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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo"

Resolución Exenta Nº 469/2017

Santiago, 23 de octubre de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 27 de diciembre de 2016, su Adenda de fecha 16 de junio de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 4 de septiembre de 2017 del proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo presentada por ANASAC AMBIENTAL S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo”.

3°. Las Actas de Evaluación N° 10/2017 de fecha 26 de enero de 2017 y N°07/2017 de fecha 5 de octubre de 2017, del Comité Técnico de la Región Metropolitana.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo” de fecha 6 de octubre de 2017.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 17 de octubre de 2017.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo .

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Exenta N° 279 de fecha 03 de abril de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

1°. Que, ANASAC AMBIENTAL S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo” (en adelante, “el proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Nombre o razón social

Anasac Ambiental S.A.

Rut

76.363.060-9

Domicilio

Almirante Pastene N°300, comuna de Providencia.

Teléfono

22470 6800

Nombre del representante legal

Francisco Di Silvestre Paradizo

Rut del representante legal

6.379.197-0

Domicilio del representante  legal

Almirante Pastene N°300, comuna de Providencia.

Correo electrónico del representante legal

fdisilve@anasac.cl

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de octubre de 2017, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y el Pronunciamiento del artículo 161 del D.S N°40/2012 del MMA.
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

3°. Que, en sesión de fecha 17 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo”, aprobando el contenido del ICE de fecha 6 de octubre de 2017.

 

4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general.

El objetivo del proyecto, consiste en la modificación a la planta existente de ANASAC, por medio de la construcción de una bodega de materias primas peligrosas, de una bodega de productos terminados peligrosos, un área de residuos peligrosos, un sector de acopio de residuos industriales sólidos y la regularización de las instalaciones existentes.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

El proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en virtud de lo establecido en la letra ñ) del artículo 10° letra de la Ley N°19.300 Bases Generales sobre el Medio Ambiente y el artículo 3° del D.S. N°40/12 Reglamento del SEIA que dispone en dicha norma, lo siguiente:

ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables corrosivas o reactivas. Se entenderá que estos proyectos o actividades son habituales cuando se trate de:

ñ.3) Producción, disposición o reutilización de sustancias inflamables que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilógramos diarios (80.000 Kg/día). Capacidad de almacenamiento de sustancias inflamables en una cantidad igual o superior a ochenta mil kilógramos (80.000 Kg).

Se entenderá por sustancias inflamables en general, aquellas señaladas en la Clase 2 División 2.1, 3 y 4 de la NCh 382. Of 2004, o aquella que la reemplace.

Los residuos se considerarán sustancias inflamables si presentan cualquiera de las propiedades señaladas en el artículo 15 del Decreto Supremo N°148, que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligroso, de 2003, del Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace. Para efectos de su disposición o reutilización, deberá estarse a lo dispuesto en la letra o.9. de este artículo.

 

 

Tipología secundaria: no tiene

Vida útil.

Indefinida

Monto de inversión

El monto de la inversión del proyecto es de USD $536.000 (dólares americanos).

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto consistirá en el desarme de estructuras y construcción de la bodega de materias primas.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 Capítulo I, punto 1.2 del ICE.

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

Capítulo I, Punto 1.2 del ICE.

[X]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

Capítulo I, Punto 1.2 del ICE.

 

[X]

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa.

El Proyecto se emplazará al interior de la planta ANASAC, la cual se encuentra ubicada en Av. La Divisa N°06, comuna de San Bernardo, Provincia de Maipo, Región Metropolitana.

Descripción de la localización.

El Proyecto se localiza en la comuna de San Bernardo y su ubicación se circunscribe en una “Z11 Zona Industrial Exclusiva”, de acuerdo al Certificado de Informaciones Previas N°205 de fecha 15 de febrero de 2016.

Superficie.

La superficie total del Proyecto, son las siguientes:

 

Tabla 4.2.1: Superficie del Proyecto

Superficie

m2

Terreno

19.578,50

Total Construido Existente

11.092,37

Superficie a demoler

433,44 m²

Superficie Total a Construir

452,55 m²

Superficie construida definitiva

11.111,48 m²

Fuente: Acápite I, punto 2 de la Adenda complementaria

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

A continuación, se entregan las coordenadas del polígono del Proyecto.

 

Tabla 4.2.2: Coordenadas del Predio en UTM DATUM WGS 84

Vértice

Este (m)

Norte (m)

1

342.822

6.287.951

2

343.001

6.287.878

3

342.985

6.287.771

4

342.781

6.287.52

Fuente: Tabla N°2 de la DIA

Caminos de acceso.

El acceso principal al terreno de la Planta se encuentra en Avenida la Divisa, camino al que se accede directamente desde Av. Lo Espejo.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

·             En el Anexo N°3 de la Adenda se adjunta KMZ.

·             En el Anexo “Plano Construcciones” de la Adenda Complementaria se adjuntan  planos de planta del Proyecto.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Instalación de Faenas

Se realizará un cierre perimetral del sector en donde se centrarán las actividades administrativas, logísticas y de coordinación de la obra.

La instalación de esta fase, comprenderá la habilitación de infraestructura necesaria para el personal que trabajará durante la etapa de construcción del proyecto. Se considera el arriendo de recintos modulares, habilitados en contenedores metálicos. El abastecimiento de agua potable para consumo y para las actividades de construcción, será suministrada a través del servicio de red pública contratado por el Titular.

Desmantelamiento de estructuras

Debido a la antigüedad de los recintos, algunos poseen cubiertas con asbesto, por lo que antes de proceder a su retiro se realizarán pruebas pertinentes y de ser positivos, se solicitará la correspondiente Autorización Sanitaria para efectuar los trabajos. El retiro lo ejecutará mano de obra externa y especializada, provista de todos elementos de seguridad necesarios para el retiro, cumpliendo con procedimiento de seguridad. Las planchas con asbesto se acopiarán en pallets y serán rotulados como respel.

Demolición de obra gruesa

La demolición se realizará a aquellas partes de las edificaciones que no pueden ser desmanteladas. Se utilizará maquinaria hidráulica o pesada como roto-martillos y/o retroexcavadoras. El escombro generado será retirado del sector de trabajo mediante cargador frontal. Los escombros se acumularán en zona interior del terreno, previamente definida e identificada en plano. El material se mantendrá humectado.

Preparación y habilitación del terreno

La preparación y/o habilitación de la superficie del galpón, considera realizar una limpieza o escarpe del terreno, con el objeto de retirar todo material que se encuentre de manera superficial.

Construcción de obras generales

Las características de las bodegas de almacenamiento de suspel, cumplirán con las condiciones exigidas por el D.S. 43/2016 o el que lo reemplace y lo que dicta la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

Excavaciones y movimiento de tierras

Se ejecutarán todos los movimientos de tierra y excavaciones que demanden las nuevas construcciones, para lo cual se utilizará, maquinaria pesada, pala y carretilla.

Cimientos y radieres

Una vez ejecutadas las excavaciones de las fundaciones, se hará llegar hormigón predosificado en camión betonera, listo para ser descargado de acuerdo a la programación de obras. El curado del hormigón se efectuará humectando las superficies con manguera y agua potable de la red existente.

Ejecución de estructuras principales

Las estructuras metálicas llegarán prediseñados desde fábrica, para ser montados en obra. En el montaje se considerará el apernado y la soldadura de partes. En cuanto a los muros y otros elementos de hormigón, se contempla primero la ejecución e instalación de los moldajes respectivos, para luego hacer llegar el hormigón predosificado igual como para cimientos y radieres.

Techumbres y cubiertas

Una vez terminadas las estructuras principales, se procederá a montar en obra las estructuras de techumbre, costaneras y cubiertas respectivas. Todo este proceso considera principalmente el apernado de partes, que se efectuará con herramientas manuales y ocasionalmente apoyo de un compresor de aire.

Otras terminaciones

Con la faena anterior se completará la obra gruesa de las construcciones, luego de eso se deben ejecutar las terminaciones pertinentes.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En la fase de construcción se generarán emisiones atmosféricas propias de las actividades de construcción y por la circulación de vehículos y combustión de motores. Se adjunta como anexo “Memoria de Estimación de Emisiones” del proyecto (corregido y adjunto a la Adenda complementaria), donde se han estimado las emisiones a generar durante todas las faenas de construcción.

De acuerdo a la estimación de emisiones del proyecto adjunta en la Adenda complementaria (Memoria de estimación de emisiones), las emisiones atmosféricas del proyecto son las siguientes:

 

Tabla 4.3.1.1: Síntesis de Emisiones de MP en fase construcción (ton/año).

DIRECTAS

Emisión (Ton/año)

Excavaciones

0,00164

Compactación

0,03049

Carguío de camiones

0,00030

Por tránsito interior de camiones

0,00064

Combustión de maquinarias

0,04752

Combustión en camiones

0,0000073

TOTAL

0,081

INDIRECTAS

Emisión (Ton/año)

Volteo de camiones

0,00030

Tránsito exterior en vías pavimentadas

0,01129

Tránsito exterior en vías no pavimentadas

0,06220

Combustión de camiones en exterior

0,0002685

TOTAL

0,074

Fuente: Tabla 15 Anexo “Memoria de estimación de emisiones” de la Adenda complementaria.

 

Tabla 4.3.1.2: Síntesis de Emisiones de Gases de Combustión en Fase de Construcción.

TIPO DE EQUIPO

Emisión (Ton/año)

CO

HC

NOx

SOx

CO2

NH3

Emisiones directas

Maquinaria al interior del predio

0,13957

0,06338

0,56479

 

 

 

Camiones al interior del proyecto

0,0000796

0,0000186

0,0002491

0,0009577

0,0300439

0,0828000

Emisiones indirectas

Camiones en exterior del terreno

0,0029693

0,0006166

0,0126083

0,0509991

1,5999717

7,1208000

TOTALES

0,1426189

0,0640152

0,5776474

0,0519568

1,6300156

7,2036

Fuente: Tabla 16 Anexo “Memoria de estimación de emisiones” de la Adenda complementaria.

 

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto durante la fase de construcción no superará los límites establecidos en el D.S. N°66/2009 del MINSEGPRES.

 

 

Efluentes líquidos: No existirán aguas residuales de faenas constructivas, pues todos los elementos de hormigón serán ejecutados con material premezclado traído en camión betonera; por lo tanto sólo se empleará agua potable en el curado de morteros y del hormigón, agua que será potable y que se consumirá íntegramente en la actividad, por tanto no afectará al medio circundante. Las demás faenas de obra gruesa se refieren básicamente a armado y montaje de estructuras que no requieren uso de agua.

Se debe precisar por último, que no se efectuará ningún tipo de mantención a maquinarias o camiones de construcción dentro del terreno, por tanto no existirá generación de riles por este concepto. Además, la mayor parte de las vías de circulación interiores se encuentran pavimentadas por lo que no se considera necesario realizar lavado de ruedas a los camiones.

El Proyecto no realizará lavado de canoas de camiones mixer ni lavado o mantención, preparación y/o disposición de lechada.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos no peligrosos:

Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos domiciliarios y asimilables y residuos sólidos industriales no peligrosos:

 

Tabla 4.3.1.3: Generación de Residuos Sólidos No Peligroso en la Fase de Construcción

Actividad

Residuo

Tipo de residuo

Cantidad (ton/mes)

Almacenamiento

Frecuencia de retiro

Condiciones de la zona de acopio

Forma de disposición final

Actividades domésticas, uso de servicios sanitarios, y envoltorios de comida

Residuos domésticos

Residuos domésticos

0,5

Contenedor tolva en área

de residuos

1 vez al final de

la fase de

construcción

se manejarán en conjunto con los residuos habituales de la planta

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Propios de la construcción

Metales variados, Papel, cartón, plásticos

naturaleza no pétrea

53,8

Sector RIS

1 vez a la semana

se manejarán en conjunto con los residuos habituales de la planta

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Arenas, áridos, Restos de ladrillos, hormigón y mezclas.

Naturaleza

pétrea

135,5

Área específicamente delimitada para acopio de éstos residuos,

6 veces a la semana

Apilados en sector específico de patio segregado protegidos del viento.

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Desechos de envases, Despuntes, piezas, etc.

Perdidas

generales

21,5

Sector RIS

1 vez a la semana

Apilados en sector específico de patio segregado protegidos del viento.

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud

Fuente: Tabla acápite 5, Capítulo I de la Adenda Complementaria.

 

Se mantendrá un registro en obra del transporte y disposición final del material y/o escombros de las distintas faenas de construcción a ejecutar, para acreditar la disposición final en destinatario autorizado por la Autoridad competente. Además se efectuará la correspondiente declaración de estos residuos ante el RETC, ya sea a través del contratista o a través del mismo titular.

 

Residuos peligrosos

Durante la fase de construcción se generarán los siguientes residuos sólidos peligrosos:

 

Tabla 4.3.1.4: Generación de Residuos Peligrosos

Actividad

Residuo

Tipo de residuo

Cantidad (ton/mes)

Almacenamiento

Frecuencia de retiro

Condiciones de la zona de acopio

Forma de disposición final

Demolición de estructuras

Planchas de asbesto

Peligrosos

16,4

en pallets

1 vez a la semana

en pallets y serán rotulados como RESPEL

Empresa autorizada por la SEREMI de Salud.

Propios de la construcción

Elementos de limpieza y textiles contaminados

Peligrosos

5,4

Área específicamente delimitada para la disposición temporal de éstos residuos,

 

 

 

Fuente: Punto 27 de la Adenda, Capítulo I.

 

Se mantendrá un registro en obra del transporte y disposición final del material y/o escombros de las distintas faenas de construcción a ejecutar, para acreditar la disposición final en destinatario autorizado por la Autoridad competente. Además se efectuará la correspondiente declaración de estos residuos ante el RETC, ya sea a través del contratista o a través del mismo titular.

 

Sustancias peligrosas

Durante la fase de construcción se utilizarán las siguientes sustancias peligrosas:

 

Tabla 4.3.1.5: Sustancias Peligrosas

Sustancia/Insumo

Clasificación NCh382 Of. 2004

Cantidad estimada (kg)

Pinturas óleo

Clase 2.1

1.500

Aguarrás mineral (solvente)

Clase 3

1.000

Barnices

Clase 8

700

Total

-

3.200

Fuente: Acápite 34, Capítulo I de la Adenda.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

Bodega de materias primas peligrosas

Actualmente no existe una bodega específica para el almacenamiento de materias primas peligrosas (SUSPEL), las sustancias son manejadas en pequeñas cantidades, en cantidades necesarias para unos días, lo que incrementa los movimientos de camiones y reduce las cantidades a producir.

En razón de lo anterior, y como una forma de mejorar las condiciones operativas, se proyecta construir un recinto permita un almacenamiento mayor de sustancias peligrosas y así reducir el número de traslado de estos insumos y poder proyectar un aumento en la producción de Fertilizantes y Plaguicidas (Productos que requieren de Sustancias peligrosas). Las bodegas han sido diseñadas para que cumplan con todas las exigencias establecidas en el D.S N°43/2016 del Minsal. La bodega se proyecta en el sector nor-oriente de la planta, cerca del taller de fraccionamiento.

El recinto contará con contención de derrames, detección y extinción automática de incendios, registro periódico de ingreso y salida de residuos, y todas las demás exigencias establecidas por la normativa vigente.

Bodega de productos terminados peligrosos

Debido a la proyección de ventas estimada, al aumento de producción (considerando una mayor cantidad de productos a almacenar) y por mejoras en la logística del despacho de los productos. Se construirá una bodega de Productos terminados peligrosos, donde serán almacenadas por un tiempo mayor al actual (actualmente solo se almacena para ser despachado) y así disminuir el tránsito de camiones y los costos – económicos y ambientales – asociados a ello.

Esta bodega será construida al interior del galpón general de almacenamiento. Para poder construir esta bodega se aislará un sector específico, al cual se le construirá un pasillo de 5 metros, de manera de asegurar un distanciamiento de acorde a lo exigido en el DS 43/2016 del MINSAL, obteniendo dos caras completamente libres.

El recinto contará con contención de derrames, detección y extinción automática de incendios, registro periódico de ingreso y salida de residuos, y todas las demás exigencias establecidas por la normativa vigente.

Área de residuos peligrosos

La planta actualmente no cuenta con bodega o área específica para el almacenamiento de residuos peligrosos.

Los residuos actualmente, una vez generados son destinados a la brevedad a un destinatario autorizado.

Se propone habilitar una zona al interior de la bodega de materias primas peligrosas, la cual estará construida y dará cumplimiento a lo establecido en el DS 148/2003 del MINSAL.

El área tendrá una capacidad de almacenamiento máximo de 440 kg, se ubicara en el sector nor-oriente de la bodega de materias primas peligrosas y contará con:

-        Piso: Radier de hormigón, espesor mínimo 10 cm, superficie pulida y con tratamiento impermeabilizante.

-        Muros: en hormigón armado, espesor mínimo 15 cm, cumpliendo un RF-120.

-        Techumbre y cubierta: vigas metálicas tipo tubest, con aplicación de pintura intumescente para cumplir un RF- 60; sobre ellas se instalarán costaneras metálicas y plancha liviana de aluminio zincado.

-        Portones: Se considera un portón de rollo, prefabricado y con RF-90 certificado de fábrica.

-        Puerta de escape: Una, prefabricada, con manilla antipánico y con RF-90 certificado de fábrica.

-        Ventilación: Será natural, con celosía en fachada poniente y extractores eólicos en la cubierta de acuerdo a memoria de cálculo adjunta.

-        Instalación eléctrica: contemplará canalización y lámpara antiexplosivas, de acuerdo a proyecto de especialidad.

Detección y extinción automática de incendios: la bodega contemplará sistemas automáticos, conectados a panel central, con alarma de luz y sonido, todo de acuerdo a proyecto de especialidad. La extinción será en base a polvo químico seco (PQS).

Sector RIS

Recinto ubicado en costado poniente del terreno, aledaña Galpón de almacenamiento DIFEM, ocupa un área de 35m2 aproximados. El recinto solo posee una cubierta compuesta por cercha metálica con plancha de zinc alum onda estándar. Piso conformado por radier de hormigón de 15 mm de espesor.

Envasado de productos de Jardinería

Los productos de jardinería son muy variados, debido a que ANASAC ambiental posee un variado catálogo de productos, los cuales son distribuidos a nivel nacional e internacional. No obstante estos se pueden clasificar en dos grandes grupos: Sustratos y semillas.

·       Sustratos: Este tipo de producto se refiere específicamente a tierras utilizadas en Jardinería (compost), la cual proviene de productores externos. En ninguna etapa se considera la producción de compost al interior de la planta. De manera general, el procedimiento es:

-        Recepción y almacenamiento: Camiones de 30 m3 transportan el sustrato. El material es dispuesto en sectores específicos para su almacenamiento ubicados en el sector sur-poniente de la planta. El almacenamiento se realiza a granel, directamente a piso, desde donde es transportado al área de envasado.

-        Envasado: El sustrato es transportado hacia el galpón de envasado, utilizando cargadores frontales. Este material es dispuesto en área específica, donde es cargada hacia una tolva, la cual dosifica la cantidad de sustrato en sacos plásticos de 35 kg.

-        Palletizado y almacenamiento: El producto ya envasado es transportado mediante un brazo mecánico (levanta sacos mecánico) el cual permite que el trabajador no realice el esfuerzo físico, los cuales se disponen posteriormente sobre pallets para ser transportados a bodega de productos terminados a la espera de su despacho.

·       Semillas: Las semillas corresponden a semillas de hortalizas y prados, los cuales son comercializados en formatos menores en le retail.

Se hace envasado de semillas de hortaliza y de prados. Llegan en sacos de 25 kg importadas.

-        Recepción y almacenamiento: Las semillas son recibidas a granel en sacos de 25 kg y dispuestas en bodega de materias primas para semillas.

-        Envasado: Las semillas son cargadas de manera manual en tolvas específicas para cada tipo de semilla. Las tolvas dosifican la cantidad de semillas las cuales son almacenadas en envases de 500, 1.000 y 5.000 gramos. Uno especial de 25 kg. El proceso de envasado es realizado de manera manual y se genera una cantidad aproximada de 115 toneladas mensuales.

-        Almacenamiento y despacho: Los productos son almacenados en cajas de 12 unidades y unidades más grandes, presentación de 25 kg, sobre pallets, las cuales son trasportadas mediante grúas horquillas y dispuestos en bodega principal. Los productos son almacenados en lugar específico para su posterior despacho.

Fraccionamiento de raticidas y líquidos pesticidas.

·       Recepción de sustancias peligrosas: Las sustancias peligrosas a utilizar como materia prima en el proceso de fraccionamiento, corresponden a pesticidas líquidos y raticidas completamente producidos, los cuales provienen de la planta de Anasac Chile ubicada en camino El Noviciado sin número, comuna de Lampa. Para el caso de los pesticidas líquidos, estos se transportan y recepcionan a granel al interior de IBC plásticos de 1 m3. Mientras que los raticidas sólidos se recepcionan a granel en formato de pellets o en bloques en cajas de 20 kg apiladas en pallets de madera. La carga y descarga de las sustancias a granel se realiza en el patio de camiones y luego se transportan mediante grúas horquilla a la bodega de sustancias peligrosas que se presenta en ésta declaración. Los operarios de las grúas horquilla contarán con la licencia adecuada para ello. Además todo el personal involucrado en el manejo de las sustancias peligrosas contará con todos los implementos de seguridad adecuados y recibirán capacitaciones periódicas en el manejo de las sustancias.

·       Traslado de productos a taller de fraccionamiento: De acuerdo a los requerimientos internos de producción, las sustancias a granel a fraccionar serán trasladadas desde la zona de almacenamiento transitorio al taller de fraccionamiento, donde según las características de la sustancia, pasará a la línea de fraccionamiento de líquidos o a la línea de fraccionamiento de raticidas.

·       (Línea 1) Pesticidas líquidos: Para el fraccionamiento de pesticidas líquidos, se dispone el IBC plástico al interior de la sala acondicionada para este proceso, y se conecta a la línea automática de envasado por medio de una manguera y bomba neumática de diafragma para traspasar el líquido. En la máquina automática, el líquido es fraccionado a través de 4 boquillas en las medidas precisas para los envases individuales de 50, 100, 250, 500 y 1000 cc, según requerimiento interno.

·       (Línea 2) Raticidas: Para el fraccionamiento de raticidas, se disponen los pallets que contienen las cajas de pellets en la sala de sacheteado, para posteriormente verter los pellets en las tolvas de las sacheteras, para fraccionar los pellets en sachet de papel de 25 gramos. Para el caso de los bloques los pallets que contienen las cajas de bloques son dispuestos en la sala de raticidas, donde el personal deberá abrir el contenido de cada caja y fraccionarlo en estuches de cartón, en formatos de 50, 100, 250, 500 y 3000 gramos, según requerimiento interno.

Se estima que el taller de fraccionamiento tendrá una producción diaria de 900 kg, por lo tanto se almacenará de manera transitoria dicha cantidad al interior de las salas de fraccionamiento.

·       Envasado: Para el caso de los pesticidas líquidos, luego del fraccionamiento y disposición en los envases individuales definitivos, estos deben ser sellados y etiquetados. Posteriormente, son embalados en cajas para su posterior almacenamiento, transporte y comercialización. Para el caso de los raticidas, luego del fraccionamiento y disposición en los envases individuales definitivos, estos deben ser sellados y etiquetados. Posteriormente, son embalados en cajas para su posterior almacenamiento, transporte y comercialización. Todo el personal involucrado en el manejo de las sustancias peligrosas contará con todos los implementos de seguridad adecuados y recibirán capacitaciones periódicas en el manejo de las sustancias.

·       Almacenamiento temporal (ISP): Una vez envasados los productos, los pesticidas y raticidas se almacenan de manera temporal al interior de la bodega de cuarentena, en donde se mantienen hasta que son analizados y liberados por el laboratorio de control de calidad autorizado por ISP.

·       Despacho de productos: Una vez autorizados y liberados por el laboratorio de control de calidad, los productos terminados fraccionados serán trasladados a la zona específica en bodega común para su despacho. Cuando se generan los pedidos de los clientes, son trasladados a la zona de carga y descarga, en donde se llevan las cajas con los productos palletizados y se cargan en los camiones para su despacho hacia los diferentes clientes. Las sustancias a almacenar en la bodega de productos peligrosos terminados que se pretende regularizar en la presente declaración de Impacto. El almacenamiento general se hará según todos los requerimientos, restricciones y consideraciones estipulados en el DS 43/2016 del MINSAL.

Actividades de mantención y conservación

En este ítem han de considerarse los recursos dedicados a atender las necesidades de mantenimiento preventivo y correctivo de maquinarias y equipos de las distintas Plantas productivas. Para desarrollar estas actividades se cuenta con un taller de mantención ya descrito.

El Taller de mantención realiza principalmente labores de desarmado, armado y reparaciones de equipos utilizados en la operación de la planta.

Las actividades específicas de mantención que se realizan y seguirán realizándose, tanto en el taller como directamente en la Planta cuando corresponde, son las siguientes:

-        Reparaciones mecánicas.

-        Reparaciones y cambio de piezas menores, ocasional.

-        Limpieza y aseo general de equipos, diario.

-        Revisión de las instalaciones interiores de la planta: instalaciones eléctricas, sanitarias, y de seguridad.

Vialidad y Transporte

En el punto 6 de la Adenda complementaria (Capítulo II), se amplía la información de la Tabla 17 de la Adenda respecto de los flujos de camiones asociados al proyecto, considerando la operación definitiva de la planta.

Sistema de extinción de incendios

  • Extintores: Todos los recintos de la actividad cuentan y contarán con la cantidad y tipo de extintores que se describen en la tabla 23 de la DIA, cumpliendo con creces lo exigido por el Dto N°594 y sus modificaciones. Además, se encuentran graficados en plano layout adjunto en la DIA (Anexo 4 de la DIA).

Todos los extintores son revisados y llenados semestralmente, y el 100% de los trabajadores de la planta ha recibido capacitación teórica y práctica en el uso de los mismos.

  • Red húmeda: La red húmeda consistirá en una red de cañerías que abarcará cada sector edificado de la planta, para disponer del recurso en caso necesario. Esta red cuenta con su propio sistema de impulsión, red de distribución y una batería de dispositivos para el combate de incendios, según lo dispuesto en planos del proyecto.

La red húmeda estará presurizada por el sistema impulsión, compuesto por una bomba principal diesel, y una bomba eléctrica Jockey. Ambos componentes en conjunto serán capaces de entregar el caudal y presión estándar requerida para este tipo de instalaciones por un período superior a los 30 minutos, tiempo suficiente para la llegada de bomberos.

Se adjuntan EETT Sistemas de protección contra incendios (Anexo 3 de la DIA).

  • Detección y extinción automática de incendios: Todos los recintos de la propiedad, cuentan y contarán con sistemas de detección automática de incendios en base a detector de humo, temperatura y/o llama, conectados a central de control, con pulsadores manual y alarmas de luz y sonido, por cada recinto.

Recursos naturales renovables.

El proyecto no contempla en su fase de operación, la extracción ni explotación de recursos renovables.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: Las emisiones atmosféricas asociadas a la fase de operación

 

Tabla 4.3.2.1: Síntesis de Emisiones de MP en Fase de Operación.

Emisiones Directas

Emisión (ton/año)

Tránsito interior en caminos pavimentados

0,026077

Carguío de camiones

0,00297

Volteo de camiones

0,00297

Erosión de material en pilas

0,00669

Combustión camiones al interior del predio

0,0001690

Combustión maquinaria

0,00113

TOTAL

0,040

Emisiones Indirectas

Emisiones (ton/año)

Tránsito exterior en caminos pavimentados

0,811921

Tránsito exterior en caminos no pavimentados

0,01405

Combustión de camiones al exterior del predio

0,0182561

TOTAL

0,844

Fuente: Tabla 77 del Anexo “Memoria de Estimación de Emisiones” de la Adenda complementaria.

 

Tabla 4.3.2.2: Síntesis de Emisiones de Gases de Combustión en Fase de Operación.

Gases de Combustión

Emisión (Ton/año)

CO

HC

NOx

SOx

CO2

NH3

Emisiones directas

Combustión de camiones al interior del predio

0,0018549

0,0004331

0,0058074

0,0223147

0,7000341

1,8468000

Maquinaria al interior del predio

0,00378

0,00174

0,01074

 

 

 

Emisiones indirectas

Camiones en exterior del terreno

0,2029400

0,0419810

0,8531389

3,4521307

108,3019740

446,4432000

TOTALES

0,1426189

0,0640152

0,5776474

0,0519568

1,6300156

7,2036

Fuente: Tabla 16 Anexo “Memoria de estimación de emisiones” de la Adenda complementaria.

 

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto durante la fase de construcción no superará los límites establecidos en el D.S. N°66/2009 del MINSEGPRES

 

Ruido: A continuación se presentan los resultados de la evaluación de niveles de ruidos. Para mayor detalle, revisar Anexo “Estudio acústico” adjunto en la DIA.

 

Tabla 4.3.2.3: Evaluación niveles de ruido, operación actual en dB(A).

Punto receptor

NPS [dB(A)]

Límite Diurno D.S.38/11 del MMA

Exceso

¿Cumple Norma?

R1

47

65

0

si

R2

48

65

0

si

R3

46

70

0

si

R4

46

70

0

si

 

Tabla 4.3.2.4: Evaluación niveles de ruido, operación futura en dB(A).

Punto receptor

NPS [dB(A)]

Límite Diurno D.S.38/11 del MMA

Exceso

¿Cumple Norma?

R1

50

65

0

si

R2

55

65

0

si

R3

50

70

0

si

R4

48

70

0

si

 

De acuerdo a la estimación acústica realizada en estudio adjunto, el proyecto en fase de operación cumple con los límites máximos establecidos en el D.S. N°38/2011 del MMA.

 

 

Efluentes líquidos: La actividad no genera Residuos líquidos en ninguna de sus actividades. Se debe considerar que en caso de derrames, las sustancias derramadas serán controladas, manejadas y dispuestas como RESPEL.

La planta se encuentra conectada a la red pública de agua potable, por lo que las aguas servidas serán descargadas al sistema público de aguas.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos domiciliarios y asimilables, y Residuos no peligrosos

 

Durante la fase de operación se generarán los siguientes residuos sólidos:

 

Tabla 4.3.2.5: Generación de Residuos Sólidos en Fase de Operación

Residuo

Tipo de Residuo

Cantidad

[Ton/mes]

Operación de departamentos

No peligrosos

1,39

Madera (pallets) sin contaminación

No Peligrosos

5,4

Residuos no peligrosos asimilables domiciliarios

No Peligrosos

13,39

Sólidos domésticos (RSD)

Domiciliarios

1,507

Fuente: Tabla N°2 de la Adenda Complementaria 

 

Considerando que el proyecto no significa un aumento en la cantidad de trabajadores, se tendrá la cantidad la misma cantidad de Residuos domésticos en la operación actual que en la operación definitiva.

Adicionalmente, considerando que la actividad de productos no peligrosos no se ven afectadas por el proyecto, se tiene que los residuos industriales sólidos para la etapa de operación actual, son idénticos a los residuos en la operación definitiva.

 

 

Residuos peligrosos

 

Los residuos peligrosos generados tanto en la operación de esta planta como en procesos de mantención son manejados de manera segregada de los demás. El almacenamiento dentro de la planta se efectúa actualmente en un sector segregado de la bodega de residuos general; y entre las modificaciones propuestas está la construcción de un nuevo recinto, separado de otras construcciones y específico para el manejo de este tipo de residuos. El retiro se realiza y seguirá realizándose por transportistas autorizados, efectuando la correspondiente declaración en el SIDREP, actualmente a través de la ventanilla única del RETC. En la siguiente tabla se resumen los tipos y cantidades a generar, los transportistas a cargo de y el lugar de disposición considerado:

 

Tabla 4.3.2.6: Estimación de Residuos Peligrosos, fase de operación.

Procedencia

Clasificación según DS. 148/2003 Minsal

Clasificación según NCh 2190

Características de almacenamiento

Cantidad máxima a generar (kg/mes)

Disposición final

Envases vacíos utilizados con pesticidas

Toxico -Inflamable

Tóxico – sólido inflamable; 6 (4)

Sobre pallet

79

Empresa autorizada

Arenas contaminadas

Inflamable /Tóxico extrínseco

Sólido inflamable (4)

En Bolsas de basuras dentro de contenedores

3

Empresa autorizada

Baterías y pilas

Tóxico corrosivo /corrosivo

Tóxico –corrosivo; 6 (8)

En contenedores segregados

0,5

Empresa autorizada

Tubos fluorescentes

Tóxico crónico

Tóxico (6)

En contenedores segregados

0,5

Empresa autorizada

Toner y catridge de tintas

Tóxico extrínseco

Tóxico (6)

En contenedores segregados

1

Empresa autorizada

EPP contaminados

Tóxico

Tóxico (6)

En contenedores segregados

2

Empresa autorizada

Aceites y grasas

Tóxico extrínseco

Tóxico (6)

En contenedores segregados

3

Empresa autorizada

Aguas de lavado de máquinas

Toxico extrínseco

Tóxico (6)

En IBC, segregados

4.000

Empresa autorizada

Total RESPEL mensual a generar

 

 

 

Sustancias peligrosas

 

Por la naturaleza del proyecto, las sustancias peligrosas que se almacenarán, corresponden a las señaladas a continuación:

 

Tabla 4.3.2.7: Sustancias peligrosas

Tipo de sustancia

Capacidad máxima de almacenamiento (kg)

Clasificación NCh 382. Of 2004

Materias primas

Pesticidas de uso doméstico líquidos

10.000

3*

Pesticidas de uso doméstico líquidos

115.000

6.1

Pesticidas de uso doméstico sólidos

125.000

6.1

Productos terminados

Pesticidas uso doméstico aerosoles

3.000

2.1

Pesticidas uso doméstico líquidos

7.000

3*

Pesticidas uso doméstico líquidos

151.000

6.1

Pesticidas uso doméstico sólidos

154.000

6.1

Pesticidas uso doméstico sólidos

35.000

6.1

*= Es importante aclarar que para efectos del proyecto, se considera como sustancia inflamable todas aquellas sustancias tóxicas que presentan la característica secundaria de inflamable

 

A continuación, se presenta el listado de sustancias peligrosas según clasificación anterior

 

 

Aerosoles: · ABRILLANTADOR P/PLANTAS 400 CC · OIDIO AEROSOL (440 CC) · TRIPLE (CASA JARDIN) AEROSOL (440 CC) · ANTIACAROS AEROSOL (400 CC) · PULGAS-GARRAPAT AEROSOL 440 CC · VOLADOR & RASTRERO DESC TOTAL (150 CC) · INSECTICIDA AERO ECO-OPC (440CC) · RASTREROS (ARAÑAS / HORMIGAS) AEROSOL · VOLADORES (MOSCAS Y ZANC) AEROSOL · MATA POLILLAS AEROSOL (440 CC) · REPELENTE PERROS Y GATOS AEROSOL (440 CC · NEUTRAL. OLORES AEROSOL 440CC · TERMITAS AEROSOL (440 CC).

 

 

Inflamables (6.1(3) y 4.3): · ANASECT 2.5 EC (1 LT) · CYPERKILL 25 EC (100 CC) C/BLISTER · FAST PLUS (1 LT) · ANASECT 2.5 EC (250 CC) · CYPERKILL 25 EC (100 CC) S/B · METALAXIL - MZ 58 WP (1 KG) · ARAÑAS LPU (500 CC) · CYPERKILL 25 EC (250 CC) · METALAXIL 25 DP (1 KG) · ARAÑITAS GREEN LINE (100 CC) · CYPERKILL 25 EC (250 CC) S/B · PERMETRINA 25 EC (1 LT) · ATONIT 2,5 EC (1 LT) · CYPERKILL 25 EC (50 CC) · PULGONES (100 CC) · ATONIT 2,5 EC (100 CC) C/BLISTER · CYPERKILL 25 EC (50 CC) PROMOC · PULGONES (CHUPADORES) LPU (500 CC) · ATONIT 2,5 EC (100 CC) S/BLISTER · CYPERKILL 5 EC (100 CC) · STUKA MAX (1 LT) · ATONIT 2,5 EC (250 CC) · CYPERKILL PLUS (1 LT) · TROYA 4 EC (1 LT) AMBIENTAL · CONCHUELAS GREEN LINE (100 CC) · CYPERKILL PLUS (250 CC) · ZERO 5 EC (1 LT) · CYPERKILL 10 EC (100 CC) · DIMETOATO 40 EC (1 LT) · ZERO 5 EC (250 CC) · DORVOX (1,5 KG) · DIMETOATO PLUS (100 CC) · DORVOX (90GRS) · CYPERKILL 25 EC (1 LT) · DORVOX (1KG) · INSECTOS CHUPADORES (150 CC).

Tóxicos: · ACEITE SPRINGHILL (1 LT) · CONCHUELAS LPU · RASTOP MOLIENDA 10 KG (SACHET) · AJAX 50 WP (10 GR) · MCPA 750 (250 CC) · RASTOP MOLIENDA TOFFEE (200 GR) · APOLO 25 EW (1 LT) · MCPA 750 SL (1 LT) · RASTOP MOLIENDA TOFFEE (5 KG) · AQUATRIN 2,5 SC 1 LT · MCPA 750 SL (20 LT) · RASTOP PASTA (5 KG) · ARCO 2,4-D 480 SL (1 LT) · MCPA 750 SL (5 LT) · RASTOP PASTA 150G. · ARCO 2.4-D (250 CC) · MOSCAS (HOGAR) L/P/USAR 500CC · RASTOP PASTA 500 GR · AZUFRE MAGNETIC 95 (1/2 KG) · OIDIO (80 GR) · RASTOP PELLET (1 KG) 40 X 25 GR · BAZOOKA (500 CC) · OXICLORURO DE CU (100 GR) · RASTOP PELLET (10 KG) (1000 X 10 GR) · BAZOOKA CONCENTRADO (250 CC) · OXICLORURO DE CU (250 GR) · RASTOP PELLET (250 GR) · BAZOOKA CONCENTRADO 1 LT · PATROL BLOQUE 10 KG · RASTOP PELLET (5 KG) 500 X 10 GR · BIOENZIMA CAÑERIAS · PATROL MINI BLOQUE (100 GR) · RASTOP PELLET (50 GR) ESTUCHE · BIOENZIMA POZO 500g. · PATROL MINI BLOQUE (3 KG) · RASTOP PELLET (500 GR) · BIOENZIMA POZOS · PATROL MINI BLOQUE 500 GR · PLAGAS RASTRERAS · CAPTAN 12 WP (100 GR) · PATROL PELLET (10 KG) · REPELENTE DE AVE (1 LT) · CARBARYL (100 GR) · PATROL PELLET (250 GR) · ROYA Y TIZON (250 GR) (EX DITHANE M-45) · CEBO CHQTA AMARILLA VESPUGARD 220 GR · PATROL PELLET (50 GR) · RUSH (1 LT) · CLOCA ECO OPCION (150 CC) · PATROL PELLET (500 GR) · RUSH (10 LT) · CORTES Y PODAS (100 CC) · PATROL PELLET SACHET (5 KG) (500X10G) · SANICITREX LIQUIDO 1 LT · DEFENSE 80 WP (1 KG) · PLAGAS RASTRERAS 2,5 WP (40 GR) · SPEE INSECTICIDA NATURAL (1 LT) · DIAZINON 10 WP (100 GR) · POLYBEN 50 WP ( 1 KG) · SPITFIRE (500 GR) · DIAZINON 40 WP (5 KG) · PRADOSAN (1/2 KG) · SYSTHANE 40 WP (1/4 KG) · DIAZINON 40 WP (500 GR) · PULGAS LPU (500 CC) · TACORA 25 WP ( 1 KG) · DITHANE M-45 (100 GR) · PUNTO 70 WP (250 GR) · TERRASAN (500 GR) · DRYQUAT 250 (1 LT) · RANGO 480 (250 CC) · TOXIMOL PELLET (10 KG) · ENRAIZANTE (50 GR) · RANGO 480 SL (1 LT) · TRANSPLANTE ECO OPCION (150 CC) · FUMAGINA (100 GR) · RANGO 480 SL (20 LT) · TRIDENT 48 EC (1 LT) · RANGO 480 SL (5 LT) · VESPUGARD 1,5 DP (11 GRS) HAWKER MAX (250 GRS) · RASTOP BLOQUE ( 10 KG) · WINSPRAY MISCIBLE (5 LT) · HONGOS (100 GR) · RASTOP MINI-BLOQUE (100 GR) · ZOOM 50 (1 LT) · HONGOS DE SUELO (150 CC) · RASTOP MINI-BLOQUE (250 GR) · ANAGRAN PLUS (125 GR) · HONGOS FOLIARES (150 CC) · RASTOP MINI-BLOQUE (3 KG) · HORMIGAS (250 GR) · RASTOP MINI-BLOQUE (500 GR) · INSECTIC JARDIN GR LINE (100 CC) · RASTOP MOLIENDA ( 10 KG).

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE.

 

El proyecto cuenta con una vida útil indefinida, no obstante lo anterior, en caso de contemplar fase de cierre, se indican a continuación las acciones asociadas a dicha fase. Lo anterior, considerando que el horizonte de evaluación es a 30 años.

Partes, obras y acciones

- Desmontaje y retiro de equipos: El desmantelamiento de todos los equipos, maquinarias y equipamiento de la planta. Las instalaciones y equipos que se desmantelarían son por ejemplo las estructuras metálicas, maquinarias, etc.

- Restitución del terreno: Dejar niveladas las posibles excavaciones que se requiera realizar para retirar los equipos. Para ello se deberá rellenar con material, procurando compactarlo hasta llegar al nivel de terreno natural o que el proyecto maneje.

Requerimientos para la materialización de las obras física

Si bien se entiende que el proyecto tiene una vida útil de 30 años, sin perjuicio de que se reacondicionen las dependencias e instalaciones de acuerdo a las necesidades técnica y comerciales de la empresa, aumentando la vida útil de forma indefinida, ante la eventualidad de llegar a terminar la actividad, se propone el desmantelamiento de todos los equipos, maquinarias y equipamiento de la planta. Las instalaciones y equipos que se desmantelarían son por ejemplo las estructuras metálicas, maquinarias, etc.

Emisiones y Residuos

En cuanto a los residuos generados, cualquier sea su naturaleza, es decir escombros, residuos peligrosos, domésticos, etc., serán todos enviados a destinatarios de disposición final autorizados, dando especial al DS N°148/2004 “Reglamento sobre manejo de residuos peligrosos”, o a la normativa que lo reemplace.

