VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VIII REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica Ambientalmente el proyecto "Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío"

Resolución Exenta Nº 301

Concepción, 31 de octubre de 2017



VISTOS:

1°.         La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 26 de junio de 2017 y su Adenda complementaria de fecha 18 de agosto de 2017 del proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, presentado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, con fecha 01 de diciembre de 2016.

2°.          Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”.

3°.           El Acta de Evaluación N°19 de fecha 12 de julio de 2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

4°.           El ICE de la DIA del proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, de fecha 02 de octubre de 2017.

5°.           El Acta N° 11 de fecha 11 de octubre de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

6°.         Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”.

7°.         Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N° 10 de 2017 que la modifica, y en la Resolución Toma Razón N°119046/82/2017, de fecha 23 de agosto de 2017, del Servicio de Evaluación Ambiental, que nombra al Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío.

CONSIDERANDO:

1°.       Que, la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Tabla 1. Antecedentes del Titular

Nombre o razón social

Ilustre Municipalidad de Los Ángeles
Rut
69.170.100-k
Domicilio

Caupolicán 399, Los Ángeles

Nombre del representante legal

Esteban Krause Salazar

Rut del representante legal

7.228.494-1
Domicilio
Caupolicán 399, Los Ángeles
 

        Que, conforme se indica en el ICE de fecha 02 de octubre de 2017, el Director (S) Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa vigente de carácter ambiental aplicable a éste. Lo anterior, en base a lo informado por los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación del proyecto; cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, específicamente de los artículos 140, 142, 156 y 160 de dicho Reglamento; y el proyecto acredita que no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

3°.       Que, en sesión de fecha 11 de octubre  de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 02 de octubre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°.       Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en sus Adendas, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

Tabla 2. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general

Mejorar la oferta de infraestructura para la práctica de actividades deportivas en la comuna de Los Ángeles e impulsar el futbol como deporte masivo, principalmente en grupos de interés como son, niños, jóvenes y adultos, lo que permitirá dar solución a la demanda por espacios deportivos con estándar FIFA tanto a nivel comunal como nacional.

 

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

g.1) Proyectos de desarrollo urbano que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento.

Vida útil
Indefinida.
Monto de inversión

El monto estimado de la inversión del proyecto asciende a US$ 21.100.000.-

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Instalación de faenas, específicamente la preparación del terreno mediante el escarpado de éste.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si
No

El proyecto no presenta un desarrollo por etapas constructivas de sus obras. 

 
[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si
No

El presente proyecto corresponde a un proyecto nuevo.

 
[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

 
Si
 
No

El presente proyecto corresponde a un proyecto nuevo que no cuenta con RCA.

 
[X]
 
4.1       UBICACIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

Tabla 3. Ubicación del proyecto o actividad

División político-administrativa, Localización

Comuna de Los Ángeles, Provincia del Biobío, Región del Biobío. Específicamente en el predio ubicado en la Parcela N°5, Proyecto Virtud Campesina Lote A, Rol de Avalúo 1565-49, comuna de Los Ángeles, fuera del Límite Urbano establecido por el Plan Regulador Comunal vigente.

El terreno propuesto para el proyecto, se encuentra ubicado entre la intersección de la Ruta 180 con la Ruta 5 Sur y Vicuña Mackenna que conecta hacia la ciudad de Los Ángeles.

El terreno donde se desarrollará el proyecto es de propiedad de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, según se da cuenta en el Anexo 1 de la DIA, escritura de compraventa e inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.

En el Anexo N°2 de la DIA, se adjuntó el Certificado DOM N°209 de fecha 11 de febrero de 2015, emitido por la Dirección de Obras Municipales de Los Ángeles.

Justificación de la localización

Una de las características importantes del emplazamiento propuesto para la construcción del nuevo estadio municipal de Los Ángeles es su acceso entre la intersección de la Ruta 180 con la Ruta 5 Sur y Vicuña Mackenna que conecta hacia la ciudad de Los Ángeles.

La comuna cuenta actualmente con un Estadio Municipal ubicado en pleno centro de la ciudad y a solo cuadras de la plaza de armas, este recinto no cuenta con una infraestructura adecuada, para absorber la demanda de público y de deportistas, esto debido, principalmente al cumplimiento de la vida útil del recinto, construido en 1931, época en la que no existían los estándares de seguridad y ni los requerimientos de la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) y de la Federación Internacional de Fútbol Profesional (FIFA). El recinto no dispone de estacionamientos vehiculares al interior del mismo, por lo que no cumple con la normativa vigente para este tipo de equipamientos.

El edificio que se proyecta construir para el nuevo Estadio, no cabe en el terreno del actual Estadio, aún eliminando una parte de la gradería, no cumpliría con los distanciamientos de los medianeros y líneas de edificación establecidas en el Plan Regulador y Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

En consecuencia, se considera la construcción de un nuevo estadio municipal para que cumpla con los estándares actuales para el desarrollo de fútbol profesional, lo anterior implica, más superficie construida para sector prensa y VIP, normalización a lo que acceso universal se refiere, zonas de seguridad, mayor cantidad de bodegas e implementos deportivos, camarines de mayor envergadura, etc.

Superficies

El predio donde se emplazará el proyecto tiene una extensión total de 11,8 ha, de la cual su totalidad estará abarcada por el proyecto, ya sea debido a la construcción del estadio y la infraestructura asociada a éste, como del terreno destinado a jardines y áreas verdes.

 

Resumen cuadro superficies

 
Superficie edificada primer piso

3.658,03 m2

Superficie edificada segundo piso

1.746 m2
Superficie edificada tercer piso
915 m2
Superficie edificado cuarto piso
915 m2
Total superficie edificada
7.234,03 m2
Superficie cancha
10.613 m2
Superficie zona multicanchas
2.999 m2

Superficie plazas y circulaciones

27.000 m2

Superficie estacionamientos y circulaciones vehiculares

16.804 m2
Áreas Verdes
45.067 m2
Total
121.009 m2
 
 

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadasdeubicación del proyecto en Sistema UTM, Datum WGS 84, se presentan en la siguiente tabla:

Coordenadas UTM
Vértice
NORTE (m)
ESTE (m)
1

5.848.254

730.323
2

5.848.247

730.658
3

5.848.049

730.506
4

5.847.995

730.494
5

5.847.943

730.555
6

5.847.802

730.429
7

5.847.888

730.409
8

5.847.918

730.305
9

5.847.863

730.265
10

5.847.878

730.256

Fuente: DIA Tabla N°1: Coordenadas de ubicación del proyecto, punto 1.9. Localización.

Caminos o vías de acceso

El proyecto contará con accesos por la Ruta 180 y por la Ruta Q-521.

Los accesos al proyecto son los siguientes:

Ø Desde Norte
Ruta 5 – Ruta 180 – Proyecto.
Padre Hurtado – Octavio Jara Wolff – Ruta 180 – Proyecto.
Ø Desde Sur
Ruta 5 –Ruta Q520- Ruta 180 – Proyecto.

Los Carrera – Vicuña Mackenna – Octavio Jara Wolff – Ruta 180 – Proyecto.

Ø Desde Oriente

Centro – Vicuña Mackenna – Octavio Jara Wolff – Ruta 180 – Proyecto. (Desde Alcázar, San o Martín, Freire, O’Higgins, Manuel Rodríguez)

Ø Desde Poniente o Ruta 180 – Proyecto.

Vías directas:
a. Ruta 180, entre Bypass Ruta 5 e intersección Pata de Gallina.

b. Ruta Q-520 (Camino Pata de Gallina), entre la intersección con la Ruta 180 y el paso sobre nivel en Ruta 5.

Los caminos de acceso serán los existentes, no se considera habilitar caminos adicionales.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

-       Capítulo II, punto 2.9. Localización.

-       Punto 2.9.4. de la DIA, Caminos de Acceso al sitio en que se desarrollará el proyecto.

-       Anexo N°1, archivo KMZ con indicación de instalación de faenas y cierros provisorios.

-       Anexo 1 de la Adenda, se adjuntó archivo KMZ donde se indican todas las rutas pavimentadas y no pavimentadas por donde transitarán los vehículos, para la fase de construcción y operación del proyecto.

 
 
4.1.1        DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto consiste en la construcción de un nuevo Estadio municipal para la comuna de Los Ángeles, con capacidad para 10.000 espectadores, lo que permitirá dar solución a la demanda por espacios deportivos con estándar FIFA tanto a nivel comunal como nacional.

El proyecto se construirá al interior de un predio de 11,8 hectáreas, en donde se ubicarán todas las instalaciones y equipamientos requeridos para la operación del proyecto.

El proyecto contempla una superficie construida aproximada de 21.000 m2, y el Estadio estará compuesto por 4 niveles. Alrededor del Estadio se encontrarán las áreas verdes, programa de apoyo y estacionamientos.

La cancha será de pasto natural en dimensiones 68 x 105 metros, con una superficie de 10.700 m2.

La superficie restante a la construcción, vale decir, 9,7 ha (82,2 %) contempla el establecimiento de áreas verdes que incluyen programa recreativo y deportivo, áreas de acceso y estacionamientos, proyectándose un parque que complemente el programa del estadio: multicanchas, juegos infantiles, recorridos para pasear y correr con estaciones de ejercicio, y zonas de permanencia. El parque podrá ser utilizado diariamente independiente del horario del estadio.

En el plano del Anexo 4 “Plantas Generales” de la DIA, se presenta el detalle del diseño de las instalaciones del proyecto.

4.2 FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.2.1        Partes y obras

 
Tabla 4.2.1 Partes y obras
Nombre
Descripción

Instalación de faenas

-   Considera locales para oficinas de la empresa y de la ITO, recintos para cuidador, bodegas, recintos para el personal, cobertizos para faenas y servicios higiénicos necesarios.

Cierros provisorios

-   El área de la obra o bien el sector de la obra, se aislará del resto del predio en todo su perímetro, con cierro provisorio opaco de 2,00 m de altura mínima entregando las garantías de seguridad y resistencia. Tanto las construcciones como los cierros provisorios cuidarán el aspecto estético.

-   Los cierros provisorios y los definitivos deben trazarse de acuerdo a las líneas oficiales que establezca la municipalidad.

 

4.2.2        Acciones

 
Tabla 4.2.2 Acciones
Nombre
Descripción

Obra gruesa

Corresponde a la ejecución de la obra gruesa del Estadio y sus edificios anexos. Se ejecutarán los radieres y las estructuras de las edificaciones de Hormigón Armado y Acero Estructural, además de las impermeabilizaciones. También incluye la ejecución de las tabiquerías y las cubiertas.

Cancha del Estadio

La cancha será de pasto natural en dimensiones 68 x 105 metros, según estándar FIFA, con una superficie de 10.700 m2.

Edificaciones complementarias

A parte del estadio, se consideran edificaciones que complementarán el programa del estadio: casetas de guardia, boleterías, y camarines para multicanchas.

Área de estacionamiento

Se consideran tres zonas de estacionamientos, una ubicada al lado de la ruta 180 y con accesos desde ella. Otra zona con acceso de ruta Q520 y conectada con primera zona por camino interior, y una tercera zona de estacionamientos en lado poniente del Estadio, solo para VIP, jugadores y prensa. Adicionalmente cuenta con un estacionamiento para ambulancia, próximo a sala de atención médica de los jugadores y con camino de acceso propio desde Ruta Q520. Por este mismo camino, acceden los vehículos de emergencia para estacionarse próximos al acceso vehicular a la cancha principal, situado en el codo sur poniente.

Áreas verdes

-      Arborización: Su objetivo es acompañar las circulaciones dentro del recinto, como también marcar bordes y límites, y entregar un dosel que origine sombras y cobijo, propiciando el uso y estar en áreas de esparcimiento. Corresponde a una combinación de especies nativas (70%) e introducidas (30%), de carácter perenne y caduco, de distintos tamaños y ciclos vegetales, entregando dinamismo al área, con presencia de colores otoñales y floración en época estival. Adicionalmente considera reserva de áreas puntuales para que sean plantadas con ejemplares provenientes de CONAF, con la intención de generar un reservorio vegetal en las zonas de borde. Proceso que debe ser realizado durante la gestión del proyecto, por quien el titular estime conveniente. Estas áreas tendrán acceso a agua, y cuidados constantes para el desarrollo de las especies arbóreas.

-      Césped: Se limita la definición de césped a áreas estratégicas, vinculadas con los usos del recinto deportivo. El objetivo es ubicar estas áreas de césped en sectores de arbolado, donde la limpieza y el orden sean prioritarios. Esto debido al consumo de agua y recursos que una carpeta de césped genera. Estos paños de césped tienen la finalidad de que sean parte de las áreas de acceso y uso de los visitantes del Estadio.

-      Pradera natural: Se considera la creación de una carpeta a nivel de piso denominada pradera natural, la cual tiene la finalidad de cubrir sectores de pastos que crecen naturalmente, los que son de bajo requerimiento hídrico y mantención. Estas áreas están estratégicamente localizadas, y serán vinculadas con las tipologías de arbolado central y arbustos de borde, los que tienen el rol de otorgarle verdor en las temporadas donde la pradera entra en receso vegetativo y sus colores son marrones. Estas áreas igualmente requieren de un trabajo paisajístico y de mantenimiento. Significan una preparación inicial de suelo, y una siembra especial que promueva no solo el crecimiento de herbáceas naturales, sino también de flores silvestres. La parte operativa, es reducida frente a las otras tipologías, ya que los cortes y posibles riegos son más distanciados.

Terminaciones

Corresponde a la ejecución de las terminaciones en los diferentes niveles tendientes a habilitar los recintos para su uso, destacando acciones de pavimentado de interiores, revestimiento de muros, instalación de cerámicas, artefactos sanitarios, pinturas, ventanas, etc.

Obras exteriores

Corresponde a la ejecución de las obras exteriores al estadio tales como pavimentación exterior, paisajismo, incorporación de mobiliario urbano y cierros.

 

4.2.3        Suministros básicos

 
Tabla 4.2.3 Suministros básicos
Nombre
Descripción
Agua potable

El abastecimiento de agua potable será a través de camión aljibe, para lo que se contará con estanque provisorio de almacenamiento.

Para la fase de operación, el suministro será entregado por la empresa sanitaria ESSBIO S.A., la proporcionará los servicios sanitarios desde los sistemas públicos de agua potable y alcantarillado de aguas servidas que la empresa posee en el sector, al predio ubicado en la intersección de la Ruta Q-180 y el camino Pata de Gallina, Comuna de Los Ángeles, según documento DNC VIII N° 2171/16, que se adjuntó en el Anexo 8 de la DIA del proyecto.

Servicios Higiénicos

Se instalarán baños químicos permanentes, durante los 18 meses de duración de la Fase de Construcción, cuya instalación y operación se realizará conforme a lo establecido en el D.S. N°594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL).

La frecuencia de la limpieza será una vez a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito. Tanto la limpieza, el retiro y la disposición final de los residuos generados será efectuado por una empresa de residuos sanitarios autorizada. Los residuos serán depositados en un sitio de disposición final autorizado.

El titular del proyecto mantendrá los certificados de las limpiezas, retiro de residuos generados, y disposición final de éstos.

Alimentación y alojamiento

La alimentación y alojamiento del personal, tanto administrativo como de obras, se realizará en residenciales, y hoteles en las localidades cercanas al área del proyecto. Se privilegiará la contratación de mano de obra local.

En lo que se refiere al servicio de alimentación del personal que trabaje en las obras, se habilitará un comedor al interior de la instalación de faenas que cuente con el equipamiento requerido por el D.S. N° 594/2000 del Minsal. No se contempla la preparación de alimentos en el lugar.

No se contempla la instalación de campamentos, dado que el proyecto está cercano al radio urbano.

Energía eléctrica

Durante la etapa de construcción se considera el uso de dos equipos generadores:

· 1 grupo de 100 KVA para oficinas e instalaciones.
· 1 grupo de 250 KVA para funcionamiento de grúa.
Transporte y acceso a obras

Los trabajadores accederán al área del proyecto desde la ciudad de Los Ángeles al Sector Pata de Gallina, los cuales se desplazarán utilizando el transporte público o por sus propios medios.

Con respecto al acceso al terreno durante la etapa de construcción del proyecto, se considera la habilitación de un acceso a la obra el que será por la ruta Q-520.

Se señalizará con letreros de reducción de velocidad y de hombres trabajando, además de contar con conos de seguridad y un banderero para alertar cuando maquinaria pesada o de gran tamaño accede o sale de la obra. El permiso para la habilitación de dicho acceso será tramitado ante la autoridad correspondiente.

 

En el Anexo 3 de DIA se presentó el Estudio de Impacto sobre el Transporte Urbano (EISTU) del proyecto, aprobado mediante Oficio N° 1646 de fecha 22 de junio de 2016 y Oficio N° 2059 de fecha 04 de agosto de 2016, ambos del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en el que se consideran las siguientes medidas viales en el sector:

 

Etapa de construcción:

1.   Durante la excavación y construcción se hará la mantención de la señalización horizontal y vertical, particularmente en el área adyacente al proyecto.

2.   Construir y señalizar correctamente las entradas de camiones y vehículos al área de construcción y excavación.

3.   Se instalará en la etapa de excavación y construcción toda la señalización relacionada con trabajos en la vía, en concordancia al artículo 102 de la Ley Nº 18.290 del Mintratel.

4.   No se estacionará camiones en la vía pública, se habilitará un espacio especial para este fin al interior del proyecto, durante las etapas de excavación y construcción.

5.   Junto a la salida de camiones desde el sector del proyecto, se realizará el limpiado de las ruedas de modo que estos no generen contaminación con material particulado y barro.

6.   Se dispondrá el uso obligatorio de lonas sobre la carga y tolvas para evitar caída de materiales mientras se realice el traslado de éstos.

7.   Se utilizará banderilleros en la salida de los camiones, de modo de ayudar en la maniobra de salida de camiones y con la finalidad de no entorpecer la maniobra de salida de camiones y otros vehículos.

8.   Se programará fuera de las horas de máximo flujo vehicular el tránsito de camiones involucrados.

9.   Se generará una propuesta de rutas de circulación y horarios que previo a su uso serán validados por la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles.

Áridos

Se requerirá del orden de 1.310 m3, los cuales serán suministrados por proveedor autorizado.

Para la habilitación de caminos internos, el volumen de áridos a utilizar en dicha habilitación se estima en 310 m3.

El titular mantendrá los registros de la cantidad de áridos suministrada por la empresa autorizada. Se exigirá a la empresa proveedora presentar el permiso otorgado por la municipalidad respectiva y/o el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas. En el caso de que los áridos provengan desde cauce natural, exigirá a la empresa proveedora, presentar el permiso otorgado por la Municipalidad respectiva y el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas del Ministerio de Obras Públicas.

En el caso de que la empresa haya ingresado al SEIA, el titular le exigirá a la empresa proveedora, la RCA y el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas que habilita a la empresa a desarrollar faenas de extracción durante el año. Lo anterior será remitido a la Autoridad Ambiental y a la Dirección de Obras Hidráulicas previo a la ejecución del proyecto.

Si los áridos utilizados en el proyecto provienen desde cauce natural, durante la realización del proyecto se enviará mensualmente, el registro del volumen de áridos utilizado y su procedencia, a la autoridad ambiental SMA y a la Dirección de Obras Hidráulicas.

Hormigón

El hormigón será suministrado por proveedor autorizado, no se considera fabricación de hormigón in situ.

Maquinarias y Herramientas Requeridas para la Construcción

La maquinaria a utilizar en la fase de construcción del proyecto, es la siguiente:

-   Excavadora
-   Retroexcavadora
-   Camión tolva
-   Camión mixer
-   Camión aljibe
-   Motoniveladora

-   Rodillo compactador

-   Equipo pavimentador

-   Cargador frontal
-   Suma energética
-   Grúa pluma
-   Camión carga
-   Esmeril angular
-   Compresor
-   Grupo electrógeno
Maquinaria menor:
-   Betonera
-   Máquina soldadora
-   Taladro
-   Vehículos menores
 
 

4.2.4        Recursos naturales renovables

 

Tabla 4.2.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar

Nombre
Descripción
Suelo

La extracción del recurso suelo se circunscribe a las superficies temporales y permanentes destinadas a la construcción del Estadio, la que corresponde a 3.018,93 m2 (afecta al PAS 160), del total de 11,8 hectáreas que considera el proyecto.

 

Se considera escarpe del estrato superior, la cantidad corresponde a 2.900 m³, de este volumen se considera reutilizar 595 m³ para rellenos del proyecto de paisajismo, el volumen restante será dispuesto en lugares autorizados.

 

Es escarpe consiste en el retiro de la capara superficial en los terrenos a intervenir, principalmente el retiro de los materiales vegetales como arbustos, pasto, escombros o residuos acumulados.

 

4.2.5        Emisiones y efluentes

 

4.2.5.1 Emisiones a la atmósfera:

 
Tabla 4.2.5.1 Emisiones a la atmósfera
Nombre
Descripción

Emisión de MP10, CO2, NOx,SOx, HC

Se generarán emisiones a la atmósfera de material particulado respirable (MP10), material particulado fino respirable (MP2,5), y gases tales como monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOX), e hidrocarburo (HC), producto del tránsito de vehículos y maquinaria de construcción en la instalación de faena y obra gruesa.

Las emisiones atmosféricas de la fase de construcción del proyecto corresponderán a aquellas asociadas a las siguientes actividades y cuyos principales focos de emisión considerados en la estimación de emisiones corresponden a:

 

-        Escarpes

-        Excavaciones

-        Carga y descarga de camiones

-        Resuspensión de polvo por circulación vehicular en caminos no pavimentados

-        Resuspensión de polvo por circulación vehicular en caminos pavimentados

-        Emisiones asociadas a la combustión de motores de camiones

-        Emisiones asociadas a la combustión en maquinaria de la construcción

-        Grupos electrógenos

 

Las emisiones estimadas de gases y partículas para cada actividad, por fase y para cada año de la etapa de construcción del proyecto, se entregaron en el Anexo 6 de la Adenda del proyecto “Informe de Emisiones Estadio Los Ángeles”, según el siguiente resumen:

 

Tabla: Emisiones estimadas (ton/año) Año 2018 periodo Construcción

 
Fuente
MP
MP10
MP2,5
CO
NOx
Hc
SO2
NH3

Escarpes

0,16

0,16

0,16

 
 
 
 
 

Excavaciones

0,29

0,05

0,03

 
 
 
 
 

Carga y descarga

0,03

0,02

0,00

 
 
 
 
 

Resuspendido en caminos

0,31

0,05

0,01

 
 
 
 
 

Escapes maquinaría

0,05

0,05

0,05

0,27

1,16

0,09

 
 

Escapes camiones

0,00

0,00

0,00

0,05

0,20

0,01

 

0,00

Grupos electrógenos

0,06

0,006

0,06

0,26

0,82

 

0,06

 
Total ton/año 2018 construcción
0,89
0,38
0,31
0,58
2,18
0,10
0,06
0,00

Fuente: “Informe de Emisiones Estadio Los Ángeles”, Anexo 6 Adenda del proyecto.

