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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
VIII REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica Ambientalmente el proyecto "Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A"

Resolución Exenta Nº 265/2017

Concepción, 20 de septiembre de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 30 de  marzo de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 31 de julio de 2017, del proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, presentado por IANSAGRO S.A., con fecha 18 de agosto de 2016.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”.

3°.  El Acta de Evaluación N°14 de fecha 31 de mayo de 2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, de fecha 29 de agosto de 2017.

5°.  El Acta N° 10 de fecha 06 de septiembre de 2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N° 10 de 2017 que la modifica, y en la Resolución Exenta DD. PP. N° 138 de fecha 06 de marzo de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, a través de la cual se modifica y dispone funciones de carácter directivo para el cargo de subrogante del Director Regional en el Servicio de Evaluación Ambiental región del Biobío.

    

CONSIDERANDO:

1°.       Que, IANSAGRO S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Tabla 1.1 Antecedentes del titular

Nombre o razón social

IANSAGRO S.A.
R.U.T.
96.772.810-1
Domicilio
Rosario Norte 615, piso 23, Las Condes

Nombre(s) del/los representante(s) legal(es)

Eleodoro Jorge Contreras Steffens

Domicilio del/los representante(s) legal(es)

Ruta 5 Sur Km 385, Los Ángeles
 

        Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de agosto de 2017, el Director (S) Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa vigente de carácter ambiental aplicable a éste. Lo anterior, en base a lo informado por los órganos del Estado con competencia ambiental que participaron de la evaluación del proyecto; cumple con los requisitos técnicos y formales para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales establecidos en el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, específicamente de los Artículos N° 138 – 139 – 140 – 155 – 156 - 160, de dicho Reglamento; y el proyecto acredita que no genera ninguno de los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

3°.       Que, en sesión de fecha 06 de septiembre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de agosto de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°.       Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y Adenda complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

Tabla 4.1. Antecedentes generales del proyecto o actividad

Objetivo general

El objetivo del proyecto es implementar mejoras estructurales, operacionales y tecnológicas en el sistema de tratamiento de RILes, que permitirán aumentar la eficiencia y eficacia en la descontaminación de las aguas del proceso productivo de la planta azucarera.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

En virtud de lo señalado en la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por Ley 20.417, y el D.S. N°40/12 del MMA, el proyecto debe someterse al SEIA por cuanto concurren los preceptos señalados en el literal a) y literal o) del Artículo 10 de la citada ley, así como el literal a) y literal o) del Artículo 3 del D.S. N° 40/12 del MMA.

Al respecto el Artículo 3 del D.S. N°40/12 del MMA, señala lo siguiente:

Letra o) “Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos”.

o.7) Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos.

Sub literal o.7.4) “Traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas de residuos líquidos

 
Tipología Secundaria:
 

Literal a) del Artículo 3 del D.S. N° 40/12 del MMA:

“a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas.”

A su vez, el artículo 294 del Código de Aguas señala, en lo que importa, lo siguiente:

“Requerirán la aprobación del Director General de Aguas, de acuerdo al procedimiento indicado en el Título I del Libro Segundo, la construcción de las siguientes Obras:

a)      Los embalses de capacidad superior a 50.000 m3 o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura:

El proyecto ingresó a evaluación debido a que considera tratar efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas de residuos líquidos y debido a que cuenta con una obra de embalse LA-3, que tiene un volumen total de 64.295 m3.

Por otra parte, el artículo 8 de la Ley 19.300 indica que los proyectos señalados en el ya mencionado artículo 10, sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.

Vida útil

-       Operación 50 años.

Monto de inversión

El monto estimado de la inversión del proyecto asciende a US$3.230.000.-

Gestión, acto o faena mínima, que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto de modo sistemático y permanente, para efectos de la caducidad de la RCA

Obra o acción: Movimiento de tierra.

Fecha inicio: octubre de 2017.
 

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si
No

El presente proyecto no se desarrollará por etapas.

 
[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si
No

Se modifica el sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos en operación de la planta IANSAGRO S.A. Los Ángeles.

[X]
 

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si
No

El presente proyecto no modifica otra RCA.

 
[X]
 

Tabla 4.2. Ubicación del proyecto o actividad

División político-administrativa

El proyecto se localiza dentro del Fundo Paillihue, comuna de Los Ángeles, Provincia del Biobío, Región del Biobío.

El Sistema de Tratamiento de la Planta IANSAGRO Los Ángeles, se encuentra ubicada en el sector sur poniente de la ciudad, al costado sur del camino que une Los Ángeles con la ciudad de Nacimiento.

Justificación de la localización

Se justifica la localización y el desarrollo del proyecto, dado su:

-       Disponibilidad de edificaciones, instalaciones de soporte y suministros existentes.

-       No existen áreas singulares desde el ámbito ambiental, determinado por el estudio del medio humano y otros antecedentes disponibles en la DIA del proyecto.

-       Se continúa ocupando las mismas instalaciones y terrenos desde el año 1953 para tratar los RILes generados por la fábrica azucarera. 

El Sistema de Tratamiento de la Planta IANSAGRO Los Ángeles se encuentra ubicado en el sector sur poniente de la ciudad, al costado sur del camino que une Los Ángeles con la ciudad de Nacimiento.

Superficies
Superficies correspondientes al proyecto:  

Tipo de superficie

Superficie
Superficie predial
15.8 (hás)
Superficie intervenida
14.5 (hás)

Superficie sector sur, para acumulación tierra IANSA

13,1 (hás)
 
Superficies a ocupar por el proyecto:
Obras

Superficie (m2)

Superficie total obras del proyecto (m2)

Permanentes existentes

Lagunas decantación

33.000
145.251

Lagunas Aireación

84.000
Caminos
28.000

Caseta SAP Sur

14,2

Caseta SAP Norte

14,2

Sala Eléctrica Sur

15,7

Sala Eléctrica Norte

15,7

Baño Antiguo*

15,0

Bodega de Materiales

12,2

Sala de Bombas

32,2

Caseta Guardia

3,3

Caseta Vigilancia En Altura

4,6
Generador
3,8

Paneles solares

34,0

Permanentes proyectados

Acueducto
70

Cámara de mezcla

16,0

Baños / Vestidores*

15,0

Nota: Los baños / vestidores proyectados serán emplazados en la misma superficie de los existentes.

-          Superficie predial del Fundo Paillihue: 197 hectáreas

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas de ubicación del proyecto en SistemaUTM, DatumWGS 84, se presenta en la siguiente tabla:

Coordenadas de Ubicación del proyecto:
Parte, obra u acción

Coordenada Este (m)

Coordenada Norte (m)

Acceso Planta
732945.00
5848360.00
Lagunas tratamiento RILes
733031.00
5847267.00

Fuente: DIA Tabla 2: Coordenadas de Ubicación del proyecto

Caminos o vías de acceso

La principal vía de acceso al sitio del proyecto es el camino interior desde la planta IANSAGRO, la cual se accede por ruta a Nacimiento, Camino a Santa Fe s/n, Los Ángeles.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

-       Capítulo 1 Antecedentes Generales, punto 1.9.1 – 1.9.2 de la DIA.

-       Anexo B de la DIA, Layout general de la planta, donde se incluyen obras actuales y futuras, y su disposición al interior del predio.

-       Anexo A.1 de la Adenda.
 
 
Tabla 4.3. Partes y obras del proyecto
Nombre
Descripción
Carácter
Fase
Acueducto

-   Construcción del acueducto de 200 m de longitud de hormigón.

Permanente

Construcción / Operación

Cámara de mezcla

-   Las obras de la cámara de mezcla tendrán un volumen de construcción de 16 m3 aproximadamente. Ubicada en el sector adyacente de LA1.

-   La cámara de mezcla será construida en base a hormigón H20 o similar.

Permanente
Construcción / Operación
Baños / Vestidores

-   Los baños estarán montados en soporte de hormigón y serán emplazados en la misma superficie de los existentes.

-   La superficie a intervenir para la implantación de baños será de 15 m2.

Permanente
Construcción / Operación
Lagunas decantación

-   El Sistema de Tratamiento de Riles está conformado por lagunas de decantación considerado como el tratamiento primario.

Permanente existente

Operación

Lagunas Aireación

-   El Sistema de Tratamiento de Riles está conformado por lagunas aireadas considerado como tratamiento secundario.

Permanente existente
Operación
Caminos

-   Caminos internos al interior del área predial. El proyecto comprende una superficie total de 15,8 hectáreas, superficie que también forma parte del área predial del Fundo Paillihue correspondiente a 197 hectáreas aproximadamente de propiedad de IANSAGRO S.A. Las superficies permanentes corresponden a lagunas, edificaciones existentes y proyectadas, además de caminos interiores que en su conjunto abarcan una superficie de 15,8 ha aproximadamente.

Permanente existente
Operación

Caseta SAP Sur -  Caseta SAP Norte

-   Casetas para el control del  Sistema de Atomización Presurizado,  existen dos casetas de 14,2 m2 cada una.

Permanente existente
Operación

Sala Eléctrica Sur -  Sala Eléctrica Norte

-   Corresponde a dos edificaciones tipo conteiner que alberga equipos eléctricos para el funcionamiento de la planta, con una superficie de 15,7 m2 cada uno.

Permanente existente
Operación

Baño Antiguo

-   La superficie actual es de 7,30 m2, según se muestra en el Anexo L.11 de la DIA, plano de baños existentes.

-   Los baños / vestidores proyectados serán emplazados en la misma superficie de los existentes.

-   Los baños y lavamanos existentes en la planta IANSAGRO, se conectan al sistema de alcantarillado particular proyectado.

Permanente existente
Operación

Bodega de Materiales

-   La superficie utilizada en la bodega es de 12,2 m2.

Permanente existente
Operación

Sala de Bombas

-   Edificación de sistemas de bombeo, la superficie destinada es de 32,2 m2.

Permanente existente
Operación

Caseta Guardia

-   La superficie destinada a la caseta de guardia es de 3,3 m2.

Permanente existente
Operación

Caseta Vigilancia en Altura

-   La superficie de intervención es de 4,6m 2.

Permanente existente
Operación
Generador

-   1 equipo electrógeno 800 KW.

Permanente existente
Operación

Paneles solares

-   La planta posee un sistema de suministro alternativo, destinado al alumbrado del sector conformado por 32 paneles solares, cada módulo mono cristalino con una potencia nominal 130-140W cada uno que permiten generar 6.053 kWh/h año.

Permanente existente
Operación
 
Tabla 4.4. Acciones del proyecto
Nombre
Fase
Trazado y demarcación del área de trabajo.
Construcción
Excavaciones y movimiento de tierra.
Construcción

Habilitación, almacenamiento temporal de residuos y cierre área de manejo de residuos.

Construcción
Tránsito de vehículos por transporte de insumos para el proyecto.
Construcción
Aplicación del lodo, (Tierra IANSA)

Operación

Actividades de mantención y conservación del proyecto.

Operación
 
4.2       DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

El proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, consiste en la modificación del sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos de la planta azucarera que se encuentra actualmente en operación, implementando mejoras estructurales, operacionales y tecnológicas en el sistema de tratamiento de RILes.

La planta azucarera de Los Ángeles, genera dos corrientes de residuos industriales líquidos:

  1. Una, proveniente del agua de enfriamiento, donde el principal caudal (800 a 1.000 m3/h) proviene del agua de enfriamiento de las columnas barométricas de refinería, que además recibe condensados y aguas de procesos. Esta corriente es de baja carga orgánica y bajo contenido de sólidos suspendidos.
  2. En segundo lugar, se genera un caudal (200 m3/h) de RILes proveniente de la recepción, lavado y transporte interno de remolacha, previo a su procesamiento. Esta corriente incluye el flujo (37 m3/h) proveniente de los equipos de abatimiento de material particulado de las calderas y secadores de coseta. Esta corriente posee concentraciones relevantes de carga orgánica y sólidos suspendidos.

De acuerdo a lo informado por el titular en la DIA, Descripción del proyecto punto 1 y 2, el sistema de tratamiento funciona desde el año 1953 con su diseño original, el cual fue mejorado el año 2006 con motivo de la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 90/2000 MINSEGPRES. Estas modificaciones involucraron una serie de mejoras tendientes a minimizar la generación de residuos en el proceso productivo, segregación de corrientes de procesos, implementación de lagunas de decantación y lagunas aireadas, implementación de aireadores superficiales, entre otras. Estas modificaciones fueron presentadas en una consulta de pertinencia el año 2015 ante el Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío, la cual fue resulta mediante Resolución Exenta Nº18/2016 del 16 de enero de 2016 del SEA, la cual señala que el proyecto presentado requiere ingresar obligatoriamente al SEIA, sin perjuicio que el proyecto en análisis se encuentre construido y operando y, cuente con autorizaciones de carácter sectorial.    

El año 2015 IANSA realizó nuevas mejoras, las cuales fueron parte de la presente evaluación.

Asimismo, el año 2016 IANSAGRO S.A., decidió implementar obras de optimización adicionales circunscritas al sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos antes mencionado.

En Anexo B de la DIA, se presentó el Layout de la planta, en el cual se incluyen obras actuales y futuras, y su disposición al interior del predio.

A continuación, se describe las unidades productivas y de apoyo que generan residuos industriales líquidos y las características físico químicas de los distintos RILes.

4.2.1 Procesos existentes en la planta azucarera que generan residuos industriales líquidos

IANSAGRO S.A., Planta Los Ángeles procesa 4.200 ton/día de remolacha en cada campaña, la cual se extiende por seis meses aproximadamente desde marzo-abril hasta septiembre-octubre. Para procesar dicha cantidad de remolacha por campaña la empresa titular del proyecto, cuenta con equipos de procesos e instalaciones de suministro y apoyo, los cuales no formaron parte de la evaluación ambiental del presente proyecto. Los procesos existentes que generan residuos industriales líquidos se describen a continuación:

La remolacha es descargada de los camiones de terceros en el patio de recepción, para posteriormente ser conducida a través de sistemas combinados de transporte que incluyen  mecanismos hidráulicos y mecánicos hasta un almacenamiento intermedio (silos). En esta etapa se incluyen proceso de despedrado y prelimpieza de la remolacha. El sistema de transporte y pre-limpieza de la remolacha se ejecuta con un sistema de reutilización de agua para lo cual se cuenta con un decantador lamelar. Adicionalmente, se cuenta con separadores que permiten pretratar los RILes sacando pasto y pequeños trozos de remolacha antes del envío al sistema de tratamiento.

Luego la remolacha es transportada hasta la lavadora, donde se hace la limpieza final previo al inicio de proceso de extracción de azúcar propiamente tal.

El proceso no involucra la adición de ningún contaminante químico o sustancia nociva al agua proveniente del canal Calvo Costa, el cual es alimentado y administrado por la agrupación Canalistas del Laja.

El sistema de reutilización de agua considera la separación de sólidos cómo arenas, restos de remolacha y sólidos suspendidos sedimentables en equipos especializados ubicados en el patio de recepción. Estos equipos forman parte del proceso de recepción, debido a que su función es obtener agua para reutilización. Sin embargo, una porción de esta  agua previamente es concentrada en un decantador lamelar, conteniendo sólidos suspendidos y disueltos (agua con tierra principalmente) que es dirigida al tratamiento de RILes a través de un sistema de bombeo.

Tabla N°4.2.1.1: Caracterización corriente de transporte y lavado de remolacha (1).

Característica
Unidad
Valor
Caudal
m3/h
143
Aceites y grasas
mg/l
75
DBO5

mg O2/l

3.400
DQO
mg/l
5.445
pH
Unidad
4,83
Sólidos Suspendidos Totales
mg/l
4.083
Sulfatos
mg/l
12

(1) medición puntual, valores medios pueden presentar variaciones a los señalados

4.2.1.2 Enfriamiento y proceso de la remolacha

El proceso productivo de obtención de azúcar incluye una etapa inicial de extracción de azúcar con agua caliente que da origen a un jugo azucarado con una materia seca del orden del 16%, el cual es sometido a un proceso de purificación y luego es concentrado hasta un 66% en una estación evaporadora de 5 efectos. A continuación, este jarabe se envía a la refinería donde se cristaliza el azúcar mediante una evaporación al vacío que utiliza columnas barométricas para la condensación de los vapores de agua ahí generados. Esta etapa tiene un uso intensivo de agua de refrigeración dando origen a la corriente principal de RILes que incorpora principalmente los vapores condensados en las columnas mencionadas más condensados de las otras etapas (estación evaporadora, intercambiadores de calor, calderas, etc.). La carga orgánica asociada a esta corriente corresponde a arrastres de azúcar en muy bajas concentraciones.

El proceso descrito incluye la generación de electricidad para su autoabastecimiento, para lo cual la planta cuenta con tres turbogeneradores que son alimentados con vapor proveniente de cuatro calderas acuotubulares alimentadas con carbón bituminoso. Este sistema tiene incorporado la reutilización de las aguas y condensados por lo que su aporte a la corriente de RILes descrita no es significativa. En esta corriente también constituye parámetro de interés la temperatura, 40° C en el punto de envío al sistema de tratamiento.

Tabla N° 4.2.1.2: Caracterización de corriente de columnas barométricas y fábrica (2).

Característica
Unidad
Valor
Caudal
m3/h
1.000
DBO5

mg O2/l

31
DQO
mg/l
52
pH
Unidad
7,36
Sólidos Suspendidos Totales
mg/l
127
Temperatura

º C

40
Sulfatos
mg/l
6

(2) medición puntual, valores medios pueden presentar variaciones a los señalados

4.2.1.3 Equipos de abatimiento de MP

IANSAGRO S.A. Planta Los Ángeles, incorporó el año 2014 equipos de abatimiento de material particulado, del tipo venturi scrubber, el cual corresponde a un lavador de gases, que utiliza agua industrial para depurar las emisiones gaseosas provenientes de las 4 calderas y de los 2 equipos secadores de cosetas.

En los equipos de abatimiento señalados, se retiene material particulado compuesto por cenizas finas de carboncillo y polvillo de coseta. La coseta es la fibra o pulpa de remolacha remanente después de haber extraído el azúcar. Esto genera aguas residuales (37 m3) que se mezclan con la primera corriente de transporte y lavado de remolacha ya descrita.

Tabla Nº4.2.1.3: Caracterización aguas residuales de abatimiento de emisiones atmosféricas (3).

Característica
Unidad
Valor
Caudal
m3/h
37
DBO5

mg O2/l

295
pH
Unidad
2,44
Sólidos Suspendidos Totales
mg/l
170
Sulfatos
mg/l
357

(3) medición puntual, valores medios pueden presentar variaciones a los señalados

El flujograma, Figura N°5 de la DIA, muestra el resumen de los procesos que generan residuos industriales líquidos y que son tratados por el sistema de tratamiento de Riles.

4.3     FASE DE CONSTRUCCIÓN

4.3.1        Partes y obras

Tabla 4.3.1 Partes y obras
Nombre
Descripción
Obras Civiles

-    Baños/ vestidores: se incorporará un radier en el área donde se emplazarán.

-    Cámara de mezcla: se construirá en hormigón.

Acueducto

-    Construcción del acueducto de 200 m de longitud. Se instalará de una compuerta de acero inoxidable sobre una base con hormigón H20 para el control y regulación de caudales.

La demarcación de las obras del acueducto tendrá una extensión de 250 metros aproximadamente de longitud al interior del predio.

Cámara de mezcla

-    Las obras de la cámara de mezcla tendrán un volumen de construcción de 16 m3 aproximadamente, ubicada en el sector adyacente de LA1.

Baños/ Vestidores

-    Construcción de instalaciones sanitarias. La superficie a intervenir para la implantación de baños será de 15 m2.

 

4.3.2        Acciones

Tabla 4.3.2 Acciones
Nombre
Descripción

Trazado y demarcación del área de trabajo

Consiste en trazar las áreas de intervención utilizando estacas y otros medios de demarcación.

Excavaciones y movimiento de tierra

El movimiento de tierra consiste en remover la porción del suelo para ejecutar las obras civiles. En este caso las excavaciones se acotan sólo a la construcción del acueducto, ya que los baños estarán montados en soporte de hormigón o similar en una zona desprovista de vegetación.

Para la construcción del acueducto se procederá a remover 100 m3 de tierra, los actuales serán utilizados para obras de nivelación del terreno en inmediaciones del proyecto (al interior del predio).

Para la construcción de la cámara de mezcla se procederá a remover 17 m3 de tierra aproximadamente, los cuales serán utilizados para obras de nivelación del terreno en inmediaciones del proyecto (al interior del predio).

Las obras se realizarán con maquinaria apropiada tipo retroexcavadora o similar.

-    Acueducto: Para que el acueducto logre recibir los flujos provenientes del proceso, se debe incorporar la instalación de una compuerta de acero  al carbono sobre una base con hormigón H20 para el control y regulación de caudales.

-    Cámara de Mezcla: Para que la cámara  de mezcla logre recibir los flujos provenientes del proceso, se instalarán sistemas de piping para conducir los flujos. Esta cámara de mezcla será construida en base a hormigón H20 o similar.

-    Baños/ Vestidores: Para la instalación de los baños y vestidores se debe incorporar un radier en el área donde se emplazaran.

 

Se realizarán actividades de pruebas de calidad y funcionamiento hidráulico para el acueducto e instalaciones sanitarias.

Las actividades consisten en pruebas de operación individual de equipos (medidor de caudal), bajo operación normal y capacidad máxima.

Transporte de equipos y principales insumos

El transporte de insumos no forma parte del proyecto dado que serán subcontratados a empresa con experiencia, permisos y autorizaciones vigentes al momento de ejecutar el transporte. No se requerirá modificar vías públicas de tuición de vialidad.

 

4.3.3        Suministros básicos

Tabla 4.3.3 Suministros básicos
Nombre
Descripción

Descripción de suministros básicos, tales como energía, agua, servicios higiénicos, alimentación, alojamiento, transporte

Energía eléctrica: La energía eléctrica será suministrada a través de la instalación eléctrica existente.

Agua potable: El agua potable durante esta fase será suministrada en bidones para consumo humano, (100 l/d por persona), sin perjuicio que existe agua potable en instalaciones de la planta que cuentan con las características físicas, químicas y bacteriológicas establecidas en la NCh 409 parte 1 y las condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 MINSAL, suministrada por sanitaria local.

Agua industrial: Se abastecerá de agua industrial desde la planta azucarera para usos varios tales como, mezcla de cemento y humectación de caminos. Se estima un uso de 300 m3 aproximadamente.

Servicios higiénicos: Se instalarán baños químicos en un número suficiente para la cantidad de personas que participarán del proyecto. Los residuos de los baños químicos serán retirados en camiones limpia fosas por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria. La disposición final del residuo deberá ser realizado en una empresa autorizada sanitariamente para realizar su tratamiento.

Alimentación: Durante el horario de colación, todo el personal requerido para la construcción será transportado desde obra a centro de alimentación externo.

Transporte de personal: Transporte de personal desde obra por contratista o por medio propio.

Alojamiento: No se considerará la construcción de campamentos debido a la cercanía de la obra con la comuna de Los Ángeles.

Combustible: Para el funcionamiento de las maquinarias y equipos de construcción, será suministrado en forma periódica por medio de camiones abastecedores pertenecientes a empresas proveedoras, las cuales lo dispondrán directamente a los estanques de cada equipo y maquinaria.

Hormigón: se utilizarán 100 m3 de hormigón, adquiridos a empresas autorizadas.

-   La maquinaria que se utilizará para el montaje de los equipos corresponderá a 1 camión plano y 1 retroexcavadora.

-   El titular exigirá a los contratistas que presten los servicios de trasporte de maquinarias y equipos que se establezcan todas las medidas de seguridad durante el trayecto de desplazamiento al interior de la planta.

El mantenimiento de maquinarias y equipos necesarios para la construcción se realizará fuera del predio en lugares autorizados.

 

-   Los insumos serán adquiridos a través de proveedores locales. Todos los servicios tales como traslado de insumos, maquinarias y equipos serán subcontratados a empresa con experiencia, permisos y autorizaciones vigentes al momento de ejecutar el transporte.

