1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Condominio María Elena”.
2. Que, el derecho de la Inmobiliaria Viviendas 2000 Limitada a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, sus Anexos, la Adenda N°1, la Adenda N°2 y en el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto inmobiliario consiste en la construcción y habilitación de 9 edificios (se construirán 5 edificios en la primera etapa del proyecto y 4 edificios en la segunda etapa) con un total de 300 departamentos.
Los bloques de departamentos serán de 5 pisos de altura cada uno. El proyecto implementará en su fase de operación un total de 344 estacionamientos, (300 para los propietarios y 44 estacionamientos para visitas). De acuerdo a lo informado por el titular en la Adenda 2 el proyecto contará en su primera etapa con 106 estacionamientos en superficie y 67 estacionamientos en subterráneo y la segunda etapa con 105 estacionamientos en superficie y 66 estacionamientos en subterráneo. Además, el proyecto en su fase de operación incluye 9 salas de basura (una por edificio), piscina, áreas verdes comunes y su correspondiente urbanización.
El proyecto se emplazará en un terreno de 14.537,12 m² en la comuna de La Florida.
I. Tipología de Proyecto:
El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) debido a que cumple con el criterio establecido en el literal h.1.3) del artículo 3 del Decreto Supremo 95/2001, del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el que hace referencia a proyectos inmobiliarios que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas, en una zona declarada latente y saturada.
En consecuencia con lo anterior, el presente proyecto debe presentarse a evaluación ambiental ante el SEIA, debido a que se emplaza en la Región Metropolitana, Zona declarada latente y saturada (D.S N° 131 publicado en el Diario Oficial con fecha 01 de agosto de 1996) y contempla la construcción de 300 viviendas, por lo que cumple con la tipología establecida en el Artículo 3 literal h.1.3) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
II. Vida útil:
El proyecto se ha diseñado para una vida útil indefinida.
III. Superficie:
Las superficies asociadas al proyecto se muestran en la siguiente tabla:
Tabla N°01 Superficies del Proyecto
| Tipo de superficie | Superficie m2 |
| Sobre Terreno (Superficie a edificar) | 15.672,35 |
| Bajo Terreno (Subterráneos: 133 estacionamientos, pasillos vehiculares y bodegas ) | 1.606,67 |
| Superficie del terreno | 14.537,12 |
IV. Mano de Obra:
Durante el desarrollo de la fase de construcción del proyecto inmobiliario, la cantidad necesaria de los trabajadores es de 200 para la ejecución de la primera etapa del proyecto y 150 para la segunda etapa; los cuales serán contratados directamente por el Titular o por subcontratistas que presten servicios durante el desarrollo del proyecto.
Durante la fase de operación del proyecto, se estima un número aproximado de 8 personas, las que desarrollarán funciones administrativas dentro del proyecto, además del sistema de vigilancia y recepción. El resumen de la mano de obra se presenta en la siguiente tabla:
Tabla N° 02 Mano de Obra
| Fase | Mano de Obra Máxima |
| Construcción Etapa 1 | 200 |
| Construcción Etapa 2 | 150 |
| Operación | 8 |
| Cierre y Abandono | No se contempla |
V. Cronograma:
El proyecto inmobiliario “Condominio María Elena” considera 2 etapas de desarrollo:
Etapa 1: Se proyecta la construcción de 5 edificios de 5 pisos, con un total de 165 departamentos.
Etapa 2: Se proyecta la construcción de 4 edificios de 5 pisos, con un total de 135 departamentos.
En la siguiente tabla se presentan las fechas de inicio y término del proyecto de construcción, para cada una de las etapas que lo comprenden.
Tabla N° 03 Cronograma
| Etapa | Fase | Fecha de Inicio | Fecha de Termino |
| 1 | Construcción | Primer semestre 2013 | Abril2014 |
| Operación | Mayo2014 | Indefinida |
| 2 | Construcción | Noviembre2013 | Enero2015 |
| Operación | Febrero2015 | Indefinida |
VI. Localización:
El Proyecto se encuentra ubicado en calle María Elena N°370, en la comuna de La Florida, Provincia de Santiago, Región Metropolitana.
