VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR


REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue"

Resolución Exenta Nº 50

Puerto Montt, 25 de Enero de 2013



VISTOS:

1.     Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N°19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

 

2.   La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue", presentada por el Señor Igor Horacio Stack Lara, en representación de Marine Harvest Chile S.A, con fecha 10 de Febrero de 2012.

 

3.   Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

·         Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N
Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 10/02/2012
 

·         Test de admisión S/N
Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, con fecha 17/02/2012
 

·         Oficio solicitud de evaluación DIA Nº338
Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, con fecha 20/02/2012
 

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº246
Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, con fecha 21/03/2012
 

·         Adenda S/N
Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 03/10/2012
 

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº1505
Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, con fecha 04/10/2012
 

·         Resolución de ampliación de plazo Nº625
Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, con fecha 05/10/2012
 

·         Adenda S/N
Por Marine Harvest Chile S.A, con fecha 28/12/2012
 

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº1954
Por Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, con fecha 28/12/2012

3.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº404 sobre la DIA, por Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 12/03/2012; Oficio Nº219 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 12/03/2012; Oficio Nº113 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/03/2012; Oficio Nº367 sobre la DIA,por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 12/03/2012; Oficio Nº683 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 12/03/2012; Oficio Nº158 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, con fecha 13/03/2012; Oficio Nº152 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos, con fecha 16/03/2012; Oficio Nº816 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 12/10/2012; Oficio Nº598 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos, con fecha 17/10/2012; Oficio Nº837 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 17/10/2012; Oficio Nº699 sobre la Adenda 1, por Ilustre Municipalidad de Puerto Varas, con fecha 19/10/2012; Oficio Nº2853 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 23/10/2012.

3.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue”, han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Lagos, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
  • SEREMI de Agricultura, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios  

4.  El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" de fecha 21 de enero de 2013.

 

5.     El Acta de la Sesión Nº1 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 21 de enero de 2013.

 

6.     Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue".

 

CONSIDERANDO:

1.     Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue".

 

2.   Que,  el derecho de  Marine Harvest Chile S.A a  emprender  actividades,  está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

 

3.    Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" consiste en:

 

3.1. ANTECEDENTES DEL TITULAR 

  • Titular: Marine Harvest Chile S.A. 
  • RUT: 96.633.780-k 
  • Domicilio: Avenida Diego Portales 1450. Puerto Montt 
  • Representante Legal: Igor Horacio Stack Lara
  • RUT: 12.248.102-6 
  • Domicilio: Ruta 226 Km. 8 Camino El Tepual. Puerto Montt 
  • Región: Región de Los Lagos 
  • Comuna: Puerto Varas 
  • Tipología de Proyecto: o8-Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos 
  • Monto de Inversión: US$ 23.600.-
  •  Vida útil: 7 años 
  • Mano de Obra

Etapa

Número de Personas

Construcción

4

Operación

4

Total

4

 

  • Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

Etapa

Superficie requerida

Construcción

27 m2

Operación

27 m2

Abandono

27 m2

 

  • Localización: El proyecto se ejecutará en la Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos. 
  • Justificación de su localización: La instalación del sistema de Ensilaje se ubicará dentro de la piscicultura Río Copihue. Dentro de la propiedad de la empresa en un sector nuevo, alejado de monumentos nacionales, reservas forestales, etc.
  • Coordenadas geográficas (según carta IGM N° 4100-7230): 

Punto

Latitud

Longitud

A. Bocatoma 1

41°14´44´´

72°35´35´´

B. Bocatoma 2

41°14´45´´

72°35´23´´

 

3.2.   DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

 

El proyecto Modificación al sistema de tratamiento de mortalidad mediante un sistema de ensilaje. Piscicultura Copihue”, cuyo Titular es Marine Harvest Chile S.A., consiste en la modificación del sistema de tratamiento de mortalidad de la Piscicultura Copihue. Eproyecto se desarrolla en el sector de Ensenada, Río Copihue, en la Comuna de Puerto Varas, dentro del mismo predio en dónde opera la Piscicultura Río Copihue.

