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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
X REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos"

Resolución Exenta Nº 600

Puerto Montt, 28 de Octubre de 2013



VISTOS:

1.   Lo dispuesto en la Ley Nº19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley Nº19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº1600/2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

2.    La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt, con fecha 19 de Julio de 2013. 

3.    Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: 

Oficio Nº1313 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 30/07/2013; Oficio Nº3682 DRMA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 06/08/2013; Oficio Nº45/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº581 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 08/08/2013; Oficio Nº538 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/08/2013; Oficio Nº1520 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos, con fecha 13/08/2013; Oficio Nº1233 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 14/08/2013; Oficio Nº1077 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 14/08/2013; Oficio Nº34-EA/ 2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 14/08/2013; Oficio Nº684 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 16/08/2013; Oficio Nº2887 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 16/08/2013; Oficio Nº380 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 19/08/2013; Oficio Nº487 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 27/08/2013; Oficio Nº4630 DRMA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 24/09/2013; Oficio Nº440 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 02/10/2013; Oficio Nº1513 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 04/10/2013; Oficio Nº1914 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos, con fecha 04/10/2013; Oficio Nº811 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 07/10/2013; Oficio Nº44-EA/ 2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 07/10/2013; Oficio Nº1286 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 07/10/2013; Oficio Nº734 sobre la Adenda 1,por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 08/10/2013; Oficio Nº53/2013 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos, con fecha 08/10/2013; Oficio Nº751 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 09/10/2013. 

4.  El acta de la sesión Nº16 de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, de fecha 21 de octubre del año 2013. 

 

5.   Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt.

CONSIDERANDO:

1.  Que, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad del Sr. Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt.  

2.    Que, el Sr. Fernando Horn Schmidt al emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.  

3.    Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental, el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt se localizará en el km. 18,5 de la Ruta 225-CH, comuna de Puerto Varas, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos. Se accede a éste, a través de un camino particular de una extensión de 1,5 km desde la Ruta 225 CH.

Tabla Nº1: Coordenadas UTM Norte (m) UTM Este (m)  

Vértice

Norte (m)

Este (m)

A

5429599

684375

B

5429599

684458

C

5428892

684463

D

5428890

684363

          Fuente: Referidas a Datum WGS 84 Huso 18

Las coordenadas señaladas corresponden a la delimitación geográfica del área total del proyecto que incluye la zona de regularización de las condiciones geomorfológicas del terreno (Zona de extracción 1), el área de instalación de equipos y maquinaria (Zona de procesamiento) y la zona de extracción de áridos (Zona de extracción 2). El área a intervenir posee una superficie de 3,5 ha y un volumen útil de extracción de 205.000 m3 

·         Objetivo del proyecto:

El proyecto tiene como objetivo desarrollar actividades de extracción y producción de material pétreo en terrenos ya intervenidos con ese fin.  

El proyecto corresponde a la extracción de un volumen de áridos equivalente a 205.000 m3 y su posterior procesamiento en el mismo terreno.  

El material extraído será utilizado en la construcción del proyecto Reposición de Ruta 225, Sector Bifurcación Colonia Tres Puentes-Escuela Riscos, Tramo Dm 10.160,00 - Dm 24.600,00 comuna de Puerto Varas, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos.  

3.1.        DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO  

El proyecto se enmarca en la construcción del proyecto “Reposición de Ruta 225, Sector Bifurcación Colonia Tres puentes-Escuela Riscos, Tramo Dm 10.160,00 - Dm 24.600,00 Comuna de Puerto Varas, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos”. Consiste específicamente en la reposición del pavimento y el ensanche de la faja para la construcción de una ciclovía bidireccional, con un ancho de 1,75 m. 

La extracción total corresponde a 224.233 m3, mientras que el volumen útil de extracción es 205.000 m3. Los 19.233 m3 corresponde al volumen de escarpe.

Para su procesamiento, se contempla la instalación y operación de una planta de preparación mecánica de áridos y una planta de producción de mezcla asfáltica.  

El proyecto no contempla, en ninguna de sus zonas, la excavación de un pozo de extracción de áridos, sino que los áridos que se extraerán tiene su origen en un lomaje que será removido hasta alcanzar el nivel del suelo.  

DEFINICIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS  

3.1.1.   ETAPA DE CONSTRUCCIÓN  

En esta etapa se procederá a realizar la preparación de los terrenos necesarios para las instalaciones previstas, así como del área de extracción de materiales y de las áreas de tránsito internas para el movimiento de camiones entre la planta y el área de extracción. Las actividades de esta etapa se presentan agrupadas en dos grandes ítems: 

a)    Preparación del terreno e instalación de faenas  

La preparación del terreno implica realizar las actividades que se describen a continuación:  

_ Mejoramiento de caminos internos existentes en Áreas de Extracción y Faena  

Para acceder al respectivo empréstito, y para poder ejecutar las actividades asociadas a la extracción de áridos, se realizarán el mejoramiento de los caminos internos existentes, los cuales se perfilarán y se considerará una superficie destinada para el acopio de material de escarpe, el cual se encontrará alrededor de las zonas de extracción. Dadas las características del lugar, no será necesaria la apertura de nuevos caminos para el tránsito de vehículos. 

_ Delimitación del Área

El procedimiento consiste en la instalación de cerco alrededor del sitio en el cual se realizará la extracción de áridos y el funcionamiento de las plantas de procesamiento de áridos.  

El procedimiento de trabajo en cada sitio de extracción de áridos considerará, primeramente, la demarcación del área de extracción, lo cual se realizará mediante la instalación de estacas de madera distribuidas a lo largo del perímetro. 

_ Delimitación del Área de Procesamiento de Áridos

Las instalaciones se ubicarán dentro del predio en el cual se realizará la extracción de áridos, en una superficie aproximada de 0,8 hectáreas para ambas plantas. Se considera para este proyecto la instalación de una planta de producción de áridos y una planta de producción de mezcla asfáltica. 

b)    Construcción de taludes y retiro de escarpes

Se realizará el retiro del material de escarpe, el cual será acopiado alrededor de las zonas de explotación, sirviendo durante la etapa de ejecución del proyecto como barrera acústica y visual.  

Dicho material será utilizado en la etapa de abandono de la instalación, el cual servirá para la construcción de los taludes con una pendiente similar a las existentes en relieves aledaños, dando cumplimiento al Manual de Carreteras, específicamente al acápite 9.702.303(6) – Edición 2013 Consideraciones Ambientales para Abandono de Empréstitos, Volumen N°9 Estudios y Criterios Ambientales en proyectos viales. 

Instalación de la Planta de Producción  

_ Se instalará una Planta Seleccionadora la que estará compuesta básicamente por un buzón alimentador, un chancador primario y secundario, una cinta transportadora y un harnero.  

_ Se utilizará una Planta de Asfalto Modular, móvil, estará compuesta por 5 unidades principales: tolvas de dosificación, cintas de alimentación, unidad secadora, mezcladora y un silo de almacenamiento de la mezcla asfáltica. 

Servicios

No habrán construcciones, sino la instalación temporal de contenedores que servirán de oficina (mientras dure la obra) a los supervisores. Respecto de la instalación de baños químicos, estos se instalarán  de manera temporal y se distribuirán de acuerdo a lo que establece la normativa laboral. La dotación del servicio de baños químicos será contratada a proveedores autorizados. En la obra no existirán instalaciones destinadas a casino. Este tipo de equipamiento se encuentra emplazado en la instalación de faenas de la obra, a la cual se derivan a los trabajadores. 

Otros

Respecto de la hidrología en el área de influencia del proyecto, existe un curso de agua superficial de ancho no superior a 2 metros que cruza el área del proyecto. Con el objetivo de no intervenir dicho curso se considera la instalación de vigas de madera en una sección no superior a 10 metros de extensión que permitan el tránsito bidireccional de vehículos y maquinaria. No se considera el retiro de esta solución producto que una vez concluida la explotación del terreno, esta zona será habilitada para el tránsito de ganado perteneciente al propietario del terreno.  

3.1.2.   ETAPA DE OPERACIÓN 

Esta fase del proyecto contempla las actividades de extracción de áridos y su clasificación según tamaño. A continuación se señala como se desarrolla cada una de estas operaciones: 

Extracción de Áridos

El sector de extracción de áridos posee una superficie de 3,5 ha y un volumen útil de extracción de 205.000 m3, esta área está comprendida por dos zonas de extracción. La zona 1, corresponde a un área que ya cuenta con extracciones previas, mientras que la zona 2, corresponde al área de extracción ubicada en el sector sur del área de extracción. Durante la extracción, se elaborará un registro periódico, en el cual se evidenciará el volumen de material que se extraiga del sitio.

