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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto "Ampliación Planta ENEA"

Resolución Exenta Nº 194/2016

Santiago, 8 de Abril de 2016



VISTOS:

 1°. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), admitida a trámite con fecha 19 de junio de 2015, su Adenda de fecha 30 de noviembre de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 19 de febrero de 2016 del proyecto “Ampliación Planta ENEA presentada por el Titular BREDENMASTER S.A.

2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Ampliación Planta ENEA”.

3°. El Acta de Evaluación N° 01/2016 de fecha 11 de marzo de 2016, del Comité Técnico de la Región Metropolitana. 

4°. El ICE de la DIA del proyecto “Ampliación Planta ENEA” de fecha 28 de marzo de 2016.

5°. El acuerdo de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, de fecha 05 de abril de 2016.

6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación Planta ENEA”.

7°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N° 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N°59 de fecha 02 de febrero de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. 

CONSIDERANDO:

 1°. Que, BREDENMASTER S.A., en adelante, el Titular, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Ampliación Planta ENEA” (en adelante, el proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social

BREDENMASTER S.A

Rut

96.606.310-6

Domicilio

Av. El Retiro, Parque Los Maitenes 1351, Pudahuel

Nombre representante legal 1

Gonzalo Cruz Zabala

Rut representante legal

8.536.796-k

Domicilio representante legal

Av. El Retiro, Parque Los Maitenes 1351, Pudahuel

2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de marzo de 2016, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Metropolitana, ha recomendado aprobar el proyecto, considerando que:

  • Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable;
  • Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y el pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del MMA;
  • No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3°. Que, en sesión de fecha 05 de abril de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, acordó calificar favorablemente el proyecto “Ampliación Planta ENEA”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 28 de marzo de 2016, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4°. Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

 

Objetivo general.

El Proyecto contempla la ampliación del proyecto original “Industria Alimenticia Bredenmaster Chile S.A.” correspondiente a la RCA N°28/2004, para la elaboración y envasado de productos de panadería, pastelería, empanadas, platos preparados, sándwich y pizzas.

El Titular señala en la página 9 de la Adenda Complementaria, que el proyecto considera la regularización de las obras realizadas desde el año 2006 al 2014 y una ampliación futura que corresponde desde el año 2016 al 2068.

En la página ya citada, el Titular declaró que la situación actual de la Planta ENEA corresponde a una ampliación del proyecto original (RCA N°28/2004), implementada en varias fases constructivas entre el periodo 2006-2014, las obras realizadas entre dichos años se indican en el Plano “Construcciones de la Planta ENEA 2006 – 2018” del Anexo 1.1 de la Adenda y en el Anexo 7 de la Adenda Complementaria. Con lo anterior, y producto de las modificaciones realizadas entre los años 2006-2014, se aumentó la superficie de la Planta en 9.267,22 m², alcanzando un total de 24.016,1 m², con una capacidad productiva total de 72.748 ton/año, a través de 11 líneas de producción.

Dentro de las principales modificaciones (regularizaciones) declaradas entre el periodo 2006 – 2014, se pueden mencionar:

1. Año 2006 – 2007: Ampliación Cámara Congelados; Ampliación  Sala Máquinas; Ampliación Edificio de Producción y la implementación de 3 líneas de pan.

2. Año  2008 - 2009: Bodega Materias Primas y Ampliación Edificio de Producción.

3. Año 2010 – 2011: Ampliación Bodega Materias Primas; Camarines; Oficinas logística; Ampliación Cámara Congelados; Implementación 1 línea Pan y Aumento Línea Empanadas.

4. Año 2013 – 2014: Ampliación Edificio de Producción; Implementación 1 línea Pan y la Implementación de la Línea de Sándwich.

En la Figura 4 de la Adenda Complementaria, se presenta la línea de tiempo de la obras de la Planta Bredenmaster.

Para la ampliación de la situación futura se considera un aumento de la superficie construida de 670 m², para alcanzar una superficie total de 24.686,23 m², con capacidad productiva de 85.346 ton/año.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones.

Tipología principal: El proyecto corresponde, como ya se señaló a una modificación de proyecto “Industria Alimenticia Bredenmaster Chile S.A.” correspondiente a la RCA N°28/2004 de la COREMA RM. Las ampliaciones a la RCA, introducen “cambios de consideración” de acuerdo a los dispuesto en la letra b) del artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA. De esta forma, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Nº 19.300 que establece Bases Generales del Medio Ambiente, deben ingresar al SEIA una serie de proyectos, entre los que se encuentran las:

Letra c) “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.

Letra k) “Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales”.

Según el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 40/2012 MMA, deben ingresar al Sistema los proyectos o actividades que:

Letra c) “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

Tipología Secundaria: Letra k) “Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales”.

Vida útil.

El Proyecto tendrá una vida útil de 50 años, los cuales pueden ser extensibles.

Monto de inversión

El monto de la inversión declarado por el Titular, es de US$ 90.000.000 (noventa millones quinientos mil dólares).

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución.

Considerando que el Titular generó modificaciones y ampliaciones a la RCA N°28/2004, señala la presencia de dos hitos de inicio. A saber:

El Proyecto considerará dos Hitos de inicio:

• Ampliación Planta Enea (2006 al 2014). Periodo en el cual se reconocerá como Hito 0 la instalación de faenas del inicio de las obras, ya construidas las que comenzaron el año 2006 (situación actual, regularización).

• Proyecto de Ampliación Planta Enea (2016 al 2068). Periodo en el cual se reconocerá como hito 1 la instalación de faenas de las obras futuras (construidas en 2 fases), la que comenzará el año 2016 (situación futura).

Los hitos de inicio y término del Proyecto para la situación actual 2006 – 2014 y la situación futura, se encuentra en la Tabla N°4 de la Adenda Complementaria.

Proyecto se desarrolla por etapas.

Si

No

 

 

X

Proyecto modifica un proyecto o actividad.

Si

No

 

[x]

 

Proyecto modifica otra(s) RCA.

Si

No

El proyecto corresponde a una modificación del proyecto “Industria Alimenticia Bredenmaster Chile S.A.”, el cual cuenta con Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA) N°28/2004 de la COREMA RM.

En la Tabla 50 de la Adenda, se presentan las obras, partes o característica del Proyecto de ampliación, situación actual y situación futura

[x]

 

 

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

 

División político-administrativa.

El proyecto se localiza en ENEA, en la primera fase del Parque de Negocios, en Av. El Retiro, Parque Los Maitenes N°1351, comuna de Pudahuel, Región Metropolitana.

Justificación de la localización.

El proyecto corresponde a una modificación del proyecto aprobado ambientalmente con RCA N°28/2004, actualmente en operación, por ende la localización no varía con respecto a lo señalado en el proyecto original.

Superficie.

Tabla N°1: Superficie del proyecto

Proyecto

Construcción

Superficie (m²)

Proyecto Original

RCA 28/2004

14.748,89*

Proyecto  Ampliación Planta ENEA”

Ampliación situación (construida) actual

9.267

Ampliación situación futura

670

Superficie total

24.686,23

Fuente: Tabla 5 de la DIA

(*) La RCA N °28/2004 considera 14.748, 89 m², sin embargo, el “Acta de Recepción Definitiva de Obras de Edificación N ° 190/04” incluye 14.962,92 m².

La Recepción definitiva del Proyecto se encuentra en el Anexo N° 3 .D .7 de la DIA.

Coordenadas UTM en Datum WGS84.

Tabla Nº2: Coordenadas UTM del Proyecto (WGS 84 Huso 19 S)

 

Punto

Coordenadas (WGS 84 – Huso 19 Sur)

Norte (m)

Este (m)

A

6300135

335116

B

6300109

335215

C

6299860

335209

D

6299956

335019

Fuente: tabla 4 de la DIA

Caminos de acceso.

El acceso será por el oeste de la provincia de Santiago, a 2,5 km al norte de la intersección de la ruta 68 con Av. Américo Vespucio. En la Figura 2 de la DIA, se presentan las rutas de acceso al proyecto.

 

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones.

Capítulo 1 de la DIA.

Anexo 1 de la Adenda.

 

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Instalación de faenas

Se requerirá de la instalación de faenas, la cual se localizará al interior del recinto de la Planta ENEA (Plano de ubicación, Anexo N°8.3 de la DIA). Dichas instalaciones cubrirán un área aproximada de 36 m². En esta zona se emplazarán  2 contenedores que serán utilizados para oficina y bodega de herramientas. En la Tabla 6 de la DIA, se indican las coordenadas de la instalación de faenas.

Ampliación cámara de productos terminados

Debido al aumento de producción proyectada de la planta, se requiere de la ampliación de la cámara de productos terminados. Esta cámara será construida reemplazado una bodega existente, por lo cual habrá que desmantelar este galpón.

i          Galpón actual

  • Desarme galpón actual: Se desmantelarán las estructuras metálicas, cubiertas y revestimiento, los cuales serán comercializados.
  • Demolición de radier y excavación, lo cual será dispuesto en un sitio autorizado.

ii        Ampliación cámara

·         Fundaciones.

·         Montaje de estructuras.

·         Montaje de cubierta y revestimiento.

·         Radier venteado.

·         Paneles y terminaciones.

·         Montaje de equipos de refrigeración.

 

Ampliación segundo piso (oficinas y camarines)

Desarme de cubiertas.

Montaje de estructura.

Montaje de cubierta y revestimientos.

Montaje de tabiques, ventanas y puertas.

Instalación de servicios (agua, electricidad, entre otros).

Terminaciones y mobiliario.

Montaje de las dos nuevas líneas de producción

Para el montaje de las dos nuevas líneas de producción, no se requerirá de construcciones adicionales, ya que solamente se considera la instalación de nueva maquinaria. Al respecto, se instalará un nuevo generador de respaldo de 1.200 KW.

Vialidad

En la Tabla N°7 de la Adenda, se indican los viajes y frecuencia de los vehículos pesados durante la fase de construcción del Proyecto.

Provisión de suministros básicos

Sustancias peligrosas: Durante la fase de construcción se considera el uso de pinturas y diluyentes. En la Tabla N°46 de la Adenda, se indican las sustancias peligrosas clasificadas según la NCh 382 Of. 2004, las cantidades máximas a almacenar y el sistema de almacenamiento.

Las sustancias peligrosas asociadas a la fase de construcción del Proyecto de ampliación no superarán los 600 kg y se almacenarán de acuerdo a las siguientes condiciones:

1. Sobre un piso o en estanterías de material liso no absorbente.

2. El lugar donde están almacenadas las sustancias peligrosas contará con un sistema de control de derrames, como también con sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, de acuerdo a lo establecido en el D.S Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

3. Se contará con hojas de seguridad actualizada para cada sustancia peligrosa a disposición de quienes las manejen.

A continuación, se indica la frecuencia y almacenamiento de las sustancias peligrosas en la fase de construcción.

Tabla N°3. Sustancias peligrosas fase de construcción

 

Sustancia peligrosa

Consumo total durante la obra (L)

 

Almacenamiento stock (L)

Desmoldante de madera

4

1

Sellante superficial de hormigón

114 (30 galones)

38

Pintura

500 (10 tinetas de 50 L)

100

Fuente: Tabla 48 de la Adenda

Agua y alcantarillado: El abastecimiento de agua potable para los trabajadores se realizará mediante las instalaciones existentes en la Planta ENEA las que cuentan con conexión de agua potable. En el Anexo N° 3.A.2 de la DIA, se adjunta la factura electrónica con la empresa Aguas Santiago Poniente.

Al respecto, el agua para consumo humano cumplirá con los requerimientos establecidos en el Art. 14 del D.S. N° 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, que exige una dotación mínima de 150 litros diarios por trabajador.

Energía: La energía eléctrica requerida para la fase de construcción se obtendrá del sistema eléctrico existente en la planta ENEA. Cabe destacar que no se requerirá del uso de grupos electrógenos.

Recursos naturales renovables

El proyecto no contempla extraer o explotar de recursos naturales renovables.

 

Emisiones y efluentes.

En el Anexo N°9 de la Adenda, se presenta Informe Actualizado de las Estimación de Emisiones del Proyecto.

El Titular en la Tabla N°25 de la Adenda, presenta la estimación de Emisiones atmosféricas, de las fases de construcción realizadas desde el año 2006 al 2014.

Tabla N°4: Estimación de Emisiones atmosféricas, fases de construcción efectuadas

EMISIONES FASE CONSTRUCCIÓN

 

Actividad

 

AÑO

 

Tipo de Fuente

ton/año

MP10 total

CO

HC

NOx

SOx

 

 

Fase de construcción N° 1 (C1)

 

2006

Movimiento de tierra

0,003

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,015

0,006

0,009

0,026

0,001

Maquinaria

0,013

0,045

0,021

0,121

0

TOTAL 2006

0,032

0,051

0,030

0,146

0,001

 

 

2007

Movimiento de tierra

0,003

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,015

0,006

0,009

0,026

0,001

Maquinaria

0,013

0,045

0,021

0,121

0,000

TOTAL 2007

0,032

0,051

0,030

0,146

0,001

 

 

Fase de construcción N° 2 (C2)

 

2008

Movimiento de tierra

0,007

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,0114

0,005

0,007

0,019

0,0005

Maquinaria

0,031

0,099

0,045

0,319

0

TOTAL 2008

0,049

0,104

0,052

0,338

0,0005

 

2009

Movimiento de tierra

0,007

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,0114

0,005

0,007

0,019

0,0005

Maquinaria

0,031

0,099

0,045

0,319

0

TOTAL 2009

0,049

0,104

0,052

0,338

0,0005

 

 

Fase de construcción N° 3 (C3)

 

2010

Movimiento de tierra

0,010

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,021

0,009

0,013

0,036

0,0009

Maquinaria

0,041

0,132

0,061

0,414

0

TOTAL 2010

0,072

0,141

0,074

0,450

0,0009

 

2011

Movimiento de tierra

0,013

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,030

0,012

0,018

0,050

0,0013

Maquinaria

0,057

0,185

0,085

0,580

0

TOTAL 2011

0,100

0,197

0,103

0,629

0,0013

 

 

Fase de construcción N° 4 (C4)

 

2013

Movimiento de tierra

0,012

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,014

0,006

0,009

0,023

0,0006

Maquinaria

0,023

0,076

0,035

0,234

0

TOTAL 2013

0,049

0,082

0,043

0,257

0,0006

 

2014

Movimiento de tierra

0,012

0

0

0

0

Fuentes Móviles

0,014

0,006

0,009

0,023

0,0006

Maquinaria

0,023

0,076

0,035

0,234

0

TOTAL 2014

0,049

0,082

0,043

0,257

0,0006

Fuente: Tabla 25 de la Adenda

Durante la fase de construcción del Proyecto de ampliación situación futura se producirán las siguientes emisiones.

