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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Edificio María Auxiliadora"

Resolución Exenta Nº 415/2016

Santiago, 5 de Agosto de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 06 de Abril de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 09 de junio de 2016, del proyecto Edificio María Auxiliadora, presentado por Inmobiliaria Maestra S.A. con fecha 06 de noviembre de 2015.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 2 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto Edificio María Auxiliadora.

 

3°. El Acta de Evaluación N° 06 de la Sesión N° 14 de fecha 29 de junio de 2016,  del Comité Técnico de la Región Metropolitana de Santiago.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto Edificio María Auxiliadora de fecha 04 de julio de 2016.

 

5°. El Acta de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago de fecha 12 de julio de 2016 y el Acta de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago de fecha 26 de julio de 2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto Edificio María Auxiliadora.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el Decreto Exento DGP N° 121, de fecha 18 de Mayo de 2016 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N° 59 de fecha 02 de febrero de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Maestra S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto Edificio María Auxiliadora (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular y representantes legales son los siguientes:

 

Tabla 1. Antecedentes del Titular

Nombre o razón social

MAESTRA S.A.

Rut

76.074.570-7

Domicilio

 Avenida Las Condes 14157 – Las Condes

Teléfono

 9409700

Nombre del representante legal

Robert Sommerhoff Hyde

Rut del/los representante legal

 7.456.061-K

Domicilio del representante legal

Avenida Las Condes 14157 – Las Condes

Teléfono del/ representante(s)  legal

9409700

Correo electrónico del Titular o representant legal

 maestra@maestra.cl

Nombre del representante legal 2

Jorge Araneda Maturana

Rut del representante legal

 7.545.619-0

Domicilio del/los representante  legal

 Avda Las Condes 14157 – Las Condes

Teléfono del representante  legal

9409700

Correo electrónico del Titular o representantelegal

 maestra@maestra.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 04 de julio de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142, del D.S. Nº 40/2012;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

 

3°. Que, en las sesiones de fecha 12 de julio de 2016 y 26 de julio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, revisó y  acordó calificar favorablemente el proyecto Edificio María Auxiliadora, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 04 de julio de 2016, con excepción de las características del  Compromiso Ambiental voluntario ofrecido durante la evaluación del Proyecto,  referido al tratamiento de espacio público,  el que se entiende aprobado de la forma citada en el numeral 9.2 de la presente Resolución y que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general

Se contempla la construcción de un proyecto inmobiliario a emplazar en un terreno de 5388,33m² ubicado en la calle María Auxiliadora N°721, de la comuna de San Miguel, en la Región Metropolitana. El proyecto contará con dos torres, con un total de 456 departamentos de destino habitacional, de 20 pisos cada una, 149 estacionamientos y 60 estacionamientos para bicicletas.

 

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

El Proyecto se sometió al SEIA según lo señalado en la letra h del artículo 10 de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417; y del artículo 3° del Decreto Supremo N°40/2012 RSEIA, a saber:

 

“h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.

 

h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características.

 

h.1.3.   Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; o…”

 

Vida útil

Por las características del proyecto, la vida útil es indefinida.

Monto de inversión

8.300.000 USD

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El acto o faena mínima que da cuanta del inicio de la ejecución del proyecto serán las actividades de desmantelamiento, planificadas dentro de los tres primeros meses posteriores a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, según la tabla I-5 de la DIA.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si

No

 

 

[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si

No

Constituye un proyecto nuevo.

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA

 

Si

 

No

Constituye un proyecto nuevo.

 

4.2. Ubicación del proyecto o actividad

División político-administrativa

El Proyecto se localizada en la Región Metropolitana, provincia de Santiago, comuna de San Miguel, específicamente en la Calle Maria Auxiliadora N°721, esquina Avenida Santa Rosa.

 

Justificación de la localización

El Proyecto se emplazará en la zona este de la comuna de San Miguel, área que se caracteriza por contar con un uso de suelo residencial, de equipamiento, actividades productivas, infraestructura y áreas verdes, según consta en el Certificado de Informes Previos (CIP) N° 1841 con fecha 02 de junio de 2015 emitido por la Municipalidad de San Miguel, presentado en el Anexo A.3 de la DIA. La zona de localización del proyecto se encuentra cercana a importantes vías, tales como Avenida  Santa Rosa, Carlos Valdovinos, Gran Avenida y Salesianos, vías que permiten el traslado dentro de la comuna y hacia los demás centros urbanos de la región.

 

Superficie

Según el numeral 1.3.3 de la DIA y  numeral  1.1.1 letra a) de la Adenda Complementaria, el terreno corresponde a 5.388,33 m² de superficie, en el cual se construirán las dos torres, que alcanzarán una superficie construida total de 25.896,38 m2.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

 

Las coordenadas referenciales son las siguientes:

 

PUNTO

COORDENADAS UTM WGS 84 HUSO 19

ESTE

NORTE

A

347.481

6.293.253

B

347.497

6.293.331

C

347.554

6.293.318

D

347.564

6.293.234

Ref.: Tabla I-1 de la DIA

 

Accesos, vialidad y transporte

El área del proyecto contará con acceso vehicular y peatonal por la calle María Auxiliadora, que tiene un sentido de tránsito en dirección poniente a oriente (dirección hacia Avenida Santa Rosa).

 

En la tabla I-7 de la DIA se entrega el detalle del flujo de camiones y maquinarias para la fase de construcción. Al respecto, el flujo máximo de camiones por día estimado para la fase de Construcción asciende a 39 camiones/día, considerando el escenario más desfavorable, producto del desarrollo de actividades de demolición y actividades simultáneas de excavación menor, obra gruesa y terminaciones, según se desprende del cronograma de actividades presentado en la Tabla I-5 de la DIA y de los datos de estimación de flujo, que se indican en la sexta columna de frecuencia diaria por actividad de la citada tabla I-7. Es necesario aclarar que esta situación no es permanente en el tiempo, limitándose principalmente al periodo habilitación del terreno. Por otra parte, el flujo máximo estimado se distribuirá durante la jornada de trabajo, por lo que se estima un flujo promedio de 4,3 camiones por hora, considerando 9 horas de trabajo, que equivale en promedio a 1 camión cada 14 minutos aproximadamente.

 

Según lo anterior, en el Anexo G de la DIA y Anexo G de la Adenda, se presenta el estudio vial básico, en el que se presenta la recopilación de antecedentes para evaluar los efectos del aumento temporal del flujo vehicular, realizándose mediciones  los días 25.08.2015 y 27.08.2015 entre las 7 y 21 hr. Los resultados de la medición permiten establecer que el flujo diario calculado para la calle María Auxiliadora asciende a 1.210 veh/día. De acuerdo con los datos indicados precedentemente, se puede deducir que la cantidad de camiones que se utilizarán en la construcción del proyecto, aporta en un 3% respecto del flujo vehicular para la calle María Auxiliadora, por lo cual no se espera efectos significativos sobre la circulación normal de la vía. Sin embargo, se tendrá especial cuidado con la coordinación de ingreso de los camiones a la obra, que será responsabilidad del encargado de obra.

 

Adicionalmente, se tomarán las siguientes medidas.

 

·         Se prohibirá el estacionamiento de todo tipo de vehículos asociados a la fase de Construcción del proyecto en las calzadas de las calles del área de influencia.

 

·         Se prohibirá el acopio de materiales en las calzadas.

 

El ingreso y salida de los vehículos durante la Fase de Construcción se efectuará por la calle María Auxiliadora. Se limitará la velocidad de circulación en el interior del proyecto a 20 km/h. En la Figura I-3 de la DIA, se presenta la ubicación de las áreas de carga y descarga para la Fase de Construcción. El Titular reparará las veredas en todo el frente del proyecto por Calle María Auxiliadora, que corresponde a la vía por donde accederán los camiones al área de Proyecto durante la Fase de Construcción. Además, en relación a las obras que se realicen en la vía pública, se considerará lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

 

·         Se mantendrá un registro permanente en obra, de los camiones que ingresen y se retiren del Proyecto. El registro incluirá la actividad y frecuencia de cada camión. Además, se considerarán las restricciones horarias exigidas por la  Municipalidad para la circulación de los vehículos y se evitará la circulación de camiones del Proyecto en las horas de alto flujo vehicular, de 7:00 a 9:00hr. y de 18:00 a 20:00hr.

 

·         Los lugares de origen o destino, de insumos o materiales excedentes, y sus rutas, se incluyen en la Tabla 16 y la Figura 2 del Anexo C, las que corresponden a las vías más probables y las vías alternativas, que utilizará la flota del proyecto en su desplazamiento, lo que no implica que al momento de materializarse las obras, se puedan utilizar otras alternativas de ruta o destino, en beneficio del tiempo o la distancia de desplazamiento de los camiones del proyecto.

 

·         En el Anexo H de la DIA, se adjunta un plano donde se grafica los anchos entre líneas oficiales para las dos vías en el entorno del Proyecto (Av. Santa Rosa y Maria Auxiliadora). El Plano de Líneas Oficiales incluido en Anexo H se presenta acotado, georreferenciado y a una escala adecuada.

 

Para la fase de operación se presentan las medidas señaladas en el numeral 4.4 del presente informe.

Referencia al expediente de evaluación.

Capítulo 1 y 3 del ICE

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

El proyecto contará con dos torres, de 20 pisos cada una, que no consideran  niveles subterráneos, con un total de 456 departamentos de destino habitacional, 149 estacionamientos. Adicionalmente, 60 estacionamientos para bicicletas. Las áreas verdes corresponderán como mínimo a 987 m2 según el numeral 5.2 de la Adenda Complementaria. Se construirán departamentos de 3 dormitorios únicamente, cuya superficie estimada será de 46 m2 estableciendo una proyección de habitantes de 1824 personas. Adicionalmente, el proyecto considera un compromiso voluntario, ofrecido por el titular, en la Comisión de Evaluación Ambiental de la sesión de fecha 26 de julio de 2016,  sobre tratamiento de espacio público que considera áreas verdes, iluminación y 12 estacionamientos externos, el cual se detalla en el numeral 9.2 de la Presente Resolución.

 

El Proyecto considera además,  las siguientes instalaciones necesarias para la operación:

 

·         Estanque de Acumulación y Planta elevadora de agua Potable: Se encuentran ubicados en el Primer piso. Se diseñan 2 estanques de 100 m3 y 6 bombas impulsoras de agua potable de 12,5 Hp cada una, el funcionamiento es por medio de energía eléctrica, no se considera la instalación de calderas.

·         Ducto o Shaft Eléctrico, de Gas Natural, CCDD y Sanitario, en cada torre.

·         Ascensores: Se instalarán 2 ascensores en cada torre, los cuales tendrán una potencia de 15Hp cada uno.

·         Salas de basura: Son 6 salas, 3 en la torre A y 3 en la torre B.

·         Sala multiuso: recintos de uso común se ubican en el primer piso de cada torre.

 

En el Anexo H de la DIA, se adjunta los planos de arquitectura preliminar del  proyecto. El proyecto cuenta con un anteproyecto aprobado por la Municipalidad de San Miguel, mediante los documentos N° 47/2015 con fecha 29 de octubre de 2015 y N° 40/2015 con fecha 12 de noviembre del 2015, ambos adjuntos en el Anexo A1 de la Adenda. Adicionalmente, con fecha 03 de marzo de 2016 se hizo ingreso de la solicitud de permiso de edificación del proyecto a la citada Municipalidad de San Miguel, cuyo registro se adjunta en el Anexo A2 de la Adenda.

4.3.1.- Fase de Construcción

Demolición y despeje del terreno

La primera tarea de la fase de construcción corresponde a la demolición de la construcción existente. Según disposiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Los escombros o desechos de la demolición se dispondrán en lugares autorizados.

 

Instalación de faenas

Consiste en la instalación de los cierros perimetrales y de recintos provisorios, tales como: oficinas, comedores, servicios higiénicos, y los empalmes eléctricos y sanitarios necesarios, además de los recintos destinados al acopio de materiales.    

 

Excavaciones

El proyecto no considera niveles bajo la superficie del terreno, por tanto, las excavaciones se refieren a las relacionadas con las fundaciones y drenes de aguas lluvias, entre otras similares,  de los edificios.

 

Con ocasión de cualquier movimiento de tierra que se realice durante la construcción del proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área, ante un eventual hallazgo de materiales arqueológicos y se dará aviso inmediatamente y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir.

 

Debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central, el cual se encuentra declarado como área de restricción según Resolución DGA N°231/2011 para nuevos derechos de aguas subterráneos, se evitará el alumbramiento de aguas subterráneas en todas la fases del proyecto, para evitar efectos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

 

Fundaciones

Las fundaciones de hormigón armado, inician la etapa de construcción de la obra gruesa del edificio, conforme las disposiciones de los artículos 5.7.1 y siguientes de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y según las especificadores técnicas del proyecto.

 

Obra gruesa

La edificación se inicia con la construcción de las fundaciones, para inmediatamente iniciar el levantamiento de los elementos estructurales de hormigón armado, tales como pilares, vigas y losas, muros y cubiertas. Avanzada la obra gruesa, se inicia la instalación de tabiquerías interiores, ductos, instalaciones y arranques de servicios.

 

Terminaciones

Consiste en la ejecución de las terminaciones de los diferentes niveles, incluyendo obras e instalaciones tendientes a habilitar los recintos para su uso, tales como pavimentos interiores, luminarias, artefactos, pinturas y revestimientos, etc.

 

Obras exteriores

Estas obras dicen relación con el mejoramiento y mantención del espacio público que enfrenta el proyecto, a través de la pavimentación de la acera y la ejecución de obras de paisajismo en la platabanda. En el Anexo B de la Adenda Complementaria, se adjunta el proyecto de espacio público, que incluirá zonas de estacionamientos, luminarias y áreas verdes.

 

4.3.1.1. Acciones

Vectores Sanitarios

Durante la etapa de demolición y despeje del terreno se  implementará un sistema de control de vectores sanitarios mediante la ejecución de campañas de desratización, desinsectación y sanitización, mediante un plan periódico de trabajo que será ejecutado por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Áreas verdes

De acuerdo al numeral 7.4 de la Adenda y 5.3 de la Adenda Complementaria, el proyecto considerará el diseño, como mínimo, de una superficie de 932 m2 de área verde, incorporando árboles de hoja perenne, especies nativas y adicionalmente considerará las siguientes especies, categorizadas por la vía que enfrenta (entorno dominante, características, distribución, etc.) y por las tipologías propuestas (atura del árbol, diámetro de la copa, hábito foliar, distribución, altura del tronco libre, sistema radicular, etc.):

• Cetis australes

• Liriodendron tulipifera

• Liquidambar styraciflua

• Melia azederach

• Zelkova serrata

4.3.1.2. Suministros

Agua Potable

El terreno actualmente cuenta con conexión a agua potable de la red pública, por lo que se puede asegurar el abastecimiento de agua para los trabajadores en la fase de construcción.

Baños Químicos y Alcantarillado

Se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 del MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:

·         El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

·         Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·         Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·         El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. 

 

Posteriormente, el abastecimiento de agua potable y descarga al alcantarillado para las personas que participen en las actividades de construcción, se obtendrá mediante la conexión a las redes pertenecientes a Aguas Andinas S.A, tal como se puede observar en certificado de factibilidad, adjunto en el Anexo A.2 de la DIA y A.4 de la Adenda.

 

Energía y combustible

Las actuales instalaciones cuentan con suministro de electricidad proporcionado por la empresa Chilectra S.A. El abastecimiento de combustibles líquidos a las maquinarias y equipos de la fase de construcción se realizará en instalaciones externas autorizadas. El proyecto, no declara la utilización de equipos electrógenos de emergencias para la fase de construcción.

Áridos

Las empresas para el abastecimiento de áridos contarán con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar efectos adversos a los cauces naturales.

