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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA"

Resolución Exenta Nº 290

Copiapó, 18 de Diciembre de 2014



VISTOS:

  1. Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;
     
  2. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA", y sus Adendas, presentada por el Señor Jose Antonio de las Heras Alonso, en representación de Renovalia Chile Dos SpA al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA);
     
  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
     
    3.1 Con relación al Estudio de Impacto Ambiental:
     
    Oficio Nº019 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 30/01/2014; Oficio Nº059 sobre el EIA, publicado por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº076 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 28/01/2014; Oficio Nº084 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 31/01/2014; Oficio Nº090 sobre el EIA, publicado por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº10 sobre el EIA, publicado por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 03/01/2014; Oficio Nº13 sobre el EIA, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 07/01/2014; Oficio Nº34-EA/2014 sobre el EIA, publicado por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº82 sobre el EIA, publicado por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº94 sobre el EIA, publicado por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº105 sobre el EIA, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº116 sobre el EIA, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº125 sobre el EIA, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº130 sobre el EIA, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº153 sobre el EIA, publicado por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 12/02/2014; Oficio Nº157 sobre el EIA, publicado por SEREMI MINVU, Región de Atacama, con fecha 12/02/2014; Oficio Nº177 sobre el EIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 31/01/2014; Oficio Nº250-2014 sobre el EIA, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 10/02/2014; Oficio Nº398 sobre el EIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 04/02/2014; Oficio Nº937 sobre el EIA, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 04/02/2014; Oficio Nº1433 sobre el EIA, publicado por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 17/01/2014;
     
    3.2 Con relación al Informe de Respuestas al 1º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
     
    Oficio Nº60-EA/2014 sobre la Adenda 1, publicado por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº177 sobre la Adenda 1, publicado por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº221 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 08/05/2014; Oficio Nº230 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 14/04/2014; Oficio Nº245 sobre la Adenda 1, publicado por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº276 sobre la Adenda 1,publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº283 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº309 sobre la Adenda 1, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº317 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 06/05/2014; Oficio Nº326 sobre la Adenda 1, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 29/04/2014; Oficio Nº350 sobre la Adenda 1, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 28/04/2014; Oficio Nº399 sobre la Adenda 1, publicado por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 28/04/2014; Oficio Nº437 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MINVU, Región de Atacama, con fecha 07/05/2014; Oficio Nº826-2014 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 07/05/2014; Oficio Nº3874 sobre la Adenda 1, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 25/04/2014; Oficio Nº7653 sobre la Adenda 1, publicado por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 28/04/2014;
     
    3.3 Con relación al Informe de Respuestas al 2º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
     
    Oficio Nº76-EA/2014 sobre la Adenda 2, publicado por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 28/10/2014; Oficio Nº382 sobre la Adenda 2, publicado por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 29/10/2014; Oficio Nº446 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 03/11/2014; Oficio Nº487 sobre la Adenda 2, publicado por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 06/11/2014; Oficio Nº723 sobre la Adenda 2,publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 29/10/2014; Oficio Nº760 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 05/11/2014; Oficio Nº818 sobre la Adenda 2, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 27/10/2014; Oficio Nº1075 sobre la Adenda 2, publicado por CONADI, Región de Atacama, con fecha 03/11/2014; Oficio Nº2000-2014 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 27/10/2014;
     
    3.4 Con relación al Informe de Respuestas al 3º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental:
    Oficio Nº781 sobre la Adenda 3, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 28/11/2014; Oficio Nº922 sobre la Adenda 3, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 28/11/2014; 
  4. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA", de fecha 11 de Diciembre de 2014; 
     
  5. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA".

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación III Región de Atacama debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA" cuyo titular es Renovalia Chile Dos SpA.

     

  2. Que el derecho del Titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente. 
     
  3. Que debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.
     
  4. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA" posee las siguientes características:
     
    4.1. Antecedentes generales
     
    4.1.1 Localización:
     
    El Proyecto se encontrará ubicado administrativamente en la Comuna de Copiapó, Provincia de Copiapó, Región de Atacama, aproximadamente en el kilómetro 788 de la Ruta 5.
     
    4.1.2 Superficie: El cierre perimetral cubrirá una superficie de 105.1 hectáreas y la superficie construida será de 110.25 hectáreas, esta superficie incluye el área de las líneas de alta tensión, las cuales no van cercadas.
    4.1.3 Monto Estimado de la Inversión: 65.000.000 USD
    4.1.4 Vida Útil y Cronograma de Fases: 27 años
    4.1.5. Mano de Obra:
     
    Tabla N° 1

    Etapa

    Número de Personas máximo

    Tiempo (meses, años)

    Construcción

    75

    15 meses

    Operación

    4

    25 años

    Cierre

    20

    3 meses

    Fuente: Elaboración SEA.
     
    4.1.6 Coordenadas
     
    Tabla N° 2

    Vértice

    Coordenadas UTM, Datum WGS 84 Huso 19 Sur

    Este

    Norte

    1

    357403,67

    6947661,45

    2

    357872,30

    6947661,04

    3

    357872,16

    6946661,04

    4

    357143,08

    6946661,08

    5

    357249,88

    6947071,00

    6

    357218,67

    6947071,00

    7

    357301,95

    6947391,00

    8

    357333,16

    6947391,00

    9

    357250,28

    6947391,00

    10

    357080,01

    6947391,00

    11

    357012,51

    6947071,00

    12

    357167,01

    6947071,00

    13

    357969,21

    6947661,01

    14

    357969,20

    6947170,56

    15

    358593,09

    6947170,97

    16

    358593,30

    6946941,85

    17

    358708,08

    6946941,79

    18

    358666,93

    6946660,91

    19

    357872,16

    6946661,04

    20

    357872,30

    6947661,04

     

    Centros de Transformación

    Coordenadas

    X

    Y

    1

    357.514

    6.947.612

    2

    357.528

    6.947.607

    3

    357.730

    6.947.612

    4

    357.744

    6.947.607

    5

    357.486

    6.947.502

    6

    357.500

    6.947.497

    7

    357.663

    6.947.439

    8

    357.677

    6.947.434

    9

    357.470

    6.947.391

    10

    357.484

    6.947.387

    11

    357.470

    6.947.281

    12

    357.484

    6.947.277

    13

    357.390

    6.947.171

    14

    357.404

    6.947.166

    15

    357.661

    6.947.043

    16

    357.675

    6.947.039

    17

    357.820

    6.947.043

    18

    357.834

    6.947.039

    19

    357.980

    6.947.043

    20

    357.994

    6.947.039

    21

    357.139

    6.947.043

    22

    358.153

    6.947.039

    23

    358.299

    6.947.043

    24

    358.313

    6.947.039

    25

    358.488

    6.947.074

    26

    358.502

    6.947.069

    27

    358.488

    6.946.963

    28

    358.502

    6.946.959

    29

    357.342

    6.946.808

    30

    357.356

    6.946.804

    31

    357.501

    6.946.808

    32

    357.515

    6.946.804

    33

    357.661

    6.946.808

    34

    357.675

    6.946.804

    35

    357.850

    6.946.728

    36

    357.864

    6.946.724

    37

    358.066

    6.946.728

    38

    358.080

    6.946.724

    39

    358.282

    6.946.728

    40

    358.296

    6.946.724

    41

    358.498

    6.946.728

    42

    358.512

    6.946.724

    Centro de Control

    X

    Y

    43

    357.307

    6.947.275

    44

    357.347

    6.947.264

     
    Fuente: EIA y Adenda N° 2 Cardones Solar I
     
    4.2. Descripción del proyecto

    4.2.1. Partes acciones y obras del Proyecto.
     
    4.2.1.1. Generador Fotovoltaico: Es el conjunto de módulos fotovoltaicos encargados de transformar la energía procedente de la radiación solar en energía eléctrica continua. La potencia de la planta será de 35 MW, cuya potencia nominal corresponderá a 29,19 MWnm y la peak a 35.136 MWp.
     
    En la Tabla N° 2 del Capítulo 1 del EIA se indican las características de los paneles  proyectados. En la tabla N° 3 del Capítulo 1 del EIA, se detallan las características constructivas y dimensionales.
     
    4.2.1.2. Conexión de Módulos
    4.2.1.3. Inversor.
    4.2.1.4. Centro de Transformación.
    4.2.1.5. Seguidor Horizontal.
    4.2.1.6. Cableado:
    i. Cableado de corriente continua.
    ii. Cableado en corriente alterna
     
    Las zanjas para el cableado directamente enterrado en baja tensión  se  ejecutarán  con  una  profundidad  de 0,50 m y en  zonas de tránsito  de vehículos 0,80  m.
     
    4.2.1.7. Línea Subterránea de media tensión: Se instalarán 6 líneas subterráneas de media tensión que se conectarán a la Subestación transformadora, cada una de las cuales tendrá diferentes longitudes: 900, 1.660, 1.502 y 1.895 metros respectivamente.
     
    4.2.1.8. Subestación Elevadora: Será instalada dentro del perímetro de la planta solar, y contará  con  una sala eléctrica para la agrupación de los circuitos de media tensión antes de su evacuación.
    Ocupará una superficie de 0,3 Ha y su función será la elevación del nivel de tensión desde los 23kV de la red de conexión del parque fotovoltaico  hasta los 110 kV para su evacuación a través de la línea aérea de alta tensión. La ubicación de esta subestación se encuentra en anexo N° 2 de Adenda N° 2.
     
    4.2.1.9. Torres y Línea de Alta Tensión: Para evacuar la energía  producida  por el parque, se instalarán 5 torres de alta tensión con  una  línea de aproximadamente  400 metros de longitud. La faja de seguridad del tendido será de 20 metros (10 metros hacia cada lado del tendido). El área en el que se emplazarán las torres, se encuentra dentro del polígono de las 200 ha.
     
    4.2.1.10. Accesos: Para la etapa de construcción y operación del proyecto se  utilizará  un  camino no pavimentado de 1,4 kilómetros de longitud y 5 metros de ancho (considerando un metro de pretil hacia cada lado) el cual nace desde la ruta C-411 y se interna hacia el área que ocupa el proyecto.
     
    Con respecto a la habilitación de acceso a caminos públicos, antes del inicio de la etapa de construcción, el Titular presentará el correspondiente formulario de autorización a Vialidad Región de Atacama.
     
    El Titular presentó en Anexo N° 2 de Adenda N° 2 el plano actualizado de la ubicación de las partes del proyecto.
     
    4.2.2. Etapa de Construcción
     
    El hito que marca el inicio de esta actividad, es el replanteo topográfico que comenzará con el desplazamiento del equipo de topografía a la zona del proyecto junto al despeje del terreno para la habilitación de las distintas obras que componen el proyecto.
     
    La fase de construcción del proyecto completo, tendrá una duración aproximada de 15 meses.
     
    4.2.2.1. Preparación del terreno y habilitación de huellas de acceso.
     
    La habilitación de terreno, corresponde al descepado de plantas y arbustos, además de la remoción  de  piedras  mediante  la  utilización  de  maquinaria  pesada,  todo  ello  para  la instalación de todas las estructuras propias del proyecto: PFV, subestación elevadora, sala de control, IF y huellas de acceso (interna y externas).
     
    4.2.2.2. Habilitación de la Instalación de Faenas
     
    Corresponde a un área de 0,7 Ha, dentro de la cual existirán distintos sectores (estacionamientos, oficinas, bodegas,  entre otros).
     
    El polígono que define la Instalación de Faena (IF), se encuentra en formato KML y Shape, en Anexo N° 1 de Adenda N° 1, mientras que su ubicación en el plano, así como el detalle de cada una de las obras que la componen, se presenta en el Plano N° 2 del EIA.
     
    - Oficinas y estacionamientos (0,15 ha)
    - Estacionamiento de vehículos pesados (600 m2)
    - Área de aseo y vestuarios (75 m2)
    - Depósito de agua potable (20-30 m2)
    - Depósito de aguas sucias (25 m2)
    - Almacén (360 m2)
    - Bodegas de almacenamiento de residuos (75 m2)
     
    La IF se encontrará cercada con malla tipo ursus (o similar). Cabe mencionar, que no se utilizará alambre de púas para el cercado u otro que pudiese ocasionar lesiones o daño en animales o personas.
     
    4.2.2.3. Instalación de seguidores y paneles.
     
    La conexión de los módulos fotovoltaicos (paneles) será en serie, mientras los seguidores serán de tipo horizontal y las estructuras fijas, especialmente diseñados para resistir el peso de los paneles y la acción del viento.
     
    4.2.2.4. Construcción de la Subestación elevadora
     
    Será instalada dentro del perímetro de la planta solar y contará con una sala eléctrica para la agrupación de los circuitos de media tensión antes de su evacuación.
     
    Su función será la elevación del nivel de tensión desde los 23kV de la red de conexión del parque fotovoltaico  hasta los 110 kV para su evacuación a través de la línea aérea de alta tensión.
     
    4.2.2.5. Construcción de fundaciones e instalación de las torres
     
    Cada una de las patas de la torre, serán estabilizadas al terreno mediantes fundaciones de hormigón.
     
    4.2.3. Etapa de Operación
     
    El hito que marca el inicio de esta actividad es, el momento en el que la Planta Solar Fotovoltaica empiece a proporcionar energía al Sistema Interconectado Central (SIC), dando con ello término a la etapa de pruebas de puesta en marcha. 
     
    La etapa de operación, considera de modo general, las siguientes actividades:
     
    Tabla N° 3. Actividades Etapa de Operación

    MATRIZ DE DETALLE DE TAREAS DE SERVICIOS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO

    FRECUENCIA

    Diaria

    Mensual

    Trimestral

    Semestral

    Anual

    SEGUIDORES FOTOVOLTAICOS

    Mantenimiento preventivo de los seguidores metálicos y anclaje de módulos. Control sobre una muestra representativa del correcto apriete de pernos de estructura y paneles.

     

     

     

     

    X

    Control del estado de los motores, engranajes y rodamientos.

