1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”.
2. Que, el derecho de Industria de Alimentos Dos en Uno S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, la Adenda N°1, Adenda N°2, sus respectivos Anexos, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” consiste una modificación y regularización de partes y obras del “Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A” calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N°664/98, de fecha 03 de Diciembre de 1998 de la Comisión Regional del Medio Ambiente RM, consistente en la construcción y operación de un centro de producción y oficinas, el cual considera la operación de 30 líneas de producción descritas a continuación:
Tabla N°1: Producción Proyecto General Velásquez (Situación Original (RCA N°664/98).
| Línea de Producción. | Tipo de Producto. | N° de Líneas. | Producción (ton/semana). |
| Galletas | Galletas Laminadas. | 1 | 54 |
| Galletas Rotativas | 1 | 53 |
| Galletas Mixtas | 1 | 53 |
| Chicles | - | 9 | 138 |
| Chocolates | - | 9 | 157 |
| Caramelos | Caramelos Duros | 7 | 197 |
| Caramelos Blandos | 2 | 95 |
| Caramelos | - | 5 |
La modificación propuesta, contempla un total de 16 líneas de producción, es decir, 6 líneas de productivas de chicles, con una producción de 202 toneladas/semana, 8 líneas productivas de chocolates con una producción de 327 toneladas/semana, y 2 líneas de productivas de caramelos con una producción 109 toneladas/semana.
De acuerdo a lo anterior, el proyecto considera una línea productiva de acuerdo a la siguiente tabla:
Tabla N°2: Producción Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.
| Línea de Producción. | Tipo de Producto. | N° de Líneas. | Producción (ton/semana). |
| Chicles | Chicles | 6 | 202 |
| Chocolates | Chocolates | 8 | 327 |
| Caramelos | Duros | 1 | 94 |
| Blandos | 1 | 15 |
| Total | 16 | 638 |
Además, se consideran las siguientes modificaciones al proyecto original:
i. Modificación de la Disposición de Residuos Industriales Líquidos en el Sistema de Alcantarillado: El proyecto original contemplaba un tratamiento de sus Riles, mediante una planta de tratamiento de RILes la cual considera el tratamiento de los residuos líquidos mediante un proceso físico-químico de flotación con ayuda de inyección de aire y productos químicos, seguido de una etapa de tratamiento biológico aeróbico basado en el principio de los lodos activados en su versión de aireación extendida. Esta agua una vez tratadas, serán descargadas a la red de alcantarillado público dando cumplimiento al D.S N°609/98, del MOP, Norma De Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado.
El sistema de tratamiento de aguas antes descrito contemplaba lo siguiente:
- Un estanque de ecualización.
- Un tratamiento primario físico-químico, de floculación y flotación por aire disuelto.
- Un tratamiento biológico constituido por un estanque con sistema de aireación extendida y estanque de sedimentación secundaria (sistema aeróbico basado en el principio de los lodos activados en su versión de aireación extendida).
- Filtro de prensa para deshidratar los lodos generados.
Respecto a lo anterior, la modificación del proceso productivo, genera residuos industriales líquidos, básicamente en las operaciones de lavado de pisos y equipos.
El cambio propuesto, para los riles comprende la postergación de la construcción y operación de la planta de riles, y realizar la descarga directamente al alcantarillado los riles. Contemplando un programa de monitoreo, el cual se basará de acuerdo a lo establecido en el artículo 6.3 del D.S. 609/98, el cual señala la frecuencia de las tomas de muestras.
ii. Incorporación de un Pozo de Agua Subterránea: Considerando las necesidades de agua para el riego de áreas verdes y estanques del sistema de incendio, se construyó un pozo de 109 metros de profundidad, para el abastecimiento de dichas aguas.
iii. Modificación de las fuentes fijas, según lo declarado en la RCA 664/98: A continuación se detallan dichas modificaciones:
iii.1. Hornos de Cocción: El proyecto original consideraba trasladar 3 hornos desde planta Arauco a planta General Velásquez, con la modificación propuesta, se eliminarán esos 3 hornos de cocción, pero incorpora 1 horno nuevo.
iii.2. Calderas de Agua: El proyecto original consideraba trasladar 2 calderas de agua desde planta Arauco a planta General Velásquez, con la modificación propuesta, eliminarán esas 2 calderas de agua e incorporarán 2 calderas de agua más 1 caldera de vapor nuevas.
iii.3. Grupos Generadores: El proyecto original consideró el traslado de 2 grupos generadores desde planta Arauco a planta General Velásquez, con la modificación al proyecto propuesta, se mantienen los 2 grupos generadores considerados originalmente, y adicionalmente sumarán 2 grupos generadores diesel de 500 KVA cada uno, ambos equipos nuevos.
iv. Aumento de la Potencia Total Instalada: Si bien, con la actual modificación, la producción y el número de líneas productivas disminuyen, se requerirá de más energía que la contemplada, en el proyecto original, por ello, se instalarán dos transformadores nuevos, con ellos, la planta productiva contará con 6 transformadores eléctricos, con una potencia total instalada de 9.600 KVA.
v. Adaptación del Almacenamiento de Sustancias Peligrosas: Se adaptarán las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas, para dar cumplimiento a lo establecido en el D.S N°78, del Minsal, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. A continuación, se detallan los insumos clasificados como sustancias peligrosas.
Tabla N°3: Sustancias Peligrosas a Almacenar.
| Ubicación | Cantidad Kg | Tipo |
| Bodega de Esencias | 25.200 | Escancias (Inflamables) |
| Jaula Exterior Zona de Caldera | 500 | Gas Refrigerante |
| Laboratorio | 100 | Reactivos Químicos y Microbiológicos |
| Casino | 200 | Detergentes, Sanitizantes, Desinfectantes |
| Jaulas Exterior | 470 | Gas Refrigerante y otros Gases |
| Pañol Interior | 250 | Tintas, Desengrasantes, Soda Caustica |
| Pañol Exterior | 500 | Limpieza, Tintas, Desengrasantes, Soda Caustica |
| Enfermería | 10 | Alcohol |
La clasificación de las sustancias peligrosas, según NCh 382 Of 98, se adjuntan en el Anexo E adjunto en Anexo 2 de la DIA.
Las sustancias peligrosas serán almacenadas en cantidades pequeñas (menos de 600 kilos o litros), excepto las esencias inflamables. Para las pequeñas cantidades se considera su almacenamiento sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente. Los envases menores o iguales a 5 kg o litros y los de vidrio, estarán en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con barras antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior.
