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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
II REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto "Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas"

Resolución Exenta Nº 0383/2017

Antofagasta, 13 de octubre de 2017



VISTOS:

1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 16 de junio de 2017 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de agosto de 2017, del proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” presentada por TRANSELEC S.A., con fecha 24 de enero de 2017. 

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II y III del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas”. 

3°. El Acta de Evaluación N° 06/2017 de fecha 16 de marzo de 2017, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta. 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” de fecha 29 de septiembre de 2017.  

5°. El acuerdo N° 043 de la sesión ordinaria N° 17 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 10 de octubre de 2017. 

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas”. 

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, la Resolución Exenta DD.PP. N° 68, de fecha 26 de enero de 2017, que nombra a la Directora Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y, el D.S. Nº 1819 de fecha 02 de diciembre de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente: 

CONSIDERANDO:

1°. Que, TRANSELEC S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

 

Tabla N° 1. Antecedentes del titular

Nombre o razón social
TRANSELEC S.A.
Rut
76.555.400-4
Domicilio
Orinoco 90, Piso 14, Las Condes, Santiago
Teléfono
2 – 24677000
Correo electrónico del titular
Nombre del representante legal
David Igal Noe Scheinwald
Rut del representante legal
10.984.323-7
Domicilio del representante legal
Orinoco 90, Piso 14, Las Condes, Santiago
Teléfono del representante legal
2 – 24677000
Correo electrónico del representante legal


2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29 de septiembre de 2017, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto: 

        Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

        Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3°. Que, en sesión ordinaria de fecha 10 de octubre de 2017, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas”,aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 29 de septiembre de 2017, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 

4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

 

4.1. Antecedentes generales del Proyecto

Objetivo general

El objetivo del proyecto es la realización de parte de las adecuaciones requeridas del sistema eléctrico para permitir la conexión de la futura subestación eléctrica (S/E) "Kimal", aprobada según Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 285/2016, propiedad de Sistema Austral de Transmisión Troncal S.A. (SATT), la que se energizará a través de la línea 2x220 kV Crucero – Laberinto. Cabe señalar que la S/E Kimal no es parte de este proyecto. 

Lo anterior, también está en concordancia con lo señalado en el Plan de Expansión del Sistema de Transmisión Troncal del Sistema Interconectado del Norte Grande (SING), decretado por la autoridad, según consta en las Bases de Licitación de las Obras Nuevas contempladas en el Decreto Exento N° 201/2014 del Ministerio de Energía y sus modificaciones. Este proyecto, también forma parte del Decreto Exento N° 158 que, “Fija plan de expansión del sistema de transmisión troncal para los doce meses siguientes” del año 2015, decretado de la misma forma por el Ministerio de Energía, el cual se encuentra adjunto en el Anexo 2.1 de la DIA.

 

Para  ejecutar lo anterior, el proyecto contempla la construcción y operación de una extensión de la llegada a la S/E Crucero de las líneas existentes “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”, y su conexión con la “Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto”.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

b.1) Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV).

Vida útil

Tabla 4.1.1 Duración estimada en meses de cada una de las fases del proyecto.

Fases
Duración (meses)
Construcción
5
Operación
360
Cierre
2
Monto de inversión
USD$ 2.000.000.

Mano de obra

Tabla 4.1.2 Duración estimada en meses de cada una de las fases del proyecto.

Fases
Mano de obra
(máxima)
Construcción
20
Operación
No aplica 1
Cierre
7

1 La fase de operación del proyecto no considera la necesidad de mano de obra adicional. Lo anterior, debido a que las actividades de mantención de la línea son esporádicas y serán ejecutadas por el personal de mantenimiento de la subestación Encuentro (Propiedad de mismo titular, Transelec), con una frecuencia de 3 veces al año y con la participación de 6 operarios.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Las labores que marcan el inicio del proyecto, corresponden a la firma del “Acta de entrega de terreno”, momento en que el contratista se hará presente con sus equipos y personal en la faena y, tomará posición del área que será intervenida como parte del proyecto. Los cronogramas de actividades se detallan en la tabla 9 y 24 de la DIA para la fase de construcción y operación respectivamente, y en la tabla 14 de la Adenda de la DIA, para la fase de cierre.

Proyecto o actividad se desarrolla por etapas

Si
No

El proyecto se desarrollará en una etapa, sin perjuicio de lo anterior, cabe destacar que el proyecto contempla una fase de construcción cuya duración total será de 5 meses, de los cuales, los 4 primeros corresponden a las actividades de construcción de la extensión de la línea y, 1 mes será designado para las labores de seccionamiento, las que se iniciarán al finalizar la construcción de la extensión de la línea y luego de obtenidas las autorizaciones respectivas.

 
[X]

Proyecto o actividad modifica un proyecto o actividad existente

Si
No

El proyecto corresponde a la modificación de la llegada de la Línea 1x220 kV Crucero – Lagunas 1 y la Línea 1x220 kV Crucero – Lagunas a la S/E Crucero, para su conexión con la Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto, a través de la construcción y operación de un tramo de línea de 1.110 metros (m) de longitud y doble circuito en 220 kV. Las dos líneas anteriores, están asociadas a 2 proyectos existentes. Además, se considera la desconexión del conductor de la línea 2x220 kV Crucero – Laberinto desde la estructura de remate (T01) a la subestación Crucero. 

En la tabla 4 de la Adenda Complementaria de la DIA, se presenta un resumen de las modificaciones en las líneas existentes.

[X]
 

Proyecto modifica otra(s) RCA

 

Si

 

No

Las líneas existentes que serán modificadas, no han sido sometidas a evaluación ambiental anteriormente, debido a que se trata de proyectos construidos con anterioridad a la entrada en vigencia de la legislación ambiental en Chile, según consta en el Decreto N° 668/1997 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que otorga su respectiva concesión, el que se adjunta en el Anexo 2.2 de la DIA. 

 
[X]
 

4.2. Ubicación del proyecto

División político-administrativa

El proyecto se emplazará en la comuna de María Elena, provincia de Tocopilla, región de Antofagasta, aproximadamente a 67 kilómetros (km) de la ciudad de Tocopilla y a 12 km al noreste de la ciudad de María Elena, específicamente en el perímetro exterior de la S/E Crucero propiedad de ENGIE, tal como se muestra en la figura 4 de la DIA.

Justificación de la localización

El proyecto forma parte del Decreto Exento N° 158 que “Fija plan de expansión del sistema de transmisión troncal para los doce meses siguientes” del año 2015, decretado de la misma forma por el Ministerio de Energía, adjunto en el Anexo 2.1 de la DIA. 

De acuerdo a lo anterior, la localización se justifica debido a que el proyecto busca modificar la conexión de las actuales líneas existentes “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2” en la subestación Crucero, para conectarlas de manera directa con la también existente Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto, y de esta forma finalmente energizar la futura S/E Kimal (aprobada según RCA N° 285/2016), propiedad de Sistema Austral de Transmisión Troncal S.A.

Superficie

El área del proyecto será de 3,8 hectáreas (ha) aproximadamente y, estará constituida por la superficie donde se emplazará la extensión de las líneas de transmisión, la ubicación de las estructuras y la faja de seguridad. Para la extensión de las líneas de transmisión se consideró una faja de seguridad de 35 m de ancho a lo largo del trazado, siendo 17,5 m a cada lado de la línea  (Ver figura 6 de la DIA).

Coordenadas UTM en Datum WGS84

El punto representativo está dado por las coordenadas: Norte 7.536.414; Este 441.763. Las coordenadas geográficas de las estructuras de la línea de transmisión se detallan a continuación: 

Tabla 4.2.1: Coordenadas del proyecto

Punto
Este
Norte
1
441.144
7.536.713
2
441.156
7.536.806
3
441.294
7.536.781
4
441.575
7.536.792
5
441.779
7.536.800
6
441.782
7.536.738
7
441.784
7.536.654
8
441.786
7.536.576
9
441.788
7.536.492
10
441.732
7.536.475
11
441.735
7.536.435
12
441.763
7.536.414
 

Para más detalles ver tabla 4 de la DIA y figura 5 de la DIA.

Caminos de acceso

El principal acceso a la zona de emplazamiento del proyecto se realiza por la Ruta 24 (pavimentada), que une la ciudad de Calama y Tocopilla, utilizando además caminos interiores secundarios existentes (sin pavimentar) que conectan la futura línea de transmisión y sus subestaciones. Para mayor detalle ver figura 7 de la DIA.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

El plano asociado a las obras permanentes del proyecto, se adjunta en el anexo 3.1 de la DIA y en anexos 1.3.1 y 1.3.3 de la Adenda Complementaria de la DIA. 

Adicionalmente, en el anexo 1.1 de la Adenda Complementaria de la DIA, se adjunta la localización de las partes y obras del proyecto en formato KMZ y en el Anexo 1.2 de la Adenda Complementaria de la DIA se adjunta en formato shape.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO  

Este proyecto tiene por objetivo la realización de parte de las adecuaciones requeridas del sistema eléctrico para permitir la conexión de la futura subestación "Kimal" propiedad de SATT, la que se energizará a través de la “Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto”. Lo anterior, a través de la construcción y operación de la extensión de la llegada a la S/E Crucero de las líneas existentes “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”, y su conexión con la Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto mediante el seccionamiento de la Línea que habilitará este proyecto. De acuerdo a lo anterior, las obras del proyecto son las siguientes: 

a) Construcción de la extensión de la llegada de ambas líneas, “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”. 

Construcción de la extensión de la llegada de ambas líneas, “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”, que consiste en un nuevo tramo de línea de doble circuito en 220 kV (2x220 kV), de 1.110 m de longitud, con estructuras auto soportadas entre la estructura N° 2E de la Línea Crucero – Lagunas 1 y la estructura N° 3E Crucero – Lagunas 2 (ambas existentes) respectivamente, hasta la estructura N° T01 de la Línea Crucero – Laberinto (existente). El nuevo tramo de línea quedará finalmente formada por un conjunto de 12 estructuras, de las cuales 3 son existentes y serán re-utilizadas, por lo que se instalará un total de 9 estructuras de doble circuito (Para más detalles ver tabla 4.3.1 del  Informe Consolidado). 

Las coordenadas de las estructuras de la línea de transmisión eléctrica serán las siguientes: 

Tabla 4.3.1 Coordenadas geográficas de las estructuras de la Línea de Transmisión

Coordenadas WGS84 - Huso 19S

Punto
Estructura
Este
Norte
Detalle
3E

Anclaje simple circuito

441.144
7.536.713

Estructura Nº2, Línea 1x220 kV Crucero – Lagunas 1. Existente

2E

Remate doble circuito

441.156
7.536.806

Estructura Nº2, Línea 1x220 kV Crucero – Lagunas 2. Existente

1

Anclaje doble circuito

441.294
7.536.781

V1. Estructura 22CD.N NUEVA

2

Suspensión doble circuito

441.575
7.536.792

Estructura 22AD.N NUEVA

3

Anclaje doble circuito

441.779
7.536.800

V2. Estructura 22DD.N NUEVA

4

Portal de anclaje doble circuito

441.782
7.536.738

NUEVO PORTAL (Portal de Anclaje 0 a 90º)

5

Portal de anclaje doble circuito

441.784
7.536.654

NUEVO PORTAL (Portal de Anclaje 0 a 90º)

6

Portal de anclaje doble circuito

441.786
7.536.576

NUEVO PORTAL (Portal de Anclaje 0 a 90º)

7

Portal de anclaje doble circuito

441.788
7.536.492

NUEVO PORTAL (Portal de Anclaje 0 a 90º)

8

Portal de anclaje doble circuito

441.732
7.536.475

NUEVO PORTAL (Portal de Anclaje 0 a 90º)

9

Portal de anclaje doble circuito

441.735
7.536.435

NUEVO PORTAL (Portal de Anclaje 0 a 90º)

T-01

Remate doble circuito

441.763
7.536.414

Estructura Nº0/1 Crucero –Laberinto. Existente

 

En la figura 5 de la DIA, se presenta la localización de las estructuras de la extensión de las líneas de transmisión.  

