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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres"

Resolución Exenta Nº 0345/2017

Antofagasta, 13 de septiembre de 2017



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 13 de marzo de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 27 de julio de 2017, del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” presentada por la Minera Escondida Limitada, con fecha 22 de noviembre de 2016. 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II y III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres”. 

3°. El Acta de Evaluación N° 42/2016 de fecha 27 de diciembre de 2016, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta. 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” de fecha 30 de agosto de 2017. 

5°. El acuerdo N° 036 de la sesión ordinaria N° 15 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 7 de septiembre de 2017. 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres”. 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Toma de Razón N° 119046 de fecha 28 de enero de 2016, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. Nº 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

1°. Que, Minera Escondida Limitada (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: 

Tabla N° 1. Antecedentes del titular

Nombre o razón social

Minera Escondida Ltda.

Rut

79.587.210-8

Domicilio

Avda. de la Minería N° 501, Antofagasta

Teléfono

(55) – 220 1920

Correo electrónico del titular

eduardo.ea.caballero@bhpbilliton.com  

Nombre del representante legal

Eduardo Caballero Barría

Rut del representante legal

14.237.781-0

Domicilio del representante legal

Avda. de la Minería N° 501, Antofagasta

Teléfono del representante legal

(55) – 220 1920

Correo electrónico del representante legal

eduardo.ea.caballero@bhpbilliton.com 

 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 30 de agosto de 2017, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto: 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
  • Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 

3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 7 de septiembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de agosto de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.                                                                                 

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 

4.1. Antecedentes generales del Proyecto

Objetivo general

El objetivo del proyecto es optimizar la actual Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), aumentando la capacidad de tratamiento para atender a una población de 3.500 habitantes, además de unificar el efluente de los 6 módulos de tratamiento de dicha PTAS, de modo de contar con una sola salida desde la etapa de desinfección hacia la piscina de almacenamiento de agua tratada o producto (efluente).

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

Tipología principal:

 

o.4. Plantas de tratamiento de aguas de origen domiciliario, que atiendan a una población igual o mayor a dos mil quinientos (2.500) habitantes

 

Vida útil

32 años

Monto de inversión

US$ 1.700.000.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Retiro y/o demolición de obras existentes asociadas a la cancha de lodos.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

 

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

Caso base (proyecto existente)

Incremento

/Disminución (si/no)

Proyecto actual (Optimización)

PTAS para atender 2.480 habitantes

SI

PTAS atenderá a 3.500 habitantes

Canaleta Parshall (1 existente)

NO

Se reemplazará canaleta Parshall por 1 Cámara de Rejas como tratamiento preliminar

Cámara de impulsión (1 existente)

NO

Se incorporará a la Cámara de Impulsión existente, 3 nuevas Bombas sumergibles, 2 en operación y 1 en stand by. Además de nuevas líneas de Descarga de rebose y drenaje

Área Cancha de secado de lodos

SI

Se demolerá la cancha existente y se reemplazará el área por las siguientes instalaciones:

-   1 Nueva Máquina de Pretratamiento Desarenadora y Desengrasadora HUBER.

-   1 Nueva Línea de Alimentación de Aguas Servidas hacia Equipo HUBER desde la Cámara de Impulsión.

-    1 Nuevo Sistema de Alimentación de Agua Potable al Equipo HUBER que contendrá 1 Estanque de Agua Potable, 2 Bombas (1 en operación y 1 en stand by), y 1 Equipo Huidropack. Además de una nueva línea de alimentación hacia equipo HUBER.

-   1 Nuevo Estanque distribuidor y 6 líneas de alimentación de aguas servidas pre tratadas, hacia los reactores de lodos activados.

Digestores (6 existentes)

NO

Digestores existentes se mantendrán respecto al caso base

Reactores biológicos (6 existentes)

NO

Reactores existentes se mantendrán respecto al caso base, conectándose con nuevas 6 líneas de alimentación de aguas servidas pre tratadas desde el Estanque Distribuidor

Clarificadores (6 existentes)

NO

Clarificadores existentes se mantendrán respecto al caso base.

Sopladores de aireación (8 existentes)

NO

Se reemplazarán los 8 sopladores existentes, por 8 nuevos sopladores de aireación de mayor capacidad, 2 en la línea de lodos activados N°5, 4 para las líneas N°1, 2, 3 y 4, 2 para la línea de lodos activados N°6.

Cámaras de contacto para desinfección (4 existentes)

NO

Se reemplazarán cámaras de contacto existentes y sus respectivas líneas de traspaso de aguas tratadas, por las siguientes instalaciones:

-    1 nueva Cámara Cloradora y 1 Bomba para dosificación con hipoclorito de sodio. Las actuales cámaras de contacto se mantendrán como un paso directo del tratamiento secundario hacia las líneas que alimentarán la nueva cámara cloradora.

-   - 4 Nuevas Líneas de Alimentación hacia la Cámara Cloradora desde las cámaras de contacto existentes. Además, se incorporarán cámaras de inspección.

-    1 Nueva Línea de Traspaso de aguas tratadas (agua producto) desde la nueva Cámara Cloradora hacia la Piscina de Almacenamiento N°2 existente.

Piscina almacenamiento N°1 (1 existente)

NO

Piscina N°1 existente se mantendrá respecto al caso base. Se conectará con 1 nuevo Sistema By-pass entre la cámara de ingreso del afluente a la PTAS y la Piscina de almacenamiento N°1, el cual operará en caso de emergencias y constará con cámaras de inspección.

Piscina almacenamiento N°2 (1 existente)

NO

Piscina N°2 existente se mantendrá respecto al caso base, conectándose con nueva línea de Traspaso de agua producto desde la nueva Cámara Cloradora.

Infraestructura General PTAS

SI

Se incorporarán postes de iluminación en nuevas áreas de la PTAS existente, donde se ubiquen los nuevos equipos e instalaciones.

Se incorporarán Equipos eléctricos en nuevas áreas de la PTAS existentes.

Se construirá y habilitará un módulo permanente de oficinas dentro de la PTAS, además de una instalación de faena de apoyo para realizar las labores de construcción.

Se incorpora un punto de limpieza de vehículos.

[X]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad]

 

Si

 

No

El proyecto modifica un proyecto existente sin RCA.

