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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida"

Resolución Exenta Nº 0326/2016

Antofagasta, 12 de septiembre de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda de 08 de abril de 2016 y su Adenda Complementaria de 28 de julio de 2016, del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida", presentado por Minera Escondida Limitada con fecha 15 de enero de 2016. 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida".  

3°. El Acta de Evaluación N° 016/2016 de 21 de abril de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta. 

4°. El ICE de la DIA del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida" de 23 de agosto de 2016. 

5°. El acuerdo N° 60/2016 de fecha 05 de septiembre de 2016, de la sesión ordinaria N° 20 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta. 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida". 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Toma de Razón N° 119046 de fecha 28 de enero del 2016 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el D.S. Nº 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente: 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Minera Escondida Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 
Nombre o razón social
Minera Escondida Limitada
Rut
79.587.210-8
Domicilio
Avenida de la Minería 501, Antofagasta
Teléfono
55 2201241
Nombre representante legal
Eduardo Caballero Barría
Rut representante legal
14.237.781-0
Domicilio representante legal
Avenida de la Minería 501, Antofagasta
Teléfono representante legal
55 2201290
Correo electrónico Titular o representante legal
Eduardo.ea.caballero@bhpbilliton.cl
  

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de agosto de 2016, la Directora Regional de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

 
  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 

3°. Que, en sesión de fecha 05 de septiembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de agosto de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:  

4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general

El Proyecto tiene como objetivo habilitar, mediante la construcción de zanjas, tres áreas de disposición de residuos mayores no peligrosos (hormigón, hormigón armado y maderas) asociados a futuras actividades de demolición, desmantelamiento y/o construcción de Minera Escondida Limitada (MEL), optimizando el uso del espacio disponible en las áreas industriales de MEL.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos.

Vida útil

La vida útil del Proyecto se estima en aproximadamente 15 años. Sin embargo, todo dependerá del uso total de la capacidad de metros cúbicos de residuos mayores que pueden ser depositados en las zanjas y de la generación de residuos mayores no peligrosos por parte de MEL, estando esta última asociada a actividades intermitentes de demolición, desmantelamiento y/o construcciones futuras que se ejecuten.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La fase de construcción del Proyecto tendrá como actividad de inicio la implementación de la demarcación (instalación de cierre perimetral) del perímetro de la primera de las áreas de disposición de residuos mayores no peligrosos en utilizarse.

Proyecto se desarrolla por etapas
Si
No
 
 
 
 
[X]
Proyecto modifica un Proyecto o actividad
Si
No
 
 
[X]
Proyecto modifica otra(s) RCA
Si
No

El Proyecto no considera la modificación de los proyectos evaluados con anterioridad en el SEIA. Si bien el área del Proyecto está asociada a tres RCA (RCA N° 48/1998 que aprueba el proyecto “Modificaciones a las Instalaciones de Manejo y Procesamiento de Mineral Sulfurado”, RCA N° 277/2001 que aprueba el proyecto “Escondida Norte y Plantas de Tratamiento de Aguas” y RCA N° 0045/2003 que aprueba el proyecto “Sistema Disposición de Neumáticos Usados de Equipos Mineros”), éstas no sufren modificaciones, pues el terreno a utilizar quedará bajo las mismas condiciones por las cuales fueron autorizados. El Proyecto sólo requiere utilizar áreas previstas para otros usos industriales mineros, dejándolos en condiciones de estabilidad segura para su continuidad. Cabe indicar que los suelos serán utilizados de manera temporal, excavando zanjas para la depositación de residuos mayores no peligrosos, las cuales serán, finalmente, cubiertas con los mismos materiales excavados permitiendo continuar con los otros usos industriales mineros que tenían aprobadas dichas áreas.

 
[X]
 
 
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

El Proyecto se localiza en la Región de Antofagasta, Provincia y Comuna de Antofagasta.

Descripción de la localización

El Proyecto se localiza al interior de Minera Escondida.

Superficie

La superficie total de Proyecto, que incluye las tres áreas de depósito de residuos mayores no peligrosos, es de 2.180.000 m2. La superficie de cada área se detalla en la siguiente tabla:

Tabla N° 1: Superficie de las obras permanentes del Proyecto

Obras Permanentes
Superficie (m2)
Área 1
608.800
Área 2
979.400
Área 3
591.800
Superficie total
2.180.000

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas UTM, Datum WGS 84 de las obras del proyecto se presentan a continuación:

Tabla N° 2: Coordenadas de las áreas de disposición

Obras
Punto de referencia
Coordenada UTM (Datum WGS84 Huso 19 sur)
Este
Norte
Área 1
1
498.604
7.322.265
2
499.563
7.323.289
3
499.713
7.323.197
4
499.705
7.322.912
5
499.573
7.322.501
6
499.265
7.322.153
7
498.913
7.322.159
Área 2
1
496.454
7.319.086
2
496.526
7.319.143
3
497.948
7.319.192
4
498.321
7.318.655
5
498.519
7.318.571
6
497.791
7.318.100
7
497.628
7.318.569
8
497.363
7.318.738
9
497.082
7.318.731
10
497.015
7.318.800
11
496.461
7.318.938
Área 3
1
490.530
7.311.398
2
491.417
7.311.397
3
491.534
7.311.224
4
491.845
7.311.371
5
491.943
7.310.984
6
490.528
7.310.990
7
491.872
7.311.390
8
492.107
7.311.389
9
492.107
7.310.984
10
491.974
7.310.986
 
 

Caminos de acceso

El Proyecto se ubica al interior de la faena de Minera Escondida, cuyo acceso se realiza desde Antofagasta mediante el camino privado a Minera Escondida. Para el acceso a las obras del Proyecto, serán utilizados caminos internos de MEL, los cuales están conectados con la red vial existente de la minera.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

La localización del Proyecto se presenta en la Figura 2 y Figura 3 de la DIA. Mientras que en la Figura 4 de la DIA presenta los caminos de acceso para las tres áreas de disposición del Proyecto. Para mayor detalle ver numerales 1.9, 1.10, 1.11 y 1.12 del Informe Consolidado de Evaluación.

 
 
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El Proyecto implementará el método constructivo de zanjas en tres áreas con el objeto de habilitar la disposición final controlada de residuos mayores no peligrosos tales como: hormigón, hormigón armado y maderas, generados por futuros trabajos de demolición, desmantelamiento y/o construcción de instalaciones de Minera Escondida. Las tres áreas que se requieren utilizar para este Proyecto se encuentran autorizadas ambientalmente para otros usos industriales en Minera Escondida (RCA N° 48/1998 que aprueba el proyecto “Modificaciones a las Instalaciones de Manejo y Procesamiento de Mineral Sulfurado”, RCA N° 277/2001 que aprueba el proyecto “Escondida Norte y Plantas de Tratamiento de Aguas” y RCA N° 0045/2003 que aprueba el proyecto “Sistema Disposición de Neumáticos Usados de Equipos Mineros”). De esta forma, no se eliminan los usos previamente autorizados para las áreas de disposición, sino que sólo se optimizará la superficie a intervenir para fines industriales, incorporando la disposición de residuos mayores no peligrosos previo al uso ya aprobado.

El sistema de depósito de residuos mayores se detalla en el numeral 1.3.2 de la DIA. 

Cabe señalar que las actividades asociadas a la construcción y operación de cada zanja del Proyecto (desarrollo del mismo) serán realizadas de manera paralela durante toda la vida útil del Proyecto. 