     

     

    X

     

     

    Control del estado de conexiones de tierra.

     

     

     

    X

     

    Módulos FOTOVOLTAICOS

    Inspección con visual de los módulos fotovoltaicos. Comprobación del estado de la superficie de los paneles y de las cajas de conexiones.

     

     

    X

     

     

    Control del estado  de conexiones de tierra.

     

     

     

    X

     

    Inspección con cámara termo gráfica de una muestra representativa de los módulos fotovoltaicos.

     

     

     

     

    X

    Limpieza de los módulos fotovoltaicos.

     

     

     

     

    X

    Conversión CC/CA INVERSORES

    Control de parámetros eléctricos del lado de CC.

    X

     

     

     

     

    Control de parámetros eléctricos del lado de CA.

    X

     

     

     

     

    Control de parámetros de estado del inversor (temperatura, alarmas, etc.)

    X

     

     

     

     

    Control de filtros sucios del sistema de ventilación/refrigeración.  Limpieza o sustitución en función de necesidades.

     

    X

     

     

     

    Control visual de los equipos internos del inversor.

     

     

    X

     

     

    Control de funcionamiento de los dispositivos de protección.

     

     

    X

     

     

    Control del estado de conexiones de tierra.

     

     

     

    X

     

    Mantenimiento preventivo de los inversores fotovoltaicos.

     

     

     

     

    X

    Inspección con cámara termo gráfica de los equipos internos de los inversores.

     

     

     

     

    X

    Fuente: Adenda N° 1 Cardones Solar I
     
    4.2.3.1. Programa de mantención de paneles solares.
     
    Para el caso de la limpieza con agua, el Titular indicó en Adenda N° 1 que la periodicidad de limpieza de los paneles depende de la acumulación de polvo y suciedad sobre los paneles fotovoltaicos. En el caso más desfavorable se realizarán 6 limpiezas al año.
     
    Los módulos fotovoltaicos serán limpiados exclusivamente con agua desmineralizada, por lo que no se contempla el uso de detergentes, o agentes químicos contaminantes para esta actividad.
     
    Para el recambio de paneles se considera el reciclaje de estos materiales mediante una empresa certificada.
     
    El Titular aclaró en Adenda N° 2 que no se utilizarán en ningún caso sustancias  peligrosas  ni en la limpieza de los paneles fotovoltaicos ni en la reparación de los equipos. Esta última será realizada fuera del área del proyecto, en lugares especializados.
     
    4.2.4. Etapa de Cierre
     
    El hito que marca el inicio de esta actividad es cuando se desconecte definitivamente la Planta Solar Fotovoltaica del Sistema Interconectado Central (SIC).
     
    4.2.4.1 Desmantelamiento de la planta: Consiste en el desmontaje completo de todas sus instalaciones.
     
    Se realizarán las siguientes actividades para el desmantelamiento:
     
    Se realizarán  tareas de desmonte de todas las estructuras fotovoltaicas, retirada a lugares autorizados y tareas de restauración de sus cimentaciones y anclajes.
    Se realizarán tareas de derribo de los centros de transformación, de la subestación y retirada de los materiales a lugares autorizados para finalizar con la restauración de superficies.
    Se procederá al retiro del cableado y restauración de zanjas de la red eléctrica interna y de las zanjas de la línea de evacuación así como el desmontaje de los apoyos en aéreo de la misma.
     
    4.2.4.2 Restauración de los terrenos afectados por viales de acceso, instalaciones, etc., así como la retirada a lugares autorizados de todos los posibles residuos generados (materiales y estructuras utilizadas en el proyecto), clasificándose, según su naturaleza y en base a la legislación vigente.
     
    Se procederá a su restauración total a través de las siguientes operaciones:
     
    Extendido de la tierra.
    Despedregado.
    Nivelación del suelo.
     
    4.2.5. Insumos y Suministros 
     
    4.2.5.1 Agua Potable
     
    En la siguiente tabla se presentan los consumos de agua potable para las distintas etapas del Proyecto.
     
    Tabla N° 4

    Etapa

    Consumo de agua potable.

    m3/mes

    m3/total

    Construcción (15 meses)

    150

    2.250

    Operación (25 años)

    8

    2400

    Cierre (3 meses)

    40

    120

     

    TOTAL

    4.770 m3

    Fuente: Adenda N° 1 Cardones Solar I
     
    a) Etapa de Construcción
     
    Se dispondrá de 100 litros diarios de agua potable por persona. El proveedor de agua potable para consumo humano, contará con las respectivas autorizaciones del Servicio de Salud (Resolución Sanitaria).
     
    Antes del inicio de las obras, se comunicará a la autoridad sanitaria el proveedor seleccionado. Los comprobantes de este documento,  así como el de los volúmenes adquiridos, serán mantenidos en la Instalación de faenas.
     
    Para el agua necesaria para la higiene y aseo de los trabajadores, se abastecerá mediante camión aljibe por una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes, y será almacenada en un estanque de 30 m3 ubicado dentro de la Instalación de Faenas.
     
    Los comprobantes  de compra, serán mantenidos  dentro de la Instalación de Faenas y se informará  del proveedor  a la autoridad sanitaria antes del inicio de las faenas.
     
    b) Etapa de Operación
     
    Se tendrá una dotación mínima de 100 litros de agua por persona al día, totalizando 400 l/día y se informará del proveedor seleccionado antes del inicio de la faenas.
     
    El agua para consumo de los trabajadores, será suministrada a través de dispensadores de agua purificada o embotellada.
     
    c) Etapa de Cierre
     
    Se dispondrá de 100 litros diarios de agua potable por persona, totalizando 2.000 litros diarios.
     
    4.2.5.2 Agua Industrial
     
    En la siguiente tabla se presentan los consumos de agua industrial para las distintas etapas del Proyecto.
     
    Tabla N° 5

    Etapa

    Consumo de agua industrial.

    m3/mes

    m3/total

    Construcción (15 meses)

    336

    5.037

    Operación (25 años)

    37,8

    11.340

    Cierre (3 meses)

    672

    2.015

     

    TOTAL

    23.429 m3

    a) Etapa de Construcción
     
    Se realizarán humectaciones a las áreas de trabajo, para lo cual será necesario el abastecimiento de agua industrial, cuyo proveedor contará con las autorizaciones respectivas por parte de las autoridades pertinentes.
     
    Las labores de humectación se realizarán con una frecuencia de 2 veces al día. Los cálculos que permitieron determinar el volumen a consumir de  agua  industrial en labores de humectación, se adjunta en Tabla N° 11 de Adenda N° 2, cuyos resultados indican que se utilizará una cantidad de 336 m3/mes.
     
    Se implementará un procedimiento sistematizado para el seguimiento del agua industrial. Para ello se mantendrá un registro que contendrá lo siguiente:
     
    Guías de despacho con su correspondiente timbre de ingreso, en donde se indique la fecha, vehículo, cantidad en m3 de agua industrial transportada.
    Listado actualizado  de  la empresa contratista que  trabajará en esta labor, señalando sus datos (marca, modelo, año, patente, nombre, conductor y capacidad) de cada uno de los camiones involucrados.
     
    Toda la información que se genere se mantendrá en las oficinas de la instalación de faena en caso de que la autoridad la requiera.
     
    El Titular informará a la DGA, Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, previo a la ejecución de las obras, la o las fuente (s) natural (es) de abastecimiento del Recurso Hídrico e individualizará los respectivos derechos de aprovechamiento que serán ejercidos, según informe la empresa contratada para la entrega de este servicio.
     
    b) Etapa de Operación
     
    En Adenda N° 1 el Titular indicó que también utilizará agua industrial en el caso de limpieza de paneles (ya que preferentemente se utilizará aire a presión).
     
    Se utilizará una cantidad aproximada de agua promedio por panel de 0,6 l. Por lo tanto, considerando que se instalarán aproximadamente 126.000 módulos, el consumo de agua aproximado en cada limpieza será de 75,6 m3. Suponiendo un máximo de 6 limpiezas al año, el consumo de agua anual será de 453,6m3/año.
     
    Cabe indicar que no se ha considerado humectación en la fase de operación, debido a que en esta fase del proyecto, solo se realizarán labores de mantención a la planta fotovoltaica.
     
    c) Etapa de Cierre
     
    El origen y las cantidades serán similares a las contempladas para la etapa de construcción, tal como se indicó en la tabla N° 5 de este documento.
     
    4.2.5.3 Combustibles y sustancias peligrosas
     
    Se utilizarán para el funcionamiento del transformador de potencia, grupo electrógeno, y maquinaria los siguientes insumos:
     
    Transformador de Potencia y transformadores  de  media  tensión  en  los centros de transformación: Se utilizará durante toda la vida del proyecto aproximadamente 26.000 litros de aceite dieléctrico para el de potencia y aproximadamente 1000 litros para cada transformador de media tensión, el cual no será almacenado en las bodegas.
    Grupo electrógeno: Se utilizará 70 litros de diésel, el cual  no  será almacenado.
    Maquinaria: Se prevé la instalación de un depósito homologado de 1.000 litros de combustible situado en la instalación de faenas.
     
    4.2.5.4 Electricidad.
     
    a) Etapa de Construcción y Cierre
     
    El Titular indicó en Adenda N° 2 que durante las etapas de construcción y cierre se utilizará un grupo electrógeno de 20 kVA (por etapa).
     
    b) Etapa de Operación
     
    El suministro de energía será a través de la subestación eléctrica del proyecto. En caso de emergencia  se utilizará un grupo  electrógeno  cuya potencia será menor de 20 kW.
     
    4.2.5.5 Áridos y Hormigón
     
    a) Etapa de Construcción
     
    Los áridos necesarios para los rellenos serán del material obtenido de las excavaciones de las obras. Si fuera necesario material adicional, éste será adquirido a proveedores autorizados de la zona.
     
    Se informará del proveedor a la autoridad correspondiente antes del inicio de las faenas.
     
    Los hormigones se adquirirán en plantas de la zona, por lo que será transportado a la faena según se vaya requiriendo por el proyecto.
     
    4.2.5.6 Combustibles, lubricantes y otros insumos. 
     
    a) Etapa de Construcción y Cierre
     
    Para los vehículos que trabajen en la obra, así como también para el uso de los generadores, se mantendrá dentro de la Instalación de Faenas un estanque con combustible de capacidad no superior a 1.000 litros, en un lugar especialmente habilitado para este fin según  lo establecido en el DS N° 160 de 2009.
     
    b) Etapa de Operación
     
    Los aceites dieléctricos  usados en transformadores serán manejados, transportados, almacenados y dispuestos en un lugar autorizado, según la  normativa sanitaria vigente.
     
    4.2.6. Principales aspectos de la evaluación 
     
    4.2.6.1. Transporte de materiales, estructuras y personal. 
     
    a) Etapa de Construcción
     
    La frecuencia vehicular durante las etapas de construcción, operación y cierre, así como el  tipo de carga, se incluyen en la tabla siguiente. Se ha considerado la frecuencia vehicular para los momentos peak de cada etapa, en la cual habrá el máximo número de trabajadores:
     
    Tabla N° 6. Frecuencia Vehicular asociado a las distintas etapas del Proyecto.

    Fase

    Tipo de vehículo

    Frecuencia en veh/día

    Tipo de carga

    Construcción

    Camionetas 4x4 y Furgonetas

    25

    Personal

    Camión Aljibe

    2

    Agua

    Camión grúa

    2

    Carga general

    Camión

    10

    Carga general y maquinaria

    Camión

    1

    Residuos

    Sub Total

    Construcción

    40

     

    Operación

    Camionetas 4x4 y Furgonetas

    2

    Personal

    Sub Total

    Construcción

    2

     

    Cierre

    Camionetas 4x4 y Furgonetas

    10

    Personal

    Camión

    2

    Carga general y maquinaria

    Camión

    1

    Residuos

    Sub Total

    Construcción

    13

     

    Fuente: Adenda N° 1 Cardones Solar I
     
    Al Proyecto se accede desde la Ruta 5 que une las comunas de Copiapó y Vallenar, a la altura del kilómetro 788 de la Ruta 5 aproximadamente, en el desvío hacia la localidad de Nantoco C-411. 
     
    El flujo máximo, no superará los 55 viajes diarios, en circunstancias que el TMDA de la Ruta 5 en dirección norte es del orden de 4.065 veh/día y en dirección sur 4.075 veh/día (Punto Censal Nº 7 del PNC, ubicado en Ruta 5 / Bifurcación C-451, año 2012).
     
    Para el Proyecto, se utilizarán diversos tipos de vehículos y maquinarias:
     
    - Camionetas
    - Furgonetas
    - Camiones
    - Minitou
    - Grúa horquilla (toros pequeñas)
    - Tractores con aperos
    - Rodillo compactador
    - Retroexcavadora
    - Camión grúa
     
    La mantención de los vehículos, se realizará fuera de la instalación de faenas, en talleres mecánicos de las Comunas de Copiapó y/o Tierra Amarilla.
     
    Las rutas a utilizar, corresponden a la Ruta 5 (que une el Proyecto con la ciudad de Copiapó) y/o C-425 (que une el Proyecto con la comuna de Tierra Amarilla), dependiendo del lugar de origen de los trabajadores.
     
    4.2.6.2. Residuos Sólidos Domiciliaros.
     
    a) Etapa de Construcción
     
    Los residuos sólidos domésticos generados durante la construcción del proyecto serán principalmente restos de envoltorios de papel, plástico, cartón, y otros, productos de insumos. Se estima que en la etapa de construcción, se generará 0,788 tonelada mensual de residuos domésticos (0,5 kg/persona/día), ya que se han calculado en número máximo de trabajadores de la planta, que serían 75 trabajadores.
     
    Todos los residuos generados, serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y sellados con tapa, los cuales serán acopiados en su bodega respectiva, ubicada al interior de la instalación de faena, que contarán con una base impermeable circundada por un sistema recolector (canaleta y rejilla).
     
