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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "LOTEO VALLE DORADO"

Resolución Exenta Nº 88

Copiapó, 20 de Mayo de 2015



VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "LOTEO VALLE DORADO", presentada por el Señor LOTHAR MEIER IBAÑEZ, en representación de SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A, con fecha 23 de Diciembre de 2013.
 
2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
 
2.1. Síntesis Cronológica de las etapas de la evaluación de impacto ambiental
 
Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A, con fecha 23/12/2013.
Test de admisión S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 27/12/2013.
Oficio solicitud de evaluación DIA Nº709 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 27/12/2013.
Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº033.
Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 29/01/2014 Adenda S/N Por SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A, con fecha 27/06/2014
Solicitud de evaluación de adenda Nº264 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 30/06/2014.
Resolución Ampliación de Plazos Nº203 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 13/08/2014.
Adenda S/N Por SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A, con fecha 01/12/2014
Solicitud de evaluación de adenda Nº460 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 01/12/2014.
Adenda S/N Por SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A, con fecha 04/05/2015
Solicitud de evaluación de adenda Nº125 Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 04/05/2015.
 
2.2. Referencia a los informes de los organismos de la administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación ambiental del proyecto
 
Oficio Nº005 sobre la DIA, por SEREMI de Minería, Región de Atacama, con fecha 03/01/2014; Oficio Nº38 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 13/01/2014; Oficio Nº49 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 13/01/2014; Oficio Nº044 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 15/01/2014; Oficio Nº257 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 14/01/2014; Oficio Nº24-EA/2014 sobre la DIA, por CONAF, Región de Atacama, con fecha 15/01/2014; Oficio Nº39 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 15/01/2014; Oficio Nº055 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 16/01/2014; Oficio Nº69 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 16/01/2014; Oficio Nº79 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 16/01/2014; Oficio Nº1434 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 17/01/2014; Oficio Nº028 sobre la DIA, por Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama, con fecha 15/01/2014; Oficio Nº120 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 20/01/2014; Oficio Nº045 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 20/01/2014; Oficio Nº55 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 24/01/2014; Oficio Nº120 sobre la DIA, por CONADI, Región de Atacama, con fecha 23/01/2014; Oficio Nº068 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 23/01/2014; Oficio Nº298 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/01/2014; Oficio Nº037 sobre la DIA, por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 29/01/2014; Oficio Nº278 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama, con fecha 08/07/2014; Oficio Nº7240 sobre la Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 08/07/2014; Oficio Nº679 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 09/07/2014; Oficio Nº10958 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 10/07/2014; Oficio Nº552 sobre la Adenda 1, por DGA, Región de Atacama, con fecha 11/07/2014; Oficio Nº530 sobre la Adenda 1, por SAG, Región de Atacama, con fecha 10/07/2014; Oficio Nº458 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 11/07/2014; Oficio Nº517 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 11/07/2014; Oficio Nº(D.AC.) ORD. SEIA. N° 228 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 11/07/2014; Oficio Nº438 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 09/07/2014; Oficio Nº309 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 17/07/2014; Oficio Nº695 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 22/07/2014; Oficio Nº1205 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 04/07/2014; Oficio Nº1493 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 13/08/2014; Oficio Nº861 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 15/12/2014; Oficio Nº19837 sobre la Adenda 2, por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 15/12/2014; Oficio Nº815 sobre la Adenda 2, por DGA, Región de Atacama, con fecha 16/12/2014; Oficio Nº965 sobre la Adenda 2, por SAG, Región de Atacama, con fecha 16/12/2014; Oficio Nº1237 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 18/12/2014; Oficio Nº560 sobre la Adenda 2, por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 18/12/2014; Oficio Nº540 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 19/12/2014; Oficio Nº2242 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 22/12/2014; Oficio NºBS3/171 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 27/01/2015; Oficio Nº224 sobre la Adenda 3, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 06/05/2015; Oficio Nº5559 sobre la Adenda 3,por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 06/05/2015; Oficio Nº334 sobre la Adenda 3, por SAG, Región de Atacama, con fecha 08/05/2015;
 
2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.
 
En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'LOTEO VALLE DORADO', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
CONADI, Región de Atacama
CONAF, Región de Atacama
DGA, Región de Atacama
DOH, Región de Atacama
Gobierno Regional, Región de Atacama
Ilustre Municipalidad de Copiapó
SAG, Región de Atacama
SEC, Región de Atacama
SEREMI MOP, Región de Atacama
SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama
SEREMI de Energía, Región de Atacama
SEREMI de Minería, Región de Atacama
SEREMI de Salud, Región de Atacama
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
SERNAGEOMIN, Región de Atacama
Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'LOTEO VALLE DORADO' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:
Oficio no participación en la evaluación Nº553 Por SEC, Región de Atacama, con fecha 30/12/2013.
Oficio no participación en la evaluación Nº79 Por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 15/01/2014.
 
3. El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 13 de Mayo de 2015.
4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "LOTEO VALLE DORADO".
5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
 

CONSIDERANDO:

1.Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "LOTEO VALLE DORADO".
 
2.Que, el derecho de SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
 
3.Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "LOTEO VALLE DORADO" consiste en:
 
3.1Antecedentes del Titular
 
Nombre Titular: SOCIEDAD AGRICOLA VALLE DORADO S.A
Domicilio: PANAMERICANA NORTE KM 815
Representante Legal: LOTHAR MEIER IBAÑEZ
Domicilio: SANTA CLARA 301 OF. 5805 HUECHURABA.
 