Para la materialización del nuevo tramo de línea de alta tensión 2x220 kV, se requerirá de infraestructuras eléctricas, cuyas características se presentan a continuación: 

Tabla 4.3.2. Características generales del nuevo tramo de línea de transmisión 220 kV

Tensión Nominal

220 Kv

Frecuencia Nominal

50 Hertz

Disposición de conductores

Vertical tipo V21 en apoyos de doble circuito Horizontal tipo H11 en los portales

Número de Circuitos

2

Número de Fases

3

Número de conductores por fase

1

Longitud de la Línea

1.110 m

Conductor

Conductor de fase tipo AAAC Greeley

Cable de guardia

Alumoweld Nº 7

Aisladores

Vidrio

Resistencia Aisladores

160 kN

 
Tabla 4.3.3. Características de las Estructuras
Estructuras de Anclaje
1 estructura tipo Anclaje 0 a 30º modelo 22CD.N
1 estructura tipo Anclaje 0 a 70º modelo 22DD.N
Estructuras de Suspensión
1 estructura tipo Suspensión modelo 22AD.N
Portales de doble circuito
6 estructuras tipo Portal de Anclaje 0 a 90º
Fundaciones

Tipo pata de elefante para las estructuras de doble circuito (estructuras Nº 1, 2 y 3) y tipo macizo en los portales (estructuras Nº 4, 5, 6, 7, 8 y 9).

 

En el Anexo 3.3 y en la figura 8, ambos de la DIA, se presenta el tipo de estructuras que utilizará el proyecto. 

b) Seccionamiento:  

Una vez que se termine la construcción del nuevo tramo de línea (extensión de las líneas existentes) y se realicen las pruebas correspondientes, se procederá al seccionamiento: Reemplazo, desmontaje, embalaje y traslado a un lugar indicado por Transelec S.A. de una estructura existente y de un total de 2.490 metros de cable de tramos de las líneas existentes “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”, tal como se indica a continuación: 

·         Línea 1x220 kV Crucero - Lagunas 1: Se desmantelarán 1.230 m cable conductor. Para esta línea sólo se desmontará el conductor, aislación y ferretería, ya que esta línea posee un cable ADSS que no será modificado.

·         Línea 1x220 kV Crucero - Lagunas 2: Se desmantelarán 1.260 m de cable conductor. 

c) Desconexión del conductor de la Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto. 

Finalmente, se considera la desconexión del conductor de la Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto desde la estructura de remate a la subestación Crucero, para de esta forma poder conectar en este punto el nuevo tramo de línea proyectado (T01). 

d) Instalación de faenas 

Para la fase de construcción, se contempla una instalación de faena, cuyo objetivo será constituir el centro de operaciones, desde donde se coordinarán los equipos de trabajos de los frentes móviles, allí se guardarán los insumos, equipos, herramientas y maquinarias que se necesiten para la fase de construcción. La instalación de faena estará ubicada dentro de la S/E Encuentro, propiedad de Transelec S.A., la cual se encuentra frente a la subestación Crucero al otro lado de la ruta 24 (Ver figura 7 y 9 de la DIA). Está instalación, abarcará una superficie de 3.900 m2 y, se encuentra definida por las coordenadas indicadas en la tabla 1 de la Adenda Complementaria de la DIA y en anexo 1.3.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Las instalaciones que formarán parte de la instalación de faena son las siguientes: oficinas, comedor, servicios higiénicos y camarines, patio de equipos y herramientas, sector de almacenamiento de sustancias peligrosas,  sitio de almacenamiento temporal de residuos domésticos, sitio de almacenamiento temporal de residuos industriales no peligrosos, sector de estacionamientos (vehículos y maquinarias) y área de grupos electrógenos.

La descripción detallada de cada una de las instalaciones que formarán parte de la instalación de faena se describen en el numeral 1.5.1 de la DIA.

Cabe señalar que esta instalación de faenas será emplazada dentro de la S/E Encuentro (Propiedad de TRANSELEC S.A.), infraestructura ya existente, por lo que no se prevé la construcción de un nuevo acceso, sino que se utilizará el camino que actualmente existe en el costado oriente de la subestación y las huellas existentes en el entorno de la misma.

 

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
 
Las acciones que se llevarán a cabo durante la fase de construcción, se describen a continuación:

Excavaciones y fundaciones

Se contempla la realización de excavaciones para el hormigonado de los apoyos consistentes en estructuras metálicas. Los volúmenes de tierra retirados en la actividad de excavación serán reutilizados como material de relleno y compactación de las fundaciones. Adicionalmente, en caso de ser necesario, el material excedente que no pueda ser esparcido en el sector, será retirado de forma inmediata de la zona para ser dispuesto en un destinatario autorizado.

Para entregar estabilidad a las estructuras, se realizarán fundaciones de hormigón hasta una profundidad de 3,5 m. Los volúmenes aproximados de suelo extraído y de hormigonado en función del tipo de torre a instalar se presentan en la tabla 7 de la DIA.

Para este nuevo tramo de línea (extensión de las líneas existentes), se utilizarán fundaciones tipo pata de elefante para las estructuras de doble circuito y tipo macizo en los portales, tal como se puede ver en la figura 10 de la DIA.

Montaje electromecánico

El armado del apoyo se hará barra a barra progresando en el suelo, bien por tramos o apoyo completo, se realizará sobre terreno sensiblemente horizontal, de manera que el tramo o apoyo completo queda perfectamente nivelado sobre calces de madera a fin de evitar cualquier tipo de deformación. Dada la peligrosidad de la maniobra de izado mediante pluma, siempre que sea posible, se utilizará la grúa por ser el método que menos riesgo entraña y el que menos personal requiere.

El nuevo tramo de línea quedará finalmente formada por un conjunto de 12 estructuras, de las cuales 3 son existentes y serán re-utilizadas, por lo que se instalará un total de 9 estructuras de doble circuito: 2 de anclaje, una de suspensión y 6 portales de anclaje, cuya silueta se puede observar en la figura 8 de la DIA.

Tabla 4.3.1.1. Tipo y cantidad de estructuras metálicas nuevas a utilizar para el tramo de extensión de las líneas de transmisión.

Tipo
Altura (m) 1
Cantidad
22CD.N – Anclaje
30,38
1

22AD.N – Suspensión

37,03
1
22DD.N – Anclaje
30,38
1

Portal De Anclaje 0 a 90°

11,7
6

1Alturas referenciales que pueden variar en el proceso de construcción del proyecto según requerimientos técnicos. Estas alturas podrán variar entorno al 5% una vez se definan con la ingeniería de detalle del proyecto.

En el Anexo 3.3 de la DIA, se adjunta un plano de las estructuras “tipo” que podrían ser instaladas para la construcción de la línea y en el Anexo 3.1 de la DIA, se puede visualizar el área de ubicación de las máquinas para el montaje.

Tendido y amarre de conductores

En los apoyos de suspensión, en la medida en la que los suministros lo permitan, el montaje de las cadenas de aisladores se realizará previamente al inicio de las operaciones de tendido, para permitir colgar sobre las mismas las poleas que servirán de base para el arrastre de los cables mediante el correspondiente piloto.

El despliegue de cables se efectuará con tensión mecánica controlada, utilizando un equipo de tendido adecuado compuesto por cabrestante, freno, poleas, pilotos, etc. Para la elevación de las bobinas durante el despliegue del cable, se utilizarán gatos hidráulicos adecuados con dispositivo de frenada, a fin de poder regular la salida del cable de la bobina acorde con la máquina de freno.

En los apoyos de amarre, el montaje de las cadenas se realizará una vez terminado el tendido. Realizado el despliegue del cable, se procederá a su tensado en un plazo máximo de 48 horas. Terminado el despliegue de cables de una serie o cantón, se procederá a realizar los amarres en uno de los apoyos extremos y los empalmes de la serie. Previo al amarre de los conductores y cables de tierra en los apoyos de principio y fin del tramo a tender, se atirantarán dichos apoyos, mediante cables de acero (vientos) de similar diámetro al utilizado como piloto, a fin de contrarrestar la tensión mecánica producida por los cables. Posterior al amarre, se procederá al tensado y regulado, que consiste en la colocación de los cables en su flecha. Las áreas aproximadas de instalación de la maquinaria necesaria para realizar estas actividades se presentan en el plano adjunto en el Anexo 3.1 de la DIA.

Pruebas

Una vez que se ha completado el montaje del tendido, se procederá a realizar las pruebas del mismo previo a la conexión de la línea. Las pruebas que se llevarán a cabo corresponden a:

  • Verticalidad de las estructuras: En donde se verifica la distancia horizontal entre los ejes verticales en dos niveles cualesquiera, en toda la altura de la estructura.
  • Giro y aplome de las estructuras: En donde se verifica la desviación rotacional con respecto al eje transversal de la estructura en el nivel de la cruceta.
  • Regulado del conductor: En donde se le da al conductor el tense adecuado para el vano calculado.
  • Rigidez dieléctrica: En donde se verifica la correcta aislación de la línea.

Desmantelamiento de instalación de faenas

 

Una vez terminadas las labores de construcción de la extensión de las líneas de transmisión, se procederá al desmantelamiento, los conductores serán colocados en carretes de madera, retirados inmediatamente del lugar, en conjunto con las cadenas de aisladores, y almacenados en la bodega de insumo más cercana propiedad del titular, para su posterior enajenación a través de empresas autorizadas. Por su parte, se realizará el retiro de la instalación de faena ubicada en la S/E Encuentro (propiedad de Transelec S.A), para ello, todas las infraestructuras serán retiradas por los proveedores, dejando el terreno tal como se encuentra actualmente.

Seccionamientos: desmontaje, embalaje y traslado de los tramos de línea Crucero-Lagunas y Crucero-Laberinto

Previo al desmontaje de los tramos de línea de la llegada a la S/E Crucero de las líneas existentes “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”, se procederá a la conexión de la extensión de la línea mediante el seccionamiento de la línea existente.

Para lo anterior, se deberá contar con la autorización de desconexión por parte del CDEC-SING. Una vez  que se termine la construcción de la extensión de la línea y se realicen las pruebas correspondientes, se procederá al seccionamiento: Reemplazo, desmontaje, embalaje y traslado a un lugar indicado por Transelec S.A. de una estructura existente y de un total de 2.490 metros de cable de tramos de las líneas existentes “1x220 kV Crucero – Lagunas 1” y “1x220 kV Crucero – Lagunas 2”, tal como se indica a continuación:

  • Línea 1x220 kV Crucero – Lagunas 1: Se desmantelarán 1.230 metros desde la estructura N° 2 hasta el marco de línea del paño J5 de la S/E Crucero. Para esta línea sólo se desmontará el conductor, aislación y ferretería, ya que esta línea posee un cable ADSS que no será modificado.
  • Línea 1x220 kV Crucero – Lagunas 2: Se desmantelarán 1.260 metros desde la estructura N° 2 hasta el marco de línea del paño J14 de la S/E Crucero.

Para el tramo de línea que será desmantelado, los conductores serán colocados en carretes de madera, retirados inmediatamente del lugar, en conjunto con las cadenas de aisladores, y almacenados en la bodega de insumo más cercana propiedad del titular, para su posterior enajenación a través de empresas autorizadas.

Desconexión del conductor de la Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto

Además se considera la desconexión del conductor de la Línea 2x220 kV Crucero – Laberinto desde la estructura de remate (T01) a la subestación Crucero, considera el total desmantelamiento del conductor, el que será enrollado en un carrete (bobina de madera) y retirado inmediatamente del sector para ser trasladado a la bodega de insumos más cercana, propiedad del titular, para su posterior reutilización., lo anterior, con el objetivo de poder conectar en este punto el nuevo tramo de línea proyectado (extensión de líneas). Se desmantelarán aproximadamente 154 m de cable conductor desde la estructura de remate T01 hasta el pórtico de línea ubicado al interior de la S/E Crucero.

Insumos y servicios
A continuación, se presentan los insumos y servicios:

Tabla N° 4.3.1.2. Resumen de insumos o materiales fase de construcción.