Tabla N°5: Resultados emisiones atmosféricas, fase de Construcción Etapa 1 (Ampliación Cámara Producto Terminado e Instalación de drenes para aguas lluvias) (12 meses. Año 1)

Emisiones Fase de construcción

 

Tipo de Fuente

 

Actividad

ton/año

MP10

CO

HC

NOx

SOx

 

 

Movimiento de tierra

Demolición de Radier

0,0167

 

 

 

 

Excavación

0,0158

 

 

 

 

Transferencia de material, carguío y volteo

0,00113

 

 

 

 

TOTAL MOVIMIENTO DE TIERRAS

0,0336

0

0

0

0

 

 

 

Fuentes Móviles

Traslado de materiales, maquinaria y retiro de escombros y residuos en camión

 

0,013

 

0,0046

 

0,0067

 

0,0182

 

0,0005

Traslado de materiales, maquinaria, herramientas en camioneta

0,003

0,0012

0,0003

 

0,0040

 

0,0002

 

TOTAL FUENTES MÓVILES

 

0,016

 

0,006

 

0,007

 

0,022

 

0,0007

 

 

Maquinaria

Grúa Pluma

0,037

0,124

0,057

0,352

 

 

Retroexcavadora Pequeña

0,019

0,064

0,029

0,181

 

 

Compactadora Pequeña

0,003

0,010

0,005

0,017

 

TOTAL MAQUINARIAS

0,059

0,198

0,091

0,550

0

 

TOTAL EMISIONES CONSTRUCCIÓN

0,109

0,203

0,098

0,572

0,0007

Fuente: Tabla 32 de la Adenda

Tabla N°6: Resultados emisiones atmosféricas, Construcción Etapa 2 Ampliación 2do Piso (Camarines y Oficinas)

 

Emisiones Fase de construccion

Tipo de Fuente

Actividad

ton/año

MP10

CO

HC

NOx

SOx

 

Fuentes Móviles

Traslado de materiales, maquinaria y retiro de escombros y residuos  en camión

0,0009

0,0003

0,0004

0,0012

0,00003

Traslado de materiales, maquinaria, erramientas en camioneta

0,0019

0,0008

0,0002

0,0027

0,0001

TOTAL EMISIONES CONSTRUCCION

0,0028

0,0011

0,0007

0,0039

0,0002

Fuente: Tabla 33 de la Adenda

Ruido: Respecto de las emisiones de ruido en las diferentes etapas de construcción realizadas entre los años 2006 y 2014, el Titular declara en la página 68 de la Adenda, lo siguiente: “Durante la fase de construcción entre el periodo 2006-2014, la ejecución del proyecto se realizó implementando medidas de seguridad correspondientes para reducir el ruido, cumpliendo con el Decreto 38/2011 MMA, además de adoptar las medidas de protección personal descritas en el Decreto Supremo 594/1999 del Minsal”.

En el Anexo N°4 de la Adenda Complementaria, el Titular presenta el informe de ruido para la fase de construcción (ampliación futura). A continuación, en las siguientes tablas se indican los resultados obtenidos para el periodo diurno y nocturno.

Tabla N°7: Evaluación diurno fase de construcción 1 con medidas de control (año 2016) horario diurno

Evaluación Niveles Proyectados Diurno fase de Construcción 1

 

Puntos

 

NPSeq Diurno dB(A)

 

Limite D.S Nº 38 dB(A)

 

Diferencia

 

Evaluación

R1

51,2

65,0

-14

CUMPLE

R2

60,4

65,0

-5

CUMPLE

R3

55,3

65,0

-12

CUMPLE

R4

57,6

7,6,0

65,0

-7

CUMPLE

R5

51,6

65,0

-13

CUMPLE

R6

51,6

65,0

-13

CUMPLE

R7

48,4

65,0

-17

CUMPLE

R8

46,4

65,0

-19

CUMPLE

Fuente: Tabla 4.15 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria

Tabla N°8: Evaluación diurno fase de construcción 2 (año 2017) con medidas de control horario nocturno

Evaluación Niveles Proyectados Diurno fase de Construcción 2

Puntos

NPSeq Diurno dB(A)

Limite D.S Nº 38 dB(A)

Diferencia

Evaluación

R1

51,5

50

-14

CUMPLE

R2

60,4

50

-5

CUMPLE

R3

55,3

50

-10

CUMPLE

R4

57,5

50

-8

CUMPLE

R5

50,2

50

-15

CUMPLE

R6

52,0

50

-13,0

CUMPLE

R7

47,2

50

-18

CUMPLE

R8

44,3

50

-21

CUMPLE

Fuente: Tabla 4.16 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria

En el Anexo N°4 “Estudio de Impacto Acústico” de la Adenda Complementaria, se actualizaron las fichas de medición, se incorporaron las fichas para los puntos receptores R7 y R8, y se incorporó la información faltante del punto R6.

Efluentes líquidos: Los residuos líquidos generados durante la fase de construcción del Proyecto de ampliación situación futura, corresponden a las aguas servidas domésticas, las que se manejarán en los servicios higiénicos existentes en la planta ENEA (camarín de contratistas), para lo cual se cuenta con conexión de alcantarillado. Cabe indicar que no se generarán otros residuos líquidos durante la fase de construcción del proyecto.

El Proyecto cuenta con contrato con la empresa Aguas Santiago Poniente, la cual recibe y trata las aguas servidas. En el Anexo N°3.A.2 de la DIA, se indica la Factura Electrónica de la empresa Aguas Santiago Poniente.

Olores: El Titular declara en la página 28 de la DIA que el Proyecto  “El Proyecto no generará olores significativos en la fase de construcción”.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos Sólidos Domésticos (RSD): Respecto de los residuos líquidos industriales y domésticos generados durante las fases de construcción realizadas durante los años 2006 al 2014, el Titular declara en la página 68 de la Adenda, lo siguiente: “Los residuos líquidos generados durante estas fases, correspondían a las aguas servidas domésticas, los cuales estaban conectados al sistema de alcantarillado de la Planta. Cabe indicar que no se generaron otros residuos líquidos durante las fases de construcción del proyecto”.

Respecto de los residuos domiciliarios que se generarán en la situación futura, corresponden a los desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel y cartones, entre otros. Durante esta fase se estima una generación de 0,5 kg diarios de residuos por trabajador, lo que se traduce a una cantidad de 10 kg/día durante las actividades de ampliación de la cámara de productos terminados (12 meses) y ampliación del segundo piso (8 meses). Para la actividad de montaje de las dos nuevas líneas de producción se estima un total de 5 kg/día.

Dichos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos sólidos no peligrosos existente en la planta, la cual cuenta con la autorización sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos generados por la actividad mediante la Resolución Exenta N°3683/2015, adjunta en el Anexo 3.B.1 de la DIA.

El retiro de los residuos será mediante empresas autorizadas utilizadas en la actualidad en la Planta ENEA, las cuales cuenta con Autorización Sanitaria, los antecedentes de las empresas se encuentran adjunto en el Anexo N° 3.B.4 de la DIA.

La disposición final de los residuos será en los destinos autorizados utilizados actualmente por la Planta ENEA, los cuales cuentan con Autorización de Disposición Final de Residuos Industriales No Peligrosos Fuera del predio.

Residuos de la construcción (escombros): Producto de las actividades de demolición de radier y excavaciones se obtendrá como residuo escombros, lo cual corresponderá a 231 m³ de material, lo cual será retirado en un camión tolva, para luego ser dispuesto en un lugar autorizado.

Residuos no Peligrosos: Respecto de los residuos sólidos no peligrosos generados durante las fases de construcción realizadas durante los años 2006 al 2014, el Titular señala en la página 68 de la Adenda, lo siguiente: “Los residuos sólidos no peligrosos, tanto domésticos como escombros fueron manejados de acuerdo a la normativa de manejo y disposición final de los residuos 148/2003 del Minsal). La disposición final de los residuos estuvo a cargo de terceros autorizados por la autoridad sanitaria”.

Los residuos domésticos y asimilables durante la fase de construcción del Proyecto de ampliación situación futura, corresponderán a desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel y cartones, entre otros. Durante esta fase se estima una generación de 0,5 kg diarios de residuos por trabajador, lo que se traduce a una cantidad de 10 kg/día durante las actividades de ampliación de la cámara de productos terminados (12 meses) y ampliación del segundo piso (8 meses). Para la actividad de montaje de las dos nuevas líneas de producción se estima un total de 5 kg/día.

Dichos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos sólidos no peligrosos habilitada para dicha fase (los antecedentes de la bodega se encuentran en el Anexo 13.1 de la Adenda). El retiro de los residuos será mediante empresas autorizadas utilizadas en la actualidad en la Planta ENEA, las cuales cuenta con Autorización Sanitaria.

Residuos Peligrosos: Respecto de los residuos sólidos peligrosos generados durante las fases de construcción realizadas durante los años 2006 al 2014, el Titular declara en la página 68 de la Adenda, lo siguiente: “Todos los residuos peligrosos fueron manejados de acuerdo a la normativa de manejo y disposición final de los residuos (D.S. 148/2003 MINSAL). La disposición final de dichos residuos estuvo a cargo de terceros autorizados por la autoridad sanitaria”.

Los residuos sólidos peligrosos durante la fase de construcción del Proyecto de ampliación situación futura, serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos habilitados para dicha fase (los antecedentes de la bodega se encuentran en el Anexo 13.2 de la Adenda). Los residuos serán retirados por una empresa autorizada, para posteriormente ser enviados a un sitio de disposición final autorizado, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N° 148/2003 del Minsal “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos”.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN.

Obras y acciones.

El proyecto original calificado ambientalmente favorable por medio de la RCA N°28/2004, consideraba una superficie total construida de 14.748,89 m², con una capacidad de producción de  20.400 ton/año, mediante 3 líneas de producción, según el ítem 2.6 de la DIA original las cuales correspondieron a: línea de congelados, línea de empanadas y línea de panadería (molde).

Desde el periodo 2006-2014, el Titular realizó una serie de modificaciones sobre las líneas anteriores, incluyendo la implementación de nuevas líneas de producción.

Actualmente, la Planta cuenta con  líneas de producción en operación, que alcanzan en  total una capacidad de producción de 72.748 ton/año. Al respecto, las líneas corresponden a:

Del año 2006-2007: el Titular realiza la ampliación de la cámara de congelados, ampliación sala de máquinas, ampliación edificio de producción y la implementación de 3 líneas de pan.

Del año 2008 al 2009, el Titular realiza la bodega de materias primas, ampliación edificio de producción.

Del año 2010 al 2011, el Titular realiza la ampliación de la bodega de materias primas, camarines, oficinas logística, ampliación de la camara de congelados, implementación de una línea de pan, y aumento de la línea de empanadas.

Del año 2013 al 2014, el Titular realiza la ampliación del edificio de producción, implementación de una línea de pan y una línea de sándwich.

En la Figura 4 de la Adenda Complementaria se indica la línea de tiempo de las obras de la Planta Bredenmaster.

Por su parte, el proyecto de ampliación futura considera la ampliación de la cámara de productos terminados y la ampliación en el segundo piso de la Planta (camarines y oficinas), junto con la implementación  de 2 nuevas líneas de producción, que permitirán aumentar la capacidad productiva hasta 85.346 ton/año, a saber, las nuevas líneas corresponden a:

  • 1 Línea de Pan.
  • 1 Línea de Empanadas y Platos Preparados.

Aguas lluvias

 

En el Anexo 3.1 “Informa de Aguas Lluvias” de la Adenda, se presenta el sistema de aguas lluvias para el Proyecto presentando las características del sitio de emplazamiento, y la solución adoptada para no generar mayores caudales de escurrimiento superficial producto de la construcción de nuevas superficies impermeables, además se indican los parámetros y la tormenta de diseño establecida en el Plan Maestro de Evacuación y Drenaje de Aguas Lluvia del Gran Santiago, y de acuerdo a indicaciones técnicas del SERVIU Metropolitano.

El proyecto de ampliación (situación futura) contempla drenes para infiltración del tipo zanjas de infiltración, el cual capta el flujo superficial y permite su infiltración en el suelo, lo que reduce los caudales que escurren hacia aguas abajo. Esta obra es adicional a la indicada en la RCA N°28/2004, donde del Proyecto evacuaba sus aguas lluvias desde las distintas dependencias, a través de una red de colectores de aguas lluvias contemplado en el loteo Industrial ENEA.

La solución considera 2 zanjas ubicadas en el sector norte de la Planta y otra en el sector oriente de la misma (3 zanjas en total). Las características (dimensiones, tiempo de infiltración y volumen) de las zanjas, se indican en la Tabla N°8 de la Adenda.

En la Figura 2 de la Adenda, se presenta un plano con el sistema de aguas lluvias, el cual consiste básicamente en un sistema de captura de aguas lluvias en los tejados y pavimentos de la Planta y su canalización hasta piscinas decantadoras, y de ahí, a zanjas de infiltración ubicadas en los bordes de la Planta ENEA.

 

 

Vialidad

En la Tabla N°7 de la Adenda, se indican los viajes y frecuencia de los vehículos pesados durante la fase de construcción y operación del Proyecto.

El número de estacionamientos corresponden a 111. En el Anexo 1.5 de la Adenda, se presenta un plano de los estacionamientos.

En la Tabla N°10 de la DIA, se presenta el Tránsito Medio Diario Anual de la fase de construcción.

Actividades de Mantención y Conservación

 

En el Anexo 3.1 Informe Aguas Lluvias de la Adenda, se adjunta el Programa de Mantenimiento, al respecto, se indica:

• Mantención Preventiva: Se conservará el buen funcionamiento hidráulico de las estructuras y reducir la colmatación. Para ello, se realizará:

i. Inspección: Inspección de cada zanja y superficie, verificación de velocidad de descenso del nivel del agua, entre otros. Se realizará como mínimo, una vez al año.

ii. Cuidado de las áreas verdes

iii. Remoción de basuras

• Mantención curativa: Estas mantenciones corresponden a: decolmatación de la superficie, reemplazo del material de cubierta, cuando sea requerido y reemplazo del material interior, cuando sea requerido.

Respectos de las mantenciones al sistema de evacuación de aguas, el Titular mantendrá registros de cada una de las mantenciones que se realicen del sistema de evacuación de aguas lluvias y las tres  zanjas de infiltración, el cual será durante toda la vida útil del Proyecto. El registro se mantendrá en las dependencias de la Planta y a disposición de la Autoridad. En la Tabla N°1 de la Adenda Complementaria se presenta la forma del registro de mantención de aguas lluvias.

En el Anexo N° 3.F de la DIA, se adjunta el Procedimiento operacional estándar: Mantención de Equipos e Instalaciones.