Zona de extracción 1: corresponde a un área intervenida previamente. Para esta área se prevé la extracción de áridos con el objetivo de regularizar y homogeneizar el nivel del suelo, dando continuidad al relieve existente. Esta zona está delimitada por las siguientes coordenadas:

Tabla N°2: Ubicación geográfica de la zona de extracción 1 (WGS84, H18)

Coordenadas

UTM Norte (m)

UTM Este (m)

V1

5429599

684375

V2

5429599

684458

V3

5429287

684373

V4

5429286

684454

 Zona de Extracción 2: La zona de extracción 2, corresponde a la zona de extracción de áridos. Posee una superficie de 17.563 m2. Esta zona está delimitada por las siguientes coordenadas:  

Tabla N°3Ubicación geográfica de la zona de extracción 2 (WGS84, H18)  

Coordenadas

UTM Norte (m)

UTM Este (m)

V1

5429066

684361

V2

5429067

684461

V3

5428892

684463

V4

5428890

684363

Procesamiento de Áridos

Se instalará una planta de preparación mecánica de áridos cuyos componentes básicos serán: buzón alimentador, un chancador primario, secundario y de impacto, una cinta transportadora y harnero. El material resultante será almacenado en una cancha de acopio.  

Todos estos equipos van dotados con motores eléctricos, sistema de suministro de energía eléctrica y control de acuerdo a los requerimientos de cada uno de ellos. Esta planta utilizará un equipo generador eléctrico para el suministro continuo de energía. 

Producción de mezcla asfáltica

La planta de mezcla asfáltica que se utilizará para la producción de cemento asfáltico, contará con las siguientes unidades:

a)    Unidad dosificadora

El objetivo de esta unidad es almacenar y dosificar los áridos necesarios para producir la mezcla asfáltica. La unidad dosificadora estará compuesta por los siguientes elementos:

► Cuatro tolvas de almacenamiento y dosificación con bocas de descarga

► Alimentador de cintas

► Correas transportadoras 

b)    Unidad secadora y mezcladora

En esta unidad se seca el agregado y se añade el cemento asfáltico para finalmente producir la mezcla caliente. Estará compuesta por los siguientes elementos:

►Cinta de alimentación de áridos en frío

►Soplador

►Quemador de media presión. Lleva incorporada una bomba alimentadora de combustible. Este se encuentra en el extremo superior del tambor y produce gases calientes para secar el agregado.

► Ventilador de escape. Este succiona los gases calientes por el extremo opuesto en donde está instalado el quemador.

► Tambor. Este funciona como una combinación de secador y mezclador. Rayos de acero unen el tambor a dos aros de acero. Los aros están montados en cuatro muñones impulsados por motor que hacen girar el tambor. Los áridos que son incorporados al tambor giratorio pasan a través de la corriente de gases calientes. El tambor cuenta con perfiles interiores tipo “dientes de sierra”, a fin de conseguir una cortina tupida de áridos en toda la sección del secador y obtener un mayor rendimiento en el secado. A medida que el agregado se caliente y se seque llega al otro extremo del tambor, donde se inyecta asfalto líquido. Las paletas mezcladoras aseguran que el asfalto cubra al agregado de modo uniforme. La mezcla final sale del tambor por una rampa cerca del extremo.

► Sistema recolector de polvo o filtro húmedo. Este se encuentra montado en el extremo de descarga del tambor y tiene el objetivo de limitar la cantidad de material particulado que se escapa a la atmósfera.

c)    Unidad de almacenamiento de asfalto líquido

El objetivo de esta unidad es almacenar y calentar el asfalto líquido. Está compuesta por los siguientes elementos:

► 1 estanque de cemento asfáltico

► Una bomba que succiona el cemento asfáltico líquido desde los camiones al estanque.

► Quemador y tubo de calentamiento, mantienen la temperatura del cemento asfaltico en el tanque.

► Una bomba que dosifica el asfalto desde del estanque de almacenamiento al tambor secador mezclador.

► Chaqueta calefaccionada por aceite. Está compuesta por serpentines de calentamiento en el estanque y una bomba de aceite caliente. Los serpentines de calentamiento, que están sumergidos en el cemento asfáltico caliente, transfieren parte del calor al aceite mientras es bombeado por los serpentines. El aceite térmico calienta los conductos y otros componentes de la planta.

d)    Unidad de carga de mezcla asfáltica

Está unidad está compuesta por los siguientes elementos:

► Transportador de arrastre, este es impulsado por un motor eléctrico. Recibe la mezcla caliente de la rampa de descarga del tambor y la transporta a la tolva.

► Silo de almacenamiento de asfalto. Cuenta con un cilindro de aire que abre la compuerta para cargar la mezcla caliente en la plataforma de un camión. 

Requerimiento de Maquinaria y Equipos 

La maquinaria involucrada en la etapa de operación del proyecto será la que se presenta en la Tabla N°4. 