Insumo
Cantidad
Spray galvanizado 1
7,5 kg (total)
Agua potable
100 L/persona/día

Agua industrial para humectación de caminos no pavimentados

20 m3/día
Suministro eléctrico

(1) Grupo electrógeno de 15 kVA (Instalación de faenas)

(1) Grupo electrógeno de 15 kVA (Frentes de trabajo)

Hormigón 2
79 m(total)
Combustible 3
1.000 L (total)
 1 La Hoja de Seguridad del spray galvanizado se encuentra en el anexo 4 de la DIA. Dicho insumo será almacenado en un lugar especialmente habilitado, al interior del patio de equipos y herramientas.
2 El hormigón será provisto por camiones mixer de terceros autorizados.

3 El almacenamiento de combustible (Petróleo N°2 diésel) requerido para los equipos y maquinarias, se realizará mediante tambores de 227 L máximo cada uno, con un máximo de almacenamiento de 1.000 L en la bodega de insumos, para más detalles ver respuesta 11 de la Adenda de la DIA e instructivo de “Carga y Descarga de Combustible”, adjunto en anexo 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Recursos naturales renovables 

El Proyecto no extraerá ni explotará recursos naturales renovales para satisfacer sus necesidades.

Emisiones
a) Material particulado y gases
Las emisiones atmosféricas corresponderán a material particulado derivado del proceso de excavaciones, transferencia de material y carguío, erosión de material de pilas, tránsito en caminos pavimentados y no pavimentados, combustión de vehículos, maquinarias y grupos electrógenos.

La estimación de emisiones se presenta para para toda la fase de construcción, considerando que dicha fase tiene una duración de 5 meses.

En la tabla 30 del Anexo 4.3 de la Adenda de la DIA, se entrega un resumen de las fuentes de emisión y sus respectivas emisiones contempladas durante la fase de construcción. Para mayores detalles ver  el anexo individualizado.

A continuación, se entrega un resumen de la estimación de emisiones contempladas durante la fase de construcción.

Tabla 4.3.1.3 Estimación total de la generación de emisiones atmosféricas para la fase de construcción en toneladas.

Contaminantes
MP10
MP2,5
CO
HC
NOx
SOx
NH3
Total emisiones (ton/fase )
0,924
0,211
0,270
0,070
1,089
0,029
0,0002

Además, se plantean las siguientes acciones de control:

  • Se realizará la humectación de los caminos no pavimentados que dan acceso a la obra, dos veces al día como mínimo, o según sea necesario de acuerdo a las condiciones meteorológicas. De acuerdo a lo anterior, se aplicará un volumen de 20 m3/día de agua industrial. En el anexo 1.3.4 de la Adenda Complementaria de la DIA, se identifican los caminos que serán humectados en esta fase. Además, se mantendrá un registro que indique: fecha, hora, sector humectado, responsable y firma, de modo tal de verificar la aplicación de la medida de humectación de caminos.
  • Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el Decreto N° 75 de 1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
  • Los vehículos poseerán las revisiones técnicas y mantenciones al día. 
  • Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad moderada, no superando los 20 km/h, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Para lo que se realizarán charlas a todo el personal de la fase de construcción.
b) Emisiones de ruido 

La etapa de construcción se desarrollará exclusivamente en horario diurno. Las principales fuentes de emisión de ruido corresponderán al uso de maquinarias, grupos electrógenos y al tránsito de vehículos.

Para estimar de manera precisa el nivel de ruido que genera la actividad, se realizó un levantamiento de información en terreno, tal como condiciones climáticas, curvas de nivel, entre otros descriptores. Después, esta información fue ingresada al software de modelamiento SoundPLAN, el cual, a través de modelos de cálculo realizó proyecciones de niveles de ruido en receptores y áreas cercanas de acuerdo a la normativa de estandarización internacional ISO 9613 “Acoustics - Attenuation of sound during propagation outdoors”. De acuerdo a los resultados presentados, se concluye que se da cumplimiento al D.S. N°38/11 del Ministerio de Medio Ambiente.

El estudio de evaluación de ruido descrito anteriormente se adjunta en el Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos 

A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de construcción del Proyecto.

Tabla N° 4.3.1.4. Cuantificación de residuos líquidos fase de construcción

Tipo de residuo
Cantidad
 
Disposición temporal
Disposición final
Aguas servidas
1, 9 m3/día

Baños químicos

Retiro por transportista autorizado y disposición final en sitio autorizado

Aguas del lavado de canoas
1, 2 m3
Balsa impermeabilizada
Evaporación in situ
 b) Residuos sólidos
A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de construcción del Proyecto.

Tabla N° 4.3.1.5. Cuantificación de residuos fase de construcción

Categoría
Tipo de
 residuo

Cantidad

Disposición temporal
Disposición final
Residuos  no peligrosos

Residuos domésticos (Restos orgánicos, papeles, cartones, plástico)

0,40 ton/mes

En bolsas plásticas dispuestas en contenedores cerrados herméticamente  al interior de sitio autorizado ubicado al interior de la instalación de faena1

Sitios autorizados

Residuos industriales (Textiles, gomas, plásticos, vidrio, cerámicos, maderas, cables y chatarra.)

1,1 ton/mes

En contenedores estancos cerrados al interior de sitio autorizado ubicado al interior de la instalación de faena

Sitios autorizados

Restos de lavado de hormigón

3,20 ton (total)

En contenedores al interior de sitio autorizado ubicado al interior de la instalación de faena 

Disposición final en sitios autorizados

Residuos peligrosos

Guaipes contaminados con hidrocarburos, envases de pinturas, lubricantes, entre otros (Spray Galvanizado) 2

0,42 ton (total)

En Bodega RESPEL existente autorizada.

Sitio 
Autorizado

Restos de Aceites, lubricantes y otros (mantenciones Externas)

195 L (Total)

Instalaciones del proveedor externo autorizado encargado de las actividades de mantención 3

Sitio 
Autorizado

1 Los residuos domésticos serán retirados 3 veces a la semana.

2 Los residuos clasificados como “Guaipes contaminados con hidrocarburos, envases de pinturas, lubricantes, entre otros”, se refiere principalmente a los envases de spray galvanizado, guaipes y otros materiales contaminados con este producto, el que será utilizado durante el montaje de estructuras y tendido de conductores, y todo el material contaminado con aceites, lubricantes y pinturas que eventualmente pudiesen ser generados durante las actividades de habilitación de instalación de faenas.

3 El titular mantendrá un registro de los residuos generados por las mantenciones de los equipos y maquinarias, los cuales serán  realizados a través de proveedores externos autorizados fuera de las instalaciones del proyecto, con el objetivo de mantener una trazabilidad de dichos residuos.

El transporte de todos los residuos será realizado mediante transporte autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de construcción, ver numeral 4.2.2. Fase de construcción del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
 

Las acciones que se llevarán a cabo durante la fase de operación, se describe a continuación:

Mantenimiento preventivo básico

La operación de las líneas de transmisión no requiere de operación directa, limitándose esta fase a las actividades de mantenimiento. Las labores de mantenimiento consistirán en la inspección visual de conductores, estructuras y componentes de suspensión y anclaje, las cuales se detallan a continuación:

La mantención preventiva se basa en anomalías que se detecten durante las visitas de inspección. Se empleará equipamiento mecánico menor, principalmente en altura (en las estructuras), sin afectar al terreno. Se elaborará un plan de mantenimiento preventivo en base a las instrucciones de los fabricantes, la experiencia de los especialistas en la materia y la realimentación obtenida de los resultados de su aplicación en los años precedentes. En este plan, a cada equipo se le asigna una determinada periodicidad de atención. El plan de mantenimiento preventivo puede experimentar mejoramientos paulatinos año a año, de acuerdo a las nuevas experiencias que se vayan adquiriendo. El mantenimiento preventivo se realizará 3 veces al año con 6 operarios. Estas visitas se desarrollarán por personal autorizado perteneciente a la S/E Encuentro, y se estima que estas inspecciones no duren más de tres horas.

Mantenimiento correctivo básico

La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizan al sistema en el caso de producirse fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que se realizan de acuerdo al programa de mantenimiento. Comprende todos los trabajos para restituir las condiciones óptimas de las instalaciones para su explotación.

Mantenimiento contra falla

La mantención contra falla se refiere a las reparaciones que se realizan al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que se realizan de acuerdo al programa de mantenimiento. Comprende todos los trabajos para restituir las condiciones óptimas de las instalaciones para su explotación. Dependiendo de las características de la anomalía y del elemento dañado, ésta podrá ser causa de falla en forma inmediata, o al evolucionar esta alteración, exponer a la instalación a una interrupción de su servicio normal.

Programa de lavado de aisladores

Contempla trabajos de limpieza e inspección de los equipos y las instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según lo establecido en catálogos de los equipos, siempre que se detecten anomalías durante las visitas de inspección. Se emplea equipamiento mecánico menor, principalmente en altura (en las estructuras).

Se considera la limpieza de los aisladores con agua desmineralizada, para lo anterior, se contará con un camión aljibe de 4,5 m3 desde el que se presuriza el agua y se lanza a los aisladores de vidrio para su limpieza. Esta actividad se realiza con una brigada de cuatro operarios: un jefe de brigada, un pitonero calificado, un chofer aljibe y un linero. Esta actividad se realizará tres veces al año, con una duración aproximada de un día, según lo indicado en tabla 24 de la DIA.

Insumos y servicios básicos

A continuación, se presentan los insumos y servicios:

Tabla N° 4.3.2.1. Resumen de insumos o materiales fase de operación.

Insumo
Cantidad
Agua industrial para limpieza de aisladores
10 m³/año
Productos generados

El proyecto por sí mismo no contempla la generación de productos, sino solo el transporte de energía de la línea entre las S/E de Lagunas y S/E Kimal.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no extraerá ni explotará recursos naturales renovales para satisfacer sus necesidades.

Emisiones

a) Emisiones atmosféricas 

Durante la fase de operación, las principales emisiones serán producto de tránsito por caminos pavimentados y no pavimentados, y por combustión vehicular.

En la tabla 31 del anexo 4.3 de la Adenda de la DIA, se entrega un resumen de las fuentes de emisión y sus respectivas emisiones contempladas durante la fase de operación del proyecto.

A continuación, en la tabla 4.2.3.5.1, se presenta la estimación de las emisiones para la fase de operación por año.

 Tabla 4.3.2.2. Resumen estimación de emisiones fase de operación en toneladas.

Contaminantes
MP10
MP2,5
CO
HC
NOX
SOx
NH3
Total (ton/año)
0,009
0,002
0,001
0,0002
0,003
0,0001
0,000002

 Para mayores detalles ver Anexo 4.3 de la Adenda de la DIA.

Además, se plantean las siguientes acciones de control:

  • Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día y mantenciones al día. 
  • Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el Decreto N° 75 de 1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

b) Emisiones de ruido 

Para evaluar el proyecto con respecto a lo establecido en el D.S. N° 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, se realizó un estudio de ruido, en horario diurno y nocturno durante la fase de operación.

Para estimar de manera precisa el nivel de ruido que genera la actividad, se realizó un levantamiento de información en terreno, tal como condiciones climáticas, curvas de nivel, entre otros descriptores. Después, esta información fue ingresada al software de modelamiento SoundPLAN, el cual, a través de modelos de cálculo realizó proyecciones de niveles de ruido en receptores y áreas cercanas de acuerdo a la normativa de estandarización internacional ISO 9613 “Acoustics -- Attenuation of sound during propagation outdoors”. De acuerdo a los resultados presentados,  se cumple con los límites permisibles de ruido en base a lo establecido en el D.S. N° 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente.

Cabe señalar que la evaluación de la fase de operación se realizó durante el horario nocturno debido a que corresponde a la condición crítica.

El estudio de evaluación de ruido descrito anteriormente se adjunta en el Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA.

c) Campos electromagnéticos 

La máxima magnitud de campo eléctrico al borde de la franja de servidumbre y a un metro de altura corresponde a 4557 V/m y corresponde a la disposición del portal de anclaje, motivo a que esta estructura condiciona a sus conductores eléctricos a una menor altura comparada con las torres de remate, suspensión y anclaje. Este valor de 4557 V/m es inferior al máximo tolerado de 5000 V/m, además disminuye considerablemente al alejarse del borde de la franja, por lo cual no constituye riesgo para las personas.