Provisión de suministros

Sustancias peligrosas: En la Tabla N°47 de la Adenda, se presentan las características cuantitativas y cualitativas de las sustancias peligrosas en la fase de operación.

Durante la fase de operación del Proyecto situación futura, el Titular mantendrá cantidades mínimas de sustancias peligrosas en stock, lo cual serán aproximadamente en 45 kg. Las cantidades almacenadas son consumidas en aproximadamente 15 días.

Todas las sustancias peligrosas serán almacenadas dando cumplimiento al Decreto N° 78/2010 del Minsal, considerando:

i          Las sustancias peligrosas se almacenan sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, ya que no se considera bodega, pues la cantidad total de sustancias peligrosas no es superior a 600 kg El lugar donde están almacenadas las sustancias peligrosas cuenta con un sistema de control de derrames. Cuenta con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

ii        Cuenta con hojas de seguridad actualizada para cada sustancia peligrosa a disposición de quienes las manejan.

A continuación, se indica la frecuencia y almacenamiento de las sustancias peligrosas en la fase de operación.

Tabla N°9: Sustancias peligrosas fase de operación

Sustancias peligrosas

Consumo mensual situación actual (L o kg)

Consumo mensual situación futura (L o kg)

Almacenamiento situación futura (L y kg)

Alcohol gel

60

94

26

Latas de Ambientales Aerosol

6

9

2

Sika Grasa

6

9

4,8

Sika sellante Lata Aerosol

11

16

22,8

Aromatizantes Aerosol

8

12

3,3

Insecticidas Aerosol

2

3

1,3

Lustra Muebles Aerosol

1

2

0,7

Alcohol Gel

23

36

7,8

Alcohol Liquido

23

36

7,8

Aerosol limpia Pantallas 100ml

0

0

0,1

Lustra Muebles

3

5

1,3

Remueve polvo Aerosol

1

2

1,3

Fuente: Tabla 49 de la Adenda

Agua: El Titular cuenta con una nueva factibilidad de agua potable y alcantarillado, la cual se encuentra adjunta en el Anexo N° 3.A.3 de la DIA. La nueva factibilidad permitirá abastecer la operación actual más la operación de la ampliación situación futura.

La cantidad y características del agua potable, cumple con lo dispuesto en el párrafo II del Título II del Decreto Supremo N° 594/1999 del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo “. En base a lo anterior, la dotación de agua se estima en 12.000 litros/día. La calidad del agua potable cumplirá con los requerimientos establecidos en la NCh 409 Of. 2005 y se obtiene mediante la conexión a la red pública de agua potable existente en la planta.

Alcantarillado: El Proyecto descarga sus residuos industriales líquidos al sistema de recolección de Aguas Santiago Poniente (ASP). En el Anexo 1.6 de la Adenda, se indica el sistema de alcantarillado y la conducción de los riles hacia las unidades de descarga (UD).

La planta cuenta con tres uniones de descarga al sistema de alcantarillado:

  • UD 1: Los Maitenes Norte.
  • UD 2: Los Maitenes Sur.
  • UD 3: José Manuel Guzmán. 

En cada una de estas UDs se descargan distintos efluentes, por lo que las características fisicoquímicas de cada descarga son distintas. El Titular incorpora en sus procesos de producción procedimientos destinados a disminuir tanto el caudal como la carga orgánica de sus RILes, implementando procesos de limpieza en seco y separando el máximo posible de sólidos antes de realizar los procesos de limpieza involucrados. La ubicación de la cámara interceptora de grasas se indica en el Anexo 1.6 de la Adenda. Asimismo en la Tabla N°20 de la Adenda, se presenta las coordenadas (WGS 84 huso 19 S) de las cámaras de muestreo.

En el Anexo 11.1 de la Adenda, se adjunta el nuevo convenio entre la empresa Aguas Santiago Poniente y el Titular.

A continuación, se indica la proyección de los riles.

Tabla N°10. Capacidad máxima actual y proyectada

Valores

Descarga

DBO5

(kg/mes)

SST

(kg/mes)

N-NH4

(kg/mes)

P

(kg/mes)

A y G (kg/mes)

 

Valor promedio actual (Exceso de carga)

UD 1

717,5

252,5

0

0

0

UD 2

1.142,8

189,5

0

0

0

UD 3

49

0

0

0

0

Total

1.909,3

442

0

0

0

 

Valor promedio capacidad máxima actual (situación actual)

UD 1

825,1

290,4

0

0

0

UD 2

1.497,1

248,2

0

0

0

UD 3

67,13

0

0

0

0

Total

2.389,3

538,6

0

0

0

Valor promedio con Proyecto(situación futura)

UD 1

918,4

323,2

0

0

0

UD 2

1.714,2

284,3

0

0

0

UD 3

90,2

0

0

0

0

Total

2.722,8

607,5

0

0

0

Límite de contrato

 

6.600

4.200

120

120

-

Fuente: Tabla 19 de la Adenda

Energía: El empalme (o subestación) original (denominado N°1 en la RCA) fue modificado y actualmente, el Proyecto de Ampliación considera en total 3 empalmes. En la Adenda, se presenta el detalle de cada uno, específicamente, en la Tabla N°3 “Empalmes eléctricos” y en la Tabla N°4 se indican las coordenadas de cada uno de ellos. En el Anexo 1.2 “Empalmes Eléctricos” de la Adenda, se presenta un plano con la ubicación de dichos empalmes.

La siguiente tabla se indican los equipos de respaldo existentes en el Proyecto.

Tabla N°11: Equipos de respaldo situación existente

Equipo

Potencia Generador (KW)

N° de Registro SEREMI

Grupo Electrógeno

400

5737

Grupo Electrógeno

280

6766

Grupo Electrógeno

280

6767

Grupo Electrógeno

280

6768

Grupo Electrógeno

720

7496

Grupo Electrógeno

720

7497

Grupo Electrógeno

720

7498

Grupo Electrógeno

720

7499

Grupo Electrógeno

1200

14495

Fuente: Tabla 21 de la DIA

La ampliación de la situación futura considera una capacidad instalada total de 6 MW. En esta fase se incorpora un nuevo grupo electrógeno de respaldo de 1.200 KW, por lo que la capacidad total de respaldo de la planta será 6,5 MW.

Combustibles: El Proyecto cuenta con un estanque subterráneo de 10.000 litros, el cual se utiliza para el funcionamiento de los grupos electrógenos y caldera. Las dimensiones del estanque son 18m de diámetro y 4,3 m de largo con una profundidad de 2,6 m. Los certificados de las instalaciones de combustible, se adjuntan en los Anexos 3.D.9 y 3.D.10 de la DIA.

En el Anexo N°2.1 y N°2.2 de la Adenda, se presenta la ubicación y plano del estanque de petróleo inscrito en la SEC. En la Tabla N°5 de la Adenda, se presentan las características de los estanques subterráneos de petróleo.

El Proyecto contará con 10 tanques de gas licuado, en el Anexo 3.D.11 de la DIA, se adjunta el certificado TC2 inscrito en la SEC. La instalación de gas tiene 5 estanques de 1,2m diámetro por 4,9 m de largo y otros 5 estanques de 1,35 m de diámetro por 3,5m de largo. Los 10 estanque tiene la capacidad de 4m³ cada uno. Para cada estanque existe el Certificado de Inspección y/o Reparación, TC8, adjuntos en el Anexo 3.D.12 de la DIA.

En la Tabla N°6 de la Adenda, se presentan las coordenadas de los estanques de gas, y en el Anexo 1.3 “Red de Gas” de la Adenda, se presenta el plano de la red de gas y la ubicación de los estanques de gas.

El Titular se abastece de gas natural de Metrogas y todas sus instalaciones están debidamente declaradas en la SEC. La declaración de Instalaciones Interiores Industriales de Gas, TC7, N° de Folio 000001154634. 17/01/2015, se adjunta en el Anexo 3.D.11 de la DIA.

Recursos naturales renovables

El proyecto no tiene contemplado extraer o explotar recursos naturales renovables.

Cuantificación y Forma de Manejo de Productos Generados, Incluyendo Transporte

Los productos generados corresponden a productos de panadería, pastelería, empanadas, platos preparados, sándwich y pizzas. De forma general, el manejo de los productos comprende procesos tales como: elaboración de masas, horneo, enfriamiento de las masas, pasando por el decorado o relleno, enfriado, congelado, envasado, almacenaje y finalmente el transporte y despacho. Posterior estos se almacenan en ambiente seco o a temperaturas inferiores a los -15°C. El producto final, ya envasado, es trasportado a pedido mediante camiones y distribuido a los distintos clientes.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: En el Anexo N°9 de la Adenda, se presenta Informe Actualizado de las Estimación de Emisiones del Proyecto.

Las emisiones generadas producto del proyecto original y el proyecto de ampliación situación actual y futura se resume en la siguiente tabla:

Tabla N°12. Emisiones fuentes fijas, móviles y totales proyecto de ampliación, situación actual y situación futura

 

Avance Proyecto

 

AÑO

MP10

NOx

Total Proyecto (ton/año)

MP10F.Fijas (ton/año)

F.Móviles (ton/año)

Total Proyecto (ton/año)

F.Fijas (ton/año)

F.Móviles (ton/año)

Operación actual

0

5,572

0,918

4,653

14,180

8,416

5,765

Operación actual+ Construcción Etapa 1

1

5,680

0,918

4,762

14,752

8,416

6,337

Operación actual+ Construcción Etapa 2

2

5,574

0,918

4,656

14,184

8,416

5,769

Operación actual + Nuevas Líneas de Producción

3

6,538

1,060

5,478

16,551

9,771

6,780

Emisiones a compensar (150%)(ton/año)

9,81

1,59

8,22

24,83

14,66

10,17

Fuente: Tabla 39 de la Adenda

Ruido: Las emisiones más relevantes se generaran en la fase de operación, las cuales son: Material Particulado (MP10), generado principalmente por las fuentes móviles y NOx generado por las fuentes fijas. Por ello, el Titular deberá compensar por el 150% de las emisiones generadas (MP10 y NOx). La compensación a realizar incluida la operación actual y la ampliación situación futura, será equivalente a un total de 9,81 ton/año por MP10 y un total de 24,83 ton/año por NOx, desglosado por fuentes fijas y móviles.

En el Anexo N°10 de la Adenda, el Titular presenta el informe de ruido para la fase de operación. A continuación, en las siguientes tablas se indican los resultados obtenidos para el periodo diurno y nocturno.

Tabla N°13: Evaluación y proyección de niveles de presión sonora para etapa de operación (2018) de la planta Bredenmaster-Los Maitenes en horario diurno con medidas de control

NPS proyectado y Evaluación para Horario Diurno según D.S 38 del MMA

en fase de operación 2018

Punto

NPS Proyectado dBA

Límite D.S 38 dBA

Diferencia

Evaluación

R1

51,6

65

-13

CUMPLE

R2

60,2

65

-5

CUMPLE

R3

55,5

65

-10

CUMPLE

R4

57,4

65

-8

CUMPLE

R5

48,7

65

-16

CUMPLE

R6

49,5

65

-16

CUMPLE

R7

46,5

65

-19

CUMPLE

R8

43,6

65

-21

CUMPLE

Fuente: Tabla 4.17 del anexo 4 de la Adenda Complementaria

Tabla N°14: Evaluación y proyección de niveles de presión sonora para etapa de operación (2018) de la planta Bredenmaster-Los Maitenes en horario nocturno con medidas de control 

NPS proyectado y Evaluación para Horario Nocturno según D.S 38 del MMA.

en fase de operación 2018

Punto

NPS

Proyectado dBA

Límite

D.S 38 dBA

Diferencia

Evaluación

R1

49,6

50

0

CUMPLE

R2

49,6

50

0

CUMPLE

R3

39,0

50

-11

CUMPLE

R4

42,8

50

-7

CUMPLE

R5

47,5

50

-3

CUMPLE

R6

45,9

50

-4

CUMPLE

R7

45

50

-5

CUMPLE

R8

39,1

50

-11

CUMPLE

Fuente: Tabla 4.18 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria.

Efluentes líquidos: Respecto de los residuos líquidos industriales y domésticos generados entre los años 2006 al 2014, el Titular señala en la página 70 de la Adenda, lo siguiente: “Desde sus inicios la Planta ENEA descarga sus residuos industriales líquidos y domésticos al sistema de recolección de Aguas Santiago Poniente (ASP) (Anexo 11.1), empresa que realiza el servicio de tratamiento de riles según contrato, dando así cumplimiento con el DS N° 609/1998 MOP”.

Durante la fase de operación (situación futura), se producirán residuos líquidos industriales en las distintas líneas de producción. Al respecto, dichos riles corresponden a los siguientes:

a) Limpieza de pisos: se realiza en todas las líneas de producción. El procedimiento consiste en una primera etapa de limpieza en seco, donde los sólidos son recolectados. Luego las superficies serán sometidas a una limpieza con una espuma alcalina, para posteriormente recoger el líquido por medio de una mopa. El líquido colectado por la mopa es estrujado a un carro de aseo, el cual es vaciado a las canaletas de alcantarillado.

b) Deshielo: este rilse genera en las líneas de producción de muffins y bollería, las cuales cuentan con un túnel de frío, el cual debe ser descongelado y limpiado periódicamente. Este deshielo puede ser eléctrico o mediante el uso de hidrolavadora. En este último caso se le suma al deshielo el agua usada en el lavado.

c) Lavado de bandejas: esta actividad se realiza tanto para las bandejas de horneado como para las de transporte post horneado del área de producción de muffins y congelados. La primera etapa consiste en una limpieza en seco donde todos los sólidos son retirados mediante una espátula, posteriormente se realiza el lavado para el cual se utiliza agua caliente y detergente alcalino (ZAP).

d) Lavado de equipos: corresponde a la zona donde los equipos como bateas de preparación de masas utilizadas en todas las líneas de producción, son trasladados para realizar su lavado. La primera parte de este proceso corresponde al retiro de restos sólidos de los equipos, para posteriormente realizar el lavado mediante agua a presión.

e) Agua de condensado: corresponde a una descarga de agua de condensado producto de la operación de la unidad encargada de generar aire frío para la planta.

f) Limpieza de superficies: se realiza en la zona de empanadas, y consiste en la limpieza de pisos y muros. Primero se retiran los sólidos con paños secos y luego se realiza la limpieza utilizando detergente y una mopa.

g) Sala de máquinas: corresponde a las purgas de la caldera y condensadores utilizados en el proceso, y al agua descartada durante la regeneración de los ablandadores.

A continuación, se presenta una tabla con el resumen los caudales y parámetros fisicoquímicos de los efluentes generados con la producción proyectada.