Tabla N°4: Maquinarias y equipos definidos para la operación del proyecto 

Maquinaria

Cantidad

Excavadora

1

Camiones

8

Cargador Frontal

1

Generador

2

Planta Chancadora

1

Planta Seleccionadora

1

Planta Mezcla Asfáltica

1

 Requerimiento de agua

Dadas las características del proceso de extracción y procesamiento del material, no se requerirá el lavado de áridos con agua. Los áridos necesarios para la mezcla asfáltica serán producidos en planta de impacto, en base a una selección anterior de bolones y un prechancado, los cuales no requieren ser lavados, ya que al hacerlo se pierde el polvo roca, parte esencial de la mezcla. En lo que respecta al material necesario para las bases granulares y terraplenes, las características que presenta el material del empréstito, no hace necesario el lavado de los áridos, producto que cumplen con las especificaciones técnicas requeridas del proyecto.

Respecto a la fuente de abastecimiento de agua para la humectación de caminos, se solicitará autorización al dueño del recurso más cercano que cuente con los derechos de aprovechamiento consuntivos de agua, estableciendo con éste un convenio o contrato de uso por el tiempo que dura el proyecto (20 meses).

Manejo y Almacenamiento temporal de combustibles

El titular señala en la DIA que manejará combustibles líquidos, debido a la carga de generadores y maquinarias.

La carga de combustible de los equipos generadores y la maquinaria se realizará a través de proveedores de combustibles autorizados. Se considera el almacenamiento de combustible en el área del proyecto.

El consumo promedio de un equipo generador de potencia 350 KVA (280 kW) es aproximadamente de 60 L/ h. Equivalente a un consumo mensual de 11.520 L de combustible.

Las medidas para evitar derrames al suelo producto de la carga de combustible en equipos de generación y maquinaría serán las siguientes:

·   Se considera la utilización de una bandeja de contención, la que será instalada bajo la bocatoma de los equipos y maquinarias previo a la carga de combustible. Esta bandeja de contención, estará construida de materiales impermeables no inflamables como por ejemplo una bandeja metálica. Esta bandeja tendrá un área no menor a un 1 m2 y una altura no menor a 30 cms. Complementariamente, esta bandeja será instalada sobre una carpeta de material impermeable. Se considera que esta carpeta tenga una superficie no menor a 4 m2.

·    Se señalizará mediante un letrero de advertencia la existencia de operaciones de carga de combustible y se delimitará un área segura de trabajo con conos.

·    Se instalarán y exigirán al proveedor de combustible, cuñas inmovilizadoras en vehículos o maquinaria previo la carga de combustible.

·     Se contará con baldes con arena en la zona que permitan retener el combustible derramado en caso de contingencia.

·    En cada carga de combustible existirá un supervisor quien tendrá la responsabilidad de cumplir con la instalación de estas soluciones, previo el inicio de la carga de combustible.

·    La carga de combustibles en equipos y maquinarias, se realizará en zonas alejadas del cuerpo de agua existente. Se definirán zonas específicas para la carga, las cuáles se encontrarán a no menos de 20 metros medidos desde la ribera más cercana al punto definido para la operación de carga de combustible.

·   Toda arena utilizada para contener posibles derrames será considerada como residuo peligroso, y será tratada de acuerdo a lo establecido por el D.S. N°148/03 Reglamento de almacenamiento de residuos peligrosos.

Plan de Emergencia

En el Anexo I-8 de la DIA, se presenta el Plan de Emergencia de seguridad y el Plan de Emergencia ambiental.

Transporte asociado al proyecto 

Se tomarán algunas medidas que permitan aminorar la intervención en el tráfico vehicular. Para ello, se adoptarán al menos las siguientes medidas:

·     Los camiones con material árido, harán el transporte de éstos a velocidad moderada de modo que se evite al máximo la emisión de polvo que moleste la circulación de los vehículos. 

·     Se implementará sobre la tolva del camión una carpa firmemente amarrada a la estructura del camión, evitando el derrame de material mientras se circula.

·     A objeto de minimizar el tráfico de camiones en la vía, se coordinará el traslado de material de modo tal que los camiones con carga de áridos circulen por la vía sólo cuando la demanda de áridos para la obra así lo requieran, evitando con ello que circulen en momentos en que aun ello no sea estrictamente necesario. Se ha estimado una frecuencia de circulación diaria de 8 camiones, 10 vueltas cada uno, durante el período de máxima demanda.