 

Tabla: Emisiones estimadas (ton/año) Año 2019 periodo Construcción

 

Fuente

MP

MP10

MP2,5

CO

NOx

Hc

SO2

NH3

Escarpes
 
 
 
 
 
 
 
 
Excavaciones

0,02

0,00

0,00

 
 
 
 
 
Carga y descarga

0,00

0,00

0,00

 
 
 
 
 
Resuspendido en caminos

0,14

0,03

0,00

 
 
 
 
 
Escapes maquinaría

0,07

0,07

0,07

0,42

1,64

0,13

 
 
Escapes camiones

0,00

0,00

0,00

0,03

0,0

0,01

 

0,00

Grupos electrógenos

0,12

0,12

0,12

0,56

1,77

 

0,13

 

Total ton/año 2019 construcción

0,36

0,24

0,21

1,01

3,51

0,14

0,13

0,00

Fuente: “Informe de Emisiones Estadio Los Ángeles”, Anexo 6 Adenda del proyecto.

 
Control de la resuspensión de material particulado

La medida de control de la resuspensión del material particulado durante la fase de construcción, será la descrita a continuación:

-   Aplicación de tratamiento químico con supresores de polvo (Corpi Seal).

 

4.2.5.2 Emisiones líquidas o efluentes:

 
Tabla 4.2.5.2 Emisiones líquidas
Nombre
Descripción

Aguas Servidas

Se instalarán baños químicos permanentes, durante la fase de construcción, conforme a lo establecido en el D.S. N° 594/2000 del Ministerio de Salud (MINSAL). Se prevé que se generarán 120 lts de residuos líquidos (aguas servidas) a la semana producto del uso de los baños químicos.

Su limpieza se realizará una vez a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito por una empresa autorizada.

El titular tendrá la responsabilidad de contar con los certificados de las limpiezas, retiro de residuos generados y disposición final.

 

4.2.5.3 Emisiones de Ruido

 
Tabla 4.2.5.3 Ruido
Nombre
Descripción
Ruido

De acuerdo a lo presentado en el Anexo 7 “Informe de impacto acústico” de la Adenda, a objeto de estimar las emisiones acústicas del proyecto, el estudio consideró:

-          Realizar una caracterización general del entorno donde se emplazará el proyecto e identificar los puntos receptores más cercanos los cuales podrían ser afectados por las actividades a desarrollar por parte del proyecto, tanto en su fase de construcción como de operación.

-          Realizar una Campaña de Mediciones de ruido ambiente natural en los puntos receptores comunitarios más cercanos al proyecto a objeto de definir tanto su línea base, como los estándares de permisibilidad de ruido y a su vez caracterizar fuentes de ruido propias del proyecto a objeto de disponer de niveles de referencia frente a la modelación matemática que define la proyección de niveles de ruido en la ubicación de los puntos receptores comunitarios más cercanos.

-          Evaluar los niveles de presión sonora modelados en la ubicación de los puntos receptores más cercanos, verificando su conformidad con los máximos exigidos por la normativa chilena aplicable, D.S. N°38/11 del MMA.

Respecto a la caracterización de los puntos receptores, de acuerdo a la cercanía al proyecto, la factibilidad de verse afectados por la construcción y operación del proyecto, se definieron ocho R01 – R08 puntos receptores comunitarios identificados como los puntos más sensibles frente a la evaluación acústica del proyecto. La descripción de los puntos receptores se presentó en la Ilustración 2 Ubicación e identificación de puntos receptores comunitarios y Tablas 1-4 del Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 

De acuerdo al Instrumento de Planificación Territorial vigente para la zona del proyecto, los puntos receptores comunitarios más cercanos se encuentran fuera del límite urbano de la ciudad de Los Ángeles, cuya respectiva homologación con el D.S. N° 38/11 MMA y conforme con sus alcances y restricción, corresponden a Zona Rural.

 

Para los puntos receptores caracterizados, los cuales se emplazan en uso de suelo correspondiente a Zona Rural, de acuerdo al Art. 9° del D.S. N°38/11 MMA, el nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), corresponderá al menor valor entre el nivel de ruido de fondo +10 dB(A) y NPC para Zona III. Este criterio será aplicable tanto para período diurno como nocturno, de forma separada. De acuerdo a lo anterior, el nivel de ruido permisible en los puntos evaluados se indica en la Tabla 8, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 

Tabla: Nivel máximo permisible en ubicación de punto receptor

Zona Rural D.S. N°38/11 MMA

 
Punto
Límite Diurno dBA
Límite Nocturno dBA
R01
65
50
R02
65
50
R03
65
50
R04
65
50
R05
65
50
R06
65
50
R07
63
50
R08
60
50

Fuente: Tabla 8, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 

En la evaluación de ruido e impacto acústico, el titular señaló que se constató la existencia de 6 viviendas, las cuales tienen la particularidad de ser adyacentes al proyecto, y que se localizan en el cuadrante superior derecho del área de influencia del proyecto, cercanas a la intersección de las rutas 180 con la ruta Q-520.

 

Tabla: Viviendas aledañas a la ubicación del proyecto:

Población
Distancia proyecto
Vivienda 1
2 m
Vivienda 2
86 m
Vivienda 3
25 m
Vivienda 4
150 m
Vivienda 5
22 m
Vivienda 6
80 m

Fuente: Adenda del proyecto, Respuesta 19.

 

La caracterización de la etapa de construcción del proyecto clasifica actividad de fuentes de ruido de acuerdo a cada fase de la etapa constructiva, en cuanto a tipo de maquinaria, diferenciadas en movimiento de tierra, montaje y obras civiles. En las Tablas 9 – 14 del Anexo 7 de la Adenda del proyecto, se detalla las fuentes de ruido involucradas en la etapa constructiva clasificadas por fase correspondiente, las cuales corresponden a:

 

-          Tabla 9. Fuente de ruido etapa construcción. Fase movimiento de tierra.

-          Tabla 10. Potencia acústica total fuentes etapa constructiva. Fase movimiento de tierra.

-          Tabla 11. Fuentes de ruido etapa construcción. Fase montaje.

-          Tabla 12. Potencia acústica total fuentes etapa constructiva. Fase montaje.

-          Tabla 13. Fuentes de ruido etapa construcción. Fase obras civiles.

-          Tabla 14. Potencia acústica total fuentes etapa constructiva. Fase obras civiles.

 

El titular señaló que solo se realizarán faenas constructivas en rango horario diurno, entre las 07:00 h y 21:00 h.

 

Respecto a la evaluación se caracterizó el proceso constructivo, el cual fue presentado en el Anexo 7 de la Adenda del proyecto, proyectando el uso de maquinaria en acuerdo a la tipología de obra y considerando su cercanía a cada punto receptor identificado. Para efectos de modelación, se consideró la ubicación de frentes de ruido involucradas en la construcción del Estadio y la Planta Elevadora de Aguas Servidas, lo más cercana posible al conjunto de receptores distribuida a objeto de caracterizar el escenario más desfavorable para el entorno sonoro de los receptores.

 

Según se detalla y muestra en las Tablas 20 a 22, del Anexo 7 “Informe de impacto acústico” de la Adenda del proyecto, se presenta condición de no conformidad respecto a los límites permisibles de ruido en la etapa de construcción, en los receptores comunitarios identificados como R01, R03, R06, R07 y R08. De acuerdo con ello, el titular presentó la aplicación de medidas de control a objeto de otorgar conformidad con estándar permisible de ruido ambiente. En cuanto a la proyección de niveles y área de influencia del proyecto frente al proceso de proceso constructivo, sus resultados se indican en las Ilustraciones 7 – 9 y Tablas 20 – 22 del Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 

Tabla: Evaluación etapa de construcción. Fase movimiento de tierra.

Punto de Evaluación (Receptor)
Nivel proyectado, dBA
Zona D.S. N°38/11 MM
Límite Permisible Diurno D.S. N°38/11 MMA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
R01
69
Rural
65
SUPERA
R02
62
Rural
65
NO SUPERA
R03
67
Rural
65
SUPERA
R04
59
Rural
65
NO SUPERA
R05
61
Rural
65
NO SUPERA
R06
66
Rural
65
SUPERA
R07
68
Rural
63
SUPERA
R08
65
Rural
60
SUPERA
 

En la tabla anterior se indica que la fase movimiento de tierra, los receptores identificados como R01, R03, R06, R07 y R08 presentan superación del límite máximo permisible establecidos para los puntos respectivos.

Tabla: Evaluación etapa de construcción. Fase montaje.

Punto de Evaluación (Receptor)
Nivel proyectado, dBA
Zona D.S. N°38/11 MM
Límite Permisible Diurno D.S. N°38/11 MMA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
R01
69
Rural
65
SUPERA
R02
59
Rural
65
NO SUPERA
R03
67
Rural
65
SUPERA
R04
55
Rural
65
NO SUPERA
R05
57
Rural
65
NO SUPERA
R06
67
Rural
65
SUPERA
R07
68
Rural
63
SUPERA
R08
61
Rural
60
SUPERA
 

En la fase montaje, los receptores identificados como R01, R03, R06, R07 y R08 presentan superación del límite máximo permisible establecido para puntos respectivos.

Tabla: Evaluación etapa de construcción. Fase obras civiles.

Punto de Evaluación (Receptor)
Nivel proyectado, dBA
Zona D.S. N°38/11 MM
Límite Permisible Diurno D.S. N°38/11 MMA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
R01
70
Rural
65
SUPERA
R02
61
Rural
65
NO SUPERA
R03
67
Rural
65
SUPERA
R04
56
Rural
65
NO SUPERA
R05
58
Rural
65
NO SUPERA
R06
67
Rural
65
SUPERA
R07
68
Rural
63
SUPERA
R08
62
Rural
60
SUPERA
 

En la fase obras civiles, los receptores identificados como R01, R03, R06, R07 y R08 presentan superación del límite máximo permisible establecido para puntos respectivos.

De acuerdo a lo anterior, el titular presentó las siguientes medidas de control en la etapa de construcción para los receptores comunitarios antes identificados:

       En faenas a desarrollar a nivel de suelo, se instalará barrera acústica temporal y transportable a fin de reducir las emisiones sonoras sobre los receptores comunitarios más sensibles, según se muestra en la Ilustración 10 del Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

       La barrera se deberá ubicar tan próxima a la fuente de ruido como sea posible, determinando su posición a partir de la ubicación del receptor más cercano.

       Las características generales de la barrera son:

-       La materialidad de la barrera contará con una densidad superficial mínima de 10 kg/m2, tales como tablero OSB (10 mm) u otro con similares características.

-       Tener revestimiento interno de material fonoabsorbente, con el fin de disminuir reflexiones acústicas en dirección a los puntos receptores.

-       Extensión mínima de 24 m.

-       Altura mínima de 2,4 m con alero de 1m.

-       Proporcionar una pérdida de inserción igual o mayor a 10 dBA.

-       La barrera será ubicada a una distancia no mayor a 5 m del frente de ruido que se desee atenuar, centrando el frente operacional y obstruyendo el camino de propagación sonora entre la fuente de ruido y el receptor más sensible, cuya posición determinará la disposición y sentido de la barrera.

-       Se protegerá a los receptores identificados como R01, R03, R06, R07 y R08, identificados como puntos críticos en condición de superación de los niveles máximo permisibles exigidos por normativa D.S. N°38/11 MMA.

En el caso que se desarrollen dos o más faenas en distintos sectores del emplazamiento del proyecto, se deberá considerar la implementación de barreras acústicas propias para cada faena, con las mismas características indicadas anteriormente.

       Para la fase de obras civiles se considerará el cierre de vanos y accesos a la obra en construcción a través de materiales como: tableros de madera aglomerada tipo OSB o cortinas acústicas de goma de alta densidad tipo Barrier, siempre considerando que la densidad superficial de estos materiales debe ser igual o mayor a 10 Kg/m2.

       En las Ilustraciones 11 – 13 del Anexo 7, “Informe Impacto Acústico”, de la Adenda del proyecto, se muestran mapas de niveles sonoros proyectados con la implementación de barreras acústicas con las características indicadas precedentemente, en faenas cercanas a los puntos críticos. Modelación de fase montaje y obras civiles considera la instalación de barreras en la cercanía de los receptores identificados como R01, R03, R06 y R07; en fase movimiento de tierra se considera además la implementación de barrera en cercanía del receptor R08.

       En las Tablas 23 – 25 se presenta la Evaluación en la etapa de construcción con medidas de control donde se muestra que en los puntos receptores evaluados, no se supera el límite permisible en horario diurno, según el D.S.N°38/11 MMA.

       Se considera como medida administrativa realizar un análisis detallado de las condiciones de mantenimiento de los diversos equipos involucrados en cada fase constructiva del proyecto, a fin de evitar generación de ruido producto de fallas mecánicas, estableciendo un plan de mantenimiento periódico.

PLAN DE MONITOREO:

De acuerdo a la envergadura propia del proyecto y el área de influencia prevista, el titular señaló que implementará un Plan de Monitoreo en correspondencia con el desarrollo de faenas en sus fases de movimiento de tierra, montaje y obras civiles de carácter bimensual.

-        El Plan de Monitoreo contemplará a lo mínimo:

Tabla: Programa de seguimiento de ruido:

Etapa
Período medición
Puntos de medición
Frecuencia
Descriptor
Construcción

Diurno y Nocturno

R01 a R08
Bimensual

Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) según procedimiento D.S. N°38/11 MMA.

Fuente: Tabla 30, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

-        Cada campaña de medición generará un informe técnico que dé cuenta de la situación actual de ruido y cuyo contenido deberá incluir al menos los siguientes puntos:

1.    Fecha y hora de medición

2.    Descripción de las modificaciones efectuadas, tanto de maquinaria como de la distribución espacial de éstas dentro de las faenas.

3.    Identificación del tipo de ruido tanto espacial como temporal (maquinarias, ruido de fondo, etc.)

4.    Identificación del receptor (punto de inmisión), indicando con un croquis o foto el lugar donde se realizó cada registro, señalando las distancias a las superficies u obstáculos más cercanos como también puntos de referencia.

5.    Valores obtenidos de NPSeq para la fuente de ruido, complementado con otros descriptores adecuados, tales como niveles mínimos (NPSmin) y máximos (NPSmax).

6.    Se deberán obtener, en el caso que sea necesario, los valores de NPSeq para el ruido de fondo, con el fin de realizar las correcciones.

Los resultados obtenidos de la estimación de emisiones acústicas indican que los niveles de presión sonora proyectados en los receptores R01 a R08 cercanos al proyecto, en la fase de construcción con las medidas de control propuestas, en los puntos receptores evaluados, no se supera el límite permisible en horario diurno para la zona rural de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 38/2011 Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, del MMA.

 

4.2.6        Residuos

 

4.2.6.1 Residuos no peligrosos

Tabla 4.2.6.1 Residuos no peligrosos
Nombre

Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

·      Excedentes de movimiento de tierra: se contará con registro de disposición final de escombros generados durante su fase de construcción, a fin de facilitar el control y prueba del cumplimiento de la normativa aplicable.

·      Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, a generarse en la fase de construcción y que sean enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no contendrán sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos.

·       Residuos domiciliarios: Los desechos domésticos y asimilables a domiciliarios corresponden a residuos de papel, cartón, botellas plásticas y de aluminio y materia orgánica. Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados por los trabajadores durante la construcción, serán dispuestos en un contenedor cerrado, para luego ser retirados del lugar y dispuestos en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria respectiva.

Tabla: Generación de residuos durante la fase de construcción:

Residuo
Tipo de residuos
Cantidad estimada (kg/mes)

Residuos domiciliarios

No peligroso

1.687

Papel y cartón

No peligroso

12

Despuntes de madera

No peligroso

100

Despuntes metálicos

No peligroso

20

Restos de plásticos

No peligroso
10
Fuente: DIA, Tabla 29, punto 2.12.8.2
 

Almacenamiento Temporal

 

Los residuos generados en los frentes de trabajo serán acopiados en contenedores cerrados según tipo de residuo, y serán trasladados a la instalación de faenas donde se destinará un lugar de acopio temporal.

 

4.2.6.2 Residuos peligrosos

Tabla 4.2.6.2. Residuos peligrosos
Nombre
Descripción
Residuos peligrosos y otros

·      Residuos peligrosos: serán almacenados en bodega de residuos peligrosos destinada específicamente para estos fines, la cual dará cumplimiento a lo estipulado en el D.S. N°148/03 del Minsal, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. La bodega de residuos peligrosos será independiente y tendrá una superficie de 2,6 m2.

·      El almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, se realizará al interior de contenedores estancos, herméticos y con tapa, debidamente etiquetados, los que serán dispuestos al interior de la bodega de residuos peligrosos, la que se localizará alejada de la instalación de faenas, con acceso restringido, permitiendo el acceso sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad. Su ubicación dentro del predio e instalación de faenas, se muestra en la Ilustración N° 15 de la Adenda del proyecto.

·      En la etapa de construcción las empresas que presten servicios de transporte y tratamiento, contarán con las autorizaciones sanitarias correspondientes y cumplirán con las disposiciones generales del D.S. Nº148/03 Minsal.

·      Los residuos acopiados no se almacenarán por un período mayor a 6 meses.

·      Se mantendrá en obra y en las oficinas de administración, según corresponda, los registros de los sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud.

 

En la siguiente tabla se indica la cantidad de residuos peligrosos durante la fase de construcción:

 

Tabla: Generación de residuos peligrosos durante la fase de construcción

Tipo
Cantidad

EPP y Huaipe contaminados por hidrocarburos

2 kg/mes
Tarros de Pintura
14 kg/mes
Tarros de solvente vacíos
0,5 kg/mes

Fuente: Adenda del proyecto, punto 2.

 
 

4.2.6.3 Residuos industriales

Tabla 4.2.6.3. Residuos peligrosos
Nombre
Descripción
Residuos industriales
 

Durante la fase de construcción se generarán residuos industriales no-peligrosos, correspondientes a restos metálicos, material de embalaje, restos de plásticos y maderas. Frente a la posibilidad de utilizar materiales, insumos o maquinarias provenientes del extranjero, el titular exigirá que los pallet de madera de empaque cuenten con tratamiento fitosanitario y sello que así lo acredite, no obstante ante la evidencia de insectos vivos o de corteza en las maderas, se dará aviso de inmediato al SAG para una eliminación adecuada de éstas y evitar riesgos, según lo establecido en R.E. Nº 133/2005 del Minagri.

 

Estos serán dispuestos en un lugar habilitado en la instalación de faenas para su segregación, para luego ser retirados del lugar y dispuestos en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria respectiva.

 

Los residuos industriales no-peligrosos, serán almacenados temporalmente en el sitio de almacenamiento en contenedores con tapa de capacidad 200 lts, los cuales se localizarán en el área de la instalación de faena, los que serán retirados semanalmente por una empresa autorizada para su disposición en sitio autorizado. Cabe señalar, que se efectuará disposición separando los residuos sólidos domésticos de los residuos industriales.

 

El titular del proyecto mantendrá el registro de disposición de los residuos en sitio autorizado.

 

4.2.6.4 Sustancias peligrosas

 
Tabla 4.2.6.4. Sustancias peligrosas
Nombre
Descripción

Sustancias peligrosas y productos químicos

 
 

Sustancias peligrosas etapa de construcción:

Sustancias químicas peligrosas

Clasificación según NCh. 382.Of.2013

Cantidad mensual

Kg-ton/mes

Capacidad máxima de almacena

miento

(Kg, ton, litros)

Condiciones de almacenamiento

Tubos Fluorescentes
9
0.01 kg/mes
2 tubos*
Bodega sustancias peligrosas
Baterías
8
0.01 kg/mes
2 baterías*
Bodega sustancias peligrosas
Pinturas
9
394 l/mes
98,5 l*
Bodega sustancias peligrosas
Diluyentes
8
20 l/mes
5 l*
Bodega sustancias peligrosas
Anticorrosivos
9
194 l/mes
49 l*
Bodega sustancias peligrosas
Barniz
9
26 l/mes
7 l*
Bodega sustancias peligrosas
Químicos protección maderas
9
28 l/mes
7 l*
Bodega sustancias peligrosas
Combustibles
3
145 l/mes
36 l*
Bodega combustibles
Desmoldante
9
55 l/mes
14 l* 
Bodega sustancias peligrosas

*las sustancias almacenadas corresponden a la cantidad semanal necesaria, exceptuando los tubos fluorescentes y baterías que se consideran en caso de recambio.

 

Se considera la habilitación de bodega tipo contenedor para el almacenamiento de las sustancias peligrosas, la que dará cumplimiento a lo establecido en el D.S. N°43/15 del Minsal, Reglamento de Almacenamiento de Sustancia Peligrosas.

 

4.3 FASE DE OPERACIÓN

 

4.3.1        Partes, obras y acciones

 

4.3.1.1 Partes y obras

Tabla 4.3.1.1 Partes y obras
Nombre
Descripción

Arriendo multicanchas

-   El estadio contará con 3 multicanchas, las que cuentan con servicios higiénicos para espectadores y camarines para deportistas. Las canchas auxiliares se utilizarán de lunes a viernes de 16:00 a 22:00 hrs y los días sábado de 17:00 hasta las 18:00 hrs, considerando un total de 33 horas a la semana.

-   El arriendo de las canchas será para particulares, en el horario de 11:00 a 16:00 hrs. El recinto será utilizado de manera gratuita por la comunidad.

Arriendo cancha estadio

-   El arriendo de la cancha principal del estadio se realizará al Club profesional de la Comuna (IBERIA), tanto para partidos como para su entrenamiento.

-   Además se considera para partidos de la comunidad y de empresas.

 

4.3.1.2 Acciones

Tabla 4.3.1.2 Acciones
Nombre
Descripción
Estacionamientos

Se proyectan 326 estacionamientos para bicicletas y 636 estacionamientos para automóviles, de los cuales 28 se han proyectado para discapacitados.

Seguridad

El estadio contará con:

-      Circuito Cerrado de TV en toda el área del Estadio, tanto interior como exterior, cubriendo íntegramente las zonas de acceso y graderías del recinto deportivo. El Estadio dispone de distintos accesos que garantizan la circulación ordenada y fluida de los usuarios.

-      Una sala de seguridad y CCTV que será usada por las fuerzas de orden y seguridad.

-      Una sala de control de megafonía, en una posición que permite al operador tener una vista clara y sin obstáculos de todo el estadio.

-      Un sistema de interrupción que permita al responsable de la seguridad del estadio intervenir y tomar el control del sistema de sonido en caso de una situación de emergencia.

-      Un área de detención, cerca de los estacionamientos para los vehículos policiales. El complejo se organiza en dos anillos de cierro concéntricos. El primero rodea todo el terreno, incluyendo estacionamientos y parque. El segundo, interior a éste, cierra el Estadio y estacionamientos de VIP y prensa, segregando a su vez por graderías. El primer anillo también dispondrá de dos cierros en sus lados más angostos, que permitirían en caso de un evento problemático dividir el parque en dos, permitiendo separar las dos barras con accesos, estacionamientos y boleterías independientes para cada una.

Zonas de control

El estadio contará con:

-      3 casetas de control permanentes en los accesos vehiculares y peatonales del primer anillo de cierro perimetral.

-      Cuando se realicen eventos se aumentará la seguridad y control cumpliendo con el Plan de Estadio Seguro.

