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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VIII REGIÓN DEL BIOBÍO | Califica Ambientalmente el proyecto ""Proyecto Larqui"" Resolución Exenta Nº 347 Concepción, 14 de diciembre de 2017 | VISTOS: 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 21/06/2017 y su Adenda Complementaria de 19/10/2017, del proyecto “Proyecto Larqui”, presentado por Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. con fecha 18/01/2017. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Proyecto Larqui”. 3°. El Acta de Evaluación N° 40 de 22/11/2017, del Comité Técnico de la Región del Biobío. 4°. El ICE de la DIA del proyecto “Proyecto Larqui” de 24/11/2017. 5°. El Acta N° 14 de 04/12/2017, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Proyecto Larqui”. 7. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y la Resolución N° 10 de 2017 que la modifica; el Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, aprobado mediante Resolución Exenta N° 267 de fecha 21 de julio de 2014; y la Resolución Exenta RA N°119046/57/2017, de fecha 24 de octubre de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que establece orden de subrogación en el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío”. CONSIDERANDO: 1°. Que, Empresa Eléctrica de la Frontera S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Proyecto Larqui” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: | Nombre o razón social | Empresa Eléctrica de La Frontera S.A. | | Rut | 76.073.164-1 | | Domicilio | Bulnes N° 441, Osorno, Región de los Lagos | | Teléfono | (64) 238 5200 | | Nombre representante legal | Hugo Briones Fernández | | Rut representante legal | 7.810.810-k | | Domicilio representante legal | Bulnes N° 441, Osorno, Región de los Lagos | | Teléfono representante legal | (64) 238 5200 | | Nombre(s) del/los representante(s) legal(es) | Sebastián Sáez Rees | | Rut del/los representante(s) legal(es) | 8.955.392-k | | Domicilio del/los representante(s) legal(es) | Bulnes N° 441, Osorno, Región de los Lagos | | Teléfono del/los representante(s) legal(es) | (64) 238 5200 | 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24/11/2017, el Director Regional de la Región del Biobío ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable identificada en la sección 8 del ICE; cumple con los requisitos de otorgamiento de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales aplicables identificados en la sección 9 del ICE; no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de evaluar un Estudio de Impacto Ambiental; y el titular ha subsanado los errores, omisiones e inexactitudes planteados en los Informes Consolidados de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones. 3°. Que, en sesión de 04/12/2017, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío acordó calificar favorablemente el proyecto “Proyecto Larqui”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de 24/11/2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica: | 4.1. ANTECEDENTES GENERALES | | Objetivo general | El objetivo principal del proyecto consiste en brindar un servicio de mayor calidad a los clientes, al mejorar el sistema de distribución de las comunas de Bulnes, Quillón y Florida, evitando alimentadores extensos como es en la actualidad, descargando a la subestación Cabrero desde donde actualmente se alimenta la comuna de Bulnes, brindando así mayor flexibilidad operacional y mejorando la calidad del servicio. Para lo anterior, se contempla la implementación de una Subestación seccionadora 66 kV (S/E Nueva Tres Esquinas), desde donde comenzará la construcción de 11,3 km de una Línea de Transmisión de 66 kV (LT Nueva Tres Esquinas – Larqui) y una Subestación de transformación de 66/23 kV (S/E Larqui). | | Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones | Tipología Principal: Letra b.1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). Tipología Secundaria: b.2) Subestaciones | | Vida útil | 50 años. | | Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución | En conformidad a lo indicado en el artículo 16 del D.S. N° 40/2012 MMA, y teniendo en cuenta las partes o etapas en que se construirá el proyecto, el titular señaló que la gestión, acto o faena mínima para dar cuenta del inicio de ejecución del proyecto será el emplazamiento de la instalación de faenas. | | Proyecto se desarrolla por etapas | Si | No | El proyecto no se desarrollará por etapas. | | | [X] | | Proyecto modifica un proyecto o actividad | Si | No | El proyecto corresponde a un proyecto nuevo. | | | [X] | | Proyecto modifica otra(s) RCA | Si | No | El proyecto corresponde a un proyecto nuevo que no cuenta con RCA. | | | [X] | | 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO | | División político-administrativa | Región del Biobío, Provincia de Ñuble, comuna de Bulnes | | Descripción de la localización | La Línea de Transmisión a implementar, tendrá una longitud aproximada de 11,3 km comenzando desde el sector Tres Esquinas hacia el sector de Bulnes. A su vez, la S/E Nueva Tres Esquinas y la S/E Larqui se ubican en la zona rural de la comuna de Bulnes, la Subestación Nueva Tres Esquinas, se emplazará a un costado de la ruta N-69, en las cercanías de la localidad del mismo nombre, con la Subestación Larqui, la cual se emplazará a un costado de la Ruta 5 Sur, al este de la ciudad de Bulnes. | | Superficie | La S/E Nueva Tres Esquinas se emplazará dentro del predio de 1 hectárea, dentro del cual utilizará una superficie aproximada de 0,1318 hectáreas correspondiente al cierre perimetral de las instalaciones, de las cuales sólo 48,65 m2 serán utilizados por infraestructura afecta a IFC. Respecto a la S/E Larqui, se emplazará dentro de un predio de 1 hectárea donde la S/E utilizará una superficie de 0,51 hectáreas, de las cuales 53,3 m2 corresponde a infraestructura afecta a IFC. Para la Línea de Transmisión se ha considerado un área total de 22,6 hectáreas aproximadamente, constituida por la superficie donde se emplazará la Línea. Se considera para la Línea de Transmisión de 66 kV que la faja de seguridad será de 20 metros de ancho a lo largo del trazado. | Tipo de superficie | Superficie | | SE Nueva Tres Esquinas (construida) | 48,65 m2 | | SE Larqui (construida) | 53,3 m2 | | Faja de Seguridad LT (Servidumbre) | 22, 6 há | | Instalaciones temporales de Faena (IF) S/E Larqui (Obras Temporales) | 121,4 m2 | | Instalaciones temporales de Faena (IF) SE Nueva Tres Esquinas (Obras Temporales) | 121,4 m2 | | Instalaciones temporales de Faena (IF) Línea de Transmisión (Obras Temporales) | 121,4 m2 | | | Coordenadas UTM en Datum WGS84 | El proyecto está definido por el trazado completo de la línea y por la subestación eléctricas Nueva Tres Esquinas y subestaciones eléctricas Larqui, cuyas coordenadas se presentan a continuación: Coordenadas geográficas de los vértices de la Línea de Transmisión de 66 kV. | N° Estructura | Este | Norte | N° Estructura | Este | Norte | | 1 | 751972,180 | 5923819,620 | 33 | 747418,322 | 5926493,017 | | 2 | 752005,078 | 5923922,089 | 34 | 747240,430 | 5926568,370 | | 3 | 752054,030 | 5924074,560 | 35 | 747057,951 | 5926643,527 | | 4 | 751918,288 | 5924158,437 | 36 | 746923,360 | 5926698,960 | | 5 | 751781,370 | 5924243,040 | 37 | 746761,930 | 5926831,540 | | 6 | 751647,105 | 5924306,553 | 38 | 746613,227 | 5926963,790 | | 7 | 751523,763 | 5924364,897 | 39 | 746487,459 | 5927075,641 | | 8 | 751389,960 | 5924428,190 | 40 | 746339,047 | 5927207,633 | | 9 | 751235,927 | 5924517,438 | 41 | 746206,223 | 5927325,760 | | 10 | 751063,056 | 5924617,600 | 42 | 746077,232 | 5927440,479 | | 11 | 750925,641 | 5924697,220 | 43 | 745992,630 | 5927515,720 | | 12 | 750759,789 | 5924793,316 | 44 | 745853,572 | 5927645,859 | | 13 | 750596,651 | 5924887,839 | 45 | 745710,105 | 5927780,123 | | 14 | 750438,371 | 5924979,548 | 46 | 745567,669 | 5927913,424 | | 15 | 750272,536 | 5925075,634 | 47 | 745425,029 | 5928046,915 | | 16 | 750104,811 | 5925172,816 | 48 | 745289,173 | 5928174,056 | | 17 | 749970,567 | 5925250,597 | 49 | 745145,640 | 5928308,384 | | 18 | 749841,843 | 5925325,181 | 50 | 745002,075 | 5928442,740 | | 19 | 749738,170 | 5925385,250 | 51 | 744857,818 | 5928577,744 | | 20 | 749559,930 | 5925485,970 | 52 | 744715,032 | 5928711,372 | | 21 | 749394,830 | 5925560,146 | 53 | 744572,204 | 5928845,038 | | 22 | 749213,481 | 5925641,622 | 54 | 744431,705 | 5928976,526 | | 23 | 749034,252 | 5925722,145 | 55 | 744305,997 | 5929094,171 | | 24 | 748853,036 | 5925803,561 | 56 | 744188,320 | 5929204,300 | | 25 | 748675,257 | 5925883,433 | 57 | 744030,503 | 5929325,519 | | 26 | 748500,740 | 5925961,840 | 58 | 743872,717 | 5929446,714 | | 27 | 748415,668 | 5926034,205 | 59 | 743714,877 | 5929567,950 | | 28 | 748330,560 | 5926106,600 | 60 | 743560,720 | 5929686,358 | | 29 | 748148,609 | 5926183,673 | 61 | 743402,841 | 5929807,624 | | 30 | 747965,586 | 5926261,200 | 62 | 743247,198 | 5929927,174 | | 31 | 747782,521 | 5926338,745 | 63 | 743141,630 | 5930008,260 | | 32 | 747599,036 | 5926416,467 | 64 | 743.008 | 5.929.963 | Coordenadas subestación eléctrica Nueva Tres Esquinas | Punto | Este | Norte | | V1 | 751.992,52 | 5.923.784,66 | | V2 | 751.044,22 | 5.923.821,86 | | V3 | 751.971,98 | 5.923.832,00 | | V4 | 751.960,28 | 5.923.794,80 | Coordenadas subestación eléctrica Larqui | Punto | Este | Norte | | V1 | 742.980,05 | 5.929.847,12 | | V2 | 743.003,33 | 5.929.895,23 | | V3 | 742.963,47 | 5.929.914,52 | | V4 | 742.940,17 | 5.929.866,37 | Coordenadas WGS-84 Huso 18 Sur | | Caminos de acceso | El principal acceso a la zona de emplazamiento del proyecto se realiza por la ruta 5 Sur, utilizando además rutas interiores que conectan la futura línea de transmisión y sus subestaciones. | Vía de acceso | Tipo | | Ruta 5 sur | Ruta principal | | N-69 | Camino secundario | | N-601 | Camino secundario | | Ruta N°1 Acceso desde Instalación de Faenas en SE Nueva Tres Esquinas | Acceso desde Ruta N-69 que conecta con Instalación de Faenas en SE Nueva Tres Esquinas. Desde este punto se puede acceder a la faja para construir desde el poste N°1 y la conexión a la Subestación Nueva Tres esquinas hasta el poste N°22. | | Ruta N°2 | Ruta N-601. Esta ruta dará acceso para la construcción de los postes 23 a 26 por el lado Oeste y por el otro lado a los postes 22 a 01. | | Ruta N°3 | Camino Secundario que conecta con Ruta N-69. Esta ruta dará acceso para la construcción de los postes 27 a 38 por un lado Oeste y por el otro lado a los postes 26 a 23. | | Ruta N°4 | Camino Secundario que conecta con Ruta N-69. Esta ruta dará acceso para la construcción de los postes 38 a 62 por el lado Oeste y por el otro lado a los postes 38 a 27. | | Ruta N°5 | Camino Secundario que conecta con Ruta 5 Sur. A través de esta ruta existente se tendrá acceso, por un lado, a los postes 63, 64 y conexión a subestación Larqui e Instalación de Faenas de ésta. Por otra parte, también dará acceso a la faja para poder construir los postes 62 a 39. | | | Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones | Capítulo 1, Punto 1.3 de la DIA, Localización Tabla 5, Tabla 6, Tabla 7 y Tabla 8 y Anexo II de la DIA. Anexos I-b y II-b Caminos de Acceso al Proyecto, Adenda Anexo II Archivos Cartográficos Digitales de la Adenda Tabla 4.1 del ICE | | 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO | | 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN | | Parte/obra N° 1: - Instalación de Faenas S/E Larqui. - Instalación de Faenas S/E Nueva Tres Esquinas. - Instalación de Faenas Línea de trasmisión eléctrica. | El proyecto considera 3 instalaciones de faenas. La instalación de faena para la construcción de la Subestación eléctrica Nueva Tres Esquinas, considera una superficie de 356,9 m2, al interior del predio de la Subestación, en el lugar donde se emplazará la infraestructura, ubicado en el sector Tres Esquinas. Por su parte, la instalación de faena para la construcción de la Subestación eléctrica Larqui, será emplazada en una superficie de 734,1 m2, al interior del predio de la Subestación, en el lugar donde se emplazará la infraestructura. Respecto a la superficie utilizada por la instalación de faenas de la Línea de Transmisión Nueva Tres Esquinas-Larqui, esta corresponderá a un área de 2.259,29 m2 aproximadamente. Para mayor detalle, en el Anexo II de la DIA, se presentan los planos detallados de estas infraestructuras. | | Acción 1: Emplazamiento de las instalaciones de faenas | El proyecto considera instalación de faenas para cada uno de los componentes del proyecto, es decir, para la construcción de la Línea de Transmisión Nueva Tres Esquinas-Larqui, para la S/E Nueva Tres Esquinas y la instalación de faenas para la construcción de la S/E Larqui. Todas se ubicarán dentro de los predios del titular. Las instalaciones de faenas de ambas subestaciones, consideran lo siguiente: - Oficina para la administración de la obra - Oficina para la inspección técnica de obra - Oficina técnica - Baños químicos - Bodega para materiales, de 400 m2 - Bodega de combustible - Bodega de RESPEL, de 4 m2 - Sector de acopio de maderas OO.CC - Sector de acopio de materiales - Sector de residuos - Estacionamientos para los vehículos y máquinas - Zona de seguridad | | Parte/obra N° 2: S/E Nueva Tres Esquinas | Se contempla la implementación de una Subestación seccionadora 66 kV (S/E Nueva Tres Esquinas). | | Parte/obra N° 3: S/E Larqui | Se contempla la implementación de una Subestación de transformación de 66/23 kV (S/E Larqui). | | Acción 2: Obras de excavación y fundaciones para Subestaciones | - Subestación Eléctrica Nueva Tres Esquinas: Para la implementación de la plataforma de la subestación eléctrica se realizará una nivelación del terreno para lo cual se estima un volumen de excavación de 3.380 m3. - Subestación Eléctrica Larqui: Para la implementación de la plataforma de la subestación eléctrica se realizará una nivelación del terreno para lo cual se estima un volumen de excavación de 3.380 m3. | | Acción 3: Instalación de obras de las Subestaciones | El proyecto considera la construcción de dos subestaciones eléctricas como se ha detallo anteriormente. De manera general las actividades a realizar las subestaciones son las siguientes: fundaciones, estructuras y cierros metálicos, conductores aéreos, subterráneos y de control, canalizaciones, Aisladores, otros materiales. | | Parte/obra N° 4: Línea de trasmisión eléctrica | Se contempla la construcción de 11,3 km de una Línea de Transmisión de 66 kV (LT Nueva