VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
DIRECCIÓN EJECUTIVA

Califica Ambientalmente el proyecto "TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, TRANSALTISA CHILE LTDA"

Resolución Exenta Nº 0243/2014

Santiago, 28 de Marzo de 2014



VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda.” presentada por el señor Máximo Cornejo Paredes, en representación de Transaltisa Chile Ltda., con fecha 19 de julio de 2013.

2. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de la Evaluación de Impacto Ambiental (ICE), de la DIA del Proyecto “Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda.”.

3. Los demás antecedentes acompañados al expediente de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda.”.

4. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el artículo 2º del D.S. N° 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

 

CONSIDERANDO:

1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda.” (en adelante, el Proyecto).

 

2. Que, el derecho del Titular a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la administración del Estado.

3. Que, según los antecedentes señalados en la DIA, el Proyecto consiste en el transporte terrestre de sustancias peligrosas de las categorías 1, 5 y 6 de acuerdo a la NCh 382 Of. 2004, desde diferentes plantas de origen hacia distintos puntos de destino, principalmente faenas mineras.

 

3.1. Tipología de Proyecto:

El Proyecto corresponde a la tipología de los literales ñ.1 y ñ.3 del artículo 3 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 95 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), referente a:

ñ.1) Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres, de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a doscientos kilogramos mensuales (200 kg/mes), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 6.1 de la NCh 382.Of. 04.

ñ.3) Producción, almacenamiento, disposición, reutilización o transporte por medios terrestres de sustancias explosivas que se realicen durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a 2.500 kg/día, entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en la Clase 1.1 NCh 382. Of. 04.

 

3.2. Ubicación del Proyecto:

El Proyecto se realizará por las siguientes regiones y comunas del país:

Tabla 1: Regiones y comunas involucradas en el Proyecto

Nombre de la Región

Comunas

Región de Arica y Parinacota

Arica y Camarones.

Región de Tarapacá

Pozo Almonte, Pica, Huara y Iquique.

Región de Antofagasta

Antofagasta, Calama, María Elena, Sierra Gorda, Taltal, Tocopilla y Mejillones.

Región de Atacama

Chañaral, Copiapó, Diego de Almagro, Tierra Amarilla, Vallenar y Huasco.

Región de Coquimbo

Andacollo, Canela, La Higuera, La Serena, Salamanca, Coquimbo, Ovalle y Los Vilos.

Región de Valparaíso

La Ligua, Papudo, Zapallar, La Calera, Llay Llay, Panquehue, Los Andes, Nogales, Calle Larga, San Felipe, Rinconada, Hijuelas, Casablanca, Valparaíso, Cartagena y San Antonio.

Región del Libertador General Bernardo O`Higgins

San Francisco de Mostazal, Codegua, Rancagua, Machalí, El Olivar, Graneros y Las Cabras.

Región Metropolitana

Alhué, Melipilla, Buin, Paine, San Bernardo, Maipú, Pudahuel, Quilicura, Quinta Normal, Santiago, Estación Central, El Monte, Talagante, Peñaflor, Calera de Tango, Conchalí, Huechuraba, Lo Espejo, Pedro Aguirre Cerda, Cerrillos, Renca, San Pedro, Padre Hurtado, Colina, Lampa, Tiltil y Curacaví.

 

3.3. Monto de la inversión:

Se estima que el monto de inversión será de US$ 2.050.000.

 

3.4. Vida útil:

El Proyecto tendrá una vida útil de carácter indefinida. Lo anterior, debido a que la flota de vehículos puede ser renovada y sus partes podrán ser reemplazadas.

 

3.5. Mano de obra:

La mano de obra con que contará la empresa para la ejecución del Proyecto será la siguiente.

Tabla 2: Descripción de la mano de obra involucrada en el Proyecto

 

Mano de obra

Cantidad

Personal administrativo

10

Conductores

20

Vigilantes privados

5

TOTAL

35

 

3.6. Descripción del Proyecto o Actividad:

3.6.1. Definición del Proyecto:

El Proyecto consiste en el transporte terrestre de sustancias peligrosas de las categorías 1, 5 y 6 de acuerdo a la NCh 382 Of.2004, desde diferentes plantas de origen hacia distintos puntos de destino, principalmente faenas mineras ubicadas en el norte de Chile, así como también hacia Perú a través del paso fronterizo de Chacalluta y hacia Argentina por la ruta R-31 mediante el paso fronterizo San Francisco.

En las oficinas de la empresa Transaltisa Chile Ltda. ubicadas en la comuna de Santiago y Antofagasta, se contempla realizar sólo labores de tipo administrativas, programación de rutas, coordinación de reunión con clientes y representación de la empresa en Chile. La empresa no contempla realizar actividades de mantención, reparación y lavado de vehículos, lavado de silos, lavado de camiones, dichas labores se realizarán única y exclusivamente en los talleres de servicios autorizados de las marcas oficiales de los camiones de la flota de la empresa.

 

3.6.2. Antecedentes de la sustancia a transportar:

En la siguiente tabla se presentan las sustancias a transportar, respecto a su nombre comercial, nombre oficial (según la Norma Chilena 382/Of. 2004), número de Naciones Unidas (NU) y la clase a la cual pertenece, de acuerdo al tipo de riesgo que genera cada una, y clasificada según sus características como explosivos, comburentes y tóxicos.

Tabla 3: Nombre y Clasificación de las Sustancias a Transportar.

Nombre Oficial NCh 382

Nombre Comercial sustancia

Nº NU

Clase

Explosivos (Clase 1)

Nitrocarbonitratos

ANFO

0331

1.5 D

Explosivos para voladura tipo A

Dinamitas Pulverulentas

0081

1.2 D

Petardos multiplicadores

Pentolitas

0042

1.2 D

Tetranitrato de pentaeritrita

PETN

0150

1.1 D

Trinitrotolueno (TNT)

TNT

0209

1.1 D

Explosivos para voladura tipo E

ENALINE CN, CH, CP

0241

1.1 D

Explosivos para voladura tipo E

EMULTEX PG, P1, P2

0332

1.5 D

Explosivos para voladura tipo E

EMULTEX RS100D

0332

1.5 D

 

Detonadores pirotécnicos

Detonadores No Eléctrico

0360

1.1 B

Cordón Detonante

0065

1.1 D

Mecha de Seguridad

0105

1.4 S

Fulminantes Simple

0029

1.1 B

Comburentes (Clase 5)

Nitrato amónico

Nitrato de amonio prillado sin aditivo.

1942

5.1

Nitrato amónico fertilizante Nasa

Nitrato de amonio fertilizante

2067

5.1

Emulsión matriz de nitrato de amonio.

Matriz ae-57-6

3375

5.1

Solución de nitrato amónico líquido

Nasol

2426

5.1

Solución de nitrito de sodio

Nitrato de nitrito de sodio.

1500

5.1

Gases Tóxicos (Clase 6)

Cianuro de sodio sólido

Cianuro

1689

6.1

 

El Titular presentó las respectivas HDST en los Anexo N° 2 de la Adenda N°1 y Anexo N° 1 de la Adenda N° 2.

3.6.3. Partes, acciones y obras físicas:

3.6.3.1 Carga y descarga: 

Las actividades de carga y descarga no forman parte del Proyecto, dado que serán realizadas por el expedidor y destinatario de la sustancia. Asimismo, los conductores respetarán las siguientes reglas básicas para las labores de carga y descarga:

  • Estar capacitados en el procedimiento, características del producto y de las normas que aplica.
  • Mantener el área de carga limpia y despejada.
  • Revisar que los equipos de emergencia propios de estas actividades se encuentren operativos antes de realizar la carga y descarga, de no ser así se detendrá la maniobra.
  • El personal asociado a esta actividad deberá usar el equipo de protección personal designado para ello.
  • Permanecer durante la carga y descarga, con el motor detenido, con su freno de mano activado y con cuñas en su tren delantero, acuñar el camión al semirremolque del camión y conectar a tierra, mediante el clip de conexión.
  • Permanecer atento a las maniobras y no podrá estar realizando otras actividades, como mantención, revisión o limpieza del camión.

