente, a un lugar de disposición final autorizado.
 
Durante la Fase de Operación:
En esta fase sólo se contempla la generación de residuos sólidos domiciliarios. En cada condominio se habilitarán áreas para la ubicación de los contenedores de basura, emplazadas dentro del condominio según se indica en plano de planta correspondiente, al que accederán los usuarios por las circulaciones del condominio. Esta área quedará contigua a la línea de cierro del condominio, de modo que el traslado de los contenedores hacia la vía pública y los camiones recolectores sea mínimo. Se emplearán contenedores de 360 litros de capacidad y 160 kg de carga máx. en las cantidades antes señaladas, fabricados en HDPE, con tapa y 2 ruedas para su fácil desplazamiento. Dentro de cada condominio los contenedores serán de diferentes colores, de preferencia con símbolo de reciclaje, para la separación de los residuos domésticos según su tipo para su reciclaje. En los contenedores de basura se mantendrán acopiados sólo residuos domiciliarios: restos orgánicos, cartones, botellas, papeles, entre otros, los cuales se mantendrán hasta el retiro por el servicio de recolección de basura de la I. Municipalidad de La Pintana. No se acopiarán, de ninguna forma, residuos peligrosos ni escombros.
Se solicita en el PAS 140 para la acumulación transitoria de residuos no peligrosos durante la construcción del proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.
Se implementará un registro en obra, a través del cual se acredite la disposición final de escombros generados durante la fase de construcción del proyecto, en destinatarios autorizados por la Seremi de Salud RM.
Una vez concluida la Fase de Construcción, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente RM, un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros.
Se tendrá en obra un registro de los talleres autorizados de donde se realizarán las mantenciones de las maquinarias o vehículos utilizados, indicando el tipo de vehículo y función, esto para cada etapa del proyecto (a fin de acreditar que no se generarán residuos peligrosos por mantenciones en obra).
Forma de control y seguimiento
Informe a la SMA que certifique la disposición de los escombros.
Registros indicados disponible en instalación para su control y verificación.
El registro del inspector técnico o ambiental de la obra,
Registro de aprobación del PAS 140 en obra.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.14.
 
7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos peligrosos
NORMA
D.S. 148/03 del MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos peligrosos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos
Forma de cumplimiento.
Los residuos peligrosos se almacenarán al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL. El transporte se llevará a cabo por empresas externas autorizadas, y derivados a un lugar de disposición final autorizado. Se solicita PAS 142.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Se mantendrá en obra un registro del retiro y disposición final de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.
Forma de control y seguimiento
Registro indicado disponible en instalación para su control y verificación.
El registro del inspector técnico o ambiental de la obra, y el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del RSEIA
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.15.
 
7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos
NORMA
Decreto Exento N°409. Ordenanza de Aseo de la comuna de La Pintana
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción, Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte y disposición de residuos
Forma de cumplimiento.
Durante la Fase de Construcción:
Se transportará materiales utilizando vehículos con su carga cubierta, evitando la dispersión de su contenido y, en caso que parte de ellos caigan al pavimento, se procederá a barrer y retirar los residuos caídos.
La disposición final de los residuos se realizará en lugares autorizados.
Durante la Fase de Operación:
Esta fase sólo se contempla la generación de residuos sólidos domiciliarios. En cada condominio se habilitarán áreas para la ubicación de los contenedores de basura, emplazadas dentro del condominio según se indica en plano de planta correspondiente, al que accederán los usuarios por las circulaciones del condominio. Esta área quedará contigua a la línea de cierro del condominio, se modo que el traslado de los contenedores hacia la vía pública y los camiones recolectores sea mínimo. La responsabilidad del traslado de los contenedores desde el interior del condominio al área de carguío y su devolución al interior, será de la administración de cada condominio. El traslado de los receptáculos a la calle se hará inmediatamente antes de su vaciado en los vehículos recolectores. Terminado el proceso, los contenedores se devolverán al interior del condominio.
Los residuos se dispondrán en un lugar autorizado.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Construcción: Fotografías del almacenamiento y transporte de los residuos.
Registro de la disposición final de los residuos, en obra.
Operación: Reglamento Interno de los edificios el cumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza de Aseo en comentario.
Forma de control y seguimiento
Construcción: Registro del encargado ambiental de la obra en el libro de obras.
Operación: Reglamento Internos de los edificios.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.16.
 