Tabla N°15: Caracterización de Riles situación actual y situación futura

Escenario

Caudal (m³/día)

Concentración DBO (ppm)

Concentración SST (ppm)

Concentración P (ppm)

Concentración NH4 (ppm)

Planta Actual

228,0

492,1

223, 3

3,6

4,8

Planta Capacidad Máxima (Situación actual)

272,0

511,7

221,7

3,5

4,7

Planta con Proyecto (situación futura)

315,1

503,4 (*)

224,3

3,6

4,8

Fuente: Tabla 16 de la Adenda

(*) Se debe indicar que la disminución de la concentración se debe a que en esta proyección hay procesos con menor carga que aumentan su caudal. Fuente: Greenbusiness Limitada

En el Anexo 6.1. “Descripción y Caracterización de RILes situación actual y proyectada” de la Adenda, se encuentran los flujogramas completos para cada unidad de descarga. Además, en el Anexo 1.6 de la misma Adenda, se incluye el plano de las cámaras interceptoras de grasa.

A continuación, se presenta el resumen de las características cuantitativas de los residuos industriales líquidos a generar en la fase de operación del proyecto para una producción de 85.346 ton/año.

Tabla N°16: Características cuantitativa de riles

UD

Corriente

Caudal (m³/día)

Caudal (m³/mes)

DBO5 (ppm)

SST (ppm)

N- NH4 (ppm)

AyG (ppm)

P (ppm)

pH

T (°C)

 

 

UD 1

Aguas Servidas

108,7

3.261

300,0

168,3

4,1

26,4

2,9

6,9

23,2

Aguas de Lavado UD1

49,9

1.497

697,7

391,4

9,6

61,4

6,8

6,9

23,2

Total UD

158,6

4.758

425,0

238,4

5,8

37,4

4,1

6,9

23,2

 

UD 2

Aguas de Lavado UD 2

76,8

2.304

1072,8

381,7

6,0

66,9

5,3

6,2

21,8

Total UD 2

76,8

2.304

1072,8

381,7

6,0

66,9

5,3

6,2

21,8

 

 

UD 3

Purgas sala de máquinas

18,9

567

0,0

0,0

0,0

0,0

0,0

7,4

23,4

Aguas de Lavado UD 3

60,8

1.824

145,0

58,5

2,0

23,5

1,1

7,4

23,4

Total UD3

79,7

2.391

110,7

44,7

1,5

17,9

0,9

7,4

23,4

Promedio Planta

315,1

9.453

503,4

224,3

4,8

39,7

3,6

6,9

22,9

Tabla N°4 D.S. N° 609/1998 MOP

-

-

300

300

80

150

15

5,5–9,0

35

Límites Contrato Actual

400

-

850

650

90

-

25

-

-

Fuente: Tabla 17 de la Adenda

*UD = Unidades de Descarga, ** AyG = Aceite y Grasa. Fuente: Greenbusiness Limitada

Olores: El Titular declaró que de acuerdo con las condiciones productivas propias del rubro, las actividades que se llevarán a cabo dentro de la Planta no constituirán focos de emisión de malos olores.

Sin perjuicio de lo anterior, la bodega de residuos no peligrosos de la Planta ENEA cuenta con Autorización Sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos por medio de la Resolución Exenta N° 3683/2015, adjunta en el Anexo N°3.B.1 de la DIA. Dicha instalación cumple con criterios de diseño que evitan la eventual propagación de olores:

·         Almacenamiento en contenedores metálicos lavables con tapa, en zona al exterior con ventilación natural.

·         El sector de almacenamiento está a más de 20 metros del cierre perimetral.

·         Las zonas adyacentes al lugar de almacenamiento se mantienen en buenas condiciones y limpias.

·         El retiro de contenedores llenos tiene una frecuencia diaria.

·         La planta cuenta con sistema integrado de control de plagas, adjunto en el Anexo Nº 3.E.1 y 3.E.2 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En las páginas 30, 31, 32, 33, 34 de la Adenda, se indica el Diagrama de flujo de los residuos que se producirán para la línea de pan; línea biscochos y muffin; línea de masas; elaboración de empanadas y/o platos preparados y la línea de sándwich y pizzas, respectivamente.

a) Residuos domésticos y no peligrosos

Tabla N°17: Características cuantitativas y cualitativas de residuos no peligrosos

Residuos no peligrosos

Cantidad (ton/mes)

Residuos domiciliarios

80

Papeles y cartones

50,4

Madera

5,3

Descartes de producción

120

Asimilables a domiciliarios

30

Descartes de producción

20

Fuente: Tabla 11 de la Adenda

b) Residuos peligrosos

A continuación, se indican las características cualitativas y cuantitativas de los residuos peligrosos generados por la situación actual y lo proyectado con la situación de ampliación futura.

Tabla N°18: Residuos peligrosos generados en la situación actual y la situación futura

Residuo peligroso

Cantidad máxima de almacenamiento (kg)a

Cantidad generada situación actual (kg/mes)

Cantidad generada situación futura b (kg/mes)

Aceite mineral usado

72

144

169

Ampolletas industriales usadas

20

20

23

Termómetro en desuso

0,3

3

4

Ampolletas y tubos fluorescentes usados

16

16

19

Batería de maquinaria usada

16,7

17

20

Batería de luces de emergencia usadas

2

2

2

Condensadores usados

1

1

1

Pilas y baterías menores usadas

10

10

12

Bombas de freón

75

150

176

Envases vacíos de aceite

18

18

21

Paños y guantes contaminados con aceite

90

90

106

Envases vacíos de detergente

60

60

70

Envases de aerosol vacíos

15

15

18

Envases vacíos de solventes y tintas

49,5

50

58

Paños contaminados con tintas y solventes

7,5

8

9

Toners y cartuchos de impresión vacíos

36

36

42

Equipos de computación en desuso

10

10

12

Fuente: tabla 12 de la Adenda 

a. El almacenamiento no puede exceder los 6 meses. Resolución N°4926/2015 (Anexo 3.C.1. de la DIA).

b. La cantidad futura equivale a un 17,3% de la producción actual.

El Proyecto considera un aumento en la frecuencia de retiro de modo nunca superar la cantidad máxima de almacenamiento autorizada por la Resolución Exenta N°4926/2015 de la Seremi de Salud RM. La citada Resolución se encuentra adjunta en el Anexo 3.C.1 de la DIA.

c) Residuos no peligrosos

Respecto de los residuos no peligrosos generados durante la fase de operación del año 2006 al 2014, el Titular señala en la página 70 de la Adenda, lo siguiente: “El almacenamiento de residuos sólidos no peligrosos, hasta la fecha se han manejado de acuerdo a las exigencias sanitarias y de acuerdo a los procedimientos internos de Bredenmaster. Es importante mencionar que durante el periodo se generaron se registros mensuales que consignaban la cantidad en peso e identificación de los residuos, los cuales fueron dispuestos en sitios autorizados”. Asimismo, en el Anexo 11.3.3 de la Adenda, se adjuntan los registros de retiro durante el periodo indicado.

Actualmente, el Titular cuenta con la Resolución Exenta N° 3683 de 2015 de la Seremi de Salud RM, la cual establece la autorización sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos.

Los residuos a almacenar son los siguientes:

Tabla N°19: Almacenamiento residuos no peligrosos 2015

Sector

Residuos

Cantidad (ton/mes)

Almacenamiento

 

 

1

Residuos domiciliarios

 

80

Contenedor metálico con tapa de 20 m³

Papeles y cartones

50,4

 

Contenedor metálico de 30 m³

Madera

5,3

 

Contenedor metálico de 30 m³

Descartes de producción

 

120

 

Contenedor metálico con tapa de 20 m³

 

 

2

Asimilables domiciliarios

 

 

30

Contenedor metálico con tapa de 20 m³

Descartes de producción

20

Fuente: Tabla N°27 de la Adenda

 

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE.

Partes, obras y acciones asociadas

En caso de requerir el cierre del proyecto, se removerán todos los componentes de las instalaciones, mediante las siguientes actividades:

•          Instalación de faenas.

•          Retiro de equipos.

•          Demolición de estructuras.

•          Retiro de escombros.

•          Limpieza del lugar

•          Cierre del sector.

Cronograma de actividades

La duración de la fase de cierre se estima en 3 meses. En la siguiente tabla, se detalla la duración de cada una de las actividades.

Tabla N°20: Cronograma de actividades, fase de cierre

Actividad

Duración (meses)

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

Instalación de faenas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Retiro de equipos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Desmantelamiento y demolición de estructuras

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Retiro de escombros

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Limpieza del lugar

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Cierre del sector

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Tabla 40 de la DIA

 

Provisión de suministros básicos

Los principales materiales o insumos que se requieren que se requieren para el cierre de la planta ENEA son:

  • Maquinarias.
  • Camiones y vehículos.
  • Otros (herramientas menores, herramientas mayores etc.)

Energía: Se utilizará el empalme eléctrico existente en la Planta ENEA.

Agua: Para la fase de cierre se establece que el agua para consumo humano cumplirá con los requerimientos establecidos en el Art. 14 del D.S. N° 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, que exige una dotación mínima de 100 litros diarios por trabajador.

Se utilizarán las conexiones existentes a la red pública de agua potable y alcantarillado. Adicionalmente, en todos los puntos de trabajo se dispondrá de agua embotellada, suministrada por una empresa autorizada, la cual cumplirá con todos los requerimientos fisicoquímicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente correspondiente, definidos en la NCh Nº 409/1 Of.05 sobre calidad de agua potable.

Servicios Higiénicos: El manejo de las aguas servidas en la fase de cierre, se realizará mediante la instalación y operación de baños químicos, los cuales serán contratados a una empresa autorizada, dependiendo de la disponibilidad y acuerdos comerciales al momento de iniciar el cierre del proyecto. En términos de cantidad, se cumplirá con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594/1999 del Minsal.

El manejo de las aguas servidas generadas producto del uso de los baños químicos, deberá ser efectuado por la empresa que preste el servicio, la cual se encargará del retiro y disposición en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.

Emisiones y efluentes.

Emisiones atmosféricas: Durante la fase de cierre se producirán emisiones atmosféricas relacionadas a:

  • Emisiones generadas por la combustión de vehículos.
  • Emisiones de polvo resuspendido, producto del tránsito vehicular.
  • Emisiones producto del Polvo fugitivo asociado al movimiento de tierras.

Emisiones generadas por la combustión de vehículos: Las emisiones más relevantes corresponderán a material particulado, CO, NOx y HC, producto de los gases de escape de los vehículos en general, frente a lo cual exigirá a los contratistas el cumplimiento de la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la fase de cierre, mediante cláusulas incluidas en los contratos.

Las emisiones de los tubos de escape, están directamente relacionados con los flujos vehiculares, que cambian en forma cuantitativa y cualitativa a medida que transcurren las distintas fases del Proyecto. En este sentido, y dada la duración de la fase, estimada en 3 meses, las emisiones de gases producto de la combustión de motores se consideran marginales.

Emisiones de polvo resuspendido, producto del tránsito vehicular: Se levanta polvo producto del tránsito de vehículos por los caminos de tierra. La cantidad de polvo resuspendido, tiene directa relación con el tipo de vehículo, las condiciones meteorológicas, el camino, el horario de tránsito, entre otras variables. En el presente proyecto, las emisiones por polvo resuspendido son marginales, dada la baja cantidad de viajes por caminos no pavimentados.

Emisiones producto del polvo fugitivo asociado al movimiento de tierras: El levantamiento de polvo fugitivo, asociado a las excavaciones y transferencia de material, se producirá en el marco de la fase de cierre. La cantidad de polvo resuspendido se considera despreciable y temporal, dada la duración de 12 meses para esta fase. De todas maneras, los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución, a velocidad moderada y con la carga cubierta, con objeto de minimizar la emisión de material particulado.

Ruido: Las emisiones de ruido para esta fase son similares a las que se generarán en la fase de construcción del Proyecto, ya que se utilizarán fuentes similares, tales como maquinaria y motores de combustión.

Efluentes líquidos: Los residuos líquidos generados durante esta fase, corresponden a las aguas servidas domésticas, las que se manejarán en baños químicos que serán retirados por una empresa autorizada para ello, para posteriormente ser llevados a un sitio de disposición final autorizado. Todas estas obligaciones quedarán estipuladas en el respectivo contrato. La disposición de aguas servidas será exigida a la empresa contratista, quedando estipulado dentro de las cláusulas del contrato.

Olores: El Proyecto “Ampliación Planta ENEA”, no considera emisiones de olores durante la fase de cierre.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos domésticos y asimilables: Los residuos domésticos y asimilables corresponden a desechos de los trabajadores, tales como latas, plásticos, papel y cartones, entre otros. Durante esta fase se estima una generación de 0,5 kg diarios de residuos por trabajador, lo que se traduce en una cantidad de 25 kg diarios de basura en el sector.

Todos los residuos generados serán acopiados en un lugar especialmente habilitado para ello, luego serán retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizado, a través de una empresa autorizada.

Es del caso señalar que para el manejo de estos residuos, se dará estricto cumplimiento a lo dispuesto por el párrafo III del título II del Decreto Supremo Nº 594/1999 aprueba “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo” del Ministerio de Salud.

Escombros: Estos residuos corresponderán a restos de materiales (hormigón de fundaciones y radieres, fierros, estructuras metálicas, plásticos, cartones, maderas, trozos de cables o de metal y otros), los que serán almacenados transitoriamente al interior de la obra en un sector delimitado con señalización que identifique los residuos que se pueden almacenar. Finalmente, serán transportados y destinados por empresa autorizada a un sitio autorizado.

Residuos peligrosos: Los residuos generados en esta fase corresponden principalmente a restos de aceites de maquinarias, paños contaminados, envases sobrantes de productos de limpieza, entre otros, los cuales se generaran en mínimas cantidades, para una vez terminada esta fase, ser dispuesto en sitios autorizados.

 

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN.

Fecha estimada de inicio

Se iniciará durante el año 2016. El hito de inicio corresponderá a la instalación de faena, específicamente al establecimiento de dos contenedores (oficina y bodega de herramientas).

 

El Titular en la Tabla N°24 de la Adenda, presenta la duración de las fases de construcción que se realizaron desde el año 2006 al año 2014.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

El hito de inicio corresponderá a la instalación de faena, específicamente al establecimiento de dos contenedores (oficina y bodega de herramientas).

El Titular señala en la Tabla N°4 de la Adenda Complementaria señala que la fase de de construcción tendrá una duración de 24 meses.

Fecha estimada de término.

La fecha de término será durante el año 2018.

Parte, obra o acción que establece el término.

El hito de término corresponderá a la implementación de 2 nuevas líneas de producción

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN.

Fecha estimada de inicio.

Se estima que la fecha de inicio será durante el año 2018.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La fase de operación da inicio con la verificación de equipos y puesta en marcha de las 2 líneas de producción (Pan y Empanadas y Platos Preparados)

Fecha estimada de término.