 

[X]

 

4.2. Ubicación del proyecto

División político-administrativa

El presente Proyecto se localiza a 3.200 m.s.n.m., al interior de la faena de MEL, cercana al Campamento VCA, el cual se encuentra ubicado, aproximadamente, a 170 km al sureste de la ciudad de Antofagasta, en la comuna, provincia y Región de Antofagasta.

Justificación de la localización

La localización del Proyecto se justifica principalmente por: 

  • El Proyecto se emplaza en el área donde actualmente existe la PTAS de VCA que será optimizada y que es parte del área industrial de MEL.
  • En el área del Proyecto existe disponibilidad de espacio para la instalación de los nuevos equipos o infraestructura necesaria para la optimización de la actual PTAS.
  • No guarda relación con la existencia de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
  • No se encuentra cercano a zonas protegidas del SNASPE o a sitios prioritarios terrestres como tampoco próximo a monumentos nacionales (Ley Nº 17.288 sobre Monumentos Nacionales).
  • No se ubicará en una zona declarada de interés turístico nacional. 

En suma, el Proyecto no considera la ejecución de obras en áreas colocadas bajo protección oficial, en los términos que indica el artículo 3° del Reglamento del SEIA y en los Oficios Ord. N° 130.844 del 22 de mayo del 2013 y N° 161.081 del 17 de agosto del 2016, ambos de la Dirección Ejecutiva del SEA.

Superficie

Las obras permanentes del presente Proyecto se emplazan en una superficie, aproximada, de 0.48 ha, donde actualmente se localiza la PTAS, superficie que no será ampliada con la ejecución de este Proyecto.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas de las principales obras del proyecto, se detallan en la tabla 2 de la DIA.

Caminos de acceso

El Proyecto se ubica al interior de la faena de Minera Escondida, cuyo acceso se realiza desde Antofagasta mediante el camino privado a Minera Escondida. Para el acceso a las obras del Proyecto, serán utilizados caminos internos de MEL, los cuales están conectados con la red vial existente en la faena minera.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En anexo A de la Adenda, se presentaron planos complementarios del proyecto.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El Proyecto consiste en la optimización del actual sistema de tratamiento de aguas servidas que opera en alimentación continua, con tecnología de lodos activados y en modalidad de aireación extendida, recibiendo y dando tratamiento a los aportes de instalaciones del Campamento VCA y de lodos provenientes de fosas sépticas y baños químicos al interior de MEL.

El presente Proyecto considera implementar mejoras operacionales y modificaciones en equipos para optimizar el funcionamiento de la PTAS, con el objeto de atender a una población de 3.500 habitantes. Estas modificaciones en la Planta, además de incrementar su capacidad de tratamiento, permitirán unificar el efluente de los 6 módulos de tratamiento de dicha PTAS, de modo de contar con una sola salida desde la etapa de desinfección hacia la piscina de almacenamiento de agua tratada o producto (efluente). 

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 

Se consideran 30 personas la fase de construcción. Las acciones que se llevarán a cabo se describen a continuación:

Acondicionamiento del terreno

Las acciones previas para la materialización de las obras consideran las siguientes actividades: 

  • Preparación del terreno: Las actividades consideradas son retiro de escombros y material de excavación.
  • Movimientos de tierra necesarios para la construcción de las obras civiles, colocación de cañerías, equipos y accesorios. La construcción de las unidades considera la ejecución de cortes, excavaciones y rellenos, con el fin de adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas. 

Se estima que aproximadamente 686 m3 de material será excavado y retirado como parte del movimiento de tierra. En la Tabla 9 de la DIA, se detallaron las obras asociadas a dicho material excavado.

Instalación de faena y Construcción y habilitación de accesos y caminos

La instalación de faena considera la habilitación de infraestructuras de apoyo tales como oficinas, zona de almacenamiento de materiales, pañol de herramientas, baños químicos, que se ubicarán dentro del área de la PTAS; así como otras instalaciones existentes dentro del área de MEL. La instalación de faena temporal considerada para el presente Proyecto, se mantendrá durante toda la fase de construcción (6 meses).

Adicionalmente, se informa que no se habilitarán comedores y dormitorios, los trabajadores harán uso de las instalaciones existentes en el campamento VCA, para alimentación, aseo y alojamiento.

Para el cierre de la instalación de faena, se considera el desmantelamiento de las instalaciones descritas, además del retiro de equipos y maquinarias.

Trabajos de obras civiles

Los principales trabajos de obras civiles consideran:

  • Retiro de radieres, cámaras existentes, soleras, carpeta de HDPE y fundaciones, además del retiro de material granular existente.
  • Preparación del sello de fundación para todas las fundaciones y losas de hormigón armado (in situ y prefabricado) necesarios para la realización del Proyecto.
  • Construir las fundaciones de hormigón para la plataforma de acceso a planta HUBER, cajón distribuidor, sistema de bombeo de agua fresca, losa de servicio planta HUBER, cámara cloradora y losa de sistema impulsión aguas servidas, considerando la instalación de armaduras, inserto de acero y moldajes para luego hormigonar.
  • Construir cajón clorador de hormigón armado, considerando instalación de armaduras, inserto de acero y moldajes para posteriormente hormigonar.
  • Suministrar y montar de hormigón prefabricado en las cámaras de inspección, fundación luminarias, cámaras recolectoras, pedestales de líneas y barandas de protección lateral.

Trabajos mecánicos

Los principales trabajos mecánicos consideran:

  • Retiro de tuberías de HDPE, PVC y cañerías de acero de las líneas.
  • Retiro de triturador rotatorio, sopladores de aire, bombas existentes en cámara de impulsión, canaleta Parshall.
  • Montaje de las bombas de transferencia aguas servidas.
  • Suministrar y montar el sistema hidroneumático; equipo clorador; estanque distribuidor; sistema Huber; estanque de FRP; sopladores; tecles manuales de capacidad de levante; manómetros; soportes de línea alimentación agua manifold de succión y descarga bombas de impulsión, succión y descarga cajón distribuidor y alimentación máquina Huber; tuberías de HDPE, PVC y acero carbono; válvulas en líneas de alimentación, succión y descarga, además de los manómetros.

Trabajos eléctricos

Los trabajos eléctricos consideran:

  • Suministro y montaje de nuevos tableros de fuerza y control, ubicados en terreno; postes y luminarias de alumbrado público; para dar soporte a las nuevas instalaciones.
  • Construcción y conexión a la malla tierra existente en el sector, para luego aterrizar los equipos y estructuras metálicas.