 

Asimismo, el Titular indica en el numeral 1.11 de la Adenda N° 1 que se utilizará un checklist (Ver Anexo N°3 de la Adenda N°1), con la finalidad de revisar las condiciones adecuadas de estiba y embalaje de las sustancias peligrosas, previo al despacho.

Mayores antecedentes se presentan en numeral 2.4.1 y 2.4.3 de la DIA.


3.6.3.2. Transporte:

El transporte se iniciará desde el momento en que sale el camión de la planta de origen o de la zona de carga de las sustancias y/o explosivos, desde las plantas expendedoras y culminará al momento en que el camión o tractocamión ingrese a la planta o faena de destino de las sustancias, donde se procederá a realizar la descarga. Las plantas de origen y destino se encuentran descritas en el Anexo 2 de la Adenda N° 3.

Los horarios de descarga serán los establecidos por los clientes destinatarios, si fuera necesario estacionar y esperar para descargar, se utilizarán las áreas que la empresa destinataria disponga para tal finalidad.

Las medidas generales de seguridad que se establecerán para el transporte de las sustancias, son las mencionadas en el punto 1.9.3.2 del ICE, además de aquellos procedimientos adoptados en el “Procedimiento de emergencias en Carretera” se encuentran en el Anexo N° 4 de la Adenda N° 2.

Mayores antecedentes respecto de las restricciones, precauciones y horarios que se considerarán para el transporte de las sustancias, se presentan en los numerales 2.5.4 y 2.6 de la DIA

Además, el Titular indica en el numeral 1.12 de la Adenda N° 1, que el transporte de los productos se realizará siempre de forma separada, es decir, los despachos con productos de tipo explosivos se transportarán solos en un vehículo. En el caso del nitrato y emulsiones de clase 5, se transportarán en tractocamiones con silos, los cuales se utilizarán exclusivamente para este tipo de producto. En ningún caso, se operará con la combinación de las cargas.

 

3.6.3.3. Rutas a Utilizar:

El transporte se efectuará utilizando las rutas señaladas en el Anexo 3 de la Adenda N° 3 (ver detalles en mapas adjuntos en Anexo 4 de la Adenda N° 3).

Tabla 4: Rutas a utilizar

Comunas (de origen, paso y destino)

Rutas a Utilizar debidamente identificadas (rol, número y nombre)

Instalación de origen o lugar de carga

Instalación de destino o lugar de descarga

Sustancia

Cantidad/ tiempo  (ej: kg/mes)

Frecuencia (ej: viajes / mes)

Arica, Camarones, Huara,  Pozo Almonte, María Elena,  Sierra Gorda; Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; Manuel Castillo,  Capitán Avalos, Libertador O’Higgins; Av. Antonio José Sucre, Juan José San Martín, Av. Horizonte, Sector Gallinazo; hacia Perú por Paso Chacayuta 

Planta Orica La Portada, Antofagasta.

Arica (Gallinazo)

Listado A.

200

10

Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH: C-35; C-391; R-5.

Atacama Kozan

Listado A.

70

4

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH: C-35.

Mina Candelaria

Listado A.

200

10

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400 ; R-5; 25; R-24; B-149

Mina Chuquicamata 

Listado A.

80

4

Machalí, Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, Lo Espejo, Cerrillo, PAC, Maipú; Santiago, Quinta Normal, Renca, Conchalí, Quilicura, Lampa, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5;C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; R-70; R-74; R-5; H-35; H-265; H-25

Mina El Teniente

Listado A.

120

6

Antofagasta

B-446, R-1; B-400; R-5; B-55.

Mina Zaldívar

Listado A.

50

3

Sierra Gorda, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

40

2

Salamanca, Illapel, Los Vilos; Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-391 ; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; R-47, D-81; D-835; D-871.

Mina Los Pelambres

Listado A.

1200

60

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.   

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35.

Ojo del Salado

Listado A.

60

3

Sierra Gorda, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5; R-25.

Pampa Blanca (SQM)

Listado A.

80

4

María Elena,  Sierra Gorda; Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5; B-180.

Pedro de Valdivia

Listado A.

100

5

Calama, María Elena, Tocopilla; Mejillones; Antofagasta.

B-446, R-1; R-24; B-149

Radomiro Tomic

Listado A.

2000

100

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.   

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH; C-341; C-605;  C-611.

Refugio

Listado A.

200

10

Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.   

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-183.

Mina El Salvador

Listado A.

500

25

Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5; B-410.

Sierra Miranda

Listado A.

50

3

Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5.

SQM Nueva Victoria

Listado A.

30

2

Lampa, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; G-136.

Planta Orica Lampa

Listado A.

1500

75

Andacollo, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5;C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; D-35; 43; D-51; D-457.

Carmen de Andacollo

Listado A.

120

6

Los Andes, San Esteban, San Felipe, Rinconada, Panquehue, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5;C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; 60-CH; E-767.

Mina Andina

Listado A.

200

10

 Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorga, Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; A-65.

Mina Cerro Colorado

Listado A.

80

4

Calama, María Elena, Tocopilla, Mejillones, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-24; B-149.

Mina El Abra

Listado A.

50

3

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda; Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; A-65; A-97; A-687

Planta Orica La Portada, Antofagasta.

Mina Collahuasi

Listado A.

120

6

Huasco, Vallenar ; Copiapó, Tierra Amarilla; Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta

B-446, R-1; B-400; R-5; C-13; C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-440. 

Minera Los Colorados

Listado A.

50

3

 Pica, Pozo Almonte, María Elena; Sierra Gorda; Antofagasta. 

B-446, R-1; B-400; R-5; A-65; A-97; A-687

Quebrada Blanca

Listado A.

80

4

Iquique, Tocopilla Mejillones, Antofagasta. 

B-446, R-1.

Punta de Lobos

Listado A.

30

2

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta.

B-446, R-1; B-400; R-5; R-25.

Mina Spence

Listado A.

30

2

Antofagasta

B-471; R-5; B-400; R-1; B-446.

Puerto Antofagasta

Planta Orica La Portada

Listado A.

1400

70

Antofagasta

B-471; R-5.

Planta Orica El Salar (EHM)

Listado A.

1000

50

Arica, Camarones, Huara, Pozo Almonte, Maria Elena Sierra Gorda, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuelas, Llayllay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13; R-5; Manuel Castillo, Capitán Avalos; Libertador O’Higgins; Av. Antonio José Sucre; Av. Juan José San Martín; Av. Horizonte; Sector de transito Gallinazo; Paso Chacayuta

Planta Orica Lampa, RM.

Arica (Gallinazo)

Listado A.

200

10

Andacollo, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, La Calera, Hijuelas, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; D-35; 43; D-51; D-457.

Carmen de Andacollo

Listado A.

140

7

Tierra Amarilla, Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, La Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.  

G-136; R-5; C-391; C-35.

Mina Candelaria

Listado A.

120

6

Huasco; Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136 ; R-5; C-569; C-485; C- 563; R-5; C-440.

Minera Los Colorados

Listado A.

40

2

Tierra Amarilla, Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; C-401; C-503;  C-459; C-611.

Refugio

Listado A.

60

3

Mejillones, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  R-5; B-400; R-1; B-262.

Planta Orica Mejillones

Listado A.

800

40

Machalí, Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, PAC, Lo Espejo, Cerrillos, Maipú, Quinta Normal, Santiago, Renca, Conchalí, Quilicura, Lampa.

G-136; R-5; R-70; R-74; H-35; H-25; H-265.

Mina El Teniente

Listado A.

120

6

Pozo Almonte, Pica, María Elena, Sierra Gorda, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  R-5; A-65.

Mina Cerro Colorado

Listado A.

40

2

Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Tocopilla, Mejillones, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  R-5; A-65; A-687; A-97; A-687.

Planta Orica Lampa, RM.

Mina Collahuasi

Listado A.

60

3

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  R-5; R-25; B-149.

Mina El Abra

Listado A.

50

3

Sierra Gorda, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  R-5; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

40

2

Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro,  Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  R-5; A-65; A-687; A-97; A-687.

Mina Quebrada Blanca

Listado A.

60

3

D. de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13;  C-183.

El Salvador

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Antofagasta, Tal Tal, Chañaral, Diego de Almagro,  Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5;  C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13; R-5; R-25.

Mina Spence

Listado A.

