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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado"

Resolución Exenta Nº 53

Copiapó, 4 de Marzo de 2014



VISTOS:

1.    La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto " Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado", presentada por el Señor Luis Solar Pinedo, en representación de Acciona Energía Chile S.A. con fecha 10 de octubre de 2013.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1. Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental.

 

Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N

Por ACCIONA ENERGIA CHILE S.A., con fecha 10/10/2013

 

Test de admisión S/N

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 15/10/2013

 

Oficio solicitud de evaluación DIA Nº486

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 15/10/2013

 

Solicitud especial de pronunciamiento Nº522

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 29/10/2013

 

Solicitud especial de pronunciamiento Nº547

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 11/11/2013

 

Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº270

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 25/11/2013

 

Adenda S/N

Por ACCIONA ENERGIA CHILE S.A., con fecha 27/01/2014

 

Solicitud de evaluación de adenda Nº50

Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 27/01/2014

 

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

 

Oficio Nº107-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 16/10/2013; Oficio Nº439 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 21/10/2013; Oficio Nº778 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 25/10/2013; Oficio Nº77 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 28/10/2013; Oficio Nº1118 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 29/10/2013; Oficio Nº1036 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Chañaral, con fecha 29/10/2013; Oficio Nº831 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº832 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº319 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº9939 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº12600/110 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº786 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº773 sobre la DIA, por DGA,Región de Atacama, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº1229 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 04/11/2013; Oficio Nº1019 sobre la DIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº442 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº4309 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 12/11/2013; Oficio Nº570 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 19/11/2013; Oficio Nº2217 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 22/11/2013; Oficio Nº101 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 29/01/2014; Oficio Nº101 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 31/01/2014; Oficio Nº424 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 05/02/2014; Oficio Nº100 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº95 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº241-2014 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 07/02/2014; Oficio Nº148 sobre la Adenda 1, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 10/02/2014; Oficio Nº076 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 12/02/2014;

 

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

 

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

 

CONADI, Región de Atacama

Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama

DGA,Región de Atacama

DOH, Región de Atacama

Gobernación Marítima de Caldera

Gobierno Regional, Región de Atacama

Ilustre Municipalidad de Chañaral

SAG, Región de Atacama

SEC, Región de Atacama

SEREMI Agricultura, Región de Atacama

SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama

SEREMI MOP, Región de Atacama

SEREMI Minería, Región de Atacama

SEREMI Minvu, Región de Atacama

SEREMI Salud, Región de Atacama

SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama

SEREMI de Desarrollo Social

SEREMI de Energía, Región de Atacama

SERNAGEOMIN, Región de Atacama

SERNAPESCA, Región de Atacama

SERNATUR, Región de Atacama

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama

Consejo de Monumentos Nacionales

 

Se excluyeron de participar en la evaluación del proyecto 'Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado' realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

 

Oficio no participación en la evaluación Nº439

Por SEC, Región de Atacama, con fecha 21/10/2013

 

3.            El Acta del Comité Técnico N°13 de fecha 14 de febrero de 2014.

 

4.   El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 19/02/2014.

 

5.    Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado".

 

6.    Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

1.    Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto 'Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado".

 

2.    Que, el derecho de Acciona Energía Chile S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

 

3.    Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado" consiste en:

 

3.1       Antecedentes Titular

 

  • Titular: Acciona Energía Chile S.A.
  • Domicilio: Av. Apoquindo 4499, piso 14, Las Condes
  • Representante Legal: Luis Solar Pinedo
  • Domicilio: Av. Apoquindo 4499, piso 14, Las Condes

 

3.2       Monto de Inversión: U.S. $ 132.000.000

 

3.3       Vida Útil: 32 años

 

3.4       Mano de Obra

 

Tabla 1. Cantidad de Mano de Obra.

Fase

Mano de Obra promedio

Mano de Obra máxima

Construcción

219

363

Operación

5

15

Cierre

60

60

Fuente: DIA

 

3.5       Localización

El proyecto se encuentra a 33 kilómetros al norte de la ciudad de Diego de Almagro, por la ruta C-115 B, que une Diego de Almagro con Altamira.

 

3.6                  Superficies del Proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas.

 

Tabla 2. Áreas de intervención del proyecto.

Instalación

Superficie (hás)

Paneles fotovoltaicos

127,1

Subestación eléctrica

0,1008

Almacén y depósito de residuos

0,026

Centro de control

0,0635

Edificios de inversión y transformación

0,1272

Centro de seccionamiento

0,0018

Estación meteorológica

0,0049

Instalación de faena

0,2025

Faja de Línea de Transmisión y camino de acceso

16,20

Superficie Total

143,7

                                                                   Fuente: Adenda 1.

 

En Anexo B de la DIA, el Titular presenta plano general del proyecto y en Anexo A y B del Adenda N°1 tablas, coordenadas y archivos digitales de las obras del proyecto en detalle.

                                                 

3.7  Descripción del  Proyecto

El proyecto consiste en la construcción y operación de una planta solar fotovoltaica de generación de energía eléctrica, con seguimiento horizontal, de 47,5 MW de potencia. El Proyecto requiere de una línea de transmisión de 110 kV, de aproximadamente 5,4 km de longitud, que tendrá como función conectar la planta solar al Sistema Interconectado Central (SIC), mediante una conexión a la línea de transmisión eléctrica existente que une la subestación S/E Diego de Almagro en 110 kV con la compañía Minera “Franke”.

 

3.7.1    Principales componentes del Proyecto

 

  1. Planta solar fotovoltaica:

La planta estará formada por 23 unidades de 2 MW y 1 de 1,5 MW, será de diseño modular, lo que permite su ajuste a cada realidad de emplazamiento, cada unidad tiene los siguientes componentes:

  • Módulos fotovoltaicos (FV): Dimensión de 1.956 x 992 mm, compuestos por Sílice cristalino, el número totales de módulos FV será de 191.760.
  • Generadores fotovoltaicos: Módulos interconectados en serie, donde se transforma directamente la radiación del sol en energía eléctrica, en corriente continua y en baja tensión.
    • 23 Unidades de 2 MW compuestos por 8.160 módulos FV.
    • 1 Unidad de 1,5 MW compuesto por 4.080 módulos FV.
  • Sistema estructural y de seguimiento: Estructuras móviles orientados Norte-Sur, que rotan sobre su eje horizontal siguiendo la trayectoria del sol. Se consideran 12 seguidores por Unidad de 2 MW.
  • Estación de media tensión: Recibe la corriente continua y en baja tensión desde los módulos fotovoltaicos, y la transforma en corriente alterna y en media tensión, lista para ser enviada a la subestación de la planta. Cada estación de media tensión de 2 MW se compone principalmente de los siguientes componentes:
    • 2 inversores de 1.000 kW.
    • Transformadores
    • Armario de monitorización
    • Inversores de 500 kW.
  • Otros elementos.

