VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones"

Resolución Exenta Nº 102

Copiapó, 10 de Junio de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 22 de enero de 2016, su Adenda de fecha 18 de abril de 2016, del proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones”, presentado por el Sr. Gabriel Marcuz, en representación de Transmisora Eléctrica del Norte S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones”.

3°. El Acta de Evaluación N° 8 de fecha 30 de mayo de 2016, elaborada por el Comité Técnico.

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” de fecha 31 de mayo de 2016.

 

5°. El Acta de fecha 8 de junio de 2016, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.

 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones”.

 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

 

CONSIDERANDO:

1°. Que, Transmisora Eléctrica del Norte S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Antecedentes del Titular

Nombre o razón social

Transmisora Eléctrica del Norte S.A.

Domicilio

Avda. Apoquindo 3721 piso 11, Las Condes, Santiago.

Nombre representante legal

Gabriel Marcuz

Domicilio representante legal

Avda. Apoquindo 3721 piso 11, Las Condes, Santiago.

 

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 31 de mayo de 2016, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

 

  • Acredita el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
  • No genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias a los que se refiere el artículo 11 de la Ley 19.300 y los artículos 5,6,7,8,9 y 10 del Decreto Supremo N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
  • Se presentaron los antecedentes para el otorgamiento del Permiso ambiental Sectorial del artículo 156 del RSEIA.

3°. Que, en sesión de fecha 8 de junio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 30 de mayo de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

                                                                                                            

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales                                                                                

Objetivo general

El Proyecto tiene como objetivo modificar el trazado de la Línea de Transmisión Eléctrica del proyecto “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones – Cardones”, aprobado mediante la RCA N° 1044/2015.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

Vida útil

Etapa de Construcción: 3 meses.

Etapa de Operación: 50 años (Plazo establecido en RCA N°1044/2015).

Etapa de Cierre: 3 meses.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Se dará inicio a la construcción del Proyecto Topografía y movimiento de suelo.

Proyecto se desarrollará por etapas

SI

NO

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad

SI

NO

 

[X]

 

 

 

4.2. Ubicación del Proyecto

División político-administrativa

Región de Atacama, Provincia de Copiapó, Comuna de Copiapó.

Descripción de la localización

La modificación del Proyecto se localiza íntegramente en la comuna de Copiapó, Región de Atacama, al Nor-Poniente de la ciudad de Copiapó, Sector Chamonate

Superficie

Obra

Superficie Permanente há

Línea de Transmisión

42,8

Camino de acceso (construcción y mejoramiento)

1,6244

Total

44,4

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84

 

 

de estructura

 

Coordenadas UTM WGS84 19S

Este

Norte

375

363896,96

6978731,57

376-B

363704,82

6978712,30

377-B

363330,52

6978716,83

378-B

363043,71

6978720,29

379-B

362761,10

6978758,61

379-B-1

362561,30

6978734,03

381-B

362404,15

6978714,69

382-B

362358,47

6978641,97

376-A

363704,68

6978742,50

377-A

363318,45

6978747,17

378-A

363045,93

6978750,46

379-A

362761,29

6978789,05

381-A

362386,22

6978742,91

382-A

362332,94

6978658,08

383

362132,54

6978314,04

384

362016,19

6978181,29

385

361921,42

6977695,35

386-A

361598,71

6977374,31

387-A

361460,79

6977331,09

388-A

361279,50

6977491,69

389-A

361014,11

6977369,12

386-B

361615,37

6977348,19

387-B

361454,44

6977296,80

388-B

361274,52

6977456,24

389-B

361025,91

6977341,31

N390

360849,71

6977276,53

N391

360629,04

6976837,62

N392

360554,52

6976551,45

N393

360426,33

6976059,17

N394

360522,35

6975908,64

 

Caminos de acceso

Respecto a los caminos de acceso, las principales rutas a utilizar son la Ruta 5 hacía el Noreste, que conecta con la Ruta C-424, con Ruta C-327; Ruta C-386. Estas rutas permiten acceder al área del Proyecto desde el lado Noreste a través de la comuna de Copiapó y al Noroeste de la comuna de Caldera. En el Anexo AD-3 de la Adenda, se presenta cartografía en formato kmz. con la ubicación de estas rutas.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En el Capítulo 1 de la DIA, específicamente la Tabla C1-6 del punto 1.5.2.1, se presentan las coordenadas UTM (DATUM WGS84, HUSO 19) de las estructuras del trazado y en el Anexo AD-2 de la Adenda, se presenta cartografía en formato kmz. de ubicación de las mismas.

 

 


4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto

En la siguiente tabla se presentan los cambios generados al Proyecto aprobado ambientalmente con la RCA N°1044/2015 “Modificación al Trazado Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones - Cardones”.