Mientras esté operando el proyecto, la Ruta 225-CH estará constantemente sufriendo modificaciones, impidiendo proyectar o definir obras viales definitivas (pistas de aceleración, desaceleración, para viraje a la izquierda, etc.). Sin embargo, el proyecto considerará ensanches provisorios para permitir los virajes  necesarios, además se dotará con la señalética y bandereros que anuncien la salida y entrada de camiones al predio. 

Los trabajadores serán trasladados al empréstito en buses privados que iniciarán su recorrido en la ciudad de Puerto Varas, mientras que los supervisores se movilizarán en vehículos particulares, por lo tanto, no es necesaria la construcción de paraderos para los trabajadores.

Requerimientos de agua potable y disposición de aguas servidas

El proyecto contará en todas sus etapas con agua potable suministrada mediante dispensadores, los cuales serán proporcionados por una empresa que cuente con las autorizaciones respectivas.  

Se contempla además, la implementación de baños químicos. La cantidad de baños químicos requeridos, cumplirá con lo establecido en el D.S. N°594/99 del MINSAL. La implementación, operación y mantenimiento de los baños será encargado a un contratista que cuente con las autorizaciones vigentes.

El proyecto en evaluación consiste en una obra en que su etapa de operación (extracción de áridos) será de carácter temporal, con una duración de 20 meses, lo que no justifica la instalación de una obra sanitaria que tiene carácter de definitivo y que en poco tiempo será retirada. Este proyecto no considera, una vez concluida la construcción de la obra mayor, mantener sus operaciones de manera indefinida, por lo tanto, la instalación de obras sanitarias permanentes no serán requeridas. 

3.2.3.   ETAPA DE ABANDONO

Esta etapa consiste en términos generales en el retiro de todos los equipos y aparatos que fueron usados en la operación del proyecto. Se dará cumplimiento al Manual de Carreteras, específicamente al acápite 9.702.303(6) del Volumen N°9 Estudios y Criterios Ambientales en Proyectos Viales. El uso de este material de escarpe facilitará el desarrollo de una cubierta vegetal incipiente.  

A continuación, se describen las principales actividades a desarrollar durante la etapa de abandono del proyecto:

a)  Se retirarán todos los escombros y residuos que pudiesen existir, limpiando el área. Se desarmarán las instalaciones de trabajo y estructuras y se retirará la maquinaria.

b)    Se dará al terreno explotado una pendiente máxima de un 25%, de manera tal que el impacto paisajístico se reduzca considerablemente y que se asegure la estabilidad del terreno.

c)   El material de escarpe que ha sido extraído a consecuencia de la obra, deberá ser depositado sobre el área de extracción, en un espesor de 30 cm, con el fin de facilitar el desarrollo de una cobertura vegetal incipiente.

d)    Se eliminarán en su totalidad rampas de carga y descarga, de cualquier naturaleza.

e)   Se asegurará que una vez terminada la explotación, el área quede en adecuadas condiciones estéticas y de drenaje, de tal modo que no se generen zonas de aguas estancadas y se evite el riesgo de deslizamiento y erosión del terreno.

f)   La pendiente del terreno, estará orientada hacia el cauce de agua superficial existente, evitando la formación de lagunas en el terreno explotado.

Referido a la DIA, esta etapa consiste en términos generales en el retiro de todos los equipos y aparatos que fueron usados en la operación del proyecto. En relación con la restauración de la cubierta vegetal el proyecto contempla durante la etapa de construcción o habilitación el retiro del material de escarpe, el cual será acopiado alrededor de las zonas de explotación, sirviendo durante la etapa de ejecución del proyecto como barrera acústica y visual. Dicho material será utilizado en la etapa de abandono de la instalación, el cual servirá para la construcción de los taludes de seguridad (2:3) (H:V), dando cumplimiento al Manual de Carreteras, específicamente al acápite 9.702.303(6) – Edición 2013 Consideraciones Ambientales para Abandono de Empréstitos, Volumen N°9 Estudios y Criterios Ambientales en proyectos viales. El uso de este material de escarpe facilitará el desarrollo de una cubierta vegetal incipiente.

En la etapa de abandono se seguirán las medidas establecidas en el apartado 1.6 Plan de Manejo Para la Explotación de Empréstito (PMEE), establecido en el Manual de Planes de Manejo Ambiental para Obras Concesionadas" del MOP (2011).

Para el abandono del lugar de explotación, se tendrán presentes los siguientes requisitos:

·        Emparejamiento o recomposición topográfica.

·        Mantención de taludes.