El transporte de insumos, materias primas y equipos para las distintas fases del Proyecto no forman parte del proyecto. 

a) Obras permanentes

a.1) Áreas de disposición de residuos mayores no peligrosos 

Se habilitarán tres áreas para la disposición de residuos mayores no peligrosos al interior de la faena de Minera Escondida. Dentro de estas áreas se distribuirán las zanjas, de manera tal que abarquen la totalidad del área de disposición. En el Anexo G de la DIA se presentan los planos de las áreas del Proyecto. 

a.2) Huella interior al área de disposición 

Al interior de las áreas de disposición de residuos mayores no peligrosos se habilitará una huella para el tránsito de los camiones de descarga, la cual consistirá en términos generales en una plataforma a nivel, que tendrá acceso directo sobre las ramplas de disposición de las zanjas.  

a.3) Cierre perimetral y acceso al área 

Para evitar el ingreso no controlado a las áreas de disposición, se ha considerado el cierre perimetral de cada área (1, 2 y 3), de manera que las áreas queden identificadas y delimitadas. Cada área de disposición estará cerrada por un pretil de 1,5 m de altura y contará con un acceso único, con reja y candado. Este acceso tendrá un letrero con los antecedentes del responsable del área, el cual poseerá la llave del candado, nombre y uso del área y el horario de utilización. 

Para asegurar la continuidad y altura del pretil en cada área y por toda la vida útil del proyecto, se implementará un programa de mantención el que estará disponible a la autoridad cuando éste lo requiera. El programa de mantención del pretil se presenta en el Anexo 2 del Adenda complementaria. 

Se construirá una garita de control en el acceso de cada área de disposición con el objetivo de controlar la entrada y salida de los residuos no peligrosos a disponer, y dar condiciones sanitarias mínimas a los trabajadores durante toda la vida útil del Proyecto. Sin embargo, se aclara que en la instalación construida no existirá personal permanente, ya que las actividades son consideradas esporádicas asociadas a proyectos específicos de construcción/reparación/demolición de obras al interior de las instalaciones de MEL. 

Contigua a la garita de control existirá la instalación sanitaria respectiva, la cual contará con un sistema particular de abastecimiento de agua potable y un sistema particular de disposición final de aguas servidas. Las aguas servidas serán tratadas por medio de una fosa séptica con infiltración. De acuerdo al Decreto Supremo N° 594/1999 cada garita tendrá dos WC y dos lavamanos y servicio de agua potable. Por otra parte, el agua potable provendrá de las Plantas de Tratamiento de Osmosis Reversa y será repartida por un camión aljibe. 

a.4) Zanjas de disposición 

Las zanjas de disposición corresponden a excavaciones en el suelo ubicadas en las tres áreas del Proyecto, según lo presentado en la Figura 3 de la DIA. De manera complementaria a las zanjas, se habilitará una rampa de acceso para cada una de ellas, permitiendo el acceso de los camiones que depositarán los residuos mayores no peligrosos mediante volteo. Las dimensiones estimadas de las zanjas son las siguientes: 

• Largo: 120 m

• Ancho: variable en un rango de 8 a 10 m• Profundidad: variable en un rango de 2 a 4 m

• Rampa de entrada, con pendiente máxima de 10%

• Talud H:V equivalente a 1,33:1 

La separación entre zanjas será de 20 m, permitiendo la circulación interna de los camiones. La cantidad total de las zanjas que serán construidas por cada área, se detalla a continuación: 

Tabla N° 3: Zanjas a habilitar por área del Proyecto

Área

Cantidad de zanjas

Área 1

134 zanjas

Área 2

215 zanjas

Área 3

131 zanjas

Total de zanjas

480 zanjas

La capacidad total de las zanjas tiene un volumen aproximado de 1.377.120 t, considerando el depósito de 1:1 de madera y de hormigón, densidad de hormigón 2,5 t/m3 y densidad de la madera 0,5 t/m3. En base a las dimensiones de las zanjas que se distribuirán en cada una de las áreas, se han estimado las capacidades máximas para la depositación de residuos mayores de acuerdo a los siguientes valores:

Tabla N° 4: Capacidades máximas de disposición
Área

Volumen (m3)

Área 1

255.336

Área 2

410.768

Área 3

248.206
 
a.5) Cierre perimetral de zanjas 

Las zanjas de disposición consideran la implementación de un pretil para el cierre perimetral, construido con el material de excavación de las mismas zanjas.  

a.6) Tipos de residuos a depositar en las zanjas 

Todos los residuos a disponer en las zanjas habilitadas en las áreas del Proyecto corresponderán en su totalidad a: hormigón,  hormigón armado y madera, todos residuos que no presentan características de  peligrosidad según lo detalla el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (D.S N° 148/2003), tales como: toxicidad aguda, toxicidad crónica, toxicidad extrínseca, inflamabilidad, reactividad y corrosividad. 

La densidad del hormigón considerada es de 2,5 t/m3, mientras que la densidad de la madera es de 0,5 t/m3. La disposición dentro de la zanja se realizará en una relación de 1:1 de madera y de hormigón. 

Además, en las zanjas habilitadas en las tres áreas del Proyecto no se dispondrán residuos que contengan sustancias químicas, residuos peligrosos o residuos que puedan lixiviar. Solo se considera la disposición de residuos (hormigón, hormigón armado y madera) que, por su naturaleza, no se pueden lixiviar. 

a.7) Capacidad de recepción de residuos 

En la siguiente tabla se muestra por Área de Proyecto la capacidad de recepción de residuos no peligrosos, indicando el número de celdas y capacidad por cada una de ellas.

Tabla N° 5: Zanjas a habilitar por área del Proyecto

Área

Cantidad de zanjas

Capacidad de recepción por zanja (t)

N° de zanjas anuales

Capacidad de recepción por Área (kg/mes)

Capacidad de recepción por Área (t/año)

Área 1

134
2.869
9
2.151.750
25.821

Área 2

215
2.869
14
3.347.167
40.166

Área 3

131
2.869
9
2.151.750
25.821
Total
480
-
32
-
91.808
 
 
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Demarcación y cierre perimetral de las áreas

Una vez construidas las primeras zanjas se utilizarán los excedentes de los movimientos de tierras generados para la construcción de un pretil perimetral del área, el cual tendrá como fin delimitar las áreas de disposición de residuos no peligrosos. Además, se instalará un acceso controlado (barra de control) que tendrá como objetivo regular el ingreso al área. Éste permanecerá cerrado cuando no se encuentren zanjas activas (en operación).

 

Del total de tierra excavada (1.219.079 m3), 620.605 m3 serán utilizados para pretiles y los restantes 598.474 m3 serán utilizados para cubrir las zanjas habilitadas. El pretil perimetral de cada área tendrá una altura de 1,5 m y una base de 2,5 m, aproximadamente.

El Proyecto no generará material sobrante, la totalidad de los metros cúbicos de tierra excavada, será distribuida entre los pretiles y cubierta de las zanjas de los residuos mayores no peligrosos.

Demarcación de zanjas

Se realizará demarcación de las zanjas mediante el estacado de la superficie, considerando las dimensiones estimadas para el uso óptimo de la capacidad. La separación entre zanjas será de 20 m, con la finalidad de dejar una sección amplia para el paso de camiones.

Excavación y cierre perimetral de zanjas

Se considera realizar demarcación y excavación de zanjas en función de las necesidades de disposición de residuos mayores no peligrosos de MEL. Estimando una tasa promedio de generación de residuos de 7.620 m3/mes, para la totalidad de las zanjas se estima un volumen total de 1.371.002 t para disponer residuos.

Una vez completada la capacidad de la primera zanja se procederá con la construcción de la zanja siguiente (progresivamente). No obstante, dependiendo de la ubicación donde se efectúen demoliciones o se generen residuos mayores no peligrosos será el área (1, 2 o 3) a utilizar, esto con el fin minimizar tiempos de transporte y distancias de traslado hacia las áreas. 

Cada zanja finalizada dispondrá de la señalización adecuada para la identificación respectiva, indicado aquellas que se encuentren activas. Se debe señalar que los requerimientos de excavación dependerán de la generación de residuos mayores no peligrosos de Minera Escondida, por lo que su construcción no será continua y será paralela a las actividades de operación. 

Del total de tierra excavada (1.219.079 m3), una fracción será utilizada para la construcción del pretil de las zanjas. El pretil perimetral de cada zanja tendrá las siguientes dimensiones: altura de 1,5 m y una base de 2,5 m, aproximadamente. Cabe señalar que la demarcación y construcción de zanjas se realizarán de forma sucesiva y de manera independiente de las áreas, es decir una vez que se complete la capacidad de la zanja para recibir residuos mayores no peligrosos podrá construirse otra zanja, y así sucesivamente.  

Las áreas trabajarán de manera independiente, por lo tanto recibirán los residuos mayores sólidos no peligrosos provenientes de proyectos de desmantelamiento, demolición y/o construcción u otras actividades, cercanos a las áreas para evitar recorrer longitudes más largas para realizar el depósito.

Insumos y suministros básicos

a) Agua potable: En cada área de trabajo, para el uso de los trabajadores, se instalarán dispensadores de agua móviles. Se estima un consumo máximo de agua potable de 67,5 m3/mes considerando el máximo de trabajadores en esta fase. La calidad del agua potable cumplirá con lo dispuesto en la NCh 409/1 Of.05 Norma de Calidad de Agua Potable. El agua necesaria para los servicios higiénicos será abastecida mediante camiones aljibes desde fuentes autorizadas de Minera Escondida. 

Por otra parte, durante la pernoctación de los trabajadores en los campamentos de Minera Escondida, se utilizarán el agua potable generada en las diferentes plantas de tratamiento de Osmosis “OR 3.5”, autorizadas por la Resolución Exenta N° 929/2014, de la Seremi de Salud de la Región de Antofagasta (Anexo E de la DIA) las cuales poseen capacidad suficiente para suministrar la dotación de trabajadores del Proyecto. 

b) Requerimientos sanitarios: Existirán 2 WC y 2 lavamanos en la garita de control. Las aguas servidas serán tratadas a través de una fosa séptica con infiltración además de la instalación de baños químicos, los cuales se irán trasladando a medida que avances las obras. El agua potable provendrá de Plantas de Tratamiento de Osmosis Reversa autorizadas en Minera Escondida y depositada en estanques de agua autorizados. 

c) Energía y combustible: Durante la fase de construcción el Proyecto no requerirá suministro energético. Sin embargo, será requerido combustible para el funcionamiento de la maquinaria necesaria para la construcción de zanjas. Se estima un promedio de 25 m3/mes de combustible, aproximadamente. La carga de combustible se realizará en lugares autorizados en las instalaciones de MEL. 

d) Maquinaria y transporte: El acceso de maquinaria y personal al área del Proyecto será a través de caminos internos propios de MEL. La cantidad de vehículos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción se detalla en la Tabla 12 del Adenda 1. 

e) Alimentación y alojamiento: El Proyecto no contempla la preparación de comida en los frentes de trabajo, ni la implementación, ni construcción de nuevos casinos. La alimentación se realizará en los casinos y comedores existentes en MEL. La pernoctación de los trabajadores se realizará en los campamentos existentes de Minera Escondida.

Recursos naturales renovables 

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas 

Las principales actividades que generarán emisiones a la atmósfera serán el movimiento de tierra durante la excavación de la zanja y el carguío y volteo de tierra para la construcción de cierres perimetrales y relleno de las zanjas. Se estima un movimiento de tierra total del Proyecto de 1.219.079 m3. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.6.6.1 de la DIA.  

Tabla N° 6: Emisiones atmosféricas totales fase de construcción de las áreas

Emisión (t/año)
Fase
MP-10
MP-2,5
CO
HC
NOx
SOx
Construcción áreas
0,09
0,02
0,001
0,0003
0,004
0,0002
 

Tabla N° 7: Emisiones atmosféricas fase de construcción 10 zanjas por área (30 zanjas anuales).

Emisión (t/año)
Fase
MP-10
MP-2,5
CO
HC
NOx
SOx
Construcción zanjas
2,62
1,40
1,22
0,60
4,24
0,003
 

El Proyecto considera implementar como medida de abatimiento la humectación de caminos internos ubicados en las áreas 1, 2 y 3. La frecuencia de riego que se encuentra asociada al traslado de personal y al traslado de residuos desde los sectores de generación hacia las áreas de disposición final, corresponde a 2 veces al día.

La Figura 1 del Adenda 1 muestra la ubicación de los caminos no pavimentados que serán humectados, mientras que en el Anexo 1.A del Adenda 1 se adjunta plano con la ubicación y las coordenadas de los caminos no pavimentados que se humectarán. La cantidad de agua al día que se aplicará en estos caminos no pavimentados, alcanzará en promedio 1 m3 de agua por kilómetro.

El inventario de emisiones del proyecto se presenta en el Anexo D de la DIA. 

Para todas las medidas de control de emisiones se llevará un registro de la actividad, indicando fecha de aplicación de la medida (especificando a su vez el horario de aplicación), lugar de aplicación (metros lineales), cantidad de agua utilizada para la medida (origen) y firma del responsable. Este registro permanecerá en las instalaciones de MEL durante toda la vida útil del proyecto y estará disponible para toda autoridad que así lo requiera. 

b) Ruido 

Durante la fase de construcción los niveles de presión sonora y vibraciones serán poco significativos. Se señala que el área de emplazamiento de la actividad se encuentra dentro el área industrial minera de MEL, la cual se inserta en un entorno intervenido. Por otro lado, en el sector no se encuentran vecinos o posibles receptores los cuales puedan verse afectados por ruidos y/o vibraciones generadas por la construcción del Proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos 

Aguas servidas: Se generarán aproximadamente 54 m3/mes de aguas servidas considerando un máximo de 15 trabajadores. Existirán 2 WC y 2 lavamanos en la garita de control. Las aguas servidas serán tratadas a través de una fosa séptica con infiltración, además de la instalación de baños químicos, los cuales se irán trasladando a medida que avances las obras. 

b) Residuos sólidos 

En esta fase se generarán sólo residuos domésticos, debido a la construcción de las áreas y de las zanjas, se estiman en una cantidad de 225 kg/mes considerando el máximo de profesionales (15 trabajadores). Los residuos serán almacenados en contenedores cerrados herméticos y con una capacidad de 200 litros que estarán dispuestos en las áreas siendo retirados semanalmente y dispuestos, finalmente, en el relleno sanitario autorizado de MEL.

Para la fase de construcción no se prevé la generación de residuos industriales (peligrosos o no peligrosos).

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numerales 4.2, 4.5.1.1, 4.5.2.1, 4.5.3.1 y 4.5.4.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
 
 

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Carga y transporte de camiones con residuos industriales no peligrosos

Los residuos generados por actividades de desmantelamiento, demolición y/o construcción en MEL serán ordenados y clasificados en el lugar de origen para ser retirados de manera segregada de los demás materiales, luego se realizará su inmediato carguío, transporte y disposición final en las zanjas proyectadas. 

Como parte de la operación se considera realizar una subactividad, la cual consistirá en un procedimiento de verificación de los residuos que serán dispuestos en las zanjas. 

Este sistema de verificación se señala a continuación:

  • Verificación primaria: Consiste en la inspección visual de la correcta segregación de los residuos mayores de otros tipos de residuos diferentes, especialmente, de residuos peligrosos. Este procedimiento será supervisado por personal de Medio Ambiente o el supervisor del área capacitado.
  • Verificación secundaria: Consiste en la verificación mediante una inspección visual del residuo mayor depositado en las zanjas, determinando la ausencia de elementos contaminados con residuos peligrosos. Este procedimiento será registrado cada vez que se realice una descarga y será supervisado por personal de Medio Ambiente o el supervisor del área, quien se asegurará que los residuos industriales sean depositados en el lugar según corresponda. 

Estas etapas de verificación tienen por objetivo asegurar que los residuos no sean mezclados con residuos de otros tipos, materiales contaminados o sustancias peligrosas. En caso de encontrarse con material contaminado u otro residuo que no sea del tipo hormigón, hormigón armado y madera se procederá a ejecutar el procedimiento interno de residuos de MEL. El material a depositar en las zanjas será cargado en camiones tolva desde los diversos sectores de origen en la faena, productos de las futuras demoliciones y construcciones de MEL, es decir una vez generados los residuos mayores no peligrosos, serán cargados inmediatamente y llevados por camiones a la área de disposición proyectada (típicamente al área más cercana). 

El transporte será realizado en camiones de 25 t, los cuales transitarán por caminos existentes de Minera Escondida, incluyendo los caminos de acceso a las áreas de disposición final.

Control de ingreso y salida 

Habrá una garita de control en el acceso de cada área de disposición con el objetivo de controlar la entrada y salida de los residuos no peligrosos a disponer, y dar condiciones sanitarias mínimas a los trabajadores durante toda la vida útil del Proyecto conforme al Decreto Supremo N° 594/1999. Sin embargo, en la instalación construida no existirá personal permanente, ya que las actividades son consideradas esporádicas asociadas a proyectos específicos de construcción/reparación/demolición de obras al interior de las instalaciones de MEL. 

Cada área de disposición final de residuos (área 1, área 2 y área 3) estará cercada por un pretil, y contará con un acceso único, con reja y candado. Este acceso estará claramente identificado con un letrero que indique lo siguiente:

  • Antecedentes del responsable del área, el cual poseerá la llave de acceso al área.
  • Nombre y uso del área, destacando que solo corresponde a un área de disposición de residuos del tipo hormigón, hormigón armado y maderas no contaminadas.
  • Horario de utilización.
Control de ingreso:

Para garantizar que solamente se efectuará la disposición en el lugar de los residuos señalados en este proyecto, se realizará una verificación primaria en el lugar de generación y carga de los residuos, la que será supervisada por personal de Medio Ambiente o supervisor de área capacitado. Esta verificación registrará mediante lista de chequeo, los tipos de residuos que son cargados. Una vez revisada la lista de chequeo, se autorizará el desplazamiento del camión a alguna de las tres áreas de disposición final autorizadas. En el área de disposición final, se realizarán las siguientes actividades asociadas al control de ingreso de residuos:

  • Se solicitará la lista de chequeo registrada en el área de generación.
  • Se realizará una revisión visual de los residuos, previo al ingreso al área de disposición.
  • Se llevará a cabo la verificación secundaria que consiste en una inspección visual del residuo mayor depositado en las zanjas, determinando la ausencia de elementos contaminados con residuos peligrosos. Este procedimiento será registrado cada vez que se realice una descarga y será supervisado por personal de Medio Ambiente o el supervisor del área, quien se asegurará que los residuos industriales sean depositados en el lugar, según corresponda.

Además el titular se compromete a informar a la autoridad sanitaria una vez se inicie la disposición de residuos en cada área.

Disposición de residuos mayores no peligrosos

Al ingresar el camión en el área correspondiente se dirigirá a la zanja identificada para estos efectos, se utilizará una rampa de acceso con una pendiente máxima del 10%, por medio de la cual los camiones accederán en reversa, y mediante volteo de tolva depositarán los residuos, luego un camión bulldozer empujará los residuos mayores no peligrosos depositados en la zanja. Dicha secuencia se repite hasta completar la totalidad del volumen de la zanja como se detalla en la Figura 1 del Adenda complementaria.

Se ha estimado que para la disposición se contará con alrededor de entre 3 a 5 camiones tolva para el total del Proyecto, los cuales depositarán en las zanjas que se mantendrán activas por cada área.

Tal como se señaló anteriormente, dichas labores se ejecutarán paralelamente a las actividades de construcción, conforme con los requerimientos de disposición generados de las futuras actividades de desmantelamiento, demolición y/o construcción que generen residuos mayores no peligrosos. 

El procedimiento de disposición incluirá de manera particular, consistirá: (i) ingreso al sitio; (ii) disposición y, (iii) retiro de los camiones que dispondrán el residuo industrial no peligroso.

Frecuencia de disposición:

El Proyecto no contempla una frecuencia regular de disposición de estos residuos, toda vez que la generación de este tipo de residuos se gatilla producto de las actividades de construcción/reparación/demolición de obras al interior de las instalaciones de MEL, correspondiente a actividades esporádicas asociadas a proyectos específicos de la mina por lo mismo no es factible establecer una frecuencia asociada a la disposición de estos residuos, ya que estará determinada por la programación de nuevas obras y obras de reparación que sea necesario efectuar.

Durante la fase de operación del Proyecto se mantendrá un registro de los residuos que serán depositados en las zanjas habilitadas dentro de las áreas que conforman el proyecto. El registro para los residuos mantendrá un formato tipo según se muestra en la Tabla 4 del Adenda 1.

Compactación y cubierta de la zanja

Una vez completado de residuos la zanja, ésta será cubierta con los excedentes de tierra disponibles de la excavación de ellas mismas, es por ello que la cobertura de la zanja se realizará una vez completado su volumen total. No existirá cobertura diaria, ni media de los residuos.

Finalmente, para la cobertura final de cada zanja, cada área del Proyecto será compactada por medio de una motoniveladora con el objetivo de dejar el terreno parejo, perfilado y protegido contra la erosión.

En la Tabla 3 del Adenda 1 se muestra un cuadro comparativo con la cantidad de residuos a disponer anualmente, y la cantidad de cobertura requerida para la compactación de las capas de la zanja.

Actividades de mantención y conservación

Por su naturaleza, el Proyecto no considera actividades de mantención o conservación.

Insumos y suministros básicos

a) Agua potable: Debido a que la fase de operación del Proyecto se realizará de manera paralela a la fase de construcción del Proyecto, y que la dotación de personal será la misma, no se considera requerimiento de agua potable adicional. El suministro de agua potable será el mismo identificado en la fase de construcción, que serán 67,5 m3/mes.

b) Requerimiento sanitario: La fase de operación del Proyecto se realizará de manera paralela a la fase de construcción, por lo cual los servicios sanitarios serán los mismos identificados para la fase de construcción. Existirán 2 WC y 2 lavamanos de forma permanente en cada garita de control además de baños químicos que se moverán dependiendo del avance de la construcción de las zanjas.

c) Energía y combustible: El requerimiento energético será el mismo mencionado en la fase de construcción. Se estima un promedio de 25 m3/mes de combustible, que será suministrado desde instalaciones de MEL.

d) Maquinaria y transporte: Debido a que la fase de operación del Proyecto se realizará de manera paralela a la fase de construcción del Proyecto, y que la dotación de personal será la misma, no se considera transporte adicional para el personal durante la fase de operación. El transporte para el personal será el mismo identificado para la fase de construcción. La cantidad de vehículos y maquinarias a utilizar durante la fase de operación se detalla en la Tabla 12 del Adenda 1.

El transporte de los residuos mayores no peligrosos será realizado en camiones de máximo 25 t, los cuales transitarán por caminos existentes en Minera Escondida, incluyendo los caminos que conectan los lugares de origen y de destino de los residuos a depositar. Durante la fase de operación se permitirá un máximo de 10 viajes/día para transportar hormigón y madera, materiales de las futuras demoliciones y/o desmantelamiento de MEL.

Cuantificación y forma de los productos generados

El Proyecto no generará ninguna clase de productos.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas 

En la fase de operación se considerará el transporte de la depositación de residuos industriales no peligrosos, las emisiones de material particulado serán transitorias y de corta duración consideradas como marginales por su carácter esporádico.

Los residuos mayores no peligrosos serán depositados en el área más cercana donde ocurran las actividades de demoliciones y/o construcciones, por ende se evitará el traslado a áreas lejanas. Para efectos de la estimación de emisiones se consideraron cuatro puntos medios de donde provendrán los residuos mayores y el área asociada para la depositación de dichos residuos trazando las rutas para su transporte.

Los resultados anuales correspondientes a la operación y cierre de 30 zanjas (10 zanjas por área) se presentan a continuación:

Tabla N° 8: Estimación de emisiones fase de operación y cierre de 10 zanjas por área (30 zanjas anuales).

Emisión (t/año)
Fase
MP-10
MP-2,5
CO
HC
NOx
SOx
Operación y cierre de zanjas
14,83
6,76
1,52
1,18
6,12
0,02
 

Durante la fase de operación del Proyecto se continuará realizando el riego en caminos no pavimentados, esta vez en consideración al traslado de residuos mayores y trabajadores. La medida de riego de caminos no pavimentados, se realizará dos veces al día durante todas las fases del Proyecto, asociado al traslado de personal y al traslado de residuos desde los sectores de generación hacia las áreas de disposición final.

La Figura 1 del Adenda 1 muestra la ubicación de los caminos no pavimentados que serán humectados, mientras que en el Anexo 1.A del Adenda 1 se adjunta plano con la ubicación y las coordenadas de los caminos no pavimentados que se humectarán. La cantidad de agua al día que se aplicará en estos caminos no pavimentados, alcanzará en promedio 1 m3 de agua por kilómetro.

El inventario de emisiones del proyecto se presenta en el Anexo D de la DIA.

Para todas las medidas de control de emisiones se llevará un registro de la actividad, indicando fecha de aplicación de la medida (especificando a su vez el horario de aplicación), lugar de aplicación (metros lineales), cantidad de agua utilizada para la medida (origen) y firma del responsable. Este registro permanecerá en las instalaciones de MEL durante toda la vida útil del proyecto y estará disponible para toda autoridad que así lo requiera.

b) Ruido

Durante la fase de operación los niveles de presión sonora y vibraciones serán poco significativos. Se señala que el área de emplazamiento de la actividad se encuentra dentro el área industrial minera de MEL, la cual se inserta en un entorno intervenido. Por otro lado, en el sector no se encuentran vecinos o posibles receptores los cuales puedan verse afectados por ruidos y/o vibraciones generadas por la construcción del Proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

Aguas servidas: La fase de operación del Proyecto se realizará de manera paralela a la fase de construcción, se considera que la cantidad y manejo de los residuos líquidos será lo mismo que para la fase de construcción.

b) Residuos sólidos

La fase de operación del proyecto se realizará de manera paralela a la fase de construcción, por lo tanto la cantidad y manejo de los residuos sólidos serán los mismos que los identificados en la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numerales 4.3, 4.5.1.2, 4.5.2.2, 4.5.3.2, 4.5.4.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Una vez que todas las zanjas del Proyecto estén en su capacidad máxima y no exista la posibilidad de construir nuevas zanjas, se procederá a la fase de cierre del Proyecto. Cuando comience la fase de cierre, el área será compactada por medio de una motoniveladora con el objetivo de dejar el terreno parejo, perfilado y protegido contra la erosión. Se retirarán todos los elementos presentes en el área, tales como demarcaciones, señalizaciones y el lugar del control de acceso para que las áreas estén habilitadas para la disposición de estériles y neumáticos, de acuerdo a las autorizaciones iniciales del sitio.

Actividades obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad

El Proyecto considera sólo la disposición de residuos no peligrosos, sin requerir desmantelar infraestructuras. El cierre de las zanjas no generará cambios en la estabilidad del área.

Actividades obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que se haya visto afectado durante la ejecución del proyecto o actividad

El Proyecto considera no modificar las geoformas o morfología ya que sólo realizará excavaciones de zanjas, las cuales serán cubiertas con la misma tierra excavada, como parte del cierre. Se debe aclarar que el área del Proyecto se encuentra carente de vegetación u otro elemento ambiental por lo que no se requiere su restauración. Además, cabe indicar que el terreno quedará habilitado y operativo para ser utilizado por las RCA asociadas a las áreas (RCA N° 277/01, RCA N° 45/03 y RCA N°48/98).

Se aclara que el Proyecto no considera la modificación de los proyectos anteriormente mencionados, ya que el terreno a utilizar quedará bajo las mismas condiciones para los que fueron autorizados utilizando los suelos de manera temporal, excavando zanjas para la depositación de residuos mayores no peligrosos, las cuales serán, finalmente, cubiertas con los mismos materiales excavados permitiendo continuar con los otros usos industriales mineros que tenían aprobadas dichas áreas, que se detallan en la Tabla 6 del Adenda 1.

Actividades, obras y acciones tendientes a prevenir futuras emisiones desde la ubicación del Proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua

El Proyecto no considera restauración, ya que se cubrirán todas las zanjas con su misma tierra excavada, para finalmente ser compactadas mediante motoniveladoras dejando el suelo parejo y perfilado para el uso de las actividades de las RCA asociadas (RCA N° 277/01, RCA N° 45/03 y RCA N°48/98). Por otro lado, tal como se señaló el área del Proyecto se ubica en un área carente de vegetación u otro elemento ambiental que pueda ser afectado por emisiones.

Actividades, obras y acciones de mantención, conservación y supervisión que sean necesarias

El Proyecto no prevé actividades de mantención o conservación del área, ya que cada zanja será cubierta con su misma tierra de manera paulatina y estabilizada para su posterior uso superficial.

Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas

Esta fase considera la clausura de todas las áreas destinadas a la disposición de residuos no peligrosos, donde la principal actividad corresponde al perfilamiento de las áreas y traslado de trabajadores. El tiempo estimado de duración de esta fase es de un mes. 

Tabla N° 9: Estimación de emisiones fase de cierre áreas

Emisión (t/año)
Fase
MP-10
MP-2,5
CO
HC
NOx
SOx
Cierre áreas
0,11
0,04
0,07
0,03
0,26
0,0002
 

La frecuencia de riego que se encuentra asociada al traslado de personal y al traslado de residuos desde los sectores de generación hacia las áreas de disposición final, corresponde a 2 veces al día. La Figura 1 del Adenda 1 muestra la ubicación de los caminos no pavimentados que serán  humectados, mientras que en el Anexo 1.A del Adenda 1 se adjunta plano con la ubicación y las coordenadas de los caminos no pavimentados que se humectarán. La cantidad de agua al día que se aplicará en estos caminos no pavimentados, alcanzará en promedio 1 m3 de agua por kilómetro.

El inventario de emisiones del proyecto se presenta en el Anexo D de la DIA.

Para todas las medidas de control de emisiones se llevará un registro de la actividad, indicando fecha de aplicación de la medida (especificando a su vez el horario de aplicación), lugar de aplicación (metros lineales), cantidad de agua utilizada para la medida (origen) y firma del responsable. Este registro permanecerá en las instalaciones de MEL durante toda la vida útil del proyecto y estará disponible para toda autoridad que así lo requiera.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

Aguas servidas: Durante la fase de cierre la cantidad y manejo de los residuos líquidos será igual a lo descrito para fase de construcción y fase de operación.

b) Residuos sólidos

Los residuos sólidos en la fase de cierre se estiman en una cantidad de 225 kg/mes considerando el máximo de profesionales (15 trabajadores). El manejo del residuo será el mismo descrito para la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numeral 4.4, 4.5.1.3, 4.5.3.3, 4.5.4.3 del Informe Consolidado de Evaluación.

4.3.4. ESCENARIOS DE EVALUACIÓN DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Se consideró tres escenarios de evaluación de las emisiones del Proyecto, que se detallan a continuación: 

1. Escenario 1: Este escenario corresponde al primer año de vida útil del proyecto y considera las emisiones producto de la construcción de las tres áreas destinadas a la disposición de residuos y la construcción, operación y cierre de zanjas (30 zanjas anuales, equivalentes a 10 zanjas por área). 

2. Escenario 2: Corresponde a la situación que se proyectará durante la mayor cantidad de tiempo dentro de la vida útil de proyecto (13 años), por consiguiente, se trata del escenario más probable de ocurrir y considera las emisiones producto la construcción, operación y cierre de zanjas (30 zanjas anuales, equivalentes a 10 zanjas por área).

3. Escenario 3: Corresponde al último año de vida útil del proyecto (año 15) y considera las emisiones producto la construcción, operación, cierre de zanjas (30 zanjas anuales, equivalentes a 10 zanjas por área) y al cierre de las tres áreas destinas a la disposición de residuos.

Tabla N° 10: Escenarios emisiones atmosféricas

Escenario proyectado
Emisión (t/año)
MP-10
MP-2,5
CO
HC
NOx
SOx

Construcción áreas + Construcción zanja+ Operación zanja + Cierre zanjas

17,53
8,17
2,75
1,78
10,36
0,02

Construcción zanja + Operación zanja + Cierre Zanjas

17,11
8,16
2,75
1,78
10,36
0,023

Construcción zanja + Operación zanja + Cierre Zanja + Cierre Áreas

17,55
8,19
2,81
1,81
10,62
0,02
 
4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Parte, obra o acción que establece el inicio y término

La construcción del límite del área tendrá como actividad de inicio la implementación de la demarcación (instalación de cierre perimetral) del perímetro de la primera de las áreas de disposición de residuos mayores no peligrosos en utilizarse. Mientras que la actividad de término será la habilitación del camino perimetral del área. 

La construcción de zanjas tendrá como actividad de inicio, la construcción de pretil perimetral de la zanja, mientras que la actividad de término será la excavación de zanjas. 

El cronograma de la fase de construcción se presenta en el numeral 1.3.7 de la DIA.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Parte, obra o acción que establece el inicio y término

La fase de operación comenzará con la carga y transporte de residuos mayores no peligrosos a las zanjas. La actividad de término de la fase de operación será la cobertura y compactación de las zanjas.

El Proyecto ejecutará las actividades de la fase de construcción y operación de manera simultánea. 

El cronograma de la fase de operación se presenta en el numeral 1.3.7 de la DIA.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Parte, obra o acción que establece el inicio y término

La actividad que iniciará la fase de cierre será el perfilamiento final, mientras que la actividad de término será la clausura de las áreas.

El cronograma de la fase de cierre se presenta en el numeral 1.3.7 de la DIA.

  

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Emisiones atmosféricas 

De acuerdo con la estimación de emisiones presentada en el Anexo D de la DIA, las emisiones de material particulado y gases de combustión, asociadas al movimiento de tierra, serán poco significativas. Además dada la ubicación del Proyecto (fuera del área urbana y alejada de centros poblados), se prevé que éste no afectará la calidad del aire. A su vez, se destaca que el área del Proyecto no se encuentra en zona saturada ni latente por ningún tipo de contaminante. No obstante lo anterior, el Proyecto considera implementar como medida de abatimiento la humectación de caminos internos ubicados en las áreas 1, 2 y 3.

Ruido

No se consideran generaciones de emisiones sonaras significativas en ninguna de las fases del Proyecto. Por otro lado, en el sector no se encuentran vecinos o posibles receptores que se puedan verse afectados por ruidos y/o vibraciones generadas por la construcción, operación y cierre del Proyecto. En consecuencia, y considerando la inexistencia de centros poblados, el Proyecto no presenta un riesgo para la salud de la población en lo que se refiere a emisiones acústicas. No obstante, se dará cumplimiento al D.S. N° 38/2011. 

Residuos líquidos

Las aguas servidas que se generarán durante las fases de construcción, operación y cierre serán tratadas a través de una fosa séptica con infiltración, además de la instalación de baños químicos, los cuales se irán trasladando a medida que avancen las obras. 

Residuos sólidos 

Se generarán residuos sólidos domésticos que serán almacenados en contenedores herméticos cerrados ubicados en las áreas del Proyecto, retirados periódicamente y dispuestos, finalmente, en el relleno sanitario autorizado de MEL.

Parte, obra o acción que lo genera

Actividades desarrolladas en las fases de construcción, operación y cierre.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, 5.3 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

 
 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo
Suelo

Proyecto se encuentra en una zona altamente intervenida debido a las acciones propias de Minera Escondida. El suelo donde se encuentra el Proyecto corresponde a la clase de capacidad de uso VIII, lo que indica que el área del Proyecto se inscribe sobre suelos desérticos, con escasez de recursos hídricos para el regadío. La intervención del suelo se considera puntual y acotadas a las zanjas de depositación. El material a depositar no tiene características de peligrosidad, ni toxicidad que puedan afectar el recurso suelo.  

Flora y vegetación

El área de influencia del Proyecto se caracteriza por presentar un alto nivel de intervención antrópica, esto debido al uso del territorio para actividades productivas de Minera Escondida. 

Respecto al componente flora y vegetación, en el área de influencia del Proyecto se identificaron dos Unidades Homogéneas, las cuales corresponden a matorral leñosos bajo de Adesmia atacamensis y Matorral leñoso bajo de Oxalis spp. En términos cuantitativos, de la superficie total involucrada en el Proyecto el 80% se encuentra desprovisto de vegetación, mientras que la superficie cubierta por vegetación alcanza un 20%. En cuanto a la flora, se identificaron ocho especies de flora vascular, de las cuales cinco son nativas (62,5%), las restantes no se pudieron determinar su origen (37,5%). Con respecto a las especies identificadas, ninguna se encuentra en estado de conservación. En el Anexo B.2 de la DIA se presenta el informe de caracterización de flora y vegetación terrestre.  

Fauna 

En cuanto al componente fauna, de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular en el Anexo B.3 de la DIA, en el área del Proyecto no se registraron evidencias directas y/o indirectas sobre la presencia de aves, mamíferos, reptiles y/o anfibios.  

Recursos naturales 

El Proyecto considera la generación de residuos sólidos domésticos durante todas sus fases, sin embargo se consideran medidas de manejo y control que permiten su retiro sin afectación al medio ambiente. En relación al recurso hídrico, no se efectuarán descargas a ningún cuerpo de agua superficial o subterráneo. 

Las emisiones de efluentes y las emisiones a la atmósfera que genere el Proyecto no presentarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. 

El Proyecto no generará niveles de ruido relevantes, en ninguna de sus fases, que puedan afectar a los recursos naturales del entorno. De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular en el Anexo B.3 de la DIA, no existe evidencia de fauna nativa, por lo cual no habrá afectación por ruido que puedan alterar hábitats de relevancia para nidificación, reproducción o alimentación. 

El proyecto no considera la intervención o explotación de recursos hídricos.

Parte, obra o acción que lo genera

Actividades desarrolladas en las fases de construcción, operación y cierre.

Fase en que se presenta
Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

 
 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

El Proyecto no implica el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de vida y costumbres de grupos humanos, debido que se ubica dentro del área industrial faena de MEL.  

El Proyecto no implica la intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales que pueda afectar algún grupo humano. 

Para efectos del Proyecto, se hará uso de los caminos existentes, utilizando vehículos que cuenten con elementos de seguridad y cumplan con las disposiciones legales sobre transporte, además deberán cumplir con las propias normas de seguridad de MEL para el tránsito al interior de la faena minera. 

El Proyecto no generará afectación significativa sobre la dimensión socioeconómica en las comunidades cercanas, ni tampoco provocará interrupción o interferencia con actividades permanentes o eventuales que se puedan ejecutar en las zonas cercanas al área de emplazamiento del Proyecto en ninguna de sus fases de desarrollo. 

En el área del Proyecto no existen comunidades indígenas ni lugares de uso cultural de alguna etnia en particular que pudieran verse afectadas por el Proyecto. 

No se prevén alteraciones en la dimensión antropológica, no se afectarán actividades rituales y ceremoniales locales, debido a que en el área del Proyecto no se ubican comunidades humanas cercanas, ubicando el Proyecto en un área industrial altamente intervenida, por lo cual no existe alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

 
 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

El Proyecto no se localiza cercano a áreas donde existan poblaciones o comunidades indígenas, como tampoco se encuentra cercano a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que el Proyecto se localiza al interior de la faena minera de Minera Escondida. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo B.6 de la DIA. 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

 
 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

Dadas las características que presenta el paisaje en el área de influencia (calidad baja), junto con la naturaleza del Proyecto en evaluación, se puede concluir que el Proyecto no obstruye la visibilidad de una zona con bajo valor paisajístico, ya que el Proyecto se encuentra en una zona altamente intervenida y su ejecución no implicaría modificaciones al carácter y/o tipología del paisaje actual, conservando la misma vocación del territorio, sin generar efectos adversos significativos sobre los recursos escénicos con valor paisajístico.

De acuerdo a las características intrínsecas del paisaje evaluado, las características de accesibilidad visual y constructiva del Proyecto, se puede concluir que no generarán efectos significativos sobre los recursos escénicos, ya que no implicaría modificaciones al carácter y/o tipología de paisaje existente, conservando la misma vocación del territorio sin agregar artificialidad.

El paisaje en el área del Proyecto, responde a una tipología definida a partir de un uso productivo con fines mineros, por lo tanto el Proyecto no implicaría cambios en el carácter del paisaje, ni alteración de sus atributos actuales. 

Mayores detalles se presentan en el Anexo B.4 de la DIA.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 5.5.2, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

 
 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

De acuerdo a los antecedentes presentados por el titular en el Anexo B.5 de la DIA, no se registraron elementos patrimoniales en el área de intervención. El Proyecto no generará afectación en ninguna de sus fases o actividades, a la población o alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos debido a la inexistencia de estos en las zonas aledañas al Proyecto.

El Proyecto se emplaza en una zona desértica y desprovista de población. No se generará afectación de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, dada la alejada localización del Proyecto en localidades pobladas.

Además, no existen comunidades indígenas, ni lugares de uso cultural de alguna etnia en particular que pudieran verse afectadas por éste. Por otra parte, de acuerdo a los antecedentes presentados en el Anexo B.8, no se registró presencia de restos fósiles en el área de estudio.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 5.5.1, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

  

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto construirá un sistema de servicios higiénicos el que considera un sistema de disposición de aguas servidas continuo mediante fosa séptica con infiltración para los tres sitios de disposición final (Área 1, 2 y 3) durante la fase de operación. Los antecedentes del permiso de presentan en el Anexo 1.A del Adenda complementaria.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD. N° 88 de fecha 17 de agosto de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N° 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 
 

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Este permiso aplica para la habilitación de tres áreas de disposición final de residuos industriales no peligrosos. Los antecedentes del permiso se presentan en el Anexo C de la DIA, numeral 2 de la sección 3 del Adenda y Anexo 1.B del Adenda complementaria.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, mediante ORD. N° 88 de fecha 17 de agosto de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N° 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 
 

6.1.3. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

Este permiso se requerirá la instalación de tres obras permanentes (garitas de control). Los antecedentes del permiso se presentan en el Anexo 1.C del Adenda complementaria.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular debe corregir la superficie de las garitas 1 y 2, indicada en la Tabla 5 del Anexo 1.C de la Adenda Complementaria, dado que dicha información difiere con los calculados realizados por el Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta, en función de la Tabla 1 del mismo anexo.

Pronunciamiento del órgano competente

El Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Antofagasta, mediante ORD. N° 405 de fecha 12 de agosto de 2016, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N° 160 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:  

7.1. COMPONENTE/MATERIA: AIRE
NORMA
  • Decreto Supremo Nº 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza;
  • Decreto N° 47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Decreto Supremo Nº 144/1961: Construcción, operación y cierre.