Las esencias (capacidad máxima 25.200 kilos) serán almacenadas en una bodega especialmente habilitada para ello. La bodega originalmente fue proyectada con otros fines, por lo cual la modificación considera la adaptación e implementación de la bodega que se utiliza para su almacenamiento de acuerdo a la normativa vigente, lo que incluye al menos: sistemas de control de derrames, sistemas especiales de detección de incendios, instalación de ducha y lavaojos de emergencia, señalética adecuada y disponibilidad de hojas de datos de seguridad al interior de la instalación.
vi. Adaptación del Área de Almacenamiento de Residuos Peligrosos: Posterior a la aprobación ambiental del proyecto original, entró en vigencia el D.S. 148 del Minsal, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, el cual establece las condiciones para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, por lo cual, se adaptará el actual área de almacenamiento de residuos que se consideró originalmente. Dicha adaptación incluye implementar una bodega en el sector de residuos, con piso continuo, sólido, lavable, no poroso, impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos peligrosos, con techo liviano y con un cierre perimetral de estructura sólida, tal que los residuos estén protegidos de las inclemencias del tiempo (viento, lluvia, radiación solar).
vii. Modificación del Layout del proyecto: A partir de las modificaciones indicadas precedentemente, especialmente aquellas referidas al cambio en las líneas de producción y equipamiento, se ha generado un cambio en el layout del proyecto, principalmente respecto de la orientación, pero sin modificar la entrada y salida del mismo, de acuerdo a la figura N°3 de la DIA.
3.1. Tipología de Proyecto:
El proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”, ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ya que cumple con el criterio establecido en el Artículo 3° letra h) del D.S. Nº 95/01, “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”, que señala que…“deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental los proyectos industriales y los proyectos inmobiliarios que se ejecuten en zonas comprendidas en los planes a que se refiere esta letra, cuando los modifiquen o exista declaración de zona saturada o latente.
h.2 Por su parte, para efectos del inciso segundo de este literal h), se entenderá por proyectos industriales aquellas urbanizaciones y/o loteos con destino industrial de una superficie igual o mayor a doscientos mil metros cuadrados (200.000 m²); o aquellas instalaciones fabriles que presenten alguna de las siguientes características:
h.2.2 Tratándose de instalaciones fabriles en que se utilice más de un tipo de energía y/o combustible, potencia instalada igual o superior a mil kilovoltios-ampere (1.000 KVA), considerando la suma equivalente de los distintos tipos de energía y/o combustibles utilizados.
Sobre la base de lo expuesto anteriormente el proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” ingresa al sistema de evaluación ambiental debido a que contempla incorporar una Caldera a Vapor de 3967 KVA, 2 transformadores de 1.600 KVA cada uno y 2 generadores eléctricos de 500 KVA cada uno (para eventuales emergencias como cortes de luz de acuerdo a lo informado en respuesta 1.1 de la Adenda N°2) y se emplaza en la Región Metropolitana, Zona Declarada Latente y Saturada mediante Decreto Supremo Nº 131, publicado en el diario oficial el 01 de agosto de 1996.
3.2. Vida Útil:
El proyecto se ha diseñado para una vida útil de carácter indefinido.
3.3. Superficie:
El proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A”, se ubican al interior de la planta existente, ubicada en la comuna de Cerrillos, cuya superficie es de 10 hectáreas. Según lo informado por el titular en el plano “Planta General y Superficies” presente en el Anexo N°1 Planos de la DIA, las superficies construidas del proyecto son las siguientes:
Tabla N°4: Superficies Construidas
| Superficie Construida “Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” | 10.878,92 m2 |
| Superficie Construida “Modificación Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” | 21.520,01 m2 |
| Total Superficie Construida | 32.395,93 m2 |
3.4. Mano de Obra:
El proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” no contempla la incorporación de nuevos operarios a los ya considerados por la RCA N°664/98.
3.5. Cronograma:
A continuación se muestran en la siguiente tabla las actividades a realizar por el proyecto.
Tabla N°5: Cronograma de Actividades
| Etapa | Duración (meses) |
| Levantamiento de Información | 6 |
| Instalación o Implementación de Modificaciones | 12 |
| Etapa de Operación | Indefinida |
3.6. Localización:
El proyecto se localiza al interior del complejo industrial de la empresa, ubicado en el sector Sur de Santiago, específicamente en Av. General Velásquez N° 9309 (frente a Autopista Central), comuna de Cerrillos, Región Metropolitana.
Según el Certificado de Informaciones Previas (CIP) 1606/11 que se presenta en la DIA (Anexo 2 “Documentos”), el predio en el que se desarrolla el proyecto se encuentra ubicado en la zona definida como “Zona de Actividades Productivas y de Servicio de Carácter Industrial” el cual corresponde a una zona industrial exclusiva.
Las coordenadas, de ubicación del centro del sitio del proyecto son las siguientes:
Tabla N°6: Coordenadas en UTM DATUM (WGS 1984 HUSO 19) del Proyecto.
| Punto | Norte | Este |
| Centroide del sitio | 6.289.246 | 341.370 |
3.7. Fases de proyecto.
3.7.1. Fase de Construcción.
a. Las actividades contempladas durante la fase de construcción son:
a.1. Adaptación del Almacenamiento de Sustancias Peligrosas: Se considera la adaptación del almacenamiento de las sustancias peligrosas, para dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. 78, Reglamento De Almacenamiento de Sustancias Peligrosas del Minsal. Las características de ello, se detallan a continuación:
i. Bodega de Esencias Inflamables: La bodega, se localizará adyacente a bodega de materias primas y producción, con una superficie aproximada de 41 m2, los muros adyacentes de la bodega serán muros serán RF 180, y los otros 2 muros serán RF 120. En cuanto a la puerta de carga y descarga será del 75% de la resistencia al fuego de los muros que la contienen, el techo será metálico, con un piso radier. Además, contará con un sistema control de derrame, para la ventilación, contará con 2 inyectores de aire y 2 aberturas para alcanzar las 12 renovaciones de aire. Para el sistema de contención de derrames, se contempla que la bodega tenga un piso con pendiente de 0,5% y canaletas perimetrales que conducirán a un pozo de contención de derrames cuya capacidad será de al menos 1,1 m3. Las características antes descritas, se encuentran señaladas en las figuras N°1 y N°2, ambas de la Adenda N°2.
El retiro de los residuos peligrosos (esencias derramadas) estará a cargo de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria, quienes retirarán los residuos con camión limpia fosa y los llevará a destino autorizado.
ii. Bodega común: Contempla el almacenamiento máximo de sustancias peligrosas de 12 toneladas, entre las cuales se encuentran 3 toneladas de sustancias inflamables. Deberá cumplir con lo establecido en el estudio de carga de combustible.
iii. Sala de baterías: Contempla muroscomunes que serán RF 180, la puerta de conexión entre la sala de baterías y el centro de distribución tendrá la misma resistencia al fuego, que la de los muros que la contienen, contemplará un cierre automático, contará con ventilación de acuerdo a la norma española UNE-EN 50272-3. Respecto al sistema de detección contará con detectores de hidrógeno y de humo que se instalarán en la sala. El piso de esta sala contemplara revestimiento epóxico y existirán kits de contención de derrames.
a.2. Acceso a la Obra: El acceso de los camiones durante la fase de construcción será a través de Av. General Velásquez.