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Áreas Verdes
NORMA
Ordenanza de Ornato de fecha 14/03/1989 de la I. Municipalidad de la Pintana.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción y Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.
Áreas Verdes
Forma de cumplimiento.
Los propietarios de los edificios y construcciones nuevas en general, como asimismo las empresas constructoras y contratistas tendrán la obligación de arborizar las áreas verdes y calles que enfrenten dichas edificaciones en el plazo máximo en que está fijada la obra. En el caso de villas, poblaciones y otra alternativa poblacional, la arborización comprometerá a toda área verde, calle, pasaje u otra alternativa vial que el proyecto considere. Las obras respectivas podrán ejecutarse directamente por el interesado, de acuerdo al proyecto que aprobará la I. Municipalidad a través de la Dirección de Aseo y Ornato y bajo la dirección técnica de ésta.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Fotografías
Forma de control y seguimiento
Construcción: Registro del encargado ambiental de la obra en el libro de obras.
Operación: Reglamento Interno del conjunto habitacional para el cumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza de Ornato en comentario.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.17.
 
8.18. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas
NORMA
D.S.78/09 del MINSAL. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas y sus modificaciones
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Almacenamiento temporal de sustancias peligrosas
Forma de cumplimiento.
 
Los envases de sustancias químicas sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en caso de no ser residuos peligrosos, en cumplimiento al Párrafo II del decreto en análisis.
 
·       Al interior de la bodega no podrán realizarse mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en producción dentro del terreno del Proyecto.
·       La bodega deberá ser cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Adicionalmente, estas bodegas deberán tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.
·       La bodega deberá mantener una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de adosamiento.
·       La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente, señalizada y demarcada, adicionalmente, deberá contar con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N° 2190 del 2003: Transporte de sustancias peligrosas - Distintivos para identificación de riesgos (NCh 2190 Of2003) o la que la sustituya. Se deberá mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas.
·       Se prohibirá fumar al interior de la bodega, mediante letreros que indiquen “No fumar” en el acceso principal de la bodega y en el interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles.
·       En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos fiscalizadores y bomberos. Dicho registro contendrá como mínimo la siguiente información:
-        Nombre comercial y nombre químico de cada sustancia contenida en ella.
-        Nº NU.
-        Clase y división de peligrosidad de cada sustancia de acuerdo a la NCh 382. Of2004 o la que la sustituya.
-        Croquis con la ubicación (zona) de las sustancias al interior de la bodega.
-        Promedio trimestral de las cantidades por clase de sustancias almacenadas, según la Nch 382. Of2004 o la que la reemplace. Adicionalmente, deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2015: Sustancias químicas - Hojas de datos de seguridad – Requisitos (NCh 2245. Of2015) o la que la sustituya.
-        La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, estará de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de obras y registro fotográfico.
Forma de control y seguimiento
No Aplica
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.18.
 
 
7.19. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad adyacente
NORMA
D.S. N°200/93 del MOP. Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte de materiales y residuos
Forma de cumplimiento.
Se hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba el titular durante el desarrollo de la obra, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por caminos públicos.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Clausula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
Forma de control y seguimiento
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.19.
 
 
7.20. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente
NORMA
D.S. N° 850/97 del MOP. Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte de materiales y residuos
Forma de cumplimiento.
El titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando el peso máximo de los vehículos establecido para circular en caminos públicos. Por otra parte, también se dará cumplimiento al presente decreto comprometiéndose a solicitar autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Clausula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
Forma de control y seguimiento
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.20.
 
 
7.21. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte
NORMA
D.S. Nº 158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte de materiales y residuos
Forma de cumplimiento.
Se hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba el titular durante el desarrollo de la obra, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por caminos públicos.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Clausula esencial incorporada a los contratos de transportes respectivos, que contengan el cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.
Forma de control y seguimiento
Registro del inspector técnico o ambiental de la obra en el Libro de Obras.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.21.
 