 

El principal objetivo del proyecto consiste en el tratamiento de la mortalidad a través de un procedimiento de transformación mediante molienda, acidificación y homogenización hasta alcanzar y mantener un pH igual o menor de 4. La pasta homogeneizada resultante de este proceso es almacenada en estanques o silos. De este proceso se mantendrá un registro diario de la mortalidad ensilada, dando, con ello cumplimiento a lo estipulado por el Programa Sanitario general de Manejo de Mortalidades Resolución N°66/2003. Con este tratamiento se pretende disminuir los riesgos de diseminación de virus y patógenos que pudiesen afectar las actividades del sector salmonero.

 

En la DIA se presentan los planes de manejo y bioseguridad que se implementarán para el traslado de la mortalidad desde los estanques hasta la planta de ensilaje y procesamiento de la mortalidad, su almacenamiento temporal (en caso que sea necesario) y todo lo que tenga referencia a dicho proceso. Respecto de este punto, cabe precisar que no existirá almacenamiento de ácido fórmico, sino que éste será provisto en la medida de que se necesite.

 

Cabe hacer presente que el proyecto actualmente cuenta con un sistema de acopio temporal de la mortalidad, por lo que esta modificación no implica el uso de una nueva superficie. El transporte de los insumos para el proceso (ácido fórmico), así como el traslado de la pasta homogeneizada hacia plantas reductoras, no forman parte de esta modificación; ya que estos servicios serán realizados por empresas autorizadas.

 

3.3.   DEFINICIÓN DE PARTES, OBRAS Y ACCIONES

 

3.3.1.     ETAPA DE CONSTRUCCIÓN 

  • El proceso de ensilaje se realiza en una instalación descubierta. 
  • La instalación que alberga el sistema de ensilaje fue construido en hormigón, y cuenta con un pretil de contención con capacidad para derrame equivalente a 2 m3 con condiciones de acceso restringido del personal.
  • Las dimensiones de la bodega donde se emplaza el sistema de ensilaje es de 6 m x 4.5 m
  • La mortalidad sometida a ensilaje proviene exclusivamente de la Piscicultura Copihue. 

Instalaciones de Ensilaje: A continuación se indican las características mínimas de la instalación en donde se emplaza el sistema de ensilaje (Anexo 10.3 de la DIA):

  • Las instalaciones destinadas a albergar el sistema de ensilaje cuentan con un lugar especialmente adecuado para almacenar el ácido fórmico, el que corresponde a un lugar ventilado, fresco, seco y lejos de fuentes de calor o ignición.
  • Las instalaciones son de estructura sólida, resistente a la acción del agua, incombustible, y de  techo liviano. Y el piso es sólido, lavable e impermeable, no poroso, estanco.
  • El acceso es restringido permitiendo solo el ingreso del personal de la piscicultura y además, las instalaciones cuentan con Salida de Emergencia (D.S.N°594) y vías de evacuación señalizada. Por su parte, las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán despejadas, sin obstrucciones de ningún tipo.
  • La instalación cerrada que alberga el sistema de ensilaje se ubica a más de 3 m de los muros medianeros de la propiedad.
  • Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación de las instalaciones son resistentes a la corrosión.
  • La bodega donde se emplazan los equipos de ensilaje disponen de agua dulce de emergencias a no más de 20 m, cuyo acceso está señalizado y libre de obstáculos.
  • Los productos están segregados de acuerdo a sus compatibilidades y dentro de la bodega, está prohibido realizar fraccionamiento, reenvasado y trasvasije del producto y no se emplearán herramientas que puedan producir chispas.
  • El piso donde se emplaza el sistema de ensilaje tiene una pendiente superior a 0,5%, a fin de permitir el escurrimiento del derrame hacia una zona y contención perimetral a través de soleras y/o lomos de toro o canaletas conectadas a una piscina de contención con un volumen mínimo de 1,3 m3.
  • En las instalaciones se cuenta con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados; así como de otros implementos y herramientas. 

Características de la bodega de ensilaje. Las características del lugar de emplazamiento del sistema de ensilaje se enumeran en la Tabla N°3 y el detalle de las características de la bodega donde se emplaza el sistema de ensilaje se describe en el Anexo 10.3 de la DIA.

 

CARACTERISTICAS BODEGA DE ENSILAJE

Dimensiones bodega

6 m x 4.5 m

Características bodega

Con pretil de contención para estanco

Superficie bodega

27 m2

Estructura bodega

Material de HDPE

Capacidad de almacenamiento

Silo de 10 m3

Medidas de seguridad

Señalética preventiva

 

Componentes del sistema de ensilaje. Los componentes del Sistema de Ensilaje se describen en la Tabla N°4 y se detallan en el Anexo 10.3 de la DIA. 

 

COMPONENTES SISTEMA DE ENSILAJE

Estanque

D= 398 mm ; H = 613 mm

Triturador

Fierro fundido impeller, carcaza estator y bomba. Eje inoxidable, marca Flyght, 4.15 hP, Consumo nominal de 3.1 kW, 380 V, 1445 RPM

Piping

HDPE, 3 pulgadas de diámetro, abrazaderas inoxidables

Bomba de recirculación (si aplica)

No aplica

Dosificador de ácido (si aplica)

Automática, Bomba eléctrica de succión con contenedor, succión plástica, motor y bomba aire acero inox, 17 GPM de caudal, succión con tubo HDPE

Silo o estanque de acopio de la mortalidad

HDPE, de 3 m3 6 mm de espesor, 300 kg. de peso, dimensiones: Altura 2,05 m x diámetro 1,1 m, uniones de Acople rápido con abrazadera inoxidable y chaveta seguro y ducto interior de tubería de acero inoxidable con flanje

Pretil de contención

Hormigón, de 0,9 m3 y 100 mm de espesor, y dimensiones de 5,0 m x 3 m x 0,06 m

Fuente de energía

Trifásica, conectada al SIC.

Sistema Eléctrico

Cumple con NCh 4/2003

3.3.2.     ETAPA DE OPERACIÓN 

Traslado de la Mortalidad desde las unidades de cultivo de la piscicultura hasta la bodega de ensilaje: El traslado de la mortalidad hacia la bodega de ensilaje se realiza con una frecuencia de 2 a 3 veces al día, usando contenedores plásticos de 100 l. La extracción de la mortalidad se realiza diariamente, según lo dispone la normativa vigente.  Los materiales utilizados en el traslado de la mortalidad hacia la bodega de ensilaje son tratados de acuerdo a lo indicado en el PSGLL (D.S.N°319/03). En general, los procedimientos de limpieza y desinfección de equipos cumplen con lo establecido en el Programa Sanitario General de Limpieza adjunto en Anexo 10.7 de la DIA.

 

Características generales del ensilaje: El proceso de ensilaje en sí mismo, requiere de personal calificado para su adecuada realización, para lo cual serán capacitados. En este proceso participan 4 personas. El personal cuenta con equipos de seguridad consistentes en:

  • Protección de manos (guantes de caucho de butilo o neopreno)
  • Protección de pies (botas de caucho de butilo o nitrilo)
  • Protección respiratoria de 2,5 a 10 ppm (Full face con cartucho para vapores orgánicos),
  • Protección ocular
  • Traje impermeable de caucho-butilo 

Las características técnicas del equipo de ensilaje son las siguientes:

  • El volumen del triturador es de 700 l.
  • El tiempo de trituración de la mortalidad es variable, entre 3 y 10 minutos.
  • La forma de adición del ácido es automática.
  • La medición del pH se realiza a través de un instrumento digital (pHmetro) con una frecuencia diaria; lo que se realizará siempre antes de trasvasijar al silo, tomando una muestra en superficie y en el fondo.
  • En caso de que lleguen objetos extraños al triturador, estos se retirarán en forma manual, con un colador.
  • Al término de cada ciclo productivo se ejecutará el procedimiento de limpieza, desinfección y mantención interno del triturador.
  • El tiempo de mantención de la mortalidad ensilada dentro el triturador será de 24 horas como máximo.
  • El abastecimiento de energía al sistema de ensilaje será mediante conexión a la red eléctrica.
  • Se contará con planes de contingencia ante derrames de mortalidad ensilada (Anexo 10.8 de la DIA). 
  • Dentro de la bodega estará prohibido realizar fraccionamiento, reenvasado y trasvasije del producto y no se emplearán herramientas que puedan producir chispas.
  • Existirán procedimientos escritos de operación del sistema de ensilaje, los que estarán disponibles para el personal de bodega, que será debidamente capacitado (Anexo 10.4 de la DIA).
  • Se realizará una capacitación anual del personal en relación a los temas señalados en el D.S. N°40. 