·      Aplicación de material de recubrimiento (capa de suelo vegetal de un espesor de 20 cm), tanto en el área de extracción como en las áreas de acceso a ellas. Previo al recubrimiento se realizará una labor de escarificado.

·         Se asegurará el correcto drenaje del área intervenida.

·         El cierre del empréstito se realizará de acuerdo al Plan de Manejo Ambiental del proyecto.

·      El cierre del empréstito contará con la aprobación de la autoridad correspondiente y del inspector fiscal, siendo condición necesaria para la recepción provisoria de la obra. 

3.2.        Principales Emisiones, Descargas y Residuos del proyecto o actividad 

a)    Emisiones atmosféricas

Las operaciones que se llevarán a cabo para el control del polvo fugitivo generado producto de la extracción y movimiento de áridos, del transporte y en la Planta de procesamiento serán los siguientes:

►  Para disminuir o evitar el levantamiento de polvo fugitivo durante el proceso de extracción, carga y descarga de material, se considera la humectación del terreno previo al inicio de las faenas diarias. La frecuencia de humectación considerada será de dos veces al día. Por ningún motivo se extraerá agua desde el cauce superficial existente que se encuentra en el área del proyecto. 

►  Para evitar el levantamiento de polvo en suspensión producto del tránsito de camionetas o vehículos de carga, se humectará, cuando se requiera, los caminos no pavimentados existentes. Se considera una frecuencia de humectación de una vez por día, mientras exista circulación de camiones pesados. Esta operación se realizará en aquellos días que lo requiera. Se considera que el horario más propicio para la humectación del camino será entre el período de las 11:00 am – 2:30 pm. Por ningún motivo se extraerá agua desde el cauce superficial existente que se encuentra en el área del proyecto. 

►  La velocidad de los camiones por caminos no pavimentados no podrá ser superior a los 20 km/h. 

►  El material extraído será transportado a los frentes de trabajo con la carga cubierta con carpa sujeta a la carrocería, para evitar desprendimiento de material, o la fuga de polvo en suspensión; no se permitirán carpas en mal estado. 

►  Existirá un control permanente de cumplimiento de estas medidas. 

b)   Emisiones acústicas

Con el objetivo de conocer la percepción de la comunidad, se implementará un sistema de registro donde las personas interesadas podrán registrar sus sugerencias o reclamos. Se mantendrá en las dependencias de la obra los registros de sugerencias y reclamos. Las restricciones de horarios estarán orientadas a definir en qué momentos operará la fuente de ruido. Se mantendrá en operación sólo aquellas fuentes necesarias evitando mantener maquinaria ociosa en funcionamiento. En relación con la ubicación de la maquinaria ésta estará instalada en la zona central del área a intervenir, la cual se encuentra a una altura menor respecto de la zona de explotación, evitando la instalación en zonas despejadas. En aquellas zonas despejadas sólo operarán aquella maquinaria estrictamente necesaria, evitando la propagación de ruido innecesario. 

c)    Emisión de residuos sólidos 

Tabla N°5: Generación de residuos peligrosos 

Identificación del Residuo

Lugar de Generación

Cantidad Estimada

Frecuencia de Retiro

Petróleo contaminado

Lavado de piezas mecánicas

4 L/semana

Cada 6 meses

Aceite y lubricantes

Mantención de maquinaria de asfalto y plantas (Áridos y Asfalto)

15 L/semana

Cada 6 meses

Tubos Fluorescentes

Eventual falla de luminaria presente

-

Cada 6 meses

Tierra o arena contaminada con lubricantes o petróleo

Eventual derrame de combustibles en carga de generadores

-

Cada 6 meses

Guaipes, elemento de protección personal contaminado con petróleo, lubricantes o aceite.

Mantención de maquinaria

6 kg/semana

Cada 6 meses

  

4.         Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto deberá cumplir con:

Tabla Nº6: Normativa ambiental vinculada al proyecto

Normativa

Etapa

Forma de cumplimiento

Ley N°19.300 MINSEGPRES

Ley de Bases Generales del Medio Ambiente

Gerencia y   operación

Se presenta el proyecto a tramitación al SEA de la Región de Los Lagos para someterlo al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) bajo la forma de Declaración de Impacto Ambiental (DIA)

D.S. N°95/01 MINSEGPRES

Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

Gerencia y operación

Se presenta a tramitación al SEA de la Región de Los Lagos la presente DIA para su Calificación Ambiental.

 

 

D.S. N°148/03 Reglamento de Almacenamiento de residuos peligrosos, en cuanto a la generación, almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos peligrosos generados.