Tres Esquinas – Larqui). | | Acción 4: Limpieza de la faja de seguridad para Línea de Transmisión | Se realizará una Limpieza de la faja de seguridad para la Línea de Transmisión, que incluye el corte de especies exóticas y nativas en la faja de seguridad de la Línea de Transmisión. | | Acción 5: Obras de excavación y fundaciones para Línea | - Línea de Transmisión 66 kV Nueva Tres Esquinas-Larqui Se considera la utilización de postes de hormigón armado de 16,5 y 18 m de largo, con profundidad de enterramiento de 2,75 y 3 m respectivamente (equivalente a 1/6 parte del poste). Además, para entregar estabilidad a las estructuras, se realizarán hoyaduras con las siguientes dimensiones: - Largo 1,5 m - Ancho 1,0 o 1,3 m - Profundidad 2,75 o 3 m Lo que entrega un volumen de remoción de tierra de 4,125 m3 por poste de 16,5 m de altura y 5,85 m3 por poste de 18 m de altura a instalar (para el caso de las estructuras Q se consideran 2 postes), en cuanto a las estructuras de anclaje, son dos excavaciones similares a las ya descritas. Finalmente, se debe considerar 4 excavaciones para los muertos de 1,4 m3 cada una, es decir 5,6 m3 por conceptos de muertos. El volumen de remoción de tierra para la implementación de la Línea de Transmisión, corresponderá a 530 m3. Así el volumen estimado de excavación total del proyecto es de 7.290 m3 | | Acción 6: Montaje de estructuras metálicas | El montaje de las estructuras sólo se iniciará 7 días después de terminado el hormigonado de las fundaciones. Las piezas deberán estar limpias y sin daños. No se permitirán modificaciones, tales como perforaciones ni cortes adicionales. Se aceptará el prearmado en el suelo, tejiendo secciones y luego levantándolas sucesivamente. Si se acepta esta modalidad, cada sección se apernará a la anterior con no menos del 50% de los pernos antes de colocar la sección siguiente, pero deberá contar con el 100% de los pernos para la sección subsiguiente. | | Acción 7: Instalación de Aisladores y ferretería eléctrica | Finalizado del montaje de las estructuras, se procederá a instalar en ellas las cadenas o soportes de aisladores, conforme a la disposición indicada en los planos y en la ingeniería de detalle, previa limpieza en forma cuidadosa y prolija. Los aisladores poliméericos, con resistencia electromagnética de 70 kN para suspensión y de 120 kN para anclaje y remates. Para las estructuras de suspensión (Poste “At” 66.1), de anclaje y remate (Poste “Hv “66.1 y Poste “Q” 66.1) se utilizarán cadenas de disposición vertical compuestas por 14 discos de porcelana. | | Acción 8: Disposición de conductores | En estructuras con disposición vertical de conductores, se procederá en el siguiente orden de tendido: - 1º Conductor central; - 2º Conductor lateral 1, - 3º Conductor lateral 2, Al completarse un tramo de tendido que limite en un extremo con una estructura de anclaje o remate, podrán engramparse a ella los conductores en su posición definitiva, después de ser recepcionado el tramo, por parte de la Inspección. | | Acción 9: Tensado y engrampado | Se podrá comenzar el tensado una vez completado el tendido de todos los conductores y efectuadas las eventuales uniones definitivas, traccionando el conductor hasta obtener los valores contemplados en la Tabla de Temple, valores que son obtenidos antes de iniciar el tendido. Para proceder al tensado, el conductor deberá estar fijo a una estructura de anclaje y debidamente rematado. Luego, una vez tensados los conductores al 100%, se podrá iniciar el engrampado. Durante este proceso, se cuidará de no someter las estructuras de anclaje a esfuerzos de torsión o cargas verticales más allá de las cargas de trabajo, indicadas en su diseño y cálculo. Las grampas de suspensión, anclaje y los terminales para los chicotes de los conductores serán del tipo “apernadas”. | | Acción 10: Eliminación de instalaciones provisorias y limpieza | Esta actividad representa la última acción correspondiente a la etapa de construcción. Una vez instalados los equipos y terminadas las obras civiles, tanto de la línea como de las subestaciones, se procederá a retirar las instalaciones provisorias de faena, tales como oficinas de administración y de inspección técnica, baños químicos, caseta de Primeros Auxilios y bodega de materiales de construcción. También se contempla una limpieza del terreno y se eliminarán los residuos generados durante la etapa de construcción. La madera de embalaje será aprovechada por los mismos trabajadores como leña, mientras que el resto de los residuos serán transportados al lugar de disposición autorizado más cercano a la faena. | | Recursos naturales renovables | Bosque Nativo: El Proyecto considera la corta de 2,43 ha de bosque nativo Suelo: Se contempla la realización de actividades de escarpe y movimientos de tierra se extraerá suelo. | | Emisiones y efluentes | Emisión de MP10, MP2.5, CO, NO2, HC Las emisiones atmosféricas más relevantes corresponden a gases generados por la combustión de vehículos y maquinarias utilizadas en el proyecto, y en menor medida a material particulado resuspendido, producto de las excavaciones y tránsito de vehículos. Considerando que los trabajos de excavación son puntuales y no de manera permanente durante el transcurso de la jornada laboral, se considera que las emisiones serán mínimas durante las faenas. Relativo al movimiento de vehículos, se levantará polvo producto del tránsito por caminos de ripio. La cantidad de polvo resuspendido, tiene directa relación con el tipo de vehículo, las condiciones meteorológicas, el camino y el horario de tránsito, entre otras variables. De acuerdo a lo presentado en el Anexo III de la DIA “Informe de estimación de emisiones atmosféricas” el titular se compromete a: - Todos los camiones y/o maquinaria que transiten con carga que genere levantamiento de polvo, debe realizarlo con la carga cubierta; - Control de velocidad en obra (30 km/h) y en caminos con potencial de generar suspensión de material particulado; - En caso de realizar acopio temporal de materiales, se debe minimizar la permanencia de material en obra, y deberán ser cubiertos por una malla adecuada; de modo que el viento no disperse dichas partículas; - Se humectará cada vez que sea necesario las áreas sensibles y/o las áreas involucradas en actividades que generen suspensión de polvo; - Se prohibirá mantener el motor de vehículos, camiones, y maquinaria en funcionamiento sin motivo, así mismo estas no deben poseer fugas ni generar emisiones de gases visibles; - Se exigirá a todo contratista que sus vehículos motorizados o maquinaria, cuenten con revisión técnica al día, generando registros de esta exigencia; - Se deben mantener elementos de extinción de fuego en obra con sus respectivas mantenciones al día. Se aplicará la medida de “matapolvo” en los accesos secundarios en donde exista población susceptible de ser afectada por emisiones de polvo (MP10 y MP2,5). Esta medida se aplicará sólo en la medida que se utilicen los caminos (Para mayor detalle Ver Anexos I-c (c1, c2, c3, y c4) y Anexo II-h del Adenda). Aguas Servidas El proyecto generará residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas), las que serán almacenadas en baños químicos de acuerdo a la dotación y condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/1999 MINSAL. El manejo de los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Residuos Industriales Líquidos Este tipo de actividad se caracteriza por no generar residuos industriales líquidos en ninguna de sus fases. Ruido Frente a la ubicación de los puntos críticos del proyecto y de acuerdo al tipo de uso de suelo definido por el Instrumento de Planificación Territorial vigente en la Comuna de Bulnes y su respectiva homologación con normativa de referencia D.S. 38/11 MMA, se define zonificación de tipo Zona Rural en la ubicación de 21 receptores, estipulando Zona III para receptor restante. Para la etapa de construcción del proyecto, se clasifica la actividad de fuentes de ruido de acuerdo a cada fase de la etapa constructiva (instalación de faenas, movimiento de tierra, montaje y hormigonado), considerando la acción simultánea de todas las fuentes de ruido de relevancia consideradas, presentando condición de mayor aporte sonoro del proyecto. En base a los resultados obtenidos en la evaluación de ruido de las fases constructivas, se deberán implementar medidas de control de ruido, para lo cual se considerará la incorporación de barreras acústicas móviles en frentes de ruido durante la etapa de construcción. Las dimensiones de estas barreras deberán considerar como mínimo 10 m x 30 m x 10 m de extensión en formato de U, con una altura mínima de 4,8 m. La ubicación de estas barreras deberá ser siempre lo más cercana posible a las fuentes y/o frentes de ruido (distancia no mayor a 2 m), que se desea atenuar y obstruyendo el camino de la propagación sonora entre la fuente de ruido y el receptor más sensible de acuerdo a su ubicación y cercanía. Cabe precisar que el uso de barreras acústicas móviles recomendadas se extiende solo para los frentes de ruido que afectan receptores que superan límites permisibles, en base a lo indicado en el Informe de Ruido adjunto en el Anexo III de la Declaración. De la evaluación de ruido con la implementación de las medidas de control propuesta para las actividades de movimiento de tierra se obtuvo un nivel proyectado entre 42 dBA a 47 dBA, para la fase de montaje se obtuvo un nivel proyectado entre 41 dBA a 47 dBA, mientras que para la fase Hormigonado 40 dBA a 47 dBA, se da cumplimiento a lo estipulado en el D.S. 38/11 MMA. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Residuos Residuo sólido domiciliario Durante la fase de construcción los residuos sólidos domiciliarios se estiman en 0,2 Kg diarios por trabajador. Esto significa que se generaría un máximo de 34 kg diarios de residuos, los cuales serán depositados en contenedores estancos de 5 y 15 m3, para posteriormente ser enviados a sitios de disposición final debidamente autorizados. Estos serán retirados con una frecuencia adecuada que impida la excesiva acumulación de basura o que genere condiciones de insalubridad en la obra. Residuo sólido industrial Durante la etapa de montaje de las estructuras de la Línea y de las Subestaciones, no se generarán residuos en la faja de la Línea. Los residuos generados, correspondientes a embalajes, se encontrarán en las instalaciones de faena (cartones, plásticos, madera, cables y restos metálicos), en sectores especialmente habilitados para ello, los que contarán con su respectiva autorización sanitaria. Los restos de cartones, plásticos, madera, cables y restos metálicos, serán seleccionados de acuerdo a su estado y posible reutilización. En caso de que estos sean reutilizables serán almacenados y transporta dos a bodegas de la empresa. El resto de los residuos serán acopiados en un sector especialmente habilitado para esto. Se contempla 1 retiro mensuales por instalación, con una cantidad estimada de 100 m3 mes aproximadamente cada una. Residuos peligrosos Se prevé una baja generación de residuos peligrosos en el área del proyecto, principalmente lo que se refiere a material contaminado por hidrocarburos. Sin embargo, el titular ha considerado dentro de sus instalaciones de faena, la incorporación durante la fase de construcción de una Bodega de Residuos Peligrosos por cada instalación de faenas, para lo cual, considerando la temporalidad de la faena, se contempla la presentación del PAS 142. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Capítulo 4.6, Fase de Construcción, sección 4.6.3 Recursos naturales a extraer, explotar o utilizar, sección 4.6.4. Emisiones y efluentes, subsección 4.6.4.1. Emisiones a la atmósfera, 4.6.4.2. Emisiones líquidas o efluentes, 4.6.4.3.Emisiones de Ruido, y sección 4.6.5.Residuos. | | 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN | | Parte/obra N° 1: Subestación eléctrica de 66 kV denominada “Subestación Nueva Tres Esquinas”, con su respectiva Conexión a LT de 66 kV. | La subestación Nueva Tres Esquinas 66 kV será de características patio abierto y su desarrollo comprende: Paño B1 (Línea a SE Chillán) Se construirá un (1) paño de línea 66 kV, con los siguientes equipos: - Un (1) interruptor de poder de accionamiento tripolar tensión nominal 72,5 kV, montado sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) desconectador tripolar vertical tensión nominal 72,5 kV, motorizado con cuchilla de puesta a tierra, montado en estructura metálica (parrón) anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) desconectador tripolar vertical tensión nominal 72,5 kV, motorizado sin cuchillas de puesta a tierra, montado en estructura metálica (parrón), anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) transformador de potencial razón 69: √3/0.155:√3kV montado sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Tres (3) transformadores de corriente tensión minal 72,5kV, montados sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Tres (3) Pararrayos 66 kV montados sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón. Paño B2 (Línea a SE Charrúa) Se construirá un (1) paño de línea 66 kV, con los siguientes equipos - Un (1) interruptor de poder de accionamiento tripolar tensión nominal 72,5 kV, montado sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) desconectador tripolar vertical tensión nominal 72,5 kV, motorizado con cuchilla de puesta a tierra, montado en estructura metálica (parrón) anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) desconectador tripolar vertical tensión nominal 72,5 kV, motorizado sin cuchillas de puesta a tierra, montado en estructura metálica (parrón), anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) transformador de potencial razón 69: √3/0.155:√3 kV montado sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Tres (3) transformadores de corriente tensión nominal 72,5kV montados sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Tres (3) Pararrayos 66 kV montados sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón. Paño B3 (Línea a SE Larqui) Se construirá un (1) paño de línea 66 kV, con los siguientes equipos: - Un (1) interruptor de poder de accionamiento tripolar tensión nominal 72,5 kV , montado sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) desconectador tripolar vertical tensión nominal 72,5 kV, motorizado con cuchilla de puesta a tierra, montado en estructura metálica (parrón) anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) desconectador tripolar vertical tensión nominal 72,5 kV, motorizado sin cuchillas de puesta a tierra, montado en estructura metálica (parrón), anclada a una fundación de hormigón; - Un (1) transformador de potencial razón 69: √3/0.155:√3kV montado sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Tres (3) transformadores de corriente tensión nominal 72,5kV montados sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón; - Tres (3) Pararrayos 66 kV montados sobre estructura metálica anclada a una fundación de hormigón. Paño TPB (Paño Protección y Medida) Se construirá un (1) paño de Potencial 66 kV, con los siguientes equipos: - Tres (3) transformadores de potencial razón 69: √3/0.155:√3 kV montados sobre una estructura metálica anclada a una fundación de hormigón. Barras La barra de 66 kV Comprende: - Construcción de parrón de 66 kV con capacidad para seis paños, soportada en estructuras metálicas de acero galvanizado. Conductor traccionado; Montaje de barra 66 kV tipo traccionada con un conductor por fase. | | Parte/obra N° 2: Línea de transmisión de 66 kV de 11,3 km de extensión que une la S/E Nueva Tres Esquinas con la S/E Larqui, denominada “Línea de Transmisión Nueva Tres Esquinas – Larqui”. | Para la materialización de la Línea de Transmisión de 66 kV se utilizarán 64 estructuras correspondientes a postes de hormigón armado de 16,5 y 18 m de altura efectiva. Se utilizarán Postes HA en toda su extensión para las estructuras de remate, anclaje y suspensiones. Los aisladores para todas las estructuras se considerarán poliméricos. Los conductores estarán a una altura mínima del suelo de 6,9 m y serán de aluminio clase AAAC ALLIANCE. En el punto destinado a cada estructura se hará la excavación necesaria, cuidando siempre de no afectar los terrenos cercanos. Se emplearán máquinas excavadoras y métodos manuales. Las características de las estructuras se presentan en la siguiente tabla: | Tipo | Altura | Cantidad | | Poste “Q” | H16.5 | 11 | | Poste “At” | H16.5 | 51 | | Poste “Hv” | H16.5 | 1 | | H18 | 1 | | Total | 64 | | | Parte/obra N° 3: Subestación eléctrica de 66/23 kV denominada “Subestación Larqui”, con su respectiva conexión a LT de 66 kV. | La subestación Larqui 66/23 kV en su primera etapa considera la instalación de un transformador de 16 MVA y dos alimentadores en 23 kV, que alternarán parte de la red de distribución de la zona. Patio de 66kV: Barra 66kV, Paño de transformación 66kV, Paño de Línea 66 kV. Transformador de poder 66/23-23kV - Barra seccionada: Transformador de poder 66/23-23kV, 16MVA con CTBC, Barra seccionada. Patio de 23kV: Barra principal de 23kV, Barra de transferencia 23kV, Paño de transformación 23 kV, Paño de alimentador N°1 23 kV, Paño de alimentador N°2 23kV, Paño de transferencia 23kV, Paño de alimentador N°3 23 kV (Futuro), Paño de alimentador N°4 (Bco. CCEE Futuro) 23 kV, Paño de TTPP 23 kV, Paño SSAA 23/0,4kV, 45 kVA. | | Acción 1: Mantenimiento preventivo básico | Para el caso de la Línea considera recorridos pedestres con 2 o 3 personas, una o dos veces al año, inspección visual de conductores, estructuras y componentes de suspensión y anclaje. Para ello no se utiliza equipamiento mayor, eventualmente herramientas de mano y equipos de medición a distancia. Para las subestaciones se realizará una vez al año y comprende limpieza de equipos e instalaciones, inspección y reapriete de equipos y estructuras eléctricas, mediciones de verificación y chequeo (según catálogos) de cada equipo. Para esto se requerirá aproximadamente diez personas y eventualmente se utilizará equipamiento mecánico menor al interior del predio de cada subestación. | | Acción 2: Mantenimiento correctivo básico | Este mantenimiento es de una envergadura menor, basada en anomalías detectadas en la inspección tanto pedestre para la Línea como visual para las subestaciones. Hay uso de equipo mecánico menor y un grupo reducido de personas llamadas brigadas (4 o 5 personas por zona de trabajo) que trabajan principalmente en altura (estructuras), sin afectar al terreno privado. Cada brigada atenderá una zona de trabajo, regularmente se ven hasta tres zonas. | | Acción 3: Mantenimiento contra falla | Corresponde a la reparación de las instalaciones, tras fallas que comprometan la transmisión de energía. Su envergadura depende de las anomalías producidas. Este mantenimiento se realiza con programación de corto plazo, después de producida la falla y generalmente involucra una estructura o un tramo de la Línea. | | Acción 4: Mantenimiento del roce de la faja de seguridad. | Debe realizarse a lo menos una vez al año, acción que requiere contar con 5 personas para una faena adecuada. | | Recursos naturales renovables | No se contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables durante la fase de operación del proyecto | | Emisiones y efluentes | Emisión MP10, CO, HC, NO2 Se levantará polvo producto del tránsito de vehículos por caminos de tierra. La cantidad de polvo resuspendido, tiene directa relación con el tipo de vehículo, las condiciones meteorológicas, el camino y el horario de tránsito, entre otras variables. La generación de polvo producto del tránsito vehicular será mínima, ya que se harán sólo mantenciones de rutina dos veces al año en vehículos livianos. El tránsito de vehículos podría aumentar en función a las contingencias y/o emergencias que se presenten en la fase de operación. Aguas servidas Sólo generará residuos líquidos dentro de las Subestaciones. Por lo anterior, para la S/E Nueva Tres Esquinas y S/E Larqui, consideran cada una un sistema particular de alcantarillado que consiste en una fosa séptica. Según lo anterior, se estima una generación de 1,8 m3/año de aguas servidas. Ruido En el Anexo III de la DIA se presentó estudio de ruido ambiente, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (D.S. N° 38/11). En términos generales, las Líneas de Transmisión se diseñan de tal forma que minimicen el efecto corona, considerando que su manifestación supone igualmente una pérdida de su capacidad de transporte de energía. Parámetros que se consideran comprenden la tensión de la Línea, humedad relativa, número de subconductores y su estado propio. Frente a sus eventuales efectos en la salud humana producto de su generación de ruido y efectos electromagnéticos, la Organización Mundial de la Salud (OMS), en publicación de noviembre de 2008 declara que “ninguno de estos efectos es suficientemente importante para afectar a la salud” (Nota descriptiva Nº 205, noviembre 2008, OMS). De acuerdo a los resultados obtenidos se concluye que todas las instalaciones del Proyecto Larqui, la Línea de Transmisión de 66kV Nueva Tres Esquinas-Larqui y las subestaciones Nueva Tres Esquinas y Larqui, satisfacen las normas de campo electromagnético de baja frecuencia y de radio interferencia. En el Anexo III, se encuentra Evaluación de Ruido Ambiente e Impacto Acústico con detalle del cálculo antes mencionado. Campos electromagnéticos En resumen el informe establece que de la información recogida por las simulaciones y en la investigación bibliográfica referente a efectos electromagnéticos provocados por subestaciones de voltaje y potencia similares a las subestaciones analizadas, se concluye que la magnitud de campo eléctrico existente a 1,0 metro de altura sobre el suelo en el borde inmediato de subestaciones de 66 kV no representa ningún riesgo para personas, ya que es inferior al límite de 5.000 V/m considerado en la recomendación de la ICNIRP, como un valor seguro para público general y exposición permanente. La magnitud de campo magnético máximo, no representa ningún riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite de 100 µ Tesla considerado como seguro para público general y exposición permanente por la ICNIRP. El máximo ruido de radio frecuencia (interferencia a las señales de radio y televisión) generado por subestaciones de similares características a las Subestaciones Nueva Tres Esquinas y Larqui es inferior al máximo propuesto de 49 [dB/ 1^V/m] recomendado por la normativa canadiense. Para mayores antecedentes ver Anexo III de la DIA, donde se presentaron estudios realizados para las diferentes partes del proyecto. | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | Residuo sólido domiciliario Se estima una generación máxima de 7,5 kg aproximadamente por instalación. Los residuos domésticos generados serán depositados en sitios habilitados para su disposición, hasta su posterior retiro. En relación a la fase de operación de la Línea de Transmisión, se estima que los volúmenes de residuos sólidos generados serán nulos. De generarse algún tipo de residuo, éste será transportado a las dependencias establecidas de la empresa siendo depositados en sitios habilitados para su disposición, hasta su posterior retiro. | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Capítulo 4.7. Fase de Operación Sección 4.7.4. Emisiones y efluentes Sección 4.7.5. Residuos | | 4.3.3. FASE DE CIERRE | | Parte/obra N° 1: Instalación de faena contratista | En el caso de existir una fase de cierre se considera la habilitación de una instalación de faenas | | Acción 1: Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura | El Proyecto no considera una fase de cierre, sin embargo, si se produjese algún hecho que llegase a requerir el retiro total de la Línea y/o su Subestaciones, se determinará un plan de acción para el desmantelamiento de ésta, el cual incurre en las siguientes acciones: - Contratación de personal temporal (contratista): Se llamará a licitación privada a empresas de construcción y montaje; - Instalación de faena contratista: Se instalarán las oficinas y bodegas necesarias para el desarrollo de la obra de desmantelamiento; - Retiro de infraestructura, postes, aislación y conductores existentes: Se procederá al retiro en primera instancia de los conductores, la aislación y estructuras de la Línea y/o Subestaciones. A su vez, se desmantelará la infraestructura de la subestación, privilegiando su reúso o reciclaje y como última opción la de disposición final en lugar autorizado. Estas actividades se realizan con apoyo de equipos mecánicos y camiones grúas; Eliminación de instalaciones provisorias y limpieza: En esta etapa se procede al retiro de las instalaciones provisorias y se realiza el respectivo orden y aseo de las áreas involucradas. | | Recursos naturales renovables | No considera | | Emisiones y efluentes | No considera | | Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. | No considera | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. | Capítulo 4.8.Fase de Cierre del ICE | | 4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO | | 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN | | Fecha estimada de inicio | Junio de 2019 | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Emplazamiento de la instalación de faenas. | | Fecha estimada de término | Agosto de 2020 | | Parte, obra o acción que establece el término | Desmantelamiento de las instalaciones de faenas | | 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN | | Fecha estimada de inicio | Septiembre de 2020, | | Parte, obra o acción que establece el inicio | Energización de la Línea. | | Fecha estimada de término | No se prevé fase de cierre o abandono | | Parte, obra o acción que establece el término | No se prevé fase de cierre o abandono | | 4.4.3. FASE DE CIERRE | | Fecha estimada de inicio | No se prevé fase de cierre o abandono | | Parte, obra o acción que establece el inicio | No se prevé fase de cierre o abandono | | Fecha estimada de término | No se prevé fase de cierre o abandono | | Parte, obra o acción que establece el término | No se prevé fase de cierre o abandono | 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: | 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS | | Impacto ambiental | Aumento de las concentraciones de PM10 Emisiones electromagnéticas Superación de los valores de ruido establecidos en la norma Exposición a contaminantes por mal manejo de residuos | | Parte, obra o acción que lo genera | Emplazamiento de las instalaciones de faenas Obras de excavación y fundaciones para Subestaciones Limpieza de la faja de seguridad para Línea de Transmisión Operación de la Línea de transmisión de 66 kV | | Fase en que se presenta | Construcción/Operación | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 6.1. Sobre la inexistencia de riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos. | | En la etapa de construcción, se generarán gases propios de la combustión interna de los motores de vehículos livianos y pesados. Además, se generarán en forma eventual, emisiones producto del funcionamiento de los grupos electrógenos de respaldo a petróleo a utilizar. Se producirá resuspensión de polvo fugitivo debido a las excavaciones para la instalación de las estructuras. El titular señala que aplicará la medida de “matapolvo” en los accesos secundarios en donde exista población susceptible de ser afectada por emisiones de polvo (MP10 y MP2,5). Esta medida de manejo ambiental se aplicará sólo en la medida que se utilicen los caminos, y será complementaria a la humectación de caminos. En los Anexos I-c (c1, c2, c3, y c4) y Anexo II-h del Adenda, se presentaron las zonas de aplicación de medidas de control de material particulado (“matapolvos”) con mayor nivel de detalle. Respecto a la etapa de operación, la utilización de vehículos se considera mínima y está asociada sólo a las actividades de mantención y trabajadores que visiten las instalaciones. En consideración de la evaluación acústica del proyecto, presentada en el Anexo III de la DIA, se concluye que el proyecto dará cumplimiento, en todas sus fases, a la normativa vigente, D.S. N° 38/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. El proyecto generará durante la fase de construcción residuos líquidos domésticos (aguas servidas), para lo cual se implementarán baños químicos en cada instalación de faena, que serán manejados por una empresa autorizada. Por su parte, en la etapa de operación de las Subestaciones, las aguas servidas provenientes de las instalaciones del personal, serán canalizadas mediante un sistema de alcantarillado particular, e ingresarán a una fosa séptica para luego ser retiradas para disposición final a dispuesto a través de drenes de infiltración. El titular se compromete a presentar de forma sectorial los antecedentes y requisitos técnicos relativos a la autorización para el proyecto de alcantarillado particular de la S/E Nueva Tres Esquinas y la