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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste"

Resolución Exenta Nº 199

Copiapó, 11 de noviembre de 2016



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) con fecha 22 de enero de 2016, su Adenda de fecha 24 de mayo de 2016 y su Adenda Complementaria de fecha 22 de septiembre de 2016, del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”, presentado por la Sra. Alejandra Marta Jerardino Valenzuela, en representación de ABC Solar 10 SpA.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”. 
 
3°. El Acta de Evaluación N° 27/2016 de fecha 24 de octubre de 2016, elaborada por el Comité Técnico. 
 
4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” de fecha 25 de octubre de 2016. 
 
5°. La sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama de fecha 02 de noviembre de 2016.  
 
6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”.
 
7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. 
 

CONSIDERANDO:

1°. Que ABC Solar 10 SpA., (en adelante el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre Titular

ABC Solar 10 SpA.

R.U.T.

76.336.669-3

Domicilio

Presidente Batlle y Ordóñez #3784, Ñuñoa, Santiago, Chile.

Nombre Representante Legal

Alejandra Marta Jerardino Valenzuela.

R.U.T.

15.098.633-8

Domicilio

Presidente Batlle y Ordóñez #3784, Ñuñoa, Santiago, Chile.

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 25 de octubre de 2016, el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Atacama, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

 

  • El proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales de los artículos 138, 140, 142 y 160 del RSEIA.
  • El proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

3°. Que, en sesión de fecha 02 de noviembre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”,

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales                                                                                

Objetivo general

El objetivo del Proyecto es la evacuación de la energía eléctrica generada por los proyectos solares de la zona, hasta el Sistema Interconectado Central (SIC), a través de la llegada a la Subestación Campos del Sol Sur Oeste y finalizará en la Subestación Carrera Pinto, propiedad de Transelec S.A.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

Vida útil

26 años y 7 meses.

 

• Etapa de construcción: 9 meses.

• Etapa de operación: 25 años

• Etapa de cierre: 10 meses.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Se dará inicio a la ejecución del Proyecto con la instalación de faenas, en 01 de junio de  2017.

Proyecto se desarrollará por etapas

SI

NO

 

 

[X]

Proyecto modifica un proyecto o actividad

SI

NO

 

 

[X]

 

4.2. Ubicación del Proyecto

División político-administrativa

El proyecto se ubica aproximadamente a 55 kilómetros de Copiapó.

Descripción de la localización

El proyecto se ejecutará en la Región de Atacama, en la Comuna de Copiapó.

Superficie

Tabla. Superficies de las zonas del Proyecto

Obras del Proyecto

Superficie Estimada

(hectáreas)

Obras Permanentes:

Línea Ectrica 1x220 kV Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste

21,2

Caminos y huellas de acceso a Línea Eléctrica 1x220 kV Carrera Pinto

- Campos del Sol Sur Oeste

 

2,9

Subtotal:

30,2

Obras Temporales:

Instalación de Faena S/E

0.18

Subtotal:

0.18

Superficie Total del Proyecto

30.38

Fuente: Tabla N°3, de la DIA.

 

Coordenadas UTM en Datum WGS84

En el Capítulo I del ICE, específicamente en punto 1.12, se presentan las coordenadas referenciales de ubicación de las obras del Proyecto.

 

Caminos de acceso

El acceso al proyecto será a través de  la ruta C-17.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

El Titular  presenta coordenadas del proyecto, específicamente en:

         La DIA en Tablas 1, y 2,  se presentan las Coordenadas de referencia del proyecto.

         En el Anexo N° 16 y Anexo N° 6 de la Adenda, se presenta la cartografía digital en formato kmz y Shapefile, en coordenadas UTM, Datum WGS-84, Huso 19s. con las instalaciones, accesos y obras del Proyecto. En el Anexo N° 5, se presentan los planos. En el Anexo N° 3 de la Adenda Complementaria se presenta el Plano del proyecto.


4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto

El Proyecto consiste en evacuar la energía generada desde el proyecto Campos del Sol Sur, como de otros de la zona, será necesario contar con un sistema de transmisión robusto, seguro y confiable, el cual deberá transmitir la energía de aquel proyecto dentro de los 5,3 kilómetros de extensión. La Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste evacuará la energía eléctrica generada por el proyecto Campos del Sol Sur, hasta el Sistema Interconectado Central (SIC), el inicio de la línea tendrá lugar en la Subestación Campos del Sol Sur Oeste y finalizará en la Subestación Carrera Pinto, propiedad de Transelec S.A., todo esto desarrollándose en la comuna de Copiapó.

4.3.1. Fase de construcción

Instalación de Faena

Para la fase de construcción del Proyecto se contempla una instalación de faenas la que se ubicará en el límite Oeste del trazado, entre las torres 9 y 10.

La instalación de faena contará con baños, duchas y vestidores, además de las bodegas de insumos, el almacenamiento de combustible y el cierre perimetral metálico de 2 metros de altura. Con acceso restringido sólo para la persona a cargo, techado, con señaléticas, contiguo a la bodega se ubica el área de carga de combustible que cuenta con un radier impermeable de 15,9 x 5,9, donde se ubicarán los vehículos. También estarán los sitios de almacenamiento temporal de residuos domésticos e industriales no peligrosos los que serán cercados y señalizados con letreros, o algún sistema de rotulación que indiquen que el sector corresponde a un área de acopio temporal de residuos.

Para el caso de los residuos peligrosos, en el área de faenas se destinará sólo un área para estos fines con el objetivo de tener control sobre las áreas que pudiesen presentar posibles derrames. Estos residuos serán depositados en contenedores metálicos.

La zona da acopio de los residuos peligrosos contarán con piso de hormigón lavable (impermeabilizado en su base con polietileno de 1 mm de espesor, una zanja o canaleta perimetral que permita captar eventuales derrames al interior de la bodega, estará conectada a una fosa de decantación cerco perimetral, techo metálico y un perfil de contención externo) para impedir el ingreso de aguas lluvia. Esta zona también contará con control de acceso, señalética y extintores.