La máxima magnitud de campo magnético al borde de la franja de servidumbre y a un metro de altura corresponde a 8,9 𝜇𝑇 (microtesla) y corresponde como era de esperar a la disposición del portal de anclaje, motivo a que esta estructura condiciona a sus conductores eléctricos a una menor altura comparada con las torres de remate, suspensión y anclaje. Este valor de 8,9 𝜇𝑇 es inferior al máximo tolerado de 20 𝜇𝑇, además disminuye considerablemente al alejarse del borde de la franja por lo cual no constituye riesgo para las personas.

Radio Interferencia: Estas emisiones deben su nombre a que en su mayoría son menores a los 3 MHz, afectando principalmente las ondas de Amplitud Modulada (AM). El ruido de radio frecuencia máximo estimado es condiciones normalizadas es de 50,5 [dB] y está bajo el valor de 53 [dB] propuesto como límite tolerable para el nivel de voltaje de la línea.

Ruido Acústico: El ruido producido por la operación de una línea de transmisión en condiciones normales de humedad y temperatura es bajo, sin embargo, en condiciones climáticas de alta humedad se acentúa el efecto corona en la línea de transmisión. Esto último provoca la ionización del aire que rodea los conductores de alta tensión y se genera cuando el gradiente eléctrico (E) supera la rigidez dieléctrica del aire, el cual se manifiesta en forma de pequeñas chispas, generando emisiones de energía sonora. El ruido acústico máximo será de 42,2 [dBA], el cual también se encuentra bajo los 51 [dBA] propuesto como límite tolerable internacionalmente recomendado.

Para más antecedentes ver el Anexo 5.2 de la DIA, donde se adjunta el estudio de campos electromagnéticos.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos

Es importante destacar que la operación de la línea es desatendida, por lo que no se requiere personal adicional al que actualmente existe en Transelec S.A. En cuanto a las actividades de mantenimiento, este nuevo tramo de línea formará parte de las actividades habituales de mantención de las líneas de propiedad del titular. Las actividades de mantención se efectuarán tres veces al año con una duración de 3 horas a un día, para estas actividades, el contratista contratará el servicio de baños químicos a una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria, la cual se hará cargo de la disposición final de las aguas servidas que se generen. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de ser requerido, el personal podrá hacer uso de los baños de la S/E Encuentro. 

b) Residuos sólidos

A continuación, se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de operación del Proyecto.
Tabla N° 4.3.2.3. Residuos sólidos generados fase de operación
Categoría
Tipo de residuo
Cantidad
Disposición temporal
Disposición final
Residuos no peligrosos
Residuos domésticos de los operadores de mantenimiento de la línea
9 kg/año
No aplica, retiro inmediato 1
Sitio autorizado
Residuos peligrosos

Restos de aceites, lubricantes y otros (mantenciones Externas)

90 L/año

Instalaciones del proveedor externo autorizado encargado de las actividades de mantención 2

Sitio autorizado

 

1 Los residuos domésticos que se generarán, serán producto de las mantenciones a la línea de transmisión eléctrica, las cuales serán realizadas 3 veces al año, con una duración de 1 día, por lo que los operarios se encargarán de transportar consigo los residuos que generen hasta sitios autorizados.

2 El titular mantendrá un registro de los residuos generados por las mantenciones de los equipos y maquinarias, las cuales serán realizadas a través de proveedores externos autorizados fuera de las instalaciones del proyecto, con el objetivo de mantener una trazabilidad de dichos residuos.

Los residuos no peligrosos generados durante esta fase, serán  retirados de inmediato. Adicionalmente, el titular contará con un registro del tipo y cantidad de residuos generados, el cual se mantendrá a disposición de la autoridad durante toda la vida útil del proyecto.

Cabe señalar que las actividades de mantención, se desarrollarán por personal autorizado perteneciente a la S/E Encuentro (de propiedad de TRANSELEC S.A), por lo que el presente proyecto no requiere de mano de obra adicional para estas actividades en la fase de operación, sin perjuicio de lo anterior, se detalla el manejo de los residuos asociados a esta fase.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Para mayor detalle de las actividades que se realizarán en la fase de operación, ver numeral 4.2.3. Fase de operación del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE
 

Las acciones que se llevarán a cabo durante la fase de cierre, se describen a continuación:

Instalación de faena

Se instalarán las oficinas y bodegas necesarias para el desarrollo de la obra de desmantelamiento, las cuales serán ubicadas al interior del área de influencia descrita y caracterizada durante este proceso de evaluación.

Retiro de infraestructura, torres, aislación y conductores existentes

Se procederá al retiro en primera instancia de los conductores, la aislación y torres metálicas de la línea. Estas actividades se realizarán con apoyo de equipos mecánicos y camiones grúas.

Eliminación de instalaciones provisorias y limpieza

En esta fase se procede al retiro de las instalaciones provisorias y se realiza el respectivo orden y aseo de las áreas involucradas.

Insumos y servicios

A continuación, se detallan los insumos a utilizar en la fase de cierre del proyecto.

Tabla N° 4.3.3.1. Resumen de insumos o materiales fase de operación.

Insumo
Cantidad
Agua potable
100 L/persona/día
Energía

(1) Grupo electrógeno de 15 kVA (Instalación de Faenas)

(1) Grupo electrógeno de 15 kVA (Frentes de trabajo

Agua industrial para humectación de caminos  no pavimentados
20 m3/día
Combustible 1
1.000 L (total)
 1 El almacenamiento de combustible (Petróleo N°2 diésel) requerido para los equipos y maquinarias, se realizará mediante tambores de 227 L máximo cada uno y un máximo de 1.000 L en la bodega de insumos, para más detalles ver respuesta 11 de la Adenda de la DIA e instructivo de “Carga y Descarga de Combustible”, adjunto en anexo 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Recursos naturales renovables

El Proyecto no extraerá ni explotará recursos naturales renovales para satisfacer sus necesidades.

Emisiones
 

a) Emisiones atmosféricas 

Las emisiones atmosféricas durante la fase de cierre, serán similares a la fase de construcción, cabe señalar que en la fase de cierre se utilizarán dos grupos generadores de las mismas características que para la fase de construcción, además, la fase de cierre tendrá una duración menor a la fase de construcción, es decir, será de dos meses.

Tabla 4.3.3.2.Estimación total de la generación de emisiones atmosféricas para la fase de construcción en toneladas, referenciales para la fase de cierre.

Contaminantes
MP10
MP2,5
CO
HC
NOx
SOx
NH3
Total emisiones (ton/fase )
0,924
0,211
0,270
0,070
1,089
0,029
0,0002

Además, se plantean las siguientes acciones de control:

  • Se realizará la humectación de los caminos no pavimentados que dan acceso a la obra, dos veces al día como mínimo, o según sea necesario de acuerdo a las condiciones meteorológicas o cuando el titular lo estime necesario. De acuerdo a lo anterior, se aplicará un volumen de 20 m3/día de agua industrial. Además, se mantendrá un registro que indique: fecha, hora, sector humectado, responsable y firma, de modo tal de verificar la aplicación de la medida de humectación de caminos.
  • Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el Decreto N° 75 de 1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
  • Los vehículos poseerán las revisiones técnicas y mantenciones al día.

b) Emisiones de ruido 

Las emisiones de ruido para esta fase serán similares a las que se generarán en la fase de construcción del proyecto, ya que se utilizan fuentes similares, tales como maquinaria y motores de combustión. Dado lo anterior, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (Decreto Supremo N° 38/2011 MMA que establece “Norma de Emisión de ruidos generados por fuentes que indica”), considerando niveles de ruido de referencia. Para mayor detalle ver Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

a) Residuos líquidos 

A continuación, se presentan los residuos líquidos a generar en la fase de cierre del Proyecto.

Tabla N° 4.3.3.3. Emisiones líquidas fase de operación
Residuos
Cantidad
Disposición temporal
Disposición final
Aguas servidas
0,70 m3/día
Baños químicos

Retiro por transportista autorizado y disposición final en sitio autorizado

 b) Residuos sólidos 

A continuación,  se presentan los residuos sólidos a generar en la fase de cierre del Proyecto. 

Tabla 4.3.3.4. Residuos sólidos generados fase de cierre

Categoría
Tipo de residuo
Cantidad
Disposición temporal
Disposición final

Residuos nopeligrosos

Residuos domésticos (Restos orgánicos, papeles, cartones, plástico)

0,14 ton/mes

En bolsas plásticas dispuestas en contenedores cerrados herméticamente, realizando el retiro inmediato

Sitio autorizado

Residuos industriales (Textiles, gomas, plásticos, vidrio, cerámicos, maderas, cables y chatarra.)

65 ton (Total)
En contenedores estancos cerrados, realizando el retiro inmediato
Sitio autorizado
Restos de hormigón
190 ton (Total)
En contenedores, realizando el retiro inmediato
Sitio autorizado
Residuos peligrosos
Guaipes contaminados con hidrocarburos, envases de pinturas, etc.
0,06 ton (Total)

En Bodega RESPEL existente autorizada ubicada al interior de S/E Encuentro (Propiedad de Transelec S.A.)

Sitio autorizado
Restos de Aceites, lubricantes y otros (mantenciones Externas)
65 L (Total)

Instalaciones del proveedor Externo autorizado encargado de las actividades de mantención

Sitio autorizado

1 El titular mantendrá un registro de los residuos generados por las mantenciones de los equipos y maquinarias, los cuales serán  realizados a través de proveedores externos autorizados fuera de las instalaciones del proyecto, con el objetivo de mantener una trazabilidad de dichos residuos.

2 Los residuos clasificados como “Guaipes contaminados con hidrocarburos, envases de pinturas, etc.”, tienen relación con la actividad de la habilitación de la instalación de faenas.

El transporte de todos los residuos será realizado mediante transporte autorizado.

Los residuos no peligrosos generados durante esta fase, serán retirados de inmediato. Adicionalmente, el titular contará con un registro del tipo de y cantidad de residuos generados, el cual se mantendrá a disposición de la autoridad durante toda la vida útil del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Mayores detalles de las actividades que se realizarán en la fase de cierre, se presentan en el numeral 4.2.4. Fase de cierre del ICE.

 
 

4.4 Cronología de las fases del proyecto

4.4.1. Fase de Construcción

Fecha estimada de inicio

Enero de 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

Habilitación de la instalación de faena

Fecha estimada de término

Octubre de 20181

Parte, obra o acción que establece el término

La fase de término se entenderá como el fin del traslado de S/E Crucero hasta S/E Encuentro de los conductores y equipos retirados en el seccionamiento de las líneas.

4.4.2. Fase de Operación

Fecha estimada de inicio

Octubre 2018

Parte, obra o acción que establece el inicio

El inicio de la fase operación tendrá lugar una vez comience la energización de la línea.

Fecha estimada de término

Octubre 2047

Parte, obra o acción que establece el término

Des-energización de la línea.

4.4.3. Fase de Cierre

Fecha estimada de inicio

Octubre 2047

Parte, obra o acción que establece el inicio

Habilitación de la instalación de faena

Fecha estimada de término

Diciembre 2047
 

Parte, obra o acción que establece el término

Fin del traslado de los conductores y equipos retirados en el desmantelamiento de la línea.

1La fecha de término de la fase de construcción se considera para octubre de 2018, sin embargo, la fase de construcción solo contempla 5 meses de trabajos, tal como se indica en su respectivo cronograma en la tabla 9 y 10 de la DIA, en esta última tabla se presente el detalle de las actividades. Cabe señalar que este plazo se considera principalmente debido a que el inicio de las actividades de seccionamiento dependerán de la obtención de las respectivas autorizaciones y de la puesta en marcha del proyecto S/E Kimal (aprobada según RCA N° 285/2016), propiedad de SATT.

 

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Emisiones atmosféricas

A partir del análisis de la descripción del Proyecto, se pudo identificar que las actividades que generarán emisiones de MP10, MP2,5 y gases de combustión a la atmósfera, se presentan principalmente en la fase de construcción. Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo a la magnitud del proyecto, las emisiones son poco significativas y acotadas solo a 5 meses.

Por su parte, durante la fase de operación del proyecto se considera la operación de la línea y las mantenciones asociada a esta misma, las que serán realizadas con una frecuencia de 3 veces por año, con una duración estimada de no más de un día.