Características técnicas generales del Trasvasije de la mortalidad al silo y retiro del producto: El centro cuenta con 1 silo de 10 m3 para el acopio de pasta ensilada, cuya frecuencia de retiro será de 6 meses como máximo. La capacidad máxima de ensilaje del equipo es de 700 l., lo que le permite hacerse cargo de eventuales crecimientos en la producción de la Piscicultura.

 

Volumen de producto (ácido fórmico) durante un ciclo de producción

 

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

Año 5

Mortalidad esperada (kg)

15000

19400

20000

20000

20000

Volumen Acido Fórmico (l)

450

582

600

600

600

 

De la limpieza y desinfección: Una vez concluido el ciclo productivo y estando la Piscicultura en descanso, se procede a realizar la limpieza y desinfección del lugar de emplazamiento del sistema de ensilaje, como de sus partes (silo y triturador) de acuerdo a los tiempos y condiciones que estipula la normativa sectorial (Anexo 10.7 de la DIA).

 

Esta actividad es desarrollada preferentemente por una empresa de limpieza y desinfección que cumple con un riguroso procedimiento para el tratamiento y disposición final de los residuos líquidos, los que son dispuestos de acuerdo a la normativa ambiental vigente. La empresa de limpieza y desinfección debe entregar un certificado de desinfección el que se debe mantener en la Piscicultura. En caso que la actividad de limpieza y desinfección se realice con personal propio, se solicitará las autorizaciones correspondientes.

 

El ensilaje en sí mismo no genera RILes y los únicos residuos líquidos que se generan provienen de la limpieza y desinfección al término del ciclo productivo, los que son trasladados por el proveedor del servicio, para ser dispuesto en una planta de tratamiento autorizada; de lo cual se llevará un registro de los volúmenes generados y su destino, para facilitar la fiscalización de las autoridades competentes.

 

Traslado de la Mortalidad ensilada a Planta Reductora: Aun cuando el traslado del producto ensilado hacia una planta reductora, para la producción de harina y aceite, no forma parte del presente proyecto, se deja expresa constancia que la empresa prestadora del servicio debe contar con las autorizaciones correspondientes; de lo cual se llevará un registro que facilite la fiscalización de la autoridad competente. Detalle de esta operación se presenta en el Anexo 10.9 de la DIA “Procedimiento de retiro y transporte de la mortalidad ensilada”.

 

En el caso de que el “ensilado” no fuera retirado de acuerdo a contrato con planta reductora o por el proveedor del equipo de ensilaje, se contratará un servicio de transporte de alguna empresa autorizada. Cualquiera sea el destino de la mortalidad ensilada, se llevará un registro pormenorizado de él, de modo que pueda ser fácilmente verificable.

 

Es necesario destacar que este proceso de ensilaje permite hacerse cargo de mortalidades normales de la Piscicultura, entendiendo por tales porcentajes que se ubican entre 0.02 % por día.

Sin embargo, ante eventos de mortalidad masiva, éstas serán tratadas según lo establecido en el Art. 7, Letra k) del D.S.N°319/2001, actualizado a mayo del 2010, a saber: “En caso que el Servicio verifique la existencia de mortalidades masivas podrá ordenar su disposición en vertederos autorizados, de conformidad con el Programa Sanitario General respectivo, en casos calificados atendida la magnitud de la mortalidad”.  Esta situación puede darse cuando se excede la capacidad máxima de ensilaje, para lo cual el Titular se coordinará con las autoridades competentes, a fin de disponer la mortalidad en sitios autorizados para estos fines, y de ello se llevará un registro que facilite la verificación por parte de la autoridad. El proyecto considera, además, la implementación de un Plan de Contingencia frente a un evento de esta naturaleza, según lo establece el Art. 5 del D.S. N°320/2001 (actualizado a Septiembre del 2009). Se adjunta en el Anexo 10.12 de la DIA, el respectivo Plan de Contingencia ante Mortalidades Masivas.

 

Manejo del Ácido Fórmico. El transporte del ácido fórmico hacia la Piscicultura no forma parte de esta modificación y es responsabilidad de la empresa proveedora, la que debe contar con las autorizaciones correspondientes; y para efectos de facilitar la fiscalización, la Piscicultura contará con una copia de dichas autorizaciones.

 

El Ácido Fórmico es mezclado en dosis específicas de acuerdo al peso de la mortalidad, por lo cual el equipo de ensilaje cuenta con un dosificador, que puede ser automático, de acuerdo a las relaciones establecidas en Tabla Nº7 de la DIA.

 

Según se ha indicado, el presente proyecto corresponde a la modificación del proceso de ensilaje de mortalidad que se realiza dentro de los límites que actualmente ocupa la Piscicultura; y, que el transporte de los insumos para el proceso (ácido fórmico), así como el traslado de la pasta homogeneizada hacia plantas reductoras, no forman parte del proyecto calificado;  comprometiendo, en todo caso, que las empresas y/o este titular que realicen este servicio deben contar con los permisos correspondientes.

 

Para calcular el volumen de ácido a aplicar debe realizarse el siguiente cálculo:

 

Ácido Fórmico (Kg) = Mortalidad (Kg) x Dosis Acido (%)

Dosis Ácido  (%) = 3.5

Ácido Fórmico (l) = Ácido Fórmico (Kg) / Densidad Acido (Kg /cm3)

Densidad Ácido Fórmico = 1.2 Kg / cm3

 

En la DIA se adjunta la Ficha Técnica del producto utilizado:

  • En el manejo del Acido Fórmico se aplican las siguientes medidas de seguridad: utilización de equipo de protección personal, segregación de ácido fórmico, control de exposición, etc. (Anexo 10.5 de la DIA).
  • Del almacenamiento: En el centro no habrá almacenamiento en grandes volúmenes de ácido fórmico, sino que el abastecimiento se realiza en la medida que se requiera.
  • De la Salud y Seguridad Ocupacional: La piscicultura cuenta con un “Plan de contingencia y urgencias” ante accidentes laborales, por salpicadura o derrame de ácido fórmico u otro producto peligroso. Para estos efectos, se tendrá como mínimo: implementos absorbentes, desinfectante, guantes para químicos, antiparras, maniluvio y pediluvio, mascarilla, agua dulce limpia. Estos materiales serán de fácil acceso y correctamente señalizados (Anexo 10.6 de la DIA). 

Programa General de Lavado, Limpieza y Desinfección. El proyecto da pleno cumplimiento al Programa General de Lavado, Limpieza y Desinfección, establecido sectorialmente por el Servicio Nacional de Pesca; para lo cual se contempla lo siguiente: 

  • De acuerdo al requerimiento de la autoridad pesquera, el proyecto cuenta con un “Plan de Manejo de Sustancias Químicas”, el que se presenta para aprobación de la Autoridad Sanitaria, y que aborda tanto el traslado como el almacenamiento de las sustancias químicas de la Piscicultura, especialmente de los ácidos utilizados durante en ensilaje.  Sus alcances y contenidos son abordados en el Anexo 10.10 de la DIA, conforme a la calificación del químico utilizado (peligrosidad, corrosividad, irritabilidad). Al respecto cabe hacer presente que el presente proyecto no contempla almacenar ácido fórmico, toda vez que este será suministrado en la medida que sea requerido.
  • En la Piscicultura se mantendrá una Bitácora, en la que se registra la cantidad de ácido utilizado, situaciones de riesgo para las personas o al medio ambiente, “sustancias peligrosas” o “sustancia corrosiva”; además, de la copia de las autorizaciones de traslado, emitida por la autoridad correspondiente (Anexo 10.11 de la DIA).
  • La empresa cuenta con un “Plan de Contingencias” para eventos de emergencia, tanto para estanque de almacenamiento del “ensilado”, como en el almacenamiento del ácido (para el caso que fuera necesario este almacenamiento) (Anexo 10.6 y 10.8 de la DIA). 