3.2Monto de Inversión
 
8,0000 Millones de Dólares
 
3.3 Vida útil
 
De acuerdo a lo indicado en el punto I.2.2 del Adenda N°3 el Proyecto no contempla una etapa de cierre, debido a que consiste en la urbanización y configuración de espacios públicos .
 
3.4 Mano de Obra
 
 

Tabla N° 1 Mano de Obra

Fase

Mano de Obra Promedio

Mano de Obra Máxima

Construcción

50

80

Operación

12

12

Fuente: Presentación del Proyecto Loteo Valle Dorado

 
3.5 Superficie
 
El Proyecto contempla una superficie total de 337.221,5 m2, las cual corresponde a las instalaciones descritas en la siguiente tabla.
 
 

Tabla N° 2 Superficies del Proyecto

Ítem

Obra 322654933

Superficie Permanente m2

Obras preliminares

Instalación de oficinas planta de tratamiento de aguas servidas, baños y bodegas

425

Urbanización

Caminos de acceso

7657

 

Caminos internos

32272

 

Puente 1

1208

 

Puente 2

594

Loteos

66 loteo

240.344,5

Áreas Verdes

En caminos internos de acceso y borde del Río de Copiapó

54.721

Total

 

337.221,5

 
 
 
  3.6 Tipología del Proyecto:
 
El Proyecto ingresa a través de las siguientes tipologías:
 
g.2. Proyectos de equipamiento que correspondan a predios y/o edificios destinados en forma permanente a salud, educación, seguridad, culto, deporte, esparcimiento, cultura, transporte, comercio o servicios, y que contemplen al menos una de las siguientes especificaciones:
g.2.2.      Superficie predial igual o mayor a veinte mil metros cuadrados (20.000 m²).
 
3.7 Localización
 
El Proyecto se ubica aproximadamente a unos 7 kilómetros al poniente del centro de Copiapó, región de Atacama.
 
Se accede al área del proyecto, a través de la Ruta 5 Norte. En la siguiente Tabla se indican las coordenadas geográficas de los vértices del terreno en cuestión.
 
 

Tabla N° 3 Coordenadas de ubicación del Proyecto

VERTICES

ESTE

NORTE

A

361952,16

6976683,14

B

362499,47

6976350,09

C

362088,13

6975801,96

D

361752,89

6976078,65

Fuente: Tabla II-1 de la DIA Coordenadas de ubicación del Proyecto

 
 
 
En la Figura II-1 de la DIA, se presenta la ubicación del proyecto, que corresponde a los límites del predio.
 
3.8 Descripción del proyecto
 
El proyecto consiste en la habilitación de una zona de apoyo a las actividades mineras, industriales y de construcción de la región de Atacama, con las condiciones y características necesarias para la edificación futura de equipamientos de servicios y comercio, junto con áreas verdes y vialidad.
 
El proyecto estará inserto dentro de un terreno constituido por dos predios, denominados Lote 4I y  Lote 4J, de 15,77 y 18,24 hectáreas respectivamente, superficie donde se proyecta realizar una subdivisión de 66 lotes, el que incluirá áreas verdes y caminos internos.
 
En la Tabla 1 del Adenda N°2 se presentan las coordenadas de las Instalaciones u obras del proyecto en UTM (Datum WGS-84).
 
Los 66 lotes presentan diferentes áreas. En la Tabla II-6 de la DIA se indica la superficie que ocupará cada lote. Estas subdivisiones tendrán usos de suelos de tipo Equipamiento, donde la mayoría de los lotes tendrán destino de ocupación para la construcción de edificios acondicionados para Servicios y Comercio. La excepción, es para los lotes N°57, 58, 59 y 60, que tendrán destino de ocupación variado dentro de este uso de suelo (salud, educación, seguridad, culto, deporte, esparcimiento, cultura, transporte, comercio o servicios).
 
3.8.1 Objetivo
 
Proponer un nuevo territorio, en un sector inmediato al área urbana consolidada de Copiapó, que permita contener espacios adecuados para el desarrollo de actividades de equipamiento, de apoyo a la minería y la industria, entre otros.
 
3.8.2  Acceso al Proyecto
 
El proyecto contará con 2 accesos, que permitirán la entrada y salida de vehículos desde la Ruta 5 Norte, el primero ubicado hacia el Poniente Acceso N°1  y el segundo acceso, ubicado a 300 metros hacia el Oriente Acceso N°2. En la Figura II-9 de la DIA se presenta los Accesos/Egresos Vehiculares del Proyecto. En el Anexo E del Adenda N° 2 se presentan los planos del proyecto.
 
  
3.8.3 Definición de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto
 
3.8.3.1 Etapa de Construcción
 
El acto o faena que dará inicio a la obra consistirá en la habilitación del terreno, mediante la limpieza y corta de vegetación que se encuentra en el trazado del camino diseñado para el acceso al Loteo, en donde se realizarán luego las labores de habilitación del acceso al Proyecto, a modo de permitir el desarrollo de las actividades de excavación y pavimentación posteriormente.
 