Asimismo se utilizarán los comedores, que serán contenedores metálicos con capacidad de 80 personas. Igualmente estará el estacionamiento, el estanque de almacenamiento de agua y los grupos electrógenos.

Frentes de Trabajo

Corresponde a las áreas donde se desarrollarán las faenas constructivas de las obras permanentes del Proyecto: esto es, en torno a las estructuras o torres de las líneas eléctricas, al interior de los predios de las subestaciones eléctricas y también en las zonas de habilitación de los caminos o huellas de acceso a dichas obras.

Se ubicarán preferentemente dentro de la franja de servidumbre de las líneas eléctricas o al interior de los predios de las subestaciones eléctricas.

En el caso de las líneas eléctricas, los frentes de trabajo se ubicarán geográficamente en función del avance físico de los trabajos en cada línea.

Al finalizar la fase de construcción se desmantelarán  todas las instalaciones temporales de apoyo a la construcción. Las zonas de emplazamiento de cada una de ellas serán restituidas a la forma, lo más parecido posible, a la geoforma original.

Línea Eléctrica 1x220 kV Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste

Se contempla un trazado que comienza en la Subestación Campos del Sol Sur Oeste y conecta con Subestación Carrera Pinto. Su longitud es de aproximadamente 5,3 km, kilómetros, serán 19 estructuras. Constará de un circuito simple trifásico con conductor desnudo de aleación de aluminio con cable de tierra y aisladores de vidrio. Los soportes serán estructuras metálicas enrejadas.

Se considera la elaboración de diseños de estructuras de suspensión, anclaje y remate, que permitan ajustarse a las diferentes condiciones del trazado y de la geografía del lugar:

 

       La estructura de suspensión será una estructura metálica de acero galvanizado, enrejada y autosoportada de circuito simple y cuya altura libre estará comprendida entre los 30 metros.

       En cuanto a las estructuras de anclaje y remate será también una estructura metálica de acero galvanizado, enrejada y autosoportada de altura variable.

 

En concreto para este proyecto las estructuras propuestas serán torres metálicas de acero galvanizado, enrejadas y auto soportadas de circuito simple y de resistencia adecuada al esfuerzo que hayan de soportar. Serán estructuras de geometría tronco piramidal, de sección cuadrada, construida con perfiles angulares galvanizados, unidos mediante tornillería.

Las fundaciones serán de concreto armado, de tipo fraccionadas con ensanchamiento en su base tipo pata de elefante, y de dimensiones variables adecuadas a los esfuerzos que soportarán.

Cada estructura metálica tendrá una puesta a tierra formada por pletinas de acero galvanizado, y picas de difusión vertical.

En zonas no frecuentadas, los apoyos se pondrán a tierra mediante electrodos de difusión vertical. En zonas frecuentadas, se instalará como puesta a tierra un anillo perimetral a las fundaciones, con picas de difusión vertical.

 

i. Construcción Línea de Transmisión:

 

a)          Replanteo Topográfico

 

Previo al inicio de los trabajos se realizará un replanteo topográfico, de manera de verificar la ubicación de cada una de las estructuras de la línea eléctrica.

 

Además, este replanteo ayudará a precisar en terreno la zona de servidumbre. Estos trabajos se realizarán a medida que avancen las obras.

 

b)         Despeje de la Franja de Servidumbre

 

Previo al inicio de las actividades de despeje de la franja de servidumbre, se tomarán las  medidas en flora y fauna.

 

c)          Construcción de las Fundaciones de la Línea

 

Las fundaciones serán construidas de acuerdo a especificaciones técnicas generales para este tipo de obras: serán de hormigón y permitirán fijar al suelo las estructuras que soportan los conductores de la línea, manteniendo su estabilidad. Se tiene contemplado realizar excavaciones, las que luego serán rellenadas con material compactado.

 

d)         Excavaciones de las fundaciones

 

Las excavaciones se realizarán por procedimientos mecánicos o manuales, con o sin agotamiento, y tendrán que ajustarse a las dimensiones indicadas en los planos generados en la Ingeniería de Detalle del Proyecto.

 

Inicialmente se retirará el material de escarpe de la construcción de la fundación, el cual será esparcido dentro del mismo predio derivado a lugares de acopio autorizados que se definirán durante la ejecución de las actividades de construcción, considerando la cercanía con el área de trabajo.

 

Los materiales sobrantes de las excavaciones de las fundaciones se utilizarán para la habilitación de caminos de acceso (cuando la calidad del suelo lo permita), o podrán depositarse en las áreas vecinas de la estructura. De no ser posible lo anterior, se llevará a un botadero autorizado.

 

e)          Hormigonado

 

El hormigón de las fundaciones será provisto por camiones mezcladores, por lo que no se considera la preparación de hormigón en terreno ni tampoco el lavado de cestos de camiones en las zonas de faenas, lo que se ejecutará en las instalaciones del proveedor de este insumo.

 

f)           Rellenos y compactación

 

Los materiales que se utilicen para ejecución de los rellenos deberán provenir de las mismas excavaciones, en la medida que esto sea posible. Los materiales deberán ser homogéneos, estar exentos de materia orgánica, raíces, escombros o de cualquier elemento extraño al suelo natural.

 

g)          Montaje de las Torres

 

Los componentes de las estructuras serán transportados en camiones hacia lugares destinados para su instalación. El montaje de las estructuras se realizará con apoyo de plumas. Además, durante el armado de la torre y hasta que esté completamente anclada a sus fundaciones, se utilizarán vientos de cordel como medios auxiliares de soporte. Una vez acomodada la estructura, se ajustarán los pernos. Se estima que la superficie requerida para el montaje de cada estructura es de 144 m2 en promedio.

 

ii. Tendido de Conductores y Cable de Guardia

 

a)       Anclajes provisionales

 

Se construirán plataformas y anclajes provisionales para instalar los equipos y rematar los extremos del conductor cuando la distancia entre estructuras de anclaje sea mayor que el tramo a tender.

 

b)       Limpieza y Restitución

 

Al término de las actividades, todas las herramientas, materiales, equipos y residuos serán retiradas de cada uno de los frentes de trabajo. De tal modo de dejar cada una de estas áreas despejadas de cualquier elemento propio del Proyecto.