7.22. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Arqueológico.
NORMA
Ley Nº 17.288/1970 del Mineduc. Ley de Monumentos Nacionales.
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Construcción.
Parte, obra o acción a la que aplica.
Movimiento de tierra, excavaciones
Forma de cumplimiento.
Se realizó una prospección superficial y un análisis bibliográfico de la zona, en el cual se concluyó que no existen bienes patrimoniales ni arqueológicos en el Área de Influencia del proyecto (Anexo N°13 “Arqueología” de la DIA).
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, procediendo según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro del informe al CMN en caso de hallazgo
Forma de control y seguimiento
Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registro fotográfico e informar al CMN.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.22.
 
7.23. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y residuos.
NORMA
D.S. N° 1/2013 MMA. Reglamento del Registro de Emisiones y transferencias de contaminantes (RETC).
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Todas las partes, obras o acciones del proyecto.
Forma de cumplimiento.
El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos, cumpliendo a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento en comentario.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Comprobante de Declaración de Generación, por ventanilla única del RETC
Forma de control y seguimiento
Se archivarán las copias de los comprobantes de Declaración de Generación, por ventanilla única del RETC en una carpeta claramente identificada para ello y ubicada en la oficina de la administración de la obra.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.23
 
7.24. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento Territorial.
NORMA
D.F.L. 458/1976 del MINVU. Ley General de Urbanismo y Construcciones
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la recepción municipal del proyecto.
Forma de cumplimiento.
El titular contará con el Permiso de Edificación de la DOM de La Pintana, antes de dar inicio a la Fase de Construcción.
Los estacionamientos, serán construidos dando cumplimiento a la relación exigida tanto por el PRMS como al Plan Regulador Comunal de La Pintana.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Obtención de la recepción parcial o total de la obra, conforme el permiso de edificación otorgado y las inspecciones de la DOM de La Pintana.
Forma de control y seguimiento
Permiso de edificación y Recepción otorgados por la DOM de La Pintana.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.24
 
7.25. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y residuos.
NORMA
D.S. N°160/08 Ministerio Economía Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
 
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.
Transporte de materiales y residuos
Forma de cumplimiento.
El abastecimiento de combustibles, será contratado con empresas especializadas y autorizadas para este efecto, y será realizado en conformidad a las exigencias contenidas en la presente normativa.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Mantener una copia del contrato de abastecimiento de combustible de la empresa autorizada.
Forma de control y seguimiento
No aplica
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo VIII, punto 8.25
 
 
9°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:
 

9.1. Limpieza del Terreno
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:limpieza y saneamiento del área del proyecto
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Área del Proyecto  
Forma:
Previo al inicio de la construcción de las viviendas, el titular deberá realizar la limpieza y saneamiento del terreno, en el cual se deberá extraer la totalidad de los residuos insertos en éste a diferentes profundidades y enviarlos a un lugar de disposición final autorizado, dependiendo de su tipología. Una vez extraída toda la capa de rellenos artificiales y debido a la presencia de residuos producto de un vertedero ilegal y a la posibilidad de existencia de sustancias peligrosas, el titular deberá realizar una muestra representativa del suelo natural y analizar la muestra de acuerdo a la Canadian Environmental Quality Guidelines y comparar estos resultados con lo que establece la norma para lugares residenciales, el que deberá ser presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente. Si los resultados son negativos se procederá a un saneamiento del terreno dependiendo de las trazas encontradas.
La limpieza y saneamiento del terreno se realizará de la siguiente forma:
·       Se cerrará el sitio.
·       Los camiones que trasladarán el material, irán cubiertos.
·       Durante la operación se humedecer para evitar polvo.
·       El personal utilizará elementos de protección personal (EPP).
·       Se realizará un monitoreo de recorrido del camión.
·       Se mantendrán registros de despachos y recepción.
·       Se evitarán rutas y horas de mayor tráfico.
·       Existirá y se colocará en práctica, si fuere necesario, el plan de gestión de accidentes y emergencias.
·       Se llevará un control de la extracción de los residuos y escombros.
Oportunidad:
Previo al inicio de la construcción de las viviendas
Indicador que acredite su cumplimiento.
·       Se mantendrá en obra un registro acredite la disposición final de los residuos, en destinatarios autorizados por el organismo competente, conforme a su caracterización cualitativa de ellos.
·        Informe de análisis de las muestras de suelo natural enviado a la SMA.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.1.

