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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "“Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”"

Resolución Exenta Nº 24

Puerto Montt, 10 de Enero de 2014



VISTOS:

1.       Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los artículos 1° y 3° transitorios del D.S. 40/2012,  del Ministerio del Medio Ambiente: En el  D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

 

2.       La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”, presentada por el Señor Igor Horacio Stack Lara, en representación de Salmones Tecmar S.A., con fecha 7 de Febrero de 2013.

 

3.       Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio Nº177 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 28/02/2013; Oficio Nº103 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 01/03/2013; Oficio Nº12.600/108 sobre la DIA, por Gobernación Marítima Castro, con fecha 06/03/2013; Oficio Nº573 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 08/03/2013; Oficio Nº108 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 08/03/2013; Oficio Nº502 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 13/11/2013; Oficio Nº12600/545 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima Castro, con fecha 19/11/2013; Oficio Nº2669 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 25/11/2013.

4.       El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”.

 

5.       El Acta de la Sesión Nº17 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 6 de Diciembre de 2013.

 

6.       Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”.

CONSIDERANDO:

1.    Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”.

 

2.       Que, el derecho de Salmones Tecmar S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

 

3.   Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148” consiste en:

ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

  • Titular: Salmones Tecmar S.A.
  • RUT: 79809870-5 
  • Domicilio: Ruta 226 Km.8 Camino El Tepual. Puerto Montt 
  • Representante Legal: Igor Horacio Stack Lara 
  • RUT: 12248102-6 
  • Domicilio: Ruta 226 Km. 8 Camino El Tepual. Puerto Montt
  • Región: Región de Los Lagos 
  • Comuna : Puqueldón 
  • Tipología de Proyecto: n3-Producción anual igual o mayor a (35ton) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo 
  • Monto de Inversión: 4.000.000 dólares 
  • Vida útil: INDEFINIDA 
  • Mano de Obra

Etapa

Número de Personas

Tiempo
(meses, años)

Construcción

4

 2 meses

Operación

8

 indefinido

Total

12

 -------------

  • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa

Superficie requerida
(Has)

Construcción

 10

Operación

 10

Abandono

 ------------

  • Localización: El proyecto se encuentra emplazado en el Canal Quehui, al Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, Comuna de Puqueldón, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos, y está delimitado por las siguientes coordenadas geográficas (según Proyecto Técnico presentado en Anexo 1 de la DIA): 

Vértice

Latitud  S

Longitud  W

Distancia entre vértices

Lados

A

42° 40' 00,90"

73° 34' 38,44"

200,00 m

A - B

B

42° 40' 02,74"

73° 34' 30,02"

500,00 m

B - C

C

42° 39' 47,19"

73° 34' 23,80"

200,00 m

C - D

D

42° 39' 45,36"

73° 34' 32,22"

500,00 m

D - A

Fuente: Carta SHOA 7370

·        Justificación de su localización: El proyecto se ubica en una zona donde se desarrolla la actividad salmonera y dentro de las áreas aptas para el ejercicio de la acuicultura. Dado su ubicación, existen buenas condiciones de puerto, lo que facilita las actividades operacionales del centro.  

3.1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto contempla la instalación de 26 balsas de jaulas de 30 m de lado por 16m de profundidad, para una producción máxima de 6.000 toneladas, sólo con instalaciones en el mar. Junto con ello el centro de cultivo contempla la instalación de un pontón flotante con habitabilidad para el personal que labore en el centro de cultivo y la implementación de una plataforma flotante para el ensilaje de mortalidad.

3.2. ETAPAS DEL PROYECTO

3.2.1. Etapa de construcción

Esta etapa contempla la instalación de las 26 balsas jaulas en el centro de cultivo para producir 6.000 toneladas a partir del primer año de operación, que corresponde a la máxima biomasa en cultivo. Las balsas están conformadas por estructuras cuadradas de 30 m de lado y 16 m de profundidad. La siguiente tabla resume el número de balsas  a ingresar al centro:

Nº de Estructuras Instaladas

Balsa Jaulas Instaladas por Año a Evaluar

 Año

1

2

3

4

5

 Total

Superficie (m2)

Volumen (m3)

0

(BJ/Año)

26

0

0

0

0

26

23.400

374.400

La etapa de construcción consta de la instalación de 26 balsas jaulas, y en virtud de que el centro no cuenta con ningún tipo de instalaciones de apoyo en tierra, estará implementado con un pontón habitable, con acomodación para 8 personas y una plataforma de ensilaje de mortalidad.

El sistema de fondeo estará compuesto por bloques dobles de hormigón armado de 12 toneladas en sus cabeceras y bloques de hormigón armado de 8 toneladas por pasillos laterales a ambos lados del sistema, cadenas de 32 mm, grilletes de acero galvanizado de 7/8, cabo de polipropileno de 1,1/4 (pulgadas) de diámetro y cable de acero de una pulgada. En las cabeceras irán boyas de 2000 l y en los pasillos laterales de 1500 l. La decisión final respecto a este punto será tomada en consideración a lo sugerido por la empresa que entregue el servicio de fondeo de estructuras.

Las redes sólo serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo y en ningún caso se utilizará anti-incrustantes que contengan como productos activos, elementos tóxicos no degradables o bioacumulables. Las redes tendrán distinta apertura dependiendo de la etapa de desarrollo y talla de los peces. En este centro se utilizarán tres tipos de redes: de cultivo para la engorda de peces, de protección ante depredadores (redes loberas) y de protección contra aves y escape de peces (redes pajareras).

Las dimensiones de las redes de cultivo serán de 30 m por lado y 16 m de profundidad, una apertura de 1 y 2 ", y una titulación de 250/120, malla Raschel. La construcción de las redes garantiza una alta resistencia a la ruptura lo cual evitará el escape de peces.

Para evitar los ataques por lobos marinos, cada una de las unidades de cultivo será  envuelta por una red lobera que protegerá las estructuras flotantes. Estas redes tendrán una apertura de malla igual a 10" y una titulación de 250/360 lo que evitará que el depredador se enmalle, enrede y muera asfixiado, además de evitar que rompa la red de cultivo y penetre a las balsas; la profundidad de estas mallas será de 5 m del fondo de la red pecera, es decir, 21 m de profundidad. Las redes pajareras corresponderán a mallas que cubrirán la totalidad de la superficie de las balsas-jaulas, con una apertura de 2”. Su función será evitar la predación por aves y el escape de peces por acción del oleaje

El lavado de redes se realizará cada 6 meses, con la finalidad de limpiarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante. No se efectuará impregnación ni lavado de redes en el centro de cultivo; para ello serán trasladadas hacia Puerto Montt a un taller de redes dedicado a la limpieza, reparación, pintura y desinfección de las mismas, el cual esté debidamente certificado por las autoridades competentes.

Para la mantención de las redes en condiciones libres de fouling, será utilizado un producto autorizado en el mercado nacional, pintura que permiten programar los cambios de redes, dado que con esta pintura las redes son tratadas, secadas y almacenadas hasta su posterior utilización.

El centro de cultivo cumplirá con lo estipulado en el Artículo 9° del “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”, en cuanto a que:

“La limpieza de los artes de cultivo y los lavados de redes con y sin anti-incrustantes se deberá realizar en instalaciones que traten sus efluentes de acuerdo con la normativa ambiental vigente, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 3° del presente artículo. Los residuos sólidos en ellas generados deben ser dispuestos de acuerdo a lo que estipule la normativa pertinente. El transporte marítimo, fluvial y lacustre de las artes de cultivo deberá realizarse en contenedores que impidan el escurrimiento de líquidos o desprendimiento de material.

Para realizar la limpieza y lavados antes indicados en plataformas flotantes se requerirá la autorización expresa de la Autoridad Marítima de acuerdo con lo señalado en el inciso sexto del artículo 142 de Decreto Ley 2.222 de 1978. Sin perjuicio de lo anterior, no se autorizará este lavado en cuerpos de agua terrestres.

No obstante lo dispuesto en el inciso primero, el lavado in situ sólo podrá efectuarse en centros ubicados en mar y siempre que las artes de cultivo no hubieren sido impregnadas con anti-incrustantes que contengan como productos activos elementos tóxicos no degradables o bioacumulables. Las condiciones respectivas serán establecidas por resolución de la Autoridad Marítima.