En cuanto a la fase de cierre, las emisiones serán generadas por el retiro y desmantelamiento de las estructuras, la demolición de las bases de hormigón, y el tránsito y combustión de los vehículos y maquinaria asociada, se estima que las emisiones de esta fase, serán similares a la de fase de construcción, no obstante, esta fase tiene una duración de solo dos meses.

Para evaluar el aporte a la calidad del aire de la Comuna de María Elena, se realizó una modelación para la fase de construcción (condición más desfavorable), utilizando el modelo SCREEN VIEW. A partir de los resultados, se pudo determinar que el mayor aporte de MP10 en concentración de 24 horas (caso más desfavorable), se produce hasta aproximadamente 2 kilómetros (km) de distancia del proyecto, obteniéndose una concentración sobre los 0,05 ug/m3N, mientras a que a mayor distancia, se produce un descenso de las concentraciones, por lo tanto, considerando que la comuna de María Elena se encuentra a aproximadamente 12 km, el aporte a la calidad del aire de dicha comuna no es significativo. Para mayores detalles ver Anexo 4.2 y 4.3 de la Adenda de la DIA.

Las emisiones para la fase de operación son de menor magnitud, y las de la fase de cierre, se estiman sean similares a la fase de construcción, por lo tanto, se concluye que el proyecto no generará emisiones significativas que estén por sobre los estándares señalados en las normas de emisión aplicables y vigentes, en ninguna de sus fases.

 

Ruido

 

De acuerdo al análisis realizado, se determinó que los niveles de ruido se presentan conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación en el D.S. N° 38/11 del Ministerio 4.1de la Adenda de la DIA.

 

Residuos líquidos y sólidos

En relación con los efluentes, se generarán aguas servidas en las fases de construcción y cierre, los que serán almacenados en baños químicos de acuerdo a la dotación y condiciones establecidas en el D.S. Nº 594/1999 Ministerio de Salud. El manejo de los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria. El detalle del manejo de los efluentes generados en cada una de las fases del proyecto se detalla en las tablas 4.2.2.5, 4.2.3.6 y 4.2.4.5, del Informe Consolidado de Evaluación. 

El manejo de los residuos del proyecto se realizará conforme a la normativa vigente en todas las fases del proyecto. Para mayor detalle sobre el manejo de residuos durante toda la vida útil del proyecto, ver tablas 4.2.2.7, 4.2.3.9 y 4.2.4.7 del Informe Consolidado. 

Por consiguiente la población más cercana no se encuentra expuesta a contaminantes en cantidad, composición, concentración, peligrosidad, frecuencia y duración que supongan un impacto significativo.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de tramo de línea de transmisión eléctrica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tablas 5.2 y 6.1 del ICE.

 

5.2.EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

Suelo

De acuerdo a las observaciones por fotointerpretación y terreno, el uso de suelo actual se clasifica como “Infraestructura”, en el subtipo “Infraestructura Energética”. El área no presenta un uso de suelo potencial agrícola, según la información contenida en las Cartas Agrológicas de CIREN, el suelo no se encuentra clasificado, sin embargo, se caracteriza por ausencia de horizontes bien desarrollados ya que, a pesar de situarse sobre planos de sedimentación con depósitos de materiales recientes, la aridez de la zona y la resistencia a la meteorización de sus materiales no permite que se utilice con fines agropecuarios. 

Flora

En el área de Influencia del Proyecto no se registró taxas de flora, tanto nativa como exótica de ningún tipo, y tampoco rastros de material vegetal como para inferir que el área en algunas ocasiones presenta algún tipo de flora. En los recorridos pedestres realizados en el área de influencia del Proyecto, tampoco se identificaron Unidades Homogéneas de Vegetación (UHV) de ningún tipo, siendo toda el área un lugar desértico, con condiciones extremas de aridez y sin presencia de vegetación. No obstante lo anterior, se diferenciaron dos sectores, “Sin vegetación” e “Infraestructura”, que se diferencian básicamente en que la primera carece de vegetación naturalmente, producto de las condiciones de extrema aridez, y la segunda carece de vegetación por las intervenciones de origen antrópico de los suelos. Para mayor información ver anexo 7.6 de la DIA. 

Fauna

En cuanto a la fauna, se identificaron tres especies de vertebrados terrestres, correspondientes a una especie de reptil y dos especies de aves. En cuanto a la abundancia, se registró un total de 5 individuos, (2) gorrión, (1) Jote de cabeza colorada, y (2) corredor de teresa. La única especie endémica es el corredor de teresa. Finalmente, en cuanto al estado de conservación, solo el corredor de teresa está catalogado como “Rara” (D.S N°5/1998, MINAGRI). Para más detalles ver Anexo 7.6 de la DIA. 

Para la especie Microlophus thereioides (corredor de teresa), el titular contempla diseñar un plan de perturbación controlada para esta especie de baja movilidad, a fin de descartar su afectación durante la fase de construcción del proyecto, lo anterior se describe a continuación:

1) Descripción de la medida:

La Perturbación controlada consiste en remover de forma manual y gradual los refugios de las especies de interés, como cúmulos de rocas, previo al inicio de las actividades de movimiento de tierras con medios mecánicos. Se utilizarán como base las medidas recomendadas por las siguientes publicaciones de la autoridad nacional SAG 2016 (Guía de evaluación ambiental. Componente Fauna terrestre. D-PR-GA-01. Ministerio de Agricultura) y SAG 2014 (Guía técnica para implementar medidas de rescate/ relocalización y perturbación controlada), las cuales entregan referencias técnicas indicativas asociadas a disminuir la probabilidad de afectación de ejemplares de baja movilidad, en este caso en particular, del reptil Microlophus theresioides (Corredor de Teresa).

2) Forma de implementación de la medida de perturbación controlada

a) Delimitación del área de perturbación

Previo al inicio de las faenas de perturbación, se procederá a recorrer el área y fijar los límites de esta para su posterior delimitación. Esto permitirá evitar que el personal a cargo de las faenas de construcción, utilice y circule por las áreas de sitios de refugios, acondicionadas para la protección de la fauna perturbada.

b) Remoción de refugios

Con la finalidad de inducir el movimiento gradual de los reptiles hacia las zonas que no serán ocupadas por las obras del Proyecto, se removerán todas las rocas y se descubrirán las madrigueras que pudieran servir de refugio para la especie.

c) Creación de áreas de refugios

Parte del material retirado del área a perturbar, se instalará inmediatamente al lado del área de sitio de refugio de protección, con la finalidad de crear refugios que puedan ser utilizados durante el tránsito a la zona de destino y así evitar el retorno de los individuos a la zona perturbada.

3) Indicador de cumplimiento

En base a la Guía del SAG (2012), el indicador de cumplimiento será un informe entregado a la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) y a la SEREMI de Medio Ambiente, 30 días posterior a la ejecución de la última actividad asociada al Plan de Perturbación controlada. Por su parte, en dicho informe se utilizarán como descripción de las acciones de control las siguientes variables:

  • Asegurar que la población fue efectivamente desplazada.
  • Evaluar la localización final de la población.
  • Asegurar que las áreas donde serán desplazados según corresponda los individuos se mantienen en óptimas condiciones.
  • Limpieza del 100% del área a intervenir (lugar del área de perturbación y rescate) al momento de realizarse el primer monitoreo del plan de seguimiento.

Por su parte, la efectividad de la medida estará condicionada por el breve lapso de tiempo entre la aplicación de la perturbación y la intervención definitiva del proyecto (12 horas máximo), para evitar la recolonización por los mismos u otros individuos en la zona, sin perjuicio de lo anterior, en caso de evidenciar otras especies de reptiles, éstos también serán objeto de dicho plan.

Se ejecutará un plan de seguimiento a los 7 y 15 días posteriores al Plan de Perturbación Controlada, con el objetivo de realizar un monitoreo del entorno inmediato del proyecto, sector de refugios y destino de individuos perturbados.

Para más detalles ver respuesta 1.b del Capítulo IV de la Adenda Complementaria de la DIA.

Adicionalmente, el titular se compromete a lo siguiente:

a) Exigir a todos las personas involucradas en el proyecto, la prohibición de tenencia o alimentación de animales domésticos al interior de las instalaciones del proyecto.

b) El almacenamiento de residuos domésticos se realizará al interior de la S/E Encuentro, área que cuenta con cierre perimetral de hormigón y puertas que se mantienen cerradas, lo que previene el ingreso de perros y otros animales domésticos a las instalaciones, evitando así el posible daño que podrían causar estos sobre el componente fauna silvestre.

 

Productos químicos

Se prevé el uso de 7,5 kg de Spray Galvanizado durante la fase de construcción (aerosoles, Clase 2 según Clasificación NCh 382 Of.2013), el que será almacenado en la bodega de insumos y materiales bajo las disposiciones de almacenamiento en pequeñas cantidades según lo indicado en el D.S. Nº 43/2015 del Ministerio de Salud.

En cuanto al uso de combustible, a fin de evitar derrames de combustible al terreno, el almacenamiento temporal de estas sustancias se realizará sobre superficies impermeabilizadas de forma que se facilite su posterior recolección y tratamiento. Por ejemplo, se implementará una bandeja metálica de retención, plástico o sistema similar estanco donde se colocarán los recipientes y sobre el que se realizarán los trasiegos. El tamaño del estanque de retención que se utilice, tendrá como mínimo, la capacidad suficiente para contener el volumen del recipiente de mayor tamaño que se vaya a colocar sobre él. Para más detalles ver respuesta 11 de la Adenda de la DIA e instructivo de “Carga y Descarga de Combustible”, adjunto en anexo 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de tramo de línea de transmisión eléctrica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 5.1, 5.4 y 6.2 del ICE.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

Impacto al componente humano

a) El Proyecto se encontrará localizado en la comuna de María Elena, Provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta, aproximadamente a 12 kilómetros de dicha comuna, por lo que no existirá intervención, uso o restricción al acceso de recursos naturales que pudiesen ser utilizados como sustento económico o de uso tradicional (medicinal, espiritual o cultural) por grupos humanos. Cabe señalar que  el proyecto no contempla reasentamiento de comunidades humanas, así como tampoco en el área de emplazamiento del proyecto, no se registran grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas.

b) Las modificaciones al proyecto no obstruirán la libre circulación, conectividad o implicarán un aumento significativo de los tiempos de desplazamiento de los habitantes de las zonas aledañas, ya que los flujos de transporte del proyecto para fases de construcción correspondientes al traslado de maquinaria, materiales e insumos, hormigón, material de escarpe, personal, equipos y traslado de áridos, se llevarán a cabo de manera temporal y alterna, donde el incremento del flujo de transporte es insignificante en relación al flujo actual (1,7 %). Para más detalles tabla 14 de la DIA.

Sin perjuicio de lo anterior, cabe señalar que el transporte de personal, insumos (sustancias peligrosas, agua potable, agua industrial), productos y residuos, para todas las fases del proyecto, son actividades que serán realizadas por empresas externas debidamente autorizadas.

 

c) El acceso y calidad de bienes, equipamiento, servicios o infraestructura básica, no serán afectadas por las modificaciones del proyecto, ya que se desarrollarán en inmediaciones de los predios del titular del proyecto (ubicados aproximadamente a 12 kilómetros de María Elena). Además, cabe señalar que la máxima dotación será en la fase de construcción, será de un máximo de 20 trabajadores por un periodo de 5 meses.

d) El área del Proyecto corresponde a un área con una alta intervención antrópica, donde la comuna de María Elena se encuentra a más de 10 kilómetros, por lo que el ejercicio o manifestaciones de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, no serán afectados por las modificaciones del proyecto, ya que se desarrollarán colindantes a de los predios privados del titular.

Este análisis se presenta en detalle en el Anexo 7.8 de la DIA. 

Al respecto cabe señalar, que el grupo humano indígena más cercano al proyecto se localiza en Quillagua, a 97 km aproximadamente.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de tramo de línea de transmisión eléctrica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.3 del ICE.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

Poblaciones y áreas protegidas

El Proyecto se ubicará a 12 kilómetros de la comuna de María Elena, el territorio en que se emplazará el proyecto, corresponde a un área con alta intervención antrópica. Cabe señalar que la localización del proyecto no se encuentra en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados.