-      Se reforzarán los controles y aumentarán los guardias en los accesos al parque y en el cierro que separa el parque para las dos barras. Se habilitarán áreas de control en los accesos del segundo anillo, hacia cada una de las graderías, que controlarán el acceso del público con boleto. Una vez dentro de cada gradería se dispondrá de vigilancia en cada escalera y rampa a los vomitorios.

-      Se dispondrá de otro anillo de vigilancia rodeando la cancha de juego. En el área poniente, habrá controles en los accesos tanto vehicular como peatonal al estacionamiento privado, y otro vigilante en cada puerta de acceso al edificio (VIP, jugadores, prensa y pasapelotas).

 

4.3.1.3 Suministros básicos

Tabla 4.3.1.3 Suministros básicos

Nombre

Descripción

Agua potable

El abastecimiento de agua potable será provisto por la empresa sanitaria ESSBIO S.A., la cual proporcionará los servicios sanitarios desde los sistemas públicos de agua potable y alcantarillado de aguas servidas que la empresa posee en la comuna de Los Ángeles, al predio ubicado en la intersección de ruta Q-180 y el camino Pata de Gallina, según se acredita en documento DNC VIII N° 2171/16 Propuesta Técnica de Prestación de Servicios, de la empresa sanitaria ESSBIO S.A., adjunto en el Anexo 8 de la DIA del proyecto.

En el Certificado de ESSBIO, ajunto en el Anexo 8 de la DIA, se indica que las obras consideradas para dotar de servicios de agua potable y alcantarillado al proyecto, incluida Planta Elevadora de Aguas Servidas (PEAS), serán construidas por la empresa sanitaria ESSBIO S.A. Debido a la condición rural del terreno en el que se construirá el proyecto y por encontrarse fuera del área de concesión de ESSBIO S.A., solo es posible entregar los servicios sanitarios mediante la aplicación del artículo 52 bis del DFL MOP N° 382 de 1988, Ley General de Servicios Sanitarios.

Para el abastecimiento de agua potable:

a)   Se deberá considerar como punto de conexión, la matriz de HDPE – 200 mm en el exterior del terreno donde se desarrollará el proyecto, ubicado en la intercesión de ruta Q-180 y el camino a Pata de Gallina, matriz que será construida por ESSBIO S.A. una vez suscrito el convenio 52 Bis que proceda de la presente propuesta y en un plazo estipulado en el mismo convenio.

b) La solución deberá ser ratificada mediante el proyecto de ingeniería de detalles a desarrollar por parte del Solicitante el cual deberá ser aprobado a entera satisfacción por ESSBIO S.A.

c)   Las obras de mantención asociadas a las obras de dotación de servicios corresponden a la empresa sanitaria.

 

Servicios alcantarillado

 

El proyecto cuenta con factibilidad sanitario de la empresa sanitaria ESSBIO S.A., la cual proporcionará los servicios sanitarios desde los sistemas públicos de agua potable y alcantarillado de aguas servidas que la empresa posee en la comuna de Los Ángeles, al predio ubicado en la intersección de ruta Q-180 y el camino Pata de Gallina, según se acredita en documento DNC VIII N° 2171/16 Propuesta Técnica de Prestación de Servicios, de la empresa sanitaria ESSBIO S.A., adjunto en el Anexo 8 de la DIA del proyecto.

Para materializar el servicio de alcantarillado de aguas servidas:

a)    Se deberá considerar como punto de empalme cámara de inspección que estará ubicada previo ingreso de recinto PEAS, lo anterior se construirá en terreno aledaño al recinto Estadio por ESSBIO una vez suscrito el convenio 52 Bis que proceda de la propuesta técnica y en un plazo estipulado en el mismo convenio.

b)    La solución deberá ser ratificada mediante el proyecto de ingeniería de detalles a desarrollar por parte del Solicitante el cual deberá ser aprobado a entera satisfacción por ESSBIO S.A.

c)    El mandante debe desarrollar ambos proyectos de ingeniería de detalles, los que se encuentran aprobados por ESSBIO, según consta en documento DNCVIII 0321/17 Visación Técnica proyecto PEAS Estadio Los Ángeles y Extensión de red AP Los Ángeles, dicho documento se adjuntó en Anexo 4 de la Adenda del proyecto.

Energía

Se considera la conexión del Estadio a través de la red de distribución de Energía Eléctrica de C.G.E. (Compañía General de Electricidad) en 750 kV.

El proyecto contempla el funcionamiento de dos Grupos Electrógenos marca CUMMINS, modelos C400D5 (320 kW) y C550D5 (440 kW), en caso de falla de suministro eléctrico.

 

En el Anexo 9 de la DIA, se adjuntó carta de factibilidad de suministro eléctrico otorgada por C.G.E. Distribución al proyecto.

Combustibles

Gas licuado, almacenamiento en estaque de 4 m3.

El estanque cumplirá con lo establecido en los D.S. N° 379/85 de la SEC, “Reglamento sobre requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios” y N° 90/96 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustibles líquidos derivados del petróleo”, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Caldera

Se considera el funcionamiento de una caldera de gas marca IVAR o equivalente, ubicada al interior de sala compuesta con muros de hormigón armado de 20 cm. La caldera cuenta con capacidad de 300.000 kcal/h.

El combustible utilizado será Gas Licuado, se estima un consumo de 124,24 m3/día.

La operación, mantención y revisión de la caldera se regirá de acuerdo al D.S. Nº 10/12 del Minsal, “Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor”.

Aguas Lluvias

Para evacuar las aguas lluvias se proyecta la solución de evacuación de las aguas lluvias intradomiciliarias a través de zanjas de infiltración.

Para el escurrimiento superficial de las aguas lluvias hacia la carretera Ruta 180 o al camino pata de gallina, se proyecta la construcción de pozos o zanjas absorbentes en las zonas de áreas verdes, para la evacuación de las aguas lluvias recolectadas.

En el Anexo 5 de la DIA, se presentaron las Especificaciones técnicas arquitectura, Instalación de aguas Lluvia de acuerdo a especificaciones técnicas de la especialidad.

Transporte y accesos al proyecto

En el Anexo 3 de DIA se presentó el Estudio de Impacto sobre el Transporte Urbano (EISTU) del proyecto, aprobado mediante Oficio N° 1646 de fecha 22 de junio de 2016 y Oficio N° 2059 de fecha 04 de agosto de 2016, ambos del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en el que se consideran las siguientes medidas viales en el sector:

 

Etapa de operación:

 

1.   Se implementará cruce semaforizado en el cruce de Pata de Gallina y Ruta 180, con cabezales según lo indicado en plano respectivo, con verde peatonal actuado por demanda y permitirá el viraje sur-poniente de vehículos de manera simultánea. Para estos efectos se desarrollará un proyecto que será aprobado y normalizado en UOCT antes de su implementación. En conjunto con la medida, se pavimenta islas peatonales y se proyectan vallas para el encauce peatonal.

2.   Con respecto a la normalización UOCT de los semáforos, se propone el cambio de controlador y tecnología LED y la instalación de las lámparas faltantes de manera de compatibilizar la situación existente con las exigencias de la UOCT para los cruces semaforizados de Vicuña Mackenna / O’Higgins y Vicuña Mackenna / Manuel Rodríguez. Además, se propone el cambio por controlador homologado para el semáforo Vicuña Mackenna / Quinta Madero, requisito faltante para cumplir con normativa.

3.   Se implementará señal PO-11 “Proximidad de semáforo” de acuerdo a normativa vigente, relativo a la intersección semaforizada proyectada en Pata de Gallina, debido a que se trata de semáforos aislados.

4.   Se realizará un rediseño geométrico de la intersección de la Ruta 180 con Pata de Gallina, creando una pista exclusiva para viraje y generando una segunda pista en el sentido 12 oriente – poniente, de manera de ordenar de manera segura los movimientos involucrados. La pista de viraje generada poseerá capacidad de almacenaje suficiente para 9 autos en espera.

5.   Se realizará microsimulación de accesos del estadio considerando el diseño generado en la etapa de ingeniería de detalle para el escenario con proyecto mejorado y las demandas vehiculares provenientes del presente estudio, de manera de validar la ubicación y funcionamiento de los accesos.

6.   Se realizará mejora en la bahía, señalización y demarcación y consolidación del refugio en el paradero ubicado al sur en la intersección de la Ruta 180 con el camino Pata de Gallina.

7.   Se reforzará la demarcación con doble línea continua y tachas rojas en la segregación de uso de calzada en la Ruta 180 en frente al proyecto, de manera de evitar el ingreso desde Los Ángeles en viraje izquierda, debido al riesgo involucrado en la maniobra. Se implementará señal informativa además, para guiar a los vehículos al retorno vía el trébol del By-pass.

8.   El proyecto de señalización y demarcación de las vías directas dentro del área de influencia del proyecto será acorde a la siguiente tramificación:

a. Ruta 180, entre Bypass Ruta 5 e intersección Pata de Gallina.

b. Ruta Q-520 (Camino Pata de Gallina), entre la intersección con la Ruta 180 y el paso sobre nivel en Ruta 5.

La demarcación que se implementa o mejora en el área detallada es la siguiente:

·Líneas de detención y prioridad.
·No Bloquear Cruce.
·Línea continua y segmentada de separación de calzada y pistas. ·Flechas direccionales.
·Soleras amarillas.
·Tachas Reflectantes.
·Demarcación y Señalización de Paradas de Transporte Público. ·Líneas de Retranqueo.
·Paso de Cebra.
·Paso Peatonal.
·Demarcación de Estacionamientos.
·Señalización reglamentaria e informativa.
·Demarcación Cruce de Prioridad.
 

Se realizará además, el repintado de aquellas demarcaciones adicionales que actualmente se encuentren materializadas. La demarcación será realizada con pintura termoplástica con sembrado de perlilla reflectante (u otra que el municipio disponga), previo a su implementación se desarrollará un proyecto de demarcación y señalización que deberá ser aprobado por el municipio.

 

9.       Se realizará la reposición de señalización y demarcación, y consolidación del refugio en el paradero ubicado al norte en la intersección de la Ruta 180 con el camino Pata de Gallina.

10.   Se implementará vereda peatonal en Ruta 180 entre el deslinde oriente del proyecto y la intersección con el camino Pata de Gallina, así como entre el cruce mencionado y el frente del proyecto por la ruta Q-520. El proyecto de iluminación respectivo para estos tramos mencionados se desarrollará durante la ingeniería de detalle.

11.   Se implementará ciclovía entre el cruce Pata de Gallina y los accesos norte y oriente, de manera de formalizar las rutas de ciclistas hacia y desde los estacionamientos de bicicletas proyectados.

12.   Se propone la optimización de repartos, reconfiguración de controlador y grabación de las programaciones definitivas en la memoria no volátil del controlador de las siguientes intersecciones semaforizadas pertenecientes al área de influencia. Además, la medida incluye considerar a los semáforos del eje Vicuña Mackenna – Octavio Wolff – Ruta 180 como una sola red, de manera de optimizar la programación, disminuyendo las colas, demoras y paradas de los vehículos. Esta medida considera la periodización como dato exógeno, la optimización de repartos con tiempo de ciclo fijo y se deberá considerar los semáforos frontera de aquellos que se optimizan dejándolos con su programación fija.

 

El proyecto de acceso para la etapa de operación se encuentra aprobado por la Dirección de Vialidad Región del Biobío por medio de ORD. N° 1065 del 18 de mayo de 2017, documento que se adjuntó en el Anexo 2 de la Adenda del proyecto.

 

En el Anexo 1 de la Adenda del proyecto, se adjuntó archivo KMZ con indicación de zonas de estacionamientos, rutas pavimentadas y no pavimentadas por donde transitarán los vehículos, para la fase de construcción y operación del proyecto.

 

4.3.2        Productos generados

 
Tabla 4.3.2 Productos generados
Nombre
Descripción

Conforme a la naturaleza del proyecto, el mismo no comprende una cuantificación y manejo de productos generados, esto debido a que el objeto del proyecto corresponde a la Construcción del Estadio Municipal de la comuna de Los Ángeles, el cual se construirá en una zona fuera del límite urbano de acuerdo a lo que indica el Plan Regulador Comunal vigente.

 

4.3.3        Recursos naturales renovables

 

Tabla 4.3.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar

Nombre
Descripción
Recursos naturales en general

El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos naturales renovables.

 
 

4.3.4        Emisiones y efluentes

 

4.3.4.1 Emisiones a la atmósfera

 
Tabla 4.3.4.1 Emisiones a la atmósfera
Nombre
Descripción

Emisión de Contaminantes a la Atmósfera

Emisiones atmosféricas por conceptos de:

· Caldera
· Grupos Electrógenos
· Tránsito de vehículos
 

En el Anexo 6 de la Adenda del proyecto, se adjuntó el “Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas”, el cual incorporó las emisiones de partículas y gases, y el cálculo de emisiones por tránsito de vehículos en la fase de operación del proyecto.

 

En la siguiente tabla se resumen las emisiones conceptos de gases y partículas, y tránsito en la fase de operación del proyecto:

 

Tabla: Emisiones estimadas en la fase de operación (ton/año) a partir del año 2020 en adelante:

 
Fuente
MP
MP10
MP2,5
CO
NOx
Hc
SO2
NH3

Caldera AC

0,00
0,00
0,00
0,00
0,05
0,08
0,00
0,00

Grupo electrógeno

0,10
0,10
0,10
0,30
1,37
 
0,09
 

Tránsito de vehículos

2,07
0,40
0,10
5,65
0,32
0,30
 
0,03

Total ton/año operación

2,17
0,50
0,20
5,95
1,74
0,38
0,10
0,03

Fuente: Tabla N°4, Adenda del proyecto.

 

-       Existirá una caldera de agua caliente a gas licuado (GLP), y el consumo de combustible estimada de la caldera será el siguiente:

 
Tabla: Consumo combustible caldera.
Combustible

Consumo diario (kg)

Consumo anual (kg/año)

GLP

70,8

25.842

Fuente: Tabla 31, Anexo 6 de la Adenda del proyecto.

 

-       Existirán dos grupos electrógenos de emergencia: Uno de 400 KVA y otro de 550 KVA, ambos a Diesel.

-       Los grupos electrógenos de emergencia operarán 2 horas semanales, principalmente para mantención, dando un total de 96 horas anuales para cada uno.

 
Tabla: Producción de Kw-hr Grupo Electrógeno
Fuente
Horas (hr/año)

Producción (kw-hr/año)

Grupo electrógeno C400D5 (400 KVA)

96

30.720

Grupo electrógeno C550D5 (550 KVA)

96

42.240

Fuente: Tabla 34, Anexo 6 de la Adenda del proyecto.

 

Respecto a las emisiones por concepto de Tránsito de vehículos, en el Anexo 6 de la Adenda del proyecto, “Informe emisiones Estadio Los Ángeles”, se estimaron las emisiones por tránsito de vehículos para el transporte de personas durante la fase de operación del proyecto, donde la estimación de estas emisiones corresponde a la descrita en el punto 3.5 del citado Anexo 6. En tanto, la estimación de las actividades o eventos que definen el uso del estadio y su estimación del flujo vehicular, se presentó en la Tabla 36, Actividades o Eventos, del Anexo 6 de la Adenda del proyecto, el cual estima el uso por entrenamientos de clubes de fútbol, campeonato a mayor escala, entrenamientos de clubes de fútbol, campeonato de fútbol ANFA Biobío y campeonato de fútbol nacional.

 

En la tabla 37 se presentaron los viajes anuales por tipo de evento y vehículo, donde para el campeonato de fútbol nacional, se considera que un 80% de los asistentes viene del área urbana (interior Los Ángeles), con distancia media de traslado de 5 km y que un 20% de los asistentes viene del área rural (fuera de la comuna de Los Ángeles), con distancia media de traslado de 33,9 km (distancia de los límites de la comuna). Para los eventos o actividades restantes, se considera que el 100% de los asistentes viene del área urbana (interior Los Ángeles), con distancia media de traslado de 5 km., los que corresponden a los viajes de ida y vuelta, según detalle presentado en la Tabla 38: Viajes y kilómetros recorridos del Anexo 6 de la Adenda del proyecto.

 

La Tabla 40 del indicado Anexo 6, detalla los factores de emisión de acuerdo al contenido de finos, donde para las rutas interiores a Los Ángeles, el contenido de finos (sL) se considera en 0,2 g/m2, correspondiente a caminos con flujo medio diario entre 500 y 5.000 veh/día, de acuerdo a la Guía SEA 2015. Para las rutas de los trayectos desde fuera de la comuna de Los Ángeles (Ruta 5 y Ruta 180 principalmente), el contenido de finos (sL) se considera en 0,006 g/m2, correspondiente a caminos con flujo medio diario entre 5.000 veh/día y 10.000 veh/día, según la estimación que se presenta a continuación:

 

Tabla: Emisiones de polvo resuspendido por año en la etapa de operación:

MP (Ton/año)

MP10 (Ton/año)

MP2,5 (Ton/año)

2,07
0,40
0,10

Fuente: Tabla 41 del indicado Anexo 6 de la Adenda del proyecto.

 

Las emisiones descargadas desde los tubos de escape de los vehículos se estimaron en función del kilometraje recorrido, considerándose factores de emisión para vehículos particulares tipo 2, en tanto, para los buses se consideraron los factores para “Buses licitados urbanos Diesel tipo 3 (EURO III) y buses rurales Diesel tipo 3”. El detalle para cada caso se presentó en las tablas 42-43-44 y 45 del Anexo 6 de la Adenda del proyecto.

 

Resumen de las emisiones a partir del año 2020 presentadas en las Tablas 4 y 49 del Anexo 6 de la Adenda del proyecto.

Fuente
MP
MP10
MP2,5
CO
NOx
Hc
SO2
NH3

Tránsito de vehículos

2,07
0,40
0,10
5,65
0,32
0,30
 -
0,03
Fuente: Anexo 6 de la Adenda del proyecto.
 

Según se muestra en la tabla anterior, las emisiones estimadas de MP para la etapa de operación del proyecto, son superiores a los límites establecidos en el anteproyecto del PDA.

 

Asimismo, la comuna de Los Ángeles se encuentra declarada zona saturada según D.S. N°11/15 del MMA, y considerando que el proyecto definitivo del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) de la comuna se encuentra en proceso de elaboración, según lo informado por el titular en el “Informe emisiones Estadio Los Ángeles”, realizó la comparación de las emisiones del proyecto a modo de referencia, ya que el PDA de la comuna de Los Ángeles se encuentra en etapa de anteproyecto, por lo que su contenido no es exigible legalmente al proyecto.

 

De acuerdo al anteproyecto del Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Los Ángeles, R.E. N°175/2016 del MMA, señala en el Artículo 58: Desde la publicación en el Diario Oficial del presente Plan, todos aquellos proyectos o actividades, incluidas sus modificaciones, que se sometan al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que, directa o indirectamente generen emisiones respecto de su situación base, iguales o superiores a 1 ton/año de MP, deberán compensar sus emisiones en un 120%. Para lo anterior, el titular deberá presentar un programa de compensación de emisiones equivalente a toda la vida útil del proyecto o de la actividad.

 

No obstante lo anterior, el titular se compromete a dar cumplimiento a las medidas que se establezcan en dicho plan, una vez que éste se encuentre aprobado y vigente.

 

4.3.4.2 Emisiones de Ruido

Tabla 4.3.4.2 Ruido
Nombre
Descripción
Emisión de Ruido

Fuentes de ruido:

-       Dos Grupos Electrógenos marca CUMMINS, modelos C400D5 (320 kW) y C550D5 (440 kW), ubicados al interior de sala compuesta de muros de hormigón armado de 25 cm.

-       Una Caldera de gas marca IVAR o equivalente, ubicada al interior de sala compuesta con muros de hormigón armado de 20 cm. La Caldera contará con capacidad de 300.000 kcal/h, correspondiendo a una potencia eléctrica de 349 kW.

La atenuación de la sala de generadores y sala de caldera, considera el valor indicado en “Listado Oficial de Soluciones Constructivas para Aislamiento Acústico”, para muro de hormigón de 10 cm de espesor correspondiente a 45 dBA, valor ajustado a 30 dB considerando un escenario conservador y eventual propagación de ruido a través de puertas y vanos.

-       Cuatro Bombas Centrífugas verticales multietapas marca TECSON, modelo SB 32 4 de 7,5 kW de potencia eléctrica.

-       Una bomba sumergible marca FLYGT, de 13,3 kW, ubicada en PEAS.

-       Se considera como fuente de ruido durante la fase de operación el funcionamiento de Equipos de Megafonía.

De acuerdo con lo anterior, en la siguiente Tabla se muestra el resultante de frentes de ruido en la fase operación que integra la contribución conjunta de las fuentes de ruido en la etapa de operación:

Tabla: Potencia acústica total fuentes en la etapa de operación.

Maquinaria
Cantidad
dBA
dBA
Grupo electrógeno 320 kW
1
96
96
Grupo electrógeno 440 kW
1
98
98
Grupo electrógeno PEAS
1
83
83
Caldera
1
96
96
Bomba centrífuga
4
89
95
Bomba sumergible PEAS
1
98
98
Altavoz CM6T
10
109
119
Altavoz MP16-G
51
107
124
Line Array WL2082
30
127
142
Suma energética
 
412

Fuente: Estudio impacto acústico, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

La contribución sonora de maquinaria menor utilizada en mantención de cancha y altavoces ubicados al interior de las salas, no fue considerada debido al efecto de atenuación y enmascaramiento de ruido frente a maquinaria de mayor emisión.

Proyección de niveles de ruido:

Se aplicó la modelación matemática de cálculo de proyección de niveles de ruido en ubicación de puntos receptores frente a la fase de operación del proyecto. A fin de obtener información detallada de los frentes de ruido, se realizó la evaluación diferenciada sin considerar megafonía y contemplando el funcionamiento de ésta en conjunto al total de fuentes.

Tabla: Evaluación etapa de operación/sin considerar megafonía

Punto de Evaluación (Receptor)
Nivel proyectado dB(A)
Límite permisible Diurno dBA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
Límite permisible nocturno dBA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
R01
45
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R02
32
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R03
28
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R04
30
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R05
32
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R06
33
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R07
36
63
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R08
23
60
NO SUPERA
50
NO SUPERA

Fuente: Estudio impacto acústico, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 

Tabla: Evaluación etapa de operación/integrado sistema megafonía

 
Punto de Evaluación (Receptor)
Nivel proyectado dB(A)
Límite permisible Diurno dBA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
Límite permisible nocturno dBA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
R01
61
65
NO SUPERA
50
SUPERA
R02
62
65
NO SUPERA
50
SUPERA
R03
62
65
NO SUPERA
50
SUPERA
R04
62
65
NO SUPERA
50
SUPERA
R05
62
65
NO SUPERA
50
SUPERA
R06
62
65
NO SUPERA
50
SUPERA
R07
61
63
NO SUPERA
50
SUPERA
R08
60
60
NO SUPERA
50
SUPERA

Fuente: Estudio impacto acústico, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

MEDIDAS DE CONTROL:

De acuerdo a los resultados indicados precedentemente, se presenta condición de no conformidad respecto a límites permisibles de ruido en rango horario nocturno, que comprende horario entre 21:00 h y 07:00 h, considerando nivel máximo de emisión de megafonía en la Etapa de Operación, en todos los receptores comunitarios en evaluación.