 

Terminado el montaje se procederá a conectar a las distintas líneas de fluidos. Se acondicionarán las líneas eléctricas existentes para suministrar electricidad a los nuevos equipos que lo requieren.

 

4.3.4        Recursos naturales renovables

Tabla 4.3.4 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar

Nombre
Descripción
Agua

150 m3/mes aproximadamente, la cual es provista del canal de regadío Calvo Costa.

Suelo

El proyecto considera remover superficie de suelo para efectos de la construcción del acueducto y a la instalación de fosa séptica.

Para la construcción del acueducto se removerá 100 m3 de tierra, los que serán utilizados para obras de nivelación del terreno en inmediaciones del proyecto (al interior del predio).

Para la construcción de la cámara de mezcla se procederá a remover 17 m3 de tierra aproximadamente, los cuales serán utilizados para obras de nivelación del terreno en inmediaciones del proyecto (al interior del predio).

 

4.3.5        Emisiones y efluentes

 
4.3.5.1       Emisiones a la atmósfera:
Tabla 4.3.5.1 Emisiones a la atmósfera
Nombre
Descripción

Emisión de MP10, CO2, NOx,SOx, HC

Material Particulado y gases. Las emisiones de material particulado de esta fase del proyecto, corresponden a actividades de preparación del terreno y movimiento de tierra, montaje e instalación de equipos y transporte de equipos principales e insumos.

En la siguiente tabla se describen las actividades consideradas en la fase de construcción. Además, se indican las principales maquinarias contempladas para estimar las emisiones de la fase de construcción.

 
Actividad

Detalle de la actividad

Maquinarias y camiones

Emisión
Preparación del terreno y movimiento de tierra

El movimiento de tierra consiste en remover la porción del suelo para ejecutar las obras civiles. En este caso las excavaciones se acotan sólo a la construcción del canal abierto y a la instalación de fosa séptica.

1Retroexcavadora
1Camión Tolva
MP10, NOx, CO, HC
Montaje e Instalación de Equipos

Bases de hormigón para acueducto, baños y vestidores

1 Camión Mixer

MP10, NOx, CO, HC
Transporte de equipos principales e insumos

Los insumos serán adquiridos a través de proveedores locales. Todos los servicios tales como traslado de insumos, maquinarias y equipos serán sub contratado a empresa con experiencia, permisos y autorizaciones vigentes al momento de ejecutar el transporte.

1 Camión Plano

1 Camión cama baja

MP10, NOx, CO, HC

 
Tabla resumen de estimación de emisión de la fase de construcción:
Actividad

Emisión Total(ton/año)

CO
HC
NOx
MP10
MP2,5
Emisiones fugitivas
 
 
 
0,148
0,0132
Combustión maquinaria
4,06 E-03
1,86 E-03
0,02
1,32 E-03
1,32 E-03
Combustión de camiones
6,24 E-04
1,46 E-04
1,93 E-03
5,68 E-5
4E-5
Total
4,68 E-03
2 E-03
0,022
0,149
0.042
 

De la tabla anterior se puede considerar que las emisiones fugitivas generan la mayor cantidad de material particulado. De esta forma, se tiene que las emisiones Material Particulado son bajas dado las partes y obras consideradas en la fase de construcción del proyecto.

Control de la resuspensión de material particulado

-   Humectación de caminos, los cuales son transitados por maquinarias pesadas y camiones.

-   Humectación de zonas de movimientos de tierra, accesos y zonas interiores por donde transitarán vehículos según sea necesario dadas las condiciones climáticas.

-   Los camiones cubiertos con implementos que eviten la generación de emisiones (ej. lona)

-   Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la emisión de polvo.

-   Vehículos tendrán revisión técnica al día.

El detalle de la estimación y cálculo de cada actividad de la fase de construcción y Estimación de emisiones atmosféricas del proyecto, se presentaron en el Anexo F de la DIA, el cual fue complementado con las respuestas 1.11.2. y 1.11.3. de la Adenda del proyecto.

 
4.3.5.2       Emisiones de Ruido
 
Tabla 4.3.5.2 Ruido
Nombre
Descripción
Ruido

Las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de construcción, principalmente asociadas al montaje de las nuevas estructuras consideradas para el presente proyecto.

La maquinaria considerada para la etapa de construcción corresponde a 1 Camión plano y 1 retroexcavadora.

Para la fase de construcción de las nuevas obras propuestas, se modeló el ruido de las actividades propias de las faenas de construcción, midiéndose el ruido de fondo existente y se modeló el nivel de ruido generado por dichas actividades.

Por otra parte, se observaron 4 receptores cercanos, a más de 40 metros de las instalaciones, según se identifican en la siguiente tabla:

Ubicación y descripción de los puntos de proyección en receptores cercanos durante la fase de construcción del proyecto:

El uso de suelo de los receptores 1, 2 y 3 corresponde a Zona Rural, y del receptor número 4 corresponde a zona III.

En la Figura 3 del Anexo G de la DIA, Emisiones acústicas del proyecto, se presentan los resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto.

Los resultados se presentan a través de un mapa de ruido y valores tabulados. Las curvas de propagación isonivel están referidas a una altura de 1,5 m del suelo, mientras que el valor en cada receptor corresponde al de mayor inmisión en la misma altura.

Tabla: Nivel de ruido proyectado en los receptores cercanos durante la fase de construcción.

Los resultados obtenidos de la estimación de emisiones acústicas, Anexo G de la DIA, indican que los niveles de presión sonora proyectados para los receptores identificados, cercano al proyecto, se encuentran bajo los valores de referencia para la zona III de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 38/2011 Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, del MMA.

 

4.3.5.3       Emisiones líquidas o efluentes:

Tabla 4.3.5.3 Emisiones líquidas
Nombre
Descripción
Aguas Servidas

Las labores desarrolladas en la fase de construcción serán ejecutadas por 6 trabajadores, los que generarán aguas servidas (600 l/día) asociadas al uso de los baños presentes en la planta IANSAGRO los que se conectan al sistema de alcantarillado particular proyectado.

Además, al eventual uso de baños químicos, este servicio será proporcionado por una empresa autorizada que se encargará de retirar y transportar periódicamente las aguas servidas, dando cumplimiento a lo estipulado en el D.S. Nº 594/99 de MINSAL.

Como medida de control, se llevará un registro con el contrato de los baños químicos y sus respectivas limpiezas. El destino final de los residuos de baños químicos se realizará en una planta de tratamiento de aguas servidas con autorización sanitaria o un sitio de disposición final sanitariamente autorizado.

 

4.3.6        Residuos

 
4.3.6.1       Residuos no peligrosos
Tabla 4.3.6.1 Residuos no peligrosos
Nombre
Descripción

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables

Los residuos generados en el frente de trabajo serán dispuestos en contenedores adecuados al tipo de residuo, en el mismo punto de generación, los que serán retirados según los protocolos de IANSA.

Se estima una generación de 6 kg/d.

Residuos industriales no peligrosos

Los residuos industriales no peligrosos generados en las faenas de construcción corresponden principalmente a restos de madera, restos de hormigón y embalaje de equipos.

Dichos residuos serán retirados diariamente desde los puntos de generación y serán dispuestos temporalmente en el sitio acondicionado para este fin presente en la planta.

Este sector se encontrará cercado perimetralmente para impedir el libre acceso de trabajadores y vectores de interés sanitario.

En el caso de utilizar equipos contenidos en embalajes de madera que provengan de otros países, se solicitará a los proveedores el cumplimiento de la Resolución Exenta Nº133/2005 del MINAGRI.

 

Tipo de Residuo

Cantidad(kg/día)
Cantidad(kg/mes)
Industrial no Peligroso

Resto de madera

3,0
63

Restos de hormigón

6,0
126

Embalaje de equipos

1,0
21
 

4.3.6.2       Residuos peligrosos

Tabla 4.3.6.2  Residuos peligrosos
Nombre
Descripción
Residuos peligrosos

Los residuos peligrosos que se generen serán manejados conforme a sus características, dando cumplimiento al D.S. Nº 148/03 del MINSAL.

Su almacenamiento se realizará en la bodega de RESPEL de la Planta IANSAGRO, con características según el D.S. N° 148/03 del MINSAL la cual cuenta con Resolución exenta N°3572/2007 del MINSAL. Posteriormente serán trasladados por alguna empresa autorizada a sitio de disposición final autorizado.

La siguiente tabla presenta una estimación de los residuos peligrosos a generar durante la fase de construcción.

 
Residuo
Clase
Cantidad

Aceites lubricantes usados

Clase 9

5 kg/mes

Material contaminado con hidrocarburos

Clase 3

5 kg /mes

Envases contaminados (pinturas y solventes)

Clase 3

5 kg /mes
 
4.4     FASE DE OPERACIÓN

El sistema de tratamiento de Riles consiste en un conjunto de lagunas, las cuales se distribuyen en dos grupos: Tratamiento primario en 5 lagunas de decantación y tratamiento secundario en 4 lagunas aireadas. El grupo de lagunas de decantación operan en serie, para tratar la corriente de RILes provenientes de recepción y lavado de la remolacha más el flujo proveniente del abatimiento de material particulado. El efluente de éstas, más la corriente de Riles provenientes del proceso (agua enfriamiento) ingresan directamente al sistema de lagunas aireadas.

La fase de operación considera la descripción de la situación actual más los cambios o mejoras que se incorporarán al Sistema. El presente proyecto incorpora mejoras en tres niveles: operacionales, tecnológicos y estructurales.

De acuerdo a lo informado por el titular en la DIA, Descripción del proyecto, el sistema de tratamiento funciona desde el año 1953 con su diseño original, el cual fue mejorado el año 2006 con motivo de la entrada en vigencia del D.S. N°90/2000 MINSEGPRES. Asimismo, el año 2016 IANSAGRO S.A., decidió implementar obras de optimización adicionales circunscritas al sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos antes mencionado.

Con las modificaciones planteadas se logrará mejorar el desempeño del sistema de tratamiento de residuos industriales líquidos (Riles) en cuanto a disminuir de forma más eficiente la carga orgánica generada en las unidades productivas, las cuales una vez tratadas, son descargadas al Estero Paillihue, según la resolución SISS Nº N°1743 del año 2010, cumpliendo con el D.S. Nº 90 /2000 MINSEGPRES, Tabla Nº 1.

La operación de las lagunas considera la utilización de las lagunas de decantación para tratamiento primario de las corrientes que poseen mayor cantidad de sólidos sedimentables (agua de patio y scrubbers), para posteriormente ser conducidas al tratamiento secundario (bacterias) en la laguna aireada LA-1, (la laguna LA-1 ha sido transformada desde una laguna facultativa a un sistema de tratamiento biológico secundario).

El agua tratada en el sistema de tratamiento es conducida por un acueducto de hormigón, hacia el punto de descarga oficial, donde se mide el caudal de forma continua conforme a la resolución de la SISS Nº 1743 del año 2010. Posteriormente el agua es conducida por un acueducto de tierra, al interior de los predios de IANSA hasta el estero Paillihue, donde por la morfología del terreno se mezclan las aguas en medio de una profusa vegetación natural.

El proceso productivo de azúcar a partir de la remolacha tiene una campaña que se extiende de abril a octubre aproximadamente, lo que hace que la operación del Sistema de Tratamiento de RILes siga la misma temporalidad en cuanto a su funcionamiento. Dado lo anterior, las lagunas de decantación son vaciadas al término de cada campaña, de manera secuencial, partiendo desde las lagunas aguas arriba (LD-0 y LD-1A). El procedimiento de vaciado considera la utilización de conexiones ubicadas a distintas profundidades de las lagunas para permitir el paso del efluente. En caso de ser requerido se utilizan bombas hidráulicas móviles. En la Figura N°8 de la DIA del proyecto, se presentó el Esquema general del Sistema de Tratamiento de RILes.

 
 

4.4.1   Partes, obras y acciones

 

4.4.1.1 Partes y obras
Tabla 4.4.1.1 Partes y obras
Nombre
Descripción
Descripción del proceso

Sistema de Tratamiento de Riles está conformado por lagunas de decantación considerado como el tratamiento primario y lagunas aireadas como tratamiento secundario proceso que puede ser dividido en dos grandes procesos: Decantación. Separación de sólidos sedimentables en lagunas LD-0, LD-1A, LD-1B, LD-2 y LD-3. y Tratamiento biológico. Degradación de materia orgánica presente en el RIL por acción de microorganismos aeróbicos (en presencia de aire), en un sistema de lodos activados con mezcla completa. 

Lagunas de decantación LD-0 y LD-1A

Las aguas provenientes de patio y scrubbers son ingresadas a las lagunas de decantación LD-0 y/o LD-1-A. Eventualmente, la laguna que no se encuentra en operación sirve de respaldo en caso de ser requerido.

Los sólidos depositados en el fondo de éstas lagunas son conocidos como “tierra IANSA”, por tratarse principalmente de tierra vegetal (originalmente adosada a las raíces de remolacha). Es un subproducto del sistema de tratamiento de aguas, que podría ser comercializada por su potencial uso en jardines, siembras o plantaciones agroindustriales. 

Características principales de lagunas de decantación LD-0 y LD-1A.

Característica
Unidad
Valor LD-0
Valor LD-1-A

Volumen total

m3
27.500
11.600

Cobertura de paredes y fondo

-
Cobertura de arcilla
Cobertura de arcilla
Aireación
-
No posee
No posee

Capacidad de almacenamiento de sólidos por temporada

m3
21.000
10.500
 

Las mejoras que se consideran para las lagunas descritas, de forma de asegurar la no emisión de olores molestos asociadas a esta etapa, son las siguientes:

Mejoras operacionales en lagunas de decantación LD-0 y LD-1ª.

Descripción de mejora

Objetivo
Control de pH

Se incorpora un seguimiento permanente de pH, donde se considera registro de valor horario. Se coordinarán acciones de adición de cal en caso de registrarse un pH de 10.

Adición de cal

Aumentar de pH sobre 10. Cumple dos roles fundamentales:

1.Inhibir el crecimiento microbiano de las bacterias sulfato reductoras

2.Favorecer la precipitación de los sulfatos presentes en la corrientes

 
 

Laguna de decantación LD-1 B

El agua proveniente de las lagunas LD-0 o LD-1-A es traspasada a la LD-1 B por diferencia de nivel. Esta laguna cumple un rol de aumentar el tiempo de residencia hidráulico para favorecer la sedimentación de los sólidos y precipitación de los sulfatos.

Características principales de laguna de decantación LD-1 B.

Característica
Unidad
Valor LD-1 B

Volumen total

m3
11.600

Cobertura de paredes y fondo

-
Arcilla
Aireación
-
No posee

Capacidad de almacenamiento de sólidos

m3
10.500

Mejoras en laguna de decantación LD-1 B.

Descripción de mejora

Objetivo

Control de pH

Se incorpora un seguimiento permanente de pH, donde se considera registro de valor horario.  Se coordinarán acciones de adición de cal en caso de registrarse un pH bajo 10 unidades

Adición de cal

Aumentar pH sobre 10, utilizando cal cumple dos roles fundamentales:

1. Inhibir el crecimiento microbiano de las bacterias sulfato reductoras

2. Favorece la precipitación de los sulfatos presentes en la corrientes

 
 
Laguna de decantación LD-2

El agua proveniente de las lagunas LD-1 B es traspasada por diferencia de nivel a la laguna LD-2. Esta laguna cumple un rol de aumentar el tiempo de residencia hidráulico para favorecer la sedimentación de los sólidos sedimentables y precipitación de los sulfatos, además posee sistema de deflectores de flujo con el fin de mantener homogeneizado el flujo. En operación normal esta laguna transfiere las aguas hacia laguna aireada LA-1. Alternativamente puede transferir flujo a la laguna LD-3.

Al igual que la laguna LD-1A, existe una sedimentación relevante de sólidos suspendidos, con una eficiencia de remoción de 40% respecto de la concentración de entrada a la laguna.

Un parámetro de interés relevante es el pH, donde se aprecia un pH alcalino cercano a 11, que permite inhibir el crecimiento microbiano y por lo tanto las emisiones de ácido sulfhídrico.

A continuación se analiza las mejoras que se consideran para las lagunas descritas.

Mejoras laguna de decantación LD-2.

Descripción de mejora

Objetivo
Control de pH

Se incorpora un seguimiento permanente de pH, donde se considera registro de valor horario.  Se coordinarán acciones de adición de cal en caso de registrarse un pH bajo 10 unidades.

Adición de cal

El aumento de pH sobre 9 utilizando cal cumple dos roles fundamentales:

1. Inhibir el crecimiento microbiano de las bacterias sulfato reductoras

2. Favorece la precipitación de los sulfatos presentes en la corrientes

 
 
Laguna LD-3

Esta laguna es utilizada como respaldo y está conectada con la laguna LD-2. Alternativamente puede descargar a LA-1 en caso de ser requerido. Además de ser receptora de los lodos secundarios generados en LA-1.

Características principales de laguna LD-3.

Característica
Unidad
Valor LD-3
Volumen total
m3
15.000

Cobertura de paredes y fondo

-
arcilla
Aireación
-
No posee

Capacidad de almacenamiento de sólidos

m3
14.500
 

A continuación se analiza las mejoras que se consideran para las lagunas descritas.

Mejoras laguna LD-3.

Descripción de mejora
Objetivo
Control de pH

Se incorpora un seguimiento permanente de pH, donde se considera registro de valor horario.  Se coordinarán acciones de adición de cal en caso de registrarse un pH de 10.

Adición de cal

Aumentar el pH utilizando cal cumple dos roles fundamentales:

1.   Inhibir el crecimiento microbiano de las bacterias sulfato reductoras

2.   Favorece la precipitación de los sulfatos presentes en la corrientes

Eficiencia lagunas de decantación.
Parámetro
Unidad
Valor Ingreso*
Valor Salida**
pH
Unidad
12,4
11,9
DBO5
mg O2/l
2.378
1.392
DQO
mg/l
9.211
2347
SST
mg/l
13.780
517
Sulfatos
mg/l
247
48.5
*21/06/16 Hidrolab Agua de patio salida decantador lamelar.
**07/06/2016 Hidrolab Vertedero de copa.
 

Se destacan que los valores analizados de eficiencia corresponden a muestreos realizados el año 2016, adjuntos en Anexo C de la DIA.

Laguna aireada LA-1
 

Receptora de los caudales provenientes de la laguna LD-2 y de las aguas de proceso (enfriamiento) la cual tiene por objetivo reforzar el sistema de tratamiento secundario con aireación forzada, incorporando una recuperación y recirculación de la biomasa (lodo activado) y aireadores.

Esta laguna fue modificada estructuralmente el año 2015, con el objeto de reforzar el sistema de tratamiento secundario con aireación forzada, incorporando una recuperación y recirculación de la biomasa (lodo activado). Además se trasladaron a la LA-1  desde las lagunas aireadas LA-2 y LA-3 parte de los aireadores ahí instalados.

Antes de esta modificación estructural la LA-1 tenía las siguientes características:

Característica
Unidad
Valor LA-1

Volumen útil reactor

m3
37.705

Tasa de carga volumétrica de sólidos en el sedimentador

m3/m2*día
30

Volumen total LA-1

m3
51.000

Retención hidráulica

día
1,3

Aireación

-
Si

Tipo aireación

-
Superficial

Potencia requerida

kW
528

Aire requerido

kg/h
457

No obstante, la utilización de bacterias para el tratamiento de aguas requiere mantener una concentración de Sólidos Suspendidos Totales SST (bacterias) en el estanque aireado cercanas a 2.000 mg/l. Para lograr esta concentración, el diseño de tratamiento incorpora un sedimentador secundario que permite sedimentar las bacterias y obtener una fracción líquida o también llamado clarificado. Las bacterias sedimentan gravitacionalmente hacia el fondo cónico, donde un sistema de bombeo que recircula los lodos al estanque aireado. Alternativamente si la concentración de SSV supera la concentración requerida, los lodos pueden ser desviados a laguna de decantación LD3.  El líquido clarificado sigue su curso hacia la laguna LA-2.

Lo Figura Nº10 de la DIA, Esquema general de laguna LA-1, se muestra el reactor aireado y el sedimentador secundario se encuentran al interior de la laguna LA-1. 

El reactor aireado LA-1 posee 34 aireadores superficiales cuyas características se encuentran descritas en la siguiente tabla, (Tabla Nº18 de la DIA). Los aireadores cumplen la función de ingresar aire al licor de mezcla (bacterias y agua en tratamiento) y mezclar el fluido para favorecer el contacto entre las bacterias y la materia orgánica disuelta, y a su vez evitar que se formen zonas sin oxígeno. 

Caracterización aireadores.

Equipo

Potencia nominal kW

Nº de equipos

Potencia total (kW)

Flotante
37,3
8
298,4
Flotante
7,5
10
75
Flotante
7,5
8
60
Flotante
30
2
60
Flotante
15
2
30
Flotante
7,5
4
30
Total
34
553,4
 

A continuación se analiza las mejoras que se consideran para la laguna aireada LA-1 descritas.

Mejoras laguna aireada LA-1.

Descripción de mejora

Objetivo

Control de pH y temperatura

Se incorpora un seguimiento permanente de pH y temperatura, donde se considera registro de valor horario. 

Control de oxígeno disuelto

Mantener OD en rango cercano a 2 mg/l

Medición de SST diariamente

Mantener la biomasa activa

Implementación de bombas adicionales de recirculación de lodos activados

Mantener flujo de recirculación mayor a 300 m3/h

Apoyo de operadores para recirculación de lodo

Apoyar la recirculación del lodo en el sedimentador

Desempeño tratamiento biológico en laguna LA-1.

Característica
Unidad

Valor ingreso*

Valor salida**

Caudal
m3/h
1.180
1.180
DBO5
mg O2/l
238,6
41
DQO
mg/l
402.09
84
pH
Unidad
-
7,04
Sólidos Suspendidos Totales
mg/l
186,50
77

*Cálculo basado mezcla de concentraciones de ingreso LA-1.

** 07/06/16 Hidrolab Ril tratado salida LA-1 (Anexo C de la DIA).

La eficiencia en cuanto a remoción de la DBO5 del sistema es aproximadamente un 82%, permitiendo llegar a los 41 mg/l previo a ingresar a las últimas lagunas LA-2 y LA-3. Así mismo, bajo este análisis se obtiene una remoción de SST bajo 80 mg/l y un pH neutro.

Laguna aireada LA-2

Recibe las aguas del sedimentador secundario LA-1. Esta laguna ya no posee aireadores superficiales, por lo que su función principal es otorgar mayor tiempo de residencia hidráulico y eventualmente sedimentar algunos sólidos suspendidos sedimentables que no hayan sido retenidos en el sedimentador secundario LA-1.

Características principales laguna aireada LA-2.

Característica
Unidad

Valor LA-2

Volumen total

m3
34.517

Cobertura de paredes y fondo

-
Arcilla
Aireación
-
Natural
 

Hasta el año 2014 la laguna LA-2 poseía aireadores superficiales para mejorar la mezcla y aireación del licor de mezcla. Bajo el presente proyecto se procedió a optimizar los recursos, focalizando la potencia de aireadores existente en la laguna aireada LA-1. En consecuencia, la laguna LA-2 se opera como una laguna facultativa.

Laguna aireada LA-3

Recibe las aguas de LA-2. Esta laguna posee 2 aireadores superficiales para favorecer las condiciones aeróbicas. La función principal de LA-3 es otorgar mayor tiempo de residencia hidráulico y eventualmente sedimentar algunos sólidos suspendidos que no hayan sido retenidos en el sedimentador secundario LA-1 y laguna LA-2.

Características principales de laguna aireada LA-3.

Característica
Unidad

Valor LA-3

Volumen total

m3
64.295

Cobertura de paredes y fondo

-
Arcilla
Aireación
-

Aireadores (2)

Capacidad de almacenamiento de sólidos

-

74.000 m3-

 

No se consideran modificaciones a esta laguna.

