REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XIV REGIÓN DE LOS RÍOS | Califica Ambientalmente el proyecto "Villa Galilea II" Resolución Exenta Nº 021 Valdivia, 8 de junio de 2018 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 12 de enero de 2018 y su Adenda Complementaria de 11 de abril de 2018, del proyecto “Villa Galilea II”, presentado por Galilea S.A. de Ingeniería y Construcción con fecha 21 de agosto de 2018. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Villa Galilea II”. 3°. El Acta de Evaluación N° 03 de 10 de mayo de 2018, del Comité Técnico de la Región de Los Ríos. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Villa Galilea II” de 17 de mayo de 2018. 5°. El Acta N° 10 de 28 de mayo de 2018, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Villa Galilea II”. 7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. CONSIDERANDO: 1°. Que, Galilea S.A. de Ingeniería y Construcción (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Villa Galilea II” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social | Galilea S.A. de Ingeniería y Construcción | Rut | 94.636.000-7 | Domicilio | Tres Oriente N° 1424 | Teléfono | +56 712514400 | Nombre representante legal | Álvaro Tapia Bravo | Rut representante legal | 9.036.961-k | Domicilio representante legal | Tres Oriente N° 1424 | Teléfono representante legal | +56 712514400 | Correo electrónico Titular o representante legal | atapia@galilea.cl | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 17 de mayo de 2018, la Directora Subrogante Regional de la Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 de este documento; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 de este documento; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el proponente ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en el o los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de 28 de mayo de 2018, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos acordó calificar favorablemente el proyecto “Villa Galilea II”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 17 de mayo de 2018, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con excepción de las consideraciones señaladas. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES | Objetivo general | El Proyecto tiene por objetivo cubrir parte de la demanda habitacional de la comuna de Valdivia, dado el crecimiento de los últimos años, por tanto, se hace necesario la implementación de nuevos proyectos de viviendas. En virtud de lo anterior se proyecta construir 704 viviendas para uso residencial de Categoría DFL-2 en un predio de 24,76 hectáreas, ubicado en el sector suroriente del territorio urbano de la comuna de Valdivia, específicamente en el sector denominado camino a Angachilla. | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | h) Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. h.1. Se entenderá por proyectos inmobiliarios, aquellos loteos o conjuntos de viviendas que contemplen obras de edificación y/o urbanización, así como los proyectos destinados a equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.3. Que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 há) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas”. | Vida útil | La vida útil del proyecto es indefinida, debido a que se trata de un proyecto habitacional, que cubrirá parte de la demanda habitacional de la comuna de Valdivia. | Monto de inversión | El monto estimado de la inversión, que incluye los ítems de inversión en terreno, urbanización y construcción de viviendas, asciende a la suma de M US$18,4 (dieciocho coma cuatro millones de dólares). | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | El proyecto al momento de ingresar al SEIA cuenta con un 10,10% de avance, siendo la fecha de inicio de ejecución del proyecto enero de 2017 y el hito que marcó el inicio de ejecución de proyecto fue la preparación de terreno mediante el escarpe de la cobertura vegetal. | Proyecto se desarrolla por etapas | Si | No | El proponente declara que las obras proyectadas se realizarán en una sola etapa. | | X | Proyecto modifica un proyecto o actividad | Si | No | El Proyecto no modifica un Proyecto o Actividad | | X | Proyecto modifica otra(s) RCA | Si | No | El Proyecto no Modifica otra(s) RCA | | X | 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO | División político-administrativa | El proyecto se ubica dentro del límite urbano de la comuna de Valdivia, Provincia de Valdivia, Región de Los Ríos. | Descripción de la localización | De acuerdo al Plan Regulador Comunal de Valdivia (PRCV, 2014) el proyecto se emplazará dentro de las categorías de uso de suelo permitidos en el PRCV, contemplando la conservación y preservación de áreas verdes naturales sostenedoras de la biodiversidad que caracterizan territorios inundables presentes en la comuna de Valdivia (ZR-2a). La zona ZR-3 corresponde a una ladera que por su importancia en la estabilidad del terreno también será considerada como un área verde natural con las correspondientes medidas de seguridad para los usuarios y habitantes. Por otro lado el Proyecto contribuye a cubrir parte de la demanda habitacional de la comuna de Valdivia, debido a su crecimiento en los últimos años, por lo tanto se hace necesaria la implementación de nuevos proyectos de viviendas. | Superficie | El proyecto se desarrollará en un paño de 24,76 há. dentro de un predio de propiedad de Galilea de Ingeniería y Construcción, ubicado en el sector Angachilla de la comuna de Valdivia. | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | Este | Norte | 650.510,15 | 5586367,83 | | Caminos de acceso | El camino de acceso al proyecto, tanto para la fase de construcción como para la operación, corresponde a la Ruta T-424 - Camino a Angachilla. En el Anexo N°3 “Proyecto de Acceso” (DIA), se encuentra el layout de del acceso al proyecto y su correspondiente demarcación y señalética. | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | En el Anexo N°3 “Proyecto de Acceso” (DIA), se encuentra el layout de del acceso al proyecto, y en el Anexo N°2 de la DIA se encuentra el “Proyecto de Loteo”. En la DIA se encuentra la Figura N° 1 Localización político – administrativa del proyecto, Figura N° 2. Localización geográfica del proyecto, Figura N° 3. Representación cartográfica del emplazamiento de Vila Galilea y Figura N° 4. Rutas de acceso a Villa Galilea II. | 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO | 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN | Instalación de faenas | La instalación de faenas estará conformada por las siguientes instalaciones principales: • Bodega de materiales y artículos de seguridad • Oficinas • Bodega de residuos peligrosos • Estanque de petróleo • Patio acopio de residuos • Recinto temporal de trabajadores (comedor, camarines, baños, duchas) • Bodega de materiales inflamables • Estacionamiento y área de maniobras | Sitio de acopio temporal | Los materiales de construcción y los elementos de seguridad se almacenan y disponen en sitio de acopio temporal y dentro de una bodega, respectivamente, que están dentro de la zona de instalación de faenas. El sitio de acopio temporal se ubica en un sector plano, donde no se intervendrá vegetación y contará con cercado perimetral para que impedir el libre acceso de personas y animales. | Viviendas | Considera la habilitación de 704 viviendas de categoría DFL-2. Estas serán de dos tipos La casa modelo Caiquén base es de un piso y tiene una superficie de 48 m2 construidos y el modelo Caiquén ampliada es de dos pisos y dispone de 76,12 m2. | Urbanización | Considera, el de agua potable, alcantarillado, pavimentación, áreas verdes y aguas lluvia. | Recursos naturales renovables | Escarpe: El proyecto considera el escarpe del terreno donde se ubicarán las instalaciones definitivas (viviendas, equipamiento vial, áreas verdes, entre otros); este será utilizado en rellenar/compactar las zonas asociadas a las instalaciones antes mencionadas. Corta de vegetación: El Proyecto considera la corta de 13,07 há de pastizal, 1,46 há de plantas ornamentales, 0,96 há de árboles nativos (Roble Laurel) y 0,28 há de eucaliptus | Emisiones y efluentes | Emisiones atmosféricas: Corresponden principalmente a material inerte resuspendido emitido por el movimiento del suelo, tránsito de maquinaria y camiones operando en el recinto (directas) y por el tránsito de camiones utilizados para el trasporte de materiales fuera del recinto (indirectas). Considera las emisiones de gases de combustión generadas por la operación de las maquinarias y camiones que estarán involucrados directa e indirectamente en la obra durante la etapa de construcción. El nivel de emisiones directas en la etapa de construcción, se estimó considerando la utilización de camiones tolva, retroexcavadora, camiones para el traslado de materiales, camión grúa y camión mixer durante la fase de construcción. A partir de las estimaciones de las emisiones atmosféricas generadas para la etapa de construcción se tiene que éstas ascienden a 3,29 ton MP10 y 0,68 ton MP2,5 para los 6 años de duración de la construcción. Esto equivale a 0,54 ton/año MP10 y 0,11 ton/año MP2,5 si se distribuyen las emisiones durante el periodo de duración del proyecto (6 años). Estas emisiones se podrían mantener controladas aplicando medidas de gestión, entre ellas, restricciones de velocidad para el tránsito de vehículos dentro de la faena y humectación de los caminos internos y externos para suprimir el polvo resuspendido. Otra fuente de emisión de material particulado y gases contaminantes durante la etapa de construcción sería la operación de los motores de la maquinaria de construcción que ejecutará los trabajos de movimiento de tierra, excavaciones, transporte de material y hormigón para el proyecto. Estas