Considerandos de RCA 1044/2015 modificados

Descripción de Considerando

Descripción de las Modificaciones de la presente evaluación

4.1 Antecedentes Generales - Proyecto Modifica a otra(s) RCA”.

Variante 13: Redefinición del trazado de la línea en 500 kV, entre los vértices V143-1 y V146 en la comuna de Copiapó. Considera una disminución de 0,065 km y describe el mismo trazado de la Variante 20.

Redefinición del trazado de la línea de transmisión, asociado a la variante 13 del Proyecto aprobado mediante RCA N° 1044/2015.

El proyecto considera un aumento de 1,3 km de longitud, aproximadamente, en relación al proyecto aprobado con RCA 1044/2015.

4.1 Antecedentes Generales - Proyecto Modifica a otra(s) RCA”.

Variante 20: Modificación de las estructuras de la línea de 500 kV, entre las estructura A1 y la A22 en la comuna de Copiapó. Contempla el reemplazo de estructuras auto soportantes presentes en  el proyecto aprobado por estructuras tipo portal con altura igual o menor a 30 m. Parte de esta modificación coincide con el trazado de la Variante 13 y considera la reubicación de 9 estructuras y un aumento de 6 estructuras respecto del proyecto aprobado.

Modificación del tipo de estructuras de la línea de 500 kV asociada a la Variante 20 del proyecto aprobado mediante RCA N° 1044/2015. Contempla el reemplazo de estructuras tipo portal, por el tipo de estructuras de doble circuito, metálicas, enrejadas, autosoportantes y de acero galvanizado.

El proyecto considera una cantidad total de 30 estructuras y un aumento de 12 estructuras respecto del proyecto aprobado mediante RCA N° 1044/2015.

4.2 Ubicación del Proyecto - Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

La representación cartográfica de las variantes se encuentra disponible en el Anexo C2-1 del Capítulo 2 de la DIA. La representación cartográfica de los accesos a cada una de las variantes se presenta en el Anexo C2-2 de la DIA.

La ubicación geográfica y la representación cartográfica de las variantes se presentan en el Capítulo 1 (“coordenadas de las estructuras” en la Tabla C1-6) y en los Anexos AD-2, AD-3, y AD-4 de la Adenda (archivos kmz. con la ubicación geográfica).

4.3 Definición de las partes, obras y acciones que componen el Proyecto.

Despeje de la franja de la Línea de Transmisión y movimiento de tierras: En el tramo de la Variante 20, el movimiento de tierras para una estructura tipo portal, es del orden de 930 m3, ya que las fundaciones son de mayor envergadura.

El presente proyecto contempla el reemplazo de todas las estructuras tipo portal, por el uso de estructuras de doble circuito, metálicas, enrejadas, autosoportantes y de acero galvanizado, y considera un movimiento de tierras de 58 m3 de tierra excavada por estructura.

4.3.1 Fase de construcción - Habilitación de acceso a las estructuras.

Mayores antecedentes de los accesos en el Anexo C22-de la DIA.

En el Anexo C1-4 de la DIA se presenta la descripción de los caminos de acceso y un resumen de sus cubicaciones, mientras que en el Anexo AD-3 de la Adenda, se presentan archivos kmz. asociados a la ubicación de los caminos de acceso y rutas correspondientes para las estructuras de la línea de transmisión.

 

4.3.1. Fase de construcción

Instalación de Faena

El presente Proyecto no considera instalaciones de faenas, ya que se utilizarán las declaradas en el proyecto aprobado mediante RCA N° 1044/2015.

Frente de trabajos móviles

Para el presente Proyecto, no se requerirán frentes de trabajo extras a los ya declarados en el proyecto aprobado mediante RCA N° 1044/2015.

Construcción de la línea de transmisión

Habilitación de acceso a las estructuras

La actividad de construcción de accesos consiste en escarpar, cortar, perfilar y habilitar los caminos que permitan el acceso de las cuadrillas, materiales y equipos a las estructuras. Estos serán construidos con pendientes y anchos compatibles con los vehículos que transitarán durante la construcción y mantención de la línea. El Titular define cuatro tipos de acceso, estos son; troncal, acceso existente, huella a mejorar y camino a construir, los cuales se describen detalladamente en el Anexo C1-4 de la DIA, mientras que en el Anexo AD-3 de la Adenda, se presentan archivos kmz. asociados a la ubicación de los mismos.

Despeje de la franja de la línea de transmisión y movimientos de tierra

Dentro de la superficie considerada en el Proyecto existirán intervenciones puntuales para la construcción de las torres y los caminos de acceso. El movimiento de tierras se producirá en la etapa de construcción de las fundaciones, en las cuales es necesario realizar excavaciones y extraer material. Para cada una de las estructuras se considera, en promedio, 58 m3 de tierra excavada. De acuerdo a lo señalado por el Titular en el Capítulo 1 de la DIA, el volumen total de material a remover será del orden de los 12.809 m3, entre estructuras y caminos de acceso.