Las coordenadas UTM DATUM (WGS 1984 HUSO 19), de ubicación del proyecto son las siguientes:
Tabla N° 04 Coordenadas en U.T.M DATUM (WGS 1984 HUSO 19)
de la ubicación del Proyecto
| Este | Norte |
| 352418.9219 | 6285365.7448 |
| 352533.9346 | 6285385.8872 |
| 352438.0916 | 6285239.5653 |
| 352552.1398 | 6285256.8224 |
De acuerdo al Certificado de Informes Previas (CIP) adjunto en el Anexo N°2 de la Adenda 1, el proyecto se emplaza en una zona identificada como “E-AM3” que permite en su uso de suelo actividades de edificación de viviendas o equipamiento vecinal.
VII. Objetivo:
Atender la demanda habitacional de la Región Metropolitana, mediante la construcción de 300 departamentos individuales para uso residencial categoría DFL N°2 en la Comuna de La Florida, contemplando la ejecución simultánea de obras de edificación y urbanización del proyecto con acceso a calle María Elena.
3.1. Fases de Proyecto.
Fase de Construcción.
La fase de construcción del “Condominio María Elena” se contempla en 2 etapas con la correspondiente ejecución de las siguientes obras:
3.1.1 Instalación de Faenas.
La instalación de faenas, consiste principalmente en habilitar recintos de construcción liviana o contenedores reacondicionados en el sitio del proyecto para ser utilizados como oficinas, bodegas, comedores y vestidores.
Se contempla la instalación de un cierre perimetral que restrinja el acceso a la zona de construcción de personas ajenas a la obra, para lo cual se instalará una caseta de control de entrada con personal de guardia las 24 horas del día. Este cierre perimetral poseerá todas las medidas necesarias para resguardar la seguridad del personal que transita por la zona de construcción del proyecto, además se habilitará un acceso controlado hacia la obra, el cual puede que cambie su posición durante el período de construcción entre la etapa 1 y 2 del proyecto y prestará servicios para la entrada y salida de camiones, vehículos de carga, personal, etc. El acceso estará habilitado por calle María Elena N°370, el que, además, contará con la señalización de tránsito adecuada y personal de apoyo que faciliten el tránsito tanto del personal y maquinaria hacia el interior del proyecto, como el de los transeúntes y vehículos que requieran transitar por el sector.
3.1.2 Preparación del Terreno.
La preparación del terreno se iniciará con la limpieza del predio, labor que implicará el retiro de la cobertura del terreno, la que será apartada y utilizada como relleno para áreas verdes dentro del mismo proyecto. Posteriormente se realizará la nivelación de la superficie a través de excavaciones y movimientos de tierra, con el objetivo de alcanzar el nivel para la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno previo a la construcción de los edificios y obras complementarias.
La superficie a ser intervenida corresponde a 8.242 m2, estimándose un volumen total de tierra a ser removida de 4.121 m3, considerando un escarpe de 50 cm. Estos trabajos serán realizados mediante retroexcavadora con balde de capacidad aproximada de 1 m3 y el transporte con camiones tolva de 12 m3 de capacidad.
3.1.3 Construcción de Viviendas y Urbanización.
Como se mencionó anteriormente, el proyecto se ejecutará en dos etapas, la primera etapa contempla la construcción de 5 edificios y la segunda etapa 4 edificios, donde cada uno de ellos contará de 5 pisos.
Las terminaciones y las obras exteriores consisten básicamente en las faenas de habilitación del inmueble y de hermoseamiento de la estructura y los exteriores, entre las cuales se pueden mencionar las siguientes actividades: pintura de muros, instalación de cerámicas, instalaciones de ventanas, puertas, muebles, guardapolvos, cornisas, estucos y yesos interiores, entre otros.
3.1.4 Equipos y Maquinarias.
Las maquinarias que se utilizarán durante la fase de construcción del proyecto son las siguientes:
Tabla N° 05 Características Maquinarías a Utilizar Durante la Fase de Construcción
| Maquinaria o Equipo | Utilidad |
| 1 Retroexcavadora | Para la extracción de material de escarpe. |
| 2 Camión tolva | Para el transporte de insumos. |
| 1 Camión tolva | Para el transporte de escombros y material de escarpe al relleno sanitario más cercano. |
| Grúa | |
| Camioneta | Para inspección de faenas. |
| Rodillo compactador | Para compactación de caminos internos. |
| 30 Camión mixer | Para el transporte de hormigón. |
3.1.5 Instalaciones.
La presente fase contempla las distintas instalaciones involucradas en un proyecto inmobiliario tales como instalaciones sanitarias, agua potable, electricidad y alcantarillado.