Desmantelamiento o aseguramiento de la estabilidad de la infraestructura utilizada por el proyecto o actividad

Para el desmantelamiento no se considera habilitar nuevas obras, sino más bien dejar niveladas las posibles excavaciones que se requiera realizar para retirar los equipos. Para ello se deberá rellenar con material, procurando compactarlo hasta llegar al nivel de terreno natural o que el proyecto maneje.

Restauración de la morfología, vegetación y cualquier otro componente ambiental que haya sido afectado durante la ejecución del proyecto

Dejar niveladas las posibles excavaciones que se requiera realizar para retirar los equipos. Para ello se deberá rellenar con material, procurando compactarlo hasta llegar al nivel de terreno natural o que el proyecto maneje.

Prevención de futuras emisiones para evitar la afectación del ecosistema incluido el aire, suelo y agua

Ante la poca probable situación de derrame de algunas sustancias o residuos peligrosos, el titular se compromete a efectuar el saneamiento del sector comprometido, debiendo retirar todo el material “contaminado” para proceder posteriormente a disponerlo en una instalación autorizada. Este trabajo será encargado a una empresa especialista en el manejo de sitios contaminados, de tal manera que el sitio quede sin ningún tipo de pasivos ambientales. Todo lo anterior sometido al cumplimiento del D.S. N°46/2002 “Norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas”, o a la normativa que lo reemplace.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Octubre de 2017 (Según lo señalado en el ítem III de la Adenda Complementaria)

Parte, obra o acción que establece el inicio

El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto consistirá en el desarme de estructuras y construcción de la bodega de materias primas.

Fecha estimada de término

Abril 2018

Parte, obra o acción que establece el término

Recepción de obras por parte de la Municipalidad de San Bernardo.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio

Agosto de 2018, supeditado a la obtención de las autorizaciones ambientales y sectoriales.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha con el periodo de prueba, con los sistemas administrativos y de seguridad involucrados.

Fecha estimada de término

indefinida

Parte, obra o acción que establece el término

No se considera, pues la vida útil del proyecto es indefinida

4.4.3. FASE DE CIERRE

Si bien se describe, el proyecto no considera fase de cierre, puesto que su vida útil es indefinida.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental no significativo

Aumento en las concentraciones de material particulado y otros contaminantes

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción: Excavaciones, movimiento de tierras.

Operación: Transporte y circulación de vehículos

Fase en que se presenta

Construcción y Operación

Impacto no significativo

Aumentos niveles de ruido

Parte, obra o acción que lo genera

Frente total construcción

Fase en que se presenta

Construcción

Las emisiones a generar por esta planta se encuentran por debajo de los máximos establecidos en las distintas normas de referencia, y principalmente se refieren a emisiones atmosféricas regidas por el PPDA vigente, para respaldar lo anteriormente dicho se ha realizado una memoria de estimación de emisiones adjunta a la presente DIA. En cuanto al agua, el proyecto no utiliza más agua que la aportada por el sistema público de agua potable, y las aguas servidas domésticas descargan hacia el alcantarillado también público. Además los posibles derrames al interior de la planta cuentan con sistemas de contención y con planes de contingencia específicos, desestimando así la contaminación de los componentes agua o el suelo. En el caso de los residuos, estos son segregados y almacenados dentro del predio, en distintos sectores especialmente habilitados para este fin. Para luego ser trasladados y enviados a disposición final a lugares autorizados. Por otra parte, las únicas personas directamente afectadas pueden ser los operarios de la planta, quienes cuentan y contarán con todas las medidas de protección personal pertinentes: capacitación, procedimientos de trabajo seguro, elementos de protección personal, etc.

Para verificar este punto se realizó la correspondiente Evaluación de Impacto Acústico de la actividad, donde se midió el ruido generado por las actividades productivas, y se modeló el ruido a generar por las actividades constructivas. El análisis conjunto de las actividades concluye que existe una leve superación del límite diurno del nivel sonoro en uno de los receptores evaluados, por lo que se deberá implementar la medida de mitigación sugerida en dicho estudio, de esta forma, el Titular dará cumplimiento a lo establecido por el D.S. Nº 38/11 del MMA, implementando una barrera acústica en el deslinde norte del área de construcción de la bodega de productos terminados, además 39 de exigir que los vehículos utilizados en ambas etapas del proyecto, se encuentren en buen estado y cuenten con su mantención y revisión técnica al día.

Las emisiones se encuentran por debajo de los límites permitidos, se adjunta memoria de estimación de emisiones. Por otro lado, la planta no genera ni generará ningún tipo de contaminante que impacte en forma directa el suelo o el agua, pues todas las posibles emisiones y residuos se manejan de acuerdo a la forma detallada en la presente Declaración; además, se cuenta con recintos y sistemas diseñados para el control de derrames, y con planes de contingencia y emergencia para la prevención de cualquier exposición de contaminantes sobre los operarios y los recursos naturales.

Todos los residuos de la planta son y seguirán siendo manejados de acuerdo a las normativas vigentes. El manejo de residuos incluye: segregación y almacenamiento temporal en recintos especialmente acondicionados para ese fin, transporte y disposición final en lugares autorizados por el Servicio de Salud.

Adicionalmente, se deben considerar los residuos peligrosos, los que se pueden generar en pequeñas cantidades, únicamente posibles derrames y envases que contuvieron sustancias peligrosas, el manejo y (segregación, almacenamiento temporal en recintos especialmente acondicionados para ese fin, transporte y disposición final en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria).

Se contará con zonas segregadas según el tipo de residuo, sistemas de control de derrames incorporados al proyecto, manejo de hojas de seguridad, capacitación e inducción a operarios, planes de acción frente a todo tipo de contingencias, etc.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V,VI y XII del ICE

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce, tal como se analiza en el capítulo III de la DIA.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

El terreno utilizado por la actividad se encuentran intervenidos con la misma actividad industrial desde hace más de 40 años y el entorno inmediato es una zona netamente industrial, que se encuentra absolutamente alterado por el proceso de urbanización de la comuna. Las modificaciones presentadas no alterarán ninguna superficie que se encuentre en estado natural, las nuevas instalaciones proyectadas se ubicarán sobre superficies interiores del predio, y ya intervenidas por radieres o derechamente con construcciones existentes.

El proyecto presentado no considera intervención alguna sobre vegetación, flora o fauna de ningún tipo. El sector de emplazamiento corresponde a un sector industrial ya consolidado, con intervención antrópica previa, donde no se observan especies silvestres en estado de conservación. La condición base del proyecto corresponde a una matriz completamente alterada por la intervención humana, dado que el sector es una zona industrial antigua. Acorde a esto, no se generará ningún impacto mayor al ya existente sobre el suelo, agua o aire.

Respecto del componente aire, la planta genera emisiones que no cambian significativamente la condición de línea base, ya que estas emisiones no superan los valores establecidos en el artículo 98 del PPDA, por lo que no se deberán compensar emisiones, tal como se indica en “Estimación de Emisiones Atmosféricas” adjunta (Ver anexo “Memoria de estimación de emisiones” de la Adenda complementaria).

Respecto del componente agua, en las cercanías del proyecto no existen cursos de agua superficial, por lo que en ningún caso podría contaminarse alguno. Respecto del agua subterránea, por una parte en la zona esta se ubica a más de 50 metros de profundidad y por otra se han tomado todas las medidas de resguardo en caso de producirse algún episodio de derrame en el proyecto, por lo que es muy improbable que pueda a contaminarse una napa subterránea. Se cuenta además con un plan de contingencia ambiental que establece los procedimientos a seguir en caso de que alguna sustancia potencialmente peligrosa entre en contacto con recursos naturales.

Las emisiones a generar por la planta se encuentran muy por debajo de los máximos establecidos en las distintas normas de referencia, tanto para la fase de construcción, como para la fase de operación. Por otro lado no existe tipo de fuente fija en la planta que deba ser declarada o registrada.

Se desarrolló la correspondiente Evaluación de Impacto Acústico, donde se midió el ruido generado por las actividades productivas, y se modeló el ruido a generar por las actividades constructivas. El análisis conjunto de las actividades concluye que existe una leve superación del límite diurno del nivel sonoro en uno de los receptores evaluados, por lo que se deberá implementar la medida de mitigación sugerida en dicho estudio, de esta forma, el Titular dará cumplimiento a lo establecido por el D.S. Nº 38/11 del MMA, implementando una barrera acústica en el deslinde norte del área de construcción de la bodega de productos terminados, además de exigir que los vehículos utilizados en ambas etapas del proyecto, se encuentren en buen estado y cuenten con su mantención y revisión técnica al día.

La planta no generará ningún impacto sobre los recursos naturales renovables derivado de la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, o sustancias, pues cuenta con todas las medidas de control pertinentes.

Todos los residuos generados son apropiadamente almacenados y transportados a disposición final, según el tipo de residuo. Los residuos peligrosos son manejados de igual forma que las sustancias que los generan, según la peligrosidad de estos, acorde a lo establecido en D.S. N° 148/2003 del MINSAL.

Los criterios de diseño que se han empleado en la construcción y habilitación de los sectores de sustancias peligrosas y/o residuos peligrosos, contemplan la implementación de medidas para prevenir la afectación de recursos naturales; piso impermeable y resistente estructural y químicamente a las sustancias, más sistemas de contención de derrames acorde.

El proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos. Por lo tanto, no intervienen en forma alguna, sobre ningún tipo de cuerpo o curso de agua. El proyecto no utiliza más agua que la aportada por el sistema público de agua potable, y las aguas servidas domésticas descargan hacia el alcantarillado también público

El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo V,VI y XII del ICE

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, tal como se analiza en el capítulo III de la DIA.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El proyecto en análisis no interviene en forma alguna sobre el acceso de otras personas a recursos naturales. Se ubica en un predio privado antiguo (industrial), donde no existe presencia de recursos naturales relevantes o que puedan servir a otras comunidades

El proyecto no altera ni restringe los flujos de transporte habituales del sector, sus ampliaciones no aumenta significativamente sus propios flujos (al contrario las reducen), por tanto no altera tampoco los tiempos de desplazamiento de otros.