b. Las Principales Descargas, Emisiones y Residuos de la Fase de construcción son:
b.1.Residuos Sólidos: A continuación se presentan los residuos sólidos asociados a la implementación de las modificaciones y regularizaciones del proyecto, sobre la base de lo informado por el titular en el Anexo 1.3 “Caracterización Residuos Sólidos Generados en Construcción” de la Adenda N°2, lo cual se detalla en la siguiente tabla:
Tabla N°7: Caracterización Cualitativa y Cuantitativa de los Residuos Generados.
| Categoría | Caracterización | Forma de almacenamiento | Frecuencia de retiro | Sistema de recolección y eliminación |
| Cualitativa | Cuantitativa (adicional al proyecto original) |
| Asimilable a domiciliario | Restos de alimentos | 172 Kg/mes | Contenedor plástico con tapa | Cada 3 días | Camión basura municipal / Vertedero autorizado |
| Residuos peligrosos | Envases vacíos de pinturas, elementos contaminados con aceite, combustible proveniente de la maquinaria utilizada para la adaptación | 100 Kg/mes | Contenedor metálico | Cada 5 meses | Camión autorizado / Hidronor |
| Residuos de la construcción | Restos de madera, cemento, alambres y cables | 4.000 Kg/mes | A granel o contenedor metálico | Cada 3 días | Sociedad Henar Residuos Ltda. / Nexo Residuos Ltda. |
b.2.Flujo Vehicular: En la siguiente tabla se indican las frecuencias y rutas de los camiones durante la fase de construcción, de acuerdo al Anexo N°2.7 del Adenda N°1.
Tabla N°8: Flujo Vehicular durante la Fase de Construcción
| Actividad | Número camiones | Tipo de camiones | Frecuencia diaria (camión/día) | Rutas Preferentes |
| Escarpe | 2 | Tolva | 9 | Planta ubicada en comuna de Cerrillos / San Bernardo(IDEACORP Catemito vía Autopista Central) |
| Excavaciones | 2 | Tolva | 8 | Planta ubicada en comuna de Cerrillos / San Bernardo (IDEACORP Catemito vía Autopista Central) |
| Relleno | 3 | Tolva | 17 | Planta ubicada en comuna de Cerrillos / San Bernardo (Sobarzo vía Autopista Central) |
| Hormigón | 3 | Mixer | 23 | Planta ubicada en comuna de Cerrillos / San Bernardo (Hormigones Cemento Melón Camino Lonquen - vía Autopista Central) |
| Materialesparala construcción | 2 | Rampa | 1 | Planta ubicada en comuna de Cerrillos / San Bernardo (vía Autopista Central) |
| Residuosdela construcción (escombros) | 2 | Tolva | 3 | Planta ubicada en comuna de Cerrillos / San Bernardo (IDEACORP Catemito vía Autopista Central) |
| Total Construcción | 14 | - | 61 | - |
3.7.2. Fase de Operación.
a. Las actividades contempladas durante la fase de construcción son:
Para obtener el producto final, se requieren una serie de etapas y procesos, los cuales se indican a continuación:
a.1. Recepción y Almacenamiento de Materias Primas.
Para el funcionamiento de la planta productiva se requiere recepcionar y almacenar glucosa y chocolate en estanques (acondicionados para su almacenamiento) sobre el piso, además de otras materias primas en pallets y estanterías al interior de una bodega, la cual tiene diferenciada una zona para el almacenamiento de esencias inflamables que cumplirá con lo señalado en el Decreto Supremo N° 78/2009 del MINSAL sobre el Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
En el Anexo B de la DIA, se puede observar la forma de almacenamiento de los racks en la bodega de esencias, en los planos se indica altura de almacenamiento, ancho de los pasillos centrales y secundarios.
En la siguiente tabla, se indican los principales Insumos (materias primas y envases) con su respectiva forma de almacenamiento:
Tabla N°9: Materias Primas del Proyecto.
| Materias Primas No Alérgenos |
| Descripción | Tipo de Envase | Consumo (Pallets/día) |
| Azúcar Refinada Estándar | Saco | 15 |
| Sorbitol en Polvo P 60 G. | Saco | 9 |
| Goma Base | Embalaje | 12 |
| Lycasin 80/55/Maltini M50 | Bidón | 2 |
| Glicerina | Tambor | 2 |
| Manitol Polvo 60 | Saco | 1 |
| Total | 41 |
| Restos de Materias Primas No Alérgenos |
| Dextrosa | Saco | 0,5 |
| Maltodextrina Globe | Saco | 0,3 |
| Desmoldantes Blandos Trew | Bidón | 0,3 |
| Aceite Vegetal | Tambor | 0,3 |
| Silicona DS-200/350 | Tambor | 0,3 |
| Pulpa de Frutilla | Tarro | 0,2 |
| Manteca Vegetal | Caja | 0,4 |
| Almidón | Saco | 0,4 |
| Maltisorb | Saco | 0,1 |
| Talco Veneciano | Saco | 0,1 |
| Dextrosa | Saco | 0,1 |
| Total | 3 |
| Materias Primas Alérgenos |
| Maní | Caja | 4 |
| Almendra Tostada | Caja | 1 |
| Manjar Rellenos | Bolsa | 0,3 |
| Harina Tostada | Saco | 0,2 |
| Harina de Trigo | Saco | 1 |
| Total | 6,5 |
| Materias Primas en Estanques |
| Glucosa | Estanque | 3.823 |
| Chocolate y Coberturas | Estanque | 32.877 |
| Total | 36.700 |
Para la descarga de materias primas descritas en la tabla anterior, se utilizarán 2 grúas horquillas a gas licuado (GLP), las que actualmente se encuentran operando en la actual Planta Productiva (Planta 1) ubicada en Arauco 1050.
a.2. Alimentación de Líneas Productivas.
Luego de la recepción de las materias primas, éstas serán trasladadas de acuerdo a cada necesidad de la planta, de acuerdo al programa productivo, para ser transformadas en semielaborados que alimentarán las líneas productivas. La forma de carga de las principales materias primas será mediante transporte de cañerías, entre ellas para azúcar se dispondrá de transporte neumático de soplado y glucosa y chocolate por sistema de bombeo. Para ubicar al interior de la planta un rack de materias primas se utilizara 1 elevador eléctrico tipo triloader de potencia 74,5 kw.
Una vez alimentadas las líneas se procede a elaborar los productos:
i. Chocolates: Para la elaboración de chocolates en moldes hueco-relieve, se dosificará la cobertura sabor chocolate o chocolate templado, creando la cáscara del producto, luego se dosifica relleno (correspondiente al sabor) y finalmente se dosifica la tapa compuesta de la misma cobertura de la cáscara, estos proceso son acompañado por túneles de frio que solidifican el producto. Los chocolates moldeados ahora son colocados en bandejas o envueltos unitariamente según corresponda, luego pasan a la etapa de embolsado o estuchado para finalmente ser embalados en cartón corrugado, los cuales son sellados con cinta adhesiva.