3.1.6 Prevención de Riesgos.
Durante la fase de construcción del proyecto inmobiliario, los trabajadores deberán usar todos los elementos de seguridad necesarios conforme a las condiciones laborales exigidas en la normativa legal vigente. Alguno de los elementos a utilizar son: zapatos de seguridad, guantes, antiparras, mascarillas, cascos, protector solar, entre otros.
3.1.7 Bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos de la construcción.
Para la fase de construcción el titular habilitará una bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos de la construcción, las principales características son las siguientes:
a) Aspectos Generales.
a.1) Definición del tipo de tratamiento.
El proyecto no realizará ningún tipo de tratamiento de los residuos peligrosos que se generen. Estos corresponderán sólo a envases vacíos de aerosoles y pegamentos, los cuales se almacenarán temporalmente en contenedores etiquetados y ubicados en una caseta tipo conteiner, para posteriormente ser retirados para su disposición final en lugares autorizados para su tratamiento.
a.2) Localización y características del terreno.
La mantención temporal de los residuos peligrosos que se generen durante la fase de construcción del proyecto, será realizada en contenedores con tapa, debidamente etiquetados y dispuestos en una caseta tipo conteiner ubicada en la zona de instalación de faenas.
a.3) Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.
Los residuos peligrosos que se generarán en la fase de construcción consistirán principalmente en envases de aerosoles y pegamentos. Se estima una cantidad aproximada de residuos peligrosos de 10(Kg/mes), puesto que la mayor cantidad de residuos que se generen en la fase de construcción del condominio corresponderán a residuos no peligrosos.
a.4) Obras civiles proyectadas y existentes.
Se contempla la instalación de una caseta tipo conteiner, que contenga en su interior extintor y los contenedores con tapa etiquetados para mantener los envases vacíos de aerosoles y pegamentos.
a.5) Vientos predominantes.
Los residuos peligrosos que genere el proyecto (envases vacíos de aerosoles y pegamentos) serán almacenados temporalmente en contenedores con tapa, ubicados en una caseta tipo conteiner debidamente identificada, para posteriormente ser dispuestos en un depósito de seguridad autorizado.
a.6) Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.
Los residuos peligrosos (envases vacíos de aerosoles y pegamentos) se almacenarán temporalmente en contenedores cerrados y posteriormente retirados para ser dispuestos en un depósito de seguridad autorizado. Por las características y tiempo de exposición no se considera la generación de emisiones gaseosas.
a.7) Características hidrológicas e hidrogeológicas.
No existen cursos de agua superficial al interior del área del proyecto.
a.8) Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.
El Proyecto contará con un “Plan de Prevención de Riesgos” y un “Plan de Control de Accidentes”, el cual se exigirá contractualmente al contratista. Estos planes deberán incorporar la ocurrencia de todos los eventos que puedan originar riesgos en alguna de las fases del Proyecto.
a.9) Manejo de residuos generados dentro de la planta.
Los residuos peligrosos que se generarán en la fase de construcción consistirán principalmente en envases de aerosoles, pegamentos y aquellos generados por alguna mantención de emergencia que se requiera en la zona de influencia del proyecto, como por ejemplo algún desperfecto puntual que pudiese tener alguna maquinaria y /o equipo. Para lo cual, se solicitará a una empresa externa que realice la reparación y retire los residuos generados por esta actividad, por lo tanto, en la zona del proyecto existirá una pequeña bodega para la mantención transitoria de residuos peligrosos que consistirán sólo en envases vacíos, debidamente señalizados. Se estima una cantidad aproximada de residuos peligrosos de 10(Kg/mes), puesto que la mayor cantidad de residuos que se generen en la fase de construcción del condominio corresponderán a residuos no peligrosos. En dicha bodega no se almacenarán materiales combustibles. La bodega estará debidamente señalizada y se almacenarán en su interior contenedores plásticos etiquetados para mantener los envases vacíos temporalmente hasta ser enviados a un depósito de seguridad autorizado.
b) Tratándose de almacenamiento de residuos del proyecto, se deberá dar cumplimiento a los siguientes puntos:
b.1) Características del recinto.
Corresponde a un sector de almacenamiento temporal de residuos, en una caseta tipo conteiner en la cual se ubicarán contenedores con tapa para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos (envases vacíos de aerosoles y pegamentos). Dicha caseta estará instalada en la zona de faenas debidamente señalizada.
b.2) Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.
Los residuos serán almacenados en contenedores con tapas ubicados en una caseta tipo conteiner, instalada en el área de faenas.
