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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I"

Resolución Exenta Nº 265/2013

Santiago, 24 de Mayo de 2013



VISTOS:

1.                Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley Nº 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el D.S. Nº 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución Nº 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en el Decreto Supremo N°1301, de fecha 12 de noviembre de 2012 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución N°40, de fecha 01 de Marzo de 2013 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.

 

2.                La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por TRANSELEC S.A., con fecha 9 de noviembre de 2012.   

 

3.                Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

 

Respecto a la DIA

 

·        Oficio Nº 2017 por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, con fecha 28/11/2012;

·        Oficio Nº 2068 por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, con fecha 27/11/2012;

·        Oficio Nº 104 por Seremi de Energía Región Metropolitana, con fecha 30/11/2012;

·        Oficio Nº 1023 por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 03/12/2012;

·        Oficio Nº 1921 por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, RM, con fecha 04/12/2012;

·        Oficio Nº 1908 por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 05/12/2012;

·        Oficio Nº 98-EA/2012 por Corporación Nacional Forestal, Región Metropolitana, con fecha 05/12/2012;

·        Oficio Nº 5342 por Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, con fecha 06/12/2012;

·        Oficio Nº 8955 por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 05/12/2012;

·        Oficio Nº 1200/0176 por Ilustre Municipalidad de Pudahuel, con fecha 07/12/2012;

·        Oficio Nº11398 por Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM, con fecha 11/12/2012;

·        Oficio NºSRM RMS N° 158/2012 (sea -seia- dia) por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 11/12/2012;

·        Oficio Nº 2379 por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 06/12/2012;

·        Oficio Nº 9040 por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 12/12/2012;

·         Oficio Nº 5146 por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 12/12/2012;

 

 

Respecto a la Adenda Nº 1

 

·        Oficio Nº 643 por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/02/2013;

·        Oficio Nº 240 por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, con fecha 27/02/2013;

·        Oficio Nº 314 por Servicio Agrícola y Ganadero, RM, con fecha 04/03/2013;

·        Oficio Nº 249 por Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, con fecha 05/03/2013;

·        Oficio Nº 1575 por Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, con fecha 05/03/2013;

·        Oficio Nº 2173 por Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, con fecha 05/03/2013;

·        Oficio Nº 422 por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, con fecha 07/03/2013;

·        Oficio Nº1200/0029 por Ilustre Municipalidad de Pudahuel, con fecha 08/03/2013;

·        Oficio Nº Ord. SRM RM N° 05- 243 por Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM, con fecha 14/03/2013;

 

Respecto a la Adenda Nº 2

·        Oficio Nº 434 por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, con fecha 09/04/2013.

4.                El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 15 de abril de 2013.

 

5.                El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”.

 

6.                Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”.

 

7.               El acuerdo de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación del Medio Ambiente de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 18 de abril de 2013.

 

CONSIDERANDO:

1.                Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”.

 

2.                Que, el derecho de TRANSELEC S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

 

3.                Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y en las Adendas N°1 y N°2; y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, las cuales forman parte integrante de la presente resolución, el proyecto consiste en:

 

·        La construcción y operación de la nueva subestación eléctrica de 220/500 kilovoltios (kV) en el sector de Lo Aguirre.

·        La construcción de una línea de enlace a la subestación de 1,6 km que seccionará la actual línea 220 kV Rapel – Cerro Navia, y en

·        La construcción de una línea de enlace a la subestación de 0,5 km que seccionará la actual línea 500 kV Alto Jahuel-Polpaico.

 

i.                 Tipología de Proyecto: 

El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) debido a que cumple con el criterio establecido en el literal b) del artículo 3 del Decreto Supremo 95/2001, del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que hace referencia a:

 

b. Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

Asimismo, se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica, y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.

 

En consecuencia con lo anterior, el presente proyecto debe presentarse a evaluación ambiental ante el SEIA, debido a que corresponde a un proyecto asociado a líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje (500 y 220 kV) y una subestación eléctrica.

 

ii.                Vida útil:

La vida útil de las nuevas obras que se emplazarán en la Subestación Seccionadora Lo Aguirre se estima en 50 años, período de tiempo que puede ampliarse mediante la actualización tecnológica de los equipos.

 

iii.               Superficie:

 

Las instalaciones de la Subestación eléctrica y sus líneas proyectadas utilizarán una superficie aproximada de 15,16 ha, de las cuales 4,54 ha se requieren para la construcción de la subestación, donde se incluye la construcción del camino de patio, casa de servicios generales, galpones (500 y 220 kV) y patios de 500 y 220 kV. En tanto, las 10,62 ha restantes consideran el área que abarca la materialización de las líneas de enlace a la subestación que seccionarán la actual línea de 220 kV Rapel – Cerro Navia, y la actual línea 500 kV Alto Jahuel-Polpaico.

Sin embargo, desde el punto de vista ambiental, la superficie afectada en forma permanente para las líneas, corresponde a la superficie de emplazamiento de las estructuras, las que consideran un máximo de 400 m2 (20 x 20 m) para cada estructura con un total aproximado de 0,44 ha de superficie.

 

Tabla N° 1: Superficies

 

Descripción

Superficie

Un

Superficie total Subestación

 4,54

Ha

Casa Servicios Generales (500 y 220 kV)

493

m2

Galpón GIS 500 kV

309

m2

Galpón GIS 220 kV

309

m2

Patio de 500 kV (incluye autotransformadores)

8.316

m2

Patio de 220 kV (Inst. de faenas)

3.200

m2

Camino patios

2.475

m2

Franja servidumbre 220 kV (faja de 40 m y 50 m)

6,25

Ha

Franja servidumbre 500 kV (faja de 96 m)

4,37

Ha

       

 

iv.              Mano de Obra y Cronograma:

 

La cantidad de personal necesario para la fase de construcción del proyecto, se estima en promedio alrededor de 168 personas, durante los 14 meses de duración de esta fase, con un peak de 100 personas para la construcción de las líneas y de 250 personas para la subestación.

 

La distribución de la mano de obra se muestra en la siguiente tabla:

 

Tabla N° 2: Mano de Obra

Parte del proyecto

Mano de obra total estimada

Línea enlace en 220 kV

60 personas

Línea enlace en 500 kV

40 personas

Subestación Lo Aguirre

250 personas

Total

350 personas

 

 

Para la fase de operación no se considera la contratación de mano de obra permanente, puesto que la subestación será operada a distancia a través de telecomandos. El único personal que accederá al área del proyecto será aquel relacionado con actividades de mantenciones de cuatro veces al año y, eventuales reparaciones si fuese necesario. Se considera una dotación en terreno de una o dos brigadas compuestas por veinte (20) personas cada brigada, para revisión del estado de las líneas de alta tensión.

A continuación, se presenta el cronograma de las actividades del proyecto:

 

Tabla N°3: Cronograma de Actividades del Proyecto

 

 

MES 1

MES 2

MES 3

MES 4

MES 5

MES 6

MES 7

MES 8

MES 9

MES 10

MES 11

MES 12

MES 13

MES 14

Instalación Faena

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Subestación

 

Obras Civiles

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Montaje Equipos

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Línea de Enlace 220 kV

 

Obras Civiles

 

 

 

 

 

 

Montaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tendido

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apertura

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Línea de Enlace 500 kV

 

Obras Civiles

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Montaje

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tendido

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Apertura

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

v.                Justificación:

 

Dado el actual escenario de crecimiento de la demanda energética del país y, en particular en la Región Metropolitana, es que TRANSELEC S.A. contribuye a satisfacer estas necesidades a través de soluciones de suministro eléctrico, instalando equipamiento de alta tecnología que permitirá satisfacer la demanda, en forma segura, respetando las restricciones técnicas y operativas, y garantizando la continuidad del servicio.

 

vi.              Localización:  

 

El proyecto se localiza en la Región Metropolitana de Santiago, en la comuna de Pudahuel. Se emplazará específicamente cercana al cruce de las líneas Alto Jahuel – Polpaico 2x500 kV y Rapel – Cerro Navia 2x220 kV, a la altura del km 16,5 de la Ruta 68, a 1,6 km en dirección norponiente del punto de intersección de las líneas a seccionar. En la Figura 1-1 de la DIA se indica gráficamente la localización.

 

El proyecto se localiza fuera de los límites urbanos de la comuna de Pudahuel por lo que el proyecto no queda sujeto a las exigencias del instrumento de planificación Plan Regulador Comunal, por lo que, se debe considerar lo señalado en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).

El PRMS específicamente en su artículo 8.3.2.2 indica en I.S.A.M.-1 que el sector Noviciado-Lo Aguirre además permite actividades agropecuarias e instalaciones de agroindustria, considerando además, suelos potencialmente utilizables para la localización de plantas de macroinfraestructura, energética y de comunicaciones y, cárceles.

Cabe mencionar que de acuerdo a lo indicado en el Art. 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (O.G.U.C.) para el caso del uso de suelo referido a la infraestructura energética, tales como, centrales de generación o distribución de energía, de gas y de telecomunicaciones, gasoductos, etc., y las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicios domiciliarios y en general los trazados de infraestructura se entenderán siempre admitidos y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes.

En el Anexo 1 de la Adenda 2, se presentan los Certificados de Informaciones Previas (CIP) emitidos por la I. Municipalidad de Pudahuel a la fecha para el sector de emplazamiento del proyecto. Así mismo se adjunta comprobante de solicitud CIP actualizado del sector de emplazamiento del proyecto.

En el punto 6.3 de la DIA, el titular adjunta antecedentes para el Permiso Ambiental Sectorial para realizar el cambio de uso de suelo de acuerdo a los requisitos establecidos en el Artículo 96 del Reglamento del  Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En las siguientes tablas, se resumen las coordenadas referenciales del área del emplazamiento de las obras. Su gráfico se muestra en la Figura 1-1 de la DIA.

 

Tabla N° 4: Vértices que forman polígono que circunscribe al predio de la Subestación

Sector

ID

Ubicación

Coord. UTM, WGS 84

Este

Norte

Predio de la Subestación

A

323.518

6.298.115

B

323.426

6.298.301

C

323.435

6.298.327

D

323.632

6.298.425

E

323.659

6.298.415

F

323.751

6.298.230

 

 

Tabla N°5: Vértices que forman polígono que circunscribe área de la Subestación

Sector

ID

Ubicación

Coord. UTM, WGS 84

Este

Norte

S/E Seccionadora Lo Aguirre

1

323.742

6.298.235

2

323.510

6.298.125

3

323.441

6.298.270

4

323.450

6.298.294

5

323.648

6.298.387

6

323.674

6.298.378

 

Tabla N°6: Vértices que forman polígono que circunscribe área de la Línea 220 kV

Sector

ID

Ubicación

Coord. UTM, WGS 84

Este

Norte

Zona de Afectación Línea 220 kV

7

323.561

6.298.149

8

323.597

6.298.166

9

323.600

6.298.159

10

323.813

6.298.107

11

323.866

6.298.000

12

323.962

6.297.807

13

324.052

6.297.624

14

324.152

6.297.363

15

324.154

6.297.257

16

324.155

6.297.200

17

324.157

6.297.102

18

324.114

6.297.100

19

324.113

6.297.200

20

324.113

6.297.354

21

324016

6.297.606

22

323.922

6.297.800

23

323.825

6.298.000

24

323.785

6.298.082

25

323.569

6.298.131

26

324.110

6.297.099

27

324.160

6.297.103

28

324.162

6.297.000

29

324.165

6.296.846

30

324.115

6.296.828

 

 

Tabla N°7: Vértices que forman polígono que circunscribe área de  la Línea 500 kV

Sector

ID

Ubicación

Coord. UTM, WGS 84

Este

Norte

Zona de Afectación Línea 500 kV

31

323.682

6.298.361

32

323.739

6.298.381

33

324.000

6.298.387

34

324.097

6.298.390

35

324.103

6.298.295

36

324.000

6.298.292

37

323.750

6.298.285

38

323.726

6.298.270

 

 

3.1  Fase de construcción.

La fase de construcción se compone principalmente de movimientos de tierra, construcción de fundaciones, montaje electromecánico de estructuras y equipos, pruebas y puesta en servicio. Cabe destacar que para su ejecución, el proyecto no requiere instalaciones auxiliares, tales como plantas de asfalto, extracción de áridos o puntos de captación de aguas.