emisiones se estiman en 1,17 y 1,06 ton MP10 y MP2,5, respectivamente para la etapa de construcción del proyecto, es decir por los 6 años que dura esta etapa. Estas emisiones se podrían minimizar revisando y manteniendo los motores en óptimas condiciones de operación, en cuanto a emisiones de gases. Cabe señalar que las emisiones fugitivas de polvo resuspendido por el tránsito de vehículos, así como las emisiones de gases de combustión de los motores, se emitirán al aire libre por lo que existiría una capacidad de ventilación (dilución) suficiente para no constituir un problema para las zonas circundantes, considerando además la gradualidad del proceso de construcción del proyecto. En las tablas 16 y 17 del Anexo 6 de la Adenda complementaria, se presenta el resumen de las emisiones directas e indirectas totales de material particulado y gases de combustión para la etapa de construcción del proyecto. En las Tablas 21 y 22 del Anexo 6 de la Adenda complementaria, se muestra el detalle y resumen de las emisiones totales del proyecto considerando medidas de humectación en las vías no pavimentadas donde circularán camiones y maquinaria dentro del área de construcción del proyecto. Aguas Servidas: La instalación de faenas, específicamente el recinto temporal para trabajadores, cuenta con una fosa séptica de 2,5 m3 de capacidad para las aguas provenientes de los servicios higiénicos (al costado del recinto temporal). El agua tratada resultante de dicho proceso se incluirá al suelo a través de 3 tubos drenes. Este sistema cuenta con cámara de inspección para el monitoreo de los procesos. Las aguas servidas generadas en las oficinas son colectadas y dirigidas hacia una fosa séptica de 0,5 m3 de capacidad. El agua tratada resultante de dicho proceso se incluirá al suelo a través de 2 tubos drenes. La mantención de las 2 fosas y el retiro de los lodos generados se realizarán cada 12 meses por empresa certificada por la autoridad sanitaria y se dispondrán los lodos en sitio autorizado. Además, se mantendrá un registro de las mantenciones, volumen de los lodos generados y retirados y el lugar de disposición final de los lodos. El proponente exigirá Resolución de Aprobación Sanitaria a las empresas que estarán asociadas a la mantención de la fosa y las encargadas del retiro y disposición de los lodos generados. En los frentes de trabajo se dispondrá de baños químicos en cantidad y ubicación de acuerdo a lo establecido en los artículos 24 y 25 del D.S. N° 594/1999 MINSAL. El servicio y mantención de los baños químicos será contratado a empresas autorizadas por la autoridad sanitaria. Una empresa autorizada, estará a cargo tanto del suministro, funcionamiento de los baños, así como de los residuos generados por estos, producto de su limpieza. Se contempla una limpieza periódica de al menos 2 veces por semana de cada baño químico. Ruido: Las fuentes emisoras de ruido están relacionadas con la preparación de los terrenos, urbanización y construcción de las de las viviendas, producto del movimiento de material, tránsito de vehículos pesados y la combustión de los motores de las maquinarías que se utilizarán en la fase de construcción. | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Residuos asimilables a domiciliarios: Corresponde a los residuos domésticos que se generarán por las actividades del proyecto en los frentes de trabajo, y se estima la generación de 0,36 kg/día/persona. Se contempla un equipo máximo de 60 personas. El control estos residuos, se dispondrán para un acopio temporal, en 2 contenedores en la bodega existente en la instalación de faenas. Estos serán retirados 2 veces por semana por servicio municipal y dispuestos en sitio autorizado. Residuos industriales no peligrosos: Consistirán en desechos sólidos de madera, alambres, cables eléctricos, papeles, planchas de yeso, vulcanita, algunos moldajes usados en las obras civiles, restos de hormigón y despuntes metálicos. Dichos residuos serán retirados diariamente desde los puntos de generación y serán dispuestos temporalmente en el patio de acopio ubicado en el sector de instalación de faenas, el cual se encontrará cercado perimetralmente. El almacenamiento de estos residuos incluye la segregación de acuerdo a sus características, desde donde serán retirados y dispuestos en lugar que cuente con autorización sanitaria. Los sitios de disposición transitoria de residuos sólidos no peligrosos cumplirán con las características y exigencias establecidas en el Art 140 del D.S. N° 40/13 del MMA. Residuos peligrosos: Los residuos peligrosos que se generen serán manejados conforme a sus características, dando cumplimiento al D.S. Nº 148/2003 MINSAL. Su almacenamiento se realizará en la bodega de RESPEL, con dando cumplimiento a la normativa ya indicada. Los residuos peligrosos corresponden a arena contaminada, envase sellado asfáltico, envase latón, envase de adhesivos plásticos, envases de grasas, aceites y huaipes contaminados, equipo de protección personal usados neumáticos y baterías Posteriormente serán trasladados por empresa autorizada a sitio de disposición final autorizado. | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Numeral 4.6.4 y 4.6.5 del ICE | 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN | Abastecimiento de Agua Potable y Servicios Higiénicos | Abastecimiento de Agua Potable y Servicios Higiénicos. | Sistema de Abastecimiento Eléctrico | Para esta fase, el suministro de electricidad será a través de la empresa que sirve al sector, para lo cual el proyecto ha solicitado certificado de factibilidad de suministro eléctrico a la empresa SAESA. | Productos generados | Dadas las características de este proyecto el proponente no generará productos en esta etapa. | Recursos naturales renovables | No aplica | Emisiones y efluentes | Emisiones atmosféricas: El análisis también considera las emisiones de gases de combustión generadas por la operación de las maquinarias y camiones que estarán involucrados directa e indirectamente en la obra durante la etapa de construcción (ya antes mencionadas) y las emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) y gases de combustión (CO, HC, NOx) en la etapa de operación del proyecto considerando que el 100 % de las viviendas a construir utilizarán un sistema de calefacción basado en un calefactor de tiro balanceado y/o tiro natural que utilizará como combustible gas licuado de petróleo (glp). La emisión asociada al GLP como combustible para calefacción se resume en la Tabla 12. Emisiones de material particulado y gases de combustión para calefactores a gas (glp) del Anexo 6 de la Adenda complementaria. El consumo promedio de gas (glp) para calefacción en cada vivienda se estima en orden de 477,2 kg glp/año *vivienda para un requerimiento de calefacción de 6,066 kWh/año-vivienda y considerando un calefactor con eficiencia térmica de 70%. En términos estacionales el consumo de GLP sería del orden de 95,4 kg/ mes, lo que equivale a una operación promedio del calefactor de 6,96 hrs/día en los periodos de invierno. Aguas servidas: La utilización de las viviendas por parte de sus propietarios implica la generación de emisiones líquidas de tipo domiciliario, que se estima en 18 m3/mes por vivienda y en total 12.672 m3/mes de aguas servidas, producto del funcionamiento de baños y cocinas de las viviendas, las que serán tratadas por la empresa sanitaria. El Proyecto posee factibilidad de servicios de agua potable y alcantarillado por parte de la empresa Aguas Decima, por lo que considera conexión y evacuación de aguas servidas al alcantarillado de dicha empresa. Ruido: Corresponden a las potenciales emisiones acústicas que caracterizan un sector residencial. | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Residuos sólidos asimilables a domiciliarios: Como parte del diario vivir de los habitantes de las viviendas, se estima se genere como máximo 2.816 kg/día de residuos sólidos domiciliarios considerando que cada vivienda tenga 4 habitantes y se genere 1/kg/hab/día, los que serán almacenados temporalmente en cada una de las viviendas y retirados con una frecuencia mínima de 2 veces por semana (servicio municipal de recolección de basura), para su traslado a un vertedero o relleno sanitario autorizado por la SEREMI de Salud de la Región. Es esta etapa y por las características del proyecto no se generan residuos industriales ni peligrosos. | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Numeral 4.7.1 y 4.7.3 del ICE. | 4.3.3. FASE DE CIERRE | Nombre Por tratarse de un proyecto habitacional no se contempla Fase de Cierre. Lo anterior, dado que se estima que cada propietario realizará constantes mejoras y mantenciones a los inmuebles por lo que la vida útil de los inmuebles puede prolongarse a través del tiempo. | 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO | 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN | Fecha estimada de inicio | El proyecto se inició en enero de 2017. El hito que marcó su inicio fue la preparación de terreno mediante el escarpe de la cobertura vegetal. No obstante, el Proyecto tuvo que detener su ejecución debido a la Medida Provisional de detención de funcionamiento de las Instalaciones del Proyecto “Villa Galilea II”, que estableció el Tercer Tribunal Ambiental (Rol S Nº16 – 2017), en fecha 21 de diciembre de 2017. | Parte, obra o acción que establece el inicio | El proyecto al momento de ingresar al SEIA cuenta con un 10,10% de avance, siendo la fecha de inicio de ejecución del proyecto enero de 2017 y el hito que marcó el inicio de ejecución de proyecto fue la preparación de terreno mediante el escarpe de la cobertura vegetal. | Fecha estimada de término | A fines del tercer trimestre del 2022. | Parte, obra o acción que establece el término | Recepción municipal de las 704 viviendas que componen el conjunto