3.1.8 Agua Potable y Alcantarillado de Aguas Servidas.
El consumo promedio diario de un trabajador se estima en 100 L/día, esto implica que como máximo, se tendrá un caudal de aguas servidas de 16 m³/día (160 trabajadores máximo). Estas corresponden a las aguas provenientes de duchas, baños y lavamanos que se instalarán dentro de un conteiner ubicado en la zona de instalación de faenas, cumpliendo con lo señalado en el D.S. Nº 594 del Ministerio de Salud. Las aguas serán vertidas a la red pública de alcantarillado previa autorización por parte de la empresa sanitaria.
3.1.9 Caracterización y Cuantificación de los Residuos en Fase de Construcción.
A continuación se señala los residuos que se generan en la fase de construcción:
Tabla N°06 Caracterización de Residuos en la Fase de Construcción
| Tipo de Residuo | Fuente | Cantidad o Volumen | Almacenamiento |
| Domiciliarios | Personal | 36,96 ton/año | Basureros rotulados |
| No Peligrosos | Inertes y escombros moldajes, PVC, cerámicas, madera, etc. | 24 ton/año | Zona de acopio transitoria |
| Tierra excavada | 20 ton | Zona de acopio transitoria |
| Envases de pintura | 0,5 ton/año | Zona de acopio transitoria |
Tabla N°07 Caracterización de Residuos Peligrosos en la Fase de Construcción
| Tipo RESPEL | Cantidad Generada | Manejo | Disposición Final |
| Residuos de oficina: catridges. Tubos fluorescentes | -Catridges: 2 / mes. -Tubos fluorescentes: 1 / mes | Almacenamiento en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2190/93,dentro de un área especialmente destinada para esta función. | - Traslado por transportes autorizados y derivados a empresas que cuenten con autorizaciones para su manejo, reuso, reciclaje o disposición final. - Deberán salir del recinto dentro de envases adecuados, debidamente rotulados, con una guía de despacho indicando el tipo de residuo, la cantidad y el destino. |
| Envases de aerosoles y pegamentos. | 10(Kg/mes) |
3.1.10 Fase de Operación del Proyecto.
La fase de operación se iniciará al momento en que los primeros departamentos del condominio sean entregados a sus nuevos propietarios. Suponiendo una vida útil del edificio de carácter indefinido.
Las actividades de un edificio habitacional corresponden a las comúnmente conocidas, como son:
a) Entrada y salida de habitantes, visitantes y trabajadores (jardineros, conserjes, personal de aseo, entre otros).
b) Estacionamiento de vehículos.
c) Vigilancia del edificio.
d) Mantención del edificio.
e) Limpieza del edificio y su alrededor.
f) Extracción de basura.
g) Administración de las actividades (gastos comunes, arriendo, mantención, etc.).
Se estima que la población que habitará el proyecto es aproximadamente 1.100 personas. La cantidad de mano de obra en esta fase será aproximadamente de 8 personas, la que está compuesta principalmente por el personal de las actividades de servicios del edificio (administración, vigilancia, limpieza y mantención de máquinas del edificio principalmente).
a) Accesos.
El proyecto se conectará a la vialidad mediante 2 accesos vehiculares, ambos sobre la calle María Elena. En relación al acceso peatonal del proyecto, esté también se encuentra en calle María Elena. Tanto los accesos peatonales como los vehiculares serán proyectados de acuerdo a los esquemas informados en la Adenda 2 Anexo 1.
3.1.11 Instalaciones Generales.
a) Salas de Basura.
El manejo de estos residuos del Condominio María Elena se llevará a cabo a través de 9 salas de basuras, las cuales se implementarán en el primer nivel de cada edificio. Los residuos serán trasladados desde los distintos pisos del edificio a través de conductos verticales metálicos, donde la basura será depositada por los distintos generadores y deslizada hasta las salas de basura ubicadas en el primer piso de cada edificio.
La salas de basura contarán con contenedores herméticos de 240 litros con ruedas y tapas, con capacidad de almacenamiento para tres días, los cuales serán vaciados a los camiones recolectores, de acuerdo, a la programación municipal de la Comuna de La Florida (mínimo 3 veces a la semana).
b) Electricidad.
El proyecto cuenta con la factibilidad de suministro de energía con la empresa Chilectra S.A. (Certificado en Anexo 4 de la DIA)
c) Agua Potable y Alcantarillado.
El proyecto cuenta con factibilidad de servicios de agua potable otorgada por la empresa sanitaria Aguas Andinas S.A., con fecha 04‐01‐2013 (Certificado en Anexo Nº4 de la Adenda 1), y contará con conexión a la red de alcantarillado.