También se fabricarán productos extruidos y aireados, los cuales son bañados (cubiertos) con cobertura sabor chocolate o chocolate, se enfrían en túneles y son envasados unitariamente tipo flowpack y depositados en displays de cartulina y embalado.
Dentro de la línea productiva del chocolate se encuentra la preparación del Bon o Bon, el cual considera la preparación de relleno maní, el cual es depositado en planchas de oblea previamente preparada y cocida en horno continuo, luego se unen dos planchas de oblea con relleno para someter a etapa de troquelado unitario obteniendo así piezas individuales. Estas unidades se bañan completamente con chocolate e ingresan a túnel de frio para su solidificación y cristalización. Luego de ello ingresan a la etapa de envasado unitario para integrarlas a display de cartulina con su respectiva celofanación y embalado.
ii. Chicles: Para la elaboración de chicles se mezclarán los ingredientes hasta obtener una pasta homogénea, la cual es laminada y extruida en diferentes formatos de sogas, luego esas sogas son llevadas a máquinas envolvedoras donde el producto es cortado y envuelto individualmente o agrupado en paquetes. Las unidades o paquetes son colocados en bolsas, displays los que se cubren con celofán sin impresión. Las bolsas o displays son colocados en embalajes de cartón corrugado y éstos sellados con cinta adhesiva. La línea de chicles contempla elaboración de chicles “con” y “sin” azúcar, los cuales consideran mezcladores y líneas industriales diferenciadas.
iii. Caramelos: Para la elaboración de caramelos, los ingredientes son mezclados y cocinados en vacío. La pasta obtenida de este proceso de cocción es saborizada y coloreada, para luego llevarla a etapa de troquelación, lo cual otorga la forma y gramaje deseado. Para el caso de chupetes en esta etapa de troquelado se incorpora un palito de plástico. El producto obtenido es reposado por un periodo de tiempo antes de ser envuelto individualmente y luego es envasado en bolsas y éstas son colocadas en embalajes de cartón corrugado los cuales son sellados con cinta adhesiva.
Para la elaboración de marshmallows se prepara con gelatina un merengue y se adicionan el resto de los ingredientes. Los ingredientes son cocinados obteniendo un jarabe el cual es sometido a un proceso de aireación y batido obteniendo una pasta homogénea y de textura muy suave, la cual es extruida en forma de sogas pasando por boquillas que otorgan la forma deseada al producto. Las sogas son depositadas sobre una cama de almidón, para luego llevar a la etapa de corte unitario. Posterior a ello se genera reposo de la unidades entes de ser envasadas en la cantidad necesaria en cada una de las bolsas, las cuales son colocadas en embalajes de cartón corrugado sellados con cinta adhesiva.
iv. Productos Terminados: Una vez envasados y sellados los productos, se obtienen pallets de producto terminado destinado a un flujo central de la planta para así ingresarlos internamente al Centro de Distribución existente (ubicado en el mismo predio de la planta de producción). Los principales envases utilizados son los siguientes:
Tabla N°10: Materiales de Empaque.
| Descripción | Tipo de Envase | Capacidad (Pallets) |
| Envases OPP | Bobinas | 20 |
| Aluminio | Bobinas | 15 |
| Laminados de OPP | Bobinas | 7 |
| Bolsas | Bobinas, Embalajes | 5 |
| Embalaje de Cartón | Pallets | 35 |
| Display de Cartulina | Embalaje | 30 |
| Palitos de Plástico | Embalaje | 2 |
| Total | 32 |
Al interior de planta para materias primas y producto terminado se considera utilizar 6 traspaletas eléctricas con hombre a bordo de 20,5 kw. De acuerdo a los flujogramas adjuntos en Anexo C de la DIA.
a.3. Carga de Baterías: Se cuenta con una sala especialmente construida para la carga de baterías la cual se regulariza a través del presente proyectos. El plano de la sala, se adjunta en el Anexo B de la DIA, y las especificaciones técnicas de la construcción se adjuntan en Anexo A de la DIA, y el tipo de baterías a cargar se presenta a continuación:
Tabla N°11: Cantidad y Número de Baterías a utilizar.
| N° | Equipos | Modelo | Voltaje | Capacidad A.H. | Tipo de Borne | Cantidad de Celdas |
| 4 | Trilateral Crown | 18-125-15 | 36 | 875 | soldado | 18 |
| 2 | Trilateral linde | 5PZS700L | 80 | 700 | apernado | 40 |
| 1 | Transpaleta LINDE | 3EPZS375 | 24 | 375 | apernado | 12 |
| 5 | Transpaleta Crown | 12-85-13 | 24 | 510 | soldado | 12 |
| 2 | Transpaleta Mitsubishi | 12-85-13 | 24 | 510 | soldado | 12 |
| 8 | JUNGHEIRICH | 3EPZS375 | 24 | 375 | apernado | 12 |
| 1 | Apilador CROWN | 18-125-17 | 36 | 1000 | soldado | 18 |
| 2 | R20 LINDE | 5PZS700L | 48 | 700 | apernado | 24 |
| 1 | CATERPILLAR | 6epzs750l | 48 | 750 | apernado | 24 |
a.4. Accesos: Sólo se contempla el acceso vehicular al proyecto por Av. General Velásquez.
a.5. Flujo Vehicular: En la siguiente tabla se indica la frecuencia y rutas de camiones durante la fase de Operación, de acuerdo al Anexo 2.6 del Adenda N°1.
Tabla N°12: Flujo Vehicular durante la Fase de Operación
| Actividad | Número de Camiones | Tipo de Transporte | Frecuencia diaria (camión/día) | Rutas Preferentes |
| Materiasprimas | 3 | Camión (cortina cerrada) | 6 | Valparaíso-LosAndes/ Plantaubicadaencomunade Cerrillos(víaRuta68yAutopistaVespucioNorte,también ruta5Norte) |
| Insumos | 3 | Camión (cortina cerrada) | 5 | Valparaíso-LosAndes/ Plantaubicadaencomunade Cerrillos(víaRuta68yAutopistaVespucioNorte,también ruta5Norte) |
| Combustible Petróleo | 1 | Camión Cisterna | 1 | Maipú/PlantaubicadaencomunadeCerrillos(vía VespucioSur) |
| Productosa clientes | 5 | Camioneta | 14 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/Región Metropolitana(callesprincipalesdeSantiago) |
| Productosa clientes | 5 | Camión | 5 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/Región Metropolitana(autopistasycallesprincipalesdeSantiago) |
| Productosa clientes | 5 | Camión | 14 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/Región |
| Productosa clientesaregiones | 3 | Camión Tolva | 6 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/Regiones (autopistacentral-autopistaVespucioExpress,rutas68, rutas78,rutas5nortey5sur) |
| Residuos | 1 | Chasis Volcador | 1 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/SanBernardo (IDEACORPCatemitovía AutopistaCentral) |
| Residuos | 1 | Chasis Liviano | 5 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/SanBernardo (IDEACORPCatemitovía AutopistaCentral) |
| Residuos | 1 | Chasis Tanque | 1 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/SanBernardo (IDEACORPCatemitovía AutopistaCentral) |
| Residuos | 1 | Camioneta | 1 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/SanBernardo (IDEACORPCatemitovía AutopistaCentral) |
| Productosa clientesaregiones | 3 | Camión Tolva | 6 | PlantaubicadaencomunadeCerrillos/Regiones (autopistacentral-autopistaVespucioExpress,rutas68, rutas78,rutas5nortey5sur) |
| Total | 53 | - | 59 | - |
a.6. Incorporación del Pozo de Agua: Se considera regularizar la construcción de un pozo de agua, el cual abastecerá el agua para el riego de áreas verdes y para la dotación de los estanques del sistema de control de incendio. Para lo cual, se construyó un pozo de agua de 109 metros de profundidad, entubado con cañería de acero de diámetro D= 6”. Los detalles técnicos del pozo se adjuntan en Anexo N°2 de la DIA.