 

  1. Subestación eléctrica:

Se contempla la construcción de una subestación eléctrica que elevará el voltaje de la energía eléctrica proveniente de las estaciones de media tensión, hasta dejarla en condición de ser transmitida por la línea de transmisión de 110 kV. Esta subestación estará ubicada en el área de acceso de la planta y tendrá una superficie de 1.008 m2.

 

  1. Centro de control:

Corresponde al edificio de la planta fotovoltaica en el que se ubican las oficinas centrales, sala de control, salas de servicios auxiliares y sala de reuniones. Tendrá un superficie de 635 m².

 

  1. Almacén de depósito y residuos:

Planta de aproximadamente 10 x 25 metros (261 m2) donde se emplaza el almacén de repuestos y las áreas de depósito temporal de residuos, incluyendo una bodega de residuos peligrosos de 18 m2., que cumplirá con los estándares definidos para este tipo de instalaciones según el D.S. N° 148/2004.

 

  1. Estación meteorológica:

Se contempla la habilitación de una estación meteorológica, que registrará datos a intervalos de 10 min. Tendrá una superficie de 49 m2 ubicada en coordenada UTM 397320E 7113712N según tabla 2 del Anexo A del Adenda N°1.

 

  1. Línea de Transmisión 110 kV:

La línea de transmisión tendrá una longitud de 5,4 Km. Conectará la Planta a la Línea existente Diego de Almagro-Minera Franke 110 kV, contempla una servidumbre de 30 metros. Se consideran 49 estructuras de suspensión y 5 de anclajes de 16,5 y 18 m. de altura, respectivamente, de acuerdo a los requerimientos establecidos en la Norma NSEG 5 E.n.71. “Reglamento de Instalaciones de corrientes fuertes”.

 

  1. Caminos de acceso:

La línea de transmisión contempla la habilitación de un camino de acceso que tendrá una franja de 3 m. El acceso desde la ruta C-115-B hacia el proyecto contempla a construcción de un camino con carpeta granular de rodado de 10 centímetros de espesor, de  6 metros de ancho y una longitud de 928 m.

 

3.7.2    Etapa de construcción

La etapa de construcción, tendrá una duración aproximada de 14 meses, quedará determinada con el inicio de trabajo de movimientos de tierra para la construcción de obras del proyecto. En esta etapa se contemplan la construcción de las siguientes obras:

 

  1. Instalación y operación de faenas:

La instalación de faenas es de carácter temporal, consta de una superficie total de 2.025 m2 (45 m de ancho, 45 m de largo), se ubicará en la zona del acceso principal de la planta indicada en Anexo B de la DIA y contendrá las siguientes instalaciones:

  • Caseta de vigilancia
  • Oficinas
  • Comedores
  • Bodega de almacenamiento de materiales
  • Zona de acopio de residuos peligrosos y no peligrosos

Se dispondrán de zonas de acopio segregadas para residuos, separándolos de acuerdo a su clasificación en peligrosos y no peligrosos. Para el caso de los residuos que califiquen como peligrosos, se habilitará una bodega de RESPEL que cumpla con las directrices del D.S. N° 148/2004 “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

  • Estacionamientos
  • Zona de carga de combustible:

Se contempla habilitar un lugar especialmente para este fin, con una cubierta impermeable de pavimento. En caso de producirse un mínimo derrame en el suelo, se efectuará el procedimiento descrito en el Plan de Prevención de Riesgos y Control de Accidentes en caso de derrame de hidrocarburos, que se incluye en el Anexo K de la DIA.

  • Zona de baños.

Se considera la instalación de servicios higiénicos dando cumplimiento al D.S. Nº594/1999 del Ministerio de Salud, considerando la máxima dotación de personal estimada en un máximo de 363 personas en el peak constructivo de la planta.

  • Planta de tratamiento de aguas servidas

Se considera una planta de tratamiento de aguas servidas compacta modular de tratamiento del tipo de lodos activados y aireación extendida, el agua tratada será utilizada para la humectación de caminos. En cuanto al lodo de la planta de tratamiento será retirado al menos una vez cada seis meses por una empresa con autorización sanitaria, quién se encargará del mantenimiento y disposición final adecuada de estos lodos.

  • Estanque de agua potable

Tendrá una capacidad de 70 m3 y cuyo contenido será utilizado para aseo y duchas. El agua para beber se entregará al personal en dispensadores de agua envasada.

  • Baños químicos: En frentes de trabajo.

Adicionalmente, el proyecto contará con frentes de trabajo móviles lo que contarán con baños químicos, cuya gestión de aguas servidas estará a cargo de una empresa externa con autorización sanitaria.

 

La obra no contará con campamento para alojar a los trabajadores, por lo que éstos pernoctarán en la ciudad de Diego de Almagro.

 

  1. Habilitación de la faja de servidumbre y accesos:

La línea de transmisión contempla la habilitación de un camino de acceso que tendrá una franja de 3 m. El acceso desde la ruta C-115-B hacia el proyecto contempla a construcción de un camino con carpeta granular de rodado de 10 centímetros de espesor, de  6 metros de ancho y una longitud de 928 m.

 

  1. Nivelación y compactación del terreno:

Esta actividad consistirá en nivelar el terreno para crear una plataforma firme, estable y homogénea para la instalación de seguidores, fundaciones y canalizaciones. Para esta nivelación serán necesarias operaciones de desmonte y terraplenado, que culminarán con la compactación del terreno hasta alcanzar el grado de compactación adecuado. No se prevé el uso de material de relleno, sino que se pretende emplear los volúmenes de material procedente de este movimiento de tierras.

 

  1. Cercado del polígono de la planta:

El cierre perimetral será realizado con malla de alambre hexagonal de 2 metros de alto, la que será instalada desde el borde del terreno natural, de manera de evitar el ingreso de animales y personas no autorizadas a la planta.

 

  1. Montaje de equipos.
  2. Instalación de sistema de transmisión eléctrico interno.
  3. Pruebas y puesta en marcha de la planta.
  4. Construcción de línea de transmisión a línea eléctrica existente Franke-Diego de Almagro:

Se procederá al levantamiento topográfico de los apoyos de la línea, se ejecutarán las fundaciones, se instalarán los aisladores de cada fase en las torres de transmisión y finalmente, se procederá a las labores de tendido de cable.