 

Construcción de fundaciones para estructuras

La construcción de las fundaciones se realiza de acuerdo a los siguientes pasos, definidos por el Titular en el Capítulo 1 de la DIA:

Excavación: Una vez definida la ubicación de la estructura se procederá a excavar, considerando en promedio extraer 58 m3 de volumen de material en cada excavación. Dependiendo del tipo y dureza del suelo, se considerará el empleo de martillos neumáticos en el caso de suelos rocosos. En particular, se utilizarán dos martillos neumáticos por cada compresor que opere en una fundación por cuadrilla.

Instalación de Barra de fundación: La barra de fundación corresponde al elemento que se encuentra inmerso en el hormigón de la fundación y que posteriormente se fija al resto de la estructura, generando un anclaje al terreno natural. Su instalación será realizada por personal de topografía y en su actividad se emplearán piezas de madera, piezas metálicas y otros materiales menores que serán recuperados y reutilizados una vez que se dé término a las obras civiles.

Enfierradura y moldajes: Las barras de acero llegarán previamente cortadas y dobladas a terreno, de modo que no se generen residuos de acero en los puntos de trabajo. Para el caso de los moldajes, estos serán de placa de madera preferentemente, y serán dimensionados en el taller más cercano, y en terreno solo serán montados y fijados.

Proceso de hormigonado: El número de camiones será acorde al tipo de estructura y a sus dimensiones, considerando un máximo de 6 camiones para las fundaciones de una torre promedio. Se estima que la cantidad total de hormigón a utilizar por estructura será de 36 m3.

Verificación de la correcta fijación de las barras de fundación: Se verificará la correcta fijación por la topografía, si se da aprobada la actividad se entrega el terreno a las cuadrillas de montaje.

 

Montaje de Estructuras, Aisladores, Tendido de Conductores y Cable de Guardia

Las estructuras a montar en esta etapa serán descargadas, clasificadas, empaquetadas y prearmadas en el patio de estructuras que se ubicará en la instalación de faena declaradas por el proyecto aprobado por RCA N°1044/2015. La carga, distribución a los frentes de trabajo y el traslado donde se encuentre la fundación de la estructura, será realizada por camiones equipados con pluma hidráulica los cuales transitarán por las huellas debidamente habilitadas. Una vez descargadas las estructuras en el punto de trabajo, se comenzará a prearmar los cuerpos que luego serán montados secuencialmente hasta completar la estructura. Una vez terminado el apriete de los pernos y verificada la verticalidad de la torres, se procederá a realizar el tendido de conductores y cable de guardia. En el punto 1.6.1.3.4 del Capítulo 1 de la DIA, se presenta detalladamente el proceso Montaje de Estructuras, Aisladores, Tendido de Conductores y Cable de Guardia.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, las que corresponden a: 199,36 kg/día de PM10; 75,28 kg/día de MP2.5; 173,6 kg/día de MPS; 235,1 kg/día de NOx, y a 49,3 kg/día de CO.

Ruido

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, como para las etapas de operación y cierre se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11.

Residuos Líquidos

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.2. Fase de operación

Programa de mantenimiento

Las labores de mantención consistirán principalmente en servicios asociados a la inspección visual de la línea, limpieza de la franja de seguridad, cambio de unidades en la cadena de aisladores y de unidades en la ferretería de la línea de transmisión.

En general, el programa de considera las siguientes mantenciones:

·    Mantenimiento preventivo básico: Se considera el lavado de aisladores con agua presurizada (4 veces al año) con la línea energizada, inspección visual de estructuras y cadenas de aisladores (4 veces al año, de forma pedestre y vehicular), mediciones de termografía y verificación y mantenimiento de pinturas.

·    Mantenimiento correctivo programado: Se llevará a cabo cuando se detecten anomalías durante el mantenimiento preventivo básico y éstas no puedan ser solucionadas, en esa ocasión, por no contar con las herramientas ni el tiempo necesario para la ejecución de los servicios de mantención, los cuales serán siempre programados y corresponderán principalmente al reemplazo de aisladores y conductores dañados.

·    Mantenimiento correctivo contra fallas: El mantenimiento contra fallas se realizará cuando las anomalías detectadas pongan en riesgo la continuidad del servicio; por ejemplo la detección de daño en los cables conductores que pueden condicionar su estabilidad y seguridad, o la reparación de aspectos que ocasionarán la falla, pero que no es permanente para la línea.

Reparación de emergencia

Estas reparaciones se realizarán la mayor parte del tiempo en estructuras que hayan sufrido daños mayores y que pueden haber sido causados por factores climáticos externos o causadas por terceros. Mayores antecedentes de las acciones que contemplan estas reparaciones, se presentan en el punto 1.11.2.2 del Capítulo 1 de la DIA.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

Para la etapa de operación del Proyecto, el Titular señala que no se generarán emisiones atmosféricas adicionales a las ya aprobadas por RCA N°1044/2015.

