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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache"

Resolución Exenta Nº 62

Puerto Montt, 1 de Febrero de 2013



VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache", presentada por el Señor Pedro Jaime Barría Pérez, con fecha 23 de Julio de 2012. 

2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

 

  • Oficio Nº651 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 13/08/2012;
  • Oficio Nº12.600/289 sobre la DIA, por Gobernación Marítima Castro, con fecha 16/08/2012;
  • Oficio Nº2175 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 17/08/2012;
  • Oficio Nº12.600/472 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima Castro, con fecha 05/12/2012. 

 

3. El Acta de la Sesión Nº1 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 21/01/2013. 

4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache". 

5. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

 

 

CONSIDERANDO:

1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache". 

2. Que, el derecho de el Señor Pedro Jaime Barría Pérez a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 

3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" consiste en: 

Titular: Pedro Jaime Barría Pérez 

Rut: 8.394.485-4 

Domicilio: Thompson Nº255 

Región: Región de Los Lagos 

Comunas: Quinchao 

Tipología de Proyecto: o8-Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos 

Monto de Inversión: US$ 100.000 

Vida útil: Indefinida 

Mano de Obra: 

Etapa

Número de Personas

Construcción

3

Operación

3

Total

6

Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas: 

Etapa

Superficie requerida
(m2)

Construcción

36

Operación

36

Localización:

El proyecto se encuentra emplazado dentro de la concesión del centro Este Isla Caguache, ubicada en la  Comuna de Quinchao, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos. 

Las coordenadas de la concesión donde se instalará la plataforma de ensilaje son:  

Vértice

Latitud

Longitud

A

42º29´20,31630"

73º14´13,47101"

B

42º29´21,62235"

73º14´04,89160"

C

42º29´31,49594"

73º14´07,63561"

D

42º29´30,18984"

73º14´16,21539"

 

Descripción del proyecto

 

El proyecto “Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de  Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache“, consiste en el tratamiento de mortalidad, sistema que producirá la mejora en el proceso de manejo y disposición de la mortalidad, con el objeto de aumentar las medidas de bioseguridad del centro de cultivo, reduciendo o evitando el riesgo de introducción o propagación de agentes causales de enfermedades. 

El ensilaje se ubicará en un área específica y aislada dentro de la concesión del Centro de Cultivo Este Isla Caguache, dentro de una plataforma flotante de ensilaje, donde se producirá la transformación de la mortalidad por medio de molienda y adición de ácido fórmico, para alcanzar y mantener un pH ≤4 en una mezcla homogénea. 

 

Características del lugar de emplazamiento del proyecto 

El lugar de emplazamiento de la plataforma flotante donde se montará el sistema de ensilaje es al interior de la concesión del centro Este Isla Caguache.  

Las estructuras, equipos y estanques que componen el sistema de ensilaje se ubicarán en una plataforma flotante, destinada exclusivamente para este fin, separado de las unidades de cultivo. El lugar de ensilaje se mantendrá siempre limpio y ordenado, tendrá acceso restringido y contará con señalética adecuada. La plataforma contará con pretil capaz de contener derrames y con sistemas de desinfección de calzado y manos. Además en el lugar estarán disponibles las fichas técnicas y hojas de datos de seguridad de todas las sustancias químicas utilizadas. 

Superficie 

El proyecto se instalará al interior de la concesión del centro de cultivo, sobre una plataforma flotante de 36 m2 de superficie. La superficie total de la concesión de Este Isla Caguache es de 6,22 Ha. 

 

Descripción de las etapas: 

a.         Etapa de Levantamiento de Información: 

La etapa de levantamiento de información estuvo acotada a la recopilación de información relativa al proyecto, incluyéndose visitas a terreno y revisión de antecedentes legales y técnicos para la instalación y operación del sistema de ensilaje.

 

b.         Etapa de Construcción: 

La plataforma de ensilaje será totalmente construida en la empresa Ocea Chile S.A., para luego ser llevada hasta el centro de cultivo y fondeada dentro del área de la concesión, por lo tanto, en la etapa de construcción del proyecto se considera sólo las faenas de ubicación y fondeo de la plataforma al interior de la concesión.

 

c.         Etapa de Operación: 

Posterior a la etapa de construcción se iniciará la etapa de operación del sistema de ensilaje de mortalidad. Todos los peces muertos (mortalidades) que se produzcan en las balsas jaula, así como los que sean producto de las necropsias realizadas en el centro, serán tratados a través del sistema de ensilaje que será instalado sobre la plataforma flotante dentro de la concesión. El sistema de ensilaje operará sobre plataforma flotante con pretil de contención de derrames, con la finalidad de evitar eventuales escurrimientos hacia el exterior.