 

9.2. Cierre de Pozos Negros
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:Cerrar los posibles pozos negros en el área del proyecto, por presencia de asentamiento informal
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Área del proyecto
Forma:
Si existieren pozos negros en el emplazamiento, estos serán cerrados durante la limpieza y saneamiento del terreno.
Oportunidad:
Durante la limpieza y saneamiento del terreno.
Indicador que acredite su cumplimiento.
Fotografías de pozos negros encontrados.
Registro del cierre de los pozos negros.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.2

 

9.3. Disposición de residuos
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:Realizar la disposición de los residuos sólidos adecuadamente
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Instalación de faenas
Forma:
·       Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud.
·       Los residuos sólidos inertes generados, deberán ser eliminados en actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros.
·       Los listados de destinatarios y transportistas de residuos peligrosos, no peligrosos y de las actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros, están disponibles en la página web www.asrm.cl.
·       Realizar lo dispuesto en la Resolución N°5081/93 Exsesma.
·       Contar con Autorización Sanitaria de disposición final de residuos, según D.S. N°594/1999 MINSAL
Oportunidad:
Durante la fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento.
Se mantendrá en obra un registro acredite la disposición final de los residuos, en destinatarios autorizados por el organismo competente, conforme a su caracterización cualitativa de ellos.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.3

 

9.4. Red de combate de Incendio
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:cumplir con la exigencia de red de combate de incendios, cuando no existe red húmeda
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Área del proyecto (Departamentos)
Forma:
Se instalará una llave metálica con hilo exterior en el lavadero de cada departamento.
Oportunidad:
Durante la fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registro de instalación de lleva en departamentos.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.4

 
 

9.5. Cierre divisorio
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
 
Objetivo
Objetivo:establecer la separación del proyecto con la venta de áridos que colinda con el proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: área del proyecto, colinde con la venta de áridos. 
Forma:
El cierro de deslinde entre el predio del Proyecto y las propiedades de terceros (incluyendo el sitio de venta de áridos) será levantado por la empresa constructora del Proyecto habitacional.
En el caso particular donde el proyecto colinda con la venta de áridos, el cierre definitivo será del tipo prefabricado de placas de hormigón de cemento vibrado de 1,80 m de altura, sin barda. Estos cierres están compuestos de pilares (postes) y placas prefabricados de hormigón vibrado. Los postes se instalan distanciados a 2,40 m máximo y son empotrados en poyos de hormigón pobre. Las placas se instalan entre los postes, afianzadas a éstos y entre sí con mortero.
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registro de implementación de cierre divisorio.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.5.

 

9.6. Áreas Verdes
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:establecer el origen de especies a plantar en las áreas verdes del proyecto
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Zonas de áreas verdes indicadas en el plano de Loteo, adjunto en el Anexo N°3 de la Adenda Complementaria.
Forma:
En este proyecto se considera la cesión de 3.200,06 m2 de áreas verdes como Bien Nacional de Utilidad Pública. Las especies a incorporar se definirán en conjunto con el Departamento de Áreas Verdes de la I. Municipalidad de La Pintana.
Oportunidad:
Durante la fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento.
·       Mantener registro de la definición de las especies a plantar en el proyecto.
·       Registro de la plantación de las especies.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.6.

 

9.7. Construcción
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:Implementar la Guía de Buenas Prácticas ambientales para la Construcción (2010).
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Área del proyecto
Forma:
Durante la fase de construcción, se implementará las buenas prácticas ambientales para la construcción, que se señalan en la citada guía.
Oportunidad:
Durante la fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento.
•           Mantener registro de la implementación de la citada guía.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.7.

 

9.8. Programa Noche Digna
Fase del proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo
Objetivo:Establecer un mecanismo para que las personas que en condición de calle que están en el terreno, no se encuentren al interior del área del proyecto cuando se inicien las obras en la fase de construcción.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: Área del proyecto
Forma:
El titular deberá contactarse con el Programa Noche Digna del Ministerio de Desarrollo Social, de forma tal que las personas en condición de calle que están en el terreno, no se encuentren al interior del área del proyecto cuando se inicien las obras en la fase de construcción
Oportunidad:
Previo al inicio de la fase de construcción
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registro que dé cuenta de la comunicación con el Programa Noche Digna del Ministerio de Desarrollo Social y que las personas en situación de calle no se encuentran al inicio de la obra.
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo X, punto 10.2.8.