30

2

Antofagasta, Tal Tal, Chañaral,  Diego de Almagro, Copiapó, Tierra Amarilla, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5;  C-569; C-485; C-563; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C-141; C-237; C-13; R-5; B-55.

Mina Zaldívar

Listado A.

60

3

Copiapo, Alto del Carmen, Vallenar, La Higuera, La Serena, Coquimbo, Ovalle, Canela, Los Vilos, La Ligua, Papudo, Zapallar, Nogales, Calera, Hijuela, Llaillay, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5;  C-391; C-35; 31-CH.

Barrick Veladero

Listado A.

20

1

Los Andes,  Calle Larga, Rinconada, Colina, Til Til, Lampa.

G-136; R-5; G-131; R-71; 57-CH- 60-CH; E-767.

Mina Andina

Listado A.

50

3

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH. 

Puerto Angamos, Mejillones.

Volcán Mina Andina Minerals

Listado A.

1260

63

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH; C-341; C-605; C-611; C-607.

Lobo Marte

Listado A.

460

23

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH; C-341; C-605; C-611.

Refugio

Listado A.

380

19

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH; C-341; C-601.

 

KINROSS MDO Minera Mantos de Oro.

Listado A.

300

15

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH.

Lindero

Listado A.

300

15

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-17; 31-CH; C-35; C-453; C-535.

Cerro Casale

Listado A.

340

17

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH.

Pascua Lama

Listado A.

760

38

Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; B-475; B-55.

El Peñón

Listado A.

100

5

Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; B-875; B-865.

El Guanaco

Listado A.

220

11

Andacollo, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; D-35;  43; D-51; D-457.

CM Dayton

Listado A.

260

13

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH.

Barrick Veladero

Listado A.

100

5

Alhué, San Pedro, Melipilla, Maipú, Pudahuel, Renca, Conchalí, Quilicura, Lampa, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Diego de Almagro, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262, R-1; B-400; R-5;C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; R-70; R-78; G-60; R-66; G-692; G-682.

Mina Florida

Listado A.

100

5

Mejillones

B-262.

Planta Orica Mejillones

Listado A.

2000

100

Andacollo, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; D-35; 43; D-51; D-457.

Planta Orica Mejillones

Carmen de Andacollo

Listado A.

40

2

Los Andes, San Esteban, San Felipe, Rinconada, Panquehue, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; 60-CH; E-767

Mina Andina

Listado A.

80

4

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35

Mina Candelaria

Listado A.

60

3

 Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones. 

B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65.

Mina Cerro Colorado

Listado A.

20

1

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.  

B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65; A-97, A-687

Mina Collahuasi

Listado A.

70

4

Calama, María Elena, Tocopilla, Mejillones. 

B-262; R-1; R-24; B-149.

Mina El Abra

Listado A.

60

3

Lampa, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; G-136.

Planta Orica Mejillones

Planta Orica Lampa

Listado A.

800

40

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

40

2

Huasco, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; B-440.

Minera Los Colorados

Listado A.

30

2

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla Mejillones.  

B-262; R-1; R-5; R-24; B-150; R-5; A-65; A-97; A-687.

Mina Quebrada Blanca

Listado A.

60

3

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH; C-341; C-605;  C-611.

Refugio

Listado A.

40

2

Iquique, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1

Punta de Lobos

Listado A.

30

2

Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.     

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-183.

Mina El Salvador

Listado A.

60

3

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; R-25.

Mina Spence

Listado A.

20

1

Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; B-55..

Mina Zaldívar

Listado A.

60

3

Valparaíso, Casa Blanca, Curacaví, Pudahuel, Renca, Quilicura, Lampa.

Camino La Polvora; R-68- R-70; R-5; G-136

Puerto Valparaíso

Planta Orica Lampa

Listado A.

600

30

San Antonio, Cartagena, Melipilla, El Monte, Talagante, Peñaflor, Padre Hurtado, Maipú, Pudahuel, Renca, Quilicura, Lampa

G-86; R-78; R-70; R-5; G-136.

Puerto San Antonio

Planta Orica Lampa

Listado A.

400

20

Andacollo, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta. 

R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; D-35; 43; D-51; D-457.

Planta Orica El Salar  EHM

Carmen de Andacollo

Listado A.

80

4

Los Andes, San Esteban, San Felipe, Rinconada, Panquehue, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; 60-CH; E-767.

Mina Andina

Listado A.

60

3

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35.

Mina Candelaria

Listado A.

50

3

 Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorga, Antofagasta.  

R-5; A-65.

Mina Cerro Colorado

Listado A.

40

2

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorga, Antofagasta. 

R-5; A-65; A-97; A-687

Mina Collahuasi

Listado A.

40

2

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta.

R-5; R-25; R-24; B-149.

Mina El Abra

Listado A.

60

3

Sierra Gorda, Antofagasta.

R-5; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

30

2

Huasco; Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta. 

R-5; C-13; C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-569; C-485; C-563; R-5; C-440.

Minera Los Colorados

Listado A.

40

2

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorga, Antofagasta. 

R-5; A-65; A-97; A-687

Mina Quebrada Blanca

Listado A.

80

4

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH; C-341; C-605; C-611.

Refugio

Listado A.

120

6

Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-5; C-13; C-183.

Planta Orica El Salar  EHM

Mina El Salvador

Listado A.

60

3

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta.

R-5; R-25.

Mina Spence

Listado A.

140

7

Antofagasta

R-5; B-475; B-55. 

Mina Zaldívar

Listado A.

100

5

Salamanca, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391 R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; R-47; D-81; D-835; D-871.

Mina Los Pelambres

Listado A.

300

30

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.   

R-5; C-13; C- 237; C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-35.

Ojo del Salado

Listado A.

50

3

Sierra Gorda, Antofagasta.

R-5; R-25. 

Pampa Blanca (SQM)

Listado A.

40

2

María Elena, Antofagasta.

R-5; B-180.

Pedro de Valdivia

Listado A.

40

2

Calama, Sierra Gorda, Antofagasta.

R-5; R-25; R-24; B-149.

Radomiro Tomic

Listado A.

200

10

Iquique, Tocopilla, Mejillones, Antofagasta.

R-5; B-400; R-1.

Punta de Lobos

Listado A.

40

2

Antofagasta

R-5; B-410.

Sierra Miranda

Listado A.

30

2

Lampa, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-5; C-13; C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; G-136.

Planta Orica Lampa

Listado A.

30

2

Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Antofagasta.

R-5.

SQM Nueva Victoria

Listado A.

50

3

Calama, Antofagasta.

R-5; R-25; R-24; B-149

Mina Chuquicamata 

Listado A.

80

4

Copiapó, Tierra Amarilla, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.   

R-5; C-13; C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5.

Atacama Kozan

Listado A.

40

2

Diego de Almagro, Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; C-563; C-485; C-569; R-5; C-391; C-35; 31-CH; C-17; C141; C-237; C-13; C-183;

Planta Enaex Punta Teatinos, La Serena.

Mina El Salvador

Listado A.

60

3

Copiapó,  Vallenar, La Higuera, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; C-563; C-485; C-569; R-5; C-391.

Atacama Kozan

Listado A.

40

2

Los Andes, San Esteban, San Felipe, Rinconada, Panquehue, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; R-60; E-767.

Minera Andina

Listado A.

200

10

Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; F-121.

Mina El Soldado

Listado A.

40

2

Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; C-563; C-485; C-569; R-5; C-391; C-35; 31-CH.

Pascua Lama

Listado A.

600

30

Salamanca, Illapel, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; R-47; D-81; D-835; D-871. 

Mina Los Pelambres

Listado A.

1600

80

Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; C-563; C-485; C-569; R-5; C-391; C-35; 31-CH. 

Polvorín Copiapó

Listado A.

400

20

Tierra Amarilla, Copiapó, Vallenar, La Higuera, La Serena.

Cruce Ruta 5 (los Choros); R-5; C-563; C-485; C-569; R-5; C-391; C-35; C-453.

Caserones

Listado A.

60

3

Calama

R-25; R-24; B-149.

Planta Enaex Rio Loa, Calama.  

Mina Radomiro Tomic

Listado A.

80

4

María Elena, Calama. 

R-25; R-24

Mina Ministro Hales

Listado A.