Definición de las obras físicas y acciones del proyecto.

 

A continuación, se presenta una descripción de las obras a implementar en el proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”.

El proyecto contempla las siguientes obras:

       i.          Subestación (S/E) de transformación 500/220 kV considerando un banco autotransformador compuesto de tres (3) unidades monofásicas de 500/√3: 220/√3:66 kV con una capacidad de 250 MVA cada uno, más una (1) unidad de reserva.

      ii.          La construcción de una línea de enlace a la subestación de 0,5 km que seccionará la actual línea de 2x500 kV Alto Jahuel-Polpaico, y la modificación del trazado de la línea de 500 kV Ancoa-Polpaico, hacia las barras de la nueva subestación.

     iii.          Seccionamiento completo de la línea de 2×220 kV Rapel – Cerro Navia.

    iv.          Construcción de tramos de líneas entre los puntos de seccionamiento y la nueva S/E Seccionadora Lo Aguirre.

En la Figura 2-1 de la DIA se muestra el emplazamiento de las obras del proyecto.

a)     Subestación Seccionadora Lo Aguirre.

 

Esta obra consiste en la construcción de una subestación encapsulada o GIS (del Inglés Gas Insulated Switchgear ) de 500/220 kV en una superficie estimada de 4,54 ha, la que incluye franjas de seguridad establecidas por SERNAGEOMIN.

 

En las subestaciones GIS los equipos principales, ya sean interruptores, desconectadores, barras, etc., se encuentran encapsulados de forma independiente y sellados herméticamente en un compartimiento metálico. La subestación GIS estará ubicada al interior de una caseta o edificio metálico. En la figura 2-2 de la DIA, muestra una subestación GIS, vista interior y en la figura 2-3 se muestra una vista exterior.

 

La subestación eléctrica contempla las siguientes partes y obras:

i. Patio de Banco Autotransformador.

  • Estructuras: Barras auxiliares en 500 kV y 220 kV para la rotación de unidades, foso separador de aguas y aceite, fundaciones y muros cortafuegos, estructuras altas y bajas, patio abierto en 66 kV para la conexión en delta del terciario del banco autotransformador.

·        Equipos: Banco autotransformador compuesto por tres (3) unidades de fase más una (1) unidad de reserva de 250 MVA 500/220 kV cada una, aisladores de pedestal en 500 kV y 220 kV, equipos primarios convencionales, pararrayos y, sistemas de control y protecciones.

ii. Patio de 500 kV.

·        Estructuras: Marco de línea, (pilar, viga, extensión), pilar barra auxiliar, pilar de anclaje cable de guardia, soporte aislador de pedestal, soporte tubos gas SF6, soporte pararrayos, soporte terminal gas SF6-aire (mufas), galpón GIS.

·        Equipos: Autotransformadores 500/220 kV, aisladores de pedestal, tubos gas SF6, GIS 500 kV, pararrayos, terminales gas SF6-aire, aisladores de pedestal, equipos primarios convencionales y, sistema de control y protección.

 

iii.  Patio de 220 kV.

·       Estructuras: Marco de línea, (pilares, vigas, extensión), pilar barra auxiliar, soporte aislador de pedestal, soporte tubos gas SF6, soporte pararrayos, soporte terminal gas SF6-aire (mufas), estructuras altas y bajas, fundaciones, galpón GIS.

·       Equipos: Equipo GIS 220 kV, aisladores de pedestal, tubos gas SF6, pararrayos, terminales gas SF6-aire (mufas), condensadores de acoplamiento, trampas de onda y, pararrayos.

iv. Instalaciones Comunes.

  • Casa de servicios generales, plataforma, canalizaciones, malla de puesta a tierra, estacionamientos, caminos interiores, cierros, servicios auxiliares de corriente continua y corriente alterna, sistemas de comunicación, antena de comunicaciones.

A continuación se definen las principales partes y obras de la subestación:

a.1 Estructuras.

i.   Estructuras Metálicas.

La subestación contempla el suministro y montaje de estructuras metálicas, fabricadas en acero estructural de tipo celosía apernada, tales como marcos de línea (pilar, viga, extensión), soportes de equipos y estructuras metálicas para líneas de 220 kV y 500 kV.

ii.  Fundaciones.

Las fundaciones tienen por finalidad dar apoyo y transferir al suelo las solicitaciones y peso de las estructuras y los equipos eléctricos, y serán confeccionadas con hormigón armado de acuerdo a las dimensiones y especificaciones de diseño de cada equipo o estructura a soportar.

a.2 Equipos.

A continuación se definen los principales equipos que operarán en la Subestación Seccionadora Lo Aguirre:

i.                 GIS de 220 – 500 kV.

El equipo GIS corresponde a una subestación compacta confinada a ductos metálicos llenos de Hexafloruro de Azufre que es un gas aislante incoloro, inodoro, no tóxico y no inflamable (también denominado gas SF6). La GIS contiene todo el equipamiento primario de las subestaciones convencionales, tales como, interruptores de poder, desconectadores, transformadores de potencial (medida), transformadores de corriente (medida), barras, pararrayos (opcional).

ii.                Autotransformadores.

Corresponde a un equipo eléctrico, de construcción y características similares a las de un transformador, pero que a diferencia de éste, sólo posee un único devanado alrededor de un núcleo ferromagnético. Este equipo convierte la energía eléctrica alterna de un cierto nivel de tensión, en energía alterna de otro nivel de tensión, por medio de interacción electromagnética, manteniendo constante la potencia del sistema.

iii.               Aisladores de Pedestal.

Corresponden a soportes aislantes para conductores desnudos de alta tensión.

iv.              Terminales de Gas SF6 – Aire (mufas).

Corresponde al terminal que permite realizar la transición desde un cable de poder aislado o ducto de barras, hacia un conductor aéreo (desnudo).

v.                Condensadores de Acoplamiento y Trampas de Onda.

Equipos correspondientes a un sistema de telecomunicación del tipo onda portadora de línea de alta tensión.

vi.              Pararrayos.

Su función es proteger a los equipos primarios de las sobretensiones producto de descargas atmosféricas y sobretensiones producidas por maniobras de los equipos.

vii.             Barra.

Corresponde a un punto común del sistema eléctrico, dentro de la subestación, donde se conectan las alimentaciones o consumos asociados a cada paño de la subestación. Físicamente se materializan mediante conductores aéreos o ductos de barras (aislados en aire o gas SF6).

viii.            Malla Puesta a Tierra.

Corresponde a un conjunto de conductores de cobre desnudo conectados entre sí formando una grilla, enterrados. Esta malla estará conectada a todos los equipos y estructuras de la subestación, y cumple la función de facilitar la evacuación de las corrientes de falla a tierra, minimizando los voltajes peligrosos para las personas y los equipos.

a.3 Obras Civiles.

     i. Canalizaciones.

Corresponden por lo general a trincheras con tapas de hormigón en cuyo interior se tienden cables de media y baja tensión (entre equipos).

ii.                Plataforma.

iii.                Cierre Perimetral.

Se proyectan tres tipos de cierres: Uno que limitará el predio, se trata de un cierre de tipo agrícola con rollizos de madera y cinco hiladas de alambre de púas del tipo galvanizado. Un segundo cierre perimetral con muros de placas de hormigón prefabricado con protecciones antitrepado y altura mínima de 2,3 m que delimitará la S/E Seccionadora Lo Aguirre con el entorno y, un tercer cierre metálico estándar tipo Acmafor, que delimita la zona del patio de 220 kV, autotransformadores y del patio de 500 kV.

iv.              Muros Cortafuegos.

Muros de hormigón armado, ubicados entre los autotransformadores, cuya función es impedir la propagación del fuego entre unidades en caso de incendio.

v.                Galpones GIS.

Se trata de galpones del tipo metálico con estructuras del tipo tubest revestidos con placas metálicas con elementos aislantes térmicos. Las superficies estimadas para el galpón GIS de 220 kV es de 290 m2 y, para el galpón GIS de 500 kV, será de 310 m2.

vi.              Casa de Servicios Generales.

Esta dependencia, cuya superficie estimada es de 493 m2, albergará los servicios comunes de la subestación, esto es, sistema de telecomunicaciones, control y protecciones; servicios auxiliares de la corriente alterna y continua, bancos de baterías y servicio higiénico.

Su estructura será de albañilería de ladrillo fiscal, reforzada con pilares y cadenas de hormigón armado. La cubierta será en losa de hormigón armado con alero también de hormigón armado.

El diseño cumplirá con lo indicado en la norma NCh 433 de diseño sísmico de edificios, los elementos de albañilería reforzada se diseñarán según la NCh 2123 y NCh 1928. La ejecución de las obras cumplirá con las estipulaciones contenidas en las Normas INN, con la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y con los Reglamentos para Instalaciones Domiciliarias de Electricidad y Sanitarias vigentes.

El servicio higiénico, para la fase de operación, estará conectado a una fosa séptica con un dren de infiltración. La fosa séptica prestará servicio a un servicio higiénico, dotado de un excusado y lavamanos, que conforma la instalación sanitaria permanente para el personal que realizará las mantenciones en el año, durante la fase de operación del proyecto.

La dotación máxima de trabajadores en el área del proyecto es de 40 y considerando un efluente del 80% de la dotación total de agua potable se estima que se generará un máximo de 3,2 m3 por cada una de las cuatro mantenciones que se realizarán al año.

vii.             Sala para Grupo Electrógeno de Emergencia.

Corresponde a una sala anexa a la casa de servicios generales, y ubicada adyacente a ésta, tendrá 50 m2 y se construirá en albañilería y hormigón armado. La fundación y la construcción en general de esta sala deberá considerar lo establecido en las normas SEC, vigente a la fecha.

En esta sala habrán dos grupos electrógenos de emergencia para la fase de operación los cuales dispondrán de un estanque con capacidad para un servicio continúo de 30 horas, adicionalmente se considerará un estanque de almacenamiento de combustible con capacidad de 250 litros.

La ubicación de los equipos y el estanque será en un espacio abierto, cercado para evitar acceso de personas no autorizadas, bajo éstos se dispondrán bandejas para contener  posible derrames. Se considerará instalar carteles de señalización y advertencia y las correspondientes fichas técnicas de seguridad.

viii.            Foso recolector con separador agua – aceite.

Corresponde al foso donde se recolecta el aceite de cualquiera de las unidades de autotransformador, mediante un sistema de ductos, en el caso que ocurra un derrame de aceite de una de éstas (evento de muy baja probabilidad). El foso cuenta con un sistema separador agua-aceite a su entrada, por lo que sólo almacena el aceite contenido en una mezcla agua-aceite proveniente desde las piletas recolectoras de los autotransformadores.

El autotransformador utiliza un volumen aproximado de 70 mil litros de aceite aislante. El foso se construirá con capacidad para contener el volumen total de aceite correspondiente a una unidad de autotransformador.

ix.              Caminos al interior de la subestación.

Los caminos interiores de la subestación tienen por finalidad permitir la circulación de vehículos, camiones y maquinaria, de manera tal de facilitar el acceso a la subestación durante la etapa de operación. Los caminos están definidos como caminos de tipo minero, el cual corresponde a una carpeta estabilizada la que se emplaza desde la subestación hasta el camino existente de la mina, aproximadamente de 1,67 km de longitud desde la subestación hasta la Ruta 68. Los caminos interiores contarán con carpeta asfáltica, se construirán de un ancho mínimo de calzada de 5,0 m y contarán con sistema de drenaje según la pendiente transversal y longitudinal del diseño. En la Figura 2-1 de la DIA, se muestran los caminos al interior de la subestación.

 

b)     Línea Transmisión Eléctrica.

 

b.1 Superficie a utilizar.