La etapa de construcción  se desarrollará en dos etapas, por lo tanto, el Lote 4I corresponderá a la etapa 1 y el Lote 4J a la etapa 2 de las obras del Proyecto. La Etapa 2 comienza 6 meses después del término de la Etapa 1. El Puente 2 se construirá en el mes 71 y 72, cercano al año 6 después del inicio del proyecto. El cronograma de ejecución de obra se presenta en el Adenda N°2 Tabla N° 3.
En la DIA en la Figura II-7 se presenta el Esquema General del Proyecto Valle Dorado.
La urbanización del terreno, corresponde a la construcción de la pavimentación, instalación de redes de Agua Potable, Alcantarillado, Aguas Lluvias y electricidad como se detalla en las EETT que se incorporan en Anexo F y H de la DIA  y como se resume a continuación:
 
3.8.3.1.1 Descripción Instalación de Faenas, Obras Preliminares
 
Se realizarán las siguientes obras y actividades
a)       Limpieza y Despeje
Se planifica el despeje del terreno.
b)       Cierres Provisorios
Se instalarán los cierres provisorios que sean necesarios para los deslindes perimetrales del terreno.
c)       Bodegas y insumos herramientas de construcción
Construcción de bodega de acuerdo a la necesidad de la obra
d)       Instalación de Oficinas
Recinto de oficinas para el personal de la Empresa Constructora y para la ITO, que deberá contar con el equipamiento necesario.
e)       Empalmes Provisorios.
Se deberá dar inicio a las tramitaciones de Empalmes Provisorios. El empalme de alumbrado y fuerza, adecuado a los requerimientos de las instalaciones y el funcionamiento de la obra.
 
3.8.3.1.2 Descripción Faena de urbanización
 
a)       Pavimentación:
 
Las obras de pavimentación para la construcción de rutas que el proyecto contempla:
 
Las obras a realizar corresponden a:
 
•         Ejecución de Movimiento de tierra
•         Colocación de Bases Granulares
•         Construcción de Carpetas de Rodado
 
Las especificaciones técnicas se presentan en el Anexo f4 de la DIA.
 
b)       Agua potable y Alcantarillado:
 
El proyecto contempla construir una extensión de red pública de distribución de agua potable, por calles y pasajes del loteo.
 
Las Especificaciones Técnicas del proyecto de Alcantarillado y Agua Potable, que se incluyen en el Anexo F1 y F2 de la DIA, complementados con el Anexo B del Adenda N°1, describen las características, tipos de materiales y elementos necesarios para la instalación de la red.
 
c)       Evacuación de aguas lluvias:
 
Se definen zanjas de infiltración en el interior del predio que recibirán los aportes provenientes de  los pavimentos interiores No Techados y de Techumbres, mediante  la implementación de bajadas de aguas lluvias, de responsabilidad del futuro propietario del lote, y la colocación de sumideros. Se proyecta además, cámaras especiales y colectores cuyas características se indican en el Anexo B ETT del Adenda N°1.
 
Todas las aguas captadas, son conducidas finalmente a cámaras decantadoras y luego a zanjas de infiltración (dren), se proyectaron 5 zanjas. En conjunto los drenes deberán retener e infiltrar  las aguas lluvias en el terreno.
Las Especificaciones técnicas y la Memoria de Cálculo para el proyecto de Evacuación de Aguas Lluvias se incorporan en el Anexo F3a y F3b de la DIA.
 
Se contempla la instalación de colectores  y cámaras de inspección urbana.
 
d)       Red Eléctrica y Alumbrado público:
 
El sistema eléctrico para el loteo, se realizará por medio de una distribución aérea en media tensión 23 kV, en configuración trifásica. La distribución de las redes eléctricas se soportará en estructuras simples (postes de hormigón armado de 11,5m). La  soportación de línea se hará con ferretería eléctrica galvanizada en caliente y el sistema  de aislación será en base a aisladores polimétricos anti-vandalismo, los conductores de esta línea serán cable de aluminio apto para redes aéreas.
 
El suministro eléctrico para el loteo será proporcionado por la compañía eléctrica Emelat S.A. de la ciudad de Copiapó, que mediante la factibilidad eléctrica que se adjunta en el Anexo A2 de la DIA presenta la capacidad técnica para soportar la demanda del proyecto.
 
En el Anexo H de la DIA se presentó una descripción general del sistema de Distribución Eléctrica para el Proyecto  y un Plano del emplazamiento General de las Instalaciones eléctricas.
 
Una vez construidas las redes eléctricas en media tensión del loteo, cada propietario tendrá la libertad de solicitar directamente con la compañía eléctrica, el empalme de la potencia que requiera para sus instalaciones, ya sea éste en baja tensión, por medio de los transformadores de distribución que dispondrá la red eléctrica, o directamente en media tensión con transformador particular.
 
Previo a las conexiones domiciliarias, las obras de empalme construidas, deberán estar recepcionadas por EMELAT S.A.
 
En Anexo H de la DIA se incorpora el Sistema General de Distribución Eléctrica, junto con el plano del trazado y empalme del sistema.
 
3.8.3.1.3 Descripción Faena de Desarrollo
 
Cada lote resultante podrá albergar edificios con las características señaladas en la tabla N°2 del Adenda N°3, el cual señala la altura máxima de edificación, superficie máxima total construida, escala máxima entre otros.
 
3.8.3.1.4 Requerimiento de insumos y maquinaria
 
a)      Suministro Agua:
 
Suministro de Agua Potable:
 
Se instalarán redes y conexiones necesarias para el adecuado suministro de Agua Potable, en todos los frentes de trabajo. Se contratará un servicio de transporte de agua potable para el uso interno del proyecto. El consumo de agua potable para los 80 trabajadores, se estima un consumo regular de agua potable, en la etapa de construcción del proyecto, correspondiente a 150 litros de agua por persona al día. Lo que nos entrega un requerimiento de agua de 12 m3 por día durante toda la etapa de construcción.
 
Suministro Agua Industrial:
 
El Proponente cuenta con derechos de aprovechamiento de agua provenientes de tres pozos se adjuntan los certificados de demonio vigente en el Anexo A del Adenda N°1. La cantidad de agua que se puede extraer de estos corresponde a 238 lts/seg, volumen suficiente para abastecer todas las actividades involucradas en la construcción del proyecto Loteo Valle Dorado.
 