 
 

9.9 Otras condiciones
Fase del proyecto a la que aplica.
Según sea aplicable
Consideraciones.
A.    La Dirección General de Aguas RM, mediante Oficio Ordinario N° 1342 de fecha 19 de octubre de 2016, condiciona el proyecto en lo siguiente:
 
1.     “Que, no hay intervención de Canal Derivado San Isidro y Colectores de Aguas Lluvias, con ocasión del proyecto, según declara el Titular en Adenda
2.     Que, en caso de realizar lavado de las ruedas, se considerará como alternativa la opción de retirar las aguas de lavado y los lodos generados, a través de un tercero y disponerlos en sitio autorizado, manteniendo un registro de disposición final en las instalaciones de faena, según declara el Titular en Adenda 1. 
3.     Que, los residuos líquidos del lavado de canoas de camiones mixer, serán acumulados en los tambores o en un estanque de PVC, para luego ser retirados por una empresa de transporte y disposición autorizada. El agua no evaporada y lodos de estos contendores, se retirarán por una empresa autorizada para el retiro de estos elementos para disponerlas en sitio autorizado. Al respecto, se mantendrán en faenas los correspondientes registros de disposición final, según compromete el Titular en Adenda Complementaria.
4.     Que, en el caso de presentarse evidencia de hidrocarburos en el proceso de saneamiento de suelos, se realizará el tratamiento de saneamiento ex situ desarrollado por empresas de servicio especialistas, según declara el Titular en Adenda Complementaria. Se precisa que el Titular en todo momento deberá evitar alumbramiento de aguas subterráneas, a fin de no ocasionar impactos en su nivel y calidad.
5.     Que, en relación con sistema de aguas lluvias, el Titular compromete en Adenda Complementaria que en el Manual de Propietario y Reglamento de Copropiedad se incluirá un plan de mantenimiento que asegure un adecuado funcionamiento hidráulico de las zanjas para toda la vida útil del proyecto habitacional (el cual se considera indefinido).
6.     Que, en atención al Estudio de Mecánica de Suelos y ante la potencial existencia de napas colgadas y posibles afloramientos de éstas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
 
a.     Detener las actividades en el frente de trabajo.
b.     Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.
c.     En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).
d.     Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.
e.     Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas. 
 
7.     Que, el Plan de Emergencia y Contingencia debe considerar que en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:
a.     Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
 
b.     Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
c.     Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.
d.     En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).
 
8.     Que, debido a que el área de proyecto se localiza en Acuífero Maipo, Sector Pirque, el cual corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de Aguas Subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N°252, de Octubre 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases del proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.
9.     Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.
10. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas
11. Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
12. Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.”
B.    La Secretaría Regional Ministerial de Salud, mediante Oficio Ordinario N°6708 de fecha 19 de octubre de 2016. Condiciona el proyecto en lo siguiente:
 
“Ruidos
 
Etapa Construcción:
 
1.     Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas.
2.     Se deberá implementar una barrera acústica en todo el contorno perimetral de la obra, compuesta por paneles de madera OSB de 15mm. de espesor, con condiciones de densidad superficial igual o superior a 12.1 kg/m2. La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente hermética, para lograr lo anterior se deberá implementar un sistema de fijación a suelo y entre los diversos tramos de la barrera compuesta por junturas metálicas o equivalentes. La altura de la barrera deberá ser de 4 m y con borde recto. La ubicación de la barrera para las diferentes fases constructivas deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 8 “Barrera acústica ubicada en torno al área de proyecto en toda su extensión. (línea roja)” contenida en el Anexo 6 “Informe Ruido” de la Adenda Complementaria de la DIA.
3.     Para el caso de faenas ruidosas en los frentes de trabajo en altura (construcción a partir del piso 3 de cada edificio), se deberán implementar barreras acústicas flexibles en altura, tal como se muestra en la figura 11 “barrera acústica flexible aplicada para construcción en altura en fase obra gruesa y terminaciones. Se observa la forma en que dispone y su montaje” del Anexo 6” Informe Ruido” de la Adenda Complementaria de la DIA.
4.     Adicionalmente, se deberán cubrir los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), tal como se muestra en la figura 12 “Disposición de material en vanos (cierre de vanos en altura)”, toda vez que exista viento o condiciones que puedan hacer que la barrera flexible tienda a levantarse, lo cual debe evitarse adecuando un sistema de sujeción firme en el extremo tanto superior como inferior de la barrera.
5.     Se deberá establecer una reducción de velocidad de circulación al interior de obra en caso de camiones en general menor a 20 Km/h.
6.     Para el caso de maquinaria en general, ésta deberá mantenerse con motor apagado el máximo tiempo posible, especialmente en el caso de camiones tolva que sean cargados.
7.     Se deberá realizar una planificación adecuada del uso de maquinaria en terreno: idealmente uso no simultáneo de maquinaria, según avance de obras.
8.     Se deberán implementar barreras acústicas móviles o desplazables para frentes de faenas específicos y/o fuentes específicas, especialmente para fuentes sonoras fijas por ejemplo en grupos electrógenos.
Todas las etapas
9.     Se deberán implementar las medidas de mitigación adicionales señaladas en el cuadro 23 “Medidas de mitigación adicionales a implementarse en el proyecto” del Anexo 6” Informe Ruido” de la Adenda Complementaria de la DIA.
10. Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o el que lo reemplace.”
 
C.    La Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, mediante Oficio Ordinario N°5361 de fecha 20 de octubre de 2015. Condiciona el proyecto en lo siguiente:
 
1.     “Que el titular considere en su proyecto, las normas técnicas incorporadas mediante modificación a la OGUC en su artículo 4.1.10 bis respecto de las materias de acondicionamiento térmico, ya que estas son normas de edificación y no normas urbanísticas como argumenta el interesado. Lo anterior, en consideración a que una Resolución de Aprobación de Anteproyecto solo resguarda normas urbanísticas; por tanto el proyecto queda condicionado a cumplir con las nuevas normas de acondicionamiento térmico que exige la OGUC.”
 
D.    La Secretaría Regional Ministerial de Medio Ambiente, mediante Oficio Ordinario N°787 de fecha 24 de octubre de 2016. Condiciona el proyecto en lo siguiente:
 
“El titular deberá presentar ante esta Secretaría Regional Ministerial, un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para el contaminante MP10, en un plazo no superior a 60 días una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), en las cantidades que se presentan a continuación:
Año
Etapa
MP10
MP10
(Aumentado al 150%)
2017
Construcción
3,25
4,88
 
Se aclara al Titular que en el PCE a presentar deberá proponer una vía de compensación que cumpla con los siguientes criterios:
a-- Comparable: Las emisiones a compensar deben ser comparables en cuanto a características de composición y granulometría.
b-- Real: Que implique una rebaja efectiva de emisiones.
c-- Cuantificable: Existencia de un método que permita medir dichas reducciones.
d-- Adicional: Que la medida propuesta por el titular no responda a otras obligaciones, o que no corresponda a una acción que se iba a realizar de todas formas.
e-- Permanente: Que la reducción permanezca por el periodo en que el proyecto esté obligado a reducir emisiones.
f-- Exigible: Los compromisos que adquiere el titular deben ser suscritos formalmente.
Lo anterior, se solicita en base a los valores presentados por el Titular en el punto “2.10 Resumen de Emisiones” de la página 17 del nuevo anexo de emisiones  en respuesta a  la Adenda 2.”
 
E.     El Gobierno Regional, mediante Oficio Ordinario N°1470 de fecha 25 de octubre de 2016. Condiciona el proyecto en lo siguiente:
 
1.     “La conformidad se da condicionada al aseguramiento de que las condiciones finales del terreno sean propicias para su habitabilidad, habiéndose descartado todo rastro de residuos provenientes de la capa de rellenos artificiales y escombros que existían originalmente en el lugar.”
 