La superficie a ocupar por las líneas de enlace 220 kV es de 6,25 ha y para la línea de enlace de 500 kV es de 4,37 ha aprox. Sin embargo, la superficie afectada en forma permanente corresponde a la superficie de emplazamiento de las estructuras, las que consideran un máximo de 400 m2 (20 x 20) para cada estructura, con un total aproximado de 0,44 ha de superficie.

b.2 Líneas de enlace.

A continuación, se describe el trazado de los enlaces para el seccionamiento de las líneas 2 x 220 kV Rapel – Cerro Navia y 500 kV Alto Jahuel – Polpaico.

i.                 Descripción Línea de Enlace 220 kV

La línea de enlace 220 kV considera un total de ocho (8) estructuras, de cuatro (4) circuitos de una longitud aproximado de 1.600 m. Las siluetas y dimensiones generales de la estructura se muestran en la figura 2-4 de la DIA. Sobre estas estructuras se instalarán conductores desnudos, para una capacidad de transmisión de 1.800 MVA por circuito.

El tramo de enlace que saldrá desde la S/E Seccionadora Lo Aguirre hasta la línea 220 kV Rapel–Cerro Navia, se extiende perpendicular a ésta en una distancia de 1,5 km, desde el vértice de salida hasta las torres seccionadoras. Parte de su emplazamiento va dentro del predio de la mina Lo Aguirre.

 

La línea de enlace asociada al seccionamiento de la línea 2 x 220 kV Rapel – Cerro Navia existente, comienza en las nuevas torres T234A y T234B, las cuales se intercalan en reemplazo de la torre T234 existente. El trazado se inicia paralelo a la línea de 500 kV Alto Jahuel-Polpaico hasta la torre T2, desde donde continua paralelo al camino interior existente, para finalmente, en la torre T5, girar al noroeste para llegar a la S/E Seccionadora Lo Aguirre en la torre T6, totalizando aproximadamente 1,6 km.

 

Una vez finalizado el seccionamiento de la línea 2 x 220 kV Rapel – Cerro Navia, la configuración de la línea quedará 2x220 kV Rapel - Lo Aguirre y 2 x 220 kV Lo Aguirre – Cerro Navia. En la Figura 2-4 de la DIA se muestran las Siluetas de Torres Enlace 220 kV.

 

ii.                Descripción Línea de Enlace 500 kV

La línea 500 kV Alto Jahuel-Polpaico (circuito oriente) comparte las estructuras con la actual línea 500 kV Ancoa-Polpaico (circuito poniente), por lo que en esta etapa del proyecto, se considera seccionar en la S/E Lo Aguirre, sólo el circuito 1x500 kV Alto Jahuel-Polpaico (circuito oriente). Debido a que la S/E Lo Aguirre se ubica al lado poniente de la línea, se modificará también el trazado del circuito 1x500 kV Ancoa-Polpaico (circuito poniente), llevándolo hasta la subestación, donde mantendrá su continuidad eléctrica por medio de chicotes de conexión montados sobre aisladores de pedestal por dentro de la subestación. De esta manera, ambos circuitos de la línea se modifican y se conectan con barras de la subestación. Figura 2-5 de la DIA se muestran las Siluetas de Torres Enlace 500 kV.

El tramo de enlace que saldrá desde la S/E Seccionadora Lo Aguirre hasta la línea 500 kV Alto Jahuel–Polpaico, se extiende perpendicular a ésta en una distancia de 381 metros desde el eje de los vértices de salida hasta las torres seccionadoras (dos torres de remate entre el vano comprendido entre la torre T84 y T85).

Una vez modificada la línea 2 x 500 kV Alto Jahuel – Polpaico, y Ancoa - Polpaico, la configuración de las líneas de enlace quedará:

-        2 x 500 kV Polpaico – Lo Aguirre – Ancoa y Polpaico – Lo Aguirre (entre estructuras T84C y T84D).

-        2 x 500 kV Polpaico - Lo Aguirre – Ancoa y Lo Aguirre Alto Jahuel (entre estructuras T84A y T84B).

En las tablas 2-1, 2-2, 2-3, 2-4 y 2-5 de la DIA, se indica un resumen general de todas las estructuras de las líneas de enlace de 220 kV y 500 kV.

b.3 Descripción de las Torres.

i. Aisladores.

Estos corresponden a elementos de suspensión de vidrio templado, cuya función es sostener los conductores de aluminio, por medio de un material que no conduce la electricidad. Ambos enlaces se encuentran en una zona de aislación normal.

Indistintamente del nivel de voltaje de los enlaces (500 kV ó 220 kV) se distinguen tres (3) tipos de conjuntos de aislación según su función: anclaje, suspensión y suspensión para puente de anclaje, todos formados por aisladores de vidrio templado.

ii.                Conductores.

Conductor desnudo (aluminio, aleación de aluminio, acero o combinaciones de éstos) que conducen la energía eléctrica de un extremo a otro.

Accesorios de los conductores:

Sistema de protección contra vibraciones eólicas: Para proteger los conductores y el cable de guardia del efecto nocivo de las microvibraciones generadas por el viento.

Sistema de separación para subconductores: Para mantener el haz de cuatro (4) subconductores por fase se utilizan unos separadores los cuales también tienen la función de amortiguación para evitar las vibraciones generadas por el viento.

Uniones a compresión: Las uniones del conductor de fases con los conjuntos de aislación, serán del tipo compresión, con lo cual se permiten unir los distintos tramos de conductor. Estas uniones generalmente son de un material muy similar al del conductor sobre el que se instalarán.

Balizas de señalización aeronáutica: En el caso que se requieran instalar balizas diurnas de señalización aérea para la línea de transmisión, ellas consistirán en esferas anaranjadas que se instalarán sobre el cable de guardia, con la finalidad de advertir la presencia de los cables a cualquier aeronave. La cantidad y vanos en los que se instalarán estos elementos, dependerá de las consideraciones que establezcan las respectivas entidades, tales como a Dirección General de Aeronáutica Civil.

iii.               Cable de guardia.

Cable de menor diámetro que el conductor, utilizado como pararrayos, que conduce la energía de eventuales descargas atmosféricas, protegiendo los conductores y sus aisladores. Se ubica en el extremo superior de las estructuras y las conecta entre sí a lo largo de parte o toda la línea.

iv.              Crucetas.

Son los brazos de las estructuras que soportan y sujetan directamente a los conductores, proporcionando la separación lateral al cuerpo principal de la estructura. Se muestra en la Figura 2-4 y Figura 2-5 de la DIA.

b.4 Estructuras.

i. Fundaciones.

La estabilización de las estructuras en el terreno se realiza a través de fundaciones independientes para cada una de las patas de las torres. Éstas serán de hormigón armado, con moldajes de madera o metálico y/o contra terreno y rellenos compactados. En los casos que no sea posible emplear fundaciones de hormigón (por ejemplo, en roca firme), se emplearán anclajes enterrados en el terreno firme con vástago de hormigón armado. Dependiendo de la calidad de los suelos, corresponderá el tipo de fundación que se utilizará para cada estructura.

ii.                Estructuras.

Todas las estructuras serán reticuladas, autosoportantes y de disposición vertical de conductores. Las torres serán de acero galvanizado. Ver figura 2-4 y 2-5 de la DIA.

b.5 Obras.

i. Caminos de Acceso.

Se habilitarán caminos de accesos a las estructuras de manera tal de facilitar el acercamiento de la maquinaria que operará durante la etapa de construcción. Estos caminos podrán quedar habilitados para labores de mantención e inspección durante la etapa de operación. En la Figura 2.6 de la DIA, se presenta sector con los caminos proyectados.

ii.      Malla puesta a tierra de las estructuras.

Para las estructuras de las líneas de transmisión eléctrica, 220 kV y 500 kV, se considera instalar una malla típica en base a pletinas de acero galvanizado. La malla básica corresponde a pletinas que se unen con las barras de fundación, y luego se distribuyen radialmente desde cada una de las cuatro patas de la estructura y se cierra formando un perímetro.

Estas mallas se construirán en el terreno a una profundidad de 60 cm aproximadamente, rellenándose la excavación con material fino producto de la misma excavación. En caso de estructuras en ladera, la malla de puesta a tierra seguirá la pendiente del terreno. Todas las uniones entre las pletinas se ejecutarán mediante soldadura eléctrica al arco, protegiendo posteriormente los puntos soldados con pintura especial (galvanizado en frío).

iii.               Elementos Menores.

Son todos aquellos elementos que por su tamaño no constituyen un elemento principal, o se usan sólo en algunos sectores específicos. Se considera en este grupo los amortiguadores de vibración eólica y balizas de señalización aérea.

b.6  Franja de Servidumbre.

Es una franja cuyo objetivo es amparar legalmente, el emplazamiento de la línea. Dentro de ella está contenida, a su vez, la franja de seguridad, que se mantiene permanentemente despejada de todo tipo de construcciones y de aquella vegetación cuya altura sobrepase los límites establecidos por la normativa eléctrica conforme a lo establecido en la NSEG 5, E.n 71 “Electricidad, Instalaciones eléctricas de Corrientes Fuertes”.

La franja de servidumbre para el enlace de 220 kV tiene cuarenta (40) y cincuenta (50) metros de ancho a cada lado de la línea medido desde su eje. Para el enlace en 500 kV, se tiene una franja de noventa y seis (96) metros en el total de su extensión.

 

La fase de construcción contempla el desarrollo de las actividades que se indican a continuación:

 

3.1.1        Instalación de Faenas.

Las instalaciones temporales corresponden a la instalación de faena necesaria para poder llevar a cabo las construcciones de carácter permanente la cual estará operativa durante todo el periodo de construcción de las obras. Se localizarán en el mismo predio definido para la S/E, emplazada hacia el vértice nor-poniente del predio. En la Figura 2-7 de la DIA,  se grafica el Área de Instalación de Faenas.

Esta instalación considera el emplazamiento y operación transitoria de infraestructura de apoyo a la labor constructiva tanto de las líneas de 220 kV y 500 kV como de la S/E Seccionadora Lo Aguirre. Utilizará un espacio aproximado de 3.200 m2, donde se contempla ubicar:

­  Oficinas,

­  Sala de reuniones,

­  Bodegas de materiales,

­  Bodega de acopio temporal de residuos (BAT),

­  Patio de salvataje para residuos no peligrosos,

­  Área de primeros auxilios (asistencia de un paramédico),

­  Recinto cercado con equipos de emergencia de suministro de energía eléctrica para la faena,

­  Zona de almacenamiento de combustible,

­  Zona estacionamientos para vehículos y maquinarias,

­  Baños químicos y duchas portátiles,

­  Comedores,

­  Sector de cambio,

­  Patio de acopio de materiales,

­  Estacionamientos para maquinaría de la obra y para el personal.

­  Comunicaciones (telefonía celular y/o radios portátiles),

­  Personal de vigilancia.

La instalación de faena dispondrá de los siguientes módulos:

Tabla N°8: Unidades de la instalación de faena

Módulo de Uso

Superficie m2

Un contenedor oficina con baño de 6 x 2,5 m para el site manager.

15

Diez contenedor oficina de 6 x 2,5 m para funcionarios del Consorcio.

150

Cuatro salas de reuniones in situ, con mesa, silla y pizarra mural.

72

Un contenedor oficina de 6 x 2,5 m para ingeniería en terreno.

15

Un contenedor oficina de 6 x 2,5 m para la Inspección Técnica de Obras (ITO)

15

Dos contenedores oficina y dos de bodega para subcontratistas.

60

Recinto habilitado para comedor en obra el cual cumplirá con el D.S. N° 594/99, del MINSAL

100

Cinco contenedores vestidor en obra habilitado con 6 duchas para personal de Obras, con sistema de agua caliente y fría, la cantidad corresponde a lo indicado en la tabla del artículo 23 del Decreto Supremo N°594, del MINSAL

75

Cuatro contenedores baños en obra cada uno con: cinco WC, seis lavatorios, dos urinarios

60

Dos contenedor bodega

30

Pañol para materiales herramientas y elementos de seguridad.