De acuerdo al Anexo N°3 de la DIA, el proyecto cuenta con un caudal total de 15 L/s y un volumen de extracción de 473.040 m3/año, cuyas aguas se captan actualmente desde un pozo de origen, cuyos derechos se encuentran inscritos a fojas 97 N°104 del Registro de Propiedad de Aguas del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1991. Al respecto, el titular presenta la solicitud de modificación del punto de captación, presentada con fecha 07 de julio de 2013 ante la Dirección de Aguas RM. El cambio de punto de captación de los derechos de aprovechamiento de aguas, se solicita hacia un pozo destino, ubicado en un predio en la comuna de Cerrillos, específicamente sus coordenadas UTM Datum 56 son: Norte 6.289.651 y Este 341.661
a.7. Maquinarías y Equipos: En el Anexo 2.13 “Listado de Maquinaría por Línea” de la Adenda N°1, se informa el detalle de las maquinarias del proceso productivo a utilizar durante la fase de operación. Sobre la base de lo anterior el almacenamiento de (materia prima y/o insumos) será efectuado con apoyo de los siguientes equipos:
i. Bodega:
Grúa Horquilla: 2 unidades; Transpaletas mecánicas: 2 unidades; Elevador de pallets eléctrico: 1 unidad.
ii. Interior de Planta:
Transpaletas mecánicas: 25 unidades; Carros manuales trasporte masas de chicles: 28 unidades; Transpaletas eléctricas: 6 unidades.
a.8. Residuos Industriales Líquidos (RILES):El proceso productivo, genera residuos industriales líquidos, básicamente en las operaciones de lavado depisos y equipos. Estos residuos, promedian los 8075 m3/mes (caudal máximo 9775 m3/mes o 326 m3/día) y sus principalesparámetros presentan los siguientes valores:
Tabla N°13: Principales Parámetros de los Riles.
| Parámetro | Concentración |
| DBO5 | 987 |
| SS | 49 |
| NH4+ | 0,46 |
| P | 0,93 |
| DQO | 1.608 |
Cabe señalar, que el volumen máximo de 326 m3/día a descargar corresponde a una estimación esperada según la producción de la planta con las modificaciones incorporadas.
De acuerdo al cambio propuesto, para la disposición de los riles, lo cual comprende la postergación de la construcción y operación de la planta de riles contemplada en el proyecto original.
De acuerdo a lo anterior, se realizará un programa de autocontrol, consistente en dos muestras compuestas mensuales tomadas en la cámara de muestreo antes de la conexión al sistema de alcantarillado.
El programa de monitoreo se basa en lo expresado en al artículo 6.3 del D.S. 609/98, el cual señala que la frecuencia de las tomas de muestras. Según los procedimientos de monitoreo y los controles establecidos en la normativa antes señalada, aquellas fuentes emisoras que descargan un volumen entre 200 y 1000 m3/día, deberán realizara 1 control mensual.
De acuerdo a lo anterior, el titular deberá realizar un programa de autocontrol, que contemplará dos muestras compuestas mensuales tomadas en la cámara de muestreo antes de la conexión al sistema de alcantarillado. El monitoreo considerará al menos los siguientes parámetros principales: DBO5, SS, ST, N, pH y Temperatura.
Además, el titular informará a la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) del inicio de la operación de la planta para que ésta emita la resolución de monitoreo correspondiente.
Complementariamente, de acuerdo a lo informado por el Titular en el punto N°2.6 de la Adenda N°2 la generación de RILES, se mantiene durante todo el día, siendo la mayor generación a las 7 am y 22 pm, lo cual se puede observar en la siguiente tabla.
Tabla N°14: Porcentaje de Generación de Riles durante el día
| HORAS | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
| %GENERACIÓN DE RILES | 30 | 40 | 40 | 50 | 60 | 70 | 100 | 80 | 90 | 90 | 70 | 85 |
| HORAS | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 |
| % GENERACIÓN DE RILES | 70 | 60 | 90 | 70 | 80 | 60 | 50 | 90 | 80 | 100 | 90 | 60 |
Todos los monitoreos serán realizados por laboratorios autorizados y certificados por el Instituto Nacional de Normalización (INN), quienes serán los encargados de realizar el procedimiento de toma de muestra in – situ, en los puntos de monitoreo.
i. Sistema de Conducción y Control de RILEs.
Se contará con un diseño de sistema de conducción y control de los residuos para los líquidos generados en las operaciones de lavado de pisos y equipos. El cual deberá incorporar canaletas de contención con pendientes para asegurar el escurrimiento e impermeabilidad de las componentes y para impedir eventuales escurrimientos hacia áreas no deseadas.
ii. Estanque Ecualizador.
El proyecto implementará unidades de pretratamiento previo a la descarga al alcantarillado, dichas unidades corresponden a un estanque de ecualización, canastillos con filtro (en cada descarga dentro de la planta y uno antes del ecualizador) y una trampa de grasa.
Los residuos sólidos de los filtro serán retirados en forma manual y llevados en contendores hacia el área de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos y los restos de la trampa de grasa serán retirados por un camión tipo limpia fosa para ser llevados a destino autorizado.
En los casos en que no se pueda descargar al alcantarillado se acumularan los Riles temporalmente en el estanque ecualizador, cuyas dimensiones son: largo 2 m, ancho 2,5 m, alto 8 m y su volumen útil es de 40 m3, por lo tanto permitirá acumular por un periodo de 3 horas (considerando el caudal máximo descargado). El estanque será construido de hormigón y cubierto con pintura epóxica.
Además, se contará con un Plan de Contingencias que considerará las siguientes acciones:
a) Flexibilidad productiva: se podrá modificar o incluso detener los procesos productivos.
b) Sistemas de limpieza: se podrá manejar los periodos de limpieza para disminuir la cantidad de agua a utilizar y por ende los Riles generados.
c) Disposición vía terceros (sitio autorizado): se podrá contratar una empresa especializada que retire los Riles del estanque ecualizador, mediante camiones aljibes, para ser tratados en lugares autorizados.
a.9. Instalaciones Generales del Proyecto.
a.9.1. Patio de Residuos Domésticos y Residuos Industriales Sólidos: El proyecto considera la acumulación transitoria de los residuos sólidos no peligrosos que se generarán durante la operación del proyecto, en bins, jaulas, contenedores, racks, tambores o pallets. Para manipular los residuos no peligrosos de forma más simple e higiénica se contará con un compactador, una enfardadora, un triturador de plástico y un volteador.
Todos los residuos provenientes de las actividades del casino (cocina y comedores del personal), poda de árboles y corta de césped son asimilables a residuos domiciliarios. Los residuos domésticos o asimilables, poseen potencial de reciclaje o recuperación. Se estima una cantidad máxima de 41.730 Kg/mensual de residuos a generar.
Todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales de la planta y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no pueden asimilarse a los residuos sólidos domésticos (DS N°745/92 del Ministerio de Salud).
El patio de residuos no peligrosos considera una construcción con piso lavable y no poroso de hormigón de 625 m2, posee canaletas donde circula el agua que se utiliza para el lavado de la superficie, el piso será resistente al tránsito de camiones y al peso de contenedores de la envergadura del compactador de basura.
a.9.2. Bodega de Residuos Peligrosos: Los residuos peligrosos, serán almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos (respel), especialmente habilitada para ello, en recipientes apropiados según cada tipo de residuos.
La bodega de Residuos Peligrosos considera un piso continuo, sólido, lavable, no poroso, impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos. El techo será liviano y con un cierre perimetral de estructura sólida, de 3 metros de altura como mínimo, ambos (techo y cierre), deben proteger a los residuos peligrosos almacenados de las inclemencias del tiempo (viento, lluvia, radiación solar, etc.)
El área y contenedores de almacenamiento contará con señalética de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93 “Transporte de Sustancias Peligrosas - Distintivos para identificación de Riesgos”. Se delimitarán físicamente las zonas de almacenaje específicas dentro de la bodega con líneas amarillas en el piso o reja de división para cada residuo. El almacenamiento no obstruirá las vías de ingreso y evacuación.
a.9.3. Bodega de Esencias Inflamables: La Bodega de Sustancias Inflamables deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por el D.S. N°78/2009 del MINSAL.
Los muros adyacentes de la bodega de sustancias inflamables serán del tipo RF 180, y los otros 2 muros serán RF 120. En cuanto a la puerta de carga y descarga será del 75% de la resistencia al fuego de los muros que la contienen.
a.9.4. Talleres: El proyecto implementará 4 tipos de talleres los cuales se describen a continuación:
i. Taller de mantenimiento (Interior Planta):
En el cual se realizarán trabajos de mantenimiento y reparaciones menores, para desarrollar estos trabajos se utilizarán 1 Taladro pedestal, 1 Esmeril pedestal.
ii. Taller de Instrumentación (Interior Planta):
Se realizarán trabajos de mantenimiento y reparaciones a tarjetas o unidades electrónicas (soldaduras estaño).
iii. Taller de Ingeniería (Exterior Planta en el predio del proyecto): se realizarán trabajos de mantenimiento y reparaciones menores, para desarrollar estos trabajos se utilizaran 1 Taladro pedestal, 1 Esmeril pedestal.
iv. Taller General (área servicios):
En el cual se realizarán trabajos de fabricación (corte y soldadura) y cambios de aceite. Para desarrollar estos trabajos se utilizara 01 Torno, 01 Fresa, 01 Esmeril pedestal y Sala de Soldadura.
a.9.5. Combustibles: Para el funcionamiento del proyecto, se consideran 4 estanques de combustible los cuales se pueden observar en la siguiente tabla, el detalle de la ubicación se puede observar en la figura “Ubicación de Estanques” indicada en el punto 3.2.17 de la Adenda N°1:
Tabla N°15: Cuadro Resumen Estanques
| Tipo | Formade Almacenamiento | Capacidad | Instalación | Ubicación | Medidasde Control deRiesgos |
| Diésel | Estanque | 0,9 m3 | Superficial | Exterior Edificio de Servicios | Pretiles, señalética, extintores y red húmeda |
| Diésel | Estanque | 0,9 m3 | Superficial | Exterior Edificio de Servicios |
| Diésel | Estanque | 200 L | Superficial | Exterior Tanque de Agua Incendios |
| Diésel | Estanque | 20 m3 | Superficial | Exterior Patio Estanques |
Además de diésel, la planta utilizará como combustible Gas Natural, el cual no tendrá estanque debido que la alimentación será provista directamente por proveedor METROGAS.
a.9.6. Fuentes Fijas: A continuación se presenta mediante cuadros de resumen en KVA la potencia total instalada de:
Los cambios productivos indicados en el considerando 3° de la presente resolución, involucrarán modificaciones en el número de las fuentes fijas originalmente proyectadas para la planta de General Velásquez, en la siguiente tabla, se indican las fuentes fijas del proyecto original, de acuerdo a la RCA N°664/98:
Tabla N°16: Fuentes Fijas Proyecto Original.
| Equipos | Capacidad |
| Caldera de Agua 1 | 1.000 MCal/h |
| Caldera de Agua 2 | 1.000 MCal/h |
| Generador 1 | 1.000 KVA |
| Generador 2 | 1.070 KVA |
| Horno de Cocción 1 | 1.000 Kg/h |
| Horno de Cocción 2 | 1.000 Kg/h |
| Horno de Cocción 3 | 1.200 Kg/h |
Debido a la eliminación de las líneas de galletas conllevan la disminución de los hornos de cocción considerados inicialmente en el proyecto, se eliminarán 3 hornos, que se consideraba trasladar de planta Arauco a planta General Velásquez, y se incorporará 1 horno nuevo. Originalmente también se consideraba trasladar 2 calderas de agua, lo que no se realizará, y se incorporarán 2 calderas de agua nuevas y se agregará 1 caldera de vapor nueva. Además, a los 2 grupos generadores considerados originalmente, se instalarán dos grupos generadores diesel nuevos de 500 KVA cada uno. De esta forma, las instalaciones quedarán con las siguientes fuentes fijas:
Tabla N°17: Fuentes Fijas Definitivas.
| Equipos | Capacidad | Estado Final |
| Caldera de Agua 1 | 1.000.000 Kcal/h | Nuevo |
| Caldera de Agua 2 | 1.000.000 Kcal/h | Nuevo |
| Generador 1 | 1.000 KVA | Traslado |
| Generador 2 | 1.070 KVA | Traslado |
| Generador 3 | 500 KVA | Nuevo |
| Generador 4 | 500 KVA | Nuevo |
| Horno de Cocción | 516.000 Kcal/h | Nuevo |
| Caldera a Vapor | 4.000 Kg V/h | Nuevo |
a.9.7. Solución Aguas Lluvias: El proyecto considera evacuar las aguas lluvias mediante drenes insertos en una zanja de evacuación de las aguas. La zanja estará situada en forma paralela a la construcción del proyecto.