Ruido

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, como para las etapas de operación y cierre se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11.

Residuos Líquidos

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Campos electromagnético

El valor de campo eléctrico producido por una línea de alta tensión de 500 kV al borde de la franja no supera los 2 kV/m, menor que el máximo establecido por la International Commission on Non-Ionizing Radiation Protection (ICNIRP) cuyo valor es 5 kV/m. Por su parte, el valor de campo magnético producido al borde de la franja, no supera 1 μT, menor que el máximo establecido por ICNIRP, cuyo valor es 100 μT. La interferencia de radio, producida por esta línea de alta tensión está por debajo de los 40 dB, valor inferior a lo indicado por el organismo internacional en todas las zonas descritas. En el Anexo C1-8 incluido en la DIA se presentan mayores detalles.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.3. Fase de cierre

Desmantelamiento de línea de transmisión

Esta actividad consiste en el desarme y traslado de las estructuras, retirando las partes que componen cada estructura con la ayuda de una pluma y una grúa cuando sea posible, para luego trasladar dichas partes a la base del contratista.

Restauración de la zona de emplazamiento del Proyecto

Las fundaciones de las estructuras serán removidas hasta unos 30 cm de profundidad, para luego esparcir suelo proveniente del mismo sector a fin de borrar evidencia de la existencia de las estructuras y dejar el terreno con características similares a las originales.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

Para la etapa de cierre del Proyecto, el Titular señala que no se generarán emisiones atmosféricas adicionales a las ya aprobadas por RCA N°1044/2015.

Ruido

Para la etapa de cierre del Proyecto, se generarán emisiones sonoras similares o menores a las de la etapa de construcción del Proyecto.

Residuos Líquidos

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.4. Insumos del Proyecto

Insumos

Cantidad Por Etapas

Construcción

Operación

Cierre

RCA N°1044/2015

Proyecto

RCA N°1044/2015

Proyecto

RCA N°1044/2015

Proyecto

Agua potable (consumo y servicios sanitarios)

229 m3/día

21 m3/día (incluido en volumen RCA N°1044/2015)

15 m3/día

4,5 m3/día (incluido en volumen RCA N°1044/2015)

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

21 m3/día

Agua Industrial

5.850 m3

1.200 m3 (incluido en volumen RCA N°1044/2015)

---

325 m3/año

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

10 m3/día

Combustible

1000 l/mes

1000 l/mes

---

200 l/mes

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

1000 l/mes

Maquinarias

217

107 (N° incluido en RCA 1044/2015

---

1 camión lavado de aisladores/6 meses

2 camionetas/3 meses

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

107

Sustancias Peligrosas

---

5 l/mes

---

5 l/mes

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

5 l/mes

Áridos

---

1000 m3/etapa

---

---

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

---

Energía eléctrica

---

Grupo electrógeno autónomo 7,5

kVA

---

---

Mismas condiciones etapa de cierre indicadas en la RCA N° 504/2012

Grupo electrógeno autónomo 7,5

kVA

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV


4.4. Descripción de las fases del Proyecto

4.4.1. Fase de construcción

Fecha estimada de inicio

Julio 2016

Parte, obra o acción que establece el inicio

Topografía y movimiento de suelo

Fecha estimada de término

Octubre 2016

Parte, obra o acción que establece el término

Tendido y engrampado

4.4.1. Fase de operación

Fecha estimada de inicio

Julio 2017

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en servicio

Fecha estimada de término

Julio 2067

Parte, obra o acción que establece el término

Bajada de servicio

4.4.1. Fase de cierre

Fecha estimada de inicio

Julio 2067

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desmantelamiento

Fecha estimada de término

Octubre 2067

Parte, obra o acción que establece el término

Restauración de la geoforma o morfología del terreno

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas

En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley General de Bases del Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población, es posible determinar que el Proyecto generará emisiones, cuyos valores corresponden para la etapa de construcción (RCA Nº 1044/2015 más presente Proyecto) a 199,36 kg/día de PM10; 75,28 kg/día de MP2.5; 235,1 kg/día de NOx y 49,3 kg/día de CO. Estas emisiones se producirán principalmente por la circulación de vehículos por caminos no pavimentados, excavaciones y combustión de maquinaria. Para el caso de las etapas de operación y cierre del Proyecto, el Titular señala que no se generarán emisiones atmosféricas adicionales a las ya aprobadas por RCA N°1044/2015. En virtud de lo analizado, el Proyecto generará emisiones atmosféricas de baja magnitud y duración (construcción y cierre), por lo que no se prevé un efecto sobre la salud de la población. Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, el Titular presenta medidas de control frente a la polución de material particulado, las que se indican en el punto 5.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