Sobre la base de lo anterior el tratamiento de las aguas servidas derivadas del proyecto inmobiliario será realizado por la empresa sanitaria Aguas Andinas, para lo cual se utilizará la red de alcantarillado proyectada para el condominio.
d) Aguas Lluvias.
El proyecto contempla la instalación de dos drenes subterráneos, con zanjas absorbentes y canaletas adyacentes con sus respectivas rejillas para circular las aguas lluvias desde las calles internas del condominio.
e) Proyecto de Pavimentación.
De acuerdo a lo informado por el titular se realizará la pavimentación de calles internas, y veredas para el tránsito peatonal, lo cual corresponde a una superficie total de 1.944,50 m2, ver Anexo 5 de la DIA (Planos Proyecto Pavimentación).
f) Áreas Verdes.
En general, el proyecto considera espacios públicos interiores con zona de piscina, integrando un diseño paisajístico con áreas verdes y arborización, ver Anexo 2 de la DIA (Planos de Emplazamiento del Proyecto).
3.1.12 Caracterización y Cuantificación de los Residuos en Fase de Operación.
Los residuos sólidos que se generen en la fase de operación (durante la ocupación de los edificios) consistirán en desechos domésticos.
De acuerdo a la cantidad de habitantes proyectado para los 9 edificios (1.100 personas) y considerando la cantidad per cápita de residuos sólidos generados en la Región Metropolitana (aproximadamente 1 Kg/hab/día), se puede estimar una generación total de residuos diarios de 1100 Kg.
3.1.13 Almacenamiento de Residuos en la Fase de Operación.
a) Aspectos Generales.
a.1) Definición del tipo de tratamiento.
En la fase de operación, los residuos a almacenar en la sala de basuras corresponderán a residuos sólidos domiciliarios.
a.2) Localización y características del terreno.
Se realizará en salas especialmente diseñadas y acondicionadas para tales efectos, ubicadas en el primer piso de cada edificio.
a.3) Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos.
Los residuos sólidos que se generen en la fase de operación (durante la ocupación de los edificios) consistirán en desechos domésticos. De acuerdo a la cantidad de habitantes proyectado para los 9 edificios (1.100 personas) y considerando la cantidad per cápita de residuos sólidos generados en la Región Metropolitana (aproximadamente 1 Kg/hab/día), se puede estimar una generación total de residuos diarios de 1100 Kg.
La caracterización de los residuos a generar, se describen en el punto 1.12.3 de la DIA.
a.4) Obras civiles proyectadas y existentes.
En Anexo 6 de la DIA se presentan los planos de los proyectos de basuras, donde se detallan las características de las salas de basura con sus respectivas dimensiones.
a.5) Vientos predominantes.
a.6 Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.
La basura se almacenará en contenedores cerrados y posteriormente será retirada por la recolección municipal, por las características y tiempo de exposición no se considera la generación de emisiones gaseosas, sin embargo, las salas contarán con un cierro especial para el control de olores, vectores y ruidos. Además poseerán mosqueteras y los residuos inorgánicos como botellas y papel serán separados para su posterior venta y reciclaje. Para mayores antecedentes ver en el Anexo 6 de la DIA las características de las salas de basura.
a.7) Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos.
El proyecto posee sistema de control de incendios, el que se hace extensivo al área de emplazamiento de las salas de basura.
a.8) Manejo de residuos generados dentro de la planta.
Los residuos se retirarán con una frecuencia de 3 veces a la semana, por el servicio de recolección municipal.
b) Tratándose de almacenamiento de residuos del proyecto, se deberá dar cumplimiento a los siguientes puntos:
b.1) Características del recinto.
Recinto cerrado de concreto. Ver también Anexo 6 de la DIA, planos del proyecto de basuras.
b.2) Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores.
La basura deberá ser almacenada en contenedores plásticos de 240 litros de capacidad, estancos, con tapa y 2 ruedas para facilitar su transporte.
Fase de Abandono.
El proyecto no considera fase de abandono.
4. Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental y en su Adenda N° 1 y Adenda N° 2, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Suelo (residuos sólidos), Agua (efluentes líquidos, agua potable, aguas lluvias), Patrimonio Arqueológico y Vialidad Adyacente.
5. Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
5.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones según la estimación de emisiones presentada en el Estudio de Emisiones Atmosféricas en el Anexo N°2 de la Adenda N°2.