Laguna L-2

Recibe las aguas de LA-3 y eventualmente puede recibir agua de enfriamiento por medio del acueducto proveniente de la planta azucarera durante su puesta en marcha y durante la puesta en marcha del sistema de tratamiento secundario LA-1. Esta laguna es utilizada además para ajustar pH y controlar coliformes fecales presentes antes de conducir las aguas a través del canal de descarga.

Características principales de  laguna L-2.

Característica
Unidad
Valor L-2

Volumen útil

m3
54.369

Cobertura de paredes y fondo

-
Arcilla
Aireación
-
Sin aireación forzada
 

No se consideran modificaciones a esta laguna.

Teniendo en consideración el Sistema de Tratamiento de forma global, considerando los valores de muestreo a la salida de las lagunas aireadas reales año 2016, previo a la descarga en el cauce se cumple con la norma de descarga a cuerpos de aguas superficiales (Tabla Nº 1, D.S. N°90/00).

Eficiencia global del sistema de tratamiento de RILes.

Parámetro
Unidad

Valor Ingreso

Valor Salida*

Límite norma

Eficiencia remoción

DBO5
mg O2/l
238,6
25
35
90%
SST
mg/l
186,5
34
80
82%

*Muestreo 14/06/16 hidrolab efluente (Anexo D de la DIA).

La columna de valor de ingreso se calculó en base a las concentraciones y caudales al ingreso de la LA-1.

 
Tabla 4.4.1.2 Acciones
Nombre
Descripción

Aplicación de tierra Iansa y lodos secundarios al suelo

Las aguas de proceso que dan origen al lodo contienen principalmente tierra adosada a la remolacha (materia prima), cuya descripción completa se presentó en el capítulo 2.1 de la DIA, Procesos existentes en la planta azucarera que generan residuos industriales líquidos.

Para lo anterior, existe un Plan de aplicación de la Tierra Iansa y Plan de Aplicación de Lodo Secundario a suelos agrícolas utilizados por Iansa para el cultivo de remolacha, teniendo como referencia el D.S. Nº 3/12 MMA. Este plan de aplicación se actualiza todos los años y cumpliendo con la realización de análisis físico-químicos respectivos.

Para correcto manejo del lodo secundario de LA-1 y de la Tierra IANSA, se presentó dos planes de aplicación, en la Adenda Complementaria, Anexo A2, Plan de Aplicación de Lodo Secundario, y en el Anexo B2 se presentó el Plan de Aplicación de Tierra IANSA.

El titular, en la Adenda Complementaria, aclaró y rectificó que el lodo secundario proveniente del tratamiento biológico de las aguas residuales industriales se manejará de forma separada de la Tierra IANSA. Esta diferenciación en el manejo, se basa en que la Tierra IANSA es suelo, es decir, el material que viene adherido a la remolacha y el cual no puede ser retirado mediante el proceso de cosecha mecanizada.

Este material corresponde a la misma tierra que está presente en los campos propios y de agricultores contratados por IANSA. La Tierra IANSA posee de textura, parámetro clave que define las propiedades físicas del suelo, en cambio, el lodo biológico secundario no posee tal parámetro o característica que permita clasificar este lodo como tierra, siendo la principal causa de que no se puedan unificar en un solo plan de aplicación.

Los planes de aplicación presentados tienen información sobre el generador, descripción detallada del predio y suelo agrícola receptor del material, caracterización del material a aplicar sobre el suelo, medidas agronómicas adoptadas, tasas de aplicación, restricciones sobre la aplicación, entre otros.

En la Figura N°1 de la Adenda Complementaria, se muestra las lagunas donde se retira Tierra IANSA y Lodo Secundario.

 
Manejo de Lodo secundario proveniente de LA-1

El lodo secundario o lodo biológico que sea retirado del sistema de tratamiento biológico como purga (exceso de lodo), se acumulará según lo descrito en la DIA en el capítulo 2.3.1 y Adenda en la laguna LD-3, para posteriormente aplicarlo al suelo según lo descrito en los Planes de Aplicación de Lodo Secundario al suelo agrícola presentada en el Anexo A2 de la Adenda Complementaria.

El manejo del lodo secundario consiste en acumulación del lodo descartado de LA-1 en la laguna LD-3 a través de bomba de impulsión.

Anualmente se presentará a la SMA (Superintendencia de Medio Ambiente) y al Servicio Agrícola y Ganadero un Plan de Aplicación de lodos secundarios al suelo agrícola de predios de IANSAGRO.

En caso de modificaciones del Plan de Aplicación, IANSA presentará éstas, al menos, un mes antes de su implementación. IANSAGRO será el responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas contenidas en dicho Plan, el cual contemplará, además de los datos que identifiquen al generador, para cada predio o potrero donde se efectuará la aplicación. En caso de no generar lodos secundarios se informará fundadamente en dicho documento a la SMA.

Debido a que técnicamente no se ha requerido extraer lodo de la LA-1, se presenta un análisis referencial de lodo secundario de una planta de tratamiento de industria procesadora de fruta (Anexo D2 de la Adenda). Se realizará un muestreo y análisis del lodo previo a la confección del Plan de Aplicación anualmente.

La cantidad de lodo secundario descartado (purga) puede variar debido a las condiciones operacionales de LA-1. Teóricamente puede ser requerido extraer un flujo de 203 m3/día aproximadamente de lodos, implicando sólidos en base seca del orden de 3 ton/día. Considerando que el lodo descartado presenta del orden de 98% de humedad, la sedimentación y secado atmosférico de los sólidos del fluido, permitirá reducir a 1/3 el volumen descartado por purga. Por lo tanto, se espera acumular del orden de 200 ton/año en LD-3.

El lodo secundario es estabilizado con Cal y secado al aire en la laguna LD-3 por más de 5 meses hasta alcanzar una humedad que permita su aplicación al suelo o en su defecto, destinarlo a relleno sanitario. El manejo de las aguas lluvias y arrastre de lodos, queda resguardado por los muros de contención de la misma laguna.

Posteriormente el lodo es cargado con maquinaria adecuada (cargador frontal o similar) en camiones para su traslado a los potreros donde se aplicará al suelo a través de las medidas agronómicas descritas en el Plan de Aplicación de Lodos Secundarios al Suelo de Uso Agrícola.

No obstante, el lodo se podrá disponer en relleno sanitario autorizado o sitio de disposición final autorizado cumpliendo con la normativa sectorial asociada a su traslado y disposición. En este caso el lodo es cargado con maquinaria adecuada (cargador frontal o similar) en camiones autorizados sanitariamente para su traslado a disposición final. Estos vehículos poseen carpas o sistemas adecuados para evitar la emisión de material en su traslado. Esta actividad será contratada a una empresa autorizada sanitariamente, por lo que se mantendrán los registros de contratos y cantidades en caso que se trasladen fuera de la planta.

A continuación, se resume el Plan de Aplicación de lodo secundario a suelos agrícolas del fundo Paillihue, el cual será actualizado anualmente y enviado a la autoridad SMA y SAG, según se ha descrito. Se adjuntó en la Adenda Complementaria el Anexo A2, Plan de Aplicación de lodo secundario.

1.   Del área de aplicación:

-          Plano del predio georeferenciado a escala de detalle que incluya plano de ubicación: Ver Anexo A2

-          Mapa básico de suelos caracterizados por unidades homogéneas, a escala de detalle: Ver Anexo A2

-          Condiciones climáticas del sector de aplicación (principalmente precipitaciones): Ver Anexo A2

-          Superficie del área de aplicación: 68,2 hectáreas.

-          Pendiente (expresada como porcentaje): 0 a 1%.

2.   Caracterización de lodos:

-          Contenido total de metales pesados detectables según los procesos como, por ejemplo, As, Cd, Cu, Hg, Ni, Pb, Se y Zn. Ver tabla 2.

-          Materia orgánica: 622293 mg/kg

-          Contenido de sólidos totales: 200469 mg/kg

-          Contenido de humedad: 80%

-          Conductividad eléctrica: no posee valor referencial.

-          pH: 7,44

El sistema de tratamiento durante año 2016 no generó exceso de lodos debido a que la operación del sistema secundario se mantuvo en la fase endógena del crecimiento microbiano, lo que se traduce en que el sistema de tratamiento genera menos cantidad de lodo (sólidos suspendidos volátiles). Debido a esto, se presenta un análisis referencial de lodo secundario de planta de tratamiento de industria procesadora de fruta. Se realizará un muestreo y análisis del lodo previo a la confección del Plan de Aplicación anualmente para corroborar sus características físico-químicas.

3.   Caracterización de los suelos receptores:

-          Materia orgánica: 5%

-          Conductividad eléctrica: 83.000 uS/cm

-          pH: 2,9

-          Metales pesados As, Cd, Cu, Hg, Ni, Pb, Se y Zn (mg/kg), según siguiente tabla.

Parámetros químicos de Tierra Receptora

(Laboratorio Ambiental SGS Chile Ltda.)

 
Parámetro
Unidad

Tierra receptora

Arsénico
mg/kg
3,16

Cadmio

mg/kg
<0,10

Cinc

mg/kg
82,66

Cobre

mg/kg
44,18

Mercurio

mg/kg
<0,01
Níquel
mg/kg
37,62

Plomo

mg/kg
10,66

Selenio

mg/kg
0,03

Conductividad a 25 °C (*)

uS/cm
83000

Fósforo Total

mg/kg
259,7

Humedad

%
22,3

Materia Orgánica

%
5,0

Nitrógeno Kjeldahl

mg/kg
623,3

Nitrógeno Total

mg/kg
677

pH 25°C Laboratorio (*)

UpH
2,9

Sólidos Totales

%
78

T° de medición PH

°C
22,6
 

-          Queda establecido que cada vez que se aplique lodos en suelos, se caracterizará dicho suelo incluyendo metales pesados detectables.

4.   Manejo agronómico:

-          Técnica de incorporación del lodo al suelo: Se utilizará camión transportador de capacidad de 20 m3, que se aplicará directamente al suelo, desparramando en forma superficial.

-          Luego se incorpora al suelo con rastras de disco y tractor, permitiendo su incorporación en forma uniforme en el perfil del suelo.

-          Frecuencia de aplicación: Una aplicación anual.

-          Época de aplicación: Marzo a agosto.

-          Tasa de aplicación: 2,9 ton/há.

-          Especie a sembrar: Remolacha.

-          Fecha de siembra: Agosto a septiembre.

-          Fecha de cosecha o aprovechamiento: marzo a agosto.

-          Distribución homogénea y uniforme en el terreno: El equipo utilizado permitirá integrar el lodo al suelo de forma homogénea y uniforme en el terreno.

5.    No se aplicará lodos en las siguientes condiciones:

-          A distancias menores de 20 m de cursos de agua.

-          En suelos con inundación recurrente.

-          En suelos saturados.

 
Manejo de Tierra IANSA

Esta tierra es el material que viene adherido a la remolacha y el cual no puede ser retirado mediante el proceso de cosecha mecanizada. Correspondiendo este material a la misma tierra que está presente en los campos propios y de agricultores contratados por IANSA.

En base a la definición de textura de suelo que corresponde a una de las propiedades físicas del suelo, la cual no se encuentra como propiedad o característica de los lodos indicados en el D.S. N° 3 y que diferencian fundamentalmente a la Tierra IANSA del lodo biológico.

En este sentido, la textura del suelo está dada por la dominancia de un determinado tamaño de partículas. Las gruesas (0,05 a 2 mm) se denominan arena, las intermedias (0,002 a 0,05 mm) corresponden a limo, y las finas (menores que 0,002 mm) son arcilla. La textura del suelo aluvial generalmente se asemeja a la del arenoso.

Parámetros químicos de Tierra IANSA y Tierra Receptora (Laboratorio Ambiental SGS Chile Ltda.)

Parámetro
Unidad

Tierra receptora

Parámetro
Arsénico
mg/kg
3,16
Arsénico

Cadmio

mg/kg
<0,10

Cadmio

Cinc

mg/kg
82,66

Cinc

Cobre

mg/kg
44,18

Cobre

Mercurio

mg/kg
<0,01

Mercurio

Níquel
mg/kg
37,62
Niquel

Plomo

mg/kg
10,66

Plomo

Selenio

mg/kg
0,03

Selenio

Conductividad a 25 °C (*)

uS/cm
83000

Conductividad a 25 °C (*)

Fósforo Total

mg/kg
259,7

Fósforo Total

Humedad

%
22,3

Humedad

Materia Orgánica

%
5,0

Materia Orgánica

Nitrógeno Kjeldahl

mg/kg
623,3

Nitrógeno Kjeldahl

Nitrógeno Total

mg/kg
677

Nitrógeno Total

pH 25°C Laboratorio (*)

UpH
2,9

pH 25°C Laboratorio (*)

Sólidos Totales

%
78

Sólidos Totales

T° de medición PH

°C
22,6

T° de medición PH

Respecto de parámetros como el fósforo y el nitrógeno se puede observar que los valores de la Tierra IANSA son mayores que el suelo receptor, por lo que anualmente se analizarán las tasas de aplicación según el cultivo a realizar y la cantidad de nutrientes disponibles en el suelo. Esto se aborda en detalle en el Plan de Aplicación Tierra IANSA al suelo en la Adenda Complementaria, Anexo B2, en Fundo Paillihue.

El manejo de la Tierra IANSA se inicia con el vaciado de las lagunas de decantación. La cantidad de Tierra IANSA generada anualmente es de 14.000 m3 aproximadamente. Este volumen varía dependiendo de la cantidad de suelo adosado a la remolacha (materia prima).

Con el objeto de prevenir la generación de olor se agrega CAL y lechada de Cal, según se explica en la DIA en el capítulo 2.3.1 y Adenda N°1 Tabla Nº 3: Descripción de partes, obras y acciones dirigidas al control de olores molestos hacia el entorno.

Durante la intercampaña se deja secar en las mismas lagunas de decantación hasta alcanzar una humedad de 55% aproximadamente. Se mantendrá acumulada la Tierra IANSA en las lagunas de decantación hasta el retiro para su aplicación en suelos agrícolas.

Posteriormente la Tierra IANSA es cargada con maquinaria adecuada (cargador frontal o similar) en camiones tolva para su traslado al interior del fundo Paillihue según indica el Plan de Aplicación. Su destino es la aplicación en predios señalados en Plan de Aplicación de Tierra IANSA en el Fundo Paillihue u otros predios de terceros que posean planes de aplicación aprobados por la autoridad, ya sean de proveedores de IANSA o no, el transporte y aplicación o manejo en general fuera del fundo Paillihue realizada por terceros no es parte del proyecto.

Superficie adicional para acumulación transitoria de Tierra IANSA:

En caso que se requiera realizar acumulación fuera del sector cercano a las lagunas de decantación, se dispone de una superficie adicional para su acumulación transitoria en el sector sur del fundo Paillihue (ex tranque III), es decir, hasta que se utilice en la aplicación de mejoramiento de suelos o fertilización.

El sector sur del fundo Paillihue, posee características adecuadas para acumular transitoriamente la Tierra IANSA, debido a que su suelo ha sido compactado y se encuentra desprovisto de vegetación.

A continuación, se profundizan los aspectos del proceso y actividad de acumulación transitoria de Tierra IANSA en caso de ser requerido.

1.    Descripción del sector sur del fundo Paillihue (ex tranque III)

Ubicación: El sector sur posee una superficie de 13há aproximadamente y se ubica a unos 500 m aproximadamente de la PTR. Coordenadas UTM WGS 84 H18 O 732331 N 5847056 (mayor detalle de coordenadas en Plan de Manejo Anexo C2 de la Adenda Complementaria). Se propone la intervención de la laguna en temporada estival (sin acumulación de aguas lluvias), que coincide con la intercampaña de la planta azucarera.

Además, previo a la intervención, se propone la remoción de elementos vegetacionales que pudieran ser utilizados como hábitat en un ambiente utilizado para fines antrópicos.

Actividades de acumulación transitoria: Debido a que la zona de acumulación presupuestada es un sector intervenido en el pasado por más de 40 años, el suelo ya posee una compactación que permite dar un soporte a la Tierra IANSA. No obstante, de forma previa a las operaciones de descarga de Tierra IANSA se compactará el suelo con maquinaria apropiada para aumentar la impermeabilidad. Esto permitirá evitar la posible migración de nutrientes (nitrógeno y fósforo) presente en la Tierra IANSA al subsuelo.

La acumulación de la Tierra se realizará en pilas, desde la ribera norte hacia la ribera sur, en sectores secos. La maquinaria utilizada será la apropiada (cargador frontal o similar). Esta acumulación se realizará de forma transitoria y complementaria a las lagunas de decantación a la espera de su aplicación en suelo agrícolas que lo requieran.

2.    Actividades de retiro para aplicación en suelos agrícolas:

La Tierra IANSA utilizada para fines de aplicación en suelos agrícolas, será cargada en camiones y trasladadas hacia el predio autorizado, según indique el Plan de Aplicación respectivo. Esto permitirá devolver tierra (suelo) a los agricultores que posean planes de aplicación o terceros interesados en mejorar las condiciones de suelos o utilizar la Tierra IANSA como mejorador del suelo agrícola.

El traslado, aplicación y manejo en general de Tierra IANSA realizada por terceros interesados fuera del predio no forma parte del proyecto.

No obstante, se llevará un registro de las cantidades de Tierra IANSA generada y manejadas por IANSAGRO, y las entregadas a proveedores o terceros interesados autorizados (según planes de aplicación) para los fines de valorización autorizada.

3.    Plan de aplicación en suelo agrícola:

A continuación, se resume el Plan de Aplicación de Tierra IANSA a suelos agrícolas del fundo Paillihue, el cual será actualizado anualmente y enviado a la autoridad respectiva.

1)      Del área de aplicación:

-   Plano del predio georeferenciado a escala de detalle que incluya plano de ubicación: (Anexo B2)

-   Mapa básico de suelos caracterizados por unidades homogéneas, a escala de detalle: (Anexo B2)

-   Condiciones climáticas del sector de aplicación, principalmente precipitaciones: (Anexo B2)

-   Superficie del área de aplicación: 68,2 hectáreas.

-   Pendiente (expresada como porcentaje): 0 a 1%.

2)      Caracterización de Tierra IANSA:

-   Contenido total de metales pesados detectables según los procesos como, por ejemplo, As, Cd, Cu, Hg, Ni, Pb, Se y Zn: (según se muestra en la siguiente Tabla)

-   Materia orgánica: 7,8%

-   Contenido de sólidos totales: 44%

-   Contenido de humedad: 56,1%

-   Conductividad eléctrica: 30650 uS/cm

-   pH: 5,8.
Parámetros químicos de Tierra IANSA
(Laboratorio Ambiental SGS Chile Ltda.)
Parámetro
Unidad

Tierra receptora

Arsénico
mg/kg
3,16

Cadmio

mg/kg
<0,10

Cinc

mg/kg
82,66

Cobre

mg/kg
44,18

Mercurio

mg/kg
<0,01
Níquel
mg/kg
37,62

Plomo

mg/kg
10,66

Selenio

mg/kg
0,03

Conductividad a 25 °C (*)

uS/cm
83000

Fósforo Total

mg/kg
259,7

Humedad

%
22,3

Materia Orgánica

%
5,0

Nitrógeno Kjeldahl

mg/kg
623,3

Nitrógeno Total

mg/kg
677

pH 25°C Laboratorio (*)

UpH
2,9

Sólidos Totales

%
78

T° de medición PH

°C
22,6
 

3)      Caracterización de los suelos receptores:

-   Materia orgánica: 5,0%

-   Conductividad eléctrica: 83.000 uS/cm

-   pH: 2,9

-   Metales pesados As, Cd, Cu, Hg, Ni, Pb, Se y Zn: según se muestra en la siguiente tabla:

 
Parámetros químicos de Tierra Receptora
(Laboratorio Ambiental SGS Chile Ltda.)
Parámetro
Unidad

Tierra receptora

Arsénico
mg/kg
3,16

Cadmio

mg/kg
<0,10

Cinc

mg/kg
82,66

Cobre

mg/kg
44,18

Mercurio

mg/kg
<0,01
Niquel
mg/kg
37,62

Plomo

mg/kg
10,66

Selenio

mg/kg
0,03

Conductividad a 25 °C (*)

uS/cm
83000

Fósforo Total

mg/kg
259,7

Humedad

%
22,3

Materia Orgánica

%
5,0

Nitrógeno Kjeldahl

mg/kg
623,3

Nitrógeno Total

mg/kg
677

pH 25°C Laboratorio (*)

UpH
2,9

Sólidos Totales

%
78

T° de medición PH

°C
22,6
 

-   Queda establecido que cada vez que se aplique lodos en suelos, se caracterizará dicho suelo incluyendo metales pesados detectables.

4)       Manejo agronómico:

Técnica de incorporación del lodo al suelo. Se utilizará camión transportador de capacidad de 20 m3, que se aplicará directamente al suelo, desparramando en forma superficial.

Luego se incorpora al suelo con rastras de disco y tractor, permitiendo su incorporación en forma uniforme en el perfil del suelo.

-   Frecuencia de aplicación: Una aplicación anual.

-   Época de aplicación: Marzo a agosto.

-   Tasa de aplicación: 22 ton/ha.

-   Especie a sembrar: Remolacha.

-   Fecha de siembra: Agosto a septiembre.

-   Fecha de cosecha o aprovechamiento: Marzo a agosto.

-   Distribución homogénea y uniforme en el terreno: El equipo utilizado permitirá integrar el lodo al suelo de forma homogénea y uniforme en el terreno.

5)      No se aplicará Tierra IANSA en las siguientes condiciones:

-       A distancias menores de 20 m de cursos de agua.

-       En suelos con inundación recurrente.

-       En suelos saturados.

 

4.    Del seguimiento ambiental de aplicación de Tierra IANSA

El titular se compromete a presentar anualmente, en el mes de enero, a la Superintendencia del Medio Ambiente y el Servicio Agrícola y Ganadero, un informe técnico que con la siguiente información:

a)      Cantidad de Tierra IANSA generados y su destino;

b)      Cantidad de Tierra IANSA aplicados por predio o potrero;

c)      El resumen de las situaciones anormales de funcionamiento y las medidas aplicadas.

Actividades de Mantención y Conservación

 

Durante la etapa de operación y para todas las obras que conforman la planta se contempla la realización de actividades de mantención y conservación:

·       Calibración de instrumentos: Se deberán calibrar los siguientes instrumentos de medición usados en el sistema de tratamiento.

Frecuencia de Calibración Instrumentos de Control.

Instrumento
Frecuencia
Encargado
Caudalímetros
1 vez durante campaña*
Instrumentistas
pH-metro
1 vez por semana*
Supervisor de RILES

* Se puede realizar con mayor frecuencia a solicitud de supervisor de RILes.

·       Mantenimiento preventivo de equipos: Se contempla la mantención de los equipos (sopladores y bombas) según indicación del fabricante de acuerdo a un plan mensual preventivo. Las actividades que se considerarán periódicas son: lubricación, cambio de sellos e inspecciones planeadas.

·       Mantenimiento preventivo de canales o acueductos: Estas actividades se realizan una vez al año y consisten principalmente en inspección visual de todos los acueductos que conectan el sistema de tratamiento. Se procede a limpieza manual en caso de ser requerido.

·       Mantenciones correctivas: El mantenimiento correctivo comprende todos los trabajos de recuperación de servicio por eventos no previstos, las cuales requieren de una atención oportuna, para lo cual, se tomarán todas las medidas necesarias para minimizar el tiempo de llegada a la zona de trabajo y la disponibilidad de los materiales y herramientas para realizar la reparación.

·       Mantenimiento correctivo de pretiles: La reparación de pretiles se realizará a medida que disminuya el volumen de agua almacenada en las lagunas, aplicando material árido desde la superficie de la laguna hacia el fondo de esta, a fin de tapar los posibles socavones producidos durante campaña. La coordinación de su reparación será realizada por el área de operaciones.

 
4.4.1.3 Suministros básicos
Tabla 4.4.1.3 Suministros básicos
Nombre
Descripción
Energía

Energía eléctrica: Suministrada por distribuidor de energía local (según factura presentada en el Anexo P de la DIA). El sistema de tratamiento posee tableros de control ubicados a un costado de la laguna LA-1 según indica el Layout en Anexo B de la DIA.

La planta cuenta con un grupo electrógeno de respaldo de aproximadamente de 800 kVA, capacidad suficiente para suplir los requerimientos de energía eléctrica.

La planta posee un sistema de suministro alternativo, destinado al alumbrado del sector conformado por 32 paneles solares, cada módulo mono cristalino con una potencia nominal 130-140W cada uno que permiten generar 6.053 kWh/h año, la distribución anual de generación de estos paneles se muestran en la Tabla N° 27 Energía a generar en kwh de la DIA.

Servicios

Agua Potable: Se obtendrá agua desde una puntera existente aproximadamente en las coordenadas UTM Huso 18 USGS 84 732912m 5847429m E, dispuesta en un área cercana a las instalaciones sanitarias proyectadas, la cual incluye un sistema de cloración. Se asegura una dotación de 100 l/d por persona, la que cuenta con las características físicas, químicas y bacteriológicas establecidas en la NCh 409 parte 1 y las condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 MINSAL.

Servicios Higiénicos: El personal considerado para la fase de operación hará uso de los servicios sanitarios a construir. Los efluentes generados serán conducidos al sistema de alcantarillado particular proyectado, el cual consiste en una fosa séptica, según detalle del proyecto que se describe en el PAS 138 de la DIA.

Aceites y lubricantes: Para las labores de mantención, se requerirán aceites y lubricantes. El requerimiento de este insumo corresponde aproximadamente a 1,2 lt/mes en total. El suministro de lubricantes se realizará mediante proveedor regional conforme a las especificaciones técnicas de los equipos. No se plantea el acopio de estos insumos en las dependencias del proyecto, siendo la provisión realizada al momento de su requerimiento.

Químicos: Se utiliza hipoclorito de sodio al 10% y/o hipoclorito de calcio 42%. Estos químicos se suministran para controlar coliformes fecales en el RIL (coliformes presentes en agua cruda de Canal Calvo Costa), a una tasa de 30 L/h de hipoclorito de sodio y 40 kg/día para el hipoclorito de calcio o según requerimiento.

Nutrientes: para LA-1: 15.000 l/mes urea, 3.000 l/mes fósforo. Estos nutrientes son incorporados al reactor biológico para mantener el balance estequiométrico requerido por las bacterias.

Alimentación: Durante el horario de colación, todo el personal se alimentará en el comedor existente en la planta IANSA.

Transporte de personal: Se contempla el traslado de personal por medios propios.

Alojamiento: No se considera.
 
4.4.2   Recursos naturales renovables

Tabla 4.4.2 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar

Nombre
Descripción

El proyecto no considera extraer o explotar recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades en esta fase.

 

4.4.3   Emisiones y efluentes

 

4.4.3.1 Emisiones a la atmósfera
Tabla 4.4.3.1 Emisiones a la atmósfera
Nombre
Descripción

Emisión de Contaminantes a la Atmósfera

Material particulado y gases: Para la fase de operación las actividades generadoras son principalmente el tránsito de camiones por caminos no pavimentados, el uso del generador y la combustión de la maquinaria.

Actividades generadoras de emisiones atmosféricas fase de operación.

Actividad
Detalle de la actividad
Maquinarias y camiones
Emisión

Generación de energía eléctrica

Respaldo de energía para cortes y horarios punta.

1 equipo electrógeno 800 KW.

MP10, NOx, CO

Retiro de tierra IANSA granel

Retiro y disposición de tierra IANSA granel fuera de la planta. Ingreso de lodos activados a las lagunas.

1 retroexcavadora

1Camión tolva

MP10, NOx, CO, HC

Ingreso de lodos activados

Ingreso de Lodos activados para lagunas de tratamiento secundario.

1 retroexcavadora

1Camión Tolva

MP10, NOx, CO, HC

 

En la siguiente tabla se presentan los valores de emisión de la fase de operación del proyecto.

Resumen de emisiones en fase de operación.

Actividad
Emisión Total(ton/año)
CO
HC
NOx
MP10

Emisiones fugitivas

 
 
 
0,59

Combustión maquinaria

0,36
0,16
1,36
0,12

Combustión de camiones

2,99 E-03

6,97 E-04

9,31 E-03

2,71 E-04

Generador
1,95
 
8,52
0,248
Total
2,31
0,16
9,88
0,96

Con el objetivo de evaluar la dispersión de los contaminantes indicados en la tabla anterior, las emisiones fugitivas son las que genera la mayor cantidad de material particulado. Se realizó una modelación de la dispersión atmosférica, la cual se detalló en el Anexo F de la DIA del proyecto, indicándose que las emisiones de Material Particulado de esta fase del proyecto son bajas.

Emisiones de Olor

A través de la aplicación del modelo Calpuff se determinó la inmisión (concentración en el receptor) para la operación normal y de contingencia de sistema de tratamiento, la cual se muestra en las siguientes tablas y se detalló en el Anexo H de la DIA.

Emisiones piscinas de decantación planta IANSA Los Ángeles.

Piscina
Fecha de medición
Concentrac. H2S (ppm)
Concentrac. muestra (ouE/m3)
Caudal de olor (ouE/m2*h)
Superficie piscina (m2)
Emisión (ouE/s) *

Nº1A

16/05/2016

10

1.150

34.512

2.416

23.161

Nº1B

17/05/2016

3,4

1.051

31.515

2.078

18.191

Nº2

17/05/2016

3,4

2.800

84.013

3.973

92.717

* Emisión= caudal de olor (ouE/m2/h) x superficie de piscina (m2)/3600

Concentración de olor para percentiles 98.

Nombre
Concentración (ouE/m3)

Límites de inmisión según guía IPCC (ouE/m3)

Sector Galilea 1
0,71
3
Sector Vicuña Mackenna
2,59
Escuela Millaray
0,63
Colegio Santo Tomas
0,17
Sector Baquedano/Vicuña
0,83
Sector Aitue
0,52

Según se observa en la tabla anterior, en ninguno de los receptores discretos evaluados se supera la norma de calidad de referencia Technical Guidance Note IPPC H4 del Reino Unido, la cual establece un valor límite de 3 UOE/m3.

La mayor concentración se presenta en el Sector Vicuña Mackenna ubicado al norte de la planta IANSA. El resto de las concentraciones determinadas son menores a 1,0 OUE/m3. Sin embargo esto no descarta que la población perciba olor bajo condiciones meteorológicas desfavorables.

Al respecto, el titular señala que las emisiones de olores son puntuales y responde a una consecuencia de condiciones adversas específicas de las lagunas de tratamiento, las cuales han sido identificadas y caracterizadas para hacerse cargo en el origen y de forma preventiva con medidas operacionales, tecnológicas y estructurales, propuestas en el presente proyecto.

El titular señaló que se realizó un segundo estudio de olores, esta vez en operación normal, donde la emisión registrada desde las piscinas se especifica en la siguiente Tabla:

Emisiones en operación normal piscinas de decantación Planta IANSA Los Ángeles.

 
Piscina
Fecha de medición

Concent.
H2S (ppm)

Concent.
Muestra (ouE/m3)

Caudal de olor (ouE/m2*h)
Superficie piscina (m2)
Emisión (ouE/s) *

Nº1A

18/07/2016

0
119

3.570

2.416

2.395

Nº1B

12/07/2016

0
87

2.624

2.078

1.515

Nº2

18/07/2016

0
39
1.174

3.973

1.296

* Emisión= caudal de olor (ouE/m2/h) x superficie de piscina (m2)/3600

De nuevo a través de la aplicación del modelo Calpuff se determinó la inmisión (concentración en el receptor), la cual se muestra en la siguiente Tabla:

Concentración promedio y máxima de olor en operación normal para percentiles 98.

Nombre

Concentración promedio
(ouE/m3)

Concentración máxima
(ouE/m3)

Límites de inmisión según guía IPCC (ouE/m3)

Sector Galilea 1

0,03
0,7
3

Sector Vicuña Mackenna

0,10
1,3

Escuela Millaray

0,02
1,2

Colegio Santo Tomas

0,01
0,6

Sector Baquedano/Vicuña

0,03
0,7

Sector Aitue

0,02
1,0
 

Según se observa en la tabla anterior, en ninguno de los receptores discretos evaluados se supera la norma de calidad de referencia, la cual establece un valor límite de 3 UOE/m3. Por lo tanto, no se registran emisiones de olor por causas operacionales, según ha determinado el informe de olores en operación normal del Anexo H de la DIA.

Las medidas a implementar para el control y monitoreo para eventos de olores molestos, se detallaron en la Adenda Plan de Manejo, el cual tiene como objetivo describir la estrategia para el control de olores de la Planta de Tratamiento de RILes y las medidas de control para evitar la generación de olores molestos.

Para el Plan se considerará como parámetro indicador base de olor molesto, la medición de concentración de H2S, controlando su emisión durante todo el proceso productivo evitando con esto las quejas o percepciones por parte de la comunidad.

Las medidas para el control y monitoreo de olores son las siguiente:

1.      RESPONSABILIDADES (personal responsable asignado por la empresa)

2.      DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD

2.1 Estrategia control de olores: La principal estrategia para el control de olores, es mantener el pH del RIL de agua de patio, siempre a pH sobre 10. Con el fin de mantener las bacterias sulforeductoras inhibidas. Por lo tanto, para controlar la generación de olor desde la fuente, en la salida del decantador lamelar se aplica lechada de cal manteniendo el pH en el rango de pH 12, antes del ingreso de este flujo al sistema de decantación.

Además para mantener el nivel de pH 12 se aplica Cal viva y Lechada de Cal directamente en las lagunas.

2.1.1        Control de olores en Sistema de Decantación Primaria: Como estrategia de control de olores en el sistema de decantación primaria se debe mantener en cero la actividad microbiológica, evitando que las bacterias sulforeductoras produzcan H2S, esto se logra manteniendo todo el sistema con un pH básico mayor a 11, durante toda la campaña, sin excepción.

2.1.2        Control de olores en Sistema de lagunas facultativas: LA-2, LA-3 y L-2. Tabla N°1, Medidas de control para evitar la generación de olores molestos en lagunas facultativas: LA-2, LA-3 y L-2. Anexo I1 Plan de Gestión de Olores, de la Adenda N°1 del proyecto.

2.1.3        Mediciones in situ de Sulfhídrico (H2S) y pH: El Auxiliar de Lagunas o Supervisor de RILES (según corresponda) deberá medir in situ el Sulfhídrico (H2S) y el pH. La medición deberá realizarse diariamente en cada turno y en distintos puntos distribuidos entre las lagunas de decantación, lagunas facultativas y descarga al estero Paillihue.

2.1.4        Equipos de atomización de esencias: Supervisor de RILes deberá mantener operativos 24x7 los equipos de atomización de esencias. A continuación, se presenta el mapa de mitigación de las lagunas de decantación y laguna facultativa tras el uso de equipos atomizadores de esencias.

2.1.5        Supervisión en terreno: El Supervisor de RILes y/o Auxiliar de Lagunas (según corresponda) deberá verificar en terreno las siguientes labores:

·           Verificar correcto funcionamiento de los equipos de atomización de esencias (SAP 1, 2 y 3). Ajustar de inmediato ante cualquier anormalidad y dar aviso a Jefe de Turno e Ingeniero de Medio Ambiente en caso de extenderse la anomalía.

·           Verificar que la dosificación de la esencia corresponda de acuerdo a medidas de control descritas en puntos 5.1.1 y 5.1.2. Ajustar de inmediato ante cualquier anormalidad y dar aviso a Jefe de Turno e Ingeniero de Medio Ambiente en caso de extenderse la anomalía.

·           Ajustar toberas dosificadoras de esencia en mal estado y contabilizar aquellas que estén averiadas, manteniendo un registro de ellas.

·           Dar aviso a Ingeniero de Medio Ambiente y operaciones en caso de existir olores molestos en el entorno de las Lagunas de Decantación

2.2                Plan de Contingencia: La condición de contingencia se establece cuando el promedio de todos los puntos de medición de H2S en las lagunas es igual o mayor a 3 ppm. En tal caso, además de aplicar las medidas de control mencionadas precedentemente, se debe activar el Plan de Contingencia, el cual indica las acciones a seguir de acuerdo a la siguiente cartilla de emergencia.

El titular señaló en la DIA que el período crítico de generación de olor es entre los meses de Marzo a Diciembre y éstos pueden ser generados y emanados desde las lagunas de decantación primaria: LD-0 – LD-1A – LD-1B – LD-2 – LD-3, y de las lagunas facultativas: LA-2, LA-3 – L-2.

 
4.4.3.2 Emisiones de Ruido
Tabla 4.4.3.2 Ruido
Nombre
Descripción
Emisión de Ruido

Con el objeto de determinar el cumplimiento con la normativa asociada D.S 38/11 del MMA, para la fase de operación del proyecto, el titular realizó la evaluación acústica, el cual se presentó en el Anexo G de la DIA, Estudio de Emisiones Acústicas, el que caracterizó los niveles de ruido para la fase de operación, los correspondientes a las máquinas y herramientas involucradas en la fase de operación, principalmente asociadas a la operación de aireadores y tránsito de camiones, y maquinaria utilizada en el retiro de lodos y puesta en marcha.

En la siguiente tabla se presentan los receptores cercanos y los resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto.

Ubicación y descripción de los puntos de proyección en receptores cercanos

NPSeq proyectado en los receptores cercanos durante la fase de operación.

Punto (Receptor)
NPS eq
dB(A) Proyectado
Niveles Máximos
Permisibles
(7 a 21 horas) db(A)
Niveles Máximos
Permisibles
(21 a 7horas) db(A)

Evaluación según D.S 38 Diurno

Evaluación según D.S 38 Nocturno

R1
14,2
57
50
CUMPLE
CUMPLE
R2
19,1
56
50
CUMPLE
CUMPLE
R3
21,3
55
50
CUMPLE
CUMPLE
R4
17,1
51
50
CUMPLE
CUMPLE
 

NSP equiv. Proyectado en los receptores cercanos durante la etapa de operación de retiro de lodos.

El uso de suelo de los receptores 1, 2 y 3 corresponden a Zona Rural, y del receptor número 4 corresponde a a zona III de acuerdo a la definición indicada en el Plan Regulador Comunal vigente de Los Ángeles.

Estas zonificaciones permiten un NPC definido por las mediciones de ruido basal en horario diurno de 7:00 a 21:00 horas y en horario nocturno de 21:00 a 7:00 horas.

De acuerdo a lo expuesto en el Anexo G Emisiones Acústicas de la DIA, para la fase de operación la emisión sonora del proyecto cumple con los niveles máximos establecidos en el D.S. N°38/11 MMA, y no se producirán impactos acústicos significativos sobre los puntos receptores identificados, dado que los valores se encuentran dentro de los rangos permitidos según la normativa aplicable.

 
Tabla 4.4.3.3 Emisiones líquidas
Nombre
Descripción
Aguas servidas

Durante la fase de operación no se considera un aumento de las aguas servidas generadas actualmente, dado que no se requerirán trabajadores adicionales a los que ya trabajan en la planta IANSAGRO.

Se estima una generación de aguas servidas de 100 l/d por cada trabajador.

Residuos Industriales Líquidos

Respecto a los residuos industriales líquidos que se generan durante la fase de operación, estos corresponden principalmente a un afluente referido a la recepción de remolacha, procesos y unidades de abatimiento de material particulado, los cuales son procesos existentes que generan residuos industriales líquidos según se muestra en la siguiente Tabla:

Residuos industriales líquidos fase operación.
 

Emisiones líquidas (diarias)

Fuente
Caudal (m3/h)

Residuos industriales líquidos

Recepción remolacha, procesos y unidades de abatimiento de MP

1.180
 

Los residuos líquidos generados por la planta, corresponden a los residuos industriales líquidos provenientes de los procesos del azúcar, los que son tratados durante la fase de operación a través de la Planta de tratamiento de riles, dando cumplimiento al D.S. Nº 90/00 Tabla Nº1 para ser descargado al Estero Paillihue.

 
 

4.4.4   Residuos

 

Tabla 4.4.4.1 Residuos no peligrosos

Nombre
Descripción
Lodos

Durante la fase de operación se generarán sólidos sedimentables llamada Tierra IANSA, a una tasa por campaña de 14.000 m3/año aproximadamente, dado que corresponde principalmente a tierra adosada a la remolacha. Sus características principales se analizaron teniendo en cuenta sus usos previstos como mejorador del suelo en campos de uso agrícola propios.

El manejo de los sólidos considera la adición de cal para evitar la proliferación de vectores y olores. La tierra IANSA es retirada desde las lagunas por una retroexcavadora o maquinaria equivalente, para posteriormente cargar camiones tolva de empresas contratistas, cuyo volumen de transporte en promedio es de 20 m3.

Los camiones transportan la tierra hasta el predio ubicado a no más de 2 km de distancia, utilizando caminos interiores del predio, a una velocidad máxima de 20 km/h.

En el Anexo B2 de la Adenda complementaria, se presentó el Plan de aplicación de la tierra IANSA a suelos de propiedad de IANSA. El plan de aplicación comprende las actividades de extracción de Tierra IANSA generados en lagunas del sistema de tratamiento de riles y su posterior traslado y aplicación al interior del fundo Paillihue.

Las coordenadas de los sitios de aplicación son los siguientes:

Ubicación de suelos donde se aplicará tierra IANSA.

Sitio

Coordenada Este (m)

Coordenada Norte (m)

1
733418
5847333
2
733317
5847926
3
733035
5847783
4
732615
5847530

Se estima una generación anual de 14.000 m3 durante toda la campaña (abril-septiembre). La tierra IANSA se extrae completamente al término de la temporada, durante los meses de verano, de manera de rehabilitar las unidades de tratamiento para la siguiente campaña. Se especifica que las lagunas de decantación son desaguadas al término de la temporada.

El titular señaló que se tomó como norma de referencia el D.S. Nº3/12 Reglamento para el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas, del Ministerio del Medio Ambiente, año 2012, según se muestra en la siguiente tabla:

Parámetro

Valor medido (mg/kg)

Norma de referencia (mg/kg)

Análisis Resultado
Arsénico
0,725
20
CUMPLE
Cadmio
<0,01
8
CUMPLE
Cobre
26
1.000
CUMPLE
Mercurio
0,4
10
CUMPLE
Níquel
22,2
80
CUMPLE
Plomo
10,9
300
CUMPLE
Selenio
<0,01
50
CUMPLE
Zinc
165
2.000
CUMPLE
Humedad
51%
<70%
CUMPLE
Materia seca
49%
No aplica
No aplica

Para el caso del Lodo, se estima una generación aproximada de 200 ton por campaña, este tendrá disposición en los predios de IANSA no obstante según sea el caso también podrá disponerse en relleno o autorizado sanitariamente. En el Anexo A2 de la Adenda Complementaria se presentó el Plan de aplicación de lodo secundario a suelos de propiedad de IANSA, el cual tiene como objetivo detallar las actividades de lodo secundario desde su origen hasta su disposición en los predios IANSAGRO, Fundo Paillihue.

La cantidad de lodos a aplicar anualmente en los cuatro potreros es de 2,9 toneladas por hectárea.

Aportarían 95 kilogramos de Nitrógeno y 15,0 kilogramos de fosforo total por hectárea. Se aplicarán 200 ton de lodo anualmente en las 68,2 há.

A continuación se detalla la ubicación georreferenciada de los cuatro sitios en que se aplicara el lodo WGS84 Huso 18.

Ubicación georeferenciada sitios de aplicación.

Coordenada Este (m)
Coordenada Norte (m)
1
733418
5847333
2
733317
5847926
3
733035
5847783
4
732615
5847530

Manejo de residuos

La planta requiere para su operación normal y puesta en marcha el transporte de insumos básicos y retiro de sólidos sedimentados en las distintas lagunas (tierra IANSA). A continuación, se cuantifica y describe la forma de manejo de estos insumos y subproductos del proceso de tratamiento de aguas:

•     Lechada de cal a granel: la cal es transportada desde la planta IANSA, utilizando camiones cisterna de 10 m3 subcontratados. Se estima un flujo de 3 camiones/día, esporádico mientras se requiere ajustar pH.

•     Hipoclorito de sodio al 10%: Se utiliza como desinfectante del Ril tratado (500 l/día). Se transporta en camión plano a razón de 0,5 camión/día. 

•     Sulfato de aluminio 50%: se utiliza como coagulante catiónico, para apoyar la biofloculación en las lagunas de aireación, su uso es esporádico. Se estima su utilización en la puesta en marcha y en eventos de alto caudal provocados por lluvia intensa. Se transporta en camión plano a razón de 5 camiones/campaña.

•     Tierra IANSA a granel y lodo de LA-1: es transportada desde lagunas a sitios contiguos al interior del mismo fundo Paillihue utilizados para cultivos, utilizando camiones tolva subcontratados. Se estima un flujo de 12 camiones/día aproximadamente durante los meses de febrero y marzo, circulando en caminos interiores del mismo predio.

Residuos asimilables a domiciliarios

 

Los residuos asimilables a domiciliarios son aquellos residuos domésticos que se originan por las actividades ejecutadas en el Sistema de Tratamiento de RILes, como papeles, plásticos y otros residuos similares no contaminados. Esta generación de residuos se estima en 1 kg/día/persona. Se contempla mantener los 12 trabajadores existentes.

Los residuos generados serán dispuestos en contenedores adecuados al tipo de residuo los que estarán ubicados en los puntos de generación y serán almacenados en la bodega presente en planta. Finalmente, estos residuos serán dispuestos en un sitio autorizado por la autoridad sanitaria. En la siguiente tabla se presenta una estimación de estos residuos.

Estimación de residuos sólidos asimilables a domiciliarios generados en la fase de operación.

Nº trabajadores
Emisión por trabajador
Emisión diaria
12
1kg/día
12 kg/día

Industriales no peligrosos

 

Se generarán residuos industriales no peligrosos a partir de las actividades de limpieza dentro de la planta. En la siguiente tabla se presenta una estimación de los residuos a generar durante esta fase.

Residuos industriales no peligrosos generados en la operación de IANSAGRO.

Tipo

Cantidad

Envases de químicos no peligrosos (bins)

18 bins/mes

Envases de químicos no peligrosos (saco)

150 kg/mes

Ropa no contaminada

12 kg/mes
 
Tabla 4.4.4.2 Residuos peligrosos
Nombre
Descripción
Peligrosos
 

La siguiente tabla presenta una estimación de los residuos peligrosos a generar durante la fase de operación.

Residuos peligrosos generados en la operación actual de IANSAGRO.

Tipo de Residuo
Cantidad
Ropa y huaipes contaminados con hidrocarburos
1,0 kg/mes
Envases de químicos peligrosos (bins)
31 bins/mes
Envases de lubricantes de equipos mecánicos
0,16 kg/mes
Partes de equipos contaminados con hidrocarburos
1,5 kg/mes
Tubos fluorescentes
1 kg/mes
 

Los residuos peligrosos que se generen serán manejados conforme a sus características, dando cumplimiento al D.S. Nº 148/03 del MINSAL. Su almacenamiento se realizará en la bodega de RESPEL de la Planta IANSAGRO, con características según el D.S. N° 148/03 del MINSAL. Posteriormente serán trasladado por empresa autorizada a sitio de disposición final autorizado.

La siguiente tabla presenta una estimación de los residuos peligrosos a generar durante la fase de operación.

Fase

Tipo de residuo

Cantidad
Intercampaña
Ropa y Huaipes contaminados con hidrocarburos

0,5 kg/mes

 
Envases de lubricantes de equipos mecánicos

0,10 kg/mes

 
Partes de equipos contaminados con hidrocarburos

1 kg/mes

 
Tubos fluorescentes

0,6 kg/mes

Puesta en marcha

Ropa y Huaipes contaminados con hidrocarburos

0,5 kg/mes

 
Envases de químicos peligrosos (bins)

15 bins/mes

 
Tubos fluorescentes

0,6 kg/mes

Operación normal

Ropa y Huaipes contaminados con hidrocarburos

1 kg/mes

 
Envases de químicos peligrosos (bins)

31 bins/mes

 
Envases de lubricantes de equipos mecánicos

0,16 kg/mes

 
Partes de equipos contaminados con hidrocarburos

1,5 kg/mes

 
Tubos fluorescentes

1 kg/mes

Agotamiento
Ropa y Huaipes contaminados con hidrocarburos

0,5 kg/mes

 
Envases de químicos peligrosos (bins)

20 bins/mes

 
Envases de lubricantes de equipos mecánicos

0,10 kg/mes

 
Partes de equipos contaminados con hidrocarburos

1 kg/mes

 
Tubos fluorescentes

0,6 kg/mes

 
 
 
4.5     FASE DE CIERRE

La fase de abandono consiste en un proceso estándar para desmantelamiento de equipos y obras civiles.

Si bien se indica que el proyecto tiene una vida útil propuesta de 50 años, no se considera la fase de abandono para la presente evaluación del proyecto, ya que se compromete una evaluación acorde a la realidad futura teniendo en cuenta que la planta puede extender su vida útil indefinidamente, igualmente se consideran actividades a implementar que tendrán como objetivo la restauración de la geoforma, morfología o vegetación del área de emplazamiento y se entrega una estimación general de los residuos generados.

Nombre
Descripción: Dada la

Desmantelamiento instalaciones, desmontaje y retiro de equipos

-       Vaciado de líneas y lagunas. Esto se realizará a instructivos del sistema de tratamiento de riles, bajo operación normal.

-       A través de la utilización de grúas se realizarán actividades de desmontaje de equipos para su venta, reutilización o valorización como chatarra. Los componentes de los equipos serán enviados a un receptor autorizado, con objeto de realizar el reciclaje de todos sus elementos.

-       Respecto al desmantelamiento de los hormigones y edificaciones, se realizarán actividades de demolición de la parte superior sobresaliente de esta estructura. Cabe mencionar que las actividades de desmantelamiento afectarán a todas las instalaciones que integran el proyecto excepto aquellas estructuras que queden por debajo de la superficie del terreno a más de un metro de profundidad.

-       Traslado de residuos a rellenos sanitarios autorizados.

-       Restitución de áreas intervenidas.

Restitución del terreno

Actividades de restauración de la geoforma, morfología o vegetación del área de emplazamiento.

-       Las actividades que se realizarán para restaurar la geoforma, morfología o vegetación consistirán específicamente en el retiro de todo vestigio de ocupación, tales como restos de escombros y materiales de desecho con el fin de dejar el área limpia y despejada para su uso futuro. Se considera serán transportados por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizadas por la Autoridad Sanitaria y Ambiental.

-       Se restaurará la geoforma y vegetación existente previa a 1953.

 
 
Tabla 4.5.1.2 Acciones
Nombre
Descripción
Mantención, conservación y supervisión

La limpieza y acondicionamiento final corresponderá al retiro de vestigios que pudiesen quedar en el área del proyecto, y su posterior disposición de acuerdo al tipo de residuos en sitios autorizados.

El reacondicionamiento consistirá en efectuar movimientos de tierra manuales para nivelar los sectores habilitados por el proyecto. Su nivelación será de forma tal que se asemeje a su condición topográfica original con material del entorno.

Se realizará un registro fotográfico de la limpieza y acondicionamiento de las áreas del proyecto.

 
 

4.6     CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO  O  ACTIVIDAD

 

A continuación se detalla el inicio y término de cada fase del proyecto.
 

Tabla 4.6 Cronología de las fases del proyecto o actividad

4.4.1 Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Octubre de 2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Movimiento de tierra.
Fecha estimada de término
Diciembre de 2017.

Parte, obra o acción que establece el término

Actividades de puesta en marcha.

4.4.2 Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Diciembre de 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Actividades de puesta en marcha.

Fecha estimada de término

Tras 50 años de operación. Sin embargo, se considera que la vida útil del proyecto puede ser prolongada indefinidamente a partir de una adecuada mantención de las instalaciones y la implementación de mejoras tecnológicas.

Parte, obra o acción que establece el término

Fin de la última campaña
4.4.3 Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Enero de 2067

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desmantelamiento instalaciones

Fecha estimada de término
Diciembre de 2068.

Parte, obra o acción que establece el término

Actividades de restauración de la geoforma, morfología o vegetación del área de emplazamiento.

 
5.      Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

5.1.          Riesgos para la salud de la población

Tabla 5.1 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto ambiental

·       Emisión de material particulado y gases de combustión

·       Emisiones odorantes Operación de campaña completa

·       Tránsito de camiones, operación de grupo electrógeno

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

El sitio donde se emplaza el proyecto se encuentra ubicado en una zona rural de acuerdo al Plan Regulador Comunal vigente de Los Ángeles.

De acuerdo al levantamiento de la caracterización sobre medio humano, se indica que el área de influencia de la Planta de Tratamiento de RILES corresponde a un radio de 2.000 metros aproximadamente, donde destacan sectores con usos residenciales, industriales y de comercio, entre estos; Cantarrana, Población IANSA, Villa Todos Los Santos, etc.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Respecto al análisis de las emisiones atmosféricas en la fase de construcción, las principales emisiones y magnitud, están relacionadas a obras menores, donde se estableció que las emisiones atmosféricas están vinculadas a movimiento de tierra y funcionamiento de maquinaria, la cual es equivalente a 0,149 ton/año.

La duración de este impacto está acotada a dos meses y debido a la naturaleza de sus fuentes (móviles y difusas), la dispersión del material particulado y gases tiene un área de influencia acotado al sector de trabajo y caminos por donde circularán los vehículos al interior de la planta.  Se ejecutarán medidas de control de emisiones de MP por causa de tránsito de vehículos y movimiento de tierra, enfocadas principalmente en humectación de caminos, conforme se indica en el capítulo de normativa ambiental aplicable.

En tanto, las emisiones atmosféricas de la fase operación provienen de vehículos (combustión motores), tránsito por caminos no pavimentados y un grupo electrógeno. Las emisiones de MP y gases de motores de combustión interna (vehículos de empresas contratistas), están regulados por normas de emisión de vehículos motorizados, por lo que se realizará un registro, de modo de garantizar niveles de emisiones atmosféricas permitidas por las normas vigentes. 

Tanto en la puesta en marcha, operación normal y término de campaña se mantiene el tránsito asociado a insumos del Sistema de Tratamiento de RILES, principalmente lechada de cal, cal viva y desinfectantes (hipoclorito de calcio e hipoclorito de sodio). La duración total entre la puesta en marcha y término de campaña dura entre 6 a 8 meses (marzo a octubre).

Posteriormente existen actividades que generan emisiones atmosféricas asociadas a tránsito de vehículos durante la intercampaña (octubre a febrero) producto del transporte tierra IANSA, lodos e insumos tales como la lechada de cal y cal viva al interior del predio.

El grupo electrógeno (800 KVA) opera sólo en caso de emergencia y en hora punta desde marzo a octubre aproximadamente.

Para la emisión de MP a causa del tránsito en caminos industriales no pavimentados se procederá a la humectación de caminos, lo que permiten disminuir la proyección de partículas o resuspensión de MP. Finalmente debido a la baja magnitud, extensión y duración de la emisión de MP y gases de combustión de motores de vehículos, se descarta la posible superación de normas de calidad primaria de calidad del aire, toda vez que el proyecto se hace cargo preventivamente de la emisión de MP con medidas de control mediante humectación periódica. La duración de las emisiones atmosféricas será permanente durante la vida útil del proyecto, cuya magnitud en la fase operación son aproximadamente 0,96 ton MP10/año, emisiones vinculadas a tránsito de vehículos por caminos interiores de IANSA, según detalle de Estimación de Emisiones, el cual se presentó en el Anexo F de la DIA.

Durante las etapas del proyecto las emisiones serán controladas, tal y como se indicó en el CAPÍTULO 3. IMPACTOS AMBIENTALES: “Emisiones atmosféricas”, y lo indicado en el CAPITULO 5, sobre la normativa ambiental aplicable, asociada a las emisiones atmosféricas, acreditando según lo informó la Autoridad Sanitaria, la normativa ambiental aplicable.

De acuerdo a lo indicado en Adenda, respuesta 1.11.2., se comparó las emisiones estimadas de MP2,5, para cada fase del proyecto y el 5% del total de las emisiones de MP2,5 con la que Los Ángeles se declara zona saturada, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Fase del Proyecto

Emisión MP2,5 (ton/año)

5% inventario de Emisión MP2,5 año 2012 (ton/año)

Construcción

0,014
203,3
Operación
0,13
 

Como se observa en la tabla anterior la emisión de MP2,5 generada en cada fase del proyecto no sobrepasan el 5% del total de las emisiones. Por lo tanto, el proyecto no se considera susceptible de causar un impacto ambiental en el componente aire.

Debido al tipo de emisión descrito principalmente asociado a uso de generadores y al tránsito de vehículos considerando las respectivas medidas de control de estas emisiones, no hay influencia de relevancia sobre la línea de base de calidad del aire.

La comuna de Los Ángeles, está declarada zona saturada por MP2,5, sin embargo, aún no se cuenta con un Plan de Descontaminación Ambiental vigente que establezca medidas específicas.

De acuerdo a lo expuesto, no se prevén impactos sobre la componente ambiental de calidad de aire, a consecuencia de las obras y actividades del proyecto, no hay superación de ninguna norma y la población está fuera del área de influencia de la Planta de tratamiento de riles. Según lo anterior, en ninguno de los receptores discretos evaluados se supera la norma de calidad de referencia Technical Guidance Note IPPC H4 del Reino Unido, la cual establece un valor límite de 3 UOE/m3. Normativa de referencia que fue utilizada para verificar el impacto de las concentraciones de olor sobre los receptores sensibles. Se utilizó dicha norma debido a que regula actividades de procesos azucareros y utiliza el percentil 98, el cual tiene una relación directa con la molestia producida por olor.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El uso de suelo corresponde a Zona Rural, de acuerdo a la definición indicada en el Plano Regulador de Los Ángeles. Esta zonificación permite un NPC definido por las mediciones de ruido basal tanto en horario diurno como nocturno.

En la etapa de construcción las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de construcción sumada a la operación actual de la planta.  Los resultados se presentan a través de un mapa de ruido Figura 68 de la Adenda y valores modelados en torno al proyecto y la Tabla 77 se presenta el NPS equiv proyectado en los receptores cercanos durante la etapa de construcción más situación actual:

Punto (Receptor)

NPS eq

dB(A) Proyectado

Niveles Máximos
Permisibles
(7 a 21 horas) db(A)

Evaluación según D.S 38 Diurno

R1
14,6
57
CUMPLE
R2
19,3
56

CUMPLE

R3
21,8
55
CUMPLE
R4
17,7
51

CUMPLE

No obstante, las emisiones de ruido generadas por la ejecución de actividades de movimientos de tierra, son actividades temporales, que están acotadas a la duración de las actividades de acuerdo al cronograma de obras del proyecto, fase de construcción del proyecto.

Durante la fase de operación las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de Operación –sistema de tratamiento sumado la operación actual.

Para descartar la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente para el proyecto, se realizó un Estudio de Impacto Acústico, adjunto en el Anexo G de la DIA, determinándose que los niveles de ruido asociados al proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos por el D.S. N°38/2011 MMA en periodo diurno para la fase de construcción, operación y abandono en los receptores más cercanos evaluados.

Las fuentes de ruido correspondientes a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de Operación –Retiro de lodos sumada la operación actual, se presentaron a través de un mapa de ruido y valores tabulados, Figura N°70 de la Adenda del proyecto, resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto, según muestra la siguiente tabla:

NPS equiv. proyectado en los receptores cercanos durante la fase de Operación Retiro de lodos + situación actual

Punto (Receptor)

NPS eq

dB(A) Proyectado

Niveles Máximos
Permisibles
(7 a 21 horas) db(A)

Evaluación según D.S 38 Diurno

R1
16,2
57
CUMPLE
R2
21,2
56

CUMPLE

R3
23,7
55
CUMPLE
R4
19,4
51

CUMPLE

 

Respecto a la Puesta en Marcha, fase de operación del proyecto, se presentaron los resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto.

Específicamente las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de Operación –Puesta en marcha sumada la operación actual. En la figura N°71 de la Adenda se presenta el Mapa de Propagación sonora etapa de Operación-Puesta en Marcha más situación actual.

En la siguiente tabla se muestra los resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto.

NPS equiv. Proyectado en los receptores cercanos Etapa de Operación Puesta en Marcha más situación actual

Punto (Receptor)
NPS eq
dB(A) Proyectado

Niveles Máximos

Permisibles

(7 a 21 horas) db(A)

Niveles Máximos

Permisibles

(21 a 7 horas) db(A)

Evaluación según D.S 38 Diurno

Evaluación según D.S 38 Nocturno

R1
30,1
57
50
CUMPLE
CUMPLE
R2
35,2
56
50
CUMPLE
CUMPLE
R3
37,4
55
50
CUMPLE
CUMPLE
R4
33,5
51
50
CUMPLE
CUMPLE
 

De acuerdo a los niveles de ruido que genera el proyecto en las fases de construcción y operación respectivamente, comparados con los límites máximos del D.S. N°38/2011 MMA y el Estudio de Ruido que incorpora el ruido de fondo de la planta IANSAGRO y PTR operando, el proyecto da cuenta del cumplimiento de la normativa aplicable D.S.Nº38/2011 del MMA, en todas sus fases.

En base a lo anterior, el proyecto en ninguna de sus fases genera o presenta efecto sobre la población, dado que no supera los valores establecidos por la norma.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Exposición de contaminantes al suelo: Durante la fase de construcción no se generarán emisiones atmosféricas o efluentes líquidos que puedan contaminar el suelo, debido a que consisten en obras civiles simples que considera el uso de materiales inertes tales como, hormigón y áridos. Estas obras están alejadas de cuerpos de agua natural.

Los residuos serán manejados de forma apropiada según su naturaleza, de acuerdo a lo descrito en el permiso ambiental sectorial 140 aplicable al proyecto.

Las aguas servidas de los baños químicos serán manejadas por empresa externa con autorización sanitaria para su transporte y donde se exigirán los registros de disposición final. Con respecto a los residuos líquidos, tanto las aguas servidas como el manejo de los riles tendrán un sistema de tratamiento que acredite cumplir con las normas específicas para cada proceso y con aquellas normas técnicas y criterios agronómicos usadas como referencia. De acuerdo a lo anterior no existirá exposición de contaminantes al suelo y el proyecto no reviste riesgo para la salud de las personas.

Así mismo, la Autoridad Sanitaria se pronunció conforme respecto de los permisos y normativas asociadas al potencial riesgo sobre la salud de la población.

La operación del Sistema de Riles considera una serie de aspectos técnicos basados en datos operacionales de planta azucarera, datos físico-químicos de los residuos industriales líquidos, características de los equipos operativos, manejo de insumos, datos de medición de parámetros de cumplimiento a la salida del sistema, seguimiento organoléptico de operadores y supervisores, entre otros. En condiciones normales de operación no existe emisión de compuestos con potencial odorífero de las lagunas del sistema de tratamiento, las cuales cuentan con cobertura de arcilla de paredes y fondo. Como mecanismo de control se mantiene un seguimiento de emisión del gas ácido sulfhídrico e identificación sensorial de olor. Además, se incorporarán la selección y formación de grupo de panelistas de olor con participación de la comunidad.

Exposición de contaminantes al agua: Durante la fase de construcción no se utilizarán materiales, sustancias o se generarán residuos líquidos, sólidos o gaseosos que puedan contaminar las aguas, debido a que consisten en obras civiles simples que considera el uso de materiales inertes tales como hormigón y áridos. Los residuos serán manejados de forma apropiada según su naturaleza, de acuerdo a lo descrito en el permiso ambiental sectorial 140. Las aguas servidas de los baños químicos serán manejadas por empresa externa con autorización sanitaria para su transporte y donde se exigirán los registros de disposición final en sitio autorizado.

En la fase de operación y debido a que el proyecto se trata de mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes y como se ha especificado en la Descripción del proyecto, el complejo industrial se encuentra en operación desde el año 1953, el sistema de tratamiento de riles cuenta con resolución de la SISS Nº 1.743/2010, la cual estableció 12 parámetros, los que son medidos periódicamente, con el objeto de verificar que la planta cumple con los parámetros del D.S. Nº90/00 Tabla Nº 1. Según se ha corroborado con muestreos aguas abajo del área de mezcla de aguas tratadas con el estero Paillihue. Las aguas servidas de los 12 trabajadores serán tratadas por el sistema de alcantarillado particular, detallado en PAS 138, por tanto, no existirá contaminación de aguas superficiales ni subterráneas.  En la Tabla N° 57 de la DIA, se muestra los parámetros detallados en la resolución N°1.743/10 de la SISS.  Parámetros Control según N°1.743/10 de la SISS.

La Fase de operación incorpora la aplicación benéfica de tierra IANSA y lodos secundarios al suelo, utilizando para el correcto manejo y acumulación el sector sur, para lo cual se adjunta en la Adenda complementaria en el Anexo A2 el Plan de aplicación lodo secundario, Anexo B2 Plan de Aplicación tierra IANSA y Anexo C2 Plan de acumulación tierra IANSA, los cuales forman parte del presente informe.

El sector sur posee una superficie de 13 ha aproximadamente y se ubica a unos 500 m aproximadamente de la PTR. Coordenadas UTM WGS 84 H18 O 732331 N 5847056 (según detalle de coordenadas en Plan de Manejo)

En consideración a que el proyecto incorpora la aplicación benéfica de tierra IANSA y lodos al suelo, se utiliza como referencia el D.S. Nº 3 Reglamento para el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas, del Ministerio del Medio Ambiente, año 2012, el cual establece las condiciones y características que se deben considerar para aplicar al suelo, lodo proveniente del sistema de tratamiento. Las aguas de proceso que dan origen al lodo contienen principalmente tierra adosada a la remolacha (materia prima), según se describe en el capítulo 2.1 Procesos existentes en la planta azucarera que generan residuos industriales líquidos. El sistema de reutilización de agua considera la separación de sólidos cómo arenas, restos de remolacha y sólidos suspendidos sedimentables en equipos especializados ubicados en el patio de recepción. Estos equipos forman parte del proceso de recepción, debido a que su función es obtener agua para reutilización.

Por tanto, se descarta la contaminación del suelo, toda vez que existe un Plan de aplicación de la Tierra IANSA y lodos secundarios a suelos agrícolas utilizados por IANSA para el cultivo de remolacha de acuerdo a la información requerida en el D.S. Nº 3/12 MMA. Este plan de aplicación se actualizará todos los años y cumpliendo con la realización de análisis físico-químicos respectivos.

Anualmente  se presentará a la SMA (Superintendencia de Medio Ambiente) y al Servicio Agrícola y Ganadero un Plan de Aplicación de lodos secundarios al suelo agrícola de predios de IANSAGRO.

En caso de modificaciones del Plan de Aplicación, IANSA presentará éstas, al menos, un mes antes de su implementación. IANSAGRO será el responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas contenidas en dicho Plan, el cual contemplará, además de los datos que identifiquen al generador, para cada predio o potrero donde se efectuará la aplicación. En caso de no generar lodos secundarios se informará fundadamente en dicho documento a la SMA.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Todos los residuos generados tanto en las fases de construcción, operación y abandono serán manejados de acuerdo a las normas aplicables, según su característica y composición.

 

5.2.          Efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

 

Tabla 5.2 Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto ambiental

·       Emisión de material particulado y gases de combustión

·       Emisiones odorantes Operación de campaña completa

·       Tránsito de camiones, operación de grupo electrógeno

Existencia de población cuya salud pudiera verse afectada

El sitio donde se emplaza el proyecto se encuentra ubicado en una zona rural de acuerdo al Plan Regulador Comunal vigente de Los Ángeles.

De acuerdo al levantamiento de la caracterización sobre medio humano, se indica que el área de influencia de la Planta de Tratamiento de RILES corresponde a un radio de 2.000 metros aproximadamente, donde destacan sectores con usos residenciales, industriales y de comercio, entre estos; Cantarrana, Población IANSA, Villa Todos Los Santos, etc.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 5 del Reglamento del SEIA:

a) La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

Respecto al análisis de las emisiones atmosféricas en la fase de construcción, las principales emisiones y magnitud, están relacionadas a obras menores, donde se estableció que las emisiones atmosféricas están vinculadas a movimiento de tierra y funcionamiento de maquinaria, la cual es equivalente a 0,149 ton/año.

La duración de este impacto está acotada a dos meses y debido a la naturaleza de sus fuentes (móviles y difusas), la dispersión del material particulado y gases tiene un área de influencia acotado al sector de trabajo y caminos por donde circularán los vehículos al interior de la planta.  Se ejecutarán medidas de control de emisiones de MP por causa de tránsito de vehículos y movimiento de tierra, enfocadas principalmente en humectación de caminos, conforme se indica en el capítulo de normativa ambiental aplicable.

En tanto, las emisiones atmosféricas de la fase operación provienen de vehículos (combustión motores), tránsito por caminos no pavimentados y un grupo electrógeno. Las emisiones de MP y gases de motores de combustión interna (vehículos de empresas contratistas), están regulados por normas de emisión de vehículos motorizados, por lo que se realizará un registro, de modo de garantizar niveles de emisiones atmosféricas permitidas por las normas vigentes. 

Tanto en la puesta en marcha, operación normal y término de campaña se mantiene el tránsito asociado a insumos del Sistema de Tratamiento de RILES, principalmente lechada de cal, cal viva y desinfectantes (hipoclorito de calcio e hipoclorito de sodio). La duración total entre la puesta en marcha y término de campaña dura entre 6 a 8 meses (marzo a octubre).

Posteriormente existen actividades que generan emisiones atmosféricas asociadas a tránsito de vehículos durante la intercampaña (octubre a febrero) producto del transporte tierra IANSA, lodos e insumos tales como la lechada de cal y cal viva al interior del predio.

El grupo electrógeno (800 KVA) opera sólo en caso de emergencia y en hora punta desde marzo a octubre aproximadamente.

Para la emisión de MP a causa del tránsito en caminos industriales no pavimentados se procederá a la humectación de caminos, lo que permiten disminuir la proyección de partículas o resuspensión de MP. Finalmente debido a la baja magnitud, extensión y duración de la emisión de MP y gases de combustión de motores de vehículos, se descarta la posible superación de normas de calidad primaria de calidad del aire, toda vez que el proyecto se hace cargo preventivamente de la emisión de MP con medidas de control mediante humectación periódica. La duración de las emisiones atmosféricas será permanente durante la vida útil del proyecto, cuya magnitud en la fase operación son aproximadamente 0,96 ton MP10/año, emisiones vinculadas a tránsito de vehículos por caminos interiores de IANSA, según detalle de Estimación de Emisiones, el cual se presentó en el Anexo F de la DIA.

Durante las etapas del proyecto las emisiones serán controladas, tal y como se indicó en el CAPÍTULO 3. IMPACTOS AMBIENTALES: “Emisiones atmosféricas”, y lo indicado en el CAPITULO 5, sobre la normativa ambiental aplicable, asociada a las emisiones atmosféricas, acreditando según lo informó la Autoridad Sanitaria, la normativa ambiental aplicable.

De acuerdo a lo indicado en Adenda, respuesta 1.11.2., se comparó las emisiones estimadas de MP2,5, para cada fase del proyecto y el 5% del total de las emisiones de MP2,5 con la que Los Ángeles se declara zona saturada, de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Fase del Proyecto

Emisión MP2,5 (ton/año)

5% inventario de Emisión MP2,5 año 2012 (ton/año)

Construcción

0,014
203,3
Operación
0,13
 

Como se observa en la tabla anterior la emisión de MP2,5 generada en cada fase del proyecto no sobrepasan el 5% del total de las emisiones. Por lo tanto, el proyecto no se considera susceptible de causar un impacto ambiental en el componente aire.

Debido al tipo de emisión descrito principalmente asociado a uso de generadores y al tránsito de vehículos considerando las respectivas medidas de control de estas emisiones, no hay influencia de relevancia sobre la línea de base de calidad del aire.

La comuna de Los Ángeles, está declarada zona saturada por MP2,5, sin embargo, aún no se cuenta con un Plan de Descontaminación Ambiental vigente que establezca medidas específicas.

De acuerdo a lo expuesto, no se prevén impactos sobre la componente ambiental de calidad de aire, a consecuencia de las obras y actividades del proyecto, no hay superación de ninguna norma y la población está fuera del área de influencia de la Planta de tratamiento de riles. Según lo anterior, en ninguno de los receptores discretos evaluados se supera la norma de calidad de referencia Technical Guidance Note IPPC H4 del Reino Unido, la cual establece un valor límite de 3 UOE/m3. Normativa de referencia que fue utilizada para verificar el impacto de las concentraciones de olor sobre los receptores sensibles. Se utilizó dicha norma debido a que regula actividades de procesos azucareros y utiliza el percentil 98, el cual tiene una relación directa con la molestia producida por olor.

b) La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del Reglamento.

El uso de suelo corresponde a Zona Rural, de acuerdo a la definición indicada en el Plano Regulador de Los Ángeles. Esta zonificación permite un NPC definido por las mediciones de ruido basal tanto en horario diurno como nocturno.

En la etapa de construcción las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de construcción sumada a la operación actual de la planta.  Los resultados se presentan a través de un mapa de ruido Figura 68 de la Adenda y valores modelados en torno al proyecto y la Tabla 77 se presenta el NPS equiv proyectado en los receptores cercanos durante la etapa de construcción más situación actual:

Punto (Receptor)

NPS eq

dB(A) Proyectado

Niveles Máximos
Permisibles
(7 a 21 horas) db(A)

Evaluación según D.S 38 Diurno

R1
14,6
57
CUMPLE
R2
19,3
56

CUMPLE

R3
21,8
55
CUMPLE
R4
17,7
51

CUMPLE

No obstante, las emisiones de ruido generadas por la ejecución de actividades de movimientos de tierra, son actividades temporales, que están acotadas a la duración de las actividades de acuerdo al cronograma de obras del proyecto, fase de construcción del proyecto.

Durante la fase de operación las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de Operación –sistema de tratamiento sumado la operación actual.

Para descartar la superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente para el proyecto, se realizó un Estudio de Impacto Acústico, adjunto en el Anexo G de la DIA, determinándose que los niveles de ruido asociados al proyecto se encuentran por debajo de los límites establecidos por el D.S. N°38/2011 MMA en periodo diurno para la fase de construcción, operación y abandono en los receptores más cercanos evaluados.

Las fuentes de ruido correspondientes a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de Operación –Retiro de lodos sumada la operación actual, se presentaron a través de un mapa de ruido y valores tabulados, Figura N°70 de la Adenda del proyecto, resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto, según muestra la siguiente tabla:

NPS equiv. proyectado en los receptores cercanos durante la fase de Operación Retiro de lodos + situación actual

Punto (Receptor)
NPS eq
dB(A) Proyectado
Niveles Máximos
Permisibles
(7 a 21 horas) db(A)
Evaluación según D.S 38 Diurno
R1
16,2
57
CUMPLE
R2
21,2
56

CUMPLE

R3
23,7
55
CUMPLE
R4
19,4
51

CUMPLE

 

Respecto a la Puesta en Marcha, fase de operación del proyecto, se presentaron los resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto.

Específicamente las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y herramientas involucradas en las actividades de Operación –Puesta en marcha sumada la operación actual. En la figura N°71 de la Adenda se presenta el Mapa de Propagación sonora etapa de Operación-Puesta en Marcha más situación actual.

En la siguiente tabla se muestra los resultados de los niveles de ruido modelados en torno al proyecto.

NPS equiv. Proyectado en los receptores cercanos Etapa de Operación Puesta en Marcha más situación actual

Punto (Receptor)
NPS eq
dB(A) Proyectado

Niveles Máximos

Permisibles

(7 a 21 horas) db(A)

Niveles Máximos

Permisibles

(21 a 7 horas) db(A)

Evaluación según D.S 38 Diurno

Evaluación según D.S 38 Nocturno

R1
30,1
57
50
CUMPLE
CUMPLE
R2
35,2
56
50
CUMPLE
CUMPLE
R3
37,4
55
50
CUMPLE
CUMPLE
R4
33,5
51
50
CUMPLE
CUMPLE
 

De acuerdo a los niveles de ruido que genera el proyecto en las fases de construcción y operación respectivamente, comparados con los límites máximos del D.S. N°38/2011 MMA y el Estudio de Ruido que incorpora el ruido de fondo de la planta IANSAGRO y PTR operando, el proyecto da cuenta del cumplimiento de la normativa aplicable D.S.Nº38/2011 del MMA, en todas sus fases.

En base a lo anterior, el proyecto en ninguna de sus fases genera o presenta efecto sobre la población, dado que no supera los valores establecidos por la norma.

c) La exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores.

Exposición de contaminantes al suelo: Durante la fase de construcción no se generarán emisiones atmosféricas o efluentes líquidos que puedan contaminar el suelo, debido a que consisten en obras civiles simples que considera el uso de materiales inertes tales como, hormigón y áridos. Estas obras están alejadas de cuerpos de agua natural.

Los residuos serán manejados de forma apropiada según su naturaleza, de acuerdo a lo descrito en el permiso ambiental sectorial 140 aplicable al proyecto.

Las aguas servidas de los baños químicos serán manejadas por empresa externa con autorización sanitaria para su transporte y donde se exigirán los registros de disposición final. Con respecto a los residuos líquidos, tanto las aguas servidas como el manejo de los riles tendrán un sistema de tratamiento que acredite cumplir con las normas específicas para cada proceso y con aquellas normas técnicas y criterios agronómicos usadas como referencia. De acuerdo a lo anterior no existirá exposición de contaminantes al suelo y el proyecto no reviste riesgo para la salud de las personas.

Así mismo, la Autoridad Sanitaria se pronunció conforme respecto de los permisos y normativas asociadas al potencial riesgo sobre la salud de la población.

La operación del Sistema de Riles considera una serie de aspectos técnicos basados en datos operacionales de planta azucarera, datos físico-químicos de los residuos industriales líquidos, características de los equipos operativos, manejo de insumos, datos de medición de parámetros de cumplimiento a la salida del sistema, seguimiento organoléptico de operadores y supervisores, entre otros. En condiciones normales de operación no existe emisión de compuestos con potencial odorífero de las lagunas del sistema de tratamiento, las cuales cuentan con cobertura de arcilla de paredes y fondo. Como mecanismo de control se mantiene un seguimiento de emisión del gas ácido sulfhídrico e identificación sensorial de olor. Además, se incorporarán la selección y formación de grupo de panelistas de olor con participación de la comunidad.

Exposición de contaminantes al agua: Durante la fase de construcción no se utilizarán materiales, sustancias o se generarán residuos líquidos, sólidos o gaseosos que puedan contaminar las aguas, debido a que consisten en obras civiles simples que considera el uso de materiales inertes tales como hormigón y áridos. Los residuos serán manejados de forma apropiada según su naturaleza, de acuerdo a lo descrito en el permiso ambiental sectorial 140. Las aguas servidas de los baños químicos serán manejadas por empresa externa con autorización sanitaria para su transporte y donde se exigirán los registros de disposición final en sitio autorizado.

En la fase de operación y debido a que el proyecto se trata de mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes y como se ha especificado en la Descripción del proyecto, el complejo industrial se encuentra en operación desde el año 1953, el sistema de tratamiento de riles cuenta con resolución de la SISS Nº 1.743/2010, la cual estableció 12 parámetros, los que son medidos periódicamente, con el objeto de verificar que la planta cumple con los parámetros del D.S. Nº90/00 Tabla Nº 1. Según se ha corroborado con muestreos aguas abajo del área de mezcla de aguas tratadas con el estero Paillihue. Las aguas servidas de los 12 trabajadores serán tratadas por el sistema de alcantarillado particular, detallado en PAS 138, por tanto, no existirá contaminación de aguas superficiales ni subterráneas.  En la Tabla N° 57 de la DIA, se muestra los parámetros detallados en la resolución N°1.743/10 de la SISS.  Parámetros Control según N°1.743/10 de la SISS.

La Fase de operación incorpora la aplicación benéfica de tierra IANSA y lodos secundarios al suelo, utilizando para el correcto manejo y acumulación el sector sur, para lo cual se adjunta en la Adenda complementaria en el Anexo A2 el Plan de aplicación lodo secundario, Anexo B2 Plan de Aplicación tierra IANSA y Anexo C2 de la misma Adenda, Plan de acumulación tierra IANSA, los cuales forman parte del presente informe.

El sector sur posee una superficie de 13 ha aproximadamente y se ubica a unos 500 m aproximadamente de la PTR. Coordenadas UTM WGS 84 H18 O 732331 N 5847056 (según detalle de coordenadas en Plan de Manejo)

En consideración a que el proyecto incorpora la aplicación benéfica de tierra IANSA y lodos al suelo, se utiliza como referencia el D.S. Nº 3 Reglamento para el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas, del Ministerio del Medio Ambiente, año 2012, el cual establece las condiciones y características que se deben considerar para aplicar al suelo, lodo proveniente del sistema de tratamiento. Las aguas de proceso que dan origen al lodo contienen principalmente tierra adosada a la remolacha (materia prima), según se describe en el capítulo 2.1 de la DIA, Procesos existentes en la planta azucarera que generan residuos industriales líquidos. El sistema de reutilización de agua considera la separación de sólidos cómo arenas, restos de remolacha y sólidos suspendidos sedimentables en equipos especializados ubicados en el patio de recepción. Estos equipos forman parte del proceso de recepción, debido a que su función es obtener agua para reutilización.

Por tanto, se descarta la contaminación del suelo, toda vez que existe un Plan de aplicación de la Tierra IANSA y lodos secundarios a suelos agrícolas utilizados por IANSA para el cultivo de remolacha de acuerdo a la información requerida en el D.S. Nº 3/12 MMA. Este plan de aplicación se actualizará todos los años y cumpliendo con la realización de análisis físico-químicos respectivos.

Anualmente  se presentará a la SMA (Superintendencia de Medio Ambiente) y al Servicio Agrícola y Ganadero un Plan de Aplicación de lodos secundarios al suelo agrícola de predios de IANSAGRO.

En caso de modificaciones del Plan de Aplicación, IANSA presentará éstas, al menos, un mes antes de su implementación. IANSAGRO será el responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas contenidas en dicho Plan, el cual contemplará, además de los datos que identifiquen al generador, para cada predio o potrero donde se efectuará la aplicación. En caso de no generar lodos secundarios se informará fundadamente en dicho documento a la SMA.

d) La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Todos los residuos generados tanto en las fases de construcción, operación y abandono serán manejados de acuerdo a las normas aplicables, según su característica y composición.

 
 

5.3.          Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Tabla 5.3 Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto ambiental

Impacto en el transporte y circulación en las rutas viales y accesos considerados por el proyecto.

Existencia de grupos humanos en el área de influencia

La planta de Riles se emplaza dentro del fundo Paillihue de de una superficie de 197 ha, circunscrito la PTRiles en 13 ha de propiedad de IANSAGRO, cuyas partes y obras están localizadas en el dicho predio privado y no tienen relación con caminos o zonas públicas que pudieran obstruir o restringir la libre circulación, conectividad o aumentar su tiempo de desplazamiento.

La modificación se trata de una optimización de los procesos al interior de la ya existente planta de tratamiento. Las actividades relacionadas al transporte de partes, equipos e insumos estarán restringidas al tránsito por caminos públicos de tuición de vialidad y para lo cual se exigirá a los contratistas el cumplimiento de las normas de tránsito.

Conforme a lo indicado en la Adenda, la fase de construcción, se estima un numero de 63 camiones (3 camiones diarios aproximadamente), lo cual no constituye una alteración significativa para los grupos humanos que habitan en el área de influencia de la Planta de Tratamiento de RILES y en la comuna de Los Ángeles, en consecuencia, no se considera un aporte sustancial al tránsito vehicular de la comuna, así como tampoco constituye una fuente de congestión que genere cortes o desvíos de tránsito.

Para la caracterización de la componente de Medio Humano se efectuó un levantamiento de información en terreno, correspondiente al Anexo J de la DIA, Línea de Base de Medio Humano a objeto de evaluar si el proyecto generará los efectos considerados en el presente literal,

Los resultados obtenidos de la línea de base de componente humano, concluyen que:

- El proyecto no interviene, no usa y no restringe el acceso de los habitantes del área de influencia o de la comuna de Los Ángeles a los recursos naturales utilizados como sustento económico o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

- Mediante el estudio de Medio Humano se pudo determinar que no se expresan usos relevantes de recursos naturales, ya que la mayoría de los residentes se dedican principalmente a la prestación de servicios derivados del sector industrial y de los servicios públicos, no existe en su mayoría una dependencia económica de algún recurso natural del territorio.

- En tanto a los usos medicinales, espirituales o culturales de los recursos naturales, mediante las entrevistas realizadas no se identificaron restricciones debido a que todo el proyecto se enmarca bajo predios privados (tanto por parte de los predios donde se emplazan las piscinas, como en los lugares donde residen los receptores) con escaso recurso natural debido a las características geográficas del lugar. En consecuencia, los usos medicinales, espirituales o culturales que puedan existir se circunscriben a predios privados particulares de cada uno de los receptores.

Reasentamiento de comunidades humanas

Dada las características del proyecto y su ubicación, el proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en consideración a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del SEIA:

a) La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural.

En el área de influencia del proyecto no existen recursos naturales de interés económico, medicinal o espiritual de interés de las comunidades.

b) La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.

La planta de Riles posee límites definidos, cuyas partes y obras están insertos en un polígono privado y no tienen relación con caminos o zonas públicas que pudieran obstruir o restringir la libre circulación, conectividad o aumentar su tiempo de desplazamiento. Por tanto, el presente proyecto se trata de una optimización de los procesos al interior de la ya existente planta de tratamiento.

Las actividades relacionadas al transporte de partes, equipos e insumos estarán restringidas al tránsito por caminos públicos de tuición de vialidad y para lo cual se les exigirán a los contratistas el cumplimiento de las normas de tránsito. En particular, respecto sobre un eventual impacto sobre el flujo vehicular durante la etapa de construcción que se estima en un mes aproximadamente, éste no será mayor al flujo ya existente debido a la operación cotidiana de la planta IANSA. En consecuencia, se concluye que el número de viajes asociado no constituye una alteración significativa para los grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto y en ningún caso se obstaculizarán las vías, ni tampoco se aumentarán los tiempos de desplazamiento significativamente para los residentes del lugar.

El proyecto no implica en ninguna de sus fases actividades que generen obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento.  

El proyecto no considera la modificación de rutas, huellas o senderos existentes.

c) La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

El proyecto no altera el acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica disponible en su área de influencia. Se considera la optimización de la planta de tratamiento lo que permitirá mejorar los procesos de gestión industrial interna a través del cumplimiento de la normativa ambiental, en consecuencia, se mejorará la calidad de vida los residentes aledaños.

Las labores de optimización de la Planta de tratamiento de Riles se realizan en una zona rural, circunscritas al Fundo Paillihue, donde las poblaciones o sectores poblados, escuelas o centros de salud que puedan verse afectados directamente por el proyecto en particular, se encuentran alejados del recinto, por lo que no se alterará el libre acceso ni el flujo de personas y familias hacia los servicios de salud y educación que se ubican en el centro de la comuna.

El proyecto en cuestión, en cualquiera de sus fases, no contempla la alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica.

d) La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo.

La optimización de la planta de tratamiento de Riles no significará una dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios de los habitantes del área de influencia o de la comuna de Los Ángeles.

Al mismo tiempo, el mejoramiento no afecta los sentimientos de arraigo o la cohesión social de los grupos humanos analizados en este proyecto, dado lo acotado del proyecto. Debido a la escasa población residente del lugar contigua a la Planta de Riles y la lejanía con la zona más poblada de la comuna de Los Ángeles, no se identificaron elementos que pudieron determinar un sentimiento de arraigo, ni tampoco de cohesión social con sentido de pertenencia. El área en que está inserta la planta, se trata de una zona donde históricamente se han desarrollado actividades agroindustriales, de modo que la optimización de la Planta IANSAGRO no interfiere con ninguna actividad productiva ni social, de las que se desarrollan actualmente en los sectores poblados aledaños.

De acuerdo con la información de medio humano indicada en el Anexo J y Anexo M de la DIA y Adenda respectivamente, el proyecto se emplaza en una zona que no es sitio de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de grupos humanos.

Para los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas, además de las circunstancias señaladas precedentemente, se considerará la duración y/o magnitud de la alteración en sus formas de organización social particular.

Según lo identificado en el Anexo J de la DIA y Anexo M de la Adenda, el proyecto se encuentra alejado de las áreas o sitios de ejercicios o manifestaciones de tradiciones culturales o de intereses comunitarios y que, de acuerdo a lo señalado en el referido capítulo, actualmente no existen comunidades indígenas.

 
 

5.4.          Localización y valor ambiental del territorio

Tabla 5.4 Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar

Impacto ambiental

El área de influencia del proyecto se encuentra intervenida por actividades asociadas al funcionamiento de la planta azucarera IANSA desde su puesta en marcha el año 1953. Es por lo anterior que el área de influencia no presenta formaciones naturales que presenten características de unicidad, escasez o representatividad.

Existencia de poblaciones protegidas

Respecto a Poblaciones Protegidas y según se indica en el Anexo J de la DIA Estudio Medio Humano y su información complementaria presentada en el Anexo M de la Adenda, no se identificó la presencia de comunidades indígenas o la práctica en el área de influencia del proyecto, de expresiones culturales propias de los pueblos indígenas.

En este sentido, y de acuerdo se informa en el Anexo M de la Adenda, las entrevistas realizadas y la recolección de información secundaria con autoridades locales y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI), en el área de influencia del proyecto, no existe presencia de comunidades mapuches o pueblos originarios reconocidos o protegidos por el Estado, que desarrollen actividades propias de su cultura dentro del área de influencia del proyecto con motivos religiosos, medicinales o recreativos.

Existencia de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares y zona con valor ambiental

De acuerdo a la revisión de información bibliográfica así como de los antecedentes recopilados en las campañas de terreno, no existen áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental en el área de influencia del proyecto, tal como se observa en la Figura Nº16 de la DIA, Áreas protegidas Región del Biobío.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en consideración a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA.

Susceptibilidad de afectar poblaciones protegidas, considerando la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan.

En el área de influencia del proyecto, no se determinó presencia de poblaciones protegidas, Anexo J Estudio Medio Humano, vinculada a la zona del proyecto ni al Área de Influencia del mismo.

Por otra parte, en el entorno directo del emplazamiento del proyecto no se evidencia presencia de personas que pertenezcan a alguna etnia, ni lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano.

Susceptibilidad de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar.

De acuerdo a los antecedentes recopilados tanto en las campañas de terreno y sus resultados que justifican la inexistencia de aquellos efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la ley que puedan dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental, sumado al análisis bibliográfico y considerando las características del proyecto, se concluye el proyecto no producirá los efectos que se señalan en el presente literal, en las áreas con valor ambiental identificadas con anterioridad.

Respecto a las áreas protegidas y sitios prioritarios y conforme se indica en la DIA, Anexo J y Anexo M de la Adenda, Estudio de Medio Humano, no se identifican áreas de interés antropológico o zonas protegidas y sitios prioritarios relacionadas por los habitantes en el área de influencia del proyecto.

Acorde al análisis realizado, se concluye que en el área de influencia de la planta y sus modificaciones, no se determinó la presencia de recursos susceptibles de ser afectados, y dadas las características del proyecto, se indica que no se producirá los efectos que se señalan en el presente literal.

5.5.          Valor paisajístico o turístico

Tabla 5.5 Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto ambiental

-     Alteración del Paisaje

-     Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico

Existencia de valor turístico

El sector donde se emplaza el proyecto no presenta atributos con valor paisajístico o turístico. La ubicación de la planta, se encuentra en un área ya intervenida, en el cual se desarrollan actividades industriales, con usos de suelo residenciales y agrícolas en sus inmediaciones, donde existe evidencia de atractivos, circuitos y zonas turísticas, no presentando efectos sobre áreas sensibles con valor turístico.

Lo anterior teniendo en consideración la alta intervención antrópica en el área, la cual se observa en forma primaria a través de las extensiones de superficie destinadas a la agricultura y usos residencial. Asimismo, se observa un desarrollo de actividad industrial en el área asociada a la actividad agrícola del área.

En el área de influencia del proyecto no existen zonas con valor turístico, de acuerdo a lo informado en los Anexos J de la DIA y Anexo M de la Adenda, se concluye que no existen emprendimientos turísticos en las inmediaciones de la planta o en el área de influencia descrita.  No hay presencia de algún atractivo turístico reconocido por el SERNATUR.

Tal como se indica en este artículo, el valor turístico de una zona está estrechamente relacionado con el valor paisajístico, cultural y/o patrimonial de la misma y la atracción de flujos de turistas hacia ella, cuestión que para el sector donde se emplaza la planta se descarta, ya que solo existen usos de suelo residenciales y agrícolas en sus inmediaciones. Por tanto, la operación de la planta no interfiere en absoluto con ninguna actividad derivada del turismo.

Existencia de valor paisajístico

La zona donde se emplaza el proyecto, no posee una calidad única y representativa, en términos de valor paisajístico, ya que teniendo en consideración los lineamientos de la “Guía de Evaluación del Valor Paisajístico en el SEIA”, en el Anexo M de la Adenda, se estableció que el área de influencia del proyecto no tiene valor paisajístico.

Respecto a la zona en que se emplaza la planta, presenta una naturalidad paisajística ampliamente intervenida con actividad antrópica y sectores rurales habitacionales, por lo que se concluye que en el sector donde se emplaza Sistema de Tratamiento de RILes, no existen zonas de valor paisajístico de las cuales se pueda obstruir la visibilidad. No se registraron emprendimientos turísticos de ningún tipo en el área de influencia, de acuerdo a lo informado en el Anexo M de la Adenda del proyecto.

De justificar que en el área o espacio geográfico no existe valor paisajístico ni turístico, se descarta de plano la generación de una alteración significativa de dichos valores.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona, en consideración a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA:

a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico.

De acuerdo a los antecedentes descritos en el Anexo J de la DIA y Anexo M de la Adenda, la zona donde se emplaza la planta, no posee una calidad única y representativa en términos de valor paisajístico.

A su vez, la existencia de la planta no altera en términos de magnitud los atributos paisajísticos de la zona, toda vez que la superficie donde se emplazan las instalaciones de la planta de riles, corresponde a un área que presenta alta intervención antrópica, por lo que no se obstruirá la visual del paisaje circundante al proyecto.

b) La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico.

Dado el área de emplazamiento de la planta, en la cual el paisaje del entorno se encuentra intervenido con actividad antrópica y sectores rurales habitacionales,  no se obstruirá visualmente el paisaje del entorno, por lo cual no generará una alteración significativa del valor paisajístico de la zona, así como tampoco el proyecto interfiere con los atributos estructurales o estéticos del paisaje, tal como se indican en el Anexo J de la DIA y Anexo M de la Adenda.

La duración o magnitud en que se obstruya el acceso o se alteren zonas con valor turístico.

Conforme a los antecedentes expuestos en los puntos a) y b), el proyecto no obstruye en términos de duración o magnitud el acceso o altera la zona con valor turístico.

5.6.          Alteración del patrimonio cultural

Tabla 5.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto ambiental

Alteración de sitios de tipo arqueológico.

Existencia de monumentos sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En consideración al área intervenida por la existencia previa de la planta de Riles y dado que las modificaciones propuestas en la DIA, se realizarán dentro de las instalaciones existentes de la planta de rieles, el titular señaló que no hay evidencias patrimoniales correspondientes a sitios, concentraciones o hallazgos arqueológicos. Asimismo, el titular señaló que no se consideran realizar excavaciones o intervenciones fuera del predio intervenido por la operación de la planta de tratamiento de Riles.

No obstante lo anterior, en el caso que se detecte la presencia de restos culturales antropoarqueológicos o históricos subsuperficiales durante la fase de construcción del proyecto, se procederá de acuerdo con lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20º y 23º de su Reglamento, con el propósito de diseñar y realizar actividades de salvataje arqueológico adecuadas.

De justificarse que en el área o espacio geográfico no existe patrimonio cultural, se descarta de plano la generación o presencia de una alteración de dicho patrimonio.

Los siguientes antecedentes justifican que el proyecto o actividad no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en consideración a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento del SEIA:

a) La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288.

De acuerdo a lo informado por el titular en la DIA, punto 4.2.6 Alteración al patrimonio cultural, no se contempla remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar o intervenir en ninguna forma algún monumento nacional de aquellos definidos por la Ley N°17.288, CMN, lo anterior, en consideración a que las partes, obras y acciones del proyecto se ejecutarán en terrenos ya intervenidos por la planta.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N°17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto, conforme se detalla en el plan de cumplimiento normativo.

b) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena.

En el área donde se localiza el proyecto no se identifican lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural de la zona, incluyendo el patrimonio cultural indígena. Cabe señalar que según lo señalado en el Anexo J de la DIA y Anexo M de la Adenda, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.

c) La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente a los grupos humanos indígenas.

En el sitio en que se emplazará el proyecto no se ha evidenciado que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Lo anterior, según lo señalado en el Anexo J Medio Humano de la DIA y Anexo M de la Adenda, el proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena o pueblos indígenas.

6.      Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 
6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS
 

El permiso ambiental sectorial de contenido únicamente ambiental aplicable al proyecto es el siguiente:

 
6.1.1           Permiso Ambiental Sectorial Mixto 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Operación
Parte, obra o acción a la que aplica.

El tratamiento de las aguas servidas se realizará mediante una fosa séptica, que corresponde a un sistema de tratamiento primario de aguas residuales domésticas. Consiste en una cámara estanca que retiene las aguas servidas por un periodo determinado, para separar y depurar la materia sólida, degradando los desechos orgánicos.

Las aguas servidas generadas por la utilización de los servicios higiénicos habilitados durante la fase de operación del proyecto, serán recolectadas mediante tuberías de acuerdo al cálculo de ingeniería y caudales generados.

El sistema de recolección será impermeable, conformado por una red de tuberías de PVC normal y sanitario, que permitirá conducir las aguas servidas hasta la fosa séptica y posteriormente, a los drenes de infiltración.

Una vez que las aguas servidas han sido tratadas, serán infiltradas mediante drenes de filtración, para lo que se aprovecha la condición natural permeable de los suelos, incorporando las aguas servidas al subsuelo.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No se establecen condiciones al PAS.

Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento se detallan en el punto 6.4 de la DIA.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud mediante Of. Ord. N°913 de fecha 17 de abril de 2017, se pronuncia conforme sobre la Adenda N° 1 del proyecto, indicando lo siguiente: “El titular entrega los antecedentes y da cumplimiento al Permiso ambiental sectorial 138”.

6.1.2        Permiso Ambiental Sectorial Mixto 139: Permiso para la construcción reparación modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros.
Fase del proyecto a la cual corresponde.

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

El proyecto contempla modificar y mejorar el sistema de tratamiento y disposición de RILes que actualmente existe en la planta, con el objeto de optimizarlo y poder manejar adecuadamente la totalidad de residuos líquidos generados.

El Sistema de Tratamiento de Riles está conformado por lagunas de decantación considerado como el tratamiento primario y lagunas aireadas como tratamiento secundario. El proyecto incorpora mejoras en tres niveles: operacionales, tecnológicos y estructurales.

La planta genera dos corrientes de residuos industriales líquidos, donde el principal caudal (800 a 1.000m3/h) proviene del agua de enfriamiento de las columnas barométricas de refinería, que además recibe condensados y aguas de procesos. Esta corriente es de baja carga orgánica y bajo contenido de sólidos suspendidos. En segundo lugar, se genera un caudal (200 m3/h) de RILes proveniente de la recepción, lavado y transporte interno de remolacha, previo a su procesamiento. Esta corriente incluye el flujo (37 m3/h) proveniente de los equipos de abatimiento de material particulado de las calderas y secadores de cosecha. Esta corriente posee concentraciones relevantes de carga orgánica y sólidos suspendidos. Por lo tanto, el efluente total del sistema de tratamiento corresponde a aproximadamente 1200 m3/h.

El agua tratada en el sistema de tratamiento es conducida por un acueducto de hormigón, hacia punto de descarga oficial, donde se mide el caudal de forma continua conforme a lo establecido en la resolución de la SISS. Nº N°1743 del año 2010, la cual estableció 12 parámetros los que son medidos periódicamente cumpliendo con el D.S. Nº 90 tabla Nº 1. En la siguiente tabla se muestra las coordenadas de ubicación del punto de descarga:

Ubicación del punto de descarga en coordenadas en UTM WGS 84 Huso18:

Parte, obra u acción

Coordenada Este (m)

Coordenada Norte (m)

Punto de descarga
tratamiento RILes

732854.00 m E
5847176.00 m S

Posteriormente el agua es conducida por un acueducto de tierra, al interior de los predios de IANSA hasta el estero Paillihue.

El diseño del sistema de tratamiento y el respectivo diagrama de flujo se detalla en el ítem 2.3.1 de la DIA del proyecto.

En tanto, los procesos en los que se generan los residuos líquidos de la planta azucarera se describen en punto 2.1 de la DIA.

El cuerpo receptor, Estero Paillihue posee una longitud de 19 km aproximadamente y forma parte de la densa red hídrica de la cuenca del Río Biobío. Los usos del recurso hídrico del estero son principalmente industriales y agrícolas.

El detalle del manejo y plan de aplicación tierra IANSA se encuentra descrito en el Anexo A2 y B2 de la Adenda Complementaria del proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No se establecen condiciones al PAS.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud mediante Of. Ord. N°913 de fecha 17 de abril de 2017, se pronuncia conforme sobre la Adenda N° 1 del proyecto, indicando lo siguiente: “El titular entrega los antecedentes y da cumplimiento al Permiso ambiental sectorial 139”.

6.1.3        Permiso Ambiental Sectorial Mixto 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Fase construcción: Todas las acciones.

Fase operación: Mantenciones preventivas y correctivas.

Durante el proceso de evaluación ambiental el titular presentó la caracterización de los residuos estimados para todas las fases involucradas en el proyecto, así como su manejo y disposición final, según lo siguiente:

Residuos asimilables a domiciliarios: Estos serán almacenados en contenedores resistentes con una capacidad de 200 litros.

Residuos industriales no peligrosos: Los contenedores asociados a los residuos industriales no peligrosos tienen una capacidad de 200 litros cada uno. En cuanto a la Tierra IANSA se considera que su almacenamiento son las mismas lagunas dado que parte del proceso es que éstas se sequen para su posterior destino y aplicación en algunos sectores del Fundo Paillihue. El volumen de las lagunas es de 19.000 m3.

Residuos peligrosos: La capacidad máxima de almacenamiento de la bodega de residuos peligrosos es de 33 m2 aproximadamente, la que será utilizada tanto para etapa de construcción operación y abandono, cabe destacar que se utilizará la actual bodega de residuos peligrosos de la planta azucarera la cual cuenta con resolución N°3.572/2007 otorgada por MINSAL.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No se establecen condiciones al PAS.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Salud mediante Of. Ord. N°913 de fecha 17 de abril de 2017, se pronuncia conforme sobre la Adenda N° 1 del proyecto, indicando lo siguiente: “El titular entrega los antecedentes y da cumplimiento al Permiso ambiental sectorial 140”.

6.1.4        Permiso Ambiental Sectorial Mixto 155: Permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas. El permiso para la construcción de ciertas obras hidráulicas, será el establecido en el artículo 294 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas. El requisito para su otorgamiento consiste en no producir contaminación de las aguas.
Fase del proyecto a la cual corresponde.
Fase operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.

Zona de piscinas de acumulación para recepción de residuos y el desarrollo del proceso de abatimiento de la Planta Iansa, entre el Canal Candelaria y Estero Paillihue (Anexo E1 de la Adenda del proyecto)

Respecto a estas modificaciones, se caracterizó los aspectos técnicos y de funcionamiento actuales de la laguna LA-3, que tiene un volumen total de 64.295 m3, respecto a los requerimientos del PAS 155 para embalses de más de 50.000 m3.

La función principal de LA-3 es otorgar mayor tiempo de residencia hidráulico y eventualmente sedimentar algunos sólidos suspendidos que no hayan sido retenidos en el sedimentador secundario LA-1 y la laguna LA-2. Las lagunas fueron habilitadas el año 2006 y actualmente están en funcionamiento. El objetivo de la laguna LA-3 es recibir aguas tratadas. Las lagunas poseen un revestimiento de arcilla compactada, asegurando impermeabilidad de las obras.

IANSAGRO cuenta con resolución SISS Nº 1.743/2010, la cual se adjuntó en el Anexo K de la DIA, la que establece el Programa de monitoreo de calidad del efluente, el cual consiste en un seguimiento de indicadores físicos, químicos y bacteriológicos. Dicha Resolución SISS fija un punto de descarga y reconoce el cuerpo receptor como el Estero Paillihue.

El sistema de tratamiento de Riles, incluido la LA-3, no recibirá caudal adicional o distinto en su calidad al señalado en la resolución SISS Nº 1.743/2010, ya que el proyecto tiene como objeto regularizar las instalaciones existentes e incorporar mejoras al sistema actual con obras descritas en la DIA y no aumenta o varía el tipo y caudal de los residuos industriales.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No se establecen condiciones al PAS.

Los contenidos del PAS se detallan en el Anexo E1 de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

La DGA, Región del Biobío mediante Of. Ord. N°610 de fecha 17 de abril de 2017, se pronuncia conforme sobre la Adenda N° 1 del proyecto, indicando lo siguiente: “En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el titular para la obra de embalse LA-3, este servicio se pronuncia conforme respecto de los antecedentes presentados por el titular en relación al PAS del artículo 155 del D.S. N°40 del 2012 del MMA”.

6.1.5        Permiso Ambiental Sectorial Mixto 156: Permiso para efectuar modificaciones de cauce, será el establecido en el artículo 41 e inciso 1° del artículo 171 del Decreto con Fuerza de Ley N°1.122, de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas, siempre que no se trate de obras de regularización o defensa de cauces naturales.
Fase del proyecto a la cual corresponde.

Fase operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Modificación cauce canal artificial Candelaria: El proyecto contempla siete puntos de modificación de cauce en el canal artificial Candelaria, que se describieron en la Tabla 16 y se presentaron en las figuras 7 y 8 de la Adenda 1 del proyecto:

1. Modificaciones de cauce a canal Candelaria:

Modificación
Obras
MC 1
Puente
MC 2

Tubería en voladizo

MC 3

Pasarela y tubería en voladizo

MC 4
Puente
MC 5

Descarga excedentes riego

MC 6
Canoa
MC 7
Puente
 

2. Modificación del cauce estero Paillihue: No existen obras al interior del cauce natural Estero Paillihue, por tanto, no se requiere presentar los antecedentes relacionados al permiso ambiental sectorial 156.

Según consta en resolución SISS Nº 1.743/2010 (Anexo K de la DIA), que establece el Programa de monitoreo de calidad del efluente, el cual consiste en un seguimiento de indicadores físicos, químicos y bacteriológicos. Dicha Resolución SISS fija un punto de descarga y reconoce el cuerpo receptor como el Estero Paillihue.

El punto de descarga no se modifica por el proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

No se establecen condiciones al PAS.

En el Anexo F1 de la Adenda N°1 del proyecto.
Pronunciamiento del órgano competente.

La DGA, Región del Biobío mediante Of. Ord. N°610 de fecha 17 de abril de 2017, se pronuncia conforme sobre la Adenda N° 1 del proyecto, indicando lo siguiente: “En relación con los antecedentes técnicos y formales presentados por el titular para las obras de construcción de 3 puentes, 2 tuberías, 1 pasarela, 1 descarga y 1 canoa en el cauce del Canal Candelaria, este servicio se pronuncia conforme respecto de los antecedentes presentados por el titular en relación al PAS del artículo 156 del D.S. N°40 del 2012 del MMA”.

6.1.6        Permiso Ambiental Sectorial Mixto 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. 
Fase del proyecto a la cual corresponde.

Fase construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Obras permanentes y temporales.

 
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el Anexo L de la DIA, se presentó la vista en planta y siluetas de la elevación de las edificaciones del proyecto.

De acuerdo a lo anterior, el proyecto comprende las siguientes instalaciones proyectadas permanentes:  

-          Una cámara de mezcla con 16,00 m2, lo que hace un total de 166,10 m2, para construcciones permanentes y proyectadas.

Pronunciamiento del órgano competente.

La SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, mediante Of. Ord. N°2355 de fecha 15 de septiembre de 2016, se pronuncia conforme sobre la DIA del proyecto, indicando lo siguiente: “La superficie total del proyecto según los antecedentes adjuntos en el anexo L (arquitectura esquemática y siluetas), considera 150,10 m2, que son construcciones permanentes existentes. Las instalaciones permanentes del proyecto consideran el siguiente programa:

-       Caseta SAP Norte: 14,20 m2

-       Caseta SAP Sur: 14,20 m2

-       Baño nuevo: 15,00 m2

-       Baño antiguo: 7,30 m2

-       Caseta guardia: 3,3 m2

-       Caseta de altura vigilancia: 4,6 m2

-       Bodega de materiales: 12,20 m2

-       Sala de bomba: 32,20 m2

-       Sala eléctrica norte y sur: 31,40 m2

-       Generador 1250 KVA: 15,70 m2

-       Total: 150,10 m2

Las instalaciones permanentes proyectadas consideran una cámara de mezcla con 16,00 m2, lo que hace un total de 166,10 m2, para construcciones permanentes y proyectadas”.

El Servicio Agrícola y Ganadero, Región del Biobío, mediante Of. Ord. N°1087 de fecha 15 de septiembre de 2016, se pronuncia conforme sobre la DIA del proyecto, indicando lo siguiente: “el titular cumple requisitos para el otorgamiento del permiso ambiental del artículo 160 del Reglamento de la Ley de Bases del Medio Ambiente referido a una superficie de 127,1 m2, presentado en el capítulo 6, punto 6.1.2 pag. 165-168”.

 

7°.       Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 
 

La normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto y su forma de cumplimiento es la siguiente:

Fases de Construcción, Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las partes del proyecto.

Forma de cumplimiento

El proyecto ingresa al SEIA como Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo descrito en el Capítulo “Antecedentes que justifican la Inexistencia de Aquellos Efectos, Características, o Circunstancias del Artículo 11 de la Ley que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental”.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable

Forma de control y seguimiento

Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA.

7.2       D.S. Nº 40/2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) MMA
 
  
Materia

Fija el procedimiento administrativo al que deberán ceñirse tanto las Declaraciones de Impacto Ambiental  como  los  Estudios  de  Impacto  Ambiental.  Establece  la lista de permisos considerados como ambientales sectoriales, que deben ser aplicables a algún proyecto. 

 

Relación con Proyecto

El proyecto, conforme a lo establecido en el artículo 3 (letra o)) del D.S. N°40/2013, debe ingresar al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

Fase de Cumplimiento

Fases de Construcción, Operación

 

Forma de Cumplimiento

El proyecto ingresa al SEIA  como  Declaración  de  Impacto 

Ambiental  (DIA)  para  su correspondiente evaluación.

Indicador de Cumplimiento

Obtención de Resolución de Calificación Ambiental favorable.

7.3       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Emisiones Atmosféricas

7.3.1 Decreto Supremo N°594/99, de MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las partes, obras y/o acciones del proyecto. Se hace presente que el proyecto se encuentra construido y en operación.

Forma de cumplimiento.

Las obras mantendrán las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores, independiente de que trabajen mediante subcontratación o en forma directa.

Por otro lado, se cumplirán todas las medidas de seguridad de protección del personal, sin perjuicio de las condiciones y acciones que la Resolución de Calificación Ambiental disponga.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de entrega de elementos de protección personal.

7.3.2 Decreto Supremo Nº144/61 del MINSAL, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier Naturaleza.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a las partes, obras y acciones que emitan emisiones atmosféricas.

Forma de cumplimiento.

Para el control de emisiones de material particulado y generación de gases, las cuales en cualquier caso no tienen un efecto significativo sobre lo establecido en las normas primarias de calidad del aire, se tomarán las siguientes acciones:

-          Humectación periódica de zonas de trabajo

-          Los camiones serán cubiertos con implementos que eviten la generación de emisiones (ej. lonas o carpetas cobertoras)

-          Los vehículos tendrán revisión técnica al día

-          Estará absolutamente prohibido generar fogatas, quemas u otras actividades que generen humos, vapores, olores molestos u otras emisiones que puedan generar malestar en las personas.

-          Aplicación del plan de gestión de olores, detallado en el Anexo I1 de la Adenda N°1 del proyecto.

-          Se realizará, al menos, un monitoreo anual de olores en la etapa de operación.

-          Verificación del cumplimiento mediante el resultado del monitoreo de olores en la etapa de operación.

-          Capacitación de panelistas y plan comunicación para la comunidad. Anexo L1 y Anexo D1 de la Adenda N°1 del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro fotográfico de camiones cubiertos para evitar generación de emisiones (todas las fases)

Registro fotográfico mensual de humectación (construcción)

Registro de estado de revisión técnica (todas las fases)

Registro de entrega de EPP a los trabajadores.

7.3.3 Decreto Supremo Nº 47/92 del MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción
Parte, obra o acción a la que aplica.

Implementación de mejoras

Forma de cumplimiento.

Se adoptarán las siguientes medidas para el control de las emisiones de este tipo:

-          Humectación de zonas donde se realizarán movimientos de tierra.

-          Los camiones serán cubiertos con implementos que eviten la generación de emisiones (ej. lonas o carpetas cobertoras).

-          Humectación de los accesos y zonas interiores por donde transitarán vehículos.

-          Mantener las condiciones higiénicas de la obra, sin desperdicios, mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de contrato con empresas, registro o documentos del estado y mantención de vehículos.

Registro fotográfico mensual de camiones cubiertos para evitar generación de emisiones.

Registro fotográfico mensual de humectación.         

Señalética asociada al control de velocidad.

7.3.4 Decreto con Fuerza de Ley N°725/67 del MINSAL, Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a las obras sanitarias

Forma de cumplimiento.

Se verificará en cada fase del proyecto que se cumplan todas las medidas ambientales y sanitarias en los lugares de trabajo, ello sin perjuicio de las condiciones y acciones que la Resolución de Calificación Ambiental disponga. Se realizará, al menos, un monitoreo anual de olores en la etapa de operación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del uso de equipamiento de seguridad. Verificación del cumplimiento mediante el resultado del monitoreo de olores en la etapa de operación.

7.3.5 Decreto con Fuerza de Ley Nº 458/75 MINVU Ley General de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

-      Se aplicarán medidas de mitigación para controlar posibles emisiones difusas.

-      Se exigirá, a quienes presten servicios, revisión técnica al día y un registro de talleres autorizados para dicha actividad.

-      Se realizará el control del tránsito de vehículos pesados por caminos no pavimentados al interior del predio.

-      Los camiones considerados en la fase de construcción y operación contarán con sus mantenciones al día.

-      Se llevará un registro de los horarios de ingreso y salida de camiones y maquinarias asociados al proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de contrato con empresas, registro o documento del estado y mantención de vehículos.

7.3.6 Decreto Supremo N° 75/87, Mintratel, Condiciones para el transporte

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica al transporte.

Forma de cumplimiento.

El transporte de materiales se efectuará con la de carga cubierta con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales en el sustrato. Antes de comenzar la operación de transporte deberán verificarse las condiciones de carga de los vehículos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de contrato con empresas, registro o documento del estado y mantención de vehículos.

7.3.7 Decreto Supremo N° 54/94, Mintratel Norma de Emisión aplicable a vehículos motorizados

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica al transporte.

Forma de cumplimiento.

El titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, sean las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de contrato con empresas, registro o documento del estado y mantención de vehículos, registro de los vehículos con autoadhesivo verde.

7.3.8 Decreto Supremo N° 55/94, Mintratel Norma de Emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica al transporte.

Forma de cumplimiento.

Se da cumplimiento a esta norma, verificando y registrando que la documentación de los vehículos esté al día, durante la fase de operación y construcción del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de contrato con empresas, registro o documento del estado y mantención de vehículos, registro de los vehículos con autoadhesivo verde.

7.3.9 Decreto Supremo N° 138/2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica al transporte.

Forma de cumplimiento.

Las emisiones generadas por el proyecto serán declaradas de acuerdo a lo establecido en el presente decreto, cumpliendo con los plazos establecidos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro RETC carga de la declaración respectiva.

7.4       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Niveles de presión sonora.

7.4.1 Decreto Supremo Nº38/11 MMA, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del MINSEGPRES.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.
Aplica a todas las fases del proyecto
Forma de cumplimiento.

De acuerdo al Plano Regulador, el proyecto está emplazado en Zona Rural y según el estudio de “Emisiones acústicas” realizado en base al D.S. Nº 38/11 MMA, en el escenario más desfavorable se cumple la norma (Anexo G). Se realizará, al menos, una medición por fase del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de mediciones efectuadas durante las diferentes etapas. Mantenciones periódicas a equipos de planta.

7.4.2 Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67, MINSAL, Código Sanitario

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

El proyecto cumplirá con lo establecido en el Código Sanitario, los trabajadores contarán con todo el equipamiento de seguridad acorde a las actividades que ejecuten, en especial protectores auditivos. Los niveles de emisión sonora no afectarán a los receptores identificados alrededor del proyecto, de acuerdo a lo expuesto en el capítulo 3 de la DIA. Además, el proyecto no contempla fuentes que generen vibraciones en alguna de sus etapas.

Indicador que acredita su cumplimiento.
Programa de cumplimiento.

7.4.3 Decreto Supremo Nº 47/92 MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Previa fase de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Previa fase de construcción.

Forma de cumplimiento.

Previo al inicio de las obras, se entregará un programa de trabajo.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Programa de cumplimiento.

7.4.4 Decreto Supremo Nº 594 de 1999. Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se instruirá al personal de manera de evitar las tareas ruidosas y de minimizar la práctica o mal uso de herramientas y equipos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de charlas de inducción al personal cuando se integre al proyecto.

7.5       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Agua Potable y Residuos Industriales Líquidos.

7.5.1 Decreto con Fuerza de Ley Nº1/90 del MINSAL, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Para la fase operación se obtendrá agua desde una puntera existente en un área cercana a las instalaciones sanitarias proyectadas, la cual incluye un sistema de cloración.

Forma de cumplimiento.

Certificado de Agua Potable y Sistema de Alcantarillado. Autorización sanitaria asociada al PAS 138. (Art. 138 D.S. N°40/2012 MMA)

Indicador que acredita su cumplimiento.

Se asegura una dotación de 100 l/d por persona, la que cuenta con las características físicas, químicas y bacteriológicas establecidas en la NCh 409 parte 1 y las condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 MINSAL. La planta cuenta con servicios higiénicos, por lo que no se requiere de instalaciones especiales para las aguas servidas durante las etapas de construcción ni operación. Tratándose de residuos industriales líquidos durante la operación del proyecto, en la presente DIA se otorgan los antecedentes para la obtención del PAS 138.

7.5.2 Decreto Supremo Nº594/99 Sobre Condiciones Sanitaria y Ambientales Básicas en lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Para la fase de construcción, el agua potable será suministrada por una empresa autorizada externa donde se mantendrá una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día. Para la fase operación el agua potable se obtendrá agua desde una puntera existente en un área cercana a las instalaciones sanitarias proyectadas, la cual incluye un sistema de cloración. Se asegura una dotación de 100 l/d por persona, la que cuenta con las características físicas, químicas y bacteriológicas establecidas en la NCh 409 parte 1 y las condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 MINSAL. Respecto a los servicios higiénicos, se considera el uso de baños y lavamanos existentes, las cuales se conectan a sistema de alcantarillado particular. Durante la fase de construcción y abandono, se considera la implementación de baños químicos de acuerdo a lo establecido por los artículos 24 y 25 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro fotográfico de las instalaciones sanitarias. Registro de boleta del servicio de agua potable. Resolución favorable autoridad sanitaria del proyecto de alcantarillado particular.

7.5.3 D.S. N°430, MINECON, fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.892, de 1989 y sus modificaciones, ley general de Pesca y Acuicultura

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

El titular, mediante el tratamiento de las aguas servidas, cumplirá con el D.S. N° 90/00, tabla N°1. De esta forma, y de acuerdo a la Legislación Ambiental aplicable, no se introducirán agentes contaminantes que puedan afectar a los recursos hidrobiológicos. En cuanto a la preservación de los recursos hidrobiológicos, se realizarán estudios limnológicos por temporada de producción para monitoreo del estero Paillihue.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de los monitoreos, tal como señala el programa, de modo de cumplir con la Tabla Nº1 del D.S. 90/00.

7.5.4 D.S. N°236/26 MINSAL, Reglamento General de Alcantarillados Particulares, Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Las aguas domésticas generadas serán dirigidas a la fosa séptica existentes en la planta.

Indicador que acredita su cumplimiento.
Resoluciones sanitarias favorables.

7.5.5 Decreto Supremo N°446/06 MINSAL Norma Chilena 409, Requisitos de agua potable.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Para las fases de construcción y cierre, el agua potable será suministrada por una empresa autorizada externa donde se mantendrá una dotación mínima de 100 litros de agua por persona y por día. Para la fase operación el agua potable se obtendrá agua desde una puntera existente en un área cercana a las instalaciones sanitarias proyectadas, la cual incluye un sistema de cloración. Se asegura una dotación de 100 l/d por persona, la que cuenta con las características físicas, químicas y bacteriológicas establecidas en la NCh 409 parte 1 y las condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 MINSAL. Ambos suministros cumplirán con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh 409 parte 1 y condiciones descritas en los artículos 12, 13 y14 del D.S. Nº 594/1999 MINSAL.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Contrato vigente con empresa proveedora donde se indique el origen del agua y tratamiento previo para asegurar que el agua sea potable.

7.5.6 Decreto con Fuerza de Ley N°725/67 del MINSAL, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Los residuos industriales líquidos asociados a la operación de la planta, serán tratados en la Planta de tratamiento de residuos industriales líquidos, posteriormente estas aguas tratadas serán descargadas en un canal que descarga al Estero Paillihue. En cuanto a las aguas servidas, estas serán conducidas a las fosas existentes en la planta, la cuales tienen el correspondiente sistema de drenes.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de los monitoreos que se realizan en forma periódica. Certificados de autorizaciones de los proveedores de servicios. Registro fotográfico de las instalaciones sanitarias.

7.5.7 Decreto Supremo Nº 735/69, MINSAL Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se obtendrá agua desde una puntera existente en un área cercana a las instalaciones sanitarias proyectadas, la cual incluye un sistema de cloración. Se asegura una dotación de 100 l/d por persona, la que cuenta con las características físicas, químicas y bacteriológicas establecidas en la NCh 409 parte 1 y las condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99 MINSAL.

Indicador que acredita su cumplimiento.
Registro de boleta del servicio de agua potable.

7.5.8 Decreto Supremo N° 90/00, Minsegpres, Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación del sistema de tratamiento

Forma de cumplimiento.

Los residuos líquidos generados corresponden a los residuos industriales líquidos provenientes de los procesos del azúcar, los que serán tratados durante la fase de operación a través de la Planta de tratamiento de riles, es decir se dará cumplimiento al D.S. Nº 90/00 Tabla Nº1 para ser descargado al Estero Paillihue.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros de los monitoreos, tal como se señala en el PAS 139, que respalden el cumplimiento de la Tabla N°1 D.S. 90/00.

7.5.9 Resolución Nº117/2013, MMA-SMA, Exenta Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Procedimiento de Caracterización, Medición y control de Residuos Industriales Líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase Operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Operación del sistema de tratamiento

Forma de cumplimiento.

La caracterización medición y control de las aguas residuales generadas sistema de tratamiento serán realizadas según los artículos descritos de la RES. Nº117/2013.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros de los monitoreos, que respalden el cumplimiento de la Resolución Nº117/2013.

7.6       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Residuos industriales sólidos y peligrosos.

7.6.1 Decreto Supremo N°148/03, MNSAL, Reglamento sobre Manejo Sanitario de Residuos Peligrosos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Todos los residuos peligrosos serán debidamente identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial 2.190 of.93, versión 2003. Los contenedores que contengan residuos peligrosos cumplirán con los requisitos del artículo 8 del D.S. N°148/04. La bodega de residuos peligrosos contará con las autorizaciones pertinentes.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Resolución sanitaria de la bodega de residuos peligrosos y registro de cantidad de residuos, fecha y número de viajes a lugar de disposición.

7.6.2 Decreto Supremo Nº78/2009 Ministerio de Salud. Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica al almacenamiento de residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento.

En caso de ser necesario se obtendrá la autorización para el funcionamiento sitios para el almacenamiento de sustancias peligrosas.  Las sustancias peligrosas estarán contenidas en envases adecuados y debidamente etiquetados. Se contará con las hojas de datos de seguridad de cada una de las sustancias almacenadas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro fotográfico de la bodega y envases que demuestren el correcto almacenamiento y etiquetado. Registro de las sustancias almacenadas. Hojas de seguridad de cada sustancia peligrosa. En caso de ser necesario, se contará con el permiso de la bodega de almacenamiento de la bodega de sustancias peligrosas.

7.6.3 D.F.L. N°725/67 MINSAL, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica para todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se presentarán los antecedentes necesarios para la obtención de permisos para las instalaciones destinadas al almacenamiento de residuos (PAS 140 y 142) y se cumplirá con las obligaciones y compromisos de la RCA del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Resoluciones de las bodegas, que acreditan cumplir con la normativa. Comprobante de retiro de Residuos Sólidos a sitios de disposición final.

7.6.4 D.S. Nº 594/99 MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo y sus modificaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica para todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Obtención de permisos para las instalaciones y cumplimiento de obligaciones y compromisos de la RCA del proyecto, Plan de desratización para el control de roedores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de almacenamiento y salida de residuos. Registros de empresas autorizadas al retiro de residuos. Resoluciones de las bodegas que acreditan cumplir con la normativa. Comprobante de retiro a sitios de disposición final autorizados. Registros de programa de desratización.

7.6.5 D.F.L. N°1.122/81 MINJU, Código de Aguas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica para todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

De acuerdo al art 92º, no se botará ningún residuo sólido a los sistemas de agua, estos se almacenarán temporalmente en recipientes cerrados para luego ser traslados y dispuestos en un sitio autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de retiro de residuos a sitio de disposición final autorizado.

7.7       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Recurso Suelo

7.7.1  Decreto con Fuerza de Ley Nº458/76, MINVU, Ley General de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a todas las fases del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Las construcciones destinadas a equipamiento contarán con la obtención del permiso de edificación y con el informe previo favorable a que se refiere el inciso tercero del artículo 55 de esta ley, el que señalará, además de las condiciones de urbanización, las normas urbanísticas aplicables a la edificación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Permiso de la Dirección de Obras Municipales.

7.8       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Recursos Naturales Renovables

7.8.1 Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA Ley 18.892), el Decreto Supremo N°430/92 y sus modificaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.
Fase de Operación.
Parte, obra o acción a la que aplica.

Control de calidad del agua

Forma de cumplimiento.

Los riles tratados por la planta de tratamiento serán descargados al Estero Paillihue, cumpliendo con lo estipulado en el D.S. N° 90/00, y la Resolución Exenta Nº117/13.

Control de la calidad físico química de las aguas asociada al estero Paillihue en los meses de abril y en octubre.

Muestreos en el área de descarga y 100 metros antes y 100 metros después de la descarga y se sumará un muestreo en punto donde se mezclen las aguas residuales con el caudal del cuerpo receptor.

Entrega de los informes de monitoreo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de los monitoreos, que respalden el cumplimiento del D.S Nº90/00 de acuerdo a lo establecido en la Resolución Nº117/2013.

7.8.2 Ley General de Pesca y Acuicultura (LGPA Ley 18.892), el Decreto Supremo N°430/92 y sus modificaciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Obras civiles.

Forma de cumplimiento.
Solicitud sectorial de la obra y Planes de seguimiento presentados.
Indicador que acredita su cumplimiento.
Registros de los análisis realizados en el programa de seguimiento.
7.9       Cumplimiento Legislación de Relevancia Ambiental: Transporte de Carga.

7.9.1 Decreto con Fuerza de Ley Nº850/1998, Ley de construcción y conservación de caminos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.
Aplica a caminos.
Forma de cumplimiento.

Estando en conocimiento de la normativa, durante la fase de construcción, solo se utilizaron camiones de cumplieran con los límites de peso establecidos. Lo mismo, se realizará para la fase de operación.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de contrato con empresa de transporte y de movimiento de camiones hacia el sitio de disposición. Autorizaciones aprobadas.

7.9.2 Decreto Supremo Nº 300/94 Establece requisitos de antigüedad máxima a vehículos motorizados de carga que indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.
Aplica a transporte.
Forma de cumplimiento.

Para la fase de construcción donde se utilizarán vehículos motorizados de carga, se cumplirá con la normativa en cuestión.

Indicador que acredita su cumplimiento
Registro de padrón de vehículo motorizado de carga.

7.9.3 Decreto Supremo Nº298/94 del MINSAL, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calle y Caminos

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a transporte y caminos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro vehículos que transporten cargas peligrosas. Registro de contratos con empresas transportistas autorizadas.

7.9.4 Decreto Supremo Nº 158/80 MOP, Establece los Pesos Máximos en Carreteras y en Vías Urbanas

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación

Parte, obra o acción a la que aplica.

Aplica a transporte y caminos.

Forma de cumplimiento.

En la fase de construcción el transporte de la maquinaria cumplirá con los pesos por eje, sin embargo, en caso de necesitar transportar maquinaria que sobrepase la normativa, éste se realizará previa autorización de la dirección de Vialidad respectiva.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Control de las cargas (pesos) a trasportar y Certificado de autorización de cargas con sobrepeso y sobredimensiones (si fuera necesario).

 

8.         Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el titular del proyecto señaló que contempla los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1 Descripción Compromiso Ambiental Voluntario Nº1
Compromiso

Selección y formación de grupo de panelistas de olor con participación de la comunidad (NCh 3190/2010)

Etapa
Operación

Lugar y momento en que se verificarán

Mediante informe de empresa especialista certificada enviada a la autoridad.

Indicadores de cumplimiento

Número de panelistas certificados.

8.2 Descripción Compromiso Ambiental Voluntario Nº2
Compromiso

Plan de políticas de puertas abiertas

Etapa
Operación

Lugar y momento en que se verificarán

Cumplimiento de programa de visitas a la instalación verificado mediante informes por campaña azucarera

Indicadores de cumplimiento

Porcentaje de cumplimiento de programa de visitas

8.3 Descripción Compromiso Ambiental Voluntario Nº3
Compromiso

Información diaria de variables de pH y concentración de H2S en PTR

Etapa
Operación

Lugar y momento en que se verificarán

Reporte diario a la autoridad sanitaria delegación Biobío durante campaña azucarera.

Indicadores de cumplimiento

Número de reportes entregados a la Autoridad Sanitaria.

8.4 Descripción Compromiso Ambiental Voluntario Nº4
Compromiso

Envío de Plan Aplicación de Lodo Secundario, Envío Plan de Aplicación de Tierra IANSA.

El titular señaló que utilizará como norma de referencia el D.S. Nº 3/2012 del MMA “Reglamento para el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas”.

Dicha normativa no es aplicable al proyecto debido a que la remolacha no es una hortaliza y tampoco una fruta, sino que un cultivo industrial.

Etapa
Operación

Lugar y momento en que se verificarán

Envío de Plan Aplicación de Lodo Secundario y/o Plan de Aplicación de Tierra IANSA a la SMA (Superintendencia de Medio Ambiente) y al SAG (Servicio Agrícola y Ganadero) anualmente en el mes de enero.

Indicadores de cumplimiento

Registro de recepción de Plan Aplicación de Lodo Secundario y/o Plan de Aplicación de Tierra IANSA

 

9.         Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1     Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias son las siguientes:

 

9.1.1        Prevención de contingencias asociados a eventos por actividades de construcción operación de la planta de riles

Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada

Inspección previa: Revisión exhaustiva de todas las áreas de trabajo, previo al inicio de la operación, de modo de identificar los puntos de posibles riesgos.

Charlas de capacitación: El personal deberá ser capacitado cuando se integre a las labores del Sistema de Tratamiento de RILes. Además, debe ser capacitado continuamente, con el objetivo de internalizar los conceptos de la prevención de riesgos en sus labores.

Salud Ocupacional: La actividad que tiene como finalidad fomentar y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social de los trabajadores.

Inspección de Seguridad: Revisión exhaustiva de todas las áreas de trabajo, durante la operación del Sistema de Tratamiento de RILes.

Simulacros: Acción que se realiza imitando un suceso real para tomar las medidas de seguridad en caso de que ocurra realmente.

Acciones o medidas a implementar
-   Identificación de puntos de riesgo.
-   Identificación de zonas seguras.
-   Identificación de vías de evacuación.

-   Identificación de zonas idóneas para implementar señalética que indique vías de evacuación, números de emergencia, extintores, límites de velocidad, entre otras.

-   Identificación de lugares óptimos para disponer de extintores o alguna otra herramienta que permita enfrentar situaciones de riesgo.

-   Charlas de inducción a todo el personal que se integre a las labores del proyecto.

-   Charlas de inducción a trabajadores externos y visitantes del proyecto.

-   Procedimientos de respuesta ante emergencias.

-   Conocimiento claro sobre las responsabilidades de cada integrante y sus funciones.

-   Conocimiento de medios de comunicación en situaciones de emergencia y números de emergencia.

-   Capacitación sobre uso de extintor.
-   Capacitación sobre uso de EPP.

-   Identificación de las actividades más riesgosas desarrolladas en el área del Sistema de Tratamiento de RILes.

-   Identificación de los horarios en el cual la Sistema de Tratamiento de RILes cuenta con mayor personal en funciones.

-   Se deberán realizar exámenes preocupacionales y ocupacionales a los trabajadores del proyecto para evitar que sus condiciones de salud impliquen un riesgo para realizar trabajos.

-   Análisis de los lugares de trabajo a modo de identificar condiciones subestandar que puedan mermar la salud de los trabajadores o implicar condiciones desventajosas a la hora de enfrentar una situación de emergencia.

-   Identificación de nuevos puntos críticos, emergentes por las labores realizadas durante la operación.

-   Inspección de orden y aseo de las áreas, para asegurar transito expedito de trabajadores y vehículos.

-   Inspección de acceso a equipos extintores, elementos de contención, comunicación.

-   Inspección del estado de equipos extintores, elementos de contención y comunicación.

-   Inspección de zonas de seguridad y que las vías de evacuación se encuentren expeditas.

-   Inspección de la utilización de los EPP por parte de los funcionarios y registros de entrega de EPP a los trabajadores por parte de la empresa.

-   Simulacros en caso de incendios.
-   Simulacros en caso de derrames.

-   Ejercicios de emergencia para los equipos encargados de combatir las situaciones de primeros auxilios, derrames o incendios.

-   Evaluación de los simulacros, para encontrar puntos débiles y mejorar procedimientos para fortalecerlos.

-   Inspección de equipos que permitan actuar eficientemente en una situación de emergencia (Altavoces, radios, teléfonos, equipos extintores).

 

9.2     Medidas relevantes Planes de Emergencias

9.2.1        Procedimientos de emergencias asociados a la operación y actividades del sistema de tratamiento

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

-   Operación del sistema de tratamiento de Riles
-   Caída de Personal dentro de lagunas

Acciones o medidas a implementar

-   Notificar de Inmediato sobre el incidente ocurrido.

-   Dar la voz de alarmar “Hombre al agua” y no perder de vista a la persona-

-   Al momento del rescate es necesario prestar primeros auxilios y dar un baño con agua limpia dadas las características de las lagunas.

-   Verificar que la persona socorrida no tenga daños o lesiones -En caso de estar sangrando o con golpes, luego de los primeros auxilios, gestionar el trasladado donde le puedan prestar atención médica.

-   El Jefe de Emergencia será el encargado de esclarecer las causas de la caída con ánimo de evitar que se repita la emergencia.

-   Notificar y llevar el registro del suceso.

9.2.2        Volcamiento de maquinaria dentro de las lagunas

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Operación del sistema de tratamiento de Riles

Procedimiento establecido en caso de volcamiento de maquinaria dentro de lagunas

Acciones o medidas a implementar

-   Notificar de Inmediato sobre el incidente ocurrido.

-   Verificar que no existen personas que también hayan caído al agua, en caso de ser así, seguir el procedimiento anterior.

-   Aislar el área

-   Dar aviso a planta para que gestionar el ingreso de maquinaria idónea para sacar la maquinaria caída.

-   Determinar según requerimientos.

-   Mantener la calma; pensar antes de actuar, evaluar riesgos para no exponerse a caídas

-   Mantener distancia del sitio del suceso

-   El Jefe de Emergencia será el encargado de esclarecer las causas de la caída con ánimo de evitar que se repita la emergencia.

-   Notificar y llevar el registro del suceso.

9.2.3        Ante una emergencia de Incendios en el Sistema de Tratamiento de RILes

Fase del Proyecto a la que aplica
Operación
Parte, obra o acción asociada
-   Instalaciones Sanitarias
-   Caseta Guardia
-   Caseta Vigilancia en Altura
-   Salas de Control Eléctrico
-   Sala control bombas
-   Casetas SAP
-   Bodega de Materiales

Acciones o medidas a implementar

-   Identificación de las Zonas de Riesgo de Incendio
-   Medidas de Prevención de Incendios
-   Procedimiento en Caso de Incendio

9.2.4        Ante una ocurrencia de Derrames en la Sistema de Tratamiento de RILes

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar

-   Identificación de las Zonas de Riesgo de Derrames
-   Medidas de Prevención de Derrames
-   Procedimiento en Caso de Derrames

9.2.5        Sismos en el Sistema de Tratamiento de RILes

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar

-   Identificación de las Zonas de Riesgo en Caso de Sismos: las zonas del Sistema de Tratamiento de RILes que se pueden identificar como sectores de alto riesgo de sismo son las siguientes:

•     Instalaciones Sanitarias

•     Caseta Guardia

•     Caseta Vigilancia en Altura

•     Salas de Control Eléctrico

•     Sala control bombas

•     Casetas SAP

•     Bodega de Materiales

-   Medidas de Prevención en Caso de Sismos:

•     Se capacitará a todo el personal sobre las zonas seguras en el Sistema de Tratamiento de RILes, vías de evacuación.

•     Se designará un responsable como jefe de seguridad y estará a cargo de la evacuación.

•     Implementación de alarmas y altavoces para avisar sobre las emergencias.

•     Señalética que indique zonas seguras en caso de sismos.

•     Asegurar sistemas de comunicación al interior del Sistema de Tratamiento de RILes.

-   Procedimiento en Caso de Sismos:

•     Paralizar todas las actividades.

•     Evacuar ordenadamente, siguiendo las instrucciones del jefe de emergencias por las vías de evacuación establecidas, en dirección a las zonas seguras.

•     Asegurar la presencia de todo el personal en la zona segura.

•     Una vez concluido el sismo, se debe mantener al personal en las áreas de seguridad por un tiempo prudente, de modo de evitar posibles réplicas.

•     Atención inmediata a los heridos. Llamar inmediatamente a equipos externos en caso de heridos de gravedad.

•     Evaluar las instalaciones del Sistema de Tratamiento de RILes, para evitar el surgimiento de nuevas emergencias producto de derrames o incendios por fallas eléctricas.

•     Retorno del personal a las actividades normales del Sistema de Tratamiento de RILes.

9.2.6        Falla Eléctrica

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar

-   Una falla en el sistema eléctrico ocasiona una interrupción en el funcionamiento de los aireadores superficiales.

-   Al momento de ocurrir una falla Supervisor de RILES deberá corroborar el normal funcionamiento del equipo generador instalado en lagunas y posteriormente deberá informar situación a Ingeniero Jefe de Turno.

9.2.7        Inundaciones

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar

-   Identificación de las Zonas de Riesgo de Derrames
-   Medidas de Prevención de Derrames
-   Procedimiento en Caso de Derrames

9.2.8        Contaminación Ambiental

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento de Riles

Contaminación química y/o física debido al derrame de combustible y/o aditivos químicos y residuos.

Acciones o medidas a implementar

-   Identificación de las Zonas de Riesgo de Derrames

-   Considerar que el derrame de combustible y/o aditivos químicos sobre tierra con carácter de peligrosidad deberán ser contenidos con barreras anti derrames lo más cercano al punto de su descarga, evitando su propagación, a través, de la construcción de diques y/o zanjas que pueden ser en tierra o con sacos de arena.

-   Supervisor de RILES en conjunto con Ingeniero Jefe de Operaciones deberá definir el posterior destino de estos residuos (dependiendo de su naturaleza) en sector lagunas o vertedero autorizado.

9.2.9        Emisión de olores molestos

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Planta de tratamiento de Riles

Acciones o medidas a implementar

-   Aplicar las medidas de control pertinente a la operación del sistema.

-   En el caso en que se observen valores que superen los 20 mg/L de H2S se comienza con el plan de contingencia, de acuerdo a Cartilla “Cartilla de Emergencia control de olores LA3-LA-4 ante alerta naranja H2S >=20 ppm”, en caso que la emergencia sea en lagunas facultativas.

-   En el caso que la emergencia sea en lagunas de decantación se seguirá el procedimiento detallado en el Diagrama “Figura N°1”, Anexo H1 de la Adenda del proyecto.

-   Fin de la emergencia
-   Acciones posteriores a la emergencia
-   Control de modificaciones
-   Registro
 

10. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

11. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

12. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

13.  Que, para que el proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

14. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 

15. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

16. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

17. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. 

RESUELVE:

1°.  Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, del titular IANSAGRO S.A.

2°.  Certificar que el proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°.  Certificar que el proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138 – 139 – 140 – 155 – 156 – 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°.  Certificar que el proyecto “Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A.”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

.  Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando N° 4 del presente acto.

    Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director  Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Rodrigo Gonzalo Díaz Wörner
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región del Biobío




CHRISTIAN ANDRES CIFUENTES BASTIAS
Director (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región del Biobío




CACB/PMC

Distribución:

  • Eleodoro Jorge Contreras Steffens
  • CONADI, Región del Biobío
  • CONAF, Región del Biobío
  • DGA, Región del Biobío
  • Direccion Regional de Aeropuertos, Region Biobío
  • Dirección de Vialidad, Región del Biobío
  • Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío
  • DOH, Región del Biobío
  • Gobierno Regional, Región de Biobío
  • Ilustre Municipalidad de Los Angeles
  • SAG, Región del Biobío
  • SEC, Región del Biobío
  • SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío
  • SEREMI de Energía, Región del Biobío
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
  • SEREMI de Minería, Región del Biobío
  • SEREMI de Salud, Región del Biobío
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
  • SEREMI MOP, Región del Biobío
  • SERNAGEOMIN, Zona Sur
  • Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío
  • Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargada de Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Oficial de Partes de la Región
  • Expediente del Proyecto "Regularización y mejoramiento del sistema de tratamiento de RILes planta azucarera Los Ángeles, IANSAGRO S.A"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=6c/1d/ce5152c0baadac5e39ddaa5b85bcdaa0cc99


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