Parte, obra o acción que lo genera

La acción que genera mayor aporte de emisiones de material particulado es el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y las excavaciones.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Ruido

En relación a la generación de emisiones de ruido y de acuerdo a lo presentado por el Titular en el Anexo C1-7 de la DIA, complementado en las observaciones N°2 y 3 del punto IV de la Adenda, el Proyecto generará ruidos durante las etapas de construcción, operación y cierre, debido al funcionamiento de maquinarias y acciones propias de las etapas. De acuerdo a la evaluación de ruido sobre los 5 receptores identificados, y considerando la atenuación lograda con la implementación de medidas de control (barreras acústicas), tanto para periodo diurno como nocturno, se establece el cumplimiento del D.S 38/2011.

Parte, obra o acción que lo genera

Maquinarias y acciones propias de las etapas de construcción, operación y cierre.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Residuos

De acuerdo a lo señalado por el Titular en los puntos 1.10, 1.16 y 1.17.5 de la DIA, el presente Proyecto no generará residuos adicionales a los aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras, mantenciones y desmantelamiento.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. 

 

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto no significativo

Suelo

De acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Titular en la presente evaluación ambiental, las estructuras se emplazaran sobre suelo de clase IV. Por lo anterior, durante la construcción de las fundaciones de las estructuras, se recuperará el suelo hasta la profundidad de 50 cm. el cual se acopiará temporalmente sobre un geotextil para luego incorporarlo superficialmente en el área una vez finalizada la instalación de fundaciones. Por lo anterior, no se prevé una afectación significativa sobre el suelo y su capacidad de sustentar biodiversidad, considerando además, que la clase IV de suelo removida corresponde solamente al 1,1% (1.949,4 m2) de la superficie total que de este tipo de suelo, que alcanza las 18 hectáreas para un área de influencia de 30 m a cada lado de la línea de transmisión.

Parte, obra o acción que lo genera

Fundaciones para las estructuras

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas (MPS)

Las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción y cierre corresponden a material particulado y gases de combustión los cuales son menores y acotadas solo a la construcción y desmantelamiento de las obras, la que tendrá una duración de 3 meses respectivamente para cada etapa. Durante la etapa de operación, las emisiones a la atmósfera solo están asociadas a la circulación de vehículos destinados a las mantenciones realizadas, por lo que no se consideran relevantes.

Parte, obra o acción que lo genera

La acción que genera mayor aporte de emisiones de atmosféricas es el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados y excavaciones.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Flora

Para el componente Flora y Vegetación, se registraron 28 especies, de las cuales 4 de ellas se encuentran en categoría de conservación. El Titular informó que de estas 4 especies sólo 3 serán intervenidas. Para estas 3 especies, el Titular informó que el manejo ambiental y las medidas ambientales a implementar, serían las mismas que fueron aprobadas mediante RCA N°504/2012 y RCA N°1044/2015. Sin embargo, de acuerdo al Acta Nº8 de fecha 30 de mayo de 2016 del Comité Técnico, algunas de las medidas propuestas quedaron condicionadas (punto 5.5 del Informe Consolidad de Evaluación) por no incluir todas las especies ni todos los individuos afectar por el presente Proyecto. Además de lo anterior, el Titular deberá presentar 60 días antes de la etapa de construcción del presente Proyecto, ante la CONAF, Región de Atacama, un informe en el cual se consoliden los Planes de Manejo Biológico aprobados mediante RCA N° 504/2012 y RCA N°1044/2015 incluyendo las nuevas medidas señaladas en el presente proceso de evaluación.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto no significativo

Fauna

Se registraron 11 especies en el área de estudio, de las cuales 5 presentan alguna categoría de conservación (especies nombradas en la Tabla N°10 del presente documento). Para estas especies el Titular realizará medidas ambientales que se encuentran detalladas en el punto 9 letra b) del Capítulo 2 de la DIA y en la respuesta a la observación N°3 punto II de la Adenda. Alguna de estas medidas son; charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad, instalación de señalética indicando la presencia de fauna nativa de alta movilidad, plan de ahuyentamiento para reptiles y micromamíferos, prohibición de la caza, captura o colecta y alimentación de especies nativas, además de la introducción de animales, restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de accesos definidos y áreas a intervenir, y la instalación de desviadores de vuelo en el tramo comprendido entre Diego de Almagro y Copiapó, además de guardaperchas.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y habilitación de estructuras y caminos de acceso y operación de la línea de transmisión.