Se estima que la fecha de término será durante el año 2068.

Parte, obra o acción que establece el término.

El término de la fase de operación será cuando se produzca el cierre de las líneas de producción.

4.4.3 FASE DE CIERRE

Fecha estimada de inicio.

Se estima que la fecha de inicio será durante el año 2068.

Parte, obra o acción que establece el inicio.

La fase de cierre da inicio con la instalación de faenas

Parte, obra o acción que establece el término.

El término de la fase de cierre será cuando se produzca el cierre del sector en el año 2068.  El Titular en la Tabla N°4 de la Adenda Complementaria, indica que la fase de cierre tendrá una duración de 3 meses.

 

Al respecto, el Titular señala en la página 65 de la Adenda, lo siguiente: “La fase de cierre podrá extender de manera indefinida, a través de la conservación y modernización de los equipos contemplados para la fase de operación”.

5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:

 

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado y otros contaminantes atmosféricos.

El Proyecto generará emisiones de material particulado y gases durante la fase de construcción y la fase de operación. El detalle de la metodología y resultados de la estimación de emisiones se presenta en el Anexo N°9 de la Adenda. Además, el Titular presentará,  antes de los 30 días de obtenida la RCA, un Plan de Compensación de Emisiones (PCE) para material Particulado (MP10) y NOx, por el 150 % de las emisiones estimadas, ante la Seremi de Medio Ambiente de la Región Metropolitana.

Fase en que se presenta.

Construcción y operación.

Impacto ambiental.

Aire: Aumento de los niveles de ruido

A partir de los resultados del Estudio de Ruido (Anexo N°4 de la Adenda Complementaria), se concluyó que los niveles de ruido proyectados hacia los receptores situados en el área de influencia para la fase de construcción y fase de operación, cumplen con los niveles establecidos en horario diurno por el D.S. N°38 del 2011 del MMA.

Parte, obra o acción que lo genera.

Actividades durante la fase de construcción y la operación de la Planta.

Fase en que se presenta.

Construcción y operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Puntos 4 y 6.1 del ICE.

Impacto ambiental

Generación de residuos líquidos y solidos

Parte, obra o acción que lo genera.

En cuanto a los residuos industriales líquidos, el Proyecto descarga sus residuos al sistema de recolección de Aguas Santiago Poniente, empresa que realiza el servicio de tratamiento de riles según contrato vigente. En el Anexo N°3.A.1 de la DIA, se presenta el contrato y boleta electrónica que se tiene actualmente con dicha empresa.

 

Los residuos domésticos y asimilables generados en las fases de construcción y operación, así como también los residuos industriales no peligrosos generados durante la operación, se almacenarán temporalmente en la bodega de residuos no peligrosos existente en la Planta ENEA, la cual cuenta con Autorización Sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos de la actividad, para ser retirados posteriormente empresas autorizadas.

Fase en que se presenta.

Construcción y operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Punto 6.1 del ICE

El proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que este genera o produce.

 

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental.

Alteración de los Recursos Naturales Renovables.

Suelo: El Proyecto no producirá la absorción de contaminantes por parte del subsuelo, esto se debe a que las aguas a infiltrar del proyecto provienen, exclusivamente, de superficies impermeables, tales como techos y pavimentos y semipermeables, como jardines y jardineras. Dada la procedencia de las aguas éstas no contienen ningún compuesto agresivo o tóxico que pueda afectar el subsuelo. En el Anexo 3.1 de la Adenda, se presenta el Informe de aguas lluvias, detallando lo indicado.

Agua: El Titular del Proyecto no realizará el alumbramiento de aguas subterráneas en todas las fases del Proyecto, ya que los planos constructivos del Proyecto indican que las obras más profundas alcanzan los 6,35 m de profundidad máxima y el nivel estático de la napa se encuentra en la actualidad a 26,4 m. En la Figura 5 de la Adenda, se muestra el plano de elevación mostrando nivel máximo y actual respecto de profundidad de obras. Sin embargo, considerando lo anterior, el Titular en el Anexo 7.3 de la Adenda,  presenta un Plan de Emergencia y Contingencias asociada al recurso hídrico y las acciones a realizar en caso de afloramiento de aguas subterráneas.

La fuente de provisión de agua potable tanto para consumo humano como industrial será abastecida por la Empresa Aguas Santiago Poniente S.A.

Componentes ambientales afectados.

Suelo, agua y aire.

Parte, obra o acción que lo genera.

Fase de construcción: generación de residuos en las actividades de instalación de faenas, excavaciones,  construcción de obra gruesa, obras exteriores y terminaciones.

Fase en que se presenta.

Construcción y operación.

Referencia al ICE.

Puntos 4, 5 y 6.2 del ICE

El proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

 

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

En el Anexo 2.2  “informe de línea base de medio humano” de la DIA, se indica que dentro de la zona residencial aledaña y más cercana al proyecto, no se registra población protegida (comunidades indígenas), por tanto no existe una alteración a prácticas, patrimonio o actividades tradicionales.

En lo que respecta a los accesos, el proyecto no genera impactos significativos en la zona residencial, debido a que los accesos de los vehículos pesados y de carga serán por Av. Los Maitenes, la que tiene conexión directa con Costanera Norte y Américo Vespucio, vías que se encuentran acondicionadas para el tipo de actividad que se desarrolla en el sector en especial (Av., Maitenes).

De acuerdo al informe de línea base de medio humano del Anexo N°2.2 de la DIA, no se evidencian manifestaciones culturales en el entorno inmediato del proyecto.

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.3 del ICE

El proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

 

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.4 del ICE.

En el Anexo Nº 2.1 de la DIA, se presenta el análisis de las áreas protegidas. Al respecto, el Proyecto no se localiza cercano a áreas protegidas, siendo la Zona Típica “Pasaje Lucrecia Valdés, Adriana Cousiño, Hurtado Rodríguez y calles aledañas”, la cual se encuentra a 9 km aproximadamente hacia el este.

El Proyecto no se localiza cercano o en áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados; ni en zonas con valor ambiental relevante.

 

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.5 del ICE.

En el Anexo Nº 2.1 de la DIA, se concluye que en el paisaje local la intervención humana es elevada, no existen áreas de interés escénico, ni hitos visuales que puedan incrementar el valor paisajístico.

Respecto de la alteración turística del sector, el Titular en el Anexo 2.1 de la DIA, indica que la zona de Interés Turístico más cercana al Proyecto corresponde a San José de Maipo a 30 km del área del Proyecto, por lo que no se produce alteración significativa al valor turístico, del sector. Además cabe indicar que el Proyecto se ubica en una zona industrial de la comuna de Pudahuel.

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

 

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico.

Punto 6.6 del ICE.

La RCA Nº 28/2004, consideró como área de influencia del proyecto, el total del predio, equivalente a 35.262.49 m², a partir de lo cual se realizó un levantamiento de Línea Base de arqueología el día 01 de agosto de 2003, en el que se evidencio ausencia de sitios arqueológicos y/o patrimoniales en el lugar del proyecto. El detalle del levantamiento se encuentra en el Anexo 2.3 de la DIA.

 

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

 

6°. Que, resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y operación.

Parte, obra o acción a que aplica.

El Proyecto cuenta con la autorización sanitaria para el almacenamiento de los residuos no peligrosos generados por la actividad mediante la Resolución Exenta N°3683/2015 (Ver Anexo N°3.B.1 de la Adenda y el Anexo 5.1.1 de la Adenda Complementaria). El retiro de los residuos será mediante empresas autorizadas, utilizadas en la actualidad en la Planta ENEA, las cuales cuentan con Autorización Sanitaria (Anexo N° 3.B.4, de la DIA). La disposición final de los residuos será en los destinos autorizados utilizados actualmente por la Planta ENEA, los cuales cuentan con Autorización de Disposición Final de Residuos Industriales No Peligrosos Fuera del predio, Resolución Exenta N° 6617/2015 (Ver Anexo N° 3.B.2 de la DIA, Anexo 1.4 de la Adenda y Anexo 5.1.2 de la Adenda Complementaria).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

En el Anexo 5.1 de la Adenda Complementaria, se presenta los antecedentes para el otorgamiento del PAS 140.

El sector de acopio será utilizado durante las fases de construcción del Proyecto de ampliación, situación futura. Mientras que para la fase de operación del Proyecto la Planta ENEA, el Titular cuenta con una Resolución Exenta que autoriza el almacenamiento  de los residuos no peligrosos (Resolución Exenta N° 3683/2015).

Se considera su almacenamiento temporal previo a su traslado hacia un sitio de disposición final autorizado (Resolución Exenta N° 6617/2015).

La ubicación referencial para el acopio de residuos no peligrosos para la fase de construcción del Proyecto, situación futura se presenta en el Anexo 5.31 de la Adenda Complementaria. Asimismo, el plano del lugar de almacenamiento para la operación del Proyecto se indica en el Anexo 5.4 de la Adenda Complementaria.

Fase de construcción:

Durante la fase de construcción del Proyecto de ampliación situación futura los residuos no peligrosos serán almacenados en el patio de salvataje, los que serán retirados en camiones aptos y trasladados a sitios autorizados.

Fase de operación:

Los residuos no peligros serán almacenados en una bodega, la cual encerrará

contenedores metálicos ubicados en dos zonas:

• Zona de Basura Nº1 (sector #1): Superficie de asfalto de aproximadamente 6x18 m con una superficie de 108 m², fácil de limpiar, en la cual se emplazan 4 contenedores metálicos.

• Zona de Basura Nº2 (sector #2): Superficie de asfalto de aproximadamente 6x5 m, superficie de 30 m², fácil de limpiar, en la cual se emplaza 1 contenedor metálico.

La Tabla 8 del anexo 5.1. de la Adenda Complementaria, indica el tipo de almacenamiento para cada residuo no peligroso.”

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 1669, de fecha 02 de marzo de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS, condicionandolo a las siguientes cantidades:

“Etapa de construcción:

Sectores de acopio según anexo 5.3 Adenda complementaria.

Etapa de operación:

Residuos domiciliarios: 93.840 kg/mes, Papeles y Cartones: 59.119,2 kg/mes, Madera: 6.217 kg/mes, Descarte de producción: 140.760 kg/mes, Asimilables a domiciliarios: 35.190 kg/mes, Descartes de producción: 23.460 kg/mes, de acuerdo a tabla N° 7 de Adenda complementaria.

Estos residuos serán almacenados en dos sitios de almacenamiento de 108 m2 y 30 m2

Los incrementos de los residuos no peligrosos, no superan el 18% sobre los valores autorizados por esta Seremi de Salud RM, y en consideración que las capacidades máximas autorizadas son factibles de mantener incrementado la frecuencia de retiro, tal como lo indica el Titular, esta Seremi de salud considera que los impactos ambientales estarían controlados”.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.1 del ICE.

 

6.1.2. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del RSEIA.

Fase del proyecto a la cual corresponde.

Construcción y operación

Parte, obra o acción a que aplica.

Fase de construcción: Se implementará un lugar de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (Envases vacíos, paños contaminados, entre otros) durante la fase de construcción. La ubicación de la bodega temporal de residuos peligrosos se presenta en el Anexo 5.3 de la Adenda Complementaria, Plano de ubicación de bodega de Residuos Peligrosos. Las coordenadas de la bodega de residuos peligrosos se presentan en la Tabla 1 del citado Anexo (5.3)

Fase de operación: El lugar de almacenamiento corresponde a un sitio de dimensiones de 5 x 2,5 m, con una superficie de 12,5 m². Posee estructura metálica recubierta con malla tipo acma 40 x 20 mm y forrada en su entorno con planchas tipo zinc alum. El techo es de tipo zin alum PV 4. Las coordenadas de la bodega en la fase de operación se indican en la Tabla N°2 del Anexo 5.2 de la Adenda Complementaria.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento.

El layout de la bodega de residuos peligrosos se presenta en el Anexo 5.2.2 de la Adenda Complementaria.

El plano de ubicación de la bodega se presenta en el Anexo 5.4 de la Adenda Complementaria.

Pronunciamiento del órgano competente.

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 1669, de fecha 02 de marzo de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho PAS, condicionando el PAS a las siguientes cantidades:

“Etapa de construcción:

Bodega según anexo 5.3 Adenda complementaria.

Etapa de operación:

Aceites minerales usados 169 kg/mes, Ampolletas industriales usadas 23 kg/mes, Ampolletas y tubos fluorescentes usados 19 kg/mes, baterías de maquinarias usadas 20 kg/mes, baterías luces emergencia usadas 2 kg/mes, condensadores usados 1 kg/mes, pilas y baterías menores usadas 12 kg/mes, Bombonas freón vacías 176 kg/mes, envases de lubricantes y aceites vacíos 21 kg/mes, paños y guantes contaminados con aceite 106 kg/mes, envases de químicos de limpieza vacíos 70 kg/mes, envases aerosoles vacíos 18 kg/mes, envases solventes y tinta inkjects vacías 58 kg/mes, paños contaminados con tinta y solvente inkjects 9 kg/mes, tonner y cintas impresora vacíos 42 kg/mes, equipos computacionales en desuso 12 kg/mes. No se almacenarán termómetros en desuso.

Estos residuos serán almacenados en bodega de 12,5 m². Dicha bodega debe estar construida de acuerdo a la carga de combustible. No puede contar con cierre perimetral de malla acma.

Los incrementos de los residuos peligrosos, no superan el 18% sobre los valores autorizados por esta Seremi de Salud RM, y en consideración que las capacidades máximas autorizadas son factibles de mantener incrementado la frecuencia de retiro, tal como lo indica el Titular, esta Seremi de salud considera que los impactos ambientales estarían controlados”.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Punto 9.1.2

 7°. Que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, en relación a lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el siguiente pronunciamiento

Al respecto, la SEREMI de Salud RM, mediante Ord N° 1669, de fecha 02 de marzo de 2016, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme respecto de los antecedentes técnicos y formales contenidos en dicho Pronunciamiento, calificando la actividad como MOLESTA (por el almacenamiento de gas licuado).

8°. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:

 

8.1. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S Nº 144/1961 del MINSAL. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases del Proyecto.

Forma de cumplimiento.

 Fase de construcción y cierre:

·         Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte.

·         La maquinaria utilizada para efectos de transporte, en la etapa de construcción, contará con revisión técnica al día cumpliendo con la “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados”, D.S. N° 55 del 8 de marzo de 1994 y publicada en el Diario oficial el 16 de Abril de 1994, la cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. El cumplimiento de este cuerpo normativo será, asimismo, incluido en los contratos con los terceros respectivos.

·         Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado.

·         Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubrirá todo material transportado, cumpliendo así con el Decreto N° 75 de 1987 del MINTRATEL, que establece las condiciones para el transporte de carga.

·         Humectación de área donde se efectuaban movimientos de material.