De acuerdo con ello, se implementarán las siguientes medidas de control de ruido para dar cumplimiento a normativa vigente.

1)   Se aplicará medida de control correspondiente a la restricción en la emisión sonora de megafonía en rango horario nocturno.

2)   De acuerdo a la proyección de niveles acústicos, condición de superación de niveles máximos permisibles, se debe principalmente a frente de ruido asociado a sistema Line Array QSC Audio Products WL2082. Por consiguiente, la emisión sonora de cada sistema Line Array involucrado en la operación del proyecto no deberá superar un nivel de presión sonora de 107 dBA a 1 metro, restricción válida para rango horario comprendido entre las 21:00 h y 07:00 h. Este valor puede ser controlado mediante la aplicación de limitadores acústicos. La Matriz de control del sistema Line Array QSC Audio Products cuenta con limitadores acústicos integrados, los cuales serán programados de modo que la emisión sonora del sistema no exceda el nivel señalado. Aplicando ecuación de referencia (J.P. Arenas, S. Gerges. “Fundamentos y control de ruido y vibraciones”, Capítulo 1.12, Ecuación 1.115, página 36., según se muestra en la Tabla 28 del Estudio Acústico del Anexo 7 de la Adenda del proyecto, se tiene que este nivel máximo de presión sonora equivale a un nivel de potencia de 114 dBA. Se debe monitorear periódicamente el nivel de presión sonora asociado a sistemas Line Array para confirmar que la emisión no sea mayor a la indicada.

Tabla: Evaluación Etapa Operación, con restricción en emisión de megafonía.

Punto de Evaluación (Receptor)
Nivel proyectado dB(A)
Límite permisible Diurno dBA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
Límite permisible nocturno dBA
Evaluación D.S. N°38/11 MMA
R01
50
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R02
50
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R03
50
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R04
50
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R05
49
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R06
50
65
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R07
49
63
NO SUPERA
50
NO SUPERA
R08
49
60
NO SUPERA
50
NO SUPERA

Fuente: Estudio impacto acústico, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 
PLAN DE MONITOREO:

De acuerdo a la envergadura propia del proyecto y el área de influencia prevista, el titular señaló que implementará un Plan de Monitoreo de carácter semestral.

-        El Plan de Monitoreo contemplará a lo mínimo:

Tabla: Programa de seguimiento de ruido:

Etapa
Período medición
Puntos de medición
Frecuencia
Descriptor
Operación

Diurno y Nocturno

R01 a R08

Semestral, incluyendo puesta en marcha.

Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) según procedimiento D.S. N°38/11 MMA.

Fuente: Tabla 30, Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

-         Cada campaña de medición generará un informe técnico que dé cuenta de la situación actual de ruido y cuyo contenido deberá incluir al menos los siguientes puntos:

1.    Fecha y hora de medición

2.    Descripción de las modificaciones efectuadas, tanto de maquinaria como de la distribución espacial de éstas dentro de las faenas.

3.    Identificación del tipo de ruido tanto espacial como temporal (maquinarias, ruido de fondo, etc.)

4.    Identificación del receptor (punto de inmisión), indicando con un croquis o foto el lugar donde se realizó cada registro, señalando las distancias a las superficies u obstáculos más cercanos como también puntos de referencia.

5.    Valores obtenidos de NPSeq para la fuente de ruido, complementado con otros descriptores adecuados, tales como niveles mínimos (NPSmin) y máximos (NPSmax).

6.    Se deberán obtener, en el caso que sea necesario, los valores de NPSeq para el ruido de fondo, con el fin de realizar las correcciones.

 

4.3.4.3 Emisiones líquidas

Tabla 4.3.4.34.3.4.3 Emisiones líquidas
Nombre
Descripción
Alcantarillado

El suministro será entregado por la empresa sanitaria ESSBIO S.A., la proporcionará los servicios sanitarios desde los sistemas públicos de agua potable y alcantarillado de aguas servidas que la empresa posee en el sector, al predio ubicado en la intersección de la Ruta Q-180 y el camino Pata de Gallina, Comuna de Los Ángeles, según documento DNC VIII N° 2171/16, que se adjuntó en el Anexo 8 de la DIA del proyecto.

 

Las aguas servidas serán descargadas a la red de alcantarillado de la empresa ESSBIO S.A.

 

4.3.5        Residuos

 

4.3.5.1 Residuos no peligrosos

Tabla 4.3.5.1 Residuos no peligrosos
Nombre

Descripción

Domésticos
 

Corresponde al material de limpieza de pasillos, salas y distintas dependencias administrativas, papeles y materiales de oficina, etc., y los residuos generados durante los eventos, partidos de Futbol principalmente. Los residuos no peligrosos serán almacenados de manera transitoria en la sala de residuos, destinada exclusivamente para estos fines, previo a la recolección municipal.

Para el almacenamiento de los residuos se consideran 8 contenedores de 360 litros de capacidad total de color gris para almacenamiento de un día y 24 contenedores para tres días de almacenamiento.

Los contenedores se encontrarán ubicados en la sala de almacenamiento de residuos sólidos, posteriormente los residuos serán retirados y dispuestos en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria respectiva.

El detalle del proyecto de manejo de residuos del proyecto, se presentó en el Anexo 10 de la DIA.

4.3.5.2 Residuos peligrosos

Tabla 4.3.5.2 Residuos peligrosos

Nombre

Descripción

Peligrosos
 

Corresponderán a tubos fluorescentes, pilas, etc.

El área de almacenamiento de residuos peligrosos, es el lugar destinado al acopio de residuos sólidos del tipo peligroso, previo al envío a disposición final en una instalación externa, y tendrá una superficie de 2,6 m2, la que será autorizada por la SEREMI Salud, en cumplimiento con lo estipulado en el Reglamento D.S. Nº 148/04 del Minsal, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El detalle de la sala de acopio se presenta en el PAS 142 del presente documento.

Para el almacenamiento de los residuos sólidos peligrosos, se consideran 2 contenedores de 360 litros de capacidad total de color rojo para Tubos Fluorescentes, pilas y baterías, etc.

Los contenedores se encontrarán ubicados en el área de almacenamiento de residuos sólidos peligrosos de manera separada y diferenciada.

Los residuos peligrosos se generarán de manera eventual, por reposición de tubos fluorescentes, pilas, baterías y otros por mantención de las instalaciones y equipamiento, según se muestra en la siguiente tabla:

Tabla: Generación de residuos peligrosos durante la operación.

Tipo

Cantidad

Tubos fluorescentes

10 (unidades/año)

Trajes tibex

36 (unidades/año)

Cartridge impresora

336 kg/año

Fuente: tabla 21, Adenda del proyecto.

 
4.4 FASE DE CIERRE
 

Dada la naturaleza del proyectoy de acuerdo a lo indicado por el titular, no se contempla fase de cierre o abandono. Sin embargo, ante la eventualidad de tener que ejecutar un abandono o cierre total del proyecto, derivado de causas comerciales, eventos naturales, etc., el titular deberá ingresar dicha fase al SEIA, previo a su ejecución. Lo anterior en base a lo establecido en el Art. 10 de la Ley N° 19.300, la cual establece que deben ingresar al SEIA los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental en cualesquiera de sus fases.

 
4.5 CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO O ACTIVIDAD
 
A continuación se detalla el inicio y término de cada fase del proyecto.
 

Tabla 4.5 Cronología de las fases del proyecto o actividad

4.5.1 Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Se estima que la fecha de inicio de la fase de construcción será el mes de julio de 2018, teniendo una duración aproximada de 18 meses. (supeditada a la fecha de obtención de la RCA favorable)

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de faena, específicamente la preparación del terreno mediante el escarpado de éste.

Fecha estimada de término

El término de la fase de construcción, será una vez transcurridas los 18 meses de iniciada las faenas constructivas, diciembre 2019. (supeditada a la fecha de obtención de la RCA favorable)

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción Final del Estadio, por parte de la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, corresponde a la acción que dará cuenta del término oficial de la fase de construcción.

4.5.2 Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Enero de 2020.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Se ha estimado que el inicio de la fase de operación comience una vez obtenida la recepción final por parte de la Dirección de Obras Municipales de Los Ángeles para su puesta en marcha. (supeditada a la fecha de término de la fase de construcción, y la fecha de obtención de la RCA favorable del proyecto)

Fecha estimada de término

No se considera fecha de término, ya que el proyecto considera una vida útil de carácter indefinida.

Parte, obra o acción que establece el término

El proyecto no contempla fase de cierre.

4.5.3 Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio

El proyecto no contempla fase de cierre.

 

No obstante lo anterior, al año 30 de funcionamiento, se contempla realizar una evaluación de la infraestructura e instalaciones, con el objeto de determinar la viabilidad del Estadio, considerando la posibilidad de readecuarla y modernizarlo para que continúe operando por un nuevo período a definir.

Ante la eventualidad de tener que ejecutar un abandono o cierre total del proyecto, conforme a lo señalado en el literal a.7 del Artículo 19 de D.S. N°40/2012 RSEIA, la Fase de Cierre del proyecto comprenderá actividades cuyo objeto es, si corresponde:

Desmantelamiento ordenado de los equipos, considerando las siguientes medidas:

-       Se efectuará una desconexión y desmontaje de toda la instalación eléctrica tomando las debidas precauciones de manera de evitar posibles accidentes. El material producto del desmontaje será dispuesto para la venta o para ser enviado a disposición final en lugar autorizado.

-       Todos los equipos, sistemas, instrumentos que puedan ser desinstalados, se removerán y serán dispuestos para la venta o para ser enviados a disposición final en lugar autorizado.

-       Los equipos, sistemas y otras instalaciones que no puedan ser removidas se inspeccionarán y se tomarán las medidas asegurando que no queden residuos, que pudieran generar olores como producto de su descomposición.

-       Se desmontarán equipos e infraestructura menor, dejando solo la infraestructura mayor, como radieres, obra gruesa y otras obras de acero u hormigón. El material y componentes serán vendidos como equipos de segunda mano, repuestos o chatarra.

-       Una vez finalizados los trabajos de desmantelamiento de las instalaciones se verificará que éstos se hayan realizado convenientemente, de acuerdo con los requisitos o acuerdos adoptados con la autoridad competente.

-       La disposición de los restos producidos por el desmantelamiento, serán trasladados a rellenos sanitarios autorizados y se realizará la limpieza de la zona, evitando pasivos ambientales.

-       Mientras las instalaciones y terrenos se mantengan en propiedad de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles se efectuará vigilancia, mantención, conservación, control de plagas, y todo lo necesario para mantener la propiedad en buenas condiciones, en ningún caso la instalación quedará abandonada.

-       No se prevé que se produzcan futuras emisiones desde la ubicación del proyecto que pudiesen afectar el ecosistema incluido el aire, suelo, agua. En caso de presentarse esta situación se tomarán las medidas correspondientes para evitar la afectación del ecosistema.

-       Se ha considerado efectuar actividades de mantención, conservación y supervisión necesarias durante la etapa de cierre.

Parte, obra o acción que establece el inicio

No especificada.

Fecha estimada de término

No especificada.

Parte, obra o acción que establece el término

No especificada.

5.        Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1.          Riesgos para la salud de la población

 

Tabla 5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto ambiental

·       Afectación a la salud de las personas debido al aumento de las concentraciones de MP2,5 y MP10

·       Alteración de la calidad de aire por emisión de material particulado y gases de combustión

·       Aumento de los niveles de presión sonora en los receptores comunitarios cercanos al proyecto.

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

El predio donde se emplazará el proyecto se encuentra ubicado fuera del límite urbano establecido por el Plan Regulador Comunal vigente de la comuna de Los Ángeles, aproximadamente a 1 km al sureste de la ciudad de Los Ángeles, en la Ruta 180 a 1 km aproximadamente de la intersección con la Ruta expresa 5 Sur y Vicuña Mackenna que conecta hacia la ciudad de Los Ángeles.

 

De acuerdo a la evaluación acústica del proyecto, se caracteriza 8 puntos receptores, de los cuales 6 son viviendas, las cuales tienen la particularidad de ser adyacentes al proyecto, correspondiendo la más próxima a una vivienda con una distancia de 2 m y el receptor más lejano a 150 m.

 

En concordancia al Instrumento de Planificación Territorial vigente para la zona de emplazamiento propuesta para el proyecto, los puntos receptores comunitarios identificados se encuentran fuera del límite urbano, correspondiendo a Zona Rural.

 

Tabla: Viviendas aledañas a la ubicación del proyecto:

Población
Distancia proyecto
Vivienda 1

2 m

Vivienda 2

86 m

Vivienda 3

25 m

Vivienda 4

150 m

Vivienda 5

22 m

Vivienda 6

80 m

Fuente: Adenda del proyecto, Respuesta 19.

 

El polígono que se consideró para identificar a los puntos receptores contempló a los sectores rurales inmediatamente cercanos, como Pata de Gallina y alrededores del futuro Estadio, hasta el límite de conexión con la panamericana sur, así como también toda la densificación urbana que corresponde a la Villa Galilea, distante a 1,30 km aproximadamente.

 

En relación al sector rural Pata de Gallina, éste se caracteriza aún por su comportamiento agrícola, cercado por empresas de diversos servicios.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

De acuerdo a lo indicado en Capítulo I, Descripción de Proyecto de la DIA, el proyecto generará emisiones a la atmósfera de material particulado respirable (MP10), material particulado fino respirable (MP2,5), y gases tales como monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOX), e hidrocarburo (HC), junto a emisiones de ruido, producto de la ejecución de las actividades de movimientos de tierra, transporte de vehículos, funcionamiento de equipos, durante la fase de construcción del proyecto, la cual se estima ejecutar en 18 meses. En el Anexo 6 de la Adenda se entregó una actualización de la “Estimación de emisiones atmosféricas del proyecto”. Los resultados de las emisiones por cada fase del proyecto se presentan en la siguiente tabla:

 

Tabla: Emisiones estimadas (ton/año) Año 2018 periodo Construcción

 

Fuente

MP

MP10

MP2,5

CO

NOx

Hc

SO2

NH3

Escarpes
0,16
0,16
0,16
 
 
 
 
 
Excavaciones
0,29
0,05
0,03
 
 
 
 
 
Carga y descarga
0,03
0,02
0,00
 
 
 
 
 
Resuspendido en caminos
0,31
0,05
0,01
 
 
 
 
 
Escapes maquinaría
0,05
0,05
0,05
0,27
1,16
0,09
 
 
Escapes camiones
0,00
0,00
0,00
0,05
0,20
0,01
 
0,00
Grupos electrógenos
0,06
0,006
0,06
0,26
0,82
 
0,06
 

Total ton/año 2018 construcción

0,89

0,38

0,31

0,58

2,18

0,10

0,06

0,00

Fuente: “Informe de Emisiones Estadio Los Ángeles”, Anexo 6 Adenda del proyecto.

 

Tabla: Emisiones estimadas (ton/año) Año 2019 periodo Construcción

 
Fuente
MP
MP10
MP2,5
CO
NOx
Hc
SO2
NH3

Escarpes

 
 
 
 
 
 
 
 

Excavaciones

0,02
0,00
0,00
 
 
 
 
 

Carga y descarga

0,00
0,00
0,00
 
 
 
 
 

Resuspendido en caminos

0,14
0,03
0,00
 
 
 
 
 

Escapes maquinaría

0,07
0,07
0,07
0,42
1,64
0,13
 
 

Escapes camiones

0,00
0,00
0,00
0,03
0,0
0,01
 
0,00

Grupos electrógenos

0,12
0,12
0,12
0,56
1,77
 
0,13
 
Total ton/año 2019 construcción
0,36
0,24
0,21
1,01
3,51
0,14
0,13
0,00

Fuente: “Informe de Emisiones Estadio Los Ángeles”, Anexo 6 Adenda del proyecto.

 

Las emisiones atmosféricas de la fase de construcción del proyecto corresponderán a aquellas asociadas a las siguientes actividades:

 

-        Escarpes

-        Excavaciones

-        Carga y descarga de camiones

-        Resuspensión de polvo por circulación vehicular en caminos no pavimentados

-        Resuspensión de polvo por circulación vehicular en caminos pavimentados

-        Emisiones asociadas a la combustión de motores de camiones

-        Emisiones asociadas a la combustión en maquinaria de la construcción

-        Grupos electrógenos

 

Las emisiones estimadas de gases y partículas para cada actividad, por fase y para cada año de la etapa de construcción del proyecto, se entregaron en el Anexo 6 de la Adenda del proyecto “Informe de Emisiones Estadio Los Ángeles”.

 

Las emisiones a generarse en la fase de construcción son acotadas al área de faenas y serán controladas mediante la aplicación de tratamiento químico con supresores de polvo. La fase de construcción se ha estimado en una duración de 18 meses.

 

De acuerdo a lo expuesto en la información anterior, no se prevén impactos sobre la componente ambiental de calidad de aire en la fase de construcción del proyecto, a consecuencia de las obras de construcción del proyecto, no hay superación de alguna norma de calidad, no considerándose que se genere un riesgo a la salud de la población.

 

Para la fase de operación, en el Anexo 6 de la Adenda del proyecto, se adjuntó el “Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas”, el cual incorporó las emisiones de partículas y gases, y el cálculo de emisiones por tránsito de vehículos en la fase de operación del proyecto.

 

De acuerdo a lo indicado en la Adenda, Anexo 6 “Informe de Emisiones del Estadio Los Ángeles”, para las emisiones por conceptos de gases y partículas, y tránsito en la fase de operación, se comparó las emisiones estimadas de MP2,5, para la fase de operación del proyecto y el 5% del total de las emisiones de MP2,5 con la que Los Ángeles se declara zona saturada, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Tabla: Emisiones estimadas en la fase de operación (ton/año) a partir del año 2020 en adelante:

 
Fuente
MP
MP10
MP2,5
CO
NOx
Hc
SO2
NH3
Caldera AC
0,00
0,00
0,00
0,00
0,05
0,08
0,00
0,00
Grupo electrógeno
0,10
0,10
0,10
0,30
1,37
 
0,09
 
Tránsito de vehículos
2,07
0,40
0,10
5,65
0,32
0,30
 
0,03
Total ton/año operación
2,17
0,50
0,20
5,95
1,74
0,38
0,10
0,03

Fuente: Tabla N°4, Adenda del proyecto.

 

Respecto a los resultados que muestra en la tabla anterior, las emisiones estimadas de MP para la etapa de operación del proyecto, son superiores a los límites establecidos en el anteproyecto del PDA. Cabe precisar que la comuna de Los Ángeles se encuentra declarada zona saturada según D.S. N°11/15 del MMA, y el proyecto definitivo del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) de la comuna se encuentra en proceso de elaboración, según lo informado por el titular en el “Informe emisiones Estadio Los Ángeles”, se realizó la comparación de las emisiones del proyecto a modo de referencia, ya que el PDA de la comuna de Los Ángeles se encuentra en etapa de anteproyecto, por lo que su contenido no es exigible legalmente al proyecto.

 

Debido al tipo de emisión descrito principalmente asociado a uso de generadores y al tránsito de vehículos, considerando las respectivas medidas de control de estas emisiones y las actividades o eventos proyectados, no hay influencia de relevancia sobre la línea de base de calidad del aire.

 

De acuerdo a lo anterior, la comuna de Los Ángeles está declarada zona saturada por MP2,5, sin embargo, aún no se cuenta con un Plan de Descontaminación Ambiental vigente que establezca medidas específicas. No obstante, el titular se compromete a dar cumplimiento a las medidas que se establezcan en dicho plan, una vez que éste se encuentre aprobado y vigente.

 

De acuerdo a lo expuesto, no se prevén impactos significativos sobre la componente ambiental de calidad de aire, a consecuencia de las obras y actividades del proyecto.

 

La operación del Estadio no será de carácter permanente, dado que su ocupación estará sujeta a las actividades o eventos que definen el uso del estadio, las que se presentan en tabla a continuación:

 

Tabla: Actividades o eventos proyectados

 

Actividad o Evento

Horario

Uso y frecuencia

Entrenamientos de clubes de fútbol, universidades o colegios

L a V

28 eventos/mes, por 10 meses/año (no colegios).

L a V

20 eventos/mes por 10 meses/año

Campeonato a mayor escala

L a V

4 eventos/mes por 12 meses/año

Entrenamientos de clubes de fútbol, atléticos, universitarios o colegiales.

S y D

28 eventos/mes por 10 meses/año

S y D

2 eventos/mes por 10 meses/año

Campeonato de fútbol ANFA Biobío (cada 15 días de septiembre a noviembre)

S y D

8 eventos/año

Campeonato de fútbol nacional

S y D

15 eventos/año

Fuente: Tabla 45 de la Adenda del proyecto.

 

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El titular presentó en el Anexo 7 de la Adenda, la actualización del Informe de Impacto acústico, donde, de acuerdo a la cercanía al proyecto, y la factibilidad de verse afectados por la construcción y operación del proyecto, se definieron ocho puntos receptores comunitarios identificados como los puntos más sensibles frente a la evaluación acústica del proyecto. La descripción de los ocho puntos receptores se identificó en la Ilustración 2 y Tablas 1 – 4 del Anexo 7 de la Adenda del proyecto.

 

Tabla. Caracterización de puntos receptores comunitarios

Punto receptor
Descripción

Distancia a proyecto*

Uso de suelo
Comuna
R01
Vivienda
2 m
Rural
Los Ángeles
R02
Vivienda
86 m
Rural
Los Ángeles
R03
Vivienda
25 m
Rural
Los Ángeles
R04

Taller empresa de transporte

150 m
Rural
Los Ángeles
R05
Vivienda
150 m
Rural
Los Ángeles
R06

Taller de maestranzas

28 m
Rural
Los Ángeles
R07
Vivienda
22 m
Rural
Los Ángeles
R08
Vivienda
80 m
Rural
Los Ángeles

*Las distancias al proyecto se consideran desde el límite predial de éste hasta el punto de ubicación de receptor respectivo.

Fuente: Tabla 1 Anexo 7 de la Adenda. IF DS38 Estadio Los Ángeles.

Para la fase de construcción, la evaluación se caracterizó en el proceso constructivo, el cual fue presentado en el Anexo 7 de la Adenda del proyecto, proyectando el uso de maquinaria en acuerdo a la tipología de obra y considerando su cercanía a cada punto receptor identificado. Para efectos de modelación, se consideró la ubicación de frentes de ruido involucradas en la construcción del Estadio y la Planta Elevadora de Aguas Servidas, lo más cercana posible al conjunto de receptores distribuida a objeto de caracterizar el escenario más desfavorable para el entorno sonoro de los receptores. En la Tabla 4.6.4.3 Ruido del presente informe, se presenta el detalle de la evaluación acústica en la fase de construcción del proyecto, donde se indica que hay condición de no conformidad respecto a los límites permisibles de ruido en la etapa de construcción, en los receptores comunitarios identificados como R01, R03, R06, R07 y R08. De acuerdo con ello, el titular presentó la aplicación de medidas de control a objeto de otorgar conformidad con estándar permisible de ruido ambiente. En cuanto a la proyección de niveles y área de influencia del proyecto frente al proceso de proceso constructivo, sus resultados se indican en las Ilustraciones 7 – 9 y Tablas 20 – 22 del Anexo 7 de la Adenda del proyecto

Si bien se presenta la condición de no conformidad respecto a límites permisibles de ruido en etapa de construcción, en receptores indicados en el informe acústico, el titular estableció medidas de control, las que fueron evaluadas por la autoridad competente se demuestra el cumplimiento de la norma. Las medidas de control se detallan en la Tabla 4.6.4.3 del presente informe. A continuación se presenta los resultados obtenidos con la aplicación de las medidas de control para el proyecto en la fase de construcción.