 

Sustancias Peligrosas

En la siguiente tabla se presenta una estimación de las sustancias químicas a utilizar en la fase de construcciones clasificadas según la Norma Chilena NCh 382 Of89 del  Instituto Nacional de Normalización (INN). Las sustancias serán almacenadas al interior de una bodega, en cumplimiento al D.S. N°78/2009 del Ministerio de Salud (MINSAL) y sus modificaciones.

 

Sustancias

Peligrosidad

Cantidad

Unidad

ACIDO MURIATICO

Tóxico, Corrosivo

89

LITROS

TUBOS FLUORESCENTES

Tóxico Agudo

6

TUBOS

DESMOLDANTE

Inflamable

691

LITROS

ADHERENTE ESTUCO

Tóxico

541

LITROS

IMPRIMANTE ASFALTICA

Inflamable, Tóxico Crónico

641

LITROS

ADHERENTE YESO

Tóxico

158

LITROS

BENCINA

Inflamable, Tóxico

119

LITROS

PINTURA OLEO

Inflamable, Tóxico Crónico

911

LITROS

DILUYENTE

Inflamable, Tóxico

117

LITROS

ADHESIVO DE CONTACTO MULTIPROPÓSITO

Inflamable, Tóxico Crónico

72

LITROS

ADHESIVO MOLDURAS

Tóxico

33

LITROS

TRAPOS Y HUAIPES CON ACEITES Y SOLVENTES

Inflamable, Tóxico Crónico

32

LITROS

ACEITES LUBRICANTES USADOS

Inflamables

128

LITROS

ESPUMA DE POLIURETANO

Inflamable, Tóxico Crónico

6

POMO

Ref.: Tabla I-18 de la DIA

 

 

Adicionalmente se tomarán las siguientes medidas:

 

a.- Al interior de la bodega, no podrán realizarse mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas, excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento dentro del terreno del proyecto.

 

b.- La bodega deberá ser cerrada en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Adicionalmente, estas bodegas deberán tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.

 

c.- La bodega deberá mantener una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180 (Resistencia al fuego en minutos), en caso de adosamiento.

 

d.- La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente señalizada y demarcada. Adicionalmente, deberá contar con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N° 2190 del 2003 INN: Transporte de sustancias peligrosas - Distintivos para identificación de riesgos (NCh 2190 Of2003) o la que la sustituya. Se deberá mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas.

 

e.- Se prohibirá fumar al interior de la bodega, mediante letreros que indiquen “No fumar” en el acceso principal de la bodega y en el interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles.

 

f.- En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos fiscalizadores y bomberos. Dicho registro contendrá como mínimo la siguiente información:

 

·         Nombre comercial y nombre químico de cada sustancia contenida en ella.

·         Nº NU.

·         Clase y división de peligrosidad de cada sustancia de acuerdo a la NCh 382. Of2004 o la que la sustituya.

·         Croquis con la ubicación (zona) de las sustancias al interior de la bodega.

·         Promedio trimestral de las cantidades por clase de sustancias almacenadas, según la NCh 382. Of2004 o la que la reemplace. Adicionalmente, deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2003: Sustancias químicas

·         Hojas de datos de seguridad

·         Requisitos (NCh 2245. Of2003) o la que la sustituya.

 

g.- La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, estará de acuerdo a lo establecido en el DS Nº 594/1999 MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

 

h.- La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, estará de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594/1999 MINSAL, anteriormente citado. 

 

i.- Una vez utilizadas las sustancias, los envases serán almacenados como residuos peligrosos en cumplimiento al DS 148/2003 MINSAL,  en la bodega de almacenamiento temporal descrita en el Capítulo III de la DIA en relación al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del DS 40/2012 MMA, Reglamento del SEIA

 

Recursos naturales renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades.

4.3.1.3. Emisiones y Efluentes

a.- Material Particulado y Gases

Emisiones Atmosféricas

En la fase de construcción se generará material particulado (MP) resuspendido por fuentes móviles y de área, asociadas a las siguientes actividades que son parte de las obras y acciones del proyecto:

·         Demolición

·         Escarpe

·         Excavaciones

·         Transferencia de material, carguío y volteo de camiones

·         Acopio del material

·         Circulación de camiones por vías externas pavimentadas

·         Circulación de camiones por vías externas no pavimentadas

Emisiones de MP10

Las emisiones de material particlulado MP10, según la actualización del inventario de emisiones atmosféricas del Anexo C de la Adenda, son las siguientes, en comparación con el cumplimiento del Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago:

 

Fase de Construcción

MP10 [ton/año]

Límite PPDA [ton/año]

Año 1

0,2175

2,5

Año 2

0,015

2.5

 

Por tanto, el proyecto no compensa emisiones en lo que se refiere a material particulado MP10.

Emisiones de SOx

Las emisiones de gases de SOx, según la actualización del inventario de emisiones atmosféricas del Anexo C de la Adenda, son las siguientes, en comparación con el cumplimiento de las normas impuestas por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago:

 

Fase de Construcción

SOx [ton/año]

Límite PPDA [ton/año]

Año 1

0,154

50

Año 2

0,010

50

 

Por tanto, el proyecto no compensa emisiones en lo que se refiere a la generación de gases SOx.

 

Emisiones de NOx

Las emisiones de gases de NOx, según la actualización del inventario de emisiones atmosféricas del Anexo C de la Adenda, son las siguientes, en comparación con el cumplimiento de las normas impuestas por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana de Santiago:

 

Fase de Construcción

NOx [ton/año]

Límite PPDA [ton/año]

Año 1

2,369

8

Año 2

0,265

8

 

Por tanto, el proyecto no compensa emisiones en lo que se refiere a la generación de gases NOx.

 

Medidas

Según el numeral 7.2 del Anexo C de la Adenda, durante el desarrollo de las obras, se implementarán las siguientes medidas de control, con el objetivo de reducir la emisión de polvos fugitivos generado por las actividades constructivas del proyecto.

 

a.- Se humectarán las vías internas no pavimentadas a lo menos 4 veces al día, siempre y cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Sin embargo, durante los meses de invierno se reducirá la humectación a 2 pasadas diarias, debido a que las condiciones de radiación solar y humedad ambiental, permite mantener la humedad superficial del suelo por mucho más tiempo.

 

b.- Para este efecto, se implementará un camión aljibes, previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino, en a lo menos 2 veces.

 

c.- Se instalará malla raschel o algún otro material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas, colegios, lugares de trabajo, entre otros.

 

d.- El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

 

e.- Para la descarga de escombros desde el nivel sobre el suelo, se deberá contar con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor.

 

f.- Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes, se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

 

g.- Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores del recinto.

 

h.- No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.

 

i.- Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del proyecto.

 

j.- Las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector.

b.- Emisiones de Ruido

Ruido

En el anexo E de la Adenda, se presentó el estudio de ruido del proyecto. Las principales fuentes generadoras de ruido son las actividades de demolición, excavación y obra gruesa. Para el cumplimiento del DS 38/2011 MMA, se consideran las siguientes medidas de control:

 

 

a.- Las medidas de control que consisten principalmente en la implementación de barreras acústicas, orientadas a cumplir con la normativa vigente. La atenuación provista por estas medidas se obtiene directamente del software MINERVA para el caso de las barreras acústicas y de INSUL para la pérdida por transmisión sonora del panel OSB.  La atenuación por difracción sonora de esta medida se determina a través de la relación establecida por Maekawa.

 

b.- Demolición

 

Se implementarán barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente). Las junturas de los paneles que conformen la barrera deberán ser herméticas tanto entre ellas como la unión con el piso, de modo que no se generen fugas y se pierda efectividad. Esta medida estará orientada a proteger todos los receptores que presentaron superación normativa por lo que se ubicarán tal como se indica en la figura 8 del Anexo E de la Adenda.

 

Considerando las medidas anteriormente señaladas, el proyecto cumple la normativa vigente para las actividades de demolición, según se señala a continuación:

 

Receptores
Fig 1 Informe Ruido

NPS [dBA]

Límite
normativo
 DS 38/2011 MMA
[dBA]

Cumplimiento

R1

64

65

R2

62

65

R3

59

65

R4

58

65

R5

65

65

R6

64

65

Ref. Tabla 17 Anexo E de la Adenda.

 

c.- Excavación y despeje del terreno

 

Se mantendrán las barreras indicadas para las faenas de demolición, señaladas anteriormente, manteniendo las características señaladas y las alturas indicadas en la figura 8 del Anexo E de la Adenda. Complementariamente a lo anterior, se restringirá el uso de maquinaria en las cercanías de los puntos receptores R5 y R6 (hasta los 30 metros de los deslindes respectivos), donde no podrán trabajar de ninguna manera en conjunto todas las maquinarias detalladas en la Tabla 5 del mismo Anexo E de la Adenda. Estas maquinarias se deberán separar en dos frentes de trabajos independientes y deberán funcionar por separado, a continuación se detallan los frentes antes mencionados:

 

·         Frente 1: compuesto por Excavadora y Cargador Frontal.

·         Frente 2: compuesto únicamente por Placa Compactadora.

 

Considerando la correcta aplicación de las medidas citadas anteriormente, los resultados de emisiones de ruido para las faenas de Excavación y despeje del terreno son las siguientes:

 

Receptores
Fig 1 Informe Ruido

NPS [dBA]

Límite
normativo
 DS 38/2011 MMA
[dBA]

Cumplimiento

R1

63

65

R2

64

65

R3

58

65

R4

57

65

R5

63

65

R6

63

65

Ref.: Tabla N° 18  del Anexo E de la Adenda.

 

d.- Obra gruesa

 

Para la construcción de la obra gruesa, se mantendrán las barreras acústicas indicadas en el punto anterior, con la excepción que se aumentarán las alturas en los sectores norte y poniente del área del Proyecto. Se detallan las nuevas alturas en la figura N° 9 del Anexo E de la Adenda, las que fluctúan entre los 2 y 5 metros.

 

Además, para las faenas desarrolladas a nivel de piso que enfrentan a receptores, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente) de espesor o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro de la obra gruesa.

 

Estas pantallas tendrán una altura mínima de 2 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1,5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se montarán lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) estará cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm. espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel), acuerdo a la figura 10 del Anexo E de la Adenda. La atenuación provista para estas pantallas varía entre 10 y 15 dBA según mediciones efectuadas por el consultor, las que dependen de la distancia al punto receptor. Según Maekawa la atenuación por difracción sonora para una distancia de 20 m al punto receptor es de 17 dBA (Ver figura 11 del Anexo E de la Adenda).

 

Para el caso de faenas de construcción en altura, en sectores específicos del edificio, se cubrirán los vanos con planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm. de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio, como se muestra en la figura N° 12 del Anexo E de la Adenda.

 

Considerando las medidas anteriormente señaladas, el proyecto cumple la normativa vigente para las actividades de demolición, según se señala a continuación:

 

Receptores
Fig 15 Informe Ruido

NPS [dBA]

Límite
normativo
 DS 38/2011 MMA
[dBA]

Cumplimiento

R1

63

65

R2

64

65

R3

58

65

R4

58

65

R5

65

65

R6

65

65

Ref. Tabla 19 Anexo E de la Adenda.

 

Sobre la base de lo anterior, el titular deberá realizar una rigurosa aplicación de las medidas de atenuación y control de ruidos comprometidos para dar cumplimiento al DS 38/2011 MMA, según el informe de ruido del anexo E de la Adenda.

 

Como medidas de manejo adicional, el titular se compromete a lo siguiente, según el numeral 1.5.5.2 de la DIA:

 

·         Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.

 

·         Mantención regular de equipos, lo cual se llevará a cabo en talleres externos autorizados y su periodicidad dependerá de cada una de las maquinarias y equipos que se utilicen y del desarrollo o avance de la obra.

 

·         Con el objetivo de controlar que las mantenciones se efectúen en lugares autorizados, se mantendrá un registro en obra que acredite, mediante boletas, facturas u otros documentos, la contratación de este servicio.

 

·         Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

 

·         Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y mixer durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.

 

·         Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

 

·         Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.

 

·         Mantener en obra el registro de la instalación de cada barrera, que esté a disposición de la Autoridad en caso de que sea requerido.

 

·         Capacitación semanal de las medidas generales para minimizar las emisiones sonoras. Se mantendrá un registro en obra con el nombre, Rut y firma de las personas que participen en cada capacitación. El registro estará a disposición de la Autoridad, de ser requerido.

c.- Emisiones líquidas

Residuos líquidos

Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos producto de lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad. No se efectuarán lavados de ruedas ni vehículos en el espacio público, incluidos los camiones mixer.

 

Los residuos líquidos serán retirados por un limpia fosas cada 2 semanas, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final autorizada. El lavado de ruedas se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten.

 

Aguas Servidas

Se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 del MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:

 

·      El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

·      Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·      Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·      El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. 

Para facilitar la fiscalización de los servicios antes mencionados, se mantendrá (en la obra) una copia de factura u otro documento que acredite el retiro y su disposición final. Posteriormente el abastecimiento de agua potable y descarga al alcantarillado para las personas que participen en las actividades de construcción, se obtendrá mediante la conexión a las redes pertenecientes a Aguas Andinas S.A, tal como se puede observar en certificado de factibilidad, adjunto en el Anexo A.4 del Adenda.

 

           

 

4.1.3.4.- Residuos no peligrosos

a.- Residuos no peligrosos

Residuos sólidos domiciliarios o asimilables, generados por el personal durante la fase de construcción del proyecto.

Cuantificación:

 

Se generaran como máximo 150 kg/día de residuos sólidos domiciliarios o asimilables, derivados de la ingesta de comida de los trabajadores, considerando una tasa de 0,5 kg/persona y 300 trabajadores. Si se utiliza como valor de densidad promedio los 300 kg/m3, se tiene un volumen generado de 500 L/día.

Manejo:

 

Estos residuos serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días.

Transporte:

Los residuos serán retirados por los camiones de recolección de basuras municipal.

Disposición Final:

Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.

Excedentes de Tierra, generados producto del despeje del terreno principalmente y las excavaciones menores (el edificio ni tiene niveles subterráneos). 

Cuantificación:

Se estima la generación de 20.875 m3 de tierra producto del despeje del terreno principalmente y de las excavaciones menores

Manejo:

 

Los excedentes de la excavación serán retirados diariamente, ante la eventualidad de que se requiera el acopio del material por más de 1 día, se dispondrá en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y se procederá a su humectación, en caso de ser necesario.

Transporte:

El transporte de tierra se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire.

Disposición Final:

Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.

Generación de escombros

Cuantificación:

Se estima la generación de 9.577 m3 de escombros.

Manejo:

Los escombros serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con malla raschel o con tapa, debidamente identificados. Estos residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 1 semana.

Transporte:

El transporte de escombros se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire.

Disposición Final:

Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final. De igual forma, una vez concluida la Fase de Construcción, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente, un informe consolidado a través del cual se certifique la disposición final de los escombros. 

Residuos Reciclables, Reutilizables

Cuantificación:

Se estima la generación de 435 m3 de materiales de descarte reutilizables. A continuación, se presenta un desglose de los residuos a generar:

 

Material

Cantidad (m3)

Maderas

300

Metales

0,04

Vidrios

2,1

Plásticos

39,0

Papeles y Cartones

84,7

Otros

9,4

Total

435

Ref.: Tabla I-16 de la DIA

 

 

Manejo:

 

Los materiales de descarte de la fase de construcción, tales como fierros, maderas, papeles, cartones, entre otros, serán almacenados al interior de contenedores con tapa identificados para cada residuo, que serán dispuestos al interior de una zona especialmente habilitada para este fin. Un esquema similar se puede observar en la figura III-1 del Capítulo III de la DIA. Estos materiales serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 2 semanas.

