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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO OHIGGINS | Califica Ambientalmente el proyecto "Parque Solar Fotovoltaico La Acacia" Resolución Exenta Nº 26/2017 Rancagua, 20 de enero de 2017 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”), con fecha 18 de febrero de 2016, el Adenda de fecha 11 de julio de 2016 y el Adenda Complementaria N°1 de fecha 29 de noviembre de 2016; del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, presentada por el señor Luis Andrés Sánchez Frugone, en representación legal de La Acacia SpA (en adelante, el “Titular”). 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II “Antecedentes del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental” del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante, “ICE”) de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, publicado en el expediente electrónico del proyecto, con fecha 13 de enero de 2017. 3°. El Acta de Evaluación N°2 de la Sesión N°1 del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins (en adelante “Región de O’Higgins”), de fecha 10 de enero de 2017. 4°. El Informe Consolidado de Evaluación (en adelante “ICE”) de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, de fecha 13 de enero de 2017. 5°. El Acta N°2 de fecha 19 de enero de 2017, de la Sesión Ordinaria N°2 de la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”. 7°. Lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N°40 de 2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (“Reglamento del SEIA”); la Ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N°18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Resolución Exenta D.D.P.P N°894 de fecha 20 de septiembre de 2016, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra al señor Pedro Pablo Miranda Acevedo, como Director Regional (S) del SEA Región de O’Higgins; y en la Resolución N°1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: 1°. Que, el Titular ha sometido al sistema de evaluación de impacto ambiental (“SEIA”), la DIA del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” (en adelante, el “Proyecto”). Los antecedentes del Titular son los siguientes: | Titular: | La Acacia SpA | | Rut: | 76.503.259-8 | | Dirección: | Avda. Tobalaba 155, Oficina 602, comuna de Providencia, Región Metropolitana. | | Teléfono de contacto: | (56-2) 3221 7420 - (56-2) 3221 7428 | | Representante Legal: | Luis Andrés Sánchez Frugone | | R.U.N. : | 7.776.465-8 | | Dirección: | Avda. Tobalaba 155, Oficina 602, comuna de Providencia, Región Metropolitana. | | Correo Electrónico: | vsilvestre@emanagement.cl | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de enero de 2017, el Director Regional de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, ha recomendado aprobar el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, por cuanto acreditó cumplimiento de la normativa ambiental aplicable, cumpliendo con todos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40 del 2012 del Ministerio del Medio Ambiente (en adelante “MMA”), Reglamento del SEIA. Además, a lo largo del proceso de evaluación el Titular entregó los antecedentes técnicos para fundamentar que no genera efectos, características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19.300; y, que todos los servicios con competencia ambiental que participaron de la evaluación ambiental del proyecto se pronunciaron conforme. 3°. Que, en Sesión N°2 de fecha 19 de enero de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de O’Higgins acordó calificar favorablemente el Proyecto, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 13 de enero de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, y sus anexos, en el Adenda y sus Anexos, y la Adenda Complementaria N°1 y sus Anexos, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: | 4.1. ANTECEDENTES GENERALES | | Objetivo general | La realización del proyecto tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para ser inyectada la red de distribución de 15 KV del alimentador Los Maitenes de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua, de la compañía distribuidora CGE Distribución, todo ello perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC). Para el diseño el parque solar fotovoltaico, también se considera el Instructivo Técnico RGR Nº02/2014 “Diseño y Ejecución de las Instalaciones Fotovoltaicas Conectadas a Red”. Potencia total instalada máxima de las unidades generadoras de energía: Cada panel solar fotovoltaico instalado, tiene la capacidad de generar un peak de 315 Wp, se instalará un total de 30.160 unidades, por tanto la potencia instalada es de 9,5MWp. Potencia activa a inyectar expresada en MW: Los 9,5 MWp de potencia de campo de generación, serán conectados a ocho inversores, cuyas potencias nominales individuales serán de 1,070 MW nominal. Por tanto el Parque Solar Fotovoltaico es de 8,56 MW y esta es la potencia máxima que se va a inyectar al sistema eléctrico de distribución. Estimación de energía anual expresada en MWh: La energía proyectada que el proyecto va a generar y por lo tanto va a inyectar al sistema de distribución correspondiente asciende a 18.304,9MWh al año. | Aspecto Técnico | Detalle | | Voltaje de circuito abierto (Voc) | 44,7 V | | Voltaje óptimo de operación (Vmp) | 36,2 V | | Corriente de Cortocircuito (Isc) | 8,89 A | | Temperatura de funcionamiento | -40ºC a +85ºC | | Voltaje máximo del sistema | 1000 V DC | | Temperatura de funcionamiento nominal de la célula | 45+/-2ºC | | Coeficiente de temperatura de corriente de cortocircuito | 0,067%/ºC | | Coeficiente de temperatura de tensión en circuito abierto | -0,33%/ºC | | Coeficiente de temperatura de potencia | -0,42%/ºC | | Dimensiones | Largo:1956 mm Ancho:992 mm Espesor: 40 mm. | | Peso | 25,8 Kg. | Fuente: Tabla N°23 del Adenda, Características módulos fotovoltaicos | | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | Este proyecto se ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “SEIA”) en conformidad al Artículo 10 de la Ley N° 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la Ley Nº 20.417 que crea el Ministerio de Medio Ambiente (en adelante “MMA”), el Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante “SEA”) y la Superintendencia del Medio Ambiente (en adelante “SMA”) y el artículo 3 del D.S. N°40 del 2012 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante “RSEIA”). La Ley N° 19.300 establece en su artículo 10, literal c lo siguiente: Artículo 10º. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Por su parte, el D.S. Nº40 del 2012 del MMA define lo siguiente: Artículo 3º. Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. En el caso específico de este proyecto, el Parque Fotovoltaico generará una potencia nominal instalada de 8,56 MW que será la potencia inyectada a la red de distribución y potencia nominal del proyecto, para lo cual el proyecto necesita y dispone de un campo de generación solar fotovoltaico de 9,5 MWp, los cuales trabajan en corriente continua (CC). | | Vida útil | La vida útil del proyecto es de 30 años una vez iniciada la operación, plazo que se podrá extender en la medida que las condiciones de mercado justifiquen la inversión, de no ser el caso se consideran labores de desmantelamiento y retiro de obras civiles, cierre y clausura de instalaciones cuando corresponda y una restitución del terreno lo que se llevaría a cabo durante la etapa de desmantelamiento en 3 meses. | | Monto de inversión | El monto de la inversión del proyecto es de 12,3 millones de dólares. | | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | Las actividades del Proyecto se iniciarán una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (en adelante “RCA”) favorable al proyecto, junto a lo cual se tramitaran sectorialmente los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos (en adelante “PASM”) y autorizaciones correspondientes para su desarrollo. La fecha de inicio de la construcción está proyectada para octubre 2016. El acto u acción concreta que establece el inicio de la fase de construcción será instalación del primer contenedor dentro de la instalación de faenas continuado con la habilitación de instalaciones de faena y patio de residuos. A partir de ese momento se comenzará la ejecución de la construcción en forma sistemática y permanente siguiendo el calendario de actividades cronológicas especificado en el numeral 1.2.2.10 de la DIA. De acuerdo a lo solicitado en el DS 40/12 Título III párrafo 3º Artículo 19 en su literal a.5, el término de la fase de construcción, y por lo tanto el inicio de la fase de operación, se especifica a través de la obra u acción concreta, correspondiente a la conexión al alimentador Los Maitenes de la red eléctrica de distribución de 15 KV, de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua, de la compañía distribuidora CGE Distribución, todo ello perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC). La finalización de la fase de operación se especifica a través de la obra u acción concreta correspondiente a la desconexión del alimentador Los Maitenes de la red eléctrica de distribución de 15 KV, de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua. En ese momento, se dará comienzo a la fase de desmantelamiento, realizando el retiro de los elementos mecánicos y otros en desuso, estos serán trasladados para su reutilización, reciclaje o disposición final según sea el caso, siempre conforme a la normativa vigente. | | Proyecto se desarrolla por etapas | Sí | No | | | | X | | Proyecto modifica un proyecto o actividad | Sí | No | | | | X | | Proyecto modifica otra RCA | Sí | No | | | | X | | 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO | | División político-administrativa | El proyecto se ubica en el fundo San Gerardo s/n, parcela N°13, Lote 1, en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, Provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O´Higgins (en adelante “Región de O’Higgins”). | | Descripción de la ubicación | El predio del proyecto está asociado al ROL de avalúo fiscal 187-44, que corresponde al fundo San Gerardo s/n, parcela N°13, Lote N°1, en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua. Según se presenta en el Certificado de Informaciones Previas, asociado al ROL antes indicado, presentado en Anexo N°17 de la presente Declaración de Impacto Ambiental, en el cual se indica que es un terreno ubicado fuera del radio urbano. Cabe mencionar que en el presente proyecto se consideran áreas a intervenir y áreas sin intervención, las cuales se pueden visualizar en el Plano N°4, que corresponde a “Áreas intervenidas y no intervenidas” que se adjunta en el Anexo N°2 de la Declaración de Impacto Ambiental. Las áreas que no sufrirán intervención corresponde a la franja fiscal que se debe respetar debido a la existencia un camino público y respetando lo indicado en el Artículo 56 de la Ley General de Urbanismo y Construcción, y por ello no se instalan paneles solares fotovoltaicos, ni instalaciones permanentes en dicha franja fiscal. Esta franja fiscal corresponde a un ancho de 35 metros, entre la carretera (Ruta H-800) y los Edificios del Proyecto. | | Superficie | La superficie donde se emplazará el proyecto corresponde a un total 14,69 Ha, área asociada a la instalación del Parque Fotovoltaico La Acacia. En la Figura 1-2 de la Declaración de Impacto Ambiental (en adelante “DIA”), se muestra el emplazamiento del Proyecto. Las superficies de las áreas intervenidas por cada uno de los componentes declarados en la DIA del Proyecto, se aprecian en las siguientes tablas: | Nombre de la Obra Temporal (Etapa de Construcción), descritas en el punto 1.4.1.1.1 Instalaciones de Faenas de la DIA | Superficie (m²) | UTM (WGS84 DATUM 19 Huso S) | | Punto Medio de la Superficie Declarada | | Este (m) | Norte (m) | | 1 | Contenedores para Lockers | 29,6 | 308.460,02 | 6.182.180,77 | | 308.463,72 | 6.182.185,47 | | 2 | Caseta de Primeros Auxilios | 7,7 | 308.467,01 | 6.182.189,88 | | 3 | Almacenamiento de Residuos Domésticos | 8,4 | 308.470,84 | 6.182.194,14 | | 4 | Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales | 8,4 | 308.473,74 | 6.182.192,12 | | 5* | Bodega Temporal de Residuos Peligrosos | 16,7 | 308.478,45 | 6.182.188,54 | | 6 | Bodega de Almacenamiento para Pequeños Materiales | 21,6 | 308.475,76 | 6.182.178,50 | | 7 | Comedor | 21,6 | 308.478,12 | 6.182.177,02 | | 8 | Depósito de Agua Industrial | 5,7 | 308.472,93 | 6.182.180,38 | | 9 | 2 Depósitos de Agua Potable | 5,7 | 308.470,98 | 6.182.177,78 | | 308.467,18 | 6.182.180,65 | | 10 | 8 Duchas Portátiles con Vestidor | 26,6 | 308.467,43 | 6.182.176,33 | | 11 | Servicios Higiénicos Químicos: 5 WC con Lavamanos y 3 WC | 15,6 | 308.465,04 | 6.182.173,95 | | 12 | Patio de Maniobra | 350,2 | 308.505,34 | 6.182.223,05 | | 13 | Excedentes de Excavación y Materiales | 150,0 | 308.516,02 | 6.182.237,40 | | 14 | Zona de Acopio de Grandes Materiales | 150,0 | 308.522,53 | 6.182.245,56 | | 15 | Estacionamiento | 132,2 | 308.494,10 | 6.182.210,32 | | 16 | Zona de Abastecimiento de Combustible | 80,0 | 308.453,74 | 6.182.151,54 | | Nombre de la Obra Permanente (Etapa de Operación), descritas en la DIA | Superficie (m²) | UTM (WGS84 DATUM 19 Huso S) | | Punto Medio de la Superficie Declarada | | Este (m) | Norte (m) | | 1 | Residuos Domésticos | 9,28 | 308.547,70 | 6.182.245,14 | | 2 | Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales | 9,00 | 308.550,65 | 6.182.244,06 | | 3 | Bodega de Sustancias Peligrosas | 5,12 | 308.546,19 | 6.182.241,42 | | 4 | Bodega Almacenamiento Pequeños Materiales | 8,97 | 308.548,56 | 6.182.240,18 | | 5* | Bodega Temporal de Residuos Peligrosos | 16,7 | 308.478,45 | 6.182.188,54 | | 5 | Servicio Higiénico: W.C con Lavamanos | 2,73 | 308.550,59 | 6.182.239,30 | | 6 | Oficina de Control y Monitoreo | 13,44 | 308.553,36 | 6.182.238,11 | | 7 | Depósito de Agua Potable | 5,70 | 308.544,69 | 6.182.239,14 | | 8 | Depósito de Aguas Tratadas para Mantenimiento de Caminos Internos | 5,70 | 308.547,10 | 6.182.238,00 | | 9 | Planta de Tratamiento de Agua | 9,69 | 308.552,18 | 6.182.236,25 | | 10 | Estacionamiento Permanente | 25,00 | 308.559,99 | 6.182.233,80 | | Superficie del área intervenida por cada uno de los componentes declarados en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Componente | Superficie (m²) | | Caminos Internos | 3.970,1 | | Camino Acceso | 102,0 | | Instalación de Faenas Permanente | 111,4 | | Instalación de Faenas Temporal | 299,7 | | Patio de Maniobra | 350,2 | | Excedentes de Excavación y Materiales | 150,0 | | Zona de Acopio de Grandes Materiales | 150,0 | | Zona de Abastecimiento de Combustible | 80,0 | | Inversores | 109,2 | | Centro de Seccionamiento | 21,7 | | Caseta de Control de Acceso | 8,8 | | Paneles | 119.816,5 | | TOTAL (ha) = | 12,5 | | | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | Las siguientes tablas presentan una síntesis de superficie y coordenadas UTM de las obras temporales y permanentes consideradas a ser desarrolladas en el proyecto: a. Coordenadas de los vértices del polígono que componen el cerco perimetral declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el Cerco Perimetral declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.1820.08,80 | 308.348,38 | | 2 | 6.181.994,66 | 308.391,72 | | 3 | 6.181.969,53 | 308.466,12 | | 4 | 6.181.966,51 | 308475,01 | | 5 | 6.181.954,92 | 308509,15 | | 6 | 6.181.946,05 | 308.535,30 | | 7 | 6.181.923,65 | 308.609,21 | | 8 | 6.181.895,36 | 308.699,26 | | 9 | 6.181.843,66 | 308.850,13 | | 10 | 6.181.844,42 | 308.871,68 | | 11 | 6.181.846,35 | 308.880,34 | | 12 | 6.182.002,54 | 308.989,78 | | 13 | 6.182.077,50 | 308.862,36 | | 14 | 6.182.106,22 | 308.812,59 | | 15 | 6.182.113,91 | 308.798,86 | | 16 | 6.182.256,87 | 308.544,57 | Fuente: Tabla N°7 del Adenda, Coordenadas de localización del cerco perimetral de la Planta. b. Coordenadas de los vértices del polígono y referencia del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.268 | 308.513 | | 2 | 6.182.203 | 308.635 | | 3 | 6.182.142 | 308.750 | | 4 | 6.182.064 | 308.891 | | 5 | 6.182.010 | 308.991 | | 6 | 6.181.919 | 308.931 | | 7 | 6.181.850 | 308.873 | | 8 | 6.181.874 | 308.759 | | 9 | 6.181.923 | 308.611 | | 10 | 6.181.970 | 308.464 | | 11 | 6.182.019 | 308.324 | | 12 | 6.182.123 | 308.399 | | 13 | 6.182.203 | 308.462 | Fuente: Tabla 1-4 de la DIA, Coordenadas de los vértices del polígono y referencia del proyecto. c. Ubicación Obras Temporales: | Nombre de la Obra Temporal (Etapa de Construcción), descritas en el punto 1.4.1.1.1 Instalaciones de Faenas de la DIA | UTM (WGS84 DATUM 19 Huso S) Punto Medio de la Superficie Declarada | | | Este | Norte | | 1 | Contenedores para Lockers | 308.460,02 | 6.182.180,77 | | 308.463,72 | 6.182.185,47 | | 2 | Caseta de Primeros Auxilios | 308.467,01 | 6.182.189,88 | | 3 | Almacenamiento de Residuos Domésticos | 308.470,84 | 6.182.194,14 | | 4 | Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales | 308.473,74 | 6.182.192,12 | | 5* | Bodega Temporal de Residuos Peligrosos | 308.478,45 | 6.182.188,54 | | 6 | Bodega de Almacenamiento para Pequeños Materiales | 308.475,76 | 6.182.178,50 | | 7 | Comedor | 308.478,12 | 6.182.177,02 | | 8 | Depósito de Agua Industrial | 308.472,93 | 6.182.180,38 | | 9 | 2 Depósitos de Agua Potable | 308.470,98 | 6.182.177,78 | | 10 | 8 Duchas Portátiles con Vestidor | 308.467,43 | 6.182.176,33 | | 11 | Servicios Higiénicos Químicos: 5 WC con Lavamanos y 3 WC | 308.465,04 | 6.182.173,95 | | 12 | Patio de Maniobra | 308.505,34 | 6.182.223,05 | | 13 | Excedentes de Excavación y Materiales | 308.516,02 | 6.182.237,40 | | 14 | Zona de Acopio de Grandes Materiales | 308.522,53 | 6.182.245,56 | | 15 | Estacionamiento | 308.494,10 | 6.182.210,32 | | 16 | Zona de Abastecimiento de Combustible | 308.453,74 | 6.182.151,54 | | | | | | | Fuente: Tabla 21 del Adenda, Superficies obras temporales. d. Ubicación Obras Permanentes: | Nombre de la Obra Permanente (Etapa de Operación), descritas en la DIA | UTM (WGS84 DATUM 19 Huso S) Punto Medio de la Superficie Declarada | | Este | Norte | | 1 | Residuos Domésticos | 308.547,70 | 6.182.245,14 | | | Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales | 308.550,65 | 6.182.244,06 | | 2 | Bodega de Sustancias Peligrosas | 308.546,19 | 6.182.241,42 | | 3 | Bodega Almacenamiento Pequeños Materiales | 308.548,56 | 6.182.240,18 | | 4 | Servicio Higiénico: W.C con Lavamanos | 308.550,59 | 6.182.239,30 | | 5 | Oficina de Control y Monitoreo | 308.553,36 | 6.182.238,11 | | 6 | Depósito de Agua Potable | 308.544,69 | 6.182.239,14 | | 7 | Depósito de Aguas Tratadas para Mantenimiento de Caminos Internos | 308.547,10 | 6.182.238,00 | | 8 | Planta de Tratamiento de Agua | 308.552,18 | 6.182.236,25 | | 9 | Bodega Temporal de Residuos Peligrosos | 308.478,45 | 6.182.188,54 | | 10 | Estacionamiento Permanente | 308.559,99 | 6.182.233,80 | Fuente: Tabla 22 del Adenda, Superficies obras permanentes. Cabe señalar que en Anexo N°1 del Adenda el Titular presenta la planimetría de cada una de las áreas de intervención a ejecutar por el proyecto tanto de las obras temporales como permanentes. | | Caminos de acceso | El acceso al Proyecto, se hará directo desde la Ruta H-800, a través de un acceso existente. En detalle la ruta de acceso, se puede apreciar en el Anexo N°1 del Adenda, se adjunta el Plano N°4 “Caminos Internos y de Acceso al Proyecto”. Para efectos de conectar el Parque Solar Fotovoltaico con la vialidad adyacente, se utilizará un acceso ubicado en la ruta H-800, la cual se conecta a través de la ruta I-90-H mediante la ruta 66. El proyecto contempla la realización de una red de caminos interiores de una extensión de 1134,3 metros, los que tendrán un ancho de 3,5 metros, tal como se indicó en el Capítulo N°1 de la DIA. Además el Proyecto contará con un acceso (camino de acceso), que empalmará con la Ruta H-800, cuyo proyecto, previamente a su construcción, será ingresado ante la Dirección Regional de Vialidad de la Región de O’Higgins, para su aprobación. En el Anexo N°2 del Adenda Complementaria N°1, se adjunta el documento que respalda el ingreso del formulario de solicitud de acceso a rutas nacionales y rutas concesionadas. En segundo lugar, respecto al uso de las respectivas fajas de dominio público, se aclara que no se considera utilizarlas, ya que en el presente proyecto se contempla una zona de protección, la cual es de 35 metros desde el camino hacia el proyecto, donde no se instalaran obras permanentes de ningún tipo. En el Plano N°1 del Anexo N°3 del Adenda Complementaria N°1, se visualiza dicha condición. Como último punto, respecto a la generación de paralelismos y/o atraviesos al camino público, en este proyecto específicamente se realizará el cruce de la línea eléctrica a través del camino H-800, por lo tanto, en forma paralela a este proceso se presenta la solicitud para obtener el Permiso para cruce de línea eléctrica, la cual se visualiza en el Anexo N°4 del citado documento. El acceso será mejorado superficialmente para evitar el levantamiento de polvo. La mejora superficial consistirá en la aplicación de una emulsión en base agua con polímeros acrílicos para lo cual se produce una humectación, un escarpe superficial, la aplicación de la emulsión y una compactación. El Parque Solar Fotovoltaico La Acacia contará con un camino de acceso, el cual actualmente solo posee la huella, contemplándose una mejora de este basado en actividades de escarpe y compactación. El camino tendrá una superficie de 102 m2, considerando una longitud de 13,2 metros. Lo anterior deberá ajustarse Al proyecto definitivo de acceso en función de las condiciones o exigencias establecidas por la Dirección Regional de Vialidad de la Región de O’Higgins. | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, Camino de Acceso declarado en la DIA del Proyecto "Parque Solar Fotovoltaico La Acacia" | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.274,00 | 308.512,34 | | 2 | 6.182.266,06 | 308.519,64 | | | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: 1.5 Superficie. 1.9 Localización. 1.9.1. Accesos. 1.11 Coordenadas Geográficas. | | 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO | | 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN | | Antecedentes generales | El proyecto que se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SEIA), mediante una DIA, se denomina “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” junto con su infraestructura de conexión a la red de distribución de 15 KV del alimentador Los Maitenes de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua, de la compañía distribuidora CGE Distribución, todo ello perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC). El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica, que se ubicará en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, Provincia de Cachapoal, Región de O´Higgins, a 5 Km del centro urbano de dicha comuna. El Proyecto consiste en la instalación de paneles solares fotovoltaicos para la generación de energía eléctrica, contemplando la instalación de 30.160 paneles solares de 315 Wp cada uno, de esta forma el parque solar fotovoltaico alcanzará una potencia de campo máxima instalada de 9,5 MWp, conectados a ocho inversores, cuyas potencias nominales individuales serán de 1,070 MW nominal y contará con dos estaciones de transformación de 3500 kW y una de 2500 kW, de esta manera el proyecto entregará una cantidad de 8,56 MW de potencia nominal instalada y evacuada a la red de distribución a la cual se conecta. La norma técnica eléctrica utilizada para realizar los cálculos eléctricos, es el Decreto con Fuerza de Ley Nº 4 de 2006, Ley General de Servicios Eléctricos que regula la generación, transmisión y distribución de la energía eléctrica, estableciendo los permisos y el régimen de concesiones, en orden a salvaguardar la calidad de suministro y la seguridad de las personas, las cosas y el medio ambiente. 4.2 Objetivo La realización del proyecto tiene por objetivo captar y transformar la energía solar en energía eléctrica para ser inyectada la red de distribución de 15 KV del alimentador Los Maitenes de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua, de la compañía distribuidora CGE Distribución, todo ello perteneciente al Sistema Interconectado Central (SIC). Para el diseño el parque solar fotovoltaico, también se considera el Instructivo Técnico RGR Nº02/2014 “Diseño y Ejecución de las Instalaciones Fotovoltaicas Conectadas a Red”. Potencia total instalada máxima de las unidades generadoras de energía: Cada panel solar fotovoltaico instalado, tiene la capacidad de generar un peak de 315 Wp, se instalará un total de 30.160 unidades, por tanto la potencia instalada es de 9,5MWp. Potencia activa a inyectar expresada en MW: Los 9,5 MWp de potencia de campo de generación, serán conectados a ocho inversores, cuyas potencias nominales individuales serán de 1,070 MW nominal. Por tanto el Parque Solar Fotovoltaico es de 8,56 MW y esta es la potencia máxima que se va a inyectar al sistema eléctrico de distribución. Estimación de energía anual expresada en MWh: La energía proyectada que el proyecto va a generar y por lo tanto va a inyectar al sistema de distribución correspondiente asciende a 18.304,9MWh al año. | Aspecto Técnico | Detalle | | Voltaje de circuito abierto (Voc) | 44,7 V | | Voltaje óptimo de operación (Vmp) | 36,2 V | | Corriente de Cortocircuito (Isc) | 8,89 A | | Temperatura de funcionamiento | -40ºC a +85ºC | | Voltaje máximo del sistema | 1000 V DC | | Temperatura de funcionamiento nominal de la célula | 45+/-2ºC | | Coeficiente de temperatura de corriente de cortocircuito | 0,067%/ºC | | Coeficiente de temperatura de tensión en circuito abierto | -0,33%/ºC | | Coeficiente de temperatura de potencia | -0,42%/ºC | | Dimensiones | Largo:1956 mm Ancho:992 mm Espesor: 40 mm. | | Peso | 25,8 Kg. | Fuente: Tabla N°23 del Adenda, Características módulos fotovoltaicos | | Partes, acciones y obras físicas del Proyecto | Descripción de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto La conversión de la radiación solar en energía eléctrica tiene lugar en la célula o celda fotovoltaica, que es el elemento base del proceso de transformación de la radiación solar en energía eléctrica ya que se trata de un semiconductor con una unión P-N que se encuentra en estado normal en equilibrio. La radiación solar que llega a la superficie terrestre y con una determinada longitud de onda, contiene unas partículas denominadas fotones. Cuando un fotón impacta con la célula fotovoltaica es absorbido por los materiales semiconductores de la misma. Los fotones golpean los electrones, partículas subatómicas, que se encuentra en los orbitales de las energía de los átomos y liberándolos de ellos. El electrón, una vez libre, circula por el material semiconductor generando la corriente eléctrica. Cada electrón deja detrás de sí una carga positiva llamado hueco que fluye en sentido contrario al electrón, creando con ello el efecto Fotoeléctrico. Por lo tanto, cuanto mayor sea la cantidad de fotones que golpean la celda. Tanto más numerosas serán las parejas electrón-hueco producidas por efecto fotovoltaico y por lo tanto más elevada la cantidad de corriente producida. La electricidad proveniente del panel solar se genera en corriente continua que será convertida en corriente alterna empleando un inversor. La celda fotovoltaica es un dispositivo formado por una delgada lámina que se denomina oblea de un material semiconductor. El más comúnmente empleado es el silicio como el caso de los paneles solares fotovoltaicos que componen presente proyecto. Los componentes semiconductores son las propias celdas fotovoltaicas. Estas células fotovoltaicas están constituidas de Silicio el cual es un elemento químico que tiene la capacidad de conducir eléctricamente la corriente sólo bajo algunas condiciones externas, como cuando recibe fotones provenientes de la incidencia de la luz en su estructura cristalina, es por ello por lo que se dice que el Silicio es un elemento semiconductor. No existen otros materiales semiconductores dentro del panel solar. Tras haber expuesto el principio de funcionamiento, a continuación se hace una descripción de los principales componentes del proyecto: Instalaciones permanentes. A continuación se presenta en la Tabla las Coordenadas de localización de la instalación de faenas permanente Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Instalación de Faenas Permanente declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Instalación de Faenas Permanente declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.247,70 | 308.546,66 | | 2 | 6.182.244,74 | 308.553,54 | | 3 | 6.182.242,19 | 308.552,45 | | 4 | 6.182.239,85 | 308.557,90 | | 5 | 6.182.233,22 | 308.555,02 | | 6 | 6.182.236,32 | 308.547,81 | | 7 | 6.182.234,99 | 308.547,24 | | 8 | 6.182.237,19 | 308.542,13 | Fuente: Tabla N°4 del Adenda, Coordenadas de localización de la instalación de faenas permanente. a. Módulo Solar Fotovoltaico. El módulo o panel fotovoltaico lo componen células dispuestas geométricamente, conectadas en serie/paralelo unas con otras, mediante circuitos eléctricos conectados a los polos positivos y negativos de las células. Aparte de las células y los circuitos eléctricos, los módulos solares fotovoltaicos están formados por los siguientes componentes: - Marco de aluminio, cuya función es proporcionarle cierta rigidez mecánica. - Junta, protección frente a agentes atmosféricos (humedad, salinidad, etc.). - Vidrio Solar, normalmente templado. - Encapsulado, esto le da protección frente a la humedad. - Aislamiento eléctrico y sello contra humedad. - Caja de conexión y Diodos de protección - Cable y conectores para el conexionado con otros módulos. Se aclara que ni los paneles ni ninguno de los componentes de que se integran los paneles solares, se catalogan o son considerados como residuos peligrosos. Al respecto, su composición es principalmente de los siguientes elementos y en los porcentajes que se detalla: 82% vidrio, 12% aluminio, 2% silicio y 4% de caja de conexión, conexiones internas y cables; estos vienen encapsulados y sellados herméticamente, formando el módulo fotovoltaico. En este sentido, ni los paneles en desuso, ni sus componentes se identifican como “peligrosos” en el Convenio de Basilea, en ninguno de los anexos que lo integran, encargados de detallar qué elementos tendrán la categoría de residuos peligrosos. Asimismo, tampoco se trata de residuos peligrosos en virtud del D.S. N°148 del 2003 del Ministerio de Salud (en adelante “MINSAL”). De todos modos se aclara que es de esperar que durante todo el tiempo de operación de la planta fotovoltaica y como resultado del desarrollo de la energía solar fotovoltaica en el país, se establezcan empresas de reciclaje de dichos materiales, que permitan hacerlo en el país. Además, la vida útil de los módulos fotovoltaicos es superior a 30 años y cuando el proyecto termine su fase de operación, serán retirados íntegramente por una empresa acreditada para su retiro, manejo y reciclaje. Este proceso se realizará y desarrollará en forma completa según lo apruebe en su momento la autoridad competente. Previo al inicio de la construcción se presentará ante la autoridad sanitaria competente que lo solicite, el certificado que garantice que los componentes de los paneles solares fotovoltaicos deteriorados no son residuos peligrosos. La cantidad de paneles que se puede llegar a deteriorar asciende a 3 módulos solares al año y por lo tanto generando un máximo de 78 kg de módulos defectuosos al año. Se adjunta una ficha técnica de un panel solar fotovoltaico estándar en el Anexo N°3 “Ficha técnica Panel Fotovoltaico”, de la DIA. Los módulos están preparados para soportar temperaturas extremas, propias de zonas chilenas. Se considera por parte del Titular del proyecto la importancia de presentar antecedentes que demuestran que el proyecto no afectará la visibilidad de los conductores de los caminos públicos ya que los paneles solares fotovoltaicos no son reflectantes y se detallan a continuación los siguientes apartados: - Materiales y fabricación de los módulos solares fotovoltaicos para asegurar su efectividad de funcionamiento. Los paneles solares fotovoltaicos están hechos para absorber la mayor cantidad de luz posible. Toda luz reflejada es finalmente una ineficiencia, por ende los paneles, prácticamente no reflejan la luz solar. Cabe destacar que al componente principal del panel, la célula solar fotovoltaica compuesta de silicio, se le aplica un tratamiento para reducir al máximo su capacidad para reflejar la luz. Este tratamiento se aplica a todos los módulos solares fotovoltaicos de silicio durante su fabricación, si no se hiciera los módulos solares no serían eficientes con la producción de energía eléctrica. Una de las técnicas que emplean para lograr tal objetivo y reducir hasta el mínimo la cantidad de luz reflejada por parte del silicio, es la de cubrir la superficie superior de las células de silicio con una o dos capas de Monóxido de Silicio (SiO) de forma que disminuye la reflexión a valores de inferiores al 4 %. Otra técnica, también empleado, es la texturación de la superficie superior de las células solares que componen el panel fotovoltaico, para ello se crea un patrón en la superficie del mismo en forma de pequeños conos y pirámides que capturan los rayos solares y los redirigen para que la celda fotovoltaica pueda absorberlos sin reflejarlos. Todos los módulos solares fotovoltaicos existentes en el mercado se han sometido a una de las dos técnicas de reducción de la reflexión para garantizar su principio de funcionamiento básico. Por lo que se concluye que la capacidad de reflexión de un módulo solar fotovoltaico, en el peor de los casos, es inferior al 4%, equivalente a la reflexión que produce el pavimento. Los módulos solares fotovoltaicos del proyecto fotovoltaico se colocan en filas cuyos ejes son paralelos a la dirección N-S. De este modo los paneles solares girar siguiendo la trayectoria solar de Este a Oeste durante cada día desde el amanecer hasta la puesta de sol. El principio básico de funcionamiento es que el plano del panel forme 90° con la posición del sol, ya que de esta manera la producción es mayor, pero con un ángulo máximo de 60° con respecto a la horizontal del suelo, y por lo tanto, correspondiendo a 30° de altura solar. Teniendo encuentra que la posición de la carretera más cercana está al oeste del emplazamiento del proyecto, la situación más crítica es en el atardecer, cuando la altura solar sea de 30° ya que en ese caso los rayos del sol incidirán sobre la superficie del panel y reflejarán en la misma dirección en la que inciden coincidiendo con la normal, sin embargo, teniendo en cuenta que la carretera se encuentra a más de 35 metros, distancia del módulo más cercano, que corresponde a la distancia mínima a respetar como franja fiscal, y con la dirección de proyección de la reflexión en la carretera, que se encontraría a una altura de más de 20 metros y por lo tanto no correspondiendo al ángulo de visión de los vehículos que puedan circular por la misma. Siendo esta la disposición más crítica, de los paneles frente a la carretera y habiéndose demostrado que la reflexión no se encuentra en el campo de visión de los conductores que circulan por la misma, cabe insistir en que la mínima e insignificante reflexión que pudieran llegar a realizar los paneles solares con su capacidad de reflexión inferior al 4% después del tratamiento anti reflejante, no indicaría en el campo de visión de los conductores de la carretera ya que es demasiado alta su proyección. Todas la demás posiciones de los módulos se van moviendo con la trayectoria solar y por lo tanto los ángulos de reflexión a medida que el sol sigue su trayectoria se alejan de la carretera y se dirigen hacia el cielo. Tras haber justificado la no existencia del efecto reflectante de los paneles que pudiese afectar la visibilidad de los conductores de caminos públicos, se acompañan evidencias prácticas de todo lo justificado, a través de las siguientes instalaciones solares fotovoltaicas al lado de autopistas y carreteras transitadas por vehículos e incluso aeropuertos, evidenciando la no reflexión de la luz por parte de los paneles. b. Componentes de la Planta Fotovoltaica. b.1 Strings: La conexión en serie de un grupo determinado de paneles fotovoltaicos, se denomina rama o strings. Estas ramas se conectan en una caja de conexiones. El cableado empleado para dichas conexiones estará dimensionado para producir la menor caída de tensión en corriente continua. b.2 Caja de conexión: Es el circuito de conexión donde se agrupan los circuitos eléctricos que conectan las celdas solares dentro del panel fotovoltaico, para dar la salida a la corriente generada y poder conectarlos en serie con otros paneles formando los strings. Suelen tener entre cuatro y seis circuitos, los cuales se agrupan en serie, dando salida a un circuito en corriente continua. La caja de conexiones deber ser completamente estanca, para asegurar el aislamiento frente a la humedad, al agua y al polvo que producen una progresiva degradación en los circuitos. b.3 Conectores: Son los elementos que permiten la conexión de unos paneles fotovoltaicos con otros, permitiendo la formación de los strings y son un elemento muy importante, ya de que su correcto funcionamiento depende parte de la eficiencia de la planta. Los conectores estarán perfectamente cerrados, no dejando resquicios que den lugar a la entrada de polvo y humedad en su interior, para evitar la degradación de los mismos, arcos eléctricos y que quemen el conector dando lugar a cortocircuitos. b.3 Estructura de soporte: Los paneles fotovoltaicos se colocarán sobre estructuras, la cuales constituyen el soporte de los mismos. Estas estructuras serán en este caso metálicas. El proyecto utilizara estructuras con seguimiento de un eje incorporado en dirección Este- Oeste siguiendo la trayectoria acimutal del sol. La disposición de los módulos es lineal de norte a sur en conjuntos de bloques de seguimiento. El seguimiento solar en cada bloque lo realiza un motor eléctrico que se alimenta de la propia energía generada por el proyecto y que se dispone en un eje dentro de la estructura b.4 Cajas de agrupación y protección en CC: Los strings de paneles deben ser conectados en paralelo para poder aumentar la intensidad y respetar las entradas disponibles al inversor de CC/CA unificando los circuitos eléctricos. Además de cumplir con la función de unificar circuitos conectándolos en paralelo, aumento de intensidad y optimización de cableado, la caja de conexiones y protecciones de CC permite la instalación de elementos de protección tales como fusibles de CC y descargadores de sobretensiones originadas por descargas atmosféricas adecuados para la aplicación para la protección del parque y con las debidas instalaciones de toma tierra. Además también se instalan seccionadores de CC para poder ejecutar las tareas de montaje y mantención de forma segura. La cantidad de strings por caja de conexiones depende de la tipología del inversor y del dimensionado eléctrico debido a las distancias entre los paneles y el inversor y pueden existir diversas tipologías dentro de un mismo proyecto solar. b.5 Inversor: El inversor es un dispositivo eléctrico que convierte la corriente continua en corriente alterna a una determinada frecuencia mediante un puente, el cual produce pulso secuenciales en la corriente continua, los cuales dan lugar a una onda de tipo sinusoidal, siento esta la corriente alterna. El inversor funciona mediante seguimiento del punto de máxima potencia en cada momento, de forma que optimiza los valores de entrada de intensidad y tensión en corriente continua. Cuenta con sistema de control que permite establecer la potencia inyectada y el factor de potencia, un sistema de monitorización que permite ver las diferentes variables del sistema y un sistema de comunicación para monitorización a distancia. El inversor tiene ventilación forzada ya que se produce un aumento de temperatura propio de la electrónica de potencia del sistema y la temperatura ambiente, esta ventilación es para evitar la desconexión del inversor por aumento de temperatura. b.6 Transformador: El transformador es indispensable como herramienta para aumentar la tensión de salida de los inversores antes de la conexión a la red interna de media tensión (15kV), coincidiendo con la tensión de la red de distribución a la que se va a inyectar la energía generada y construida para evacuar la energía del proyecto hasta la red de distribución mencionada. b.7 Cableado- Línea Subterránea: Los cables cumplirán con la normativa vigente, en cuanto aislamiento y grado de protección. Los cables utilizados para la interconexión de los módulos fotovoltaicos en cada una de las mesas de la estructura fija estarán protegidos contra la degradación por efecto de la intemperie: radiación solar, UV, y condiciones ambientales de elevada temperatura ambiente y son adecuados para tal uso. El cableado entre las cajas de conexiones de cada uno de los paneles ser realiza con el cableado adecuado para garantizar la mínima caída de tensión al formar los strings y desde estos hasta la cajas de agrupación y protección de CC. b.8 Línea Subterránea en Corriente Continua en Baja Tensión: El cableado de corriente continua (hasta 1.000 v) será posicionado bajo los paneles fotovoltaicos en una bandeja integrada en la estructura de los soportes componiendo los strings. Los strings se agruparán empleando conectores especiales que permitan la protección de los strings agrupados en un único circuito hasta la caja de agrupación. Desde la caja de agrupación irán soterrados a 60 cm de profundidad hasta el inversor, acatando las normas establecidas en NCH 4/2003 8.2.15. En donde se enterrarán los conductores no habrá ningún tipo de construcción, edificación, etc., temporal o permanente. Los cables de cada polo (positivo y negativo), se conducirán de manera independiente. b.9 Línea Subterránea en Corriente Alterna en Media Tensión: A partir del transformador, el cableado de corriente alterna de media tensión (15kV) se realizará mediante canalizaciones subterráneas dentro del área de paneles y mediante líneas aéreas fuera del área de paneles hasta la subestación. A través de esta línea todos los transformadores son unidos en un solo circuito para formar la línea de evacuación que transporta la energía hacia la subestación. Se detalla su trazado en el Plano 10 “Trazado de las Líneas eléctricas y punto de conexión”, en el ANEXO 2 “Planimetría” de la presente DIA. De acuerdo a la NCH 4/2003 8.2.16.1, las zanjas para el cableado en baja tensión se ejecutarán con una profundidad de 0,60 m. Se asegurará en todo momento que el cable quede correctamente instalado directamente en la zanja específica para cableado: - El lecho de la zanja que sostendrá los cables será liso y estará libre de aristas, cantos, piedras, etc. En el mismo se dispondrá de una capa de tierra natural de 10 cm. de espesor mínimo sobre la que se colocará los cables. Por encima del cable irá otra capa de tierra natural de 10 cm de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja. - Por encima de la capa de tierra natural, se colocará una capa muy ligera mortero de cemento. Se colocará una cinta de señalización que advierta la existencia del cable eléctrico para baja tensión. - Sobre la superficie donde se enterrarán los conductores no habrá ningún tipo de construcción, edificación, etc. Temporal o permanente. c. Línea Aérea interna 15kV: El proyecto contará con un tramo de línea aérea interna de 15kV, con una extensión de 34 metros, la cual tienen por objetivo transportar la energía eléctrica producida por el proyecto desde los transformadores tras las estaciones inversoras hasta la red de distribución a la cual se conecta. En el Anexo N°1 del Adenda, se adjunta el Plano N°3 “Líneas de transmisión eléctrica del proyecto, se encuentra actualizado. La línea de distribución se realizará mediante una única estructura de hormigón de 11,5 m de altura norma CGE, a una distancia del punto de conexión de 24 m con un una tolerancia de +/- 15%. Las estructuras consideradas para el proyecto son del tipo remate o anclaje, dado que la línea se proyecta con el sistema SpaceCab, lo que básicamente consiste en la utilización de cable aislado y ferretería especial la que permite disminuir las distancias eléctricas provocando un menor impacto visual en el tendido. Se aclara que la subestación San Vicente de Tagua Tagua posee la suficiente capacidad de transformación de energía, considerando lo que se pretende inyectar a través del presente proyecto, y por lo tanto no se requiere instalar equipamiento adicional ni realizar ninguna modificación en dicha subestación para llevar a cabo la conexión del proyecto a dicha subestación. En el Anexo N°1 del Adenda, se adjunta el plano “Cartografía de Localización del proyecto”, que entrega las coordenadas de localización y las superficies calculadas según las cotas identificadas de cada elemento. Adicionalmente en el mismo Anexo se adjunta el archivo KMZ y SHP. (Estos archivos sólo se presentan en formato digital). Además, si bien el plano contiene todas las tablas de localización, en el Anexo N°2 del Adenda se adjunta una planilla Excel que almacena toda esa información. d. Camino de Acceso al Predio: En el Anexo N°1 del Adenda, en el Plano N°2 “Detalle de emplazamiento y caminos públicos” y el Plano N°7 “Caminos internos y acceso al Proyecto” en conjunto con toda la planimetría del proyecto. Sin perjuicio de lo anterior, se vuelven a incluir en Adenda, a través del Anexo N°1, Planimetría, Planos N°4 y N°5 actualizados. Se reitera que el proyecto contempla la realización de una red de caminos interiores de una extensión de 1134. 3 metros, los que tendrán un ancho de 3,5 metros, tal como se indicó en el Capítulo 1 de la DIA. Además el Proyecto contará con un acceso (camino de acceso), que empalmará con la Ruta H-800, cuyo proyecto, previamente a su construcción, será ingresado ante la Dirección Regional de Vialidad para su aprobación. Este acceso se puede visualizar en el Anexo N°1, Plano N°4“Caminos internos y acceso al Proyecto”, del Adenda. Obras Temporales. a. Instalaciones de faenas. Se contempla una instalación de faena, cuya ubicación y distribución se presenta en el Anexo N°1 del Adenda, se adjunta el plano “Cartografía de Localización del proyecto”, que entrega las coordenadas de localización y las superficies calculadas según las cotas identificadas de cada elemento. Adicionalmente en el mismo Anexo se adjunta el archivo KMZ y SHP. (Estos archivos sólo se presentan en formato digital). Además, si bien el plano contiene todas las tablas de localización, en el Anexo N°2 del Adenda se adjunta una planilla Excel que almacena toda esa información. Para la instalación de faenas, se ha considerado utilizar principalmente contenedores especialmente adecuados para habilitar las dependencias que se requieran, estos serán principalmente contenedores de 20 pies y 40 pies de tipo metálico. Las instalaciones de faenas poseen los recintos que se indican a continuación: - Instalaciones sanitarias (baños, duchas, lavaderos). Por la temporalidad de la obra, estos serán de tipo portátil, contratados a una empresa que cuente con Resolución Sanitaria vigente. Para este caso serán de tipo individual del fabricante DISAL o similar, para poder disponer de algunos de ellos en los frentes de trabajo. - Vestuarios y lockers. - Comedor (Contenedor de 40 pies y lavamanos químico). En este comedor no se prepararán alimentos, sino que estos serán suministrados por una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins. Por su parte, la instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N° 594 de 1999 del MINSAL) - Caseta de primeros auxilios. - Patio para acopio de residuos industriales tales como grandes embalajes y restos de cubierta vegetal o excedentes de tierra. - Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. - Bodega de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos e industriales de pequeño tamaño no peligrosos. - Almacenamiento de agua. - Grupos electrógenos - Cerco provisorio - Estacionamientos. - Zona de carga y descarga de materiales (patio de maniobras). - Oficinas temporales. - Caseta de guardia de seguridad. Las coordenadas de localización de las instalaciones de faenas se aprecian en las siguientes tablas: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Instalación de Faenas Temporal declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.196,57 | 308.470,18 | | 2 | 6.182.184,62 | 308.486,03 | | 3 | 6.182.166,66 | 308.472,50 | | 4 | 6.182.178,60 | 308.456,65 | Fuente: Tabla N°3 del Adenda, Coordenadas de localización de la instalación de faenas temporal a.1 Instalaciones sanitarias: Se dispondrá de baños químicos durante esta etapa del Proyecto, cómo se contempla una mano de obra promedio de 50 personas y un máximo de 80 personas, se considera disponer de un mínimo de 8 baños (sanitarios con lavamanos), estos a medida que se formen frentes de trabajo, serán ubicados, respetando que los trabajadores cuente con ellos a menos de 75 metros de distancia. A cada uno de estos baños se le realizará mantención periódica, considerando un mínimo de 3 veces por semana, con una empresa a la cual se le exigirá contar con resolución sanitaria vigente. Para el caso de las duchas, estás serán químicas y se mantendrán ubicadas en la instalación de faena, siendo 8 duchas en el período de mayor cantidad de trabajadores. a.2 Comedor: Se dispondrá de un comedor para el suministro de alimentos al personal, que estará aislado de cualquier fuente de contaminación ambiental. En este comedor no se prepararán alimentos, sino que estos serán suministrados por una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins. Por su parte, la instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N° 594de 1999 del MINSAL. a.3 Patio de acopio de residuos industriales: Tal como para los restos de cubierta vegetal o excedentes de tierra. Se habilitará un lugar para el acopio temporal de residuos industriales, tales como restos de cubierta vegetal, excedentes del escarpe de los caminos, restos de maderas de los embalajes y restos metálicos de las estructuras. a.4 Bodega de almacenamiento de materiales: La bodega de almacenamiento de materiales durante la etapa de construcción es necesaria para almacenar pequeñas herramientas de trabajo de los operarios de la planta, pequeño material tales como tornillería, cableado, conectores, pequeños elementos de protección eléctrica, también se dispondrá de equipos de protección personal nuevos en caso de que se extravíe alguno o sea necesaria su reposición. Cabe mencionar que los transformadores que se van a instalar en el proyecto contienen aceites dieléctricos. En relación a los aceites dieléctricos, en sí mismos, que se emplean en los transformadores estos tiene una vida útil idéntica a la del transformador y no se cambian durante ninguna de las etapas del proyecto y por lo tanto no son manejados por el proyecto. Los equipos transformadores se diseñan con un pozo colector cuya capacidad es de 1,2 veces el volumen de aceite contenido en el transformador. Estos pozos son un elemento de seguridad para evitar derrames en caso extremo de accidente y pérdida de aceite del transformador. Sin embargo, no se contempla el cambio de aceite dieléctrico ya que se usarán transformadores herméticos. a.5 Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos: Se considera la construcción de una bodega temporal para almacenar residuos peligrosos cuyas características estarán acorde a lo determinado en el D.S. Nº 148 del 2003 del MINSAL. La bodega contará con las siguientes características: - Contará con una base continua, impermeable y resistente. - Tendrá un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. - Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. - Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. - Contará con señalética de acuerdo a la NCh 2190 Of2003. - Tendrá además acceso restringido. - Contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios. Cada bodega contará con 1 extintor (para los elementos combustibles clase B se usarán los extintores adecuados). El almacenamiento no se extenderá más allá de 6 meses, ya que la etapa de construcción dura sólo 4 meses, contemplándose un retiro de residuos peligrosos al término de esta y en caso de saturación de sistema contenedor se efectuará uno antes de este período. La cantidad almacenada, será inferior a 12 toneladas anuales, razón por la cual, no se requerirá tramitar ante la autoridad sanitaria un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. La cantidad de los residuos sólidos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto se detalla en la Tabla 1-14 del Capítulo 1.4.7 de la DIA. a.6 Bodega de almacenamiento temporal de residuos asimilables a domésticos e industriales no peligrosos de pequeño tamaño: Para los residuos asimilables a domiciliarios e industriales no peligrosos de pequeño tamaño, se considera una bodega de almacenamiento transitorio en la instalación de faena, en el interior del recinto se ubicarán contenedores de material sólido con tapa, cuyo contenido será retirado por una empresa que cuente con autorización sanitaria y trasladado a un relleno sanitario cercano aprobado por la autoridad sanitaria competente para su disposición final. a.7 Estacionamientos: El proyecto contempla una zona de estacionamientos en la instalación de faenas. La zona de estacionamientos contará con cuatro estacionamientos para vehículos livianos y dos estacionamientos para buses de capacidad 40 personas. El piso será de suelo natural compactado. Las coordenadas de localización de los Estacionamientos y la portería, se aprecian en las siguientes tablas: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen los polígonos de ubicación de los Estacionamientos declarados en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Estacionamiento Permanente | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.237,09 | 308.558,68 | | 2 | 6.182.235,11 | 308.563,27 | | 3 | 6.182.230,52 | 308.561,30 | | 4 | 6.182.232,50 | 308.556,70 | Fuente: Tabla N°11 del Adenda, Coordenadas de localización de los Estacionamientos. a.8 Zona de carga y descarga: La instalación de faena contará con una zona de carga y descarga para la recepción del material para la construcción del proyecto, denominada patio de maniobras