Tabla: Evaluación Etapa Construcción con medida de control. Movimiento de Tierra

Punto de Evaluación

(Receptor)

Nivel Proyectado,

dB(A)

Zona según

D.S.38/11 MMA

Limite Permisible Diurno

D.S.38/11 MMA

Evaluación

D.S.38/11 MMA

R01
62
Rural
65

NO SUPERA

R02
61
Rural
65

NO SUPERA

R03
65
Rural
65

NO SUPERA

R04
59
Rural
65
NO SUPERA
R05
58
Rural
65
NO SUPERA
R06
65
Rural
65
NO SUPERA
R07
63
Rural
63
NO SUPERA
R08
60
Rural
60
NO SUPERA
Fuente: Estudio impacto acústico Anexo 7 de la Adenda.
 

Tabla: Evaluación Etapa Construcción con medida de control. Montaje

Punto de Evaluación

(Receptor)

Nivel Proyectado,

dB(A)

Zona según

D.S.38/11 MMA

Limite Permisible Diurno

D.S.38/11 MMA

Evaluación

D.S.38/11 MMA

R01
61
Rural
65

NO SUPERA

R02
58
Rural
65

NO SUPERA

R03
63
Rural
65

NO SUPERA

R04
54
Rural
65
NO SUPERA
R05
57
Rural
65
NO SUPERA
R06
62
Rural
65
NO SUPERA
R07
62
Rural
63
NO SUPERA
R08
60
Rural
60
NO SUPERA

Fuente: Estudio impacto acústico Anexo 7 Adenda del proyecto.

 

Tabla: Evaluación Etapa Construcción con medida de control. Obras Civiles

Punto de Evaluación

(Receptor)

Nivel Proyectado,

dB(A)

Zona según

D.S.38/11 MMA

Limite Permisible Diurno

D.S.38/11 MMA

Evaluación

D.S.38/11 MMA

R01
63
Rural
65

NO SUPERA

R02
60
Rural
65

NO SUPERA

R03
64
Rural
65

NO SUPERA

R04
55
Rural
65

NO SUPERA

R05
57
Rural
65

NO SUPERA

R06
64
Rural
65

NO SUPERA

R07
63
Rural
63

NO SUPERA

R08
60
Rural
60

NO SUPERA

Fuente: Estudio impacto acústico Anexo 7 Adenda del proyecto.

Los resultados obtenidos de la estimación de emisiones acústicas indican que los niveles de presión sonora proyectados en los receptores R01 a R08 cercanos al proyecto, en la fase de construcción con las medidas de control propuestas, en los puntos receptores evaluados, no se supera el límite permisible en horario diurno para la zona rural de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 38/2011 Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, del MMA.

Respecto a la proyección de niveles de ruido para la fase de operación, se aplicó la modelación matemática de cálculo de proyección de niveles de ruido en ubicación de puntos receptores frente a la fase de operación del proyecto. A fin de obtener información detallada de los frentes de ruido, se realizó la evaluación diferenciada sin considerar megafonía y contemplando el funcionamiento de ésta en conjunto al total de fuentes.

En la fase de operación se aplicarán medida de control correspondiente a la restricción en la emisión sonora de megafonía en rango horario nocturno.

La emisión sonora de cada sistema Line Array involucrado en la operación de proyecto, no superará un nivel de presión sonora de 107 dBA a 1 metro, restricción válida para rango horario comprendido entre las 21:00 h y 07:00 h. Este valor puede ser controlado mediante la aplicación de limitadores acústicos. La Matriz de control del sistema Line Array QSC Audio Products cuenta con limitadores acústicos integrados, los cuales deben ser programados de modo que la emisión sonora del sistema no exceda el nivel señalado. En la Ilustración 24 de la Adenda, se indica el mapa de niveles sonoros proyectados en etapa operativa, considerando restricción en emisión de sistema Line Array WL2082.

Tabla: Evaluación Etapa Operación, con restricción en emisión de megafonía

Punto de Evaluación

(Receptor)

Nivel Proyectado,

dB(A)

Limite Permisible Diurno

dBA
Evaluación

D.S.38/11 MMA

Limite Permisible Nocturno

dBA
Evaluación

D.S.38/11 MMA

R01
50
65

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R02
50
65

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R03
50
65

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R04
50
65

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R05
50
65

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R06
50
65

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R07
49
63

NO SUPERA

50

NO SUPERA

R08
49
60

NO SUPERA

50

NO SUPERA

Fuente: Estudio impacto acústico Anexo 7 Adenda del proyecto.

El titular señaló que para la fase de construcción y operación, se establece la aplicación de un Plan de Monitoreo de las emisiones sonoras, el que validará el escenario proyectado con la implementación de las medidas de control de ruido propuestas, de modo de demostrar el cumplimiento normativo.

Se realizará una Campaña de Mediciones en todos los puntos receptores definidos en Informe de Impacto Acústico (R01 a R08), con el fin de verificar la no superación de los niveles máximos de ruido exigidos el D.S. 38/11 MMA. En base a los registros obtenidos in situ, se deben ajustar las medidas de control y de gestión del proyecto, apuntando al cumplimiento normativo. El Plan de Monitoreo contemplará:

Tabla: Plan de Monitoreo de las emisiones de ruido del proyecto

Etapa

Periodo medición

Puntos de medición

Frecuencia

Descriptor

Construcción

Diurno y Nocturno

R01 a R08

Bimensual

Nivel de Presión Sonora Corregido

(NPC) según procedimiento

D.S.38/11 MMA.

Operación

Diurno y Nocturno

R01 a R08

Semestral, incluyendo puesta en marcha.

Nivel de Presión Sonora Corregido

(NPC) según procedimiento

D.S.38/11 MMA.

Fuente: Estudio impacto acústico Anexo 7 Adenda del proyecto.

En cada campaña de mediciones se generará un informe técnico que dé cuenta del escenario actualizado de ruido, el que será informado a la autoridad correspondiente SMA.

 

De acuerdo a lo presentado en el Anexo 7 de la Adenda, actualización del Informe de Impacto acústico, el cual con la implementación de las medidas de control definidas para la fase de construcción y operación del proyecto se da cumplimiento a los límites establecidos en el D.S.38/11 del Ministerio del Medio Ambiente – Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. La Seremi de Salud, Región del Biobío, mediante Ord. 1676 de fecha 07 de julio de 2017, señaló que el titular da respuesta a consultas realizadas por la Seremi de Salud, en conformidad a cumplimientos normativos de carácter ambiental.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Dada la naturaleza del proyecto, no se efectuarán descargas a cursos de agua, los únicos efluentes que existirán son los de aguas servidas domiciliarias asociados baños químicos, las que se generarán durante la fase de construcción.  Su  limpieza  se  realizará  dos  veces  a  la  semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito.

 

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Durante la Fase de Construcción se generarán residuos domésticos provenientes de las instalaciones sanitarias del personal. Contará con arnés sanitario y su limpieza se realizará dos veces a la semana, incluyendo el retiro del contenido del depósito.

La disposición de los residuos industriales no peligrosos y domiciliarios, será en una zona de acopio transitorio y en basureros rotulados. Los residuos sólidos peligrosos serán almacenados transitoriamente y dispuestos en un relleno sanitario autorizado para tal efecto. El manejo final de residuos sólidos y líquidos correspondientes a aguas servidas,  (transporte y disposición), siempre será realizado por empresas autorizadas y dispuestas en sitios autorizados, según sea la naturaleza del residuo, conforme lo establece la legislación vigente, contemplando la segregación, almacenamiento temporal en recintos acondicionados para este fin.

El transporte y disposición final será realizado por terceros autorizados.

Por lo tanto, no se contempla la exposición a contaminantes por manejo de residuos sobre los recursos naturales que puedan ser generados durante la etapa de construcción, que afecten o pongan en riesgo la salud de la población. En caso de accidentes de derrames u otro de residuos peligros se dará cumplimiento a lo establecido en los planes de prevención y de emergencias para reaccionar ante la emergencia generada, los cuales se detallan en el Anexo 1 de la Adenda complementaria.

5.2.          Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

 

Tabla 5.2 Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto ambiental

·      Pérdida de suelo por acciones de despeje y remoción para la construcción del Estadio.

·      Emisiones atmosféricas durante la etapa de operación del proyecto.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en consideración a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento del Reglamento del SEIA:

Recursos naturales renovables escasos, únicos o representativos.

El proyecto no presenta impactos significativos sobre los recursos naturales renovables.

a) La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes.

El proyecto no presenta impactos significativos sobre los recursos naturales renovables.

b) La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley 19.300.

En el análisis de los efectos adversos y significativos del proyecto, sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, en particular, lo referido al recurso suelo, se evaluó en términos relativos, el impacto que el proyecto tiene con respecto a la totalidad del recurso disponible en área de influencia del proyecto.

 

La pérdida de suelo se circunscribe a la superficie que efectivamente se encuentra afecta al PAS 160 corresponde a (0,3 ha), la que es inferior a la superficie total del predio (11,8 ha). Por otra parte, la superficie destinada al desarrollo de áreas verdes y plantación de especies arbóreas y cancha del estadio corresponde a 3,9 ha, descartándose el impacto para el recurso suelo, tales como erosión y pérdida del drenaje, debido al destino y uso que tendrá este espacio.

 

Para cuantificar el impacto real del proyecto sobre el recurso, el titular señaló que se definió la siguiente metodología:

 

Se comparó la superficie sometida al impacto del proyecto, con la superficie disponible en la región y que presenta las mismas características definidas en la Declaración de Impacto Ambiental (Anexo 11 DIA Informe Agronómico).

 

De esta manera se genera el siguiente cuadro:

Parámetro Cualitativo

Superficie

Regional

(ha)

Predio

11,8 ha

Impacto

3,01 ha

Familia: Alfisol

264.729,00

0,004%

0,0011%

Capacidad de uso: Clase II   

111.576,00

0,011%

0,0027%

Limitaciones:     s

256.655,60

0,005%

0,0012%

Clase de Erosión:   0

530.396,20

0,002%

0,0006%

Clase de Drenaje: 5

652.449,90

0,002%

0,0005%

Serie Mirador

7.865,50

0,150%

0,0384%

Serie Mirador Clase II

2.935,10

0,402%

0,1029%

Fuente: Roberto Martínez Tapia. “Mapa de reconocimiento de Suelos de la VIII Región, sector Sur”. Memoria de Titulo, Fac. Cs. Agronómicas, Universidad de Chile. 2004.

 

De acuerdo al análisis precedente, la pérdida del recurso suelo Serie Mirador Capacidad de uso Clase II, que es afectado por el proyecto estimado en 0,3 ha., corresponde a un 0,10 % de la totalidad del recurso con esas características disponibles en la región.

 

Según lo indicado anteriormente, el desarrollo del proyecto implica la pérdida del suelo en la superficie que se destinará la construcción del estadio, esta superficie corresponde a un 2,6 % del predio.

 

El 33% que se destinará a cancha y áreas verdes descritas en el proyecto de paisajismo no sufrirá pérdida o deterioro en términos de erosión, compactación o cambios en sus propiedades físicas, químicas o biológicas de manera negativas o en detrimento de la capacidad del sostener crecimiento vegetativo y biodiversidad.

 

Se mantendrá permanentemente una capa vegetal que favorecerá por procesos biológicos del suelo, no permitiéndose que se produzcan efectos erosivos sobre el recurso ya sea por acción del viento, escorrentía o pérdida de estructura producto de la compactación, tráfico u otra acción antrópica.

 

Al establecerse especies arbóreas, arbustivas, y herbáceas descritas el recurso suelo mantendrá sus características físicas. No será sometida a fuerzas mecánicas propias del laboreo en una actividad agrícola y a períodos de barbecho que deteriora las poblaciones microbiológicas presentes en las primeras capas del pedón. Tampoco sufrirá o se someterá a cambios químicos como los experimentados en la actividad agrícola intensiva producto de labores de fertilización.

Las áreas verdes si bien requieren acciones de aportes nutricionales, estos son principalmente de mantención, sin riesgos que cambien las características propias del suelo, (pH, salinidad, relación C/N, etc.).

 

Finalmente, desde el punto de vista biológico, tras el desarrollo del proyecto y específicamente en la superficie destinada a áreas verdes, las condiciones y características biológicas se verán favorecidas en comparación al actual estado en que se encuentra el suelo.

 

Se establecerá cubierta vegetal permanente que favorecerá el desarrollo de microflora y microfauna que permitirá sostener mayor biodiversidad que en las actuales condiciones en que se encuentra el recurso.

c) La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base.

No se intervendrá superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota.

Se elaboró Informe de Caracterización de Flora y Fauna, el que se adjuntó en anexo 12 de DIA, dicho informe concluye:

Flora y vegetación:

Las especies vegetales encontradas en las 11.8 hectáreas del proyecto, corresponden a dos tipos de formaciones:

a)      Cortinas vegetacionales con especies exóticas en los límites sur, norte, poniente y centro del predio, ocupando 0,62 há. equivalente al 5.24% de superficie total. Se aprecia en forma dominante la especie arbustiva zarzamora establecida con el fin de cerco vivo, acompañada principalmente por individuos arbóreos como: álamos y sauces aislados, sobre-maduros y de baja condición fitosanitaria.

b)      Zona interior, presenta una superficie restante de 11,18 há. (94,86%), con una cobertura mixta de especies herbáceas de hoja ancha y angosta, de origen nativo y exótico.

Además, las especies identificadas en terreno, no presentan alguna categoría de conservación para la Octava Región (CONAF, 1989).

De acuerdo al artículo 2º, para efectos de la Ley DL-701, se entiende por BOSQUEal “Sitio poblado con formaciones vegetales en las que predominan árboles y que ocupa una superficie de por lo menos 5.000 metros cuadrados, con un ancho mínimo de 40 metros, con cobertura de copa arbórea que supere el 10% de dicha superficie total en condiciones áridas y semiáridas el 25% en circunstancias más favorables”. Por lo tanto, las especies encontradas NO CONSTITUYEN BOSQUE, dado que la cobertura no supera el 25%, la superficie de los árboles aislados no supera 5.000 metros cuadrados, ni conforman población.

Con esto se concluye que, dada la distribución regional de las especies de flora registradas, su origen (mayormente exóticas) y la escasa cobertura dentro del terreno de emplazamiento del proyecto, este último no constituye una amenaza para el componente.

 

Desde el punto de vista biológico, tras el desarrollo del proyecto y específicamente en la superficie destinada a áreas verdes, las condiciones y características biológicas del suelo se verán favorecidas en comparación al actual estado en que se encuentra. Se establecerá cubierta vegetal permanente que favorecerá el desarrollo de microflora y microfauna que permitirá sostener mayor biodiversidad que en las actuales condiciones en que se encuentra el recurso suelo.

 
Fauna:

Durante la campaña de terreno, sólo se logró registrar individuos del grupo de las aves, identificando 13 especies. No se observaron mamíferos, anfibios ni reptiles en el área de estudio.

En cuanto a las categorías de conservación, de las aves identificadas, ninguna se encuentra en algún estado de conservación de acuerdo a la legislación vigente. 

En cuanto al origen de las especies registradas, la Perdiz chilena (Nothoprocta perdicaria) es Endémica de Chile, mientras que las 12 restantes son nativas.

En relación a las características de la zona de estudio, ésta corresponde a una zona intervenida, con características de zona agrícola, por lo que no presenta ambientes que pudieran ser relevantes en cuanto al desarrollo de especies de fauna, lo que se corrobora en terreno con la ausencia de registro de especies de grupos de anfibios, reptiles y mamíferos. A pesar de la estacionalidad en la que se realiza esta campaña, no se observan zonas inundadas o de mayor humedad que pudieran convertirse en zonas de desarrollo de anfibios principalmente.

Las especies registradas de avifauna, son especies adaptadas a zonas intervenidas por el ser humano y dada su abundancia en la zona, su origen y al no estar en alguna categoría de conservación, se concluye que el proyecto no se considera una amenaza para la población de cada una de ellas.

De manera complementaria el Informe Agronómico concluye en relación a la flora y fauna, lo siguiente:

-       El proyecto de paisajismo complementario al Estadio será armónico y revalorizará la expresión arquitectónica del estadio.

-       Con el fin de mejorar e incidir positivamente en los recursos naturales renovables presentes en la zona, el plan de paisajismo considera establecer especies vegetales nativas del tipo esclerófilas y/o especies caducifolias adecuadas a las condiciones climáticas de la zona, de fácil mantención y pocos requerimientos hídricos. Junto con especies arbustivas de prolongada floración, que proporcionarán sombra y variedad de colores haciendo el espacio agradable para los usuarios y que permitirá entregar a otras especies de fauna local, un hábitat propio de la zona.

 

En relación a la biota acuática, se puede indicar lo siguiente:

-       Durante la campaña de terreno (18/06/16), los canales se encontraban totalmente secos, por lo que se realizó una descripción de especies de flora que se encontraron en los cursos de este canal. Durante la vista a terreno dichas condiciones, no se observaron ambientes propicios de desarrollo de fauna acuática o semiacuática (anfibios).

-       Los canales mantienen su caudal en el periodo de riego que comprende desde el 01 de octubre hasta el 30 de abril del cada año, pero siempre sujeto a las instrucciones de temporada de riego de la Dirección General de Aguas, ya que ellos autorizan la apertura y cierre de cada temporada, por lo tanto ese sería un período en el que se pudiera desarrollar algún tipo de fauna, utilizando este ecosistema de manera estacional (específicamente anfibios que tienen desarrollos estacionales).

 

De acuerdo a la caracterización hidrográfica e hidrogeológica efectuada, los cauces superficiales naturales más cercanos al proyecto, se encuentran a 9 y 7 Km. de distancia (Río Rarinco y Duqueco, respectivamente.

La construcción del proyecto requiere modificar el cauce de dichos canales., Para la realización de las obras se contempla ejecutar los tramos proyectados sin interferir los canales existentes, de forma tal de mantener estos últimos en operación durante la fase de construcción. Solamente se deberán intervenir los dos extremos de cada canal para ejecutar los cortos tramos de empalme con las obras existentes a mantener. Este empalme demandará un plazo de ejecución que se puede estimar en 5 días. Se prevé la instalación de un bypass que traslade momentáneamente el flujo de los canales en zonas donde el canal proyectado reemplace al existente (inicio canal 1 y 2), sin descartar, una posible suspensión del flujo de agua para ejecutar las obras de empalme. Todo lo anterior, será en concordancia con la administración del canal, conforme a mantener las condiciones de regadío del demandante aguas abajo. En consecuencia no habrá afectación de las aguas superficiales.

-       También se contempla la alternativa de cerrar, de manera temporal, el paso de agua por el cauce artificial, mientras se realizan las actividades de construcción de las obras de empalme, en conformidad con el usuario final de las aguas. El titular se compromete a asegurar el suministro de agua al afectado, por medios provisorios tales como camión aljibe, rebombeo de agua u otros, durante el tiempo en el que se lleven a cabo las obras.

-       Adicionalmente a lo anterior se considera la instalación de una barrera física (malla) en la bocatoma, de manera de impedir el paso de biota acuática hacia los canales de regadío.

-       Durante la etapa de operación del proyecto los canales mantendrán su régimen de operación normal,

-       manteniendo caudal en el periodo de riego que comprende desde el 01 de octubre hasta el 30 de abril del cada año.

Sin perjuicio de lo indicado anteriormente en la eventualidad de encontrar alguna especie de biota acuática y se requiera de su relocalización se dará aviso a la autoridad correspondiente y se tomarán las medidas correspondientes, las que serán definidas en conjunto con dicha autoridad.

 

El proyecto no contempla impactos  asociados  a  dicha  biodiversidad  dado que comprende el desarrollo de obras civiles para la construcción del Estadio, por lo que no incluye entre sus actividades la explotación ni  manejo de  plantas, algas, hongos, y animales silvestres a que hace referencia este literal.

 

El área del proyecto comprende una superficie predial de 11,8 há, de las cuales se presentan áreas de pradera intervenidas antrópicamente.

d) La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base.

Agua: El proyecto considera la modificación de cauce de dos canales de regadío existentes en el lugar de emplazamiento del estadio, de acuerdo a la caracterización hidrográfica e hidrogeológica efectuada concluye que los cauces superficiales naturales más cercanos al proyecto, se encuentran a 9 y 7 Km. de distancia (Río Rarinco y Duqueco, respectivamente).  En consecuencia, no habrá afectación a tales cauces, toda vez que no se encuentran dentro del área de influencia del proyecto.

 

Aire: en la siguiente tabla se muestra el resumen de las emisiones generadas en etapa de operación del proyecto.

 

Tabla: Emisiones estimadas en Operación (Ton/año) a partir del año 2020 en adelante.

Fuente
MP
MP10
MP2,5
CO
NOx
Hc
SO2
NH3

Caldera AC

0,00

0,00

0,00

0,00

0,05

0,08

0,00

0,00

Grupe electrógeno

0,10

0,10

0,10

0,30

1,37

 

0,09

 

Tránsito de vehículos

2,07

0,40

0,10

5,65

0,32

0,30

 

0,03

Total ton/ año operación
2,17
0,50
0,20
5,95
1,74
0,38
0,10
0,03

Fuente: Informe Estimación Emisiones Atmosféricas

La comuna de los Ángeles se encuentra declarada zona saturada según D.S. N°11/15 del MMA. Considerando que el proyecto definitivo del Plan de Descontaminación Atmosférica (PDA) de la comuna se encuentra en proceso de elaboración, el mandante se compromete a dar cumplimiento a las medidas que se establezcan en dicho plan, una vez que éste se encuentre aprobado y vigente.

Adicionalmente es importante destacar que la operación del Estadio no es de carácter permanente, se encuentra asociada a las actividades o eventos que definen el uso del estadio, las que se presentan en tabla a continuación:

 

Tabla: Actividades o eventos proyectados

Actividad o Evento
Horario
Uso y frecuencia

Entrenamientos de clubes de fútbol, universidades o colegios

L a V

28 eventos/mes, por 10 meses/año (no colegios).

L a V

20 eventos/mes por 10 meses/año,
Campeonato a mayor escala

L a V

4 eventos/mes por 12 meses/año.

Entrenamientos de clubes de fútbol, atléticos, universitarios o colegiales.

S y D

28 eventos/mes por 10 meses/año.

S y D

2 eventos/mes por 10 meses/año,

Campeonato de fútbol ANFA Biobío
(cada 15 días de septiembre a
noviembre)

S y D

8 eventos/año.

Campeonato de fútbol nacional

S y D

15 eventos/año.

 

Suelo: Teniendo en consideración las actividades productivas, el desarrollo industrial y urbano que ha tenido la comuna de Los Ángeles y el desarrollo urbano en el entorno donde se proyecta la construcción del nuevo Estadio, considerando además que la superficie (permanente y temporal) afecta al PAS 160 es de 3.018,93 m2, del total de 11,8 hectáreas que considera el proyecto.

Desde el punto de vista biológico, tras el desarrollo del proyecto y específicamente en la superficie destinada a áreas verdes, las condiciones y características biológicas del suelo se verán favorecidas en comparación al actual estado en que se encuentra. Se establecerá cubierta vegetal permanente que favorecerá el desarrollo de microflora y microfauna que permitirá sostener mayor biodiversidad que en las actuales condiciones en que se encuentra el recurso suelo.

 

Dada las características de las obras y acciones del proyecto, no se prevén los efectos a que se refiere este literal.

e) La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Para el área en el cual se emplazará el proyecto no existen normas de calidad ambiental secundarias aplicables al Proyecto. Sin embargo, conforme a los antecedentes descritos en la DIA, el aporte a las concentraciones en la calidad del aire del entorno no será significativo.

En conclusión y de acuerdo a los antecedentes relatados en el literal 11 de la Ley en la DIA, no hay efectos adversos sobre la biota, generados por la magnitud y duración de los efectos del proyecto o actividad, en cualquiera de sus fases.

f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables.

Conforme a resultados de Anexo 12 de la DIA, Caracterización de Fauna, no se identifican zonas de concentración de fauna asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación en el área del Proyecto, toda vez que el área donde se emplazan las obras es un predio intervenido antrópicamente, con vegetación del tipo pradera con especies introducidas.

g) El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en:

g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles.

g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles.

g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas.

g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse.

El proyecto considera la modificación de cauce de dos canales de regadío existentes en el lugar de emplazamiento del estadio, de acuerdo a la caracterización hidrográfica e hidrogeológica efectuada concluye que los cauces superficiales naturales más cercanos al proyecto, se encuentran a 9 y 7 Km. de distancia (Río Rarinco y Duqueco, respectivamente.)

 

Por su parte, las aguas subterráneas no se verán comprometidas, dado que en el área de influencia del proyecto no se encuentran pozos debidamente registrados en el catastro público de aguas.

 

El proyecto dispondrá los residuos fuera de las instalaciones, en lugares autorizados. Por lo que, no se esperan los efectos a que se refiere este literal, conforme a la normativa aplicable y en conformidad con los órganos sectoriales competentes.

h) Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

El proyecto no contempla la intervención de aguas subterráneas que contengan fósiles. El proyecto no contempla la intervención de cuerpos de agua que generen fluctuaciones de niveles.

El proyecto no contempla la intervención de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. El proyecto no contempla la intervención de áreas o zonas de humedales, estuarios y/o turberas que puedan ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. El proyecto no contempla la intervención de glaciares.

 

El proyecto no considera la introducción de especies exóticas.

5.3.          Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tabla 5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto ambiental

-       Impacto en el flujo de transporte y circulación en las rutas viales y accesos considerados por el proyecto.

-       Ruido
-       Seguridad pública

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

Para la caracterización de la componente de Medio Humano se efectuó un levantamiento de información en terreno, correspondiente al Anexo 14 de la DIA, “Estudio de Medio Humano” a objeto de evaluar si el proyecto generará los efectos considerados en el presente literal.

 

Al respecto, el análisis del área de influencia definida para el componente de medio humano y la susceptibilidad de afectación, el titular señaló que en relación al sector rural inmediatamente cercano al emplazamiento del proyecto, éste se caracteriza aún por su comportamiento agrícola, cercado por empresas de diversos servicios.

La ciudad de Los Ángeles se caracteriza, con un tejido productivo destinado a proveer de servicios a la gran empresa que circunda la ciudad y las comunidades aledañas, situación que caracteriza la industrialización del sector aledaño al terreno propuesto para el emplazamiento del proyecto.

 

De acuerdo a la información presentada sobre la línea de base de componente humano, y evaluación de ruido e impacto acústico, el titular señaló que se constató la existencia de 6 viviendas, las cuales tienen la particularidad de ser adyacentes al proyecto, y que se localizan en el cuadrante superior derecho del área de influencia del proyecto, cercanas a la intersección de las rutas 180 con la ruta Q-520.

 
Tabla: Viviendas aledañas a la ubicación del proyecto:
Población
Distancia proyecto
Vivienda 1

2 m

Vivienda 2

86 m

Vivienda 3

25 m

Vivienda 4

150 m

Vivienda 5

22 m

Vivienda 6

80 m

Fuente: Adenda del proyecto, Respuesta 19.
 

De acuerdo a la información entregada en la Adenda del proyecto, el Estadio se emplazará próximo a la unidad vecinal 8301_040U, que actualmente es rural, sin embargo cercano al área de influencia del proyecto, se ubican las comunidades que conforman el conjunto habitacional Villa Galilea, que se sitúa dentro de los límites urbanos de la ciudad, distante 1.500 metros aproximadamente, y que representa una importante densificación urbana para Los Ángeles, la que se ha caracterizado por el alto crecimiento de la unidad vecinal 8103_006U, en el que se ubica las urbanizaciones comúnmente denominadas Villa Galilea, sector en el que se estima la existencia de al menos 3.800 viviendas, caracterizado por grandes flujos de población y transporte y con relevantes requerimientos de servicios, tales como educación y salud.

 

Teniendo en consideración las superficies permanentes y temporales del proyecto, se alcanza un total de 3.018,93 m2 del total de 11,8 hectáreas de la superficie predial del proyecto, para el área de influencia de medio humano, en particular y en relación al uso de recurso suelo, no se detectó explotación de tierras agrícolas a escala comercial. Esta disminución paulatina del potencial agrícola del sector se debe al inminente avance la ciudad y la cercanía del límite urbano, evidenciando el desarrollo industrial y comercial que se ha consolidado en el sector en torno a las rutas Q-520 y ruta 180.

 

El titular señaló en el Anexo 14 de la DIA, “Estudio de Medio Humano”, que los objetivos específicos del estudio fueron a) caracterizar a los grupos humanos de las áreas aledañas al proyecto, b) identificar posibles afectaciones del proyecto a las comunidades del área de influencia.

 

En el citado anexo, se presentó la metodología de investigación utilizada, trabajo de campo y aplicación de entrevistas a las organizaciones y sectores seleccionados para la realización de las entrevistas, así como el análisis y resultados de las dimensiones del informe de medio humano.

 

Sectores y organizaciones seleccionados para la realización de las entrevistas:

  1. Junta de vecinos Pata de Gallina
  2. Asociación de agua potable rural Pata de gallina
  3. Junta de vecinos Villa galilea N°1
  4. Junta de vecinos Villa Galilea N°2
  5. Director de desarrollo comunitario Municipalidad de Los Ángeles
 
Reasentamiento de comunidades humanas

De acuerdo a los antecedentes obtenidos en el estudio de medio humano para el proyecto, el área de influencia está inserta en un territorio categorizado como zona rural, el cual, no cuenta con servicios básicos de saneamiento.

 

No obstante, la construcción del Estadio, se ubicará distante a 1500 metros de las comunidades que conforman el conjunto habitacional Villa Galilea, que se sitúa dentro de los límites urbanos de la ciudad, y que representa una importante densificación urbana para Los Ángeles, la que se ha caracterizado por el alto crecimiento de la unidad vecinal 8103_006U. Además, el proyecto se emplazará más próximo a la unidad vecinal 8301_040U, que actualmente es rural.

 

Existen en el sector otras infraestructuras de uso comunitario como escuelas, capillas, sede vecinal, las cuales el titular señaló que no serán afectadas en su normal funcionamiento por la ejecución del proyecto. Actualmente, según el plano regulador vigente, se mantiene el emplazamiento fuera de los límites urbanos establecidos para la comuna de Los Ángeles, sin embargo, la evaluación del comportamiento de crecimiento actual, se proyecta un cambio posible, a largo plazo, de los límites urbanos existentes en la actualidad.

 

Cabe destacar que la avenida Vicuña Mackenna, es una vía estructurante respecto al transporte público que conecta la ciudad de Los Ángeles, con la ciudad de Nacimiento, Laja, Negrete, Santa Juana y Concepción y con los sectores poblados correspondientes a Santa Fe y Millantú, lo que transforma este espacio en un elemento relevante para la ciudad en términos de conectividad y desarrollo urbano. El desarrollo del proyecto no considera reasentamiento de comunidades humanas, no se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad.

 

Dada la ubicación propuesta, área agrícola que ha disminuido dado el inminente avance de la ciudad y su cercanía del límite urbano, el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

En el área de influencia del proyecto no existen recursos naturales de interés económico, medicinal o espiritual de interés de las comunidades.

 

Para el área de influencia en particular y en relación al uso de recurso suelo, no se detectó explotación de tierras agrícolas a escala comercial. Esta disminución paulatina del potencial agrícola del sector se debe al inminente avance de la ciudad y la cercanía del límite urbano.

 

El titular señaló en el Anexo 14 de la DIA, “Estudio de Medio Humano”, que se desarrolla en el sector la tradicional “Fiesta costumbrista anual Pata de Gallina”, la cual es organizada por el municipio en conjunto con la comunidad del sector. Esta actividad se continuará realizando en el terreno aledaño a la ubicación del Estadio, terreno que es de propiedad Municipal, tal como consta en Registro de Propiedad, adjunto en Anexo 5 de la Adenda del proyecto.

 

El proyecto considera la modificación de cauce de dos canales de regadío existentes en el lugar de emplazamiento del Estadio, de acuerdo a la caracterización hidrográfica e hidrogeológica efectuada se concluye que los cauces superficiales naturales más cercanos al proyecto, se encuentran a 9 y 7 Km. de distancia (Río Rarinco y Duqueco, respectivamente.)

 

Para la realización de las obras se contempla ejecutar los tramos proyectados sin interferir los canales existentes, de forma tal de mantener estos últimos en operación durante la fase de construcción. Solo se intervendrá los dos extremos de cada canal para ejecutar los cortos tramos de empalme con las obras existentes a mantener. Este empalme demandará un plazo de ejecución que se puede estimar en 5 días. Se prevé la instalación de un bypass que traslade momentáneamente el flujo de los canales en zonas donde el canal proyectado reemplace al existente (inicio canal 1 y 2), sin descartar, una posible suspensión del flujo de agua para ejecutar las obras de empalme. Todo lo anterior, se realizará en concordancia con la administración del canal, conforme a mantener las condiciones de regadío del demandante aguas abajo.

 

Las aguas subterráneas no se verán comprometidas, dado que en la zona de influencia del proyecto no se encuentran pozos debidamente registrados en el catastro público de aguas. Los pozos más cercanos (con registro, ND-0802-2187 y ND-0802-4032) señalados se encuentran a más de 430 m del punto más cercano del perímetro del proyecto.

En consecuencia no habrá afectación de las aguas superficiales.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

Aumento en el flujo vial, tanto para la etapa de construcción y operación del proyecto. Lo anterior, en base a la evaluación del “Informe de Factibilidad Técnica Medidas de Mitigación Del EISTU Estadio Los Ángeles”, Oficio N° 1646 de fecha 22 de junio del 2016, de la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, Informe Técnico Final de Aprobación EISTU Proyecto Estadio Los Ángeles, comuna de Los Ángeles.

 

De acuerdo a los antecedentes aportados en relación a las medidas de mitigación proporcionados por el EISTU, concluye que, si bien existirá un aumento de flujo vehicular producto de la construcción del Estadio y los eventos deportivos o culturales, no existirá restricción para la libre circulación de los habitantes del área de influencia en ninguna fase del proyecto, con la aplicación de las medidas detalladas en la respuesta 5 de la Adenda del proyecto.

 

En relación a la conectividad, el titular señaló que el proyecto aportará a la mejora y mantención de las rutas de acceso, ruta 180 como en la ruta Q-520  (en señaléticas, seguridad vial, luminarias, refugios peatonales). Por otra parte, la operación del Estadio traerá consigo el aumento de los flujos de transporte público mejorando con esto los tiempos de traslado, dado que actualmente el único medio de transporte para los habitantes del área, corresponde a un micro bus rural que conecta el sector con la ciudad de Los Ángeles.  

 

Respecto a los tiempos de desplazamientos de los habitantes del área de influencia, se señaló que a través del trabajo de campo y en particular a las entrevistas efectuadas, se pudo identificar una serie de flujos significativos, los cuales se clasificaron según su volumen en tres tipos; Grupo N°1 (las personas que se desplazan para ir a sus trabajos), Grupo N°2 (los estudiantes o personas que trasladan a sus hijos al colegio) y, Grupo N°3 (las personas que se trasladan a realizar trámites o compras a la ciudad.)

 

Tabla: Tipos de flujos y susceptibilidad de afectación por etapa

Tipo de Flujo
Frecuencia
Medio de movilización
Recorrido
Susceptibilidad de afectación en la Etapa Construcción
Susceptibilidad de afectación en la Etapa operación
Grupo N°1
Diaria

- Vehículos particulares

 

- Transporte Público

- Bicicleta

- Desde ciudad de Los Ángeles hacia pata de Gallina. 

 
- Viceversa

Posible incremento del flujo de trabajadores externos e internos que participaran en la construcción del estadio

Posible incremento de flujo de trabajadores relacionados a la operación del estadio (deportistas, periodistas, staff de seguridad, etc.)

Grupo N°2
Diaria
- Vehículo particular

- Transporte municipal

Dese Pata de Gallina a ciudad de Los Ángeles

No se identifica

Posible incremento de delegaciones de estudiantes para uso de instalaciones del estadio (desde Los Ángeles al sector Pata de Gallina)

Grupo N°3
Ocasional

- Transporte publico

- Vehículo particular

Dese Pata de Gallina a ciudad de Los Ángeles

No se identifica

Incremento de flujos hacia Los Ángeles. Nuevos recorridos de locomoción urbana que llegan al sector

Fuente: Tabla 38, Adenda del proyecto.

Según lo anterior, no hay alteraciones significativas en relación al acceso o calidad de los bienes y equipamiento-infraestructura básica del área de influencia por la ejecución del proyecto.

 

Para la fase de operación no se ha considerado la eventualidad de afectaciones producto del funcionamiento del estadio, ya que los eventos deportivos o actividades culturales se realizarán en días y horarios no laborales.

 Tabla: Actividades o eventos proyectados

Actividad o Evento

Horario

Uso y frecuencia

Entrenamientos de clubes de fútbol, universidades o colegios

L a V

28 eventos/mes, por 10 meses/año (no colegios).

L a V

20 eventos/mes por 10 meses/año,

Campeonato a mayor escala

L a V

4 eventos/mes por 12 meses/año.

Entrenamientos de clubes de fútbol, atléticos, universitarios o colegiales.

S y D

28 eventos/mes por 10 meses/año.

S y D
2 eventos/mes por 10 meses/año,

Campeonato de fútbol ANFA Biobío

(cada 15 días de septiembre a

noviembre)
S y D
8 eventos/año.
Campeonato de fútbol nacional
S y D
15 eventos/año.
 

En tanto, respecto a la evaluación acústica de proyecto, informe que se adjuntó en el Anexo 7 de la Adenda, se determinó a través de una evaluación a la eventual alteración de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, utilizando como referencia la Norma Chilena NCh 1619 Of79 – Evaluación del Ruido Ambiente en Relación con la Reacción de la Comunidad, la cual establece una pauta para evaluar la aceptabilidad del ruido en las comunidades.

 

Los resultados de dicha evaluación indicaron una reacción de la comunidad ante el ruido generado por el proyecto correspondiente a categoría “ninguna” (nula reacción de la comunidad frente ruido) y “poca” (quejas esporádicas), definiéndose, por tanto, según los alcances y consideraciones detalladas en documento de referencia, que el sistema de vida de los vecinos más cercanos al proyecto no se verá alterado significativamente.

 

El titular señaló que se realizó una valoración del impacto ambiental del proyecto, utilizando matrices de evaluación de impacto tipo Leopold modificado. Además de la relevancia del componente ambiental afectado, la metodología considera el carácter y magnitud de impactos, donde la magnitud de los impactos está en función de la probabilidad de ocurrencia, extensión, intensidad, duración, sinergia y reversibilidad de los mismos.

 

Según este, el impacto total (IT) para las actividades indica valores entre -10 y -15, con valoración final de impacto no significativo para todas las actividades. De esta forma, considerando la implementación de las medidas de control de ruido descritas en Informe de Evaluación Acústica del Anexo 7 de la Adenda, y en referencia a los resultados de la evaluación de impacto, junto con los resultados de la evaluación de la reacción de la comunidad ante el ruido (según NCh 1619 Of79), se concluye que los Sistemas de vida de los vecinos más cercanos al proyecto no se verá alterado.

 

Respecto al impacto en la seguridad pública durante la fase de operación del proyecto, el titular señaló que se Implementará el Plan Estadio Seguro. Para lo anterior, desde el municipio se gestionará con Carabineros de Chile la presencia de un retén móvil para cada vez que haya un encuentro deportivo masivo.

Además, gestionará la postulación de un proyecto al fondo del 2% de seguridad del GORE, con una iniciativa a fin, según requerimientos de la comunidad (o través de FONDEVE o subvención municipal) JJVV Pata de Gallina.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

De acuerdo a los antecedentes obtenidos en el estudio de medio humano para el proyecto, Anexo 14 de la DIA, no se identificaron impactos significativos en este ámbito. Esto se explica, porque el área de influencia del proyecto está inserta en un territorio categorizado como zona rural, el cual, no cuenta con servicios básicos de saneamiento.

 

El titular señaló que la distribución de agua potable para la comunidad se realiza a través del APR Pata de gallina que existe alrededor de 4 años y abastece cerca de 140 familias distribuidas en el sector. Respecto al abastecimiento de agua potable, según se indicó precedentemente, el sector cuenta con dicho servicio a través del APR Pata de Gallina, sistema que posee 9.690 metros más de red, con 131 arranques y que favorece a 640 habitantes agrupados en cerca de 140 familias distribuidas en el sector.

 

En referencia a lo anterior, el titular señaló que durante la fase de construcción no se considera la utilización del recurso hídrico desde esta fuente de abastecimiento.

 

Además, el titular señaló que en el sector no existe cobertura sanitaria de la red de alcantarillado, por lo que fosa séptica es la solución sanitaria para el sector. Por tanto, de ninguna forma el proyecto disminuirá la calidad de los servicios de saneamiento del sector, sino más bien el proyecto aportará a que las redes se extiendan en el futuro si el crecimiento urbano se proyecta hacia el sur poniente. Para lo anterior, se debe tener como antecedente relevante al respecto, la respuesta favorable de la empresa sanitaria ESSBIO S.A. a la solicitud emanada desde la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles para dotar de agua potable y alcantarillado de aguas servidas al proyecto Estadio Los Ángeles, a través de propuesta de Factibilidad técnica y económica elaborada por ESSBIO S.A. en septiembre del 2016 N° DNC VIII 2171/16, el que se adjuntó en el Anexo 8 de la DIA, para ampliar su radio de cobertura operacional y dotar de servicios de distribución de agua potable y red de alcantarillado al Estadio, que eventualmente podrán beneficiar a las viviendas que queden circunscritas a esta área operacional.

 

Por otra parte, existen en el sector otras infraestructuras de uso comunitario como escuelas, capillas, sede vecinal, las cuales no serán afectadas en su normal funcionamiento por la ejecución del proyecto.

 

Tal como se ha mencionado anteriormente, el área de influencia está inserta en un territorio categorizado como zona rural, fuera del límite urbano comunal, el cual, no cuenta con servicios básicos de saneamiento. Puesto que la cobertura operacional de ESSBIO S.A. no cubre a este sector. Por lo que fosa séptica es la solución sanitaria para los habitantes del sector.

En el área de influencia existe una zona de servicios asociados al comercio, producción de plantas de ornamentación, talleres, maestranzas y fábrica de hormigones que están contiguos a las vías de acceso tanto en la ruta 180 como en la ruta Q-520, las que eventualmente podrían verse afectados por el incremento de flujos, solo en la fase de construcción del proyecto, pero considerando las medidas de mitigación vial propuestas, no se vislumbran efectos significativos.

Sin embargo, para la fase de operación no se ha considerado la eventualidad de afectaciones producto del funcionamiento del estadio, ya que los eventos deportivos o actividades culturales se realizan en días y horarios no laborales.

Según lo anterior, el proyecto en cuestión, en cualquiera en su fase de construcción, no contempla la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

De acuerdo al trabajo de campo realizado en el sector, se constató que la más importante manifestación de la cultura local se expresa en la fiesta costumbrista anual que se desarrolla en el sector, donde se realizan; muestras gastronómicas, juegos típicos, show folclórico entre otros, siendo además una oportunidad para el desarrollo local.

Esta actividad es realizada por la municipalidad de Los Ángeles en conjunto con las organizaciones comunitarias del sector, posee el carácter de una tradición, por lo cual, la construcción del proyecto no representa una amenaza a su continuidad, ya que ésta se realizará en terreno aledaño a la ubicación del Estadio, terreno que es de propiedad Municipal, según consta en Registro de Propiedad, adjunto en Anexo 5 de la Adenda del proyecto.

De acuerdo con la información de medio humano indicada en el Anexo 14 de la DIA, el proyecto se emplaza en una zona que no es sitio de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

Según lo identificado el proyecto se encuentra alejado de las áreas o sitios de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios y que de acuerdo a lo señalado en el  Anexo 14 de la DIA “Estudio Medio Humano”, actualmente no existen comunidades indígenas. Lo anterior, de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, verificados por la CONADI mediante Ord. 722 de fecha 29 de diciembre de 2016, en el que indica que de acuerdo a la información proporcionada por el titular, en el área donde se emplazará el proyecto, no existen elementos del componente Medio Humano Indígena que deban ser evaluados y tampoco existe alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres propios de estos grupos cercanos al área de influencia. Verificados los antecedentes por la CONADI, se determinó que, en el área de influencia del proyecto, no se identifican tierras indígenas, demandas territoriales, grupos humanos o comunidades indígenas que pudiesen ser afectadas por el proyecto objeto de esta evaluación.

 

5.4.          Localización y valor ambiental del territorio

 

Tabla 5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Impacto ambiental

El área propuesta para la construcción y operación del proyecto,  se verá afectado producto de las obras y acciones del proyecto.

Existencia de poblaciones protegidas

Respecto a Poblaciones Protegidas y según se indica en el Anexo 14 de la DIA “Estudio Medio Humano” y su información complementaria presentada en la Adenda, no se identificó la presencia de comunidades indígenas o la práctica en el área de influencia del proyecto, de expresiones culturales propias de los pueblos indígenas. Lo anterior, de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular, verificados por la CONADI mediante Ord. 722 de fecha 29 de diciembre de 2016.

 

En este sentido, y de acuerdo se informa en el citado Anexo 14 de la DIA, las entrevistas realizadas y la recolección de información secundaria con autoridades locales y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), en el área de influencia del proyecto, no existe presencia de comunidades mapuches o pueblos originarios reconocidos o protegidos por el Estado, que desarrollen actividades propias de su cultura dentro del área de influencia del proyecto con motivos religiosos, medicinales o recreativos.

 

Tampoco se registran asentamientos indígenas cercanos al área de influencia del proyecto. Cabe destacar que de acuerdo a información de CONADI, en la Región del Biobío las áreas de desarrollo indígena se ubican en las comunas de Cañete, Contulmo, Tirúa, Santa Bárbara, el registro de comunidad indígena más cercano al área del proyecto, se encuentra a aproximadamente a 20 km en dirección sur poniente, sobre la ruta Q-61, en dirección a la localidad de Santa Bárbara, de acuerdo a los registros de disponibles en la página www.conadi.cl, y según se muestra en la Ilustración 1: Registro de Comunidades Indígenas de la DIA del proyecto.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

De acuerdo a la revisión de información bibliográfica así como de los antecedentes recopilados en las campañas de terreno, no existen áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental en el área de influencia del proyecto, tal como se observa en la Ilustración N°20 Análisis Territorial disponible en www.sea.gob.cl

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

En el área de influencia del proyecto, no se determinó la presencia de poblaciones protegidas, Anexo 14 Estudio Medio Humano, vinculada a la zona del proyecto ni al Área de Influencia del mismo

Por otra parte, en el entorno directo del emplazamiento del proyecto no se evidencia presencia de personas que pertenezcan a alguna etnia, ni lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Antecedentes verificados por la CONADI mediante Ord. 722 de fecha 29 de diciembre de 2016, de acuerdo a los antecedentes presentados por el titular Anexo 14 de la DIA.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

De acuerdo a los antecedentes recopilados tanto en las campañas de terreno y sus resultados que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, sumado al análisis bibliográfico y considerando las características del proyecto, se concluye que el proyecto en evaluación no producirá los efectos que se señalan en el presente literal, en las áreas con valor ambiental identificadas con anterioridad.

En el área de influencia del proyecto no se determinó la presencia de recursos susceptibles de ser afectados, y dadas las características del proyecto, se indica que no se producirá los efectos que se señalan en el presente literal, por tanto no se produce impacto sobre localización y valor ambiental del territorio.

5.5.          Valor paisajístico o turístico

 

Tabla 5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto ambiental

Alteración del Paisaje

Existencia de valor turístico

El área donde se emplaza el proyecto no presenta atributos con valor paisajístico o turístico. El terreno donde se emplazará el proyecto, se encuentra en un área intervenida, en el cual se desarrollan actividades industriales, con usos de suelo residenciales y agrícolas en sus inmediaciones, donde existe evidencia de atractivos, circuitos y zonas turísticas, no presentando efectos sobre áreas sensibles con valor turístico.

 

Lo anterior teniendo en consideración la alta intervención antrópica en el área, la cual se observa en forma primaria a través de las extensiones de superficie destinadas a la agricultura y usos residencial. Asimismo, se observa un desarrollo de actividad industrial en el área asociada a la actividad agrícola del área.

En el área de influencia del proyecto no existen zonas con valor turístico, de acuerdo a lo informado en el punto 3.7.5 de la DIA, en el Anexo 12 de la Adenda del proyecto “Informe valor paisajístico”, el titular señala que no existen emprendimientos turísticos en las inmediaciones del área propuesta para la construcción del Estadio o en el área de influencia descrita. No hay presencia de algún atractivo turístico reconocido por el SERNATUR.

 

Asimismo, el titular señaló que de acuerdo a la información registrada en el sitio web de la subsecretaría de turismo no existen Zonas de Interés Turístico (ZOIT) declaradas bajo la Ley Sistema Institucional para el Desarrollo del Turismo N°20.423 (2010).

La Zona de Interés Turístico presente en la región del Biobío corresponde a los Saltos del Laja (Decreto 1180/17), ZOIT que se encuentra a aproximadamente 30 km del lugar de emplazamiento del proyecto, fuera del área de influencia del mismo.

 

Tal como se indica en este artículo, el valor turístico de una zona está estrechamente relacionado con el valor paisajístico, cultural y/o patrimonial de la misma y la atracción de flujos de turistas hacia ella, cuestión que para el sector donde se propone emplazar el proyecto se descarta, ya que solo existen usos de suelo residenciales y agrícolas en sus inmediaciones, no interfiriendo por tanto, actividades derivadas del turismo.

Existencia de valor paisajístico

En el área donde se ubicará el proyecto no existirá pérdida de atributos biofísicos o estructurales, en consideración a los lineamientos de la “Guía de Evaluación del Valor Paisajístico en el SEIA”. En el Anexo12 de la Adenda, se estableció que el área de influencia del proyecto, en términos de valor paisajístico, el área donde se emplazará el Estadio, es representante clara de un territorio y paisaje que se ha desarrollado producto de una intensa actividad productiva condicionada a las características climáticas y de suelo, y que está al límite de formar un paisaje urbano, presentando una dinámica conste de cambio.

Desde el punto de vista paisajístico el sitio está estructurado actualmente por procesos productivos, pero que los factores propios del desarrollo urbano y territorial, pronostican cambios en su función e imagen debido a las cercanías de los polos urbanos, y nuevos proyectos de infraestructura y movilidad de la región.

 

Asimismo, para la evaluación de calidad visual del lugar propuesto para el emplazamiento del proyecto, se consideraron aspectos morfológicos, elementos vegetales presentes, fono escénico, variabilidad cromática, singularidad, entre otros. Se establece que la calidad visual del lugar estudiado es baja y que corresponde a un paisaje homogéneo cuyos atributos no generan de manera individual o en conjunto características singulares que se destaquen dentro de la macrozona o zona a la cual pertenece.

 

Conforme a ello, y considerando el área de influencia definida del proyecto y los puntos desde donde es posible observar visualmente en el Anexo 12 de la Adenda del proyecto “Informe valor paisajístico”, establecen una fragilidad visual baja, la que la que corresponde especialmente a que ya es un territorio intervenido, el que muestra características que hacen que un cambio o incorporación de elementos en el paisaje tenga una influencia baja dentro de los elementos “significativos” que conforman el paisaje del área propuesta para el emplazamiento del proyecto.

 

De acuerdo a lo indicado en el Anexo 12 de la Adenda “Informe de Valor Paisajístico”, se entrega como resultado que del análisis de los antecedentes, y los trabajos de sitio para el levantamiento de información relacionada con la valoración paisajística del área donde se emplazará el futuro Estadio de Los Ángeles, señala que el paisaje clase IV con que se califica, y sus niveles bajos en calidad y fragilidad visual, indican que es un sector adecuado para instalar este tipo de equipamientos urbanos. Además, con el análisis de los atributos y el manejo de imágenes, se muestra – que a pesar que el proyecto se destaca dentro del conjunto de atributos – no influye en vistas principales, o apreciación de otros elementos como vegetación, cielo, y las mismas rutas.

De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.

 

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

De acuerdo a los antecedentes entregados en el Anexo 12 de la Adenda, desde el entorno inmediato con respecto a la magnitud de obstrucción visual, se indica que el proyecto no obstruye la visión y/o apreciación de otros elementos paisajísticos de mayor singularidad, ya que hay barrera vegetal que genera un denso borde perimetral que limita el campo visual del observador.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Respecto a la magnitud de obstrucción desde los sectores aledaños, desde distancias entre 1.000 a 2.000 mts, especialmente desde la ruta 5 sur, se establece que no hay obstrucción mayor, debido principalmente a la topografía y vegetación, que permite mimetizar el efecto visual del Estadio.

Asimismo, el Estadio se proyecta como un hito visual, integrándose a la imagen periurbana de la ciudad de Los Ángeles, por lo que será un referente que aportará singularidad al área del proyecto.

 

Aun cuando el proyecto se destaca dentro del conjunto de atributos, no influye en vistas principales, o apreciación de otros elementos como vegetación, cielo, y las mismas rutas, según se muestra en la revisión de los atributos y el manejo de imágenes del Anexo Informe valor paisajístico, por lo cual no obstruirá visualmente el paisaje del entorno, no generará una alteración significativa del valor paisajístico de la zona, el proyecto no interfiere con los atributos estructurales o estéticos del paisaje, tal como se indican en el Anexo 12 de la Adenda del proyecto.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

Conforme a los antecedentes expuestos en los puntos a) y b), el proyecto no obstruye en términos de duración o magnitud el acceso o altera la zona con valor turístico. Cabe señalar que el proyecto permitirá potenciar el desarrollo de actividades deportivas a nivel comunal, regional y nacional.

5.6.          Alteración del patrimonio cultural

 

Tabla 5.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto ambiental

Alteración de sitios de tipo arqueológico.

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En consideración a la caracterización de los aspectos culturales y arqueológicos en el área de influencia del proyecto, el titular señaló que, del análisis bibliográfico, así como de una prospección arqueológica superficial en terreno, no se registraron monumentos nacionales en ninguna de sus categorías, de los indicados en la Ley 17.288, y tampoco otros sitios de interés patrimonial, folklórico o religioso, de los indicados en la Ley 19.300 y su Reglamento.

 

No obstante lo anterior, en el caso que se detecte la presencia de restos culturales antropoarqueológicos o históricos subsuperficiales durante la fase de construcción del proyecto, se procederá de acuerdo con lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20º y 23º de su Reglamento, con el propósito de diseñar y realizar actividades de salvataje arqueológico adecuadas.

De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

 

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288.

De acuerdo a lo informado por el titular en la DIA, punto 3.1.3 Alteración al patrimonio cultural y en el Anexo 13 Informe Arqueológico, no se contempla remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar o intervenir en ninguna forma algún monumento nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288, CMN, lo anterior, en consideración a que las partes, obras y acciones del proyecto se ejecutarán en terrenos  que presentan intervención antrópica y de acuerdo al análisis bibliográfico de gabinete y la revisión de los Archivos del Consejo de Monumentos Nacionales, sobre el área de emplazamiento del proyecto permitió dilucidar que no existen monumentos nacionales declarados: histórico, santuario de la naturaleza y zona típica.

La indicación anterior, fue corroborada por la prospección arqueológica realizada, descartándose la presencia en superficie de cualquier sitio arqueológico, incluso no se registraron hallazgos aislados.

 

El titular señaló que las condiciones de visibilidad en terreno al momento de realizar la prospección eran muy malas, dado que la superficie del predio se encontraba con una gruesa cubierta herbácea y arbustiva. En esas condiciones se observó también, calicatas de prueba de suelos, perfiles de acequias, y un terreno colindante recién arado, siendo el resultado la constatación de la nula presencia de materiales culturales o asentamientos arqueológicos. El trabajo en terreno tampoco evidenció otros elementos relevantes del patrimonio cultural en el área de emplazamiento del proyecto.

 

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto, conforme se detalla en el plan de cumplimiento normativo.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

En el área donde se localizará el proyecto no se identifican lugares o sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluyendo el patrimonio cultural indígena. Cabe señalar que según lo informado por el titular en el Anexo 13 “Informe Arqueológico” y Anexo 14 “Estudio Medio Humano”, de la DIA respectivamente, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

En el sitio en que se emplazará el proyecto no se ha evidenciado que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Cabe señalar que según lo señalado en el Anexo 14 Medio Humano de la DIA, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.

 

6.    Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

Los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto son los siguientes:

Tabla 9.1.1 Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”.según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera la acumulación temporal de residuos sólidos no peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

La sala de almacenamiento, es el lugar destinado al acopio de residuos sólidos previo al envío a disposición final en una instalación externa, que tendrá una superficie de 2,6 m2, la que deberá ser autorizada por la SEREMI Salud.

Las características y detalles de la sala se indican en el punto 4.2.1 de la DIA y en el Anexo 4 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente

Of. ORD. N° 3218 de fecha 27 de diciembre de 2016, publicado por la SEREMI de Salud. Pronunciamiento conforme.

 

Tabla 6.1.2 Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera la acumulación temporal de residuos sólidos  peligrosos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Etapa de construcción: Se realizará el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos, al interior de contenedores estancos, herméticos y con tapa, debidamente etiquetados, que serán dispuestos al interior de una bodega, que se localizará alejada de la instalación de faenas, con acceso restringido, permitiendo el acceso sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad. Su ubicación dentro del predio se presentó en la Ilustración 15 de la Adenda del proyecto.

Etapa de operación: La sala de almacenamiento de residuos del proyecto, se ubicará en un costado del estadio con fácil acceso para su recogida para despacho a disposición final por empresa autorizada. El área de almacenamiento de residuos peligrosos, está considerada como un área anexa al interior de la sala de almacenamiento de residuos del proyecto, completamente aislada, en la que se almacenarán de manera transitoria los residuos peligrosos.

Esta sala independiente tendrá una superficie de 2,6 m2. Para el almacenamiento de residuos peligrosos se consideran 2 contenedores de 360 litros de capacidad total, de color rojo para los residuos peligrosos (Tubos fluorescentes, pilas, etc.) Se definen carros de polietileno de alta densidad (PAD) de capacidad de 360 litros, con ruedas y tapa, para el almacenamiento transitorio de los residuos peligrosos en su respectiva área dentro de la sala de almacenamiento de residuos, para su posterior despacho.

El detalle y especificaciones se presentaron en el capítulo III, Respuesta 2 de la Adenda del proyecto.

Pronunciamiento del órgano competente

Of. ORD. Nº 1676 de fecha 7 de julio de 2017, publicado por la SEREMI de Salud. Pronunciamiento conforme.

6.1.3        Permiso Artículo 156

Tabla 6.1.3 Permiso para efectuar modificaciones de cauce, según se establece en el artículo 156 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera efectuar la modificación del canal que atraviesa la ruta Q-520 en la zona de influencia del proyecto , dicho canal se bifurca en 2 canales al ingresar al terreno y llega a 2 puntos diferentes en la RUTA 180.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Las obras proyectadas se refieren a la reubicación de los canales que cruzan la zona de desarrollo del Proyecto.

Estas corresponden a: excavaciones y movimiento de tierras; perfilados de taludes; compactación del sello de excavación; construcción del radier base; colocación de paredes de hormigón armado; confección de revestimientos en mampostería de piedra; construcción de dados de refuerzo; colocación de tuberías C.C. Φ800 mm, Φ 1000 mm y Φ 1200 mm; construcción de muros de cabecera en Hormigón Armado.

Los canales actualmente existentes se encuentran conformados en tierra y presentan buenas pendientes para el escurrimiento de las aguas que portean.

Los nuevos cauces serán diseñados en base a secciones trapezoidales de hormigón armado revestidas en mampostería de piedras. La velocidades de escurrimiento superará el 1,0 m/s, evitando embanques debido a la mayor longitud del nuevo canal.

Las secciones tipo para los canales se detallan en la Respuesta 4 de la Adenda del proyecto, Capítulo III.

En el Anexo 9 de la Adenda, se adjuntaron todos los antecedentes relacionados con la modificación del cauce.

Pronunciamiento del órgano competente

Of. ORD. N° 1051 de fecha 11 de julio de 2017, publicado por la DGA. Pronunciamiento conforme.

 
6.1.4        Permiso Artículo 160

Tabla 6.1.4 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fura de los límites urbanos, según se establece en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación
Parte, obra o acción a la que aplica

El proyecto considera la urbanización del terreno donde se construirá el estadio y el respectivo Informe Favorable de Construcción.

Instalación de faena
Obra gruesa
Edificaciones complementarias
Seguridad Zonas de control
 

En la Respuesta 5 de la Adenda del proyecto, se presentó el detalle de las superficies temporales y permanentes afectas al PAS 160, la superficie total afecta a dicho permiso corresponde a 3.018,93 m2.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. Plano de ubicación, plano con detalle de las edificaciones, señalando además las superficies temporales y permanentes afectas al PAS 160 se adjuntó en Anexo 10 de la DIA.

 

Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. Planos adjuntos en Anexo 4 de la DIA.

Caracterización del suelo. En Anexo 11 de DIA se adjuntó Informe Agronómico.

En el Anexo 10 de la Adenda, capítulo III, se adjuntó plano con detalle de las superficies temporales y permanentes afectas al PAS 160.

Pronunciamiento del órgano competente

·         Of. ORD. N° DDUI 75 de fecha 29 de diciembre de 2016, publicado por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo. Pronunciamiento Conforme.

·         Of. ORD. Nº 778/2017 de fecha 29 de junio de 2017, publicado por SAG, Región del Biobío. Pronunciamiento Conforme.

 

7°.       Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:

Tabla 7.1. Norma General

 
Componente/materia:
 
Ámbito General
 
Norma

 

Ley Nº 19.300 (modificada por la Ley Nº 20.417) de Bases Generales del Medio Ambiente.

 

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

 
Fases de Construcción, Operación
 
Parte, obra o acción a la que aplica
 
Todas las partes obras y acciones
 
Forma de cumplimiento

 

El proyecto ingresa al SEIA como Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo “Antecedentes que justifican la Inexistencia de Aquellos Efectos, Características, o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental”.

 
Indicador que acredita su cumplimiento
 
Resolución de Calificación Ambiental
 
Forma de control y seguimiento

 

Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA.

 

7.2       D.S. Nº 40/2013 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). MMA

 

 

Tabla 7.2. Norma Específica

 
Norma

 

D.S. Nº 40/2013 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Ministerio del Medio Ambiente.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Materia
 

 

Fija el procedimiento administrativo al que deberán ceñirse tanto las Declaraciones de Impacto Ambiental  como  los  Estudios  de  Impacto  Ambiental.  Establece  la lista de permisos considerados como ambientales sectoriales, que deben ser aplicables a algún proyecto. 

 
 

En el artículo 3, letra g.1) Proyectos de desarrollo urbano que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento.

 
Relación con Proyecto

El proyecto, conforme a lo establecido en el artículo 3 (letra g.1)) del D.S. N°40/2013, debe ingresar al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación

 
Forma de Cumplimiento

El  proyecto  ingresa  al  SEIA  como  Declaración  de  Impacto  Ambiental  (DIA)  para  su correspondiente evaluación.

 

RCA, registro en la Superintendencia de Medio Ambiente y remitir información respecto de las condiciones, compromisos o medidas establecidas en la RCA.

Indicador de Cumplimiento

Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

7.3       D.S. N°458/1976 Ley General de Urbanismo y Construcciones

Tabla 7.3. Norma Específica

Norma

 

D. S. Nº 458/1976, Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones. Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

 
  
 
 
 
Materia

 

En el diseño y construcción del proyecto se respetarán las normas señaladas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Decreto Supremo Nº 47/1992 Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

 
 
 
Relación con Proyecto

 

La ejecución del proyecto está condicionada a los permisos de edificación otorgados por los organismos competentes. Se solicita el PAS 160.

 
Fase de Cumplimiento
 
Construcción, operación
 
 
 
Forma de Cumplimiento
 
Permiso de la Dirección de Obras Municipales.
 
Indicador de Cumplimiento

 

Solicitud de aprobación de la Dirección de Obras Municipales e informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda competente.

Cumplimiento de lo establecido en la Resolución de Calificación Ambiental favorable del proyecto.

7.4       D.S. N°4 Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control

Tabla 7.4. Norma D.S. N° 4

Componente/materia:
Aire
Norma

Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. Fecha de Publicación: 29 de enero de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. (Modificaciones: D.S. Nº 58, fecha de publicación: 29 de enero de 2004, MINSEGPRES).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes obras y acciones
Forma de cumplimiento

Se exigirá que todos los vehículos relacionados con el proyecto cuenten con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes.

El titular del proyecto exigirá a las empresas contratistas en el contrato de ejecución de las obras, el cumplimiento de estas medidas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de mantenciones y, si corresponde, certificado de revisión técnica de los vehículos.

Forma de control y seguimiento
Mantención de los registros disponibles para la autoridad.

Tabla 7.5 Norma Aire

Componente
Aire
Norma

D.S. N°75/1987 Establece Condiciones para el Transporte de Carga

Fase de cumplimiento

Construcción y operación

Forma de Cumplimiento

Los vehículos que transporten material particulado y/o fragmentado (tierra, material integral o escombros) siempre ejecutarán esta acción con su carga cubierta.

Indicador que Acreditará Cumplimiento

Los camiones antes de partir deberán revisar un check list en el cual se incluirá como medida, la cobertura de la carga. Antes de iniciar su transporte, esto será supervisado por el encargado de proyecto.

Forma y Control de Seguimiento

Visación por parte del encargado de proyecto del cumplimiento de la medida.

Tabla 7.6 Norma Ruido

Componente
Ruido
Norma

D.S. N°38/2012 Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas”. Ministerio Secretaría General de la Presidencia Establece los niveles máximos de presión sonora corregidos generados por fuentes fijas de acuerdo a cinco tipos de zonas homologadas.

Fase de cumplimiento
Construcción y operación
Forma de Cumplimiento

Se implementan las medidas de control definidas en el Informe de Evaluación de impacto acústico para la etapa de construcción del proyecto, y se efectuarán mediciones de seguimiento de ruido el plan de monitoreo de ruido, durante la etapa de operación de manera bimensual y durante la etapa de construcción de manera semestral incluyendo la puesta en marcha. Lo anterior, según detalle de medidas presentadas en la Adenda del proyecto, Anexo 7.

Indicador que Acreditará Cumplimiento

Informes de monitoreo de ruido, disponibles para la autoridad.

Forma y Control de Seguimiento

Los informes de monitoreo de ruido serán presentados a la SMA.

7.7       Norma D.S. N°138/05 Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Tabla 7.7 Norma D.S. 138/05

Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma
D.S. N°138/05 “Establece obligación de declarar emisiones que indica”
 
Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

·         Arriendo multicanchas

·         Arriendo cancha estadio

Forma de cumplimiento
Declaración de emisiones en plataforma RETC
Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de declaración de emisiones atmosféricas correspondiente en plataforma RETC.

Forma de control y seguimiento
Mantención de registros disponibles para la autoridad
7.8       Norma D.S. N° 144/61

Tabla 7.8. Norma D.S. N° 144/61

Componente/materia:
Emisiones atmosféricas
Norma

D.S. Nº 144/61 “Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”. Ministerio de Salud. Artículo 1 Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

Todas las partes obras y acciones.
Forma de cumplimiento
Fase de construcción:

·         Para las emisiones por polvo re suspendido se aplicará un aditivo químico elaborado en base a elementos orgánicos para el control de emisiones de polvo por efecto de tránsito vehicular pesado. El aditivo considerado corresponde a Corpi Seal

·         Los camiones serán cubiertos con implementos que eviten la generación de emisiones (ej. lonas o carpetas cobertoras)

·         Los vehículos tendrán revisión técnica al día.

·         Señalética con restricción de velocidad máxima de 30 km/h para circular en el área del proyecto

·         Toda la maquinaria contratada contará con las mantenciones indicadas por el fabricante y cumplirá con la normativa vigente.

Fase de operación:

·         La caldera de agua caliente considerada en la etapa de operación del proyecto contará con la autorización de la SEREMI de Salud.

·          Accesos del proyecto y vías de circulación vehicular interiores pavimentados

Indicador que acredita su cumplimiento

·         Registro de implementación de medidas propuestas

·         Registro de mantenciones de maquinaria y vehículos.