La solución a la evacuación y drenaje de las aguas lluvias antes descrita, considerará las características del sitio de emplazamiento, y cumplirá con los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y a las indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.
b. Las Principales Descargas, Emisiones y Residuos de la Fase de Operación son:
b.1. Emisiones Atmosféricas: Durante la fase de operación del proyecto, las principales emisiones atmosféricas están dadas por la suma de las emisiones producidas por las fuentes fijas del proyecto.
Todos los cálculos realizados, así como también, los parámetros y los factores de emisión que se utilizaron para las estimaciones, se especifican en el Anexo N°1.5 “de la Adenda N°2.
Tabla N°18: Resumen de Emisiones durante la fase de operación, Ton/año.
| | MP10 | NOX | SOX |
| InstalaciónExistente(PlantaubicadaencalleArauco). | 0,3539 | 13,2192 | 0,2791 |
| ProyectoPlantaGeneralVelásquezconModificación. | 0,9965 | 15,9449 | 0,4647 |
| EmisionescorrespondientesalProyectoDefinitivo | 0,6426 | 2,7257 | 0,1856 |
b.2. Residuos Sólidos Industriales: En el Anexo 1.4 de la Adenda N°2 se adjunta la caracterización de los residuos sólidos generados por la fase de operación del proyecto.
Se estima una cantidad máxima de residuos a generar (Kg/mes) de:
ü Cartón: 29.150 Kg/mes.
ü Plástico: 16.184 Kg/mes.
ü Metales: 1.695 Kg/mes.
ü Vidrio: 200 Kg/mes.
ü Madera: 150 Kg/mes.
ü Decomiso: 16.732 Kg/mes.
ü Masa Chicle: 15.350 Kg/mes.
b.3. Residuos Peligrosos:Se estima una generación máxima mensual de residuos peligrosos a generar de:
ü Envases Vacíos: 189 Kg/mes.
ü Aceites: 1.100Kg/mes.
ü Sólidos: 28 Kg/mes.
ü Solventes: 76 Kg/mes.
ü Pilas y Baterías: 67 Kg/mes.
ü Enfermería: 2 Kg/mes.
3.7.3. Fase de abandono del proyecto.
El proyecto no considera fase de abandono.
4. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y en las Adenda N°1 y Adenda N°2, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Suelo (residuos sólidos, sustancias peligrosas), Agua (efluentes líquidos, agua potable, aguas lluvias), Patrimonio Arqueológico y Vialidad Adyacente.
5. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
5.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas:
El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del proyecto:
5.1.1 Dar cumplimiento en todo momento al Decreto Supremo N°66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia o el que lo reemplace, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana, de acuerdo a lo informado en el Anexo 1.5 del Adenda N°2, el proyecto no requiere compensar sus emisiones, debido a que las emisiones correspondientes al proyecto definitivo, no superan los límites establecidos en el artículo 98 del citado D.S.
5.1.2 Dar cumplimiento en todo momento a lo señalado en el D.S. Nº144/1961, del Ministerio de Salud, que establece “Normas para evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza” o el que lo reemplace.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de Construción:
5.1.3 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, en lo referente a las siguientes medidas:
i. Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
ii. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
iii. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
iv. Lavar el lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
v. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
vi. Cuando corresponda, evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
vii. Instalar una tela en la fachada de la obra, de manera total o parcial, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.
5.1.4 Cumplir el Decreto Supremo Nº75 de 1987 del Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
5.1.5 Cumplir con lo estipulado en el Decreto Supremo Nº18 de 2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, o el que lo reemplace, que prohíbe la circulación de vehículos de carga al interior del Anillo Américo Vespucio en determinados horarios.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de Operación:
5.1.6 Dar cumplimiento a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº138 de 2005 del Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace, que “Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica”.
5.1.7 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°4/1992, Ministerio de Salud, sobre la “Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales”.
5.1.8 Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº48/1984, Ministerio de Salud, Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor, o aquel que lo reemplace.
5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a Emisiones de Ruido, el titular se obliga:
En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:
5.2.1 Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. Nº 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborado a partir de la Revisión del Decreto Supremo N° 146/97, del Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia, o el que lo reemplace, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor sensible al ruido (Comunidad vecina).
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de Operación:
5.2.2 La totalidad de las fuentes indicadas en la Tabla N°2 “Fuentes de Ruido Predominantes Planta Dos en Uno Interior Galpón” del Estudio Acústico contenido en el Anexo N°2 de la Adenda N°1 de la DIA, deberán estar dispuestas al interior del galpón proyectado en el proyecto.
5.2.3 El galpón será materializado en la parte inferior con Paneles de Hormigón Premoldeado PREF-IVO de 20 cm. de espesor y en la parte superior con vidrio termopanel de 2” de espesor. La materialidad deberá presentar una atenuación, en términos del parámetro STC, mayor que 37 dB.
5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referidas a Residuos Sólidos, el titular se obliga:
En todo momento, el titular se obliga a lo siguiente:
5.3.1 Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo Nº148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace.
5.3.2 Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo Nº594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.
5.3.3 Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley Nº725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de Construcción:
5.3.4 Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM.
5.3.5 Los residuos sólidos inertes generados por excavaciones, deberán ser eliminados en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
5.3.6 Los escombros de la construcción serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.
5.3.7 Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.
5.3.8 Disposición de los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en lugares autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos. 5.3.9 Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.asrm.cl. 5.3.10 Se deberá solicitar ante la Seremi de Salud RM la autorización para la disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados por la actividad, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del DS Nº594/99.
5.3.11 En el caso de que se identifiquen durante la demolición materiales que contengan asbestos, se deberá dar cumplimiento a todos los procedimientos sectoriales establecidos por la Seremi de Salud RM y su disposición se realizará en un lugar autorizado según su clasificación.
5.3.12 Los residuos sólidos de la construcción por escombros y por excavaciones generados en la fase de construcción que serán enviados a un sitio autorizado, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como pinturas, solventes, entre otros., elementos que pueden causar un detrimento en la calidad de la napa debido a su lixiviación, por lo que se deberá mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definas para ello.
En la fase de operación, el titular se obliga a lo siguiente:
5.3.13 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados.
5.3.14 Durante la fase de operación del proyecto, se generarán residuos asimilables a domésticos, los cuales serán dispuestos en recipientes destinados para estos fines y retirados por los camiones del servicio de aseo de la Ilustre Municipalidad de Cerrillos y serán dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.
5.3.15 Dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en Decreto Supremo Nº148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace.
5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referidas a Sustancias Peligrosas, el titular se obliga a:
5.4.1 Dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en D.S. Nº78 de 2009 del MINSAL que “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”, o el que lo reemplace.
5.4.2 Dar cumplimiento en todo momento a lo establecido en el Decreto Supremo N°298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones el cual “Regula los Procedimientos para el Transporte de Cargas de Sustancias que por sus Características sean Peligrosas o Representen Riesgos para la Salud, la Seguridad y el Medio Ambiente”.