El proyecto en análisis no interviene en forma alguna sobre el acceso a bienes, equipamientos y servicios de ningún tipo. La planta se ubica distanciada a más de 5 kilómetros del centro cívico de San Bernardo y de sus equipamientos más relevantes, y se sirve de una vía de acceso distinta que es Autopista Central y calle La Divisa, utilizada preferencialmente por actividades industriales

El proyecto no impide en forma alguna las manifestaciones comunitarias de cualquier tipo. No existen espacios cercanos donde se desarrollen este tipo de actividades. Tal como se indicó anteriormente, no existe presencia de manifestaciones culturales o comunitarias en los alrededores inmediatos del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

Según lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el proyecto o actividad no se localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

La actividad o proyecto no se localiza en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que se encuentra dentro de un predio industrial.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

No existen zonas con valor turístico o paisajístico en los alrededores del proyecto, por lo que el proyecto no obstruye su visibilidad. Además la altura de las construcciones no supera a las construcciones existentes en los alrededores de la planta, por lo que tampoco los afecta. Tal como se indicó anteriormente, en el sector aledaño al proyecto domina la presencia de equipamiento industrial, lo que va en detrimento de la calidad escénica. El área donde se emplaza el proyecto presenta un relieve casi plano acompañado de una extensa intervención humana sobre el medio, lo que en conjunto reduce su calidad original.

Según lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento del SEIA, se consideran los siguientes antecedentes que justifican que el Proyecto o actividad no genera o presenta alteración significativa del valor paisajístico o turístico de una zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Capítulos V, VI y XII.

El Proyecto no contempla intervención de ningún tipo sobre algún Monumento Nacional, no existe ninguno cerca de su ubicación. El terreno se encuentra completamente intervenido sin que se haya encontrado vestigio alguno de algún elemento de valor antropológico, arqueológico o histórico.

El Proyecto no contempla intervención de ningún tipo sobre elementos de los aquí reseñados, pues no existen antecedentes de su presencia en los alrededores del proyecto, tal como se indicó con anterioridad. Son terrenos ya intervenidos que, durante los períodos de construcción anteriores, no registraron ningún hallazgo del tipo indicado. Para mayor información, referirse a ítem “Determinación y justificación del área de influencia del proyecto” (Acápite 1.1 de la DIA), en el cual se presenta información sobre los atractivos patrimoniales de la comuna de San Bernardo.

El proyecto no contempla intervención alguna sobre lugares relevantes a las manifestaciones propias de cualquier grupo humano, pues no existen ese tipo de lugares en las cercanías del proyecto. El centro de San Bernardo se ubica a más de 5 kilómetros de este proyecto. Tal como se indicó anteriormente, en los alrededores inmediatos del proyecto no existe presencia de manifestaciones culturales o folclóricas. Para mayor información, referirse a ítem “Determinación y justificación del área de influencia del proyecto” (Acápite 1.1 de la DIA).

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

 

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción: Área de patio segregado para las faenas constructivas.

Operación: Sector específico para almacenamiento de valorizables y residuos domésticos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Fase de construcción.

-        Escombros y residuos pétreos se apilarán en un sector específico del área de patio segregado para las faenas constructivas, protegido del viento.

-        El resto de los residuos generados en la construcción, se manejarán en conjunto con los residuos habituales de la planta, cuya ubicación se describe para la fase de operación.

Los antecedentes del PAS 140 se detallan en el punto 2.2.1 de la DIA y en los puntos 3 al 12, del capítulo III de la Adenda.

 

 

Fase de operación.

-        Los residuos valorizables se mantienen almacenados en un sector específico para su almacenamiento, diferenciados entre residuos plásticos y cartones. Señalizados y apilados hasta 1,5 m de altura, sobre radier y bajo cubierta.

-        Los residuos domésticos y otros industriales no peligrosos se acumulan en un contenedor metálico tipo tolva, que se ubican sobre pavimento bajo cubierta, en la misma área de residuos.

Los antecedentes del PAS 140 se detallan en el punto 2.2.1 de la DIA y en los puntos 3 al 12, del capítulo III de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 3318, de fecha 29/06/2017, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV y Capítulo IX, punto 9.1.1

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

Bodega destinada para la acumulación temporal de residuos peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

Fase de construcción:

Los residuos peligrosos de construcción se mantendrán en sector específico al interior de la planta, la cual dará cumplimiento a lo establecido en el DS 148. El retiro lo ejecutará mano de obra externa y especializada, provista de todos elementos de seguridad necesarios para el retiro, cumpliendo en todo con lo determinado por el “procedimiento de trabajo seguro para retiro de asbesto-cemento presentes en edificaciones u obras, previo a demoliciones o desmantelaciones”.

Las planchas con asbesto se acopiarán en pallets y serán rotulados como RESPEL, de acuerdo a las disposiciones de la legislación vigente y a la autorización a obtener, para posteriormente ser cargado y retirado por camiones autorizados para el traslado de residuos peligrosos, los que depositarán el material en lugares autorizados para recibirlo.

 

Los antecedentes de dicho PAS, se encuentran en el punto 2.2.2 de la DIA y actualizado en los puntos 13 al 29 de la, del Capítulo III de la Adenda.

 

 

Fase de operación:

Se proyecta la construcción de una zona para el manejo de RESPEL con área especialmente diseñados para el almacenamiento de los mismos, esta se encontrará al interior de la bodega de Materias primas peligrosas. El sector se encontrará delimitado y señalizado indicando el destino del área específica. Se ubicará en el sector nor-oriente del terreno y a más de 15 metros de cualquier deslinde de la propiedad. (Ver plano layout) El recinto completo tendrá una superficie interior aproximada de 2,25 m²; cuyo acceso será por el interior de la bodega de residuos peligrosos un pasillo techado que bordeará todos los sectores.

 

Los antecedentes de dicho PAS, se encuentran en el punto 2.2.2 de la DIA y actualizado en los puntos 13 al 29 de la, del Capítulo III de la Adenda.

Pronunciamiento del órgano competente.

La Seremi de Salud RM, mediante Ord N° 3318, de fecha 29/06/2017, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo IV, punto 4.3.3 y Capítulo IX, punto 9.1.2

 

7°. Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante su oficio ORD N° 3318, de fecha 29 de junio de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la actividad como Molesta.

 

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

8.1.                  Resolución Nº20/94 Gobierno Regional Metropolitano. Plan Regulador Metropolitano de Santiago.

Tabla 8.1

Componente/materia:

Compatibilidad territorial

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Operación proyecto

Forma de cumplimiento

El proyecto se encuentra emplazado en zona industrial exclusiva ZI1, según Certificado de Informaciones Previas N° 205 de fecha 15/02/2016, otorgado por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de San Bernardo (Ver Anexo Nº1 de la DIA), el cual permite actividades productivas de tipo molesto e inofensivo y actividades de servicio de carácter similar al industrial de tipo molesto e inofensivo.

Mediante ORD. Nº 3718 del 29/06/2017, la Seremi de Salud Califica la actividad como Molesta.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificado de Informaciones Previas N° 205 de fecha 15/02/2016, otorgado por la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de San Bernardo (Ver Anexo Nº1 de la DIA) y Calificación industrial.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.1.

 

8.2.                  D.S. 66/09 del Minsegpres. Plan de Prevención y descontaminación de la Región Metropolitana.

Tabla 8.2.1 Norma 3

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción

  • Desmantelamiento de estructuras
  • Demolición de Obra Gruesa
  • Preparación y habilitación del terreno
  • Construcción de obras generales
  • Excavaciones y movimiento de tierras

Operación

  • Tránsito de los camiones asociados al transporte de materias primas, productos terminados, insumos y materiales y residuos.

Forma de cumplimiento

En el Anexo “Memoria de estimación de emisiones” de la Adenda complementaria se presenta la estimación de emisiones atmosféricas de material particulado y gases para las fases de construcción y operación del Proyecto. Cabe señalar que no existirá una superación en los límites máximos establecidos en el Art. 98 D.S. 66/2009 MINSEGPRES.

Indicador que acredita su cumplimiento

Construcción y Operación:

  • Se mantendrán registros cada 6 meses escritos (digitales), asociados a las mantenciones y revisiones técnicas de los camiones, vehículos y maquinaria; registro anual fotográfico de señalización de restricción de velocidad.
  • Los registros mencionados serán recopilados y manejados por el titular con el fin de corroborar el cumplimiento normativo del D.S. N°66/2009.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.3.                  D.S. 144/61 del MINSAL. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

 

Tabla 8.2.2 Norma 4

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción y Operación de la planta

Forma de cumplimiento

Los camiones que ingresen a la Bodega de Almacenamiento deberán contar con sus revisiones técnicas y mantenciones al día.

No se incinerarán residuos de ningún tipo. Todos los residuos sólidos generados serán almacenados temporalmente, en forma reglamentaria, retirados, según el tipo de residuos, por recolección Municipal o transportistas autorizados y dispuestos en lugares autorizados.

En el caso de los residuos industriales, la disposición final, se efectuará, además, previa autorización de la autoridad sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Registro de ingreso de camiones al Proyecto.
  • Guías de despacho y registro de los residuos retirados del Proyecto, junto a las autorizaciones de transportistas y lugares de disposición final de los residuos.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.4.                  D.S. N°55 del MINTRATEL. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados, modificado por D.S. N° 4/2012, del Ministerio del Medio Ambiente

 

Tabla 8.2.3 Norma 5

Componente/materia:

Emisiones atmosféricas

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases

Parte, obra o acción a la que aplica

Uso de vehículos motorizados.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos que ingresen a las instalaciones, contarán con revisión técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

·       Registro de ingreso de vehículos medianos con revisión técnica al día

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.5.                  D.S. 38/11 del MMA. Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

 

Tabla 8.2.4 Norma 6

Componente/materia:

Emisiones acústicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Acciones construcción y operación

Forma de cumplimiento

Construcción

·       En la fase de construcción se implementará una barrera acústica en el deslinde norte del área de construcción de la Bodega de Sustancias Peligrosas. Esta barrera deberá ser construida con materiales que posean una densidad superficial de al menos 10 kg/m2. Las junturas de los paneles que conformen las barreras deberán ser herméticas, tanto entre éstas y entre éstas y el suelo. La altura de la barrera deberá ser de 2 m. La Figura 7 del Anexo “Estudio Acústico” de la DIA, indica la ubicación de esta barrera.

·       Las faenas de construcción deberán realizarse en el periodo diurno de la norma (07:00 horas a 21:00 horas).

Operación

·       Para la fase de operación, las actividades deberán realizarse dentro del periodo diurno de la norma (07:00 horas a 21:00 horas).

Indicador que acredita su cumplimiento

Estudio de Impacto Acústico, el cual indica que no se sobrepasan los límites máximos permitidos, en la fase de construcción y operación.

Se verificará el cumplimiento de las disposiciones indicadas en la R.C.A y lo que señalen las autoridades competentes, de manera que no se excedan los límites máximos permitidos.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.6.                  DFL N°725/1967 del MINSAL, Código Sanitario.

 

Tabla 8.2.5 Norma 7

Componente/materia:

Residuos sólidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Acciones construcción y operación

Forma de cumplimiento

Todas las fases:

El Proyecto estima la generación de residuos sólidos no peligrosos para el total de trabajadores de la actividad. Estos residuos son almacenados en contenedores con tapa, debidamente señalizado y rotulado, evitando de esta forma la entrada o para eliminar la presencia de vectores de interés sanitario y evitar la generación de malos olores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de retiro municipal de estos residuos y comprobantes de pago de derechos municipales por retiro de residuos sólidos domésticos o domiciliarios.