 

  1. Conexión y pruebas de energización:

Una vez finalizada la construcción de la planta y efectuadas todas las pruebas necesarias descritas anteriormente, se procederá a su puesta en marcha y conexión a red.

 

  1. Retiro de instalación de faenas:

En el último período de la fase de construcción y pruebas de puesta en marcha, se procederá a retirar las instalaciones de faena provisionales. Debido a la modularidad de estas instalaciones, la actividad de retiro y de faena para entrada en operación de la planta, se estima en un mes.

 

3.7.3    Etapa de Operación

La duración de esta etapa será de 30 años y el inicio de la fase de operación quedará determinado con la comunicación a centro de despacho económico de carga del sistema interconectado central (CDEC-SIC) indicando el inicio e operación.

Durante esta etapa se contempla la generación de energía y mantenimiento del proyecto. Estas actividades se realizarán periódicamente y tendrán por objetivos la revisión, mantención y limpieza con agua de los distintos componentes del proyecto:

  • Mantenimientos correctivos
  • Mantenimientos preventivos:
    • Inspección mensual de la subestación
    • Inspección anual de la subestación
    • Inspección mensual del grupo electrógeno de emergencia de la subestación
    • Inspección mensual de la estación meteorológica
    • Limpieza de módulos fotovoltaicos
  • Mantenimiento de la infraestructura.

 

3.7.4    Etapa de Cierre

La duración de esta etapa será de 5 meses y el inicio de la fase de cierre quedará determinado con la comunicación a la Comisión Nacional de Energía, Superintendencia de Electricidad y Combustibles y CDEC-SIC, indicando las razones por las que el proyecto se desconectará de la red y cesará su operación y coordinación con el sistema eléctrico. Sin embargo, debido a las características del proyecto, se espera que el periodo de funcionamiento de estas unidades se extienda en el tiempo. En caso de que se considere o fuese necesaria una fase de abandono del Proyecto, se realizarán las siguientes actividades:

  1. Instalaciones provisionales para el cierre de instalaciones
  2. Desmantelamiento de las instalaciones:

·         Desenergización y desconexión

·         Desarme de paneles fotovoltaicos

·         Desarme de instalaciones de alta tensión

·         Desmantelamiento de estructura metálica

·         Desmantelamiento de oficinas

·         Limpieza de las áreas de trabajo

 

3.7.5    Plan de Prevención de Riesgos y Contingencias

En el Anexo K de la DIA se presenta un Plan de Prevención de Riesgos y contingencia de ocurrencia de fenómenos naturales o siniestros, riesgo de derrame accidental de combustibles y aceites; y Manejo de Residuos Peligrosos. Además en Anexo G del Adenda N°1, el Titular amplía la información presentando en Estudio de Riesgos Físicos (gravitacionales, inundaciones, eventos aluviales, sísmico, volcánico y deflación eólica), concluyendo que no presenta riesgos físicos para su instalación.

 

3.8       Insumos y Equipos

 

3.8.1    Insumos

 

Etapa de construcción:

  1. Hormigón: Será abastecido por camiones mixer de empresas contratistas Autorizadas. Se requerirán 7.073,8 m3 de hormigón.

b.      Áridos: No se requerirán áridos, dado que se adquirirá el hormigón armado. De todas maneras, en caso de requerirlo será adquirido a una empresa que cuente con la autorización de los organismos pertinentes para la extracción.

c.       Combustible: Se utilizará solo petróleo diésel y no se considera el almacenamiento de éste en las instalaciones del proyecto. Se estima un consumo total de 385,7 m3 y será abastecido por camiones estanques por servicio Autorizadas.

d.      Electricidad: Será abastecida de 2 generadores de 30 kVA.

e.       Agua: Se requerirán 36,3 m3/día de agua potable para un máx. de 363 trabajadores, entregados al personal en dispensadores de agua envasada y almacenados en estanque de 70 m3, se proveerá a través de camión aljibe de empresa Autorizada. Se requerirán 30 m3/día de agua industrial para humectación de caminos de acceso y frentes de trabajo, las que serán cubiertas por el tratamiento de la PTAS, cumpliendo con los parámetros establecidos en la NCh 1333 Calidad de agua para riego. En caso de ser requerido, se adquirirá agua a proveedores Autorizados la que será transportada a la planta mediante camiones aljibe.

 

Etapa de operación

  1. Electricidad: El consumo será de 30.000 kWh/año, suministrada por la propia planta y un generador de emergencia de 25kVA.
  2. Agua: Se requerirán 1,5 m3/día de agua potable para un máx. de 5 trabajadores más 10 visitas de mantención, entregados al personal en dispensadores de agua envasada almacenados y almacenada en estanque de 10 m3 y se proveerá a través de camión aljibe de empresa Autorizada. Se requerirán 480 m3/año de agua industrial para 2 limpiezas anuales de los módulos FV, por medio de camiones cisterna de 10 m3 de capacidad. Los proveedores serán empresas Autorizadas que cumplan con los parámetros de la NCh 1333 Calidad de agua para riego.
  3. Aceite transformador: Se necesitarán 17 m3 de aceite para abastecer a los transformadores de los bloques de potencia. Éste no requiere ser remplazado durante toda la vida útil del proyecto.

 

Etapa de cierre

  1. Electricidad: para el abastecimiento de energía eléctrica se utilizarán 2 generadores de 30 kVA cada uno.
  2. Combustible: Solo se requerirá petróleo diésel y no se considera el almacenamiento de éste en las instalaciones del proyecto. Se estima un consumo homólogo a la etapa de construcción y será abastecido por estaciones camiones estanques por empresas Autorizadas.
  3. Electricidad: Será abastecida de 2 generadores de 25 y 75 kVA.
  4. Agua: Se requerirán 6 m3/día de agua potable para un máx. de 60 trabajadores, entregados al personal en dispensadores de agua envasada y almacenados en estanque de 15 m3, se proveerá a través de camión aljibe de empresa Autorizada. Se requerirán 15 m3/día de agua industrial para humectación de caminos de acceso y frentes de trabajo, las que serán cubiertas por el tratamiento de la PTAS, cumpliendo con los parámetros establecidos en la NCh 1333 Calidad de agua para riego. El resto se adquirirá agua a proveedores Autorizados la que será transportada a la planta mediante camiones aljibe.

 

3.8.2    Equipos

En tabla I-3 del Adenda N°1, se detalla la cantidad de equipos requeridos para todas las etapas del proyecto.

 

3.8.3    Transporte

En Adenda N°1 se presenta tabla I-5 con el detalle del Flujo vehicular para la etapa de construcción. Entre la cuales se destacan.