Las redes removidas para su limpieza no podrán ser mantenidas o acopiadas en el centro de cultivo ni sectores aledaños a éste, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 2°, en cuyo caso se estará a la autorización otorgada por la Autoridad Marítima”

Respecto del pontón, éste será construido por empresas autorizadas, constituyendo un artefacto naval que estará diseñado y construido cumpliendo con toda la normativa legal y bajo estrictas normas de seguridad y funcionalidad. Las características generales son las siguientes:

Pontón Habitable. El aumento en la producción del centro no contempla la instalación de infraestructura en tierra, por lo cual se instalará una plataforma, la cual corresponde a estructura de hormigón armado. Sus principales características son: 23,6 m de eslora; 14 m de manga; 3,65 m de puntal de construcción; capacidad de carga de 240 toneladas; superficie de bodega de 140 msuperficie habitabilidad de 166,08 m; habitabilidad 10 personas.

 

La bodega consta de un piso el cual está dividido en un área de almacenaje de alimento para peces y otros insumos necesarios para la actividad, además de un baño, una sección de cocina y comedor, dormitorios y una sala de estar. La plataforma flotante, cuenta además, con un equipo electrógeno ubicado en el área de almacenaje, el cual suministrará la energía eléctrica a los alimentadores automáticos, a la habitación y a la bodega. Dicho generador cuenta con un gabinete para el aislamiento acústico.

 

Agua potable. El circuito de agua de bebida consiste en lo siguiente:

  • Una capacidad de acopio de 10 m3 en estanque de acero ubicada bajo cubierta en estanco según plano de arreglo general.
  • La presión del circuito se realizará por medio de dos hidropack de 220 VAC, con un respaldo nocturno con banco baterías y cargador inversor.
  • El agua caliente será provista por dos termos eléctricos de 180 Litros.
  • Cañerías y fittings según corresponda.
  • Indicador de nivel de llenado en estanque.
  • Para el abastecimiento de agua potable, se utilizará un planta desalinizadora, marca Horizon Seafary de aproximadamente 200 l/hr, se adjunta catalogo en el Anexo 2 de la DIA.

Desinfección Agua Potable. Durante el funcionamiento del centro se realizará un muestreo diario del agua, y el resultado será registrado en una bitácora. En el caso de usar cloro o compuestos clorados como desinfectantes, la concentración residual mínima de cloro libre debe ser de 0.20 Mg/l, determinada en forma colorimétrica.

En el mercado existen diversos métodos de lectura de cloro residual en el agua y entre ellos está el Kits Aquamerck de aplicación universal y constituye la base de todos los kits para análisis de terreno, no requiere de ningún aparato adicional y es de especial importancia cuando se requiere realizar análisis rápidos y económicos. Este sistema puede ser usado por personal no entrenado obteniendo resultados confiables,  reproducibles en pocos minutos (Merck).

Servicios Higiénicos. Para el tratamiento de las aguas servidas se cuenta con una planta de tratamiento cuyo efluente cumplirá con las normas destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de desagües y aguas servidas a cursos naturales, utilizando el proceso biológico. Dicha planta tiene una capacidad para 12 personas, y recibe las aguas negras y grises; y cuenta con Certificado de Homologación y Aprobación de la Autoridad Marítima.

En términos simples la planta de tratamiento funciona de la siguiente manera:

  • Decantador Biológico: El tratamiento primario del agua residual se realiza en un decantador-digestor anaeróbico. El agua penetra a este compartimiento, donde se realiza la sedimentación y posterior digestión de los sólidos más gruesos.
  • Reactor Biológico: En el reactor biológico se realiza la oxidación prolongada de la materia orgánica introduciendo aire en el agua residual, para que, de esta manera los microorganismos aeróbicos puedan digerir la materia orgánica biodegradable presente en el agua. El aire es introducido en el agua servida semitratada a través de un eyector sumergible diseñado especialmente para funcionar con agua dulce y salada, con lo que se obtienen burbujas de un tamaño adecuado dado el coeficiente de transferencia de oxígeno considerado en estos procesos, es decir, la cantidad de oxígeno que es introducida en el reactor y que se aprovechará para un adecuado proceso de oxidación biológica.
  • Decantador Secundario o Clarificador: Con el fin de decantar los fangos producidos en la cámara de aireación, los equipos Verde Andes cuentan con un Decantador Secundario o Clarificador.
  • Recirculación de Fangos: Para elevar la capacidad de los equipos y aumentar su eficiencia, la planta Verde Andes dispone de un sistema de recirculación interna, lo que permite repasar el efluente tratado por etapas anteriores, lográndose un efluente altamente clarificado y de bajo contenido en DBO5, obteniéndose más del 100% del caudal recirculado.
  • Cloración: La desinfección del agua que sale de la Planta de tratamiento se realiza en un estanque clorador donde ocurre la destrucción de los organismos que causan enfermedades. El sistema utilizado para la desinfección del efluente de la planta de tratamiento es mediante la adición de pastillas cloradoras. En este caso de utiliza Hipoclorito de Calcio, el que ofrece la capacidad de una desinfección extendida, ya que al presentase en forma sólida y entrar en contacto con el agua va liberando oxígeno y cloro.
  • Declorador: La decloración se realiza en un estanque a continuación del clorador, llamado declorador. En éste se añade una pastilla de Bisulfito de Sodio al agua residual luego de la clonación, la que eliminará el cloro residual resultante de la etapa de cloración, dejando el agua libre de este elemento. La capacidad de la planta de tratamiento es la siguiente: Flujo de 1,5 m3/día y capacidad para 12 personas/día. 

La limpieza del estanque y la mantención del pontón se realiza una vez al año por parte de la empresa fabricante, considerando que el proceso de depuración genera una cantidad reducida de lodo y que requiere al menos un 30% para continuar funcionando, se extraerá un 70% en forma trimestral. Los lodos generados se depositan en bidones herméticos y se disponen en vertedero industrial autorizado. En caso de ser necesario se dispondrá de un camión limpia fosas el que será trasladado mediante barcaza al sitio de la concesión con el objeto de retirar y posteriormente disponer los lodos generados por el centro. El Titular declara que las concentraciones máximas del efluente descargado cumple con la normativa vigente, solicitando a la autoridad competente la autorización para su funcionamiento.

Previa autorización de la Autoridad Marítima el pontón será pintado de colores en relación al entorno en el que se emplace, así como el diseño que se le pretende dar que sea similar a una embarcación de modo que el observador en tierra o a una distancia prudente al sector de la concesión asocie esta estructura a una embarcación que navega por el área más que a algo estático o permanente, todo esto con el fin de minimizar el contraste con el paisaje. De la misma forma,  el Titular se compromete a rebajar lo mayor posible la altura de la estructuras flotantes, tanto las balsas como el mismo pontón, junto con utilizar pintura de colores grises en los pasamanos de las balsas jaulas para minimizar el impacto visual con el entorno del paisaje. En cuanto a la mantención del pontón se realizará una vez al año por parte de la empresa fabricante.

Plataforma Flotante Tipo Catamarán para Ensilaje de Peces. La Plataforma de Ensilaje se ubica en el interior de la concesión y será de uso exclusivo del centro de cultivo. El sistema de ensilaje y materiales se ubican en forma independiente de las demás instalaciones del centro. El ensilaje se realizará en contenedores herméticos y de material resistente al ácido. Todos los equipos usados en el ensilaje serán lavados con posterioridad al procedimiento. Todos los trasvasijes del producto del ensilaje se realizarán mediante sistemas de bombeo y acople, herméticos y resistentes al producto transportado y con una estructura que impida absolutamente el vertimiento y escurrimiento de la mezcla. En el  Anexo 3 de la DIA se adjuntan las características específicas del sistema de ensilaje y el plano de ubicación de la plataforma dentro del centro de cultivo.

 

La trituración y acidificación con ácido fórmico se lleva a cabo en un estanque de acero inoxidable con motobomba sumergible, que cuenta con bomba trituradora y direccionamiento de flujo para descargar hacia el estanque de acopio.  La altura del estanque permitirá una adecuada alimentación del triturador con mortalidad, evitando con ello derrames; y la escotilla de ingreso de la mortalidad tendrá una compuerta de cierre de material liviano.

 

La dosificación del ácido fórmico se realiza de forma semiautomática con bomba y temporizador. El ácido se almacenará en un estanque IBC de capacidad 1.000 kg y la descarga se realizará por la parte superior del contenedor, el que posee un adaptador para conectar al IBC la manguera que alimenta con ácido la bomba semiautomática. El estanque IBC se ubica dentro de un pretil de paredes y fondo plástico y cuyas dimensiones permiten contener el 110% de volumen máximo de dicho estanque.