Registro de autorización sanitaria de empresas encargadas de transporte y disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.7.                  D.S. N°148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Manejo de Residuos Peligrosos.

 

Tabla 8.2.6 Norma 8

Componente/materia:

Residuos sólidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a las exigencias del presente Reglamento en lo que respecta al manejo de residuos peligrosos (RESPEL). En fase de construcción del proyecto se generan pequeñas cantidades de residuos peligrosos, los cuales se guiaran por los mismos procedimientos de manejo de residuos peligrosos que se almacenan en la fase de operación.

Dado que la principal actividad del centro, genera residuos peligrosos, se cumplirá con todas las exigencias establecidas en el presente reglamento. Se ha diseñado para contar con todas las medidas de control de impactos: sistemas de control de derrames incorporados al proyecto, manejo de hojas de seguridad, capacitación e inducción a operarios, planes de acción frente a todo tipo de contingencias, etc.

Se mantendrá registro mensual de todas las actividades que estén relacionadas con la generación de residuos, almacenaje y disposición final de los residuos peligrosos. Se utilizarán contenedores especialmente diseñados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente identificados y sellados. Serán retirados por una empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Seguimiento del registro mensual de camiones que ingresan y salen del Centro. Revisión de protocolos internos sobre manejo de residuos peligrosos.

Registro Declaraciones al RETC. Registro de destinatarios finales.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.8.                  D.S. Nº 1/2013, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.

 

Tabla 8.2.6 Norma 8

Componente/materia:

Residuos sólidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Todas las fases.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todo el proyecto

Forma de cumplimiento

La empresa ya cuenta con las claves de acceso al sistema y ha iniciado el reporte de sus emisiones atmosféricas y residuos a través de esta ventanilla.

El titular se compromete a declarar los residuos en el RETC. Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC y se realizará la declaración anualmente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá un registro anual y se verificará la información declarada.

Comprobante de ingreso declaración de residuos en RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.9.                  D.S. N° 43/2015, Ministerio De Salud, Aprueba el Reglamento De Almacenamiento De Sustancias Peligrosas.

 

Tabla 8.2.7 Norma 9

Componente/materia:

Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

La planta contará con distintos recintos o instalaciones destinadas específicamente al almacenamiento de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento

- Se contará con las respectivas identificaciones, rotulaciones y condiciones de almacenamiento (medidas de prevención y control de emergencias).

- Hojas de Seguridad de las sustancias almacenadas.

- Obtención de autorización expresa para todos los almacenamientos de sustancias peligrosos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Autorización sanitaria expresa para todos los almacenamientos de sustancias peligrosos.

Documentación disponible para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.10.               Decreto N°157/2005 del MINSAL. Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico.

Tabla 8.2.9 Norma 9

Componente/materia:

Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto contempla el almacenamiento y fraccionamiento de pesticidas

Forma de cumplimiento

El proyecto considera el almacenamiento de pesticidas de uso doméstico cuyas características de peligrosidad las clasifican como sustancias peligrosas, por ejemplo: líquidos y sólidos inflamables, aerosoles, sustancias tóxicas, sustancias misceláneas, entre otras.

El Titular dará cumplimiento a esta normativa, por medio del diseño, construcción y operación de bodegas para el almacenamiento de pesticidas de uso doméstico, descrito en capítulos anteriores de la DIA y que fue realizado de acuerdo al estudio de carga combustible y resistencia al fuego (ver Anexo “Diseño de las Bodegas”), a fin de cubrir todas las necesidades exigidas de seguridad, capacitación y de control y prevención de emergencias exigidas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro anual de revisiones en planta para verificar las medidas establecidas.

Registro mensual de capacitaciones a trabajadores en manejo de plaguicidas.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.11.               D.S. N°298/94 del MINTRATEL. Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.

 

Tabla 8.2.10 Norma 10

Componente/materia:

Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

El Proyecto contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas.

Forma de cumplimiento

·       El transporte de sustancias peligrosas se realizará por transportes autorizados. Cumpliendo con todas las condiciones establecidas por el decreto. Se respetaran los aspectos indicados respecto del tipo de vehículos, rotulación y equipamientos de los mismos, la antigüedad máxima de camiones, carga, acondicionamiento, estiba, descarga y manipulación, prohibiciones e incompatibilidades, exigencias al conductos y al personal de carga y descarga, sistema de comunicación y luz de seguridad cuando corresponda. Durante las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los vehículos deberán portar los rótulos a que se refiere la Norma Chilena NCh2190.Of2003, los que deberán ser fácilmente visibles.

·       Hojas de Seguridad de las sustancias almacenadas.

·       El Titular verificará que sus proveedores y clientes den cumplimiento a estas disposiciones mediante registros documentados y auditables. Verificara el cumplimiento a través de la aplicación del check list del DS 298/94.

Indicador que acredita su cumplimiento

·       Registro anual de los camiones involucrados (patente, modelos, revisiones técnicas, características). Documento de autorización para los camiones. Registro anual de licencias de conducir de los conductores. Protocolos internos de transporte de sustancias peligrosos en concordancia con la normativa y su revisión periódica.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.12.               D.S. N° 158/80 del MOP. Fija peso máximo de vehículos que pueden circular por caminos públicos.

 

Tabla 8.2.11 Norma 11

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las fases del proyecto

Forma de cumplimiento

El titular exigirá utilizar vehículos que respeten los máximos pesos permitidos y, en caso que sea indispensable para realizar el transporte que se excedan los máximos admisibles, se solicitará autorización a la Dirección de Vialidad, en los términos que establece la norma.

Indicador que acredita su cumplimiento

·       Guías de despacho de la carga que será transportada, asociada al viaje en camión realizado (construcción y operación).

·       Registro de contratos con proveedores y clientes, en los que consta la obligación de éstos de dar cumplimiento a esta normativa.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.13.               D.S. N° 18/01 del MINTRATEL. Prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio.

 

Tabla 8.2.12 Norma 12

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las fases del proyecto

Forma de cumplimiento

El proyecto cumple y cumplirá las restricciones horarias y de peso bruto establecidas, se ubica fuera del anillo Américo Vespucio, en Zona Industrial Exclusiva de San Bernardo, y cuando se requiere atravesar la ciudad se hace por la Ruta 5.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá un registro diario de las entradas y salidas de camiones, con lo que podrá controlar el cumplimiento de la norma señalada.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.14.               D.S. N°850/1998 del MOP. Ley de construcción y conservación de caminos.

Tabla 8.2.13 Norma 13

Componente/materia:

Vialidad y transporte.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Fase de construcción y operación.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todas las fases del proyecto

Forma de cumplimiento

El proyecto no ocupará ningún camino público más que para el tránsito de vehículos que se acerquen al proyecto. En caso de requerirse publicidad en los caminos, se solicitará la Autorización Correspondiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá registro mensual de vehículos y camiones vinculados a la empresa, con un uso detallado de cada uno. Se mantendrá un registro anual de contratos y permisos en caso de instalar publicidad.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.2.

 

8.15.               Ley N° 17.288/1970 MINEDUC. Sobre Monumentos Nacionales.

Tabla 8.15

Componente/materia:

Patrimonio Arqueológico.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Durante faenas de excavaciones.

Forma de cumplimiento

El titular del Proyecto se compromete que, ante la eventualidad de hallazgos de elementos patrimoniales durante las actividades de construcción, debe informar a las autoridades correspondientes en virtud de la Ley N°17.288.

Indicador que acredita su cumplimiento

Reporte de hallazgos de elementos patrimoniales encontrados al CMN, en caso que aplique.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.3.

 

9°. Que, se establecieron las siguientes condiciones o exigencias al Proyecto.

 

9.1 Otras condiciones o exigencias

Fase del Proyecto a la que aplica

Según sea aplicable

Condición

·       La Dirección General de Aguas RM, mediante Oficio Ordinario N° 960 de fecha 27 de junio de 2017, condiciona el proyecto en lo siguiente:

1.     “Que, el Titular se compromete a realizar el mantenimiento del sistema de aguas lluvias según lo descrito en el Anexo 3 del Adenda 1.

2.     Que, las actividades de mantenimiento y conservación serán realizadas en taller de mantenimiento, en zona con piso pavimentado (radier de hormigón) con un espesor de 15 cm. Adicionalmente se trabajará sobre una bandeja metálica autocontenida, que permitirá la contención directa ante posibles derrames, según lo declarado en respuesta a la Observación 28 del Adenda 1.

3.     Que, se realizará limpieza y lavado de maquinaria al interior del proyecto, cuyos residuos a generarse serán descargados en un IBC y dispuestos y manejados como Respel, los que serán almacenados en área de residuos peligrosos hasta su disposición final en sitio autorizado. Adicionalmente, el taller de fraccionamiento cuenta con canaletas colectoras y cámara de contención estanca de derrames de 3 m3, en donde se captarían dichos residuos ante la eventualidad de un derrame, de acuerdo a lo declarado en respuesta a la Observación 10 del Adenda 1.

4.     Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará antes de 24 horas, a la Dirección General de Aguas de la Región Metropolitana, indicando lo siguiente:

a.   Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.   Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c.   Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d.   En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

5.     Que, en atención a la posible existencia de napas colgadas, que puedan ser afloradas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a.   Detener las actividades en el frente de trabajo.

b.   Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c.   En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d.   Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

e.   Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

6.     Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el Sector Santiago (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas, de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.”

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, punto 10.2

 

10°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

Tabla 10.1.1 Compromiso ambiental voluntario - Plan de Comunicación e Información a los Vecinos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción y operación

Objetivo, descripción

Objetivo: Informar el inicio y término de las obras a la población aledaña, considerando un canal de comunicación expedito, donde se pueden resolver consultas, sugerencias y/o reclamos.

Descripción: El Titular del Proyecto contempla realizar un compromiso ambiental voluntario vinculado a la comunicación con los vecinos del sector a intervenir.

Justificación: Para mantener una comunicación directa con la población aledaña.

Lugar forma y oportunidad de implementación

Lugar: El procedimiento considera a la población aledaña (300 metros) a la planta, dando mayor énfasis en los vecinos de la Villa Santa Ana

Forma: Ante la ocurrencia de una emergencia en Planta en que exista el riesgo de que ésta afecte al entorno. El Coordinador General informará a las empresas y junta de vecinos aledañas, con el fin de que estas se preparen y estén atentas a una evacuación general del sector.

Adicionalmente, el Coordinador general entregará a la población aledaña, un correo y un teléfono, el cual estará habilitado para responder consultas, sugerencias y/o reclamos, durante el proceso de construcción.

Oportunidad: El coordinador general informará, con un plazo no menor a 1 semana del inicio de las faenas de construcción, la ejecución de éstas. Los medios de comunicación (correo y teléfono) se mantendrán habilitados durante toda la fase de construcción para los fines descritos anteriormente.