    El retiro de los residuos domiciliarios generados, se realizará a lo menos tres veces por semana mediante una empresa que cuente con resolución sanitaria para el manejo y transporte, mientras que la disposición final de éstos, se realizará en un relleno sanitario u otro lugar autorizado.
     
    Para poder verificar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, en atención a lo señalado anteriormente, se realizará lo siguiente:
     
    - Solicitar a la empresa a cargo del retiro y transporte de residuos sólidos domésticos, la resolución sanitaria aprobada por la SEREMI de Salud, previo a la ejecución de las obras, la que permanecerá en faena.
    - Mantener en la instalación de faena una copia de la orden de compra, facturas y/o contrato vigente entre la empresa contratista y la empresa prestadora del servicio, donde se indique la frecuencia del retiro.
    - Mantener en la instalación de faena los reportes de ingreso al relleno sanitario, donde se realice la disposición final de los residuos domiciliarios.
     
    La bodega de residuos domésticos tiene una superficie de 15 m2.
    Para verificar que el depósito de  los  residuos se realice efectivamente en un relleno sanitario u otro lugar autorizado por la autoridad sanitaria. Para ello se mantendrá un registro que contendrá lo siguiente:
     
    - Guías de despacho, en donde se indique la fecha, vehículo, cantidad y tipo de residuos retirados, con su correspondiente timbre de ingreso de la instalación de disposición final autorizada definida.
    - Listado actualizado de la empresa contratista que trabajará en esta labor, señalando sus datos (marca, modelo, año, patente, nombre, conductor y capacidad) de cada uno de los camiones involucrados).
    - Certificado sanitario de los camiones utilizados para el retiro de este tipo de residuos.
     
    b) Etapa de Operación 
     
    Se  estima  la  generación  de 2  kg/día  de  residuos  sólidos  domésticos, calculados en base a la generación promedio de 0,5 kg/día por persona, considerando  el máximo de trabajadores (4 trabajadores).
     
    Serán dispuestos en contenedores segregados, debidamente rotulados y sellados con tapa, los cuales serán acopiados en una bodega dentro de las oficinas, para su posterior retiro por una empresa con autorización sanitaria y depositado en un relleno sanitario.
     
    c) Etapa de Cierre
     
    Al igual que la etapa de construcción, estos serán almacenados en el sector de instalación de faena, y se tomarán  las mismas  medidas  señaladas  en la etapa de construcción,  en cuanto al almacenamiento y disposición final.
     
    4.2.6.3. Residuos Sólidos Inertes
     
    a) Etapa de Construcción
     
    Se prevé la generación de material inerte producto de los movimientos de tierra en el proceso de instalación de los centros de transformación, la línea de transmisión eléctrica y subestación, donde se consideran excavaciones y material de escarpe por limpieza de terreno.
     
    Los acopios poseerán una altura menor a 1,5 m, y estarán cubiertos por malla protectora en caso de ubicarse a menos de  2 km de centros poblados o viviendas.
     
    El material acopiado, será llevado a la Instalación de Faena a un sector de acopio temporal, luego, el material será retirado por una empresa autorizada, para ser dispuesto en un lugar autorizado. Se dejará registro de dicha actividad en el lugar de emplazamiento del proyecto; donde se incluya el tiempo, cantidad y lugar de disposición final para estos residuos
     
    Se priorizará su reutilización en rellenos de infraestructura o nivelación del terreno. Por lo anterior, en la eventualidad de generar un excedente en este tipo de residuos, su disposición final se hará en lugares autorizados por la autoridad competente, ubicados lo más próximos posible al área donde se desarrollarán las faenas.
     
    b) Etapa de Operación
     
    En la etapa de operación del proyecto no se generarán residuos Sólidos Inertes.
     
    c) Etapa de Cierre
     
    La disposición final de los residuos sólidos inertes de material de escarpe  superficial producidos por el desarme de las instalaciones, se realizará en lugares autorizados.
     
    Esta actividad se coordinará en forma anticipada con las municipalidades correspondientes y se informará a la Autoridad Sanitaria Regional de Atacama.
     
    4.2.6.4. Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos
     
    a) Etapa de Construcción 
     
    Los residuos sólidos industriales no peligrosos generados en esta etapa serán principalmente sobrantes de materiales de construcción como: maderas, despuntes de fierro, despuntes de cables, hormigón, clavos, tornillos tuercas, entre otros; su estimación inicial es de 0,25 toneladas mensualmente.
     
    Estos residuos serán almacenados en el patio de salvataje dentro de la instalación de faena, donde se segregará según la clasificación de material, facilitando con ello la reutilización de los materiales y su posterior disposición final. 
     
    El retiro, transporte y disposición final se realizará mediante una empresa que cuente con autorización sanitaria.
     
    Para verificar el cumplimiento, se realizará lo siguiente:
     
    - Solicitar a la empresa a cargo del retiro, transporte y disposición final de los residuos industriales no peligrosos, la resolución sanitaria aprobada por la SEREMI de Salud previo a la ejecución de las obras, la que permanecerá en faena.
    - Mantener en la instalación de faena una copia de la orden de compra, facturas y/o contrato vigente entre la empresa contratista y la empresa prestadora del servicio, donde se indiquen detalles del servicio prestado.
    - Mantener en la instalación de faena los reporte de disposición final de los residuos retirados.
     
    La bodega de residuos industriales no peligrosos tiene una superficie de 30 m2.
     
    b) Etapa de Cierre
     
    Los residuos industriales no peligrosos provenientes  del desmantelamiento  de las torres y tendido eléctrico en la fase de cierre, dependiendo de las condiciones en que se encuentren, serán entregados para ser reutilizados o reciclados. Por el contrario, todo el material considerado como residuo será debidamente dispuestos en un sitio de disposición  final, los residuos de menor  tamaño  serán  almacenados  en  el patio de salvataje de  residuos  dentro  de  la instalación de faena para su posterior disposición final
     
    A su vez, el retiro, transporte y disposición final será realizado mediante una empresa que cuente con autorización sanitaria.
     
    Su estimación inicial es de 0,25 toneladas mensualmente.
     
    4.2.6.5. Residuos líquidos. 
     
    En el presente proyecto no se generarán Residuos Líquidos Industriales No Peligrosos.
     
    a) Etapa de Construcción
     
    Se generarán aguas servidas que serán tratadas en una planta de tratamiento de aguas servidas.
     
    Para verificar el cumplimiento, se realizará lo siguiente:
     
    - Solicitar a la empresa a cargo de la mantención de la fosa séptica y baños químicos, la resolución sanitaria aprobada por la SEREMI de Salud, para el retiro, transporte y disposición final de los residuos líquidos domésticos, previo a la ejecución de las obras.
    - Mantener en la instalación de faena una copia de la orden de compra, facturas y/o contrato vigente entre la empresa contratista y servicio sanitario respectivo, que indicará la frecuencia de limpieza, el sistema o planta particular autorizada, donde se realizará el vertido de lodos en conformidad a los reglamentos vigentes. 
    - Mantener en la instalación de faena los reporte de limpieza de los servicios higiénicos y de disposición final.
    - Cumplir con todos los ítems referidos al adecuado control de las aguas servidas en el D.S. 594/99, su modificación D.S. 97/2010 del MINSAL y el D.F.L. 725/67 Código Sanitario del MINSAL.
     
    Se utilizará una Planta de Tratamiento Modular.
     
    Las aguas servidas tratadas pueden verterse al suelo para humectar los caminos,  mientras  que  los  lodos  de la  planta  de  tratamiento  de  aguas  servidas  no poseerán sustancias reactivas o tóxicas, de acuerdo a NCh 1.333, tampoco presentarán características  de  peligrosidad,  por  lo  que  serán  retirados  por  una  empresa externa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
     
    Se registrará la cantidad de agua servida generada que ingresa a la planta de tratamiento y la cantidad de lodos generados, además de un registro con fecha, vehículo, cantidad y tipo de residuo retirado con su correspondiente  timbre de ingreso de la instalación de disposición final autorizada. Finalmente, también se realizará un listado de los camiones que trabajarán en esta labor, señalando los datos de cada uno de los camiones.
     
    b) Etapa de Operación
     
    En esta etapa del proyecto no se generarán residuos líquidos industriales no peligrosos.
     
    En la etapa de operación del proyecto se seguirá utilizando la PTAS pero disminuyendo su capacidad para, adaptarse a las necesidades de esta etapa (disminuye considerablemente  el número de trabajadores respecto a la etapa de construcción).
     
    La tasa de generación de efluentes líquidos es de 8 m3/mes, considerando el máximo de trabajadores (4 trabajadores).
     
    c) Etapa de Cierre
     
    Durante esta etapa se generarán aguas servidas que serán tratadas en la misma planta de tratamiento, en relación al retiro, traslado y disposición final de los residuos líquidos de tipo doméstico, se tomarán las mismas medidas señaladas en la etapa de construcción.
     
    4.2.6.6. Residuos Líquidos Industriales Peligrosos
     
    Las labores de mantención de la maquinaria y vehículos durante la etapa de construcción, serán realizadas fuera de los sitios destinados a las instalaciones del proyecto, en servicentros, talleres y garajes de la ciudad más cercana. Para ello, se mantendrá en faena todos aquellos registros que verifiquen lo señalado.
     
    4.2.6.7. Residuos Peligrosos
     
    a) Etapa de construcción
     
    Los residuos peligrosos se derivarán a la bodega de seguridad ubicada en la instalación de faena, sector que será impermeabilizado en la zona de estacionamiento con un plástico de alta densidad sobre el cual se colocará arena o tierra, como medida preventiva en caso de derrame. La tierra contaminada será almacenada y trasladada a un relleno de seguridad. Además, se considera la posible generación de residuos peligrosos por trapos y elementos de protección personal contaminados por aceites.
     
    La bodega temporal, será identificada con letrero y contará con contenedores rotulados y sellados con tapas, en conformidad a la legislación ambiental vigente.
     
    Los residuos serán retirados, como máximo cada seis meses, de la faena por una empresa aprobada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final de materiales residuales con las características mencionadas.
     
    Para verificar el cumplimiento, se realizará lo siguiente:
     
    - La presentación del proyecto de almacenamiento de residuos peligrosos ante la Autoridad Sanitaria a través del PAS 93, previo a la ejecución de las obras, y su seguimiento y buen manejo hasta su cierre.
    - Solicitar a la empresa a cargo del retiro y transporte y disposición final de los residuos peligrosos, la resolución sanitaria aprobada por la SEREMI de Salud, previo a la ejecución de las obras, la que permanecerá en faena.
    - Mantener en la instalación de faena una copia de la orden de compra, facturas y/o contrato vigente entre la empresa contratista y la empresa prestadora del servicio, donde se indiquen detalles del servicio prestado.
    - Mantener en la instalación de faena los reporte de disposición final de los residuos retirados.
    - Verificar que el contratista declare y haga el seguimiento de sus residuos haciendo uso del sistema SIDREP.
     
    La bodega de residuos industriales peligrosos tiene una superficie de 30 m2. La generación de residuos peligrosos será de 125 kg/semana.
     
    b) Etapa de Operación
     
    Durante las etapas de construcción y operación los residuos peligros estarán compuestos por paneles dañados por el transporte o manejo al interior del proyecto, además de los otros residuos por las actividades de mantención.
     
    Por lo tanto en esta etapa podrían generarse este tipo de residuos (paneles dañados, Arena contaminada, trapos y elementos de protección contaminados (situación excepcional), por lo que se ha supuesto una cantidad máxima de 6 toneladas/año.
     
    c) Etapa de Cierre
     
    Los residuos peligrosos se derivarán a la bodega de seguridad ubicada en la instalación de faena. La generación de residuos peligrosos en la instalación, se deberá al aparcado de maquinarias en el sector de estacionamiento, sector que será impermeabilizado con un plástico de alta densidad sobre el cual se colocará arena o tierra, como medida  preventiva en caso de derrame. La tierra contaminada  será almacenada y trasladada a un relleno de seguridad.
     
    Los residuos serán retirados, como máximo cada seis meses, de la faena por una empresa aprobada  por la Autoridad  Sanitaria para el transporte, tratamiento  y disposición  final de materiales residuales.
     
    Los paneles serán clasificados como residuos peligrosos. En caso de realizarse la certificación que demuestre que no son residuos peligrosos, esta será comunicada a la autoridad sanitaria.
     
    Al término de la vida útil de la planta se buscarán alternativas de reciclaje de paneles dentro del país, en primera instancia. En caso contrario, se optará por devolver los paneles a su país de origen para que el propio fabricante lo recicle. No obstante lo anteriormente señalado, en caso que no sea posible optar por reciclar los paneles, se considera realizar la disposición final de los paneles en lugares autorizados.
     
    En cuanto a la cantidad de dichos residuos, se informa que el número máximo de módulos (paneles) con la implantación actual será de 126.000 módulos, por lo tanto, la cantidad de este tipo de residuos será de 2.760 toneladas en la etapa de cierre del proyecto.
     
    Se generará una cantidad superior a 12 toneladas anuales en la etapa de cierre del Proyecto debido al retiro de los paneles, por lo que al momento de solicitar la Autorización Sanitaria, corresponderá presentar el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos ante el SEREMI de Salud, a menos que se haya entregado la certificación de la no peligrosidad de los paneles.
     
    Por lo cual, se presentó un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos en el Anexo 2 de Adenda N° 1, en conformidad con los contenidos indicados en el artículo 26 del D.S. Nº 148/2003 del MINSAL, donde se presentan las características de peligrosidad de los residuos, las alternativas de minimización de la generación de residuos peligrosos, el Procedimiento interno de gestión, entre otros.
     
    Para verificar el cumplimiento se realizarán las mismas actividades señaladas para la etapa de construcción.
     
    En la tabla N° 7 se entregan las cantidades de residuos a generar por el Proyecto en sus distintas etapas.
     
    Tabla N° 7 Residuos generados por el proyecto, en las distintas etapas.