40

2

Calama

R-25; R-24

Mina Chuquicamata 

Listado A.

60

3

Calama

R-25.

Mina Spence

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Calama.

R-25; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

50

3

 Arica, Camarones, Huara, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-24; R-5; Manuel Castillo; Capitán Avalos; Libertador Ohiggins; Av. Antonio Jose Sucre; Av. Juan Jose San Martin; Av. Horizonte; R-5.

Arica (Gallinazo)

Listado A.

200

10

 Pozo Almonte, María Elena, Calama.

R-25; R-24; R-5; A-65;

Mina Cerro Colorado

Listado A.

40

20

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-24; R-5; A-65; A-687; A-97; A-687.

Mina Collahuasi

Listado A.

60

3

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-24; R-5; A-65; A-687; A-97; A-687.

Mina Quebrada Blanca

Listado A.

50

3

Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5; B-475; B-55.

El Peñón

Listado A.

60

3

Calama

R-25; R-24; B-149.

Mina El Abra

Listado A.

60

3

Machalí, Olivar, Rancagua, Graneros, Codegua, Mostazal, Paine, Buin, San Bernardo, Lo Espejo, Cerrillo, PAC, Maipú, Quinta Normal, Santiago, Conchalí, Renca, Quilicura, Lampa, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Sierra Gorda, Calama. . 

R-25; R-5; C-13;C-237;C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; R-74; R-5; H-35- H-265; H-25.

Mina El Teniente

Listado A.

80

4

Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.     

R-25; R-5; C-13 C-183.

Mina El Salvador

Listado A.

50

3

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35.

Mina Candelaria

Listado A.

40

2

Tal Tal, Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5; B-875; B-865

El Guanaco

Listado A.

60

3

 Pozo Almonte, María Elena, Calama.

R-25; R-24; R-5

SQM Nueva Victoria

Listado A.

40

2

 Pozo Almonte, María Elena, Calama.

R-25; R-24; R-5; A-65; A-651; A-625.

HMC La Cascada

Listado A.

60

3

Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5; B-410.

Sierra Miranda

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5.

Mina Florencia

Listado A.

40

2

Tal Tal, Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5; B-955

Franke

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Calama.

R-25; 23-CH; B-255

Mina Gaby

Listado A.

60

3

Antofagasta, Sierra Gorda, Calama.

R-25; R-5; B- 475; B-55.

Mina La Escondida

Listado A.

80

4

Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Sierra Gorda, Calama. 

R-25; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH.

La Coipa

Listado A.

60

3

Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta.

R-1; B-400: R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; C-335; 31-CH.

Planta Enaex La Chimba, Antofagasta.

La Coipa

Listado A.

40

2

Colina, Til Til, Llaillay, Hijuelas, Calera, Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; G-131; R-57; C. Particular.

Polvorín Peldehue

Listado A.

400

20

Antofagasta, Sierra Gorda, Calama

R-1; B-400; R-5; R-25; R-24; B-149

Mina Chuquicamata 

Listado A.

600

30

Antofagasta, Sierra Gorda, Calama

R-1; B-400; R-5; B-475; B-55.

Mina La Escondida

Listado A.

1200

60

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones.

B-272; B-262; R-1; B-400; R-5; R-25.

Planta Enaex Cancha del Desierto, Mejillones. 

Mina Spence

Listado A.

40

2

 Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla; Mejillones. 

B-272; B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65.

Mina Cerro Colorado

Listado A.

40

2

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-272; B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65; A-97; A-687. 

Mina Collahuasi

Listado A.

70

3

 Pica, Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-272; B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65; A-97; A-687.

Mina Quebrada Blanca

Listado A.

50

3

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones. 

B-272; B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C- 237; C-141; C-17; 31-CH; C-35.

Mina Candelaria

Listado A.

40

2

Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-272; B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; F-121.

Mina El Soldado

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Calama, Maria Elena; Tocopilla, Mejillones. 

B-272; B-262; R-1; R-24; R-25; 23-CH; B-255.

Mina Gaby

Listado A.

40

2

Calama, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-272; B-262; R-1; R-24; B-149

Mina El Abra

Listado A.

80

4

Sierra Gorda, Antofagasta,  Mejillones.

B-272; B-262; R-1; B-400; R-5; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

40

2

Calama, Maria Elena; Tocopilla, Mejillones.

B-272; B-262; R-1; R-24; B-149

Mina Chuquicamata  

Listado A.

 

 

Calama, Maria Elena; Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-149

Planta Enaex Prillex, Mejillones.

Mina El Abra

Listado A.

40

2

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C- 237; C-141; C-17; 31-CH; C-35.

Mina Candelaria

Listado A.

60

3

Nogales, Zapallar, Papudo, La Ligua, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH;  C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; F-121.

Mina El Soldado

Listado A.

40

2

Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5.

Mantos Blancos

Listado A.

50

3

Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; B-475; B-55.

Mina La Escondida

Listado A.

40

2

Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; B-955

Franke

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; R-25.

Spence

Listado A.

30

2

Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-150; R-5.

Plta Nua. Victoria (SQM)

Listado A.

60

3

Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65.

Mina Cerro Colorado

Listado A.

55

3

Pica, Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65; A-97; A-687. 

Mina Collahuasi

Listado A.

120

6

Pica, Pozo Almonte, María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-150; R-5; A-65; A-97; A-687. 

Mina Quebrada Blanca

Listado A.

60

3

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; R-25; B-229.

Mina El Tesoro

Listado A.

60

3

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; B-385.

Mina Lomas Bayas

Listado A.

40

2

Maria Elena, Tocopilla, Mejillones. 

B-262; R-1; R-24; B-180

Pedro de Valdivia (SQM)

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1;B-400; R-5.

Mina  Florencia

Listado A.

80

4

Calama, Maria Elena; Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-149.

Mina Chuquicamata 

Listado A.

140

7

Calama, Maria Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; B-149.

Mina Radomiro Tomic 

Listado A.

200

10

María Elena, Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24.

Mina Ministro Hales

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Calama, Maria Elena; Tocopilla, Mejillones.

B-262; R-1; R-24; 23-CH; B-255.

Mina Gaby

Listado A.

40

2

Sierra Gorda, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; R-25; B-229.

Mina Esperanza

Listado A.

40

2

Tierra Amarilla, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones. 

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH; C-35 ; C-453; C-535

Caserones

Listado A.

60

3

Salamanca, Illapel, Los Vilos, Canela, Ovalle, Coquimbo, La Serena, La Higuera, Vallenar, Copiapó, Diego de Almagro, Chañaral, Tal Tal, Antofagasta, Mejillones.

B-262; R-1; B-400; R-5; C-13; C-237; C-141; C-17; 31-CH;    C-35; C-391; R-5; C-459; C-485; C-563; R-5; D-47; D-81;   D-835; D-871.

Mina Los Pelambres

Listado A.

1000

50

Listado A.  (Listado general de productos transportados desde y hasta las diferentes plantas de destino de las cargas.

Anfo: Dinamita; Pentolita; PETN; TNT; Enaline CN, CH, CP; Emultex PG, P1, P2; Emultex RS 100D; Detonadores NO Eléctricos; Cordón Detonante, Mecha de seguridad; Fulminantes simple, Nitrato de Amonio Prillado sin Aditivo; Nitrato de Amonio Fertilizante; Matriz AE-57-6; NASOL; Nitrato de Nítrico de Sodio; Cianuro de Sodio.

 

 

 

 

 

 

 

 

Respecto de la circulación y estacionamiento el Titular señaló lo siguiente:

  • Se evitará el tránsito de los camiones a través de las ciudades. Si no fuera posible evitarlo, se efectuará por las partes menos pobladas y en las horas que se presente un menor movimiento.
  • No se circulará por túneles cuya longitud sea superior a 500 m, cuando exista una vía alternativa segura.
  • Las detenciones de los camiones se realizará donde no exista peligro para las personas, edificios o instalaciones, y nunca se dejará sin vigilancia el vehículo y su carga.
  • Si el camión debe permanecer estacionado se deberá dar aviso a Carabineros de Chile más cercano, para solicitar el apoyo necesario en la protección de la carga, señalizar el lugar de estacionamiento del vehículo con conos reflectantes.

 

En el punto 1.9.4.1. del ICE se presentan las medidas de seguridad para realizar el transporte.