24

Estacionamientos

90

Acopio de materiales

200

Superficie total a utilizar para obras y oficinas temporales

3.200

 

La instalación de faenas contará con un patio de salvataje el cual estará debidamente delimitado y señalizado para la disposición de residuos domésticos y asimilables. Estos serán almacenados en contenedores con tapa de 200 litros, y un sitio de acopio o BAT (Bodega de Almacenamiento Temporal), para el almacenamiento temporal de los eventuales residuos peligrosos generados durante la fase de construcción, y su transporte y disposición final se realizará por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria en sitios que cuenten con autorización de la Autoridad Sanitaria. Este sitio de almacenamiento temporal contará con:

 

·      Base de concreto continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados.

·      Cierre perimetral de, a lo menos, 1,80 m de altura, el cual impedirá el libre acceso de personas y animales.

·      Será techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

·      Tendrá un sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

Para la prevención de incendios que pudieran producirse en la instalación de faenas, se dispondrá de extintores de acuerdo a las normativas vigentes. Se dispondrán extintores de Polvo Químico Seco ABC Multipropósito y de CO2.

Una vez finalizada la fase de construcción, todas las instalaciones provisorias serán desarmadas y retiradas del lugar, luego se restituirá la topografía del lugar de manera de armonizar con el entorno los niveles finales del terreno.

3.1.2        Acceso a las Obras.

i.                 Caminos de Accesos a la Subestación.

El acceso a la subestación se realiza desde la Ruta 68, ingresando por el camino privado minero, emplazado al interior de la minera Lo Aguirre, tomando una desviación hacia el camino al Polvorín, hasta la subestación, recorriendo una distancia de 1,67 km.

Al interior de la subestación, se considera construir una carpeta en pavimento asfáltico, que cumplirá con lo establecido en el capítulo 3.604.1 del Volumen 3 del Manual de Carreteras. Se construirán con un ancho mínimo de calzada de 5,0 m y la longitud total será de 2.475 m aproximadamente. Adicionalmente, contarán con sistema de drenajes según la pendiente transversal y longitudinal de diseño, para ello se proyecta la construcción de obras complementarias de drenaje como cunetas y sumideros.

ii.                Caminos de Acceso a las Estructuras.

Para el acceso a los sectores donde se montarán las estructuras, Transelec S.A. utilizará mayoritariamente los caminos existentes en los predios, realizándose mejoramiento y/o habilitaciones de ellos. En el caso de las estructuras emplazadas en puntos que no posean huellas o caminos existentes, se considera la construcción de huellas de acceso de acercamiento a las estructuras, las que tendrán un ancho promedio de 4 m y procurarán mantener la menor pendiente posible, además se priorizará el uso de la faja de servidumbre asociada a la línea.

En el sector correspondiente al trazado de la línea seccionadora de 220 kV, el emplazamiento de cinco de las ocho (8) estructuras no requerirá la habilitación de huellas, ya que se encuentran cercanas al camino existente. Para el caso de las otras estructuras, se contempla la habilitación de una huella de aproximadamente 400 m de longitud.

Para el acceso de las torres de la línea seccionadora de 500 kV, se considera habilitar aproximadamente 500 m de huellas, en la Figura 2-6 de la DIA, se presenta la disposición de los caminos a utilizar para la mantención de las torres.

Durante la fase de operación de la línea de transmisión los caminos de acceso serán utilizados para el mantenimiento de ésta. En caso de abandono del proyecto, permiten el desmantelamiento de la obra.

iii.               Caminos de Acceso a la Instalación de Faenas.

El acceso hacia la instalación de faenas, se realizará la caletera de la Ruta 68 se ingresará por el camino minero existente, emplazado al interior de la minera Lo Aguirre hasta llegar al área de las obras.

3.1.3 Constructibilidad de las Obras.

Para materializar el proyecto es necesario construir y conectar la S/E Seccionadora Lo Aguirre a los sistemas de transmisión en 220 kV (comprendido entre las actuales subestaciones Rapel – Cerro Navia) y 500 kV (comprendido entre las actuales subestaciones Alto Jahuel – Polpaico).

Las excavaciones que se requieren realizar para la construcción de la S/E Seccionadora y las estructuras de las torres, se estiman en un total 36.671 m3. Dicho material será reutilizado en el relleno de las fundaciones de las estructuras, según se ajuste a los requerimientos técnicos.

Por otra parte, la generación de residuos producto de esta actividad corresponderán principalmente a restos de materiales de la construcción, montaje y desmontaje de los equipos, como despuntes de aluminio, chatarra, hierro, envoltorios plásticos, tuberías y madera de embalaje, los que serán acopiados temporalmente en las instalaciones de faena para posteriormente ser transportado por una empresa autorizada y dispuesto de manera definitiva en sitio con autorización de la Autoridad Sanitaria. De la misma forma se realizará el retiro de los rellenos y el material de despeje vegetacional.

3.1.3.1   Subestación.

i.                 Desmalezado y retiro de vegetación arbórea.

La zona de obras será limpiada de su cubierta vegetal actual que incluye árboles aislados, arbustos y hierbas.

ii.                Retiro de Rellenos.

Se deberá retirar los rellenos mal consolidados producto del acopio de otras labores al interior de la Minera. El retiro de estos rellenos estará a cargo de una empresa autorizada.

iii.               Replanteo.

Previo a las labores de movimiento de tierra se deberá ejecutar el replanteo topográfico del predio, la labor se controlará con referencias topográficas consistentes en líneas de cal en el suelo para delimitar las áreas, estacado y niveletas para controlar cotas de excavación y escuadras de madera para controlar la construcción de los taludes. Para esto se mantendrá personal de movimiento de tierras que controle las máquinas empleando las referencias topográficas mencionadas.

iv.              Escarpe y Nivelación.

Para construir las obras de la S/E, será necesario despejar y preparar el terreno. En primer lugar se realizará el escarpe (retiro de piedras, materia vegetal y promontorios de tierra), luego de esto se procederá a nivelar, rellenar y compactar el terreno.

v.                Excavaciones de Corte.

Corresponde a la excavación necesaria para la instalación de las obras que sustentarán las nuevas instalaciones. Se estima un volumen de 21.819 m3 de excavaciones masivas y estructurales.

vi.              Rellenos Controlados.

Los rellenos se realizarán para lograr la cota de diseño de la plataforma y proveer un suelo estable en donde se ubicarán las futuras instalaciones de la subestación. Estos se realizarán con materiales granulares.

vii.             Construcción de Fundaciones.

Se construirán fundaciones para el soporte de las estructuras eléctricas en hormigón armado de acuerdo a las dimensiones y especificaciones de diseño de las estructuras.

viii.            Plataforma para el Montaje de Equipos.

Las plataformas serán construidas de acuerdo a las recomendaciones del estudio de mecánica de suelo, que se debe realizar como parte de la ingeniería del proyecto. Normalmente se utiliza, como relleno, áridos de proveedores autorizados de las zonas cercanas a la subestación. Éstos se acopian temporalmente en el área de trabajo y luego se procede a su distribución con motoniveladora en la superficie de la plataforma, en capas de 30 cm. El material se compactaría con un rodillo de 12 ton de peso hasta completar la altura de diseño que debe tener la plataforma.

ix.              Plataforma para el Patio de S/E.

Se construirá, de acuerdo a las recomendaciones del estudio de mecánica de suelo, que se debe realizar como parte de la ingeniería del proyecto, con áridos adquiridos de proveedores de la zona, la distribución de los materiales para conformar la plataforma se realizará con motoniveladora en capas que permitan la compactación especificada. El material se compactará con rodillo y placas compactadoras, para la humectación de los materiales pétreos se utilizarán camiones del tipo aljibe. Estos trabajos se ejecutaran hasta completar el nivel final de la plataforma.

x.                Montaje de equipos eléctricos.

El montaje de los equipos primarios S/E GIS 220 y 500kV será realizado por el puente grúa destinado para ello, el cual tiene una capacidad de levante equivalente a la pieza de mayor peso.

En lo referido a los autotransformadores, éstos serán instalados mediante rieles de tren y soportados por piezas de madera llamadas durmientes, desde la cama baja del camión de transporte de los equipos y se empujara mediante gatas hidráulicas hasta llegar a su posición final (fundación de hormigón).

3.1.3.2   Líneas.

i.                 Desmalezado y retiro de vegetación arbórea.

La zona de obras será limpiada de su cubierta vegetal actual que incluye árboles aislados, arbustos y hierbas. El retiro se realizará por una empresa autorizada, y el residuo resultante será dispuesto en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.

ii.                Escarpe.

Se realizará el escarpe de unos 20 cm de la superficie a ocupar por la base de las estructuras. La capa vegetal recolectada se dispondrá sobre una base de polietileno, en un lugar cercano a las estructuras.

iii.               Excavaciones.

Las excavaciones de las fundaciones de las nuevas torres se ejecutarán con talud en lo posible vertical, de acuerdo a las dimensiones y profundidades especificadas en los estudios técnicos del proyecto. No se podrá utilizar agua para facilitar las excavaciones. Se estima un volumen de 852 m3 de material.

El material excedente de las excavaciones que no se utilice como relleno será transportado a botadero autorizado por la Autoridad Sanitaria. Además, será utilizado en el mejoramiento de los caminos y huellas de acceso cercanos a cada estructura y, para rellenos de puntos bajos, para lo cual se establecerá un protocolo para su uso. Se estima que, como máximo, un 20% del material generado por las excavaciones deberá ser dispuesto en un lugar externo a la obra.

Estos excedentes no reutilizados serán acopiados temporalmente en los frentes de trabajo y cubiertos por una malla para evitar la generación de material particulado, para luego trasladarlos a botadero autorizado en el interior de la mina.

iv.              Fundaciones.

La construcción de las fundaciones está compuesta por las siguientes actividades: replanteo, determinación de patas de la estructura, excavación según tipo de suelos emplantillado, colocación de barras de fundación de las estructuras, instalación de la armadura, moldaje, hormigonado, relleno compactado e instalación de puesta a tierra.

Previo a la ejecución de las once (11) fundaciones de las torres, se instalarán las estacas centrales y el balizado de las fundaciones de cada nueva estructura. Se instalará un punto de referencia (PR) en el terreno adyacente a cada estructura, que permitirá controlar que el montaje de la estructura sea consistente con la cota de referencia (CR).

v.                Armaduras.

La calidad del acero de las armaduras estará definido conforme a lo que se indica en la normas NCh 210 Of. 67 y 211 Of. 69. Todas las armaduras se doblarán en frío de acuerdo a los radios indicados en la Norma NCh 429 Of. 57.

vi.              Montaje de las Estructuras Metálicas.

El montaje de las estructuras se realiza tejiendo y empernando todas las piezas entre sí como un mecano.

vii.             Montaje de los conductores y cable de guardia.

Una vez terminado el montaje de las estructuras, se instalarán los conjuntos de suspensión y anclaje con las cadenas de aisladores y posteriormente se iniciará la instalación del cable de guardia y el cable conductor para toda la línea.

En particular, en el sector de las torres T84A y T84C, se prevé realizar roces a fin de despejar el área, para lo cual, en el Anexo K de esta DIA, se presentan los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el art. 102 del DS 95/01 del MINSEGPRES.

viii.            Montaje de Equipos y Ejecución de Otras Obras Menores.

El montaje del equipamiento del proyecto se efectuará con grúas adecuadas al peso de los equipos.

ix.              Variantes Provisorias para Línea de Transmisión.

Es necesario implementar una variante provisional de la línea Rapel –Cerro Navia en 220 Kv, Jahuel – Polpaico y Polpaico – Ancoa en 500 kV, esto con el fin de generar los espacios necesarios y mitigar los riesgos que conlleva el trabajo bajo líneas de transmisión energizadas. La construcción de dichas variantes, consta de la instalación de torres provisionales o de emergencia, que estarán ubicadas en forma paralela a las líneas existentes.

A continuación se describe el alcance de los seccionamientos de las líneas de transmisión existentes y sus respectivas variantes provisorias:

a)     Variante provisional de 220kV circuito N°1.

