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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "CENTRO INDUSTRIAL CHORRILLOS"

Resolución Exenta Nº 374/2015

Santiago, 19 de Agosto de 2015



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 07 de julio de 2014, su Adenda y Adenda Complementaria, de fecha 18 de febrero de 2015 y de fecha 09 de junio de 2015, respectivamente, del proyecto “Centro Industrial Chorrillos” presentada por Inmobiliaria Chorrillos S.A.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

 

3°. El Acta de Evaluación N° 02/2015 de fecha 15 de julio de 2015, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Centro Industrial Chorrillos” de fecha 03 de agosto de 2015.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 11 de agosto de 2015.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Centro Industrial Chorrillos.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Chorrillos S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Centro Industrial Chorrillos” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria Chorrillos S.A.

Rut

76.351.282-7

Domicilio

Avda. Andrés Bello 2777 Oficina 604

Nombre representante legal 1

Armando Ide Nualart

Rut representante legal 1

7.005.950-9

Domicilio

Avda. Andrés Bello 2777 Oficina 604

Nombre representante legal 2

Daniel Andrés Bossonney Chauvaud

Rut representante legal 2

8.322.916-0

Domicilio

Avda. Andrés Bello 2777 Oficina 604

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 03 de julio de 2015, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 138, 140, 142 y 160; y el pronunciamiento señalado en el artículo 161 del D.S. Nº 40/2012;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 11 de agosto de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Centro Industrial Chorrillos”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 20 de julio de 2015, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El proyecto considera la construcción y operación de 20 bodegas para almacenamiento de carga general y 14 bodegas destinadas a almacenar productos inflamables.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto en evaluación debe ingresar al SEIA según lo señalado en la letra:

 

“ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:

 

ñ.3. Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos diarios (80.000 kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilogramos (80.000 kg).

Se entenderá por sustancias inflamables en general, aquellas señaladas en la Clase 2, División 2.1, 3 y 4 de la NCh382.Of2004, o aquella que la remplace.”

 

Tipología secundaria: De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto en evaluación debe ingresar al SEIA según lo señalado en la letra:

“e.3 Se entenderá por terminales de camiones aquellos recintos que se destinen para el estacionamiento de camiones, que cuenten con infraestructura de almacenaje y transferencia de carga y cuya capacidad sea igual o superior a cincuenta (50) sitios para el estacionamiento de vehículos medianos y/o pesados.”

Vida útil.

Dadas las características del proyecto, sus partes y sus obras, la vida útil es de carácter indefinido.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el titular, es de US$55.960.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

La actividad que da cuenta del inicio de la fase corresponde a la instalación de faenas, es la primera actividad que indica que el proyecto comienza a ejecutarse de manera sistemática.

 

La fase de operación tiene una duración indefinida, su fecha estimada de inicio es el 01 de Mayo del 2017 (al término de la Etapa 1 de construcción), la actividad que da cuenta del inicio de esta fase corresponde a la puesta en marcha (previa obtención de permisos y patente comercial), es decir, con la entrega de cada bodega a los clientes en las condiciones que permita el almacenamiento de los productos.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 

[X]

 

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

EL proyecto se emplaza en la Comuna de Lampa, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana.

Descripción de la localización.

El proyecto se emplazará en el predio ubicado en Camino Interior Chorrillos 1, Parcela 21 s/n, Región Metropolitana, Provincia de Chacabuco, Comuna de Lampa.

La zonificación o uso de suelo del lugar donde se emplazará el proyecto, corresponde a ISAM 6, con los siguientes usos de suelo: actividades silvoagropecuarias y agroindustrias y actividades de carácter peligroso.

Superficie.

El proyecto se emplazará en un terreno de aproximadamente 20,5 há., la superficie construida aproximada será de 94.093 m2 al término de la FASE final (segunda). En el Anexo 2 de la DIA, se acompaña plano CICH 01-02. REV. N Layout General, donde se aprecia la extensión del terreno, los deslindes y las distintas instalaciones.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

El terreno se ubica en las coordenadas de localización Datum WGS84 indicadas en la tabla siguiente.

 

Tabla 1: Coordenadas del proyecto

Coordenadas

Norte

Este

Vértice Sur Oeste

6.307.641

329.967

Vértice Nor Oeste

6.308.421

330.123

Vértice Nor Este

6.308.393

330.333

Vértice Sur Este

6.307.585

330.117

Fuente: Tabla 1 DIA.

 

Caminos de acceso.

Las vías de acceso al área al proyecto corresponden al Camino Público Renca a Lampa, Camino Lo Echevers, Camino interior (Chorrillos 1) que enfrenta al predio. En el Anexo 5 de esta DIA se acompaña copia del Ordinario 005422 del 14 de Abril de 2014 de la Secretaría Ministerial de Transportes R.M. donde se aprueba el EISTU presentado.

 

La infraestructura vial con que cuenta actualmente el sector de emplazamiento permite además la conexión con autopistas concesionadas como; Américo Vespucio, Costanera Norte y Autopista Central.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·        Capítulo I de la DIA, Tabla 1 (Datum WGS 84, Huso 19).

·        Punto 1.9 y 1.11 del ICE.

·        Anexo 2 de la DIA, Planos Proyecto de Arquitectura.

·        Anexo 1 Adenda, Planos.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

Definición de partes, acciones y obras físicas del Proyecto.

 

El proyecto considera la construcción y posterior operación de veinte (20) bodegas destinadas al almacenamiento de carga general, catorce (14) bodegas para almacenar productos inflamables, un edifico administrativo, estacionamientos para automóviles y camiones, baños y dependencias para el personal, comedor, patios y calles interiores, portería, zonas de carga y descarga, áreas verdes y sistemas de seguridad.

 

La construcción del centro industrial será ejecutada en dos etapas dependiendo de la demanda del mercado por este tipo de servicios.

 

La totalidad de las dependencias que conforman el proyecto se listan en la tabla 3 siguiente.

 

Tabla 2: Edificios e instalaciones que conforman el proyecto.

Descripción

Superficie

m2

14

Bodegas exclusivas para inflamables (clase 2 división 2.1, clase 3, clase 4 divisiones 4.1 y 4.2)

28.448,88

20

Bodegas para carga general con oficinas, servicios de personal y salas de baterías

62.184,52

1

Edificio administrativo con oficinas para personal de las bodegas de inflamables

1.122

1

Portería

53

-

Patios y calles internas

50.000

478

Estacionamientos automóviles

--

7

Estacionamientos discapacitados

--

92

Estacionamientos camiones

--

-

Arborización (no incluye adocesped ni áreas verdes)

18.188

2

Salas de carga de baterías (equipos de movimiento de materiales que se usarán en las bodegas de inflamables)

615

-

Red de incendios perimetral

2.000 ml

2

Salas de bombas

189

1

Estanque de agua de 1000 m3 para la red húmeda

--

2

Grupos electrógenos de 750 KVA c/u para emergencia

--

3

Salas de basuras y pañoles de aseo y jardines

188

2

Salas eléctricas (Tablero General de Fuerza y Alumbrado)

284

2

Bodega de residuos peligrosos

95

Fuente: DIA

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Etapa 1

En un comienzo el Proyecto considera la construcción y posterior operación de las instalaciones listadas en la tabla siguiente.

 

Tabla 3: Instalaciones Etapa 1.

Instalación

Destino

6

Bodegas

Almacenamiento de inflamables (clase 2.1, clase 3, clase 4 divisiones 4.1 y 4.2)

10

Bodegas

Almacenamiento de carga general

1

Área de Servicios

Baños, vestuarios del personal, comedor

1

Edificio

Oficinas administrativas

--

Red de incendios

--

--

Arborización

--

1

Grupo electrógeno de 750 KVA

Emergencia

1

Portería

--

--

Patios y calles interiores

Operaciones de carga y descarga

222

Estacionamientos automóviles

--

7

Estacionamientos personas discapacidad reducida

--

46

Estacionamientos camiones

--

1

Bodega de residuos peligrosos

Almacenamiento residuos peligrosos

Fuente: Tabla 3 de la DIA.

 

a)     Bodegas de inflamables

 

En la Etapa1 el proyecto considera la construcción de 6 bodegas de inflamables, todas ellas de iguales características constructivas.

 

Tabla 4: Superficie y capacidad de almacenamiento

Bodegas Inflamables Etapa 1

Superficie

Capacidad de almacenamiento

Tipo de Bodega

m2

ton.

D.S. 78/09

 

1

1.637

1.190

Separada

2

2.106

1.550

Adyacente

3

2.123

1.550

Adyacente

4

2.123

1.550

Adyacente

5

2.123

1.550

Adyacente

6

2.163

1.550

Separada

Fuente: DIA

 

En el Anexo 4 de la DIA “Estudio de Análisis de Consecuencias” se describen los aspectos y sistemas de seguridad listados en la tabla siguiente.

 

Tabla 5: Aspectos y medidas de seguridad

Sustancias a almacenar

:

En cada bodega se almacenarán exclusivamente sustancias inflamables, correspondientes a aerosoles clase 2.1, líquidos de la clase 3 y sólidos de la división 4.1 y 4.2.

Sistema de almacenamiento

:

Los productos serán dispuestos sobre estanterías metálicas (racks) en cinco niveles con una altura de carga máxima de 8 m. No se realizarán fraccionamientos, manipulaciones, transferencia o trasvasije de productos al interior de los edificios.

Distancias de almacenamiento

:

Los racks se encontrarán separados a 0, 5 m de los muros perimetrales de las bodegas, los pasillos de circulación se encontrarán demarcados con líneas amarillas. La distancia de los pasillos principales será a lo menos de 3,2 m por donde circularán los  equipos de movimiento de materiales

Construcción

:

“Tipo a” de acuerdo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, muros perimetrales RF-180, cubierta de techumbre colapsable, pilares y vigas de hormigón armado con RF-120. El piso de estas zonas será de hormigón liso, pulido y sellado.

Puertas

:

Cada bodega contará con cuatro (4) puertas de escape RF-150 con sistema de apertura anti-pánico y dos (2) puertas de Carga y Descarga también RF-150.

Distancias de seguridad

:

Los edificios 1 y 6 corresponden a bodegas separadas; los restantes (2, 3, 4 y 5) serán del tipo adyacente.

Todas mantendrán una distancia de a lo menos 10 m a los deslindes de la propiedad y a cualquier otra construcción dentro del mismo sitio.

Control de derrames

:

Todas las bodegas estarán dotadas de sistemas para control de eventuales derrames con canaletas conductoras con descarga a dos cámaras exteriores de 1,1 m3 de capacidad efectiva cada una

Contención de las aguas de incendio

:

Las bodegas contarán con un sistema de extinción automático de incendios en base a espuma, los edificios en su interior serán estancos e impermeables para contener las aguas generadas al extinguir un posible incendio.

Instalación eléctrica

:

Será del tipo antiexplosiva y los tableros eléctricos se encontrarán ubicados en el exterior de los edificios. Las estructuras metálicas y racks de las bodegas estarán conectadas a una malla de protección a tierra. Se dará cumplimiento a la NFPA 70 - Norma para instalaciones eléctricas

Conexiones a tierra

:

Las bodegas estarán conectadas a una malla de protección para permitir que la estática se descargue a tierra al igual que los racks y las estructuras metálicas asociadas a las áreas de almacenamiento

Iluminación

:

Recibirán como mínimo una iluminación de 150 Lx, mediante luz artificial o natural, de acuerdo a lo señalado en el D.S. 594/00 - Art. 103°.

Control de Incendios

:

Contarán con sistemas de extinción manual y además con sistemas de detección y extinción automático. La dotación de extintores para cada una será de 68 extintores de 10 kilos de PQS con un potencial de extinción de 10A 40BC, y 4 carros de PQS de 50 Kg. cada uno. Se encontrarán debidamente señalizados y certificados. La memoria conceptual del sistema de protección contra incendios se adjunta en el Anexo 3 de la DIA.

Ventilación

:

Cada una estará dotada de ventilación natural consistente en pequeñas aberturas en la parte inferior de los muros y en la parte superior se instalará un sistema Robertson o similar.

Señalética de seguridad

:

En cumplimiento con las disposiciones legales vigentes, las bodegas  se encontrarán identificadas en forma exterior, por los cuatro costados. Los riesgos se advertirán mediante letreros ajustados a las normas vigentes, NCh 2190 Of. 2003, las vías de evacuación se encontrarán  señalizadas al igual que el uso de elementos de protección personal y la identificación de los equipos de lucha contra el fuego.

Hojas de Datos de Seguridad

:

Se dispondrá de las Hojas de Datos de Seguridad de los productos almacenados de acuerdo con la NCh 2245 Of. 2003 y en cumplimiento con lo exigido en el D.S. 78/2010 - Art. 55

Duchas de Seguridad

:

Al exterior de las bodegas se instalarán duchas de emergencia que cumplirá con la norma ANSI Z358.1-1998. La distancia de las estaciones no será superior a los 20 m desde las puertas de carga y descarga

Fuente: DIA

 

Por las características de la actividad, resulta casi imposible identificar cada uno de los productos que serán almacenados en las bodegas de inflamables. En la tabla siguiente se agrupan estos por clase de riesgo, división y cantidades máximas. En las bodegas no se realizará fraccionamiento, mezclas ni re-envasado de inflamables.

 

Tabla 6: Productos inflamables

Producto

Clase Riesgo (NCh 2190 of 2004)

Bodega N° (ton.)

1

2

3

4

5

6

Aerosoles

2.1

350

175

175

175

175

350

Líquidos inflamables

3

840

1015

1375

1375

1375

1200

Sólidos inflamables

4.1 / 4.2

Total

1.190

1.190

1.550

1.550

1.550

1.550

Fuente: DIA

 

b)     Bodegas para carga general

 

En esta etapa, se construirán 10 bodegas destinadas a almacenar carga general. Corresponderán a edificios de aproximadamente 3.000 m2  separados de las bodegas de inflamables.

La resistencia al fuego de los elementos constructivos será la necesaria que determine el cálculo de carga combustible (Anexo D de la DIA, Estudio Análisis de Consecuencias), pero no inferior a RF 60. Consideran portones de salida al exterior y pasillos de circulación de 3,25 m. dentro de las naves.

 

Tabla 7: Aspectos de seguridad

Medida

 

Descripción

Protección Pasiva

:

Elementos constructivos de acuerdo al riesgo.

Cantidades a almacenar

:

El almacenamiento proyectado para estas bodegas es de 30.000 toneladas aproximadamente de carga general en la primera etapa. La cantidad proyectada al término de la fase 2 será de 60.000 toneladas.

Detección Automática de Incendios

:

Todos los edificios contarán con sistema de detección automática de incendios, ver Memoria conceptual del sistema de protección contra incendios del Anexo 3 de la DIA.

Extinción Manual

:

Cada una estará dotada de extintores de  polvo químico seco (PQS) y con un potencial de extinción de 10 A 40 BC en cantidad suficiente.

Ventilación

:

Estará dotada de ventilación natural de similares características a la descrita para las bodegas de inflamables.

Instalación eléctrica

:

Será reglamentaria, de acuerdo a la normativa vigen­te y registrada ante la autoridad competente

Iluminación

:

Recibirán como mínimo una iluminación de 150 Lux, mediante luz artificial o natural, de acuerdo a lo señalado en el D.S. 594/00 - Art. 103°

Fuente: DIA

 

c)      Red de incendios.

 

El Proyecto contempla la construcción de una red de incendio del tipo húmeda en todo su perímetro y alimentará las distintas áreas de riesgo:

 

       i.          Bodegas de inflamables.

     ii.          Bodegas de carga general.

    iii.          Edificio de oficinas.

    iv.          Instalaciones menores.

      v.          Patios y calles interiores.

 

Se instalarán grifos y casetas con mangueras en el exterior de los edificios. La red de incendios cumplirá, en lo que corresponda, con el siguiente marco normativo:

 

       i.          NFPA 13 - Norma para la instalación de rociadores.

     ii.          NFAP 16 - Norma para sistemas de espuma.

    iii.          NFPA 20 - Norma para la instalación de bombas fijas de redes de incendios.

    iv.          NFPA 22 - Norma para tanques interiores de agua de incendio.

      v.          NFPA 25 - Norma para inspección, pruebas y mantención de redes de incendio.

    vi.          NFPA 30 - Código Líquidos Inflamables y Combustibles.

  vii.          NFPA 70 - Norma para instalaciones eléctricas.

 viii.          NFPA 72 - Norma nacional de alarmas.

 

La memoria de cálculo, especificaciones técnicas y planos se acompañan en el Anexo 3 de la DIA y la ejecución de los trabajos se ejecutará en conjunto con cada etapa.

 

d)     Estacionamientos.

 

El proyecto en su conjunto (Etapas 1 y 2) contempla un total de 577 estacionamientos propuestos de los cuales 485 pertenecen a vehículos livianos y los restantes 92 estacionamientos  pertenecen a camiones. Por otra parte y dando cumplimiento a lo dispuesto en la O.G.U.C. artículo 2.2.4 respecto de personas con capacidad reducida, se han considerado 7 unidades los que han sido incorporados en el total de vehículos livianos, ubicados en un sector preferencial del terreno.

El número indicado se ajusta a lo exigido en el PRMS de acuerdo al destino y zona C para Lampa, en el Anexo 5 se presenta el Ordinario N° 005422 de la Secretaria Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones R.M. donde se aprueba el EISTU presentado.

 

Tabla 8: Estacionamientos proyectados

Estacionamientos, según norma municipal - m2

Proyectados

Automóviles, superficie industrial

1/200

478

unid.

Estacionamientos personas discapacidad reducida

--

7

unid.

Camiones

1/1000

92

unid.

Total estacionamientos

 

577

unid.

Fuente: DIA

 

e)      Edificio de administración.

 

El Proyecto considera, en su primera etapa, la construcción de un edificio de un piso con una superficie construida de 1.122 m2 aproximados, destinado exclusivamente para oficinas administrativas del personal del centro industrial y personal que trabaje en las bodegas de inflamables.

El edificio albergará áreas de servicios, baños, camarines y estaciones de trabajo para ventas, computación, contabilidad, recepción y atención de clientes. En el Anexo 2 de la DIA se acompaña plano CICH 04-01. Rev. N Planta general de Administración y ubicación.

Los servicios higiénicos serán independientes para hombres y mujeres. Los trabajadores del Centro Industrial serán 14 personas (10 hombres y 04 mujeres), el número de artefactos dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 del D.S Nº 594/1999 del MINSAL.

 

f)      Edificio de comedor.

 

El Proyecto en la primera Etapa habilitará un comedor para los trabajadores, estará dotado de agua potable, luz eléctrica, lavaplatos de acero inoxidable, luminarias selladas, refrigerador, microondas, cafetera, rejillas en las ventanas para impedir el ingreso de vectores, el piso será sólido y de un material que permita su fácil limpieza, las mesas y sillas tendrán cubiertas de material lavable. En el comedor estará prohibido preparar o manipular alimentos, cada trabajador deberá llevar su comida o en su efecto se contratará el servicio de alimentación con una empresa externa autorizada.

El sistema de alcantarillado particular contempla la instalación de una cámara  separadora de grasas, posteriormente las aguas utilizadas en el lavado de platos (por los trabajadores) serán derivadas a la planta de tratamiento de aguas servidas (favor ver anexo 3 Proyecto de Alcantarillado Particular).

El Titular una vez que el Proyecto se encuentre terminado (FASES 1 y 2) habilitará el casino y cocina, oportunidad en que se tramitará ante la Autoridad Sanitaria R.M., el permiso correspondiente para su funcionamiento.

El proyecto “basuras” que somete a evaluación cuenta con Resolución Exenta N° 020020 del 15 de Abril 2014 emitido por la Seremi de Salud R.M. Se acompaña en el Anexo 3 de la DIA donde se presentan las especificaciones y planos correspondientes.

 

g)     Servicios básicos.

 

En la Etapa 1 del proyecto se instalarán las extensiones de la red eléctrica y computacional, gas, telefonía y fibra óptica, agua potable y alcantarillado particular.

Las dependencias contarán con calentadores solares y alternativamente termos eléctricos para las duchas del personal, los permisos requeridos estarán a cargo de la empresa que se adjudique la compra e instalación de ellas.

 

h)     Grupos electrógenos.

 

El proyecto contempla el funcionamiento de dos (2) grupos electrógenos de emergencia con una potencia de 750 KVA cada uno; los equipos utilizarán el estanque propio de petróleo diésel y no se almacenará combustible adicional para su funcionamiento. Una vez que el proyecto se encuentre en operación se inscribirán los equipos en la Seremi de Salud R.M., de acuerdo a la reglamentación vigente. Si los equipos de emergencia deben cumplir con medición de emisiones se ajustarán a lo señalado en el Artículo 97 del D.S.66 del MINSEGPRES.

 

i)       Salas de carga de baterías.

 

En Chile no existe norma específica al respecto, la  Autoridad Sanitaria  acepta las recomendaciones de la norma europea (EN 50272-2) con el objeto de establecer las condiciones mínimas de seguridad para estos recintos.

Para los equipos que se utilizarán en las bodegas de inflamables se construirán dos (2) salas de carga para baterías eléctricas la ubicación se grafica en plano CICH 01-02 Rev. N Layout general que se acompaña en el Anexo 2 de la DIA.

En el caso de las bodegas de carga general estos compartimentos estarán ubicados en el interior de los edificios.

 

Tabla 9: Salas de carga de baterías

FASE

Cantidad

m2

Ubicación

Distancia (m)

1

1

359

Costado sur de la sala de bombas

5

2

1

255

Costado norte de la bodega inflamables N° 14

10,0

1

10

28

Interior bodegas de carga general

--

2

10

28

Interior bodegas de carga general

--

Fuente: DIA

 

Para las salas de carga de batería de inflamables se contemplan muros de hormigón H30, con RF 180. La techumbre liviana de acero galvanizado afianzado mediante pernos plásticos colapsables, los pisos de radieres de hormigón, las puertas RF 150. La instalación eléctrica así como la iluminación a prueba de explosión y tableros exteriores.

Las salas de baterías de inflamables contarán con sensores para gas inflamable de Hidrógeno con tecnología de infrarrojos, calibrados al 2% con trasmisor, listados UL/FM. El sensor de gas inflamable está certificado para áreas y está protegido contra la entrada de agua y el polvo según IP66 (con la cubierta de intemperie instalada).

Los muros de las salas de carga de baterías de inflamables tendrán celosías en la parte inferior de los muros con una superficie de  0,359 m2 y con aberturas en la parte superior de 0,88 m2 lo que permitirá extraer los 128,46 [m3/h] estimado de hidrógeno que se generará durante el proceso de carga, la ventilación natural permite ajustarse a lo señalado en la norma de referencia citada anteriormente. En el Anexo 2 de la DIA se adjunta plano CICH06-07 Elevaciones y Secciones Baterías Inflamables Sur y en el Anexo B del Estudio de Análisis de Consecuencias se adjunta el Cálculo Sistemas de Ventilación de Salas de Baterías de Inflamables.

 

j)      Bodegas de residuos peligrosos.

 

Por las características del proyecto se estima que la generación de estos residuos será baja y se pudieran generar en las bodegas de inflamables.

En el caso de envases dañados (con filtraciones) serán retirados y dispuestos en las dos bodegas que contarán el centro industrial, las condiciones de seguridad de estos edificios serán las exigidas por el D.S. 148/03 y D.S. 78/09 ambos del Minsal. En el Anexo 5 de la DIA se presentan los antecedentes técnicos para solicitar el permiso sectorial PAS 142.

Las dos (2) bodegas para residuos peligrosos proyectadas de aproximadamente 48 y 46 m2,  se ubicarán en el sector oriente del terreno.

 

Aspectos Constructivos: tendrán muros de hormigón armado RF-120, piso liso, continuo e impermeable. El suelo de la zona donde se emplazarán las bodegas estará pavimentado.

Las cubiertas de las techumbres serán de acero galvanizado del tipo colapsable mediante tornillos plásticos,  protegerá a los residuos de las condiciones ambientales.

Estarán dotadas de un sistema de contención de derrames cada una con una capacidad de contención efectiva de 1.1 m³, en la puerta se dispondrá un lomo de toro para contener el agua-espuma del sistema de extinción automática. Se encontrarán  identificadas en forma exterior de acuerdo con la NCh 2190.Of.2003 por los cuatro costados.  Los envases para contener los residuos serán plásticos o metálicos dependiendo de la resistencia requerida para el residuo contenido.

 

k)     Arborización

 

La superficie de arborización total (Etapa 1 y 2) será de 18.188 m2 en cumplimiento a lo exigido en al artículo 6.1.3.1 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), la ubicación de estas áreas se presentan en el Plano CICH 01-19 Rev. N Áreas Verdes del Anexo 2 considerando los 5 metros de distanciamiento a los muros medianeros, lo que permite la circulación de vehículos de emergencia. Los trabajos se ejecutarán con cada FASE para que estos espacios no se vean afectados por la construcción de las instalaciones.

 

l)       Servicios higiénicos bodegas

 

Se dispondrá de 80 baños en total, distribuidos entre la parte frontal de las bodegas de carga general (al interior), la parte trasera sobre la “calle central” del proyecto y en el caso de las bodegas 13 y 14 de inflamables (por las distancias) contarán con baños adyacentes a los edificios compuestos por WC, lavamanos y duchas en algunos de ellos. En portería se contemplan 2 baños.

 

Todos ubicados a una distancia inferior a los 75 metros de recorrido recto, para dar cumplimiento a la disposición del artículo 25 del D.S. 594.

Se considera vestidores con casilleros dobles para uso de los trabajadores de las bodegas de inflamables.

 

m)   Portería.

 

El acceso al Proyecto estará ubicado por el camino interior Chorrillos 1, contará con una garita de control y una oficina provista de un computador para efectuar el chequeo documental de la carga. Se habilitarán dos pistas de circulación pavimentadas para ingreso y salida de los vehículos.

En esta zona se instalará una Báscula para el pesaje de los camiones y acreditar el cumplimiento del D.S.Nº 200/94 del MOP.

Etapa 2

 

En esta etapa se construirán las 8 bodegas de inflamables restantes y las 10 bodegas para carga general. Todos los edificios serán de iguales características y dimensiones a las definidas en la etapa 1. Los distanciamientos entre bodegas serán a lo menos de 10 m en todas direcciones y los accesos de las bodegas no estarán enfrentados.

 

Tabla 10: Bodegas de inflamables - Etapa 2

Superficie

Capacidad de almacenamiento

Tipo de Bodega

m2

ton.

D.S.78/09

 

7

2.163

1.550

Separada

8

2.123

1.550

Adyacente

9

2.123

1.550

Adyacente

10

2.163

1.550

Separada

11

2.163

1.550

Separada

12

2.123

1.550

Separada

13

1.656

1.190

Separada

14

1.656

1.190

Separada

Fuente: DIA

 

Tabla 11: Productos a almacenar

Producto

Clase

Riesgo

 

Bodega N° (ton.)

11

12

14

13

7

8

9

10

Aerosoles

2.1

350

350

350

350

350

175

175

350

Líquidos inflamables

3

1200

1200

840

840

1200

1325

1325

1200

Sólidos inflamables

4.1 / 4.2

Total

1.550

1.550

1.190

1.190

1.550

1.550

1.550

1.550

Fuente: DIA

 

La capacidad de almacenamiento de las bodegas de carga general será de 30.000 toneladas aproximadamente en esta etapa, igual cantidad a la de la Etapa 1.

Instalación de Faenas.

Corresponden a la infraestructura de apoyo que se necesita durante el período de construcción, se habilitarán dependencias para el personal, tales como; servicios higiénicos de tipo temporal, comedor, oficinas, bodega para materiales, taller y otras necesarias, cumplirán con lo exigido en el D.S. 594/99 “Aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” tal como se grafica en plano CICH06 - 16 Rev. N Planta general  Instalación de faenas del Anexo 2 de la DIA.

Escarpe

La superficie a escarpar durante la fase de construcción, considerando ambas etapas, se indica en la tabla siguiente y de acuerdo a lo señalado en el Estudio de Mecánica de Suelos (Anexo 3 de la DIA) el espesor medio del escarpe será de 30 cm.

 

Tabla 12: Escarpe (m3/año) - Fase de construcción

Escarpe

Años

Volumen a escarpar (m3/año)

Superficie a escarpar (ha/año)

Etapa 1

1

11.981

4,44

2

11.981

4,44

Etapa 2

3

11.981

4,44

4

11.981

4,44

Total fase construcción

 

47.924

17,76

Fuente: DIA

Nivelación de terreno

Las nivelaciones del terreno tienen por objeto alzar las plataformas de patios y edificios; en las áreas exteriores (patios y calles) se aplicarán las pendientes destinadas a la conducción de aguas lluvias. El proyecto de nivelación propuesto corrige la pendiente natural - 0.11% a 1% - destinado al encausamiento y direccionamiento de las aguas lluvias  hacia sumideros, entubamientos, drenes intermedios - mediante cubos drenes - y pozos finales de infiltración.

Este diseño se muestra en Plano Proyecto de Niveles Planta General (Anexo 3 de esta DIA).

El predio contará en todo el perímetro con un muro de protección diseñado para evitar cualquier compromiso por contaminación que pudiera afectar al Bazo 2 del Estero de Lampa durante la operación del proyecto, este resguardo permite contener posibles inundaciones provenientes del curso de agua, la memoria de cálculo se incluye en el Plano Elevación y Corte Muro Medianero JLF-5 que se acompañan en el Anexo 3 de la DIA.

Excavaciones

Consiste en la preparación del terreno para la ejecución de las obras civiles. Durante esta etapa se utilizarán 2 excavadoras, 3 cargadores y 2 compactadoras.

 

La tierra y/o escombros que resulten de estos trabajos (sin que se vuelva a reutilizar) serán retirados permanentemente desde el predio y su destino será Pozo Aeropuerto AMB Umbral 35 L segunda pista AMB. La siguiente tabla presenta el volumen de material a excavar durante esta FASE (1 y 2).

 

Tabla 13: Excavaciones (m3/año) - Fase de construcción

 

Excavación

Años

Volumen a excavar

(m3/año)

Horas excavaciones

(hr/año)

Etapa 1

1

1.670

55,70

2

1.670

55,70

Etapa 2

3

1.670

55,70

4

1.670

55,70

Total fase construcción

 

6.680

222,8

Fuente: DIA

 

En el Anexo 2 de la DIA se acompaña Plano CICH01-13 Rev. N  Nivel Estático de Agua y Nivel de Fundaciones que relaciona la distancia entre la napa freática y las obras bajo el suelo, existiendo una diferencias de más de 3 m, entre la napa y el sello de fundación.

Obras Civiles

Consistirá en la construcción de fundaciones, cimientos, radier, sistemas de seguridad, etc. para las futuras instalaciones. Las obras correspondientes se indican en la tabla siguiente.

 

Tabla 14: Actividades - Fase de construcción

Ítem

Construcción

Actividades

1

Obras previas

Despeje y nivelación del terreno

Instalación de faenas

2

Licitación de contrato edificación

Adjudicación

Desarrollo de ingeniería

3

Edificación de:

Bodegas (inflamables y generales)

Edificio de administración

Pavimentos exteriores y estacionamientos

Red húmeda de incendio

Salas de carga de baterías para grúas horquilla

Arborización

Servicios básicos

Área de Servicios

Excavaciones

Fundaciones

Montaje estructuras

Cubiertas

Pavimentos interiores y exteriores

Instalaciones eléctricas

Instalaciones sanitarias

Instalaciones sistemas de detección y extinción de incendios

Terminaciones

Pruebas y validación

4

Racks

Cotización y adjudicación

Montaje

Pruebas y validación

5

Otros permisos y autorizaciones

Recepción final

Autorización bodegas

Fuente: DIA

Provisión de Suministros Básicos.

a)     Agua potable y alcantarillado: El proyecto antes de los 6 meses tendrá ejecutado el sistema permanente agua potable y aguas servidas derivadas de la fase de construcción, desarrollado en el proyecto sanitario, adjunto en el Anexo 3 de la Adenda y el proyecto de agua potable, adjunto en el Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

b)     Electricidad: La electricidad se obtendrá de conexiones a través de un empalme a la distribuidora eléctrica de la zona, en el Anexo 1 de la DIA se acompaña certificado de factibilidad de la empresa del sector.

c)     Combustible: El suministro de combustible para las maquinarias y equipos utilizados durante las faenas de construcción, serán abastecidos de acuerdo a la normativa vigente.

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la Fase de Construcción.

El proyecto consiste en la construcción y operación de bodegas para almacenar productos industriales, por las características de sus partes, acciones y obras no se considera extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en ninguna de sus fases.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En el Anexo 3.10 de la Adenda se presenta el “Informe Cálculo de Emisiones” para todas las fases del proyecto.

A continuación, en las siguientes tablas se presenta el resumen del total de las emisiones del proyecto, considerando que por tratarse de un proyecto que se desarrolla por etapas, se superpone la operación con la construcción de la etapa 2.

 

Tabla 15: Tasas de Emisión Construcción Año 1 (ton/año).

Fase 

Actividad

SO2

NOx

CO

MP2.5

MP10

MPS

Unidad

Construcción

Escarpe

0,0000

0,0000

0,0000

0,1052

0,1052

0,1052

ton/año

Excavación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0174

0,0339

0,1657

ton/año

Carga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0050

0,0329

0,0695

ton/año

Descarga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0050

0,0329

0,0695

ton/año

Compactación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0009

0,0165

0,0275

ton/año

Tránsito camino no pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1792

1,7922

5,8545

ton/año

Motor de Vehículos Caminos no pavimentados

0,0003

0,0705

0,0201

0,0019

0,0019

0,0019

ton/año

Tránsito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1529

0,6320

3,2924

ton/año

Motor de Vehículos Caminos pavimentados

0,0031

0,8433

0,2134

0,0203

0,0203

0,0203

ton/año

Motor maquinaria

0,0053

2,4419

0,6178

0,2090

0,2090

0,2090

ton/año

Erosión Eólica

0,0000

0,0000

0,0000

0,0186

0,0186

0,0186

ton/año

Emisiones Construcción

0,0087

3,3557

0,8514

0,7153

2,8953

9,8340

ton/año

Emisiones Totales

0,0087

3,3557

0,8514

0,7153

2,8953

9,8340

ton/año

Límites de emisión D,S N° 66/09 Art, 98

50g

8

*

*

2,5

*

*

Fuente: Tabla 17, Anexo 3.10 de la Adenda.

 

Tabla 16: Tasas de Emisión Construcción Año 2 (ton/año).

 Fase

Actividad

SO2

NOX

CO

MP2,5

MP10

MPS

Unidad

Construcción

Escarpe

0,0000

0,0000

0,0000

0,0792

0,0792

0,0792

ton/año

Excavación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0170

0,0330

0,1615

ton/año

Carga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0038

0,0249

0,0526

ton/año

Descarga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0038

0,0249

0,0526

ton/año

Compactación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0006

0,0124

0,0207

ton/año

Tránsito camino no pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1559

1,5587

5,0917

ton/año

Motor de Vehículos Caminos no pavimentados

0,0002

0,0612

0,0175

0,0016

0,0016

0,0016

ton/año

Tránsito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1423

0,5881

3,0636

ton/año

Motor de Vehículos Caminos pavimentados

0,0029

0,7690

0,1949

0,0186

0,0186

0,0186

ton/año

Motor maquinaria

0,0048

2,1656

0,5459

0,1848

0,1848

0,1848

ton/año

Erosión Eólica

0,0000

0,0000

0,0000

0,0140

0,0140

0,0140

ton/año

Emisiones  Fase Construcción

0,0079

2,9958

0,7582

0,6216

2,5403

8,7412

ton/año

Emisiones Totales

0,0079

2,9958

0,7582

0,6216

2,5403

8,7412

ton/año

Límites de emisión D,S N° 66/09 Art, 98

50h

8

*

*

2,5

*

*

Fuente: Tabla 18, Anexo 3.10 de la Adenda.

 

Tabla 17: Tasas de Emisión Construcción-Operación Año 3 (ton/año).

 Fase

Actividad

SO2

NOX

CO

MP2,5

MP10

MPS

Unidad

Construcción

Escarpe

0,0000

0,0000

0,0000

0,0865

0,0865

0,0865

ton/año

Excavación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0189

0,0368

0,1800

ton/año

Carga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0041

0,0272

0,0575

ton/año

Descarga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0041

0,0272

0,0575

ton/año

Compactación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0007

0,0136

0,0227

ton/año

Tránsito camino no pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1629

1,6290

5,3214

ton/año

Motor de Vehículos Caminos no pavimentados

0,0002

0,0640

0,0183

0,0017

0,0017

0,0017

ton/año

Tránsito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1495

0,6178

3,2184

ton/año

Motor de Vehículos Caminos pavimentados

0,0030

0,8146

0,2063

0,0197

0,0197

0,0197

ton/año

Motor maquinaria

0,0053

2,3889

0,6023

0,2039

0,2039

0,2039

ton/año

Erosión Eólica

0,0000

0,0000

0,0000

0,0153

0,0153

0,0153

ton/año

Operación

Transito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,3104

1,2832

6,6850

ton/año

Motor de Vehículos

0,0045

1,1122

0,2891

0,0295

0,0295

0,0295

ton/año

Grupo Electrógeno

0,0175

0,2632

0,0568

0,0188

0,0188

0,0188

ton/año

Emisiones  Fase Construcción

0,0085

3,2675

0,8269

0,6673

2,6787

9,1845

ton/año

Emisiones  Fase Operación

0,0220

1,3754

0,3459

0,3587

1,3314

6,7333

ton/año

Emisiones Totales

0,0306

4,6429

1,1728

1,0260

4,0101

15,9178

ton/año

Límites de emisión D,S N° 66/09 Art, 98

50i

8

*

*

2,5

*

*

Fuente: Tabla 19, Anexo 3.10 de la Adenda.

 

Tabla 18: Tasas de Emisión Construcción-Operación Año 4 (ton/año).

 Fase

Actividad

SO2

NOX

CO

MP2,5

MP10

MPS

Unidad

Construcción

Escarpe

0,0000

0,0000

0,0000

0,0904

0,0904

0,0904

ton/año

Excavación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0162

0,0316

0,1547

ton/año

Carga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0043

0,0283

0,0598

ton/año

Descarga

0,0000

0,0000

0,0000

0,0043

0,0283

0,0598

ton/año

Compactación

0,0000

0,0000

0,0000

0,0007

0,0142

0,0237

ton/año

Tránsito camino no pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1656

1,6556

5,4084

ton/año

Motor de Vehículos Caminos no pavimentados

0,0002

0,0651

0,0186

0,0017

0,0017

0,0017

ton/año

Tránsito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,1538

0,6357

3,3118

ton/año

Motor de Vehículos Caminos pavimentados

0,0031

0,8409

0,2130

0,0203

0,0203

0,0203

ton/año

Motor maquinaria

0,0048

2,2075

0,5577

0,1887

0,1887

0,1887

ton/año

Erosión Eólica

0,0000

0,0000

0,0000

0,0159

0,0159

0,0159

ton/año

Operación

Transito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,3104

1,2832

6,6850

ton/año

Motor de Vehículos

0,0045

1,1122

0,2891

0,0295

0,0295

0,0295

ton/año

Grupo Electrógeno

0,0175

0,2632

0,0568

0,0188

0,0188

0,0188

ton/año

Emisiones  Fase Construcción

0,0082

3,1136

0,7893

0,6620

2,7108

9,3351

ton/año

Emisiones  Fase Operación

0,0220

1,3754

0,3459

0,3587

1,3314

6,7333

ton/año

Emisiones Totales

0,0302

4,4889

1,1352

1,0206

4,0422

16,0684

ton/año

Límites de emisión D,S N° 66/09 Art, 98

50

8

*

*

2,5

*

*

Fuente: Tabla 20, Anexo 3.10 de la Adenda.

 

Tabla 19: Tasas de Emisión Operación Año 5 (ton/año).

 

 Fase

Actividad

SO2

NOX

CO

MP2,5

MP10

MPS

Unidad

Operación

Transito camino pavimentado

0,0000

0,0000

0,0000

0,5423

2,2416

11,6781

ton/año

Motor de Vehículos

0,0081

1,9899

0,5166

0,0525

0,0525

0,0525

ton/año

Grupo Electrógeno

0,0350

0,5264

0,1137

0,0375

0,0375

0,0375

ton/año

Emisiones Fase Operación

0,0431

2,5163

0,6302

0,6323

2,3316

11,7681

ton/año

Emisiones Totales

0,0431

2,5163

0,6302

0,6323

2,3316

11,7681

ton/año

Límites de emisión D,S N° 66/09 Art, 98

50

8

*

*

2,5

*

*

Fuente: Tabla 21, Anexo 3.10 de la Adenda.

 

Tabla 20: Resumen de emisiones MP 10 proyecto.

 

Año

 Fase

MP10 (ton/año)

Total

1

Construcción

2,89

2,89

2

Construcción

2,54

2,54

3

Construcción

2,68

4,01

Operación

1,33

4

Construcción

2,71

4,04

Operación

1,33

Fuente: Tabla Nº 23 del Anexo 3.10 de la Adenda.

 

Considerando las tablas anteriores, respecto del artículo 98 del D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES, se concluye que el proyecto debe realizar compensación de emisiones para MP10.

La vía de compensación propuesta contempla la pavimentación de un tramo de calle que preste mayor beneficio a la comunidad. La determinación de la vía a pavimentar se decidirá en conjunto con la I. Municipalidad de Lampa y la Dirección de Vialidad.

Se priorizará en la selección de esta vía, aquellas que se encuentren próximas o sean de acceso a salas cuna, jardines infantiles, escuelas/colegios, policlínicos y hogares de ancianos.

Una vez se cuente con la selección de la vía se estudiará el flujo aproximado que transitará por ésta, información con la cual se obtendrá la longitud de camino a pavimentar. Ésta responderá a los resultados de la estimación de emisiones atmosféricas, considerando la comparación del flujo vehicular en un camino no pavimentado versus un camino pavimentado.

 

Ruido: En el Anexo 3.1 de la Adenda se adjunta la “Evaluación de impacto acústico”, con el objetivo de evaluar el potencial impacto acústico generado por la construcción y operación del proyecto, bajo la peor condición de emisión hacia los puntos receptores establecidos en terreno, y verificar el cumplimiento del D.S. N° 38/11 del MMA en horario diurno, además de efectuar modelaciones acústicas que permitan analizar la propagación de la energía acústica generada por el proyecto en evaluación.

Al respecto, según consta en la tabla 52 del Anexo 3.1 de la Adenda, se verifica el cumplimiento de la normativa vigente por medio de los resultados entregados por el modelo predictivo.

Cabe señalar, que la SEREMI de Salud en su Ord. N° 3475 de fecha 08 de julio de 2015 señaló:

Con relación a la Adenda Complementaria de la DIA del proyecto “Centro Industrial Chorrillos”, a emplazarse en la comuna de Lampa, se informa que en el Anexo 8 “Certificados de Calibración” de la Adenda Complementaria de la DIA, el titular dando respuesta a la observación Nº1 presenta de manera completa el respectivo certificado de calibración periódica vigente para el Calibrador Acústico utilizado en las mediciones de ruido de fondo, Marca Larson Davis y Modelo CAL200, cuyo número de serie corresponde al 9452, el cual indica que para la Prueba de Niveles de presión acústica - “Estabilidad” el resultado es “Negativo” lo cual se traduciría que el equipo no cumpliría con la especificación metrológica aplicada. Agrega además, en el Apartado II “Normativa de carácter ambiental aplicable” específicamente en el apartado “Ruido” de la Adenda Complementaria, que “Si bien el valor de estabilidad para el calibrador acústico resulta ser Negativo para una calibración de 94 dB(A), éste no aplica debido a que la calibración usada es de 114 dB(A), la cual resulta ser positiva”.

Al respecto, se rectifica lo observado en el ORD. N° 2993/2015, en el sentido de que si bien el certificado indica que el equipo no cumple con el requisito de “Nivel de Presión Acústica” de la norma IEC 60942-2005 para un tono de prueba de 94 dB, se ha podido establecer que dicho equipamiento fue calibrado con un tono de prueba de 114 dB lo que permitiría realizar las mediciones establecidas en el D.S. Nº38/11 del MMA, por lo que daría cumplimiento al Artículo 11º y 12º de dicha normativa...”

 

Efluentes líquidos: El titular indica como solución sanitaria para la fase de construcción la habilitación de baños químicos para un pick de 250 trabajadores, que cumpla con las distancias que establece el D.S. 594/1999 del MINSAL, en sus artículos 23 y 24 respecto a los lugares de trabajo, que realice el cambio del químico usado en forma periódica, el retiro y disposición final de estos residuos será realizado por empresas debidamente autorizadas.

El proyecto antes de los 6 meses tendrá ejecutado el sistema permanente de captación, tratamiento y disposición final de aguas servidas derivadas de la fase de construcción, desarrollado en el proyecto sanitario adjunto en el Anexo 6 de la Adenda complementaria.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)     Residuos no peligrosos

 

Los residuos sólidos no peligrosos que se generarán en la fase de construcción corresponden mayoritariamente a sobrantes provenientes de alambres, embalajes, maderas, tierra de las excavaciones, cemento y despuntes de fierro.

 

b)     Residuos domésticos

 

Como el Proyecto se construirá en dos FASES se ha estimado en base a un promedio de trabajadores por FASE que se generarán 63 kg/día de residuos sólidos del tipo doméstico, correspondientes a 250 trabajadores (0,25 kg/persona) durante los distintos períodos.

Se instalarán contenedores con tapa hermética distribuidos en distintos sectores de las faenas, con el fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura cerradas.

Cuando los contenedores alcancen el 75% de su capacidad serán retirados (se estima 2 a 3 veces por semana), con la finalidad de evitar descomposición de los restos de alimentos y por tanto generación de malos olores y atracción de vectores sanitarios (moscas, perros, ratones, otros insectos), previniendo la generación de focos de insalubridad.  

El transporte y disposición final será efectuado por empresas debidamente autorizadas por la Seremi de Salud R.M.

 

c)      Escombros

 

Los excedentes que resulten de los trabajos (escombros), serán enviados a sitios de disposición autorizados por la Secretaria Regional Ministerial de Salud R.M. Se privilegiará aquellos se encuentren más cercanos al Proyecto (Pozo Aeropuerto AMB u otro).

La empresa constructora será responsable de enviar los restos de embalajes y residuos que no correspondan a escombros ni a residuos peligrosos, a un destinatario autorizado como la Estación de Transferencia de KDM u otro vigente en el mercado, adjuntando Resolución 5.081/93 del SESMA (ahora Seremi de Salud), el Titular  controlará y exigirá su cumplimiento.

Se solicitará a la Autoridad Sanitaria R.M. la autorización para la disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados en la etapa de construcción, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del DS N° 594/99.

 

d)     Residuos Peligrosos

 

En las FASES de construcción los residuos peligrosos que se pudieran generar corresponden a aceites, aditivos, huaipes, envases de pintura  y otros, los que serán dispuestos en envases cerrados, debidamente identificados y apartados de los lugares habituales de trabajo.

El manejo de estos residuos se hará conforme a las exigencias del D.S. 148/03 del MINSAL. La empresa constructora deberá enviar estos residuos en forma mensual a destinatarios autorizados para su disposición final, sin perjuicio de lo anterior el Titular exigirá a través de los respectivos contratos de adjudicación que la maquinaria se debe mantener en óptimo estado con el fin de evitar las pérdidas de aceite de motor, lubricantes, aceite hidráulico y combustibles.

Asimismo, se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y cerrados.

 

Tabla 21: Generación estimada de residuos sólidos - Fase de Construcción

(años 1 a 4)

Tipo de residuos

Observación

Volúmenes

 

Residuos de construcción

Excedentes de movimientos de tierras

52.800 m³

Excedentes de excavaciones de fundaciones

17.900 m³

Materiales no recuperables de obra gruesa

4.100 m³

Materiales no recuperables de terminaciones

 180 m³

Residuos domiciliarios y asimilables

Residuos domiciliarios y asimilables (250 kgs/día), en período promedio

160 m³

Residuos domiciliarios y asimilables (250 kgs/día), en período de punta

90 m³

Lodos de planta de tratamiento aguas servidas *

 16 m³

Residuos industriales no peligrosos

Excedentes tales como chatarra metálica y asimilables

140 m³

Residuos industriales peligrosos

Tambores y cubetas de pinturas, solventes, aceites y lubricantes

18 m³

Fuente: Tabla 17 de la DIA.

Nota: * La planta de tratamiento de aguas servidas se construirá el primer año.

 

Para efectuar un control adecuado del manejo de los residuos peligrosos que se generen en esta etapa, se implementará en la obra un registro que se mantendrá a disposición de la Autoridad Competente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

 

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

Recepción

El ingreso de los vehículos se realizará por Camino Chorrillos 1, donde existirá una portería de control para revisión del camión y de la documentación de la carga.

Descarga y manejo

Personal de operaciones a cargo de cada una de las bodegas recibirá del conductor la documentación de la carga, verificarán el estado de la carga y se descargarán los productos desde los vehículos en el correspondiente andén. Los productos recibidos se trasladan con el apoyo de grúas horquilla hasta la ubicación definida en la bodega.

Almacenamiento

Disposición física en el lugar asignado dentro de la bodega respectiva por un espacio de tiempo determinado.

 

Preparación de pedidos

Proceso mediante el cual los productos que se reciben son reorganizados y consolidados para despacho, la actividad considera una planificación diaria para proceder al carguío de los camiones en los andenes respectivos.

Despacho de camiones

En la portería de control se revisa nuevamente que en el camión se encuentre bien estibada la carga, se revisarán aspectos operacionales de control y en el caso de los productos peligrosos además los vehículos deben cumplir con el D.S. 298/94 del MINTRATEL.

Actividades de Mantención y Conservación.

El programa de inspección y mantención de las instalaciones agrupará las tareas o trabajos que son aplicables a las instalaciones y equipos para prevenir o minimizar los efectos de determinadas fallas y asegurar la continuidad de las actividades con un mejor nivel de confiabilidad.

-        Comprobación de funcionamiento sistemas de protección contra incendios: Para definir la frecuencia del programa de mantenimiento de los equipos de detección y extinción de incendios se aplicará lo establecido en el artículo 40 del D.S. 78/09 del MINSAL o el que se encuentre vigente.

-        Mantención de sistemas portátiles de extinción de incendios: Periódicamente, mediante rutas de inspección realizadas por el personal de Prevención de Riesgos del centro industrial se verifica que los extintores se encuentren en buen estado y libres de obstáculos. La frecuencia de la revisión se realizará conforme lo establece el D.S.594/00 artículo 51 (por lo menos una vez al año).

-        Elementos de seguridad: A través de las labores diarias se visualizará el estado de barreras, pintura, pavimentos, se repararán o reemplazarán aquellos elementos que se encuentren dañados.

-        Drenajes y bajadas de aguas lluvias: Se implementará un programa de retiro de basuras, hojas y otros elementos que puedan obstruir el normal escurrimiento de las aguas a través de estos sistemas. Tal como se describe en el punto 5 Programa de Mantención, Control y Emergencia de la Memoria de Cálculo del Proyecto Aguas Lluvias adjunto en el Anexo 3 de la DIA.

-        Pozos de infiltración aguas lluvias: Se contempla implementar un programa de mantención a los pozos de infiltración de aguas lluvias cuyo objetivo principal es controlar los niveles y prevenir la colmatación de los filtros para prevenir la capacidad de infiltración, el documento citado se acompaña en el Anexo 3 de la DIA dentro del proyecto de aguas lluvias realizado por la empresa Compañía Chilena de Perforaciones Ltda., donde se detalla cada una de las actividades.

-        Mantención de pictogramas de seguridad: Los pictogramas de seguridad empleados permiten reconocer la peligrosidad de los productos almacenados, las bodegas de inflamables y residuos peligrosos se encontrarán identificadas en forma exterior por rótulos de acuerdo a la NCh 2190/03 se revisará en forma constante el estado de conservación de estos letreros, en caso de deterioro serán reemplazados. Del mismo modo aquellos letreros relacionados con las vías de evacuación, uso de elementos de protección personal, ubicación de elementos y equipos para control de incendios y derrames, por señalar los principales.

Provisión de Suministros Básicos.

a)      Agua Potable y Alcantarillado.

 

En el sector no existe factibilidad de conexión a alcantarillado ni agua potable. La fuente de agua que se utilizará en la etapa de operación del proyecto se obtendrá de los derechos de aprovechamiento del punto de captación de origen en el pozo profundo N° 2 Aa 4, de bien común especial N° 8, ubicado en la parcela 25 del Proyecto Parcelación Miraflores, coordenadas UTM Norte 6.309.195 m., Este 330.215 m.

El punto de captación de destino será para el pozo profundo N° 2018 ubicado dentro del predio del proyecto en las coordenadas UTM Norte 6.307.794 m., Este 330.184 m con un causal de 7.111 litros por segundo y un total a extraer desde el acuífero de 224.252 m3 año.

Las aguas en el nuevo punto de captación se extraerán mediante elevación mecánica (bombas) sin que se requiera una infraestructura para su traslado desde el punto de captación al punto de destino, no existirá conducción de agua.

Los detalles forman parte de las Memorias de Cálculo y Especificaciones de los Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que se acompaña en el Anexo 3 de la  DIA.

 

b)     Sistema de aguas lluvias.

 

El sistema recoge las características del terreno donde se emplazará el proyecto, el estudio de mecánica de suelos (Anexo 3 de la DIA) señala que los suelos son arcillosos y que existen presencia de bolsones de agua a nivel superficial.

Como solución para evacuar las aguas lluvias se optó por implementar un sistema mixto de drenaje mediante pozos profundos, con la finalidad de descargar las aguas lluvias a profundidades cercanas a los 60 m bajo el subsuelo y en caso de saturación de estos elementos el diseño considera 13 drenes de infiltración con el propósito de evitar inundaciones al interior del centro industrial.

Las aguas lluvias recibidas en los techos y pavimentos serán colectadas mediante canaletas de techo, canaletas de piso y sumideros, que captarán solo las aguas lluvias, para posteriormente ser conducidas mediante colectores hacia los cuatro pozos de infiltración al interior de la propiedad. En el Anexo 3 de  la DIA se presentan las especificaciones técnicas, memoria de cálculo y planos del sistema propuesto.

En el interior (el brazo 2 del Estero de Lampa pasa por un costado del terreno) del predio no existen cursos de aguas superficiales, por lo que el proyecto no modificará la escorrentía de las aguas lluvias hacia este cauce, los suelos del área del proyecto están catalogados como de baja permeabilidad con valores de infiltración de 10 mm/h (Anexo 3 de la DIA, Estudio Mecánica de Suelos), razón por la cual se estima que no existe diminución en la capacidad de infiltración por la impermeabilización de pavimentos. El agua sin proyecto infiltra por extensión sobre el suelo y con el proyecto estas aguas se conducirán hacia colectores puntuales (pozos y drenes), en el Anexo 5 de  la DIA se presentan los antecedentes para solicitar el PAS 158.

Las aguas lluvias que serán infiltradas a través de los pozos o drenes estarán monitoreadas a través de un programa de muestreos y análisis para garantizar que el recurso hídrico no sufra daños, las calles interiores y los patios estarán pavimentadas con lo que se previene el compromiso del suelo y napas subterráneas en caso de eventuales derrames, la napa freática medida durante tres (3) días arrojó que la profundidad menor fue de 7.88 m., en Anexo 3 de la DIA se acompaña “Informe Control Nivel Estático”.

 

c)      Instalaciones eléctricas.

 

El abastecimiento de electricidad será proporcionado por la empresa Chilectra, quien visará la correcta ejecución de las instalaciones. Sé tramitarán las inscripciones pertinentes ante la SEC. En Anexo 1 de la DIA se acompaña certificado A.C.I. N° 24/2014 de factibilidad de dotación de electricidad otorgado.

 

d)     Equipos movimiento de materiales.

 

En la tabla siguiente, se detallan los equipos que se utilizarán para el manejo, operaciones de carga y descarga y el movimiento de materiales al interior de las bodegas.

 

Tabla 22: Equipos movimiento de materiales

 

Etapa 1

Etapa 2

TOTAL

Traspaleta eléctrica

35

35

70

Grúa horquilla de pasillo angosto eléctrica

34

34

68

Grúa horquilla contrabalanceada eléctrica para uso exterior en descargas laterales

8

8

16

Fuente: DIA

Cuantificación y Forma de Manejo de Productos Generados, Incluyendo Transporte.

En el centro industrial no se realizarán procesos productivos por lo que no habrá generación de productos, sin embargo, una parte importante de la actividad consistirá en el despacho de los productos que se encontrarán almacenados al interior de las bodegas. En este contexto y aun cuando el transporte no forma parte del proyecto, se estima que el flujo diario de camiones que atenderá el centro industrial es el indicado en el Cuadro Camiones Etapa de Operación que se adjunta en el Anexo 3 de la DIA.

 

El Titular controlará el cumplimiento de las exigencias que establece el D.S. 298/94 del MINTRATEL Reglamento de cargas peligrosas por calles y caminos para los productos que están clasificados como peligrosos y para el resto de los vehículos las exigencias que emanan de los cuerpos legales que regulan la materia.

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la fase de operación.

De acuerdo a lo indicado anteriormente, la fuente de agua que se utilizará en la fase de operación del proyecto se obtendrá de los derechos de aprovechamiento del punto de captación de origen en el pozo profundo N° 2 Aa 4, de bien común especial N° 8, ubicado en la parcela 25 del Proyecto Parcelación Miraflores, coordenadas UTM Norte 6.309.195 m., Este 330.215 m.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En el Anexo 3.10 de la Adenda se presenta el “Informe Cálculo de Emisiones” para todas las fases del proyecto. Por lo tanto, en el punto 4.6.1.1 del presente Informe Consolidado de Evaluación (ICE), se presentan las emisiones estimadas para la fase de operación del proyecto, considerando que por tratarse de un proyecto en etapas, se superponen algunos años las actividades de construcción y operación.

 

Ruido: En el Anexo 3.1 de la Adenda se adjunta la “Evaluación de impacto acústico”, con el objetivo de evaluar el potencial impacto acústico generado por la construcción y operación del proyecto, bajo la peor condición de emisión hacia los puntos receptores establecidos en terreno, y verificar el cumplimiento del D.S. N° 38/11 del MMA en horario diurno, además de efectuar modelaciones acústicas que permitan analizar la propagación de la energía acústica generada por el proyecto en evaluación.

Al respecto, según consta en la tabla 52 del Anexo 3.1 de la Adenda, se verifica el cumplimiento de la normativa vigente por medio de los resultados entregados por el modelo predictivo.

 

Efluentes líquidos: Las aguas residuales que se generarán durante esta fase del proyecto, serán las provenientes de los servicios higiénicos, las cuales serán canalizadas a un sistema particular de alcantarillado doméstico.

El Sistema proyectado consiste en una red de tuberías que recibirán las descargas de aguas servidas provenientes de los edificios e instalaciones proyectadas para cada fase y las conducirán gravitacionalmente hasta las dos Plantas Elevadoras de Aguas Servidas (PEAS), cada una de las cuales opera en forma independiente.

Las PEAS impulsarán posteriormente las aguas recolectadas hacia dos Sistemas de Tratamiento de Aguas Servidas compuesto cada uno por dos Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), para finalmente descargar las aguas tratadas hacia el subsuelo, mediante la implementación de drenes de infiltración.

Se adjuntan Especificaciones Técnicas y Planimetría, en el Anexo 6 de la Adenda complementaria.

 

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a)      Residuos Industriales Sólidos.

 

Los residuos industriales sólidos que serán generados en la fase de operación son los siguientes:

 

  • Residuos asimilables a domésticos (comedor y oficinas).
  • Envases y contenedores dañados (mermas).
  • Pallets usados.
  • Embalajes, cartón, film plástico (bodegas)

 

El Proyecto tiene contemplado la habilitación de tres (3) salas de basura para residuos sólidos industriales asimilables a domésticos. En el Anexo 3 de la DIA se acompañan las Especificaciones Técnicas de estos recintos. El proyecto “basuras” que se somete a evaluación cuenta con Resolución Exenta 020020 emitida por la Seremi de Salud R.M., de fecha 15.04.014.

 

La disposición y seguimiento de estos residuos se hará conforme lo establecido en la Resolución 5081 del MINSAL.

 

b)     Residuos Peligrosos.

 

Los residuos peligrosos que se pudieran generar en las bodegas de inflamables serán producto de elementos contaminados (arena, ropa de protección, pallets, cajas) o envases deteriorados (mermas), los que serán almacenados y manejados de acuerdo a  lo establecido en el D.S. 148/03 del MINSAL.

 

El proyecto considera la construcción de dos (2) bodegas para residuos peligrosos de aproximadamente 48 y 46 m2, ubicadas en el sector oriente del terreno, los muros serán de hormigón armado RF-120, piso liso, continuo e impermeable. El lugar de emplazamiento de las bodegas estará pavimentado.

 

La cubierta de la techumbre será de acero galvanizado de tipo colapsable mediante tornillos plásticos, que  protegerá a los residuos de las condiciones ambientales.

 

Estarán dotadas de un sistema de contención de derrames compuesto por un sumidero central que descargará a una cámara con una capacidad efectiva de contención de 1.1 m³, en la puerta se dispondrá un lomo de toro para contener el agua-espuma del sistema de extinción automática. Serán identificadas en forma exterior de acuerdo con la NCh 2190.Of.2003.  Los envases para contener los residuos serán plásticos o metálicos dependiendo de la resistencia requerida para el residuo contenido.

 

Tabla 23: Generación estimada de Residuos - Fase de operación.

Tipo de residuos

Observación

Volúmenes mensuales

Residuos industriales no peligrosos

Excedentes, cartones, papeles, plásticos no contaminados y asimilables

14 m³

 

 

 

Residuos industriales peligrosos

Envases dañados, mermas, elementos de absorción contaminados, palletes contaminados, restos de cartón contaminados, elementos de protección personal contaminados, envases vacíos, restos de pintura, adhesivos, aceites, lubricantes

5 m³

Fuente: Tabla 20 de la DIA y respuesta 18 de la Adenda.

 

Una vez que el proyecto se encuentre en Operación se dará cumplimiento al D.S. N° 1/2013 “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, del Ministerio del Medio Ambiente y se declararán según corresponda, las emisiones y residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

 

4.3.3. FASE DE CIERRE.

Conforme a lo señalado en el punto 1.2.6 de la DIA, no se contempla fase de cierre para este proyecto.

     

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

La fecha estimada de inicio es en el mes de Mayo del 2015 en curso para la Etapa 1 o una vez obtenida la RCA.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La actividad que da cuenta del inicio de la fase corresponde a la instalación de faenas, es la primera actividad que indica que el proyecto comienza a ejecutarse de manera sistemática.

Las actividades que dan cuenta del inicio de la fase de construcción para la Etapa 2, es la instalación de faenas y su inicio se encuentra programada para el mes de marzo de 2017, tal como se indica en el Programa de Fases Chorrillos (Anexo 2.7 de la Adenda).

Fecha estimada de término.

Marzo de 2019 según Anexo 2.7 de la Adenda

Parte, obra o acción que establece el término.

Instalación de faenas

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

La  fase de operación tiene una duración indefinida, su fecha estimada de inicio es el 01 de Mayo del 2017 (al término de la fase de construcción de la Etapa 1)

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La actividad que da cuenta del inicio de esta  fase corresponde a la puesta en marcha (previa obtención de permisos y patente comercial)

Fecha estimada de término.

Indefinida.

Parte, obra o acción que establece el término.

No contempla.

4.4.3. FASE DE CIERRE

Conforme a lo señalado en el punto 1.2.6 de la DIA, no se contempla fase de cierre para este proyecto.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: La fase de construcción será ejecutada en dos Etapas, la construcción se realizará en 4 años, por lo tanto se traslapa la fase de construcción con la de operación durante los años 1, 2, 3 y 4. Bajo este criterio el MP10 es el único contaminante que supera el valor límite establecido en el Artículo 98 del D.S.66/09 del MINSEGPRES en consecuencia se somete a consideración la medida de compensación propuesta en el estudio de Emisiones que se adjunta en el Anexo 3 de  la DIA y se corrige en el Anexo 3.10 de la Adenda.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción del Centro Industrial

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido.

 

Ruido: La modelación de ruido efectuada en Estudio Acústico concluye que el proyecto en ninguna de las FASES excede los niveles máximos establecidos en el D.S. 38/11 del MMA y no genera impacto hacia la comunidad. En las zonas cercanas al proyecto existen otras actividades industriales además de la cercanía con el Aeropuerto Arturo Merino Benítez.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción del Centro Industrial

Fase en que se presenta.

Construcción

Impacto ambiental.

Aguas.

 

El proyecto no contempla realizar modificaciones a ningún cauce natural o artificial de aguas, el muro perimetral de protección del proyecto ha sido diseñado para evitar cualquier compromiso por contaminación que pudiera afectar al Bazo 2 del Estero de Lampa durante la operación del proyecto, este resguardo permite contener posibles inundaciones provenientes del curso de agua, la memoria de cálculo se incluye en el Plano Elevación y Corte Muro Medianero JLF-5 que se acompañan en el Anexo 3 de la DIA.

El nivel de la napa freática medida durante tres (3) días arrojó que la profundidad menor fue de 7.88 m, en Anexo 3 de la DIA se acompaña Informe Control Nivel Estático realizado por la empresa  Compañía Chilena de Perforaciones Ltda., las obras bajo el suelo (fundaciones) se encontrarán a una distancia superior a los 3 m con relación a la napa, no existirá compromiso de la napa.

Durante la  fase de construcción se instalarán baños químicos y el tratamiento que tendrán las aguas provenientes de las duchas será el indicado en el acápite 1.5.7.4 de la DIA.

Para asegurar la demanda de agua potable y el tratamiento de aguas servidas generadas en la etapa de operación, el titular somete a evaluación ambos proyectos para solicitar el Permiso Sectorial correspondiente. Una vez que se ejecuten los proyectos se tramitarán las autorizaciones en la Seremi de Salud R.M., con el propósito de ajustarse a los requerimientos legales vigentes sobre la materia.

En el Anexo 2 de la DIA se acompaña el plano CICH1-22. Rev. N Plano de Instalaciones Coordinadas donde se grafican el flujo de las aguas lluvias, aguas servidas y agua potable, para demostrar que se han adoptado las medidas técnicas de control que permitan evitar que estas entren en contacto y de esta manera prevenir posibles contaminaciones con el suelo y  aguas subterráneas.

Las aguas lluvias recibidas en los techos y pavimentos serán colectadas mediante canaletas de techo, canaletas de piso y sumideros, que captarán solo las aguas lluvias, para posteriormente ser conducidas mediante colectores hacia los cuatro pozos de infiltración al interior de la propiedad. En el Anexo 3 de  la DIA se presentan las especificaciones técnicas, memoria de cálculo y planos del sistema propuesto.

En el interior (el brazo 2 del Estero de Lampa pasa por un costado del terreno) del predio no existen cursos de aguas superficiales, por lo que el proyecto no modificará la escorrentía de las aguas lluvias hacia estos cauces, los suelos del área del proyecto están catalogados como de baja permeabilidad con valores de infiltración de 10 mm/h (favor ver Estudio Mecánica de Suelos del Anexo 3) razón por la cual se estima que no existe diminución en la capacidad de infiltración por la impermeabilización de pavimentos. El agua sin proyecto infiltra por extensión sobre el suelo y con el proyecto estas aguas se conducirán hacia colectores puntuales (pozos y drenes).

Las aguas lluvias que serán infiltradas a través de los pozos o drenes estarán monitoreadas para garantizar que el recurso hídrico no sufra daños, las calles interiores y los patios estarán pavimentadas con lo que se previene el compromiso del suelo y napas subterráneas en caso de eventuales derrames.

En consecuencia por las razones expuestas el Proyecto no representa riesgos para la salud de la población.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción del Centro Industrial y usos de servicio sanitarios.

Fase en que se presenta.

Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

Impacto ambiental.

Por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire:

El manejo de residuos se realizará conforme a los distintos reglamentos que establece el MINSAL, durante la construcción se destinarán zonas de acopio temporal para luego ser dispuestos en destinatarios autorizados.

Los residuos peligrosos que se generen al interior del centro industrial durante la etapa de construcción serán manejados conforme lo estipula el D.S. 148/03 del MINSAL, se habilitará una bodega para almacenarlos y posteriormente serán trasladados a un destinatario final autorizado.

Durante la fase de construcción se mantendrá en la obra copias de registros para acreditar la disposición final de los residuos, las que se encontrarán a disposición de la Autoridad Competente.

Las calles interiores y patios se encontrarán pavimentadas por lo que no existirá compromiso del suelo en caso de derrames y los residuos peligrosos serán almacenados en las dos bodegas que considera el proyecto para estos propósitos, las que se someten a evaluación y se ajustan a lo que exige el reglamento.

Las bodegas para almacenar sustancias inflamables serán estancas y se encontrarán a una altura superior de la cota cero.

En consecuencia el manejo de residuos no representa un peligro para los recursos renovables ya que se han adoptado las medidas de control para evitar la contaminación sobre al suelo, aire y agua.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción y Operación del Centro Industrial

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Suelo

 

El Estudio de Mecánica de Suelos, indica que el terreno se emplaza dentro de la unidad de suelo Depósitos de Finos del Noroeste que engrana por el poniente y norte con el Depósito de arenas del Lampa y Colina.

El suelo predominante corresponde a la unidad "QFNO, Finos del Noroeste", constituida principalmente por estratos de limo y arcilla, con algunos lentes de poco espesor de arena fina limosa, grava y ceniza volcánica; esta unidad está localmente cubierta por depósitos de pumicita y en otros casos en transición a esos suelos”.

La estratigrafía y propiedades mecánicas se detallan en el estudio citado precedentemente, es importante mencionar que el suelo ha sido intervenido anteriormente.

Para prevenir que el suelo pueda ser afectado por contaminantes durante las operaciones del centro industrial se han adoptado los criterios técnicos para el diseño de las instalaciones, los cuales han sido descritos en los numerales pertinentes de la  DIA.

Para prevenir la erosión el proyecto contempla la habilitación de arborización y áreas verdes que se irán ejecutando con cada una de las FASES.

La vegetación existente en el predio se describe en el estudio de Flora y Vegetación del Anexo 3 de  la DIA el que señala que “el área de estudio presenta un alto grado de alteración; actualmente el 85% de la superficie del área de estudio es utilizada para fines agrícolas; el 10% del área de estudio corresponde a caminos y tan solo el 5% del área de estudio contiene el estrato arbóreo, arbustivo y herbáceo identificado” por esta razón se estima que la biodiversidad existente en la zona no se verá afectada por la impermeabilización.

El proyecto no intervendrá especies tales como Acacia caven (dos especies); los que serán incorporados en el diseño paisajístico de las obras.

Respecto del componente suelo, de acuerdo a los antecedentes técnicos formales aportados para solicitar el PAS 160 se concluye que el suelo mayoritariamente es Clase IV correspondientes a 16,19 hás., de la Clase III aproximadamente existen 1,82 hás., y de la Clase VIII 2,53 hás.

Es preciso señalar que existen diferencias en las superficies del predio en estudio, la parcelación se realizó el año 1976 según consta en plano de la Corporación de la Reforma Agraria, en el certificado N° 6869729 de avalúo fiscal emitido por el SII considera un total de 22,39 hás., el levantamiento topográfico realizado por las distintas especialidades sin incluir la franja de 20 m., que existirá de separación entre el muro divisorio y el Brazo 2 del Estero de Lampa da 20,5 hás.

Componente ambiental afectado.

Suelo

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción y Operación del Centro Industrial

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación

Impacto ambiental.

Aire

 

Existe en el sector donde se emplazará el proyecto un importante incremento en el desarrollo de proyectos industriales, como se indicó anteriormente el proyecto deberá compensar emisiones de MP10, debido a que las etapas de construcción y operación se traslapan durante los años 1, 2, 3 y 4 a pesar de esta situación, se estima que el proyecto no generará emisiones que cambien significativamente la condición de línea base del área de Influencia, a partir del año 5 la operación del proyecto no supera los valores límites establecidos en el PPDA.

Componentes ambientales afectados.

Aire.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción y Operación del Centro Industrial

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación

Referencia al ICE.

Capítulos V, VI y XII.

Impacto ambiental.

Agua

 

El curso de agua natural próximo al deslinde oriente proyecto es el Brazo 2 del Estero de Lampa (20 m) y será resguardado por un muro perimetral de protección para evitar posibles contaminaciones, ha sido calculado para resistir inundaciones provenientes de este cauce la memoria y plano se acompañan en el Anexo 3 de la DIA.

El nivel freático se detectó en su menor nivel a 7,88 m. Las bodegas de inflamables serán edificios estancos con pisos impermeables, los patios y calles interiores se encontrarán pavimentados.

La dirección de las aguas subterráneas no es fácil de estimar, el Titular  consideró necesario presentar un estudio que permitiera caracterizar la calidad del agua subterránea en el área del proyecto, las muestras se tomaron en dos pozos exteriores al predio (aguas arriba y aguas abajo) con la finalidad de conocer la situación actual y poder adoptar las medidas de prevención para que la ejecución del proyecto no afecte la calidad de las aguas subterráneas (los parámetros utilizados para efectuar los análisis son los exigidos para agua potable). Los resultados se acompañan en el Anexo 3 de la DIA.

En base a lo expuesto y los antecedentes técnicos que se acompañan a la DIA se concluye que el proyecto no generará impactos significativos sobre la condición de línea base de los componentes suelo, agua y aire.

Componentes ambientales afectados.

Agua

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcción y Operación del Centro Industrial

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación

Referencia al ICE.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El proyecto no intervendrá en el acceso a los recursos naturales utilizados por grupos humanos, tampoco lo hará en las actividades económicas de la comunidad (no hay comunidades humanas cercanas al proyecto), en consecuencia el componente humano no se verá afectado.

El proyecto no interviene en la libre circulación de la población, tampoco altera la conectividad.

En las cercanías del predio industrial no hay manifestaciones de tradiciones culturales, no hay sectores densamente poblados en la zona industrial.

 

Por lo que, el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El proyecto se emplazará en una zona que permite la instalación de actividades industriales calificadas como “peligrosas” ISAM 6 en el predio no existen áreas protegidas, ni sitios prioritarios para la conservación, tampoco hay humedales protegidos ni glaciares o territorios don valor ambiental, susceptibles de ser afectados por el proyecto en ninguna de sus partes, obras o acciones.

 

Se concluye que el proyecto no se localiza cercano o en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados; ni en zonas con valor ambiental relevante.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

No existen zonas con valor turístico o paisajístico en los alrededores del proyecto.

 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

En el Anexo 3 de esta DIA se acompaña Estudio Arqueológico donde se indica que no se encontraron restos arqueológicos de superficie. Si durante el proceso de excavaciones se encontrasen signos y/o restos de carácter arqueológicos, el Titular dará cuenta de inmediato a las autoridades competentes.

 

Sin perjuicio de lo anterior, antes de efectuar el movimiento de tierra se volverá a realizar una campaña arqueológica.

 

Dentro de las áreas próximas al proyecto no existen lugares que pertenezcan al patrimonio cultural, el sector de emplazamiento de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago permite la instalación de actividades industriales calificadas como peligrosas. Del levantamiento del sector, efectuado en los distintos estudios que se presentan en la DIA, se puede afirmar que en las proximidades del predio no existen lugares considerados como patrimonio cultural o patrimonio cultural indígena.

 

El proyecto se construirá lejos de comunidades o grupos humanos en que las partes, obras y acciones de las distintas fases entorpezcan las manifestaciones propias de esas culturas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

En este caso, después de los 6 meses de construcción se instalará el sistema definitivo de alcantarillado particular

 

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 5 de la DIA, Anexo 3.6 de la Adenda y Anexo 6 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 3475, de fecha 08 de julio de 2015, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.6.3; Capítulo IX, punto 9.1.1.

 

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

En este caso, tanto en construcción como operación existirán lugares destinados a la acumulación de basuras y desperdicios, domésticos e industriales.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 5 de la DIA y en Anexo 1 plano CICH 07-09 Instalación de faenas, de la Adenda

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 3475, de fecha 08 de julio de 2015, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.6.4, Capítulo IX, punto 9.1.2

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Fase de Construcción y Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

Para la fase de construcción del Proyecto se habilitará una bodega para almacenar residuos peligrosos de iguales características a las indicadas para la fase de operación

El proyecto considera la construcción de dos bodegas en la fase de operación, para residuos peligrosos de aproximadamente de 48,85 m2 y 46,10 m2, estarán emplazadas en el sector central - oriente del terreno en el plano CICH 01-02 Rev. N Layout general con logística que se acompaña en el Anexo 2 de la DIA se señala la ubicación.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo 5 de la DIA y Anexo 2.5 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 3475, de fecha 08 de julio de 2015, señala que el titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.6.4 y Capítulo IX, punto 9.1.3

 

6.1.2. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial, del artículo 160 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Fase de Operación

Parte, obra o acción a que aplica.

Construcción y Operación del Centro Industrial

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en Anexo 5 de la DIA y Anexo 3.13 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Agricultura mediante los oficios Ord N° 273 y de fecha 16 de junio de 2015, se pronuncia conforme. Además, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, mediante Ord N° 5780, de fecha 17 de diciembre de 2014, se pronuncia conforme, señalando lo siguiente: “Obtener en forma sectorial el informe favorable de esta Secretaría indicado en el artículo 55 de la L.G.U.C., el cual deberá ser ingresado a través de la Seremi de Agricultura quien actúa como ventanilla única en estos casos.”

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IX, punto 9.1.4

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Institucionalidad Ambiental

NORMA

Ley Nº 19.300/1994 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente

Decreto Supremo N°40/12 Reglamento del Sistema de Evaluación Impacto Ambiental (RSEIA) de Ministerio del Medio Ambiente.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

Forma de cumplimiento.

El proyecto se somete al SEIA de acuerdo a las tipología establecidas en el literal ñ) y e) del artículo 10 de la Ley 19.300, sometiéndose en forma previa a su ejecución.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Resolución de calificación Ambiental (RCA) que acredite el cumplimiento de la Legislación Ambiental aplicable.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.1.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 144/1961 MINISTERIO DE SALUD.

Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

Forma de cumplimiento.

Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizara tomando las medidas necesarias para minimizar el material resuspendido que tales actividades pudieran generar hacia los trabajadores y comunidad. Se aplicarán las medidas de control descritas en el informe de ATM 001-A1/14 MEMORIA DE CÁLCULO DE EMISIONES (Anexo 3.10 de la Adenda).

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción: Supervisión de terreno durante la ejecución de las actividades. Instructivos de trabajo. Registro en obra de medidas.

Operación: Programa de control. Supervisión actividades. Instructivos escritos. Programa de Seguridad y Salud Ocupacional.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 66/2009 MINSEGPRES.

Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

Forma de cumplimiento.

Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y el movimiento de camiones se realizara tomando las medidas necesarias para minimizar el material resuspendido que tales actividades pudieran generar hacia los trabajadores y comunidad

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros en obra y en planta, para la fase de construcción y operación, respectivamente. Registro de presentación de Plan de Compensación de emisiones a la Seremi del Medio Ambiente RM, 60 día desde obtenida la RCA.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

 

NORMA

D.S. 75/1987 - Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de construcción del Proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

Forma de cumplimiento.

El Titular a través de las bases de licitación exigirá que los camiones utilizados para transportar materiales sólidos sean cubiertos por lonas para evitar la caída de estos. Para el transporte de líquidos se verificará el estado de los envases que los contienen para evitar escurrimientos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Inspección a los vehículos y envases antes de abandonar la obra. Registro en obra entrada y salida.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.2.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 298/1994 MINISTERIOS DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades asociadas al transporte de Sustancias Peligrosas.

Forma de cumplimiento.

El transporte de cargas peligrosas no forma parte del Proyecto, sin embargo, el Titular controlará que los vehículos utilizados para el transporte de sustancias peligrosas reúnan los requisitos técnicos y de seguridad que exige el D.S. 298/94

Indicador que acredita su cumplimiento.

Planillas de chequeo para revisión de camiones que transporten cargas peligrosas. Inspección visual de porte de rótulos.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.3.

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad Adyacente.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 158/1980 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.

Fija el Peso Máximo de los Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades asociadas al transporte.

Forma de cumplimiento.

El titular supervisará que los camiones involucrados en cualquiera de las fases del proyecto cumplan con esta normativa. En el control de camiones existirá una báscula

Indicador que acredita su cumplimiento.

Control de peso al ingreso y salida de los camiones (Registro).

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.3.

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 38/2011 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE.

Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

Forma de cumplimiento.

En ninguna de las etapas del Proyecto se exceden los niveles permitidos por la norma. En Anexo 3.1 de la Adenda se acompaña ESTUDIO ACÚSTICO

Indicador que acredita su cumplimiento.

Respetar los horarios de trabajo. Control del estado de las maquinarias y equipos. (Registro en obra y planta).

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo XII.

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

 

NORMA

Decreto Supremo Nº 594/1999 MINISTERIO DE SALUD.

Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Proyecto “Centro Industrial Chorrillos”.

 

Forma de cumplimiento.

Todos los residuos sólidos generados, en todas las fases del proyecto, serán transportados y llevados a sitio de disposición final que cuente con la Resolución Sanitaria correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Copia de resolución Sanitaria del vehículo de transporte y del sitio de disposición.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.4

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

 

NORMA

Decreto Supremo N°148/2003 MINISTERIO DE SALUD.

Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Generación de residuos en actividades de potenciación.

 

Forma de cumplimiento.

El proyecto considera 1 bodega para almacenamiento de residuos peligrosos en la Fase de Construcción. Se describe las características de esta bodega durante la duración de las faenas. Se solicita PAS 142.

El proyecto considera dos bodegas para almacenamiento de residuos peligrosos, en el Anexo 5 de la DIA se acompañan los antecedentes técnicos para solicitar el PAS 142

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción: Registro en obra de copia de autorizaciones sanitarias y retiros.

Operación: Registro en planta de copia de autorizaciones sanitarias y retiros.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.4.

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

 

NORMA

D.F.L N°725/67 del MINSAL, Código Sanitario

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación de la Planta

 

Forma de cumplimiento.

Los residuos que se generen en la fase de construcción serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito, Los residuos serán llevados a lugares de disposición final debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.

Disponer de registros en obra para el control de su cumplimiento. Se dará cumplimiento al D.S. 1/2013 “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, del Ministerio del Medio Ambiente y se declararán según corresponda, las emisiones y residuos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción: Registro en obra de copia de autorizaciones sanitarias.

Operación: Registro en planta de copia de autorizaciones sanitarias.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.4.

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas.

 

NORMA

D.S. N° 78/2010: Reglamento de Almacenamiento de sustancias peligrosas MINSAL.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Almacenamiento de Sustancias Peligrosas en Planta.

Forma de cumplimiento.

Almacenamiento de Sustancias Peligrosas en Planta. Autorizaciones definitivas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros formales de capacitación de acuerdo al reglamento.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.5.

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Ruido

Impacto asociado

Ruido: emisiones de ruido.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación del proyecto.

Objetivo, descripción y justificación.

Disminución de las emisiones sonoras (ruido) que se producirán durante la fase de construcción, producto de diferentes actividades.

Lugar, forma y oportunidad de implementación.

Lugar: Área del proyecto.

 

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 3475 de fecha 08 de julio de 2015.

 

Fase de Construcción:

·         Las fases constructivas del proyecto deberán ser realizadas dentro del horario diurno de 07:00 a 21:00 horas, establecido por el D.S.Nº38/11 del MMA.

Fase de Operación:

·         La operación del proyecto deberá realizarse sólo entre las 07:30 y 23:30 horas.

Todas las fases:

·         Se deberá considerar implementar un cierre perimetral construido de concreto (muro divisorio pandereta), el cual mantenga una altura de 2,5 m.

·         Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción de acuerdo al cronograma

Indicador que acredite su cumplimiento.

Respetar los horarios de trabajo. Control del estado de las maquinarias y equipos

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, punto 10.1.1.

 

8.3. Vialidad

Impacto asociado

Vialidad Adyacente.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo, descripción y justificación.

Uso de vialidad adyacente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Calles y caminos de tránsito de vehículos de transporte de carga.

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM en el Ord. N° 4680 de fecha 23 de junio de 2015:

·        El Titular se debe comprometer a materializar todas y cada una de las medidas de mitigación y de gestión vial, que han resultado del Estudio Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) presentado en esta Secretaría Regional Ministerial, antes de la recepción final de las obras.

·        En relación a las obras que se realicen en la vía pública, el Titular deberá considerar lo dispuesto en Capítulo No 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

·        Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP.

·        El Titular implementará en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen de la obra, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

·        Se debe dar cumplimiento en su totalidad al Decreto Supremo 298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.

·        El Titular cumplirá con Decreto Supremo No 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

·        El Titular cumplirá con el Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

·        El Titular ingresará de manera sectorial los desvíos que resulten de la instalación de grúas y que pudieran hacer uso de la vía pública durante la Etapa de Construcción.

·        El Titular evitará la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 10:00 hrs. y de 17:00 a 20:00), por cuanto se ha constatado que en el horario fuera punta se registra la carga más baja de flujo vehicular sobre las avenidas y carreteras de la región Metropolitana.

·        El Titular considerará las restricciones horarias que exigen las correspondientes Municipalidades para la circulación de camiones.

 

Oportunidad: Durante la fase de operación de la planta.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de los camiones que entran y salen del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.1.2

 

8.6. Otras consideraciones

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación

Consideraciones.

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas RM en el Ord. 608 de fecha 15 de junio de 2015:

·        “…Que, el suministro de agua se hará desde un pozo profundo particular (N° 2018), ubicado dentro del predio del proyecto en las coordenadas UTM Norte 6.307.794, Este 330.184.

·        Que, el proyecto no considera la intervención del Estero Lampa, tal como lo declara el Titular en Adenda 1.

·        Que, de acuerdo a lo declarado por el Titular en Adenda 1, el área de protección del Estero Lampa corresponde a una distancia de 20,5 m, respecto del borde poniente del Estero y que el proyecto no realizará ninguna construcción o edificación que interfiera el libre curso de las aguas en dicha franja de protección.

·        Que, la condición de inundabilidad de acuerdo a lo dispuesto por el PRMS, debe ser levantada en forma previa, mediante los estudios correspondientes a ser presentados sectorialmente en la Dirección de Obras Hidráulicas, tal como lo declara el Titular en Adenda 1.

·        Que, según declara el Titular en Adenda 1, en caso de afloramiento  de agua durante la Fase de Construcción, se presentará a la Autoridad Competente un plan de manejo, que contendrá a lo menos lo siguiente:

o   Destino de las aguas afloradas

o   Punto de descarga con coordenadas UTM WGS84

o   Plano a escala del lugar donde se produjo el afloramiento de las aguas subterráneas

o   Forma de conducción de las aguas afloradas hasta el punto de disposición

o   Medios de prueba a través de fotografías con la implementación de las medidas adoptadas

·        Sin perjuicio de lo señalado por el Titular, en caso que las aguas sean afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

o   Detener las actividades en el frente de trabajo

o   Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio

o   En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción ( o más de ser necesario)

o   Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración

o   Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas

·        Que, la modalidad de descarga de las aguas servidas tratadas es por infiltración, por lo que le es aplicable el D.S N° 46/2002 que Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas.

·        Que, el proyecto corresponde a una fuente emisora, de acuerdo a lo declarado por el Titular en Adenda Complementaria por lo cual deberá dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N° 46/2002 Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas, presentando el Estudio de Vulnerabilidad de Acuífero a la DGA RMS según lo establecido en el Manual para la Aplicación del Concepto de Vulnerabilidad de Acuíferos, para su revisión y dictación de la respectiva Resolución, previo a la Fase de Construcción.

·        Que, las bodegas de inflamables serán edificios estanco con pisos impermeables, lo que permite asegurar que eventuales derrames no infiltren hacia el subsuelo, tal como lo declara el Titular en Adenda 1.

·        Que, el Plan de Emergencias contenido en el Plan Ambiental del proyecto debe incorporar, para el caso de accidentes que tengan relación con derrames o infiltraciones a cursos de aguas subterráneos y superficiales, una serie de medidas asociadas a la ocurrencia de accidentes según el tipo de compuesto vertido, sistemas de alertas, comunicación y coordinación. Dicho Plan debe ser entregado a las diferentes autoridades que eventualmente participarían en el manejo en terreno de una emergencia. En particular, en caso de ocurrencia de un accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, es necesario informar inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana señalando lo siguiente:

o   Descripción del accidente: Lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento, etc.

o   Detalle de cada una de las acciones y medidas de mitigación que serían aplicadas en el evento de contaminación.

o   Evaluación y metodología de evaluación a utilizar, para estimar el posible efecto sobre los recursos hídricos subterráneos y monitoreos inmediatos del área de influencia del accidente.

o   Programa de medidas de descontaminación, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas, lo cual deberá ser aprobado por la DGA previo a su utilización cuando ocurra el evento.

o   Propuesta de monitoreo y seguimiento de las variables ambientales afectadas con la ocurrencia del evento.

o   Señalar además, el equipamiento que dispondrá para el manejo de emergencias, así como su ubicación, así como los tiempos estimados de respuesta para los accidentes.

·        Que, de acuerdo a lo declarado por el Titular en Adenda 1, compromete la implementación de un monitoreo de calidad de aguas, durante la Fase de Construcción y Operación, el que se ejecutará en dos (2) pozos (aguas arriba y aguas abajo) al interior de la propiedad. El pozo N° 1 se encuentra construido y se localiza en las Coordenadas 6.307.612 N, 330.120 E (Aguas Abajo) y el N°2 se construirá previo al inicio de la Fase de Construcción, en las Coordenadas 6.308.167 N, 330.345 E (Aguas Arriba).

·        Los parámetros que se utilizarán para la caracterización y seguimiento serán los contenidos en los D.S N° 90/2000 y D.S N° 46/2002. El muestreo se realizará en forma trimestral y el informe con los antecedentes respectivos se hará llegar a los servicios competentes a más tardar 5 días hábiles después de obtener los resultados del análisis de aguas, oportunidad en que se acompañará el archivo electrónico en formato .xls (Excel) de acuerdo con la información consignada en la siguiente tabla.

   

PARAMETRO

 

pH

SST

Nitratos

etcétera

               

AÑO

MES

N° DE INFORME

FECHA

       
               

·        Sin perjuicio de lo señalado por el Titular, se precisa que en una primera instancia, se deberá determinar una caracterización inicial de las aguas subterráneas, previo a la Fase de Construcción, a fin de realizar el Seguimiento de la calidad en Fase de Construcción y Fase de Operación. Ello con el fin de asegurar que no exista un deterioro de las mismas. Utilizar como referencia tanto los parámetros del D.S N° 90/2000 como del D.S. 46/2002 en la caracterización inicial y en el monitoreo periódico. El monitoreo tendrá una periodicidad semestral y el Titular elaborará un Informe que incluya la información de ambos pozos, su georreferenciación (UTM WGS84), la profundidad de la napa, los estratos, la permeabilidad, la dirección de flujo subterráneo, entre otros parámetros y análisis y discusión de los resultados de los monitoreos y conclusiones y recomendaciones. El Titular debe enviar el Informe junto a todos los antecedentes a la Superintendencia del Medio Ambiente, a través de sus mecanismos de recepción de antecedentes de Seguimiento Ambiental, a más tardar 5 días hábiles después de obtener los resultados de análisis de aguas.

·        Que, según lo indicado en el PRMS, Art. 8.2.1.1 letra a.2), el área de proyecto (comuna de Lampa) corresponde a aquellas zonas que presentan problemas de afloramiento potencial de aguas subterráneas, ubicadas en el Área Urbana Metropolitana, en las comunas de Quilicura, Colina, Lampa, Renca, Pudahuel, Cerro Navia y Maipú. La autorización de obras de urbanización y/o edificación en estas áreas, deberá condicionarse al cumplimiento de lo siguiente:

-        La napa freática no podrá tener una profundidad menor a 5 m en la época más desfavorable del año. 

-        La napa freática deberá estar a más de 3 m, bajo el sello de fundación.

Para verificar las condiciones señaladas en el inciso anterior, el Titular deberá presentar los resultados de sondajes y medir la profundidad del acuífero durante 3 días a lo menos. En caso de no cumplir tales condiciones en forma natural, la urbanización deberá considerar las obras de drenaje que resuelvan dicho aspecto. Por lo tanto, el Titular debe obtener el respectivo informe favorable de los organismos competentes, previo al inicio de la Fase de Construcción.

·        Que, debido a que el área de proyecto corresponde a un Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, Sector Santiago Norte (Acuífero Maipo), de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las etapas de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

·        Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

·        Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación de la respectiva Municipalidad, previo informe técnico favorable del Organismo competente para la extracción en cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable, con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales y de esta manera, que el titular se haga cargo de los posibles efectos adversos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

·        Téngase presente que, de realizar modificaciones a cauces naturales o artificiales, con motivo de las construcción de obras, que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población, que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, deben ser aprobadas previamente a su construcción por la Dirección General de Aguas, según lo establecido en sus artículos 41° y 171° del Código de Aguas

 

De acuerdo a lo señalado en el punto 5.1 del ICE, el titular se compromete a:

 

·        Para evitar pérdida o degradación del suelo Clase III de Capacidad de Uso en 1,94 hás., suelos de valor agrícola, el titular se compromete a compensar 2,91 hectáreas (1:1,5) de suelos de inferior calidad con medidas de mejoramientos previa selección y Estudio de Compensación que se someterá a evaluación del  SAG Región Metropolitana, tal cual se establece en el Anexo 3 de la Adenda complementaria.

 

De acuerdo a lo señalado en el Acta de la Comisión de Evaluación N°16/2015, de fecha 11 de agosto de 2015, se establece lo siguiente:

 

·         El proceso de compensación en material particulado 10 se va a realizar  de la siguiente manera: luego de haber obtenido la Resolución de Calificación Ambiental se procederá hacer un estudio de emisiones en distintas avenidas sin pavimentar en la comuna de Lampa a fin de     llevar a cabo obras de pavimentación, para poder compensar esas emisiones, dado que  es del espíritu que tiene la compañía dejar sistemas compensatorios  para siempre pues compromete su mantención en el tiempo.

·         El titular deberá disponer de un registro en obra de los talleres autorizados en donde se realice las mantenciones de las maquinarias o vehículos utilizados en las fases de construcción y operación del proyecto, a través del cual se acredite, la adecuada gestión de los residuos peligrosos en dicha faena.

·         La compensación de suelo se realizará en Melipilla, sin embargo el titular se compromete a hacer compensaciones de suelo en Lampa. Lo anterior, en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Lampa.

·         El SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones de la RM, hace presente que “De acuerdo a las obligaciones nos preocupa lo siguiente el EISTU aprobado de esta empresa en el camino interior Chorrillos uno, acceso al proyecto, se plantea la obligación de reponer carpetas asfálticas por un tramo de trescientos metros y nos preocupa que esta no podrá ser considerada  en la compensación, son distintas, no vamos a estar pagando dos veces. Y en la segunda en el mismo sentido, si cambia la medida y se repone por el hecho de reponer veredas que es otra posibilidad también se considera un tramo de cuatrocientos metros de acera en el camino Renca Lampa que tampoco vaya a ser considerado dos veces, en el caso que cambie el proyecto.”

Referencia al ICE.

Capítulo X, punto 10.1.4.

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

10.1.1. Planes de Contingencias y Emergencias

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación.

Acciones o medidas a implementar.

En el caso específico de esta planta, en lo referente al Plan de emergencia adjunto en el Anexo 4.8 de la DIA y 2.1 de la Adenda y complementado en los Anexos 13 de la Complementaria, el Proyecto contará con un coordinador de ambiente (el Coordinador) y un encargado de salud y seguridad, quienes serán los responsables de implementar las medidas de mitigación descritas en el Plan de Emergencia, así como de implementar los planes de seguridad ambiental, de seguridad industrial, salud ocupacional y contingencias, con el apoyo del personal técnico necesario.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII, punto 7.1. del ICE; Anexo 4.8 de la DIA y 2.1 de la Adenda, complementado en el Anexos 13 de la Complementaria

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto “Centro Industrial Chorrillos” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Centro Industrial Chorrillos” de Inmobiliaria Chorrillos S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto “Centro Industrial Chorrillos” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto “Centro Industrial Chorrillos”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 160 y el pronunciamiento señalado en el artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto “Centro Industrial Chorrillos”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




GEV/MLM

Distribución:
  • Armando Ide Nualart
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • SERNAGEOMIN, Zona Central
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Lampa
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
C/c:
  • Expediente del Proyecto "CENTRO INDUSTRIAL CHORRILLOS"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=75/3e/bbab3c70c6217d6d8bad21a4837a15f2d212


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