El grupo humano indígena más cercano al proyecto se localiza en Quillagua, a 97 km aproximadamente.

Por otra parte, como se señaló anteriormente, el sector donde se emplazará el proyecto, presenta una alta intervención antrópica, no presenta ecosistemas o formaciones naturales con características de unicidad, escasez o representatividad, por lo que se considera que no se constituye como un territorio con valor ambiental.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de tramo de línea de transmisión eléctrica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.4. del ICE.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo

Impacto sobre el paisaje

De acuerdo al análisis del informe de paisaje y recursos escénicos presentado en el Anexo 7.3 de la DIA, y al fotomontaje presentado en el Anexo 7.3.1 de la DIA, se concluye que la unidad de paisaje adquiere valor paisajístico debido a la presencia de tres atributos biofísicos con características que otorgan valor: suelo, agua y vegetación (presentes en la ribera del río Loa, respecto a esto último, cabe señalar que estos atributos se encuentran presentes en el sector general de ubicación del proyecto, y no en el sector específico de emplazamiento de las obras, toda vez que el río Loa se encuentra a 400 metros aproximadamente de la localización de las obras del proyecto).

No obstante, su calidad visual es Baja, debido principalmente a la calidad baja de los atributos estructurales y estéticos. De acuerdo a los resultados de los fotomontajes, se concluye que no habrá un impacto significativo sobre el impacto visual sobre el paisaje, ya que de acuerdo a las características basales del paisaje, permite que las obras del proyecto tiendan a perderse dentro de los elementos antrópicos ya existentes en el paisaje, por tanto el proyecto no difiere de las construcciones ya existentes.

Impacto sobre el valor turístico

 

En cuanto al área de influencia del Proyecto, se han identificado como recursos turísticos, áreas de protección y conservación con alto valor natural e histórico-cultural, como la Área Turística Prioritaria Pampa Salitrera (ATP), así como también diversas iniciativas de fomento al turismo por parte de SERNATUR, como el establecimiento de destinos turísticos, de los cuales, el destino Antofagasta incluye en su oferta al turista la visita a las ex salitreras, que tiene como eje la ruta 5. Al respecto, cabe destacar que el proyecto si bien se encuentra inserto en el ATP Pampa Salitrera, cuyos principales hitos turísticos se encuentran asociados a la Oficina Salitrera María Elena y a la cuenca del río Loa, respecto de la incidencia de las obras, es importante señalar que el proyecto se encuentra en un área intervenida vinculada a la existencia de líneas de transmisión y subestaciones eléctricas, por lo que debido a la magnitud de las obras, el proyecto tiendan a perderse dentro de los elementos antrópicos ya existentes en el paisaje.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de tramo de línea de transmisión eléctrica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.5. del ICE.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

Alteración del patrimonio cultural

a) En el informe de inspección arqueológica adjunto en el anexo 7.7 de la DIA, se registró un total de 9 elementos patrimoniales que corresponden exclusivamente a la categoría de rasgos lineales.

Debido a que los 9 hallazgos se encuentran emplazados en el sector que será intervenido por las áreas del proyecto, se realizará una recolección de los hallazgos superficiales asociados a los rasgos lineales, al interior del área de influencia del proyecto. Además, se realizará el levantamiento topográfico y aplicación ficha registro.

Las medidas señaladas anteriormente, deberán ser ejecutadas una vez obtenida la RCA, y previo al inicio de las acciones y obras del Proyecto (fase de construcción). 

Se realizará un monitoreo arqueológico permanente durante la fase de construcción y en todas las obras que impliquen movimiento de tierra e intervención del subsuelo, por arqueólogo (s) y/o licenciado (s) en arqueología, por cada frente de trabajo. De acuerdo a lo anterior, se deberá remitir a la SMA y al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) un informe mensual que contenga los siguientes antecedentes: 

1) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, señalando la fecha a la que corresponde.

2) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación.

3) Plan mensual de trabajo donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo.

4) Planos y fotografías (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

Además, se realizarán charlas de inducción por el arqueólogo o licenciado en arqueología a los trabajadores del Proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Cabe señalar que se deberá remitir en los informes de monitoreo, los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma con la firma de cada trabajador.

Finalmente, se deberá remitir un informe final de monitoreo, que debe dar cuenta de las actividades realizadas, y de haberse detectado sitios arqueológicos, incluir la información de rescate correspondiente. En estos casos se incluirá una revisión bibliográfica de la zona, el análisis (por tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad. Se debe recordar que para los rescates de hallazgos no previstos que aparezcan durante el monitoreo o en otra instancia, se deberá solicitar el permiso de intervención arqueológica, según el Artículo 7° del Reglamento de Excavación, establecida en la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales.

b) En el área del proyecto no se registran construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenezcan al patrimonio cultural, incluido el patrimonio cultural indígena. El área protegida más cercana se encuentra a 12 km al suroeste del Proyecto, correspondiente al Monumento Histórico “Edificios que conforman el barrio cívico de la Oficina Salitrera María Elena” y la Zona Típica o Pintoresca “Sector que indica de la Oficina Salitrera María Elena”.

A su vez, no se registran pueblos indígenas en las cercanías del área de localización del proyecto (la más cercana se ubica a aproximadamente 97 km de distancia).

c) En el área del proyecto no se registran lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo humano. Además, en las cercanías del área del emplazamiento del proyecto no se registra presencia de pueblos indígenas. De éste modo, no se afectará ningún sitio con las características descritas en el literal precedente.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción y operación de tramo de línea de transmisión eléctrica.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Tabla 6.6. del ICE.

 

6°. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

 

6.1.1. Permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 132 del Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para hacer excavaciones de tipo arqueológico, antropológico y paleontológico, según se establece en el artículo 132 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

Este permiso se requerirá debido a que el área de donde se emplazarán las obras del proyecto, se identificaron nueve elementos patrimoniales que corresponden exclusivamente a la categoría de rasgos lineales, para los cuales se realizará una recolección de los hallazgos superficiales al interior del área de influencia del proyecto 

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 5.1 y 5.1.1de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se consideran condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

ORD. Nº 3033 de fecha 07 de julio de 2017 del Consejo de Monumentos Nacionales, se pronunció conforme respecto de los requisitos presentados por el titular condicionado a lo señalado anteriormente.

 
 

6.1.2. Permiso ambiental sectorial contenido en el artículo 140 del Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción.

Parte, obra o acción a que aplica

Este permiso se requerirá para el patio de almacenamiento temporal de residuos domésticos y residuos industriales no peligrosos, los cuales serán utilizados en la fase de construcción del proyecto.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 5.3 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se consideran condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

ORD. Nº 101 de fecha 15 de septiembre de 2017 de la SEREMI de Salud, se pronunció conforme respecto de los requisitos presentados por el titular.

 

6.1.3. Pronunciamiento contenido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA

Permiso

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción

Parte, obra o acción a que aplica

El Proyecto considera edificaciones asociadas a la instalación de faena de carácter temporal (330 m2), cuya duración será de cinco meses.

Los requisitos para su otorgamiento, y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se acompañan en el anexo 5.2 de la Adenda de la DIA.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias.

Pronunciamiento del órgano competente

ORD. Nº 427 de fecha 30 de junio de 2017 del Servicio Agrícola Ganadero, se pronuncia conforme respecto de los requisitos presentados por el titular. 

 

7°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

 

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA
  • Decreto Supremo N° 144/1961 del Ministerio de Salud. Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

El Proyecto contemplará un conjunto de acciones para controlar las emisiones atmosféricas, tales como: los vehículos y maquinaria poseerán las revisiones técnicas al día, se realizarán mantenciones adecuadas a las maquinarias, los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad

moderada, no superando los 20 km/h, Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el Decreto N° 75 de 1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se realizará la humectación de los caminos no pavimentados, mínimo 2 veces al día durante la fase de construcción y cierre

Indicador que acredita su cumplimiento

El indicador de cumplimiento consiste en la ejecución de las medidas comprometidas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.1. del ICE.

 

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo Nº 138/05 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

La Resolución Nº 15.027/1994 del Ministerio de Salud, que Establece Procedimiento de Declaración de Emisiones para Fuentes Estacionarias que Indica, indica que declararán todos los grupos electrógenos de potencia activa superior a 20 kW, por lo que la presente normativa no tendría aplicabilidad para el proyecto en comento debido a que el abastecimiento de energía durante la fase de construcción y cierre del Proyecto se utilizarán dos grupos electrógenos de 15 kVA cada uno.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá en obra los registros de los grupos electrógenos (especificaciones técnicas o similares) que den cuenta de la potencia de los mismos, disponibles para fiscalización de la Autoridad.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.2. del ICE.

 

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA
  • Decreto Supremo Nº 4/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
  • Decreto Supremo Nº 54 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas sobre emisiones aplicables a vehículos motorizados medianos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

El Titular verificará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, sean las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente. En caso de aquellos vehículos que puedan no requerir revisión técnica, se realizarán mantenciones permanentes para dar cumplimiento a la norma en análisis.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá copia de la revisión técnica al día de todo vehículo motorizado aplicable a esta norma

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.3. del ICE.

 

7.4. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo N° 211/1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

El titular verificará que todos los vehículos motorizados inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuenten con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena y/o instalaciones estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, y cuentes con su Revisión Técnica al día.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.3. del ICE.

 

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA
  • Decreto Supremo N° 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre.

Forma de cumplimiento

 
 
  • Se exigirá el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en todas las fases del proyecto. Además, todos los vehículos y maquinarias contarán con su revisión técnica al día.
  • En la fase de construcción y cierre, los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad moderada, no superando los 20 km/h, con objeto de minimizar la emisión de material particulado. Para lo que se realizarán charlas a todo el personal de la etapa de construcción.
  • Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el Decreto N° 75 de 1987 del MINTRATEL, que establece las condiciones para el transporte de carga.
  • Durante la fase de construcción y cierre, se humectarán los caminos no pavimentados, mínimo 2 veces al día o cuando el titular lo considere necesario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro fotográfico de vehículos con carga cubierta.

Revisión Técnica de vehículos y maquinarias.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.4. del ICE.

 

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA

Decreto Supremo N° 75/87, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, Establece Condiciones para el Transporte de Carga que Indica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

Los transportes de materiales que emitan polvo, serán realizados con una lona dispuesta especialmente al efecto, con el objeto de evitar dichas emisiones, en fase de construcción. Los vehículos que transporten sustancias que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán equipados de modo que aseguren que ello no ocurra, tanto en fase de construcción como operación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá dicha obligación. Registros fotográficos. Registros de ingreso y salida de camiones al interior de las instalaciones.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.1.5. del ICE.

 
 

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

Decreto Supremo Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Las emisiones de ruido cumplirán con el presente decreto. Los resultados obtenidos permitieron determinar el impacto acústico del Proyecto,  los datos se entregan de manera detallada en el Anexo 4.1 de la Adenda de la DIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informe de emisión de Ruidos, de acuerdo al cual las proyecciones de emisiones del proyecto se encuentran conforme con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente, para todas las fases del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.2.1. del ICE.

 

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos

  • NORMA
  • Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

El proyecto generará residuos líquidos domiciliarios (aguas servidas) en la fase de construcción y cierre, las que serán almacenadas en baños químicos de acuerdo a la dotación y condiciones establecidas en el D.S. N° 594/1999. El manejo de los baños químicos será realizado por una empresa que cuente con los permisos de la Autoridad Sanitaria

Cabe señalar que para la fase de operación, no se considera la necesidad de mano de obra adicional. Lo anterior debido a que las actividades de mantención de la línea son esporádicas y serán ejecutadas por el personal de mantenimiento de la subestación Encuentro (Propiedad de Transelec), con una frecuencia de 3 veces al año y la participación de 6 operarios, por lo que no habrá presencia permanente y continua de personal.

Por lo anterior, el titular asegurará el suministro de baños al personal, en este caso, la S/E Encuentro es propiedad del mismo titular, por lo que facilitará el acceso a sus servicios higiénicos a estos operarios en caso de ser necesario.