La piscicultura o en su defecto las empresas que limpien y desinfecten los equipos de ensilaje, deben contar con un “Manual de Limpieza y Desinfección de RILes”, el que debe ser presentado a la Autoridad Sanitaria para su aprobación (Anexo 10.7 de la DIA).

 

El proyecto calificado corresponde al proceso de ensilaje de la mortalidad que se realiza en la piscicultura. El lavado, limpieza y desinfección de equipos y materiales que hayan sido usados con ácido fórmico se realiza en tiempos y condiciones que indica el “Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las especies Hidrobiológica (incluye actualización a mayo de 2010).

 

Limpieza y desinfección de implementos del sistema de ensilaje

Equipo de Ensilaje

Producto utilizado

Volumen utilizado

Frecuencia

Responsable

Disposición Final

Triturador

Virkon´s

 

 

3 veces al año

Empresa limpieza y desinfección

Tratamiento por empresa autorizada

Silo

 

3 veces al año

Envases de acopio de mortalidad

2 l

Diaria

Encargado sector

 

Dentro del sistema de ensilaje

 

Implementos utilizados

0.5 l

Diaria

 

En Adenda 2 se adjunta el “Manual de Recolección, Manejo y Disposición de Mortalidades”, el cual hace mención a los procedimientos de contingencia a abordar por no factibilidad de ensilaje. 

3.3.3.  ETAPA DE ABANDONO 

El sistema de tratamiento de la mortalidad mediante el procedimiento de ensilaje tiene una vida útil  de 7 años; la que una vez terminada o si se requiere reemplazar el sistema por otro, se procederá a desmantelar las instalaciones que no presten utilidad. Las estructuras desmanteladas serán, preferentemente reutilizadas en otras instalaciones del Titular u otros titulares de proyectos, de lo cual se dejará expresa constancia para efectos del expediente del proyecto. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados serán dispuestos en sitio de disposición final autorizado, de lo cual se dará cuenta a la autoridad ambiental y sanitaria competente. 

3.3.4.     PRINCIPALES EMISIONES

Emisiones a la atmósfera.

Etapa

Tipo de emisión

Construcción

Polvo producto del movimiento de tierra. Indicar otras emisiones si fuera el caso.

Operación

No hay emisiones, y en caso de que existieran otras emisiones se indicará.

Cierre o Abandono

Polvo producto de la remoción de estructuras construidas; y en caso de que existieran otras emisiones se indicará.

 

Residuos sólidos. Los residuos sólidos generados durante la etapa de construcción del sistema de ensilaje, tales como bolsas, envases, materiales desechados y basuras, escombros, son acopiados en forma separada en contenedores cerrados, para ser retirados regularmente por la empresa contratista, para su disposición final en vertederos autorizados.

 

Durante la etapa de operación se generan residuos sólidos domiciliarios además de envases detergentes y sanitizantes y de ácido fórmico, los que serán devueltos a proveedores para su reutilización y o disposición en lugar autorizado. Además, de la mortalidad ensilada, la que será retirada por parte de empresa reductora, para su utilización en la fabricación de harina y aceite de pescado.

Generación de residuos líquidos; El sistema de tratamiento de la mortalidad mediante ensilaje no genera RILes; mientras que el proceso de limpieza, lavado y desinfección del sistema se realiza periódicamente, no excediendo dichas aguas los 1000 ml/semana, las que corresponden a agua y desinfectantes inactivados, por tanto, inocuos. Como bien se indica se hace además una limpieza y desinfección al final de ciclo, la que es realizada por la empresa que provee el sistema de ensilaje. Por su carácter de inocuidad, dichos residuos son dispuestos dentro del estaque picador; no debiendo alterar la calidad del silo, las cantidades y concentraciones.

En cuanto a los residuos líquidos correspondientes a las aguas residuales domésticas, en la etapa de abandono, eventualmente se usarían baños químicos, para lo cual se solicitarán las autorizaciones que correspondan en el momento; siendo dichas aguas tratadas y dispuestas en lugar autorizado, por parte de terceros.

Generación de ruidos. No se generará ruidos debido a la construcción, operación y abandono del sistema de ensilaje en la piscicultura.

 

Otras descargas. En la ejecución del proyecto no se generarán otro tipo de descargas. Además el proyecto no generará efectos sinérgicos producto de sus emisiones.

4.    Que, en relación  con el cumplimiento de la  normativa ambiental  aplicable al  proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que su ejecución cumple con:

4.1. Normas de emisión y otras normas ambientales:

Normativa

Etapa del proyecto

Acción de Cumplimiento

Ley 19.300 Ley de Bases del Medio Ambiente

Todo el  proyecto

Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la ley, por la implementación de técnicas de manejo del centro de cultivo y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

D.S. N° 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Todo el proyecto

Ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra cumplimiento debido a los manejos de residuos producidos, medidas para reducir los impactos sobre el ambiente.

Ley N°18.892/92. Ley General de Pesca y Acuicultura.

Etapa de operación

Legisla en materias de acuicultura en territorio nacional. Prohibe la internación de especies hidrobiológicas.

Ley N°20.091 (D.O. 07/01/2006) que modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de acuicultura.

Etapa de operación

Establece que centros de cultivo en terrenos privados deben inscribirse en el RNA posterior a la evaluación ambiental del proyecto y que esta inscripción habilita al Titular para ejercer derechos inherentes a la autorización de acuicultura.

D.S. MINECON N°320/01 (MINECON) “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”

Etapa de operación

Establece exigencias como mantención de la limpieza del área y de los terrenos aledaños, disposición adecuada de desechos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante, mantención de planes de contingencia. Entrega periódica de la Información Ambiental (INFA).

D.F.L. N°725/68. Código Sanitario.

Todo el proyecto

Autorización sanitaria para evacuar, tratar o disponer aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales y mineros.                            Regula condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte de desperdicios y basuras.

D.S. N° 594/1999 del MINSAL, reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Todo el proyecto

Con relación a la disposición de residuos industriales líquido y sólidos, se consideran los Artículos 16 y 17, que se orientan a velar que los residuos no afecten negativamente el medio ambiente externo al lugar del trabajo; y, los Artículos 18 al 20 que establecen el requerimiento de autorización para acumular, tratar y disponer residuos industriales. Con relación a los servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas, se debe considerar el Artículo 24 inciso segundo, referido a que una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes. Y, el Artículo 26, que indica que las aguas servidas domésticas deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Con relación a las condiciones de seguridad se debe considerar el Artículo 42, que contribuye a proteger el medio externo al lugar de trabajo de contingencias; al respecto, se exige la presentación de un plan detallado de acción para enfrentar emergencias por sustancias peligrosas, evento que puede afectar el medio ambiente externo al lugar de trabajo.

D.S.Nº148/2003, MINSAL Reglamento sobre residuos peligrosos

Etapa de operación

Condiciones referentes a generación, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos peligrosos.

D.S.N°78/2010, MINSAL. Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas

Operación

En la operación del proyecto, particularmente en el almacenamiento de sustancias peligrosas en la piscicultura.

4.2. Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" requiere del permiso ambiental sectorial contemplados en el artículo 93 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

PAS

Requisitos

Organismo

Artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L.Nº725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. 

a) Definición del tipo de tratamiento:  Los únicos residuos sólidos que serán tratado antes de su disposición final, serán las mortalidades de peces, para lo cual se contará con un sistema de ensilaje (Anexo 10.2 de la DIA).  Los residuos sólidos restantes, como plásticos y envases de ácido fórmico serán acopiados temporalmente en la piscicultura y posteriormente serán retirados y dispuestos en sitios debidamente autorizados.