·         Resolución de autorización caldera por SEREMI Salud

Forma de control y seguimiento
Se mantendrán los registros disponibles para la autoridad

Tabla 7.9 Patrimonio Cultural

Norma

Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que le dará cumplimiento

Fase de Construcción
Forma de Cumplimiento

En el área de intervención del Proyecto no existen sitios de carácter histórico, antropológico, arqueológico ni paleontológico. Sin embargo, conforme a lo señalado en el artículo 26 de la Ley 17.288, en caso de identificarse la presencia de un sitio perteneciente al Patrimonio Cultural en cualquiera de las Fases de Proyecto, se dará aviso inmediato al Gobernador Provincial.

 

El titular realizará previo a la Fase de Construcción, una Charla de Inducción a los trabajadores del proyecto, la cual será realizada por un arqueólogo y abordará dentro de sus contenidos el tipo de componente arqueológico que se podrían encontrar en el área del proyecto, y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo.

Indicador que Acreditará Cumplimiento

Ejecución del Proyecto en las coordenadas establecidas en la DIA.

En caso de identificarse la presencia de un sitio perteneciente al Patrimonio Cultural en cualquiera de las Fases de Proyecto, se dará aviso inmediato al Gobernador Provincial.

Registro de realización de charla de capacitación a trabajadores.

Forma y Control de Seguimiento

Verificación de ejecución del proyecto en las coordenadas establecidas en la DIA del Proyecto, por el jefe de Proyecto.

Envió de registros de capacitaciones de personal a la Autoridad Ambiental y CMN, previo a la Fase de Construcción.

7.10   D.S. Nº 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Tabla 7.10 Sanitarias
Norma

D.S. Nº594/99 Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias Ambientales Básicas en Los Lugares de Trabajo. En materia de condiciones sanitarias, el reglamento establece las normas sobre provisión de agua potable, disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, servicios higiénicos, de evacuación de aguas servidas y guardarropía y comedores.

Fase de cumplimiento

Construcción, operación y Cierre

Forma de Cumplimiento

Durante la fase de construcción y cierre se dispondrá de un baño químico conforme a lo establecido en el D.S. 594/2000 del Minsal, además de proveer a los trabajadores de agua potable conforme a lo exigido en este cuerpo legal. También, se efectuarán todas las medidas de prevención de riesgos requeridas (extintores, señalética, zona de seguridad, entre otros).

Indicador que Acreditará Cumplimiento

Materialización, registro y control de las exigencias establecidas en el D.S. N°594/99 del Minsal.

Forma y Control de Seguimiento

Se mantendrán  limpias  las  áreas  de  trabajo  y  lugares  de  disposición  de  residuos.  Se gestionarán los residuos de forma diferenciada según su tipología/características.

7.11   Norma D.S. Nº 725/67 “Código Sanitario”

Tabla 7.11 Norma D.S. Nº 725/67

Componente/materia:
Residuos líquidos
Norma

D.S. Nº 725/67 “Código Sanitario”, según lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 del D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción y operación.

Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica

·         Instalación de faena

·         Arriendo multicanchas

·         Arriendo cancha estadio

Forma de cumplimiento

·         Durante la etapa de construcción se contará con servicios higiénicos tipo baño químico, servicio que será contratado a una empresa externa debidamente autorizada.

·         Durante la etapa de operación las aguas servidas serán descargadas a la red de alcantarillado de la empresa ESSBIO.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de retiro de residuos por camión limpia fosa debidamente autorizado.

Boletas de empresa sanitaria por prestación de servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas servidas (Empresa Sanitaria ESSBIO).

Forma de control y seguimiento

·         Se mantendrá registro de retiro de residuos en instalación de faena durante la etapa de construcción, los que se encontrarán disponibles a solicitud de la autoridad.

·         Mantención de boleta de prestación de servicios de Empresa Sanitaria ESSBIO.

 

8.         Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el titular del proyecto señaló que contempla los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 
8.1 Compromisos ambientales voluntarios.

Tabla 8.1.1 Compromiso ambiental voluntario 1

Impacto asociado

Paisaje

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Desarrollo proyecto de paisajismo

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Predio donde se ejecutará una vez que el proyecto entre en operación.

Indicador que acredite su cumplimiento

Áreas verdes y especies sembradas y plantadas de acuerdo al proyecto de paisajismo.

Forma de control y seguimiento

Registro de control de cumplimiento del proyecto de paisajismo.

 

Tabla 8.1.2 Compromiso ambiental voluntario 2

Impacto asociado

Aumento de emisiones de ruido

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Objetivo, descripción y justificación

Verificar el cumplimiento del ruido hacia el entorno, previendo cualquier posible impacto sobre la salud de los receptores aledaños al sitio de ubicación del proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

De manera bimensual durante la etapa de construcción del proyecto.

De manera semestral durante la etapa de operación, incluyendo la puesta en marcha.

Indicador que acredite su cumplimiento

Envío de informes de monitoreo de ruido a la SMA.

Forma de control y seguimiento

De acuerdo al Plan de monitoreo de ruido, presentado en la Adenda del proyecto.

 

Tabla 8.1.3 Compromiso ambiental voluntario 3

Impacto asociado

Agua de riego.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Seguimiento de la calidad de agua en canales de regadío.

Monitoreo mensual en cada uno de los puntos de captación y empalme.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Zona del proyecto

Indicador que acredite su cumplimiento

Resultados de monitoreos deben encontrarse disponibles en obras.

Forma de control y seguimiento

Resultados de monitoreo disponibles para la autoridad fiscalizadora SMA o del organismo competente.

 
8.2 Condiciones o exigencias al proyecto.

Tabla 8.2.1 Condiciones o exigencias 1

Impacto asociado

Infraestructura vial

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

-       Mejoramiento Vial sobre Calle Sevilla entre fin de pavimento existente y Acceso al proyecto, ejecutando Señalización vertical y horizontal.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

-       Ruta 180 y Ruta Q-520 para el Acceso al proyecto.

-       Señalización vertical y horizontal, de acuerdo a lo indicado en el EISTU aprobado del proyecto, según recomendaciones de MINTRATEL, Manual de Señalización de Tránsito Capítulos 2 y 3 para la intersección Q-520 y Ruta 180 y el Acceso a proyecto, y considerando diseño de Acceso a Proyecto y disposición de una señal RPI – 2 “Pare” para controlar el flujo de salida hacia Ruta 180 y Q-520.

Indicador que acredite su cumplimiento

Autorización Municipal

Forma de control y seguimiento

Presencia de señalización según Manual de Señalización de Tránsito Capítulos 2 y 3, MINTRATEL.

 

Tabla 8.2.2 Condiciones o exigencias

Impacto asociado

Gestión de tránsito de vehículos en las rutas principales de acceso al proyecto.

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Plan de monitoreo a las viviendas del área de influencia del proyecto, sobre tiempos de desplazamiento y libre circulación.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Afectación al tránsito en las rutas principales de acceso a Pata de Gallina.

Indicador que acredite su cumplimiento

Monitoreo con una frecuencia bimensual.

Forma de control y seguimiento

Informes de monitoreo disponibles para la autoridad.

 

9.         Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1     Emergencia o contingencia           

Tabla 9.1 Plan de contingencia y emergencias

 
Riesgo o contingencia

·      Derrame de sustancias y residuos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

 

·      Instalación de faena

 

·      Obra gruesa

 

·      Edificaciones complementarias

 

·      Terminaciones

 

 

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

 

·      Charlas informativas

 

·      Material gráfico

 

·      Simulacros medioambientales

 

·      Capacitaciones al personal respecto a los procedimientos de manejo de sustancias y residuos

 

·      Sustancias y residuos peligrosos en bodega de almacenamiento para cada una de estas

 

Forma de control y seguimiento

 

- Registro de charlas, capacitaciones y simulacros

 

- Registro de autorización de bodegas de almacenamiento temporal de residuos, los que se mantendrán disponibles para la autoridad.

 
Riesgo o contingencia

·      Incendio

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

·      Todas las partes, obras y acciones

 

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·      Mantener maquinarias y equipos bajo las normas de seguridad existente

·      Mantener orden y aseo en los lugares de trabajo

·      Mantener los equipos de extinción portátil operativos

·      Charlas informativas

·      Material gráfico

·      Simulacros medioambientales

·      Capacitar al personal respecto al correcto uso y empleo de equipos de extinción portátil

·      Extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen, el número de extintores estará de acuerdo a lo establecido en 46° del D.S. 594/99.

·      Supervisor de obra contará con copia de HDS de las sustancias presentes en obra

Forma de control y seguimiento

üRegistro de charlas, capacitaciones, simulacros mantenciones de extintores, los que se mantendrán disponibles para la autoridad.

 
Plan de Emergencias

·      Derrame de sustancias y residuos peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

·      Instalación de faena

·      Obra gruesa

·      Edificaciones complementarias

·      Terminaciones

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

 

·      Cualquier persona que detecte una fuga o esté presente ante el derrame de alguna sustancia peligrosa deberá informar de inmediato a su supervisor directo, quien a su vez dará aviso al Encargado de Prevención de Riesgos y al Supervisor de la obra especificando el sector o lugar donde ha ocurrido.

 

·      Recurrir a las Hojas de Seguridad (HDS) del producto y limitar la zona del derrame con cinta de peligro.

 

·      Se deberá impedir el acceso al sector con cinta de peligro, permitiendo el ingreso y tránsito sólo de aquellas personas que sean requeridas para enfrentarlo.

 

·      Antes de proceder a controlar la fuga o el derrame, deberá colocarse los EPP adecuados al riego de manipulación y contacto. Si no cuenta con los EPP requeridos deberá alejarse de la zona de derrame.

 

·      No se deberá limpiar un derrame si el producto está reaccionando, hace ruido, humea, emite gas o se está quemando. Si hay otros indicios de que está ocurriendo una reacción química, evacue inmediatamente el área e informe a la jefatura directa.

 

·      Apagar todo equipo o fuente de ignición (si el producto es inflamable).

 

·      Bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente, evitando que el residuo alcance alcantarillas.

·      Detener la fuga o el derrame lo antes posible regresando el recipiente a la posición vertical (si aplica), tapando el punto donde se está filtrando el líquido, cerrando la válvula o una manguera con fuga o colocando en el lugar un recipiente ara recuperar el producto.

·      Cubrir y cerrar los sumideros de aguas lluvias y las alcantarillas sanitarias, en caso de encontrarse cerca al área del derrame.

·      De manera posterior al control del derrame, los residuos recuperados y el material impregnado (material absorbente) deberán ser almacenados en tambores con tapa, al interior de la bodega de residuos peligrosos.

·      Los residuos recuperados y almacenados, serán dispuestos finalmente en sitios autorizados por la autoridad competente, manteniéndose un registro de la disposición final en obra.

·      Ante la eventualidad de que un derrame se descargue o amenace con descargar, en algún curso de aguas lluvias, alcantarillado o fuente de agua potable, se deberá informar de forma inmediata a carabineros y bomberos.

·      Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se deberá informar de manera inmediata a la Dirección General de Aguas de la Región.

·      Si el material derramado tiene características inflamables según la hoja de seguridad del producto, se deberá retirar el material del suelo hasta una profundidad de 10 cm por debajo el nivel afectado, esto es factible siempre y cuando el material haya sido derramado en el terreno natural.

·      Se deberá evitar cualquier fuente de chispas, llamas o superficies calientes cercanas al lugar de derrame.

·      En cuanto a la limpieza y disposición de residuos generados, se deberán tomar las siguientes acciones:

-          El material de contención deberá ser recogido con pala y escobillón, minimizando la generación de polvo y dispuesto en un recipiente limpio, siendo tapado y rotulado como residuo peligroso e identificando claramente el residuo que contiene.

-          Todo el equipo de contención y limpieza y de protección personal deberá ser revisado y descontaminado para su reutilización. Si lo anterior no es factible, deberá desecharse como residuo peligroso.

Forma de control y seguimiento

üUna vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia y SEREMI del Medio Ambiente.

üEl informe deberá incluir los siguientes puntos:

-          Antecedentes relativos al evento o accidente, es decir, tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.).

-          La identificación del área afectada y su extensión, ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire.

-          La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados, a saber, suelo, agua, ecosistemas y especies.

-          Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

- Ante la eventualidad que se produzca una contingencia de derrame o vertido accidental que pueda afectar los recursos suelo y/o hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará de manera inmediata a la Dirección General de Aguas de la Región y a la Superintendencia de Medio Ambiente.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

- Plan de Emergencia y Contingencia para la fase de construcción y operación del proyecto.

- En el Plan se incluye formato para de registro que contiene:

 

a.       Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas o cualquier aspecto relevante relativo a esta materia).

 

b.      La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

 

c.       La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar él o los recursos naturales que hayan sido afectados.

d.      Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

- Anexo 1 de la Adenda Complementaria. Ficha Registro de Emergencia. Plan de Emergencia etapa de construcción.

 

9.2     Plan de prevención de contingencias y emergencias

 

Tabla 9.2 Plan de prevención de contingencias

 
Riesgo o contingencia

Origen natural:

 

·      Terremotos (movimientos sísmicos)

 

·      Temporales de lluvia y/o viento

Origen técnico:

 

·      Incendio

 

·      Escapes de gas

·      Fugas de agua (inundación)

Origen social:

·      Artefactos explosivos

·      Conflictos

·      Robos o asaltos

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

·      Arriendo multicanchas

·      Arriendo cancha Estadio

 

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Organización de emergencia

·      Comité de Emergencia (Administración), estará compuesto por:

-          Gerencia.

-          Jefe de Seguridad.

-          Jefe de Mantención

·      Coordinadores de Seguridad (Jefes de guardias, empresa contratada para eventos deportivos u otros).

·      Líderes de Evacuación y Emergencia (Personal de Guardias de la empresa).

-          Personal de Apoyo.

·      Centro de control. Cada integrante de este plan de emergencia deberá estar capacitado en las siguientes áreas:

-          Manejo de aglomeraciones

-          Manejo de procesos de entrada y salida de público.

-          Manejo de emergencias.

-          Estructura del plan de emergencias.

-          Plan de seguridad de incendios.

-          Plan de evacuación.

-          Primeros auxilios.

-          Simulacros y simulaciones.

Todos los integrantes del Comité de Emergencia, estarán en conocimiento de la ubicación de los sistemas de protección, extinción, alarmas y comunicaciones.

Alarmas y detección de incendio

Bocina de alarma de incendio

Ubicadas en pasillos de dependencias internas, cercanas al área de administración.

Detectores de humo

Ubicados en casetas de prensa, salas de primeros auxilios, bodegas, material técnico, camarines, sala de eventos, sala de primeros auxilios, oficinas u otros similares.

Palancas de alarma de incendio

Se ubicarán distribuidos en pasillos de administración, en la oficina de la gerencia, del Jefe de Seguridad, Jefe de Mantención, y en dependencias del equipo Técnico y jugadores

Sistema de combate de incendio

Red húmeda

Pasillos y sectores contiguos a oficinas, dependencias y salas ya sean de administración u otros. Gabinete de Red Húmeda ataque rápido con carrete interior abatible en 180° pintura antioxidable color rojo puerta malla desplegada cierre a presión manguera 1" x 30, mts. semirrígida en construcción chaqueta de poliéster, tejido circular con espiral rígido, con forro interno de caucho EPDM y forro externo de PVC Pitón de bronce forrado triple efecto en 1" corte chorro y neblina.

Extintores portátiles

Al interior de todas las dependencias menores vale decir, casetas de prensa, salas de primeros auxilios, bodegas, casinos, material técnico, camarines, casinos, comedores, puestos de ventas, sale de eventos, cafeterías, sala de primeros auxilios, oficinas u otros deben existir extintores de PQS de 06 Kilos. En cocinas solo habrán extintores clase K (Acetato de Potasio), de 06 Lts.

 

Vías de evacuación

Vías de evacuación

Vomitorios y pasillos. Rampas hacia Zona de Seguridad Alternativa.

Zona de seguridad

Zona de Seguridad Principal: Explanadas situadas en salida del recinto deportivo. Zona de Seguridad Alternativa: Cancha de Futbol.

Sistemas de comunicación:

·         Teléfonos

·         Citófonos

·         Sistema altavoces

·         Cámaras de control

Forma de control y seguimiento

üRegistro de capacitaciones a los responsables del plan de emergencia.

 
Plan de emergencias
 
Situación de emergencia
Origen natural

·      Terremotos (movimientos sísmicos).

·      Temporales de lluvia y/o viento.

Origen técnico
·      Incendio.
·      Escapes de gas.
·      Fugas de agua (inundación).
Origen social
·      Artefactos explosivos.
·      Conflictos.
·      Robos o asaltos.

Fase del proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

·      Arriendo multicanchas

·      Arriendo cancha Estadio

 

Acciones o medidas a implementar para controlar la emergencia

Aviso de inicio y término de emergencia por intercomunicador o megáfono altoparlante.

·      Procedimiento de evacuación y conteo del personal. La evacuación siempre debe ser en dirección hacia la Zona de Seguridad a través de los vomitorios, la zona de seguridad corresponde a una Zona Segura donde se agrupan los ocupantes una vez que hayan salido del recinto deportivo. Una vez declarada la emergencia, el Jefe de Seguridad o quien lo subrogue, dará la orden para la evacuación del recinto deportivo, por medio de la activación de la alarma de emergencia (alarma de incendios), apoyada por altoparlantes

o             Evacuación parcial

o             Evacuación total

·      Incendio

Los Líderes de Evacuación mantendrán informado a los Coordinadores de Emergencia y este a su vez, al Jefe de Seguridad sobre la situación del área, hasta el momento antes de iniciar la evacuación.

Los Líderes y Coordinadores de Emergencia harán una revisión completa de su área antes de abandonarla para asegurarse que no haya quedado ninguna persona rezagada (deben revisarse baños u otros sectores donde pueda esconderse la gente).

Los Líderes de Evacuación, antes de salir a las escaleras, comprobarán el estado de las Vías de Escape y que el ambiente sea favorable para poder utilizarlas en forma segura. En caso de que no puedan ser utilizadas las escaleras de evacuación, deberá adoptarse el procedimiento de atrapamiento en caso de incendio, que será descrito a continuación.

Al momento de ir evacuando siempre se debe ir cerrando puertas y ventanas para retardar la acción del fuego, (Aplicable en sector de administración, si se encuentra en dependencias).

Coordinación con bomberos

·      Sismo

Recuerde que el recinto deportivo se pensó a prueba de terremotos.

Mantenga la calma y trasmítasela a los demás ocupantes.

Ayudar a menores, ancianos y discapacitados llevándolos a un lugar seguro.

No abandone el recinto deportivo ni se traslade internamente, ubíquese en un lugar de mayor seguridad, tales como:

ØManténgase en su asiento, conserve la calma.

ØBajo dinteles de puertas y al lado de pilares estructurales, (Aplicable en sector de administración, si se encuentra en dependencias).

Si fuera necesario evacuar se avisará oportunamente. Aléjese de ventanas y elementos colgantes.

Aléjese de lugares donde existan objetos en altura, que pudieran caer.

·      Fugas de gas En caso de fuga es conveniente tener en cuenta lo siguiente:

De aviso inmediato a la administración.

No encienda ni apague ninguna luz o equipo eléctrico, la chispa del interruptor o rotor del motor podría encender los gases acumulados.

Ventile inmediatamente el lugar, abriendo puertas y ventanas. o Corte el suministro de gas si es necesario.

Nunca busque fugas utilizando encendedores o fósforos

Llame a Bomberos indicando la emergencia.

·      Aviso de amenaza de bomba o artefacto explosivo

En caso de que se reciba alguna llamada externa acerca de la supuesta instalación de una bomba o aparato explosivo, no se altere. Intente seguir conversando: pida detalles, haga que el interlocutor hable y trate de obtener la información que se detalla más adelante, que le ayudará a determinar la seriedad del llamado.

El personal permanente del estadio (trabajadores), deben tener especial cuidado al recibir paquetes que sean sospechosos o que inspiren desconfianza ya que éstos podrían contener una bomba o cualquier aparato explosivo.

Si usted encuentra un paquete sospechoso, no debe tocarlo, sólo debe informar inmediatamente al Centro de Control.

En todo caso se deberá avisar al fono 133 Carabineros para que el personal especializado verifique la existencia real de explosivos.

En caso de una explosión, se recomienda seguir las siguientes instrucciones:

Verificar la existencia de lesionados.

De existir algún lesionado, recurrir a los servicios médicos más cercanos.

Verificar daños estructurales en los sistemas sanitarios y las instalaciones eléctricas.

Evaluar los daños en los sistemas antes indicados, a objeto de cortar el suministro en los que se consideren necesarios.

Aislar la zona dañada.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

En caso que alguna situación de emergencia pueda afectar un componente ambiental se dará aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente.

Una vez finalizado el evento, en un plazo no superior a 48 horas, se procederá a elaborar un “Informe Preliminar de Emergencia y/o Contingencias”, que será presentado a la Superintendencia y SEREMI del Medio Ambiente. El informe incluirá los siguientes puntos:

·      Antecedentes relativos al evento o accidente, es decir, tipo y causa, fecha, hora, sustancia, residuo, emisiones al aire, duración del evento, acciones de control ejecutadas, personas afectadas, etc.).

·      La identificación del área afectada y su extensión, ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire.

·      La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnica(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados, a saber, suelo, agua, ecosistemas y especies.

·      Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

üPlan de Emergencia y Contingencia para la fase de construcción y operación del proyecto, Respuesta 2, Adenda Complementaria.

üAnexo 1 de la Adenda Complementaria. Ficha Registro de Emergencia. Plan de Emergencia etapa de operación.

 

10.     Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11.     Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

12.     Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13.     Que, para que el proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

14.     Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

15.     Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

16.     Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.  

17.     Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°.       Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyectoConstrucción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, del titular Ilustre Municipalidad de Los Ángeles.

2°.       Certificar que el proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°.       Certificar que el proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el los artículos 140, 142, 156, 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°.        Certificar que el proyecto “Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

.       Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando N° 4 del presente acto.

6°.        Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director  Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Rodrigo Gonzalo Díaz Wörner
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región del Biobío




CHRISTIAN ANDRES CIFUENTES BASTIAS
Director Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región del Biobío




CACB/PMC

Distribución:

  • Esteban Krause Salazar
  • CONADI, Región del Biobío
  • CONAF, Región del Biobío
  • DGA, Región del Biobío
  • Direccion Regional de Aeropuertos, Region Biobío
  • Dirección de Vialidad, Región del Biobío
  • DOH, Región del Biobío
  • Gobierno Regional, Región de Biobío
  • Ilustre Municipalidad de San Pedro de la Paz
  • SAG, Región del Biobío
  • SEC, Región del Biobío
  • SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío
  • SEREMI de Energía, Región del Biobío
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
  • SEREMI de Minería, Región del Biobío
  • SEREMI de Salud, Región del Biobío
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
  • SEREMI MOP, Región del Biobío
  • SERNAGEOMIN, Zona Sur
  • Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío
  • Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles
C/c:

  • Encargada de Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <eescalona.8@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Construcción Estadio Los Ángeles, Región del Biobío"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=70/64/66a4cecb7c0c6398d2ae8a7b45b4d096e21c


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR