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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés"

Resolución Exenta Nº 183/2016

Santiago, 31 de Marzo de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 01 de septiembre de 2015 y su Adenda de fecha 27 de enero de 2016 del proyecto “Edificios Altavista Vicente Valdés” presentada por Inmobiliaria Vicente Valdés S.A.

 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Edificios Altavista Vicente Valdés”.    

 

3°. El Acta de Evaluación N° 05/2015 de fecha 10 de septiembre de 2015 y el Acta de Evaluación N° 02/2016 de fecha 11 de marzo de 2016,  ambas del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Edificios Altavista Vicente Valdés” de fecha 14 de marzo de 2016.

 

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 22 de marzo de 2016.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Edificios Altavista Vicente Valdés.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta DD.PP. N° 937 de fecha 28 de agosto de 2014, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

 

 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Inmobiliaria Vicente Valdés S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Edificios Altavista Vicente Valdés” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Inmobiliaria Vicente Valdés S.A.

Rut

76.966.850-0.

Domicilio

Vicuña Mackenna N° 7735, La Florida. 

Teléfono

+562 28872121.

Nombre Representante Legal

Rodrigo Iván Páez Cañoles.

Rut Representante Legal

8.037.953-6.

Nombre Representante Legal

Fernando Hurtado Llona.

Rut Representante Legal

11.472.212-K.

Domicilio Representante Legal

Vicuña Mackenna N° 7735, La Florida. 

Teléfono Representante Legal

+562 24492128.

Correo Electrónico Representante Legal

mortiz@21i.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 14 de marzo de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

 

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 22 de marzo de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Edificios Altavista Vicente Valdés”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 14 de marzo de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

 

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El proyecto inmobiliario “Edificios Altavista Vicente Valdés considera la construcción de un conjunto habitacional constituido por 4 torres, la primera de 19 pisos, la segunda y tercera de 20 pisos cada una y la cuarta torre de 18 pisos, con un total de 593 departamentos y 558 estacionamientos. Este conjunto habitacional está siendo construido por etapas: Etapa I (Torre A), Etapa II (Torre B), Etapa III (Torre C) y Etapa IV (Torre D). El proyecto se emplaza en una superficie predial neta de 7.838,09 m2 y la superficie total construida corresponde a 56.866,87 m2.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal:

De acuerdo al artículo 10 de la Ley 19.300 y al artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el proyecto en evaluación debe ingresar al SEIA según lo señalado en la letra:

h1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios, aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento.

h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas.

No comprende tipología secundaria.

Vida útil.

Dadas las características del proyecto, sus partes y sus obras, la vida útil se considera de carácter indefinida.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el titular, es de US$ 8.054.652,49 (dólares americanos), costo estimado por torre.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

Las torres (A) y (B) ya se encuentran construidas, la fase de construcción de la torre (A) fue durante el año 2010 y de la torre (B), en septiembre de 2013.

El inicio de ejecución de la torre (C) fue en octubre 2014, con las faenas de despeje del área.

El inicio de ejecución de la torre (D) se estima para el segundo semestre del año 2016.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

Capítulo I, punto 1.7 del ICE.

Tabla 5, punto 1.7 del ICE.

[X]

 

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

 

 

[X]

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

 

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El proyecto se localiza en Av. Vicuña Mackenna N° 7735 y calle Las Acacias N° 7740, y desde el punto de vista político-administrativo, se ubica en la comuna La Florida, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.

La figura 1 de la DIA muestra una imagen indicando la división político-administrativa de la Región Metropolitana, señalando la ubicación de la comuna de La Florida y en la figura 2 de la DIA se muestra una representación cartográfica del proyecto.

Descripción de la localización.

El terreno del proyecto corresponde al Lote A-1, propiedad formada producto de la fusión de los lotes E3, E2, E1, L1 y L2 (lotes originales), roles 479-4, 479-5, 479-6, 479-34 y 479-35, por tanto no es necesario que el proyecto cuente con servidumbre de paso. Se adjuntan en el Anexo 2 de la DIA, la resolución de fusión y certificado de lote y número otorgado por la Municipalidad de La Florida.

La zona de emplazamiento cuenta con condiciones de edificación y de uso Z-AA+CB/CM, Zona de Edificación Aislada Alta con Continuidad Baja y Media, de acuerdo a información proporcionada por el Certificado de Informaciones Previas otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Florida para la solicitud de los permisos, el plano de edificación y el plano de uso de suelo del Plan Regulador actualmente vigente (Certificado de Informaciones previas, adjunto en el Anexo 2 de la DIA).

Superficie.

El resumen de superficies del proyecto se presenta en las siguientes tablas:

 

Tabla 1. Superficies del Proyecto.

Edificio

Superficie (m2)

Superficie Terreno Original

8.466,12

Superficie Predial Neta

7.838,09

Superficie Predial Bruta (A eje de calles)

9.723,80

Superficie total construida

56.866,87

Fuente: Tabla 2, del punto 1.1.8., de la DIA y respuesta 1.12 de la Adenda.

 

Tabla 2. Superficies del proyecto por torre.

Etapa

Torre

Superficie

Construida (m²)

Estado

I

A

13.110,83

Construido y con Recepción definitiva Resolución Definitiva de Obras N° 233 y N° 313 (Solicita Rectificación) ambas del 2011. Resolución en Anexo 2 de la DIA.

II

B

13.739,99

Construido  y con Recepción Definitiva de Obras, Resolución N° 715 de 2015 (adjunta en Anexo 6, de la Adenda).

III

C

17.270,94

En construcción.  Superficie aprobada en Resolución de Modificación de Proyecto de Edificación N° 490/2014. Anexo 2 de la DIA.

IV

D

12.745,11

En  Proyecto y con  ingreso Municipal.

TOTAL                          56.866,87                                       

Fuente: Respuesta 1.12., de la Adenda.

 

·         En el Anexo 4 de la DIA se adjunta plano de planta de la etapa I del proyecto y en el Anexo 5 de la Adenda se adjuntan los planos de corte y elevaciones.   

·         En el Anexo 5 de la DIA se adjuntan los planos de arquitectura de la etapa II del proyecto (planta, cortes y elevaciones).   

·         En el Anexo 6 de la DIA se adjuntan los planos de arquitectura de la etapa III del proyecto (planta, cortes y elevaciones).   

·         En el Anexo 3 de la Adenda se adjuntan los planos de arquitectura de la etapa IV del proyecto (planta, cortes y elevaciones).     

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Tabla N°3: Coordenadas.

 

UTM Datum WGS 84

Vértice A

19 H 351464.63 m E – 6289331.07 m S

Vértice B

19 H 351629.48 m E – 6289358.96 m S

Vértice C

19 H 351647.10 m E – 6289316.23 m S

Vértice D

19 H 351475.48 m E – 6289287.36 m S

Fuente: Tabla 1, punto 1.1.7., de la DIA.

Caminos de acceso.

Las rutas más probables a utilizar en la fase de construcción del proyecto, se presentan a continuación:

 

Tabla 4.: Suministro de materiales.

Actividad

Cant. Aprox. de material

Tipo de camiones

Frecuencia de camiones

Rutas principales

Hormigón

7.066 m3

Camión mixer

5 veces/día (Período Obra gruesa)

Planta lo espejo Obra V. Valdés

Gravilla

132 m3

Camión con tolva 9 m3

1 vez cada 1,5 semanas

Áridos Quilín Obra V. Valdés.

Arena

66,55 m3

Camión con tolva 9 m3 año

1 vez cada 1,5 semanas

Áridos Quilín Obra V. Valdés

Fierros

672.000 kg

Camión Volkswagen fletes

40 viajes aprox. (durante la obra)

Bodegas Imperial - Obra V. Valdés

Volcanita todo los tipos

8.517 pl

Camión Volkswagen fletes

5 viajes semanal (durante terminaciones)

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Cerámica todo los tipos

9.054,90 m2

Camión Volkswagen fletes

1 viaje cada 3 semanas

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Sacos de cemento

651 sc

Camión Volkswagen fletes

1 viaje semanal durante terminaciones

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Sacos de yeso

5.821 sc

Camión Volkswagen fletes

1 viaje semanal durante terminaciones

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Pisos flotantes y papeles murales

16.607,6 m2

Camión Volkswagen fletes

4 viajes / mes (durante terminaciones)

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Ventanas

2.441 m2

Camión Volkswagen fletes

1 viaje cada 1 semanas

Bodegas Contratista cerrillos  Obra V. Valdés

Andamios

30 cuerpos

Camión Volkswagen fletes

1 viaje semanal (durante terminaciones)

Bodegas PERI Obra V. Valdés

Maderas y Terciados

2.976,80 m2

Camión Volkswagen fletes

1 viaje cada 3 semanas

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Metalcon (canales y montantes)

10.816,70 ml

Camión Volkswagen fletes

1 viaje cada 3 semanas

 

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Estructuras metálicas

809 ml

Camioneta empresa contratista

1 viaje cada día durante 2 meses

Bodegas Contratista estación central Obra V. Valdés

Compra materiales menores

-           

Camioneta empresa

1 día a la semana durante toda la obra

 

Bodegas varias RM Obra V. Valdés.

Puertas y marcos

1.175  un

Camión Ford cargo 1622

1 viaje cada 3 semanas

 

Bodegas proveedor Santa rosa Obra V. Valdés

Fuente: Tabla 10 de la DIA.

 

En relación a la fase de operación del proyecto:

·         Ingreso/egreso por calle Las Acacias (para torre C y D).

·         Ingreso/egreso por calle Avenida Vicuña Mackenna (para torre A y B).

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·         Localización del proyecto en Figura 1 y 2 de la DIA.

·         Coordenadas de localización del proyecto en Tabla 1 de la DIA.

·         KMZ partes y obras del proyecto en Anexo 1 de la Adenda.

 

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Obras provisorias.

Para abastecer tanto al personal como a la misma obra: agua potable, alcantarillado, electricidad, etc.

Instalación de faenas.

En el Anexo 1 de la DIA se adjunta plano de las instalaciones de faenas de las etapas II y III, la que cuenta con cierre perimetral completo con malla raschel y dentro de sus instalaciones existe sector de camarines, baños, duchas, bodegas, comedores y sectores de oficina. En el Anexo 1 de la Adenda se adjunta KMZ de las partes y obras del proyecto, identificando el sector de emplazamiento de la instalación de faenas.

El titular en la respuesta 1.7., de la Adenda describe la zona de carga y descarga de materiales, indicando textual: “La zona de carga y descarga de materiales se encuentra al interior del predio, a un costado de la instalación de faena, de manera que no afecte la vialidad pública. Esta zona se encuentra debidamente señalizada, además dado que los edificios se han construido por etapas, la zona de carga y descarga al igual que las demás áreas que constituyen la instalación de faenas han tenido que ajustarse  al espacio tal como se muestra en el KMZ adjunto en el anexo 1”.

Trabajos previos.

Despeje del área, demolición, limpieza, trazados, determinación de niveles y ejes, excavaciones, fundaciones, lozas, etc., en caso que corresponda.

Obra gruesa de construcción.

Excavaciones y movimientos de tierra, cimientos, bases de pavimento, tabiques, estructuras de acero, cubiertas, impermeabilizaciones, entre otros.

 

Terminaciones.

Corresponden a aislación térmica, aislación acústica, muros no estructurales y tabiques, revoques interiores a mezcla, cornisas, revoques exteriores, revestimientos, cielos, pavimentos, gradas, guardapolvos, pilastras y alfeizar, puertas y ventanas, quincallería, cristalería y espejos, entre otros. Mayores detalles de la descripción de la fase de la construcción en Anexo 3 de la DIA, las Especificaciones Técnicas de Arquitectura de la etapa II/torre (B) documento referencial, que detalladamente describe cada una de éstas.

Planimetría.