5.1.1 El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del Proyecto:
5.1.1.1 Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S. N°66 de 2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana o el que lo reemplace.
5.1.1.2 Dar cumplimiento a lo señalado en el D.S. Nº144 de 1961, del Ministerio de Salud, que “Normas para evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza” o el que lo reemplace.
5.1.2 El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:
5.1.2.1 Cumplir el Decreto Supremo Nº75 de 1987 Ministerio de Transportes que establece que los vehículos que transporten desperdicios, arena, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire.
5.1.2.2 Dar cumplimiento al D.S. N°47 de 1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3 y 5.8.5 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material particulado.
5.1.2.3 Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. Nº18 de 2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga por Vías que Indica”, o aquel que lo reemplace, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
5.1.2.4 Contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción y operación del proyecto.
5.1.2.5 Realizar mantenciones de equipos y maquinarias en caso de ser requeridos.
5.1.2.6 Humectación del material de excavación y de los caminos no pavimentados ubicados en la zona de emplazamiento del proyecto.
5.1.2.7 Durante la fase de construcción, se humectarán los caminos de acceso y los caminos de accesos interiores y estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada de camiones y de acopio de material. Lo anterior siempre y cuando las condiciones del tiempo no sean adversas, ya que en la zona hay una alta tasa de precipitaciones.
5.1.2.8 Los camiones deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.
5.1.2.9 Se deberá realizar la ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo.
5.1.2.10 El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada será de 30 km/hr. y para vehículos livianos 60 km/hr, además se realizarán mantenciones de las maquinarias utilizadas en las obras para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta.
5.1.2.11 Se instalará señalización de reducción de velocidad al interior del terreno. La velocidad que se permitirá en dicha zona será de 30 (Km/h).
5.1.2.12 Se prohibirá la quema de materiales o desechos para calentar alimentos o calefacción, entre otros.
5.1.2.13 Mantener los accesos a las faenas con pavimentos estables durante la fase de construcción del proyecto.
5.1.2.14 Se reforzarán las medidas de mitigación y evitará la realización de actividades que generen emisiones de material particulado y gases durante los períodos en que se decrete Alerta, Pre-Emergencia y Emergencia Ambiental.
5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a Emisiones de Ruido, el titular se obliga:
5.2.1 Cumplir en todo momento los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38 de 2011 del MMA, “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, o el que lo reemplace, medidos en el lugar donde se encuentra el receptor susceptible del ruido (comunidad vecina).
5.2.1.1 Cumplir en todo momento las siguientes medidas durante la fase de Construcción:
5.2.1.2 Las faenas de demolición y construcción del proyecto se deberán realizar sólo en horario diurno (7:00 a 21:00).
5.2.1.3 Se deberán implementar barreras acústicas en todo el perímetro de cada fase de la construcción mediante la instalación de paneles OSB de 15mm, cuya materialidad deberá poseer una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, las alturas de las barreras fluctuarán de 2,4 m a 4,5 m dependiendo de sus ubicaciones y fases de construcción, de acuerdo a lo indicado en las figuras Nº 7-1 Barrera Perimetral-Movimiento de Tierra. Etapa 1, Nº 7-2 Barrera perimetral-Movimiento de tierra. Etapa 2, Nº 7-3 Barrera perimetral – Obra Gruesa. Etapa 1, Nº 7-4 Barrera perimetral – Obra Gruesa. Etapa 2, del apartado Nº 7 Medidas de Mitigación del Anexo 9 Informe Acústico de la DIA.
5.2.1.4 Para las faenas de corte o pulido de material, se destinará un área específica conformada por 4 paneles de madera OSB de 15mm de espesor y densidad volumétrica de al menos 660 kg/m3, revestido en la cara interior (cara que da hacia la fuente sonora), con material absorbente cuya densidad volumétrica debe ser de al menos 80 kg/m3 y 50 mm de espesor. La dimensión del semi-encierro será de 6 m x 8 m x 2,4 m de altura, la cara abierta del semi- encierro no deberá enfrentar ningún potencial receptor.
5.2.1.5 Se deberán cerrar los vanos de las fachadas de los pisos que se encuentren en construcción y que enfrenten a los potenciales receptores, a través de tableros de OSB de 15 mm de espesor y densidad volumétrica de al menos 660 kg/m3.