Trabajos de instrumentación

Los trabajos de instrumentación consideran la instalación de un transmisor de flujo y las condiciones necesarias para su funcionamiento a la entrada del equipo Huber. Adicionalmente, se considera la instalación de transmisores de nivel en la cámara de impulsión para el correcto funcionamiento de las bombas sumergibles.

Humectación de caminos

La frecuencia de humectación de los caminos no pavimentados, corresponderá a 2 veces al día durante las fases de construcción, operación y cierre, industriales de la faena. En ningún caso esta agua provendrá de cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Se mantendrá un registro de la humectación del camino N°9 identificado en la Tabla 2 de la Adenda, indicando coordenadas geográficas de estos, fecha y hora de aplicación de la medida, responsable y firma del responsable.

Insumos y servicios

En punto 2.5.6 de la DIA se detallaron la cantidad, forma de abastecimiento y forma de almacenamiento de cada uno de los insumos que requerirá el proyecto durante la etapa de construcción, para cada una de sus fases. A continuación, se presenta los insumos requeridos para la etapa de mayor consumo:

Agua potable: para el agua potable se estima un consumo de 135 m3/mes para los trabajadores, en base a una dotación de 150 L/día por persona, para un máximo de 30 trabajadores.

Servicios higiénicos: se utilizarán baños químicos distribuidos en la faena del Proyecto, los cuales tendrán una mantención periódica, además de los baños disponibles en el campamento VCA, lugar donde se alojarán y comerán los trabajadores.

Energía eléctrica: Se utilizará un (1) generador eléctrico para la instalación de faena con una potencia de 500 kVA, en tensión 380V. Adicionalmente la PTAS será abastecida de energía eléctrica por MEL a través del SING.

Sustancias peligrosas: se utilizarán sustancias peligrosas, tales como combustible, aceite, lubricante y pintura. En el caso del combustible, el cual será utilizado para el traslado de residuos, personal y uso de maquinarias, su abastecimiento se realizará en las estaciones de servicio autorizadas y su mantenimiento se realizará en los talleres de mantención autorizados de MEL.

Áridos: Se utilizarán áridos durante la etapa de construcción para el relleno de las fundaciones, sellos y losas, en una cantidad aproximada de 510 m3. Dichos áridos serán extraídos desde el pozo autorizado para la extracción de empréstitos mediante la RCA N°102/2014, de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, que aprobó la DIA del proyecto “Explotación de áridos en Minera Escondida”.

Hormigón: Se utilizará hormigón fabricado en la Planta Ready Mix, ubicada al interior de las instalaciones industriales de MEL. La cantidad estimada de hormigón, utilizado para fundaciones, sellos y losas de servicio será de 94 m3.

Recursos naturales renovables 

El Proyecto no contempla extracción, explotación o utilización del recurso natural renovable.

Emisiones

a) Material particulado y gases

 

Durante la etapa de construcción, las emisiones atmosféricas de material particulado y gases serán producto de actividades de movimiento de tierra, tránsito de vehículos y uso de maquinarias (ver Tabla 4.2.2.4. del ICE para más detalles).

b) Emisiones de ruido 

Las emisiones de ruido generadas en esta fase serán provenientes de maquinaria pesada, temporales y de carácter puntual. El detalle de la estimación de emisiones de ruido se adjunta en el Anexo 2.5 de la DIA. 

Considerando el tipo de maquinaria y equipos, así como la duración de las actividades de construcción, es posible indicar que las emisiones de ruido del Proyecto (en un escenario absolutamente conservador que considera la operación simultánea de todas las fuentes sonoras) serán de baja magnitud y no sobrepasarán lo establecido en la normativa aplicable (D.S 38/12 del Ministerio de Medio Ambiente), en el Campamento VCA. 

c) Residuos líquidos 

El proyecto generará 3,7 m3/día de aguas servidas (ver Tabla 4.2.2.5 del ICE). 

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Los residuos sólidos a generarse en la fase de construcción del proyecto son los siguientes:

Tabla N° 4.3.1. Residuos sólidos de proyecto.

Residuo

Descripción

Cantidad estimada

Disposición temporal

Disposición final

Residuos domésticos y asimilables a domiciliarios

Papeles, envases, residuos orgánicos y asimilables a domiciliarios

31 kg/día

Serán dispuestos transitoriamente en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticos y debidamente rotulados en puntos de generación dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos.

Serán dispuestos en Relleno Sanitario autorizado de MEL (RCA N°0079/2007 y Resolución Exenta N°344/2015).

Residuos sólidos no peligrosos

Material excavación y escombros producto de trabajos de retiro de materiales y en las diferentes obras mencionadas

110 ton/mes

Serán dispuestos transitoriamente en contenedores de mayor capacidad dentro de las instalaciones de MEL, y manejados según procedimientos internos.

El material de excavación será utilizado como relleno en el mismo sector de la PTAS y los escombros de hormigón y hormigón armado serán dispuestos en áreas autorizadas ambientalmente (RCA N°326/2016), y los otros residuos industriales no peligrosos serán dispuestos en el Relleno Sanitario autorizado.

Residuos sólidos peligrosos

Tales como envases de lubricante y aceites, paños usados, envases de pintura y adhesivos

305 kg/mes

Serán almacenados temporalmente en sitios autorizados dentro de las instalaciones de MEL, de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos vigente, cumpliendo con el D.S. N°148/2003.

Serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados, cumpliendo con el D.S. N°148/2003.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de construcción, ver numeral 4.2.2. Fase de construcción del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN 

Se consideran 2 personas la fase de construcción. Las acciones que se llevarán a cabo se describen a continuación:

Puesta en marcha

Previo a la entrada en régimen normal de la operación de la PTAS, se contempla un periodo de aproximadamente 1 mes de puesta en marcha de la PTAS en su configuración final. Se verificará en esta etapa el correcto funcionamiento de los equipos, la prueba de las nuevas líneas de impulsión y la eficiencia global del sistema. Se consideran las siguientes actividades: 

  • Inspección visual y certificación de la construcción en función de planos.
  • Pruebas de fluido con agua de piscina existente.
  • Medición de nivel de operación, caudal y presión de equipos.
  • Pruebas a motores de bombas.
  • Mediciones de dosificación de cloro.
  • Pruebas de estanqueidad en cloradora y estanque de agua potable.
  • Pruebas de vacío, aislación, resistencia, simultaneidad, sentido de giro, etc.
  • Pruebas funcionales a tableros de fuerza y control (señales).
  • Verificación de tableros y conexiones de puesta a tierra.