 

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1., se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, la que se encuentran detalladas en Tabla. Emisiones atmosféricas.

Ruido

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido del Proyecto. Tanto para la etapa de construcción, se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11.

Residuos Sólidos y Líquidos

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.  

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.2. Fase de operación

Puesta en Operación

La etapa de operación comienza con la fase llamada “puesta en marcha”, la cual consiste en la transmisión de energía eléctrica.

Mantenimiento

Se realizará una comprobación de cableado y conexiones, la cual se llevará a cabo una vez al año con una inspección visual del cableado y las conexiones. La inspección visual se realizará en la misma zona de cableado. En caso de falla, la mantención se realizará en el mismo lugar.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, literal b), se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, la que se encuentran detalladas en Tabla. Emisiones atmosféricas.

Ruido

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.2, se presentan las emisiones de ruido y vibraciones del Proyecto. Tanto para la etapa de operación, se verifica el cumplimiento del D.S. 38/11.

Residuos Líquidos

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.  

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.3. Fase de cierre

Etapa de abandono

Se realizará el retiro de todas las estructuras construidas por el proyecto. Entregando un área libre de cualquier tipo de residuos y estructuras. Como el proyecto se construirá con pilotes de hormigón, será necesario el retiro de cada uno de ellos. Dada la situación inicial del suelo en el área de emplazamiento del proyecto.

 

Una vez que finalicen las obras (etapa de abandono), las labores de restauración de la zona del proyecto estarán asociadas a la compactación del terreno incluyendo una remoción de escombros y cualquier material exógeno remanente de la actividad (etapa de abandono) con la finalidad de restaurar la geoforma o morfología y libre escurrimiento de las aguas superficiales en la zona de emplazamiento.

Emisiones y efluentes

Emisiones Atmosféricas

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.1, literal c), se presentan las emisiones atmosféricas generadas en esta etapa, la que se encuentran detalladas en Tabla. Emisiones atmosféricas.

Residuos Líquidos

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.  

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Capítulo V del ICE, específicamente en el punto 5.3, se presenta una caracterización y cuantificación de los residuos sólidos atribuibles al Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV y V.

4.3.4. Insumos del Proyecto

Tabla. Resumen Insumos del Proyecto

 

Insumos

Etapas

Construcción

Operación

Cierre

 

Agua potable

20 m3/día

2 m3/día

11 m3/día

 

Agua industrial

120 m3/día

-

120 m3/día

 

Combustible

1 m3/día

-

1 m3/día

 

Sustancias peligrosas

(aceite, lubricantes)

1.230 l

-

-

 

Hormigón

169 m3

-

-

 

Energía eléctrica

2 Generador de 60 KVA

-

2 Generador de 60 KVA

         

Fuente: Tabla N° 3, de la Adenda Complementaria.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulos IV


4.4. Descripción de las fases del Proyecto

4.4.1. Fase de construcción

Fecha estimada de inicio

1 de Junio  2017.

Parte, obra o acción que establece el inicio

La habilitación de instalaciones de faena.

Fecha estimada de término

Febrero  2018.

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de la instalación de faena.

4.4.1. Fase de operación

Fecha estimada de inicio

1 de Marzo 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio

La energización de la línea eléctrica.

Fecha estimada de término

Febrero 2043.

Parte, obra o acción que establece el término

La desconexión de la línea.

4.4.1. Fase de cierre

Fecha estimada de inicio

Marzo 2043.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Desconexión eléctrica.

Fecha estimada de término

Diciembre 2043.

Parte, obra o acción que establece el término

Restitución de los terrenos utilizados en el Proyecto.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas

a) Etapa de construcción

En lo referente a las principales emisiones a la atmósfera del proyecto, se concluye que se encuentran asociadas a material particulado MP10, MP2,5 y gases, durante la etapa de construcción, lo que proviene de actividades como las actividades de excavación y tránsito de vehículos, etc, para lo cual se realizó una estimación de emisiones de material particulado y gases. Al respecto, se presentaron los siguientes compromisos ambientales voluntarios para la etapa de construcción, operación y cierre: Se respetará la medida de control de la velocidad de los vehículos livianos y pesados dentro de la línea (50 km/h). Programa de humectación y estabilización de caminos con bischofita u otro material con similares características.

Parte, obra o acción que lo genera

La acción proveniente de actividades como excavación y tránsito de vehículos, etc.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Residuos

El Titular presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos que se generarán en cada etapa del proyecto. Los residuos sólidos generados serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, para luego transportados por empresas autorizadas hacia destinatarios de disposición final que cuenten con autorización para este fin.

El proyecto solo contempla como efluentes líquidos la descarga de aguas servidas, para la etapa de construcción se contará con una PTAS, se utilizarán los baños químicos para los frentes de trabajo para la etapa de construcción. En etapa de operación se utilizarán los servicios higiénicos del proyecto Campos del Sol Sur, dado que en el Anexo N°8 de la Adenda, el titular presenta carta compromiso, en cual indica capacidad, asegurar el retiro y disposición final de lodos, y en la etapa cierre se implementará una fosa séptica con sistema de separación de lodos, estos no son significativos y no presentan peligro a la salud.

Parte, obra o acción que lo genera

Maquinarias y acciones propias de las etapas de construcción, y cierre.

Fase en que se presenta

Construcción y cierre.

Impacto no significativo

Ruido:

De acuerdo a la estimación de niveles de presión sonora realizada en el área de influencia del proyecto, sobre los receptores identificados, para la etapa de construcción, operación y cierre, periodo diurno y nocturnos, se determinó que se cumple con el D.S 38/2011.

Parte, obra o acción que lo genera

Operación de las obras, mantenciones y desmantelamiento.

Fase en que se presenta

Construcción, Operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no generan o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce.

 

5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire

Impacto no significativo

Emisiones Atmosféricas (MPS)

Las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción, operación y cierre corresponden a material particulado y gases de combustión los cuales son menores. Durante la etapa de construcción, las emisiones a la atmósfera solo están asociadas a la circulación de vehículos destinados al transporte de personal, excavaciones y escarpe, etc., por lo que no se consideran relevantes, y en la etapa de operación los vehículos que desarrollen labores de mantención y reparación de las obras y equipos, Combustión interna de vehículos, etc.