·         Riego del terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realizaron las faenas de habilitación del predio y excavaciones.

·         Construcción de pavimentos estables en los accesos a las faenas.

·         Transporte de los materiales en camiones con la carga cubierta.

·         Uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

·         En los casos que la autoridad declaró estado de preemergencia, se paralizaron los movimientos de tierra.

Respecto a la generación de humo se contempla lo siguiente:

·         El Titular impide que dentro de la obra, durante la construcción, se ejecuten quemas de madera u otros materiales combustibles para no producir emanaciones de humo u otro gas tóxico o molesto. Asimismo, cuando se procedió a la limpieza o despeje del terreno, se evitó efectuar quemas o roces para eliminarlas.

·         En cuanto a la fase de operación, el proyecto implementó nuevas fuentes fijas que fueron identificadas, acreditadas y certificadas ante la Seremi de Salud.

Fase de operación:

·         Revisión Técnica al día de la maquinaria utilizada para efectos de transporte.

·         Se prohibirá la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Fase de construcción y cierre:

·         Registros de mantención de maquinarias

·         Copia de revisión técnica al día, y mantención de vehículos. –Se mantendrá un archivo en el cual consten que los Vehículos están inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.

·         Registro fotográfico de circulación de camiones con carga encarpada.

·         Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras y registro de inscripción de fuentes fijas. 

Fase de Operación:

·         Copia de revisión técnica al día de maquinaria de transporte.

·         Registro de mantenciones realizadas a maquinaria.

Forma de control y seguimiento.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas, por parte de encargado de logística, maquinaria y vehículos en la fase de operación y por el ITO a cargo en la fase de construcción.

Se mantendrán los registros y revisiones disponibles en las dependencias del Proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.1.

 

8.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S Nº 66/2009 MINSEGPRES. Revisa, Reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA).

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

Fase de construcción:

·         Humectación de área donde se efectuaron movimientos de material.

·         Riego del terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realizaron las faenas de habilitación del predio y excavaciones.

·         Construcción de pavimentos estables en los accesos a las faenas.

·         Transporte de los materiales en camiones con la carga cubierta.

·         Uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

·         En aquellos casos que la autoridad declare estado de preemergencia, se paralizarán los movimientos de tierra.

·         Respecto a la generación de humo, estará prohibido dentro de la obra, la quema de madera u otros materiales combustibles.

Fase operación:

·         El proyecto contempló la implementación de nuevos hornos, caldera y grupo electrógenos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registro de inscripción de fuentes fijas. Además, el Titular realizará un Plan de Compensación equivalente a un valor de 9,81 ton/año para MP10 y 24,83 ton/año para NOx, desglosado para fuentes fijas y moviles. En la Tabla 39 de la Adenda, se presenta la compensación a realizar para MP10 y NOx.

Forma de control y seguimiento.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas, por parte de encargado de logística en la fase de operación y por el ITO a cargo de la fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.2.

 

8.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

Decreto Supremo Nº 47, Artículo 5.8.3, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y cierre.

Forma de cumplimiento

  • Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realizaron las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
  • Disponer en los accesos a las faenas pavimentos estables.
  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
  • Lavado de lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen las faenas.
  • Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes colectores.
  • Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
  • La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión de polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.
  • Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
  • Se dará cumplimiento de estas medidas. El Titular exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en esta norma con el fin de minimizar las emisiones de polvo u otros materiales al ambiente, tales como:
  • Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Fase de Construcción y Cierre:

·         Registro fotográfico de vehículos con carga cubierta.

·         Revisión técnica al día de vehículos del proyecto.

·         Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras

Forma de control y seguimiento.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas, por parte de la ITO, maquinaria y vehículos

Se mantendrán los registros y revisiones disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.3.

 

8.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

Decreto Supremo Nº 4/92, Norma de Emisión de Material Particulado Fuentes estacionarias Puntuales y Grupales, Ministerio de Salud.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Forma de cumplimiento.

Todas las fuentes fijas existentes se encuentran registradas en la Seremi de Salud, los cuales han acreditado sus emisiones a través del sistema CH-A.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Declaración anual de emisiones.

Forma de control y seguimiento.

Declaraciones anuales de emisiones.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.4.

 

8.5. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

Decreto Supremo Nº 138/2005. Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Forma de cumplimiento.

Todas las fuentes fijas existentes se encuentran registradas en la Seremi de Salud, los cuales han acreditado sus emisiones a través del sistema CH-A.

El Titular actualmente declara las emisiones de sus fuentes fijas que se encuentran actualmente en funcionamiento a través de RETC y además se compromete a declarar nuevas fuentes fijas que incorpore, tales como calderas y generadores de electricidad que mantenga dentro del proyecto, sin perjuicio del cumplimiento del D.S. Nº 1/2013 Reglamento del RETC.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Declaración anual de emisiones.

Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.

Forma de control y seguimiento.

Declaraciones anuales de emisiones.

Mantener registro (plataforma RETC) actualizada para fiscalización de la Autoridad

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.4.

 

8.6. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

Decreto Supremo Nº48, Aprueba Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor, Ministerio de Salud, D.O. 12.05.1984 (Derogado, por el Decreto N°10/2013)

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Forma de cumplimiento.

Se realizan pruebas de funcionamiento reglamentarias y se solicitaron las autorizaciones correspondientes para el funcionamiento de calderas.

Se contó con operadores autorizados para el funcionamiento calderas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Certificado de operadores, certificado de pruebas.

Forma de control y seguimiento.

Mantención de certificados en la Planta

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.6.

 

8.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

NORMA

D.S Nº 75/1987 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento.

Se exigirá que el transporte de dichos materiales por zonas urbanas,

tanto en la fase de construcción como de operación, se efectúe con la sección de carga de los camiones cubierta de lonas, con el fin de

impedir la dispersión de polvo y el escurrimiento de materiales

Indicador que acredita su cumplimiento.

Ambas Fases:

·         Contratos con empresas subcontratistas en el que se exigirá dicha obligación.

·         Registros fotográficos.

·         Registros de ingreso y salida de camiones al interior de las instalaciones.

Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Forma de control y seguimiento.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas, por parte de encargado de logística en la fase de operación y por el ITO a cargo en la fase de construcción.

·         Se mantendrá en la Planta el contrato de inspecciones de obra.

·         Fiscalización de la Dirección de Vialidad.

·         Control de características de vehículos y maquinaria por parte de personal de logística, a través de libro de obra de logística.

·         Se mantendrán registros y contratos disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.7.

 

8.8. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones.

NORMA

Norma de emisión aplicable a los vehículos motorizados livianos. Decreto Supremo Nº 211/91 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases

Forma de cumplimiento.

Todo vehículo motorizado debe contar con su permiso de circulación vigente.

El Titular verificará que todo vehículo motorizado inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados cuenten con el sello adhesivo y los certificados que garanticen que cumplen con los límites máximos establecidos por la normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Todas las fases

Se solicitará que todos los vehículos que circulen por la faena y/o planta estén inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, y cuentes con su Revisión Técnica al día.

Construcción: Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación: Control de acceso en portería.

Forma de control y seguimiento.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas, por parte de encargado de logística en la fase de operación y por el ITO a cargo en la fase de construcción.

Registro de talleres autorizados para la mantención de vehículos. Mantención de los vehículos y los equipos se realiza a las afueras del proyecto por terceros autorizados. Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas cada vez que se realicen, por parte de encargado de logística

Se mantendrán copia del registro y de las revisiones técnicas disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.8.

 

8.9. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones.

NORMA

Decreto Supremo Nº 54/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes, aplicables a los vehículos motorizados medianos que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

En la fase de construcción se realizará una estimación del transporte de camiones, en función del ingreso de suministro de materiales a la faena.

Además se identificarán los materiales considerados en el transporte, entre otros antecedentes.

De este modo, se procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos motorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, tanto en la fase de construcción como en la de operación del proyecto, sean las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente.

En caso de aquellos vehículos que puedan no requerir revisión técnica, se realizarán mantenciones permanentes para dar cumplimiento a la norma en análisis.

Revisión técnica al día de los vehículos medianos utilizados.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción: Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación: Control de acceso en portería. 

Ambas fases:

·         Registro de estimación de transporte de camiones.

·         Revisión técnica al día de vehículos.

·         Registro de mantenciones de vehículos.

Se mantendrá copia de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados durante el Proyecto, las cuales se mantendrán en la faena y/o planta.

Fases de construcción y cierre:

Se mantendrá copia de las mantenciones realizadas a todo tipo de maquinaria utilizada en la fase de construcción y cierre del Proyecto (que no requiera obligatoriamente mantener la revisión técnica).

Forma de control y seguimiento.

Registro de talleres autorizados para la mantención de vehículos. Cabe mencionar que la mantención de los vehículos y los equipos se realiza a las afueras del proyecto por terceros autorizados.

Se mantendrán los registros y revisiones disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas cada vez que se realicen, por parte de encargado de logística.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.9.

 

8.10. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones.

NORMA

Decreto Supremo Nº 55/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión Aplicable a Vehículos Motorizados pesados que indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases del Proyecto

Forma de cumplimiento.

El proyecto contempla la utilización de vehículos pesados, los que cumplirán con los valores señalados en esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma, a través del certificado de revisión técnica.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción: Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación: Control de acceso en portería.

Todas las fases:

Se mantendrá un registro con las copias de las revisiones técnicas al día en la faena o planta.

Forma de control y seguimiento.

Registro de talleres autorizados para la mantención de vehículos. Cabe mencionar que la mantención de los vehículos y los equipos se realiza a las afueras del proyecto por terceros autorizados.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas cada vez que se realicen, por parte de encargado de logística. 

Todas las fases:

Se mantendrá un registro con las copias de las revisiones técnicas al día en la faena o planta en ambas fases.

Fases de construcción y cierre:

Se mantendrá copia de las mantenciones realizadas a todo tipo de maquinaria utilizada en la fase de construcción y cierre del Proyecto (que no requiera obligatoriamente mantener la revisión técnica).

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.10.

 

8.11. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones.

NORMA

Decreto Supremo Nº4/1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases del Proyecto

Forma de cumplimiento.

Revisión técnica al día de los vehículos medianos utilizados.

El Titular exigirá a los contratistas que los vehículos motorizados utilizados, cuenten con la revisión técnica y de gases al día. Respecto a la maquinaria que no requiera el certificado antes indicado, se exigirá la realización de mantenciones permanentes

Indicador que acredita su cumplimiento.

 Operación y cierre: Control de acceso en portería.

Todas las fases: Se mantendrá copia de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados durante el Proyecto, las cuales se mantendrán en la faena y/o planta.

Fases de construcción y cierre: Se mantendrá copia de las mantenciones realizadas a todo tipo de maquinaria utilizada en la fase de construcción y cierre del Proyecto (que no requiera obligatoriamente mantener la revisión técnica).

Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras

Forma de control y seguimiento.

Registro de entrada y salida de vehículos a la obra

Registro de talleres autorizados para la mantención de vehículos. Cabe mencionar que la mantención de los vehículos y los equipos se realiza a las afueras del proyecto por terceros autorizados.

Control e inspección visual de las formas de cumplimiento señaladas cada vez que se realicen, por parte de encargado de logística.

Se mantendrán las copias de revisiones técnicas y revisiones realizadas disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.11.

 

8.12. COMPONENTE/MATERIA: Ruido.

NORMA

D.S. N° 38/2011 del MMA. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases

Forma de cumplimiento.

Durante la construcción se implementarán las siguientes medidas:

  • Velocidad máxima de circulación de camiones y vehículos: 30 km/h.
  • Realizar reparaciones de maquinaria fuera del Proyecto.
  • Evitar el uso simultáneo de maquinaria ruidosa.
  • Prohibir que los camiones estacionados en la obra mantengan el motor encendido.
  • Prohibir los bocinazos y aceleraciones al vacío.
  • Mantener accesos y caminos interiores de la obra lisos, compactados sin badenes ni baches.

Durante la fase de operación:

  • Los camiones de abastecimiento de materias primas y/o de distribución de productos terminados debieron circular a velocidades reducidas por las vías internas de ENEA, además de no usar bocinas. En lo posible se recomendó acceder por Boulevard Aeropuerto y luego tomar Av. Los Maitenes Oriente.
  • El sistema de ventilación del recinto, compuesto por ventanas, extractores de aire, sistemas de refrigeración, u otros, se instaló en un lugar que no se encuentre próximo al receptor más cercano, a menos tengan una aislación acústica suficiente como para evitar que la transmisión sonora hacia el exterior sea máxima.
  • Mantener cerrados todos los accesos a los galpones industriales, evitando la propagación del sonido por estas vías, especialmente hacia el sector sur y este.
  • Para la Sala de Compresores y Bombas, se deberá implementar un cerramiento el cual considere muros constituidos por paneles acústicos que entregue al menos 15 dBA de atenuación; En el Caso de que el Cerramiento debiera poseer ventilación, el vano de ventilación natural o el sistema de ventilación forzada deberá incluir un silenciador que atenúe al menos 15 dBA. Para la Torre de Enfriamiento se deberá implementar un encierro el cual se componga de Paneles Acústicos que entreguen una atenuación de al menos 15 dBA, en los ventiladores se deberá implementar un silenciador que entregue una atenuación de al menos 15 dBA. Los camiones de abastecimiento de materias primas y/o de distribución de productos terminados circularán a velocidades reducidas por las vías internas de la Planta ENEA, además de no usar bocinas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción:

  • Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación:

  • Control guardias.
  • Implementación y mantenimiento de mecanismos de mitigación de ruido en la Planta (silenciador multicámara, paneles acústicos, splitter)

Forma de control y seguimiento.

Mantención del control y check list de camiones y maquinaria por parte de personal de logística y mantención del control de accesos por parte de personal de seguridad.

Se mantendrá la plataforma de seguimiento ambiental de la SMA, actualizada con la información relativa al informe de emisión de ruido.

Se mantendrá los certificados de envío de información a la SMA disponible en las dependencias del proyecto para su fiscalización

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.12.

 

8.13. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos.

NORMA

Decreto Supremo N°148/2003 del Minsal. Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Forma de cumplimiento.

 Construcción: Durante la construcción, se generarán residuos peligrosos propios de una actividad de este tipo, los cuales serán almacenados en la bodega de residuos peligrosos existente en la Planta ENEA.

Los residuos serán retirados por una empresa autorizada, para posteriormente ser enviados a un sitio de disposición final autorizado.

Operación: Actualmente la Planta ENEA cuenta con Autorización

Sanitaria recientemente actualizada para el almacenamiento de residuos peligrosos. La bodega actual de residuos peligrosos fue dimensionada considerando la ampliación de la situación futura. En cualquier caso, dicho proyecto no genera un aumento relevante de residuos peligrosos.