5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas a Residuos Líquidos, el titular se obliga:
5.5.1 Dar cumplimiento en todo momento del Decreto Supremo N°594 de 1999 del MINSAL, que aprueba el Reglamento sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”.
5.5.2 Dar cumplimiento a los límites máximos de la Tabla N°4 del D.S. N°609/98 sobre la “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”.
5.5.3 Contará con un Plan de Contingencias, en caso de no cumplimiento de los límites de emisión, el cual considerará lo siguiente:
a. Flexibilidad productiva: se podrá modificar o incluso detener los procesos productivos.
b. Sistemas de limpieza: se podrá modificar el sistema de limpieza para disminuir la cantidad de agua a utilizar y por ende los Riles generados.
c. Sistema de acumulación: se contará con el estanque ecualizador para acumular temporalmente los Riles.
d. Disposición vía terceros (sitio autorizado): se podrá contratar una empresa especializada que retire los Riles del estanque ecualizador, mediante camiones aljibes, para ser tratados en lugares autorizados.
5.5.4 Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley N°19.525 del MOP, Regula Sistemas de Evacuación Y Drenaje de Aguas Lluvias.
5.6 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a:
5.6.1 En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N° 26 y 27 de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto.
5.7 Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a:
5.7.1 Deberá presentar sectorialmente a la SEREMITT-RM una actualización del Estudio Vial realizado el año 1998 mediante un Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU) el cual deberá ser consistente con la presente resolución.
5.7.2 Realizar e implementar todas las medidas de gestión vial que se desprendan de la evaluación y respectiva aprobación del EISTU de la “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”.
5.7.3 Contar con la aprobación del EISTU, previo a la recepción final del proyecto, y previo a la fase de operación del mismo.
5.7.4 Dar cumplimiento al DFL Nº 850/1997, Artículo 30, Materia Regulada, Prohíbe la circulación por caminos públicos de vehículos de cualquier especie que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos en las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
5.7.5 Operar, para el traslado de materiales, con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto Supremo N°158 de 1980, que “Fija Peso Máximo de Vehículos que Pueden Circular por Caminos Públicos” del Ministerio de Obras Públicas, o el que lo reemplace.
5.7.6 Presentar sectorialmente a la Seremi de Transportes y Telecomunicaciones RM, la soluciones para el tránsito peatonal y vehicular (medidas de gestión vial, producto de la operación del proyecto), a través del ingreso a la SEREMITT-RM ubicada en Serrano 89, Santiago Centro.
5.8 Otras consideraciones relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto.
5.8.1 Respecto a la Electricidad y Combustible, el titular dará cumplimiento a lo siguiente:
5.8.1.1 El almacenamiento de combustibles líquidos y el abastecimiento tanto a los tanques superficiales de petróleo diésel como a los grupos electrógenos, deberán cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo N°160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.
5.8.1.2 Los generadores eléctricos de 500 KVA deberán contar con sus correspondientes Certificados de Aprobación emitidos por un Organismo de Certificación autorizado por la Superintendencia de Electricidad y Combustible, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.
5.8.1.3 Respecto de los tanques superficiales de petróleo diésel, el titular deberá declarar la instalación asociada a dichos tanques ante la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mediante personas naturales o jurídicas con los conocimientos y competencias necesarios para ello, de acuerdo a los procedimientos de Notificación de Obras (Oficio Circular SEC N°2083 de 1998) y al establecido en la Resolución Exenta SEC N°1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia”, y el Trámite de Combustibles TC4 “Declaración de Instalaciones de Combustibles Líquidos”.
5.8.1.4 Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N° 1128, de 2006, citada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
5.8.1.5 Los transformadores que se instalen deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta Nº 610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos".
5.8.1.6 Las instalaciones interiores de gas deberán cumplir con lo establecido en el Decreto Supremo N°66, de 2007, que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas”, ambos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, instalaciones que previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mediante instaladores de gas, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establece el Decreto Supremo N°191, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N°1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta Nº 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta Nº 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia”, y los Trámites de Combustibles TC6 “Declaración Instalaciones Interiores de Gas” y TC7 “Declaración Instalaciones Industriales de Gas”.
5.8.1.7 Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustible, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S N°92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos” de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N°1128, de 2006, citada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
5.8.1.8 Los transformadores que se instalen deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta Nº610, de 1982, de SEC "Prohíbe el uso de PCB en equipos eléctricos".
6. En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho reglamento:
6.1 El Permiso Ambiental Sectorial del Artículo N°93 del D.S. N°95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde a la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N°725 de 1967, Código Sanitario.
Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA (Anexo N°2), Adenda N°1 pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio Nº557 de fecha 16 de enero de 2014, condicionado a lo siguiente:
6.2 En relación al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo N°94 del D.S. N°95 de 2001 del Minsegpres, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental relacionado con calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere al artículo 4.14.2. del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y Construcciones.
Al respecto, el titular ha entregado todos los antecedentes necesarios y se califica el proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” de MOLESTA.
6.3 Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA (Anexo N°2), Adenda N°1, Adenda N°2, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio Nº 557 de fecha 16 de enero de 2014, condicionado a lo siguiente:
Fase de Operación:
a) La bodega de productos inflamables (esencias) de carácter adyacente, deberá contar con muros perimetrales de resistencia la fuego RF 120 y muros comunes de resistencia al fuego RF 180, con materiales resistentes a la acción del agua e incombustibles que estén en el Listado Oficial de Comportamiento al Fuego de Elementos y componentes de la Construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Resolución Exenta Nº6510 del 16.08.2012. Para la sala de baterías la materialidad de los muros perimetrales y comunes deben estar en el mismo listado.
7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.
8. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
9. Que, el titular del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”, deberá cumplir con lo establecido en la Resolución N°1.518, publicada en el Diario Oficial el 06 de enero de 2014, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Exenta Nº574 de 2012, o aquella que la reemplace.
10. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta N° 233, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013, que instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en planes de prevención y/o descontaminación respecto de fuentes emisoras estacionarias, o aquella que la reemplace.
11. Que, el titular del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”, deberá cumplir con lo establecido en la Resolución Exenta N°234 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 21 de marzo de 2013, la cual instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en norma de emisión de contaminantes a la atmósfera que indica aplicables a fuentes estacionarias.
12. Que, el titular del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”, deberá cumplir con lo establecido en el D.S. N°1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, o aquel que lo reemplace, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl), una vez que éste se encuentre operativo. Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
13. Que, el titular del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
14. Que, el titular del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.
15. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
16. Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.
17. Que, en lo no modificado por el presente proyecto, continua plenamente vigente las medidas establecidas en la RCA N° 664/98, del 03 de Diciembre de 1998 de la Comisión Regional del Medio Ambiente Región Metropolitana, que califica ambientalmente favorable el proyecto DIA “Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”.
18. Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Modificación al Proyecto Industrial General Velásquez Dos en Uno S.A.”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
19. Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.