 

 

Integro

Sin perjuicio de lo anterior, se aclara a la autoridad que el proyecto considera la generación de residuos peligrosos en el empréstito, producto de la realización de labores de mantención de maquinaria, eventuales derrames  de combustible debido a la carga de combustible a generadores y maquinaria  y  eventuales roturas de algún flexible de la maquinaria. En el caso de generarse alguna de las situaciones descritas, se procederá a la inmediata limpieza y retiro de los residuos, los que serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos, la que tendrá su debido equipamiento y señalización, donde se clasificarán y almacenarán los residuos según su origen y peligrosidad en áreas debidamente señaladas, para que posteriormente y en un plazo no superior a 6 meses, serán transportados por medio de una empresa autorizada para su disposición final en sitio que cuente con Resolución Sanitaria. 

No se considera la generación de volúmenes relevantes de residuos peligrosos (Ver Tabla II-1). Los residuos generados por el proyecto, posterior a su almacenamiento temporal, serán adecuadamente manejados y dispuestos en lugares autorizados; en consecuencia, el proyecto no representa un riesgo a la salud de la población, ni sobre la calidad de los recursos naturales renovables. 

Se contará con una bodega de residuos peligrosos  para el acopio temporal para este tipo de residuos, la cual, tendrá acceso restringido, correctamente señalizada según la NCh 2190 Of.2003 y contará con todas las medidas de control de derrames e incendios necesarias. Los residuos serán almacenados en tambores de 200 L con tapa, etiquetados o en contenedores aptos para su almacenamiento. Estos residuos, no permanecerán más del tiempo permitido (6 meses) en esta área de acopio temporal.

D.F.L. N°

725/1967

MINSAL, Código Sanitario

Integro

Todos los residuos sólidos domésticos y aguas servidas domésticas generados por el proyecto serán manejados y transportados de acuerdo a la

normativa vigente y dispuestos en lugar autorizado.

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Decreto Supremo Nº 148/2003 del Ministerio de Salud

Etapa de Operación

Estos se almacenarán en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados y se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Serán trasladados en embarcaciones para ser dispuestos por empresas autorizadas.

D.S.Nº78/10 MINSAL Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas D.S. N°160/09 Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquido.

Integro

La bodega para sustancias peligrosas, contará con rótulos externos e internos de acuerdo a la NCh N°2190 de 2003 y siguiendo todas las disposiciones establecidas en los artículo 24 al 55 del D.S. N°78. Se contará con la documentación técnica relacionada Clase de las sustancias, según la clasificación de la NCh 382.Of 2004.

 

D.S. Nº144/61 del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza 

DFL Nº 725/1967 MINSAL, Código Sanitario

 

 

 

El Titular debe velar por mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición intermedia (traslado) de los residuos sólidos, así como también la disposición final de éstos sólo podrá efectuarse en un Vertedero o Relleno Sanitario debidamente autorizado.

 

La principal fuente de emisión tendrá lugar en la etapa de construcción. En todo caso, su efecto se minimizará por medio de la adopción de las medidas que se señalan en el punto 5.1 de la presente DIA. Otra emisión serán los gases producto de la combustión que tendrá lugar por el funcionamiento de motores de camiones, maquinaria y vehículos, pero, en cantidades no significativas (Ver Anexo 3.3. Informe Cuantificación de Emisiones Atmosféricas).

D.S. N°594 ó Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambiental Básicas en lugares de trabajo

 

Se debe dar cumplimiento a los artículos 16,17,18,19 ,20, 24 inciso 2° , 26 y 42 que son aquellos del  DS 594 con contenido ambiental. 

D.S. Nº 146/1998 Ministerio Secretaria General de la Presidencia de la República Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas. Normativa Emisiones de Contaminantes Aplicables a Vehículos Motorizados.

 

Las restricciones de horarios estarán orientadas a definir en qué momentos operaría la fuente de ruido. Se mantendrán en operación sólo aquellas fuentes necesarias.

 Ley  N°17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N°20 y 23 del Reglamento de la Ley Nº17.288.

Etapa de Operación

Se indica que en caso de detectar cualquier hallazgo de carácter arqueológico durante los movimientos de tierra o excavaciones que integran el proyecto, el titular paralizará las obras, y dará aviso inmediato y por escrito a Consejo de Monumentos Nacionales, dentro de la Obligatoriedad que emana desde el artículo 26 de la Ley N°17.288.

Conjuntamente, se solicitará de forma inmediata la visita de un arqueólogo profesional para evaluar las medidas de resguardo o mitigación necesarias para dicho hallazgo. Estas se llevarán a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley N°17.288, y su Reglamento, para lo cual deberán contar con la autorización de Consejo de Monumentos Nacionales para su ejecución.