Con vistas a evitar la decantación y separación de fases en el interior del estanque o silo de ensilaje y el riesgo de la descomposición de ensilado, se llevará a cabo una recirculación del contenido del estanque a través de una bomba centrífuga autocebante, al menos tres veces por día en un lapso de 60 min cada recirculación a carga llena. Para evaluar la calidad del ensilado existe una válvula para la toma de muestras instalada en la tubería de recirculación.

Para el trasvase del producto ensilado hasta el contenedor de transporte instalado en la embarcación se utilizará la conexión a la salida del estanque de acopio y la succión desde la embarcación. También se buscará la posibilidad de impulsión del producto utilizando la bomba de recirculación.

El sistema de tuberías, válvulas y fittings son de materiales resistentes como el polietileno y soportados por estructura metálica galvanizada. El tablero eléctrico contiene luces de presencia de fases, luz piloto de funcionamiento, luz piloto de falla, pulsador parar, botón de paro de emergencia, automático general, sistema de partida suave. La energía del sistema se genera a partir de un generador de 15 Kva, el cual se ubica en un sector totalmente aislado del sistema de ensilaje. Todo el sistema de ensilaje se instala al interior de un pretil con capacidad para derrame equivalente al 110% del volumen máximo del estanque de acopio.

La siguiente tabla muestra las características constructivas o semejantes, que el Titular garantizará para la plataforma de mortalidad. Se destaca que la plataforma será de uso exclusivo de este centro.

 

Descripción

Dimensiones y Características

Dimensiones

Eslora (6 m); Manga (5,5 m) y Puntal (2,1 m)

Volumen estanque ensilaje

21 m³

Volumen estanque triturador

0,7 m³ (rendimiento 650 kg/h)

Materiales de Fabricación

-   Casco pontón: acero estructural

-   Estanque triturador: acero inoxidable 316-L (3 mm)

-   Estanque de ensilaje (silo): plancha de acero (5mm)

-   Cubierta: plancha de acero plana (5 mm)

-   Todas las planchas en espesor de 5 mm

-   Bomba de recirculación: acero inoxidable (40 m³/h)

-   Piping: HDPE (diámetro PN10 PE100)

-   Acople descarga: Inoxidable 3"

-   Bomba vaciado: 300 l/min

Galpón

-   Sobre la cubierta se dispone un galpón de 5,8 m de largo, 3,8 m de ancho y altura máxima de 2,6 m.

-   Construido con 4 marcos unidos con perfil costanera 80 x 40 x 15 x 3mm.

-   El revestimiento del galpón es de zinc-alum con plancha CG- 25 de 0,5 mm.

-   En los costados del galpón se disponen dos accesos, con puertas correderas, de dimensiones 2900 x 1855 mm; y dispuestos simétricamente a ambas bandas.

Sistema de Fondeo o Amarre

-   Cuatro bitas ubicadas dos a cada banda.

-   Se dispone de cuatro cáncamos de fondeo, dos en cada espejo.

-   El pontón lleva verduguetes en ambas bandas construidos con perfil C 100x50x4, además se dispone neumáticos por ambas banda soportados por cáncamos, cadenas y grilletes galvanizados.

Medidas de Protección

-   Piso antideslizante, barandas, argollas salvavidas

-   Instalación del sistema de ensilaje en el interior de un pretil con capacidad para derrame equivalente al 110% del volumen máximo del estanque.

-   Ante la eventualidad de descomposición del ensilaje, se dispondrá ésta en contenedores con tapa hermética, dentro de bolsas plásticas en su interior, claramente identificadas, las que se instalaran dentro de barandas de contención.

-   Posee alarmas de volumen de llenado e inundabilidad que alertan ante emergencias

-   El recambio de la unidad de ácido IBC se realiza a través del carro con riel desmontable.

-   El pontón cuenta con un acople de descarga que impide cualquier derramamiento y contaminación al mar.

-   El pontón es capaz de realizar la descarga de forma autónoma

-   Se considera un esquema de pintura y protección galvánica para 2 años de protección, además de un esquema de pintura para el interior del estanque para hacer compatible el manejo del ensilaje con ácido fórmico.

-   La embarcación cuenta con extintor de polvo químico de 06 kg en el interior de la superestructura para la lucha contra incendio y un botiquín de emergencia.

-   Se dispondrá además de 02 aros salvavidas en cada banda de la embarcación.

-   En la parte más alta de la embarcación se instalará una baliza solar para permitir su identificación en la navegación nocturna.

-   Se proveerán ocho ánodos de zinc Saz 11, distribuidos en la Obraviva del Pontón con la distribución calculada.

-   Ducha y lavaojos de emergencia autónoma.

Tiempo (máximo) de retiro de la mortalidad

-   Una vez al mes  o quincenal según requerimiento.

-   En el caso que se prolongue el retiro, se dará aviso a la Gerencia para que coordine la entrada de una embarcación a retirar la mortalidad.

Condiciones de uso del ácido fórmico

-  Se utiliza ácido fórmico para desnaturalizar la mortalidad. Así se asegura la no comercialización de la mortalidad de salmones para consumo humano.

-  La dosis indicada es de 50 ml/kg pescado.

Plan de Contingencia para extensión del retiro de mortalidad

 

-   Primera opción de manejo de la mortalidad es el ensilaje.

-   Sólo ante emergencias será almacenada en bins herméticos.

-   La única eventualidad por la extensión del retiro de la mortalidad desde el centro es por condiciones climáticas y puerto cerrado.

-   El Plan de Contingencia incluye conservar la mortalidad en contenedores con tapa hermética y con bolsas de plástico en su interior, claramente identificados, para luego ser derivadas a plantas de producción de aceite y harina de pescado.

Se contempla ingresar y presentar los planos y especificaciones técnicas de la Plataforma de Ensilaje a la Comisión de Inspección Local de Naves (CLIN) para su verificación y aprobación, previo a la construcción y operación del proyecto. El proyecto considerará lo establecido en el documento “Orientación para las Actividades de Ensilaje en los Centros de Cultivo de Salmónidos”, emitido por DIRECTEMAR, en lo que respecta a la Plataforma de Mortalidad.

Transporte del Ensilaje. La empresa contratista encargada de este servicio cuenta con una flota de embarcaciones adaptadas y equipadas para el transporte en el mar del material ensilado. Dichas embarcaciones cuentan con estanques receptores de silo sobre cubierta y una bomba capaz de succionar el silo acumulado en los estanques de acopio ubicados en las plataformas de ensilaje. Este servicio es subcontratado a terceros, que corresponden a empresas que cuentan con embarcaciones que cumplen la legislación y que cuentan con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas. De esta manera, se garantizará el cumplimiento de la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. Asimismo, el servicio de retiro estará diseñado para cumplir con todas las nuevas normativas de barrios y zonas de bioseguridad. 

Sistema de Alimentación. La tecnología a  utilizar en el sistema de alimentación de cada balsa jaula estará compuesta por un silo central (pontón), contenedor de 240 toneladas de alimento (pellet extruido), el cual será conducido a través de un sistema de inyección de aire hasta cada balsa jaula, donde el control de alimentación se hará a través de cámaras situadas convenientemente al interior de la red pecera. Con  la implementación de este sistema, los peces no serán alimentados en exceso, por lo que el alimento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el sistema manual. Además, con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento de los peces y las condiciones de las redes y anclajes.

3.2.2.   Etapa de Operación

Durante la etapa de operación del centro de cultivo, trabajarán 12 personas en 2 turnos; es decir, 6 personas de manera permanente en el centro, como máximo 8 personas, incluyendo el Jefe de Centro además de técnicos (Asistente), operarios y buzos. Esta dotación incluye los relevos producto de los regímenes de salida. El personal que labora en este centro corresponde a personas de los centros poblados cercanos al centro de cultivo, a excepción del Jefe de Centro y su Asistente.

Ingreso de smolts. El número de smolts (salmónidos) ingresado cada año será el mismo, debido a que se instalarán la totalidad de balsas jaulas el primer año. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 100 a 230 gramos (promedio 150 gr) a este centro de engorda; provenientes de pisciculturas autorizadas, ubicadas principalmente en la X y XI regiones. Estos podrían ser transportados en camiones o en barcaza hasta el centro de cultivo. Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de Sernapesca.

En relación al número de ingreso de smolt, el proyecto contempla un ingreso a partir del primer año de 1.450.000, cantidad que se mantendrá en los años siguientes; es decir, este ingreso representará la capacidad máxima de producción del centro. En la siguiente tabla se muestra el incremento y biomasa ingresada para cada año de duración del proyecto.