Parte, obra o acción que lo genera

La acción proveniente de actividades como mantención y reparación de las obras y equipos.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Impacto no significativo

Flora

En Tabla N° 5, del Anexo N° 2 de la DIA, se presenta la Flora identificada en el área de estudio. Además en el área  no se registraron hongos y líquenes. De las 17 especies tanto endémicas como nativas. De las especies identificadas en la zona de estudio, se encuentran en la categoría de conservación: Fuera de Peligro (FP), salvo algunas que se encuentran Insuficientemente Conocida (IC) que corresponde a la especie Cuscuta odorata. Se determinó que las torres se encuentren en zonas fuera de las escorrentías superficiales y área de inundación presentes, sumado a que se utilizarán huellas existentes para el acceso a las torres para no intervenir de sobre manera el área del proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras.

Fase en que se presenta

Construcción

Impacto no significativo

Fauna

En cuanto a fauna, debido a la presencia de tres especies en categoría de conservación Vulnerable y Rara, el Titular implementará las siguientes medidas ambientales:

       Se realizará un plan de perturbación controlada de reptiles antes del inicio de la fase de construcción del Proyecto.

       En el Anexo 3, de la Adenda se presenta un Plan de Medidas para el Guanaco.

       En la Adenda se presenta medidas para evitar y/o reducir colisiones de aves.

       Capacitación sobre el cuidado y la importancia de las especies de flora y fauna silvestre (incluidos mamíferos grandes como zorros y guanacos). 

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras.

Fase en que se presenta

Construcción y operación

Impacto no significativo

Hidrología

En la DIA, el Titular presentó los antecedentes de la componente hidrológica del proyecto, donde se señala  que al superponer la red de drenaje superficial con las obras y partes del proyecto, es decir, acceso, torres, entre otros, no contemplan la intervención de los cauces superficiales que pueden identificarse en la zona del proyecto.

De esta forma, se establece que las obras del proyecto, no tendrán una intervención sobre los cauces superficiales de la zona.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de las obras

Fase en que se presenta

Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

En conclusión, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

 

5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Impacto no significativo

El presente proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

El proyecto no interviene, usa o restringe el acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como medicinal, espiritual o cultural. En este sentido, el proyecto no considera la utilización de recursos naturales en ninguna de sus fases; por otra parte, alrededor del proyecto no existen áreas pobladas ni centros urbanos. De hecho, los habitantes más cercanos se encuentran a una distancia aproximada de 7 km del trazado eléctrico. A lo anterior se suma que las actividades de trashumancia que se realizan en el área por pastores collas y que fueron consignadas en este proceso de evaluación, se llevan a cabo en el lado Este de la ruta C-17, mientras que el proyecto se ubicará al lado Oeste de dicha carretera.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción, operación y cierre de las obras

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V,  VI y X

 Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. Localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

Impacto no significativo

El proceso de evaluación consignó que el sector de la Ex Estación Carrera Pinto se encuentra dentro de lo que se reconoce como territorio de trashumancia de las comunidades collas de la Quebrada de Paipote.

Debido a lo anterior el SEA convocó a una reunión por artículo 86 a las comunidades collas pertenecientes a las comunas de Copiapó y Diego de Almagro que podrían ocupar dicho territorio. A dicha reunión asistieron representantes de las comunidades collas de Runa Urka y Pai Ote.

Además, el proceso de evaluación también consigna que representantes de la comunidad colla Runa Urka visitaron junto al Titular el área de emplazamiento del proyecto. Según lo expuesto por el Titular en su Adenda Complementaria, los representantes de Runa Urka habrían señalado que el proyecto no generaría ningún tipo de afectación a las actividades de pastoreo de su comunidad, puesto que no se encuentra en un área utilizada para el tránsito del ganado. Señalado que estos movimientos trashumantes se realizan en el lado Este de la ruta C-17, siendo la carretera el límite natural de las actividades de pastoreo. De acuerdo a los antecedentes disponibles en el proceso de evaluación y lo señalado por la CONADI, se puede señalar que las actividades asociadas al presente proyecto, no generan afectación a las áreas de trashumancia de las comunidades Colla.

Parte, obra o acción que lo genera

----

Fase en que se presenta

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Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

 

5.5. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona

Impacto no significativo

En Anexo N° 5 de la DIA, se presenta el documento para esta componente, a partir del cual se concluye que el sector donde se desarrollará el Proyecto presenta un valor paisajístico y turístico bajo. El paisaje se encuentra fuertemente intervenido por el hombre desde caminos pasando por otras líneas de transmisión, por lo cual la adición del proyecto no genera gran afectación al paisaje. El proyecto no se encuentra en el área de influencia de ninguno de los atractivos turísticos mencionados, por ello no los afectará. Por tanto, se concluye que no hay alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona donde se emplaza el proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de las obras

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V y VI

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural

Impacto no significativo

En relación a los componentes asociados al patrimonio cultural, se presentó una línea de base arqueológica, Anexo N° 4 de la DIA, en la cual se identifican algunos hitos, para el cual se proponen medidas de protección como mantener y reparar el cerco de protección preexistente, Cerco perimetral 2.5 x 2.5 metros y 3x3 metros. No obstante, se declara que el área para la  implementación del proyecto  no afecta hallazgos ni sitios con valor arqueológico, ni antropológico.

Parte, obra o acción que lo genera

 

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo V, VI y X

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, dado que el Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.  

6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

 

6.1.1. Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Para la etapa de construcción y cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

El proyecto considera en la etapa de construcción la instalación de una planta modular de tratamiento de aguas, y para la etapa de cierre se implementará una fosa séptica con sistema de separación de lodos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo N° 9 de la DIA, en el Anexo N° 1 de la Adenda y el Anexo N° 1 de la Adenda Complementaria, se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°2113, de fecha 05.10.16.

 

6.1.2. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase construcción y cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto en su etapa de construcción y cierre considera la acumulación temporal de residuos sólidos domiciliarios e industriales no peligrosos, que se habilitarán en las instalaciones de faena, serán cercados y señalizados con letreros o algún sistema de rotulación que indiquen que el sector corresponde a un área de acopio temporal de residuos.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo N° 9 de la DIA, en el Anexo N° 1 de la Adenda y el Anexo N° 1 de la Adenda Complementaria, se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°2113, de fecha 05.10.16.

 

6.1.3. Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Fase de Construcción y Cierre.

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto durante las fases de Construcción y cierre, se generará Residuos Sólidos Peligrosos (restos de aceites y grasas lubricantes, otros como envases de pinturas o solventes, pilas y suelos contaminados con eventuales derrames de hidrocarburos, etc.), en la Instalación de Faena contará con una Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo N° 9 de la DIA, en el Anexo N° 1 de la Adenda y el Anexo N° 1 de la Adenda Complementaria, se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud, Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°2113, de fecha 05.10.16.

 

6.1.4. Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto considera la construcción de las instalaciones de faenas temporales, con una superficie de 308 m².

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se establecieron.

Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles

En el Anexo N° 9 de la DIA, y en el Anexo N° 1 de la Adenda, se presentan los antecedentes requeridos para el otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

El SAG de la Región de Atacama, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados a través de Ord. N°367, de fecha 21.06.16.

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

DFL N° 725/67, Código Sanitario. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

En fase de construcción y cierre, todos los residuos sólidos, ya sean domésticos y no peligrosos, serán almacenados, retirados y transportados hasta un sitio de disposición final autorizado.

En etapa de operación se utilizarán los servicios higiénicos del proyecto Campos del Sol Sur, dado que en el Anexo N°8, el titular presenta carta compromiso, en cual indica capacidad, asegurar el retiro y disposición final de lodos.

Se presentan los antecedentes para los PAS 138, 140 y 142, para el  almacenamiento transitorio de residuos sólidos y líquidos durante la fase de construcción, y cierre.

Indicador que acredita su cumplimiento

Almacenamiento temporal de los residuos sólidos durante la construcción y cierre del proyecto.

-  Se mantendrán los registros en faena, del retiro de los residuos a disposición.

- Autorización de los permisos (PAS 138, 140 y 142) para el  almacenamiento transitorio de residuos sólidos durante la fase de construcción, y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos

Norma

D.S. Nº 594, y sus modificaciones. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación  y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

En fase de construcción y cierre, todos los residuos sólidos, ya sean domésticos y no peligrosos, serán almacenados, retirados y transportados hasta un sitio de disposición final autorizado.

En etapa de operación se utilizarán los servicios higiénicos del proyecto Campos del Sol Sur, dado que en el Anexo N°8, el titular presenta carta compromiso, en cual indica capacidad, asegurar el retiro y disposición final de lodos.

Se presentan los antecedentes para los PAS 138, 140 y 142, para el  almacenamiento transitorio de residuos sólidos y líquidos durante la fase de construcción, y cierre.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Almacenamiento temporal de los residuos sólidos durante la construcción y cierre del proyecto.

-  Se mantendrán los registros en faena, del retiro de los residuos a disposición.

- Autorización de los permisos (PAS 138, 140 y 142) para el  almacenamiento transitorio de residuos sólidos durante la fase de construcción, y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Residuos Peligrosos

Norma

D.S. Nº 148/2003, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados en tambores y contenedores que se mantendrán siempre cerrados y bien rotulados, para ser trasladados a disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. Nº 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, se presentan los antecedentes del PAS 142.

Indicador que acredita su cumplimiento

- Se mantendrá en faena un registro actualizado de los residuos peligrosos almacenados y de los enviados a disposición final.

- Declaración de Residuos Peligrosos (SIDREP).

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Sustancias peligrosas

Norma

D.S. Nº 78 Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción del proyecto.

Forma de cumplimiento

No se manejarán cantidades superiores a 600 kg o L, por lo que su almacenamiento se hará de acuerdo a su cantidad, clase y división de peligrosidad. Los envases menores o iguales a 5 kg o L y los de vidrio, estarán en estanterías de material no absorbente, liso y lavable, cerradas o con barras antivuelco, con control de derrames y ventilación para evitar la acumulación de gases en su interior. Dicha estantería contará con señalización que indique almacenamiento de sustancias peligrosas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en faena de las hojas de seguridad de cada una de las sustancias peligrosas a almacenar, rotuladas de acuerdo a lo establecido en las Normas Chilenas vigentes.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Fauna

Norma

Ley Nº 19.473/1996 Ley de Caza

Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Se realizará un plan de perturbación controlada de reptiles antes del inicio de la fase construcción del Proyecto.

Se realizará un Plan de Manejo para el Guanaco.

Se realizarán medidas para evitar y/o reducir colisiones de aves.

Se elaborará un informe con los resultados de la actividad realizada.

Se realizarán charlas de inducción donde se informará a todos los trabajadores sobre la prohibición de capturar o cazar especies que se presenten en el área del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán los registros en faena, de las charlas.

Y los resultados y demás detalles del plan de perturbación controlada.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Fauna

Norma

D.S. N° 65, que modifica el D.S. Nº 05, Reglamento de la Ley de Caza, Ministerio de Agricultura.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Se realizará un plan de perturbación controlada de reptiles antes del inicio de la fase construcción del Proyecto.

Se realizará un Plan de Manejo para el Guanaco.

Se realizarán medidas para evitar y/o reducir colisiones de aves.

Se elaborará un informe con los resultados de la actividad realizada.

Se realizarán charlas de inducción donde se informará a todos los trabajadores sobre la prohibición de capturar o cazar especies que se presenten en el área del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán los registros en faena, de las charlas.

Y los resultados y demás detalles del plan de perturbación controlada.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Contaminación Lumínica

Norma

Decreto Supremo N°686/98, Modificado por Decreto Supremo N°43/12

Norma de Emisión para la regulación de la contaminación lumínica. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Se utilizará iluminaria que cumpla con los estándares necesarios para disminuir la contaminación lumínica, utilizando ampolletas y faroles que concentren la luz hacia el piso y esta no sea emitida hacia el cielo,  cumpliendo con los flujos hemisféricos establecidos en la normativa.