 

3.6.3.4. Lugares de Detención:

De acuerdo a lo indicado en el numeral 1.16 de la Adenda N° 1, el Proyecto contempla la detención sólo en lugares autorizados para estos casos, los que se presentaron en el punto 1.9.5. del ICE.

 

3.6.3.5. Vehículos a Utilizar:

Para el transporte de sustancias peligrosas y explosivas el Titular contará con camiones tipo furgón y tractocamiones con semi-remolque y estanques. Todos los tractocamiones, tendrán una antigüedad no mayor a 15 años y contarán con el Certificado de Revisión Técnica al día, en el cual conste el buen estado general del vehículo. Mayores detalles en el punto 1.9.6. del ICE.

Todos los vehículos estarán equipados con un dispositivo electrónico (tacógrafo), además, contarán con sistema GPS, que permitirá monitorear en línea la ubicación de los vehículos y además un sistema de comunicación de celular y radio de comunicaciones para aquellos camiones que transiten en zonas donde no haya cobertura de celular. Además, los vehículos estarán al día en sus programas de mantención.

Los implementos de seguridad de los vehículos se presentaron en el punto 1.9.6.1. del ICE.

Toda la carga a transportar, estará firmemente asegurada en el vehículo, de modo de evitar choques y fricciones entre los envases. Además, estará cubierta con una lona gruesa incombustible que proteja la carga del sol, humedad o chispa que pudieran afectarla.

 

3.6.3.6. Embalajes utilizados:

 

A continuación se presenta el detalle de los embalajes que se utilizarán para cada una de las sustancias a transportar.

 

Tabla 5: Agrupación de las sustancias según características comunes de uso y embalaje.

GRUPOS

TIPO DE SUSTANCIA

TIPO ENVASE Y MEDIOTRANSPORTE

 

Emulsiones Bombeables

Anfo mecanizado normal (granel)

Anfo pesado (Emultex G– Emultex N)

Matriz AE-57-6, NASOL

Emulsiones bombeables

Granel Max-bags

 

 

 

Sustancias Envasadas

Emultex PG, P1, P2.Enaline

Emultex RS100D

Dinamitas (Amongelatina 60 y 80 %)

Anfo (Premium, 2H)

Cajas de aprox. De entre 12 y 25kg neto.

 

 

Sistemas de Iniciación

Detonadores No Eléctricos Cordón Detonante Conectores

Detonadores a Fuego Mecha de Seguridad

Fulminante Simple.

Cajas de aprox. 25 kg. neto

 

 

Otras Materias Primas

Nitratos

Sacos de 50 Kg y Maxibag de 1300 Kg.

PETN

Cajas de 25 kg

TNT

Cajas de 25 kg o sacos de 50 kg.

 

3.6.3.7. Lavado y Mantención de los vehículos:

Transaltisa Chile Ltda. no contempla realizar actividades de mantención, reparación y lavado de vehículos, lavado de silos, labores que se realizan única y exclusivamente en los talleres de servicios autorizados de las marcas oficiales de los camiones para la totalidad de la flota de la empresa.

El Titular indica en el numeral 1.6. de la Adenda N°2 que se compromete a mantener un registro actualizado y disponible en sus instalaciones, en cuanto a los lugares donde realizará las labores de mantención y lavado de los vehículos utilizados por el Proyecto.

3.7. Etapa de Cierre:

El Proyecto no contempla una etapa de abandono o cierre, considerando la renovación de la flota de vehículos por la antigüedad que ésta presente con el paso de los años.

3.8. Capacitación:

Las capacitaciones se realizarán dos veces al mes con una periodicidad de 3 años. Esta periodicidad se refiere al tiempo en que se debe hacer una recapacitación.

En el plan de capacitación se incluye el "Nivel de instrucción y conocimiento de los operarios que transportarán sustancias y/o residuos" de la siguiente manera: “Plan de Prevención de Riesgos” cuyo objetivo es entregar las capacitaciones a todo el personal de la empresa, independiente del nivel de instrucción y conocimiento previo en la materia, se justifica bajo la óptica de nivelar los conocimientos.

En forma complementaria al inicio de las capacitaciones, se realizará un test con la finalidad de conocer el nivel de los operarios en el transporte de sustancias peligrosas. Las capacitaciones se realizarán cada vez que se integre un nuevo operario a la empresa y cuando sea necesario.

El programa de capacitación destinado para los conductores que operen en el Proyecto, se presentó en el punto 1.9.9 del ICE y numeral 1.37 de la Adenda N°1.

3.9. Plan de Contingencia:

El Titular presentó el Plan de Contingencia, en su versión final, en el Anexo 4 de la Adenda N°2.

3.9.1. Organización para actuar frente a una contingencia.

Transaltisa Chile Ltda. contratará los servicios de la empresa SUATRANS, la cual posee un equipo activo en el control de emergencias. Cabe indicar que la ubicación de las brigadas de emergencia se distribuyen en 8 zonas territoriales en el país, cada una bajo la designación y responsabilidad de un jefe zonal de emergencia y dotada de al menos una brigada de emergencia. El detalle de las zonas territoriales se presenta en el punto 1.10.1 del ICE.

En el numeral 4 del Anexo 4 de la Adenda N°2 se indica cada una de las responsabilidades que tendrán las personas que participen en caso de ocurrir una emergencia.

3.9.2. Constitución de Brigada de Emergencia.

La Brigada de Emergencia de SUATRANS se constituirá en los lugares dispuestos por el Jefe de Emergencia donde se coordinarán las acciones a seguir, dirigiéndose lo más rápido posible al lugar del suceso, con los elementos y equipos que se estimen necesarios. Mayores detalles del equipamiento e instrumental que utilizará SUATRANS para enfrentar emergencias, se indican en el numeral 1.29 de la Adenda N°1.

De acuerdo a lo indicado en el numeral 1.27 de la Adenda N°1, el Titular indica que las brigadas llegarán al lugar del accidente en un tiempo no mayor a las 2 horas para cada una de las regiones donde opere el Proyecto.

3.9.3. Acciones para el control de emergencia.

Las acciones para controlar la emergencia se realizarán según sea la ubicación y magnitud de ésta, conforme al tipo de incidente y producto peligroso involucrado.

La brigada de emergencia de SUATRANS se constituirá en el lugar de la emergencia, su primera misión será la evaluación de los riesgos asociados y luego se procederá de acuerdo al "Procedimiento Específico de Emergencia" para el tipo de producto peligroso involucrado en el evento.

Todas las personas que participen del control operativo de la emergencia deberán hacerlo bajo la dirección del Jefe de Emergencia, sin exponerse a riesgos incontrolados, utilizando los equipos, herramientas y materiales adecuados y respetando en todo momento los procedimientos de trabajo.

3.9.4. Restablecimiento de las operaciones.

Una vez controlada la emergencia se procederá a la fase de limpieza de los sectores amagados, de acuerdo a las instrucciones emanadas por el Jefe de Emergencia de SUATRANS y el Experto del producto.

 

La limpieza será efectuada por el Grupo Operativo de Emergencia, al mando del Jefe de Brigada de Emergencia de SUATRANS, quien coordinará con el Jefe de Emergencia SUATRANS, los requerimientos de equipamiento y personal externo; y no se podrá liberar el área comprometida durante la emergencia sin asegurar que esté debidamente libre de condiciones inseguras y todos los residuos, tales como escombros y basuras generados tanto por el incidente como por el control de la emergencia, los que deberán ser retirados del lugar y dispuestos conforme a las ordenanzas establecidas por Transaltisa Chile Ltda. Para el caso de los residuos peligros que se pudieran generar producto de algún derrame, éstos serán tratados y dispuestos en lugares autorizados para el tratamiento y disposición final de este tipo de residuos de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°148, de 2003, del Minsal, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

3.9.5. Actividades frente a una emergencia en cursos de Agua.

La empresa, al momento de ocurrida una emergencia donde se vean involucrados cursos de agua, informará inmediatamente a las autoridades definidas en el punto 6.2 del Anexo 4 de la Adenda N°2, a Nivel externo, para proceder a tomar las acciones pertinentes, junto con ello se comunicará a la Asociación de Canalistas respectiva para realizar el corte de las aguas.

 

Una vez presente las unidades de emergencia en el lugar del derrame, se realizará una evaluación inicial para establecer las acciones a seguir.

  • Se determinará la extensión del derrame, especialmente si es costero o fluvial y su trayectoria.
  • Se identificarán posibles recursos naturales y bienes muebles e inmuebles posiblemente afectados.
  • La empresa identificará y detallará las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto y restituir las condiciones originales del medio. Esto considerará duración, equipos a emplear, personal requerido, métodos y el área que se restituirá.
  • Adicionalmente, la empresa contratará los servicios profesionales de una empresa especialista en este tipo de derrames, para asegurar el restablecimiento del área afectada, esto se realizará en forma inmediata al término de la emergencia, de forma de establecer un cronograma de restauración.
  • Se elaborará un programa de seguimiento o monitoreo post derrame. Se llevará un registro mediante fotografías del área afectada posterior al derrame, identificando las áreas contaminadas y áreas limpias.
  • La empresa a su costo ejecutará un programa de monitoreo de calidad de las aguas a lo menos en tres puntos del río o curso de agua afectado, uno será realizado 100 metros aguas arriba, otro en el punto del derrame y otro 100 metros aguas abajo, usando como control el primer punto. Lo anterior, es para abordar un eventual aumento de los parámetros detectados en los monitoreos de calidad de agua. Esto es paralelo a otras medidas, ya que la emergencia será enfrentada en forma inmediata.
  • Se realizará un muestreo del sedimento del fondo del curso afectado, de tal manera de certificar que se ha extraído toda la contaminación del lugar. El monitoreo y sus parámetros deberán tener relación con elementos relacionados o indicadores de la sustancia derramada, pH, Sólidos Totales Disueltos, Hidrocarburos, Plomo, Arsénico, Fierro, etc. Se muestreará como referencia los parámetros estipulados en el D.S. N° 90, de 2000, del MINSEGPRES, sobre norma de emisión a cursos de agua y/o Norma Chilena 1333 para Diferentes Usos del agua: Uso Riego - Recreacional - Bebida de Animales. Adicionalmente, se contratarán los servicios especializados de una auditoría externa para la verificación del cumplimiento del programa de seguimiento y monitoreo hasta verificar la descontaminación del medio afectado.

 Finalmente y una vez remediada el área afectada, se enviarán copias de los resultados y de los informes de las auditorías externas realizadas en el lugar a la DGA, Superintendencia del Medio Ambiente y Autoridad Sanitaria para garantizar la limpieza del curso de agua.

 

3.9.6. Actividades frente a una emergencia con derrames de sustancias en suelo.

La empresa al momento de ocurrida una emergencia donde exista un derrame de sustancias peligrosas en suelo, informará de forma inmediata a las autoridades correspondientes (Superintendencia del Medio Ambiente, Seremi de Salud, Corporación Nacional Forestal, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Municipios, SAG y a los sistemas de coordinación de emergencias regionales).

El procedimiento de acción frente a un derrame de sustancias peligrosas en suelo, se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos, lo cual variará dependiendo del tipo de sustancias involucradas.

 

Asimismo, según lo indicado en el numeral 1.23 de la Adenda N° 1, el Titular asumió el compromiso de restituir las condiciones ambientales existentes en caso de ocurrir una emergencia, además de restituir todos los implementos de seguridad (EPP) y otros elementos con que cuente el vehículo de apoyo que resulten dañados por haber acudido a alguna emergencia.

 

 

3.9.7. Actividades frente a una emergencia con derrame de sustancias que comprometa a Flora y Fauna.

 

El procedimiento de acción frente a un derrame de sustancias peligrosas donde exista compromiso de flora y fauna del lugar, comienza informando inmediatamente a los siguientes organismos: Superintendencia del Medio Ambiente, SAG y a los sistemas de coordinación de emergencias regionales, y se procederá de acuerdo a lo establecido en el numeral 6.2 del Anexo 4 de la Adenda N°2.

 

Se identificarán y detallarán las medidas que se aplicarán para minimizar el impacto y la restitución de las condiciones originales del medio. Inmediatamente después de ocurrido el derrame con afectación de flora y/o fauna, se elaborará un plan para estos efectos el cual indicará la duración, equipos a emplear, personal involucrado, métodos a utilizar, el área que comprometerá la restitución, flora y fauna comprometida y cantidades que se debe salvar de cada especie, esto en los casos que así se requiera.

 

De acuerdo a la lo indicado en el numeral 1.8 de la Adenda N°2, el Titular se compromete a remediar y restituir las áreas silvestres protegidas producto de eventuales derrames que pudieran provocarse durante la operación del Proyecto y que se encuentren bajo la administración de CONAF.

 

 

3.9.8. Procedimiento de Emergencia Frente a Accidentes de Tránsito y Fallas Mecánicas en Ruta.

Comunicar al personal de Transaltisa Chile Ltda. frente a la eventualidad de un accidente de tránsito o fallas mecánicas del equipo, durante las operaciones de carga, transporte y descarga ejecutadas por las operaciones del Proyecto, con el propósito que el accionar sea de forma rápida y eficiente para proteger la vida de los involucrados.

 

Primeras acciones del conductor en caso de siniestro:

En caso de siniestro el conductor deberá tomar las siguientes medidas:

  • Hacer un diagnóstico rápido de sus lesiones físicas para detectar algún tipo de daño físico o heridas. Si se encuentra en condiciones físicas, el conductor tomará las siguientes medidas de seguridad:
    • Si el vehículo presenta una falla mecánica en una curva, colina o lugar con vista obstruida, pondrá las señales de emergencia de tal forma que den aviso en tiempo adecuado para el resto de los conductores que usen la ruta.
    • Si el vehículo presenta una falla mecánica, el conductor encenderá de inmediato las luces para alertar su presencia y detención en el lugar.
    • Si es de noche y existen terceros involucrados, dejará las luces encendidas con su haz perpendicular a la calzada, tratando de iluminar los vehículos siniestrados.
    • Se comunicará de forma inmediata con el Jefe de Turno de Emergencia de Transaltisa Chile Ltda. (vía telefónica o radial) informando la condición y ubicación del incidente o falla mecánica. Antes de llamar debe tener un reconocimiento con la descripción del lugar, indicando el nombre de la carretera y una descripción general del evento.
    • Colocará los triángulos al menos cincuenta metros antes del vehículo.
    • En caso de accidente de gravedad, no moverá el vehículo de la vía sin tener la autorización de Carabineros.
    • Si la condición lo permite, estacionará el vehículo fuera de la calzada intentando dejar libre una vía de acceso para los servicios de emergencias, una vez autorizado por Carabineros.
    • Desconectará los motores de los vehículos involucrados para evitar riesgo de incendio, si no supone riesgo para el mismo conductor.
    • Verificará la existencia de fugas que puedan ocasionar incendios o explosiones.

 

Respuesta de Emergencia en colisiones, choques, volcamiento y atropellos:


a) Acciones Preventivas:

  • Respetar límites de velocidades dispuestos en carretera.
  • Mantener en orden y buen estado los equipos de emergencia del vehículo; se entiende por esto al extintor, dispositivos reflectantes para emergencia, botiquín de primeros auxilios.
  • Realizar conducción a la defensiva y propender al autocuidado.

 b) Acciones de Emergencia:

Las primeras acciones que realizará el equipo de emergencia serán:

  • Mantener la calma y auxiliar a los lesionados hasta que concurra personal especializado.
  • Comunicar la emergencia al centro asistencial más cercano para dar una pronta atención de las víctimas.
  • Comunicar a Carabineros para el control del tránsito vehicular, según la acción ABC.
  • Si existieran personas atrapadas al interior de los vehículos afectados, se solicitará la asistencia de bomberos de rescate vehicular.
  • Señalizar y proteger la zona siniestrada en conjunto con Carabineros, se instalarán conos y luces si es necesario.
  • Se prestará la colaboración a las instituciones que se encuentren trabajando en el lugar. 

Una vez que el involucrado haya comunicado el evento al jefe zonal, éste enviará de forma inmediata el auxilio necesario ya sea mecánico o unidades de emergencia al sector del siniestro, luego se comunicará con el conductor para establecer un conjunto de acciones entre ellas los equipos necesarios para atender la contingencia según el tipo y condición de la carga.