 

Tabla 3. Resumen de Flujos del Transporte en etapa de Construcción.

Motivo del viaje

Viajes por fase (sólo ida)

Viajes al día (sólo ida)

Tipo de vehículo

Origen- destino

Rutas utilizadas

Agua potable

12

2

Aljibe

Diego de Almagro-proyecto

C13 - C115B

Combustible

12

0,03

Camión estanque

Copiapó-proyecto

Ruta 5 Norte-Chañaral-C13 - C115B

Traslado hormigón

707

2

Camión míxer

Copiapó-proyecto

Ruta 5 Norte-Chañaral-C13 - C115B

Traslado de personal

3.049

9,08

Bus

Diego de Almagro-proyecto

C13 - C115B

Traslado de personal

1.008

3

Camioneta

Diego de Almagro-proyecto

C-13 - C-115B

Traslado de Residuos

83

-

Camiones

Proyecto-Copiapó

C115B-C13-Ruta 5 Norte

Fuente: Adenda N°1

 

Durante la etapa de operación sólo contará con flujos esporádicos y camionetas livianas para el personal permanente.

En Adenda N°1 el Titular presenta medidas de control para su Transporte durante las etapas de construcción y cierre

  • Gestión de flota: Registro de entrada y salida del proyecto de todos los vehículos.
  • Control de velocidad: Se establece velocidad máx. de 80 Km/hr para vehículos livianos y 60 Km/hr para vehículos pesados o transporte de personal.
  • Control de Alcohol: Implementación de Alcotest en faena.
  • Coordinación con Carabineros.

 

3.9       Emisiones y descargas

 

3.9.1    Residuos

 

Etapa de construcción

  1. Residuos líquidos:

Durante la fase de construcción se estima que la generación de aguas servidas será de 36,3 m3/día, con un coeficiente de recuperación de 100%, considerando una dotación de 363 trabajadores y un consumo de 100 L/día. Las aguas servidas generadas en el área industrial (comedores, duchas, baños y lavamanos) serán manejadas en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas modular que se instalará al interior del área del Proyecto. El efluente tratado será utilizado para humectación de caminos interiores y movimientos de tierra.

En Adenda N°1 el Titular se compromete a implementar un sistema de registro y seguimiento de todos los vehículos que pertenezcan a empresas relacionadas con la gestión de aguas servidas durante la fase de construcción del Proyecto. Este registro estará basado en la Tabla I-6 del Adenda N°1.

En DIA el Titular señala que no se efectuará el lavado de canoas de camiones míxer de hormigón en el predio y en Adenda N°1, el Titular se compromete a exigir por medio de los contratos respectivos a las empresas prestadoras de servicio, que las mantenciones y lavados de camiones que participen del Proyecto, se realicen en establecimientos que cuenten con la infraestructura y gestión adecuada para cumplir con lo dispuestos en el citado D.S. N°148/2003, para aquellos residuos que clasifiquen como peligrosos según el citado decreto. Se exigirá registro de estas mantenciones, las cuales estarán disponibles para la autoridad sanitaria cuando ésta lo requiera.

 

  1. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables:

Se generarán 9,6 toneladas mensuales de basura doméstica que serán almacenados en contenedores especiales, con tapa y herméticos ubicados en el patio destinado para su acopio temporal en la instalación de faenas y cuyo contenido será retirado periódicamente por una empresa externa que llevará los residuos hasta el actual Relleno Sanitario “El Chulo” de la comuna de Copiapó, u otro debidamente Autorizado.

Respecto a los lodos generados en la planta de tratamiento, se estima una producción aproximada durante el peak de trabajadores de 10,5 kg/día. Éstos serán extraídos periódicamente por un camión limpia fosas de una empresa externa y dispuestos en un sitio Autorizado, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N° 4/2009 “Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas”.

 

  1. Residuos No Peligrosos de construcción:

Se estima una generación de 46,9 ton/mes, los que serán acopiados temporalmente dentro de la instalación de faena, para su posterior disposicion y comercialización. La fracción de rechazo será dispuesta en Relleno Sanitario Autorizado.

 

  1. Residuos Peligrosos:

La generación será de 250,28 Kg/mes. El almacenamiento temporal de estos residuos se realizará en tambores y contenedores de 200 litros, cerrados y rotulados, en bodega de acopio temporal ubicada en la instalación de faena. Serán retirados como máximo cada seis meses por una empresa Autorizada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final, dando cumplimiento con lo establecido en D.S. 148/04 del Minsal. Además se informará con 48 horas de anticipación a la SEREMI de Salud de Atacama por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP).

 

Etapa de operación

  1. Residuos líquidos:

Durante la fase de operación del Proyecto se generarán 1,5 m3/día de aguas servidas domésticas provenientes de la planta modular compacta de aguas servidas, de acuerdo a la capacidad máx. de 15 personas (5 trabajadores + visitas).

El efluente tratado de las PTAS en la fase de operación del proyecto, será utilizado para la mantención de caminos interiores.

 

  1. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables:

Se generarán 0,4 ton/mes de basura doméstica que serán almacenados en contenedores especiales, con tapa y herméticos ubicados en el patio destinado para su acopio temporal en la instalación de faenas y cuyo contenido será retirado periódicamente por una empresa externa que llevará los residuos hasta el actual Relleno Sanitario “El Chulo” de la comuna de Copiapó, u otro debidamente Autorizado.

Respecto a los lodos generados en de la planta de tratamiento, se estima una producción aproximada durante el peak de trabajadores de 0,43 kg/día. Éstos serán extraídos periódicamente por un camión limpia fosas de una empresa externa y dispuestos en un sitio Autorizado, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. N° 4/2009 “Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas”.

 

  1. Residuos Industriales No Peligrosos:

Se estima una generación de en 87,2 kg/mes, los que serán acopiados temporalmente dentro de la instalación de faena, para su posterior disposición y comercialización. La fracción de rechazo será dispuesta en botadero Autorizado por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama.

 

  1. Residuos Peligrosos:

La generación será de 13,4 Kg/mes. El almacenamiento temporal de estos residuos se realizará en tambores y contenedores de 200 litros, cerrados y rotulados, en bodega de acopio temporal ubicada en la instalación de faena. Serán retirados por una empresa aprobada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final, dando cumplimiento con lo establecido en D.S. 148/04 del Minsal.

En Adenda N°1 el Titular señala las características de diseño del contenedor anti-derrames con sistema de captación de aceite dieléctrico dando cumplimiento al D.S. 148/03 del Ministerio de Salud.

De acuerdo a lo indicado por el Titular en Adenda N°1, mientras no se tenga certeza del tipo de paneles que serán utilizados por el proyecto, los residuos generados de la rotura de paneles fotovoltaicos, será tratada como residuos peligrosos y enviados a un relleno de seguridad Autorizado de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148/03 del Minsal, lo que será informado a la SEREMI de Salud de Atacama por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP).

Se estima una generación menor al 0,02% anual de residuos de paneles por  roturas, menor a 12 ton/año.

Una vez que se compruebe que los componentes no constituyen residuos peligrosos, se informará a la Autoridad Sanitaria y se entregará un informe semestral de gestión de residuos fotovoltaicos, identificando su generación (masa y volumen), tipo, fracción reciclable, empresas responsables de su traslado y disposición final. Si esta última etapa se realiza fuera del país, se exigirá por contrato acreditar el cumplimento de todas las normativas nacionales e internacionales aplicables a esta actividad, información que será parte del mencionado informe.

 

Etapa de cierre

  1. Residuos líquidos:

Durante la fase de construcción se estima una generación de aguas servidas será de 6 m3/día, considerando una dotación de 60 trabajadores, provenientes de baños químicos, duchas modulares y lavaplatos. La gestión y tratamiento de estas aguas residuales estará a cargo de una empresa externa con Autorización Sanitaria.

 

  1. Residuos sólidos domiciliarios y asimilables:

Se generarán 1,6 ton/mes de basura doméstica que serán almacenados en contenedores especiales, con tapa y herméticos ubicados en el patio destinado para su acopio temporal en la instalación de faenas y cuyo contenido será retirado periódicamente por una empresa externa que llevará los residuos hasta el actual Relleno Sanitario “El Chulo” de la comuna de Copiapó, u otro debidamente Autorizado.

 

  1. Residuos No Peligrosos de construcción:

Se estima una generación de en 4.375 ton para la fase de cierre, proveniente del desarme de la planta fotovoltaica, los que serán acopiados temporalmente dentro de la instalación de faena, para su posterior rescate y comercialización. La fracción de rechazo será dispuesta en botadero Autorizado por la Autoridad Sanitaria de la Región de Atacama al año de cierre del proyecto.

 

  1. Residuos Peligrosos:

La generación será de 1.047 Kg/mes. El almacenamiento temporal de estos residuos se realizará en tambores y contenedores de 200 litros, cerrados y rotulados, en bodega de acopio temporal ubicada en la instalación de faena. Serán retirados por una empresa aprobada por la Autoridad Sanitaria para el transporte, tratamiento y disposición final, dando cumplimiento con lo establecido en D.S. 148/04 del Minsal.

En Tabla 2-38 de la DIA, se presenta un resumen consolidado de residuos generados por el proyecto y en Adenda N°1, el Titular señala que mientras no se tenga certeza del tipo de paneles FV usados por el proyecto, serán tratados como residuos peligrosos.

Además en la DIA el Titular señala que para la fecha de cierre de la planta, los paneles fotovoltaicos sean retirados por una empresa acreditada para su posterior manejo en nuestro país. Si al momento del cierre de la planta no existiesen organizaciones válidamente constituidas para desarrollar el reciclaje de los paneles, el Titular, como parte de su sistema de gestión, gestionará el traslado seguro de los paneles en desuso, para ser dispuestos en instalaciones autorizadas fuera del país, dando cumplimiento a la normativa vigente.

 

3.9.2    Emisiones a la atmósfera

Durante la fase de construcción del proyecto se producirán emisiones atmosféricas las cuales corresponderán principalmente a material particulado respirable (PM10) generado por movimientos de tierra, excavaciones, carga, descarga y transporte de insumos. Además se liberaran gases de combustión provenientes del tránsito de camiones, maquinarias y vehículos de transporte, así como los equipos generadores de electricidad instalados en las faenas. Durante la etapa de operación las emisiones provendrán principalmente de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados.

 

Tabla 7. Resumen emisiones a la atmósfera en etapa de construcción y operación (ton/etapa).

Etapa

CO

HC

NOX

SOx

MP 10

MP 2,5

Construcción (ton/etapa)

7,32

3,13

25,83

0,06

73,66

6,94

Operación (ton/etapa)

0,03

0,01

0,08

0,0003

6,04

0,60

                                                                                                                               Fuente: Elaboración propia

 

En capítulo 4 de la DIA se presentan medidas de control para la tapa de construcción:

  • Humectación del camino de acceso al Proyecto dos veces al día, agua proveniente de plantas de aguas servidas tratadas.
  • Se exigirá que todos los vehículos relacionados con el Proyecto cuenten con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes
  • Se exigirá que los camiones que transportan el material excedente de excavaciones lo hagan encarpados, con el fin de minimizar las emisiones de material particulado.
  • Se utilizarán mallas protectoras en faenas para evitar la dispersión del polvo.
  • Se circulará a una velocidad no superior a 40 km/h por las vías de acceso al área del Proyecto.

Para la fase de cierre, se contemplarán las mismas medidas de control que para la fase de construcción.

 

3.9.3    Ruido

En Anexo D de la DIA Titular presenta evaluación de ruido para fuentes fijas para la etapa de construcción y operación en horario diurno, para 2 receptores identificados A2: Parcela Los Claveles a 20 Km de distancia y A3: Entrada a Tranque de relaves Pampa Austral a 23,5 Km., concluyendo que no existe aporte del proyecto a los receptores indicados.

Durante la etapa de cierre el Titular indica que las emisiones de ruido serán las mismas que durante la etapa de construcción, por lo tanto no habrán aportes a los receptores.

 

3.10     Principales aspectos de la evaluación

 

  1. Flora y Fauna

En la caracterización de Flora y Fauna presentada en Anexo F de la DIA, el Titular indica que no se detectaron especies de Flora y Fauna en el área de influencia del proyecto.

 

  1. Suelo

El Titular en Adenda N°1 compromete medidas de manejo para la rehabilitación del suelo para la tapa de cierre, que consistirá en escarpar y descompactar el terreno donde quedaron hoyos de los seguidores de los paneles FV. Se estima un volumen total de material para cubrir los agujeros de los pilotes de aproximadamente 7.073,8 m3, considerando las 150 ha de superficie del Proyecto, los cuales provendrán en su mayoría de los excedentes de material producto del retiro de estructuras en la fase de cierre.

