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REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
III REGIÓN DE ATACAMA

Califica Ambientalmente el proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada"

Resolución Exenta Nº 237

Copiapó, 14 de Octubre de 2014



VISTOS:

1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada", presentada por el Señor Luis Patricio Silva Toro, en representación de Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A., con fecha 23 de Diciembre de 2013.

2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

2.1 Síntesis Cronológicas de las etapas de evaluación de Impacto Ambiental                                         

·         Declaración de impacto ambiental (DIA). Por Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A., con fecha 23/12/2013.

·         Test de admisión. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 26/12/2013.

·         Oficio solicitud de evaluación DIA Nº696. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 26/12/2013.

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº53. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 06/02/2014.

·         Adenda N°1. Por Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A., con fecha 08/05/2014.

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº201. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 08/05/2014.

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº157. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 05/06/2014.

·         Adenda N°2. Por Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A., con fecha 22/07/2014.

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº305. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 22/07/2014.

·         Resolución de ampliación de plazo Nº194. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 01/08/2014.

·         Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) Nº211. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 12/08/2014.

·         Adenda N°3. Por Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A., con fecha 05/09/2014

·         Solicitud de evaluación de adenda Nº351. Por Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, con fecha 05/09/2014.

2.2. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.

Oficio Nº011 sobre la DIA, por SEREMI Minería, Región de Atacama, con fecha 03/01/2014; OficioNº12600/4 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 07/01/2014; Oficio Nº10 sobre la DIA, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 07/01/2014; Oficio Nº000006 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 09/01/2014; Oficio Nº25 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con fecha 09/01/2014; Oficio Nº26 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, con fecha 09/01/2014; Oficio Nº48 sobre la DIA, por SAG, Región de Atacama, con fecha 10/01/2014; Oficio Nº219 sobre la DIA, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 13/01/2014; Oficio Nº17-EA/2014 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama, con fecha 13/01/2014; Oficio Nº44 sobre la DIA, por DGA, Región de Atacama, con fecha 13/01/2014; Oficio Nº40 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 14/01/2014; Oficio Nº25 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 14/01/2014; Oficio Nº40 sobre la DIA, por DOH, Región de Atacama, con fecha 14/01/2014; Oficio Nº96 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 14/01/2014; Oficio Nº75 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/01/2014; Oficio Nº072 sobre la DIA, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 17/01/2014; Oficio Nº34 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 17/01/2014; Oficio Nº042 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 20/01/2014; Oficio Nº064 sobre la DIA, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 22/01/2014; Oficio NºBS3/155 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 23/01/2014; Oficio Nº397 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 04/02/2014; Oficio Nº033 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 06/02/2014; Oficio Nº4489 sobre la Adenda 1, por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 15/05/2014; Oficio Nº487 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 20/05/2014; Oficio Nº408 sobre la Adenda 1, por SAG, Región de Atacama, con fecha 23/05/2014; Oficio Nº xx sobre la Adenda 1, por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 23/05/2014; Oficio Nº343 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº230 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº274 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº339 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº387 sobre la Adenda 1, por DGA, Región de Atacama, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº312 sobre la Adenda 1, por SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº387 sobre la Adenda 1, por DOH, Región de Atacama, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº1981 sobre la Adenda 1, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/05/2014; Oficio Nº(D.AC.) ORD. SEIA. Nº 136 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 27/05/2014; Oficio Nº537 sobre la Adenda 1, por SEREMI Minvu, Región de Atacama, con fecha 29/05/2014; Oficio Nº258 sobre la Adenda 1, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 03/06/2014; Oficio NºBS3/992 sobre la Adenda 1, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 04/06/2014; Oficio Nº561 sobre la Adenda 2, por SAG, Región de Atacama, con fecha 26/07/2014; Oficio Nº492 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Desarrollo Social, con fecha 29/07/2014; Oficio Nº2708 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/07/2014; Oficio Nº298 sobre la Adenda 2, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 31/07/2014; Oficio Nº587 sobre la Adenda 2, por DGA, Región de Atacama, con fecha 31/07/2014; Oficio Nº330 sobre la Adenda 2, por SEREMI Agricultura, Región de Atacama, con fecha 01/08/2014; Oficio NºBS3/1420 sobre la Adenda 2, por SEREMI Salud, Región de Atacama, con fecha 01/08/2014; Oficio Nº335 sobre la Adenda 3, por SERNATUR, Región de Atacama, con fecha 22/09/2014; Oficio Nº3599 sobre la Adenda 3, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 01/10/2014.

2.3. Constitución y funcionamiento del Comité Revisor.

En la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto 'Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada', han sido invitados a participar, coordinados por la Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:

CONADI, Región de Atacama

Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama

DGA, Región de Atacama

DOH, Región de Atacama

Gobernación Marítima de Caldera

Gobierno Regional, Región de Atacama

Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro

SAG, Región de Atacama

SEREMI Agricultura, Región de Atacama

SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama

SEREMI MOP, Región de Atacama

SEREMI Minería, Región de Atacama

SEREMI Minvu, Región de Atacama

SEREMI Salud, Región de Atacama

SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama

SEREMI de Desarrollo Social

SEREMI de Energía, Región de Atacama

SERNAGEOMIN, Región de Atacama

SERNAPESCA, Región de Atacama

SERNATUR, Región de Atacama

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama

Consejo de Monumentos Nacionales

Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Se excluyó de participar en la evaluación del proyecto “Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada” realizando un oficio de no participación en la evaluación, los siguientes servicios:

·         Oficio no participación en la evaluación Nº12600/4. Por Gobernación Marítima de Caldera, Región de Atacama, con fecha 07/01/14. 

·         Oficio no participación en la evaluación Nº092. Por CONADI, Región de Atacama, con fecha 17/01/2014.

·         Oficio no participación en la evaluación Nº2960. Por SERNAPESCA, Región de Atacama, con fecha 28/01/2014.

3. El Acta del Comité Técnico N° 44, Región de Atacama, de fecha 02/10/2014.

4. La Sesión de la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama, de fecha 13/10/2014.

5. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada".

6. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2º del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Nº 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución Nº 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. 

 

CONSIDERANDO:

1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada".

2. Que, el derecho de la empresa Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" consiste en:

3.1.1 Antecedentes del Titular

Titular: Inmobiliaria e Inversiones Los Coihues S.A.  

Domicilio: Av. Salvador 235, Providencia.

Representante Legal: Luis Patricio Silva Toro.

Domicilio: Av. Salvador 235, Providencia.

 

3.1.2. Antecedentes del Proyecto

Región: Región de Atacama.

Comuna: Diego de Almagro.

Tipología de Proyecto: c-Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW.

Tipología Secundaria: b- Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

 Monto de Inversión: US$ 110 millones.

 

3.1.3. Mano de Obra

Tabla N°1: Mano de obra del Proyecto.

Etapa

N° de Personas

Máximo

Construcción

127

Operación

11

Cierre

50

Fuente: Tabla N°3 Adenda 1.

 

3.1.4. Superficies del Proyecto

La superficie del Proyecto abarca un área total de 110 hectáreas, de las cuales la superficie total de intervención, de acuerdo a Tabla N°1 del Adenda 1, será de 87,69 ha, distribuidas de la siguiente manera:

Tabla N°2: Áreas del Proyecto.

Partes del Proyecto

Superficie (ha)

Área total de Intervención de la LAT

0,42

Área total de Intervención del Parque

87,27

Área total de Intervención del Proyecto

87,69

Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Tabla N°1 Adenda 1.

 

3.1.5 Vida útil del Proyecto

La vida útil del Proyecto es de 25 años.

a.    Construcción 1 año.

b.    Operación  24 años y 2 meses. (Se sobrepondrá con la etapa de construcción)

c.     Cierre 10 meses. (Se sobrepondrá con la etapa de operación)  

 

3.1.6 Localización.

El Proyecto se localiza aproximadamente a 7 km al Suroeste de la ciudad de Diego de Almagro, Provincia de Chañaral, Región de Atacama y a 1 km al sur de la Ruta C-13. En la Tabla N° 3, se indican las coordenadas UTM de la ubicación del Parque fotovoltaico y las coordenadas del inicio y fin de la LAT. Las coordenadas del camino de acceso al Proyecto, franja de servidumbre de la LAT y las superficies asociadas a las principales instalaciones, se presentan en el Anexo 1 del Adenda 1.

Tabla N°3: Coordenadas Parque Fotovoltaico y LAT.

Obras

Coordenadas UTM (WG S84)

Vértice

Este

Norte

 

Parque Fotovoltaico

 

A

388.494

7.077.578

B

389.854

7.078.151

C

390.104

7.077.766

D

389.705

7.077.525

E

390.169

7.077.005

F

389.974

7.076.708

LAT

Inicio

389.303

7.077.807

Fin

388.643

7.078.260

Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Anexo 1. Adenda 1.

 

3.2. Descripción del Proyecto

El Proyecto “Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada” generará electricidad a partir de energía solar, a través de la instalación de una central generadora de 48,9 MW de potencia instalada nominal, la cual será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC), por medio de la construcción de una línea de trasmisión eléctrica de 530 mts aprox. de longitud. Esta LAT se conectará  a otra línea existente propiedad de Transelec, mediante un Tap off.  

3.2.1 Objetivo

El Proyecto tiene por objetivo la generación de energía eléctrica a partir de energía solar, a través de la instalación de 174.760 paneles fotovoltaicos, con una potencia instalada nominal de  48,9 MW que generarán  125 GWh aproximadamente, la cual será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC).

3.2.2 Acceso al Proyecto

El camino de acceso al Proyecto desde Copiapó, se realizará a través de la Ruta 31-Ch y luego se continúa por la Ruta C-17, hasta conectar con la Ruta C-141, la cual conecta en dirección Oeste con la Ruta C-237, ruta por la cual se continúa en dirección Noroeste. Otro acceso al Proyecto se realiza desde la salida norte de Copiapó tomando la Ruta 5 Norte, hasta llegar a la ciudad de Chañaral, en donde se continúa por esta misma ruta hasta la bifurcación existente con la Ruta C-13, por la cual se prosigue hasta conectar con la Ruta C-237, en donde se recorren aproximadamente 1,5 km hasta el área del Proyecto. En Capítulo 2 de la DIA, específicamente en el punto 2.8 “Accesos”, se presenta imagen en donde se visualizan las vías de acceso al Proyecto. 

3.2.3 Definición de las partes, acciones y obras físicas del Proyecto

El Proyecto considera en su ejecución las siguientes obras y/o actividades:

i.      Módulos Fotovoltaicos:

-          Se instalarán 40 grupos de módulos conectados en serie, en donde la cantidad total de paneles fotovoltaicos será de 174.760 unidades, compuestos por 72 (6x12) células policristalinas.

ii.     Sistema Fotovoltaico:

-          Se instalarán 30 inversores integrados en casetas prefabricadas con transformadores y celdas de media tensión. El conjunto incluirá transformador de servicios auxiliares, iluminación, ventilación, contadores, etc.