El sistema de ensilaje consta de un triturador de acero inoxidable de 700 litros de capacidad, en el cual se realizará la molienda de la mortalidad y la adición de ácido fórmico, el que estará almacenado en un lugar especialmente diseñado para este fin al interior del pontón de ensilaje, dentro de un estanque IBC debidamente etiquetado según lo estipulado en el Título XIII del D.S. 78/2010. Además, se señala que el envase está debidamente diseñado de forma de impedir pérdidas de contenido, siendo adecuados para su conservación, de un material químicamente compatible con el ácido fórmico, de difícil ruptura lo que minimice eventuales accidentes. 

La superficie del piso donde se ubicará el IBC es una superficie lisa no absorbente, con pretil de seguridad de 1,1 veces el volumen máximo de ácido almacenado. Cabe señalar que el volumen máximo de almacenamiento es de 1.000 litros.

En caso de accidentes, existirá una ducha y un  lavaojos de emergencia al interior del pontón de ensilaje. Además, para evitar que se produzcan accidentes se capacitará al personal del centro de cultivo y se contará con las hojas de datos de seguridad del ácido fórmico, las que estarán a disposición del personal que maneje el ácido fórmico. 

 El ácido fórmico se dosificará desde un envase de 1.000 Kg (769 litros) de forma automática, así se evita realizar trasvasijes y manipulación de este producto durante el proceso. La mortalidad acidificada será almacenada en un estanque de 21 m3 de capacidad, para luego ser retirada por barcazas acondicionados para el transporte de esta sustancia. En el Anexo 2 de la DIA se adjuntan los antecedentes técnicos del sistema de ensilaje. 

El proceso de extracción de la mortalidad se efectuará diariamente, cuantificando y clasificando la mortalidad según causa de muerte, por apariencia y estado en cada jaula de cultivo. Una vez extraída la mortalidad, ésta se dispondrá contenedores para el traslado de la mortalidad. Estos contenedores corresponden a tambores de PVC de boca ancha de 60 litros (kilogramos) de capacidad con asas para su manipulación y tapa hermética con zuncho para evitar posibles derrames. Estos contenedores serán llenados como máximo a ¾  de su capacidad (45 Kg.) y serán manipulados por dos personas a la vez, para disminuir los riesgos de derrame.  

 El proceso de triturado se realizará vertiendo el contenido de los contenedores con la mortalidad al estanque de acero inoxidable, que posee un picador rotatorio eléctrico sumergible, el que molerá la materia prima y generará una pulpa. Este equipo contará con un sistema de inyección de ácidos fórmico automático. La ficha técnica y hoja de seguridad del Ácido Fórmico (Amasil) se adjuntan en el Anexo 3 de la DIA.  

Una vez que el producto sea triturado y en dicho proceso se le haya incorporado el ácido fórmico, se procederá a homogenizar la mezcla vía la rotación por intermedio de las paletas agitadoras que posee el estanque en el cual se encuentra montado el triturador.  Con el propósito de evitar decantación y separación de fases al interior del estanque de acopio, se consideran procesos de recirculación del contenido del estanque. 

El Anexo 4 de la DIA incluye el “Manual de Recolección, Manejo y Disposición Final de Mortalidades Mediante Ensilaje”, donde se señala en detalle la forma de proceder respecto a la recolección, manejo y disposición en el sistema de ensilaje de las mortalidades generadas. Además, en el Anexo 5 de la DIA se adjunta el “Manual de Higiene y Desinfección” que involucra las faenas relacionadas con el ensilaje de mortalidad.

Productos utilizados: 

El producto químico utilizado en el sistema de ensilaje descrito se compone de ácido fórmico al 61% y formiato de sodio al 20,5% (Amasil NA u otro similar). Este producto químico es un ácido fórmico parcialmente tamponado, lo que hace que pierda su corrosividad y que se considere bajo la normativa nacional e internacional como producto no peligroso, lo que brinda seguridad para el transporte, manipulación y uso. Además, para el ensilaje de mortalidad en la acuicultura, Amasil NA® permite obtener una rápida disminución del pH y su estabilidad en el tiempo, permitiendo inhibir el crecimiento de bacterias, hongos y virus causantes de la descomposición orgánica. En el Anexo 3 de la DIA, se adjunta Ficha Técnica y Hoja de Seguridad de Amasil NA®.