 

  1. Patrimonio Cultural

De acuerdo a lo señalado en el Anexo I de la DIA, se identificaron 10 hallazgos patrimoniales al interior de la planta solar fotovoltaica, correspondientes a un material histórico, dos hallazgos aislados líticos, seis eventos de talla prehispánicos y una estructura paraviento prehispánica. En tanto, en el área de influencia de la línea de transmisión se identificó un evento de talla prehispánica. En Adenda N°1, el Titular se compromete a aplicar medidas de protección a estos elementos patrimoniales a través de cercados con distintas áreas buffer (Ver Tabla IV-1 del Adenda N°1).

En Adenda N°1, el Titular se compromete a la realización de un monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie, cuyos antecedentes serán entregados semestralmente al Consejo de Monumentos Nacionales, sin perjuicio del envío a la Superintendencia de Medio Ambiente, de acuerdo a los contenidos solicitados. Además, un arqueólogo procederá a realizar una inducción arqueológica al personal que ejecutará las obras

Además el Titular señala que en el eventual caso de un hallazgo arqueológico se dará aviso inmediato al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales.

 

  1. Medio Humano

Los asentamientos Humanos más cercanos al proyecto se encuentran a 20 y 23,5 Km; denominados A2: Parcela Los Claveles y A3: Entrada a Tranque de relaves Pampa Austral.

No se identificaron asentamientos humanos ni actividades económicas presentes a lo largo del recorrido de la línea de transmisión.

En Adenda N°1, el Titular se compromete a priorizar la contratación de trabajadores de la comuna de Diego de Almagro en primer lugar, en segundo lugar de Chañaral y finalmente, de otras comunas de la Región de Atacama.

 

e.       Paisaje y Turismo

En Anexo J de la DIA, se indica la presencia de una unidad de paisaje: Pampa Indio Muerto, desprovista de vegetación y cauces superficiales. En Adenda 1, el Titular se compromete a la utilización de colores asociados al entorno en la construcción de los edificios administrativos y bodegas de almacenaje de la planta, manteniendo así la armonía de las instalaciones con el medio ambiente. Asimismo, el material removido se dispondrá manteniendo las geoformas existentes, de modo de minimizar el impacto en el entorno de la planta.

En Adenda N°1, el Titular señala que no existirá impacto por encandilamiento sobre la ruta C-115B por el reflejo de los paneles FV, dado que los paneles usan un acabado superficial anti-reflectante.

 

3.11 Compatibilidad Territorial

El Proyecto se encuentra inserto en un área rural, no regulada por los planes reguladores vigentes, por lo que el área de inserción del proyecto no presenta restricciones para su emplazamiento, desde el punto de vista de los instrumentos de planificación territorial.

 

3.12     Relación entre el Proyecto y Políticas, Planes y Programas de Desarrollo Regional.

De acuerdo a los lineamientos estratégicos del Plan Regional de Atacama para el período 2007-2017, el proyecto “Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado” se vincula con los Lineamiento Estratégicos N°1 “Desarrollo del Capital Humano”, N°3 “Promoción de la Investigación e Innovación”, N°5 “Diversificación y mayor dinamismo de la Economía Regional” y N°9 “Medioambiente para el Desarrollo Sustentable”.

Dado lo anterior, el Gobierno Regional, mediante ORD. N°101 del 31.01.14 de 2013 se pronunció conforme.

 

3.13 Relación entre el Proyecto y Planes de Desarrollo Comunal.

La implementación del Proyecto “Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado”, en términos generales, permitirá la concreción o ejecución de los lineamientos y objetivos estratégicos relacionados con el PLADECO de Chañaral 2008-2013. En este sentido, se involucra y participa en la concreción del campo de acción vinculado al Lineamiento N°3 “Subsistema Economía Comunal” y N°5: “Subsistema Medioambiente Comunal”.

 

4.    Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado" cumple con:

 

Decreto Supremo N°144/61 del Ministerio de Salud, Norma para evitar emanaciones contaminantes

Relación con el proyecto: Durante la fase de construcción del proyecto se producirán emisiones atmosféricas las cuales corresponderán principalmente a material particulado respirable (PM10) generado por movimientos de tierra, excavaciones, carga, descarga y transporte de insumos. Además se liberaran gases de combustión provenientes del tránsito de camiones, maquinarias y vehículos de transporte, así como los equipos generadores de electricidad instalados en las faenas. Durante la etapa de operación las emisiones provendrán principalmente de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados.

Cumplimiento: Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas mediante contrato. Además, el Titular describe medidas de manejo que se indican en el punto 1.10.2 de este documento.

 

D.S. Nº138/2005 del Ministerio de Salud, que Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica

Relación con el proyecto: Para el abastecimiento de energía eléctrica durante la construcción y cierre se utilizarán 2 generadores de 30 kVA cada uno y durante la operación se utilizará uno de emergencia de 25 kVA.

Cumplimiento: Previo al inicio de la etapa de construcción, el Titular entregará a la SEREMI de Salud de la Región de Atacama los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de los grupos electrógenos

 

D.S. N°38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Relación con el proyecto: Durante la fase de construcción se generarán ruidos debido a las faenas, uso de maquinarias y tránsito vehicular. Durante la fase de operación el ruido asociadas principalmente al funcionamiento de la subestación y transformadores.

Cumplimiento: El Titular presenta evaluación de ruido para fuentes fijas para la etapa de construcción y operación horario diurno, indicando que cumple con el límite máximo de ruido establecido por el D.S.38/11 del MMA. En el Anexo D de la DIA se presenta el informe Acústico, donde se identifica el ruido de fondo, el aporte del proyecto y la evaluación de éste respecto del D.S. 38/11 durante las distintas fases.

 

D.S. Nº594/99 modificado por D.S. Nº04/2011, Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Relación con el proyecto: El proyecto generará residuos sólidos domésticos, peligrosos, residuos líquidos y aguas residuales, en todas sus etapas.

Cumplimiento: Respecto a las aguas residuales el Titular contará con una PTAS de tipo modular, en la instalación de faena, durante las etapas de construcción y operación, y baños químicos para los frentes de trabajo para la etapa de construcción y cierre, de acuerdo a lo establecido por la normativa.

 

Decreto con Fuerza de Ley Nº725 de 1968, Código Sanitario, Ministerio de Salud. Art. 71, letra b) Regula la disposición final de residuos industriales o mineros y Artículos 80 y 81 Regula la instalación y el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Relación con el proyecto: El Proyecto generará residuos sólidos, líquidos, peligrosos eindustriales, durante su fase de construcción, operación y cierre.

Cumplimiento: Todos los residuos sólidos, ya sean domésticos, peligrosos y no peligrosos, serán almacenados temporalmente al interior de bodegas ubicadas en las instalaciones de faena y transportados a disposición final por una empresa autorizada.