Por otra parte la luminaria contará con sensores de movimiento, por lo que permanecerá apagada la mayor parte del tiempo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Cumplir con el límite máximo establecido en la ley.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Ordenamiento Territorial

Norma

D.F.L. Nº 458/1975 y D.S. Nº 47/1992, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

El proyecto presenta los antecedentes para  el Permiso Ambiental Sectorial N° 160, solicitando con ello el cambio de uso de suelo, para las áreas comprendidas para la ubicación de los centros de transformación e instalación de faenas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Calificación Ambiental del Proyecto.

Obtención de permiso Sectorial.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 138 y sus modificaciones. Establece obligación de declarar emisiones que indica. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la etapa de construcción y cierre, se utilizarán grupos electrógenos.

Se realizará la declaración de emisiones.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán los registros de la Declaración de emisiones por Ventanilla Única RETC, en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. N° 1/2013, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.  Ministerio de Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Declarar en el sistema en línea de la ventanilla única, http://vu.mma.gob.cl, SINADER y según DS N°138/05, dos unidades de grupos electrógenos de 60 HP (44KW) y las emisiones atmosféricas que generará el funcionamiento permanente de uno de ellos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán los registros de la Declaración de emisiones por Ventanilla Única RETC, en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº144/61 Establece Normas para Evitar Emanaciones o

Contaminantes de cualquier Naturaleza. Ministerio de Salud.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Considera un conjunto de acciones para el control de las emisiones atmosféricas:

- El tránsito de vehículos por caminos no pavimentados será de no más de 50 km/h.

- Se humectarán los caminos en la etapa de construcción.

- En el camino principal de acceso se aplicará bischofita.

- El transporte de material se efectuará con el área de carga encarpada.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en faena de implementación de medidas:

- Revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos.

- Cumplimiento de la velocidad máxima de circulación.

- Registro de humectación de caminos, en caso de requerirse.

- Cobertura en carga de camiones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D. S.  Nº 54/1994 Establece las Normas de emisión aplicables a vehículos motorizados medianos. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción,  Operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les realizarán mantenimientos regulares.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de mantenciones y copias de revisión técnica de los vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 55/1994. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Se contempla la utilización de vehículos pesados, los que cumplirán con los valores señalados en esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de mantenciones y copias de revisión técnica de los vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Aire

Norma

D.S. Nº 4/1994 Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

Todos los vehículos asociados al proyecto deberán presentar su revisión técnica al día.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro en faena de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos.

Cláusulas contractuales respecto a las condiciones de los vehículos que emplearán los contratistas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Ruido

Norma

D.S. Nº 38/2012, Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a partir de la revisión del D.S. Nº146/97 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Ministerio del  Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre del proyecto.

Forma de cumplimiento

El proyecto cumplirá con lo señalado en el artículo nueve, referido a niveles máximo permisibles de presión sonora corregido (NPC). (Ver Anexo N°7 de la DIA)

Indicador que acredita su cumplimiento

Mediciones periódicas de ruido durante la fase de construcción, las cuales se mantendrán los registros en faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Transporte

Norma

Decreto Supremo Nº 75/1987 Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que indica. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción del proyecto.

Forma de cumplimiento

Durante la fase de construcción, el transporte de los materiales se realizará mediante camiones, que cumplirán con las disposiciones de este Decreto, en lo que respecta a la forma de transporte del material y su cubrimiento con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no malla Rachel).

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro del cumplimiento de cubrimiento de camiones, junto con la hora, patente y nombre del chofer del camión que transporta  materiales hacia y desde la obra.

Estas medidas se exigirán al contratista de obras para la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Patrimonio Cultural

Norma

Ley N°17.288 de Monumentos Nacionales. Ministerio de Educación.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción del proyecto.

Forma de cumplimiento

En el caso de producirse un hallazgo de ruinas o restos arqueológicos con ocasión de cualquier excavación, independientemente de su motivo, será inmediatamente informado al Consejo de Monumentos Nacionales.

Una vez producido un hallazgo, se paralizarán completamente las obras relacionadas con el área del mismo.

Un arqueólogo inspeccionará el hallazgo y emitirá un informe que será remitido a la autoridad competente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales:

- Presencia permanente del arqueólogo o licenciado en arqueología durante las actividades de excavación y movimientos de tierra.

-   Resguardo de posibles hallazgos.

- Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Patrimonio Cultural

Norma

D.S. Nº 484/1991, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Ministerio de Educación.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción del proyecto.

Forma de cumplimiento

Ante un hallazgo arqueológico o paleontológico se paralizarán las obras en el sector, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales:

- Presencia permanente del arqueólogo o licenciado en arqueología durante las actividades de excavación y movimientos de tierra.

- Resguardo de posibles hallazgos.

- Registro fotográfico de las actividades de resguardo de posibles hallazgos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Energía y combustibles

Norma

Decreto Supremo Nº327/1998, Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Ministerio de Minería.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación del proyecto.

Forma de cumplimiento

Las instalaciones eléctricas se ajustarán a las especificaciones técnicas de todo proyecto eléctrico, así como su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes.

Antes de poner en servicio el Proyecto y sus partes, éste será comunicado a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, acompañando todos los antecedentes requeridos, dando aviso al CDEC-SIC, según lo establece el citado reglamento.

Indicador que acredita su cumplimiento

Aviso a la SEC sobre la puesta en servicio de las obras de transmisión del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

 

Componente/Materia: Energía y combustibles

Norma

Decreto Supremo N° 160/ Reglamento de Seguridad para las instalaciones y operaciones de producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y de Abandono del proyecto.

Forma de cumplimiento

Se considera almacenar combustible líquido en un contenedor de 1 m³.

Los estanques y resto de las instalaciones serán inscritos ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de forma de dar cumplimiento al D.S. N° 160/08.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrán los registros en faena de los certificados emitidos por la SEC.