La cantidad de Acido Fórmico a aplicar se determinará mediante siguiente tabla, la que se encontrará disponible en el recinto, la dosis se calcula en base a lo sugerido por el proveedor (30  ml de ácido por kilogramo de mortalidad):

 

Mortalidad (kg)

Ácido (L)

Mortalidad (kg)

Ácido (L)

10

0.3

260

7.6

20

0.6

270

7.9

30

0.9

280

8.2

40

1.2

290

8.5

50

1.5

300

8.8

60

1.8

310

9.0

70

2.0

320

9.3

80

2.3

330

9.6

90

2.6

340

9.9

100

2.9

350

10.2

110

3.2

360

10.5

120

3.5

370

10.8

130

3.8

380

11.1

140

4.1

390

11.4

150

4.4

400

11.7

160

4.7

410

12.0

170

5.0

420

12.3

180

5.3

430

12.5

190

5.5

440

12.8

200

5.8

450

13.1

210

6.1

460

13.4

220

6.4

470

13.7

230

6.7

480

14.0

240

7.0

490

14.3

250

7.3

500

14.6

Despacho del ensilaje: 

El despacho de la mezcla homogenizada se realizará a través de barcazas especialmente acondicionadas para estas faenas y con una periodicidad de retiro quincenal. Cada vez que se produzca el retiro se acompañará Guía de Despacho visada por el Servicio Nacional de Pesca y se dejará registro de esta actividad en la centro de cultivo. La barcaza conectará la manguera de succión a la válvula del pipping de descarga, luego se procederá a vaciar el estanque, asegurando que el ensilaje fue succionado en su totalidad, para evitar derrames, al momento de desconectar la manguera de succión. Luego se debe desinfectar obligadamente por aspersión en la parte externa de los estanques y estructuras involucradas.

La empresa que retirará y reutilizará esta sustancia es la empresa Pacific Star Ltda.

Planes de contingencia: 

En el Anexo 6 de la DIA se incluye “Procedimiento de Emergencia Ambiental en Caso de Derrame de Acido Fórmico o Silo desde Sistema de Ensilaje en Centro de cultivos”, cuyo objetivo es establecer la metodología que permita ejecutar respuestas adecuadas ante situaciones de emergencia que puedan causar daño al medio ambiente y/o a las personas. 

Otras consideraciones del proyecto: 

o Se estimó la capacidad de almacenamiento necesaria del estanque del sistema de ensilaje tomando como base la mortalidad y peces eliminados en el centro de cultivo.

o Según estas estimaciones, cuando esté operando el centro como promedio se generará aproximadamente 15.000 Kg de mortalidad por mes. Además, como máximo se espera una mortalidad cercana los 25.000 Kg. Es por ello que se diseñó el sistema de ensilaje con una capacidad de almacenamiento de 21 m3, lo que permitiría almacenar ensilar la mortalidad y los peces eliminados sin problema para mantener una programación de retiro del ensilaje por parte de Pacific Star de forma  quincenal. En períodos de máxima producción, el retiro puede que se necesite realizar de forma más frecuente.

o Además, según lo exige la Circular Externa N° 12.600/519/2010 de la Gobernación Marítima de Puerto Montt, en el Anexo 7 de la presente DIA se adjunta el “Plan de Manejo para los Químicos, Productos y Residuos de las Operaciones de Ensilaje de Mortalidad de  Peces en Centros de Cultivo”. 

d.         Etapa de Abandono: 

La etapa de abandono se considera de forma eventual, ya que no está proyectado un momento específico para que ello ocurra. Sin embargo, de ocurrir, se consideran las siguientes fases de abandono: 

a)     Cierre y limpieza de la plataforma donde se ubica el sistema de ensilaje

b)    Retiro de ácido fórmico.

c)     Retiro de equipos y estanques.

d)    Limpieza y retiro de todo tipo de residuos. Todo material, infraestructura o instalación que pueda ser reutilizado será trasladado y reutilizado en otro centro de cultivo de la empresa. Todo material que no pueda ser reutilizado, pero que presente características de reciclable, será destinado a ese fin. Aquellos materiales que no sea posible reutilizar o reciclar serán destinado a vertedero autorizado. 

 

Principales Descargas, Emisiones y Residuos Producidos por el Proyecto: 

Descargas líquidas: 

Con la instalación y operación del sistema de ensilaje no se generarán descargas líquidas. 

Generación de residuos sólidos: 

Etapa de construcción: En la etapa de construcción del sistema de ensilaje se producirán residuos sólidos, básicamente escombros y restos de los materiales de construcción, los que serán generados en las instalaciones de la empresa OCEA Chile S.A. 

Etapa de operación: En la etapa de operación del sistema de ensilaje se generarán residuos sólidos, básicamente mortalidad ensilada y envases de ácido fórmico, detergentes y sanitizantes. La estimación de la cantidad de residuos generados en el sistema de ensilaje de mortalidad es la siguiente:

 

Residuo

Cantidad máxima

Manejo

Mortalidad ensilada

25.000 Kg/mes

Planta reductora para fabricación de harina y aceite de pescado.

Envases vacíos de detergentes y sanitizantes

10 Kg/mes

Acopio y disposición en relleno de seguridad.

Envases de ácido Fórmico

1 envase/año

Devolución al proveedor y reutilización

Generación de ruidos: 

No se generará ruidos debido a la construcción, operación y abandono del sistema de ensilaje en el centro de cultivo Este Isla Caguache. 