Se realizará abriendo las líneas de circuito N°1 y N°2, Rapel-Cerro Navia (lados Norte y Sur) entre las torres existentes T233 y T235, considerando dos pórticos como estructuras provisorias para cada circuito. Las líneas variantes se instalarán en paralelo a la caletera de la Ruta 68, las cuales permitirán que los cables pasen por abajo del cruce de la líneas hacia la S/E proyectada.

b)     Variante provisoria de 500 kV circuito N°1.

Se realizará abriendo las líneas existentes, Alto Jahuel- Polpaico (circuito lado oriente) y Polpaico – Ancoa (circuito lado poniente), entre las torres existentes T83 y T85, considerando cuatro (4) estructuras provisorias por cada circuito. Estas líneas están orientadas de norte a sur.

c)     Enlace con línea de 220 kV.

La línea enlace Rapel-Lo Aguirre (2x220 kV) y la línea enlace Lo Aguirre-Cerro Navia (2x220 kV) posee ocho (8) estructuras para cuatro (4) circuitos y tiene una longitud aproximada de 1.600 metros.

d)     Enlace con línea de 500 kV.

La línea enlace Alto Jahuel – Lo Aguirre, Polpaico – Lo Aguirre, y el desvío del circuito Polpaico – Ancoa hacia la subestación Lo Aguirre, posee cuatro (4) estructuras para dos (2) circuitos con una longitud de 381 metros.

x.                Terminaciones y Pruebas de Energización.

Las terminaciones de línea consisten en la instalación de los accesorios y se realizan preferentemente posterior al tensado y engrampado de conductores. Estos trabajos incluyen: Instalación de las placas de numeración, instalación de placas peligro de muerte, instalación de amortiguadores, instalación de balizas de señalización diurna (si las hubiera), instalación de dispositivos de protección antitrepado (si los hubiere), encauce de aguas lluvia (si los hubiere) y, restitución de terreno a la geoforma natural.

Una vez realizadas todas las terminaciones, se procede a la realización de las pruebas de recepción de la línea cuya resultado satisfactorio dejará la línea en condiciones de ser energizada.

3.1.4 Transporte de Suministros y Materiales.

Los materiales transportados corresponderán, en su mayoría, a material de excavación, material de relleno y hormigón, adquiridos desde proveedores autorizados de la zona.

El transporte de este tipo de material se realizará por rutas ya existentes, desde el lugar de venta o almacenamiento hasta el sector del proyecto y desde la obra a botadero autorizado.

Además, se dispondrá de una bodega ubicada a unos 16,5 km de la instalación de faenas, en la comuna de Santiago, en calle Cueto. Las vías de acceso a utilizar desde y hacia esta bodega son la autopista del Sol, autopista Central y la calle San Pablo.

En relación a los equipos, éstos llegarán directamente desde el puerto de San Antonio, utilizando la Ruta 68, hasta las instalaciones del proyecto.

Los orígenes y destinos de los viajes contemplados, se detallan en la siguiente tabla.

Tabla 9: Transporte de Suministro y Materiales

Actividad

Tipo de Vehículo

Vías preferentes

Origen del viaje

Total Viajes (ida + vuelta)

Transporte de estructuras metálicas

Camión

Autopista del Sol/ Autopista Central/ San Pablo/Ruta 68

Puerto de San Antonio

72

Transporte de hormigón

Camión mixer

Av. Lo Espejo/ Ruta 68

San Bernardo

912

Transporte de áridos

Camión tolva

Av. Lo Espejo/ Ruta 68

San Bernardo

720

Transporte de excavaciones subestación

Camión de 20 ton

Av. Las Torres/ Av. Pajaritos/ Av. Américo Vespucio/ Autopista Central.

Subestación Lo Aguirre

1.314

Transporte de excavaciones torres

Camión tolva

Av. Las Torres/ Av. Pajaritos/ Av. Américo Vespucio/ Autopista Central.

Subestación Lo Aguirre

134

Transporte de equipos alta tensión

Camión

Ruta 68

Puerto de San Antonio

60

Transporte equipos menores

Camión Rampa

Ruta 68/Autopista Central/Av. Américo Vespucio

Ciudad de Santiago

240

Transporte personal

Camionetas doble cabina

Ruta 68/Autopista Central/Av. Américo Vespucio

Ciudad de Santiago

336

Minibús

Ruta 68

Metro estación Pajaritos

72

Bus

Ruta 68

Metro estación Pajaritos

224

 

Cabe señalar que el transporte de materiales y tránsito de camiones se realizará conforme a la normativa relacionada con el transporte de cargas, lo que se indica en el Capítulo 5 de la DIA, “Normativa ambiental aplicable al proyecto”.

Para la construcción de la línea, el transporte de materiales y estructuras se realizará en cada oportunidad que sea requerido y para ello se utilizarán camiones tolva de 10 m3 de capacidad y camiones rampa de 30 ton de capacidad de carga. Además, durante la fase de construcción se requerirá de maquinaria para la instalación de las estructuras y conductores.

Los camiones cargados transitarán con la carga cubierta con una malla o lona, que evite la emisión de polvo y la caída de material. Se evitará el transporte de materiales en horario de mayor tránsito de vehículos en la ciudad, esto es entre 07:00 hrs y 09:00hrs y entre 18:00 y 20:00 hrs.

Los camiones deben contar con su revisión técnica al día y con todos elementos de seguridad necesarios, y cualquier otra exigencia de la ley con respecto a este tema.

3.1.5  Maquinarias a utilizar por el proyecto.

La maquinaria a utilizar para la etapa de construcción de la Subestación Seccionadora y las Líneas de 220 kV y 500 kV se detalla en la siguiente Tabla:

Tabla 10: Maquinaria Considerada para la Construcción

Tipo de Vehículo

Ítem

Cantidad mes

Duración

Camión Pluma

Transporte de equipos

2

9 meses

Grúa Orquilla

Instalación Torres

1

9 meses

Grúa

Instalación Torres

1

3 meses

Camiones tolva de 12 cubos

Transporte de áridos

90

4 meses

Bulldocer

Movimiento de tierra

1

2 meses

Camión Aljibe

Humectación Terreno

1

12 meses

Minicargador

Carguío material

1

10 meses

Retroexcavadora

Movimiento de tierra

1

5 meses

Cargador frontal

Movimiento de tierra

1

5 meses

Placa compactadora

Movimiento de tierra

2

9 meses

Motoniveladora

Movimiento de tierra

1

3 meses

Rodillo vibratorio

Movimiento de tierra

1

3 meses

Camiones tolva de 12 cubos

Retiro de excedentes excavación

136

8 meses

Camiones mixer de 7 ton

Transporte de hormigón

76

6 meses

Camión de 20 ton

Transporte de estructuras metálicas

9

4 meses.

Camión de 20 ton

Trasportes de equipos de alta tensión

10

3 meses

Camión de 5 ton

Transporte de Equipos Menores y Materiales de Construcción

10

12 meses

 

3.1.6 Pruebas y Puesta en Servicio.

Primero se conectarán los equipos eléctricos a los sistemas de protección, control y medida, alojados en la casa de servicios generales, posteriormente se conectará a las líneas de transmisión y se realizarán las pruebas de energización y todas las verificaciones necesarias.

La puesta en servicio corresponde a una actividad normada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

3.1.7 Insumos, Suministros y Servicios.

A continuación se detallan los insumos y los servicios a contratar para la ejecución del proyecto. Esta descripción contempla sólo la fase de construcción.

3.1.7.1 Materiales de Construcción.

Para la construcción del proyecto se requerirá aproximadamente:

       i.          Moldajes: Se utilizará moldaje para la construcción de los contornos de las 11 fundaciones y pedestales. Los moldajes serán de madera o metálicos y serán resistentes para soportar las presiones ejercidas por el hormigón al ser colocado y vibrado, serán suficientemente estancos para impedir pérdidas de lechada del hormigón.

      ii.          Hormigón: El hormigón a utilizar en las fundaciones será H25 o H30, según NCh 170 Of. 85. El que será adquirido desde proveedores autorizados en la zona. Se estima un volumen de 4.500 m3.

     iii.          Áridos: Se estima un volumen aproximado de 32.000 m3, los que serán adquiridos de proveedores autorizados de la zona.

    iv.          Rellenos: Los rellenos se realizarán con material proveniente de las excavaciones y áreas adyacentes a ellas y no podrán contener material de origen vegetal u orgánico, ni basuras, ni escombros. Se realizará el relleno con todas aquellas partículas de tamaño no superior a 6".

En el caso que se requiera material para el relleno, se utilizará material arcilloso en matriz de grava, limpio de basura o materia orgánica, mezclado en partes iguales con el material de la excavación previa eliminación de lo antes indicado. Se utilizará material proveniente de las excavaciones o de empréstitos autorizados por el SEREMI de Salud RM.

      v.          Estructuras Metálicas: Necesarias en la construcción de las estructuras de las líneas de transmisión. Se estima que se necesitarán 225 toneladas de estructuras metálicas.

3.1.7.2 Equipos.

En general, se requerirá equipos eléctricos de medida y de maniobra, conductores, aisladores, transformadores, etc., los cuales habitualmente provienen del extranjero.

3.1.7.3 Aceite Dieléctrico y Gas SF6.

Para el funcionamiento de los equipos se requerirá de 70.000 L de aceite dieléctrico en cada autotransformador, los que provendrán en tambores sellados de una capacidad de 200 litros. Además, se requerirá de gas SF6, el cual será suministrado directamente por el proveedor de los equipos GIS. Cabe señalar que el gas viene contenido en cilindros de acero especialmente diseñados para su transporte y almacenamiento.

En el Anexo D de la DIA, se presenta la hoja de seguridad del aceite (referencialmente se acompaña de la hoja del producto Nynas) y Gas SF6, y el procedimiento de almacenaje.

Cabe destacar que el acopio de estos insumos será muy breve puesto que se utilizarán en la medida que estos sean recepcionados en la subestación. Lo anterior será supervisado por el inspector de obra.

3.1.7.4 Energía.

El abastecimiento de energía para la faena se realizará mediante la conexión a la línea de distribución eléctrica existente, con un contrato de suministro con la empresa eléctrica de distribución local propietaria de la línea.

3.1.7.5 Combustibles.

Los combustibles y lubricantes requeridos para los equipos móviles (camionetas, camiones, minibús etc.) los combustibles y lubricantes requeridos serán adquiridos a las compañías distribuidoras que operan en los alrededores de la Minera Lo Aguirre. Para las maquinarias que no pueden dirigirse a las estaciones de servicio, se contratará el servicio móvil de un proveedor local de abastecimiento en obra, el cual debe contar con todas las autorizaciones de transporte y manipulación de combustibles líquidos señalados en el D.S. Nº 379/86 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción “Reglamento sobre los Requisitos Mínimos de Seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo destinados a consumos propios”.

Para la carga de combustible en el lugar, se dispondrá de una superficie plástica impermeable, sobre la cual se realizará la carga de combustible a la maquinaria, dejando suficiente  espacio hacia los costados.

Para el almacenamiento de combustible en la instalación de faenas, se dispondrá de un área exclusiva, el volumen a almacenar será de 5 tambores de 200 litros cada uno o su equivalente en un estanque acumulador, el cual estará cubierto y contará con un piso de concreto impermeable para evitar la contaminación del suelo por posibles derrames. El área para almacenamiento de combustibles, y la cantidad de combustible almacenado, contará con una losa (radier) de concreto y un sistema contenedor de derrames, además, cumplirá con los requisitos técnicos y administrativos señalados en el Decreto 379/86 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Reglamento sobre los requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios”.

Además, Transelec S.A. cumplirá todos los requisitos técnicos y administrativos señalados en el D.S. N°160/09, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.

3.1.7.6 Agua Potable.

Se estima que durante la fase de construcción de obras se requerirán aproximadamente 35 m3/día de agua potable para consumo humano y servicios sanitarios, considerando un máximo de 350 trabajadores y un consumo de 100 l/persona/día, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 del D.S. N° 594/00 de MINSAL. El agua será adquirida de un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria, y almacenada en un estanque.