Cláusulas contractuales que exijan a los contratistas que realicen el manejo de combustible a cumplir las medidas de seguridad dispuestas en este reglamento.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII

8°. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

Componente

Emisiones Atmosféricas

Medida

Se respetará la medida de control de la velocidad de los vehículos livianos y pesados dentro de la línea (50 km/h) y en el caso de los recorridos realizados por carreteras y rutas de pavimento fuera del área del proyecto se exigirá que las velocidades no sobrepasen los (90 km/h).

Etapa

Construcción, Operación y Abandono

Medio de verificación

Se implementarán GPS tanto en los vehículos livianos como en los pesados, con un sistema que alerte al vehículo en caso de superar el límite de velocidad establecido. Este sistema de GPS generará un registro de velocidad, los cuales estarán disponibles en caso de solicitud de la autoridad.

Indicador de cumplimento

N° de vehículos / N° de vehículos que cumplen el límite de velocidad.

Componente

Emisiones Atmosféricas

Medida

Programa de humectación y estabilización de caminos con bischofita u otro material con similares características.

Etapa

Construcción

Medio de verificación

Registro de humectaciones / Superintendencia de Medio Ambiente

Indicador de cumplimento

Informes mensuales con guías de despacho y listado de proveedores

Componente

Residuos

Medida

Los escombros serán dispuestos en un Relleno controlado que cuente con la autorización necesaria para dichos residuos, y serán retirados entre 2 a 3 veces a la semana. En el caso de los residuos peligrosos, éstos serán dispuestos en un Depósito de Seguridad Autorizado por la autoridad ambiental.

Etapa

Construcción

Medio de verificación

Superintendencia de Medio Ambiente

Indicador de cumplimento

Informes mensuales con guías de despacho y listado de proveedores

Componente

Agua

Medida

Reporte semestral de consumos de agua potable, y registro del control periódico para verificación de la Autoridad Sanitaria.

Etapa

Construcción - Operación

Medio de verificación

Superintendencia de Medio Ambiente

Indicador de cumplimento

Informes mensuales con guías de despacho y listado de proveedores

Componente

Fauna

Medida

Control en el manejo de los residuos generados durante la fase de construcción del Proyecto para evitar la atracción de animales por residuos asimilables a domiciliarios.

Etapa

Construcción y Operación

Medio de verificación

Superintendencia de Medio Ambiente

Indicador de cumplimento

Registro fotográfico.

Componente

Fauna

Medida

Se colocarán elementos disuasivos (anticolisión) en todo el trazado de la línea de transmisión, para evitar y/o reducir colisiones de aves, haciendo más visible el tendido.

Se instalarán dispositivos disuasivos de posada “guardaperchas”, estructuras desalentadoras para que el ave se pose en ellas, estas estructuras se colocan en lugares donde la llegada de un ave y/o su defecación pueden ser problemáticas tanto para el ave como para la estructura. En este caso se colocaran guardaperchas en todas las estructuras de anclaje de cada una de las torres.

Etapa

Operación

Medio de verificación

Se enviará el informe de los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente y al SAG, Región de Atacama.

Indicador de cumplimento

Se realizará monitoreo, en el que consiste en un muestreo durante toda la etapa de operación, el cual los primeros tres años tendrá frecuencia semestral.

A partir del cuarto año, la frecuencia con la que se continuará el muestreo, será una vez al año, oportunidad en la que además se realizarán las revisiones y mantenciones anuales, del cableado y conexiones de la línea de transmisión y el estado de los elementos disuasivos, para generar las medidas de recambio o reparación cuando sea necesario.

Dado que el trazado de la línea de transmisión eléctrica, no es de gran extensión, los monitoreos se realizarán a lo largo de todo el trazado en cada oportunidad. Los parámetros que serán evaluados en cada oportunidad serán:

- Búsqueda de carcasas de aves, y

- Otras variables, como: especie, estado reproductivo del individuo accidentado, momento aproximado de muerte, causa de muerte (colisión o electrocución).

Componente

Fauna

Medida

Plan de Monitoreo de Guanacos a fin de detectar y cuantificar la presencia o tránsito de guanacos en el lugar. Dado que no se vieron ejemplares durante la campaña de línea de base de fauna, se desconoce si el trazado de la línea interrumpe o altera alguna ruta normal de tránsito de estos animales.

Etapa

Construcción

Medio de verificación

Se enviará el informe de los monitoreos a la Superintendencia del Medio Ambiente, la CONAF, y el SAG, Región de Atacama.

Indicador de cumplimento

Se realizarán cuatro campañas de monitoreo (una por estación) de tres días cada una, las cuales serían dos campañas previo a la etapa de construcción y dos campañas durante la construcción del Proyecto.

El Plan de Manejo de Guanacos se describe en el Anexo N°3 de la Adenda.

Componente

Fauna y Flora

Medida

Capacitación sobre el cuidado y la importancia de las especies de flora y fauna silvestre (incluidos mamíferos grandes como zorros y guanacos).

Etapa

Construcción y Operación

Medio de verificación

Superintendencia de Medio Ambiente, CONAF y SAG

Indicador de cumplimento

Registro de asistentes por tramo de trabajo y Registro fotográfico

Componente

Medio humano

Medida

Previamente al inicio de la fase de construcción se realizarán reuniones de coordinación con la OMIL de los municipios de Copiapó y Diego de Almagro, con el objetivo de contribuir a la economía local con generación de empleos.

Etapa

Construcción, operación y cierre

Medio de verificación

Registro de contratación y registro de contratación de servicios, al inicio de cada etapa, a la Seremi de Desarrollo Social, Superintendencia del Medio Ambiente, Municipalidad de Diego de Almagro y Municipalidad de Copiapó.

Indicador de cumplimiento

Registro de contratación.

Número de personal contratado de las comunas de Diego de Almagro y Copiapó, Región de Atacama.

Actas de reuniones y acuerdos suscritos con OMIL de los municipios de Copiapó y Diego de Almagro.

Entrega de planilla de personal contratado al inicio de cada etapa a la Seremi de Desarrollo Social de la Región de Atacama, Superintendencia del Medio Ambiente, Municipalidad de Diego de Almagro y Municipalidad de Copiapó.