habitacional Villa Galilea II. | 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN | Fecha estimada de inicio | Junio de 2018 | Parte, obra o acción que establece el inicio | Se iniciará una vez cumplida la recepción municipal de la fase de construcción, sujeto a la obtención de una RCA favorable y posterior entrega de las viviendas | Fecha estimada de término | No aplica ya que es un proyecto de vida indefinida | Parte, obra o acción que establece el término | No aplica | 4.4.3. FASE DE CIERRE | Fecha estimada de inicio | No aplica | Parte, obra o acción que establece el inicio | No aplica | Fecha estimada de término | No aplica | Parte, obra o acción que establece el término | No aplica | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS | Impacto ambiental | Generación de ruido. | Parte, obra o acción que lo genera | Las fuentes de ruido corresponden a las máquinas y equipos que estarán presentes durante la etapa de construcción del proyecto, las cuales tendrán un funcionamiento intermitente (no continuo) por cada frente de trabajo, desplazándose a medida que avancen las obras. Durante la operación, se contempla la actividad humana habitual y paso leve de vehículos, sin producir ruidos molestos. | Fase en que se presenta | Construcción y Operación | De acuerdo a los resultados obtenidos en la modelación del ruido durante la etapa de construcción, las viviendas correspondientes al receptor R3 (lado norte del proyecto) cumplen con límites permitidos conforme normativa (D.S. N° 38/2011), mientras que en los receptores R1, R2 y R4 se superarán los límites permisibles, por lo que se requiere implementar medidas de control que consisten en pantallas acústicas, de manera de asegurar que no se generará riesgo para la salud de la población. Por tanto, es posible concluir que el impacto generado por las emisiones de ruido del proyecto no se considera significativo dado que los valores de ruido proyectado, considerando la adecuada implementación de las pantallas acústicas en ninguno de los receptores considerados se superaría los límites máximos permitido por la normativa respectiva, | Impacto ambiental | Emisiones atmosféricas principalmente de MP10 y MP2,5 | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Las maquinarias y vehículos, así como las emisiones por el funcionamiento de las estufas a GLP por los usuarios de las casas construidas. | Parte, obra o acción que lo genera | Se puede concluir que se generarán emisiones fugitivas de material particulado inerte, principalmente polvo resuspendido por las actividades de preparación del terreno, excavación y principalmente por el tránsito de vehículos pesados dentro del recinto durante el desarrollo del proyecto, las cuales para el total del proyecto ascienden a 3,29 ton MP10 y 0,68 ton MP2,5 para los 6 años de duración. Esto equivale a 0,54 ton/año MP10 y 0,11 ton/año MP2,5 si se distribuyen las emisiones durante el periodo de duración de la etapa de construcción del proyecto (6 años). Estas emisiones se podrían mantener controladas aplicando medidas de gestión, entre ellas, restricciones de velocidad para el tránsito de vehículos dentro de la faena y humectación de los caminos internos y externos para suprimir el polvo resuspendido. Otra fuente de emisión de material particulado y gases contaminantes durante la etapa de construcción sería la operación de los motores de la maquinaría de construcción que ejecutará los trabajos de movimiento de tierra, excavaciones, transporte de material y hormigón para el proyecto. Estas emisiones se estiman en 1,17 y 1,06 ton MP10 y MP2,5, respectivamente para todo el proyecto. Estas emisiones se podrían minimizar revisando y manteniendo los motores en óptimas condiciones de operación, en cuanto a emisiones de gases. Cabe señalar, que las emisiones fugitivas de polvo resuspendido por el tránsito de vehículos, como las emisiones de gases de combustión de los motores se emitirán al aire libre por lo que existiría una capacidad de ventilación (dilución) suficiente para no constituir un problema para las zonas circundantes, considerando además la gradualidad del proceso de construcción del proyecto. Por otro lado, en la etapa de operación del proyecto existirán 704 nuevas viviendas que tendrán instalados calefactores de gas (GLP) de tipo tiro balanceado (evacuar los gases al exterior). Esto podría generar emisiones del orden de 0,05 ton/año de MP10 y MP2,5, respectivamente. Estas emisiones se generarían debido a la utilización de los calefactores a GLP en el 100% de las nuevas viviendas que se quieren construir. Es importante destacar que, al sumar las emisiones de las etapas de construcción y operación del proyecto, no se superan las 0,8 ton/año y 0,4 ton/año de emisiones de MP10 y MP2,5, respectivamente, en ninguno de los años de la etapa de construcción y operación. | Fase en que se presenta | Construcción, Operación. | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numerales 5.1 y 6.1 del ICE | Se puede concluir que el proyecto no generará impactos que afecten significativamente la salud de las personas por cuanto sus emisiones a la atmósfera serán controlados así como las emisiones de ruido tendrán medidas de control que aseguren el cumplimiento normativo respecto y la generación de residuos será controlado y manejado adecuadamente al interior del proyecto para finalmente ser dispuesto en sitios autorizados. | 5.2.EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE | Impacto ambiental | Remoción de suelo | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Producto del escarpe necesario para la construcción de las casas y la urbanización asociada al proyecto. | Parte, obra o acción que lo genera | Este impacto está asociado a todas aquellas obras que tienen relación con la habilitación de terreno para la construcción de las viviendas y los proyectos de urbanización, y se irán ejecutando en función del avance de las obras de construcción de las viviendas. Entre los proyectos de urbanización encontramos agua potable, alcantarillado, pavimentación áreas verdes y aguas lluvia. | Fase en que se presenta | Construcción Operación | Impacto ambiental | Descarga de aguas lluvias a humedales. Las aguas lluvias serán conducidas a zonas inundables inmediatas al área de construcción de las casas y urbanización del proyecto. | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Las zonas inundables aledañas al proyecto recibirán las aguas lluvias que serán conducidas desde el área urbanizada del proyecto la cuales pasarán previamente por sistemas de decantación. | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto considera la evacuación de los escurrimientos superficiales de las aguas, a través de zarpas, los cuales conectan a una red de sumideros y colectores que dirigen gravitacionalmente las aguas hacia la evacuación a zonas inundables inmediatas, las que forman parte de la red primaria del Plan Maestro de Aguas Lluvia de Valdivia. La construcción de la red colectora de aguas lluvia se irá ejecutando en función del avance de las obras de construcción de las viviendas. El proyecto cuenta con 10 descargas de aguas lluvia hacia zonas inundables. | Fase en que se presenta | Construcción Operación | Impacto ambiental | Modificación de área de nidificación. | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | En el área de emplazamiento del proyecto se identificó la nidificación de especie Pequén (Athene cunicularia). | Parte, obra o acción que lo genera | Construcción de las viviendas y urbanización, será necesario realizar la actividad de perturbación controlada de las especies que habitan el lugar. Lo anterior considerando que en el área de emplazamiento del proyecto se realizará esta actividad con la finalidad de minimizar la afectación al Pequén. | Fase en que se presenta | Construcción. | Impacto ambiental | Corta de flora existente. | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | El proyecto afectará a diferentes composiciones de flora: Tipo o formación vegetacional | Superficie a intervenir (há) | Pastizal | 13,07 | Plantación ornamental | 1,46 | Parque Roble-Laurel | 0,96 | Plantación Eucaliptus | 0,28 | Por otra parte, el proyecto contempla la afectación a algunos individuos de copihue (Lapageria rosea), por lo cual se plantea una serie de medidas las cuales se detallan en el Anexo 21 de la Adenda. | Parte, obra o acción que lo genera | Este impacto está asociado a todas aquellas obras que tienen relación con la habilitación de terreno para la construcción de las viviendas, y los proyectos de urbanización, los cuales se irán ejecutando en función del avance de las obras de construcción de las viviendas. Entre los proyectos de urbanización encontramos agua potable, alcantarillado, pavimentación áreas verdes y aguas lluvia. | Fase en que se presenta | Construcción. | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numerales 5.2 y 6.1 del ICE | Ese puede concluir que el proyecto no afectará significativamente la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire por cuanto de acuerdo a la información presentada y la evaluación ambiental realizada el presente proyecto sus emisiones no generarán una afectación significativa al os humedales aledaños al proyecto, así como el manejo propuesto para la flora y fauna será adecuado para minimizar el impacto en particular de las especies Laperia rosea yAthene cunicularia. | | 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numeral 5.3 del ICE. | Impacto ambiental | Aumento de los flujos de tránsito derivado de la etapa de operación del proyecto. | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Dentro del área de influencia del proyecto se ubican viviendas entre los 20 metros y 100 metros de distancia al área de emplazamiento del proyecto (deslindes). | Parte, obra o acción que lo genera | Conforme la información entregada en la DIA (Anexo N° 14 “Estudio del Medio Humano”), es posible identificar un potencial efecto del proyecto sobre los grupos humanos del área influencia, relacionado con el aumento del tránsito vehicular sobre la ruta T-424, asociado a las etapas de construcción y operación del proyecto, principalmente en los puntos del acceso. De esta manera se tiene que durante la fase de construcción del proyecto, los flujos de transporte por la ruta T- 424 serán de 8,77 viajes de camiones al día, lo que equivale a 1,09 viajes de camiones por hora (Anexo N° 14 “Estudio del Medio Humano” de la DIA). Considerando que la capacidad de la ruta es de 2.600 a 3.200 Veq/hr, de acuerdo a lo indicado en el Censo Vehicular de la Dirección vehicular de vialidad, se tiene que, durante la fase constructiva, el flujo de camiones corresponde a 0,076 % de la capacidad de la ruta. De la misma manera, durante la etapa de operación, se observa que el aumento de flujo de tránsito en las horas punta descritas es poco significativo, ya que el número de vehículos adicionales sería el equivalente a 82,4 Veq/hr., valor que representa un 3,2% de la capacidad vehicular. Este valor no refleja un aumento significativo en el tiempo de desplazamiento de los vehículos, considerando que el grado de saturación de la vía sólo en casos puntuales sobrepasa el 20% y en promedio se mantiene en el 6% (Anexo N°15 “EISTU” de la DIA). Cabe señalar, que el EISTU presentado en la DIA, fue aprobado en conformidad a lo señalado en el Ord. N° 43 de fecha 20 de enero de 2015, por la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones Región de los Ríos. | Fase en que se presenta | Construcción Operación | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numerales 5.5 y 6.3 del ICE | El proyecto en ninguna de sus etapas afectará a los grupos humanos identificados en el área de influencia, por cuanto no se generará un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento u obstrucción a la libre circulación producto del aumento de los flujos de transito derivados de las etapas de construcción y operación del proyecto. Lo anterior, en consideración del estándar de las vías de circulación a utilizar, cuya capacidad permite absorber la demanda del proyecto aún en horas punta, incrementando en un 3,2 % la capacidad vehicular de la ruta T-424 en particular | | 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR | Impacto ambiental | Dada que el proyecto no se inserta en o próxima a poblaciones, recursos y áreas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, como tampoco el territorio de valor ambiental el proyecto no generará impactos en esta componente. | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numeral 6.4 del ICE | En el área de influencia del proyecto no se han identificado grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas susceptibles de ser afectados por alguna de las obras o etapas del proyecto, conforme la información presentada en la DIA (Anexo N° 14 “Estudio del Medio Humano”) así como a la información recabada y analizada durante el proceso de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, a modo de referencia y distantes entre 2 a 6,6 km del proyecto, se han identificado nueve comunidades indígenas, las cuales están conformadas dentro de la zona urbana de Valdivia (Anexo N° 14 Estudio del Medio Humano de la DIA). Tabla 1. Comunidades indígenas identificadas cercanas al proyecto. Nombre | N° registro | Distancia del proyecto | Coordenadas (WGS 84) | Rosa Coñoegur | 254 | 1,7 | 649363 | 5587574 | Nauto | 241 | 1,9 | 652258 | 5587180 | Ngenechen moncahue | 19 | 2,0 | 651703 | 5587808 | Caritray | 308 | 3,3 | 653157 | 5587535 | Felicinda Trecanao | 314 | 3,8 | 653036 | 5588586 | Neipan | 291 | 4,1 | 653135 | 5588789 | Cacique Mayor Choshuecura | 158 | 5,0 | 649967 | 5590230 | Koliñir Lof Wapi | 191 | 6,4 | 649224 | 5591222 | Chauki Notro | 194 | 6,6 | 650078 | 5591492 | Conforme la ubicación de dichas comunidades en relación al área de emplazamiento del proyecto para el componente medio humano, y la evaluación de los eventuales impactos, se descartó la susceptibilidad de afectación producto de alguna de las obras, partes u acciones del proyecto sobre dichas comunidades o grupos humanos indígenas, toda vez que se encuentran fuera del área de influencia del mismo. En concordancia con lo anterior, la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena de la Región de Los Ríos, mediante Ord. N°352 de fecha 12 de septiembre de 2017, señala que no se observan personas, comunidades, tierras, recursos naturales y/o sitios patrimoniales indígenas dentro del área de influencia del proyecto que pudieran ser afectados por algunas de las etapas obras u acciones del proyecto. | | 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA | Impacto ambiental | Paisaje | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | El proyecto no se inserta dentro de una zona que tenga una alta valoración turística. En virtud del análisis de los antecedentes presentados, de acuerdo a la valoración de los atributos biofísicos del área de emplazamiento se determinó que la zona no presenta valor paisajístico, ya que contiene muy poca variedad de atributos y los que contiene se valoran principalmente dentro de la categoría Baja. Se determinó que el área de emplazamiento del proyecto presenta atributos biofísicos con valoración baja que lo hacen común y no constituye un paisaje diferenciado o único. Además, los puntos de observación identificados desde donde es visible el proyecto por un observador común, presenta una baja visibilidad ya que se encuentran obstaculizados por pantallas vegetales arbóreas. En consecuencia, se puede concluir que el área de emplazamiento del proyecto no posee valor paisajístico y por ende el proyecto no generar afectación significativa a este elemento ambiental. El área de emplazamiento del proyecto cuenta con atributos biofísicos, sin embargo, estos no presentan las características que otorgan valor paisajístico al lugar, tal que le otorguen una calidad que lo haga único y representativo. Por otro lado, el proyecto no presentará afectación significativa a las zonas turísticas de Valdivia ya que no presenta relación espacial con ellas | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numeral 6.5 del ICE | Conforme a la información presentada, las características paisajísticas del entono donde se emplazará el proyecto y las características de éste se puede concluir que el proyecto en ninguna de sus etapas generará un impacto significativo sobre la componente paisajística | | 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL | Impacto ambiental | Patrimonio cultural | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Numeral 6.6 del ICE | El Proyecto no remueve, destruye, excava, traslada, deteriora, interviene ni modifica Monumentos Nacionales lo cual se detalla en el Anexo N°13. Estudio Arqueológico de la DIA y Anexo N° 15 “Informe de Prospección Arqueológica Actualizado” del Adenda Complementaria. El área donde se desarrolla el Proyecto corresponde a un terreno de propiedad del Proponente, que previo a la construcción se encontraba deshabitado; no posee construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural, ni se encuentra próximo a lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones culturales o folclóricas. Por lo anterior, el Proyecto no afecta lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. El Proyecto no considera la modificación, remoción, destrucción, excavación, traslado o deterioro de ninguna construcción, lugar o sitios de valor científico u histórico que pertenezca al patrimonio cultural o indígena, conforme la información presentada (Anexo N° 15 “Informe de Prospección Arqueológica Actualizado” del Adenda Complementaria) y el análisis efectuado durante la evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, si durante la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente, en conformidad con las regulaciones establecidas en la Ley de Monumentos Nacionales N° 17.288 y su reglamento D.S. N° 484/1990. Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Ord. N° 2099 de fecha 04 de mayo de 2018, se pronunció conforme. | 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza según se establece en el artículo 138 del Reglamento del SEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Fase de construcción. | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalación de Faenas | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. c) Generación de aguas servidas. d) Características físico - químicas de las aguas servidas. e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. g) Indicación del período de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos. j) Programa de monitoreo. k) Plan de contingencias. l) Plan de emergencia. | Pronunciamiento del órgano competente | Ord. N° 90 de fecha 22 de enero de 2018, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos el cual señala que “Con respecto al Artículo 138 del D.S.40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, el cual se refiere al Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, esta SEREMI de Salud estima que el titular ha entregado los antecedentes necesarios para su otorgamiento” | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 9.1.1 del ICE | 6.2.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase según se establece en el artículo 140 del Reglamento del SEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Fase de construcción | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalación de Faenas | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Generales: a.1. Descripción y planos del sitio. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. a.8. Plan de contingencias. a.9. Plan de emergencia. c) Tratándose de plantas de manejo de residuos orgánicos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): c.1. Descripción del sistema perimetral de intercepción y evacuación de escorrentías superficiales. c.2. Descripción del sistema de recolección y evacuación de las aguas que precipiten sobre la planta. c.3. Descripción del sistema de monitoreo de la calidad del agua subterránea. c.4. Programa de control de parámetros críticos de la operación de la planta. | Pronunciamiento del órgano competente | Ord. N° 90 de fecha 22 de enero de 2018, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos el cual señala en que “Con respecto al Artículo 140 del D.S.40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, el cual se refiere al Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, esta SEREMI de Salud estima que el titular ha complementado la información inicial declarada, por ende, ha entregado los antecedentes necesarios para su otorgamiento” | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 9.1.2 del ICE | 6.2.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos según se establece en el artículo 142 del Reglamento del SEIA | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Fase de construcción | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalación de Faenas | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento son los siguientes: a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. f) Plan de contingencias. g) Plan de emergencia. | Pronunciamiento del órgano competente | Ord. N° 90 de fecha 22 de enero de 2018, de la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos el cual señala en que “Con respecto al Artículo 142 del D.S.40/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que se refiere al Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, el cual se encuentra establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, esta SEREMI de Salud estima que el titular ha complementado la información inicial declarada, por ende, ha entregado los antecedentes necesarios para su otorgamiento”. | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 9.1.3 del ICE | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: Tabla 7.1 Norma: Ley N° 19.300, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Ley de Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones | Componente/materia: | Medio Ambiente e Institucionalidad Vigente | Otros cuerpos legales asociados | D.S. Nº 40/2012 , Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Todo el proyecto | Forma de cumplimiento | El presente Proyecto se somete al SEIA en virtud de lo dispuesto en la letra h) del artículo 3 del Reglamento del SEIA, específicamente de acuerdo a lo establecido en el subliteral h.1.3. Además, se dará cumplimiento a lo señalado en el artículo 19 del Reglamento del SEIA. | Indicador que acredita su cumplimiento | Se presenta a evaluación el presente proyecto a través de una Declaración de Impacto Ambiental, cuyo contenido considera una descripción del Proyecto, los fundamentos que excluyen la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental , la indicación de la normativa ambiental aplicable y la forma en que se cumplirá, como asimismo, de los Permisos Ambientales Sectoriales asociados. | Forma de control y seguimiento | Dar cumplimiento a lo establecido en la RCA | Tabla 7.2 Norma: D.F.L. Nº 458/1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones, y el D.S. N° 47/1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (LGUC, OGUC), del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. | Componente/materia: | Medio Ambiente e Institucionalidad Vigente | Otros cuerpos legales asociados | D.S. Nº 40/2012 , Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción y operación. | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Ejecución de las obras durante la fase de construcción hasta la recepción municipal del proyecto. | Forma de cumplimiento | Los proyectos se ajustarán a las disposiciones indicadas por la ordenanza, respetando las normas legales que regulan la actividad bajo evaluación ambiental. | Indicador que acredita su cumplimiento | Recepción Municipal de Obra y Permiso de Urbanización y Edificación otorgados por la Dirección de Obras Municipales. | Forma de control y seguimiento | Dirección de Obras Municipal. | Tabla 7.3 Norma: D.S. Nº 144/1961, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de cualquier naturaleza, del Ministerio de Salud | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas / El Artículo 1 señala que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. Además, prohíbe dentro del radio urbano de las ciudades la incineración libre, sea en la vía pública o en los recintos privados, de hojas secas, basuras u otros desperdicios; y la circulación de todo vehículo motorizado que despida humo visible por su tubo de escape. | Otros cuerpos legales | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Instalación de faenas, construcción de viviendas, obras de urbanización | Forma de cumplimiento | Considerando la estimación de emisiones de material particulado, y el carácter transitorio de las mismas, se puede aseverar que estas no son significativas y que por consiguiente no afectarán población aledaña y la calidad del aire local. Aun cuando el área del Proyecto presenta por naturaleza buenas condiciones de ventilación y humectación el Proponente implementará las siguientes medidas: Mantención adecuada de la maquinaria de acuerdo a las instrucciones de los fabricantes. Revisión técnica al día de la maquinaria utilizada para efectos de transporte. Reducción de velocidad en caminos de tierra (a 30 km/h). Se mantendrán los acopios de escombros y/o materiales debidamente controlados, evitando su dispersión. De ser necesario, humectación de vías de circulación de vehículos y maquinaria; y áreas de movimientos de tierra. Los camiones serán cargados homogéneamente antes de salir de la faena cubiertos con una lona hermética. Señalética que prohíba quema de maderas y basuras. | Indicador que acredita su cumplimiento | Registros de revisión técnica al día. Registros fotográficos de señalética que restringe la velocidad de vehículos. Registros fotográficos de los lugares de acopio. Registro de humectación de caminos, solo en caso de ser necesario. | Forma de control y seguimiento | Se considera contar con los registros de la humectación de caminos, de mantenciones y revisiones técnicas al día de los camiones y maquinarias utilizadas en la obra, además de las exigencias de los contratistas de transitar con los camiones encarpados para evitar la dispersión de polvo. | Tabla 7.4 Norma: D.S. N° 55/1994, Norma de emisión aplicable a vehículos motorizados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción. | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | Se da cumplimiento a esta norma, verificando y registrando que la documentación de los vehículos esté al día, tanto mantenciones como revisiones técnicas. | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de contrato con empresas, registro o documento del estado y mantención de vehículos, registro de los vehículos con revisión técnica al día. | Forma de control y seguimiento | Se verificará por parte del encargado de la obra el cumplimiento de las medidas propuestas y se corregirán acciones negativas en caso de que así ocurriese. Esta información estará disponible para la entidad fiscalizadora en la oficina de administración de la obra. | Tabla 7.5 Norma: D.S. N° 211/1991, Normas de emisión de vehículos motorizados livianos, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción. | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | El proponente cumplirá con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados livianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones establecidas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. | Indicador que acredita su cumplimiento | Contar con la certificación técnica de los vehículos utilizados disponibles para su control y verificación. | Forma de control y seguimiento | Registro de vehículos livianos operando en la obra. Se verificará la vigencia del permiso de circulación y revisión técnica vigente. | Tabla 7.6 Norma: D. S. Nº 47/1992, Ordenanza General de Urbanismo y construcciones, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción. | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | Las emisiones de material particulado, serán controlados durante la fase de construcción mediante las siguientes medidas: Humectación de las vías internas no pavimentadas, a lo menos 2 veces al día, en la época estival. Regar el terreno en forma permanente y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de excavaciones y relleno. Disponer de accesos a las faenas que permitan disminuir el polvo en suspensión. Se establecerá un máximo de velocidad de circulación de vehículos, de 30 km/h en las vías interiores de la obra. Los camiones serán cubiertos con implementos que eviten la generación de emisiones (ej. lonas o carpetas cobertoras). Lavado de lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. Los vehículos tendrán revisión técnica y mantenciones al día. Mantención de las carrocerías de los camiones de carga de modo de evitar derrames en la vía pública. | Indicador que acredita su cumplimiento | Respecto a las medidas consideradas en los artículos 5.8.3 (N° 1), 5.8.5 y 5.8.7, se generarán registros escritos y fotográficos que den cuenta de la efectividad y frecuencia de la adopción de las medidas. | Forma de control y seguimiento | Registro de mantenciones y certificado revisiones técnicas al día/ Procedimiento y registro de humectación de caminos/ Señalética asociada al control de velocidad. Se verificará el cumplimiento de las medidas propuestas y se corregirán acciones negativas en caso de que así ocurriese. Esta información estará disponible para la entidad fiscalizadora. | Tabla 7.7 Norma: D.S. Nº 04/1994, Norma de emisión aplica de vehículos motorizados pesados, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción. | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su Revisión Técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el proponente a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales | Indicador que acredita su cumplimiento | Se llevará un registro de los vehículos y maquinaria que ingrese al proyecto. | Forma de control y seguimiento | Se verificará la vigencia del permiso de circulación y revisión técnica vigente. | Tabla 7.8 Norma: D.S. N° 75/1987, Establece Condiciones para el Transporte de Cargas, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción. | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | El transporte de materiales y residuos se efectuará con la carga cubierta con lonas, de forma tal de impedir la dispersión del polvo en la atmósfera y el escurrimiento de materiales en el sustrato. Antes de comenzar la operación de transporte deberán verificarse las condiciones de carga de los vehículos. | Indicador que acredita su cumplimiento | Check List de las condiciones de transporte de material que produzca polvo. | Forma de control y seguimiento | Verificará el cumplimiento de las medidas propuestas y se corregirán acciones negativas en caso de que así ocurriese. Esta información estará disponible para la entidad fiscalizadora. | Tabla 7.9 Norma: D.S. N° 25/2016, Plan de Descontaminación Atmosférica para la comuna de Valdivia, del Ministerio del Medio Ambiente. | Componente/materia: | Emisiones atmosféricas | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Todas las fases | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Instalación de faenas Sitio de acopio temporal Viviendas Urbanización | Forma de cumplimiento | Verificar que los vehículos que ingresan a la obra, tengan la revisión técnica al día. Verificar que los vehículos que ingresen a la obra cuenten su sello verde. | Indicador que acredita su cumplimiento | Verificación de vehículos con revisión técnica al día y sello verde. | Forma de control y seguimiento | Registro en obra de la verificación de vehículos con revisión técnica al día y sello verde. | Tabla 7.10 Norma: D. S. Nº 38/2011, Niveles Máximos Permisibles de Ruidos Molestos Generados por Fuentes, del Ministerio del Medio Ambiente. | Componente/materia: | Ruido | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | De acuerdo al Estudio de Impacto Acústico (Anexo Nº 4 de la Adenda complementaria) se muestra mediciones en el escenario más desfavorable donde se demuestra que se cumple con la norma. Sin perjuicio de lo anterior, se realizará una medición de ruidos anual en la fase de construcción a objeto de verificar el cumplimiento de los límites de la norma de emisión | Indicador que acredita su cumplimiento | Resultados del Estudio de Impacto Acústico Anexo Nº4 de la Adenda complementaria. | Forma de control y seguimiento | Se verificará que las medidas propuestas se cumplan y se corregirán acciones negativas en caso de que así ocurriese. Registro de mediciones realizadas y libro de reclamos para receptores en caso de ruidos molestos. Copias de Actas de Fiscalización por parte de la autoridad. | Tabla 7.11 Norma: D.S. N° 594/1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud. | Componente/materia: | Residuos líquidos y almacenamiento de residuos sólidos | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Instalación de faenas y frentes de trabajo | Forma de cumplimiento | Se proveerá de baños químicos en faenas temporales cuyo número se calculará de acuerdo a lo indicado en el artículo 24 del presente artículo. Los baños químicos serán requeridos y utilizados por un período no mayor a 6 meses. Durante el resto de la fase constructiva se instalará fosa séptica cuyas aguas servidas serán conducidas al sistema de alcantarillado público. El mantenimiento de los baños químicos se realizará 1 vez por semana y de la fosa séptica considerada, cada 6 meses. Para ambos casos lo realizarán empresas certificadas por la autoridad ambiental. Tramitación de permisos para la acumulación de residuos peligrosos y no peligrosos. PAS 140 y PAS 142. El PAS 140 le es aplicable al proyecto por cuanto se habilitaron dos contenedores para el almacenamiento de residuos sólidos domiciliarios y asimilables, y un patio de acopio de residuos no peligrosos de la construcción. Ambos sectores de almacenamiento forman parte de la instalación de faenas del Proyecto El PAS 142 le es aplicable al proyecto ya que contempla una bodega de residuos peligrosos para el almacenamiento temporal de los residuos peligrosos que se generen durante la construcción del Proyecto la cual se encontrará al interior de la instalación de faenas. | Indicador que acredita su cumplimiento | Copia del contrato, orden de servicio o similar sostenido con el contratista encargado de la gestión de los baños químicos, junto con los registros de mantención. Verificación en terreno de los baños químicos en las cantidades requeridas y por empresas autorizadas. Se mantendrá un registro de los antecedentes de la empresa autorizada que los provee y de la cantidad de baños suministrados, así como el retiro de los efluentes de los baños químicos por una empresa y a un sitio autorizado por la SEREMI de Salud. Obtención de PAS 140 y PAS 142. | Forma de control y seguimiento | Registro de las mantenciones realizadas a las fosas sépticas y a los baños químicos. Autorización sanitaria de las bodegas y contenedores. Comprobante de envío de declaración de residuos a través de los subsistemas SIDREP y SINADER, de corresponder. Registro de la información enviada a través del RETC, de ser necesario. | Tabla 7.12 Norma: D.F.L. Nº 1/1990, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa, del Ministerio de Salud.. | Componente/materia: | Residuos industriales sólidos y residuos peligrosos | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | El proyecto tiene contemplado para la fase de construcción un lugar de acopio transitorio de residuos no peligrosos, por lo que se realizará la tramitación del PAS 140 ante la autoridad sanitaria, el cual es requerido para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. | Indicador que acredita su cumplimiento | Obtención del PAS 140 | Forma de control y seguimiento | Registros de retiro (boleta, factura u otro documento) de la empresa externa autorizada. | Tabla 7.13 Norma: D. F. L. N° 725/1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud. | Componente/materia: | Residuos industriales sólidos y residuos peligrosos. | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y obras de urbanización. | Forma de cumplimiento | Los residuos sólidos generados por el proyecto (material de descarte derivado de la construcción, residuos domiciliarios, asimilables a domiciliarios y peligrosos) serán administrados en conformidad a las exigencias que, para las diversas categorías, consagra el sistema normativo vigente. | Indicador que acredita su cumplimiento | Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final autorizados. Aprobación de PAS 140 y 142. | Forma de control y seguimiento | Registro de despacho y recepción, por parte de vertedero autorizado, de los residuos sólidos provenientes de la construcción. Registro de traslado y disposición final de los residuos peligrosos. | Tabla 7.14 Norma: Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, del Ministerio de Educación. | Componente/materia: | Componente patrimonial/cultural | Otros cuerpos legales asociados | D.S. Nº 484/1990, del Ministerio de Educación, “Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas”. | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y urbanización. | Forma de cumplimiento | Si durante la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se produjera algún hallazgo de restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso Carabineros, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente. No obstante lo anterior, conforme a los antecedentes presentado en el Anexo N°15 “Informe de Prospección Arqueológica Actualizado” de la Adenda Complementaria, se determinó que no existe presencia de sitios arqueológicos. | Indicador que acredita su cumplimiento | Realizar un informe del arqueólogo donde se indique el hallazgo y se tendrá un registro de las paralizaciones de las obras y aviso al Consejo de monumentos Nacionales en caso de encontrar restos arqueológicos. | Forma de control y seguimiento | Seguimiento por medio de capataz o personal que supervise las obras de excavación, en caso de realizar algún hallazgo se procederá a paralizar la obra, tomar registros fotográficos e informar al Consejo de Monumentos Nacionales. | Tabla 7.15 Norma: D.F.L. N°850/1998, Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N°206/1960, del Ministerio de Obras Públicas. | Componente/materia: | Vialidad y Transporte | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y obras de urbanización | Forma de cumplimiento | No se incurrirá por ningún motivo en alguna de las situaciones señaladas en el artículo 36 del D.F.L. N° 850/1998. | Indicador que acredita su cumplimiento | Sólo se utilizarán los camiones que cumplan con lo que indica la normativa. | Forma de control y seguimiento | Registro de contrato con empresa de transporte que contemple límite de peso y de movimiento de camiones hacia el sitio de disposición. | Tabla 7.16 Norma: D.S. N° 160/09, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción | Componente/materia: | Almacenamiento de combustibles | Otros cuerpos legales asociados | N/A | Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción | Parte, obra, acción, emisión, residuo o sustancias