Año

N° de smolts ingresado

 

Incremento Proyecto técnico

Biomasa Ingresada (kilos)

1-5

1.250.000

187.500

*Nota: La biomasa registrada en la tabla corresponde a un peso de 150 grs,

 

Con objeto de tener el máximo de control sobre la condición sanitaria de los peces a incorporar, en forma previa a la realización del traslado de los peces, se exigirá al centro proveedor dar cabal cumplimiento a la normativa sanitaria vigente, D.S. (MINECON) Nº 319 de 2001 y sus modificaciones, así como el adecuado control a la Empresa que desarrolle el transporte de los ejemplares, exigiendo el cumplimiento de los correspondientes programas sanitarios.

Engorda. En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 5,5 Kg. promedio. Para esto se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de estos. También se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente entre 18 y 21 meses. En esta etapa se proyecta una mortalidad aproximada del  12%.

Insumos Etapa de Operación

Alimento. Se realiza mediante blowers que permiten alimentar en forma más eficiente a los peces. Para regular la pérdida del alimento y minimizar la generación de alimento no consumido, se contará con cámaras submarinas las que permitirán detectar cuando la alimentación sea mayor que el consumo, situación en que se deja de proveer alimento. Esta herramienta reporta diversos beneficios, ya que permite, desde un punto de vista económico, la reducción de los costos de producción y, ambientalmente, la mínima disposición final de alimentos en la columna de agua y en los sedimentos marinos. Por lo tanto, interesa doblemente a este Titular proveer del alimento justo y necesario a los peces.

Durante la etapa de engorda, los salmónidos serán alimentados con una dieta altamente energética, con suplementos tales como vitamina C, minerales y pigmentos naturales o artificiales. La dieta será suministrada, en las raciones requeridas, durante la mañana y durante la tarde. El alimento utilizado será del tipo extruido con bajo contenido de fósforo (1,2%) y alta digestibilidad (90%). El factor de conversión esperado para este centro será de 1,2 kg de alimento/kg de pez. Los valores nutricionales del alimento corresponden a 33% de lípidos, 42% de proteína y 1,2% de fósforo; los cuales son el estándar de la industria. La Empresa proveedoradel alimento será aquella que resulte de un proceso de llamado a licitación para proveer, por un período anual o mayor, a los centros del Titular.  

Conforme lo indican los proveedores, los ingredientes seleccionados más usados en la formulación son: Harina de pescado, aceite de pescado, harina de soya, gluten de trigo, trigo, sub-productos de molinería de trigo y maíz, premezcla de vitaminas y sales minerales, ácido ascórbico, antioxidantes, pigmentos naturales o artificiales.

Composición alimento

Rango porcentual

Proteína cruda

40-55

Lípidos

15-35

Fibra cruda

1.5-2

Cenizas

8-10

A continuación se presenta el consumo de alimento correspondiente al término de los ciclos de producción: 

Año de producción

Cosecha (kg)

Alimento (kg)

1-5

6.000.000

6.975.000

 

 

El abastecimiento de alimento al centro será quincenal, quedando almacenado en la bodega hasta su utilización. Para la prevención de situaciones de pérdida masiva de alimento, se tomarán en cuenta los siguientes criterios:

  • Se realizará las labores de descarga sólo en horario diurno.
  • Se realizará las labores de descarga sólo con condiciones climáticas apropiadas.
  • No se recibirán envases en mal estado o defectuoso.
  • Se implementará y actualizará un procedimiento de descarga definiendo, modo de operar, funciones y responsabilidades, incluyendo un chequeo de los envases del alimento previo a su traspaso desde el barco hasta el pontón.
  • Se contará con los materiales y equipos de buceo necesarios para la recuperación inmediata del alimento en caso de caer al mar.

Antifouling. Con el objeto de evitar la incrustación de especies de flora y fauna en los sistemas de cultivo se impregnará las redes con antifouling, procedimiento que realizará una empresa externa con la certificación ambiental pertinente. Las redes sólo serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo y en ningún caso se utilizará anti-incrustantes que contengan como productos activos, elementos tóxicos no degradables o bioacumulables.

Redes. Conforme a lo establecido en la letra e) del Art. 4 del D.S. N° 320/2001, cada 6 meses se verificarán las condiciones de los módulos de cultivo, se realizará un recambio de redes de las jaulas y una vez al año para las redes loberas. La operación se llevará a cabo por personal del centro, capacitado para ello. La limpieza se realizará en una empresa externa calificada ambientalmente y que cuente con planta de tratamiento de Riles en la Región.

Hidrocarburos. A fin de proveer de combustible a las embarcaciones menores se pretende mantener una cantidad mínima de combustible (menor a 400 l) conservado en la bodega con su debida rotulación. Su abastecimiento dependerá de la actividad y demanda del centro. Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de acuerdo a lo estipulado en la normativa asociada, entre la que se incluye en primera instancia, la Directiva DGTM y MM A-53/002 que indica las pautas para la elaboración del Plan de Contingencia ante derrames de Hidrocarburos. Dicho plan de contingencia será presentado a la Autoridad Marítima para su aprobación antes del inicio de operación del pontón en el centro de cultivo.

La empresa cuenta con un Plan de Contingencia de Control de Derrames de Hidrocarburos para sus artefactos navales que es aplicable para todos sus centros de cultivo, los que eventualmente pueden presentar muy pequeñas diferencias; sin embargo, se elaborará un plan específico para este centro, que será presentado a la Autoridad Marítima para su aprobación.

Por otra parte, el transporte de combustibles sólo se realizará en estanques aprobados por la Autoridad Competente de acuerdo a los considerandos establecidos en la Res. DGTM y MM ORD. Nº12.600/2545 de fecha 28 de octubre de 2002.

Los lubricantes serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente identificados y etiquetados, tomándose todas las medidas necesarias para prevenir la inflamación o reacción de estos, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos, según lo establece artículo 4 a 9 del D. S. de MINSAL Nº148/03.  Dicha acción será realizada de la siguiente manera:

  • Los lubricantes se contienen en envases de plástico de 20 l, los que son almacenados provisoriamente en contenedores apropiados y ubicados en el pontón flotante,
  • Posteriormente, éstos son retirados de forma mensual y transportados a través de barcazas, por el personal que realiza la mantención hasta Puerto Montt desde donde son retirados por el proveedor de combustibles, los cuales disponen finalmente los lubricantes en lugar de disposición autorizada.

Los hidrocarburos son  mantenidos en recipientes de acero y su reabastecimiento se realizará resguardando todas las medidas de seguridad para evitar derrames, además el centro contará con la cantidad mínima de material de contención de derrames (300 paños absorbentes, boas y aserrín).

A continuación se detallan los contenidos mínimos en caso de contaminación por hidrocarburos:

  • Existencia de un procedimiento que deberá seguir el Jefe de Centro u otra persona que quede responsable frente a estos sucesos, con el fin de notificar el hecho de acuerdo a las indicaciones de la Autoridad Marítima.
  • Existencia de una lista de autoridades o personas, con sus teléfonos debidamente actualizados, a quienes se dará aviso en caso de accidentes con hidrocarburos.
  • Se implementará una lista con los insumos que posea el centro para hacer frente a un derrame.

Respecto a la operación de abastecimiento y manejo de combustible, el Jefe de Centro tendrá la responsabilidad y autoridad de coordinar la recepción de combustible. Para prevenir incidentes deberá asegurarse que el surtidor esté bien insertado en la entrada del estanque y que las mangueras se encuentren bien conectadas.

En caso de incidente y/o emergencia por derrame de combustible se implementarán las siguientes medidas:

  • En el caso que exista en la operación de abastecimiento y manejo de combustible, una fuga mínima de éste (incidente), el Jefe de Centro u otra persona responsable deberá solicitar al contratista que detenga inmediatamente la descarga de combustible. El derrame deberá ser limpiado rápidamente con paños absorbentes. Los residuos, producto de la limpieza, deberán ser recuperados y almacenados en recipientes destinados a ello, debidamente rotulados.
  • En el caso de un derrame mayor de combustible (sobre 60 l), el Jefe de Centro coordinará todas las acciones con el fin de recolectar el producto derramado mediante material absorbente (paños absorbentes, boas o aserrín). Luego de recolectar residuos sólidos del material absorbente utilizado, se almacenarán en recipientes debidamente rotulados para, finalmente, ser retirados por personas idóneas (Jefe de centro u otra persona responsable).
  • En caso de ocurrencia de derrame, se informará a la Autoridad Marítima local, para que ésta entregue las instrucciones necesarias para la limpieza del área.
  • El Jefe de Centro llevará la bitácora correspondiente con el registro de incidentes y/o emergencias de derrames.