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Impacto no significativo

Hidrología

Para el caso de la hidrología del área de emplazamiento del Proyecto, el Titular identificó 5 cuencas que se suman a la cuenca del río Copiapó. De acuerdo a lo anterior, el Titular señala que 10 de las estructuras contempladas en el presente Proyecto, cuyas coordenadas se presentan en el Anexo PAS-156, intervienen cauces del sector del Proyecto, por lo que presentó los antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial referido al Art. 156 del RSEIA. Considerando lo anterior, y el análisis realizado con los antecedentes aportados por el Titular en el proceso de evaluación, es posible concluir que no se producirá un impacto significativo sobre el recurso hídrico.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

 

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto no significativo

En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que el  proyecto, no generará procesos migratorios o cambios en la estructura de la población local.

De acuerdo a la información presentada por el Titular, tanto en la DIA como en su Adenda, es posible indicar que en relación a la intervención uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural, se concluye que el Proyecto no afectará los recursos naturales utilizados por los grupos humanos que habitan la comuna de Copiapó, puesto que éstos no se encuentran en el área de influencia del Proyecto, como tampoco hacen uso de dicha área para acceder a recursos naturales que les permiten su sustento económico o, donde encuentren aquellos elementos naturales que tengan connotación patrimonial cultural.

En cuanto a la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo en los tiempos de desplazamiento, se concluye que el proyecto no afectara  de manera significativa la conectividad a los Grupos Humanos, cercanos al área del proyecto.

Respecto a la alteración al acceso o a la cantidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, se debe señalar que el Proyecto no alterará el normal y/o correcto funcionamiento de acceso a éstos durante las fases de construcción y de operación. No obstante, tanto para la fase de construcción, como para la de operación del Proyecto, se dispondrá para los trabajadores agua almacenada por terceros autorizados y agua potable para su consumo. El agua para el consumo provendrá de dispensadores de agua purificada y de botellas individuales, se concluye que lo alterara el acceso o la cantidad de los bienes.

En cuanto a la dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo, se debe señalar que el Proyecto no se opondrá o restringirá el desarrollo de actividades tradicionales y/o culturales propias efectuadas en el área de éste, ya que en dicha área no se realizan actividades o manifestaciones culturales.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción, operación y cierre de las obras

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

Impacto no significativo

Al respecto, es posible establecer que en el área de influencia del Proyecto no existen poblaciones protegidas que pudiesen ser afectadas por la construcción, operación o cierre del Proyecto.

Por otra parte, el presente Proyecto se encuentra emplazado en el Sitio Prioritario Desierto Florido, sin embargo, considerando que este Proyecto es una modificación de uno ya evaluado y aprobado (RCA Nº1044/2015) en el mismo sitio, es posible indicar que no existirá un impacto significativo sobre el mismo. Además, es importante señalar que el presente Proyecto reduce la superficie de intervención del sitio prioritario, debido a que las fundaciones de las torres a utilizar, son de menor tamaño que el tamaño de las fundaciones del proyecto ya aprobado.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de la obras

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto no significativo

De acuerdo a los antecedentes presentados en el punto 4 del Anexo C2-1 incluido en la DIA, sobre el componente paisaje, y según el análisis realizado, tres de las cuatro unidades de paisaje identificadas en el área de influencia del Proyecto fueron catalogadas de calidad visual baja, mientras que la restante con calidad vidual media. Por lo anterior, y considerando que el presente Proyecto es la modificación de un tendido eléctrico el cual no obstruye notoriamente las vistas del paisaje por ser obras que presentan una distribución dispersa en el espacio, se prevé que las obras a realizar no modificarán significativamente el paisaje.

Para el caso del Turismo, y de acuerdo a los antecedentes proporcionados por el Titular en el punto 7 del Anexo C2-1 incluido en la DIA, y según el análisis realizado, se concluye que el área dónde se emplaza el Proyecto presenta rutas turísticas bien definidas, sin embargo, lo relevante de las rutas son los hitos a los cuales se accede por medio de estas rutas y/o circuitos, y no las mismas, por lo que el área de emplazamiento del Proyecto no presenta valor turístico. Por lo anterior, el presente Proyecto no obstruye el acceso ni altera zonas con valor turístico.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de las obras

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto no significativo

Respecto a este componente, en el punto 5 del Anexo C2-1 de la DIA, el Titular presenta la caracterización ambiental del Patrimonio Cultural del Proyecto. De acuerdo a la información presentada, en el área de influencia se registró un hallazgo patrimonial, el que corresponde a la Línea Férrea Longino, que se emplaza de forma paralela al costado Sur de la Ruta 5 Norte, y se encuentra a unos 50 m de las estructuras (torres) más cercanas del Proyecto, por lo que no será afectado por las obras. Sin embargo, el Titular se comprometió a realizar una Inducción a los trabajadores sobre la normativa legal en caso que se detecte algún hallazgo arqueológico.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

El Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.  