Indicador que acredita su cumplimiento

Resolución sanitaria que autoriza el funcionamiento de la empresa que manejará los baños químicos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.3.1. del ICE

 

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Residuos industriales no peligrosos

  • NORMA
  • Decreto Supremo Nº 594/99  del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo;
  • Decreto con Fuerza de Ley Nº 725/67 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

 
 

Durante la fase de construcción y cierre, se generarán residuos domésticos e industriales no peligrosos. En la fase de construcción serán almacenados temporalmente en sitios autorizados al interior de la S/E Crucero. Mientras que para la fase de cierre, no se realizará el almacenamiento temporal de los residuos, ya que serán retirados de inmediato. En ambos casos, los residuos serán retirados por terceros autorizados y finalmente dispuestos en sitios autorizados. Durante la fase de operación, no se tiene contemplado la generación de residuos que requieran instalaciones autorizadas para su acumulación, debido a que no se contempla presencia permanente y continua de personal. Además, para las mantenciones se realizarán 3 veces al año por una brigada formada por 6 operarios, que pertenece a la S/E Encuentro.

El manejo desde su generación hasta su disposición final se describe en las tablas 4.2.2.7, 4.2.3.9 y 4.2.4.7 del Informe Consolidado.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención del PAS 140 por medio de la obtención de una RCA favorable y la Resolución sanitaria de la SEREMI de Salud de la Región que apruebe el proyecto de almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.4.1. del ICE.

 

7.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos

NORMA

Decreto Supremo Nº 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Durante las fases de construcción y cierre se generarán residuos peligrosos, los cuales serán almacenados temporalmente en la bodega de RESPEL existente en las instalaciones de la S/E Encuentro, propiedad de Transelec, la cual cuenta con autorización sanitaria N° 8516/2015. Los residuos peligrosos serán retirados por una empresa autorizada y serán enviados a sitios de disposición final autorizados con una frecuencia de no mayor a 6 meses.

Su manejo desde su generación hasta su disposición final se describe en las en las tablas 4.2.2.7 y 4.2.4.7 del Informe Consolidado. 

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de la RCA en la que se autoriza el uso de la Bodega RESPEL existente en las instalaciones de la Subestación Encuentro, propiedad del mismo titular, la cual cuenta con Resolución de Autorización Sanitaria.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.5.1. del ICE.

 

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas

NORMA

Decreto Supremo N° 43/2015, del Ministerio de Salud, que Aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

 

Se prevé el uso de 7,5 kg de Spray Galvanizado (aerosoles, Clase 2 según Clasificación NCh 382 Of.2013) durante la fase de construcción, el que será almacenado en la bodega de insumos y materiales bajo las disposiciones de almacenamiento en pequeñas cantidades según lo indicado en el D.S. Nº 43/2015.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno que las sustancias peligrosas se almacenen cumpliendo con las exigencias descritas por la normativa.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.6.1. del ICE.

 

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

NORMA
  • Ley Nº 17.288/1970, del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales.
  • Decreto Supremo N° 484/1990 del Ministerio de Educación, que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológica

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

 

Si durante la ejecución de las obras que impliquen excavación y/o remoción de suelo se produjera algún hallazgo arqueológico o paleontológico no previsto,  se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento sobre Excavaciones y Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Proponente del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Informes asociados al eventual hallazgo.

Aviso a la Autoridad competente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.7.1. del ICE.

 
7.13. COMPONENTE/MATERIA: Fauna
NORMA
  • Ley Nº 19.473, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre Caza
  • Decreto Supremo N° 5/98, Reglamento de la ley de caza

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

 

Se instruirá al personal sobre la prohibición de caza y de cualquier intervención a la fauna presente en el área del proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de la capacitación al personal de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.8.1. del ICE.

 
 

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Energía y combustibles

NORMA

Decreto Supremo Nº 160/08 del Ministerio de Fomento, Economía y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre

Forma de cumplimiento

 

El combustible requerido será almacenado en la instalación de faenas, para lo cual se dispondrá de un tanque para diésel con una capacidad inferior a 1.000 L debidamente identificado. Este estanque contará con un piso impermeable y confinado mediante pretil, para evitar la contaminación del suelo por posibles derrames. En cuanto a las condiciones de seguridad, se tomarán las precauciones necesarias para evitar derrames de combustible y se contará con pretil adecuado para contener los eventuales derrames; a su vez, se contemplarán letreros de advertencia tales como "INFLAMABLE – NO FUMAR NI ENCENDER FUEGO", visibles a lo menos a 3 metros de distancia.

Indicador que acredita su cumplimiento

Verificación en terreno.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.9.1. del ICE.

 

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Ordenamiento territorial

NORMA

D.F.L. Nº 458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

 

Para la fase de construcción se consideran la habilitación de una instalación de faena de carácter temporal, cuya duración es de 5 meses.

Las edificaciones y su correspondiente destino, asociadas a la etapa de construcción del proyecto son: oficinas y comedor, se habilitaran edificios modulares prefabricados, tipo container, para el almacenamiento de equipos, herramientas y sustancias peligrosas en bajas cantidades de acuerdo a lo dispuesto en el párrafo i (del almacenamiento de pequeñas cantidades) del Título II del D.S. Nº 43/2016, MINSAL, que aprueba “Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

Indicador que acredita su cumplimiento

Contar con el PAS establecido en el artículo 160 del Reglamento del SEIA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.10.1. del ICE.

 
 

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Otras normativas

NORMA

Decreto Supremo N°1/13 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba reglamento de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Se reportará a la autoridad correspondiente información, asociada a residuos, contenida en el DS Nº 148/03 del Ministerio de Salud, que aprueba reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos mediante la plataforma electrónica del Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos (SIDREP - sistema sectorial de RETC para la declaración de este tipo de residuos).

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia del registro de la declaración de residuos peligrosos en la plataforma electrónica de SIDREP.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.11.1. del ICE.

 
 
7.17. COMPONENTE/MATERIA: Otras normativas
NORMA

Decreto Fuerza Ley N°1/1989 del Ministerio de Salud. Determina materias que requieren autorización sanitaria expresa.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

 

Para la fase de construcción y de cierre, se requiere de una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Por lo anterior, su almacenamiento se realizará en la Bodega RESPEL existente en las instalaciones de la Subestación Encuentro, propiedad del mismo titular, la cual cuenta con Resolución de Autorización Sanitaria N° 8516/2015.

Durante la fase de construcción, los residuos domésticos e industriales no peligrosos serán almacenados en un sitio de almacenamiento temporal al interior de la S/E Encuentro. Durante la fase de operación no se tiene contemplado la generación de residuos que requieran instalaciones autorizadas para su acumulación debido a que no se contempla presencia permanente y continua de personal, siendo que ésta sólo contempla el mantenimiento de la línea de alta tensión, la que se realizará 3 veces al año, por una brigada formada por 6 operarios. Por lo anterior, se prevé una baja generación de residuos y serán ellos quienes se encarguen de transportar consigo los residuos que generen, hacia contenedores debidamente habilitados en el sector poblado más cercano para su posterior eliminación a través de empresas debidamente Autorizadas. En cuanto a la fase de cierre, esta tiene una duración de dos meses, los residuos domésticos e industriales no peligrosos que se generen serán retirados de inmediato, por lo que no se requiere de un sitio de almacenamiento temporal para dichos residuos.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de la RCA en la que se autoriza el uso de la Bodega RESPEL existente en las instalaciones de la Subestación Encuentro, propiedad del mismo titular, la cual cuenta con Resolución de Autorización Sanitaria.

Obtención del PAS 140 para la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.11.2. del ICE.

 
 
7.18. COMPONENTE/MATERIA: Otras normativas
NORMA
  • Resolución Nº 133 del Ministerio de Agricultura, Servicio Agrícola y Ganadero. Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción.

Forma de cumplimiento

 

Si los envases de maderas provienen eventualmente del extranjero, cumplirán con las marcas y símbolos especificados en la resolución en comento. Se dará cumplimiento a la presente resolución exigiendo a la empresa contratista el cumplimiento de las directrices de la Resolución Exenta 2.859 del 2007 del Ministerio de Agricultura. Se cumplirá de forma íntegra esta resolución con todas sus modificaciones posteriores.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de la procedencia de los equipos, certificado del embalaje y registro fotográfico de la separación de este embalaje del resto, dentro del patio de almacenamiento de residuos no peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Tabla 8.11.3. del ICE.

 

8°. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse los siguientes compromisos voluntarios, condiciones o exigencias: 

8.1. COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS 

No hay compromisos voluntarios asociados al proyecto. 

8.2. CONDICIONES O EXIGENCIAS 

8.2.1 Condición Condiciones para realizar la actividad de perturbación controlada sobre la especie Microlophus theresioides 

La medida de perturbación controlada sobre la especie Microlophus theresioides, deberá ser ejecutada por especialistas adecuados (Biólogo o profesional a fin), acorde a las metodología y esfuerzo estándar propuesto en la “Guía técnica para implementar medidas de rescate/relocalización y perturbación controlada del SAG.

9. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, serán las siguientes:

9.1.  PLAN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS 

Las medidas o acciones relevantes del plan de prevención de contingencias y emergencias son las siguientes: 

9.1.1 Riesgo por incendio 

                                     
Tabla 9.1.1 Riesgo asociado a incendio
Riesgo o contingencia
Incendio
Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Instalación de faenas (oficinas, almacén y bodega) y línea de alta tensión

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

  • Inspección planeada mensual a los equipos y elementos contra incendio e informar por escrito al Gerente Zonal cuando existan anormalidades.
  • Revisar y actualizar los datos e instrucciones del Plan contra incendios.
  • Coordinar la revisión y mantención anual de los extintores de la Gerencia Zonal.
  • Coordinar un ejercicio anual de entrenamiento en conjunto con Bomberos, Carabineros y Mutualidad con el propósito de reaccionar en forma rápida, oportuna y eficaz ante la ocurrencia de un incendio. Estas actividades se consideran parte de la capacitación en Prevención de Riesgos. De ellas se dejará registro escrito, incluyendo el detalle de lo realizado, los participantes, el temario, los expositores y tiempo de duración del ejercicio.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En esta etapa participa principalmente el personal de Bomberos. El personal de la instalación permanecerá en la Zona de Seguridad dispuesta a colaborar en las actividades que le solicite el Encargado de la Emergencia. Sin perjuicio de lo anterior, se dará cumplimiento a lo indicado en el D.S. N°594/1999 del Ministerio de Salud, específicamente el párrafo III, artículos 44 al 52, en lo referido a los extintores.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3-1 de la Adenda de la DIA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos Quien detecte la emergencia puede delegar en otras personas los llamados a los servicios de emergencia tales como Bomberos, Carabineros o Ambulancias.

Quien detecte la emergencia puede delegar en otras personas los llamados a los servicios de emergencia tales como Bomberos, Carabineros o Ambulancias.

 
9.1.2 Riesgo por sismo 
 
Tabla 9.1.2 Riesgo asociado a sismo
Riesgo o contingencia
Sismo
Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada
  • Instalación de faenas (obras temporales)
  • Línea de alta tensión

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Todo trabajador tiene la responsabilidad de contribuir y participar activa y permanentemente en la información y control de las condiciones y acciones subestándar o inseguras que se generen a partir de un sismo importante.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

En caso de sismos, hay que considerar que no se sabe cuánto durará, no se sabe qué magnitud tendrá y, además, que “está temblando en todas partes”.

I) Responsabilidades del personal durante el sismo:
  • Evitar que las personas abandonen las oficinas durante el sismo, ya que la mayoría de las lesiones ocurren al retirarse hacia las zonas de seguridad durante su ocurrencia.
  • Retirar a las personas de las cercanías de ventanas, muebles u objetos que puedan caer sobre las personas.
  • Controlar las personas con demostraciones de pánico o paralizadas por el sismo.
  • Prepararse para una eventual evacuación, esto será definido por el monitor de la emergencia.

 II) Responsabilidades del Monitor de la Emergencia terminado el sismo:

  • Inspeccionar detalladamente el área, en busca de personas heridas, analizar situaciones de riesgo y condiciones de los puestos de trabajo. Informar novedades al Gerente Zonal y al Experto en Prevención de Riesgos cuando lleguen al lugar para definir las acciones a seguir.
  • Verificar la evacuación de todo el personal hacia la Zona de Seguridad de la instalación.
  • Una vez superada la situación y con la autorización del Gerente Zonal, solicitará proceder con el regreso del personal a sus puestos de trabajo o les informará otras decisiones que se hayan adoptado, dependiendo de las circunstancias.
  • Los encargados deberán retirar las Mochilas de Emergencia de cada SS/EE u Oficinas.
Consideraciones especiales:
  • Los encargados de los teléfonos satelitales y radios VHF deberán evacuar junto con estos dispositivos para poder mantener las comunicaciones.
  • Posteriormente el personal procederá a verificar las condiciones de sus familiares.
  • El área de administración tomara el Rol de apoyar a las familias de los funcionarios, mientras que los colaboradores cumplan la función de re establecimiento del Sistema de Transmisión, en cuanto a las necesidades básicas, esto con la finalidad de que los trabajadores puedan ejercer sus labores de forma tranquila, por lo que contara con un registro actualizado con las direcciones y teléfonos de contacto en caso de emergencia de cada uno de los trabajadores.
  • En caso que el Sismo fuese fuera de la jornada de trabajo, el personal se reunirá en las oficinas de Transelec, si las oficinas se encuentran en condiciones deficientes se coordinara con Gerente Zonal el lugar de encuentro para coordinar los trabajos que fuesen necesarios.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3-1 de la Adenda de la DIA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

El o los trabajadores que se encuentren en zonas afectadas directamente por un terremoto, se comunicarán con su Jefe Directo, directamente o por medio de los Operadores de las Subestaciones, su ubicación y estado. A la vez el Jefe Directo procederá a comunicar al Gerente Zonal.

 
9.1.3 Riesgo por derrame de combustible y aceite
 

 Tabla 9.1.3 Riesgo asociado a derrame de combustible y aceite

Riesgo o contingencia

Derrames en el almacenamiento y manipulación de sustancias

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada
  • Instalación de faenas (obras temporales)
  • Línea de alta tensión

Acciones o medidas a implementar para prevenir la contingencia

Todo trabajador tiene la responsabilidad de contribuir y participar activa y permanentemente en la información y control de las condiciones y acciones subestándar o inseguras que se generen a partir de una emergencia ambiental.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3-1 de la Adenda de la DIA.

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

Derrame de combustible y aceite:

El personal del grupo de control y mitigación de la emergencia ambiental que interactúe directamente sobre el derrame, deberá equiparse con elementos de protección personal (EPP): Casco, Botas de goma, Antiparras de protección, Guantes de PVC, Mascarilla desechable; y Delantal de PVC.

Todo el equipo de protección personal deberá ser eliminado como residuo peligroso, en caso que presente contaminación con aceite, combustible, PCB u otros elementos.

Las acciones para controlar los derrames, a efectuar por el grupo control y mitigación de emergencia ambiental, son las siguientes:

1) Tomar conocimiento y aplicar las indicaciones de seguridad presentes en la Hoja de Seguridad del producto derramado.

2) Aislar el área afectada por el derrame.

3) Sellar la fuente del derrame. De no ser ello posible, ubicar contenedores que almacenen el derrame y eviten que el área afectada aumente.

4) Contener el material derramado en el suelo con material absorbente, en cantidad suficiente.

5) Extraer el suelo contaminado hasta una profundidad en que no haya evidencias de contaminación.

6) Las herramientas utilizadas en el control de derrames y que no sean descontaminadas, deberán ser tratadas como residuo peligroso.

7) Disponer los residuos peligrosos generados en tambores de almacenamiento y rotularlos indicando claramente su contenido, fecha de generación y lugar de origen.

8) Almacenar temporalmente los tambores con residuos sólidos peligrosos y de no ser posible, almacenar temporalmente los tambores en un lugar adecuado que destine el Gerente Zonal hasta su disposición final.

10) Restituir el área que fue escarpada para el retiro del suelo contaminado con material limpio.

11) Dar aviso al Gerente Zonal, una vez finalizada la limpieza, para que éste pueda indicar quien efectuará la supervisión y recepción conforme de la faena.

Accidente durante el traslado de personal de Transelec y/o equipos o materiales:

Esta emergencia ambiental ocurre por un eventual accidente durante el traslado de personal y/o equipos o materiales, en el cual ocurra el derrame del combustible que moviliza el vehículo o el derrame de insumos que estén siendo transportados. Esta emergencia puede originar la contaminación del suelo y/o agua superficial con el material derramado.

1) Recuperar la documentación relativa a la carga.

2) Dar la alarma, siguiendo la línea de comunicación.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3-1 de la Adenda de la DIA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

Se remitirá informe preliminar de emergencia a la autoridad ambiental competente en un plazo no superior a 24 horas luego de ocurrida la emergencia. Posteriormente superada la emergencia se remitirá a la autoridad ambiental competente un informe final de emergencia.

 
9.1.4 Riesgo colisión o atropello de fauna silvestre
 

Tabla 9.1.4 Riesgo asociado a colisión o atropello de fauna silvestre

Riesgo o contingencia

Colisión o atropello de fauna silvestre

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Línea de transmisión eléctrica y tránsito maquinaria y vehículos

Acciones o medida a implementar para controlar la emergencia

A continuación se describe el procedimiento a ser utilizado para el rescate de fauna silvestre, durante la etapa de construcción y cierre:

En caso de ocurrir un evento en que la fauna silvestre sea afectada, el responsable de obra en terreno deberá inmediatamente ocurrido el evento proceder con lo siguiente:

1) Elaborar informe preliminar que contenga a lo menos la siguiente información: Descripción del suceso; Identificación de la especie afectada; Fecha, hora y duración del suceso; Condición vital de la especie afectada; Coordenadas UTM del suceso y área.

2) En base al informe preliminar y a la condición de la especie afectada se procederá a realizar el siguiente procedimiento de rescate:

  • Rescate por fauna herida: para este caso se recurrirá de forma inmediata al contacto con el centro rescate y rehabilitación de fauna correspondiente a la zona donde ocurra el accidente. Se entregaran los antecedentes generales recopilados en el informe preliminar de tal modo que la entidad elabore las técnicas necesarias para atender la emergencia y auxiliar al individuo afectado.
  • Rehabilitación de fauna herida: para cuando se haya generado un caso de fauna herida y que fue atendida oportunamente en el centro de rescate y rehabilitación correspondiente a la zona, este deberá someterse a la vez a un tratamiento de rehabilitación donde se evalúe su evolución, de tal modo que al constatarse del 100% de su recuperación, sea este reincorporado al medio natural.
  • Fauna accidentada con resultado de muerte: en los casos de resultado de muerte de fauna silvestre, se informará inmediatamente a la autoridad ambiental competente sobre este hecho.

El titular reitera además su compromiso de informar a la autoridad ambiental competente de cada evento asociado al rescate de fauna silvestre.

Fase operación:

El titular define acciones específicas para aves heridas. A continuación se detallan algunas de las acciones más importantes:

a) Mantener la calma: Frente al hallazgo de aves heridas es necesario que el trabajador planifique con calma la manera de abordar al ave, para lo cual debe evaluar su tamaño y la magnitud de sus heridas, así como el potencial riesgo de manipularla, especialmente cuando se trate de aves rapaces.

b) Guardar silencio o hablar en voz baja: Se detalla en la literatura científica el estrés que presentan las aves a emisiones de ruido, por ello es recomendable que las conversaciones o diálogos durante las maniobras de manejo se realicen en voz baja con el fin de disminuir la posibilidad de estrés de las aves durante el rescate y traslado.

c) Colocación de capucha sobre la cabeza: Con el fin de disminuir los estímulos visuales durante el manejo, deberá colocarse una capucha sobre la cabeza de aves de mayor tamaño. En el caso de no tener disponible esta herramienta deberá colocarse sobre la cabeza una toalla o paño que no dificulte la respiración de las aves.

d) Mantener a las aves en un lugar fresco y de poca intensidad lumínica: Si es necesaria la mantención de las aves, previa a su atención por parte de médicos veterinarios, se deben disponer en un lugar tranquilo (sin flujo de personas o maquinaria), dentro de una caja para su posterior transporte y en condiciones de baja luz y temperatura moderada, para así disminuir el riesgo de estrés.

e) Procedimiento de sujeción y transporte de las aves:

  • Utilización de chinguillo o guardamanos: Esta herramienta debe utilizarse para reducir la capacidad de escape del animal  durante la manipulación, de esta forma el personal a cargo de la captura podrá acercarse de mejor manera y tomar manualmente al ave. El tejido de la malla debe ser el adecuado para la especie a capturar, evitando que el animal pueda sacar su cabeza o extremidades por los espacios de la malla.
  • Colocación del animal dentro de un contenedor apropiado: La elección del tipo y tamaño del contenedor, debe ser acorde a cada animal, lo que implica un contenedor resistente, con paredes cerradas y perforadas para permitir la ventilación, de tamaño reducido pero suficiente para que el ave pueda estar cómoda estirada y/o de pie. Ello impidiendo que las aves puedan volar o dar saltos dentro del contenedor. El material debe elegirse de acuerdo a la masa corporal del ave y a la capacidad de este de escapar. Se consideran contenedores apropiados para el transporte, las cajas de cartón o madera con suficientes respiraderos para permitir la adecuada ventilación de las aves.
  • Atención médica diligente: Minimizar los tiempos de traslado para que el animal tenga la atención médico veterinaria lo más precoz  posible. Si esto no es posible, el animal deberá ser mantenido dentro del contenedor en un lugar obscuro y tranquilo, siguiendo las indicaciones ya mencionadas de bienestar animal.
  • Transporte hacia centro de rescate y rehabilitación: Esta actividad debe hacerse en coordinación directa con el centro de recate y rehabilitación más cercano. El contenedor debe ser sujeto al vehículo de transporte, de manera de impedir que ésta caiga o se desplace con movimientos bruscos. Además, debe estar protegido de la radiación solar directa y de corrientes de aire.

Referencia a documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 3-1 de la Adenda de la DIA y anexo 3.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan u otros organismos

El personal que identifique la colisión o atropello de especies de fauna silvestre deberá dar aviso inmediato al encargado ambiental correspondiente, el que tomará inmediata comunicación con el centro de rescate más cercano registrado por el Servicio Agrícola Ganadero (SAG). Los costos asociados al transporte, mantención, rehabilitación y posterior liberación de la fauna serán asumidos por Transelec.

 

10. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300. 

11. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 

12. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución. 

13. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 

14. Que, para que el proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 

15. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 

16. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 

17. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.  

18. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. 

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” presentado por TRANSELEC S.A. 

2°. Certificar que el proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 

3°. Certificar que el proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 132, 140 y 160 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

4°. Certificar que el proyecto “Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 

5°. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.  

6°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley Nº 19.300 ante la Directora del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

Notifíquese y Archívese





Arturo Molina Henríquez
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Antofagasta




Sandra Cortez Contreras
Directora (S) Regional
Servicio de Evaluación Ambiental
Región de Antofagasta




RMM/SEC/DLR/MAG

Distribución:

  • David Noe Scheinwald
  • CONAF, Región de Antofagasta
  • DGA, Región de Antofagasta
  • DOH, Región de Antofagasta
  • Gobernación Marítima de Antofagasta
  • Gobierno Regional, Región de Antofagasta
  • Ilustre Municipalidad de María Elena
  • Oficina Regional CONADI, Región de Antofagasta
  • SAG, Región de Antofagasta
  • SEC, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Energía, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Minería, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Salud, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta
  • SEREMI Medio Ambiente, Región de Antofagasta
  • SEREMI MOP, Región de Antofagasta
  • SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional de Pesca, Región de Antofagasta
  • Servicio Nacional Turismo, Región de Antofagasta
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:

  • Encargado Participación Ciudadana
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cparedes@sea.gob.cl>
  • Expediente del Proyecto "Extensión Líneas 2x220 kV Crucero – Lagunas"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, II Región de Antofagasta

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=46/9d/31e8c13c69f220daf263d4c8e302c228f803


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