Tratamiento Preliminar

El desbaste de sólidos gruesos (residuos orgánicos) se realizará en la cámara de rejas, la cual tiene por objetivo retener todos aquellos elementos sólidos de mayor tamaño que estén presentes en el agua servida (afluente) y que puedan afectar a las bombas de elevación y al sistema de tratamiento.

Tratamiento Primario

Las principales componentes de esta etapa son los siguientes:

  • Cámara de Impulsión: Cumple el objetivo de regular el caudal que proviene del tratamiento preliminar, manteniendo un flujo constante y controlado. En esta cámara, las aguas servidas son mezcladas y homogenizadas con aguas servidas provenientes de fosas sépticas y baños químicos al interior de MEL. Para impulsar el agua servida al siguiente proceso, se contará con tres (3) bombas sumergibles (2 bombas en operación y 1 en stand by) y un manifold de succión. Por otra parte, la cámara contará con una línea que conducirá los reboses hacia el sistema by-pass y una línea que recibirá los drenajes del estanque distribuidor.
  • Equipo Huber: Tendrá por objetivo separar las grasas y sólidos menores del agua, por medio de una reja fina, un desarenador y un desgrasador automático. Lo anterior permitirá mejorar la eficiencia de las líneas de lodos activados. Será controlado a través de su propio sistema de control de las distintas funciones del equipo. Para el funcionamiento del equipo, es necesario un sistema de abastecimiento de agua potable, para el proceso de limpieza interno a presión, que será alimentado desde una línea de agua de MEL. Dicho sistema contará con un estanque de almacenamiento de agua potable, dos (2) bombas (1 en operación y 1 en stand by) y un equipo hidropack.
  • Estanque Distribuidor: Cumplirá el objetivo de mantener controlado y uniforme el caudal que ingresa a las seis (6) líneas de lodos activados. Por otra parte, el estanque cuenta con una línea de drenaje que devuelve el agua hasta la cámara de impulsión.

Tratamiento Secundario

Las principales componentes de esta etapa son las siguientes:

Reactores biológicos: El tratamiento mediante lodos activados se realiza en los reactores biológicos (seis líneas de lodos activados), en donde el agua pre tratada es mezclada con biomasa o lodos activados (sólidos más bacterias) y aireada para lograr la degradación de la materia orgánica. Cada línea cuenta con un sistema de sopladores, que alimentan de aire el proceso, el cual tiene un tiempo de duración de entre 20 a 30 días aproximadamente. 

Clarificadores: En los clarificadores o sedimentadores (uno por cada línea de lodos activados) se produce la sedimentación de los lodos, separándolos del agua tratada. En este proceso los lodos son extraídos desde el sedimentador y conducidos hacia el digestor de lodos, donde un porcentaje menor es recirculado hacia los reactores biológicos con la finalidad de retroalimentar el proceso de digestión (dependiendo de las necesidades del proceso), y la mayor parte es enviada a la planta deshidratadora, donde es tratado para ser acondicionado como clase B, para posteriormente ser enviado a disposición final en el relleno sanitario autorizado de MEL.

Desinfección

La desinfección del agua se realizará en una única cámara cloradora, en donde se dosifica la cantidad de hipoclorito de sodio mediante una bomba de impulsión. El tiempo de residencia en la cámara cloradora es de mínimo 30 minutos, lo cual tiene como objetivo eliminar agentes patógenos en el agua.

Una vez que el agua finaliza el proceso de desinfección, esta será conducida mediante una única línea hacia la piscina de almacenamiento N°2 existente. Desde esta piscina el agua es enviada a proceso a través de instalaciones existentes.

En Figura 2.7 de la DIA se muestra diagrama de flujo de la PTAS considerando las mejoras y optimizaciones del presente proyecto y en Anexo 2.2 de la DIA se presenta Plano N° 1 de disposición general de la PTAS.

Sistema By Pass

Adicionalmente, la PTAS contará con una línea by-pass que conectará directamente la cámara de ingreso del afluente de la PTAS, antes de la cámara de rejas, con la Piscina de almacenamiento N°1, el cual operará ante mantenciones (en caso de ser necesario) y situaciones de emergencia (mayores detalles de estas situaciones se describen en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias).

Mantenciones

Las mantenciones se realizarán de forma periódica y programada, considerando las actividades que se describen en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias.

Humectación de caminos

La frecuencia de humectación de los caminos no pavimentados, corresponderá a 2 veces al día durante las fases de construcción, operación y cierre, industriales de la faena. En ningún caso esta agua provendrá de cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Se mantendrá un registro de la humectación del camino N°9 identificado en la Tabla 2 de la Adenda, indicando coordenadas geográficas de estos, fecha y hora de aplicación de la medida, responsable y firma del responsable.

Insumos y servicios básicos

Se requerirán los siguientes insumos para la fase de operación: 

Suministro de agua potable y servicios higiénicos: Durante la fase de operación, se estima una cantidad de 9 m3/mes de agua potable para los trabajadores, en base a una dotación de 150 L/día por persona. Los trabajadores utilizarán el baño existente en la PTAS, que tiene conexión con la planta para la descarga de las aguas servidas, además de los baños disponibles en el campamento VCA, lugar donde se alojarán los trabajadores. 

Energía eléctrica: La PTAS será abastecida de energía eléctrica mediante la red de distribución interna de MEL. 

Sustancias peligrosas: Durante la etapa de operación se utilizarán sustancias peligrosas, tales como combustible e hipoclorito de sodio. En el caso del combustible, el cual será utilizado para el traslado de residuos y personal, su abastecimiento se realizará en las estaciones de servicio autorizadas y su mantenimiento se realizará en los talleres de mantención autorizados de MEL. 

El hipoclorito de sodio (consumo estimado de 160 L/mes), será manejado en las instalaciones de la PTAS de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°43/2016 del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Productos generados

No aplica.

Recursos naturales renovables

Dadas las características del Proyecto, no se contemplará extraer o explotar recursos naturales renovables.

Emisiones

a) Emisiones atmosféricas 

Las emisiones atmosféricas en la etapa de operación, serán producto de actividades de tránsito de vehículos.