La Planta realiza el retiro y disposición final de sus residuos peligrosos a través de empresas autorizadas, las cuales cuentan con la Autorización Sanitaria respectiva.

El proyecto en evaluación no considera cambios en relación al retiro y disposición final de los residuos peligrosos. En cualquier caso, siempre se deberá cumplir con las normativas ambientales vigentes.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Declaración de residuos y autorización sanitaria de los lugares de disposición final.

Autorización Sanitaria para el almacenamiento de residuos peligrosos.

Autorización Sanitaria para el retiro y disposición final de residuos peligrosos.

Contrato de Tratamiento y disposición de riles entre Aguas Santiago Poniente S.A. y Bredenmaster S.A.

Evaluación por parte de empresa externa (Se adjunta Informe IST,

23/01/2015, Anexo N°3.H de la DIA).

Forma de control y seguimiento.

Control de residuos y disposición de estos mediante libro de obra de personal de bodega y medio ambiente.

Se mantendrán autorizaciones disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.16.

 

8.14. COMPONENTE/MATERIA: Residuos

NORMA

 D.F.L. Nº 725/67 - Código Sanitario, El artículo 80 señala que “Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase”

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases

Forma de cumplimiento.

El proyecto no contempló la descarga de las aguas servidas a cuerpos o cursos de agua superficial o subterráneas, si no que éstas han sido evacuadas a través del sistema de alcantarillado, servicios proporcionado por Aguas Santiago Poniente S.A.

Los residuos sólidos no peligrosos, tanto domésticos como escombros se manejan de acuerdo a la normativa vigente. Disposición final de los residuos a cargo de terceros autorizados por la autoridad sanitaria.

Construcción:

Los principales residuos que se generarán en esta fase son:

  • Residuos domésticos y asimilables: Estos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos no peligrosos existente en la Planta ENEA.
  • Material de excavación: Dichos residuos serán retirados en un camión tolva, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado.
  • Los residuos líquidos generados durante esta fase corresponden a las aguas servidas domésticas, las que se manejarán en los servicios higiénicos existentes en la planta ENEA (camarín de contratistas), para lo cual se cuenta con conexión de alcantarillado

Operacion: Actualmente la Planta ENEA cuenta con Autorización

Sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos.

El retiro de los residuos se realiza a través de empresas autorizadas, las cuales cuentan con la Autorización Sanitaria respectiva. Además, actualmente la Planta cuenta con Autorización de Disposición final de residuos industriales sólidos no peligrosos, en donde se autoriza el destino de los residuos.

Residuos líquidos

Construcción:

Los residuos líquidos generados durante esta fase corresponden a las aguas servidas domésticas, las que se manejarán en los servicios

higiénicos existentes en la planta ENEA (camarín de contratistas), para lo cual se cuenta con conexión de alcantarillado

Operación:

Las aguas servidas de la Planta ENEA corresponden a aguas derivadas del uso de baños, duchas y casino. Las aguas servidas son recibidas y tratadas actualmente por la empresa Aguas Santiago Poniente.

En la actualidad la Planta ENEA descarga sus residuos industriales líquidos al sistema de recolección de Aguas Santiago Poniente (ASP), empresa que realiza el servicio de tratamiento de riles según contrato vigente.

Si consideramos que el aumento de riles no será superior al aumento de capacidad productiva de la implementación del proyecto “Ampliación Planta ENEA”, es posible señalar que el contrato de servicios de tratamiento de riles con Aguas Santiago Poniente tiene capacidad de recepción de estos riles adicionales.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Contrato vigente con empresa Aguas Santiago Poniente. Documentos timbrados que certifiquen la disposición final de las aguas servidas en un recinto autorizado que se tendrá disponible para su fiscalización.

Autorización de disposición de residuos.

Forma de control y seguimiento.

Mantenimiento contractual en obra con empresa Aguas Poniente.

Registro de disposición final de residuos sólidos y control de residuos y disposición de estos mediante libro de obra de personal de bodega.

Autorización Sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos.

Autorización Sanitaria para retiro de residuos no peligrosos.

Autorización de disposición final de residuos industriales no sólidos no peligrosos.

Se mantendrán autorizaciones disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.17.

 

8.15. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones y residuos.

NORMA

Decreto Supremo Nº 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación

Forma de cumplimiento.

El Titular se compromete a declarar las emisiones de sus fuentes fijas, tales como calderas y generadores de electricidad que mantenga dentro del proyecto, en la plataforma web creada para este efecto por el Ministerio del Medio Ambiente

Indicador que acredita su cumplimiento.

 Actualmente se declaran las emisiones de las fuentes fijas que se encuentran en operación.

 Se ingresará al Sistema de Ventanilla única, según las disposiciones de la Resolución Exenta Nº 1.139/2013 MMA que establece Normas Básicas para Aplicación RETC.

 Se cuenta con identificador y contraseña requeridos.

 Se realizará la declaración de emisiones pertinentes.

 Se mantendrá un registro en que conste la realización de la declaración.

Forma de control y seguimiento.

Mantener registro (plataforma RETC) actualizada para fiscalización de la Autoridad.

 

8.16. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad.

NORMA

D.S Nº 158/1980 del MOP. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases del Proyecto

Forma de cumplimiento.

El Titular cumplirá, a través de sus contratistas, con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos; y en caso que sea necesario transportar materiales o piezas que sobrepasen los límites exigidos, el Titular solicitará los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Construcción y cierre:

·         Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación:

·         Revisión y fiscalización de encargado de Planta.

Todas las Fases:

·         Obtención del permiso por parte de la Dirección de Vialidad, si así fuese necesario.

·         Se mantendrán registros de las guías de despacho de la carga que será transportada

Forma de control y seguimiento.

Fiscalización Dirección de Vialidad y control de características de vehículos y maquinaria por parte de personal de logística, a través de libro de obra de logística.

Se mantendrán registros y permisos disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.13.

 

8.17. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte.

NORMA

D.S Nº 200/1993 del MOP. Establece Pesos Máximos a los Vehículos para Circular en las vías urbanas del país.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases del Proyecto

Forma de cumplimiento.

El Titular cumplirá, a través de sus contratistas, con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos; y en caso que sea necesario transportar materiales o piezas que sobrepasen los límites exigidos, el Titular solicitará los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad.

Indicador que acredita su cumplimiento.

·         Obtención del permiso por parte de la Dirección de Vialidad, si así fuese necesario.

·         Se mantendrán registros de las guías de despacho de la carga que será transportada.

Construcción y cierre:

·         Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación:

·         Revisión y fiscalización del encargado de Planta.

Forma de control y seguimiento.

Fiscalización Dirección de Vialidad y control de características de vehículos y maquinaria por parte de personal de logística, a través de libro de obra de logística.

 

Se mantendrán los registros y permisos disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

 

 

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.14.

 

8.18. COMPONENTE/MATERIA: Vialidad y Transporte.

NORMA

D.F.L N°850/1998 del MOP. Fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N°15.850/64 y del Decreto con Fuerza de Ley N°206/60.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases

Forma de cumplimiento.

Los camiones a utilizar durante la construcción, se ajustarán a las dimensiones establecidas en estas normas.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Todas

·         Se mantendrán registros de las guías de despacho de la carga que será transportada.

·         Obtención del permiso por parte de la Dirección de Vialidad, si así fuese necesario.

Construcción y cierre:

·         Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

Operación:

·         Revisión y fiscalización de encargado de Planta.

Forma de control y seguimiento.

Fiscalización Dirección de Vialidad y control de características de vehículos y maquinaria por parte de personal de logística, a través de libro de obra de logística.

Se mantendrán registros y permisos disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII,  punto 8.9.

 

8.19. COMPONENTE/MATERIA: residuos líquidos.

NORMA

Decreto Supremo 609/98, Ministerio de Obras Públicas. Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Operación

Forma de cumplimiento.

Las aguas de lavado generadas pasaron por una cámara separadora de grasas, previo a ser descargadas al alcantarillado.

 

Indicador que acredita su cumplimiento.

Contrato vigente con empresa Aguas Santiago Poniente para la recolección y tratamiento de los residuos líquidos.

Forma de control y seguimiento.

 Se mantendrá contrato mencionado, disponible en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.18.

 

8.20. COMPONENTE/MATERIA: efluentes líquidos y residuos

NORMA

Decreto Supremo Nº 594/1999. Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas de los Lugares de Trabajo

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Todas las fases

Forma de cumplimiento.

Construcción:

Los principales residuos que se generarán en esta fase son:

- Residuos domésticos y asimilables: Estos residuos serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos no peligrosos existente en la Planta ENEA.

- Material de excavación: Dichos residuos serán retirados en un camión tolva, para luego ser dispuestos en un lugar autorizado.

Operación: Actualmente la Planta ENEA cuenta con Autorización

Sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos.

El retiro de los residuos se realiza a través de empresas autorizadas, las cuales cuentan con la Autorización Sanitaria respectiva. Además, actualmente la Planta cuenta con Autorización de Disposición final de residuos industriales sólidos no peligrosos, en donde se autoriza el destino de los residuos.

Los residuos domiciliarios o asimilables a domiciliarios serán enviados a un lugar autorizado.

Las maderas y plásticos de descarte serán acopiados en buzones metálicos, los cuales serán retirados y reemplazados periódicamente, por camiones con carpa que los trasladarán fuera del terreno, hacia un relleno autorizado. Los despuntes de fierro serán entregados a fundidores de metal.

Indicador que acredita su cumplimiento.

·         Recibo de plantas de procesamiento de áridos. Recibos del depósito municipal.

·         Recibo de fundidores de metal.

·         Recibo de venta de material comerciable.

·         Autorización Sanitaria para el almacenamiento de residuos no peligrosos.

·         Autorización Sanitaria para retiro de residuos no peligrosos.

·         Autorización de Disposición final de residuos industriales no sólidos no peligrosos.

·         Evaluación por parte de empresa externa (Se adjunta Informe IST, 23/01/2015, disponible en el Anexo H de la DIA).

·         Se mantendrán copias de las declaraciones de residuos sólidos industriales.

Forma de control y seguimiento.

Mantención de recibos en la Planta y control de residuos y disposición de estos mediante libro de obra de personal de bodega.

Se mantendrán los registros y autorizaciones disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.19.

 

8.21. COMPONENTE/MATERIA: efluentes líquidos y residuos

NORMA

Resolución N° 5.081/1993. Ministerio de Salud. Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

 El Proyecto cumplirá con la obligación de realizar la declaración y

seguimiento de residuos industriales sólidos.

Indicador que acredita su cumplimiento.

Declaración de residuos.

 

Se mantendrán copias de las declaraciones de residuos sólidos industriales.

Forma de control y seguimiento.

Control de residuos y disposición de estos mediante libro de obra de personal de bodega.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.20.

 

8.22. COMPONENTE/MATERIA: sustancias peligrosas

NORMA

Decreto Supremo Nº 78/2009. Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

construcción y operación.

Forma de cumplimiento.

Ambas fases:

Todas las sustancias peligrosas serán almacenadas dando cumplimiento al presente Reglamento.

Las sustancias peligrosas se almacenan sobre el piso o en estanterías de material liso no absorbente, ya que no se considera bodega, pues la cantidad total de sustancias peligrosas no es superior a 600 kg o L (Artículo 10).

• El lugar donde están almacenadas las sustancias peligrosas cuenta con un sistema de control de derrames. Cuenta con un sistema manual de extinción de incendios, a base de extintores, compatibles con los productos almacenados, en que las cantidades, distribución, potencial de extinción y mantenimiento, entre otros aspectos, de acuerdo a lo establecido en el decreto Nº 594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (Artículo 12).

• Se cuenta con hojas de seguridad actualizada para cada sustancia peligrosa a disposición de quienes las manejan (Artículo 14).

 

 

Indicador que acredita su cumplimiento.

Registros fotográficos que acrediten cumplimiento de medidas de seguridad.

Copia de hojas de seguridad de sustancias peligrosas.

Forma de control y seguimiento.

Se mantendrán los registros y copias de las hojas de seguridad disponibles en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

8.23. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Arqueológico.

NORMA

Ley Nº 17.288/1970 del Mineduc. Ley de Monumentos Nacionales.

Fase del proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento.

Construcción.

Forma de cumplimiento.

El proyecto de Bredenmaster S.A. se instalará en un sitio eriazo, dentro del loteo industrial ENEA.

El área del proyecto se encuentra inserta en una zona urbana-industrial, en donde los atributos estéticos son poco variados, escasos, y responden a la gran alteración antrópica del paisaje local. Es decir, donde los componentes bióticos y abióticos han sido completamente alterados, incluyendo la presencia de flora, fauna y características del suelo.

No obstante, ante la eventual aparición de restos arqueológicos durante la ejecución de las obras, particularmente en la excavación, el Titular del proyecto se compromete dar aviso a las autoridades competentes y al Consejo de Monumentos Nacionales, dando cumplimiento al artículo 26 de la norma en análisis.

Indicador que acredita su cumplimiento.

 ·         En caso de encontrarse hallazgos se dará el aviso correspondiente. Contratación Inspector Técnico de Obras (ITO) responsable de la fiscalización de las obras.

·         Certificado emitido por arqueólogo que vigile la sub-fase de

excavación, acreditando ausencia o presencia de objetos arqueológicos.

·         Copia de aviso dado al Consejo de Monumentos Nacionales, en el caso de ser necesario.

Forma de control y seguimiento.

Mantención del Contrato del ITO y mantención sistema de control visual e inspecciones arqueológicas en áreas a intervenir por parte de jefe de terreno y personal de obras civiles.

 Se mantendrá copia de certificado y avisos realizados al CMN, cuando corresponda, disponible en las dependencias del proyecto para su fiscalización.

 

 

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo VIII, punto 8.21.

9°. Que, para ejecutar el proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300:

9.1. Emisiones atmosféricas

Impacto asociado

Aire: Aumento de concentraciones de material particulado u otras emanaciones o contaminantes atmosféricos.

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación.

Cumplimiento al D.S. N° 66/09 del MINSEGPRES, referido al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana, para las actividades de construcción del proyecto.

Indicador que acredite su cumplimiento.

·         Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, el cumplimiento en la mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la fase de construcción.

          Los vehículos y maquinarias serán manejados con precaución y a velocidad moderada, con objeto de minimizar la emisión de material particulado.

·         De acuerdo a lo señalado por la Seremi del Medio Ambiente RM en el Ord. N° 968 de fecha 10 de diciembre de 2015, se condiciona a lo siguiente:

“Respecto a las emisiones de Material Particulado y Gases

El Titular deberá presentar ante esta Secretaría Regional Ministerial, en un plazo no superior a 90 días desde la notificación de la Resolución de Calificación Ambiental un Programa de Compensación de Emisiones (PCE) para los contaminantes NOx y MP10, en las cantidades que se presentan a continuación: 

Emisiones

Operación actual +Nuevas Líneas de Producción

Emisiones a compensar (150%)(ton/año)

 

 

MP10 (ton)

 

 

6,54

9,81

NOx(ton)

16,55

24,83

 

 

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X, punto 10.2.4.