Componente

Medio humano

Medida

Charlas informativas a los trabajadores respecto a hallazgos patrimoniales, naturales y culturales del sector, previniendo así la alteración y/o destrucción de los mismos.

Etapa

Construcción

Medio de verificación

Inducción arqueológica y patrimonial a todos los trabajadores del proyecto.

También se realizará una capacitación al  personal que trabaje en las etapas de construcción y operación del proyecto, sobre la protección de la fauna presente en el sector. Los contenidos de dichas capacitaciones deberán ser acordados con la Autoridad Competente, y será realizado por especialistas recomendados por la Universidad de Atacama o por el Gobierno Regional de Atacama.

También se desarrollará una capacitación al personal sobre la conservación de la flora del área del Proyecto, con la finalidad de instruirlos sobre la normativa legal y las especies de plantas de valor conservación dentro del Sitio Prioritario Desierto

Florido.

Se mantendrá un registro de todas las capacitaciones. El proceso será desarrollado por un profesional calificado con competencias relativas a las ciencias biológicas y ambientales, durante la etapa de construcción y operación del proyecto.

Indicador de cumplimiento

Actas de Capacitaciones con firmas de asistentes y registro fotográfico.

 

PROTECCIÓN SOCIAL

Componente

Medio humano

Medida

Protección social

Etapa

Construcción

Medio de verificación

Superintendencia de Medio Ambiente

Indicador de cumplimiento

Contratos de trabajo con personas y/o proveedores que permitan entregar seguridad a los proveedores locales respecto de los servicios de transporte, alojamiento y de alimentación, en cuanto al pago oportuno por la provisión de dichos servicios, a través de CORFO, FOSIS, OMIL y otros.

9°. Que, respecto de la síntesis del proceso de participación ciudadana, la Declaración de Impacto Ambiental proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” fue ingresada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental con fecha 22 de enero de 2016. La publicación de la DIA en el listado de Declaraciones de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 30 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día lunes 1 de febrero de 2016 en el Diario Oficial y en el diario La Tercera.

La difusión del aviso radial de la Declaración de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 87 del párrafo 1° Título V del Decreto Supremo N°40/2012 que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, se emitió en Radio Nostálgica FM, con alcance en la Región de Atacama, los días 1, 2, 3, 4 y 5 de febrero de 2016, a las 9:30 horas.

El periodo para hacer solicitudes de apertura del proceso de Participación Ciudadana (PAC) se inició el día martes 2 de febrero de 2016 y concluyó al cabo de 10 días, el día 15 de febrero de 2016. Finalizado dicho período no se recibieron solicitudes de apertura del Proceso de Participación Ciudadana para la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”.

Síntesis del proceso de Reunión con grupos humanos pertenecientes a Pueblos Indígenas (artículo 86 del RSEIA)

Durante el proceso de evaluación ambiental y en el contexto de aplicación del artículo 86 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, D.S. N° 40 de 2012, se convocan a reunión a las comunidades collas de las comunas de Copiapó  (Comunidad Indígena Pai-Ote, Comunidad Indígena Colla Runa Urka, Comunidad Indígena Colla Sinchi Wayra, Comunidad Indígena Colla de Pastos Grandes, Comunidad Indígena Colla Comuna Copiapó, Comunidad Indígena Sol Naciente) y Diego de Almagro (Comunidad Indígena Colla Diego de Almagro, Comunidad Indígena Colla Geoxcultuxial). Finalmente, asisten a dichas reuniones las comunidades collas Runa Urka, el día 11 de febrero de 2016, y la comunidad colla Pai Ote, el día 15 de febrero de 2016.

Mediante este proceso, se recaban antecedentes que se incluyen en la confección del ICSARA y del ICSARA Complementario de la DIA “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”. En respuesta a este último documento, el Titular informa la realización de  una visita al área de emplazamiento del proyecto en conjunto con la Comunidad Colla Runa Urka, e informa que  no logra concretar dicha visita con la Comunidad Colla de Pai Ote, a pesar de haber tomado contacto en varias oportunidades tanto por vía telefónica, a través de su presidenta, señora Ercilia Araya, como a través del correo electrónico de la comunidad.

Al finalizar el proceso de diálogo, el Titular presenta la Adenda Complementaria con antecedentes suficientes para descartar impactos significativos sobre las rutas trashumantes de pastores collas.

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se presentaron en Anexo N° 15 de la DIA,  y en la Adenda se presenta la actualización del Plan de Contingencia y Emergencias del proyecto, en el caso de desastres naturales, desastres fortuitos y/o imprevistos.

11°. Que en la sesión de la Comisión de Evaluación, Región de Atacama de fecha 02 de noviembre de 2016, la Comisión de Evaluación acordó acoger la propuesta de calificar Ambientalmente Favorable el proyecto presentada por la Secretaría Técnica, basada en que durante el proceso de evaluación ambiental se logró determinar que el  proyecto cumple con la normativa ambiental vigente, incluidos los permisos ambientales sectoriales de los artículos 138, 140, 142 y 160 del RSEIA, y además el proyecto no genera los efectos, características y circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, motivo por el cual no requiere de la presentación de un EIA.

12°. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13°. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución.

14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15°. Que, para que el proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16° Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17°. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región Atacama la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.

19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste”, presentado por la Sra.  Alejandra Marta Jerardino Valenzuela., en representación de ABC Solar 10 SpA.

2°. Certificar que el proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que el proyecto “Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto.

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. 

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/BRS/VOP/ICC

Distribución:

  • Alejandra Marta Jerardino Valenzuela
  • CONADI, Región de Atacama
  • CONAF, Región de Atacama
  • DGA, Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Copiapó
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • SEREMI de Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI de Minería, Región de Atacama
  • SEREMI de Salud, Región de Atacama
  • SEREMI DESARROLLO SOCIAL REGION DE ATACAMA
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <lcruz@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Proyecto Línea de Transmisión Carrera Pinto - Campos del Sol Sur Oeste"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=59/0d/9e0e5fe5cf4f81a812dcf10e5407e04d2a96


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