-          Cableado: Existirán 2 tipos de canalizaciones; en bandejas porta conductores y/o subterráneas dependiendo de las condiciones de ubicación. La canalización subterránea de baja tensión (BT) en donde los cables no superarán los 900-1000 V, se realizarán zanjas de aprox. 0,6 m de profundidad por 0,4 m de ancho y en los cruce de caminos será de 1 m de profundidad por 0,6 m de ancho y la canalización de media tensión (MT), en donde la tensión de los cables será de 20 kV, se realizarán zanjas de 1 m de profundidad por 0,9 m de ancho.

-          Caseta de inversores: Los inversores, transformadores de potencia, celdas de media tensión, contadores y demás equipos asociados se integrarán en una construcción llamada caseta de inversores que será del tipo container y dispondrá de suelo técnico, sistema de ventilación, elementos de seguridad, sistema de iluminación e instalación de baja tensión. Las especificaciones técnicas de esta caseta se presentan en el capítulo 3 de la DIA, específicamente en el punto denominado “Caseta de Inversores”.

iii.   Caminos exteriores y de circulación interna: El Proyecto considera la construcción de caminos internos, un camino de acceso a la planta y un camino de mantención de la LAT ubicado en la franja de servidumbre de la línea. Las superficies involucradas en la construcción de estos caminos se presentan en la Tabla N°1 del Adenda 1, mientras que los archivos kmz. y coordenadas se presentan en el Anexo 1 del mismo Adenda.

iv.   Cerco perimetral: Todo el recinto donde esté situado el parque fotovoltaico y sus instalaciones llevará un cerco perimetral para restringir la entrada a toda persona no autorizada. El cerco tendrá de 2 a 2,5 metros de altura y será de un color armónico con el entorno y el Titular se compromete a no utilizar alambres de púa en la parte superior de este.

v.    Subestación de Alta Tensión: El parque solar contará con una subestación transformadora 23/110 kV con un transformador de potencia de 60 MVA. Considera una superficie de 773 m2. Contempla además, la construcción de una sala de monitoreo y control de 20 m2 de superficie.

vi.    Línea de Transmisión: Considera un circuito, de 110 kV, de 530 mts aprox. de longitud.

-          La LAT contempla 7 postes hormigón pretensado de 18 metros de altura. En el Anexo 1 del Adenda 1 se presentan coordenadas y archivo .kmz de los postes.

-          Franja de servidumbre y camino de mantención de la LAT: La franja de servidumbre contempla un área de 4.247 m2 y el camino de mantención de la LAT se construirá a un costado dentro de la franja de servidumbre y tendrá una longitud similar a la LAT. En el anexo 1 del Adenda 1, se presenta archivo .kmz y coordenadas de la franja y camino.

-          Conexiones a sistema fotovoltaico y a SIC mediante Tap Off.

-          Cruce de caminos: La línea de transmisión no considera atraviesos a caminos públicos. 

La descripción de las partes para cada uno de los sectores del Proyecto se presenta a continuación:

3.2.4 Descripción de Fase de Construcción (12 meses).

El hito que dará cuenta del inicio de esta fase, será la construcción del camino de acceso a la planta solar.

3.2.4.1 Contratación de mano de obra:

Durante la etapa de construcción del Proyecto se estima una generación de 127 puestos de trabajo, de los cuales, 100 serán ocupados por personas de la ciudad de Chañaral y Diego de Almagro, que serán capacitadas previamente para ejecutar adecuadamente sus labores. El Titular se compromete a entregar una planilla de contratación dentro de los 2 meses del inicio de esta etapa, la cual será entregada a la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama y a la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, reportando su cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

3.2.4.2    Construcción Parque Solar:

Contempla las siguientes actividades:

i.      Excavación y escarpe: se prevé una cantidad de excavación de 440 m3, mientras que la actividad de escarpe se desarrollará en las superficies de instalación de faena y caminos interiores lo cual corresponde a 88 há.

ii.     Montaje de Edificaciones: En el parque se llevarán a cabo distintas instalaciones, las que se describen en el Capítulo 3 de la DIA y sus superficies se presentan en la Tabla N°1 del Adenda 1.

iii.   Construcción de caminos de circulación interna: consiste en la construcción del camino perimetral y los caminos interiores, los que se construirán en dirección este-oeste y norte-sur respectivamente. Las superficies de estos caminos se presentan en la Tabla N°1 del Adenda 1, mientras que las coordenadas y archivo .kmz se presentan en el Anexo 1 del mismo Adenda.

iv.   Instalación de estructuras de soporte de paneles: Estas estructuras serán perfiles metálicos del tipo acero galvanizado, los que se enterrarán 2 mts de profundidad aprox.

v.     Montaje de Módulos Fotovoltaicos: Instalados mediante grúa o manualmente.

vi.   Instalación de cerco perimetral: será de una altura de 2 a 2,5 mts, y estructuras de acero galvanizado cada 3 mts.

3.2.4.3    Construcción S/E Alta Tensión:

A continuación se señalan las actividades que contempla la construcción de la Subestación:

i.      Construcción de la subestación.

ii.     Construcción de la sala de monitoreo y control.

iii.   Construcción de Sistema de Puesta a Tierra.

iv.   Montaje de estructuras y equipos eléctricos.

v.    Limpieza de área de trabajo.

3.2.4.4    Construcción de la LAT:

A continuación se señalan las actividades que contempla la construcción de la LAT:

i.      Replanteo topográfico: Se realizará esta acción para determinar en terreno la ubicación exacta de los postes.

ii.     Excavación: Se contempla retirar un aprox. de 3 m3 de material por poste.

iii.   Instalación de postes

iv.   Templado del conductor: Esta operación se llevará a cabo con la utilización de un huinche y un freno. Corresponde a la operación final.  

v.    Limpieza de área de trabajo.

3.2.4.5    Insumos: 

i.      Hormigón: Se estima que se utilizarán 641 m3/etapa de hormigón, el cual será comprado a una empresa externa autorizada.

ii.     Áridos: Se utilizará una cantidad de 440 m3/etapa y será comprada a una empresa externa que tenga visación técnica y autorizaciones vigentes de la DOH y del Municipio correspondiente.

iii.   Agua potable: El promedio de agua potable a ocupar es de 12.7 m3/mes y será suministrada por una empresa autorizada. Detalle del consumo se presentó en la Tabla N°5 del Adenda 1.

iv.   Agua Industrial: Se estima un consumo de agua industrial de 799.3 m3/mes, que será utilizada para humectar caminos y actividades propias de la construcción del parque y la LAT, la cual será suministrada por una empresa autorizada. Se presenta detalle del consumo en Tabla N°4 del Adenda 1.

v.    Energía Eléctrica: se contemplan 4 generadores eléctricos de 5 kVA y 1 de 60 kVA.

vi.   Combustible: La cantidad de combustible a utilizar será de 50 m3 en toda la etapa de construcción. 

3.2.5 Etapa de Operación 

El hito que dará cuenta del inicio de esta fase, será la aprobación de la puesta en marcha de la planta fotovoltaica.

A continuación se describen las actividades que consideran ejecutarse en la fase de operación del Proyecto:

3.2.5.1 Contratación de mano de obra

Durante la operación del Proyecto se estima una generación máxima de 11 puestos de trabajo que corresponden principalmente a personal de mantención de paneles (limpieza de los paneles), los cuales no estarán de forma permanente en la planta solar. Esta mano de obra será en su totalidad de la ciudad de Diego de Almagro. El Titular se compromete a entregar una planilla de contratación dentro de los 2 meses del inicio de esta etapa, la cual será entregada a la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama y a la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, reportando su cumplimiento a la Superintendencia de Medio Ambiente.   

3.2.5.2 Mantenimiento

El mantenimiento correctivo del parque solar y la LAT se realizará por personas contratadas para tal fin. Estos trabajadores serán especializados para tales mantenciones. El Titular señala que se llevará un mantenimiento preventivo diario con una tabla de todos los trabajos a realizar y se irá anotando todos los problemas existentes y la solución adoptada.

La mantención de los paneles fotovoltaicos, como se mencionó anteriormente en el punto 2.3.1, se realizará por personas de la ciudad de Diego de Almagro. Esta mantención consiste simplemente en la limpieza de los módulos con agua. Para las condiciones climatológicas y de partículas en suspensión del emplazamiento del parque solar, se ha considerado un total de 6 limpiezas completas al año.

3.2.5.3    Insumos

A continuación se detallan los insumos requeridos durante la fase de operación del Proyecto:

i.      Agua Potable: Se estima un consumo de agua potable de 1.1 m3/mes, la que será suministrada por una empresa autorizada.

ii.     Agua industrial: Se estima un consumo de 532,8 m3/mes de agua para humectación y 10 m3/año de agua para la limpieza de la LAT. Para la limpieza de paneles se estima un consumo de 1398,8 m3/año. Esta agua será provista por una empresa autorizada.

iii.   Combustible: La cantidad de combustible a utilizar será de 1 m3/etapa.

3.2.6          Etapa de Cierre o Abandono

El hito que dará cuenta del inicio de esta fase, será el desmontaje de los equipos generadores.

3.2.6.1    Desmantelamiento de la Planta Fotovoltaica

i.      Desmantelamiento de la Planta y LAT.

ii.     Retiro de todas las estructuras existentes.

iii.   Restauración de superficie.

3.2.6.2    Insumos

A continuación se detallan los insumos requeridos durante la fase de operación del Proyecto:

i.      Agua Potable: Se estima un consumo de agua potable de 5 m3/mes, la que será suministrada por una empresa autorizada.

ii.     Agua industrial: Se estima un consumo de 399,6 m3/mes de agua para humectación. Esta agua será provista por una empresa autorizada.

iii.   Combustible: La cantidad de combustible a utilizar será de 53 m3/etapa.

 

3.3           Principales Aspectos de la Evaluación

3.3.1 Emisiones Atmosféricas

En el Anexo 13 del Adenda 1, se presenta la Estimación de Emisiones Atmosféricas del Proyecto.

Tabla N°4: Emisiones Atmosféricas Etapa de Construcción.

Actividad

Emisiones (Ton/año)

MP10

CO

HC

NOx

SOx

Escarpe

1.79

--

--

--

--

Excavación

0.008

--

--

--

--

Transferencia de Material (carga y descarga)

0.144

--

--

--

--

Tránsito de vehículos pesados en caminos no pavimentados

11.09

--

--

--

--

Tránsito de vehículos livianos en caminos no pavimentados

0.87

--

--

--

--

Combustión Maquinaria

0.06

0.22

0.1

0.66

--

Combustión Vehículos

1.11

7.58

2.99

60.7

--

Combustión Grupos Electrógenos

0.12

0.37

--

1.72

0.11

TOTAL

15.1

8.17

3.09

63.08

0.11

TOTAL (kg/día)

59.92

32.4

12.26

250.3

0.43

 Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Anexo 13 Adenda 1.

 

 Tabla N°5: Emisiones Atmosféricas Etapa de Operación.

Actividad

Emisiones (Ton/año)

MP10

CO

HC

NOx

Tránsito de vehículos pesados en caminos no pavimentados

5.69

--

--

--

Tránsito de vehículos livianos en caminos no pavimentados

1.04

--

--

--

Combustión Vehículos

0.27

1.72

0.7

15.13

TOTAL

7

1.72

0.7

15.13

TOTAL (kg/día)

27,7

6.8

2.7

60.03

Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Anexo 13 Adenda 1.

 

Tabla N°6: Emisiones Atmosféricas Etapa de Cierre.

Actividad

Emisiones (Ton/año)

MP10

CO

HC

NOx

Escarpe

1.79

--

--

--

Excavación

0.045

--

--

--

Transferencia de Material (carga y descarga)

0.072

--

--

--

Tránsito de vehículos pesados en caminos no pavimentados

11.91

--

--

--

Tránsito de vehículos livianos en caminos no pavimentados

1.04

--

--

--

Combustión Maquinaria

0.06

0.22

0.1

0.66

Combustión Vehículos

1.1

6.7

2.94

61.7

TOTAL

16.01

6.92

3.04

62.36

TOTAL (kg/día)

63,53

27.3

12.06

247.4

 Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Anexo 13 Adenda 1.

 

Se consideran las siguientes medidas de control de emisiones de material particulado, en todas las etapas del Proyecto:

-          Se humectarán los caminos de circulación interna.

-          Se utilizarán mallas protectoras en faenas para evitar la dispersión de material particulado.

-          Se circulará a una velocidad no superior a 40 km/h por las vías de acceso al área del Proyecto.

-          Se exigirá que toda la maquinaria, camiones y vehículos relacionados al Proyecto cuenten con toda la documentación al día, revisión técnica y certificado de gases.

-          Se prohibirá la quema de residuos y materiales combustibles como madera, material vegetal, papeles, etc.

3.3.2 Ruido

El Titular presenta en el Anexo 12 del Adenda 1, el informe de ruido del Proyecto, en donde se identificaron los siguientes receptores:

-          Receptor 1, ubicado a 1.51 km del Proyecto. Este receptor es utilizado como referencia debido a que corresponde a un local comercial.

-          Receptor 2, ubicado a 1.53 km del Proyecto. Este receptor es utilizado como referencia debido a que corresponde a actividades mineras.

-          Receptor 3, vivienda, ubicada a 2.15 km del Proyecto.

Los niveles de ruido de fondo fueron registrados en periodo diurno (no se contemplan trabajos nocturnos) corresponden, para el R1 un NPSeq de 49 dBA, para el R2 un NPSeq de 45 dBA y para el R3 un NPSeq de 35 dBA, que fueron determinados, para la totalidad de los receptores, principalmente por flujo vehicular y viento.

La siguiente tabla compara los niveles de ruido estimados para la etapa de Construcción y corresponden al aporte exclusivo atribuible a las acciones del Proyecto. 

Tabla N°7: Ruido, Etapa de Construcción.

Punto

Nivel proyectado [dB(A)]

NPC máx. diurno permisible en dB(A)

Diferencia en dB(A)

Evaluación D.S 38/11 MMA

1

42

59

-17

cumple

2

36

55

-19

cumple

3

38

45

-7

cumple

Fuente: Cuadro 12. Anexo 12 del Adenda 1.

Considerando que las actividades contempladas en la etapa de operación del Proyecto corresponden a la mantención de los paneles fotovoltaicos y a la generación eléctrica, actividades en que la emisión acústica será menor a las consideradas en la etapa de construcción del Proyecto, las cuales cumplen con el D.S. 38/11, por lo que los niveles generados por la operación del parque solar y la LAT se mantendrán muy por debajo de los límites máximos permisibles por la legislación vigente.

Para la etapa de cierre del Proyecto, se prevé que la generación de ruido durante el desmantelamiento de las obras sea similar o menor a la etapa de construcción del mismo.

3.3.3 Residuos

3.3.3.1 Residuos Solidos

En el Anexo 4 de la DIA, complementado con la Tabla N°7 del Adenda 1, el Titular presenta una caracterización y cuantificación de residuos sólidos atribuibles a su Proyecto y el procedimiento para el manejo integral de estos. En la siguiente tabla, se presenta un resumen de la estimación de dichos residuos:

 

Tabla N°8: Cuantificación, Caracterización y Manejo de Residuos Sólidos generados en el Proyecto.

Tipo de Residuo

Etapa

Cantidad

Almacenamiento

Disposición Final

Domiciliarios

Papeles y otros

Construcción

41.9 ton/etapa

Contenedores con tapa herméticos en Patio de almacenamiento de Residuo  

Relleno sanitario autorizado en la Región

Operación

3.96 ton/etapa

Cierre

18 ton/etapa

Industriales No Peligrosos

Restos de cables, plásticos, estructuras de fierro entre otros  

Construcción

26.9 ton/etapa

Patio de almacenamiento de Residuos

Sitio autorizado en la Región

Operación

No se generarán

Cierre

286.5 ton/etapa

Peligrosos

Baterías

Construcción

30 unidades

Bodega de Acopio Temporal de Residuos peligrosos

Sitio de disposición final autorizado.

Baterías

Operación

180 unidades

Baterías

Cierre

30 unidades

Paneles

176.000 unidades

 Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Anexo 4 DIA y Adenda 1.

 

3.3.3.2 Residuos Líquidos

En el Anexo 4 del Adenda 2, el Titular presenta una caracterización y cuantificación de los residuos líquidos atribuibles a su Proyecto. En la siguiente tabla, se presenta un resumen de la estimación de dichos residuos:

Tabla N°9: Cuantificación y Caracterización de Residuos Líquidos generados en el Proyecto.

Tipo de Residuos

Etapa

Cantidad

Forma de Manejo

Lugar de Disposición Temporal

Lugar de Disposición Final

Residuos Líquidos Domésticos

Construcción

12,7 m3/día  

PTAS

PTAS (efluente apto para ser reutilizado para humectación)

Lodos en sitio autorizado. Las aguas tratadas, que cumplirán con la NCh 1333, se utilizarán para humectación de caminos del Proyecto.

Operación

1,1 m3/día  

Cierre

5 m3/día  

 Fuente: Elaboración SEA Atacama, respecto a Anexo 4 Adenda 2.

3.3.4          Flora y Vegetación

Respecto a esta componente, en el Anexo 8 del Adenda 1, complementado en el punto 3 letra a) del Adenda 2, el Titular presentó una caracterización de flora y vegetación del área del Proyecto. De acuerdo a las 3 campañas de terreno realizadas con una duración de 2 días cada una, no se observaron formaciones vegetales, no obstante, en términos de flora, se encontraron escasos individuos de 5 especies los que no aportan a la cobertura vegetal y  además, no se encuentran en categoría de conservación. A continuación se presentan estas especies:

Tabla N°10: Registro de flora en el área del Proyecto.

Nombre científico

Nombre común

N° de Individuos

Ephedra breana

Pingo pingo

2

Encelia canescens

Coronilla del fraile

3

Nolana sp. (ejemplar

seco y muerto)

Suspiro

1

Cistanthe salsoloides

----

3

Atriplex desertícola

Cachiyuyo

2

Fuente: Tabla 2 de Anexo 8 Adenda 1.

El Titular se compromete, durante la etapa de construcción del Proyecto, contar con un biólogo especialista que permita aseverar que al momento de esa etapa, no se encuentre ninguna especie en categoría de conservación, en caso de encontrarse, se paralizará la faena y se dará aviso inmediato a al SAG Región de Atacama y a la SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama.

3.3.5          Fauna

Respecto de la componente Fauna del Proyecto, se realizaron 3 campañas a terreno con una duración de 2 días cada una, además, se instalaron 5 trampas cámara, las que se mantuvieron por aprox. 3 meses. De las actividades antes mencionadas, en el área del Proyecto no se observaron evidencias directas ni indirectas de animales vertebrados. Fuera del área de influencia del Proyecto se observaron huellas y madrigueras de reptil, las cuales se encontraban abandonadas y se encontró una huella antigua de un camélido que podría corresponder a la especie Lama guanicoe.

El Titular se compromete, durante la etapa de construcción del Proyecto, contar con un biólogo especialista que permita aseverar que al momento de esa etapa, no se encuentre ninguna especie en categoría de conservación, en caso de encontrarse, se paralizará la faena y se dará aviso inmediato a al SAG Región de Atacama y a la SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama. Además, para el diseño de la LAT, el Titular se compromete a implementar balizas espirales cerradas de polipropileno de 30 X 100 cm, de color naranja en el conductor superior, con una distancia de 5m entre sí, con el objetivo de evitar el choque de las aves contra el tendido eléctrico y considerará una distancia entre conductores no inferior a 1,5 m, para disminuir la probabilidad de que las aves impacten.

3.3.6          Transporte

En la siguiente Tabla se presentan los principales flujos vehiculares para cada etapa del Proyecto y en el Anexo 17 del Adenda 1 se presenta plano con las rutas a utilizar.

Tabla N°11: Flujo vehicular del Proyecto.

Etapa

Tipo Vehículo

N° de camiones mensuales

Origen

Destino

Ruta

Construcción

Camiones para transportar paneles

36

Coquimbo

Planta

Rutas 5 - 31 CH-C17-C141-C237

Camiones para transportar estructuras

18

Coquimbo

Planta

Rutas 5 - 31 CH-C17-C141-C237

Camiones trasportar hormigón

10

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones transportar áridos

4

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones para transportar postes

1

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones para transportar inversores

3

Coquimbo

Planta

Rutas 5 - 31 CH-C17-C141-C237

Camiones agua potable

30

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones basuras

4

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camión transportar material eléctricos

4

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camión aljibe humectar

60

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Buses personal * 52 personas cap.

60

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camioneta 4x4

60

D. Almagro

Planta

Rutas C13-C237

Camiones instalaciones oficina

3

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones para cerco perimetral

1

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Operación

Camiones agua potable

33

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones basuras

4

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camión aljibe humectar

65

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camioneta 4x4

65

D. Almagro

Planta

Rutas C13-C237

Cierre

Camiones para transportar paneles

36

Coquimbo

Planta

Rutas 5 - 31 CH-C17-C141-C237

Camiones para transporte de estructuras

18

Coquimbo

Planta

Rutas 5 - 31 CH-C17-C141-C237

Camiones para transportar inversores

3

Coquimbo

Planta

Rutas 5 - 31 CH-C17-C141-C237

Camiones baños químicos

24

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones agua potable

33

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camiones basuras

4

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camión transportar material eléctricos

4

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camión aljibe humectar

65

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Buses personal * 52 personas cap.

65

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Camioneta 4x4

65

D. Almagro

Planta

Rutas C13-C237

Camiones instalaciones oficina

3

Copiapó

Planta

Rutas 31 CH-C17-C141-C237

Fuente: Extracto de Tabla 9 Adenda 1.

3.3.7          Hidrología

De acuerdo al Anexo 14 incluido en el Adenda 1, complementado en el Anexo 6 del Adenda 2, se establece la existencia de 2 quebradas, individualizadas como “Quebrada de la Angostura”, ubicada paralela al Suroeste de la Planta y “Cauce Menor Norte” que escurre paralelo al deslinde de la misma por el Noreste.

Para ambas cuencas se definió el eje hidráulico de la crecida asociada a un periodo de retorno de 100 años y en ninguno de los dos casos alcanza el borde del trazado de la Planta fotovoltaica, por lo que no se consideran obras asociadas en estos sectores, sin embargo, en el camino de acceso a esta, ubicado en la franja de servidumbre de la LAT, existe un cruce con el “Cauce Menor Norte”, el cual se presenta en la figura 3.4 del Anexo 6 del Adenda 2, por lo que el Titular considera la construcción de una alcantarilla o pequeño badén (tubo corrugado de 400 mm) dado el caudal de diseño de este cauce (145l/s). En las figuras 3.2 y 3.3 del Anexo 6 del Adenda 2, se presenta la traza de crecida para la “Quebrada de la Angostura” y para el “Cauce Menor Norte” respectivamente.

3.3.8          Patrimonio Cultural

El Titular realizó una prospección en el predio de emplazamiento de la Planta Fotovoltaica y el trazado de LAT, en donde se encontró un hallazgo arqueológico dentro del polígono de la Planta fotovoltaica, correspondiente a una huella de carreta de 491 metros de largo, la que no será afectada por las actividades e instalaciones del Proyecto. En Anexo 2 del Adenda 3 se presenta .kmz de este sitio y su superposición con el Proyecto y sus obras.

Para proteger la huella de carreta, el Titular instalará un cercado perimetral simple (malla y postes), el cual tendrá al menos 1,20 m de altura, y se implementará dejando un buffer de 10 metros alrededor del hallazgo. Esta actividad será supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología e informada al Consejo de Monumentos Nacionales a través de un documento. Estos cercos serán instalados previos al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y será de carácter permanente. Además, el Titular se compromete a que una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, este sitio arqueológico, será registrado de manera exhaustiva (con ficha donde se señalen características principales, orientación, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, etc.). Para esto se utilizará la ficha estandarizada que se detalla en el artículo de Catastro et al.2004. Junto a esto, el Titular entregará un registro topográfico completo y detallado de toda la extensión de este rasgo incluyendo el registro de 1 km por lado, fuera de esta área. Este trabajo será supervisado por un Arqueólogo titulado o Licenciado en Arqueológica y se entregará, al Consejo de Monumentos Nacionales, un informe con las actividades desarrolladas, junto a un registro detallado de este. 

3.3.9          Paisaje y Turismo

En el Anexo 9 del Adenda 1, complementado en el Anexo 3 del Adenda 2 y en el Anexo 3 del Adenda 3, el Titular presentó un informe de evaluación de Paisaje y Turismo, además, en el Anexo 2 del Adenda 2, complementado en el Anexo 1 del Adenda 3, presenta fotomontaje simulando el Proyecto una vez iniciado, los resultados comunes de las unidades de paisaje (UP-1 denominada “Desierto Soleado” y UP-2 denominada “Serranías Soleadas”) responden a calidades y fragilidades visuales medias a bajas y capacidad de absorción moderada, resultado de áreas abiertas y sin dominancia de vegetación.

Se identificaron dos unidades que presentan cualidades comunes en la región y sin mayor relevancia desde el punto de vista de impacto paisajístico visual, considerando que la unidad UP-1 será la que presente todo el impacto del desarrollo del Proyecto y que ésta presenta parámetros de calidad y fragilidad medios a bajos, lo que sumado a los atributos de la fisonomía natural de la cuenca otorgado por las dunas y serranías (UP-2), minimizan el efecto visual a los observadores de la ruta C-13 y C-237 los que tendrán un acceso visual parcial del Proyecto, los cuales se consideran observadores de paso, tomando en cuenta que el área no posee puntos de observación, sino que se limita a la ruta de tránsito mencionada.

El Titular se compromete a que todas las estructuras y materiales utilizados en las instalaciones del Proyecto serán de colores y materiales armónicos con el entorno y a que la construcción no generará cambios en la geoformas del lugar. Para la etapa de operación del Proyecto, las estructuras mantendrán los colores armónicos con el entorno y no se tendrán estructuras que superen los 4 m., siendo la única excepción los postes eléctricos. Por último, el Titular no realizará movimientos de tierra que involucre generación de taludes o rupturas de pendientes que afecten las geoformas existentes.

Para el caso de la componente Turismo, el Titular señala que en el Área de Estudio, que abarca la comuna de Diego de Almagro, se identifican dos tipos de atractivos turísticos, uno vinculado con el aspecto cultural y otro con el natural, como lo es el Área Turística Prioritaria Desierto y Puna de Atacama, donde destaca el camino del Inca y el Pueblo de Diego de Almagro. En relación al acceso al patrimonio de la humanidad Camino del Inca, el Proyecto no obstruye el acceso, debido a que su emplazamiento está a 44 km de distancia de este patrimonio, y además, la construcción de este no intervendrá los caminos que conducen a esa zona. Para el caso de las Áreas Turísticas Prioritarias Desierto y Puna de Atacama, según la información existente en el SERNATUR Región de Atacama, no existen operadores turísticos con sede en la ciudad de Diego de Almagro, que puedan potenciar estas áreas, sin embargo, existen operadores turísticos consolidados que realizan raid, vista de paisajes, trekking, fotografía, alta montaña, escalada y montañismo, en Inca de oro, Potrerillo, salar de pedernales, entre otros punto de interés turístico, dentro de la comuna. Bajo ese contexto, el Titular implementará las siguientes medidas que apunten a potenciar y a generar un aporte en la industria turística del sector, especialmente en los atractivos que se encuentran dentro del área de influencia:

·      Informar que en la zona se realizará un proyecto de generación de energía limpia de la región. Esto puede representar un polo de atracción para ser visitado por un tipo de turistas interesados en este tipo de obras.

·         Se realizará un retiro de la basura existente (botellas, bolsas) en faja fiscal del camino que limita con el área del Proyecto, lo que contribuirá a aumentar la calidad visual de este y de manera colateral aportando además, al turismo del área de influencia del Proyecto.

·      Incorporará la asistencia de un estudiante en práctica, de alguna carrera del ámbito turístico, en los periodos de temporada alta, que realice difusión del turismo de la comuna.

·       En el sector del proyecto, se realizará un diseño de paisajismo que potencie el turismo mediante dos conceptos; el embellecimiento visual del área con un paisajismo xerófito y el emplazamiento de letreros informativos con los atractivos turísticos circundantes. En el punto 1.1 letra a) del Adenda 3, se detalla el diseño de paisajismo a implementar. 

3.3.10      Medio Humano 

El Proyecto se localiza aproximadamente a 7 km al Suroeste de la ciudad de Diego de Almagro, Provincia de Chañaral, Región de Atacama. El asentamiento humano más cercano al área de emplazamiento del Proyecto, corresponde a una vivienda con características rurales ubicada a aproximadamente 2.15 km de distancia.

En el Anexo 2 del Adenda 1, el Titular presenta cartografía de los grupos humanos cercanos al área del Proyecto.

3.3.11      Riesgos Naturales

De acuerdo a los antecedentes presentados por el Titular en Anexo 6 incluido en el Adenda 1, el riesgo por remoción en masa se ve con una baja probabilidad por la excesiva sequedad del ambiente, el cual caracteriza un sector con clima árido, con precipitaciones del orden de los 20 mm anuales. Además, las estructuras de serranía y laderas de los contrafuertes pre-cordilleranos se encuentra muy alejados del área del Proyecto, encajonando la quebrada aguas arriba, observándose un portezuelo que actúa como biombo y encausador de las posibles escorrentía superficiales derivadas de las precipitaciones.

De lo anterior, se concluye que por las características de este Proyecto, cuyas estructuras son solo pilares metálicos empotrados en el suelo, no requeriría obras adicionales de contención o prevención, frente al fenómeno de remoción en masa. Además, no existe población cercana que pueda verse afectada directamente por el acarreo de estas estructuras.

 

4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" cumple con:

4.1   D.S. N°138, de 2005, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica, modificado por el D.S. N° 90/2010 del Ministerio de Salud.

Forma de cumplimiento: El Titular utilizará 4 generadores eléctricos de 5 kVA y 1 de 60 kVA diésel para la etapa de construcción, por lo que efectuará las declaraciones de emisiones anuales respectivas en la página www.declaracionemision.cl o en www.retc.cl.

4.2   Ley N°17.288 de 1970 del Ministerio de Educación, Legisla sobre Monumentos Nacionales.

Forma de Cumplimiento: En la prospección realizada por el Titular para este componente, se detectó un hallazgo arqueológico correspondiente a una huella de carreta. En caso de efectuarse otro hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N° 17.288 (Art. 26 y 27) y en el D.S. N° 484/90 (Art. 20 y 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.

4.3  D.S. N°594, de 1999, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Forma de Cumplimiento: Todos los residuos, ya sean peligrosos, no peligrosos o domiciliarios, serán almacenados temporalmente en las instalaciones del Proyecto, para luego ser trasladadas por empresas autorizadas hacia destinatarios de disposición final que cuenten con autorización para este fin.

4.4   D.S. N°148, de 2003, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Forma de Cumplimiento: El Titular señala que durante todas las fases del Proyecto (construcción, operación y cierre), los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 L de capacidad, herméticos y debidamente rotulados de acuerdo a lo establecido en la NCh 2190 of. 93, y serán enviados y almacenados a la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, ubicada dentro de la instalación de faena, para luego ser retirados por empresa autorizada y enviados hacia un destinatario final autorizado. Los retiros serán realizados cada seis meses.

En todas las etapas del Proyecto, los paneles fotovoltaicos que resulten dañados o que se requiera su eliminación, serán tratados como residuos peligrosos.

El Titular señala que declarará el retiro y disposición final de los residuos peligrosos en la página web http://sidrep.minsal.gov.cl, dando cumplimiento al D.S. Nº 148/03, Ministerio de Salud.

4.5 D.S. N°38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente, Establece Norma de Ruidos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Forma de Cumplimiento: El Titular presenta en el Anexo 12 del Adenda 1, un informe sobre este componente, en donde establece el cumplimiento de este decreto. En el informe se consideraron 3 receptores; el Receptor 1 y 2, ubicados a 1.51 km y 1.53 km del Proyecto, utilizados como referencia debido a que corresponden a un local comercial y a actividades mineras respectivamente y el Receptor 3, correspondiente a una vivienda, ubicada a 2.15 km del Proyecto.

4.6   D.F.L. N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario.

Forma de Cumplimiento: En el Anexo 4 de la DIA, complementado con la Tabla N°7 del Adenda 1, el Titular presenta una cuantificación y caracterización de los residuos generados por su Proyecto, los cuales serán dispuestos transitoriamente en el sector de acopio temporal  y finalmente en lugares autorizados, por empresas autorizadas. 

Para los residuos líquidos domésticos, se utilizarán Plantas de Tratamiento (construcción, operación y cierre), donde las aguas tratadas cumplirán con la NCh 1333 y se utilizarán para humectación de caminos del Proyecto.  

4.7  D.S. N° 4, de 2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas. 

Forma de Cumplimiento: Los lodos generados se retiran una vez al año desde la planta de tratamiento de aguas servidas para las tres etapas del Proyecto. En todos los casos serán dispuestos y transportados a través de una empresa autorizada para tales fines.

4.8 D.S. N°144, de 1961, del Ministerio de Salud Pública, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza. 

Forma de Cumplimiento: Durante todas las etapas del Proyecto, los vehículos y maquinarias contarán con sus revisiones técnicas y mantención adecuada para operar en óptimas condiciones. Durante la etapa de construcción y cierre, se humectarán los caminos interiores y las áreas de trabajo.

 

5. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 93, 94 y 96 del D.S. Nº95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.1 Artículo 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. N° 725/67, Código Sanitario.

Cumplimiento: Durante las etapas de construcción, operación y cierre del Proyecto se tratarán las aguas servidas domésticas con una Planta de tratamiento biológico modular de aguas servidas (PTAS) mediante el sistema de lodos activados. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Anexo 4 de la DIA, complementado en el Anexo 4 del Adenda 2.

Al respecto, la SEREMI de Salud, mediante Of. Ord. N° 1420, de fecha 01 de agosto de 2014, se pronunció conforme.

5.2 Artículo 93: Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. 

Cumplimiento: Se considera, para las etapas de construcción, operación y cierre, una bodega de acopio temporal de residuos peligrosos y una bodega de acopio temporal de residuos no peligrosos. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Anexo 4 de la DIA, complementado tanto en el punto 1.6, como en el punto 3.6 del Adenda 1 y en el Anexo 15 del mismo Adenda.

Al respecto, la SEREMI de Salud, mediante Of. Ord. N° 1420, de fecha 01 de agosto de 2014, se pronunció conforme.

5.3 Artículo 94: Calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje, a que se refiere el artículo 4.14.2 del D.S. N° 47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. 

Cumplimiento: El Proyecto requiere de este permiso dado que corresponde a un establecimiento industrial de transformación de energía. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios se presentan en el Anexo 4 de la DIA, complementados en el Anexo 10 del Adenda 1.

Al respecto, la SEREMI de Salud, mediante Of. Ord. N° 1420, de fecha 01 de agosto de 2014, se pronunció conforme, calificando la actividad como Molesta. 

5.4 Artículo 96: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3° y 4° del Artículo 55 del D.F.L. N° 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Cumplimiento: El proyecto se emplazará fuera del límite urbano de la comuna de Diego de Almagro. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Anexo 5 del Adenda 2, cartografía que incluye la superficie total de 850.447 m2 que contempla las instalaciones y el área de los paneles fotovoltaicos.

Al respecto, la SEREMI de Agricultura, mediante Ord. N° 330 de fecha 01 de agosto de 2014, se pronunció conforme. 

 

6. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

6.1 En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley general de Bases del Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población.

En relación a lo señalado en la letra a) del artículo 11 de la Ley General de Bases del Medio Ambiente, riesgo para la salud de la población, es posible determinar que el Proyecto generará emisiones, cuyos valores corresponden para la etapa de construcción (12 meses) a 15.1 (ton/año) de PM10; 63.08 (ton/año) de NOx; 8.17 (ton/año) de CO; 3.09 (ton/año) de HC y a 0.11 (ton/año) de SO2 y para la etapa de operación (24 años 2 meses) sus valores corresponden a 7 (ton/año) de PM10; 15.13 (ton/año) de NOX; 1.72 (ton/año) de CO y 0.7 (ton/año) de HC. Para la etapa de cierre del Proyecto (10 meses) la generación de emisiones corresponderá a valores relativamente más bajos que los generados en la etapa de construcción. Estas emisiones se producirán principalmente por la circulación de vehículos por caminos no pavimentados. En virtud de lo analizado, el Proyecto generará emisiones atmosféricas de baja magnitud y duración (construcción y cierre), por lo que no se prevé un efecto sobre la salud de la población. Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, el Titular presenta medidas de control frente a la polución de material particulado, las que se indican en el punto 3.3.1 de este documento.

En relación a la generación de emisiones de ruido y de acuerdo a lo presentado por el Titular en en el Anexo 12 del Adenda 1, el Proyecto generará ruidos durante las etapas de construcción y cierre, debido al funcionamiento de maquinarias y el tránsito de vehículos. Se identificaron 3 receptores; de los cuales 2 , Receptores 1 y 2, fueron utilizados como referencia debido a que corresponden a un local comercial y a actividades mineras respectivamente y el Receptor 3, correspondiente a una vivienda, ubicada a 2.15 km del Proyecto. Para todos los puntos receptores evaluados se establece el cumplimiento del D.S 38/2011. En virtud de lo analizado, el Proyecto generará emisiones acústicas de baja magnitud y duración (construcción y cierre), por lo que no se prevé un efecto sobre la salud de la población.

El Titular presenta una cuantificación y caracterización de Residuos Sólidos y Líquidos para cada etapa del Proyecto. Respecto al manejo de aguas servidas, se contempla una Planta de tratamiento biológico modular de aguas servidas (PTAS) mediante el sistema de lodos activados. Los residuos generados por el Proyecto serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, segregados y acopiados según la característica del residuo y serán dispuestos en sitios de disposición final autorizados.

Respecto a los módulos fotovoltaicos dañados o cuya vida útil haya terminado, se dispondrá una zona de acopio específica, especialmente acondicionado para ello, dando cumplimiento al DS N° 148 del Ministerio de Salud.

Por lo anterior, no se considera pertinente la presentación de un EIA, por cuanto los antecedentes expuestos, el Proyecto no genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. 

6.2 En relación a lo señalado en la letra b) del artículo 11 de la Ley general de Bases del Medio Ambiente, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los Recursos Naturales Renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Las emisiones a la atmósfera durante la etapa de construcción y cierre corresponden a material particulado y gases de combustión los cuales son menores y acotadas solo a la construcción y desmantelamiento de las obras, la que tendrá una duración de 12  y 10 meses respectivamente. Durante la fase de operación, las emisiones a la atmósfera solo están asociadas a la circulación de vehículos destinados al transporte de personal por lo que no se consideran relevantes, además, no existen recursos naturales aledaños al Proyecto que pueden verse afectados.

En consideración a los resultados de la caracterización de Flora y Vegetación presentada en el Anexo 8 del Adenda 1, siendo complementado en el punto 3 letra a) del Adenda 2, se determinó que en el área del Proyecto no se encuentran formaciones vegetales, no obstante, en términos de flora, se encontraron escasos individuos de 5 especies los que no aportan a la cobertura vegetal y además, no se encuentran en categoría de conservación. Sin prejuicio de lo indicado precedentemente, el Titular se compromete, durante la etapa de construcción del Proyecto, contar con un biólogo especialista que permita aseverar que al momento de esa etapa, no se encuentre ninguna especie en categoría de conservación, en caso de encontrarse, se paralizará la faena y se dará aviso inmediato a al SAG Región de Atacama y a la SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama.

Respecto a la caracterización de Fauna realizado, en el área del Proyecto no se observaron evidencias directas ni indirectas de animales vertebrados. Al igual que para la componente Flora y Vegetación, el Titular se compromete, durante la etapa de construcción del Proyecto, contar con un biólogo especialista que permita aseverar que al momento de esa etapa, no se encuentre ninguna especie en categoría de conservación, en caso de encontrarse, se paralizará la faena y se dará aviso inmediato a al SAG Región de Atacama y a la SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama y además, para el diseño de la LAT, el Titular se compromete a implementar dispositivos anticolisión de aves y a considerar una distancia entre conductores no inferior a 1,5 m, para disminuir la probabilidad de que las aves impacten. 

Para el caso de la hidrología del área de emplazamiento del Proyecto, el Titular identificó dos cauces naturales individualizadas como “Quebrada de la Angostura” y “Cauce Menor Norte”, por los cuales circulará agua lluvia solo en momentos de precipitaciones extremas. Para el caso de la construcción de la Planta, estos cauces no serán intervenidos, sin embargo, para el caso del camino de acceso a esta, existe un cruce con el “Cauce Menor Norte”, por lo que el Titular considera la construcción de una alcantarilla o pequeño badén (tubo corrugado de 400 mm) dado el caudal de diseño de este cauce (145l/s).

En conclusión, el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire. 

6.3 En relación a lo señalado en la letra c) del artículo 11 de la Ley General de Bases de Medio Ambiente, reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

El centro poblado más importante corresponde a la ciudad de Diego de Almagro, localizado a 7 kilómetros al Noreste del área de emplazamiento del Proyecto. Por su parte,  el asentamiento humano más cercano al área de emplazamiento del Proyecto, corresponde a una vivienda de características rurales ubicada a aproximadamente 2.15 km de distancia. Sin prejuicio de la distancia que existe entre el Proyecto y este asentamiento humano, los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos no se verán significativamente afectados por la construcción del Proyecto.

En cuanto al aumento de población que existirá en la comuna de Diego de Almagro y sus alrededores, por la contratación de trabajadores en la etapa de construcción del Proyecto, se manifiesta que del máximo de 127 personas que se requerirá en esta etapa, al menos 100 serán habitantes habituales de las ciudades de Chañaral y Diego de Almagro, sólo 27 ingenieros y ejecutivos serán de otras regiones y tendrán alojamiento en residenciales de Diego de Almagro y Copiapó.

El flujo de vehículos que considera el Proyecto, el cual se detalla en el punto 3.6 de este documento, será de baja magnitud y duración, por lo que no existen grupos humanos que puedan verse afectados significativamente.

En conclusión, el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

6.4. En relación a lo señalado en la letra d) del artículo 11 de la Ley de Bases Generales de Medio Ambiente, localización próxima a población, recurso y área protegida susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que pretende emplazar.

El Proyecto, incluidas sus obras o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

En conclusión, el Proyecto no presentará o generará efectos adversos significativos sobre población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

6.5. En relación a lo señalado en la letra e) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente. Alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Según la información proporcionada durante el proceso de evaluación referida al Paisaje y Turismo, se categorizó el área del Proyecto a calidades y fragilidades visuales medias bajas y capacidad de absorción moderada, resultado de áreas abiertas y sin dominancia de vegetación, lo cual acompañado de los fotomontajes presentados en el en el Anexo 2 del Adenda 2, complementado en el Anexo 1 del Adenda 3, el Proyecto no generará afectaciones que alteren el valor paisajístico de la zona.

Para el caso de la componente Turismo, se identificaron dos tipos de atractivos turísticos, uno vinculado con el aspecto cultural y otro con el natural, como lo son las Áreas Turísticas Prioritarias Desierto y Puna de Atacama, donde destaca el camino del Inca o el Pueblo de Diego de Almagro. En relación al acceso al patrimonio de la humanidad Camino del Inca,  el Proyecto no obstruye el acceso, debido a que su emplazamiento está a 44 km de distancia de este patrimonio, y además, la construcción de este no se intervendrá los caminos que conducen a esa zona. Para el caso de las Áreas Turísticas Prioritarias Desierto y Puna de Atacama, según la información existente en el SERNATUR Región de Atacama, no existen operadores turísticos con sede en la ciudad de Diego de Almagro. Bajo ese contexto, el Titular se compromete a implementará medidas que apunten a potenciar y a generar un aporte en la industria turística del sector. Estas medidas se presentan en el punto 3.3.9 del presente documento.

En conclusión, el Proyecto no genera ni presenta alteraciones, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de la zona.

6.6. En relación a lo señalado en la letra f) del artículo 11 de la Ley general de Medio Ambiente, alteración de monumentos, sitios con valor antropológicos, arqueológico, históricos y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural.

De acuerdo a este componente, se encontró un hallazgo arqueológico dentro del polígono de la Planta, correspondiente a una huella de carreta de 491 metros de largo, la que no afecta a las instalaciones proyectadas. Para proteger la huella de carreta, el Titular instalará un cercado perimetral simple (malla y postes), el cual tendrá al menos 1,20 m de altura, y se implementará dejando un buffer de 10 metros alrededores del hallazgo. Esta actividad será supervisada por un arqueólogo o licenciado en arqueología e informada al Consejo de Monumentos Nacionales a través de un documento. Estos cercos serán instalados previos al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y será de carácter permanente. Además, el Titular se compromete a que una vez obtenida la RCA favorable del Proyecto, este sitio arqueológico, será registrado de manera exhaustiva (con ficha donde se señalen características principales, orientación, extensión, descripción de elementos asociados, cronología tentativa, registro fotográfico, etc.). Para esto se utilizará la ficha estandarizada que se detalla en el artículo de Catastro et al.2004. Junto a esto, el Titular entregará un registro topográfico completo y detallado de toda la extensión de este rasgo incluyendo el registro de 1 km por lado, fuera de esta área. Este trabajo será supervisado por un Arqueólogo titulado o Licenciado en Arqueológica y se entregará, al Consejo de Monumentos Nacionales, un informe con las actividades desarrolladas, junto a un registro detallado de este.

En conclusión, el Proyecto no altera monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.  

 

7. Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley Nº 19.300, en el presente procedimiento de evaluación, se ha decretado por Resolución N°37 de fecha 20.02.14, la realización de un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días. Esto en razón de haberse configurado en la especie los presupuestos que hacen procedente la aplicación de la hipótesis prevista y dispuesto en dicha norma.

7.1 Antecedentes relacionados con los mecanismos implementados para asegurar la participación ciudadana.

La Declaración de Impacto Ambiental “Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada” fue ingresada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental con fecha 23 de diciembre 2013. La publicación de la DIA en el listado  de Declaraciones de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 30 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día 03/02/2014 en el Diario Oficial y el día 03/02/2014 en el Diario La Tercera.

Que conforme a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley 19.300, las Direcciones Regionales o el Director Ejecutivo, según corresponda, podrán decretar la realización de un proceso de participación ciudadana por un plazo de 20 días, en las Declaraciones de Impacto Ambiental que se presenten a evaluación y se refieran a proyectos que generen cargas ambientales y siempre que sea solicitada a lo menos por dos organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica , a través de sus representantes, o como mínimo diez personas naturales directamente afectadas, por escrito y dentro de 10 días desde la publicación del proyecto en el Diario Oficial.  

La solicitud de realización de Participación Ciudadana fue realizada por 11 personas naturales, residentes de la comuna de Diego de Almagro, y fue presentada en oficina de partes de la Dirección Regional de Atacama del Servicio de Evaluación Ambiental el día 13 de febrero del 2014.

A través de la Resolución Exenta N°37 de fecha 20 de febrero de 2014, él SEA Atacama resuelve iniciar un proceso de Participación Ciudadana. El plazo del proceso PAC se extendió entre el 27 de febrero y 26 de marzo del 2014.

Con el propósito de asegurar el acceso a información oportuna por parte de la comunidad organizada, así como alternativas de consulta y discusión con el Titular, se realizaron talleres en la totalidad de las comunas involucradas con el proyecto de acuerdo al siguiente programa: 

Taller

Lugar

Fecha

Hora de Inicio

Hora de Término

Asistentes

Participación Ciudadana

Junta de Vecinos Lastarria, Diego de Almagro, Provincia Chañaral, Región de Atacama.

27/02/2014

17.00

19.00

13

 

7.2   Admisibilidad de las observaciones ciudadanas

Todas las observaciones recepcionadas durante el proceso de participación ciudadana cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 54 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

7.3   Evaluación Técnica de las observaciones ciudadanas

Las observaciones formuladas que cumplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental se sistematizan y evalúan técnicamente a continuación:

7.3.1 Nombre: Patricio Paries, Wladimir Muñoz, Enrique Pizarro, Juan Jorquera, Alexi Guerra, Héctor Zamora.

Observación: “De acuerdo a lo expresado por el titular en la DIA, en la página N° 5, donde se entregan las coordenadas por vértice del proyecto y luego de estar en el área del mismo podemos indicar que el titular deberá tener presente que la ubicación del proyecto corresponde a una zona en la que confluyen la Quebrada de Chañarcito y parte de la cuenca del río Salado. Por lo anterior, es necesario tener presente la ocurrencia de aluviones, como el que ocurrió en febrero del año 1.972 por ambas quebradas y en diciembre 2012  por la quebrada de Chañarcito, proveniente del sector el Pingo”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

Sobre lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, se informa que en el Adenda 1 el Titular ha presentado el informe “Análisis de riesgo de remoción en masa del área del proyecto” (Anexo N° 6). De acuerdo a este documento se concluye “que el riesgo por remoción en masa se ve con una baja probabilidad por la excesiva sequedad del ambiente, el cual caracteriza un sector con clima árido, con precipitaciones del orden de los 20 mm anuales, indicando además que, las estructuras de serranía y laderas de los contrafuertes pre-cordilleranos se encuentra muy alejados del área del Proyecto, encajonando la quebrada aguas arriba, observándose un portezuelo que actúa como biombo y encausador de las posibles escorrentía superficiales derivadas de las precipitaciones. Concluyendo, que por las características de este Proyecto, cuyas estructuras son solo pilares metálicos empotrados en el suelo, no requerirá de obras adicionales de contención o prevención, frente al fenómeno de remoción en masa, además, no existe población cercana que pueda ser afectada directamente por el acarreo de estas estructura”. Por su parte, de acuerdo a lo expresado por el Titular en el informe “Análisis de riesgo de remoción en masa del área del proyecto” (Anexo N° 6), el SERNAGEOMIN, Región de Atacama, en su calidad de órgano competente en la materia,  a través de su Ord. N°4489 de fecha 15.05.2014, se pronuncia conforme sobre los antecedentes presentados por el Titular.

Para la Hidrología del Sector de emplazamiento del Proyecto, de acuerdo al Anexo 14 incluido en el Adenda 1, complementado en el Anexo 6 del Adenda 2, se establece la existencia de 2 quebradas, individualizadas como “Quebrada de la Angostura”, ubicada paralela al Suroeste de la Planta y “Cauce Menor Norte” que escurre paralelo al deslinde de la misma por el Noreste.

Para ambas cuencas se definió el eje hidráulico de la crecida asociada a un periodo de retorno de 100 años y en ninguno de los dos casos alcanza el borde del trazado de la Planta fotovoltaica, por lo que no se consideran obras asociadas en estos sectores, sin embargo, en el camino de acceso a esta, ubicado en la franja de servidumbre de la LAT, existe un cruce con el “Cauce Menor Norte”, el cual se presenta en la figura 3.4 del Anexo 6 del Adenda 2, por lo que el Titular considera la construcción de una alcantarilla o pequeño badén (tubo corrugado de 400 mm) dado el caudal de diseño de este cauce (145l/s). En las figuras 3.2 y 3.3 del Anexo 6 del Adenda 2, se presenta la traza de crecida para la “Quebrada de la Angostura” y para el “Cauce Menor Norte” respectivamente. Al respecto, la DGA Región de Atacama, a través de su Ord. N°587 de fecha 31.07.2014, se pronuncia conforme sobre los antecedentes presentados por el Titular.

7.3.2 Nombre: Patricio Paries, Wladimir Muñoz, Enrique Pizarro, Juan Jorquera, Alexi Guerra, Héctor Zamora.

Observación: “Cercano al proyecto se ubican zonas con agua y vegetación, Chañarcito, la Quinta y el Sector denominado Las Parcelas, por lo que no es infrecuente la presencia de zorros y otras especies en el área. Así mismo, en el área existe presencia de gavilanes desde hace muchas décadas. Por otro lado, al escurrir esporádicamente agua en las quebradas cercanas, existe presencia de Flora en el área, cuyas fotos fueron entregadas al titular en la reunión de Participación Ciudadana”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

Respecto a lo observado, cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación aproximadamente a 10 km en línea recta hacia el Sureste existe una aguada privada que ha sido usada para plantaciones de jojoba, existiendo actualmente una higuera, olivos, pimiento y eucalipto. Esta zona se encuentra fuera del área de influencia del Proyecto, y no se verá afectada por sus actividades en ninguna de las etapas de este (construcción, operación y cierre).

Respecto a la componente Flora y Vegetación, en el Anexo 8 del Adenda 1, complementado en el punto 3 letra a) del Adenda 2, el Titular presentó una caracterización de flora y vegetación del área del Proyecto. De acuerdo a las 3 campañas de terreno realizadas con una duración de 2 días cada una, no se observaron formaciones vegetales, no obstante, en términos de flora, se encontraron escasos individuos de 5 especies los que no aportan a la cobertura vegetal y  además, no se encuentran en categoría de conservación. A continuación se presentan estas especies:

 

Nombre científico

Nombre común

N° de Individuos

Ephedra breana

Pingo pingo

2

Encelia canescens

Coronilla del fraile

3

Nolana sp. (ejemplar

seco y muerto)

Suspiro

1

Cistanthe salsoloides

----

3

Atriplex desertícola

Cachiyuyo

2

Fuente: Tabla 2 de Anexo 8 Adenda 1.

 

El Titular se compromete, durante la etapa de construcción del Proyecto, contar con un biólogo especialista que permita aseverar que al momento de esa etapa, no se encuentre ninguna especie en categoría de conservación, en caso de encontrarse, se paralizará la faena y se dará aviso inmediato a al SAG Región de Atacama y a la SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama.

Respecto de la componente Fauna del Proyecto, se realizaron 3 campañas a terreno con una duración de 2 días cada una, además, se instalaron 5 trampas cámara, las que se mantuvieron por aprox. 3 meses. De las actividades antes mencionadas, en el área del Proyecto no se observaron evidencias directas ni indirectas de animales vertebrados. Fuera del área de influencia del Proyecto se observaron huellas y madrigueras de reptil, las cuales se encontraban abandonadas y se encontró una huella antigua de un camélido que podría corresponder a la especie Lama guanicoe.

El Titular se compromete, durante la etapa de construcción del Proyecto, a contar con un biólogo especialista que permita aseverar que al momento de esa etapa, no se encuentre ninguna especie en categoría de conservación, en caso de encontrarse, se paralizará la faena y se dará aviso inmediato a al SAG Región de Atacama y a la SEREMI del Medio Ambiente Región de Atacama. Además, para el diseño de la LAT, el Titular se compromete a implementar balizas espirales cerradas de polipropileno de 30 X 100 cm, de color naranja en el conductor superior, con una distancia de 5m entre sí, con el objetivo de evitar el choque de las aves contra el tendido eléctrico y considerará una distancia entre conductores no inferior a 1,5 m, para disminuir la probabilidad de que las aves impacten.

7.3.3 Nombre: Patricio Paries, Wladimir Muñoz, Enrique Pizarro, Juan Jorquera, Alexi Guerra, Héctor Zamora.

Observación: “Se entrega en la Pág. N° 8 de la DIA un gráfico respecto a la utilización de mano de obra. Nuestra consulta es ¿dónde se contratará este personal? ¿Dónde se albergarán?”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En relación a lo consultado se debe indicar que en Adenda N°1, el Titular ha indicado que el 100% de los trabajadores contratados para las obras y actividades del Proyecto serán habitantes habituales de las ciudades de Chañaral y Diego de Almagro. Complementariamente indica que  sólo 27 ingenieros y ejecutivos son de otras regiones y tendrán alojamiento en residenciales de Diego de Almagro y Copiapó.

Además, el Titular se compromete a entregar una planilla de contratación para cada una de las etapas del proyecto dentro de los 2 meses del inicio de cada etapa, la cual será entregada a la SEREMI de Desarrollo Social de atacama, la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, reportando su cumplimiento a la Superintendencia de Medio Ambiente.

7.3.4 Nombre: Patricio Paries, Wladimir Muñoz, Enrique Pizarro, Juan Jorquera, Alexi Guerra, Héctor Zamora.

Observación: “Respecto al agua para la humectación de caminos para evitar la generación de material particulado ¿cuál será la fuente de extracción? La pregunta resulta pertinente para nosotros por cuanto el uso de agua industrial como la del Tranque Pampa Austral o el agua de rechazo del P.T.O.I. ubicada arriba de Llanta y que vierte el agua a la cuenca del río Salado, contienen altas concentraciones de minerales, algunas altamente tóxicas, como el arsénico”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

Respecto a lo observado, se debe señalar que de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación proporcionados en el Adenda N° 1, se establece que el agua de humectación de caminos será suministrada por empresas autorizadas, las cuales contarán con todos los certificados y autorizaciones sanitarias. Además, el agua tratada por la PTAS, en todas las etapas del Proyecto (construcción, operación y cierre), cumplirán con la NCh 1333 y se utilizarán para humectación de caminos del Proyecto.  

7.3.5 Nombre: Patricio Paries, Wladimir Muñoz, Enrique Pizarro, Juan Jorquera, Alexi Guerra, Héctor Zamora.

Observación: “Respecto al uso para uso sanitario, ¿Cuál será el promedio de consumo de agua en el proceso de construcción?, ¿Cuál es la fuente de abastecimiento?”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En relación a lo consultado, se debe indicar que de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación proporcionados en el Adenda N°1, el Titular presenta la siguiente información respecto al consumo de agua en la etapa de construcción, dicho abastecimiento será suministrado por empresas autorizadas.

 

Etapa

Agua Potable (lts/mes)

Agua Industrial

Agua Limpieza (lts/año)

Agua Limpieza LAT (lts/año)

Agua Humectación (lts/mes)

Construcción

12.700

0

0

0

799.344

Fuente: Extracto de Tabla 1 de Adenda 2.

7.3.6 Nombre: Patricio Paries, Wladimir Muñoz, Enrique Pizarro, Juan Jorquera, Alexi Guerra, Héctor Zamora.

Observación: “Esperamos que los compromisos ambientales voluntarios expresados en la Pág. 22 de la DIA queden indicados y aceptados en la RCA”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

Respecto a lo observado y de acuerdo a los antecedentes proporcionados en la evaluación, el Titular ha propuesto compromisos voluntarios. Estos compromisos están incorporados en la RCA, constituyendo una obligación, por parte del titular, el cumplirlos. El detalle de estos compromisos, es el siguiente:

Nombre

1) Educación

2) Alianza estratégica con Municipalidad

3) Animales callejeros

Educación Ambiental para la población de Diego de Almagro.

Educación ambiental para los trabajadores.

Objetivo

Necesidad de informar y contribuir con el saber general de las personas.

Necesidad de informar y contribuir con el saber general de las personas.

Compromiso social con la comunidad.

No fomentar la tenencia irresponsable de animales.

Descripción

Establecer una ruta segura para los usuarios, con el fin de explicar de la mejor manera y por una persona competente, la generación de energía a partir de radiación solar y los aspectos básicos con respecto a ERNC.

Las visitas a la planta deben ser previamente agendadas.

Establecer una ruta segura para los usuarios, con el fin de explicar de la mejor manera y por una persona competente, las ERNC, específicamente energía solar.

Realización de charlas en relación a la flora y fauna de la región en donde se emplaza el proyecto, por un profesional del área.

Talleres para la fabricación de calentadores solares de agua. Entregar orientación gratuita a la municipalidad referente a la postulación de subsidios para la instalación de paneles solares en hogares.

Se realizará un correcto almacenaje de los productos de desecho en contenedores de basura apropiados y el retiro periódico de estos, para evitar la llegada de animales como perros y/ gatos, e incluso animales silvestres. En la eventual llegada de un animal, se evitara domesticarlo.

Justificación

 

Que la población esté informada acerca de las formas de generación de energía, en especial de energía solar

Que los trabajadores (as) tengan conocimientos básicos sobre la generación de energía solar por la cual trabajan. Fomentar el respeto frente a la flora y fauna de la zona.

 

Apoyo al desarrollo de la energía fotovoltaica domiciliaria en Diego de Almagro, aprovechando las óptimas condiciones de la zona.

 

Evitar la llegada de animales domésticos y silvestres por el mal almacenaje de los residuos domiciliarios.

Evitar la trasmisión de enfermedades y parásitos entre la fauna silvestre y doméstica.

Lugar

 

 

Instalaciones de la planta fotovoltaica.

 

 

Instalaciones de la planta fotovoltaica y/o un lugar habilitado para la realización de charlas

Dependencias municipales.

 

Instalaciones de la empresa.

Forma

Durante la fase de operación del proyecto, se realizarán rutas guiadas por las instalaciones de la empresa a las personas que lo soliciten para explicar la generación de energía a partir de radiación solar.

Por cada fase del proyecto se llevaran a cabo charlas de las temáticas antes mencionadas. Las rutas guiadas se realizaran a partir de la fase de operación.

Se llevara a cabo durante la fase de operación y en coordinación con la municipalidad de Diego de Almagro

Se evitará domesticar perros, gatos o animales silvestres. Si se decide adoptar un animal doméstico, se procurará cumplir con todos sus cuidados básicos y esterilización

Oportunidad

Cada vez que un grupo de personas lo solicite

En cada fase del proyecto y /o cada vez que se contrate nueva mano de obra

Cuando sea requerido

Durante todas las fases del proyecto.

Duración

 

Rutas guiadas de aprox. 30 - 45 min.

Rutas guiadas y charlas de aprox. 30 - 45min c/u.

Variable

Durante todas las fases y/o etapas del proyecto.

Indicador de cumplimiento

 

Registro de la asistencia de personas que han participado de la actividad.

Registro de las actividades realizadas en las distintas fases del proyecto.

Acta de actividades realizadas.

Buen almacenaje de la basura domiciliaria y registro de su retiro. Registro veterinario, esterilización y vacunas al día (si corresponde).

Medio de verificación

 

Registro fotográfico y de asistencia.

Registro fotográfico y de las actividades por fase.

Registro fotográfico y acta.

Aspecto limpio de las instalaciones. Animal en buenas condiciones (si corresponde).

Situaciones

adversas

Que no existan interesados en participar de las rutas en algún determinado momento.

Que no exista disponibilidad de un lugar para la realización de las charlas en un determinado momento.

Que no existan personas interesadas.

Por alguna externalidad independiente de la empresa, no se pueda realizar el retiro oportuno de la basura.

Fuente: Tabla 10 de Adenda 1 

7.3.7 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Los solicitantes hacen referencia a una afirmación de la DIA que señala lo siguiente:

Observación: “Al igual que los Proyectos precedentes, Fotovoltaico "Sierra Soleada", se presenta como una alternativa limpia, renovable e ilimitada de generación de energía; le dan además en su Declaración un valor estratégico porque permite "el crecimiento de la minería en la zona".

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En el entendido a que lo observado por la ciudadanía hace referencia a que la construcción del Proyecto solo beneficiará a la minería de la zona, se aclara a estos, que la electricidad generada será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC), Sistema que a su vez, proporciona la energía para consumo de la población, como así también para la industria en general.

7.3.8 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “Una superficie de 109 Has. a ocupar, con una inversión de US $110 millones, un promedio de aproximadamente US $1 millón cada hectárea, da la certeza de ser un negocio rentable, donde las Comunidades aledañas no reciben beneficios alguno.

Evaluación Técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental no considera pertinente esta observación, por cuanto no se refiere a aspectos que deban formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento, dado a que no se refiere a temáticas ambientales.

7.3.9 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Los solicitantes hacen referencia a una afirmación de la DIA que señala lo siguiente:

Observación: “Se habla de potenciar el Recurso Humano con capacitación en Proyectos Fotovoltaicos para su construcción, sin mayor proyección en el tiempo, puesto que ésta no demora más de un año; y en mantención y operación, siendo mínima la ocupación de mano de obra en estas etapas”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En el entendido a que lo observado por la ciudadanía hace referencia a que el Proyecto no tendrá ningún beneficio a largo plazo respecto de las capacitaciones en proyectos fotovoltaicos, se aclara a la ciudadanía que las capacitaciones que ha comprometido el Titular, son para todos y no sólo para aquellos que vayan a ejercer trabajos en el Proyecto, la capacitación en temas fotovoltaicos está enfocada a que la ciudadanía pueda instalar sus propios paneles solares en su casa. Así ha quedado estipulado en los compromisos voluntarios adquiridos por el Titular.