En Anexo 1 de la DIA, se presentan los Planos de Anteproyecto de las etapas I, II, III y IV. En la Adenda, Anexo 1, el titular amplía la información adjuntando planos en formato kmz de las partes y obras del proyecto, incluyendo áreas a utilizar para instalación de faenas, considerando también la etapa IV.

Sitio de acopio de residuos.

Durante esta fase se generarán residuos de tipo peligroso y no peligroso, los que se depositarán en contenedores que consideren las incompatibilidades y condiciones de almacenamiento indicadas en el D.S. N° 148/2003 del MINSAL. Existirá una zona específica para el acopio de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, los contenedores serán dispuestos en este sector, aminorando las probabilidades de riesgos ambientales.

Sustancias Peligrosas

En Adenda, respuesta 1.18., el titular señala que en el Anexo 1 de la DIA se entregaron las fichas técnicas de las sustancias peligrosas utilizadas en la obra, las cuales son sustancias derivadas del petróleo como parafina, solventes, adhesivos, entre otros. En el Anexo 8 de la Adenda se adjuntan, las hojas de seguridad de las sustancias utilizadas de acuerdo al formato establecido. La cantidad a almacenar máxima de estas sustancias será de alrededor de 500 Kg/mes.

Recursos naturales renovables

El proyecto durante esta fase no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables, dado que el fin del proyecto es la construcción de viviendas para uso habitacional.

 

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: Considerando tanto la fase de construcción como de operación, en relación a cada una de las actividades mencionadas en el Anexo de Emisiones, actualizado en el Anexo 14 de la Adenda, se presenta en la tabla siguiente el cuadro resumen de las emisiones generadas por el proyecto.

 

Tabla 5. Resumen de emisiones por año del proyecto (parte 1).

 Contaminante

 

 Emisión total generada (ton/año)

 

 Año 1  2010

 Año 2  2011

 Año 3  2012

 Año 4  2013

 

Año 5  2014

 CO

1,210

0,056

0,648

1,215

1,947

 HC

0,594

0,021

0,034

0,342

0,663

 NOx

 4,704

 0,210

 0,227

 2,601

 5,282

 MP

 2,172

 0,219

 0,154

 1,030

 1,487

 SOx

 -

 0,012

0,012

0,012

Fuente Tabla 76, Anexo 14 de la Adenda.

 

Tabla 5. Resumen de emisiones por año del proyecto (parte 2).

 Contaminante

 

 Emisión total generada (ton/año)

 

 

Año 6  2015

 

Año 7  2016

 

Año 8  2017

 

Año 9  2018

Año 10+ 2019

 CO

1,299

2,209

2,738

2,201

2,543

 HC

0,318

0,553

0,368

0,132

0,132

 NOx

 2,577

 4,367

2,824

0,886

0,907

 MP

 0,751

 1,866

0,728

0,592

0,606

 SOx

0,012

 0,024

0,036

0,036

0,048

Fuente Tabla 76, Anexo 14 de la Adenda.

 

Año 2010: Considera: fase de construcción Torre I.

Año 2011: Considera: fase de construcción Torre I.

Año 2012: Considera: fase de operación Torre I.

Año 2013: Considera: fase de operación Torre I y fase de construcción Torre II.

Año 2014: Considera: fase de operación Torre I y fase de construcción Torres II y III.

Año 2015: Considera: fase de operación Torre I y fase de construcción Torres II y III.

Año 2016: Considera: fase de operación Torres I y II y fase de construcción Torres III y IV.

Año 2017: Considera: fase de operación Torres I, II y III y fase de construcción Torre IV.

Año 2018: Considera: fase de operación Torre I, II, III y fase de construcción Torre IV.

Año 2019: Considera: fase de operación Torres I, II, III y IV.

 

Los resultados de esta evaluación indican que las emisiones atmosféricas del proyecto se encuentran por debajo de los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Ruido: En el Anexo 19 de la Adenda, se presenta el análisis y la proyección de ruido realizada para la fase de construcción y operación del proyecto, a partir de esta evaluación, se concluye que el proyecto cumplirá con la normativa vigente en la materia, esto es, el D.S. N°38/11 del MMA. Sin embargo, para la fase de construcción los valores de Nivel de Presión Sonora Corregido (NPC) de los receptores más cercanos, exceden los máximos permitidos por el D.S. N° 38/2011 MMA, por lo tanto se proponen medidas de control y gestión con las cuales se asegura el cumplimiento normativo. Dichas medidas se detallan en el punto 4.5 del Anexo 19 de la Adenda. En las tablas 26  a la 29 del citado Anexo, se presenta la evaluación de los valores NPC en relación a los receptores identificados y las respectivas faenas que forman parte de la fase de construcción (para las etapas III y IV) y cuyo resultado verifica que para el período diurno se da cumplimiento al D.S. N° 38/2011 MMA, aplicando las medidas de control propuestas.

 

Efluentes líquidos:

Residuos líquidos domésticos: Los residuos líquidos que corresponden a aguas servidas, son y serán descargados a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas. Se adjuntan factibilidades y permisos en el Anexo 2 de la DIA.

 

Residuos líquidos industriales: Corresponde al agua generada del lavado de ruedas de camiones que abandonen la faena, el fin es eliminar el residuo “barro” de las ruedas para que el camión circule sin arrastre y/o desprendimiento en vía pública. Este lavado se realiza solamente con agua a presión de una manguera y a un costado de la faena en una zona habilitada con piso radier y canaleta de contención que dirigirá las aguas al punto de descarga a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria. En la Adenda, en la respuesta 1.27., el titular amplió la información en relación al lavado de ruedas de camiones que abandonen la faena, indicando textualmente: “Las aguas del lavado de ruedas son descargadas a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria como aguas domiciliarias. La constructora cuenta con factibilidad de agua potable y alcantarillado otorgado por la empresa sanitaria Aguas Andinas. Se presentó una copia de factura en el anexo 2 de la DIA. Esta descarga se realiza bajo Decreto 609/98 y según lo señalado en su artículo 3 este residuo líquido no aplicaría clasificarlo como RIL- Riles según las definiciones establecidas. Las dimensiones de la canaleta son 6,5 x 0,8 metros”. Adicionalmente, el titular señala en la respuesta 1.21 de la Adenda que realizará lavado de canoa de camiones mixer, indicando textual: “Si, se realizará lavado de canoas de camiones mixer dado que no pueden retirarse los camiones de la obra con material en las canoas. Para esto se utilizará agua y una escobilla en caso de ser necesario, se lavará la canoa sobre un contenedor, el cual recolectará el residuo. Una vez alcanzada la capacidad del contenedor, éste será enviado a un sitio debidamente autorizado (www.asrm.cl).”

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

El proyecto en su fase de construcción genera residuos sólidos peligrosos y no peligrosos. En la siguiente tabla se presentan las cantidades de los residuos sólidos que se generan durante la construcción de cada torre:

 

Tabla 6. Caracterización de residuos fase de construcción.

Residuo

Cantidad

Etapa en que se genera

Almacenamiento

Disposición final

Desmoldante

12 litros

Obra gruesa

 

 

 

 

Contenedor considerando las incompatibilidades señaladas en el D.S. 148/2003 MINSAL

 

 

 

 

 

 

 

Sitios autorizados por la SEREMI de Salud RM de acuerdo a lo señalado en la página web www.asrm.cl

Ácido muriático

15 litros

Terminación

Bencina

3 litros

Obra gruesa

Pintura

11 galones

Terminación

Tubos fluorescentes

 

13 kg

terminación

Halógenos

5 kg

Obra gruesa y terminación

Papel higiénico

150 kg

Toda la obra

 

Contenedor

Restos de comida

1320 kg

Toda la obra

Papel mural

25 kg

Terminación

 

 

 

 

Acopio en obra

Restos piso flotante

183 kg

Terminación

Restos madera palos y planchas

1670 kg

Toda la obra

Sacos vacíos mezcla albañilería

35 kg

Terminación

Hormigón desbastado

4650 kg

Toda la obra

Acero de construcción

20.500 kg

Obra gruesa

 

 

 

Acopio Acero

Acero galvanizado Metalcón

4300 kg

Terminación

Planchas yeso Cartón

4874 kg

Terminación

Otros

780 kg

-

-

Fuente: Tabla 12 de la DIA.

 

Los residuos presentados en la tabla anterior corresponden a residuos generados durante la etapa II del conjunto, residuos declarados por la constructora, por tanto, se estima una generación similar para cada torre. Se adjunta además un plano layout de la instalación de faena para las etapas II y III con la ubicación de los sitios de acopio, Anexo 1 de la DIA.

 

Los camiones y/o maquinarias utilizadas son arrendados, siendo las mantenciones de éstas, de responsabilidad de cada contratista y no se realizarán en obra, por tanto no existen o existirán residuos provenientes de la mantención de vehículos y/o maquinaria como filtros, envases de aceite motor, huaipes con residuo, entre otros.

 

En Adenda, respuesta 1.3., el titular amplió la información en relación a acreditar las cantidades y lugar de disposición de material de excavaciones de las Etapas I, II y obras ya efectuadas de la Etapa III, indicando textualmente: “El material de excavación de las etapas I, II y III ha sido dispuesto en un sitio autorizado de acuerdo a la normativa. En la DIA se adjuntó tanto para la Etapa II y Etapa III un certificado de disposición de residuos de la construcción, mediante el cual se acredita la disposición los residuos, lo que incluye el material de excavación ya que no existe separación de estos residuos. Las empresas de disposición fueron para la etapa II Proyectos e Ingeniería S.A y para la etapa III la empresa Nexo residuos Limitada. Ver certificados adjuntos en anexo 2 de la DIA.

Para la etapa I, que en la actualidad se encuentra en funcionamiento, el Titular asegura que fueron retirados y dispuestos en una empresa autorizada al igual que las etapas II y III, pero no cuenta con su certificado.

En cuanto a la etapa IV, el titular se compromete que al igual que en las etapas anteriores, este residuo será retirado y dispuesto por una empresa autorizada, manteniendo un registro en obra”.

 

En Adenda, en la respuesta 1.20., el titular amplió la información en relación a aclarar el manejo interno y disposición final del material de escarpe generado en las etapas I, II y III y el que se generará en la etapa IV del proyecto, indicando textualmente: “Se acoge la observación y se señala que el escarpe se dispuso en sitio autorizado tal como se indica en el punto 1.3 de la presente Adenda”.

 

Además, en la respuesta 1.23. de la Adenda, el titular indicó lo siguiente: “El proyecto mantiene en obra documentos archivados que permite y permitirán el control y verificación del cumplimiento de la normativa aplicable. En el anexo 2 de la DIA se adjuntaron algunos ejemplos de certificados que se mantienen en obra tanto para la etapa II  como para la etapa III.

También en obra se cuenta con un cuaderno, en el cual se registra diariamente el ingreso y egreso de todo vehículo relacionado y en el cual se detalla su actividad. En el anexo 1 de la DIA se presentó una copia de ejemplo de la planilla de registro correspondiente al mes de Julio que también puede ser utilizado como indicador de cumplimiento”.

                                

Sustancias peligrosas: En el Anexo 8 de la Adenda se adjuntan las hojas de seguridad de las sustancias utilizadas de acuerdo al formato establecido. La cantidad a almacenar máxima de estas sustancias, será de alrededor de 500 Kg/mes.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

Obras y acciones.

Las partes obras y acciones asociadas a la fase de operación del proyecto contemplan actividades propias de cualquier proyecto de carácter inmobiliario. La actividad que dará inicio a esta fase corresponde a la ocupación de las viviendas por parte de sus respectivos dueños, procediendo a la ocupación total de la torre.

 

A continuación se presenta un resumen de las partes que comprende el proyecto:

 

Tabla 7. Resumen partes y obras físicas que comprende el proyecto.

Etapa

Torre

Pisos

Niveles

Subterráneos

Estac.

Vehículos

Estac.