Respecto al cálculo de consumo de agua para las actividades de la obra, se consideran tres procesos donde se requiere utilizar el recurso, estos son los siguientes:
 
• Humectación de Caminos
• Lavado de Camiones
• Consumo de agua potable para trabajadores
 
 

Tabla N° 04 Consumo de agua etapa de construcción

Actividad
Etapa del Proyecto
Calculo
Cantidad de Agua
Humectación
Caminos
Obras Preliminares,
Movimiento de Tierra, Obras
Civiles, Instalación de
Servicios, Pavimentación y
cierre de la obras
5.000m2 de caminos x 77,4
lts/m2dia
233m 3 /día)
Lavado Camiones
20 lts x 30camiones día
0,6m3/día
Consumo de agua potable
 Construcción
 
(12m3 /día)
Fuente: Tabla N°2 del Adenda N°1, modificación SEA.
 
 
En la Tabla N° 9 del Adenda N°2 se presentan las  Coordenadas UTM de los pozos en el área del Proyecto. En la Figura 3 del Adenda N°2 se presentan las ubicaciones de los pozos subterráneos en el área del Proyecto.
Para las edificaciones futuras del loteo, se considera el abastecimiento de parte de la empresa de servicio público concesionado, a la cual se pueden destinar con posterioridad los 238 lts/seg. de que dispone el titular, conforme se convenga con la empresa concesionaria.
 
b)       Suministro Electricidad:
 
Para las instalaciones de faenas se instalará una red provisoria usando empalmes existentes u otros nuevos solicitados a la empresa EMELATT S.A., la instalación estará destinado al alumbrado y fuerza de todas las construcciones de instalaciones de faena y destinada a alimentar motores, maquinarias y otros.
 
c)       Maquinarias y herramientas utilizadas:
 
En la Tabla II-9 de la DIA se presenta  las maquinarias necesarias para la construcción del Proyecto.
 
 3.8.3.1.4 Aspectos sanitarios:
 
a)            Manejo de aguas servidas: 
 
En la Fase de Construcción se utilizarán baños químicos dentro de los 6 primeros meses de esta fase y posterior a esto, se iniciará la operación de una Planta de Tratamiento Modular. Se generarán 12 m3 /día considerando una dotación de 150 lts/día y 80 trabajadores en la Fase de Construcción. Las aguas tratadas serán utilizadas para el riego de las áreas verdes aledañas al proyecto, las cuales cumplirán con lo establecido en la NCh 1.333/87. Los permisos para el otorgamiento del Permiso Sectorial Ambiental  91 se presentaron en el Adenda N° 2.
 
3.8.4 Etapa de Operación
 
El hito que da cuenta el inicio de la etapa de operación es la recepción municipal de la urbanización.
 
3.8.4.1  Manejo de Agua Potable y alcantarillado de Aguas Servidas:
 
En el Anexo A de la DIA, se indica que el proyecto se encuentra fuera del territorio operacional de la Sanitaria Aguas Chañar S.A .No obstante se considera que el Titular del Proyecto se haga cargo económicamente de todas las obras e instalaciones necesarias para la factibilidad técnica  del servicio. En el Anexo G de la DIA, se presenta la Prefactibilidad Técnica y Económica que permite abastecer los servicios del Loteo, este capítulo se divide en dos puntos, agua potable y aguas servidas.
 
3.8.5.2 Electricidad:
 
El proyecto cuenta con factibilidad técnica para el suministro de energía, ver  Anexo A2 de la DIA. Este suministro será proporcionado por la compañía eléctrica Emelat S.A de la Ciudad de Copiapó.
 
3.9 Principales Aspectos de la Evaluación
 
3.9.1 Emisiones Atmosféricas
 
3.9.1.1 Fase de construcción
 
En el Anexo C  de la DIA se presenta una estimación de emisiones para la etapa de construcción, y sus medidas de control de control las cuales se señalan a continuación:
 
•Se humectarán las vías internas no pavimentadas.
•Durante la fase de urbanización, se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con la retención de polvo en los tramos del perímetro del proyecto que enfrentan sectores cercanos a viviendas.
•Los excedentes de tierra y escombros se transportará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados se encuentren con su revisión técnica al día.
•Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores del recinto.
•Las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector.
 
El Proponente en el Anexo B del Adenda N°2 realizó una estimación de Material Particular Sedimentable, de las cuales se señalan los siguientes valores:
 
Tabla N° 05 Resumen de Emisiones de PTS del Proyecto
 
Año
Fase
E Total PTS (Ton/año)

1

Construcción de la urbanización

18,788

2

Construcción de la urbanización

4,397

3

Construcción de la urbanización

14,112

Fuente: Tabla N°4 de Adenda N°2 Resumen de emisiones de Material Particulado Sedimentable

 

3.9.2  Ruido
 
3.9.2.1 Fase construcción
 
El Proponente presenta una modelación de emisiones acústicas en el anexo D de la DIA, el cual señala que los receptores sensibles al proyecto se ubican dentro del límite urbano, específicamente en la zona E catalogado como Zona Industrial Exclusiva, por lo cual la homologación respectiva a la normativa aplicable es Zona IV. 
 
Sin perjuicio que los niveles de ruido, generados por la construcción de la urbanización, cumplen con la normativa vigente, establecida por el D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, se contemplan las siguientes medidas de gestión:
a)Realizar las faenas de construcción sólo en el periodo diurno.
b)Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
c)Minimización del ruido del uso de alarmas de retroceso. Esto incluye el uso de alarmas de retroceso auto ajustable sensible al ambiente, alarmas manualmente ajustables en posición de volumen mínimo y uso de vigilantes.
d)Mantención de los equipos.
e)Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente los camiones  tolva y betoneros durante el período de espera.
 
3.9.2.2 Fase de operación
 
En la Etapa de Operación del Proyecto no se esperan mayores impactos en esta componente ambiental debido a las características del proyecto  por lo tanto cumplirá con los niveles máximos permisibles tanto para el periodo diurno como nocturno según lo establecido en el D.S 38/2011 del MMA.
  
3.9.2.3 Residuos
 
3.9.2.3.1 Residuos Líquidos
3.9.2.3.1.1  Fase de Construcción:
 
Para la etapa de construcción, se consideran un número máximo de 80  trabajadores, los que generarán un efluente de aproximadamente 12 m3/día, los cuales serán acumulados temporalmente en baños químicos para los primeros 6 meses posterior a ello operará una planta de tratamiento compacta. Los baños Químicos serán finalmente retirados por empresa debidamente autorizada. Además el Proponente dispondrá de un baño para 6 personas cuyo tratamiento será mediante una planta de tratamiento modular, de carácter compacto. La calidad de aguas servidas será conforme a lo establecido en el NCh. 1.333 con calidad de Riego, mientras que los lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas serán retirados por una empresa debidamente autorizada. Los permisos para el otorgamiento del permiso sectorial 91 se presentaron en el  Adenda N° 2.
 
3.9.2.3.2 Residuos sólidos
 
3.9.2.3.2.1 Etapa de construcción
 
Residuos domiciliarios se efectuará el almacenamiento en contenedores de 120 litros los residuos serán retirados por el servicio de recolección municipal con una frecuencia de tres veces por semana. Se estima una generación de 133 litros/día.
 
Residuos Asimilables a Domiciliarios: Estos residuos correspondientes a cartones, plásticos papeles envoltorios, entre otros serán retirados por una empresa autorizada. 
 
Residuos Industriales Peligrosos: Se efectuará el almacenamiento en forma temporal  al interior de contenedores sellados, debidamente etiquetado al interior de una bodega ubicada hacia el norte del terreno. Los residuos serán retirados por una empresa autorizada para su tratamiento y disposición final. Se estima una generación de 30 m3.
 
Residuos de Construcción: Estos Residuos corresponden a hormigón, asfalto, yeso entre otros generados durante toda la etapa de construcción, que serán cargado y retirados del área del proyecto para posteriormente ser llevados a un lugar autorizado. Se estima una generación de 167.254 m3. En la Tabla III- 4 de la DIA se señala la caracterización y volumen de los residuos  de construcción.
 
  
3.9.2.3.2.2 Etapa de operación
 
En el Adenda N° 3 el Proponente señala que  efectuará la suscripción de un Convenio con el Municipio de Copiapó en orden a asumir el costo del sistema de recolección de residuos domésticos y disposición final de estos residuos. Para luego traspasarlo paulatinamente al Municipio, conforme se indique en el Convenio señalado.
 
3.9.3 Transporte:
 
El Proponente presenta un estudio de Capacidad Vial en el Anexo C del Adenda N°2, el cual se desprende lo siguiente:
 
•Se plantea un diseño vial para la conexión de la ruta 5 Norte
A implementarse en primera etapa de proyecto:
•Materialización de Puente (primer acceso) que genera la conexión entre proyecto y Ruta 5.
•Generación de bahías de detención para transporte público.
•Pasarela peatonal desnivelada.
•Mejoramiento de la demarcación y señalización del área de influencia.
A implementarse en primera etapa de operación 70% del proyecto:
•Materialización de Puente (segundo acceso) que genera la conexión entre proyecto y Ruta 5.
•Una caletera para la parada temporal de vehículos en la carretera
 
 La  obras señaladas se grafican en los planos del Anexo C Estudio Capacidad Vial del Adenda N°2.
 
3.9.4  Hidrología.
 
En el Anexo D del Adenda N° 2 se presenta el estudio de crecidas del río Copiapó. El Proyecto cuenta con la construcción de los estribos de cada puente en la ribera del río de Copiapó por lo cual los requisitos para el otorgamiento del PAS 106 y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento se presentan en el Adenda N°2.
 
3.9.5  Fauna:
 
Se realizó una caracterización del área de influencia  del proyecto, a través de una campaña de dos días de trabajo se identificaron 6 estaciones de monitoreo identificadas en la tabla B- 12 del Anexo B de la DIA. Como resultado de la prospección en el área del proyecto se registraron dos especies de reptiles Iguana chilena (Callopistes palluma) y la Lagartija de Plate (Liolaemus platei), las cuales se encuentran con categorías de conservación, de acuerdo a los documentos legales consultados (MMA y Ley de Caza 2001). Como medida de manejo ambiental el Proponente planifica desarrollar un Plan de rescate y relocalización de especies nativas de fauna de baja movilidad, dentro del área de influencia directa del Proyecto. Los antecedentes del área prospectada, se presentaron en el Anexo B de la DIA, los cuales fueron complementados en el Adenda N° 1 y Adenda N° 3. El área de relocalización se presenta en el Figura 1. Zona de Relocalización de Fauna del  Adenda N°3, el que se encuentra ubicado a un costado de la ruta C-386, dentro de la zona de protección del cauce del Río Copiapó.
 
3.9.6 Flora y vegetación
 
El Proponente identifica en el punto 1.5 del Adenda N°2 las formaciones de especies vegetales que serán intervenidas por las obras de construcción de puentes, en la parte de los estribos de entrada y salida. Además se cuantificaron e identificaron los individuos que serán intervenidos producto de estas obras.
 