 

Del agua requerida, el agua de bebida para los frentes de trabajo se abastecerá en botellones de 20 litros y se suministrará por medio de dispensadores. Los botellones y dispensadores serán provistos por las empresas autorizadas por la Autoridad.

 

3.1.7.7 Agua de Uso Industrial.

El abastecimiento de agua para uso industrial será mediante camión aljibe. El uso de ésta será principalmente para rellenos compactos de la plataforma y la humectación y regadío como medida de control de emisiones. Se estima que se utilizaran camiones aljibes de 6 a 8 m3 de capacidad. El agua para este uso será requerida a terceros autorizados de la zona. Se estima un promedio mensual de 65 m3 para regadío y 15 m3 para relleno.

También, se necesitará abastecimiento de agua para lavado de camiones mixer. El volumen de agua a utilizar por camión será de 50 l, estimando una cantidad total 456 viajes de camiones mixer durante la etapa de construcción. Esto equivale a un volumen total de 22.800 L.

3.1.7.8 Servicios Higiénicos.

En la implementación de la instalación de faenas se utilizará el servicio de baños químicos y duchas, las cantidades se ajustarán conforme a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 594, del Ministerio de Salud, se instalarán siempre a menos de 75 metros respecto al área de trabajo. Del mismo modo, se instalará duchas portátiles para el uso de los trabajadores.

El abastecimiento de agua para estos servicios higiénicos dispuestos en la Instalación de Faenas, será mediante camiones aljibes, que alimentarán un estanque conectado a dichos servicios. Las aguas provenientes servidas de las duchas serán acumuladas en estanques y luego retiradas por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria. Este servicio será contratado a una empresa debidamente autorizada por la autoridad sanitaria local, la que se hará cargo de la mantención y manejo del efluente de baños y duchas.

Del mismo modo, en los frentes de trabajo se dispondrán baños químicos móviles, los cuales serán mantenidos por una empresa autorizada.

 

3.2        Fase de operación.

 

Esta fase contempla todas las actividades asociadas al funcionamiento y explotación de las obras durante la vida útil del proyecto, incluidas las actividades de mantenimiento de sus equipos e instalaciones.

Como se señaló anteriormente, la operación de las subestación será desatendida, es decir, sin presencia de personal permanente. Esta será monitoreada y comandada en forma remota a través de un enlace de telecomunicaciones vía Onda Portadora por Línea de Alta Tensión (OPAT) y un enlace de telecomunicaciones vía micro ondas.

Las actividades a ser desarrolladas durante la operación del proyecto serán:

-        Mantenimiento preventivo,

-        Mantenimiento correctivo programado y no programado,

-        Mantenimiento de la Faja de Servidumbre,

-        Reparaciones de Emergencia.

3.2.1 Actividades de la Operación.

A continuación, se describen los tipos de mantenimiento y eventuales reparaciones que se realizarán en esta fase:

3.2.1.1 Mantenimiento Preventivo.

La mantención preventiva se basará en anomalías que se detecten durante las visitas de inspección. Se empleará equipamiento mecánico menor, principalmente en altura (en las estructuras), sin afectar al terreno. Además, se contempla trabajos de limpieza e inspección de los equipos y las instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según lo establecido en catálogos de los equipos.

Se elaborará un plan de mantenimiento preventivo en base a las instrucciones de los fabricantes, la experiencia de los especialistas en la materia y la realimentación obtenida de los resultados de su aplicación en los años precedentes. En este plan, a cada equipo se le asigna una determinada periodicidad de atención.

El plan de mantenimiento preventivo puede experimentar mejoramientos paulatinos, año a año, de acuerdo a las nuevas experiencias que se vayan adquiriendo.

3.2.1.2 Mantenimiento Correctivo.

La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de producirse fallas o detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que se realizarán de acuerdo al programa de mantenimiento.

Comprende todos los trabajos para restituir las condiciones óptimas de las instalaciones para su explotación. Dependiendo de las características de la anomalía y del elemento dañado, ésta podrá ser causa de falla en forma inmediata, o al evolucionar esta alteración, exponer a la instalación a una interrupción de su servicio normal.

3.2.1.3 Mantenimiento de la Franja de Servidumbre.

Esta actividad se realiza conforme al programa de mantenimiento que se establezca para las líneas, en consideración a la vegetación existente dentro de la franja de servidumbre y de los árboles de altura considerable ubicada en el límite de la franja, que pudiesen poner en riesgo el suministro eléctrico por eventual caída de éstos sobre los conductores.

3.2.2 Insumos, Suministros y Servicios.

3.2.2.1 Agua Potable.

El uso de agua potable se requiere para consumo del equipo de operadores y técnicos de mantención. Este será provisto mediante dispensadores debidamente certificados. Además, se requiere para el abastecimiento de agua para el servicio higiénico.

3.2.2.2 Combustibles y Lubricantes.

Durante la operación del proyecto, el requerimiento de combustible será para vehículos menores para las actividades de mantenimiento, los que se abastecerán en estaciones de combustibles cercanas a la subestación.

3.2.2.3 Energía Eléctrica.

La energía eléctrica necesaria durante la operación normal de la subestación se obtiene a través de los servicios auxiliares de la instalación.

3.2.2.4 Servicio Higiénico.

Si bien la operación de S/E Seccionadora Lo Aguirre será desatendida, es necesario contar con un servicio higiénico necesario para el personal de mantención, el cual estará conectado a una fosa séptica con un dren de infiltración.

Sólo se contempla presencia de personal mínimo durante las cuatro mantenciones que se realizarán durante el año, se estima que el uso del baño será esporádico no generándose acumulaciones que puedan generar un foco de insalubridad o algún problema en la fosa séptica.

La fosa séptica prestará servicio a un servicio higiénico, dotado de un excusado y lavamanos, que conforma la instalación sanitaria permanente para el personal que realizará las mantenciones en el año, durante la fase de operación del proyecto.

La dotación máxima de trabajadores en el área del proyecto es de 40 y considerando un efluente del 80% de la dotación total de agua potable se estima que se generará un máximo de 3,2 m3 por cada una de las cuatro mantenciones que se realizarán al año.

3.2.3 Seguridad y Prevención de Riesgos.

Se controlará en forma periódica el cumplimiento de las normas de prevención de riesgo en todas las obras, instalaciones y actividades de construcción del proyecto. Se obligará a respetar y ceñirse a las normas legales y reglamentarias aplicables sobre seguridad laboral. Entre las medidas de control y de prevención de riesgos que se contemplan para el actual proyecto, destacan:

                               i.          Se mantendrá en las obras un experto en prevención de riesgos;

                              ii.          Transelec S.A. efectuará inspecciones periódicas a las faenas; y

                            iii.          Se dispondrá del lugar para prestar atención de primeros auxilios.

En Anexo E de la DIA se adjunta “Manual de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para Empresas Contratistas”, además del documento “Condiciones Ambientales Mínimas para Empresas Contratistas”.

3.2.3.1 Sistema de control y protección.

i. Sistema de detección y extinción de incendios.

Sector de autotransformadores: Contará con muros  de hormigón que actuarán como cortafuego, además de una red húmeda. Existirá un sistema de extinción de incendios para los cuatro autotransformadores, que trabajará con agua presurizada e incluirá los siguientes componentes; agua a presión, rociadores y estanque de acumulación de agua.

Casa de Servicios Generales y galpones GIS: Mediante un sistema que actúe en forma automática sobre la base de un sistema con gas y, en la sala del grupo electrógeno, mediante extintores de polvo químico.

ii. Letreros.

Instalación de todos los letreros de identificación y de advertencia requeridos, tanto en el Patio de 500 y 220 kV, el sector de autotransformadores, patio de mufa, en la Casa de Servicios Generales, en la sala del grupo electrógeno y en todos los armarios y tableros. Unido a estos se sumaran la demarcación y señalización vial.

iii. Sistema de video y vigilancia y detección de intrusión.

Seguridad de acceso, para impedir el acceso de terceros a las instalaciones dado el riesgo al que se exponen, se implementarán medidas de seguridad como protecciones antitrepado y señales de advertencia en las zonas de mayor exposición.

3.3            Fase de abandono.

Debido a la posibilidad de prorrogar la vida útil del proyecto no se considera una fase de abandono. No obstante, en caso que Transelec S.A. deba cerrar la subestación debido a la imposibilidad de modernizar sus instalaciones y extender su vida útil, por razones comerciales o por causas de otra índole, esta fase considerará el desmantelamiento de las obras y reintegración del área de emplazamiento a las condiciones de su entorno.

Para restablecer las condiciones iniciales en el área de influencia directa del proyecto se propone ejecutar un “Plan de Abandono”, el cual se detalla en el punto 2.2.3 de la DIA.

4             Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas N°1, y N°2 en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Agua (residuos líquidos, aguas potable), Suelo (residuos sólidos, sustancias peligrosas y combustibles), Flora, Fauna, Vialidad Adyacente, Patrimonio Arqueológico.

 

5             Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:

 

5.1   Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones según la estimación de emisiones presentada en el Estudio de Emisiones Atmosféricas incorporado en el Anexo F de la DIA, el cual se complementa en la Adenda 1 en anexo 3 y en la Adenda 2 en el punto 2.1.

5.1.1        El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del Proyecto:

 

5.1.1.1   Dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N° 66 de 2009 del MINSEGPRES, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA) o el que lo reemplace.

 

5.1.1.2   Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S.N°144 de 1961 del Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza” o el que lo reemplace.

 

5.1.1.3   Dar cumplimiento al D.S. Nº 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en forma especial al artículo 2 referente a la “Disposición de la Carga en los Camiones Utilizados para el Transporte”, es decir, la carga deberá estar cubierta con una lona o plásticos de dimensiones adecuadas, de manera que evite la emisión de material particulado al aire o el que lo reemplace.

 

5.1.1.4   Cumplir con lo estipulado en el D.S. Nº 18 de 2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones, que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga” al interior del Anillo Américo Vespucio en determinados horarios.

 

5.1.2         El titular se compromete a dar cumplimiento a lo siguiente en la fase de construcción:

5.1.2.1   Utilizar únicamente vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas vigentes.

 

5.1.2.2   Se humectará el terreno en forma oportuna y suficiente durante el periodo en que se realicen las actividades que levanten material en suspensión. Se estima una humectación de caminos diarios, mientras que en periodo estival se considera una frecuencia de humectación de dos veces al día.

 

5.1.2.3   Se mantendrán los acopios de tierra y materiales áridos cubiertos con lonas o humedecidos para evitar el levantamiento de polvo.

 

5.1.2.4   Restricción de velocidad de circulación 30 km/h con carga y 40 km/h sin carga.

 

5.1.2.5   Mantención de caminos de tierra al interior del área de faena.

 

5.1.2.6   La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo.

 

5.1.2.7   Apagado de motores mientras los vehículos y maquinaria se encuentren detenidos.

 

5.1.2.8   Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcción”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material en lo referente a las siguientes medidas:

a.    Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.

b.    Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.

c.    Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

d.    Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

e.    Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

 

5.1.2.9         Dar cumplimiento al D.S. N°4/1994 Modificado por el D.S. Nº27/1997 y por los D.S. Nº16/1998 y N°131/2001. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones o aquel que lo reemplace.

 

5.2            Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a emisiones de ruido, el titular se obliga a:

 

5.2.1        Dar cumplimiento en todas las fases a los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N° 38/11, del Ministerio del Medio Ambiente, que “Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes Fijas”, elaborada a partir de la revisión del D.S. N°146 de 1997, del MINSEGPRES” o aquel que lo reemplace, medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido (comunidad vecina).

5.3            Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referente a los residuos líquidos, el titular se compromete en todo momento a:

 

5.3.1        Dar cumplimiento al D.S. Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo”, para los servicios sanitarios (Baños químicos, duchas, lavatorios) que serán implementados para los trabajadores.

 

5.3.2        Dar cumplimiento al D.F.L. Nº 725/67Código Sanitario  del MINSAL, Para la fase de construcción se instalarán además baños químicos, manejados por terceros autorizados, en caso de ser necesario.

 

5.3.3        El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de construcción:

 

5.3.3.1   Los baños químicos y duchas portátiles serán suministrados por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud, quien estará a cargo del suministro y funcionamiento de los baños, así como de los residuos generados por éstos producto de su limpieza.

 

5.3.3.2   La cantidad de baños químicos cumplirá con la reglamentación vigente (D.S. N° 594/99 del Ministerio de Salud), según el número de trabajadores. El aprovisionamiento, retiro y manejo de los residuos generados en los baños químicos es de responsabilidad del Titular, sin embargo, será contratado a empresas que cuenten con sus respectivas autorizaciones sanitarias y, se llevará registro del volumen generado y el respaldo del volumen recepcionado en el lugar de disposición. Lo anterior, dará cumplimiento con las disposiciones establecidas en los artículos 24, 25 y 26, del D.S. Nº 594 de 1999 del MINSAL, principalmente en lo que respecta a:

                                 i.          El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado Decreto.

                               ii.          Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.

 

5.3.3.3   Una vez finalizada la faena temporal, se reacondicionará sanitariamente el lugar que ocupaban los baños químicos, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.

 

5.3.3.4   Exigir la entrega de la Resolución que acredite la autorización para funcionar y el contrato vigente con una empresa sanitaria para la disposición de los residuos.

 

5.3.3.5   Solicitar el certificado de acreditación a la empresa recolectora de las aguas servidas generadas en los baños químicos de forma de mantener este registro, y se solicitará todos los antecedentes respectivos de forma de acreditar que la empresa cuente con todas las aprobaciones sanitarias correspondientes.

 

5.3.3.6   Se hace presente al titular que deberá solicitar la aprobación del proyecto y autorización de obras del sistema de agua servidas particular ante la Autoridad Sanitaria, según lo dispuesto en DFL 1/90 MINSAL, que determina las materias que requieren autorización sanitaria expresa.

 

5.3.3.7   Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto.

 

5.3.4        El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de operación:

 

5.3.4.1   La fosa séptica prestará servicio a un servicio higiénico, dotado de un excusado y lavamanos, que conforma la instalación sanitaria permanente para el personal que realizará las mantenciones en el año, durante la fase de operación del proyecto.

 

5.3.4.2   Implementar como medida de seguridad frente a una filtración inesperada debido a una potencial fisura de la estructura de contención, en el sector donde se instale la fosa, se implementará una geomembrana.

5.4            Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referente a las agua potable, el titular se compromete a lo siguiente:

5.4.1        Dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº 594 de 1999, del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

5.4.2        Para la fase de construcción evaluar la factibilidad de efectuar la conexión a la red pública de agua potable de la empresa sanitaria que opere en el sector u optar por una solución particular definitiva, consistente en un sistema de agua potable, constituido por una fuente propia de abastecimiento continua y apta para el consumo humano y sistemas de captación, desinfección, acumulación y distribución, después de los seis meses, se solicitará una prórroga para utilizar bidones dado la dificultad de contar con un sistema de captación de agua, dando cumplimiento a la calidad de agua para el consumo humano y al DS 594/99 del MINSAL.

5.4.3        El titular se obliga a lo siguiente:

5.4.3.1    Cumplir, en todo momento con la calidad de agua establecida en el D.S 735/60, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S Nº 131/06 y D.S 76/09 y el D.S 594/99, del MINSAL”.

5.4.3.2   Cumplir con la Norma Chilena 409 Of. 1984 emitida por el Instituto Nacional de Normalización, que “Establece Requisitos de Calidad del Agua Potable”.

5.5            Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de residuos sólidos y residuos peligrosos, el titular se compromete en todas las fases con lo siguiente:

 

5.5.1   Dar cumplimiento al D.S. N° 594 de 1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados.

 

5.5.2        Dar cumplimiento al D.F.L. Nº 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.

 

5.5.3        Dar cumplimiento al D.S. Nº 148 del 2003 del Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos” relativas a su almacenamiento, transporte y eliminación.

 

5.5.4        Dar cumplimiento al D.S. N° 78/2010, del Ministerio de Salud, “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

5.5.5        El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de construcción:

 

5.5.5.1   Las mantenciones de las maquinarias utilizadas en la fase de construcción del proyecto se realizarán en talleres externos, por lo cual se mantendrá un registro en la obra de los talleres autorizados donde estas actividades se realicen.

 

5.5.5.2   Se mantendrá un registro y control, de los escombros que serán depositados en botadero autorizado. Así mismo, una vez que finalice la construcción del proyecto, se remitirá a la Secretaria Regional Ministerial de Medio Ambiente un informe consolidado que contenga los antecedentes incluidos en dicho registro. Dicho registro contendrá, a lo menos, antecedentes asociados a la cantidad de los residuos, origen, naturaleza, manejo y destino de los residuos. La información se encontrará disponible en la obra, en todo momento, para cualquier persona y órgano de la Administración del Estado que por sus funciones requiera tal información.

 

5.5.5.3   Los residuos peligrosos generados producto de una contingencia, serán dispuestos en contenedores debidamente rotulados y sellados, y adecuados al tipo y volumen de residuos, para ser retirados por un transportista autorizado, y trasladados hasta un centro de eliminación autorizado por la Autoridad Sanitaria, dando cumplimiento a lo establecido en la normativa aplicable (D.S. N° 148/2003 del Ministerio de Salud).

 

5.5.5.4   Los residuos domésticos y asimilables, serán retirados con una frecuencia de al menos 3 veces por semana, evitando así la generación de focos de insalubridad.

 

5.5.5.5   Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios del proyecto, deberán ser  dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

 

5.5.5.6   Los residuos inertes generados por excavaciones, así como los de materiales empleados en la construcción (hormigón, enfierraduras, etc.), deberán ser eliminados en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.

 

5.5.5.7   Los destinatarios de residuos peligrosos y no peligrosos autorizados, están disponibles en la página web (www.asrm.cl).

 

5.5.5.8   Cumplir con el Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos, ya sea en papel o en formulario electrónico (http://sidrep.minsal.gov.cl).

 

5.5.5.9   De igual forma, se hace presente al titular que los sitios de almacenamiento y bodegas utilizadas para el almacenamiento de residuos peligrosos, deben contar con Autorización Sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud.

5.5.5.10    Se deberá solicitar ante la Autoridad Sanitaria la autorización para la disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados por la actividad, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del D.S. N° 594/99.

5.5.5.11    Respecto de los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos generados durante la fase de construcción, se hace presente al titular que las características constructivas de dichos recintos deberán ajustarse a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que la conformen. De acuerdo a ello, se deberá evaluar la carga de combustible almacenada al interior de estos recintos al momento de definir la materialidad de sus muros.

 

5.5.5.12    Asimismo, se deberá considerar que dichos muros deberán proteger los residuos almacenados en su interior de las condiciones climáticas y ambientales (sol, lluvia) y evitar el ingreso de vectores sanitarios.

 

5.5.5.13    Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.

 

5.5.5.14    Disposición de los excedentes de movimiento de tierra, así como los de materiales empleados en la construcción, en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana,  previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.

 

5.5.5.15    Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web: www.asrm.cl.

 

5.6   Respecto a Manejo de sustancias peligrosas y combustibles, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

 

5.6.1        Cumplir con el D.S. N°160/08 Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

 

5.6.2        Todos los contratos de abastecimiento de combustible serán a través de un proveedor autorizado por la Autoridad Sanitaria, además velará por el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad en el abastecimiento de vehículos y maquinarias en las distintas fases del proyecto.

 

5.6.3        Los vehículos y equipos motorizados de construcción se abastecerán de combustibles en las estaciones de servicio autorizadas.

 

5.6.4        Para las maquinarias que no pueden dirigirse a las estaciones de servicio, se contratará el servicio móvil de un proveedor local de abastecimiento en obra. El que debe contar con todas las autorizaciones de transporte y manipulación de combustibles líquidos señalados en el D.S. Nº 379/86 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción “Reglamento sobre los Requisitos Mínimos de Seguridad para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo destinados a consumos propios”.

 

5.6.5        Para la carga de combustible en el lugar, se dispondrá de una superficie plástica impermeable, sobre la cual se realizará la carga de combustible a la maquinaria, dejando suficiente  espacio hacia los costados.

 

5.6.6        Para el almacenamiento de combustible en la instalación de faenas, se dispondrá de un área exclusiva, el volumen a almacenar será de 5 tambores de 200 litros cada uno o su equivalente en un estanque acumulador, el cual estará cubierto y contará con un piso de concreto impermeable para evitar la contaminación del suelo por posibles derrames. El área para almacenamiento de combustibles, y la cantidad de combustible almacenado, contará con una losa (radier) de concreto y un sistema contenedor de derrames, además, cumplirá con los requisitos técnicos y administrativos señalados en el Decreto 379/86 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción “Reglamento sobre los requisitos mínimos de seguridad para el almacenamiento de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios

 

5.6.7        Cumplir con la Norma Chilena 2190 Of2003, Of1993, declarada Oficial por Decreto N° 43/2004. Transporte de Sustancias Peligrosas – Distintivos para identificación de Riesgos. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

 

5.6.8        Cumplir con la Resolución Excenta N°610/82 que Prohibe el uso de bifenilos policlorados (PCBs) de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

 

5.6.9        Cumplir con la prohibición del uso de bifenilos policlorados (PCB), utilizando como fluido dieléctrico aceite mineral libre de PCBs.

 

5.6.10     Decreto Supremo N° 298 de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, o aquel que lo reemplace.

 

5.6.11     Decreto Supremo N° 148 de 2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, o aquel que lo reemplace.

 

5.7     Respecto a Combustibles, el titular se obliga a implementar lo siguiente:

 

Almacenamiento de combustibles líquidos

 

5.7.1        Cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto D.S. Nº 160/2008 del Minecon Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento Combustibles Líquidos, particularmente de su artículo 300.

5.8 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Flora, el titular se obliga en la fase de construcción a lo siguiente:

5.8.1        Dar cumplimiento con lo señalado en la Ley 20.283 Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal del Ministerio de Agricultura. 

5.8.2        Dar cumplimiento con lo señalado en el Decreto Ley Nº 701/1974, sobre Fomento Forestal.

5.8.3        Ceñirse a lo estipulado en la Guía de Evaluación Ambiental de CONAF, referente a las condiciones de reforestación con que deberá cumplir el sitio a presentar a nivel sectorial,  en el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles. 

5.8.4        Se deberá contar con el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles, aprobado por la Corporación Nacional Forestal, previo al inicio de las obras.  

5.8.5        En aquellos sectores que cumplan con la definición de formación Xerofítica, de acuerdo con la Ley 20.283, al igual  que la indicación del punto anterior, deberán contar con un Plan de Trabajo para el “Aprovechamiento Sustentable de Formaciones Xerofíticas”, aprobado por CONAF, previo al inicio de obras.”

5.8.6        Dar cumplimiento con lo señalado en el Decreto Ley N° 3557/1980, Disposiciones Sobre Protección Agrícola del Ministerio de Agricultura.

5.9     Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Fauna, el titular se compromete con lo siguiente:

5.9.1        Dar cumplimiento con lo señalado en la Ley N° 19.473 de 1996 del Ministerio de Agricultura, “Disposiciones sobre caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre”. 

5.9.2        Dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 5 de 1998 del Ministerio de Agricultura, “Reglamenta lo dispuesto en la Ley de Caza”.

5.10     Otras consideraciones relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto.

 

5.10.1     Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a    dar

cumplimiento a las siguientes medidas:

 

5.10.1.2    Ingresar de manera sectorial a la Dirección de Tránsito del Municipio de Pudahuel, un plan de desvíos en caso que se requiere de corte de calle y suspensión de tránsito vehicular para la fase de construcción.

 

5.10.1.3    Ubicar la zona de estacionamientos al interior del predio mientras se desarrolle la fase de construcción del proyecto.

