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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos"

Resolución Exenta Nº 135

Puerto Montt, 7 de Marzo de 2014



VISTOS:

1.-Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

2.-La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos", presentada por el Señor Fernando Arranz Ruiz, en representación de Dragados CVV Constructora S.A., con fecha 6 de Diciembre de 2013.

3.-Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº726 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 18/12/2013; Oficio Nº5911 DRMA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 18/12/2013; Oficio Nº4949 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/12/2013; Oficio Nº59_EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 28/12/2013; Oficio Nº1912 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 30/12/2013; Oficio Nº2276 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 31/12/2013; Oficio Nº002 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 02/01/2014; Oficio Nº001 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 02/01/2014; Oficio Nº001 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 02/01/2014; Oficio Nº008 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 03/01/2014; Oficio Nº005/14 sobre la DIA, por CONADI, Región de Los Lagos, con fecha 06/01/2014; Oficio Nº0122 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 27/01/2014; Oficio Nº21-EA/2014 (35) sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 07/02/2014;

4.-El Acta de la Sesión Nº1 de la Comisión de Evaluación de la  Región de Los Lagos, de fecha 27  de febrero de 2014

5.-Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos".

 

CONSIDERANDO:

1.-Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos".

2.-Que, el derecho de Dragados CVV Constructora S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.-Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos" consiste en:

3.1.-Antecedentes Generales

El proyecto consiste en la explotación de 288.000 m3 de áridos, para las obras asociadas al proyecto “Variante Carelmapu” que forma parte del contrato M.O.P denominado Concesión Ruta 5 tramo Puerto Montt-Pargua. Cabe mencionar que la superficie donde se enmarca el Empréstito, no ha sido intervenida previamente para estos fines. No se contempla la instalación y operación de planta seleccionadora ni de planta chancadora. En lo específico, el proyecto considera una superficie de intervención acotada a un área de 2 hectáreas de un total de 10 que cuenta el predio.

Durante la etapa de operación, el material extraído será utilizado en las obras asociadas al proyecto “Variante Carelmapu” que forma parte del contrato M.O.P denominado Concesión Ruta 5 tramo Puerto Montt-Pargua el que se encuentra a 2.550 metros del área del empréstito, no necesitando este de la construcción de caminos, utilizando la misma ruta mencionada en la etapa de habilitación

Respecto a las coordenadas de ubicación del predio se tiene lo siguientes vértices:

Coordenadas UTM Este (m)  UTM Norte (m) (Datum WGS84)

 

V1  622.100    5.374.494

V2  622.201    5.374.495

V3  622.207    5.374.338

V4  622.072    5.374.336

V5  622.074    5.374.453

3.1.2.-Definición de las partes, acciones y obras físicas asociadas al proyecto

3.1.2.1 Etapa de Construcción y/o Habilitación

En esta etapa se procederá a realizar la preparación de los terrenos necesarios para el área de extracción de áridos, la cual consiste en: delimitación del área de extracción, corta de árboles y de las áreas de tránsito internas para el movimiento de camiones presentes en el proyecto. Respecto de la Hidrología en el AID, no existen cursos de agua superficial.

La preparación del terreno implicará realizar las actividades que se describen a continuación:

3.1.2.1.1 Delimitación del Área de Extracción de Áridos

El procedimiento de trabajo del sitio de extracción de áridos considerará, primeramente, la demarcación del área de extracción, lo cual se realizará mediante la instalación de estacas de madera distribuidas a lo largo del perímetro. En el Anexo 2.1. de la DIA Plano Planta se muestra el área en el cual se realizará la extracción de áridos.

3.1.2.1.2 Corta de árboles

Una vez delimitada el área del empréstito, mediante la instalación de estacas de madera distribuidas a lo largo del perímetro, se utilizará como método de corta la tala rasa de los árboles y arbustos, los cuales serán desramados y trozados para ser posteriormente acopiados en el predio del propietario para el uso que éste estime conveniente. La corta se realizará en los meses estivales, una vez terminada la época de nidificación de aves. Según los antecedes presentados se requiere de la corta de 1,2 hectáreas para lo cual se contará con la autorización respectiva (ver capítulo de permisos ambientales)

3.1.2.1.3 Construcción de taludes y retiro de escarpes

Se realizará el retiro del material de escarpe, el cual será acopiado alrededor de las zonas de explotación, sirviendo durante la etapa de ejecución del proyecto como barrera visual y mitigación el impacto acústico. Dicho material será utilizado en la etapa de abandono de la instalación, el cual servirá para la construcción de los taludes, dando cumplimiento al Manual de Carreteras, específicamente al acápite 9.702.303(6) del Volumen N° 9.