F.     La Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones, mediante Oficio Ordinario N°8114 de fecha 26 de octubre de 2016. Condiciona el proyecto en lo siguiente:
 
1.     “El Titular se ha comprometido a ingresar un Análisis Vial Básico (AVB), de manera de evaluar los efectos en la seguridad vial que genera el proyecto.
2.     El Titular debe comprometerse a materializar todas las medidas de mitigación que resulten de la Evaluación del AVB, antes de la recepción final de las obras.
3.     En caso de obtener una RCA favorable, tanto el AVB como la DIA deben ser coincidentes en sus datos, es decir, deben corresponder al mismo proyecto.
4.     El Titular deberá mantener un registro de entrada y salida de camiones durante la fase de construcción.
5.     Cumplir el Decreto Supremo N°75 de 1987 Ministerio de Transporte que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
6.     Se deberá dar cumplimiento al Decreto N°18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.
7.     Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP.”
 
Referencia al ICE.
Capítulo X, punto 10.2.9.

 
10°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
 

10.1. Compromiso ambiental voluntario.
Fase del Proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo y descripción
Elaborar carteles informativos, los cuales se colocarán al ingreso de la obra, señalando:
·       Duración de las obras (en meses)
·       Horario de las obras (por ej.: de 8:00 a 21:00 horas)
·       Días de la semana en los cuales se trabajará (ej.: Lunes a Viernes)
·       Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas de control consideradas.
·       Nombre y teléfono o mail de contacto, para recoger reclamos o sugerencias de la comunidad de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias.
Lugar, forma y oportunidad de implementación.
Ingreso de la Obra del proyecto
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registro de difusión del Plan de Comunicación.
 
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo 10, punto 10.1.1.

 

10.2. Compromiso ambiental voluntario.
Fase del Proyecto a la que aplica.
Construcción
Objetivo y descripción
Realizar una reunión, antes del comienzo de faenas, con Bomberos para evaluar la accesibilidad de los carros de emergencia y su alcance a las edificaciones propuestas de tal manera que permitan cumplir con lo señalado en los Art. 4.3.11 y 5.2.10 OGUC.
Lugar, forma y oportunidad de implementación.
Lugar de reunión
Indicador que acredite su cumplimiento.
Registro de realización de la reunión
Referencia al ICE para mayores detalles.
Capítulo 10, punto 10.1.2.

 
 
11°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
 
11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
 
Situación de riesgo o contingencia
Sismo
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Todas
Acciones o medidas a implementarpara prevenir la contingencia
Se repararán deterioros de la infraestructura
  • Aseguraran objetos pesados que puedan caer desde altura
  • Anclar a los muros bibliotecas y muebles que puedan tumbarse
  • Determinar el lugar más seguro y adecuado para protegernos
  • Dirigirse a la zona de seguridad que corresponda
  • Al momento de estar sobre andamios o plataformas, moverse lo más seguro posible.
  • Asegurar que los cuerpos de andamios estén bien amarrados a la estructura Desconectar o apagar artefactos encendidos, eléctricos o de gas.
  • Permanezca bajo vigas, pilares muebles o lugares de seguridad preestablecidos
  • Manténgase apartado de ventanas o puertas de vidrios.
  • Ante el aviso de evacuación del recinto siga las instrucciones: salga con paso rápido, por las vías de evacuación señaladas (no corra) hasta la zona de seguridad preestablecidas, y anótese con el encargado del chequeo del personal.
  • Si ya está en el exterior aléjese de murallas altas, postes de alumbrado eléctrico y árboles altos.
  • Alejarse de los andamios, postes eléctricos, muros, etc.
  • Evitar los postes eléctricos y no tocar los cables si han caído, o las cosas que estén cerca de ellos; ni siquiera para tratar de retirarlos.
  • En la obra, manténgase lejos de cornisas, ventanales, letreros colgantes y similares.
Después del sismo.
*Evacuar a personas que tengan dificultad.
*Evacuar hacia zonas externas predeterminadas como seguras.
*No regrese hasta que se autorice.
*Verificar focos de incendios, escapes de gas o fallas eléctricas.
*Realice solo llamados de teléfono indispensables.
Forma de control y seguimiento
Registro de la Contingencia y de las acciones tomadas
Se dará aviso a I. Municipalidad de La Pintana, Dirección de Emergencia y a la Dirección de Protección Ciudadana.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 18 del ítem I de la Adenda Complementaria
 