Transporte:

El transporte se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire.

Disposición Final:

Los residuos serán derivados a un lugar autorizado para su reciclaje o reutilización, con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.

 

Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos, ver figura III-1 del capítulo III de la DIA, el cual poseerá las siguientes dimensiones: 7m de ancho por 18m de largo. Esta área estará debidamente señalizada, en su interior se instalarán los contenedores para el acopio de escombros, residuos industriales sólidos (RISes – Residuos reciclables) y residuos asimilables a domiciliarios (RAD). El área para los contenedores de RAD contará con piso impermeable, lavable y techo para proteger los contenedores de las condiciones climáticas.

 

b.- Residuos peligrosos

Cuantificación:

Los volúmenes de los residuos peligrosos que se estima se generarán durante la fase de construcción se presentan en la tabla a continuación.

 

RESPEL (ENVASES)

CARACTERISTICAS

m3

ACIDO MURIATICO

Bidones 5 L

0,089

TUBOS FLUORESCENTES

Tubo 1,45 m

0,006

DESMOLDANTE

Tambor 200 L

0,691

ADHERENTE ESTUCO

Balde 20 L (5 gal)

0,541

IMPRIMANTE ASFALTICA

Tineta 17 Kg

0,641

ADHERENTE YESO

Balde 20 L (5 gal)

0,158

BENCINA

Bidones 20 L

0,119

PINTURA OLEO

Balde 20 L (5 gal)

0,911

DILUYENTE

Bidones 5 L

0,117

ADHESIVO DE CONTACTO MULTIPROPÓSITO

Galón 3,8 Kg

0,072

ADHESIVO MOLDURAS

Galón 3,8 Kg

0,033

TRAPOS Y HUAIPES CON ACEITES Y SOLVENTES

Bolsa 5 L

0,032

ACEITES LUBRICANTES USADOS

Bidones 5 L

0,128

ESPUMA DE POLIURETANO

Pomo 355 ml

0,002

TOTAL RESPEL (m3)

---

3,54

Ref.: Tabla I-17 de la DIA

 

Manejo:

 

Los residuos peligrosos serán almacenados de acuerdo al cumplimiento del DS 148/2003 MINSAL, en  contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal cuyas características constructivas se indican en el Capítulo III de la DIA en lo que se refiere al  Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del DS 40/2012 MMA, Reglamento del SEIA.

 

En general, el manejo de los residuos sólidos consistirá en la segregación de éstos, de manera de no mezclar residuos asimilables a domiciliarios con escombros o residuos peligrosos, además de asegurar su disposición final en sitios autorizados, según el residuo que se trate.

 

Complementariamente, durante la fase de construcción, entre las acciones a implementar para evitar que se produzca o minimicen la probabilidad de ocurrencia de un derrame de sustancia en el sistema de aguas lluvias, se consideran las siguientes medidas:

 

·         Todo recipiente debe permanecer con sus tapas cerradas y aberturas selladas, sobre superficies impermeables.

·         Estará terminantemente prohibido que los aceites, lubricantes, derivados del petróleo y otras sustancias que puedan resultar peligrosas sean eliminados directamente en colectores del sistema de alcantarillado, así como en calles del condominio y otras superficies del predio.

·         La eliminación de residuos peligrosos será de acuerdo con la legislación vigente y las exigencias del proyecto, es decir, se utilizará la bodega RESPEL debidamente autorizada, y depositados finalmente por terceros que cuenten con la autorización expresa de la Autoridad Sanitaria, para estos fines.

 

En caso de producirse un derrame o descarga accidental de sustancias durante las actividades de construcción, se realizará una remediación inmediata, para lo cual se bloquear el flujo de materiales derramados con bolsas de arena, trapos u otro elemento absorbente. De ser necesario se utilizarán barreras absorbentes para cercar y contener derrames. Se cubrir y cerrar inmediatamente todos los sumideros de aguas de lluvia y las alcantarillas sanitarias. Una vez controlado el derrame de debe barrer el material absorbente y disponerlo como desecho peligroso. La disposición final de los residuos recuperados y almacenados, se deberá realizar en sitios autorizados por la autoridad sanitaria competente, según el plan de emergencias señalado en el numeral 10 de la presente Resolución.

 

En el Estudio de Mecánica de Suelo del proyecto adjunto en Anexo D de la Adenda  y Anexo B de la DIA, Caracterización del predio y su entorno, la profundidad del acuífero es cercana a los 50 metros, esto según lo indicado en las curvas de isoprofundidad obtenidas de SERNAGEOMIN (Iriarte, 2003IRIARTE, S. (2003)).

 

Por tanto, es posible indicar que no existirá una afectación del recurso hídrico subterráneo, dado que entre las excavaciones a realizar por las obras del proyecto (drenes a 2,43 m de profundidad máxima) y el nivel del acuífero (dato más cercano a 57 m de profundidad) existirá una diferencia de al menos 54,6 m.

 

Transporte:

El transporte de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad. Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.

Disposición Final:

Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.

4.1.3.5.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Otros productos químicos que puedan afectar el medio ambiente

El proyecto no utilizará otros productos y sustancias químicas distintas a las ya citadas anteriormente.

       

 

 

4.4.- Fase de Operación

Fase de operación

Esta fase consiste en la operación de dos torres de destino habitacional, constituidas con un total de 456 departamentos y las obras de equipamiento necesarias para su operación. 

4.4.1. Acciones

 

Accesos, vialidad y transporte

El Proyecto contará con accesos vehicular y peatonal ubicados hacia la calle María Auxiliadora.

 

En el Estudio Vial Básico, adjunto en Anexo G de la DIA y su complementación con el estudio de transporte del Anexo G de la Adenda, en el que se actualizaron los registros de flujo vehicular en terreno,  fueron revisados y expuestos los antecedentes de circulación vehicular y peatonal, las características geométricas de las vías y su estado de conservación, además de las conexiones viales entre ellas, se proponen las siguientes medidas de manejo:

 

1.      Mejoramiento de la demarcación al interior del área de influencia, en el cuadrante formado por las vías Av. Santa Rosa, Alc. Pedro Alarcón, Actor Báguena y María Auxiliadora. Estas demarcaciones -cuya ubicación se puede apreciar en el plano “Diseño de Accesos y Medidas de Mitigación” adjunto en Anexo G de la Adenda- serán materializadas con pintura termoplástica con post-sembrado de micro-esferas retro-reflectantes o la que establezca la Dirección de Tránsito de la Ilustre Municipalidad de San Miguel acorde a las especificaciones detalladas en el Cap. N° 3 del Manual de Señalización de Tránsito vigente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Entre otras, se incluyen las siguientes demarcaciones:

 

o   Línea continuada de eje de calzada.

o   Línea segmentada de separación de calzada.

o   Flechas direccionales.

o   Pasos peatonales.

o   Línea de detención.

o   Demarcación leyenda “PARE”.

o   Solera Amarilla.

o   Demarcación señal “Ceda el Paso”.

 

2.      Mejoramiento de la señalización vertical al interior del área de influencia, en el cuadrante formado por las vías Av. Santa Rosa, Alc. Pedro Alarcón, Actor Báguena y María Auxiliadora. Estas señales -cuya ubicación se puede apreciar en el plano “Diseño de Accesos y Medidas de Mitigación” adjunto en Anexo G de la Adenda- serán confeccionadas con telas de alta intensidad, contarán con láminas anti-vandalismo y serán materializadas en acero galvanizado de 2 mm de espesor, con un poste de sustentación modelo OMEGA pintado con esmalte color negro. Además, cumplirán las especificaciones detalladas en el Cap. N° 2 del Manual de Señalización de Tránsito vigente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Entre otras, se incluyen las siguientes señales:

 

o   Señal “Pare” (RPI-02)

o   Señal “Ceda el Paso” (RPI-01)

o   Pasos peatonales.

o   No estacionar.

o   Velocidad máxima.

 

3.      Mejoramiento de veredas en todo el frente del proyecto por calle María Auxiliadora.

 

4.      Mejoramiento cosmético y demarcación de los cajones de detención con leyenda "SOLO BUS" en la parada PH648, ubicada en Alc. Pedro Alarcón, al oriente de Av. Santa Rosa.

 

5.      Implementación de Tachas en paso peatonal de María Auxiliadora con Av. Santa Rosa, esto con el objetivo de otorgar mayores condiciones de seguridad para los peatones que deseen ingresar al paradero del corredor.

 

6.      Incorporación de un espejo convexo y baliza en el acceso proyectado por calle María Auxiliadora, de tal forma de solucionar posibles conflictos con peatones.

 

7.      Dispositivo de rodados en intersección de María Auxiliadora con Cuasimodo, para otorgar facilidades peatonales por el costado norte de calle María Auxiliadora.

 

8.      Todos los accesos a la propiedad privada cumplirán, entre otros aspectos, con el Art. 2.4.4 de la O.G.U.C.; en particular, se materializarán a nivel de acera en un ancho máximo de 14,0 m, con un atravieso por la vereda que inferior a 7,5 m. Dado esto, no se requiere la instalación de dispositivos para rodados ni demarcación cebra en estos accesos.

 

9.      Como última medida indicada en el Estudio Vial Básico, se aclara que las obras de pavimentación y las soluciones de aguas lluvias asociadas al estudio, deberán ser detalladas en un Proyecto de Pavimentación patrocinado por un Ingeniero Civil, el que presentará para su revisión y aprobación de SERVIU Metropolitano, Sub-dirección de Pavimentos y Obras Viales, y que considerará para efectos de diseño las indicaciones de la L.G.U.C. y la O.G.U.C., la Ordenanza del P.R.M.S. y el Manual REDEVU 2009. En este sentido, se elaboraron proyectos de especialidad referidos s aguas lluvias y salas de residuos, los cuales se adjuntan en Anexo E de la DIA.

 

En este sentido, el titular se compromete a respetar la Resolución Exenta N° 511 del 2012, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, relacionada a Redes Viales, respecto de la obligación de contar con la aprobación de un Análisis Vial Básico para el Proyecto, el cual será presentado a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, previo a la recepción final de obras. Además, según el numeral 1.7.2  de la Adenda, el titular asume el compromiso de materializar todas las medidas de mitigación vial que resulten de la aprobación del citado análisis vial, cuando corresponda su materialización.

 

 

 

Estacionamientos

Según el numeral 1.1.1 de la Adenda Complementaria, el proyecto contará con 149 estacionamientos para automóviles y 60 estacionamientos para bicicletas.

 

Adicionalmente, el proyecto considera un compromiso voluntario, ofrecido por el titular, en la Comisión de Evaluación Ambiental de la sesión de fecha 26 de julio de 2016,  sobre tratamiento de espacio público que considera áreas verdes, iluminación y 12 estacionamientos externos, el cual se detalla en el numeral 9.2 de la presente Resolución.

 

En la Tabla I-19 de la DIA y numeral 3.4 del anexo G de la Adenda (Estudio Vial Básico preliminar), se muestra el cálculo de  estacionamientos exigidos, conforme el Plan Regulador Comunal de San Miguel y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los que corresponderían a 95.

 

 

Aguas lluvias

Las aguas lluvias que precipiten sobre los pavimentos, escurrirán hacia los sumideros ubicados en los puntos de menor cota del proyecto, y a través de ellos, descargarán a las respectivas zanjas de infiltración por medio de tuberías de PVC Clase I.

 

Por su parte, las aguas lluvias que precipiten sobre la techumbre de las Torres, serán recibidas a nivel del suelo y a través de la red de tuberías y cámaras, serán conducidas hacia las zanjas de infiltración.

 

Las mencionadas zanjas de infiltración, cámaras, sumideros, pocetas y colectores, se ubican según lo indicado en los planos de proyecto adjunto en Anexo E.2 de la DIA. El proyecto de aguas lluvias será presentado y aprobado antes de la Recepción Definitiva.

 

Se realizarán inspecciones de la obra, las cuales tendrán por objeto verificar que ésta operará en las condiciones de diseño, comprobar que la mantención es adecuada, o proponer modificaciones en caso contrario.

 

Las aguas lluvias serán drenadas a una profundidad de 2,43 metros respecto del nivel del suelo y a 54,6 metros aproximadamente del nivel del acuífero. Este último dato se obtiene del informe que se adjunta en Anexo F de la Adenda, el cual cita los siguientes estudios.

 

a)      Estudio hidrogeológico del proyecto Maipo elaborado por la Comisión Nacional de Riego, el año 1980.

b)      Por otra parte, de acuerdo con la información hidrometereológica de la DGA disponible, los pozos más cercanos al área del proyecto correspondientes al Pozo ubicado en el Parque O’Higgins y al pozo ubicado en el Cementerio Metropolitano, ambos a una distancia promedio de 4,7 km del proyecto, donde se tiene que la profundidad del acuífero en la época más somera es de 66,7 metros, coincidiendo esto con la información presentada en Anexo B de la DIA, Caracterización del predio y su entorno, donde se informó que la profundidad del acuífero es cercana a los 50 metros, esto según lo indicado en las curvas de isoprofundidad obtenidas de SERNAGEOMIN (Iriarte, 2003).

 

En general el objetivo de las obras de saneamiento de aguas lluvia es mantener al menos la capacidad de retención e infiltración del terreno previo a la urbanización. Para el dimensionamiento de las obras se busca que el caudal y volumen generado por las aguas lluvias después de la urbanización no sea superior al generado previamente en condiciones naturales para tormentas menores, con periodos de retornos de entre 2 y 10 años. Para la zona de proyecto, la precipitación base empleada corresponde a la precipitación máxima en 24 h, para un período de retorno de 10 años. Según lo recomendado en el Manual de Pavimentación y Aguas Lluvias del MINVU.

 

En el Reglamento de copropiedad, se establecerá la prohibición de descargas o eliminación de aceites, lubricantes, derivados del petróleo y otras sustancias que puedan resultar peligrosas sean eliminados directamente en colectores del sistema de alcantarillado, así como en calles del condominio y otras superficies del predio.

 

De acuerdo al Plan de Mantenimiento del proyecto de aguas lluvias interior, adjunto en el Anexo E.2 de la DIA, la mantención del sistema contempla tareas de inspección, de aseo y ornato, y tareas de prevención y reparación de todas las partes que componen el proyecto de aguas lluvias.

 

 

4.4.2. Suministros básicos

Agua potable y alcantarillado

El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°001979 de fecha 18.03.2016, otorgado por la empresa Aguas Andinas, adjunto en el Anexo A.4 de la Adenda.

 

Energía y Combustibles

El suministro de electricidad será proporcionado por la empresa Chilectra S.A., quien visará la correcta ejecución de instalaciones.

 

Adicionalmente el proyecto contará con un grupo electrógeno de emergencia de 150 KVA de potencia, que será utilizado sólo en situaciones de corte del suministro eléctrico.

 

Las instalaciones de electricidad proyectadas, previo a su puesta en servicio, serán declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

 

El grupo electrógeno de emergencia, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC.

 

Las instalaciones interiores de gas, darán cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N° 66/2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y a la Resolución SEC N° 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”.

 

Previo a su puesta en servicio, las instalaciones interiores de gas, serán declaradas ante la SEC, mediante instaladores de gas certificado por la misma de acuerdo al señalado DS 66/2007 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, anteriormente citado, y generar el trámite de Combustibles TC6 “Declaración Instalaciones Interiores de Gas” ante SEC.

 

Recursos Naturales Renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar  recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades, en ninguna de sus fases.

 

4.4.3. Productos generados

Productos

El proyecto no generar ningún tipo de producto diferente a la entrega de 456 viviendas

4.4.5. Emisiones atmosféricas y Efluentes

a.- Material Particulado y Gases

Emisiones Atmosféricas

Generación de MP y Gases por combustión interna de fuentes móviles, generado por  el Grupo Electrógeno de emergencia.

 

Las emisiones calculadas corresponden a Material Particulado MP10 y MP2,5 y Gases (CO, HC, SOX y NOX).

 

Emisiones MP10

Según el Anexo C de la Adenda, las emisiones  MP10  productos del uso de grupo electrógeno de emergencia son las siguientes:

 

Año

MP10 [Ton/año]

Limite PPDA

2

0,0039

2,5

 

Por tanto el proyecto  cumple con la norma del artículo 98 del PPDA de Santiago para MP10.

 

 

 

Emisiones SOx

Según el Anexo C de la Adenda, las emisiones de SOX,  producto de uso del grupo electrógeno de emergencia son las siguientes:

 

Año

MP10 [Ton/año]

Limite PPDA

2

0,0036

50

Por tanto el proyecto  cumple con la norma del artículo 98 del PPDA de Santiago para SOx.

 

 

Emisiones NOx

Según el Anexo C de la Adenda, las emisiones de NOX producto de uso del grupo electrógeno de emergencia son las siguientes:

 

Año

MP10 [Ton/año]

Limite PPDA

2

0,0541

8

 

Por tanto el proyecto  cumple con la norma del artículo 98 del PPDA de Santiago para NOx.

 

b. Emisiones de Ruido

Ruido

En el anexo E de la Adenda, se presentó el estudio de ruido del proyecto corregido y consolidado. La principal fuente generadora de ruido para la fase de operación es el Grupo Electrógeno, ubicado en la torre B en el primer piso de aproximadamente 150 kVA.

 

Para el cumplimiento del DS 38/2011 MMA se evaluó para horario diurno (7 a 21 horas) y horario nocturno (21 a 7 horas) una zona de tipo III por las características de la localización del proyecto, siendo el nivel máximo de ruido en horario diurno de 65 dBA y en horario nocturno 50 dBA. Para el horario diurno, en la siguiente tabla se evalúan los niveles de ruido estimados en los puntos receptores asociados al grupo electrógeno, dando como resultado lo siguiente:

 

Receptor

NPS Operación
 [dBA]

Límite normativo
Diurno [dBA]

Cumplimiento

R1

46

65

R2

47

65

R3

50

65

R4

49

65

R5

54

65

R6

49

65

Ref.: Tabla N° 15 del Estudio Acústico del Anexo E de la Adenda

 

De los resultados obtenidos se puede concluir que el proyecto cumple la normativa para el horario diurno.

 

En lo que respecta al horario nocturno, en las medidas preliminares se observa un incumplimiento para el receptor R.5 con una excedencia de 4 dB. En este aspecto, se aplicarán las siguientes medida de control de emisión de ruido:

 

a) Se construirá un cierre cercano del grupo generador ubicado de manera de proteger a los receptores ubicados al norte del Proyecto, con una altura de 1.8 metros y deberá ser construido de un material que presente una densidad volumétrica igual o mayor a 660 kg/m3.

 

b) Se implementará una medida de control de emisión ruido (por ejemplo, un silenciador, splitter u otro) que atenúe al menos los 4 dB presentados como la máxima superación normativa según lo anterior.

 

Considerando la aplicación de la medida de control, el proyecto cumple la normativa en el horario nocturno de acuerdo a lo siguiente:

 

Receptor

NPS Operación
 [dBA]

Límite normativo
nocturno [dBA]

Cumplimiento

R1

46

50

R2

47

50

R3

50

50

R4

49

50

R5

46

50

R6

49

50

Ref.: Tablas N° 16 y 20 del Estudio Acústico del Anexo E de la Adenda

 

Adicionalmente, se considerarán las siguientes medidas aplicables a la fase de operación:

 

·         Mantención regular de equipos.

·         Correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.

 

c.- Emisiones líquidas

Aguas Servidas

Durante la fase de operación del proyecto se generarán aguas servidas que serán descargadas al sistema de alcantarillado público, según consta en el Certificado de Factibilidad N°001979 de fecha 18 de marzo de 2016, otorgada por la empresa Aguas Andinas, documento adjunto en el Anexo A.4 de la Adenda.

 

4.4.6.- Residuos Solidos

a.- Residuos sólidos no peligrosos

Residuos sólido domiciliario y asimilables

El proyecto contará con 3 salas de basura por torre, ubicadas en el primer piso, que se conectarán con los niveles superiores mediante 3 ductos de basura. Los ductos estarán disponibles para su uso mediante los closet ecológicos que se instalarán en cada nivel.

 

Respecto al almacenamiento de los residuos sólidos domiciliarios, durante la fase de operación, la capacidad de almacenamiento de las salas de basura se ha proyectado en base a una generación promedio estimada de 4 L/día de residuos por persona, según se indica a continuación.

 

a.- Para la Torre A

Número de habitantes = 972

 

N° Habitantes x generación basura promedio = 972 x 4 L/día = 3.888 L/día

Generación basura día x 3 días de almacenamiento = 3.888L/día x 3 = 11.664 L

Generación basura durante 3 días / capacidad de contenedores = 11664 L / 360 L =32,4

Por lo tanto, se utilizarán 33 contenedores de 360 L cada uno para almacenar temporalmente la basura domiciliaria de la Torre A.

 

Éstos serán distribuidos en las 3 salas de basura.

 

Para la Torre B

 

Número de habitantes = 852

N° Habitantes x generación basura promedio = 852 x 4 L/día = 3.408 L/día

Generación basura día x 3 días de almacenamiento = 3.408L/día x 3 = 10.224 L

Generación basura durante 3 días / capacidad de contenedores = 11.664 L / 360 L =28,4

 

Por lo tanto, se utilizarán 29 contenedores de 360 L cada uno para almacenar temporalmente la basura domiciliaria de la Torre B. Estos serán distribuidos en las 3 salas de basura.

 

El titular tendrá en consideración, para la fase de operación, lo establecido por la ley N° 19.704 del Ministerio del Interior que en su artículo 8° señala que sobrepasando un volumen de 60 litros de residuos domiciliaros por rol, como promedio diario, éstos deberán ser retirados por empresas privadas que cumplan con las reglamentaciones sanitarias y ambientales. Sin embargo, el máximo de residuos sólidos domiciliario generado, corresponderá a un departamento de 3 habitaciones, estimando 4 residentes, lo que equivale a 16 L/día. Por lo tanto, durante el periodo de espera de la frecuencia de recolección se debería acumular un máximo de 48 L/día.

 

 

Residuos sólidos reciclables

En relación a los vidrios, estos formarán parte del Plan de Manejo de residuos reciclables, el cual tendrá un retiro por una empresa autorizada. En el Capítulo III de la DIA, se presentan los antecedentes técnicos necesario para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA, relativo al almacenamiento de residuos. En cada piso de la torre se dispondrá un closet ecológico para facilitar la separación y manejo de residuos para la reutilización.

 

b.- Residuos peligrosos

Residuos peligrosos

El proyecto durante la fase de operación no genera residuos sólidos peligrosos.

 

4.4.7.- Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente

Productor Químicos

El proyecto no considera el manejo de productos químicos durante su fase de operación.

 

         

 

4.5.- Fase de Cierre

Fase de Cierre

Dada las características del proyecto, su vida útil es indefinida. Por tanto, no considera fase de cierre.

 

 

Tabla 4.6. Cronología de las fases del proyecto o actividad

4.6.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Año 2016. Para efectos del Artículo 25 ter de la Ley 19.300, el acto o faena mínima que da cuanta del inicio de la ejecución del proyecto serán las actividades de demolición y desmantelamiento, planificadas dentro de los tres primeros meses posteriores a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental, según la tabla I-5 de la DIA.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Demolición y desmantelamiento

Fecha estimada de término

Año 2018 (17 meses)

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción de Obras por parte de la Municipalidad de San Miguel

4.6.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Año 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Recepción de Obras por parte de la Municipalidad de San Miguel

Fecha estimada de término

Indefinida

 

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

El Proyecto genera emisiones de material particulado y gases durante sus fases de Construcción y Operación, producto de movimientos de material, circulación de vehículos y uso de un equipo electrógeno, principalmente, las que son calculadas y declaradas en el Anexo C de la Adenda. En este aspecto, da cumplimiento a la normativa vigente para la Región Metropolitana, que corresponde al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica. En efecto, tanto en la fase de construcción y como en la fase de operación del proyecto no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA (D.S. Nº 66/2009 del MINSEGPRES). Sin perjuicio de ello se comprometen medidas de gestión para la fase de construcción y operación que se detallan en los numerales 4.3.1.3 letra a) para la fase de construcción y 4.4.5 letra a) para la fase de Operación, ambos de la presente Resolución.

 

Los niveles de ruido proyectados sobre los receptores cercanos al proyecto, durante la fase de construcción y operación, se encuentran por debajo de los límites establecidos en la normativa vigente D.S. N°38/2011 MMA, al incorporar las medidas de control descritas en el Título 1.5.5.2 del capítulo I de la DIA y en el Anexo E de la Adenda. En este aspecto, los niveles de ruido generados por la construcción y operación, cumplirán la normativa considerando las medidas de atenuación de ruido y de gestión indicadas en el capítulo 9 del estudio acústico,  cumpliendo con el límite máximo de ruido establecido por el D.S. N°38/11 del MMA para el período diurno en el caso de la fase de construcción y para todo horario en la fase de operación. Las medidas de gestión se detallan en el numeral 4.3.1.3 letra b) para la fase de construcción y 4.4.5 letra b) para la fase de Operación, ambos de la presente Resolución.

 

Durante la fase de construcción se generarán residuos líquidos producto de lavado ruedas de los camiones y de todos los vehículos que abandonan el área de trabajo, esta labor se desarrollará en una piscina especialmente diseñada para la actividad. No se efectuarán lavados de vehículos, ni de ruedas en el espacio público.

 

Los residuos líquidos serán retirados por un limpia fosas cada 2 semana, para lo cual se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) a través del cual se acredite su disposición final.

 

En la fase de construcción del proyecto se instalarán baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada. Para facilitar la fiscalización de los servicios antes mencionados, se mantendrá en la obra una copia de factura u otro documento que acredite el medio de disposición. Posteriormente el abastecimiento de agua potable y descarga al alcantarillado para las personas que participen en las actividades de construcción, se obtendrá mediante la conexión a las redes pertenecientes a Aguas Andinas S.A, tal como se puede observar en certificado de factibilidad, adjunto en el Anexo A.4 de la Adenda.

 

Durante la fase de operación del proyecto no se generarán residuos líquidos. Sin embargo, si se generarán aguas servidas que serán descargadas al sistema de alcantarillado público, según se indica en el Certificado de Factibilidad N°001979 de fecha 18.03.2016, otorgado por la empresa Aguas Andina, documento adjunto en el Anexo A.4 de la DIA.

 

Adicionalmente, los residuos se manejarán y dispondrán de forma autorizada y de acuerdo a la normativa vigente, según lo descrito en los numerales 4.1.3.4 letras a) y b) para la fase de construcción y numeral 4.4.6 letras a) y b) para la fase de operación, todos de la presente Resolución.

 

Impacto Ambiental no significativo

Afectación a la salud de las personas

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Aire y suelo

Parte, obra o acción que lo genera

Emisiones y generación de residuos en la fase de construcción y operación.

Fase en que se presenta

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

El área de emplazamiento se encuentra intervenida, por lo que el proyecto no interferirá en la pérdida de diversidad biológica, o en la pérdida de superficie con plantas, algas, hongos y/o animales silvestres o en su abundancia, debido a que el terreno de emplazamiento se encuentra desprovisto de plantas, algas, hongos y/o animales silvestres. En el Anexo B de la DIA, sobre caracterización del entorno se adjunta un set fotográfico del área del Proyecto.

 

Respecto al componente ambiental aire, se dará cumplimiento al PPDA, de acuerdo a las emisiones estimadas para las fases de construcción y Operación, las que se resumen en el numeral 4.3.1.3 letra a) para la fase de construcción y 4.4.5. letra a)  para la fase de operación, ambos de la  presente Resolución

 

Se utilizarán algunas sustancias químicas durante la fase de construcción, entre las cuales se encuentran: pinturas, aceites, entre otros, las que se almacenaran y dispondrán de acuerdo a la normativa vigente, según el numeral 4.3.1.2 de la presente Resolución.

 

No se generará impacto en volumen o caudal de recursos hídricos que contengan aguas fósiles, vegas y/o bofedales, áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas y glaciares.

 

El predio no cuenta con ningún curso de agua, el más cercano corresponde al Canal Zanjón de la Aguada, el cual se encuentra abovedado en el tramo que cruza la comuna de San Miguel.

 

El proyecto cuenta con Certificado de Factibilidad de agua potable y alcantarillado de aguas servidas N°001979 de fecha 18.03.2016, otorgado por la empresa Aguas Andinas, adjunto en el Anexo A.4 de la Adenda.

 

En cuanto a la profundidad de la napa, en el Estudio de Mecánica de Suelo del proyecto adjunto en Anexo D de la Adenda  y Anexo B de la DIA, Caracterización del predio y su entorno, la profundidad del acuífero es cercana a los 50 metros, esto según lo indicado en las curvas de isoprofundidad obtenidas de SERNAGEOMIN (Iriarte, 2003IRIARTE, S. (2003).

 

Por tanto, es posible indicar que no existirá una afectación del recurso hídrico subterráneo, dado que entre las excavaciones a realizar por las obras del proyecto (drenes a 2,43 m de profundidad máxima) y el nivel del acuífero (dato más cercano a 57 m de profundidad) existirá una diferencia de al menos 54,6 m.

 

En la figura 1 de la página 22 de la adenda se entrega un plano de los pozos registrados en la DGA, profundidad de la napa y la ubicación del proyecto. Adicionalmente, en Anexo F de la Adenda en el proyecto de Aguas lluvias, se incluye un plano de elevación que presenta el distanciamiento entre el nivel superficial de la calle, la profundidad de los niveles subterráneos y los drenes de infiltración de aguas lluvias, en escala 1:100.

 

No se generará la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

 

 

Impacto ambiental no significativo

Potenciales impactos sobre recursos naturales renovables

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Recursos renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Parte, obra o acción que lo genera

Excavaciones y generación de emisiones, efluentes y residuos

Fase en que se presenta

Fase de Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5 y 6 del ICE

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

El Proyecto no interviene, usa o restringe el acceso a recursos naturales de algún tipo, debido a que el área de emplazamiento se encuentra ya intervenida. Ver Anexo  F de la DIA sobre  medio humano y lo comentado en el artículo 6 del Reglamento del SEIA anterior.

 

Con los antecedentes presentados y medidas de mitigación indicadas en Estudio Vial Básico del Anexo G de la Adenda, en el acceso del proyecto por calle María Auxiliadora, para la fase de construcción, se estimó alrededor de 1210 vehículos por día y considerando que  el proyecto estima una circulación de 4 vehículos por hora, 39 camiones/día, el aporte sería de no más de 3%, según cronograma de la Tabla I-5 de la DIA. Al respecto, el proyecto se compromete a no transitar en los caminos públicos en los horarios punta (7 y 9 de la mañana y 6 y 8 de la tarde). Adicionalmente, presenta medidas de transito señaladas en el numeral 4.2 de la presente Resolución.

 

Para la fase de operación, en el Estudio Vial Básico, adjunto en Anexo G de la Adenda, donde fueron revisados y expuestos los antecedentes de circulación vehicular y peatonal, las características geométricas de las vías y su estado de conservación, además de las conexiones viales entre ellas, se proponen una serie medidas descritas en el numeral 4.4.1 de la presente Resolución, que facilitan la circulación y favorecen la seguridad de vehículos y peatones. 

 

Adicionalmente, el proyecto considera un compromiso voluntario, ofrecido por el titular, en la Comisión de Evaluación Ambiental de la sesión de fecha 26 de julio de 2016,  sobre tratamiento de espacio público que considera áreas verdes, iluminación y 12 estacionamientos externos, el cual se detalla en el numeral 9.2 de la Presente Resolución.

 

En el capítulo 8 de la Adenda complementaria el proyecto presenta compromisos de establecer un Plan de Comunicaciones con los vecinos del área de influencia, el que se detalla en el capítulo 9 de la presente Resolución.

 

El proyecto no  generará efectos adversos sobre el acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica que se encuentran en el área de influencia del proyecto, debido a lo siguiente: 

 

·         Es un sector, que cuenta con una alta presencia de actividad productiva en su entorno inmediato, principalmente mueblerías localizadas hacia el sector oriente del distrito, por lo que la población actual, principalmente flotante no genera demanda sobre equipamientos del área asociados a educación y salud.

·         El uso comercial en torno al área del proyecto corresponde a un almacén ubicado en esquina de calle Maria Auxiliadora con Av. Santa Rosa y en la Gran Avenida que ofrece abastecimiento a la comunidad.

·         Por su parte, el distrito cuenta con un establecimiento educacional básico, uno de educación media y una institución de educación superior, además de consultorios y hospitales. Respecto de estos equipamientos, cabe señalar que de acuerdo al perfil del futuro residente, principalmente del GSE C2-medio alto, podría acceder a la atención particular o privada en materias de educación y salud.

·         El Distrito se caracteriza por contar con buena conectividad, locomoción colectiva por Santa Rosa y Gran Avenida y acceso al metro por Gran Avenida. Esto facilita que los actuales y nuevos residentes se desplacen con facilidad hacia distintos sectores del Gran Santiago.

·         El sector limita con la Comuna de San Joaquín, por lo que considerando ambas comunas, los equipamientos para abastecimiento de bienes de consumo diario, de salud y educación se consideran suficientes para cubrir las demandas de la población del sector, así como también sirve a comunas aledañas, por lo que se estima que la futura población residente no afectará en forma negativa a los grupos humanos, ni al acceso o calidad de éstos bienes, equipamientos o servicios que se encuentran en el área de influencia del proyecto.

 

El Proyecto, por su naturaleza y ubicación, no alterará o incidirá en la dimensión antropológica, puesto que no se relaciona con aspectos étnicos, ni con manifestaciones de la cultura de la población, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados.

 

No hay tierras ni poblaciones indígenas en el área de influencia del proyecto.

Impacto ambiental no significativo

Alteración a Sistemas de Vida

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Grupos humanos

Parte, obra o acción que lo genera

Generación de emisiones, efluentes, residuos y efecto de la vialidad adyacente

Fase en que se presenta

Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5 y 6 del ICE

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

El proyecto o actividad no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, ni afecta el valor ambiental de algún territorio o recurso a conservar.

 

Considerando el ORD. N°130844 del 22 de mayo de 2013 del SEA, que “Uniforma criterios y exigencias técnicas sobre áreas colocadas bajo protección oficial y áreas protegidas para efectos del sistema de evaluación de impacto ambiental, e instruye sobre la materia” y de la revisión efectuada en el área de influencia, no se encuentran emplazadas áreas o sitios colocados bajo protección oficial. Los más cercanos al área del Proyecto se encuentran ubicados a 2 km, el que corresponde al Monumento Histórico Casa Patronal Ex Chacra Ochagavia y a la Zona Típica del Sector delimitado por Av. Viel, Av. Matta, Av. Rondizzoni y calle San Ignacio (3km).

 

En la Tabla Nº 6 y Figura Nº 9, ambas del Anexo B de la DIA, caracterización del Predio y su Entorno, se pueden apreciar en detalle las áreas y sitios prioritarios más cercanos al Proyecto. 

 

Impacto ambiental No significativo

Afectación a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguna

Fase en que se presenta

Ninguna

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

El Proyecto no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área urbana que permite uso de suelo residencial.

 

El proyecto no altera atributos de alguna zona con valor paisajístico o turístico, puesto que su área de influencia se localiza alejado de las zonas con valor paisajístico o turístico existentes en la comuna, y se inserta en un área urbana que permite uso de suelo residencial.

 

Impacto ambiental No significativo

Alteración al Valor paisajístico o turístico de la zona.

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Ninguno

Parte, obra o acción que lo genera

Ninguno

Fase en que se presenta

Ninguna

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 6 del ICE

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

El análisis bibliográfico de gabinete, junto con la revisión de los Archivos del Consejo de Monumentos Nacionales, sobre el área de influencia del Proyecto detallada en el Anexo B de la DIA, permitió establecer que el área de influencia del Proyecto se encuentra alejada de Monumentos Nacionales declarados en las siguientes categorías: histórico, santuario de la naturaleza y zona típica, existentes en la comuna.

 

La prospección arqueológica llevada a cabo en el área en donde se emplazará el Proyecto, que se adjunta en el Anexo B de la DIA, permitió descartar la presencia de materiales arqueológicos en superficie y monumentos nacionales o patrimonio cultural religioso en el área de estudio.

 

A pesar de los resultados, y considerando la excepción de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante los trabajos de excavación y remoción de tierra, el titular procederá según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular deberá paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.

 

En el área de proyecto, conforme a lo señalado en el Anexo B de la DIA de Caracterización del Predio y su Entorno, no existen lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas.

 

 

 

Riesgo Ambiental

Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Patrimonio

Parte, obra o acción que lo genera

Excavaciones y movimiento de material

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo 5 y 6 del ICE

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

 

 

6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. Permisos ambientales sectoriales mixtos (PAS)

 

6.1. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 140 del DS 40/2012 Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento de residuos domésticos en la fase de construcción

Salas de Basura en la fase de operación. En el capítulo 3 de la DIA se presentan los antecedentes de los PAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular ha entregado todos los antecedentes necesarios durante la evaluación ambiental, por lo que la SEREMI de Salud se pronuncia conforme e indica que se puede otorgar el citado permiso, tanto para la fase de construcción como de operación. 

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario N° 2746 del 19 de abril de 2016, de la SEREMI de Salud.

 

 

 

6.2. Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 142 del DS 40/2012 Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fase del proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Almacenamiento temporal de residuos peligrosos. En el capítulo 3 de la DIA se entregan los antecedentes de los PAS.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El titular ha entregado todos los antecedentes relativos al sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto, por lo que la  Autoridad Sanitaria Regional se pronuncia conforme e indica que se puede otorgar el citado Permiso Ambiental.  

 

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ordinario N° 2746 del 19 de abril de 2016, de la SEREMI de Salud.

 

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación,  la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

7.1. Emisiones atmosféricas

 

Norma

D.S.Nº144/1961, MINSAL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

 

Durante la fase de construcción, se implementarán las siguientes medidas de control, con el objetivo de reducir la emisión de polvos fugitivos generado por las actividades constructivas del Proyecto:

 

·       Se humectarán las vías internas no pavimentadas a lo menos 4 veces al día, siempre y cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Para este    efecto, se implementará un camión aljibes previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino.

·       Se instalará malla raschel o algún material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas colegios, lugares de trabajo, entre otros.

·       El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

·       Para la descarga de escombros desde el nivel sobre el suelo, se deberá contar con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor.

·       Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes, se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

·       Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/hr en las vías interiores del recinto.

·       No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.

·       Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del Proyecto.

·       Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector.

Por otra parte, y según se desprende de los resultados expuestos en la Tabla I-20 del Capítulo I de la DIA y Anexo C de la Adenda, el proyecto en su fase de Operación, no superará los límites de emisión anual establecidos en el PPDA, por lo que dará cumplimiento a la normativa vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

·       Número de pasadas al día, según el registro diario de los camiones disponible para fiscalización.

Forma de control y seguimiento

·       Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·       Registros fotográficos disponibles en el proyecto para la fase de construcción.

Referencia ICE

·       Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº47/1992, MINVU, OGUC, artículos 5.8.3 - 5.8.5

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular implementará las medidas señaladas tanto en el artículo 5.8.3 numeral 1 como en el artículo 5.8.5, con el fin de minimizar las emisiones de polvo u otros materiales al ambiente y respetando el modo de retiro de escombros, respectivamente.

De acuerdo a lo anterior, y en virtud de la naturaleza y emplazamiento del terreno donde se desarrollará la actividad, se consideran las siguientes medidas de abatimiento para mitigar las emisiones, entre las cuales mencionamos las siguientes:

·           Se humectarán las vías internas no pavimentadas a lo menos 4 veces al día, siempre y cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Para este    efecto, se implementará un camión aljibes previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino.

    Se instalará malla raschel o algún material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptores cercanos, como viviendas colegios, lugares de trabajo, entre otros.

     El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

    Para la descarga de escombros desde el nivel sobre el suelo, se deberá contar con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor.

  Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes, se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

      Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/hr en las vías interiores del recinto.

     No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.

     Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del Proyecto.

     Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector.

Indicador que acredita su cumplimiento

·       Número de pasadas al día, según el registro diario de los camiones, disponibles en faenas.

Forma de control y seguimiento

·       Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·       Registros fotográficos disponibles para fiscalización.

Referencia ICE

·       Capítulo 8

 

Norma

D.S. N° 66/2009 MINSEGPRES, Reformula y Actualiza el PPDA de la Región Metropolitana (PPDA).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

De acuerdo a la Tabla I-9 del capítulo I de la DIA, y Anexo C de la Adenda, atendido que las estimaciones de emisiones anuales de los contaminantes que se emitirán en las fases de Construcción no sobrepasarán los límites de la norma, por lo que el proyecto cumplirá con lo establecido en el PPDA vigente y no deberá compensar sus emisiones. Adicionalmente, se tomarán las siguientes medidas de gestión:

 

·           Se humectarán las vías internas no pavimentadas a lo menos 4 veces al día, siempre y cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Para este    efecto, se implementará un camión aljibes previo al inicio de las obras, cuya capacidad y cantidad de agua garantice el incremento de la humedad basal en la superficie del camino.

    Se instalará malla raschel o algún material que cumpla con el propósito de retención de polvo, en aquellos tramos que enfrenten potenciales receptore4s cercanos, como viviendas colegios, lugares de trabajo, entre otros.

     El interior de la obra se mantendrá aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

    Para la descarga de escombros desde el nivel sobre el suelo, se deberá contar con chutes o cualquier otro sistema que permita evitar la resuspensión del material descargado al contenedor.

  Todos los materiales que generen dispersión de contaminantes, se transportarán en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados en esta faena se encuentren con sus mantenciones y revisión técnica al día.

      Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/hr en las vías interiores del recinto.

     No se realizarán cortes de material al aire libre, para ello se destinará un área de corte con tres de sus cuatro paredes cerradas por malla raschel o algún otro material que cumpla con las mismas propiedades en la retención de polvo y, la cuarta pared se encontrará abierta para permitir el acceso y salida expedita de los materiales.

     Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del Proyecto.

·       Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector.

Indicador que acredita su cumplimiento

·       Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·       Registros fotográficos disponibles para fiscalización.

Forma de control y seguimiento

·       Registro diario de la frecuencia del camión aljibe para la humectación de los caminos.

·       Fotografía de terreno georreferenciadas y con fecha de la instalación del retenedor de polvo.

·       Fotografías de terreno

·       Control de entrada y salida de camiones con carga cubierta de materiales o residuos que generen dispersión de polvo, y registro con los correspondientes permisos de circulación.

·       Fotografías de la señalética instalada.

·       Fotografía de terreno

·       Fotografía en terreno al sector de lavado

Referencia ICE

Capítulo 8

 

 

Norma

Instructivo de Exigencia de Medición de Material Particulado para Grupos Electrógenos, Sub Departamento de Calidad del Aire del ex-SESMA, febrero 2004, en relación con D.S. Nº 4/1992 MINSAL, que establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de Cumplimiento

Los gases generados por la combustión en la operación de equipos de Grupo Electrógeno, generalmente se ajustan a normativas de emisión de la Comunidad Europea o de la EPA, por lo que no se justifica calcular las emisiones de material particulado, ni de los gases generados por estos equipos, ya que sus reducidos tiempos de funcionamiento, permitirán asegurar que las emisiones serán mínimas y que se ajustarán a los límites señalados por el D.S. N° 4/92 del Ministerio de Salud. Se debe tener en consideración que su uso es de emergencia, por ende está acotado y determinado a que eventualmente se produzca el corte del suministro lo que indudablemente se produce por cortos lapsos de tiempo. Considerando estos antecedentes, no se justifica el cálculo de emisiones de material particulado ni de gases de estos equipos, ya que debido a los bajos tiempos de operación de ellos, sus emisiones al aire serán mínimas y muy por debajo de los niveles máximos permitidos para la Región Metropolitana, y en consecuencia no se contempla indicadores de cumplimiento de esta norma.

 

Indicador que acredita su cumplimiento

No aplica

Forma de control y seguimiento

No aplica

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº 138/2005, MINSAL, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de Cumplimiento

El Titular entregará todos los antecedentes para determinar las emisiones de contaminantes generadas por los equipos de Grupo Electrógeno que será utilizado en la fase de operación, únicamente en caso de emergencia – corte de suministro -, y por ende, durante lapsos de tiempo muy acotados.

Indicador que acredita su cumplimiento

Fase de Operación: Entregar a la SEREMI de Salud competente, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes del equipo Grupo Electrógeno de Emergencia

Forma de control y seguimiento

Fase de Construcción y Operación: El encargado de la obra o el administrador del condominio, según sea el caso, respectivamente, mantendrá a disposición de la autoridad fiscalizadora una copia timbrada del documento presentado en el MINSAL, que acredite la entrega de los antecedentes mencionados.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº54/1994, MTT, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Medianos que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en todas las fases de la Actividad, serán las establecidas en esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con vehículos en condiciones técnicas y emisiones conforme a la norma.

Forma de control y seguimiento

Revisiones técnicas y control de gases al día.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº55/1994, MTT, Establece Norma de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados pesados, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, serán las establecidas en esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con vehículos motorizados pesados que cumplan con la norma. 

Forma de control y seguimiento

Revisiones técnicas y control de gases al día.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº75/1987 MINTRATEL, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Los vehículos que transporten los materiales de la Fase de Construcción, estarán equipados de modo que aseguren que éstos no escurran o caigan al suelo. El transporte de materiales se efectuará siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otros sistemas que impida su dispersión al aire.

Indicador que acredita su cumplimiento

Vehículos pesados que transporten materiales que produzcan polvo con la carga cubierta.

Forma de control y seguimiento

Control de entrada y salida de los vehículos pesados con carga cubierta de materiales que produzcan polvo.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº38/2011 MINSAL, Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Para dar cumplimiento a la norma, la SEREMI de Salud, señaló en el Oficio Ordinario N° 2746/2016 de fecha 19 de abril de 2016, que considerando las medidas de control propuestas por el titular, en el  numeral 9 del Anexo E de la Adenda, referido al Estudio de Ruido”, el titular deberá implementar obligatoriamente las siguientes medidas: 

1.-Fase de Construcción: 

a.- Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas. 

 

b.- Durante la faena de demolición, se deberán implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3. (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente herméticas. La altura y ubicación de la barrera para dicha fase deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 8 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.  

 

c.- Para la etapa de excavación y preparación de terreno, se deberán mantener las medidas anteriormente señaladas para la etapa de demolición. De manera complementaria se deberá se restringir el uso de maquinaria en las cercanías de los puntos receptores identificados como R5 y R6 (hasta los 30 m de los deslindes respectivos), donde no podrán trabajar de ninguna manera en conjunto todas las maquinarias detalladas en la Tabla 5 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA. Dichas maquinarias se deberán separar en dos frentes de trabajos independientes y deberán funcionar por separado. Los frentes de trabajo se deberán componer de la siguiente manera: 

 

·         Frente 1: compuesto por Excavadora y Cargador Frontal.

·         Frente 2: compuesto únicamente por Placa Compactadora. 

d.- Para la etapa de construcción obra gruesa, se deberán nuevamente mantener las medidas señaladas en los puntos anteriores, con la excepción que se deberán aumentar las alturas en los sectores norte y poniente del área del proyecto, siguiendo las indicaciones señaladas en la figura 9 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.  

 

e.- De manera complementaria, para las faenas desarrolladas a nivel de piso, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro, a nivel de suelo de la obra gruesa. Dichas pantallas deberán tener una altura mínima de 2 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

 

f.- Para el caso de faenas ruidosas en los frentes de trabajo en altura, en sectores específicos del edificio se deberán cubrir los vanos de la fachada del edificio, para tales efectos se deberá utilizar planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.

 

2.- Etapa de Operación:

a.- Los equipos identificados como ruidosos, deberán encontrarse ubicados en salas cerradas herméticamente en pisos subterráneos o en cubierta donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio, cuyos muros deberán ser de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, que aseguren una pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dB(A). 

 

b.- Los equipos en las salas deberán estar provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones. 

 

c.- Se deberá construir de manera complementaria un cierre cercano al grupo generador, situado de manera de proteger a los receptores ubicados al norte del proyecto, con una altura de 1.8 m y deberá ser construido de un material que presente una densidad volumétrica igual o mayor a 660 kg/m3.. Adicionalmente se deberá implementar una medida de control de emisión de ruido (por ejemplo, un silenciador, splitter u otro) que atenúe al menos los 4 dB presentados como la máxima superación normativa en la Tabla 16 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.

 

3.- Todas las Etapas: 

a.- Se deberán implementar las medidas de gestión señaladas en el punto 9.2.1 “Medidas de Gestión” del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.  

 

b.- Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”. 

 

Indicador que acredita su cumplimiento

- Charlas de capacitación a  los trabajadores respectivos en la correcta utilización de los equipos y maquinarias – limitación del número y duración de equipo ocioso y uso de herramientas a aire comprimido.

- Registros de  mantenciones de los equipos al día

- Charlas de capacitación a los trabajadores respectivos en la correcta utilización de los equipos y maquinarias – limitación del número y duración de equipo ocioso y uso de herramientas a aire comprimido.

- Charlas a los trabajadores respectivos en la correcta utilización de los equipos y maquinarias – limitación del número y duración de equipo ocioso y uso de herramientas a aire comprimido.

- Equipos con mantenciones al día.

- Charlas a los trabajadores respectivos en la correcta utilización de los equipos y maquinarias – limitación del número y duración de equipo ocioso y uso de herramientas a aire comprimido.

- Registros fotográficos fechados de la implementación de las medidas.

Forma de control y seguimiento

Medidas de Control: Informes de Monitoreo mensuales respecto a los receptores sensibles

Medidas de Gestión:

- Comprobante de realización de capacitación.

- Libro Registro de Mantención de Equipos.

- Comprobante de realización de capacitación.

- Comprobante de realización de capacitación.

- Libro Registro de Mantención de Equipos.

- Comprobante de realización de capacitación.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. Nº47/92 MINVU, OGUC, Artículo 5.8.3 Nº 4

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los niveles de ruido modelados para la Fase de Construcción, se excederá el límite establecido por el D.S.38/11 del MMA en análisis, por lo que se contempla, medidas de control, estas últimas corresponden a la implementación de barreras acústicas, a que se refiere el Capítulo I, acápite 1.5.6.2.4. Igualmente se contemplan medidas de gestión en el acápite 1.5.6.2.6 del Capítulo I.

Por otra parte y en cumplimiento de la norma, el titular presentará a la Dirección de Obras Municipales lo siguiente:

a)         Los Horarios de funcionamiento de la obra.

b)         La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.

c)         Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, serán señalados a la DOM en su momento, antes del inicio de las faenas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Comprobante de presentación ante la DOM respectiva conforme  a los listados a), b) y c) precedente.

Forma de control y seguimiento

Copia timbrada de la carta informativa presentada ante la DOM, que diga relación con el horario, lista de herramientas y equipos, nombre y fono del constructor responsable de la obra.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S. N°594/1999, MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular y las empresas contratistas que participen en los trabajos entregarán a su personal las protecciones auditivas adecuadas para realizar los trabajos que generen ruidos molestos, es decir, ruidos estables o fluctuantes superiores a un nivel de presión sonora continuo equivalente de 85 dB(A) lento, para una jornada de 8 horas diarias.

Se cumplirán, asimismo, con las disposiciones y parámetros relativos a la exposición a vibraciones, para lo cual se proporcionará a los trabajadores la debida protección.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega de protecciones auditivas adecuadas a los trabajadores, si correspondiese.

Forma de control y seguimiento

Registro del uso de las protecciones auditivas por parte de los trabajadores.

Referencia ICE

Capítulo 8

                                                          

7.2. Ordenamiento territorial

 

Norma

Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL 458/1976 MINVU, artículos 57 y 116, y D.S. Nº 47/1992, MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), artículos 1.4.1 sobre permisos, 2.4.1 y 2.4.2 respecto a los estacionamientos y Plan Regulador de la Comuna de San Miguel.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Previo al inicio de la Fase de Construcción del Proyecto, el titular requerirá los permisos de edificación a la DOM respectiva.

El Proyecto cumplirá con lo establecido en el Plan Regulador Comunal de San Miguel.

Los estacionamientos exigidos corresponden a los establecidos en el PRC.

Indicador que acredita su cumplimiento

Estacionamientos en la cantidad que indican las normas citadas.

Forma de control y seguimiento

Permiso de edificación otorgado por la DOM San Miguel.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

 

7.3. Residuos

 

Norma

D.S.N°594/99 MINSAL Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, D.F.L. Nº 725/67, MINSAL, Código Sanitario, artículos 79 y 80 y el D.F.L. Nº 1/1989 que Establece Materias que requieren Autorización Sanitaria Expresa

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

Fase de Construcción

Residuos Líquidos

Los residuos líquidos del lavado de ruedas serán retirados por un limpia fosas periódicamente. Es importante aclarar que el lavado de ruedas se realizará siempre y cuando las condiciones climáticas y atmosféricas lo ameriten.

En relación a las aguas servidas se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada.

Para facilitar la fiscalización de los servicios antes mencionados, se mantendrá (en la obra) una copia de factura u otro documento que acredite el retiro y su disposición final.

Residuos Sólidos

           Residuos sólidos domiciliarios o asimilables: Serán dispuestos al interior de bolsas plásticas herméticas, en contenedores con tapa hermética distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en la instalación de faena. Los residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 3 días, para luego ser retirados por los camiones de recolección de basuras municipal o por empresas contratadas, siendo derivados a un lugar de disposición final autorizado.

           Excedentes de Tierra, Serán retirados diariamente, ante la eventualidad de que se requiera el acopio del material por más de 1 día, se dispondrán en un sector de la obra, cubriendo el material con malla raschel y se procederá a su humectación, en caso de ser necesario. El transporte de tierra se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire y serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final.

           Escombros, Serán almacenados temporalmente al interior de contenedores cubiertos con malla raschel o con tapa, debidamente identificados. Estos residuos serán almacenados por un periodo de tiempo máximo de 2 semanas. El transporte de escombros se llevará a cabo en camiones que contarán con lonas, u otro sistema que impida la dispersión del material al aire. Los residuos serán derivados a un lugar de disposición final autorizado, para lo cual se mantendrá un registro permanente en obra, adjuntando boletas, facturas u otros documentos que acrediten la disposición final.

           Residuos reutilizables, Los materiales de descarte de la Fase de Construcción, se dispondrán en un sector de la obra debidamente habilitado e identificado para este propósito. Estos materiales serán almacenados y retirados mensualmente. El transporte se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad. Los residuos serán derivados a un lugar autorizado para su reciclaje o reutilización, con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.

           Residuos peligrosos, Serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos al interior de una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL cuyas características constructivas se indican en el Capítulo III de la DIA (Titulo 3.6.2 Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 142 del RSEIA). El transporte de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad. Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda y serán derivados a un lugar de disposición final autorizado.

Indicador de Cumplimiento para la Fase de Construcción: Disposición final de los residuos líquidos y sólidos conforme a la norma.

Medio de verificación para la Fase de Construcción: Registro permanente en obra con documentos (boleta, factura u otro documento) que acrediten la disposición final de los residuos líquidos y sólidos.

Fase de Operación

Residuos líquidos

Durante la Fase de Operación del Proyecto se generarán aguas servidas que serán descargadas al sistema de alcantarillado público, según consta en el Certificado de Factibilidad N°001979 de fecha 18.03.2016, otorgado por la empresa Aguas Andinas, documento adjunto en el Anexo A.4 de la Adenda.

 

Residuos Sólidos

En el Anexo E.1 de la DIA, se adjunta proyecto de especialidad que detalla el  sistema de extracción de residuos domiciliarios, el cual tiene como objetivo dotar al condominio, de un sistema eficiente que permita extraer, almacenar los residuos generados por sus usuarios, de modo de garantizar adecuadas condiciones de higiene. El sistema contempla los elementos necesarios para evitar las propagaciones de elementos contaminantes y agentes infecciosos, así como también la proliferación de vectores tales como roedores, moscas, baratas, etc.

Cada torre de departamentos, tiene proyectado 3 salas de basura en el primer nivel, siendo en total 6 salas de basuras.

Para el cálculo del volumen de residuos generados en el sistema se ha considerado la cantidad de Habitantes del edificio, y se ha aplicado un factor de generación de 4 litros de basura por habitante (4.0 L/Hab). Se ha considerado además una frecuencia de retiro de 1 vez cada 3 días en el servicio del camión recolector. En consecuencia, el sistema deberá tener capacidad suficiente para retener los residuos generados durante 3 días en el edificio.

Para la torre A se requieren 33 contenedores de 360 litros y para la Torre B 29 contenedores. Los cálculos de residuos y contenedores se resumen en el ítem 1.6.7.2  del Capítulo I de la DIA.

a.         Procedimiento de recolección de residuos

En consideración a las características del proyecto, se ha diseñado un sistema de 3 sala de basura y 1 ducto para cada sala en cada las torre, y con tolvas ubicadas en Shaft de basura.

1.         El acceso de los usuarios al sistema se realizará a través de tolvas de volcar, las que irán dispuestas en los shaft de basura, ubicados en cada piso. Se considera en 1er piso tolva de  volcar  en pasillo para departamentos  1er Nivel.

2.         Los ductos conducirán los residuos hasta  3 Salas de Basura  ubicadas en el 1er piso del edificio. Los desechos serán recibidos por contenedores de 360  L,  más contenedores de recambio. Con este procedimiento se pretende evitar al máximo la manipulación de las basuras por parte de los operadores del sistema.

3.         El proceso finaliza al momento de entregar los desechos almacenados en los contenedores, al servicio de aseo recolector.

4.         Por su parte, el servicio de aseo, o camión recolector de basura, deberá estar contratado o coordinado entre la administración del edificio y la Municipalidad. El operario de limpieza del edificio retirará los desechos desde la sala de basura para su traslado hasta la estación de precarguío, con una frecuencia no menor a los tres días por cada retiro.

5.         Respecto al Closet Ecológico, este se ubicara dentro del Shaft de Basura.

b.         Salas de Basura:

El recinto deberá tener todas las condiciones de higiene y deberá ser lo suficientemente espacioso para el buen funcionamiento del sistema. Estará equipado con todos los elementos necesarios para brindar un adecuado servicio, que incluirán además los implementos pertinentes para realizar actividades de aseo, limpieza, y desinfección de las salas y de contenedores. De igual modo, las salas contarán con el implemento de emergencia apropiado para casos de fuego o incendio.

La sala de basura tendrá  una  pileta con rejilla para el desagüe de los líquidos y aguas servidas generadas a partir de actividades de aseo y limpieza del recinto; las descargas se realizarán a la red pública de alcantarillado.

En la sala de basura se instalará un lavamanos para aseo de los operadores. Se deberá instalar además en su interior llave de jardín con hilo exterior HE, y manguera de 5 metros de longitud, con pitón.

Indicador que acredita su cumplimiento

Fase de Construcción: Disposición final de los residuos líquidos y sólidos conforme a la norma.

Fase de Operación:  Obtención del Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 140 del RSEIA para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Forma de control y seguimiento

Fase de Construcción: Registro permanente en obra con documentos (boleta, factura u otro documento) que acrediten la disposición final de los residuos líquidos y sólidos.

Fase de Operación: Certificado de recepción definitiva de las edificaciones

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma

D.S.N°148/2003 MINSAL, Reglamento Sanitario de Manejo de RESPEL

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Los Residuos peligrosos, serán almacenados al interior de contenedores con tapa hermética dispuestos en una bodega de almacenamiento temporal de RESPEL cuyas características constructivas se indican en el Titulo 3.6.2 Permiso Ambiental Sectorial del presente documento. El transporte y disposición final de RESPEL se llevará a cabo por empresas externas autorizadas para esta actividad, que trasladará los residuos hasta un lugar de disposición final autorizado. Con el objetivo de acreditar la correcta ejecución de este procedimiento, se mantendrá en obra un registro del retiro de los residuos peligrosos, mediante boleta, factura o el documento que corresponda.

Indicador que acredita su cumplimiento

Boleta, factura o documento que acredite el transporte y disposición final de RESPEL efectuado por empresa autorizada.

Forma de control y seguimiento

Fase de Construcción: Copia de Resolución aprobatoria de la bodega de RESPEL, y registro permanente en obra de documentos (boleta, factura u otro documento) acreditativos de la disposición final de los RESPEL.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

D.S. Nº1/2013 MMA, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes RETC

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El titular utilizará el sistema de “Ventanilla Única” del RETC, para declarar la generación de residuos peligrosos, cumpliendo a su vez todas las exigencias que contempla el Reglamento en comentario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Declarar la generación de residuos peligrosos en el tiempo y forma que indica la norma.

Forma de control y seguimiento

Comprobante de declaración

Referencia ICE

Capítulo 8

 

7.4.- Condiciones ambientales en los lugares de trabajo

 

Norma

D.S. N°594/1999 MINSAL, sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, Artículos 12, 13, 15, 16 y 17, 36 y 37 en relación con el artículo 82 del Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

 En la fase de construcción del Proyecto, el abastecimiento de agua potable para las personas que participen en esta Fase, se obtendrá mediante un empalme provisorio existente.

Se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99 MINSAL), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales. Durante ese periodo, la instalación, mantención de los baños, así como también el retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada, considerando además que:

·      El número mínimo de artefactos se deberá calcular en base a la tabla del artículo 23 del D.S. N° 594/99 del MINSAL.

·      Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

·      Los baños químicos no estarán instalados a más de 75 m del área de trabajo.

·      El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga. 

Indicador que acredita su cumplimiento

Conexión al empalme provisorio existente para el abastecimiento del agua potable y  mantención de baños y duchas en cantidad y forma que indica la norma, y correcta disposición final de los residuos líquidos que éstos produzcan.

Forma de control y seguimiento

Registro que identifique el número de trabajadores y la dotación de agua potable correspondiente (boleta cancelada de sanitaria correspondiente). Registro documental (boletas, facturas, otros) que acredite el retiro y disposición final de las aguas servidas por empresa autorizada o copia del convenio del uso de colectores con la empresa sanitaria.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

 

 

7.5. Vialidad y Transporte

 

Norma  

D.S. N° 158/1980 MOP, fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Para la Fase de Construcción, el Titular dará cumplimiento a esta norma, haciendo exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales que suscriba durante el desarrollo de la obra, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por caminos públicos.

El control de los vehículos medianos correspondientes a proveedores en la Fase de Operación, será incorporado en el Reglamento de Administración respectivo.

Indicador que acredita su cumplimiento

No aplica.

Forma de control y seguimiento

No aplica, no obstante la norma será exigida a través de una observación en la Orden de Compra respectiva.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

D.S. Nº 200 de 1993. Ministerio de Obras Públicas. Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las vías urbanas del país.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular dará cumplimiento a esta norma, haciendo exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales y mercaderías, que suscriba durante el desarrollo de la obra y operación respectivamente, la sujeción a lo señalado en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por las vías urbanas de país.

Indicador que acredita su cumplimiento

No aplica.

Forma de control y seguimiento

No aplica, no obstante la norma será exigida a través de una observación en la Orden de Compra respectiva.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

D.S. Nº 18/2001 MINTRATEL, prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular hará exigible el cumplimiento de la norma en todos los contratos, subcontratos y órdenes de compra de servicios de transporte de materiales y otros que suscriba durante el desarrollo de la obra, indicando en ellos, expresamente, la exigencia de respetar y prestar los servicios de transporte en los horarios de restricción establecidos en el presente Decreto, para los camiones afectos según sus propias características.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de Contratos.

Forma de control y seguimiento

Cláusula en contratos y subcontratos, y  observación en caso de las Orden de Compra, respectivamente.|

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

Decreto Nº 78/2012 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Aprobó el Manual de Señalización de Tránsito y su Apéndice, en particular las disposiciones del Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual mencionado oficializado D.S. Nº 90/2002 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a estas disposiciones, en cada oportunidad que realice trabajos en la vía pública a fin de advertir claramente a transeúntes y peatones sobre la presencia de estos trabajos. Para ello colocará la señalética que corresponda en los lugares y en la oportunidad respectiva. Además, desarrollará el Plan de señalización y medidas de seguridad” a que se refiere la norma, cuya autorización tramitará ante la autoridad competente

Indicador que acredita su cumplimiento

Advertir con señalética adecuada, la presencia de trabajos en la vía, cuando éstos se realicen. Además, desarrollar un Plan de señalización y medidas de seguridad y aprobarlo ante el MINTRATEL.

Forma de control y seguimiento

Mantener en la obra el Plan de Señalización y Medidas de Seguridad, aprobado por la autoridad.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

D.F.L. N° 850/1997, Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964 y del DFL. Nº 206, de 1960.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El titular dará cumplimiento a lo dispuesto en esta norma, respetando y haciendo respetar a los contratistas del transporte, el peso máximo de los vehículos, establecido para circular en caminos públicos. Por otra parte, también se dará cumplimiento al presente DFL comprometiéndose a solicitar autorización especial a la Dirección de Vialidad en caso de transportar o hacer transportar maquinarias u otros objetos indivisibles que excedan de los pesos máximos permitidos, previo pago en Tesorería de los derechos que se determinen.

Indicador que acredita su cumplimiento

Transporte de materiales y maquinarias en camiones que respetan el peso máximo permitido para el tránsito de calles y caminos públicos, y tramitar la autorización ante Vialidad en caso de exceder dicho peso, previo pago de los derechos respectivos.

Forma de control y seguimiento

Contratos, Subcontratos u Órdenes de Compra de servicios de transporte que indiquen la obligación del transportista del cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

D.S. Nº 75/87, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica (se reitera conforme ICSARA1).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Los vehículos que transporten los materiales de la Fase de Construcción, estarán equipados de modo que aseguren que éstos no escurran, se dispersen al aire y/o caigan al suelo. El transporte de materiales se efectuará siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otros sistemas que impida su dispersión al aire.

Indicador que acredita su cumplimiento

Transportar con carga cubierta todos los materiales susceptibles de dispersarse con el aire o escurrir al suelo.

Forma de control y seguimiento

Contratos, Subcontratos u Órdenes de Compra de servicios de Transporte que indiquen la obligación del transportista del cumplimiento de las medidas contenidas en la norma.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

Resolución Exenta Nº 511/2012 que fija normas generales respecto al Decreto Nº 83/1985 - MINTRATEL, sobre Redes Viales Básicas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla incorpora un Análisis Vial Básico que ha sido sometido a evaluación al MINTRATEL.

Indicador que acredita su cumplimiento

Elaborar y presentar al MINTRATEL un Análisis Vial Básico previo al inicio de las obras de construcción del Proyecto.

Forma de control y seguimiento

Resolución del MINTRATEL recaída en el Análisis Vial Básico.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

 

7.6.- Patrimonio cultural

 

Norma  

Ley Nº17.288 sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Si bien el área del Proyecto no está emplazada en un área de protección oficial, en conformidad a esta ley, ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra que se realice durante la construcción del proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir.

Indicador que acredita su cumplimiento

No aplica, dado que se trata de una circunstancia eventual. No obstante ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos, el indicador de cumplimiento estará constituido por el aviso de hallazgo arqueológico dirigido al CMN.

Forma de control y seguimiento

No aplica. No obstante ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos, el Informe de hallazgo firmado por profesional competente presentado al CMN.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

Norma  

D.S. Nº 484 de 1990. Ministerio de Educación (Publicado en el Diario Oficial el 2 de abril de 1991). Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Si bien el área de influencia del Proyecto no está emplazada en un área de protección oficial, en conformidad a esta ley, ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra que se realice durante la construcción del Proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se dará aviso inmediatamente y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir.

Indicador que acredita su cumplimiento

No aplica, dado que se trata de una circunstancia eventual. No obstante ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos, el indicador de cumplimiento estará constituido por el aviso de hallazgo arqueológico dirigido al CMN.

Forma de control y seguimiento

No aplica. No obstante ante el eventual y poco probable hallazgo de materiales arqueológicos, el Informe de hallazgo firmado por profesional competente presentado al CMN.

Referencia ICE

Capítulo 8

 

7.7. Sustancias  y residuos peligrosos

 

Norma  

D.S. N°78/10, MINSAL, Reglamento de Almacenamiento de sustancias peligrosas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Los envases de sustancias químicas sin utilizar serán almacenados al interior de una bodega común, en cumplimiento al Párrafo II del D.S. N°78.

·         Al interior de la bodega no podrán realizarse mezclas ni re-envasado de sustancias peligrosas excepto en aquellas en que existan estanques fijos o en aquellas en que se deba realizar fraccionamiento para ser utilizado en producción del terreno del Proyecto.

·         La bodega deberán ser cerradas en su perímetro por muros o paredes sólidas, resistentes a la acción del agua, incombustibles, con piso sólido, liso e impermeable, no poroso. En todo caso, su diseño y características de construcción deberán ajustarse a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Adicionalmente, estas bodegas deberán tener un sistema de contención local de derrames con agentes de absorción y/o neutralización que evite comprometer las áreas adyacentes.

·         La bodega deberán mantener una distancia mínima de 3 m a sus muros medianeros o deslindes o bien un muro cortafuego de RF 180, en caso de adosamiento.

·         La zona destinada para el almacenamiento de las sustancias peligrosas deberá estar claramente, señalizada y demarcada, adicionalmente, deberá contar con rótulos que indiquen las clases y divisiones de las sustancias en ella almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N° 2190 del 2003: Transporte de sustancias peligrosas - Distintivos para identificación de riesgos (NCh 2190 Of2003) o la que la sustituya. Se deberá mantener una distancia de 2,4 m entre sustancias peligrosas incompatibles. Además, se deberá mantener una distancia de 1,2 m entre las sustancias peligrosas y otras sustancias o mercancías no peligrosas.

·         Se prohibirá fumar al interior de la bodega, mediante letreros que indiquen “No fumar” en el acceso principal de la bodega y en el interior de la misma, dispuestos en lugares fácilmente visibles.

·         En la obra se dispondrá de un registro escrito o electrónico en idioma español de las sustancias almacenadas, registro que estará a disposición del personal que trabaja y/o transita en la bodega, como también de los organismos fiscalizadores y bomberos. Dicho registro contendrá como mínimo la siguiente información:

-       Nombre comercial y nombre químico de cada sustancia contenida en ella.

-       Nº NU.

-       Clase y división de peligrosidad de cada sustancia de acuerdo a la NCh 382. Of2004 o la que la sustituya.

-       Croquis con la ubicación (zona) de las sustancias al interior de la bodega.

-       Promedio trimestral de las cantidades por clase de sustancias almacenadas, según la NCh 382. Of2004 o la que la reemplace. Adicionalmente, deberán estar disponibles las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias almacenadas de acuerdo a Norma Chilena Oficial Nº 2245 del 2003: Sustancias químicas - Hojas de datos de seguridad – Requisitos (NCh 2245. Of2003) o la que la sustituya.

·         La bodega contará con un sistema manual de extinción de incendios a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, cuya cantidad, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, estará de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Una vez utilizadas las sustancias, los envases serán almacenados como residuos peligrosos en la bodega de almacenamiento temporal descrita en el Título 3.5.2 del presente documento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtener  PAS del artículo 142 y construir bodega

Forma de control y seguimiento

Copia de la Resolución que autoriza la bodega

Referencia

Capítulo 4  del ICE

 

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Patrimonio Cultural

Riesgo asociado

Afectación al Patrimonio Cultural

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de la normativa y Protección sobre el  patrimonio culturas, en el caso de hallazgos.

 

Descripción: En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley  N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

 

Lugar y forma

Lugar: En toda el área del proyecto.

 

Forma: Paralización de obras ante cualquier riesgo y aviso al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) y a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA)

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a la SMA.

Forma de control y seguimiento

Informe de evaluación y procedimientos aplicados enviado al CMN y SMA

Referencia

Oficio Ordinario N° 3661 de fecha 27 de noviembre de 2015, del  Consejo de Monumentos Nacionales.

 

8.2. Acústica Ambiental

Impacto asociado

Emisiones de ruido

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de normativa y reducir molestias a los grupos humanos del área de influencia.

 

Descripción:

 

1.- Fase de Construcción:

 

a.- Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las 07:00 y las 21:00 horas. 

 

b.- Durante la faena de demolición, se deberán implementar barreras acústicas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3. (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente). La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente herméticas. La altura y ubicación de la barrera para dicha fase deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 8 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.  

 

c.- Para la etapa de excavación y preparación de terreno, se deberán mantener las medidas anteriormente señaladas para la etapa de demolición. De manera complementaria se deberá se restringir el uso de maquinaria en las cercanías de los puntos receptores identificados como R5 y R6 (hasta los 30 m de los deslindes respectivos), donde no podrán trabajar de ninguna manera en conjunto todas las maquinarias detalladas en la Tabla 5 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA. Dichas maquinarias se deberán separar en dos frentes de trabajos independientes y deberán funcionar por separado. Los frentes de trabajo se deberán componer de la siguiente manera: 

 

·         Frente 1: compuesto por Excavadora y Cargador Frontal.

·         Frente 2: compuesto únicamente por Placa Compactadora. 

 

d.- Para la etapa de construcción obra gruesa, se deberán nuevamente mantener las medidas señaladas en los puntos anteriores, con la excepción que se deberán aumentar las alturas en los sectores norte y poniente del área del proyecto, siguiendo las indicaciones señaladas en la figura 9 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.  

 

e.- De manera complementaria, para las faenas desarrolladas a nivel de piso, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas con un material que deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente) o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro, a nivel de suelo de la obra gruesa. Dichas pantallas deberán tener una altura mínima de 2 m y estar conformadas por tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas podrán disponerse de dos o más unidades, conformando una sola pantalla de mayor tamaño, encerrando de mejor manera la fuente emisora de ruido y actuando más eficientemente. La cara interna de la pantalla (que da hacia la fuente de ruido) deberá estar cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta por una tela tipo arpillera que impida su deterioro (por ejemplo malla rachel).

 

f.- Para el caso de faenas ruidosas en los frentes de trabajo en altura, en sectores específicos del edificio se deberán cubrir los vanos de la fachada del edificio, para tales efectos se deberá utilizar planchas cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad volumétrica igual o superior a 660 kg/m3 (ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente), con el objeto de mitigar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.

 

2.- Fase de Operación:

 

a.- Los equipos identificados como ruidosos, deberán encontrarse ubicados en salas cerradas herméticamente en pisos subterráneos o en cubierta donde las emisiones de ruido se verán notablemente atenuadas por la propia obra gruesa del edificio, cuyos muros deberán ser de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m2, que aseguren una pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dB(A). 

 

b.- Los equipos en las salas deberán estar provistos de montajes anti-vibratorios, ya sea sobre apoyos o sobre losa flotante con el propósito de evitar ruido estructural a los departamentos del edificio. Los ductos y cañerías que estén en contacto con la estructura del edificio deberán ser aislados mecánicamente de dicha estructura a través de un material que amortigüe las vibraciones. 

 

c.-Se deberá construir de manera complementaria un cierre cercano al grupo generador, situado de manera de proteger a los receptores ubicados al norte del proyecto, con una altura de 1.8 m y deberá ser construido de un material que presente una densidad volumétrica igual o mayor a 660 kg/m3.. Adicionalmente se deberá implementar una medida de control de emisión de ruido (por ejemplo, un silenciador, splitter u otro) que atenúe al menos los 4 dB presentados como la máxima superación normativa en la Tabla 16 del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.

 

3.- Todas las fases:

 

a.- Se deberán implementar las medidas de gestión señaladas en el punto 9.2.1 “Medidas de Gestión” del Anexo E “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.  

 

b.- Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”. 

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: sobre las fuentes de ruido y  en el área de influencia.

 

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas comprometidas y citadas anteriormente.

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registros de Capacitación

Registro fotográfico de las medidas comprometidas en la fase de construcción y operación.

 

Forma de control y seguimiento

Informe de cumplimiento de medidas enviado semestralmente a SEREMI de Salud y SMA en la fase de construcción.

Referencia

Oficio Ordinario N° 2746 de fecha 19 de abril de 2016, de la SEREMI de Salud Región Metropolitana de Santiago.

 

8.3. Recursos Hídricos

Riesgo Asociado

Afectación a recursos hídricos de cualquier índole

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de normativa y protección sobre los recursos hídricos.

 

Descripción:

 

a.- Las aguas a utilizar para los requerimientos sanitarios, consumo humano, red de incendios e industrial (lavado de ruedas u otros) en las Fases de Construcción y Operación del proyecto, se obtendrán de acuerdo al Certificado de Factibilidad Sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas S.A., según lo declarado por el Titular en respuesta a la Observación 1.6.1.5, Anexo A.3 y A.4 del Adenda 1.

 

b.- Las aguas a utilizar para la humectación de vías no pavimentadas (60 metros aproximadamente), demolición y zona de acopio durante la Fase de Construcción, provendrá la compra a terceros certificados, la que deberá dar cumplimiento de al menos los requisitos de agua para riego de la NCH 1.333 de 1978, según lo declarado en respuesta a Observación 1.6.1.5 y 1.6.1.6 del Adenda 1.

 

c.- Se realizará lavado de ruedas mediante una base impermeabilizada tipo piscina de 4.68 m3 de capacidad aproximadamente, cuyas aguas serán retiradas por un camión limpia fosa autorizado, por lo menos una vez cada dos semanas, aguas que deberán ser descargadas en un punto autorizado para ello, de acuerdo a lo declarado en respuesta a la Observación 1.3.5 del Adenda 1.

 

d.- Durante la Fase de Operación las actividades de mantención del sistema de infiltración se realizarán de acuerdo a los protocolos establecidos en el acápite 1.6.9 de la DIA y respuesta a Observación 1.6.1.9 del Adenda 1.

 

e.- El Titular tendrá presente que en caso de ser calificado ambientalmente favorable, las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la respectiva Resolución, serán de su responsabilidad, sean implementadas por él o a través de un tercero.

 

f.- Ante posibles afloramientos de napas colgadas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

 

·         Detener las actividades en el frente de trabajo.

·         Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·         En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·         Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

·         Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

 

g.- En atención a respuesta a la Observación 1.5.2 de Adenda 1, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:

·         Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

·         Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

·         Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

·         En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

 

h.- Debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico, según lo declarado en el acápite 1.5.1.3 de la DIA.

 

i.- Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.  

 

j.- Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas. 

 

k.- Los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 

l.- Si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

 

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Faena constructiva del proyecto

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas comprometidas y citadas anteriormente.

 

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de capacitación a los trabajadores sobre las medidas citadas.

Forma de control y seguimiento

Registro de capacitación a los trabajadores sobre las medidas citadas disponibles en faena.

Referencia

Oficio Ordinario N° 467 de fecha 11 de abril de 2016, de la DGA Región Metropolitana de Santiago.

 

Tabla 8.4. Vialidad y Transporte

Impacto asociado

Afectación a la vialidad y Transporte

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Objetivo y descripción

Objetivo: Cumplimiento de la normativa y coordinación vial para todas las fases del proyecto.

 

Descripción:

 

·         El proyecto “Edificio María Auxiliadora” posee un Análisis Vial Básico (AVB) ingresado a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, para su evaluación por parte de la Ventanilla única de transporte.

 

·         El Titular se compromete a materializar todas las medidas de mitigación antes de la recepción final de las obras.

 

·         Las descripciones presentadas en el AVB deben ser coincidentes con los datos presentados en la DIA, es decir, deben corresponder al mismo proyecto.

 

·         El Titular deberá mantener un registro permanente de la entrada y salida de camiones al proyecto.

 

·         Cumplir el Decreto Supremo Nº 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

 

·         Se deberá dar cumplimiento al Decreto Nº 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

 

·         En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos

Lugar y forma

Lugar: Todas las actividades de transportes y viales del proyecto

 

Forma: Aplicación rigurosa de las medidas citadas.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de ingreso del Análisis Vial Básico a la SEREMI de Transporte.

Registros de la entrada y salida de camiones.

Forma de control y seguimiento

Registro de ingreso del Análisis Vial Básico a la SEREMI de Transporte disponible en obra para fiscalización.

Registros de la entrada y salida de camiones, disponible en obra para fiscalización.

Referencia

Oficio Ordinario N° 2993 de fecha 28 de abril de 2016, de la SEREMI de Transporte Región Metropolitana de Santiago.

 

 

9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

9.1.- Plan de comunicación con los vecinos

Impacto asociado (si aplica)

Eventualmente impactos sonoros no significativos, material particulado y vialidad adyacente

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: El objetivo corresponde a mantener informada a la comunidad cercana, respecto de las acciones contempladas por el Proyecto

Descripción: El Titular se compromete a elaborar un Plan de Comunicación y Manejo con la comunidad aledaña, mediante cartillas o folletos informativos respecto a ruidos molestos, material particulado y vialidad adyacente que se pudiesen generar durante la construcción del proyecto, incluyendo además información relativa a la duración y horarios de las obras. Adicionalmente, y con la finalidad de mantener informada a la comunidad cercana, respecto de las acciones contempladas por el Proyecto, es que en 1° lugar, durante todo el período de construcción, se mantendrá en el acceso del Proyecto un aviso dirigido a facilitar la información de los vecinos, que permita entregarle las formas de canalización de sus inquietudes y un libro de reclamos y/o sugerencias que corresponderá al mecanismo formal de recepción de consultas, solicitudes y reclamos.

Justificación: Se justifica un Plan de Comunicación con los vecinos en el sentido que permite conciliar las actividades de ésta con la sana convivencia con los vecinos.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: En el acceso a la obra.

Forma: Mediante cartillas o folletos informativos y libro de reclamos.

Oportunidad: Durante toda la fase de construcción

Indicador que acredite su cumplimiento

Ruidos: El 100% de reclamos por ruido son atendidos satisfactoriamente por la obra.

Material Particulado: El 100% de reclamos por ruido son atendidos satisfactoriamente por la obra.

Vialidad Adyacente: El 100% de reclamos asociados a Vialidad adyacente son atendidos satisfactoriamente por la obra, dando conformidad a los vecinos.

Forma de control y seguimiento

Control mediante revisiones internas y seguimiento documental de registro (libro de reclamos y/o sugerencias) desde la solicitud de los vecinos hasta la conformidad de éstos.

 

 

9.2.-  Propuesta Mejoramiento Espacio público

Origen

Según lo señalado en el Considerando 3 de la presente Resolución, el proyecto considera un compromiso voluntario, ofrecido por el titular, en la Comisión de Evaluación Ambiental de la sesión de fecha 26 de julio de 2016.

Efecto Relacionado

Vialidad Adyacente

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo descripción de todas sus partes y justificación

Objetivo: Mejorar condiciones de estacionamientos de vehículos para los actuales residentes de calle María Auxiliadora e incorporar áreas verdes con diseño de paisajismo en el entorno inmediato del proyecto

Descripción: El Titular se compromete a implementar un proyecto de mejoramiento de espacio público en el entorno del proyecto, que tendrá como mínimo las siguientes condiciones:

 

OBRAS EXTERIORES PROYECTO

MARIA AUXILIADORA

 

Superficie/Cantidad

Unidad

1.

Área verde (Tratamiento Vegetal)

212,57

m2

2.

Reposición de veredas

197,56

m2

3.

Accesos vehiculares

119,05

m2

4.

Estacionamientos

150,00 (12)

m2

5.

Faroles peatonales

14

Un.

6.

Arboles

27

Un.

7.-

Escaños

3

Un.

8.-

Basureros

1

Un.

9.-

Juegos infantiles

1

Un.

10

Ochavo (plazoleta)

15

m2

 

 

El proyecto se desarrollará en calle María Auxiliadora hasta la Altura de la calle Cuasimodo. Las luminarias serán de  tecnología LED.

 

Dentro de este proyecto de mejoramiento de espacio público el titular se compromete a ceder parte de su terreno en las esquinas de calle María Auxiliadora con Santa Rosa creando un ochavo de 15x15 m en que se realizará una plaza pública que contendrá además 3 escaños, 1 basurero, y 1 juego infantil. Complementariamente, lo siguiente:

 

  1. Ampliar el mejoramiento de la vereda de toda la cuadra conformada entre Sta. Rosa y Cuasimodo, desde los 80 m de frente a 150 m lineales, en un ancho de 1,2 m.
  2. Construir Áreas Verdes en la franja libre de 3,8 m entre la vereda y la calle, a lo largo de 150 m de la acera norte, incorporando los estacionamientos públicos y reponer las salidas vehiculares existentes
  3. Iluminación Led para peatones a lo largo de los 150 m de la acera norte
  4. Presentar Estudio complementario al Análisis Vial Básico aprobado:
    1. Incluir 12 estacionamientos públicos en acera norte de María Auxiliadora entre Santa Rosa y Cuasimodo
    2. Incluir Prohibición de Estacionar en acera sur incorporando 3 señales de No Estacionar con demarcación en la calzada.

 

Justificación: Se justifica dada la necesidad de ordenamiento y de estacionamientos para los vecinos de la cuadra quienes estacionan sus vehículos en la calzada y acera de calle María Auxiliadora, además las áreas verdes en entorno inmediato del proyecto son escasas.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: entorno inmediato del proyecto

Forma: Ejecución del proyecto.

Oportunidad de Implementación: durante el final de la construcción del edificio.

Indicador que acredite su cumplimiento

Revisión y mantención de las áreas verdes de la Plazoleta entre María Auxiliadora y Santa Rosa.

Registro de Recepción de Obras en la Municipalidad de San Miguel.

 

10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

 

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las siguientes:

 

10.1.1.- Derrame de residuos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Actividades Fase de Construcción

Acciones o medidas a implementar

-       Mantener los residuos al interior de las bodegas de residuos para el almacenamiento temporal de este tipo de residuos.

-       Mantener en stock, en un área de libre acceso y señalizada, los elementos de contención de derrames, entre estos, bolsas, trapos u otros elementos.

-       Efectuar capacitaciones al personal sobre el correcto uso de los elementos y materiales para la contención de derrames.

Forma de Control y seguimiento

 Libro y/o registro de mantenciones, Registro fotográfico de señalizaciones, y libro de registro de capacitaciones.

Referencias

 Punto 1.8 Capítulo I de la DIA, numeral 1.5.1.1 de la Adenda, Capítulo 7 del ICE.

 

10.1.2.- Incendio

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Actividades Fase de Construcción

Acciones o medidas a implementar

-   Mantener los equipos y maquinaria bajo las normas de seguridad existentes.

- Mantener los equipos de extinción portátiles operativos en todo momento.

-   Mantener señalizados los lugares de ubicación de los equipos de extinción portátiles, con accesos despejados, libres de obstáculos.

-  Efectuar capacitaciones al personal respecto al correcto uso y empleo de los equipos de extinción portátil.

Forma de Control y seguimiento

Libro y/o registro de mantenciones, Registro fotográfico de señalizaciones, y libro de registro de capacitaciones.

Referencias

 Punto 1.8 Capítulo I de la DIA, numeral 1.5.1.1 de la Adenda, Capítulo 7 del ICE.

 

10.1.3.- Afectación a Recursos Hídricos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Actividades Fase de Construcción

Acciones o medidas a implementar

-    En la fase de Construcción y Operación del proyecto, no habrá almacenamiento de combustible de ningún tipo.

-    Se contratará un servicio externo para el abastecimiento de combustible del equipo electrógeno en ambas fases.

-    En la Fase de Construcción, camiones, maquinarias y demás automóviles, cargarán sus estanques fuera del recinto y tendrán sus mantenciones al día, por medio de servicios externos a la faena

-    Se instalaran baños químicos en la cantidad necesaria, según lo establecido por la normativa vigente (D.S. N°594/99), hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales, periodo cuya duración no superará los primeros 6 meses de construcción. Durante ese periodo, la instalación, mantención y retiro de los residuos estará a cargo de una empresa autorizada

-    Manejo adecuado de los residuos

-    Se habilitará un sector de acopio para el manejo de los residuos. Esta área estará debidamente señalizada, en su interior se instalarán los contenedores para el acopio de escombros, residuos industriales sólidos (RISes – Residuos reciclables) y residuos asimilables a domiciliarios (RAD). El área para los contenedores de RAD contará con piso impermeable, lavable y techo para proteger los contenedores de las condiciones climáticas.

-    Cumplimiento D.S.N°148/2003 MINSAL, Reglamento Sanitario de Manejo de RESPEL

-    Se habilitará de 1 bodega que será construida dando cumplimiento al D.S. N° 148/04, al D.S. N° 594/00 ambos del MINSAL y a la OGUC

-    El almacenamiento de los residuos peligrosos que se generarán durante la Fase de Construcción se llevará a cabo en forma temporal, al interior de contenedores estancos, herméticos y con tapa, debidamente etiquetados, que serán dispuestos al interior de una bodega, que se localizará alejada de las instalaciones de faena, con acceso restringido, permitido sólo al personal autorizado y a cargo de la actividad.

-    De manera de minimizar los efectos sobre el suelo, por potenciales derrames accidentales, la bodega de residuos peligrosos, contará con una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

-    El Proyecto durante su Fase de Operación no genera residuos sólidos peligrosos.

 

Forma de Control y seguimiento

-    Para la fase de construcción se contempla registros fotográficos de los contenedores y su ubicación, manteniendo en la obra una copia de factura u otro documento que acredite el medio de disposición de los residuos, y en relación con las aguas servidas, serán descargadas al sistema de alcantarillado público

-    El registro del inspector técnico o ambiental de la obra, y copia de la resolución de aprobación de la bodega de RESPEL otorgada por el SEREMI de Salud, RM

-    El punto de la descarga de las aguas servidas será acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.

Referencias

Respuesta 1.5.1.1 Adenda, Capítulo 7 del ICE

 

                   

10.2.- Plan de Emergencia

 

Las medidas o acciones relevantes del plan de emergencia son las siguientes:

 

10.2.1.- Procedimiento en caso de derrame de residuos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Actividades Fase de Construcción

Acciones a implementar

-  El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra.

-  Seguidamente el encargado dispondrá: detener, contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor.

-  El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el residuo derramado y el material contaminado, en toda el área afectada.

-  Se delimitará el área afectada.

-  Se utilizarán los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.

-  Si el material es inflamable, eliminar las fuentes de ignición

-  Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.

-  En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.

-  El material recogido de un derrame será dispuesto según el tipo de peligrosidad en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado.

-  En el caso del derrame accidental de materiales peligrosos, se efectuarán un seguimiento de la zona contaminada, con un muestreo de elementos como: aceites, pinturas, hidrocarburos, etc.; analizando como mínimo los parámetros antes mencionados. Lo anterior se cumplirá en base a un “check list” y registro fotográfico, donde se constate la descontaminación del sitio afectado, de modo tal que exista un registro histórico verificable para la fiscalización de esta tarea.

 

Las instituciones y los números de alerta ante una emergencia son los siguientes:

-       Ambulancia: 131       

-       Bomberos: 132                      

-       Carabineros: 133

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

-   Una vez controlada la emergencia, se deberá emitir un informe, el cual deberá ser remitido a la Autoridad ambiental competente.

-  En caso de derrame de materiales peligrosos, se emitirá un informe de seguimiento, que será remitido a la Autoridad ambiental competente.

Referencias

 Punto 1.8 Capítulo I de la DIA, Capítulo 7 del ICE

 

10.2.2.- Procedimiento en caso de incendios

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Actividades Fase de Construcción

Acciones a implementar

-   Dar la alarma informando a su supervisor directo o bien solicitando ayuda a alguno de los compañeros de trabajo.

-   En el caso de que sea posible, efectuar una primera intervención, tratando de extinguir el fuego, mediante el uso de algún equipo de extinción portátil.

-   Evitar el pánico, actuar con tranquilidad y proceder a la evacuación en forma rápida, pero sin correr.

-   Esperar y seguir las instrucciones que imparta el Jefe de la Obra.

-   El Jefe de la Obra deberá contabilizar el personal y verificar que estén efectivamente.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

-  Informe de incidente.

Referencias

 Punto 1.8 Capítulo I de la DIA, Capítulo 7 del ICE

 

10.2.3.- Procedimiento en caso de afloramiento de aguas subterráneas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Construcción

Parte, obra o acción asociada

Actividades Fase de Construcción. Se debe aclarar que el predio no cuenta con ningún curso de agua, el más cercano corresponde al Canal Zanjón de la Aguada, el cual se encuentra abovedado en el tramo que cruza por la comuna de San Miguel.

Acciones a implementar

-   Detener las actividades en el frente de trabajo.

-   Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

-   En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

-   Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

-   Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

-   Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

-   Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

-   Dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea

-   En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA.

-   Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Referencias

Respuesta 1.5.1.1 Adenda N°1, Capítulo 7 del ICE

 

                                                                                                 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto Edificio María Auxiliadora pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables y sobre las cuales se ha comprometido a dar cumplimiento, según lo señalado en el Capítulo 7 de la presente Resolución.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito Dirección Regional Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Edificio María Auxiliadora, de Inmobiliaria Maestra S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto Edificio María Auxiliadora, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto Edificio María Auxiliadora, cumple con los requisitos técnicos y formales contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. En este ámbito, disponer el otorgamiento de los citados permisos ambientales sectoriales.

 

4°. Certificar que el proyecto Edificio María Auxiliadora no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

 

 

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/SCH

Distribución:

  • José Ignacio Letamendi Arregui
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de San Joaquín
  • Ilustre Municipalidad de San Miguel
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Energía, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Edificio María Auxiliadora"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=6c/9f/71fabae567e62a33f99fbcaad38a3cac6163


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