desde la cual se despachará el material a los distintos frentes de trabajo. a.10 Oficinas temporales: Se contará con oficinas temporales para la administración de la obra. Estas consisten en un contenedor debidamente adaptado para el trabajo en faena. a.11 Sala de primeros auxilios: El Proyecto considera una sala de primeros auxilios. Esta consistirá en un contenedor adecuadamente adaptado para este propósito. a.12 Caseta de guardia de seguridad: La caseta de guardia de seguridad consiste en un conteiner habilitado como oficina de seguridad donde se supervisará la entrada y salida de vehículos y personas y se realizará la coordinación de todas las tareas de seguridad de la faena. | | Descripción etapa de construcción | La fase de construcción tendrá una duración de 6 meses, donde se considera la implementación de todas las obras del proyecto tanto temporal como permanente, considerando la planta fotovoltaica y la línea de media tensión eléctrica. | | Cronograma Etapa de Construcción del Proyecto | | Actividades | Meses | | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | | Instalación del primer contenedor de Faenas | | | | | | | | | | | | | | | | | | Habilitación de instalaciones de faena y patio de residuos | | | | | | | | | | | | | | | | | | Mejoramiento de la superficie del camino de acceso al área del proyecto | | | | | | | | | | | | | | | | | | Obras civiles, caminos internos, canaletas y cerco perimetral | | | | | | | | | | | | | | | | | | Traslado de componentes | | | | | | | | | | | | | | | | | | Montaje de Estructuras | | | | | | | | | | | | | | | | | | Montaje de Módulos Fotovoltaicos | | | | | | | | | | | | | | | | | | Montaje Eléctrico | | | | | | | | | | | | | | | | | | Montaje de Inversores | | | | | | | | | | | | | | | | | | Montaje del empalme a la línea de distribución | | | | | | | | | | | | | | | | | | Retiro de instalaciones temporales, limpieza y restauración del terreno | | | | | | | | | | | | | | | | | | Conexión y puesta en marcha | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Descripción Partes, obras y acciones asociadas a la Etapa de Construcción. | Se aclara que el Proyecto no contará con obras de captación, ni canalización de aguas lluvias, ya que se utilizará una red de drenaje natural (según se presenta en Plano N°7 “Drenaje Natural del terreno” en el Anexo N°1 del Adenda), con la pendiente natural del terreno y la canalización existente (canales de regadío que se encuentran solo en el perímetro del proyecto, fuera del área intervenida). El Proyecto no alterará ninguna de estas características del terreno y el movimiento de los paneles solares (con seguidor), permite la normal infiltración de agua. El Plano N°6 “Captación y Canalización de Aguas Lluvia” del Anexo N°1 del Adenda, se muestra como escurrirá el agua lluvia, de acuerdo al movimiento de los paneles fotovoltaicos. Las acciones asociadas a esta fase consisten en actividades relacionadas con la construcción del proyecto, siendo descritas a continuación: a. Escarpe o extracción de la capa vegetal del suelo con la siguiente información: volumen de la capa vegetal de suelo a extraer (m3), superficie de capa vegetal de suelo a extraer (m2), método de intervención y manejo. El escarpe corresponde al retiro de la cubierta vegetal, con el objetivo de tener un área despejada para ubicar los cointainers y el resto de instalaciones que se detallan en el párrafo siguiente. Para lo anterior se utilizará un cargador frontal que recorre aproximadamente 3,57 km por cada hectárea que se quiera escarpar. Se debe destacar que se considera una pequeña área de escarpe respecto al terreno total (menor a 1%), con el fin de tener la mínima intervención posible del suelo. La actividad de escarpe se realizará en aquellas zonas del proyecto donde se ubicarán los inversores, el centro de seccionamiento y la instalación de faena, tanto transitoria como permanente. Específicamente en la instalación de faena transitoria se requiere escarpar el área donde se ubicaran los contenedores, casetas, bodegas, comedor, zona almacenamiento residuos, depósitos de agua, servicios higiénicos, estacionamientos, patio de maniobra y zona de abastecimiento de combustible, mientras que para la instalación permanente se escarparán las superficies asociadas a bodegas, zona almacenamiento residuos, depósitos de agua, servicios higiénicos, planta de tratamiento, oficina de control y monitoreo y estacionamientos. La superficie asociada a las instalaciones de faenas recién descritas asciende a 850,1 m2, sin embargo para efectos de emisiones se ocupará 886,7 m2, para tener un pequeño rango de holgura. En la siguiente tabla se aprecian la superficie total del proyecto que requiere escarpe, el cual tendrá 10 cm de profundidad. | Descripción | Cantidad | | Superficie de capa vegetal de suelo a extraer | | Instalación de faenas | 886,7m2 | | Inversores y centro de seccionamiento | 130,9 m2 | | TOTAL | 1017,6 m2 | | Volumen de suelo a extraer | | Volumen de suelo a extraer (considerando Profundidad del escarpe: 10 cm) | 101,76 m3 | | Método de intervención y manejo | | El escarpe corresponde al retiro de la cubierta vegetal, con el objetivo de tener un área despejada para ubicar los cointainers y lo que se requiera en el proyecto. Para lo anterior se utiliza un cargador frontal, el cual recorre 3,57 km por cada hectárea que se quiera escarpar. Se debe destacar que se considera una pequeña área de escarpe respecto al terreno total, con el fin de tener la mínima intervención del suelo. | Fuente: Tabla N°24 del Adenda, Información actividad de escarpe. “ESCARPE”. El material de escarpe proveniente de la construcción de caminos o mejora de los existentes que se caracteriza como excedente, representa un máximo el 10% del material escarpado constituirá residuo y tal y como se ha mencionado en el apartado anterior, se trasladará al patio de acopio de residuos para ser posteriormente retirado para su disposición final a un relleno sanitario autorizado. b. Preparación del terreno: Cabe destacar que las estructuras de sustento de los módulos solares fotovoltaicos, no requieren de cimentación, y que serán hincadas directamente al terreno, a una profundidad de 1,5 metros. Adicionalmente el terreno dónde se ubica el proyecto presenta una superficie plana que no requiere de movimientos de tierra, para su nivelación, ya que es idóneo de forma natural para la ejecución de los trabajos de hincado del proyecto. El terreno tampoco presenta superficies con piedras de gran tamaño que pudiesen dificultar el tránsito de la maquinaria y hacerlo inseguro. Por lo anterior, la preparación del terreno consiste en el retiro de las pocas piedras existentes y así asegurar el funcionamiento correcto de la maquinaria sobre el terreno. Adicionalmente se produce excavación para la construcción de las zanjas que conducen el cableado subterráneo, las cuales tendrán una profundidad de 60 cm y un ancho de 50 cm. (según se presenta en Plano N°11 “Depositación de la Tierra Extraída por la creación de las zanjas”, en Anexo N°2 “Planimetría”). La mejora y construcción de los caminos internos y de acceso requieren de tareas de escarpe superficial y compactación. La instalación de faena, especialmente en la zona de ubicación de la planta de tratamiento para la etapa de operación y que debe de construirse durante la etapa de construcción. Del mismo modo depósitos de agua, y bodegas, se realizará un escarpe superficial de máximo 10 cm de profundidad, para facilitar los trabajos de instalación de los contenedores que las forman. Las únicas cimentaciones del proyecto corresponden a las fundaciones de los inversores y transformadores, las fundaciones de las bodegas, casetas de vigilancia, instalaciones sanitarias, oficinas temporales y postaciones eléctricas de los tramos de la línea de media tensión. Todo ello representa pequeñas superficies en comparación con la superficie del proyecto. La mayor parte del movimiento de tierra, especialmente el de las zanjas de cableado y el de escarpe superficial de los caminos será utilizado como material de relleno y el sobrante se llevará al patio de acopio de residuos para su retiro y traslado a un sitio autorizado de disposición final. d. Instalación estructural y eléctrica: La instalación de los arreglos fotovoltaicos incluye la instalación de postes, bloques de seguimiento, inversores y transformadores. Primero se procede a la instalación de postes verticales para el soporte de las mesas, esto con la utilización de una hincadora. A su vez se excavan zanjas para la instalación de cables subterráneos CA (corriente alterna), CC (corriente continua) y cables de fibra óptica para la comunicación de los equipos. Se usarán zanjadoras para abrir las zanjas, cargadores frontal livianos para rellenar y compactadora livianas para compactar. La tierra excavada proveniente de la creación de las zanjas se mantendrá junto a la trinchera y se usará para rellenar una vez que los conductores hayan sido instalados y probados. La tierra excavada no se sacará del sitio del proyecto. La propia trinchera (zanja) se rellenará primero con material natural apropiado para que ofrezca una base adecuada a los conductores instalados y se depositará otro material natural adecuado sobre los conductores instalados. El relleno restante se compondrá de la tierra excavada de la propia zanja y compactada. Mientras se realiza el tendido de los cables se realiza también la instalación de las cajas de conexiones combinadoras y la instalación de las mesas de soporte sobre las cuales se montan los módulos fotovoltaicos. Paralelamente se preparan las fundaciones para los inversores, transformadores y postes eléctricos. e. Prueba y puesta en servicio: En esta etapa se realiza la verificación de las condiciones físicas y eléctricas de las instalaciones. Se ejecutan una serie de pruebas y a su vez la puesta en marcha del parque solar fotovoltaico. Con estas pruebas se buscan fallas de funcionamiento ocasionadas por montaje defectuoso o transporte inadecuado y se corrigen antes de la entrada en operación del proyecto, así como también se verifica el estado de los equipos para su correcta puesta en servicio y operación. Tal como se visualiza en el siguiente cronograma, esta actividad tendrá una duración estimada de 3 semanas aproximadamente. Una vez realizadas las pruebas, el parque solar fotovoltaico se encuentra en condiciones de entrar en operación. | Actividades | Meses | | Mes 1 | Mes 2 | Mes 3 | Mes 4 | | Conexión y puesta en marcha | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | | Fuente: Tabla N°29 del Adenda, Cronograma Conexión y puesta en marcha. f. Instalación de planta de tratamiento de aguas servidas: Debido a que la Planta de tratamiento de aguas servidas se contempla para la etapa de operación y para un uso de 2 trabajadores diarios, es decir para una generación de 300 litros diarios de aguas a tratar se ha considerado una planta compacta, porque incorpora en una sola unidad para todas las etapas de proceso, necesarias para entregar un efluente ajustado a las normas ambientales vigentes que corresponda aplicar. La Planta considerada tiene una capacidad diaria de tratamiento de 1000 litros diarios. Al estar todas las etapas del proceso de tratamiento, en una única unidad, incluido el tablero de control, su instalación resulta muy simple ya que no se requiere por ejemplo construir cámaras de inspección adicionales para instalar el sistema de desinfección. g. Desmontaje de instalación de faena: Terminadas las obras de construcción y las actividades de prueba y puesta en marcha del proyecto, se procede al desmontaje y retiro de todos los elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las instalaciones temporales de faena para la construcción. Se conservan las bodegas de acopio temporal de pequeños materiales y la sala de control. Estas sin embargo se ubicarán en el lugar definitivo correspondiente a las instalaciones permanentes. Su ubicación final se detalla en el Plano 5 del Anexo N°2 de la DIA. Posteriormente se procede a restituir las superficies en donde se encontraban estas instalaciones para dejarlo lo más cercano a su estado original. Los elementos de la instalación de faena que puedan ser reutilizados, como contenedores, depósitos de agua, etc., serán llevados a instalaciones habilitadas para su restitución y los elementos que no puedan ser reutilizados serán llevados a lugares debidamente habilitados y autorizados para su disposición final. h. Restauración de área asociada a la ejecución de las obras temporales del Proyecto: Una vez terminadas las obras de construcción y las actividades de prueba y puesta en marcha del proyecto, se procede al desmontaje y retiro de todos los elementos ajenos al terreno que hayan formado parte de las instalaciones temporales de faena para la construcción, los cuales, según sea el caso, serán llevados a lugares debidamente habilitados y autorizados para su disposición final y/o se conservarán para la operación del proyecto. Estos últimos que serán conservados corresponden a las bodegas de acopio temporal de pequeños materiales, la sala de control, contenedores, depósitos de agua, etc., los cuales se ubicarán en el lugar definitivo correspondiente a la instalación de faena permanente (según se presenta su ubicación final se en el Plano “Cartografía de localización del proyecto” del Anexo N°1 del Adenda). Dado lo anterior, se aclara que la restauración del terreno mencionada en la Declaración de Impacto Ambiental conlleva las siguientes actividades: - Retiro de los elementos de la instalación de faena temporal: Según sea el caso, serán llevados a lugares debidamente habilitados y autorizados para su disposición final y/o se conservarán para la operación del proyecto. - Descompactación con rastrillo: Dada la pequeña superficie intervenida en la fase de construcción de tan solo 0,1ha, que representa un 1,6% respecto del área total a intervenir en el proyecto, se realizará una descompactación manual con rastrillo. - Incorporación de material orgánico: Se considera la incorporación de material vegetal chipeado con el objetivo de resguardar las propiedades del suelo. En el Plano N°8 “Áreas a restaurar” adjunto en el Anexo N°1 del Adenda, se visualiza el área achurada correspondiente a la pequeña zona involucrada en la restauración de la fase de construcción. Con estas actividades, la pequeña superficie que ocupa un 1,86% del total a intervenir, quedará restaurada. Adicionalmente, se debe recordar que posteriormente en la fase de cierre del proyecto se contempla la restauración del terreno en su totalidad con el objetivo de dejarlo tal como se recibió en un inicio, por lo tanto en dicha etapa se contempla desarrollar el trabajo completo de restauración donde se utilizará maquinaria pesada para lograrlo. De manera adicional, se considera tener un Procedimiento de Trabajo para la Restauración de Área, donde se incluirán los tópicos relevantes de la actividad, el cual será difundido a los trabajadores, guardando los respaldos de dichas inducciones en la instalación de faenas. Posteriormente se considera generar un plano que dé cuenta de la ejecución de la restauración, el cual será reportado a la SMA, en el marco del seguimiento y fiscalización del Proyecto. Respecto al indicador de cumplimiento de la ejecución de dichas acciones, además se mantendrán registros de inspección visual que se realizaran por medio de la toma de fotografías, donde se comparará con lo presentado en el marco de las líneas de base de paisaje y de flora y vegetación, y se considera tener valores mayores o iguales a un 75% de similitud a la situación original, en base a los parámetros de evaluación propuestos en la “Guía de Evaluación del Valor Paisajístico en el SEIA” (SEA, 2013). Por último, se considera un monitoreo y/o seguimiento de estos estándares. | Áreas a Restaurar | Superficie (m²) | Porcentaje respecto a la superficie total intervenida por el Proyecto (%) | | 1 | Instalación de Faenas Temporal | 167,6 | 0,13 | | 2 | Estacionamiento Temporal | 132,2 | 0,11 | | 3 | Patio de Maniobra | 350,2 | 0,28 | | 4 | Excedentes de Excavación y Materiales | 150,0 | 0,12 | | 5 | Zona de Acopio de Grandes Materiales | 150,0 | 0,12 | | 6 | Zona de Abastecimiento de Combustible | 80,0 | 0,06 | | Total Área a Restaurar (m²) = | 1.030,0 | 0,82 | | Área Intervenida del Proyecto (m²) = | 125.487,8 | | | | Requerimiento de maquinaria e insumos | Materiales, Equipos y Maquinaria a utilizar durante la Etapa de Construcción Si bien el transporte de insumos y materiales a utilizar para la ejecución del proyecto no formó parte de la presente evaluación de impacto ambiental a modo de referencia el Titular señala que durante la etapa de construcción se realizarán aproximadamente 10 viajes diarios para el transporte de los materiales para construir el parque fotovoltaico, el transporte de los residuos generados (residuos sólidos asimilables a domésticos, residuos peligrosos, excedentes de tierra), el hormigón, el agua potable e industrial y el combustible. La totalidad de camiones transportará la carga de forma secuencial de modo que será repartida a lo largo de los cuatro meses que se requieren para construir la planta fotovoltaica. Respecto al transporte de los componentes que conforman el parque solar fotovoltaico, desde el Puerto de San Antonio provendrán los Paneles, Estructuras, Inversores y transformadores. Por su parte, la sala de control, Pta. de tratamiento y baños químicos, se trasladaran desde Rancagua. Finalmente los residuos, el agua, el cableado se trasladará desde San Vicente de Tagua Tagua, al igual que los trabajadores que se consideran en esta etapa. La distancia considerada (ida + vuelta) hasta el puerto de San Antonio, Rancagua y San Vicente de Tagua Tagua es de 256 km, 122,4 km y 11,4 km, respectivamente. La ruta sugerida, que los camiones realizaran desde el puerto de San Antonio, hacia el sector de emplazamiento del proyecto, es la siguiente: - Calle Pablo Neruda - Calle Siete Sur - Av. Ramón Barros Luco - Nuevo Acceso al Puerto - Ruta 66 - Portales - Ruta I-90-H - Ruta H-800 Para trasladar los materiales que provienen desde Rancagua, las rutas a considerar son: - Ruta 5 (Rancagua) - Ruta 66 - Portales - Ruta I-90-H - Ruta H-800 - Para el transporte de trabajadores, por el inicio y término de jornada laboral, se utilizará la calle Portales, ruta - I-90-H y ruta H-800. A continuación se presenta una tabla con el detalle de la cantidad de la maquinaria y equipos que se utilizaran en la fase de construcción, donde se indica además, el número de horas al día y al mes que operarán: | Máquina / Equipo | Número | Tiempo de operación máximo (horas al día mes) | Tiempo de operación máximo ( horas al mes) | | Zanjadoras | 1 | 8 | 14 | | Maquinaria de Hincados | 4 | 8 | 20 | | Cargador Frontal | 1 | 4 | 20 | | Camión tolva | 1 | 3 | 15 | | Grúa horquilla | 5 | 8 | 36 | | Grúa (Camión Grúa) | 1 | 8 | 20 | | Compactadora | 1 | 4 | 15 | | Grupo electrógeno(50 kVA) | 1 | 8 | 244 | | Grupo electrógeno(30 kVA) | 2 | 4 | 61 | Fuente: Tabla N°27 del Adenda, Información maquinarias y equipos fase de construcción. En el caso de utilizar camiones o vehículos con sobredimensión o sobrepeso, se tramitará ante la Dirección Regional de Validad de la Región de O’Higgins las respectivas autorizaciones, y se mantendrá copia en faena de dichos permisos para efectos del seguimiento y fiscalización del Proyecto. b. Vialidad y Flujos Vehiculares asociado a la etapa de construcción del proyecto: | Tipo de vehículo | Motivo/Detalle de viajes | Origen-Destino | Viajes Día | Viajes Mes | Viajes Totales (4 meses) | | Buses | Traslado de trabajadores 2(Viajes ida y vuelta al trabajo) x 2 buses x 4 (meses de construcción) x 30,5 (días al mes)=488 | San Vicente TT–Proyecto | 4 | 122 | 488 | | Camionetas | Se consideran 4 vehículos ligeros diariamente, por 4 meses | 4 | 122 | 488 | | Camión aljibe | Humectación de caminos: Solo una vez | 0,008 | 0,25 | 1 | | Camión aljibe | Agua potable para beber: 1 vez a la semana | 0,16 | 5 | 20 | | Camión aljibe | Agua potable para las duchas y lavados: 1 vez cada dos días. | 0,5 | 15,25 | 61 | | Camión aljibe | Agua industrial para humectación de zanjas: 2 Viajes | 0,016 | 0,5 | 2 | | Camión simple | Traslado de residuos: Retiro cada cuatro días | 0,24 | 7,25 | 29 | | Camión simple | Traslado del cableado: 3 viajes | 0,024 | 0,75 | 3 | | Camión simple | Transporte de Sala de control, Pta. Tratamiento, Baños químicos: 65 viajes | Rancagua –Proyecto | 0,53 | 16,25 | 65 | | Camión cama baja | Traslado de Inversores, transformador, estructura: 39 viajes | Puerto San Antonio – Proyecto | 0,31 | 9,75 | 39 | | Total | 9,8 | 299 | 1.196 | Fuente: Tabla N°19 del Adenda, Estimación del número de viajes Etapa de construcción. | | Insumos y Suministros básicos | Descripción de suministros básicos a. Almacenamiento de agua. a.1 Agua potable: Se dispondrá de un total de 150 litros por persona de agua potable, diarios, en la instalación de faenas, cumpliendo así lo exigido en el D.S. N° 594 de 1999 del MINSAL. Esta agua será adquirida a través de una empresa sanitaria que cuente con la autorización de la SEREMI de Salud de la Región de O’Higgins, será transportada en camiones aljibes adecuados para tal uso, desde San Vicente de Tagua Tagua. En las instalaciones del proyecto se contará con una instalación de cloración para mantener la condición de potabilización del agua adquiría. El agua potable destinada para beber para los trabajadores, será provista mediante máquinas dispensadoras con botellones de agua mineral de 20 litros. El agua para las duchas y lavados será almacenada en dos tanques de 10 m3 cada uno contando, tal y como se ha expuesto anteriormente con una instalación de cloración para mantener la condición de potabilidad del agua adquirida al proveedor autorizado. Las coordenadas de localización de la Zona de Estanque Agua Sanitaria, se aprecia en la siguiente tabla: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de Estanque de Agua Sanitaria declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.180,65 | 308.467,18 | | 2 | 6.182.177,79 | 308.470,98 | Fuente: Tabla N°16 del Adenda, Coordenadas de localización de la Zona de Estanque Agua Sanitaria, temporal. Para mantener la condición de potabilización del agua que se almacenará para uso sanitario de los trabajadores se dispondrá de una bomba dosificadora de químicos para el acondicionamiento del agua, específicamente para la adición de hipoclorito de sodio al agua almacenada. Se asegurará que el agua potable tenga un recambio total cuando las circunstancias lo exijan, controlando diariamente que el cloro libre residual del agua esté de acuerdo con las normas de calidad de agua correspondientes. Se evitará todo tipo de contaminación y el ingreso de cualquier agente que deteriore su calidad por debajo de los requisitos mínimos exigidos en las normas vigentes. Se dará cumplimiento a lo especificado en el D.S. 594 de 1999 del MINSAL, en su artículo 15. El agua potable se adquirirá de un proveedor autorizado, cuya autorización para la extracción de agua y condición de potabilización de la misma se acrediten con las correspondientes resoluciones sanitarias, las cuales serán exigidas al proveedores serán parte del contrato de suministro de agua. La cantidad total de agua potable variará en función del número de personas en la construcción de obras, con un máximo de 12 m3/día, cuando se llegue al máximo de trabajadores, que son 80 personas. Esta agua será adquirida a un proveedor autorizado, el cual deberá tener Resolución Sanitaria vigente. Será almacenada y tratada para su potabilización dentro de la instalación de faenas, por ende el proyecto para el almacenamiento y potabilización del agua potable será presentado para su aprobación ante la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins. Por su parte, el agua para beber será suministrada con bidones de 20 litros de agua mineral. Adicionalmente se necesita durante la etapa de construcción agua para la humectación de las zanjas durante su realización y también para la mejora y ejecución de nuevos caminos, se necesitara agua industrial, la cual se llevará a la obra en camiones aljibes, adquiriéndola en lugares autorizados. A continuación, se detalla el consumo de agua total durante la etapa de construcción del proyecto, el destino del agua, los litros necesarios y el origen de la misma: | Etapa de construcción | Origen del Agua | Destino Del Agua | Volumen De Agua (m3) | Volumen De Agua Total (m3) | | Proveedor autorizado | Consumo Humano (WC-sanitarios) | 1464 | 1482 | | Preparación de la emulsión reductora de polvo para la mejora superficial de los caminos y humectación de caminos. | 11 | | Humectación para realizar las zanjas | 7 | Fuente: Tabla N°32 del Adenda, Consumo total de agua para la etapa de construcción. a.2 Agua de uso industrial: Para el uso industrial durante la etapa de construcción tal como humectación de caminos y zanjas y generación de la emulsión reductora de polvo, el agua se adquirirá con un proveedor autorizado y será transportada en camiones aljibes, desde San Vicente de Tagua Tagua. Para ello se dispondrá de un depósito de 10 m3. El Titular se compromete a mantener en instalación de faenas la copia de la resolución que otorga los derechos de agua del proveedor. Las coordenadas de localización de la Zona Estanque Agua para desarrollo de la obra, se aprecia en la siguiente tabla: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de Estante de Agua Industrial declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.180,38 | 308.472,93 | Fuente: Tabla N°17 del Adenda, Coordenadas de localización de la Zona Estanque Agua para desarrollo de la obra, temporal. b. Servicios higiénicos: Los WC y duchas serán portátiles (baños químicos), estos serán contratados a una empresa que cuente con Resolución Sanitaria vigente, se les realizará mantención periódica, considerando un mínimo de 3 veces por semana. La cantidad de WC, se estima en un mínimo de 8, ubicados en la instalación de faena. Para abastecer de agua potable al servicio, se dispondrá de dos tanques de almacenamiento, cuya capacidad es de 10 m3 cada uno que contará con un sistema de potabilización de agua para asegurar la calidad del agua almacenada. El agua será suministrada por camiones aljibes durante la etapa de construcción proveniente de un proveedor autorizado en ubicado en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, a través de camiones aljibes. c. Energía Eléctrica: Durante los 4 meses de construcción se tiene contemplado en uso de 3 grupos electrógenos de dos de ellos de 30 kVA y uno de 50 kVA, esto para proveer de energía eléctrica a las herramientas que se empleen en el montaje de la planta, también proveer de energía eléctrica a las bombas y motores que componen la planta de tratamiento además de suministrar luz a las instalaciones de sanitarios, duchas, comedor, sala de control, bodegas y caseta de vigilancia. Las coordenadas de localización de los grupos electrógenos se aprecian en la siguiente tabla: | Centro | Vértices | Norte (m) | Este (m) | | A | 1 | 6.182.231,80 | 308.563,39 | | 2 | 6.182.230,62 | 308.566,14 | | 3 | 6.182.228,78 | 308.565,36 | | 4 | 6.182.229,96 | 308.562,60 | | B | 1 | 6.182.098,44 | 308.601,26 | | 2 | 6.182.098,43 | 308.603,26 | | 3 | 6.182.095,43 | 308.603,26 | | 4 | 6.182.095,44 | 308.601,26 | | C | 1 | 6.182.027,03 | 308.780,24 | | 2 | 6.182.027,02 | 308.782,24 | | 3 | 6.182.024,02 | 308.782,23 | | 4 | 6.182.024,02 | 308.780,23 | Fuente: Tabla N°1 del Adenda, Coordenadas de localización de los grupos electrógenos. d. Provisión de alimentación para los trabajadores: Se dispondrá de un comedor para el suministro de alimentos al personal, que estará aislado de cualquier fuente de contaminación ambiental. En este comedor no se prepararán alimentos, sino que estos serán suministrados por una empresa externa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins. Por su parte, la instalación cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N° 594 de 1999 del MINSAL. Su ubicación puede ser observada en el Anexo N°2 “Planimetría” de la DIA, Plano N°5 “Instalación de Faena (Edificios transitorios y permanentes)”. e. Relleno o terraplén: Cabe mencionar que para la preparación del terreno no hace falta ningún movimiento de tierra tal como relleno o terraplén ya que el terreno dispone de una superficie totalmente plana y no son necesarios estos trabajos de obra civil. Tal y como se ha expuesto en los apartados anteriores la preparación del terreno consistirá exclusivamente en la realización de los escarpes previamente descrito y las excavaciones asociadas a la realización de zanjas para el cableado, cuyo material extraído será reutilizado en la misma obra para rellenarlas mismas una vez que se instale el cableado en su interior. f. Combustible: El abastecimiento de combustible para los generadores y maquinaria (pesada y liviana), se realizará con camiones surtidores, de una empresa autorizada. Esta carga se realizará en un lugar habilitado para esto, contando con las exigencias que establece el D.S. N°160 de 2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, apuntando principalmente al control de derrames, señalética, ventilación, etc. El Titular adquiere el compromiso de mantener en la instalación de faenas un procedimiento de carga y descarga de combustible con el objeto de asegurar que no existan derrames y situaciones de riesgo de incendio al momento de ser abastecidos por el camión surtidor. Así como llevar un registro de los suministros realizados por el camión surtidor de combustible. Además de la copia de la resolución sectorial que autoriza el transporte y suministro de combustible otorgada al proveedor del mismo autorizado para abastecer la maquinaría, así como copia de la factura que dé cuenta de la prestación de dicho servicio, lo anterior en el marco de la fiscalización y seguimiento del presente Proyecto. La siguiente Tabla muestra las Coordenadas de localización de la Zona de abastecimiento de combustible: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la zona de abastecimiento de combustible declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.157,99 | 308.453,70 | | 2 | 6.182.153,02 | 308.459,96 | | 3 | 6.182.145,19 | 308.453,74 | | 4 | 6.182.150,16 | 308.447,48 | Fuente: Tabla N°5 del Adenda, Coordenadas de localización de la Zona de abastecimiento de combustible g. Estacionamientos Temporales: Para la etapa de construcción se ultimarán los siguientes sectores de estacionamientos de vehículos y maquinaria: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen los polígonos de ubicación de los Estacionamientos declarados en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Estacionamiento Temporales A | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.217,27 | 308.490,45 | | 2 | 6.182.209,26 | 308.500,50 | | 3 | 6.182.204,33 | 308.496,57 | | 4 | 6.182.212,34 | 308.486,52 | | Estacionamiento Temporales B | 1 | 6.182.206,01 | 308.491,47 | | 2 | 6.182.202,80 | 308.495,50 | | 3 | 6.182.195,04 | 308.489,32 | | 4 | 6.182.198,25 | 308.485,29 | Fuente: Tabla N°11 del Adenda, Coordenadas de localización de los Estacionamientos. h. Hormigón: Aproximadamente el Proyecto en su etapa de construcción, contempla la necesidad de 24 m3 de hormigón. Se utilizaran premezclados adquiridos en empresas reconocidas en el mercado. El transporte se realizará en camiones mezcladores (mixer) hasta el lugar de vaciado en las obras, para posteriormente ser vertido sobre los diferentes elementos o cimientos. El lavado de canoas de los camiones se solicitará al proveedor, dejando en manos de él la responsabilidad de esta actividad, compromiso que quedará plasmado en el contrato, haciéndolo exigible por parte del titular para que se pueda prestar el servicio dentro de las instalaciones del proyecto. i. Sustancias Peligrosas a Utilizar: Se aclara que no se utilizarán en la fase de construcción. Las únicas sustancias que se utilizaran en el proyecto corresponden a las requeridas en la etapa de operación, las cuales se declaran en la DIA presentada y corresponden exclusivamente a las sustancias químicas necesarias para mantener el agua clorada y el agua tratada tras el proceso de la planta de tratamiento de aguas servidas. | | Recursos naturales renovables | Para las actividades de preparación del terreno asociado a la ejecución de la etapa de construcción, se consideran las siguientes acciones: a. Escarpe o extracción de la capa vegetal: La superficie de vegetación a intervenir, método de corta y época del año en que se realizará la corta; destino que se dará o uso a la vegetación intervenida. Es importante mencionar que el 98,13% del área de influencia directa del proyecto corresponde a cultivo agrícola, tal como se desprende de la tabla N° 7 del Informe de Flora y Vegetación presentado en la DIA y como se visualiza en la imagen siguiente, por lo tanto este cultivo no se encontrará en el lugar al momento de comenzar la construcción, ya que su dueño lo cosechará, lo cual no forma parte del presente proyecto. Por lo anterior, solo con las actividades de escarpe consideradas y explicadas en la respuesta anterior, el terreno estará en condiciones óptimas para ejecutar el proyecto solar fotovoltaico. Dado lo anterior, no se realizaran actividades de corta de vegetación. b. Movimiento de Tierra: La cantidad de tierra que se considera remover, incluyendo el manejo respectivo, se presenta en la siguiente tabla: | Obra | Superficie total (m2) | Profundidad (m) | Volumen (m3) | Cantidad a reutilizar (m3) | Cantidad a retirar (m3) | Descripción Manejo de la tierra | | Instalación de faena (Transitoria y permanente) (incluye áreas de acopio, patio de maniobra, estacionamientos) (Escarpe) | 886,7 | 0,1 | 88,67 | 79,803 | 8,867 | El 10% de la tierra removida será enviada a un sitio de disposición autorizado y el resto será esparcido dentro del área del proyecto. | | Inversores y centro de seccionamiento (Escarpe) | 130,9 | 0,1 | 13,09 | 11,781 | 1,309 | | Inversores (Excavación) | 109,2 | 0,3 | 32,76 | 29,48 | 3,276 | El 10% de la tierra removida será enviada a un sitio de disposición autorizado y el resto será utilizado para rellenar determinadas áreas que lo requieran debido a la excavación. | | Centro de seccionamiento (Excavación) | 21,7 | 0,3 | 6,51 | 5,86 | 0,651 | | Planta de tratamiento (Excavación) | 9,69 | 1,5 | 14,54 | 13,08 | 1,4535 | | Fundaciones bloques de hormigón para instalación de Cierre perimetral (Excavación) | 78,75 | 0,8 | 63 | 56,7 | 6,3 | | Fundaciones bloques de hormigón para instalación de Sala de control (Excavación) | 14,4 | 0,4 | 5,76 | 5,18 | 0,576 | | Camino de acceso (Excavación) | 102 | 0,1 | 10,2 | 9,18 | 1,02 | El 10% de la tierra removida será enviada a un sitio de disposición autorizado y el resto será esparcido dentro del área del proyecto. | | Caminos internos (Excavación) | 4368 | 0,1 | 436,8 | 393,12 | 43,68 | | Cableado de baja y media tensión (Excavación) | 666 | 0,6 | 399,6 | 359,64 | 39,96 | El 10% de la tierra removida será enviada a un sitio de disposición autorizado y el resto será utilizado para rellenar las zanjas, una vez inserto el cableado respectivo. | | TOTAL | 6387,3 | | 1070,9 | 963,8 | 107,1 | | Fuente: Tabla N°31 del Adenda, Estimación de movimiento de tierra etapa de construcción. La cantidad de tierra que se considera remover, incluyendo el manejo respectivo, se presenta en la siguiente tabla: | Obra | Superficie total (m2) | Volumen (m3) | Gestión | | Cantidad a reutilizar (m3) | Cantidad a retirar (m3) | | Instalación de faena (Transitoria y permanente) (incluye áreas de acopio, patio de maniobra, estacionamientos) (Escarpe) | 886,7 | 88,67 | 79,803 | 8,867 | | Inversores y centro de seccionamiento (Escarpe) | 130,9 | 13,09 | 11,781 | 1,309 | | Inversores (Excavación) | 109,2 | 32,76 | 29,48 | 3,276 | | Centro de seccionamiento (Excavación) | 21,7 | 6,51 | 5,86 | 0,651 | | Planta de tratamiento (Excavación) | 9,69 | 14,54 | 13,08 | 1,4535 | | Fundaciones bloques de hormigón para instalación de Cierre perimetral (Excavación) | 78,75 | 63 | 56,7 | 6,3 | | Fundaciones bloques de hormigón para instalación de Sala de control (Excavación) | 14,4 | 5,76 | 5,18 | 0,576 | | Camino de acceso (Excavación) | 102 | 10,2 | 9,18 | 1,02 | | Caminos internos (Excavación) | 4368 | 436,8 | 393,12 | 43,68 | | Cableado de baja y media tensión (Excavación) | 666 | 399,6 | 359,64 | 39,96 | | TOTAL | 6387,3 | 1070,9 | 963,8 | 107,1 | Fuente: Tabla N°33 del Adenda, Estimación de movimiento de tierra etapa de construcción. c. Manejo de Material Excedente: Almacenamiento temporal, volumen estimado, destino final dentro del predio, acciones de manejo para evitar polución. Respecto al material excedente, el cual será retirado de la obra ya que no se reutilizará, se estima generar 56,35 m3, (que corresponde al 10% del volumen de tierra que se retira de la actividad de escarpe, más el 10% de lo excavado por la instalación de la planta de tratamiento, más el 10% del escarpe debido a la construcción y mejoramiento de los caminos). Este material será almacenado transitoriamente en el área para excedentes y materiales (según se presenta el área para excedentes y materiales en el Plano N°5, Instalación de faenas, del Anexo N°1 de la DIA), para posteriormente retirarlo y trasladarlo a un sitio de disposición autorizado. Dado lo anterior, este material se acopiará en una determinada área y por lo tanto se generaran emisiones atmosféricas producto de las partículas que se liberan desde la pila debido a la acción del viento, sin embargo, dada la pequeña cantidad de material de excedentes y las bajas emisiones atmosféricas asociadas, no se consideran medidas de abatimiento en dicha actividad. Contemplando lo anterior, a continuación se incluyen las emisiones producto del acopio de material en pilas y se actualiza el informe de emisiones atmosféricas (Adjunto en el Anexo N°3 Informe de Emisiones Atmosféricas del Adenda) Dentro de los datos que se deben incorporar para el cálculo, se encuentra la superficie máxima de acopio, la cual será de 150 m2 que representa el área disponible para almacenar excedentes y materiales, lo cual reflejará el peor escenario considerando que la superficie real que se ocupará será menor. | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de Apilamiento de material extraído desde las zanjas declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6182030,60 | 310170,02 | | 2 | 6182111,32 | 310232,91 | | 3 | 6182079,04 | 310318,60 | | 4 | 6182055,81 | 310396,30 | | 5 | 6182050,83 | 310407,04 | | 6 | 6182000,14 | 310585,74 | | | Emisiones, residuos y efluentes | Emisiones del proyecto y formas de abatimiento y control contempladas, para la Etapa de Construcción. a. Emisiones a la Atmósfera. En Anexo N°3 del Adenda, el Titular entrega en forma actualizada el Informe de Estimación de Emisiones a la Atmosfera, donde se indica lo siguiente: a.1 Identificación de las actividades que generan emisiones. La Etapa de Construcción, es aquella en la cual se llevará a cabo la materialización del proyecto en sí, dicha etapa del proyecto concluirá con la puesta en marcha del parque solar fotovoltaico y su correspondiente conexión a la red de distribución. Esta etapa tendrá una duración de 4 meses lo que corresponde a 122 días. Durante la Etapa de Construcción del Parque Solar Fotovoltaico, sus principales focos de emisiones atmosféricas estarán asociados a las siguientes actividades: - Actividades de despeje y escarpe - La creación de los caminos internos del proyecto. - Las excavaciones en el terreno necesarias para las instalaciones. - La transferencia de material y la compactación del terreno. - La circulación de los vehículos por los caminos. - La combustión de los motores de los vehículos y de las maquinarias de construcción. a.2 Metodología de cálculos. Para la realización de los cálculos de las emisiones atmosféricas, se ha utilizado el documento titulado U.S. EPA (AP-42, Compilation of Air Pollutant Emision Factors, Quinta Edición, “Compilation of Air Pollutant Emission Factors” realizado por la U.S. Environmental Protection Agency (EPA)). Además se ha tomado como referencia a la “Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana”, elaborado por la Sección de Asuntos Atmosféricos de la Seremi de Medio Ambiente de la Región Metropolitana - (2012). Adicionalmente se consideran los factores de emisión del “Informe del Servicio de Recopilación y Sistematización de Factores de Emisión al Aire para el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA)”, 2015. a.3 Cálculos de las emisiones atmosféricas. A continuación, se detallan los cálculos de las emisiones atmosféricas de cada una de las actividades que las producen, para ello, este apartado, se dividirá a su vez en otros sub apartados, los cuáles recopilan los cálculos de emisiones derivados por cada una de las etapas que conforman el proyecto, es decir, los que se producen en la Etapa de Construcción: - Emisiones por escarpe: La actividad de escarpe se realizará en aquellas zonas del proyecto donde se ubicarán los inversores, el centro de seccionamiento y la instalación de faena, tanto transitoria como permanente. Específicamente en la instalación de faena transitoria se requiere escarpar el área donde se ubicaran los contenedores, casetas, bodegas, comedor, zona almacenamiento residuos, depósitos de agua, servicios higiénicos, estacionamientos, patio de maniobra y zona de abastecimiento de combustible, mientras que para la instalación permanente se escarparán las superficies asociadas a bodegas, zona almacenamiento residuos, depósitos de agua, servicios higiénicos, planta de tratamiento, oficina de control y monitoreo y estacionamientos. La superficie asociada a las instalaciones de faenas recién descritas asciende a 850,1 m2, sin embargo para efectos de emisiones se ocupará 886,7 m2, para tener un pequeño rango de holgura. En la siguiente tabla se aprecian las superficies del proyecto que requieren escarpe, el cual tendrá 10 cm de profundidad. | Datos del proyecto : “Escarpe” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Instalación de faena (Transitoria y permanente) | 886,7 | m2 | | Inversores y centro de seccionamiento | 130,9 | m2 | | TOTAL | 1017,6 | m2 | | 0,102 | ha | Adicionalmente tanto los caminos del proyecto que se van a construir y/o mejorar tanto de acceso como interiores también conllevan actividades de escarpe entre otras, pero estas se contemplan en el apartado 5.1.4 por separado del Informe de Estimación de Emisiones presentado en Anexo N°3 del Adenda. Para las actividades de escarpes se considerará a partir de las instrucciones de la “US-EPA” un factor de emisión (FE) 5,7 Kg/Km (tanto para MP10 como para MP2,5). Además se debe considerar que el cargador frontal recorre una distancia de 3,57 Km por cada hectárea de terreno a escarpar. A continuación se aprecian los datos requeridos para la estimación de emisiones atmosféricas de la actividad de escarpe y el resultado obtenido: | Estimación de emisiones atmosféricas “Escarpe” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Factor de emisión (“FE”) | 5,7 | Kg/Km | | Distancia que recorre el cargador frontal por hectárea | 3,57 | km/ha | | Superficie a escarpar | 0,102 | ha | | Distancia que recorrerá el cargador frontal en el proyecto (Nivel de actividad “Na”) | 0,364 | km | | Emisiones de MP10 (FExNa) | 2,08 | kg | | 0,002 | Ton | | Emisiones de MP2,5 (FExNa) | 2,08 | kg | | 0,002 | Ton | - Emisiones por excavaciones: Las excavaciones que se llevarán a cabo en este proyecto solar fotovoltaico, corresponderán a la realización de las zanjas destinadas al cableado, así como para el de la realización de las fundaciones para los inversores, el centro de seccionamiento, la sala de control, la planta de tratamiento y el cierre perimetral. En la siguiente tabla se aprecian las superficies del proyecto que requieren excavaciones y el volumen determinado, considerando la profundidad respectiva. | “Excavaciones” | | Descripción | Dimensión (m2) | Profundidad (m) | Volumen (m3) | | Zanjas para el cableado de baja y media tensión | (Longitud: 1332 m Ancho: 0,5 m) | 0,6 | 399,6 | | SUBTOTAL ZANJAS | 399,6 | | Inversores | 3 x 36,4 | 0,3 | 32,76 | | Centro de seccionamiento | 21,7 | 0,3 | 6,51 | | Planta de tratamiento | 9,69 | 1,5 | 14,54 | | Fundaciones bloques de hormigón para instalación de Cierre perimetral | 315 fundaciones de (0,5m x 0,5m) | 0,8 | 63 | | Fundaciones bloques de hormigón para instalación de Sala de control | 14,4 | 0,4 | 5,76 | | SUBTOTAL FUNDACIONES | 122,6 | | TOTAL | 522,2 | Para la realización de las excavaciones de las zanjas se utilizarán máquinas zanjadoras, las cuales tienen una capacidad de retiro de tierra de 11 m3 a la hora, y además se cuenta con un cargador frontal de 30 m3 de capacidad de retiro a la hora, para la realización del resto de las excavaciones derivadas de las fundaciones. A continuación se aprecian los datos requeridos para la estimación de emisiones atmosféricas de la actividad de excavación y el resultado obtenido. | Estimación de emisiones atmosféricas | | “Excavación” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Factor de emisión MP10(“FE”) | 0,61 | Kg/h | | Factor de emisión MP2,5 (“FE”) | 0,05 | Kg/h | | Capacidad de retiro de la zanjadora | 11 | m3/h | | Volumen excavación zanjas | 399,60 | m3 | | Duración de la excavación de zanjas (Nivel de actividad “Na”) | 36,33 | h | | Emisiones de MP10 por excavación de zanjas (FExNa) | 22,11 | kg | | Emisiones de MP2,5 por excavación de zanjas (FExNa) | 1,96 | kg | | Capacidad de retiro del cargador frontal | 30 | m3/h | | Volumen excavación fundaciones | 122,565 | m3 | | Duración de la excavación de fundaciones (Nivel de actividad “Na”) | 4,0855 | h | | Emisiones de MP10 por excavación de fundaciones (FExNa) | 2,49 | kg | | Emisiones de MP2,5 por excavación de fundaciones (FExNa) | 0,221 | kg | | TOTAL Emisiones de MP10 (FExNa) | 24,59 | kg | | 0,025 | ton | | TOTAL Emisiones de MP2,5 (FExNa) | 2,1849 | kg | | 0,0022 | ton | - Emisiones por trasferencias de material Estas emisiones corresponden aquellas que se dan por la transferencia del material, es decir, por la carga y volteo de un parte de la tierra que ha sido extraída, por un lado, por las actividades de escarpes, y por otro, por las excavaciones, los cuales representan un excedente por no ser reutilizado. Concretamente, será excedente de tierra y por lo tanto se retirará aquella tierra extraída únicamente procedente del 10% de dichas actividades. En la siguiente tabla se muestra el volumen de tierra que se va a transferir desde el suelo a la superficie al camión tolva, a excepción de la proveniente de los caminos ya que estas emisiones se calculan en el apartado 5.1.4 del Anexo N°3 del Adenda y empleando el camión tolva a su correspondiente disposición final autorizada: | Datos del proyecto “Transferencia de material” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Excedente del 10% del escarpe | 10,2 | m3 | | Excedente del 10% de la excavación para la planta de tratamiento | 1,45 | m3 | | TOTAL | 11,65 | m3 | Es importante aclarar, que la tierra extraída para la realización de zanjas para el cableado, no se va a retirar, es decir, se va a reutilizar para cerrar las propias zanjas abiertas en el momento en el que el cableado esté dispuesto sobre el transcurso de las mismas y se taparán, es por ello por lo que no se ha tenido en cuenta en este apartado; así como tampoco se han tenido en cuenta excedentes de la excavación que serán reutilizadas en el mismo lugar, y las mejoras de los caminos del proyecto. Finalmente, el valor de emisiones por transferencia de material, se obtienen multiplicando el peso de la tierra excedente, por su coeficiente de emisión (FE) y a su vez multiplicado x 2 debido a que la tierra primero se carga y se descarga a través del camión transportador de tierra. | “Transferencia de material” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Factor de emisión MP10(“FE”) | 0,0001 | Kg/ton | | Factor de emisión MP2,5(“FE”) | 0,00002 | Kg/ton | | Excedente de tierra a transferir | 11,65 | m3 | | Densidad de la tierra | 1,60 | ton/m3 | | Peso de la tierra a transferir (Nivel de actividad “Na”) | 18,64 | ton | | Emisiones de MP10 (FExNax2) | 0,0038 | kg | | 0,0000038 | ton | | Emisiones de MP2,5 (FExNax2) | 0,0006 | kg | | 0,0000006 | ton | - Emisiones por la construcción y/o mejoramiento de los caminos del PSFV. El Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, contará con una red de caminos internos que se identifica en el Anexo N°2 Planimetría, adjunto a la DIA. Cabe mencionar que la longitud de los caminos nuevos es de 1134,3 m, sin embargo, para efectos de los cálculos, se considerará un 10% adicional, para tener valores conservadores y una holgura en términos de emisiones, por lo que se usará una longitud de 1248 metros. Todos estos caminos internos no existentes, además de su propia construcción, también, se le aplicarán un tratamiento superficial en base agua y polímeros para reducir las emisiones de polvo a la atmósfera. Para hallar el valor de las emisiones atmosféricas de MP10 producidas por la construcción de los nuevos caminos internos de los que constará el parque solar fotovoltaico, se ha de tener en cuenta que las actividades que provocarán dichas emisiones serán: - Emisiones por el concepto de escarpe superficial de 10 cm de profundidad para su creación y aplicación de la emulsión reductora de polvo. - Emisiones por la transferencia de material de material excedente, el cual se considerará el 10 % del volumen total escarpado, ya que el resto del material escarpado no se retira sino que se compacta. - Por último las emisiones por la propia compactación de dichos caminos. A continuación se calcula las emisiones atmosféricas desglosando el cálculo en tres subapartados: A-Emisiones por escarpes de los caminos, B-Emisiones por transferencias de material y C-Emisiones por compactación, detallados en Anexo N°3 del Adenda. Si sumamos las emisiones atmosféricas de los tres sub-apartados anteriores A ,B y C respectivamente ,es decir, las producidas por los escarpes, por transferencias de material, y las producidas por la compactación correspondiente, obtendremos la cantidad de total de MP10 y MP2,5 emitido a la atmósfera: | Estimación de emisiones atmosféricas “Total Caminos nuevos" | | Descripción | MP10 | MP2,5 | Unidad | | Escarpe | 0,0089 | 0,0089 | Ton | | Transferencia de material | 0,000014 | 0,0000021 | Ton | | Compactación | 0,00091 | 0,000081 | Ton | | Emisiones de MP | 0,0098 | 0,0090 | Ton | - Emisiones por el mejoramiento del Camino de Acceso: El Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, cuenta con un pequeño tramo de camino de acceso existente el cuál se mejorará, ya que actualmente tan sólo se cuenta con la huella del trazado de dicho camino; su longitud es de tan solo 13,2 metros y en él para se llevará a cabo un escarpe de 10 cm de profundidad y a su vez se compactará aplicándole al mismo de un tratamiento superficial en base agua y polímeros para reducir las emisiones de polvo a la atmósfera. Las mencionadas emisiones derivadas de las actividades mencionadas se calculan a continuación y al igual que en el subapartado anterior, se dividirá a efectos de cálculos en tres subapartado, emisiones por escarpe en el camino de acceso, por transferencia de material y por compactación del mismo. Si sumamos las emisiones atmosféricas de los tres subapartados anteriores A ,B y C respectivamente ,es decir, las producidas por los escarpes, por transferencias de material, y las producidas por la compactación correspondiente, obtendremos la cantidad de total de material particulado emitido a la atmósfera: | Estimación de emisiones atmosféricas “Total Caminos de acceso" | | Descripción | MP10 | MP2,5 | Unidad | | Escarpe | 0,0002 | 0,0002 | Ton | | Transferencia de material | 0,0000003 | 0,0000001 | Ton | | Compactación | 0,00001 | 0,000001 | Ton | | Emisiones de MP | 0,00022 | 0,00021 | Ton | Y finalmente, si sumamos todas las emisiones de material particulado correspondiente a los apartados anteriores, es decir, las derivadas del mejoramiento de caminos existente y las derivadas de la construcción de los nuevos caminos interiores, obtenemos: | Estimación de emisiones atmosféricas “Total” Mejoramiento y construcción de caminos | | Descripción | MP10 | MP2,5 | Unidad | | Construcción de nuevos caminos | 0,0098 | 0,00897 | ton | | Mejoramiento de camino acceso | 0,00022 | 0,00021 | ton | | Emisiones de MP | 0,010 | 0,009 | ton | - Emisiones por acopio de material en pilas: Respecto al material excedente, el cual será retirado de la obra ya que no se reutilizará, se estima generar 56,35m3 (que corresponde al 10% del volumen de tierra que se retira de la actividad de escarpe, más el 10% de lo excavado por la instalación de la planta de tratamiento, más el 10% del escarpe debido a la construcción y mejoramiento de los caminos). Este material será almacenado transitoriamente en el área para excedentes y materiales, para posteriormente retirarlo y trasladarlo a un sitio de disposición autorizado. Para ser conservadores con los resultados, a continuación se estiman las emisiones atmosféricas debido al acopio de material, a pesar de que este almacenamiento será por muy poco tiempo ya que el excedente se irá retirando a medida que se genere. Dentro de los datos que se deben incorporar para el cálculo, se encuentra la superficie máxima de acopio, la cual será de 150 m2 que representa el área disponible para almacenar excedentes y materiales, lo cual reflejará el peor escenario considerando que la superficie real que se ocupará será menor. En la siguiente tabla se muestran los datos asociados al acopio de material: | Datos del proyecto “Acopio de material en pilas” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Superficie máxima de acopio | 150 | m2 | | TOTAL | 0,015 | Ha | Finalmente, el valor de las emisiones se obtiene multiplicando la superficie del acopio, por el factor de emisión, tal como se muestra en la siguiente tabla: | Estimación de emisiones atmosféricas “Acopio de material en pilas” | | Descripción | Cantidad | Unidad | | Factor de emisión MP10(“FE”) | 3,59 | Kg/ha | | Factor de emisión MP2,5(“FE”) | 0,53 | Kg/ha | | Superficie máxima de acopio (Na) | 0,015 | ha | | Emisiones de MP10 (FExNa) | 0,054 | kg | | 0,000054 | ton | | Emisiones de MP2,5 (FExNa) | 0,008 | kg | | 0,000008 | ton | - Emisiones por la resuspensión de Material particulado por la circulación de los vehículos que transcurren por los