| DE: | Claudio Deney Torrealba
Director Regional Dirección de Vialidad, Región del Biobío |
| A: | Según distribución |
En atención a lo solicitado en el Oficio Ordinario del Antecedente, se informa que se revisó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ciudad del Parque", presentado por el señor Alvaro Rodrigo López Astaburuaga, en representación de Parque Alemán S.A..
De la revisión del documento citado anteriormente, este órgano de administración del Estado se pronuncia de la siguiente forma:
De acuerdo a la legislación vigente, la infraestructura vial corresponde a un elemento artificial del Medio Ambiente que posee un valor ambiental que requiere ser resguardado. En este contexto, la principal preocupación de la Dirección de Vialidad, es procurar que los proyectos sometidos a evaluación, eviten o se hagan cargo de los efectos producidos sobre la infraestructura vial existente, y sean compatibles con el desarrollo vial proyectado. Esto, entendiendo que dichos efectos pueden generar impactos en la calidad o sistemas de vida de la población. En este contexto, el titular deberá considerar y/o dar cumplimiento a las siguientes observaciones:
Normativa de carácter ambiental aplicable
1. El titular deberá dar cumplimiento al Artículo Nª 36 del D.F.L. Nº 850/97 del MOP, que prohíbe el vertido de escurrimientos de materiales, productos o desechos generados o/a causa de actividades del proyecto, hacia la Ruta o Camino de tuición de la Dirección de Vialidad. Para lo anterior, se deberá asegurar que la carga de los vehículos no supere el límite superior de la tolva y que éstas sean cubiertas con algún elemento que impida el escurrimiento hacia la ruta. Esto, deberá incluirse en el análisis de dicho decreto, en el Plan de Cumplimiento Legislación Ambiental Aplicable.
Otras Consideraciones Relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Proyecto
2. El Plan de Contingencias y Emergencias presentado por el titular, deberá considerar medidas para cualquier tipo de derrame y/o accidentes de tránsito generados en caminos públicos de tuición de vialidad. Las medidas deberán incluir la coordinación con la Dirección Regional de Vialidad, informando inmediatamente la ocurrencia de este tipo de sucesos. Además, se deberá contemplar la evaluación de daños provocados por el derrame sobre la infraestructura vial e indicar las medidas y procedimientos que se adoptarán en caso de verificarse tales daños.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
AC/HAG
Distribución:
Firmas Electrónicas:
El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=46/16/372b90250253b4132b42b81fe6ae054d1047