 

D.S. Nº148/03, Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Relación con el proyecto: El proyecto generará residuos peligrosos, los cuales serán manejados de acuerdo a la norma referida y al interior de un patio de disposición transitoria. Además, de acuerdo a lo indicado por el Titular en Adenda N°1, mientras no se tenga certeza del tipo de paneles que serán utilizados por el proyecto, los residuos generados de la rotura de paneles fotovoltaicos, será tratada como residuos peligrosos y enviados a un relleno de seguridad Autorizado de acuerdo a lo establecido en el D.S. N° 148/03 del Minsal, lo que será informado a la SEREMI de Salud de Atacama por medio físico o en formato digital en el Sistema de Declaración Electrónico de Residuos Peligrosos (SIDREP).

Se estima una generación menor al 0,02% anual de residuos de paneles por  roturas, menor a 12 ton/año.

Cumplimiento:

Los residuos peligrosos generados por el proyecto serán almacenados temporalmente al interior de la bodega temporal ubicada en la instalación de faena y transportados a disposición final por una empresa autorizada. El movimiento de residuos peligrosos se realizará a través del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos Sidrep http://sidrep.minsal.gov.cl.

En relación a los paneles FV, una vez que se compruebe que los componentes no constituyen residuos peligrosos, se informará a la Autoridad Sanitaria y se entregará un informe semestral de gestión de residuos fotovoltaicos, identificando su generación (masa y volumen), tipo, fracción reciclable, empresas responsables de su traslado y disposición final. Si esta última etapa se realiza fuera del país, se exigirá por contrato acreditar el cumplimento de todas las normativas nacionales e internacionales aplicables a esta actividad, información que será parte del mencionado informe.

 

Decreto 4/2009, Reglamento Para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Relación con el proyecto: El proyecto contempla la implementación de una planta de tratamiento de aguas servidas de durante la fase de construcción y una segunda durante la fase de operación, con capacidad suficiente para la carga de ocupación de acuerdo a las normas vigentes.

Cumplimiento: El Titular presentará ante la SEREMI Salud de la Región de Atacama el proyecto de ingeniería correspondiente, y tratará, transportará y eliminará los lodos, únicamente, mediante las formas dispuestas en la norma, a través de terceros que cuenten con autorización sanitaria correspondiente. El Titular exigirá a la empresa contratista certificar la debida eliminación de los lodos.

 

D.S. Nº78/2011, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Relación con el proyecto: El Proyecto en sus tres fases contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas tales como aceites, lubricantes, grasas, pinturas, diluyentes, paneles solares, entre otros.

Cumplimiento: Las sustancias peligrosas serán almacenadas en contenedores de acuerdo a lo establecido en este reglamento,

 

D.S. N°05, Reglamento de la Ley de Caza del Ministerio de Agricultura.

Relación con el proyecto: En el área del proyecto no se identificaron especies de Fauna.

Cumplimiento: En el área del proyecto se prohibirá cualquier tipo de caza de especies protegidas por la Ley.

 

Ley 17.288 del Consejo de Monumentos Nacionales, Legisla Sobre Monumentos Nacionales.

Relación con el proyecto: En el terreno se efectuó una prospección por un Arqueólogo especialista, mediante la cual se identificaron 10 elementos de valor patrimonial en el área de influencia directa del proyecto.

Forma de cumplimiento: el Titular se compromete a aplicar medidas de protección a estos elementos patrimoniales a través de cercados con distintas áreas buffer (Ver Tabla IV-1 del Adenda N°1).

De efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico no registrado en la prospección arqueológica de línea base, el Titular procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas

 

D.S. Nº 298, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Fecha de Publicación: 11 de Febrero de 1995. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. (Modificaciones: D. S. Nº 230, fecha de publicación: 06 de Febrero de 2001, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. D.S. Nº 116, fecha de publicación, 02 de Febrero de 2002, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones).

Relación con el proyecto: El Proyecto utilizará petróleo diesel en sus fases de construcción y cierre para el abastecimiento de la maquinaria pesada y grupos generadores.

Cumplimiento: El abastecimiento de combustible se realizará través de un camión-estanque perteneciente a una empresa autorizada, proveniente de Diego de Almagro y/o de sus alrededores y Autorizada para estos servicios.

 

D.S. N°4/94 del MTT, Normas de Emisión para Vehículos en Uso y sus modificaciones a la fecha.

Relación con el proyecto: Las fases de construcción, operación y eventual cierre del Proyecto  consideran la utilización de vehículos y camiones para el transporte de materiales y maquinarias.

Cumplimiento: Todos los vehículos relacionados con el Proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el Titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.

 

D.S. Nº75/87, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece las condiciones para el transporte de carga que se indican.

Relación con el proyecto: Las actividades de construcción del Proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el artículo 2 del presente cuerpo legal.

Cumplimiento: El Titular hará exigible mediante contrato que los camiones y/o vehículos del proyecto, tanto del contratista como de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (no se utilizará malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente.

 

D.F.L. Nº4 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley Nº1 de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, y Decreto Supremo Nº327 Reglamento Ley General Servicios Eléctricos

Relación con el proyecto: El Proyecto consiste en la construcción y operación de un parque solar compuesto por dos plantas fotovoltaicas y una Línea de transmisión eléctrica que se conecta al SIC.

Cumplimiento: El Titular dará cumplimiento a estas disposiciones y demás sectoriales aplicables solicitando los permisos, autorizaciones y cumpliendo los requisitos que corresponde en cada caso.

 

D.S. N°686/1998 del Ministerio de Economía, que Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica de los Cielos Nocturnos.

Relación con el proyecto: El proyecto requerirá instalar luminarias en la instalación de faenas en fase de construcción y en el sector de oficinas administrativas y dependencias para el personal en su fase de operación.

Cumplimiento: El Titular utilizará lámparas cuyo flujo luminoso nominal sea menor a 15.000 lúmenes y se adjuntará el TE1 (trámite eléctrico) con los certificados de control luminométricos de las luminarias instaladas en el proyecto, junto con una declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en la cual indique el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias.

 

5.  Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado" requiere de los permisos ambientales sectoriales 91, 93, 94 y 96 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental:

 

PAS 91. Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

Durante la fase de construcción y operación del proyecto se generarán aguas servidas domésticas provenientes del uso de servicios higiénicos de trabajadores. El manejo de estos residuos se realizará a través de una planta de tratamiento de aguas servidas.

Estos antecedentes se presentaron en DIA y Adenda N°1.

Mediante ORD 241/2014 de fecha 07.02.14, la SEREMI de salud se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. Sin observaciones.