S/E Larqui ante el organismo competente. En el Anexo III de la DIA se adjuntó el Informe de Campos Electromagnéticos para Línea de Transmisión y subestaciones. Se establece que no representa ningún riesgo para personas, ya que es inferior al límite de 5.000 V/m considerado en la recomendación de la ICNIRP, como un valor seguro para público general y exposición permanente. La magnitud de campo magnético máximo, no representa ningún riesgo para personas, por cuanto es inferior al límite de 100 micro Tesla considerado como seguro para público general y exposición permanente por la ICNIRP. El máximo ruido de radio frecuencia (interferencia a las señales de radio y televisión) generado por subestaciones similares en niveles de voltaje máximo, es inferior al máximo propuesto de 49 [dB/ 1^V/m] recomendado por la normativa canadiense. Residuos sólidos domiciliarios Durante la construcción los residuos domiciliarios o asimilables serán almacenados en contenedores cerrados dentro de las instalaciones de faenas, en un área que cuente con la respectiva autorización sanitaria y depositados en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. En relación a la fase de operación, estos desechos domésticos serán depositados en bolsas de polietileno y acumulados en contenedores herméticos, los que estarán claramente identificados, para ser finalmente retirados en forma periódica, por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado Residuos de construcción Cabe indicar que, para las Subestaciones, los residuos sólidos generados en esta etapa corresponden principalmente a material remanente de construcción, tal como despuntes, restos de madera y metálicos, material de embalaje, entre otros, los que serán acumulados en un sectores especialmente habilitado e identificado para su reutilización o disposición en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria. El material de escarpe generado durante las obras de preparación del terreno, será dispuesto en el mismo terreno o enviado a botaderos autorizados para su disposición. Residuos peligrosos Dado que toda la mantención de las maquinarias utilizadas se realizará en lugares autorizados, fuera del área del proyecto, no se prevé la generación de residuos de tipo peligrosos durante la etapa constructiva. Sin embargo, y en caso de generarse residuos peligrosos en esta etapa, cada instalación de faena considera una bodega para el manejo y almacenamiento temporal de residuos peligrosos, todo esto de acuerdo a las exigencias técnicas del MINSAL y el Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos Nº 148, la cual se implementará principalmente lo que se refiere a material contaminado por hidrocarburos posible de generarse. Dada las características, en las fases de operación no se prevé la generación de este tipo de residuos. | | 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE | | Impacto ambiental | Pérdida de suelo por acciones de despeje para la construcción del proyecto Pérdida de individuos de especies de flora en categoría de conservación Colisión y electrocución de avifauna Emisiones en la tapa de construcción. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Suelo, flora y fauna, aire | | Parte, obra o acción que lo genera | Instalación de Faenas S/E Larqui. Instalación de Faenas S/E Nueva Tres Esquinas. Instalación de Faenas Línea de trasmisión eléctrica. Obras de excavación y fundaciones para Subestaciones Instalación de obras de las Subestaciones Limpieza de la faja de seguridad para Línea de Transmisión Obras de excavación y fundaciones para Línea Montaje de estructuras metálicas Operación de la Línea de transmisión de 66 kV | | Fase en que se presenta | Construcción/Operación | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 6.2. Sobre la inexistencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. | | Dentro de los estudios de caracterización de área de influencia del componente flora y vegetación realizados y presentados en el Anexo XII de la Adenda, se identificaron nueve Unidades Homogéneas de Vegetación (UHV), las cuales corresponden a: Bosque nativo, cortinas arbóreas, cultivo agrícola, matorral, plantación de exóticas, pradera; y un total de 8 usos de suelo, los cuales incluyen las UHV ya mencionadas además de Áreas construidas y caminos. De dichas formaciones vegetacionales la que presenta mayor superficie dentro del área de emplazamiento del proyecto corresponde a cultivo agrícola, la cual se encuentra cubriendo alrededor del 52% del total de la superficie considerada para el proyecto. De las especies nativas descritas en el área de influencia del proyecto, no se registró la presencia especies bajo categorías de conservación. En cuanto a la fauna, en relación a las aves registradas en el área de estudio se pudo determinar la presencia de 29 especies, de las cuales una se encuentra con problemas de conservación correspondiente a Theristicus melanopis melanopis clasificada como Vulnerable por el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE). Debido a la configuración geométrica de los postes que se utilizaran en este proyecto, existe una baja probabilidad de electrocuciones de aves, puesto que la mayor cantidad de postes utilizados corresponde al Poste tipo “At” el que presenta una separación entre los conductores de 2 metros de forma diagonal y 1,6 metros en forma vertical, y el poste tipo “Q” una separación entre conductores de 2,4 m, las cuales son distancias adecuadas para evitar el impacto por electrocución en la especie Theristicus melanopis melanopis presente en el área de influencia del proyecto, puesto que ésta especie presenta una envergadura alar de 100 - 110 cm aproximadamente, por lo tanto, no existiría contacto con los conductores. No obstante, lo anterior, como medida complementaria se instalarán disuasores de vuelo, la función de estos disuasores es permitir que el conductor sea más notario y de esta forma el ave esquive los conductores. En la figura 30 de la Adenda se presentan los sectores de la línea en donde se propone la instalación de estos disuasores, para mayor detalle revisar Anexo-Id (d.1, d.2, d.3 y d.4) y Anexo II-d del Adenda. En relación a la posible electrocución de aves, se desarrolló un Plan de Prevención de Contingencias de Colisión de Aves, adjunto en el Anexo VI c del Adenda, en el cual se establece la ejecución del plan, los planes de acción, el responsable, entre otros. En relación a reptiles, se registró la presencia de Liolaemus cyanogaster y Liolaemus pictus ésta última se encuentra catalogada como Preocupación Menor según el D.S N°16/2016 MMA. Dado lo anteriormente expuesto se puede concluir que la materialización del proyecto no producirá efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de la fauna silvestre presente en el área del proyecto. El proyecto no se relaciona directamente con el componente agua. En cuanto al impacto al aire, se tomarán medidas de control tales como humectación de caminos, control de velocidad de vehículos, la maquinaria utilizada durante la etapa de construcción, contará con revisión técnica al día. Respecto al uso del suelo, se debe tener en cuenta que si bien la mayor parte del proyecto se emplazará sobre suelos de aptitud agrícola se debe tener en consideración, que dada la naturaleza del proyecto, las intervenciones sobre este recurso serán de carácter puntual y estarán limitadas a las estructuras (postes) que soportarán el tendido eléctrico, por lo cual la afectación sobre el recurso suelo producto de las actividades de construcción y ejecución del proyecto serán sobre una superficie puntual dentro del área de estudio. Dada la naturaleza del proyecto, su operatividad no involucra un impacto a la condición natural del suelo, agua o aire. | | | | 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS | | Impacto ambiental | Impacto en el flujo de transporte y circulación en las redes viales, Impacto en el uso o restricción al acceso de los recursos naturales usados como sustento económico del grupo, Dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios | | Parte, obra o acción que lo genera | Emplazamiento de las instalaciones de faenas Obras de excavación y fundaciones para Subestaciones Limpieza de la faja de seguridad para Línea de Transmisión Operación de la Línea de transmisión de 66 kV | | Fase en que se presenta | Construcción/Operación | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 6.3. Sobre la inexistencia de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. | | En cuanto al acceso en la etapa de construcción del proyecto de la Línea de Transmisión y Las Subestaciones, este corresponde a la misma ruta N-69, la ruta N-601, considerando la cercanía entre éstas y el trazado del proyecto. Respecto a los caminos interiores, estos serán utilizados exclusivamente por el tiempo determinado para la construcción del proyecto (15 meses aproximadamente). Dada la cantidad de vehículos a utilizar, se determinó que las obras asociadas al proyecto en general no obstruirán o restringirán la libre circulación de los habitantes locales, como tampoco aumentar el tiempo de desplazamiento en estos caminos. En la Tabla 12 y tabla 13 del adenda se entregan el Flujo Vehicular actual y proyectado concluyendo que el aumento de tránsito para las rutas indicadas es bajo por lo que se estima que no generará alteraciones de flujo existente, por lo tanto, se descarta también la alteración al entorno y población cercana producto del aumento de flujo vehicular. Por otra parte el titular se compromete a disminuir el flujo vehicular, en los horarios de entrada y salida de la escuela Evaristo Ogalde, con el fin de disminuir la posible congestión vehicular en las rutas utilizadas por los usuarios de la escuela y al bajo flujo en etapa de construcción y casi nulo en la etapa de operación, se concluye que no existen impactos significativos asociados al tránsito del proyecto. No obstante, lo anterior, en la etapa de construcción del proyecto, se solicitará apoyo de carabineros para el ingreso de camiones cama baja con equipos y estructuras y se implementarán señaléticas en zonas de la ruta N-69 y N-601. Para el caso de la señalética, existirá evidencia fotográfica, además de evidencia documental (Solicitud de Permisos), además en caso de ser necesario se solicitará el apoyo de carabineros para las maniobras que así lo requieran y/o se implementarán bandereros (paleteros). El trazado de la Línea de Transmisión y las subestaciones no afectará las rutas principales o secundarias utilizadas por los habitantes de comunidades locales, por lo que se desestima la posibilidad de afectar acceso a bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Asimismo, se presentó plano en formato A2, ver Anexo XI-c (c1, c2, y c3) de la Adenda, con la población y los servicios comunitarios existentes, junto a caminos utilizados y las rutas que serán utilizadas para el desarrollo del proyecto. Por último, el titular se comprometió de manera voluntaria a la aplicación de “matapolvos” en los tramos de accesos a la faja. Ver Anexo I c (c.1, c.2, c.3 y c.4) del Adenda. Se estable un plan de comunicación que contemplará un acercamiento con la Junta de Vecinos, La escuela Evaristo Ogalde a través del centro de padres y el departamento de salud de la municipalidad de Bulnes, entidad a cargo del Cecosf de Tres Esquinas, para así poder incorporar a las principales organizaciones y servicios del sector. El plan de comunicación se realizará previo a la construcción del proyecto, y considerará reuniones entre la comunidad y la empresa, las reuniones se coordinarán con los dirigentes, directores y encargados de estas organizaciones, adaptándose a las fechas y condiciones de la población local, serán reuniones de carácter informativo. La estrategia considerará folletos con las fechas y lugar de las reuniones, así como un croquis a los asistentes con las rutas a utilizar, los folletos estarán disponibles en la escuela, la junta de vecinos, cecosf y negocios que se encuentra en la ruta N 69. Como verificadores se entregará un documento gráfico (fotografías) que dé cuenta de la realización de las reuniones y/o el acta de reunión con los actores involucrados, el registro de asistencia y fotografías será de forma voluntaria por parte de los asistentes. Por último, por la relevancia que significa para el sector la Cabalgata por los caminos de O´Higgins, el titular se compromete en caso de ser necesario, a no realizar actividades de construcción y/o mantención en la fecha que se realice la cabalgata. En caso de suspensión (y dependiendo del turno que se adjudique el contratista), como verificador se entregará el compromiso voluntario a la Ilustre Municipalidad de Bulnes, entidad encargada de realizar el evento. Respecto a grupos humanos indígenas, tanto la prospección en terreno como el levantamiento de información en fuentes secundarias permiten concluir que no se reconoce presencia de comunidades indígenas dentro del área de influencia. El levantamiento de información también permitió descartar la presencia de sitios de significación cultural y el desarrollo de prácticas culturales exclusivas del mundo indígena en el área de influencia del proyecto. Según lo presentado en la Adenda 1 el titular aclara que, entre los moradores de las viviendas cercanas al proyecto, identificadas como receptores de ruido y que pudieron ser entrevistados (ver tabla 31 del Adenda), no se identificaron personas con ascendencia indígena, por lo que se concluye que en el área de influencia del proyecto no habita GHPPI. Al respecto la CONADI, según lo señalado en el ORD N° 308, señala que se subsanaron satisfactoriamente las observaciones realizadas por la CONADI en el Ordinario N° 80 del 28 de febrero de 2017, por lo que este servicio considera que el Proyecto no generara afectación a personas o grupos humanos indígenas. | | | | 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR | | Impacto ambiental | Susceptibilidad de afectación a población protegida | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | En consideración a la justificación del área de influencia del proyecto así como el espacio geográfico donde el proyecto se emplaza, donde no existe presencia de comunidades o personas con apellido indígena ni grupos humanos, poblaciones, es posible señalar que el proyecto no generará alteración significativa sobre ningún componente ambiental o recursos protegidos. | | Parte, obra o acción que lo genera | No aplica | | Fase en que se presenta | Construcción/Operación | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 6.4. Sobre la inexistencia de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. | | Como se indicó anteriormente en el área de influencia del proyecto no se logró identificar comunidades ni familias con descendencia indígena; tanto por la información catastratada en terreno, como por la entregada por informantes claves de la comunidad, por lo tanto el proyecto no presenta proximidad a población protegida, y por ente no genera susceptibilidad de afectación a la misma. Al respecto la CONADI, según lo señalado en el ORD N° 308, señala que se subsanaron satisfactoriamente las observaciones realizadas por la CONADI en el Ordinario N° 80 del 28 de febrero de 2017, por lo que este servicio considera que el Proyecto no generara afectación a personas o grupos humanos indígenas. Dada las características del proyecto y su localización, tal como se indicó anteriormente respecto a recursos, áreas o territorios protegidos, en el área de influencia del proyecto, no se logró identificar comunidades ni familias con descendencia indígena; tanto por la información catastrada en terreno, como por la entregada por informantes claves de la comunidad. | | | | 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA | | Impacto ambiental | Obstrucción de la visibilidad a una zona con valor paisajístico. Alteración de los atributos de una zona con valor paisajístico. | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | En consideración a la justificación del área de influencia del proyecto así como el espacio geográfico donde el proyecto se emplaza donde no existe un valor paisajístico ni turístico, se descarta la generación de una alteración significativa de algún componente ambiental. | | Parte, obra o acción que lo genera | No aplica | | Fase en que se presenta | No aplica | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 6.5. Sobre la inexistencia de alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. | | El proyecto no obstruirá la visibilidad de ninguna zona con valor paisajístico. Ya que en relación a los resultados de la evaluación de paisaje (Anexo III de la DIA) y en especial los referidos a la caracterización de su tipo, visibilidad y calidad, se encuentran fuertemente moderados por: - Las características biofísicas, estructurales y estéticas del paisaje, las cuales determinan que posea una categoría de calidad visual baja, resultado que se explica por la intervención antrópica del sector (habilitación de cultivos y emplazamiento de zonas urbanas). - Las condiciones de visualización de los potenciales observadores, las cuales están reguladas por la presencia de obstáculos visuales, localización del proyecto y condiciones atmosféricas, así como también la posición del observador. Producto de la existencia de obstrucción visual, asociada principalmente a zonas urbanas (casas, letreros, postes, vegetación, etc) y cortinas vegetales, el grado de exposición que tendría el proyecto desde la ruta N-69 no sería significativo, esta situación cambia desde la ruta N-601, que tiene una alta visibilidad, no obstante esta ruta es muy poco transitada, por lo que los potenciales observadores son escasos. Se puede concluir que la Unidad de Paisaje donde se inserta el proyecto, posee valor paisajístico por la presencia de vegetación (matorral y herbáceas principalmente). No obstante, este atributo no se verá afectado visualmente por la materialización del proyecto, ya que la intervención es acotada, descartando con ello cualquier efecto significativo sobre el paisaje en el que se insertará. Por otra parte, el proyecto no se localiza en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional. El proyecto no alterará atributos de una zona con valor paisajístico. El proyecto no generará obstrucción del acceso ni alteración de zonas con valor turístico. | | | | 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL | | Impacto ambiental | Alteración al patrimonio cultural | | Componente(s) ambiental(es) afectado(s) | Dada la definición del área de influencia del proyecto considerando dicho componente, no se prevé una alternación a sitios arqueológicos, dado que estos no se encuentran presentes. | | Parte, obra o acción que lo genera | No aplica | | Fase en que se presenta | No aplica | | Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico | Capítulo 6 del ICE “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”. Sección 6.6 Sobre la inexistencia de alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural | | El proyecto no considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro, intervención o modificación de algún Monumento Nacional ya que se determinó la total ausencia de monumentos históricos, zonas típicas y santuarios de la naturaleza en la Comuna de Bulnes (Ver Anexo del Adenda). No obstante, para resguardar el componente patrimonial y arqueológico, se dispondrá de la presencia de un arqueólogo durante la etapa de excavaciones en la fase de construcción. Cabe señalar, que ante la eventual aparición de restos arqueológicos y/o paleontológicos no previstos durante la ejecución de las obras, se dará aviso a las autoridades competentes, procediendo según lo establecido en los artículos 26º y 27º de la Ley N° 17.288 sobre Monumentos Nacionales y los artículos 20° y 23° del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. El proyecto no se emplaza en un área en que existan este tipo de elementos. No se evidenció presencia de sitios de significación cultural o prácticas culturales de algún grupo humano específico que pudieran verse afectadas por las obras a ejecutar por el proyecto. En cuanto a población protegida, no se identificaron elementos culturales propios de grupos indígenas en el sector, mientras información de fuentes secundaria sugieren la inexistencia de comunidades indígenas. Sólo se identificó una comunidad indígena emplazada a más de 18 km del área de estudio, aproximadamente en el sector de Chillan Viejo y que se encuentra fuera del área de influencia del proyecto. Según lo presentado en la Adenda 1 el titular aclara que, entre los moradores de las viviendas cercanas al proyecto, identificadas como receptores de ruido y que pudieron ser entrevistados (ver tabla 31 del Adenda), no se identificaron personas con ascendencia indígena, por lo que se concluye que en el área de influencia del proyecto no habita GHPPI. Al respecto la CONADI, según lo señalado en el ORD N° 308, señala que se subsanaron satisfactoriamente las observaciones realizadas por la CONADI en el Ordinario N° 80 del 28 de febrero de 2017, por lo que este servicio considera que el Proyecto no generara afectación a personas o grupos humanos indígenas. | 6°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS | 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular, del artículo 138 del Reglamento del SEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Operación | | Parte, obra o acción a la que aplica | Sistema de tratamiento en las subestaciones Larqui y en la Nueva Tres Esquinas respectivamente. Sistema corresponde a una fosa séptica prefabricada de polietileno reforzado marca Infraplast o similar en calidad, esta poseerá una capacidad total de 2.350 L y 2.200 L de capacidad útil como mínimo. Los antecedentes de este PAS fueron complementados por el titular en el anexo VIII de la Adenda del proyecto. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Durante la evaluación ambiental no se establecieron condiciones o exigencias relativas al PAS. | | Pronunciamiento del órgano competente | ORD. Nº 535 de fecha 1 de marzo de 2017 y ORD. Nº 1632 de fecha 6 de julio de 2017, donde la Autoridad Sanitaria se pronuncia indicando que el titular ha entregado los antecedentes que le permiten cumplir con los requisitos del presente PAS. | | 6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Zona de acopio de residuos ubicada en cada instalación de faena, las instalaciones serán de carácter temporal ya que se eliminará una vez que concluyan las obras de construcción del proyecto. Los contenidos técnicos y formales que deben presentarse para acreditar su cumplimiento fueron presentados en el punto 4.2.2 de la DIA. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Durante la evaluación ambiental no se establecieron condiciones o exigencias relativas al PAS. | | Pronunciamiento del órgano competente | ORD. Nº 535 de fecha 1 de marzo de 2017 y ORD. Nº 1632 de fecha 6 de julio de 2017, donde la Autoridad Sanitaria se pronuncia indicando que el titular ha entregado los antecedentes que le permiten cumplir con los requisitos del presente PAS. | | 6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Bodega de RESPEL asociada a la etapa de construcción del proyecto, la cual será una por cada instalación de faena, pero de iguales características, es decir, se considera este permiso para las subestaciones y Línea de Transmisión. Los antecedentes de este PAS fueron complementados por el titular en el Anexo VII de la ADENDA del proyecto. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Durante la evaluación ambiental no se establecieron condiciones o exigencias relativas al PAS. | | Pronunciamiento del órgano competente | ORD. Nº 535 de fecha 1 de marzo de 2017 y ORD. Nº 1632 de fecha 6 de julio de 2017, donde la Autoridad Sanitaria se pronuncia indicando que el titular ha entregado los antecedentes que le permiten cumplir con los requisitos del presente PAS. | | 6.1.4. Permiso para corta de bosque nativo, del artículo 148 del Reglamento del SEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despeje de la faja de seguridad equivalente a la corta de 2,43 ha Los antecedentes de este PAS fueron presentados por el titular en el Anexo IX de la Adenda del proyecto. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Durante la evaluación ambiental no se establecieron condiciones o exigencias relativas al PAS. | | Pronunciamiento del órgano competente | ORD. Nº 10-EA/2017 de fecha 09 de febrero de 2017 y ORD. Nº 55-EA/2017 de fecha 30 de junio de 2017, donde la Autoridad Sanitaria se pronuncia indicando que el titular ha entregado los antecedentes que le permiten cumplir con los requisitos del presente PAS. | | 6.1.5. Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, del artículo 149 del Reglamento del SEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despeje de la faja de seguridad equivalente a la corta de 2,43 ha Los antecedentes de este PAS fueron presentados por el titular en el Anexo IX de la Adenda del proyecto. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Durante la evaluación ambiental no se establecieron condiciones o exigencias relativas al PAS. | | Pronunciamiento del órgano competente | ORD. Nº 10-EA/2017 de fecha 09 de febrero de 2017 y ORD. Nº 55-EA/2017 de fecha 30 de junio de 2017, donde la Autoridad Sanitaria se pronuncia indicando que el titular ha entregado los antecedentes que le permiten cumplir con los requisitos del presente PAS. | | 6.1.6. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos, del artículo 160 del Reglamento del SEIA | | Fase del Proyecto a la cual corresponde | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Superficie de construcciones de 412,85 m2 (S/E Nueva Tres Esquinas: 291,45 m2 y S/E Larqui, instalaciones de faenas: 121,4 m2) Los antecedentes de este PAS fueron presentados por el titular en el Anexo IV de la Adenda del proyecto. | | Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento | Durante la evaluación ambiental no se establecieron condiciones o exigencias relativas al PAS. | | Pronunciamiento del órgano competente | ORD. Nº 559 de fecha 27 de febrero de 2017 y ORD. Nº 47 de fecha 3 de julio de 2017, donde la Autoridad Sanitaria se pronuncia indicando que el titular ha entregado los antecedentes que le permiten cumplir con los requisitos del presente PAS. | 7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: | 7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ámbito general | | NORMA | D.S. N° 40/2012, Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de construcción, operación y/o cierre | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todo el proyecto | | Forma de cumplimiento | Este proyecto en particular, ingresa al SEIA según lo indicado en la letra b.1 del artículo 3 de este Reglamento. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución de calificación ambiental | | Forma de control y seguimiento | Obtención de RCA favorable y posterior presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.1.1 del ICE | | 7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera | | NORMA | Decreto Supremo Nº 144/1961, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Artículo 1°. Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen, daños o molestias. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a la que aplica | Tránsito de vehículos, carga y descarga y movimientos de tierra en la fase de construcción Tránsito de vehículos por mantenimiento de la línea | | Forma de cumplimiento | Fase de construcción: Las emisiones de material particulado corresponden básicamente a aquellas producidas por el tránsito de vehículos, carga y descarga y movimientos de tierra en la fase de construcción. En lo que respecta a emisiones por motores, el titular del proyecto se compromete a fiscalizar el cumplimiento de las normas de emisión aplicables. Aun cuando el área del Proyecto presenta por naturaleza buenas condiciones de ventilación y humectación, el Titular implementará las siguientes medidas en caso de ser necesarias: - Todos los camiones y/o maquinaria que transiten con carga que genere levantamiento de polvo, debe realizarlo con la carga cubierta; - Control de velocidad en obra (30 km/h) y en caminos con potencial de generar suspensión de material particulado; - En caso de realizar acopio temporal de materiales, se minimizará la permanencia de material en obra, y deberán ser cubiertos por una malla adecuada; de modo que el viento no disperse dichas partículas; - Se humectará cada vez que sea necesario las áreas sensibles y/o las áreas involucradas en actividades que generen suspensión de polvo; - Aplicación de “matapolvos” en los tramos de accesos a la faja. Ver Anexo I c (c.1, c.2, c.3 y c.4) del Adenda. - Se prohibirá mantener el motor de vehículos, camiones, y maquinaria en funcionamiento sin motivo, así mismo estas no deben poseer fugas ni generar emisiones de gases visibles; - Se exigirá a todo contratista que sus vehículos motorizados o maquinaria, cuenten con revisión técnica al día, generando registros de esta exigencia; - Se mantendrán elementos de extinción de fuego en obra con sus respectivas mantenciones al día. Fase de operación: Se debe mencionar que los aportes de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza son nulos, debido a que la operación del proyecto no conlleva la generación de gases ni material particulado. No obstante, existirá levantamiento de polvo debido al tránsito de vehículos por mantenimiento de la línea; tránsito que será tan solo dos veces por año, por lo que se considera de baja significancia. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Construcción: - Registros de revisión técnica al día. - Registro fotográfico de señalética que restringe velocidad de vehículos. - Registros fotográficos de los lugares de acopio. - Registro de humectación de caminos. - Registro fotográfico de escarpe de camiones. - Registro aplicación matapolvo Operación: - Registros de revisión técnica al día. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.1 del ICE | | 7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera | | NORMA | D.S. Nº 54/1994, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados que Indica. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto requerirá de vehículos motorizados | | Forma de cumplimiento | En la fase de construcción se realizará una estimación del transporte de camiones, en función del ingreso de suministro de materiales a la faena. Además, se identificarán los materiales considerados en el transporte, entre otros antecedentes. De este modo, las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, en la fase de construcción, serán las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente. En caso de aquellos vehículos que puedan no requerir revisión técnica, se realizarán mantenciones permanentes para dar cumplimiento a la norma en análisis. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de Revisiones Técnicas. Registro de estimación de transporte de camiones. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.2 del ICE | | 7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera | | NORMA | D.S. Nº 55/1994, Establece los valores máximos de gases que un vehículo, o motor, puede emitir bajo condiciones normalizadas a través del tubo de escape o por evaporación, para circular en la Región Metropolitana, en el territorio continental de la V Región y en las regiones IV, VI, VII, VIII, IX y X. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto requerirá de vehículos motorizados | | Forma de cumplimiento | Se contempla la utilización de vehículos pesados que cumplan con los valores señalados en esta norma, contando con su revisión técnica al día. Cabe indicar que el área de maniobra de los vehículos es restringido, por lo que las emisiones se consideran mínimas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de Revisiones Técnicas. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.3 del ICE | | 7.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera | | NORMA | D.S. Nº 4/1994, Establece Normas de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | El Proyecto requerirá de vehículos motorizados | | Forma de cumplimiento | En la fase de construcción se realizará una estimación del transporte de camiones, en función del ingreso de suministro de materiales a la faena. Además, se identificarán los materiales considerados en el transporte, entre otros antecedentes. De este modo, las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores en la fase de construcción, serán las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas y de gases al día. En caso de aquellos vehículos que puedan no requerir revisión técnica, se realizarán mantenciones permanentes para dar cumplimiento a la norma en análisis. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Revisión técnica al día de vehículos Certificado de gases | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.4 del ICE | | 7.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera | | NORMA | D.S. Nº 211/1991, Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto requerirá de vehículos motorizados livianos | | Forma de cumplimiento | El titular verificará que todo vehículo motorizado inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuenten con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa | | Indicador que acredita su cumplimiento | Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena y/o planta estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.5 del ICE | | 7.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones a la atmósfera | | NORMA | D.S. Nº 75/1987, Establece Condiciones para el transporte de carga que indica. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | El proyecto requerirá el transporte de materiales por zonas urbanas | | Forma de cumplimiento | En el caso de ser necesario, se exigirá que el transporte de dichos materiales por zonas urbanas se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registros fotográficos. Registros de ingreso y salida de camiones al interior de las instalaciones | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.6 del ICE | | 7.8. COMPONENTE/MATERIA: Ruido | | NORMA | D.S. Nº 38/2011, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a la que aplica | Movimiento de Tierra Montaje Hormigonado Instalación de Faenas. Operación de la línea de Transmisión de energía eléctrica | | Forma de cumplimiento | En cuanto a los receptores externos, los resultados obtenidos de la proyección de niveles de ruido para la fase de construcción del proyecto dan conformes con las medidas de control propuesta objeto de cumplir con los límites máximos establecidos por la norma, las cuales el titular implementará durante la construcción del proyecto, descritas en Anexo III de la DIA situación que prevé en su implementación estado de conformidad con estándar permisible estipulados en normativa vigente D.S. 38/11 MMA. Para la operación el proyecto cumple con la normativa aplicable, por lo que no se requieren medidas de control adicionales. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Estudio de ruido ambiente e impacto acústico favorable. Registro visual de medidas de control comprometidas | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.7 del ICE | | 7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos | | NORMA | D.F.L. Nº 725/1967, Código Sanitario. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Los residuos se acopiarán en sectores delimitados dentro de cada instalación de faena | | Forma de cumplimiento | Sitio destinado al almacenamiento de residuos en la instalación de faenas, con PAS 140 aprobado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación del PAS 140 y sitio de disposición según esta normativa | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.8 del ICE | | 7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos | | NORMA | D.F.L. Nº 1/1989, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Bodegas de almacenamiento de RESPEL ubicadas en la instalación de faenas de la Línea de Transmisión; instalación de faenas SE Larqui; y la instalación de faenas de la SE Nueva Tres Esquinas. | | Forma de cumplimiento | Bodega de residuos peligrosos, con PAS 142 aprobado | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación del PAS 142 de cada bodega RESPEL | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.9 del ICE | | 7.11. COMPONENTE/MATERIA: Residuos | | NORMA | D.S. Nº 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Los residuos se acopiarán en sectores delimitados dentro de cada instalación de faena. | | Forma de cumplimiento | Sitio destinado al almacenamiento de residuos en la instalación de faenas, con PAS 140 aprobado. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Implementación y habilitación de un sitio de acopio temporal de residuos no peligrosos | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.10 del ICE | | 7.12. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos | | NORMA | D.S. Nº 148/2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Bodegas de almacenamiento de RESPEL ubicadas en la instalación de faenas de la Línea de Transmisión; instalación de faenas SE Larqui; y la instalación de faenas de la SE Nueva Tres Esquinas. | | Forma de cumplimiento | Tramitación del PAS 142. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Implementación y habilitación de un sitio de acopio temporal de residuos peligrosos. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.11 del ICE | | 7.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos | | NORMA | D.F.L. Nº 1/1989, Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalación de faenas y lugares de trabajo | | Forma de cumplimiento | Se mantendrá registro de las resoluciones sanitarias | | Indicador que acredita su cumplimiento | Resolución sanitaria que autoriza el funcionamiento de la empresa proveedora de los baños químicos. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.12 del ICE | | 7.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos | | NORMA | D.S. Nº 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalación de faenas y lugares de trabajo | | Forma de cumplimiento | Construcción El proyecto generará residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas), las que serán almacenadas en baños químicos de acuerdo a la dotación y condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/99. El manejo de los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. Operación Se implementará un Sistema de Agua Potable y Alcantarillado particular para ambas subestaciones (Anexo VIII de la Adenda). | | Indicador que acredita su cumplimiento | Construcción: Resolución sanitaria que autoriza el funcionamiento de la empresa Operación: Aprobación sistema alcantarillado particular (PAS 138) | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.13 del ICE | | 7.15. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas | | NORMA | D.S. Nº 43/2015, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalaciones para el almacenamiento de combustible | | Forma de cumplimiento | Se almacenará el combustible en instalaciones que cumplan con las características técnicas exigidas según el D.S. Nº 43/2015. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Las instalaciones para el almacenamiento de combustible, así como también la operación de éste, cumplirán con los requisitos técnicos y administrativos del presente cuerpo legal. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.14 del ICE | | 7.16. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas | | NORMA | D.S. Nº 160/2009, Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y abastecimiento de Combustibles Líquidos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Instalaciones para el almacenamiento de combustible | | Forma de cumplimiento | El combustible requerido será almacenado en la instalación de faenas, para lo cual se dispondrá de un almacén de combustible debidamente identificado. El almacén contará con un piso impermeable y confinado mediante pretil, para evitar la contaminación del suelo por posibles derrames. La cantidad de combustible no excederá de los 220 L; cantidad necesaria para el funcionamiento de maquinaria que no pueda dirigirse a las estaciones de servicios más cercanas (motobombas, vibropisones, equipo electrógeno, etc.). El combustible (petróleo Diesel) será almacenado en contenedores, rotulado y visibles a lo menos desde 3 metros de distancia. En cuanto a las condiciones de seguridad del almacén, la estructura será de material incombustible; se tomarán las precauciones necesarias para evitar derrames de combustible y se contará con pretil adecuado para contener los eventuales derrames; a su vez, se contemplarán letreros de advertencia tales como "INFLAMABLE – NO FUMAR NI ENCENDER FUEGO", visibles a lo menos a 3 metros de distancia. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Las instalaciones para el almacenamiento de combustible, así como también la operación de éste, cumplirán con los requisitos técnicos y administrativos del presente cuerpo legal. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.15 del ICE | | 7.17. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas | | NORMA | D.S. Nº 298/1994, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Transporte de sustancias peligrosas | | Forma de cumplimiento | Para el transporte de cargas que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, la seguridad pública o el medio ambiente, no se utilizarán vehículos hechizos, sino sólo aquellos que cumplan con las condiciones indicadas entre las cuales se encuentra vehículos de menos de 15 años de antigüedad, y a los cuales se les exigirá periódicamente el cumplimiento de las revisiones técnicas correspondientes. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro con los vehículos que cumplan con las condiciones señaladas | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.2.16 del ICE | | 7.18. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.L. N° 701/1974, Fija Régimen Legal de los Terrenos Forestales o Preferentemente Aptos para la Forestación, y Establece Normas de Fomento sobre la Materia | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje de la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | Presentación de los antecedentes del PAS 149. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación del Plan de Manejo Forestal por CONAF. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.1 del ICE | | 7.19. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | Ley Nº 20.283/2008, Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | El titular presentará ante la Autoridad sectorial un Plan de Manejo Forestal, destinado a cumplir con las indicaciones propuestas en este cuerpo normativo, sobre todo lo referente a planes de reforestación por corte de bosque en franja del tendido eléctrico. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Presentación de antecedentes y aprobación del PAS 148. Aprobación de un Plan de Manejo Forestal por CONAF. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.2 del ICE | | 7.20. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.S. N° 93/2008, Reglamentos de la Ley N° 20.283 del año 2008, sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | El titular presentará ante la Autoridad sectorial un Plan de Manejo Forestal, destinado a cumplir con las indicaciones propuestas en este cuerpo normativo, sobre todo lo referente a planes de reforestación por corte de bosque en franja del tendido eléctrico. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Presentación de antecedentes y aprobación del PAS 148. Aprobación de un Plan de Manejo Forestal por CONAF. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.3 del ICE | | 7.21. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.S N° 276/1980, Reglamento sobre Roce a Fuego | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | El proyecto cumplirá con toda la Normativa asociada. No se utilizará fuego para eliminar o rozar la vegetación | | Indicador que acredita su cumplimiento | No aplica | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.4 del ICE | | 7.22. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.S. N° 259/1980, Reglamento D.L. N° 701 de Fomento Forestal de 1974, sobre Fomento Forestal | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | Plan de Manejo Forestal para Plantaciones y Plan de Manejo Forestal Bosque Nativo. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación de Plan de Manejo por parte de la Corporación Nacional Forestal en caso que aplique. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.5 del ICE | | 7.23. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D. S. Nº 733/1982, Deroga Decreto Supremo N°s. 1.027, de 1976, y 1.040, de 1979, y Aprueba Normas que Indica. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | El titular se compromete inmediatamente ocurrido un hecho fortuito dar aviso a la Corporación Nacional Forestal, Provincia de Ñuble. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de aviso a la Corporación Nacional Forestal, Provincia de Ñuble. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.6 del ICE | | 7.24. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.L. N°701/1974, Fomento Forestal, actualizado y sus Reglamentos (D.S. N° 193/1998; D.S. N° 259/1980) | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Fase de Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | Plan de manejo Forestal para corta de Plantaciones | | Indicador que acredita su cumplimiento | Plan de manejo Forestal para corta de Plantaciones | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.7 del ICE | | 7.25. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.S. N° 82/2010, Reglamento de Suelos, Aguas y Humedales. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | El proyecto no interviene ningún humedal declarado sitio prioritario de conservación, por la Comisión Nacional del Medio Ambiente, o sitios Ramar. Sin embargo se deja establecido que el proyecto no considera descargar elementos contaminantes en cuerpos y cursos naturales de agua. | | Indicador que acredita su cumplimiento | El proyecto no interviene un los humedales declarados sitios prioritarios de conservación, por la Comisión Nacional del Medio Ambiente, o sitios Ramsar. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.8 del ICE | | 7.26. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | D.S. N° 237/1974, Prohíbe la corta de árboles situados hasta 100 m de la Carretera Longitudinal, en el tramo comprendido entre la ciudad de Chillán, por el Norte y el pueblo de Quellón, provincia de Chiloé, por el Sur. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Despejes del área de trabajo Despeje la faja de seguridad | | Forma de cumplimiento | El proyecto no considera la corta de árboles y/o arbustos aislados ubicados en áreas declaradas de protección. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aprobación solicitud por parte de la Corporación Nacional Forestal. | | Forma de control y seguimiento | No aplica | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.9 del ICE | | 7.27. COMPONENTE/MATERIA: Medio biótico | | NORMA | Ley Nº 4.601/1929, Ley de Caza. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y Operación. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas las actividades del proyecto | | Forma de cumplimiento | Se instruirá al personal sobre la prohibición de caza y de cualquier intervención a la fauna presente en el área del proyecto. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro de capacitaciones al personal | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.10 del ICE | | 7.28. COMPONENTE/MATERIA: Suelo | | NORMA | D.L. Nº 3.557/1980, Establece disposiciones sobre protección agrícola | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción y operación | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas las actividades del proyecto | | Forma de cumplimiento | El proyecto no contempla ninguna actividad que pueda impactar la agricultura. Por otro lado, todos los residuos líquidos o sólidos que se generen durante la etapa de construcción y operación, serán dispuestos en lugares autorizados por la autoridad sanitaria | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro fotográfico de los lugares de almacenamiento de residuos. Autorización sanitaria de los lugares de almacenamiento de residuos. Registro de retiro de residuos sólidos. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.11 del ICE | | 7.29. COMPONENTE/MATERIA: Suelo | | NORMA | Ley Nº 18.755/1989, Establece normas sobre el SAG y deroga la Ley Nº 16.640 y otras Disposiciones | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción. | | Parte, obra o acción a la que aplica | Todas las actividades del proyecto | | Forma de cumplimiento | Se contempla mantener cuidados tendientes a evitar la erosión y/ degradación de suelos mediante medidas como las siguientes: - El suelo orgánico extraído de la excavación será repuesto posteriormente al cubrir la excavación. - Cuando sea posible, la materia orgánica saliente será usada como capa formadora de suelo en las áreas que deben ser cubiertas. | | Indicador que acredita su cumplimiento | Registro fotográfico de los lugares intervenidos. | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.12 del ICE | | 7.30. COMPONENTE/MATERIA: Medio sociocultural | | NORMA | Ley Nº 17.288/1970, Legisla sobre Monumentos Nacionales; modifica las Leyes Nº 16.617 y 16.719; deroga el Decreto Ley Nº 651, de 17 de Octubre de 1925. D.S. Nº 484/1990, Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. | | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento | Construcción | | Parte, obra o acción a la que aplica | | | Forma de cumplimiento | El proyecto considera el movimiento de tierra y excavaciones en los sitios donde estarán emplazadas las estructuras de la Línea de Transmisión. En caso de hallazgo de algún sitio arqueológico, se paralizarán las obras de excavación y se dará aviso inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales. Monitoreo etapa de construcción | | Indicador que acredita su cumplimiento | Aviso a la Autoridad competente. Informe de hallazgo | | Forma de control y seguimiento | Presentación de los informes ambientales, monitoreo, compromisos voluntarios y exigencias al portal de la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 8.3.13 del ICE | 8. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: | 8.1. Donación de árboles nativos a la comunidad de Bulnes en conmemoración del día del árbol | | Impacto asociado (si aplica) | Potencial pérdida menor de bosque nativo fuera del señalado en la DIA | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Aportar a la conservación de flora nativa de la comuna de Bulnes. Descripción: Se realizará durante la etapa de construcción una donación de árboles nativos a la comunidad en conmemoración al día del árbol. Se realizará el año en que se lleve a cabo el inicio de la construcción del proyecto. Justificación: Cumplir con la solicitud de la Ilustre Municipalidad en función de aportar a la mantención de la flora nativa en la comuna de Bulnes. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Bulnes, Comuna de Bulnes Forma: Se realizará una donación de especies nativas, la que será entregada a la Unidad de Salud Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Bulnes, para que ellos la distribuyan y/o utilicen en la comunidad teniendo en consideración el día de la conmemoración del árbol del año 2019. Oportunidad: Cuando se adquieran los árboles por parte del titular, se mantendrá el registro de la adquisición y además se establecerá registro de la posterior entrega de los árboles a la Ilustre Municipalidad de Bulnes | | Indicador que acredite su cumplimiento | Informe y/o minuta de entrega de árboles | | Forma de control y seguimiento | Registro de entrega de árboles a la Unidad de Salud Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Bulnes. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 10.1.1 del ICE | | 8.2. Reforestación por concepto de corta de plantaciones fuera de los alcances de un Plan de Manejo Forestal | | Impacto asociado (si aplica) | Pérdida de superficie vegetacional (plantaciones) | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Promover el desarrollo de Bosque Nativo en la zona Descripción: Reforestación de Bosque Nativo en una superficie igual a la superficie a cortar de aquellas plantaciones que no están sujetas a un Plan de Manejo Forestal, correspondiente a 0,74 ha adicionales. Justificación: Cumplir con la solicitud de la CONAF que señala: “que aquella superficie que no sea considerada en PAS 149, debido a que no tiene obligación legal, deba ser compensada en forma voluntaria por el proyecto” | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Provincia de Ñuble (de preferencia); según ley: “Los terrenos en que se efectúe la reforestación deberán estar ubicados preferentemente dentro de la provincia donde se efectúe la corta” Forma: Se realizará una reforestación en los mismos términos descritos en el PMF asociado al PAS 149, pero de las superficies de corta que no estén afectas a este instrumento. Oportunidad: Contrato, acuerdo y/o convenio con propietario de sitio de reforestación. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Copia de contrato, acuerdo, o convenio de sitio de reforestación. | | Forma de control y seguimiento | Informe de prendimiento al 2° año de realizada la plantación. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 10.1.2 del ICE | | 8.3. Monitoreo de Ruido durante la Etapa de Construcción | | Impacto asociado (si aplica) | Impacto acústico | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Acreditar el cumplimiento del D.S N° 38/2011 del MMA durante la etapa de construcción del proyecto. Descripción: Se realizará durante la etapa de construcción plan de monitoreo de ruido en etapa de construcción sobre los receptores que requieren de medidas de control Justificación: Asegurar que las medidas de control a implementar cumplan con la función de minimizar el ruido para los receptores que lo requieran. | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Receptores identificados en línea de base Forma: Se realizará una medición de ruido en los receptores identificados en la línea de base (Anexo III de la DIA) y los resultados se compararán con los límites máximos establecidos según el D.S N° 38/2011 del MMA. Oportunidad: Se mantendrá el registro y copia del informe de monitoreo durante la fase de construcción en las oficinas de las Instalaciones de Faena. | | Indicador que acredite su cumplimiento | Registro y copia de informe de monitoreo | | Forma de control y seguimiento | Envío de informe a la SMA. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 10.1.3 del ICE | | 8.4. Capacitaciones Normativa Ambiental | | Impacto asociado (si aplica) | No aplica | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción | | Objetivo, descripción y justificación | Objetivo: Dar a conocer aspectos importantes de la normativa ambiental aplicable al proyecto a los trabajadores. Descripción: Se realizará durante la etapa de construcción charlas de inducción (charlas de 5 minuto) acerca de la normativa ambiental relacionada con aquellas especies acuáticas que se encuentran en estado de conservación Justificación: Asegurar que los trabajadores estén el tanto de la legislación ambiental relacionada | | Lugar, forma y oportunidad de implementación | Lugar: Instalación de faenas Forma: Se realizarán charlas de 5 minutos, de los principales aspectos de la legislación ambiental y que tienen relación con especies acuáticas que se encuentran en estado de conservación y su hábitat. Oportunidad: Se mantendrá el registro y copia de las charlas, tanto del relator como de la asistencia del personal capacitado | | Indicador que acredite su cumplimiento | Registro y copia de la realización de las charlas | | Forma de control y seguimiento | Registro de la realización de las charlas disponible en las oficinas de la administración de instalación de faenas. | | Referencia al ICE para mayores detalles | Sección 10.1.4 del ICE | 9. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS | 9.1.1. Riesgo o contingencia: Incendio | | Fase del Proyecto a la que aplica | Incendio | | Parte, obra o acción asociada | Construcción y operación | | Acciones o medidas a implementar | Instalación de faenas Subestación eléctrica | | Forma de control y seguimiento | Se consideran para estos casos, mantener el orden y limpieza de los lugares, separación de material combustible de lugares de trabajo con fuego y chispas, protección perimetral de los lugares, entre otros. Por último, dentro de los procedimientos que deberá adoptar la empresa contratista de construcción, se exigirá presentar un plan de contingencia adicional en caso de incendios en la instalación de faenas, el cual será aprobado por el área de prevención de riesgos de FRONTEL. Implementación de protección con cercos perimetrales con serpentina en donde sólo se permitirá el acceso de personas autorizadas, además las subestaciones serán telecomandadas mediante sistema denominado SCADA (Supervisory Control and Data Acquisition), a través de un conjunto de equipos y programas computacionales que permitirán, en forma remota y a través de canales de comunicación y vigilancia a distancia, monitorear en tiempo real el sistema eléctrico, y utilizar equipos de operación y maniobras; Se realizarán visitas con el objeto de inspeccionar las instalaciones de las subestaciones del proyecto, y en donde en caso de existir puntos de posible riesgo, estos serán informados y registrados a las áreas competentes para tomar las medidas preventivas correspondientes. Las subestaciones tendrán sistemas de protección eléctrica, el cual está diseñado para que cualquier fuga a tierra (generación de ignición por algún motivo), sea detectada por las protecciones, quienes identificarán la fuga o falla, desconectando el sistema eléctrico inmediatamente, por lo que se minimiza la probabilidad de ocurrencia de algún foco de incendio en los transformadores. | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI g del Adenda Sección 7.1.1 del ICE | | 9.1.2. Riesgo o contingencia: Sismos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Todas las obras del Proyecto | | Acciones o medidas a implementar | Si bien, la ocurrencia de sismos no se puede evitar, se tomarán las medidas preventivas en cuanto a facilitar la información en caso de suceder, las que corresponden a: - Publicar en la Instalación de faenas un instructivo sobre los pasos a seguir en caso de sismo. - Publicar en la Instalación de faenas un mapa de evacuación en caso de sismos, donde quede explícito la zona de seguridad de los distintos frentes de trabajo. - Realizar una charla mensual sobre los puntos antes mencionados (vía de evacuación y pasos a seguir). | | Forma de control y seguimiento | - Instructivo sobre los pasos a seguir en caso de sismo - Mapa de evacuación en caso de sismos - Registro de las charlas | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia y Anexo VI b planes de contingencia. Sección 7.1.2 del ICE | | 9.1.3. Riesgo o contingencia: Erosión de Suelo | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Obras civiles o movimientos de terreno | | Acciones o medidas a implementar | En todo momento en que se realicen obras civiles o movimientos de terreno, se contará con un profesional en obras civiles quien determinará las obras necesarias para evitar posibles erosiones que se produzcan. | | Forma de control y seguimiento | En el caso de erosión de suelo, se dejará un registro de las medidas recomendadas por profesionales expertos en la materia, de acuerdo a las condiciones propias de la erosión detectada en el lugar. | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia y Anexo VI b planes de contingencia. Sección 7.1.3 del ICE | | 9.1.4. Riesgo o contingencia: Accidente en la vía pública | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Conducción de maquinaria y equipos | | Acciones o medidas a implementar | Se realizará una inducción a todos los conductores de maquinaria y vehículos al inicio de la fase de construcción, la que tratará principalmente los límites de velocidad permitidos, conducción segura y revisión periódica del vehículo de transporte. Al finalizar la Inducción, ésta se registrará en una planilla, la cual contendrá la fecha de realización, horario, lugar, quien dicta la charla, el tema tratado y los asistentes. | | Forma de control y seguimiento | Planilla con registro de la inducción | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia y Anexo VI b planes de contingencia Sección 7.1.4 del ICE | | 9.1.5. Riesgo o contingencia: Electrocución y/o colisión de avifauna | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Línea de transmisión eléctrica | | Acciones o medidas a implementar | - Implementación de desviadores de vuelos, en los sectores potencialmente sensibles en presencia de densidad boscosa en el sector. - Realizar charlas inducción. - Inspección diaria al área directa del proyecto, durante la etapa de tendido del conductor. Se propone utilizar los puntos considerados en el levantamiento de la caracterización del área de influencia para este componente ambiental, revisando 2 veces al mes cada punto. Determinar tasas de colisiones con lesiones y/o mortalidad en el trazado de la LAT. | | Forma de control y seguimiento | - Registro Fotográfico de los sectores. - Registro de asistencia de personal. - Registro fotográfico del área de trabajo, indicando coordenadas respectivamente - Enviar al Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre más cercano | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI c de la Adenda, Plan de Prevención de Contingencias de Colisión de Aves. Sección 7.1.5 del ICE | | 9.1.6. Riesgo o contingencia: filtraciones y derrames | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalación de Generador Eléctrico Tránsito de Vehículos y maquinarias Reparación y Mantención Maquinarias Manipulación de Sustancias Peligrosas | | Acciones o medidas a implementar | Se prohibirá el almacenamiento o acopio de sustancias o residuos peligrosos en otros lugares que no sean las bodegas habilitadas para tal función. Durante la ejecución de cualquier actividad, toda sustancia o residuo peligroso debe transportarse y manipularse con su tapa cerrada y sellada, de manera de impedir derrames o fugas. Antes de salir de bodega, siempre se deberá revisar los envases de sustancias o residuos peligrosos, con el fin de detectar posibles filtraciones o roturas. Previo a la ejecución de trabajos o actividades que involucren el uso o manipulación de sustancias o residuos peligrosos, que puedan derramarse o filtrarse, se deberá tener a disposición lo siguiente: - Contenedor con material absorbente (tierra, arena o aserrín); - Tambor contenedor vacío para depósito de tierra, arena o aserrín contaminado; - Palas y escobas u otros implementos para manejo de filtraciones y derrames; Asimismo, se deberá ubicar elementos que aíslen el suelo potencialmente afectados, tales como bandejas, lonas de polietileno, etc. en los puntos de mayor probabilidad de filtraciones o derrames, con objeto de captar el material derramado antes de que contamine suelo y/o agua. | | Forma de control y seguimiento | Cada vez que ocurra una emergencia, se realizará una investigación que apunte hacia el origen del derrame y la propagación. Además, se analizará el comportamiento de los trabajadores y se concluirá sobre la efectividad del Plan de Contingencia, con el objeto de corregir y tomar las medidas correctoras necesarias a través del mejoramiento continuo del Plan. Adicionalmente, el plan incluye la elaboración de un Informe de incidente ambiental. | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI g del Adenda Sección 7.1.6 del ICE | 9.2. PLAN DE EMERGENCIAS | 9.2.1. Situación de emergencia: Incendio | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalación de faenas Subestación eléctrica | | Acciones a implementar | - Se contará con extintores con capacidad suficiente para responder ante un eventual siniestro en las subestaciones. - Se contará con un equipo encargado de controlar la emergencia. - En el caso de detectar un principio de incendio, se deberán iniciar las operaciones necesarias para la contención y extinción del incendio, utilizando los medios disponibles según sea el tipo de fuego. En forma simultánea y en caso de ser necesario se llamará al Cuerpo de Bomberos. - En caso de incendio declarado en el área del proyecto, se deberá evacuar el lugar y comunicar la emergencia al superior directo presente en terreno. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan | Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del prevencionista de riesgos | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI b planes de contingencia y Anexo VI a Planes de emergencia. Sección 7.1.1 del ICE | | 9.2.2. Situación de emergencia: Sismos | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Todas las obras del Proyecto | | Acciones a implementar | Las acciones que se deben realizar, en el minuto que se genere un movimiento sísmico son: - Permanecer en su lugar de trabajo. - Si continúa el movimiento, diríjase a la zona de seguridad. - Esperar instrucciones del Jefe de Terreno. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan | Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia y Anexo VI b planes de contingencia. Sección 7.1.2 del ICE | | 9.2.3. Situación de emergencia: Erosión de Suelo | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Obras civiles o movimientos de terreno | | Acciones a implementar | Ante eventuales casos de erosión del suelo, afectado por las obras del proyecto, se procederá a tomar las medidas recomendadas por profesionales expertos en la materia, de acuerdo a las condiciones propias de la erosión detectada en el lugar. Se dejará registro de ello y se enviará a la Superintendencia del Medio Ambiente un reporte de lo acontecido, además del plan de acción a seguir. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan | Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia y Anexo VI b planes de contingencia. Sección 7.1.3 del ICE | | 9.2.4. Situación de emergencia: Accidente en la vía pública | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Conducción de maquinaria y equipos | | Acciones a implementar | En caso de emergencias o accidentes que impidan el tránsito en la ruta principal de acceso a las obras, las rutas alternativas son: - Rutas principales: Ruta N-69 y Ruta N-601 - Ruta Alternativa 1: Ruta N-613 y Ruta N-75 En caso de no poder acceder a las faenas por ruta alternativa, las actividades serán reanudadas posterior al despeje de la vía pública | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan | Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos. | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia y Anexo VI b planes de contingencia. Sección 7.1.4 del ICE | | 9.2.5. Situación de emergencia: Electrocución y/o colisión de avifauna | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Línea de transmisión eléctrica | | Acciones a implementar | En el caso de hallazgo de ave afectada estas serán enviadas al Centro de Rehabilitación de Fauna Silvestre más cercano. Se elaborará un informe de cumplimiento una vez finalizadas las obras, el cual se enviará al SAG una vez finalizada la etapa de construcción. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan | Posterior a la emergencia, es importante señalar que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 104 del RSEIA, el mecanismo de comunicación a la Superintendencia de Medio Ambiente, para la activación de dicho plan de emergencia será coordinado a través del Jefe de Planta / Jefe de Obras a través del Prevencionista de riesgos | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI b planes de contingencia y Anexo VI a Planes de emergencia. Anexo VI c de la Adenda, Plan de Prevención de Contingencias de Colisión de Aves. Sección 7.1.5 del ICE | | 9.2.6. Situación de emergencia: Filtraciones y derrames | | Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción y operación | | Parte, obra o acción asociada | Instalación de Generador Eléctrico Tránsito de Vehículos y maquinarias Reparación y Mantención Maquinarias Manipulación de Sustancias Peligrosas | | Acciones a implementar | - Detener o contener el derrame o filtración - Usar materiales absorbentes tales como tierra, arena, etc., para constituir una barrera provisoria alrededor del derrame. - Dar aviso de inmediato al Jefe de Faena, quién deberá informar las características del evento detectado al ITO Ambiental. Si ello no fuera posible, deberá informar a sus respectivas jefaturas inmediatas. - En caso de ocurrir un derrame o filtración en los frentes de trabajo, estos deberán ser contenidos o absorbidos de inmediato, los materiales contaminados producto del derrame o filtración, deberán ser dispuestos temporalmente el contenedores o bolsas plásticas, para luego (dentro del mismo día) ser trasladados a la bodega de residuos peligrosos en la instalación de faenas. | | Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan | Los registros generados, tanto en el caso de derrames de Sustancias Peligrosas (Superficie mayor a 5 m2 de sustancias peligrosas), se enviarán a la Superintendencia del Medio Ambiente junto con un reporte de lo acontecido, además del plan de acción a seguir. | | Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada | Anexo VI de la adenda, Anexo VI a Planes de emergencia Anexo VI b planes de contingencia Anexo VI g del Adenda. Sección 7.1.6 del ICE | 10. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 11. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 12. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 13. Que, para que el proyecto “Proyecto Larqui” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 14. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 15. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Biobío la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 16. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 17. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVE: 1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Proyecto Larqui”, de Empresa Eléctrica de La Frontera S.A. 2°. Certificar que el proyecto “Proyecto Larqui” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3°. Certificar que el proyecto “Proyecto Larqui” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 148, 149 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4°. Certificar que el proyecto “Proyecto Larqui” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4° del presente acto. 6°. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Notifíquese y Archívese
Rodrigo Gonzalo Díaz Wörner Intendente Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío
Angélica Riffo Soto Directora (S) Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región del Biobío
ARS/srta Distribución: - Hugo Briones Fernández
- CONADI, Región del Biobío
- CONAF, Región del Biobío
- DGA, Región del Biobío
- Direccion Regional de Aeropuertos, Region Biobío
- Dirección de Vialidad, Región del Biobío
- DOH, Región del Biobío
- Gobierno Regional, Región de Biobío
- Ilustre Municipalidad de Bulnes
- SAG, Región del Biobío
- SEC, Región del Biobío
- SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
- SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Bio bío
- SEREMI de Energía, Región del Biobío
- SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
- SEREMI de Minería, Región del Biobío
- SEREMI de Salud, Región del Biobío
- SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
- SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
- SEREMI MOP, Región del Biobío
- SERNAGEOMIN, Zona Sur
- Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío
- Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
- Consejo de Monumentos Nacionales
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c: - Encargada de Participación Ciudadana
- Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
- Oficial de Partes de la Región <eescalona.8@sea.gob.cl>
- Expediente del Proyecto ""Proyecto Larqui""
- Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío
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