caminos del PSFV: En el proyecto se contempla utilizar camiones para transportar diferentes materiales e insumos, tales como los inversores, transformador, la estructura, la sala de control, la planta de tratamiento, baños químicos, el cableado, así como también el agua y los distintos residuos. Por otro lado, se contará con dos buses para el traslado de los trabajadores, lo cual se realizará por la mañana y por la tarde. Por su parte se generarán viajes en camioneta para el traslado de distintos materiales e insumos. Finalmente se considera el viaje asociado al camión que humectará los caminos. A continuación se presenta el cálculo de la estimación de emisiones atmosféricas generadas por la resuspensión de material particulado debido a la circulación de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, relacionados al proyecto. Para el caso de transito por caminos no pavimentados, se analizarán de forma independiente, por una parte para vehículos pesados y por otra para vehículos livianos, ya que hay distinciones en términos del cálculo. | Estimación de emisiones atmosféricas “Resuspensión de MP en Caminos Pavimentados” | | Motivo de Viaje | Viajes/año | Distancia Camino Pavimentado (IDA + VUELTA) km | FE MP10 (ton/km) | Emisión MP10 (ton/año) | FE MP2,5 (ton/km) | Emisión MP2,5 (ton/año) | | Traslado de Inversores, transformador, estructura | 39 | 256 | 0,0000049 | 0,048 | 0,0000012 | 0,0117 | | Transporte de Sala de control, Pta. Tratamiento, Baños químicos) | 65 | 122,4 | 0,0000049 | 0,039 | 0,0000012 | 0,0093 | | Traslado de aguas, residuos, cableado | 115 | 11,4 | 0,0000049 | 0,006 | 0,0000012 | 0,0015 | | Traslado de trabajadores | 488 | 11,4 | 0,0000049 | 0,027 | 0,0000012 | 0,0065 | | Traslado de materiales en camioneta | 488 | 11,4 | 0,0000049 | 0,027 | 0,0000012 | 0,0065 | | Humectación de caminos | 1 | 11,4 | 0,0000049 | 0,0001 | 0,0000012 | 0,00001 | | TOTAL EMISIONES (Ton/año) | | | | 0,147 | | 0,036 | - Resuspensión de Material particulado en caminos no pavimentados: Los caminos internos de que consta el parque solar fotovoltaico no serán pavimentados, no obstante, se les aplicarán un supresor de polvo en su superficie que logra eficiencias de reducción de polvo particulado, superior al 90%. A pesar de su elevada eficacia, se considerará a efecto de cálculos un factor de reducción de emisiones debido a este tratamiento, iguales al 70% con el objetivo de situarnos en un peor escenario en nuestros cálculos. En el proyecto se contempla utilizar camiones pesados para transportar diferentes materiales e insumos, tales como los inversores, transformador, la estructura, la sala de control, la planta de tratamiento, baños químicos, el cableado, así como también el agua y los distintos residuos. Por otro lado, se contará con dos buses para el traslado de los trabajadores, lo cual se realizará por la mañana y por la tarde. Finalmente se considera el viaje asociado al camión que humectará los caminos. Las respectivas emisiones atmosféricas por resuspensión de polvo particulado se analizarán a continuación: | Estimación de emisiones atmosféricas “Resuspensión de MP en Caminos no pavimentados” | | Descripción | Emisión MP10 ton/año | Emisión MP2,5 ton/año | Unidad | | Resuspensión MP Camino no pavimentado, Vehículos pesados | 0,07 | 0,0071 | Ton | | Resuspensión MP Camino no pavimentado, Vehículos Livianos | 0,02 | 0,0021 | Ton | | TOTAL | 0,09 | 0,009 | Ton | - Emisiones atmosféricas por los vehículos debido a la combustión de los motores: Este tipo de emisiones son aquellas que se dan debido a la combustión interna de los motores de los propios vehículos que operan en la construcción de PSFV y que a su vez son desprendidas a través de los tubos de escapes de los mismos. En este apartado se distinguen dos partes diferenciadas para el cálculo de sus correspondientes emisiones, por un lado se consideran los vehículos pesados, concretamente a los camiones de transporte y por otro lado a los vehículos livianos tipo jeeps y/o camionetas. Considerando todos los viajes asociados al proyecto, y las distancias totales que recorrerán, incluyendo el camino pavimentado y no pavimentado, se estiman las emisiones por combustión de motores. En la siguiente tabla se indican los viajes, las distancias totales y las emisiones resultantes, las cuales dependen de los factores de emisión recién descritos que dependen del tipo de vehículo. | Motivo de Viaje | Viajes/año | Distancia (km) (Ida + vuelta) | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | NOx | SOx | | Ton/año | | Traslado de Inversores, transformador, estructura | 39 | 256,8 | 0,0013 | 0,0013 | 0,0146 | 0,0029 | 0,0612 | 0,0016 | | Transporte de Sala de control, Pta. Tratamiento, Baños químicos) | 65 | 123,2 | 0,0010 | 0,0010 | 0,0117 | 0,0023 | 0,0489 | 0,0013 | | Traslado de aguas, residuos, cableado | 115 | 12,2 | 0,0002 | 0,0002 | 0,0020 | 0,0004 | 0,0086 | 0,0002 | | Traslado de trabajadores | 488 | 11,58 | 0,0007 | 0,0007 | 0,0082 | 0,0017 | 0,0345 | 0,0009 | | Traslado de materiales en camioneta | 488 | 12,2 | 0,0004 | 0,0004 | 0,0021 | 0,0004 | 0,0051 | 0,0003 | | Humectación de caminos | 1 | 13,92 | 0,000002 | 0,000002 | 0,000020 | 0,000004 | 0,000085 | 0,000002 | Finalmente, los resultados se muestran en la siguiente tabla, por contaminante respectivo. | “Combustión de motores Total” | | Contaminantes | Emisiones | Unidades | | MP10 | 0,004 | Ton | | MP2,5 | 0,004 | Ton | | CO | 0,039 | Ton | | HC/COV | 0,008 | Ton | | NOx | 0,158 | Ton | | SOx | 0,004 | Ton | - Emisiones atmosféricas debido a la combustión de los motores de la maquinaria y equipos. Llegado a este apartado, es necesario aclarar que existen maquinarias que operan fuera de ruta, es decir, dentro del propio PSFV. La tabla que figura a continuación, expone la lista de las maquinarias y equipos que operarán en el proyecto Parque Solar Fotovoltaico: | Maquinaria Fuera de Ruta y equipos | | Zanjadoras | | Maquinarias de Hincados | | Cargador Frontal | | Camión tolva | | Grúas horquillas | | Grúa (Camión Grúa) | | Compactadora | | Grupo electrógeno | En la siguiente tabla, se recopila todos los datos y/o valores de entradas de las maquinarias fuera de ruta y el equipo grupo electrógeno, para aplicar la ecuación correspondiente a los cálculos. | Maquinaria fuera de ruta | Potencia (kw) | Unidades | Porcentaje de carga (%) | Tiempo de funcionamiento (en días) | tiempo de operación diaria (h) | | Zanjadoras | 276 | 1 | 100 | 7 | 8 | | Maquinarias de Hincados | 35 | 4 | 100 | 40 | 8 | | Cargador Frontal | 55 | 1 | 100 | 20 | 4 | | Camión tolva | 290 | 1 | 100 | 20 | 3 | | Grúas horquillas | 56 | 5 | 100 | 90 | 8 | | Grúa (Camión Grúa) | 331 | 1 | 100 | 10 | 8 | | Compactadora | 112 | 1 | 100 | 15 | 4 | | Grupo electrógeno (50 kVA) | 40 | 1 | 60 | 122 | 8 | | Grupo electrógeno (30 kVA) | 24 | 2 | 70 | 122 | 4 | Efectuando los cálculos correspondientes para cada máquina, se obtiene finalmente las emisiones de material particulado y gases expulsados por las maquinarias fuera de ruta debido a la combustión de sus motores. | Ton/año | | Maquinarias fuera de ruta | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | NOx | SOx | | Zanjadoras | 0,02 | 0,02 | 0,05 | 0,02 | 0,22 | No Aplica | | Maquinaria de Hincados | 0,08 | 0,08 | 0,29 | 0,13 | 0,64 | No Aplica | | Cargador Frontal | 0,01 | 0,01 | 0,02 | 0,01 | 0,06 | No Aplica | | Camión tolva | 0,02 | 0,02 | 0,05 | 0,02 | 0,25 | No Aplica | | Grúa horquilla | 0,30 | 0,30 | 1,02 | 0,47 | 2,89 | No Aplica | | Grúa (Camión Grúa) | 0,03 | 0,03 | 0,08 | 0,04 | 0,38 | No Aplica | | Compactadora | 0,01 | 0,01 | 0,03 | 0,01 | 0,10 | No Aplica | | Grupo electrógeno (50 kVA) | 0,03 | 0,03 | 0,10 | No Aplica | 0,44 | 0,03 | | Grupo electrógeno (30 kVA) | 0,02 | 0,02 | 0,07 | No Aplica | 0,31 | 0,02 | | TOTALES | 0,52 | 0,52 | 1,70 | 0,70 | 5,30 | 0,05 | A continuación se presentan los factores de emisión y las emisiones de NH3, las cuales se obtienen multiplicando el factor de emisión con los kilogramos de combustible que consume cada grupo electrógeno. | Emisiones NH3, Grupos electrógenos | | GRUPO ELECTROGENO | FE [Kg/Kg Combustible] | Consumo diésel (l/año) | Densidad Diésel (kg/m³) | Consumo diésel (Kg/año) | Emisión NH3 (ton/año) | | 30 KVA | 0,000141 | 2.684 | 832,00 | 2233,088 | 0,00031 | | 30 KVA | 0,000141 | 2.684 | 2233,088 | 0,00031 | | 50 KVA | 0,000141 | 5.856 | 4872,192 | 0,00069 | - Recopilación de la estimación de emisiones atmosféricas en la etapa de construcción: Los valores de las emisiones atmosféricas de la Etapa de Construcción se exponen en la siguiente tabla: | ESTIMACIÓN EMISIONES ATMOSFÉRICAS PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO LA ACACIA | | ETAPA DE CONSTRUCCIÓN | | ACTIVIDADES | Emisiones atmosféricas (Ton/Año) | | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | NOx | SOx | NH3 | | ESCARPE | 0,002 | 0,002 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | EXCAVACIONES | 0,025 | 0,002 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | TRANSFERENCIA DE TIERRAS | 0,000004 | 0,000001 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | ACOPIO DE MATERIAL EN PILAS | 0,0001 | 0,000008 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | MOVIMIENTO DE TIERRA POR CONSTRUCCIÓN Y MEJORAMIENTOS DE LOS CAMINOS | 0,01 | 0,009 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | RESUSPENSION DE MP EN CAMINOS PAVIMENTADOS | 0,15 | 0,036 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | RESUSPENSION DE MP CAMINOS NO PAVIMENTADOS | 0,1 | 0,009 | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | No Aplica | | COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES DE LOS VEHÍCULOS | 0,004 | 0,004 | 0,039 | 0,008 | 0,158 | 0,004 | No Aplica | | COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES MAQUINARIA Y EQUIPOS | 0,52 | 0,52 | 1,70 | 0,70 | 5,30 | 0,05 | 0,001 | | TOTAL | 0,80 | 0,58 | 1,73 | 0,71 | 5,46 | 0,05 | 0,001 | - Programa de Aplicación de Supresor de Polvo en Caminos No Pavimentados: El polvo que se levanta por el tránsito de vehículos durante la construcción del proyecto en los caminos de tierra, es un aporte directo de material particulado para el ambiente afectando la calidad del aire. Es por esto que el titular del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” incluye dentro de sus actividades la aplicación de una emulsión de polímeros acrílicos modificados en base agua que realiza la unión de las partículas del suelo para evitar el levantamiento de polvo a los caminos de tránsito no pavimentados durante la etapa de construcción (Emulsión supresora de polvo). El producto viene de forma granulada, es una fórmula exclusiva en base de agua de emulsión de polímeros acrílicos modificados que realiza la unión de partículas de suelos, aplicándose de forma directa en las superficies de carpetas de rodadura que requieren de un reductor de polvo. Se caracteriza porque el terreno a tratar se puede utilizar después de una hora de su aplicación, en caso de emergencia se puede utilizar inmediatamente después de su aplicación. Las propiedades adhesivas de los polímeros sintéticos promueven la ligazón de las partículas del suelo. Estos polímeros pueden fortalecer la superficie del camino, aumentando la tensión de rotura en 10 veces, lo que en clima seco permite mantener su densidad compactada. En Anexo N°7 del Adenda se presenta el Programa de Aplicación Emulsión Supresora de Polvo, a ejecutar durante la Etapa de Construcción del proyecto. Adicional a lo anterior, ha de tenerse en cuenta que en este proyecto solar fotovoltaico se van a llevar a cabo medidas y acciones que aseguran el control de las emisiones atmosféricas para que en ningún caso excedan las emisiones calculadas; entre las medidas de control se encuentran las expuestas a continuación: - Se exigirá mediante cláusulas incluidas en los contrato con los proveedores de maquinaría, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado. - Se exigirán los documentos que acrediten las revisiones técnicas de los vehículos y maquinaria. - Los caminos no pavimentados estarán recubiertos por un reductor de polvo basado en agua con polímeros acrílicos modificados, el cual asegura la unión de las partículas del suelo y por tanto reduciéndose en consideración las emisiones de material particularizado por el tránsito de vehículos por los caminos no pavimentados del proyecto. - Los vehículos se desplazarán en sitios sin pavimentación dentro de las instalaciones del proyecto a 30 km/h cuando estén vacíos y a 20 km/h cuando estén cargados y contarán con la inspección técnica al día y vigente. También es importante mencionar que la ubicación del proyecto cuenta con una ventilación natural relevante que no permite la acumulación de emisiones. Es importante mencionar que el proyecto fotovoltaico evitará que se vierta a la atmósfera anualmente 8129,4 Ton. de CO2; 14,8 Ton. de Nitróxidos y 18,7 Ton. de Sulfatos, debido a la generación limpia de energía eléctrica, compensando muy superiormente las emisiones de MP10 y gases de efecto invernadero que suponen la materialización del propio proyecto. Por su parte, la concentración horaria de las emisiones MP10 resultantes de la simulación en Screen View, durante la etapa de construcción, siendo esta la más crítica del proyecto, asciende a 13,5 ug/m3 (valor máximo identificado), valor inferior al límite permitido de 50 μg/m3que la normativa de calidad primaria del aire para MP10 indica como el límite de la concentración anual (promedio de 3 años consecutivos). Además, considerando que las partículas de MP10, están compuestas por fracciones gruesas y finas, y que en estas últimas se encuentran las partículas correspondientes al MP2,5, se han utilizado a efectos de análisis las concentraciones más críticas de MP10 correspondientes a 13,5 ug/m3 con el objetivo de evaluar de manera conservadora, dichos resultados con la normativa de calidad primaria del aire para MP2,5 (Decreto Supremo Nº 12/2011, Ministerio de Medio Ambiente) la cual establece el límite de concentración anual en a 20 ug/m3. Por tanto se concluye que dichas concentraciones también son inferiores a los límites establecidos por dicha normativa. Los resultados expuestos se obtienen de la simulación realizada y adjunta a la DIA en el Anexo N°8 “Simulación Screen View”. b. Ruido. En Anexo N°5 del Adenda se presenta el Estudio Acústico actualizado de las emisiones de ruido a generar por el proyecto durante todas sus etapas de ejecución. El Decreto Supremo N° 38 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el diario oficial el 12 de junio de 2012, establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (NPC) y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes hacia la comunidad, tales como actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. En la norma se establecen cinco zonas, las cuales son definidas de acuerdo a los Planes Reguladores Comunales existentes: - Zona I: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite exclusivamente uso de suelo Residencial o bien este uso de suelo y alguno de los siguientes usos de suelo: Espacio Público y/o Área Verde. - Zona II: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona I, Equipamiento de cualquier escala. - Zona III: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona II, Actividades Productivas y/o de Infraestructura. - Zona IV: aquella zona definida en el instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite sólo usos de suelo de Actividades Productivas y/o de Infraestructura. - Zona Rural: aquella ubicada al exterior del límite urbano establecido en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo. Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores de la Tabla Nº 1: | Niveles Máximos Permisibles de Presión sonora Corregidos (NPC) en dB (A) | | | De 7 a 21 horas | De 21 a 7 horas | | Zona I | 55 | 45 | | Zona II | 60 | 45 | | Zona III | 65 | 50 | | Zona IV | 70 | 70 | Fuente: Tabla N°1 del Anexo N°5 del Adenda, Máximos Permisibles de Presión sonora Corregidos (NPC) en dB (A). Para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: - Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) - NPC para Zona III de la Tabla 1. - Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. Para el caso de mediciones internas, se deberá realizar una corrección sobre los niveles obtenidos en la letra b) precedente, ya sea si existen puertas, ventanas o vanos en las paredes o techumbres que puedan incidir en la propagación del ruido hacia el interior: | Correcciones ventana, puerta o vano | | Corrección | | Puerta y /o ventana abierta (o vano) | + 5 dB(A) | | Puerta y /o ventana cerrada o ausencia de ellas | + 10 dB (A) | Fuente: Tabla N°2 del Anexo N°5 del Adenda, Correcciones ventana, puerta o vano - Entorno del Proyecto: El proyecto se emplaza en un sector rural, predominantemente agrícola, identificándose los siguientes receptores cercanos. | Identificación de receptores. | | Tipo de Receptor. | ID Receptor | Distancia fuente receptor [m] | Altura sobre el nivel de piso [m] | Descripción | Observaciones | | Letra a | 1 | 227 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en Ruta H-800. | | Letra a | 2 | 20 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en cruce Ruta H-800 con Ruta H-812. | | Letra a | 3 | 56 | 2 | Contenedor habilitado como bodega agrícola | Ubicado en la Ruta H-800. | | Letra a | 4 | 686 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en Ruta H-816. | | Nota: Los receptores corresponden todos a viviendas o infraestructura empleadas por personas. Atendiendo a los informes de vegetación, fauna, medio humano y arqueología de la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente a este proyecto, se descarta la presencia de receptores con valores, arqueológico, históricos o de otro tipo dentro del área de influencia del proyecto. | Fuente: Tabla N°5 del Anexo N°5 del Adenda, Identificación de receptores. - Zonificación: De acuerdo al plan regulador comunal, los puntos de medición se encuentran fuera del límite comunal, por lo que se evaluarán como zona rural. Según el D.S. Nº38/11 del MMA “Para zonas rurales se aplicara como nivel máximo permisible e presión sonora corregido (NPC) el valor menor entre: - Nivel de Ruido de Fondo + 10dB(A). - NPC Zona III. Este criterio se aplicara tanto para el periodo diurno como nocturno, de forma separada”. | Comparación limites NPC zona rural. Horario diurno. Valores en dB(A). | | Punto | NPSeq | RF+10 dB | NPC Zona III | Menor | | 1 | 63 | 73 | 65 | 65 | | 2 | 56 | 66 | 65 | 65 | | 3 | 58 | 68 | 65 | 65 | | 4 | 60 | 70 | 65 | 65 | Fuente: Tabla N°7 del Anexo N°5 del Adenda, Comparación limites NPC zona rural. Horario diurno. Valores en dB(A). | Comparación Limites NPC zona rural. Horario nocturno. Valores en dB(A). | | Punto | NPSeq | RF+10 dB | NPC Zona III | Menor | | 1 | 58 | 68 | 50 | 50 | | 2 | 54 | 64 | 50 | 50 | | 3 | 52 | 62 | 50 | 50 | | 4 | 54 | 64 | 50 | 50 | Fuente: Tabla N°8 del Anexo N°5 del Adenda, Comparación limites NPC zona rural. Horario nocturno. Valores en dB(A). - Estimación Niveles de Ruido del Proyecto Para realizar las estimaciones de los niveles de emisión sonora del proyecto en los puntos receptores identificados, se utilizará la norma de propagación del sonido al aire libre norma ISO 9613-2:1996 Acoustics – Attenuation of sound during propagation outdoors – Part 2 General method of calculation, asistida con el software Cadna/A v3.7 de DataKustikGmbH, el cual realiza cálculos en una grilla con una precisión de 5 x 5 [m], considerando los obstáculos existentes (construcciones), topografía del terreno, absorción del terreno, condiciones climáticas y las fuentes de ruido y receptores del proyecto. Los resultados obtenidos en los mapas de ruido se muestran mediante una escala de colores de intervalo 3 dBA. La precisión del modelo se estima en ±3 dB, respecto a mediciones en terreno, considerando las mismas fuentes de ruido y condiciones generales. Las variables ingresadas al modelo, considerando: niveles de emisión de las fuentes (Lp, Lw, espectros de frecuencia, etc.); orden de reflexiones; altura de los receptores; altura de los mapas de ruido; absorción del terreno; método o modelo de propagación sonora utilizado; estimación del error asociado a las predicciones se presentan en el anexo 2 de este informe, con el detalle de las memorias de cálculo entregadas por el software para de cada escenario. - Fuentes de Ruido | Frentes de ruido | X (E [m]) | Y (S [m]) | Altura suelo [m] | | C1 | 308.529 | 6.182.229 | 1,5 | | C2 | 308.374 | 6.182.019 | 1,5 | | C3 | 308.866 | 6.181.856 | 1,5 | | C4 | 308.955 | 6.182.010 | 1,5 | Fuente: Tabla N°1-10 de la DIA, Fuentes de ruido frente habilitación del terreno. – Posiciones (UTM WGS84). | Frentes de ruido | Receptores | | 1 | 2 | 3 | 4 | | C1 | 265 | 361 | 346 | 970 | | C2 | 512 | 289 | 103 | 756 | | C3 | 699 | 563 | 609 | 738 | | C4 | 615 | 533 | 682 | 914 | Fuente: Tabla N°1-11 de la DIA, Distancia frente de construcción. Valores en metros [m]. - Emisiones de Ruido estimadas para la Etapa de Construcción: La Etapa de construcción del proyecto, tendrá una duración total de 4 meses, y contempla una mano de obra promedio de 50 personas con un máximo de 80 personas. La construcción del proyecto intervendrá 12,5 hectáreas de terreno contenido dentro de un perímetro total de 14,69 Has. En la Etapa de Construcción se llevará a cabo una serie de actividades con el fin de materializar el propio proyecto solar fotovoltaico sobre el terreno, dichas actividades se exponen en función la temporalidad de las mismas a través del cronograma. Con todo ello se pretende instalar sobre el terreno 30.160 paneles solares fotovoltaicos con el fin de tener una potencia instalada de 9,5 MWp que se convierte en una potencia nominal de 8,56 MW de generación, y cuya energía generada se verterá a la red eléctrica de distribución de CGE Distribución, en el punto de conexión. A continuación, se realizará la evaluación de los niveles proyectados para las etapas de construcción del proyecto de acuerdo con los niveles máximos permitidos por el D.S. Nº 38/11 del MMA. | Receptor | NPC [dBA] | Zona DS N°38/2011 del MMA. | Periodo (Diurno/Nocturno) | Límite [dBA] | Estado (Supera/No Supera) | | 1 | 49 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 2 | 62 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 3 | 55 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 4 | 40 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | Fuente: Tabla N°13 del Anexo N°5 del Adenda, Evaluación de niveles proyectados según D.S.Nº38/11 del MMA. Etapa de construcción, frente construcción. Valores en dB(A) Lento. De acuerdo a la evaluación realizada, se concluye que el proyecto Parque Fotovoltaico La Acacia cumple los máximos permitidos por el D.S. Nº38/11 del MMA en todos los receptores cercanos, en la etapa de construcción. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | a. Residuos Líquidos a.1 Residuos Líquidos Domésticos En la fase de construcción, se generarán residuos líquidos domésticos producidos por el uso de aguas sanitarias por parte del personal contratado para la construcción, al utilizar baños químicos (WC y duchas) y lavamanos químicos asociados al comedor temporal, estas aguas serán extraídas, transportadas y posteriormente tratadas, por una empresa con Resolución Sanitaria vigente, la cual será exigida al momento de la contratación de los servicios, tanto de disposición de baños, así como mantención de estos. a.2 Residuos Líquidos Industriales Durante esta etapa el proyecto no generará RILES. b. Residuos Sólidos a generar durante la Etapa de Construcción. b.1 Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: En la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros., los que se almacenarán temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores cerrados, al interior de la bodega de almacenamiento temporal de residuos domésticos ubicada en la instalación de faena transitoria. Posteriormente se recolectarán 2 veces a la semana, por una empresa autorizada para tal fin y se trasladarán a un sitio de disposición final autorizado. Se calcula una producción de residuos domésticos de 1,5 kg/trabajador/día, lo que significa que para un máximo de 80 trabajadores, la generación será de 120 kg/día. El transporte y disposición final en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. La siguiente tabla muestra las coordenadas de localización del sitio de almacenamiento temporal de los residuos a generar durante esta etapa de ejecución del proyecto: | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Bodega Temporal de Residuos Domésticos declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.196,39 | 308.470,21 | | 2 | 6.182.194,17 | 308.473,18 | | 3 | 6.182.192,01 | 308.471,57 | | 4 | 6.182.194,23 | 308.468,59 | Fuente: Tabla N°13 del Adenda, Coordenadas de localización de los residuos, temporal. - Cantidad de los Residuos Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos: | Tipo de Residuos | Características | Cantidad | | Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos | Residuos sólidos provenientes de servicios higiénicos como latas, plásticos, materia orgánica, etc. | 120 kg/día | Fuente: Tabla 1-13 de la DIA, Residuos Sólidos No Peligrosos Etapa de Construcción. b.2 Residuos industriales sólidos no peligrosos: Se generarán residuos industriales no peligrosos de pequeño tamaño tales como restos de tornillería, restos de pequeño material eléctrico y cables de cobre, pequeños embalajes y paneles solares fotovoltaicos defectuosos. Todos ellos serán almacenados al interior de la bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos industriales, dentro de contenedores adecuados para favorecer la separación de los residuos y su posterior reciclaje, ya que la mayoría de los residuos industriales no peligrosos de pequeño tamaño tienen un alto valor aun cuando ya son considerado residuo. Adicionalmente se generarán residuos inertes de mayor tamaño, los cuales, dada su dimensión se almacenarán en un sector de acopio temporal delimitado en la instalación de faenas transitoria, lo cual se puede visualizar como “Área de excedentes de excavación y materiales” en el Plano 5 “instalación de Faena (Edificios Transitorios y Permanentes” del Anexo 2 “planimetría de la DIA. En toda la etapa de construcción se estima generar 100 m3 de residuos inertes de la construcción (grandes y pequeños) y aproximadamente 129 kg de paneles solares deteriorados (aprox. 5 paneles durante toda la etapa). La frecuencia de retiro será cada vez que se llegue al volumen crítico y serán llevados a un sitio de eliminación autorizado por una empresa contratista especializada o para reciclaje según sea el caso. El proyecto utilizará principalmente componentes pre-armados o pre-cortados, de forma, de no generar impactos sonoros por corte y residuos materiales en el frente de construcción. Además de lo anterior, se generarán residuos derivados de los excedentes de excavación y escarpe, los cuales se almacenarán dentro del área donde se ubicarán los residuos inertes de mayor tamaño, descrito anteriormente. Embalajes: Los Pallets serán retirados por el proveedor externo que entrega el insumo, lo cual quedará estipulado en las cláusulas del respectivo contrato. Las bobinas de cables serán ofrecidas para reciclaje o reutilización, sin embargo en caso de no conseguir lo anterior, serán almacenadas temporalmente en la obra y dispuestas en lugar autorizado. Los restos de embalajes de cartón, plástico y cintas, serán acopiados en la zona de la instalación temporal de faenas, destinados para tal fin y serán retirados por una empresa autorizada para su disposición final en sitio autorizado. | Tipo | Cantidades | | Pallets | 1206 | | Plástico (Pallets) | 600 kg | | cartón (Pallets + otros) | 690 kg | | cinta (Pallets) | 120 kg | | bobinas (cables) | 3 | | cartón (motores eléctricos) | 100 kg | | plásticos (Pequeños embalajes) | 20 kg | | cartón (Pequeños embalajes) | 25 kg | Fuente: Tabla N°30 del Adenda, Insumos etapa de construcción. Como política empresarial se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos. Los residuos antes expuestos serán enviados a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins. En consecuencia, dada la magnitud de los residuos sólidos, tanto domiciliarios como asimilables a domésticos e industriales y las medidas de manejo a disponer, no existen antecedentes para prever impacto ambiental negativo por esta causa durante la construcción. - Cantidad de los Residuos Sólidos No Peligrosos: | Tipo de Residuos | Características | Cantidad Total | | Sólidos No Peligrosos | Residuos sólidos como cubierta vegetal, excedentes de excavación y escarpes. | 56,4 m3/proyecto | | Sólidos No Peligrosos (construcción) | Residuos inertes de la construcción | 100 m3/proyecto | | Sólidos No Peligrosos (construcción) | Paneles Solares Deteriorados durante la Construcción. | 129 kg/proyecto | Fuente: Tabla 1-13 de la DIA, Residuos Sólidos No Peligrosos Etapa de Construcción. A continuación se detalla la ubicación de la Bodega de Almacenamiento de Residuos Sólidos No Peligrosos: | Nombre de la Obra Temporal (Etapa de Construcción), descritas en el punto 1.4.1.1.1 Instalaciones de Faenas de la DIA | Superficie (m²) | UTM (WGS84 DATUM 19 Huso S) | | Punto Medio de la Superficie Declarada | | Este (m) | Norte (m) | | Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales | 8,4 | 308.473,74 | 6.182.192,12 | b.3 Residuos industriales sólidos peligrosos: En la fase de construcción, se generarán residuos menores considerados como peligrosos, que son necesarios para el uso de la maquinaria, los cuales serán gestionados mediante un sistema de manejo de dos componentes. El primer componente del sistema de manejo tiene por objetivo el almacenamiento temporal en los puntos de generación de los residuos. Para este fin se utilizarán contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo e instalaciones menores generadoras de estos residuos. Todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados en el periodo que dure la frecuencia de retiro. Posteriormente los residuos serán trasladados a una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos al interior de la faena durante la construcción. Esta bodega representa el segundo componente del sistema de manejo. Allí, se mantendrá los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCH 2190 of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. N°148/2003 del MINSAL. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos, tal como lo establece la normativa vigente. Se exigirá que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos generados por el proyecto, cuente con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de estos y con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud para su funcionamiento, al cual debe estar vigente. Se llevará el registro de los certificados de recepción de los residuos peligrosos. Los residuos peligrosos menores, tales como aceites y grasas, paños, guantees con grasas, etc., se depositarán diariamente en contenedores primarios debidamente etiquetados en los frentes de trabajo y oficinas. Periódicamente, estos residuos serán retirados y dispuestos en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada en la instalación de faena, para luego ser depositados en los sitios de eliminación autorizados por una empresa autorizada de transporte. Se llevará un registro interno del movimiento de residuos peligrosos hacia y desde la bodega de almacenamientos de los mismos. La ubicación de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos se detalla en el Anexo N°2“Planimetría”, Plano N°5 “Instalación de Faena (Edificios transitorios y permanentes)” de la DIA. El periodo de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la Bodega de Almacenamiento Temporal (BAT), en ningún caso excederá los 6 meses, ya que la obra dura 4 meses, por tanto se hará un retiro al final de la etapa de construcción y dependiendo de la cantidad de residuos almacenada, se podría realizar uno antes de finalizar la construcción del Parque Solar Fotovoltaico. A continuación se detalla la Estimación de Residuos Industriales Peligrosos: | Tipo de Residuos | Cantidad | Frecuencia de retiro | Almacenamiento | Destino | | Desengrasantes | 0.3 lts./día | 2 veces durante la etapa de construcción | Bodega de Almacenamiento Temporal para RESPEL | Destinatario autorizado para residuos peligrosos | | Desechos de paños con aceites y restos de combustible | 0,5 kg/día | Fuente: Tabla 1-14 de la DIA, Residuos Sólidos Peligrosos Etapa de Construcción. A continuación se detalla la ubicación de la Bodega RESPEL: | Nombre de la Obra Temporal (Etapa de Construcción), descritas en el punto 1.4.1.1.1 Instalaciones de Faenas de la DIA | Superficie (m²) | UTM (WGS84 DATUM 19 Huso S) | | Punto Medio de la Superficie Declarada | | Este (m) | Norte (m) | | Bodega Temporal de Residuos Peligrosos Industriales | 16,7 | 308.478,45 | 6.182.188,54 | | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: 4.1, 4.3, 4.3.5, 4.3.6, 4.37, 4.3.8, 4.4. | | 4.3.2 ETAPA DE OPERACIÓN | | Antecedentes generales | La potencia total instalada máxima de las unidades generadoras de energía: Cada panel solar fotovoltaico instalado, tiene la capacidad de generar un peak de 315 Wp, se instalará un total de 30.160 unidades, por tanto la potencia instalada es de 9,5MWp. Potencia activa a inyectar expresada en MW: Los 9,5 MWp de potencia de campo de generación, serán conectados a ocho inversores, cuyas potencias nominales individuales serán de 1,070 MW nominal. Por tanto el Parque Solar Fotovoltaico es de 8,56 MW y esta es la potencia máxima que se va a inyectar al sistema eléctrico de distribución. Estimación de energía anual expresada en MWh: La energía proyectada que el proyecto va a generar y por lo tanto va a inyectar al sistema de distribución correspondiente asciende a 18.304,9MWh al año. Durante la etapa de operación de la Planta Solar Fotovoltaica, se contará con supervisión remota a través de adquisición de datos desde sistema SCADA. Esta Actividad estará dirigida principalmente al monitoreo del funcionamiento de la Planta, detección de mal funcionamiento y fallas a tiempo y optimización de intervenciones de mantención. Se contará con respaldo de Reportes de Datos de producción de la planta y también de porcentaje de disponibilidad de la misma, el cual recoge el tiempo que la planta está en perfecto funcionamiento sin parada de mantención tanto preventiva como correctiva. | | Partes, obras y acciones | En la etapa de operación se considerarán las siguientes actividades: a. Contratación de mano de obra. Durante la operación del proyecto se generan 2 puestos de trabajo, directos y permanentes. b. Verificación y puesta en marcha inicial. Verificación de parámetros y puesta en marcha de las instalaciones de generación de energía. Pruebas finales de conexión de los paneles, parametrización, conexión y puesta en marcha inversores, transformadores y celdas de protección en media tensión. Elaboración de los partes de alta en servicio. c. Instalación de Bodega de Almacenaje. Se indica que la instalación de almacenaje de materiales y recambios se detalla en planimetría del proyecto como Bodega de almacenamiento pequeños materiales. Durante la etapa de operación del proyecto, esta bodega de almacenamiento de pequeños materiales se ubica en las coordenadas Este: 308.548,56 m, Norte: 6.182.240,18 m y tiene una superficie de 8,97 metros cuadrados, tal como se indica en el plano 1“Cartografía de localización del proyecto” adjunta en Anexo 1: Planimetría del Adenda. Esta bodega será construida en sistema de contenedor modular, el cual tiene una estructura general: - Subestructura metalcom. - Marcos metálicos puertas y ventanas en perfil acero - Aislación: polietileno expandido 65mm (15Kg./m3) - Revestimiento interior tipo yeso cartón de tipo RH Y RF según recinto. - Piso, cerámico 40x40 cm antideslizante, lavable. - Pintura interior látex extracubriente, terminación esmalte al agua mismo color. - Cubierta, en base a la propia estructura del contenedor metálico, revestido en su cielo interior, para la protección a la lluvia, temperatura y radiación solar. Esta bodega se incluye dentro de la aplicación y cumplimiento del artículo 55 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, y por tanto los antecedentes han sido considerados en la solicitud y otorgamiento del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 160 del D.S. N°40/2012 del MMA, según se detalla en el Capítulo IX del presente ICE. d. Mantenimiento preventivo y correctivo de la planta solar. d.1 Mantenimiento Preventivo Revisión visual diaria de todos los paneles, inversores, estructuras de soporte, motores eléctricos de los seguidores, cajas de conexiones y conexiones eléctricas en las salas de inversores y transformadores. Monitorización diaria de la producción en función de la radiación solar existente. Sustitución y/o recambio de pequeño material defectuoso tal como tornillería, conectores, fusible o elementos de protección eléctrica. Ejecución de pequeñas obras o reparaciones en general de las infraestructuras: mecánica, eléctrica y albañilería, según necesidades de la planta. Solución de pequeñas averías. Se contara con dos vehículos para realizar el servicio ágilmente para el traslado dentro del interior de la planta. Se debe mencionar que se mantendrá en la Planta un Registro de cada una de las mantenciones realizadas, con fecha y responsable, además de un calendario con las mantenciones venideras preventivas, información disponible para la autoridad competente, durante cada inspección que realice la autoridad competente. d.2 Mantenimiento Correctivo. Se contará con personal capacitado el cual puede actuar ante algún tipo de incidencias imprevistas, durante las 24 horas. Este personal estará capacitado para: - Solución de cualquier incidencia extraordinaria. - Reparar averías de seguidores, sustitución de componentes, herrajes. - Reparar averías de inversores, incluso sustitución parcial y total. - Reparar averías de celdas de Media Tensión (MT) incluido cable seco. - Reparar averías de transformadores de potencia, incluso sustitución. - Maniobras de sustitución de fusibles, maniobras de intemperie. - Análisis termo gráficos, etc. El personal especializado que realiza el mantenimiento correctivo es personal externo y que no está permanentemente en la planta de generación. Sólo acude cuando se le requiere para hacer los mantenimientos correctivos. Se debe mencionar que se mantendrá en la Planta un Registro de cada una de las mantenciones realizadas, con fecha y responsable, además de un calendario con las mantenciones venideras preventivas, información disponible para la autoridad competente, durante cada inspección que realice la autoridad competente. d.3 Mantenimiento de paneles. El panel solar requiere niveles de mantención mínimos ya que funciona de forma totalmente autónoma y simplemente por su exposición al sol. La limpieza de paneles solares es fundamental para asegurar una eficacia en la conversión. La presencia de suciedad y depósitos sobre el panel lo tornan de hecho poco eficaz. La dificultad de limpieza de los paneles solares radica en el hecho que la superficie es delicada. La planificación de dicha mantención se desarrolla en base al peor escenario de suciedad y depósitos, lo que garantiza que la cantidad de energía no se vea afectada. Es decir, con la frecuencia establecida de las mantenciones en 2 veces al año, con una duración de 5 días cada vez, es suficiente para hacer frente al depósito de material particulado que se genera en la zona saturada del valle central de la Región de O’Higgins. Para la limpieza de los paneles, se contratará a una empresa calificada para esta tarea, quienes emplearán agua ionizada. El agua que se emplea para la limpieza de los módulos proviene de la empresa proveedora del servicio. Adicionalmente como parte del mantenimiento correctivo, existe la posibilidad de que sea necesario el recambio de un panel solar por mal funcionamiento o deterioro. Los paneles solares dañados y cambiados son residuos no peligrosos ya que no contienen ningún metal pesado y todos sus componentes son reciclables (según se presenta en AnexoN°3“Ficha Técnica de los paneles fotovoltaicos” de la DIA). En referencia al programa de reciclado de los módulos se hace mención del siguiente modo de procedimiento: - Los módulos solares fotovoltaicos adquiridos están acogidos a PV CYCLE, esta asociación de fabricantes de módulos garantizan a través de una certificación denominada “PV CYCLE Certificate” que una vez que los paneles solares sean retirados por mal uso ya sea durante la etapa de operación o desmantelamiento de la planta ellos los retiran para su reciclaje cumpliendo con las normativas europeas para tales procedimientos. - La cantidad de módulos que sufren este tipo de dañado son los mínimos, con un máximo de 3 paneles solares anuales lo que significa un máximo de 78 Kg al año. - Se debe mencionar que se mantendrá en la Planta un Registro de cada una de las mantenciones realizadas, con fecha y responsable, además de un calendario con las mantenciones venideras preventivas, información disponible para la autoridad competente, durante cada inspección que realice la autoridad competente. Las siguientes Tablas dan cuenta de las actividades a ejecutar según tipo de mantenciones a realizar durante la etapa de operación del proyecto: | VERIFICACIÓN DE INVERSORES | | Intervenciones (examen visual y / o instrumental) | Frecuencia | Medio de Verificación e insumos | Periodicidad del Reporte | | Verificar el estado de las conexiones (eventual oxidación) | Anual | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumos: conectores nuevos y material de protección individual | Anual | | Verificar apriete de conexiones | Anual | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones.: Insumos: herramientas eléctricas y material de protección individual. | Anual | | Limpieza interna y externa de los componentes | Semestral | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumos: Materiales de limpieza seca tal como paños anti electrostáticos y escobillones. | Semestral | | Verificación de correcto funcionamiento del ventilador de enfriamiento | Semestral | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumos: herramientas mecánicas de pequeño tamaño. | Semestral | | VERIFICACIÓN TRANSFORMADOR | | Intervenciones (examen visual y / o instrumental) | Frecuencia | Medio de Verificación | Periodicidad del Reporte | | Control de nivel y presencia de fugas de líquido aislante | Anual | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumo: registro visual y elementos de protección individual | Anual | | Verificación de limpieza de aislantes y control de estado de conservación. | Anual | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumo: registro visual elementos de protección individual. | Anual | | Control de estado de dispositivos mecánicos | Mensual | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumo: registro visual elementos de protección individual, herramientas mecánicas de pequeño tamaño. | Anual | | VERIFICACIÓN DE MÓDULOS FOTOVOLTAICOS | | Verificar el estado de las conexiones entre módulos | Anual | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumo: registro visual elementos de protección individual, herramientas eléctricas de pequeño tamaño. | Anual | | Intervenciones (examen visual y / o instrumental) | Frecuencia | Medio de Verificación | Periodicidad del Reporte | | Realizar limpieza de módulos | Semestral | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumo: agua para limpieza y herramientas de limpieza rodillos especiales y difusores especiales. | Semestral | | Bajo los paneles fotovoltaicos. | Trimestral | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumos: herramientas mecánicas. | Trimestral | | Revisión de estado de las estructuras metálicas que soportan los paneles fotovoltaicos, por posibles desgaste o corrosión. | Semestral | Registro en la Planta de la verificación del estado de las conexiones. El registro incluirá fecha, hora, responsable y observaciones. Insumos: herramientas mecánicas de pequeño tamaño | Semestral | Fuente: Tabla N°34 del Adenda, Actividades de Mantenciones Preventivas. | INVERSORES | | Intervenciones instrumental | Frecuencia | Medio de Verificación e insumos | Periodicidad del Reporte | | Sustitución de un inversor en caso de no funcionamiento correcto | En caso de ocurrencia | Control telemático de la producción de la planta. El cambio se producirá por personal especializado. Los insumos son: el inversor nuevo, los conectores eléctricos, herramientas mecánicas y eléctricas de pequeño tamaño y elementos de protección individual. | Cuando ocurra | | MÓDULOS FOTOVOLTAICOS | | Sustitución de módulos por mal funcionamiento o por deterioro físico como ruptura accidental | Cuando ocurra | Control telemático de la producción de la planta y control visual por personal de mantenimiento. El cambio se producirá por personal especializado. Los insumos son: el panel solar fotovoltaico nuevo, los conectores eléctricos, herramientas mecánicas y eléctricas de pequeño tamaño y elementos de protección individual. | Cuando ocurra | Fuente: Tabla N°35 del Adenda, Actividades de mantenciones correctivas. d.4 Control de Malezas del predio durante la operación del Proyecto. Durante la fase de operación se contempla la realización de control de malezas por vía mecánica (corte, extracción); sin utilización ni de pesticidas ni de otros compuestos químicos que pudiesen alterar la natural composición del suelo, el que es sustento de la fauna terrestre existente, la cual no se verá alterada, ya que su hábitat no será alterado químicamente, ni físicamente. Se contempla la realización de control de malezas por vía mecánica (corte, extracción); sin utilización ni de pesticidas ni de otros compuestos químicos que pudiesen alterar la natural composición del suelo, el que es sustento de la fauna terrestre existente, la cual no se verá alterada, ya que su hábitat no será alterado químicamente. El control de la maleza se realizará de forma manual y no empleando maquinaría para tal fin. El personal que realice el control de la maleza recibirá la misma capacitación que el resto de trabajadores de la planta en relación a cómo actuar en caso de encontrarse con fauna silvestre durante la ejecución de su actividad. Los contenidos de dicha capacitación según se presenta en la DIA en el Capítulo 1.5.9.5, Proliferación de vectores. e. Aplicación de Emulsión de Polímeros Acrílicos para recubrimiento del suelo. En Anexo N°7 del Adenda se adjunta un programa de ejecución de la aplicación de Emulsión de Polímeros Acrílicos para recubrimiento del suelo. Se aclara que la representación cartográfica de las zonas donde será aplicada dicha condición se adjuntó en la planimetría de la Declaración de Impacto Ambiental como el Anexo 1, plano 8, sin perjuicio de esto, en el citado documento, se vuelve a adjuntar en el Anexo N°1, Plano N°12 con el nombre “Tratamiento superficial en los Caminos”. Adicionalmente esta información será establecida dentro de los reportes de los compromisos ambientales a ser informados a la SMA, como parte del seguimiento y fiscalización del Proyecto. f. Evacuación de aguas lluvias al interior de la Planta Fotovoltaica, y su descarga a curso de agua. Se aclara que el Proyecto no contará con obras de captación, ni canalización de aguas lluvias, ya que se utilizará una red de drenaje natural (según se presenta en El Plano N°7 “Drenaje Natural del terreno” de Anexo N°1 del Adenda), con la pendiente natural del terreno y la canalización existente (canales de regadío que se encuentran solo en el perímetro del proyecto, fuera del área intervenida). El Proyecto no alterará ninguna de estas características del terreno y el movimiento de los paneles solares (con seguidor), permitirá la normal infiltración de agua. En el Plano N°6 “Captación y Canalización de Aguas Lluvia” del Anexo N°1 del Adenda, muestra como escurrirá el agua lluvia, de acuerdo al movimiento de los paneles fotovoltaicos. Todo ello justifica que no existe una modificación del escurrimiento superficial y natural existente en área del proyecto debido a la ejecución del proyecto sobre el mismo. | | Cronograma de la Etapa de Operación. | Se operará la planta durante 30 años con sus respectivas actividades de mantención por lo que su cronograma de operación no considera hitos relevantes. | Actividades de la Etapa de Operación | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | Año 5 | Año 6 | Año 7 | Año 8 | Año 9 | Año 10 | Año 11 | Año 12 | Año … | Año 20 | Año … | Año 30 | | Operación Planta | | | | | | | | | | | | | | | | | | Actividades de Mantención | | | | | | | | | | | | | | | | | Fuente: Figura 1-22 de la DIA, Cronograma Etapa de Operación | | Suministros de insumos | Descripción de suministros básicos para la Etapa de Operación a. Energía Eléctrica: La energía necesaria para los servicios auxiliares durante la etapa de operación tales como bomba de la planta de tratamiento, iluminación de las instalaciones de la sala de control y control de la propia planta será obtenida por medio de autoabastecimiento, con una muy pequeña parte de la energía generada por la propia planta. La planta solar fotovoltaica está equipada dentro de sus componentes estándares para poder dar suministro energético a todos sus componentes, incluidos las instalaciones eléctricas auxiliares que componen el proyecto durante las horas de producción de la misma. Durante las horas en las que la planta solar no funciona, es decir, horario nocturno, se emplean las mismas instalaciones de conexión para el abastecimiento de energía nocturno que para la inyección de energía diurna a la red de distribución. Dentro de la instalación eléctrica, tal y como se gestiona con la compañía distribuidora, se proyecta un contador bidireccional capaz de gestionar tanto las inyecciones de energía desde la planta hacia la red de distribución como el suministro de la energía desde la red de distribución a las instalaciones de la planta. b. Agua Potable: El agua potable para beber será suministrada a través de un proveedor autorizado, con bidones de 20 litros. El resto de agua potable para uso de sanitarios, será abastecida desde San Vicente de Tagua Tagua por un proveedor autorizado de agua potable, a través de camión aljibe y almacenada en un tanque de 10 m3, lo que asegura el suministro permanente del agua. Las instalaciones del proyecto dispondrán de instalación de cloración para poder mantener y asegurar la condición de potabilidad del agua almacenada. c. Servicios Higiénicos Durante la etapa de Operación el personal hará uso de las instalaciones sanitarias ubicadas dentro del contenedor habilitado como sala de control. Cumpliendo con la legislación aplicable y las cantidades exigidas por el artículo 23 del D.S. N°594 de 1999 del MINSAL, se tendrá 1 WC y 1 Lavamanos. Durante esta etapa se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas. El montaje de construcción de estas instalaciones se hará de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA). Para el tratamiento de las aguas servidas, se instalará una planta modular de tratamiento que permitirá obtener un efluente tratado que dará cumplimiento a la Norma Chilena NCh 1.333/1 Of.78 del INN que establece Requisitos de Calidad del Agua Para Diferentes Usos y al D.S. N° 90 de 2000 del MINSGPRES, Norma de Emisión Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, según se detalla en el Plano N°9: “Planta de Tratamiento de Aguas” del Adenda. El agua a tratar provendrá del consumo máximo de una población de 2 personas, generando un requerimiento máximo diario de 300 litros. Se utilizará un proceso biológico con actividad bacteriana consistente en bacterias aeróbicas que absorben el oxígeno de las aguas, degradando y oxidando la materia orgánica, proceso que se conoce como “Digestión Aeróbica”. Las aguas tratadas serán utilizadas para humectación de los caminos y el excedente será empleado para riego y preparación de emulsión para el reductor de polvo control de emisiones. El retiro de los lodos estará a cargo de una empresa externa autorizada por la autoridad sanitaria de la Región de O´Higgins. El retiro será de forma periódica según la recomendación del fabricante. El detalle de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, se encuentra en el Capítulo IX del presente ICE, antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 138 del D.S. N°40/2012, y en Anexo N°16 de la DIA. d. Provisión de Alimentación para los trabajadores: Los trabajadores, durante la etapa de operación, no contarán con un lugar para consumo de alimentos (comedor ni casino), esto lo realizaran fuera el Proyecto, en un sitio que contará con Resolución Sanitaria vigente en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua. e. Otros Insumos: Los insumos necesarios durante la etapa de operación del parque son pequeños materiales eléctricos y mecánicos. Dentro de los principales materiales eléctricos se consideran: Fusibles, conectores, interruptores de protección y cableado. f. Transporte: Durante la etapa de operación y tal como se detalló en el apartado 1.5.1.3 “Mantenimiento preventivo y correctivo de la planta solar”, por un lado se realizarán mantenciones diarias, las cuales requieren de 2 camionetas por día, y por otro, se realizarán actividades de limpieza de los paneles solares, lo cual se llevará a cabo 2 veces al año y tendrá una duración de 5 días cada vez, requiriendo de 2 camiones para esta actividad. Adicionalmente, para el traslado de residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos se requieren de camiones ligeros con frecuencia de retiro de una vez por semana, y para el traslado de agua potable se requerirá un camión aljibe de capacidad 10.000 litros, una vez cada dos semanas. Dado lo anterior, se puede apreciar la mínima cantidad de traslados que se deben realizar en la etapa de operación del proyecto, infiriendo que el impacto sobre las carreteras existentes será totalmente insignificante. | | Recursos naturales renovables | El proyecto utilizará únicamente energía proveniente del sol para la operación de la Planta solar Fotovoltaica. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | a. Productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente durante la Etapa de Operación. a.1 Los transformadores que se van a instalar y operar en el proyecto contienen aceites dieléctricos. En relación a los aceites dieléctricos, tiene una vida útil idéntica a la del transformador, muy superior a la vida útil del proyecto, y por lo tanto, no se cambian durante ninguna de las etapas del proyecto y por ello no son manejados por el proyecto. Los equipos transformadores se diseñan con un pozo colector cuya capacidad es de 1,2 veces el volumen de aceite contenido en el transformador. Estos pozos son un elemento de seguridad para evitar derrames en caso extremo de accidente y pérdida de aceite del transformador. Sin embargo, no se contempla el cambio de aceite dieléctrico ya que se usarán transformadores nuevos y herméticos. Adicionalmente el proyecto cuenta con el siguiente plan de manejo de derrames de aceites dieléctricos, cuyo objetivo es establecer las medidas específicas que se deben adoptar en caso que ocurra un derrame de aceite dieléctrico de algún transformador. En caso de ocurrencia de un derrame de aceites de los transformadores eléctricos de la subestación el personal calificado deberá actuar utilizando los elementos de protección personal que se detallan a continuación: - Ropa impermeable - Guantes de acrilo nitrilo - Zapatos de seguridad - Mascara con filtro de vapores orgánicos. Además se debe tener en cuenta lo siguiente: - Cortar cualquier fuente de energía eléctrica, chispas, o fuego que pueda entrar en contacto con el aceite dieléctrico derramado. - Se deberá señalizar y acordonar la zona contaminada con barreras o cintas de seguridad. - Una vez detenido el derrame, el cual siempre se encontrará confinado al receptor para dicho fin, dependiendo de la magnitud, se deberá recolectar el aceite derramado. En el caso de derrames menores recolectar con balde y pala. - Por la naturaleza de este material un derrame mayor será recogido con bombas de aceites de manera de retirar en el menor tiempo posible los residuos. - Todo el material contaminado deberá ser recogido y dispuesto en contenedores habilitados para residuos peligrosos. - Se procederá a limpiar la zona contaminada y descontaminar los equipos que estuviesen en contacto con el derrame. - Todos los productos retirados deben tratarse como residuos peligrosos (RESPEL), conforme a lo establecido en el D.S. Nº 148 de 2003 del MINSAL. - Los contenedores con material impregnado con aceites deben ser etiquetados adecuadamente y dispuestos temporalmente en la bodega de residuos peligrosos, para posteriormente ser trasladados por una empresa autorizada hasta el sitio para disposición final como residuos peligrosos. - Un vez finalizada la etapa de operación del proyecto los transformadores serán retirados y con ellos el aceite dieléctrico en su interior. Estos serán transportados y entregados a una empresa autorizada por la autoridad sanitaria para su disposición final. Adicionalmente se tendrán almacenadas durante la etapa de operación del proyecto las siguientes sustancias peligrosas, para la cloración del agua y para la planta de tratamiento de aguas servidas. a.2 Hipoclorito de Calcio: Capacidad máxima de almacenamiento: 10 Kg Tipo: granulado con concentración de 65% Envases en Bidón de plástico con un contenido neto de 5 Kg con tapón de jebe y tapa roscada externa para asegurar la conservación del producto. a.3 Hipoclorito de Sodio: Capacidad máxima de almacenamiento: 10 Litros Tipo: granulado con concentración de 5% Envases en botella plástico con un contenido neto de 1 litro con tapón de rosca sellada externa para asegurar la conservación del producto. a.4 Bisulfato de Sodio: Capacidad máxima de almacenamiento: 5 Kg Tipo: granulado con concentración de 100% Envases en Bidón de plástico con un contenido neto de 1 Kg con tapón de jebe y tapa roscada externa para asegurar la conservación del producto. Todas estas sustancias peligrosas serán almacenadas dentro de la bodega de pequeño material e insumos dentro de un armario especialmente diseñado para dicho uso, el cual se ubicará dentro de la sala de control. Las fichas descriptivas de dichas sustancias químicas se detallan en el Anexo N°4 de la DIA, que corresponde al “Listado de sustancias químicas y Hojas de datos de seguridad”. c. Residuos Sólidos. Durante las etapas de operación serán poco significativas, debido a la poca frecuencia de personal en esta etapa. b.1 Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domésticos: Los residuos generados durante la operación del proyecto serán originados por el consumo de alimentos, restos de envoltorios de papel, plástico, cartón y otros insumos inertes de oficinas. Se estima se generarán 3 kg/diarios de basura doméstica (1.5 kg/persona/día), ya que trabajaran 2 personas. Estos serán almacenados temporalmente en contenedores, al interior de la bodega de residuos domésticos ubicada en la instalación de faenas permanente, para ser retirados una vez a la semana por un camión con autorización sanitaria a un sitio autorizado. | Etapa de operación | | Residuos Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos | Desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros. (Aprox. 1,5 kg diarios de residuos por trabajador) | 3 Kg/día | b.2 Residuos Industriales No Peligrosos Se estima que lo únicos posibles residuos industriales durante la etapa de operación sean cables y paneles en mal estado que se pudieran generar de actividades de mantención. La empresa encargada de la mantención será la encargada de la gestión del reciclaje de los módulos solares, estando estos desde su fabricación, dentro de un programa de reciclaje de la empresa fabricante, quien se encarga de la recolección, traslado y reciclaje de los módulos. Para ello se dispondrá de una bodega de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, ubicada en la instalación de faena permanente, dónde se almacenarán estos temporalmente junto con los residuos domiciliarios. Se estima generar 78 Kg/año de paneles solares defectuosos. La empresa fabricante de módulos, bajo requerimiento del propietario otorga una certificación escrita que los módulos han sido procesados de acuerdo con al programa de reciclaje. El fabricante mantiene esta información del proceso tratamiento de los módulos en desuso bajo este programa por un periodo requerido por las leyes correspondientes. | Etapa de operación | | Paneles solares deteriorados | Paneles Solares Deteriorados (Aprox. 3 paneles solares deteriorados al año) | 78Kg/año | | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación del Sitio de Acopio Permanente de RISES No Peligrosos, residuos domésticos y asimilables a domésticos declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6182247,37 | 308546,85 | | 2 | 6182245,99 | 308549,98 | | 3 | 6182243,27 | 308548,77 | | 4 | 6182244,65 | 308545,65 | Por la naturaleza del proyecto, este no significa un punto de proliferación de vectores, sin embargo se contará con una empresa que realice una campaña mensual de desratización, y desinsectación de los lugares de uso común, como oficinas, baños, zona de control y bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos, además dentro de los planes de prevención se capacitará en el control de animales mayores que acuden por alimentación. Para evitar que la medida descrita pueda afectar negativamente a la fauna silvestre se tomarán las siguientes medidas: - Los lugares de uso común, tales como oficinas, baños, zona de control y bodega de residuos asimilables a domésticos, están todos ubicados dentro del mismo sector de proyecto identificado como área de faenas. Estos sectores serán cercados perimetralmente con una malla gruesa que penetre en el terreno 30 cm y que tenga 1 m de altura. (según se presenta en Anexo N°2 “Planimetría”, Plano N°5 “Instalación de Faenas (Edificios transitorias y permanentes)” del Adenda). El objetivo de esta malla es aislar los lugares de uso común del resto del proyecto y evitar la penetración de fauna silvestre dentro de este espacio. - El cerco será dimensionado de modo que impida la entrada también de animales mayores dentro del recinto antes mencionado. Las capacitaciones al personal de la planta irán orientadas a asegurar que previo al comienzo de la desratización y desinsectación se debe asegurar que no hay ningún animal mayor dentro del recinto cercado y en caso de que por accidente hubiera alguno sacarlo del recinto y dejarlo libremente fuera de él, antes de comenzar con el proceso de desratización y desinsectación. - Adicionalmente se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. - La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. La bodega de almacenamiento temporales de residuos a utilizar durante la operación del proyecto, se detalla en el Capítulo IX del presente ICE, en los antecedentes técnicos y formales asociados al permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 140 del D.S. N°40/2012 del MMA, en función de lo presentado en Anexo N°16“PermisosAmbientales Sectoriales” de la DIA, actualizados en Anexo N°8 del Adenda. b.3 Residuos Peligrosos. La bodega de residuos peligrosos de la fase de construcción será la misma que se utilizará en la fase de operación y cierre. | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Bodega Temporal de Residuos Peligrosos declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.191,93 | 308.476,19 | | 2 | 6.182.187,48 | 308.482,15 | | 3 | 6.182.185,32 | 308.480,53 | | 4 | 6.182.189,76 | 308.474,58 | c. Residuos Líquidos El proyecto nos considera segregación de aguas servidas (aguas grises), por lo que la totalidad de las aguas servidas serán manejadas, retiradas, transportadas y provistas de tratamiento final, por empresa autorizada por Autoridad Sanitaria para tales funciones. d. Aguas Servidas Los residuos líquidos generados por la planta en esta etapa corresponderán únicamente a residuos domésticos. En cuanto a la etapa de operación, se contará con una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) la cual se ocupará para tratar el total del agua servida, la que se estima en 300 L/día para un total de 2 personas, que son las que trabajaran durante un día completo en la planta considerando todos los turnos y adicionalmente, considerando una dotación de 150 litros/día/persona. La planta de tratamiento a emplear se detalla en el Capítulo IX del presente ICE, en los antecedentes técnicos y formales asociados al permiso ambiental sectorial mixto consagrado en el artículo 138 del D.S. N°40/2012 del MMA, en función de lo presentado en Anexo N°16“PermisosAmbientales Sectoriales” de la DIA, actualizados en Anexo N°8 del Adenda. | | Emisiones, residuos y efluentes | a. Emisiones a la Atmósfera. Durante la etapa de operación se realizarán actividades de limpieza de los paneles solares, lo cual se llevará a cabo 2 veces al año y tendrá una duración de 5 días cada vez, requiriendo de 2 camiones para esta actividad. Además se requerirán 2 camionetas para las mantenciones diarias y camiones ligeros para trasladar los residuos sólidos domésticos e industriales no peligrosos que se retiran una vez por semana. Adicionalmente el agua potable también se transporta con camión aljibe y debido a las necesidades de agua potable durante la etapa de operación se requiere un camión aljibe de agua potable de capacidad 10.000 litros, una vez cada dos semanas. Dado lo anterior, la única fuente de emisión sería suspensión de Material Particulado y gases debido al tránsito de los vehículos por motivo de mantención y/o control de operaciones. Estos vehículos sí están considerandos dentro del cálculo de la cantidad de emisiones y se detalla su aportación en el Anexo N°7 Informe de Emisiones Atmosféricas de la DIA, complementado con el Anexo N°3 del Adenda. Como forma de evitar el material particulado suspendido, la empresa aplicará una emulsión de polímeros acrílicos modificados en base agua que realiza la unión de las partículas del suelo para evitar el levantamiento de polvo a los caminos de transito no pavimentados durante la etapa de construcción tal y como se ha especificado anteriormente. Este recubrimiento superficial será revisado y mantenido durante la etapa de Operación para que siga cumpliendo su función de evitar el levantamiento de polvo tanto en el camino de acceso como en los caminos interiores del parque. Además se exigirá que las camionetas de mantención que circulen dentro del parque lo hagan con una velocidad de circulación restringida a 20 km/h. en el emplazamiento del proyecto. Además se prohibirá categóricamente la quema de cualquier tipo de residuo, durante la etapa de operación. El agua necesaria para realizar la mantención de los caminos del proyecto, tal y como se ha mencionado en el párrafo anterior, proviene del agua servida del propio proyecto una vez que se encuentre tratada y limpia tras haber pasado por el proceso de la planta de tratamiento de aguas servidas instalada en el propio proyecto y por lo tanto haciendo un reciclaje de la misma. La cantidad de agua necesaria se es de 11 m3/año. Asimismo, el proyecto en su fase de operación producirá emisiones de gases provenientes de la combustión de los motores de vehículos por desplazamiento en las áreas de trabajo en general, MP10, CO, HC, NOx y SOx. Para asegurar la minimización de cargas de estos gases, la empresa se compromete realizar la revisión técnica y mantenerla al día. Aquellos vehículos que no posean la revisión técnica al día no ingresarán a las obras. A continuación se desglosan las actividades que generarán emisiones atmosféricas en el proyecto, específicamente en la etapa de operación. - Emisiones por la resuspensión de material particulado debido a la circulación de los vehículos que transcurren por los caminos del PSFV. Tal y como se ha comentado, se contempla la utilización de vehículos para las actividades de mantención y limpieza del parque, además del traslado de residuos y agua que se requiera, y para la humectación de caminos que será dos veces al año. Para lo anterior se utilizarán vehículos pesados y livianos. A continuación se presenta el cálculo de la estimación de emisiones atmosféricas generadas por la resuspensión de material particulado debido a la circulación de vehículos en caminos pavimentados y no pavimentados, relacionados al proyecto. Para el caso de transito por caminos no pavimentados, se analizarán de forma independiente, por una parte para vehículos pesados y por otra para vehículos livianos, ya que hay distinciones en términos del cálculo. a.1 Resuspensión de MP en caminos pavimentados. Se utilizarán 2 camiones grúas para realizar las mantenciones del parque, además de 2 camionetas para las visitas diarias, un camión para el traslado de agua y uno para el transporte de residuos, y por ultimo un camión aljibe para la humectación de caminos. En la siguiente tabla se aprecia el detalle de los datos y los resultados obtenidos, donde las emisiones se calculan mediante la multiplicación: FexNA, donde FE es el factor de emisión y NA es el nivel de actividad que corresponde a la distancia que deben recorrer los vehículos, multiplicado por la cantidad de viajes respectivos. | Estimación de emisiones atmosféricas “Resuspensión de MP en Caminos Pavimentados” | | Motivo de Viaje | Viajes/año | Distancia Camino Pavimentado (IDA + VUELTA) km | Origen-Destino | FE MP10 (ton/km) | Emisión MP10 (ton/año) | FE MP2,5 (ton/km) | Emisión MP2,5 (ton/año) | | Camión para realizar mantenciones (2 camiones, 2 veces al año, 5 días cada vez) | 20 | 122,4 | Rancagua-Proyecto | 0,0000015 | 0,0037 | 0,0000004 | 0,00089 | | Camionetas mantenciones diarias (2 camionetas, 365 días/año) | 730 | 11,4 | San Vicente T.T.-Proyecto | 0,0000015 | 0,0125 | 0,0000004 | 0,00302 | | Traslado de agua (1 vez cada dos semanas) | 24 | 11,4 | San Vicente T.T.-Proyecto | 0,0000015 | 0,0004 | 0,0000004 | 0,00010 | | Traslado de residuos (1 vez a la semana) | 48 | 11,4 | San Vicente T.T.-Proyecto | 0,0000015 | 0,0008 | 0,0000004 | 0,00020 | | Humectación de caminos | 2 | 11,4 | San Vicente T.T.-Proyecto | 0,0000015 | 0,00003 | 0,0000004 | 0,00001 | | TOTAL EMISIONES (Ton/año) | 0,0174 | | 0,004 | a.2 Resuspensión de material particulado en caminos no pavimentados. Los caminos internos de que consta el parque solar fotovoltaico tendrán un supresor de polvo en su superficie, que logra eficiencias de reducción de polvo particulado superior al 90%. A pesar de su elevada eficacia, se considerará a efecto de cálculos un factor de reducción de emisiones debido a este tratamiento, iguales al 70% con el objetivo de situarnos en un peor escenario en nuestros cálculos. a.2.1 Resuspensión de material particulado en caminos no pavimentados (vehículos pesados). Se utilizarán 2 camiones grúas para realizar las mantenciones del parque, 1 camión para el traslado de agua y 1 camión para el transporte de residuos y 1 camión aljibe para realizar la humectación de caminos. Se utilizaran camiones medianos, los cuales corresponden a la categoría de pesados, ya que superan las 2,7 toneladas. En la siguiente tabla se aprecia el detalle de los datos y los resultados obtenidos, donde las emisiones se calculan mediante: E=FExNAx(1-(Ea/100)), donde FE es el factor de emisión y NA es el nivel de actividad que corresponde a la distancia que deben recorrer los vehículos, multiplicado por la cantidad de viajes respectivos, y Ea es el porcentaje de abatimiento, en este caso 70%, debido al supresor de polvo que se aplicará. | Estimación de emisiones atmosféricas “Resuspensión de MP en Caminos No Pavimentados” Vehículos pesados | | Motivo de Viaje | Viajes/año | Distancia Camino No Pavimentado (IDA + VUELTA) km | FE MP10 (ton/km) | Emisión MP10 (ton/año) | FE MP2,5 (ton/km) | Emisión MP2,5 (ton/año) | | Camión para realizar mantenciones (2 camiones, 2 veces al año, 5 días cada vez) | 20 | 25 | 0,0005 | 0,08 | 0,00005 | 0,008 | | Traslado de agua (1 vez cada dos semanas) | 24 | 0,6 | 0,0005 | 0,0023 | 0,00005 | 0,00023 | | Traslado de residuos (1 vez a la semana) | 48 | 0,6 | 0,0005 | 0,0046 | 0,00005 | 0,00046 | | Humectación de caminos (dos veces al año) | 2 | 2,52 | 0,0005 | 0,0008 | 0,00005 | 0,00008 | | TOTALEMISIONES (Ton/año) | 0,088 | | 0,0088 | a.2.2 Resuspensión de material particulado en caminos no pavimentados (vehículos livianos). En este caso se considera vehículos livianos, aquellos vehículos cuyos pesos promedios no excedan de 2,7 toneladas. En la siguiente tabla se aprecia el detalle de los datos y los resultados obtenidos, donde las emisiones se calculan mediante: E=FExNAx (1-(Ea/100)), donde FE es el factor de emisión y NA es el nivel de actividad que corresponde a la distancia que deben recorrer los vehículos, multiplicado por la cantidad de viajes respectivos, y Ea es el porcentaje de abatimiento, en este caso 70%, debido al supresor de polvo que se aplicará. | Estimación de emisiones atmosféricas “Resuspensión de MP10 en Caminos no pavimentados” Vehículos livianos | | Motivo del viaje | Viajes/año | Distancia (km) (Ida + vuelta) | FE MP10 (ton/km) | Emisión MP10 (ton/año) | FE MP2,5 (ton/km) | Emisión MP2,5 (ton/año) | | Camionetas mantenciones diarias (2 camionetas, 365 días/año | 730 | 2,3 | 0,00018 | 0,09 | 0,00002 | 0,009 | | TOTALEMISIONES (Ton/año) | | | | 0,09 | | 0,009 | Considerando todas las emisiones por la resuspensión de material particulado por la circulación de los vehículos que transcurren por los caminos del PSFV, se tiene el siguiente resultado: “Resuspensión de MP en Caminos no pavimentados”: | Descripción | Emisión MP10 ton/año | Emisión MP2,5 ton/año | Unidad | | Resuspensión MP Camino no pavimentado, Vehículos pesados | 0,088 | 0,0088 | Ton | | Resuspensión MP Camino no pavimentado, Vehículos Livianos | 0,09 | 0,009 | Ton | | TOTAL | 0,176 | 0,018 | Ton | b. Emisiones de material particulado y gases por los vehículos debido a la combustión de los motores. Este tipo de emisiones son aquellas que se dan debido a la combustión interna de los motores de los propios vehículos que operan en el PSFV y que a su vez son desprendidas a través de los tubos de escapes de los mismos. En este apartado se distinguen dos partes diferenciadas para el cálculo de sus correspondientes emisiones, por un lado se consideran los vehículos pesados, concretamente a los camiones de transporte y por otro lado a los vehículos livianos tipo jeeps y/o camionetas. Más específicamente, las ecuaciones de la tabla anterior corresponden a Camiones medianos Diésel Tipo 3, los cuales se caracterizan por tener un peso bruto entre 7, 5 y 16 toneladas y cuenta con una fecha de inscripción en el Registro Nacional de Vehículos motorizados posterior al año 2003. Dónde la variable (V) es la velocidad de circulación de los propios camiones, establecida en un promedio de 65 Km/h. Considerando todos los viajes asociados, y las distancias totales que recorrerán, incluyendo el camino pavimentado y no pavimentado, se estiman las emisiones por combustión de motores. En la siguiente tabla se indican los viajes, las distancias totales y las emisiones resultantes, las cuales dependen de los factores de emisión recién descritos que dependen del tipo de vehículo. | Motivo de Viaje | Viajes/año | Distancia (km) (Ida + vuelta) | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | NOx | SOx | | | Ton/año | | Camión para realizar mantenciones | 20 | 147,4 | 0,0002 | 0,0002 | 0,0020 | 0,0004 | 0,0097 | 0,0002 | | | Traslado de agua | 24 | 12 | 0,00002 | 0,00002 | 0,00023 | 0,00005 | 0,00108 | 0,00003 | | | Traslado de residuos | 48 | 12 | 0,00004 | 0,0000 | 0,0005 | 0,0001 | 0,0022 | 0,0001 | | | Camionetas mantenciones diarias | 730 | 13,7 | 0,0005 | 0,0005 | 0,0029 | 0,0005 | 0,0071 | 0,0004 | | | Humectación de caminos | 2 | 13,92 | 0,000002 | 0,000002 | 0,000023 | 0,000005 | 0,000110 | 0,000003 | | Finalmente, si sumamos las emisiones de material particulado y gases por la combustión de los motores de los vehículos livianos y pesados, obtenemos las emisiones totales bajo este concepto, cuyos resultados se recopila en la siguiente tabla: | “Combustión de motores Total” | | Contaminantes | Emisiones | Unidades | | MP10 | 0,001 | Ton | | MP2,5 | 0,001 | Ton | | CO | 0,007 | Ton | | HC/COV | 0,001 | Ton | | NOx | 0,024 | Ton | | SOx | 0,001 | Ton | c. Emisiones de NH3, Planta de tratamiento de aguas servidas. En la siguiente tabla se presenta el factor de emisión y las emisiones de NH3, que se obtienen multiplicando el factor de emisión con la cantidad de agua que tratará la planta. Conclusión: Los valores de las emisiones atmosféricas de la etapa de operación se exponen en la siguiente tabla: | ESTIMACIÓN EMISIONES ATMOSFÉRICAS PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO ETAPA DE OPERACIÓN | | ACTIVIDADES | CONTAMINANTE (Ton/Año) | | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | NOX | SOX | NH3 | | RESUSPENSION DE MP EN CAMINOS PAVIMENTADOS | 0,0174 | 0,004 | | | | | | | RESUSPENSION DE MP CAMINOS NO PAVIMENTADOS | 0,18 | 0,018 | | | | | | | COMBUSTIÓN DE LOS MOTORES EN RUTA | 0,001 | 0,001 | 0,007 | 0,001 | 0,02 | 0,001 | | | PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS | | | | | | | 0,00036 | | TOTAL | 0,2 | 0,023 | 0,007 | 0,001 | 0,02 | 0,001 | 0,00036 | b. Emisiones de Ruido. En Anexo N°5 del Adenda se presenta el Estudio Acústico actualizado de las emisiones de ruido a generar por el proyecto durante todas sus etapas de ejecución. El Decreto Supremo N° 38 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el diario oficial el 12 de junio de 2012, establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (NPC) y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes hacia la comunidad, tales como actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. En la norma se establecen cinco zonas, las cuales son definidas de acuerdo a los Planes Reguladores Comunales existentes: - Zona I: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite exclusivamente uso de suelo Residencial o bien este uso de suelo y alguno de los siguientes usos de suelo: Espacio Público y/o Área Verde. - Zona II: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona I, Equipamiento de cualquier escala. - Zona III: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona II, Actividades Productivas y/o de Infraestructura. - Zona IV: aquella zona definida en el instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite sólo usos de suelo de Actividades Productivas y/o de Infraestructura. - Zona Rural: aquella ubicada al exterior del límite urbano establecido en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo. Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores de la Tabla Nº 1: | Niveles Máximos Permisibles de Presión sonora Corregidos (NPC) en dB (A) | | | De 7 a 21 horas | De 21 a 7 horas | | Zona I | 55 | 45 | | Zona II | 60 | 45 | | Zona III | 65 | 50 | | Zona IV | 70 | 70 | Fuente: Tabla N°1 del Anexo N°5 del Adenda, Máximos Permisibles de Presión sonora Corregidos (NPC) en dB (A). Para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: - Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) - NPC para Zona III de la Tabla 1. - Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. Para el caso de mediciones internas, se deberá realizar una corrección sobre los niveles obtenidos en la letra b) precedente, ya sea si existen puertas, ventanas o vanos en las paredes o techumbres que puedan incidir en la propagación del ruido hacia el interior: | Correcciones ventana, puerta o vano | | Corrección | | Puerta y /o ventana abierta (o vano) | + 5 dB(A) | | Puerta y /o ventana cerrada o ausencia de ellas | + 10 dB (A) | Fuente: Tabla N°2 del Anexo N°5 del Adenda, Correcciones ventana, puerta o vano - Entorno del Proyecto: El proyecto se emplaza en un sector rural, predominantemente agrícola, identificándose los siguientes receptores cercanos. | Identificación de receptores. | | Tipo de Receptor. | ID Receptor | Distancia fuente receptor [m] | Altura sobre el nivel de piso [m] | Descripción | Observaciones | | Letra a | 1 | 227 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en Ruta H-800. | | Letra a | 2 | 20 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en cruce Ruta H-800 con Ruta H-812. | | Letra a | 3 | 56 | 2 | Contenedor habilitado como bodega agrícola | Ubicado en la Ruta H-800. | | Letra a | 4 | 686 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en Ruta H-816. | | Nota: Los receptores corresponden todos a viviendas o infraestructura empleadas por personas. Atendiendo a los informes de vegetación, fauna, medio humano y arqueología de la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente a este proyecto, se descarta la presencia de receptores con valores, arqueológico, históricos o de otro tipo dentro del área de influencia del proyecto. | Fuente: Tabla N°5 del Anexo N°5 del Adenda, Identificación de receptores. - Zonificación: De acuerdo al plan regulador comunal, los puntos de medición se encuentran fuera del límite comunal, por lo que se evaluarán como zona rural. Según el D.S. Nº38/11 del MMA “Para zonas rurales se aplicara como nivel máximo permisible e presión sonora corregido (NPC) el valor menor entre: - Nivel de Ruido de Fondo + 10dB(A). - NPC Zona III. Este criterio se aplicara tanto para el periodo diurno como nocturno, de forma separada”. | Comparación limites NPC zona rural. Horario diurno. Valores en dB(A). | | Punto | NPSeq | RF+10 dB | NPC Zona III | Menor | | 1 | 63 | 73 | 65 | 65 | | 2 | 56 | 66 | 65 | 65 | | 3 | 58 | 68 | 65 | 65 | | 4 | 60 | 70 | 65 | 65 | Fuente: Tabla N°7 del Anexo N°5 del Adenda, Comparación limites NPC zona rural. Horario diurno. Valores en dB(A). | Comparación Limites NPC zona rural. Horario nocturno. Valores en dB(A). | | Punto | NPSeq | RF+10 dB | NPC Zona III | Menor | | 1 | 58 | 68 | 50 | 50 | | 2 | 54 | 64 | 50 | 50 | | 3 | 52 | 62 | 50 | 50 | | 4 | 54 | 64 | 50 | 50 | Fuente: Tabla N°8 del Anexo N°5 del Adenda, Comparación limites NPC zona rural. Horario nocturno. Valores en dB(A). - Estimación Niveles de Ruido del Proyecto Para realizar las estimaciones de los niveles de emisión sonora del proyecto en los puntos receptores identificados, se utilizará la norma de propagación del sonido al aire libre norma ISO 9613-2:1996 Acoustics – Attenuation of sound during propagation outdoors – Part 2 General method of calculation, asistida con el software Cadna/A v3.7 de DataKustikGmbH, el cual realiza cálculos en una grilla con una precisión de 5 x 5 [m], considerando los obstáculos existentes (construcciones), topografía del terreno, absorción del terreno, condiciones climáticas y las fuentes de ruido y receptores del proyecto. Los resultados obtenidos en los mapas de ruido se muestran mediante una escala de colores de intervalo 3 dBA. La precisión del modelo se estima en ±3 dB, respecto a mediciones en terreno, considerando las mismas fuentes de ruido y condiciones generales. Las variables ingresadas al modelo, considerando: niveles de emisión de las fuentes (Lp, Lw, espectros de frecuencia, etc.); orden de reflexiones; altura de los receptores; altura de los mapas de ruido; absorción del terreno; método o modelo de propagación sonora utilizado; estimación del error asociado a las predicciones se presentan en el anexo 2 de este informe, con el detalle de las memorias de cálculo entregadas por el software para de cada escenario. - Fuentes de Ruido Etapa de Operación La etapa de operación tendrá una duración de 30 años, y abarcará la totalidad de toda la superficie del proyecto solar fotovoltaico; durante esta etapa se llevará a cabo las siguientes actividades: - Contratación de mano de obra. - Verificación y puesta en marcha inicial. - Vigilancia y control de accesos. - Mantenimiento preventivo y correctivo de la planta solar fotovoltaica. - Suministros de insumos. Por otra parte, durante Etapa de Operación del proyecto se generan de 2 puestos de trabajo, directos y permanentes. De acuerdo a la información referencial del proyecto, en cuanto a la emisiones acústicas se refiere, para esta etapa se considera la operación de los motores trackers que permiten el seguimiento de los paneles fotovoltaico en la dirección del Sol y el funcionamiento de 2 estaciones de transformación de 2500 kva, 1 estación de transformación de 3500 kVA y ocho inversores, cuyas potencias nominales individuales asciende a 1,070 MW. Con el fin de obtener la situación más desfavorable para los receptores (máxima emisión sonora) en la etapa de operación, se considerará la operación simultánea de todas las fuentes de ruido. | Equipo | NPS @1 m [dBA] | | Motor Tracker 350 kWP (T) | 80 | Fuente: Tabla N°14 del Anexo N°5 del Adenda, Nivel de Presión Sonora Motor seguidor – Etapa de Operación. A continuación, se presentan los niveles de presión sonora (NPS) por banda de octavas y el nivel total a 1 metro para las fuentes de ruido propuestas. | Fuente | Cantidad | NPS @1 m [dBA] | | Inversores | 8 | 70 | | Transformadores | 3 | 78 | | Total [dBA] | 80 | Fuente: Tabla N°15 del Anexo N°5 del Adenda, Fuentes de ruido - Etapa de operación parque – Subestación 3500 kVA. A continuación se realizara la evaluación de los niveles proyectados para las etapas de operación del proyecto de acuerdo con los niveles máximos permitidos por el D.S. Nº 38 de 2011 del MMA. | Receptor | NPC [dBA] | Zona | DS N°38 de 2011 del MMA. Periodo (Diurno/Nocturno) | Límite [dBA] | Estado (Supera/ No Supera) | | 1 | 42 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 2 | 49 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 3 | 46 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 4 | 35 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 1 | 42 | Rural | Nocturno | 50 | No Supera | | 2 | 49 | Rural | Nocturno | 50 | No Supera | | 3 | 46 | Rural | Nocturno | 50 | No Supera | | 4 | 35 | Rural | Nocturno | 50 | No Supera | c. Vibraciones Dada la naturaleza de las actividades que serán ejecutadas durante esta fase, se asume que éstas no generarán emisiones vibratorias de relevancia. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: 4.4, 4.4.2.1, 4.4.4.4, 4.4.5, 4.4.6, 4.4.7. | | 4.3.3 ETAPA DE CIERRE | | Descripción General | Esta etapa es la que considera el desmantelamiento de la planta, retiro de soportes, retiro de paneles, retiro de conteiner de sala de control y demás construcciones, retiro de equipamiento, retiro de cerco perimetral y restauración de la morfología del terreno. La vida útil del proyecto se estima por un periodo de 30 años. Sin embargo, debido a las características de este tipo de instalaciones, se espera que el periodo de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo. Esto se logra mediante la continua renovación de los equipos de acuerdo a los programas de inspección y mantención y a la incorporación de innovaciones tecnológicas. Las actividades de abandono son menores que las realizadas en la construcción del parque solar fotovoltaico, ya que implican el desmontaje de los equipos, instalaciones y equipamientos existentes y su transporte para posterior reciclaje. Esta etapa no considera escarpes, ni excavaciones. Por lo tanto, para efectos de esta declaración se consideran las emisiones asociadas, a esta etapa, similares a las emisiones de la fase de construcción las cuales son detalladas en los Anexos N°7 y N°8 de la DIA, complementado con Anexo N°3 del Adenda, “Informe de Emisiones Atmosféricas”. En referencia al programa de reciclado de los módulos se hace mención del siguiente modo de procedimiento: Los módulos solares fotovoltaicos adquiridos están acogidos a PV CYCLE, esta asociación de fabricantes de módulos garantizan a través de una certificación denominada “PV CYCLE Certificate” que una vez que los paneles solares sean retirados por mal uso ya sea durante la etapa de operación o desmantelamiento de la planta ellos los retiran para su reciclaje cumpliendo con las normativas europeas para tales procedimientos. | | Partes, obras y acciones | Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura utilizada por el Proyecto Durante la etapa de cierre, se cumplirán todas las exigencias legales y ambientales vigentes, se retirarán los elementos mecánicos y otros en desuso, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado. Una vez concluida la vida útil de los paneles solares, estos serán devueltos al fabricante para su reciclaje. Se considera que trabajarán 40 personas durante la etapa de cierre, la cual tendrá una duración de 3 meses. De la misma forma, el desmantelamiento del proyecto, dadas las características modulares de sus obras, de ninguna manera provocarán inestabilidad del terreno y de la infraestructura existente en él. a. Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del proyecto, para evitar la afectación del ecosistema, incluido el aire, suelo y agua. Este tipo de proyecto, genera un afección del suelo que es mínima, debido a la pequeña intervención de obra civil que el proyecto requiere y que ha sido detallada en la descripción de la etapa de construcción, el lugar quedará plenamente como en su estado inicial, expuesto en los informes de levantamiento de línea base, incluidos como Anexos de la DIA y no presentará condiciones que generen futuras emisiones. De la misma forma, el proyecto no dejará material u obra restante que pudiese emitir algún tipo de contaminación sobre el ecosistema incluido el aire, suelo y agua. b. Mantención, conservación y supervisión que sean necesarias. Dada la baja intervención de las obras del proyecto, sumado al carácter modular de sus componentes, no será necesario establecer actividades de mantención, conservación y supervisión en el área ocupada por las obras del proyecto posterior al desmantelamiento de las obras. | | Suministros de insumos | No Aplica para esta etapa de cierre. | | Emisiones descargas y Efluentes | a. Emisiones atmosféricas. Emisiones atmosféricas durante la etapa de cierre serán muy similares a la etapa de construcción, existirán emisiones de material particulado y gases. Al respecto, se debe destacar que se trata de emisiones con bajas tasas de emisión, por lo que no producirán cambios relevantes en la concentración de dichas sustancias en el aire. Su frecuencia será diaria, de carácter discontinuo y su duración estará acotada a la duración de las actividades de desmantelamiento, es decir 3 meses. Estas emisiones se realizaran principalmente en el lugar de emplazamiento del proyecto. Las emisiones atmosféricas asociadas a esta etapa se detallan en el Anexo N°7 “Informe de Emisiones Atmosféricas”, y N°8 de la DIA y complementado con Anexo N°3 del Adenda. En la Etapa de Cierre del proyecto solar fotovoltaico La Acacia, se procede a desmantelar todo las partes, obras y componentes del proyecto y se devuelve al suelo el aspecto y estructura que tenía antes de ser construido el proyecto, es por ello que las actividades que generan emisiones atmosféricas y el número de vehículos y maquinarias empleados son muy parecidos al empleado en la Etapa de Construcción del proyecto y por tanto, se considerará para la Etapa de Cierre los mismos valores de emisiones atmosféricas que los ya calculados previamente para la Etapa de Construcción, descontando las emisiones debidas a las actividades de escarpe y la transferencia de material por este concepto. El resto de actividades que provocan emisiones atmosféricas que en la etapa de construcción, como por ejemplo, aquellas correspondiente la construcción de caminos o mejoras de los mismos, también se consideran en la etapa de cierre ya que será necesario el escarpe superficial de los propios caminos, con la intención de devolver al suelo las mismas propiedades físicas iniciales; así como la actividad referente a la excavaciones en la etapa de construcción, ya que las zanjas y fundaciones de los edificios se ha de desenterrar para poder extraer de sí mismas los componentes eléctricos y constructivos respectivamente y posteriormente volver a rellenarlos con el mismo material extraído. Las emisiones atmosféricas de la Etapa de Cierre del proyecto solar fotovoltaico, se recogen en la siguiente tabla: | ETAPA DE CIERRE SIN MEDIDAS DE ABATIMIENTO | | ACTIVIDADES | Emisiones atmosféricas (Ton/Año) | | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | Nox | Sox | NH3 | | 1,0 | 0,60 | 1,73 | 0,71 | 5,46 | 0,05 | 0,001 | | ETAPA DE CIERRE CON MEDIDAS DE ABATIMIENTO APLICACIÓN DE SUPRESOR DE POLVO EN CAMINOS NO PAVIMENTADOS. | | ACTIVIDADES | Emisiones atmosféricas (Ton/Año) | | | MP10 | MP2,5 | CO | HC/COV | Nox | Sox | NH3 | | 0,8 | 0,58 | 1,73 | 0,71 | 5,46 | 0,05 | 0,001 | b. Ruido En Anexo N°5 del Adenda se presenta el Estudio Acústico actualizado de las emisiones de ruido a generar por el proyecto durante todas sus etapas de ejecución. El Decreto Supremo N° 38 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el diario oficial el 12 de junio de 2012, establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (NPC) y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes hacia la comunidad, tales como actividades industriales, comerciales, recreacionales, artísticas u otras. En la norma se establecen cinco zonas, las cuales son definidas de acuerdo a los Planes Reguladores Comunales existentes: - Zona I: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite exclusivamente uso de suelo Residencial o bien este uso de suelo y alguno de los siguientes usos de suelo: Espacio Público y/o Área Verde. - Zona II: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona I, Equipamiento de cualquier escala. - Zona III: aquella zona definida en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite además de los usos de suelo de la Zona II, Actividades Productivas y/o de Infraestructura. - Zona IV: aquella zona definida en el instrumento de Planificación Territorial respectivo y ubicada dentro del límite urbano, que permite sólo usos de suelo de Actividades Productivas y/o de Infraestructura. - Zona Rural: aquella ubicada al exterior del límite urbano establecido en el Instrumento de Planificación Territorial respectivo. Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores de la Tabla Nº 1: | Niveles Máximos Permisibles de Presión sonora Corregidos (NPC) en dB (A) | | | De 7 a 21 horas | De 21 a 7 horas | | Zona I | 55 | 45 | | Zona II | 60 | 45 | | Zona III | 65 | 50 | | Zona IV | 70 | 70 | Fuente: Tabla N°1 del Anexo N°5 del Adenda, Máximos Permisibles de Presión sonora Corregidos (NPC) en dB (A). Para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: - Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) - NPC para Zona III de la Tabla 1. - Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. Para el caso de mediciones internas, se deberá realizar una corrección sobre los niveles obtenidos en la letra b) precedente, ya sea si existen puertas, ventanas o vanos en las paredes o techumbres que puedan incidir en la propagación del ruido hacia el interior: | Correcciones ventana, puerta o vano | | Corrección | | Puerta y /o ventana abierta (o vano) | + 5 dB(A) | | Puerta y /o ventana cerrada o ausencia de ellas | + 10 dB (A) | Fuente: Tabla N°2 del Anexo N°5 del Adenda, Correcciones ventana, puerta o vano - Entorno del Proyecto: El proyecto se emplaza en un sector rural, predominantemente agrícola, identificándose los siguientes receptores cercanos. | Identificación de receptores. | | Tipo de Receptor. | ID Receptor | Distancia fuente receptor [m] | Altura sobre el nivel de piso [m] | Descripción | Observaciones | | Letra a | 1 | 227 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en Ruta H-800. | | Letra a | 2 | 20 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en cruce Ruta H-800 con Ruta H-812. | | Letra a | 3 | 56 | 2 | Contenedor habilitado como bodega agrícola | Ubicado en la Ruta H-800. | | Letra a | 4 | 686 | 2 | Viviendas aisladas | Actividad agrícola con viviendas de un piso en Ruta H-816. | | Nota: Los receptores corresponden todos a viviendas o infraestructura empleadas por personas. Atendiendo a los informes de vegetación, fauna, medio humano y arqueología de la Declaración de Impacto Ambiental correspondiente a este proyecto, se descarta la presencia de receptores con valores, arqueológico, históricos o de otro tipo dentro del área de influencia del proyecto. | Fuente: Tabla N°5 del Anexo N°5 del Adenda, Identificación de receptores. - Zonificación: De acuerdo al plan regulador comunal, los puntos de medición se encuentran fuera del límite comunal, por lo que se evaluarán como zona rural. Según el D.S. Nº38/11 del MMA “Para zonas rurales se aplicara como nivel máximo permisible e presión sonora corregido (NPC) el valor menor entre: - Nivel de Ruido de Fondo + 10dB(A). - NPC Zona III. Este criterio se aplicara tanto para el periodo diurno como nocturno, de forma separada”. | Comparación limites NPC zona rural. Horario diurno. Valores en dB(A). | | Punto | NPSeq | RF+10 dB | NPC Zona III | Menor | | 1 | 63 | 73 | 65 | 65 | | 2 | 56 | 66 | 65 | 65 | | 3 | 58 | 68 | 65 | 65 | | 4 | 60 | 70 | 65 | 65 | Fuente: Tabla N°7 del Anexo N°5 del Adenda, Comparación limites NPC zona rural. Horario diurno. Valores en dB(A). | Comparación Limites NPC zona rural. Horario nocturno. Valores en dB(A). | | Punto | NPSeq | RF+10 dB | NPC Zona III | Menor | | 1 | 58 | 68 | 50 | 50 | | 2 | 54 | 64 | 50 | 50 | | 3 | 52 | 62 | 50 | 50 | | 4 | 54 | 64 | 50 | 50 | Fuente: Tabla N°8 del Anexo N°5 del Adenda, Comparación limites NPC zona rural. Horario nocturno. Valores en dB(A). - Estimación Niveles de Ruido del Proyecto Para realizar las estimaciones de los niveles de emisión sonora del proyecto en los puntos receptores identificados, se utilizará la norma de propagación del sonido al aire libre norma ISO 9613-2:1996 Acoustics – Attenuation of sound during propagation outdoors – Part 2 General method of calculation, asistida con el software Cadna/A v3.7 de DataKustikGmbH, el cual realiza cálculos en una grilla con una precisión de 5 x 5 [m], considerando los obstáculos existentes (construcciones), topografía del terreno, absorción del terreno, condiciones climáticas y las fuentes de ruido y receptores del proyecto. Los resultados obtenidos en los mapas de ruido se muestran mediante una escala de colores de intervalo 3 dBA. La precisión del modelo se estima en ±3 dB, respecto a mediciones en terreno, considerando las mismas fuentes de ruido y condiciones generales. Las variables ingresadas al modelo, considerando: niveles de emisión de las fuentes (Lp, Lw, espectros de frecuencia, etc.); orden de reflexiones; altura de los receptores; altura de los mapas de ruido; absorción del terreno; método o modelo de propagación sonora utilizado; estimación del error asociado a las predicciones se presentan en el Anexo N°2 del Anexo N°5 del Adenda, con el detalle de las memorias de cálculo entregadas por el software para de cada escenario. - Fuentes de Ruido Esta etapa es la que considera el desmantelamiento de la planta, retiro de soportes, retiro de paneles, retiro de conteiner de sala de control y demás construcciones, retiro de equipamiento, retiro de cerco perimetral y restauración de la morfología del terreno. Las actividades de abandono son menores que las realizadas en la construcción del parque solar fotovoltaico, ya que implican el desmontaje de los equipos, instalaciones y equipamientos existentes y su transporte para posterior reciclaje. Se considera que trabajarán 40 personas durante la etapa de cierre, la cual tendrá una duración de 3 meses. La emisión sonora referencial de la maquinaria a utilizar para las proyecciones corresponden a la bibliografía “Update of Noise database for prediction of noise on construction and open sites (contained in Annex C, Part 1 of BS5228). Departament For Environment, Food and Rural Affairs (DEFRA), 2009. Con el fin de obtener la situación más desfavorable para los receptores (máxima emisión sonora) en la etapa de abandono, se considerará la operación simultánea de todas las fuentes de ruido en los deslindes del proyecto más cercanos a los receptores agrupadas en 4 frentes de trabajo. | Frentes de ruido | X (E [m]) | Y (S [m]) | Altura suelo [m] | | A1 | 308.529 | 6.182.229 | 1,5 | | A2 | 308.374 | 6.182.019 | 1,5 | | A3 | 308.866 | 6.181.856 | 1,5 | | A4 | 308.955 | 6.182.010 | 1,5 | Fuente: Tabla N°17 del Anexo N°5 del Adenda, Fuentes de ruido frente cierre del terreno. – Posiciones (UTM WGS84). A continuación se presenta la distancia de los receptores identificados respecto de los frentes de trabajo donde se generaran las emisiones de ruido en la etapa de cierre del proyecto: | Frentes de ruido | Receptor | | 1 | 2 | 3 | 4 | | A1 | 265 | 61 | 346 | 1970 | | A2 | 512 | 289 | 103 | 756 | | A3 | 699 | 563 | 609 | 738 | | A4 | 615 | 533 | 682 | 914 | A continuación, se realizará la evaluación de los niveles proyectados para la etapa de cierre del proyecto de acuerdo con los niveles máximos permitidos por el D.S. Nº 38 de 2011 del MMA. | Receptor | NPC [dBA] | Zona | DS N°38 de 2011 del MMA. Periodo (Diurno/Nocturno) | Límite [dBA] | Estado (Supera/ No Supera) | | 1 | 49 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 2 | 62 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 3 | 55 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | 4 | 40 | Rural | Diurno | 65 | No Supera | | | Cantidad y manejo de residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente | Los residuos estimados a generar para esta etapa corresponden a los detallados en la siguiente tabla: | Etapa de Abandono o cierre | Tipo | Fuente | Cantidad | Almacenamiento | Disposición Final | | Domiciliario | Personal | 5,49 ton/proyecto | Contenedores rotulados y cerrados herméticamente. | Relleno sanitario autorizado. | | Restos de madera, hormigón, embalajes, cartones y metales | Industrial | 70m3/proyecto | Recinto de acopio de residuos industriales y bodega de residuos no peligrosos | Relleno sanitario autorizado. | | Paneles solares deteriorados | 129 Kg/proyecto | Empresa de Reciclaje. | | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: 4.5, 4.5.1. y 4.5.4 | | 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO | | 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN | | Fecha estimada de inicio | Octubre 2016 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Se da inicio a esta etapa, con la instalación de faena siendo la actividad concreta de inicio la instalación del primer contenedor dentro de la misma. | | Fecha estimada de término | Febrero 2017 | | Parte, obra o acción que establece el término | Esta etapa termina, con la puesta en marcha del Proyecto, correspondiendo a la actividad concreta de conexión de la planta a la red de distribución eléctrica de CGE Distribución S.A. | | 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN | | Fecha estimada de inicio | Febrero de 2017 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Etapa que comenzará con la puesta en marcha de la planta y su producción eléctrica, inmediatamente después de su conexión a la red de distribución. | | Fecha estimada de término | Febrero de 2047 | | Parte, obra o acción que establece el término | Desconexión al alimentador Los Maitenes de la red eléctrica de distribución de 15 KV de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua. | | 4.4.3. FASE DE CIERRE | | Fecha estimada de inicio | Febrero de 2047 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Desconexión al alimentador Los Maitenes de la red eléctrica de distribución de 15 KV de la Subestación San Vicente de Tagua Tagua. | | Fecha estimada de término | 3 meses después del hito de inicio de esta etapa | | Parte, obra o acción que establece el término | Retiro del último contenedor de la instalación de faenas | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: | 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS | | Impacto ambiental | La superación de los valores de las concentraciones y períodos establecidos en las normas primarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento. | | Parte, obra o acción que lo genera | Respecto a las emisiones atmosféricas, se debe destacar que aun considerando los resultados más críticos del año 1, donde se traslapa la fase de construcción y operación, los valores se encuentran muy por debajo de los límites establecidos en el D.S.N°15 del 2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que corresponden a 5 ton/año de MP10, 15 ton/año de NOx y 30 ton/año de SOx, por lo tanto no se requiere ningún tipo de compensación de emisiones atmosféricas. Además se debe considerar que desde el año 2 en adelante las emisiones se reducen aún más, siendo estas las que se mantendrán constantes durante la vida útil del proyecto. Adjunto a la DIA del proyecto se realizó la modelación “Screen View Screening Air Dispersion Model” considerando el peor escenario. De acuerdo a la modelación y la actualización de la estimación de emisiones que se entregan en el Anexo N°8 de la DIA del proyecto y Anexo N°3 del Adenda respectivamente, considerando como referencia por una parte, que la normativa de calidad primaria del aire para MP10 indica que el límite de la concentración anual (promedio de 3 años consecutivos) es de 50 ug/m3, y por otra, que la simulación nos entrega una concentración horaria que corresponde a la máxima horaria identificada de 13,5ug/m3, se infiere que el proyecto en su etapa más crítica en términos de generación de emisiones atmosféricas presenta valores muy por debajo de los límites establecidos en la normativa. Por lo anterior, se concluye que las emisiones atmosféricas producidas por el proyecto no tienen ningún efecto adverso significativo ni impacto adverso significativo para la salud de las personas así como para las poblaciones cercanas al Parque Solar Fotovoltaico La Acacia. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Impacto ambiental | La superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento. | | Parte, obra o acción que lo genera | Las emisiones de ruido no tendrán efecto sobre población alguna, ya que tal y como se expone en el Anexo N° 5 del Adenda: Actualización Informe de ruido, el ruido que provocan la maquinaria empleada para la construcción del proyecto tanto en la etapa de construcción como en la etapa de cierre en ningún caso supera lo estipulado en la normativa en los receptores sensibles próximos al proyecto. Durante la etapa de operación el único ruido existente es el de los motores eléctricos de los seguidores y tal como se expone en el Anexo N°5 del Adenda son insignificantes para los receptores sensibles y muy inferiores a los límites estipulados en la normativa. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Impacto ambiental | En caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anterior, la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en caso que no sea posible evaluar el riesgo para la salud de la población de acuerdo a las letras anteriores. | | Parte, obra o acción que lo genera | Respecto a las emisiones atmosféricas, se debe destacar que aun considerando los resultados más críticos del año 1, donde se traslapa la fase de construcción y operación, los valores se encuentran muy por debajo de los límites establecidos en el D.S.15/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que corresponden a 5 ton/año de MP10, 15 ton/año de NOx y 30 ton/año de SOx, por lo tanto no se requiere ningún tipo de compensación de emisiones atmosféricas. Además se debe considerar que desde el año 2 en adelante las emisiones se reducen aún más, siendo estas las que se mantendrán constantes durante la vida útil del proyecto. Adjunto a la DIA del proyecto se realizó la modelación “Screen View Screening Air DispersionModel” considerando el peor escenario. De acuerdo a la modelación y la actualización de la estimación de emisiones que se entregan en el Anexo n°8 de la DIA del proyecto y Anexo N°3 del Adenda respectivamente, considerando como referencia por una parte, que la normativa de calidad primaria del aire para MP10 indica que el límite de la concentración anual (promedio de 3 años consecutivos) es de 50 ug/m3, y por otra, que la simulación nos entrega una concentración horaria que corresponde a la máxima horaria identificada de 13,5ug/m3, se infiere que el proyecto en su etapa más crítica en términos de generación de emisiones atmosféricas presenta valores muy por debajo de los límites establecidos en la normativa y no genera ningún efecto adverso significativo sobre el recurso aire. En la fase de operación se generarán aguas servidas producto del uso de baños, duchas y lavamanos, las que serán conducidas a una planta de tratamiento, cuyo efluente dará cumplimiento a la NCh 1.333. En la fase de construcción y cierre, se generarán aguas servidas a partir del uso de baños, duchas y lavamanos químicos, las que serán gestionadas por una empresa autorizada y dispuestas de una forma que dé cumplimiento a la legislación vigente. En cuanto a la generación de residuos asimilables a domiciliarios, se producirán en las tres fases del proyecto los cuales serán recolectados por una empresa especializada y llevados a un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. Los residuos no peligrosos industriales de pequeño tamaño se almacenarán en la en la bodega de residuos no peligrosos industriales. Los residuos inertes de mayor tamaño y excedentes de la fase de construcción, se almacenaran en el patio de acopio temporal (según se detalla el área “Excedentes de excavación y Materiales” Plano N°5.-Instalaciones de faena de la DIA del proyecto). La frecuencia de retiro será cada vez que se llegue al volumen crítico y el transporte y disposición final de los residuos en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. Se generarán residuos industriales peligrosos durante todas las etapas del proyecto y se almacenarán en una bodega especialmente diseñada para tal fin tal y como se detalla en el Anexo N°8 del Adenda. En el caso de los residuos peligrosos no permanecerán en las instalaciones del proyecto en ningún caso más de seis meses, ya que serán retirados 1 vez cada 2 meses, es decir 2 veces durante la etapa de construcción que dura 4 meses y cada 6 meses en la operación. Además se producirá una cantidad muy inferior a 12 toneladas anuales, por lo cual, no se requerirá la elaboración de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Por las características y cantidades reducidas de los efluentes, emisiones y residuos descritos, así como, la gestión de los residuos y el almacenamiento temporal de los mismos dentro del área del proyecto se establece que estos no constituyen un riesgo a la salud de la población y tampoco para los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, la fauna, flora y vegetación ya que no somete a los recursos naturales renovables del área dónde se ubica a exposición de contaminantes debido a emisiones o efluentes líquidos y por lo tanto no genera ningún efecto adversos significativos sobre los recursos naturales incluidos el suelo, agua y aire, la fauna, flora y vegetación por exposición a contaminantes provenientes de emisiones o de efluentes líquidos. Cabe señalar además lo indicado en Capítulo IX del ICE, antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales mixtos consagrado en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. N°40 de 2012 del MMA. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Impacto ambiental | La exposición a contaminantes debido al impacto generado por el manejo de residuos sobre los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. | | Parte, obra o acción que lo genera | En cuanto a la generación de residuos asimilables a domiciliarios, se producirán en las tres fases del proyecto. En las tres fases de desarrollo del proyecto, serán recolectados por una empresa especializada y llevados a un sitio de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. Los residuos no peligrosos industriales de pequeño tamaño se almacenarán en la en la bodega de residuos no peligrosos industriales. Los residuos inertes de mayor tamaño y excedentes de la fase de construcción, se almacenaran en el patio de acopio temporal (según se presenta el área “Excedentes de excavación y Materiales” en el Plano N°5.-Instalaciones de faena de la DIA). La frecuencia de retiro será cada vez que se llegue al volumen crítico y el transporte y disposición final de los residuos en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. Se generarán residuos industriales peligrosos durante todas las etapas del proyecto y se almacenarán en una bodega especialmente diseñada para tal fin tal y como se detalla en el Anexo N°8 del Adenda. En el caso de los residuos peligrosos no permanecerán en las instalaciones del proyecto en ningún caso más de seis meses, ya que serán retirados 1 vez cada 2 meses, es decir 2 veces durante la etapa de construcción que dura 4 meses y cada 6 meses en la operación. Además se producirá una cantidad muy inferior a 12 toneladas anuales, por lo cual, no se requerirá la elaboración de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Por las características y cantidades reducidas de los efluentes, emisiones y residuos descritos, así como, la gestión de los residuos y el almacenamiento temporal de los mismos dentro del área del proyecto se establece que estos no constituyen un riesgo a la salud de la población y tampoco para los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, la fauna, flora y vegetación ya que no somete a los recursos naturales renovables del área dónde se ubica a exposición de contaminantes debido a emisiones o efluentes líquidos y por lo tanto no genera ningún efecto adversos significativos sobre los recursos naturales incluidos el suelo, agua y aire, la fauna, flora y vegetación por exposición a contaminantes provenientes de emisiones o de efluentes líquidos. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: V y 6.1 del ICE. | | Del análisis efectuado a los literales del artículo 5 del RSEIA, el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” no presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. | | 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes. | | Parte, obra o acción que lo genera | Los suelos descritos y caracterizados en el área de estudio del Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, son bastante homogéneos en toda la superficie, presentan como características distintivas texturas arcillosas en todo su perfil, característica que en los horizontes sub-superficiales se presenta por medio de arcilla densa. Estas características generan que estos suelos permanezcan durante gran parte del tiempo saturado, no permitiendo el desarrollo de raíces en profundidad, según este estudio la capacidad de uso de estos suelos se puede clasificar como IVw, dado que estos terrenos si bien puede ser utilizados para cultivos agrícolas presentan severas limitaciones en la elección de plantas, requieren de prácticas especiales de conservación y manejo y su uso se restringen a un periodo restringido de tiempo en el año. Adicionalmente cabe mencionar que durante la etapa de cierre del proyecto las superficies intervenidas de suelo que corresponden principalmente a los caminos, serán devueltas a su estado original, esta acción es posible, pues para habilitar los caminos, solo se realiza una compactación de los mismos. Del mismo modo la superficie de suelo intervenida por las estructuras de soporte de los módulos asciende a un total de 92 m2 y también serán devueltas a su estado previo a la construcción del proyecto durante la etapa de cierre. Finalmente las fundaciones de las edificaciones que corresponden a un total de 93,15 m2también serán eliminadas durante la etapa de cierre. Tanto las propiedades físicas, químicas así como de biodiversidad del suelo no se ven intervenidas por las acciones, obras o equipamiento del proyecto. Adicionalmente, la tipología del proyecto, no propicia la generación de elementos contaminantes, ni en base a residuos sólidos, ni efluentes líquidos tal y como se ha expuesto anteriormente y por lo tanto las acciones del proyecto en ninguna de sus etapas pueden contaminar el componente suelo. Debido a todo lo anteriormente expuesto y los antecedentes presentados y justificados en el Anexo N°10, de la DIA y complementado con Anexo N°4 y N°1 y N°7 del Adenda Complementaria, del proyecto, es posible establecer que las características del proyecto, no alteran negativamente la capacidad del suelo para sustentar biodiversidad, ni por degradación, ni erosión, ni impermeabilización, ni compactación, ni presencia de contaminantes y que el recurso renovable suelo, estará disponible para su uso futuro. Por lo tanto se concluye que el proyecto no genera efecto adverso significativo sobre el recurso natural renovable suelo, ni sobre su capacidad para sustentar la biodiversidad. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada y el impacto generado en dicha superficie. Para la evaluación del impacto se deberá considerar la diversidad biológica, así como la presencia y abundancia de especies silvestres en estado de conservación o la existencia de un plan de recuperación, conservación y gestión de dichas especies, de conformidad a lo señalado en el artículo 37 de la Ley. | | Parte, obra o acción que lo genera | La superficie total afecta a intervención es de 14,63 ha de un del área que se encuentra dentro del área total de 14,69 ha. Plantas, hongos, vegetación y flora: Tal y como se expone en el Anexo N°12 de la DIA del proyecto, el área de estudio presenta un alto grado de antropización, motivo por el cual las especies vegetales nativas han sido reemplazadas por otras de mayores interés económicos, en este caso, por especies de interés agrícola. La ejecución de este proyecto no alterará la flora y vegetación nativa característica de la zona. No se presenta ni formaciones de bosque nativo, ni formaciones xerofíticas dentro del área intervenida del proyecto y por lo tanto no será necesaria la presentación de planes de manejo correspondientes. Biota y habitas naturales En referencia a la contaminación de hábitats e influencia sobre la biota del emplazamiento el proyecto, tal y como se ha expuesto en apartados anteriores, el proyecto no genera ni efluentes líquidos contaminados que se viertan a cursos de agua o suelos del área del proyecto. Los únicos efluentes líquidos generados, serán los procedentes de aguas servidas domésticas y que serán tratados por una planta de tratamiento, durante la etapa de operación, cumpliendo con que las características físico-químicas del efluente resultante cumplan con las exigencias de la normativa vigente y siendo retiradas por una empresa autorizada durante las etapas de construcción y cierre del proyecto. Tampoco se verterán residuos peligrosos, y de ningún otro tipo, ya que serán almacenados temporalmente en las instalaciones del proyecto, para luego ser retirados por una empresa autorizada sanitariamente y dispuestos en un sitio con Resolución Sanitaria vigente. Fauna: La riqueza total por ambiente fue de 16 especies (72,7 % del total) para la zona agrícola, 14 para el ambiente de bosquetes mixtos (63,6 % del total), y una para el ambiente de matorral (4,5 % del total). Las especies de aves registradas se concentraron en todos los ambientes pero principalmente en el ambiente de cultivos agrícolas, con 16 especies. Por otra parte, los mamíferos sólo fueron detectados en el ambiente de bosquetes mixtos (5 especies). De las especies presentes en el área, ninguna se encuentran catalogada en alguna categoría de conservación o de amenaza de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza del SAG (Decreto Supremo Nº 5 de 1998 de MINAGRI y Decreto supremo Nº 151 de 2007 de MINSEGPRES) y al Reglamento de Clasificación de especies (Procesos 1° a 10°, D.S. Nºs: 151/07, 50/08, 51/08, 23/09, 33/2011, 41/2011, 42/2011, 19/2012, 98/2013 y 52/2014 del MINSEGPRES y MMA). De las 22 especies reportadas en el área del proyecto, ninguna es endémica de Chile. Por otra parte, se detectaron cinco (22,7%) especies que no son nativas (introducidas) del país. Con respecto a la movilidad de las especies, todas las especies detectadas en el área de influencia del Proyecto presentan rangos de desplazamientos muy altos. El área de influencia del Proyecto destaca por estar altamente deteriorado, dominado por cultivos agrícolas. En él, no se registraron sitios de interés para el componente fauna terrestre, sin embargo destacan los bosquetes mixtos los cuales sirven de refugio y de corredores biológicos para la fauna silvestre del sector. Debido a lo anterior, no se considera necesario la realización de medidas de control y manejo en ninguna de las etapas del proyecto, principalmente por el alto grado de deterioro del sitio, la alta presencia de especies exóticas, y a que ninguna de las especies nativas encontradas en el área se encuentra en alguna categoría de conservación o de amenaza. Habiendo presentado los antecedentes expuestos y la justificación de los mismos, la ejecución de este proyecto incluyendo sus partes, obras, acciones y equipamiento durante todas y cada una de sus fases no alterará de manera significativa a la vegetación y flora, hongos, animales silvestres y biota nativa y característica de la zona y por lo tanto no genera ningún efecto adverso significativo sobre los recursos naturales renovables flora, vegetación, biota y fauna. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La magnitud y duración del impacto del proyecto o actividad sobre el suelo, agua o aire en relación con la condición de línea de base. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no genera impactos ambientales sobre el recurso suelo tal y como se ha expuesto anteriormente y no explota agua ni vierte efluentes líquidos ni residuos sobre cauces naturales o artificiales, tampoco al suelo. El proyecto no produce impactos sobre la calidad del aire tal y como se ha expuesto anteriormente ya que la mayor cantidad de emisiones se producen durante la etapa de construcción y no superando los límites establecidos por la normativa, siendo muy inferiores a los niveles concentración horaria en microgramos por metro cúbico permitidos por la normativa tal y como se ha expuesto en las conclusiones del Anexo N°8 adjunto a la DIA del proyecto. El proyecto no contempla extracción de recursos hídricos ni explotación de áridos. Toda el agua requerida para cada una de las fases del proyecto será adquirida a través de un proveedor autorizado, en la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, a quien se le exigirá previamente a su contratación, Resolución Sanitaria Vigente y Análisis de las Aguas. Adicionalmente el proyecto cuenta con una planta de tratamiento que será empleada durante la etapa de operación del proyecto y que proporcionará un efluente líquido limpio que cumple con los requisitos de la normativa (NCh 1333), la cual será reutilizada para humectación de caminos y mantenimiento de la aplicación de reductor de polvo. De este modo se reduce el consumo de agua y se reutiliza la proveniente de las aguas servidas por el consumo humano de los empleados del propio proyecto para el abastecimiento de las necesidades de agua industrial del proyecto. Adjunto a la DIA del proyecto se realizó la modelación “Screen View Screening Air Dispersion Model” considerandoel peor escenario. De acuerdo a la modelación y la actualización de la estimación de emisiones que se entregan en el Anexo N°8 de la DIA del proyecto y en Anexo N°3 del Adenda respectivamente, establece que la mayor alteración tendrá lugar durante la fase de construcción, la cual se extenderá por un periodo de 4 meses. En todo caso, los resultados obtenidos permiten establecer que no se superan los niveles establecidos en el en la normativa vigente. Por lo tanto se concluye que el proyecto no genera impactos sobre el suelo, agua o aire. La mayor cantidad de efluentes líquidos, se generará en la etapa de construcción, en la cual se contará con baños y duchas portátiles, cuya mantención se hará de manera periódica con una empresa autorizada, para posteriormente serán tratados por empresas autorizadas para tal fin. Misma situación ocurrirá en el cierre del proyecto. Durante la operación, tal como se detalló anteriormente, se contará con una planta de tratamiento compacta. La mayor cantidad de residuos tanto peligrosos como no peligrosos, y la mayor parte de las emisiones atmosféricas, siempre muy inferiores a los límite establecidos por la normativa vigente, se producen durante la etapa de construcción, teniendo una duración esta de 4 meses y por lo tanto siendo su magnitud despreciable y su duración de carácter transitorio en comparación con la vida útil del proyecto (4meses+30años+3 meses) | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La superación de los valores de las concentraciones establecidos en las normas secundarias de calidad ambiental vigentes o el aumento o disminución significativos, según corresponda, de la concentración por sobre los límites establecidos en éstas. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las normas vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 11 del presente Reglamento. En caso que no sea posible evaluar el efecto adverso de acuerdo a lo anterior, se considerará la magnitud y duración del efecto generado sobre la biota por el proyecto o actividad y su relación con la condición de línea de base. | | Parte, obra o acción que lo genera | Respecto a las emisiones atmosféricas, se debe destacar que aun considerando los resultados más críticos del año 1, donde se traslapa la fase de construcción y operación, los valores se encuentran muy por debajo de los límites establecidos en el D.S.15/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, que corresponden a 5 ton/año de MP10, 15 ton/año de NOx y 30 ton/año de SOx, por lo tanto no se requiere ningún tipo de compensación de emisiones atmosféricas. Además se debe considerar que desde el año 2 en adelante las emisiones se reducen aún más, siendo estas las que se mantendrán constantes durante la vida útil del proyecto. Adjunto a la DIA del proyecto se realizó la modelación “Screen View Screening Air Dispersion Model” considerando el peor escenario. De acuerdo a la modelación y la actualización de la estimación de emisiones que se entregan en el Anexo N°8 de la DIA del proyecto y Anexo N°3 del Adenda respectivamente, establecen que la mayor alteración tendrá lugar durante la fase de construcción, la cual se extenderá por un periodo de 4 meses. En todo caso, los resultados obtenidos permiten establecer que no se superan los niveles normados. En cuanto a los efluentes líquidos, estos serán producidos en todas las fases del proyecto, contando en la etapa de operación, con una plata de tratamiento de aguas servidas, dando cumplimiento a la NCh 1.333. Para las etapas de construcción y cierre, se contará con baños, duchas y lavamanos portátiles (químicas), por tanto el retiro de las aguas servidas generadas, se hará con una empresa autorizada, la cual posteriormente se hará cargo del tratamiento de estas aguas, para asegurar esta condición, se le exigirá Resolución Sanitaria vigente. En cada una de las fases del proyecto se originarán residuos sólidos del tipo asimilables a domiciliarios, industriales, y peligrosos, todos los cuales serán dispuestos finalmente en sitios autorizados, y transportados por transportista autorizados por la SEREMI de Salud de la Región de O´Higgins. La gestión de las emisiones, efluentes y residuos producidos por el proyecto en cada una de sus fases, dará cumplimiento en todo momento a la normativa vigente no superando en ningún caso los valores establecidos por la normativa de carácter ambiental aplicable, sin provocar efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. | | Parte, obra o acción que lo genera | Respecto a las emisiones de ruido, las obras de construcción darán lugar a un aumento de los niveles de presión sonora en los alrededores del sitio de emplazamiento del proyecto. Este incremento se deberá a las obras (movimientos de tierra, transporte de materiales, circulación de maquinaria). Las actividades que generan más emisiones acústicas se dan durante la etapa de construcción y cierre, las cuales serán realizadas, siempre en horario diurno y por lo tanto no interfiriendo en las actividades nocturnas de la fauna silvestre presente en los alrededores del proyecto. Tal y como se ha expuesto en el Anexo N°5 del Adenda, actualización informe de ruido, el ruido producido por la maquinaria del proyecto durante la etapa más crítica no supera en ningún caso los límites establecidos por la normativa vigente y es inclusive menor a los niveles de ruido de fondo registrados en horario diurno en las mediciones realizadas en el área del proyecto. Siendo además la etapa de construcción una etapa transitoria y corta (4 meses) en comparación con la vida operativa del proyecto de 30 años. Durante la operación no se registrarán emisiones de ruido significativas, por las características propias del proyecto parque fotovoltaico, tal y como se expone en el Anexo N°5 del Adenda. Cabe mencionar, que el parque solar fotovoltaico además solo opera en durante las horas de sol. Finalmente, durante el cierre, los principales aportes de presión sonora serán el uso de maquinaria durante el desmantelamiento y movimiento de tierra, circulación de camiones y vehículos menores, pero tal y como se ha expuesto en el Anexo N°5 son inferiores a las producidas durante la etapa de construcción. Habiendo presentado los antecedentes anteriores y adicionalmente completando con los resultados de la línea base de fauna, Anexo N°11 de la DIA del proyecto, por el cual se comprueba la baja presencia de hábitats de fauna nativa correspondientes a sitios de nidificación, reproducción o alimentación, en las inmediaciones del proyecto y teniendo en cuenta que las actividades del proyecto que generan ruido se producen de forma transitoria en las etapas de construcción y cierre y que incluso no superar el ruido de fondo característico y representativo del lugar, se puede concluir que el aumento de los niveles de ruido debido a las actividades y obras del proyecto no tendrá ningún efecto adverso significativo sobre la fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. Literal f) El impacto generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos, así como cualesquiera otras sustancias que puedan afectar los recursos naturales renovables. El proyecto en su actividad no maneja ni cantidades de productos químicos, ni residuos significativos que puedan afectar los recursos naturales. Solamente se contempla el almacenamiento de sustancias químicas en la etapa de operación, correspondiente los insumos que requiere la planta de tratamiento de aguas servidas. Estas sustancias serán almacenadas empleando un gabinete especial para su almacenamiento temporal que proporcione la seguridad requerida para su almacenamiento. Serán correctamente identificadas con sus correspondientes hojas de seguridad y sólo serán manipuladas por personal cualificado para tal fin. El proyecto cuenta con un plan de prevención de riesgo, contingencia y emergencia que provee de medidas principalmente preventivas, para evitar cualquier tipo de afección por pequeña que sea a los recursos naturales y en caso de que se produzca un accidente también disponer de las herramientas de contingencia y planes de acción. Por todo ello se concluye que el proyecto no produce afectación de los recursos naturales renovables generado por la utilización y/o manejo de productos químicos, residuos u otras sustancias. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | El impacto generado por el volumen o caudal de recursos hídricos a intervenir o explotar, así como el generado por el transvase de una cuenca o subcuenca hidrográfica a otra, incluyendo el generado por ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas y superficiales. La evaluación de dicho impacto deberá considerar siempre la magnitud de la alteración en: g.1. Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles. g.2. Cuerpos o cursos de aguas en que se generen fluctuaciones de niveles. g.3. Vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas. g.4. Áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales. g.5. La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. | | Parte, obra o acción que lo genera | El Proyecto no contempla la explotación de cuerpos de agua subterránea que contengan aguas milenarias y/o fósiles. El Proyecto no contempla intervenir y/o explotar lagos o lagunas. El Proyecto no se encuentra ubicado cerca de vegas y/o bofedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas. El Proyecto no se encuentra ubicado cerca de áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de agua subterránea o superficial. g.5 El Proyecto no se encuentra ubicado cerca de glaciares que pudieren ser afectados por el Proyecto. En el sitio de emplazamiento del proyecto, no existen vegas y/o bofedales, zonas de humedales ni tampoco glaciares. En cuanto a los cuerpos de aguas subterráneas que contengan aguas milenarias y/o fósiles susceptibles de ser afectadas, el proyecto no contempla la extracción de recursos hídricos, ni el vertido de efluentes líquidos contaminantes. Toda el agua requerida para cada una de las fases del proyecto, será provista de un proveedor autorizado de la comuna de San Vicente de Tagua Tagua. Agua requerida: Etapa de Construcción: 1482 m3totales. Etapa de Operación: 109, 8 m3 al año que serán necesarios para el agua potable. Etapa de Cierre: 732 m3 totales. El agua industrial para las etapas de operación será agua reciclada proveniente de las aguas tratadas de la propia planta de tratamiento cuyo efluente cumplirá con lo establecido en la normativa vigente. Por lo tanto se concluye que el proyecto no genera impacto sobre el caudal de recursos hídricos ya que no interviene ni explota ningún recurso hídrico. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Los impactos que pueda generar la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: V y 6.2 del ICE. | | Del análisis efectuado a los literales del Artículo 6 del RSEIA, el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. | | | | | | 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico del grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no provocará, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, ya que no se encuentran grupos humanos o comunidades humanas al interior de la zona de emplazamiento del proyecto. El proyecto no interviene recursos naturales utilizados como sustento económico de un grupo o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento ya que la etapa de construcción siendo la más crítica en cantidad y frecuencia del vehículos se realizarán aproximadamente 10 viajes diarios para el transporte de los materiales para construir el parque fotovoltaico, no siendo este un volumen y frecuencia que pueda suponer una obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Adicionalmente esta etapa tiene una duración de 4 meses. Desde el punto de vista de las vías de acceso del proyecto, este no genera obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad por la lejanía que posee con la comunidad. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no altera el acceso a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La condición de la vulnerabilidad física o inseguridad social del grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras o acciones del proyecto o actividad. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no genera dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo. | | Parte, obra o acción que lo genera | En el área del proyecto no se realizan manifestaciones culturales por grupos humanos del entorno, por lo que no se dificultará o impedirá el ejercicio de dichas manifestaciones. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: V y 6.3 del ICE. | | | | Del análisis efectuado a los literales del artículo 7 del RSEIA, el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. | | 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Se entenderá que el proyecto o actividad se localiza en o próxima a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, cuando éstas se encuentren en el área de influencia del proyecto o actividad. Se entenderá por poblaciones protegidas a los pueblos indígenas, independiente de su forma de organización. Se entenderá por recursos protegidos aquellos colocados bajo protección oficial mediante un acto administrativo de autoridad competente, con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental. Se entenderá por áreas protegidas cualesquiera porciones de territorio, delimitadas geográficamente y establecidas mediante un acto administrativo de autoridad competente, colocadas bajo protección oficial con la finalidad de asegurar la diversidad biológica, tutelar la preservación de la naturaleza o conservar el patrimonio ambiental. Se entenderá por humedales protegidos aquellos ecosistemas acuáticos incluidos en la Lista a que se refiere la Convención Relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, promulgada mediante Decreto Supremo N° 771, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores. Se entenderá que un territorio cuenta con valor ambiental cuando corresponda a un territorio con nula o baja intervención antrópica y provea de servicios ecosistémicos locales relevantes para la población, o cuyos ecosistemas o formaciones naturales presentan características de unicidad, escasez o representatividad. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto o actividad es susceptible de afectar poblaciones protegidas, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención en áreas donde ellas habitan. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | El proyecto o actividad es susceptible de afectar recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental, se considerará la extensión, magnitud o duración de la intervención de sus partes, obras o acciones, así como de los impactos generados por el proyecto o actividad, teniendo en especial consideración los objetos de protección que se pretenden resguardar. | | Parte, obra o acción que lo genera | En cuanto a la proximidad con áreas silvestres protegidas o sitios prioritarios para la conservación, el área de estudio se encuentra alejado (2,6 km de distancia) a este tipo de áreas. La ejecución del proyecto no alterará los ambientes naturales que son objetivo de preservación, ya que para ninguna de las etapas del proyecto ni las emisiones, ni los efluentes líquidos, ni los residuos que deriven de la actividades del proyecto no alterarán el ambiente de éstas. Ninguna de las obras, acciones y/o equipamientos asociados al proyecto generará afectación en áreas protegidas ni en sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: V y 6.4 del ICE. | | | | Del análisis efectuado, se puede concluir que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” no alterará significativamente, en términos de magnitud o duración, el valor ambiental de la zona como de las áreas y recursos protegidos, por lo que no requiere ingresar al SEIA como un EIA a consecuencia de la aplicación de este Artículo. | | 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a una zona con valor paisajístico. | | Parte, obra o acción que lo genera | Las obras del proyecto se emplazan en una zona de valor paisajístico, la cual posee una calidad visual media, como consecuencia de los atributos estructurales de su composición paisajística, los cuales corresponden a un área representativa y común de los paisajes agrícolas de Chile mediterráneo y propios del desarrollo agrícola a pie de monte de las zonas llanas de la formación montañosa de la Cordillera de la Costa. Respecto a la influencia que ejerce el proyecto sobre el paisaje se establece que el proyecto es perceptible en ocasiones por un observador común, sin embargo cabe destacar que la presencia de cortinas vegetales en las líneas de deslindes de los predios forman un entramado de barreras visuales, que dificulta las vistas directas hacia el pedio de instalación del Parque Fotovoltaico, tensionando las vistas hacia los planos más próximos y fugas en áreas de calzadas y rutas, lo que produce en general, vistas intermitentes hacia el área de proyecto y donde predomina el relieve de la Cordillera de la Costa como fondo escénico del paisaje Lo anteriormente expuesto, se abala con el análisis realizado en el Informe de Paisaje, adjunto en Anexo N°14 de la DIA del proyecto. Listados los antecedentes anteriores se concluye que el proyecto no genera una alteración significativa del valor paisajístico del entorno dónde se proyecta. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La duración o la magnitud en que se alteren atributos de una zona con valor paisajístico. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no altera atributos de una zona con valor paisajístico según lo señalado en la caracterización del paisaje que se entrega en el Anexo N°14 de la DIA del proyecto. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: V y 6.5 del ICE. | | Del análisis efectuado a los literales del artículo 9 del RSEIA, se puede concluir que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” no alterará el valor paisajístico y turístico de la zona, por lo no requiere ingresar al SEIA como un EIA a consecuencia de la aplicación de este Artículo. | | | | 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore, intervenga o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley N° 17.288. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. En el Anexo N°4 del Adenda se adjunta la línea de base de arqueología actualizada. No obstante se realizará un monitoreo de mano de una arqueólogo previo y durante la ejecución de las obras de ejecución de las zanjas. El resultado de dicho monitoreo será informado a la autoridad correspondiente. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La magnitud en que se modifiquen o deterioren en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural Indígena. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no altera recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico (según se presenta en Anexo N°14 de la DIA del proyecto). Tampoco modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena (según se reitera en Anexo N°4 del Adenda, informe actualizado de arqueología). | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | La afectación a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. | | Parte, obra o acción que lo genera | El proyecto no afecta a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano, derivada de la proximidad y naturaleza de las partes, obras y/o acciones del proyecto o actividad, considerando especialmente las referidas a los pueblos indígenas. | | Fase en que se presenta | No Aplica, debido a lo señalado en el párrafo anterior de la presente resolución. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Lo indicado en el ICE del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, en particular, en los siguientes Capítulos: V y 6.6 del ICE. | | Del análisis efectuado a los literales del artículo del RSEIA, se puede concluir que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” no alterará el Patrimonio Cultural, esto de acuerdo a las definiciones indicadas en la Ley N°17288 de Monumentos Nacionales. Por tanto, no requiere ingresar al SEIA como un EIA a consecuencia de la aplicación de este Artículo. | | | Conclusión: En virtud de los antecedentes expuestos en los párrafos anteriores, de lo presentado en la DIA y sus Anexos, en sus Adendas y Anexos, cabe señalar que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, no genera efectos, características o circunstancias consagrado en el artículo 11 de la Ley N°19.300, y pormenorizados en los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del D.S. N°40 de 2012 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. 6°. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS | 6.1. Permiso Ambiental sectorial mixto, artículo 138 del Reglamento del SEIA: “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza. El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario”. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Operación | | Contenidos técnicos y formales | a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento El proyecto contempla la instalación de una planta de tratamiento de aguas servidas de Lodos activados de Aireación Extendida. El montaje de construcción de estas instalaciones se hará de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado (RIDAA). Para el tratamiento de las aguas servidas, se instalará una planta compacta de tratamiento que permitirá obtener un efluente tratado que dará cumplimiento a la Norma Chilena NCh 1.333/1 Of.78 del INN que establece Requisitos de Calidad del Agua Para Diferentes Usos y al D.S. N° 90/00 Norma de Emisión Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales. La planta de tratamiento empleada se denomina compacta porque incorporan en una sola unidad todas las etapas de proceso que emplea la aireación y que son necesarias para entregar un efluente ajustado a las normas ambientales vigentes que corresponda aplicar. El efluente resultante de la planta de tratamiento tiene la siguiente composición El componente principal de este tipo de plantas al ser de ser compactas es el reactor aeróbico que debe estar correctamente dimensionado para garantizar el funcionamiento de los microorganismos encargados de llevar a cabo la limpieza orgánica del agua en función de la cantidad de agua a tratar. La capacidad de tratamiento de la planta compacta seleccionada ECO1e PR, está construida con Polietileno, tiene una capacidad para tratar 1000 litros en 24 horas lo cual equivale a un máximo de 7 personas al día y por lo tanto apta para las necesidades de la etapa de operación de 300litros/día, siendo este el consumo máximo de una población de 2 personas, generando un requerimiento máximo diario de 300 litros. El resto de los componentes de la planta de tratamiento, los cuales se detallan en el apartado e) siguiente, estarán contenidos dentro de la planta compacta. Estos componentes de la planta de tratamiento se listan brevemente a continuación: - Sistema de alcantarillado desde los puntos de generación de agua servida WC, lavatorios y duchas hasta la planta de tratamiento. - Filtro de reja removibles y pre tratamientos (Cámara de desangrasado y desarenado) - Cámara de sedimentación anular. - Canaleta para recoger aguas decantadas si producir microturbulencias. - Dispensador de tabletas de cloro. - Dispensador de hipoclorito de calcio - Sistema de extracción y proceso de lodo interior. - Depósito de acumulación de agua limpia tras el tratamiento para uso en humectación de caminos y/o riego. - Elementos de control como caudalímetros y válvulas. b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. En el Plano 10- Alcantarillado de la Instalación de Faenas, que forma parte del Anexo 1,-Planimetría adjunto a la presente Adenda, se detalla la ubicación final de la planta de tratamiento, esta se emplazará en el área reservada para la instalación de faenas en la zona de instalaciones permanentes. | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen los polígonos de ubicación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 308.548,95 | 6.182.237,27 | | 2 | 308.550,61 | 6.182.236,54 | | 3 | 308.550,21 | 6.182.235,65 | | 4 | 308.553,30 | 6.182.234,28 | | 5 | 308.553,66 | 6.182.235,10 | | 6 | 308.554,86 | 6.182.234,57 | | 7 | 308.555,29 | 6.182.235,54 | | 8 | 308.549,34 | 6.182.238,14 | c) Generación de aguas servidas. El volumen máximo a tratar durante la etapa de operación asciende a 300 L diarios, correspondiente a 2 personas trabajando cada día. Lo que implica un caudal horario en un turno normal de37,5 litros/hora, considerando una jornada laboral de 8 horas. Para ello se dispone de un reactor de capacidad 1000 litros. El caudal mínimo a tratar se calcula teniendo en cuenta quesolo exista una persona trabajando en la planta y por lo tanto el volumen a tratar es considerablemente pequeño, tratándose de 0,15m3 de aguas servidas. Lo que implica un caudal horario mínimo de 18,75 litros/hora. Ambos caudales pueden ser tratados por la planta de tratamiento compacta seleccionada, las cuales están diseñadas para este fin. En referencia al tiempo máximo de almacenaje: Teniendo en cuenta los caudales expuestos anteriormente, que son lo que se consideran para diseñar la planta de tratamiento, el efluente permanecerá para el peor de los escenarios, 7días en los estanques de la planta de tratamiento y estanques auxiliares durante el proceso de tratamiento, ya que una vez a la semana se producirá una humectación de los caminos interiores del proyecto con el agua tratada y desinfectada. El estanque de almacenamiento de agua tratada será de 10m3. Cabe mencionar que los días de lluvias (período invernal) se interrumpen las actividades de la etapa de construcción y por lo tanto no habrá ni mano de obra, ni consumo de agua, y por lo tanto tampoco excedentes de agua. En estos casos la planta de tratamiento está preparada con unos depósitos de seguridad para mantener los digestores en correcto funcionamiento. d) Características físico - químicas de las aguas servidas. Las características del caudal a tratar se señalan en la siguiente tabla: | Parámetro | ARU(*) débil | Concentración mg/LAru media | ARU fuerte | | Sólidos totales | 350 | 720 | 1200 | | - Disueltos totales | 250 | 500 | 850 | | - Sólidos en suspensión | 100 | 220 | 350 | | - Sólidos sedimentables | 5 | 10 | 20 | | DBO5 | 100 | 200 | 300 | | COT | 80 | 160 | 290 | | DQO | 250 | 500 | 1000 | | Nitrógeno total | 20 | 40 | 85 | | - Orgánico | 8 | 15 | 35 | | - Amoniaco libre | 12 | 25 | 50 | | - Nitritos | 0 | 0 | 0 | | - Nitratos | 0 | 0 | 0 | | Fosforo total | 4 | 8 | 15 | | - Orgánico | 1 | 3 | 5 | | - Inorgánico | 3 | 5 | 10 | | Oxígeno disuelto | 0.2 | 0.1 | 0 | | Cloruros | 30 | 50 | 100 | | Sulfato | 20 | 30 | 50 | | Alcalinidad | 50 | 100 | 200 | | Aceites y grasas | 50 | 100 | 150 | | Coliformes totales | 106-107 NMP | 107-108 | 107-109 | | COV | 100ug/L | 100-400 | 400 | e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas. El proyecto en la etapa de operación dispondrá de un sistema de alcantarillado privado compuesto por un conjunto de tuberías y válvulas de control que conecten el lavabo y el WC con la planta de tratamiento a modo de conducir el agua servida desde su punto de generación hasta la planta para su tratamiento. Ver Plano 10 Alcantarillado de la Instalación de Faenas del Anexo 1-Planimetría de la presente Adenda. Una vez en la planta, las aguas servidas serán sometidas al proceso de tratamiento y desinfección. Para ello el sistema de tratamiento de aguas servidas, se compone de las siguientes etapas: Sistema de alcantarillado desde los puntos de generación de agua servida WC, lavatorios y duchas hasta la planta de tratamiento. - Filtro de reja removibles y pre tratamientos (Cámara de desangrasado y desarenado) - Cámara de sedimentación anular. - Canaleta para recoger aguas decantadas si producir microturbulencias. - Dispensador de tabletas de cloro. - Dispensador de hipoclorito de calcio para desinfección - Sistema de extracción y proceso de lodo interior. - Depósito de acumulación de agua limpia tras el tratamiento para uso en humectación de caminos y/o riego. - Elementos de control como caudalímetros y válvulas. La planta de tratamiento cuenta con dos etapas dónde se produce el Lodo y por lo tanto la reducción superior al 38% de los sólidos volátiles contenidos en el agua servida, tal y como se expone a continuación: El primer paso de reducción de sólidos volátiles se produce en el Pre-tratamiento (primera etapa de la planta de tratamiento) por un proceso de decantación. Esta etapa consigue en una reducción del 20% de los sólidos en suspensión. El segundo paso y el más importante se consigue en el digestor que a través de un proceso de digestión aeróbica se consiguen reducir los sólidos a 80 mg/L. De estos sólidos el 60% es considerado volátil. Teniendo en cuenta ambos procesos y teniendo sabiendo que el agua servida a tratar tiene a la entrada de la planta una cantidad de sólidos totales correspondientes a 350mg/L y que el proceso de tratamiento consigue un total de 80mg/L de sólidos totales de los cuales el 60%son volátiles y por lo tanto resultan 48mg/L, y por lo tanto, habiendo conseguido una reducción del 77% muy superior al 38% exigido. Cabe mencionar que adicionalmente la planta de tratamiento realiza un tercera etapa de Cloración con Hipoclorito de Sodio mediante la cual se produce un proceso de oxidación química que consigue una mayor reducción de los sólidos llegando a un total de 50mg/L de los cuales el 60% son sólidos volátiles y por lo tanto el resultado final corresponde a 30mg/L lo que implica una mayor reducción de sólidos volátiles y mayor cumplimiento de la normativa exigida. El proyecto, en ningún caso, descargará efluentes, a ningún cuerpode agua o curso receptor. El efluente tratado cumplirá los estándares definidos por el DS N°236/1926, del Ministerio de Salud y el agua tendrá las siguientes características: Calidad del agua a tratar en la planta de tratamiento: - BDO5: 250 mg/L. - Sólidos Totales: 720 mg/L. - Aceites y Grasas: 50 mg/L. Calidad del agua tratada después de ser tratada en la planta de tratamiento: Las plantas de lodos activados de aireación extendida aseguran la mejor calidad del efluente cumpliendo siempre con lo exigido en el D.S. 90 /2000 - BDO5 <35 mg/L - A&G <10 mg/L - PE < 7 mm - SST < 80 mg/L - Coliformes fecales < 1000 NMP/100 mL f) Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda. El efluente tratado dará cumplimiento a las concentraciones máximas establecidas en la Tabla N° 1 del D.S. Nº 90/00, Norma de Emisión Para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales. Adicionalmente dará cumplimiento a la NCh 1.333. Las aguas tratadas serán utilizadas para la elaboración de la mezcla emulsión para control de emisiones de material particulado y humectación de los caminos. Esta humectación se producirá una vez a la semana con la finalidad de no mantener el agua tratada más de 7 días en el depósito de acumulación final. El volumen del estanque de almacenamiento de aguas tratadas será de 10 m3. g) Indicación del periodo de retorno considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. No aplica al proyecto. h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. No aplica ya que no se trata de una fosa séptica, sino que de una planta compacta de tratamiento mediante un proceso biológico basado en actividad bacteriana. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos Los lodos generados del proceso de tratamiento de aguas servidas por aireación extendida se producen en el depósito de desengrasado y desarenado, así como también en el reactor secundario de sedimentación. Es importante mencionar que dichos lodos se mantienen dentro del sistema de tratamiento y cada 3 meses son retirados para asegurar el correcto funcionamiento de la planta, por lo tanto no se almacenarán ni tratarán los lodos en el interior de las instalaciones del proyecto. Los lodos que genera la planta de tratamiento de aguas servidas son Lodos Clase B según lo descrito en el artículos 8° del D.S. N° 4/09 del MINSAL ya que son lodos generados por una digestión aeróbica desde la planta de tratamiento. Cabe mencionar que estos lodos no serán manejados ni dispuestos finalmente en las instalaciones o área del proyecto, ya que la planta de tratamiento dispone de un digestor de lodos donde estos son almacenados temporalmente hasta que son retirados por una empresa certificada y autorizada para tal fin y son llevados a un relleno sanitario para su disposición final que cuente con la autorización por parte de la autoridad sanitaria competente para la disposición final de Lodos Clase B. Los lodos serán retirados por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins y enviados para disposición final a una planta de tratamiento autorizada para tal fin. Las autorizaciones sanitarias para el transporte y disposición final de lodos serán requisitos ineludibles para la firma del contrato con las empresas que realizarán el retiro y la disposición final de los mismos. j) Programa de monitoreo Durante los 3 primeros meses de operación de las planta de tratamiento se realizará un monitoreo mensual, posteriormente y por un año será cada 3 meses, para a continuación en el periodo siguiente ser semestral. Los registros serán almacenados en la sala de control junto con la documentación de la planta de tratamiento y estarán disponibles para su revisión en caso de que así lo solicite la autoridad competente. k) Plan de contingencias Para este proyecto se ha desarrollado un Plan de Contingencias y Emergencias, el cual se adjunta en el Anexo 6,- Actualización Plan de Contingencia y Emergencia del Adenda. l) Plan de emergencia Para este proyecto se ha desarrollado un Plan de Contingencias y Emergencias, el cual se adjunta en el Anexo 6,- Actualización Plan de Contingencia y Emergencia del Adenda. Indicador de cumplimiento: Resolución de otorgamiento del permiso de construcción y operación por parte de la Autoridad Sanitaria. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No Aplica. | | Pronunciamiento del órgano competente | Oficio Ord. Nº277 sobre el Adenda, por la SEREMI Medio Ambiente, de la Región de O'Higgins, con fecha 27/07/2016. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV, V, VI y ix, punto 9.1 del ICE. | | 6.2. Permiso Ambiental sectorial mixto, artículo 140 del Reglamento del SEIA: “Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase”. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Todas | | Contenidos técnicos y formales | a) Generales: a.1. Descripción y planos del sitio. A continuación se detalla el manejo de los residuos sólidos no peligrosos en cada etapa del proyecto. Etapa de construcción Se contempla una bodega de residuos sólidos no peligrosos que se ubicará en la instalación de faenas transitoria, donde se almacenarán por un lado, los residuos domésticos, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros, y por otro, los residuos inertes de pequeño tamaño tales como restos de tornillería, restos de pequeño material eléctrico, cables de cobre, pequeños embalajes y paneles solares fotovoltaicos defectuosos. Esta bodega tendrá una capacidad de 32,4 m3. La frecuencia de retiro será dos veces a la semana y/o cuando sea necesario y el transporte y disposición final de los residuos en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. A su vez, en un patio de acopio temporal, el cual se puede visualizar como “Área de excedentes de excavación y materiales” (Ver Plano 1 del Anexo 1“Planimetría” de la presente Adenda), se almacenarán los residuos inertes de mayor tamaño, junto a los excedentes de excavación y escarpe propios de la fase. La frecuencia de retiro será cada vez que se llegue al volumen crítico y el transporte y disposición final de los residuos en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. Etapa de operación Se contempla una bodega de residuos sólidos no peligrosos que se ubicará en la instalación de faenas permanente, donde se almacenarán por un lado, los residuos domésticos, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros, y por otro, los residuos inertes tales como cables y paneles en mal estado que se pudieran generar de actividades de mantención. Esta bodega tendrá una capacidad de 32,4 m3. La empresa encargada de la mantención será la encargada de la gestión del reciclaje de los módulos solares, estando estos desde su fabricación, dentro de un programa de reciclaje de la empresa fabricante, quien se encarga de la recolección, traslado y reciclaje de los módulos. La empresa fabricante de módulos, bajo requerimiento del propietario otorga una certificación escrita que los módulos han sido procesados de acuerdo con al programa de reciclaje. El fabricante mantiene esta información del proceso tratamiento de los módulos en desuso bajo este programa por un periodo requerido por las leyes correspondientes. La frecuencia de retiro será una vez a la semana y/o cuando sea necesario y el transporte y disposición final de los residuos en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. Para la etapa de operación, se proyecta también una bodega de almacenamiento de insumos, herramientas y equipos la cual se ubicará cerca de la sala de control de la planta solar, también dentro de la zona de instalaciones permanentes, tal como se indica en el plano 5,-Instalación de faenas. Esta bodega de almacenamiento no se empleará para almacenar ningún tipo de residuo ya que para ello se proyecta el almacenamiento temporal descrito anteriormente. Esta bodega de almacenamiento de insumos también tendrá carácter de permanente y se empleará también para la fase de operación para almacenar los insumos de pequeño volumen y de carácter inocuo como tornillería y pequeño material eléctrico, paneles solares nuevos como repuestos. Este almacén también dispondrá de una gabinete para almacenamiento de sustancias peligrosas adecuado para tal fin y que cumplirá con el Decreto Supremo 43/2015, actualización del Decreto Supremo 78/2010 tal y como se detalló en la presente DIA. Las instalaciones proyectadas y descritas anteriormente se encuentran detalladas en el ANEXO 1,-Planimetría, Plano 1, de la presente adenda. Etapa de cierre Además de generar la misma clase de residuos domiciliarios que en la etapa de construcción, se generarán residuos inertes como piezas eléctricas en desuso y cables, los cuales serán vendidos para su reciclaje, a una empresa especializada. Debido a que los residuos descritos anteriormente no son residuos peligrosos, su retiro será realizado por la misma empresa o por un subcontratista y trasladados en un camión cerrado. Los residuos serán almacenados en la bodega de residuos no peligrosos que se utilizará para la etapa de operación. La frecuencia de retiro será cada vez que se llegue al volumen crítico y el transporte y disposición final de los residuos en un sitio autorizado estará a cargo de una empresa especializada, con resolución sanitaria vigente. Todas las zonas quedan representadas en el Plano 1 del Anexo 1“Planimetría” del Adenda. Cada Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos No Peligrosos será de 32,4 m3, cabe mencionar que dispondrá de dos compartimentos aislados, el primero de ellos destinado a residuos sólidos industriales no peligrosos y el segundo destinado a residuos no peligrosos asimilables a domésticos. Cada bodega será un recinto cerrado y deberá contar a lo menos, con las siguientes características constructivas: - Será una edificación tipo contenedor con estructura metaliza y un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales. - Contará con contenedores cerrados interiores, en los cuales se depositaran los residuos provenientes del proyecto. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Además tendrá una superficie lavable. - Estará señalizada con extintores con polvo ABC, para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. En ambos casos y como política empresarial, se privilegiará la reutilización y el reciclaje de los residuos. Los residuos antes expuestos serán enviados a sitios de disposición final autorizados por la SEREMI de Salud. | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Bodega Temporal de Residuos Domésticos declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.196,39 | 308.470,21 | | 2 | 6.182.194,17 | 308.473,18 | | 3 | 6.182.192,01 | 308.471,57 | | 4 | 6.182.194,23 | 308.468,59 | | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación del Sitio de Acopio Permanente de RISES No Peligrosos, residuos domésticos y asimilables a domésticos declarado en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6182247,37 | 308546,85 | | 2 | 6182245,99 | 308549,98 | | 3 | 6182243,27 | 308548,77 | | 4 | 6182244,65 | 308545,65 | a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes. En cuanto a los vientos, el promedio anual de velocidad en el área del proyecto es de 2,1 m/s, mientras que la dirección preponderante es Noreste, con una frecuencia de alrededor de 15% en todas las estaciones del año, siendo ligeramente superior durante otoño. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar. En la etapa de construcción, operación y desmantelamiento del proyecto se generarán desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel y cartones, entre otros, lo cual se estima en 1,5 kg diarios de residuos por trabajador. Además, en todas las etapas se generaran residuos provenientes de los paneles solares deteriorados. Por último, en la etapa de construcción se generaran residuos debido a los excedentes de excavación y/o escarpe y residuos inertes propios de la actividad, esto último también para la etapa de cierre. A continuación se presenta una tabla resumen que indica la cantidad de residuos a generar por cada etapa del proyecto. | Residuo | Características | Cantidad | | Etapa de Construcción | | Residuos Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos | Desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros. (Aprox. 1,5 kg diarios de residuos por trabajador) | 120 Kg/día | | Restos de embalaje | | 1555(Kg/Proyecto) | | Residuos Sólidos No Peligrosos | Residuos sólidos como cubierta vegetal, excedentes de excavación y escarpes. | 56,4 m3/proyecto | | Residuos Sólidos No Peligrosos (Construcción) | Residuos inertes de la construcción | 100 m3/proyecto | | Paneles solares deteriorados | Paneles Solares Deteriorados (Aprox. 5 paneles solares deteriorados durante la etapa de construcción) | 129 Kg/proyecto | | Etapa de operación | | Residuos Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos | Desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros. (Aprox. 1,5 kg diarios de residuos por trabajador) | 3 Kg/día | | Paneles solares deteriorados | Paneles Solares Deteriorados (Aprox. 3 paneles solares deteriorados al año) | 78Kg/año | | Etapa de Cierre | | Residuos Sólidos No Peligrosos Asimilables a Domésticos | Desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel, cartones, entre otros. (Aprox. 1,5 kg diarios de residuos por trabajador) | 60 Kg/día | | Residuos Sólidos No Peligrosos | Residuos inertes | 70m3/proyecto | | Paneles solares deteriorados | Paneles Solares Deteriorados (Aprox. 5 paneles solares deteriorados durante la etapa de construcción) | 129 Kg/proyecto | a.4 Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento. La ubicación del recinto de almacenamiento temporal se puede ven en el Anexo 1 , Planimetría, Plano 1, de la presente adenda. Durante la Etapa de Operación al igual que durante la Etapa de cierre se mantendrá la misma bodega de almacenamiento temporal, aunque en estas etapas los residuos no peligrosos que se producirán se reducirán su cantidad de forma significativa, tal y como se ha expuesto anteriormente. a.5 Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. Los residuos sólidos no peligrosos y los asimilables a domésticos se retirarán por el servicio de aseo de la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua, una vez por semana en la etapa de operación y dos veces por semana en la etapa de construcción y por lo tanto, no existe tiempo para que se produzca su descomposición y comience la emisión de gases de efecto invernadero tales como CO2 y/o Metano. Por lo tanto no existe forma de abatimiento de emisiones debida a la generación de residuos sólidos no peligrosos y asimilables a domésticos ya que no existen emisiones producidas por estos en las instalaciones del proyecto. a.6.Descripcion del sistema de manejo de rechazos. El proyecto solamente considera almacenamiento temporal de residuos y no existirán procesos de tratamiento que generen rechazos. No se considera el tratamiento de residuos, por lo cual, no hay generación de rechazos. a.7.Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados. No aplica. Tal como se ha indicado en los puntos anteriores, en el proyecto no se realizará tratamiento de residuos y no generarán rechazos. a.8.Plan de contingencias. Para este proyecto se ha desarrollado un Plan de Contingencias y Emergencias, el cual se adjunta en el Anexo 6: Actualización Plan de Contingencia y Emergencia del Adenda. a.9.Plan de emergencia. Para este proyecto se ha desarrollado un Plan de Contingencias y Emergencias, el cual se adjunta en el Anexo 6,- Actualización Plan de Contingencia y Emergencia de la presente Adenda. e) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en las letras desde a.1) hasta a.9): e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Cada bodega de almacenamiento temporal será un recinto cerrado y deberá contar a lo menos, con las siguientes características constructivas que formarán parte de las medidas de protección da la condición ambiental ya que protegerán tanto la entrada de personal no autorizada como la posibilidad de contacto entre el medio ambiente y los residuos: - Será un edificio tipo contenedor metálico con estructura metálica y contará con un portón con llave, para impedir el ingreso de personal no autorizado y de animales. - Techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Además tendrá una superficie lavable. - Estará señalizado con extintores con polvo ABC, para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. - Se ubicará dentro del sitio de la instalación de faena. - Contará en su interior con contenedores cerrados, adecuados para cada tipo de residuo, en los cuales se depositaran los residuos provenientes del proyecto. Detallando las características de cada bodega, esta tendrá, piso que contará con base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos ahí almacenados y será incombustible, con una pendiente no inferior al 0,5%. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento. Los pisos se realizarán en base a paneles de perfilería metálica galvanizada con montantes 150CA10, espaciadas a 300 o 400 y canales 153C10, conformando paneles que se apoyarán en ángulos de acero de 40 x 40 x 3mm, previamente soldados longitudinalmente a cada chasis del contenedor. Sobre los paneles galvanizados, se colocarán planchas de terciado moldaje de 15 mm en formato de 1,22 x 2,44 m, atornillados con fijaciones tipo tornillo wing 8-12 x 1 5/8”.Sobre las planchas de terciado se colocaran CERAMICA 40 x 40 cm ANTIDESLIZANTE TONO GRIS CLARO. En cuanto al control de vectores y tal como se expuso en el Capítulo 1 de la DIA, se aclara lo siguiente: La naturaleza del proyecto no significa un punto de proliferación de vectores pero se contará con una empresa que realice una campaña mensual de desratización, y desinsectación de los lugares de uso común, como oficinas, baños, zona de control y bodegas de almacenamiento de residuos asimilables a domésticos, además dentro de los planes de prevención se capacitará en el control de animales mayores que acuden por alimentación. Para evitar que la medida descrita pueda afectar negativamente a la fauna silvestre se tomarán las siguientes medidas: - Los lugares de uso común, tales como oficinas, baños, zona de control y bodega de residuos asimilables a domésticos, están todos ubicados dentro del mismo sector de proyecto identificado como área de faenas. Estos sectores serán cercados perimetralmente con una malla gruesa que penetre en el terreno 30 cm y que tenga 1 m de altura. El objetivo de esta malla es aislar los lugares de uso común del resto del proyecto y evitar la penetración de fauna silvestre dentro de este espacio. - El cerco será dimensionado de modo que impida la entrada también de animales mayores dentro del recinto antes mencionado. Las capacitaciones al personal de la planta irán orientadas a asegurar que previo al comienzo de la desratización y desinsectación se debe asegurar que no hay ningún animal mayor dentro del recinto cercado y en caso de que por accidente hubiera alguno sacarlo del recinto y dejarlo libremente fuera de él, antes de comenzar con el proceso de desratización y desinsectación. - Adicionalmente se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. - La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. - Cada bodega temporal de residuos no peligrosos se detallan en el ANEXO 1,-Planimetría Plano 1, del Adenda. El proyecto contempla dos Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Asimilables a Domésticos y no Peligrosos, de 32,4m3 cada una (Una para la etapa de construcción y una para la etapa de operación). Para la etapa de construcción se ubicará en el sector de instalación de faenas transitoria y para la etapa de operación se ubicará en la instalación de faena permanente. Dentro de cada bodega se instalarán un máximo de 6 contenedores de 200 litros de capacidad cada uno. Además en la fase de construcción se dispondrá de una superficie de 150m2 dentro del recinto de la instalación de faenas transitoria, para depositar residuos no peligrosos provenientes de la extracción de tierra, residuos de vegetación, materiales inertes de gran tamaño, etc. detallado en el apartado a.3 del presente permiso ambiental sectorial. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Residuos asimilables a domiciliarios Estos residuos se dispondrán en receptáculos de material rígido (tal como plástico), de 200 litros de capacidad, con tapa o cubierta de cierre ajustado y de igual material y solidez, unida o abisagrada en forma que no obstaculice la operación de su llenado ni la de vaciado de basura al vehículo de transporte. Los receptáculos serán transportables, de fácil limpieza, estancos y protegidos contra la corrosión. Almacenamiento temporal que se llevará a cabo de igual forma para cada una de las etapas del proyecto. Residuos industriales no peligrosos Durante la etapa de construcción, los residuos industriales de gran tamaño tales como restos de embalajes grandes, maderas, metales y excedente de tierra de las actividades de escarpe de la etapa de construcción, serán depositados dentro del patio de acopio de residuos industriales, área especialmente destinada para este objetivo, para su posterior retiro por un gestor autorizado por la Autoridad Sanitaria. Según la ubicación del Anexo 1,-Planimetría Plano 1, adjunto en Adenda. Durante todas las etapas del proyecto se generan residuos industriales no peligrosos de pequeño tamaño tales como restos de tornillería, restos de pequeño material eléctrico y cables de cobre, pequeños embalajes y paneles solares fotovoltaicos defectuosos. Todos ellos serán almacenados dentro del habitáculo separado de la bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos dentro de contenedores adecuados Indicador de cumplimiento: Resolución de otorgamiento del permiso de construcción y operación por parte de la Autoridad Sanitaria. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No Aplica. | | Pronunciamiento del órgano competente | Oficio Ord. Nº277 sobre el Adenda, por la SEREMI Medio Ambiente, de la Región de O'Higgins, con fecha 27/07/2016. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV, V, VI y ix, punto 9.2 del ICE. | | 6.3. Permiso Ambiental sectorial mixto, artículo 142 del Reglamento del SEIA: “Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población”. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Todas | | Contenidos técnicos y formales | a) Descripción del sitio de almacenamiento. Se generarán residuos peligrosos durante las etapas de construcción, operación y cierre. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos en la fase de construcción y cierre, se instalará una bodega de almacenamiento temporal ubicada en la instalación de faenas dentro del área de instalaciones temporales. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por una empresa autorizada para tal fin. Para la etapa de operación, se utilizará la misma bodega de almacenamiento temporal, por tanto de ser una instalación transitoria, pasará a ser permanente, tal como se puede ver en el Plano 1 del Anexo 1 de la presente Adenda. El manejo de los residuos en el interior de la bodega, para cada una de las etapas del Proyecto, se regularizará mediante fichas de ingreso y egreso de los residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos almacenados. | Coordenadas Geográficas, WGS84 DATUM 19 Huso S, al SIC, vértices que componen el polígono de ubicación de la Bodega Temporal de Residuos Peligrosos declarada en la DIA del Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia” | | Vértice | Norte (m) | Este (m) | | 1 | 6.182.191,93 | 308.476,19 | | 2 | 6.182.187,48 | 308.482,15 | | 3 | 6.182.185,32 | 308.480,53 | | 4 | 6.182.189,76 | 308.474,58 | b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Se almacenará transitoriamente los residuos peligrosos detallados en las tablas 3 y 4en la bodega de residuos peligrosos especialmente habilitada para este fin y que cuente con la autorización sanitaria respectiva, para posteriormente ser transportados por una empresa autorizada y dispuestos en un relleno de seguridad que cuente con la autorización sanitaria respectiva, de acuerdo a lo establecido en los siguientes artículos del D.S. N° 148/03 del MINSAL: - Artículo 29: Se requerirá Autorización sanitaria para la bodega de RESPEL para lo cual se requiere la aprobación del PAS 142. - Artículo 31: El período de almacenamiento de residuos no será superior a 6 meses. - Artículo 33: Condiciones de materialidad de la bodega: La bodega cumplirá, al menos, con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del DS 148/2003 del MINSAL, a efector de garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. La bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos contará con las siguientes características: La bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se ejecutará en tipología de construcción tipo contenedor y contará con las siguientes características: Pisos con base continua, impermeable, liso, no poroso, lavable, resistente estructural y químicamente a los residuos e incombustible; Con pendiente no inferior al 0,5%. Los pisos de los módulos se realizarán en base a paneles de perfilería metálica galvanizada con montantes 150CA10, espaciadas a 300 o 400 y canales 153C10, conformando paneles que se apoyarán en ángulos de acero de 40 x 40 x 3mm, previamente soldados longitudinalmente a cada chasis del contenedor. Sobre los paneles galvanizados, se colocarán planchas de terciado moldaje de 15 mm en formato de 1,22 x 2,44m, atornillados con fijaciones tipo tornillo wing 8-12 x 1 5/8”. Sobre las planchas de terciado se colocaran CERAMICA 40 x 40 cm. ANTIDESLIZANTE TONO GRIS CLARO se consulta en todos los recintos interiores del proyectos La estructura general del contenedor se compondrá de los siguientes elementos: - Subestructura metalcom. - Marcos metálicos puertas y ventanas en perfil acero - Aislación: poliestireno expandido 65mm (15Kg./m3) - Revestimiento interior tipo yeso cartón de tipo RH Y RF según recinto. - Cubierta, en base a la propia estructura del contenedor metálico, revestido en su cielo interior, para la protección a la lluvia, temperatura y radiación solar. Especificaciones Técnicas Generales: - Ventilación natural originada por su cierre perimetral del tipo malla acma. - Puerta con abertura hacia el exterior para permitir una fácil evacuación en caso de alguna contingencia. - Señalización o rotulo de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, en todas las caras externas de la instalación. - Señalética de advertencia y seguridad tales como: “No fumar”, “Acceso restringido”,“Vías de Evacuación”, “Extintores”. - Sistema de control de incendios, mediante extintores portátiles, los cuales estarán debidamente señalizados y ubicados en lugares de fácil acceso. - Letrero “No fumar” en el acceso principal de la bodega. - Sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores. - Considera un pallet de retención el cual servirá para retención de escurrimientos o derrames. Sobre el pallet se instalarán tambores de 200 L para cada tipo de residuo. Considerándose este como sistema colector de eventuales derrames, con una capacidad de retención no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenado; y contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 93 . - La identificación y etiquetado de los residuos peligrosos se realiza de acuerdo a la Norma Chilena Oficial NCh.2190 Of. 93 (Marcas para información de Riesgo), en la cual se hace referencia a las características establecidas por la Norma Chilena Oficial NCh 382 (Terminología y Clasificación General de Sustancias Peligrosas), utilizando un rotulo aplicable a la característica de peligrosidad del residuo. Además se incluye la actividad en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento. Las condiciones que cumple el etiquetado son las siguientes: Los recipientes o envases son etiquetados de forma clara, legible e indeleble, en castellano. En la etiqueta figura: - La identificación de los residuos que contiene - Nombre, dirección y teléfono del Generador - Fechas de envasado. La etiqueta es firmemente fijada sobre el envase, y puede ser anulada, si fuera necesario, indicaciones o etiquetas anteriores de forma que no induzcan a error o desconocimiento del origen y contenido del envase en ninguna operación posterior del residuo. Características constructivas de las Fundaciones: El terreno, deberá estar nivelado, aceptándose una diferencia de nivel entre los dos puntos más alejados del edificio, no mayor a 5 cm. Lo anterior es requerido para no profundizar en exceso las líneas de servicios que serán enterradas. Se Instalaran Fundaciones en base a canastillos de madera de Pino bruto de escuadría, cada 3,00 mts y de una altura de 0,30 cm. La clasificación de la construcción destinada a bodega de residuos sólidos peligrosos corresponde a la Clase A, clasificación número 4. Ya que estas como indica la O.G.U.C son construcciones con estructura soportante de acero. Entrepisos de perfiles de acero. Artículo 34: El sitio tendrá acceso restringido, sólo podrá ingresar personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación. Además, tendrá vías de escape accesibles, en caso de emergencia y con extintores especializados para combatir los diferentes tipos de incendios que pudieran producirse. Estará debidamente señalizadas con letreros, en los que se indicará que corresponde a una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos. Las medidas de protección de condiciones ambientales van de la mano con el manejo que se detalla en el acápite del presente PAS y que considera un manejo en dos componentes donde el primer componente se relaciona con el almacenamiento temporal en los puntos de generación de los residuos. Para este fin se utilizarán contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo e instalaciones menores generadoras de estos residuos. Todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados en el periodo de frecuencia de retiro. Posteriormente, los residuos serán trasladados a la bodega de almacenamiento temporal ubicada al interior de la faena durante la construcción y durante la etapa de cierre. Esta bodega representa el segundo componente del sistema de manejo. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. La ubicación y el plano de planta de la bodega temporal se detallan en el Anexo 1-Planimetría, Plano 1, del Adenda. c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. La capacidad de almacenamiento total de la bodega se diseña para poder cubrir el volumen total de los residuos generados en los cuatro meses de construcción, teniendo una capacidad máxima de almacenamiento de 32,4m3, y por lo tanto estará sobre dimensionada, ya que la frecuencia de retiro asciende a 2 veces durante la etapa de construcción y cierre, para todos los residuos peligrosos no superando el periodo de almacenamiento correspondiente a los 6 meses cumpliendo con los establecido en el artículo 31 de este Decreto Supremo. La capacidad máxima de los contenedores para cada uno de los residuos peligrosos se representan en la siguiente tabla, y también estarán sobre dimensionados debido a la cantidad de generación de residuos y la frecuencia de retiro, tal y como se detalla también a continuación: | Residuos Peligrosos | Cantidad | Frecuencia de retiro | Almacenamiento | Destino | | Desengrasantes | 0,3 l/día | 2 veces durante la etapa de construcción | Bodega de Almacenamiento Temporal para RESPEL | Destinatario autorizado para residuos peligrosos | | Desechos de paños con aceites y restos de combustible | 0,5 kg/día | Fuente: Tabla N°3 del Anexo N°8 del Adenda, Clasificación de Peligrosidad, Capacidad de almacenamiento de la Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos etapa de construcción y cierre | Residuos Peligrosos | Cantidad | Características de peligrosidad | Clasificación según DS 148 | | Desengrasantes | 0,3 lt día | Clase 6:Tóxico Extrínseco | I.8 | | Desechos de paños con aceites | 0,5 kg/día | Clase 6: Tóxico Extrínseco | I.8 | Fuente: Tabla N°4 del Anexo N°8 del Adenda, Clasificación de Peligrosidad, Residuos Sólidos Peligrosos, generados en Etapa de Construcción y cierre | Residuos Peligrosos | Cantidad | Frecuencia de retiro | Almacenamiento | Destino | | Envases de aerosoles | 0,2 Kg/mes | 1 vez cada 6 mes | Bodega de Almacenamiento Temporal para RESPEL | Destinatario autorizado para peligrosos | | Envases vacíos de Hipoclorito de Calcio | 1Kg/semestre | | Envases vacíos de Hipoclorito de Sodio | 1Kg/semestre | | Envases vacíos de Bisulfato de Sodio | 1Kg/semestre | Fuente: Tabla N°5 del Anexo N°8 del Adenda, Capacidad de almacenamiento de la Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos etapa de operación Durante la etapa de operación no serán producidos residuos sólidos peligrosos por no existir actividades que puedan generar los residuos sólidos peligrosos que se dan exclusivamente en las etapas de construcción y cierre debido a la presencia de maquinaria. Cabe mencionar que los aceites dieléctricos de los transformadores no son un residuo ya que su vida útil es superior a la del proyecto y, por lo tanto, no se van a generar residuos provenientes de los aceites dieléctricos de los transformadores durante la etapa de operación. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Los residuos peligrosos que sean generados por el proyecto, serán gestionados mediante un sistema de manejo de dos componentes. El primer componente del sistema de manejo tiene por objetivo el almacenamiento temporal en los puntos de generación de los residuos. Para este fin se utilizarán contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo, durante la construcción y durante el cierre, lugares dónde se generan este tipo de residuos. Todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados en el periodo de frecuencia de retiro. Posteriormente, los residuos serán trasladados a una bodega de acopio temporal (BAT) situada en el área de instalaciones temporales dentro del área destinada a la instalación de faenas, tanto para la etapa de construcción así como para la etapa de cierre del proyecto. Esta bodega contendrá los contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of. 2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del DS148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la disposición final de los residuos por parte de una empresa autorizada para tal fin. El manejo de los residuos dentro de la bodega se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos. Se exigirá que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos generados por el proyecto, cuente con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de estos y con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud para su funcionamiento. Se llevará el registro de los certificados de recepción de los residuos peligrosos. Los residuos peligrosos menores, tales como paños, guantes contaminados, etc., se depositarán diariamente en contenedores primarios debidamente etiquetados en las instalaciones de faena. Periódicamente, estos residuos serán retirados y dispuestos en la BAT de la instalación de faena o de la sala de control, para luego ser depositados en los sitios de eliminación autorizados por una empresa autorizada de transporte. Se llevará un registro interno del movimiento de residuos peligrosos hacia y desde la bodega de almacenamiento de los mismos. Las medidas de manejo anteriormente descritas, sumada a la materialidad de la BAT que cumplirá las disposiciones del DS 148/2003, aseguran la no afectación de los componentes ambientales y aseguran que no se pondrán en riesgo la salud de la población. Protecciones ambientales Las protecciones ambientales que se tendrán en consideración por componente ambiental son las siguientes: Emisiones atmosféricas No se genera emisiones atmosféricas directas, durante el manejo de residuos peligrosos y no peligrosos de la fase de construcción y durante la etapa de cierre. Respecto de las emisiones indirectas, asociadas al trasporte de residuos peligrosos y no peligrosos, el Titular exigirá al prestador del servicio de trasporte, que los vehículos motorizados cuenten con su revisión técnica y de gases al día. Olores Para el control de la generación de olores, los residuos peligrosos se almacenarán provisoriamente en bodegas (peligrosos), en contenedores sellados y condiciones adecuadas. La frecuencia de retiro será alta evitando la descomposición de los residuos dentro de las instalaciones del proyecto y por lo tanto evitando la generación de malos olores. Ruidos En las bodegas de residuos peligrosos y zona de almacenamiento de residuos no peligrosos, no existen fuentes de ruido. Se hace presente que en el marco del Proyecto se ha realizado un estudio Acústico donde se evaluaron todas las fases del proyecto, determinándose que se cumple con los límites establecidos en el D.S N° 146/97 del MINSEGPRES y en el D.S. N° 38/2011 del MMA. Emisiones líquidas No se genera emisiones liquidas durante el manejo de residuos sólidos peligrosos en la fase de construcción y cierre. Al respecto, los residuos líquidos peligrosos se almacenarán provisoriamente en contenedores adecuados y en la bodega de almacenamiento temporal que cuenta con piso sólido, con pendiente y con un sistema de captación de derrames. Los residuos peligrosos son generados en pequeñas cantidades durante la etapa de construcción y cierre tal y como se detalla en la tabla 3de este apartado. Vectores Con el objetivo de controlar los vectores de interés sanitarios se mantienen las buenas condiciones de orden y limpieza en estas instalaciones. Además, durante la fase de operación el Titular ejecuta a través de una empresa especialista en la materia, un programa de desinsectación, desratización y desinfectar, lo cual permite el control de los vectores sanitarios. Tal y como se expone en la presente DIA se tomaran las medidas apropiadas para no dañar a la fauna silvestre con las acciones para el control de la proliferación de vectores. e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. El proyecto cuenta con un plan de contingencias y emergencias, así como de prevención de riesgos que se adjunta en el Anexo6,- Actualización Plan de Contingencia y Emergencia de la presente Adenda. Este plan tiene el propósito de establecer los programas de acciones organizadas, planificadas y coordinadas ante la eventualidad de un evento de contingencia o emergencia en las instalaciones, los cuales también son aplicables a la Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos existentes dentro de las instalaciones del proyecto. Este plan tiene procedimientos internos de condiciones sanitarias y de seguridad, como sus acciones frente a incidentes o emergencia. La bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos dispone de un suelo impermeable y adicionalmente los residuos están almacenados en contenedores especiales y sólo accede a la bodega personal cualificado tal y como se ha expuesto en apartados anteriores. Todo ellos estable el conjunto de medidas preventivas para evitar escurrimiento o derrames del sitio de almacenamiento. Especialmente para la bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos pueden existir dos contingencias incendio o fuga de residuos. Para ello específicamente el proyecto dispondrá de los siguientes procedimientos y equipamientos: Primeros auxilios En caso de accidentes, la atención de primeros auxilios la realizará el encargado de primeros auxilios. Identificación de responsabilidades del personal El plan de contingencia presenta procedimiento específicos por incendio, sismo, derrames y accidentes de tránsito. Terminado el procedimiento para cada contingencia el Jefe de Emergencias investigará las causas correspondientes la incidencia para tomar medidas preventivas y correctivas para que no se repitan las fallas que causaron la contingencia. Una vez finalizada y controlada la contingencia el Jefe de emergencias coordinará la limpieza de los residuos que quedaron en la zona afectada y, con los elementos de protección personal adecuados, se procederá a recogerlos para posteriormente ser dispuesto en lugar autorizado para tal fin. Materiales y equipos: Con el objetivo de controlar y minimizar los efectos negativos ambientales derivados de una fuga de residuos peligrosos, el personal a cargo contará con el siguiente equipo: Palas, escobillones, recipientes, guantes, calzado de seguridad, lentes de seguridad, traje impermeable, extintores. f) Plan de Contingencia. Para este proyecto se ha desarrollado un Plan de Contingencias y Emergencias, el cual se adjunta en el Anexo 6,- Actualización Plan de Contingencia y Emergencia del Adenda. g) Plan de emergencia. Para este proyecto se ha desarrollado un Plan de Contingencias y Emergencias, el cual se adjunta en el Anexo 6,- Actualización Plan de Contingencia y Emergencia del Adenda. Indicador de cumplimiento: Resolución de otorgamiento del permiso de construcción y operación por parte de la Autoridad Sanitaria. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No Aplica. | | Pronunciamiento del órgano competente | Oficio Ord. Nº277 sobre el Adenda, por la SEREMI Medio Ambiente, de la Región de O'Higgins, con fecha 27/07/2016. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV, V, VI y ix, punto 9.3 del ICE. | | 6.4. Permiso Ambiental sectorial mixto, artículo 160 del Reglamento del SEIA: “Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos. El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, corresponderá a la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 3° y 4° del artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones”. | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construciión y Operación. | | Contenidos técnicos y formales | b) De tratarse de construcciones: Las edificaciones que requieren el permiso de construcción fuera del límite urbano son las instalaciones permanentes del proyecto, tales como Área de almacenamiento de Residuos Domésticos, Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales, Bodega de Sustancias Peligrosas, Bodega Almacenamiento Pequeños Materiales, Servicio Higiénico: W.C con Lavamanos, Oficina de Control y Monitoreo, Depósito de Agua Potable, Depósito de Aguas Tratadas para Mantenimiento de Caminos Internos, Planta de Tratamiento de Agua, Bodega de Residuos Peligrosos, Caseta de Control de Acceso, Inversores, Centro Seccionamiento, Postes Eléctricos, y Paneles, ,todas necesarias para el correcto funcionamiento del parque solar fotovoltaico. b.1. Destino de la edificación. El Proyecto, cuenta con dos áreas claramente definidas, Área de Instalación de Faena (AIF), tiene como destino permitir la realización y operación de todas las labores relacionada con la etapa de construcción y operación del proyecto. En esta área se encuentran el Área de almacenamiento de Residuos Domésticos, Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales, Bodega de Sustancias Peligrosas, Bodega Almacenamiento Pequeños Materiales, Servicio Higiénico: W.C con Lavamanos, Oficina de Control y Monitoreo, Bodega de Residuos Peligrosos y Caseta de Control de Acceso. En la segunda área, es en la que se encuentran Inversores, Centro Seccionamiento y Paneles, Ambas áreas contienen todos los elementos necesarios para el correcto funcionamiento del proyecto solar fotovoltaico. A continuación se detallan dos tablas en las cuales se expresan las superficies de cada una de las instalaciones en las dos áreas del proyecto: Áreas sujetas a aplicabilidad de PAS 160 (instalación de faena permanente) | Elemento instalación de faena | Superficie (m²) | | Residuos Domésticos | 9,28 | | Bodega Temporal de Residuos No Peligrosos Industriales | 9,00 | | Bodega de Sustancias Peligrosas | 5,12 | | Bodega Almacenamiento Pequeños Materiales | 8,97 | | Servicio Higiénico: W.C con Lavamanos | 2,73 | | Oficina de Control y Monitoreo | 13,44 | | Bodega de Residuos Peligrosos | 16,67 | | Caseta de Control de Acceso | 8,80 | | TOTAL | 74,01 | | TOTAL (Ha) | 0,0074 | Los presentado fueron las instalaciones permanentes, las cuales evidentemente implican una intervención en el suelo, sin embargo también existen superficies que es necesario intervenir y que no corresponden a edificaciones, estas se muestran en la siguiente tabla. Áreas sujetas a aplicabilidad de PAS 160 (infraestructura de generación de energía): | Elemento instalación de faena | Superficie (m²) | | Inversores | 109,2 | | Centro Seccionamiento | 21,7 | | Paneles | 119.816,53 | | TOTAL | 119.947,43 | | TOTAL (Ha) | 11,9947 | b.2. Plano de ubicación, que señale la posición relativa del predio respecto de los terrenos colindantes y del espacio público. | El polígono del proyecto limita: Norte | Terrenos agrícolas y ruta H-800 | | Sur | Terrenos agrícolas | | Oriente | Terrenos agrícolas | | Poniente | Ruta H-800 | En el Plano 2,-Detalle de Emplazamiento y Caminos públicos del Anexo 2,-Planimetría adjunto a la DIA se detalla la distancia exacta de los límites del proyecto con la vía pública. b.3. Plano de emplazamiento de las edificaciones. El plano de emplazamiento de las edificaciones se encuentra en el Anexo 3-Planimetría, del Adenda Complementaria. b.4. Plantas de arquitectura esquemáticas y siluetas de las elevaciones que ilustren los puntos más salientes, su altura, número de pisos y la línea correspondiente al suelo natural. Los planos con la arquitectura esquemática y siluetas de elevaciones se encuentran detallados en el Anexo 3-Planimetría, del Adenda Complementaria. b.5. Caracterización del suelo. El proyecto se ubica sobre un suelo cuyo uso actual corresponde a rural según certificado de informaciones previas (CIP) emitidos por la Dirección de Obras Municipal de la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua. EL CIP, se adjuntó en el Anexo N°17,-Certificado de Informaciones Previas de la DIA. A partir del análisis bibliográfico, morfológico y de los perfiles edáficos se pudo clasificar la Capacidad de Uso de los suelos como IVw (La Acacia SVT1), la principal limitación de estos suelos radica en las características de drenaje, las cuales van de imperfecto a pobremente drenado, características que restringe el uso de estos suelos en un periodo importante del año. CRITERIOS DE APROXIMACIÓN - Profundidad: Suelos ligeros a moderadamente profundos. - Pendiente: Pendiente simple casi plana, entre 1 a 3 % - Pedregosidad superficial: Sin pedregosidad superficial, entre 0 a 5 % de piedras - Clase de Drenaje: Drenaje imperfecto a pobremente drenado. CRITERIOS DE DIFINICIÓN - Textura: Arcillosa - Pedregosidad Sub-Superficial: No aparente o muy escasa - Clase de erosión: Sin erosión - Riesgo de Erosión: Considerando el relieve, clima y posición fisiográfica del sector, éste presenta riesgos leves de erosión - Capacidad de Uso: Capacidad para cultivos, pero presenta limitaciones en su uso y restringen la elección de cultivos por el periodo en el cual estos suelo pueden ser utilizados para cultivos. Luego de lo descrito anteriormente, se concluye que: Todo el detalle de lo expuesto en este literal, se puede ver en Informe Edafológico, adjuntado en el Anexo 1,-Informe de Edafología adjunto en Adenda Complementaria. Los suelos descritos y caracterizados en el área de estudio del Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, son bastante homogéneos en toda la superficie, presentan como características distintivas texturas arcillosas en todo su perfil, característica que en los horizontes sub-superficiales se presenta por medio de arcilla densa. Estas características generan que estos suelos permanezcan durante gran parte del tiempo saturado, no permitiendo el desarrollo de raíces en profundidad, según este estudio la capacidad de uso de estos suelos se puede clasificar como IVw, dado que estos terrenos si bien puede ser utilizados para cultivos agrícolas presentan severas limitaciones en la elección de plantas, requieren de prácticas especiales de conservación y manejo y su uso se restringen a un periodo restringido de tiempo en el año. A pesar de que las superficies intervenidas de suelo por las obras del proyecto son muy pequeñas en relación a la superficie que se necesita para su construcción y operación, el titular del proyecto durante la fase de cierre devolverá el suelo intervenido a su condición previa a la construcción del proyecto. Para ello se descompactarán los caminos, se extraerán los pivotes metálicos de las estructuras fotovoltaicas y se eliminaran las fundaciones de todas las edificaciones e instalaciones que se han utilizado para el proyecto. Al analizar el uso actual y potencial de los suelos y considerando las actividades relacionadas con la materialización del proyecto, se concluye que no se generarán efectos adversos significativos sobre el componente suelo. Indicador de cumplimiento: Obtención del permiso en su tramitación ambiental y sectorial. IFC favorable, permiso de edificación y resolución sectorial que otorga el citado permiso. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | No Aplica. | | Pronunciamiento del órgano competente | El Oficio Ord. Nº2248 sobre el Adenda Complementaria N°1, emitido por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, de la Región de O'Higgins, con fecha 09/12/2016; El Oficio Ord. Nº1722 sobre el Adenda Complementaria N°1, emitido por la Dirección Regional del SAG, de la Región de O'Higgins, con fecha 12/12/2016; y El Oficio Ord. Nº655 sobre el Adenda Complementaria N°1, emitido por la SEREMI de Agricultura, de la Región de O'Higgins, con fecha 13/12/2016. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulos IV, V, VI y ix, punto 9.4 del ICE. | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1 Normativa ambiental de carácter general | NORMA | 1 Ley N° 19.300 de 1994, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N° 20.417 “Crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente”. Materia Regulada: La Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente (“LBGMA”) constituye el marco legal fundamental para dar cumplimiento a la garantía constitucional indicada en el punto anterior, estableciendo los instrumentos de gestión ambiental y la institucionalidad asociada a ellos. Dentro de lo anterior, se establecen las disposiciones legales por las que se rige el SEIA; y, en ese contexto, su artículo 10 identifica los proyectos o actividades que, en cualquiera de sus fases, son susceptibles de causar impacto ambiental y, por tanto, deben someterse al SEIA. A su vez, el artículo 11 individualiza los efectos, características o circunstancias que, en caso de generarse o presentarse, exigen el ingreso del proyecto a través de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (en adelante “EIA”). Además, la normativa actualmente vigente establece la autoridad ambiental competente para conocer de la evaluación ambiental. Así, el artículo 9º de la Ley N° 19.300 dispone las normas de competencia para la evaluación de Estudios y Declaraciones, señalando que “se presentarán ante la Comisión establecida en el artículo 86 o Comisión de Evaluación de la Región en que se realizarán las obras materiales que contemple el proyecto o actividad (…)”. En caso que la actividad o proyecto pueda causar impactos ambientales en zonas emplazadas en distintas regiones, la respectiva Declaración o Estudio de Impacto Ambiental se presentará “ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental”. En lo que se refiere al Proyecto, el artículo 10, letra C), de la LBGMA señala que deben someterse al SEA las “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas. | | Forma de cumplimiento | El Proyecto se encuentra en el listado de proyectos que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por tratarse de un proyecto de generación eléctrica de más de 3 MW, debiendo ingresar vía Declaración de Impacto Ambiental. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El cumplimiento de la normativa actual vigente, por lo que se demuestra el cumplimiento de las materias incluidas en la Ley nº 19.300 y por lo tanto el indicador de cumplimiento será la obtención Resolución de Calificación Ambiental de este Proyecto. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. | | NORMA | D.S. N° 40/12 del Ministerio Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Materia Regulada: El D.S. N°40/2012 reglamenta el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Al respecto, el artículo 2 letra c) señala que se entiende por ejecución de proyecto o actividad la realización de obras o acciones contenidas en un proyecto o actividad tendientes a materializar una o más de sus fases. Entre otras materias, el reglamento incorpora la tipología de los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indica los criterios para determinar si los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental generan o presentan algunos de los efectos características o circunstancias mencionadas en el artículo 11 de la Ley. Señala los contenidos mínimos que deben considerarse para la elaboración de una DIA. Enumera los permisos ambientales sectoriales, señala los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas. | | Forma de cumplimiento | El Proyecto se encuentra en el listado de proyectos que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por tratarse de un proyecto de generación eléctrica de más de 3 MW, debiendo ingresar vía Declaración de Impacto Ambiental. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El cumplimiento de la normativa actual vigente, por lo que se demuestra el cumplimiento de las materias incluidas en la Ley nº 19.300 y por lo tanto el indicador de cumplimiento será la obtención Resolución de Calificación Ambiental de este Proyecto. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. | | NORMA | 3 Decreto N° 1/13 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC. Materia Regulada: Declaración de emisiones y transferencia de contaminantes en el Registro RETC. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | A raíz del desarrollo de las obras, actividades y acciones generara residuos, emisiones y aguas servidas, según corresponda deberán ser declaradas al RETC. | | Forma de cumplimiento | El Titular del Proyecto cargará los reportes asociados a los residuos, para lo cual previamente a la ejecución del Proyecto, se realizarán las siguientes acciones: Designación del encargado de establecimiento a través de poder notarial Acceso a la plataforma virtual del RETC con RUT de Titular; y Carga al sistema en formato digital del poder notarial y fotocopia del carné de identidad del encargado del establecimiento designado en el poder notarial. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento, será cuando se cuente con el comprobante de ingreso electrónico al RETC y junto al poder, la cedula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico, se presenten en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. -Declaración de emisiones atmosféricas de los grupos electrógenos, fase de construcción y cierre. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA. | 7.2. Normativa Ambiental aplicable al Proyecto Aire y Emisiones a la Atmósfera. | NORMA | Decreto Supremo N°15/2013 del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Plan de descontaminación atmosférica para el valle central de la Región del Libertador Bernardo O’Higgins Materia Regulada: En el Art. 33 indica los requerimientos para que los proyectos o actividades deban compensar emisiones de M10, NOx y SOx. Los límites establecidos, sobre los cuales un proyecto debe compensar sus emisiones son 5, 30 y 15 ton/año respectivamente. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto considera actividades, especialmente en la fase de construcción, susceptibles de generar emisiones atmosféricas. En Anexo N° 3 del Adenda se adjunta Informe de estimación de emisiones, en la que se muestra que el proyecto se encuentra por debajo de los límites establecidos en la presente norma. Específicamente, se concluye que en el año 1 cuando se traslapan la etapa de construcción y operación, generará 0,928 ton/año de MP10, 5,473 ton/año de NOx y 0,05 ton/año de SOx, se puede concluir que aún en esta condición más crítica, los valores son inferiores a los límites establecidos en el artículo 33 de este decreto, por lo tanto no se requiere ningún tipo de compensación de emisiones atmosféricas. | | Forma de cumplimiento | La forma e indicador de cumplimiento consiste en la implementación de las medidas preventivas definidas para el control de emisiones. Con el fin de dar cumplimiento al DS N°144/61 MINSAL, respecto de las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción, se consideran las siguientes medidas: Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Velocidad restringida de camiones siempre dentro del rango (Max. 30Km/h). Este tema se reforzará con charlas a los trabajadores, junto a la instalación de señalética. Cuando vaya cargado se reducirá a 20km/h. Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado. Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día. Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante colocación de recipientes recolectores, claramente identificados y estratégicamente ubicados. Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo a las funciones que cada uno desempeñe. Los caminos no pavimentados del proyecto se mejoraran con un reductor de polvo el cual será mantenido. Las zanjas durante la etapa de construcción y cierre también serán humectadas previa su ejecución para evitar el levantamiento de polvo adicional. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos durante la etapa de operación. Se realizaran inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.S. Nº 144/1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza Materia Regulada: En el artículo 1º indica que los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Las fuentes de generación durante la etapa de construcción se concentrarán en el tránsito de vehículos y por el movimiento de tierra (preparación del terreno) y transporte de materiales (paneles y otras estructuras menores). En este sector la emisión de material particulado estará relacionada principalmente con las actividades de preparación de terreno, instalación de faenas, instalación de pilotes para instalar las estructuras que soportarán los paneles solares y canalizaciones eléctricas. Durante la etapa de operación se generaran emisiones muy reducidas en comparación con las de la etapa de construcción. Durante la etapa de Cierre son levemente inferiores a las de la etapa de Construcción. Los cálculos de las emisiones atmosféricas para cada una de las etapas de detallan en el Anexo N°3 “Emisiones atmosféricas” del Adenda. | | Forma de cumplimiento | Con el fin de dar cumplimiento al DS N°144/61 MINSAL, respecto de las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción, se consideran las siguientes medidas: - Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. - Velocidad restringida de camiones siempre dentro del rango (Max. 30Km/h). Este tema se reforzará con charlas a los trabajadores, junto a la instalación de señalética. Cuando vaya cargado se reducirá a 20km/h - Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado. - Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día. - Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante colocación de recipientes recolectores, claramente identificados y estratégicamente ubicados. - Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo a las funciones que cada uno desempeñe. - Los caminos no pavimentados del proyecto se mejoraran con un reductor de polvo el cual será mantenido mediante humectación durante la vida útil del proyecto. - Las zanjas durante la etapa de construcción y cierre también serán humectadas previa su ejecución para evitar el levantamiento de polvo adicional. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos. Se realizaran inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores en referencia a esta materia, así como un registro de las mantenciones realizadas a los caminos para mantener le emulsión reductora de polvo y asegurar su función. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.S. Nº 138/ 2005, del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica Materia Regulada: La presente norma establece que todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto (PTS, MP10, CO, NOx, SOx, COV, NH3, benceno, tolueno), deberán entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes. Estarán afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes, entre otras, las fuentes fijas que correspondan a los siguientes rubros: calderas generadoras de vapor y/o agua caliente y equipos electrógenos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación según corresponda. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante la etapa de construcción se emplearán tres grupos electrógenos, 2 equipos de 30 kVA y uno de 5 kVA y por lo tanto corresponde informar y declarar las emisiones de los mismos al Ministerio de Medio Ambiente. | | Forma de cumplimiento | Se calcula las emisiones provenientes de los tres grupos electrógenos tal y como se detalla en el Anexo N°3 Estimaciones de Emisiones Atmosféricas del Adenda. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de información y declaración de las emisiones provenientes de los Grupos Electrógenos. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | Decreto Supremo N° 54, de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión aplicables a los vehículos motorizados medianos que indica Materia Regulada: El presente decreto establece normas de emisión para vehículos motorizados medianos, esto es aquellos que tienen un peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 e inferior a 3.860 kilogramos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos medianos. | | Forma de cumplimiento | Se cumplirá con la norma de emisión. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se verificará con el certificado de revisión técnica al día y de gases. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | Decreto Supremo N° 55, de 1994, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados pesados Materia Regulada: Establece los límites de emisión máxima para contaminantes emitidos por vehículos pesados, esto es, aquellos destinados al transporte de personas o carga, por calles y caminos cuyo peso bruto vehicular es igual o superior a 3.860 kilogramos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos medianos. | | Forma de cumplimiento | Se cumplirá con la norma de emisión. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se verificará con el certificado de revisión técnica al día y de gases. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.S. Nº 4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control Materia Regulada: Monóxido de carbono (CO) e Hidrocarburos (HC). La emisión de contaminantes por el tubo de escape de los vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/HP-h, o gr/kw-h, no podrá exceder las concentraciones máximas de Monóxido de carbono (CO) e Hidrocarburos (HC) establecidas en el presente decreto. Los años de uso del vehículo, se contabilizarán como la diferencia entre el año en que se efectúa el control y el año de fabricación del vehículo más una unidad. Humo visible, sólo motores de 4 tiempos. Se permitirá solamente la emisión de vapor de agua. La emisión de monóxido de carbono de los vehículos motorizados de dos ruedas de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, no podrá exceder la concentración máxima de 4,5%. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante todas las fases del Proyecto se utilizarán vehículos medianos. | | Forma de cumplimiento | Se cumplirá con la norma de emisión. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se verificará con el certificado de revisión técnica al día y de gases. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | Decreto Supremo N° 279, de 1983, del Ministerio de Salud, que Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna Materia Regulada: El artículo 1 establece que “El presente reglamento establece los aspectos normativos y técnicos para el control de la emisión de contaminantes evacuados por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, que operen según el sistema diésel (petroleros) o ciclo Otto (bencineros) de dos y cuatro tiempos”. Por su parte, el artículo 3 prohíbe la emisión de contaminantes, por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, en concentración superior a los máximos que se señalan en dicho decreto. La comprobación se efectuará con el vehículo en marcha y el motor a régimen normal de temperatura de trabajo (aproximadamente 80° C), seleccionando una marcha que permita alcanzar una velocidad de 40 km/hora aproximadamente, con el acelerador a fondo. En estas condiciones debe aplicarse el freno de mano, para simular carga, manteniendo siempre el acelerador a fondo. Cuando el vehículo haya disminuido su velocidad a unos 25 km/hora, y después que éste marche, por lo menos cinco segundos a esa velocidad, siempre con el acelerador a fondo, debe procederse al muestreo de gases en el tubo de escape. Para ensayos estáticos utilizando dinamómetro o rodillos, deben simularse las condiciones antes señaladas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados regulados por la presente norma. | | Forma de cumplimiento | Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Son indicadores de cumplimiento los Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.S. Nº 47/1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Materia Regulada: El artículo 5.8.3 de la Ordenanza establece una serie de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo. Dispone que en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material: Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores, convenientemente identificados y ubicados. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto, se generarán emisiones de polvo y material | | Forma de cumplimiento | Los camiones que transporten material volátil mantendrán su carga cubierta. Velocidad restringida de camiones siempre dentro del rango (Max. 30Km/h). Este tema se reforzará con charlas a los trabajadores, junto a la instalación de señalética. Cuando vaya cargado se reducirá a 20km/h. Los vehículos estacionados se mantendrán con su motor apagado. Mantención permanente de vehículos y maquinaria (en lugares autorizados, fuera de la obra), y exigencia de revisión técnica al día. Se mantendrá la obra aseada y sin desperdicios mediante colocación de recipientes recolectores, claramente identificados y estratégicamente ubicados. Capacitación a los trabajadores, sobre el control de emisiones atmosféricas, de acuerdo a las funciones que cada uno desempeñe. Los caminos no pavimentados del proyecto se mejoraran con un reductor de polvo el cual será mantenido mediante humectación durante la vida útil del proyecto. Las zanjas durante la etapa de construcción y cierre también serán humectadas previa su ejecución para evitar el levantamiento de polvo adicional. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento se considera la implementación de un sistema de control interno, para las velocidades establecidas, se mantendrá copia de las revisiones técnicas y mantenciones de vehículos y maquinarias. Se llevará un registro de las mantenciones realizadas a los caminos. Se realizaran inspecciones periódicas a los vehículos con carga para verificar la forma de traslado de esta. Se mantendrá un registro de las capacitaciones realizadas a los trabajadores en referencia a esta materia, así como un registro de las mantenciones realizadas a los caminos para mantener le emulsión reductora de polvo y asegurar su función. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de Octubre de 2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia. Materia Regulada: Artículo 78.- Los vehículos motorizados deberán estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados regulados por la presente norma. | | Forma de cumplimiento | Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Son indicadores de cumplimiento los Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | Decreto Supremo Nº 211/91, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fecha de Publicación: 11 de Diciembre de 1991. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Materia Regulada: Artículo 3°: Todos los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1° de Septiembre de 1992, deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos: que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Este rótulo será colocado en los vehículos por su fabricante o armador o su representante legal y deberá reunir las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados regulados por la presente norma. | | Forma de cumplimiento | Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Son indicadores de cumplimiento los Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | Decreto Supremo Nº 149/06, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Normas de emisión para vehículos bencineros y diésel para los contaminantes: Monóxido de Carbono; Hidrocarburos Totales; Óxidos de Nitrógeno; y Material Particulado (sólo diésel). Materia Regulada: En su Artículo 8 bis establece normas de emisión para vehículos bencineros y diésel para los contaminantes: Monóxido de Carbono; Hidrocarburos Totales; Óxidos de Nitrógeno; y Material Particulado (sólo diésel). | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados regulados por la presente norma. | | Forma de cumplimiento | Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales. Son indicadores de cumplimiento los Documentos de revisiones técnicas y mantenciones en los vehículos en obra. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | 7.3. Normativa Ambiental aplicable al Proyecto Emisiones de Ruido. | NORMA | D.S. Nº 38, de 2012, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997. Materia Regulada: El objetivo de la presente norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisores que esta norma regula. El artículo 7° establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos: | Zona | Horario: de 7 a 21 Hrs. | Horario: de 21 a 7 Hrs. | | Zona I | 55 | 45 | | Zona II | 60 | 45 | | Zona III | 65 | 50 | | Zona IV | 70 | 70 | El artículo 9º dispone que para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) y NPC para Zona III. Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. En caso de ser necesario, corresponderá a la Dirección de Obras respectiva, conforme a lo establecido en la OGUC, certificar la zonificación del emplazamiento del receptor mediante el Certificado de Informaciones Previas. No obstante, de presentarse dudas respecto de la zonificación asignada al área de emplazamiento del receptor en el respectivo Instrumento de Planificación Territorial, corresponderá a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo competente, resolver y determinar la zonificación que en definitiva corresponda asignar a la referida área, según lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante la etapa de operación no existen emisiones acústicas que superen los niveles permitidos por la normativa, no obstante la aplicación de la normativa sigue siendo vigente para esta etapa. La etapa de construcción del proyecto en la más significativa en materia de generación de emisiones acústicas producidas por la maquinaria necesaria para la construcción y los camiones para el transporte de materiales. Las emisiones acústicas se detallan en el Anexo N°5 del Adenda Informe de ruido actualizado y no superan los niveles permitidos por la normativa. Durante la etapa de cierre la emisiones de ruido serán similares, pero en menor medida, que durante la etapa de construcción ya que se empleará mucha menos maquinaria. La zona dónde se desarrolla el proyecto es rural y por ello es necesario realizar las mediciones de ruido teniendo en cuenta dicha zonificación. Las mediciones de ruido de fondo se realizaron cumpliendo con el procedimiento de medición establecido en el D.S N°38 de 2012 del MMA, y para ello se incorporan al Anexo N°5 Informe de ruido actualizado, las fichas con los datos requeridos de las mediciones de ruido de fondo. El Informe de Emisiones Acústicas concluye que, de acuerdo a la evaluación realizada, el proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia cumplirá los máximos permitidos por el D.S. Nº38/11 del MMA en todos los receptores cercanos, tanto en etapa de construcción, operación y abandono, según se detalla en el Capítulo V del ICE. | | Forma de cumplimiento | Como indicador de cumplimiento, está: Registro de inscripción y declaración de fuentes fijas en la web www.declaracionemisiones.cl | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento, será cuando se cuente con el comprobante de ingreso electrónico al RETC y junto al poder, la cedula de identidad del encargado y el comprobante en formato físico, se presenten en el Ministerio de Medio Ambiente, en su rol de administrador del sistema. -Declaración de emisiones atmosféricas de los grupos electrógenos, fase de construcción y cierre. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | 7.4 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, respecto del recurso hídrico. | NORMA | D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Materia Regulada: El artículo 12 establece que todo lugar de trabajo deberá contar, individual o colectivamente, con agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. El artículo 13 establece la obligación de que cualquiera sea el sistema de abastecimiento de agua potable, éste deberá cumplir con los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia. Por su parte, el artículo 15 señala que en aquellas faenas o campamentos de carácter transitorio donde no existe servicio de agua potable, la empresa deberá mantener un suministro de agua potable igual, tanto en cantidad como en calidad, a lo establecido en los artículos 13 y 14 de este reglamento, por trabajador y por cada miembro de su familia. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Abastecimiento de agua para consumo humano asociado a los trabajadores en sus diferentes etapas. Y generará aguas servidas producto de las actividades para la ejecución del proyecto. | | Forma de cumplimiento | Los antecedentes técnicos y formales de los permisos ambientales sectoriales mixtos consagrados en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. 40/2012 del MMA. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación Sanitaria por parte del Servicio de Salud de la Región de O´Higgins, para la instalación y funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Registro de los mantenimiento llevados a cabo en la planta de tratamiento. Registro de los retiros de lodos por empresa autorizada. Resolución que otorga los permisos ambientales sectoriales mixtos consagrados en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. 40/2012 del MMA. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.S N° 735/1969, del Ministerio de Salud que Aprueba Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano, (modificado por D.S. N°76/2010 del Ministerio de Salud) Materia Regulada: El presente reglamento dispone que todo servicio de agua potable deba proporcionar agua de buena calidad en cantidad suficiente para abastecer satisfactoriamente a la población que le corresponde atender, debiendo, además, asegurar la continuidad del suministro contra interrupciones ocasionadas por fallas de sus instalaciones o de su explotación. En los casos de abastecimiento de agua a una o a un reducido grupo de viviendas o a un establecimiento, con sistema particular de agua, se aceptará como agua potable aquella que se encuentre exenta de Escherichia coli y cuyo número de organismos coliformes totales no sobrepase de un coli por cien centímetros cúbicos de agua, lo que se determinará por el término medio de los resultados de los exámenes bacteriológicos de una cantidad de muestras de agua que fije la autoridad sanitaria. El artículo 2 señala que la Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva deberá aprobar todo proyecto de construcción, reparación, modificación o ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua para el consumo humano, que no sea parte o no esté conectado a un servicio público sanitario regido por el DFL Nº382 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Para las distintas fases del proyecto se requerirá el suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. | | Forma de cumplimiento | Durante las fases del Proyecto el titular velará por que el abastecimiento de agua potable sea de buena calidad y en la cantidad apropiada dotando de 150 litros/persona/día. El proyecto contará con las instalaciones pertinentes para asegurar el suministro de agua potable tales como depósitos de acumulación, sistema de potabilización para el mantenimiento de la calidad del agua y dispensadores de agua mineral para beber. Se medirá la calidad del agua, constantemente. Todos los días se medirá la concentración de cloro residual y una vez al año se repetirá el análisis completo según NCh. 409 (solo para los parámetros que son relevantes para el sector). También se tendrá especial cuidado de mantener la planta potabilizadora, el estanque acumulador y la red de presión en condiciones óptimas, con el fin cumplir en todo momento, con todos los parámetros químicos, físicos y bacteriológicos exigidos en la normativa vigente sin que haya presencia de gérmenes coliformes. Durante la etapa de operación, el abastecimiento de agua potable se realizará mediante el sistema ya existente y aprobado para la construcción desde la planta potabilizadora que se va a instalar pero reduciendo considerablemente el volumen de acumulación de agua. El agua para beber se suministrará con bidones de agua mineral. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento será: Oficio por el cual el SEREMI de Salud aprueba el proyecto de agua potable. Registro de mediciones de calidad de agua durante las etapas de proyecto realizadas por el jefe de operaciones. Registro del suministro de agua potable empleando camines aljibe y contrato con la empresa autorizada para su suministro. Contrato con empresa para el suministro de agua mineral para beber. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.S. Nº 446, Oficializa Norma Chilena Nº 409 /1. Of 2005, Calidad de Agua para Uso Potable Materia Regulada: Esta Norma técnica establece los requisitos físicos, químicos, radiactivos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable para consumo humano. La Norma se aplica al agua potable proveniente de cualquier sistema de abastecimiento. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Para las distintas fases del proyecto se requerirá el suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. | | Forma de cumplimiento | Durante las fases del Proyecto el titular velará por que el abastecimiento de agua potable sea de buena calidad y en la cantidad apropiada dotando de 150 litros/persona/día. El proyecto contará con las instalaciones pertinentes para asegurar el suministro de agua potable tales como depósitos de acumulación, sistema de potabilización para el mantenimiento de la calidad del agua y dispensadores de agua mineral para beber. Se medirá la calidad del agua, constantemente. Todos los días se medirá la concentración de cloro residual y una vez al año se repetirá el análisis completo según NCh. 409 (solo para los parámetros que son relevantes para el sector). También se tendrá especial cuidado de mantener la planta potabilizadora, el estanque acumulador y la red de presión en condiciones óptimas, con el fin cumplir en todo momento, con todos los parámetros químicos, físicos y bacteriológicos exigidos en la normativa vigente sin que haya presencia de gérmenes coliformes. Durante la etapa de operación, el abastecimiento de agua potable se realizará mediante el sistema ya existente y aprobado para la construcción desde la planta potabilizadora que se va a instalar pero reduciendo considerablemente el volumen de acumulación de agua. El agua para beber se suministrará con bidones de agua mineral. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El indicador de cumplimiento será: Oficio por el cual el SEREMI de Salud aprueba el proyecto de agua potable. Registro de mediciones de calidad de agua durante las etapas de proyecto realizadas por el jefe de operaciones. Registro del suministro de agua potable empleando camines aljibe y contrato con la empresa autorizada para su suministro. Contrato con empresa para el suministro de agua mineral para beber. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda. | | NORMA | D.F.L. Nº 1.122/81, Código de Aguas del Ministerio de Justicia. Dominio y aprovechamiento de aguas | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Se proyecta la utilización de agua en todas las fases del proyecto. | | Forma de cumplimiento | El desarrollo del proyecto no considera dominio y aprovechamiento de aguas en su desarrollo, como tampoco afectación de cauces naturales y/o artificiales. Toda el agua que se requiera para las diferentes actividades del proyecto será adquirida de parte de proveedores que cuenten con los respectivos derechos de aprovechamiento. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento, se solicitará a los proveedores de agua, un registro con sus respectivos derechos de aprovechamiento de agua constituidos. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.5 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, respecto de los Residuos Líquidos (Aguas Servidas). | NORMA | Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1968, del Ministerio de Salud, modificado por la Ley N° 20.380, de 2009, Código Sanitario. Materia Regulada: El Artículo 71, literal b), del Código Sanitario dispone que al Servicio de Salud le corresponda aprobar los Proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Agrega el inciso final del referido artículo, que antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud (hoy Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva). El artículo 73 del cuerpo legal en análisis, prohíbe la descarga de las aguas servidas a ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población, para riego o balneario, sin que antes se proceda a su depuración en la forma que se señale en los reglamentos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Para las distintas fases del proyecto se requerirá el suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. Durante la etapa de operación del Proyecto, se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas, la que cumplirá con los requisitos del artículo 138 del Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 40/2012, se detalla en Capítulo IX Permisos Ambientales Sectoriales del presente ICE, PAS 138 y el detalle de su diseño está en el Anexo N°8 del Adenda. | | Forma de cumplimiento | Aprobación Sanitaria por parte del Servicio de Salud de la Región de O´Higgins, para la instalación y funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Registro de los mantenimiento llevados a cabo en la planta de tratamiento. Registro de los retiros de lodos por empresa autorizada. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación Sanitaria por parte del Servicio de Salud de la Región de O´Higgins, para la instalación y funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Registro de los mantenimiento llevados a cabo en la planta de tratamiento. Registro de los retiros de lodos por empresa autorizada. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento de las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Materia Regulada: El artículo 24 dispone que en aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador. La disposición en comento agrega que una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, utilización de baños químicos en la etapa de construcción y cierre. | | Forma de cumplimiento | Para las distintas fases del proyecto se requerirá el suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. Durante la etapa de operación del Proyecto, se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas, la que cumplirá con los requisitos del artículo 138 del Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 40/2012, se detalla en Capítulo IX Permisos Ambientales Sectoriales del presente ICE, PAS 138 y el detalle de su diseño está en el Anexo N°8 del Adenda. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación Sanitaria por parte del Servicio de Salud de la Región de O´Higgins, para la instalación y funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Registro de los mantenimiento llevados a cabo en la planta de tratamiento. Registro de los retiros de lodos por empresa autorizada. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. N° 236/1926, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento General de Alcantarillados Particulares y sus modificaciones Materia Regulada : Reglamento General de Alcantarillados, establece que los edificios públicos o privados, urbanos o rurales, de cualquier naturaleza, que no puedan ser conectados a alguna red cloacal pública existente, o que se encuentren ubicados en lugares en que no exista alcantarillado público, salvo que la construcción de dicho alcantarillado se encuentre en ejecución, deberán ser dotados, dentro del plazo de dos años, a contar desde esta fecha, del sistema de disposición o tratamiento de aguas servidas prescripto para cada caso en el presente reglamento. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, utilización de baños químicos en la etapa de construcción y cierre. | | Forma de cumplimiento | Para las distintas fases del proyecto se requerirá el suministro de agua potable destinada al consumo humano y necesidades básicas de higiene y aseo personal. Durante la etapa de operación del Proyecto, se contará con una planta de tratamiento de aguas servidas, la que cumplirá con los requisitos del artículo 138 del Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Decreto Supremo N° 40/2012, se detalla en Capítulo IX Permisos Ambientales Sectoriales del presente ICE, PAS 138 y el detalle de su diseño está en el Anexo N°8 del Adenda. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación Sanitaria por parte del Servicio de Salud de la Región de O´Higgins, para la instalación y funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. Registro de los mantenimiento llevados a cabo en la planta de tratamiento. Registro de los retiros de lodos por empresa autorizada. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.6 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, respecto de los Residuos Sólidos (Domiciliarios, Industriales y Peligrosos) | NORMA | D.F.L. Nº 725/1967 del Ministerio de Salud, que Establece el Código Sanitario y Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1990, del Ministerio de Salud, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa. Materia Regulada: Los artículos 79 y 80, establecen que el Servicio de Salud (actual SEREMI de Salud) debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Por su parte el D.F.L. N° 1/89 del Ministerio de Salud, establece en su numeral 25 que ésta es una de las materias que requiere autorización sanitaria expresa. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos asimilables a domésticos y residuos sólidos no peligrosos. Retiro, transporte y disposición de residuos sólidos a sitio autorizado. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. | | Forma de cumplimiento | Para cada fase del Proyecto, el cumplimiento se dará de la siguiente manera: Fase de construcción: Retiro periódico desde contenedores dispuestos en la bodega de almacenamiento temporal y en la zona de acopio de excedentes de tierra y grandes embalaje ambos dispuestos en la instalación de faena. Retiro y disposición final en relleno autorizado para su disposición final y ejecutado por empresa autorizada. Fase de operación: Almacenados en bolsas plásticas (residuos domésticos) y a su vez Almacenamiento temporal e contenedor (residuos no peligrosos). Retiro y disposición en relleno autorizado para su disposición final ejecutado por empresa autorizada. Fase de cierre: Retiro periódico desde contenedores dispuestos en la bodega de almacenamiento temporal y en la zona de acopio de excedentes de tierra y materiales, ambos dispuestos en la instalación de faena. Retiro y disposición final en relleno autorizado para su disposición final y ejecutado por empresa autorizada. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas. Se hará registro en el Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER). Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en el Capítulo IX del presente ICE. PAS N° 140 y 142. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. Nº 594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Materia Regulada: El artículo 19 señala que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera o dentro de su predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. La empresa deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud. Dispone que en todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos que genere, diferenciando los peligrosos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Bodega de almacenamiento temporal de residuos sólidos asimilables a domésticos y residuos sólidos no peligrosos. Retiro, transporte y disposición de residuos sólidos a sitio autorizado. Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. | | Forma de cumplimiento | Para cada fase del Proyecto, el cumplimiento se dará de la siguiente manera: Fase de construcción: Retiro periódico desde contenedores dispuestos en la bodega de almacenamiento temporal y en la zona de acopio de excedentes de tierra y grandes embalaje ambos dispuestos en la instalación de faena. Retiro y disposición final en relleno autorizado para su disposición final y ejecutado por empresa autorizada. Fase de operación: Almacenados en bolsas plásticas (residuos domésticos) y a su vez Almacenamiento temporal e contenedor (residuos no peligrosos). Retiro y disposición en relleno autorizado para su disposición final ejecutado por empresa autorizada. Fase de cierre: Retiro periódico desde contenedores dispuestos en la bodega de almacenamiento temporal y en la zona de acopio de excedentes de tierra y materiales, ambos dispuestos en la instalación de faena. Retiro y disposición final en relleno autorizado para su disposición final y ejecutado por empresa autorizada. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde las faenas. Se hará registro en el Sistema Nacional de Declaración de Residuos (SINADER). Los antecedentes ambientales del permiso de las obras de acopio temporal de residuos se entregan en el Capítulo IX del presente ICE. PAS N° 140 y 142. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. Nº 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos. Materia Regulada: Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. De acuerdo al artículo 6, durante el manejo de los residuos peligrosos se deberán tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. Conforme al artículo 18 y 19, los residuos incluidos en los listados de categorías que indica se considerarán peligrosos a menos que su generador pueda demostrar ante la Autoridad Sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad. El titular del proyecto podrá proponer a la Autoridad Sanitaria los análisis de caracterización de peligrosidad a realizar sobre la base del conocimiento de sus residuos y de los procesos que los generan, sin perjuicio de lo cual, la Autoridad Sanitaria podrá exigir análisis adicionales a los propuestos conforme a lo señalado en los artículos 12 al 17 del mismo reglamento. Por su parte, conforme al artículo 25, las instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deberán contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria. El titular del Proyecto deberá presentar dicho Plan ante la respectiva Autoridad Sanitaria. Las instalaciones, establecimientos o actividades que se encuentren en esta situación será identificada por dicha Autoridad mediante un número de identificación. El Plan deberá ser diseñado por un profesional e incluirá todos los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para lograr que el manejo interno y la eliminación de los residuos se realicen con el menor riesgo posible. Toda modificación del Plan deberá ser previamente presentada ante la Autoridad Sanitaria. Conforme al artículo 27, sin perjuicio de sus obligaciones propias, el generador afecto a un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, que encomiende a terceros el transporte y/o la eliminación de sus residuos peligrosos será responsable de: Retirar y transportar los residuos peligrosos a través de transportistas que cuenten con autorización sanitaria, Realizar la eliminación de sus residuos peligrosos en Instalaciones de Eliminación que cuenten con la debida Autorización Sanitaria que comprenda tales residuos, Proporcionar oportunamente la información correspondiente al Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos y entregar al transportista las respectivas Hojas de Seguridad para el Transporte de Residuos Peligrosos. Los generadores que no estén obligados a sujetarse a un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos deberán en todo caso cumplir con la obligación señalada en la letra b) precedente. Finalmente, conforme al artículo 28, el Generador deberá establecer un manejo diferenciado entre los residuos peligrosos y los que no lo son. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Generación, gestión y bodega de residuos peligrosos. Durante las etapas de construcción y cierre del proyecto se generan residuos peligrosos que serán almacenados temporalmente en las instalaciones del proyecto para ser transportados y dispuestos finalmente por una empresa autorizada por la autoridad Sanitaria competente. Las cantidades de Residuos sólidos peligrosos a generar durante las fases de construcción y de cierre del proyecto se estiman en: Fase de construcción: Residuos sólidos peligrosos: Desengrasantes: 0.3 L/día; Desechos de paños con aceite y restos de combustible: 0.5 kg/día. Fase de cierre: Residuos sólidos peligrosos: Desengrasantes: 0.3 L/día; Desechos de paños con aceite y restos de combustible: 0.5 kg/día. | | Forma de cumplimiento | Los residuos peligrosos durante cada una de estas dos etapas se almacenarán temporalmente en las bodegas destinadas para tal fin. El almacenamiento temporal se realizara con contenedores primarios adecuados para cada tipo de residuo, debidamente identificados e inventariados. Todos ellos estarán a su vez almacenados temporalmente en una bodega de residuos peligrosos cuyas características constructivas se detallan en el anexo 18 PAS 142 y que contará con la ventilación, suelo impermeabilizado y dispositivos contra incendios necesarios. Adicionalmente el acceso estará restringido a personal cualificado. Los residuos en ningún caso permanecerán en el almacén más de seis meses ya que durante las etapas de construcción y cierre serán retirados con una frecuencia de dos veces al mes y las propias etapas duran menos de seis meses. Los aceites dieléctricos de los transformadores no son un residuo ya que su vida útil es superior a la del proyecto y no se van a generar durante la etapa de operación ningún residuo peligroso. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento, se establecerá la obtención del PAS 142, asociado al almacenamiento temporal de residuos peligrosos (según se detalla en Anexo N°16 “Permisos Ambientales Sectoriales” de la DIA), la obtención de la autorización sanitaria para el funcionamiento de las zonas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se mantendrá copia de las autorizaciones sanitarias de las empresas transportistas y de disposición final de residuos utilizadas en el Proyecto y se mantendrá registro de facturas y/o guías de despacho de los residuos sólidos que sean despachados desde la faena, así como respaldo del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.7 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, respecto del uso y manejo de sustancias peligrosas, combustible y electricidad | NORMA | D..S. Nº 78/2010 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Materia Regulada: Manejo y almacenamiento de sustancias peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Operación | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante la etapa de operación, se almacenaran las siguientes sustancias químicas: Hipoclorito de Sodio Hipoclorito de Calcio Bisulfato de Sodio Debido a que las cantidades que se van a almacenar nos superan los 600 kg o L y los productos químicos que se almacenan cumplen con los requisitos para poder ser almacenados en pequeñas cantidades, se dispondrá dentro de la bodega de almacenamiento de materiales no peligrosos un espacio diferenciado para el almacenamiento de las sustancias químicas mencionadas. | | Forma de cumplimiento | La modalidad de almacenamiento será en envases de capacidad inferior a 5Kg y por lo tanto se instalarán dentro de una estantería cerradas de material no absorbente, liso y lavable. Dicha estantería contará con un sistema de ventilación para evitar la acumulación de gases siguiendo las instrucciones de la empresa autorizada para su suministro. A modo de ejemplo del tipo de gabinete que se va a emplear para tal fin se muestra en el Capítulo 1 de la presente DIA, la imagen de un modelo. La estantería estará construida con acero de doble pared con 40mm de espacio aéreo aislador. El sistema de fijación se realizará con pernos de acero inoxidable de alta resistencia. En su interior los estantes serán de acero galvanizado. Se contará con equipos de protección personal adecuados para el manejo de las sustancias y en un lugar accesible dentro de la bodega de almacenamiento donde se encuentre ubicada la estantería cerrada donde estén almacenadas las sustancias peligrosas, se dispondrá un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, deberán estar de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento las sustancias peligrosas estarán correctamente etiquetadas y existirá una hoja de datos de seguridad del producto en la que se describan e identifique los siguientes apartados: - Identificación de la sustancia química y el proveedor. Se adjunta en el Anexo 4 de la DIA del proyecto las hojas de datos de seguridad de los productos. - Se llevará un registro de la cantidad de producto almacenado, de su uso y de su nuevo suministro por parte de la empresa autorizada, así como un registro de mantenimiento de los equipos de extinción de fuego. También se capacitará al personal de la planta y se llevará a cabo los registros correspondientes de dicha capacitación y la dotación de equipos de protección personal para poder llevar a cabo la manipulación de dichas sustancias. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | Decreto Supremo Nº 298/1995 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos Manejo y transporte de sustancias peligrosas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y abandono. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El transporte de cualquier materia prima, producto terminado o sustancia peligrosa desde o hacia las instalaciones del proyecto cumplirá con el transporte adecuado. | | Forma de cumplimiento | Para esto, se contratara a empresas especializadas y autorizadas en el transporte de cargas peligrosas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro vehículos que transporten cargas peligrosas. Registro de contratos con empresas transportistas autorizadas. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. Nº 160/ 2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Materia Regulada: Artículo 13º.- Los propietarios y operadores de las instalaciones de CL, según corresponda, serán responsables de dar cumplimiento a las disposiciones generales y específicas que regulen materias propias de la instalación de su propiedad o a su cargo, establecidas en el presente Reglamento. Deberán, asimismo, mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a las personas y/o cosas, cursos de aguas superficiales, subterráneas, lagos o mares. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante las etapas de construcción y abandono, se contempla la utilización de combustible líquido, principalmente en la maquinaria pesada, para lo cual se contará con un suministro a través de un proveedor autorizado, quien con un camión surtidor cargará la maquinaria en obra. Sin embargo se mantendrán dos tambores de 200 L cada uno, de manera de respaldo. | | Forma de cumplimiento | La carga de la de combustible desde el proveedor autorizado, serán realizadas sobre una superficie que sea capaz de contener la sustancias en caso de un derrame, tipo bandeja de control, así en caso de derrames, está tendrá la capacidad para contenerlos. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como indicador de cumplimiento, se exigirá y mantendrá copia de las autorizaciones asociadas a las empresas distribuidoras, que abastezcan de combustible la obra. Registro de los camiones que hagan entrega de combustible en la instalaciones del proyecto. Contrato de suministro con la empresa que ejecute el suministro de combustible exigiendo la certificación de autroización para la ejecución de dicha actividad. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | NCh Eléctrica 4/84. Electricidad, instalaciones interiores de baja tensión. Materia Regulada : Fija las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir las instalaciones eléctricas interiores, con el fin de salvaguardar a las personas que operan o hacen uso de ellas y preservar el medio ambiente en que han sido construidas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre del proyecto | | Parte, obra o acción a la que aplica | El titular se encargará de mantener las instalaciones del proyecto, en conformidad con las prescripciones que establece la ley y las demás normativa técnica aplicable a dichas instalaciones | | Forma de cumplimiento | De manera de proteger la seguridad de las personas, medio ambiente y bienes. Además informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Certificaciones de las instalaciones realizadas en laboratorios autorizados por la SEC. Registro de mantenciones tanto preventivas como correctivas realizadas en las instalaciones del proyecto. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | 5 Norma D.S. N° 327 de 10 de septiembre de 1998, Ministerio de Minería, Fija Reglamento de la Ley General de Servicios Eléctricos. Materia Regulada: Artículo 114.- No será requisito para poner en servicio nuevas instalaciones eléctricas, la aprobación de éstas. Sin embargo, las obras de generación, transporte y distribución o partes de ellas, no podrán ser puestas en servicio sin que su dueño las haya comunicado previamente a la Superintendencia, con al menos 15 días de anticipación. La comunicación deberá acompañarse de una breve descripción de las obras que se ponen en explotación, así como de la fecha de su puesta en servicio. Tratándose de instalaciones interiores, la comunicación y antecedentes que deben acompañarse a ella se ajustarán a lo previsto en los reglamentos particulares vigentes. Artículo 206.- Las especificaciones técnicas de todo proyecto eléctrico, así como su ejecución, operación y mantenimiento, deberán ajustarse a las normas técnicas y reglamentos vigentes. En especial, deberán preservar el normal funcionamiento de las instalaciones de otros concesionarios de servicios públicos, la seguridad y comodidad de la circulación en las calles, caminos y demás vías públicas, y también la seguridad de las personas, las cosas y el medio ambiente. Artículo 210.- El proyecto, la construcción y el mantenimiento de instalaciones eléctricas sólo podrán ser ejecutados por personal calificado y autorizado en la clase que corresponda, de acuerdo a lo establecido en los reglamentos y normas técnicas vigentes. Artículo 213.- Todo material que se emplee en la construcción de instalaciones eléctricas y que esté sujeto a certificación, de conformidad a los reglamentos y normas técnicas vigentes, sólo podrá ser instalado si dispone del respectivo certificado de aprobación emitido por una entidad autorizada por la Superintendencia. Artículo 219.- Para su comercialización en el país, las máquinas, instrumentos, aparatos, equipos, artefactos y materiales eléctricos deberán tener un certificado de aprobación otorgado por una entidad autorizada, siempre que la aprobación de tales elementos haya sido previamente dispuesta por una o más Resoluciones del Ministerio, a proposición de la Superintendencia | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre del proyecto | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto será ejecutado por personal calificado y autorizado según corresponda, y se utilizaran materiales certificados, de acuerdo a lo dispuesto en el presente decreto. | | Forma de cumplimiento | El titular informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto, de manera previa y por escrito. Las especificaciones técnicas del proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimientos ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Certificaciones de laboratorios autorizados por la SEC. Registro de mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto. Certificado de cualificación eléctrica de categoría de instalador autorizado del personal especialista del proyecto. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | Norma D.S. N°115 de 18 de junio de 2004 del Ministerio de economía; fomento y reconstrucción; subsecretaria de economía; fomento y reconstrucción, Aprueba norma técnica NCh. elec. 4/2003, instalaciones de consumo en baja tensión y deroga, en lo pertinente, el Decreto nº 91, de 1984. Materia Regulada: 1.1.- Esta Norma tiene por objeto fijar las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir las instalaciones eléctricas de consumo en Baja Tensión, con el fin de salvaguardar a las personas que las operan o hacen uso de ellas y preservar el medio ambiente en que han sido construidas. 1.2.- Norma contiene esencialmente exigencias de seguridad. Su cumplimiento, junto a un adecuado mantenimiento, garantiza una instalación básicamente libre de riesgos; sin embargo, no garantiza necesariamente la eficiencia, buen servicio, flexibilidad y facilidad de ampliación de las instalaciones, condiciones éstas inherentes a un estudio acabado de cada proceso o ambiente particular y a un adecuado proyecto. 1.3.- Las disposiciones de esta Norma están hechas para ser aplicadas e interpretadas por profesionales especializados; no debe entenderse este texto como un manual de instrucciones o adiestramiento. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y cierre del proyecto | | Parte, obra o acción a la que aplica | El titular dará cumplimiento a la norma técnica a cabalidad, para ejecutar un proyecto que garantice instalaciones eléctricas libre de riesgos, utilizando equipamiento certificado por la SEC y personal calificado para la instalación, mantenciones y operación. | | Forma de cumplimiento | Se informará oportunamente a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de las obras del proyecto, de manera previa y por escrito. Las especificaciones técnicas del proyecto, así como su ejecución, operación y mantenimientos ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Certificaciones de laboratorios autorizados por la SEC. Registro de mantenciones correctivas y preventivas realizadas en las instalaciones del proyecto. Certificado de cualificación eléctrica de categoría de instalador autorizado del personal especialista del proyecto. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. N°4188 de 12 de Noviembre de 1955 de Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción/ Ministerio del Interior, Reglamento de instalaciones eléctricas de corrientes fuertes Materia Regulada: Norma que fija las disposiciones para la ejecución de instalaciones eléctricas de corrientes fuertes y para el mejoramiento o modificaciones de las existentes. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto, en todo momento, dará fiel cumplimiento a las exigencias de seguridad establecidas en la presente norma técnica, de manera de cautelar la seguridad de las personas la propiedad privada y del medio ambiente. | | Forma de cumplimiento | El Proyecto, en todo momento, dará fiel cumplimiento a las exigencias de seguridad establecidas en la presente norma técnica, de manera de cautelar la seguridad de las personas la propiedad privada y del medio ambiente. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Placas de peligro de muerte, para informar a la comunidad del riesgo de trepar las estructuras que conformarán la línea de transmisión. Cerco perimetral en la subestación que impedirá el acceso a toda persona ajena a las instalaciones. Aviso a la SEC sobre la puesta en servicio de las obras de transmisión del Proyecto. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. N° 1261 del 25 de abril de 1957 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Materia Regulada: Aprobatorio de la norma NSEG 6 E.N. 71 Electricidad, Cruces y Paralelismos de Líneas Eléctricas | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | No Aplica. | | Forma de cumplimiento | El proyecto no contempla cruce ni paralelismos de líneas eléctricas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · Layout de los Planos de Ejecución del Proyecto. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. N°610 de 1982 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Materia Regulada: Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorinados (PCB) en Equipos Eléctricos Autoridad Superintendencia de Electricidad y Combustibles | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto dará estricto cumplimiento a esta resolución, no contemplando en sus equipos el uso de las sustancias citadas. | | Forma de cumplimiento | El proyecto dará estricto cumplimiento a esta resolución, no contemplando en sus equipos el uso de las sustancias citadas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | En este caso corresponderá al registro de cada equipo eléctrico que acredite el no uso de las mencionadas sustancias. Este registro podrá ser consultado en el parque. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | 10 RGR N° 2 de 17 de octubre de 2014 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Materia Regulada: Diseño y ejecución de las instalaciones fotovoltaicas conectadas a red. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Las disposiciones de esta Instrucción Técnica son aplicables al diseño, ejecución, inspección y mantenimiento de las instalaciones eléctricas fotovoltaicas conectadas a la red de distribución, cuya potencia máxima no sobrepase lo estipulado en la Ley N° 20.571. Acota los requerimientos que se deben observar para el diseño, ejecución, inspección y mantención de las instalaciones eléctricas fotovoltaicas que se comunican a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para ser conectadas a la red de distribución, con el fin de entregar un servicio eficiente y de salvaguardar la seguridad de las personas. | | Forma de cumplimiento | Las disposiciones de esta Instrucción Técnica son aplicables al diseño, ejecución, inspección y mantenimiento de las instalaciones eléctricas fotovoltaicas conectadas a la red de distribución, cuya potencia máxima no sobrepase lo estipulado en la Ley N° 20.571. Acota los requerimientos que se deben observar para el diseño, ejecución, inspección y mantención de las instalaciones eléctricas fotovoltaicas que se comunican a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para ser conectadas a la red de distribución, con el fin de entregar un servicio eficiente y de salvaguardar la seguridad de las personas. El titular dará cumplimiento a cabalidad a esta instrucción técnica para el diseño, ejecución, inspección y mantención de las instalaciones. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · Aviso a la SEC sobre la puesta en servicio de las obras de transmisión del Proyecto. Registro de inspecciones y mantenciones. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.8 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, relacionada con Ordenamiento Territorial. | NORMA | D.F.L. Nº458/75 y D.S. Nº47/92, ambos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Materia Regulada : De acuerdo al artículo 55º de la LGUC fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores “no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para las viviendas del propietario del mismo y sus trabajadores, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado”. El artículo 55 inciso final dispone que “igualmente las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, requerirán, previamente a la aprobación correspondiente de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola que correspondan”. Por su parte, el inciso 1º, del artículo 2.1.29, de la Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, establece que el tipo de uso infraestructura se refiere a las edificaciones o instalaciones y a las redes o trazados destinados a, entre otros, a la infraestructura energética. Los incisos 2° y 3° de dicha norma establecen que “Las redes de distribución, redes de comunicaciones y de servicios domiciliarios y en general los trazados de infraestructura se entenderán siempre admitidos y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes. El instrumento de planificación territorial deberá reconocer las fajas o zonas de protección determinadas por la normativa vigente y destinarlas a áreas verdes, vialidad o a los usos determinados por dicha normativa”. En este sentido indica que “En el área rural de los planes reguladores intercomunales o metropolitanos, dichas instalaciones o edificaciones estarán siempre admitidas y se sujetarán a las disposiciones que establezcan los organismos competentes, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley 19.300 y de lo dispuesto en el artículo 55 del DFL N°458 (V. y U.), de 1975, Ley General de Urbanismo y Construcciones.” | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto contempla la implementación de instalaciones (paneles solares y oficinas) que hacen aplicable el permiso de Informe Favorable para la Construcción. | | Forma de cumplimiento | Tramitación y antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial consagrado en el artículo 160 del D.S. N°40 de 2012 del MMA. Según se detalla en el Capítulo IX del presente ICE. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución y antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial consagrado en el artículo 160 del D.S. N°40 de 2012 del MMA. Como parte de esta DIA, se entregan los antecedentes para solicitar el Informe Favorable para la Construcción (ex Cambio de Uso de Suelo) de las edificaciones que formarán parte del proyecto, se indica que la superficie del proyecto afecta a la solicitud de IFC asciende a un total de 12 hectáreas. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | Ley N° 18.755 de 1989, Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la Ley N° 19.283. Materia Regulada: De acuerdo al artículo 46 de la Ley Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, para autorizar un cambio de uso de suelo (actual IFC) en el sector rural, se requerirá informe previo del Servicio Agrícola Ganadero. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto contempla la implementación de instalaciones (paneles solares y oficinas) que hacen aplicable el permiso de Informe Favorable para la Construcción (ex cambio uso de suelo). | | Forma de cumplimiento | Tramitación y antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial consagrado en el artículo 160 del D.S. N°40 de 2012 del MMA. Según se detalla en el Capítulo IX del presente ICE. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución y antecedentes técnicos y formales del permiso ambiental sectorial consagrado en el artículo 160 del D.S. N°40 de 2012 del MMA. Como parte de esta DIA, se entregan los antecedentes para solicitar el Informe Favorable para la Construcción (ex Cambio de Uso de Suelo) de las edificaciones que formarán parte del proyecto, se indica que la superficie del proyecto afecta a la solicitud de IFC asciende a un total de 12 hectáreas. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.9 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, relacionada con el componente fauna. | NORMA | 1 Ley Nº 19.473 Sustituye Texto de la Ley Nº 4.601, Sobre Caza, y Articulo 609 Del Código Civil. Materia Regulada: Caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la ley Nº 18.862. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | En el área de influencia del Proyecto, se logró detectar dos clases de vertebrados, correspondientes a 16 familias y 22 especies. Del total registrado, la clase aves fue la que obtuvo la mayor riqueza, con 17 especies detectadas (77,2 % del total). Por otra parte, entre los mamíferos se detectaron cinco especies (22,7 % del total respectivamente). La distribución espacial del número total de especies en el área estuvo concentrada en el ambiente de bosquetes mixtos al este del área de influencia. La riqueza total por ambiente fue de 16 especies (72,7 % del total) para la zona agrícola, 14 para el ambiente de bosquetes mixtos (63,6 % del total), y una para el ambiente de matorral (4,5 % del total). Las especies de aves registradas se concentraron en todos los ambientes pero principalmente en el ambiente de cultivos agrícolas, con 16 especies. Por otra parte, los mamíferos sólo fueron detectados en el ambiente de bosquetes mixtos (5 especies). Las especies más abundantes entre las aves fueron el queltehue (V. chilensis), el trile (A. thilius) y el jilguero (S. barbata), con más de 1 individuo por hectárea, presentes preferentemente en el ambiente de cultivos agrícolas. Con respecto a la densidad estimada (ind/ha) de mamíferos, la especie más numerosa correspondió a la laucha, especie introducida, la cual estuvo presente en el ambiente de bosquetes mixtos. Se observó la presencia de un sonotipos perteneciente al quiróptero murciélago colorado del sur (L.varius), especie común en la región. Con respecto al resultado arrojado por las trampas cámara, se logró registrar sólo una especie, el tiuque (M. chimango). Para las especies de micromamíferos, se realizaron 22 capturas en 40 trampas noches por 2 noches (27,5% de éxito). Las especies registradas fueron todas exóticas del país: el guarén (R.norvegicus), la laucha (M.musculus)yla rata negra (R.rattus). Todas fueron capturadas exclusivamente en el ambiente de bosquetes mixtos con canal de regadío. Los individuos de laucha (M. musculus) fueron los más abundantes, seguidos por el guarén (R. norvegicus). | | Forma de cumplimiento | De las especies presentes en el área, ninguna se encuentran catalogada en alguna categoría de conservación o de amenaza de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza del SAG (Decreto Supremo Nº 5 de 1998 de MINAGRI y Decreto supremo Nº 151 de 2007 de MINSEGPRES) y al Reglamento de Clasificación de especies (Procesos 1° a 10°, D.S. Nº 151/07, 50/08, 51/08, 23/09, 33/2011, 41/2011, 42/2011, 19/2012, 98/2013 y 52/2014 del MINSEGPRES y MMA). De las 22 especies reportadas en el área del proyecto, ninguna es endémica de Chile. Por otra parte, se detectaron cinco (22,7%) especies que no son nativas (introducidas) del país. Con respecto a la movilidad de las especies, todas las especies detectadas en el área de influencia del Proyecto presentan rangos de desplazamientos muy altos. Se contemplan las siguientes medidas de control, aplicables a cada una de las etapas del Proyecto: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Prohibición de alimentar especies domésticas Prohibición de alimentar especies silvestres Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos Educación y/o capacitación de los trabajadores. de las cuales se llevará registro, de manera de asegurar que el 100% de los trabajadores la hayan recibido. Junto con esto se contará con un panel informativo, respecto a los cuidados que se debe tener para no afectar la fauna del sector. Según los detalles de lo anteriormente expuesto en el Anexo N°11 de la DIA, Informe de Fauna Terrestre. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se mantendrá respaldo de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Prohibición de alimentar especies domésticas Prohibición de alimentar especies silvestres Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | D.S. N°5/1998 del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza. Materia Regulada: Caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre, con excepción de las especies y los recursos hidrobiológicos, cuya preservación se rige por la ley Nº 18.862. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | En el área de influencia del Proyecto, se logró detectar dos clases de vertebrados, correspondientes a 16 familias y 22 especies. Del total registrado, la clase aves fue la que obtuvo la mayor riqueza, con 17 especies detectadas (77,2 % del total). Por otra parte, entre los mamíferos se detectaron cinco especies (22,7 % del total respectivamente). La distribución espacial del número total de especies en el área estuvo concentrada en el ambiente de bosquetes mixtos al este del área de influencia. La riqueza total por ambiente fue de 16 especies (72,7 % del total) para la zona agrícola, 14 para el ambiente de bosquetes mixtos (63,6 % del total), y una para el ambiente de matorral (4,5 % del total). Las especies de aves registradas se concentraron en todos los ambientes pero principalmente en el ambiente de cultivos agrícolas, con 16 especies. Por otra parte, los mamíferos sólo fueron detectados en el ambiente de bosquetes mixtos (5 especies). Las especies más abundantes entre las aves fueron el queltehue (V. chilensis), el trile (A. thilius) y el jilguero (S. barbata), con más de 1 individuo por hectárea, presentes preferentemente en el ambiente de cultivos agrícolas. Con respecto a la densidad estimada (ind/ha) de mamíferos, la especie más numerosa correspondió a la laucha, especie introducida, la cual estuvo presente en el ambiente de bosquetes mixtos. Se observó la presencia de un sonotipos perteneciente al quiróptero murciélago colorado del sur (L.varius), especie común en la región. Con respecto al resultado arrojado por las trampas cámara, se logró registrar sólo una especie, el tiuque (M. chimango). Para las especies de micromamíferos, se realizaron 22 capturas en 40 trampas noches por 2 noches (27,5% de éxito). Las especies registradas fueron todas exóticas del país: el guarén (R.norvegicus), la laucha (M.musculus)yla rata negra (R.rattus). Todas fueron capturadas exclusivamente en el ambiente de bosquetes mixtos con canal de regadío. Los individuos de laucha (M. musculus) fueron los más abundantes, seguidos por el guarén (R. norvegicus). | | Parte, obra o acción a la que aplica | De las especies presentes en el área, ninguna se encuentran catalogada en alguna categoría de conservación o de amenaza de acuerdo al Reglamento de la Ley de Caza del SAG (Decreto Supremo Nº 5 de 1998 de MINAGRI y Decreto supremo Nº 151 de 2007 de MINSEGPRES) y al Reglamento de Clasificación de especies (Procesos 1° a 10°, D.S. Nº 151/07, 50/08, 51/08, 23/09, 33/2011, 41/2011, 42/2011, 19/2012, 98/2013 y 52/2014 del MINSEGPRES y MMA). De las 22 especies reportadas en el área del proyecto, ninguna es endémica de Chile. Por otra parte, se detectaron cinco (22,7%) especies que no son nativas (introducidas) del país. Con respecto a la movilidad de las especies, todas las especies detectadas en el área de influencia del Proyecto presentan rangos de desplazamientos muy altos. Se contemplan las siguientes medidas de control, aplicables a cada una de las etapas del Proyecto: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Prohibición de alimentar especies domésticas Prohibición de alimentar especies silvestres Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos Educación y/o capacitación de los trabajadores. de las cuales se llevará registro, de manera de asegurar que el 100% de los trabajadores la hayan recibido. Junto con esto se contará con un panel informativo, respecto a los cuidados que se debe tener para no afectar la fauna del sector. Según los detalles de lo anteriormente expuesto en el Anexo N°11 de la DIA, Informe de Fauna Terrestre. | | Forma de cumplimiento | Se mantendrá respaldo de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Prohibición de alimentar especies domésticas Prohibición de alimentar especies silvestres Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos. · | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registros de charlas de inducción realizadas a los trabajadores, donde se aborden los temas de: Prohibición de caza, captura y/o recolección de especies animales silvestres Prohibición de alimentar especies domésticas Prohibición de alimentar especies silvestres Prohibición de botar residuos fuera de los lugares establecidos Prohibición de la circulación de vehículos y trabajadores fuera de caminos habilitados y establecidos. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.9 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, para el componente Flora y Vegetación | NORMA | Ley N°20.283, Sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Materia Regulada: El artículo 1 establece las disposiciones que regirán el procedimiento para la clasificación de especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres según lo dispuesto en el artículo 37 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables sólo a las especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres que sean nativas de Chile. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | No Aplica | | Parte, obra o acción a la que aplica | No Aplica | | Forma de cumplimiento | En relación al proyecto, se han llevado estudios forestales sobre el área de influencia del proyecto, el cual concluye que "Del análisis de las unidades vegetales en función de las definiciones establecidas en la Ley 20.283/08 y su Reglamento (D.S. N° 93/08), se ha concluido que estas no califican dentro de la condición de Bosque Nativo, Bosque de Preservación ni Formación Xerofítica, motivo por el cual la ejecución de este proyecto no requerirá de tramitar los PAS 148, 150 ni 151, respectivamente. En cuanto a la presencia de Plantaciones forestales, no se han identificado áreas correspondientes a este tipo de formación, motivo por el cual este proyecto no requiere de tramitar el PAS 149, según se detalla Anexo N°12 “Informe de Flora y vegetación” de la DIA del proyecto. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · No Aplica | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. | | NORMA | D.S. 29/2011, del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación. Materia Regulada: El artículo 1 establece las disposiciones que regirán el procedimiento para la clasificación de especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres según lo dispuesto en el artículo 37 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Las disposiciones de este Reglamento serán aplicables sólo a las especies de plantas, algas, hongos y animales silvestres que sean nativas de Chile. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | No Aplica | | Parte, obra o acción a la que aplica | No Aplica | | Forma de cumplimiento | En relación al proyecto, se han llevado estudios forestales sobre el área de influencia del proyecto, el cual concluye que "Del análisis de las unidades vegetales en función de las definiciones establecidas en la Ley 20.283/08 y su Reglamento (D.S. N° 93/08), se ha concluido que estas no califican dentro de la condición de Bosque Nativo, Bosque de Preservación ni Formación Xerofítica, motivo por el cual la ejecución de este proyecto no requerirá de tramitar los PAS 148, 150 ni 151, respectivamente. En cuanto a la presencia de Plantaciones forestales, no se han identificado áreas correspondientes a este tipo de formación, motivo por el cual este proyecto no requiere de tramitar el PAS 149, según se detalla Anexo N°12 “Informe de Flora y vegetación” de la DIA del proyecto. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · No Aplica | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. | | | 7.10 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, relacionada con caminos públicos | NORMA | D.F.L N°850/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 15.840/64 y del D.F.L. Nº 206/60, sobre Construcción y Conservación de Caminos Materia Regulada: Utilización de caminos públicos, autorización caminos de acceso que intervienen caminos públicos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Titular realizará un acceso entre el predio y la Ruta H-800. Según se detalla en el Capítulo IV del ICE. | | Forma de cumplimiento | Tramitación y antecedentes para la autorización de la Dirección Regional de Vialidad de la Región de O’Higgins. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · Permiso y autorización de acceso entre el predio y la Ruta H-800. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | | | NORMA | D.S. N°158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, Fija el Peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos Materia Regulada: Peso máximo de los vehículos que circulan por caminos públicos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción, operación y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de insumos, equipos y maquinarias. | | Forma de cumplimiento | El Proyecto Requerirá actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También Requerirá el transporte de maquinaria que eventualmente exceda el peso máximo permitido. El Titular Exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como Indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | | | NORMA | D.S. N°200/1993 del Ministerio de Obras Públicas, Establece Pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país Materia Regulada: Peso máximo de los vehículos que circulan por caminos públicos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de insumos, equipos y maquinarias. | | Forma de cumplimiento | El Proyecto requerirá actividades de transporte de materiales de construcción, estructuras, equipos y otros. También requerirá el transporte de maquinaria que eventualmente exceda el peso máximo permitido. El Titular Exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Como Indicador de cumplimiento, para el control del peso de carga se mantendrá registro de las guías de despacho de la carga que será transportada, indicando el viaje realizado y el camión asociado. · | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | | | NORMA | Resolución N°1/1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Establece dimensiones máximas a vehículos que indica. Materia Regulada: Peso máximo de los vehículos que circulan por caminos públicos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción y cierre. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de insumos, equipos y maquinarias. | | Forma de cumplimiento | El transporte cumplirá con las dimensiones establecidas para el transporte de materiales de construcción. Para las cargas sobredimensionadas se solicitaran previamente las autorizaciones necesarias a Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y, de ser necesario, se comunicará oportunamente a Carabineros de Chile para adoptar las medidas de seguridad necesarias para el desplazamiento de dichos vehículos. | | Indicador que acredita su cumplimiento | · Se mantendrá un registro de camiones que circulen por las vías públicas. Autorizaciones y documentación que permita el traslado de cargas sobredimensionadas. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | | 7.11 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, para el componente Patrimonio Cultural y Paisaje. | NORMA | Ley Nº 17.288, de 1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925. D.S. N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Materia Regulada : El artículo 1 de la Ley establece que “Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley”. El artículo 13 señala que ninguna persona natural o jurídica podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorización del Consejo en la forma establecida por el Reglamento. El artículo 21 establece que “Por el solo ministerio de la ley, son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado los lugares, ruinas, y yacimientos y piezas antropo-arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional. Para los efectos de la presente ley quedan comprendidas también las piezas paleontológicas y los lugares donde se hallaren”. El artículo 22 de la Ley establece que “Ninguna persona natural o jurídica chilena podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma establecida por el reglamento”. Es condición previa para que se otorgue el permiso, que la persona a cargo de las investigaciones pertenezca a una institución científica extranjera solvente y que trabaje en colaboración con una institución científica estatal o universitaria chilena”. El artículo 26 de la ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de los hallazgos. Por su parte, el artículo 29 señala que “Para el efecto de mantener el carácter ambiental y propio de ciertas poblaciones o lugares donde existieren ruinas arqueológicas, o ruinas y edificios declarados Monumentos Históricos, el Consejo de Monumentos Nacionales podrá solicitar se declare de interés público la protección y conservación del aspecto típico y pintoresco de dichas poblaciones o lugares o de determinadas zonas de ellas”. La norma del artículo 23 del Reglamento Nº 484 de la Ley 17. 288, reitera los contenidos del artículo 26, en los mismos términos expresados. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Etapa de construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante la etapa de construcción se realizarán movimientos de tierra y excavaciones. | | Forma de cumplimiento | Tal como concluye el informe de Arqueología, correspondiente al Anexo N°4 “Informe de Arqueología actualizado” del Adenda, los resultados de la prospección arqueológica permitieron establecer la ausencia de sitios arqueológicos, u otros elementos relevantes del patrimonio cultural visibles en superficie, en el área del proyecto La Acacia. Indicado lo anterior, no se considera necesarias la realización de medidas de protección del patrimonio cultural, ni arqueológico. En el caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto o en el monitoreo arqueológico se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Proponente del Proyecto. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Pese a lo señalado anteriormente, en caso que se hiciese algún descubrimiento arqueológico se deberán paralizar las faenas y se procederá a denunciar el hecho a la autoridad competente en la persona del Gobernador Provincial, el que ordenará a Carabineros que vigile el lugar hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él, como se establece en el artículo 23 del Reglamento de la Ley 17.288. Como indicador de cumplimiento, se establece la elaboración de un informe de cumplimiento, durante la etapa de construcción tras la realización de las zanjas de cableado, el cual será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales. | | Forma de control y seguimiento | Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | | | NORMA | D.S. N°484/1990 del Ministerio de Educación, Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Materia Regulada: Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Etapa de construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Durante la etapa de construcción se realizarán movimientos de tierra y excavaciones. | | Forma de cumplimiento | Tal como concluye el informe de Arqueología, correspondiente al Anexo N°4 “Informe de Arqueología actualizado” del Adenda, los resultados de la prospección arqueológica permitieron establecer la ausencia de sitios arqueológicos, u otros elementos relevantes del patrimonio cultural visibles en superficie, en el área del proyecto La Acacia. Indicado lo anterior, no se considera necesarias la realización de medidas de protección del patrimonio cultural, ni arqueológico. En el caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante las excavaciones del proyecto o en el monitoreo arqueológico se procederá según lo establecido en los artículos N°26 y 27 de la N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Proponente del Proyecto. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Pese a lo señalado anteriormente, en caso que se hiciese algún descubrimiento arqueológico se deberán paralizar las faenas y se procederá a denunciar el hecho a la autoridad competente en la persona del Gobernador Provincial, el que ordenará a Carabineros que vigile el lugar hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él, como se establece en el artículo 23 del Reglamento de la Ley 17.288. Como indicador de cumplimiento, se establece la elaboración de un informe de cumplimiento, durante la etapa de construcción tras la realización de las zanjas de cableado, el cual será remitido al Consejo de Monumentos Nacionales. | | Forma de control y seguimiento | · Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 7.12 Normativa Ambiental Aplicable al Proyecto, relacionada con fiscalización y seguimiento. | NORMA | Resolución Exenta N° 1518/2013 de la Superintendencia de Medio Ambiente. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de Resolución Nº 574 de 2012 Materia Regulada: Remisión de antecedentes a la Superintendencia de Medio Ambiente. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Los establecido en la evaluación ambiental del proyecto, en la DIA y sus Anexos, en las Adendas y sus Anexos. | | Forma de cumplimiento | Los compromisos adquiridos durante la evaluación ambiental del presente proyecto serán declarados en el SNIFA, para facilitar el seguimiento del Proyecto | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de la publicación en el SNIFA. | | Forma de control y seguimiento | · Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | Resolución Exenta N°300/2014 de la SMA, Regulariza plazo de entrega de información requerida en la Resolución Exenta N° 1518/2014, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Exenta N° 574/2014, y establece ampliación del mismo Materia Regulada: Remisión de antecedentes a la Superintendencia de Medio Ambiente. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Los establecido en la evaluación ambiental del proyecto, en la DIA y sus Anexos, en las Adendas y sus Anexos. | | Forma de cumplimiento | Los compromisos adquiridos durante la evaluación ambiental del presente proyecto serán declarados en el SNIFA, para facilitar el seguimiento del Proyecto | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de la publicación en el SNIFA. | | Forma de control y seguimiento | · Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | | NORMA | 3 Resolución Exenta N°37/2013 de la SMA, Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Entidades de Inspección Ambiental y Validez de Reportes Materia Regulada: Remisión de antecedentes a la Superintendencia de Medio Ambiente. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Durante la fase de construcción, operación y cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Los establecido en la evaluación ambiental del proyecto, en la DIA y sus Anexos, en las Adendas y sus Anexos. | | Forma de cumplimiento | Los compromisos adquiridos durante la evaluación ambiental del presente proyecto serán declarados en el SNIFA, para facilitar el seguimiento del Proyecto | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de la publicación en el SNIFA. | | Forma de control y seguimiento | · Fiscalización de la RCA. Reportes a la SMA, según corresponda | 8. Que, durante el procedimiento de evaluación el Titular del Proyecto, no existieron durante la evaluación ambiental del presente proyecto condiciones o exigencias. 9° Que, durante el procedimiento de evaluación el Titular del Proyecto, en cuanto al establecimiento de compromisos ambientales voluntarios, indicó lo siguiente: | COMPROMISOS VOLUNTARIOS | | 9.1. Plan de Mejora de Suelos. | a. Identificación de Suelos Clase para Plan de Mejoramiento: Se realizará una identificación del suelo a ser mejorado, prefiriendo un terreno donde la intención de su propietario sea utilizar efectivamente este suelo para ser aprovechado agrícolamente. Localizado el terreno, se realizarán los estudios edafológicos que se requieran para poder conocer con certeza el tipo de suelo y las características actuales que este posee, las cuales serán motivo y objeto de las medidas de mejoras a contemplar. A continuación se explica el procedimiento general para ubicar el terreno idóneo y poder realizar las mejoras respectivas. b. Ubicación Administrativa de Predio donde se realizará mejora: La ubicación del terreno que donde se realizará la mejora será dentro de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins. c. Determinación y Elección del Suelo a ser mejorado: Para la determinación y elección del suelo a mejorar, se debe realizar una búsqueda de terrenos y evaluar las características del suelo, como se detalla a continuación: Revisión y búsqueda de terrenos dentro de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins, evaluando las clases de suelo, e identificando y seleccionando los que sean clase IV. Realizar un acuerdo previo con el propietario del terreno para realizar los estudios de suelo, considerando su intención de realizar actividades agrícolas. Revisión de la descripción del terreno en CIREN en base a los parámetros entregados por la Pauta de Estudio de Suelos elaborada por SAG el año 2011. Estudio edafológico para determinar las características del suelo a ser mejorado realizando calicatas en el terreno, de forma representativa y en una cantidad adecuada, para determinar las limitantes que posee el terreno. Realizar análisis comparativo entre el estudio presencial en terreno y realización de calicatas y la revisión de información entregada por CIREN, para posteriormente entregar una conclusión final sobre el tipo de suelo a mejorar. Identificación de las medidas de mejora que se aplicaran, en función de la información concluida en la fase anterior donde se conocen las limitantes asociadas al terreno, determinantes de la clase IV del suelo. Una vez seleccionado un terreno adecuado para ser mejorado, se procederá a concretar un acuerdo con el propietario del terreno. Determinado las actividades para realizar la mejora del suelo, se presentará el plan ante el SAG para la aprobación de éste, previo a su ejecución. Dentro de la determinación de la superficie de suelo que se mejorará se tendrá en consideración que no existan cauces artificiales de agua en las cercanías del área a mejorar y tampoco dentro de estas. d. Uso Futuro de Suelo, posterior al Plan de Mejoramiento: Una vez implementado el plan de mejora y tal y como se ha mencionado anteriormente, el titular del proyecto priorizará para la determinación del suelo a mejorar, las intenciones del propietario del terreno en dar un uso productivo agrícola al suelo. Que esto se realice posterior al mejoramiento del suelo, no es parte del presente compromiso voluntario. e. Cronograma de Actividades: Las labores de mejora de suelo a proponer, se llevarán a cabo una vez que el proyecto se construya y se ponga en funcionamiento tras la etapa de construcción y después de los primeros 6 meses de operación, siempre dentro del primer año de operación pura del mismo. Tanto el cronograma de actividades como los indicadores de cumplimiento se detallarán en el plan definitivo a presentar ante el SAG para su aprobación, una vez determinado el terreno y las técnicas a aplicar para la mejora del suelo. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Capítulo X del ICE. Anexo N°7 del Adenda Complementaria. | 10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: En la siguiente tabla, se entrega para cada situación de riesgo/contingencia y situación de emergencia, para cada fase del proyecto, el proceder ante ellas. El detalle del Plan de Emergencia y Contingencia se presenta en Anexo N°6 del Adenda: | Situación de riesgo o contingencia 1: Incendio en instalaciones | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria. | | Acciones o medidas a implementar | Realización de las conexiones de los paneles e inversores en corriente continua por personal cualificado para evitar cortocircuitos. Proveer de herramientas y equipos de protección individual con los aislamientos adecuados para evitar quemaduras y electrocución. Capacitación del personal creando una brigada contra incendios. | | Situación de riesgo o contingencia 2: Accidentes de tránsito | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Caminos interiores y de acceso | | Acciones o medidas a implementar | Exigencias de licencias de conducción según Ley de Tránsito. Exigencia de la certificación técnica de los Vehículos y Maquinaria empleados en el proyecto asegurando el cumplimiento de la legislación vigente. Registro de peso de los camiones cargados con equipos o materiales y certificación de no exceso de los máximos permitidos. Establecimiento de límites de velocidad dentro del área de influencia del proyecto diferenciando entre velocidad de circulación con carga y sin carga. Se gestionará el tráfico en el camino de acceso especialmente en las horas de salida y entrada escolar, así como entrada y salida laboral. Se implementará señalización adecuada en el área del proyecto y en el camino de acceso. Se implementarán programas de mantención de vehículos regularmente que se realizaran en talleres autorizados en las proximidades del proyecto. Se contará con un sistema de comunicaciones para estar en contacto en los diferentes frentes de trabajo. | | Situación de riesgo o contingencia 3: Rotura de depósitos y/o conductos que contienen disueltos en agua productos químicos propios del tratamiento de las aguas residuales durante la puesta en marcha de la planta de tratamiento de aguas servidas y sus instalaciones auxiliares. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Instalación de faena | | Acciones o medidas a implementar | Se capacitará al personal que manipule y almacene estas sustancias químicas. Se contará con procedimientos para la manipulación y almacenaje de estas sustancias químicas. El gabinete para el almacenamiento de las sustancias químicas cumplirá con la normativa atingente. Se diseñan las conducciones con los sistemas de control tales como válvulas de cierre para poder aislar el tramo dañado y evitar derrames tras la detección de la rotura de la conducción. Se contará con el almacenaje de pequeño material para poder reparar de forma inmediata el conducto averiado. | | Situación de riesgo o contingencia 4: Fuga o derramen de residuos sólidos no peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Sitio de almacenamiento transitorio de residuos sólidos no peligrosos | | Acciones o medidas a implementar | Existen medida preventiva tales como: -Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos. -Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos no peligrosos al contacto con el suelo. Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen: El personal contará con equipos tales como: Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad, Lentes de seguridad y Traje impermeable a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos no peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos. | | Situación de riesgo o contingencia 5: Fuga o derramen de residuos sólidos peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Bodega de residuos sólidos peligrosos | | Acciones o medidas a implementar | Existen medida preventiva tales como: -Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos. -Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos peligrosos al contacto con el suelo. Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen: El personal contará con equipos tales como: Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad, Lentes de seguridad, Traje impermeable y Extintores, a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos. | | Situación de riesgo o contingencia 6: Amago de Incendio, o incendio forestal/agrícola | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria. | | Acciones o medidas a implementar | - Se mantendrán herramientas manuales, tal como pala, motobombas de espalda y extintores para combatir incendios en una etapa inicial y siempre que no sea un riesgo innecesario para el personal de la planta. Se realizará revisión periódica de dichas herramientas para verificar su buen funcionamiento. - No se permitirá el ingreso de personas ajenas al desarrollo de las faenas. Para ello se llevará un control de todo el personal involucrado en las actividades dentro del predio. - Detección oportuna: En el frente de trabajo existirá, a lo menos, un teléfono celular, para que el personal que se encuentre más cerca del incendio, de aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios. - La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF de la Región de O´Higgins la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este con el objetivo que la Corporación tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. - Capacitación del personal creando una brigada contra incendios. | | Situación de riesgo o contingencia 7: Ingreso de fauna silvestre al interior de la planta | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria. | | Acciones o medidas a implementar | - Los lugares de uso común, tales como oficinas, comedor, baños y zona de control, están todos ubicados dentro del mismo sector de proyecto identificado como área de faenas. Estos sectores serán cercados perimetralmente con una malla gruesa que penetre en el terreno 30 cm y que tenga 1 m de altura. El objetivo de esta malla es aislar los lugares de uso común del resto del proyecto y evitar la penetración de fauna silvestre dentro de este espacio. - El cerco será dimensionado de modo que impida la entrada también de animales mayores dentro del recinto antes mencionado. Las capacitaciones al personal de la planta irán orientadas a asegurar que previo al comienzo de la desratización y desinsectación se debe asegurar que no hay ningún animal mayor dentro del recinto cercado y en caso de que por accidente hubiera alguno sacarlo del recinto y dejarlo libremente fuera de él, antes de comenzar con el proceso de desratización y desinsectación. - Adicionalmente se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. En caso de que ingrese fauna silvestre al interior de la planta se procederá a : - Aplicar metodología de ahuyentamiento de la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. | | Situación de riesgo o contingencia 8: Atropellamiento de fauna silvestre | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zona de caminos (ingreso e internos). | | Acciones o medidas a implementar | - Colocación de letreros de aviso de paso de animales. - Regular la velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15 - 20 km/hr. Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuentación de fauna (ejm. bosques secundarios), que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. | | Situación de riesgo o contingencia 9: Presencia de fauna silvestre en los frentes de trabajo | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria Se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. En el caso de que ingrese fauna silvestre en un frente de trabajo se procederá a aplicar metodología de ahuyentamiento de la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. | | Situación de riesgo o contingencia 10: Incendio en instalaciones | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalaciones eléctricas y oficinas | | Acciones o medidas a implementar | Mantenimiento preventivo de las conexiones eléctricas coordinado entre el control de producción del proyecto y los operarios especialista en electricidad. Realización de la mantención, tanto preventiva como correctiva, de los paneles e inversores en corriente continua por personal cualificado para evitar cortocircuitos. Proveer de herramientas y equipos de protección individual con los aislamientos adecuados para evitar quemaduras y electrocución. Capacitación del personal creando una brigada contra incendios. | | Situación de riesgo o contingencia 11: Accidentes de tránsito | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Caminos interiores y de acceso. | | Acciones o medidas a implementar | Exigencias de licencias de conducción según Ley de Tránsito. Exigencia de la certificación técnica de los Vehículos y Maquinaria empleados en el proyecto asegurando el cumplimiento de la legislación vigente. Establecimiento de límites de velocidad dentro del área de influencia del proyecto. Se implementará señalización adecuada en el área del proyecto y en el camino de acceso. Se implementarán programas de mantención de vehículos regularmente que se realizaran en talleres autorizados en las proximidades del proyecto. Se contará con un sistema de comunicaciones para estar en contacto dentro de las instalaciones del proyecto y coordinar la operación | | Situación de riesgo o contingencia 12: Rotura de conductos que contienen aguas servidas y productos químicos disueltos propios del tratamiento de las aguas servidas. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Área de oficinas (planta de tratamiento de aguas servidas) | | Acciones o medidas a implementar | Se capacitará al personal que manipule y almacene estas sustancias químicas Se contará con procedimientos para la manipulación y almacenaje de estas sustancias químicas. El gabinete para el almacenamiento de las sustancias químicas cumplirá con la normativa atingente. Se diseñan las conducciones con los sistemas de control tales como válvulas de cierre para poder aislar el tramo dañado y evitar derrames tras la detección de la rotura de la conducción. Se contará con el almacenaje de pequeño material para poder reparar de forma inmediata el conducto averiado. | | Situación de riesgo o contingencia 13: Fuga o derramen de residuos sólidos no peligrosos. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Sitio de Almacenamiento Transitorio de Residuos Sólidos no Peligrosos | | Acciones o medidas a implementar | Existen medida preventiva tales como: -Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos. -Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos no peligrosos al contacto con el suelo. Los residuos sólidos no peligrosos almacenados estarán en contenedores herméticos y lavables. Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen: El personal contará con equipos tales como Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad y Lentes de seguridad a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos no peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos. | | Situación de riesgo o contingencia 14: Fuga o derramen de residuos sólidos peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Bodega de Almacenamiento Transitorio de Residuos Sólidos Peligrosos | | Acciones o medidas a implementar | Existen medida preventiva tales como: -Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos. -Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos peligrosos al contacto con el suelo. Los residuos sólidos peligrosos almacenados están contenidos dentro de recipientes tales como los aerosoles y los paneles solares no producen lixiviación ya que todos sus componentes serían chatarra. Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen: El personal contará con equipos tales como Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad, Lentes de seguridad, Traje impermeable y Extintores, a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos. | | Situación de riesgo o contingencia 15: Eventual falla del sistema de tratamiento de aguas servidas y no se dé cumplimiento a los límites máximos comprometidos. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Área de oficinas (Planta de tratamiento de aguas servidas) | | Acciones o medidas a implementar | En el caso en que se produzca una eventual falla del sistema de tratamiento d aguas servidas y no se pueda dar cumplimiento a los límites comprometidos se debe de poner en funcionamiento el siguiente protocolo de gestión: 1- Dan aviso a los trabajadores de la imposibilidad del uso de los sanitarios disponibles dentro de las instalaciones del proyecto. 2- Paralizar las actividades del proyecto, debido a la imposibilidad del uso de sanitarios, descritos en el punto 1. 3- Cerrar todas las válvulas de mantenimiento y aislamiento para separar los sanitarios de la planta de tratamiento. 4- Activar a la empresa especialista de la planta de tratamiento para su reparación y puesta en marcha. 5- Gestionar el suministro de baños químicos transitorios hasta la puesta en marcha de la planta de tratamiento. Una vez disponibles, activar nuevamente las actividades del proyecto. 6- Realizar análisis y monitoreos que acrediten el buen funcionamiento de la planta de tratamiento, tras su reparación. Retiro de equipos sanitarios auxiliares (baños químicos). No existe riesgo para las personas. | | Situación de riesgo o contingencia 16: Amago de Incendio, o incendio forestal/agrícola | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalaciones eléctricas y oficinas | | Acciones o medidas a implementar | No se contempla el riesgo de incendio forestal ni agrícola durante la etapa de operación del proyecto, ya que en el área del proyecto no se encuentran bosques forestales y durante la etapa de construcción del proyecto se despejará la plantación agrícola existente en el área del proyecto. En el caso de amago de incendio en zonas perimetrales del proyecto donde se encuentre vegetación se contemplan las siguientes medidas: - Se mantendrán herramientas manuales, tal como pala, motobombas de espalda y extintores para combatir incendios en una etapa inicial y siempre que no sea un riesgo innecesario para el personal de la planta. Se realizará revisión periódica de dichas herramientas para verificar su buen funcionamiento. - No se permitirá el ingreso de personas ajenas al desarrollo de las faenas. Para ello se llevará un control de todo el personal involucrado en las actividades dentro del predio. - Detección oportuna: En las oficinas de la planta existirá, a lo menos, un teléfono celular, para que el personal que se encuentre más cerca del incendio, de aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios. - La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF de la Región de O´Higgins la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este con el objetivo que la Corporación tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. - Capacitación del personal creando una brigada contra incendios. | | Situación de riesgo o contingencia 17: Ingreso de fauna silvestre al interior de la planta | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalaciones eléctricas y oficinas | | Acciones o medidas a implementar | - Los lugares de uso común, tales como oficinas, comedor, baños y zona de control, serán cercados perimetralmente con una malla gruesa que penetre en el terreno 30 cm y que tenga 1 m de altura. El objetivo de esta malla es aislar los lugares de uso común del resto del proyecto y evitar la penetración de fauna silvestre dentro de este espacio. - El cerco será dimensionado de modo que impida la entrada también de animales mayores dentro del recinto antes mencionado. Las capacitaciones al personal de la planta irán orientadas a asegurar que previo al comienzo de la desratización y desinsectación se debe asegurar que no hay ningún animal mayor dentro del recinto cercado y en caso de que por accidente hubiera alguno sacarlo del recinto y dejarlo libremente fuera de él, antes de comenzar con el proceso de desratización y desinsectación. - Adicionalmente se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. En caso de que ingrese fauna silvestre al interior de la planta se procederá a : - Aplicar metodología de ahuyentamiento de la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. | | Situación de riesgo o contingencia 18: Atropellamiento de fauna silvestre | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Caminos interiores y de acceso | | Acciones o medidas a implementar | - Colocación de letreros de aviso de paso de animales. - Regular la velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15 - 20 km/hr. Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuentación de fauna (ejm. bosques secundarios), que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales. | | Situación de riesgo o contingencia 19: Presencia de fauna silvestre en los frentes de trabajo | | Fase del Proyecto a la que aplica | Operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalaciones eléctricas y oficinas | | Acciones o medidas a implementar | Se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. En el caso de que ingrese fauna silvestre en un frente de trabajo se procederá a aplicar metodología de ahuyentamiento de la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. | | Situación de riesgo o contingencia 20: Incendio en instalaciones | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | Parte, obra o acción asociada | Áreas de funcionamiento de maquinaria e Instalación de Faena. | | Acciones o medidas a implementar | Realización de las desconexiones de los paneles e inversores en corriente continua por personal cualificado para evitar cortocircuitos. Proveer de herramientas y equipos de protección individual con los aislamientos adecuados para evitar quemaduras y electrocución. Capacitación del personal creando una brigada contra incendios. | | Situación de riesgo o contingencia 21: Accidentes de tránsito. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | Parte, obra o acción asociada | Camino de acceso y caminos interiores. | | Acciones o medidas a implementar | Exigencias de licencias de conducción según Ley de Tránsito. Exigencia de la certificación técnica de los Vehículos y Maquinaria empleados en el desmantelamiento del proyecto asegurando el cumplimiento de la legislación vigente. Registro de peso de los camiones cargados con equipos o materiales y certificación de no exceso de los máximos permitidos. Establecimiento de límites de velocidad dentro del área de influencia del proyecto diferenciando entre velocidad de circulación con carga y sin carga. Se gestionará el tráfico en el camino de acceso especialmente en las horas de salida y entrada escolar, así como entrada y salida laboral. Se implementará señalización adecuada en el área del proyecto y en el camino de acceso. Se contará con un sistema de comunicaciones para estar en contacto en los diferentes frentes de trabajo. | | Situación de riesgo o contingencia 22: Rotura de conductos que contienen aguas servidas y productos químicos disueltos propios del tratamiento de las aguas servidas y durante el desmontaje de la planta de tratamiento y sus instalaciones auxiliares. | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena | | Acciones o medidas a implementar | Se diseñan las conducciones con los sistemas de control tales como válvulas de cierre para poder aislar el tramo dañado y evitar derrames tras la detección de la rotura de la conducción. Se contará con el almacenaje de pequeño material para poder reparar de forma inmediata el conducto averiado. Se dispondrá de protocolos de desmontaje de las instalaciones sanitarias, por los cuales se definen las etapas del desmontaje y los controles previos a la desconexión de los conductos y depósitos, siendo necesario un vaciado de los depósitos de agua potable, agua sin potabilizar y agua tratada por la planta de tratamiento previamente a proceder a la desinstalación de la planta. | | Situación de riesgo o contingencia 23:Fuga o derramen de residuos sólidos no peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | Parte, obra o acción asociada | Sector de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos no Peligrosos | | Acciones o medidas a implementar | Existen medida preventiva tales como: - Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos no peligrosos. - Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos no peligrosos al contacto con el suelo. Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen: El personal contará con equipos tales como Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad, Lentes de seguridad y Traje impermeable, a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos no peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos. | | Situación de riesgo o contingencia 24:Fuga o derramen de residuos sólidos peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | Parte, obra o acción asociada | Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Sólidos Peligrosos | | Acciones o medidas a implementar | Existen medida preventiva tales como: - Se capacitará al personal que manipule y almacene temporalmente los residuos sólidos peligrosos. - Las características constructivas del lugar de almacenamiento cuentan con los recipientes adecuados y suelos impermeables para poder controlar, en caso de accidente, la no llegada de los residuos sólidos peligrosos al contacto con el suelo. Y medidas correctivas, en caso de que las preventivas fallen: El personal contará con equipos tales como Palas, Escobillones, Recipientes, Guantes, Calzado de seguridad, Lentes de seguridad, Traje impermeable y Extintores, a disposición para poder proceder a la recogida de los residuos sólidos peligrosos causantes de la fuga o el derrame para minimizar los efectos. | | Situación de riesgo o contingencia 25: Amago de Incendio, o incendio forestal/agrícola | | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria. | | | Acciones o medidas a implementar | - Se mantendrán herramientas manuales, tal como pala, motobombas de espalda y extintores para combatir incendios en una etapa inicial y siempre que no sea un riesgo innecesario para el personal de la planta. Se realizará revisión periódica de dichas herramientas para verificar su buen funcionamiento. - No se permitirá el ingreso de personas ajenas al desarrollo de las faenas. Para ello se llevará un control de todo el personal involucrado en las actividades dentro del predio. - Detección oportuna: En el frente de trabajo existirá, a lo menos, un teléfono celular, para que el personal que se encuentre más cerca del incendio, de aviso de inmediato a la persona encargada de coordinar las comunicaciones y proporcionará todos los antecedentes que sean necesarios. - La persona encargada de las operaciones comunicará de inmediato a CONAF de la Región de O´Higgins la ocurrencia del incendio, cualquiera sea la superficie y magnitud de este con el objetivo que la Corporación tenga conocimiento del hecho desde el primer momento y se comiencen a realizar las evaluaciones necesarias. - Capacitación del personal creando una brigada contra incendios. | | | Situación de riesgo o contingencia 26: Ingreso de fauna silvestre al interior de la planta | | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria. | | | Acciones o medidas a implementar | - Los lugares de uso común, tales como oficinas, comedor, baños y zona de control, están todos ubicados dentro del mismo sector de proyecto identificado como área de faenas. Estos sectores serán cercados perimetralmente con una malla gruesa que penetre en el terreno 30 cm y que tenga 1 m de altura. El objetivo de esta malla es aislar los lugares de uso común del resto del proyecto y evitar la penetración de fauna silvestre dentro de este espacio. - El cerco será dimensionado de modo que impida la entrada también de animales mayores dentro del recinto antes mencionado. Las capacitaciones al personal de la planta irán orientadas a asegurar que previo al comienzo de la desratización y desinsectación se debe asegurar que no hay ningún animal mayor dentro del recinto cercado y en caso de que por accidente hubiera alguno sacarlo del recinto y dejarlo libremente fuera de él, antes de comenzar con el proceso de desratización y desinsectación. - Adicionalmente se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. En caso de que ingrese fauna silvestre al interior de la planta se procederá a : - Aplicar metodología de ahuyentamiento de la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. | | | Situación de riesgo o contingencia 27: Atropellamiento de fauna silvestre | | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zona de caminos (ingreso e internos). | | | Acciones o medidas a implementar | - Colocación de letreros de aviso de paso de animales. - Regular la velocidad máxima dentro del área del proyecto de 15 - 20 km/hr. Instalación de letreros, en ciertas áreas específicas de mayor frecuentación de fauna (ejm. bosques secundarios), que indiquen a los conductores que reduzcan la velocidad debido a la presencia de animales | | | Situación de riesgo o contingencia 28: Presencia de fauna silvestre en los frentes de trabajo | | | Fase del Proyecto a la que aplica | Cierre | | | Parte, obra o acción asociada | Área de Instalación de Faena y zonas de funcionamiento de maquinaria | | | Acciones o medidas a implementar | - Se capacitará al personal para, identificar a la fauna silvestre, conocer metodologías para ahuyentar sin dañar a la fauna silvestre y a no proveer alimentación a la fauna silvestre con el objetivo de no atraerlos a las zonas de uso común para los trabajadores. La desratización y la desinsectación se producirán solamente en el interior del recinto anteriormente descrito y por lo tanto será una medida que garantiza la no proliferación de vectores dentro de las zonas de uso común para los trabajadores de la planta sin afectar la fauna silvestre. En el caso de que ingrese fauna silvestre en un frente de trabajo se procederá a aplicar metodología de ahuyentamiento de la fauna silvestre, para que abandone las instalaciones sin daño. | | 11°. Que, de acuerdo el proceso de solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de O’Higgins, no existieron solicitudes para abrir un Proceso de Participación Ciudadana en el marco de la evaluación ambiental de la DIA del presente Proyecto del proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, aun cuando: - La presente modificación de proyecto, fue sometida y formalizada en el SEIA con fecha 18 de febrero de 2016. - El proyecto, fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 2 de marzo de 2016, y en el Diario La Tercera con fecha 2 de marzo de 2016. - La Difusión Radial se efectuó por medio de la Radio Ritmo Universal dial 98.7 FM de la comuna de San Vicente de Tagua Tagua, entre los días jueves 2, 3, 4, 7, 8 y 9 de marzo de 2016, según consta en el certificado emitido por la misma radio el día 18 de marzo de 2016, firmado y timbrado por el propietario y gerente general de dicho medio de radiodifusión. - Con fecha 16 de marzo de 2016, 10 días hábiles después de la publicación en el Diario Oficial, se venció el plazo indicado en el Artículo 30 bis de la ley N°19.300, para la solicitud de realización de un proceso de Participación Ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas. - No existieron solicitudes al SEA de la Región de O'Higgins para abrir un proceso de participación ciudadana. 12°. Que, el Titular del proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia debe remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13°. Que, el Titular del proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4. Cronología de las Fases del Proyecto de la presente Resolución. 14°. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15°. Que, para que el proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16°. Que, el Titular del proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia debe informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O’Higgins y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17°. Que, el Titular del Proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región del Libertador General Bernardo O’Higgins la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 18°. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 19°. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto Parque Solar Fotovoltaico La Acacia, ya sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, del titular La Acacia SpA. 2°. Certificar que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”cumple con todos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 138, 140, 142 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. 4°. Certificar que el Proyecto “Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N°19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto“Parque Solar Fotovoltaico La Acacia”, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4.4. Cronología de las Fases del Proyecto del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días, contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese
Pablo Silva Amaya Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins
Pedro Pablo Miranda Acevedo Director (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo OHiggins
ARC/PMA/YSB/GHR/LSP Distribución: - Luis Andrés Sanchez Frugone
- CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- Dirección de Vialidad, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins
- Ilustre Municipalidad de San Vicente
- SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador Gral. Bdo O'Higgins
- SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
- Consejo de Monumentos Nacionales
C/c: - Encargado Participación Ciudadana
- Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
- Oficial de Partes de la Región <esanchez.6@sea.gob.cl>
- Expediente del Proyecto "Parque Solar Fotovoltaico La Acacia"
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
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