Emisiones a la atmósfera de material particulado: 

No se generará emisiones a la atmósfera de material particulado debido a la construcción, operación y abandono del sistema de ensilaje en el centro de cultivo Este Isla Caguache. 

Emisiones de olores a la atmósfera: 

No se generará olores a la atmósfera debido a la construcción, operación y abandono del sistema de ensilaje en el centro de cultivo Este Isla Caguache. 

Otras descargas: 

En la ejecución del proyecto no se generarán otro tipo de descargas. Además el proyecto no generará efectos sinérgicos producto de sus emisiones. 

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" cumple con: 

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

 

Normativa Ambiental

Forma de Cumplimiento

Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Cumplimiento con las normas ambientales indicadas en la Ley, por la implementación de técnicas de manejo del centro de cultivo y tecnologías para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

D.S. (SEGPRES) Nº 95 de 2001, “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. 

 

Ingreso al sistema de evaluación de impacto ambiental para la evaluación de las etapas del proyecto donde se demuestra cumplimiento debido a los manejos de residuos producidos medidas para reducir los impactos al medio ambiente.

D.S. Nº 1 de 1992, “Reglamento para el control de la contaminación acuática”

Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.

 

D.S. N°320/01 MINECON “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”

 

 

Establece exigencias como mantención de la limpieza del área y de los terrenos aledaños, disposición adecuada de los desechos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante, mantención de planes de contingencia. Entrega periódica de la Información Ambiental (INFA).

D.S. 594/199 MINSAL “Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

 

Con relación a la disposición de residuos industriales líquido y sólidos, se consideran los Artículos 16 y 17, que se orientan a velar que los residuos no afecten negativamente el medio ambiente externo al lugar del trabajo; y, los Artículos 18 al 20 que establecen el requerimiento de autorización para acumular, tratar y disponer residuos industriales.

 

Con relación a los servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas, se debe considerar el Artículo 24 inciso segundo, referido a que una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes. Y, el Artículo 26, que indica que las aguas servidas domésticas deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

 

Con relación a las condiciones de seguridad se debe considerar el Artículo 42, que contribuye a proteger el medio externo al lugar de trabajo de contingencias; al respecto, se exige la presentación de un plan detallado de acción para enfrentar emergencias por sustancias peligrosas, evento que puede afectar el medio ambiente externo al lugar de trabajo.

D.F.L. N° 725 de 1967 (MINSAL) Código Sanitario

Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.

 

D.S N° 148/2003 (MINSAL) “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”

Condiciones referentes a generación, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos peligrosos.

 

 

4.2 Permisos ambientales sectoriales: 

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" no requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 93 del título VII del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  

5.  Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. 

6. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: 

  • Durante la etapa de operación del sistema de ensilaje, se realizará capacitaciones de forma semestral a todo el personal del centro, la que tendrá una duración de 2 horas cada vez. La capacitación será teórica y práctica, tratándose temas relacionados con transporte y almacenamiento de químicos, producto ensilado y residuos, funcionamiento y operación de los componentes del sistema de ensilaje, procedimiento para LLD del sistema y sus componentes, manejo de residuos y disposición de final y plan de acción ante de contingencias.
  • El sistema de evaluación, consistirá en la aplicación de un test práctico y teórico respecto del conocimiento del plan, forma de operación del sistema de ensilaje, manejo de químicos y residuos y acción en caso de contingencia.
  • Se dejará registro de la realización de cada capacitación.
  • Implementar el reciclaje de materiales y elementos toda vez que sea posible. 

7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.  

8. Que respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, debe notificar a la autoridad competente. 

9. Que en caso de emergencias producidas por materiales o sustancias peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, Autoridad Marítima y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.  

10. Que el titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha.Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados. 

11. Que, para que el proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 

12. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 

13. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad. 

14. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 

15. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N° 844 de 14 de Diciembre de 2012  de la Superintendencia del Medio Ambiente,   publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos y, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental  del proyecto.   deberá ser entregada  por el titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los  plazos y con  la frecuencia  establecidas en la presente Resolución,  ingresándola al  Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia  al cual se accede a través de la página web  http:// www.sma.gob.cl . Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en  calle Miraflores N° 178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e)  del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. 

16. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos

 

 

RESUELVE:

1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache".

2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache" cumple con la normativa de carácter ambiental.

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA/MGP

Distribución:
  • Pedro Jaime Barría Pérez
  • SMA
  • Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos
  • Gobernación Marítima Castro
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Quinchao
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Modificación del Manejo de Mortalidad a través de un Sistema de Ensilaje en Centro de Cultivo de Salmones Este Isla Caguache"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=4a/d9/d4b933bf76a816a9039cdacd7f06ee4d1e7a


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