    Tipo de residuo

    Construcción

    Operación  

    Cierre

    Aguas Servidas

    150 m3/mes

    8 m3/mes

    40 m3/mes

    Residuos Inertes (material de escarpe superficial y excavaciones)

    333 m3/mes

    N/A

    1.666 m3/mes

    Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios)

    788 kg/mes

    240 kg/mes

    21 kg/mes

    Residuos industriales no peligrosos (Excedentes metálicos o chatarras)

    250 kg/mes

    N/A

    250 kg/mes

    Residuos industriales peligrosos (Tambores con pintura, solventes, aceites y lubricantes)

    6 Ton/año

    6 ton/año (500 kg/año)

    234 Ton/mes

    Fuente: Elaboración SEA (EIA más Adenda N° 1 y Adenda N° 2).
  5. No se presentaron observaciones ciudadanas durante el plazo establecido por la Ley N° 19.300.

  6. Que, los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley Nº 19.300:
     
    6.1 Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra a) del art. 11 de la Ley 19.300. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad efluentes, emisiones o residuos.
     
    Durante la fase de construcción se generarán emisiones de material particulado producto de las actividades de construcción (excavaciones, movimiento de tierras, escarpes, movimiento de materiales, carga y descarga) y el tránsito de vehículos livianos y pesados por caminos no pavimentados. Asimismo, se generarán gases tales como CO, NOx, MP-10, SOx y HC, producto de los motores de combustión de los vehículos, maquinarias y equipos electrógenos que serán usados en la etapa de construcción.
     
    Durante la etapa de operación se generarán las emisiones de gases; CO, NOx, HC producto de vehículos utilizados. Durante la etapa de cierre se generarán emisiones de material particulado producto del transporte de materiales de desecho de la construcción y algunos gases como CO, NOx, HC debido a la combustión propia de los vehículos utilizados para el transporte de los materiales.
     
    Para evaluar este efecto se presentó una estimación de Emisiones de Material Particulado, donde se estima que las emisiones totales de MP10 durante la etapa de construcción y cierre serán de 0.87 ton.
     
    Durante etapa de operación del proyecto no se contempla la generación de emisiones de material particulado y de gases de combustión de carácter significativo, debido a que las actividades que se ejecutaran corresponderán a  visitas a las instalaciones por motivos de mantención preventiva básica (inspección visual, pedestre), mantención correctiva básica (reparación de anomalías  detectadas  en inspección  visual, pedestre)  y mantenimiento  contra falla (fallas que comprometan la transmisión de energía).
     
    Como medida de manejo ambiental, se implementarán las siguientes actividades:
    - Se humectarán las áreas de trabajo y caminos no pavimentados (se mantendrán los registros correspondientes que evidencien esta acción).
    - Humectación de materiales acopiados y de granulometría baja.
    - Se cubrirán los acopios de materiales de excavación, en el caso de existir población cercana.
    - Las acumulaciones temporales de tierra, serán menor a 1,5 m. de altura, esto para reducir el arrastre de material particulado producido por acción de vientos.
    - La velocidad máxima permitida para el tránsito de vehículos en los sectores de la obra será menores o iguales a 30 Km/h.
    - A los camiones que transportarán material, se les implementará una lona hermética, que será debidamente asegurada, lo cual impedirá cualquier levantamiento de polvo y desbordamiento de este material.
     
    El Proyecto genera ruidos durante la etapa de construcción debido al funcionamiento de maquinarias y el tránsito de vehículos. Durante la operación se generan ruidos por el tránsito ocasional de vehículo y durante el cierre también se producirán ruidos. Por lo anterior, el Titular realizó un estudio del impacto acústico durante la construcción y operación del parque fotovoltaico sobre receptores más cercanos (386 y 303 metros de distancia). Durante la construcción y cierre la inmisión del proyecto en los receptores más cercano será de 46 dBA. Durante la operación en los mismos receptores la inmisión será de 28 dBA, dentro de los límites establecidos por el DS 38/11 del MMA.
     
    Las emisiones lumínicas del proyecto estarán acotadas durante la construcción a la zona de instalación de faenas mientras que en la etapa de operación estarán mayoritariamente emplazadas en la sala de control y en las subestaciones.
     
    Se generarán efluentes líquidos provenientes de los servicios higiénicos los que serán enviados a las plantas de tratamiento de aguas servidas que se utilizarán durante las fases de construcción, operación y cierre del Proyecto.
     
    Los residuos generados por el proyecto serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, segregados y acopiados según la característica del residuo, en un lugar cercado e impermeabilizado para prevenir derrames y serán enviados posteriormente a sitios de disposición final autorizados.
     
    Como conclusión el Proyecto no presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.
     
    6.2 Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra b) del art. 11 de la Ley 19.300. Efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales, incluidos suelo, agua, aire.
     
    El Titular indicó en Adenda N° 2 que su proyecto atraviesa uno de los polígonos definidos por Faúndez (2005), para el Sitio Prioritario Desierto Florido.
     

    Tabla N° 8 

    Nº Polígono

    Valor de Conservación

    Categoría Valor para  conservación

    Nº de especies identificadas

    12

    0,475

    Alto

    60

    Fuente: Adenda N° 2

    Con el número de especies encontradas, sumado a las especies en categoría de conservación,  el valor de conservación  del polígono intervenido  por el proyecto estaría situado en los rangos medio a alto.

     

    Durante el proceso de evaluación se determinó el impacto sobre especies con alta singularidad ambiental. Por lo que el impacto de pérdida de este tipo de flora se considera significativo. Esto se relaciona con las especies que se encuentran en alguna categoría de conservación y que además su localización sea cercana al límite de su distribución:

     

    Cumulopuntia sphaerica

    Eulychnia breviflora (Eulychnia breviflora var. tenuis)

    Ephorbia copiapina.

    Leucocoryne Appendiculata 

    Austrocylindropuntia  miquelii 

    Cryptantha hispida

    Tetragonia microcarpa

    Nolana aplocaryoides

    Nolana peruviana

     

    Para estas especies, se realizará un Banco de semillas para especies geófitas efímeras de alto valor ambiental y también, Rescate y relocalización de especies de bulbosas.

     

    El Titular indicó en Adenda N° 1 que en ninguna de sus fases alterará los nidos activos de aves.

     

    Además, este proyecto ingresó por afectación a este literal dado el impacto sobre herpetofauna, específicamente liolaemus bisignatus y liolaemus atacamensis, para este impacto se ha propuesto un rescate y relocalización de la especie, además, se ha comprometido un Estudios de la Fauna con énfasis en las amenazadas (Ecología, Etología y Biología) contenida en la Estrategia Regional de Biodiversidad de Atacama. Se establece como plazo para su realización  hasta el inicio de las obras del proyecto (inicio etapa de construcción). Los detalles de dicho Estudio serán consensuados con la SEREMI de Medio Ambiente.

     

    Por lo anterior, se concluye que el Titular se hace cargo del impacto generado por este literal, presentando medidas adecuadas y formas de seguimiento.

     

    6.3 Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra c) del art. 11 de la Ley 19.300. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de sistemas de vida o costumbres de grupos humanos.

     

    El proyecto no generará modificaciones del flujo vehicular durante la construcción, tampoco se producirán demoras en los flujos viales dada la escasa utilización de la vía (40 vehículos/día).

     

    La densidad y distribución espacial de los grupos humanos no se verá afectada por el proyecto por cuanto los trabajadores durante la etapa de construcción utilizarán solamente las instalaciones del proyecto. El proyecto requerirá puestos de trabajo local en la fase de construcción del proyecto.

     

    Como conclusión el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

     

    6.4 Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra d) del art.11 de la Ley 19.300. Localización próxima a la población, recursos y áreas protegidas.

     

    El Proyecto no se localiza próximo a áreas donde habite población protegida por leyes especiales.

     

    El proyecto no se localiza en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial y no se emplaza en o alrededor de áreas donde existen humedales protegidos o glaciares susceptibles de ser afectados.

     

    El Titular presentó en Anexo N° 6 de Adenda N° 2 un plano en PDF en alta resolución con las obras del proyecto. En este plano se demuestra que las obras del proyecto de ninguna forma se ejecutarán sobre el área de protección Llanos de Travesía. 

     

    Como conclusión el Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

     

    6.5 Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra e) del art. 11 de la Ley 19.300. Valor paisajístico o turístico de una zona.

    El Proyecto ingresó como estudio de impacto ambiental, dado el impacto sobre el paisaje que generan sus partes y obras. Es por esto que el impacto “alteración en el recurso visual”, se considera un  impacto negativo significativo, el cual se presenta en la Etapa de construcción y etapa de operación. Para la etapa de cierre se considera un impacto positivo, pues se recuperaría el paisaje.

     

    Para lo anterior se ha propuesto compensar las variables de fragilidad y calidad visual en el paisaje, mediante la construcción de mirador turístico, además de la instalación de señalética para informar la ubicación del mirador, la adecuación de un paradero en la zona donde se instalará el mirador interpretativo (localización indicada en la tabla 13 de este documento), la realización de inducciones al personal respecto a materias de conciencia turística, consensuando con SERNATUR Atacama previo al inicio de las obras del Proyecto, el contenido de estas capacitaciones. También se indicó en Adenda N° 2 que se realizará un Estudio de puesta en valor del Desierto Florido para el desarrollo turístico, los objetivos de este Estudio, buscarán, entre otros, establecer un plan de acción para el desarrollo turístico. El alcance se consensuará previo a su realización con SERNATUR Atacama. Se establece como plazo para su realización  hasta el inicio de las obras del proyecto (inicio etapa de construcción).

     

    Por lo anterior, se concluye que el Titular se hace cargo del impacto generado por este literal, presentando medidas adecuadas y formas de seguimiento.

     

    6.6 Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del art. 11 de la Ley 19.300. Alteración de monumentos.

    Según la prospección arqueológica realizada en el área de estudio del proyecto, se obtuvieron los resultados indicados en la tabla N° 9.

    Tabla N° 9 Resumen Hallazgos Arqueológicos Proyecto Planta Fotovoltaica Cardones Solar I

    HALLAZGOS

    CRONOLOGÍA

    ELEMENTO

    Cardones-1

    Histórica

    Estructuras pircadas

    Cardones-2

    Indeterminada

    Estructura pircada

    Cardones-3

    Indeterminada

    Posible horno

    Cardones-4

    Histórica

    Loza

    Cardones-5

    Indeterminada

    Estructura pircada

    Cardones-6

    Prehispánica

    Cerámica

    Fuente: EIA Cardones Solar I

    Sólo el hallazgo Cardones -4 queda dentro del área de influencia directa del proyecto. Por lo que se adoptarán todas las medidas de resguardo necesarias para  proteger el hallazgo arqueológico, estableciendo un buffer de protección de 15 m. alrededor del hallazgo, instalándose un cerco perimetral y una señalética ad hoc.

     

    El hallazgo Cardones – 6 queda a 30 m. de distancia del Proyecto. Para la protección de esta evidencia arqueológica se adoptará la medida de protección de instalar un cerco perimetral con un buffer de 10 m. y una señalética ad hoc.

    Los  restantes cuatro hallazgos arqueológicos están en el área  montañosa del polígono, la cual no será intervenida por el proyecto debido a las características del terreno. Sin embargo, a pesar de la lejanía con las fases del proyecto, se adoptarán medidas de protección consistentes en cercos perimetrales con buffers de 10 m. y señaléticas ad hoc,

    En definitiva durante todas las etapas del proyecto, construcción, operación y cierre, no se afectarán ninguna de las evidencias arqueológicas detectadas durante la inspección visual del terreno.

    Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.

     

    Como conclusión el Proyecto no presentará o generará alteración sobre monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

  7. Que del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto denominado "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA" puede concluirse que las siguientes medidas, propuestas por el titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas, complementadas, en su caso, por los Órganos con Competencia Ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, las que deberán cumplirse para la ejecución del respectivo proyecto:
     
    7.1 Medidas de Manejo Ambiental

    7.1.1 Medio Físico
    7.1.1.1 Calidad del Aire
    a) Etapa de Construcción
     
    Para controlar las emisiones producto de gases de combustión de motores, todos los vehículos cumplirán con su certificado de revisión técnica al día.
     
    El Titular presentó en Adenda N° 2 la siguiente tabla:
    Tabla N° 10 

     

    Etapa del Proyecto

    Acciones de control

    Frecuencia

    Medio de verificación

    Construcción y Cierre

    El tránsito de maquinaria y vehículos se realizará a baja velocidad, 30 km/h, dentro del área del proyecto.

    Diaria

    Control por parte del encargado de prevención.

    Construcción y Cierre

    Humectación de caminos.

    1 vez al día

    Registro en faena

    Construcción y Cierre

    Toda acumulación temporal de tierra, será cubierta por medio de una malla protectora impermeable sobre el nivel del acopio (lona o polietileno), debidamente anclados al suelo.

    Diario

    Registro en faena, con localización y fotografías.

    Construcción

    A los camiones que transportarán el excedente de material, se les implementará una lona hermética, que  será debidamente asegurada.

    Diario

    Inspección de la salida y entrada de camiones desde y hacia la faena. Se mantendrá un registro en las oficinas de la instalación de faena.

    Fuente: Adenda N° 2

    En cuanto a la medida de Humectación de Caminos, esta se mantendrá durante las etapas de construcción y cierre del proyecto, realizándose una vez al día, para la situación más desfavorable de 15 meses para la etapa de construcción y 3 meses para la etapa de cierre.

     

    Tabla N° 11

    ETAPA

    HUMECTACIÓN Y OBRAS MENORES

    m3/mes

    m3/total

    Construcción

    336

    5.037

    Operación

    -

    -

    Cierre

    336

    1.008

    Fuente: Adenda N° 2

     

    El agua para humectar los caminos (etapas de construcción y cierre) se obtendrá a través de compra de agua realizada a los proveedores de la zona. En caso de que se utilizase las aguas del sistema de tratamiento para la humectación de los caminos, se mantendrán los registros de (DBO Sólidos Totales y Coliformes fecales, según lo establecido en la Nch N° 1.333.