Bicicletas

Número de Deptos.

Superficie construida

I

A

19

3

130

13

118

13.110,83

II

B

20

3

117

19

170

13.739,99

III

C

20

4

220

170

17.270,94

IV

D

18

4

91

52

135

12.745,11

Total

558

84

593

56.866,87

Fuente: Respuesta 1.12. y 4.4 de la Adenda.

 

Adicionalmente, las características de las torres son las siguientes:

 

Etapa I/Torre (A): En el primer piso cuenta con piscina segregada para adultos y niños, dos quinchos, jardines interiores, sala de juegos, sala de uso múltiple, baños públicos, sala de computación, sala de ejercicios, sala de proyección, sala de reuniones, lavandería, enfermería, comedor, baños y camarín para personal y oficina con baño para la administración. Además, cuenta con 118 estacionamientos para residentes y 12 para visitas (incluidos minusválidos).

 

Etapa II/Torre (B): En su primer piso cuenta con sala de cine, lavandería, sala de juegos, quincho, gimnasio y estacionamiento para bicicletas.

 

Etapa III/Torre (C): Este edificio es un proyecto “espejo” de la torre (B), por lo tanto también contará con sala de cine, lavandería, sala de juegos, quinchos, gimnasio o sala de máquinas y estacionamiento para bicicletas. A diferencia de la anterior, esta torre se proyectó con 4 niveles subterráneos destinados a estacionamientos para residentes y bodegas.

 

Etapa IV /Torre (D): Al igual que las torres anteriores contará con sala de cine, lavandería, sala de juegos, quinchos, gimnasio o sala de máquinas estacionamientos para bicicletas. En sus 4 niveles subterráneos se localizarán las bodegas y los respectivos estacionamientos para residentes.

 

Adicionalmente se contempla para los edificios:

  • Sistema de evacuación de aguas lluvias.
  • Salas de basura.

Recursos naturales renovables.

El proyecto durante esta fase, es de uso exclusivo habitacional y por tanto no contempla extraer ni explotar recursos renovables incluidos aire, suelo y agua.

 

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: Considerando tanto la fase de construcción como de operación, en relación a cada una de las actividades mencionadas en el Anexo de Emisiones, actualizado en el Anexo 14 de la Adenda, se presenta en la tabla 4 de la presente Resolución el cuadro resumen de las emisiones generadas por el proyecto. Cabe mencionar que para la fase de operación, las emisiones que se estimaron, serán generadas por el uso de calderas, grupos electrógenos y movimiento de vehículos particulares.

 

De acuerdo a las estimaciones calculadas, se concluye que durante la fase de operación, no se sobrepasarán los límites máximos permisibles expresados en el artículo 98 del PPDA, por lo que el proyecto no deberá compensar sus emisiones.

 

Ruido: Durante la fase de operación, las principales fuentes de ruido corresponden a:

·         Bombas ubicadas en sala de bombas, subterráneo N°3.

·         Sala de ascensores ubicada en último piso.

·         Sala de grupo electrógeno ubicado en el subterráneo N°1 (sólo emergencia).

·         Extractores de aire, azotea de la torre.

·         Sala de Calderas, azotea de la torre.

 

A partir de los niveles de presión sonora proyectados se comparan con el máximo permitido por el D.S. Nº38/2011 MMA. La verificación del cumplimiento del nivel de ruido corregido con la norma vigente en horario diurno y nocturno se presenta en la tabla 32 del Anexo 19 de la Adenda.

 

Respecto a la fase de operación, se concluye que el proyecto cumple los máximos permitidos por el D.S N° 38/11 MMA, en horario diurno y nocturno y en todos los receptores evaluados.

 

Efluentes líquidos: Los residuos líquidos que se generan corresponden a aguas servidas que son y serán descargadas a la red de alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas. El certificado de dotación de alcantarillado corresponde al certificado Nº 15.438 de 20.07.2011, presentado para la Torre (A) a la Dirección de Obra Municipal de La Florida, en el Certificado de Recepción de Obra Nº 233 de fecha 2 de Noviembre del 2011 se acredita la factibilidad de agua. Para la etapa II/torre (B), se solicitó una nueva factibilidad cuyo certificado corresponde al Nº 1.891de fecha 19.03.2014. Para la etapa III/torre (C) factibilidad cuyo certificado corresponde al Nº 6.013 de fecha 28.08.2014. Se adjuntan factibilidades y permisos en Anexo 2  de la DIA. Por su parte, para la etapa IV/torre (D), el titular adjunta factibilidad en el Anexo 4 de la Adenda, Certificado N° 8572 de fecha 10.11.2015, emitido por la empresa Aguas Andinas.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Durante la fase de operación del condominio, sólo se estima la generación de residuos sólidos de carácter domésticos, éstos son y serán recepcionados en contenedores o tolvas ubicados en el subterráneo de cada torre, para luego ser retirados periódicamente por el servicio de aseo municipal. Se estima la generación total de 10.174 litros cada 3 días. 

 

Tabla 8. Caracterización de residuos fase operación.

Torre

Total de deptos.

Total de personas

Factor basura por persona (Lts/día)

Generación de basura

Razón compactación

Basura total

Lts/día

Lts/3días

A

118

406

4

1.623

4.870

*

4.870

B

170

474

4

1.896

5.688

3

1.896

C

170

474

4

1.896

5.688

3

1.896

D

135

378

4

1.512

4.536

3

1.512**

Total Basura (Lts/3 días)

10.174

Fuente Tabla 16 de la DIA.

*Torre A sólo considera sala de basura sin compactador

**Torre D estimada en base a la cantidad proyectada de las torres anteriores (A, B y C).

 

Se adjuntan planos del proyecto de basura Torre (B), en el Anexo 5 de la DIA, y Torre (C) en el Anexo 6 de la DIA. El proyecto de basura de la Torre (A) fue aprobado mediante resolución Nº 46.960 de fecha 10.09.2010 por la SEREMI de Salud. Se adjunta en el Anexo 2 de la DIA, Resolución de autorización de obras del sistema de extracción de basuras otorgado por la misma autoridad. 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE.

El proyecto no considera fase de cierre, ya que su duración es de carácter indefinida.

 

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

De acuerdo a lo señalado por el titular en el punto 1.5.2 de la DIA:

·         La fase de construcción para la torre (A),  se inició  durante el año 2010.

·         La torre (B) se inició en septiembre del año 2013.

·         La torre (C) comenzó en el mes de octubre 2014.

·         El inicio de ejecución de la torre (D) se estima para el segundo semestre del año 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El inicio de ejecución de la torre (C) comenzó con las faenas de despeje del área.

El inicio de la fase de construcción de la etapa IV (torre D) comenzará luego de la obtención del permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de La Florida.

Fecha estimada de término.

La fase de construcción se está  desarrollando  en 4 etapas, en un tiempo total aproximado por etapa, de 2 años (cronograma del proyecto se presenta en la tabla 6 de la DIA).  

Por otra parte, en relación a las torres (A) y (B), según lo señalado por el titular en el punto 1.5.2 de la DIA y respuesta 1.13 de la Adenda:

·         La fase de construcción para la torre (A) finalizó en noviembre del año 2011.

·         La torre (B) se entregó en agosto de 2015.

Respecto de las torres (C) y (D), se estima que finalicen sus fases de construcción en octubre de 2016 y durante el año 2018, respectivamente.

Parte, obra o acción que establece el término.

El hito de término de la fase de construcción corresponde a la Recepción Municipal.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

La torre (A) se encuentra en operación desde el año 2011 y la torre (B) se encuentra construida y con Recepción Definitiva de Obras.

La torre (C) se encuentra en construcción y la torre (D) en proyecto.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

Se dará inicio a la fase de operación con la ocupación de las viviendas por parte de sus respectivos dueños.

Fecha estimada de término.

Indefinida.

Parte, obra o acción que establece el término.

No contempla.

4.4.3. FASE DE CIERRE

El titular señala en el punto 1.1.10 de la DIA que la vida útil del proyecto aunque sea de carácter indefinido por las características del mismo, se estima en un período de 50 años.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

 

Los niveles de emisiones atmosféricas generados en ambas fases del proyecto cumplen con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), de acuerdo a lo señalado en el Estudio de Emisiones, adjunto en el Anexo 14 de la Adenda. Además, se proponen medidas de control con el objetivo de disminuir el impacto de las emisiones durante la fase de construcción, punto 2.1 de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Instalación de faenas, excavación, obra gruesa y terminaciones (uso de maquinarias y equipos y circulación de vehículos) en la fase de construcción.

Grupos electrógenos de emergencia, calderas y movimiento de vehículos particulares para la fase de operación.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido.

 

Los niveles de ruido generados por el proyecto cumplen con el límite máximo establecido por el D.S. N° 38/2011 MMA, aplicando las medidas de control y gestión descritas en el Anexo 19 “Estudio Acústico” de la Adenda, para la fase de construcción. Durante la fase de operación del proyecto, éste da cumplimiento, tanto en horario diurno como nocturno, al D.S Nº 38/2011 MMA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Instalación de faenas, excavación, obra gruesa y terminaciones (uso de maquinarias y equipos y circulación de vehículos) en la fase de construcción.

En la fase de operación las principales fuentes de ruido corresponden a las bombas, ascensores, grupo electrógeno, extractores de aire, calderas.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Suelo: Mayor generación de residuos.

 

El proyecto en su fase de construcción genera residuos sólidos peligrosos y no peligrosos. Los residuos peligrosos se almacenarán en contenedores considerando las incompatibilidades señaladas en el D.S. N° 148/2003 MINSAL. Existirá una zona específica para el acopio de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, los contenedores serán dispuestos en este sector aminorando las probabilidades de riesgos ambientales. Todos los residuos serán dispuestos en sitios autorizados por la SEREMI de Salud RM.

En cuanto a la fase de operación, las características específicas de un proyecto inmobiliario contemplan sólo la generación de residuos de carácter domiciliario, los que serán trasladados a través de un sistema de basura previamente aprobado por la SEREMI de Salud, para posteriormente ser retirados periódicamente por el servicio de Aseo Municipal

Adicionalmente, en el punto 3.2.1 de la DIA se describen los sitios de acopio de residuos, como parte de los requisitos para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial establecido en los artículos 140 y 142 del RSEIA (D.S. N°40/2012 MMA), relativos al almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos y residuos peligrosos generados por el proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera.

Instalación de faenas, excavación, obra gruesa y terminaciones en la fase de construcción.

Ocupación de las viviendas por parte de los residentes durante la fase de operación.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Aguas: Derrame de efluentes líquidos.

Durante la fase de construcción se prevé la generación de aguas servidas y aguas provenientes del lavado de ruedas de camiones previo al abandono de faenas. Las aguas servidas serán descargadas al alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas.

Además, durante esta fase, se manipularán sustancias en su mayoría derivadas de petróleo, aceites, pintura, solventes, adhesivos, desmoldantes, entre otros, las que serán almacenadas temporalmente en una bodega común debidamente señalizada y acondicionada.

 

Durante la fase de operación se prevé sólo la generación de aguas servidas domiciliarias (por las características del proyecto), estas aguas serán descargadas al alcantarillado, cada torre cuenta con su factibilidad correspondiente, tal como se indica en el punto 1.6.8  del capítulo 1 de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera.

En la fase de construcción, utilización de sanitarios/duchas y lavado de ruedas.

En la fase de operación, aguas servidas generadas por los habitantes del edificio.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos IV, V, VI y XII.

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Alteración de los Recursos Naturales Renovables.

 

La zona de emplazamiento del proyecto corresponde a una zona intervenida, por lo tanto no presenta formaciones de vegetación nativa ni fauna silvestre susceptible de ser intervenida negativamente

 

El proyecto no contempla extraer o explotar recursos naturales renovables.

Componente ambiental afectado.

Biota.

Parte, obra o acción que lo genera.