El levantamiento de información presentada en la DIA, se desarrolló en el área de influencia del Proyecto, Loteo Valle Dorado correspondiente a  34,1 ha aprox.
 
La metodología realizada por el Proponente, para el estudio corresponde a trabajo de gabinete, ratificada con una campaña de terreno en el área de estudio. De lo que se obtiene que,
 
En el área del proyecto se identificaron 17 especies de plantas vasculares, donde todas representan a familias distintas. El listado de la flora vascular indicando nombre científico, familia, forma de crecimiento y origen geográfico se muestra en la Tabla B-10 del anexo B de la DIA.
 
Para el área de estudio se pudo definir 5 formaciones vegetaciónales que presenta una intervención antrópica, corresponde a una cortina de árboles en el sector norte del predio una línea en el deslinde oriente, una plantación de parra y dos unidades de vegetación en la ribera del  borde del río Copiapó.
 
En el área de estudio no se encontraron especies en categoría de conservación. Los antecedentes de la caracterización del área de influencia se presentan en el Anexo B de la DIA
 
3.9.7 Patrimonio
 
El área de levantamiento de información se definió en conformidad al área comprendida del proyecto Loteo Valle Dorado.
 
La inspección arqueológica se efectuó, mediante una inspección ocular y recorrido pedestre para determinar restos culturales identificables y observables.
 
De la información presentada permitió descartar la presencia de materiales arqueológicos de superficie y en la estratigrafía.
 
 No obstante el Proponente señala en el Anexo B de la DIA, que en el caso de efectuarse algún hallazgo arqueológico y/o paleontológico durante los trabajos de excavación y remoción de tierra, se procederá según los artículos N° 26 y N° 27 de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y N° 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológica, antropológica y paleontológica, de producirse lo anterior se paralizarán las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y se informarán de inmediato y por escrito  al Consejo de Monumentos Nacionales.
 
Los antecedentes de la caracterización del área referida  a arqueología se presentaron en el Anexo B de la DIA.
 
3.9.8 Suelo
 
En el Estudio de Suelo, adjunto en el Anexo F del Adenda N°1, el Proponente indica que en el muestreo de suelo en calicatas, se visualizó una estrata de textura arcillosa limosa, con un espesor de 40cm aproximadamente, lo que generó acumulación de sales en el área del Proyecto.
 
El área donde se desarrollará el Proyecto, actualmente está desprovista de plantación. En la Tabla N° 12 del Adenda N°2 se presentan las Coordenadas UTM de las Calicatas de muestreo de suelo, en la figura 5 de la misma Adenda se presenta el Plano de ubicación de las calicatas en terreno.
 
3.9.9 Riesgo
 
El Proponente presentó en el Anexo D y E del Adenda N° 1 un Estudio de Riesgos Geofísicos y un Estudio de Riesgos de Crecidas del Río Copiapó.
 
En el análisis de crecidas del río Copiapó en el área, se realizó una modelación, dando como resultado una nula variación entre una situación con o sin proyecto, para un periodo de retorno de 100 años, y se presenta un episodio de rebalse menor, cercano al Puente N°2, para el caso con proyecto en un retorno de 500 años. Con todo, el proyecto contempla una zona “buffer” donde no se planifica la ubicación de lotes futuros, sólo se contempla la urbanización de los atraviesos, respetando la zona de protección del río Copiapó que establece un área de resguardo a cada lado del eje de éste, el área de emplazamiento del proyecto.
 
4 Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "LOTEO VALLE DORADO" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "LOTEO VALLE DORADO" cumple con:
 
4.1. Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.
 
a)Decreto Supremo Nº 144/1961, Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. El proyecto generará gases de combustión y polvo fugitivo, de manera temporal durante la etapa de construcción, como consecuencia del tránsito de camiones y maquinarias por caminos no pavimentados y los trabajos asociados a movimiento de tierra.
 
Forma de cumplimiento de la normativa: Se contempla como medida de control de polvo la  humectación de las vías internas no pavimentadas. Durante la fase de urbanización, se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con la retención de polvo en los tramos del perímetro del proyecto que enfrentan sectores cercanos a viviendas. Los excedentes de tierra y escombros se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados se encuentren con su revisión técnica al día. Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores del recinto.
b)D.S. Nº 594/00, MINSAL. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y el D.F.L N°725/68, MINSAL. Código Sanitario Fecha de Publicación: 31 de Enero de 1968. Rectificación: 06 de Febrero de 1968, ambos del ministerio de salud pública  Durante la fase de construcción  del Proyecto se generarán aguas servidas.
 
Forma de cumplimiento de la normativa:  En la etapa de construcción se consideran 80 trabajadores como máximo los que generarán un efluente de 12 m3/día, los cuales serán dispuestos en baños químicos los primeros 6 meses de construcción y posterior a ello será la operación de una planta de tratamiento modular. La calidad de aguas servidas será conforme a lo establecido en el NCh. 1.333 con calidad de Riego, mientras que los lodos de la planta de tratamiento de aguas servidas serán retirados por una empresa debidamente autorizada. Los permisos para el otorgamiento del permiso sectorial 91 se presentaron en el ADENDA 2.
 
El Proponente presenta una cuantificación y caracterización de Residuos para la etapa de construcción del Proyecto. El manejo y el transporte se realizarán por una empresa autorizada y la disposición será en sitios autorizados. 
 
Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Capítulo 6 de la DIA complementados en el Adenda N°1.
 
c)D.S. N°148/2003, MINSAL. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. El proyecto contempla el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. El Proyecto genera residuos Peligrosos correspondientes principalmente a restos de aceites y grasas lubricantes.
 
Forma de cumplimiento de la normativa: Los residuos sólidos peligrosos generados en el Proyecto serán almacenados en forma temporal al interior de contenedores sellados, debidamente etiquetados, al interior de 1 bodega especialmente habilitada para ellos. Los residuos serán retirados por una empresa autorizada para el transporte y disposición final de este tipo de residuos, con una frecuencia tal que permita un normal funcionamiento de la bodega y no sobrepase de 6 meses.
 
El Proponente entrega la documentación de todos los antecedentes requeridos para la solicitud del Permiso Ambiental Sectorial en el Capítulo 6 de la DIA complementados en el Adenda N°1.
 
d)Ley Nº 17.288/70, Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales. En el Anexo B  de  la DIA, se presenta el Estudio de Arqueología, del área del proyecto en el cual no revelaron evidencias  arqueológicas. 
 
Forma de Cumplimiento: En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según  lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los  artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones  arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e  informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales. 
 
e)Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL 458/76 Artículo 55
 
Forma de cumplimiento: El proyecto se ubica fuera de los límites urbanos de la comuna de Copiapó, según se establece en el Plan Regulador Intercomunal de Atacama y en el Plan Regulador Comunal de Copiapó, y está destinado al loteo y construcción de una urbanización con destino de equipamiento. No obstante de acuerdo al  Ord. N° 320 de fecha 11 de Mayo de 2015 de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, región de Atacama  y el Acta de Evaluación  N°12 de fecha 11 de Mayo de 2015, el Proponente deberá solicitar la autorización para construcciones en terrenos rurales o fuera de los límites urbanos del predio en lotes menores de 5.000 mt 2,. No obstante, las edificaciones en cada de uno de estos lotes deberán acogerse igualmente a lo establecido al art.° 55 de la LGUC.
 
5.Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "LOTEO VALLE DORADO" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
 
a)Artículo 90.- En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario.
 
Cumplimiento: En la construcción de la urbanización, se generarán residuos líquidos producto de la implementación de una piscina de lavado de ruedas de camiones por lo tanto su almacenamiento, transporte y disposición final será acorde a la naturaleza de este residuo. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Adenda N°1.
 
Mediante el Ord. Nº BS3/171 de fecha 27 de Enero de 2015, la SEREMI de Salud Región de Atacama, se pronuncia  conforme.
 
b)Artículo 91 del Reglamento SEIA. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza.
 
Cumplimiento: El Proyecto considera una Planta de Tratamiento Modular para la etapa de construcción. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, para la etapa de construcción se presentan en el Adenda N° 2.
 
Mediante el Ord. Nº BS3/171 de fecha 27 de Enero de 2015, la SEREMI de Salud Región de Atacama, se pronuncia  conforme.
 
c)Artículo 93 del Reglamento SEIA. Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras o desperdicios de cualquier clase.
 
Cumplimiento: Se habilitará un recinto para acopio de residuos industriales peligrosos estos serán acopiados en un área de faenas donde se construirá una bodega para el acopio temporal de estos residuos. Esta bodega dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. 148/03 del MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Los residuos de construcción serán cargados y llevados a un lugar autorizado desde el área del proyecto no se contempla el acopio temporal.
Los Residuos Asimilables a Domiciliarios se efectuarán el almacenamiento en contenedores de 120 litros.
 
Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Capítulo N°6 de la DIA y se complementas con los contenidos técnicos del Adenda N°1.
 
Mediante el Ord. Nº BS3/171 de fecha 27 de Enero de 2015, la SEREMI de Salud Región de Atacama, se pronuncia  conforme.
 
d)Artículo 96 del Reglamento SEIA. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento.
 
Cumplimiento: El proyecto se emplaza en el área rural y requerirá el cambio de uso de suelo para  la urbanización del proyecto.
 
Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Capítulo 6 de la DIA, complementados con el Adenda N°1,2 y 3.
 
Mediante Ord. N° 149 de fecha 11 de Mayo de 2015 la SEREMI de Agricultura; se pronuncia conforme.
 
e)Artículo 99.- En el permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza.
 
Cumplimiento: Se registraron dos especies en categoría de conservación, Liolaemus Platei y Liolaemus Velosoi, para lo cual  se desarrollará un Plan de Rescate y  Relocalización.
 
Los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Capítulo 6 de la DIA, complementados con el Adenda N°1,2 y 3.
 
Mediante Ord. N°334 de fecha 08 de Mayo de 2015 el Servicio Agrícola Ganadero, Región de Atacama; se pronuncia conforme.
 
f)Artículo 106.- En el permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales, a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.
 
Cumplimiento: El Proyecto considera el atravieso del río a través de dos puentes, el cual contempla obras de defensa contempladas para la protección de los estribos de soporte y entrada de los puentes de acceso  denominado N°1 y N°2.
 
Los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Adenda N°2.
 
Mediante Ord. N° 815 del 16 de Diciembre de 2014 la Dirección General de Agua, región de Atacama se pronuncia conforme.
 
6.Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "LOTEO VALLE DORADO" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
 
6.1 En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley general de Bases del Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población.
 
El Proponente presenta una estimación de emisiones del proyecto en su etapa de construcción con medida de control, correspondiente al peor escenario, se señalan a continuación:
 
Tabla N°06 Resumen de emisiones de MP10 y gases del Proyecto

 

 

 

Año
Fase
ECO
EHC
ESOX
ENOX   ( ton/año)
EMP Com (Ton/año)
EMP Res (ton/año)
E Total MP(Ton/año)
1
Construcción de la urbanización
2.004
0.758
0.470
6.511
0.476
0.476
6.502
2
Construcción de la urbanización
0.433
0.162
0.096
1.409
0.102
 
0.102
1.441
3
Construcción de la urbanización
1.557
0.585
0.379
5.095
0.367
0.367
4.448

 

Estas emisiones son de baja magnitud y duración, razón por la cual y considerando la distancia al asentamiento humano y las características del Proyecto, no se prevé un efecto sobre la salud de la población. Las medidas de control son las que señalan a continuación:
 
•Se humectarán las vías internas no pavimentadas.
•Durante la fase de urbanización, se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con la retención de polvo en los tramos del perímetro del proyecto que enfrentan sectores cercanos a viviendas.
•Los excedentes de tierra y escombros se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados se encuentren con su revisión técnica al día.
•Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores del recinto.
•Las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector.
 
El Proponente presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos y Líquidos para la etapa de construcción del Proyecto. El manejo y el transporte se realizarán por una empresa autorizada y la disposición será en sitios autorizados. Respecto al manejo de aguas servidas, en la etapa de construcción se contempla para los primeros 6 meses baños químicos y posteriores a ello una planta de Tratamiento Modular. Los residuos peligrosos generados por el proyecto serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, segregados y acopiados según la característica del residuo. Las obras proyectadas consideran la construcción de un sitio de almacenamiento de residuos peligrosos debidamente habilitado para este fin contando con todas las medidas de seguridad y serán enviados posteriormente a sitios de disposición final autorizados. Por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto ambiental.
 
En conclusión, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.
 
6.2 En relación a lo señalado en la letra b) del artículo 11 de la Ley general de Bases del Medio Ambiente, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
 
El Proponente presenta una Estimación y modelación de Material Particulado Sedimentable en la etapa de construcción con medida de abatimiento, correspondiente al peor escenario, cuyos valores corresponden al primer año a 18,788 Ton/año, al segundo año a  4,397 Ton/año y Tercer año a 14,112 ton/año
 
El Proponente presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos y Líquidos para la etapa de construcción del Proyecto, indicando su manejo y disposición final en sitio autorizado.
 
En relación a la componente Flora, las áreas de influencia directa del Proyecto, no se encontraron especies en categorías de conservación.
 
En relación a la componente Fauna se registraron dos especies de reptiles, la Iguana chilena (Callopistes palluma) y la Lagartija de Plate (Liolaemus platei), las cuales se encuentran con categorías de conservación, de acuerdo a los documentos legales consultados (MMA y Ley de Caza 2001). Como medida de manejo ambiental el Proponente planifica desarrollar un Plan de rescate y relocalización de especies nativas de fauna de baja movilidad. 
Con respecto a la Hidrología el Proyecto considera el atravieso del río a través de dos puentes, el cual contempla obras de defensa para la protección de los estribos de soporte y entrada de los puentes de acceso  denominado N°1 y N°2. de obras de defensas o regularización. Los antecedentes técnicos y formales se presentan en el Adenda N°2. En el Anexo D del Adenda N° 2 se presenta el estudio de riesgo de crecidas y puentes.
 
En conclusión, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. Por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto ambiental.
 
6.3 En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
 
El Proyecto no generará el reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, ya que no se encuentran grupos humanos o comunidades humanas en el área cercana de la zona de emplazamiento del Proyecto.
 
La realización de las actividades asociadas, el Proyecto incorporará temporalmente un contingente de 80 personas en período de capacidad máxima en fase de construcción.
 
En conclusión, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto ambiental.
 
6.4. En relación a lo señalado en la letra d) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.
 
En el entorno inmediato del área de Proyecto no habita población protegida por leyes especiales.
El proyecto no se emplaza alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales, ni se observa el uso de rutas de pastoreo del pueblo Colla o zonas de uso de población indígena.
 
El proyecto no interviene ni se emplaza en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial.
 
El proyecto no interviene sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos ni glaciares.
 
En conclusión, el Proyecto no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto ambiental.
 
6.5. En relación a lo señalado en la letra e) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.
 
En el área del proyecto no se encuentran recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico que puedan verse intervenidas por las obras del proyecto.
 
El Proyecto no obstruye el acceso a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.
 
El Proyecto no interviene, ni se emplaza en áreas declaradas Zona o Centro de interés turístico nacional (ZOIT o CEIT).
 
En conclusión, el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto ambiental.
 
6.6. En relación a lo señalado en la letra f) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
 
Para el área comprendida del Proyecto Loteo Valle Dorado no se registraron hallazgos arqueológicos ni paleontológicos.
 
En conclusión, el Proyecto no genera ni presenta alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural. Por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto ambiental.
 
7.Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
 
8.Que, para que el proyecto "LOTEO VALLE DORADO" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
 
9.Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
 
10.Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la III Región de Atacama, la individualización de cambios de titularidad.
 
11.Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
 
12.Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama

  

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "LOTEO VALLE DORADO".

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "LOTEO VALLE DORADO" cumple con la normativa de carácter ambiental,ncluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 90, 91, 93, 96, 99 y 106 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

     

  3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/VOP/KVRB

Distribución:
  • LOTHAR MEIER IBAÑEZ
  • CONADI, Región de Atacama
  • CONAF, Región de Atacama
  • DGA, Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI de Minería, Región de Atacama
  • SEREMI de Salud, Región de Atacama
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargada de Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "LOTEO VALLE DORADO"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=79/4e/6eb8472d9142e6d4467eebfcabcf440ab24f


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