 

5.10.1.4        Cumplir con las rutas preferentes y frecuencia de camiones con respecto a la disposición final de las basuras y residuos sólidos en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

 

5.10.1.5        Cumplir con las rutas preferentes y frecuencia de camiones con respecto a la disposición final de residuos industriales no peligrosos en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

 

5.10.1.6        Cumplir con las rutas preferentes y frecuencia de camiones con respecto a la disposición final de residuos industriales peligrosos. en un sitio autorizado por la Autoridad Sanitaria.

 

5.10.1.7    En relación a las obras que se realicen en la vía pública, considerar lo dispuesto en Capítulo Nº 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.

 

5.10.1.8    Evitar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00 hrs).

 

5.10.1.9    Considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N° 158/80 del MOP.

 

5.10.1.10 Dar cumplimiento al D.F.L. Nº850/97 Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840/64 y del D.F.L. Nº 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos.

 

5.10.1.11 Dar cumplimiento a la Resolución N°1/95 Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

 

5.10.1.12 Cualquier iniciativa y/o acción que producto de este proyecto implique eventualmente alguna intervención en y/o sobre la infraestructura vial de tuición MOP en el Área de Influencia Directa del mismo, debe ser previamente aprobada por la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS.

 

5.10.1.13 Enviar a la Dirección de Tránsito y Transporte Público respectiva, previo al inicio de las obras, el programa con las vías comunales que se utilizarán.

 

 

5.10.2     Respecto a Servicios eléctricos, el titular se obliga a:

 

5.10.2.1    Dar cumplimiento a la Norma NSEG 5. E.n. 71, Electricidad. “Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes” de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

 

5.10.2.2    Dar cumplimiento al D.F.L. N°4/20.018 del año 2006. Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del D.F.L N°1, de Minería de 1982. Ley General de Servicios Eléctricos en Materia de Energía Eléctrica. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

 

5.10.2.3    Dar cumplimiento al D.S. N° 327/97 Reglamento General de Servicios Eléctricos. Ministerio de Minería.

 

5.10.3   Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se compromete a implementar lo siguiente:

5.10.3.1    Considerar medidas de protección del sitio, así como también métodos constructivos para la instalación de los conductores (de la línea de 500 kV) de forma aérea sin intervenir a nivel del suelo y por ende el sitio arqueológico.

 

  1. Realizar Charlas de Capacitación Arqueológica a todos los estamentos  (p.e. obreros, técnicos, profesionales) que intervengan en el proceso de instalación y/o mantención de las torres). Esta capacitación será realizado por un arqueólogo con experiencia previa en monitoreos arqueológicos.

 

  1. Cercar el sitio arqueológico de acuerdo a la dispersión superficial de materiales cerámicos y líticos observados en terreno. Esta área alcanza 5400 metros cuadrados aproximadamente. Se debe cercar utilizando polines con malla de seguridad de color naranja con la finalidad de señalar el sitio y, a la vez, impedir el paso de vehículos y personas por el lugar.

 

  1. Reglamentar el Tránsito Peatonal y Vehicular. El arqueólogo encargado de la capacitación deberá asimismo coordinar con el encargado de medioambiente y/o el prevencionista de riesgo de la faena, en orden a normar la forma de transitar de vehículos y personas por el sector para de esta manera, poder cautelar la integridad del  sitio arqueológico presente en el lugar.

 

  1. Implementar Monitoreo Arqueológico Permanente (MAP) con ocasión de las excavaciones de los dos pares de cimientos de torres de alta tensión cercanas al sitio arqueológico, incorporar asimismo una revisión del cercado de éste, con la finalidad de constatar que no haya sido dañado durante el transcurso de las obras constructivas en el lugar. Asimismo, se sugiere realizar una visita de monitoreo arqueológico una vez finalizada la fase constructiva de la totalidad de la obra, para asegurar que no se haya producido alteración del cierre perimetral del sitio.

 

  1. Usar alguno los métodos señalados en el punto 4.7 de la adenda 1, respecto a los métodos constructivos de los cuales existen variadas técnicas de instalación de los conductores de forma elevada o aérea, sin tener que afectar al nivel del suelo.

 

5.10.3.2    En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, para ser implementados por el Proyecto.

6                 En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”, requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho Reglamento:

 

6.1       Respecto del permiso contenido en el artículo 91 del DS 95/2001 que corresponde la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del DFL Nº 725/67, Código Sanitario. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio N°2173 de fecha 5 de marzo de 2013, condicionado a solicitar la aprobación del proyecto y autorización de obras del sistema de agua servidas particular ante la Autoridad Sanitaria, según lo dispuesto en DFL 1/90 MINSAL, que determina las materias que requieren autorización sanitaria expresa.

 

6.2       Respecto del permiso contenido en el artículo 93 del DS 95/2001 que corresponde a la construcción, modificación y ampliación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL Nº 725 de 1967, Código Sanitario. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, relativos a la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y no peligrosos generados durante la fase de construcción del proyecto, pronunciándose conforme y otorgando el citado permiso la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio N° 2173 de fecha 5 de marzo de 2013, condicionado a lo siguiente:

6.2.1    El titular señala en el punto 3.3 letra a) de la Adenda 1, que los tambores vacíos de aceite dieléctrico serán almacenados a la intemperie. Al respecto se hace presente al titular, que los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos deberán dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 33 del DS 148/2003 del MINSAL, por lo que deberá cumplir con lo siguiente:

                           i.          Tener base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos

                         ii.          Contar con cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

                        iii.          Estar techados y protegidos de las condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

                        iv.          Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población

                         v.          Tener una capacidad de retención de escurrimiento o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

                        vi.          Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93.

6.2.2  Asimismo, se hace presente al titular que sus características constructivas deberán dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales. Por lo tanto, deberá considerar la carga combustible almacenada al interior de estos recintos al momento de definir la materialidad de sus muros; así como también que dichos muros deben además proteger los residuos almacenados en su interior de las condiciones climáticas y ambientales (sol, lluvia) y evitar el ingreso de vectores sanitarios.

 

6.2.3  De igual forma, se hace presente al titular que los sitios de almacenamiento y bodegas utilizadas para el almacenamiento de residuos no peligrosos y peligrosos, deben contar con Autorización Sanitaria otorgada por la SEREMI de Salud.

6.3     Respecto al permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 94 del D.S. Nº 95/01 del MINSEGPRES, relacionado con la Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el art. 4.14.2 del D.S. 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Al respecto se informa lo siguiente:

6.3.1  El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través del Oficio 2173 de fecha 5 de marzo de 2013, calificando la Subestación Seccionadora Lo Aguirre, Etapa I, como actividad INOFENSIVA.

 

6.4     Respecto al permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 96 del D.S. Nº 95/01 del MINSEGPRES, para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Al respecto se informa lo siguiente:

 

6.4.1  El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana, a través del Oficio N°5342 de fecha 6 de diciembre de 2012, condicionado a lo siguiente:

 

6.4.1.1  De la revisión de los antecedentes se ha determinado que el proyecto corresponde a un Uso denominado Infraestructura energética, regulado en el artículo 2.1.29 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), este tipo de uso (Infraestructura) se reconoce como uno que no puede verse prohibido en un territorio, lo que se ve respaldado por la Circular DDU 218, de 2009, que señala que el Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano, en el área rural las instalaciones o edificaciones que no pertenezcan a la red (de infraestructura energética) ESTARÁN SIEMPRE ADMITIDAS.

 

6.4.1.2   Sin embargo es necesario señalarle al titular que el permiso ambiental 96 (artículo 55 de LGUC y reglamentado en el artículo 2.1.19 de la OGUC), requiere de un informe favorable de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, ya que contempla edificaciones que requieren del permiso de la Dirección de Obras de la I. Municipalidad de Pudahuel (Sala de comando y baño), por lo que deberá obtener dicho informe ingresando a la SEREMI de Vivienda y Urbanismo los antecedentes requeridos en la legislación mencionada antes del inicio de las obras.

 

6.4.2    El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme el Servicio Agrícola y Ganadero, RM a través del Oficio N°314 de fecha 4 de marzo de 2013.

 

6.5     Respecto al permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 102 del D.S. Nº 95/01 del MINSEGPRES, relacionado con corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, a que se refiere el artículo 21 del Decreto Ley Nº 701, de 1974, sobre Fomento Forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 de dicho Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1, podemos señalar lo siguiente:

 

6.5.1  El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Corporación Nacional Forestal RM a través del Ord. N° N°98- EA/2012, de fecha 5 de diciembre de 2012, condicionado a lo siguiente:

6.5.1.1   Con relación a los sitios de reforestación presentados en el respectivo formulario de plan de manejo, la CONAF informó, con fecha 25 de abril de 2012, mediante R.E. N° 158, que se oficializó la Guía de Evaluación Ambiental de CONAF, documento que no considera la presentación de la ubicación de los sitios de reforestación dentro de los contenidos ambientales a evaluar, siendo estos evaluados en el ámbito sectorial, una vez que se presente el respectivo plan de manejo ante la Corporación, si es que se califica ambientalmente favorable el proyecto en evaluación. A mayor abundamiento, sólo se deben comprometer las condiciones de reforestación con que deberá cumplir el sitio a presentar a nivel sectorial. En este contexto, se solicita al Titular ceñirse a lo estipulado en la mencionada Guía, en virtud de constituirse un instructivo oficial de la Corporación, y presentar sólo aquellos contenidos ambientales estipulados en este instrumento, ya que el resto de la información no será evaluada en esta instancia, por la CONAF.

6.5.1.2   Se deberá contar con el Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques para Ejecutar Obras Civiles, aprobado por CONAF, previo al inicio de las obras. El referido plan de manejo, deberá ser ingresado a trámite según la Ley 20.283, considerando todos los antecedentes técnicos que acreditaron el PAS 102.

6.5.1.3   En aquellos sectores que cumplan con la definición de formación Xerofítica, de acuerdo con la Ley 20.283, al igual  que la indicación del punto anterior, deberán contar con un Plan de Trabajo para el “Aprovechamiento Sustentable de Formaciones Xerofíticas”, aprobado por CONAF, previo al inicio de obras.”

7                 Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.

8                 Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N° 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

9                 Que, el titular del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”, deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.  

 

10              Que, el titular del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”, deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.    

 

11              Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.

 

12              Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.

13           Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

14              Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago;

 

RESUELVE:

 

1.                Calificar ambientalmente favorable el Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”, cuyo titular es TRANSELEC S.A. 

 

2.               Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las exigencias, compromisos, medidas y disposiciones establecidas en los considerandos de la presente Resolución.

 

3.               Dichos compromisos ambientales deberán ser ingresados por el Titular al Sistema de Carga de Compromisos Ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl), en un plazo no superior a seis meses contados desde la fecha de notificación de la RCA; de notificación de la resolución que resuelve la reclamación administrativa o, en su caso, desde que quede firme y ejecutoriada la sentencia judicial, según corresponda.

 

4.               Certificar que el Proyecto “Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I”, cumple con la normativa de carácter ambiental; que requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los artículos 91, 93, 94, 96 y 102 del Título VII del D.S. N° 95/2001, del MINSEGPRES, los que son otorgados; y que no genera ni presenta alguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300.

 

5.               Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

 

 

Notifíquese y Archívese





Juan Antonio Peribonio Poduje
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Rodrigo Hernán Núñez Cárdenas
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




CCO/RHNC/JCMF/MPP/APLL/MAE

Distribución:
  • ALEXANDROS GEORGIOS SEMERTZAKIS PANDOLFI
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Secretaría Regional Ministerial de Energía, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Minería, Región Metropolitana
  • Corporación Nacional Forestal, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana
  • Dirección Regional de Obras Hidráulicas
  • Dirección Regional de Vialidad
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Gobierno Regional
  • Ilustre Municipalidad de Pudahuel
  • Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales
  • Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana
  • Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM
  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM
  • Seremi de Energía Región Metropolitana
  • Servicio Agrícola y Ganadero, RM
  • Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
  • Servicio Nacional de Turismo, RM
  • Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Intendente Región Metropolitana
C/c:
  • Expediente del Proyecto "Subestación Seccionadora Lo Aguirre Etapa I"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=5e/ff/8695008eb9acefec653f4fa7a362d00baa0f


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