Actividades realizadas en la fase de construcción (instalación de faenas y obras de construcción).

Fase en que se presenta.

Construcción.

Impacto ambiental.

Alteración de los Recursos Naturales Renovables.

 

Recurso suelo:

Emplazamiento: El proyecto se ubica en un área urbana y previamente intervenida, su construcción no afecta la pérdida de suelo ni sus características. El suelo de la zona donde se emplazará el proyecto se encuentra clasificado en su mayoría  como “Urbano e Industrial” hecho que indica que el sector presenta una alta intervención humana. Adicionalmente, en el Certificado de Informaciones Previas otorgado por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de la Florida, se establece que el uso de suelo específico para la zona de emplazamiento del proyecto corresponde al tipo Z-AA+CB/CM, Zona de Edificación Aislada Alta con Continuidad Baja y Media

 

Residuos líquidos: Durante la fase de construcción se prevé la generación de aguas servidas, y aguas provenientes del lavado de ruedas de camiones previo al abandono de faenas. Las aguas servidas serán descargadas al alcantarillado de la empresa sanitaria Aguas Andinas.

Durante la fase de operación se prevé sólo la generación de aguas servidas domiciliarias (por las características del proyecto), estas aguas serán descargadas al alcantarillado, cada torre cuenta con su factibilidad correspondiente tal como se indica en el punto 1.6.8  del capítulo 1 de la DIA.

 

Sustancias y Residuos Peligrosos: Durante la fase de construcción, por el tipo de proyecto se utilizarán sustancias con características peligrosas (pintura, solventes, adhesivos, tubos fluorescentes, etc.) y por tanto habrá generación de residuos peligrosos (RESPEL). Estas sustancias y residuos serán manipulados, almacenados y dispuestos finalmente de acuerdo a lo estipulado en la normativa vigente a fin de evitar posibles impactos negativos en los recursos naturales renovables.

 

Recurso Agua:

De acuerdo a lo señalado por el titular en la respuesta 1.3 de la Adenda: “El agua utilizada durante la etapa de construcción de cada etapa fue y será suministrada por la empresa Aguas Andinas.”

En cuanto a la fase de operación, el titular acredita Certificados de dotación de alcantarillado y agua potable para todas sus etapas (Anexo 2 de la DIA y Anexo 4 de la Adenda).

 

Recurso aire:

Emisiones a la atmósfera: Los niveles de emisiones atmosféricas generados en ambas fases del proyecto cumplen con el límite máximo establecido por el Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), de acuerdo a lo señalado en el Estudio de Emisiones, adjunto en el Anexo 14 de la Adenda. Además, se proponen medidas de control con el objetivo de disminuir el impacto de las emisiones durante la fase de construcción, punto 2.1 de la DIA.

Componentes ambientales afectados.

Suelo, agua y aire.

Parte, obra o acción que lo genera.

Instalación de faenas, excavación, obra gruesa y terminaciones en la fase de construcción.

Actividades de la fase de operación, uso de las viviendas por parte de los residentes.

Fase en que se presenta.

Construcción y Operación.

Impacto ambiental.

Alteración de recursos hídricos.

 

En la respuesta 1.29. de la Adenda, el titular declara: “En la mecánica de suelos presentada en el anexo N° 3 de la DIA, se exploró la napa a 30 metros y no se detectó existencia de ella, si bien la mecánica de suelos corresponde a estudios realizados en los años 2008 y 2013, se solicita considerar que al momento de presentar la DIA a evaluación existía la construcción de los dos primeros edificios y cuyo permiso de edificación fue otorgado en el año 2008 para la primera construcción.

El proyecto se emplaza en una zona de vulnerabilidad moderada, tal como señala la observación, identificándose la napa subterránea al menos a unos 20 metros de profundidad, esto en el período más crítico del año. Cabe considerar que la profundidad  total de los 4 subterráneos del proyecto es de 11 metros aproximadamente,  y que durante la recepción de fundaciones de esta excavación realizada en período de invierno, no hubo afloramiento de napa, esto se encuentra documentado en las fotografías adjuntas en el informe de avance de la torre III que fue adjunto en el anexo 1 de la DIA y es ratificado por los ingenieros civiles a cargo de la Mecánica de suelos quienes señalan la profundidad máxima del proyecto y la de la napa. Se adjunta nota (s)  y carta que certifica la profundidad de la napa en el sector, Ver anexo 9”.

Componente ambiental afectado.

Aguas subterráneas.

Parte, obra o acción que lo genera.

Construcciones, preparación del terreno, excavaciones y obras asociadas a la construcción del proyecto.

Fase en que se presenta.

Construcción.

Referencia al ICE.

Capítulos IV, V, VI y XII.

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El proyecto se instala en un área residencial de la comuna de La Florida, área en transición hacia el uso intensivo del suelo por parte de inmobiliarias, a través de la construcción de torres de edificios, además las actividades económicas del micro-centro corresponden al sector de servicios y el comercio. Bajo los antecedentes presentados y apoyados además en el estudio de medio humano adjunto en el Anexo 16 de la Adenda, se puede concluir que el proyecto no se instala en un área de acceso a recursos naturales, por lo tanto, no interviene o restringe el acceso de recursos naturales que puedan ser usados como sustento económico de grupos o que puedan ser usados para otro uso como medicinal, espiritual o cultural. 

 

Además se concluye que el proyecto inmobiliario no alterará de manera significativa el tránsito de vehículos como de personas. Esta conclusión se base en el análisis del área estudiada abordada en el documento como dimensión geográfica (Anexo 16 de la Adenda).

 

Edificios Altavista Vicente Valdés se inserta dentro de un proceso de transformación urbana que ha sufrido la comuna de La Florida desde antes de su instalación y que tampoco es contraria a ella, en una zona que cuenta con múltiples servicios (educación, salud, transporte, recreación, entre otros). En el Estudio de Medio Humano, se analizó esta dimensión y se considera que no existirá alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, como tampoco deterioro de la misma

 

El proyecto no modifica significativamente los sistemas de vida (orden u organización) o costumbres (tradiciones, patrones de conducta aprendidos), por las siguientes razones:

 

a)      No hay costumbres propias del lugar ni zonas de mayor valor para el colectivo (sagradas en algún sentido). El proyecto no interfiere con las valoraciones de la zona o, al menos, no negativamente; pues hay vecinos que declaran que “está llegando gente y eso significa que la zona tiene atractivo”.

b)      El proceso de poblamiento intensivo de la zona ya lleva décadas. No aparece en ninguna exploración del equipo una referencia en primera persona a un orden anterior, semirural o más bucólico. La zona es fundamentalmente de nuevos habitantes.

c)      La zona carece hoy de un tejido de organización social relevante. El proyecto no genera merma alguna en este punto, más allá del posible impacto de la atomización de la experiencia por el individualismo que suele acompañar este tipo de proyectos inmobiliarios.  Sin embargo, al tratarse de un proyecto con vida al interior del mismo (pues tiene espacios de encuentro), es altamente probable que ese proceso sea compensado.

d)      No se detectan patrones de conducta específicos de la zona. Hay obviamente diferencias en el estilo de vida existente entre quienes habitan construcciones bajas y quienes lo hacen en las altas ya existentes, pero ello no marca un clivaje (dimensión de conflicto) ni la existencia de modos de hacer incompatibles entre sí.

e)      La única diferencia entre los antiguos habitantes y los nuevos, es que estos últimos estarán asociados a proyectos inmobiliarios de mayor tamaño, versus la vida en menor altura que caracterizó el proceso anterior. Frente a este punto, resulta evidente que ya se dio inicio a un proceso de aculturación, esto es, la hibridación de los contenidos de los distintos grupos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos.

 

El proyecto contempla la instalación de contenedores para el acopio temporal de residuos durante la fase de construcción y para la fase de operación, cada edificio contará con un sistema recolector de basuras de acuerdo con los planos adjuntos en los Anexos 5 y 6, proyecto de basura de etapas II y III de la DIA. Etapa IV sólo está proyectada, no cuenta con proyecto, sin embargo en Adenda el titular manifiesta que la sala de basura de la torre en proyección D, tendrá las mismas condiciones y características que las salas descritas en la DIA que corresponde a las etapas II y III.

 

La estimación de residuos para ambas fases del proyecto, se detallan en los puntos 4.3.1 (tabla 5) y 4.3.2 (tabla 7) de la presente Resolución.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el punto 3.2.1., de la DIA, Anexos 1, 2, 5 y 6 de la DIA, respuestas 3.1, 3.2 , 3.3 y 3,4 del capítulo III de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, mediante Oficio Nº1088 de fecha 08 de febrero de 2016 señala que el titular del proyecto ha entregado todos los antecedentes necesarios durante la evaluación ambiental, por lo que  se pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, puntos 4.3.1 y 4.3.2 y Capítulo IX, punto 9.1.1

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica.

Sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPEL).

 

El proyecto es de carácter inmobiliario y durante su construcción se generarán residuos con características peligrosas que serán almacenados temporalmente, tales como pinturas, pegamentos, aceites, tubos fluorescentes, entre otros. Éstos se almacenan en un contenedor al interior de una bodega temporal que presenta las características constructivas referidas al art. 33 del D.S 148/2003 MINSAL.

Contenedores y bodega dan cumplimiento al D.S Nº 148/2003 del MINSAL.

La estimación de RESPEL se indica en la tabla 5 de la presente Resolución.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el punto 3.2.1., de la DIA, Anexo 1 de la DIA, respuesta 3.5 a 3.8 del capítulo III de la Adenda y Anexo 15 de la Adenda, correspondiente a la cantidad de residuos generados durante la fase de construcción.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud RM, mediante Oficio Nº1088 de fecha 08 de febrero de 2016 señala que el titular ha entregado todos los antecedentes relativos al sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos generados durante la fase de construcción del proyecto, por lo que pronuncia conforme.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.3.1 y Capítulo IX, punto 9.1.2

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Medio Construido.

NORMA

D.F.L.  Nº 458 y D.S Nº 47/92 MINVU.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Construcción del edificio.

Operación: Funcionamiento del edificio.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Previo al inicio de la fase de construcción del proyecto, el titular requerirá los permisos de edificación a la Dirección de Obras Municipales de la comuna de La Florida.

 

Operación.

Previo al inicio de operación de cada etapa del proyecto, se deberá contar con el permiso de recepción final otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la comuna de La Florida.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Registro en obra del permiso de edificación otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la comuna de La Florida. 

 

Operación.

Registro en administración del permiso de recepción definitivo o certificado otorgado por la Dirección de Obras Municipales de la comuna de La Florida.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Condiciones Sanitarias.

NORMA

Ley Nº 725/69 MINSAL, Código Sanitario.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Instalación de faenas.

Operación: Áreas comunes, salas de basura, salas de aseo.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Mantener el lugar de trabajo aseado, iluminado, ventilado, limpio de residuos y emisiones que afecte la salud de las personas. Contar con factibilidad de agua potable y alcantarillado.

 

Operación.

Contar con factibilidad de agua potable y alcantarillado. Además, mantener el lugar de trabajo aseado y limpio de residuos de cualquier clase.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Aprobación previa de los servicios de agua potable y de alcantarillado o desagües. Autorización de instalación de faenas, copia del permiso en obra.

 

Operación.

Aprobación previa de los servicios de agua potable y de alcantarillado o desagües. Autorización de funcionamiento, copia del permiso de recepción final por parte de la administración.

NORMA

D.S. Nº 594/99 MINSAL, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Instalación de faenas.

Operación: Áreas comunes, salas de basura, salas de aseo.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Mantener el lugar de trabajo aseado, iluminado, ventilado, limpio de residuos y emisiones que afecte la salud de las personas. Contar con  factibilidad de agua potable y alcantarillado.

 

Operación.

Contar con factibilidad de agua potable y alcantarillado. Además, mantener el lugar de trabajo aseado y limpio de residuos de cualquier clase.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Aprobación previa de los servicios de agua potable y de alcantarillado o desagües. Autorización de instalación de faenas, copia del permiso en obra.

 

Operación.

Aprobación previa de los servicios de agua potable y de alcantarillado o desagües. Autorización de funcionamiento, copia del permiso de recepción final por parte de la administración.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Agua Potable y Alcantarillado.

NORMA

NCh. 409 /05. Norma Chilena Oficial- Agua Potable- Parte 1.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Instalación de faenas.

Operación: Funcionamiento de cada torre.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Se tendrá acceso a agua potable existente mediante un empalme provisorio suministrado por Aguas Andinas, empresa abastecedora de la comuna. 

 

Operación.

Tener acceso a la red de agua potable existente en la comuna.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Certificado de factibilidad de agua potable emitido por empresa Aguas Andinas, mantenido en obra.

 

Operación.

Certificado de factibilidad de agua potable de la empresa Aguas Andinas. Copia del documento en administración del edificio.

NORMA

D.S. N° 131/2006 MINSAL, Reglamento de los Servicios  de Agua Destinados a Consumo Humano.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Instalación de faenas.

Operación: Funcionamiento de cada torre.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Se tendrá acceso de agua potable existente mediante un empalme provisorio suministrado por Aguas Andinas, empresa abastecedora de la comuna. 

 

Operación.

Tener acceso a la red de agua potable existente en la comuna.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Certificado de factibilidad de agua potable emitido por empresa Aguas Andinas, mantenido en obra.

 

Operación.

Certificado de factibilidad de agua potable de la empresa Aguas Andinas, en administración del edificio.

NORMA

D.S. Nº 50/03 MOP, Reglamento de Instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Instalación de faenas.

Operación: Funcionamiento de cada torre.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Durante esta fase, la instalación, mantención y retiro de los residuos líquidos estará a cargo de una empresa autorizada, hasta la materialización de las conexiones a los empalmes temporales a la red de alcantarillado público.

 

Operación.

El proyecto cuenta con su respectiva factibilidad de agua potable y alcantarillado, para cada edificio. Para mayor detalle revisar Anexo 2 de la DIA y Anexo 3 de la Adenda en el cual se adjunta certificado para edificio D.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Copia de factura u otro documento que acredite el retiro de los residuos de baños químicos por una empresa autorizada.

 

Operación.

Recepción municipal otorgada por la Dirección de Obras Municipales de La Florida.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos.

NORMA

Ley 19.525 MOP, Regula sistemas de evacuación y drenaje de aguas lluvias.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Funcionamiento de cada torre.

Forma de cumplimiento.

Evacuar y drenar aguas lluvias como indica la normativa aplicable ya sea a través de colector u otro método de evacuación y drenaje.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Aprobación del sistema de evacuación y drenaje de aguas lluvias por parte de la DOM Municipalidad respectiva, en este caso Ilustre Municipalidad de La Florida. Además, también se pude considerar como indicador de cumplimiento, el permiso de recepción definitiva de cada etapa del proyecto inmobiliario. Planos aprobados o certificado de la DOM que acredite el cumplimiento a las obras de evacuación de aguas lluvias del proyecto, en este caso de cada etapa del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos.

NORMA

Ley Nº 725/69 MINSAL, Código Sanitario.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Sitio de acopio de residuos.

Operación: Salas de basura.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

Se contará con una zona especialmente habilitada para acumular todos los residuos generados en la construcción del proyecto. Así posteriormente, disponerse en lugares debidamente aprobados por la Autoridad Sanitaria.

 

Operación.

Durante la operación se contará con salas de basura, las cuales se encontrarán debidamente autorizadas por Autoridad Sanitaria. Finalmente los residuos acumulados serán retirados por el servicio municipal recolección de basura.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Registro en obra de autorización emitida por la Autoridad Sanitaria.

 

Operación.

Registro en administración del edificio de Autorización emitida por la Autoridad Sanitaria, respecto a las salas de basura que incorpora el proyecto.

NORMA

D.S. Nº 594/99 MINSAL, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Disposición de residuos generados en la obra.

Forma de cumplimiento.

El titular del proyecto tramitará la respectiva Autorización Sanitaria para la disposición de los residuos fuera del predio.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de Autorización Sanitaria respectiva.

NORMA

D.S. Nº 148/03 MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo  de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Manejo de residuos peligrosos.

Forma de cumplimiento.

Los residuos peligrosos serán separados, clasificados y almacenados en contenedores diferenciados y dispuestos transitoriamente en un lugar habilitado. Éstos serán retirados por empresas autorizadas en el transporte y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada.

NORMA

Resolución Nº 7.328/76, Reglamento sobre eliminación de basuras en edificios elevados.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Salas de basura.

Forma de cumplimiento.

Cada etapa del proyecto contará con un sistema de recolección de basura. Esta basura será almacenada y retirada de manera periódica por el aseo municipal.

Cada sistema de basura contará con ducto metálico circular, tolvas de volteo desmontables, compuertas de seguridad, un compactador (a excepción de la etapa I), contenedor de polietileno, y la sala debidamente acondicionada, en pisos, muros, puertas, techos, ventilación, accesorios de aseo, accesorios de seguridad como extintores, etc. 

Indicador que acredita su cumplimiento.

Aprobación del sistema de basura por parte de autoridad competente.

Resolución de recepción definitiva de cada edificio (cada etapa) por parte de la Dirección de Obras Municipales de la Ilustre Municipalidad de La Florida.

La administración deberá mantener una copia archivada de la resolución de recepción definitiva.

NORMA

Ordenanza Nº 5/06, Condiciones Sanitarias Básicas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Funcionamiento de cada edificio.

Forma de cumplimiento.

Cada torre contará con personal que se encargue de la salubridad del edificio, además los residuos que se generen serán almacenados en contenedores con tapa y de material sólido debidamente sellado, evitando así la emanación de olores o la generación de vectores, para luego ser retirados por personal de Aseo Municipal. En cuanto a los residuos líquidos domésticos éstos serán descargados al alcantarillado.

El edificio contará con calefacción central, por lo tanto no será necesario el uso de chimeneas u otro destinado a la calefacción de la vivienda.

La administración del edificio se encargará de mantener el edificio libre de vectores, insectos u otros  y además recordar a cada propietario el manejo de residuos en el edificio.  

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de retiro de aseo Municipal para el caso de residuos. Registro o facturas de Aguas Andinas para el caso de agua potable y alcantarillado. Factura, boleta o contrato con la empresa de control de plagas.

El administrador deberá contar con un registro de fácil acceso de los indicadores de cumplimiento.

NORMA

D.S. Nº 1/13 MMA, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Calderas y grupos electrógenos

Forma de cumplimiento.

Se declararán las emisiones de fuentes fijas de acuerdo a la establece la normativa aplicable, en el sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl), según corresponda.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Comprobante de ingreso de información correspondiente (http://vu.mma.gob.cl). La administración deberá tener copias de las declaraciones que se ingresen al Sistema de Ventanilla Única.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire emisiones.

NORMA

D.S. Nº 66/09 MINSEGPRES, PPDA.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Actividades de construcción de las torres.

Operación: Calderas, grupos electrógenos, movimiento de vehículos particulares.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

El proyecto cumple con la normativa aplicable, sin embargo implementará medidas de control de calidad del aire para reducir el material particulado y gases contaminantes.

 

Para emisiones gaseosas se tomarán las siguientes medidas, las que serán mantenidas en toda la obra:

·         Mantenimiento adecuado de la maquinaria para efectos de minimizar las emisiones de gases atmosféricos producto del funcionamiento de la maquinaria, y camiones a utilizar en la obra se les exigirá mantención y revisión técnica al día. 

·         Para los vehículos asociados al proyecto se evitará que su tránsito se realice en horas de alto flujo vehicular, es decir, de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs.

 

Para las emisiones de material particulado se tomarán las siguientes medidas propuestas en el instructivo de control de polución de la constructora.

 

Niveles regulares de polución ambiental:

·         Humectar escombros antes de ser arrojados por chute. 

·         Humectar losa antes de ser barrida.

·         Humedecer escombros antes de ser retirados, y permanecer humedeciendo mientras se remueva para su retiro.

·         Las faenas que generen polución como pulido de muros, limpieza de juntas, puntereos y desbastes, deberán realizarse de manera controlada, evitando que la polución salga hacia el exterior en forma masiva. Por ejemplo se pueden controlar efectuando el trabajo en un estado “humedecido”, de ningún modo en seco, utilizando de preferencia herramientas que cuenten con un sistema extracción, no efectuando actividades de manera simultánea ni durante horas continuas, se puede alternar efectuando otros en la obra que no implique polución de MP. En cuanto a limpieza de material que pudiera ser resuspendido, se utilizan preferentemente equipos de aspiración.

·         Evitar encender fuego.

·         Camiones que ingresen a la obra a retirar escombros, verificar que al retirarse lleven tapadas su carga y sus ruedas sin material (limpias).

·         Mantener certificado actualizado del sitio de disposición de los RIS (escombros o basura en la obra), el cual debe proporcionar la empresa que retira de escombros de la obra.

 

Nivel malo, en presencia de Alerta Ambiental:

·         Mantener acopiado el escombro humedecido en los pisos, evitar enviar por el chute.

·         Evitar emanación de polución, ejemplo, pulido de muros, puntereos y limpieza de juntas; realizar estas faenas al interior del edificio, muros interiores. Además, se pueden controlar efectuando el trabajo en un estado “humedecido”, de ningún modo en seco, utilizando de preferencia herramientas que cuenten con un sistema extracción, no efectuando actividades de manera simultánea ni durante horas continuas, se puede alternar efectuando otros en la obra que no implique polución de MP. En cuanto a limpieza de material que pudiera ser resuspendido, se utilizan preferentemente equipos de aspiración.

·         No encender fuego.

·         No barrer losa en seco.

·         No retirar escombros.

·         Evitar utilizar cango para tratamiento de junta, realizarlo con chuzo.

·         Evitar el uso del soplador en el tratamiento de junta, realizar la limpieza con hidrolavadora.

·         Camiones que ingresen a la obra a retirar escombros verificar que al retirarse lleven su carga tapada y sin material en sus ruedas (limpias).

·         Mantener certificado actualizado del sitio de disposición de los RIS (escombros o basura e la obra), el cual debe proporcionar la empresa que retira de escombros de la obra.

·         Mantener un programa de trabajo para control de polvo en suspensión.

 

Estado crítico y peligroso, en presencia de preemergencia y emergencia ambiental:

·         Quedarán suspendidas las faenas que implique una emisión de material particulado.

-          Retiro de escombros.

-          Descarga de escombros por chute.

-          Puntereos y lijado de muros.

·         No utilizar soplador en el tratamiento de junta, realizar la limpieza con hidrolavadora.

·         Evitar descargar terreno de relleno.

·         No barrer las veredas, si no recoger hojas y papeles.

·         Mantener certificado actualizado del sitio de disposición de los RIS (escombros o basura e la obra), deberá ceñirse a las restricciones vehiculares, en el caso de preemergencias.

 

Operación.

La administración se encargará que tanto la caldera como el grupo electrógeno de emergencia, cuenten con sus respectivas mantenciones. Además, podrá informar a la comunidad mediante documento de gastos comunes, acciones como evitar sacudir alfombras u otros enseres por la venta o balcones, evitar barrer áreas comunes expuestas al ambiente en seco, etc.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Registro fotográfico o informe que evidencia la implementación de las medidas listadas.

 

Operación.

Comprobante de las mantenciones de calderas y grupos electrógeno.

Informativo gastos comunes con medidas o acciones propuestas.

NORMA

D.S. Nº 144/61 MINSAL, Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Actividades de construcción de las torres.

Operación: Calderas, grupos electrógenos, movimiento de vehículos particulares, operación salas de basura.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción.

El proyecto cumple con la normativa aplicable, sin embargo implementará medidas de control de calidad del aire para reducir el material particulado y gases contaminantes.

 

Para emisiones gaseosas se tomarán las siguientes medidas, las que serán mantenidas en toda la obra:

·         Mantenimiento adecuado de la maquinaria para efectos de minimizar las emisiones de gases atmosféricos producto del funcionamiento de la maquinaria, y camiones a utilizar en la obra se les exigirá mantención y revisión técnica al día. 

·         Para los vehículos asociados al proyecto se evitará que su tránsito se realice en horas de alto flujo vehicular, es decir, de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs.

 

Para las emisiones de material particulado se tomarán las siguientes medidas propuestas en el instructivo de control de polución de la constructora.

 

Niveles regulares de polución ambiental:

·         Humectar escombros antes de ser arrojados por chute. 

·         Humectar losa antes de ser barrida.

·         Humedecer escombros antes de ser retirados, y permanecer humedeciendo mientras se remueva para su retiro.

·         Las faenas que generen polución como pulido de muros, limpieza de juntas, puntereos y desbastes, deberán realizarse de manera controlada, evitando que la polución salga hacia el exterior en forma masiva. Por ejemplo se pueden controlar efectuando el trabajo en un estado “humedecido”, de ningún modo en seco, utilizando de preferencia herramientas que cuenten con un sistema extracción, no efectuando actividades de manera simultánea ni durante horas continuas, se puede alternar efectuando otros en la obra que no implique polución de MP. En cuanto a limpieza de material que pudiera ser resuspendido, se utilizan preferentemente equipos de aspiración.

·         Evitar encender fuego.

·         Camiones que ingresen a la obra a retirar escombros, verificar que al retirarse lleven tapadas su carga y sus ruedas sin material (limpias).

·         Mantener certificado actualizado del sitio de disposición de los RIS (escombros o basura en la obra), el cual debe proporcionar la empresa que retira de escombros de la obra.

 

Nivel malo, en presencia de Alerta Ambiental:

·         Mantener acopiado el escombro humedecido en los pisos, evitar enviar por el chute.

·         Evitar emanación de polución, ejemplo, pulido de muros, puntereos y limpieza de juntas; realizar éstas faenas al interior del edificio, muros interiores. Además, se pueden controlar efectuando el trabajo en un estado “humedecido”, de ningún modo en seco, utilizando de preferencia herramientas que cuenten con un sistema extracción, no efectuando actividades de manera simultánea ni durante horas continuas, se puede alternar efectuando otros en la obra que no implique polución de MP. En cuanto a limpieza de material que pudiera ser resuspendido, se utilizan preferentemente equipos de aspiración.

·         No encender fuego.

·         No barrer losa en seco.

·         No retirar escombros.

·         Evitar utilizar cango para tratamiento de junta, realizarlo con chuzo.

·         Evitar el uso del soplador en el tratamiento de junta, realizar la limpieza con hidrolavadora.

·         Camiones que ingresen a la obra a retirar escombros verificar que al retirarse lleven su carga tapada y sin material en sus ruedas (limpias).

·         Mantener certificado actualizado del sitio de disposición de los RIS (escombros o basura e la obra), el cual debe proporcionar la empresa que retira de escombros de la obra.

·         Mantener un programa de trabajo para control de polvo en suspensión.

 

Estado crítico y peligroso, en presencia de preemergencia y emergencia ambiental:

·         Quedarán suspendidas las faenas que implique una emisión de material particulado.

-          Retiro de escombros.

-          Descarga de escombros por chute.

-          Puntereos y lijado de muros.

·         No utilizar soplador en el tratamiento de junta, realizar la limpieza con hidrolavadora.

·         Evitar descargar terreno de relleno.

·         No barrer las veredas, si no recoger hojas y papeles.

·         Mantener certificado actualizado del sitio de disposición de los RIS (escombros o basura e la obra), deberá ceñirse a las restricciones vehiculares, en el caso de preemergencias.

 

En cuanto a emisiones odoríferas se mantendrán controladas dado que los residuos serán almacenados de manera temporal y debidamente en contenedores tapados.

 

Operación.

La administración se encargará que tanto la caldera como el grupo electrógeno de emergencia, cuenten con sus respectivas mantenciones. Además, podrá informar a la comunidad mediante documento de gastos comunes, acciones como evitar sacudir alfombras u otros enseres por la venta o balcones, evitar barrer áreas comunes expuestas al ambiente en seco, etc.

 

En cuanto a los residuos y sus emisiones odoríferas, cada edificio tendrá una sala de basuras y se contempla que la administración clasificará la basura domiciliaria, separando lo clasificable (vidrios, papeles, cartón, plásticos, metales y pilas-baterías) y las colocará en el recinto de basura, dentro de contenedores de basura con el fin de ser entregados a instituciones que reutilicen estos residuos. Además, se considera un compactador para cada torre, a excepción de la torre (A) que no fue considerado. La basura orgánica domiciliaria será arrojada y contenida en la sala y se sacará periódicamente para ser entregada al camión de aseo Municipal, por tanto su almacenamiento será temporal, por un período máximo de tres días.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

Registro fotográfico o de camiones en obra que evidencie la implementación de las medidas anteriormente listadas.

Registro comprobante de disposición de residuos.

 

Operación.

Registro de mantenciones de calderas y grupos electrógeno.

Informativo gastos comunes con medidas o acciones propuestas.

Registro o comprobante del servicio de aseo y comprobante de residuos clasificables.

Registro o comprobante del servicio de aseo y comprobante de residuos clasificables.

NORMA

D.S. Nº 138/05 MINSAL, Establece declaración de emisiones de fuentes fijas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Funcionamiento de calderas y grupos electrógenos de emergencia.

Forma de cumplimiento.

Se realizará la respectiva declaración de emisiones atmosféricas para las fuentes fijas de cada torre. La declaración de emisiones se realizará a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (http://vu.mma.gob.cl).

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en administración del edificio de declaración de emisiones.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1

 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.

NORMA

D.S. Nº 38/11 MMA, Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Construcción: Obra gruesa, trabajos previas y terminaciones.

Operación: Sala de bombas, ascensores, grupo electrógeno, extractores de aire, calderas.

Forma de cumplimiento.

Construcción.

-          Para las distintas faenas constructivas consideradas en el proyecto, se deberá implementar un cierre perimetral (barrera acústica) cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2. (Ejemplo: paneles de madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente).  La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo esté completamente hermética. La cara interna del cierre deberá estar cubierta por material absorbente acústico (lana de vidrio o mineral de 50 mm de espesor). La altura del cierre deberá ser de 4,8 m verticales más 1,2 m en 45º, formando una cumbrera  hacia el interior de la obra. La ubicación del cierre deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 127 del Anexo19 “Estudio Acústico” de la Adenda de la DIA.

-          Capacitar al personal de la obra en relación con reducción de emisiones de ruidos en la obra, tanto en la manipulación de herramientas y materiales como en la comunicación entre ellos (evitar gritos, chiflidos, etc.), siendo obligatorio el uso de radios móviles.

-          Evitar la caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones (preparar cama de marina delgada) y de enfierradura.

-          Evitar el corte de planchas metálicas con esmeril angular, prefiriendo el uso de guillotinas o tijeras.

-          Construir encierros  o cabinas acústicas modulares para trabajos ruidosos, donde el operador o equipo pueda trabajar en su interior sin generar ruidos molestos al exterior. Los paneles que conforman el encierro deben ser de las mismas características del cierre perimetral, agregando los sellos y bisagras que aseguren la hermeticidad de los encuentros entre paneles.

-          Evitar la propagación de actividades excesivamente ruidosas (camión mezclador, descarachado, rectificación hormigón) será preferentemente después de las 10:00 am.

-          Privilegiar el uso de hormigón autocompactante a fin de evitar el uso de vibradores. En caso de utilizarlos, que la cabeza sea cubierta con goma y evitar el contacto de la sonda del vibrador de inmersión con enfierraduras a fin de evitar  la generación de sonido por contacto de elementos.

-          Prohibir que los camiones que se detengan o estacionen, dentro o fuera de la obra, mantengan encendido el motor.

-          Los equipos generadores, compresores, bombas y otros equipos, deberán contar con un gabinete insonorizado original y en buen estado. Además, se deberán realizar mantenciones periódicas de los equipos y maquinaria, con el fin de evitar el aumento de emisión de ruido.

-          Realizar cierres de vanos en los cuales se realicen tareas ruidosas (descarachado, martillazos, rectificación). El material para cerrar los vanos puede estar configurado por placas de madera OSB de 15 mm de espesor o por cortinas acústicas flexibles. Se deberá tener especial cuidado en la instalación de estos paneles asegurando que queden herméticos en sus encuentros con muros o losas.

 

Operación.

-          Normar horarios para efectuar trabajos domésticos que emitan contaminación acústica como clavar, taladrar u otros.

-          Normar horarios para efectuar fiestas u otra instancia que reúna a una multitud y que incluya ruidos molestos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción.

-          Registro en obra de mantención de maquinaria.

-          Registro fotográfico, en obra, que acredite la existencia de las medidas propuestas.

-          Registro en obra de inducción a trabajadores.

 

Operación.

-          Recordar mediante informativos a la comunidad del edificio.

-          Registro de las reuniones de copropietarios del edificio.

NORMA

D.S Nº 47/92 MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), artículo 5.8.3

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de construcción del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se presentará en la Ilustre Municipalidad de La Florida, Dirección de Obras Municipales:

-          Los horarios de funcionamiento de la obra.

-          La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.

El nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, antes del inicio de las faenas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de copia timbrada de la carta conductora que contendrá los horarios, lista de herramientas y equipos a utilizar durante la construcción de la obra.

NORMA

Ordenanza Nº 8 Ilustre Municipalidad de La Florida, Prevención y control de ruidos molestos en la comuna.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de construcción del proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se presentará en la Ilustre Municipalidad de La Florida, Dirección de Obras Municipales:

-          Los horarios de funcionamiento de la obra.

-          La lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.

-          El nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, antes del inicio de las faenas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra de copia timbrada de la carta conductora que contendrá los horarios, lista de herramientas y equipos a utilizar durante la construcción de la obra.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte.

NORMA

D.S. Nº 18/01 MTT y sus modificaciones, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del anillo Américo Vespucio.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de transporte relacionadas con el proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se exigirá en todos los contratos y subcontratos que involucren actividades de transporte de materiales lo establecido en la presente normativa, durante el desarrollo de la obra.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra que evidencie que se ha exigido al transportista contratado la obligatoriedad de cumplir este decreto, por ejemplo mediante contrato de prestación de servicios.

NORMA

D.S. Nº 158/80 MOP, Fija peso máximo de vehículos que puedan circular por caminos públicos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de transporte relacionadas con el proyecto.

Forma de cumplimiento.

La prestación de servicios contratados o subcontratados que involucre actividades de transporte deberá obligarse mediante contrato a cumplir con los pesos máximos de sus vehículos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Copia del contrato que permita evidenciar la exigencia de dar cumplimiento al límite de peso por eje de sus vehículos.

Planilla de registro de vehículos diferenciados por empresa.

NORMA

D.S. Nº 75/87 MTT, Establece condiciones para el transporte de Carga.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de transporte de carga relacionadas con el proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se les exigirá mediante contrato a los camiones que transporten las cargas señaladas, cumplir con las disposiciones de la norma. Los camiones serán cubiertos mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería, con el objetivo de evitar derrame, caída o dispersión de los materiales en el aire.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Copia del contrato que permita evidenciar la exigencia de cumplimiento.

Planilla de registro de vehículos diferenciados por empresa que acredite la exigencia a los contratistas de circular con carga cubierta.

NORMA

D.S. N°298/94 MTT. Reglamento Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de transporte relacionadas con el proyecto.

Forma de cumplimiento.

Se contratará los servicios de una empresa autorizada para el transporte de residuos peligrosos que se generen en la fase de construcción del proyecto, velando que el transporte se ajuste a lo indicado en el decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros en obra tales como: fotografías, órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del proyecto ha exigido a las empresas transportistas que los camiones cumplan con el equipamiento indicado en este decreto.

NORMA

D.S. Nº 200/93 MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Actividades de transporte relacionadas con el proyecto.

Forma de cumplimiento.

El titular hará exigible en todos los contratos y subcontratos de transporte de materiales, que suscriba durante el desarrollo de la obra, lo establecido en la presente normativa respecto al peso máximo establecido para circular por las vías urbanas del país.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra tales como: órdenes de compra o contratos de prestación de servicios, que permitan evidenciar que el titular del proyecto ha exigido a las empresas transportistas el límite de peso por eje de sus vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural.

NORMA

Ley N° 17.288 MINEDUC sobre Monumentos Nacionales.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fases de Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Excavaciones.

Forma de cumplimiento.

Si durante la ejecución de cualquiera de las etapas del proyecto, se produce algún hallazgo de cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizaran inmediatamente las obras y se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro en obra que evidencie el aviso a la autoridad de hallazgos arqueológicos, en caso que corresponda.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Obras Eléctricas.

NORMA

D.S. N° 47/92 MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y sus modificaciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Fase de Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica.

Funcionamiento de cada torre.

Forma de cumplimiento.

Los edificios contarán con un sistema de alumbrado de emergencia.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Inspección visual y certificación del sistema de alumbrado de emergencia.

Contar con certificado de sistema de alumbrado de emergencia

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.1.

 

8°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

 

8.1. Ruido

Impacto asociado.

Ruido durante la fase de construcción.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Objetivo, descripción y justificación.

Disminución de las emisiones sonoras (ruido) que se producirán durante la fase de construcción y operación, producto de diferentes actividades.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las áreas del proyecto.

 

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N° 1088 de fecha 08 de febrero de 2016:

·         Debido a que la evaluación normativa se realizó para el horario diurno estipulado en el D.S.Nº38/11 del MMA, es que, se deberán realizar las faenas constructivas sólo entre las   07:00 y las 21:00 horas. Las actividades más ruidosas (Camión mezclador, descarachado y rectificación hormigón.) deberán comenzar después de las 10.00 horas.

·         Para las distintas faenas constructivas consideradas en el proyecto, se deberá implementar un cierre perimetral (barrera acústica) cuyo material deberá cumplir con  condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m2. (Ejemplo: paneles de  madera OSB de 15mm. de espesor o material equivalente). La barrera deberá ser instalada de manera que tanto sus junturas como la ubicación desde y hacia el suelo este completamente hermética. La cara interna del cierre deberá estar cubierta por material absorbente acústico (lana de vidrio o mineral de 50 mm de espesor). La altura del cierre deberá ser de 4,8 m verticales más 1,2 m en 45º, formando una cumbrera hacia el interior de la obra. La ubicación del cierre deberá seguir las indicaciones señaladas en la figura 127 del Anexo19 “Estudio Acústico” de la Adenda 1 de la DIA.

·         Adicionalmente, se deberán construir encierros o cabinas acústicas modulares para trabajos ruidosos, donde el operador o equipo pueda trabajar en su interior sin generar  ruidos molestos al exterior. Los paneles que conforman el encierro deberán ser de las mismas características del cierre perimetral, agregando los sellos y bisagras que aseguren la hermeticidad de los encuentros entre paneles. Dichos encierros tendrán una  altura mínima de 2 m y estarán conformadas por a lo  menos tres hojas de 1,5 m de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido. Estas pantallas se deberán montar lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los  receptores.

·         Se deberá prohibir el uso de bocinas en el ingreso de camiones al recinto y se deberá instalar frente al portón una señalética “No Tocar Bocina”. Los camiones que se encuentren a la espera de ingresar al recinto deberán efectuarlo con el motor del camión  apagado. Los camiones y maquinaria pesada deberán transitar por los caminos demarcados en los sectores donde existe una mayor sensibilidad, en especial donde están receptores que se encuentran en altura y muy próximos a la faena tanto en las  faenas de excavación como de Obra Gruesa. 

·         Se deberá capacitar al personal de la obra en relación con reducción de emisiones de ruidos en la obra, tanto en la manipulación de herramientas y materiales como en la comunicación entre ellos (evitar gritos, chiflidos, etc.), siendo obligatorio el uso de radios móviles.

·         Los equipos de la obra deberán estar en buen estado de mantenimiento, evitando el aumento de los niveles de ruido por falta de mantención o repuestos. Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción deberán poseer los silenciadores de escape y/o  admisión y descarga de aire, cabinas o gabinetes insonorizados y cualquier sistema recomendados por el fabricante para mitigar las emisiones sonoras.

·         Se deberá evitar la caída brusca de las tolvas vacías sobre los chasis de los camiones (preparar capa de marina delgada) y de enfierradura. Recubrir tolva de camión con goma para amortiguar de caída de escombros.

·         Se deberá evitar el corte de planchas metálicas con esmeril angular, prefiriendo el uso de guillotinas o tijeras. Evitar el uso de martillo neumático y taladro en altura.

·         Se deberá privilegiar el uso de hormigón autocompactante a fin de evitar el uso de vibradores. En caso de utilizarlos, la cabeza deberá ser cubierta con goma y evitar el  contacto de la sonda del vibrador de inmersión con enfierraduras a fin de evitar la generación de sonido por contacto de elementos.

·         Se deberá realizar el cierre de vanos en los cuales se realicen tareas ruidosas (descarachado, martillazos, rectificación). El material de los paneles para cerrar los vanos puede estar configurado por placas de madera OSB de 10 mm de espesor o por cortinas acústicas flexibles. Se deberá tener especial cuidado en la instalación de estos paneles asegurando que queden herméticos en sus encuentros con muros o losas. Durante estas actividades, los cierres de los vanos (paneles) se deberán ubicar, en la losa de avance, por todas las caras del edificio en construcción de manera de atenuar los  niveles de ruido proyectado hacia los puntos receptores. Se deberá considerar una altura mínima de 2 m y que cumplan con las mismas características mencionadas para el cierre   perimetral.

·         Se deberá evitar la ubicación en sectores cercanos a viviendas de maquinaria ruidosa como grupos electrógenos, bombas, etc. o cualquier otro tipo de maquinaria estática,    habilitar estaciones de corte y trabajo ruidoso en subterráneos cuando se encuentren  construidos.

·         Se deberá implementar el plan de manejo comunitario señalado en el apartado 4.5.1, en conjunto con el plan de seguimiento presentado en el apartado 4.5.2, ambos contenidos en el Anexo 19 ”Estudio Acústico” de la Adenda 1 de la DIA.

·         Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera una duración aproximada de 2 años por etapa y durante la fase de operación del proyecto (indefinida).

Indicador que acredite su cumplimiento.

De acuerdo a lo señalado por el titular en el Anexo 13 de la Adenda, indicadores de cumplimiento al D.S. N° 38/11 MMA.

Construcción.

-          Registro Mantención de maquinaria.

-          Registro fotográfico que acredite  la existencia de las medidas propuestas.

-          Registro de inducción a trabajadores.

 

Operación.

-          Recordar mediante informativos a la comunidad del edificio.

-          Registro de las reuniones de copropietarios del edificio.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.1.

 

8.2. Vialidad

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación.

Uso de vialidad adyacente.

Lugar, forma y oportunidad de implementación.

Lugar: Calles y caminos de tránsito de vehículos de transporte de carga.

Forma:

De acuerdo a lo señalado por el titular en la respuesta 1.32 de la Adenda, respecto de la diferencia entre la superficie aprobada en el permiso de edificación N° 490/2014 y la superficie declarada en el EISTU el cual se encuentra aprobado, como consta en el ORD. SM/AGD/N°730 de fecha 28 de enero de 2015, se destaca lo declarado por el titular en dicha observación: “se deberá ingresar una carta de rectificación de m2 a la SEREMITT de manera que tanto la DIA como EISTU correspondan al mismo proyecto.”

De acuerdo a lo señalado por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM en el ORD.AGD N° 001007 de fecha 10 de febrero de 2016:

·         El titular se compromete a materializar todas y cada una de las medidas de mitigación y de gestión vial, que hayan resultado del EISTU aprobado a través de la Ventanilla Única de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones. Estas medidas de mitigación vial deberán estar materializadas antes de la recepción final de la obra.

·         Sobre la base de todo lo expuesto anteriormente, se requiere que de haber una RCA sobre el proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés" se establezca en la redacción de la misma, que la presentación sectorial del EISTU a la SEREMITT-RM sea consistente con la descripción de las partes del proyecto de dicha RCA. Es decir, que corresponda a los mismos proyectos. En este sentido, se destaca que el titular deberá ingresar la carta de rectificación de superficies a la SEREMITT tal como lo declara en la respuesta 1.32 de la Adenda.

·         El titular se compromete a respetar las rutas y frecuencias declaradas en la Tabla 10 de la DIA.

·         En relación a lo anterior, se le recuerda al titular que el eje Vicuña Mackenna se encuentra con trabajo producto de la construcción del corredor del Transantiago, por lo que se solicita considerar esta situación en la hoja de planificación de todos los camiones involucrados, de manera de no afectar la circulación vehicular.

·         El Titular se compromete a mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.

·         Cumplir el Decreto Supremo N° 75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.

·         Se deberá dar cumplimiento al Decreto N° 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio.

·         En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo N° 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

·         Se solicita evitar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs.).

 

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera una duración aproximada de 2 años por etapa. 

Indicador que acredite su cumplimiento.

De acuerdo a lo señalado por el titular en las respuestas 1.32 y 1.33 de la Adenda:

·         Carta de rectificación de m2 a la SEREMITT de manera que tanto la DIA como EISTU correspondan al mismo proyecto (la torre C (etapa III del proyecto) presentará una superficie de 17.270,94 m2, superficie aprobada en permiso de edificación Nº 490/2014).

·         Mantener en obra un cuaderno en portería que registra todos los vehículos que ingresa o egresan del proyecto (incluyendo patente y tipo de actividad).

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.3.

 

 

8.3. Aguas

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y Operación.

Objetivo, descripción y justificación.

Uso, afloramiento o contaminación del recurso hídrico.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Todas las áreas del proyecto.

Forma:

De acuerdo a lo señalado por la Dirección Regional de Aguas en el Ord. 157 de fecha 01 de febrero de 2016:

·         Que, las aguas a utilizar en las Fases de Construcción y Operación del proyecto (en cada una de sus etapas), se obtendrán de acuerdo a la factibilidad sanitaria emitida por la empresa Aguas Andinas, según lo declarado por el titular en la DIA y la respuesta a la observación 1.6 del Adenda 1.

·         Que, existirá lavado de canoas de camiones mixer sobre un contenedor, el cual recolectará los residuos que serán enviados a un sitio debidamente autorizado, de acuerdo a lo declarado por el titular en la respuesta a la observación 1.21 del Adenda 1.

·         Que, se contará con un programa de humectación que registrará la frecuencia de humectación, cantidad de agua utilizada y sectores a humectar, según lo declarado en la observación 1.26 la Adenda.

·         Que, la zona de lavado de ruedas contará con piso radier y canaleta de contención, de la cual se dirigirán las aguas al punto de descarga a la red de alcantarillado, de acuerdo a lo declarado en la observación 1.19 de la Adenda.

·         Que, el titular compromete la aplicación de un Programa de Mantenimiento de Aguas Lluvias de acuerdo a lo presentado en respuesta 6.19 de la Adenda.

·         Que, en atención a lo señalado por el titular en la observación 1.36 de la Adenda, ante la eventualidad de la presencia de napas colgadas que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el titular y/o sus contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a.       Detener las actividades en el frente de trabajo.

b.      Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c.       En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d.      Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e.       Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas

·         Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

·         Téngase presente, que las agua son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código.

·         Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas. 

·         Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la fase de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

·         Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

Oportunidad: Durante la fase de construcción, período que considera una duración aproximada de 2 años por etapa y durante la fase de operación del proyecto (indefinida).

Indicador que acredite su cumplimiento

·         Se mantendrá un registro en obra (boleta, factura u otro documento) que acredite la disposición final de escombros y excedentes de excavación en el lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

·         Registros que acrediten el retiro y disposición final de residuos peligrosos, mediante empresa autorizada.

·         Autorización sanitaria de las salas de basura del edificio.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.3.

 

 

8.4. Otras consideraciones

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y Operación, según corresponda.

Consideraciones.

De acuerdo a lo señalado por la DOH, Región Metropolitana mediante el ordinario Ord. Nº 1250 de fecha 14 de septiembre de 2015:

·         El proyecto de solución de aguas lluvia, deberá incluir un programa de mantenimiento permanente, acorde a la vida útil del proyecto, el que deberá ser incluido en el reglamento de copropiedad de los respectivos condominios.

De acuerdo a lo señalado por el Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, Región Metropolitana, mediante el ordinario Ord. Nº 010530 de fecha 16 de septiembre de 2015:

·         Los proyectos de pavimentación y de soluciones de aguas lluvias de vías públicas, previo a su ejecución, deberán ser presentados a revisión y aprobación en el SERVIU Metropolitano, teniendo presente la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza del Plan regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).

De acuerdo a lo señalado por el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante el ordinario Ord. Nº 2815 de fecha 11 de septiembre de 2015:

·         En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá proceder según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley  N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

De acuerdo a lo señalado por la SEREMI MOP, Región Metropolitana mediante el ordinario ORD. Nº SRM RMS N° 025/2016 (sea - seia - adenda), de fecha 29 de enero de 2016:

·          Cualquier iniciativa y/o acción que producto de este proyecto implique alguna intervención en y/o sobre la infraestructura vial de tuición MOP en el Área de Influencia Directa del mismo, tendrá que ser previamente revisada y aprobada por la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (DFL MOP 850/97)  en conjunto con  la Inspección Fiscal del Obras del proyecto concesionado Américo Vespucio Sur.

De acuerdo a lo señalado por la SEC en el Ord. N° 16694 de fecha 15 de septiembre de 2015:

·         La caldera y/o sus quemadores a gas, según corresponda, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.

·         El proyecto de la instalación de gas natural, para abastecer a las calderas señaladas anteriormente, deberá ser declarado en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, previo a su puesta en servicio, mediante instaladores de gas, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 191, de 1996, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia” y el Trámite de Combustibles TC5 “Declaración de Instalaciones de Centrales Térmicas”.

·         El grupo electrógeno de ser de una potencia de hasta 500 kW, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitido por un Organismo de Certificación autorizado por la SEC, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el referido precedentemente, Decreto Supremo N° 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

·         Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, o modificaciones de las ya existentes, previo a su puesta en servicio, deben ser declaradas ante la SEC, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la mencionada Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006 y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.

El titular acoge, en el Capítulo 6 de la Adenda, las siguientes medidas y consideraciones solicitadas por los Servicios que participaron en la evaluación del proyecto, señalando textual:

·         “El titular señala que se encuentra en conocimiento de las restricciones horarias que exige la Ilustre Municipalidad de La Florida en su Ordenanza Nº 8  y que respetará los horarios establecidos en dicha Ordenanza.”

·         “Se acoge la recomendación, el titular manifiesta que el mayor tránsito de vehículos no se realiza y no se realizará en horarios establecidos como “Horarios Punta”, horarios conocidos por los habitantes de la Región Metropolitana.”

·         “Al igual que la respuesta a la observación 6.9, se reitera que el titular se encuentra en conocimiento de las restricciones horarias  exigidas en la Ordenanza citada dictada por la Ilustre Municipalidad de La Florida.”

·         “Se acoge la observación, durante la ejecución proyecto el encargado y responsable velará porque la obra se ajuste a los planos y especificaciones propuestas, implementando medidas de gestión y control de calidad, de esta manera, durante la fase de construcción se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo citado de la OGUC.“

·         “Se acoge la observación, el encargado de la obra tomará las medidas preventivas y tendrá presente las materias mencionadas en los artículos indicados.” Refiriéndose específicamente a artículos 5.8.1 a 5.8.12 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, OGUC, DS N° 47 de 1992.

·         “Se aclara que el proyecto no ha hecho uso de espacio público, pero en caso de que así lo fuera, tendrá presente solicitar el permiso correspondiente a la DOM y aceptar las condiciones que ésta señale”.

·         “El titular señala que el acopio de materiales incluso durante la etapa IV será al interior del predio del proyecto, de esta manera se asegura que no se afectará la vialidad pública.”

·         “El titular señala que los edificios cuentan con un sistema automático de emergencia para espacios comunes. Para esto, cuenta con un grupo electrógeno el cual será operado en caso de corte de suministro eléctrico.” 

·         “El titular acoge la observación e incluirá en el reglamento de copropiedad una cláusula que indique la obligación de un programa de mantenimiento permanente en relación al sistema de aguas lluvias.” 

Referencia al ICE.

Capítulo X, punto 10.2.4.

 

9°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el titular del proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

CONDICIONES FASE DE  CONSTRUCCIÓN

Resumen

(1)

Deberá existir un banderero en todo momento y se instalarán señalizaciones de advertencia  antes del inicio  de los trabajos:

-          Peligro entrada/salida de vehículos.

-          Transitar por vereda de en frente.

-          Letrero PARE. Donde los vehículos deberán esperar hasta que el señalero les de la salida. Tendrán preferencia los camiones que se retiren de la obra.

Lugar y momento en que se verificarán

Predio del proyecto, en obra.

Indicadores de cumplimiento

Existencia visual de señalizaciones.

(2)

Mantener registro en portería de los vehículos relacionados con la obra.

Lugar y momento en que se verificarán

Predio del proyecto.

Indicadores de cumplimiento

Planilla de registro.

 (3)

Plan de información a vecinos.

Lugar y momento en que se verificarán

En la obra, predio del proyecto.

Indicadores de cumplimiento

Registro en obra de entrega informativo a vecinos.

 (4)

Disposición de residuos de la construcción en lugar autorizado.

Lugar y momento en que se verificarán

En obra, instalación de faenas.

Indicadores de cumplimiento

Certificado actualizado de botadero.

(5)

Control de polución en la obra de acuerdo a niveles de calidad del aire informados según tarjetas AMARILLA, NARANJA y ROJA en tableros al ingreso de la obra.

Lugar y momento en que se verificarán

Predio del proyecto, en obra.

Indicadores de cumplimiento

Capacitar al personal sobre instructivo de control de polución  y tener registro de capacitación.

CONDICIONES FASE DE OPERACIÓN

Resumen

 (1)

Incluir en el reglamento de copropiedad una cláusula que indique la obligación de un programa de mantención permanente en relación al sistema de aguas lluvias.

Lugar y momento en que se verificarán

Durante el funcionamiento de los edificios.

Indicadores de cumplimiento

Registro de mantenimiento.

 (2)

Declaración de fuentes fijas en el sistema de ventanilla única (vu.mma.gob.cl).

Lugar y momento en que se verificarán

Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes.

Indicadores de cumplimiento

Comprobante de declaración.

Condición Fase de Abandono

No aplica. Fase indefinida.

Lugar y momento en que se verificarán

No aplica. Fase indefinida.

Indicadores de cumplimiento

No aplica. Fase indefinida.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo 10, punto 10.1.1.

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

10.1.1. Plan de Contingencias y Emergencias

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción.

Acciones o medidas a implementar.

Se adjunta en Anexo 3 de la DIA, el Plan de Emergencia, documento que incorpora los procedimientos a realizar ante situaciones tales como incendios, sismos y tsunami., entre otros. Lo anterior, con el objeto de prepararse para casos de emergencia y mitigar sus efectos con planes y procedimientos adecuados. Para cada tipo de emergencia será necesario establecer las acciones antes (de planificación y organización), las acciones durante (ejecución) y las acciones después (evaluación). Dichas acciones se detallan en el Plan de Emergencia, para las situaciones de emergencias identificadas.

 

Complementariamente, el titular adjunta en el Anexo 11 de la Adenda, un compromiso de presentar un “Informe Preliminar de Emergencias y/o Contingencias”, en un plazo no superior a 48 horas de ocurrido el evento, a la autoridad ambiental (Superintendencia del Medio Ambiente y SEREMI del Medio Ambiente), en caso que ocurra una Emergencia y/o Contingencia que afecte algún componente ambiental, el que deberá considerar a lo menos lo siguiente:

 

a.     Antecedentes relativos al evento o accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, o cualquier información relevante en esta materia).

b.    La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

c.     La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados.

d.    Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

 

Por otra parte, el titular adjunta en el Anexo 12 de la Adenda un Plan de Contingencia para los recursos Hídricos, cuyo objetivo es salvaguardar la vida de los trabajadores y proteger los recursos suelo y agua, en relación a los peligros de una emergencia o cualquier circunstancia que obligue a una evacuación de las áreas de trabajo, sea parcial o total.

 

En el punto 4.3 del Plan de Contingencia el titular describe las acciones posteriores a la contingencia  señalando, entre otras acciones, lo siguiente:

 

Paralelamente, informar inmediatamente a la Dirección General de aguas de la Región Metropolitana, señalando lo siguiente:

 

a.      Descripción del accidente, indicando lugar específico de ocurrencia, identificación de la sustancia involucrada, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.      Detalle de cada acción y medidas de manejo utilizadas durante el evento de contaminación.

c.       Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado. Resultados de los monitoreos inmediatos del área de influencia.

d.      En caso de ser necesario, un Programa de Medidas Descontaminación de la zona, metodología y evaluación de la efectividad de las medidas (sólo en caso de accidentes).”

 

En caso de detectarse afloramiento de aguas subterráneas durante la fase de construcción, el titular señala en la respuesta 1.36 de la Adenda que se compromete a dar aviso a la Dirección General de Aguas RM de manera inmediata, vía telefónica por ser el medio más rápido, y luego mediante un documento escrito. Además, señala que en primera instancia se tomarían las medidas preliminares propuestas por la DGA (medidas similares a las propuestas en el punto 1.5.6 de la DIA), a saber: 

 

Como medida de manejo preliminar, el titular no deberá almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración, previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida.

 

Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

 

a.       Detener las actividades en el frente de trabajo.

b.      Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c.       En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d.      Verificación de la calidad del agua, previa a su infiltración.

e.       Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

 

En Adenda, en respuesta 1.37, el titular amplía la información incorporando mediante un anexo, los siguientes teléfonos de la Ilustre Municipalidad de La Florida, en los Planes de Emergencia y Contingencia:

 

a.    Dirección de Emergencia: 2 505 4500 y 2 505 4527

b.    Dirección de Protección Ciudadana: 2 505 4820 y 2 505 4821.

 

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII, punto 7.1 del ICE; Anexo 3 de la DIA, Anexos 11 y 12 y respuestas 1.36 y 1.37 de la Adenda.

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

 

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

 

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

15. Que, para que el proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

17. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

 

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

 

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

 

 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés" de Inmobiliaria Vicente Valdés S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto Edificios Altavista Vicente Valdés" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

 

7°.  Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Mario Eduardo Arrué Canales
Director (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/MAC/EAZA/MRS

Distribución:
  • RODRIGO IVÁN PÁEZ CAÑOLES
  • Intendente Región Metropolitana
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de La Florida
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Edificios Altavista Vicente Valdés"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=6a/b4/d85d055fa5036309d51ada52c9bb2cb13e83


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