7.3.10 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “La innovación en la generación de energía logra satisfacer las necesidades sólo de las Empresas Mineras, no produciendo mayores efectos en los habitantes de las Comunas aledañas”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En relación a la observación realizada, se indica que la electricidad generada por el Proyecto, será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC), sistema que abastece tanto a la población del país como al Sector productivo de este.

7.3.11 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “En cuanto al dinamismo y diversificación en la economía de la zona, favorece directamente al área Industrial, no afecta el presupuesto del ciudadano común y en el caso de nuestra Comuna que tiene una base económica única, sólo la Minería, no cumpliendo el objetivo estratégico del uso eficiente de los recursos en el marco de un desarrollo sustentable ambiental y territorialmente”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En relación a la observación realizada, se indica que la electricidad generada por el Proyecto, será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC), sistema que abastece tanto a la población del país como al Sector productivo de este.

7.3.12 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “Se reafirma la condición de aprovechamiento de diversos servicios (Caminos, Agua, Alcantarillados, Alojamiento, Etc.), para desarrollar el Proyecto, ocupando terrenos e invadiendo espacios aledaños a Comunidades y Asentamientos Humanos, entorpeciendo su funcionamiento y contaminando su entorno visual y paisajístico, teniendo a su alcance miles de kilómetros de una franja con suficiente radiación solar donde instalarse”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

Debido al tipo de proyecto (energía renovable no convencional) y su ubicación, la cual no interviene a ninguna comunidad local, el Proyecto no tendrá efectos negativos significativos sobre el entorno.

En Adenda N°1, el Titular ha indicado que el 100% de los trabajadores contratados para las obras y actividades del Proyecto serán habitantes habituales de las ciudades de Chañaral y Diego de Almagro. Complementariamente, indica que sólo 27 ingenieros y ejecutivos son de otras regiones y tendrán alojamiento en residenciales de Diego de Almagro y Copiapó.

Según la información proporcionada durante el proceso de evaluación referida al Paisaje y Turismo, se categorizó el área del Proyecto a calidades y fragilidades visuales medias bajas y capacidad de absorción moderada, resultado de áreas abiertas y sin dominancia de vegetación, para reforzar lo anterior, el Titular presentó fotomontajes en el en el Anexo 2 del Adenda 2, complementado en el Anexo 1 del Adenda 3, por lo que se concluyó que el Proyecto no generará afectaciones que alteren el valor paisajístico de la zona. No obstante, el Titular se ha comprometido a que todas las estructuras y materiales utilizados en las instalaciones del Proyecto, tanto para la etapa de construcción y operación del Proyecto, serán de colores y materiales armónicos con el entorno. Además, la construcción no generará cambios en la geoformas del lugar.

7.3.13 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “Cerco de púas, excavaciones de diversos anchos y profundidades, compactación de terrenos, movimientos de tierras, líneas de postación, tendidos de cables, construcciones de hormigón, generación de residuos por 25 años, para producir energía limpia y renovable”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En relación con lo consultado y de acuerdo a los antecedentes proporcionados en la evaluación, el Proyecto ha sido diseñado cumpliendo la totalidad de la normativa vigente en el país, que le es aplicable y considerando además, no intervenir significativamente el entorno, y  no depositando residuos en el sector.

En cuanto al cerco de púas a implementar en el Proyecto, se informa que en el punto 1.3 del Adenda 2, el Titular se compromete a no utilizar alambre de púa para el cierre perimetral del área del Proyecto.

7.3.14 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “Se ofrece capacitación y coordinación con la Municipalidad para Talleres de fabricación artesanal de Paneles Solares, para favorecer sólo a personas de escasos recursos. Orientación para postular a Subsidios de instalación de paneles en los hogares de la Comuna, no correspondiéndole al Estado hacerse cargo y facilitar recursos para favorecer o auspiciar actividades propias de Compromiso Social de la Empresa Privada con la Comunidad”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

Respecto a lo observado y de acuerdo a los antecedentes proporcionados en la presente evaluación, se aclara a la ciudadanía que las capacitaciones que ha comprometido el Titular, serán coordinadas con la I. Municipalidad de Diego de Almagro y estarán enfocadas a todos los ciudadanos de la comuna y no sólo para aquellos que vayan a ejercer trabajos en el Proyecto. Esto queda manifestado en la Tabla 10 del Adenda 1, sobre los compromisos voluntarios adquiridos por el Titular.

7.3.15 Nombre: Valeria Díaz, María García,  Elizabeth Morales, Gonzalo Carreño, Alejandra cabrera, María Paz Ramos, Andrea Adasme, Miguel Ángel Soto García,  Jacqueline Cáceres, Walter Ramos.

Observación: “Es necesario hacer presente además, las dificultades que generará la contratación de mano de obra externa a la Comuna, por la alteración en demanda de bienes de equipamiento y servicios, aumento del Parque automotriz, entre otras cosas, sumando este a los Proyectos de similares características que se ejecutaran en la zona”.

Evaluación Técnica de la Observación: El Servicio de Evaluación Ambiental considera pertinente esta observación, por cuanto se refiere a aspectos que deben formar parte de la evaluación ambiental de proyectos según lo dispuesto en la Ley N° 19.300 y su Reglamento.

En relación a lo consultado se debe indicar que en el Adenda N°1,  el Titular ha indicado que el 100% de los trabajadores contratados para las obras y actividades del Proyecto serán habitantes habituales de  las ciudades de Chañaral y Diego de Almagro. Complementariamente, indica que  sólo 27 ingenieros y ejecutivos son de otras regiones y tendrán alojamiento en residenciales de Diego de Almagro y Copiapó.

Además, el Titular se compromete a entregar una planilla de contratación para cada una de las etapas del proyecto dentro de los 2 meses del inicio de cada etapa, la cual será entregada a la SEREMI de Desarrollo Social de atacama y a la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, reportando su cumplimiento a la Superintendencia de Medio Ambiente.

8. Dentro del contexto regional, el Proyecto mantiene una estrecha relación con a lo menos 3 lineamientos estratégicos planteados en la Estrategia Regional de Desarrollo Regional de Atacama 2007-2017, lo llamados “Desarrollo de Capital Humano”, “Promoción de la Investigación e Innovación”, “Diversificación y mayor dinamismo de la economía regional” y “Medioambiente para el desarrollo sustentable”.  Del análisis realizado, se desprende que la ejecución del Proyecto es consistente con los instrumentos analizados, por cuanto sus líneas de acción se enmarcan en el desarrollo energético sustentable, a través de la implementación de medidas y planes de acción que minimizarán los potenciales efectos ambientales adversos que el Proyecto pudiera generar. Además, se establece que las actividades del proyecto no interfieren ni se contraponen con los instrumentos y objetivos analizados.

9. Mediante el capítulo 10 de la DIA, el Titular desarrolla la relación del proyecto con las siguientes políticas, planes o programas de desarrollo comunal con el Plan de Desarrollo Comunal (PLADECO) de Diego de Almagro. Del análisis realizado, se desprende que la ejecución del Proyecto es consistente con los lineamientos analizados en el PLADECO de Diego de Almagro, ya que buscara cumplir todas las ordenanzas y planes seccionales o reguladores del territorio, prevaleciendo el cuidado del medio ambiente, logrando no solo generar energía limpia, sino que también realizando esta actividad de manera sustentable y armónica con el entorno.

10. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: Se privilegiará la contratación de mano de obra local para la etapa de construcción y operación  y entregar una planilla de contratación dentro de los 2 meses del inicio de esta etapa, la cual será entregada a la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama y a la Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro, reportando su cumplimiento a la Superintendencia de Medio Ambiente.

11. Que, para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, el inicio de cada una de las etapas o fases del Proyecto, conforme al formulario 574 del Superintendencia del Medio Ambiente, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

12. El Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales Proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.

13. Para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente.

14. Que, el Titular del Proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

15. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar cualquier modificación en el domicilio, individualización del Titular y de representación, al Servicio de Evaluación Ambiental y, a la Superintendencia dentro de un plazo de 7 días hábiles contados desde la realización de la respectiva modificación, a través de formulario respectivo de dicho organismo.

16. Que, para que el Proyecto “Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del Proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

18.  Que en razón de todo lo informado precedentemente, la comisión de evaluación de la III Región de Atacama.

 

RESUELVE:

1.    CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto " Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada”.  

2.  CERTIFICAR que el proyecto " Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada" cumple con la normativa   de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 91, 93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que no genera efectos, características ni circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300. 

3. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

 

Notifíquese y Archívese





Miguel Vargas Correa
Intendente
Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la
Región de Atacama




Marco Antonio Cabello Montecinos
Director (PT) Regional del Servicio de Evaluación Ambiental
Secretario Comisión de Evaluación
Región de Atacama




MCM/VML/FJSH

Distribución:
  • luis patricio silva toro
  • Valeria Díaz
  • Elizabeth Morales
  • Alejandra Cabrera
  • CONADI, Región de Atacama
  • Corporación Nacional Forestal, Región de Atacama
  • DGA,Región de Atacama
  • DOH, Región de Atacama
  • Gobernación Marítima de Caldera
  • Gobierno Regional, Región de Atacama
  • Ilustre Municipalidad de Diego de Almagro
  • SAG, Región de Atacama
  • Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Atacama
  • SEREMI Agricultura, Región de Atacama
  • SEREMI Bienes Nacionales, Región de Atacama
  • SEREMI de Desarrollo Social
  • SEREMI de Energía, Región de Atacama
  • SEREMI Minería, Región de Atacama
  • SEREMI Minvu, Región de Atacama
  • SEREMI MOP, Región de Atacama
  • SEREMI Salud, Región de Atacama
  • SEREMI Transporte y Telecomunicaciones, Región de Atacama
  • SERNAGEOMIN, Región de Atacama
  • SERNAPESCA, Región de Atacama
  • SERNATUR, Región de Atacama
  • Andrea Adasme
  • Jacqueline Cáceres
  • María García
  • Gonzalo Carreño
  • María Paz Ramos
  • Miguel Ángel Soto García
  • Walter ramos
  • Wladimir Muñoz
  • Juan Jorquera
  • Héctor Zamora
  • Patricio Paries
  • Consejo de Monumentos Nacionales
  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
  • Superintendencia de Servicios Sanitarios
  • Enrique Pizarro
  • Alexi Guerra
C/c:
  • Encargado Participación Ciudadana
  • Expediente del Proyecto "Proyecto Fotovoltaico Sierra Soleada"
  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama

Firmas Electrónicas:

El documento original está disponible en la siguiente dirección url: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docId=40/59/cb545ac5ad0790395d26f6e48e1eebaf498e


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