3.1.2.2 Etapa de Operación (Explotación)

Esta fase del proyecto contemplará las actividades de extracción de áridos. A continuación se señalan las actividades a desarrollare en la presente etapa:

3.1.2.2.1 Extracción de Áridos

El sector de extracción de áridos posee una superficie de 2 ha y un volumen útil de extracción de

288.000 m3. Se considera realizará una extracción máxima de 100.000 m3 mensuales con un flujo máximo de 46 vueltas por cada camión (10) por día (considerando ida y vuelta). Dicho volumen corresponderá al peak de extracción y dependerá de las condiciones climáticas y el avance de la obra. Se elaborará un registro periódico, en el cual se evidenciará el volumen de material que se extraiga del sitio.

El método de extracción a utilizar consistirá en el uso de terrazas las cuales se construirán a medida que se avanza con la extracción de material. En el anexo 2.6 se presenta gráficamente la secuencia de las terrazas a utilizar.

3.1.2.2.2 Procesamiento de áridos

No existirá procesamiento de áridos en el área del empréstito.

3.1.2.3 Etapa de Cierre y abandono

Esta etapa, consiste en términos generales en el retiro de toda la implementación usada en la operación del proyecto.

Al terreno explotado se le dará una pendiente de 0 a 15 %, tal como se muestra en Anexo 2.2.

Perfil Transversal Empréstito, similar a la existente en el relieve aledaño de manera tal que el impacto paisajístico se reduzca considerablemente y que se asegure la estabilidad del terreno.

El material de escarpe que ha sido extraído a consecuencia de la obra, será depositado sobre el área de extracción en un espesor de 30 cm, con el fin de facilitar el desarrollo de una cobertura vegetal incipiente.

Se contempla presentar un plan de cierre y abandono una vez finalizada la etapa de extracción.

Este plan tendrá presente los requisitos mencionados a continuación:

-Colocación y mantención de cierros hasta de 5 años desde el término de la explotación de empréstito.

Nivelación y/o recomposición topográfica del área que se intervino ubicada alrededor del pozo (perímetro).

-Emparejamiento del área que se intervino ubicada alrededor del pozo (perímetro).

-Recuperación de la vegetación; durante la etapa de cierre, será extendido material de escarpe sobre el relleno de la excavación procediendo a revolver y escarificar este material vegetal, favoreciendo la oxigenación de este sustrato. Con esta medida estimamos que se asegura la adecuada revegetación del área, hasta verificar que lo anteriormente expuesto ocurra. En caso contrario, se propondrá una medida alternativa para lograr la recuperación de la vegetación removida y dar cumplimiento a esta exigencia medioambiental.

-Para salvaguardar la capacidad del suelo de permitir asociaciones vegetales en el tiempo, recuperando el paisaje del entorno, se aplicará material de recubrimiento, tanto en el pozo de extracción de áridos como en las áreas de acceso a ellos. Previo al recubrimiento se deberá realizar una labor de escarificado.

-Asegurar el correcto drenaje del área.

-En caso de evidenciarse hundimientos, se rellenarán sectores que se depriman.

 Requerimientos de agua potable y disposición de aguas servidas

El proyecto contará en todas sus etapas con agua potable para consumo humano, suministrada mediante dispensadores, los cuales serán proporcionados por una empresa que cuente con las autorizaciones respectivas. Se contempla además, la implementación de baños químicos. La cantidad de baños químicos requeridos, cumplirá con lo establecido en el D.S. N°594/99 del MINSAL. La implementación, operación y mantenimiento de los baños será encargado a un contratista que cuente con las autorizaciones vigentes.

Respecto a las instalaciones sanitarias, vale decir; comedor, duchas, casilleros, se encontrarán en  la instalación de faenas de la obra, la cual se ubica en el km 1.050,62 de la Ruta 5. El traslado hacia y desde la instalación de faenas y el empréstito será realizado mediante buses de acercamiento proporcionados por Dragados CVV.  