 
Situación de emergencia
Derrame
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Obra gruesa y terminaciones.
Urbanización y equipamiento
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencioncita de Riesgo).
Seguidamente el encargado dispondrá: detener, contener, recuperar el derrame y almacenar en un contenedor para el tipo de residuos y almacenarlo en el recinto dispuesto para esos efectos, dejando constancia en la hoja de seguridad correspondiente. Estas hojas deberán estar siempre disponibles en el recinto, además de elementos para segregar el tipo de residuos.
Se delimitará el área afectada.
Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.
Si ocurriese el derrame en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirara el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.
En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.
El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.
Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.
Siempre debe haber en bodega implementos de seguridad para la contención de derrames de acuerdo a la sustancia almacenada (inerte químicamente), lo básico que debe estar presente es: guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección personal, además de los implementos necesarios para la contención como tal (pala, escoba, contenedor, arena, aserrín y/o carbón activado, etc.)
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
Se dará aviso a la autoridad competente frente a cualquier accidente. A su vez, se realizará Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la Superintendencia del Medio Ambiente y la SEREMI del Medio Ambiente. Además, deberá haber siempre en bodega elementos de seguridad para el tratamiento adecuado de estos eventos, como guantes, antiparras, mascarillas y overol o delantal para la protección del personal, además implementos para recogerlo y manejar los residuos y el material contaminado: pala, escoba, contenedor, arena y/o carbón activado.
Además, se dará aviso a I. Municipalidad de La Pintana, Dirección de Emergencia y a la Dirección de Protección Ciudadana.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 18 del ítem I de la Adenda Complementaria
 
 
Situación de emergencia
Incendio
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra.
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada.
El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos.
·       El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra.
·       Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión.
·       El personal de obra solo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos.
·       Importante: Cabe mencionar, que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
A través de reuniones de coordinación con Bomberos de Chile. Además, se dará aviso a I. Municipalidad de La Pintana, “Dirección de Emergencia y Dirección de Protección Ciudadana” y a la SMA.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 18 del ítem I de la Adenda Complementaria
 
Situación de emergencia
afloramiento de agua subterránea
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Al interior de la obra producto de las excavaciones
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Se capacitará al personal de la obra, para que actué de la siguiente forma frente a un posible afloramiento de agua subterránea.
En caso de afloramiento de aguas subterráneas, se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 horas. Se realizará un drenaje para deprimirlas a una cota más baja que el nivel de fundación, evitando en todo momento de no contaminarlas con agentes extraños, disponiendo de una lámina impermeable en el contorno de la fundación, ya libre del nivel de agua aflorante.
Las aguas se reincorporarán al medio, a través de zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:
·       Detener las actividades en el frente de trabajo.
·       Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.
·       En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).
·       Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.
Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.
Se dará aviso a I. Municipalidad de La Pintana, Dirección de Emergencia y a la Dirección de Protección Ciudadana.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 18 del ítem I de la Adenda Complementaria
 
Situación de emergencia
Accidente que afecte recursos hídricos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Parte, obra o acción asociada
Instalación de Faenas
Excavaciones y rellenos
Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia
Se dará aviso inmediato a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana y se realizará informe preliminar el que incluirá:
·       Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.
·       Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.
·       Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia
En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (Solo en caso de accidentes).
Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos
En el caso de que se active este plan de emergencia, se informará inmediatamente mediante la página web de la SMA en el apartado de Seguimiento Ambiental RCA a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana.
Se dará aviso a I. Municipalidad de La Pintana, Dirección de Emergencia y a la Dirección de Protección Ciudadana.
Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada
Respuesta 18 del ítem I de la Adenda Complementaria
 
 
 
12. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.
 
13. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
 
14. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
 
15. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
 
16. Que, para que el Proyecto Conjunto Habitacional Celestin Freinet pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
 
17. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
 
18. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
 
19. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
 
20. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

 

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental “Conjunto Habitacional Celestin Freinet” de la empresa Constructora Concreta S.A.
 
2°. Certificar que el Proyecto “Conjunto Habitacional Celestin Freinet” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
 
3°. Certificar que el Proyecto “Conjunto Habitacional Celestin Freinet”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142.
 
4°. Certificar que el Proyecto “Conjunto Habitacional Celestin Freinet”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
 
5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.
 

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/JMM

Distribución:

  • Andres Alemparte Gueneau De Mussy
  • Intendente
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de La Pintana
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Conjunto Habitacional Celestin Freinet"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=a1/b4/60079b8fad1de88a6837375df1bdb01a0180


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