  

4.2.               Permisos ambientales sectoriales:

El proyecto no requiere de ninguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental ó D.S. Nº95/’01.-  

5.     Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt, no generará, ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.  

6.     Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental, en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.  

7.     Que, para que el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt  pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.  

8.     Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N°844 del 14 de Diciembre de 2012, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a: 

Esta información deberá ser entregada  por el titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los  plazos y con la frecuencia  establecida en la presente Resolución,  ingresándola al  Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia, al cual se accede a través de la página web  http:// www.sma.gob.cl. Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en  calle Miraflores N°178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e)  del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente. 

a)    Respecto a la fuente de abastecimiento de agua para la humectación de caminos, se solicitará autorización al dueño del recurso más cercano que cuente con los derechos de aprovechamiento consuntivos de agua, estableciendo con éste un convenio o contrato de uso.

b)    Respecto al transporte asociado al proyecto, los camiones con material árido, harán el transporte de éstos a velocidad moderada.

c)    Se implementará sobre la tolva del camión una carpa firmemente amarrada a la estructura del camión, evitando el derrame de material mientras se circula.

d)    Para disminuir o evitar el levantamiento de polvo fugitivo durante el proceso de extracción, carga y descarga de material, se considera la humectación del terreno previo al inicio de las faenas diarias. La frecuencia de humectación considerada será de dos veces al día.

e)    Por ningún motivo se extraerá agua desde el cauce superficial existente que se encuentra en el área del proyecto.

f)     Se considera que el horario más propicio para la humectación del camino será entre el período de las 11:00 am – 2:30 pm.

g)    Respecto al cauce de agua superficial que corre de manera paralela al camino existente, como medidas de prevención para el arrastre de sedimentos hacia dicho cauce, se considera la instalación de barreras que delimiten el área de operación. Estas barreras se instalarán en aquellas zonas que se encuentran despejadas libres de vegetación o de barrera natural tales como lomas o montículos. Se considera la protección del cauce en una longitud de aproximadamente 90 metros.

La instalación de estas barreras se realizará en la ribera que enfrenta al camino mencionado y se ubicarán, cuando sea posible, a no menos de 10 metros de distancia medidos desde la ribera del cauce. Las barreras serán confeccionadas a partir de malla faenera. La altura de estas barreras será de 1m medidos desde la base donde se instalarán.

h)   Adicionalmente, se limitará la velocidad de tránsito por el camino a no más de 20 km/h con el objetivo de evitar el arrastre de sedimentos producto de las vibraciones por el paso de camionetas o vehículos pesados.

i)     Terminada la obra, las barreras serán retiradas a objeto de que el paisaje mantenga sus condiciones naturales. 

9.         Que, toda vez que ocurra una contingencia, en alguna de las estructuras, partes u obras, que involucren directa e indirectamente el proyecto, deberá dar aviso de la misma, a las autoridades competentes y dentro de los plazos establecidos para ello.  

10.      Que, en caso de que el titular decida modificar su proyecto, actividad o nivel de producción, se deberá evaluar si dicha modificación implica cambios de consideración, a objeto de determinar la pertinencia de ingresar nuevamente al sistema de evaluación de impacto ambiental.  

11.      Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.  

12.      Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad.  

13.      Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.  

14.  Que, se incluye a la presente resolución como parte complementaria, todos los documentos del expediente y la Declaración de Impacto Ambiental, incluida su adenda, e Informe Consolidado de Evaluación Ambiental del proyecto.  

15.      Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Ambiental  de la Región de Los Lagos, 

RESUELVE:

1.    CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt. 

2.    CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto  "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos", del Sr. Fernando Horn Schmidt cumple con la normativa de carácter ambiental.  

3.    Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese





Jaime Brahm Barril
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Los Lagos




Alfredo Wendt Scheblein
Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Los Lagos




AWS/JHS/MSA/GBS

Distribución:
  • Fernando Alberto Horn Schmidt
  • Superintendencia del Medio Ambiente
  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos
  • Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos
  • Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos
  • Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Lagos
  • Gobierno Regional, Región de Los Lagos
  • Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
  • SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos
  • SEREMI MOP, Región de Los Lagos
  • Sernatur, Región de Los Lagos
  • Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Encargada Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Extracción y Procesamiento de Áridos, Empréstito Fundo Chacayal, Propiedad de Fernando Horn, Comuna de Puerto Varas, Región de Los Lagos"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=43/7c/f9b69a45f6d9585baaa93e5c45961455cc58


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