5.2.1.6 Para las faenas desarrolladas a nivel de piso de la obra gruesa de la etapa 2 que enfrentan a la etapa 1, se deberán emplear barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas de madera OSB de 15 mm de espesor o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al oriente de la obra gruesa de la etapa 2 de construcción. Estas barreras deberán ser construidas con un material que posea una densidad superficial superior a 10 kg/m2, y deberán cubrir en su totalidad la fuente de ruido. La cara interna de las barreras deberán estar cubierta con un material absorbente.
5.2.1.7 Se deberá ubicar el camión mixer y de transporte lo más alejado de los receptores.
5.2.1.8 Se deberán realizar las medidas de gestión indicadas en el Apartado Nº 7.3 Medidas de Mitigación, del Anexo 9 de la DIA, las cuales son detalladas a continuación:
a) Evitar el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
b) Realizar la mantención regular de equipos
c) Realizar la utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo no abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.
d) Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.
e) Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.
f) Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
5.2.2 El titular se obliga a lo siguiente en la fase de Operación:
5.2.1.9 Los elementos constructivos de las salas de calderas, sala de bombas, sala eléctrica, deberán poseer como mínimo un índice de reducción acústica de 45 dB(A), además de que los equipos al interior de cada sala deberán estar provistos de montajes antivibratorios al igual que los ductos que estén sujetos a muros o losa.
5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referidas a Residuos Sólidos, el titular se obliga a:
5.3.1 Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. Nº148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace. Además, deberá ajustarse a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, en cuanto a la resistencia al fuego de los materiales que conformen los cierres perimetrales de estos sitios. De acuerdo a ello, se deberá evaluar la carga combustible almacenada al interior de estos recintos al momento de definir la materialidad de los cierres.
5.3.2 Dar cumplimiento a lo establecido en D.S. Nº594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.
5.3.3 Dar cumplimiento al D.F.L. Nº725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a la “Disposición Residuos Sólidos” o el que lo reemplace.
5.3.4 En caso de generarse trasporte de residuos peligrosos, se debe dar cumplimiento en su totalidad al Decreto Supremo N°298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.
5.3.5 El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:
5.3.5.1 Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM.(
www.asrm.cl). 5.3.5.2 Los destinatarios de residuos peligrosos y no peligrosos deberán ser lugares de disposición autorizados y que se encuentren presentes en la página web (www.asrm.cl) 5.3.5.3 En relación a los excedentes de movimiento de tierra; a los residuos sólidos inertes generados por excavaciones y escombros de la construcción; al material de las edificaciones demolidas; y los excedentes de materiales empleados en la construcción, el titular deberá disponerlos en lugares autorizados por la Secretaría Ministerial de Salud. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.
5.3.5.4 Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reuso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional. Un listado de dichos sitios se encuentra a disposición del usuario en la página web:
5.3.5.5 Instalación de contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en los sectores de la obra y en las instalaciones de faena, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no esta disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada, con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.
5.3.5.6 Se deberá solicitar ante la Autoridad Sanitaria la autorización para la disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados por la actividad, dando cumplimiento a los artículos 18 y 19 del DS Nº 594/99 del Minsal.
5.3.5.7 Si durante las faenas de demolición se identificaran materiales que contengan asbesto, se deberá dar cumplimiento a los procedimientos sectoriales establecidos en la Autoridad Sanitaria, disponiendo los residuos generados de esta actividad en lugar autorizado según su clasificación.
5.3.5.8 Respecto de la bodega propuesta en la adenda 1 para el almacenamiento de residuos peligrosos, esta instalación deberá contar con ventilación, piso sólido, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos almacenados en su interior.
5.3.5.9 Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.
5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, referido a Efluentes líquidos, el titular se obliga a:
5.4.1 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N°594 de 1999 del Ministerio de Salud, sobre “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.”
i. Que, el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S. N°594 de 1999.
ii. Que, los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
iii. El punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que respalde la disposición adecuada de los mismos o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga.
iv. Las duchas portátiles deberán contar con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.
5.4.2 Una vez finalizada la faena temporal, deberá reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaban los baños químicos, evitando la proliferación de vectores, malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación.
5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, referido a Agua Potable, el titular se obliga:
5.5.1 Dar cumplimiento en todo momento al D.S. N°735 de 1969, que establece el “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” y sus modificaciones según D.S. Nº131 de 2006 y D.S. N°76 de 2009, el D.S. 594 de 1999, del MINSAL y el Código Sanitario.
5.6 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, referido a Aguas Lluvia, el titular se obliga a:
5.6.1 Dar cumplimiento a la Ley N°19.525 de 1997 del Ministerio De Obras Públicas, que Regula el Sistema de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvias.