 Actividades operativas

Mortalidad. A fin de evitar la propagación de enfermedades se retirará la mortalidad de las balsas diariamente y de acuerdo a índices aplicables al centro. La extracción de mortalidad se realizará diariamente su mortalidad mediante quechas y buceo en profundidad, la mortalidad es depositada en tachos herméticos debidamente identificados, para su posterior ensilaje.

Cabe destacar que el equipo de buceo utilizado en la faena es de uso exclusivo del centro de cultivo, al igual que la embarcación que participa de la faena, para dar cumplimiento con lo requerido tanto por la empresa como por la autoridad, en cada faena se detalla lo siguiente:

  • El equipo de buceo se lava y desinfecta antes y después de cada faena, dicha actividad queda registrada en una bitácora que maneja el centro de cultivo.
  • Los equipos de buceo se almacenan en áreas delimitadas especialmente destinadas para este fin.
  • Los buzos disponen la mortalidad en el menor tiempo posible dentro de los contendores herméticos y debidamente rotulados.
  • La mortalidad extraída diariamente deberá ser ensilada dentro de las próximas 24 horas.
  • Después de cada faena se limpia y desinfecta las superficies de los botes utilizados y los pasillos del centro de cultivo.

Una vez cuantificados y clasificados por su causa de muerte, serán depositados en bins herméticos  y será trasladada a la plataforma destinada especialmente para este fin, dicha plataforma contendrá el sistema de ensilaje del centro.

 

La siguiente tabla muestra la  mortalidad del centro de acuerdo a  las proyecciones de crecimiento y engorda, en período de máxima biomasa en cultivo. 

Proyección de mortalidad por ciclo de producción. Mortalidad proyectada 12% acumulada.

Año

Cosecha (kg)

Mortalidad (unidades)

Biomasa (kg)

1-5

6.000.000

150.558

239.460

 Según lo expuesto en Adenda, se adjunta Tabla mensual con mortalidad esperada (N° peces y Kg). 

Mes

Mortalidad (N° peces)

Peso (gr)

Mortalidad (Kg)

1

11845

150

1777

2

11143

200

2229

3

11043

250

2761

4

9849

350

3447

5

9770

400

3908

6

8374

570

4773

7

8316

710

5904

8

5898

877

5173

9

5869

1000

5869

10

5839

1200

7007

11

5810

1300

7553

12

5781

1500

8672

13

5752

2000

11505

14

5724

2300

13164

15

5695

2500

14237

16

5666

3000

16999

17

5638

3400

19170

18

5610

3760

21093

19

5582

4400

24560

20

5554

5000

27770

21

5798

5500

31888

 

La mortalidad se manejará a través del ensilaje (Anexo 3 de la DIA). La operación de esta Planta de Ensilaje se desarrollará de la siguiente manera:

  • Se carga el estanque de proceso con peso conocido de pescado. Para ello, se usarán baldes plásticos de 20 l. Se debe impedir el ingreso de impurezas (piedras, cordeles, plásticos, etc.). Los desechos o impurezas serán desinfectados y acopiados en otros contenedores herméticos, sin que se incorporen al sistema de ensilaje;
  • La capacidad del estanque triturador es alrededor de 650 kg/h y 15.600 kg/d. Sin embargo se puede cargar con 500 kg/batch;
  • Con la tapa cerrada, se inicia la molienda por un tiempo de 10 minutos y se efectúa el trasiego; se continua con los ciclos de molienda y trasiego hasta que todo el pescado haya sido transformado a silo;
  • El control del pH se debe efectuar después de cada período de molienda y previo a cada trasiego y deberá estar en un valor de 4,0. Este valor de pH asegura que el ensilado quede bien hecho y que hayan sido eliminadas la mayoría de las enfermedades (ISA incluido) e impedirá también que haya procesos de descomposición posteriores;
  • El proceso culmina en el estanque de molienda cuando se ha obtenido un producto de pH 4,0, de aspecto cremoso (color café rojizo) y en el que ya no se observen trozos de tamaño mayor a 1 centímetro. El tiempo de molienda varía en relación directa con la potencia del equipo y con la consistencia de la materia prima (tamaño del pescado a procesar);
  • A fin de mantener el producto estable, bien mezclado y fluido, es necesario recircularlo en el estanque de acopio mediante bomba destinada a ello, al menos por 2 h/d, y verificar el valor de pH a través de toma muestra ubicada en la tubería. Con el transcurso de los días, el pH subirá levemente pero siempre deberá mantenerse por debajo 4,0, considerando que el proceso se hizo como se describe. Si el pH ha subido de 4,0, será necesario agregar más ácido gradualmente y recircular varias veces hasta chequear el rango correcto.
  • Para la adición del ácido fórmico, se considera como vía dosificación semiautomática, en que el operador programa los litros a aplicar mediante bomba dosificadora según los kg cargados al equipo, de acuerdo a la siguiente tabla:

 Mortalidad (kg)

Acido fórmico (l)

50

1,5

100

2,9

150

4.4

200

5,8

250

7,3

300

8,8

350

10,2

400

11,7

450

13,1

500

14,6

550

16,0

600

17,5

650

19,0

700

20,4

750

21,9

800

23,3

850

24,8

900

26,3

950

27,7

1.000

29,2

  • La operación de retiro de producto consiste, básicamente, en coordinar el retiro del ensilado lo que implica bombear el producto desde el estanque de acopio hacia estanques de barcaza de traslado como Pesquera La Portada, Pacific Star u otro autorizado. Esta operación se podrá efectuar alternativamente, con bomba instalada en la barcaza o bomba del estanque de acopio.
  • La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y la capacidad de acopio del centro, pero se estima que será mensual o quincenal, según requerimiento. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio.

Aplicación del Ácido Fórmico. El personal del Centro estará capacitado e informado en los riesgos y medidas de seguridad recomendadas por el fabricante en el manejo del sistema de ensilaje de mortalidad de peces. También se capacitarán contratistas o cualquier persona que pudiese manipular ácido fórmico. Periódicamente hay que medir el nivel de pH y ajustar la dosificación. Normalmente, el pH debe ser inferior al valor de 4,0. Para lograr esto, es imprescindible la aplicación de la dosis correcta de ácido fórmico incorporada a la molienda y la homogeneidad. Se considera una concentración de ácido fórmico al de 85%. La empresa cuenta con procedimientos, los que se adjuntan en el Anexo 4 de la DIA. Adicionalmente, el Titular implementará un sistema de doble guía con motivo de tener un adecuado control de los residuos generados y que éstos sean derivados a un lugar de disposición autorizado.

Limpieza de la Planta de Ensilaje. La limpieza de los equipos se realizará cada vez que sea retirado el contenido ensilado desde el estanque. El proceso considera un raspado seco en los puntos en que pueda quedar silo adosado a las paredes del estanque, y luego un aseo líquido, para lo cual se utilizará el mismo ácido fórmico, quedando éste como base para recibir la nueva mortalidad que se incorpore al sistema. Este sistema de limpieza conlleva beneficios como evitar la generación de RIL, evitar considerar un sistema de incorporación de agua en el sistema y evitar de introducir agua al sistema, lo que evita a su vez crecimientos microbianos dentro del sistema. El Anexo 4 de la DIA se adjunta un procedimiento que se establecerá en el Centro para el lavado y desinfección de la Planta de Ensilaje, cuyo objetivo fundamental es establecer las condiciones generales de organización y aplicación de los procedimientos de limpieza y sanitización de la misma, con el fin de evitar la diseminación de agentes patógenos. Dicho procedimiento será aplicable a los materiales, implementos, equipos, infraestructura y vestuario utilizado en el lugar físico donde se encuentre el Sistema de Ensilaje.

Programa General de Lavado, limpieza y desinfección. La empresa cuenta con un manual de higiene y desinfección que da cumplimiento con lo establecido en el Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas.

El manual, adjunto en Anexo 4 de la DIA, será implementado para estandarizar y normar el trabajo de los centros de cultivo en lo que se refiere a la organización y aplicación de los procedimientos de limpieza y desinfección. Las medidas de limpieza y desinfección se aplican a los recintos, materiales, implementos, equipos, infraestructura, personal, vestuario así como a las embarcaciones y medios de transporte que se mueven desde y hacia los centros de cultivo ya sea para el retiro y/o la entrega de peces, cosechas, desechos, mortalidades e insumos necesarios.