            3.1.3 Otros antecedentes 

           En Adenda se expone que el proyecto contemple  facilidades viales asociadas al movimiento de camiones en el cruce de la              Ruta V-970, las cuales se presentan en el Anexo 3, Facilidades Viales Movimiento Camiones, de la mencionada Adenda.

3.2.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto

3.2.1 Emisiones a la atmósfera

En general, las emisiones a la atmósfera en este tipo de proyecto son las referidas a material particulado (PM10), las que se asocian principalmente con la circulación de camiones por el interior del predio, la operación de maquinaria, excavaciones, carga y descarga del material (ver Anexo 3.3 de la DIA– Cuantificación de Emisiones).

Otras emisiones son las del tipo fugitivas de material particulado y en menor medida emisiones de NOx, CO, COVs, como consecuencia del funcionamiento de los motores de camiones, maquinaria y vehículos menores.  

Considerando las características del proyecto y los resultados de la estimación de emisiones presentados anteriormente, se establecen las siguientes medidas a implementar con el objeto de prevenir y controlar la generación de emisiones a la atmósfera. 

 3.2.1.1 Operación de vehículos y maquinaria 

Las emisiones de gases se controlarán exigiendo al contratista el uso de maquinaria y vehículos pesados en buen estado y que tengan su revisión técnica al día.

El tránsito de vehículos y maquinaria se restringirá a una velocidad máxima de 30 km/h, minimizando de esta forma las emisiones de gases de combustión interna y también la emisión de material particulado.

2.1.2 Excavaciones y movimientos de tierra en general

Debido a la humedad natural del terreno, y al nivel de pluviosidad de la zona, se considera que no será necesario implementar medidas especiales para la realización de excavaciones, sin perjuicio que, en épocas sin lluvias, y si la condición lo amerita, se humectará el terreno, si fuese necesario.

Por otro lado, se considera la extracción de áridos, que se utilizarán específicamente para la construcción de terraplén.

Para el caso del material de cobertura removido, este será dispuesto alrededor de la zona de extracción de manera tal que permita minimizar eventuales efectos visuales y acústicos.

Posteriormente, acabada la vida útil del empréstito, este material acopiado será utilizado en la etapa de abandono. En tanto se encuentre acopiado este material en épocas sin lluvias, se considera humectar el material de escarpe, si ello fuese necesario.

3.2.1.3 Carguío de áridos en camiones

Los camiones serán cargados de manera ordenada. El operador de la maquinaría deberá minimizar la distancia entre la tolva y la caída del material. Así, serán llenados manteniendo una distancia mínima de 10 cm entre el borde superior de la tolva y la superficie de la carga. Los camiones luego del carguío serán cubiertos con una lona impermeable.

Se hace presente que, por la naturaleza del material y el lugar del que se obtiene, el contenido de humedad del mismo será superior al 30%, lo que limita la generación de material particulado, durante el carguío.  

             3.2.1.4 Transporte de material hacia el frente de trabajo 

Cuando los camiones transporten materiales, fuera del sitio de explotación, se mantendrá cubierta completamente la tolva del camión con una lona en buen estado (sin hoyos ni rajaduras) y fuertemente asegurada por todos los costados.

 

Se hace presente que, por la naturaleza del material y el lugar del que se obtiene, el contenido de humedad del mismo será superior al 30%, lo que limita la generación de material particulado, durante el transporte.

Debido al nivel de pluviosidad de la zona, y a que los caminos de acceso al predio son internos y de poca extensión, se considera que no será necesario implementar medidas especiales para humectar caminos, sin perjuicio que, en épocas sin lluvias, y si la condición lo amerita, se humectarán de ser necesario.

A partir de lo anterior es posible afirmar que las emisiones atmosféricas provocadas por el proyecto serán mínimas, debido a la condición natural del terreno, a los procedimientos de trabajo que serán desarrollados y a las medidas de control y mitigación que serán aplicadas.

3.2.2 Generación y manejo de Efluentes

El proyecto no contempla la generación de efluentes, salvo aquellos referidos a los baños químicos, los que en todo caso serán manejados y dispuestos por la empresa autorizada que preste el servicio.  

3.2.3 Generación y manejo de Residuos sólidos

Los residuos que generará el proyecto, en las etapas de construcción, operación y abandono, son detallados a continuación, así como su origen, manejo y disposición.

3.2.3.1 Residuos domiciliarios

Se estima una producción diaria máxima de 0,5 kg de residuos domésticos por trabajador. Debido a que se cuenta con 13 trabajadores se suma un total de 6,5 kg diarios de residuos en la faena.

Los residuos generados serán dispuestos en receptáculos apropiados, con tapas y en un sitio contemplado con demarcación perimetral. Éstos serán retirados una vez por semana por el camión recolector municipal, los cuales posteriormente, serán llevados para disposición final a un sitio autorizado.  

3.2.3.2 Residuos industriales

No se considera la generación de residuos industriales en la faena ya que las actividades que se realizarán no generan este tipo de residuos. Sin embargo, en caso que se generarán residuos industriales, éstos serán transportados a la Instalación de faenas de la obra, donde serán separados en aquellos reciclables o reutilizables y/o dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

3.2.3.3 Residuos peligrosos

No se contempla la generación de residuos peligrosos en el empréstito, ya que no se realizarán labores de mantención de maquinaria, solo se operará maquinaria para extracción y procesamiento de los áridos y habrá tránsito de camiones. En caso de generarse éstos serán inmediatamente retirados y almacenados en una bodega para tal efecto con su debido equipamiento y señalización, donde se clasificarán y almacenarán los residuos según su origen y peligrosidad en áreas debidamente señaladas, para que posteriormente y en un plazo no superior a 6 meses, ser transportados por medio de una empresa autorizada de la zona para su disposición final en sitio que cuente con Resolución Sanitaria. La bodega se encuentra en la instalación de faenas de la obra.

En resumen, no se considera la generación de volúmenes relevantes de residuos. Los residuos generados por el proyecto serán adecuadamente manejados y dispuestos en lugares autorizados, en consecuencia el proyecto no representa un riesgo a la salud de la población, ni sobre la calidad de los recursos naturales renovables.

3.2.4 Ruido

Las principales fuentes de ruido que generará el proyecto provienen, principalmente, de la etapa de operación, y están relacionadas con las actividades de extracción de áridos.

Dentro del área de evaluación, se identificaron 7 receptores, de los cuales 4 corresponden al área aledaña al empréstito (R1 a R4) y 3 receptores cercanos a la Ruta V-970 correspondiente a la zona de acceso (R5 a R7). (Ver Figura 4.3 de la DIA). Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea de base diurna, en cada receptor identificado dentro del área de influencia del proyecto. Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción, operación de maquinarias y tránsito de camiones durante la operación del proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11, normativa nacional aplicable.

De acuerdo a lo establecido en el estudio realizado, es posible concluir que el ruido generado por el presente proyecto, no superará los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11del MMA.

En el Anexo 3.4. de la DIA Informe Estudio Acústico, se presenta el Informe acústico desarrollado en la zona del proyecto.

3.2.5 Otras emisiones

Este proyecto no genera formas de energía, ni tampoco combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.

 

4.-Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:


Materia Regulada

Texto Normativo

 

Cumplimiento

Etapa

Medio Ambiente Libre de Contaminación

Art. 19 Nº 8 Constitución Política de la República

Integra

Sienta las bases de la protección ambiental.

 

Cumplimiento

Cumplimiento de normativa ambiental vigente.

Etapa de Construcción y Operación

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambientemodificada por Ley Nº 20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente

Secretaría General de la República,

D.O. 26.01.10

Integro

 

Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión ambiental aplicables a la modificación de proyecto: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, normas de calidad ambiental, normas de emisión, etc.

 

Cumplimiento

 

Se presenta a tramitación Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Etapa de Construcción y Operación

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

D.S. Nº 95/2001 Ministerio Secretaría General de la República

 

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

 

D.O. 07.12.02

Integro

 

Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental.

 

Cumplimiento

 

Se presenta a tramitación DIA para su calificación ambiental, presentando los antecedentes que dan cuenta  que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental, del cumplimiento de las normas ambientales y de los permisos ambientales aplicables.

Etapa de Construcción y Operación

Salud Ocupacional, Condiciones Ambientales y Sanitarias en los Lugares de Trabajo

D.S. Nº 594/1999 del Ministerio de Salud

 

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales de los Lugares de Trabajo

 

D.O. 29.04.00

Integro

 

Establece normas sobre condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo y de salud ocupacional, tanto en materia de ruido como de manejo de residuos, entre otras.

 

Cumplimiento

 

Se presentan los antecedentes que dan cuenta del cumplimiento a esta normativa.

Etapa de Construcción y Operación

Emisión de Ruido

D.S. Nº 38/2012

 

 

Integro

 

Establece los niveles máximos de presión sonora corregidos de emisión de fuentes fijas, de acuerdo a cada zona homologada.

 

Cumplimiento

 

En el Informe de estudio acústico que se presenta en el Anexo 3.4, se establece que el

proyecto cumple con el D.S. Nº 38/2011.

Etapa de Construcción y Operación

Patrimonio Cultural

Ley Nº 17.288 sobre Monumentos Nacionales

 

D.O. 04.02.70.

 

 

Cumplimiento

 

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

 

Etapa de Construcción y Operación

Residuos Sólidos

Código Sanitario D.F.L N° 725 del Ministerio de Salud

 

D.O. 31.01.68

Artículo 78 y 80

Regula condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte de desperdicios y basuras.

 

Cumplimiento

 

Todos los residuos sólidos generados por la modificación de proyecto serán manejados y transportados de acuerdo a la normativa vigente y dispuestos en lugar autorizado.

Etapa de Construcción y Operación

Reglamento de Residuos Peligrosos

D.S. N° 148/2003

Integro

Establece condiciones para el manejo y tratamiento de residuos peligrosos.

 

Cumplimiento

Se adoptarán medidas que sugieran un correcto manejo y disposición final de residuos peligrosos.

Etapa de Construcción y Operación

Corta de vegetación

Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal

Artículo 21: referida a la corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad.

 

El Proyecto requerirá realizar corta de bosque para los efectos de la preparación del terreno para la posterior extracción de áridos, por lo cual se procederá al corte de 1,2 ha de bosque nativo del tipo forestal siempreverde. En Adenda 1 se entregan antecedentes específicos del permiso corregidos.

Etapa de construcción

Establece

Condiciones para el

Transporte que

Indica.

DS 75/87

Los camiones que transportarán los materiales de construcción del proyecto y los residuales

serán habilitados de forma de prevenir los derrames y las caídas de material.

Construcción y operación

   

4.2 Permisos ambientales sectoriales: 

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos" requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 102 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  

Antecedentes específicos del permiso que aplica:

Artículo 102.- En el permiso para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1., los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberá considerar la reforestación de una superficie igual, a lo menos, a la cortada o explotada.

Antecedentes del permiso:

En Adenda se detalla lo siguiente:

Se indica que la superficie de corta de bosque nativo corresponde a 1,2 ha, divida en 3 rodales, cuyo detalle se presenta en la siguiente tabla: 

Superficie (hectáreas)

Rodal 1

0,28

Rodal 2

0,47

Rodal 3

0,45

Total

1,2

 En el Anexo 1 se presenta el Plano de Uso actual del Suelo (inserto en el Plan de Manejo Forestal), correspondiente a la totalidad del empréstito. En el Anexo 1, se presenta el Plano de Corta de Vegetación (inserto en el Plan de Manejo Forestal) en donde se aprecia la rodalización realizada. Los SHAPES se encuentran en el Anexo 2 (Digital) de la Adenda.

Conaf en su Oficio N21-EA/2014 (35) de fecha 6 de febrero de 2014, da la conformidad al proyecto y menciona lo siguiente:

1. El Titular no verificó la existencia de la especie Alerce (Fitzroya cupressoides), clasificada En Peligro, en la zona de intervención del proyecto, no obstante los recorridos efectuados.

Si se detectara en el futuro la presencia de ejemplares de la especie, éstos no podrán ser intervenidos ni cortados, dejando a lo menos un área inalterada de un radio de 20 m.

2. En relación al sitio de reforestación  el Titular no lo identifica, y agrega que será incluido en la tramitación sectorial del Plan de Manejo de corta de bosques para ejecutar obras civiles.

El sitio de reforestación es un contenido no ambiental, que será evaluado posteriormente a nivel sectorial por CONAF, una vez obtenida una RCA favorable, al momento de tramitar el plan de manejo de obras civiles ante CONAF Provincial Llanquihue.

El Titular debe considerar sin embargo, que el sitio de reforestación deberá tener las condiciones ambientales y de sustrato, que permitan recrear el Tipo Forestal Siempreverde, con buena potencialidad de desarrollo y asegurando su permanencia. El sitio deberá estar de preferencia en la misma comuna o provincia y en un solo paño, que evite la fragmentación del bosque.

5.-Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior en consideración a los siguientes argumentos:

a) Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que el proyecto   no generará  Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos en consideración a: 

  • Los residuos sólidos que se generen serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria cumpliendo la normativa vigente. 

  • Las aguas servidas  que se generan serán dispuesta en sistema de tratamiento cumpliendo  normativa. 

  • Las emisiones de ruido se ajustarán a la normativa vigente (DS 38/2011) estableciéndose medidas específicas para cumplir esta norma. 

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que el proyecto no  provocará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Respecto al recurso suelo:

Con respecto a los suelos y sus usos, en el área de emplazamiento del proyecto, se presenta capacidad de uso VII, suelos con limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos. Su uso fundamental es forestal y para pastos resistentes.

En relación a las características antes mencionadas, se puede indicar que una intervención física en éste lugar de emplazamiento de las instalaciones del proyecto no se considera un impacto ambiental relevante en los suelos allí existentes, debido principalmente a la baja cantidad de superficie involucrada y la capacidad de uso de éste.

Respecto al Recurso Agua:

El proyecto no afectará la cantidad y la calidad del recurso agua puesto que no interviene cuerpos de agua significativos. Respecto a la hidrología en el Área de Influencia Directa (AID) es importante mencionar que no existen cursos de agua superficial. Cabe recordar que la extracción se realizará sobre una cota superior a la del nivel del suelo circundante, el cual se rebajará dejando a un nivel superior al de la Ruta V-970, no afectando a napas subterráneas.  

Recurso Aire  

Las principales emisiones a la atmósfera en este tipo de proyecto son las referidas al material particulado, las que se asocian principalmente con la circulación de camiones por el interior del predio, operación de maquinaria, extracción, carga y descarga del material. En el Anexo 3.3 de la DIA, se encuentra la cuantificación de las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto. A partir de esta cuantificación, y considerando las medidas enunciadas en el Punto 5.1 de la DIA se puede deducir que las emisiones atmosféricas del proyecto no serán significativas.  

c) Reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que el proyecto   no   provocará reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Existe una vivienda ocupada a 46 m para lo cual se implementarán medidas descritas en la DIA.

d) Localización próxima a  población, recursos y áreas protegidas susceptible de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

Según  los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que no   se localizará próximo a  población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. 

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que   no  habrá alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. 

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,  histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental no habrá alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,  histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En todo caso se establece que el Titular deberá dar aviso a las autoridades competentes ante el hallazgo de restos arqueológicos, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20º y 23º de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el proponente.


6.-Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular  no ha asumido compromisos ambientales voluntarios.

7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

8. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

9.  Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.  

10.  Que respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, debe notificar a la autoridad competente.  

11.  Que en caso de  emergencias producidas por  materiales o  sustancias peligrosas,  o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.

12.   Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados. 

13. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012  de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental  del proyecto.  deberá ser entregada  por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los  plazos y con  la frecuencia  establecidas en la presente Resolución,  ingresándola al  Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia  al cual se accede a través de la página web  http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en  calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e)  del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. 

14. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la  Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.

15. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

16.-Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la  Región de Los Lagos

 

RESUELVE:

1.-CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos".

2.-CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos" cumple con la normativa de carácter ambiental,  incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en los artículo 102 del DS 95/2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

3.-Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA/CVC

Distribución:
  • Fernando Arranz Ruiz
  • Superintendencia de Medio Ambiente
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
  • CONADI, Región de Los Lagos
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos
  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Calbuco
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos
  • SEREMI MOP, Región de Los Lagos
  • Sernatur, Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Empréstito Gundert, Comuna de Calbuco, Región de Los Lagos"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=98/ed/e065e1a91e2d040f14114e814c4d38f3de29


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