El informe de la estimación de emisiones desarrollado para el caso base y el presente proyecto se adjunta en el Anexo 2.3 de la DIA (ver tabla resumen capítulo 4.2.3.5. del ICE). 

b) Emisiones de ruido 

Las emisiones de ruido generadas en esta fase serán generadas por el tránsito vehicular y el funcionamiento de la PTAS. El detalle de la estimación de emisiones de ruido desarrollado se adjunta en el Anexo 2.5 de la DIA. 

De lo anteriormente indicado, es posible destacar que las emisiones de ruido del Proyecto (en un escenario absolutamente conservador que considera la operación simultánea de las fuentes sonoras) serán de baja magnitud y no sobrepasarán lo establecido en la normativa aplicable (D.S. N° 38/12 del Ministerio de Medio Ambiente), en el Campamento VCA. 

c) Residuos líquidos 

Los residuos líquidos generados en el baño de la PTAS serán descargados en forma directa a la cámara de ingreso de la planta. Se considera un (1) trabajador adicional al caso base durante la fase de operación, por lo que se estima se generará un aporte de 0,1 m3/día de aguas servidas, considerando una tasa de consumo de agua de 150 L/día por persona y un factor de generación de aguas servidas de 0,8.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos 

Residuo

Descripción

Cantidad estimada

Disposición temporal

Disposición final

Residuos domésticos y asimilables a domiciliarios

Papeles, envases, residuos orgánicos, incluidos residuos de desbaste, y asimilables a domiciliarios

208 kg/día

Serán dispuestos en contenedores dentro de puntos de generación de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos de MEL.

Serán dispuestos en Relleno Sanitario autorizado de MEL (RCA N°0079/2007 y Resolución Exenta N°344/2015).

Residuos sólidos no peligrosos

Restos de PVC y plásticos producto de mantenciones

20 kg/mes

Serán dispuestos en contenedores de mayor capacidad dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos de MEL.

Serán dispuestos en el Relleno Sanitario autorizado de MEL (RCA N°0079/2007 y Resolución Exenta N°344/2015).

Residuos sólidos peligrosos

Tales como envases de lubricante y aceites, paños usados, envases de pintura y adhesivos

7 kg/mes

Serán almacenados temporalmente en sitios autorizados dentro de las instalaciones de MEL, de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos vigente, cumpliendo con el D.S. N°148/2003.

Serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados, cumpliendo con el D.S. N°148/2003.

Lodos

Lodo PTAS

186 m3/mes

Son trasladados mediante camiones cisterna a la planta deshidratadora autorizada (Resolución Exenta N°4513/2012) donde son tratados y acondicionados como Clase B.

Serán dispuestos en Relleno Sanitario autorizado de MEL (RCA N°0079/2007 y Resolución Exenta N°344/2015).

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de operación, ver numeral 4.2.3. Fase de operación del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Al finalizar la operación de MEL, se evaluará el uso alternativo de las instalaciones para otros fines, tales como establecer un convenio u otra modalidad pertinente para que las instalaciones de la PTAS puedan ser utilizadas por un tercero. En caso contrario, se procederá con el cierre de la PTAS.

Los residuos generados durante las actividades de cierre del presente Proyecto serán enviados a un sitio de disposición final autorizado. La duración estimada de la fase de cierre corresponde a 6 meses, aproximadamente.

Actividades, obras y acciones para desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad;

  • Desmantelamiento de las estructuras y edificaciones de la superficie del Proyecto. 
  • Retiro de los inmobiliarios, equipos y materiales del Proyecto.

Actividades, obras y acciones para restaurar la geoforma o morfología

  • Demolición de fundaciones hasta 0,5 m bajo el nivel del terreno. 
  • Perfilado de las instalaciones para otorgar un relieve semejante al original. 
  • Fundaciones menores a 0,5 m bajo el nivel del terreno serán cubiertas con terreno, con el objeto de asimilar las condiciones originales del área del Proyecto.

Actividades, obras y acciones para prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto o actividad

  • Limpieza general de las instalaciones y retiro de residuos. 
  • Limpieza y sellado de tuberías.

Humectación de caminos

Se considerará como parte del Proyecto las actividades de humectación del camino N°9 de la Tabla 2 de la Adenda. La frecuencia de humectación de los caminos no pavimentados, corresponderá a 2 veces al día durante las fases de construcción, operación y cierre, industriales de la faena. En ningún caso esta agua provendrá de cuerpos de agua superficiales o subterráneos. Se mantendrá un registro de la humectación del camino N°9 identificado en la Tabla 2 de la Adenda, indicando coordenadas geográficas de estos, fecha y hora de aplicación de la medida, responsable y firma del responsable.

Insumos y servicios

En la fase de cierre se requerirá agua potable, agua industrial, energía eléctrica y combustible (ver detalles en el capítulo 4.2.4.2 del ICE.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contemplará la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de cierre.

Emisiones

 

a) Residuos líquidos

El proyecto contempla la generación de aguas servidas. Se estiman 3,7 m3/día, las cuales serán dispuestas temporalmente en los baños químicos hasta su retiro, para posteriormente ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

 

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos sólidos

Residuo

Cantidad

Cantidad reutilizada

Disposición temporal

Disposición final

Residuos domésticos y asimilables a domiciliarios

31 kg/día

No aplica

Serán dispuestos transitoriamente en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticos y debidamente rotulados en puntos de generación dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos.

Serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

Residuos sólidos

no peligrosos

200 ton

150 ton

Serán dispuestos transitoriamente en contenedores de mayor capacidad dentro de las instalaciones de MEL, y manejados según procedimientos internos.

Serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Mayores detalles de las actividades que se realizarán en la fase de cierre, se presentan en el numeral 4.2.4. Fase de cierre del ICE.

 

  

4.4 Cronología de las fases del proyecto

4.4.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Junio 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Retiro y/o demolición de obras existentes asociadas a la cancha de lodos

Fecha estimada de término

Diciembre de 2017

Parte, obra o acción que establece el término

Cierre de la Instalación de faena

4.4.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Enero de 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha de la PTAS

Fecha estimada de término

Diciembre de 2049

Parte, obra o acción que establece el término

Cese de la PTAS y entrega de ésta a los encargados de cierre

4.4.3. Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio

Enero de 2050

Parte, obra o acción que establece el inicio

Retiro de inmobiliario, equipos y materiales de la PTAS

Fecha estimada de término

Julio de 2050

Parte, obra o acción que establece el término

Limpieza general de las instalaciones y retiro de residuos

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo 1

Deterioro de la calidad del aire

Parte, obra o acción que lo genera

Durante la fase de construcción, las emisiones atmosféricas de material particulado y gases serán generados producto de actividades de movimiento de tierra, tránsito de vehículos y uso de maquinarias. En la fase de operación se generarán emisiones de material particulado debido a la circulación de vehículos. Se observa, por tanto, que el Proyecto generará emisiones de una magnitud menor, propias de un Proyecto de esta tipología, las cuales no contemplan un proceso de combustión fijo, sin incrementar significativamente las emisiones de la condición basal, ni tampoco las concentraciones medidas en las estaciones monitoras de calidad de aire emplazadas al interior de MEL. Se destaca adicionalmente que el Proyecto no se localiza en zonas declaradas latentes y/o saturadas para ningún tipo de contaminante. En consecuencia, el Proyecto no reviste riesgo para la salud de la población en lo que se refiere a emisiones atmosféricas y calidad del aire.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tablas 5.1 y 6.1 del ICE.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

Deterioro de las propiedades físicas, químicas y biológicas del suelo debido a la disposición final de residuos.

Parte, obra o acción que lo genera

El Proyecto no afectará el recurso natural suelo, en cuanto a su capacidad de sustentar biodiversidad, ya sea por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, en consideración a que se emplaza en un sector intervenido por la actividad industrial, con suelos desérticos de Clase de Capacidad de Uso VIII, que presentan un potencial productivo muy bajo, careciendo de valor agrícola, ganadero o forestal.

La superficie total del Proyecto es de 0,48 ha, la cual considera tanto el área destinada a la habilitación de las instalaciones temporales (instalación de faena) como de las obras permanentes.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.2 del ICE.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

Impacto al componente humano.

Parte, obra o acción que lo genera

El Proyecto no implica el reasentamiento de comunidades humanas, por cuanto se emplaza en un área industrial al interior de la faena minera de MEL. Por lo mismo, no determina la alteración de los sistemas de vida y costumbres de ningún grupo humano, no generándose ninguna de las circunstancias señaladas en el presente artículo.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.3 del ICE.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

Impacto a áreas protegidas.

Parte, obra o acción que lo genera

El Proyecto se localiza en un área industrial al interior de la faena minera de MEL, alejada de población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, así como de territorios con valor ambiental, tal como se observa en la siguiente figura.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.4. del ICE.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

Impacto sobre el paisaje.

Parte, obra o acción que lo genera

El Proyecto no implicará obstruir la visibilidad a zonas con valor paisajístico, así como tampoco alterará recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico. Además, no se emplaza en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 1.224 de 1975, así como de zonas con valor paisajístico o turístico.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.5. del ICE.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

En marzo del año 2016 se realizó una campaña de terreno para el reconocimiento arqueológico y paleontológico del área de influencia del Proyecto (Ver Anexos 3.2 y 3.3 de la DIA). En las campañas a terreno no se reconocieron restos fósiles en ninguna de los sectores evaluados, así como tampoco elementos patrimoniales protegidos por la legislación vigente.

 

En cualquier caso, se hace presente que en el evento de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico (esto último, en consideración a que de la génesis sedimentaria de algunas unidades locales, resulta factible la eventual existencia de restos fósiles aislados), se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por MEL., histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.6. del ICE.

6°. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 

6.1.1. Permiso para establecer un botadero de estériles o acumulación de mineral, según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Permiso

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se consideran condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio N° 85 de fecha 17 de agosto de 2017 de la SEREMI de Salud, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.

 

6.1.2. Permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 137 del Reglamento del SEIA

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto contempla habilitar instalaciones fuera de los límites urbanos, específicamente contempla una Instalación de faena y un sector de oficinas, ubicadas en el área de emplazamiento de la Planta de tratamiento de Aguas Servidas VCA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular del proyecto deberá presentar los antecedentes para dar cumplimiento al Artículo N° 55 de la Ley LGUC en Seremi de Agricultura, la que actúa como ventanilla única ante el SAG y la SEREMI MINVU.

Pronunciamiento del órgano competente

Ord. N° 217 de fecha 27 de marzo de 2017 del SAG, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados por el titular.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 144/61 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Para controlar las emisiones a la atmosfera, se realizará una humectación 2 veces al día en el camino interno de la PTAS, además de la humectación en los frentes de trabajo, utilizando camiones aljibe.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá en la PTAS un registro de dichas medidas de control de emisiones para efectos de las actividades de fiscalización de la Autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.1 del ICE.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 138/2005, modificada por el Decreto Supremo N° 90/2011, Establece la Obligación de declarar emisiones, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

El Titular proporcionará los antecedentes necesarios, conforme a lo señalado en esta normativa y declarará anualmente las emisiones provenientes del generador utilizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Declaración anual de las emisiones del generador utilizado

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.2. del ICE.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 01/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), del Ministerio de Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a la presente normativa con la entrega anual de los reportes de emisiones del generador eléctrico en la Plataforma del RETC, como parte de la declaración global de MEL.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega anual de los reportes de emisiones del generador eléctrico en la Plataforma del RETC

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.3. del ICE.

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 279/1983, Reglamento para el control de emisión de vehículos motorizados de combustión interna, Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Se exigirá a todos los vehículos que transporten insumos, residuos y personal desde y hacia el Proyecto, que transiten dentro del área del Proyecto, el cumplimiento de esta norma, verificando periódicamente que sus vehículos cuenten con certificados de revisión técnica y gases al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados de revisión técnica y gases al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.4. del ICE.

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 75/1987, modificado por el Decreto Supremo N° 78/1997, Establece condiciones para el transporte que indica, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los camiones que transporten áridos y residuos estarán diseñados para evitar su escurrimiento o caída, que pueda incrementar las emisiones de material particulado.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.5. del ICE.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 47/1992, modificada por el Decreto Supremo N° 37, Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

En el Proyecto se implementarán las siguientes medidas de control de polvo:

- Humectación de camino interno de la PTAS y frentes de trabajo.

- Los camiones que transporten áridos y residuos estarán diseñados para evitar su escurrimiento o caída, que pueda incrementar las emisiones de material particulado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de la humectación del camino N°9

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.6. del ICE.

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 55/1994, modificado por el Decreto Supremo N° 4/2012, Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los vehículos motorizados pesados no sobrepasarán los límites máximos de concentraciones de emisiones establecidos en el artículo 2° inciso 1° de la presente norma. Además, contarán con sus certificados vigentes y mantenciones con el objeto de operar en óptimas condiciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados vigentes y mantenciones al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.7. del ICE.

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 211/1991, modificado por el Decreto Supremo N° 29/2012, Establece Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados livianos que indica, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a las obligaciones de la presente norma al exigir que todos los vehículos cuenten con sus certificados vigentes y mantenciones con el objeto de operar en óptimas condiciones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificados vigentes y mantenciones al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.8. del ICE.

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Aire

Norma

Decreto Supremo N° 4/1994, modificado por el Decreto Supremo N° 58/2004, Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija procedimientos para su control, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a las obligaciones de la presente norma al exigir

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.1, Tabla 8.1.9. del ICE.

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

Norma

Decreto Supremo Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los niveles de ruido no sobrepasarán los establecidos por la normativa aplicable para zona rural. El Proyecto realizará mantención de equipos orientados a regular los niveles de emisión de ruido en cumplimiento de la presente norma.

 

Indicador que acredita su cumplimiento

Mantención de los equipos

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.2, Tabla 8.2.1. del ICE.

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Lumínica

Norma

D.S. N° 43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo Nº 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El titular utilizará luminarias acordes a lo establecido en la norma expuesta.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.3, Tabla 8.3.1. del ICE.

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967, modificado por la Ley N° 20.895/2016, Código Sanitario, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo, cuyos residuos líquidos serán retirados y dispuestos en la PTAS del Campamento VCA para su tratamiento y en sitios de disposición final autorizados para el cierre, en cumplimiento con lo establecido en el D.S. N° 594/1999.

Por su parte, en la etapa de operación los residuos líquidos generados en el baño de la PTAS serán descargados en forma directa a la cámara de ingreso de la Planta.

Además, el Proyecto considera la incorporación del agua tratada al proceso industrial sin generar descargas a cuerpos o cursos de agua ni tampoco infiltrada al terreno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.4, Tabla 8.4.1. del ICE.

 

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

Norma

Decreto Supremo N° 594/1999, modificado por el Decreto Supremo N° 122/2015, Reglamento sobre Condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo, cuyos residuos líquidos serán retirados y dispuestos en la PTAS del Campamento VCA para su tratamiento y en sitios de disposición final autorizados para el cierre, en cumplimiento con lo establecido en el D.S. N° 594/1999.

Por su parte, en la etapa de operación los residuos líquidos generados en el baño de la PTAS serán descargados en forma directa a la cámara de ingreso de la Planta.

Además, el Proyecto considera la incorporación del agua tratada al proceso industrial sin generar descargas a cuerpos o cursos de agua ni tampoco infiltrada al terreno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.4, Tabla 8.4.2. del ICE.

 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

Norma

Decreto Supremo N° 236/1926, modificada por el Decreto Supremo N° 75/2004, Reglamento General de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias, del Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión y Trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a las obligaciones de la presente norma, presentando los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 y posteriormente solicitar la Autorización Sanitaria de la PTAS VCA, describiendo los nuevos cambios efectuados, ante la Seremi de Salud de la región. El Proyecto considera la incorporación del agua tratada al proceso industrial sin generar descargas a cuerpos o cursos de agua ni tampoco infiltrada al terreno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.4, Tabla 8.4.3. del ICE.

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N° 1/1989, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a las obligaciones de la presente norma, presentando los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 y posteriormente solicitar la Autorización sanitaria de la PTAS VCA, describiendo los nuevos cambios efectuados, ante la Seremi de Salud de la región. Por su parte, el Proyecto considera la incorporación del agua tratada al proceso industrial sin generar descargas a cuerpos o cursos de agua ni tampoco infiltrada al terreno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.4, Tabla 8.4.4. del ICE.

 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos

Norma

Decreto Supremo N° 655/1940, modificada por el Decreto Supremo N° 238/1963, Reglamento sobre higiene y seguridad industriales, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a las obligaciones de la presente norma, presentando los antecedentes para el otorgamiento del PAS 138 y posteriormente solicitar la autorización de Proyecto y Funcionamiento de la PTAS VCA, describiendo los nuevos cambios efectuados, ante la Seremi de Salud de la región.

El Proyecto considera la incorporación del agua tratada al proceso industrial sin generar descargas a cuerpos o cursos de agua ni tampoco infiltrada al terreno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.4, Tabla 8.4.5. del ICE.

 

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto con Fuerza de Ley N° 725/1967, modificado por la Ley N° 20.895/2016, Código Sanitario, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos domésticos en la fase de construcción y operación serán dispuestos transitoriamente en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticos y debidamente rotulados en puntos de generación dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos, para luego ser dispuestos en Relleno sanitario de MEL.

El material de excavación será utilizado como relleno en el mismo sector de la PTAS y los escombros de hormigón y hormigón armado serán dispuestos en áreas autorizadas ambientalmente (RCA N°326/2016), y los otros residuos industriales no peligrosos serán dispuestos en el Relleno Sanitario autorizado.

Los residuos de la etapa de cierre serán dispuestos transitoriamente en bolsas dentro de contenedores herméticos y debidamente rotulados en puntos de generación dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos, para ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.1. del ICE.

 

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto Supremo N°594/99, modificado por D.S. Nº04/2011 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos domésticos en la fase de construcción y operación serán dispuestos transitoriamente en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticos y debidamente rotulados en puntos de generación dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos, para luego ser dispuestos en Relleno sanitario de MEL.

 

El material de excavación será utilizado como relleno en el mismo sector de la PTAS y los escombros de hormigón y hormigón armado serán dispuestos en áreas autorizadas ambientalmente (RCA N°326/2016), y los otros residuos industriales no peligrosos serán dispuestos en el Relleno Sanitario autorizado.

 

Los residuos de la etapa de cierre serán dispuestos transitoriamente en contenedores de mayor capacidad dentro de las instalaciones de MEL y manejados según procedimientos internos para ser dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.2. del ICE.

 

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto Supremo N° 01/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), del Ministerio de Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos sólidos serán declarados en la plataforma del RETC, registrando su generación, transporte y disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.3. del ICE.

 

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto Supremo N° 4/2009, Reglamento para el manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de aguas servidas, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Los lodos generados en la PTAS serán cargados en camiones cisterna para su traslado a la Planta deshidratadora, la cual cuenta con capacidad de deshidratado suficiente para recibir los lodos generados en la PTAS VCA.

Una vez tratados, los lodos serán enviados a disposición final en el Relleno sanitario de MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.4. del ICE.

 

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto Supremo N° 01/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), del Ministerio de Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los lodos generados en la PTAS VCA serán declarados en la plataforma del RETC en el Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER), como parte de la declaración global de MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.5. del ICE.

 

7.22. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto Supremo N° 148/2003, Reglamento sanitario sobre el manejo de residuos peligrosos, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Estos residuos serán almacenados temporalmente en sitios autorizados dentro de las instalaciones de MEL, de acuerdo al Plan de Manejo de Residuos Peligrosos vigente, y dispuestos en sitios de disposición final autorizados, cumpliendo con las exigencias establecidas en el presente reglamento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.6. del ICE.

 

7.23. COMPONENTE/MATERIA: Residuos sólidos

Norma

Decreto Supremo N° 01/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), del Ministerio de Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos sólidos peligrosos serán declarados en la plataforma del RETC en el Sistema de Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP), como parte de la declaración global de MEL, registrando su generación, transporte y disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.5, Tabla 8.5.7. del ICE.

 

7.24. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

Decreto Supremo N° 160/2008, modificado por el Decreto Supremo N° 138/2016, Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos, del Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

No se almacenará combustible en las instalaciones del Proyecto, ni tampoco aceite, lubricantes y pintura. La carga de combustible se realizará en las estaciones de servicio autorizadas de MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.6, Tabla 8.6.1. del ICE.

 

7.25. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

Decreto Supremo N° 43/2016, Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas, del Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

Las sustancias peligrosas utilizadas en la etapa de construcción serán almacenadas en cantidades menores a 600 kg o L, por lo que su manejo se realizará conforme al artículo 19 de la norma. En la etapa de operación, el hipoclorito de sodio (estimado en 160 L/mes) también será almacenado de acuerdo al artículo 19 del presente Reglamento. La carga de combustible se realizará en las estaciones de servicio autorizadas de MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.7, Tabla 8.7.1. del ICE.

 

7.26. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

Decreto Supremo N° 298/1994, modificado por el Decreto Supremo N° 116/2002, Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

El transporte de las sustancias peligrosas asociadas al Proyecto cumplirá con la señalética, rótulos, antigüedad, limpieza y operación de vehículos de transporte, indicadas en los artículos aplicables de la presente norma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.7, Tabla 8.7.2. del ICE.

 

7.27. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

Ley N° 17.288/1970, modificada por la Ley N° 20.423/2010, Ley sobre Monumentos Nacionales, del Ministerio de Educación Pública.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico (durante cualquiera de las fases del Proyecto), el titular se compromete a proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.8, Tabla 8.8.1. del ICE.

 

7.28. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

Norma

Decreto Supremo N° 484/1990, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico (durante cualquiera de las fases del Proyecto), el titular se compromete a proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando toda obra en el sector del hallazgo e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por MEL.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo 8.8, Tabla 8.8.2. del ICE.

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse los siguientes compromisos voluntarios, condiciones o exigencias: 

8.1. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS 

El Titular del proyecto no suscribe compromisos ambientales de carácter voluntario.

8.2. CONDICIONES O EXIGENCIAS 

El proyecto no presenta condiciones o exigencias. 

9. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes: 

9.1.  PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS 

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes: 

9.1.1. Riesgo de aumento de caudal de aguas servidas 

Tabla 9.1.1. Riesgo de aumento del caudal de aguas servidas.

Riesgo o contingencia

Riesgo de aumento del caudal de aguas servidas, excesos de carga orgánica, alteración de carga de lodo activado, falla de equipos, déficit de insumos, derrames de hipoclorito de sodio y derrames de aguas servidas y/o lodos.

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

La medida aplica a todo el Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia y/o emergencia

  • Dar a conocer a todo el equipo de trabajo las acciones de dicho plan.
  • Determinar las actividades más efectivas y prioritarias a realizar.
  • Designar el personal, equipos y materiales a emplear.
  • Mantener en stocks las piezas de reparación necesarias para asegurar la operación normal de las PTAS.
  • Aprovisionar de kits de emergencia y EPP a los operarios.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo 2.8.1. de la DIA.

9.1.2. Otras emergencias

Tabla 9.1.2. Emergencias generales

Riesgo o contingencia

Emergencias

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre.

Parte, obra o acción asociada

La medida aplica a todo el Proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia y/o emergencia

De acuerdo a lo consignado en Adenda de la DIA, para  prever la ocurrencia de incidentes sobre especies de fauna silvestre en áreas externas a la PTAS, MEL continuará la ejecución de medidas destinadas a prevenir su afectación (actualmente desarrollas en su faena minera), entre las que se encuentran: - Instalación de señalética de precaución ante el eventual tránsito o presencia de fauna, como advertencia a los operadores de equipos. - Capacitación a los operadores de la Planta, enfocada en “Cómo actuar ante el encuentro con fauna silvestre y consideraciones generales en el manejo de fauna”, en base a Procedimiento Gestión Ambiental de Territorio y Biodiversidad.

De acuerdo a lo consignado en Adenda de la DIA, ante la ocurrencia de una contingencia, se utilizarán recursos de MEL (asumiendo en su totalidad los costos).

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 2.4 de la DIA y Adenda de la DIA.

10. Que, la DIA del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” fue publicada en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 01/12/2016 y en el diario El Mercurio con fecha 01/12/2016. La difusión radial se efectuó por medio de la radio Radio Digital de Antofagasta entre los días 02/12/2016 y 09/12/2016, según consta en el certificado emitido por la misma radio. 

Con fecha 15/12/2016 se venció el plazo indicado en el artículo 30 bis de la Ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de participación ciudadana en declaraciones de impacto ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. 

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución. 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 

14. Que, para que el proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” presentado por Minera Escondida Limitada. 

2°. Certificar que el proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 

3°. Certificar que el proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

4°. Certificar que el proyecto “Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto. 

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese





Arturo Molina Henríquez
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Sandra Cortez Contreras
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Antofagasta




RMM/SEC/DLR/tbc

Distribución:

  • Eduardo Caballero Barría
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Antofagasta
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Optimización Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Villa Cerros Alegres"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=73/b9/64551e2a549dc42f983c9ed5e7aa165ae3f8


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