 

9.2. Ruido

Impacto asociado.

Ruido durante la fase de construcción y operación.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción.

Objetivo, descripción y justificación.

Disminución de las emisiones sonoras (ruido) que se producirán durante la fase de construcción, producto de diferentes actividades.

Indicador que acredite su cumplimiento.

  • Durante la fase de operación, se considerará el cierre con a lo menos el mismo material de las paredes actuales (PV4 o similar), de todas las puertas de acceso y las celosías existentes en la sala de ampliación norte.
  • De acuerdo a lo señalado por la SEREMI de Salud RM en el Ord. N°1669 de fecha 02 de marzo de 2016, se condiciona a lo siguiente:

“1. De acuerdo a la evaluación realizada, se deberán realizar la faenas de construcción en el horario diurno estipulado en el D.S. N°38/11 del MMA (07:00 a 21:00 horas).

2. Para la etapa de operación y para la fuentes de ruido indicadas en la Figura 5.1 del Anexo 4 de la Adenda Complementaria de la DIA, se deberá implementar lo siguiente: Para la Sala de Compresores y Bombas, se deberá implementar un cerramiento el cual considere muros constituidos por paneles acústicos que entregue al menos 15 dBA de atenuación; En el Caso de que el Cerramiento debiera poseer ventilación, el vano de ventilación natural o el sistema de ventilación forzada deberá incluir un silenciador que atenúe al menos 15 dBA. Para la Torre de Enfriamiento se deberá implementar un encierro el cual se componga de Paneles Acústicos que entreguen una atenuación de al menos 15 dBA, en los ventiladores se deberá implementar un silenciador que entregue una atenuación de al menos 15 dBA.

Se deberán cumplir en todo momento los límites máximos permitidos por el D.S. Nº 38/2011 del MMA, que establece “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.1.3.

 

9.3. Residuos sólidos

Impacto asociado

Generación de residuos industriales sólidos peligrosos y no peligrosos y residuos domiciliarios.

Fase del proyecto a la que aplica

Construcción y operación.

Objetivo, descripción y justificación.

Cumplimiento del D.S. N° 594/1999 del Minsal, Reglamento sobre las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo y el D.S. N° 148/2003 del Minsal, Reglamento Sanitario sobre el manejo de residuos peligrosos, específicamente en el manejo de los residuos sólidos que se producirán durante las diferentes actividades de la fase de construcción.

Forma de Cumplimiento

  • Durante la fase de construcción se mantendrá un registro de la disposición final de escombros con el fin de facilitar el control y prueba del cumplimiento de la normativa aplicable y asegurar por parte del cliente la correcta disposición final estos residuos. En la Tabla N°13 de la DIA, se presenta la planilla a utilizar para el registro de disposición final de residuos sólidos.
  • Cada vez que se realice la disposición de residuos sólidos se generará una guía de despacho y se solicitará del pesaje de ingreso de los residuos; una vez finalizada la fase de construcción se solicitará el certificado de la disposición final de los residuos sólidos.
  • Las mantenciones de maquinarias y equipos es responsabilidad de las empresas proveedoras durante la fase de construcción y en ningún caso, las mantenciones serán ejecutadas al interior de la Planta.
  • Se exigirá a sus proveedores llevar un registro de los talleres autorizados para la mantención de maquinarias y equipos. En la Tabla N°14 de la Adenda, se presenta la planilla a utilizar para el registro de talleres autorizados para la mantención de vehículos.
  • El período de almacenamiento de los residuos peligrosos no excederá los 6 meses y su disposición final está a cargo de terceros autorizados.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registros de las planillas en lugar de emplazamiento del Proyecto

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.2.

 

9.4. residuos líquidos

Fase del proyecto a la que aplica.

Fase de construcción y operación

Objetivo, descripción y justificación.

  • Todos los ensayos y/o monitoreos de residuos líquidos, serán realizados por laboratorios autorizados por el INN y todo el procedimiento involucrado se regirá por la NCh 411/10-2005, la cual describe los materiales, equipos, procedimientos y técnicas de extracción de muestras, que se deben aplicar para ejecutar el muestreo de aguas residuales tratadas y no tratadas.
  • De acuerdo a lo señalado por la Dirección General de Aguas RM en el Ord. N°284 de fecha 26 de febrero de 2016, se condiciona a lo siguiente:

1.Que, las aguas a utilizar en la Fase de Construcción y Operación del proyecto, serán proporcionadas desde conexión existente de la Empresa Aguas Santiago Poniente, según lo declarado en acápite 1.5.5.2 de la DIA.

2. Que, no se generarán aguas de descarte por lavado de camiones y otras actividades similares, según respuesta a Observación 26 del Adenda 1.

3. Que, en atención a respuesta a la Observación 3 del Adenda Complementaria se precisa que ante posibles afloramiento de napas colgadas durante la construcción del proyecto, el Titular y/o sus Contratistas deben tener presente dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, acerca de la ocurrencia de afloramiento de agua subterránea. A continuación y como medida de manejo  preliminar, el Titular no debe almacenar las aguas sino que reincorporarlas al medio mediante zanjas que permitan la infiltración previa verificación de su calidad. En caso que la zanja de infiltración no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En todo caso, las medidas aquí señaladas serán analizadas en conjunto con DGA RMS, a la luz de la envergadura de la situación acaecida. Al respecto, de manera preliminar se deberá proceder considerando las siguientes actividades:

a. Detener las actividades en el frente de trabajo.

b. Excavar por el costado de las obras en el que se presenta el alumbramiento una zanja del largo necesario para reincorporar el recurso hídrico a su medio.

c. En caso que la zanja no sea capaz de reincorporar el flujo de agua a su medio, se construirá un pozo de absorción (o más de ser necesario).

d. Verificación de la calidad del agua previo a su infiltración.

e. Una vez tomadas las medidas definitivas y controlado el afloramiento, se podrán retomar las actividades constructivas.

4. Que, en caso de ocurrencia de accidente que comprometa los recursos hídricos subterráneos y/o superficiales, se informará inmediatamente a la Dirección General de Aguas de la Región, indicando lo siguiente:

a. Descripción del accidente, indicando lugar, identificación de la sustancia, área de influencia, duración y magnitud del evento y principales impactos ambientales.

b.  Detalles de cada acción y medida de mitigación utilizadas durante el evento de contaminación.

c. Evaluación de los efectos sobre los recursos hídricos superficiales y/o subterráneos afectados y su medio ambiente asociado y resultados de los monitoreos inmediatos en el área de influencia.

d. En caso de ser necesario, un Programa de Medidas de Descontaminación de la zona, metodología, y evaluación de la efectividad de las medidas, para ser aprobado por la DGA. (sólo en caso de accidentes).

5. Que, debido a que el área de proyecto se encuentra en el subsector acuífero Santiago Central (Acuífero Maipo), el cual se encuentra declarado como Área de Restricción de acuerdo a Resolución DGA N° 286, del 01 de Septiembre de 2005 modificada por Resolución DGA N° 231, del 11 de Octubre de 2011, el Titular debe tener presente que debe evitar alumbramiento de aguas subterráneas en toda las fases de proyecto para evitar impactos en la calidad y niveles del recurso hídrico.

 

6. Téngase presente, que las aguas son bienes nacionales de uso público y se otorga a los particulares el derecho de aprovechamiento de ellas, en conformidad a las disposiciones del Código de Aguas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y siguientes de dicho Código. 

 

7. Téngase presente, que las modificaciones que fueren necesarias realizar en cauces naturales o artificiales, con motivo de la construcción de obras que puedan causar daño a la vida, salud o bienes de la población o que de alguna manera alteren el régimen de escurrimiento de las aguas, serán de responsabilidad del interesado y deberán ser aprobadas previamente por la Dirección General de Aguas según lo estipulan los artículos 4° y 171° del Código de Aguas.

 

8. Que, los residuos sólidos de la construcción provenientes de excavaciones y los catalogados como escombros, generados en la etapa de construcción del proyecto que serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no podrán contener sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Por lo tanto, se debe mantener un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.

 

9. Que, si adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el Titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles.

Capítulo X, punto 10.2.3.

 

9.5. Otras consideraciones

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación, según corresponda.

Consideraciones.

  • Los accesos vehiculares deberán ser aprobados por Serviu  Metropolitano.
  • En caso que sea necesario la adquisición de áridos de terceros, se considerará que las fuentes de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de causes superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable.
  • De acuerdo a lo señalado por la Seremi de Vivienda y Urbanismo RM en el Ord. N°6219 de fecha 24 de diciembre de 2015, se condiciona a lo siguiente:

Debe obtener el permiso de edificación antes del inicio de las obras”.

Referencia al ICE.

Capítulo X, punto 10.2.6.

 

10°. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

10.1.1. Plan de Contingencias y Emergencias

Fase del proyecto a la que aplica.

Construcción y operación.

Acciones o medidas a implementar.

En el Anexo N° 6 de la DIA y en su actualización del Anexo 7 de la Adenda, se detalla el Plan de Emergencias de Bredenmaster, el cual tiene el objetivo que todo el personal que se encuentre dentro de la planta, conozca y pueda aplicar los procedimientos en forma organizada y puedan reaccionar mediante evacuación hacia lugares seguros previamente destinados.

 

El plan busca definir las áreas de seguridad, conocer los equipos de protección contra incendios existentes en la empresa como protección activa y dar a conocer las medidas de protección preventiva.

 

Al respecto, el plan de emergencias considera diferentes tipos de emergencias para contrarrestar diferentes situaciones, correspondientes a los siguientes:

 

a) De origen natural: Sismos y/o terremotos.

b) De origen social: Hechos delictuales.

c) De origen técnico: Incendio, escape de gas, derrumbe de infraestructura y derrames por descarga de petróleo.

 

Adicional a lo señalado, se adjuntan Planes de emergencia para los residuos:

 

  • Plan de Emergencias Residuos No Peligrosos (Anexo N°6.2 de la DIA): Este procedimiento tiene alcance a la recolección y traslado de residuos no peligrosos desde los sectores donde se desechan los residuos no peligrosos hacia los contenedores.

 

  • Plan de Emergencia Residuos Peligrosos (Anexo N°6.3 de la DIA): Este procedimiento tiene alcance a la recolección y traslado de residuos peligrosos desde el sector de derrame hacia la bodega de residuos peligrosos, inclusive en esta última.

 

Ante la posible existencia de napas colgadas que puedan aflorar durante la fase de construcción del Proyecto, el Titular se compromete a dar aviso inmediato a la Dirección General de Aguas Región Metropolitana, en un plazo menor a 24 h, en caso de afloramiento de agua subterránea. En caso que se genere el evento, el Titular se compromete a no almacenar las aguas afloradas, sino que las reincorporará al medio mediante zanjas que permitan la infiltración, verificando previamente la calidad de las aguas. En caso que las zanjas de infiltración no sean capaces de reincorporar el flujo de agua a su medio, se complementará con la implementación de uno o más pozos de absorción. En el Anexo 2.2 de la Adenda Complementaria se presenta un Plan de emergencia y contingencia específico para el recurso hídrico, donde se detalla la implementación de uno o más pozos de absorción, en caso de que las franjas de infiltración, no sean capaces de reincorporar el flujo de agua a su medio.

 

En el Anexo 7.1 “Plan de Contingencia y Emergencia” de la Adenda, se presenta el Plan de Contingencia y Emergencia actualizado, además, se incorpora en el Anexo 7.2 “Informe Preliminar de Contingencia y Emergencia” de la misma Adenda, los cuales incluyen:

 

a. Antecedentes del accidente (tipo y causa; fecha; hora; sustancia, residuo, emisiones al aire u otra relacionada con la contingencia; duración del evento; acciones de control ejecutadas; personas afectadas, etc.)

 

b. La identificación del área afectada y su extensión (ya sea en el suelo, subsuelo, curso de agua, o en el aire).

c. La identificación y explicación de la(s) posible(s) técnicas(s) y/o acción(es) que se implementaron para limpiar el o los recursos naturales que hayan sido afectados (suelo, agua, ecosistemas y especies).

d. Un protocolo aplicable al manejo proyectado de los residuos sólidos (peligrosos y no peligrosos) generados en el marco de una contingencia como posibles derrames de sustancias peligrosas u otra, el cual deberá considerar las directrices normativas aplicables a esta materia.

 

En el Anexo 7.3 de la Adenda, se presenta el Plan de contingencia y emergencia - Recurso hídrico, el cual indica las medidas y acciones asociadas ante la ocurrencia de eventos que afecten el recurso hídrico.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada.

Capítulo VII, punto 7.1 del ICE

 

11. Que, durante el proceso de evaluación no hubo solicitud de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, por lo que, no se realizaron observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto.

12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15. Que, para que el proyecto "Ampliación Planta ENEA" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

1°. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación Planta ENEA” de la empresa BREDENMASTER S.A.

2°. Certificar que el proyecto "Ampliación Planta ENEA" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3°. Certificar que el proyecto "Ampliación Planta ENEA", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenido en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140 y 142 y el pronunciamiento del artículo 161 del D.S. Nº 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4°. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana de Santiago, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó el Proyecto como una actividad Molesta.

5°. Certificar que el proyecto "Ampliación Planta ENEA", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6°. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

7°. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley Nº 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

 

 

 

  

Notifíquese y Archívese





Claudio Orrego Larraín
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago




Andrea Paredes Llach
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretaria Comisión de Evaluación
Región Metropolitana de Santiago




LTC/APLL/MGVV/MAC/NFP

Distribución:
  • Gonzalo Cruz Z
  • Intendente Región Metropolitana
  • CONAF, Región Metropolitana de Santiago
  • DGA, Región Metropolitana de Santiago
  • DOH, Región Metropolitana de Santiago
  • Gobierno Regional, Región Metropolitana
  • Ilustre Municipalidad de Pudahuel
  • SAG, Región Metropolitana de Santiago
  • SEC, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Agricultura, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Desarrollo Social, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Salud, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI Medio Ambiente, Región Metropolitana de Santiago
  • SEREMI MOP, Región Metropolitana de Santiago
  • Servicio Nacional Turismo, Región Metropolitana de Santiago
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
  • Superintendencia del Medio Ambiente <contactorca@sma.gob.cl>
  • Oficial de Partes de la Región <cpezoa.rm@conama.cl>
  • Expediente del Proyecto "Ampliación Planta ENEA"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=43/f7/48a79442400a677467acd715a34384437dfa


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