     

    b) Etapa de Operación

     

    Durante la etapa de operación no se efectuarán acciones de control para material particulado, ya que la única posible fuente de emisión del proyecto será el tránsito de vehículos, y este será eventual.

     

    7.1.1.2 Ruido

     

    a) Etapa de construcción

     

    El Titular realizará las labores en forma alternada, evitando que las fuentes  de ruido del proyecto funcionen en forma simultánea.

     

    Se incorporará un instrumento para la comunicación con la comunidad, el que incluirá:

    • La identificación de la persona responsable, por parte del proyecto, de la comunicación con la comunidad, indicando cargo, nombre, teléfono y/o correo electrónico para su ubicación.

    • El formulario para la recepción, canalización y respuesta a eventuales quejas por ruidos molestos generados por el proyecto, realizadas por receptores afectados. Entre otros, considerar la identificación de la(s) persona(s) receptora(s) afectada(s) por el ruido generado por el proyecto; lugar, hora y duración del ruido molesto; además de la identificación de las acciones que se adoptarán en respuesta a dichas quejas.

     

    • El mecanismo preventivo para la información a la comunidad de la ocurrencia de faenas excepcionalmente ruidosas.

     

    El uso de bocinas en el ingreso de vehículos al recinto estará prohibido. Los vehículos que se encuentren a la espera de ingresar al recinto lo efectuarán con el motor apagado.

     

    Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.

     

    Se realizarán mantenciones periódicas a todos los vehículos, maquinarias o equipos a utilizarse, con la finalidad de evitar cualquier falla que pudiese provocar un mal funcionamiento del equipo en relación a un aumento del ruido generado por este.

     

    b) Etapa de Operación

     

    El uso de bocinas en el ingreso de vehículos al recinto estará prohibido. Los vehículos  que se encuentren  a la espera  de ingresar al recinto lo efectuarán con el motor  apagado.

     

    Se realizarán mantenciones periódicas a todos los vehículos, maquinarias o equipos a utilizarse, con la finalidad de evitar cualquier falla que pudiese provocar un mal funcionamiento del equipo en relación a un aumento del ruido generado por éste.

     

    c) Etapa de Cierre

     

    El Titular realizará las labores en forma alternada,  evitando que las fuentes  de ruido del proyecto funcionen en forma simultánea.

    Se incorporará el mismo instrumento y las mismas medidas descritas para la etapa de construcción.

     

    7.1.1.3 Hidrografía

     

    En Adenda N° 3 se indica que para evitar la interferencia en la resistencia de los anclajes de los paneles con las áreas de mayor socavación debido a la tensión de fondo, las fundaciones de los paneles que se sitúen en el cauce, serán realizadas mediante hinca profunda con perfiles metálicos, teniendo en cuenta la posible socavación máxima generada por la tensión de fondo. 

     

    • Se realizarán las fundaciones mediante hincado con una profundidad superior a los 1,5 m sólo en los cauces. Para evitar problemas de los efectos de socavación, si bien ésta solo se produciría en zonas donde el caudal y velocidad es supercrítico.

     

    7.1.2 Medio Biótico

    7.1.2.1 Vegetación. Formaciones xerofíticas.

     

    Se prohibirá el uso o manipulación de fuego en toda el área del proyecto 

    Se instalará un cartel de prohibición de uso de fuego y vertimiento de basura en el sector. 

    En caso de ocurrir algún siniestro, los operarios deberán dar aviso oportuno a bomberos. Además, se contará con herramientas mínimas para el combate de incendios.

     

    7.1.2.2 Flora

    Para las especies de flora en categoría de conservación (cactáceas) se realizará rescate y relocalización de ejemplares de especies de cactáceas en alguna categoría de conservación que se encuentran presentes en el área de impacto

     

    a) Rescate y relocalización de especies de cactáceas.

     

    Las especies para las cuales se realizará esta medida son: Cumulopuntia sphaerica (Gatito), Eulychnia breviflora (Copao).

     

    En la primera etapa se realiza el levantamiento detallado de las especies de cactáceas con problemas de conservación, evaluándose de manera potencial aspectos tales como su densidad por Ha y el estado fitosanitario de los individuos. Para tal efecto, se realiza un censo de las especies en categoría de conservación en los lugares específicos donde se ejecutarán las obras.

     

    De esta manera se obtiene un perfil del tamaño, estado y características generales del medio ocupado por la población y una caracterización de la estructura de las comunidades donde la especie participa.

     

    Identificación, marcaje y extracción de cactáceas.

    Acondicionamiento y cicatrización en área de mantención

    Preparación del sitio de plantación

    Trasplante de cactáceas

    Repelente de lagomorfos y otras acciones antidepredación

    Seguimiento: Periódicamente se realizará una evaluación del prendimiento, estado sanitario y de vigor de los individuos relocalizados. Se llevará un registro y análisis de las causas observadas de pérdida o daño, generando programas de reposición y medidas correctivas en caso de ser necesario. Se considerará un porcentaje de éxito de 75% de sobrevivencia de las especies que han sido plantadas, lo cual será corroborado mediante seguimientos con una frecuencia mensual durante el primer año; semestral durante el segundo año y anual durante los años 3 al 5, actividades en las que se realizará una evaluación del prendimiento, estado sanitario y vigor de los individuos plantados. Si de los seguimientos efectuados, se detecta mortalidad en alguno de los individuos, estos serán repuestos con la misma especie del ejemplar muerto.

     

    No está considerada la aplicación de riego a las especies relocalizadas.

    Adicionalmente cada individuo relocalizado tendrá una placa distintiva en la que se indique la especie y la fecha de relocalización.

     

    En los accesos al polígono de relocalización se instalarán señaléticas en las que se indique “Zona de resguardo ambiental, Prohibido al Acceso”.

     

    En los monitoreos planteados se reforzará el estado de estas medidas.

     

    7.1.2.3 Fauna

    Se instalarán 4 señaléticas estratégicamente distribuidas en los caminos interiores que señalen límites de velocidad y la precaución por el posible encuentro con fauna silvestre. En Adenda N° 3 el Titular aclaró que coordinará, de manera previa al inicio de la etapa de construcción con los servicios competentes los lugares seleccionados para la implementación de la señalética.

     

    Como medida preventiva para zorros y guanacos, se implementará señalética instalada en el camino de acceso al proyecto. La señalética deberá cumplir con las dimensiones exigidas por el departamento de vialidad del municipio respectivo. Y en ella deberá indicarse: (a) un máximo de velocidad; y, (b) advertencia de presencia de fauna silvestre.

     

    Máximo de velocidad: Establecer un máximo de 30 km/hr, en caminos y accesos interiores del proyecto. Esta obligación deberá estar indicada en los protocolos de inducción de los trabajadores al momento de ser contratados.

    Advertencia de presencia de fauna silvestre: Implementar en todos las rutas interiores del proyecto de señalética que sea explicita al indicar la presencia y tránsito de Fauna silvestre, como: Guanacos y Zorros. 

     

    a) Plan de contingencia en caso de atropello.

     

    En caso de atropello de fauna, el Titular se comprometió a aportar al desarrollo del Centro de Exhibición animal del Parque El Pretil y al mejoramiento de las condiciones al interior de este centro.

     

    El Titular presentó en Anexo N° 4 de Adenda N° 2 un protocolo de acción en caso de atropello, este protocolo fue mejorado en Adenda N° 3, donde indicó que el protocolo de atención primaria se aplicará a aquellos animales que sean partícipes de una contingencia y que sobrevivan a ésta, dando aviso a la entidad correspondiente y que el transporte será por cargo del Titular, contemplando no sólo las primeras atenciones, sino que también los tratamientos posteriores, los que deberán ser costeados por el mismo, dado que las lesiones de la fauna silvestre a causa de atropellos en el área son de responsabilidad del proyecto, todas estas medidas deberán ser consensuadas y aprobadas por el Servicio Agrícola y Ganadero.

    Sin embargo, si el animal resultase muerto producto de la contingencia o posterior a la atención primaria, el evento quedará registrado, y se avisará al Servicio Agrícola y Ganadero (en adelante SAG) para que señale las acciones que corresponde realizar. En el caso que no se pueda localizar al SAG, el animal será enterrado en un contenedor agregándole cal viva para evitar la emanación de olores por la descomposición, en un lugar aislado del tránsito habitual de personas y vehículos, con un cierre perimetral que impida el ingreso de animales.

     

    En la eventualidad que se genere una contingencia con fauna comprometida, a pesar que la zona del proyecto estará vallado impidiendo que pudieran entrar zorros o guanacos, se dispondrá de un sector cubierto con cierre perimetral de 3x4 metros, hasta que el SAG ordene su retiro.

     

    El Profesional encargado será un médico veterinario, el cuál no estará permanentemente ubicado en la obra sino a disposición para cuando se le requiera, el cual contará con todos los implementos necesarios para el manejo del animal. 

     

    El protocolo contempla capacitación de las personas que sean designadas para efectuar sujeción y movimiento de animales silvestres heridos, dado que cualquier persona no está capacitada para efectuar esta actividad. Dicha capacitación deberá ser realizada por un profesional que tenga conocimientos en el tema y debe quedar respaldada por listado de asistencia.

     

    b) Medidas para avifauna

     

    Se instalarán dispositivos anticolisión de aves, sobre conductores y cables.

     

    La forma de éstos será en espiral. Estos elementos se construyen de material plástico y en colores vivos como amarillos o naranja, para una fácil y rápida visibilidad. 

     

    Se establecen dos tipos:

     

    *Dispositivo anticolisión simple (DAS): Se  deben disponer sólo en el tendido eléctrico que cruce una quebrada mediana o mayor, o que conforme depresiones de valle. La aplicación  se realiza en una sola zona de agarre sobre el conductor, se utilizarán en líneas aéreas de media y alta tensión. En las líneas de media tensión, se montarán sobre los conductores, a tres vueltas entre las fases, con un espaciamiento  de 7 metros aproximadamente,  debiendo quedar una distancia próxima a los 21 metros entre dos dispositivos consecutivos de la misma fase.

     

    En las líneas de alta tensión se montarán sobre el conductor o conductores  de tierra según se indica:

    • Con un cable de tierra, la distancia entre dispositivos será de 10 metros.

    • Con dos cables de tierra, se montarán alternado en cada cable con una distancia entre dispositivos de 15 metros

     

    *Dispositivo Anticolisión Doble (DAD): La aplicación se realiza en dos zonas de agarre sobre el conductor. Se utilizan fundamentalmente en líneas aéreas de alta tensión y se colocan preferentemente en los conductores de tierra, considerando la siguiente pauta:

    • Con un cable de tierra la distancia entre dispositivo será de 10 metros.

    • Con dos cables de tierra la distancia entre dispositivos será de 20 metros.

     

    7.1.3 Medio Humano

     

    7.1.3.1 Patrimonio Cultural

    a) Monitoreo arqueológico

     

    Durante las obras de escarpe del terreno y las actividades que consideren remoción de superficie, se realizará un monitoreo arqueológico permanente, ejecutado por un arqueólogo o licenciado en arqueología.

     

    El monitoreo arqueológico será informado al Consejo de Monumentos Nacionales, mediante un informe mensual elaborado por el arqueólogo, el que incluirá lo siguiente:

     - Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.

    - Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

    - Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

    - Planos y fotos de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

     

    De detectarse nuevos sitios arqueológicos, en los informes se incluirá toda la información correspondiente de los elementos culturales, y de los procesos de recuperación de los mismos ya sean salvataje o rescate arqueológico. Los informes además incluirán una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad), la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos, y la propuesta de destinación definitiva para los diversos materiales, incluyéndose un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Además se procurara solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

     

    Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine el procedimiento a seguir. 

     

    Duración de la medida adoptada, 1 vez al mes, durante las etapas de construcción y cierre.

     

    Medio de verificación de cumplimiento, serán informes mensuales remitidos al Consejo de Monumentos Nacionales

     

    b) Cercado de sitios

     

    Debido a que  los  sitios arqueológicos no serán afectados por las obras, durante las  etapas del proyecto (construcción, operación y cierre) se procederá a instalar cercos perimetrales a todos los elementos arqueológicos que se encuentren a 50 m. o menos de distancia de las obras del proyecto.

     

    Los cercos perimetrales dejaran un buffer de protección de 10 m. alrededor del hallazgo arqueológico de acuerdo a la dispersión  superficial de material arqueológico  o del límite de las estructuras.  Los cercos serán confeccionados con mallas DOLMEC y listones de madera, y poseerán una altura de 1,0 m. como mínimo.

     

    Las actividades de cercado serán supervisadas  por un arqueólogo o licenciado en arqueología, y se informarán al Consejo de Monumentos Nacionales por medio de un informe que incluirá fotografías de todos los sitios. Debido a que los cercos son provisionales, una vez finalizado el proyecto estos serán retirados.

     

    Esta acción durará toda la vida del proyecto y su medio de verificación de cumplimiento será el informe remitido al Consejo de Monumentos Nacionales

     

    c) Charlas de inducción arqueológica

     

    Se realizarán charlas de inducción arqueológicas que informen sobre las características de los sitios arqueológicos de la zona y material  cultural que presentan, la protección legal vigente, y los procedimientos a seguir frente a nuevos hallazgos durante las labores del proyecto.

     

    La charla será oral impartida por un arqueólogo o licenciado  en arqueología, apoyada visualmente  por imágenes, láminas, presentación PPT, etc. Para finalizar con una ronda de preguntas por parte de los participantes.

     

    Una vez finalizada la actividad se enviará un informe al Consejo de Monumentos Nacionales, incluyendo el acta de asistencia y los contenidos de la presentación.

     

    Se realizarán 3 charlas durante la etapa de construcción, destinadas a informar al Personal acerca de la relevancia de los sitios y de las formas de protección de éstos, su medio de verificación de cumplimiento serán los informes remitidos al Consejo de Monumentos Nacionales.

     

    7.2 Medidas de Compensación, Mitigación y/o Reparación.


    7.2.1 Medio físico

    7.2.1.1 Medidas impacto Pérdida recurso visual del Paisaje

    a) Construcción de mirador turístico.

     

    Descripción de la medida adoptada: Se propone la construcción de un mirador interpretativo en donde la temática principal sea una integración entre las energías renovables, la flora característica del desierto florido y la fauna y flora de las zonas desérticas, poniendo énfasis en las especies que se pueden observar en el sector.

     

    El detalle del proyecto de paisaje, infraestructura  y las temáticas  a exponer  se coordinarán con SERNATUR posterior a la entrega de la RCA y antes que empiece la etapa de construcción del proyecto. Duración del mirador será toda la vida útil del proyecto, la construcción deberá durar un mes.

     

    Medio de verificación, planos de diseño, fotografías registro de asistentes. 

     

    En la tabla N° 12 se presentan las coordenadas asociadas al emplazamiento del mirador interpretativo comprometido por el Titular.

     

    Tabla N° 12 Mirador. Coordenadas en WGS84

     

    X

    Y

    M1

    357.080

    6.947.391

    M2

    357.250

    6.947.391

    M3

    357.013

    6.947.071

    M4

    357.167

    6.947.071

    Fuente: Adenda N° 1

     

    En la figura 7.b.1 de Adenda N° 1 se presenta, la ubicación exacta del mirador y sus características (dimensiones, materialidad, etc.), serán consensuadas con SERNATUR Atacama previo a su instalación.

     

    La planta fotovoltaica estará vallada y no se podrá acceder a la misma por seguridad de las personas, no así el polígono donde se ubicará el mirador, el cual tendrá libre desplazamiento y acceso al fenómeno del desierto florido.

     

    El Titular consensuará con SERNATUR Atacama previo al inicio de las obras del Proyecto las siguientes medidas con el fin de integrar las energías renovables con del fenómeno del Desierto Florido.

     

    Instalación de señalética para informar la ubicación del mirador.

    Adecuación de un paradero en la zona donde se instalará el mirador interpretativo.

    Realización de inducciones al personal respecto a materias de conciencia turística, consensuando con SERNATUR Atacama previo al inicio de las obras del Proyecto, el contenido de estas capacitaciones.

    Colores asociados al entorno, material de construcción que sea armónico, u otros.

    El corte y manejo de los taludes, sigan la topografía dominante y que el material removido durante las actividades de preparación de terreno e instalación de faena, postaciones u otros, se disponga de manera uniforme sobre la superficie del terreno.

    Se realizará un Estudio de puesta en valor del Desierto Florido para el desarrollo turístico. Entre los objetivos de este Estudio, se buscará, entre otros, establecer un plan de acción para el desarrollo turístico. El alcance se consensuará previo a su realización con SERNATUR Atacama.

     

    Se establece como plazo para su realización hasta el inicio de las obras del proyecto (inicio etapa de construcción).

     

    Se ejecutará una de las propuestas del plan de acción que contempla el Estudio de Puesta en Valor del Desierto Florido, descrito en el punto anterior. La idea es operativizar el estudio realizado, para que este se ponga en práctica. Se consensuará con SERNATUR Atacama la medida específica.

     

    Se establece como plazo para su realización hasta el inicio de la etapa de operación del proyecto (realizadas las 2 etapas del proyecto).

     

    7.2.2 Medio Biótico

     

    7.2.2.1 Flora. Ejecutar un Banco de semillas para especies geófitas efímeras de alto valor ambiental

     

    En Adenda N° 2 el Titular precisó que la medida está dirigida a las 4 especies que serán rescatadas y relocalizadas y que se encuentran en alguna categoría de conservación, además de las especies que su localización esté o sea cercano al límite de su distribución:

     

    Especies a rescatar

    Cumulopuntia sphaerica

    Eulychnia breviflora (Eulychnia breviflora var. tenuis)

    Ephorbia copiapina.

    Leucocoryne Appendiculata

    Tabla N° 13

    Límite Norte Región de Atacama

    Límite Sur Región de Atacama

    Especie

    Especies

     

     Austrocylindropuntia  miquelii

    Cryptantha hispida

    Tetragonia microcarpa

    Nolana aplocaryoides

    Nolana peruviana

    Euphorbia copiapina

    Fuente: Adenda N° 2

     

    La metodología para la recolección de semillas será la indicada por el Manual para la Recolección de Semillas de Plantas Silvestres (Boletín INIA Nº 110) 1. Se almacenarán 10 muestras para cada una de las especies nombradas.

     

    Se anexa ficha para la recolección de semillas en Anexo N° 3 de Adenda N° 2 Fichas Recolección de Semillas.

     

    Además, se indicó que, se realizará una colecta de semillas de las especies a relocalizar y propagarlas en un vivero autorizado, para reemplazar los individuos muertos en las relocalizaciones, teniendo especial cuidado en que se asegure que los ejemplares correspondan a las procedencias  originales a fin de evitar eventuales alteraciones de la composición fenotípica original del sitio.

     

    7.2.2.2 Rescate y relocalización de especies de bulbosas. 

    Se realizará para las siguientes especies: Leucocoryne sp. y Euphorbia copiapina, las que debido a la latencia que presentan las bulbosas bajo suelo y su importancia  en el fenómeno de Desierto Florido, se realizará el rescate de todos los bulbos encontrados en el área de impacto del proyecto. 

     

    Extracción de Bulbos

    Recolección de estructuras subterráneas

    El porcentaje de éxito de la medida a implementar será del 75% de sobrevivencia a lo largo de todo el monitoreo planteado.

    El área de relocalización será en las siguientes coordenadas:

    Tabla N° 14

     

    ESTE

    NORTE

    1

    358881

    6947619

    2

    358891

    6947212

    3

    358049

    6947225

    4

    358068

    6947606

    Fuente: Anexo N° 8 de Adenda N° 1 Cardones Solar I. Datum, WGS 84.

     

    Duración de la medida será de un mes, el medio de verificación será un informe y el registro fotográfico.

     

    7.2.2.3 Flora. Realizar un estudio para analizar el comportamiento de la Flora de especies efímeras del Desierto Florido.

     

    Se realizará un estudio para analizar el comportamiento de la Flora de especies efímeras del Desierto Florido y Fauna del área una vez comenzado el período de operación del proyecto, cuya metodología a utilizar será aprobada por la autoridad respectiva antes de ejecutarlo.

     

    Para lo anterior, el proyecto contará con una estación meteorológica que contará, entre otros, con los siguientes equipos:

     

    • Piranómetro: Sensor que mide la radiación global solar en el plano generador.

    • Anemómetro: Sensor que mide la dirección y velocidad de viento.

    • Sondas de temperatura y humedad ambiente.

     

    Si los valores de las mediciones indican que en los 5 primeros años no se han registrado precipitaciones por sobre los 20 mm se deberá extender el tiempo de monitoreo.

     

    7.2.2.4 Fauna. Rescatar y relocalizar ejemplares de reptiles del área de impacto del proyecto.

     

    Para la captura de reptiles, se realizará un recorrido en la totalidad del área a intervenir por las obras de construcción del proyecto, es decir, en todos aquellos sectores donde se procederá a remover la cubierta vegetal y suelo, para la posterior habilitación de caminos de acceso, paneles fotovoltaicos y otros. Para la captura de reptiles, se utilizarán mallas tipo entomológicas, lazos con nudo corredizo, guantes de látex, bolsas geológicas porosas para el traslado, recipientes plásticos, pie de metro, huincha de 30 m. marcadores de tinta indeleble.

     

    Se rastreará el área involucrada en busca de reptiles vía pedestre mediante transectas de ancho fijo, con un esfuerzo de captura de 4 profesionales  quienes irán revisando madrigueras y arbustos, para luego proceder a capturar los ejemplares avistados. Este rastreo se iniciará a las 10:00 AM y finalizará a las 18:00 PM, aproximadamente 8 horas/persona/día de trabajo efectivo. El área será revisada en cuatro oportunidades, para asegurar un máximo nivel de rescate.

     

    El rescate se realizará en base a la captura manual, con lazo o con mallas entomológicas considerando el comportamiento y conducta psamófila de las especies a rescatar. El animal será retenido temporalmente y trasladado en bolsas geológicas porosas o en recipientes plásticos con sustrato local. Durante la retención, cada ejemplar será determinado a nivel de especie, sexo, estado fisiológico (cría, juvenil, adulto) y se le realizarán medidas morfométricas (largo total y cabeza –cloaca), finalmente cada ejemplar de reptil será marcado con tinta indeleble en el fémur derecho.

     

    Una vez realizadas las actividades de medición morfométricas, se procederá a trasladar a cada uno de las ejemplares marcados al área de relocalización previamente seleccionada. Ningún animal estará en cautiverio por más de 24 horas.

     

    Las labores de rescate de reptiles en Categoría de Conservación en área del proyecto se ejecutarán durante cinco días consecutivos antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto general, en época otoñal y primaveral, respectivamente. Este periodo de tiempo es necesario para impedir la recolonización del área despoblada, además, se dará aviso al SAG al menos 5 días antes del inicio del procedimiento.

     

    El área de relocalización final no será intervenida físicamente por el proyecto y se ubica entre los 200 y 300 m metros del límite Este del área contemplada para el proyecto. El área será seleccionada por su semejanza con los hábitats originales de extracción, suelos esencialmente arenosos.

     

    En Anexo 8 Adenda N°1 se adjunta plano del lugar de relocalización el cual se encuentra descrito en la línea de base del proyecto ya que se ubica dentro del área de estudio analizada.

     

    7.2.2.5 Fauna. Estudios de Fauna 

     

    El Titular indicó en Adenda N° 2 que el rescate y relocalización de especies se realizará como parte del cumplimiento de la normativa vigente. Por lo tanto, en este sentido se incorpora la medida de Estudios de la Fauna con énfasis en las amenazadas (Ecología, Etología y Biología, contenida en la Estrategia Regional de Biodiversidad de Atacama).

  8. Plan de Seguimiento Ambiental Propuesto en el E.I.A. y sus Adendas

    8.1 Seguimiento Medidas impactos no significativos.
     
    8.1.1 Medio Biótico
     
    8.1.1.1 Rescate y relocalización de cactáceas en categoría de conservación 
     
    a) Etapa Construcción
     
    Medio de Verificación: Informes de Monitoreo
     
    El seguimiento consiste en la revisión de cada individuo de las variables como estado sanitario, vigor y estado fenológico. El seguimiento se realizará de forma trimestral durante el primer año, semestral durante el segundo y tercero y anual del 4° al 5° año. En cada monitoreo se emitirá un informe del estado las cactáceas relocalizadas.
     
    Dado que las especies de cactáceas a rescatar y relocalizar están generalmente compuestas por varios cuerpos, de un mismo individuo se rescatan varios ejemplares para disponer de material en caso de necesitar reponer individuos muertos o en mal estado.
     
    8.1.2 Medio Humano
     
    8.1.2.1 Monitoreo arqueológico
     
    a) Etapa Construcción y cierre
     
    Medio de Verificación: Informes de monitoreo al Consejo de Monumentos Nacionales. Estos informes incluirán:
     
    • Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.
    • Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.
    • Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.
    • Planos y fotos de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.
     
    De detectarse nuevos sitios arqueológicos, en los informes se incluirá toda la información correspondiente de los elementos culturales, y de los procesos de recuperación de los mismos ya sean salvataje o rescate arqueológico. 
     
    Los informes además incluirán una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad), la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos, y la propuesta de destinación definitiva para los diversos materiales, incluyéndose un documento oficial de la institución museográfica aceptando la destinación. Además, se procurara solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
     
    8.1.2.2 Charlas de inducción arqueológica para la etapa de construcción
     
    Medio de Verificación Informe al Consejo de Monumentos Nacionales, incluyendo las listas de asistencia y los temas expuestos.
     
    8.1.2.3 Cercado de sitios arqueológicos
     
    Medio de Verificación Informe de monitoreo hecho por un arqueólogo o licenciado en arqueología, remitido al Consejo de Monumentos Nacionales. 
     
    8.2 Seguimiento Medidas Impactos Significativos
     
    8.2.1 Medio Físico
     
    8.2.1.1 Construcción y Habilitación de Mirador
     
    a) Etapa Construcción
     
    Temática principal: integración entre las energías renovables, la flora característica del desierto florido y la fauna y flora de las zonas desérticas, poniendo énfasis en las especies que se pueden observar en el sector.
     
    Medio de Verificación: Fotografías e Informe final de término de la obra.
     
    La Frecuencia será 1 vez posterior al término de la construcción. 
     
    8.3 Medio Biótico
     
    8.3.1 Banco de Semillas para especies geófitas.
     
    Medio de verificación: Informes de recolección y éxito de la medida,
     
    8.3.2 Rescate y relocalización de especies bulbosas
     
    a) Etapa Construcción
     
    El seguimiento se realizará anualmente durante 5 años, donde se evaluará el prendimiento de los individuos relocalizados. En cada monitoreo se registra el crecimiento y/o floración de los individuos. Se realizará la revisión de cada uno de los ejemplares relocalizados con el objetivo de verificar su estado sanitario y de desarrollo, y así verificar el éxito del procedimiento de rescate.
     
    Medio de Verificación: Informes de Monitoreo.
     
    En relación al Plan de Monitoreo para el Rescate y Relocalización de Flora, se realizarán monitoreos mensuales durante el primer trimestre post relocalización. Posteriormente se realizarán monitoreos trimestrales hasta el año 5.
     
    8.3.3 Estudio de Flora y Fauna del Desierto Florido.
     
    Medio de verificación: Entrega del Estudio.
     
    8.3.4 Fauna Rescate y Relocalización de Herpetofauna
     
    Rescate y Relocalización para la etapa de Construcción.
     
    Se realizará el rescate y relocalización de las especies de reptiles encontradas en el área de impacto, el detalle de la metodología a utilizar se encuentra en el Permiso Ambiental Sectorial 99 y en el documento de Permiso de Captura.
     
    Medio de Verificación 6 informes.
     
    Frecuencia: Día 10, día 15 y día 30 posterior a la relocalización.
     
    8.3.5 Fauna. Estudio de Fauna 
     
    Medio de Verificación: Entrega de Estudio.
     
    Los detalles de dicho Estudio serán consensuados con la SEREMI de Medio Ambiente y el SAG de la Región de Atacama. Se establece como plazo para la realización de este estudio, con las visaciones de los servicios mencionados, hasta el inicio de las obras del proyecto (inicio etapa de construcción). 
  9. Que con relación al cumplimiento de la legislación aplicable, el titular acredita el cumplimiento a dichas normas y que, según lo informado por los servicios públicos competentes, el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. Es del caso señalar que, para todos los efectos, el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas son parte constitutiva de esta Resolución de Calificación Ambiental.
     
    9.1 Normativa de carácter ambiental
     
    9.1.1 D.S N°55/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.  Establece las Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica. Última modificación a través del Decreto 4/12 del Ministerio de Medio Ambiente. Relación con el Proyecto y forma de cumplimiento: Al respecto el Proyecto se someterá íntegramente  a dicha normativa  y se hará aplicable  a toda maquinaria  y vehículo  que intervenga en su desarrollo, teniendo en cuenta que tanto en la etapa de construcción y posteriormente, durante la etapa de operación, para la de mantención del parque y/o la línea de tendido eléctrico se necesitarán dichas maquinarias o vehículos.
     
    9.1.2 D.S. N°211/91 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Norma sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Relación con el Proyecto: El proyecto requiere de este tipo de vehículos. Cumplimiento: Al respecto el Proyecto se someterá íntegramente  a dicha normativa  y se hará aplicable  a toda maquinaria  y vehículo  que intervenga en su desarrollo, teniendo en cuenta que tanto en la etapa de construcción y posteriormente, durante la etapa de operación, para la de mantención del parque y/o la línea de tendido eléctrico se necesitarán dichas maquinarias o vehículos.
     
    9.1.3 D.S N°54/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica. Relación con el Proyecto: El proyecto requiere de este tipo de vehículos. Cumplimiento: Al respecto el Proyecto se someterá íntegramente a dicha normativa y se hará aplicable  a toda maquinaria  y vehículo  que intervenga en su desarrollo, teniendo en cuenta que tanto en la etapa de construcción y posteriormente, durante la etapa de operación, para la de mantención del parque y/o la línea de tendido eléctrico se necesitarán dichas maquinarias o vehículos.
     
    9.1.4 D.S. N°144/61. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes atmosféricos de cualquier Naturaleza. Relación con el Proyecto: En cuanto al proyecto, generación de material particulado o polvo suspendido producto de los movimientos de tierra relacionados con excavaciones, carga, descarga y transporte de materiales  inertes. Además de las emanaciones de los vehículos y maquinaria que se utilizarán principalmente en la etapa de construcción del proyecto. Cumplimiento: Se implementarán, las siguientes medidas:
    Los vehículos cumplirán con su certificado de revisión técnica al día.;
    El tránsito de vehículos será a una velocidad máxima permitida de 30 Km/h, en los sectores de obra;
    La maquinaria y vehículos utilizados cumplirán con la normativa de emisiones vigentes;
    Toda acumulación temporal de tierra será menor a 1,5 m. de altura, esto, para disminuir el arrastre de material particulado por acción de vientos;
    Cada camión que transporte tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmosfera, será tapado con lona;
    Humectación de caminos y áreas de trabajo.
     
    9.1.5 D.S N°4/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Este decreto regula las emisiones por el tubo de escape de contaminantes, aplicables a vehículos motorizados. Relación con el Proyecto: Al respecto el Proyecto, utilizará vehículos motorizados, camiones y maquinaria. Cumplimiento: Para dar cumplimiento a la norma, los vehículos utilizados, y maquinaria serán sometidos a mantenciones periódicas.
     
    9.1.6 D.S N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del DS 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Relación con el Proyecto: Al respecto, se instalará una planta, que se ubicará alejada de edificios y viviendas habitadas. Por esta razón y teniendo en cuenta la atenuación del ruido con la distancia, no es previsible que se produzcan molestias a la comunidad. Cumplimiento: Para efectos de evaluación, se modelaron 4 frentes simultáneos de trabajo. Estos frentes de trabajo se ubican frente al punto de evaluación donde se esperan los mayores impactos y por lo mismo representa el escenario más desfavorable contemplando el funcionamiento de todas las maquinarias simultáneamente. El nivel de ruido durante la etapa de construcción no superan los 46 dBA sobre los puntos evaluados y dado que el límite estimado es de 65/50 dBA, no se superarán. Durante la etapa de operación, los niveles de ruido tampoco superarán la normativa, y en la etapa de cierre, se tomarán las mismas acciones de control de la etapa de construcción del proyecto, asegurando la no superación de los límites.
     
    9.1.7 DFL. 725/67, Ministerio de Salud, Código Sanitario Materia Regulada. Los artículos 79 y 80, establecen que el Servicio de Salud debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Por su parte el D.F.L. 1/90 de MINSAL establece en su numeral 25 que ésta es una de las materias que requiere autorización sanitaria expresa. Relación con el proyecto: Los residuos sólidos domiciliarios generados en la etapa de construcción del Proyecto serán restos de envoltorios de papel, plástico, cartón, y otros insumos inertes de oficina; en la etapa de operación los residuos serán mínimos ya que no habrán trabajadores permanentes en la obra salvo para labores de mantención; en la etapa de cierre se estima que estos residuos serán similares en cantidad a los generados en la etapa de construcción. Cumplimiento: Se adoptarán e implementarán las siguientes medidas:
    Los residuos generados, serán dispuestos sobre un suelo impermeable, en contenedores segregados, debidamente rotulados y sellados con tapa, los cuales serán acopiados en su bodega respectiva, construidas de acuerdo a la normativa ambiental vigente, dentro de la instalación de faena.
    El retiro de los residuos domiciliarios generados, se realizará al menos dos veces a la semana mediante una empresa que cuente con resolución sanitaria para el manejo y transporte, mientras que la disposición final de éstos, se realizará en el relleno sanitario El Chulo de Copiapó.
    Solicitar a la empresa a cargo del retiro y transporte de residuos domésticos, la resolución sanitaria aprobada por la SEREMI de Salud, previo a la ejecución de las obras, la que permanecerá en la instalación faena;
    Mantener en la instalación de faena una copia de la orden de compra, facturas y/o contrato vigente entre la empresa contratista  y la empresa  prestadora  del servicio, donde se indique la frecuencia del retiro;
    Mantener en la instalación de faena los reportes de ingreso al relleno sanitario, donde se realizará la disposición final de los residuos domiciliarios.
    Se promoverá que en los lugares de trabajo se mantengan buenas condiciones de orden, limpieza e higiene, especialmente en los sectores donde se ubiquen los receptáculos  para  la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para controlar la proliferación de vectores sanitarios (roedores, insectos, aves, etc.).
    Existirá la señalética apropiada que promueva esta actividad.
     
    9.1.8 DS. Nº 594/99, Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo y sus Modificaciones. Relación con el Proyecto: Respecto del Proyecto, durante la vida útil de este se generarán:
    Residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas);
    Residuos domiciliarios (restos de envoltorios de papel, plástico, cartón, y otros insumos);
    Residuos sólidos inertes (restos de excavaciones);
    Residuos sólidos industriales (sobrantes de materiales de construcción).
    Cumplimiento: En todas las etapas del Proyecto, se cumplirá con lo dispuesto en el Reglamento, tomando las medidas necesarias para su acumulación y posterior retiro.
     
    Los residuos serán almacenados en el sector de bodegas dentro de la instalación de faena, donde se segregará según la clasificación de material, facilitando con ello la reutilización de los materiales y su posterior disposición final. En cuanto a la disposición final de los residuos en general, el contratista deberá realizar el retiro, transporte y disposición final mediante una empresa que cuente con autorización sanitaria.
     
    9.1.9 Ley N°17.288/70 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales. Relación con el Proyecto: en el área de prospección del Proyecto se encontraron 6 hallazgos arqueológicos. Cumplimiento: Los hallazgos serán cercados para impedir su intervención. Además, un profesional del área arqueológica  realizará  la revisión (monitoreo) del sector en que se realicen las obras del proyecto y proceder como dispone la ley, debiendo denunciar inmediatamente al gobernador provincial (art. 26) dando aviso inmediato al Consejo de Monumentos nacionales. De dicha actividad elaborar un informe a remitirse al Consejo de Monumentos Nacionales, que incluirá lo siguiente:
    Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha.
    Descripción  de matriz  y materialidad  encontrada  (con profundidad) en cada obra de excavación.
    Plan mensual de trabajo de la constructora,  donde se especifique  en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.
    Planos y fotos de los distintos frentes de excavación y sus  diferentes etapas de avances.
    De detectarse nuevos sitios arqueológicos,  en los informes se incluirá toda la información correspondiente  de los elementos  culturales,  y de los procesos de recuperación  de los mismos ya sean salvataje o rescate arqueológico.
    Los informes además incluirán una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por especialistas en cada tipo de materialidad), la conservación de todos los materiales culturales, arqueofaunísticos y bioantropológicos, y la propuesta de destinación definitiva para los diversos materiales, incluyéndose un documento oficial de la institución museográfica  aceptando  la destinación. Además se procurará solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
     
    9.1.10 Ley N°20.283/08 Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal y D.S N°93/08 Reglamento General de la Ley sobre de Bosque Nativo y Fomento Forestal. Del Ministerio de Agricultura. Relación con el Proyecto: el Proyecto afectará la especie Skytantus acutus y Eulychnia acida (Copao), por lo que deberá presentar un plan de trabajo de formaciones xerofíticas. Cumplimiento: Se presentan los antecedentes para el Plan de Trabajo de dicha formación (Anexo 3 del EIA) para toda el área de impacto del proyecto, el cual indica que el área afectada por este Plan será de 110.25 hectáreas e incluye las formaciones de especies Skytanthus acutus y Eulychnia acida (Copao).
     
    9.1.11 Ley 4.601 Ley de Caza y D.S 5/98. Del Ministerio de Agricultura. Reglamento de la Ley de Caza. Esta norma, prohíbe la caza de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, rara y escasamente conocidas. Relación con el Proyecto: En el área en que se ubicará el Proyecto, se detectó  la presencia  de ciertas especies de fauna silvestre protegida por la Ley de Caza. Cumplimiento: En el Capítulo 5 del EIA, se presentan los antecedentes asociados al PAS 99 a fin de otorgar la autorización respectiva, el cual fue ampliado en Anexo N° 8 de Adenda N° 1.
     
    9.1.12 DFL 458/75. Del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ley General de Urbanismo y Construcciones. Esta norma establece en su artículo 55 que se debe solicitar el cambio de uso de suelo en aquellos terrenos de uso agrícola donde se quieran emplazar obras permanentes. Relación con el Proyecto: El Proyecto se ubica fuera de zona urbana. Cumplimiento: En el capítulo 10 EIA se presentan los antecedentes necesarios para el PAS 96, lo cual fue ampliado en Adenda N° 1 y luego en Anexo N° 2 de Adenda N° 2.
     
    9.1.13 Decreto Supremo N° 78/09. Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Relación con el Proyecto: el Titular indicó que mantendrá sustancias peligrosas en las etapas de Construcción y Operación del Proyecto. Forma de cumplimiento: El Titular presentó en Adenda N° 1 Plan de Manejo de Residuos Peligrosos en el Anexo 2. Conforme al Artículo 8 y 9 de este Decreto.
     
    9.1.14 Decreto Supremo Nº160/08. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Relación con el Proyecto: el proyecto contará con combustibles líquidos en sus maquinarias. Cumplimiento: Al respecto, el Titular cumplirá estrictamente con la normativa citada e informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto, de manera previa y por escrito.
     
    9.1.15 Decreto Supremo Nº 686/98 del Ministerio de Economía, Fomento  y Reconstrucción Establece  Norma  de Emisión  para la Regulación  de la Contaminación Lumínica. Relación con el Proyecto: se utilizarán dispositivos que producen luz. Cumplimiento: se cumplirán con los límites máximos permitidos de emisión lumínica.
     
    9.1.16 D.S. Nº 4/09 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece reglamento para el manejo de lodos generados en las plantas de tratamiento de aguas servidas. Relación con el Proyecto: el Proyecto contempla la instalación del sistema de tratamiento de aguas servidas con generación de lodos. El tratamiento de estos efluentes será mediante una PTAS., Se utilizará un sistema de operación semiautomático, que no requiere de personal especializado para su operación y mantención.
     
    La planta modular se conformará principalmente por un decantador primario y un reactor aeróbico (lodos activados), donde el decantador primario clarifica las aguas servidas y evita el paso de partículas de alta densidad hacia la zona de aireación, luego prosigue al reactor aeróbico que convierte las aguas servidas en aguas tratadas gracias a la oxidación prolongada de la materia orgánica, donde recibe aire (cámara de aireación) en proporción adecuada a la demanda bioquímica de oxigeno (DBO) que es necesario rebajar, seguido por un sedimentador que cumple la función de separar la biomasa suspendida en la fase líquida. Una parte de la biomasa separada en el sedimentador se recircula al reactor, el resto se elimina como purga de barros, de manera tal de mantener la concentración de microorganismos en la cámara de aireación aproximadamente constante.
     
    Cumplimento: De acuerdo al D.S. N° 4/09, el lodo será de Clase A. Para el manejo y disposición de lodos, se contratará una empresa de servicio de limpieza de fosas sépticas de la zona debidamente registrada y reconocida por el Servicio de Salud Regional.
     
    Se mantendrá un registro con fecha, vehículo, cantidad y tipo de residuo retirado con su correspondiente timbre  de ingreso de la instalación de disposición final autorizada definida. Y también un listado de los camiones que  trabajaran  en  esta  labor,  señalando  los datos de cada uno de los camiones.
     
    9.1.17 DS Nº148/03 Ministerio de Salud Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos. Relación con el proyecto. Dado que el Titular no ha demostrado que los paneles fotovoltaicos no presentan características de peligrosidad para su disposición final en relleno controlado para residuos no peligrosos, debe dar cumplimiento a esta normativa para el manejo de éstos. Cumplimiento. El número máximo de módulos (paneles) con la implantación actual será de 126.000 módulos. El cálculo se ha realizado en base a una implantación con paneles de potencia unitaria 280 Wp. Por lo que cuando se construya la planta se espera utilizar paneles de mayor potencia unitaria por lo tanto el número de paneles totales se reduciría, sin embargo para efectos de la presente evaluación se considerará el caso menos favorable. En base a lo anterior la cantidad de este tipo de residuos será de 2.760 toneladas en la etapa de cierre del proyecto. El proyecto generará aproximadamente en la etapa de cierre, una cantidad superior a 12 toneladas anuales, por lo que al momento de solicitar la Autorización Sanitaria, corresponderá presentar el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos ante el SEREMI de Salud, a menos que se haya entregado la certificación de la no peligrosidad de los paneles. Si se obtuviera la certificación de no peligrosidad de los paneles se enviaría a la Autoridad correspondiente.
     
    Durante las etapas de construcción y operación se generarán residuos peligrosos en cuanto a paneles se refiere, sin embargo en caso de paneles dañados por el transporte o manejo al interior del proyecto, además de los otros residuos de distinta naturaleza, que requieren ser manejados de acuerdo a lo señalado en el D.S. 148/04, se ha considerado un máximo de 6 ton/año, tal como se indicó en el Estudio de Impacto Ambiental. Dado lo anterior, se adjunta Plan de Manejo de Residuos Peligrosos (Anexo 2 de Adenda N° 1) en conformidad con los contenidos indicados en el artículo 26 del D.S. Nº 148/2003 del MINSAL.
     
    9.1.18 Decreto Supremo Nº 298/94, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamenta Transporte de Camiones de Cargas Peligrosas Por Calles y Caminos. Materia Regulada. Este Reglamento establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características sean peligrosas o que representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente. Regula las características y requisitos que deben cumplir los vehículos de transporte; la carga, acondicionamiento, estiba, descarga y manipulación de las sustancias peligrosas; las normas que debe cumplir el personal que participa en las operaciones de transporte, etc. Relación con el Proyecto: el Proyecto requerirá el transporte de paneles solares, determinados en el Proceso de Evaluación como Residuos Peligrosos.
     
    9.1.19 Resolución Exenta N°427. Fija rutas por las cuales se transportarán las sustancias peligrosas en las vías de las ciudades de la región de Atacama. Relación con el Proyecto. El Proyecto requerirá, eventualmente, como insumos durante su fase de construcción, el transporte de sustancias peligrosas, de acuerdo a las normas chilenas oficiales NCh 382 y NCh 2120/1 al 9 Of89, las cuales serán trasladadas al área del Proyecto por caminos públicos. Esta norma fija rutas por las cuales se podrán transportar las sustancias peligrosas en las vías de las ciudades de la Región de Atacama. Relación con el Proyecto: el Proyecto requerirá el transporte de paneles solares, determinados en el Proceso de Evaluación como Residuos Peligrosos. 
     
  10. Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA", éste requiere para su ejecución los permisos de carácter ambiental de los siguientes artículos N° 91, 93, 94, 96 y 99, contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. Nº 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. De lo anterior se puede observar lo siguiente:
     
    10.1 Permisos Ambientales Sectoriales
     
    El Titular en el EIA, presentó los antecedentes para demostrar el cumplimiento de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales, aplicables a su Proyecto:
     
    10.1.1 PAS 91
     
    En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
     
    El proyecto contempla una planta de tratamiento de aguas servidas para todas sus etapas, para lo cual presentó los antecedentes para demostrar el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos de este de este PAS en Adenda N° 2.
     
    Al respecto, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para este PAS mediante Oficio ORD N° 2000-2014 de fecha 27.10.2014.
     
    10.1.2 PAS 93
     
    En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.  
    El Titular requerirá de una bodega temporal para disposición transitoria de residuos de diversa índole, para lo cual presentó los antecedentes para demostrar el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos de este PAS en Adenda N° 1 y Adenda N° 2.
     
    Al respecto, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para este PAS mediante Oficio ORD N° 2000-2014 de fecha 27.10.2014.
     
    10.1.3 PAS 94 
     
    En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
     
    El proyecto requiere de calificación industrial, para lo cual fueron presentados por el Titular los antecedentes para demostrar el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos de este PAS en Anexo N° 18 de Adenda N° 1 y Adenda N° 2.
     
    Al respecto, la SEREMI de Salud de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para este PAS mediante Oficio ORD N° 2000-2014 de fecha 27.10.2014, calificando la actividad como Molesta.
     
    10.1.4 PAS 96 
     
    En el permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
     
    El Proyecto se ubica fuera de la zona urbana, por lo que el Titular presentó los antecedentes para demostrar el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos de este PAS en Adenda N° 1 y en anexo N° 2 de Adenda N° 2
     
    Al respecto, la SEREMI de Agricultura de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para este PAS mediante Oficio ORD N° 446 de fecha 03.11.2014.
     
    10.1.5 PAS 99
     
    En el permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
     
    El Proyecto requiere del rescate y relocalización de Liolaemus bisignatus y Liolaemus atacamensis, por lo que el Titular presentó los antecedentes para demostrar el cumplimiento de los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos de este PAS en el EIA y en Adenda N° 1 (anexo N° 8).
     
    Al respecto, el SAG de Atacama se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para este PAS mediante Oficio ORD N°922 de fecha 28.11.2014. 
  11. Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el Proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto “PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA”,  éste requiere para su ejecución el análisis de los siguientes planes, proyectos y programas:
     
    11.1 Políticas, Planes Y Programas De Desarrollo Regional
     
    Regional. Estrategia Regional de Desarrollo de Atacama
     

    Tabla N° 15 

    LINEAMIENTO

    RELACIÓN CON EL PROYECTO

    1

    Desarrollo del capital humano.

     

    El Proyecto considera durante la etapa de construcción, los trabajadores recibirán charlas   informativas,  con la   finalidad   de entregarles normas,  sugerencias  y medidas  de control  referentes  a las materias de arqueología, flora y fauna.

    2

    Modernización institucional y de la gestión regional.

    El Proyecto corresponde a una planta fotovoltaica destinada a suministrar  energía disponible al SIC (Sistema Interconectado Central), de tal manera de promover mecanismos limpios de generación de energía eléctrica, tal como lo requieren las demandas actuales de energía en nuestro país.

    3

    Promoción de la investigación e innovación.

    El Proyecto, consistirá en la construcción  y operación de una planta fotovoltaica (PFV) de 35 MW (35,28 MWp), basada en la conversión de la energía procedente de la  radiación   solar  en  energía eléctrica a  través  de  una  serie  de  módulos solares instalados sobre seguidores horizontales en el terreno. Dicho lo anterior, la existencia del proyecto demuestra las capacidades descritas en el lineamiento, y que se esperan del sector privado.

    5

    Diversificación y mayor dinamismo de la economía regional.

    El Proyecto, generar energía eléctrica, la cual será ingresada al SIC para su venta, convirtiéndose  en nueva energía disponible dirigida, entre otros, al uso empresarial, ya que es el sector de más demanda. En dicho sentido, el Proyecto formará  parte de la actividad empresarial de la región y tendrá   influencia en la economía, dinamismo y competitividad regional. Además se trabajará con proveedores locales, cuando haya disponibilidad de suministro, lo que también influirá en la economía local.

    7

     

    Implementación y consolidación de un modelo de desarrollo que garantice el uso eficiente y sustentable del recurso hídrico.

    Las demandas de agua del Proyecto serán exclusivamente para uso humano y para humectaciones de caminos y zonas de trabajo.

    El Titular indicó en Adenda N° 1 que en cuanto al agua para humectación, dado que el área donde se emplazará el proyecto se caracteriza por la alta humedad y presencia constante de neblina (fenómeno de Camanchaca), para lo meses no calurosos (marzo a diciembre) se realizará la humectación una vez al día, en un horario promedio de la jornada de trabajo. En caso de días de lluvia, se suspenderá la humectación. Lo anterior con la intención de minimizar la cantidad de agua a utilizar, considerando lo escaso del recurso en la zona.

    8

    Promoción de la cultura y patrimonio regional.

    Para el caso de los hallazgos arqueológicos detectados en el área de influencia, se ejecutarán los siguientes compromisos en atención a la protección de estos hallazgos:

    -           Monitoreo Arqueológico. Medida detallada en la tabla 7.a.1.1: de Adenda N° 1.

    -           Cercado de Sitios. Medida detallada en la tabla 7.a.1.1 de Adenda N° 1.

    -           Charlas de Inducción Arqueológicas. Medida detallada en la tabla 7.a.1.1 de Adenda N° 1.

    9

    Medio ambiente para el desarrollo sustentable.

    El Titular indicó en Adenda N° 1 que de los proyectos analizados que se encuentran en calificación o que tengan RCA aprobada, señalados en la tabla 4.b.1.1, se puede señalar que la superficie utilizada por estos proyectos mencionados, solo ocuparían el 1,21% de la superficie del sitio prioritario, por lo que en términos de magnitud la sinergia de los proyectos no generaría efectos significativos sobre la biodiversidad, además se debe considerar que cada uno de los proyectos mencionados se hace cargo de los efectos negativos sobre la biodiversidad, a través de Planes de Manejo Biológico, Planes de rescate de Fauna, estudios específicos sobre  la vegetación  (estudios  fenológicos, Estudios de sucesión natural, efecto de los paneles solares sobre la vegetación, etc.), Planes de Manejo de Bosque Nativo, Planes de trabajo para formaciones Xerofíticas, planes de rescate y relocalización de flora en categoría de conservación, Planes de contingencia, planes de reforestación, etc.

    Cabe señalar también, que el proyecto se encuentra alejado de los sitios Prioritarios Llanos de Travesía y Pajaritos.

    Fuente. EIA y Adenda N° 1 Cardones Solar I

     

    11.2 Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Comunal

     

    Plan de desarrollo Comunal de Copiapó

     

    Tabla N° 16

    PLAN

    RELACIÓN CON EL PROYECTO

    3

    Promoción Social y Superación de la Pobreza.

    Respecto de la “…capacitación de la comunidad”, no se ha considerado capacitaciones específicas a realizar a sus trabajadores, sin embargo durante la etapa de construcción del proyecto, los trabajadores recibirán charlas informativas, con la finalidad de entregarles normas, sugerencias y medidas de control referentes a  las  materias  de  arqueología, flora y fauna.

    5

    Promoción de la Identidad, la Cultura y el Patrimonio de la Comuna.

    No se relaciona con el Proyecto. Sin embargo, se han establecido como medidas de manejo ambiental el cercado de los hallazgos arqueológicos existentes y las medidas de control necesarias, en caso que se presentasen  situaciones que pusiesen en riesgo el patrimonio cultural del área del Proyecto

    7

    Desarrollo Económico Local.

    El Proyecto, generará energía eléctrica, la cual será ingresada  al SIC  para  su venta, convirtiéndose  en nueva energía disponible  dirigida, entre otros, al uso empresarial,  ya que es el sector de más demanda. En dicho  sentido,  el Proyecto  formará  parte  de  la actividad empresarial de la región y tendrá influencia en la economía, dinamismo y competitividad regional. Además se trabajará  con proveedores  locales, cuando haya disponibilidad  de suministro,  lo que también  influirá en la economía local.

    8

    Protección del Medio Ambiente.

    El  Proyecto  se  relaciona  con  el  lineamiento,   en especial  su objetivo  específico:  “Respaldar  el desarrollo de iniciativas  públicas  y  privadas   que utilicen energías renovables no convencionales”. Tal como  se ha indicado,  el Proyecto, consistirá  en la construcción  y operación  de una planta fotovoltaica PFV) de 35 MW (35,28 MWp), basada en la conversión de la energía procedente de la radiación solar en energía eléctrica a través de una serie de módulos solares instalados sobre seguidores horizontales en el terreno.

    Fuente: EIA Cardones Solar I

     

    El Titular indicó en Adenda N° 1 que se pondrá en contacto con la I. municipalidad de Copiapó de manera previa al inicio de la etapa de construcción a fin de vincularse con organizaciones comunales, colegios municipales, juntas de vecinos, entre otros, para insertar el proyecto dentro del desarrollo comunal de forma integral y sustentable. Por otro lado, se solicita al Titular definir los términos en que se vinculará su proyecto al Desarrollo Comunal de área urbana en materia de energías limpias y que contribuyan a la  integración  sustentable  de este proyecto  en  la  comuna  de Copiapó.

     

    El Titular se comprometió a generar vinculación con la OMIL de la municipalidad de Copiapó, a fin de dar curso a la contratación de mano de obra local y a capacitaciones  en torno a la temática de las ERNC, para poder especializar  a los trabajadores del sector, de manera previa al inicio de la construcción.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA", presentado por el Señor Jose Antonio de las Heras Alonso, en representación de Renovalia Chile Dos SpA, condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.

     
  2. CERTIFICAR que el proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA", de Renovalia Chile Dos SpA, en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos Nº, del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas.
  3. DEJAR constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N° 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 días contados desde la notificación de la presente resolución, ante el Comité de Ministros. 

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director (PT) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/YSN/TTA

Distribución:
  • Jose Antonio de las Heras Alonso
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargada de Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "PLANTA FOTOVOLTAICA CARDONES SOLAR I (35 MW). COMUNA DE COPIAPÓ, PROVINCIA DE COPIAPÓ, REGION DE ATACAMA"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=64/51/067fafd7f3c027a9334aeb3d465a7567fc53


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