a la que aplica | Construcción de viviendas y obras de urbanización. | Forma de cumplimiento | Se cuenta con un estanque de combustible para el abastecimiento de los vehículos de faena. Para evitar el contacto de combustible con el suelo al llenar o vaciar del estanque existe una loza de hormigón que permite la decantación y manejo correcto del residuo. | Indicador que acredita su cumplimiento | Contrato o certificado con empresa autorizada de transporte y distribución de diésel | Forma de control y seguimiento | Registro de dotación de combustible por empresa autorizada de transporte y distribución de diésel. | 8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 8.1. Condición o exigencia: Levantamiento de información respecto a migración de calefacción | Impacto asociado | Aumento de emisiones atmosféricas | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Conocer el comportamiento de los nuevos dueños de las casas construidas y habilitadas respecto al recambio de calefactores a gas a otro tipo de calefacción. Descripción: Implementar un instrumento de levantamiento de información, que permita conocer el porcentaje de viviendas del proyecto, que migraron a otros sistemas de calefacción distintos a los originales del proyecto. Justificación: Existe la posibilidad de que los compradores de las casas realicen recambio de los calefactores a gas a otro tipo de sistema de calefacción, por lo que las emisiones atmosféricas del proyecto podrían aumentar por sobre los estimado. | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Deberá considerar la totalidad de las casas construidas y habilitadas Forma: Levantamiento de información por cada casa construida y habilitada desde un año posterior a la entrega de la primera casa hasta 12 meses de la entrega de la última casa. Oportunidad: Este instrumento deberá ser aplicado anualmente hasta 12 meses después de la total operación del proyecto, considerando la totalidad de viviendas. | Indicador que acredite su cumplimiento | Informe con los resultados de este instrumento aplicado. | Forma de control y seguimiento | Los resultados de este instrumento deberán ser presentados a la Seremi de Medio Ambiente, anualmente a los 2 meses posteriores a la aplicación anual del instrumento. | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 10.2 del ICE | 9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: 9.1. Compromiso ambiental voluntario limpieza e higiene del área de operación | Impacto asociado | Proliferación de vectores de interés sanitario | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Mantener limpieza, orden e higiene en el área circundante a las actividades propias del Proyecto. Descripción: Para evitar la dispersión de contaminantes sólidos a áreas circundantes se cuenta con lugares para su disposición temporal, cercado y señalizado. Además, se capacita en terreno al personal de obras para mantener la limpieza tanto del área de trabajo como de los lugares circundantes. Justificación: El compromiso ambiental voluntario se justifica dado que en las áreas circundantes a las obras del Proyecto existen personas, fauna, zonas de humedal o inundables que pueden verse afectados por un mal manejo de los residuos en las obras. | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: En el área de trabajo del proyecto. Forma: Realizando diariamente una limpieza del área circundante a las obras e instalaciones provisorias del proyecto. Oportunidad: Diariamente se deberá hacer un recorrido de toda el área del proyecto de manera de limpiar toda el área. | Indicador que acredite su cumplimiento | Registro del retiro de los residuos sólidos por empresas autorizadas por la autoridad sanitaria. Respecto a los residuos líquidos, un registro de la mantención de baños químicos y fosa séptica que se considera durante la fase de construcción. | Forma de control y seguimiento | El jefe de obra deberá hacer un seguimiento diario de que las acciones de limpieza se ejecuten diariamente y se mantenga limpia toda el área de trabajo del proyecto. | Referencia al ICE para mayores detalles | Numeral 10.1 del ICE | 10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Tabla 10.1.1. Riesgo Actividad Sísmica Mayor (Terremoto) | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción. | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Es el producido por un evento telúrico. | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | Identificar la ubicación de las llaves de agua, corte general de gas e interruptores o fusibles de electricidad y aprender a cortar su paso. Identificar las zonas de seguridad. Señalización de las vías de evacuación y zonas seguras. Realizar simulacros. Realizar inducciones a los trabajadores sobre las zonas de seguridad y plan de emergencia. | Forma de control y seguimiento | Correcta mantención de señalética que identifique la zona segura al interior de la obra. Esta labor será del prevencionista de riesgos vigente en la obra. Libro y/o registro de las inducciones, registro fotográfico de señaléticas. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 3 de Adenda Complementaria. | Tabla 10.1.2 Situación de riesgo o contingencia Derrame de Sustancias Peligrosas o Combustible | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción. | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | La situación de riesgo se podrá producir en la fase de construcción debido al uso de combustible para abastecer a maquinarias y vehículos de faenas y al uso de sustancias peligrosas principalmente de terminación de viviendas. | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | El personal encargado de cargar combustible a los vehículos deberá ser capacitado para evitar situaciones de derrame y deberá utilizar los elementos de protección personal adecuado para dicha labor. Los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día. Se llevará un registro de las mantenciones de vehículos y maquinarias. El personal a contratar para manejar los camiones o maquinarias necesarias para la fase de construcción, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Los trabajadores encargados de realizar manejo de sustancias peligrosas en labores de terminación de viviendas deberán estar capacitado y deberá utilizar los elementos de protección personal (EPP) adecuados para dicha labor Se establecen de antemano, las siguientes prioridades que deberán observar durante la toma de decisiones ante una contingencia; Primero la preservación de las vidas humanas, Segundo la preservación del medio ambiente y en Tercer lugar la preservación de las instalaciones y equipos del Sistema. Se dispondrá de los siguientes elementos para controlar los derrames, estando el personal debidamente capacitado para su uso: Contenedor con materiales absorbentes (arena, aserrín) de fácil manipulación, o kit de contención de derrames y contenedor vacío debidamente rotulado para almacenar los desechos del manejo de derrame. Elementos de protección personal de acuerdo al producto derramado: ropa impermeable y resistente al producto, guantes adecuados por categoría de residuos, botas, lentes de seguridad para la protección del personal encargado de la manipulación. Barreras y elementos de señalización para el aislamiento del área afectada. | Forma de control y seguimiento | Libro y/o registro de mantenciones realizadas a la maquinaria presente en obra. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 3 de Adenda Complementaria. | Tabla 10.1.3 Situación de riesgo o contingencia Proliferación de vectores de interés sanitario | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción y operación | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Al interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios. Residuos generados por mascotas en fase de operación. | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | Almacenamiento en contenedores tapados y a su vez, uso de bolsas plásticas desechables propias para esta actividad. No generar una acumulación por tiempos prolongados, se estima su retiro 3 veces por semana, o de acuerdo a la frecuencia que tenga el servicio municipal. Inducción al personal y trabajadores de depositar este tipo de residuos en los lugares habilitados y mantener siempre los contenedores tapados. Se desarrollará un proceso de desinfección, sanitización y desratización por empresas especializadas en la instalación de faena. Se colocarán letreros en las áreas verdes y en veredas que indiquen que los residuos generados por las mascotas deben ser recogidas por sus amos. | Forma de control y seguimiento | Libro y/o registro de las capacitaciones, y se mantendrá en obra copia de los recibos obtenidos posterior a los controles de plaga | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 3 de Adenda Complementaria. | Tabla 10.1.4 Situación de riesgo o contingencia Incendios en Obra | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra. | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | Prohibición de fumar, hacer fogatas y encender fuego al interior de la obra. Carteles informativos con las medidas. Mantener la obra limpia y ordenada para evitar eventuales focos. Capacitaciones a los trabajadores directos y subcontratos. | Forma de control y seguimiento | Señalética al interior de la obra con la indicación de “Prohibido fumar” en sectores de riesgos como bodega residuos peligroso, sustancias peligrosas, etc. Además, se habilitará un sector que cuente con las condiciones pertinentes para permitir a sus trabajadores la realización de éstas prácticas. Registro fotográfico de señaléticas y libro de registro de capacitaciones. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 3 de Adenda Complementaria. | Tabla 10.1.5 Situación de riesgo o contingencia Accidente en la ruta T – 424 | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción. | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Ruta de acceso a la obra, Ruta T - 424, Sector Angachilla. | Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia | La circulación de camiones y maquinaria por la ruta T - 424 deberá realizarse a una velocidad inferior a 60 km/h. Quedará expresamente prohibido a los conductores de camiones y maquinaria realizar maniobras de adelantamiento, exceptuando situaciones en que sea necesario eludir vehículos estacionados accidentalmente por averías, desperfectos mecánicos u otras causas similares. Para los servicios se contratarán conductores idóneos, con documentos al día y hoja de vida sin observaciones. Se contará con personal de apoyo que permita el seguro y libre tránsito, tanto del personal y la maquinaria hacia el interior del proyecto, como el de los transeúntes y vehículos. Se realizarán inducciones a todos los conductores donde se informará acerca de los hitos importantes existentes en las rutas por las que transitarán, el límite de velocidad establecido y la prohibición de maniobras de adelantamiento. Los camiones y maquinaria asociados al Proyecto transitarán en todo momento con luces encendidas, esto a fin que sean más visibles por los peatones y conductores de otros vehículos. Se instruirá a los conductores en temas relativos al respeto por las normas del tránsito, incluidas las velocidades de circulación máxima en los caminos públicos que utilicen. Los camiones que se empleen serán aptos para el transporte que se plantea y circularán encarpados o sellados, evitando cualquier derrame de la carga (sólido o líquido) sobre la calzada. | Forma de control y seguimiento | Control de inducciones al personal de la obra y choferes de empresas contratistas. Registro de capacitación de los trabajadores por parte de Prevención de Riesgos. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 3 de Adenda Complementaria. | 10.2. PLAN DE EMERGENCIAS Tabla 10.2.1 Situación de emergencia Actividad Sísmica (Sismo o Terremoto) | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Todas las instalaciones y trabajadores del proyecto | Acciones o medidas a implementar | Se detendrán las tareas haciendo abandono rápidamente de las superficies en altura (andamios, plataformas en voladizo), espacios confinados, excavaciones, bajo estructuras y bordes, ya que aumenta el peligro de derrumbe y caída desde altura. El personal se reunirá en el “Punto de Encuentro” más cercano o “Zona de Seguridad” de la Obra. Existirá un trabajador designado que desenergizará todos los artefactos y/o equipos eléctricos para evitar un principio de incendio ante presencia de gas, además procederá a desconectar la fuente eléctrica de la grúa una vez que esta haya bajado la carga. Después del sismo, se evacuará a todo el personal a la “Zona de Seguridad” de la Obra, se deberá prestar y/o coordinar la atención a los lesionados, tomar asistencia a todo el personal reunido, comprobar el funcionamiento de los servicios (luz, gas, agua), cerrar y señalizar con cinta de peligro zonas de trabajo dañado o con peligro Los trabajadores no se podrán retirar de la obra o reingresar a trabajar hasta que el Comité de Emergencias designado lo indique. | Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan u otros organismos | En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto, y/o vecinas, o fatales por la situación se emergencia, se procederá a avisar a las autoridades pertinentes a través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 19 de la Adenda. | Tabla 10.2.2 Situación de emergencia Derrame de Sustancias Peligrosas o Combustibles | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Al interior de la obra, asociadas al manejo de sustancias peligrosas y/o fallas en las maquinarias y camiones. | Acciones o medidas a implementar | El responsable de la obra dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente. Se establece que dentro de cada bodega estén siempre disponibles dichas hojas. El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada. Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena o aserrín y para el caso de residuos líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba. Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación. En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado. El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente | Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan u otros organismos | El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo) y se dispondrá delimitar el área afectada. En el caso de derrames de gran envergadura (más de 200 lt) se procederá a comunicar al SMA a través del Sistema de Seguimiento Ambiental | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 19 de la Adenda. | Tabla 10.2.3 Situación de emergencia Proliferación de Vectores de Interés Sanitario | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción. | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Interior de la obra, causas asociadas al manejo de residuos sólidos domiciliarios. | Acciones o medidas a implementar | En caso de corresponder a una plaga se dará aviso a la Autoridad Sanitaria y se llamará a Control de Plagas. Se evacuará al personal en caso de ser necesario. | Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan u otros organismos | En el caso de que se produzcan efectos sobre los vecinos con reclamos directos de los afectados, se procederá a comunicar a la Superintendencia del Medio Ambiente, través del Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 19 de la Adenda. | Tabla 10.2.3 Situación de emergencia Incendio en obra | Fase del proyecto a la que aplica | Fase de construcción | Emplazamiento, parte, obra o acción asociada | Al interior de la obra e inmediaciones de ella, principalmente producto de mal manejo de sustancias inflamables o por no respetar la restricción de fumar al interior de la obra. | Acciones o medidas a implementar | Las personas que se encuentren en el lugar procederán de inmediato a utilizar los extintores portátiles e informarán inmediatamente al coordinador del área afectada. El coordinador del área siniestrada evaluará la situación, en caso que el amago no pueda ser controlado con los extintores de la obra, dará la alerta de evacuación y solicitará la presencia de bomberos. El electromecánico de mantención debe cortar el suministro de energía eléctrica de la obra. Si el incendio amenaza con propagarse a otro punto las instalaciones, se procederá a despejar el sector de todo tipo de material que pueda entrar en combustión. El personal de obra solo podrá actuar ante un amago de incendio, ya que bajo situaciones de incendio declarado solo podrá intervenir bomberos. De acuerdo a la composición química del elemento inflamable que dio origen al incendio se aplicará el tipo de extintor utilizado. Asimismo, dará instrucciones para evacuar parcial o totalmente la obra y sectores aledaños si es necesario. En el caso de que el incendio salga de control se evacuará a todo el personal y habitantes de las viviendas y predios aledaños a la zona afectada. Se dará aviso a las autoridades competentes en el caso de cualquier accidente. Cabe mencionar, que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se debe abatir el incendio. | Oportunidad y vías de comunicación a la Superintendencia del Medio Ambiente de la activación del Plan u otros organismos | En el caso de consecuencias graves a las instalaciones del proyecto, y/o vecinas, o fatales por la situación se emergencia, se procederá a avisar a las autoridades pertinentes: Seremi de Medio Ambiente; Av. Carlos Anwandter N° 466, Valdivia, fono: 63 – 2361610. Superintendencia de Medio Ambiente, Yerbas Buenas 170, Valdivia, fono: 63 – 2226613. Oficina Regional de Emergencias, Av. Arturo Prat N° 721, Valdivia, fono: 63 –2239228. Seremi de Salud; Chacabuco N° 700, Valdivia, fono: 63 – 2265105. Adicionalmente se ingresará la situación de emergencia en el Sistema de Seguimiento Ambiental de la SMA. | Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Respuesta número 19 de la Adenda | 11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución. 13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 14. Que, para que el proyecto “Villa Galilea II” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de Los Ríos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2 letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Villa Galilea II”, de Galilea S.A. de Ingeniería y Construcción. 2°. Certificar que el proyecto “Villa Galilea II” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto [nombre] cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Villa Galilea II” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4 del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese
Cesar Asenjo Jerez Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos
Alejandra Andrea Chaparro Díaz Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región de Los Ríos
ACHD/COC/RRM Distribución: - Alvaro Tapia Bravo
- Consejo de Monumentos Nacionales
- CONADI, Región de Los Ríos
- CONAF, Región de Los Ríos
- DGA, Región de Los Ríos
- Gobierno Regional de Los Ríos
- Ilustre Municipalidad de Valdivia
- SAG, Región de Los Ríos
- SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos
- SEREMI de Salud, Región de Los Ríos
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos
- SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos
- SEREMI MOP, Región de Los Ríos
- Servicio Nacional Turismo, Región de Los Ríos
C/c: - Encargado PAC
- Oficina de partes SEA
- Asesora Jurídica Región de Los Ríos
- Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
- Oficial de Partes de la Región <waleska.arteaga@sea.gob.cl>
- Expediente del Proyecto "Villa Galilea II"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Los Ríos
|