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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Edificio José Pedro Alessandri 927"

Resolución Exenta Nº 005/2016

Santiago, 5 de Enero de 2016



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 07 de julio de 2015, y su Adenda, de fecha 30 de octubre de 2015 del Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927” presentada por la empresa Eurocorp S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927”.

3°. El Acta de Evaluación N° 01/2015 de fecha 03 de diciembre de 2015, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927” de fecha 18 de diciembre de 2015.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 29 de diciembre de 2015.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

 1°. Que, Eurocorp S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Titular

Eurocorp S.A.

R.U.T.

76.001.653-5

Domicilio

Av. El Bosque N° 0177, Oficina 1202

Comuna

Las Condes

Región

Región Metropolitana

Representante Legal

Alejandro Ruiz Bornscheuer  

R.U.T.

9.662.484-0

Domicilio

Av. El Bosque N° 0177, Oficina 1202

Comuna

Las Condes

Región

Región Metropolitana

 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de diciembre de 2015, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el Proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 29 de diciembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 18 de diciembre de 2015, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

Construcción de un edificio de dos alturas diferentes, que contempla 342 departamentos. El sector que enfrenta al deslinde norte, tendrá una altura de 25 pisos y el sector que enfrenta a la Av. José Pedro Alessandri tendrá una altura de 15 piso.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal: el Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927”, ingresa por la tipología “ h ” del artículo 10 de la Ley 19.300 y el D.S 40/2012 del MMA del Artículo. 3. El cual señala:

 

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

 

h.1. Se entenderá por Proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o

urbanización, así como los Proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características.

 

h.1.3.  Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”;

 

Tipología Secundaria: no tiene.

Vida útil.

La vida útil del Proyecto es indefinida.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el Titular, es de US$ 20.475.189 USD (veinte millones cuatrocientos setenta y cinco mil ciento ochenta y nueve dólares).

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El hito que da cuenta del inicio al Proyecto corresponde a la demolición y desarme de las construcciones existentes en el predio.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 Capítulo I, punto J de la DIA.

 

[X]

Proyecto modifica un Proyecto o actividad.

Si

No

Capítulo I del ICE, punto 1.8

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

Comuna de Ñuñoa, provincia de Santiago, Región Metropolitana.

 

 

Descripción de la localización.

El Proyecto estará ubicado en Av. José Pedro Alessandri Nº 927, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana.

 

Superficie.

El Proyecto se emplazará en un terreno cuya superficie útil corresponde a 6.845,27 m².

 

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Tabla Nº1: Coordenadas UTM del Proyecto (WGS 84 Huso 19 S)

Vértice

Norte

Este

Centroide

6.296.176

351.420

A

6.296.135

351.382

B

6.296.135

351.454

C

6.296.220

351.455

D

6.296.220

351.384

Fuente: tabla 1 de la DIA

Caminos de acceso.

El acceso para la fase de construcción, se realizará por Avenida José Pedro Alessandri. Para la fase de operación, se contará con dos accesos vehiculares ubicados por Av. Jose Pedro Alessandri y servirá de entrada y salida para la totalidad de los estacionamientos.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

Anexo N°4 de la Adenda

 

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

El Proyecto consiste en la construcción de un edificio de dos alturas diferentes, que contempla 342 departamentos. El sector que enfrenta al deslinde norte, tendrá una altura de 25 pisos y el sector que enfrenta a la Av. José Pedro Alessandri tendrá una altura de 15 pisos.

El Proyecto contará con 399 estacionamientos, de los cuales 341 están destinados para los residentes, 52 estacionamientos para visitas y 6 estacionamientos para locales comerciales (se incluyen 5 estacionamientos para personas con movilidad reducida). Además, se incluye 200 estacionamientos para bicicletas.

En la Imagen 1 de la Adenda, se presenta el Diseño del Edificio José Pedro Alessandri 927 al 997 y en la Figura 4 de la DIA, se presenta el Plano de Planta del 1er piso.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalación de faenas

En esta etapa se llevarán a cabo las actividades de instalación de faenas, habilitaciones de zonas de carga y descarga, señalizaciones al interior y exterior del predio, de modo de habilitarlo para la construcción.

Accesos

La determinación de las rutas de acceso al Proyecto fueron definidas bajo el criterio de la cercanía de los puntos proveedores, hacia el Proyecto. El acceso para la fase de construcción, se realizará por Avenida José Pedro Alessandri. En la tabla N°3 de la DIA, se presenta las rutas preferentes, frecuencia de los camiones durante la fase de construcción.

Demolición

La superficie a demoler corresponderá a 386 m² de superficie. En la imagen N°3 de la Adenda, se identifican con color verde las áreas a demoler y en color rojo, las estructuras (galpones) a desmantelar.

Sobre la demolición, el Titular señala en su respuesta a la pregunta 10 de la Adenda, lo siguiente:

i Horarios y días cuando se llevarán a cabo: lunes a viernes de 07:00 a 20:00 horas y sábado de 08:00 a 14:00 horas, en un periodo estimado de 3 meses (enero a marzo de 2016, según carta Gantt).

ii Lugar y cantidad de sustancias explosivas a almacenar en la faena: no se contempla la utilización de sustancias explosivas para esta faena.

iii Medidas de seguridad a implementar para los vecinos colindantes al proyecto: Se instalarán barreras acústicas cuyo material cumplirá con las condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m³ (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa en las faenas de construcción de la demolición y excavación. En la Imagen N°5 de la Adenda, se presenta la ubicación y altura de barreras acústicas – demolición y desarme.

Preparación del terreno y escarpe

Previo al inicio de las excavaciones y rellenos, se efectuará el escarpe del estrato superior de material vegetal, en toda el área afectada por las excavaciones, para definir la ubicación de todas las obras contempladas en el Proyecto. El transporte del material extraído, hacia los sitios de disposición final autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, se realizará con camiones tolva. Se estima una superficie de escarpe sobre el 100% de la superficie total del terreno correspondiente a 6.845,27 m².

Excavación

Las excavaciones se ejecutarán conforme a las dimensiones, cotas y pendientes establecidas en los Planos del Proyecto. El material procedente de las excavaciones podrá utilizarse en la ejecución de los rellenos, siempre y cuando cumpla con lo establecido respecto del tipo de suelo, el material restante, será dispuesto en botadero autorizado por la autoridad pertinente. Se utilizará retroexcavadoras cuyo rendimiento individual será de 30 m³/h. La cantidad de material a extraer es de 22.760,52 m³.

Maquinarias

Tabla N°2: Unidades de maquinarias y equipos utilizadas en la fase de construcción

Equipos y maquinarias

Demolición (Edificaciones existentes)

Excavación

Obra Gruesa

 

 

Excavación y preparación del terreno

 

Nivel Suelo

 

Nivel altura

 

 

Excavadora con carga frontal

1

 

-

-

 

 

Retroexcavadora

1

1

-

-

 

 

Rodillo compactador

-

 1

-

-

 

 

Bomba hormigonera

-

-

1

-

 

Minicargador

-

1

-

-

 

Sierra circular

-

-

2

2

 

Grúa Pluma

-

-

1

1

 

Soldadora

-

-

3

3

 

Martillo hidráulico

-

-

1

1

 

Vibrador de inmersión

-

-

1

1

 

Fuente: tabla 2 de la Adenda.

 

Aguas lluvias

En el Anexo N°2 de la DIA, se presentan los planos de aguas lluvias, donde se indica el detalle de sumidero, detalle zanja dren, detalle piletas jardineras, detalle soporte horizontal cañería, detalle despiche red seca y detalle cámara decantadora doble.

Sectores de Acopio

Al interior del predio se delimitará un sector para acopio de residuos valorizables. En el Anexo N°4 de la Adenda, se adjunta un plano de instalación de faenas georreferenciado, graficando el sector de acopio para los residuos valorizables. Asimismo, en la Tabla N°6 de la Adenda, se presentan las características del sector de acopio.

Lugar de lavado de ruedas

Para la fase de construcción se contempla un camino de ripio de 3,5 m x 10 m para el tránsito de camiones. Antes de abandonar los camiones de la obra, el personal a cargo verificará si el camión requiere limpieza de las ruedas. En caso que estas se encuentren con barro, se utilizará el método de aspersión (uso de manguera).

Vialidad

 

Tabla N°3: Flujo de camiones por año (ida y vuelta) durante la fase deconstrucción 

 

Año

 

Hormigón

 

Fierro

 

Tierra

 

Escombros

Otros

Materiales

Residuos

Peligrosos

1

404

4

3794

24

40

2

2

604

6

0

14

272

2

3

0

0

0

0

98

4

Total

1.008

10

3.794

38

410

8

Camión

Utilizado

Mixer

Tolva

Tolva

Basculante

Tolva

Basculante

Fuente: tabla 9 de la DIA

Provisión de Suministros Básicos.

a) Agua Potable y Alcantarillado (servicios higiénicos)

De acuerdo a lo indicado en el Certificado de factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N° 003717 de fecha 20 de mayo del 2015, emitido por la empresa sanitaria Agua Andinas, la propiedad cuenta con conexión para el abastecimiento de agua potable y alcantarillado.

Para las actividades de humectación, lavado de ruedas, consumo de agua potable para los trabajadores, se conectarán a la red de abastecimiento existente en el sector, de diámetro 50 mm, en tubería de FFG, en Av. José Pedro Alessandri, acera poniente, conforme al Proyecto público N° 6750.

El Titular asegura que todos los trabajadores que se desempeñen en la fase de construcción contarán con abastecimiento de agua potable. Para la fase de construcción, se utilizará la red de distribución existente de agua potable para consumo de los trabajadores.

b) Sustancias peligrosas

Se utilizarán algunas sustancias químicas durante la fase de construcción, entre las cuales se encuentran: pinturas, aceites, entre otros.

En la siguiente tabla se presenta una estimación de las sustancias químicas a utilizar.

Tabla Nº4: sustancias peligrosas a utilizar durante la fase de construcción

 

Sustancia peligrosa

Clasificación(D.S.Nº78)

Cantidad estimada(L)

Actividad de uso

Frecuencia de uso

 

Pinturas óleo

 

inflamable

 

500

 

Terminaciones

 

diario

Aguarrás mineral (solvente)

 

inflamable

 

100

 

Terminaciones

 

diario

 

Barnices

 

inflamable

 

100

 

Terminaciones

 

diario

Adhesivo cerámico (pegamento)

 

inflamable

 

50

 

Terminaciones

 

diario

Adhesivo molduras (pegamento)

 

inflamable

 

50

 

Terminaciones

 

diario

 

Resinas epóxicas

 

inflamable

 

50

 

Terminaciones

 

diario

 

Total

 

850

 

Terminaciones

 

diario

Fuente: Tabla 8 de la Adenda. 

c) Combustibles

Para la maquinaria se exigirá a la empresa contratista la carga de combustible fuera del predio. En caso que esta exigencia no sea factible, se condicionará un sector para la carga de combustible, el cual tendrá un pretil plástico impermeable, cubierto por una capa de arena de un espesor adecuado para absorber los eventuales derrames fugas o pérdidas al trasvasijar el combustible.

d) Sistema de abastecimiento eléctrico

Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la Fase de Construcción.

El Proyecto no considera durante la ejecución de alguna de las etapas de la fase de construcción, la explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes.

a) Emisiones atmosféricas

En el Anexo N°7 de la Adenda, se presenta la “Estimación de Emisiones” con las correcciones y aclaraciones solicitadas para cada etapa de la fase de construcción y operación.

 A continuación, en las siguientes tablas se presenta el resumen del total de las emisiones durante la fase de construcción.

Tabla N°5: Total de emisiones MP10 de la fase de construcción del Proyecto.

Tipo de Emisión

Actividad

Año 1

Año 2

Año 3

 

 

 

 

 

 

 

 

Emisiones Directas

Demolición

0,07268

0,00000

0,00000

Perforación

0,00118

0,00000

0,00000

Escarpe

0,01393

0,00000

0,00000

Excavación

0,46173

0,00000

0,00000

Acopio de material

0,00933

0,00000

0,00000

Carga y volteo

0,02302

0,00082

0,00000

Livianos en camino no pavimentado

0,00000

0,00000

0,00000

Pesados en camino no pavimentado

0,00000

0,00000

0,00000

Camino pavimentado interior

0,00717

0,00154

0,00057

Combustión Maquinas

0,07415

0,00012

0,00000

Combustión Pesados

0,00015

0,00003

0,00000

Combustión Livianos

0,00001

0,00001

0,00001

 

 

Emisiones Indirectas

Tránsito en caminos pavimentados exterior

0,05177

0,01089

0,00000

Carga y volteo

0,02302

0,00082

0,00000

Combustión Livianos

0,00026

0,00026

0,00026

Combustión Pesados

0,09687

0,03624

0,01465

MP10 Total en (ton/año)

0,84

0,05

0,02

Emisión Máxima según PPDA. en (ton/año)

2,50

2,50

2,50

Fuente: Tabla 48 Anexo Emisiones de la DIA

 A continuación, se presentan las emisiones de CO, HC y NOx de la fase de construcción.

Tabla N°6: Cuadro resumen con emisiones de CO, HC, NOx

 

Actividad

Año1

CO

NOx

HC

Combustión maquinaria

0,209

0,796

0,095

Combustión camiones al interior del recinto

0,004

0,011

0,001

Combustión vehículos livianos al interior del recinto

0,000

0,001

0,000

Combustión camiones al exterior del recinto

0,520

2,078

0,112

Combustión vehículos livianos al exterior del recinto

0,003

0,013

0,001

Total(ton/año)

0,736

2,899

0,210

Limite Max PPDA (ton/año)

100

8

100

 

 

Actividad

Año2

CO

NOx

HC

Combustión maquinaria

0,000

0,001

0,000

Combustión camiones al interior del recinto

0,001

0,002

0,000

Combustión vehículos livianos al interior del recinto

0,000

0,001

0,000

Combustión camiones al exterior del recinto

0,109

0,437

0,024

Combustión vehículos livianos al exterior del recinto

0,003

0,013

0,001

Total(ton/año)

0,114

0,455

0,025

Limite Max PPDA (ton/año)

100

8

100

 

 

Actividad

Año 3

CO

NOx

HC

Combustión maquinaria

0,0000

0,0000

0,0000

Combustión camiones al interior del recinto

0,0000

0,0001

0,0000

Combustión vehículos livianos al interior del recinto

0,0002

0,0006

0,0001

Combustión camiones al exterior del recinto

0,0000

0,0000

0,0000

Combustión vehículos livianos al exterior del recinto

0,0028

0,0134

0,0008

Total (ton/año)

0,003

0,014

0,001

Limite Max PPDA (ton/año)

100

8

100

Fuente: Tabla 49 Anexo Emisiones de la DIA

De acuerdo a las estimaciones, el Proyecto no supera los límites establecidos en la normativa vigente en fase de construcción.

 

b) Emisiones acústicas (ruido)

En el Anexo N°8 “Estudio Acústico y Vibraciones” de la Adenda, se adjuntan: las fuentes emisoras de cada etapa de la fase de construcción, los niveles estimados en los puntos receptores, las memorias de cálculo, los archivos del software utilizados para las estimaciones de ruido.

En las tabla 9, 10 y 11 de la Adenda, se presenta la eficiencia de medidas de control para la demolición, desarme, excavación y obra gruesa.

De acuerdo a lo señalado en el Anexo N°8 de la Adenda, y con la aplicación de las medidas propuestas, se cumple con los límites máximos establecido en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

 

c) Efluentes Líquidos

 

El consumo de agua promedio diario de un trabajador se estima de 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá aproximado un caudal de aguas servidas de 10 m³/día (100 trabajadores máximo mensual), las cuales corresponderán principalmente a las aguas provenientes de duchas, wc, lavamanos, los que han sido incorporados en las instalaciones de faena, cumpliendo lo señalado en el D.S. Nº 594 del Ministerio de Salud. Estos residuos serán descargados a la red de alcantarillado existente.

 

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos Sólidos Domésticos (RSD)

Se generarán como máximo 109 kg/día de residuos sólidos domiciliarios o asimilables, derivados de la ingesta de comida de los trabajadores, considerando una tasa de 1,13 kg/persona y 100 trabajadores.

Para almacenar temporalmente los residuos, se dispondrán de 2-3 contenedores plásticos con ruedas y tapa, cada uno de 360 litros de capacidad, reforzados en su interior, por una bolsa plástica resistente, los cuales serán vaciados cada tres días.

b) Excedentes de Tierra

El movimiento de tierras, derivado de las labores de excavación para el subterráneo, se ha estimado de la siguiente forma:

Tabla N°7: Movimientos de tierra en fase de construcción 

Área de excavación(m²)

Profundidad subterráneo(m)

Volumen de tierra(m³)

4.791,689

4,75

22.760,52

Fuente: Tabla 18 de la DIA. 

c) Residuos sólidos de la construcción

Respecto de los residuos que se producirán durante la demolición, el Titular presentó una estimación de residuos provenientes de la demolición y desarme de las actuales edificaciones utilizadas por la empresa LANZCO, indicando el tipo de residuos y cantidad.

Tabla N°8: residuos peligrosos en fase de construcción

 

Tipo de residuo

 

Material

Cantidad (m³/mes)

 

Acumulación

 

Transporte

 

Disposición final

 

 

 

 

Peligroso

Envases de pinturas

 

0,5

 

Menor a 6 meses en tambor metálico de 220 litros debidamente etiquetado.

 

Empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria de la RegiónMetropolitana.

 

Sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región Metropolitana.

Solventes

0,2

Envases de pegamentos, Aceites/barnices

 

0,4

             

Fuente: Tabla 17 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

La fase de operación consistirá en las actividades propias de este tipo de Proyecto, vale decir, la ocupación de los departamentos por parte de sus respectivos dueños (1.198 habitantes). Esta fase no considera períodos de prueba o puesta en marcha.

 

La sala de calderas del Proyecto se encontrará ubicada en la cubierta del edificio y la sala eléctrica con el grupo electrógeno, se ubicará en la planta del segundo subterráneo del edificio.

Transporte

Los accesos vehiculares y peatonales serán por Av. José Pedro Alessandri. Existirán dos accesos, el acceso norte permitirá el acceso y egreso a los estacionamientos de superficie y a los niveles de subterráneos. Y el acceso sur permitirá el ingreso y egreso a los seis estacionamientos de la placa comercial.

 

El Titular en el Anexo N°1 de la Adenda, adjunta el oficio de aprobación del EISTU por parte de la Seremitt RM.

 

La determinación de los estacionamientos requeridos, se ha realizado en base a lo establecido en el PRC de Ñuñoa vigente. Al respecto, en la tabla N°6 de la DIA, se presenta el cálculo de los estacionamientos requeridos y proyectados, el cual corresponde a 399 estacionamientos. En la Tabla N°7 de la DIA, se presenta la distribución de estacionamientos proyectados.

Aguas lluvias

En el Anexo N°3 de la Adenda, se adjunta la Memoria de Cálculo del Proyecto de evacuación de aguas lluvias, donde se presenta los caudales de diseño, dimensionamiento de obras de captación y de evacuación.

Provisión de Suministros Básicos

a) Agua Potable y Alcantarillado.

 

Para la fase de operación, se contará con factibilidad de sanitaria, según Certificado N° 0003717 emitido con fecha 20 de Mayo de 2015 por la empresa Aguas Andinas. Dicho Certificado se encuentra en el Anexo N°4 de la DIA.

b) Energía. La factibilidad de suministro de energía eléctrica, será a través de la empresa del sector y estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

 

Además se contempla un grupo electrógeno en caso de emergencia con una capacidad de 132,0 kW.

 

c) Aguas Lluvias: corresponde a la materialización de obras de saneamiento y evacuación de aguas lluvias del Proyecto.

 

Todas las aguas lluvias provenientes de las torres y terreno serán conducidas a través de canaletas hacia cámaras decantadoras (zanjas drenes).

Actividades de Mantención y Conservación

Una vez construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración, se dejará indicado en el Reglamento de Copropiedad, el que además, indicará lo siguiente: Limpieza periódica en cada elemento componente del conjunto evacuador de aguas lluvias (canaletas, techo, piletas, cámaras y rejillas).

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la fase de operación.

El Proyecto no contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales.

Emisiones y efluentes.

a) Emisiones atmosféricas

En la Tabla N°54 del Estudio atmosférico de la DIA, se presenta el resumen de emisiones fase de operación en ton/año.

Durante la fase de operación se utilizará un grupo electrógeno de emergencia de 165,0 kVA (132,0 kW) de potencia. Según la ficha técnica del grupo, no se permite sobrecarga de estos valores. El alternador en este modelo está dimensionado para el valor máximo continuo (como se define en la ISO 8528-3). En el Anexo N°1 de la Adenda, se adjunta ficha técnica del grupo electrógeno, marca Perkins, modelo 380-415V, modelo motor 1006TAG2, Frecuencia 50Hz.

En el Anexo N°7 de la Adenda, se presentan las estimaciones del grupo electrógeno. De acuerdo a las estimaciones, el Proyecto no supera los límites establecidos en la normativa vigente en fase de operación.

 

b) Emisiones acústicas (ruido)

 

En la fase de operación los niveles de ruido no superarán los 45 dBA tanto en los propios receptores interiores del Proyecto como en la comunidad (puntos receptores), cumpliendo por ende con la normativa para todo horario.

 

c) Efluentes (residuos líquidos)

 

De acuerdo al número de habitantes del Proyecto, el consumo de agua promedio medio diario será de 245 m³, por tanto se tendrá aproximadamente un caudal de aguas servidas de 198 m³/día, las cuales serán conducidas a la red de alcantarillado existente.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

d) Residuos domésticos

Se generarán como máximo 1.353,74 kg/día de residuos sólidos domiciliarios o asimilables, derivados de la ingesta de comida de los habitantes del Edificio, considerando una tasa de 1,13 kg/persona y 1.198 habitantes.

Para el almacenaje de estos residuos, previo a la recolección del camión municipal, que se realiza cada tres días, el Proyecto ha considerado salas de basuras, las cuales estarán ubicadas en la planta del primer piso.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE.

Conforme a lo señalado en el punto A.7 de la DIA, no se contempla fase de cierre para este Proyecto.

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

 

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Enero de 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito que da cuenta del inicio de la fase de construcción corresponde a la demolición y desarme de las construcciones existentes en el predio.

Fecha estimada de término.

Septiembre de 2018.

Parte, obra o acción que establece el término.

La Recepción Final del edificio por parte de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Ñuñoa, corresponde a la acción que da cuenta del término de la fase de construcción.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Octubre de 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Se ha estimado que el inicio de la fase de operación comience luego del fin de la construcción de las torres, específicamente con la Recepción Final por parte de la Dirección de Obras Municipales de Ñuñoa.

Fecha estimada de término.

Indefinida.

Parte, obra o acción que establece el término.

No contempla.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Conforme a lo señalado en el punto A.7  de la DIA, no se contempla fase de cierre para este Proyecto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante la fase de construcción (incluyendo demolición de las instalaciones existentes) y la fase de operación. El detalle de la metodología y resultados de la estimación de emisiones se presenta en el Anexo N°7 de la Adenda, se presentan todos los cálculos, y además, se concluye que el Proyecto no sobrepasa los límites establecidos en el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana (D.S N°66/2010).

Parte, obra o acción que lo genera.

Actividades de demolición, excavación, carga y descarga de material, circulación de vehículos y combustión de motores, durante la fase de construcción.

Fase en que se presenta.

Construcción.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido.

En el Anexo N°8 “Estudio Acústico y Vibraciones” de la Adenda, se adjuntan: las fuentes emisoras de cada etapa de la fase de construcción, los niveles estimados en los puntos receptores, las memorias de cálculo, los archivos del software utilizados para las estimaciones de ruido, concluyendo que se da cumplimiento a la normativa aplicable en la materia.

Parte, obra o acción que lo genera.

Diferentes etapas de la fase construcción (demolición, obra gruesa, etc.)

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Residuos:

Respecto de los residuos que se producirán durante la demolición, el Titular presentó una estimación de residuos provenientes de la demolición y desarme de las actuales edificaciones utilizadas por la empresa LANZCO, indicando el tipo de residuos y su cantidad.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción.

Fase en que se presenta.

Construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Agua:

El Titular tendrá presente el evitar alumbramiento de aguas subterráneas en todas las fases del Proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

Según el Estudio de mecánica de suelos del Anexo N°2 de la Adenda, no se detectó la napa de agua a las profundidades exploradas al día 07 de Mayo de 2015, la cual fue hasta los 34 m de profundidad. En la imagen 7 de la Adenda, se presenta el nivel freático en relación a la profundidad de excavaciones.

Componentes ambientales afectados

Agua.

Parte, obra o acción que lo genera.

Obras de construcción, excavaciones.

Fase en que se presenta.

Construcción.

Referencia al ICE.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

 

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

 

Respecto de las edificaciones existentes en el lugar de emplazamiento del Proyecto, el Titular señala en su respuesta a la pregunta 4 del Capítulo IV de la Adenda, que corresponden a la empresa LANZCO, de rubro venta de equipos y servicios para la Minería e industria. Asimismo, el destino de las edificaciones existentes (uso comercial) serán demolidas y desarmadas las estructuras durante la fase de construcción. En el Anexo N°6 de la Adenda, se adjunta un set de fotografías del interior área del Proyecto con fecha reciente y geo referenciadas. Por lo que con lo anterior, no existirá reasentamiento de grupos humanos.

El Proyecto no afectará los tiempos de desplazamiento de la población perteneciente al área de influencia, ni obstruirá o restringirá la libre circulación o conectividad de los habitantes del sector. Las rutas y flujos de vehículos asociados a la fase de construcción y operación, se realizará por las calles: Av. José Pedro Alessandri, Av. Grecia, Av. Exequiel Fernández, Profesor Juan Gómez Millas, Av. Pedro de Valdivia y Los Tres Antonios. El Titular en el EISTU aprobado en la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, señala las siguientes medidas: cambio del controlador de las intersecciones semaforizadas en Av. José Pedro Alessandri/ Av. Grecia y Exequiel Fernández/ Av. Grecia a fin de evitar la obstaculización en el flujo de vehículos que transitan por dichas avenidas. Asimismo, se construirá la ciclovía de la avenida Exequiel Fernández entre las calles Profesor Juan Gómez Millas hasta Av. Grecia. El diseño y ubicación que estará sujeto a lo indicado por SECPLA de la I. Municipalidad de Ñuñoa. Se instalarán señales de tránsito, mejora y mantención de las paradas de transporte público ubicadas en el entorno inmediato al Proyecto, instalación de vallas peatonales en el frontis del Proyecto, reconstitución de las veredas que resulten dañadas a consecuencia de la fase de construcción. Asimismo, se considera la instalación de espejo convexo y baliza en el acceso al edificio a fin de regular y evitar conflictos entre los egresos e ingresos del edificio con los peatones y la instalación de 200 estacionamientos de bicicletas al interior del Proyecto.

En relación al literal c) del artículo 7 del RSEIA que el Proyecto no altera el acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, ya que existe una importante cobertura de bienes y servicios en o cercanos al Proyecto (establecimientos de salud, establecimientos educacionales, comercio, infraestructura) que permitirá absorber la demanda que producirá la población sobre dichos bienes y servicios. En relación a los servicios básicos de vivienda, destacan en el sector la disponibilidad de agua potable, electricidad y sistema de alcantarillado, por tanto, el Proyecto no modificará o alterará la calidad ni el acceso a éstos servicios.

Aledaño al Proyecto, se encuentra el Templo Evangélico Iglesia Pentecostal Ñuñoa con funcionamiento entre los días martes a domingos a las 20:00 horas, horario en que se oficia el culto. Al respecto, el Titular indicó en la Adenda, que realizó una entrevista al Pastor de la Iglesia, señalando que de las actividades desarrolladas por el Templo destaca el culto o misa del día miércoles a las 20:00 horas en el cual se congregan alrededor de 600 personas provenientes de otras iglesias de la comuna, siendo la actividad con mayor relevancia para el templo evangélico pues tiene la particularidad de reunir a una gran cantidad de fieles y representantes de distintos templos evangélicos. Los días viernes, en el mismo horario 20:00 horas, se realiza la reunión de la Pastoral Evangélica de Ñuñoa y los días domingo se oficia culto en dos horarios a las 12:30 y 19:15 horas. Los días lunes el templo no desarrolla actividades. Al respecto, el Titular señaló que no existe una relación directa entre la presencia del Templo Evangélico con la manifestación de la cultura o adscripción a una religión de la población perteneciente al área de influencia del Proyecto, que de acuerdo a antecedentes presentados en Informe de Caracterización del Medio Humano de la Adenda, un 69,8% de la población indicó pertenecer a la religión católica frente al 4,7% que señaló adscribir a la religión evangélica. De mismo modo, entre las entrevistas aplicadas a habitantes del área de influencia no se logra identificar al Templo evangélico como sitio de significación cultural de relevancia para la población en estudio, aunque es reconocido como espacio de culto para las personas pertenecientes a la religión evangélica. Asimismo, indicó que los horarios de funcionamiento del Templo evangélico no coinciden con los horarios de trabajo en los que se efectuarán labores asociadas a la fase de construcción del Proyecto, el que considera una jornada de trabajo de lunes a viernes hasta las 20:00 horas en tanto que las misas o cultos del Templo inician a las 20:00 horas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El Proyecto no se encuentra cerca de áreas protegidas de ningún tipo. El territorio en el que se emplaza el Proyecto no cuenta con valor ambiental relevante para la población, ya que en el área no hay presencia de ecosistemas naturales con características de unicidad, escasez o representatividad.

 

El Proyecto no se emplaza en o en las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas, según lo indicado en el sitio web de la CONADI (Corporación Nacional de Desarrollo Indígena) y adjunto en la tabla 25 de la DIA.

 

En el Análisis Territorial, adjunto en el Anexo N°6 de la DIA y lo analizado en los puntos precedentes, el Proyecto no se localizará en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, y tampoco afectará el valor ambiental del territorio

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

En el Anexo N°6 “Análisis Territorial” de la DIA, el Titular señala que en un radio de 5 km alrededor del Proyecto, se ubican 27 monumentos históricos y zonas típicas o pintorescas, siendo el más cercano el monumento histórico “Estadio Nacional”, distante a unos 1,21 Km.

 

De realizar hallazgos arqueológicos, se contratará un arqueólogo profesional para la presentar la solicitud al Consejo de Monumentos Nacionales (www.monumentos.cl), según los requerimientos del artículo 7º del Reglamento de excavación de la Ley Nº 17.288 en donde se detallará el plan de trabajo, metodología y distribución de las unidades de muestreo. El informe ejecutivo de excavación será remitido a dicho organismo un mes antes del comienzo de las excavaciones del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Tanto en la fase de construcción como la fase de operación existirán lugares destinados a la acumulación de basuras y desperdicios, domésticos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el punto C.4.1 de la DIA, se presentan los contenidos para la solicitud del PAS.

En la Tabla N°5 de la Adenda, se entrega una estimación de los residuos generados por la actividad de demolición y desarme.

En el Anexo N°5 de la Adenda se presentan los procedimientos de acción ante un eventual derrame de sustancias peligrosas.

Para la fase de operación se considerará ventilación forzada (extractor electromecánico) y no se realizará tratamiento de olores para los gases evacuados. Los antecedentes técnicos de la sala de basuras, closet de basuras, ductos, entre otros se presentarán sectorialmente a la Secretaría Regional Ministerial del Salud, Región Metropolitana conforme al Proyecto de Basuras correspondientes.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N°6018, de fecha 09 de noviembre de 2015, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IX, punto 9.1.1

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

 

Fase del Proyecto a la cual corresponde.

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

En el punto C.4.2 de la DIA, se presentan los contenidos para la solicitud del PAS.

El Proyecto considera la habilitación de una nueva bodega de residuos peligrosos (RESPEL) que cumpla con todas las exigencias establecidas por la Autoridad.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el punto C.4.1 de la DIA, se presentan los contenidos para la solicitud del PAS.

En la tabla 5 de la Adenda se entrega una estimación de los residuos generados por la actividad de demolición y desarme. El Titular presentará un Plan de Trabajo a la Secretaría Regional Ministerial del Salud, Región Metropolitana.

Pronunciamiento del órgano competente.

la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N°6018, de fecha 09 de noviembre de 2015, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IX, punto 9.1.2

 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

1. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

Norma

D.F.L Nº725/1967 (MINSAL): Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación.

 

Forma de cumplimiento

Los residuos que se generen en la fase de construcción serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.

En la fase de operación, se contará con salas de basuras, diseñada especialmente para la acumulación de residuos. Los residuos domiciliarios se acumularán por un período máximo de dos días, para luego ser retirados por el servicio de recolección municipal, quienes trasladarán estos residuos a rellenos sanitarios autorizados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados. Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la fase de operación, por parte del servicio de aseo municipal.