 

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos

6.1.1. Artículo 156: Permiso para efectuar modificaciones de cauce

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

El presente permiso ambiental sectorial es aplicable al Proyecto debido a que 10 de las estructuras contempladas, cuyas coordenadas se presentan en el Anexo PAS-156, intervienen cauces intermitentes del sector del Proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Anexo PAS 156 incluido en la DIA

Pronunciamiento del órgano competente

Mediante Ord. N° 86 de fecha 05.02.16, la Dirección General de Aguas, Región de Atacama, se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº144/1961. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Durante la etapa de construcción, operación y cierre del Proyecto, el Titular adoptará las siguientes medidas de control: aplicación de Aglomerante en caminos no pavimentados, mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos, restricción de velocidad vehicular a 30 km/h en caminos no pavimentados y uso de mallas protectoras en el perímetro de la obra como en zonas de acopio de material.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de ejecución de las actividades o medidas de control de caminos y la inspección visual in situ de certificados de revisión técnica y mantenciones periódicas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº138/2005 Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica, modificado por el D.S. N° 90/2010 del Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto requerirá del funcionamiento de equipos de generación de energía, tanto para la etapa de construcción como de cierre del Proyecto. Por tal razón, el Titular proporcionará anualmente, a través de la página web del Ministerio de Salud o del dominio www.declaracionemision.cl, la declaración de fuentes fijas atmosféricas del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Declaración de emisiones realizada en el Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 1/2013. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC, del Ministerio del Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

Para las etapas de construcción y cierre, el Titular realizará la entrega a la autoridad sanitaria correspondiente de la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos. La declaración se realizará a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá a la declaración anual de las emisiones de los grupos electrógenos a través del RETC.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

D.S Nº594/1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos se almacenarán y dispondrán en lugares autorizados para tales efectos y se cumplirán todas las disposiciones aludidas. A su vez, el transporte de dichos residuos se realizará por terceros autorizados que cuenten  con la correspondiente autorización sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro sobre la cantidad de residuos dispuestos en los sitios de disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

D.F.L. Nº725/1968 del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos se almacenarán y dispondrán en lugares autorizados para tales efectos y se cumplirán todas las disposiciones aludidas. A su vez, el transporte de dichos residuos se realizará por terceros autorizados que cuenten  con la correspondiente autorización sanitaria.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro sobre la cantidad de residuos dispuestos en los sitios de disposición final.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos Peligrosos

Norma

D.S. Nº148/2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos serán almacenados y trasladados conforme al proyecto aprobado por RCA N°1044/2015. La disposición final y transporte se realizará por empresas especializadas que cuenten con las autorizaciones respectivas.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá al registro del tipo de residuos derivado a los sectores de acopio.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Patrimonio Cultural

Norma

Ley N°17.288/1970, del Ministerio de Educación. Legisla sobre Monumentos Nacionales

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Durante las fases del proyecto no se deteriorará ni intervendrá construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, contexto histórico o singularidad pertenezcan al patrimonio cultural. Así como también, el titular dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado durante la ejecución de las obras, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 26° de la Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23° del Reglamento de Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. El titular se compromete a realizar una inducción sobre el Patrimonio Arqueológico y Cultural a los trabajadores que participan del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento corresponderá al registro de las charlas de inducción al personal.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

 

Componente

Medidas

Emisiones Atmosféricas

-        Aplicación de Aglomerante en caminos no pavimentados. En respuesta a observación Nº12 del punto I de la Adenda se presentan mayores detalles de la medida y en Anexo AD-7 de la misma se presenta cartografía de los caminos a los cuales se les aplicará este aglomerante.

-        Mantención preventiva de equipos, maquinarias y vehículos. En la Tabla AD-13 de la Adenda se presentan mayores detalles de la medida.

-        Restricción de velocidad vehicular a 30 km/h en caminos no pavimentados. En la Tabla AD-13 de la Adenda se presentan mayores detalles de la medida.

-        Uso de mallas protectoras en el perímetro de la obra como en zonas de acopio de material. En la Tabla AD-13 de la Adenda se presentan mayores detalles de la medida.

Flora y Vegetación

Para las 3 especies que presentan categoría de conservación presentes en el área del Proyecto, se realizarán las siguientes medidas:

-    Plan de Rescate y Relocalización (Protocolo) de Leñosas Bajas (dominantes y codominantes de Formaciones xerofíticas): Considerando que el Plan presentado en la RCA Nº1044/2015, no contiene la especie Aphyllocladus denticulatus, el Titular deberá elaborar un Plan de Rescate y Relocalización de Leñosas Bajas específico que agregue esta especie (dando las explicaciones correspondientes en el sentido de que se trata como base del Plan ya aprobado), conservando los mismos Porcentajes de Éxito y el mismo Plan de Seguimiento que se plantea, respecto de las otras especies. En definitiva, se deberá asegurar el rescate y la relocalización de los 7 individuos de Aphyllocladus denticulatus con el 100% de sobrevivencia de ellos.