Decreto N° 47/1992: Construcción

Forma de cumplimiento

Considerando que las principales actividades que generarán emisiones a la atmósfera serán el movimiento de tierra durante la excavación de las zanjas y el carguío y volteo de tierra para la construcción de cierres perimetrales y relleno de las zanjas, las emisiones se consideran poco significativas y de corta duración. Se considera el riego de caminos; compactación de las vías de circulación de vehículos y maquinaria, cubrimiento de vehículos de transporte de material; revisión e inspección de todos los vehículos y maquinarias utilizados durante la construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Todos los vehículos utilizados contarán con revisión técnica y de gases al día. 2.
  • Se considera un 75% de abatimiento de las emisiones a partir del riego de los caminos que se realizan actualmente en MEL.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrá un listado de vehículos y sus revisiones técnicas al día disponibles para la fiscalización de la Autoridad. El estado de los caminos y el encarpe de camiones, podrá ser observado en terreno en una eventual fiscalización realizada por la Autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 4.5.1 y 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación
 
 
 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: AIRE

NORMA
  • D.F.L. N° 1/2007 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de tránsito;
  • Decreto Supremo Nº 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, y su modificación del decreto N°78/97;
  • Decreto Supremo Nº 4 de 1994, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. “Establece norma de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos para su control”
  • Decreto Supremo Nº 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica;
  • Decreto Supremo Nº 211/1991 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos (Modificado por D.S. Nº 58/2004, MINSEGPRES).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá que todos los vehículos motorizados que participen en el desarrollo del proyecto cumplan con la normativa indicada, lo que se verificará con el certificado de revisión técnica y de gases. Además se exigirá que cada uno de los vehículos que desarrollen actividades de transporte de material, lo realicen con su carga debidamente cubierta y la tolva en condiciones herméticas.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Certificado de Revisión técnica y de gases.
  • Contratos con empresas contratistas en el que se exigirá que cada uno de los vehículos que desarrollen actividades de transporte de material, lo realicen con su carga debidamente cubierta y la tolva en condiciones herméticas.

Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrán copias de los certificados de revisión técnica a disposición de la Autoridad para su fiscalización.
  • Se mantendrán los registros y copias de los contratos a disposición de la autoridad para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación

 
 
7.3. COMPONENTE/MATERIA: RUIDO
NORMA

Decreto Supremo Nº 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes emisoras que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El área de emplazamiento de la actividad se encuentra dentro el área industrial minera de MEL, la cual se inserta en un entorno intervenido. Por otro lado, en el sector no se encuentran vecinos o posibles receptores los cuales puedan verse afectados por ruidos y/o vibraciones generadas por la construcción, operación y cierre del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 4.5.2 y 8.1.2 del Informe Consolidado de Evaluación
 
 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

NORMA

Decreto Supremo Nº 43/12. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo Nº 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto se desarrollará sólo en horario diurno, sin necesidad de iluminaria extra a la que posee Minera Escondida. Sin perjuicio de lo anterior, el titular del Proyecto dará cumplimiento a la presente norma de emisión, utilizando luminarias acordes a lo establecido en la normativa en las instalaciones existentes y que utilizará el Proyecto, tales como: casino, dormitorios, caminos de acceso etc.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registros fotográficos.
  • Certificado de la SEC.

Forma de control y seguimiento

Dado que el Proyecto no requiere de iluminaría, no existen medidas de control y seguimiento. Sin embargo, MEL cuenta con la Certificación SEC.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación
 
 
7.5. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS LÍQUIDOS
NORMA
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;
  • Decreto Supremo Nº 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

Las aguas servidas serán tratadas a través de una fosa séptica con infiltración, además de la instalación de baños químicos, los cuales se irán trasladando a medida que avances las obras.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización sanitaria de PTAS.
  • Registro de retiros periódicos de efluentes de baños químicos.

Forma de control y seguimiento

Se mantendrán las autorizaciones y registros disponibles para fiscalización de la Autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 4.5.3 y 8.1.4 del Informe Consolidado de Evaluación
 
 
7.6. COMPONENTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS
NORMA
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;
  • Decreto Supremo Nº 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
  • Decreto Supremo N° 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos serán almacenados en contenedores cerrados herméticos en el sector, retirados semanalmente y dispuestos finalmente, en el relleno sanitario autorizado de MEL.

El titular se compromete a declarar las emisiones de residuos sólidos generados dentro del Proyecto, sin perjuicio del cumplimiento del D.S. Nº 1/2013 Reglamento del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorización sanitaria del relleno sanitario de MEL.
  • Registro de ingreso de residuos al Relleno Sanitario.
  • Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.
  • Se incluirán los datos de residuos sólidos del presente proyecto en el registro mensual de MEL.
  • Se consolidarán los datos mensuales para realizar la declaración anual correspondiente.
  • Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración.

Forma de control y seguimiento

  • Se mantendrá la autorización disponible para fiscalización de la Autoridad.
  • Se mantendrá registro de las declaraciones realizadas en el RETC.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 4.5.4, 8.1.5, 8.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación
 
 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA

NORMA
  • Ley Nº 19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza;
  • Decreto Supremo Nº 5/1998 del Ministerio de Agricultura, Aprueba Reglamento de la Ley De Caza y sus modificaciones, Decreto N° 65/2015 y Decreto N° 53/2004 del Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se prohibirá a todos los trabajadores del Proyecto realizar cualquier tipo de actividad de caza dentro del área de influencia de MEL.

Indicador que acredita su cumplimiento

Al inicio del Proyecto se realizarán charlas con respecto a la prohibición de caza en el área del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Registro de las charlas efectuadas a los trabajadores de MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.6 del Informe Consolidado de Evaluación

 
 
7.8. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL
NORMA
  • Ley Nº 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;
  • Decreto Supremo N° 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N° 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Ante la eventual aparición de restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras (excavación de zanjas, principalmente), se dará aviso a las autoridades competentes, procediendo según lo establecido en los artículo 26 y 27 de esta Ley y los artículos 20 y 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas (D.S. Nº 484/1990).

Indicador que acredita su cumplimiento

En caso que sea necesario se dará aviso de la existencia de un hallazgo al CMN.

Forma de control y seguimiento

El respaldo del aviso al CMN realizado, se mantendrá a disposición de la Autoridad para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.1.7 del Informe Consolidado de Evaluación
  

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias: 

8.1. Fauna

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.
Descripción
Respecto al componente fauna, se implementarán las siguientes medidas:
 
  • Instalación de señalética de precaución ante el eventual tránsito o presencia de fauna, como advertencia a los operadores de equipos.
  • Capacitación a los operadores que realizarán la disposición de residuos, enfocada en “Cómo actuar ante el encuentro con fauna silvestre y consideraciones generales en el manejo de fauna”, en base a Procedimiento Gestión Ambiental de Territorio y Biodiversidad.
  • Verificación periódica del área del proyecto para identificar la presencia de fauna.
Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1 del Informe Consolidado de Evaluación

  

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, son las siguientes:  

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
 

9.1.1. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Aplicable a todo el Proyecto

Acciones o medidas a implementar

El Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias se presenta en el Anexo F de la DIA. El Plan de Emergencia y Contingencia describe las medidas de prevención y control de eventos que pudieran generar efectos adversos en el ambiente y en la salud humana producto de las distintas actividades a desarrollar en las fases del Proyecto.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo F de la DIA, numeral 7.1 del Informe Consolidado de Evaluación

 

10. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300.

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución. 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14. Que, para que el Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.  

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida", de Minera Escondida Limitada. 

2°. Certificar que el Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente. 

3°. Certificar que el Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

4°. Certificar que el Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.  

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Valentín Volta Valencia
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Patricia de la Torre Vásquez
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Antofagasta




RMM/PTV/DLR/CGV/NMM

Distribución:

  • Eduardo Caballero Barría
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Antofagasta
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Disposición Controlada de Residuos Mayores No Peligrosos en Minera Escondida"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=83/f5/fd59a7bed599c9ab8313129f0ef3240bb019


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