 

Acciones de contingencia:

Las primeras acciones que deberá realizar el equipo de emergencia serán:

  • El encargado del incidente realizará una rápida evaluación del estado del camión y carga en conjunto con el conductor para iniciar las labores de recuperación de la carga.
  • Las operaciones de recuperación estarán a cargo del jefe zonal, quién coordinará los trabajos de recuperación, disposiciones de equipos y personal necesario para llevar a cabo la operación.
  • Señalizar y proteger la zona siniestrada en conjunto con Carabineros, se instalarán conos y luces si es necesario.
  • Todo el equipo deberá contar como mínimo con su chaleco reflectante.

Acción de Primeros Auxilios:

Si existen personas afectadas se debe iniciar el procedimiento de primeros auxilios que corresponda, solo por aquellos que se encuentren capacitados. Lo anterior sólo durante el transcurso de tiempo que tarda el personal idóneo en llegar al lugar de la emergencia.

 

 3.9.9. Productos utilizados para la contención de derrames de sustancias peligrosas.

La empresa SUATRANS encargada de la contención y asistencia técnica en el lugar del derrame, cuenta con la tecnología en materia de equipos para contener derrames de productos con sustancias químicas y sustancias peligrosas. Dentro de esta línea, los elementos que se utilizarán para la neutralización son: Turbas Ambclean, Skimmer de 60 m3, para aceites industriales, Mantas absorbentes sintéticas, equipos de emergencia, espumaderas, tanques, plegables, entre otros.

 

Para mayores antecedentes, en el Plan de Respuesta de Emergencia (Anexo 4 de la Adenda N°2) se presentan los Protocolos de respuesta en caso de emergencia durante el transporte de sustancias comburentes, sustancias explosivas y sustancias tóxicas, entre otras.

 

3.9.10. Aviso a la Autoridad.

De acuerdo a lo indicado en el numeral 1.38. de la Adenda N° 1, el Titular se compromete que en caso de emergencia, independiente de los avisos internos programados por la empresa, dará aviso en forma inmediata a aquellos organismos de reacción ante accidentes o emergencias, tales como: Carabineros de Chile, Cuerpos de Bomberos y Autoridad Sanitaria. Asimismo, avisará a las Oficinas Regionales de Emergencias, Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, Dirección Regional de Vialidad, Asociación de Canalistas, Dirección General de Aguas, Departamento de Protección Contra Incendios Forestales de CONAF, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes, Municipalidades, Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, y a los sistemas de coordinación de emergencias regionales. Todas las emergencias serán informadas.

 

El Titular se compromete en el numeral 1.43 de la Adenda N° 1 a remitir un informe preliminar sobre la contingencia en un tiempo no superior a 24 horas, el que será enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente. Dicho informe contendrá, a lo menos, la siguiente información: identificación del Titular y proyecto calificado en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, lugar, fecha, hora, tipo de accidente, causa de accidente, tipo de sustancia o residuo, cantidad derramada, patente del vehículo, implicancias, duración del evento, acciones de control asumidas en el lugar, medidas de rehabilitación, restauración o descontaminación de la zona, personas afectadas por el incidente, medidas de seguimiento posibles de adoptar y órganos que participaron en el evento, medidas que el Titular tomará para corregir errores que originaron la contingencia y antecedentes de los componentes afectados por la emergencia – Recursos naturales (suelo, agua y aire) y Biodiversidad (flora y fauna) junto a su identificación, caracterización y estado de conservación, explicitando claramente el tipo de impacto ambiental asociado. Además, se mantendrá permanentemente informada, del avance de las acciones, a la Superintendencia del Medio Ambiente, entre el período de la ocurrencia y su respectivo control.

En el caso de que se produzca una emergencia por contaminación de aguas de canales de regadío, o de algún cuerpo de agua superficial que sea utilizado como fuente de agua para bebida animal o para riego, el Titular considerará todas aquellas acciones que permitan interrumpir el flujo tanto aguas arriba como aguas abajo de la zona del derrame evitando así su dispersión. Se contactará con la Dirección Regional de Aguas, las Asociaciones de Canalistas, Juntas de Vigilancia o Comunidades de Agua u otras involucradas, con el objeto de notificarlas sobre la necesidad de interrumpir el flujo (cierre de compuertas si existieran o bien el desvío del curso de agua a otro sector), mientras se aplican las acciones de emergencia para recuperar o limpiar las secciones de los canales contaminados. Por otra parte, se informará a los agricultores en el sector afectado para que eviten el regadío de sus cultivos durante la emergencia. Por lo mismo, el Titular tendrá los teléfonos de todos estos organismos en el Plan de Contingencias (ver numeral 1.44 de la Adenda N° 1).

Se elaborará un informe final de la emergencia en el formato de la ONEMI, que incluya: identificación del Titular y proyecto calificado en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), causas de la contingencia, cantidad de sustancia derramada, tipo de sustancia o residuo, patente del vehículo, fecha y hora de la contingencia, duración de la contingencia, efectos del evento, localización y superficie afectada, y fotografías del área afectada, el que se deberá enviar a la Superintendencia del Medio Ambiente, SEREMI del Medio Ambiente, Autoridad Sanitaria correspondiente, División de Normas de la Subsecretaría de Transportes y a los Municipios involucrados, a más tardar en un plazo no mayor a 15 días de ocurrida la emergencia (ver numeral 1.45 de la Adenda N° 1).

 

El responsable de comunicar las emergencias a las autoridades correspondientes, será el Jefe de comunicaciones de Transaltisa (ver numeral 1.42 de la Adenda N°1).

 

3.9.10. Principales descargas, emisiones y residuos del Proyecto:

 

3.9.10.1. Emisiones atmosféricas:

Durante la etapa de operación del Proyecto, sólo se esperan emisiones generadas por: rodadura, procesos de combustión de los motores de los camiones (Euro III) y las generadas por la resuspensión de polvo. Los vehículos involucrados en el Proyecto cumplirán con el D.S. N° 55, de 1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que Indica.

 

Asimismo, de acuerdo a lo indicado en el numeral 5 del Anexo 5 de la Adenda N°2 “Memoria de Cálculo de Emisiones” se observa que durante la etapa de operación el Proyecto no sobrepasará la Emisión máxima según Articulo 98 D.S. N° 66, de 2009, del Ministerio del Medio Ambiente, Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica de la Región Metropolitana, por lo cual el Titular manifiesta en el numeral 1.14 de la Adenda N° 2, que no se requiere implementar una compensación de emisiones.

 

3.9.10.2. Efluentes Líquidos:

Durante la etapa de operación, el Proyecto solo contempla la generación de Residuos Líquidos en las labores de limpieza y lavado de los camiones. Sin embargo, estas actividades se realizarán en dependencias de las empresas contratistas autorizadas o en servicios autorizados para estos efectos.

 

3.9.10.3. Residuos Sólidos:

Los residuos sólidos asimilables a domésticos generados por los choferes en ruta, se dispondrán en lugares autorizados por las concesionarias, y estaciones de servicios. En cuanto a la generación de este tipo de residuos en las oficinas administrativas, éstos serán recolectados por el sistema municipal de recolección de basura respectivo.

 

Respecto al retiro de los residuos sólidos catalogados como no peligrosos, correspondiendo cambio de partes, neumáticos y otros productos de las mantenciones que se realizan a los camiones, estos serán dispuestos por el propio taller autorizado a cargo de las mismas mantenciones.

 

De generarse elementos considerados peligrosos, debido a las labores de mantención de los camiones, éstos serán gestionados hasta su adecuada disposición final por la empresa autorizada prestadora del servicio, según lo indicado en el D.S. Nº 148, de 2003 del MINSAL, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados para su correcta disposición final.

 

De acuerdo a lo indicado en el Anexo 4 de la Adenda N° 2, el Titular presenta 5 protocolos de emergencias, que indican el procedimiento para el manejo de residuos peligrosos que se realizará cuando éstos sean generados en una emergencia, además señala en el numeral 7.3 del Anexo 4 de la Adenda N°2 que los residuos peligros que se pudieran generar producto de algún derrame, serán tratados y dispuestos en lugares autorizados para el tratamiento y disposición final de este tipo de residuos de acuerdo a lo establecido en el D.S. N°148, de 2003 del MINSAL.