-    Plan de Rescate y Relocalización de Cactáceas (en categoría de conservación). Adentro y afuera del SPDF (En éste se describen las actividades de rescate, áreas de relocalización, porcentajes mínimos de éxito y plan de seguimiento entre otros): El Titular deberá incluir en este Plan los 16 individuos de la especie Copiapoa megarhiza que serán afectadas producto del presente Proyecto, asegurando la sobrevivencia de todos ellos. Deberá mantener los mismos Porcentajes de Éxito y Plan de Seguimiento aprobados en RCA Nº1044/2015 (dando las explicaciones correspondientes en el sentido de que se trata como base del Plan ya aprobado). Respecto de los 22 individuos de la especie Cumulopuntia sphaerica, el Titular deberá considerar sólo un 10% de los individuos, ya que se trata de una especie sólo de Preocupación Menor.

-    Colecta de germoplasma de acuerdo a la factibilidad técnica, de las especies dominantes y codominantes (acompañantes, relevantes en la estructura vegetacional) en cada unidad de formación vegetal en el SPDF (que no comprenda Formación Xerofítica): El Titular deberá aplicar los mismos criterios establecidos en la RCA Nº1044/2015 para los nuevos sectores intervenidos por el presente Proyecto.

-    Implementación de un Plan de Revegetación (con el germoplasma colectado y viverización, reproducción vegetativa de estacas). Las especies involucradas en la medida se detallan en la Tabla 22 de la RCA N°0504/2012: El Titular deberá aplicar el mismo criterio anterior, ya que en Tabla 22 de la RCA Nº 0504/2012, no se incluye la especie Aphyllocladus denticulatus.

-    Previo a la medida efectiva de rescate, se realizaría la georreferenciación de los ejemplares (en categoría de conservación) que deban ser extraídos (microrruteo): el Titular deberá clarificar si esta medida refiere a la información que ya ha entregado en el Apéndice PL-2. “Especies afectadas” del Anexo AD-13 de la Adenda del presente Proyecto, o se trata de un microrruteo distinto.

-    Se contempla la realización de una viverización de individuos de Copiapoa megarhiza, mediante ensayos de germinación, sobrevivencia y repoblación, a partir de la recolección de semillas desde el fruto (enero a marzo): el Titular deberá especificar que agregará a esta medida los 23 individuos que se verán afectados por el presente Proyecto.

Fauna

-    Charlas educativas sobre la Ley de Caza, cuidado y valoración de la biodiversidad.

-    Instalación de señalética indicando la presencia de fauna nativa de alta movilidad.

-    Plan de ahuyentamiento para reptiles y micromamíferos.

-    Prohibición de la caza, captura o colecta y alimentación de especies nativas, además de la introducción de animales.

-    Restricción del movimiento del personal y maquinarias exclusivamente por caminos de accesos definidos y áreas a intervenir.

-    Instalación de desviadores de vuelo en el tramo comprendido entre Diego de Almagro y Copiapó, además de guardaperchas.

Medio Humano

El Titular adquiere como compromiso voluntario contratar mano de obra local, la cual será coordinada con la Oficina de Intermediación Laboral de la Municipalidad de Copiapó. Sin embargo, señala que no se estima un porcentaje fijo de mano de obra local, pues esto dependerá de la disponibilidad en la comuna de mano de obra específica para las actividades con especialidades técnicas que requiere el Proyecto. El Titular entregará, una vez que el Proyecto se encuentra en desarrollo y dentro de los 2 primeros meses de inicio de cada etapa, la planilla con el personal contratado, a la SEREMI de Desarrollo Social Región de Atacama y a la I. Municipalidad de Copiapó.

Patrimonio Cultural

El Titular se comprometió a realizar una Inducción a los trabajadores sobre la normativa legal en caso que se detecte algún hallazgo arqueológico.

 

9°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se presentan en el Anexo C1-9 incluido en la DIA.

 

10°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

 

11°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

 

12°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

 

13°. Que, para que el proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

14° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

 

15°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

 

16°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.

 

17°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones”, presentado por el Sr. Gabriel Marcuz, en representación de Transmisora Eléctrica del Norte S.A.

 

2°. Certificar que el proyecto Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

 

3°. Certificar que el proyecto Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 156 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

4°. Certificar que el proyecto “Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

 

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/BRS/FJSH/VOP

Distribución:
  • Gabriel Marcuz
  • CONADI, Región de Atacama
  • CONAF, Región de Atacama
  • DGA, Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI de Minería, Región de Atacama
  • SEREMI de Salud, Región de Atacama
  • SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <lcruz@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Trazado Alternativo sector Río Copiapó para Proyecto Sistema de Transmisión de 500 kV Mejillones-Cardones"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=61/56/e4f17f67b603182cb38f371e5e5606a7f111


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR