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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda."

Resolución Exenta Nº 602

Puerto Montt, 28 de Octubre de 2013



VISTOS:

1.-Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

2.-La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda.", presentada por el Señor Oscar Vera Díaz, en representación de Inversiones y Cultivos Linagua ltda, con fecha 23 de Agosto de 2012.

3.-Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

Declaración de impacto ambiental (DIA)
Por Inversiones y Cultivos Linagua ltda, con fecha 23/08/2012

Test de admisión 
Por Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, con fecha 30/08/2012

Oficio solicitud de evaluación DIA Nº1295
Por Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, con fecha 30/08/2012

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº759
Por Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, con fecha 08/10/2012

Adenda 1
Por Inversiones y Cultivos Linagua ltda, con fecha 30/01/2013

Solicitud de evaluación de adenda Nº119
Por Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, con fecha 31/01/2013

Adenda 2
Por Inversiones y Cultivos Linagua ltda, con fecha 28/08/2013

Solicitud de evaluación de adenda Nº1071
Por Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, con fecha 29/08/2013

Resolución de ampliación de plazo Nº508
Por Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, con fecha 13/09/2013

3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº732 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 21/09/2012; Oficio Nº770 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 24/09/2012; Oficio Nº415 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 24/09/2012; Oficio Nº3040 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Los Lagos, con fecha 25/09/2012; Oficio Nº1185 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 25/09/2012; Oficio Nº557 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 26/09/2012; Oficio Nº3921 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/09/2012; Oficio Nº68/2012 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 01/10/2012; Oficio Nº507 sobre la DIA, por CONADI, Región de Los Lagos, con fecha 03/10/2012; Oficio Nº129 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 05/02/2013; Oficio Nº076 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 06/02/2013; Oficio Nº51 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/02/2013; Oficio Nº074 sobre la Adenda 1, por CONADI, Región de Los Lagos, con fecha 14/02/2013; Oficio Nº651 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 02/09/2013; Oficio Nº520 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 10/09/2013;

3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda.', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental,  Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

CONADI, Región de Los Lagos
Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
Gobierno Regional, Región de Los Lagos
Ilustre Municipalidad de Quellón
SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
Sernatur, Región de Los Lagos
Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios

 

4.-El Acta de la Sesión Nº15 de la Comisión de Evaluación de la  Región de Los Lagos, de fecha 7 de Octubre de 2013.

5.-Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda."

 

CONSIDERANDO:

1.-Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda."

2.-Que, el derecho de Inversiones y Cultivos Linagua ltda a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.-Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda." consiste en:

ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

  • Titular: Inversiones y Cultivos Linagua ltda
  • Rut: 76101420-k
  • Domicilio: Calle Ladrilleros 235, Quellón
  • Representante Legal: Oscar Vera Díaz
  • Rut: 13170583-2
  • Domicilio: Calle Ladrilleros 235, Quellón
  • Región: Región de Los Lagos
  • Comuna: Quellón
  • Tipología de Proyecto: o7-Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que contemplen dentro de sus instalaciones lagunas de estabilización u otros depositos de los efluentes sin tratar y tratados
  • Monto de Inversión: 500.000 dólares
  • Vida util: Indefinida
  • Mano de Obra

Etapa

Número de Personas

Tiempo
(meses, años)

Construcción

20 

 4 meses

Operación

 4

 indefinida

Total

 24

 ------------

  • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa

Superficie requerida
(m2)

Construcción

 330

Operación

 330

Abandono

 -------

  • Localización: El proyecto se localizará al interior de las instalaciones del Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda. de la empresa Inversiones y Cultivos Linagua Ltda., ubicadas en Camino a San Antonio a 3 Km de Quellón, comuna de Quellón.

 

Su ubicación referencial (del predio) según coordenadas WGS 84, Huso 18 es:  615.255 E  y   5.226.013 N.

 

3.1.- Descripción del Proyecto 

3.1.1.- Antecedentes Generales: 

El proyecto consiste en la instalación de una planta de tratamiento de residuos industriales líquidos (RILes) para el nuevo Taller de Redes Inversiones y Cultivos Linagua Ltda. En donde se realizará reparación, pintura y lavado de redes. 

El sistema de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos será de tipo físico- químico. El tratamiento propuesto consiste en la remoción de los sólidos a través de un sistema de una serie de filtros de diferentes diámetros, para posteriormente pasar a un sistema de ecualización donde el RIL será agitado y homogenizado para luego ingresar al estanque de reacción y mezcla en donde se añadirá el coagulante y se regulará el pH, luego será homogenizado a bajas revoluciones añadiendo a la vez un polímero para generar los flóculos que finalmente serán decantados en un estanque de sedimentación. El líquido sobrenadante saldrá por el vertedero del sedimentador ubicado en la parte superior de éste, y el lodo formado por los flóculos será retirado de la parte inferior del estanque de sedimentación y conducidos al sistema de deshidratación de lodos. Los sólidos provenientes de cada filtro serán retirados por una cinta transportadora hacia contenedores dispuestos para dicho fin. 

El líquido sobrenadante será acumulado en un estanque para posteriormente reutilizarlo en el lavado de redes. 

La superficie comprendida para el proyecto de instalación de la planta de tratamiento de residuos industriales líquidos es de 330 m2, se adjunta lay out del Taller de Redes y esquemas del Sistema de Tratamiento de Riles en el anexo 4 de la DIA, con el detalle del tratamiento de reducción de metales. 

El lavado de redes se inicia con la llegada de éstas a las instalaciones del taller, recepcionándolas y almacenándolas en el patio de acopio (Zona sucia). El patio de acopio estará compuesto por una loza de cemento que evitará el escurrimiento hacia el suelo y las napas, además de la pendiente de 3%, bordes antiderrame y canaletas que conducen el exudado de las redes hacia el sistema de tratamiento de RILes. Este sistema de conducción hasta la planta de tratamiento, garantizará que no exista posibilidad de que estos sean vertidos directamente al suelo. 

Las redes son acopiadas de acuerdo a sus características específicas de cada una, es decir, por tipo y titulación de tela, grado de suciedad, estado de conservación, con o sin impregnación y por empresa. Según las características se determina el régimen de lavado al que serán sometidas.El traslado de las redes desde el patio de acopio a la zona de lavado será realizado con grúa horquilla y/o estática. 

La limpieza de la red comienza con el armado de ésta, donde se realiza una limpieza primaria en seco. Luego, el lavado de las redes propiamente tal es realizado en lavadora. Finalizada esta etapa, las redes son acopiadas para seleccionarlas y determinar su próximo proceso. 

En el caso que las redes necesiten una limpieza más profunda, son derivadas a la etapa de Hidrolavado, donde son dispuestas sobre losas de cemento que evitan el escurrimiento sobre el suelo, estos patios contarán con barrera antiderrame y canaletas que conducen los RILes al Sistema de Tratamiento. El hidrolavado se realiza extendiendo la red y realizando un "barrido" con agua a alta presión. 

Finalizada  esta etapa estas redes pasarán a una piscina de desinfección (según requerimientos de Sernapesca) y luego todas las redes son destinadas al acopio en Zona Limpia, en este sector se  define su proceso posterior. 

El agua utilizada en el lavado será abastecida por agua del estero sin nombre y agua proveniente de la recirculación del sistema de tratamiento de RILes (agua de recirculación). Para la utilización de agua del estero sin nombre se ha realizado la solicitud de derechos de agua ante la autoridad correspondiente, que se adjunta en el anexo 5 de la DIA.

Posteriormente, continuando con el proceso del taller, se realiza la reparación de las redes en forma manual. Los residuos generados en este proceso, ya sean restos de redes, cabos y basuras serán clasificados como tales y dispuestos en acopio, para reciclaje y/o lugar de disposición final autorizado, según corresponda. Las redes reparadas serán dispuestas en Patios de Acopio de Redes (Zona limpia), debidamente identificadas para mantener la trazabilidad del proceso. 

La continuidad del proceso está determinada por el Programa de trabajo del respectivo cliente. Si es solicitada la impregnación, la red es pasada al proceso de impregnación, de lo contrario, las redes reparadas son desinfectadas, embaladas y posteriormente despachadas. 

En el proceso de Impregnación existen dos opciones, dependiendo del tipo de pintura a utilizar. Para pintura base agua, las redes son colgadas ordenadamente e ingresadas a la Sala de Secado que dispone de calefactores y aire forzado, luego se sumergen en un pozo con pintura, se estila y se reingresa al Secador. Una vez concluido este proceso, se empacan con polietileno y se almacenan en Zona Limpia. Para pintura en base solvente, las redes son colgadas ordenadamente e ingresadas a la Sala de Secado, que dispone de calefactores y aire forzado, luego se sumergen en un pozo con pintura, se estilan, se empacan con polietileno y se almacenan en Zona Limpia. 

En ambos casos, en el proceso de estilado se recupera la pintura sobrante y se reutiliza, además el empaque de las redes impregnadas se realiza sobre losas de cemento de la piscina de impregnación. Posteriormente las redes son ordenadas y almacenadas para ser despachadas. 

3.1.2.-Descripción de las Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto 

El sistema de tratamiento de RILes consiste en un tratamiento físico-químico del agua proveniente del lavado de redes, por lo que será un tratamiento realizado en forma batch. Si bien el objetivo del tratamiento es disponer de agua de calidad suficiente para que pueda ser reutilizado en un 100% en el proceso, también se considera la entrega de una fracción mínima a la empresa sanitaria en forma semestral, quienes cuentan con la autorización de la SISS para que su planta de tratamiento de aguas servidas reciba Riles (Se adjunta carta de prefactibilidad de prestación de servicios en anexo 6 de la DIA). Cabe mencionar que, el titular está al tanto de que deberá firmar un contrato legal con la empresa sanitaria, según la disposición de la normativa vigente, una vez que el presente proyecto sea aprobado por los organismos del estado. 

El sistema de tratamiento de RILes y lodos considera dos etapas básicas, Tratamiento Físico y Tratamiento Fisicoquímico, lo que se detalla en las Siguientes etapas y operaciones unitarias de tratamiento: 

a) Tratamiento Físico (Tratamiento Primario) 

-Ingreso al sistema químico del RIL

-Ecualización: Homogeneización del RIL

 

b) Tratamiento                 Fisicoquímico    Primario (Abatimiento de parámetros Orgánicos)

 

-Coagulación/Floculación: Acondicionamiento del RIL para su decantación y separación del sobrenadante.

-Sedimentación: Decantación del lodo (Floculos)

-Almacenamiento de Agua Clarificada 

c) Tratamiento Fisicoquímico Secundario (Abatimiento de Metales) 

-Precipitación de Metales

-Coagulación/Floculación de Metales: Separación de sobrenadante libre de metales del lodo generado. 

d) Deshidratación de los lodos generados  

12.1.-Sistema de Separación de Sólidos 

El sistema propuesto contempla la separación de sólidos gruesos y finos previo tratamiento químico del Ril, lo que considera las siguientes unidades: 

Filtro rotatorio, malla 1,5 mm (Filtro 1)

Filtro rotatorio, malla 0,5 ó 0,7 mm (Filtro 2) Cinta transportadora y elevador telescópico parabólico, malla de 0,3 mm (Filtro 3) 

Las etapas de separación se describen a continuación: 

-Filtración 1, 2 y 3 

La filtración consiste en hacer pasar el Ril que contiene materias en suspensión a través de un medio poroso apropiado de modo de conseguir una reducción del tamaño del sólido. 

Las filtraciones de este sistema de tratamiento consisten en una serie de tres filtros que se ubican en forma continua, comenzando con un filtro rotatorio cuya ranura de filtración es de 1,5 mm, posteriormente se ubica el siguiente filtro rotatorio cuya ranura de filtración es de 0,5 mm. Ambos filtros cuentan además con sistema de autolimpieza con aspersores externos con boquillas de acero 304 de alta presión, los cuales son controlados por temporizador. Los contenidos de sólidos separados en los filtros anteriormente descritos, caen y son recibidos en una cinta transportadora que los lleva hasta el contenedor acumulador de sólidos. El líquido drenado desde la cinta transportadora cae a canales receptores que la direccionarán a una primera piscina acumuladora de 100 m3 de capacidad, junto con los líquidos filtrados obtenidos desde este segundo filtro separador. Todas estas unidades se encuentran contenidas en un galpón techado. 

Finalmente el RIL pasa a través de una última filtración a través de un filtro parabólico, de ranura de filtración de 0,3 mm, pasando en forma laminar y es filtrada en la superficie de la malla, la cual tiene una geometría plana cóncava. El sólido separado, es acumulado en un bins ubicado bajo relieve, por lo cual cae por gravedad al estanque. 

En caso de existir algún desperfecto técnico al momento de realizar la actividad que inhabilite la operación de los filtros, el plan de contingencia que se realizará será enviar estos Riles al sistema de contingencia considerado, que consta de un estanque de 100 m3 de capacidad, para posteriormente derivarlos hacia los filtros correspondientes y continuar su proceso normal. 

De acuerdo a la experiencia del titular, los sólidos gruesos y finos separados presentan un contenido de humedad de 60% aproximadamente (Se adjunta análisis de laboratorio en el anexo 8 de la DIA). 

Como se explicó anteriormente, los sólidos generados en las etapas de filtración son manejados en forma separada a través de una cinta transportadora que los lleva hacia un contenedor exclusivo para dicho fin, para posteriormente ser despachados a un lugar de disposición final autorizado (ver anexo 9 de la DIA). 

-Ecualizador 

Se utilizará un ecualizador, para homogeneizar los flujos y contenidos del RIL para lograr una operación estable de las etapas de tratamiento posterior, en caso de ser necesario. Para ello se considera un volumen útil (capacidad) de aproximadamente 46 m3. 

En el ecualizador se localizan las bombas que impulsan el RIL hacia la siguiente etapa de tratamiento. 

 

3.1.2.2.-Sistema de Tratamiento Fisicoquímico Primario 

El sistema químico considera las siguientes etapas: 

-Sistema de Coagulación 

La coagulación consiste en introducir en el efluente a tratar productos químicos orgánicos PoliDADMAC y/o EpiDMA, los que tienen la capacidad de neutralizar la carga de los coloides y sólidos suspendidos, que se encuentran en el RIL para formar un precipitado. 

La coagulación es el primer subproceso del tratamiento físico-químico para ello se considera la dosificación de algún coagulante anteriormente mencionado en una concentración que debe determinarse una vez que se genere RIL, mediante el test de jarras. Considerando que la desestabilización de los sólidos suspendidos se produce de inmediato y que la formación de microflóculos es relativamente rápida, se requiere un tiempo de residencia hidráulica reducida y una alta turbulencia para mejorar el proceso. 

Para ello, se utilizará un Estanque de coagulación (con sistema de agitación). Este sistema debe garantizar un tiempo de retención de entre 20 a 30 minutos. En tanto la bomba dosificadora debe entregar un caudal de al menos hasta 258 L/h, dependiente de la concentración del coagulante necesario. 

-Sistema de Floculación 

Para lograr la formación de macroflóculos, se requiere un régimen menos turbulento, por lo cual se considera un estanque con tiempo de retención hidráulica de 10 minutos, que esté levemente agitado, en él se dosificará uno o dos floculantes orgánicos. 

-Sedimentación 

Las partículas que se formaron en las etapas anteriores serán removidas del RIL tratado mediante sedimentación en un decantador vertical cilíndrico de base cónica de 8 m3 de capacidad. Las ventajas del sistema son relativamente bajo costo de inversión y operación, la tecnología es robusta, y la operación se adapta a cambios de la producción, sobre todo considerando posibles sobrecargas. De este proceso se obtendrá agua clarificada y lodos. 

-Almacenamiento de Agua Clarificada 

El almacenamiento del agua clarificada primaria se almacenara en una piscina de 81 m3 para su tratamiento fisicoquímico secundario 

3.1.2.3.-Sistema de Tratamiento Fisicoquímico Secundario 

-Precipitación de metales 

La precipitación de metales se logra mediante la reducción de los Óxidos, Dióxidos y Metales acomplejados utilizando como precipitante otro polímero orgánico el cual, fuera de abatir los óxidos y dióxidos rompe los enlaces de los metales acomplejados encontrados comúnmente en el proceso de preparación de redes con pinturas antifouling. 

De esta precipitación se obtiene microflóculos los cuales con la ayuda de coagulantes y floculantes orgánicos se realiza una separación sólido-liquido mediante la cual se libera de metales pesados el RIL hasta lo que la norma indique. 

-Tratamiento de Lodos 

De acuerdo a la experiencia del titular, se obtiene un lodo con un contenido aproximado de hasta 5% de sólidos que será extraído del sistema de sedimentación por medio de una bomba que alimenta un filtro de prensa. Se espera que la torta obtenida tenga un contenido de sólidos de al menos 25% a 30% (Se adjunta análisis de laboratorio de una experiencia similar del titular en anexo 8). Se espera una generación de aproximadamente de 9 Ton/turno de lodo prensado deshidratado. 

-Recirculación del RIL tratado y/o Disposición 

El RIL tratado se podrá recircular en una etapa del tratamiento de RILes, después del proceso de sedimentación. El RIL recirculado ingresará al proceso de lavado, aunque también se considera la descarga a la empresa sanitaria en forma semestral, para que el agua de lavado se mantenga en óptimas condiciones para su utilización (ver anexo 6 de la DIA). En este caso, como no hay factibilidad de alcantarillado público en la ubicación del proyecto, se contratará camiones aljibes especiales para dicho efecto. 

-Eficiencias y Balance de Masas 

Se esperan las siguientes eficiencias de tratamiento para los principales Contaminante

 

Parámetro

Unidad

Ril Crudo

Eficiencia

Entrada

Eficiencia

Ril Tratado

DS 609/98

DBO5

mg/L

1.192

65%

417,2

70%

125,2

300

Solidos Suspendidos

mg/L

5.465

85%

819,75

95%

41

300

Cadmio

mg/L

0.02

50%

0,01

40%

0,006

0,5

Cobre

 

324

53%

152,28

98%

2,5

3

Plomo

mg/L

0,2

25%

0,15

90%

0,015

1

Zinc

mg/L

4,3

50%

2,15

90%

0,215

5

 

3.1.3.-Etapas y Acciones del Proyecto  

a) Etapa de Construcción 

Se estima que esta etapa tiene una duración aproximada de 4 meses y contempla la ejecución de las siguientes actividades: 

• Obras Civiles;

• Montaje de Estructuras y Equipamiento;

• Puesta en Marcha. 

El equipamiento será prefabricado y suministrado por la empresa constructora, por lo cual la obra civil y el tiempo del montaje se reduce a un mínimo. Además cabe señalar que las obras consideradas no atravesarán ningún curso natural de agua, por lo que no se alterarán cauces naturales en la construcción del proyecto. 

Como se explicó anteriormente, la construcción de la zona sucia se realizará con un radier que no permitirá el escurrimiento de Riles hacia napas subterráneas, manteniendo canaletas por donde se conducirán las aguas hacia el sistema de tratamiento de Riles (Se adjunta lay out general del sistema de tratamiento de Riles en anexo 4 de la DIA). Las barreras antiderrame que estarán ubicadas en el contorno de la superficie serán de 15 cm de altura, con lo que se evitará eventuales desbordes o colapsos del sistema.  

b) Etapa de Operación 

En esta etapa se consideran todas aquellas actividades desarrolladas desde el comienzo de la puesta en marcha hasta la etapa de abandono. La duración se estima indefinida, no obstante esta etapa puede tener una duración variable, ya que depende de factores económicos externos para el término de la actividad. 

c) Etapa de Abandono 

No se considera etapa de abandono. En caso de producirse el cese del funcionamiento de la industria y/o de la planta de tratamiento, se procederá a retirar los equipos mecánicos y las otras instalaciones, para luego proceder a nivelar el terreno. En este caso se considera el cierre de las zonas de operación, demolición de las obras civiles, desmantelamiento o retiro de equipos y transporte de los residuos sólidos generados por esta etapa a un lugar de disposición final autorizado.  

 

3.1.4.-Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 

A continuación se describen las principales emisiones, descargas y residuos del proyecto durante las etapas de construcción, operación y abandono. 

3.1.4.1.-Fase de Construcción 

El equipamiento será prefabricado y suministrado por la empresa constructora, por lo cual las obras civiles y los requerimientos de montaje se reducen a un mínimo. 

-Generación y Manejo de Residuos Sólidos 

Los residuos sólidos generados durante esta etapa del proyecto de implementación de la Planta de RILes, serán escombros, restos de bolsas plásticas, despuntes de madera, papel, cartón, materiales de embalajes, y basura domiciliaria. Estos serán derivados a un sitio de disposición final de residuos, debidamente autorizado. Se estima que la generación de estos residuos será inferior a 10 m3, para toda la fase de construcción. 

-Generación y Manejo de Residuos Líquidos 

En la fase de Construcción del proyecto de implementación de Planta de RILes, no se considera la generación de residuos líquidos que pudieren afectar el medio ambiente. 

Respecto a las aguas servidas generadas en este proceso, será la empresa quien se responsabilice en tener los baños químicos necesarios y adecuados según la normativa vigente. 

-Emisiones a la Atmósfera 

En esta fase del proyecto de implementación de la Planta de RILes no se generarán emisiones atmosféricas, debido a que la planta de tratamiento será prefabricada y suministrada por el proveedor, por lo que las actividades de esta etapa estarán destinadas, sólo a la remodelación y/o reparación de instalaciones existentes (principalmente losas), no generándose movimientos de tierra ni aumento considerable del flujo vehicular. 

-Ruido 

En cuanto a la generación de ruido en la fase de construcción, el movimiento de maquinarias para la habilitación de ésta fase, el tránsito de vehículos y las labores en el frente de trabajo, serán mínimas debido principalmente a que la planta suministrada será prefabricada. 

Por lo expuesto anteriormente, no se generarán aumentos en los niveles de presión sonora en el área de influencia del proyecto por acciones propias de la etapa de construcción 

-Paisaje 

El terreno donde se encuentra emplazada la planta de tratamiento se sitúa dentro del predio del titular. No se presentan zonas con valor paisajístico y/o turístico o zonas de interés turístico nacional que puedan verse afectados por la construcción del proyecto. Por todo lo anterior, la implementación de este proyecto no significaría un cambio en el patrón del actual paisaje. 

-Vialidad 

El tránsito de camiones y vehículos menores relacionados con la etapa de terminaciones de las obras civiles, además del tránsito de camiones recolectores de todo el material de embalaje, escombros, propios de la fase de término de la construcción, se estima del orden de dos camionadas.

 

Por lo expuesto anteriormente se estima que en la fase de construcción del proyecto no se generará un aumento del tráfico vehicular 

3.1.4.2.-Fase de Operación 

-Generación y Manejo de Residuos Sólidos 

Los residuos sólidos generados en la etapa de desbaste grueso corresponden a residuos como restos de redes, hilos de nylon, arena de mar y conchas de mariscos. Se estima una generación de estos residuos de aprox. 7.000 kg/d que serán transportados a un lugar de disposición final autorizado (Se adjunta en el anexo 9 la autorización del lugar de disposición final). 

Asumiendo la completa eliminación de los sólidos suspendidos de la línea de RIL proveniente del lavado de redes, se calcula una generación en 5.465 g/m3 * 12 m³/h * 8 h = 524 kg/turno (masa seca). Adicionalmente se deben añadir los químicos, que se estiman en un 5% de los sólidos suspendidos eliminados. Se considera el transporte y eliminación en un lugar autorizado. 

Respecto a los residuos sólidos peligrosos que se generen del sistema de tratamiento, serán gestionados conforme a la normativa vigente (DS 148), para lo cual la empresa dispondrá de un lugar de almacenamiento conforme a lo requerido por la autoridad, para lo cual solicitará el permiso correspondiente una vez que tenga construido el sitio de almacenamiento transitorio. Para el transporte y disposición final se trabaja con una empresa autorizada.

Además, cabe mencionar que el titular manejará un Plan de Manejo de Químicos cuyo objetivo es mantener un procedimiento para la manipulación de productos químicos que se utilizan para el desarrollo de los procesos, y almacenamiento transitorio de residuos peligrosos (ver anexo 10 de la DIA) 

Respecto al sistema de acopio, tiempo y medidas a implementar por olores de los residuos sólidos se tiene: 

i.- sistema de acopio y almacenamiento transitorio: Bines Plásticos;

ii.- tiempo de permanencia y su frecuencia de retiro a su disposición final: máximo 10 días;

iii.- medidas a implementar para evitar la generación de malos olores y la presencia de vectores de importancia sanitaria: Utilización de contractuante de olores y sanitizantes autorizados;

iv.- plano explicativo: ver Anexo 7 de la Adenda 1.  

-Generación y Manejo de Residuos Industriales Líquidos 

En la fase de operación del proyecto se utilizará agua para la operación de lavado de redes lo que generará residuos industriales líquidos. En relación al proceso productivo, se puede suponer, que la casi totalidad del consumo de agua se convierte en RIL, salvo el consumo en los servicios sanitarios. El agua utilizada proviene del estero sin nombre, para lo cual se cuenta con la solicitud de derechos de agua donde se puede observar los puntos de captación de agua (ver anexo 5), donde inicialmente para comenzar el proceso se requerirán 3 L/s, hasta completar los 60.000 m3 requeridos por el sistema para comenzar la recirculación. 

La generación de RIL será en forma intermitente o batch, ya que el lavado de redes se realiza de esa forma, y por cada turno de 8 horas, comenzando en sus inicios con 1 turno el que puede aumentar dependiendo de las condiciones comerciales del taller. 

El principal punto de generación de RIL es el agua de lavados de redes. Se considera una generación de RIL promedio de 3,33 L/s, correspondiendo a 12 m³/h, durante las 8 horas del turno. 

La instalación de la planta de tratamiento de RILes consiste en la implementación de un tratamiento físico-químico del agua proveniente del lavado de redes. El objetivo del tratamiento es disponer de agua de calidad suficiente para que pueda ser recirculada en el proceso de lavado de redes. Adicionalmente se considera la entrega a la empresa sanitaria, dando cumplimiento a la normativa de descarga vigente, MOP 609. 

Efluentes descargados a la Sanitaria.

 

 

Volumen Medio Generado (m3)

Volumen Medio Descarga (m3)

Volumen Máximo Generado (m3)

Volumen Máximo Descarga (m3)

 

Año

18.915

189

18.915

189

Mes

1.576

16

2.283

23

Día

62

-

88

-

Se considera una descarga mensual del 1% del RIL generado a Essal S.A. 

Forma de evacuación de los Riles.

 

N° de Descarga

Forma de Evacuación

Volumen Máximo (m3/día)

Frecuencia (hr/día)

1

Discontinua

-

6

 Se considera evacuar a Essal S.A. 23 m3/mes  como máximo teniendo 6 horas de proceso. 

En Adenda 1, se entrega certificado de Empresa Sanitaria en donde se dispondría el Ril, en este caso corresponde la planta de Essal  en la ciudad de  Chonchi. 

Respecto del proyecto de potabilización de agua utilizada por el personal y el  proyecto de las aguas servidas provenientes de servicios higiénicos del personal, la empresa solicitará la autorización de alcantarillado particular a la autoridad competente, conforme al DFL 725 Código Sanitario, artículo 71 letra b). Para ello el sistema deberá asegurar la rápida evacuación de las aguas servidas sin dar lugar a depósitos impidiendo el paso de las aguas servidas, aire, olores, entre otros, de acuerdo a la norma chilena y a las instrucciones de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.  

-Emisiones a la Atmósfera 

Durante la operación normal del sistema,  se generarán de olores y emisiones atmosféricas contaminantes producto de la acumulación de las redes. La permanencia de cada red en el patio de acopio antes de su lavado no superará los 3 meses. 

Respecto al Número máximo de redes a acopiar antes del lavado: Los metros cuadrados acopiados serán entre400.000 a 800.000 mensuales dependiendo del ingreso de redes sucias; 

La capacidad diaria de lavado: m2/día = 15.616 m2 por turno; m2/mes = 396.038 m2 por turno; 

En relación a las Medidas a implementar para evitar la emisión de malos olores: el tiempo máximo de retención de una red de 3 meses que según la experiencia del titular asegura que no existan malos olores, no obstante, en caso de que las temperaturas ambientales aumenten y se genere un mayor olor proveniente de redes recién ingresadas al taller por el exceso de suciedad en éstas, la empresa se compromete a utilizar contractuante de olores, disminuyendo con esto el olor emitido por las redes (se puede observar ficha técnica de un producto utilizado para este fin en anexo 5); 

Medidas a implementar para evitar la generación de focos de insalubridad y de atracción de vectores de importancia sanitaria: se considera la implementación de un plan de manejo de control de vectores con el objeto de controlar la infestación de roedores e instaurar tratamientos como una estrategia preventiva, con el propósito de disminuir el riesgo para la salud pública. Este Plan de Manejo de control de vectores se realizará a través de una empresa externa autorizada por el Servicio de Salud (Se adjunta autorización en anexo 11 de la DIA), la cual será la responsable de la ejecución del programa de control de plagas a través de la colocación de cebos, cuya distribución en los sitios de control, variará dependiendo del grado de infestación, según la normativa vigente. -

Ruido 

Se presenta en Adenda 1, Estudio de Medición de Ruido según DS 38, se concluye que el proyecto cumple con esta normativa. 

-Vialidad

 Se requiere aproximadamente un camión diario para el retiro de residuos provenientes de la planta de tratamiento de RILes 

 

3.1.5.-Contingencias Ambientales 

Los siguientes planes de contingencia describen las acciones a desarrollar en caso de ocurrir circunstancias susceptibles de constituir riesgo de daño o que causen daño ambiental. En relación a lo referido con el manejo de vectores, se mantendrá un adecuado manejo de los residuos sólidos tanto en la etapa de construcción como en la de operación del proyecto con el objeto de evitar la atracción y proliferación de vectores (roedores, moscas y aves). En forma complementaria, se considera un plan de manejo de control de vectores con el objeto de controlar la infestación de roedores e instaurar tratamientos como una estrategia preventiva, con el propósito de disminuir el riesgo para la salud pública. Este Plan de Manejo de control de vectores se realizará a través de una empresa externa autorizada por el Servicio de Salud (Se adjunta autorización en anexo 11), la cual será la responsable de la ejecución del programa de control de plagas a través de la colocación de cebos, cuya distribución en los sitios de control, variará dependiendo del grado de infestación, según la normativa vigente. 

Con el objeto de brindar la seguridad del personal, usuarios y visitantes a la empresa y de preservar el normal funcionamiento de todas las operaciones e instalaciones dependientes del taller de redes frente a situaciones inesperadas y de catástrofe como lo son los sismos e incendios, se mantendrá la implementación de un plan de emergencia, elaborado por el profesional experto en prevención de riesgos de la empresa, el cual implicará la formación y estructuración de grupos reducidos de personas encargadas de realizar determinadas funciones, como por ejemplo la extinción de incendios y la prestación de primeros auxilios. Un aspecto importante es el tomar en consideración el posible deterioro de los suministros de agua y demás servicios, principalmente aquellos que afectan a la protección contra incendio, la iluminación y las comunicaciones. Para ello se determinarán las designaciones específicas dentro del plan, conjuntamente con las responsabilidades y funciones, la generación de un plan de evacuación, explicitando claramente las etapas de detección, alarma, preparación y vías de escapes. 

Cabe destacar que frente a eventualidades producto de un inesperado corte energético, la empresa cuenta con dos equipos electrógeno para dicha eventualidad, lo que permitirá que continúen las operaciones de producción, evitando posibles riesgos ambientales generados de la generación de residuos, suministro de agua y paralización de las bombas. No obstante, en caso de también problemas derivados del abastecimiento de energía del grupo de electrógenos, la empresa procederá a la detención del lavado de redes. 

Además, cabe señalar que durante la puesta en marcha del proyecto y durante su operación, la cantidad máxima de agua en el sistema de tratamiento de Riles es de 45 m3, siendo la capacidad máxima de almacenamiento del sistema (como depósito de Riles) de 251 m3, por lo que no existe la posibilidad de derrames o fugas de agua del sistema. 

Respecto al grupo de electrógenos, éste utilizará combustible diesel para su funcionamiento, y el titular solicitará el respectivo permiso a la SEC una vez instalado y previo funcionamiento. 

Cabe señalar además que todos los residuos peligrosos derivados de la actividad se trabajarán con una empresa autorizada para dicho efecto.

 

-          Respecto al plan de Contingencia por Olores ( Adenda 2) 

 

Para determinar el impacto por emanaciones de olores que el proyecto provocará,  Inversiones Linagua Ltda. contrató a la empresa ECOMETRIKA quien posee amplia experiencia y aceptación en lo relativo a modelación de olores. 

Este Plan de Contingencia se basa precisamente en el estudio antes mencionado ( anexado a la Adenda 2) para determinar la medidas de contingencia debidas para no impactar los Receptores Sensibles indicados en el mismo. 

-OBJETIVO 

Contrarrestar la emisión de olores en las peores condiciones que determino la modelación. Los escenarios modelados determinaron los valores indicados en la siguiente tabla. 

Escenario TEO CI

 

1) 105.000 [ouE/s] 3 [ouE/m3]

3) 157.500 [ouE/s] 5 [ouE/m3]

5) 231.000 [ouE/s] 7 [ouE/m3]

 

 Es decir el presente Programa de Contingencia tiene como objetivo enfrentar las peores condiciones posible que la modelación determino como los escenarios 3 y 5 para no afectar los Receptores Sensibles. 

-PRINCIPIOS DE ACCION 

Los principios de acción copulativos en los cuales se basa el presente plan son: 

- Productos Contractuates de Olores, no enmascarantes

- Productos Orgánicos, no dañinos para la salud de las personas

- Aplicación Móvil, dada el área y las condiciones meteorológicas 

Estos principios son las orientaciones en la selección de los productos a utilizar y los equipos necesarios para su aplicación. 

-EFECTIVIDAD DE LOS PRODUCTOS Y EQUIPOS 

Las pruebas y ensayos se han realizado empíricamente en otro taller existente en Quellón (Redes Quellón) de propiedad de los mismos dueños del taller proyectado. Los resultados han sido exitosos y están a la vista en este taller desde hace tres meses. 

Basados en los principios anteriormente mencionados se han probado diferentes productos en base a aceites naturales que tienen una acción contractuante, es decir reaccionan con las moléculas de olor descomponiéndolas eliminando así los componentes que provocan el mal olor. 

Desde el punto de vista de los equipos a utilizar estos se basan en el principio de micro nebulización para mejorar la efectividad de los productos seleccionados. Estos equipos son móviles permitiendo la aplicación en diferentes puntos y áreas dependiendo de las condiciones meteorológicas. 

Las pruebas y actual aplicación indican que, pese a las peores condiciones modeladas, los olores son ya eliminados en la misma área que se ha determinado como fuente de emisión. 

3.1.6.-Etapa de Abandono

El proyecto no contempla un periodo definido de vida útil debido a que esta se puede prolongar de manera indefinida, requiriendo sólo la reparación y eventual reemplazo de los equipos utilizados, no obstante, de existir, ya sea por el término de la actividad u otra razón se contemplaría la demolición de las obras civiles y desmantelamiento o retiro de los equipos los cuales serían vendidos o reubicados en otras instalaciones. Los residuos sólidos que se obtengan corresponderían básicamente a escombros de construcción y serían depositados en un lugar autorizado.  

 

 

4.-Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda." y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda." cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

 

Componente Ambiental Regulado

Texto Normativo

Materia Regulada

y Cumplimiento

Etapa

Medio Ambiente Libre de Contaminación

Constitución Política de la República

Artículo 19 Nº 8

La Constitución asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. 

Cumplimiento

Respeto a la legislación e institucionalidad vigente, a través del sometimiento del Proyecto al SEIA.

Construcción y operación

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley Nº 20.417 que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente

Secretaría General de la República,

D.O. 26.01.10

Integro

Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión ambiental aplicables al Proyecto:

·         Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,

·         Normas de calidad ambiental

·         Normas de emisión. 

Cumplimiento

Se presenta a tramitación ante el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental la presente Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Construcción y operación

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

DS 95/2001

Establece las normas que rigen el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental 

Cumplimiento:

El proyecto presenta los antecedentes de que no requiere un Estudio de Impacto Ambiental, que  requiere de los permisos ambientales enlistados en el Reglamento y que cumple con la normativa ambiental aplicable.

Construcción y operación

 

Residuos Líquidos

 

 

D.F.L. 725 de 1968

Código Sanitario

Ministerio de Salud

D.O. 31.01.68

 

Artículo 71 letra b)

El Servicio de Salud debe aprobar los proyectos relativos a la construcción de obra particular destinada a evacuación de aguas servidas. 

Cumplimiento 

En la etapa de operación se contara con servicios higiénicos ( se presenta proyecto en Adenda 1) 

Construcción y operación

Ruido

D.S. Nº 38 de 2011

Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 146, de 1997.

Ministerio del Medio Ambiente Presidencia

D.O. 16.06.12

Íntegra

Fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que se obtengan de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor. 

Cumplimiento

En Adenda 1 se presenta Estudio de Ruidos, el cual concluye que se cumple con el nivel de ruido que se generará en este proyecto.

Construcción y operación

Patrimonio Cultural.

 

Ley Nº 17.288 sobre Monumentos Nacionales.

Ministerio de Educación

D.O. 04.02.70.

 

 

 

Cumplimiento

Se establece que el Titular deberá dar aviso a las autoridades competentes ante el hallazgo de restos arqueológicos, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20º y 23º de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el proponente.

Construcción y operación

Residuos Sólidos

 

D.F.L. 725

Código Sanitario

Ministerio de Salud

D.O. 31.01.68

Materia

Artículos  78, 79, 80 y 81:

Regula el manejo de basuras y desperdicios de cualquier clase, y disposiciones relativas a los vehículos y sistemas de transporte de ciertos materiales que puedan causar peligro o molestia.

Cumplimiento

Residuos Sólidos Domiciliarios:

Se cumplirá con las normas contenidas en este cuerpo normativo aplicables a los lugares destinados a la disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, así como los medios de transporte de ellas.

Durante la etapa de construcción, los residuos serán almacenados temporalmente en tambores o contenedores con tapa en la instalación de faenas y serán dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. 

Residuos Industriales no Peligrosos:

Éstos serán almacenados en un sector especialmente habilitado en la instalación de faenas, priorizando su reutilización en la obra.

Todos los residuos industriales no peligrosos que no puedan ser reutilizados o comercializados serán dispuestos en lugar  Autorizado. Su cumplimiento se respaldará con el registro de todas las salidas y los respectivos certificados de ingreso a vertedero autorizado.

Construcción y operación

Residuos Industriales Líquidos

DS 609/98

Norma de emisión para la regulación de

contaminantes asociados a las descargas de RILES a sistemas de

alcantarillado.

Materia: 

Establece la cantidad máxima de contaminantes permitida para los residuos industriales líquidos descargados por los establecimientos industriales en los servicios públicos de recolección de aguas servidas de tipo separado o unitario. 

Cumplimiento: 

El proyecto cumple con los parámetros de esta norma, para la descarga celebrará un contrato con ESSAL para disponer los residuos en Planta Chonchi (23m3/mes). 

Operación

Residuos Sólidos

D.S. 594 de 1999

Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo

Ministerio de Salud

D.O. 29.04.00

 

Artículos 18, 19 y 20

Señala que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.

Cumplimiento

El proyecto tendrá los residuos acumulados en Bins cerrados máximo 10 días, para luego ser dispuesto en lugar autorizado.

Construcción y operación

Residuos Peligrosos

D.S. Nº 148 de 2003

Reglamento

Sanitario sobre Manejo de

Residuos Peligrosos.

Ministerio de Salud.

D.O. 16.06.2004

Materia

Reglamento sanitario sobre las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reutilización, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

Cumplimiento

Los residuos peligrosos que se generen serán dispuestos en lugar autorizado, se dispondrá de registro que certifique lo anterior. 

Construcción y operación

  

4.2 Permisos ambientales sectoriales:


Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda." requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 90 y 91  del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Antecedentes específicos de los permisos que aplican:

Artículo 90.- En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. 

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a: 

a) Caracterización físico-químico y microbiológica correspondiente al residuo industrial de que se trate.

b) La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer.

c) Tipo de tratamiento de los residuos industriales y mineros.

d) La evacuación y disposición final de los residuos industriales y mineros, considerando, entre otros, los olores.

e) El efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, identificando los usos actuales y previstos de dicho receptor.

f) La identificación de existencia de lodos, su cantidad y su caracterización físico-químico y microbiológica.

g) Las características del tratamiento, disposición o evacuación de los lodos. 

Antecedentes del permiso: 

a)

Parámetro

Unidad

Ril Crudo

Eficiencia

Entrada

Eficiencia

Ril Tratado

DS 609/98

DBO5

mg/L

1.192

65%

417,2

70%

125,2

300

Solidos Suspendidos

mg/L

5.465

85%

819,75

95%

41

300

Cadmio

mg/L

0.02

50%

0,01

40%

0,006

0,5

Cobre

mg/L

324

53%

152,28

98%

2,5

3

Plomo

mg/L

0,2

25%

0,15

90%

0,015

1

Zinc

mg/L

4,3

50%

2,15

90%

0,215

5

 b) El proyecto recirculará sus Riles. En Adenda 1, presenta la siguiente información:

 

Volumen Medio Generado (m3)

Volumen Medio Descarga (m3)

Volumen Máximo Generado (m3)

Volumen Máximo Descarga (m3)

 

Año

18.915

189

18.915

189*

Mes

1.576

16

2.283

23*

Día

62

-

88

-

*Descarga a Planta de Tratamiento de Essal Chonchi

 

c) El proyecto considera un tratamiento físico-quimico

d) Se considera evacuar a Essal S.A. 23 m3/mes (189 m3/año) como máximo teniendo 6 horas de proceso.

e) El proyecto recirculará sus Riles 

f) La implementación de la planta de tratamiento generará aproximadamente 9 tn/turno de lodos deshidratados. En relación a sus características, corresponde principalmente a materia orgánica. Una vez que se generen, se realizará análisis del porcentaje de humedad, el cual estará disponible para los servicios fiscalizadores cuando lo requieran. 

g) Los sólidos serán transportados y dispuestos por una empresa especializada y autorizada a un vertedero autorizado por la Autoridad Sanitaria. 

Artículo 91.- En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a: 

a) En caso de disposición de las aguas por infiltración:

a.1. La profundidad de la napa en su nivel máximo de agua, desde el fondo del pozo filtrante.

a.2. La calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción.

a.3. La cantidad de terreno necesario para filtrar.

a.4. La caracterización físico-química y microbiológica de las aguas. 

b) En caso que las aguas, con o sin tratamiento, sean dispuestas en un cauce superficial:

b.1. La descarga del efluente en el cauce receptor.

b.2. La caracterización físico-química y microbiológica de las aguas.

b.3. Las características hidrológicas y de calidad del cauce receptor, sus usos actuales y previstos. 

c) En casos de plantas de tratamiento de aguas servidas:

c.1. La caracterización físico-química y microbiológica del caudal a tratar.

c.2 El caudal a tratar.

c.3. Caracterización físico-química y bacteriológica del efluente tratado a descargar al cuerpo o curso receptor.

c.4. La caracterización y forma de manejo y disposición de los lodos generados por la planta. 

Antecedentes del permiso: 

Se adjunta en Anexo 8 de la Adenda 1 los antecedentes específicos del sistema de tratamiento de aguas servidas, en este caso se propone un sistema por infiltración. 

Finalmente se tiene que mediante Oficio N°651 del 2 de Septiembre de 2013, SEREMI de Salud, otorga este permiso y da su conformidad al proyecto

 

5.-Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda." no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior en consideración a los siguientes argumentos:

 a) Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos. 

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que el proyecto   no generará  Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos en consideración a: 

  • Los residuos sólidos que se generen serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria cumpliendo la normativa vigente. 

  • Las aguas servidas  que se generan serán dispuestas cumpliendo  normativa. 

  • En cuanto a las emisiones de olores se tiene que no serán significativas, lo anterior en consideración a modelación presentada, así mismo se presenta un Plan de contingencia con medidas que se implementarán. 

  • Las emisiones de ruido se ajustarán a la normativa vigente (DS 38/2011). 

  • Los  residuos peligrosos que se generen serán dispuestos en lugares autorizados cumpliendo normativa.

 

 

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que el proyecto no  provocará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 

c) Reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que el proyecto   no   provocará reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 

d) Localización próxima a  población, recursos y áreas protegidas susceptible de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. 

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que no   se localizará próximo a  población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

 

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

 

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental  se concluye que   no  habrá alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. 

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,  histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental no habrá alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico,  histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. 

En todo caso se establece que el Titular deberá dar aviso a las autoridades competentes ante el hallazgo de restos arqueológicos, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20º y 23º de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el proponente.

6.-Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

El titular del proyecto contempla realizar compromisos ambientales voluntarios, no exigidos por la legislación vigente, el que consiste en la implementación de un sistema de gestión ambiental llamado Acuerdo de Producción Limpia Talleres de Redes (APL), el cual fue firmado por la Asociación Gremial de Talleres de Redes de la Región de Los Lagos (ATARED A.G.) y la Asociación Gremial de Talleres de Redes de la Región de Aysén (ATRA A.G.) el día 4 de noviembre del año 2004. El titular se compromete a dar cumplimiento de las acciones establecidas en dicho Acuerdo.

7.-Que, para que el proyecto  pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

8.-Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

9.-Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, deberá ser entregada por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los plazos y con la frecuencia establecidas en la presente Resolución, ingresándola al Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia al cual se accede a través de la página web http://www.sma.gob.cl Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en calle Miraflores N°178, piso 7 , comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.

10.-Que, en caso de emergencias producidas por materiales o sustancia peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.

 11.-Que, el Titular del proyecto debe informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

12.-Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad y/o de representación legal.

13.-Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

14.-Que de acuerdo a lo señalado en el Art. 11 B de la Ley N° 18.902, la SISS procederá a dictar la Resolución de Monitoreo que aprueba el programa de autocontrol, para lo cual el industrial deberá avisar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con 90 días de anticipación, el inicio de la operación de su sistema de tratamiento de Riles, de acuerdo al formato de aviso que se encuentra en la página web www.siss.cl

15.-Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la  Región de Los Lagos

RESUELVE:

1.-CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda.".

2.-CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda." cumple con la normativa de carácter ambiental,  incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 90 y 91 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

 

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA/LFAB

Distribución:
  • Oscar Vera Díaz
  • Superintendencia de Medio Ambiente
  • CONADI, Región de Los Lagos
  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Quellón
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • Sernatur, Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Planta de Tratamiento de Residuos Industriales Líquidos Taller de Redes Inversiones Linagua Ltda."
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=88/83/1828c7b07c7a4cefe8d92dc33227d5cbeb39


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