5.6.2 El Condominio María Elena deberá poseer un proyecto de evacuación de aguas lluvias. Cabe hacer notar que si no existe colector cercano, se deberá resolver la evacuación al interior del lote.
5.7 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a:
5.7.1 En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N°26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el titular del proyecto.
5.8 Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a:
5.8.1 En cumplimiento de lo establecido en la Resolución Exenta N° 2379, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 10 de julio de 2003 (Publicada en el Diario Oficial de 08.09.2003) y posteriores modificaciones, el titular deberá ingresar de manera sectorial a la Secretaría Regional Ministerial de Transportes un EISTU correspondiente al proyecto evaluado ambientalmente para su evaluación hasta conseguir la aprobación de dicho estudio.
5.8.2 En todo momento el EISTU con la DIA deben ser consistentes.
5.8.3 Implementar todas las medidas de mitigación vial que se desprendan de la evaluación y respectiva aprobación del EISTU que deberá ser ingresado y aprobado de manera sectorial en la SEREMITT-RM.
5.8.4 Realizar e implementar todas las medidas de mitigación vial que se desprendan del EISTU previo a la Recepción Final del proyecto que se presenta en la DIA.
5.8.5 El titular se obliga a lo siguiente durante la fase de construcción:
5.8.5.1 Mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones.
5.8.5.2 Limitar la velocidad de circulación de los vehículos a 30 km/h en las vías interiores de los frentes constructivos.
5.8.5.3 Considerar las frecuencias de camiones que se plantean en el punto 1.3 de la Adenda 1.
5.8.5.4 En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se solicita considerar lo dispuesto en Capítulo Nº5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.
5.8.5.5 Se deberá considerar para el traslado de materiales de los camiones, el operar con camiones cuya capacidad respete los límites de peso por ejes establecidos en el Decreto N°158/80 del MOP.
5.8.5.6 Evitar la circulación de camiones relacionados con el proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 hrs. y de 18:00 a 20:00).
5.9 Otras consideraciones relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto.
5.9.1Respecto de los impactos ocasionados sobre la Comunidad, el titular dará cumplimiento a lo siguiente:
5.9.1.1 Con el objeto de minimizar la molestia que las obras de construcción pudieran causar en la comunidad, de acuerdo a lo informado en la Adenda 1 el titular deberá diseñar un volante con toda la información relacionada sobre las obras de demolición y construcción del proyecto “Condominio María Elena”, las medidas de control a implementar, en el cual se indicarán los horarios de ejecución de las obras, así como un teléfono de contacto que permita recoger los reclamos de la comunidad, de modo de tomar las acciones correctivas en el momento en que se produzcan las molestias. Dicha información será entregada al colegio y a las casas vecinas.
5.9.2 Respecto al Plan Regulador Comunal (PRC) de la Municipalidad de La Florida y Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) el titular dará cumplimiento a lo siguiente:
5.9.2.1 El titular deberá dar cumplimiento a los siguientes puntos:
Lo establecido en el Artículo 9 del Plan Regulador Comunal de la Florida, sobre Arborización, Calidad de Paisaje y Ambiental, en lo referente a:
a. Árboles correspondientes a especies protegidas.
b. Catastro de árboles y especies vegetales.
c. Dotación de 1 árbol cada 2 estacionamientos.
5.9.2.2 El proyecto se encuentra afecto a utilidad pública por calle María Elena, no obstante el perfil de ésta no se encuentra conformado en el tramo entre Av. Vicuña Mackenna y Av. Santa Raquel, por tanto se deberá incorporar el área afecta al proyecto de paisajismo.
6. En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo Nº 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Condominio María Elena” requiere la obtención del siguiente Permiso Ambiental Sectorial establecido en dicho reglamento:
6.1 El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el Artículo 93 del DS Nº95/2001, relacionado con la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL Nº725/67, Código Sanitario, que corresponde otorgar para el almacenamiento de residuos generados.
6.1.1. Al respecto, el titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través delOficio Nº1419 de fecha 15 de febrero de 2013 otorgando dicho permiso ambiental para la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos generados en la fase de construcción y para las 9 salas de acumulación y recolección de residuos domiciliarios en fase de operación, localizadas según el Anexo 6 de la DIA.
7 Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.
8 Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
9 Que, el titular del Proyecto “Condominio María Elena” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
10 Que, el titular del Proyecto “Condominio María Elena” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.
11 Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
12 Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.
13 Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del Proyecto “Condominio María Elena”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
14 Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.