Cambio de redes. Para realizar el cambio, limpieza y reparación de redes, este centro optará por contratar el servicio de empresas que cuenten con las autorizaciones pertinentes para el tratamiento y manejo de dichos materiales de cultivo, a talleres autorizados y que cumplan con la normativa ambiental vigente. Las redes que utilizará el centro son impregnadas al agua, por lo que les permite una programación en sus cambios. La garantía y facilidad de la impregnación al agua, permite almacenar la red seca hasta su utilización. Las redes que sean reemplazadas, serán estibadas en una embarcación que las transportará por vía marítima para su tratamiento y mantención correspondiente.

Las maniobras de reemplazo y traslado de redes serán de exclusiva responsabilidad de la Empresa con la cual se contrate este servicio, exigiendo el Titular que esto se realice cumpliendo la normativa vigente.  Esta operación será realizada cada 6 meses para las redes de las jaulas, dependiendo de las condiciones ambientales y en forma anual para las redes loberas, no obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado, dependiendo del estado y evaluación  de las mismas.

Manejo de Insumos. Los insumos serán almacenados en envases separados y herméticamente cerrados. Se pondrá gran énfasis en mantener los envases bien etiquetados a la vista de todos. Se tendrá especial cuidado al manipular los insumos como combustibles para evitar cualquier tipo de derrame al medio y se utilizarán contenedores tipo coferdan de doble fondo y que estarán confinados en un lugar especial totalmente estanco, de modo que cualquier derrame queda contenido en el casco o sentina del pontón.  Al momento de ocurrir un eventual derrame, se activa una alarma que acusa baja de nivel. Junto con esto, es importante destacar que los pontones son fiscalizados por la DIRECTEMAR y su construcción está completamente ajustada a lo que la Autoridad Marítima solicita para un artefacto naval mayor inscrito en Valparaíso, por lo que todas las especificaciones técnicas están resguardadas por la normativa de la Ley de navegación del año 1987.

Para prevenir y enfrentar algún tipo de derrame, el Titular se compromete a que se seguirán las instrucciones establecidas en el D.S. Nº1 de 1992, Titulo II del “Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática” de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante.

Tanto el uso como la mantención de los combustibles se hará de acuerdo a lo estipulado en la normativa asociada entre la que se incluye en primera instancia, la Directiva DGTM y MM A-53/002 la cual indica las pautas para la elaboración del Plan de Contingencia ante derrames de Hidrocarburos. Una vez aprobado el presente proyecto para su ejecución, el Plan, confeccionado en base a las pautas mencionadas, será puesto a disposición de la Autoridad Marítima para su visación y aprobación. Por otro lado, el transporte de combustibles sólo se realizará en estanques aprobados por la Autoridad Competente de acuerdo a los considerandos establecidos en la Res. DGTM y MM ORD. Nº12.600/2545 de fecha 28 de octubre de 2002.

Referente al transporte de combustible, el Titular contratará los servicios de empresas autorizadas para este tipo de transporte de sustancias. Los camiones se subirán a una barcaza que los llevará al centro para su posterior descarga de combustibles. Estos deberán estar debidamente autorizados y contarán con todo el equipamiento necesario tales como cinturones de contención de petróleo, extintores Tipo A, paños absorbentes, entre otros. Por tanto, la faena de carga y descarga estará realizada bajo todas las medidas de seguridad para evitar un eventual derrame.

Cosecha. Cuando los peces alcancen el peso de cosecha entran en la etapa final de producción, en la cual se detiene su alimentación y se procede a la faena de cosecha, la que se realiza de manera tradicional, lo que implica el confinamiento del pescado dentro una bolsa del bins para evitar derrame de agua sangre en el centro. El destino final de las aguas sangre será la planta de proceso donde se faenarán los pescados, la que contará con planta de tratamiento de RILes autorizada y con Resolución de Calificación Ambiental vigente, si corresponde. El Titular se compromete a mantener registros de la cosecha, traslado y entrega de cosecha para entregar a la autoridad competente que lo requiera.

Traslado de jaulas y período de descanso. Al término de cada ciclo productivo las instalaciones entrarán en un período de descanso de acuerdo al grupo de concesiones correspondiente, con el propósito de recuperar las condiciones (fauna bentónica y la calidad del sustrato). Cabe destacar, que la empresa tiene otras concesiones de acuicultura autorizadas y en tramitación que, una vez que estén otorgadas, podrán realizar períodos de descanso y rotación de concesiones más extensos, favoreciendo así, la recuperación del fondo marino y macrofauna existente. Durante este tiempo el Titular podría eventualmente ocupar sus unidades de cultivo en otro centro, previa desinfección, proceso que se realizará una vez obtenidas las autorizaciones correspondientes de la autoridad marítima y pesquera.

Cabe señalar que este periodo corresponde al momento en el que el centro de cultivo se encuentra desocupado y que en el intertanto, al inicio del proceso de la cosecha, las balsas jaulas son desocupadas de manera paulatina, producto de que las cosechas se inician con aquellas jaulas que contienen los peces que han alcanzado las mejores tallas.

3.2.3.      Etapa de Abandono

En caso de que el Titular considere pertinente el cierre del centro de cultivo, éste se compromete a cumplir con lo establecido en el Artículo 4, letra c) del D.S. (MINECON) Nº 320 de 2001, en cuanto a retirar al término de su vida útil o a la cesación de actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de anclaje al fondo, exceptuando las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. Esta tarea será ejecutada por 2 personas con apoyo de la balsa y embarcaciones, estimándose un plazo de 60 días para el total abandono del centro de cultivo.

Planes de Mitigación y Contingencia. En el punto 4.3 de la DIA se presentan los Planes de Mitigación y Contingencia. Conforme a lo señalado en el Artículo 5° del D.S. N°320, el centro de cultivo dispondrá de un Plan de Acción antes Contingencias Ambientales, el que establecerá las acciones y responsabilidades operativas en caso de ocurrir circunstancias susceptibles de provocar efectos ambientales negativos o adversos. Este plan considerará a lo menos: temporales, terremotos, el enmalle de mamíferos marinos, el choque de embarcaciones con los módulos de cultivo, las pérdidas accidentales de alimento, de estructuras de cultivo u otros materiales, florecimientos algales nocivos, los escapes, o los desprendimientos de ejemplares exóticos en cultivo.

Entre las actividades a seguir, el plan comprenderá acciones de recaptura de los individuos, recolección y disposición segura de desechos y la eliminación de los ejemplares muertos en la forma prevista en la letra a) del artículo 4° y en el Decreto Supremo N°319/2001, por el que se aprueba el reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas.

El plan de acción ante contingencias comprenderá al menos lo siguiente:

  • Acciones a desarrollar ante una contingencia que se presente y el cronograma de su aplicación;
  • Equipos y elementos necesarios para la correcta aplicación de las acciones enumeradas en el literal anterior, los que deberán comprender al menos los medios de transporte, señalización y comunicaciones;
  • Programa actualizado del mantenimiento de los equipos señalados en el inciso anterior.

Un ejemplar escrito del plan de acción de contingencias se mantendrá en el centro de cultivo y será conocido por el personal del mismo. Una copia de dicho plan se remitirá al Servicio. El Titular se hace responsable de disponer los medios adecuados y el personal capacitado para el cumplimento del plan de acción frente a contingencias. De la misma forma asumirá los costos que involucre su aplicación. Todas las contingencias que ocurran en el centro se informarán al Servicio y a la Autoridad Marítima dentro de un plazo de 24 horas desde que se detecte el hecho o contingencia.

Planes de contingencia. En el punto 4.3.1. de la DIA se detalla las acciones a seguir en los casos de ocurrencia de accidentes ambientales en los que las acciones de prevención no hayan tenido efecto. Se basa en las directrices entregadas por la normativa ambiental vigente ya sea a través de la Ley Nº19.300 y de los decretos y resoluciones relacionados a ella. Todas las acciones comenzarán con el aviso oportuno al encargado del centro de cultivo quien guiará las operaciones de contingencia y elaborará los respectivos informes. Sus acciones se definen para los siguientes eventos:

  • Escapes masivos de ejemplares.
  • Mortalidades masivas de organismos en cultivo.
  • Pérdida masiva de alimento.
  • Desprendimiento accidental de estructuras de cultivo.
  • Seguimiento de fármacos
  • Transporte de ejemplares
  • Derrame de combustibles.
  • Acciones para la protección de flora y fauna autóctona
  • Acciones para la conservación del paisaje.
  • Sismo o Terremoto
  • Bloom Algal o disminución de oxigeno

3.3. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

3.3.1. Generación de emisiones a la atmósfera. Las principales emisiones a la atmósfera que se generarán durante la operación del proyecto ampliado del centro de engorda corresponden a:

-       Ruido

-       Gases producto de la combustión en motores fuera de borda y en los generadores de electricidad.

Ruido. Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponderán a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación. Los motores fuera de borda bencineros (de 50 HP) generan un nivel de ruido del orden de los 85 dbA durante la actividad diurna en forma intermitente. No obstante, con el uso de GLP como combustible, los motores fuera de borda trabajarán de manera más silenciosa. La emisión de ruido se generará durante la actividad diurna, en forma intermitente. 

En el interior del Artefacto Naval se producirá un promedio de emisión equivalente del orden de los 79 dBA, lo que da cumplimiento al Artículo 74 del D.S. Nº 594/1999. Este nivel de ruido se generará en horario diurno y en forma constante. No obstante, las unidades generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas acústicamente dentro del artefacto naval, con lo que se logrará reducir la emisión de ruido en dichas salas. Por lo demás, los trabajadores contarán con protectores auditivos en la sala donde se ubican.

Gases. Se generarán gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad. Tiempo atrás los motores fuera de borda funcionaban con bencina. En la actualidad se ha considerado el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2 en comparación con el uso de bencina. La emisión de los motores fuera de borda tendrán una duración de 8 horas diarias, pero su utilización será en forma intermitente.

El centro de engorda contará con dos generadores, uno de 175 Kva y otro auxiliar de 45 Kva, los que serán una fuente fija de emisión constante. El generador de 175 Kva tendrá un consumo de combustible de 20 l/h y el de 45 Kva, 10 l/h. El combustible a utilizar en ambos generadores será Petróleo Diesel.

Cabe indicar que se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda.

3.3.2. Generarán descargas de efluentes líquidos. Durante la operación del proyecto se generarán descargas de efluentes líquidos que provendrán de las aguas servidas domésticas (baños, lavatorios, duchas y cocina).

Resumen aguas servidas generadas en período de máxima biomasa

Característica

Caudal

Tipo de manejo

Destino

m³/d

m³/año

Aguas Servidas

1,5

547,5,5

PTAS “in situ”

Columna de agua, a un costado del artefacto naval

Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de operación del proyecto se tratan en una planta de tratamiento (PTAS) del tipo biológico anaerobia, que contará la estructura flotante. Esta planta tendrá capacidad para tratar las aguas servidas generadas para 12 personas; sin embargo en el centro de cultivo habrá una dotación permanente de 6 y como máximo 8 personas; por lo que si consideramos 8 personas con una dotación de agua de 190 l/día/trabajador, se estima que se producirá un total de 1,5 m³/d, aproximadamente, de aguas residuales domésticas.

La DBO5 esperada en el efluente de la PTAS es igual o inferior a 35 mg/l, basado en un agua servida doméstica cruda con concentración de DBO5 entre 200 y 300 mg/l y una concentración de SS inferior a 40 mg/l. De esta manera, se garantizará una disposición final del efluente tratado en condiciones que no resulten perjudiciales para el medio acuático, según lo exige el Reglamento Ambiental para la Acuicultura en su Artículo 4 letra b).

Es importante destacar que la PTAS del Artefacto Naval cumplirá con la Norma Técnica MEPC (VI) de la Organización Marítima Internacional (OMI), exigida por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante (DIRECTEMAR) y con la Resolución dela DGTM y MM Ordinario N°12.600/931. Contará además con la aprobación del Servicio de Inspecciones Marítimas (SIM) dependiente de la Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas (DIRSOMAR).

3.3.3. Generación residuos sólidos. Los residuos sólidos se generarán en las etapas de construcción, operación y abandono del centro de cultivo. A continuación se describen los tipos de residuos y su disposición:

Etapa de Construcción. No se generarán residuos en esta etapa ya que al centro las balsas llegarán armadas y equipadas.

Etapa de Operación. En la etapa de operación se identifican los siguientes residuos sólidos:

  • Mortalidad a ensilaje
  • Alimento no consumido
  • Fecas
  • Bolsas de alimento
  • Lodos de PTAS
  • Organismos fouling
  • Residuos sólidos domésticos
  • Residuos lubricantes

La siguiente tabla detalla los residuos sólidos generados por el proyecto, con sus respectivos volúmenes, tipo de manejo y disposición final:

 

Etapa del proyecto

Identificación del residuo

Peligrosidad

Volumen de residuos

Tipo de manejo de residuos generados

Destino de residuos generados

Construcción e instalación

No hay residuos en esta etapa ya que las estructuras de cultivo ingresaran armadas al centro de cultivo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Operación

Bolsas vacías de alimento

(polietileno)

 Nula

3,5 ton ciclo-1

Ensiladas en  fardos de 1250 Kg., para posteriormente vía marítima ser entregadas a un externo para reciclaje

Reciclaje

Mortalidad al primer año de operación

Baja

239,46 ton/ciclo

Retiro en bins herméticos Sistema de ensilaje de mortalidad

Retiro mensual o quincenal.

Alimento no consumido (ciclo 18 meses)

Baja

324,34 ton peso seco/ciclo

Soluciones tecnológicas para el control de residuos, tales como, la utilización del sistema de alimentación simultánea y sistema de monitoreo mediante cámaras individuales

Consumo por fauna acompañante (alimentos).

Al fondo marino por sedimentación, transporte por corrientes.

(alimentos y fecas)

 Fecas  

(ciclo 18 meses)

Baja

616,2 ton/ciclo (peso seco)

Residuos domiciliarios (ton)  

Baja

 2,19 ton/año

Almacenados en bins provistos de tapa con cierre hermético, debidamente rotulados.

Retirados desde el centro por barcazas, con frecuencia de 3-4 días, para disponerlo en vertedero autorizado.

Envases de ácido fórmico

No indicado

 

Almacenados temporalmente en bodega del pontón.

Se disponen en vertedero autorizado o se devuelven al proveedor.

Residuos de Aceites Lubricantes Usados (RESPELs): 

No indicado

190 l/año

Almacenados en recipientes cerrados y etiquetados e identificados.

Traslado embarcaciones de logística del centro; tratamiento y disposición final en vertedero industrial autorizado.

 

Lodos de PTAS

(estabilizados)

Baja

0,027 m³ lodo/mes

Retiro semestral de lodos: 70% del 1° compartimento  y 30 % del 3° compartimento.

Traslado en contenedor hermético, en embarcación de servicios autorizada.

Etapa de Abandono. Restos de materiales que serán llevados a reutilización, vertedero autorizado o, en caso de organismos, a planta de proceso.

4.      Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que su ejecución cumple con:

4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales:

Texto Normativo

Etapa en que aplica

Forma de Cumplimiento

Artículo 19 Nº 8

Constitución Política de la República

Construcción y Operación

Íntegro.Sienta las Bases de la Protección Ambiental.

Forma de Cumplimiento. Cumplimiento de la normativa y respeto de institucionalidad.

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente

MINSEGPRES

Ley Nº 20.417 modifica Ley 19.300 y rediseña la Institucionalidad Ambiental

MINSEGPRES

Construcción y Operación

Integro. Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión ambiental aplicables al proyecto: Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión, etc.

Forma de Cumplimiento. Se presenta el proyecto a tramitación de conformidad con la Ley 19 300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, bajo la forma de la presente  Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

D.S. Nº95/01 - Artículo 2°

Reglamento del SEIA

MINSEGPRES

Construcción y Operación

Integro. Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental.

Forma de Cumplimiento. La DIA incorpora los antecedentes que acreditan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los requisitos para el otorgamiento de los PAS requeridos.

D.S. Nº430/91 Ley General de Pesca y Acuicultura Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Operación

Artículos 74, 86 y 87, 118, 158. La mantención de la limpieza y equilibrio ecológico de las zonas concedidas es de responsabilidad del concesionario. Las medidas de protección del medio ambiente serán reglamentadas por D.S. Se establecen sanciones para el caso de incumplimiento de las obligaciones anteriores. Por último, las áreas marítimas que forman parte de áreas silvestres protegidas no pueden ser concesionadas, a menos que se trate de Reservas Nacionales y Forestales.

Forma de Cumplimiento. El proyecto contempla el desarrollo de sus actividades con el uso de tecnologías amigables ambientalmente y manejando adecuadamente los residuos que genera, lo que le permitirá mantener el equilibrio ecológico sin afectar las especies hidrobiológicas en el área de influencia.