 

PAS 93. Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

El Proyecto contempla el almacenamiento temporal de los residuos sólidos generados durante la etapa de construcción, operación y cierre.

Estos antecedentes se presentaron en la DIA y Adenda N°1.

Mediante ORD 241/2014 de fecha 07.02.14, la SEREMI de salud se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS. Sin observaciones.

 

PAS 94. Permisos para calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Se presentaron los antecedentes debido a que es un establecimiento industrial, ya que las instalaciones o edificaciones de este tipo de uso que contemplen un proceso de transformación de energía.

Estos antecedentes se presentaron en DIA y Adenda N°1

Mediante ORD 241/2014 de fecha 07.02.14, la SEREMI de salud se pronunció conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS, calificándola como Molesta

 

PAS 96. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

Se considera que la superficie afectada a cambio de uso de suelo será de 2.921 m2., para lo cual el Titular presenta Figuras N°5-3 y 5-4 en Capítulo 5 de la DIA.

Estos antecedentes se presentaron en DIA.

Mediante ORD N°442 de fecha 07.11.13 y N°409 de fecha 15.10.13, las SEREMIS de Agricultura y MINVU se pronunciaron conforme respecto de los antecedentes presentados para la obtención de este PAS.

 

6.  Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

 

6.1. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 letra a): Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos:

En cuanto a las emisiones de material particulado, los aportes del proyecto serán de 73,66 y 6,04 ton. de MP10 para las etapas de construcción y operación, respectivamente.

Los niveles de ruido para fuentes fijas y móviles cumplen con la normativa ambiental vigente y de referencia tomando en cuenta dos receptores cercanos a 20 y 23,5 Km. de distancia.

Se generarán 9,6 ton/mes de residuos domiciliarios y 250,28 Kg/mes de Respel en etapa de construcción, los que serán dispuestos transitoriamente en el patio de disposición temporal y finalmente dispuestos en lugar Autorizado.

Además el Titular señala que mientras no se tenga certeza del tipo de paneles FV usados por el proyecto, serán tratados como residuos peligrosos. Así mismo, si al momento del cierre de la planta no existiesen organizaciones válidamente constituidas para desarrollar el reciclaje de los paneles en nuestro país, el Titular, como parte de su sistema de gestión, gestionará el traslado de los paneles fuera del país, dando cumplimiento a la normativa vigente.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal a) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.2. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 letra b): Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire:

Según las campañas a terreno realizadas, no se registraron especies de Flora y Fauna en el área de influencia del proyecto.

El Titular en Adenda N°1 compromete medidas de manejo para la rehabilitación del suelo para la tapa de cierre, que consistirá en escarpar y descompactar el terreno donde quedaron hoyos de los seguidores de los paneles FV, además, cubrir los hoyos de los pilotes, los cuales provendrán en su mayoría de los excedentes de material producto del retiro de estructuras en la fase de cierre.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal b) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.3. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 Letra c): Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos: 

El Proyecto no producirá cambios en la población ni reasentamiento de comunidades.

El Proyecto no afectará las costumbres folclóricas, religiosas o culturales de la zona, debido a que no se encuentran asentamientos humanos cercanos al proyecto.

No se identificaron asentamientos humanos ni actividades económicas presentes en el área del proyecto. Los asentamientos Humanos más cercanos al proyecto se encuentran a 20 y 23,5 Km; denominados A2: Parcela Los Claveles y A3: Entrada a Tranque de relaves Pampa Austral.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal c) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.4. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 Letra d): Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar: 

El proyecto no se localiza próximo a ninguna población, recurso o área protegida susceptible de ser afectada.

No se identificaron asentamientos humanos ni actividades económicas presentes en el área del proyecto. Los asentamientos Humanos más cercanos al proyecto se encuentran a 20 y 23,5 Km; denominados A2: Parcela Los Claveles y A3: Entrada a Tranque de relaves Pampa Austral.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal d) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.5. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300 Letra e): Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona:

En Anexo J de la DIA, se indica la presencia de una unidad de paisaje: Pampa Indio Muerto, desprovista de vegetación y cauces superficiales. En Adenda 1, el Titular se compromete a la utilización de colores asociados al entorno en la construcción de los edificios administrativos y bodegas de almacenaje de la planta, manteniendo así la armonía de las instalaciones con el medio ambiente. Asimismo, el material removido se dispondrá manteniendo las geoformas existentes, de modo de minimizar el impacto en el entorno de la planta.

En Adenda N°1, el Titular señala que no existirá impacto por encandilamiento sobre la ruta C-115B por el reflejo de los paneles FV, dado que los paneles usan un acabado superficial anti-reflectante.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal e) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

6.6. Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300 Letra f): Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, el Titular señala que:

Se identificaron 10 hallazgos patrimoniales al interior de la planta solar fotovoltaica. En Adenda N°1, el Titular se compromete a aplicar medidas de protección a estos elementos patrimoniales a través de cercados con distintas áreas buffer (Ver Tabla IV-1 del Adenda N°1).

Además, el Titular se compromete a la realización de un monitoreo arqueológico permanente durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie, cuyos antecedentes serán entregados semestralmente al Consejo de Monumentos Nacionales, de acuerdo a los contenidos solicitados. Así mismo, un arqueólogo procederá a realizar una inducción arqueológica al personal que ejecutará las obras.

Por lo señalado anteriormente, se estima que el Proyecto no presenta los efectos y características del literal f) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, por lo que no requiere de la presentación de un EIA.

 

7. Que, para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

 

8. El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

 

9. Para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

 

10. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

 

11. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar cualquier modificación en el domicilio, individualización del Titular y de representación, al Servicio de Evaluación Ambiental y, a la Superintendencia dentro de un plazo de 7 días hábiles contados desde la realización de la respectiva  modificación, a través de formulario respectivo de dicho organismo.

 

12. Que, para que el proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

 

13. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

 

14. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama.

RESUELVE:

1.    CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA EL ADELANTADO".

 

2.    CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA EL ADELANTADO" cumple con la normativa de carácter ambiental.

 

3.    Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el Titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime procedente.

 

 

Notifíquese y Archívese





Rafael Prohens Espinosa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Verónica Ossandón Pizarro
Directora (S) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región de Atacama




VOP/YSN/VML/JFM

Distribución:
  • Luis Alfredo Solar Pinedo
  • Superintendencia de Medioambiente
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Chañaral
  • SAG, Región de Atacama
  • SEC, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Consejo de Monumentos Nacionales
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Planta Solar Fotovoltaica El Adelantado"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=49/3d/5e376e2e02f86fa235be082727d105717850


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