Norma

D.S. Nº594/2000 del Minsal, Reglamento sobre Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

El Titular dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en los artículos 24, 25 y 26 del D.S. Nº 594 de 1999 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.

 

Indicador que acredita su cumplimiento

i Número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S.

ii Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

iii El punto de la descarga de las aguas servidas deberá ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte,  habilitación  y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del Titular del Proyecto.

2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas y acústicas (ruido)

Norma

D.S. Nº144/1961 (MINSAL): Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y minimizar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en las áreas de trabajo. Estás  medidas representan buenas prácticas en la construcción.

Se utilizarán equipos  que cuenten con las autorizaciones correspondientes, además de la realización de mantenciones periódicas.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas en obra.
  • Circulación de camiones encarpados.
  • Maquinaria con sus correspondientes autorizaciones. Declaración de emisiones
  • Llevar un registro de los camiones que indique el cumplimiento de las medidas  básicas consideradas como   buenas prácticas en la construcción.

Norma

D.S N° 138/1991 del Minsal. Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de operación.

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla la instalación de un grupo electrógeno de emergencia. El Titular realizará la declaración de emisiones de  contaminantes ante la Autoridad Sanitaria respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de ingreso de la Declaración de Emisiones de grupos electrógenos y calderas generadoras de agua caliente.

Registro de documentos de declaración de emisiones.

Norma

D.S. Nº 66/2009 del Minsegpres, Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a las estimaciones, el Proyecto no supera la normativa vigente en ninguna de sus fases, por lo tanto se concluye que el Proyecto no deberá realizar  un Programa de Compensación  de Emisiones (PCE).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en obra de las medidas propuestas.

Norma

D.S. Nº38/2011 del MMA, que establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de Construcción y operación.

Forma de cumplimiento

Los valores estimados permiten determinar que las emisiones generadas cumplen con la normativa. Además, se presenta una serie de medidas con el objeto de disminuir las emisiones.

Indicador que acredita su cumplimiento

 Fotografías que indiquen la instalación de las medidas propuestas (cierre acústico, pantallas acústicas modulares, etc.)

Mantenciones de los equipos eléctricos

3. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico

Norma

Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Si durante la ejecución de cualquiera de las actividades de la fase de construcción del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

Respecto del patrimonio arqueológico. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto.

De realizar labores arqueológicas, se contratará un arqueólogo profesional para la presentar la solicitud al Consejo de Monumentos Nacionales (www.monumentos.cl), según los requerimientos del artículo 7º del Reglamento de excavación de la Ley Nº 17.288 en donde se detallará el plan de trabajo, metodología y distribución de las unidades de muestreo. El informe ejecutivo de excavación será remitido a dicho organismo un mes antes del comienzo de las excavaciones del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Hallazgos arqueológicos reconocidos e informados al CMN y Carabineros.

Registro en obra de hallazgos arqueológicos.

4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos y sustancias químicas

Norma

D.S. Nº148/2004 del Minsal, Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Se utilizarán contenedores diferenciados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de retiro de residuos peligrosos cada 6 meses por parte de transportistas y destinatarios autorizados.

Inspección interna constante del sitio de disposición temporal de residuos peligrosos.

Norma

D.S. Nº78/2010 del Minsal, Reglamento de Almacenamiento de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

El Titular contará con una bodega de almacenamiento para sustancias peligrosas acondicionada según lo indicado en este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Instalación de sitio de almacenaje temporal de sustancias peligrosas según lo indicado en el reglamento.

Inspección interna constante del sitio de almacenamiento de sustancias peligrosas.

5. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y transporte.

Norma

D.S. N° 158/1980 del MOP, Fija el peso máximo de vehículos que circulan por caminos públicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Se contempla el transporte de camiones con carga hacia y desde la obra. El Titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las fases del Proyecto cumplan con esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones.

Registro del peso que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto.

Norma

D.S. N° 75/1987 del MOP que Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

Los camiones que transporten  materiales serán cubiertos correctamente, por lo que no se producirán escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente los camiones al salir del terreno del Proyecto serán controlados en cuanto a su nivel de carga.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en obra de los camiones que utilizan carpas sobre su carga e inspección visual del nivel de carga.

Check list de las condiciones de los camiones.

Norma

D.S. N° 200/1993 del MOP, Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las Vías Urbanas del País.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción.

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto, cumplan este decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Guía de despacho de los productos o factura, para validar el peso o capacidad de los camiones.

Registro del peso que transportan los camiones que ingresan y egresan de la zona de construcción del Proyecto

Norma

D.S. N° 18/2001 del MOP, Prohíbe la circulación de vehículos de carga en vías que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción

Forma de cumplimiento

El Titular velará porque en todo momento los vehículos asociados al Proyecto cumplan con las restricciones de prohibición de circulación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Recomendación en los contratos suscritos con empresas transportistas, de tránsito por vías alternativas.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá un registro de manera que se dé cumplimiento a la norma.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

8.1. Ruido

 

Impacto asociado

Emisiones de ruido.

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción y operación del Proyecto.

Consideraciones

  • Se mantendrá en faena un registro fotográfico de la instalación y el posterior desmantelamiento de cada una de las barreras acústicas y de las barreras modulares, dicho registro se mantendrá a disposición de la Autoridad durante la fase de construcción.
  • Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
  • Mantención regular de equipos.
  • Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.
  • Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.
  • Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.
  • Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
  • De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N°6018 de fecha 09 de noviembre de 2015, se condiciona a lo siguiente: 

“1.1 EMISIONES DE RUIDO

No se tienen observaciones en materia de acústica ambiental:

Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el Proyecto sea calificado ambientalmente favorable, en la respectiva resolución deberán quedar establecidas las exigencias que a continuación se detallan, basadas en las medidas y compromisos señalados por el propio Titular.

EXIGENCIAS A INCORPORAR EN LA RCA

Etapa de Construcción:

1.1.1 Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas.

1.1.2 Para la faenas de demolición y desarme, y excavación, se deberán implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. La altura mínima y la ubicación de la barrera para dicha fase de excavación deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 13 y 14 respectivamente del Anexo 8 “Estudio acústico y vibraciones corregido” de la Adenda de la DIA.

1.1.3 Para la faena de obra gruesa, se deberá implementar una barrera acústica cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. La altura mínima y la ubicación de la barrera para dicha fase deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 15 del Anexo 8 “Estudio acústico y vibraciones corregido” de la Adenda de la DIA.

1.1.4 Para las faenas desarrolladas a nivel de piso de la obra gruesa que enfrentan a receptores, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro de la obra gruesa. Estas pantallas deberán tener una altura mínima de 2 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Deberán ser montadas lo más próximas a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores y podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. Adicionalmente, la cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm de espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

1.1.5 Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se deberán cubrir los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.

1.1.6 Para el caso de las actividades en la losa de avance (altura), para las faenas que se utilice maquinaria como vibrador de inmersión, cango u otra herramienta manual ruidosa, se deberán instalar barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas de madera OSB de 15 mm de espesor, de 2 m de altura con pestaña o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o, en su defecto, ubicarlas al centro de la obra gruesa de manera de evitar la propagación del sonido a los puntos receptores en altura.

Etapa de Operación:

1.1.7 Los equipos identificados como ruidosos, deberán encontrarse ubicados en salas cerradas herméticamente en pisos subterráneos y en cubierta donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio, cuyos muros deberán ser de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, que aseguren una pérdida por transmisión sonora superior a 45 dB(A).

1.1.8 Los equipos en las salas deberán estar provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones.

1.1.9 Para el escape de gases del grupo electrógeno en conjunto con la salida de ventilación de la sala de calderas, se deberá implementar una medida de control de emisión ruido (por ejemplo, un silenciador, un splitter u otro) que atenúe los 10 dB presentados como la máxima superación normativa en la Tabla 27, del Anexo 8 “Estudio acústico y vibraciones corregido” de la Adenda de la DIA.

Todas las Etapas:

1.1.10 Se deberán implementar las medidas de gestión señaladas en el punto 8.3 “Medidas de Gestión” del Anexo 8 “Estudio acústico y vibraciones corregido” de la Adenda de la DIA.

1.1.11 Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, punto 10.2.1.

 

8.2. Residuos

 

Impacto asociado.

Generación de residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos y residuos domiciliarios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Consideraciones

Durante la fase de construcción:

  • Todos los residuos provenientes del escarpe y de las excavaciones serán dispuestos en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana.
  • Una vez terminadas las actividades en camino no pavimentado y previo al retiro de la capa de suelo con ripio del sector de limpieza de ruedas, se realizará un análisis de suelo basado en las indicaciones del D.S. N° 148/03 del Minsal, de forma de asegurar que no contienen residuos peligrosos. En caso que contengan residuos peligrosos, se dispondrá en un lugar autorizado para este tipo de residuos.
  • Respecto de la tierra que se producirá por las excavaciones, el Titular señala en su respuesta la pregunta 26 de la Adenda, que el tiempo máximo de permanencia en el predio será máximo de 24 horas, debido a que se cargará inmediatamente los camiones. Las acciones preventivas a adoptar corresponderán a:

a) El transporte de materiales se realizará en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del Proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.

b) El recinto del Proyecto contará con una barrera perimetral del tipo malla "Raschel" u otra que impida la dispersión de polvo fugitivo, ésta se instalara alrededor de todo el perímetro del recinto.

  • Se mantendrá un registro en obra que constate la correcta disposición final de los residuos provenientes de las excavaciones y los catalogados como escombros. Para evitar que los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros se mezclen con sustancias y/o residuos peligrosos, se realizara lo siguiente:

a) Al interior del predio se delimitarán sectores para el acopio y/o almacenamiento de residuos.

b) Se contempla una bodega para el almacenamiento de sustancias inflamables.

c) Se capacitará mensualmente al personal de obra respecto del manejo de los residuos.

  • Para el caso de las mantenciones de equipos y maquinaria a utilizar en la obra, se realizarán con empresas externas, fuera del área del Proyecto. Se implementará un registro en obra, de los talleres autorizados donde se realizarán las mantenciones de maquinarias utilizados por la constructora.
  • El Titular realizará el análisis de suelo, previo a la etapa de excavación del Proyecto y remitir los resultados de dicho análisis a la plataforma de la Superintendencia de Medio Ambiente, según lo establecido en Res. Ex. Nº223 de 2015 que, “Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del plan de seguimiento de variables ambientales, los informes de seguimiento ambiental y la remisión de información al sistema electrónico de seguimiento ambiental”.
  • El Titular cumplirá con la normativa de carácter sanitaria aplicable, en este caso, dar cumplimiento la Resolución N° 7328 “Normas Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados”.

Durante la fase de operación:

  • El Titular mantendrá en el Proyecto el registro de los retiros de los residuos domiciliarios.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.2.

 

8.3. Residuos líquidos

Impacto asociado

Generación de residuos líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Consideraciones

  • Respecto de los residuos líquidos provenientes del lavado de ruedas, se contempla lo siguiente:

i Se compactará el sector de limpieza de ruedas con el objeto de impedir la infiltración de las aguas. 

ii Se realizará una canaleta por el contorno del sector para evitar el escurrimiento de las aguas. 

iii Se prohibirá el lavado de camiones y/o maquinarias en el sector delimitado para la actividad de limpieza de ruedas. 

iv  Se prohibirá el uso de productos de lavado.

  • Respecto del uso de baños químicos, el Titular tendrá presente el plazo máximo de seis meses para su utilización. Posterior a este plazo, implementará la conexión definitiva a la red pública de alcantarillado.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.3.

 

8.4. Emisiones atmosféricas

Impacto asociado.

Generación de emisiones atmosféricas producto de las etapas de la fase de construcción.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción.

Consideraciones

  • De forma diaria el personal a cargo de la obra será responsable de la limpieza de las veredas y calzadas que enfrenta el acceso al Proyecto.
  • Se realizarán capacitaciones a los trabajadores sobre temas de carácter ambiental relacionados con prevención de contaminación en las faenas.
  • Se instalarán señales de reducción de velocidad y velocidad máxima permitida dentro de la zona donde se emplaza el Proyecto.
  • Realizar el transporte de materiales en camiones encarpados mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, antes de salir del sitio del Proyecto, de modo tal de evitar la caída de materiales y el desprendimiento de polvo en el trayecto del vehículo.
  • Se realizará diariamente la limpieza de las calles pavimentadas (en frente del Proyecto, incluyendo veredas y calzadas).
  • Se humectarán los caminos no pavimentados por donde exista circulación vehicular de tal manera que se disminuya el levantamiento de material particulado, lo que se realizará a través del personal de la obra realizada por aspersión. (uso de mangueras)
  • El recinto del Proyecto debe contar con una barrera perimetral del tipo malla "Raschel" u otra que impida la dispersión de  polvo fugitivo, Ésta se instalara alrededor de todo el perímetro del recinto.
  • Se prohibirá la quema de materiales o desechos  para calentar alimentos o calefacción, entre otros.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.4.

 

8.5. Vialidad.

Impacto asociado.

Uso de la vialidad adyacente.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción  y operación.

Consideraciones

  • El Titular señala en la respuesta a la pregunta 1 de la Adenda, que la DIA, será consistente con el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) de tipo Táctico sin Reasignación Menor, aprobado según consta en ORD. SM/AGD N° 0061000173 de fecha 06 de Septiembre del 2015 por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana (SEREMITT-RM).
  • Respecto de la eventualidad de daño de las vías aledañas al Proyecto, producto de las obras de construcción del mismo, el Titular repondrá las calzadas aledañas al acceso de la obra.
  • El Titular se compromete materializar todas las medidas de mitigación vial que resulten de la aprobación del EISTU, previo a la recepción final de las obras.
  • Se contempla 200 unidades de estacionamientos de bicicletas al interior del inmueble.
  •  El Titular considerará lo dispuesto en el capítulo N°5 “Señalización Transitoria y Medidas  de Seguridad para Trabajos en la Vía” del Manual de Señalización de Transito y sus Anexos.
  • El Titular debe dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones en el Ord. N°8024 de fecha 16 de noviembre de 2015.
  • El Titular debe dar cumplimiento a las condiciones indicadas por la Secretaría Regional Ministerial de Obras Publicas RM en el Ord. N° SRM MOP RMS N°097/2015 (SEA-SEIA-ADENDA) de fecha 21 de julio de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.5.

 

8.6. Recurso hídrico

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción  y operación.

Consideraciones

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas en el Ord N°1519 de fecha 05 de noviembre de 2015: 

Que, las aguas a utilizar en las Fases de Construcción y Operación del proyecto, se obtendrán de acuerdo a la factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas, según lo declarado por el Titular en el acápite A.5.5 de la DIA y la respuesta a la Observación 17 del Adenda 1.

2. Que, el Titular compromete la aplicación de un Programa de Mantenimiento de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en acápite A.6.6. de la DIA.

3. Que, para evitar posibles efectos adversos sobre los recursos suelo e hídricos, frente a las actividades de lavado de ruedas y limpieza de calles pavimentadas, se contemplan las siguientes medidas:

a. Se compactará el sector de limpieza de ruedas con el objeto de impedir la infiltración de las aguas.

b. Se realizará una canaleta por el contorno del sector para evitar el escurrimiento de las aguas.

c. Se prohibirá el lavado del camión y/o maquinarias en el sector delimitado para la actividad de limpieza de ruedas.

d. Se prohibirá el uso de productos de lavado.

4. Que, el Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la  respectiva Resolución, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

5. Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:

a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b. Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes) 

6. Que, en atención a lo señalado por el Titular en Estudio de Mecánica de Suelo, respecto de la profundidad de la napa freática y considerando por otra parte, que es posible la existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a. Detener las actividades en el frente de trabajo.

b. Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c. En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d. Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e. Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

7. Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

8. Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.

9. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

10. Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

11. Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto”.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.6.

 

8.7.  Otras condiciones.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción  y operación

Consideraciones

  • El Titular se compromete a comprar áridos sólo a empresas que cuenten con autorización de la DOH o cuenten con RCA.
  • El Titular considerará las restricciones horarias  que  exige  la  correspondiente Municipalidad para los ruidos provocados por construcciones y demoliciones, para ello, el artículo 7º de la ordenanza Municipal, en su letra b) establece que: “Sólo estará permitido trabajar en días hábiles en jornada de Lunes a Viernes de 08:00 a 20:00 horas, Sábados de 08:00 a 14:00 horas”. Indicando además que: “Los trabajos fuera de dichos horarios, que produzcan cualquier ruido al exterior, sólo estarán permitidos con autorización expresa de la Dirección de Obras Municipales, cuando circunstancias debidamente calificadas lo justifiquen.”
  • El Titular evitará la circulación de camiones relacionados con el Proyecto en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas).
  • El Titular debe tener presente lo indicado por la Superintedencia de Electricidad y Combustibles RM en el Ord. N°9002 de fecha 10 de julio de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.7.

 

9. Que, durante el procedimiento de evaluación del DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1 Medio Humano

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción.

Acciones o medidas a implementar.

El Titular contempla realizar un compromiso ambiental voluntario vinculado a la comunicación con los vecinos del sector a intervenir. Este Plan de Comunicación incluye la entrega a quien lo solicite de cartillas informativas con información relevante del Proyecto, así como también un aviso dirigido a los vecinos en el acceso a la obra para canalizar las consultas. En Anexo N°7 de la DIA, se adjunta un formato tipo para la futura implementación de las cartillas informativas y el aviso en el acceso de la obra.

 

  • Lugar y momento en que se verificará.

El lugar de verificación de la medida será en la faena de construcción del Proyecto, una vez iniciada la fase de construcción y constantemente en el transcurso de ella.

  • Indicadores de cumplimiento.

Cantidad de cartillas informativas entregadas y efectivamente recibidas por los vecinos, llevando para ello un registro de entrega en obra y, además, la cantidad de llamados, correos o consultas directas recibidas por vecinos directamente relacionadas con la instalación del aviso a la entrada de la obra.

En el Plan de comunicación a la comunidad se incluirán los horarios y días de cada actividad a desarrollar al interior del predio y las medidas de seguridad a implementar.

El Titular se compromete a entregar cartillas informativas con información relevante del Proyecto, dirigido directamente a los receptores identificados como R1, R2, R3, R4, R5 y R6 del Estudio acústico y vibraciones, Anexo N°8 de la Adenda.

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

10.1.1. Planes de Contingencias y Emergencias

Fase del Proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación.

Acciones o medidas a implementar.

En la página 37 de la DIA punto A.8.1, el Titular señala el programa de actividades antes derrames o descargas accidentales de sustancias o residuos peligrosos.

En el Punto A.8.2 de la DIA, se presenta el Plan de Emergencias.

En el Anexo N°5 de la Adenda, se incorpora el Plan de Contingencias y Emergencias, el cual incluye el compromiso de presentar un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias” en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido algún evento, considerando además, lo indicado en la pregunta 31 del ICSARA. Además, en dicho Anexo se presentan un plan de contingencias y emergencias durante la etapa de demolición de la fase de construcción.

Frente a la posible existencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del Proyecto, el Titular tendrá presente dar aviso de inmediato a la Dirección General de Aguas RM, en un plazo inferior a 24 horas, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea considerando: no almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. Las medidas señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación ocurrida. De manera preliminar se procederá considerando las siguientes actividades:

a) Detener las actividades en el frente de trabajo.

b) Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c) En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción. (o más de ser necesario)

d) Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

e) Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

En el Anexo N°5 de la Adenda, se presentan los procedimientos de acción ante un eventual derrame de sustancias químicas.

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15. Que, para que el Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927” de la empresa Eurocorp S.A.

2°. Certificar que el Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el Proyecto “Edificio José Pedro Alessandri 927”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/EAZA/MAC/NFP

Distribución:
  • Alejandro Ruiz Bornscheuer
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Intendente Región Metropolitana
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Ñuñoa
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Edificio José Pedro Alessandri 927"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=88/43/92cbf61303fa75dfc047b4854a71e509a182


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