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ORD. Nº 869
ANT:Oficio Nº 544 Solicitud de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "PROYECTO BERTA"
MAT:Se pronuncia sobre Declaración de Impacto Ambiental que indica
Copiapo, 26 de noviembre de 2013
DE: Eduardo Monreal Brauning
Director Regional
SAG, Región de Atacama
A: Olivia Pereira Valdés
Directora
Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

En atención a lo solicitado en el Oficio Ordinario del Antecedente, se informa que se revisó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "PROYECTO BERTA", presentado por el Señor Marcelo Claudio Cortes Pantoja, en representación de Sociedad Contractual Minera Berta.

De la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado tiene las siguientes observaciones:

  1. Descripción de proyecto
    • En la Figura 1-3 se hace mención de la zona de rajos, observándose en ella 8 rajos, mientras en la Figura 3-9 se presentan los rajos finales del proyecto, señalándose que son 6, dado lo anterior se deberá precisar cuales son los rajos a intervenir durante el desarrollo del proyecto.

    • En el punto 1.6 , se señala que la superficie total del proyecto alcanza las 97,68 Hás, sin embargo en el análisis del Artículo 6 se menciona que el área intervenida solo por planta y mina alcanzará las 129 Hás, superficie mayor a la indicada en la Tabla  del punto 1.6 en la cual se detallan las diferentes obras del proyecto con la superficie involucrada, al respecto se deberá aclarar cual es la superficie total afectada por las instalaciones del proyecto.

    • En la DIA se señala que en los distintos chancadores se implementarán colectores de polvo y ventiladores aspiradores de polvo en chancadores secundarios y terciarios, al respecto se solicita entregar mayores antecedentes de las características técnicas como de su eficiencia en el control de emisiones.

    • Respecto del acopio de material fino se consulta si se implementará alguna medida de mitigación de polvo.

    • En el punto 3.5.1.10 se menciona que dentro de las medidas a implementar para reducir y controlar las emisiones de material particulado se suspenderán las actividades cuando los vientos superen los 40 Km/hra (11 m/seg),  se solicita entregar mayores antecedentes del funcionamiento de este procedimiento debiendo incluir la fuente de informacion relativa a la velocidad de vientos del área.

    • En la DIA se señala que en la etapa de operación del proyecto se proponen medidas para control de emisiones, dentro de ellas se menciona que para caminos de acceso principales se efectuará compactación y mantención, en lo posible con carpeta de algun supresor, al respecto el titular deberá precisar durante el proceso de evaluación ambiental las medidas a implementar, además se solicita indicar que medidas de abatimiento de material particulado se implementarán en caminos secundarios.

       

    • En la DIA se señala que en la etapa de operación dependiendo del tratamiento de mineral, las medidas de control de abatimiento de las emisiones de material particulado deberán tener como mínimo un 70% de eficiencia. Se consulta si las medidas de control de emisiones señaladas en el punto 3.5.1.7 cumplirán con la eficiencia de abatimiento antes señalada, en caso contrario que medidas se implementarán para cumplir con esta eficiencia de control.

    • Se consulta respecto si se implementarán  medidas de control de emisiones de material particulado en el área de stock pile.

    • En las operaciones de chancado se menciona que la planta considera la instalación de supresores de polvo en descargas y traspasos de correas, tolvas y equipos de operación, se deberá entregar mayores antecedentes técnicos de estos, como de su eficiencia en el control de emisiones.  

    • Se señala que para el riego de las pilas de lixiviación se usará el método de aspersores cuando el viento sea débil y con goteros cuando el viento sea fuerte, deberá indicarse como se estima numericamente cuando los vientos son fuertes o débiles.

    • Se solicita entregar mayor información (cantidad, ubicación) de los pozos pasivos de monitoreo que se habilitarán en las piscinas para detectar eventuales fugas.

    • Respecto de la línea base de flora y vegetación se efectuan las siguientes observaciones:

      1. Se solicita señalar los criterios utilizados para la determinación de las áreas influencia tanto directa como indirectas y cual es la superficie involucradas en estas áreas, puesto que se señala  que el área de estudio (mina) correspondía a un polígono de 442 Hás, además para caso del ducto solo se señala la longitud del trazado (40 km) y no la superficie involucrada.

      2. Respecto de la época de las visitas a terreno (Diciembre 2012 y Marzo 2013) no se consideran las más adecuadas para efectuar un inventario de flora, pues no reunen las condiciones climáticas (humedad, temperatura, luminosidad) para que se manifieste la floración de las mayoria de las especies como se tiene en temporada de primavera.

      3. Deberán entregarse el registro fotográfico de las especies detectadas, con el fin de verificar su identificación, además deberá entregarse la cuantificación de las especies registradas, clarificar la metodología utilizada, como tambien la información debe entregarse en cartografía adecuada (datum WGS 84).

      4. En el punto 3.2.3.1 se menciona que en las unidades COT 5 y 7 se detectó la presencia de la especie Eriosyce marginata, al respecto se informa al proponente que dicha especie no existe de acuerdo a la bibliografía.

      5.Dado que en la línea base se detectaron especies de cactaceas en categoría de conservación  Eriosyce rodentiophila, deberá implementarse un plan de rescate y relocalización para las especies afectadas por las obras del proyecto.

      6. Con los antecedentes presentados no es posible determinar si las transectas realizadas son representativas de la superficie afectada por las obras del proyecto.

    • En relación a la línea base de fauna se solicitan los siguientes antecedentes:

      1. Clarificar superficie involucrada en el levantamiento

      2. Respecto de la campaña realizada en el mes de diciembre del 2012, se considera que no es la mejor época para efectuar un estudio de este tipo.

      3. Deberá entregarse mayores detalles de la campaña efectuada, indicando duración, esfuerxo de muestreo, horarios.

      4. Se solicita señalar los criterios para determinar las transectas realizadas, pues de acuerdo a lo observado en la Figura 2.1 el área norte del polígono carecería de transectas, lo mismo  se solicita aclarar para las transectas efectuadas en el trazado del ducto.

    • Si bien en el calculo de emisiones atmosféricas del proyecto, se tienen identificadas todas aquellas actividades potenciales en la generación de material particulado, no se observa en el análisis la incorporación de la estimación de material particulado sedimentable, considerando que todas las actividades generadas son potenciales productoras de este, se deberá incorporar este parámetro en el análisis y comparar los resultados con una normativa de referencia

  2. Permisos Ambientales Sectoriales
    • En relación a los antecedentes presentados para la tramitación del PAS 99 se efectuan las siguientes observaciones:

      1. Se informa que durante este proceso de evaluación se deberán entregar los antecedentes respecto de las posibles áreas de relocalización seleccionadas, con el fin de ser evaluadas.

      2. Se solicita justificar el objetivo de  la realización de un seguimiento semestral por 2 años.

      3. Se deberá señalar porque se propone marcar los reptiles con pintura y nanochips, cual es el objetivo de ambos marcajes. Respecto de los nanochips se deberá indicar la experiencia del profesional en este tipo de actividad por el riesgo que esta actividad conlleva para el animal si no es bien implantado.

      4. Especificar la frecuencia de entrega de los monitoreos

    • Respecto del informe con los antecedentes para la tramitación del PAS 96 no se entrega la información respecto de cual es la superficie afecta ni las instalaciones que requieren el cambio de uso de suelo, además deberá entregarse la clasificación agrológica de los suelos afectados y que requieren tramitar este PAS. 

  3. Acerca de si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias indicados en artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente
    • Puesto que la información entregada en la DIA respecto de la línea base de flora y vegetación  es insuficiente para determinar si el proyecto genera o presenta algunos de los efectos, características o circunstancias indicadas en el Artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, este Servicio no puede pronunciarse respecto del presente proyecto.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

Eduardo Monreal Brauning
Director Regional
SAG, Región de Atacama

JAC/PCD


Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=67/ca/11653ad2c118155d4e70110301ee958fbbd5


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