Ley N°20.091 que modifica el D.S. Nº430/91 Ley General de Pesca y Acuicultura

(Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción)

Construcción y Operación

Íntegra. Posee modificaciones en sus artículos 2, 67, 68, 69, 77, 78, 80, 84, 90, 113, 118, 142, que regulan las concesiones acuícolas y perfeccionan el marco jurídico aplicable a la actividad de Pesca y Acuicultura.

Forma de Cumplimiento. Se dará cumplimiento a la Ley, la cual apunta a promover el máximo crecimiento económico de la Acuicultura en un marco de sustentabilidad ambiental e igualdad en el acceso a la actividad.

D.S. Nº320/01

Reglamento Ambiental para la Acuicultura (Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción)

Operación

Íntegro. Establece estándares ambientales mínimos para la instalación y operación de centros de cultivo, que aseguren su sustentabilidad. Contiene requisitos específicos para los sistemas de producción intensivos, la caracterización preliminar del sitio y la información ambiental.

Forma de Cumplimiento. Mediante el desarrollo de la CPS que acompaña la DIA y los futuros monitoreos ambientales así como también los informativos ambientales. Además se cumplirá con: Mantener limpia el área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste. Se dispondrán los desechos sólidos o líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante. Se retirará todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al fondo, al término de la vida útil del centro. Impedir que redes tengan contacto con el fondo. En el centro existirá un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento. Para pérdida o escape de peces, se avisará al SERNAPESCA y a la Capitanía de Puerto correspondiente, y se presentará un informe. Sólo se liberarán ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. No se realizarán cultivos de organismos vivos modificados sin la expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca. Sólo se realizará limpieza y lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes.

D.L Nº2.222/78

Regula todas las actividades concernientes a la navegación o relacionada con ella, tanto para las naves como los artefactos navales Ministerio de Defensa

Operación

Artículos 142 al 162. No se arrojará lastre, escombros o basuras y no se derramará petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos.

Forma de Cumplimiento. El proyecto no contempla descargar sustancias peligrosas al medio marino. Los residuos de hidrocarburos serán manejados por empresa autorizada.

D.S. Nº1/92

Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática

Construcción y Operación

Íntegro. Establece el régimen de prevención, vigilancia y combate de la contaminación en las aguas de mar, puertos, ríos y lagos sometidos a la jurisdicción nacional.

Forma de Cumplimiento. Se continuará el cumplimiento de las disposiciones de la Armada referente al no vertimiento de HC y mezclas oleosas, aguas sucias y basura en aguas bajo la jurisdicción de la Armada.

D.S. Nº148/04

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Ministerio de Salud

Construcción y Operación

Íntegro. Está relacionada con el manejo de lubricantes y aceites para motores.

Forma de Cumplimiento. Estos se almacenarán en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Serán trasladados en embarcaciones para ser dispuestos por empresas autorizadas.

 D.F.L. Nº 725 de 1967 (MINSAL) Código Sanitario.

Construcción y Operación

Los residuos sólidos que se generen y los domésticos asociados, serán depositados en sitios  autorizados.

Resol Nº 3.612/09

Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) e Información

Ambiental (INFA)

Operación

Íntegro. Establece los objetivos y la metodología que se debe usar para realizar la Caracterización Preliminar de Sitio (CPS) y la Información Ambiental (INFA).

Forma de Cumplimiento. Se ha realizado la CPS de acuerdo a lo establecido. Durante la etapa de operación del proyecto se cumplirá con la entrega del desarrollo de la Información Ambiental de acuerdo a la normativa.

4.2.  Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”  requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos  68 y 74 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

PAS

Cuerpo Legal

Antecedentes para otorgar el PAS

Art. 68 del

D.S.N°95/01

 

Permiso para arrojar lastre escombros o basuras y derrames de petróleo o sus derivado o residuos, aguas de relave de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos a que se refiere al artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

El titular realizará muestreos puntuales del efluente de sistema de tratamiento de aguas sucias del artefacto naval al menos 1 vez al año. Estos muestreos serán llevados a cabo por profesionales-técnicos o persona jurídica que acrediten especialización en el tema, en tanto el análisis de muestras será llevado a cabo por laboratorios acreditados por el Instituto Nacional de Normalización. Los parámetros a evaluar en los análisis, serán aquellos establecidos en la Circular A-52/004, de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante y los resultados de cada uno de los muestreos y análisis, serán informados a la Gobernación Marítima de Castro. 

La Gobernación marítimas de Puerto Montt, en su Oficio N°12600/545 del 19 de Noviembre de 2013 da su conformidad al proyecto y expone también:

  • Que el sistema de tratamiento de aguas sucias, deberá estar aprobado u homologado por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante, a través de sus organismos técnicos, la Dirección de Intereses Marítimos y Medio Ambiente Acuático o DIRINMAR (planta de tratamiento de fabricación nacional o extranjera sin autorización de organismo competente de otro Estado) o por la Dirección de Seguridad y Operaciones Marítimas o DIRSOMAR (planta de tratamiento de fabricación extranjera con autorización de organismo competente de otro Estado). Por su parte, el artefacto naval que cuente con la planta de tratamiento, deberá estar matriculado y tener a bordo, Certificado de Seguridad de Prevención de la Contaminación por Aguas Sucias, el cual deberá ser tramitado por su armador o propietario ante la DIRSOMAR.
  • El sistema de tratamiento utilizado, debe cumplir con la circular A-52/004 de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, disponible en la web: www.directemar.cl, sección Marco Formativo- Nacional – Circulares.

Art.74 del D.S.N°95/01

Permiso para realizar trabajos y actividades de cultivo producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el título VI de la Ley N ° 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y  sistematizado se contiene en el D. S. N°430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (ORD.N°2781 del 5.12.2013) se pronuncia conforme con los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento del PAS del Art.74, para una producción máxima de 6.000 ton de salmónidos al año, con las consideraciones referidas a que se deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) Nº320 de 2001; al cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico. Según lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) Nº 3.612 de 2009 y a las características del proyecto, éste se clasifica en Categoría 3 y 5. Y, en caso que el Titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al SEIA.

 

5.       Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

 

6.       Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

  • El titular se compromete a realizar limpieza del borde costero y entorno aledaño, por lo menos 1 vez al mes, sin prejuicio de que la contaminación o basura provenga o no del centro de cultivo. Esta limpieza consiste en recoger todo tipo de residuos encontrados, independiente de su origen, esta actividad se realizará en forma mensual con la finalidad de mantener los alrededores libres de contaminación de cualquier tipo. La limpieza durará la vida útil del centro y se anexa (7) a la adenda el manual de procedimiento.
  • Se procurará mantener al 100% las estructuras de cultivo, especialmente mallas peceras y loberas, con la finalidad de prevenir cualquier interacción entre la fauna del sector y el centro de cultivo mismo.
  • El titular se compromete a realizar capacitaciones en regulación ambiental y sanitaria, la que estará enfocada a jefes y asistentes de centro y que se realizarán en la medida de los requerimientos del centro y/o en función de las modificaciones en esta materia. 

7.   Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.  Además, el Titular deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

    

8.       Que, respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en el caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, se debe notificar a la autoridad competente.

 

9.       Que, en caso de emergencias producidas por materiales o sustancia peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, Autoridad Marítima y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.

 

10.    Que, el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevará un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos, fecha, hora, cantidad, procedencia, destino, tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras, establecimientos y/o vertederos autorizados.

 

11. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012  de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental  del proyecto,  deberá ser entregada  por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los  plazos y con  la frecuencia  establecidas en la presente Resolución,  ingresándola al  Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia  al cual se accede a través de la página web  http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en  calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e)  del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.

 

12.   Que, para que el proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

13.    Que, el Titular del proyecto debe informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 

 

14.    Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad. No obstante, una vez se encuentren funcionando los Tribunales Ambientales y la Superintendencia de Medio Ambiente, correspondientes al proyecto, dicha comunicación deberá ser efectuada a ésta última.

 

15.    Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

 

16.    Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

RESUELVE:

1.       CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”.

 

2.        CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

3.     Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA/LFAB

Distribución:
  • Igor Horacio Stack Lara
  • Superintendencia de Medio Ambiente
  • Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos
  • Gobernación Marítima Castro
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Puqueldón
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • Sernatur, Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "“Ampliación de Biomasa Centro de Cultivo de Salmónidos Canal Quehui, Sur de Punta Yaotal, Isla Lemuy, comuna Puqueldón, Xa. Región de Los Lagos, N° Solicitud 212103148”"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=71/90/72b3abf7cafc456c39809eedcd1972bbbc85


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