-  Localización y características del terreno: No aplica, debido a que el proyecto será emplazado en el mismo lugar donde se realiza el manejo y acumulación de la mortalidad previo a la implementación del sistema de ensilaje.

-    Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos: Los residuos son de tipo no peligrosos, tales como plásticos, mortalidad ensilada, detergentes y desinfectantes biodegradables para limpieza de equipos. Los residuos se acopiarán segregadamente en forma transitoria para su disposición final en un lugar autorizado. El personal de la piscicultura o las empresas externas que realicen esta operación debe contar con las autorizaciones respectivas.

-  Obras civiles proyectadas y existentes: La instalación del sistema de ensilaje será dentro del predio de la Piscicultura Río Copihue, en una superficie de 27 m2; y cuenta con triturador de 700 l, bombas de succión, estanque de almacenamiento de la mortalidad ensilada o silo de 10 m3 y pretil de contención de 2 m3,

-  Vientos predominantes: No aplica, debido al tipo de residuo, forma de acopio y características del recinto.

-  Formas de control y manejo de material particulado, de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores:

  • Material particulado: se generará durante la fase de construcción y se controlará regulando la velocidad de los vehículos que transiten dentro de las instalaciones y realizando maniobras con el mayor cuidado posible.
  • Emisiones gaseosas y de partículas en caminos: corresponde al transporte y para evitar su emanación se  controlará la velocidad de los vehículos que transiten dentro de las instalaciones y realizando maniobras con el mayor cuidado posible.
  • Olores y vectores: No aplica 
  • Ruidos: No aplica, debido a que el ruido que se generará en la etapa de operación, durante la trituración de la mortalidad será bajo, puntual y con un corto periodo de duración durante el día.
  • Emisiones liquidas: corresponden a los residuos de la limpieza y desinfección, y se controlarán con procedimientos indicados en  Manual de Limpieza y Desinfección (Anexo 10.7 de la DIA).

-    Características hidrológicas e hidrogeológicas: No aplica, debido al tipo de residuo, forma de acopio y características del recinto.

-  Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes (medidas de seguridad y control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos): Los planes de contingencia se describen en Anexos 10.4, 10.5, 10.6 y 10.10 de la DIA, referidos a la protección del personal relacionado con el transporte, manejo y operación del sistema de ensilaje en todas sus etapas.

-    Manejo de residuos generados dentro de la planta: Los residuos generados serán acopiados temporalmente dentro de la piscicultura y luego transportados y dispuestos en lugares autorizados. Se realizará el retiro y disposición final de cada tipo de residuo en forma separada y con las autorizaciones correspondientes.

-    Tratándose del almacenamiento de residuos, además de lo antes señalado, se debe considerar las características del recinto, las que se describen en numeral 2.2 de la DIA. 

En la DIA y sus Adenda, se presenta los antecedentes técnicos y formales para su otorgamiento, con los cuales la Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme.

SEREMI de Salud Región de Los Lagos

 

5.       Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

 

6.     Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 

 

7.       Que, respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en el caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, se debe notificar a la autoridad competente.

 

8.       Que, en caso de emergencias producidas por materiales o sustancia peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, Autoridad Marítima y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.

 

9.   Que, el Titular debe mantener  condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevará un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos, fecha, hora, cantidad, procedencia, destino, tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras, establecimientos y/o vertederos autorizados.

 

10.  Que, para que el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

11.   Que, el Titular del proyecto debe informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 

 

12.  Que, el Titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad. 

 

13. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

 

14.    Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos.

 

RESUELVE:

1.   CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue".

 

2.   CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

 

3.   Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA/PSP

Distribución:
  • Igor Horacio Stack Lara
  • Superintendencia de Medio Ambiente
  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Modificación al Manejo de Mortalidad mediante un Sistema de Ensilaje. Piscicultura Copihue"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=5c/65/b8271099b5aee153b8e8aec2bd2bafb1b957


VER INFORMACIóN FIRMA DESCARGAR XML IMPRIMIR