Por otra parte, en caso de una eventual emergencia, el coordinador considerará pertinente el aviso a la población aledaña de la ocurrencia de éste.

Indicador que acredite su cumplimiento

Se mantendrá el registro de todos los correos recibidos y respuestas emitidas a la población aledaña.

Forma de control y seguimiento

Generación de informe, sobre la aplicación del compromiso y será publicado en la página web de la SMA, una vez obtenida la recepción final del Proyecto.

 

11°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

 

11.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

 

11.1.1 Plan de contingencias

 

11.1.1.1 Situación de riesgo o contingencia 1

Tabla 11.1.1.1. Situación de riesgo o contingencia 1

Situación de riesgo o contingencia

Derrames

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de Operación

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la planta, asociada al manejo de sustancias y residuos peligrosos, que puedan afectar la calidad del agua y suelo.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Canaletas recolectoras y bandejas ignífugas autocontenibles.

·     Cámara y plazas de contención de derrames.

·     Control de contaminación a aguas subterráneas.

·     Control de contaminación a aguas superficiales

·     Control de aguas lluvias.

·     Medidas operativas para el control de derrames.

·     Constante limpieza de cámaras

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria

 

11.1.1.2 Situación de riesgo o contingencia 2

Tabla 11.1.1.2. Situación de riesgo o contingencia 2

Situación de riesgo o contingencia

Incendios

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la planta, asociada al manejo de residuos y sustancias peligrosas, fallas eléctricas o fugas de gas.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Extintores distribuidos por toda la planta.

·     Red húmeda perimetral.

·     Plan de emergencias coordinado con bomberos.

·      Personal capacitado en uso de extintores y control de incendios.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria

 

11.1.1.3 Situación de riesgo o contingencia 3

Tabla 11.1.1.3. Situación de riesgo o contingencia 3

Situación de riesgo o contingencia

Inundación

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de operación.

Parte, obra o acción asociada

Al interior de la planta asociado a colapso de sistema de aguas lluvias

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Sistema exclusivo de recolección de aguas lluvias.

·     Mantención continua del sistema de recolección de aguas lluvias

·     Utilización de arena y construcción de barreras de contención.

Forma de control o seguimiento

Verificación de la mantención continua del sistema de recolección de aguas (Registro en planta)

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria

 

11.1.1.4 Situación de riesgo o contingencia 4

Tabla 11.1.1.4 Riesgo o contingencia 4

Situación de riesgo o contingencia

Sismos

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de operación

Parte, obra o acción asociada

Asociada a toda área en general

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Tambores y bidones destinados al almacenamiento se mantendrán siempre cerrados y nunca superando las 3 unidades apiladas.

·     Identificar las zonas de seguridad.

·     Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras.

·     Realizar simulacros.

·      Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia.

Forma de control o seguimiento

Verificación mediante registro en planta de realización de simulacros y supervisión constante del almacenamiento de sustancias y residuos peligrosos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria

 

11.1.1.5 Situación de riesgo o contingencia 5

Tabla 11.1.1.5. Riesgo o contingencia 5

Situación de riesgo o contingencia

Corte de Vías de Acceso a la Planta

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de operación.

Parte, obra o acción asociada

Asociado a accidentes automovilísticos en las vías principales de acceso.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Se utilizarán distintas alternativas de vías de acceso a la planta, con el fin de evitar cualquier interrupción en su funcionamiento normal, debido al cierre de alguna ruta, por efecto de accidentes o emergencias.

·     Alternativa 1: Salida de la planta: La divisa, Av. Lo espejo, José Joaquín prieto vial. Acceso a la planta: Ruta inversa.

·      Alternativa 2: Salida de la planta: La divisa, autopista central, Pdte Jorge Alessandri. Acceso a la planta: Ruta.

Forma de control o seguimiento

Seguimiento diario de los estados de las vías de acceso a la planta.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria.

 

11.1.1.6 Situación de riesgo o contingencia 6

Tabla 11.1.1.6. Riesgo o contingencia 6

Situación de riesgo o contingencia

Derrame de sustancias en la vía pública

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Asociado a accidentes automovilísticos que impliquen un derrame, en la vía

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Aislar el camión, mediante la utilización de conos y cintas de demarcación.

·     se realizará la contención del derrame con arena

·     En caso de que el producto derramado fuese de magnitud, o alcance alcantarillados o cursos de agua que se encuentren en el sector. Se notificará inmediatamente a Carabineros y Bomberos.

·      el producto recuperado debe ser dispuesto en tambores con tapa hermética.

Forma de control o seguimiento

Verificación periódica, mediante registros en planta, de camiones y estado de sus sistemas de contención de derrames.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria.

 

11.1.1.7 Situación de riesgo o contingencia 7

Tabla 11.1.1.7 Riesgo o contingencia 7

Situación de riesgo o contingencia

Afloramiento de aguas subterráneas

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción.

Parte, obra o acción asociada

Asociado a afloramiento de napas subterráneas en la construcción del proyecto.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Detener las actividades en el frente de trabajo.

·     Excavar una zanja por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento. Esta excavación debe ser del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·     En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·     Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

·      Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

Forma de control o seguimiento

Verificación de profundidad de la napa, y construcción acorde a estudio de mecánica de suelos.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII del ICE; Punto 7 del Capítulo 1 de la Adenda Complementaria.

 

11.1.2 Plan de emergencias

 

11.1.2.1 Situación de emergencia 1

Tabla 11.1.2.1 Situación de emergencia 1

Situación de riesgo o contingencia

Incendios y/o Explosiones

Fase del Proyecto a la que aplica

Todas

Parte, obra o acción asociada

Todas

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Detectado un amago de incendio o incendio declarado, la persona dará la alarma inmediata (con pulsador manual o a viva voz), de forma de que se informe rápidamente al Monitor del Área involucrada y Portería, y procederá, si la situación así lo permite, a emplear los extintores contra incendio dispuestos en las diferentes áreas (PQS, CO2 y/o agua espuma). Si no es posible controlar la situación, evacuar el lugar afectado y dar paso a la acción de la Brigada.

·     Una vez recepcionado el aviso de emergencia en Portería a través del sistema de detección automático de incendios, a viva voz o por cualquier otro medio, éstos informarán inmediatamente de esta situación a los encargados. (Ver anexo 2 de la Adenda, “Planes y procedimientos”).

·     En caso de ser instruido por el Coordinador General, llamará a los números de emergencias que les sean indicados (Ver anexo 2 de la Adenda, “Planes y procedimientos”).

·     Personal de Mantención y/o de guardia en caso de fin de semanas, deberá cortar el suministro general de combustible.

·     Junto con lo anterior, se cortará el suministro de electricidad hacia los sectores afectados.

·     El Monitor tendrá como tarea fundamental, dirigir la emergencia en el lugar, ordenar la evacuación, según Procedimiento General de Evacuación (Ver anexo 2 de la Adenda, “Planes y procedimientos”).y revisar la totalidad de las dependencias de su área, ante la posibilidad de que pudiesen quedar personas atrapadas, e ir cerrando las puertas con el fin de evitar la propagación del fuego y del humo.

·     Si la atmósfera es demasiado densa, por el humo y los gases,  deberán cubrir su nariz y boca con un paño húmedo y considerar que más cerca del piso encontrará una atmósfera más tolerable (avance agachado).

·     Cualquier persona que detecte un incendio, debe dar aviso de inmediato al Monitor del área involucrada y a Portería. Procederá además, y sólo si la situación lo permite, a utilizar los extintores contra incendios.

·     El Monitor verifica la situación en terreno y da aviso de inmediato al Director General y al Jefe de Brigada, quien evalúa situación en forma inmediata.

·     Si Director General así lo define, ordena la evacuación parcial y/o total de las áreas afectadas y activa la BEM.

·     Trabajadores evacuan a Zona de Seguridad, según Procedimiento General de Evacuación.

·     BEM actúa en terreno, aplicando sus conocimientos y siguiendo el procedimiento indicado en el Plan General de Emergencias contra Incendios.

·      Si la situación no es controlada, Director General solicita la ayuda inmediata de Bomberos de Lo Espejo (22-8544513/22-85416637) y San Bernardo (22-8592594/ 22-8792660).

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII del ICE; Anexo 2 de la Adenda, “Planes y procedimientos”

 

11.1.2.2 Situación de emergencia 2

Tabla 11.1.2.2 Situación de emergencia 2

Situación de riesgo o contingencia

Derrames

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de operación.

Parte, obra o acción asociada

Durante cualquier actividad de la operación.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Los materiales peligrosos que sufran derrames, deterioros o causen contaminación al ambiente, deben ser tratados como residuos peligrosos.

·     En áreas donde se almacenen sustancias peligrosas, deben mantenerse sistemas de contención secundarias para evitar la contaminación al suelo natural

·     En el caso de derrames de sustancias peligrosas, deben emplearse elementos adecuados para su contención y limpieza tales como, arena, pala, escobillón y contenedores plásticos para la disposición del material contaminado

·     Posteriormente, estos contenedores de residuos peligrosos se dispondrán en la bodega de almacenamiento temporal de residuos, para ser trasladados posteriormente a botadero autorizado

·      En el caso de ser un derrame de grandes dimensiones, se solicitará la ayuda de personal experto en emergencias con sustancias peligrosas (HAZMAT).

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII del ICE; Anexo 2 de la Adenda, “Planes y procedimientos”

 

11.1.2.3 Situación de emergencia 3

Tabla 11.1.2.3 Situación de emergencia 3

Situación de riesgo o contingencia

Afloramiento Aguas Subterráneas.

Fase del Proyecto a la que aplica

Fase de construcción

Parte, obra o acción asociada

Fase de construcción, faenas excavaciones y movimiento de tierras.

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

·     Detener las actividades en frente del trabajo.

·     Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

·     En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

·      Verificación de la calidad del agua previa a su infiltración.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII del ICE; Anexo 2 de la Adenda, “Planes y procedimientos”

 

12°. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del proyecto.

13°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

14°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

15°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

16°. Que, para que el proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17°. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18°. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

20°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo” de ANASAC AMBIENTAL S.A.

2°. Certificar que el proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, mediante su oficio ORD N° 3318, de fecha 29 de junio de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad  como Molesta.

5°. Certificar que el proyecto “Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Valeria Andrea Essus Poblete
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región Metropolitana de Santiago




JMZV/VEP/MGVV/MLM/MAC

Distribución:

  • Francisco Di Silvestre Paradizo
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de San Bernardo
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región < eva.astudillo@sea.gob.cl >
  • Expediente del Proyecto "Modificación y Ampliación a Planta ANASAC Ambiental, San Bernardo"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=63/ad/50dfe664a47ded7e22b608200e0cd48b6c48


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