 

3.9.10.4. Ruido:

Las emisiones de ruido provienen única y exclusivamente del funcionamiento del motor de los camiones utilizados en el transporte. Dicha emisión es inherente a todos aquellos vehículos con combustión. La emisión del ruido ocasionado en carreteras por el transporte de carga, no genera efectos adversos a la comunidad producto que el asentamiento de la población se encuentra distante del flujo vial.

 

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda." y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que la ejecución de éste cumple con la normativa ambiental aplicable. El detalle del cumplimiento de ésta se encuentra en el punto 3.1 del ICE. 

 

5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que la ejecución del proyecto "Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda.” no requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, es posible concluir que el proyecto "Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda." no genera ni presenta ninguno de dichos efectos, características y circunstancias, tal como se desarrolla en el punto 3.2 del ICE. 

 

7. Que, el Titular no asumió compromisos ambientales voluntarios en el proceso de evaluación del Proyecto. 

 

8. Que, conforme a lo establecido en el artículo 2° de la Resolución Exenta N° 844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto.

 

9. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

10. Que, para que el proyecto "Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda." pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

11. Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

 

12. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad, representante legal y domicilio.

 

13. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda.", presentado por el señor Máximo Cornejo Paredes, en representación de Transaltisa Chile Ltda.
  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Transporte de Sustancias Peligrosas, Transaltisa Chile Ltda." cumple con la normativa de carácter ambiental.
  3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el Titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Jorge Troncoso Contreras
Director Ejecutivo
Servicio de Evaluación Ambiental




RRF/PGM/MGB/SHB/CPD

Distribución:
  • Maximo Cornejo Paredes
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá
  • Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá
  • Dirección Regional Obras Portuarias, Región de Tarapacá
  • Gobierno Regional, Región de Tarapacá
  • Ilustre Municipalidad de Alto Hospicio
  • Ilustre Municipalidad de Huara
  • Ilustre Municipalidad de Iquique
  • Ilustre Municipalidad de Pica
  • Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá
  • SEREMI de Salud, Región de Tarapaca
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá
  • SEREMI MOP, Región de Tarapaca
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta
  • Dirección de Obras Portuarias, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Antofagasta
  • Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de Calama
  • Ilustre Municipalidad de María Elena
  • Ilustre Municipalidad de Mejillones
  • Ilustre Municipalidad de San Pedro de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda
  • Ilustre Municipalidad de Taltal
  • Ilustre Municipalidad de Tocopilla
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • Dirección Obras Portuarias, Región de Atacama
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Atacama
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Alto del Carmen
  • Ilustre Municipalidad de Chañaral
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro
  • Ilustre Municipalidad de Freirina
  • Ilustre Municipalidad de Huasco
  • Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla
  • Ilustre Municipalidad de Vallenar
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo
  • Dirección de Obras Portuarias, Región de Coquimbo
  • Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Coquimbo
  • Gobernación Marítima, Región de Coquimbo
  • Gobierno Regional, Región de Coquimbo
  • Ilustre Municipalidad de Andacollo
  • Ilustre Municipalidad de Canela
  • Ilustre Municipalidad de Combarbalá
  • Ilustre Municipalidad de Coquimbo
  • Ilustre Municipalidad de Illapel
  • Ilustre Municipalidad de La Higuera
  • Ilustre Municipalidad de La Serena
  • Ilustre Municipalidad de Los Vilos
  • Ilustre Municipalidad de Ovalle
  • Ilustre Municipalidad de Punitaqui
  • Ilustre Municipalidad de Río Hurtado
  • Ilustre Municipalidad de Salamanca
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Coquimbo
  • Secretaría Regional Ministerial Obras Públicas Región de Coquimbo
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Coquimbo
  • SEREMI de Salud, Región de Coquimbo
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Coquimbo
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Valparaíso
  • Dirección General de Aguas, Región de Valparaíso
  • Dirección Regional de Obras Portuarias, Región de Valparaíso
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Valparaíso
  • Gobierno Regional, Región de Valparaíso
  • Ilustre Municipalidad de Calle Larga
  • Ilustre Municipalidad de Cartagena
  • Ilustre Municipalidad de Casablanca
  • Ilustre Municipalidad de Catemu
  • Ilustre Municipalidad de Hijuelas
  • Ilustre Municipalidad de La Calera
  • Ilustre Municipalidad de La Cruz
  • Ilustre Municipalidad de La Ligua
  • Ilustre Municipalidad de Llay Llay
  • Ilustre Municipalidad de Los Andes
  • Ilustre Municipalidad de Nogales
  • Ilustre Municipalidad de Panquehue
  • Ilustre Municipalidad de Papudo
  • Ilustre Municipalidad de Rinconada
  • Ilustre Municipalidad de San Antonio
  • Ilustre Municipalidad de San Esteban
  • Ilustre Municipalidad de San Felipe
  • Ilustre Municipalidad de Valparaíso
  • Ilustre Municipalidad de Zapallar
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Medio Ambiente, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Obras Públicas, Región de Valparaíso
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región de Valparaíso
  • SEREMI Salud, Región de Valparaíso
  • Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Ilustre Municipalidad de Codegua
  • Ilustre Municipalidad de Graneros
  • Ilustre Municipalidad de Las Cabras
  • Ilustre Municipalidad de Machalí
  • Ilustre Municipalidad de Mostazal
  • Ilustre Municipalidad de Olivar
  • Ilustre Municipalidad de Rancagua
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • Corporación Nacional Forestal, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Vialidad
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Alhué
  • Ilustre Municipalidad de Buin
  • Ilustre Municipalidad de Calera de Tango
  • Ilustre Municipalidad de Cerrillos
  • Ilustre Municipalidad de Colina
  • Ilustre Municipalidad de Conchalí
  • Ilustre Municipalidad de Curacaví
  • Ilustre Municipalidad de El Monte
  • Ilustre Municipalidad de Estación Central
  • Ilustre Municipalidad de Huechuraba
  • Ilustre Municipalidad de Independencia
  • Ilustre Municipalidad de Lampa
  • Ilustre Municipalidad de Las Condes
  • Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea
  • Ilustre Municipalidad de Lo Espejo
  • Ilustre Municipalidad de Maipú
  • Ilustre Municipalidad de Melipilla
  • Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado
  • Ilustre Municipalidad de Paine
  • Ilustre Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda
  • Ilustre Municipalidad de Peñaflor
  • Ilustre Municipalidad de Pudahuel
  • Ilustre Municipalidad de Quilicura
  • Ilustre Municipalidad de Quinta Normal
  • Ilustre Municipalidad de Recoleta
  • Ilustre Municipalidad de Renca
  • Ilustre Municipalidad de San Bernardo
  • Ilustre Municipalidad de San Pedro
  • Ilustre Municipalidad de Santiago
  • Ilustre Municipalidad de Talagante
  • Ilustre Municipalidad de Til-Til
  • Ilustre Municipalidad de Vitacura
  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
  • Corporación Nacional Forestal, Dirección Ejecutiva
  • Departamento de Salud Ambiental, Ministerio de Salud
  • Dirección de Obras Portuarias
  • Dirección General de Aguas
  • Dirección Nacional de Vialidad
  • División de Norma, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
  • Ministerio de Bienes Nacionales
  • Subsecretaría del Medio Ambiente
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Arica y Parinacota
  • Dirección de Obras Portuarias, Región de Arica y Parinacota
  • Dirección General de Aguas, Región de Arica y Parinacota
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Arica y Parinacota
  • Gobierno Regional, Región de Arica y Parinacota
  • Ilustre Municipalidad de Arica
  • Ilustre Municipalidad de Camarones
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota
  • SEREMI de Bienes Nacional, Región de Arica y Parinacota
  • SEREMI de Obras Públicas, Región de Arica y Parinacota
  • SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota
  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región XV
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Oficina de Partes
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Expediente del Proyecto "TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS, TRANSALTISA CHILE LTDA"
  • Archivo Servicio de Evaluación Ambiental Dirección Ejecutiva

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=62/be/99ecce7b0469230d5d68e489747b7abd648a


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR